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R E C
Congreso ¿fr & Rçpúfi&a
Comisión & R;[aciones ÇErjeriores
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
LEGISLATIVA N° 731/2006-PE, PROPONE
APROBAR EL "CONVENIO ENTRE EL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL
DE ALEMANIA Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DEL PERÚ SOBRE
COOPERACIÓN FINANCIERA 2004 AYUDA
EN MERCANCÍA PARA LA
MODERNIZACIÓN Y REMOTORIZACIÓN
DEL BUQUE DE INVESTIGACIÓN
CIENTÍFICA ALEXANDER VON
HUMBOLDT"
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES
SEÑORA PRESIDENTA:
Para dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores ha llegado el proyecto de
resolución legislativa N° 731/2006-PE que propone aprobar el "Convenio entre el
Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del
Perú sobre Cooperación Financiera 2004 Ayuda en Mercancía para la
Modernización y Remotorización del Buque de Investigación Científica Alexander
Von Humboldt", suscrito el 17 de mayo de 2006, en Lima, República del Perú.
1.- ANTECEDENTES.
Por OF. RE TRA N°3-0/115 cIa del 29 de noviembre de 2006, el señor Ministro
de Relaciones Exteriores somete a consideración del Congreso de la República la
aprobación del "Convenio entre el Gobierno de la República Federal de Alemania
y el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2004 Ayuda
en Mercancía para la Modernización y Remotorización del Buque de Investigación
Científica Alexander Von Kumboldt", en adelante el Convenio.
Adjunta al pedido:
1. Copia autenticada del Convenio.
2. Memorándum ECO N° 104 deI 16 de agosto de 2006, de la Dirección
General de Europa Comunitaria del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Oficio N° 777-2004-EF/lo del 28 de setiembre de 2004, del despacho
ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas.
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Congreso cú & pú6Ñca
Comisión & `Rj&2ciones ¶Erjeriores
4. Oficio N° 490-2006-EF/75.22 deI 27 de abril de 2006, de la Dirección
Nacional de Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y
Finanzas.
5. Memorándum AJU N° 272-2006 del 8 de setiembre de 2006, de la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores.
6. Informe TRA N° 078-2006 del 23 de octubre de 2006, de la Dirección de
Tratados de la Cancillería.
7. Copia de la Resolución Suprema N°419-2006-RE del 17 de mayo de 2006,
que aprueba la remisión del Convenio al Congreso de la República.
El proyecto de resolución legislativa ingresa al Congreso de la República el 29 de
noviembre de 2006 y es derivado a la Comisión de Relaciones Exteriores por
decreto de envío del 4 de diciembre del mismo año.
II.- REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD.
El procedimiento del Convenio puesto a consideración del Congreso de la
República se enmarca en lo dispuesto por el artículo 56° de la Constitución
Política: que ordena la obligatoriedad de su aprobación por el Parlamento por
referirse a obligaciones financieras del Estado, el literal f del inciso 1 del artículo
76° del Reglamento del Congreso que ordena que al pedido de aprobación debe
acompañarse el texto integro del documento internacional, sus antecedentes,
informe sustentatorio, opinión técnica favorable del sector o sectores competentes
y la resolución suprema que aprueba su remisión al Congreso y el artículo 2° de la
Ley N° 26647 que precisa que los tratados señalados en el artículo 56° de la
Constitución Política los aprueba el Congreso mediante resolución legislativa y lo
ratifica el Presidente de la República por decreto supremo.
III.- CONTENIDO DEL CONVENIO.
El Convenio consta de 5 artículos referidos a:
- Artículo 1°, señala la posibilidad de que el Gobierno de la República Federal de
Alemania otorgue al Perú o a otros prestatarios que ambos gobiernos designen,
la obtención del Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW- Instituto de Crédito para
la Reconstrucción, un préstamo por 2'OOOOOO dos millones de Euros para la
ayudá en mercancía destinada a la modernización y remotorización del buque de
investigación científica "Alexander Von Humboldt" y para los gastos surgidos del
transporte, seguro y montaje de dichas mercancías, siempre que estén incluidas
en la lista que en Anexo, forma parte del Convenio.
2
Congreso
Comisión di?
di? Iii Tcepú6tica
çTeITaciones EExferiores
- El artículo 2, señala que el empleo y las condiciones de la concesión se fijarán
en los contratos a concertarse entre KtW y los receptores; no se autorizarán las
sumas citadas si los contratos no se conciertan en el plazo de 8 años; el Perú
garantizará el préstamo o aportación ante el KM cuando no es el prestatario.
- El artículo 3°, precisa la obligación del Perú de eximir a KM de los impuestos y
demás gravámenes en relación a los contratos relacionados con la ayuda
financiera.
- En el artículo 4° se indica la obligación del Perú de permitir a los pasajeros y
proveedores resultantes de la concesión del préstamo, elegir libremente entre
las empresas de transporte y no adoptar medidas que excluyan o dificulten la
participación igualitaria de las empresas de transporte con sede en Alemania,
otorgando las autorizaciones necesarias para su participación.
* El artículo 5° se refiere a su vigencia el día de su firma.
La Lista del Anexo a que se hace referencia en el artículo 1°, señala que las
mercancías y servicios que pueden ser financiados son: planta de propulsión;
planta de tratamiento de aguas servidas; planta de ósmosis inversa; equipo de
lavandería; equipo de cocina; sistema de comunicación marina; sistema de central
telefónica; bomba completa sumergible portátil; productos industriales de
importancia para el desarrollo del Perú y servicios de asesoramiento, patentes y
derechos de licencia.
Queda excluida de la financiación por medio del contrato de préstamo, la
importación de, entre otros: artículos de lujo y bienes para uso privado; bienes e
instalaciones para fines militares; productos fitosanitarios e insecticidas
clasificados como prohibidos o seriamente restringidos previstos en el código de la
FAO; estupefacientes, sustancias sicotrópicas o sustancias especificadas en el
Anexo a la Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas; bienes y sustancias contaminantes y
amianto y materiales y productos que lo contengan.
IV.- OPINIONES RECIBIDAS.
1.- CON EL PEDIDO.
A.- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.
Por intermedio de:
a El Despacho Ministerial, mediante Oficio N° 777-2004-EF/lO deI 28 de
setiembre de 2004, dice que, en esa fecha, está gestionando este préstamo y
3
Congreso é & pú6lica
Comisión di çRç&ciones ÇE,xferiores
que el Consejo de Ministros ha autorizado iniciar las gestiones mediante
endeudamiento externo, con la inclusión en el Acta de Negociaciones
Intergubernamentales entre ambos países.
b La Dirección Nacional de Endeudamiento Público, por Oficio N° 490-2006-
EF175.22 del 27 de abril de 2006, señala su conformidad con el Convenio.
Tal conformidad es fundamental porque esta Dirección es el ente
especializado para determinar las exenciones referidas en el artículo 3° del
Convenio.
B.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
- a Asesoria Jurídica. Mediante Memorándum AJU N° 282-2006 del 12 de
setiembre de 2006, a la vez que señala que implicaría otorgar exenciones
tributarias no acordes con el ordenamiento jurídico interno, coincide en que es
necesaria su aprobación por el Congreso de la República de conformidad con
el artículo 56° de la Constitución Política del Perú.
b Dirección de Tratados. Por Informe TRA N° 078-2006 deI 23 de octubre de
2006, precisa los alcances del Convenio y conviene en que debe ser materia
de análisis y aprobación por el Congreso de la República.
2.- CON POSTERIORIDAD.
A.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
En la sesión de la Comisión del 15 de diciembre último se acordó que Cancillería
informe qué servicios presta el BIC "Von Humaboldt", si la compra de mercancías
y servicios está condicionada a algún país proveedor, si el Convenio se está
ejecutando y el costo de un buque nuevo similar.
Por OF. RREE SEU N° 3-0-A1102 del 1 de marzo último, el Ministro de
Relaciones Exteriores señala que:
- El Instituto Antártico Peruano - INANPE - organismo público descentralizado
del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace uso del BIC "Von Humboldt"
durante las campañas peruanas a la Antártida, que dura entre 60 a 90 dias al
año, luego de ello pasa a disposición del IMARPE, como organismo público
descentralizado del sector Producción.
- La información debe solicitarse al IMARPE, por ser su administrador.
B.- INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ - IMARPE.
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4'
Congreso & & Iepúfifica
Comisión & Pg&ciones `Erjeriores
Mediante Oficio PCD - 300 N° 107-2007-PRODUCE/IMP deI 23 de marzo del
presente año, IMARPE señala que:
- El BIC "Von Humboldt, en el ámbito nacional, participa en cruceros de
evaluación de recursos marinos anchoveta, merluza, jurel y otros, para
cuantificar su biomasa, establecer las cuotas de pesca y su manejo
sustentable y sostenible y evaluar la evolución del recurso; así mismo se usa
en cruceros de investigación oceanográficas para estudiarla variabilidad de las
condiciones marinas y pronosticar posibles ocurrencias d& fenómeno de `El
Niño". En el ámbito internacional participa en las campañas peruanas a la
Antártida.
- El Convenio no condiciona la compra de mercancías y servicios a un país
proveedor en especial.
- El Convenio se viene ejecutando, estando por firmarse el Contrato de
Préstamo entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el KM e IMARPE.
- El monto que se necesita para su reparación es de US$ 4194,243 US$
2'296.400 de préstamo del Gobierno alemán y US$ 1 `897.843 de contrapartida
nacional.
- El costo de un buque similar es de US$ 25'OOO,OOO.OO.
V.- ANÁLISIS DEL CONVENIO.
Este Convenio tiene como base el Acta Final de las Negociaciones
Intergubernamentales sobre la Cooperación Financiera y Técnica entre la
República del Perú y la República Federal de Alemania, celebradas los días 30
de setiembre y 1 de octubre de 2004 en la ciudad de Bonn, Alemania.
En estas Negociaciones Intergubernamentales, las delegaciones de Alemania y
Perú estuvieron presididas por el Embajador Armando Lecaros de Cossio -
Subsecretario para Asuntos de Europa del Ministerio de Relaciones Exteriores -
por el Perú y la doctora Úrsula Scháfer-Preuss - Directora General de la
Cooperación con países y regiones: Asia, América Latina, Europa, afianzamiento
de la paz, Naciones Unidas -, por Alemania.
1.- ACTA FINAL DE LAS NEGOCIACIONES INTERGUBERNAMENTALES
SOBRE LA COOPERACIÓN FINANCIERA Y TÉCNICA ENTRE LA
REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA
En esta Acta Final la delegación alemana destacó su convicción de que el respeto
a los derechos humanos, la participación de la población en las decisiones
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4.
Congreso d üz R,çpúfi[ica
Comisi4$n d ÇTe&zciones `Exjeriores
políticas, el estado de Derecho, la economía social de mercado y las acciones
orientadas al desarrollo, son requisitos sustanciales del desarrollo sostenible y de
cooperación del Perú.
Dentro del ítem "PROGRAMA DE COOPERACIÓN FINANCIERA 2004/2005", la
delegación alemana informó que ascendían a esa fecha a 781 `000,000
setecientos ochenta y un millones de Euros, comprometiéndose a poner a
disposición del Perú un monto adicional de hasta 42'500,000 cuarenta y dos
millones quinientos mil Euros para el bienio 2004-2005, en las siguientes
condiciones: 11'500,000 de Euros en donación; 19'OOO,OOO de Euros en forma de
préstamo con plazo de amortización de 30 años, con 10 años de gracia e interés
anual deI 2%; y 12'OOO,OOO de Euros como préstamo programático.
Las delegaciones consideraron utilizar estos fondos en los proyectos sobre:
a Democracia, sociedad civil y administración pública.
b Agua potable y alcantarillado.
c Desarrollo rural sostenible, incluyendo la protección y el manejo sostenible
de los recursos naturales.
d Educación.
e Otros: Modernización y Remotorización del Buque de Investigación
Científica Alexander Von Humboldt CF- Ayuda en Mercancías.
Se acordó que la ejecución de estos proyectos/programas, sólo se hará efectiva
por la parte alemana, una vez que:
a. El Gobierno de la República Federal de Alemania lo haya decidido
positivamente, tras la evaluación de los proyectos/programas por KM y
Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeir GTZ.
b. Esté asegurado el financiamiento total del proyecto/programa.
2.- "CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE
ALEMANIA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ SOBRE
COOPERACIÓN FINANCIERA 2004 AYUDA EN MERCANCÍA PARA LA
MODERNIZACIÓN Y REMOTORIZACIÓN DEL BUQUE DE INVESTIGACIÓN
CIENTÍFICA ALEXANDER VON HUMBOLDT".
Respecto al Convenio materia de la propuesta legislativa, cabe señalar la
disponibilidad del Gobierno Alemán para otorgar la posibilidad de que el Gobierno
de la República Federal de Alemania otorgue al Perú o a otros prestatarios, que
ambos gobiernos acuerden, la obtención del Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW
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Congreso d Qi Rspú6lica
Comisión cü q?,ç[aciones Erjeriores
Instituto de Crédito para la Reconstrucción, de un préstamo por 2'OOO,OOO dos
millones de Euros para ayuda en mercancía destinada a la modernización y
remotorización del buque de investigación científica "Alexander Von Humboldt" y
para los gastos surgidos del transporte, seguro y montaje de dichas mercancías.
Este préstamo deberá realizarse en base a lo establecido en el Acta Final de las
Negociaciones Intergubernamentales entre ambas repúblicas, es decir con plazo
de amortización de 30 años1 con 10 años de gracia e interés anual del 2%.
Por su parte el Gobierno peruano deberá eximir a la KfW de todos los impuestos y
demás gravámenes públicos que se devenguen en el Perú en relación con la
concertación y ejecución del Convenio.
3.- EL BIC "ALEXANDER VON HUMBOLDT".
El BIC Humboldt fue construido en 1979 por el Servicio Industrial de la Marina del
Perú -SIMA - Perú, tiene una velocidad de 14 nudos y una tripulación de 100
personas.
El último viaje a la Antártida se inició el 27 de diciembre de 2006, hacia la estación
peruana Machu Picchu, como parte de la segunda fase de la expedición Antar
XVII la primera se inició el 2 de diciembre último con la partida de 3 científicos y 7
integrantes de la Compañía Antártica del Ejército para instalar un radar MST en la
base peruana para realizar diversos estudios atmosféricos en la zona.
Con la misión científica se busca realizar 7 proyectos cuatro de los cuales fueron
ganadores de concursos convocados por INARPE relacionados con la capa de
ozono, el medio ambiente, la atmósfera y la biología marina en la zona.
Entre estos proyectos IMARPE, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la
Universidad Nacional de Ingeniería deben determinar el estado del medio marino y
costero. La Universidad Nacional Mayor de San Marcos, el IMARPE y los
programas antárticos de Brasil y Polonia deben establecer la estructura de
especies en la ensenada McKellar y en la bahía Almirantazgo. La Universidad
Nacional del Centro del Perú debe medir la capa de ozono y el espesor óptico del
aerosol en la atmósfera antártica y su relación con las mediciones en el Perú.
Como se puede determinar las misiones del BIC "Von Humboldt" son de indudable
necesidad para que el sector pesquero, en especial, pueda desarrollar labores
evaluativas sobre los recursos marinos y su uso debido e investigaciones
científicas para la toma de decisiones sobre manejo y ordenamiento pesquero. Así
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LP.
4s
Congreso d A Q,çpública
Comisión & Rç&ciones `Egteriores
mismo lo son los diversos programas y proyectos científicos que desarrollan y que
se debe apoyar.
VI.- CONCLUSIÓN.
Por lo expuesto y de conformidad con el literal a del artículo 70° del Reglamento
del Congreso de la República, la Comisión de Relaciones Exteriores propone al
Congreso de la República se apruebe la siguiente resolución legislativa::
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
HA DADO LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL
"CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERAL
DE ALEMANIA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
SOBRE COOPERACIÓN FINANCIERA 2004 AYUDA EN MERCANCÍA
PARA LA MODERNIZACIÓN Y REMOTORIZACIÓN DEL BUQUE DE
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA ALEXANDER VON HUMBOLDT"
ARTÍCULO ÚNICO.- OBJETO
Apruébase el "Convenio entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y
el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2004 Ayuda
en Mercancía para la Modernización y Remotorización del Buque de Investigación
Científica Alexander Von Humboldt" suscrito el 17 de mayo de 2006, en la ciudad
de Lima, República del Perú, de conformidad con los artículos 56° y 102° -inciso
3- de la Constitución Política del Perú.
Salvo más ilustrado parecer.
Sala de la Comisión de Relaciones Exteriores
Lima, 7 de mayo de 2007.
VÍCTOR R.
FRÁNK' N SÁ H ORTIZ MARISONZACRUZ
flceresidente Secretaria
8
* Urs
Congreso & £i 4I.gpú6Lica
Coin isión d gç[aciones £xjeriores
Dictamen del proyecto de resolución legislativa N° 731/2006-PE
KARINA BETETA RUBÍN ÁLVARO GUTIERREZ CUEVA
GUIDO LOMBARDI ELÍAS
EYZAGUIRRE
ALEJANDRO
CNCIETA
ACCESITARJO
MARGARITA SUCARI CARI
ELSA CANCHAYA SÁNCHEZ
JOSÉ VARGAS FERNÁNDEZ
KEIKO FUJIMORI HIGUCI-II
MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
NANCY OBREGÓN CENAIDA URIBE
/1
LUÍS FALLA LA
MIGUEL GUEVARA TRELLES
RECUENCO
9
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Congreso d Li epzíSEca
Comisión dí q?ç&zciones Exjeriores
/1/
RENZO REOGIARDO BARRErO ANIBAL HUERTA DIAZ
DANIEL ROBLES LÓPEZ ROSA VENEGAS MELLO
St
c:ong;t'so le fi Rj'j,úóIiru
otuis ió u h`Re 1i no urs i: v e fo res
COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES
Periodo 2006 - 2007
Sesión Ordinaria N°25
1. ROLANDO SOUSA HUANAMBAL
Presidente
2. FRÁNKLIN SÁNCHEZ ORTIZ
Vi ce píe si den te
3. MARISOL ESPINOZA CRUZ
Secretaria
Asistencia
Lunes7demayode2007
/
/
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/
/
4. KARINA BETETA RUBÍN
5. CENAIDA URIBE MEDINA
6. NANCY OBREGON PERALTA
7. ALVARO GUTIÉRREZ CUEVA
¿
wI. UI lIrIllil
8. LUIS GONZALES POSADA
9. LUÍS FALLA LAMADRID
10. MIGUEL GUEVARA TRELLES
11. GUIDO LOMBARDI ELIAS
12. LOURDES ALCORTA SUERO
13. ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO
14. JONHY LESCANO ANCIETA
ACCESITARIOS
1. MARGARiTA SUCARI CARI
7
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-7
2
3
IF lA UTII'UTl
2. KEIKO FIJJIMORI HIGUCHI
3. ELSA CANCHAYA SÁNCHEZ
4. MARTIN PÉREZ MONTEVERDE
5. REGGIARDO BARRETO RENZO
6. JOSE VARGAS FERNANDEZ
7. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
8. ANIBAL HUERTA DIAZ
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9. ROSA VENEGAS MELLO
10. DANIEL ROBLES LOPEZ
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