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ÍNDICE PRESENTACIÓN.............................................1 CONTITUCIÓN POLITICA DEL PERÚ............................2 TITULO I................................................. 2 “DE LAS PERSONAS Y DE LA SOCIEDAD”.......................2 CAPITULO I.............................................. 2 DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA....................2 CAPITULO II............................................. 4 DE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS...................4 CAPITULO III............................................ 7 DE LOS DERECHOS POLITICOS Y DE LOS DEBERES.............7 CAPITULO IV............................................. 8 DE LA FUNCIÓN PÚBLICA................................... 8 CONCLUSIÓN.............................................. 9

Constitución 1

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Constitucion del peru

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CONTITUCIN POLITICA DEL PER

[CONTITUCIN POLITICA DEL PER]Sociedad y Economa de la Globalizacin

NDICE

PRESENTACIN1CONTITUCIN POLITICA DEL PER2TITULO I2DE LAS PERSONAS Y DE LA SOCIEDAD2CAPITULO I2DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA2CAPITULO II4DE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONMICOS4CAPITULO III7DE LOS DERECHOS POLITICOS Y DE LOS DEBERES7CAPITULO IV8DE LA FUNCIN PBLICA8CONCLUSIN9

PRESENTACIN

El presente trabajo, resumen de la Constitucin Poltica del Per TTULO I; fue realizado con el fin de dar a conocer a todas nuestras compaeras de lo importante que es saber de nuestros deberes y derechos como personas, sociales, Econmicos y poltico. Ya que en este pas todo es regido bajo una ley. Agradecemos a nuestro profesor Bonifacio Tapia por darnos la oportunidad de tocar este tema tan importante como ciudadanos peruanos que somos.

CONTITUCIN POLITICA DEL PERTITULO IDE LAS PERSONAS Y DE LA SOCIEDAD

CAPITULO IDERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

ARTCULO 1.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del estado.ARTCULO 2.- Toda persona tiene derecho:1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica y a su libre desarrollo y bienestar.2. A la igualdad ante la ley, nadie debe ser discriminado por, raza, sexo, idioma, religin, opinin, condicin econmica, o cualquier otra ndole. 3. A la libertad de conciencia y de religin en forma individual o asociada. No hay delito de opinin toda confesin es libre siempre que no ofenda la moral o altere el orden pblico.4. A la libertad de informacin, opinin, expresin, y difusin de peruanidad mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicacin.Es delito toda accin que suspende o clausura algn rgano de expresin o le impide circular libremente los derechos de informar, opinar y comprender lo de formar medios de comunicacin.5. Solicitar sin expresin de causa la informacin que requiera y a recibirla de cualquier entidad pblica. El secreto bancario y las reservas tributarias pueden levantarse a pedido del juez, del fiscal de la nacin o de una comisin investigadora del congreso.6. A que los servicios informticos computarizados o no, pblicos o privados nos suministren informacin que afecte la intimidad personal y familiar.7. Al honor y a la buena reputacin a la intimidad personal y familiar, as como a la voz y a la imagen propia, toda persona agraviada en cualquier medio de comunicacin tiene derecho a que este se rectifique de forma inmediata.8. A la libertad de creacin intelectual, artstica, tcnica y cientfica, as como a su creacin o su producto.9. A la individualidad de su domicilio nadie puede ingresar a l sin un permiso del dueo, excepto por sanidad o alguna investigacin.10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones o documentos privados, estos documentos pueden ser intervenidos, interceptados solo por mandato del juez.11. A elegir su lugar de residencia a transitar por el territorio nacional. Y a salir de l como tambin entrar, salvo por sanidad o mandato del juez.12. A reunirse pacficamente sin armas las reuniones en cualquier mbito o sitio no requiere de un aviso previo. Esto solo puede ser prohibido por la seguridad o sanidad pblica.13. A asociarse o contribuir fundaciones y diversas organizaciones jurdicas sin fin de lucro sin autorizacin y con arreglo a la ley14. A contratar con fines lcitos siempre que no contravengan el orden pblico.15. A trabajar libremente con sujecin a la ley.16. A la propiedad y a la herencia 17. A participar en forma individual o asociada, los ciudadanos tienen conforme a la ley de derechos a la educacin.18. A mantener reserva sobre sus convicciones polticas, filosficas, religiosos o de cualquier otra ndole.19. A su identidad tica y cultural. El estado protege su pluralidad tica y cultural de la nacin los extranjeros tienen este mismo derecho.20. A formular peticiones, individual y colectivamente por escrito ante la autoridad competente la que est obligada a dar una respuesta al interesado.21. A su nacionalidad nadie puede ser despojado de ella, tampoco puede ser privado del derecho para renovar su pasaporte.22. A la paz. A la tranquilidad y ala disfrute del tiempo libre, y al descanso. As como gozar de un ambiente adecuado al desarrollo de su vida.23. A la legtima defensa.24. A la libertad y seguridad personal en consecuencia:

a) Nadie est obligado o impedido de hacer lo que la ley manda.b) No se permite forma alguna de restriccin de la libertad personal. Se prohbe la esclavitud, trata de personas entre otras.c) No hay prisin por deudas.d) Nadie ser procesado ni condenado por acto u omisin que al tiempo de cometerse no este clasificado en la ley.e) Toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario.f) Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito o motivado del juez o autoridades policiales en caso de infrante delito.g) Nadie puede ser incomunicado sino en caso de esclarecer un delito.h) Nadie debe ser vctima de cualquier tipo de violencia.

ARTCULO 3.- Los derechos establecidos en este captulo no excluyen a los dems que la constitucin garantiza.

CAPITULO IIDE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONMICOS

ARTCULO 4.- La comunidad y el Estado protegen especialmente al nio, al adolescente, a la madre y al anciano. Tambin protegen a la familia y promueven el matrimonio.ARTCULO 5.- La unin estable de un varn y una mujer, libres de impedimento matrimonial.ARTCULO 6.- La poltica nacional de poblacin tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsables. El Estado asegura los programas de educacin y la informacin adecuada y el acceso a los medios, que no afecten la vida o la salud.ARTCULO 7.- Todos tienen derecho a la proteccin de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad.ARTCULO 8.- El Estado combate y sanciona el trfico ilcito de drogas. Asimismo, regula el uso de los txicos sociales.ARTCULO 9.- El Estado determina la poltica nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicacin.ARTCULO 10.- El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su proteccin frente a las contingencias que precise la ley y para la elevacin de su calidad de vida.ARTCULO 11.- El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones.ARTCULO 12.- Los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que seala la ley.ARTCULO 13.-El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educacin.ARTCULO 14.-Es deber del Estado promover el desarrollo cientfico y tecnolgico del pas. La formacin tica y cvica y la enseanza de la Constitucin y de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar.Los medios de comunicacin social deben colaborar con el Estado en la educacin y en la formacin moral y cultural.ARTCULO 15.-El Estado y la sociedad procuran su evaluacin, capacitacin, profesionalizacin y promocin permanentes a los profesorados.Toda persona, natural o jurdica, tiene el derecho de promover y conducir instituciones educativas y el de transferir la propiedad de stas, conforme a ley.ARTCULO 16.- Tanto el sistema como el rgimen educativo son descentralizados. El Estado coordina la poltica educativa. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educacin. Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educacin adecuada por razn de su situacin econmica o de limitaciones mentales o fsicas.ARTCULO 17.- La educacin inicial, primaria y secundaria son obligatorias y gratuitas. En las universidades pblicas el Estado garantiza el derecho a educarse gratuitamente a los alumnos.El Estado promueve la creacin de centros de educacin donde la poblacin los requiera. Asimismo, garantiza la erradicacin del analfabetismo y fomenta la educacin bilinge e interculturalARTCULO 18.-La educacin universitaria tiene como fines la formacin profesional, la difusin cultural, la creacin intelectual y artstica y la investigacin cientfica y tecnolgica. El Estado garantiza la libertad de ctedra y rechaza la intolerancia.ARTCULO 19.- Las universidades, institutos superiores y dems centros educativos constituidos conforme a la legislacin en la materia gozan de inafectacin de todo impuesto directo e indirecto que afecte los bienes, actividades y servicios propios de su finalidad educativa y cultural.Para las instituciones educativas privadas que generen ingresos que por ley sean calificados como utilidades, puede establecerse la aplicacin del impuesto a la renta.ARTCULO 20.- Los colegios profesionales son instituciones autnomas con personalidad de derecho pblico. La ley seala los casos en que la colegiacin es obligatoria.ARTCULO 21.- Los yacimientos y restos arqueolgicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliogrficos y de archivo, objetos artsticos y testimonios de valor histrico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nacin, independientemente de su condicin de propiedad privada o pblica. Estn protegidos por el Estado.ARTCULO 22.- El trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realizacin de la persona.ARTCULO 23.- El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atencin prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan.ARTCULO 24.- El trabajador tiene derecho a una remuneracin equitativa y suficiente, que procure, para l y su familia, el bienestar material y espiritual.ARTCULO 25.- La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como mximo. Los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados.ARTCULO 26.- En la relacin laboral se respetan1. Igualdad de oportunidades sin discriminacin.2. Carcter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitucin y la ley.3. Interpretacin favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.ARTCULO 27.- La ley otorga al trabajador adecuada proteccin contra el despido arbitrario.ARTCULO 28.- El Estado reconoce los derechos de sindicacin, negociacin colectiva y huelga. 1. Garantiza la libertad sindical.2. Fomenta la negociacin colectiva y promueve formas de solucin pacfica.3. Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armona con el inters social.ARTCULO 29.- El Estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participacin.

CAPITULO IIIDE LOS DERECHOS POLITICOS Y DE LOS DEBERES

ARTCULO 30.- Los ciudadanos mayores de dieciocho aos para ejercer la ciudadana se requieren la inscripcin electoralARTCULO 31.- Los ciudadanos tienen derecho de participar en los asuntos pblicos mediante referndum iniciativa o legislativa; revocacin de autoridades y rendicin de cuentas y tambin ser elegidos o elegir a sus representantes.El voto es personal, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta aos de edad.ARTCULO 32.- Pueden ser sostenibles a referndum:1. La reforma total o parcial al referndum.2. La aprobacin de normas con rango a ley.3. Las ordenanzas municipales y materiales relativas al proceso de descentralizacin.No pueden someterse al referndum la disminucin de los derechos humanos, ni en normas de carcter tributario, ni los tratados internacionales de vigor.ARTCULO 33.- El ejercicio de la ciudadana se suspende:1. Por resolucin jurdica de interdiccin.2. Por sentencia pena privativa de la libertad.3. Inhabilitacin de los derechos polticos.ARTCULO 34.- Los miembros de las Fuerzas Armadas y Polica Nacional de Per tienen derecho a voto pero no pueden postular a cargos de eleccin popular ni participar en actividades partidarias, ni actos de proselitismo. ARTCULO 35.- Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente a travs de organizaciones polticas.ARTCULO 36.- El Estado reconoce el asilo poltico. Acepta la edificacin del asilado que otorga el gobierno aislante. En caso de expulsin, no se entrega al asilado al pas cuyo gobierno lo persigue.ARTCULO 37.- La extraccin solo se concede por el poder ejecutivo previo informe de la corte suprema.ARTCULO 38.- Todos los peruanos tienen el derecho de honrar a su Per, y proteger los intereses nacionales. Como respetar, defender la constitucin y ordenamiento jurdico de la Nacin.

CAPITULO IVDE LA FUNCIN PBLICA

ARTCULO 39.- Todos los funcionarios y trabajadores pblicos estn al servicio de la nacin y su jerarqua al orden. ARTCULO 40.- La ley regula el ingreso a la carrera administrativa y los derechos, deberes y responsabilidades de los servicios pblicos. No estn comprendidos en la funcin pblica los trabajadores de las empresas del Estado de economa mixta.ARTCULO 41.- Los funcionarios y servidores pblicos que seala la ley del Estado por ste deben hacer declaracin jurada de bienes y rentas. La respectiva posesin se publica en el diario oficial tal como seala la ley. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores pblicos. El plazo de prescripcin se duplica en caso de delitos cometidos contra el patrimonio del Estado.ARTCULO 42.- Se reconoce los derechos de la sindicacin y huelga de los servidores pblicos. No estn comprendidos los funcionarios del Estado con poder de decisin y los que desempean cargo de confianza, as como los miembros de las fuerzas armadas y Polica Nacional.

CONCLUSIN

La Constitucin Poltica del Per cuenta con IV TITULOS entre ellos CAPITULOS y en algunos captulos encontramos artculos.Es muy importante saber de cada uno de los ttulos como captulos porque esto nos ayudara crecer como ciudadanos en nuestro Per.

CARRERA PROFESIONAL SECRETARIADO EJECUTIVO II semestre9