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GUATEMALA, MAYO DE 2015 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS INFORME DE AUDITORÍA A LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014 ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL TOMO I / X

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS INFORME DE AUDITORÍA …contraloria.gob.gt/imagenes/i_docs/i_inf_DAG_CENTRAL014/... · 2019-02-05 · 153 153 139 136 135 135 134 134 133 132 121

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GUATEMALA, MAYO DE 2015

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

         

INFORME DE AUDITORÍAA LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014     

ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL       

TOMO I / X

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     ÍNDICE Página

 

DIRECCION DE CONTABILIDAD DEL ESTADO

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

DIRECCION FINANCIERA (UDAF)

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

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OBLIGACIONES DEL ESTADO A CARGO DEL TESORO

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE GUATEMALA

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE SACATEPÉQUEZ

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1541. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE CHIMALTENANGO

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE EL PROGRESO

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

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2144. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE ESCUINTLA

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE SANTA ROSA

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

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2836. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE SOLOLÁ

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE TOTONICAPAN

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

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3728. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE QUETZALTENANGO

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE SUCHITEPÉQUEZ

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

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CONSEJO DE DESARROLLO DE RETALHULEU

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE SAN MARCOS

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE HUEHUETENANGO

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4911. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

CONSEJO DE DESARROLLO DE QUICHÉ

1. INFORMACIÓN GENERAL

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA YOTROS ASPECTOS EVALUADOS

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODOAUDITADO

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍAMINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS, DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DEL

ESTADODEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 1 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley delOrganismo Ejecutivo, Acuerdo Gubernativo Número 394-2008 de fecha 23 dediciembre de dos mil ocho y Reglamento Orgánico Interno del Ministerio deFinanzas Públicas. Función La Dirección de Contabilidad del Estado es la dependencia del Ministerio deFinanzas Públicas, responsable del registro consolidado de la liquidaciónpresupuestaria y de administrar el Sistema de Contabilidad IntegradaGubernamental; en su calidad de órgano rector, dicta las normas y procedimientoscontables, analiza la información y elabora los Estados Financieros del Estado, enforma oportuna, para la toma de decisiones de los organismos del Estado. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0201-2014 y DAG-0202-2014de fecha 22 de julio de 2014.

Contraloría General de Cuentas 2 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros y Estado deEjecución y Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos de laAdministración Central del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Evaluar si la información que genera la Dirección de Contabilidad del Estado, seproduce y distribuye oportunamente y si es de utilidad para la toma de decisionesde los diferentes niveles del sector público. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura del control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados de la entidad, cubriendo el período comprendidodel 01 de enero al 31 de diciembre de 2014; con énfasis en las cuentas deBalance General, Caja (Subcuenta: Otras Cajas Recaudadoras), Bancos(Subcuentas: Cuenta Única de Préstamos y Fondo Común), Cuentas a Cobrar aCorto Plazo (Subcuentas: Cuentas por Liquidar SAT, Cuenta por Liquidar deDonaciones, Aportes en Especie por Liquidar), Fondos en Avance (Subcuentas:Fondos Rotativos de Donaciones, Fondos Rotativos de Prestamos), ActivoDiferido a Corto Plazo (Subcuenta: Importación de Bienes), PréstamosConcedidos a Mediano y Largo Plazo (Subcuenta: Préstamos Otorgados al SectorPrivado), Fondos en Fideicomiso, Maquinaria y Equipo (Subcuenta: de Transporte,Tracción y Elevación), Construcciones en Proceso (Subcuenta: De Bienes de Usono Común), Infraestructura (Subcuenta: Carreteras), Cuentas Comerciales a

Contraloría General de Cuentas 3 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Pagar a Corto Plazo, Fondos de Terceros (Subcuenta: Recaudos por Devolver),Otras Cuentas a Pagar a Largo Plazo, Obligaciones por Deuda Pública a LargoPlazo (Subcuenta: Títulos, Bonos y Otros Valores), Préstamos Externos de LargoPlazo, (Subcuenta: Deuda con Organismos Multilaterales y Bilaterales), todas lascuentas mencionadas corresponden al Balance General, sobre las que seconsideraron eventos relevantes de acuerdo a la antigüedad de los saldos, para laadecuada aplicación de pruebas de auditoría selectivas, para establecer laveracidad y legitimidad de los registros, verificando para el efecto los documentoslegales que respalden los registros contables de las transacciones operadas. Limitaciones al alcance En el Balance General de la Dirección de Contabilidad del Estado, al 31 dediciembre de 2014, se encuentran registros de transacciones contables en susrubros financieros, que corresponden a saldos con operaciones pendientes deregularización y que vienen de períodos anteriores, los mismos no permiten quelos saldos presentados a esta fecha se encuentren debidamente depurados concifras confiables, con base en pruebas selectivas se consideraron las másimportantes, como lo son los rubros de Caja (Subcuentas: Cuenta Única dePréstamos y Fondo Común), Cuentas a Cobrar a Corto Plazo (Subcuentas:Cuentas por Liquidar SAT, Cuenta por Liquidar de Donaciones, Aportes enEspecie por Liquidar), Fondos en Avance (Subcuentas: Fondos Rotativos deDonaciones, Fondos Rotativos de Préstamos), Activo Diferido a Corto Plazo(Subcuenta: Importación de Bienes), Préstamos Concedidos a Mediano y LargoPlazo (Subcuenta: Préstamos Otorgados al Sector Privado), Fondos enFideicomiso, Maquinaria y Equipo (Subcuenta: de Transporte, Tracción yElevación), Construcciones en Proceso (Subcuenta: De Bienes de Uso noComún), Infraestructura (Subcuenta: Carreteras), Cuentas Comerciales a Pagar aCorto Plazo, Fondos de Terceros (Subcuenta: Recaudos por Devolver), OtrasCuentas a Pagar a Largo Plazo, Obligaciones por Deuda Pública a Largo Plazo(Subcuenta: Títulos, Bonos y Otros Valores), Préstamos Externos de Largo Plazo,(Subcuenta: Deuda con Organismos Multilaterales y Bilaterales. Debido a estasituación existe duda razonable en cuanto a los saldos que presentan los EstadosFinancieros.

Contraloría General de Cuentas 4 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Balance General De acuerdo con el alcance de la auditoria, se evaluaron selectivamente algunascuentas y subcuentas, que fueron consideradas de mayor importancia dentro delBalance General de la Dirección de Contabilidad del Estado. Considerando para larealización del examen un alcance de revisión del 50%. Los saldos mostrados por la Administración Central al 31 de diciembre de 2014;en el Balance General, establecen Activos por la suma de Q72,121,520,744.00con un Pasivo de Q113,491,155,493.84, lo que refleja un déficit patrimonial deQ41,369,634,749.84. Caja y Bancos Caja Es la cuenta que registra el movimiento en el país y en el extranjero, del dinero enefectivo, cheques percibidos y su depósito en bancos. El saldo de la Cuenta al 31 de diciembre de 2014, ascendió a la cantidad deQ10,189,147.00, que representa el 0.12% del total del activo, el cual tuvo unaumento durante el año de Q1,935,835.99 equivalente al 0.28% en relación con elaño anterior, se integra por Otras Cajas Recaudadoras. El saldo de la cuenta representa un monto parcial a regularizar que corresponde avalores del mes de noviembre y primera quincena de diciembre de 2014, que seregulariza por la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas en elEjercicio siguiente. Bancos Registra el movimiento de fondos de cuentas monetarias propias y las controladaspor la Tesorería Nacional, abiertas en el sistema bancario a excepción de lascuentas específicas de préstamos y donaciones que son administradas por lasUnidades Ejecutoras y se encuentran en bancos del Sistema. El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2014, ascendió a Q3,411,715,312.37,

Contraloría General de Cuentas 5 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

que representa el 41.76% del total del activo, el cual aumentó en Q282,027,050.84, que equivale al 40.64% en relación con el año 2013. Las cuentas administradas por la Tesorería Nacional son 252, integradas así: 28cuentas de bancos; 25 fondos privativos; 65 Cuentas única de préstamosquetzales; 22 Cuenta única de préstamos dolares américanos; 4 Cuenta única depréstamos euros; 85 Cuenta única de donaciones quetzales y 23 Cuenta única dedonaciones dolares américanos. Las cuentas no administradas por la Tesorería Nacional son 165, las cuales estánregistradas en diferentes bancos del sistema. Esta cuenta de mayor se divide en siete subcuentas . Fondo Común: Representa los fondos disponibles depositados en las cuentas deTesorería Nacional en el Sistema Bancario, dichos ingresos pueden ser porconcepto de excedentes de cuotas de telefonía celular, sobrantes de caja chica,reposición de efectivo por faltante de un bien, intereses, regalías y otros. El saldoal 31 de diciembre de 2014 es de Q1,200,009,637.58

Fondos Privativos: Los Fondos Privativos del Gobierno central, representan losfondos existentes a disposición de las unidades responsables, quienes son losadministradores de dichos recursos. El saldo al 31 de diciembre de 2014 es deQ746,346,008.46. Cuentas Especificas: Esta subcuenta de mayor se divide en: Préstamos, con un saldo al 31 de diciembre de 2014 de Q700,206,942.76. Donaciones, con un saldo al 31 de diciembre de 2014 de Q186,006,372.58 Cuentas Única de Préstamo, con un saldo al 31 de diciembre de 2014 deQ480,561,822.95 Cuenta Única de Donaciones, con un saldo al 31 de diciembre de 2014 deQ98,584,227.05 Bancos Recaudadores SAT : Con saldo Q300.99 al 31 de diciembre de 2014. Aesta cuenta llega el recaudo realizado por la Superintendencia de AdministraciónTributaria, luego es trasladado al Fondo Común. La Cuenta Única de Préstamos en el Banco de Guatemala se encuentraconstituida solamente con la cuenta monetaria identificada con el No.

Contraloría General de Cuentas 6 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

GT12BAGU01010000000001129816 y la No. T91BAGU02010000000001800515,cuya disponibilidad se origina por las notas de crédito emitidas en el Banco deGuatemala correspondientes a los depósitos efectuados por los organismosfinancieros a la cuenta monetaria del BANGUAT constituida en un banco delexterior y se debita a requerimiento de la Tesorería Nacional para cumplir con loscompromisos financiados con préstamos de las entidades, los saldos contablesque reflejan las cuentas secundarias no están sujetas a depuración. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) En esta cuenta se registra el movimiento relacionado con los fondos entregados,para cumplir determinados propósitos, de acuerdo a normas establecidas. El saldo al 31 de diciembre de 2014, ascendió a Q126,585,945.25, que representael 1.55% del total del activo, mostrando una disminución de Q8,300,785.39, lo queequivale al 1.2% en relación con el año 2013 y se integra por Q12,172,456.41 deFondos de Otras Instituciones Públicas, Q64,997,286.29 de Fondos Rotativos dePréstamos, Q49,416,202.55. En la Administración Central se distribuyeron 186 Fondos Rotativos en lasdistintas dependencias, de la siguiente manera: 43 Fondos RotativosInstitucionales, 10 Fondos Rotativos Privativos, 3 Fondos Rotativos Especiales deProgramas y Proyectos los cuales quedaron liquidados al 31 de diciembre de2014, 1  Fondo de Otras Instituciones Públicas, y 48 Fondos Rotativos dePréstamos, 74 Fondos Rotativos de Donaciones, Fondos Rotativos Cuenta ÚnicaPréstamos y 3 Fondos Rotativos Cuenta Única Donaciones. El Fondo de Otras Instituciones Públicas, refleja un saldo de Q12,172,456.41,dicho monto se encuentra disponible en la cuenta monetariaGT41BAGU01010000000001510601 FONDO IVA para la devolución del CréditoFiscal a los exportadores. La Cuenta Fondos Rotativos de Préstamos, refleja unsaldo de Q64,997,286.29, El Fondo Rotativo de Donaciones, refleja un saldo deQ49,416,202.55; montos pendientes de regularizar por disponibilidades de efectivoque Tesorería Nacional trasladó a las Unidades Ejecutoras para la ejecución desus proyectos. Cuentas a Cobrar Cuentas a Cobrar a Corto Plazo Registra el movimiento relacionado con las operaciones por venta de bienes yservicios provenientes de la actividad de la entidad, sean estas al crédito o alcontado, por ingresos corrientes y otros ingresos.

Contraloría General de Cuentas 7 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

El saldo de la Cuenta al 31 de diciembre de 2014, refleja un saldode Q3,446,506,789.59, que representa el 42.19% del total del activo, dicho saldotuvo un aumento en Q276,426,252.62 lo cual equivale a un 39.83% en relacióncon el año anterior. Esta cuenta incluye saldo por Q699,024,424.32 integrada por: Otras Cuentas aCobrar a Corto Plazo; Q1,044,335.80 de Deudores del Estado; Q4,305,780.33 porDeudores del Estado Fondo Rotativo Pendiente Liquidar; Q111,003,629.15 deDeudores del Estado Anticipos Otorgados a Ejecutores Delegados por ConveniosPendientes de Liquidar; Q42,079,931.03 de Cuentas por Liquidar SAT;Q83,594,621.95 de Aportes en Especie por liquidar; Q270,513,853.77 de Cuentaspor Liquidar Varias; Q1,387,505,185.25 de Cuenta por liquidar de Donaciones;Q260,331.54 de cuentas por Liquidar Retenciones y Q847,174,696.45 de Cuentaspor Liquidar Préstamos. Préstamos concedidos a mediano y largo plazo El saldo de esta cuenta representa el monto por préstamos concedidos a LargoPlazo, a entidades descentralizadas, así como préstamos otorgados al sectorprivado, a través de Fideicomisos administrados por los Ministerios de Estado, yrefleja un saldo al 31 de diciembre de 2014 por Q1,133,554,320.71. Como caso especial de la cuenta 1213-02-02 Préstamos Otorgados a InstitucionesDescentralizadas y Autónomas, refleja un saldo de Q19,112,507.14, por lo que elInstituto de Fomento Municipal -INFOM- responde la Comisión Regularizadora yLiquidadora de Programas de Financiamiento Externo, Informa: “El Instituto deFomento Municipal (INFOM) de conformidad con el Decreto Ley 14-85 del Jefe deEstado, únicamente seria " y que en ningún momento delAgente de Cobro” proceso fue directamente beneficiario del financiamiento otorgado, ya que este fuepagado por el Ministerio de Finanzas Públicas en forma directa al Instituto deElectrificación (INDE), en concepto de financiamiento con carácter reembolsable afavor de las municipalidades beneficiadas”. Por lo que no es factible confirmar aesa comisión de auditoría el saldo de la cuenta, los cuales no existen en losregistros contables del (INFOM), en la cuenta 1213-03, Préstamos Otorgados aEmpresas Públicas no Financieras, al Instituto Nacional de ComercializaciónAgrícola -INDECA-, informaron, que se encuentra en fase final de depuración, arequerimiento de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Finanzas Públicas. Fondos en Fideicomiso Como procedimiento de auditoría, se circularizaron saldos al 31 diciembre de2014, los cuales fueron confirmados por las entidades responsables del manejo de

Contraloría General de Cuentas 8 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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los fideicomisos, el saldo al cierre del ejercicio fiscal 2014 asciende aQ2,242,959,225.60, integrados principalmente por: Fideicomiso denominado"Fondo Nacional para la Paz" por Q332,693,176.13; Fideicomiso de"Rehabilitación y Reconstrucción Tormenta Tropical Stan" del Ministerio deComunicaciones Infraestructura y Vivienda por Q189,325,940.46; Fideicomiso"Fondo Social de Solidaridad" por Q184,995,886.92. Propiedad, Planta y Equipo Refleja un saldo al 31 de diciembre de 2014 de Q57,373,873,087.99, esta cuentaestá integrada principalmente por las cuentas contables: Propiedad y planta enoperación con un saldo de Q757,381,755.86; Tierras y Terrenos con saldoQ474,805,408.76; Construcciones en Proceso Q49,681,086,072.17; Equipo Military de Seguridad Q295,950,860.25; Animales Q1,823,642.17; Otros Activos FijosQ521,361,696.17; Infraestructura Q811,921,779.27. Se examinó la subcuenta Maquinaria y Equipo de Construcción, por un valor deQ130,806,203.93, se verificaron los saldos de la cuenta y los mismos reflejanmovimientos de adquisiciones de maquinaria, asientos automático de baja debienes según resoluciones emitidas por la Contraloría General de Cuentas. Infraestructura, Bienes de uso no Común Registra el costo de las obras públicas que se relacionan con el desarrollo de la actividad económica y social, tales como: carreteras, puentes, calles y banquetas,aeropuertos y pistas de aterrizaje, parques, sistemas de alcantarillados, obrasportuarias, embalses, redes de servicios públicos, pozos, etc. El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2014, ascendió a Q811,921,779.27, elcual se encuentra integrado de la siguiente manera: Ministerio de Salud Publica yAsistencia Social Q1,651,146.00; Ministerio de Agricultura, Ganadería  yAlimentación Q1,078,120.00; Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura yVivienda Q588,139,707.99; Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la PresidenciaQ54,009,061.53;Fondo Nacional para la Paz Q61,898,466.63; Autoridad para elManejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán  y su EntornoQ45,569,977.89; Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lagode  Amatitlán   y su Entorno Q1,242,670.85; Fondo Nacional de DesarrolloQ56,752,395.00 y Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales Q1,580,233.38. Se examinó la subcuenta Carreteras, por un valor de Q584,812,734.82.

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Actualmente, no se cuenta con un módulo específico por lo que su registro es anivel de cuenta mayor. Construcciones en Proceso Registra los montos de las obras en proceso de construcción que al cierre delejercicio no se encuentran disponibles para su uso por no haberse terminado. El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2014, ascendió a Q49,681,086,072.17,es uno de los rubros más importantes, representando el 68.89% del total delBalance General de la Presidencia, Ministerios de Estado, Secretarias y otrasDependencias del Ejecutivo. Derivado de las diferentes acciones realizadas para regularizar los saldos seestablecen los siguientes resultados: Se emitió el reporte –Libro Mayor– Auxiliares de Cuentas –Libro Mayor– Auxiliaresde Cuenta, cuenta de mayor 1234-5-0 Construcciones en Proceso–Construcciones en Proceso de Bienes de Uso no Común R00801007.rpt, seanalizó el saldo que se presenta en el Balance General, del período fiscalizado,mediante la revisión, el cual consistió en la circularización para tener certeza quelos saldos son reales y que se encuentren conciliados, de parte de las entidadescon la Dirección de Contabilidad del Estado, a lo cual no se observarondiferencias, se pudo determinar que de los saldos iniciales del presente ejerciciocon los finales, una gran mayoría de dichos saldos no tuvieron ningún movimiento,es más muchos de estos no han tenido movimiento durante años atrás, por lo quelos proyectos de construcción se encuentran en proceso, no se han concluido o seencuentran pendientes de liquidación, además algunas entidades como laSecretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN- y laSecretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, han realizado trámites aefecto de la depuración o reclasificación de saldos, por no corresponder a dichacuenta, toda vez que estos fueron en su oportunidad gastos de funcionamiento,como pagos de honorarios, viáticos, compra de combustible, pago de servicios deconsultorías, telefonía, energía eléctrica, entre otras, por lo que estas entidadesaducen que dichos gastos en su oportunidad fueron registradospresupuestariamente en renglones de funcionamiento y que el sistema decontabilidad integrada los direccionó contablemente a la cuenta de mayor 1234Construcciones en Proceso, durante los años 1998 a 2005. Otros Activos Fijos Activo Diferido a Corto Plazo

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Se revisó la cuenta de mayor 1161 y a nivel de subcuenta 1161-1-3, ActivoDiferido a Corto Plazo Bienes en Tránsito -Importación de Bienes-, R00801007.rpt,se analizó esta subcuenta y el saldo que presenta en el Balance General, delperíodo fiscalizado, mediante la revisión, se determinó que dichos saldos seencuentran conciliados, de parte del Ministerio de Gobernación con la Dirección deContabilidad del Estado, la cual presenta un saldo de apertura de Q55,000,000.00,que corresponde a una apertura de carta de crédito emitida por la TesoreríaNacional y la Dirección de Contabilidad del Estado, para la adquisición de 14,146armas cortas para el Ministerio de Gobernación en el año 2013. Reflejando un saldo al 31 de diciembre de Q47,188,024.32. Cuentas Comerciales a Pagar Registra el movimiento de deudas con proveedores, motivadas por operacioneshabituales del ente, con vencimiento dentro de los doce meses siguientes a lafecha de la transacción, con un saldo al 31 de diciembre por Q449,876,173.03.

Otras Cuentas a Pagar a Largo Plazo Esta cuenta está integrada por el saldo contable del Convenio de Canje (swap) deDeuda por Naturaleza y el Convenio de Conservación de Selva, La Dirección deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro es quien gestiona los desembolsosde las Nuevas Obligaciones FCA y las Nuevas Obligaciones USAID, afectando elPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada ejercicio fiscal,al 31 de diciembre de 2014, refleja un saldo de Q55,577,233.16 millones dequetzales. La Dirección Financiera no efectúa registros contables, sino únicamente gestionalos desembolsos para el pago, llevando el control del saldo pendiente de pago. La Dirección de Contabilidad del Estado, solo consolida la información recibida porparte de la Dirección de Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro. Fondos de Terceros Esta cuenta está integrada básicamente por el Impuesto al Valor Agregado -IVA-,pagado por los exportadores, sus registros están siendo contabilizados por laSuperintendencia de Administración Tributaria -SAT-, entidad responsable de larecaudación fiscal. La Dirección de Contabilidad del Estado, únicamente consolida la información que

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registra la Superintendencia, la documentación de soporte está bajo la custodia dela SAT . Esta dependencia lleva un registro diario de las operaciones que se registran enlos bancos del sistema y realiza un cuadre diario de los movimientos consignadospor cada una de esas entidades financieras, basados en el normativo interno No. PR-IRG-DR-2 1.54 denominado “Procedimiento Diario de Ingresos”. Al 31 de diciembre de 2014 refleja un saldo de Q145,452,571.14; el resultado de laevaluación realizada es que la Dirección de Contabilidad del Estado no seresponsabiliza por los movimientos consignados en está cuenta, aduciendo que esla Superintendencia de Administración Tributaria, la responsable de los registros yconciliaciones. Obligaciones por Deuda Pública La Deuda Pública a Largo Plazo (Bonos del Tesoro) y Préstamos Externos aLargo Plazo, su registro contable y control, es responsabilidad de la Dirección deCrédito Público del Ministerio de Finanzas Públicas, quienes son los responsablesde llevar la cuenta y razón de las operaciones realizadas y contabilizadas. La Dirección de Contabilidad del Estado, únicamente consolida la información enel Balance General y el Estado de Ejecución Presupuestaria. La Deuda Bonificada  se concilia mensualmente entre la Dirección de CréditoPúblico y la Dirección de Contabilidad. La Deuda Externa, se concilia mensualmente, pero anualmente se realiza unajuste por diferencial cambiario, según política de la Dirección de Contabilidad deestado. La deuda Interna asciende a Q57,623.28 millones teniendo un aumento enrelación al 31 de diciembre de 2013 de Q8,216.49 millones originado porcolocaciones de bonos que ascienden a un monto de Q11,135.23 millones, segúnDecretos 30-2012 y 22-2014 que autoriza la emisión de Bonos del Tesoro parafinanciar el Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2014 y se efectuaron amortizacionespor un monto de Q2,918.74 millones. La Deuda Externa en los períodos 2014 y 2013 presenta un saldo deQ13,554,193,300.00 millones, el cual no tuvo variación. Estado de Resultados ó Estado de Ingresos y Egresos

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Estado de Resultados Para los efectos de la presente auditoria; durante el período del 01 de enero al 31de diciembre del período 2014 el Estado de Resultados de la Dirección deContabilidad del Estado, presenta un déficit de Q4,295,427,963.95. GenerandoDéficit Acumulado en el Balance General por Q37,083,206,785.89. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos El Proyecto de Presupuesto General de Ingresos para la Administración Centraldel ejercicio fiscal 2014, no fue aprobado en el término que establece laConstitución Política de la República de Guatemala, en el artículo 171, literal a) b)e) i), Decreto Número 30-2012, Ley de Presupuesto General de Ingresos delEstado para el Ejercicio Fiscal 2014, y por que quedó en vigencia el PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado del ejercicio fiscal 2013, aprobadomediante Acuerdo Gubernativo Número 544-2013, por la cantidadde Q66,985,437,187.00. El presupuesto de Ingresos devengado en el ejerciciofiscal 2014, fue de Q62,913,887,536.35, equivalente al 93.92% del PresupuestoGeneral de Ingresos Vigente, monto que se integra de la forma siguiente: IngresosTributarios Q49,096,908,672.85, Ingresos No Tributarios Q675,683,576.66,Contribuciones a la Seguridad y Previsión Social Q1,617,172,009.87, Venta deBienes y Servicios de la Administración Pública Q346,822,227.85, Intereses yotras Rentas de la Propiedad Q197,623,412.53, Transferencias Corrientesrecibidas Q263,682,435.55, Recuperación de Préstamos de Largo PlazoQ7,179,216.58, Endeudamiento Público Interno Q8,229,051,476.71 yEndeudamiento Público Externo Q2,460,578,633.95. De la ejecución presupuestaria de ingresos devengados en el ejercicio fiscal 2014por Q62,913,887,536.35, comparado con el ejercicio fiscal 2013 que fue porQ60,257,617,676.32, se determinó que durante la ejecución del 2014, seincremento la cantidad de Q2,656,269,860.03 equivalente al 4.22%. La meta proyectada de ingresos por Q68,695,180,320.00 que constituyó elpresupuesto vigente del ejercicio fiscal 2014, no se alcanzó debido a unadisminución en los ingresos percibidos por concepto de Venta de Bienes yServicios, Rentas de la Propiedad, Transferencias Corrientes, Recuperación dePréstamos a Largo Plazo, Disminución de Otros Activos Financieros yEndeudamiento Público Externo, que asciende a la cantidad deQ.1,709,743,133.00, equivalente al 2.49% de la estimación realizada.

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Al analizar el total de ingresos por Entidad, Clase y Fuente de Financiamiento, seobserva que el rubro más significativo correspondió al de Ingresos Tributarios conQ49,096,908,672.85 equivalente al 78.04%, mismos que fueron recaudados enconcepto de impuestos indirectos por valor de Q31,328,879,706.05 que representael 63.81% y el restante 36.19% corresponde a Impuestos Directos por la cantidadde Q17,768,028,966.80; el resto de esta clasificación de los ingresos en orden deimportancia cuantitativa, le siguen los rubros de Endeudamiento Público Internopor la cantidad de Q8,229,051,476.71 que representa el 13.08%; elEndeudamiento Publico Externo registro Q2,460,578,633.95 que representa el3.91% del ingreso total; el menor porcentaje de participación por clase de ingresolo representa Venta de Bienes y Servicios de la Administración PúblicaQ346,822,227.85 que representa el 0.55% y Recuperación de Préstamos de LargoPlazo por Q7,179,216.58 que representa el 0.01% del total de los ingresos. Egresos El Proyecto de Presupuesto General de Egresos para la Administración Centraldel ejercicio fiscal 2014, no fue aprobado en el término que establece laConstitución Política de la República de Guatemala, en el artículo 171, literal a) b)e) i), Decreto Número 30-2012, Ley de Presupuesto General de Ingresos delEstado para el Ejercicio Fiscal 2014, y por lo tanto queda en vigencia elPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado del ejercicio fiscal 2013,aprobado mediante Acuerdo Gubernativo Número 544-2013, por la cantidadQ66,985,437,187.00. El presupuesto de egresos se devengó por la cantidad de Q63,162,599,777.09que equivale al 91.95% del presupuesto vigente, que en su orden representativose integra así: Servicios Personales Q18,363,314,638.90 que representa el96.09%; Servicios No Personales Q5,754,841,747.17 que representa el 80.97%;Materiales y Suministros Q4,055,730,834.78 que representa Q91.63%; Propiedad,Planta, Equipo e Intangible Q3,823,371,261.43 que representa 78.12%;Transferencias Corrientes Q13,004,281,173.42 que representa 94.14%;Transferencias de Capital Q9,067,008,203.42 que representa 90.77%; ActivosFinancieros Q6,255,144.99 que representa 37.18%; Servicios de la Deuda Públicay Amortización de Otros Pasivos Q8,927,157,417.96 que representa 99.92%;Otros Gastos Q106,415,810.37 que representa 71.41%; Asignaciones GlobalesQ54,223,544.65 representa el 21.22%, del total de los egresos. Modificaciones presupuestarias El Presupuesto General de Ingresos y Egresos para la Administración Central enel ejercicio fiscal 2014 no fue aprobado en el término que establece la Constitución

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Política de la República de Guatemala, en el artículo 171, literal a) b) e) i), DecretoNúmero 30-2012, Ley de Presupuesto General de Ingresos del Estado para elEjercicio Fiscal 2014, y por lo tanto queda en vigencia el Presupuesto General deIngresos y Egresos del Estado del ejercicio fiscal 2013, aprobado medianteAcuerdo Gubernativo Número 544-2013, por la cantidad Q66,985,437,187.00,habiéndose ampliado según artículo 70 del Decreto 30-2012, se autoriza alejecutivo ampliar el presupuesto hasta por un monto de Q700,000.000.00millones, si la misma se financia con recursos de donaciones externas, se ampliónuevamente el presupuesto por un monto de Q209,696,275.00 millones, loscuales se financiaban con donaciones del fondo emergente proveniente de lasindustrias extractivas o por la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio. De esacuenta, el presupuesto vigente para 2014 aumento a Q68,695.180,320.00millones. Plan Operativo Anual La entidad formuló su Plan Operativo Anual, el cual contiene sus metas físicas yfinancieras. La entidad presentó cuatrimestralmente al Ministerio de Finanzas Públicas elinforme de su gestión. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada La ejecución presupuestaria y la contabilidad del gobierno central se registraronmediante el sistema de contabilidad integrada SICOIN WEB, instrumento delsistema integrado de administración financiera. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

DICTAMEN

LicenciadoDorval José Manuel Carias SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas Públicas, Dirección de Contabilidad del EstadoSu Despacho Hemos auditado el balance general que se acompaña de la administración centralal 31 de diciembre de 2014, y los estados relacionados de resultados y deejecución del presupuesto de ingresos y egresos, para el año que terminó en esafecha. Estos estados financieros son responsabilidad de la Dirección deContabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas; así como de todas lasentidades que conforman la administración central. Nuestra responsabilidad esexpresar una opinión de estos estados financieros basados en nuestra auditoría. Excepto por la limitación que se menciona en el (los) párrafo (s) siguiente,condujimos nuestra auditoría de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoríay Normas de Auditoría del Sector Gubernamental. Dichas Normas requieren queplaneemos y practiquemos la auditoría para obtener certeza razonable sobre si losestados financieros están libres de representación errónea de importanciarelativa. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, la evidenciaque sustenta los montos y revelaciones en los estados financieros. Una auditoríatambién incluye evaluar las normas contables usadas y las estimacionesimportantes hechas por la administración, así como evaluar la presentacióngeneral de los estados financieros. Creemos que nuestra auditoría proporcionauna base razonable para nuestra opinión. Limitaciones MINISTERIO DE GOBERNACION Las limitaciones determinadas en la auditoría por el acceso a la información,

documentación de soporte y aplicación de procedimientos de auditoría, seidentifican de la siguiente manera: En la Unidad Ejecutora 202, Dirección General de Inteligencia Civil, de acuerdo alas actuaciones realizadas por la auditoría en el ejercicio fiscal 2014, se tuvieronlimitaciones en la documentación de respaldo y soporte, según oficios y solicitudesverbales, refrendándose la restricción por las autoridades, dado a las accionesrelacionadas directamente con las actividades de seguridad nacional y a la reservade la revelación de nombres, por la misma responsabilidad institucional, que senorma en no revelar y tener la confidencialidad de la información que se procesa yque ésta se encuentra atribuida legalmente al Director General de la UnidadEjecutora en mención y su facultad a la restricción de la misma. En la Unidad Ejecutora 203, Dirección General de la Policía Nacional Civil, sepresentó lo siguiente: Demoras en la entrega de información y documentación de soporte, las cuales nose recibieron oportunamente, por parte de la Unidad de PlanificaciónAdministrativa y Financiera -UPAF- a través de sus Jefaturas, Departamentos ySecciones, de la Subdirección General de Apoyo y Logística, así como en laDirección General de la Policía Nacional Civil, lo cual limitó el avance en elproceso de evaluación y verificación de la auditoría. El uno de marzo de 2015, fue destituido el 90% del personal que laboraba en laSubdirección General de Apoyo y Logística, (Jefes de Unidades, Departamentos ySecciones y auxiliares), lo cual provocó que no fuera ágil el proceso de entrega dela información misma que era requerida a través de oficios para la obtención delos documentos que servirían para practicar la auditoría respectiva, el personalcontratado posteriormente desconocía la ubicación de los documentos contables. La documentación sustentatoria no fue suficiente de los proyectos que ejecutó elDepartamento de Infraestructura de la Subdirección General de Apoyo y Logística,sobre los trabajos de remodelaciones que fueron realizadas a las comisarias delpaís, las cuales no se proporcionó en su totalidad. La evaluación del manejo y control de las cámaras de vídeo vigilancia, no fuefactible verificarlas, debido a que el sistema de seguridad utilizado en el mismo, el

acceso es limitado por la magnitud de la información que se procesa y por loscasos de confidencialidad y reservados que se manejan al respecto. En la auditoría, en la Unidad Ejecutora 239, Dirección General de Servicios deSeguridad Privada, no fue proporcionada la información y documentación desoporte que amparó la ejecución presupuestaria del renglón 155 "Arrendamientode medios de Transporte” lo cual fue solicitado mediante oficio No.CGC-MINGO-DIGESSP-OF-51-2015, de fecha 02 de febrero de 2015, ladenegación de la misma, es con base a la Ley de Acceso a la Información Pública,artículo 67 Revelación de Información Confidencial o Reservada, y a la ResoluciónNo. 383 de fecha 24 de mayo de 2010, emitida por el Ministerio de Gobernación,en la cual se establece que la información solicitada es reservada. Sin embargo,mediante providencia DAG-PROV-0433-2015 de fecha 24 de marzo de 2015, secanalizó la respuesta de Asuntos Jurídicos de la Institución, en la cual opinó queno se puede limitar a la Contraloría General de Cuentas, a través de sus auditores,la fiscalización de documento que conste cualquier información de tipo contable yen ese sentido los Comprobantes Únicos de Registro -CUR´s- son materiaeminentemente contable. DIRECCION DE CONTABILIDAD DEL ESTADO En el Balance General de la Dirección de Contabilidad del Estado, al 31 dediciembre de 2014, se encuentran registros de transacciones contables en susrubros financieros, que corresponden a saldos con operaciones pendientes deregularización y que vienen de períodos anteriores, los mismos no permiten quelos saldos presentados a esta fecha se encuentren debidamente depurados concifras confiables, con base en pruebas selectivas se consideraron las másimportantes, como lo son los rubros de Caja (Subcuentas: Cuenta Única dePréstamos y Fondo Común), Cuentas a Cobrar a Corto Plazo (Subcuentas:Cuentas por Liquidar SAT, Cuenta por Liquidar de Donaciones, Aportes enEspecie por Liquidar), Fondos en Avance (Subcuentas: Fondos Rotativos deDonaciones, Fondos Rotativos de Préstamos), Activo Diferido a Corto Plazo(Subcuenta: Importación de Bienes), Préstamos Concedidos a Mediano y LargoPlazo (Subcuenta: Préstamos Otorgados al Sector Privado), Fondos enFideicomiso, Maquinaria y Equipo (Subcuenta: de Transporte, Tracción yElevación), Construcciones en Proceso (Subcuenta: De Bienes de Uso noComún), Infraestructura (Subcuenta: Carreteras), Cuentas Comerciales a Pagar a

Corto Plazo, Fondos de Terceros (Subcuenta: Recaudos por Devolver), OtrasCuentas a Pagar a Largo Plazo, Obligaciones por Deuda Pública a Largo Plazo(Subcuenta: Títulos, Bonos y Otros Valores), Préstamos Externos de Largo Plazo,(Subcuenta: Deuda con Organismos Multilaterales y Bilaterales. Debido a estasituación existe duda razonable en cuanto a los saldos que presentan los EstadosFinancieros. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL En el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en la ejecuciónpresupuestaria concerniente a la Unidad Ejecutora 201 DepartamentoAdministrativo, se efectuó a través de los programas 01 Administracióninstitucional y 13 Recuperación de la salud, renglón presupuestario 183 Serviciosjurídicos, la ejecución de pago por concepto de servicios jurídicos porasesoramiento en la elaboración de Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajoal Licenciado Cesar Landelino Franco López, en el que se determinó que la basede los honorarios a pagar se cuantificaría en relación al 10% según arancel, sobrelos beneficios obtenidos por los empleados a través del Pacto Colectivo, de losque el 7% corresponde cancelar al Ministerio de Salud y 3% será cancelado por elpersonal de la entidad. Pago que inicialmente se cuantificó sobre la basefinanciera de Q243,519,680.34 determinando un monto total a cancelar deQ24,351,968.03 de los que ya se hizo efectiva la cantidad de Q14,000,000.00 delo que le corresponde al Ministerio. Posteriormente las autoridades informaron através del oficio No.RRHH-No.RG5-027-2015, de fecha 05 de febrero de 2015 quea la fecha no han terminado de cuantificar el monto de los beneficios a obtenerpara los empleados, por lo que ésta comisión aduce que el pago a efectuar alabogado se incrementará, toda vez éstos beneficios sean cuantificados en sutotalidad. Determinando que existe incertidumbre en cuanto al monto a cancelarsobre estos honorarios y que no hay certeza jurídica que avale dicha contratacióntoda vez que no hay contrato laboral que delimite estos términos de referencia, envirtud que fue a través del Pacto Colectivo con el que se sustituyó el documentolegal del contrato, limitando el proceso de revisión que debe darse a esta clase deerogación al no poder satisfacernos sobre el monto real sobre el cual se ajustaráel cálculo para los honorarios a cancelar. En la unidad ejecutora 227 Hospital General San Juan de Dios

A la fecha de este informe no hemos recibido ninguna respuesta a la solicitud depresentación de documentación de soporte que avala las erogaciones efectuadasa través de 45 CUR de gasto ejecutados en el Programa 13 Recuperación de lasalud, enviada a las autoridades del Hospital San Juan de Dios desde el 4 denoviembre de 2014 mediante oficio No. CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-037-2014, nohabiendo podido verificar la razonabilidad de dichos gastos mediante la aplicaciónde pruebas de cumplimiento. Por consiguiente no fue posible aplicarprocedimientos de auditoría para verificar la existencia real de los gastos ysuministros cancelados en este programa, monto que ascendió a Q1,962,764.62,por lo que ésta Comisión de auditoría presentó Denuncia ante el MinisterioPúblico. MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y ALIMENTACION En el Programa 11 Seguridad Alimentaria y Nutricional, renglón 211 Alimentospara Personas, se determinó que con la modalidad de excepción se realizó laadquisición cupones canjeables de alimentos para personas; suscribiéndose elContrato Administrativo No 1361-2014 de fecha 5 de septiembre de 2014,aprobado mediante Acuerdo Ministerial No. 538-2014 de fecha 8 de septiembre de2014, adquisición de 1,500 Cupones Canjeables por Raciones de Alimentosidentificada con Número de Publicación de Guatecompras -NPG- E13279513,para tal efecto cada cupón representa una ración equivalente a: Un (1) quintal demaíz blanco y Treinta (30) libras de frijol negro a razón de Q328.62 por ración,para cubrir las medidas del Estado de Calamidad Pública, establecido en elAcuerdo Gubernativo número 3-2014, por un valor de Q492,930,000.00. Mediante oficios CGC-DAG-AFP-MAGA-082-2015 de fecha 19 de febrero de 2015y CGC-DAG-AFP-MAGA-086-2015 de fecha 20 de febrero de 2015, se solicitó alViceministro de Seguridad Alimentaria y Nutricional, el Cronograma de entrega dealimentos a las bodegas regionales de VISAN y las cantidades recibidas; sinembargo, la información trasladada por el Viceministro de Seguridad Alimentaria yNutricional en oficios DESPACHO VISAN-2015-02-54 y DESPACHOVISAN-2015-02-57 fue incompleta, ya que únicamente traslado por escrito que lasbodegas utilizadas fueron a nivel municipal, ya que los alimentos fuerontrasladados directamente por el transportista a los lugares designados para ladistribución y el cronograma de entrega de alimentos de primera, segunda ytercera entrega y un listado de boletas liquidadas por la primera entrega; por lo

que, no se determinó la cantidad de alimentos entregada por el proveedor y lostraslados efectuados de estos alimentos para ser distribuidos a los beneficiariosfinales afectados por la Canícula Prolongada. Lo anterior, limitó efectuar procedimientos de auditoría, para verificar el adecuadocontrol de los alimentos adquiridos, despacho por parte del proveedor, almacenajey distribución a los beneficiarios finales. MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Por medio de oficio número CAP-0197-CIV-081-2015, de fecha 21 de abril de2014, se solicitó información financiera y presupuestaria a la entidad, la cual segúnoficio UDAF No. 407-2015, de fecha 11 de mayo de 2015, fue trasladada a laComisión de Auditoría de manera incompleta, informando que la DirecciónGeneral de Caminos y la Dirección General de Aeronáutica Civil, no la presentarona esa unidad administrativa. Al no contar con la información de las unidades ejecutoras en su totalidad, limitaconocer integralmente los ingresos y egresos ejecutados durante el periodo fiscal2014, así mismo, información importante referente a otros compromisos adquiridosy otros que afectan la ejecución presupuestaria. CONSEJO DE DESARROLLO DE IZABAL Derivado a que en cuadros de integración de saldos de convenios, firmados porlas autoridades del CODEDE, al 31 de diciembre 2013, este fue deQ15,119,345.10, presentando cuadros de integración de proyectos conmovimientos en saldo rojo, derivado de esta situación, mediante oficioCODEDE-IZABAL-Of.-01-2015, de fecha 19 de enero de 2015, se solicitó realizarlos ajustes correspondientes e integrar saldos por año, fuente de financiamiento yen forma global al 31 de diciembre de 2013, derivado de los ajustes realizados porla jefatura financiera, el saldo ajustado fue de Q14,473,471.84, cuya integraciónestá contenida en cuadros que fueron firmados por las autoridadescorrespondientes, existiendo un saldo de Q645,873.26 de diferencia, por lo que lacomisión de auditoría procedió en oficio No. CODEDE-IZABAL-OF-02-2015, defecha 19 de enero de 2015, a solicitar al Presidente del Consejo Departamental de

Desarrollo, en funciones hasta el 30 de enero de 2015; Director Técnico, y JefeFinanciero, la integración de proyectos del ejercicio fiscal del año 2014, misma quefue presentada el día dos de marzo de 2015, la cual fue revisada por la comisiónde auditoría el día tres de marzo de 2015, existiendo integración de cuadros consaldos incorrectos, lo que dio como resultado la suscripción del Acta No. 6-2015,el día miércoles 11 de marzo de 2015, en lo que en su contenido las autoridadessolicitaron la intervención de la Controlaría General de Cuentas; por lo antesexpuesto y de conformidad a las Normas de Auditoria se procedió a girar la Notade Auditoría CODEDE-IZABAL-02-2015, de fecha 06 de abril de 2015, derivado delos aspectos mencionados y en cumplimiento a las Normas de Auditoría del SectorGubernamental contenidas en el Acuerdo No. A-57-2006, emitidas por el ContralorGeneral de Cuentas, se solicitó que los saldos de convenios vigentes al 31 dediciembre de 2014 se regularicen, por lo que es necesario realizar los ajustescorrespondientes y que la totalidad de pagos realizados durante el ejercicio fiscal2014, por un monto de Q50,093,536.52, se registren en los respectivos convenios,lo solicitado deberá ser entregado en el plazo de un mes calendario a partir de larecepción de la Nota de Auditoría referida, a la Dirección de Auditoría de Consejosde Desarrollo de la Controlaría General de Cuentas, de la ciudad capital. Por loanterior, se determinó la no confiabilidad de la información presentada en loscuadros analíticos de proyectos, limitando así la aplicación de pruebas deauditoría. SECRETARIA DE PLANIFICACION Y PROGRAMACION DE LA PRESIDENCIAEn el programa 34 Planificación, Monitoreo y Evaluación de la Gestión Pública,unidad ejecutora 220 Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia-SEGEPLAN-, en la evaluación efectuada a los renglones presupuestarios: 171Mantenimiento y reparación de edificios, 174 Mantenimiento y reparación deinstalaciones, 199 Otros servicios no personales y 322 Equipo de Oficina, seregistró el evento con número de operación Guatecompras 2826720 publicado yadjudicado en el ejercicio 2013 y contrato No. 18-2013 de fecha 24 de septiembrede 2013 con la empresa ASTROCORP, SOCIEDAD ANONIMA, determinándoseque fue registrado en el compromiso, devengado y pagado en el ejercicio 2014,los documentos de este evento, efectuado en el ejercicio fiscal 2013, no seregistraron dentro del presupuesto de egresos de la Secretaría de ese ejerciciofiscal, ni en partidas contables que respaldaran su ejecución. Los gastos pagados

del ejercicio 2013 con el presupuesto del ejercicio 2014, se registraron en elcomprobante único de registro -CUR- No. 37, y se describen a continuación:

DOCUMENTOS PAGADOS EJERCICIO 2013, CON PRESUPUESTO 2014

Renglón Descripción del Renglón Valor pagado ejercicio 2014,documentos 2013, en

Quetzales171 Mantenimiento y reparación de edificios 93,984.55

174 Mantenimiento y reparación de instalaciones 55,919.61199 Otros servicios no personales 4,675.00322 Equipo de oficina 518,040.45 TOTAL PAGADO DEL EJERCICIO 2013 672,619.61

Fuente: SICOIN WEB rpR00804109. Asimismo, se generó el reporte SICOIN WEB 804168rp, del período 2013 y no R

l , r o e n a a l o se efectuó e registro po l qu no quedó e l etap de comprometide y a e e a o ó r o previament par qu s considerar devengad debi queda afectad

e l o o a e a n definitivament e crédit presupuestari par cumplirs l condició de hacere a a n a n e e s s y .exigibl un deud co l recepció conform d lo biene servicios

También, se verificó que el proveedor cambió la factura original de cobro delejercicio 2013, modificándola con fecha del ejercicio fiscal 2014, sin corresponderlos gastos a este ejercicio. Derivado de lo anterior se ejecutaron las partidas presupuestarias del ejerciciofiscal 2014, afectando el Plan Operativo Anual al cambiarle destino a los recursosasignados.

Lo que ocasionó que se afecte el ejercicio fiscal 2014 con documentos noregistrados del ejercicio fiscal 2013, lo que provoca una reducción en las partidaspresupuestarias correspondientes, con programaciones diferentes a lasregistradas en el Plan Operativo Anual.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.2, ÁreaFinanciera). MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTESEn el programa 13, Unidad Ejecutora 104, Dirección del Deporte no Federado y la

Recreación, en el Renglón 267 "Tintes, Pinturas y Colorantes" se determinó quefueron sustraídos bienes y suministros de almacén con firmas y sellos falsificados,por valor de Q137,141.75, por la Asistente Jurídico II, quién prestaba sus serviciosen la Delegación de Asuntos Jurídicos de la Dirección General del Deporte y laRecreación.

Menoscabo a los intereses de la entidad, por Q137,141.75, por la sustracción debienes.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.9, ÁreaFinanciera). MINISTERIO DE ECONOMIAEn la Unidad Ejecutora 101 Despacho Superior, programa 01 ActividadesCentrales, Programa 14 Gestión de la integración económica y comercio exterior,Unidad Ejecutora 107 Programa 15 Desarrollo de la Micro, pequeña y medianaempresa, se determinó que existe una lista de activos fijos consistentes enmuebles de oficina y vehículos, según muestra por un monto de Q290,920.00fueron objeto de robo, sin haber completado las gestiones en la ContraloríaGeneral de Cuentas, para obtener la autorización de descargo del inventario deactivos fijos de la entidad, dichos activos se describen a continuación:

No. DESCRIPCION DEL ACTIVO

VALOREN

LIBROS

FECHADEL

SINIESTRO OBSERVACIONES1 Vehículo tipo Jeep marca Suzuki, modelo

1999, Estilo Grand Vitara, placa número975BMX, motor J204A123163, chasisnumero JS3TL52V9X4100385,serieSQ420W, color dorado Marte y el radiomarca Sankey, Compo70PC, para carro, elcual esta asignado al señor Julio RobertoBethancourt Salazar.

147,607.68

31/10/2006 Según Providencia00000168 de fecha 05de abril el señorMinistro envía lasactuaciones a laSubgerenciaFinanciera para que seactué de conformidadcon el AcuerdoMinisterial 206-2012.

2 Computadora portátil tipo Notebook, marcaLenovo, modelo THINKPAD R400, serieR8-FXADF, disco duro 250 bg sata, cargadorde color negro marca Lenovo y con maletínde tela color negro que estaba cargado a latarjeta de responsabilidad de la señoraGloria Amelia Pinto López

13,343.96 02/04/2011 Mediante providencia0557 de fecha 14 de noviembre 2011, elseñor Ministro delramo, indica que sesirva cumplir con loindicado por la Dirección de Auditoria

Gubernamental, de laContraloría General deCuentas, en lore fe ren te adocumentación que amparen el pago oreposición del bien.

3 Computadora portátil (Tablet PC), marcaCOMPAQ, color gris plateado, modeloTransmeta Cruose TM5800, serie No. 5Y34LBQ1H028, REF. P/N 3111BZ9312A,310681-001, con estuche color negro decuerina adaptado a computadora, no tieneCD ROOM INTERNO, incluye un lapicerocolor negro, Bcds, 1 licencia Office No.00115-956-277-358,Product.Key:PRQKM-FGK2Q-9YB4MRF6Y4-JK6HB, con su cargador color negro,RefCT:557C40CLL0K7CG, Ref.3308363404,con dos cables, incluyemanuales, 1 maletín color negro de telamarca TARGUS, según factura No. 01143de Corporación Tres Torres, S.A.

17,400.00 26/09/2014 E n o f i c i oSGF-INV-ME-028-2014de fecha 02 de mayodel 2014 se solicita elcumplimiento delartículo 7 del AcuerdoGubernativo 217-94,Reglamento deInventarios de losBienes Muebles deAdministración Publica

4 Motocicleta maraca Honda, color negro confranjas multicolor, modelo 2005 .

9,000.00 28/02/2011 En Dictamen 260-2012de fecha 21-08-2012 ladirección de AsuntosJurídicos del Ministeriode Economía, indicaque se continúe con elprocedimiento de bajade conformidad con loque el artículo 10 delReglamento delAcuerdo GubernativoNO. 217 -94Reglamento deInventarios.

5 Automóvil marca Toyota, línea corola,modelo 2005, chasis 9BR53ZEC108519359,SERIE: ZZE121L-GEMDKG, color platametálico, asientos 5, motor 3ZZE215610,placa No. P 115BDP, póliza No.1744004844traslado según acta No.03-2005, código de inventario AF584,

103,569.00 15/06/2010 E n o f i c i oDE-0-424-2014 defecha 12 de junio de2014 El DirectorEjecutivo del ProgramaNacional para elDesarrollo de laMicroempresa,Pequeña y MedianaEmpresa indica que eldeducible del seguro,

procede que lo pagueel señor Ariel JerohamAlvarado Ramos

Información no razonable con relación a los registros de inventario.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.5, ÁreaFinanciera). En la Subgerencia Financiera del Ministerio de Economía, Unidad Ejecutora 101,Dirección Superior, Departamento de inventarios, al 31 de diciembre de 2014, seestableció que el reporte del formulario resumen de inventario institucional FIN-01y FIN-02, el saldo del inventario al 31 de diciembre de 2014, asciende a lacantidad de SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS UN MILCUATROCIENTOS VEINTISÉIS QUETZALES CON CUARENTA Y SEISCENTAVOS (Q63,801,426.46); y en libro autorizado por la Contraloría General deCuentas, para el Registro de Bienes muebles, inventario, refleja un saldo a dichapor la cantidad de SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA YCINCO MIL DOSCIENTOS UN QUETZALES CON CUARENTA Y SEISCENTAVOS (Q69,875,201.46), existiendo una diferencia de menos en losformularios, respecto del libro de inventarios por la cantidad de SEIS MILLONESSETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO QUETZALESEXACTOS (Q6,073,775.00).

Riesgo de pérdida de los bienes de la entidad e información no confiable en losregistros administrativos y contables relacionados con el inventario.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.7, ÁreaFinanciera). MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y ALIMENTACIONEn el Programa 11 Apoyo para el Consumo Adecuado de Alimentos, al efectuar larevisión de los renglones presupuestarios 133 Viáticos en el Interior, 189 Otrosestudios y/o servicios y 211 Alimentos para personas, se estableció al amparo dela Canícula Prolongada 2014, se realizaron pagos en concepto de contratación deservicios técnicos y profesionales, así como de viáticos a personal delViceministerio de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de la manera siguiente: Enel Programa 11 Apoyo para el Consumo Adecuado de Alimentos, al efectuar larevisión de los renglones de gasto 133 Viáticos en el Interior y 189 Otros estudios

y/o servicios, se estableció que bajo el amparo de la Canícula Prolongada 2014,se realizaron pagos en concepto de contratación de servicios técnicos y/oprofesionales, así como de viáticos a personal del Viceministerio de SeguridadAlimentaria y Nutricional, de la manera siguiente:

CUR FECHA VALOR COMISIÓN RENGLÓN PREPUESTARIO CONCEPTO

1355 18/11/2014 Q 1,976.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1360 18/11/2014 Q 1,408.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1364 18/11/2014 Q 2,800.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1370 19/11/2014 Q 1,050.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1373 19/11/2014 Q 2,776.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1378 19/11/2014 Q 2,456.00 Departamento de Alta Verapaz 133 Viáticos

1381 19/11/2014 Q 2,450.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1382 19/11/2014 Q 2,800.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1383 19/11/2014 Q 2,800.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1429 21/11/2014 Q 1,056.00 Departamento de Escuintla 133 Viáticos

1434 21/11/2014 Q 2,456.00 Departamento de Alta Verapaz 133 Viáticos

1438 21/11/2014 Q 3,440.00 Departamento de Sacatepéquez 133 Viáticos

1404 21/11/2014 Q 2,136.00 Departamento de Sacatepéquez 133 Viáticos

1471 25/11/2014 Q 2,744.00 Departamento de Quetzaltenango 133 Viáticos

1607 10/12/2014 Q 18,000.00 Departamento de Alta Verapaz 189 Servicios Técnicos

1613 10/12/2014 Q 18,000.00 Departamento de Izabal 189 Servicios Técnicos

1634 10/12/2014 Q 18,000.00 Departamento de Quetzaltenango 189 Servicios Técnicos

1635 10/12/2014 Q 18,000.00 Departamento de Quetzaltenango 189 Servicios Técnicos

1685 12/12/2014 Q 18,000.00 Departamento de Quetzaltenango 189 Servicios Profesionales

1693 12/12/2014 Q 11,600.00 Departamento de Escuintla 189 Servicios Técnicos

5355 27/10/2014 Q 25,360.00 Departamento de Quetzaltenango 211 Alimentos para Personas

5420 28/10/214 Q 88,190.00 Departamento de Quetzaltenango 211 Alimentos para Personas

TOTAL Q 247,498.00

Sin embargo, dichos departamentos no están incluidos en los focalizados en elEstado de Calamidad Pública, de conformidad con el Decreto Gubernativo.

Se utilizaron recursos financieros para fines distintos a los previstos.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.6, ÁreaFinanciera).

En el Programa 01 Actividades Centrales, al efectuar la evaluación del renglónpresupuestario 142 Fletes, se estableció que se realizó la adjudicación por serviciode transporte de alimentos realizada los días 23, 24 y 26 de mayo y 16 de julio de2014, por la cantidad de Q89,914.70, según órdenes de compra números 2,666 defecha 22 de mayo y 3,599 del 24 de julio de 2014, CUR 1076 y 1602 porQ76,604.70 y Q13,310.00, respectivamente, cancelando el servicio según facturasserie "A" número 0126 y 0134 del 21 de julio de 2014, de la empresa Importadora,Distribuidora y Transportes el Manantial. No obstante, la entidad tiene camiones para efectuar el transporte de alimentos,según consta en oficio No. UDDAF-VISAN-049-2015 de fecha 20 de marzo de2015, en la cual, el Jefe de la UDDAF-VISAN-MAGA, adjunta listado en dondeindica que en los meses de mayo y julio 2014 tenían 9 y 10camiones, respectivamente, en buen estado y disponibles en la fecha en la que elMinisterio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, contrató el servicio detransporte.

Se erogaron recursos innecesarios por la contratación de servicios de transporte,ocasionando menoscabo a los intereses del Estado.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.8, ÁreaFinanciera). En el Programa 11 Apoyo para el consumo adecuado de alimentos, al efectuar laevaluación del renglón presupuestario 122 Impresión, encuadernación yreproducción, se estableció que se realizó el evento de cotización identificado conel Número de Publicación de Guatecompras NPG 13461818, para la compra dehojas impresas color original y copia, papel sensibilizado tamaño carta, numeradasen talonarios de 100 hojas, para el convenio familiar de ejecución de acción poralimentos, a utilizarse en el plan de atención a familias afectadas por canículaprolongada 2014, según CUR No. 2624 de fecha 20 de noviembre de 2014, por lacantidad de Q213,000.00.

Se utilizaron recursos financieros para fines distintos a los previstos.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.9, ÁreaFinanciera).

En el Programa 01 Actividades Centrales al efectuar la evaluación de losrenglones presupuestarios 171 Mantenimiento y reparaciones de edificios y 214Productos agroforestales, maderas, corchos y sus manufacturas, se establecióque se realizó el mantenimiento y reparación de la estructura del techo y cubiertadel rancho del Despacho Ministerial, ubicado en el Edificio Monja Blanca, dichostrabajos incluyen la instalación de piso, 8 columnas de madera con trabajos decarpintería y entintado color teak, mantenimiento y reparación de piso. Dentro de la documentación de respaldo, no se adjunta ningún documento queevidencie la supervisión efectuada para verificar los trabajos realizados por partedel proveedor. Asimismo, el 12 de febrero de 2015, se verificó que se estaba realizando eldesmontaje de la hoja de palma y colocando nueva estructura de madera deltecho y nueva hoja de palma. No obstante, en una de las fotografías que se adjunta al CUR número 1785 defecha 20 de agosto de 2014, se evidencia que el rancho que se muestra, nocorresponde al que está ubicado en el Edificio Monja Blanca, en virtud que, en lafotografía se observa que el rancho tiene más de 14 columnas (7 de cada lado) yel que corresponde al Despacho Ministerial, tiene únicamente 8 columnas segúnobservación física y planos del proyecto (4 de cada lado); asimismo, se determinóque el pago para la reparación del piso se registró dos veces, según solicitudes depedido y CUR 1785 que ya incluía dicha reparación y CUR 2619 nuevamente sepaga la reparación del piso, de la manera siguiente:

No.

Solicitud

de Pedido

No.

Cur

Fecha de Cur No.

Factura

Fecha de

Factura

Nombre de la

Empresa

Trabajos realizados Valor Q

55341 1785 20-08-2014 1121 13-08-2014 Integración de

Proyectos, S.

A

a) Desmontaje de techo

4 aguas cubierta

existente. b) Cambio de

techo a 4 aguas. c)

Cambio de cubierta (con

palma natural). d)

Suministro e instalación

de lámparas. e)

Suministro e instalación

de tomacorrientes. f)

Instalación de piso y g)

Limpieza Final.

77,900.00

49288 1927 08-09-2014 1689 13-08-2014 Constructora e

Industria de

Casa de

Campo, S. A

8 columnas de madera

e instalación con

trabajos de carpintería

con entintado color

teak.

9,950.00

56213 2619 20-11-2014 1171 28-10-2014 Integración de

Proyectos, S.A

Serv ic io de

Mantenimiento y

Reparación de Piso.

15,378.63

Total 103,228.63

Se erogaron recursos innecesarios para realizar trabajos que no cumplen con elobjetivo institucional de la entidad, ocasionando menoscabo a los intereses delEstado.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.11, ÁreaFinanciera). En el Programa 11 Apoyo para el Consumo Adecuado de Alimentos, al efectuar larevisión del renglón presupuestario 142 Fletes, se estableció que bajo lamodalidad de excepción, se suscribió el Contrato Administrativo No 1401-2014 defecha 30 de septiembre de 2014, aprobado mediante Acuerdo Ministerial No.595-2014 de fecha 30 de septiembre de 2014, con la empresa Transportes eImportadora Calderón Oliva, por la cantidad de Q24,000,000.00; dichaadjudicación y contratación fue publicada en el portal de GUATECOMPRAS con elnúmero -NPG- E13571575, por la contratación del Servicio de Transporte para eltraslado de 1,500,000 raciones de alimento, que consistía en 1 quintal de maízblanco y 30 libras de frijol, estableciendo en cláusula TERCERA: OBJETO DELCONTRATO, que la contratación de servicio de transporte de alimentos será delas bodegas regionales del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación,hacia las bodegas municipales asignadas al Ministerio en los 16 departamentosdonde fue focalizada la canícula prolongada. En oficio DESPACHO VISAN-2015-02-54 del 23 de febrero de 2015, elViceministro de Seguridad Alimentaria y Nutricional manifiesta que las bodegasutilizadas fueron a nivel municipal puesto que los alimentos los trasladódirectamente el transportista contratado a los lugares designados para ladistribución, previa revisión de calidad y certificación de los mismos realizada porpersonal técnico del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola -INDECA-,debido a que los alimentos se entregarían directamente en los municipios a lasfamilias que fueron beneficiadas, por lo que no hubo necesidad de utilizar bodegas

regionales, hay que considerar que haber utilizado implicaba la contratación depersonal que se dedicaría a la descarga de los alimentos en bodegas yposteriormente la carga de estas a los camiones responsables del traslado, otroaspecto a considerar es la capacidad de las bodegas de INDECA puesto que lasmismas no eran suficientes para almacenar un promedio de 400,000 quintalesmensuales. De acuerdo con documentación de respaldo del CUR 1852 de fecha 18 dediciembre de 2014, se verificó que el traslado de alimentos se realizó de la manerasiguiente:

No. Departamento Frijol (30 libras)

Maíz (Quintal)

Mes de traslado

1 Chimaltenango 4733 4733 Noviembre2 Chimaltenango 4733 4733 Octubre3 Chiquimula 37291 37291 Noviembre4 Chiquimula 37291 37291 Octubre5 El Progreso 15619 15619 Noviembre6 El Progreso 15619 15619 Octubre7 Escuintla 1892 1892 Octubre8 Guatemala 2727 2727 Octubre9 Huehuetenango 12072 12072 Noviembre

10 Huehuetenango 12072 12072 Octubre11 Jalapa 6355 6355 Octubre12 Jutiapa 36423 36423 Noviembre13 Jutiapa 36423 36423 Octubre14 Peten 648 648 Octubre15 Quetzaltenango 6931 6931 Octubre16 Quiche 18706 18706 Noviembre17 Quiche 18706 18706 Octubre18 Retalhuleu 7834 7834 Octubre19 Sacatepéquez 261 261 Octubre20 San Marcos 4821 4821 Octubre21 Santa Rosa 20269 20269 Noviembre22 Santa Rosa 20269 20269 Octubre23 Sololá 10646 10646 Octubre24 Suchitepéquez 5599 5599 Octubre

1. 2.

3. 4.

25 Totonicapán 7921 7921 Octubre26 Zacapa 13432 13432 Octubre

Total Trasladado 359293 359293

Fuente: Reportes de traslados según CUR 1852

Sin embargo, la documentación que ampara dichos traslados, no incluye:

Envío o despacho de los alimentos por parte del ProveedorConstancia de recepción por parte del Viceministerio de SeguridadAlimentaria y Nutricional.Constancia de Ingreso a AlmacénBodega o lugar exacto de la recepción de los Alimentos.

Únicamente se adjunta un formulario de Orden de Traslado de Alimento Serie C,no autorizado por la Contraloría General de Cuentas, en la cual, no consta ningúnsello de autoridad competente del Ministerio de Agricultura Ganadería yAlimentación, que evidencie el transporte y recepción de los mismos. Adicionalmente, se trasladó alimentos a los departamentos de Sacatepéquez,Escuintla y Quetzaltenango, los cuales no están incluidos en los focalizados en elEstado de Calamidad Pública, de conformidad con el Decreto Gubernativo No.03-2014 y sus respectivas modificaciones. El total pagado al 31 de diciembre de 2014, mediante CUR 1852 de fecha 18 dediciembre de 2014, por este servicio fue de Q5,748,688.00, factura Serie D No.177 de fecha 18 de diciembre de 2014.

Se erogaron recursos financieros, sin tener evidencia que el servicio de transportefuera prestado. (Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.17, ÁreaFinanciera). En el Programa 11 Apoyo para el Consumo Adecuado de Alimentos, al efectuar larevisión del renglón presupuestario 157 Arrendamiento de Equipo de Cómputo, seestableció que se suscribió el Contrato Administrativo No. 1394-2014 de fecha 30de noviembre de 2014, con la empresa Productive Business Solutiones(Guatemala) S.A., por la cantidad de Q600,000.00, aprobado mediante Acuerdo

Ministerial No. 588-2014, por arrendamiento de equipo de impresión de 1,500,000boletas a utilizar para el proceso de entrega de alimentos, en los 16departamentos del país focalizados por el estado de calamidad pública; los cuales,al 31 de diciembre de 2014, se pagó la cantidad de Q107,802.00 y Q226,218.00para un total de Q334,020.00, mediante CUR 1225 y 1857 de fecha 27 de octubrey 19 de diciembre de 2014, facturas Serie MA No. 2921 y 3071 de fecha 23 deoctubre y 01 de diciembre de 2014, respectivamente. Dicho gasto es innecesario, debido que, para la entrega de alimentos a losafectados por la canícula prolongada, se adquirieron 1,500,000 cuponescanjeables por raciones de alimentos, de conformidad con el ContratoAdministrativo No.1361-2014.

Se utilizaron recursos financieros para fines distintos a los previstos.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.19, ÁreaFinanciera). DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA YASISTENCIA SOCIALEn las unidades ejecutoras: 201 Departamento administrativo, 203 Jefatura deárea de Salud Guatemala Noroccidente, 206 Jefatura de área de salud deSacatepéquez, 207 Jefatura de área de Salud de Chimaltenango, 210 jefatura deárea de Salud de Sololá, 211 Jefatura de área de Salud de Totonicapán, 215Jefatura de área de Salud de San Marcos, 216 Jefatura de área de Salud deHuehuetenango, 217 Jefatura de área de Salud Quiché, 220 Jefatura de área deSalud de Alta Verapaz, 224 Jefatura de área de Salud de Chiquimula, 226 Jefaturade área de Salud de Jutiapa, 240 Hospital de Cuilapa, 243 Hospital Regional deOccidente Quetzaltenango, 245 Hospital Nacional de Coatepeque y 279 Programade Accesibilidad de Medicamentos -PROAM-; y programas: 01 Administracióncentral, 12 Salud y ambiente, 13 Recuperación de la salud, 14 Prevención de ladesnutrición crónica y 15 Prevención de la mortalidad materna y neonatal, alexaminar conforme a muestra el renglón presupuestario 133 Viáticos en el interior,se estableció el pagó por la suma de Q10,522,870.32 tomando como base loestablecido en el Reglamento de Gastos de Viáticos contenido en el PactoColectivo de Condiciones de Trabajo, suscrito entre el Ministerio de Salud Públicay Asistencia Social, el Sindicato de Trabajadores de Salud de Guatemala -SNTSG-y Trabajadores del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, contraviniendo

lo establecido en el Acuerdo Gubernativo No. 397-98 Reglamento de Gastos deViático para el Organismo Ejecutivo y las Unidades Descentralizadas y Autónomasdel Estado, que correspondía a Q3,708,838.94, dando como resultado unadiferencia de pago en exceso, por Q6,814,031.38, tal como se detalla acontinuación:

UNIDADEJECUTORA

PROGRAMAS DESCRIPCIÓN VIÁTICOSPAGADOS DEACUERDO ALREGLAMENTO

DEL MSPAS

VIÁTICOS QUEDEBIERON SER

PAGADOSSEGÚN LO

ESTABLECIDOEN EL

ACUERDO No.397-98

DIFERENCIAESTABLECIDA

COMO PAGO ENEXCESO,

SEGÚN ELACUERDO No.

397-98201 01 DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO2,079,864.32 817,552.26 1,262,312.06

203 12 JEFATURA DE AREA DESALUD DE GUATEMALANOR OCCIDENTE

342,807.50 103,736.00 239,071.50

206 12 y 15 JEFATURA DE AREA DESALUD DE SACATEPÈQUEZ

257,639.00 72,392.00 185,247.00

207 12 JEFATURA DE AREA DES A L U D D ECHIMALTENANGO

173,488.00 81,063.00 92,425.00

210 12 JEFATURA DE AREA DESALUD DE SOLOLÀ

50,630.00 32,620.00 18,010.00

211 12 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE TOTONICAPAN

98,117.50 30,334.00 67,783.50

215 12 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE SAN MARCOS

1,475,960.00 461,122.00 1,014,838.00

216 13 JEFATURA DE ÁREA DES A L U D D EHUEHUETENANGO

828,160.00 231,892.88 596,267.12

217 12 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE QUICHÈ

735,490.00 250,366.00 485,124.00

220 12 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE ALTA VERAPAZ

1,323,970.00 490,320.00 833,650.00

224 12, 13 y 14 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE CHIQUIMULA

782,255.00 348,192.00 434,063.00

226 12, 13 y 14 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE JUTIAPA

1,945,812.50 665,257.00 1,280,555.50

240 13 JEFATURA DE ÁREA DESALUD DE DE CUILAPA

176,569.00 49,539.00 127,030.00

243 13 HOSPITAL REGIONAL DEO C C I D E N T EQUETZALTENANGO

105,737.50 28,734.00 77,003.50

245 13 HOSPITAL NACIONAL DECOATEPEQUE

83,760.00 21,273.00 62,487.00

279 13 PROGRAMA DEACCESIBILIDAD DE

62,610.00 24,445.80 38,164.20

MEDICAMENTOS -PROAM-TOTALES 10,522,870.32 3,708,838.94 6,814,031.38

Dicho Reglamento de Gastos de Viáticos del Ministerio de Salud Pública yAsistencia Social, en el artículo No. 13 Cuotas diarias a empleados y otros,establece: “se fija una cuota diaria de trescientos cincuenta quetzales (Q350.00),aplicables para todo el empleado, personal que presta sus servicios técnicos yprofesionales, personal de carácter temporal y por planilla del Ministerio de SaludPública y Asistencia Social, que por comisión oficial tenga que prestar susservicios en el interior de la República…”; En el mismo Reglamento citado en el párrafo anterior, artículo 14 Cuotas diarias afuncionarios y dirigentes sindicales del SNTSG, establece: “Se fija una cuota diariapara los funcionarios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social ydirigentes sindicales del SNTSG, que tenga que desempeñar comisión oficial en elinterior de la República, así: a) Ministro: Un mil doscientos quetzales (Q1,200.00);b) Viceministros: Un mil quetzales (Q1,000.00);c) Directores Generales, Gerentes y Coordinadores: Ochocientos quetzales(Q800.00);d) Directores de Áreas de Salud Departamentales, Gerente AdministrativoFinanciero de Área, Gerentes de Recursos Humanos de Áreas, Directores deHospitales, Gerentes Administrativos Financieros de Hospital, Gerentes deRecursos Humanos de Hospitales: Seiscientos quetzales (Q600.00);e) Jefes de departamentos y unidades: Cuatrocientos quetzales (Q400.00);f) Secretaría General SNTSG: un mil quetzales (Q1000.00);g) Secretarias del Comité Ejecutivo del SNTSG: Ochocientos quetzales (Q800.00);h) Secretaría Vocal, Secretaría de Actas, Secretaría de Conflictos y Secretaría deFinanzas de Filiales del SNTSG: Cuatrocientos quetzales (Q400.00);i) Consejos Consultivos y Comisiones del SNTSG: Trescientos cincuentaquetzales (Q350.00)”. Asimismo, se incluyó en la muestra de auditoría el renglón presupuestario 183Servicios jurídicos, en la unidad ejecutora 201 Departamento administrativo,programa 01 Administración institucional y 13 Recuperación de la salud,estableciéndose que por la contratación de los servicios profesionales de la

negociación del Pacto Colectivo entre el Ministerio de Salud Pública y AsistenciaSocial y el Sindicato de Trabajadores, se realizaron pagos durante el ejerciciofiscal 2014, por la suma de Q14,000,000.00; según comprobantes únicos deregistro No.143 de fecha 18 de febrero de 2014 y No. 7,782 de fecha 04 de julio de2014, por la cantidad de Q7,000,000.00 cada uno, considerando para el efecto loestablecido en el artículo 51 del referido Pacto Colectivo de Condiciones deTrabajo; lo que provocó la falta de suscripción del contrato administrativo tal comolo establece la normativa vigente. No obstante, la disposición en el artículo 51,originó que no exista una base financiera cuantificable para el pago de losservicios por la asistencia legal en la negociación del señalado pacto colectivo,toda vez que el pago a favor del abogado dependerá del cálculo que se realicecon relación a los beneficios que se otorguen al personal que esté afecto.Beneficios que han ido en aumento en el sentido que al momento de realizar elpago indicado, el total de beneficios ascendía a la suma de Q243,519,680.34, cifraque posteriormente cambió a Q2,133,054,371.23, según consta en oficioNo.RRHH-No.RG5-027-2015, de fecha 05 de febrero de 2015 de la Dirección deRecursos Humanos.

Aplicación de disposiciones relativas a gastos de viáticos y otros gastos conexos,que por mandato legal carecen de validez, toda vez que contradicen lasdisposiciones contenidas en el Acuerdo Gubernativo No. 397-98; y riesgo de quese incremente el pago de servicios profesionales al Abogado y notario derivadoque a la fecha aún no se puede cuantificar el monto total a pagar alprofesional, situaciones que pueden provocar menoscabo en los intereses delEstado.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.7, ÁreaFinanciera). HOSPITAL GENERAL SAN JUAN DE DIOS - MINISTERIO DE SALUD PUBLICAY ASISTENCIA SOCIALEn la Unidad Ejecutora 227, Hospital General San Juan de Dios, Programa 13Recuperación de la Salud, mediante requerimientos se solicitaron ComprobantesÚnicos de Registro (CUR) con su respectiva documentación de respaldo, de loscuales quedaron pendientes de trasladar a ésta Comisión de Auditoría un total 45,por un monto de un millón novecientos sesenta y dos mil setecientos sesenta ycuatro punto sesenta y dos quetzales Q1,962,764.62, de la siguiente manera:

No. Número de requerimiento (oficio) FECHA Renglón No.

CUR

FECHA Monto (Q)

1

CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-005-2014 26/09/2014 171

Mantenimiento y reparación de

edificios 6831 25/05/2014

9,800.00

2 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-027-2014 27/10/2014 156 Arrendamiento de otras

máquinas y equipo

10710 28/07/2014 8,800.00

10713 28/07/2014 76,780.48

3 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-029-2014 27/10/2014 189 Otros estudios y/o servicios 3108 22/03/2014 15,000.00

4545 22/04/2014 5,000.00

6599 21/05/2014 9,000.00

6700 22/05/2014 3,000.00

6701 22/05/2014 4,000.00

7717 28/05/2014 12,375.00

4 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-028-2014 27/11/2014 182 Servicios médico-sanitarios 619 24/02/2014 26,000.00

622 24/02/2014 13,000.00

637 24/02/2014 13,000.00

647 24/02/2014 26,000.00

648 24/03/2014 26,000.00

805 26/02/2014 6,400.00

812 26/02/2014 8,400.00

820 26/02/2014 13,000.00

821 26/02/2014 6,400.00

4111 11/04/2014 12,600.00

4165 14/04/2014 13,000.00

4726 23/04/2014 3,200.00

6597 21/05/2014 3,500.00

6598 21/05/2014 3,200.00

6600 21/05/2014 3,200.00

6702 22/05/2014 6,500.00

5 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-031-2014 29/10/2014 211 Alimentos para personas 4199 15/04/2014 62,890.45

9329 24/06/2014 32,929.75

6 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-004-2014 26/09/2014 266 Productos medicinales y

farmacéuticos

1850 13/03/2014 90,000.00

7 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-032-2014 29/10/2014 1851 13/03/2014 90,000.00

1852 13/03/2014 90,000.00

1853 13/03/2014 90,000.00

1854 13/03/2014 90,000.00

1855 13/03/2014 90,000.00

1856 13/03/2014 90,000.00

1857 13/03/2014 90,000.00

8984 13/06/2014 90,000.00

8 CGC-MSPAS-HGSJD-AFP-048-2014 06/11/2014 295 Út i l es menores

médico-quirúrgicos y de

laboratorio

3577 10/04/2014 85,000.00

4026 10/04/2014 85,000.00

5692 25/04/2014 85,000.00

5693 25/04/2014 85,000.00

7712 28/05/2014 115,509.49

7713 28/05/2014 45,364.40

8804 13/06/2014 85,000.00

9299 23/06/2014 51,666.15

10526 25/07/2014 92,248.90

TOTAL 1,962,764.62

Riesgo de pérdida de los Comprobantes Únicos de Registro (CUR), o mal uso quese le puedan dar a los mismos.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.7, ÁreaFinanciera). HOSPITAL ROOSEVELT - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIASOCIALEn la Unidad Ejecutora 230, Hospital Roosevelt, Programa 13 Recuperación de laSalud, renglones 169 Mantenimiento y Reparaciones de otras maquinarias yequipos y 199 Otros servicios no personales, se determinó mediante muestra ydurante el periodo 2014, que hubo fraccionamiento en la adquisición del serviciode mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de lavandería y servicio de

lavado, secado y recolección de ropa del hospital, los cuales realizan cada mes,en la modalidad de compra directa, todas a un mismo proveedor, no habiendorealizado evento de cotización y/o licitación, los servicios ascienden a la sumade Q320,000.00 por mantenimiento y Q881,964.27 por lavado, secado yrecolección de ropa hospitalaria, para un total de Q1,201,964.27 (sin IVA), alproveedor MEDICORP las que se detallan a continuación:

CUR No. Fecha CUR MONTO EN Q MONTO EN QSIN IVA

NOG Tipo deServicioCON IVA

16507 18/09/2014 89,600.00 80,000.00 3103331 Mantenimientopreventivoe q u i p oLavandería

16525 18/09/2014 89,600.00 80,000.00 3161870 Mantenimientopreventivoe q u i p oLavandería

16538 18/09/2014 89,600.00 80,000.00 3219550 Mantenimientopreventivoe q u i p oLavandería

22584 30/11/2014 89,600.00 80,000.00 3267083 Mantenimientopreventivoe q u i p oLavandería

16508 30/11/2014 89,800.00 80,178.57 3161773 Secado de ropa

16510 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3266699 Secado de ropa

22581 30/11/2014 89,800.00 80,178.57 3344606 Secado de ropa

22582 30/11/2014 89,800.00 80,178.57 3225402 Secado de ropa

16511 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3103285 Lavado de Ropa

16514 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3219496 Lavado de Ropa

16534 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3103145 Lavado de Ropa

16529 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3161722 Lavado de Ropa

16533 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3266974 RecolecciónRopa Sucia

16543 18/09/2014 89,800.00 80,178.57 3161811 RecolecciónRopa Sucia

22583 30/11/2014 89,800.00 80,178.57 3219542 RecolecciónRopa Sucia

TOTAL 1,346,200.00 1,201,964.27

Falta de transparencia en cada negociación y adquisición del servicio demantenimiento preventivo de equipo de lavandería y servicios de lavado, secado yrecolección de ropa sucia hospitalaria.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.9, ÁreaFinanciera). OBLIGACIONES DEL ESTADO A CARGO DEL TESOROEn el programa 99 “Partidas No Asignables a Programas” de Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro, por el período comprendido del 01 de Enero al 31 deDiciembre de 2014 específicamente en la revisión del renglón 422 (jubilaciones),se determinó que existen personas jubiladas del Estado que desempeñan cargoso puestos en Entidades Descentralizadas y Autónomas del mismo que percibenremuneración por concepto de sueldo o salario, bajo los renglones 011, 022 o031, personal permanente, personal por contrato y jornales, respectivamente ysimultáneamente reciben pensiones por jubilación sin tener derecho a dichapensión, habiendo cobrado la cantidad de Q.317,136.11, según cuadro detalle:

INTEGRACIÓN DE MONTOS DE JUBILACIONES A REINTEGRAR POR RESPONSABLE

CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

NOMBRE DE RESPONSABLES Valor Q.

Leonardo Andrés Culajay (s.o.a) 6,480.00Héctor Alfonso Cordón Méndez 28,558.46Efraín de Paz Chen (s.o.n) 25,967.25Victor Manuel Martínez Monterrubio 52,608.14Carlos Enrique Pineda Pérez 46,386.53Heinz Federico Laib Cruz 72,919.45Vilma Elizabeth Echeverría Cardona de Sánchez 20,460.93Aurelio García (s.o.n) (s.o.a) 17,124.74Jorge Alfredo Romero Sánchez 18,773.94Mario Roberto Corzo Zin 27,856.67TOTAL 317,136.11

El incumplimiento a normas legales afecta los intereses financieros del Estado y

por ende su buen funcionamiento.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.1, ÁreaFinanciera). DIRECCION GENERAL DEL SISTEMA PENITENCIARIO - MINISTERIO DEGOBERNACIONEn la Unidad Ejecutora 210, Dirección del Sistema Penitenciario, Programa 12“Servicios de Custodia y Rehabilitación de Privados de Libertad”, se verificó elsaldo del inventario al 31 de diciembre de 2014, el cual fue enviado el 9 de enerode 2015 a la Unidad de Administración Financiera -UDAF-, del Ministerio deGobernación, en la cual se establecieron diferencias de varios conceptoscontables por la cantidad de Q8,682,466.89 entre los registros del Libro deInventario y los formularios FIN-01 (Resumen de Inventario) y FIN-02 (Detalle deInventario por Cuenta), la cual se define y se integra a continuación:

CONCEPTO TOTAL EN Q.Libro de Inventarios al 31 Dic. 2014 59,353,652.97

Sistema de Contabilidad Integrada SICOIN, FIN al 31Dic. 2014 50,671,186.08Diferencia no ingresada a SICOIN 8,682,466.89

INTEGRACIÓN DE LA DIFERENCIA DEL SALDO DE INVENTARIOS No. CONCEPTO TOTAL EN

Q.1. Bienes autorizados para su baja, pendientes de operación en

libros, año 2008.953,592.80

2. Bienes en trámite de baja, año 2008 1,035,960.59

3. Bienes en trámite de baja del año 2003 296,979.82

4. Bienes no ingresados al Sistema SICOIN. Pendientes de depurarse del inventario.

6,395,933.68

TOTAL DIFERENCIA 8,682,466.89

Riesgo de extravío y/o perdida de los bienes, asimismo, en el libro de inventariosno se refleja información confiable de los bienes propiedad de la Dirección Generaldel Sistema Penitenciario.(Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones aplicables No.7, ÁreaFinanciera). MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTESEn las Unidades Administrativas: Dirección Superior, Dirección General de lasArtes, Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural, Dirección General delDeporte y la Recreación, Dirección General de Desarrollo Cultural yFortalecimiento de las Culturas del Ministerio de Cultura y Deportes, el libro deinventario de cada una de las Unidades Administrativas, reflejó un saldo total deQ114,407,557.57, mientras que los registros del FIN 01 “Formulario Resumen deInventario Institucional” generado por el Sistema de Contabilidad IntegradaSICOIN-WEB, reporta un total en bienes inventariados a nivel institucional, porvalor de Q105,975,104.17, al realizar los procedimientos de auditoría, sedeterminó que al 31 de diciembre de 2014, existen inconformidades de más y demenos lo que representa una diferencia entre ambos registros de Q8,432,453.40,lo que se confirma en oficio UDAF-C-072-2015 de fecha 23 de marzo de 2015.

Falta de información confiable a nivel institucional, refleja incertidumbre en laintegración de los Inventarios de la administración pública y riesgo de pérdida debienes de la entidad.(Hallazgo de Control Interno No.24, Área Financiera). En nuestra opinión, excepto por el efecto de lo mencionado en los párrafosprecedentes, los estados financieros arriba mencionados presentanrazonablemente, respecto de todo lo importante, la posición financiera de laadministración central, al 31 de diciembre de 2014, y los resultados de susoperaciones, para el año que terminó en esa fecha, de acuerdo con PrincipiosPresupuestarios y Normas Internacionales de Contabilidad. Guatemala, 26 de mayo de 2015

Lic. Edgar Rolando Zapeta Morales

Auditor Gubernamental

Lic. Lazaro Rene Hernandez Rodriguez

Auditor Gubernamental

Licda. Ana Maria Valenzuela Gonzalez De Pineda

Auditor Gubernamental

Licda. Aura Lucrecia Minera

Coordinador Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 43 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Estados Financieros 1. Balance General

Contraloría General de Cuentas 44 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

2. Balance General

Contraloría General de Cuentas 45 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

3. Estado de Resultados 1

Contraloría General de Cuentas 46 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

4. Estado de Resultados 2

Contraloría General de Cuentas 47 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

5. Estado de Liquidación

Contraloría General de Cuentas 48 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

6. Estado de Liquidación

Contraloría General de Cuentas 49 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

7. Estado de Liquidaciòn

Contraloría General de Cuentas 50 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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8. Estado de Liquidación

Contraloría General de Cuentas 51 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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9. Estado de Liquidación

Contraloría General de Cuentas 52 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

10. Notas a los Estados Financieros 1

Contraloría General de Cuentas 53 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

11. Notas a los Estados Financieros 2

Contraloría General de Cuentas 54 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

12. Notas a los Estados Financieros 3

Contraloría General de Cuentas 55 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

13. Notas a los Estados Financieros 4

Contraloría General de Cuentas 56 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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14. Notas a los Estados Financieros 5

Contraloría General de Cuentas 57 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

15. Notas a los Estados Financieros 6

Contraloría General de Cuentas 58 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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16. Notas a los Estados Financieros 7

Contraloría General de Cuentas 59 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

17. Notas a los Estados Financieros 8

Contraloría General de Cuentas 60 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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18. Notas a los Estados Financieros 9

Contraloría General de Cuentas 61 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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19. Notas a los Estados Financieros 10

Contraloría General de Cuentas 62 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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20. Notas a los Estados Financieros 11

Contraloría General de Cuentas 63 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

21. Notas a los Estados Financieros 12

Contraloría General de Cuentas 64 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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22. Notas a los Estados Financieros 13

Contraloría General de Cuentas 65 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

23. Notas a los Estados Financieros 14

Contraloría General de Cuentas 66 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

24. Notas a los Estados Financieros 15

Contraloría General de Cuentas 67 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

25. Notas a los Estados Financieros 16

Contraloría General de Cuentas 68 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

27. Notas a los Estados Financieros 17

Contraloría General de Cuentas 69 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

28. Notas a los Estados Financieros 18

Contraloría General de Cuentas 70 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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29. Notas a los Estados Financieros 19

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

LicenciadoDorval José Manuel Carias SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas Públicas, Dirección de Contabilidad del EstadoSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Ministerio de Finanzas Públicas,Dirección de Contabilidad del Estado por el año que finalizó el 31 de diciembre de2014, evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. No observamos ningún asunto importante relacionado con el funcionamiento de laestructura de control interno y su operación, que consideramos deba sercomunicado con este informe.

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Licda. ANA MARIA VALENZUELA GONZALEZ DE PINEDA

Auditor Gubernamental

Lic. EDGAR ROLANDO ZAPETA MORALES

Auditor Gubernamental

Lic. LAZARO RENE HERNANDEZ RODRIGUEZ

Auditor Gubernamental

Licda. AURA LUCRECIA MINERA

Coordinador Gubernamental

Licda. MIRIAM ALICIA GUERRERO RODRIGUEZ

Supervisor Gubernamental

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

LicenciadoDorval José Manuel Carias SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas Públicas, Dirección de Contabilidad del EstadoSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Ministerio de Finanzas Públicas, Dirección deContabilidad del Estado al 31 de diciembre de 2014, están libres derepresentación errónea de importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento deleyes y regulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. No observamos ninguna situación importante relacionada con el cumplimiento deleyes y regulaciones aplicables, que consideramos deba ser comunicado con esteinforme. Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Licda. ANA MARIA VALENZUELA GONZALEZ DE PINEDA

Auditor Gubernamental

Lic. EDGAR ROLANDO ZAPETA MORALES

Auditor Gubernamental

Lic. LAZARO RENE HERNANDEZ RODRIGUEZ

Auditor Gubernamental

Licda. AURA LUCRECIA MINERA

Coordinador Gubernamental

Licda. MIRIAM ALICIA GUERRERO RODRIGUEZ

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 75 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoria anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los responsables, estableciéndose laimplementación de las mismas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 OVIDIO LOPEZ GARCIA DIRECTOR 01/01/2014 - 31/05/20142 CLARA LUZ HERNANDEZ SANTIAGO DE BARRIOS DIRECTOR 05/06/2014 - 31/12/20143 CLARA LUZ HERNANDEZ SANTIAGO DE BARRIOS SUBDIRECTOR 01/01/2014 - 04/06/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍAMINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 76 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal De conformidad con el Decreto No. 114-97 del Congreso de la República, Ley delOrganismo Ejecutivo, artículo 35, establece: “Al Ministerio de Finanzas Públicas lecorresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendariodel Estado, incluyendo la recaudación y administración de los ingresos fiscales, lagestión de financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y elregistro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.” Función Al Ministerio de Finanzas Públicas como parte del Organismo Ejecutivo enobservancia de los principios que rigen la función administrativa, le correspondecumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del estado,incluyendo la formulación de la política fiscal, administración de los ingresosfiscales, gestión de financiamiento interno y externo, ejecución presupuestaria yregistro, control y administración de los bienes que constituyen el patrimonio delEstado. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0189-2014 de fecha 22 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA

Contraloría General de Cuentas 77 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. Establecer que los ingresos provenientes de fondos privativos, se hayan percibidoy depositado oportunamente y que se hayan realizado las conciliacionesmensuales con los registros del SICOIN. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados de la entidad, correspondientes al períodocomprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014, con énfasis en Bancos,Fondos en Avance (Fondos Rotativos), Inversiones Financieras, Ingresos y Gastosde la Ejecución o Liquidación de los programas 01 Actividades Centrales, 11Administración del Patrimonio, 12 Administración Financiera y 13 Servicios deImpresión. Considerando los eventos relevantes de acuerdo a los grupos de gasto porServicios Personales, Servicios no Personales, Materiales y Suministros,Propiedad, Planta, Equipo e Intangibles y Transferencias Corrientes.

Contraloría General de Cuentas 78 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

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Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado para losprogramas presupuestarios 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos La entidad reportó que maneja sus recursos en 14 cuentas bancarias aperturadasen el Banco Crédito Hipotecario Nacional, debidamente autorizadas por el Bancode Guatemala y 2 en el Banco de Guatemala. De las cuentas aperturadas en el Crédito Hipotecario Nacional, únicamente 4presentaron los saldos siguientes: Cuenta 02-043-001142-8 de DepósitosMonetarios a nombre de Fondo Rotativo de la Dirección Financiera, Ministerio deFinanzas Públicas, Q37.39; Cuenta 02-043-0011339 de Depósitos Monetarios anombre de Dirección de Servicios Administrativos, Fondo Rotativo, Q99.59;Cuenta 02-043-0011444 de Depósitos Monetarios a nombre de Dirección deBienes del Estado, Fondo Rotativo, Q5.03 y Cuenta 02-099-0126972 de DepósitosMonetarios a nombre de Taller Nacional de Grabados en Acero, Fondo RotativoQ25.43, estos saldos corresponden a intereses generados durante el año,acreditados en el mes de diciembre de 2014 y trasladados en el mes de enero del2015, a la Cuenta número 1100015 "Gobierno de la República FondoComún-Cuenta Única", del Banco de Guatemala. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) La entidad distribuyó el Fondo Rotativo Institucional autorizado a 21 UnidadesEjecutoras; fondos que fueron liquidados al 31 de diciembre de 2014, ejecutandoen el transcurso del período la cantidad de Q4,042,576.46. Según Resolución No. 005-2014 de fecha 21 de abril 2014, se autoriza el FondoRotativo Institucional, por Q1,380,000.00 y mediante Resolución 163-2014 defecha 22 de octubre de 2014, se otorgó una ampliación a dicho Fondo para sermanejado por la Dirección Financiera por la cantidad de Q150,000.00, para untotal aprobado de Q1,530,000.00. Inversiones Financieras

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La entidad reporta que no posee participaciones de capital, no se dedica a laadquisición de acciones u otros valores representativos de capital de empresaspúblicas, así como de instituciones nacionales e internacionales ni participa en laconcesión de préstamos a corto y largo plazo, de carácter reintegrable, otorgadosen forma directa o mediante instrumentos de deuda. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos recaudados por la entidad, provienen de la fuente 31 "IngresosPropios" y fueron percibidos de la siguiente forma: Cuenta 11000 "Ingresos noTributarios", la cantidad de Q4,671,837.23 y Cuenta 13000 "Venta de Bienes yServicios de la Administración Pública", la cantidad de Q11,673,564.82 para untotal de Q16,345,402.05. La entidad reportó que los Ingresos Propios, fueronconciliados mensualmente por la -Dirección Financiera -UDAF- con los registrosdel Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, asciende a lacantidad de Q349,500,000.00; se realizaron modificaciones presupuestariasnegativas por la cantidad de Q60,369,947.00; para un presupuesto vigente deQ289,130,053.00; de donde se devengó la cantidad de Q278,598,042.89 a travésde los programas específicos siguientes: 01 Actividades Centrales, 11Administración del Patrimonio, 12 Administración Financiera y 13 Servicios deImpresión, de los cuales el Programa 01 Actividades Centrales, es el que cuentacon más presupuesto y alcanzó una ejecución del 95.96%. Modificaciones presupuestarias La entidad reportó que las modificaciones presupuestarias se encuentranautorizadas por la autoridad competente y que estas no incidieron en la variaciónde las metas de los programas específicos afectados. Plan Operativo Anual La entidad formuló su Plan Operativo Anual, el cual contiene las metas físicas yfinancieras, elaborando las modificaciones presupuestarias las cuales fueronincorporadas oportunamente.

Contraloría General de Cuentas 80 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Plan Anual de Auditoría La entidad elaboró y presentó el Plan Anual de Auditoría conforme al MarcoConceptual y las Normas de Auditoría Gubernamental Externa e Interna deconformidad al Sistema de Auditoría Gubernamental para las Unidades deAuditoría Interna (SAG-UDAI). Convenios / Contratos El Ministerio de Finanzas Públicas, ejecutó un convenio identificadocomo BID-ATN-OC-14232-GU, "Apoyo al Grupo de Cambio Climático en elMinisterio de Finanzas de Guatemala", por la cantidad de Q1,519,350.00. Donaciones El Ministerio de Finanzas Públicas administra y ejecuta tres Proyectos deDonaciones: Con la Unión Europea el Proyecto UE-ALA/2007/018-992, "Apoyo ala Gestión Presupuestaria en Guatemala", por la cantidad de Q5,140,147.42;Proyecto BID-ATN/OC-13584-GU, "Apoyo al Fortalecimiento Institucional delMinisterio de Finanzas", por valor de Q618,543.20 y el ProyectoPERENCO-CONAP, Consejo Departamental de Desarrollo (MINFIN) por lacantidad de Q14,072,425.02 para un monto total de Q19,831,115.64. Préstamos El Ministerio de Finanzas Públicas administra tres préstamos con el BancoInteramericano de Desarrollo, siendo éstos: BID-2050/OC-GU, “Programa deApoyo a la Modernización del Ministerio de Finanzas Públicas” por la cantidad deQ58,365,630.53; BID-2766-BL-GU-FOE, “Programa de Consolidación Fiscal-FOE-", por la cantidad de Q486,192.00 y BID-2765/BL-GU/OC, “Programa deConsolidación Fiscal -OC-", por la cantidad de Q1,944,768.00; para un monto totalde Q60,796,590.53. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada La entidad utiliza el Sistema de Contabilidad Integrada Sicoin Web.

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Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones Se verificó que la entidad publicó y gestionó en el Sistema de Información deContrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado los GUATECOMPRAS, anuncios o convocatorias y toda la información relacionada con la compra, venta ycontratación de bienes, suministros, obras y servicios que se requirieron,determinándose que en el proceso se presentaron 318 eventos; 289 por compradirecta, 2 por contrato abierto, 6 por convenios y tratados internacionales, 15 porcotización y 6 por licitación pública. Sistema Nacional de Inversión Pública La entidad no reporta ningún tipo de Inversión, por lo que no se utilizó laherramienta. Sistema de Guatenóminas La entidad reportó que utiliza el sistema de control y registro de Guatenóminaspara la administración del recurso humano. Sistema de Gestión La entidad presentó cuatrimestralmente el informe de su gestión, a través delSIGES. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3. 4.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

LicenciadoDorval José Manuel Carías SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas PúblicasSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Ministerio de Finanzas Públicaspor el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014, evaluamos la estructura decontrol interno, para determinar nuestros procedimientos de auditoría con elpropósito de emitir una opinión sobre la razonabilidad de ese estado y no paraproporcionar seguridad del funcionamiento de la estructura de control interno. Sinembargo, notamos ciertos asuntos en relación a su funcionamiento, queconsideramos deben ser incluidos en este informe para estar de acuerdo con lasNormas Internacionales de Auditoría y Normas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Falta de Manuales de Funciones y ProcedimientosDeficiencia en presentación de informesDeficiencia en la conformación de expedientesDeficiencias en documentación de soporte

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. FREDI ANIBAL TORRES ARANA

Auditor Gubernamental

Licda. HEIDI CARINA SANTA CRUZ CASTILLO DE RODRIGUEZ

Auditor Gubernamental

Lic. RIGOBERTO BOROR

Auditor Gubernamental

Licda. HADA ANGELICA RIVERA SANTIZO

Coordinador Gubernamental

Lic. EDWIN GUSTAVO ALCANTARA AYALA

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 84 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de Manuales de Funciones y Procedimientos CondiciónEn el programa 12 Administración Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas,Proyecto Apoyo a la Gestión Presupuestaria -AGEP- en Guatemala, renglónpresupuestario 081 "Personal Administrativo, Técnico, Profesional y Operativo" seestableció que no tienen Manuales de Funciones y Procedimientos para elpersonal contratado bajo este Renglón, que permita definir y delimitar lasfunciones inherentes de cada puesto de trabajo. CriterioEl Acuerdo Número 09-2003 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas,Normas Generales de Control Interno, norma de aplicación general 1.10 Manualesde Funciones y Procedimientos, establece “La máxima autoridad de cada entepúblico, debe apoyar y promover la elaboración de manuales de funciones yprocedimientos para cada puesto y procesos relativos a las diferentes actividadesde la entidad. Los Jefes, Directores y demás Ejecutivos de cada entidad son responsables deque existan manuales, su divulgación y capacitación al personal, para suadecuada implementación y aplicación de las funciones y actividades asignadas acada puesto de trabajo." CausaEl Administrador del Proyecto de Apoyo a la Gestión Presupuestaria enGuatemala -AGEP-, no le dio cumplimiento a las Normas Generales de ControlInterno establecidas al no implementar los Manuales de Funciones yProcedimientos. EfectoDeficiente distribución de funciones y procedimientos para el personal contratadobajo el renglón presupuestarios 081 "Personal Administrativo, técnico, profesionaly operativo", al no plasmar en un Manual de Funciones y Procedimientos, laasignación de funciones.

Contraloría General de Cuentas 85 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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RecomendaciónEl Ministro de Finanzas Públicas, debe girar instrucciones al Administrador delProyecto de Apoyo a la Gestión Presupuestaria en Guatemala -AGEP-, para quese elaboren e implementen los Manuales de Funciones y Procedimientos para elpersonal que labora en el renglón presupuestario 081 Personal administrativo,técnico, profesional y operativo, como una herramienta para optimizar el ControlInterno. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 21 de abril de 2015, el licenciado Carlos HumbertoValladares, quien fungió como Administrador del Proyecto Apoyo a la GestiónPresupuestaria en Guatemala -AGEP-, por el período comprendido del 01 deenero al 15 de junio de 2014, manifiesta: "Hallazgo No. 1: De Control Interno ÁreaFinanciera. Falta de Manuales de Funciones y Procedimientos. El Proyecto de Apoyo a la Gestión Presupuestaria en Guatemala -AGEP-,financiado con recursos de la Comunidad Europea y el Gobierno de Guatemala(Convenio de Financiación Número DCI, ALA/2007/018-992), desde su puesta enmarcha en el mes de mayo del 2009, en ningún momento contó con Manuales deFuncionamiento y de Procesos para la contratación de Servicios Personales. Sin embargo, la base legal para contrataciones de Servicios Personales, en elSubgrupo de gasto 08 “Personal contratado por Organismos Internacionales”,Renglón Presupuestario 081 “Personal Administrativo, Técnico, Profesional yOperativo” siempre fue el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para elSector Publico de Guatemala. Con relación al renglón presupuestario 081, que tiene exclusividad y dedicatoriapara los proyectos que en el Sector Público guatemalteco se ejecutan conrecursos de la cooperación internacional; con respecto al procedimiento que seutilizaba para contratar Servicios Personales en dicho renglón, en términosgenerales guarda una estrecha relación con el procedimiento del Minfin, queincluye entre otros aspecto los siguientes: Términos de Referencia, Curriculumvitae del contratista, documentación que ampara calidad académica,documentación que acredita experiencia, Documento Personal de IdentificaciónDPI, Registro Tributario Unificado RTU, Número de Identificación Tributaria NIT,fotografía, inscripción en Guatecompras, colegiado activo (para profesionales),registro de cuenta bancaria, boleto de ornato y solvencia fiscal ante la SAT. Cabe indicar que en el año 2013, el Proyecto AGEP inicia las primerascontrataciones de personal, bajo el Renglón Presupuestario 081 PersonalAdministrativo, técnico, profesional y operativo; el personal contratadodesempeñaba funciones específicas en apoyo a la ejecución de actividades del

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Proyecto AGEP; por lo tanto, el personal este pertenecía a la planta del ProyectoAGEP y no a la estructura orgánica formal del Ministerio de Finanzas Públicas. En ese sentido, se dio total cumplimiento a lo que señala el Manual deClasificación Presupuestaria para el Sector Público de Guatemala,específicamente la descripción que hace del Subgrupo 08 Personal Contratadopor Organismos Internacionales. Las condiciones bajo las cuales se contrataba al personal en el renglón 081, eranlas siguientes: carácter temporal, sin relación de dependencia, no eranconsiderados ni funcionario ni empleados públicos, las funciones o actividadesespecíficas se definen para un tiempo delimitado incluidas en los ContratosAdministrativos, en los cuales prácticamente estaban contemplados losprocedimientos internos respectivos. Cabe indicar que para la aprobación de uncontrato por Servicios Personales dentro del Proyecto AGEP, la Dirección deRecursos Humanos del Ministerio de Finanzas Públicas, emitía el respectivoAcuerdo Ministerial. Por lo anteriormente manifestado y con base a los elementos que se exponen, seconsidera que el Proyecto AGEP por su naturaleza, no debía elaborar Manualesde Procedimientos para definir las funciones del personal contratado bajo elrenglón presupuestario 081. En ese sentido, de manera atenta y respetuosa,solicito que dicha condición sea desestimada como hallazgo." En oficio No. AGEP-043-2015 de fecha 21 de abril de 2015, el licenciado EdgarEstuardo Ramírez Sánchez, Administrador del Proyecto Apoyo a la GestiónPresupuestaria en Guatemala -AGEP-, por el período comprendido del 16 de junioal 31 de diciembre de 2014, manifiesta: " Opinión del suscrito: La base legal sobre la cual se suscriben los contratos bajo el RenglónPresupuestario 081 “Personal Administrativo, Técnico, Profesional y Operativo”entre otras, se sustenta en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para elSector Publico de Guatemala, el que establece que el subgrupo de gasto 08“Personal contratado por Organismos Internacionales”, será para uso exclusivo deprogramas o proyectos específicos que se ejecutan con financiamiento externo ycomprende los gastos por contratación de personal administrativo, técnico,profesional y operativo. Este personal pertenecerá a la planta del proyectocorrespondiente y no del organismo o institución en la cual opera el programa oproyecto específico. Las condiciones bajo las cuales se contratan son con carácter estrictamentetemporal y sin relación de dependencia. Las funciones o actividades sonespecíficas y por tiempo limitado y  quedan definidas en el contrato administrativo

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respectivo que se celebre, a través del cual se generan los controles internoscorrespondientes. Sus funciones son muy específicas en sintonía con el  convenio internacionalsuscrito y no de la naturaleza de las funciones sustantivas de la Institución oMinisterio,... ejemplo de un contrato por servicios profesionales el primero, y unopor servicios técnicos el segundo, en los cuales es expreso en su cláusula cuarta,la serie detallada de las actividades que el contratado debe desarrollar. La cláusula octava de dichos contratos establece en su inciso 6) que “La supervisióndel cumplimiento de los términos contractuales será ejercida por el Director oSubdirector de la Dirección en la cual el contratista desarrolle sus actividades”. Ental sentido, la base e instancias de control interno quedan expresamenteestablecidas en los contratos correspondientes. El cumplimiento de las funcionescontractualmente convenidas es entonces verificado por el Director o Subdirectorde la Dirección correspondiente y esta actividad genera el o los pagoscorrespondientes. Los contratos contenidos... en el punto anterior, expresan en la cláusula octava,inciso 9) que los servicios que preste el contratista serán de carácter profesional otécnico según sea el caso, remarcando que dichas personas no tienen la calidadde servidor o funcionario público, por lo que tampoco tienen derecho a ningúnprestación de carácter laboral. Sobre la base de los elementos indicados es opinión del suscrito que no esobligatoria la elaboración de manuales para definir las funciones del personalcontratado bajo este renglón presupuestario. En tal sentido solicitarespetuosamente que dicha condición sea desestimada como hallazgo." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para los dos Administradores del Proyecto Apoyo a laGestión Presupuestaria en Guatemala -AGEP-, derivado a que los documentos ycomentarios presentados por los responsables en forma escrita no demuestranque exista documento que contenga las funciones y los procedimientos que soninherentes para desarrollar cada actividad laboral; lo cual se pudo constatar alevaluar la cláusula de algunos contratos suscritos, donde están contenidas lasactividades para las cuales son contratados, sin embargo no existe en dichaentidad manuales que desarrollen y permitan llevar a cabo las actividades enforma ordenada y eficiente que permita delimitar las funciones yresponsabilidades de las personas contratadas. Lo cual fue confirmado mediante oficio No. AGEP-034-2015, de fecha 06 de marzo de 2015, donde el Administradordel Proyecto informa   que no cuenta con Manuales de Funciones yProcedimientos.

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a.

b. c. d. e.

Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 3, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesADMINISTRADOR DEL PROYECTO DE APOYO A LA GESTION PRESUPUESTARIAEN GUATEMALA -AGEP-

CARLOS HUMBERTOVALLADARES (S.O.A)

2,737.25

ADMINISTRADOR DEL PROYECTO DE APOYO A LA GESTION PRESUPUESTARIAEN GUATEMALA -AGEP-

EDGAR ESTUARDO RAMIREZSANCHEZ

2,737.25

Total Q. 5,474.50

Hallazgo No. 2 Deficiencia en presentación de informes CondiciónEn el Programa 12 Administración Financiera, con cargo al renglónpresupuestarios 029 “Otras remuneraciones al personal temporal” se establecieronciertas deficiencias en los informes presentados por las personas contratadas lascuales se detallan a continuación:

64-2014, Luis Felipe Hernández Matute,Contrato Administrativo Número DRHOftalmólogo, Contrato Administrativo Número DRH 169-2014, Waldemar EduardoArdón Sandoval, Abogado y Notario y Contrato Administrativo Número DRH69-2014, Sandra Elizabeth Henkle Mejía de Solorzano, Maestra de EducaciónPrimaria Urbana

Los informes no reflejan que hayan aportado algún beneficio a la Instituciónya que se observa que todos los meses realizaron las mismas actividades,Los informes detallan literalmente lo que indica la cláusula del contrato,Es una copia del informe anterior,No se indica el lugar en donde se prestaron los servicios adquiridos,No se adjuntan los estudios o detalle del producto entregado segúncláusulas del contrato.

CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.2 Estructura de Control Interno, establece:“Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar eimplantar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambienteóptimo de trabajo para alcanzar los objetivos institucionales. Una efectiva

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estructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a)controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controlesde detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles delegalidad; y, h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del procesoadministrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa yoperativa, eliminando o agregando controles, sin que se lesione la calidad delservicio” y norma 1.6 Tipos de controles, establece: “Es responsabilidad de lamáxima autoridad de cada entidad pública, establecer e implementar con claridadlos diferentes tipos de control que se relacionan con los sistemas administrativos yfinancieros...” CausaLa Directora de Recursos Humanos avaló los informes de los prestadores deservicios, que no contienen información clara y concisa del trabajo desarrollado. EfectoFalta de información que permita establecer los productos generados por losservicios contratados, lo cual no contribuye a la transparencia del gasto RecomendaciónEl Ministro, debe girar instrucciones a la Directora de Recursos Humanos, paraque se abstengan de realizar contrataciones de estudios y/o servicios, sin exigir elrespectivo producto final que beneficie a la Institución, que presenten y seadjunten a los documentos de soporte, el detalle del producto obtenido y queverifiquen que exista suficiente evidencia competente de los productos según lostérminos de referencia del contrato. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 21 de abril de 2015, la licenciada Consuelo EsperanzaMairén Chávez, quien fungió como Directora de Recursos Humanos, por elperíodo comprendido del 01 de enero al 14 de julio de 2014, manifiesta: “Enrespuesta al oficio CGC-MFP-OF-105-2015, de fecha 13 de los corrientes, en elcual se me convoca a la discusión del hallazgo de control interno No. 3 quecorresponde al período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014,... la presenteinformación y documentación relacionada, tanto en formato impreso comoelectrónico, con la solicitud que se someta al respectivo análisis por parte de esacomisión, con el fin de desvanecer el hallazgo No. 3, agradeciendo que se mecomunique el resultado final de esta gestión o la información adicional que seanecesaria, para lo cual me permito responder lo siguiente: Hallazgo No. 3 Deficiencia en presentación de informes. Para cada inciso de lacondición, se presenta la respectiva respuesta:

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a. Los informes no reflejan que hayan aportado algún beneficio a la institución yaque se observa que todos los meses realizaron las mismas actividades. Respuesta:

1. Dr. Luis Felipe Hernández Matute:

Presta servicios profesionales de Atención Oftalmológica al Personal del Ministerioy su núcleo familiar, en virtud que la institución no está en capacidad deproporcionar de manera directa tales servicios por carecer de capacidad instaladay porque la atención oftalmológica no es parte de su misión. La necesidadfundamental de contratar estos servicios radica en el cumplimiento de loestipulado en el Artículo 37 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo quedice: “ARTÍCULO 37. SERVICIO MÉDICO OFTALMOLÓGICO. El Ministeriocontará con atención médica oftalmológica de consulta externa para lostrabajadores de la institución, su cónyuge e hijos”.

Entre los beneficios de esta contratación se pueden mencionar los siguientes: a. Los empleados y sus familias reciben atención médica especializada de maneraoportuna; b. El Ministerio se libera de invertir en equipo, materiales, insumos médicos ymedicamentos cuyo costo es alto; y, c. El Ministerio da cumplimiento al compromiso adquirido en el Pacto Colectivo deCondiciones de Trabajo. 2. Sandra Elizabeth Henkle Mejía de Solórzano: Presta servicios técnicos especializados en idioma inglés para el fortalecimiento elJardín Infantil y el Departamento de Capacitación del Ministerio, cuya necesidadfundamental radica en dar cumplimiento a lo estipulado en el Pacto Colectivo deCondiciones de Trabajo que dice: “ARTÍCULO 61. JARDÍN INFANTIL YPROGRAMA DE TUTORÍA. El Ministerio continuará brindando el servicio delJardín Infantil y la Sala Cuna para la atención de los hijos de los trabajadoreshasta los seis (6) años de edad. Asimismo, el Programa de tutoría para niñoscomprendidos entre los seis años un día y los doce años de edad, que cursensexto grado de educación primaria…” El beneficio de esta contratación se radica en la posibilidad del Ministerio deofrecer adecuada calidad educativa en el idioma inglés, tanto a los hijos de losempleados que asisten al Jardín Infantil, como a los trabajadores del Ministerioque asisten a los cursos de inglés básico que eventualmente, desarrolla el

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Departamento de Capacitación de la Dirección de Recursos Humanos, sinnecesidad de encarecer los costos de operación con personal de planta. 3. Lic. Waldemar Eduardo Ardón Sandoval: Presta servicios profesionales en materia legal laboral, en virtud que la Direcciónde Recursos Humanos es responsable de velar por el eficaz cumplimiento de lasnormas de carácter laboral. El principal beneficio de la contratación de estos servicios es el fortalecimiento delárea de Relaciones Laborales para atender oportuna y efectivamente los múltiplescasos jurídicos que se presentan ante el Despacho Superior y la Dirección deRecursos Humanos, en relación a procesos legales y situaciones de índolesindical. Otro beneficio de la contratación radica en que el asesor puede también realizarfunciones como notario habilitado en el ejercicio, actividad que un trabajador enrelación de dependencia no puede desempeñar por estar inhabilitado, según loestipula el numeral 3 del artículo 4 del Código de Notariado. Finalmente, cabe indicar que muchas de las actividades de los contratistas, lascuales están incluidas en los términos de referencia y en sus respectivoscontratos, son de carácter reiterativo, lo cual explica la razón por la que sereportan actividades similares en diferentes meses. b. Los informes detallan literalmente lo que indica la cláusula del contrato.Respuesta:

En fiel cumplimiento de su contrato, los contratistas informan las actividades querealizaron en el mes. c. Es una copia del informe anterior. Respuesta:En fiel cumplimiento de su contrato, los contratistas informan las actividades querealizaron en el mes, que son las mismas para todo el periodo de contratación. d. No se indica el lugar en donde se prestaron los servicios adquiridos. Respuesta:Los referidos contratistas consignan el número de contrato en sus informesmensuales y, en todos los casos, el contrato indica, en la cláusula SEGUNDA, que

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la dependencia en donde prestarán sus servicios es la Dirección de RecursosHumanos. Dicha información también aparece en las facturas que los contratistasemiten mensualmente para fines de pago. e. No se adjuntan los estudios o detalle del producto entregado según cláusulas

del contrato.

RespuestaComo es del conocimiento de los señores Auditores, la Quinta edición del Manualde Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, quedefine el renglón presupuestario aplicable a cada gasto, indica claramente que elrenglón 029 corresponde a honorarios por servicios técnicos y profesionales, enningún momento se refiere a productos y como también es sabido, los productoscorresponden a renglones del subgrupo 18. Es por ello que en los Términos de Referencia, que constituyen la base de loscontratos, fueron consignadas las actividades específicas que los contratistas enreferencia deben cumplir durante la prestación de sus servicios; nótese que no seincluyó la entrega de producto alguno, por lo tanto, los informes reportan lasactividades realizadas en cada mes. Lo anterior se comprueba con los Términosde Referencia del Contrato. Resumen: Se comprueba que no existe deficiencia en la presentación de informes,porque las contrataciones bajo el renglón 029, en la Dirección de RecursosHumanos, es de beneficio para el desarrollo de las funciones del Ministerio y elcumplimiento de disposiciones del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo;asimismo, corresponden a actividades específicas y no a productos porque no setrata de renglones del subgrupo 18 y el contenido de los informes mensualescorresponden a los respectivos contratos." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para la licenciada Consuelo Esperanza Mairén Chávez,quien fungió como Directora de Recursos Humanos, por el período comprendidodel 01 de enero al 14 de julio del 2014, en virtud que los documentos ycomentarios presentados por la responsable, en forma escrita y magnética noresponden al planteamiento del hallazgo, ya que las deficiencias estánrelacionadas con el contenido de los informes presentados por las personascontratadas para prestar sus servicios profesionales y técnicos por el renglónpresupuestario 029, los cuales no reflejan aportes y beneficios para la Institución,pues son copiados literalmente de las cláusulas del contrato y de los mesesanteriores, tampoco reflejan a quienes le prestaron el servicio.

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Este Hallazgo fue notificado con el número 3 y corresponde en el presente informeal número 2. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS CONSUELO ESPERANZA MAIREN CHAVEZ 2,737.25Total Q. 2,737.25

Hallazgo No. 3 Deficiencia en la conformación de expedientes CondiciónEn el Programa 12 Administración Financiera, con cargo al renglón presupuestario029 “Otras remuneraciones al personal temporal” se observó que no existeuniformidad en la conformación de los expedientes del personal contratado ya queno tienen una guía de los documentos que deben contener dichos expedientes,razón por la cual se estableció que en la documentación de soporte hacía falta : a)Carencia de antecedentes penales y policíacos, b) Copia de Título Diversificado,c) Datos de la cuenta bancaria en la cual se depositará, d) Constancia dedisponibilidad presupuestaria y, e) colegiado activo actualizado, entre otros. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.6 Documentos de respaldo, establece:“Toda operación que realicen las entidades públicas, cualquiera sea su naturaleza,debe contar con la documentación necesaria y suficiente que la respalde. Ladocumentación de respaldo promueve la transparencia y debe demostrar que seha cumplido con los requisitos legales, administrativos, de registro y control de laentidad, por tanto contendrá la información adecuada, por cualquier medio que seproduzca, para identificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operaciónpara facilitar su análisis.” CausaLa Directora de Recursos Humanos y el Técnico de Contrataciones, Departamentode Dotación de Recursos Humanos de la Dirección de Recursos Humanos, nocumplieron con requerir a los prestadores de servicios, la documentación

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necesaria que respalde las acciones administrativas, la preparación académica deéstos y su condición civil y penal. Asimismo no requirieron a la DirecciónFinanciera la Constancia de Disponibilidad Presupuestaria. EfectoSe carece de información que permita establecer la situación administrativa, legaly académica de las personas contratadas. RecomendaciónEl Ministro de Finanzas Públicas, debe girar instrucciones a la Directora deRecursos Humanos, para que a su vez instruya al Técnico de Contrataciones,Departamento de Dotación de Recursos Humanos de la Dirección de RecursosHumanos, a fin de que se cumpla con actualizar e incluir en los expedientes delas personas contratadas, toda la documentación que respalde la preparaciónacadémica, documentación legal, administrativa y presupuestaria necesaria, quedeba incluirse en los expedientes, para que exista uniformidad en la conformaciónde los expedientes del personal. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. DRH-122-2015 de fecha 21 de abril de 2015, la Directora deRecursos Humanos, licenciada Claudia Mabel García Arévalo, manifiesta: “Laconformación de los 12 expedientes objeto de la auditoría efectuada por laComisión que usted coordina, fue realizada en las fechas siguientes: 10expedientes el 2 de enero de 2014, 1 expediente el 3 de febrero de 2014 y 1expediente el 2 de junio de 2014 posteriormente se realizaron 3 contratos confecha 26 de junio de 2014; fechas previas a que la suscrita asumiera la Direcciónde Recursos Humanos, según consta en Acuerdo Ministerial 372-2014 y Acta deRecursos Humanos Folio No. 264, cuya fecha efectiva de asunción al cargo es apartir del 8 de agosto del año 2014. Solamente 1 contrato fue realizado con fecha1 de septiembre de 2014, cuyo expediente no contiene la constancia de carenciade antecedentes penales y policíacos; sin embargo, dichos documentos no sonrequisitos fundamentales para realizar la contratación de mérito tal y como seexplica en el inciso a) del apartado de la respuesta. No obstante lo anterior, acontinuación el hallazgo notificado y la información respectiva para desvanecer elmismo. RESPUESTA: El Departamento de Dotación de Recursos Humanos de laDirección de Recursos Humanos, cuenta con un procedimiento interno el cual fueaprobado por la Dirección de Recursos Humanos de acuerdo a los lineamientosde Gestión de Calidad del Ministerio, dicho procedimiento indica los documentosque debe contener el expediente de un contratista y como puede observarse, lapresentación de carencia de antecedentes penales, así como de los policíacos noconstituyen requisitos que necesariamente tengan que aportar los contratistas:

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a.

b.

c.

d.

e.

Carencia de Antecedentes Penales y Policíacos: Dentro del procedimientointerno de contratación de servicios técnicos y profesionales del Ministerio,no es requisito la presentación de antecedentes penales y policíacos, confundamento en lo dispuesto en el Artículo 22 de la Constitución Política de laRepública de Guatemala y en concordancia con el Artículo 101 de la CartaMagna; Copia de Título Diversificado: El procedimiento de contratación de serviciostécnicos y profesionales del Ministerio indica literalmente “copia del título deeducación a nivel diversificado y de cursos universitarios cuando aplique, encaso de servicios técnicos”; sin embargo, el caso encontrado en la muestradonde indican la falta de título diversificado, la señora Sandra ElizabethMejía, presenta su acreditación académica por medio de la Cédula DocenteNúmero 07327 emitida por el Ministerio de Educación, que la faculta paraprestar sus servicios técnicos según Registro H-562. El Ministerio deEducación para emitir una Cédula Docente, necesita contar con el títuloacadémico y el mismo debe estar registrado en la Contraloría General deCuentas y en el Ministerio de Educación. Por lo tanto, se consideró comodocumento válido y suficiente que acredita su título académico además de laexperiencia reflejada en su hoja de vida, que se encuentra en el expedienteauditado;Datos de la cuenta bancaria en la cual se depositará. El proceso decontratación de servicios técnicos y profesionales de este Ministerio indicaque dentro de los documentos que debe presentar el contratista seencuentra “copia de cheque anulado que acredite la existencia de unacuenta de depósitos monetarios en el banco CHN o copia de movimiento decuenta emitido por el banco”. El movimiento de cuenta puede ser unaconstancia de cuenta, un depósito monetario o un estado de cuenta. En elcaso del Expediente del señor Luis Felipe Hernández... constancia de cuentahabiente la cual se utilizó en el contrato del año 2013 y de referenciasirviópara el contrato del año 2014, en donde se indica el documento de soporteque tiene cada expediente; Constancia de disponibilidad presupuestaria: De acuerdo al Decreto 9-2014publicado el 3 de marzo de 2014, en su Artículo 1 indica la reforma alArtículo 28 BIS del Decreto Número 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto.En dicha reforma señala que el , deberá ser emitido para el Grupo deCDPGasto 2 y los 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, y 29. Por lo anterior, nosubgruposprocede realizar para la contratación de servicios técnicos; por lo tanto,CDPla contratación del señor , bajo el renglónGilmer Alexander Chalí Samol029, quien fue contratado con fecha 2 de junio del año 2014, según contratoNo. aprobado por Acuerdo Ministerial 257-2014 de fecha 10DRH-246-2014de junio de 2014, aplica la reforma al artículo 28 BIS ya indicada de fecha 3de marzo de 2014;

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e. Colegiado activo actualizado: El proceso de contratación de serviciostécnicos y profesionales del Ministerio, indica que dentro de los documentosque debe presentar el contratista antes de ser contratado es el “colegiadoactivo original en caso de servicios profesionales”.

Para el caso del señor Luis Felipe Hernández Matute, si presentó colegiadooriginal emitido por el banco, el cual está respaldado por el Convenio de ServiciosBancarios suscrito entre y el Colegio de Médicos y Cirujanos de BANRURAL

, el mismo es válido en papel y firma electrónica. El señorGuatemala bondHernández, al momento de ser contratado se encontraba con colegiado activo. Laactualización de su colegiado corresponde al Departamento de Gestión yCompensaciones, que los resguarda en sus archivos para poder gestionar el pagocorrespondiente a sus honorarios por lo que en los expedientes de contrataciónsólo se archiva la constancia que el contratista presenta al inicio de sucontratación. De conformidad con los argumentos expuestos, considero demostrar que elhallazgo No. 4 queda desvanecido por cuanto que sí se cumple con lascondiciones que permiten establecer la situación administrativa, legal y académicapara la contratación de servicios objeto del hallazgo.” En oficio No. DRH-DDRH-912-2015 de fecha 21 de abril de 2015, el Técnico deContrataciones, Departamento de Dotación de Recursos Humanos, de laDirección de Recursos Humanos, señor Billy Daniel López García, manifiesta:“RESPUESTA: El Departamento de Dotación de Recursos Humanos de laDirección de Recursos Humanos, cuenta con un procedimiento interno el cual fueaprobado por la Dirección de Recursos Humanos de acuerdo a los lineamientosde Gestión de Calidad del Ministerio, dicho procedimiento indica los documentosque debe contener el expediente de un contratista y como puede observarse, lapresentación de carencia de antecedentes penales, así como de los policíacos noconstituyen requisitos que necesariamente tengan que aportar los contratistas: a)Carencia de Antecedentes Penales y Policíacos: Dentro del procedimiento internode contratación de servicios técnicos y profesionales del Ministerio, no es requisitola presentación de antecedentes penales y policíacos, con fundamento en lodispuesto en el Artículo 22 de la Constitución Política de la República deGuatemala y en concordancia con el Artículo 101 de la Carta Magna; b) Copia deTítulo Diversificado: El procedimiento de contratación de servicios técnicos yprofesionales del Ministerio indica literalmente “copia del título de educación anivel diversificado y de cursos universitarios cuando aplique, en caso de serviciostécnicos”; sin embargo, el caso encontrado en la muestra donde indican la falta detítulo diversificado, la señora Sandra Elizabeth Henkle Mejía, presenta suacreditación académica por medio de la Cédula Docente Número 07327 emitidapor el Ministerio de Educación, que la faculta para prestar sus servicios técnicos

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según Registro H-562. El Ministerio de Educación para emitir una Cédula Docente,necesita contar con el título académico y el mismo debe estar registrado en laContraloría General de Cuentas y en el Ministerio de Educación. Por lo tanto, seconsideró como documento válido y suficiente que acredita su título académicoademás de la experiencia reflejada en su hoja de vida, que se encuentra en elexpediente auditado; c) Datos de la cuenta bancaria en la cual se depositará. Elproceso de contratación de servicios técnicos y profesionales de este Ministerioindica que dentro de los documentos que debe presentar el contratista seencuentra “copia de cheque anulado que acredite la existencia de una cuenta dedepósitos monetarios en el banco CHN o copia de movimiento de cuenta emitidopor el banco”. El movimiento de cuenta puede ser una constancia de cuenta, undepósito monetario o un estado de cuenta. En el caso del Expediente del señorLuis Felipe Hernández se adjunta constancia de cuentahabiente la cual se utilizóen el contrato del año 2013 y sirvió de referencia para el contrato del año 2014, endonde se indica el documento de soporte que tiene cada expediente; d)Constancia de disponibilidad presupuestaria: De acuerdo al Decreto 9-2014publicado el 3 de marzo de 2014, en su Artículo 1 indica la reforma al Artículo 28BIS del Decreto Número 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto. En dicha reformaseñala que el CDP, deberá ser emitido para el Grupo de Gasto 2 y los subgrupos21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, y 29. Por lo anterior, no procede realizar CDP para lacontratación de servicios técnicos; por lo tanto, la contratación del señor GilmerAlexander Chalí Samol, bajo el renglón 029, quien fue contratado con fecha 2 dejunio del año 2014, según contrato No. DRH-246-2014 aprobado por AcuerdoMinisterial 257-2014 de fecha 10 de junio de 2014, aplica la reforma al artículo 28BIS ya indicada de fecha 3 de marzo de 2014; e) Colegiado activo actualizado: Elproceso de contratación de servicios técnicos y profesionales del Ministerio, indicaque dentro de los documentos que debe presentar el contratista antes de sercontratado es el “colegiado activo original en caso de servicios profesionales”.Para el caso del señor Luis Felipe Hernández Matute, si presentó colegiadooriginal emitido por el banco, el cual está respaldado por el Convenio de ServiciosBancarios suscrito entre BANRURAL y el Colegio de Médicos y Cirujanos deGuatemala, el mismo es válido en papel bond y firma electrónica. El señorHernández, al momento de ser contratado se encontraba con colegiado activo. Laactualización de su colegiado corresponde al Departamento de Gestión yCompensaciones, que los resguarda en sus archivos para poder gestionar el pagocorrespondiente a sus honorarios por lo que en los expedientes de contrataciónsólo se archiva la constancia que el contratista presenta al inicio de sucontratación. De conformidad con los argumentos expuestos, considero demostrar que elhallazgo No. 4 queda desvanecido por cuanto que sí se cumple con lascondiciones que permiten establecer la situación administrativa, legal y académicapara la contratación de servicios objeto del hallazgo.”

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para la Directora de Recursos Humanos y para el Técnicode Contrataciones, Departamento de Dotación de Recursos Humanos, de laDirección de Recursos Humanos, en virtud que los documentos y comentariospresentados por los responsables, en forma escrita y documental no responden alproblema planteado, ya que lo que se está objetando es que no existe uniformidaden la conformación de los expedientes del personal contratado, por tal razón de lamuestra seleccionada se determinó que: a. Los expedientes no tienen Carencia de antecedentes penales y policíacos; En ningún momento se le está objetando que se le vede el derecho laboral a lapersona, porque fue contratada, sin embargo dichos antecedentes permitendeterminar y verificar la situación legal de las personas con la Ley. De cualquiermanera lo que se persigue es permitir únicamente la participación de personascuyo desenvolvimiento no posea tacha alguna; b. Les falta de Copia del Título Diversificado, Colegiado activo actualizado, y Datosde la cuenta bancaria en la cual se depositará. Para estos puntos, el Manual de Procedimientos de Contratación y Pago deServicios Técnicos y Profesionales Renglones 029 y 189 del Ministerio deFinanzas Públicas, anexo 4 establece: “Documentación requerida… numeral 3.Constancia de Estudios: 3.1 Copia de título de educación a nivel diversificado y decursos universitarios, si los tuviera (en caso de servicios Técnicos) 3.2 Copia detítulo universitario (en caso de servicios profesionales) 4. Dos originales de laconstancia de Colegiado Activo, por el período que dura la contratación (en casode servicios profesionales) y 9. Un copia de un cheque anulado que acredite laexistencia de una cuenta de depósito monetario en el Banco Crédito HipotecarioNacional.” Para la deficiencia relacionada con Constancia de disponibilidad presupuestaria,se aceptan los argumentos de los responsables, en virtud que se presentaron laspruebas que evidencian que ya no es necesario adjuntarla a los expedientes. Para las demás deficiencias determinadas, no se pueden tomar comosatisfactorios, los argumentos presentados ya que son los funcionarios delDepartamento de Recursos Humanos los responsables de que la información quese les solicite a los contratistas sea lo más clara, vigente, completa y transparente,que se apegue a los manuales y leyes que rigen estos servicios. Por tal razón elhallazgo queda confirmado.

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Este hallazgo fue notificado con el número 4 y corresponde en el presente informeal número 3. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesTECNICO DE CONTRATACIONES DEPARTAMENTO DE DOTACION DE RECURSOS HUMANOSDE LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

BILLY DANIEL LOPEZGARCIA

457.75

DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS CLAUDIA MABELGARCIA AREVALO

2,737.25

Total Q. 3,195.00

Hallazgo No. 4 Deficiencias en documentación de soporte CondiciónEn el Programa 01 Actividades Centrales, renglón presupuestario 413"Indemnizaciones al Personal"; al revisar los CUR 484 por Q191,583.57; CUR 170por Q210,110.19 y CUR 622 por Q190,462.42; se observaron deficiencias en laconformación de los expedientes de solicitud de pago por retiro voluntario, talescomo: a) La solicitud del empleado mal redactada, b) El voucher presentado nocorresponde al último mes trabajado, c) El formulario general de solvencias estáincompleto, d) Constancias de Recursos Humanos con apellidos mal escritos, e)Certificación de solvencias con casillas incompletas y falta de sellos, f) Notificaciónde Acuerdo Internos sin realizar, entre otros. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.6 Documentos de respaldo, establece:"Toda operación que realicen las entidades públicas, cualquiera sea su naturaleza,debe contar con la documentación necesaria y suficiente que la respalde. Ladocumentación de respaldo promueve transparencia y debe demostrar que se hacumplido con los requisitos legales, administrativos, de registro y control de laentidad, por tanto contendrá la información adecuada, por cualquier medio se queproduzca, para identificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operaciónpara facilitar su análisis." CausaLa Directora de Recursos Humanos, el Subdirector de Gestión de RecursosHumanos y la Jefe del Departamento de Servicios Administrativos Internos de la

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Dirección de Recursos Humanos, no verificaron que los expedientes de solicitud ypago de retiro voluntario fueran debidamente conformados, previo a suaprobación y pago.

EfectoEl incumplimiento de los requisitos legales, administrativos, de registro y controlprovocan la falta de transparencia. RecomendaciónEl Ministro, debe girar instrucciones a la Directora de Recursos Humanos, paraque a su vez instruya al Subdirector de Gestión de Recursos Humanos y a la Jefedel Departamento de Servicios Administrativos Internos de la Dirección deRecursos Humanos, para que velen por que los procedimientos de registro ycontrol de los expedientes sean debidamente conformados. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 21 de abril de 2015, la licenciada Consuelo EsperanzaMairén Chávez, quien fungió como Directora de Recursos Humanos, por elperíodo comprendido del 01 de enero al 14 de julio de 2014, manifiesta: “Enrespuesta al oficio CGC-MFP-OF-105-2015, del 13 de los corrientes, en el cual seme convoca a la discusión del hallazgo de control interno No. 5 que correspondeal período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014. Por lo anterior... lapresente la información y documentación relacionada, tanto en formato impresocomo electrónico, con la solicitud que se someta al respectivo análisis por parte deesa comisión, con el fin de desvanecer el hallazgo No. 5, agradeciendo que se mecomunique el resultado final de esta gestión o la información adicional que seanecesaria, para lo cual me permito responder lo siguiente: Hallazgo No. 5. 1. Deficiencias en Documentación de Soporte

Para cada uno de los incisos de la condición, relativos al CUR 484 porQ191,583.57 que corresponde a Ángel Estuardo Escobar Molina, CUR 170 porQ210,110.19 que corresponde a Luis Eduardo Ardón Rosales y CUR 622 porQ190,462.42 que corresponde a Rolando Waldemar Vega Yanes, se presentan larespectivas respuestas: a. Solicitud del empleado mal redactada. Respuesta:No existe normativa alguna que regule la forma en que debe redactarse una cartade renuncia; las regulaciones aplicables a los empleados del Ministerio deFinanzas Públicas están contenidas en el Artículo 53 del Pacto Colectivo deCondiciones de Trabajo y los únicos requisitos para solicitar el pago de la

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prestación denominada Retiro Voluntario es que el trabajador renuncie concarácter irrevocable y que tenga como mínimo un año de servicios. En ese contexto, el trabajador tiene la libertad de redactar su carta de renuncia dela manera que estime conveniente, lo que se verifica es que el documentocontenga la información relativa a la fecha en que se presenta, el nombre y puestodel trabajador, la fecha en que hará efectiva su renuncia, que la misma seairrevocable y, finalmente, que consigne su firma. Por lo tanto, a los señores Ángel Estuardo Escobar Molina, Luis Eduardo ArdónRosales y Rolando Waldemar Vega Yanes les fue recibida su carta de renunciabajo tales términos. b. El voucher presentado no corresponde al último mes trabajado.

Respuesta:El ex trabajador Ángel Estuardo Escobar Molina (CUR 484) fue suspendido por elIGSS durante el período comprendido del 21 de enero de 2013 al 11 de marzo de2014, según orden de suspensión de trabajo y orden de alta emitidas por el IGSS,esto evidencia que el voucher que obra en el expediente de pago si correspondeal último salario devengado. El expediente de pago de Luis Eduardo Ardón Rosales (CUR 170), contiene elvoucher del mes de enero 2014, que es el último mes COMPLETO que laboró, envirtud que la renuncia surtió efectos a partir del 12 de febrero 2014 y el cálculo delpromedio para fines de pago de la prestación por retiro, se realiza sobre la basedel último mes completo, que es enero/14.

(CUR 622), se retiró con efectos a partirEl señor Rolando Waldemar Vega Yanesdel 01 de abril de 2014 y el último mes laborado es marzo 2014, al quecorresponde el voucher que obra en el expediente de pago.   c. El formulario general de solvencias está incompleto. Respuesta:Ciertamente, los formularios de solvencias de los CUR en referencia carecen defirma y sello en la casilla que corresponde a la Dirección de Tecnologías de laInformación, esto deriva del hecho de que, en todos los casos, esa Dirección emiteuna constancia en la que se consignan las firmas correspondientes paradocumentar la solvencia. Lo anterior puede verificarse fácilmente en losexpedientes de pago.

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d. Constancias de Recursos Humanos con apellidos mal escritos.

Respuesta:Los nombres y apellidos de los ex trabajadores Luis Eduardo Ardón Rosales (CUR170) y Rolando Waldemar Vega Yanes (CUR 622), se encuentran escritoscorrectamente en todos los documentos que obran en el expediente de pago. En el caso de Ángel Estuardo Escobar Molina (CUR 484), se había consignadoerróneamente el primer apellido, situación que cual fue corregida en el mismodocumento, en su oportunidad, lo cual puede verificarse en el expediente. e. Certificación de solvencias con casillas incompletas y falta de sellos. Respuesta:

Los formularios de solvencias contienen las firmas y sellos necesarios paradocumentar que los interesados cumplen con los requisitos establecidos por loque les fue emitida la respectiva solvencia debidamente autorizada por la máximaautoridad de la dependencia correspondiente. Como se indicó en respuesta a laliteral c), los formularios carecen de datos en la casilla que corresponde a laDirección de Tecnologías de la Información, en virtud que esa Dirección emite unaconstancia para documentar dicha solvencia. f. Notificación de Acuerdos Internos sin realizar. Respuesta:Los Acuerdos Ministeriales de aceptación de renuncia de Luis Eduardo ArdónRosales (CUR 622) y Ángel Estuardo (CUR 170), Rolando Waldemar Vega YanesEscobar Molina (CUR 484) fueron debidamente notificados en su oportunidad,según consta en el original de los respectivos Acuerdos, los cuales se encuentranarchivados en el expediente personal de los ex trabajadores. En el caso de Ángel Estuardo Escobar Molina (CUR 484), se carece de copia deldocumento con el sello de la notificación; sin embargo, el original del AcuerdoMinisterial No. DRH011-ARRV-19-2014 se encuentra debidamente notificado y archivado en el expediente personal del interesado. En Resumen: La información detallada anteriormente demuestra que se hacumplido con los requisitos legales, administrativos, de registro y control en laconformación de los expedientes de pago de prestaciones por retiro, lo quepermite garantizar la transparencia.” En Nota s/n de fecha 21 de abril de 2015, el licenciado Marvin René Solózano

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Tello, quien fungió como Subdirector de Gestión de Recursos Humanos, por elperíodo comprendido del 01 de enero al 14 de julio de 2014, no se presentó a ladiscusión de hallazgos, sin embargo envió a un representante con carta poder,

CGC-MFP-OF-113-2015,señora Ana del Rosario Méndez Gómez; en el oficio manifiesta: "Respetuosamente me permito presentar mis argumentos ydocumentos de soporte que dan respuesta al hallazgo de Control Interno No. 5Deficiencias en Documentación de Soporte: RESPUESTAS A LOS CRITERIOS IDENTIFICADOS. a. Solicitud del empleado mal redactada:Respuesta Expedientes Ángel Estuardo Escobar Molina Cur 484, Luis EstuardoArdón Rosales Cur 170, Rolando Waldemar Vega Yanes Cur 622. Al momento de recibir las cartas de renuncia como parte del proceso elresponsable de la recepción verifica que el fondo de la carta contenga losaspectos siguientes: 1. Nombre del trabajador y firma2. La declaración de su renuncia irrevocable3. Fecha efectiva de la renuncia Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 53 del Pacto Colectivode Condiciones de Trabajo, cuyo único requisito para solicitar el pago deprestaciones laborales, es que el trabajador renuncie con carácter irrevocable;asimismo, en cumplimiento al Artículo 28 la Constitución Política de la Repúblicade Guatemala que se refiere al Derecho de Petición por lo que no se puedenegar la recepción de la renuncia elaborada por el trabajador, y no es posible serel responsable de la forma de redacción utilizada por los trabajadores. b. El voucher presentado no corresponde al último mes trabajado:Respuestas1. Expediente Ángel Estuardo Escobar Molina Cur 484El trabajador fue suspendido por el IGSS por el período correspondiente del21/01/2013 al 11/03/2014 por lo que el voucher si corresponde al último mesdevengado, y el mismo es necesario para la realización del cálculo promedio desalarios. Se adjunta Suspensión del IGSS, Alta del IGSS Voucher Ángel EstuardoEscobar Molina. 2. Expediente Luis Estuardo Ardón Rosales Cur 170La renuncia del trabajador fue presentada con fecha efectiva del 12/02/2014, porlo que el último mes que se pagó completo corresponde al mes de Enero, los díasde Febrero se pagaron en forma proporcional, por lo tanto para el cálculo de las

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prestaciones es necesario utilizar el voucher correspondiente al mes de Enero2014 que obra en el expediente del cur 170. 3. Expediente Rolando Waldemar Vega Yanes Cur 622La renuncia del trabajador fue presentada con fecha efectiva del 01/04/2014 por loque el último mes que se le pago completo corresponde al mes de Marzo, que esel voucher utilizado para el cálculo y el cual obra en el expediente del Cur No. 622. c. El formulario general de solvencias está incompleto:Respuesta Expedientes Ángel Estuardo Escobar Molina Cur 484, Luis EstuardoArdón Rosales Cur 170, Rolando Waldemar Vega Yanes Cur 622. En los expedientes de pago indicados este formulario no tiene completo el campo2 que corresponde a la Dirección de Tecnologías de la Información, esto debido aque dicha Dirección emite una constancia para sustituir este campo, en la cual seconsigna las firmas de los responsables de la Dirección de Tecnologías de laInformación certificando la solvencia del trabajador ante dicha dependencia, estasconstancias obran en los expedientes de pago para el expediente Cur 484,expediente Cur 170 y Expediente Cur 622... Solvencia DTI Ángel Estuardo Escobar MolinaSolvencia DTI Luis Estuardo Ardón RosalesSolvencia DTI Rolando Waldemar Vega Yanes. d. Constancias de Recursos Humanos con apellidos mal escritos:

Respuesta Expedientes Ángel Estuardo Escobar Molina Cur 484. Se consignó el primer apellido en forma incorrecta, subsanándose dicha situaciónen el mismo documento donde ya consta el apellido en la forma correcta. e. Certificación de solvencias con casillas incompletas y falta de sellos:Respuestas Ángel Estuardo Escobar Molina Cur 484, Luis Estuardo ArdónRosales Cur 170, Rolando Waldemar Vega Yanes Cur 622. En los expedientes para el pago de prestaciones consta el formulario desolvencias, para el caso de los tres expedientes, las casillas sin llenar y el sellofaltante corresponde a la Dirección de Tecnologías de la información que tal comose explicó en el inciso c) del presente oficio emite una constancia especifica quese adjunta a cada expediente, la cual es firmada por las autoridades responsablesde dicha dependencia quienes son los responsables de la emisión de las mismas,y que derivado de sus políticas de control de equipo emiten dicha constancia ensustitución del sello correspondiente en el formulario de solvencias.

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Formulario de solvencias Angel Estuardo Escobar MolinaFormulario de solvencias Luis Estuardo Ardón RosalesFormulario de solvencias Rolando Waldemar Vega Yanes f. Notificación de Acuerdos Internos sin realizar: Respuesta expediente Angel Estuardo Escobar Molina Cur 484, El acuerdo de Aceptación de Renuncia del Sr. Escobar corresponde al AcuerdoMinisterial número DRH011-ARRV-19-2014, el cual fue debidamente notificado alinteresado con fecha 20/03/2014, el cual consta en el expediente laboral delempleado. Acuerdo Ministerial DRH011-ARRV-19-2014. Conclusión De conformidad con los argumentos expuestos... se demuestra que el criterio y elefecto identificados y que originan el hallazgo No. 5 se desvanecen derivado quese cumple con el proceso de conformación del expediente para el pago deprestaciones laborales, así mismo se cumple con los requisitos legales,administrativos de registro y control establecidos para el efecto y los cuales sonsuficientes para garantizar la transparencia del proceso. Por lo anteriormente expuesto y con las pruebas documentales que se adjuntacomo anexo respetuosamente solicito el desvanecimiento del presente hallazgo.”

En oficio DRH-DSAI-121-2015 de fecha 21 de abril de 2015, la licenciada SilviaLucrecia Girón de Hernández, Jefe del Departamento de Servicios AdministrativosInternos de la Dirección de Recursos Humanos, manifiesta: "Por medio de Cédulade Notificación de fecha 14 de abril del año en curso, notifican a la suscrita eloficio número CGC-MFP-OF-114-2015 un (1) hallazgo de Control Interno número5 “Deficiencias en documentación de soporte”.. En virtud de lo anterior, me permitoexponerle como argumentos para desvanecer el hallazgo lo siguiente:

1. Los expedientes de prestaciones laborales previo a iniciar los trámites de pago,se conforman en el Departamento de Gestión y Compensaciones de estaDirección; razón por la cual la suscrita por medio de Oficio No.DRH-DSAI-118-2015 de fecha 15 de abril del año en curso, solicito a la LicenciadaAlba Aracely Garrido de Salguero, Jefe del citado Departamento, emita lasjustificaciones relacionadas a las deficiencias indicadas por la Licenciada HadaAngelica Rivera Santizo, Auditor Gubernamental.

2. En atención al párrafo anterior, la Licenciada. Alba Aracely Garrido de Salguero

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Jefe del Departamento de Gestión y Compensaciones, por medio de oficio Ref.DGyC-901-2015 de fecha 17 de abril 2015, adjunta Matriz de Justificaciones, avisode suspensión de trabajo, informe de alta al patrono, Movimiento de Personal yAcuerdo Ministerial No. DRH011-ARRV-19-2014. 3. Se hace de su conocimiento que la conformación de los expedientes deprestaciones laborales corresponde a la Analista de Acciones de Personal, funcióndescrita en la literal q. del numeral II. del Manual de Descripción de Puestos deesta Dirección, literalmente estipula: “Revisar e integrar expedientes de RetiroVoluntario y presentarlos al Depto. de Nóminas de la Dirección de RecursosHumanos, para el trámite respectivo”.   En este caso a la Analista que tengaasignada la dependencia del trabajador que renuncia. 4. Asimismo, de conformidad con las funciones que le corresponde desarrollar a lasuscrita función descrita en la literal c. del numeral II del Manual de Descripción dePuestos, literalmente estipula: Revisar, registrar y aprobar en el SIGES y SICOINlos comprobantes únicos de registro -CUR- en las etapas de compromiso ydevengado y trasladar a firma al Subdirector del área que corresponda el gasto”. 5. Según el punto anterior, conformado el expediente, el Departamento de Gestióny Compensación, traslada al Departamento de Servicios Administrativos Internosde esta dependencia, el mismo el cual se asume ya se encuentra debidamente encondiciones para proceder al pago respectivo. En el caso específico de los expedientes de prestaciones laborales, se procede a

 de los Comprantes Únicos dela elaboración en el Sistema de Gestión -SIGES-Registro   en sus diferentes etapas (CYD, compromiso y devengado). Para laCURelaboración de los CUR para el pago prestaciones laborales,  los documentos desoporte que se registran en dicho sistema son el número de Acuerdo Ministerial deaceptación de renuncia irrevocable del interesado y los datos del Formulario paraRetiro Voluntario en el cual consta la liquidación de pago con los cálculos a quetiene derecho el interesado, este documento es importante para determinar losrenglones presupuestarios a afectar el gasto y montos a pagar al interesado. Asimismo, se elabora un Finiquito Laboral, en el cual consta que el interesadorecibe a entera satisfacción el pago de prestaciones laborales a que tiene derecho;ya que fuera de estos documentos a los citados en el sistema no se registranotros, por cuanto que con los anteriormente citados se realiza un efectivoy transparente pago de prestaciones laborales. 6. Asimismo, comparto lo expuesto por la Licenciada Alba Aracely de Salguero,Jefe del Departamento de Gestión y Compensaciones, que los cálculos de pagode las prestaciones laborales, fueron elaboradas con exactitud, por lo que se

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considera que no contienen alteración alguna en el pago correspondiente y lasdeficiencias que señala la Licenciada Rivera, no es un motivo lesivo para losintereses del Ministerio de Finanzas Públicas. Consideración Final:De conformidad con los argumentos expuestos, la Jefe del Departamento deServicios Administrativos Internos de la Dirección de Recursos Humanosdemuestra que el hallazgo No. 5 queda desvanecido, derivado que losdocumentos indispensables para el pago de prestaciones laborales, cumplen conlos requisitos para efectuar dicho pago; así como con los requisitos legales,administrativos de registro y control suficientes para garantizar la transparencia. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para la licenciada Consuelo EsperanzaMairén Chávez quien fungió como Directora de Recursos Humanos y para ellicenciado Marvin René Solórzano Tello, quien fungió como Sub Director deGestión de Recursos Humanos y a la Jefe del Departamento de ServiciosAdministrativos Internos de la Dirección de Recursos Humanos, en virtud que losdocumentos y comentarios presentados, en forma escrita y magnética, noresponden al problema planteado, ya que lo que se está objetando es ladeficiencia de los responsables al no poner empeño en las funciones que lescorresponden en cada fase del proceso. Esto implica que la Dirección de Recursos Humanos debe tener el cuidado derevisar que las solicitudes vayan bien redactadas, especialmente en lo que serefiere a quien van dirigidas, puesto que en el caso del trabajador Ángel EstuardoEscobar Molina, en su carta de renuncia se dirige al Licenciado Herman ElíasJuan Sebastián Blas García, como corresponde, sin embargo, cuando desarrollael cuerpo de la nota, hace referencia a Licenciada Mairén, con lo cual se evidenciala deficiencia indicada; Así mismo en la constancia extendida por la Dirección deRecursos Humanos, detalla en el primer párrafo como apellido Escboar, siendo elapellido correcto de él Escobar, por tal razón no se puede tomar como cierto quese haya subsanado en el mismo documento, sino más bien que hay dos apellidosdiferentes en el mismo documento, lo cual demuestra que la revisión realizada adicho documento no fue eficiente. Respecto a la conformación del expediente previo al pago de prestaciones porretiro voluntario es bueno aclarar que la misma guía que utilizan para normar losrequisitos que se deben cumplir, en sus numerales 5, dice: “Obtener las solvenciasde las Dependencias… 5.2 Dirección de Tecnologías de la Información y 6, dice:“Presentar el formulario de solvencias completo a…” por tal razón se refiere a dos

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documentos diferentes; además en el documento denominado Finiquito Laboral,punto tercero las personas responsables “hacen constar que tuvieron a la vista elFormulario de Solvencias, debidamente lleno”, lo que no es cierto. La función que le corresponde desarrollar a la Jefe del Departamento de ServiciosAdministrativos Internos de la Dirección de Recursos Humanos descrita en laliteral c. del numeral II del Manual de Descripción de Puestos, literalmenteestipula: "Revisar, registrar y aprobar en el SIGES y SICOIN los comprobantesúnicos de registro -CUR- en las etapas de compromiso y devengado y trasladar afirma al Subdirector del área que corresponda el gasto”, claramente le delega lafunción de revisar la documentación de soporte, no se puede argumentar como laresponsable lo plantea “que se asume ya se encuentra debidamente encondiciones para proceder al pago respectivo.” Se aceptan los argumentos presentados para la deficiencia relacionada con laNotificación de Acuerdos Internos sin realizar, en virtud que presentaron la pruebaen donde en el documento original, si aparece dicha notificación. Se aceptan los argumentos relacionados con la deficiencia de voucher presentadono corresponde al último mes trabajado, derivado a que presentaron la prueba queevidencia que el trabajador Angel Estuardo Escobar Molina fue suspendido por elIGSS por el período correspondiente del 21/01/2013 al 11/03/2014. Este hallazgo fue notificado con el número 5 y corresponde en el presente informeal número 4. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesDIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS CONSUELO ESPERANZA MAIREN

CHAVEZ2,737.25

SUBDIRECTOR DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS MARVIN RENE SOLORZANOTELLO

2,249.00

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS DE LADIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

SILVIA LUCRECIA GIRON GARCIADE HERNANDEZ

1,689.75

Total Q. 6,676.00

1.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

LicenciadoDorval José Manuel Carías SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas PúblicasSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Ministerio de Finanzas Públicas al 31 de diciembrede 2014, están libres de representación errónea de importancia, hemos hechopruebas de cumplimiento de leyes y regulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Falta de cláusula de cohecho en contratos

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. FREDI ANIBAL TORRES ARANA

Auditor Gubernamental

Licda. HEIDI CARINA SANTA CRUZ CASTILLO DE RODRIGUEZ

Auditor Gubernamental

Lic. RIGOBERTO BOROR

Auditor Gubernamental

Licda. HADA ANGELICA RIVERA SANTIZO

Coordinador Gubernamental

Lic. EDWIN GUSTAVO ALCANTARA AYALA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de cláusula de cohecho en contratos CondiciónEn el programa 12 Administración Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas,Proyecto Apoyo a la Gestión Presupuestaria -AGEP- en Guatemala, unidadejecutora 201 Dirección Financiera, renglón presupuestario 081 "PersonalAdministrativo, Técnico, Profesional y Operativo" se estableció que se suscribieroncontratos administrativos sin incluir la cláusula relativa al Cohecho, para lacontratación de personal administrativo, técnico, profesional y operativo,contratado bajo este renglón, lo que evidencia una deficiencia en la elaboraciónde contratos. CriterioEl Acuerdo Ministerial Número 24-2010, del Ministerio de Finanzas Pública, queaprueba la Normas de Trasparencia en los Procedimientos de Compra oContratación  Pública, artículo 3. Cláusulas especiales del proyecto de contrato,establece: "La entidad contratante o compradora debe incluir dentro de las bases yen el contrato que suscriba con el oferente adjudicando la cláusula siguiente:Cláusula Relativa al Cohecho: Yo el Contratista, manifiesto que conozco las penasrelativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el CapítuloIII del título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal.Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superiorde la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudierencorresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema Guatecompras."  CausaEl Administrador del Proyecto de Apoyo a la Gestión Presupuestaria enGuatemala -AGEP-, no le dio cumplimiento a lo establecido en las Normas deTrasparencia, en la suscripción de los contratos. EfectoProvoca que se suscriban contratos administrativos, técnicos, profesionales yoperativos, sin incluir la cláusula relativa al cohecho, lo que no contribuye con latrasparencia en la utilización de los recursos financieros.

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RecomendaciónEl Ministro de Finanzas Públicas, debe girar instrucciones al Administrador del Proyecto de Apoyo a la Gestión Presupuestaria en Guatemala -AGEP -, para quelos contratos que se suscriban contengan la cláusula relativa al cohecho. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 21 de abril de 2015, el licenciado Carlos HumbertoValladares, quien fungió como Administrador del Proyecto Apoyo a la GestiónPresupuestaria en Guatemala -AGEP-, por el período comprendido del 01 deenero al 15 de junio de 2014, manifiesta: "El hallazgo en referencia hace menciónque el Proyecto AGEP en el año 2014 suscribió convenios en el RenglónPresupuestario 081 Personal Administrativo, técnico, profesional y operativo, paracontratar a personal sin haber incluido en el contrato la Cláusula relativa al“Cohecho”, para lo cual se hace mención al Acuerdo Ministerial No 24-2010 defecha 22 de abril de 2010, al respecto: El Acuerdo Ministerial Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas, quecontiene las Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra oContratación Pública, no establece explícitamente que tales normas son deaplicabilidad para los casos de compra y contratación de bienes y servicios nopersonales; sin embargo, por los requisitos exigidos en las literales “b” y “c”apuntan a que está dirigido a este tipo de contratación y no a la contratación deservicios personales. En el Artículo 1. Documentos adicionales en la Plica de Oferta, específicamente sehace mención a un grupo de requisitos tales como: Literal "b" Certificaciónbancaria que enumera e identifica a los accionistas, directivos, socios queconforman la entidad según corresponda; en el caso de las sociedadesmercantiles, únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas.Literal "c" Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas yoperaciones bancarias que posee para el efecto deberá contener la informaciónsiguiente: Identificación del cuentahabiente; tipo de cuentas que posee; promediode cifras antes del punto decimal de los saldos que posee; tiempo de manejo de lacuenta; clase de cuentahabientes, determinación si posee créditos; saldos deldeudor y clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativacorrespondiente. En tal sentido, los requisitos antes mencionados en las literales “b” y “c” no fueronde aplicabilidad en el Proyecto AGEP para la contratación de Servicios Personalen el Renglón Presupuestario 081 y son totalmente diferentes a los que se exigíaal Contratista para suscribir un contrato por Servicios Personal en el renglónpresupuestario antes mencionado.

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Siempre en relación al Artículo 1 del Acuerdo Ministerial 24-2010, este hacemención al concepto “Plica de Oferta”, concepto que dentro del Proyecto AGEPnunca tuvo aplicabilidad; sin embargo, para fines de contratación de ServiciosPersonales se utilizó el concepto de Términos de Referencia. Cabe indicar que en los contratos por Servicios Personales del Proyecto AGEP, seutilizó el formato estándar del Ministerio de Finanzas Públicas, en el cualexpresamente están incluidas cláusula donde el Contratista declara bajojuramento de ley y debidamente enterado de las penas relativas del delito deperjurio, falsedad material, falsificación y uso de documentos falsificados..., asícomo su sujeción a las leyes de la República en todo lo relativo a su contratación.En ese sentido, el delito de cohecho está contemplado en el Código Penal y comotal forma parte de la legislación guatemalteca. Con el objeto de ejemplificar, la contratación de Servicios Personales en elProyecto AGEP... en el contrato... se puede observar la Cláusula Décima Primeradenominada: “Sujeción a las Leyes de la República y Controversias” la cual hacereferencia a que el Contratista se somete expresamente a las Leyes de laRepública de Guatemala en todo lo relacionado con el contrato y que por lo tantorenuncia al fuero de su domicilio. Por lo anteriormente manifestado y con base a los elementos que se exponen, seconsidera que dentro de los Contratos por Servicios Personales elaborados en elProyecto AGEP, estos incluían todo lo relativo al delito de cohecho. En esesentido, de manera atenta y respetuosa, solicito que dicha condición seadesestimada como hallazgo." En oficio No. AGEP-043-2015, de fecha 21 de abril de 2015, el licenciado EdgarEstuardo Ramírez Sánchez, Administrador del Proyecto Apoyo a la GestiónPresupuestaria en Guatemala -AGEP-, por el período comprendido del 16 de junioal 31 de diciembre de 2014, manifiesta: "Opinión del suscrito. El AcuerdoMinisterial Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas, que contiene lasNormas de Transparencia en los Procedimientos de Compra y contrataciónPública, si bien no establece explícitamente que tales normas son aplicables enlos casos de compra y contratación de bienes y servicios no personales, la seriede requerimientos que contiene están claramente relacionados a este tipo decontrataciones, no así en la contratación de servicios personales. En todo caso, todos los contratos suscritos por el Proyecto de Apoyo a la GestiónPresupuestaria contienen las cláusulas mediante las cuales y de manera expresa“El Contratista” declara bajo juramento de ley y debidamente enterado de laspenas relativas del delito de perjurio, falsedad material, falsificación y uso de

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documentos falsificados (cláusula décima), así como su sujeción a las leyes de laRepública en (todo) lo relativo a su contratación. El término todo incluye, desdeluego, las leyes relativas al delito de cohecho. Para todos los contratos se utilizan formatos estándar que la Dirección deRecursos Humanos establece, y esa misma Dirección cierra el ciclo deformalización de los mismos mediante la correspondiente emisión del AcuerdoMinisterial que los valida. Sobre la base de los elementos indicados es opinión del suscrito que laadvertencia al contratista sobre la sujeción a todas las leyes de la República estádebidamente establecida en los contratos suscritos por el Proyecto de Apoyo a laGestión Presupuestaria -AGEP- incluidas dentro de este desde luego, todas lasleyes relativas al delito de cohecho. En tal sentido solicita respetuosamente quedicha condición sea desestimada como hallazgo." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para los dos Administradores del Proyecto Apoyo a laGestión Presupuestaria en Guatemala -AGEP-, debido a que los documentos ycomentarios presentados por los responsables en forma escrita y magnética, nodesvanecen las objeciones; tomando en consideración que se confirmó que laentidad contratante o compradora no incluyó en el contrato que suscribió con losoferentes o contratistas la cláusula relativa al cohecho, donde se hicieron diversascontrataciones de carácter administrativo, técnico, profesional y operativo. Para efectos de aclaración del termino contratista se cita el articulo 78 delReglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que lo define como personaindividual o jurídica que suscribe un contrato. Este hallazgo fue notificado con el con el número 2 y corresponde en el presenteinforme al número 1. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesADMINISTRADOR DEL PROYECTO DE APOYO A LA GESTION PRESUPUESTARIAEN GUATEMALA -AGEP-

CARLOS HUMBERTOVALLADARES (S.O.A)

21,898.00

ADMINISTRADOR DEL PROYECTO DE APOYO A LA GESTION PRESUPUESTARIAEN GUATEMALA -AGEP-

EDGAR ESTUARDO RAMIREZSANCHEZ

21,898.00

Total Q. 43,796.00

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7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objetivo de verificar sucumplimiento e implementación por parte de los responsables, estableciéndoseque la entidad tomó las medidas correctivas en cada recomendación. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 MARIA CONCEPCION CASTRO

MAZARIEGOSMINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS 09/01/2014 - 16/06/2014

2 DORVAL JOSE MANUEL CARIASSAMAYOA

MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS 23/06/2014 - 31/12/2014

3 MARIA CONCEPCION CASTROMAZARIEGOS

VICEMINISTRA DE ADMINISTRACION FINANCIERA 01/01/2014 - 08/01/2014

4 EDWIN OSWALDO MARTINEZCAMEROS

VICEMINISTRO DE ADMINISTRACION FINANCIERA 09/01/2014 - 31/12/2014

5 MARCO ANTONIO GUTIERREZMONTUFAR

VICEMINISTRO DE ADMINISTRACION INTERNA Y DESARROLLODE SISTEMAS

01/01/2014 - 31/12/2014

6 ERASTO RENE LOPEZ URIZAR DIRECTOR FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/20147 ARIEL ESTUARDO HERNANDEZ

CARDONASUBDIRECTOR FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍAMINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS, OBLIGACIONES DEL ESTADO A

CARGO DEL TESORODEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal De conformidad con el Acuerdo Gubernativo Número 394-2008 de fecha 23 dediciembre del 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de FinanzasPúblicas; en el artículo 58 establece: "La Dirección Financiera es la dependenciaresponsable de planificar, coordinar, registrar y controlar la ejecuciónpresupuestaria del Ministerio de Finanzas Públicas; también se encarga de darcumplimiento a los compromisos de carácter constitucional einstitucional, programados en las asignaciones presupuestarias de Obligacionesdel Estado a Cargo del Tesoro"; en el artículo 59, numeral 4, establece: "Llevar elregistro y control financiero, en forma analítica y consolidada, de la ejecución delpresupuesto del Ministerio; numeral 12, Gestionar los aportes constitucionales einstitucionales a los organismos y entidades cuyas asignaciones presupuestariasestén incluidas en las Otras Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, deconformidad con la Ley." De conformidad con el Acuerdo Gubernativo Número 26-2014 de fecha 29 deenero de 2014, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas;en el Artículo 133 establece: "SUBDIRECCIÓN DE OBLIGACIONES DELESTADO A CARGO DEL TESORO." Le corresponde facilitar, supervisar,monitorear y evaluar la ejecución de los procesos de registro de recursosfinancieros transferidos a organismos y entidades del Estado, realizando lasactividades que, acorde a procedimientos sobre los aspectos técnicos yadministrativos de su competencia, asimismo apoyar y asistir en las actividadesque le sean asignadas por la Dirección o el Despacho. El Acuerdo Ministerial Número 291-2012 de fecha 28 de diciembre de 2012,aprueba las actualizaciones que han sido incorporadas al Sistema de ContabilidadIntegrada (SICOIN), al Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el SectorPúblico de Guatemala e incluye dentro del clasificador institucional a la entidadObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro. Función La Subdirección de Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, tiene lassiguientes funciones principales: Planificar y registrar las actividades de ejecución presupuestaria de lasasignaciones presupuestarias programadas en las obligaciones del Estado a cargodel tesoro;

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Coordinar la elaboración y presentación del anteproyecto de presupuesto de lasasignaciones de las obligaciones del Estado a cargo del tesoro; Coordinar y velar por el oportuno traslado de recursos en concepto de aportesinstitucionales, constitucionales y otros compromisos, a favor de las entidadescuya asignación presupuestaria se encuentra programada en las obligaciones delEstado a cargo del tesoro; Organizar y coordinar el registro de todas las operaciones presupuestarias yfinancieras de las asignaciones previstas en las obligaciones del Estado a cargodel tesoro; Proponer al Director, las modificaciones presupuestarias, programaciones yreprogramaciones financieras, que se estime necesario realizar durante el procesode ejecución presupuestaria de las asignaciones previstas en las obligaciones delEstado a cargo del tesoro; Presentar al Director los informes relacionados a la ejecución presupuestaria delas obligaciones del Estado a cargo del tesoro; y Desarrollar otras funciones que le sean asignadas por la Dirección. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0190-2014 de fecha 22 de juliode 2014.

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3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de egresos delejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera

exámen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y laEl revisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados de la entidad, correspondiente al períodocomprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014; con énfasis en lasTransferencias Corrientes y de Capital, realizadas a través de los grupos de gasto400 y 500, y los eventos relevantes de los renglones presupuestarios 192,Comisiones a Receptores Fiscales y Recaudadores, 823 Devoluciones y 911Emergencias y Calamidades Públicas, mediante la aplicación de pruebasselectivas. Se verificaron los documentos legales que respaldan lasmodificaciones presupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado,para los programas presupuestarios.

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5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos La actividad que realiza Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, no reportócuentas bancarias. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) La actividad que realiza Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, no reportóFondos Rotativos. Inversiones Financieras La actividad que realiza Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, no reportóInversiones Financieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos La actividad que realiza Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, no reportóingresos. Egresos El Congreso de la República emitió el Decreto Número 30-2012, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, para el Ejercicio Fiscal2013 vigente para el 2014, dentro del cual se asignó a Obligaciones del Estado aCargo del Tesoro, un presupuesto por la cantidad de Q.21,733,028,464.00, asímismo se realizaron modificaciones presupuestarias netas de Q.96,642,453.00,para un presupuesto vigente de Q.21,829,670,917.00, del cual se devengó al 31de diciembre de 2014, la cantidad de Q.19,639,949,941.91, alcanzando un 89.97%de ejecución de transferencias.

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Modificaciones presupuestarias La entidad reportó que las modificaciones presupuestarias se encuentranautorizadas por la autoridad competente para atender las necesidades de lasentidades ejecutoras y que estas puedan cumplir con sus objetivos institucionales,a través de Acuerdos Gubernativos, Acuerdos Ministeriales y Resoluciones. Plan Operativo Anual La entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, es una dependenciaadministrativa de la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, porlo que las actividades que realiza están contempladas en el Plan Operativo Anualde dicha Dirección. Plan Anual de Auditoría La entidad elaboró y presentó el Plan Anual de Auditoría conforme al MarcoConceptual y las Normas de Auditoría Gubernamental. Convenios / Contratos Durante el año fiscal 2014, la entidad suscribió tres convenios, con la FundaciónEsquipulas para la Integración Centroamericana, la Asociación Nacional deBomberos Municipales Departamentales y con el Comité Pro-Mejoramiento delCuerpo de Bomberos Municipales de la Ciudad de Guatemala, por valor deQ.47,500,000.00. Asimismo cuenta con dos convenios suscritos durante el año2006 con la Fundación para la Conservación de los Recursos Naturales yAmbientales en Guatemala y la Agencia Internacional para el Desarrollo -AID-, porvalor de $26,509,171.50. Donaciones La entidad no reporto ningún tipo de donaciones. Préstamos La entidad reportó que no tiene prestamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada

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La entidad utiliza el Sistema de Contabilidad Integrada SICOIN WEB. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

LicenciadoDorval José Manuel Carias SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas Públicas, Obligaciones del Estado a Cargo del TesoroSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Ministerio de Finanzas Públicas,Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro por el año que finalizó el 31 dediciembre de 2014, evaluamos la estructura de control interno, para determinarnuestros procedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobrela razonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad delfuncionamiento de la estructura de control interno. No observamos ningún asunto importante relacionado con el funcionamiento de laestructura de control interno y su operación, que consideramos deba sercomunicado con este informe.

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. FRANCISCO DIONICIO

Coordinador Gubernamental

Lic. EDWIN GUSTAVO ALCANTARA AYALA

Supervisor Gubernamental

1.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

LicenciadoDorval José Manuel Carias SamayoaMinistroMinisterio de Finanzas Públicas, Obligaciones del Estado a Cargo del TesoroSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Ministerio de Finanzas Públicas, Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro al 31 de diciembre de 2014, están libres derepresentación errónea de importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento deleyes y regulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Personal cobrando jubilación y sueldo

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. FRANCISCO DIONICIO

Coordinador Gubernamental

Lic. EDWIN GUSTAVO ALCANTARA AYALA

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 125 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Personal cobrando jubilación y sueldo CondiciónEn el programa 99 “Partidas No Asignables a Programas” de Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro, por el período comprendido del 01 de Enero al 31 deDiciembre de 2014 específicamente en la revisión del renglón 422 (jubilaciones),se determinó que existen personas jubiladas del Estado que desempeñan cargoso puestos en Entidades Descentralizadas y Autónomas del mismo que percibenremuneración por concepto de sueldo o salario, bajo los renglones 011, 022 o031, personal permanente, personal por contrato y jornales, respectivamente ysimultáneamente reciben pensiones por jubilación sin tener derecho a dichapensión, habiendo cobrado la cantidad de Q.317,136.11, según cuadro detalle:

INTEGRACIÓN DE MONTOS DE JUBILACIONES A REINTEGRAR POR RESPONSABLE

CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

NOMBRE DE RESPONSABLES Valor Q.

Leonardo Andrés Culajay (s.o.a) 6,480.00Héctor Alfonso Cordón Méndez 28,558.46Efraín de Paz Chen (s.o.n) 25,967.25Victor Manuel Martínez Monterrubio 52,608.14Carlos Enrique Pineda Pérez 46,386.53Heinz Federico Laib Cruz 72,919.45Vilma Elizabeth Echeverría Cardona de Sánchez 20,460.93Aurelio García (s.o.n) (s.o.a) 17,124.74Jorge Alfredo Romero Sánchez 18,773.94Mario Roberto Corzo Zin 27,856.67TOTAL 317,136.11

CriterioEl Decreto Número 63-88 del Congreso de la República de Guatemala, Ley deClases Pasivas Civiles del Estado, en su artículo 38, Causas de Suspensión deuna Pensión, establece: "Si una persona pensionada desempeña algún cargo oempleo en los Organismos del Estado, entidades descentralizadas o autónomas oen entidades incorporadas a esta ley, únicamente tendrá derecho a percibir elsalario correspondiente al puesto, suspendiéndose inmediatamente la pensión quedevengue."

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CausaAusencia de politicas internas de la Dirección de Contabilidad del Estado y laOficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC-, que permitan detectar oportunamentepagos indebidos. EfectoEl incumplimiento a normas legales afecta los intereses financieros del Estado ypor ende su buen funcionamiento. RecomendaciónEl Ministerio de Finanzas Públicas en coordinación con el Director de la OficinaNacional de Servicio Civil -ONSEC-, deben unificar acciones a efecto deimplementar controles confiables, que permitan verificar, actualizar y detectaroportunamente, pagos indebidos por concepto de pensiones por jubilación. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 07 de abril de 2015, el señor Leonardo Andrés Culajay, manifiesta: "En referencia a oficio CGC-APF-2015- MFP-OECT-24-2015, de fecha 11 de marzo de 2015, en el cual se me hace entrega del Informe de Cargos

, en el cual indican que en el hallazgo formulado seProvisional No. DAG-003-2015determinó que existen personas jubiladas del Estado que desempeñan cargos opuestos y que reciben sueldos y al mismo tiempo reciben pensiones por jubilación,manifiesto a usted que soy una persona de escasos recursos que por desconocerlos procesos legales que se llevan en el Estado no me di cuenta que lo que yoestaba recibiendo era una pensión por jubilación, ya que yo creía era un beneficioque el Sindicato había logrado para los trabajadores, ya que en ningún momentose me hizo saber que ya no iba a poder laborar nuevamente, por lo que les solicitoque consideren mi situación ya que no fue mi intención en ningún momento faltar ala ley. Por lo que solicito me ayuden a devolver la cantidad que se me indica, pormedio de un convenio de pago, ya que mi situación económica no me permitereintegrarlo en un solo pago. Así también me comprometo hacer los trámites quecorrespondan en la Oficina Nacional de Servicio Civil para suspender el pago dedicha pensión..." En Nota s/n de fecha 09 de abril de 2015, el señor Héctor Alfonso Cordón Méndez,manifiesta: "De conformidad al plazo otorgado para la aportación de pruebas dedescargo, relacionado con la Auditoría Financiera y Presupuestaria sobre laevaluación de aspectos de cumplimiento y de gestión, por el período comprendidodel 1/01/2014 al 31/12/2014,  derivada de la misma se encontró hallazgo en micontra  al recibir pensión por jubilación.  Ante tal situación, y de conformidad alderecho que me asiste procedo a presentar mis descargos  correspondientes,apelando a sus facultades y fundamentándome en los artículos: , deARTICULO 12

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la Constitución Política de la República de Guatemala.- Derecho de Defensa. La  defensa de la persona y sus derechos son Inviolables. Nadie podrá sercondenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido enproceso legal ante juez o tribunal competente y preestablecido. Ninguna personapuede ser juzgada por Tribunales Especiales o secretos, ni por procedimientosque no estén preestablecidos legalmente. ARTICULO 15.- Irretroactividad de laLey. efecto retroactivo.  Manifestando que en su oportunidadLa ley no tiene desconocía la prohibición que existe en la ley y sobre la cual se basa la auditoríapracticada en la actualidad. Sin embargo es necesario aclarar que de acuerdo alas necesidades básicas de mi familia se me presento la oportunidad de laborar yno dude en iniciar mi relación laboral y en ningún momento se me aclaro queexistía prohibición alguna en mi contra. No obstante me he enterado que en laInstitución existen muchos compañeros de trabajo que atraviesan por el mismocaso y me preocupa que solamente se hayan iniciado acciones en mi contra. Porlo tanto solicito  sus consideraciones a efecto de desvanecer el hallazgoencontrado en mi contra, y para el efecto cumpliendo con los requerimientos de laauditoría practicada, procediéndose de inmediato a solicitar la suspensión de lapensión por la jubilación a mi favor la cual se cobraba por desconocimiento de laley, con el afán  de evitar problemas derivados de la auditoria y de esta formadesvanecer el hallazgo encontrado. Por tal razón ruego a ustedes susconsideraciones para con este servidor y de esta forma continuar con mis laboresnormales para poder satisfacer las necesidades de mi familia, llevándoles elsustento diario como fruto de mi trabajo,..." En Nota s/n de fecha 09 de abril de 2015, el señor Efraín  de Paz Chen,manifiesta:  "Atentamente me dirijo a ustedes en relación a Notificación recibida enoficio número CGC-APF-2015-MFP-OECT-26-2015 Informe de Cargos ProvisionalNo. DAG-003-2015 de fecha 11-03-2015. Notificación que recibí el día 13-03-2015de parte de la Contraloría General de Cuentas, en relación a Auditoría Financieray Presupuestaria del período 01-01-2014 al 31-12-2014, que se refiere al hallazgode personas jubiladas del Estado que desempeñan cargos o puestos en EntidadesDescentralizadas y Autónomas bajo los renglones 011, 022 o 031. En relación ami caso quiero manifestar que laboré en la Dirección General de ServiciosAgrícolas -DIGESA- que pertenecía al Ministerio de Agricultura Ganadería yAlimentación, laboré 16 años 5 meses habiendo aportado Montepío para laJubilación del Estado. En el año 1998 en DIGESA las autoridades nosmanifestaron a los trabajadores que para finales de ese año se llevaría a cabo unRetiro Voluntario, y quienes no se acogían a ese Retiro de todas maneras solohasta ese fin de año estarían laborando en la Institución porque seríandespedidos; por tal razón varios meses antes de ese fin de año nos dijeron quenos daban la oportunidad de que nos ubicáramos en otras Instituciones del Estadoen calidad de préstamo y que DIGESA nos pagaría el sueldo mientras llegaba elfin de año. Nos indicaron que al estar prestados en otras Instituciones del Estado,

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éstas verían el desempeño de nuestro trabajo y que a lo mejor nos daban laoportunidad de quedarnos con una plaza fija. Es así como el suscrito buscó laoportunidad de ser trabajador en calidad de préstamo en el Instituto Nacional deElectrificación -INDE- donde me aceptaron como tal; en el tiempo en que ya sevencía el plazo para el Retiro Voluntario en la Institución a dondepertenecíamos presupuestariamente, el INDE al ver el desempeño de lasfunciones que me habían asignado me apoyó otorgándome una plaza fija bajo elrenglón 022 y posteriormente al renglón 011. Haciendo las consultas conautoridades de DIGESA en el año 1998 en relación al Montepío que habíamospagado, nos indicaron que quienes ya habíamos laborado más de 15 añospodíamos solicitar el pago voluntario mensual para llegar a 20 años de aportacióny solicitar la Jubilación del Estado; por tal razón solicité a ONSEC el pagovoluntario de los 3 años y meses que me faltaban para completar los 20 años,aceptaron mi solicitud de pago y al cumplir el tiempo de aportación solicité laJubilación del Estado a la ONSEC y después de un tiempo de trámite me fueotorgada la Jubilación. En ese tiempo tanto DIGESA como la ONSEC no nosindicaron de que no podíamos trabajar en Entidades descentralizadaso Autónomas; considero que así como mi persona y otras que se Jubilaron enesos tiempos, consideramos como normal estar jubilados y trabajar en Entidadesdescentralizadas o autónomas. Yo desconocía que no podía trabajar enInstituciones de esta naturaleza y estar Jubilado, porque cuando me Jubilé no mehicieron ninguna observación al respecto. Con mucho respeto solicito a ustedescomo Auditores una consideración hacia mi persona, en este tiempo no podríareintegrar la cantidad que me están informando que asciende a Q.25,967.25;...". En Nota s/n de fecha 07 de abril de 2015, el señor Víctor Manuel Martínez

  hacer  de suMonterrubio, manifiesta: "Muy atentamente me dirijo a usted para apreciable  conocimiento que el día 17 de marzo del año en  curso,fui  notificado  por la  Dirección de Auditoría Gubernamental del contenido deloficio  número  CGC-APF-OECT-27-2015,  El Informe De Cargos ProvisionalNo. DAG-003-2015 de fecha 11 de marzo de 2015, y el hallazgo. de cumplimientoa Leyes y Regulaciones Aplicables, habiendo recibido de conformidad copia delos  mismos. Según el Informe de Cargos Provisional me  corresponderíareintegrar  la  cantidad  de ,608.14 que percibí en concepto de pensiones Q52por  jubilación, siendo correcta la suma,  razón  por la cual  de no haberinconveniente alguno se me pueda exonerar la deuda, debido a la inflacióngalopante que se encuentra el país y que también de hecho dicha cantidad me haservido  para  solventar  emergencias  acaecidas  dentro de mi  familia  y gastosdiversos, descuentos que me hacen de mis cuentas, por concepto de  deudade los cuales me permito anexar documentación. Tal como se recomienda en elhallazgo  No. 1 se deben unificar acciones a efecto de implementar controles, nosolo confiables sino inmediatos para evitarnos estos cobros indebidos que vienena afectar severamente en lo económico, ya que yo personalmente ignoraba cierta

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ley y reconozco que recibí mal asesoramiento de personas, por lo cual conscientede lo ocurrido pido encarecidamente se me perdone el incumplimiento ajeno a mibuena voluntad...". El señor Carlos Enrique Pineda Pérez, en el momento de la notificaciónmanifestó verbalmente: No ser la persona que cobra jubilación en el Departamentode Clases Pasivas del Estado y puso a la vista su Documento de IdentificaciónPersonal -DPI-, CUI. 1768 36527 0309 del cual proporcionó copia, enconsecuencia no recibió la notificación, y no se presentó a la discusión  dehallazgos y aportación de pruebas de descargo del Informe de Cargos Provisional. En Nota s/n de fecha 09 de abril de 2015, el señor  Federico Laib Cruz, Heinzmanifiesta: "De conformidad con la Cédula de Notificación de oficionúmero  CGC-APF-2015-MFP-OECT-29-2015  recibida por mi persona, conrelación al informe de cargos provisional No.  DAG-003-2015, de fecha 11 demarzo de 2015 (Hallazgo de Cumplimiento a Leyes y Regulaciones Aplicables) yen observancia al Artículo 12 de la Constitución Política de la Repúblicade Guatemala, en cuanto al derecho de defensa de las personas, paso comentarlo siguiente: 1. Yo,  Heinz  Federico  Laib  Cruz soy una persona pensionada porjubilación.   2.Trabajé en el Registro Nacional de las Personas por contratoadministrativo individual de trabajo temporal cero veintidós (022) “Personal porContrato”, del periodo comprendido del 01/01/2014 al 31/12/2014. 3. Mi retirodel  RENAP  se dio por vencimiento del contrato y por razones personales y desalud. 4. Que por ignorancia, estuve trabajando en un renglón presupuestario quesupuestamente no estaba afecto a suspender la jubilación, como lo establece, elartículo 38 del Decreto Número 63-88 del Congreso de la Repúblicade Guatemala, Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado. 5. Que por parte de laDirección de Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, de laOficina Nacional de Servicio Civil - y Gobernación Departamental, no -ONSECbrindan una guía de orientación al jubilado.   6. Es necesario tener información,para que si un jubilado regresa a trabajar como servidor público o en el sectorprivado, conocer las condiciones laborales de los renglones presupuestarios parano afectar la suspensión de jubilación. 7.  Actualmente no tengo trabajo, tengoresponsabilidad de manutención familiar (Esposa y dos hijos menores de edad) ysegún mi disponibilidad económica, quedo a la disposición para solventar lasituación administrativa de devolución del monto indicado en la notificaciónrecibida.". En Nota s/n de fecha 9 de abril de 2015, la señora Vilma Elizabeth EcheverríaCardona de Sánchez, manifiesta: "Por este medio me dirijo a usted para darrespuesta al Oficio , con relación al Informe CGC-APF-2015-MFP-OECT-30-2015 de Cargos Provisional No. , de fecha DAG-003-2015 11 de marzo de 2015,recibido el día 13 de marzo del presente año. En relación  al  mismo le informo lo

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siguiente:  "Al momento de ser contratada temporalmente en la dependenciade RENAP, no se me preguntó en ningún momento si era una persona jubilada ono, sin embargo al tomar posesión consulté en el área de contabilidad si tenía quesuspender dicha jubilación y me respondieron que no porque era una entidadautónoma y mientras no aportara montepío a dicha institución no me perjudicaríaen el futuro, únicamente si fuera del reglón 011 que es un reglón permanente; y lamayoría de trabajadores somos del reglón 022 contrato en  el que se tomaposesión cada 6 meses; y en el cual existe mucha inestabilidad por ser unContrato Administrativo Individual de Trabajo Temporal. Pude enterarme que otrosde mis compañeros se encuentran en la misma situación, sin que hasta la fechahayan  tenido ningún problema.  Adjunto uno de los comprobantes de pago dondepodrá verse que no se nos descuenta el Montepío,...". El señor García en el momento de la notificación manifestó verbalmente: Aurelio Que recibió la notificación, sin embargo indicó no ser la persona que cobrajubilación en el Departamento de Clases Pasivas del Estado, e inmediatamenteprocedió a identificarse con su  Documento Personal de Identificación  -DPI-,CUI 1938 22202 1105 y proporcionó copia del mismo, en consecuencia devolvió larespectiva notificación, y no se presentó a la discusión del hallazgo y aportaciónde pruebas de descargo del Informe de Cargos Provisional. En Nota s/n de fecha 09 de abril de 2015, el señor Jorge Alfredo Romero Sánchez,manifiesta: "Fuí notificado, con fecha 13 de marzo de 2015, en el cual se me hacever que he incumplido con las normas establecidas en la ley del Presupuesto aObligaciones del Estado a cargo del Tesoro y se me solicita el reembolso de lacantidad de Diez y ocho mil setecientos setenta y tres  con noventa y quetzalescuatro centavos (Q.18,773.94). En virtud de lo cual pongo ante usted misargumentos siguientes: 1. Soy una persona enferma, ya que padezco de diabetes,al igual que mi esposa, en mi caso el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,si me da la medicina pero en el caso de mi esposa, si hay que pagar médicoparticular, y al mismo tiempo hacer el gasto de la compra de medicina. 2. Ademástenía a mi cargo a mi señora madre, quien por ser una persona de la tercera edadya requiere cuidados especiales, lamentablemente ella falleció el 27 de febrero delcorriente año. 3. Por último el contrato al cual se me hace referencia, fue por eltermino de un año, es decir de enero a diciembre del año 2014. Con un salario deSetenta y ocho con veinticinco centavos (Q.78.25), diarios. En base a lo quetzales anterior se podrá observar que la jubilación a la cual tengo derecho, era muyescasa para poder sufragar los gastos a los cuales hago referencia, situación queme obligo a aceptar dicha plaza, por el mismo motivo de no poder sufragar losgastos a los cuales tenía la responsabilidad. Estoy con toda la voluntad del casopara llegar a buenos entendidos, y buscarle una solución a mi situación, eso sírogaría a dichas autoridades tener hacia mi persona la mayor consideración,tomando en cuenta la situación que atravieso...".

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 En Nota s/n de fecha 4 de abril de 2015, el señor Mario Roberto Corzo Zin,manifiesta: "Mario Roberto Corzo Zin. De generales conocidas en la ContraloríaGeneral de Cuentas, permitiéndome darle respuesta a su oficio C.G.C. APE. 2015,e informarle lo siguiente: 1.- Gracias por la oportunidad del derecho de respuesta, que establece el artículo 12 de la Constitución de la República de Guatemala. 2.- Sus argumentos citados, el artículo 232 de la Constitución de la República, diceque es la   General de Cuentas, es una Institución técnica, conContraloría funciones fiscalizadora, de los ingresos, egresos de todo interés , asíhacendario como de cualquier persona que recoletas publica y a los contratistas de obrasestán sujetas a fiscalización y persona que invierta o administre fondos públicos,correcto, es una fiscalización, yo no estoy contemplado por qué no manejo fondos,ni colecta públicas. Y no establece los pensionados por jubilación y percibir salariode los renglones 022 y 032. 3.- El artículo 2 de la Constitución dice: Deberes delEstado, es deber del Estado, garantizar a los habitantes de la República. La vida,la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona,que garantía, paz, justicia, me da el Estado, de devengar una jubilación de Q,2000mensual,...". Comentario de AuditoríaDerivado del análisis efectuado por la Comisión de Auditoría a los argumentos quelas personas afectadas presentan por escrito y de forma magnética, comoinstrumento de defensa, en donde manifiestan que desconocían del impedimentoque existe de devengar salario y pensión por jubilación en forma simultánea, quenadie los orientó al respecto y como consecuencia de ello cobraron ambasremuneraciones, por tal razón se concluye que dichos argumentos no prevalecensobre el imperio de la Ley. En tal virtud, esta Comisión de Auditoría al no avalar y desestimar los argumentosde defensa presentados por los afectados, procede a confirmar el Informe deCargos Confirmado, para que estos realicen el reintegro del monto quecorresponde a cada uno de ellos, por el periodo comprendido del 01 de enero al31 de diciembre de 2014, con la excepción de 3 personas quienes desvanecen loscargos, 2 por haberse comprobado que no cobraron pensión por jubilación ysueldo simultáneamente y 1 por haber realizado el reintegro respectivo. El Informe de Cargos Provisional fue notificado por un monto de Q317,136.11; sinembargo el que procede a confirmarse varia tomando en consideración que sedeterminó mediante comparación de los Documentos Personal de Identificación delos señores: Carlos Enrique Pineda Pérez y García, que dichas personasAureliono son las que cobraron jubilación en Clases Pasivas del Estado; en consecuenciaal no haber cobro de salario y de pensión en forma simultánea se les desvanece elcargo por las cantidades de Q46,386.53 y Q17,124.74, respectivamente; con

respecto al señor Leonardo Andrés Culajay, se le desvanece el cargo por haber

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respecto al señor Leonardo Andrés Culajay, se le desvanece el cargo por haberreintegrado a la Cuenta de Banrural No. 3033064759 a nombre de la TesoreríaNacional, según recibos emitidos por ese Banco, del No. 51829309 al 51829320,la suma de Q.6,480.00, cobrada en el Departamento de Clases Pasivas delEstado durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014, enconcepto de jubilación; por tanto el Informe de Cargos Confirmado asciende aQ.247,144.84.

INTEGRACIÓN DE MONTOS DE JUBILACIONES A REINTEGRAR POR RESPONSABLES

CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

NOMBRE DE RESPONSABLES Valor Q.

Héctor Alfonso Cordón Méndez 28,558.46Efraín de Paz Chen (s.o.n) 25,967.25Víctor Manuel Martínez Monterrubio 52,608.14Heinz Federico Laib Cruz 72,919.45Vilma Elizabeth Echeverría Cardona de Sánchez 20,460.93Jorge Alfredo Romero Sánchez 18,773.94Mario Roberto Corzo Zin 27,856.67TOTAL 247,144.84

Acciones Legales y AdministrativasInforme de cargos confirmados, de conformidad con Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas, Decreto No. 31-2002, articulo 4 inciso f) yAcuerdo Gubernativo No. 192-2014, Reglamento a la Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas, articulo 58, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJUBILADO DEL ESTADO HECTOR ALFONSO CORDON MENDEZ 28,558.46JUBILADO DEL ESTADO EFRAIN (S.O.N.) DE PAZ CHEN 25,967.25JUBILADO DEL ESTADO VICTOR MANUEL MARTINEZ MONTERRUBIO 52,608.14JUBILADO DEL ESTADO HEINZ FEDERICO LAIB CRUZ 72,919.45JUBILADO DEL ESTADO VILMA ELIZABETH ECHEVERRIA CARDONA DE SANCHEZ 20,460.93JUBILADO DEL ESTADO JORGE ALFREDO ROMERO SANCHEZ 18,773.94JUBILADO DEL ESTADO MARIO ROBERTO CORZO ZIN 27,856.67Total Q. 247,144.84

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento para verificar el cumplimiento de recomendaciones de laauditoría del periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2013,  en Obligacionesdel Estado a Cargo del Tesoro, determinándose que en el período antesmencionado, no se elaboró ningún hallazgo, en consecuencia no existenrecomendaciones relacionadas.

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8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 MARIA CONCEPCION CASTRO MAZARIEGOS MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS 09/01/2014 - 16/06/20142 DORVAL JOSE MANUEL CARIAS SAMAYOA MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS 23/06/2014 - 31/12/20143 MARIA CONCEPCION CASTRO MAZARIEGOS VICEMINISTRA DE ADMINISTRACION FINANCIERA 01/01/2014 - 08/01/20144 EDWIN OSWALDO MARTINEZ CAMEROS VICEMINISTRO DE ADMINISTRACION FINANCIERA 09/01/2014 - 31/12/20145 ERASTO RENE LOPEZ URIZAR DIRECTOR FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/20146 ARIEL ESTUARDO HERNANDEZ CARDONA SUBDIRECTOR FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE GUATEMALA

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0281-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras asi como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes y reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo deGuatemala, por el período comprendido del comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2014 con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos,

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Transferencias del Ministerio de Finanzas Públicas, desembolsos a UnidadesEjecutoras, Convenios y/o Contratos de Cofinanciamiento, mediante la aplicaciónde pruebas selectivas; específicamente las responsabilidades del Consejoestablecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuestos vigente aprobado, asi como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraban en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a ejercicios 2012, 2013 y 2014; que de conformidad alMEMORANDUM-SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad de Gasto Público,estarán a cargo de la Dirección de Auditoria correspondiente. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo de Guatemala, reportó que maneja susrecursos en dos cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional yse encuentran debidamente autorizadas por el Banco de Guatemala; al 31 dediciembre de 2014, según reportes de la administración refleja la cantidad deQ33,366,047.12, de los cuales corresponden a la ejecución presupuestaria delejercicio fiscal 2014 Q11,343,430.86, de ejercicios anteriores Q21,969,470.49 eintereses del mes de diciembre 2014 Q53,145.77. De acuerdo a los procedimientos de auditoría se revisaron las conciliacionesbancarias, las cuales se elaboraron en forma razonable. Según reporte R00801345.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q86,874,601.51 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente se verificó que al mes de febrero de 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas trasladó la cantidad de Q38,025,560.51, según Comprobante Único deRegistro, CUR, número 9177 de fecha 11 de febrero de 2015 y al mes de abril de2015 la cantidad de Q48,849,041.00, según Comprobante Único de Registro,CUR, 9279 de fecha 30 de abril de 2015, que corresponde a saldos pendientes delaño 2014, para que le dé seguimiento la nueva Comisión de Auditoría.

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Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo, recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, segúnResolución Administrativa Financiera 01-2014 por un monto de Q9,000.00, loscuales fueron liquidados al 31 de diciembre de 2014, ejecutando en el transcursodel período la cantidad de Q97,382.82 Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no cuenta con InversionesFinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes 21 IngresosTributarios IVA PAZ por Q140,618,659.00 y 29 Otros Recursos del Tesoro conAfectación Especifica, por Q7,930,943.21 totalizando la cantidad deQ148,549,602.21. Asimismo, según reporte del SICOIN WEB R00801345.rpt con fecha 06 de febrerode 2014, ingresaron de la fuente 21 la cantidad de Q44,781,648.00 segúnComprobante Único de Registro, CUR, 10272 y de la fuente 11 la cantidad deQ5,892,062.20 según según Comprobante Único de Registro, CUR, 10315 quepertenecen a la cuota financiera del mes de diciembre de 2013, totalizando lacantidad de Q50,673,710.20 Además, se recibió la cantidad de Q97,382.82 que fueron manejados por mediodel Fondo Rotativo de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contó con un saldo inicial de años anteriores, por la cantidad deQ16,148,896.32. Egresos El Presupuesto de Egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ275,656,924.00 y se realizaron modificaciones presupuestarias por la cantidad

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de Q1.021,382.00, para un presupuesto vigente de Q276,678,306.00 pagando lacantidad de Q122,771,686.84, de los cuales se trasladaron a Unidades Ejecutoraspara el período 2014 fuente 21 la cantidad de Q59.528,159.52 y fuente 29 lacantidad de Q7,930,943.21, el año 2013 fuente 21 Q53,782,584.11, el año 2012fuente 21 Q1,280,000.00, el año 2011 fuente 21 Q150,000.00 y año 2010 fuente21 Q100,000.00. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio 2014, se realizaron de la siguiente manera: de la fuente 21, IngresosTributarios IVA-PAZ año 2014 Q53,782,584.41, año 2013 Q46,468,192.48 y fuente11 año 2013 5,892,862.20, año 2012 fuente 21 Q5,361,468.78, año 2011 fuente21 Q250,750.00, año 2010 fuente 21 Q32,250.00, año 2009 fuente 21Q237,100.00 y año 2008 fuente 21 Q323,125.13 Se enviaron a la cuenta del Gobierno de la República -Fondo Común- la cantidadde Q604,271.95 por remanente de proyectos anteriores. El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar Q41,254,102.28 quecorresponden a las fuentes de financiamiento: 21 Q40,945,980.49 y 29Q308,121.79. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q97,382.82 a través del Fondo Rotativode la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo, reporto que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 143 proyectos de inversión,distribuidos en infraestructura física así: 18 terminados, 125 en proceso loscuales están siendo ejecutados por las municipalidades por un por valor deQ180,752,552.73. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo, formulo su Plan Operativo Anual 2014, elcual contiene sus metas físicas y financieras.

Contraloría General de Cuentas 139 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reporte que cuenta con 143 contratos loscuales ascienden a la cantidad de Q180,752,552.73 suscritos con lasMunicipalidades. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no suscribió convenios dePréstamos con ninguna entidad. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada - SICOIN WEB- sin embargo su movimiento financiero lo realiza a travésde Formas Oficiales, FORMA 200-A-3 SERIE B, adicionalmente se auxilia dehojas electrónicas en Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deProgramas y Proyectos de infraestructura con las Municipalidades como unidadesejecutoras; por lo tanto no utiliza el Sistema de Información de Contrataciones yAdquisiciones del Estado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo, no cumplió con actualizar en el SistemaNacional de Información Pública, SNIP, la información que requiere dicho módulo. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

IngenieroLuis Alfonso Palma EspinozaPresidente y CoordinadorConsejo Departamental de Desarrollo de GuatemalaSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Guatemala por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Falta de documentación de respaldoOtros incumplimientos a Normas de Control Interno y disposiciones legales

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. MARITZA ELENA FUENTES VELASQUEZ

Auditor Gubernamental

Lic. ROLANDO HIGUEROS GARCIA

Auditor Gubernamental

Lic. LUIS RENE DIEGUEZ BALCARCEL

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 142 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de documentación de respaldo CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Guatemala, dentro de losexpedientes de los Convenios: No. 43-2014 de fecha 01 de julio de 2014Mejoramiento del Mercado de la Colonia 1o. de julio, zona 5 de Mixco; No.44-2014 de fecha 01 de julio de 2014 Construcción de la Ciclovía en la zona 8 deMixco y No. 51-2014 de fecha 10 de julio de 2014 Mejoramiento de Calle en laColonia El Milagro zona 6 de Mixco, no se encontraron copias de los contratosadministrativos suscritos entre la unidad ejecutora y los constructores de cadaproyecto. CriterioEl acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece:"Toda operación que realicen las entidades públicas, cualesquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que larespalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales, administrativos, deregistro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis." CausaEl Director Ejecutivo, no veló porque los expedientes de los proyectos, tuvierantoda la documentación de respaldo correspondiente. EfectoNo se logra verificar ni cotejar que los compromisos adquiridos en los conveniossuscritos, por parte de las unidades ejecutoras, estén contenidos en los contratosrespectivos.

Contraloría General de Cuentas 143 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que al revisar losexpedientes de los convenios suscritos con las unidades ejecutoras, esténdebidamente documentados. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo José GiovanniArizandieta López, del período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014,manifiesta: “El Consejo Departamental de Desarrollo de Guatemala, únicamentehabía efectuado la entrega de los anticipos, de las obras en mención. De acuerdoa la normativa legal y los procedimientos administrativos del Consejo deDesarrollo el contrato en ese momento no es requisito. Este y otros documentosse requieren hasta el segundo aporte.El segundo aporte se efectuó el día 18, 23 y 24 de marzo del año en curso(respectivamente), en ese momento el contrato ya se encontraba archivado, comorequisito para efectuar el segundo aporte.En base lo expuesto solicito el desvanecimiento de dicho hallazgo en vista que,este Consejo cumplió con solicitar el contrato firmado entre la Unidad Ejecutora yel Contratista en su momento oportuno. No procede el hallazgo en mención todavez de no haber incurrido en lo que refiere al acuerdo No. 09-03 de la Contraloríapuesto que la entrega de documentos tiene un momento y no puede requerírseleantes.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que entre los argumentos presentados por elresponsable en forma magnética y en nota sin número de fecha 22 de abril de2015, indica que en relación a los proyectos mencionados en el hallazgo, deacuerdo a la normativa legal y procedimientos administrativos del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Guatemala, los contratos no son requisito tenerlosal momento de efectuar el anticipo, hasta que la unidad ejecutora realice elsegundo desembolso al contratista, la normativa mencionada por el responsableno fue presentada y los argumentos contradicen lo que menciona el propiocontrato en relación a los desembolsos y plazos para realizar los mismos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 16, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JOSE GIOVANNI ARIZANDIETA LOPEZ 22,398.00Total Q. 22,398.00

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Hallazgo No. 2 Otros incumplimientos a Normas de Control Interno y disposiciones legales CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo Guatemala, convenio 130-2014“Construcción Sistema de Alcantarillado Sanitario y Planta de Tratamiento enAldea Piedra Parada Cristo Rey, Santa Catarina Pinula” según acta de inicio deobra número 6-2014 los trabajos del proyecto en mención iniciaron el 22 deoctubre de 2014; sin embargo, la resolución favorable de Estudio de ImpactoAmbiental, emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN- tiene fecha 12 de noviembre de 2014, por lo que la misma fue extendida despuésdel inicio del proyecto. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.6 Tipos de Controles, establece: "Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros. En el Marco Conceptual de Control InternoGubernamental, se establecen los distintos tipos de control interno que se refierena: Control Interno Administrativo y Control Interno Financiero, y dentro de estos, elcontrol previo, concurrente y posterior." CausaEl Director Ejecutivo, no verifico porque la unidad ejecutora obtuviera la resoluciónfavorable de Estudio de Impacto Ambiental de forma oportuna. EfectoRiesgo que se ejecuten proyectos sin previa autorización del Ministeriocorrespondiente y produzcan deterioro o efectos nocivos al ambiente. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que solicite a lasunidades ejecutoras la resolución favorable de Estudio de Impacto Ambiental delos proyectos, previo al inicio de los mismos. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, José GiovanniArizandieta López, por el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014manifiesta: “El Código Municipal garantiza la autonomía municipal en base a lo

Contraloría General de Cuentas 145 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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cual las municipalidades pueden realizar actos que consideren necesarios en basea ello para lograr sus cometidos. La municipalidad de Santa Catarina Pínula esuna entidad que cuenta con disponibilidad financiera para iniciar sus obras con suspropios fondos, así como bajo sus propios riesgos.Respecto del hallazgo en mención he de indicarles que la entrega del anticipo alconvenio 130-2014 “Construcción Sistema de Alcantarillado Sanitario y Planta deTratamiento En Aldea Piedra Parada Cristo Rey, Santa Catarina Pínula”, fuerealizada el 17 de noviembre del 2014 y el complemento de dicho anticipo confecha 23/12/2014, fechas en la cual ya había sido aprobada la Resolución delMedio Ambiente.He de mencionar además que el Consejo de Desarrollo es una entidad única yexclusivamente de gestión y traslado de los fondos que se asignan a través dellistado geográfico de obras; como tal no tiene potestad de administrar losrecursos que a través del sistema gubernamental entrega; cuando SEGEPLAN yel Ministerio de Finanzas y la Asamblea del Consejo han aprobado los proyectosdel año correspondiente dan viabilidad a los proyectos y estos se financian através del Consejo de Desarrollo. El Consejo de Desarrollo no debe, no puede,parar u obstaculizar ningún trámite de las unidades ejecutoras (Municipalidades).En base a lo expuesto solicito el desvanecimiento del hallazgo en vista que esteConsejo a través de la Dirección no realizo ningún desembolso antes de laaprobación de la Resolución del Medio Ambiente.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el señor José Giovanni Arizandieta López, porque siel proyecto inicio el 22 de octubre de 2014 según consta en Acta de inicio de obranúmero 6-2014, el Director Ejecutivo debió verificar que los documentos queampararon el proyecto 130-2014 estuvieran conforme lo que establecen las leyesrespectivas. Así también, el Decreto Número 11-2002 Ley de Consejos deDesarrollo Urbano y Rural, artículo 10 Funciones de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, inciso e) indica: “Dar seguimiento a la ejecuciónde las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento,verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno, proponer medidascorrectivas a las entidades responsables” Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JOSE GIOVANNI ARIZANDIETA LOPEZ 22,398.00Total Q. 22,398.00

1. 2.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

IngenieroLuis Alfonso Palma EspinozaPresidente y CoordinadorConsejo Departamental de Desarrollo de GuatemalaSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de Guatemalaal 31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea deimportancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Intereses no trasladados al Fondo ComúnFalta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. MARITZA ELENA FUENTES VELASQUEZ

Auditor Gubernamental

Lic. ROLANDO HIGUEROS GARCIA

Auditor Gubernamental

Lic. LUIS RENE DIEGUEZ BALCARCEL

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Intereses no trasladados al Fondo Común CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo Guatemala, se estableció que losintereses percibidos durante los meses de julio y agosto del año 2014 de la cuentade Banrural No. 3-033-58520-7, a nombre de Consejo Departamental deDesarrollo Guatemala, no fueron enviados al fondo común oportunamente, sinohasta el mes de octubre de 2014. CriterioEl Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica delPresupuesto, artículo 24 Falta de aprobación del presupuesto y El Decreto número30-2012, del Congreso de la República, Ley del Presupuesto General de Ingresosy Egresos del Estado, para el ejercicio fiscal 2013 vigente para el ejercicio fiscal2014, artículo 39 párrafo cuatro, establece: “Las Entidades de la AdministraciónCentral, deberán trasladar de oficio a la cuenta "Gobierno de la República-FondoComún", los intereses que se generen por los depósitos de las cuentasconstituidas en el Sistema Bancario Nacional, exceptuándose de esta disposiciónlos generados por recursos externos, cuando así lo establezcan los conveniosrespectivos, por estipulación expresa en los contratos de fideicomiso del Estado opor una ley específica.” El Decreto número 101-97, del Congreso de la República, Ley Orgánica delPresupuesto, artículo 45 Bis, reformado por el Decreto Número 13-2013 delCongreso de la República, segundo párrafo literal b), establece: “Laresponsabilidad del Consejo Departamental de Desarrollo del reintegro de losintereses generados por los recursos trasladados como parte del mismo.” CausaLa Jefa Administrativa Financiera, no trasladó los intereses al fondo común enforma oportuna, como se observó en los meses anteriores. EfectoRiesgo de darle un uso distinto a los intereses generados.

Contraloría General de Cuentas 149 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que oriente a laJefa Administrativa Financiera a efecto de enviar mensualmente al fondo común,los intereses generados, de acuerdo a lo observado en anteriores meses. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 22 de abril de 2015, la Jefa Adminstrariva Financiera,Licenciada Evelyn Patricia Girón Mayén de del Valle, del Consejo Departamentalde Desarrollo, Guatemala, manifiesta: “Con fecha 14 de julio de 2014 se recibióOficio Circular No. TN-DCE-1-2014 en donde se indica que a partir del 1 de agostode 2014 todos los depósitos en Quetzales que se realizaban en el Banco deGuatemala, deberá depositarse en la red de Agencias del Crédito HipotecarioNacional de Guatemala, quien se encargará del traslado de todos los recursos ensu oportunidad. …Con fecha 1 de agosto de 2014, se trasladó al Crédito Hipotecario Nacionalcheque No. 4505 del Consejo Departamental de Desarrollo por la cantidad deQ.82,670.88, con el que se pretendía depositar los intereses generados por lascuentas que maneja este consejo por el mes de julio de 2014, situación que nopudo realizarse por lo que se procedió a la anulación del cheque…, debido a queel Banco en mención indicó que únicamente se podía realizar mediante cheque decaja, el cual para el banco con el que trabajamos representa un valor de Q.30.00,o trasladarlo en efectivo.Con fecha 1 de septiembre de 2014 se solicitó mediante oficio 137-2014 al Bancode Desarrollo Rural, que es el Banco con quien trabajamos los recursos que sereciben, que nos exoneraran del pago de esa comisión Bancaria por la compra delos cheques de caja, a lo cual solo obtuvimos una negativa por teléfono, y no huboninguna respuesta positiva al respecto. Además este Consejo no cuenta conrenglón presupuestario para poder realizar la deducción del gasto, ni se tiene elmanejo de caja chica para tal extremo. …Mediante oficio 0140-2014 de fecha 24 de septiembre de 2014, se solicitó a laSecretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, quien es nuestro enterector, una modificación presupuestaria interna, para poder contar con losrecursos presupuestarios y luego financieros y así cubrir el valor por compra de loscheques de caja que se necesitan para poder trasladar los intereses generadospor los recursos depositados al banco como corresponde. …Los intereses generados tanto en el mes de julio como en el mes de agosto de2014, fueron depositados en el Banco como corresponde en el mes de octubre de2014…, luego de gestionar ante las instancias que corresponden, para cumplir conla instrucción vertida.Cabe mencionar que el Acuerdo Ministerial 270-2014, en el Articulo 2 Atribuciones

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del órgano Rector, “Se faculta a la Tesorería Nacional, como órgano Rector delSistema de Tesorería, para emitir los procedimientos que sean necesarios para laoperatividad de los términos del convenio y las resoluciones que sean necesariaspara resolver casos no previstos relacionados con la implementación delprocedimiento”.En tal sentido me permito solicitar no sea confirmado dicho HALLAZGO en virtudque esta Administración realizó todo lo procedente para cumplir con la norma, noencontrando las herramientas facilitadoras necesarias para resolver el problemaque ellos mismos ocasionaron, y por consiguiente ocasionó que se realizara demanera extemporánea el depósito de dichos intereses.... fueron debidamentedepositados.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque para tomar la decisión de enviar al fondo comúnlos intereses, la Jefa Administrativa Financiera, dejó pasar demasiado tiempo ensus gestiones, debido a que desde el 14 de julio de 2014, ya se conocía el cambiode entidad bancaria que recibiría los reintegros. Asimismo, en sus comentarios, noconcluye sobre la solución que le dieron a las gestiones iniciadas. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 26, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFA ADMINISTRATIVA FINANCIERA EVELYN PATRICIA GIRON MAYEN DE DEL VALLE 15,148.00Total Q. 15,148.00

Hallazgo No. 2 Falta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo Guatemala, no actualizó la informaciónque requiere el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-, en relación alavance financiero de los siguientes convenios 112-2014, 113-2014, 114-2014,124-2014, 125-2014, 126-2014, 128-2014, 38-2014, 115-2014, 116-2014,117-2014, 118-2014, 119-2014, 120-2014, 121-2014 y 123-2014. CriterioEl Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica delPresupuesto y sus modificaciones, artículo 24 Falta de aprobación delpresupuesto y Decreto número 30-2012 del Congreso de la República, Ley del

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Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, para el ejercicio fiscal2013 vigente para el ejercicio fiscal 2014, artículo 57 Información del SistemaNacional de Inversión Pública e informes de calidad del gasto y rendición decuentas, establece: “La Secretaría de Planificación y Programación de laPresidencia pondrá a disposición de los ciudadanos guatemaltecos, a través de susitio de internet, la información de los proyectos de inversión pública contenida enel Sistema Nacional de Inversión Pública, tomando como base la información deprogramación y de avance físico y financiero que las Entidades responsables delos proyectos le trasladen, según tiempos establecidos. Las Entidades de laAdministración Central, Descentralizadas y Autónomas, incluyendo lasMunicipalidades y sus empresas, deberán registrar mensualmente en el módulode seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Pública, el avance físico yfinanciero de los proyectos a su cargo.” CausaFalta de supervisión por parte del Director Ejecutivo y de la Jefa AdministrativaFinanciera, al no verificar que el Encargado de la Unidad Técnica del Consejocumpliera con la actualización de la información en el Sistema Nacional deInversión Pública. EfectoNo hay certeza en la información registrada en el modulo de seguimiento delSistema Nacional de Inversión Pública SNIP. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y a la JefaAdministrativa Financiera a efecto de actualizar los avances financieros de losproyectos en el Sistema Nacional de Inversión Pública mensualmente, y asícontribuir con la transparencia del gasto público. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, José GiovanniArizandieta López del período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014,manifiesta: “El Consejo Departamental de Desarrollo, es una dependencia de laSecretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia y de acuerdo alorganigrama administrativo de este Consejo, existen las funciones que lecorresponden a cada empleado realizar dentro de su área para lo cual fueroncontratados.Como Director Ejecutivo, una de mis funciones era delegar en las diferentes áreasde la institución la responsabilidad de las funciones que les correspondiera. Enbase a ello la actualización física de las obras en el SNIP se realizaron en laDirección Ejecutiva, quedando en responsabilidad del área financiera laactualización propia de su área.

Contraloría General de Cuentas 152 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Por lo expuesto solicito a usted enderezar sus acciones a quien correspondadada la delegación de las funciones y las responsabilidades que cada empleadodebe tener en la cadena de funciones administrativas del Consejo de Desarrollo.” En oficio s/n de fecha 22 de abril de 2015, la Jefa Administrativa Financiera delConsejo Departamental de Desarrollo, Guatemala, Licenciada Evelyn PatriciaGirón Mayén de del Valle, manifiesta: “La información sobre el avance financierode los convenios 112-2014, 113-2014, 114-2014, 124-2014, 125-2014, 126,2014,128-2014, 38-2014, 115-2014, 116-2014, 117-2014, 118-2014, 119-2014,120-2014, 121-2014 y 123-2014, fueron actualizados como corresponde.Según el Artículo 30 en su segundo párrafo del Decreto 540-2013, Reglamento dela Ley Orgánica del Presupuesto menciona: “Es responsabilidad de la DirecciónEjecutiva del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), registrar durantelos primeros diez días hábiles de cada mes en el módulo de seguimiento delSistema Nacional de Inversión Pública, los avances físicos y financieros de susproyectos de inversión, posterior a su ejecución, asimismo la finalización delproyecto, adjuntando el acta de recepción y liquidación del activo, en formato PDF-Con esta información el Sistema Nacional de Inversión Pública dará por finalizadala ejecución del proyecto; siempre y cuando, la ejecución física y financiera sea del100%.Por tal razón no está dentro de mis atribuciones, ni tengo delegación alguna comojefa administrativa financiera, llevar el seguimiento antes mencionado.Por lo expuesto solicito no sea confirmado dicho HALLAZGO, ya que según lalegislación vigente no soy yo la responsable.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el señor José Giovanni Arizandieta López, porque ensus comentarios, indica que una de sus funciones es delegar en las diferentesaéreas de la institución, la responsabilidad de las funciones que lescorrespondiera, sin embargo, no adjuntó ningún documento como prueba de ello.Asimismo, según el Acuerdo Gubernativo 540-2013 Reglamento de la LeyOrgánica del Presupuesto, artículo 30 indica: “Es responsabilidad de la DirecciónEjecutiva del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), registrar durantelos primeros diez días hábiles de cada mes en el módulo de seguimiento delSistema Nacional de Inversión Pública, los avances físicos y financieros de susproyectos de inversión, …” Se desvanece el hallazgo para Licenciada, Jefa Administrativa Financiera, debidoque no existen documentos donde ella recibiera instrucciones del DirectorEjecutivo para supervisar o realizar tal acción. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría General

Contraloría General de Cuentas 153 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

de Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JOSE GIOVANNI ARIZANDIETA LOPEZ 22,398.00Total Q. 22,398.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior correspondienteal ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimiento e implementaciónpor parte de los responsables del Consejo Departamental de Desarrollo deGuatemala, estableciéndose que fueron atendidas de conformidad. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 LUIS ALFONSO PALMA ESPINOZA PRESIDENTE Y COORDINADOR DEL CONSEJO

DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO01/01/2014 - 31/12/2014

2 JOSE GIOVANNI ARIZANDIETALOPEZ

DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/2014

3 EVELYN PATRICIA GIRON MAYEN DEDEL VALLE

JEFA ADMINISTRATIVA FINANCIERA 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE SACATEPÉQUEZ

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 154 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural y su reglamento Acuerdo Gubernativo Número461-2002. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos

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49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0291-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo, por elperíodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014, con énfasis enla cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del Ministerio de

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Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutorias, Convenios y/o Contratosde Cofinanciamiento, mediante la aplicación de pruebas selectivas;específicamente las responsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraron en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014, que de conformidad alMemorandum-SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad de Gasto Público,estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente. Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-034-2014, de fecha de27 de octubre de 2014, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto a la misma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos en doscuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 de diciembre de 2014,según reportes de la administración, refleja la cantidad de Q15,702,784.89, de loscuales corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 lacantidad de Q10,032,049.17, de ejercicios anteriores Q5,665,312.24 y Q5,423.48que corresponde a intereses del mes de diciembre de 2014 De acuerdo a procedimientos de auditoría se revisaron las conciliacionesbancarias, las cuales se elaboraron en forma correcta. Según reporte R00801345.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladar

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la cantidad de Q21,460,429.00 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente, se verificó que al mes de febrero 2015, el Ministerio de Finanzas

Q7,084,795.00, nico Públicas trasladó la cantidad de según Comprobante Ú deCUR, Registro, número 9206 de fecha 11 de febrero de 2015 y al mes de abril de

Q14,375,634.00, 2015, la cantidad de según Comporbante Único de Registro,CUR, número 9262 de fecha 30 de abril de 2015, que corresponden a saldospendientes del año 2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnresolución No. 001-2014, por un monto de Q9,000.00, que fueron liquidados al 31de diciembre de 2014, ejecutando en el transcurso del período la cantidad deQ85,939.75. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con Inversiones Financieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, de las fuentes de financiamiento21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q31,861,894.00 y 29 Otros Recursos delTesoro con afectación específica, por Q802,390.54, totalizando la cantidad deQ32,664,284.54. Según reporte R00801345.rpt, SICOIN WEB, generado por el sistema el día 11

CUR de febrero de 2014, con el No.10267, se acreditó a cuenta de este Consejo,Q11, la cantidad de 460,747.00, correspondiente al ejercicio 2013

Además, recibió la cantidad de Q85,939.75, de Ingresos No Tributarios, comoFondo Rotativo de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contó con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ13,929.816.70 más Q73,384.85 que corresponde a reintegros de unidadesejecutoras.

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Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ63,650,727.00, se realizaron modificaciones presupuestarias por la cantidad deQ102,556.00, para un presupuesto vigente de Q63,753,283.00.Trasladándose enel ejercicio 2014, para proyectos de Inversión Pública de obras 2014, la cantidadde Q18,603,897.22. Asimismo, se trasladó la cantidad de Q1,850,346.92 quecorresponde a obras reprogramadas del año 2013. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: 2011 porQ2,109,185.73; 2012 por Q4,830,478.96; 2013 por Q3,350,788.95, para un totalejecutado de Q10,290,453.64. En el año 2014 se recibieron fondos correspondiente al ejercicio 2013, por lacantidad de Q11,460.747.00, de los cuales se trasladó a municipalidades lacantidad de Q11,460,747.00. Asimismo, se trasladó a la cuenta Gobierno de la República - Fondo Común lacantidad de Q225,426.90 , correspondiente a proyectos de arrastre. El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar de Q9,628,569.46, quecorresponde a las fuentes de financiamiento 29 la cantidad de Q31,207.46, y 21 lacantidad de Q9,597,362.00. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q85,939.75, a través del FondoRotativo. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 37 proyectos de inversión por unvalor de Q79,453,947.93, distribuidos en infraestructura física de la siguientemanera: 8 finalizados y 29 en proceso; los cuales están siendo ejecutados a travésde las Municipalidades.

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Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó 37 proyectos por un valor deQ79,453,947.93, ejecutados por las Municipalidades, entre estos, se incluyeron 7comprometidos en el ejercicio 2013 con convenio 2014 por valor deQ16,285,069.00 y 30 correspondientes al año 2014 que ascienden a la cantidadde Q63,168,878.93. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con préstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, su movimiento financiero lo realiza a través delformulario 200-A-3-hojas movibles, caja fiscal, con el apoyo de hojas electrónicasMicrosoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe contratos y/o convenios de cofinanciamiento para laejecución de programas y proyectos de infraestructura con Municipalidades yConsejos Comunitarios de Desarrollo del departamento, como unidadesejecutoras, por lo tanto no utiliza el Sistema de Información de Contrataciones yAdquisiciones del Estado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo cumplió con registrar los convenios

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suscritos, en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorMario René Azurdia FernándezPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de SacatepéquezSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Sacatepéquez por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiencias de controlInconsistencia en la información presentada

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. GUSTAVO NEHEMIAS GOMEZ RACANCOJ

Auditor Gubernamental

Lic. JOSE MATILDE CHOJOLAN MORALES

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencias de control CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo y las Municipalidades de Sumpango,Pastores y San Miguel Dueñas, suscribieron convenios y/o contratos deconfinanciamiento para la ejecución de obras de infraestructura física,evidenciando deficiencias en el proceso de recepción que consisten en que lasactas de finalización y liquidación se suscribieron antes del informe de laevaluación del Ingeniero Supervisor de Obras del Consejo Departamental de Desarrollo, en los que se describen a continuación: 1) Contrato deCofinanciamiento No. 13-2013, suscrito con fecha 20 mayo de 2013, para laejecución de la obra denominada Ampliación Calle (adoquinamiento y pavimento)Varios Sectores Sumpango, por la cantidad de Q 4,000,000.00, el acta derecepción y liquidación con número 1-2014, fue suscrita el 5 de mayo de 2014, elinforme del supervisor de obras es de fecha 13 de mayo de 2014; 2) Contrato deCofinanciamiento No. 16-2013 de fecha 3 junio de 2013, para la ejecución de laobra Mejoramiento Salón Comunal aldea Zacateca, Pastores, por la cantidad de Q883,704.41, el acta de recepción y liquidación con Número 07-2013, fue suscritael 18 de diciembre de 2013, el informe del supervisor de obras es de fecha 13 defebrero de 2014; 3) Contrato de Cofinanciamiento No. 10-2013 suscrito con fecha16 de mayo de 2013, para la ejecución de la obra Mejoramiento Calle Final Sectorel Limite Aldea San Luis Pueblo Nuevo, Pastores por la cantidad de Q447,038.33,el acta de recepción y liquidación con Número 03-2013, fue suscrita el 18 deoctubre de 2013, el informe de supervisor de obras es de fecha 14 de febrero de2014; 4) Convenio de Cofinanciamiento No.45-2012 suscrito con fecha 07 deSeptiembre de 2012, para la ejecución de la obra Mejoramiento Parque Deportivoy Recreativo Central de San Miguel Dueñas, por la cantidad de Q1,350,500.00, elacta de recepción y liquidación con Número 20-2013, fue suscrita el 17 dediciembre de 2013, el informe del supervisor de obras es de fecha 4 de marzo de2014; 5) Contrato de Cofinanciamiento No. 09-2013 suscrito con fecha 16 de mayode 2013, para la ejecución de la obra Mejoramiento Calle Sector Concepción FaseIII, aldea San Lorenzo, Pastores por la cantidad de Q1,241,965.70, el acta derecepción y liquidación con Numero 04-2013 fue suscrita el 18 de Octubre de2013, el informe del supervisor de obras es de fecha 14 de febrero de 2014, 6)Contrato de Cofinanciamiento No. 33-2013 suscrito con fecha 2 de agosto de2013, para la ejecución de la obra Mejoramiento Sistema de Agua Potable Caserío

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Segunda Cruz, Pastores, por la cantidad de Q405,110.67, el acta de recepción yliquidación Numero 02-2014 fue suscrita el 22 de enero de 2014, el informe delsupervisor de obras es de fecha 12 de Marzo de 2014. CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Diferentes Tipos de control, establece:“Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros...” CausaEl Director Ejecutivo, no ha implementado procedimientos adecuados decoordinación con las unidades ejecutoras relacionados con los procesos derecepción de obras finalizadas, para que se respete el orden cronológico de losdiferentes documentos que conforman los expedientes. EfectoLa incongruencia cronológica en las fechas de los documentos, no garantiza quelas obras finalizadas reúnan las condiciones de calidad de acuerdo a planos yespecificaciones técnicas. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, Jefe FinancieroAdministrativo y Supervisores de Obras, para que toda documentación querespalde la ejecución de obras en cada expediente, guarde lógica cronológica, enfunción de la fecha de la misma. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 23 de abril de 2015, El Director Ejecutivo, Hugo LeonelVásquez Sánchez, manifiesta: “…el orden cronológico de la documentación seestablece desde la recepción del expediente ya que este tiene que cumplir con loestablecido en la ventanilla única, posteriormente cada paso es marcado por laguía para la conformación de expedientes de proyectos, instituido como norma enel procedimiento administrativo hasta terminar el proyecto física, financiera ydocumentalmente y especialmente en el posible hallazgo que ustedes manifiestande conformidad con los artículos 55,56 y 57 de la Ley de Contrataciones delEstado, estableciendo claramente que luego de la recepción el supervisor emitirásu informe, porque es en ese momento cuando el verificara centímetro porcentímetro que se cumplió con lo requerido en planos y especificaciones y seprocederá a la liquidación de conformidad con el artículo 56 de la ley antes citada.

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Por lo anteriormente expuesto les manifiesto que se respeta el orden queestablece la ley y las normas administrativas encontradas por el infrascritodirector. Lo anterior desvirtúa que exista incongruencia cronológica en las fechas de losdocumentos mucho menos que esto determine la calidad y el cumplimiento deespecificaciones técnicas requeridas…” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque la objeción presenta se relaciona con el ordencronológico de fecha, entre el informe de supervisor de obras y acta de recepción;según manifiesta el responsable en sus comentarios, este proceso se encuentranormado en los artículos 55, 56 y 57 de la Ley de Contrataciones del Estado; sinembargo, el orden del proceso de recepción que puntualiza el artículo enreferencia, indica que sí los trabajos estuvieran correctamente concluidos, elsupervisor rendirá informe pormenorizado a la autoridad administrativa superior dela entidad correspondiente, la que dentro de los cinco (5) días siguientes nombrarála Comisión Receptora y Liquidadora de la obra, integrada con tres miembros, conla que colaborarán el supervisor o su equivalente y el representante delcontratista. Así mismo, en la nota de comentarios refiere que cada etapa delproceso es marcado por la conformación de expediente; y según se puedeevidenciar, la misma establece previamente el informe de finalización del proyectou obra por el Supervisor del Consejo Departamental, posteriormente, lasuscripción del acta de recepción. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HUGO LEONEL VASQUEZ SANCHEZ 21,022.00Total Q. 21,022.00

Hallazgo No. 2 Inconsistencia en la información presentada CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo y Municipalidades del Departamento de Sacatepéquez confinanciamiento , suscribieron convenios de para la realizaciónde proyectos de infraestructura, estableciéndose entre el avance físico reportadoen los cuadros analíticos de obras al 31 de diciembre de 2014 presentado por

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el Consejo y los informes de supervisión de obras, diferencias en el porcentaje, enproyectos que se detallan a continuación:

Avance Físico %

No.

Contratoy/o

convenio Nombre de la Obra Unidad EjecutoraValor delConvenio Q.

Detalle deObras

Informe deSupervisión

1 29-2014 MEJORAMIENTO SISTEMA DEAGUAS PLUVIALES FRENTEC.C. EL SAUCE, INGRESOSANTIAGO SACATEPÉQUEZ,PUENTE HACIA ANTIGUAGUATEMALA, ZONA 1, SANLUCAS SACATEPÉQUEZ

Municipalidad de San LucasSacatepéquez

1,739,016.76

80 45

2 16-2014 CONSTRUCCIÓN PUENTEPEATONAL DE 1ERA. CALLEHACIA COLONIA ELMEMBRILLAL ZONAS 4 Y 5,MUNICIPIO DE MAGDALENAM I L P A S A L T A S ,SACATEPÉQUEZ

Municipalidad deMagdalena Milpas Altas

1,400,000.00

100 53.06

3 32-2014 MEJORAMIENTO CALLEPRINCIPAL, FASE 3, ALDEA LARINCONADA, JOCOTENANGO,SACATEPÉQUEZ.

Municipalidad deJocotenango

3,287,766.00 100 79

4 33-2014 MEJORAMIENTO ESCUELAPRIMARIA RAFAEL ROSALESZ1, JOCOTENANGO,SACATEPÉQUEZ

Municipalidad deJocotenango

697,234.00 100 78.07

5 13-2014 MEJORAMIENTO GUARDERIAINFANTIL PARA LAIMPLEMENTACIÓN DE CENTRODE CAPACITACIÓN, CANTÓN LAVEGA, PASTORES SAC,

Municipalidad dePastores

899,678.50 100 81.56

6 30-2014 AMPLIACIÓN ESCUELAPREPRIMARIA EN CASERIOCHICAMAEN. ZONA 5, SANLUCAS SACATEPÉQUEZ(REFUERZO PRIMER NIVEL YCONSTRUCCIÓN SEGUNDONIVEL

Municipalidad deSan LucasSacatepéquez

3,360,895.00

85 46.53

7 25-2014 CONSTRUCCIÓN GAVIONES ENEL RÍO RAMUXAT CAMINO ALTIGRE, SAN MIGUEL DUEÑAS,SACATEPÉQUEZ

Municipalidad deSan MiguelDueñas

2,692,148.00

80 50

8 9-2014 AMPLIACIÓN ESCUELAPRIMARIA OFICIAL MIXTA,SANTA CATARINA BARAHONA,SACATEPÉQUEZ

Municipalidad deSanta CatarinaBarahona

3584793.42 90 70

CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Diferentes Tipos de Control, establece:“Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros…” Causa

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No existe una coordinación adecuada entre los supervisores de obras y el JefeFinanciero y Administrativo, para determinar el avance físico real de las obras quese encuentran en ejecución. EfectoLa discrepancia en la información de avance físico de las obras, ocasiona dudasen la ejecución y en la administración de los recursos, y no promueve lainformación transparente. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones a la Jefe Financiero y Administrativo, paraque la información que se consigne en los cuadros analíticos de obras, serespalde con los informes que emitan los ingenieros supervisores de obras y deesta manera, evitar confusiones en la administración de los obras y recursosfinancieros. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 23 de abril de 2015, La jefe Financiero y Administrativo,Karla Gabriela Chivichón García, manifiesta “..que la información presentada ensu oportunidad en los Cuadros Analíticos de Obras al 31 de diciembre de 2014de los proyectos de éste Consejo, respecto a los avances físicos consignados, son datos fidedignos ya que fueron tomados de los informes que los ingenierossupervisores presentaron a mi persona de cada uno de los proyectos porseparado.En relación los informes que fueron objeto de comparación en esta Auditoría, sonlos informes de estimación de Pago que se incluyen en los expedientes, loscuales son las Unidades Ejecutoras las que presentan un avance físico y en elcual trabajan los supervisores, para realizar el Pago, según avance físicosolicitado es decir el supervisor del Consejo no realiza informes constantemente,sino hasta que la municipalidad solicita para el pago, éstos son pues los que seencuentran en cada uno de los expedientes .La mayoría de veces, las Unidades Ejecutoras están elaborando una solicitud deestimación de pago, menor al que realmente se encuentran los proyectos, muchas veces por falta de gestiones, atrasos de la empresa Constructoras o bienConflictos entre Municipalidades y las Empresas Constructoras , que por nogestionar el pago a la Constructora, la Municipalidad retrasa la presentación dedichos documentos, todas éstas situaciones están fuera de nuestro alcance…” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque no se encontró ningún informe de los supervisores

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del consejo, únicamente dos cuadros que listan obras del ejercicio fiscal 2014, conuna columna sobre el avance físico, sin embargo, esto es un resumen que nocontiene datos como descripción de los renglones evaluados, que es base para elcálculo del avance físico. Respecto de los informes objeto de comparación, estacomisión observó que dichos informes son los que utilizan los ingenieros comooficiales y claro, sirven también para los pagos a unidades ejecutoras y muestran,el avance físico de la obra que se consideró también como oficial. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO ADMINISTRATIVO KARLA GABRIELA CHIVICHON GARCIA 18,288.00Total Q. 18,288.00

1. 2.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorMario René Azurdia FernándezPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de SacatepéquezSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo deSacatepéquez al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación erróneade importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Incumplimiento a cláusulas de conveniosIncumplimiento en la recepción de obras

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. GUSTAVO NEHEMIAS GOMEZ RACANCOJ

Auditor Gubernamental

Lic. JOSE MATILDE CHOJOLAN MORALES

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Incumplimiento a cláusulas de convenios CondiciónEl Consejo de Desarrollo, la Municipalidad de Antigua Guatemala y el ConsejoComunitario de Desarrollo de la Aldea Santa Ana, Antigua Guatemala,suscribieron el Convenio Interinstitucional de Cofinanciamiento No. 63-2012, confecha 19 de diciembre de 2012, por la cantidad de Q1,665,000.00, con aporte delConsejo Departamental de Desarrollo por la cantidad de Q1,650,000.00, para laejecución de obra denominada Ampliación Escuela Primaria Oficial Rural Mixta,aldea Santa Ana, La Antigua Guatemala, Sacatepéquez, en donde aparece comoUnidad Ejecutora la Municipalidad de Antigua Guatemala. Con fecha 19 de julio de2013, se suscribe Adendum sin número, relacionado con dicho convenio, entre elConsejo de Desarrollo y el Consejo Comunitario, modificando las cláusulas,primera, segunda, tercera, cuarta quinta, sexta, séptima, octava, novena, décima,décima primera, décima segunda, décima tercera, décima cuarta, décima quinta,décima sexta, según se expresa que debido al incumplimiento por parte de laUnidad Ejecutora de varias cláusulas y que sus actuaciones adolecen de vicios ytransparencia, se consigna como nueva Unidad Ejecutora el Consejo Comunitariode Desarrollo. El valor del aporte del Consejo de Desarrollo dentro del convenioasciende a Q1,650,000.00, los desembolsos acumulados de años anterioresascienden a Q330,000.00, desembolsos efectuados durante el año 2014, lacantidad de Q1,318,932.61, saldo Q1,067.39; Sin embargo, se determinó, que deconformidad con la cláusula décima quinta del convenio, no podía cambiarseunidad responsable de la ejecución. CriterioEl Convenio No. 63-2012, suscrito entre el Consejo Departamental de Desarrollo,la Municipalidad de Antigua Guatemala y el Consejo Comunitario de Desarrollo dela Aldea Santa Ana, Antigua Guatemala, cláusula décima quinta, último párrafoestablece: “…Por ningún motivo se podrá suscribir un convenio ampliatorio cuyoobjeto sea el cambio de Unidad Responsable de la Ejecución o modalidad deejecución..”.

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CausaLa Presidente, no consideró el contenido de la cláusula previo a elaborar elAdendum. EfectoRiesgo de ilegalidad del Adendum, al contravenir el contenido de una cláusulacontractual establecida. RecomendaciónEl Presidente, previo a firmar adendas que modifiquen convenios, debe considerarque el contenido de las cláusulas originales, no estén siendo objeto deincumplimiento, con lo que evita poner en riesgo la ejecución de uno o variosproyectos. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 23 de abril de 2015, la señora Teresa de Jesús ChocoyoChile, quien fungió como Presidente, por el período comprendido del 01/01/2014al 28/05/2014, manifiesta: “…Con relación al Hallazgo No. 1 de Cumplimiento aLeyes y Regulaciones Aplicables, Área Financiera, Incumplimiento a cláusulas deconvenios, manifiesto que se procedió a excluir a la Municipalidad de La AntiguaGuatemala como Unidad Ejecutora del proyecto AMPLIACION ESCUELAPRIMARIA OFICIAL RURAL MIXTA, ALDEA SANTA ANA LA ANTIGUAGUATEMALA SACATEPEQUEZ, del Municipio de Antigua Guatemala delDepartamento de Sacatepéquez, atendiendo a las siguientes normas ordinarias,que en todo caso son superiores a lo estipulado en el convenio No. 63-2012, por elorden jerárquico de las leyes vigentes en Guatemala, y a incumplimientos directosal convenio por parte de la Municipalidad identificada, así:Incumplimientos al Convenio:La Municipalidad de La Antigua Guatemala, como Unidad Ejecutora, incumplió conla Cláusula DECIMA, literal a) del convenio, al no publicar en Guatecompras elpresente proyecto, dentro de los 5 días hábiles contados a partir de la suscripcióndel convenio referido, el cual se suscribió con fecha 19 de diciembre de 2012afectando directamente a una pronta construcción de la escuela y porconsiguiente a la población estudiantil de la aldea Santa Ana, pues dichapublicación se efectuó con fecha 6 de marzo de 2013. Así mismo, existió incumplimiento a la cláusula CUARTA del convenio referido, alno actuar conforme lo establece la Ley de Contrataciones del Estado y suReglamento y a las Normas para el Uso del Sistema de Contrataciones yAdquisiciones del Estado de Guatemala-GUATECOMPRAS- , tal como sedemuestra en los documentos publicados en el portal, NOG. 2497220, queadolecen de vicios que se consideran de fondo, como consignar en la publicaciónDetalle de Concurso de Guatecompras un nombre del proyecto que no es el

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registrado en el Listado Geográfico de Obras y/o del Sistema Nacional deInversión Pública; así también en las Actas de Recepción de Ofertas y deAdjudicación, se consignó erróneamente el nombre del proyecto y el de lasempresas oferentes; ilegalmente se le concedió un plazo de 24 horas a laempresa Diseños y Construcciones Dicon para que procediera a presentar suoferta en los formularios establecidos en las bases como requisito Fundamental;en el contenido del acta de recepción de ofertas, no se cumplió con el artículo 29de la Ley de Contrataciones, pues no se consignó la Integración del precio Oficial; es importante señalar que dicho procedimiento en Guatecompras fue objeto deinconformidades por considerar las empresas que se había violentado loestablecido en las bases de licitación y la Ley de Contrataciones del Estado y suReglamento; el acta de adjudicación se efectuó con fecha 19 de abril de 2013, y aldía 18 de julio de 2013, aún no había sido suscrito el respectivo contrato, lo cualdemuestra el incumplimiento de plazos establecido en la Ley de Contrataciones, etc. .Normas de Derecho Ordinario, que legitiman al Consejo Comunitario deDesarrollo, para actuar como Unidad Ejecutora, garantizando la pronta y correctaejecución de los recursos que corresponden a su comunidad:Decreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural:Tercer Considerando: “Que el Sistema de Consejos de Desarrollo debecomprender cinco niveles, a saber: nacional, regional y departamental, previstosconstitucionalmente; municipal, contenido en el Código Municipal, DecretoLegislativo 58-88; y el comunitario, contemplado en los Acuerdos de Paz;debiendo estructurarse desde la base de la población, para construir uninstrumento permanente….”Artículo 16, segundo párrafo: “El Órgano de Coordinación tiene bajo suresponsabilidad la coordinación, ejecución y auditoría social sobre proyectos uobras que se prioricen y que seleccionen los Organismos del Estado y entidadesdescentralizadas y autónomas para realizar en su Comunidad”.Artículo 17 literal “b”: “Administrar y velar por el buen uso de los recursos técnicos,financieros y de otra índole que obtenga el Consejo Comunitario de Desarrollo, porcuenta propia o asignación de la Corporación Municipal, para la ejecución deprogramas y proyectos de desarrollo de la comunidad;” Acuerdo Gubernativo Número 461-2002 Reglamento de la Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural:Artículo 65: “Responsabilidad del Órgano de Coordinación. Para efectos de loseñalado en el último párrafo del artículo 16 de la lay, las comunidades legalmenteconstituidas en Consejos Comunitarios, representadas por el órgano decoordinación podrán llevar a cabo la ejecución de obras y proyectos de lacomunidad, debiendo coordinar, evaluar y auditar el proyecto u obras;”

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Decreto Número 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala, LeyGeneral de Descentralización:Artículo 2. Concepto de Descentralización. Se entiende por descentralización elproceso mediante el cual se transfiere desde el Organismo Ejecutivo a lasmunicipalidades y demás instituciones del Estado, y a las comunidades organizadas legalmente, con participación de las municipalidades, el poder dedecisión, la titularidad de la competencia, las funciones, los recursos definanciamiento para la aplicación de las políticas municipales y locales en el marcode las más amplia participación de los ciudadanos en la administración pública,priorización y ejecución de obras, organización y prestación de servicios públicos,así como el ejercicio y control social sobre la gestión gubernamental y el uso delos recursos del Estado.Artículo 17. Participación de la Población. La participación ciudadana es elproceso por medio del cual una comunidad organizada, con fines económicos,sociales o culturales, participa en la planificación, ejecución, y control integral delas gestiones del gobierno nacional, departamental y municipal para facilitar elproceso de descentralización.”Artículo 18. De las Organizaciones Comunitarias. Las organizaciones comunitariasreconocidas conforme a la Ley, de igual manera podrán participar en la realizaciónde obras, programas y servicios públicos de su comunidad,…” Decreto 33-2011 del Congreso de la República de Guatemala, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, Artículo 43. Acuerdo No. CONADUR 001-2013, de fecha ocho de febrero de dos mil trece. Decreto Número 106, Código Civil.Artículo 1517. Hay contrato cuando dos o más personas convienen en crear,modificar o extinguir una obligación.Artículo 1518. Los contratos se perfeccionan por el simple consentimiento de laspartes…”Es importante, considerar que a partir de que El Consejo Comunitario deDesarrollo de la Aldea Santa Ana del municipio de La antigua Guatemala, actuaracomo Unidad Ejecutora, se cumplió con lo establecido en la Ley de Contratacionesdel Estado, su Reglamento y la normativa de Guatecompras, así como que a lapresente fecha, la ejecución del proyecto se encuentra en un cien por ciento,convirtiéndose en el único proyecto del municipio de la Antigua Guatemala que hasido concluido, pues durante los años 2012, 2013, 2014 y 2015 la Municipalidadde la Antigua Guatemala, como Unidad ejecutora de los proyectos del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Sacatepéquez, no ha sido capaz de concluirninguno de los proyectos incluidos en los listados geográficos de los referidosaños…” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque si los comentarios y documentación de respaldo

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presentados por la responsable, se basan en varias normas legales, el conveniotambién tiene el carácter legal que le corresponde y sus cláusulas de la mismamanera, por tanto, la cláusula décima quinta, último párrafo, que expresa que porningún motivo se podrá suscribir un convenio ampliatorio cuyo objeto sea elcambio de unidad responsable de la ejecución o modalidad de ejecución, debióprevalecer. Además, la responsable entre sus comentarios, señala el artículo 1518del Código Civil, en cuanto a que los contratos se perfeccionan por el simpleconsentimiento de las partes, y en ninguna de sus pruebas de respaldo, evidenciaque se comunicó a la Municipalidad de Antigua Guatemala, sobre la intensión decambiar unidad ejecutora. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE TERESA DE JESUS CHOCOYO CHILE 45,606.80Total Q. 45,606.80

Hallazgo No. 2 Incumplimiento en la recepción de obras CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, la Municipalidad de Pastores y laMunicipalidad de Jocotenango, suscribieron los Contratos Interinstitucionales deConfinanciamiento siguientes: Contrato No. 33-2013, con fecha 2 de agosto de2013, por la cantidad de Q405,110.67, para la ejecución del proyectoMejoramiento Sistema de Agua Potable, Caserío Segunda Cruz, Pastores,Contrato No.34-2013 de fecha 2 de agosto de 2013, para la realización de la obraMejoramiento Sistema de Aguas Pluviales Las Lolitas Zona 4, Jocotenango, por lacantidad de Q1,182,184.60; en las diligencias de recepción de las obras, enrepresentación del Consejo Departamental de Desarrollo comparece el DirectorEjecutivo, que se evidencia con las actas suscritas para el efecto, identificadas conlos números 02-2014 de fecha 22 de enero de 2014 y 14-2013 de fecha 30 dediciembre de 2013, la obra relacionada con esta última acta, recibió pago en elaño 2014. La participación del Director Ejecutivo, no es congruente con lasestipulaciones de los contratos de cofinanciamiento suscritos. CriterioLos Contratos de Confinanciamiento números 33-2013 y 34-2013, cláusulanovena, numeral 7, último párrafo establece: “…dicha Comisión Receptora y

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Liquidadora será integrada por el Supervisor de Obras del Consejo Departamentalde Desarrollo de Sacatepéquez, el Representante de la Unidad Ejecutora y elRepresentante del Contratista y tendrá como finalidad determinar que el proyectoha sido concluido conforme lo estándares de calidad y funcionamiento y se hayaefectuado de acuerdo con las especificaciones pactadas en el presente contrato,lo cual será verificado por el Supervisor de Obras del Consejo Departamental deDesarrollo de Sacatepéquez, en quien el Presidente del Consejo delega dicharesponsabilidad...” CausaEl Director Ejecutivo, no veló por el cumplimiento de las especificaciones delcontrato de confinanciamiento, relacionado con la conformación de la comisión derecepción de obras. EfectoRiesgo, que al no participar el especialista, no se califique que las obras seejecuten de conformidad con los planos, especificaciones técnicas y no llenen lasexpectativas de calidad requerida, en perjuicio de la población que demanda esteservicio. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, a efecto que en losprocesos de recepción de obras, en representación del Consejo Departamental yde acuerdo al contenido de la cláusula específica de cada convenio, se nombrepor escrito a un Ingeniero Supervisor de obras . Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 23 de abril de 2015, El Director Ejecutivo, Hugo LeonelVásquez Sánchez, manifiesta “…En ningún momento se quiso pasar por encimade lo establecido en la ley, el ingeniero supervisor de esos proyectos por razonespersonales abandono el país renunciando a su cargo con fecha 26 de diciembredel año 2013, por lo que como máxima autoridad Administrativa me constituí adichas obras para verificar los trabajos como lo he hecho en las otras obras que sehan realizado, totalmente de acuerdo con ustedes que sin el acompañamiento deun especialista seria solo usando el sentido común pero con el acompañamientodel supervisor de la unidad ejecutora y quien es la mayor interesada en que laobra quede de conformidad con las especificaciones pactadas no podía haberproblema alguno. El nuevo supervisor vino hasta marzo 2014 por lo que los pagos se realizaronhasta tener la opinión del nuevo supervisor y adherido a lo estipulado en el artículo57 de la Ley de Contrataciones del Estado (90 días a partir de la recepción podráhacerse la liquidación).

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Siendo mi responsabilidad velar por el cumplimiento de las especificaciones delcontrato de cualquier obra y no solo mandar al supervisor me constituyonormalmente con los supervisores a la recepción de obras y darme cuenta por símismo que las mismas finalizaron de la mejor forma posible no quiero tenerproblemas dentro de algunos años por deficiencias en construcción de lasmismas…” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque como lo indica el responsable, sí participa en larecepción de obras, pero constituyéndose normalmente con los supervisores, paradarse cuenta que las obras finalizaron de la mejor forma posible. Para la recepciónde las obras señaladas, no existió quien verificara, como profesional en la materia,los estándares de calidad y funcionamiento, como lo establece la cláusula novena,numeral siete de dichos convenios. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HUGO LEONEL VASQUEZ SANCHEZ 21,022.00Total Q. 21,022.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar sucumplimiento e implementación por parte de los responsables del Consejo

Sacatepéquez Departamental de Desarrollo , estableciéndose que ocho fueronatendidas, una en proceso. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 TERESA DE JESUS CHOCOYO CHILE PRESIDENTE 01/01/2014 - 28/05/20142 OTTO EFRAIN GAMBOA DE LEON REGIL PRESIDENTE 30/05/2014 - 20/11/20143 MARIO RENE AZURDIA FERNANDEZ PRESIDENTE 21/11/2014 - 31/12/20144 HUGO LEONEL VASQUEZ SANCHEZ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20145 KARLA GABRIELA CHIVICHON GARCIA JEFE FINANCIERO ADMINISTRATIVO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE CHIMALTENANGO

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) y 224 al 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son:

a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos.

b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento.

c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables.

d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de pre inversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales de

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Control Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0276-2014 de fecha 29 de juliode 2014 y DAG-0315-2014 de fecha 05 de agosto de 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno yla revisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldopresentada por los funcionarios y empleados del Consejo Departamental deDesarrollo, por el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de2014; con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias delMinisterio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Conveniosy/o Contratos de Cofinanciamiento, mediante la aplicación de pruebasselectivas; específicamente las responsabilidades del Consejo establecidas en losmismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, asícomo, expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversiónpública que se encontraron en proceso y los terminados al 31 de diciembre de2014; se evaluó una muestra de los proyectos de arrastre ejecutados por lasmunicipalidades, excepto el cumplimiento de leyes por parte de las mismas, comounidades ejecutoras, sobre obras correspondientes al ejercicio 2012 al 2014, quede conformidad al Memorandum-SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad deGasto Público, estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente.

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Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de2013, de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Direcciónde Infraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-012-2014, de fecha21 de octubre de 2014, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto ala misma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos en trescuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, de las cualesdos se encuentran debidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 dediciembre de 2014, según reportes de la administración, refleja la cantidad deQ9,817,467.70 de los cuales corresponden a la ejecución presupuestaria delejercicio fiscal 2014 la cantidad de Q7,832,398.21 y por reprogramación lacantidad de Q1,055,093.93, de ejercicios anteriores Q926,159.95, por manejo decuenta del Banco de Guatemala la cantidad de Q3.00 y Q3,812.61que corresponde a intereses del mes de diciembre de 2014. De acuerdo a procedimientos de auditoría se revisaron las conciliacionesbancarias, las cuales se elaboraron en forma correcta. Según reporte R00801345.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q17,055,519.23 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente, se verificó que al mes de febrero de 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas trasladó la cantidad de Q4,861,245.23, según Comprobante Único deRegistro, CUR, número 9178 de fecha 11 de febrero de 2015 y al mes de abril de2015 la cantidad de Q12,194,274.00, según Comprobante Único de Registro,CUR, número 9282 de fecha 30 de abril de 2015, que corresponde a saldospendientes del año 2014, para que le dé seguimiento la nueva Comisión deAuditoría. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucionalpor parte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia

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según resolucion No. 001-2014, por un monto de Q9,000.00, que fueron liquidadosal 31 de diciembre de 2014, ejecutando en el transcurso del período la cantidad deQ58,585.80. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta conInversiones Financieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones aCargo del Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes definanciamiento 21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q35,104,907.32, de loscuales corresponden Q24,488,654.96 a proyectos 2014 y Q10,616,252.36, aproyectos reprogramados del año 2013, y de la fuente 29 Otros Recursos delTesoro con afectación especifica, por Q1,574,610.66; totalizando la cantidad deQ36,679,517.98. Según reporte R00801345.rpt, CUR 10282 de fecha 11 de febrero 2014, generadopor el sistema SICOIN se acreditó a cuenta del Consejo Departamental deDesarrollo de Chimaltenango la cantidad de Q25,027,310.00, correspondiente a lasolicitud de desembolso No. 241-2013, de fecha 26 de diciembre de 2013. Así mismo, se recibió la cantidad de Q58,585.80, a través de Ingresos NoTributarios que fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaríade Coordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contó con recursos de años anteriores, por la cantidadde Q5,462,475.23 más Q0.01 que corresponde a reintegros deunidades ejecutoras. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a travésde Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidadde Q69,201,106.00, de los cuales se realizaron modificaciones presupuestariaspor la cantidad de Q198,862.00 para un presupuesto vigente por la cantidad deQ69,399,968.00. Trasladándose en el ejercicio fiscal 2014, para proyectos deInversión Pública de obras 2014, la cantidad de Q18,968,465.46. Asimismo, se

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trasladó la cantidad de Q9,561,158.43 que corresponde a obras reprogramadasdel año 2013. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores duranteel ejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: 2010 porQ128,000.00, 2012 por Q53,674.81, 2013 por Q3,818,812.00; y Q178,016.40,trasladados a la cuenta Gobierno de la República - Fondo Común, para un totalejecutado de Q4,178,503.21. En el año 2014 se recibieron fondos que corresponden al ejercicio de año 2013,por la cantidad de Q25,027,310.00, de los cuales se trasladó a municipalidades lacantidad de Q24,647,524.03. El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar de Q15,664,930.79,que corresponde a las fuentes de financiamiento 29 la cantidad de Q61,349.34, y21 la cantidad de Q15,603,581.45. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q58,585.80, a través del FondoRotativo de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidente -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó durante el ejercicio fiscal 2014, lacantidad de 136 proyectos de inversión por un valor de Q59,516,113.69distribuidos en infraestructura física, 42 finalizados, 89 en proceso; 1 sin iniciarse;3 sin convenio; 1 finalizado en equipamiento y capacitación, los cuales estánsiendo ejecutados a través de Municipalidades. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014el cual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que cuenta con 133 convenios,

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los cuales ascienden a la cantidad de Q57,920,043.55, los cuales fueron suscritoscon las Municipalidades para obras 2014, quedando 3 proyectos pendientes desuscribir por la cantidad de Q1,596,070.14, dando un total de Q59,516,113.69. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió conveniosde Préstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema deContabilidad Integrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lorealiza a través de hojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administradorde fondos, quien suscribe contratos de cofinanciamiento para la ejecuciónde programas y proyectos de infraestructura con las Municipalidadesdel departamento y Consejos Comunitarios de Desarrollo, como unidadesejecutoras, por lo tanto no utiliza el Sistema de Información de Contrataciones yAdquisiciones del Estado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo si cumplió con los registros de avancefísico y financiero en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorMaynor Gabriel Mejía PopolPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de ChimaltenangoSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Chimaltenango por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiente operatoria de caja fiscalDocumentación incompleta en expediente del proyectoAdendum suscrito con deficienciasOperaciones bancarias no registradas contablementeConvenios suscritos con deficienciasDocumentación de soporte deficienteFalta de seguimiento a información de avance físico y financiero

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. MIGUEL ANGEL MEJIA XILOJ

Auditor Independiente

Lic. HUGO ROLANDO IXCARAGUA COTOM

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 186 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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FECHA FOLIOCAJAFISCAL

MOVIMIENTOY MES

N o .DOCUMENTOde SOPORTE /No. CHEQUE

MONTO COMENTARIO

26/05/2014 978743 EGRESOSMAYO

Q61,400.00 No se anotó el número decheque utilizado.

01/07/2014 978747 EGRESOSJULIO

Cheque: 4514 Q45,429.63 Descripción corresponde aConvenio 34-2014, seanotó 33-2014.

23/09/2014 193805 EGRESOSSEPTIEMBRE

Cheque: 4660 Q40,953.44 Se anotó número Convenio14-2014, el cual no existe.

23/09/2014 193805 EGRESOSSEPTIEMBRE

Cheque: 4661 Q289,385.55 Se anotó número deConvenio 115-2014 el cualcorresponde a otroproyecto, lo correcto es115-2013.

30/11/2014 193809 INGRESOSNOVIEMBRE

Q4,121.84 Capitalización de intereses,cuentas Nos. 3014013924y 3033343180, se anotócomo fecha "31" sinembargo el mes denoviembre contieneúnicamente 30 días.

19/11/2014 193814 EGRESOSNOVIEMBRE

Cheque: 4746 Q119,934.23 Se anotó numero Convenio"33-2014" lo correcto es34-2014.

01/12/2014 193817,193818,193819,193820

EGRESOSD EDICIEMBRE

En los registros de egresosdel mes de diciembre 2014,en ninguno se consignónúmero de forma oficial desoporte, no contieneinformación en lascolumnas 3, 4 y 5 de lasformas 200-A -3 utilizadas.

22/12/2014 193816 INGRESOSDICIEMBRE

Forma 63-A-2:25771

Q3,460,000.00

Se registró como ingresopor concepto de regalías yparticipación de loshidrocarburos, el

Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiente operatoria de caja fiscal CondiciónSe detectaron deficiencias en la operatoria de la caja fiscal forma 200-A-3, en elregistro de los movimientos durante el ejercicio fiscal 2014, en la redaccióncontiene errores, los cuales se describen a continuación:

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movimiento corresponde aingresos provenientes delministerio de finanzas, parala ejecución de obrasFuente 21.

30/12/2014 193816 INGRESOSDICIEMBRE

Forma 63-A-2:25773

Q600,000.00 Se registró como ingresopor concepto de regalías yparticipación de loshidrocarburos, elmovimiento corresponde aingresos provenientes delministerio de finanzas, parala ejecución de obrasFuente 21.

CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 2.2 Organización Interna de las Entidades,establece: “Se establecerán los distintos niveles de supervisión, como unaherramienta gerencial para el seguimiento y control de las operaciones, quepermitan identificar riesgos y tomar decisiones para administrarlos y aumentar laeficiencia y calidad de los procesos.” Norma 5.5 Registro de las OperacionesContables, establece: “Todo registro contable que se realice y la documentaciónde soporte, deben permitir aplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en elproceso de auditoría, y en general el seguimiento y evaluación interna de lacalidad de los registros contables.” CausaInconsistencia en la presentación de los registros, que debilita el control interno. EfectoFalta de confiabilidad de la información para la toma de decisiones. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Jefe Financiero, para que la caja fiscalsea operada correcta y confiablemente. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 078-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Maynor Francisco Semeyá Cujcuy, manifiesta: “HALLAZGOS No. 1DEFICIENTE OPERACIÓN DE CAJA FISCAL. Se realizó los testados y correcciónen las cajas fiscales de los meses de mayo, julio, septiembre, noviembre ydiciembre, según corresponde los hallazgos encontrados.De los egresos de diciembre en donde se menciona que los registros no seconsignó el número de forma oficial de soporte, se imprimieron en las columnas 3,

Contraloría General de Cuentas 188 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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4 y 5 las debidas numeraciones de 7-B utilizadas para el regreso de cada uno delos proyecto.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, ya que en el momento de la revisión, los registros en cajafiscal presentaban deficiencias de redacción. El responsable manifiesta querealizó testados, correcciones y agregó información en la columna 3, en las copiasque constan en sus archivos, pero esto se realizó posteriormente. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 22, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO MAYNOR FRANCISCO SEMEYA CUJCUY 8,438.00Total Q. 8,438.00

Hallazgo No. 2 Documentación incompleta en expediente del proyecto CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo, se estableció que dentro de losexpedientes de obras de arrastre del ejercicio fiscal 2013 que fueron liquidadas enel 2014, no aparece documentación de respaldo, de los contratos siguientes:

No. Contrato Nombre del Proyecto Copia de Documento Noincluida

1 113-2013 Mejoramiento Sistema de Alcantarillado SanitarioSan José Xepatan, Patzún.

Contrato No.29-13 incompleto.Factura de anticipo delConstructor.

2 49-2013 Mejoramiento Colonia Noruega A Colonia elMilagro, Patzún

Factura del anticipo a laconstructora.

3 107-2013 Mejoramiento Calle Sector los Pitos, Patzún. Contrato No.22-2013 incompleto.Cheque de la liquidación de lamunicipalidad.Facturas del anticipo y liquidaciónde la constructora.

4 72-2013 Mejoramiento Escuela Primaria Comunidad ElLlano,Patzún.

Cheque de anticipo del CODEDEa la municipalidad.Facturas del anticipo y pagos a laconstructora.Cheques posteriores al anticipo ala constructora.

5 21-2013 Mejoramiento Escuela Primaria ComunidadPanimaquim, Patzún.

Factura de anticipo delconstructor.

6 99-213 Mejoramiento Calle Sector El Chicharro hacia Facturas.

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Sector El Destierro, Aldea El Socorro,Acatenango.

Se encuentra solo cheque 4717de anticipo de la municipalidad ala constructora.

7 96-2013 Mejoramiento Calle Sector El Capulin, Aldea LaNueva Concepción, Acatenango.

Facturas.Se encuentra solo cheque 4743de pago la municipalidad a laconstructora.

8 04-2013 Mejoramiento Calle Colonia el Amigo, El Tejar. Facturas.Cheques posteriores al anticipo ala constructora acta de inicio deobra.

9 01-2013 Mejoramiento Calle Cuchilla San Miguel, El Tejar. Facturas.Acta de inicio de obra.Cheques posteriores al anticipo ala constructora.

10 05-2013 Mejoramiento Calle Colonia San Antonio, ElTejar.

Factura de anticipo.Cheque de anticipo a laconstructora.Acta de inicio de obra.

11

06-2013Mejoramiento Calle Colonia San Juan de Dios 2,El Tejar.

Factura de anticipo.Cheque de liquidación de lamunicipalidad.

12 89-2013 Construcción Escuela Preprimaria, Aldea Ojo deAgua, San Pedro, Yepocapa.

Cheque de liquidación.Facturas de anticipo y liquidación.

13 85-2013 Mejoramiento Calle Secundarias, Caserío elParaiso, San Pedro Yepocapa.

Facturas de anticipo y primerpago o liquidación.

14 86-2013 Mejoramiento Calle Rural, que conduce de NuevaVictoria a Aldea la Estrellita, San PedroYepocapa.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo ala constructora.

15 84-2013 Mejoramiento Calle Principal, CaseríoBethania,San Pedro Yepocapa.

Cheque de liquidación.Factura de anticipo y liquidación.

16 87-2013 Mejoramiento de calles secundarias, segunda,fase, Aldea Hermógenes Montellano, San PedroYepocapa.

Facturas posteriores al primerpago.Cheques del segundo y tercerpago.

17 04-2013 Mejoramiento de Aguas Pluviales Casco Urbano,Zaragoza.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

18 16-2013 Mejoramiento Calle 5ta. Calle Y 5ta. AvenidaFinal, Frente Al Cementerio General Zona 1,Chimaltenango.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

19 15-2013 Mejoramiento Camino Rural Colonia San RafaelChimaltenango

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

20 80-2013 Mejoramiento Calle Adoquinada Y Ampliación DeRed De Drenaje Sanitario 2da. Avenida FinalZona 3, Chimaltenango

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

21 35-2013 Mejoramiento Calle Adoquinada Entrada a LaColonia Santa Ana, Chimaltenango

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

22 07-2013 Mejoramiento Calle Texabim, Chimaltenango Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

23 57-2013 Ampliacion Instituto Básico Caserío La Pedrera,Aldea Xejuyu, San Martin Jilotepeque.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

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24 59-2013 Mejoramiento Camino Rural Caserío San AntonioLa Merced, Aldea El Molino, San MartínJilotepeque.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

25 60-2013 Mejoramiento Camino Rural Caserío Chuisac,Aldea Varituc, San Martín Jilotepeque.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

26 67-2013 Instalación Pozo (S) Mecánico y Equipamiento,Caserío El Sauce, Aldea Xesuj, San MartínJilotepeque.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.Acta de inicio de obra.Copia de bitácora que incluyaregistros.Se incluyó la Certificación deaprobación de estimaciónpresupuestaria No. 1, delproyecto "Ampliación EscuelaPrimaria. Caserío Chiarmira,Aldea Xejuyu, San MartínJilotepeque" no así la quecorresponde al expediente.

27 55-2013 Mejoramiento Camino Rural Caserío LlanoGrande, Aldea Estancia de San Martín, SanMartín Jilotepeque.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

28 79-2013 Ampliación Escuela Primaria Caserío Chiarmira,Aldea Xejuyu, San Martín Jilotepeque.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

29 006-2013 Ampliación Tanque de MamposteriaComunidades Chiraxaj, Choantonio y Chiquex,Santa Apolonia.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.Resolución de liquidación de laobra.

30 004-2013 Ampliación Escuela Primaria Aldea Chipata,Santa Apolonia.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.

31 112-2013 Ampliación Escuela Primaria Aldea ZaculeuTecpán Guatemala.

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.Acta de inicio de obra.

32 108-2013 Mejoramiento Calle Aldea Cruz de SantiagoTecpán Guatemala

Facturas.Cheques posteriores al anticipo alconstructor.Acta de inicio de obra.

Asimismo, en los expedientes de obras en ejecución para el ejercicio fiscal 2014,existe la misma deficiencia en los convenios siguientes:

No. Convenio Nombre del Proyecto Copia de Documento Noincluida

01-2014 Mejoramiento Calle Rural, que Conduce deNueva Victoria a La Estrellita, San PedroYepocapa.

Facturas

02-2014 Mejoramiento Calle Principal, Aldea Santa MariaSicaja, San Pedro Yepocapa.

Acta de Inicio del Proyecto.Facturas.

36-2014 Mejoramiento Calle 3era Calle Final Entre 6ta y7ma Avenida Zona 2, Zaragoza.

Facturas.

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102-2014 Mejoramiento Calle Adoquinamiento, Muro deContención Y Rejilla, Primera Fase, Sector LosJiatz, Caserío Chuixilon, Santa Cruz Balanya.

Acta de Inicio del Proyecto.

96-2014 Mejoramiento Camino Rural Aldea Xepanil, SantaApolonia.

Bitácora autorizada.

92-2014 Mejoramiento Camino Rural Aldea Chuaparal I,Santa Apolonia.

Acta de Inicio del Proyecto.

81-2014 Mejoramiento Camino Rural Caserío Cruz Nueva,Aldea Estancia de La Virgen, San MartinJilotepeque.

Facturas.

05-2014 Mejoramiento Calle Caserío Xequechelaj, AldeaSaquitacaj, San Jose Poaquil.

Acta de Inicio del Proyecto.

63-2014 Mejoramiento Calle Sector Tanque Zona 3 CascoUrbano, San Jose Poaquil.

Derecho de paso.

20-2014 Mejoramiento Calle Tercera Calle y QuintaAvenida, Zona 1, Casco Urbano, San JoséPoaquil.

Derecho de paso.

113-2014Ampliación Escuela Primaria Aldea UniónVictoria, San Miguel Pochuta.

Contrato entre Unidad Ejecutora yContratista (incompleto).

114-2014 Mejoramiento Escuela Primaria Aldea SantoDomingo, El Tejar.

Actas proceso de Licitación.

10-2014 Mejoramiento Calle 8a. Avenida B Colonia LosPinos 2, El Tejar.

Acta de Inicio del Proyecto.Bitácora autorizada.Aprobación del contrato porautoridad superior.Apertura de cuenta escrituralcertificada.Facturas.

CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece:"Toda operación que realicen las entidades públicas, cualesquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que larespalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales administrativos, deregistro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis." Norma 1.11 Archivos,establece: “Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública,emitir, con base en las regulaciones legales respectivas, las políticasadministrativas para que en todas las unidades administrativas de la organización,creen y mantengan archivos ordenados en forma lógica, definiendo su contenido,de manera que sea fácil localizar la información. La documentación de respaldo delas operaciones financieras y administrativas que realice la entidad, deberá estararchivada en las unidades establecidas por los órganos rectores, siguiendo unorden lógico, de fácil acceso y consulta, de tal manera que facilite la rendición decuentas…”

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CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Financiero, no requirieron a las unidades ejecutoras,previo al traslado de fondos, la documentación completa que respalda cadaproceso financiero, limitando así la adecuada conformación de los expedientes. EfectoLa falta de documentos en los expedientes de proyectos, dificulta el acceso,consulta, análisis y comprobación del correcto proceso en el traslado de fondos,del Consejo Departamental de Desarrollo hacia las unidades ejecutoras y éstas alas empresas contratistas. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero, aefecto que requieran de las unidades ejecutoras la documentación necesaria,previo a realizar los procesos financieros de traslado de fondos, lo que conllevaráa que los expedientes contengan evidencia del cumplimiento de las operacionesadministrativas y financieras. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz; manifiesta: “HALLAZGO No. 2DOCUMENTOS INCOMPLETA EN EL EXPEDIENTE DE PROYECTOS. Enrelación a dicho hallazgo..." A excepción de las facturas de anticipo las cuales no fueron presentadas por lasmunicipalidades, bajo el argumento de que según el decreto 57-92 LEY DECONTRATACIONES DEL ESTADO en su artículo 58. Y articulo 66 así como en elartículo 34 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Ya que segúnestos se establece que el pago de anticipo puede ser entregado tomándose comorequisito de soporte la respectiva fianza de anticipo.” En oficio No. 078-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Maynor Francisco Semeyá Cujcuy, manifiesta: “HALLAZGO No. 2DOCUMENTOS INCOMPLETA EN EL EXPEDIENTE DE PROYECTOS. Enrelación a dicho hallazgo..." A excepción de las facturas de anticipo las cuales no fueron presentadas por lasmunicipalidades, bajo el argumento de que según el decreto 57-92 LEY DECONTRATACIONES DEL ESTADO en su artículo 58. Y articulo 66 así como en elartículo 34 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Ya que segúnestos se establece que el pago de anticipo puede ser entregado tomándose comorequisito de soporte la respectiva fianza de anticipo.”

Contraloría General de Cuentas 193 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para los responsables, porque los comentarios ypresentación de documentos evidencian la falta de control interno, al no contar conla documentación completa que respalda cada proceso financiero, en cada uno delos expedientes, al momento de la revisión. La falta de presentación de facturaspor concepto de anticipo, en ningún momento está mencionada en a Ley deContrataciones del Estado, Decreto 57-92, artículos 58 y 66; o en el Reglamentode la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo número 1056-92artículo 34, ya que estos artículos indican la forma de garantizar el anticipo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 22, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00JEFE FINANCIERO MAYNOR FRANCISCO SEMEYA CUJCUY 8,438.00Total Q. 22,288.00

Hallazgo No. 3 Adendum suscrito con deficiencias CondiciónEn Contratos Interinstitucionales de Cofinanciamiento, se identificaron lassiguientes deficiencias: 1) Contrato número 112-2013, suscrito entre el ConsejoDepartamental de Desarrollo de Chimaltenango y la Municipalidad del Municipiode Tecpán Guatemala, Departamento de Chimaltenango, para la ejecución delproyecto denominado “AMPLIACIO ESCUELA PRIMARIA ALDEA ZACULEUTECPAN GUATEMALA”, por un valor de Q437,788.53, se determinó que dichoproyecto fue objeto de cambios en los renglones de trabajo, por lo cual sesuscribió Adendum con fecha 20 de enero de 2014, en la cláusula TERCERA,inciso a) se lee: "…del contrato 108-2013…" por lo que carecería de efecto legaltoda vez que se refiere a un número distinto del contrato que se está ampliando; 2)Contrato número 119-213, suscrito entre el Consejo Departamental de Desarrollode Chimaltenango y la Municipalidad del Municipio de Tecpán Guatemala,Departamento de Chimaltenango, para la ejecución del proyecto denominado“MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLE TANQUE LA GIRALDA YCRUZ DE EL CERRO KM.101, TECPAN GUATEMALA”, por un valor deQ1,269,623.33, se determinó que dicho proyecto fue objeto de cambios en losrenglones de trabajo, por lo cual se suscribió Adendum No. 119-2013, con fecha10 de enero de 2014, presentando los siguientes errores en los datos generales, “PARA LA REALIZACION DEL PROYECTO MEJORAMIENTO SISTEMA DE

Contraloría General de Cuentas 194 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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AGUA POTABLE TANQUE LA GIRALDA Y CRUZ DEL CERRO KM. 101,TECPAN GUATEMALA” lo cual no coincide con el número que identifica elcontrato original, 119-213 y no identifica literalmente el proyecto“MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLE TANQUE LA GIRALDA YCRUZ DE EL CERRO KM. 101, TECPAN GUATEMALA”; 3) Ambos Adendum sedenominaron (Título) “ADDENDUM AL CONVENIO DE COFINANCIAMIENTO(CAMBIO DE RENGLONES DE TRABAJO)”, sin embargo los instrumentos legalesoriginales tienen la naturaleza de “CONTRATOS INTERINSTITUCIONALES DECOFINANCIAMIENTO”. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.2 Estructura de Control Interno, establece:"Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar eimplantar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambienteóptimo de trabajo para alcanzar los objetivos institucionales. Una efectivaestructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a)controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controlesde detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles delegalidad; y, h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del procesoadministrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa yoperativa..." CausaEl Presidente y Director Ejecutivo no verificaron el contenido de los adendum. EfectoRiesgo que el contenido de los adendum suscritos, no pueda ser ejecutado comocorresponde, además no se puede exigir algún incumplimiento por la vía legal. RecomendaciónEl Presidente y Director Ejecutivo, deben velar porque los instrumentos jurídicossuscritos, sean cotejados y verificados, antes de su firma correspondiente, con elfin de garantizar el cumplimiento del perfil de los proyectos y la finalidad de losmismos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz, manifiesta: “HALLAZGO No. 3 ADENDUMSUSCRITO CON DEFICIENCIAS. Se procedió a testar las palabras y letrasincorrectas y escribir las correctas por lo que los ADDENDUM retoman su valorlegal…”

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En Nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el señor Rogelio Guillermo LamGonzález, quien fungió como Presidente del Consejo Departamental de Desarrollode Chimaltenango, durante el periodo comprendido del 01/01/2014 al 17/06/2014,manifiesta: “HALLAZGO No. 3 ADENDUM SUSCRITO CON DEFICIENCIAS. Seprocedió a testar las palabras y letras incorrectas y escribir las correctas por lo quelos ADDENDUM retoman su valor legal…” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para los responsables, porque los comentarios y larealización del testado de documentos no solventa la deficiencia en el control ygestión de riesgo legal, pues no se establecieron controles oportunos paraminimizarlo, persistiendo un posible riesgo que desde enero de 2014 se hayanentregado certificaciones de los adendum en donde no constan las actuaciones decorrección, que los responsables manifiestan haber realizado, para que cadaadendum retome su valor legal. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 26, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE ROGELIO GUILLERMO LAM GONZALEZ 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00Total Q. 59,456.80

Hallazgo No. 4 Operaciones bancarias no registradas contablemente CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo, se determinó que los movimientos dela cuenta bancaria de depósitos monetarios No. 01-037-025363-6 del BancoCrédito Hipotecario Nacional, no fueron registrados en las cajas fiscales, asimismo, no existe libro de bancos, como un auxiliar, autorizado por laContraloría General de Cuentas. Al 31 de diciembre de 2014, el saldo fue de ceroy se consideró razonable. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 5.5, Registro de las Operaciones Contables,establece: “…Todo registro contable que se realice y la documentación de soporte,deben permitir aplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso de

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auditoría, y en general el seguimiento y evaluación interna de la calidad de losregistros contables.” CausaEl Jefe Financiero no registró los movimientos de la cuenta en la caja fiscal y nogestionó los trámites para la autorización del libro correspondiente. EfectoNo se cuenta con información financiera oportuna y confiable para la toma dedecisiones, por medio de la caja fiscal o del libro de bancos respectivo. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Jefe Financiero, para que registre losmovimientos de la cuenta bancaria en la caja fiscal e inicie las gestiones deautorización del libro de bancos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 078-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Maynor Francisco Semeyá Cujcuy, manifiesta: “HALLAZGO No. 4OPERACIONES BANCARIAS NO REGISTRADAS CONTABLEMENTE En estetema nos respaldamos por los recursos limitados y restringidos que nos indicó laSCEP y con oficio presidencial del presidente, Del cual tenemos respaldo donde,nos hacen saber que los recursos para suministros y materiales quedan de unamanera suspendidos. Por lo tanto el consejo departamental de desarrollo quedo limitado en ejecutargasto para papelería para hacer constar los movimientos de esta cuenta bancaria. No así se hace constar con documentación como; estados de cuentasactualizadas por el banco, depósitos hechos a CHN, y oficios reportados afinanzas sobre los depósitos de los intereses. Demostrando una limpia ejecución de los lineamientos, de depositar los intenses acuentas de fondo común.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque los comentarios y los medios de pruebapresentados no se relacionan con la condición y no impide que las operaciones seregistren contablemente en la caja fiscal. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría General

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de Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO MAYNOR FRANCISCO SEMEYA CUJCUY 8,438.00Total Q. 8,438.00

Hallazgo No. 5 Convenios suscritos con deficiencias CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, para la ejecución de obras de inversióndel ejercicio fiscal 2014, suscribió convenios y adendum con las unidadesejecutoras, en hojas movibles de papel bond simple que carecen de numeraciónimpresa (folio) y de autorización por parte de la Contraloría General de Cuentas. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.7, Control y Uso de FormulariosNumerados, establece: “Cada ente público debe aplicar procedimientos internos oregulados por los entes rectores de los sistemas para el control y uso deformularios numerados, independientemente del medio que se utilice para suproducción, sea por imprenta o por medios informáticos. Todo diseño de formularios debe ser autorizado previamente por los respectivosentes rectores de los sistemas. Los procedimientos de control y uso de los formularios autorizados para sustentartoda operación financiera o administrativa deben contener, cuando sea aplicable,la referencia al número de copias, al destino de cada una de ellas y las firmas deautorización necesarias…” CausaEl Director Ejecutivo, no ha velado porque la suscripción de convenios y adenduminterinstitucionales, se realice en hojas movibles foliadas, autorizadas por elórgano competente. EfectoNo se cuenta con convenios y/o adendum, que cumplan la normativa indicada. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que observe las

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normativas señaladas a efecto de llevar un control correlativo de los convenios yadendum suscritos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz, manifiesta: “HALLAZGO No. 5 CONVENIOSSUSCRITOS CON DEFICIENCIAS En relación a dicho hallazgo hacemos de suconocimiento que desde la fecha dos de mayo de 2,014 este ConsejoDepartamental de Desarrollo no cuenta con los recursos económicos necesariospara realizar gastos de funcionamiento tales como compra de hojas membretadasde la institución, gastos de autorización de libros y hojas móviles por parte de laContraloría General de Cuentas. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque los comentarios del responsable no sonsuficientes y competentes derivado que las limitaciones de recursos financierospara gastos de funcionamiento, no es motivo para no cumplir con las normativasde control interno. Asimismo, en las pruebas presentadas, el Oficio CircularDirección Financiera –UDAF– 01-2014, de fecha 16 de enero de 2014, dirigido alos 22 Consejos Departamentales de Desarrollo y otros, emitido por la DirecciónAdministrativa Financiera, de la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de laPresidencia, numeral 14, inciso a., recomienda abstenerse de erogacionesconsideradas no prioritarias, superfluas o innecesarias, según Oficio Circularnúmero 001 Normas de control y contención del Gasto Público para el PrimerCuatrimestre 2014. Por tanto, se considera que enviar a imprimir hojasmembretadas y luego gestionar autorizarlas por el ente fiscalizador, para asuntosoficiales, es prioritario. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00Total Q. 13,850.00

Hallazgo No. 6 Documentación de soporte deficiente CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo, en los documentos de respaldo de las

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cajas fiscales de egresos, se determinó que, según muestra seleccionada, lasConstancias de Pago de proyectos, para la emisión de cheques, se realizaron enhojas de papel bond simple sin el logo del Consejo de Departamental deDesarrollo y sin número, sin embargo, no cuentan, con la firma y sello de lapersona que da la autorización de la orden de desembolso al DepartamentoFinanciero, en los contratos siguientes:

Contrato Descripción ChequeNo.

Fecha Valor (Q.)

66-2013 MEJORAMIENTO SALON COLONIA NORUEGAPATZUN

4519 01/07/2014 84,000.00

72-2013 MEJORAMIENTO ESCUELA PRIMARIA COMUNIDAD EL LLANO PATZUN

4370 14/03/2014 280,000.00

107-2013 MEJORAMIENTO CALLE SECTOR LOS PITOSPATZUN

4421 06/03/2014 60,000.00

113-2013 MEJORAMIENTO SISTEMA DE ALCANTARILLADOSANITARIO SAN JOSE XEPATAN PATZUN

4382 17/03/2014 320,000.00

84-2013 MEJORAMIENTO CALLE PRINCIPAL, CASERIOBETHANIA. SAN PEDRO YEPOCAPA

4415 02/05/2014 380,000.00

86-2013 MEJORAMIENTO CALLE RURAL, QUE CONDUCEDE NUEVA VICTORIA A ALDEA LA ESTRELLITA,SAN PEDRO YEPOCAPA

4414 02/03/2014 548,000.00

124-2013 MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUAS PLUVIALESCASCO URBANO, ZARAGOZA.

4427 12/05/2014 320,000.00

05-2013 MEJORAMIENTO CALLE COLONIA SAN ANTONIO,EL TEJAR.

4342 05/03/2014 195,897.60

78-2013 AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADOSANITARIO ENTRADA COLONIA EL AMIGO, ELTEJAR.

4341 05/03/2014 186,240.00

TOTAL 2,374,137.60

CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.6 Tipos de controles, establece: "Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros…" la Norma 2.4 Autorización y registro deoperaciones, establece: "Cada entidad pública debe establecer por escrito, losprocedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia sonaplicables a todos los niveles de organización, independientemente de que lasoperaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal forma que cadaservidor público cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo." LaNorma 2.6 Documentos de Respaldo, establece: “Toda operación que realicen lasentidades públicas, cualesquiera sea su naturaleza, debe contar con ladocumentación necesaria y suficiente que la respalde. La documentación derespaldo promueve la transparencia y debe demostrar que se ha cumplido con losrequisitos legales, administrativos, de registro y control de la entidad; por tanto

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contendrá la información adecuada, por cualquier medio que se produzca, paraidentificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operación para facilitar suanálisis.” CausaEl Director Ejecutivo, no firma de manera uniforme, todas las constancias de pagopara el otorgamiento de los recursos. EfectoEmisión de cheques para pagos de proyectos sin el respaldo de autoridadcorrespondiente. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, a efecto se fortalezcael control en la autorización de emisión de cheques para pagos de proyectos,como mínimo: la firma, sello, hoja membretada, como número correlativo. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz, manifiesta: “HALLAZGO No. 6DOCUMENTACION DE SOPORTE DEFICIENTE. Mi persona como DirectorEjecutivo no tengo la firma registrada en los bancos, por lo tanto no estoyautorizado para firmar cheques de pago a los proyectos.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el comentario del responsable no tiene relacióncon lo indicado en la condición del hallazgo, debido a que en ningún momento semenciona la firma de cheques. Además, no manifiesta las razones por las cualeslas Constancias de Pago de proyectos, se realizaron en una hoja de papel bondsimple, sin el logotipo del Consejo de Departamental de Desarrollo, sin número,sin la firma y sello de él, como la persona responsable que da la autorización de laorden de desembolso. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00Total Q. 13,850.00

Espacios luego de Acciones Legales

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Hallazgo No. 7 Falta de seguimiento a información de avance físico y financiero CondiciónEn la fuente 21, Ingresos Tributarios IVA Paz y fuente 29, Otros Recursos delTesoro con Afectación Específica, se verificó que el Consejo Departamental deDesarrollo, durante el ejercicio fiscal 2014, registró en el Sistema Nacional deInversión Pública, -SNIP- información del avance físico y financiero de las obras, elcual refleja diferencias al 31 de diciembre de 2014, en las cantidades porcentualesde 16 proyectos, con relación a los cuadros analíticos de obras emitidos por laUnidad Financiera del Consejo, al 31 de diciembre de 2014, los cuales sedescriben a continuación:

No.SNIP

No.CONTRATO/CONVENIO

NOMBRE DEL PROYECTO SNIP CUADROS ANALÍTICOS

% AVANCEFINANCIERO

% AVANCEFISICO

% AVANCEFINANCIERO

% AVANCEFISICO

130203 103-2013 CONSTRUCCION PUENTEVEHICULAR BARRIOPAXOT, COMALAPA

20.00 62.00 90.00 92.00

121455 128-2013 MEJORAMIENTO ESCUELAPRIMARIA ALDEA VILLA DEGUADALUPE, SAN MIGUELPOCHUTA

92.00 95.00 100.00 100.00

135064 121-2013 CONSTRUCCION MUROPERIMETRAL PLANTA DETRATAMIENTO DE AGUASRESIDUALES, SAN MIGUELPOCHUTA

52.00 90.00 100.00 100.00

110450 130-2013 CONSTRUCCION SISTEMADE ALCANTARILLADOSANITARIO SEGUNDAFASE, SECTOR LASCRUCES, ZONAS 1 Y 4,PATZICÍA

20.00 0.00 40.00 85.00

137363 108-2014 AMPLIACION CALLECALLEJONES DE LACOLONIA SAN RAFAELCHIMALTENANGO

0.00 100.00 20.00 0.00

135351 96-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL ALDEA XEPANIL,SANTA APOLONIA

19.00 61.00 20.00 20.00

135420 124-2014 AMPLIACION SISTEMA DEAGUAS PLUVIALESTERCERA CALLE ZONA 3CABECERA MUNICIPAL,SANTA APOLONIA

0.00 0.00 20.00 20.00

118768 118-2014 MEJORAMIENTO CALLEENTRADA PRINCIPALALDEA PANIMAQUIN, SANANDRES ITZAPA

19.00 100.00 20.00 0.00

126492 87-2014 MEJORAMIENTO CALLEENTRADA PRINCIPALALDEA LOS CORRALES SANANDRES ITZAPA

62.00 100.00 64.00 49.74

135790 115-2014 MEJORAMIENTO CALLEENTRADA PRINCIPAL

19.00 100.00 20.00 0.00

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ALDEA HIERBA BUENA SANANDRES ITZAPA

135791 88-2014 MEJORAMIENTO CALLEFRENTE A IGLESIABETHESDA ALDEA SANJOSE CALDERAS SANANDRES ITZAPA

62.00 100.00 64.00 75.00

135796 86-2014 MEJORAMIENTO CALLESEGUNDA FASE SALIDA APARRAMOS ALDEA SANJOSE CAJAGUALTEN SANANDRES ITZAPA

62.00 100.00 64.00 75.04

135798 85-2014 MEJORAMIENTO CALLESALIDA ALDEA XEPARQUIYSAN ANDRES ITZAPA

62.00 100.00 64.00 70.00

135793 116/2014 MEJORAMIENTO EDIFICIOSALON COMUNAL ALDEACHICAZANGA SAN ANDRESITZAPA

19.00 100.00 20.00 0.00

135960 38-2014 MEJORAMIENTO CALLE1ERA AVENIDA A ZONA 3,ZARAGOZA

72.00 100.00 72.00 90.65

135963 34-2014 MEJORAMIENTO CALLE3ERA CALLE FINAL ZONA 4,ZARAGOZA

20.00 100.00 73.00 86.92

CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control, norma 1.6 Tipos de Controles, establece: "Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros. En el Marco Conceptual de Control InternoGubernamental, se establecen los distintos tipos de control interno que se refierea: Control Interno Administrativo y Control Interno Financiero, y dentro de estos, elcontrol previo, concurrente y posterior." CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Financiero no efectúan la comparación de losporcentajes, del avance físico y financiero de las obras que se registran en elSistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-, con lo que se reporta en loscuadros analíticos de la Unidad Financiera. EfectoNo se garantiza que la información registrada en el módulo de seguimientodel Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- y los cuadros analíticos seanconfiables. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero, paraque verifiquen que la información del avance físico y financiero de las obras, que

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se registra en el módulo de seguimiento del Sistema Nacional de InversiónPública, sea la misma que indican los cuadros analíticos de la Unidad Financieradel Consejo Departamental de Desarrollo. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz, manifiesta: “HALLAZGO No. 7 FALTA DESEGUIMIENTO A INFORMACION DE AVANCE FISICO Y FINANCIERO. Serealizó la actualización de Avances físicos y financieros en el Sistema Nacional deInversión.” Sin comentarios del Jefe Financiero, Ingeniero Maynor Francisco Semeyá Cujcuy. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para los responsables, porque, si bien, el comentario delDirector Ejecutivo indica que ya se actualizaron, se considera que esto se realizópor los resultados de esta auditoría, cuando lo razonable es que debe seroportuna. Asimismo, no presentó los medios de prueba que confirmaran dichaactualización. El Jefe Financiero, Ingeniero Maynor Francisco Semeyá Cujcuy, nopresentó comentarios ni pruebas de descargo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00JEFE FINANCIERO MAYNOR FRANCISCO SEMEYA CUJCUY 8,438.00Total Q. 22,288.00

1. 2.

3.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorMaynor Gabriel Mejía PopolPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de ChimaltenangoSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo deChimaltenango al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación erróneade importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Incumplimiento a cláusulas del ContratoCopia de contratos enviados extemporáneamente a la Contraloría Generalde CuentasCuentas monetarias utilizadas sin autorización

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. MIGUEL ANGEL MEJIA XILOJ

Auditor Independiente

Lic. HUGO ROLANDO IXCARAGUA COTOM

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Incumplimiento a cláusulas del Contrato CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, no veló porque se observara la cláusulade los contratos respectivos, en la ejecución de obras por las municipalidades,debido a que en las actas de recepción y liquidación de los proyectos terminadosen el año 2014 no incluyeron un representante del Consejo Comunitario, siendolos contratos de los proyectos siguientes: No. 16-2013 Mejoramiento Calle 5ta.Calle y 5ta Avenida final, frente al Cementerio General Zona 1, Chimaltenango,35-2013 Mejoramiento Calle Adoquinada entrada a la Colonia Santa Ana,Chimaltenango, 93-2013 Mejoramiento Calle Aldea Paraxaj, Comalapa, No.102-2013 Mejoramiento Calle 3ra. Calle A Zona 3 Barrio Xechocon, Comalapa,No. 110-2013 Construcción Instituto Tecnológico por Cooperativa Fase I, TecpánGuatemala, No. 72-2013 Mejoramiento Escuela Primaria Comunidad El Llano,Patzun, No. 18-2013 Mejoramiento Calle Comunidad Chuchuca Alto, Patzun, No.84-2013 Mejoramiento Calle Principal, Caserío Bethania, San Pedro Yepocapa,No. 85-2013 Mejoramiento Calle Secundarias, Caserío El Paraíso, San PedroYepocapa, No. 111-2013 Ampliación Sistema de Alcantarillado Sanitario yMejoramiento Calle, Cantón San Lorenzo, San Andrés Itzapa, No. 77-2013Mejoramiento Calle Salida A Parramos Aldea San José Cajagualten, San AndrésItzapa, No. 92-2013 Mejoramiento Calle 1a. Calle final Zona 4, Parramos, No.65-2013Mejoramiento Calle 2a. Calle final Zona 1, Parramos, No. 124-2013Mejoramiento Sistema de Aguas Pluviales Casco Urbano, Zaragoza, No. 01-2013Mejoramiento Calle Cuchilla San Miguel, El Tejar, No. 06-2013 Mejoramiento CalleColonia San Juan De Dios 2, El Tejar. CriterioLos Contratos Interinstitucionales de Cofinanciamiento para la ejecución deproyectos u obras, del Consejo Departamental de Desarrollo de Chimaltenango,Clausula Décima, Responsabilidades de las partes, establece: “A)Responsabilidades de “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL” a) Velar por elcumplimiento de las leyes y reglamentos relacionados con la materia… y C)RESPONSABIIDADES DEL “EL CONSEJO COMUNITARIO”. Sonresponsabilidades de El CONSEJO COMUNITARIO”, además de cumplir con las

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leyes y reglamentos respectivos…f) Participar en la recepción y liquidación delproyecto u obra, nombrando para el efecto a un representante para integrar laComisión Receptora y Liquidadora.” CausaEl Director Ejecutivo no verificó que un representante de los ConsejosComunitarios, participará en la recepción de los proyectos terminados y liquidados. EfectoRiesgo que la obra no tenga la aceptación y conformidad del Consejo Comunitariocomo beneficiario directo. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, a efecto de confirmarla participación de los Consejos Comunitarios de Desarrollo, en la recepción de losproyectos terminados. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz, manifiesta: “HALLAZGO No. 1INCUMPLIMIENTO A CLÁUSULAS DEL CONTRATO. En relación a dichohallazgo nos permitimos hacer de su conocimiento que este ConsejoDepartamental de Desarrollo si velo por que se observara la cláusula de loscontratos respectivos en la cual se establece la responsabilidad de El ConsejoComunitario en la recepción y liquidación de los proyectos u obras, ya que elcontenido de dicha cláusula y de todo el Contrato es leído por todas las partes antes de firmarlo, por lo cual son conocedoras de todas sus responsabilidades yefectos legales, sin embargo cabe recordar que al momento en que cadamunicipalidad constituida como unidad ejecutora recepciona la obra a la empresaconstructora El Consejo Departamental de Desarrollo no tiene participación niredacta el acta, es posteriormente cuando las municipalidades constituidas comounidades ejecutoras informa a El Consejo Departamental de Desarrollo de lafinalización de la obra y este lleva a cabo el proceso de recepción hacia La UnidadEjecutora, por lo tanto quien debe incluir a El Consejo Comunitario dentro delproceso de recepción y liquidación es son Las Municipalidades constituidas comoUnidades Ejecutoras, parte del proceso que si no lo llevan a cabo es pornegligencia no porque este Consejo Departamental de Desarrollo no se los hagaver.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque la responsabilidad del Director Ejecutivo no selimita a dar lectura a las cláusulas a la partes firmantes del contrato, así mismo es

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responsabilidad del Consejo velar por el cumplimiento de lo establecido en elcontrato interinstitucional de cofinanciamiento, para que en coordinación con lasUnidades Ejecutoras y Consejos Comunitarios se recepcionen los proyectos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00Total Q. 13,850.00

Hallazgo No. 2 Copia de contratos enviados extemporáneamente a la Contraloría General deCuentas CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, envió extemporáneamente copia de losconvenios suscritos con las Unidades Ejecutoras, a la Contraloría General deCuentas mediante oficio No. 033/2015/CODEDE/elmr de fecha 25 de febrero de2014, siendo los siguientes: No. 124-2014 de fecha 02/12/2014 y No. 125-2014 defecha 19/12/2014 de la fuente 21; No. 01-2014 de fecha 02/10/2014, No. 02-2014de fecha 10/11/2014, No. 03-2013 de fecha 28/11/2014, No. 04-2014 de fecha28/11/2014, No. 05-2014 de fecha 01/12/2014, No. 06-2014 de fecha 04/12/2014 yNo. 07-2014 de fecha 04/12/2014 de la fuente 29. CriterioLos Convenios Interinstitucionales de cofinanciamiento para la ejecución de Obrasy/o proyectos, del Consejo Departamental de Desarrollo de Chimaltenango,Clausula Décima Primera, Responsabilidades de las partes, establece: “A)Responsabilidades de “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”…j) Remitir copia deeste Contrato dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su suscripción, ala Unidad de Registro de Contratos de la Contraloría General de Cuentas.” CausaEl Director Ejecutivo envió fuera del tiempo establecido legalmente, copia de loscontratos al órgano rector. EfectoLimitaciones de fiscalización por parte de la Contraloría General de Cuentas, al norecibir oportunamente los contratos suscritos por el Consejo Departamental de

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Desarrollo. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, a efecto de cumplir loque establecen los preceptos legales. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 076-2015/CODEDE/elmr de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Byron Gustavo Mux Sotz, manifiesta: “HALLAZGO No.3 COPIA DECONVENIOS (CONTRATOS) ENVIADOS EXTEMPORÁNEAMENTE A LACONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS. En lo referente al envió de losconvenios no contratos, a la Contraloría General de Cuentas, se percató en unmomento prudencial, que algunos convenios contenían errores mecanográficos yse determinó que dichos convenios fueran corregidos, por lo hubo necesidad depoder conseguir firmas de cocodes y sellos lo cual sobre paso el tiempo en laentrega de los mismos. Consideramos que siendo solamente 9 convenios faltantesde entrega a la Contraloría decidimos poder completar los mismos y hacer unasola entrega. El consejo Departamental de Desarrollo de Chimaltenango, realizo la entrega deTODOS los CONVENIOS del Ejercicio Fiscal 2014 no quedando ninguno sinentregar.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el responsable en sus comentarios indica que sepercató de errores mecanográficos dentro de los convenios, mismos que debíancorregirse. Sin embargo, no es concebible, que de acuerdo al contrato másantiguo de fecha 10/11/2014, hayán transcurrido más de 90 días para darsecuenta de errores mecanográficos o más de 60 días respecto de la fecha delconvenio más reciente 19/12/2014, con lo cuál se quiera justificar la presentaciónextemporánea ante el ente fiscalizador. El convenio No. 03-2013 de fecha28/11/2014 se excluye de la condición por que el número correlativo nocorresponde al año 2014. Este hallazgo fue notificado con el número 3 ycorresponde en el presente informe el número 2. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO BYRON GUSTAVO MUX SOTZ 13,850.00Total Q. 13,850.00

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Hallazgo No. 3 Cuentas monetarias utilizadas sin autorización CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo, se determinó la apertura, sinautorización del Banco de Guatemala, de la cuenta bancaria No. 01-037-025363-6con nombre Codede Chimaltenango Fondo Común, en el Banco CHN CréditoHipotecario Nacional. Al 31 de diciembre de 2014 su saldo fue cero y se considerórazonable. CriterioEl Decreto número 101-97 y sus reformas, del Congreso de la República deGuatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 24 Falta de aprobación delpresupuesto y el Decreto número 30-2012 del Congreso de la República deGuatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado parael Ejercicio Fiscal 2013, vigente para el Ejercicio Fiscal 2014, artículo 35,establece: "Constitución y manejo de cuentas de depósitos monetarios en losbancos del sistema. Para constituir cuentas de depósitos monetarios en losbancos del sistema, con recursos provenientes del Presupuesto General deIngresos y Egresos del Estado, las Entidades Públicas, además de lo establecidoen el artículo 55 del Decreto Número 16-2002 del Congreso de la República deGuatemala, Ley Orgánica del Banco de Guatemala y la Resolución de la JuntaMonetaria Número JM-178-2002, bajo su estricta responsabilidad, presentarán alBanco de Guatemala certificación del origen de los recursos." CausaEl Presidente y Jefe Financiero, no realizaron las gestiones de autorización de laapertura de la cuenta en el Banco CHN Crédito Hipotecario Nacional, ante elBanco de Guatemala, según lo establecido en la normativa vigente. EfectoRiesgo que sufran menoscabo los intereses del Estado. RecomendaciónEl Presidente y Jefe Financiero, deben cumplir lo regulado en el Decreto 30-2012. Comentario de los ResponsablesEn oficio No.077-2015/CODEDE/elmr y oficio No.078-2015/CODEDE/elmr defecha 22 de abril de 2015, el Presidente, Maynor Gabriel Mejía Popol, y JefeFinanciero, Maynor Byron Gustavo Mux Sotz, manifiestan: “Hallazgo N0. 4

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1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Cuentas Monetarias Utilizadas Sin Autorización. El Consejo Departamental deDesarrollo se Apertura la Cuenta 01-037-025363-6 con nombre CODEDEChimaltenango Fondo Común, en el Crédito Hipotecario Nacional, fue generada apartir del 27 de Octubre del 2014, por instrucciones generadas del área financierade la Secretaria de la Presidencia, indicándose según el decreto 30-2012 delCongreso de la República de Guatemala, todos los intereses que sean generadosde las dos cuentas , de este CODEDE, la cuenta de inversión # 3-014-01392-4 yla cuenta de Fondo Rotativo # 3-033-34318-0Indicándome que habían dos opciones retirar el dinero de las cuentas de Banruralcon Cheque de Caja y luego ir al BANGUAT, y la segunda la apertura de laCuenta Monetaria en Crédito Hipotecario Nacional, para realizar nuestra depósitode Banrural a esta cuenta y posteriormente al Fondo Común, se Consultó con elLicenciado Arturo Canú del Área Financiera y el nos respondiendo literalmenteindicando que él personalmente se acercó a BANGUAT para saber si los Consejosde Desarrollo necesitaban autorización, para apertura la cuenta de CréditoHipotecario Nacional, y le indicaron que no es necesario pedir autorización cuandose apertura la cuenta bancaria en el CHN para intereses y otros conceptos quesirve para traslado al Fondo Común únicamente. Las cuenta que requieren deautorización del Banco de Guatemala, son las que son destinadas a recibir fondosprovenientes del presupuesto general y atreves de la Tesorería Nacional. Basado en esta respuesta solo se presentó la documentación que nos requirió elBanco que fue lo siguiente

Rtu de Consejo Departamental de DesarrolloActa de Toma de posesión del GobernadorNombramiento del Sr. Gobernador.Nombramiento del Jefe Financiero.Acta de toma de Posesión del Jefe FinancieroCopia del DPI del Sr. Gobernador y el Jefe FinancieroRecibo de Luz del Consejo Departamental de Desarrollo y del Residencia delSr. Gobernador."

Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque los comentarios de los responsables no sonsuficientes, derivado que las respuestas, a las consultas que realizaron a laSecretaría de Coordinación Ejecutiva de la presidencia -SCEP-, no fueron enforma escrita. Las respuestas vertidas por la -SCEP- corresponden a losprocedimientos y disposiciones para el manejo y uso de la cuenta bancaria, asímismo los responsables no presentaron medios de prueba que se relacionen conla autorización de la cuenta por el Banco de Guatemala. Este hallazgo fuenotificado con el número 4 y corresponde en el presente informe el número 3.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE MAYNOR GABRIEL MEJIA POPOL 45,606.80JEFE FINANCIERO MAYNOR FRANCISCO SEMEYA CUJCUY 8,438.00Total Q. 54,044.80

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior,correspondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación, por parte de las personas responsables, estableciéndose quefueron atendidas parcialmente, de las cuales 1 de control interno no fue cumplido yde cumplimiento a leyes, 1 no fue cumplido y 3 fueron atendidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 ROGELIO GUILLERMO LAM GONZALEZ PRESIDENTE 01/01/2014 - 17/06/20142 MAYNOR GABRIEL MEJIA POPOL PRESIDENTE 18/06/2014 - 31/12/20143 BYRON GUSTAVO MUX SOTZ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20144 MAYNOR FRANCISCO SEMEYA CUJCUY JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE EL PROGRESO

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Tiene a su cargo la administración de los recursos financieros que el Estadoasigna a través de Obligaciones del Estado a cargo del Tesoro, específicamente alConsejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura, a través de convenios suscritos conunidades ejecutoras, tales como las Municipalidades, entre otros. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0279-2014 de fecha 29 de juliode 2014.

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3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros, transaccionesadministrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecido en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo de ElProgreso, cubriendo el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembrede 2014; con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferenciasdel Ministerio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras,Convenios y Contratos, mediante la aplicación de pruebas selectivas;específicamente las responsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraban en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; se

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evaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a ejercicios 2012 a 2014; que de conformidad alMEMORANDUM-SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad de Gasto Público,estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que maneja sus recursos en trescuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, se comprobó queestán debidamente aprobadas por el Banco de Guatemala al 31 de diciembre de2014, según reportes de la administración refleja la cantidad de Q3,270,316.21,los cuales corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 lacantidad de Q2,293,943.23; de ejercicios anteriores Q975,468.68 e intereses delmes de diciembre de 2013 por Q1,198.30, menos nota de débito por valor deQ294.00 por pago de comisiones al Banco de Guatemala, se solicitó el reintegrode los mismos al Jefe Financiero, haciendo entrega de la boleta de depósitonúmero 687855 del 20 de enero de 2015, a la cuenta del Banco de GuatemalaNúmero 112793-5. De acuerdo a procedimientos de auditoría se revisaron las conciliacionesbancarias, las cuales se elaboraron en forma razonable. Según reporte R00804768.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q7,343,757.60 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente, se verificó que al 30 de abril del año 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas, trasladó la cantidad de Q5,532,412.60, según Comprobante Único deRegistro número 9142 de fecha 19 de diciembre de 2014, y Q1,811,345.00 segúnComprobante Único de Registro número 9264 de fecha 30 de diciembre de 2014,que corresponde a saldos pendientes del año 2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia según

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Resolución Administrativa y Financiera 001-2014 por un monto de Q9,000.00,mismos que fueron liquidados al 31 de diciembre de 2014, ejecutando en eltranscurso del período la cantidad de Q60,070.78. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo no reportó inversiones financieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro, del Ministerio de Finanzas Públicas, a través deTransferencias de Capital, en las fuentes de financiamiento 21 Ingresos TributariosIVA-PAZ, Q32,483,104.12; fuente 29 Otros Recursos del Tesoro con AfectaciónEspecífica, por Q397,992.82 totalizando la cantidad de Q32,881,096.94. Asimismo, según reporte del SICOIN WEB R00801345.rpt con fecha 06 de febrerode 2014, según Comprobante Único de Registro -CUR- 10275 se acreditó a lacuenta del Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, la cantidad deQ9,809,830.00 que corresponde a la cuota financiera de la fuente 21 del mes dediciembre de 2013. Además, se recibió la cantidad de Q60,070.78, a través de Ingresos No Tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría deCoordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contó con un saldo inicial de años anteriores, por la cantidad deQ544,673.51 más una nota de débito no reintegrada de Q50.00 que hacen un totalde Q544,723.51. Las Unidades Ejecutoras reintegraron la cantidad de Q320,0885.00correspondiente a Proyectos del año 2012 Q.70,000.00 y Proyectos del año 2013Q250,085.00. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, ascendió a lacantidad de Q47,357,546.00, de los cuales se realizaron modificacionespresupuestarias de más por la cantidad de Q51,122.00 para un presupuesto

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vigente de Q47,408,668.00, pagando la cantidad de Q30,104,098.03, de loscuales se trasladaron a Unidades Ejecutoras para el período 2014 la cantidadde Q18,292,604.63 y para reprogramaciones de proyectos 2013 la cantidadde Q11,811,493.40. De la cuota recibida el día 06 de febrero de 2014 de la fuente 21 por la cantidadde Q9,809,830.00, se realizaron pagos por Q188,000.00 de proyectos del año2012 y Q9,621,830.00 proyectos del año 2013. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: Fuente 21 -IngresosTributarios IVA PAZ-, proyectos del año 2010 por Q70,000.00, proyectos del año2012 por Q188,000.00. De la fuente 29 -Fonpetrol- proyectos 2013por Q196,800.00, enviando al fondo común por obras 2013 Q133,185.50. El presupuesto vigente, refleja un saldo por devengar por la cantidadde Q7,183,813.46, que corresponde a la fuente de financiamiento 29 la cantidadde Q15,468.18 y a la fuente de financiamiento 21 Q7,168,345.28, lo cual seconsidera un saldo por devengar. Asimismo se trasladó a la cuenta Gobierno de la República-Fondo Común lacantidad de Q133,185.50, correspondiente a proyectos de arrastre del año 2013. De los ingresos por reprogramación recibidos en el año 2014 por la cantidadde Q12,077,353.40, se efectuaron pagos por proyectos del año 2013 la cantidadde Q11,811,493.40. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q60,070.78 a través del Fondo RotativoInstitucional asignado a través de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de laPresidencia -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente y queestas incidieron en la variación de las metas de los proyectos específicosafectados. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 64 proyectos de inversión del año2014, distribuidos en infraestructura física, 49 terminados, 15 en proceso y 1suspendido, los cuales se encuentran a nivel del departamento de El Progreso;

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por un valor de Q32,028,753.60; los cuales están siendo ejecutados a través deMunicipalidades. Con relación al proyecto de inversión del año 2011 ejecutado a través deOrganizaciones No Gubernamentales con fuente de financiamiento 11, por lacantidad de Q6,500,000.00 se elaboró el hallazgo No. 1 de Cumplimiento deLeyes y Regulaciones Aplicables, denominado Pago Improcedente solicitando através de Informe de Cargos el reintegro del anticipo de Q1,300,000.00 debido aque el proyecto denominado Instalación Sistema de Agua Potable Aldea Sinaca ySan Miguel Conacaste, Sanarate, El progreso refleja un avance financiero del 20%y físico del 0% y las autoridades respectivas no solicitaron el reintegro del mismo,al no iniciar la ejecución del proyecto dentro de los diez días posteriores a larecepción del anticipo como lo indica el convenio respectivo. De la fuente de financiamiento 29 otros Recursos del Tesoro con AfectaciónEspecífica -Fonpetrol-, reportó 2 proyectos, uno que corresponde al año 2013 seencuentra finalizado, el cual fue ejecutado por la Municipalidad por un valor deQ634,978.64, teniendo un saldo final al 31 de diciembre de 2013 de Q79,604.32,durante el año 2014 se trasladó del Ministerio de Finanzas Públicas la cantidad deQ117,195.68 que corresponde al presupuesto 2014, habiendose pagado lacantidad de Q196,800.00; y del año 2014 uno que se encuentra en proceso,trasladando el Ministerio de Finanzas Públicas la cantidad de Q280,797.14 quecorresponde al presupuesto 2014 de los cuales se pagaron Q100,000.00quedando un saldo final al 31 de diciembre de 2014 de Q180,797.14. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras, elaborando las modificacionespresupuestarias las cuales fueron incorporadas oportunamente. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que durante el año 2014,suscribió 64 Convenios Interinstitucionales de Cofinanciamiento para la Ejecuciónde Obras y/o Proyectos, con las diferentes Municipalidades del Departamento, loscuales ascienden a la cantidad de Q32,028,753.60.

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Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo no reportó la recepción de donacionesdurante el ejercicio fiscal auditado. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó manejo de préstamos durante elejercicio fiscal auditado. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de hojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe contratos de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoConsejos Comunitarios de Desarrollo –COCODES- y Municipalidades; por lotanto, no utiliza el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones delEstado -GUATECOMPRAS-. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo incumplió por parte de las autoridades delConsejo al no registrar mensualmente, en el Módulo de Seguimiento Físico yFinanciero de Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), los documentos queconforman cada proyecto tales como: Actas de inicio, Contrato entre laMunicipalidad y la Constructora, Informes, Addendums, Certificaciones,elaborándose para el efecto el Hallazgo de Cumplimiento de Leyes yRegulaciones Aplicables No. 3 denominado Falta de Información en el SistemaNacional de Inversión Pública -SNIP-. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorManuel Gilberto Calderón CatalánPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de El ProgresoSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de El Progreso por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiencias en archivo de documentación

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Licda. MARIA CONSUELO AVALOS LOPEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. CARLOS RENE TEJEDA PATZAN

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencias en archivo de documentación CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, durante el proceso derevisión de expedientes de proyectos, se estableció que los mismos no están debidamente foliados para su control así como deficiencias del contenido de losmismos, como se describe a continuación:

Contrato No. 083-2013. Proyecto Construcción Puente Vehicular, Colonia ElMilagro, Aldea El Rancho, San Agustín Acasaguastlán: a)Fotocopia de laautorización del libro de bitácoras de supervisión por la Contraloría Generalde Cuentas, b)Informes del Supervisor de la Municipalidad, c)Fotocopia delos voucher de cheque y factura de los pagos realizados por la UnidadEjecutora hacia la empresa adjudicada, d)Fotocopia del reintegro por lacantidad de Q128,000.00 que corresponde al anticipo, realizado por laUnidad Ejecutora, hecho que se derivó de la intervención de la Comisión yque fuera realizado con fecha 04 de agosto de 2014, e) Informe de Avancedel Supervisor del Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso.Contrato 084-2013. Proyecto Mejoramiento Centro de Capacitación (SalónComunal) Aldea Agua Caliente, San Antonio la Paz,El Progreso: a)Fotocopia de voucher y recibo de ingresos varios 7-B del financiamiento delConsejo hacia la Unidad Ejecutora, b) Copia de autorización de la bitácorapor parte de la Contraloría General de Cuentas, c) Fotocopia del acta deinicio de la obra, c) Informes del Supervisor de la Municipalidad, d) Pagosrealizados por la Unidad Ejecutora a la empresa adjudicada voucher decheque y factura, e) Informe de Avance del Supervisor del ConsejoDepartamental de Desarrollo de El Progreso.Convenio 021-2014. Proyecto Construcción Muro Perimetral, InstitutoBásico, Aldea Los Cerritos Sansare, El Progreso: a) Pagos realizados por laUnidad Ejecutora a la empresa adjudicada voucher de cheque y factura, b)Copia de autorización de la bitácora por parte de la Contraloría General deCuentas, c) fotocopia del oficio de remisión del contrato suscrito entre laUnidad Ejecutora y la empresa adjudicada a la Contraloría General deCuentas.Convenio 028-2014. Proyecto Construcción Instituto Básico (Telesecundaria)Aldea El Juez, Sansare, El progreso: a)Copia de autorización de la bitácora

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por parte de la Contraloría General de Cuentas, b) Pagos realizados por laUnidad Ejecutora a la empresa adjudicada voucher de cheque y factura.Convenio 007-2014. Proyecto Mejoramiento Calle (Adoquinamiento), Sectorla Tejera, zona 2, Sanarate El Progreso: a) Informe de Avance delSupervisor del Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso.Convenio 008-2014. Proyecto Mejoramiento Calle (ContinuaciónAdoquinamiento), Barrio Bellos Horizontes, Sanarate El Progreso: a) Informede Avance del Supervisor del Consejo Departamental de Desarrollo de ElProgreso.Convenio 001-2014. Proyecto Mejoramiento Calle (Adoquinado) Aldea LlanoLargo, San Antonio La Paz, El Progreso: a) Falta fotocopia de las facturasdel traslados de la Unidad Ejecutora hacia la empresa adjudicada chequesnúmeros 11104 y 11578 de fechas 11 de julio y 14 de agosto de 2014respectivamente.Convenio 011-2014. Mejoramiento Vivienda (Techo y Piso Mínimo) AldeaSinaca, Sanarate, El Progreso: a) Informe de Avance del Supervisor delConsejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, b) Fotocopia del oficiode remisión del contrato suscrito entre la Unidad Ejecutora y la empresaadjudicada a la Contraloría General de Cuentas.Convenio 026-2014. Proyecto Ampliación Sistema de Alcantarillado SanitarioFase III, Aldea Agua Salobrega, Sanarate, El Progreso: a) Informe deAvance del Supervisor del Consejo Departamental de Desarrollo de ElProgreso.Convenio 004-2014. Proyecto Mejoramiento Calle Principal Aldea San FelipeLa Tabla, Sansare, El Progreso:a) Fotocopia de voucher y recibo de ingresosvarios 7-B del financiamiento del Consejo hacia la Unidad Ejecutora, b)Copia de autorización de la bitácora por parte de la Contraloría General deCuentas, c) Pagos realizados por la Unidad Ejecutora a la empresaadjudicada voucher de cheque y factura.Convenio 006-2014. Mejoramiento Calle Principal, Aldea Poza Verde (II fase)Sansare, El Progreso: a) Fotocopia del oficio de remisión del contratosuscrito entre la Unidad Ejecutora y la empresa adjudicada a la ContraloríaGeneral de Cuentas, b) Pagos realizados por la Unidad Ejecutora a laempresa adjudicada voucher de cheque y factura.Convenio 006-2014. Proyecto Mejoramiento Calle Principal, Aldea SantaInés Quebrada Grande, Sansare El Progreso: a) Fotocopia de voucher yrecibo de ingresos varios 7-B del financiamiento del Consejo hacia la UnidadEjecutora, b)Pagos realizados por la Unidad Ejecutora a la empresaadjudicada voucher de cheque y factura, c) Fotocopia del oficio de remisióndel contrato suscrito entre la Unidad Ejecutora y la empresa adjudicada a laContraloría General de Cuentas.Convenio 021-2014. Construcción Muro Perimetral Instituto Básico, AldeaLos Cerritos, Sansare, El Progreso: a) Fotocopia de voucher y recibo de

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ingresos varios 7-B del financiamiento del Consejo hacia la UnidadEjecutora, b) Fotocopia del oficio de remisión del contrato suscrito entre laUnidad Ejecutora y la empresa adjudicada a la Contraloría General deCuentas, c) Pagos realizados por la Unidad Ejecutora a la empresaadjudicada voucher de cheque y factura.Convenio 002-2014. Ampliación Escuela Preprimaria Aldea Santo DomingoLos Ocotes, San Antonio La Paz, El Progreso: a) Fotocopia de factura delanticipo otorgado en cheque número 11300 de fecha 16 de julio de 2014.Convenio 051-2014. Mejoramiento Calle (Pavimento Rígido) Aldea ElChorro, San Antonio La Paz, El Progreso: a) Informe de Avance delSupervisor del Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, b)Fotocopia de voucher y recibo de ingresos varios 7-B del financiamiento delConsejo hacia la Unidad Ejecutora, c) Pagos realizados por la UnidadEjecutora a la empresa adjudicada voucher de cheque y factura.

CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.11 Archivos, indica: “Es responsabilidad dela máxima autoridad de cada entidad pública, emitir, con base en las regulacioneslegales respectivas, las políticas administrativas para que en todas las unidadesadministrativas de la organización, creen y mantengan archivos ordenados enforma lógica, definiendo su contenido, de manera que sea fácil localizar lainformación. La documentación de respaldo de las operaciones financieras yadministrativas que realice la entidad, deberá estar archivada en las unidadesestablecidas por los órganos rectores, siguiendo un orden lógico, de fácil acceso yconsulta, de tal manera que facilite la rendición de cuentas…” CausaFalta de control por parte del Director Ejecutivo y del Jefe Financiero, en laconformación y revisión de los expedientes de proyectos y de la documentacióntanto administrativa como financiera que debe contener como respaldo de dichasoperaciones. EfectoLo anterior provoca que no se cuente con toda la documentación de respaldodocumental que demuestre la secuencia de pagos a unidades ejecutoras y estashacia los constructores, supervisiones y gestiones administrativas. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero, aefecto de que se verifique que todos los expedientes cuenten con ladocumentación suficiente, competente y pertinente que respalde las diferentes

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operaciones tanto administrativas como financieras realizadas en cada proyecto,asimismo es importante que se folien y se maneje un índice de su contenido con elobjeto de evitar que se extraiga o extravíe un documento, así mismo que seordenen en forma lógica para su fácil acceso y revisión. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 24 de abril de 2015, el Licenciado Herson Benjamín de León,quien fungió como Director Ejecutivo, por el período del uno de enero al quince dediciembre de dos mil catorce, manifiesta: "Los documentos faltantes en losexpedientes al momento de la auditoria gubernamental, se encontrabanarchivados en un lugar diferente, razón por la cual no tuvo acceso a ellos en elmomento de la revisión. Con respecto a foliar los expedientes el consejo deberátomar en cuenta este hallazgo para próximas auditorías." En oficio No. Fin 48/2015 de fecha 24 de abril de 2015, el Jefe Financiero, señorJuan José Aguilar Ramírez, manifiesta: "...la papelería faltante en los expedientesproyectos que usted reviso, se encontraban en los archivos de este CODEDE ypor lo tanto fue agregada a sus respectivos expedientes, por ello le adjuntofotocopia de los mismos, de igual manera le informo que en los proyectos SNIP131617 CONSTRUCCION PUENTE VEHICULAR COLONIA EL MILAGRO,ALDEA EL RANHO, SAN AGUSTIN ACASAGUASTLAN, EL PROGRESO YSNIP131928 MEJORAMIENTO CENTRO DE CAPACITACION (SALONCOMUNAL), ALDEA AGUA CALIENTE, SAN ANTONIO LA PAZ, EL PROGRESO,la papelería faltante es debido a que los proyectos no fueron ejecutados, por loque los anticipos fueron reintegrados y por lo tanto dicha papelería no es requeridaen los expedientes, por ello le adjunto copia de los pagos de los anticiposrealizados a la unidad ejecutora y los reintegros de los mismos." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que los comentarios del Director Ejecutivo y JefeFinanciero no lo desvanecen ya que lo aceptan al manifestar que ladocumentación faltante que se encontraba archivada en otro lugar fue agregada asus respectivos expedientes, posteriormente a la intervención de la Comisión deAuditoría; con respecto a los dos proyectos que no fueron ejecutados y losanticipos fueron reintegrados, la fotocopia de las boletas de reintegro realizada porla Unidad Ejecutora correspondiente, así como la documentación de soporte delas razones por las cuales se está realizando la devolución, deben formar parteintegrante del mismo. Asimismo, aceptan que los expedientes no se encuentrandebidamente foliados cuando indican que se tomará en cuenta para próximasauditorías.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HERSON BENJAMIN DE LEON ORTIZ 19,639.32JEFE FINANCIERO JUAN JOSE AGUILAR MORALES 11,650.00Total Q. 31,289.32

1. 2. 3. 4. 5.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorManuel Gilberto Calderón CatalánPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de El ProgresoSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de ElProgreso al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea deimportancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Pago improcedenteFalta de Adendum de Ampliación del tiempo contractualFalta de información en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-Conformación incompleta de expedientesProyectos de arrastre sin seguimiento oportuno

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Licda. MARIA CONSUELO AVALOS LOPEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. CARLOS RENE TEJEDA PATZAN

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Pago improcedente CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, se estableció que laobra con No. De Convenio 200-097-2011 denominada Instalación Sistema deAgua Potable Aldea Sinaca y San Miguel Conacaste, Sanarate, El Progreso, convalor del Proyecto de Q6,500,000.00 se otorgó con fecha 29 de diciembre de2011, según cheque número 1654, un anticipo del 20% por la cantidad deQ1,300,000.00, a la Organización No Gubernamental denominada Organizaciónde Fomento y Desarrollo Integral Rural –OFDIRGUA-, el cual muestra un avancefinanciero del 20% y físico del 0%, sin que las autoridades correspondientes lesolicitaran el reintegro del mismo, al no iniciar la ejecución del proyecto dentro delos diez días posteriores a la recepción del anticipo, como lo indica el conveniorespectivo. CriterioLos convenios de ejecución de obras y transferencia financiera del aporte a losConsejos Departamentales de Desarrollo, suscritos entre el ConsejoDepartamental de Desarrollo y la Unidad Responsable de la Ejecución, en lacláusula Novena “Responsabilidades de El Consejo Departamental de Desarrollo”,indican: “Son responsabilidades de a) El Consejo Departamental de Desarrollo”,además de cumplir y velar por las leyes y reglamentos respectivos: …6)Suspender o cancelar y exigir el reintegro del monto del anticipo y losdesembolsos otorgados a “LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN”, enbase a lo siguiente: a) Si dentro del plazo de dos (2) días hábiles, contados a partirde la aprobación y firma del contrato entre la “UNIDAD RESPONSABLE DE LAEJECUCIÓN” y la Empresa Constructora y que ya se hubiese entregado elanticipo b) si no inicia el proyecto dentro del plazo de diez (10) días hábilescontados a partir de la aprobación y firma del contrato entre la “UNIDADRESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN” y la Empresa Constructora y que ya sehubiese entregado el anticipo;…” CausaEl Presidente del Consejo por los períodos 2011 y 2012, incumplió con sus

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obligaciones al no requerir el reintegro de los recursos otorgados por no iniciarseel proyecto u obra del dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de laaprobación del convenio y la Organización no Gubernamental por no haberiniciado la ejecución del proyecto en el tiempo establecido. EfectoPago improcedente del 20% de anticipo a la Organización No GubernamentalOFDIRGUA, quien no inicio la ejecución del proyecto, lo que ocasiona detrimentodel patrimonio del Estado. RecomendaciónEl Presidente del Consejo, debe velar por el cumplimiento estricto de loestablecido en la cláusula Novena que indica dentro de las Responsabilidades deEl Consejo Departamental de Desarrollo que se debe requerir el reintegro de losrecursos otorgados al no iniciarse el proyecto u obra dentro del plazo de diez (10)días contados a partir de la aprobación del convenio y ya se hubiere entregado elprimer desembolso y la Organización no Gubernamental, debe cumplir con laejecución de los mismos de conformidad con lo establecido en el conveniorespectivo. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 16 de abril de 2015, el Licenciado Carlos (S.O.N.) PantaleónAsencio, quien fungió como Presidente del Consejo Departamental de Desarrollode El Progreso,  por el período del ocho de julio de dos mil once al trece de febrerode dos mil doce, manifiesta: "Fungí como Gobernador Departamental y Presidentedel Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE) del departamento de ElProgreso del período comprendido del ocho de julio del año  dos mil  once al trecede febrero del año dos mil doce. En el período anteriormente relacionado ante la Gerencia de los Consejos deDesarrollo Departamental de El Progreso, se realizó el trámite para la ejecución deun Proyecto denominado “Instalación Sistema de Agua Potable Aldea Sinaca ySan Miguel Conacaste, Sanarate, El Progreso” con un valor de seis millonesquinientos mil quetzales (Q6,500.000.00) Identificado con el número200-097-2011. A la Organización No Gubernamental denominada: ORGANIZACIÓN DEFOMENTO Y DESARROLLO INTEGRAL RURAL (OFDIRGUA) con fechaveintinueve de diciembre del año dos mil once, se le giró el cheque número un milseiscientos cincuenta y cuatro (1654) por un monto de: UN MILLONTRESCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q1,300,000.00), correspondiente alanticipo del veinte por ciento (20%) sobre el valor del mencionado Proyecto.

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Hago del conocimiento de esta honorable Comisión que NO EXISTERESPONSABILIDAD de mi parte a título personal ni en la calidad de Presidentedel Consejo de Desarrollo Departamental (CODEDE) del departamento de ElProgreso, en el período comprendido entre el ocho de julio del año  dos mil  onceal trece de febrero del año dos mil doce, período en el cual fue girado el chequenúmero  un mil seiscientos cincuenta y cuatro  (1654) por un monto de: UNMILLON TRESCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q1,300,000.00)  a  favorde la Organización No Gubernamental denominada: ORGANIZACIÓN DEFOMENTO  Y DESARROLLO INTEGRAL RURAL (OFDIRGUA), por lassiguientes razones:  a) La ley  de la materia en mi calidad de Presidente delConsejo de Desarrollo Departamental (CODEDE) del departamento de ElProgreso no  me obliga a  levantar actas de inicio de los trabajos de un proyectodeterminado  y  b)  Según información vertida por el Ingeniero JAIME LUIS LAJGONZALEZ (Presidente y Representante Legal de la ORGANIZACIÓN DEFOMENTO  Y DESARROLLO INTEGRAL RURAL (OFDIRGUA), al momento desuscribir el convenio entre EL CODEDE, del Departamento de El Progreso,manifestó  que los trabajos los iniciarían inmediatamente, ya que incluso estabanatrasados y que solo estaban esperando el anticipo que se les entregó para iniciarlos trabajos." En Nota s/n de fecha 16 de abril de 2015, el Ingeniero Jaime Luis Laj González,quien fungió como ONG OFDIRGUA, Presidente y Representante Legal de     porel período del uno de diciembre de dos mil once al doce de febrero de dos mildoce, manifiesta: "Justificación a los cambios del diseño original. Previo a iniciar la construcción de los trabajos en el proyecto hicimos una revisiónen conjunto con el Ingeniero Jaime Luís Laj González, quien actúa comoPresidente y Representante Legal de la Organización de Fomento y DesarrolloIntegral Rural de Guatemala (OFDIRGUA). Durante la revisión coincidimos enhacer la observación que el lugar escogido para construir el sistema de captaciónera muy expuesto a la crecidas del río y que fácilmente podía ser obstruido o en elpeor de los casos destruido y que durante la época de invierno sería casiimposible darle mantenimiento. Tomando en cuenta lo anterior se llegó a laconclusión que el área indicada era un área ubicada aguas arriba, que estabaprotegida naturalmente por un manto rocoso que impediría que ninguna crecidagolpeara directamente el tanque de captación. Por tal motivo procedimos acambiar el lugar de captación.  También se llegó a la conclusión que debido a lascrecidas de los ríos  de los años anteriores y por no darle mantenimiento el áreade descarga se había estrechado demasiado, generando mucho riesgo por elincremento en la presión del río en esa área. Para cambiar esa condición, seprocederá a dragar el río, ampliando las márgenes para aumentar el área dedescarga. Se construirán bordas a ambos lados del río, así como se definirá elcauce del río.

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Esto también nos llevó a modificar la ubicación de la línea de conducción decaptación hacia donde se ubicaría la fosa de succión, también ubicaremos undesarenador al inicio de la conducción.  Se diseño lo que son dientes y muroslaterales de concreto ciclópeo  rio arriba y rio abajo a la captación, ayudaran a queno socave la borda por las crecidas del río lo que podría dañar los terrenosvecinos. Se diseñó el piso del río con concreto ciclópeo reforzado con muros ydientes transversales de concreto ciclópeo río arriba y río abajo las cualesayudaran a evitar el socavamiento de la base del piso; así evitar socavamiento yevitar daños a la captación. Se modifico la ubicación de la fosa de succión de los planos  originales, a unadistancia y altura prudente, esto ayudara que las crecidas del rio al subir de nivelno llegue hasta la ubicación de la fosa, evitando daños tanto funcionales comoestructurales, se bombeará el agua con dos bombas hasta el sistema de filtración,las cuales serán alimentadas  por medio de una caseta de mando la que se diseñoa un costado de la fosa, con su respectivo poste de transformadores y tableros demandos. También nos llevo a modificar de los planos originales la ubicación de la tubería deconducción con sus respectivas válvulas, de la fosa de succión hasta donde seubicara el proceso de filtración; serán construidas en la parte, cerca de donde seconstruirá el tanque de distribución. El sistema de pre filtración se construirá  enforma lineal adaptado a la topografía del lugar, nos ayudara a mejorar el flujo deagua hasta llegar al tanque de filtros lentos.  Cada proceso tendrá una línea dedesfogue que conducirá a pilas de desfogue. Los filtros lentos será el últimoproceso de filtración para dirigirla al clorinador. Se acordó contratar los serviciosde un Ingeniero Estructural para revisar el cálculo estructural de los tanques quefuncionarán como filtros lentos para asegurarnos que estructuralmente seráadecuado para el almacenamiento y tratamiento del agua. Se diseño la caseta de clorinación a un costado de los tanques de filtros lentospara disminuir la distancia y así la captación de agua y el proceso de tratamientosean los adecuados, para luego conducirla a los dos tanques de distribución unoque irá dirigida a la aldea Sinaca y a la aldea El Conacaste.  El tanque dedistribución tendrá dos compartimentos uno para distribuir a la aldea Sinaca y elotro para distribuir a la aldea San Miguel Conacaste. Dicho tanque estará ubicadoen el área diseñada originalmente. Por problemas de presupuesto no se podráconcluir la distribución a la aldea Conacaste. Quedando pendiente. El Ingeniero Laj González manifiesta estar totalmente de acuerdo en modificar eldiseño original con la condición que se enmarque dentro del presupuesto yaestablecido.

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Siendo la 17:00 horas del día 4 de enero del año dos mil doce firmamos lapresente como aprobación a los cambios antes mencionados. Julio Antonio ElíasEstrada Gerente General y Rep. Legal, Constructora Imesa, S.A., Ing. Jaime LuisLaj González, Representante Legal OFDIRGUA." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Licenciado Carlos (S.O.N.) Pantaleón Asencio envirtud que las pruebas aportadas como lo es el Acta Notarial de DeclaraciónJurada, no lo desvanece ya que dentro de las funciones de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo Urbano y Rural, se indica que deben darseguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos dedesarrollo del departamento, verificando y evaluando su cumplimiento y, cuandosea oportuno proponer medidas correctivas a las entidades responsables, por loque es responsabilidad del Consejo Departamental de Desarrollo a través delPresidente del mismo, asegurar que el proyecto se realice en el tiempo conformeel cronograma de ejecución; así como también cumplir con lo establecido en elConvenio respectivo en el sentido de suspender o cancelar y exigir el reintegro delmonto del anticipo y los desembolsos otorgados a la Unidad Ejecutora y esta a suvez a la Empresa Constructora, al no iniciar el proyecto dentro del plazo de diezdías hábiles contados a partir de la aprobación y firma del contrato situación queen el presente proyecto se estableció ya que el avance físico reportado en elcuadro de integración de proyectos se reporta en cero. Asimismo, se confirma para el Ingeniero Jaime Luis Laj González, en virtud quelas pruebas que aporta como lo son los planos iniciales y finales del proyecto,justificación a los cambios del diseño y original, cronograma de inversión delanticipo y liquidación del mismo, no lo desvanecen, en virtud que no presenta elacta de inicio de trabajos dentro de los diez días contados a partir de la aprobacióny firma del contrato, bitácoras de supervisión debidamente autorizadas por laContraloría General de Cuentas, acta de recepción y liquidación del proyecto porla entidad correspondiente, evidencia de la justificación presentada ante elConsejo Departamental de Desarrollo de El Progreso de las causas por las cualesno se dio inicio la ejecución del trabajo de conformidad con lo establecido en elConvenio respectivo, así como las gestiones pertinentes para que se aprobara ensesión del Consejo la ampliación al mismo mediante adenda, con lo cual nodemuestra que el proyecto efectivamente fue ejecutado. Acciones Legales y AdministrativasInforme de cargos confirmados, de conformidad con Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas, Decreto No. 31-2002, articulo 4 inciso f) yAcuerdo Gubernativo No. 318-2003, Reglamento a la Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas, articulo 53, para:

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Cargo Nombre Valor en QuetzalesRESPONSABILIDAD MANCOMUNADA 1,300,000.00PRESIDENTE DEL CODEDE CARLOS (S.O.N.) PANTALEON ASENCIOPRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL OFDIRGUA ONG JAIME LUIS LAJ GONZALEZTotal Q. 1,300,000.00

Hallazgo No. 2 Falta de Adendum de Ampliación del tiempo contractual CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, en muestra seleccionadadel año 2010, en la revisión de expedientes e informes proporcionados en cuadrosde integración de proyectos de arrastre, refleja la existencia de las obras Númerode Convenio 200-060-2010 Mejoramiento Calle (De la Familia Vargas a FamiliaRuiz Vargas) Aldea Lo de China, El Jícaro, El Progreso y 200-046-2010Mejoramiento Calle (Principal) Aldea Espíritu Santo, El Jícaro, El Progreso, conestado actual de "Proceso", avance físico de 85%, avance financiero del 50%, sinsaldo inicial, sin reprogramar pero con un recorte de Q79,750.00 y Q180,670.00respectivamente, sin contar con el addendum por ampliación de tiempo deejecución, y se encuentran con el plazo vencido al 31 de diciembre de 2013,siendo la Municipalidad la Unidad Ejecutora de las obras en mención. CriterioLos Convenios de Ejecución de Obras y Transferencia Financiera del aporte a losConsejos Departamentales de Desarrollo 200-046-2010 y 200-060-2010 suscritosentre el Presidente del Consejo Departamental y la Unidad Responsable deEjecución, cláusula novena Responsabilidades de El Consejo Departamental deDesarrollo, establece: …“4) Asegurar que el proyecto se realice en tiempo,conforme al cronograma de ejecución aprobado…”. Asimismo la cláusula Décimonovena Ampliaciones y Modificaciones del Convenio, establece: “Este Conveniopodrá ser modificado únicamente a través de un documento de similar naturalezajurídica, por las causas determinadas en la Ley o por acuerdo entre las partes.Con relación al plazo pactado, mediante un convenio de ampliación (adenda),siempre y cuando ocurra cualquiera de las siguientes causales: 1) Por casofortuito o fuerza mayor debidamente justificado y comprobado, hechos naturales,antropogénicos o disposiciones legales que afecten el desarrollo de la ejecucióndel proyecto; 2) Por la ejecución de nuevos trabajos en el proyecto. En ningúncaso se concederá prórroga del plazo convenido, si el retraso en el proyecto sedebe a circunstancias que reflejen imprudencia, negligencia o incapacidad…” CausaEl Presidente del Consejo, no veló porque los convenios a su cargo contaran con

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el documento legal de ampliación y a que las Unidades Ejecutoras realizaran conla correspondiente nota los trámites de solicitud de ampliación del plazo. EfectoInversión de recursos en proyectos que no alcanzan el objetivo primordial debeneficio y desarrollo de los vecinos de las comunidades favorecidas al no serfinalizados. RecomendaciónEl Presidente del Consejo, debe velar, para que se cumpla conforme a loestablecido en las cláusulas de los convenios suscritos, y que se le déseguimiento a los proyectos que se encuentran en estado actual en proceso, de talmanera que si corresponde realizar la adenda correspondiente se proceda deinmediato y si existiera otro tipo de causal que impida el desarrollo del mismo seproceda conforme lo establecen el instrumento legal suscrito, evitando mantenerobras de arrastre con antigüedad mayor a un año. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 24 de abril de 2015, el señor Rigoberto Antonio SalazarGarcía, quien fungió como Presidente, por el período del uno de enero al dos deoctubre de dos mil catorce, manifiesta: "Desconocemos las causas por las cualeslas autoridades que ejercían en el 2011 no reprogramaron las mismas. En el año2012 empieza nuestra administración y estos proyectos no se agregan a lasreprogramaciones realizadas en ese año debido a que el decreto Ley 33-2011 noslistaba los proyectos a ejecutar, la misma ley establecía el proceso para llevar acabo una reprogramación indicando que necesitábamos que desde la comunidadse desistiera de un proyecto listado en el mismo para poder tener recursosfinancieros disponibles para asignárselos a los proyectos en mención, ningunacomunidad ha querido desistir de sus proyectos para pagar obras de arrastre deperíodos anteriores al 2011. De tal virtud no podemos violentar el ordenamientojurídico en cuanto al proceso que la ley establece para la reprogramación, ya quela misma no es una decisión unilateral de la máxima autoridad del ConsejoDepartamental de Desarrollo sino por el contrario un proceso de verdadero poderdescentralizado en el sistema de Consejos de Desarrollo. Con respecto a la falta de addendum expongo que según el artículo 51 de la leyde compras y contrataciones es a solicitud del contratista que se dará una

prorroga contractual, razón por la cual no existe addendum ya que tanto elcontratista como la unidad ejecutora no han realizado hasta este día una solicitudde prórroga que extienda el plazo más allá del vencimiento actual." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que dentro de la documentación de descargo

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presentada por el Presidente, no se evidencia la negativa de reprogramar losproyectos señalados por parte del Consejo Comunitario de Desarrollo y ConsejoMunicipal de Desarrollo involucrados que conlleva la solicitud de ampliación delplazo contractual, así como tampoco se presenta el acta de la sesión del Consejode Desarrollo donde se consigna esta negativa. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE RIGOBERTO ANTONIO SALAZAR GARCIA 45,606.80Total Q. 45,606.80

Hallazgo No. 3 Falta de información en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, se encuentran enestatus de ejecución 101 proyectos de convenios suscritos con las diferentesMunicipalidades del departamento, de los cuales 64 corresponden al período del01 de enero a 31 de diciembre de 2014, 36 proyectos del año 2013 y 1 proyectodel año 2012, mismos que fueron reprogramados y financiados con recursosprovenientes de la Fuente 21, Ingresos Tributarias IVA-PAZ; estableciéndose queexistió incumplimiento por parte de las autoridades de dicho Consejo, al noregistrar en el Módulo de seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Públicalos documentos que conforman cada proyecto tales como: Actas de Inicio,Contrato entre Municipalidad y Constructora, Informes, Addendums,Certificaciones. CriterioEl Decreto número 30-2012 del Congreso de la República de Guatemala, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscaldos mil catorce, artículo 53, establece: “…Los Consejos Departamentales deDesarrollo serán responsables de…b) Los siguientes desembolsos se efectuaránconforme al avance físico de la obra registrada en el Sistema Nacional deInversión Pública, por la unidad técnica del Consejo Departamental de Desarrollorespectivo…”. Artículo 57. Información del Sistema Nacional de Inversión Pública einformes de calidad del gasto y rendición de cuentas, establece: “La Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia pondrá a disposición de losciudadanos guatemaltecos, a través de su sitio de internet, la información de los

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proyectos de inversión pública contenida en el Sistema Nacional de InversiónPública, tomando como base la información de programación y de avance físico yfinanciero que las Entidades responsables de los proyectos le trasladen, segúntiempos establecidos…” El Acuerdo Gubernativo No. 540-2013 del Presidente de la República, Reglamentode la Ley Orgánica del Presupuesto en su Artículo 30. Desembolsos a favor de losConsejos Departamentales de Desarrollo, establece: “Es responsabilidad de laDirección Ejecutiva del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), registrardurante los primeros diez días hábiles de cada mes en el módulo de seguimientodel Sistema Nacional de Inversión Pública, los avances físicos y financieros de susproyectos de inversión, posterior a su ejecución, asimismo la finalización delproyecto, adjuntando el acta de recepción y liquidación del activo, en formatodigital. Con esta información el Sistema Nacional de Inversión Pública dará porfinalizada la ejecución del proyecto; siempre y cuando, la ejecución física yfinanciera sea del 100%.” CausaEl Director ejecutivo no cumplió las disposiciones que establece el ordenamientolegal para la ejecución de proyectos bajo la responsabilidad del ConsejoDepartamental de Desarrollo. EfectoLa población y el ente fiscalizador superior, no cuentan con la informaciónoportuna de los documentos que conforman los proyectos de inversión pública,como parte de la rendición de cuentas y transparencia en el gasto público, a travésde los sistemas informáticos aspecto fundamental de las auditorías que a cadauna le compete. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que decumplimiento a la normativa legal vigente y registre en el módulo de seguimientodel Sistema Nacional de Inversión Pública los documentos que correspondan. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 24 de abril de 2015, el Licenciado Herson Benjamín deLeón, quien fungió como Director Ejecutivo, por el período del uno de enero alquince de diciembre de dos mil catorce, manifiesta: "Los años 2012 y 2013,regidos por los decretos 33-2011 y 30-2012 respectivamente. El decreto 33-2011en el artículo 48 en su segundo párrafo establece “Las entidades de laadministración central, descentralizadas y Autónomas, incluyendo lasMunicipalidades y sus empresas, así como cualquier persona nacional oextranjera que por delegación del Estado reciba o administre fondos públicos,

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según convenio o contrato suscrito o ejecute proyectos a través de fideicomiso,deberá registrar mensualmente en el módulo de seguimiento del SNIP, el avancefísico y financiero de los proyectos a su cargo” éste artículo establece que laobligación del Consejo es el ingreso de los avances físicos y financieros de losproyectos, lo cual se cumplió a cabalidad en el año 2011, ya que el acuerdogubernativo 540-2013 que entró en vigencia el 03 de enero de 2014 no aplica parala ejecución de dicho año y en el cual se obliga al Director Ejecutivo a cumplir conel ingreso de Actas de inicio, contratos entre municipalidad y constructora,addendums, certificaciones. El decreto 30-2012 en el artículo 57 en su segundo párrafo establece “Lasentidades de la administración central, descentralizadas y Autónomas, incluyendolas Municipalidades y sus empresas, deberá registrar mensualmente en el módulode seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Pública, el avance físico yfinanciero de los proyectos a su cargo” éste artículo establece que la obligacióndel Consejo es el ingreso de los avances físicos y financieros de los proyectos, locual se cumplió a cabalidad en el año 2013, ya que el acuerdo gubernativo540-2013 que entró en vigencia el 03 de enero de 2014 no aplica para la ejecuciónde dicho año y en el cual se obliga al Director Ejecutivo a cumplir con el ingreso deActas de inicio, contratos entre municipalidad y constructora, addendums,certificaciones. En virtud que el acuerdo gubernativo 540-2013 el cual entró en vigencia el 03 deenero de 2014 no aplica para los años 2012 y 2013, sino los decretos 33-2011 y30-2012 de los cuales se cumplió a cabalidad con las obligaciones que losdecretos respectivos establecían. Con respecto a los 64 proyectos correspondientes al período 2014 para los cualessi aplica el acuerdo gubernativo 540-2013, a la fecha de mi remoción (15/12/2014)no existía ningún proyecto pagado al 100%, razón por la cual en los mismos soloexiste el ingreso de los avances físicos y financieros, ya que como lo establece elartículo 30 del acuerdo gubernativo 540-2013 “adjuntando el acta de recepción yliquidación del activo, en formato digital. Con esta información el Sistema Nacionalde Inversión Pública dará por finalizada la ejecución del proyecto; siempre ycuando, la ejecución física y financiera sea del 100%.” Comentario de AuditoríaSe desvanece el hallazgo para 1 proyecto del año 2012 y 36 proyectos 2013 envirtud que los argumentos presentados por el responsable son valaderos conrespecto a lo indicado en los Decretos 33-2011 y 30-2012 Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos para los períodos 2012 y 2013 respectivamente.  Se confirma el hallazgo para los 64 proyectos del período del 01 de enero al 31 de

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diciembre de 2014, ya que los argumentos presentados por el responsable no sonválidos, en virtud que manifiesta que a la fecha de su remoción (15/12/2014) noexistía ningún proyecto pagado al 100%, razón por la cual en los mismos soloexiste el ingreso de los avances físicos y financieros, ya que como lo establece elartículo 30 del Acuerdo Gubernativo No. 540-2013 adjuntando el acta de recepcióny liquidación del activo, en formato digital. Con esta información el SistemaNacional de Inversión Pública dará por finalizada la ejecución del proyecto;siempre y cuando, la ejecución física y financiera sea del 100%. La condición del presente hallazgo se refiere al incumplimiento del registro en elMódulo de seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Pública de losdocumentos que conforman cada proyecto tales como: Actas de Inicio, Contratoentre Municipalidad y Constructora, Informes, Addendums, Certificaciones,situación que se confirma ya que al consultar la plataforma del los enSNIP íconos donde se debió colocar dicha información se encuentran al 30 de diciembre de2014 inactivos con lo cual se comprueba que no se subió oportunamente losdocumentos indicados, al sistema de los proyectos, existiendo por lo tantoincumplimiento por parte del Director Ejecutivo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HERSON BENJAMIN DE LEON ORTIZ 19,639.32Total Q. 19,639.32

Hallazgo No. 4 Conformación incompleta de expedientes CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, en informaciónproporcionada en cuadro de integración de proyectos al 31 de diciembre de 2014,se estableció que el expediente del Convenio Número 200-072-2011, denominadoProyecto Mejoramiento Centro de Capacitación, Aldea El Manzanotal, SanCristobal Acasaguastlán, El Progreso, con un saldo al 31 de diciembre de 2014 deQ48,000.00, carece de los documentos que se detallan en el informe Técnico deSupervisión realizado a solicitud de esta Comisión de Auditoría, con lo que seestablece que este proyecto no tuvo el seguimiento oportuno por parte de lasautoridades correspondientes.

Contraloría General de Cuentas 240 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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CriterioEl Decreto Número 11-2002, del Congreso de la República, Ley de los Consejosde Desarrollo Urbano y Rural, en el Artículo 10. Funciones de los consejosdepartamentales de desarrollo, establece: “ …e) Dar seguimiento a la ejecución delas políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento,verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno, proponer medidascorrectivas a las entidades responsables…” CausaEl Presidente, no veló por proponer las medidas y acciones correctivas oportunasal Alcalde Municipal de San Cristobal Acasaguastlán, para solventar la situacióndel proyecto de arrastre. EfectoLo anterior provoca que la integración de proyectos de arrastre se amplíe y semantengan proyectos con mucha antigüedad sin que se proponga por parte de lasautoridades competentes las acciones y medidas pertinentes. RecomendaciónEl Presidente, debe de girar instrucciones al Alcalde Municipal de San CristobalAcasaguastlán, a efecto se proceda de manera inmediata a corregir estasdeficiencias y finalizar el proyecto o iniciar la acción según corresponda, con elobjetivo de poder ir ordenando y minimizando los proyectos que se van quedandode arrastre y ejercer su función proponiendo las acciones y medidascorrespondientes de manera oportuna, dándole el seguimiento correspondiente. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 24 de abril de 2015, el señor Rigoberto Antonio SalazarGarcía, quien fungió como Presidente, por el período del uno de enero al dos deoctubre de dos mil catorce, no expresa ningún comentario con relación al presentehallazgo. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que el responsable, no expresó ningúncomentario con respecto a la deficiencia establecida. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE RIGOBERTO ANTONIO SALAZAR GARCIA 45,606.80

Contraloría General de Cuentas 241 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Total Q. 45,606.80

Hallazgo No. 5 Proyectos de arrastre sin seguimiento oportuno CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de El Progreso, en los listados deintegración de proyectos de arrastre se estableció que no se le dio el seguimientooportuno a los proyectos 1)Número de Convenio/ContratoPA06-02/SCEP/CD/74-2006 denominado Perforación y Equipamiento de PozoMecánico, Aldea Los Cerritos, Sansare El Progreso con estatus actual suspendidoy con un saldo al 31 de diciembre de 2014 de Q277,033.61 y 2) Número deConvenio/Contrato 200-03-2009 denominado Construcción Puente VehicularAldea El Bijagual, Morazán, El Progreso con estatus suspendido y un saldo al 31de diciembre de 2014 de Q54,549.04, hasta que esta Comisión de Auditoríarealizó la intervención correspondiente para determinar las acciones legalesrealizadas por las Autoridades correspondientes. CriterioEl Decreto Número 11-2002, del Congreso de la República, Ley de los Consejosde Desarrollo Urbano y Rural, en el Artículo 10. Funciones de los consejosdepartamentales de desarrollo, establece: “ …e) Dar seguimiento a la ejecución delas políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento,verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno, proponer medidascorrectivas a las entidades responsables…” El Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.2 Estructura de Control Interno, establece:“Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar eimplantar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambienteóptimo de trabajo para alcanzar los objetivos institucionales. Una efectivaestructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a)controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controlesde detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles delegalidad; y, h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del procesoadministrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa yoperativa, eliminando o agregando controles, sin que se lesione la calidad delservicio.” CausaEl Presidente y Director Ejecutivo incumplieron al no dar el seguimiento oportuno,a los proyectos de arrastre así como evaluar y proponer lo procedente.

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EfectoLo anterior ocasiona que se mantenga un listado de proyectos de arrastre condemasiada antigüedad, sin que cada caso en particular fuera solucionado o siprocediera iniciar las acciones pertinentes. RecomendaciónEl Presidente conjuntamente con el Director Ejecutivo, deben evaluar cada casoen particular de los proyectos de arrastre y tomar las medidas correctivas con elobjeto de contar únicamente con proyectos de arrastre del año anterior al delejercicio fiscal que se encuentre vigente. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 24 de abril de 2015, el señor Rigoberto Antonio SalazarGarcía, quien fungió como Presidente, por el período del uno de enero al dos deoctubre de dos mil catorce y Licenciado Herson Benjamín de León Ortíz, quienfungió como Director Ejecutivo, por el período del uno de enero al quince dediciembre de dos mil catorce, manifiestan: "En el caso de estos dos proyectos delaño 2006 y 2009, se procedió a realizar los reintegros al fondo común de los dosproyectos en mención, con la autorización del Pleno del Consejo Departamentalde Desarrollo según el acta 002-2015 de fecha 26 de febrero de 2015, en lassiguientes cantidades: Q277,033.61 del proyecto convenio PA06-02/SCEP CD //2006 y Q54,549.04 del proyecto convenio 200-03-2009." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, ya que los reintegros a los que hacen referencia losresponsables, se realizaron con fecha 20 de abril de 2015 a la cuenta de TesoreríaNacional Fondo Común en boletas de depósitos números 00165034 porQ54,549.04 y 0016533 por Q276,033.61, se  dieron como resultado de la Nota deAuditoría No. CODEDE-ELPRO-001-2015 de fecha 18 de enero de 2015 dirigidaal actual Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo, relacionada con elProyecto denominado Mejoramiento Centro de Capacitación Aldea El Manzanotal,San Cristobal Acasaguastlán, El Progreso, Número de Convenio 200-072-2011 defecha 17 de agosto de 2011 donde se le solicitó informar y documentar de manerasuficiente, competente y pertinente las acciones legales que la Presidencia delConsejo Departamental de Desarrollo de El Progreso a su cargo hubiera tomadoal respecto, por la omisión por parte de la Unidad Ejecutora de la presentación delas órdenes de cambio y planos finales para su aprobación y si procediera eladdendum al convenio y Nota de Auditoría No. CODEDE-ELPRO-002-2015correspondiente al Proyecto denominado Perforación y Equipamiento de PozoMecánico, Aldea Los Cerritos, Sansare, El Progreso, Número de ConvenioPA06-02/SCEP/CD/74-2006 de fecha 24 de noviembre de 2006, suspendidodebido a que el COMUDE desistió del mismo, por la razón que el 60%de lo

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ejecutado se encuentra en parte deteriorado y la Municipalidad no cuenta con losrecursos financieros para reinvertir en el mismo de conformidad con el Acta No.073-2013 de fecha 03-10-2013, solicitándole informar y documentar de manerasuficiente, competente y pertinente las acciones legales que la Presidencia delConsejo Departamental de Desarrollo de El Progreso hubiera tomado al respecto. Así mismo, se ratifica debido a que durante el período que fungieron en el cargode Presidente y Director Ejecutivo, no realizaron ningún acción para corregir lassituaciones indicadas. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE RIGOBERTO ANTONIO SALAZAR GARCIA 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO HERSON BENJAMIN DE LEON ORTIZ 19,639.32Total Q. 65,246.12

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior,correspondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los responsables del Consejo Departamental deDesarrollo de El Progreso, estableciéndose que las dos fueron atendidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 RIGOBERTO ANTONIO SALAZAR GARCIA PRESIDENTE 01/01/2014 - 02/10/20142 MANUEL GILBERTO CALDERON CATALAN PRESIDENTE 03/10/2014 - 31/12/20143 HERSON BENJAMIN DE LEON ORTIZ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 15/12/20144 JUAN JOSE AGUILAR MORALES JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ESCUINTLA

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 244 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) y 224 al 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural y su reglamento Acuerdo Gubernativo Número461-2002. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios deDesarrollo y velar por el cumplimiento de sus cometidos.

b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento.

c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables.

d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos

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49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0280-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables, Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo, por elperiodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014; con énfasis en

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la cuenta de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del Ministerio de FinanzasPúblicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Convenios y/o Contratos decofinanciamiento, mediante la aplicación de pruebas selectivas; específicamentelas responsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraron en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; se evaluóuna muestra de proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, exceptoel cumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras,sobre obras correspondientes a los ejercicios fiscales 2012, 2013 y 2014, que deconformidad al Memorandum-SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad deGasto Público, estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente. Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloria General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia No. DACD-PROV-042-2014, defecha 29 de octubre de 2014, para auditar los proyectos detallados en listadoadjunto a la misma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que maneja sus recursos en trescuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional y de acuerdo a lamuestra seleccionada, se comprobó que están debidamente aprobadas por elBanco de Guatemala; al 31 de diciembre de 2014, según reportes de laadministración refleja la cantidad de Q8,343,817.11, los cuales corresponden a laejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 Q4,438,898.74; de ejerciciosanteriores Q3,903,522.84 e intereses del mes de diciembre de 2014 porQ1,395.53. De acuerdo a procedimientos de auditoría, se revisaron las ConciliacionesBancarias, las cuales fueron elaboradas de forma razonable.

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Según reporte R00801345.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q13,272,754.15, al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente, se verificó que al mes de febrero de 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas trasladó la cantidad de Q9,546,775.15, según Comprobante Único deRegistro, CUR número 9175 de fecha 11 de febrero de 2015 y al mes de abril de2015 la cantidad de Q3,725,979.00, según Comprobante Único de Registro, CURnúmero 9265 de fecha 30 de abril de 2015, que corresponde a saldos pendientesdel año 2014, para que le de seguimiento la nueva Comisión de Auditoría. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera 001-2014 por un monto de Q9,000.00 quefue liquidada al 31 de diciembre de 2014, ejecutando en el transcurso del periodola cantidad de Q37,454.41. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentesde financiamiento 21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, para obras 2014, la cantidadde Q58,354,435.40, fuente 29 Otros Recursos del Tesoro con afectación

Q1, específica, para obras 2014, la cantidad de 778,298.37, para un total deQ60,132,733.77. Así mismo, según reporte del SICOIN Web R00801345.rpt con fecha 6 de febrerode 2014, según Comprobante Único de Registro CUR 10217, se acreditó a lacuenta del Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, la cantidad deQ21,046,891.00 que corresponde a la cuota financiera de la fuente 21, del mes dediciembre del 2013, Asimismo, recibió la cantidad de Q37 ,454.41 a través de Ingresos no Tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo Institucional de la Secretaríade Coordinación Ejecutiva de la Presidencia.

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Adicionalmente contó con un saldo inicial de años anteriores por la cantidad deQ4,799,466.56. Además ingresó en concepto de reintegro de dos Unidades Ejecutoras la cantidadde Q426.01 por pago de más. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ86,139,552.00, además se realizaron modificaciones presupuestarias por valorde Q227,121.00 para un presupuesto vigente de Q86,366,673.00,que correspondea la fuente 21 la cantidad de Q84,519,202.00 y de la fuente 29 Q1,847,421.00. Se trasladó a Unidades Ejecutoras para el pago de obras del año 2014 de fuente21, la cantidad de Q54,110,150.62 y de fuente 29, Q1,620,400.00. De la cuota recibida el día 6 de febrero de 2014, de la fuente 21 por la cantidad deQ21,046,891.00, se trasladó a las Unidades Ejecutoras para pagos por obras delaño 2013 la cantidad de Q19,516,957.04 y para obras del año 2012 la cantidad deQ760,906.23. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: fuente 21, obras del año2010 por Q160,912.72, obras 2011 Q280,000.00, obras 2012 Q492,800.91, obras2013 Q445,695.62; de fuente 29 -FONPETROL- para obras del año 2013Q206,280.00. Se envió al fondo común por obras 2011, la cantidad de Q350.00, obras 2008, lacantidad de Q3,854.33, obras 2010 Q2,290.11, por obras 2012 Q8,078.59, porobras 2013 Q22,865.89, para un total enviado al fondo común de Q37,438.92. El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar por la cantidad deQ12,961,185.08, que corresponde a la fuente de financiamiento 29, Q69,172.63 ya la fuente de financiamiento 21 Q12,892,012.45. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q37,454.41, a través del fondo rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificaciones

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presupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 69 proyectos de inversión del año2014, distribuidos en infraestructura física, 44 finalizados y 25 en proceso loscuales se encuentran a nivel del departamento de Escuintla; por un valor deQ86,369,202.00; los cuales están siendo ejecutados a través de Municipalidades. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contie sus metas fisicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 69 proyectos de inversión del año2014, por valor de Q86,369,202.00 suscritos con Municipalidades delDepartamento. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con préstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, su movimiento financiero lo realiza a através delformulario 200-A-3 hojas movibles, Caja Fiscal, con el apoyo de hojas electrónicasMicrosoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador de fondosquien suscribe convenios y/o contratos de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con Municipalidades y Consejos

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Comunitarios de Desarrollo del departamento, como unidades ejecutoras por lotanto no utiliza el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones delEstado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo cumplió, con registrar los conveniossuscritos, en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorJunior Salguero MartínezPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de EscuintlaSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Escuintla por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Documentos incompletos en expedientes del ProyectoInconsistencia en información

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. SERGIO SALVADOR DEL VALLE CIFUENTES

Auditor Gubernamental

Lic. OSBERTO OCTAVIANO DE LEON VASQUEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Documentos incompletos en expedientes del Proyecto CondiciónEn la documentación de soporte de expedientes de proyectos, se determinó queno hay copia del cheque por pago final, que la Unidad Ejecutora haya entregado ala constructora, solo aparecen los cheques que el Consejo Departamental entregóa la Unidad Ejecutora de los convenios siguientes: N o .Convenio

No.SNIP

Nombre del proyecto Unidad Ejecutora Cheque del Codede

Número Fecha Monto

11-2013 110570 Construcción sistema de aguaspluviales, mercado municipal,Tiquisate, Escuintla.

Municipalidad de Tiquisate,Escuintla

1878 11 feb 2014 474,262.72

29-2013 108286 Mejoramiento calle (s) lotificación

el paraíso, San José, Escuintla.

Municipalidad de San José,Escuintla

2020 22 jul 2014 48,680.01

34-2013

115997

Mejoramiento carretera cuesta el

aguacate, San Vicente Pacaya,

Escuintla.

Municipalidad de San VicentePacaya, Escuintla

1934 8 may 2014 104,135.00

40-2013

109099

Mejoramiento calle principal

comunidad Eca, la Bendición,

Guanagazapa, Escuintla.

Municipal idad deGuanagazapa Escuintla

2097 1 oct 2014 142,006.22

46-2013

115034

Mejoramiento parque casco

urbano la Gomera, Escuintla.

Municipalidad la Gomera,Escuintla

1902 13 feb 2014 600,000.00

CriterioLos contratos números 11-2013, 29-2013, 34-2013, 40-2013 y 46-2013, suscritosentre el  Consejo Departamental de Desarrollo y las Municipalidades, cláusuladécima, establecen: “Responsabilidad de las partes…. B) Responsabilidades de laUnidad Ejecutora… a) Aportar en forma proporcional el monto acordado en elpresente Contrato, debiendo presentar a “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”fotocopia del cheque en donde conste o consten el o los montos pagados alContratista por el Proyecto u obra.” El Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.11 Archivos, establece: “Es

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responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, emitir, con baseen las regulaciones legales respectivas, las políticas administrativas para que entodas las unidades administrativas de la organización, creen y mantengan archivosordenados en forma lógica, definiendo su contenido, de manera que sea fácillocalizar la información. La documentación de respaldo de las operacionesfinancieras y administrativas que realice la entidad, deberá estar archivada en lasunidades establecidas por los órganos rectores, siguiendo un orden lógico, de fácilacceso y consulta, de tal manera que facilite la rendición de cuentas…” CausaFalta de supervisión por parte del Director Ejecutivo y Jefe AdministrativoFinanciero, al no verificar que el Asistente Administrativo, solicite a la UnidadEjecutora copia del cheque donde conste el pago efectuado al contratista yarchivar dicho documento en el expediente respectivo. EfectoNo se cuenta con documentación de respaldo que demuestre la secuencia depagos de la Unidad Ejecutora hacia la Constructora. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que oriente alJefe Financiero y éste al Asistente Administrativo, a efecto de que soliciten yarchiven en el expediente, la factura y voucher del cheque que la Unidad Ejecutoraentregó a la empresa constructora, documentación que respalda las operacionesadministrativas y financieras de cada proyecto. Comentario de los ResponsablesEn oficios No. 18-2015 de fecha 24 de abril de 2015, El Asistente Administrativo,Licenciado José Manuel García Rodríguez, manifiesta: "...En mi calidad de AuxiliarAdministrativo del Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla,respetuosamente comparezco ante ustedes a RESPONDER HALLAZGO,relacionado en el oficio arriba mencionado, en base a lo cual expongo:             1)        En el párrafo de Condición se describe “En la documentación desoporte de expedientes de proyectos, se determinó que no hay copia por pagofinal, que la Unidad Ejecutora haya entregado a la constructora, …” y un cuadro endonde se detallan los datos de los convenios número 11-2013, 29-1013, 34-2013,40-2013 y 46-2013.            2)        En el párrafo de Causa aparece “Falta de supervisión por parte delDirector Ejecutivo y Jefe Administrativo Financiero, al no verificar que el AsistenteAdministrativo, solicite a la Unidad Ejecutora copia del cheque donde conste elpago efectuado al contratista…”            3)        En el párrafo de Efecto se lee “No se cuenta con documentación de

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respaldo que demuestre la secuencia de pagos de la Unidad Ejecutora hacia laConstructora.”                      Derivado de lo establecido en los tres incisos referidos arriba... yargumentos, en su orden: 1º.       DEL PÁRRAFO DE CONDICIÓN... 1.1.       Del  Convenio  No. 11-2013, Construcción sistema de aguas pluviales,mercado  municipal,  Tiquisate,  Escuintla...   el No. 11-2015 del 24 febrero2015...           1.2.        Del Convenio No. 29-2013, Mejoramiento calle(s) lotificación el paraíso,San José, Escuintla, se estuvo haciendo llamadas telefónicas para que adjuntaranel Boucher de la Empresa DISARK Arquitectos   a la Unidad   Ejecutora, quienessolamente adjuntan la factura serie "B" No. 00135 de fecha 1 de agosto 2014... 1.3.     Del Convenio No. 34-2013, Mejoramiento carretera cuesta el aguacate, SanVicente Pacaya, Escuintla... 1.4.     Del  Convenio  No. 40-2013, Mejoramiento calle principal comunidad Eca,la Bendición, Guanagazapa, Escuintla... 1.5.     Del convenio No. 46-2013, Mejoramiento parque casco urbano la Gomera, Escuintla...             Asimismo, como se estuvo llamando vía telefónica a la Unidad Ejecutorade San José, se ha procedido con las Unidades Ejecutoras de Tiquisate, SanVicente Pacaya, Guanagazapa y La Gomera, requiriendo cumplir, con enviar aeste Consejo Departamental de Desarrollo, la documentación pendiente...                       También expreso de que nunca se me requirió la presentación deconstancias en cuanto a  mi obligación para solicitar estos baucher.             2º.       DEL PÁRRAFO CAUSA... algunos sin mi firma pero que el DirectorEjecutivo me instruye elaborar los mismos para que él los firme-, desvirtúo la faltade supervisión del Director Ejecutivo al no verificar que solicito a las UnidadesEjecutoras copias de los cheques de los pagos efectuados a los contratistas. Dejoconstancia de que con el Jefe Administrativo Financiero cumplo con susinstrucciones, en forma directa o bien delegadas por el Director Ejecutivo.                       3º.            EN RELACIÓN AL PÁRRAFO EFECTO aclaro de que si haydocumentación de respaldo que demuestra la secuencia de pagos de lasUnidades Ejecutoras hacia las Constructoras. En cada solicitud de pago, a partir

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1.

de la primera estimación para los pagos de los subsiguientes aportes, después depagar el 20% del anticipo y del Primer Aporte, las Unidades Ejecutoras presentan:a) Fotocopia del boucher por el cheque entregado por la Unidad Ejecutora a laConstructora.  b)  Fotocopia de la boleta de depósito.  c) Fotocopia la factura de laEmpresa.  d) Estimación de la Empresa con el avance físico.  e) Fotografías delavance físico de la obra.  f) Boletín de Caja Movimiento Diario por CuentaCorriente extendido por el Director Financiero de la Unidad Ejecutora.  En oficio No. GDE-085-2015 rl / de fecha 24 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,

Licenciado Luis Eduardo Carranza Pérez, manifiesta: "...En relación a las

recomendaciones contenidas en sus oficios No.

CGC-DAG-AP-CODEDESC-033-2015 CGC-DAG-AP-CODEDESC-034-2015y No.

ambos de fecha 15 de abril 2015 como consecuencia de la auditoría financiera y

presupuestaria la que incluye aspectos de cumplimiento y gestión

correspondientes al período fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre 2014

Escuintla practicada al Consejo Departamental de Desarrollo de , cuenta No.

C2.100.

Hacemos de su conocimiento la siguiente información.

DE CONTROL INTERNO, ÁREA FINANCIERA, HALLAZGO No. 1Documentos incompletos en expedientes del Proyecto. Recomendación realizada: “El Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para queoriente al Jefe Financiero y éste al Asistente Administrativo, a efecto de quesoliciten y archiven en el expediente, la factura y voucher del cheque que laUnidad Ejecutora entregó a la empresa constructora, documentación querespalda las operaciones administrativas y financieras de cada proyecto.”

En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio hago de suconocimiento que por delegación administrativa realizada el responsable de dichaactividad desde el año 2012 es el Licenciado José Manuel García Rodríguez. Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instrucciones

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emanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015 se le instruyópara que el requerimiento de entrega de tal documentación a las municipalidadesen calidad de unidades ejecutoras, deberá realizarse por escrito, indicando alAlcalde Municipal y al Director de la Dirección de la Administración FinancieraIntegrado Municipal –DAFIM- que de no entregar a esta Dirección Ejecutiva delCODEDE Escuintla, copia del cheque y voucher correspondiente al último pagodentro del plazo que ordena la Ley de Contracciones del Estado y su reglamento,la responsabilidad por dicho incumplimiento al convenio y a la ley, recaerá sobre lasu municipalidad, lo que será reportado a la Delegación Departamental de laContraloría General de Cuentas para las sanciones que procedan." En oficio No. CODEDE DF 501-084-2015 de fecha 24 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Licenciado Marvin Alfredo Noriega Hernández, manifiesta: "...Enrelación a las recomendaciones contenidas en sus oficios No.CGC-DAG-AP-CODEDESC-033-2015 y No. CGC-DAG-AP-CODEDESC-034-2015ambos de fecha 15 de abril 2015 como consecuencia de la auditoría financiera ypresupuestaria la que incluye aspectos de cumplimiento y gestióncorrespondientes al período fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre 2014practicada al Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, cuenta No.C2.100. Hacemos de su conocimiento la siguiente información. 1. DE CONTROL INTERNO, ÁREA FINANCIERA, HALLAZGO No. 1Documentos incompletos en expedientes del Proyecto. Recomendación realizada: “El Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que oriente alJefe Financiero y éste al Asistente Administrativo, a efecto de que soliciten yarchiven en el expediente, la factura y voucher del cheque que la Unidad Ejecutoraentregó a la empresa constructora, documentación que respalda las operacionesadministrativas y financieras de cada proyecto.” Basado en el artículo 12 de la Constitución de la República de Guatemala,expongo respuesta al Hallazgo No.1 DE CONTROL INTERNO, ÁREAFINANCIERA, HALLAZGO No. 1Documentos incompletos en expedientes delProyecto. En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio hago de su

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conocimiento que por delegación administrativa según el Manual de Funciones depuestos de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia elresponsable de dicha actividad desde el año 2012 es el Licenciado José ManuelGarcía Rodríguez. Debido que el Jefe Financiero no está facultado para revisar yaprobar expedientes para luego realizar el pago, por lo tanto son funcionesincompatibles. Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instruccionesemanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015 se le instruyópara que el requerimiento de entrega de tal documentación a las municipalidadesen calidad de unidades ejecutoras, deberá realizarse por escrito, indicando alAlcalde Municipal y al Director de la Dirección de la Administración FinancieraIntegrado Municipal –DAFIM- que de no entregar a esta Dirección Ejecutiva delCODEDE Escuintla, copia del cheque y voucher correspondiente al último pagodentro del plazo que ordena la Ley de Contracciones del Estado y su reglamento,la responsabilidad por dicho incumplimiento al convenio y a la ley, recaerá sobre lasu municipalidad, lo que será reportado a la Delegación Departamental de laContraloría General de Cuentas para las sanciones que procedan." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Asistente Administrativo, porque de conformidadcon los pagos realizados a Unidades Ejecutoras, la documentación debióintegrarse a cada expediente oportunamente, según los meses de febrero, mayo,julio y octubre del año 2014, por tanto, no habría que habérsele requerido lapresentación de estas constancias, porque era parte de sus responsabilidades. Se desvanece el hallazgo para el Director Ejecutivo y para el Jefe Financiero,porque de conformidad con los comentarios del Asistente Administrativo, él mismoconfirma que sí es supervisado por el Director Ejecutivo y además cumple con lasinstrucciones del Jefe Financiero. Así mismo, los comentarios de ambosresponsables, señalan que por delegación administrativa, le corresponde alAsistente Financiero, requerir dicha documentación. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesASISTENTE ADMINISTRATIVO JOSE MANUEL GARCIA RODRIGUEZ 8,000.00Total Q. 8,000.00

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Hallazgo No. 2 Inconsistencia en información CondiciónSe determinaron diferencias en el porcentaje de avance fisico entre el reporte delSistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- y el último informe de supervisiónque consta en los expedientes de proyectos,  que se detallan a continuación: 

No. Contratoy / oconvenio

Nombre de la Obra Unidad Ejecutora Valor delConvenio Q.

Numerode SNIP

Avance Físico %

Informe deSupervisión

SNIP

1 01-2014 Mejoramiento calle entrada SantaEmilia a barrio Peñate San José,Escuintla.

Municipalidad de SanJosé Escuintla

2,097,020.00

134575 95 100

2 02-2014 Mejoramiento calle entrada ainstituto mixto de educación básicapor cooperativa barrio el esfuerzoSan José, Escuintla.

Municipalidad de SanJosé Escuintla

1,205,980.00

134868 90 100

3 23-2014 Ampliación calle 2da avenida y 2dacalle, Colonia Vista Linda, SantaLucia Cotzumalguapa, Escuintla

Municipalidad de SantaLucia Cotzumalguapa

1,236,840.00

122270 90 100

4 32-2014 Mejoramiento calle Colonia losLotes el Rodeo, Escuintla.

Municipalidad deEscuintla

740,025.00

134650 89 100

5 52-2014 Ampliación calle de accesoprincipal, Aldea Miriam ii, SantaLucia Cotzumalguapa, Escuintla

Municipalidad de SantaLucia Cotzumalguapa

1,536,105.00

121774 65 100

CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno,  norma 1.6 Diferentes Tipos de control, establece“Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer  eimplementar  con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan  con lossistemas administrativos  y financieros…” CausaFalta de supervisión por parte del Director Ejecutivo y Jefe AdministrativoFinanciero, al no verificar que el Asistente Financiero actualice, en el SistemaNacional de Inversión Publica SNIP el reporte de proyectos en ejecución, deconformidad con los reportes que proporcionan los supervisores de obras respectoal avance físico real de cada proyecto. EfectoLa información de avance físico de las obras no acorde a la realidad puede

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ocasionar  dudas en la ejecución de los proyectos y en la administración de losrecursos. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que oriente alJefe Financiero y este al Asistente Financiero, a efecto que la información que seconsigne en el reporte de listado de proyecto de información, del Sistema Nacionalde Inversión Pública SNIP, relacionada con el avance físico de los proyectos, serespalde con los informes que emitan los supervisores de obras. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. GDE-085-2015/rl de fecha 24 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Licenciado Luis Eduardo Carranza Pérez, manifiesta: "...En relación a lasrecomendaciones contenidas en sus oficios No.CGC-DAG-AP-CODEDESC-033-2015 y No. CGC-DAG-AP-CODEDESC-034-2015ambos de fecha 15 de abril 2015 como consecuencia de la auditoría financiera ypresupuestaria la que incluye aspectos de cumplimiento y gestióncorrespondientes al período fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre 2014practicada al Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, cuenta No.C2.100.Hacemos de su conocimiento la siguiente información.... 2. DE CONTROLINTERNO, ÁREA FINANCIERA, HALLAZGO No.2 Inconsistencia en información.Recomendación realizada:“El Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que oriente alJefe Financiero y éste al Asistente Financiero, a efecto que la información que seconsigne en el reporte de listado de proyecto de información, del Sistema Nacionalde Inversión Pública SNIP, relacionada con el avance físico de los proyectos, serespalde con los informes que emitan los supervisores de obras.” En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio se informaa los señores auditores gubernamentales que por delegación de operatividadrealizada el 01 de enero de 2014 el responsable de dicha actividad es el AsistenteFinanciero, Ángel Mario Santos Mérida. Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instruccionesemanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015 se le instruyóa efecto que la información que se consigne en el reporte de listado de proyectode información, del Sistema Nacional de Inversión Pública SNIP, relacionada conel avance físico de los proyectos, se respalde con los informes que emitan lossupervisores de obras."

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En oficio No. CODEDE DF 501-084-2015 de fecha 24 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Licenciado Marvin Alfredo Noriega Hernández, manifiesta: "...Enrelación a las recomendaciones contenidas en sus oficios No.CGC-DAG-AP-CODEDESC-033-2015 y No. CGC-DAG-AP-CODEDESC-034-2015ambos de fecha 15 de abril 2015 como consecuencia de la auditoría financiera ypresupuestaria la que incluye aspectos de cumplimiento y gestióncorrespondientes al período fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre 2014practicada al Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, cuenta No.C2.100.Hacemos de su conocimiento la siguiente información....2.DE CONTROL INTERNO, ÁREA FINANCIERA, HALLAZGO No.2Inconsistencia en información.Recomendación realizada:“El Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que oriente alJefe Financiero y éste al Asistente Financiero, a efecto que la información que seconsigne en el reporte de listado de proyecto de información, del Sistema Nacionalde Inversión Pública SNIP, relacionada con el avance físico de los proyectos, serespalde con los informes que emitan los supervisores de obras.” Basado en el artículo 12 de la Constitución de la República de Guatemala,expongo respuesta al Hallazgo: DE CONTROL INTERNO, ÁREA FINANCIERA,HALLAZGO No.2Inconsistencia en información En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio se informaque por actividades inherentes al cargo el Jefe Financiero delegó internamente laoperatividad de los avances financieros en el Sistema Inversión Pública alasistente Financiero Ángel Mario Santos Mérida, y para validar lo antes descrito seentregó a Licenciado Osberto Octaviano De León Vásquez AuditorGubernamental, copia del manual por medio de oficio DF No. 501-050-2015, defecha 10 de marzo del 2015.... Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instruccionesemanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015 se le instruyóa efecto que la información que se consigne en el reporte de listado de proyectode información, del Sistema Nacional de Inversión Pública SNIP, relacionada conel avance físico de los proyectos, se respalde con los informes que emitan lossupervisores de obras."

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En nota s/n de fecha 24 de abril del 2015, el Asistente Financiero, Señor AngelMario Santos Mérida, manifiesta: "... De manera atenta me dirijo a ustedesdeseándoles éxitos en tan importantes cargos. Por este medio me permito dar respuesta al oficio No.CGC-DAG-AP-CODEDESC-36-2015 de fecha 15 de abril de 2015, de la siguientemanera: Hallazgo No. 2Inconsistencia en información Se determinaron diferencias en el porcentaje de avance físico entre el reporte delSistema Nacional de Inversión Pública –SNIP- y el último informe de supervisiónque consta en los expedientes de proyectos, que se detallan a continuación… Comentario: En cuanto al efecto de este hallazgo, no ocasiona dudas en el ejecución de losproyectos y en la administración de los recursos, ya que de estos proyectos cuatro(01-2014, 02-2014, 23-2014, 52-2014) ya fueron finalizados físicamente ycancelados y uno (32-2014) ya está finalizado físicamente, no se ha pagadoporque el Ministerio de Finanzas Públicas no ha acreditado la última cuotacorrespondiente al año dos mil catorce...." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Asistente Financiero, porque sus comentarios losrelaciona con el efecto del hallazgo y no refiere nada respecto de las diferenciasdel avance físico. Según la delegación de operatividad respaldada en las pruebaspresentadas, los avances físicos en el SNIP, debieron registrarse de conformidadcon los informes de cada supervisor, firmados y sellados. Por tanto, el avancefísico razonable, es el que en el cuadro de la condición, lo reportó el informe de lasupervisión. Se confirma el hallazgo, para el Director Ejecutivo y para el Jefe Financiero,porque aunque exista la delegación de operatividad, periódicamente debensupervisar la razonabilidad de estos avances físicos, debido a que comoautoridades del Consejo, firman los cuadros de integración de proyectos,oficializando todos los datos, dentro de los cuales aparece lo relacionado a esteavance, por tanto, son corresponsables que esta información sea confiable. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto

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13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO LUIS EDUARDO CARRANZA PEREZ 17,440.84JEFE FINANCIERO MARVIN ALFREDO NORIEGA HERNANDEZ 11,750.00ASISTENTE FINANCIERO ANGEL MARIO SANTOS MERIDA 9,000.00Total Q. 38,190.84

1. 2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorJunior Salguero MartínezPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de EscuintlaSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintlaal 31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea deimportancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Presentación extemporánea de la rendición de realización de formulariosSuscripción de actas en hojas no autorizadasIncumplimiento a Convenios

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. SERGIO SALVADOR DEL VALLE CIFUENTES

Auditor Gubernamental

Lic. OSBERTO OCTAVIANO DE LEON VASQUEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. WALTER GIOVANNI AMADO RIVERA

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Presentación extemporánea de la rendición de realización de formularios CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo no cumplió en rendir oportunamente larealización de los formularios siguientes: a) Forma 63-A2, Recibo de IngresosVarios, números: 82199, 82200, 275051, 275054, 275057, 275059, que fueronutilizados en el periodo del 10 noviembre al 31 diciembre de 2014; b) Forma200-A-3, Caja Fiscal, números 225011, 225012, 225013, 225014, 225015,225016, 225017, 225018, 225019, 225020, 225021, 225022 y 225023, quecorresponden a los meses de noviembre y diciembre, las cuales fueron rendidas el9 de diciembre de 2014 y el 18 de enero de 2015, respectivamente. CriterioEl Acuerdo Número A-18-2007, del Contralor General de Cuentas, Reglamentopara la Prestación de Servicios, Autorizaciones y Venta de Formularios Impresos,artículo 9, Falta de Rendición de Realización de Formularios, establece: “…Larendición de formularios realizados y existencias, se hará ante el Departamento deFormas y Talonarios y Delegaciones Departamentales, en un plazo que no excedade cinco días de vencido el mes a que corresponda.” CausaEl Asistente Financiero y Jefe Financiero, han incumplido en el plazo de larendición de formas oficiales. EfectoEl atraso de la rendición de formularios realizados y en existencias, limita alDepartamento de Formas y Talonarios y Delegaciones Departamentales de laContraloría General de Cuentas, a llevar control oportuno de los mismos, encuanto a realización corresponde. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Jefe Financiero y Asistente Financiero, aefecto de cumplir con el Acuerdo número A–18–2007.

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Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 24 de mayo de 2015, el Licenciado Luis Haroldo AriasDebroy, Asistente Financiero, manifiesta: "1. Con respecto a la entrega de la caja fiscaldel mes de noviembre de 2014 el día 9 de diciembre del mismo año, se debe aque en los primeros días del mes diciembre de cada año se celebra la feria titularde la cabecera departamental de Escuintla, teniendo derecho a feriado el día lunes8 de diciembre, por esa razón se entregó hasta el día martes 9. Por lo tanto fueentregada dentro de lo que la ley o reglamento dicta. 2. En relación con la entrega de la caja fiscal del mes de diciembre de 2014 meestán consignando fecha de entrega el día 18 de enero de 2015, no puede ser día18 ya que ese día es domingo, en realidad se entregó el día 13 de enero del 2015,para lo cual ... Tomar en cuenta que el gobierno dio asueto los días viernes 26 dediciembre de 2014 y viernes 2 de enero de 2015. por esa razón dicha caja seentregó el día 13 de enero de 2015,

Por lo tanto ante su persona expongo, que de acuerdo al record de entrega de lascajas fiscales, es primera vez que ello me sucede,  y un día de atraso en un añoes insignificante. Por lo antes expuesto, sírvase tomar las consideraciones que elcaso amerita." En oficio No. CODEDE DF 501-085-2015, el Licenciado Marvin Alfredo NoriegaHernández, Jefe Financiero manifiesta: “El Presidente, debe girar instrucciones al JefeFinanciero y Asistente Financiero, a efecto de cumplir con el Acuerdo No.A-18-2007. ”En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio se informaque por actividades inherentes al cargo el Jefe Financiero delegó internamente laoperatividad de la Caja Fiscal al Asistente Financiero Licenciado Luis HaroldoArias Debroy, y para validar lo antes descrito se entregó a Licenciado OsbertoOctaviano De León Vásquez Auditor Gubernamental, copia del manual por mediode oficio DF No. 501-150-2015, de fecha 01 de septiembre del 2014. ... Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instruccionesemanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015 se le instruyópara que a partir de la presente fecha se cumpla en forma estricta con la rendiciónde cuentas en los formularios oficiales dentro de los primeros cinco días hábilesdel mes siguiente al que corresponde la rendición de cuentas, ello encumplimiento del Acuerdo No. A-18-2007 del Contralor General de Cuentas." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Asistente Financiero, toda vez que él, en sus

Contraloría General de Cuentas 268 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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comentarios reconoce que entregó el formulario a la Contraloría General deCuentas el día 13 de enero de 2015, sin embargo, esta comisión, al consultar elcalendario determinó que el plazo que no excedía los cinco días, según la normalegal, venció el 9 de enero de 2015. Se confirma el hallazgo, para al Jefe Financiero, porque en sus comentarios, y noobstante haber delegado las funciones de la operatividad de la Caja Fiscal alAsistente Financiero, es corresponsable de velar porque se cumpla con larendición de formularios realizados y existencias, dentro del plazo legal, toda vezque firma en el reverso de dichos documentos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 12, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO MARVIN ALFREDO NORIEGA HERNANDEZ 5,875.00ASISTENTE FINANCIERO LUIS HAROLDO ARIAS DEBROY 4,500.00Total Q. 10,375.00

Hallazgo No. 2 Suscripción de actas en hojas no autorizadas CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, suscribió actas deliquidación de convenios de cofinanciamiento, para proyectos finalizados, en hojasmembretadas, sin foliar y sin consignar número correlativo de Actas, las cuales nose encuentran autorizadas por la Contraloría General de Cuentas. Una muestra deestos convenios de cofinanciamiento se detalla a continuación:

No. Nombre de la Obra No. DeConvenio O

Contrato

Fecha convenioo Contrato

No. SNIP ACTA DE LIQUIDACION

Numero Facha

1 MEJORAMIENTO CALLE 5TA AVENIDA

ZONA 1 , SANTA LUCIA

COTZUMALGUAPA, ESCUINTLA

 07-2013 15/04/2013 119300 s/n 12/02/2014

2 MEJORAMIENTO CALLE 2DA CALLE,

COLONIA 8 DE FEBRERO, SANTA LUCIA

COTZUMALGUAPA

 09-2013 15/04/2013 119303 s/n 12/02/2014

3 MEJORAMIENTO CALLE 5TA ZONA 1,

ENTRE COLONIA 15 DE SEPTIEMBRE Y

COLONIA LA PONDEROSA,TIQUISATE,

ESCUINTLA.

 10-2013 15/04/2013 108414 s/n 14/02/2014

4 MEJORAMIENTO CALLE 11 ENTRE 1RA Y

3RA AVENIDA Y COLONIA 1RO DE MAYO,

 13-2013 15/04/2013 108416 s/n 14/02/2014

Contraloría General de Cuentas 269 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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ZONA 1, TIQUISATE, ESCUINTLA

5 MEJORAMIENTO CALLE COLONIA EL

MANGO; MUNICIPIO DE ESCUINTLA

 20-2013 29/04/2013 115382 s/n 13/04/2014

6 MEJORAMIENTO CALLE INGRESO

PRINCIPAL, COLONIA MARIA MATOS,

PALIN, ESCUINTLA

17-2013 27-05-20013 102971 s/n 27/02/2014

7 MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA

POTABLE COMUNIDAD CEYLÁN;

MUNICIPIO DE ESCUINTLA

23-2013 29/04/2013 115595 s/n 14/02/2014

8 MEJORAMIENTO CALLE 2DA. CALLE

ENTRE 3RA., 4TA., 5TA. Y 6TA. AVENIDAS,

COLONIA TIERRA VERDE, SIQUINALA,

ESCUINTLA

26-2013 29/04/2013 109466 s/n 27/02/2014

9 MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA

POTABLE LOTIFICACION EL PARAISO,

SAN JOSE, ESCUINTLA

28-2013 29/04/2013 108280 s/n 31/07/2014

CriterioEl Decreto número 2084, del Presidente de la República, artículo 2º., establece:“Los libros de contabilidad (entre los cuales quedarán comprendidas las hojassueltas, las tarjetas y todas las fórmulas que se utilicen para llevar las cuentas);los libros de Actas y todos aquellos que tengan importancia por servir de base alas operaciones contables, o que puedan utilizarse como comprobantes de lasmismas, así como los libros que disponga la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico o el Tribunal de Cuentas, deberán someterse, antes de ponerse en uso, ala autorización de las dependencias que se indican más adelante.” El Decreto número 31-2002 del Congreso de la República, Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas, artículo 4, Atribuciones, establece: “… k)Autorizar y verificar la correcta utilización de las hojas movibles, libros principales yauxiliares que se operen en forma manual, electrónica o por otros medioslegalmente autorizados de las entidades sujetas a fiscalización...” CausaEl Director Ejecutivo y el Jefe Financiero, no velaron porque las actas deliquidación de convenios de cofinanciamiento se suscribieran en un libro de actasdebidamente autorizado por la Contraloría General de Cuentas. EfectoRiesgo que la información de las actas sea susceptible a cambios omodificaciones, por no estar foliadas y debidamente autorizadas. Falta de validezlegal del contenido de las actas. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al Jefe Financiero, aefecto de realizar los trámites ante la Contraloría General de Cuentas, paraautorizar un libro de actas de liquidación de convenios de cofinanciamiento.

Contraloría General de Cuentas 270 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Comentario de los ResponsablesEn oficio  No. GDE-085-2015/rl de fecha 24 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Licenciado Luis Eduardo Carranza Pérez, manifiesta: "...En relación alas recomendaciones contenidas en sus oficios No.CGC-DAG-AP-CODEDESC-033-2015 y No. CGC-DAG-AP-CODEDESC-034-2015ambos de fecha 15 de abril 2015 como consecuencia de la auditoría financiera ypresupuestaria la que incluye aspectos de cumplimiento y gestióncorrespondientes al período fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre 2014practicada al Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, cuenta No.C2.100.Hacemos de su conocimiento la siguiente información....4. DE CUMPLIMIENTO A LEYES Y REGULACIONES APLICABLES, ÁREAFINANCIERA, HALLAZGO No. 2Suscripción de actas en hojas no autorizadas.Recomendación realizada:“El Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al Jefe Financiero, aefecto de realizar los trámites ante la Contraloría General de Cuentas, paraautorizar un libro de actas de liquidación de convenios de cofinanciamiento.”En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio se informalos señores auditores gubernamentales que por delegación administrativa elresponsable de dicha actividad es el licenciado José Manuel García RodríguezAsistente Administrativo.Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instruccionesemanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015, se le dieroninstrucciones para que en forma inmediata realice las gestiones ante la ContraloríaGeneral de Cuentas para que sea autorizado para uso de la Dirección Ejecutivadel CODEDE de Escuintla el  “LIBRO DE ACTAS DE LIQUIDACIÓN DECONVENIOS DE COFINANCIAMIENTO”.Para facilitar su uso, dicho libro deberá ser llevado en hojas movibles y estará bajola responsabilidad del Asistente Administrativo licenciado José Manuel GarcíaRodríguez..." En oficio No. CODEDE DF 501-084-2015 de fecha 24 de abril de 2015, el JefeFinanciero,  Licenciado Marvin Alfredo Noriega Hernández,  manifiesta: "...Enrelación a las recomendaciones contenidas en sus oficios No.CGC-DAG-AP-CODEDESC-033-2015 y No. CGC-DAG-AP-CODEDESC-034-2015ambos de fecha 15 de abril 2015 como consecuencia de la auditoría financiera ypresupuestaria la que incluye aspectos de cumplimiento y gestióncorrespondientes al período fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre 2014

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practicada al Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla, cuenta No.C2.100.Hacemos de su conocimiento la siguiente información.... 2. DE CUMPLIMIENTO A LEYES Y REGULACIONES APLICABLES, ÁREAFINANCIERA, HALLAZGO No. 2Suscripción de actas en hojas no autorizadas. Recomendación realizada:“El Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al Jefe Financiero, aefecto de realizar los trámites ante la Contraloría General de Cuentas, paraautorizar un libro de actas de liquidación de convenios de cofinanciamiento.” Basado en el artículo 12 de la Constitución de la República de Guatemala,expongo respuesta al Hallazgo. En virtud de la recomendación emanada de la Comisión de AuditoríaGubernamental y con la finalidad de subsanar la condición, criterio, causa y efectoseñalados por los señores auditores gubernamentales, por este medio hago de suconocimiento que por delegación administrativa según el Manual de Funciones depuestos de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia elresponsable de dicha actividad desde el año 2012 es el Licenciado José ManuelGarcía Rodríguez. Debido que, es quien tiene a su cargo la recepción,administración y revisión de los expedientes de las obras, así como de losconvenios de cofinanciamiento del Consejo, el Jefe Financiero no está facultadopara realizar actas, sino solamente proporcionar los datos de complementos parala elaboración de la misma. Por lo tanto son funciones incompatibles. Por lo que, en cumplimiento de su recomendación y de las instruccionesemanadas del señor Presidente del CODEDE de Escuintla, señor Junior SalgueroMartínez mediante oficio GDE-084-2015/rl de fecha 23 de abril 2015, se le dieroninstrucciones para que en forma inmediata realice las gestiones ante la ContraloríaGeneral de Cuentas para que sea autorizado para uso de la Dirección Ejecutivadel CODEDE de Escuintla el  “LIBRO DE ACTAS DE LIQUIDACIÓN DECONVENIOS DE COFINANCIAMIENTO”. Para facilitar su uso, dicho libro deberá ser llevado en hojas movibles y estará bajola responsabilidad del Asistente Administrativo licenciado José Manuel GarcíaRodríguez..." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Director Ejecutivo, porque dentro de sucompetencia como autoridad del Consejo, debió velar porque la suscripción de

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actas de liquidación de proyectos de cofinanciamiento, en las que participa elPresidente del Consejo, se realizaran en hojas autorizadas por el ente fiscalizador.Además, dentro de la evidencia presentada, no aparece lo que indica relacionadocon que por delegación administrativa, esto es responsabilidad del AsistenteAdministrativo. Se desvanece el hallazgo, para el Jefe Financiero, porque en sus comentariosseñala que él, únicamente proporciona datos para la elaboración de las actas y noestá facultado para suscribirlas y que es función administrativa el trámite de laautorización de dichas hojas ante la Contraloría General de Cuentas. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO LUIS EDUARDO CARRANZA PEREZ 17,440.84Total Q. 17,440.84

Hallazgo No. 3 Incumplimiento a Convenios CondiciónEn la documentación de soporte de los expedientes de proyectos, se determinóque los supervisores, como representantes del  Consejo de Desarrollo deEscuintla, no figuran como comparecientes dentro del contenido de las actas derecepción de proyectos, suscritas por las Unidades Ejecutoras, únicamentefirman. Los convenios son los siguientes: N o .Convenio

No.SNIP

NOMBRE DELPROYECTO

UnidaEjecutara

Cheque del Codede Acta de Recepción

Número Fecha Monto Número Fecha

23-2013 115595 Proyecto MejoramientoSistema de Agua PotableComunidad CeylanMunicipio de Escuintla.

Municipalidadde Escuintla

1889 12/02/2014 1,035,840.00

39 31 Oct2013

26-2013 109466 Mejoramiento Calle 2da.Calle entre 3er, 4ta.5ta. y6ta. Avenida, ColoniaTierra Verde, Siquínala,Escuintla.

Municipalidadde Siquínala,Escuintla

1890 12/02/2014 429,716.88

61-2013 27 Sep2013

34-2014 135388 Mejoramiento calleColonia Palmeras delSur, Municipio deEscuintla

Municipalidadde Escuintla

2202 29/12/2014 165,393.35

65 28 Oct2014

CriterioLos convenios de cofinanciamiento de obras números 23-2013, 26-2013 y 34-2014

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suscritos entre el Consejo Departamental de Desarrollo y las Municipalidades, ensu cláusula décima, RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES, A)Responsabilidades de “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”, literal j), establece:“Nombrar a un representante para integrar a Comisión Receptora y Liquidadoradel proyecto u obra; dicha Comisión tendrá como finalidad determinar que lamisma ha sido concluida conforme los estándares de calidad y funcionamientoóptimo, y que se haya efectuado de acuerdo con las especificaciones pactadas.” El Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.6 Tipos de Controles, establece: "Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros. En el Marco Conceptual de Control InternoGubernamental, se establecen los distintos tipos de control interno que se refierea: Control Interno Administrativo y Control Interno Financiero, y dentro de estos, elcontrol previo, concurrente y posterior." CausaLos supervisores de los proyectos, no velaron para que dentro del contenido delas actas, los incluyeran compareciendo como representantes del Consejo, en larecepción de las distintas obras. EfectoAl no comparecer dentro del contenido de cada acta, su participación no tienevalidez, aún aparezcan firmando las mismas. RecomendaciónEl Director Ejecutivo, debe girar instrucciones a los supervisores de obras, paraque al participar en la recepción de obras, figuren compareciendo dentro de lasactas correspondientes y no solamente firmen las mismas. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 16 de abril de 2015, El Supervisor de Obras, ArquitectoEdgar Oswaldo Vásquez González, manifiesta: "...En base a su carta denotificación de hallazgos, me permito responder en cuanto al Hallazgo de ControlInterno No.3 lo siguiente:a) En cuanto al proyectos MEJORAMIENTO CALLE 2da. CALLE ENTRE 3er,4ta.5ta. y 6ta. AVENIDA, COLONIA TIERRA VERDE, SIQUINALA ESCUINTLA,según Convenio No. 26-2013; en acuerdo con los supervisores del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Escuintla y el Director Ejecutivo del mismo, sedividió el Departamento de Escuintla para su supervisión, siendo los municipios ami cargo los de Escuintla, San José, Iztapa y Masagua, Dado lo anterior no puedeaportar información alguna de los proyectos del Municipio de SIQUINALA.

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b) En cuanto a los proyectos MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLECOMUNIDAD CEYLAN, MUNICIPIO DE ESCUINTLA, Convenio No. 23-2013;MEJORAMIENTO CALLE PALMERAS DEL SUR, MUNICIPIO DE ESCUINTLA,ESCUINTLA, Convenio No. 34-2014. En base a la clausula decima inciso “a” literal“j”, del Convenio suscrito entre la Unidad Ejecutora y El Consejo Departamental deDesarrollo establece: nombrar a un representante para asistir a la comisiónreceptora y liquidadora del proyecto u obra, dicha comisión tendrá como finalidaddeterminar que la misma ha sido concluida conforme a los estándares de calidad yfuncionamiento óptimos y que se haya efectuado de acuerdo a lasespecificaciones pactadas. Los artículos 55 y 30 de la ley Contrataciones delEstado, en la que establece quienes integran la junta de licitación o cotización. Porlo mismo solo acompañamos la recepción, mas no formamos parte de dichajunta..." En nota s/n de fecha 17 de abril de 2015, El Supervisor de Obras, Ingeniero JavierRodríguez Franco, manifiesta: "...En base a su carta de notificación  de hallazgoNo.3 (Incumplimiento a Convenios), me permito responder lo siguiente:a) En cuanto a los proyectos MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLECOMUNIDAD CEYLAN MUNICIPIO DE ESCUINTLA, según Convenio No.23-2013; MEJORAMIENTO CALLE 2da. CALLE ENTRE 3er, 4ta.5ta. y 6ta.AVENIDA, COLONIA TIERRA VERDE, SIQUINALA ESCUINTLA, según ConvenioNo. 26-2013; debido a que yo inicie a laborar en el CODEDE de Escuintla el 8 deseptiembre de 2014 no pude aportar información alguna de los proyectos antesmencionados correspondientes al año 2013,  Del Proyecto MEJORAMIENTOCALLE COLONIA PALMERAS DEL SUR, MUNICIPIO DE ESCUINTLA, segúnConvenio No. 34-2014; en acuerdo con los supervisores del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Escuintla y el Director Ejecutivo del mismo, sedividió el Departamento de Escuintla para su supervisión,   siendo los municipios ami cargo los de San Vicente Pacaya, Palin, Guanagazapa, La Gomera, y LaDemocracia, Dado lo anterior no puede aportar información alguna de losproyectos del Municipio de ESCUINTLA y de SIQUINALA..." En nota s/n de fecha 24 de abril de 2015, El Supervisor de Obras, Arquitecto JorgeWilliam Hornquist Arankowsky, manifiesta: "...Atentamente me dirijo a ustedes, enrespuesta a su carta de notificación  de hallazgos y me permito responderles encuanto al Hallazgo de Control Interno No.3 lo siguiente: a) En cuanto a los proyectos MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLECOMUNIDAD CEYLAN, MUNICIPIO DE ESCUINTLA, ESCUINTLA, Convenio No.23-2013 y MEJORAMIENTO CALLE PALMERAS DEL SUR, MUNICIPIO DEESCUINTLA, ESCUINTLA, Convenio No. 34-2014; en acuerdo con lossupervisores del Consejo Departamental de Desarrollo de Escuintla y el Director

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Ejecutivo del mismo, se dividió el Departamento de Escuintla para su supervisión,  siendo los municipios a mi cargo los de Santa Lucía Cotzumalguapa, Tiquisate,Siquinala y Nueva Concepción,  Dado lo anterior no puedo aportar informaciónalguna del proyecto del Municipio de ESCUINTLA. b) En cuanto los proyectos MEJORAMIENTO CALLE 2DA. CALLE ENTRE 3ER,4TA, 5TA,  Y 6TA AVENIDA, COLONIA TIERRA VERDE, SIQUINALA,ESCUINTLA, Convenio No. 26-2013; en base a la cláusula decima inciso “a” literal“j”, del Convenio suscrito entre la Unidad Ejecutora y El Consejo Departamental deDesarrollo establece: nombrar a un representante para asistir a la comisiónreceptora y liquidadora del proyecto u obra, dicha comisión tendrá como finalidaddeterminar que la misma ha sido concluida conforme a los estándares de calidad yfuncionamiento óptimos y que se haya efectuado de acuerdo a lasespecificaciones pactadas. Los artículos 55 y 30 de la Ley de Contrataciones delEstado, en la que se establece quienes integran la junta de licitación o decotización. Por lo mismo solo acompañamos la recepción, mas no formamos partede dicha junta. c) En dicho expediente no figura mi nombre, sello y firma, debido a que en esaépoca el Supervisor a Cargo del Municipio de Siquinalá era el Ing. José ArturoMérida Bermúdez, el cual es quien aparece y firma una de las actas..." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Supervisor de la unidad ejecutora Municipalidadde Escuintla, porque del 100% de la muestra seleccionada, únicamente en dosactas indicadas en la condición, se evidencia que no aparece compareciendo,únicamente firmando. Dentro de las formalidades del Consejo, en el contenido delas actas, si comparecen los supervisores, cumpliendo así con la cláusula delconvenio, que se debe nombrar a un representante del Consejo, para integrar lacomisión receptora y liquidadora. Se desvanece el hallazgo, para los dos Supervisores, porque en sus comentarios,indicaron que ellos están asignados a otras unidades ejecutoras, según decisióndel Consejo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesSUPERVISOR DE OBRAS EDGAR OSWALDO VASQUEZ GONZALEZ 16,000.00Total Q. 16,000.00

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7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior correspondienteal ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimiento e implementaciónpor parte de los responsables del Consejo Departamental de Desarrollo deEscuintla, estableciéndose que fueron atendidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 LEWIS ARMAND LOGAN ORELLANA PRESIDENTE 01/01/2014 - 31/12/20142 LUIS EDUARDO CARRANZA PEREZ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 MARVIN ALFREDO NORIEGA HERNANDEZ JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE SANTA ROSA

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 277 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural y su reglamento Acuerdo Gubernativo Número461-2002. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos

Contraloría General de Cuentas 278 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0293-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondos

se administraron y utilizaron adecuadamente.

Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad.

Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otros

aspectos legales aplicables.

Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos y

metas de la entidad.

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo de

Contraloría General de Cuentas 279 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Santa Rosa, cubriendo el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembrede 2014; con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferenciasdel Ministerio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras yConvenios, mediante la aplicación de pruebas selectivas; específicamente lasresponsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron losdocumentos legales que respaldan las modificaciones presupuestarias paraestablecer el presupuesto vigente aprobado, así como, expedientes de la muestraseleccionada de los proyectos de inversión pública que se encontraron en procesoy los terminados al 31 de diciembre de 2014; se evaluaron los proyectos dearrastre ejecutados por las municipalidades, excepto el cumplimiento de Leyes porparte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobre obras correspondientes alejercicio 2012 a 2014, que de conformidad al MEMORANDUM-SCGP-03-2012 delSubcontralor de Calidad de Gasto Público, estarán a cargo de la Dirección deAuditoría correspondiente. Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-33-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura pública, mediante providencia DAG-PROV-2832-2013 de fecha 7de octubre de 2013, para auditar los proyectos, detallados en listado adjunto,quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que maneja sus recursos en trescuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 de diciembre de 2014,según reportes de la administración las tres cuentas bancarias al 31 de diciembrede 2014, reflejan la cantidad de Q5,925,363.38, de los cuales corresponden a laejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 la cantidad de Q4,247,066.61 deejercicios anteriores Q1,678,296.77 y Q4,357.41 que corresponden a intereses delmes de diciembre de 2014. Según reporte R00801345.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q28,402,792.32 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente se verificó que al 30 de abril del año 2015, el Ministerio de Finanzas

Contraloría General de Cuentas 280 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Públicas, traslado la cantidad de Q6,294,161.32, según comprobante único deregistro 9138 de fecha 19 de diciembre de 2014 y la cantidad de Q22,108,631.00,según comprobante único de registro 9266 de fecha 30 de diciembre de 2014 quecorresponde a saldos pendientes del año 2014. De acuerdo a procedimientos de auditoría se revisaron las conciliaciones

bancarias, las cuales se elaboraron en forma razonable.

Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo, recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnresoluciones No. 01-2014 por un monto de Q9,000.00, que fueron liquidados al 31de diciembre de 2014, ejecutando en el transcurso del período la cantidad deQ86,913.50. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos a través deTransferencias de Capital, en las fuentes de financiamiento, 21 IngresosTributarios IVA-PAZ, por Q26,026,533.20 y 29 Otros Recursos del Tesoro conAfectación Especifica, por Q876,315.92; totalizando la cantidad deQ26,902,849.12. Así mismo, según reporte R00801345.rpt, generado en el Sistema SICOIN Web, eldía 11 de febrero de 2014, con CUR 10259 se acreditó a la cuenta de ésteConsejo, la cantidad de Q21,582,281.29, que corresponde a la cuota financiera dela Fuente 21, del mes de diciembre de 2013. Además se recibió la cantidad de Q86,913.50 a través de Ingresos No tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría deCoordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contó con un saldo inicial de años anteriores, por la cantidad deQ2,055,838.23

Contraloría General de Cuentas 281 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Egresos El presupuesto de Egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, ascendió a lacantidad de Q65,024,202.00, de la fuente 21 la cantidad de Q64,225,935.00; y lacantidad de Q798,267.00 de la fuente 29. Se realizaron modificacionespresupuestarias por la cantidad de Q112,127.00, de la fuente 29 para unpresupuesto devengado de Q55,305,641.44. Trasladándose en el ejercicio fiscal 2014, para proyecto de Inversión Pública deobras 2014, la cantidad de Q18,276,356.90 de la fuente 21; la cantidad deQ350,000.00 de la fuente 29; y la cantidad de Q3.641,901.43 de obrareprogramada 2014 correspondiente al año 2010. Igualmente de la cantidad recibida el 11 de febrero de 2014 de Q21,582,281.29para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante el ejercicio fiscal 2014, serealizaron de la siguiente manera: de la fuente 21 para el año 2013 la cantidad deQ21,449,781.65; y para el año 2012 la cantidad de Q15,442.98. Los desembolsos fueron para el año 2010 Q101,430.00; para el año 2012,Q314,157.02; para el año 2013 Q91,686.46; para un total ejecutado deQ507,276.48; y de la fuente 29 año 2013, Q278,693.22. El presupuesto vigente, refleja un saldo por devengar de Q9,830,687.56 quecorresponde a las fuentes de financiamiento 29 por la cantidad de Q34,078.08 y21 por la cantidad de Q9,796,609.48, el cual se considera un saldo por devengar. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q86,913.50, a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente y queestas incidieron en la variación de las metas de los proyectos específicosafectados. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó 54 proyectos de inversión,financiados por la fuente 21, distribuidos en infraestructura física, 22 finalizados y32 en proceso, los cuales están siendo ejecutados con Municipalidades, del

Contraloría General de Cuentas 282 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

departamento como unidades ejecutoras, por valor de Q63,573,153.43; valorintegrado de la siguiente manera: del presupuesto 2014, fuente 21 la cantidad deQ58,647,885.00 y la cantidad de Q4,870,106.47 por aportes de las UnidadesEjecutoras y Consejos Comunitarios de Desarrollo la cantidad de Q55,161.96. ElConsejo Departamental de Desarrollo, no suscribió contratos por la cantidad deQ329,800.00 que forma parte del presupuesto 2013, derivado que el valor descritocorresponde a obra reprogramada del año 2012, y el convenio ya se encontrabasuscrito en ese año; y de la fuente 29 Otros Recursos del Tesoro con AfectaciónEspecífica Fonpetrol, reportó 1 proyecto, el cual se encuentra en proceso yejecutado por la Municipalidad por un valor de Q888,953.24, de la citada cantidadle corresponde al presupuesto 2012 el valor de Q197,666.57, trasladado en el2014, no existe saldo alguno sin comprometer para el siguiente ejercicio fiscal2015. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo, formuló su Plan Operativo Anual 2014, elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que durante el año 2014,suscribió 54 convenios Interinstitucionales de Cofinanciamiento para la Ejecuciónde Obras y/o Proyectos, con las diferentes Municipalidades del Departamento, loscuales ascienden a la cantidad de Q63,573,153.43. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no suscribió convenios depréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo, no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de hojas electrónicas en Microsoft Excel.

Contraloría General de Cuentas 283 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo, tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoConsejos Comunitarios de Desarrollo y Municipalidades; por lo tanto no utiliza elSistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del EstadoGUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo, no cumplió con registrar mensualmente,en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero de Sistema Nacional de InversiónPública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

LicenciadoGenri Adelso Salazar GarcíaPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de Santa RosaSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Santa Rosa por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. No observamos ningún asunto importante relacionado con el funcionamiento de laestructura de control interno y su operación, que consideramos deba sercomunicado con este informe.

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. LUIS MIGUEL VEGA

Coordinador Gubernamental

Lic. CARLOS RENE TEJEDA PATZAN

Supervisor Gubernamental

1. 2.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

LicenciadoGenri Adelso Salazar GarcíaPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de Santa RosaSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de SantaRosa al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea deimportancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Falta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-Incumplimiento de envío de informes financieros

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. LUIS MIGUEL VEGA

Coordinador Gubernamental

Lic. CARLOS RENE TEJEDA PATZAN

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 287 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Santa Rosa, se encuentran en el estatus de ejecución, 42 convenios con las municipalidades del departamento,para la realización de diferentes proyectos durante el ejercicio fiscal del 01 deenero al 31 de diciembre de 2014, incluyendo dentro del total 6 proyectos delejercicio fiscal 2010 que fueron reprogramados, financiados con recursosprovenientes de la Fuente 21, Ingresos Tributarios IVA-PAZ, de los cuales en sutotalidad las autoridades del Consejo Departamental de Desarrollo, no velaron porel cumplimiento en el registro al Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP-, lossiguientes documentos: Actas de Inicio, Contrato entre Municipalidad yConstructora, Informes, Addendums, Certificaciones.

No. Unidad Ejecutora SNIP Nombre No.Convenio

Documentos sinpublicar

1MUNICIPALIDAD DECASILLAS

130177AMPLIACIÓN ESCUELA PRIMARIA ALDEALLANO GRANDE, CASILLAS SANTA ROSA

18-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

2MUNICIPALIDAD DESAN JUAN TECUACO

58696 AMPLIACIÓN ESCUELA PRIMARIA CASERÍOLINDA VISTA, SAN JUAN TECUACO, SANTAROSA.

55-2010 Actas de Inicio, Contratos entreMunicipalidad yConstructora

3MUNICIPALIDAD DECASILLAS

130179 AMPLIACIÓN INSTITUTO BÁSICO PORCOOPERATIVA, CASCO URBANO DELMUNICIPIO DE CASILLAS SANTA ROSA.

17-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

4MUNICIPALIDAD DEBARBERENA

115901 CONSTRUCCIÓN INSTALACIONESDEPORTIVAS Y RECREATIVAS COMPLEJODEPORTIVO BARBERENA, SANTA ROSA.

14-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

5MUNICIPALIDAD DEBARBERENA

115982CONSTRUCCIÓN INSTITUTO BÁSICO ALDEAEL CERINAL, BARBERENA, SANTA ROSA.

15-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

6MUNICIPALIDAD DECUILAPA

132487CONSTRUCCIÓN INSTITUTO BÁSICO ALDEALOS ESCLAVOS, CUILAPA SANTA ROSA

50-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

7 MUNICIPALIDAD DESANTA MARIAIXHUATAN

132090CONSTRUCCIÓN INSTITUTO BASICO INEB,SANTA MARIA IXHUATAN, SANTA ROSA

45-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

8MUNICIPALIDAD DEGUAZACAPAN

132381 CONSTRUCCIÓN PASARELA SOBRE RIOHUIPEO, CASERIO BARRANCA HONDA,GUAZACAPAN, SANTA ROSA.

54-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

9 54769 CONSTRUCCIÓN SISTEMA DEALCANTARILLADO SANITARIO ALDEA

46-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratos

Contraloría General de Cuentas 288 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

MUNICIPALIDAD DECUILAPA

BARILLAS, CUILAPA, SANTA ROSA. entre Municipalidad yConstructora

10MUNICIPALIDAD DENUEVA SANTA ROSA

148060MEJORAMIENTO CALLE ALDEA CHAPAS,NUEVA SANTA ROSA, SANTA ROSA.

10-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

11 MUNICIPALIDAD DESANTA MARIAIXHUATAN

132095 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTACIÓN)CUESTA SANTA BARBARA, FASE 2, SANTAMARIA IXHUATAN, SANTA ROSA

33-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

12 MUNICIPALIDAD DESANTA MARIAIXHUATAN

132093 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTACIÓN),FRENTE A ESCUELA URBANA, SANTA MARIAIXHUATÁN, SANTA ROSA

36-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

13

MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133341 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOCONCRETO CICLOPEO), 4TA Y 5TA CALLES,2DA AVENIDA Z1, CABECERA MUNICIPAL,SANTA ROSA DE LIMA.

26-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

14

MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133468 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOCONCRETO CICLOPEO), CASERÍO RINCÓNGRANDE, ALDEA AMBERES, SANTA ROSA DELIMA.

25-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

15MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133494 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOCONCRETO CICLOPEO), CASERIO TASAJERA,ALDEA EL SALITRE, SANTA ROSA DE LIMA.

29-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

16

MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133453 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOCONCRETO CICLOPEO), DE EL RINCONCITOHACIA CUESTA LA ZETA, ALDEA ELRINCONCITO, SANTA ROSA DE LIMA.

28-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

17

MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133502 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOCONCRETO CICLOPEO), EN CUESTA HACIA ELTEOCINTE, CASERÍO SABANA LARGA, ALDEAAMBERES, SANTA ROSA DE LIMA.

27-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

18MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133445 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOCONCRETO), 3RA CALLE Z1, CABECERAMUNICIPAL, SANTA ROSA DE LIMA.

22-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

19 MUNICIPALIDAD DEPUEBLO NUEVOVINAS

132853 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTO) ALDEAEL MANACAL PUEBLO NUEVO VIÑAS, SANATROSA.

44-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

20

MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

148030 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTO) CONCONCRETO CICLOPEO CALLE PRINCIPALHACIA LA IGLESIA, ALDEA LA CASITA, SANTAROSA DE LIMA, SANTA ROSA

24-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

21

MUNICIPALIDAD DESANTA ROSA DE LIMA

133295 MEJORAMIENTO CALLE (PAVIMENTOSCONCRETO CICLOPEO), CASERÍOS LLANOLARGO Y LAS BOLSITAS, ALDEA AMBERES,SANTA ROSA DE LIMA.

23-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

22MUNICIPALIDAD DECUILAPA

132512MEJORAMIENTO CALLE 1RA. AV. ZONA 1BARRIO EL CALVARIO, CUILAPA SANTA ROSA

41-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

23MUNICIPALIDAD DECHIQUIMULILLA

52772 MEJORAMIENTO CALLE 3ª. AV. ZONA 3BARRIO SANTIAGO, CHIQUIMULILLA, SANTAROSA

66-2010 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

24MUNICIPALIDAD DENUEVA SANTA ROSA

148057 MEJORAMIENTO CALLE ALDEA ESPITIABARRERA, NUEVA SANTA ROSA, SANTAROSA.

9-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

25

MUNICIPALIDAD DE

149246

MEJORAMIENTO CALLE ALDEA ESPITIA REAL,

16-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratos

Contraloría General de Cuentas 289 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

NUEVA SANTA ROSA NUEVA SANTA ROSA, SANTA ROSA entre Municipalidad yConstructora

26MUNICIPALIDAD DENUEVA SANTA ROSA

132030MEJORAMIENTO CALLE ALDEA GUADALUPE,NUEVA SANTA ROSA, SANTA ROSA.

11-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

27MUNICIPALIDAD DEGUAZACAPAN

132377 MEJORAMIENTO CALLE COSTADO RÍOUSARIN, BARRIO SAN MIGUEL ORIENTE,GUAZACAPAN SANTA ROSA

4-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

28MUNICIPALIDAD DECASILLAS

130176MEJORAMIENTO CALLE CUESTA EL JUTEFASE II, CASILLAS SANTA ROSA

21-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

29MUNICIPALIDAD DEPUEBLO NUEVOVINAS

132632 MEJORAMIENTO CALLE DE LA IGLESIACATÓLICA (PAVIMENTO) CANTON SANTAROSITA ALDEA LA GAVIA PUEBLO NUEVOVIÑAS, SANTA ROSA.

48-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

30MUNICIPALIDAD DEGUAZACAPAN

109305 MEJORAMIENTO CALLE EL CONACASTE,ALDEA POZA DE AGUA, GUAZACAPAN, SANTAROSA.

40-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

31MUNICIPALIDAD DEGUAZACAPAN

131188MEJORAMIENTO CALLE EL GUACHIPILIN FASEII, GUAZACAPAN SANTA ROSA

8-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

32MUNICIPALIDAD DETAXISCO

69149MEJORAMIENTO CALLE PONIENTE, BARRIOSAN MIGUEL FASE II, TAXISCO SANTA ROSA.

43-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

33 MUNICIPALIDAD DESANTA MARIAIXHUATAN

132094 MEJORAMIENTO CALLE VECINAL(CARRILERAS) MEDIA LEGUA-LA FILITA,SANTA MARIA IXHUATAN, SANTA ROSA

35-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

34 MUNICIPALIDAD DESANTA MARIAIXHUATAN

132092 MEJORAMIENTO CALLE VECINAL(PAVIMENTO) EL COPANTE - EL PITAL, SANTAMARIA IXHUATÁN, SANTA ROSA

34-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

35MUNICIPALIDAD DESAN JUAN TECUACO

132615 MEJORAMIENTO CAMINO RURAL QUEBRADADEL MUDO HACIA ALDEA JOYA GRANDE, FASEIII, SAN JUAN TECUACO, SANTA ROSA

46-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

36 MUNICIPALIDAD DESANTA CRUZNARANJO

149211 MEJORAMIENTO CAMINO RURAL SECTORCAMPO, ALDEA AGUA BLANCA, SANTA CRUZNARANJO, SANTA ROSA

42-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

37MUNICIPALIDAD DETAXISCO

66141MEJORAMIENTO ESCUELA PRIMARIA ALDEAEL ASTILLERO, TAXISCO, SANTA ROSA

63-2010 Actas de Inicio, Contratos entreMunicipalidad yConstructora

38MUNICIPALIDAD DESAN JUAN TECUACO

54958 MEJORAMIENTO ESCUELA PRIMARIA ALDEAEL TANQUE, SAN JUAN TECUACO, SANTAROSA

59-2010 Actas de Inicio, Contratos entreMunicipalidad yConstructora

39MUNICIPALIDAD DESAN JUAN TECUACO

58695MEJORAMIENTO ESCUELA PRIMARIA SANJUAN TECUACO, SANTA ROSA.

56-2010 Actas de Inicio, Contratos entreMunicipalidad yConstructora

40 MUNICIPALIDAD DEPUEBLO NUEVOVINAS

132854 MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLEALDEA EL CUJE PUEBLO NUEVO VIÑAS,SANTA ROSA.

53-2014 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

41MUNICIPALIDAD DESAN JUAN TECUACO

148037 MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLECASCO URBANO, FASE I, SAN JUAN TECUACO,SANTA ROSA

52-2014 Actas de Inicio, Contratos entreMunicipalidad yConstructora

42MUNICIPALIDAD DECUILAPA

64788 MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUA POTABLESECTOR LA LLAVE ALDEA SAN JUAN DEARANA, CUILAPA

72-2010 Actas de Inicio,Finalización, Contratosentre Municipalidad yConstructora

Contraloría General de Cuentas 290 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

CriterioEl Decreto Número 30-2012, del Congreso de la República de Guatemala, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscaldos mil catorce, artículo 53, establece: “…Los Consejos Departamentales deDesarrollo serán responsables de… b) Los siguientes desembolsos se efectuaránconforme al avance físico de la obra registrada en el Sistema Nacional deInversión Pública, por la unidad técnica del Consejo Departamental de Desarrollorespectivo…”, articulo 57. Información del Sistema Nacional de Inversión Pública einformes de calidad del gasto y rendición de cuentas, establece: “La Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia pondrá a disposición de losciudadanos guatemaltecos, a través de su sitio de internet la información de losproyectos de inversión pública contenida en el Sistema Nacional de InversiónPública, tomando como base la información de programación y de avance físico yfinanciero que las Entidades responsables de los proyectos le trasladen, segúntiempos establecidos..." El Acuerdo Gubernativo No. 540-2013, del Presidente, Reglamento de la LeyOrgánica del Presupuesto, artículo 30, Desembolsos a favor de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, establece: “…Es responsabilidad de la DirecciónEjecutiva del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), registrar durantelos primeros diez días hábiles de cada mes en el módulo de seguimiento delSistema Nacional de Inversión Pública, los avances físicos y financieros de susproyectos de inversión, posterior a su ejecución, asimismo la finalización delproyecto, adjuntando el acta de recepción y liquidación del activo, en formatodigital. Con esta información el Sistema Nacional de Inversión Pública dará porfinalizada la ejecución del proyecto; siempre y cuando la ejecución física yfinanciera sea del 100%.” CausaEl Director Ejecutivo no observó las disposiciones que establece el ordenamiento legalpara la ejecución de proyectos bajo la responsabilidad del Consejo Departamental deDesarrollo. EfectoLa población del departamento de Santa Rosa no cuenta con la informacióncorrespondiente de los contratos de proyectos de inversión pública, a través de lossistemas informáticos como parte fundamental de la auditoría social. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo del Consejo, para que lasUnidades Ejecutoras publiquen en el Sistema Nacional de Inversión Pública, lainformación correspondiente a los proyectos, para el cumplimiento de la legislación

Contraloría General de Cuentas 291 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

a.

b.

c.

vigente. Comentario de los Responsables

En oficio No. DE/DECD 013-2015 de fecha 24 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo Ingeniero Daniel Enrique Cabezas Duran, manifiesta: "En atención alOficio No. DAG-0293-28-SANTA ROSA, recibido el 14 de abril de 2015relacionado con el hallazgo siguiente:

" 1. Falta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP.

Se hizo saber en su oportunidad a cada una de las municipalidades sobre laresponsabilidad de publicar los documentos de cada proyecto (Actas deinicio, finalización, contrato entre Municipalidad y Constructora).

La única municipalidad que cumplió con éste requerimiento fue lamunicipalidad de San Juan Tecuaco, Santa Rosa.

El resto de municipalidades, a pesar de reiterar sobre la importancia de éstaacción no tomaron en cuenta las recomendaciones realizadas.

Se enviarán oficios a cada una de las municipalidades para recordarles suresponsabilidad..." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Director Ejecutivo, derivado que dentro de suscomentarios señala que hizo saber en su oportunidad a cada una de lasmunicipalidades sobre la responsabilidad de publicar los documentos de cadaproyecto (Actas de inicio, finalización, contrato entre Municipalidad yConstructora); el resto de municipalidades, a pesar de reiterar sobre la importanciade ésta acción no tomaron en cuenta las recomendaciones realizadas y nopresenta evidencia de su gestión para desvanecerlo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto No. 31-2002, artículo 39, numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO DANIEL ENRIQUE CABEZAS DURAN 17,000.00Total Q. 17,000.00

Hallazgo No. 2 Incumplimiento de envío de informes financieros

Contraloría General de Cuentas 292 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

CondiciónAl revisar la información publicada en el Sistema Nacional de Inversión Pública, 19proyectos finalizados durante el ejercicio fiscal 2014, de la Fuente 21, el Consejono cumplió con la responsabilidad de supervisar que la organización suscriptoradel contrato de remitir informes mensuales de avance físico y financiero, y cuandose finalicen obras, a la Controlaría General de Cuentas.

No. UNIDAD

EJECUTORA

NOMBRE DEL PROYECTO No.CONVENIO

Monto del

convenio

Documentos

pendientes

1. Municipalidad deChiquimulilla

MEJORAMIENTO CALLE CEMENTERIOGENERAL, CHIQUIMULILLA

41-2010

Q. 400,000.00

Informe deFinalización de

Obras

2. Municipalidad deChiquimulilla

MEJORAMIENTO CALLE ENTRE 1a. Y3a. AVENIDA ZONA 3, BARRIOSANTIAGO, CHIQUIMULILLA

42-2010

Q.275,000.00

Informe deFinalización de

Obras

3. Municipalidad deSan Rafael Las

Flores

MEJORAMIENTO ESCUELA PRIMARIAALDEA SABANA REDONDA (MUROPERIMETRAL), SAN RAFAEL LASFLORES

52-2010

Q.200,000.00

Informe deFinalización de

Obras

4. Municipalidad deSan Rafael Las

Flores

MEJORAMIENTO ESCUELA PRIMARIAALDEA LAS NUECES (MUROPERIMETRAL, TECHO Y MURO DECONTENCIÓN), SAN RAFAEL LASFLORES

53-2010

Q.300,000.00

Informe deFinalización de

Obras

5. Municipalidad deSanta Cruz

Naranjo

AMPLIACIÓN SISTEMA DE AGUAPOTABLE ALDEA EL TEOCINTE,SANTA CRUZ NARANJO

36-2010

Q.770,000.00

Informe deFinalización de

Obras

6. Municipalidad deSanta Cruz

Naranjo

INSTALACION SISTEMA DEALCANTARILLADO SANITARIO ALDEADON GREGORIO, SANTA CRUZNARANJO

37-2010

Q.870,000.00

Informe deFinalización de

Obras

7. Municipalidad deGuazacapan

MEJORAMIENTO CALLES LOSCARBAJALES Y DOÑA ORALIA,BARRIO SAN MIGUEL ORIENTE,GUAZACAPÁN

51-2010

Q.480,000.00

Informe deFinalización de

Obras

8. Municipalidad deGuazacapan

MEJORAMIENTO CALLE COSTADO YFRENTE ESCUELA PRIMARIA RAFAELALVARES, GUAZACAPÁN

58-2010

Q.250,000.00

Informe deFinalización de

Obras

9. Municipalidad deChiquimulilla

MEJORAMIENTO CALLE 3a. AV. ZONA3 BARRIO SANTIAGO, CHIQUIMULILLA

66-2010

Q.350,000.00

Informe deFinalización de

Obras

10. Municipalidad deSanta Cruz

Naranjo

MEJORAMIENTO PARQUE-CALZADAMUNICIPAL SANTA CRUZ NARANJO

28-2012

Q.3,100,000.00

Informe deFinalización de

Obras

11. Municipalidad deCuilapa

MEJORAMIENTO EDIFICIO(S)DIRECCION DEPARTAMENTAL DEEDUCACION, CUILAPA SANTA ROSA

54-2013

Q.800,000.00

Informe deFinalización de

Obras

12. Municipalidad deCuilapa

MEJORAMIENTO CALLE ENTRADAPRINCIPAL CABECERADEPARTAMENTAL, CUILAPA

51-2013

Q.1,826,868.24

Informe deFinalización de

Obras

13. Municipalidad deOratorio

MEJORAMIENTO SISTEMA DEALCANTARILLADO SANITARIO FASE II,AREA URBANA, ORATORIO

09-2013

Q.2,086,808.35

Informe deFinalización de

Obras

14. Municipalidad deNueva Santa Rosa

CONSTRUCCION SALON ALDEA OJODE AGUA, NUEVA SANTA ROSA,SANTA ROSA.

44-2013

Q.421,500.00

Informe deFinalización de

Obras

15. Municipalidad deNueva Santa Rosa

CONSTRUCCION SALON ALDEA LOSIZOTES, NUEVA SANTA ROSA

40-2013

Q.310,000.00

Informe deFinalización de

Obras

16. Municipalidad deSanta Rosa De

Lima

CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTOPOZO(S) MECANICO PARA SISTEMADE AGUA POTABLE, ALDEAS PUEBLOVIEJO Y CERRO GORDO, SANTA ROSADE LIMA, SANTA ROSA.

70-2013

Q.696,000.00

Informe deFinalización de

Obras

17. Municipalidad de MEJORAMIENTO CALLE AL PIMIENTAL Informe de

Contraloría General de Cuentas 293 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Oratorio ALDEA LAS CABEZAS, ORATORIO 08-2013 Q.777,006.76 Finalización deObras

18. Municipalidad deSan Juan Tecuaco

MEJORAMIENTO CAMINO RURALQUEBRADA DEL MUDO HACIA ALDEAJOYA GRANDE, FASE II, SAN JUANTECUACO, SANTA ROSA

60-2013

Q.635,000.00

Informe deFinalización de

Obras

19. Municipalidad deSanta María

Ixhuatan

MEJORAMIENTO CALLE(PAVIMENTACION) VECINAL ALDEASAN FRANCISCO LA CONSULTA-SANJOSÉ PINEDA, SANTA MARÍAIXHUATÁN

67-2013

Q.677,500.00

Informe deFinalización de

Obras

Total Q.15,225,683.35

CriterioEl Decreto Número 30-2012, del Congreso de la República de Guatemala, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscaldos mil catorce, artículo 53, establece: “…Los Consejos Departamentales deDesarrollo serán responsables de… a) El compromiso de la organizaciónsuscriptora del contrato de remitir informes mensuales de avance físico yfinanciero, y cuando se finalicen obras, a la Controlaría General de Cuentas…”. El Acuerdo Gubernativo No. 540-2013, del Presidente, Reglamento de la LeyOrgánica del Presupuesto, artículo 30, Desembolsos a favor de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, establece: “…Es responsabilidad de la DirecciónEjecutiva del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE), registrar durantelos primeros diez días hábiles de cada mes en el módulo de seguimiento delSistema Nacional de Inversión Pública, los avances físicos y financieros de susproyectos de inversión, posterior a su ejecución, asimismo la finalización delproyecto, adjuntando el acta de recepción y liquidación del activo, en formatodigital. Con esta información el Sistema Nacional de Inversión Pública dará porfinalizada la ejecución del proyecto; siempre y cuando la ejecución física yfinanciera sea del 100%.” CausaEl Director Ejecutivo no velo por el cumplimiento de las actividades administrativasde las unidades ejecutoras en el cumplimiento de las disposiciones que estableceel ordenamiento legal para la ejecución de proyectos bajo la responsabilidad delConsejo Departamental de Desarrollo. EfectoLa población del departamento de Santa Rosa no cuenta con la informacióncorrespondiente de los contratos de proyectos de inversión pública, a través de lossistemas informáticos como parte fundamental de la auditoría social. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Supervisor de Obrasa efecto de velar porque las Unidades ejecutoras remitan los informes de

Contraloría General de Cuentas 294 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

a.

b.

c.

finalización de las obras, para dar con el cumplimiento de legislación vigente. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. DE/DECD 013-2015 de fecha 24 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Ingeniero Daniel Enrique Cabezas Duran, manifiesta: "En atención alOficio No. DAG-0293-28-SANTA ROSA, recibido el 14 de abril de 2015relacionado con el hallazgo siguiente:" 2. Incumplimiento de envío de Informes financieros.

Se hizo saber en su oportunidad a cada una de las municipalidades sobre laresponsabilidad de remitir los Informes de las Obras para dar con elcumplimiento de la legislación vigente.

No se obtuvo ninguna respuesta de las municipalidades.

Se enviarán oficios a cada una de las municipalidades para recordarles suresponsabilidad de remitir los Informes de Finalización de obras.

Debido a la falta de colaboración por parte de las municipalides en la reunión deConsejo que se realizará..." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Director Ejecutivo, debido a que dentro de laspruebas de descargo no adjunta o presenta evidencia de las notas u oficiosenviados a las diferentes municipalidades donde les instruyó sobre la observanciadel cumplimiento de la remisión de los informes de finalización de obras y deavances físicos y financiero a la Contraloría General de Cuentas, conforme lanormativa legal vigente. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto No. 31-2002, artículo 39, numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO DANIEL ENRIQUE CABEZAS DURAN 17,000.00Total Q. 17,000.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoria anterior correspondiente alejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimiento e implementación por partede los responsables del Consejo Departamental de Desarrollo de Santa Rosa,estableciendo que fue atendida.

Contraloría General de Cuentas 295 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 GENRI ADELSO SALAZAR GARCIA PRESIDENTE CODEDE 01/01/2014 - 31/12/20142 DANIEL ENRIQUE CABEZAS DURAN DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 OMAR REYNALDO REINA LEON JEFE FINANCIERO CODEDE 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE SOLOLÁ

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 296 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 229 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de los Consejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyecto dedesarrollo de departamento, verificar y evaluar su cumplimiento, y cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes deproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuesta de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Contraloría General de Cuentas 297 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0295-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del Ejercicio Fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros, transaccionesadministrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron adecuadamente.

Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad.

Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otros aspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera Con base a la evaluación del control interno y en la ejecución presupuestaria, enfunción de las transferencias correspondientes del período comprendido del 01 deenero al 31 de diciembre de 2014, del Consejo Departamental de Desarrollo

Contraloría General de Cuentas 298 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

de Sololá, se consideraron los ingresos, modificaciones, transferencias einformes de la unidad de supervisión, así como la documentación que respalda lastransferencias. Se evaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por los consejos comunitariosde desarrollo y municipalidades del departamento de Sololá, mediante laaplicación de pruebas selectivas, excepto los realizados en los años 2012 al 2014,de conformidad con el MEMORANDUM-SCGP-03-2012, de fecha de 26 de julio de2012, del Subcontralor de Calidad de Gasto Público, el cual establece: "...seexceptúa constituirse en las municipalidades del país, ya que las auditorías dedichas entidades, estarán a cargo de la Dirección correspondiente...". Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-007-2014 de fecha 14de octubre de 2014, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto a lamisma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que maneja sus recursos en 3cuentas bancarias aperturadas en el sistema bancario nacional y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 de diciembre de 2014,según reportes de la administración reflejan un saldo por la cantidad deQ6,547,750.29, los cuales corresponden a la ejecución presupuestaria delejercicio fiscal 2014 Q4,673,265.58, de ejercicios anteriores la cantidad deQ1,867,595.34; de intereses a diciembre de 2014 Q6,889.37. Según reporte R00804768.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarel valor de Q22,228,632.05 integrado por las cantidades siguientes:Q10,000,000.00 de la fuente 11 Ingresos Corrientes y Q12,228,632.05 de la fuente21 Ingresos Tributarios IVA PAZ; como evento subsecuente se verificó que al 6 demayo de 2015, el Ministerio de Finanzas Públicas, trasladó el total deQ22,228,632.05 integrado por las cantidades siguientes: Q2,000,000.00 segúncomprobante único de registro 9019 de fecha 11 de febrero de 2015,

Contraloría General de Cuentas 299 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Q8,864,497.05 según comprobante único de registro 9211 de fecha 11 de febrerode 2015, Q4,000,000.00 según comprobante único de registro 9253 de fecha 9 demarzo de 2015, Q3,364,135.00 según comprobante único de registro 9267 defecha 30 de abril de 2015 y Q4,000,000.00 según comprobante único de registro9253 de fecha 6 de mayo de 2015. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo, recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, segúnresolución administrativa y financiera No. 001-2014 de fecha 22 de enero de 2014,por un monto de Q9,000.00 los cuales fueron liquidados al 31 de diciembre de2014, ejecutando en el transcurso del período la cantidad de Q19,763.18 yreintegrando a la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia –SCEP-la cantidad de Q4,338.00. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentesde financiamiento: 21 Ingresos Tributarios IVA PAZ, por Q55,791,082.00 y 29Otros Recursos del Tesoro con Afectación Específica, por Q1,126,074.05,totalizando la cantidad de Q56,917,156.05. Se recibió reintegro de unidad ejecutora por la cantidad de Q62,089.43correspondiente a proyecto del año 2009. Así mismo, según reporte R00801345.rpt generado en el sistema SICOIN Web, eldía 12 de febrero de 2014, por medio de CUR 10269, se acreditó a la cuenta deeste Consejo, la cantidad de Q16,354,351.00 de fuente 21, que corresponde aproyectos 2013. Además, se recibió la cantidad Q24,101.18 a través de Ingresos no tributarios quefueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaria de CoordinaciónEjecutiva de la Presidencia.

Contraloría General de Cuentas 300 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Adicionalmente contaba con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ2,169,141.21. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad de Q81,290,491.00, serealizaron modificaciones presupuestarias por la cantidad de Q10,141,896.00 paraun presupuesto vigente de Q91,432,387.00, de los cuales se trasladó a unidadesejecutoras para proyectos del año 2014 de fuente 21 la cantidadde Q37,880,626.57 y de fuente 29 la cantidad de Q800,000.00; así mismo setrasladó para reprogramaciones de proyectos del año 2013 la cantidad deQ13,064,129.32. Los desembolsos para proyectos de ejercicios anteriores durante el año fiscal2014 se realizaron de la siguiente forma: año 2013 fuente 21 por proyectosreprogramados Q16,343,660.67, de fuente 29 Q620,680.00 y año 2012 de fuente21 Q77,780.24. Se enviaron al Fondo Común Q175,000.00 por proyecto no ejecutado del año2013. El presupuesto vigente refleja un saldo total por devengar de Q12,286,598.90,integrado de la siguiente forma: de fuente 21 Q12,242,710.95 y de fuente 29Q43,887.95. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q19,763.18 a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia –SCEP-,reintegrando a dicha entidad la cantidad de Q4,338.00. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 104 proyectos de inversióndurante el año 2014, distribuidos en las finalidades siguientes: proyectos detransporte por carretera 54, en proceso 44, finalizados 10; infraestructura 35 enproceso; ordenación de desechos y aguas residuales 6 en proceso;

Contraloría General de Cuentas 301 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

abastecimiento de agua 7 en proceso; servicios 1 en proceso y agricultura 1 enproceso. La totalidad de los mismos está siendo ejecutada por Municipalidadespor un total de Q84,961,006.46. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá formuló su Plan OperativoAnual 2014 el cual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó durante el año 2014, 104proyectos de inversión los cuales ascienden a la cantidad de Q84,961,006.46,todos fueron suscritos con Municipalidades. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que no suscribió convenios dePréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo, no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo el registro de su movimiento financiero lorealiza a través de Formas Oficiales FORM-200-A-3 serie B, adicionalmente seauxilia de hojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo, tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoMunicipalidades; por lo tanto no utiliza el Sistema de Información deContrataciones y Adquisiciones del Estado GUATECOMPRAS.

Contraloría General de Cuentas 302 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo, no cumplió con actualizarmensualmente, en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero del SistemaNacional de Inversión Pública (SNIP), el avance físico y financiero de losproyectos a su cargo. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3. 4.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorLuis Florencio García ChutáPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de SololáSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Sololá por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014, evaluamosla estructura de control interno, para determinar nuestros procedimientos deauditoría con el propósito de emitir una opinión sobre la razonabilidad de eseestado y no para proporcionar seguridad del funcionamiento de la estructura decontrol interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos en relación a sufuncionamiento, que consideramos deben ser incluidos en este informe para estarde acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría y Normas de AuditoríaGubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Informes de supervisión de obras deficientesDeficiencia en registros en caja fiscalDeficiencias en presentación de informesDocumentación incompleta en expedientes de los proyectos

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. PABLO EDER MACARIO VENTURA

Auditor Gubernamental

Lic. ABRAHAM ELIGIO RODAS PAREDES

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 305 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Informes de supervisión de obras deficientes CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, al revisar la muestra deexpedientes de proyectos terminados y liquidados al 31 de diciembre de 2014, sedeterminó que los informes de supervisión de obras los cuales sirven dereferencia para efectuar los desembolsos a favor de las unidades ejecutoras, nose encuentran firmados por el Director Ejecutivo del Consejo Departamental deDesarrollo, deficiencia encontrada en la documentación de los convenios 14-2014Mejoramiento camino rural salida caserío Parromero a caserío Chuimanzana, SanJosé Chacaya, Sololá, por un monto de Q584,406.56, 19-2014 Mejoramientocamino rural salida caserío Xeabaj I, Nahualá Sololá por un monto deQ415,000.00 y 20-2014 Mejoramiento camino rural aldea Tzamjuyup, Nahualá Sololá, por un monto de Q470,000.00. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.2 Estructura de Control Interno indica “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar eimplantar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambienteóptimo de trabajo para alcanzar los objetivos institucionales. Una efectivaestructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a)controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controlesde detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles delegalidad; y, h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del procesoadministrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa yoperativa, eliminando o agregando controles, sin que se lesione la calidad delservicio." CausaEl Director Ejecutivo no revisa los informes de supervisión de obras los cualessirven de referencia para efectuar los desembolsos a favor de las unidadesejecutoras. EfectoLos desembolsos efectuados a las unidades ejecutoras no contaron con la

Contraloría General de Cuentas 306 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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aprobación del Director Ejecutivo, únicamente con el dictamen técnico de lossupervisores de obras en relación al estado físico de los proyectos. RecomendaciónEl Presidente, debe girar sus instrucciones al Director Ejecutivo para que losinformes de supervisión de obras, previo al desembolso de fondos, seanaprobados por su persona, dejando evidencia a través de su firma respectiva. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015 el Director Ejecutivo SeñorCristóbal Juan Bautista Tahay Tzaj manifestó: “Estimados licenciados...haciendola aclaración de que al momento de su revisión por cuestiones administrativasinternas y ajenas a mi voluntad como Director del CODEDE no había firmado losformatos de avance emitidos por departamento de supervisión de obras pero a lafecha se han firmado. Por lo anterior pedimos de su compresión para dejar sin efecto el presentehallazgo, debido a que ya se firmaron los documentos y que los proyectos almomento de su revisión se encontraban en su fase de ejecución, y a la fecha los documentos están debidamente archivados.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud que el señor Director Ejecutivo reconoce que almomento de la revisión, los informes de supervisión de obras que permanecenincluidos en los expedientes de los proyectos, no habían sido firmados por supersona; las causas que argumenta son cuestiones administrativas internas yajenas a la voluntad de hacerlo; la Comisión de Auditoría considera que si el señorDirector Ejecutivo velara por un control específico sobre los informes desupervisión de obras emitidos, y se evidenciara a través de su firma en cada unode ellos, previo a que sirvan de base para emitir los desembolsos a las unidadesejecutoras, la deficiencia señala se podría evitar, lo cual no sucedió durante elproceso de la auditoría. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO CRISTOBAL JUAN BAUTISTA TAHAY TZAJ 21,022.00Total Q. 21,022.00

Espacios luego de Acciones Legales

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No. Fecha Registro decheque No.

Situación registrada en caja fiscal Situación correcta

1 18/02/2014 4,916 Contrato administrativo 110-2013, indicaque pertenece a fuente 21

La obra pertenece a fuente 29

2 19/02/2014 4,927 No tipifica el número que identifique alproyecto

El contrato administrativo es 75-2013

3 13/03/2014 4,969 Contrato administrativo 109-2013, indicaque pertenece a fuente 21

La obra pertenece a fuente 29

4 10/04/2014 4,977 Convenio 01-2014, indica que pertenece afuente 21

La obra pertenece a fuente 29

5 10/04/2014 4,978 Contrato administrativo 93-2013, indicaque pertenece a fuente 21

La obra pertenece a fuente 29

6 08/05/2014 4,987 Se indica pago para el Contratoadministrativo 42-2013

El contrato administrativo correcto es34-2013

7 08/05/2014 4,988 No tipifica el número que identifique alproyecto

El contrato administrativo correcto es72-2013

8 08/05/2014 4,991 No tipifica el número que identifique alproyecto

El contrato administrativo correcto es49-2013

9 06/06/2014 5,012 Se indica pago para el Contratoadministrativo 14-2013

El convenio correcto es 14-2014

10 09/06/2014 5,016 Se indica pago para el Contratoadministrativo 41-2013

El convenio correcto es 21-2014

11 16/06/2014 5,028 Convenio 37-2014, indica que pertenece afuente 21

La obra pertenece a fuente 29

12 17/06/2014 5,030 Convenio 01-2014, indica que pertenece afuente 21

La obra pertenece a fuente 29

13 23/06/2014 5,036 Se indica pago para el Contratoadministrativo 13-2013

El convenio correcto es 13-2014

14 23/06/2014 5,038 Se indica pago para el Contratoadministrativo 32-2013

El convenio correcto es 32-2014

15 24/06/2014 5,047 Se indica pago para el Contratoadministrativo 46-2013

El convenio correcto es 46-2014

16 04/07/2014 5,060 Se indica pago para el Contrato El convenio correcto es 17-2014

Hallazgo No. 2 Deficiencia en registros en caja fiscal CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, se detectaron variasdeficiencias en el registro en caja fiscal de información relacionada a laidentificación de los proyectos y su fuente de financiamiento, dichas deficienciasse detallan a continuación:

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administrativo 66-2013

17 15/07/2014 5,066 Se indica pago para el convenio 113-2012 El convenio correcto es 23-2014

18 15/07/2014 5,080 Se indica pago para el Contratoadministrativo 16-2013

El convenio correcto es 16-2014

19 15/07/2014 5,082 Se indica pago para el Contratoadministrativo 29-2013

El convenio correcto es 29-2014

20 21/07/2014 5,093 Se indica pago para el convenio 43-2014 El contrato administrativo correcto es43-2013

21 28/07/2014 5,111 Se indica pago para el convenio 57-2014 El convenio correcto es 51-2014

22 28/07/2014 5,112 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 54-2014

23 28/07/2014 5,113 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 52-2014

24 07/08/2014 5,127 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 59-2014

25 08/08/2014 5,129 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 44-2014

26 15/08/2014 5,145 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 87-2014

27 19/08/2014 5,152 Convenio 37-2014, indica que pertenece afuente 21

La obra pertenece a fuente 29

28 22/08/2014 5,156 Convenio 38-2014, indica que pertenece afuente 21

La obra pertenece a fuente 29

29 29/08/2014 5,162 Se indica pago para el convenio 68-2014 El contrato administrativo correcto es68-2013

30 29/08/2014 5,163 Se indica pago para el convenio 60-2014 El contrato administrativo correcto es60-2013

31 16/09/2014 5,168 Se indica pago para el convenio 66-2014 El convenio correcto es 17-2014

32 12/11/2014 5,169 Se indica pago para el Contratoadministrativo 78-2013

El convenio correcto es 78-2014

33 12/11/2014 5,190 Se indica pago para el convenio 28-2014 El convenio correcto es 23-2014

34 13/11/2014 5,204 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 87-2014

35 18/11/2014 5,241 Se indica pago para el convenio 89-2014 El convenio correcto es 90-2014

36 18/11/2014 5,242 Se indica pago para el convenio 103-2014 El contrato administrativo correcto es103-2013

37 18/11/2014 5,243 Se indica pago para el convenio 101-2014 El contrato administrativo correcto es101-2013

38 18/11/2014 5,244 Se indica pago para el convenio 51-2014 El contrato administrativo correcto es51-2013

39 18/11/2014 5,254 Se indica pago para el convenio 94-2014 El contrato administrativo correcto es

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94-201340 28/11/2014 5,262 Se indica pago para el convenio 66-2014 El convenio correcto es 17-2014

41 23/12/2014 5,284 No tipifica el número que identifique alproyecto

El convenio correcto es 87-2014

42 30/12/2014 5,294 Convenio 38-2014, indica que pertenece afuente 21

La obra pertenece a fuente 29

CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Tipos de controles, establece: "Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros…" la Norma 2.4 Autorización y registro deoperaciones, indica que: "Cada entidad pública debe establecer por escrito, losprocedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de todas lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia sonaplicables a todos los niveles de organización, independientemente de que lasoperaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal forma que cadaservidor público cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo." y laNorma 5.5 Registro de las operaciones contables, establece: “…Todo registrocontable que se realice y la documentación de soporte, deben permitir aplicarpruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso de auditoría, y en general elseguimiento y evaluación interna de la calidad de los registros contables.” CausaDeficiencia por parte del Jefe Administrativo y Financiero al no establecer loscontroles oportunos y de registro que garanticen que la información revelada en lacaja fiscal sea correcta. EfectoRiesgo que los datos revelados en caja fiscal no sean los correctos y que dificultenla aplicación de pruebas de auditoría tanto interna como externa. RecomendaciónEl Director Ejecutivo debe girar instrucciones al Jefe Administrativo y Financiero aefecto de implementar controles que garanticen una correcta operatoria de la CajaFiscal. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Administrativo y

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Financiero, señor Franciss Daniel Chavajay Herrera, manifiesta: “Respetableslicenciados: nos permitimos informarle con referente al presente hallazgo quehemos tomado en cuenta sus observaciones, hemos informado a dondecorresponde para que se tome en cuenta las observaciones con relación a loserrores involuntarios detectados en su elaboración. No esta demás indicar que hansido errores involuntarios de forma y no de contenido que estamos seguros que noafectan los resultados y saldos finales de nuestra información financiera. Por lotanto con todo respeto pedimos su muestras de consideración al presente hallazgoy dejarlo sin efecto ya que se debió a errores involuntarios y que a la fecha yahemos corregido." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que el Jefe Administrativo y Financiero, señorFranciss Daniel Chavajay Herrera, reconoce que existen deficiencias en el registrode caja fiscal al confirmar los errores detectados en la elaboración de caja fiscal. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO FRANCISS DANIEL CHAVAJAY HERRERA 12,162.00Total Q. 12,162.00

Hallazgo No. 3 Deficiencias en presentación de informes CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, al efectuar la revisión delContrato Administrativo No. 12-2013, del proyecto denominado “MejoramientoSistema de Agua Potable por Gravedad, Sector Pak´Uwa´, Cabecera Municipal,San Juan La Laguna, Sololá”, por un valor de Q1,280,000.00, reportado al31/12/2014 por las autoridades del Consejo Departamental de Desarrollo con el100% de avance físico y financiero, se estableció que existen deficiencias en losinformes de supervisión de obras emitido por el supervisor de obras del Consejode Desarrollo, toda vez que se reportan incongruencias en los renglonesejecutados, puesto que en el informe 2, de fecha 27/12/2013, se revelan renglonesno ejecutados que anteriormente en el informe 1, de fecha 17/07/2013 reportabacomo ejecutados, tal como lo muestra el siguiente cuadro:

No. Renglón Descripción del renglón Cantidad ejecutada Diferencias

Informe # 1 Informe # 2

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2 Mejoramiento de captación 1 0 1

3 Construcción caja reunidora 1 0 1

4 Línea de conducción 120 100 20

5 Caja para válvula evacuadora de aire diámetro 1/2" PVC 2 1 1

6 Caja para válvula de limpieza diámetro 2" 2 1 1

7 Pasos aéreos 100 0 100

8 Zampeado de tubería 100 0 100

CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma No. 2.4 Autorización y Registro deOperaciones, indica: “Cada entidad pública debe establecer por escrito, losprocedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de todas lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia sonaplicables a todos los niveles de organización, independientemente de que lasoperaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal forma que cadaservidor público cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo.” CausaFalta de control y deficiente registro por parte del Supervisor de Obras en laelaboración de los informes de supervisión de las obras. EfectoRiesgo de contar con información no confiable en los informes de supervisión deobras. RecomendaciónEl Director Ejecutivo debe girar instrucciones al supervisor de obras, a efecto deque los informes de supervisión se realicen eficientemente, con el fin de garantizarla calidad de los mismos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el supervisor de obras delConsejo Departamental de Desarrollo de Sololá, arquitecto Carlos EnriqueVelásquez Navarro, manifiesta: “En lo que respecta al proyecto denominado“Mejoramiento Sistema de Agua Potable por Gravedad, Sector Pak’Uwà CabeceraMunicipal, San Juan La Laguna, Sololá, Convenio No. 12-2013 de fecha 02 demayo de 2013, siendo el primer informe correcto con un avance físico del 65.76%de Fecha: 17/07/2013 y en su momento se corrigió pero por razones ajenas anuestra buena voluntad, no lo adjuntaron los señores del archivo al expediente el

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informe correcto... Por lo antes expuesto con todo respeto SOLICITAMOS dejar sin efecto el presente hallazgo derivado a que en ningún momento existió malafe de no adjuntar el informe correcto, al mismo tiempo con toda seguridadhacemos de su conocimiento que estos documentos se encuentran incluidos enlos expedientes de los archivos del CODEDE Sololá." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que el supervisor de obras del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Sololá, arquitecto Carlos Enrique VelásquezNavarro, reconoce que existió un informe de avance deficiente que posteriormentecorrigió. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto No. 31-2002, artículo 39, numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesSUPERVISOR DE OBRAS CARLOS ENRIQUE VELASQUEZ NAVARRO 5,000.00Total Q. 5,000.00

Hallazgo No. 4 Documentación incompleta en expedientes de los proyectos CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, durante la revisión deexpedientes de la muestra seleccionada de proyectos, se determinó que losmismos no cuentan con la documentación completa para respaldar los procesosadministrativos y financieros (traslados de efectivo en el 2014). Los proyectos sonlos siguientes. ContratoAdmin.

Nombre del Proyecto Valor delproyecto

Documentación de respaldo faltante

10-2013 Mejoramiento Calle Salida De Chuitzanchaj AlSector Xecruz Caserío Chuitzanchaj, Santa CruzLa Laguna, Sololá.

805,691.08 Copia de acta de inicio de obra, copia de cheque de pagoal contratista por Q644,000.00 y copia de facturas porQ304,137.03.

12-2013 Mejoramiento Sistema De Agua Potable PorGravedad, Sector Pak´Uwa´, Cabecera Municipal,San Juan La Laguna, Sololá.

1,282,180.00 Copia del dictamen impacto ambiental en el expediente,copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q102,400.00.

19-2013 Mejoramiento Calle Fase II, Caserio Xejuyu II, SanAndrés Semetabaj, Sololá

844,971.10 Copia del acta de finalización y liquidación del proyecto,así como copia de cheque de pago al contratista y copiade facturas por Q260,298.24.

20-2013 Mejoramiento Camino Rural Tercera Fase,Caserío Chuisamayac, Aldea Tzampoj, SantaCatarina Ixtahuacán, Sololá.

804,089.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista.

Contraloría General de Cuentas 313 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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24-2013 Mejoramiento Calle De Los Arboles Y Calle DelCampanario Cabecera Municipal Panajachel,Sololá

1,023,506.05 Copia de todos los cheques de pago al contratista asícomo de todas las correspondientes facturas.

34-2013 Construcción Sistema De Agua Potable, CaseríoSan Miguelito, Aldea Guineales, Santa CatarinaIxtahuacán, Sololá.

1,350,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q422,500.00

37-2013 Mejoramiento Camino Rural 2da. Fase, CaseríoSan José Xiquinabaj, San Antonio Palopó, Sololá.

900,000.00 Copia de cheques de pago al contratista por Q374,000.00

42-2013 Construcción Sistema De Agua Potable, CaseríoChuiquilá, Aldea Tzampoj, Santa CatarinaIxtahuacán, Sololá.

852,476.00 Copia de cheques de pago al contratista porQ851,151.00, así como copia de facturas porQ247,500.00

43-2013 Mejoramiento Cancha Polideportiva Sintética,Cabecera Municipal, San José Chacayá, Sololá

890,229.69 Copia de cheques de pago al contratista porQ885,229.69, así como copia de todas las facturas queamparen los aportes.

44-2013 Mejoramiento Sistema De Aguas Pluviales , BarrioIII, San Marcos La Laguna, Sololá.

1,132,323.57 Copias de fianzas de conservación de obra y saldosdeudores, acta de recepción y liquidación de la obra,copia de cheques de pago al contratista así como copiade facturas por Q905,316.40

45-2013 Construcción Sistema De Alcantarillado SanitarioSector Tzanjuyu, Santa Catarina Palopó, Sololà.

869,450.00 Copia de cheques de pago al contratista así como copiade facturas por Q694,520.00

53-2013 Ampliación Puesto De Salud (Centro De AtenciónPermanente Cap) Cabecera Municipal, SanAntonio Palopó, Sololá.

1,125,477.57 Copia de acta de recepción y liquidación de obra, fianzasde conservación de obras y saldos deudores, copia decheques de pago al contratista por Q985,585.26 así comocopia de facturas por Q503,764.91.

59-2013 Equipamiento Y Perforación De Pozo, (Línea DeBombeo Y Distribución De Agua), SectorTzanquiacay, San Pedro La Laguna, Sololá

2,409,334.86 Copia de cheques de pago al contratista y copia defacturas por Q1,830,156.97

64-2013 Mejoramiento Calle Entrada Principal, Aldea ElNovillero, Santa Lucía Utatlán, Sololá.

820,000.00 Copia de cheque de pago al contratista por Q644,915.28y copia de facturas por Q337,923.74.

71-2013 Construcción Sistema De Agua Potable, CaseríoPaquip, Aldea Chuisanto Tomás, Santa CatarinaIxtahuacán, Sololá.

900,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q566,475.00

72-2013 Construcción Sistema De Agua Potable, CaseríoTzamjuyup, Aldea Pacamaché, Santa CatarinaIxtahuacán, Sololá.

1,188,307.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q248,283.05

77-2013 Mejoramiento Calle Rancho Grande Fase IIICabecera Municipal Panajachel, Sololá

815,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de todas las facturas que amparen el trasladode fondos.

78-2013 Mejoramiento Camino Rural Cantón PalanquixCotiyab, Nahualá, Sololá,

820,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q304,542.42.

79-2013 Mejoramiento Camino Rural Sectores: Xaminab YTzocab, Canton Racantacaj, Nahualá, Sololá

820,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q309,501.19.

82-2013 Construcción Gaviones Rio Pasaqul, Caserío 852,000.00 Copias de cheques de pago al contratista y de facturas

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Jaibalito, Santa Cruz La Laguna, Sololá. por Q681,280.00.

83-2013 Ampliación Escuela Primaria Cantón San Gabriel,San Antonio Palopó, Sololá.

1,153,447.24 Copia de fianzas de conservación de obras ni de saldosdeudores, copia de cheques de pago al contratista porQ705,191.90 así como copia de facturas por Q862,033.19

84-2013 Mejoramiento Camino Rural Aldea La Ceiba,Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá

900,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista, asícomo copia de facturas por Q720,508.16.

87-2013 Construcción Centro De Servicios Sociales CantónPatzij, Nahualá, Sololá

890,000.00 Copia de todos los cheques de pago al contratista asícomo de todas las correspondientes facturas.

89-2013 Construcción Instituto Básico (Segundo Nivel)Cabecera Municipal, Santa María Visitación,Sololá.

807,410.16 Copia del contrato de ejecución incompleta, copia detodos los cheques de pago al contratista, así como copiade facturas por Q90,648.99.

92-2013 Mejoramiento Calle Principal, Cantón Chuasanahi,San Pedro La Laguna, Sololá.-

1,261,956.88 Copias de cheques de pago al contratista y de facturaspor Q1,000,023.11.

99-2013 Construcción Letrina (Salida A San Marcos), SanPablo La Laguna, Sololá.

776,256.96 Copias de cheques de pago al contratista y de facturaspor Q99,828.20.

CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.11 Archivos, establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, emitir, con baseen las regulaciones legales respectivas, las políticas administrativas para que entodas las unidades administrativas de la organización, creen y mantengan archivosordenados en forma lógica, definiendo su contenido, de manera que sea fácillocalizar la información. La documentación de respaldo de las operacionesfinancieras y administrativas que realice la entidad, deberá estar archivada en lasunidades establecidas por los órganos rectores, siguiendo un orden lógico, de fácilacceso y consulta, de tal manera que facilite la rendición de cuentas…”, y laNorma 2.6 Documentos de Respaldo, establece: “Toda operación que realicen lasentidades públicas, cualesquiera sea su naturaleza, debe contar con ladocumentación necesaria y suficiente que la respalde. La documentación derespaldo promueve la transparencia y debe demostrar que se ha cumplido con losrequisitos legales, administrativos, de registro y control de la entidad; por tantocontendrá la información adecuada, por cualquier medio que se produzca, paraidentificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operación para facilitar suanálisis.” CausaFalta de control por parte del Director Ejecutivo, al no velar por que las unidadesejecutoras envíen en forma oportuna la documentación completa que respaldecada uno de los procesos administrativos y financieros de los proyectos.

Contraloría General de Cuentas 315 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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EfectoRiesgo de que los expedientes al estar incompletos no respalden los procesosadministrativos y financieros, limitando así la labor de fiscalización. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo a efecto de ladocumentación que ampare todas las operaciones administrativas, financieras yde gestión se encuentren en los correspondientes expedientes de cada proyectoadministrado por el Consejo Departamental de Desarrollo. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, señorCristóbal Juan Bautista Tahay Tzaj, manifiesta: “Estimados licenciados conrespecto al presente hallazgo queremos exponerle lo siguiente: los comprobantesde pago que surgen a consecuencia de los pagos que las unidades ejecutorasrealizan a las empresas adjudicadas, por procedimiento nos envían copia despuésque nosotros emitimos pagos a las unidades ejecutoras, y esto se debe a que losdocumentos de pagos mencionados surgen a partir de los pagos que el CODEDErealiza a las unidades ejecutoras. Por lo que con todo respecto SOLICITAMOS sucomprensión y deje sin efecto el presente hallazgo, ya que a la fecha estosrequisitos están debidamente archivados en los expedientes que sustentan lainversión de estos proyectos que físicamente están en óptimas condiciones." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que los comentarios vertidos por el DirectorEjecutivo, señor Cristóbal Juan Bautista Tahay Tzaj, no lo desvanecen, toda vezque indica que los documentos en el expediente se reciben por procedimiento,después de emitir los pagos, sin embargo, existen documentos que por sunaturaleza deben figurar desde el principio o en el transcurso de la ejecución,como por ejemplo, los documentos como fotocopias del acta de inicio de obra,fotocopia de documentos donde conste el traslado de fondos a la constructora,tanto del anticipo como de los pagos con estimación, entre otros. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO CRISTOBAL JUAN BAUTISTA TAHAY TZAJ 21,022.00Total Q. 21,022.00

1. 2. 3. 4. 5.

6.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorLuis Florencio García ChutáPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de SololáSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá al31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea de importancia,hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Pago de proyectos sin cuota financieraOmisión de cláusulas en contratoDeficiente gestiónSolicitud de cuota financiera sin existir avance físicoInformación no actualizada en el Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP-

6. Documentación no presentada oportunamente

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. PABLO EDER MACARIO VENTURA

Auditor Gubernamental

Lic. ABRAHAM ELIGIO RODAS PAREDES

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 318 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Pago de proyectos sin cuota financiera CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá se determinó que, al 31 dejulio de 2014, se realizaron pagos a proyectos sin que estos contaran con cuotafinanciera disponible, toda vez que se trasladó a 10 proyectos 2014 la cantidad deQ3,590,517.00, pese a que a esa fecha, se había programado y solicitado paradichos proyectos la cantidad de Q1,326,425.50, por tanto se realizó el pago deproyectos sin cuota financiera por un valor de Q2,264,091.50, el cual fueregularizado con cuotas posteriores. Los proyectos referidos son los siguientes:

No Nombre del proyectoConvenio

No.

Solicitud decuota finan.

No.

Total recibidoMINFIN

31/07/2014

Chequesde consejo

Nos.

Total pagadoal 31/07/2014

Total pagadoen exceso31/07/2014

1 Mejoramiento camino ruralsalida caserío parromero acaserío chuimanzana, san joséchacaya, sololá.

14-2014 2da y 3ra 140,467.50 5012, 5054,5075

177,925.50 37,458.00

2 Mejoramiento camino ruralparaje chirijcruz, cantónpamezabal, santa lucia utatlán,sololá.

29-2014 2da cuota 80,000.00 5044, 5082 320,000.00 240,000.00

3 Mejoramiento camino ruralcaserío pacanal ii, aldeaxejuyup, nahualá, sololá

05-2014 2da cuota 100,000.00 5035, 5079 400,000.00 300,000.00

4 Mejoramiento camino ruralcaserío pacanal i, sector a,aldea xejuyup, nahualá, sololá

07-2014 2da cuota 100,000.00 5034, 5078 400,000.00 300,000.00

5 Mejoramiento camino ruralcaserío xeabaj i, nahualá, sololá

19-2014 2da cuota 80,000.00 5027, 5048,5061

380,000.00 300,000.00

6 Mejoramiento camino ruralcaserío xeabaj ii, nahualá, sololá

06-2014 2da cuota 80,000.00 5031, 5077 320,000.00 240,000.00

7 Mejoramiento camino rural aldeatzamjuyup, nahualá, sololá

20-2014 2da cuota 90,000.00 5033, 5072 360,000.00 270,000.00

8 Mejoramiento patrimonioprehispánico, 5ta. Avenida,cabecera municipal, san juan lalaguna, sololá

24-2014 2da cuota 70,000.00 5017, 5056 297,500.00 227,500.00

9 Mejoramiento sistema de aguapotable (por gravedad) aldeapalestina, san juan la laguna,sololá

22-2014 2da y 3ra 488,760.00 5018, 5057 522,000.00 33,240.00

10 Ampliación escuela primariasegundo nivel, escuela oficialrural mixta, aldea pasajquim sanjuan la laguna, sololá

21-2014 2da cuota 97,198.00 5016, 5055 413,091.50 315,893.50

Totales ========>>>>> 1,326,425.50 3,590,517.00 2,264,091.50

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CriterioEl Decreto número 30-2012 del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado vigente para el Ejercicio Fiscal dos milcatorce, artículo 6, establece: “Responsables de la programación, reprogramacióny ejecución presupuestaria. Las autoridades superiores de las Entidades Públicasson responsables de la programación, reprogramación y la ejecuciónpresupuestaria de egresos de su Entidad, de conformidad con lo establecido en elartículo 29 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República deGuatemala, Ley Orgánica del Presupuesto…”, y el artículo 53, último párrafoestablece: “Los Consejos Departamentales de Desarrollo deberán efectuar laprogramación de desembolsos y remitirla a la Dirección Financiera del Ministeriode Finanzas Públicas, para la solicitud de las cuotas financieras que corresponda.Dicha Dirección gestionará el desembolso de los recursos en función del avanceen la ejecución de los proyectos y a la recaudación efectiva de los ingresos quepor ley le corresponde.” CausaEl Presidente y Jefe Administrativo y Financiero, no cumplieron con laprogramación y traslado de fondos, pagando proyectos distintos a losprogramados en las solicitudes de cuotas financieras emitidas al Ministerio deFinanzas Públicas. EfectoRiesgo de que otros proyectos programados se retrasen y no sean concluidosdentro del plazo establecido. RecomendaciónEl Presidente y Jefe Administrativo y Financiero, deben cumplir con laprogramación y ejecución de fondos, a efecto de que se trasladen los fondos a losproyectos incluidos en las solicitudes de cuotas financieras realizadas al Ministeriode Finanzas Públicas. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Presidente, señor LuisFlorencio García Chuta, y el Jefe Administrativo y Financiero, señor FrancissDaniel Chavajay Herrera, manifiestan: “Estimados licenciados: en respuesta alpresente hallazgo hacemos de su conocimiento que el Consejo Departamental deSololá al 31 de diciembre de 2014, no tuvo ningún inconveniente con los proyectosque estamos ejecutando, todos los proyectos a la fecha se están ejecutando deacuerdo a lo establecido en el convenio y los plazos contractuales, todos los

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fondos fueron gestionados ante el Ministerio de Finanzas Publicas de acuerdo a loestablecido, al mismo tiempo se trasladaron a las unidades ejecutoras encumplimiento a avances físicos. Por lo tanto, con el respeto que se merecenSOLICITAMOS sus consideraciones con este hallazgo y dejarlo sin efecto todavez que todos los fondos comprometidos de cada proyecto fueron debidamenteregularizados al 31 de diciembre de 2014, y nuestro nivel de ejecución yprogramación permitió concluir debidamente los proyectos que son de muchautilidad para las comunidades beneficiadas y a quienes se debe cualquier esfuerzorealizado." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que los comentarios vertidos por losresponsables no lo desvanecen, toda vez que reconocen que al 31 de diciembrede 2014 los saldos fueron debidamente regularizados, no obstante, la condiciónsujeta al hallazgo se refiere al pago de proyectos sin cuota financiera al 31 de juliode 2014, en tal sentido, el hecho de regularizarlo no exime el pago de losproyectos citados sin su correspondiente cuota. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE LUIS FLORENCIO GARCIA CHUTA 45,606.80JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO FRANCISS DANIEL CHAVAJAY HERRERA 12,162.00Total Q. 57,768.80

Hallazgo No. 2 Omisión de cláusulas en contrato CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, en la revisión deexpedientes de la muestra seleccionada, se determinó que en los contratosadministrativos suscritos en el ejercicio fiscal 2013, celebrados entre el ConsejoDepartamental de Desarrollo de Sololá y las distintas unidades ejecutoras, no seincluyó el compromiso de la organización suscriptora del contrato para que cuandofinalicen las obras deba enviarse el informe respectivo a la Contraloría General deCuentas. CriterioEl Decreto número 30-2012 del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil trece,

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artículo 53, párrafo quinto indica: “…Los Consejos Departamentales de Desarrolloserán responsables de registrar en el Sistema Nacional de Inversión Pública, loscontratos que suscriban con los Consejos Comunitarios de Desarrollo yMunicipalidades del país, a más tardar cinco (5) días después de su suscripción.Estos contratos deberán incluir con carácter obligatorio: a) El compromiso de laorganización suscriptora del contrato de rendir informes mensuales de avancefísico y financiero, y cuando se finalicen obras, el informe respectivo al ConsejoDepartamental de Desarrollo que suscriba el contrato, a la Contraloría General deCuentas y a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia…”. CausaEl Presidente incumplió con la aplicación del marco legal vigente, en lo referente ala suscripción de los contratos administrativos celebrados con las distintasunidades ejecutoras. EfectoRiesgo de que al finalizar las obras, las unidades ejecutoras no cumplan con elcompromiso de enviar los informes correspondientes a la Contraloría General deCuentas. RecomendaciónEl Presidente debe velar por el cumplimiento de la normativa legal vigente en laredacción de los contratos administrativos, en base a la inclusión de los incisosobligatorios citados en la Ley del Presupuesto, con el fin de garantizar loscompromisos contraídos de cada una de las partes suscriptoras de los mismos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Presidente, señor LuisFlorencio García Chuta, manifiesta: “Respetables licenciados: hacemos de suconocimiento que el señor presidente del Consejo Departamental de Desarrollo sicumplió con el marco legal vigente, en lo referente a la suscripción de loscontratos administrativos celebrados con las distintas unidades ejecutoras, debidoa que en la referencia legal hace claramente que este convenio se base en elartículo 53 del decreto 30-2012, ley del presupuesto para el ejercicio fiscal 2013.Por otra parte en entre los requisitos exigidos en el convenio en lo que respecta alúltimo pago, el check list establecido indica entre los requisitos de liquidación quedeben de acompañar un oficio de compromiso de unidad ejecutora que almomento de liquidación del proyecto enviar informe a Contraloría y otrasdependencias de la liquidación total del proyecto. Por lo antes expuesto estamosplenamente convencidos que se han cumplido con lo que indica la ley, por lo tantocon todo respecto solicitamos sus consideraciones y dejar sin efecto el presentehallazgo."

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que los comentarios vertidos por elresponsable no lo desvanecen, toda vez que el criterio menciona que los contratosdeben incluir con carácter obligatorio del compromiso citado en la condición delhallazgo, por tanto, al no incluir dicha cláusula se incumplió con el criterio referido.Asimismo, que un check list contenga dicho compromiso no exime de laresponsabilidad de incluirlo en el contrato de cofinanciamiento. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto No. 31-2002, artículo 39, numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE LUIS FLORENCIO GARCIA CHUTA 5,000.00Total Q. 5,000.00

Hallazgo No. 3 Deficiente gestión CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, se determinó que existiódeficiente gestión administrativa en la depuración de obra de arrastre, toda vezque al 01/01/2014 se revelaron varios proyectos con 100% de avance físico queestuvieron pendientes del último aporte, así como obras con 100% de avancefísico y financiero, con saldos mínimos para devolución al fondo común, y al31/12/2014 no se realizó ninguna gestión para liquidar los proyectos, los cuales sedetallan a continuación.

No.Convenio

Nombre del Proyecto Saldo al01/01/2014

Saldo al31/12/2014

%Financiero %Físico

EstadoActual

20-2009 Construcción Muro Perimetral y deContención (Del Cementerio) CaseríoChuitzanchaj, Santa Cruz La Laguna,Sololá

19,550.10 19,550.10 80% 100% Proceso

70-2010 Mejoramiento calle, Sector Pachipup,Barrio San Antonio Santa Clara LaLaguna

14,000.00 14,000.00 95% 100% Proceso

047-2010 Mejoramiento Calle 12 Calle "A" final,Colonia Miralinda, Barrio el Carmen,Sololá

0.01 0.01 100% 100% TerminadoLiquidado

091-2010 Construcción Escuela Primaria CaseríoChuipoj Santa María Visitación Sololá

4.00 4.00 100% 100% TerminadoLiquidado

72-2011 Mejoramiento calle (adoquinado) sectorChichiyal, cabecera municipal, SantaClara La Laguna, Sololá

9,000.00 9,000.00 96% 100% Proceso

77-2011 Mejoramiento calle del Xemonte alsector La Loma, cabecera municipal,

5,400.00 5,400.00 98% 100% Proceso

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Santa Clara La Laguna, Sololá81-2011 Ampliación escuela primaria, aldea

Paquip, Santa Clara La Laguna, Sololá21,000.00 21,000.00 96% 100% Proceso

30-2011 Subsidio granos básicos para laalimentación a familias de escasosrecursos, Concepción, Sololá

36,600.00 36,600.00 94% 100% Proceso

48-2012 Construcción centro de acopio y rellenosanitario, Santa María Visitación, Sololá

49.60 49.60 70% 70% Proceso

103-2012 Construcción escuela primaria oficialrural mixta caserío Chocol, cantónChichimuch, Santa Lucía Utatlán,Sololá

7.61 7.61 55% 60% Proceso

06-2012 Mejoramiento camino rural sectorChoquewuj, paraje Cruz B, cantónPahaj, Santa Lucía Utatlán

786.54 786.54 96% 100% Proceso

05-2012 Mejoramiento camino rural caseríoPacorral, cantón Pamezabal, SantaLucía Utatlán, Sololá

10.30 10.30 90% 100% Proceso

61-2012 Mejoramiento calle (adoquinado) sectorTzanjay a cantón Concepción, Sololá

0.01 0.01 100% 100% TerminadoLiquidado

53-2012 Mejoramiento calle colonia La Joya,San Lucas Tolimán, Sololá

1,205.36 1,205.36 100% 100% TerminadoLiquidado

109-2012 Construcción escuela primaria, muro ypavimentación del módulo 2, escuelaoficial urbana mixta Mateo HerreraNo.2, Santiago Atitlán

3.68 3.68 100% 100% TerminadoLiquidado

110-2012 Ampliación escuela primaria,construcción de una bodega para laescuela oficial rural mixta Chacayá Nos.2, aldea San Antonio Chacayá,Santiago Atitlán, Sololá

6.44 6.44 95% 100% Proceso

122-2012 Ampliación edificio(s) localescomerciales municipal, segundo nivel,Sololá

2,441.81 2,441.81 99% 100% Proceso

127-2012 Mejoramiento camino rural sectorRoquel, cantón Ojo de agua, SanAntonio Palopó, Sololá

0.63 0.63 100% 100% TerminadoLiquidado

03-2013 Mejoramiento calle comunidad TierraSanta, San Lucas, Tolimán, Sololá

3,720.00 3,720.00 100% 100% Terminado

TOTAL 113,786.09 113,786.09

CriterioEl Decreto 11-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Consejosde Desarrollo Urbano y Rural, artículo 10 Funciones de los consejosdepartamentales de desarrollo, literal e) indica: “Dar seguimiento a la ejecución delas políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo del departamento,verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno, proponer medidascorrectivas a las entidades responsables.” CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Administrativo y Financiero no realizaron seguimiento ygestión administrativa oportuna orientada a la depuración de la obra de arrastre,con el fin de liquidar en su totalidad los proyectos que ameritaban dichoprocedimiento.

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EfectoEl Consejo Departamental de Desarrollo sigue reportando información de obra dearrastre sin depurar, por proyectos pendientes de liquidar o de devolución al fondocomún de saldos mínimos. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Administrativo yFinanciero, para que en lo sucesivo, se realice en forma oportuna la gestiónadministrativa para tomar las medidas necesarias, a efecto de depurar la obra dearrastre liquidando los proyectos o devolviendo al fondo común lo quecorresponda. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015 el Director Ejecutivo señorCristóbal Juan Bautista Tahay Tzaj y Jefe Administrativo y Financiero señorFranciss Daniel Chavajay Herrera manifestaron: “Estimados licenciados: conrespecto al presente hallazgos hacemos de su conocimiento que a la fecha seestán realizando todas las gestiones necesarias para que liquiden los proyectosrespectivos. Es conveniente hacer de su conocimiento que tales proyectos estánfísicamente terminados, y los motivos por los cuales no se han liquidado se debe aprocesos administrativos y financieros que las unidades ejecutoras no handemostrado interés en hacernos llegarlo los requisitos finales que conlleva elúltimo pago. Por lo antes expuesto esperamos su comprensión y pedimos deje sinefecto el presente hallazgo, comprometiéndonos a gestionar a la mayor brevedadla liquidación de cada uno de estos proyectos en base a los procedimientos quecada uno requiera.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud que los Responsables a pesar de que indicanque se están realizando todas las gestiones necesarias, no adjuntan evidencia delas mismas, si así fuera dichas acciones se hicieron posteriores al 31 de diciembrede 2014 plazo en que finalizó el período sujeto a examen, ya que a esa fecha lossaldos de los proyectos indicados en la condición del presente hallazgo, novariaron en relación a la información presentada como saldos iniciales al 1 deenero de 2014. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO CRISTOBAL JUAN BAUTISTA TAHAY TZAJ 21,022.00

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JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO FRANCISS DANIEL CHAVAJAY HERRERA 12,162.00Total Q. 33,184.00

Hallazgo No. 4 Solicitud de cuota financiera sin existir avance físico CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá se determinó que sesolicitaron cuotas financieras remitidas al Ministerio de Finanzas Públicas sinexistir avance físico que las sustente, toda vez que mediante el cotejo de lassolicitudes de cuotas financieras números 08-2014 y 10-2014 de fecha 19 y 30 dediciembre de 2014 respectivamente, con los cuadros analíticos de obras al 31 dediciembre de 2014 reportados por el Consejo Departamental de Desarrollo deSololá, se estableció que existen diferencias en los avances físicos reflejados enambos reportes, como lo demuestra el siguiente cuadro:

No. No. SNIP No. Convenio Nombre Del Proyecto Unidad Ejecutora% FísicoCuadrosCodede

% Físico Solicitud de

Cuota

% SolicitudSin Avance

Físico

1 140,652 88-2014

MEJORAMIENTO CAMINORURAL, CASERÍO BUENAVISTA, CANTÓNSACSIGUAN, SOLOLÁ.

Municipalidad DeSololá

30% 60% -30%

2 133,818 02-2014

CONSTRUCCION CENTRODE SERVICIOS SOCIALESCANTON PACHIPAC,NAHUALÁ, SOLOLÁ

Municipalidad DeNahualá

75% 100% -25%

3 135,901 44-2014

CONSTRUCCIÓN ESCUELAPRIMARIA (II FASE),CABECERA MUNICIPAL,SANTA CLARA LA LAGUNA,SOLOLA

Municipalidad DeSanta Clara La

Laguna60% 100% -40%

4 149,038 78-2014

CONSTRUCCIONINFRAESTRUCTURATRATAMIENTO DEDESECHOS SOLIDOS(PRIMERA FASE) CASERIOLA CUMBRE CONCEPCION,SOLOLA

Municipalidad DeConcepción

45% 100% -55%

5 112,052 49-2014

CONSTRUCCION CENTRODE SERVICIOS SOCIALESEN EL BARRIO JUCANYA,PANAJACHEL, SOLOLÁ,

Municipalidad DePanajachel

60% 100% -40%

6 134,925 94-2014

MEJORAMIENTO SISTEMADE AGUA POTABLE DE LACABECERA MUNICIPAL DEPANAJACHEL,DEPARTAMENTO DESOLOLA, GUATEMALA

Municipalidad DePanajachel

40% 100% -60%

7 136,497 97-2014

MEJORAMIENTOINFRAESTRUCTURATRATAMIENTO DEDESECHOS SOLIDOSSANTA CATARINA PALOPÓ,SOLOLÁ.

Municipalidad DeSanta Catarina

Palopó0% 27% -27%

8 137,680 95-2014

AMPLIACION ESCUELAPRIMARIA CANTÓN ELNARANJO, SAN ANTONIOPALOPÓ, SOLOLÁ.

Municipalidad DeSan Antonio Palopó

75% 100% -25%

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

9 137,694 92-2014

AMPLIACION ESCUELA

PRIMARIA ALDEA AGUA

ESCONDIDA, SAN ANTONIO

PALOPÓ SOLOLÁ , .

Municipalidad DeSan Antonio Palopó

60% 100% -40%

10 132,957 23-2014

AMPLIACION BIBLIOTECAMUNICIPAL,SEGUNDONIVEL, CABECERAMUNICIPAL, SAN JUAN LALAGUNA, SOLOLÁ

Municipalidad DeSan Juan La

Laguna60% 100% -40%

CriterioEl Decreto número 30-2012 del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado vigente para el Ejercicio Fiscal Dos MilCatorce, artículo 53. Desembolsos a favor de los Consejos Departamentales deDesarrollo, párrafo sexto establece: “…Los Consejos Departamentales deDesarrollo deberán efectuar la programación de desembolsos y remitirla a laDirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, para la solicitud de lascuotas financieras que correspondan. Dicha Dirección gestionará el desembolsode los recursos en función del avance en la ejecución de los proyectos y a larecaudación efectiva de los ingresos que por ley les corresponde.” CausaEl Presidente y Jefe Administrativo y Financiero, incumplieron con los requisitosestablecidos en la legislación vigente, al efectuar la programación de desembolsossin estar acorde al avance en la ejecución de los proyectos. EfectoFalta de confiabilidad en la información reflejada en las solicitudes de cuotasfinancieras, al no consignar el avance físico real en las solicitudes. RecomendaciónEl Presidente y Jefe Administrativo y Financiero deben realizar en forma eficiente yfidedigna las solicitudes de cuotas financieras emitidas al Ministerio de FinanzasPúblicas. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Presidente, señor LuisFlorencio García Chuta y el Jefe Administrativo y Financiero, señor FrancissDaniel Chavajay Herrera, manifiestan: “Estimados licenciados, con respecto alpresente hallazgo hacemos de su conocimiento que cualquier diferencia en losavances físicos reflejados en los reportes presentados en los analíticos, se debió aerrores involuntarios, son de forma estos no afectan la realidad de los proyectosque fueron construidos de manera eficiente, a la fecha los que ya están concluidosson de mucha utilidad para las personas beneficiadas. Por lo que solicitamos sus

Contraloría General de Cuentas 327 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

consideraciones y dejar sin efecto el presente hallazgo, pues en ningún momentose ha actuado con mala fe, al contrario lo que se persigue es cumplir con lasmetas y objetivos planteados y con ello contribuir al desarrollo de los integrantesde las diferentes comunidades de nuestro departamento." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que los comentarios vertidos por losresponsables no lo desvanecen, toda vez que aseveran que los errores en losavances físicos se deben errores involuntarios y que son de forma, no obstante, almomento de realizar las correspondiente solicitudes se revelaban avances físicoscon diferencias de hasta un 60% como el caso del convenio 94-2014, citado en elcuadro, por tanto, al momento de la solicitud de la cuota, no se consignaron losavances físicos reales de los proyectos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE LUIS FLORENCIO GARCIA CHUTA 45,606.80JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO FRANCISS DANIEL CHAVAJAY HERRERA 12,162.00Total Q. 57,768.80

Hallazgo No. 5 Información no actualizada en el Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP- CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, se determinó que al31/12/2014, el módulo Sistema de Información de Inversión Pública –SNIP-, norevela el avance financiero actualizado de los proyectos 2014, toda vez queexisten diferencias entre los aportes trasladados a las distintas unidadesejecutoras, con el porcentaje de avance financiero registrado en el SistemaNacional de Inversión Pública -SNIP- de los proyectos de inversión siguientes:

No.No.

SNIPNo.

ConvenioNombre Del Proyecto

UnidadEjecutora

Valor TotalProyecto

% AvanceFinanciero

% AvanceFinanciero

SNIP

% Noregistrado

en SNIP

1 135,188 15-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL FASE I, CASERIO LOSPLANES, SAN JOSE CHACAYA,SOLOLA.

MunicipalidadDe San José

Chacayá

811,974.92 53% 20% 33%

2 136,196 14-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL SALIDA CASERIOPARROMERO A CASERIO

MunicipalidadDe San José

Chacayá

584,796.20 100% 63% 37%

Contraloría General de Cuentas 328 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

CHUIMANZANA, SAN JOSECHACAYA, SOLOLA.

3 135,217 11-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL TRAMO FINAL CASERIOSAN FELIPE, SAN JOSECHACAYA, SOLOLA

MunicipalidadDe San José

Chacayá

408,187.49 80% 20% 60%

4 135,226 77-2014 AMPLIACION EDIFICIO(S)CENTRO DE ATENCIONPERMANENTE, CABECERAMUNICIPAL, SAN JOSECHACAYA, SOLOLA

MunicipalidadDe San José

Chacayá

898,461.63 50% 20% 30%

5 136,287 13-2014 AMPLIACION ESCUELAPRIMARIA URBANA, CABECERAMUNICIPAL, SAN JOSECHACAYA, SOLOLA

MunicipalidadDe San José

Chacayá

615,228.62 53% 20% 33%

6 133,934 30-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL PARAJE CHUIJOMIL,CANTÓN CHICHIMUCH, SANTALUCÍA UTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

423,923.38 70% 0% 70%

7 148,737 31-2014 MEJORAMIENTO CAMINOR U R A L P A R A J ECHOQUIXCABEL, CANTÓNCHICHIMUCH, SANTA LUCÍAUTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

422,810.02 70% 0% 70%

8 133,975 29-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL PARAJE CHIRIJCRUZ,CANTÓN PAMEZABAL, SANTALUCIA UTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

452,275.00 100% 0% 100%

9 146,465 28-2014 MEJORAMIENTO PATRIMONIOPREHISPANICO CABECERAMUNICIPAL, SANTA LUCIAUTATLAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

1,722,578.71 67% 0% 67%

10 148,979 64-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL CASERÍO TIERRA LINDA,CANTÓN PAMEZABAL, SANTALUCIA UTATLÀN, SOLOLÀ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

1,466,602.36 75% 0% 75%

11 133,936 27-2014 CONSTRUCCION CENTRO DECONVERGENCIA PARAJECHIJCAJÁ, CANTÓNCHICHIMUCH, SANTA LUCÍAUTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

232,455.92 70% 0% 70%

12 133,939 65-2014 CONSTRUCCION CENTRO DECONVERGENCIA PARAJE CHIAJ,CANTÓN CHICHIMUCH, SANTALUCÍA UTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

232,608.93 76% 20% 56%

13 133,967 33-2014 CONSTRUCCION CENTRO DECONVERGENCIA CASERÍOTIERRA LINDA,CANTÓNPAMEZABAL, SANTA LUCIAUTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

222,895.90 70% 0% 70%

14 133,970 34-2014 CONSTRUCCION CENTRO DECONVERGENCIA PARAJEBUENA VISTA, CANTÓNPAMEZABAL, SANTA LUCÍAUTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

222,896.90 70% 0% 70%

15 134,675 35-2014 CONSTRUCCION ESCUELAPRIMARIA OFICIAL RURALMIXTA,PAMEZABALCENTRAL,SANTA LUCÍAUTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

470,000.00 50% 0% 50%

16 148,736 32-2014 CONSTRUCCION INSTITUTOBASICO LICENCIADOFERNANDO SALOMÓNVÁSQUEZ RIVERA, CABECERAMUNICIPAL, SANTA LUCIAUTATLÁN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe Santa

Lucía Utatlán

838,924.57 45% 0% 45%

17 133,684 26-2014 CONSTRUCCION SISTEMA DEAGUA POTABLE , CASERÍOCHINIMÁ, ALDEA LA CEIBA,SANTA CATARINA IXTAHUACÁN,SOLOLÁ.

MunicipalidadDe SantaCatarina

Ixtahuacán

1,350,437.00 80% 50% 30%

18 149,030 46-2014 CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE Municipalidad 555,859.71 60% 0% 60%

Contraloría General de Cuentas 329 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

AGUAS PLUVIALES (CUNETAS)SECTOR II, SANTA CLARA LALAGUNA, SOLOLÁ.

De SantaClara LaLaguna

19 135920 45-2014 MEJORAMIENTO SISTEMA DEAGUA POTABLE SABAL TUNAY,SANTA CLARA LA LAGUNA,SOLOLÁ

MunicipalidadDe SantaClara LaLaguna

1,450,000.00 62% 0% 62%

20 135901 44-2014 CONSTRUCCION ESCUELAPRIMARIA (II FASE), CABECERAMUNICIPAL, SANTA CLARA LALAGUNA, SOLOLA

MunicipalidadDe SantaClara LaLaguna

3,388,461.50 70% 0% 70%

21 135,914 43-2014 CONSTRUCCION EDIFICIOCENTRO DE CAPACITACIÓNTECNICO PRODUCTIVO,CABECERA MUNICIPAL, SANTACLARA LA LAGUNA, SOLOLA

MunicipalidadDe SantaClara LaLaguna

1,400,000.00 45% 0% 45%

22 149,040 80-2014 MANEJO (FORTALECIMIENTO)DEL VIVERO MUNICIPAL DECONCEPCION, SOLOLA,

MunicipalidadDe

Concepción

98,858.28 90% 0% 90%

23 133,993 79-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL SECTOR LA CUCHILLA ASECTOR CENTRO ALDEAPATZUTZUN, MUNICIPIO DECONCEPCION, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe

Concepción

813,521.88 57% 0% 57%

24 134,006 81-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL SECTOR XESIGUAN IV,MUNICIPIO DE CONCEPCION,SOLOLA

MunicipalidadDe

Concepción

464,619.84 64% 0% 64%

25 112,052 49-2014 CONSTRUCCION CENTRO DESERVICIOS SOCIALES EN ELBARRIO JUCANYA,PANAJACHEL, SOLOLÁ,

MunicipalidadDe

Panajachel

1,228,708.00 59% 20% 39%

26 149,367 48-2014 MEJORAMIENTO CALLERANCHO GRANDE FASE IVMUNICIPIO DE PANAJACHEL,SOLOLA

MunicipalidadDe

Panajachel

650,000.00 74% 20% 54%

27 135,658 59-2014 MEJORAMIENTO SALONCOMUNAL PARCELAMIENTOSANTA CRUZ QUIXAYA, SANLUCAS TOLIMAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

1,499,654.00 78% 20% 58%

28 135,672 56-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL COMUNIDAD NUEVASAN JOSE FASE II, SAN LUCASTOLIMAN, SOLOLA.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

409,000.00 83% 20% 63%

29 135,664 57-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL 5TA. CALLE COLONIAXEJUYU, SAN LUCAS TOLIMAN,SOLOLA.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

820,000.00 83% 20% 63%

30 148,989 60-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL COLONIA LA AMISTAD,SAN LUCAS TOLIMAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

465,987.01 76% 20% 56%

31 135,671 58-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL CANTON SAN MARTIN,SAN LUCAS TOLIMAN, SOLOLA.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

500,000.00 85% 20% 65%

32 148,985 55-2014 MEJORAMIENTO CALLE CAMINOCOLONIA SAN JUAN, SANLUCAS TOLIMAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

141,543.49 90% 20% 70%

33 148,986 51-2014 MEJORAMIENTO CALLE CAMINOPAVAROTTI 1, SAN LUCASTOLIMAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

249,348.78 90% 20% 70%

34 148,987 54-2014 MEJORAMIENTO CALLE CAMINOPAVAROTTI 2, SAN LUCASTOLIMAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

180,780.47 90% 20% 70%

35 148,990 52-2014 MEJORAMIENTO CALLE BARRIOSAN JUAN PACHOLAJAY, SANLUCAS TOLIMAN, SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

253,378.55 93% 20% 73%

36 148,993 53-2014 MEJORAMIENTO CAMINORURAL COMUNIDAD TIERRASANTA, SAN LUCAS TOLIMAN,

MunicipalidadDe San Lucas

Tolimán

386,068.79 77% 20% 57%

Contraloría General de Cuentas 330 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

SOLOLÁ.37 136,438 24-2014 MEJORAMIENTO PATRIMONIO

PREHISPANICO, 5TA. AVENIDA,CABECERA MUNICIPAL, SANJUAN LA LAGUNA, SOLOLÁ

MunicipalidadDe San JuanLa Laguna

500,000.00 85% 0% 85%

38 149,104 22-2014 MEJORAMIENTO SISTEMA DEAGUA POTABLE (PORGRAVEDAD) ALDEA PALESTINA,SAN JUAN LA LAGUNA, SOLOLA

MunicipalidadDe San JuanLa Laguna

659,812.54 87% 20% 67%

39 130,623 21-2014 AMPLIACION ESCUELAPRIMARIA SEGUNDO NIVEL,ESCUELA OFICIAL RURALMIXTA, ALDEA PASAJQUIM SANJUAN LA LAGUNA, SOLOLA

MunicipalidadDe San JuanLa Laguna

510,990.00 85% 0% 85%

40 132,957 23-2014 AMPLIACION BIBLIOTECAMUNICIPAL,SEGUNDO NIVEL,CABECERA MUNICIPAL, SANJUAN LA LAGUNA, SOLOLÁ

MunicipalidadDe San JuanLa Laguna

1,710,000.00 41% 0% 41%

41 135,749 76-2014 CONSTRUCCION ESCUELAPRIMARIA SECTOR BELLAVISTA, SAN PEDRO LA LAGUNA,SOLOLÁ

MunicipalidadDe San Pedro

La Laguna

1,475,181.35 65% 0% 65%

42 146,394 87-2014 CONSTRUCCION EDIFICIOEDUCATIVO TERAPEUTICO“SOMOS HIJOS DEL LAGO”,CANTON PACUCHÁ ZONA 1,SAN PEDRO LA LAGUNA,SOLOLÁ.

MunicipalidadDe San Pedro

La Laguna

1,374,857.00 71% 0% 71%

CriterioEl Decreto número 30-2012 del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado vigente para el Ejercicio Fiscal Dos MilCatorce, artículo 57 “Información del Sistema Nacional de Inversión Pública einformes de calidad del gasto y rendición de cuentas” establece: “La Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia pondrá a disposición de losciudadanos guatemaltecos, a través de su sitio de internet, la información de losproyectos de inversión pública contenida en el Sistema Nacional de InversiónPública, tomando como base la información de programación y de avance físico yfinanciero que las Entidades responsables de los proyectos le trasladen, segúntiempos establecidos...”. El Acuerdo Gubernativo No. 540-2013 del Ministerio deFinanzas Públicas, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 30“Desembolsos a favor de Consejos Departamentales de Desarrollo”, párrafosegundo, establece: “….Es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva del ConsejoDepartamental de Desarrollo (CODEDE), registrar durante los primeros diez díashábiles de cada mes en el módulo de seguimiento del Sistema Nacional deInversión Pública, los avances físicos y financieros de sus proyectos de inversión,posterior a su ejecución…” CausaEl Director Ejecutivo incumplió con el precepto legal vigente, al no registrar losavances financieros de los proyectos en el Sistema Nacional de InformaciónPública –SNIP-.

Contraloría General de Cuentas 331 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

EfectoLa sociedad civil no cuenta con información actualizada de los proyectos deinversión pública, como parte importante de la auditoría social. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, a efecto de darlecumplimiento a la normativa legal vigente, con la finalidad de mantener actualizadala información de los proyectos de inversión, en el Sistema Nacional de InversiónPública -SNIP-. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, señorCristóbal Juan Bautista Tahay Tzaj, manifiesta: “Estimados licenciados, conrespecto al presente hallazgo hacemos de su conocimiento que cualquierdiferencia en los avances físicos reflejados en el Sistema Nacional de InversiónPublica SNIP, se debió a errores involuntarios, son de forma, estos no afectan larealidad de los proyectos que fueron construidos de manera eficiente, a la fechalos que ya están concluidos son de mucha utilidad para las personas beneficiadas.Por lo que solicitamos sus consideraciones y dejar sin efecto el presente hallazgo,pues en ningún momento se ha actuado con mala fe, al contrario lo que sepersigue es cumplir con las metas y objetivos planteados y con ello contribuir aldesarrollo de los integrantes de las diferentes comunidades de nuestrodepartamento." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud de que los comentarios vertidos por elresponsable no lo desvanecen, toda vez que indica que cualquier diferencia en losavances físicos reflejados en el SNIP se debió a errores involuntarios, no obstante,la condición sujeta al hallazgo está referida a la no actualización del avancefinanciero, puesto que, tal como lo demuestra la condición, se determinaron 42proyectos en el SNIP sin actualizar el avance financiero al 31/12/2014,incumpliendo con lo referido en el criterio del presente hallazgo donde se denotaque se deben de registrar durante los primeros diez días hábiles de cada mes enel SNIP los avances financieros. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO CRISTOBAL JUAN BAUTISTA TAHAY TZAJ 21,022.00Total Q. 21,022.00

Contraloría General de Cuentas 332 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Hallazgo No. 6 Documentación no presentada oportunamente CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Sololá, no presentó en forma oportunaa la Comisión de Auditoría, documentación relacionada a las reprogramaciones deobras que llevó a cabo durante el año 2014, consistente en Fotocopia de Acta deaprobación del Consejo Departamental de Desarrollo y Fotocopia de documentodonde conste que el Consejo Departamental de Desarrollo, cumplió con enviarcopia de reprogramación a la Secretaría de Planificación y Programación de laPresidencia, Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia y ContraloríaGeneral de Cuentas; dicha información fue solicitada a través de oficioAP-CODEDESOL-OF-23-2015 de fecha 24 de febrero de 2015, e indicado elatraso en el cual había incurrido el Consejo Departamental de Desarrollo al notrasladar la documentación requerida a través del oficioAP-CODEDESOL-OF-34-2015 de fecha 6 de abril de 2015. CriterioEl Decreto número 31-2012 del Congreso de la República Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas y sus reformas Decreto número 13-2013, artículo7 Acceso y Disposición de Información, segundo párrafo indica "... Los Auditoresde la Contraloría General de Cuentas, debidamente designados por su autoridadsuperior, estarán investidos de autoridad. Todos los funcionarios públicos,empleados públicos, toda persona natural o jurídica y los representantes legalesde las empresas o entidades privadas o no gubernamentales a que se refiere elArtículo 2 de la presente Ley, quedan sujetas a colaborar con la ContraloríaGeneral de Cuentas, están obligados a proporcionar a requerimiento de ésta, todaclase de datos e informaciones necesarias para la aplicación de esta Ley, en unplazo de siete (7) días. El incumplimiento de tal requisito dará lugar a la aplicaciónde las sanciones previstas por el artículo 39 de la presente Ley." CausaEl Presidente y Director Ejecutivo no atendieron en forma oportuna elrequerimiento de la Comisión de Auditoría, a pesar de que el mismo fue hecho conla anticipación debida. EfectoLa Comisión de Auditoría no contó en el plazo debido, con documentos queevidenciaran el cumplimiento de los aspectos administrativos relacionados a lasreprogramaciones de proyectos efectuadas por el Consejo Departamental de

Contraloría General de Cuentas 333 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Desarrollo de Sololá. RecomendaciónEl Presidente y Director Ejecutivo, deben atender en forma oportuna losrequerimientos de información realizados por el ente fiscalizador, para evidenciarque han cumplido con los procesos administrativos que los preceptos legalesestablecen. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 28-2015 de fecha 22 de abril de 2015 el Presidente señor LuisFlorencio García Chutá y Director Ejecutivo señor Cristóbal Juan Bautista TahayTzaj manifestaron: “Estimados licenciados: en lo que respecta al presentehallazgo, con todo respecto solicitamos sus consideraciones, como ustedes biensaben desde el inicio de su auditoria en el mes de agosto de 2014 a la presentefecha, hemos puesto a su disposición al personal administrativo a nuestro cargo,estamos conscientes que en la medida de nuestras posibilidades estuvimoscolaborando en toda la información que nos fue requerida, a pesar de lascarencias en las que están pasando hoy por hoy los CODEDES, tratamos decumplir con todo lo que nos fue requerido en los tiempos establecidos, sinimportar dejar por un lado las actividades propias que cada uno tiene asignado ensus funciones dentro del CODEDE, el punto no cumplido como lo indica tengapor seguro que no hubo mala intención o desobediencia, se debió a algún malentendido en fecha o falta de recursos para poder poner la documentación comofue requerida, por lo que pedimos sus disculpas al caso y su consideración ”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud que las razones expuestas por los Responsablesno se consideran valederas para desvanecer el presente hallazgo; mencionan unmal entendido en la fecha, el cual no se dio ya que el oficio de requerimiento esclaro en relación a la fecha y a la documentación solicitada, así mismo por partedel Consejo Departamental de Desarrollo no se recibió ninguna consulta paraaclarar alguna duda sobre estos aspectos; en segundo lugar esta Comisión deAuditoría no considera que su requerimiento de información, hiciera incurrir eninversión elevada de recursos al Consejo Departamental de Desarrollo, ya que seindica que por falta de los mismos no se atendió la solicitud en forma oportuna. Loanterior imposibilitó que la Comisión de Auditoría contara en un tiempo prudencialcon la información para evaluar si el Consejo Departamental de Desarrollo,cumplió con las responsabilidades que legalmente se establecen. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para:

Contraloría General de Cuentas 334 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE LUIS FLORENCIO GARCIA CHUTA 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO CRISTOBAL JUAN BAUTISTA TAHAY TZAJ 21,022.00Total Q. 66,628.80

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los Responsables, estableciéndose laimplementación de las mismas . 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 LUIS FLORENCIO GARCIA CHUTA PRESIDENTE 01/01/2014 - 31/12/20142 CRISTOBAL JUAN BAUTISTA TAHAY TZAJ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 FRANCISS DANIEL CHAVAJAY HERRERA JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE TOTONICAPÁN

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 335 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) y 224 al 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son:

a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos.

b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento.

c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollopresentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Contraloría General de Cuentas 336 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Consolidado de Entidades de la Administración CentralInforme de Auditoría a la Liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos

Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0297-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la Ejecución Presupuestaria de Ingresos yEgresos del Ejercicio Fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo, por elperíodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014; con énfasis enlas cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del Ministerio de

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Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Convenios y Contratosmediante la aplicación de pruebas selectivas; específicamente lasresponsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así comoexpedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraron en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las Municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios 2012 al 2014, que de conformidad alMemorandum -SCGP-03-2012 del Sub contralor de Calidad del Gasto Público,"...Se exceptua constituirse en las Municipalidades del país, ya que las auditorías,estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente." Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se traslado solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-026-2014, de fecha 22de octubre de 2014 y DACD-PROV-038-2015, de fecha 13 de febrero de 2015para auditar los proyectos detallados en listado adjunto a la misma, quienesrendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos en 3cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional y de acuerdo a lamuestra seleccionada se encuentran debidamente autorizadas por el banco deGuatemala, al 31 de diciembre de 2014 según reportes de la administración reflejala cantidad de Q13,351,638.11, los cuales corresponden a la ejecuciónpresupuestaria del ejercicio fiscal 2014 la cantidad de Q5,535,923.90; Deejercicios anteriores la cantidad de Q7,750,259.33; Intereses a diciembre del año2014 la cantidad de Q65,454.88. Según reporte R00804768.rtp, el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó detrasladar la cantidad de Q43,624,852.53 al 31 de diciembre de 2014, como evento

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subsecuente se verificó que al 30 de abril de 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas, trasladó las cantidades de Q12,800,000.00 según comprobante número9130, de fecha 11 de febrero de 2015; Q6,160,164.53 según comprobante numero9131, de fecha 11 de febrero de 2015; Q4,500,000.00 según comprobante numero8675, de fecha 9 de marzo de 2015; Q8,664,688.00 según comprobante numero9277, de fecha 30 de abril de 2015; Q11,500,000.00 según comprobante numero8675, de fecha 6 de mayo de 2015 que corresponden a saldos pendientes del año2014.- Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera No. 01-2014 por un monto de Q9,000.00,los cuales fueron liquidados al 31 de diciembre de 2014, ejecutando en eltranscurso del período la cantidad de Q45,378.30. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes definanciamiento: Fuente 21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por la cantidad deQ33,608,581.00; Fuente 11 Ingresos Corrientes, por la cantidadde Q15,200,000.00; Fuente 29 Otros recursos del tesoro con afectaciónespecífica, por la cantidad de Q1,229,033.28; totalizando la cantidad deQ50,037,614.28.- De la misma manera se recibió reintegro de proyectos de las unidades ejecutoraspor la cantidad de Q54,787.50 del año 2011; y la cantidad de Q130,607.60 del año2013. Asi mismo, según reporte del SICOIN WEB R00801345.rpt con fecha 06 defebrero de 2014, según Comprobante Único de Registro -CUR- 10261 se acredito

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a la cuenta del Consejo Departamental de Desarrollo de Totonicapán, la cantidadde Q 7,458,955.20 que corresponde a la cuota financiera de la fuente 11 del mesde diciembre de 2013. Asimismo, recibió la cantidad de Q45,378.30 a través de Ingresos no tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría deCoordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contaba con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ35,227,187.98.- Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a travésde Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ58,273,156.00, de los cuales se realizaron modificaciones presupuestarias por lacantidad de Q44,154,644.00, para un presupuesto vigente de Q102,427,800.00,de los cuales Q326,800.00 fueron utilizados para la reprogramación de proyectosdel año 2012 y Q22,071,619.58 para la reprogramación de proyectos del año2013, ejecutándose en el ejercicio fiscal 2014; y para proyectos de inversiónpública del año 2014, la cantidad de Q21,857,464.63.- Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: Año 2009 por lacantidad de Q138,750.00; Año 2010 la cantidad de Q60,000.00; Año 2012 lacantidad de Q8,438,235.78 y año 2013 por Q25,637,262.62, para un totalejecutado de Q34,274,248.40. Y trasladado al Fondo Común del año 2009 la cantidad de Q902,498.66; Año 2010la cantidad de Q4,442.96; Año 2011 la cantidad de Q55,287.50; Año 2013 lacantidad de Q130,607.60, totalizando la cantidad de Q1,092,836.72.- El presupuesto vigente, refleja un saldo por devengar de Q8,765,333.19, quecorresponde a la fuente de financiamiento 29 la cantidad de Q47,910.72 y de lafuente de financiamiento 21 la cantidad de Q8,717,422.47. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q45,378.30, a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP -. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que las modificaciones

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presupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo, reporto 112 proyectos de inversióndurante el periodo 2014, distribuidos en infraestructura fisica: 98 en proceso,saneamiento, 9 en proceso; proyectos productivos, 4 en proceso; Electricidad, 1en proceso; los cuales están siendo ejecutados a través de Municipalidades por unvalor de Q51,854,094.60. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que cuenta con 112 convenioslos cuales ascienden a Q51,854,094.60, suscritos con las Municipalidades.- Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió convenios dePréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de Formas Oficiales FORM-200-A-3 serie B, Adicionalmente se auxilia dehojas electrónicas de Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución de

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programas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoMunicipalidades; por lo tanto no utiliza el Sistema de Información deContrataciones y Adquisiciones del Estado -GUATECOMPRAS-. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo no cumplió con registrar mensualmente,en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero de Sistema Nacional de InversiónPública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3. 4. 5.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorPablo Baltazar Batz CanoPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de TotonicapánSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Totonicapán por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Contratos suscritos con deficienciasFalta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-Deficiente integración de facturas pagadasDeficiencia en documentos de soporteFalta de actualización de registros

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. JULIO ROBERTO OROZCO GODINEZ

Auditor Gubernamental

Lic. JUAN RAMON LOPEZ LOPEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Contratos suscritos con deficiencias CondiciónEn la revisión de expedientes de proyectos, se determinó que en los contratossuscritos entre el Consejo Departamental de Desarrollo y Unidades Ejecutoras, losrenglones de trabajo descritos no están desglosados de acuerdo al perfil delproyecto, planos de construcción, especificaciones técnicas y bases de cotización;los proyectos son los siguientes: Contratos Interinstitucionales deCofinanciamiento suscritos entre el Consejo Departamental de Desarrollo deTotonicapán y La Municipalidad de San Bartolo Aguas Calientes; con números133-2013 y 135-2013. Además en el Contrato Interinstitucional de Cofinanciamiento número 127-2013denominado Construcción Muro De Contención Escuela Barrio Santa IsabelMomostenango, Totonicapán se determinó que en la Cláusula Tercera: Objeto DelContrato se describen los renglones de trabajo los cuales ascienden a la cantidadde Q 220,000.00 y el la Cláusula cuarta del cofinanciamiento el monto de contratoasciende a la cantidad de Q235,000.00. El Contrato Interinstitucional de Cofinanciamiento número 89-2014 denominadoConstrucción Puesto de Salud Caserío San José Siguila, Momostenango,Totonicapán se determinó que en la cláusula Tercera: del cofinanciamiento delproyecto el monto total del proyecto asciende a la cantidad de Q229,500.00 sinembargo en la suma de los renglones de trabajo asciende a la cantidad deQ229,000.00. La Municipalidad de Santa María Chiquimula suscribió contratos con laconstructora L&L Ingenieros Civiles siendo estos los contratos números 12-2014 y17-2014 en los cuales en su redacción no incluyeron la cláusula de las partes quevan a financiar dichos proyectos con lo cual se evidencia la mala redacción delcontrato. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.3, Sistemas de Información Gerencial,establece: "Se deben establecer y mantener sistemas de información gerencial

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que produzcan información confiable y oportuna para la toma de decisiones en lasunidades administrativas y puestos, de acuerdo a los roles y responsabilidades. Los sistemas de información gerencial deben permitir la identificación de

realimenten amenazas y riesgos operativos en forma global, que las acciones decontribuyan planificación, control y operaciones, que con eficiencia a un proceso

transparente de rendición de cuentas." 2.4 AUTORIZACION Y REGISTRO DE OPERACIONES, establece: "Cada entidadpública debe establecer por escrito, los procedimientos de autorización, registro,custodia y control oportuno de todas las operaciones. Los procedimientos deregistro, autorización y custodia son aplicables a todos los niveles de organización,independientemente de que las operaciones sean financieras, administrativas uoperativas, de tal forma que cada servidor público cuente con la definición de sucampo de competencia y el soporte necesario para rendir cuenta de lasresponsabilidades inherentes a su cargo." CausaEl Presidente y Director Ejecutivo, no velaron porque en la suscripción de loscontratos se detallara los renglones de trabajo como lo indican lasespecificaciones técnicas, presupuesto y desglose de precios unitarios aprobados;además de velar por que en la cláusula de renglones de trabajo sea igual a lacláusula del valor del contrato. EfectoFalta de claridad en los renglones de trabajos y valores contratados lo cual nopromueve la transparencia. RecomendaciónEl Presidente y Director Ejecutivo deben velar porque en la redacción de loscontratos suscritos con las unidades ejecutoras se tomen en cuenta los renglonesde trabajo descritos y valores en el perfil del proyecto, planos de construcción,especificaciones técnicas y bases de cotización. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 73-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Pablo BaltazarPresidente,Batz Cano, manifestó: “Los contratos interinstitucionales de cofinanciamientosuscritos entre el Consejo Departamental de Desarrollo y la municipalidad de SanBartolo Aguas Calientes, Números 133-2013 y 135-2013; se encuentran suscritosen base a las especificaciones técnicas como renglones no como sub renglonesde trabajo de igual forma la ejecución del proyecto queda amarrada a las bases delicitación para su realización.”

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En oficio No. 74-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el EddyDirector Ejecutivo,Roberto Chan Juárez, manifestó: “La diferencia existente entre los renglones detrabajo y la cláusula de cofinanciamiento del contrato se encuentra regularizadamediante addendum No. 1 perteneciente al contrato 127-2013 La diferencia existente entre el monto total del cofinanciamiento y el monto total de

addendum los renglones de trabajo, se encuentra regularizado mediante No. 1correspondiente al Convenio 89-2014. Cabe mencionar que los contratos realizados entre la municipalidad y laconstructora los realiza la unidad Ejecutora (Municipalidad de Santa MaríaChiquimula), por lo cual como consejo no podemos interferir en la autonomíaMunicipal y nos amparamos con las actas de aporte tanto del CODEDE como elCOMUDE los cuales son enviadas por las Unidad Ejecutora a este Consejo.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Presidente y Director Ejecutivo, en virtud delanálisis de las respuestas y pruebas presentadas por los responsables dondehacen mención que existen addendum para los contratos citados, pero en loscontratos 133-2013, 135-2013, no se detallan con claridad los renglones detrabajo, no se indica cómo están compuestos, de que clase y en qué forma vanhacer. Asimismo en los contratos 12-2014 y 17-2014 es responsabilidad delConsejo supervisar y revisar los documentos que forman parte de la planificación,ejecución y finalización de los proyectos y que estos cuenten con los requisitosestablecidos previamente.- Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE PABLO BALTAZAR BATZ CANO 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00Total Q. 66,128.80

Hallazgo No. 2 Falta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, no realizó la actualización del avance

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físico y financiero de los proyectos 2014 y el seguimiento al 2013 en el módulo deseguimiento físico y financiero del Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-. CriterioEl Decreto Número 30-2012, del Congreso de la República de Guatemala, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscaldos mil catorce, Artículo 53, Desembolsos a favor de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, establece:“ Los recursos asignados en calidad deaporte a los Consejos Departamentales de Desarrollo, deben destinarse a laejecución de obras y los desembolsos responderán al informe de avance físico,para lo cual, en su calidad de administradores de los recursos, velarán para queen el contrato de ejecución de obras que se suscriba con los ConsejosComunitarios de Desarrollo y Municipalidades del país, se establezcan losporcentajes de desembolsos en la forma siguiente: a) Un primer desembolso conla suscripción del contrato y el estudio técnico que sustente la realización de laobra, el cual no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del monto total delcontrato, mismo que deberá deducirse en forma proporcional. b) Los siguientesdesembolsos se efectuarán conforme al avance físico de la obra registrada en elSistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) por la unidad técnica del ConsejoDepartamental de Desarrollo respectivo. c) Un último desembolso contra laentrega de la obra terminada y el informe favorable de la supervisión por parte delrespectivo Consejo Departamental de Desarrollo. Los Consejos Departamentalesde Desarrollo serán responsables de registrar en el Sistema Nacional de InversiónPública (SNIP) los contratos que suscriban con los Consejos Comunitarios deDesarrollo y Municipalidades del país, a más tardar cinco (5) días después de sususcripción...” Acuerdo Gubernativo No. 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica delPresupuesto, Artículo 30. Desembolsos a favor de los Consejos Departamentalesde Desarrollo, establece: "Para el pago de los desembolsos a los que se refiere laliteral b) del primer párrafo del Artículo 45 Bis de la Ley, la unidad de supervisióndel Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE) respectivo, bajo suresponsabilidad aprobará y aceptará las estimaciones periódicas de avance físico,que servirán de base para el registro en el Sistema Nacional de Inversión Pública.Es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva del Consejo Departamental deDesarrollo (CODEDE), registrar durante los primeros diez días hábiles de cadames en el módulo de seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Pública, losavances físicos y financieros de sus proyectos de inversión, posterior a suejecución, asimismo la finalización del proyecto, adjuntando el acta de recepción yliquidación del activo, en formato PDF. Con esta información el Sistema Nacionalde Inversión Pública dará por finalizada la ejecución del proyecto; siempre ycuando, la ejecución física y financiera sea del 100%.

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Las opiniones a que se refieren las literales c) y d) del primer y segundo párrafodel artículo 45 Bis de la Ley, respectivamente, serán emitidas por el ConsejoComunitario de Desarrollo (COCODE) de la comunidad beneficiada con la obra oproyecto de inversión respectivo". CausaFalta de control y supervisión por parte del Presidente y Director Ejecutivo, al noverificar que se cumplan con la normativa vigente. EfectoFalta de acceso a la información de la inversión de fondos en las obras públicasdel gobierno, que es una herramienta importante de la auditoría social. RecomendaciónEl Presidente y Director Ejecutivo deben velar a efecto que se mantengaactualizada la información de los proyectos de inversión en el Sistema Nacional deInversión Pública –SNIP-. Comentario de los ResponsablesEn oficios No. 73-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, elPresidente, Pablo Baltazar Batz Cano y el Eddy Roberto ChanDirector Ejecutivo,Juárez, respectivamente manifestaron: “Los avances se encuentran actualizadospor año fiscal, por lo cual aparecen en el sistema SNIP en diferente año fiscal." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Presidente y Director Ejecutivo, en virtud queexponen que se encuentran actualizados por año fiscal, pero los mismos nodemuestran que están actualizados y los reportes obtenidos por la comisión deauditoria se demuestra que no coinciden con la información presentada encuadros analíticos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE PABLO BALTAZAR BATZ CANO 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00Total Q. 66,128.80

Espacios luego de Acciones Legales

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Hallazgo No. 3 Deficiente integración de facturas pagadas CondiciónSe determinó que en el expediente del convenio con número 17-2014 suscritoentre el Consejo Departamental de Desarrollo y la Municipalidad de Totonicapán se encuentran copias certificadas de las facturas de la empresa ConstructoraFutura con número 602 por la cantidad de Q541,350.00; factura número 621 por lacantidad de Q180,450.00 y factura número 635 por la cantidad de Q240,600.00;dando un total facturado por la cantidad de Q962,400.00; sin embargo el valor delproyecto según el contrato de ejecución de obra de la Municipalidad deTotonicapán, número 08-2014 suscrito con la Empresa Constructora e IngenieríaFutura, asciende a la cantidad de Q601,700.00 evidenciandose una facturaciónmayor a lo contratado; sin embargo los pagos efectuados corresponden al montocontratado. En el expediente del Contrato con número 48-2013 suscrito entre el ConsejoDepartamental de Desarrollo y la Municipalidad de San Cristóbal Totonicapán, seencuentran copias certificadas de las facturas de la empresa ConstructoraProyectos de Alta Ingeniería, siendo las siguientes factura número 27 por la

Q120,000.00; número 30 por la cantidad de Q90,000.00;cantidad de factura factura número 44 por la cantidad de Q 215,300.00; dando un total facturado por lacantidad de Q425,300.00; sin embargo el valor del proyecto según el contrato deejecución de obra Totonicapán, con númerode la Municipalidad de San Cristóbal 17-2013 suscrito con la Constructora Proyectos de Alta Ingeniería, asciende a lacantidad de Q305,300.00; evidenciandose una facturación mayor a lo contratado; sin embargo los pagos efectuados corresponden al monto contratado. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.6, Documentos de Respaldo, establece:"Toda operación que realicen las entidades públicas, cualesquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que larespalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales, administrativos, deregistro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis."

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CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Financiero no velaron porque en el expediente delproyecto la facturación de la constructora fuera el monto contratado. EfectoFalta de razonabilidad de los documentos presentados por la unidad ejecutora queconforman el expediente causando confusión para los registros. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero conla finalidad de verificar y evaluar la razonabilidad de los documentos presentadospor parte de la unidad ejecutora y las constructoras. Comentario de los ResponsablesEn oficios No.72-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, el Director

Eddy Roberto Chan Juárez y el Jefe Financiero, Rubelsi de LeonEjecutivo, Avila (S.O. N) respectivamente manifestaron: “Cabe mencionar y como lo refleja laliquidación presentada por la Municipalidad de Totonicapán del convenio 17-2014en donde dice dicha liquidación que las facturas emitidas y liquidadas por laempresa para dicho proyecto son las facturas con No. 621 y 635 las cuales son lasque reflejan en la liquidación haciendo mención que dicho proyecto no estáliquidado por falta de traslado de fondos del ministerio de Finanzas. Como lo pueden observar la liquidación de los proyectos con contrato No. 48-2013está totalmente corregida por lo cual la municipalidad de San CristóbalTotonicapán en ficha impresa por el SICOIN enviada a este consejo en dondeexplican por qué la confusión de las facturas en dicha liquidación. Por lo cual no miro viable este hallazgo ante mi persona porque todas lasliquidaciones las presentan a este consejo en su contenido, se requiere que lasfacturas, fianzas y demás documentos vengan debidamente certificados porautoridades de las Unidades Ejecutoras, por lo cual este concejo por lascertificaciones encontradas le da legalidad a las certificaciones presentadas." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo y Jefe Financiero, en virtudque manifiestan que la deficiencia esta totalmente corregida por la Municipalidadasimismo ellos hacen la certificación de los documentos descritos conanterioridad, pero esto no los exime de que los responsables del Consejo en elmomento de la recepción de los documentos verifiquen las integraciones de losmontos de cada proyecto y no reciba documentos que no corresponden.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00JEFE FINANCIERO RUBELSI (S.O.N.) DE LEON AVILA 3,110.00Total Q. 23,632.00

Hallazgo No. 4 Deficiencia en documentos de soporte CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo mantiene en el: a) Expediente delproyecto con número de contrato 15-2013, Construcción InfraestructuraAgropecuaria, (vivero forestal), San Francisco el Alto, por la cantidad deQ200,000.00, recibo 7-B ingresos varios No. 272326, de la Tesorería Municipal deSan Francisco el Alto con firmas de autorización y sin consignar datos,seguidamente presenta copia simple del mismo recibo con No. 272326 de fecha30 de octubre de 2013, por concepto del Anticipo del 20%, por la cantidad deQ27,436.00; b) Expediente con número de contrato 147-2012Instalación Sistema de agua potable equipo de bombeo para pozo mecanico,Totonicapán, por la cantidad de Q353,800.00, recibo 7-B ingresos varios No.611482, de la Tesorería Municipal de Totonicapán con firmas de autorización y sinconsignar datos, seguidamente presenta copia simple del mismo recibo con No.611482 de fecha 27 de octubre de 2014, por concepto del último pago, por lacantidad de Q280,000.00; lo que demuestra que el Consejo recibió formasoficiales sin llenar y con firma de autorización del responsable, c) de igual formaen el expediente del proyecto con número de convenio 95-2014 AmpliaciónEscuela Primaria Paraje Xepoclaj, Aldea Tacajalve, San Francisco el Alto,Totonicapán, se encuentra hoja simple sin información y en su reverso seencuentra la auténtica realizada por el Director Administrativo-Financiero Municipalde la Municipalidad de San Francisco el Alto, donde hace constar que la presentees copia fiel del documento original, pero no describen el documento.- CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece“Toda operación que realicen las entidades públicas, cualesquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que larespalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales, administrativos, de

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registro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis.” CausaEl Director y Jefe Financiero no velaron porque los documentos que obran en losexpedientes sean extendidos por los responsables con los requisitos mínimosexigidos por la ley que promuevan la transparencia.- EfectoQue los documentos estén firmados en blanco hace que los procesos no seantransparentes y que no se cuente con información confiable. RecomendaciónEl Presidente debe girar sus instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financieropara que previo a realizar los desembolsos se cuente con los recibos llenos y confirma de autorización. Comentario de los ResponsablesEn oficios No. 72-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo, Eddy Rubelsi Ávila Roberto Chan Juárez, y el Jefe Financiero, de León

S.O.N.) ( respectivamente manifestaron: “Del expediente 115-2013 y 147-2012 no7B dimos a la tarea de revisar el expediente no encontrando ningún recibo sin

consignar datos lo cuales les comentamos que el procedimiento para realizar unTotonicapán cheque del Consejo Departamental de Desarrollo de es el siguiente:

Pedimos a la unidad ejecutora que nos envié una copia del recibo que van autilizar para nosotros poder consignar en el cheque. Seguidamente nosotrosenviamos copia del cheque emitido para que procedan a llenar el recibo respectivocon la cantidad a pagar. Por lo cual este consejo considera que la comisión deauditoria vio una copia del recibo y no el original el cual aparece consignado conlos datos del aporte correspondientes. Se procedió a revisar el expediente 95-2014 constatando que no existe ningúndocumento el cual este certificado por el director financiero Municipal. Por lo cual solicitamos sea desvanecido dicho hallazgo ya que no existenanomalías en dichos expedientes.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo y Jefe Financiero, en virtud que

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si bien explican el procedimiento para la emisión de cheques no explican delporque los recibos de las unidades ejecutoras llevan firma de autorización delresponsable evidenciándose que en cualquier momento pueden ser consignadosdatos de cualquier proyecto. Además según copia que obra en poder de lacomisión de auditoría donde se evidencia que el Consejo Departamental deDesarrollo recibió hoja simple sin datos que en su reverso consigna la certificacióndel Director Financiero Municipal de igual forma se evidencia que en cualquiermomento puede ser utilizada para otros fines. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00JEFE FINANCIERO RUBELSI (S.O.N.) DE LEON AVILA 3,110.00Total Q. 23,632.00

Hallazgo No. 5 Falta de actualización de registros CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo presento información de proyectos encuadros analíticos no actualizada, de los proyectos siguientes: a) Convenio No.158-2010, Construcción Estufa (s) Mejoradas varios sectores, por la cantidad deQ125,000.00, según cuadros analíticos del Consejo reporta una avance financierode 20% y avance físico de 0% al 31 de julio de 2014, pero en el expediente seencuentra el acta de recepción 20-2011 de fecha 27 de abril de 2011, y formulariode evaluación de obras y proyectos de la unidad de supervisión de obras delConsejo Departamental de Desarrollo de Totonicapán de fecha 18 de febrero de2013, realizado por la Ingeniera Bertha Woc Navas, donde reporta que el proyectoestá con un avance físico del 100%; b) Convenio No. 88-2011 Ampliación Centrode capacitación para mujeres, Cabecera Municipal, Santa Lucía la Reforma, por lacantidad de Q442,500.00, según información presentada por el Consejo indica unavance financiero de 20% y avance físico de 0%, pero en el expediente seencuentra el Informe de supervisión de la Municipalidad de Santa Lucia laReforma, el cual fue realizado por el Ingeniero Julio Alfonso Barrios de Leóndonde se informa que el proyecto se encuentra con un avance físico de 41.38%. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 5.5 Registro de las Operaciones Contables,

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establece, “La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, a través dela Dirección de Contabilidad del Estado, debe normar y emitir políticas yprocedimientos, para el adecuado y oportuno registro de las operacionescontables. La Dirección de Contabilidad del Estado y las autoridades superiores de cadaentidad, deben velar porque en el proceso de registro de las etapas dedevengado, pagado y consumido, en sus respectivos sistemas, correspondaúnicamente a aquellas operaciones que previa verificación de las fases anteriores,hayan cumplido satisfactoriamente con todas las condiciones y cuenten con ladocumentación de soporte, para garantizar la generación de información contable,presupuestaria (física y financiera) y de tesorería , confiable y oportuna. Todoregistro contable que se realice y la documentación de soporte, deben permitiraplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso de auditoría, y engeneral el seguimiento y evaluación interna de la calidad de los registroscontables.” CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Financiero no velaron porque se consignaran los datosreales en los cuadros analíticos. EfectoQue la información presentada no sea real y oportuna, afectando la toma dedecisiones. RecomendaciónEl Presidente debe girar sus instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financieropara que en los cuadros analíticos de proyectos se consignen los datosactualizados. Comentario de los ResponsablesEn oficios Nos. 72-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, el Director

Eddy Roberto Chan Juárez, y el Rubelsi de León ÁvilaEjecutivo, Jefe Financiero(S.O. N) respectivamente manifestaron: Al proceder a verificar el expediente No.158-2010 del proyecto Construcción Estufa (s) mejoradas varios sectores decabecera municipal del Municipio de San Cristóbal Totonicapán, se constató queel pago final de dicho proyecto por la cantidad de Q97,260.80 se realizó en lafecha 27 de enero de 2015 por lo que este consejo actualizo dicho avance tantofinanciero y físico a partir de la fecha de pago. Del convenio No. 88-2011 se constató efectivamente que en el expediente existeun avance del 41.38% el cual está firmado por el supuesto supervisor de laMunicipalidad de Santa Lucia la Reforma documento insuficiente para este

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consejo de desarrollo, porque no aparece ningún documento de Supervisión delConsejo donde Indique que es Real el Avance Reportado por la Municipalidad deSanta Lucia la Reforma.” El Eddy Roberto Chan Juárez, también manifestó: "QuieroDirector Ejecutivo,mencionar que el hallazgo es netamente de aspecto financiero, por lo cual no estádentro de mis funciones." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo y Jefe Financiero, en virtud queen sus comentarios expresan que el proyecto 158-2010 se realizo el pago en elaño 2015, fecha en la cual se realizó la actualización del avance físico, debiendoactualizar los avances físicos cuando se realice efectivamente la supervisión deobras y no cuando se realicen los pagos. En el expediente 88-2011 exponen que el informe de supervisión del responsablede la Unidad Ejecutora no es suficiente para el Consejo, pero él mismo esmencionado por la comisión de auditoría en el hallazgo como referencia delavance físico que está estimado, derivado que el Consejo no velo para que serealizara la actualización de la información a través de la supervisión del proyecto. De la misma manera es competencia del Director Ejecutivo derivado que laactualización de los avances se realiza a través de la supervisión de los proyectos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00JEFE FINANCIERO RUBELSI (S.O.N.) DE LEON AVILA 3,110.00Total Q. 23,632.00

1. 2. 3. 4. 5. 6.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorPablo Baltazar Batz CanoPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de TotonicapánSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo deTotonicapán al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación erróneade importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Incumplimiento a cláusulas de conveniosIncumplimiento al no colocar la cláusula relativa al cohechoDeficiencia en la planificación de proyectos en duplicidad de nombresIntereses no trasladados al Fondo ComúnInformación incorrecta registrada en el Sistema Guatecompras

6. Falta de presentación de información y documentación requerida

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. JULIO ROBERTO OROZCO GODINEZ

Auditor Gubernamental

Lic. JUAN RAMON LOPEZ LOPEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Incumplimiento a cláusulas de convenios CondiciónEn la revisión del expediente del proyecto con número de convenio 141-2011 defecha 31 de octubre de 2011, denominado MEJORAMIENTO SISTEMA DE AGUAPOTABLE, PARAJE XEJUYUP, ALDEA CHUACORRAL I SANTA MARIACHIQUIMULA, TOTONICAPÁN suscrito entre el Consejo Departamental deDesarrollo de Totonicapán y la Municipalidad de Santa María Chiquimula, sedeterminó que se trasladó en concepto de 20% de anticipo la cantidad deCINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE QUETZALESCON CINCUENTA CENTAVOS (Q 54,787.50) según cheque del CODEDE No.1665 y forma oficial 7B Ingresos Varios No. 132050 autorizado por la ContraloríaGeneral de Cuentas, ambos de fecha 2 de diciembre de 2011; sin embargo dichoanticipo permaneció en las cuentas de la Municipalidad de Santa MaríaChiquimula sin realizar el proyecto así mismo el Consejo no realizó ningunaacción, por lo que la comisión de auditoría solicitó mediante oficio númeroCGC-CODEDE-TOTO-08-2014 de fecha 26 de noviembre de 2014 la devoluciónde dicho anticipo a las cuentas del CODEDE el cual fue depositado el día 2 dediciembre de 2014 según recibo 63-A2 687671 y el mismo fue trasladado a lacuenta de Gobierno de Guatemala Fondo Común mediante chequeCODEDETOTO número 3160 de fecha 29 de diciembre de 2014 y boleta dedeposito 9877 por la cantidad de Q54,787.50. CriterioEl convenio de cofinanciamiento suscrito entre el Consejo y la Municipalidad deSanta María Chiquimula, Totonicapán Número 141-2011; en su cláusulaSEPTIMA: RESPONSABILIDADES DEL CONSEJO DEPARTAMENTALestablece: 1)…“4) Suspender o cancelar y exigir el reintegro del monto del Anticipodel 20% transferido a la unidad ejecutora de la obra, si este no ha iniciado laejecución del proyecto en el plazo de diez (10) días calendarios contados a partirde la entrega del anticipo del 20%. Así como cuando se identifiquen anomalías oirregularidades de orden técnico, financiero o físico, en especial cuando seincumplan los contratos, diseños, planos o especificaciones generales o técnicas.”

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DECIMA TERCERA: INCUMPLIMIENTO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR."La Unidad Ejecutora, por este acto se compromete a reintegrar al “CONSEJODEPARTAMENTAL”, el monto total recibido para la ejecución de la presente obraen caso de incumplimiento de la misma, por causas imputables a la UnidadEjecutora, o bien por incumplir cualquiera de las obligaciones establecidas en elpresente convenio, o por ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor que impida laejecución de la obra.” CausaEl Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero no velaron por el seguimiento alcumplimiento del convenio No. 141-2011 para la ejecución del proyecto

Paraje Xejuyup, denominado Mejoramiento Sistema de Agua Potable, Aldea Chuacorral María Chiquimula Totonicapán.I Santa , EfectoAl no darle seguimiento al convenio del proyectos se pone en riesgo los fondosdestinados a la ejecución de obras para beneficio de la población y no se cumplecon los objetivos para el cual fue aprobado el proyecto. RecomendaciónEl Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero del Consejo Departamental deDesarrollo de Totonicapán, deben velar por el cumplimiento de los convenios y eluso correcto de los fondos asignados para la ejecución de obras. Comentario de los ResponsablesEn oficios Nos. 73-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, el

Pablo Baltazar Batz Cano y el Eddy Roberto ChanPresidente, Director Ejecutivo,Juárez, respectivamente manifestaron: “Se está en proceso de Agotar el trámiteAdministrativo correspondiente para dar por concluido el caso respectivo comotambién estoy a la espera de la rescisión correspondiente para efectuar ladevolución respectiva al fondo común.” En oficios No. 72-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Financiero, Rubelsi deLeón Ávila (S.O.N) manifestó “Al respecto manifiesto que se está en proceso deagotar el trámite administrativo y necesario correspondiente, como también a laespera para dar por concluido el caso respectivo como también estoy a la esperade la rescisión correspondiente para efectuar la devolución respectiva al fondocomún y estamos a la espera del punto de acta en donde en reunión del concejose aprueba la rescisión del convenio elaborado por el Consejo Departamental deDesarrollo el cual se celebra el 24 del año en curso.”

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero, envirtud que los procedimientos que mencionan en sus comentarios son verdaderosy que se está a la espera de la sesión del Consejo Departamental de Desarrollopara concluir con dicho trámite, pero la deficiencia indicada se refiere a que lacomisión de auditoria tuvo que girar nota de auditoria para que se realizarandichos procedimientos, cuando es responsabilidad de las autoridades realizarlo deoficio en el momento de la toma de posesión de sus cargos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE PABLO BALTAZAR BATZ CANO 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00JEFE FINANCIERO RUBELSI (S.O.N.) DE LEON AVILA 3,110.00Total Q. 69,238.80

Hallazgo No. 2 Incumplimiento al no colocar la cláusula relativa al cohecho CondiciónEn la revisión de expedientes se determinó que en los contratos no incluyeroncláusula relativa al cohecho siendo los siguientes: a) Contrato 32-2014 de fecha17 de octubre de 2014, Mejoramiento sistema de agua potable Chui Tzac yChocruz Abaj, Caserío Pueblo Viejo Momostenango por la cantidad deQ235,000.00, suscrito con la Municipalidad de Momostenango y la ConstructoraIngenieros Consultores y Constructores I.C.Y.C; b) Contrato 39-2014 de fecha 27de octubre de 2014, Construcción Puesto de Salud, San José Siguila,Momostenango, por la cantidad de Q229,500.00, suscrito entre la Municipalidadde Momostenango y la Constructora IN.M.A; c) Contrato 12-2014 de fecha 3 deseptiembre del año 2014, Construcción Instituto Básico, Paraje Pacacja, AldeaChuacorral II, Santa María Chiquimula, por la cantidad de Q256,000.00, suscritoentre la Municipalidad de Santa María Chiquimula y la constructora Proyectos deAlta Ingeniería; d) Contrato 17-2014 de fecha 21 de octubre de 2014, ConstrucciónEscuela Primaria Paraje Paxotaja, Aldea Xesana, Santa María Chiquimula, por lacantidad de Q256,000.00, suscrito entre la Municipalidad de Santa MaríaChiquimula y la Constructora L & L Ingenieros Civiles; e) Contrato No. 21-2014 defecha 18 de noviembre de 2014, Construcción Escuela Primaria Caserío

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Chuarexabaj, Aldea Chuachituj, Santa María Chiquimula, por la cantidad deQ256,000.00, suscrito entre la Municipalidad de Santa María Chiquimula y laconstructora Prodica. CriterioLos contratos de cofinanciamiento suscritos entre el Consejo Departamental deDesarrollo y las unidades ejecutoras, en su cláusula Décima, Responsabilidadesde la Partes. Responsabilidades de “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”establece: “Velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos relacionados cona la materia, especialmente el procedimientos de cotización o licitación pública queestablece la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, así como lasnormas de la Ley de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado parael ejercicio fiscal 2013…” El Acuerdo Ministerial Número 24-2010, del Ministerio de Finanzas Públicas,Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o ContrataciónPública, Articulo 3, Cláusulas especiales del proyecto de contrato, establece: “La entidad contratante o compradora debe incluir dentro de las bases y en el contratoque suscriba con el oferente adjudicado la cláusula siguiente: CLÁUSULARELATIVA AL COHECHO: Yo el contratista, manifiesto que conozco las penasrelativas al delito del cohecho así como las disposiciones contenidas en elCapítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, CódigoPenal. Adicionalmente, conozco, las normas jurídicas que facultan a laAutoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sancionesadministrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en elSistema Guatecompras.” CausaEl Director Ejecutivo incumplió en aplicación de la normativa vigente en larecepción de los contratos que suscriben las unidades ejecutoras con lasEmpresas Constructoras. EfectoAl no incluir la cláusula de cohecho en los contratos suscritos, no hay compromisolegal de cumplirla en el proceso de la ejecución de proyectos. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que previo a larecepción de los contratos de obras se exija la aplicación de la normativa vigente. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 74-2015 de fecha 22 de abril de 2015 el EddyDirector Ejecutivo,

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Roberto Chan Juárez, manifestó: “Esta cláusula deber ser aplicable a los contratosde COMPRAVENTA DE BIENES Y SERVICIOS, tal como lo establece la Ley deContrataciones del Estado, como se les recomienda en el convenio decofinanciamiento firmado ante las partes en su punto Decimo Inciso B acápite g)donde indica cumplir con lo regulado por las normas de transparencia por elacuerdo Ministerial No. 24-2010 de fecha 22 de abril de 2010, emitido por elMinistro de Finanzas Públicas por lo que atentamente solicito que se desvanezcael hallazgo ya que el cumplimiento de esta cláusula es por la Unidad Ejecutoraquien es la responsable en vista de que en Convenio manifestamos lasobligaciones de las partes.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo, derivado que el responsablemanifestó que se les recomienda a las unidades ejecutoras a través de lascláusulas del convenio regularse por las normas de trasparencia, pero eso noexime a los responsables del Consejo de supervisar y exigir a las unidadesejecutoras que realmente cumplan con lo estipulado en las leyes que rigen laejecución presupuestaria, dado que el Consejo es ente cofinanciador, por lo cuales obligación de este velar por el cumplimiento de las leyes. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00Total Q. 20,522.00

Hallazgo No. 3 Deficiencia en la planificación de proyectos en duplicidad de nombres CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo no velo porque en la planificación de losproyectos siguientes: 1) Ampliación puesto de Salud Paraje Pologua, Aldea SanAntonio Pasajoc, Snip No. 93197, contrato No. 84-2012 correspondiente alejercicio 2012; 2) Ampliación puesto de Salud Paraje Pologua, Aldea San AntonioPasajoc, Snip No. 112356, contrato No. 129-2013 correspondiente al ejercicio2013, se les asignara un nombre distinto a cada proyecto, según reportes delSistema Nacional de Inversión Pública –SNIP- son proyectos diferentes del año2012 y 2013 respectivamente.

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CriterioNormas del Sistema Nacional Inversión Pública para proyectos de inversiónpública, en el numeral 2, normas especifícas, numeral 2.3.1, nombre delproyectos, establece: “Los proyectos se identifican con un nombre claramenteestructurado, respondiendo a las siguientes características: i) proceso (especie), ii)objeto, y iii) localización especifica. (Véase anexos 2 y 3). Anexo 2, Criterios para asignar nombre de los proyectos, Objetivos, 1.1 Que cadaproyecto tenga un nombre propio dentro del Sistema Nacional de InversionesPúblicas… 1.3 Que a través del nombre del proyecto, se pueda tener una ideaclara de lo que se pretende realizar con el proyecto;…” CausaEl Presidente, Director Ejecutivo y Secretaria Técnica no velaron porque losproyectos de Ampliación Puesto de Salud Paraje Pologua, Aldea San AntonioPasajoc, Momostenango del año 2012 y 2013 respectivamente, se les asignarannombres distintos, toda vez que los proyectos son diferentes. EfectoQue no exista claridad en la información presentada de los proyectosadministrados por el Consejo, derivado que hay dos proyectos diferentes con elmismo nombre. RecomendaciónEl Presidente, Director Ejecutivo y Secretaria Técnica deben de realizar unadecuado control de los proyectos para que no se les asigne el mismo nombre aproyectos diferentes. Comentario de los ResponsablesEn oficios Nos. 73-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, el

Pablo Baltazar Batz Cano y el Eddy Roberto ChanPresidente, Director Ejecutivo,Juárez, respectivamente manifestaron: “Queremos informarle que el registro delSNIP se hace vía internet, para registrarse como usuario del sistema también senecesita de un formulario solicitado en la página de SEGEPLAN en el portal delSNIP el cual deberá presentarse firmado y sellado por la máxima autoridad. En el registro del proyecto indica que la máxima autoridad prioriza, formula,ingresa, envía o presenta la documentación a través del SNIP, quienes son losúnicos usuarios autorizados para el registro de la información en el sistema, y esresponsable de la misma en este caso la Unidad Ejecutora, quienes son losresponsables según la norma de los nombres y contenido del SNIP y demásdocumentos así como el Sistema de Consejos que conoce y aprueba dichos

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proyectos según lo establece en la ley de Consejo de desarrollo en su artículo 10 y 12 donde establece las funciones de los Consejos Departamentales yMunicipales respectivamente. Además los proyectos son aprobados por elCongreso de la Republica y Finanzas.” En Oficio No. 33-2015 de fecha 22 de Abril del 2015, la Secretaria Técnica, Licenciada Aura Marina de León y de León, manifesto "En el registro de proyectosindica que la máxima autoridad prioriza, formula, ingresa, envía o presenta ladocumentación a través del SINIP, quienes son los únicos usuarios autorizadospara el ingreso de la información en el sistema, y es responsable de la misma; yaque Segeplán lo que evalúa y respeta son las priorizaciones emanadas por lossistemas de Consejos es decir los COCODEs, COMUDEs y finalmenteel CODEDE y no está facultada para hacer los cambios en el sistema ni cambiarlas disposiciones de dicho sistema, en tal caso sonlas Municipalidades quienes son los responsables según la norma de los nombresy contenido en SINIP y demás documentos así como el Sistema de Consejos queconoce y aprueba dichos proyectos según lo establece en la ley de Consejos deDesarrollo en sus artículos 10 y 12 donde establece las Funciones de losConsejos Departamentales y Municipales respectivamente. Además los proyectosson aprobados por el Congreso de la República y Finanzas. Y los proyectos que se recepcionan en esta delegación han cumplido con loestablecido en la norma y con el proceso, objeto y la ubicación específica, lo queno dice la norma es que se deben comparar todos los ejercicios fiscales paradeterminar si hay duplicidad de proyectos ya que en primer lugar corresponden aejercicios fiscales diferentes con sus respectivas priorizaciones y avales delsistema de Consejos, y segundo que la descripción de los proyectos así como susrubros y unidades de medida y la dimensión del proyecto es grande por lo querequiere mucha inversión y las municipalidades argumentan que no es posible suejecución en un solo ejercicio fiscal (adjunto formularios SNIP 93157,SNIP112356 De cada ejercicio fiscal donde consta la descripción, metas, rubros ymontos que diferencian la ejecucion en cada ejercicio fiscal). Finalmente lo que establece el ANEXO 2 son CRITERIOS no son obligaciones yaque lo que se pretende es ordenar desde el nombre a cada proyecto, sin embargono siempre se respeta esta forma de nombrar los proyectos ya que dependemucho de la priorización que ejercen los COCODES y COMUDES como loestablecen las actas respectivas de priorización donde SEGEPLAN no tiene lafacultad de cambiar nombres sino solo evaluar técnicamente los proyectos. Finalmente será tomada en cuenta la recomendación de la CGC en cuanto averificar en el futuro los nombres de los proyectos, situación que haremos porescrito a los COCODEs, COMUDEs y CODEDE cuando prioricen y avalen

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proyectos." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Presidente, Director Ejecutivo y SecretariaTécnica, derivado que en los comentarios expresados exponen que esresponsabilidad de la Unidad Ejecutora y de la Máxima Autoridad, además loscriterios son de observancia obligatoria derivado que están explícitos en la normaespecifica para la asignación de nombres de los proyectos para que no causeconfusión con un mismo nombre para dos proyectos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesSECRETARIA TECNICA AURA MARINA DE LEON Y DE LEON 13,518.00PRESIDENTE PABLO BALTAZAR BATZ CANO 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00Total Q. 79,646.80

Hallazgo No. 4 Intereses no trasladados al Fondo Común CondiciónEl Consejo no velo porque los intereses de la cuenta No. 302-105-82554 deBanrural S.A. a nombre del Consejo Departamental de Desarrollo de Totonicapán,generados en los meses de octubre y noviembre de 2014 por la cantidad deQ27,722.16 y Q22,044.90 respectivamente, fueran reintegrados a la cuentaGobierno de Guatemala Fondo-Común de oficio. CriterioDecreto Número 30-2012 Ley de Presupuesto General de Ingresos y Egresos delEstado, vigente para el ejercicio fiscal 2014, en su artículo 39, Saldos enEfectivo, párrafo 4, establece: “...Las Entidades de la Administración Central,deberán trasladar de oficio a la cuenta “Gobierno de la República-Fondo Común”,los intereses que se generen por los depósitos de las cuentas constituidas en elSistema Bancario Nacional, exceptuándose de esta disposición los generados porrecursos externos, cuando así lo establezcan los convenios respectivos, porestipulación expresa en los contratos de fideicomiso del Estado o por una leyespecifica...”

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CausaEl Jefe Financiero incumplió con la Ley de Presupuesto al no trasladar losintereses generados al fondo común de oficio. EfectoEl dinero que se mantiene en las cuentas bancarias por concepto de intereses seamal utilizado por los responsables. RecomendaciónEl Presidente debe girar sus instrucciones al Jefe Financiero para que de oficiotraslade los intereses generados al fondo común y estos no permanezcan en lascuentas del Consejo. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 72-2014 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Financiero, Rubelsi deLeón Ávila (S.O.N) manifestó: “Tomando en consideración lo establecido en estehallazgo se procedió a enviar a la cuenta de fondo común los intereses descritos.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Jefe Financiero, en virtud que el responsableentrego copia de boleta de depósito realizado a la cuenta fondo común con fecha23 de abril de 2015 lo cual demuestra que lo realizo posterior a la notificación delos hallazgos detectados por la comisión de auditoría. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO RUBELSI (S.O.N.) DE LEON AVILA 3,110.00Total Q. 3,110.00

Hallazgo No. 5 Información incorrecta registrada en el Sistema Guatecompras CondiciónEL Consejo no veló para que el proyecto con número de convenio 23-2014,Implementación de Huertos Familiares, comunidades de Cantón Chotacaj yCantón Poxlajuj, Totonicapán, por la cantidad de Q302,000.00, que las

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especificaciones técnicas de las bases de cotización que fueron subidas aGuatecompras con el nog 3419878, corresponden a un proyecto de mejoramientocamino y no a un proyecto de huertos familiares. CriterioEl convenio de cofinanciamiento numero 23-2014 entre el Consejo Departamentalde Desarrollo y la Municipalidad de Totonicapán en su cláusula Cuarta, Forma deentrega de los desembolsos del Consejo Departamental, establece: “Una vezsuscrito el presente Convenio, “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL” secompromete a gestionar ante el Ministerio de Finanzas Públicas los recursosfinancieros el aporte, los que una vez hayan sido recibidos, serán entregados a“LA UNIDAD EJECUTORA”, en la forma siguiente: a) PRIMER DESEMBOLSO:que se entregara con la suscripción de este Convenio, el estudio técnico quesustente la realización de la obra, el cual no podrá exceder del veinte por ciento(20%) del monto total de aporte; y que “LA UNIDAD EJECUTORA” haya cumplidocon los requisitos legales del procedimiento de cotización o licitación pública,según el caso, que para el efecto establecen los artículos del 9 al 42, del 47 al 49,64, 66, 71, 73, 74, 76 y 78 de la ley de Contrataciones del Estado; así como del 5al 17, 26, 36, 37, 43 y del 45 al 54 bis de su reglamento;…” El Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley deContrataciones del Estado, en su articulo ARTICULO 23. * Publicaciones,establece: "Las convocatorias a licitar se publicaran por lo menos dos veces en eldiario oficial y dos veces en otro de mayor circulación, así como en el Sistema deInformación y Adquisiciones del Estado de Guatemala –GUATECOMPRAS-,dentro del plazo no mayor de quince (15) días hábiles entre ambas publicaciones. Entre la ultima publicación y el día fijado para la presentación y recepción deofertas, deberá mediar un plazo no menor de cuarenta (40) días." CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Financiero no cumplieron con verificar que losdocumentos que alimentan el portal de Guatecompras fueran exclusivamente delproyecto con convenio No. 23-2014. EfectoQue los procesos no se realicen de una manera transparente derivado que no secuenta con los documentos de dicho proyecto en el Sistema Guatecompras. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero paraque velen que toda la información que se pública en el sistemaGuatecompras correspondan específicamente al proyecto que se planífico.

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Comentario de los ResponsablesEn oficios No. 72-2015 y 74-2015 ambos de fecha 22 de abril de 2015, el Director

Eddy Roberto Chan Juárez y Rubelsi de LeónEjecutivo, Jefe Financiero,Ávila (S.O.N) respectivamente manifestaron: “Como es de su conocimiento larealización de este evento es realizado por la unidad ejecutora este es el caso delas Municipalidades por lo cual también son cosas de aspecto técnico por lo cualesta dirección solicita sea desvanecido este hallazgo al no ser de un problemanetamente financiero. Lo cual lo indica también los incisos del conveniointerinstitucional de cofinanciamiento en las siguientes clausulas: Clausula: NOVENA: RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES. Inciso: B) RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD EJECTURA: Literal: c) Cumplir con el procedimiento de cotización o licitación pública, deconformidad con lo que ampara el efecto establecen los artículos del 9, al 26; 29,33, 35, 36; del 38 al 42 ; 47, 48, 49, 64, 65, 66, 76, 78, 80 de la Ley deContrataciones del Estado, Decreto 57-92 del Congreso de la Republica; 5, 6, 7, 8,9, 10, 12, 12, bis, 14,15, 16, 16, bis, 17 y 26, del Reglamento. Clausula: NOVENA: RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES. Inciso: A) De “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”. Inciso: a) Recomendar a la Unidad Ejecutora que cumpla con el procedimiento decotización o licitación pública que establece la Ley de Contrataciones del Estado ysu Reglamento. c) Recomendarle a “UNIDAD EJECUTORA” que suscriba con el contratistacontrato administrativo en el que se pacten las obligaciones de las partes deconformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, debiendotranscribirse las especificaciones generales y técnicas, incorporando al mismo losplanos completos autorizados por profesional de la materia, cronograma detrabajo, precios unitarios y totales de la obra.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo, en virtud que el mismo exponeque el problema es netamente técnico, por lo cual la obligación era de la DirecciónEjecutiva al no realizar una supervisión adecuada de los documentos que secargan al Sistema Guatecompras. Se desvanece el hallazgo para el JefeFinanciero derivado que los argumentos presentados evidencian que la DirecciónEjecutiva tenía la obligación de supervisar dicho evento.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00Total Q. 20,522.00

Hallazgo No. 6 Falta de presentación de información y documentación requerida CondiciónSe solicito información a los responsables del Consejo de la manera siguiente: 1.)En nota de auditoría No. CGC-CODEDE-TOTO-20-2014 de fecha 09 de febrerode 2015 se solicitó que nos informaran las razones del porque el proyecto sinnúmero de convenio denominado Manejo y Producción Avícola Grupo de Mujeres,Varias Comunidades de Momostenango del año 2012 no se firmó convenio y nose ha realizado dicho proyecto al 31 de diciembre de 2014 y que acciones atomado el Consejo Departamental de Desarrollo de Totonicapán. Así mismo sesolicitó información del porque no se ha concluido y no presenta pagos en el año2014 el proyecto con número de convenio 114-2013. 2.) En nota de auditoría No. CGC-CODEDE-TOTO-24-2014 de fecha 14 de marzode 2014 se solicitó dictámenes de la Unidad Técnica Departamental de losproyectos con contrato número 45-2013, 56-2013, 134-2013, 99-2013, 71-201367-2013, 60-2013, 105-2013, 112-2013,117-2013, 135-2013, 147-2013; Aunado aesto solicitamos que se nos informara las razones del porque el proyecto connúmero de convenio 52-2012 Ampliación Centro de Capacitación y FormaciónParaje tierra Blanca Cantón Chuicruz Totonicapán según reportes del Consejo conavances financiero de 20% y Avance físico 0% al 31 de diciembre de 2014 notiene movimiento financiero y físico, de su respuesta debieron haber adjuntadodocumentación de soporte y del Convenio No.136-2012 Mejoramiento Centro deSalud Tipo B fase II Cabecera Municipal San Bartolo Aguas Calientes, segúnreportes del Consejo tiene un avance financiero de 90% y físico de 93.43%debieron exponer las razones del porque no se ha liquidado dicho proyecto y desu respuesta debieron adjuntar documentación de soporte. 3.) En nota de auditoría No. CGC-CODEDE-TOTO-29-2014 se solicitó informacióncorrespondiente al contrato interinstitucional de cofinanciamiento número104-2013 denominado Implementación del Tren de Aseo Santa Lucia la reforma

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información que deberían de presentar el día 06 de abril de 2015; sin embargo nose tuvo información y documentación solicitada en las notas indicadasanteriormente. CriterioEl Decreto No. 31-2002, del Congreso de la República de Guatemala, LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas, artículo 7 establece: "Acceso ydisposición de información. Para el fiel cumplimiento de su función, la Contraloríageneral de cuentas, a través de sus auditores, tendrá acceso directo a cualquierfuente de información de las entidades, organismos, instituciones, municipalidadesy personas sujetas a fiscalización a que se refiere el artículo 2 de la presente ley. Los Auditores de la Contraloría General de Cuentas, debidamente designados porsu autoridad superior, estarán investidos de autoridad. Todos los funcionariospúblicos, empleados públicos, toda persona natural o jurídica y los representanteslegales de las empresas o entidades privadas o no gubernamentales a que serefiere el Artículo 2 de la presente Ley, quedan sujetas a colaborar con laContraloría General de Cuentas, están obligados a proporcionar a requerimientode ésta, toda clase de datos e informaciones necesarias para la aplicación de estaLey, en un plazo de siete (7) días". CausaEl Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero no trasladaron la información y documentación requerida. EfectoAtraso en el cumplimiento del cronograma establecido por la comisión deauditoría. RecomendaciónEl Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero deben atender y proporcionar lainformación que el ente fiscalizador solicita. Comentario de los ResponsablesEn oficios Nos. 72-2015, 73-2015 y 74-2015 todos de fecha 22 de abril de 2015, elPresidente, Pablo Baltazar Batz Cano, el Director Ejecutivo, Eddy Roberto ChanJuárez y el Jefe Financiero, Rubelsi de León Ávila (S.O.N), respectivamentemanifestaron: “Referente al Proyecto Ampliación Centro de Capacitación yFormación Paraje Tierra Blanca Cantón Chuicruz Totonicapán, actualmente estásiendo auditado por el Ingeniero Mario Reynaldo Porras Palacios de acuerdo alnombramiento de Comisión Especial DIP-0048-201.

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Respecto al proyecto con Convenio No. 136-2012 Mejoramiento Centro de SaludTipo B fase II Cabecera Municipal San Bartolo Aguas Calientes, informo que no seha liquidado porque la unidad Ejecutora, aún ha solicitado y presentado losdocumentos de liquidación, asi mismo hago de su conocimiento que dichoproyecto ya cuenta con un informe de avance físico al 100% por parte delCODEDE, Totonicapán. Referente a este proyecto, a través del Oficio No. 17-2015/CODEDETOTO, sesolicitó a la unidad ejecutora, Municipalidad de Santa Lucía la reforma trasladar losdocumentos requeridos por la Comisión de auditoría, sin embargo no obtuvimosrespuesta alguna. Posteriormente se les envío de nuevo el oficio No. 25-2015/CODEDETOTO pararecordarles que tenían pendiente la entrega de la información requerida a travésdel oficio descrito anteriormente, de lo cual a la fecha la Unidad Ejecutora no diorespuesta alguna; razón por la cual el CODEDE no entrego la información a lacomisión de auditoria lo requerido.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para al Presidente, Director Ejecutivo, Jefe Financiero, envirtud que en los comentarios vertidos expresan y adjuntan los dictámenessolicitados, los oficios girados a las unidades ejecutoras solicitando información lacual las unidades ejecutoras no respondieron, asimismo informan que en elconvenio 52-2012 se emitió nombramiento de examen especial, de la Dirección deInfraestructura de la Contraloría General de Cuentas, para la revisión de dichoproyecto. Si bien adjuntan parte de la información solicitada en las notas de auditoria nomencionan nada sobre la nota de auditoria No. CGC-CODEDE-TOTO-20-2014 defecha 09 de febrero de 2015, además el enfoque del hallazgo era que losresponsables no cumplieron con el tiempo de respuesta estipulado en las notas deauditoria con lo cual se demuestra el incumplimiento.- Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE PABLO BALTAZAR BATZ CANO 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ 20,522.00JEFE FINANCIERO RUBELSI (S.O.N.) DE LEON AVILA 3,110.00Total Q. 69,238.80

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7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior correspondienteal ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimiento e implementaciónpor parte de los responsables, estableciéndose que si fueron implementadas.- 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 PABLO BALTAZAR BATZ CANO PRESIDENTE 01/01/2014 - 31/12/20142 EDDY ROBERTO CHAN JUAREZ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 RUBELSI DE LEON AVILA JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE QUETZALTENANGO

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de losConsejos Departamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos119 literal b), 224 al 229 de la Constitución Política de la República de Guatemalay por el Decreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de losConsejos de Desarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0288-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre el Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos yEgresos del Ejercicio Fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros, transaccionesadministrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera Con base a la evaluación del control interno y en la ejecución presupuestaria, enfunción de las transferencias correspondientes del período comprendido del 01 deenero al 31 de diciembre de 2014, del Consejo, se consideraron los ingresos,modificaciones, transferencias e informes de la unidad de supervisión, así como ladocumentación que respalda las transferencias.

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Se evaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipaidades,mediante la aplicación de pruebas selectivas, excepto los realizados en losaños 2012, 2013 y 2014, de conformidad conel MEMORANDUM-SCGP-03-2012, de fecha de 26 de julio de 2012,del Subcontralor de Calidad de Gasto Público, el cual establece: "...seexceptúa constituírse en las municipalidades del país, ya que las auditorías dedichas entidades, estarán a cargo de la Dirección correspondiente...". Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencias DACD-PROV-023-2014,DACD-PROV-024-2014, ambas de fecha veintidos de octubre de dos mil catorce,y DACD-PROV-074-2015 de fecha trece de marzo de dos mil quince, para auditarlos proyectos detallados en listado adjunto a las mismas, quienes rendirán informepor separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que maneja sus recursos en 3cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 de diciembre de 2014según reportes de la administración refleja la cantidad de Q13,791,413.60, loscuales corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 fuente21 Q6,050,000.00 y fuente 29 la cantidad de Q1,761,515.10; saldos nocomprometidos fuente 29 Q212,749.55, para un total del presupuesto del año2014 la cantidad de Q8,024,264.65; de ejercicios anteriores la cantidadde Q5,758,838.31, intereses del mes de diciembre de 2014 por la cantidadQ8,275.64 y comisiones por transferencias de Q35.00. Según reporte R00804768.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q43,207,350.75 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente se verificó que al 30 de abril del año 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas, trasladó la cantidad de Q9,388,000.71 según comprobante número 9207de fecha 11 de febrero de 2015; Q33,819,350.00 según comprobante número

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9281 de fecha 29 de abril de 2015 que corresponde a saldos pendientes del año2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo, recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera No. 001-2014 por un monto de Q9,000,00,los cuales fueron liquidados al 31 de diciembre de 2014, ejecutando en eltranscurso del período la cantidad de Q78,396.02. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones delEstado a Cargo del Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentesde financiamiento: fuente 21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por la cantidadde Q38,155,130.92; y fuente 29 Otros Recursos del Tesoro con AfectaciónEspecífica, por Q2,008,022.76, totalizando la cantidad de Q40,163,153.68. Asimismo, el Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, reportóque el MINFIN le trasladó en el mes de febrero 2014 la cantidadde Q36,289,339.00, correspondiente a la última cuota financiera del mes dediciembre 2013 del presupuesto del año 2013, de la fuente 21. Adicionalmente contaba con recursos de años anteriores, por la cantidadde Q6,990,619.01. Además, recibió la cantidad Q78,396.02 a través de Ingresos No Tributarios quefueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría de CoordinaciónEjecutiva de la Presidencia. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad de

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Q97,837,158.00, se realizaron modificaciones presupuestarias por la cantidad deQ255,732.00 para un presupuesto vigente de Q98,092,890.00. De los cuales setrasladó a unidades ejecutoras para pago de proyectos 2014, la cantidad deQ30,232,295.82, de la fuente 21 y por reprogramación de proyectos 2012 y 2013de la fuente 21 la cantidad de Q1,872,835.10; y de la fuente 29 la cantidadQ33,758.11, haciendo un total trasladado de Q32,138,889.03. Asimismo, setrasladó a unidades ejecutoras para pago de proyectos 2014 fuente 29 la cantidadde Q365,576.26 correspondiente a saldo de años anteriores. Con el saldo disponible de años anteriores, más la última cuota del presupuesto2013 recibida en 2014; los desembolsos para pago de proyectos de ejerciciosanteriores durante el ejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera:año 2013 fuente 21 por Q35,322,414.07 y fuente 29 por Q584,015.89; año 2012fuente 21 por Q1,028,464.32 y fuente 29 por Q19,500.00; año 2011 fuente 21 porQ10,400.00, para un total pagado de Q36,964,794.28. Asimismo, se envió al Fondo Común Q190,749.16, correspondiente a proyectosdel año 2013. Igualmente, se realizó traslado entre cuentas para financiarproyectos del año 2014 fuente 29 de Q365,576.26. El presupuesto vigente refleja un saldo total por devengar de Q14,722,385.57,integrado por la fuente de financiamiento 29 la cantidad de Q78,140.24 y de lafuente de financiamiento 21 la cantidad de Q14,644,245.33. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q78,396.02 a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó 144 proyectos de inversióndurante el período 2014, distribuidos en las finalidades siguientes: proyectos deinfraestructura física 112 en proceso, 1 terminado y 6 sin iniciarse; proyectos deagua y saneamiento ambiental 14 en proceso y 1 sin iniciarse; dotaciónde insumos, materiales y bienes 9 en proceso; electricidad 1 en proceso; loscuales están siendo ejecutados a través de Municipalidades por un valorde Q108,106,101.51.

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Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que cuenta 144 convenios loscuales ascienden a la cantidad de Q108,106,101.51, todos fueron suscritos conMunicipalidades. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió convenios dePréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de Formas Oficiales FORM.200-A-3 serie B. Adicionalmente se auxilia dehojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoMunicipalidades; por lo tanto no utiliza el Sistema de Información deContrataciones y Adquisiciones del Estado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo veló porque las unidades ejecutorasactualizaran mensualmente, la información que requiere el Módulo de SeguimientoFísico y Financiero del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

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6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1.

2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñoraDora Otilia Alcahé López de LangPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de QuetzaltenangoSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Quetzaltenango por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Conciliaciones bancarias sin firmas de las personas responsables de surevisión y aprobaciónInformes de supervisión de obras deficientesFalta de documentación de respaldo

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. ESTUARDO MANOLO DIAZ MAZARIEGOS

Auditor Gubernamental

Licda. MARIA DE LOS ANGELES MORALES ESTRADA

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Conciliaciones bancarias sin firmas de las personas responsables de surevisión y aprobación CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, se determinó quelas conciliaciones bancarias realizadas durante el ejercicio fiscal 2014 no estánfirmadas por la persona que las realiza, revisa y aprueba. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 5.5, Registro de las Operaciones Contables,establece: “…Todo registro contable que se realice y la documentación de soporte,deben permitir aplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso deauditoría, y en general el seguimiento y evaluación interna de la calidad de losregistros contables.” CausaEl Jefe Administrativo y Financiero no firmó las conciliaciones bancariasoportunamente. EfectoNo existe evidencia que la información financiera conciliada se haya revisado yautorizado, la que no la hace confiable para la toma de decisiones. RecomendaciónEl Director Ejecutivo, debe girar instrucciones al Jefe Administrativo y Financiero, aefecto se firmen las conciliaciones bancarias mensuales oportunamente, dejandoevidencia de la elaboración, revisión y aprobación de las mismas. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 abril de 2015, el Jefe Administrativo yFinanciero, Cristobal López Vásquez, manifiesta: “Me permito informar que desdeel día que tome posesión no existe registro alguno de la suscripción y firmas de lasconciliaciones bancarias, ni tampoco archivo en el cual obre que en lasadministraciones anteriores se hayan firmado dichas conciliaciones, como sepuede evidenciar en los documentos de soporte que adjunto. No está demás

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comentar que pese a que se han realizado auditorias anteriores no había sidoobjeto de hallazgo.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que el responsable en su comentario y pruebaspresentadas, reconoce que las conciliaciones bancarias no están firmadas por lapersona que las realiza, revisa y aprueba. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO CRISTOBAL (S.O.N.) LOPEZ VASQUEZ 4,882.00Total Q. 4,882.00

Hallazgo No. 2 Informes de supervisión de obras deficientes CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, presenta dentro delexpediente de obra, informes de ingeniería deficiente y con datos incoherentes enel Convenio de Cofinanciamiento No. 72-2013 CONSTRUCCION ESCUELAPRIMARIA TRES AULAS, CASERÍO LOBLATZAN CHIQUITO, SAN MARTÍNSACATEPÉQUEZ, con Aporte del Consejo Departamental de Desarrollo deQuetzaltenango de Q690,000.00, el informe de visita No. 4 reporta un avancefísico de 66.16%; y el informe de visita No. 5 reporta un avance físico de 100%,ambas visitas de fecha 25 de octubre de 2013, presentando inconsistencia en losporcentajes de supervisión. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.11, Archivos, establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, emitir, con baseen las regulaciones legales respectivas, las políticas administrativas para que entodas las unidades administrativas de la organización, creen y mantengan archivosordenados en forma lógica, definiendo su contenido, de manera que sea fácillocalizar la información. La documentación de respaldo de las operaciones financieras y administrativasque realice la entidad, deberá estar archivada en las unidades establecidas por los

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órganos rectores, siguiendo un orden lógico, de fácil acceso y consulta, de talmanera que facilite la rendición de cuentas..." CausaEl Director Ejecutivo no vela porque los supervisores de obras del Consejo,presenten informes de manera cronológica y de acuerdo a procedimientosadministrativos establecidos. EfectoRiesgo de contar con información errónea para la toma de decisiones en elproceso de ejecución de proyectos, asimismo no contar con información coherentepara su fiscalización. RecomendaciónLa Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo a efecto de velar quelos informes de avance físico de supervisión de obras, se realicen con eficiencia ycon sentido cronológico. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Walter Estuardo López Zamora, manifiesta: "Con fecha 2 de noviembre del 2013según oficio sin número firmado por el Director Técnico ll Walter Estuardo LópezZamora, Consejo de Desarrollo Quetzaltenango, se les instruye a los señoresSupervisores de proyectos del Consejo de Desarrollo Quetzaltenango el cuido encuanto a la emisión de informes por parte de estos al momento de emitir losinformes respectivos de supervisión; en fecha 16 de abril del 2015, según oficio laPresidente del Consejo de Desarrollo solicita se giren las instrucciones a dondecorresponda a efecto que los informes de avance físico de supervisión de obras serealicen con eficiencia y sentido cronológico, dicha instrucción me permito informarque ya fue girada en su momento.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo por que la documentación que adjunta, no aportanelementos suficientes, asimismo lo vertido por el responsable indica que se hangirado instrucciones a los supervisores de obra para que elaboren los mismos deuna forma eficiente, sin embargo dichos documentos, los firma también el DirectorEjecutivo como responsable de la información que se plasma en los informes. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para:

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Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00Total Q. 20,522.00

Hallazgo No. 3 Falta de documentación de respaldo CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, no se encontró enlos archivos el expediente del proyecto “CANCHA POLIDEPORTIVA 1A. CALLEZONA 4 BARRIO EL CARMEN”, que según cuadros analíticos corresponde a lafuente 22 Cultura y Deportes, proyectos de arrastre del año 2003 del municipio deSalcajá y tiene un saldo en bancos de Q7,128.42. Se estableció que el proyecto

Ing físicamente existe, según informe de visita de fecha 30/12/2014 emitido por el .CODEDE Quetzaltenango.Luis Escobar Supervisor de Proyectos del de

CriterioEl Acuerdo No. 09-03, del Jefe de la Contraloría General de cuentas, NormasGenerales de control Interno, norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece:"Toda operación que realicen las entidades públicas, cualesquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que larespalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales, administrativos, deregistro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis." CausaEl Director Ejecutivo, no veló porque el expediente que respalda el proyectorevelado en cuadros analíticos, se encontrara en los archivos del CODEDE. EfectoFalta de documentación que respalde las operaciones administrativas yfinancieras del proyecto. RecomendaciónLa Presidente, debe girar sus instrucciones al Director Ejecutivo, a efecto serealicen las gestiones correspondientes, que permitan localizar el expediente delproyecto y liquidar el saldo en bancos.

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Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 abril de 2015, el Director Ejecutivo,Walter Estuardo López Zamora, manifiesta: “Con fecha 25 de noviembre sesolicitó a las oficinas del Consejo de Desarrollo por parte de la Contraloría Generalde Cuentas, el expediente del proyecto CANCHA POLIDEPORTIVA 1ª. CALLEZONA 4 BARRIO EL CARMEN, para darle respuesta al requerimiento, el SeñorWalter López Zamora director técnico ll solicito a la Municipalidad de Salcaja lainformación de mérito, es el caso que la Municipalidad informo a este despachoque no tenía el expediente en mención motivo por el cual el director del Consejode Desarrollo le solicito al Jefe Administrativo y Financiero que realizara lasdiligencias pertinentes para saber en dónde está el expediente o una copia deeste, a lo cual se solicitó al Ministerio de Cultura y Deportes información sobreeste, el detalle de la respuesta se informó que no se pudo localizar ladocumentación. Así mismo en el momento de la entrega de cargo al Señor Lópezno se dio ningún listado de expedientes existentes.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el responsable en su comentario y pruebaspresentadas, admite que el expediente no se encuentra en el archivo del Consejode Desarrollo, y que se iniciaron las diligencias para localizar el mismo posterior alrequerimiento realizado por la Contraloría General de Cuentas. Asimismo, indica que en el momento en que recibió el cargo de Director Ejecutivoactual, no le fué proporcionado ningún listado de expedientes existentes, sinembargo, en las pruebas presenta un desglose analítico que contenían saldospendientes de liquidar firmado por las autoridades anteriores, en dónde se indicaque el proyecto no tiene expediente, mismo que se revela en cuadros analíticospresentados a esta comisión al 31 de diciembre 2014, evidenciando que no seveló por realizar las gestiones correspondientes a efecto de localizar el expedienteo interponer la denuncia ante autoridad competente. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00Total Q. 20,522.00

1.

2. 3. 4. 5.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñoraDora Otilia Alcahé López de LangPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de QuetzaltenangoSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo deQuetzaltenango al 31 de diciembre de 2014, están libres de representaciónerrónea de importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes yregulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Falta de Adenda que modifique el aporte de financiamiento del CODEDE porrecorte presupuestario 2013Incumplimiento a cláusulas de conveniosDeficiente gestión para liquidar obrasAvance financiero superior al avance fisico del proyecto

5.

6.

7. 8.

Incumplimiento de Normas y Disposiciones Legales relacionados conFONPETROLCopia de contratos enviados extemporáneamente a la Contraloría Generalde CuentasDisponibilidades financieras no reintegradas al Fondo ComúnAmpliación del plazo para finalización de proyectos, sin causa justificada

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. ESTUARDO MANOLO DIAZ MAZARIEGOS

Auditor Gubernamental

Licda. MARIA DE LOS ANGELES MORALES ESTRADA

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de Adenda que modifique el aporte de financiamiento del CODEDE porrecorte presupuestario 2013 CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, no realizó addendumal Contrato IVAPAZ No. 55-2013 correspondiente al proyecto CONSTRUCCIONEDIFICIO CENTRO DE CAPACITACION SOCIEDAD CIVIL III FASE,QUETZALTENANGO, para modificar la cláusula que se refiere al aporte delCODEDE y el aporte de la Unidad Ejecutora, derivado a que la unidad ejecutoraMunicipalidad de Quetzaltenango, asumió la parte del aporte que el CODEDE norecibió del Ministerio de Finanzas Públicas derivado del recorte presupuestario delaño 2013 por Q680,000.00; según certificación del punto octavo del acta No.47-2014 de fecha 03/03/2014, de sesión ordinaria celebrada por el ConcejoMunicipal de Quetzaltenango. CriterioContrato IVAPAZ No. 55-2013 “CONSTRUCCION EDIFICIO CENTRO DECAACITACION SOCIEDAD CIVIL III FASE, QUETZALTENANGO”, cláusulaCUARTA, DEL COFINANCIAMIENTO DEL PROYECTO; establece: “El costo delproyecto será financiado en forma bipartita en la siguiente forma: a) Con aporte delPresupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio fiscal dos mil trece, através de “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”, con la cantidad de…(Q.850,000.00)… El CODEDE, de conformidad con la gestión ante el Ministerio deFinanzas Públicas de los recursos financieros correspondientes a su aporte,entregará los mismos a la UNIDAD EJECUTORA, hasta donde llegue laasignación del Ministerio de Finanzas Públicas, sin responsabilidad alguna decofinanciamiento de este contrato por parte del CODEDE… La unidad ejecutora yel COCODE, eximen de toda responsabilidad al CODEDE, en caso que elMinisterio de Finanzas Públicas; no traslade la totalidad de los fondos asignados.”Cláusula SÉPTIMA: AMPLIACIONES Y MODIFICIACIONES DEL CONTRATO,establece: “Este contrato podrá ser modificado únicamente a través de undocumento de similar naturaleza jurídica, por las causas determinadas en ley ó poracuerdo entre las partes…”

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CausaLa Presidente y Director Ejecutivo, al momento que la unidad ejecutora secomprometió a asumir el recorte del año 2013, no formalizaron dicho compromisocon la respectiva documentación legal (addendum). EfectoNo se encuentran documentados legalmente los cambios en los aportes delConsejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango y la unidad ejecutora. RecomendaciónLa Presidente y el Director Ejecutivo, deben velar porque todo cambio en losaportes de los entidades cofinanciadoras se documenten legalmente mediante unaddendum. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 abril de 2015, la Presidenta, DoraOtilia Alcahé López y el Director Ejecutivo, Walter Estuardo López Zamora,manifiestan: “...adenda que modifica el cofinanciamiento del Consejo deDesarrollo.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el documento presentado por los responsables noes suficiente para desvanecerlo, derivado a lo siguiente: El addendum al contrato No. 55-2013 de fecha 05/03/2014, presentado comoprueba, en ninguna de sus cinco cláusulas modifica el aporte del CODEDE y de laUnidad Ejecutora, según se describe a continuación: la primera se refiere alfundamento legal, la segunda a los antecedentes, la tercera, objeto del addendum,la que literalmente indica: “La Unidad responsable de la ejecución deberá exigir alas personas individuales o jurídicas contratadas para la ejecución del proyectoque Actualicen los plazos de los contratos suscritos así como de las fianzascorrespondientes, sin éste requisito el CONSEJO DEPARTAMENTAL, noefectuará Ningún desembolso a la UNIDAD RESPONSABLE DE LAEJECUCIÓN.” La cuarta establece: “Quedan vigentes las cláusulas del contratooriginal con sus efectos y fuerza legal, en lo que no hubieren sido afectadas por elpresente Addendum.” Y por último la cláusula quinta, se refiere a la aceptación deladdendum. Asimismo, no se hace mención de la existencia de este addendum, en el oficiopresentado por el Director Ejecutivo, Of No. 29 CDD/AT 2014 de fecha 31 demarzo de 2014, en donde se indica “…1. Con relación a la información requeridadel proyecto CONSTRUCCIÓN EDIFICIO CENTRO DE CAPACITACIÓN

Contraloría General de Cuentas 391 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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SOCIEDAD CIVIL III FASE, QUETZALTENANGO me permito informarle que no sereprogramo el recorte de Q 680,000.00 por que la Municipalidad deQuetzaltenango absorbió dicha cantidad según consta en el acta numero cuarentay siete dos mil catorce de sesión ordinaria celebrada por el Consejo Municipal deQuetzaltenango celebrada el veinticuatro de febrero del año 2014…” Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE DORA OTILIA ALCAHE LOPEZ DE LANG 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00Total Q. 66,128.80

Hallazgo No. 2 Incumplimiento a cláusulas de convenios CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de  Quetzaltenango, suscribió en elejercicio fiscal 2010 el convenio No. 82-2010, correspondiente al proyectoMEJORAMIENTO CALLE PRINCIPAL BARRIO  ROBLES, de fecha 15/06/10suscrito con la Municipalidad de Génova por Q838,233.01, con aporte del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Quetzaltenango por Q165,000.00; trasladando ala unidad ejecutora en el año 2010 el total de Q33,000.00 correspondiente al 20%de anticipo, así: a)  Q24,750.00  el 25/08/2010 según fotocopia de cheque No.1190 y Forma 7-B No.130133, b) Q8,250.00 el  07/09/2010 según fotocopia decheque No. 1210 y Forma 7-B No.130943; cantidades que fueron pagadas a laempresa Constructora R & S según fotocopia de factura Serie A No. 0070 defecha 02/11/2010. Se determinó, que el Consejo Departamental de Desarrollo de  ,Quetzaltenangoincumplió con cláusulas del convenio de  , al no exigir a la unidadcofinanciamientoejecutora el reintegro del anticipo del 20% por Q33,000.00, para ser enviados a lacuenta del fondo común; derivado a que el proyecto no tiene avance físico en losrenglones de trabajo según consta en cuadros analíticos delCODEDE presentados al 31/12/2014, en oficio sin número, de fecha 18/11/11 delDirector Ejecutivo del   y oficio sin número de fecha 06/11/14 del AlcaldeCODEDEMunicipal Interino de Génova.  Asimismo, no realizaron las gestiones pertinentes aefecto de rescindir el convenio de   y el contrato de ejecución decofinanciamientoobra.

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Como resultado del trabajo de auditoría, la Municipalidad de Génova, reintegró alConsejo Departamental de Desarrollo de  Quetzaltenango, el anticipode Q33,000.00, según Forma No. 923726 del 02/03/2015 emitida por63-A2el CODEDE; cantidad que fue enviada al fondo común el día 03/03/2015 segúnboleta de depósito monetario No. 012705 del Crédito Hipotecario de Guatemala.Asimismo, el convenio de No.82-2010 fue por lascofinanciamiento rescindidopartes el 13/02/2015 y el contrato de ejecución de obra el 03/03/2015. CriterioEl convenio de cofinanciamiento para la ejecución de proyectos del aporte a losConsejos Departamentales de Desarrollo, para el ejercicio 2010 No. 82-2010correspondiente al proyecto MEJORAMIENTO CALLE PRINCIPAL BARRIOROBLES, cláusula NOVENA: RESPONSABILIDADES DEL "CODEDEQUETZALTENANGO", establece: “Son responsabilidades de “EL CODEDE”…2)Supervisar la ejecución física y financiera del proyecto… 5) Suspender o cancelary exigir el reintegro del monto del anticipo y los desembolsos otorgados a la“UNIDAD EJECUTORA”: …b) Si no se inicia el proyecto dentro del plazo dequince (15) días contados a partir de la aprobación del contrato y ya se hubieseentregado el anticipo; c) Cuando se identifiquen anomalías o irregularidades deorden administrativo, técnico o financiero, en especial cuando se incumplan loscontratos, diseños, planos o especificaciones generales o técnicas, sin perjuicio dela deducción de las responsabilidades legales correspondientes;” Clausula DÉCIMO CUARTA: CASO DE INCUMPLIMIENTO, establece: “La“UNIDAD EJECUTORA” del proyecto se compromete a reintegrar a “ELCODEDE”, la parte o totalidad que se establecerá mediante la evaluación física,administrativa y financiera, realizada en el momento de detectar dichoincumplimiento por causas imputables a “LA UNIDAD EJECUTORA”, o bien porincumplir cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente convenio yleyes aplicables al mismo, sin perjuicio de la deducción de responsabilidadeslegales que el caso amerite…” Clausula DÉCIMO SEXTA: DE LA TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO,establece: “El presente convenio podrá terminarse sin necesidad de declaraciónjudicial, si cualquiera de las partes incumple las obligaciones a que están sujetassegún el presente instrumento, debiendo la “UNIDAD EJECUTORA” reintegrar a“EL CODEDE” dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la fecha deformalizarse la terminación del presente convenio, el monto correspondiente alsaldo que resulte de la evaluación física, financiera que realice “EL CODEDE”…” CausaLa Presidente, el Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financieroincumplieron con los compromisos asumidos en el convenio por el CODEDE, al no

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velar porque el convenio y el contrato de ejecución de obra se rescindieran y elanticipo trasladado a la Unidad Ejecutora se recuperara oportunamente. EfectoRiesgo que los recursos financieros del Estado se utilicen para otros fines,asimismo, que los compromisos adquiridos por el CODEDE se encuentrenvigentes. RecomendaciónLa Presidente, el Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financiero, debenvelar porque el anticipo trasladado a Unidades Ejecutoras se inviertaoportunamente, de acuerdo a lo estipulado en el convenio de cofinanciamiento. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 abril de 2015, la Presidente, DoraOtilia Alcahé López, el Director Ejecutivo, Walter Estuardo López Zamora, y el JefeAdministrativo y Financiero, Cristobal López Vásquez, manifiestan: "El ConvenioNo. 82-2010 correspondiente al proyecto MEJORAMIENTO CALLE PRINCIPALBARRIO ROBLES de fecha 15-06-10 suscrito con la Municipalidad de Génova conaporte del Consejo departamental de Desarrollo Quetzaltenango se suscribió en elejercicio fiscal 2010, no correspondiendo a la presente administración el hecho dehaber tenido que dar por rescindido el convenio en relación toda vez que el mismoconvenio en su cláusula novena específicamente en su inciso “b) si no se inicia elproyecto dentro el plazo de quince días contados a partir de la aprobación delcontrato” Clausula décimo Sexta: de la terminación del presente convenio, ….Debiendo la UNIDAD EJECUTORA reintegrar al CODEDE dentro del plazo dediez días contados a partir de la fecha de formalizarse la terminación del presenteconvenio….” Dicha obligación correspondía a la administración del ejercicio 2010,no obstante ello la presente administración con fecha 13 de febrero del 2015suscribe la RESCISION POR MUTUO ACUERDO DE CONVENIOINTERINSTITUCIONAL DE COFINANCIAMIENTO, CON EL APORTE DELPRESUPUESTO GENERAL DE EGRESOS DEL ESTADO A TRAVES DE LOSCONSEJOS DEPARTAMENTALES DE DESRROLLO DE QUETZALTENANGO. Y se realiza FONDO COMUN reintegro de anticipo correspondiente al 20% delproyecto MEJORAMIENTO CALLE PRINCIPAL BARRIO ROBLES, convenio82-2010 fuente IVAPAZ, por medio de cheque No. 00003696.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que los comentarios y documentos presentadospor los responsables no son suficientes para desvanecerlo, porque se evidenciaque durante el ejercicio 2014, no se exigió oportunamente a la unidad ejecutora elreintegro del anticipo del 20% por Q33,000.00, para ser enviados a la cuenta delfondo común; ni se realizaron las gestiones a efecto de rescindir el convenio de

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cofinanciamiento y el contrato de ejecución de obra; derivado a que dichasgestiones se realizaron en el año 2015, a solicitud de la comisión de auditoría. Asimismo, los responsables indican que la obligación correspondía a laadministración del ejercicio 2010, sin embargo, en el expediente existe una notade fecha 11/11/11 del Director Ejecutivo de ese período, dirigida al AlcaldeMunicipal de Génova, con sello de recibido de la DMP de esa municipalidad, endonde solicita el reintegro del anticipo. Igualmente, es responsabilidad de la actualadministración dar seguimiento a los convenios suscritos por administracionesanteriores, según el Decreto Numero 11-2002, del Congreso de la República, Leyde los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, artículo 10, Funciones de losconsejos departamentales de desarrollo, que establece: “Las funciones de losConsejos Departamentales de Desarrollo son: … e) Dar seguimiento a laejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo deldepartamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno,proponer medidas correctivas a las entidades responsables.” Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE DORA OTILIA ALCAHE LOPEZ DE LANG 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00Total Q. 66,128.80

Hallazgo No. 3 Deficiente gestión para liquidar obras CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, suscribió losconvenios de cofinanciamiento para la ejecución de proyectos a los ConsejosDepartamentales de Desarrollo identificados con los números y estatus siguientes:

No. DeConvenio

Nombre de la obra Aporte delCODEDE

segúnConvenio

AvanceFísico

AvanceFinanciero

Trasladado ala UnidadEjecutora

Saldo enBancos al

31/12/2014pendientede liquidar

130-2011 CONSTRUCCIONSISTEMA DE AGUASPLUVIALES ZONA 3

Q680,000.00 100% 97% Q658,240.00 Q21,760.00

132-2011 MEJORAMIENTOCALLE SECTOR

Q275,000.00 100% 95% Q261,250.00 Q13,750.00

Contraloría General de Cuentas 395 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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DEMETRIO AGUILARZONA 4 , LAESPERANZAQUETZALTENANGO.

81-2010 MEJORAMIENTOCAMINO RURALFASE II FINCAN U E V ALINDA-CASERIOMORELIA

Q325,000.00 100% 95% Q310,000.00 Q15,000.00

77-2010 MEJORAMIENTOCAMINO RURALSECTOR JUAREZ

Q450,000.00 100% 96% Q430,000.00 Q20,000.00

66-2009 INSTALACIÓNSISTEMA DE AGUAPOTABLE CANTÓNXECOL

Q500,000.00 100% 95% Q475,000.00 Q25,000.00

Los proyectos descritos, se encuentran finalizados físicamente en un 100% segúninformes del supervisor del CODEDE y lo reflejado en cuadros analíticos; el saldopendiente de trasladar a la Unidad Ejecutora se encuentra en la cuenta bancariadel CODEDE Quetzaltenango, sin embargo el Consejo Departamental deDesarrollo de Quetzaltenango no ha realizado las gestiones suficientes yoportunas para que los proyectos puedan liquidarse, toda vez que el período delúltimo traslado de fondos del CODEDE Quetzaltenango a cada una de lasUnidades Ejecutoras, refleja un plazo suficiente para haber realizado las gestionespara liquidarlo según lo estipulado en las cláusulas a los convenios. CriterioLos Convenios de Cofinanciamiento Para la Ejecución de Proyectos Del Aporte aLos Consejos Departamentales De Desarrollo, Para el Ejercicio 2011 No.130-2011 y 132-2011, Cláusula Séptima: DE LA FORMA DE ENTREGA DE LOSAPORTES DEL CODEDE QUETZALTENANGO, inciso c), establece: “Un últimodesembolso que se hará efectivo si se ha cumplido con los siguientes requisitos:1) Que exista informe favorable de la supervisión de “El CODEDE”, en dondeconste que el proyecto tiene el cien por ciento (100%) de avance físico y con lacalidad establecida en las especificaciones generales, técnicas y cronograma deejecución contenidos en el presente convenio. 2) Se haya suscrito el acta derecepción del proyecto, suscrita por la Comisión Receptora…” Cláusula Novena:RESPONSABILIDADES DE “EL CODEDE” QUETZALTENANGO: establece: “Sonresponsabilidades de “EL CODEDE”: 1) Entregar el monto comprometido en lasmodalidades y condiciones convenidas…” El Convenios de Cofinanciamiento Para la Ejecución de Proyectos Del Aporte aLos Consejos Departamentales De Desarrollo, Para el Ejercicio 2010 No. 81-2010,Cláusula Séptima: DE LA FORMA DE ENTREGA DE LOS APORTESDEL CODEDE QUETZALTENANGO, inciso c), establece: “Un último desembolso

Contraloría General de Cuentas 396 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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que se hará efectivo si se ha cumplido con los siguientes requisitos: 1) Que existainforme favorable de la supervisión de “El CODEDE”, en donde conste que elproyecto tiene el cien por ciento (100%) de avance físico y con la calidadestablecida en las especificaciones generales, técnicas y cronograma de ejecucióncontenidos en el presente convenio. 2) Se haya suscrito el acta de recepción delproyecto, suscrita por la Comisión Receptora…” Cláusula Novena:RESPONSABILIDADES DE “EL CODEDE” QUETZALTENANGO: establece: “Sonresponsabilidades de “EL CODEDE”: 1) Entregar el monto comprometido en lasmodalidades y condiciones convenidas…” CausaEl Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financiero, no realizaron lasgestiones correspondientes para que los proyectos que se encuentran en un 100%de avance físico y con saldos en bancos, puedan ser liquidados. EfectoRiesgo que la disponibilidad de recursos financieros correspondiente a obras dearrastre sea utilizado para otros fines distintos a lo comprometido medianteConvenios de Cofinanciamiento vigentes. RecomendaciónLa Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al Jefe Administrativoy Financiero, para que realicen las gestiones correspondientes, a efecto que seliquiden los proyectos que se encuentran finalizados conforme lo establecido en lanormativa legal vigente. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Wlater Estuardo López Zamora y el Jefe Administrativo y Financiero, CristóbalLópez Vásquez, manifiestan: "En relación a los proyectos CONSTRUCCIONSISTEMA DE AGUAS PLUVIALES ZONA 3 Convenio 130-2011 yMEJORAMIENTO CALLES SECTOR DEMETRIO AGUILAR ZONA 4 LAESPERANZA , QUETZALTENANGO Convenio 132-2011, me permito informarque se realizaron las solicitudes pertinentes en los años 2012 y 2013 a efecto quela municipalidad correspondiente procediera a la liquidación de los proyectos enmención siendo el caso de que a la presente fecha no se ha recibido unarespuesta favorable de parte de la Municipalidad. Y como por recomendaciónverbal del auditor Abraham Rodas Paredes de la Comisión de auditoria se nosindicó en su momento que debería de realizarse el pago del aporte Municipalantes de que se realizara la liquidación de estos proyectos por parte del Consejo. En relación a los proyectos MEJORAMIENTO CAMINO RURAL FASE II FINCA

Contraloría General de Cuentas 397 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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NUEVA LINDA CASERIO MORELIA convenio No. 81-2010 y MEJORAMIENTOCAMINO RURAL SECTOR JUAREZ convenio 77-2010 me permito infórmale quese encuentran liquidados. En relación al proyecto INSTALACION SISTEMA DE AGUA POTABLE CANTONXECOL convenio 66-2009, me permito adjuntar la respuesta de la Municipalidadde Cajola de fecha 24 de marzo del 2015 en donde indica del porque no se haprocedido a trasladar la documentación de soporte para proceder a su liquidacióndel proyecto en mención." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo parcialmente, debido a que la documentación presentadapor los responsables, respalda la gestión realizada para la liquidación de losproyectos identificados con los convenios No. 130-2011 Construcción Sistema DeAguas Pluviales Zona 3, No. 132-2011 Mejoramiento Calles Sector DemetrioAguilar Zona 4 La Esperanza Quetzaltenango y 69-2009 Instalación Sistema DeAgua Potable Cantón Xecol; sin embargo al 31 de diciembre de 2014, losresponsables no adjuntan documentación que respalde la gestión realizada paraliquidar los proyectos identificados con los convenios No. 81-2010 MejoramientoCamino Rural Fase II Finca Nueva Linda Caserío Morelia y No. 77-2010Mejoramiento Camino Rural Sector Juárez, únicamente manifiestan que seencuentran liquidados. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO CRISTOBAL (S.O.N.) LOPEZ VASQUEZ 4,882.00Total Q. 25,404.00

Hallazgo No. 4 Avance financiero superior al avance fisico del proyecto CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, se firmó elCONVENIO DE COFINANCIAMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOSDEL APORTE A LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE DESARROLLO,PARA EL EJERCICIO 2011 No. ONG-39-2011, en fecha siete de febrero de dosmil once (07/02/2011), con el objeto de financiar y ejecutar el proyectodenominado “PERFORACIÓN Y EQUIPAMIENTO POZO MECANICO, ALDEA

Contraloría General de Cuentas 398 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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LOS GONZALES, PALESTINA DE LOS ALTOS, QUETZALTENANGO”, por unmonto de ochocientos mil quetzales exactos (Q800,000.00), monto  financiado pormedio del Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, mediantegestiones realizadas ante el Ministerio de Finanzas Públicas; dicho convenio fuecelebrado por el Presidente del CODEDE Quetzaltenango MARCO ANIBALHERRERA ALVARADO y el Representante Legal de ONG CORPORACIÓN DESERVICIOS Y APOYO PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO “CORSADEC”,ABILIO VICENTE LÓPEZ MÉNDEZ como Unidad Ejecutora. La ONG CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y APOYO PARA EL DESARROLLOCOMUNITARIO –CORSADEC-, celebró el Contrato para la ejecución de obras No.016-2011, en fecha tres de junio de dos mil once (03/06/2011), por medio delrepresentante de la ONG ABILIO VICENTE LÓPEZ MÉNDEZ y con elrepresentante legal de la empresa constructora COVIRE, S.A. ELÍ BARTOLOMÉVILLATORO PAZ, por un monto de setecientos noventa y nueve mil doscientosquetzales exactos (Q799.200.00), cantidad que sería entregada con un aporteinicial del 20% que corresponde al anticipo y los siguientes desembolsos seefectuarían conforme el avance físico de la obra basándose en los informes queproporcione la Gerencia Técnica como unidad de supervisión de CORSADEC. El último informe del Supervisor del CODEDE Quetzaltenango, firmado por elIngeniero JOSÉ ALEX FERNANDO LÓPEZ SUM y el Director Ejecutivo delCODEDE Quetzaltenango JUAN JOSÉ MARTÍNEZ LÓPEZ, refleja un avancefísico ponderado determinado, al diez de octubre de dos mil once (10/10/2011),por noventa punto sesenta y uno por ciento (90.61%), reportando los renglonesejecutados, medidos en la obra de la manera siguiente: Renglón de trabajo No. 1.Estudio Hidrogeológico, ejecutado físicamente en cien por ciento (100%), por unvalor contratado de sesenta y cuatro mil ciento sesenta y cinco quetzales consesenta y nueve centavos (Q64,165.69). Renglón de Trabajo No. 2. Replanteo,ejecutado físicamente en cien por ciento (100%), por un valor contratado de cincomil trescientos treinta y nueve quetzales con veintiocho centavos (Q5,339.28).Renglón de trabajo No. 3. Perforación de pozo, ejecutado físicamente en unochenta y siete por ciento (87%), por un valor contratado de quinientos setenta ysiete mil cincuenta y nueve quetzales con sesenta y nueve centavos(Q577,059.69). Renglón de trabajo No. 4. Caseta de bombeo, ejecutadofísicamente en un cien por ciento (100%), por un valor contratado de veintiocho milochocientos un quetzales con tres centavos (Q28,881.03). Renglón de trabajo No.5 Equipamiento, ejecutado físicamente en un cien por ciento (100%), por un valorde ciento veintitrés mil setecientos cincuenta y cuatro quetzales con treinta y trescentavos (Q123,754.33). Del mismo modo el último informe del Supervisor de la ONG CORSADEC, elArquitecto Erick Tzún De León, refleja un avance físico del 90.84%, reportando los

Contraloría General de Cuentas 399 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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mismos renglones ejecutados por el Supervisor del CODEDE Quetzaltenango, noobstante en visita realizada por la Comisión de Auditoría actuante, el día doce defebrero de dos mil quince (12/02/2015) conjuntamente con el Supervisor actual delCODEDE Quetzaltenango, el Ingeniero Luis Gilberto Escobar Momotic, mediantela técnica de observación, se determinó que los renglones de trabajo No. 4 y 5 nose ejecutaron, ya que en el lugar donde se ubica el proyecto, se observó queúnicamente se encuentra la perforación del pozo y no existe la caseta de bombeoni el equipamiento respectivo;  asimismo en el lugar de la obra no existe evidenciade maquinaria que este ejecutado actualmente el proyecto. En fecha catorce de noviembre de dos mil once (14/11/2011), la ONGCORSADEC, suscribió el Acta de Recepción de Obra No. 019-2011, con el objetode recepcionar los trabajos del proyecto “PERFORACIÓN Y EQUIPAMIENTOPOZO MECANICO, ALDEA LOS GONZALES, PALESTINA DE LOS ALTOS,QUETZALTENANGO” en dónde participaron las siguientes personas: porCORSADEC Abilio Vicente López Méndez y el Supervisor de la ONG el ArquitectoErick José Tzún De León y por la Empresa Constructora COVIRE, S.A. ElíBartolomé Villatoro Paz; en dónde según el Acta “realizaron la inspecciónnecesaria de la obra y dan por satisfactoria la conclusión de los trabajosrealizados, habiendo cumplido con las cantidades de materiales y con las especificaciones para el proyecto”, no obstante se evidencia que dicha obra no fueconcluida. Derivado del proceso de auditoría se determinó que el Consejo Departamental deDesarrollo de Quetzaltenango, desembolsó a la ONG “CORSADEC” recursosfinancieros de la siguiente manera: 1)Tres de junio de dos mil once (03/06/2011),cheque número mil seiscientos cincuenta y cinco (1655), por la cantidad de cientosesenta mil quetzales exactos (Q160,000.00), por lo que la ONG CORSADECemitió la forma oficial número sesenta y tres guión A dos, treinta y seis miltrescientos cinco (63-A2 36305), 2)Diecinueve de julio de dos mil once(19/07/2011), cheque número mil setecientos sesenta y uno (1761), por lacantidad de trescientos sesenta mil quetzales exactos (Q360,000.00), por lo que laONG CORSADEC emitió la forma oficial número sesenta y tres guion A dos,treinta y seis mil trescientos sesenta y dos (63-A2 36362), 3)Diecinueve de agostode dos mil once (19/08/2011), cheque número mil ochocientos siete (1807), por lacantidad de doscientos mil quetzales exactos (Q200,000.00), por lo que la ONGCORSADEC emitió la forma oficial número sesenta y tres guión A dos, treinta yseis mil trescientos noventa y cinco (63-A2 36395). El total desembolsado delConsejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango hacia la ONGCorporación de Servicios y apoyo para el Desarrollo Comunitario “CORSADEC”asciende a setecientos veinte mil quetzales exactos (Q720,000.00). De la misma manera la ONG CORSADEC, trasladó los fondos a la empresa

Contraloría General de Cuentas 400 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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constructora COVIRE SOCIEDAD ANÓNIMA, por lo que esta última emitió lasfacturas siguientes: 1)número mil setecientos cuarenta y seis (1746) por cientosesenta mil quetzales exactos (Q160,000.00), 2)Número mil setecientos sesenta yseis (1766) por trescientos sesenta mil quetzales exactos (Q360,000.00),3)Número mil setecientos ochenta y nueve (1789) por doscientos mil quetzalesexactos (Q200,000.00). El total trasladado de la ONG CORSADEC a la empresaconstructora COVIRE, S.A. asciende a la cantidad de setecientos veinte milquetzales exactos (Q720,000.00), que equivale a un avance financiero del noventapor ciento (90%) del valor del convenio. En memorial de fecha veintiocho de abril de dos mil catorce (28/04/2014) laPresidenta del CODEDE de Quetzaltenango, Dora Otilia Alcahé Lang, hace delconocimiento de la Contralora General de Cuentas,  que el proyecto“PERFORACIÓN Y EQUIPAMIENTO POZO MECANICO, ALDEA LOSGONZALES, PALESTINA DE LOS ALTOS, QUETZALTENANGO” fue tramitadodurante la administración anterior, realizándose reuniones conciliatorias, sinembargo no se ha concluido dicha obra. CriterioEl Convenio de Cofinanciamiento Para la Ejecución de Proyectos de Aporte a LosConsejos Departamentales de Desarrollo, Para el Ejercicio 2011, No. ONG:39-2011, Cláusula Séptima, establece: “DE LA FORMA DE ENTREGA DE LOSAPORTES DEL CODEDE QUETZALTENANGO: Una vez celebrado el presenteconvenio, “EL CODEDE”, gestionará los recursos financieros correspondientes asu aporte, ante El Ministerio de Finanzas Públicas, los que entregará a “LAUNIDAD EJECUTORA”, de la siguiente forma: a) El anticipo, posterior a lacelebración del presente convenio y el estudio técnico que sustente la realizacióndel proyecto, dicho anticipo no podrá exceder del veinte por ciento (20%) y podrádeducirse en forma proporcional, en los primeros seis (6) desembolsos (pagos) omenos. Para que “EL CODEDE” entregue el anticipo a “LA UNIDAD EJECUTORA”es necesario que se hayan cumplido con todos los requisitos establecidos en elanexo uno (1) del presente convenio; b) los siguientes desembolsos se efectuaránconforme al avance físico del proyecto, y los informes de la Unidad de Supervisiónde “EL CODEDE”; y se cumpla con los requisitos que establece el anexo uno delpresente convenio…” Cláusula Décimo Cuarta; establece: “CASO DE INCUMPLIMIENTO: La “UNIDADEJECUTORA” del proyecto se compromete a reintegrar a “EL CODEDE”, la parteo totalidad que se establecerá mediante la evaluación física, administrativa yfinanciera, realizada en el momento de detectar dicho incumplimiento por causas

Contraloría General de Cuentas 401 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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imputables a “LA UNIDAD EJECUTORA”, o bien por incumplir cualquiera de lasobligaciones establecidas en el presente convenio y leyes aplicables al mismo, sinperjuicio de la deducción de responsabilidades legales que el caso amerite.Además, deben hacerse efectivas las fianzas respectivas.” El Decreto Número 31-2002, de El Congreso De La República De Guatemala, LeyOrgánica de la Contraloría General De Cuentas, artículo 30, establece: “Obligaciónde denunciar. Los auditores gubernamentales que en cumplimiento de su función,descubran la comisión de posibles delitos contra el patrimonio de los organismos,instituciones, entidades y personas sujetas a fiscalización, están obligados apresentar la denuncia correspondiente ante la autoridad competente y hacerlo delconocimiento del Contralor General de Cuentas, quien deberá constituirse comoquerellante adhesivo. Los funcionarios y empleados públicos, quedan obligados a prestar a los auditoresel auxilio necesario para el efectivo cumplimiento de su función. En el caso denegarse, serán sancionados conforme a la ley.” CausaEl Presidente y Director Ejecutivo trasladaron recursos financieros del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Quetzaltenango, mayor al porcentaje de avancefísico de la obra, mediante información de Supervisión de CODEDE y de la ONG. EfectoNo se logró el objetivo del proyecto de proveer del vital líquido a los habitantes de

la aldea Los Gonzales; además los recursos financieros del Estado no se

invirtieron en forma eficiente, afectando la calidad del gasto público y menoscabo

a los intereses del estado. RecomendaciónLa Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, Jefe Administrativo yFinanciero y Supervisores de Obras, a efecto que los desembolsos a las unidadesejecutoras se realicen en función de lo pactado en los Convenios deCofinanciamiento y obedeciendo a los objetivos plasmados en las especificacionestécnicas y especificaciones generales, para la realización de obras. Comentario de los ResponsablesNo se discutió el hallazgo, debido a que se presentó denuncia ante el MinisterioPúblico.

Contraloría General de Cuentas 402 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud de que el avance financiero es superior al avancefísico. Acciones Legales y AdministrativasDenuncia número DAJ-D-CD-27-2015, presentada al Ministerio Público, deconformidad con el Decreto Número 31-2002, del Congreso de la República, LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas, Artículo 30, en contra de: Cargo Nombre Valor en QuetzalesRESPONSABILIDAD MANCOMUNADA 720,000.00REPRESENTANTE LEGAL DE LA ONG ABILIO VICENTE LOPEZ MENDEZREPRESENTANTE LEGAL COVIRE, S.A. ELI BARTOLOME VILLATORO PAZSUPERVISOR DE OBRAS CORSADEC ERICK JOSE TZUN DE LEONSUPERVISOR CODEDE JOSE ALEX FERNANDO LOPEZ SUMDIRECTOR EJECUTIVO JUAN JOSE MARTINEZ LOPEZPRESIDENTE CODEDE MARCO ANIBAL HERRERA ALVARADOTotal Q. 720,000.00

Hallazgo No. 5 Incumplimiento de Normas y Disposiciones Legales relacionados conFONPETROL CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, en el ejercicio fiscal2014, como entidad beneficiaria de FONPETROL, previo a su ejecución no velóporque se publicara en medios efectivos de difusión local legalmente establecidos:las características del proyecto, los beneficiarios, costo y destino, según seevidencia en el proyecto con convenio FONPETROL No. 01-2014 Obra No. (01)del proyecto MEJORAMIENTO CAMINO RURAL, CASERIO LOS LOPEZ YLUCAS, ALDEA LA EMBOSCADA, SAN MIGUEL SIGUILA, QUETZALTENANGOpor valor de Q400,000.00. CriterioEl Acuerdo Gubernativo Número 195-2009, del Presidente de la República,Reglamento de la Ley del Fondo para el Desarrollo de Económico de la Nación,-FONPETROL-, artículo 5, Beneficiarios, establece: “Los beneficiarios delFONPETROL son: a) Los Consejos Departamentales de Desarrollo de todos losdepartamentos de la República…” y artículo 11, Publicaciones, establece: “Con elobjeto de garantizar la transparencia en la utilización de los recursos deFONPETROL, las entidades beneficiaras, publicarán antes de la ejecución de losproyectos de inversión, en medios efectivos de difusión local legalmenteestablecidos, las características de éstos, los beneficios que otorgarán a las zona,así como su costo y el destino de los mismos según los alcances y limitaciones

Contraloría General de Cuentas 403 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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establecidas en la Ley de Acceso a la Información Pública. Adicionalmente lasentidades beneficiarias, publicarán quince días antes de su ejecución en susportales de transparencia, la información citada...” CausaEl Director Ejecutivo no veló porque se cumpliera con la norma de transparenciaestipulada en la Ley de Fonpetrol. EfectoNo se dio a conocer oportunamente a la población, la inversión de los recursosprovenientes de Fonpetrol. RecomendaciónLa Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que losproyectos cuya fuente de financiamiento sea FONPETROL, se publiquen antes dela ejecución, en medios efectivos de difusión local legalmente establecidos, lascaracterísticas de éstos, los beneficios que otorgarán a la zona, así como su costoy el destino. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 abril de 2015, el Director Ejecutivo,Walter Estuardo López Zamora, manifiesta: “Si se realizó la publicación en unmedio efectivo de difusión local debidamente establecido...". Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el comentario y documentación presentada por elresponsable, no es suficiente para desvanecerlo, derivado a que se presentócomo prueba la impresión en blanco y negro de una fotografía de un volante, endonde no se puede determinar la fecha en que fue puesto y no constituye medioefectivo de difusión local legalmente establecido, asimismo, no garantiza elcumplimiento de la norma de transparencia estipulada en la Ley de Fonpetrol. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00Total Q. 20,522.00

Espacios luego de Acciones Legales

Contraloría General de Cuentas 404 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgo No. 6 Copia de contratos enviados extemporáneamente a la Contraloría General deCuentas CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, se suscribieronconvenios de cofinanciamiento para la ejecución de obras y/o proyectos con lasdiferentes Unidades Ejecutoras identificados con los No. 53-2014, No.110-2014,ambos suscritos en fecha 08 de julio de 2014, mismos que fueron enviadosextemporáneamente a la Unidad de Registros de la Contraloría General deCuentas mediante Oficio No. Of./008/CDDQ de fecha 28 de noviembre de 2014 ycon sello de recibido de fecha 01 de diciembre de 2014. De igual forma losConvenios No. 59-2014, 115-2014 suscritos en fecha 04 de agosto de 2014 y 18de agosto de 2014 respectivamente, fueron enviados extemporáneamente a laUnidad de Registros de la Contraloría General de Cuentas mediante Oficio No.Of./008/CDDQ de fecha 11 de noviembre de 2014 y con sello de recibido en lamisma fecha del oficio. Así también los convenios No. 06-2014, 71-2014, ambossuscritos en fecha 19/05/2014, fueron enviados extemporáneamente a la Unidadde Registros de la Contraloría General de Cuentas mediante Oficio No.Of./005/CDDQ de fecha 28 de agosto de 2014 y con sello de recibido en la mismafecha del oficio. CriterioEn los Convenios Interinstitucionales de Cofinanciamiento Para Ejecución deObras y/o Proyectos, Suscritos Entre El Consejo Departamental De Desarrollo deQuetzaltenango y las Unidades Ejecutoras, para el año 2014, cláusula novena,RESPNSABILIDADES DE LAS PARTES, Literal A) De “EL CONSEJODEPARTAMENTAL”, inciso g) establece: “Remitir copia de este Convenio dentrode los treinta (30) días hábiles siguientes a su suscripción, a la Unidad de Registrode Contratos de la Contraloría General de Cuentas.” CausaEl Director Ejecutivo, incumplió en la aplicación de la normativa legal vigente,establecido en la suscripción de los Convenios con las Unidades Ejecutoras. EfectoRiesgo que la Contraloría General de Cuentas no cuente con la informaciónoportuna de los convenios suscritos en el Consejo Departamental de Desarrollo deQuetzaltenango.

Contraloría General de Cuentas 405 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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RecomendaciónLa Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo a efecto de cumplir loque establece los preceptos legales para la ejecución de los proyectos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 de abril de 2015, el Director EjecutivoWalter Estuardo López Zamora, manifiesta: "Se tomara en cuenta larecomendación emitida por los auditores.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo por que en el comentario del responsable acepta ladeficiencia detectada. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA 20,522.00Total Q. 20,522.00

Hallazgo No. 7 Disponibilidades financieras no reintegradas al Fondo Común CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, durante el ejerciciofiscal 2014 no veló porque se reintegrara a la cuenta Fondo Común del Gobiernode Guatemala, el saldo no comprometido de Q12,599.67 correspondiente alcontrato No. 53-2013 DOTACION ESTUFAS AHORRADORAS DE LEÑA, EN 10COMUNIDADES DE ALDEA NUEVA CONCEPCION Y ALDEA LA VICTORIA, 2COMUNIDADES ALDEA MONROVIA Y LA UNION DEL MUNICIPIO DE SANJUAN OSTUNCALCO, QUETZALTENANGO, por un valor de Q900,050.00;derivado que el contrato de ejecución de obra No. 10-2013 suscrito entre laMunicipalidad de San Juan Ostuncalco y Constructora San Lorenzo se realizó porQ887,450.33; por lo que la diferencia de Q12,599.67 no corresponden aobligaciones pendientes de pago al 31/12/2014. CriterioEl Decreto Número 101-97 y sus reformas, del Congreso de la República, LeyOrgánica de Presupuesto, artículo 38, Saldos de efectivo, establece: “Lasinstituciones del Estado a las que se les transfieran los recursos a través del

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Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, del ejercicio fiscalcorrespondiente, los Consejos de Desarrollo y las Instituciones Descentralizadas yAutónomas, éstas últimas respecto de los fondos recibidos del Estado, que altreinta y uno (31) de diciembre de cada año mantengan saldos de efectivo y queno sean saldos por gastos devengados y no pagados a esa fecha, deben serreintegrados dentro de los diez (10) días después de finalizado el ejercicio fiscal ala Cuenta Gobierno de la República, Fondo Común-Cuenta Única Nacional, y a lascuentas especificas abiertas por la Tesorería Nacional cuando se trate de recursosexternos...” El Decreto Número 30-2012, del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Trece,con vigencia para el Ejercicio Fiscal 2014 aprobado por el Acuerdo GubernativoNúmero 544-2013, artículo 39, Saldos de efectivo, establece: “Las Entidades de laAdministración Central que al treinta y uno de diciembre de dos mil docemantengan saldos en exceso a los compromisos devengados no pagados a esafecha en las cuentas del Banco de Guatemala y del Sistema Bancario Nacional,deben reintegrarlos sin más trámite a más tardar diez (10) días después definalizado el ejercicio fiscal dos mil doce, a la cuenta “Gobierno de laRepública-Fondo Común’’ y cuando se trate de recursos externos, el reintegro serealizará en las cuentas especiales constituidas por la Tesorería Nacional. LosConsejos Departamentales de Desarrollo que dispongan de recursos trasladadoscomo aporte del Gobierno Central de ejercicios fiscales anteriores y que noconstituyan obligaciones de pago, deberán reintegrarlos sin más trámite a lacuenta “Gobierno de la República-Fondo Común”, en el mismo plazo indicado enel párrafo anterior…” CausaEl Jefe Administrativo y Financiero, no realizó oportunamente el análisis einvestigación correspondiente de los saldos de proyectos que no constituyenobligaciones pendientes de pago, a efecto de depositar estos en la cuenta defondo común, en el plazo establecido por la ley. EfectoEl Consejo Departamental de Desarrollo arrastra en sus registros saldos deproyectos que no constituyen obligaciones pendientes de pago y que pueden serutilizados para otros fines. RecomendaciónEl Director Ejecutivo debe girar instrucciones al Jefe Administrativo y Financiero,previa investigación y análisis financiero, técnico y legal, deben realizar las

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gestiones pertinentes, a efecto se depositen a la cuenta Gobierno de la RepúblicaFondo Común, los saldos de proyectos que no corresponden a obligacionespendientes de pago. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. 30 CDD/AT 2015, de fecha 22 abril de 2015, el Jefe Administrativo yFinanciero, Cristobal López Vásquez, manifiesta: “Debido a que no se ha liquidadoel proyecto DOTACION ESTUFAS AHORRADORAS DE LEÑA EN 10COMUNIDADES DE ALDEA NUEVA CONCEPCION Y ALDEA LA VICTORIA, 2COMUNIDADES ALDEA MONRROVIA Y LA UNION DEL MUNICIPIO DE SANJUAN OSTUNCALCO, QUETZALTENANGO; no se ha reembolsado la cantidadpendiente toda vez que debe de existir el acta de liquidación del mismo paraproceder a esta devolución al fondo común ya que si no se haría el reembolsoestando pendiente de liquidación el proyecto.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que el comentario presentado por el responsableno es suficiente para desvanecerlo, porque la cantidad de Q12,599.67, nocorresponde a obligaciones pendientes de pago, derivado a que el contratosuscrito entre la unidad ejecutora y la empresa constructora se realizó conQ12,599.67 de menos en relación al convenio, derivado a que la empresaconstructora cotizó de menos en relación al monto presupuestado para elproyecto, según el portal de GUATECOMPRAS, lo que constituyó en unaeconomía al aporte del CODEDE, entidad que aportaría el 100% del valor delconvenio. Además en cuadros analíticos presentados por el CODEDE deQuetzaltenango, al 31/12/2014, se indica que el proyecto tiene un avancefinanciero de 98% y físico de 100%, por lo que estos recursos al no ser unaobligación pendiente de pago, se debió reintegrar a la cuenta de fondo común, enel plazo que establece la ley, sin esperar la liquidación del proyecto. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO CRISTOBAL (S.O.N.) LOPEZ VASQUEZ 4,882.00Total Q. 4,882.00

Hallazgo No. 8 Ampliación del plazo para finalización de proyectos, sin causa justificada

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CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango, se determinarondeficiencias, en la ejecución del proyecto con CONVENIO DECOFINANCIAMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DEL APORTE ALOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES DE DESARROLLO, PARA ELEJERCICIO 2011 número ONG guion cuarenta y tres guion dos mil once (No.ONG-43-2011) denominado: CONSTRUCCIÓN PUENTE VEHICULAR AGUATIBIA, ALDEA SANTA RITA, LA ESPERANZA, QUETZALTENANGO, de fechasiete de febrero de dos mil once (07/02/2011), suscrito entre Marco Aníbal HerreraAlvarado, Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE) deQuetzaltenango y Abilio Vicente López Méndez, representante legal de laorganización no gubernamental (ONG) Corporación de Servicios y Apoyo para elDesarrollo Comunitario, con siglas “CORSADEC”, por un monto de dos millonesde quetzales exactos (Q.2,000,000.00) y plazo de ejecución de ciento ochenta(180) días calendario. Derivado del convenio descrito en el párrafo anterior, se suscribió para laejecución del proyecto, contrato número cero diecinueve guión dos mil once (No.019-2011) de fecha uno de julio de dos mil once (01/07/2011), entre Abilio VicenteLópez Méndez, representante legal de la organización no gubernamental (ONG)Corporación de Servicios y Apoyo para el Desarrollo Comunitario “CORSADEC” yDavid Fernando Andrino Elías, representante legal de la empresa Las AméricasConsultores, por un monto de un millón novecientos noventa y nueve mildoscientos cuatro quetzales con treinta y cinco centavos (Q.1,999,204.35), con unplazo de (180) ciento ochenta días a partir de la fecha de entrega del anticipo,equivalente a seis (6) meses. Sin embargo, el plazo de ejecución de ciento ochenta (180) días fueexcesivamente ampliado hasta un total de un mil ciento veinte (1,120) días,equivalente a treinta y cuatro (34) meses más del plazo original; ampliaciones quefueron aprobadas por: Marco Aníbal Herrera Alvarado, Presidente del CODEDEciento veinte (120) días, Dora Otilia Alcahé López, Presidente del CODEDEnovecientos (900) días, Abilio Vicente López Méndez, Representante Legal deCORSADEC un mil veinte (1,020) días; según consta en los documentos quemodificaron el plazo en el convenio de cofinanciamiento y en el contrato deejecución, los que se detallan a continuación: a) Addendum de fecha ocho de febrero de dos mil doce (08/02/2012), suscritoentre el presidente del CODEDE de Quetzaltenango MARCO ANÍBAL HERRERAALVARADO y el representante legal de CORSADEC ABILIO VICENTE LÓPEZMÉNDEZ, por medio del cual amplía el plazo del convenio número ong guióncuarenta y tres guion dos mil once (No. ONG-43-2011) a ciento veinte (120) días,debido a problemas climáticos y cambio en la tipología de la cimentación.

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b) Addendum de fecha tres de febrero de dos mil doce (03/02/2012), suscrito entreel representante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez y elrepresentante legal de la empresa LAS AMÉRICAS CONSULTORES, DavidFernando Andrino Elías, por medio del cual amplían el plazo de ejecución delcontrato número cero diecinueve guión dos mil once (No. 019-2011) a cientoveinte (120) días, del ocho de febrero dos mil doce (08/02/2012) al siete de juniode dos mil doce (07/06/2012), por circunstancias de fuerza mayor y variacionesclimáticas. c) Addendum de fecha seis de junio de dos mil doce (06/06/2012), suscrito entre elpresidente del CODEDE de Quetzaltenango Dora Otilia Alcahé López y elrepresentante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez, por medio delcual amplía el plazo del convenio número ong guión cuarenta y tres guion dos milonce (No. ONG-43-2011) a ciento veintiocho (128) días, del seis de junio del dosmil doce (06/06/2012) al dieciocho de octubre de dos mil doce (18/10/2012);debido a cambios climáticos, se presentaron condiciones desfavorablesprovocando un desborde del río impidiendo el inicio de la obra en sus fases dereplanteo topográfico y excavación estructural; asimismo en una de las redes lafiltración del río era excesiva. d) Addendum de fecha seis de junio de dos mil doce (06/06/2012), suscrito entre elrepresentante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez y elrepresentante legal de la empresa LAS AMÉRICAS CONSULTORES, DavidFernando Andrino Elías, por medio del cual amplían el plazo de ejecución delcontrato número cero diecinueve guión dos mil once (No. 019-2011), a ciento(128) días, del seis de junio de dos mil doce (06/06/2012) al dieciocho de octubrede dos mil doce (18/10/2012), por problemas climáticos de enero, febrero, marzo yabril se presentaron condiciones desfavorables provocando un desborde del ríoimpidiendo el inicio de la obra en sus fases de replanteo y excavación estructural. e) Addendum de fecha dieciocho de octubre de dos mil doce (18/10/2012),suscrito entre el presidente del CODEDE de Quetzaltenango Dora Otilia AlcahéLópez y el representante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez, pormedio del cual amplía el plazo de ejecución del convenio número ong guióncuarenta y tres guion dos mil once (No. ONG-43-2011) a doscientos cincuenta ycinco (255) días, del dieciocho de octubre de dos mil doce (18/10/2012) al treintade junio de dos mil trece (30/06/2013), debido a problemas climáticos ysituaciones no previstas se presentaron condiciones desfavorables provocando undesborde del río impidiendo la continuidad de los trabajos de la obra de las fasesestablecidas. f) Addendum de fecha diecinueve de octubre de dos mil doce (19/10/2012),

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suscrito entre el representante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndezy el representante legal de la empresa LAS AMÉRICAS CONSULTORES, DavidFernando Andrino Elías, por medio del cual amplían el plazo de ejecución delcontrato número cero diecinueve guión dos mil once (No. 019-2011), a doscientoscincuenta y cinco (255) días, del diecinueve de octubre de dos mil doce(19/10/2012) al treinta de junio de dos mil trece (30/06/2013), por problemasclimáticos y situaciones no previstas se presentaron condiciones desfavorablesprovocando un desborde del río impidiendo el inicio de la obra. g) Addendum de fecha veinticuatro de junio dos mil trece (24/06/2013), suscritoentre el presidente del CODEDE de Quetzaltenango Dora Otilia Alcahé López y elrepresentante de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez, por medio del cualamplía el plazo de ejecución del convenio número ong guión cuarenta y tres guiondos mil once (No. ONG-43-2011), a trescientos treinta y cuatro (334) días, deltreinta de junio dos mil trece (30/06/2013) al treinta de mayo de dos mil catorce(30/05/2014), en base a lo que la empresa Las Américas Consultores manifestó ensu solicitud a CORSADEC solicita ampliación de tiempo, y con el propósito que launidad ejecutora concluya los trabajos convenidos. h) Addendum de fecha veinticuatro de junio de dos mil trece (24/06/2013), suscritoentre el representante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez y elrepresentante legal de la empresa LAS AMÉRICAS CONSULTORES, DavidFernando Andrino Elías, por medio del cual amplían el plazo del contrato númerocero diecinueve guión dos mil once (No. 019-2011), a trescientos treinta y cuatro(334) días, del treinta junio de dos mil trece (30/06/2013) al treinta de mayo de dosmil catorce (30/05/2014), en base a la que la empresa Las Américas Consultores,manifestó en su solicitud y con el propósito que la unidad constructora concluya elcontrato. i) Addendum de fecha veintitrés de mayo del dos mil catorce (23/05/2014), suscritoentre el presidente del CODEDE de Quetzaltenango Dora Otilia Alcahé López y elrepresentante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez, por medio delcual amplía el plazo de ejecución del convenio número ong guión cuarenta y tresguion dos mil once (No. ONG-43-2011), a ciento ochenta y tres (183) días, deltreinta y uno de mayo dos mil catorce (31/05/2014) al treinta de noviembre de dosmil catorce (30/11/2014), por problemas climáticos y situaciones no previstas lascuales impidieron continuar con la obra en sus fases establecidas se solicitó laampliación de tiempo. j) Addendum de fecha veintiséis de mayo de dos mil trece (26/05/2013), suscritoentre el representante legal de CORSADEC Abilio Vicente López Méndez y elrepresentante legal de la empresa LAS AMÉRICAS CONSULTORES, DavidFernando Andrino Elías, por medio del cual amplían el plazo de ejecución del

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contrato número cero diecinueve guión dos mil once (No. 019-2011), a cientoochenta y tres (183) días, del treinta y uno de mayo de dos mil catorce(31/05/2014) al treinta de noviembre de dos mil catorce (30/11/2014), en base a laque la empresa Las Américas Consultores, manifestó en su solicitud y con elpropósito que la unidad constructora concluya el contrato. Durante el plazo concedido al proyecto, este no ha tenido avance en su ejecución,según se evidencia en los informes del Supervisor del CODEDE Quetzaltenango,firmados por el Ingeniero Luis Gilberto Escobar Momotic y el Director Ejecutivo delCODEDE, Walter Estuardo López Zamora, los que se detallan a continuación: a)Veinte por ciento (20%), correspondiente a la visita número uno (1) de fecha ochode octubre de dos mil doce (08/10/2012). b) Treinta y cinco punto sesenta porciento (35.6|0%), correspondiente a la visita número dos (2) de fecha treinta deabril de dos mil catorce (30/04/2014). c) Cuarenta y uno punto setenta y uno porciento (41.71%), correspondiente a la visita número tres (3) de fecha dos de juniode dos mil catorce (02/06/2014). d) Cuarenta y siete por ciento (47%),correspondiente a la visita número cuatro (4) de fecha veinticuatro de julio de dosmil catorce (24/07/2014). Asimismo, en visita realizada por la Comisión de Auditoría actuante, el día doce defebrero de dos mil quince (12/02/2015) conjuntamente con el Supervisor actual delCODEDE Quetzaltenango, el Ingeniero Luis Gilberto Escobar Momotic, al lugardonde se ubica el proyecto, por medio de la técnica de auditoría de observación,se verificó que únicamente existen dos bases de concreto en cada una de lasorillas del río; y no existe evidencia de maquinaria que este ejecutado actualmenteel proyecto; evidenciando que los recursos financieros del Estado no se invirtieronen forma eficiente, afectando la calidad del gasto público. El Consejo Departamental de Desarrollo de Quetzaltenango trasladó a la unidadejecutora CORSADEC la cantidad de setecientos veinte mil quetzales exactos(Q.720,000.00) que equivale al treinta y seis por ciento (36%) de avancefinanciero, de la siguiente manera: 1) Treinta de junio de dos mil once(30/06/2011), cheque número un mil setecientos ocho (1708), por la cantidad decuatrocientos mil quetzales exactos (Q400,000.00), correspondiente el veinte porciento (20%) de anticipo, emitiendo la ONG CORSADEC la forma oficial númerosesenta y tres guión A dos, treinta seis mil trescientos cuarenta (63A-2 36340); 2)Nueve de octubre de dos mil doce (09/10/2012), cheque número dos miltrescientos ochenta y cinco (2385), por la cantidad de trescientos veinte milquetzales exactos (Q320,000.00), correspondiente al primer aporte, emitiendo laONG CORSADEC la forma oficial número sesenta y tres guión A dos, seiscientosocho mil ciento cincuenta y tres (63A-2 608153). Del mismo modo, la ONG CORSADEC, trasladó los fondos a la empresa

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constructora LAS AMERICAS CONSULTORES, la que emitió las facturassiguientes: 1) Número seiscientos diecisiete (617) de fecha uno de julio de dos milonce (01/07/2011), por cuatrocientos mil quetzales exactos (Q400,000.00); 2)Serie A número ochenta y cuatro (84) de fecha diez de octubre de dos mil doce(10/10/2012) por trescientos veinte mil quetzales exactos (Q320,000.00), haciendoun total de setecientos veinte mil quetzales exactos (Q720,000.00) trasladado a laempresa LAS AMERICAS CONSULTORES. En memorial de fecha seis de febrero de dos mil quince (06/02/2015) la Presidentadel CODEDE de Quetzaltenango, Dora Otilia Alcahé López, hace del conocimientodel Contralor General de Cuentas, que el proyecto CONSTRUCCIÓN PUENTEVEHICULAR AGUA TIBIA, ALDEA SANTA RITA, LA ESPERANZA,QUETZALTENANGO, fue tramitado durante la administración anterior, habiéndoseefectuado múltiples addendums en los cuales se prorrogó dicho plazo, sinembargo hasta la presente fecha no se cumplido con la finalización de la obra. Consecuentemente las autoridades del Consejo Departamental de Desarrollo deQuetzaltenango, afectaron la calidad del gasto público, al no velar por la correcta yeficiente gestión y administración de los fondos asignados para el proyectoCONSTRUCCIÓN PUENTE VEHICULAR AGUA TIBIA, ALDEA SANTA RITA, LAESPERANZA, QUETZALTENANGO, derivado a que: 1) Se autorizó un plazoexcesivo, adicional al establecido en el convenio, por un total de un mil cientoveinte días (1,120) para la ejecución del proyecto, con reiteradas justificacionespresentadas por la unidad ejecutora y el contratista, sin la debida comprobación.2) No se realizaron oportunamente las gestiones tendientes a suspender ocancelar y exigir el reintegro del monto del anticipo y los desembolsos otorgados ala Unidad Ejecutora, obligación que establece el convenio, en la cláusula novena,numeral cuarto (4), literal c. 3) Se trasladó a CORSADEC anticipadamente elaporte de trescientos veinte mil quetzales exactos (Q320,000.00) el nueve deoctubre de dos mil doce (09/10/2012), equivalente a un avance financieroacumulado de treinta y seis (36%); cuando el informe de supervisión del CODEDE,de fecha ocho de octubre de 2012 (08/10/2012) correspondiente a la visita númerouno (1) reportó un avance físico del veinte por ciento (20%). 4) No veló porque laONG CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y APOYO PARA EL DESARROLLOCOMUNITARIO “CORSADEC ejecutara la fianza de anticipo y la fianzacumplimiento de contrato. La unidad ejecutora ONG CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y APOYO PARA ELDESARROLLO COMUNITARIO “CORSADEC” incumplió con el convenio decofinanciamiento y el contrato respectivo, al no velar porque se ejecutara la obraen el tiempo previsto y no ejecutó la fianza de anticipo y la fianza cumplimiento decontrato, provocando pérdida en los intereses del Estado.

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La empresa constructora LAS AMÉRICAS CONSULTORES, perjudicó losintereses del Estado, al no cumplir con las obligaciones contraídas en el contratorespectivo; y no ejecutar eficientemente el proyecto CONSTRUCCIÓN PUENTEVEHICULAR AGUA TIBIA, ALDEA SANTA RITA, LA ESPERANZA,QUETZALTENANGO. CriterioEL CONVENIO DE COFINANCIAMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DEPROYECTOS DEL APORTE A LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES DEDESARROLLO, PARA EL EJERCICIO 2011 No. ONG-43-2011, cláusulaSÉPTIMA, establece “DE LA FORMA DE ENTREGA DE LOS APORTES DELCODEDE QUETZALTENANGO: Una vez celebrado el presente convenio, “ELCODEDE” gestionará los recursos financieros correspondientes a su aporte, anteel Ministerio de Finanzas Públicas, los que entregará a “LA UNIDADEJECUTORA”, de la siguiente forma: …b) Los siguientes desembolsos seefectuarán conforme el avance físico del proyecto, y los informes de la Unidad deSupervisión de “EL CODEDE”…”. Cláusula NOVENA, establece:“RESPONSABILIDADES DEL “CODEDE” QUETZALTENANGO: Sonresponsabilidades del “CODEDE”; …4) Suspender o cancelar y exigir el reintegrodel monto del anticipo y los desembolsos otorgados a la “UNIDAD EJECUTORA”:…c) Cuando se identifiquen anomalías o irregularidades de orden administrativo,técnico o financiero, en especial cuando se incumplan los contratos, diseño,planos o especificaciones generales o técnicas, sin perjuicio de la deducción delas responsabilidades legales correspondientes”. Cláusula DECIMO QUINTA,establece: “El presente convenio podrá ser prorrogado, cuanto al plazo pactado, ocualquier otra situación mediante un convenio de prórroga o ampliación(addendum), cuando ocurra cualquiera de las siguientes causales: 1) Por casofortuito o fuerza mayor debidamente justificado y comprobado, hechos naturales,antropogénicos o disposiciones legales, que afecten el desarrollo de la ejecucióndel proyecto;” El Decreto 11-2002 Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Artículo 10,establece “Funciones de los consejos departamentales de desarrollo. Lasfunciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: …e) Darseguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos dedesarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables…” El Decreto Número 31-2002, de El Congreso De La República De Guatemala, LeyOrgánica de la Contraloría General De Cuentas, artículo 30, establece: “Obligaciónde denunciar. Los auditores gubernamentales que en cumplimiento de su función,descubran la comisión de posibles delitos contra el patrimonio de los organismos,instituciones, entidades y personas sujetas a fiscalización, están obligados a

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presentar la denuncia correspondiente ante la autoridad competente y hacerlo delconocimiento del Contralor General de Cuentas, quien deberá constituirse comoquerellante adhesivo. Los funcionarios y empleados públicos, quedan obligados a prestar a los auditoresel auxilio necesario para el efectivo cumplimiento de su función. En el caso denegarse, serán sancionados conforme a la ley.” CausaLa Presidenta y el Director Ejecutivo, concedieron plazo excesivo sin la debidajustificación, asimismo, no realizaron las gestiones tendientes a suspender ocancelar y exigir el reintegro del monto del anticipo y los desembolsos otorgados ala unidad ejecutora. El representante legal de la unidad ejecutora CORSADEC, incumplió con elconvenio de cofinanciamiento y el contrato respectivo, al no velar porque seejecutara la obra en el tiempo previsto y no ejecutó la fianza de anticipo ni la fianzade cumplimiento de contrato. El propietario y representante legal de la empresa Las Américas Consultores nocumplió con las obligaciones contraídas en el contrato respectivo y no ejecutareficientemente el proyecto. EfectoPerjuicio en los intereses del Estado al no velar por la correcta y eficienteadministración y ejecución de los fondos asignados para el proyecto. RecomendaciónLa Presidente y el Director Ejecutivo deben velar porque las unidades ejecutorascumplan con el plazo establecido en el convenio, y en caso que estas solicitenampliación del plazo, estos estén debidamente justificados; y en caso seidentifiquen anomalías realizar las gestiones correspondientes a efecto de tomarmedidas correctivas oportunamente. Comentario de los ResponsablesNo se discutió el hallazgo, debido a que se presentó denuncia ante el MinisterioPúblico. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, derivado a que se estableció que la prórroga concedidapara la ejecución de la obra fue extralimitada y sin causa justificada.

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Acciones Legales y AdministrativasDenuncia número DAJ-D-CD-26-2015, presentada al Ministerio Público, deconformidad con el Decreto Número 31-2002, del Congreso de la República, LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas, Artículo 30, en contra de: Cargo Nombre Valor en QuetzalesRESPONSABILIDAD MANCOMUNADA 720,000.00PRESIDENTE DORA OTILIA ALCAHE LOPEZ DE LANGDIRECTOR EJECUTIVO WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORAREPRESENTANTE LEGAL DE LA ONG ABILIO VICENTE LOPEZ MENDEZREPRESENTANTE LEGAL Y PROPIETARIO DAVID FERNANDO ANDRINO ELIASTotal Q. 720,000.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se le dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior,correspondiente al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los responsables, estableciéndose que fueronatendidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 DORA OTILIA ALCAHE LOPEZ DE LANG PRESIDENTE 01/01/2014 - 31/12/20142 WALTER ESTUARDO LOPEZ ZAMORA DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 CRISTOBAL LOPEZ VASQUEZ JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE SUCHITEPÉQUEZ

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) y 224 al 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de pre inversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0296-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo deSuchitepéquez, por el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de2014; con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del

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Ministerio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Conveniosy/o Contratos de Cofinanciamiento, mediante la aplicación de pruebas selectivas;específicamente las responsabilidades del Consejo establecidas en los mismos.Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraron en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios del 2012 al 2014, que de conformidad alMemorandum-SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad de Gasto Público,estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente. Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-054-2014, de fecha 12de noviembre de 2014, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto ala misma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos en trescuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 de diciembre de 2014,según reportes de la administración, refleja la cantidad de Q8,283,472.77, de loscuales corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 lacantidad de Q4,217,103.43, saldo no comprometido de Fonpetrol 2014Q1,329,838.90, para un total del presupuesto 2014 de Q5,546,942.33; deejercicios anteriores Q759,597.52; fondo no comprometido de Fonpetrol 2013Q1,971,913.71; intereses del mes de diciembre de 2014 por Q5,016.21 y Q3.00 desaldo de comisiones por transferencias. Según reporte R00804768.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladaral 31 de diciembre de 2014 la cantidad Q27,743,484.38 de la fuente 21 IngresosTributarios; como evento subsecuente se verifico que al 30 de abril de 2015, el

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Ministerio de Finanzas Públicas, trasladó el total de Q27,743,484.38 de la fuente21  Ingresos Tributarios, integrado por las cantidades siguientes: Q6,591,325.38según comprobante único de registro 9171 de fecha 11 de febrero de 2015,Q21,152,159.00 según comprobante único de registro 9286 de fecha 30 de abrilde 2015. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnresolución No. 01-2014, por un monto de Q9,000.00, que fueron liquidados al 31de diciembre de 2014, ejecutando en el transcurso del período la cantidad deQ70,430.04. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con InversionesFinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes de financiamiento21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q29,843,285.25 y 29 Otros Recursos delTesoro con Afectación Específica, por Q1,317,093.38; totalizando la cantidad deQ31,160,378.63. Asimismo, según reporte R00801345.rpt, generado en el Sistema SICOIN Web, eldía 11 de febrero de 2014, con CUR 10263 se acreditó a la cuenta de ésteConsejo, la cantidad de Q26,619,396.00, de la fuente 21, que corresponden aproyectos del año 2013. De la misma manera se recibió la cantidad de Q62.00 por reintegro de unidadesejecutoras, que corresponde a un proyecto del año 2014. Además, se recibió la cantidad de Q70,430.04 a través de Ingresos No Tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría deCoordinación Ejecutiva de la Presidencia.

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Adicionalmente contó con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ3,876,574.40. Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ69,152,685.00, de los cuales se realizaron modificaciones presupuestarias por lacantidad de Q167,359.00 para un presupuesto vigente de Q69,320,044.00; de loscuales Q5,041,819.15 fueron utilizados para la reprogramación de proyectos 2013y para proyectos de Inversión Pública del año 2014, la cantidad deQ20,097,895.55. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: 2012 por Q232,605.20 y2013 por Q27,432,732.46; para un total trasladado de Q27,665,337.66. Asimismo, se trasladó a la cuenta Gobierno de la República - Fondo Común - lacantidad de Q572,905.11, integrándose así: año 2008 por Q2,848.42, año 2010por Q1,679.79, año 2012 por Q501,000.50 y año 2013 por Q67,376.40. Para untraslado total de Q28,238,242.77. El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar de Q10,416,180.99, quecorresponde a la fuente de financiamiento 29 la cantidad de Q51,270.62 y a lafuente de financiamiento 21 la cantidad de Q10,364,910.37. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q70,430.04, a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidente -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 64 proyectos de inversión del año2014, por un valor de Q75,083,958.91; todos distribuidos en infraestructura física yse encuentran en proceso; los cuales están siendo ejecutados a través de lasMunicipalidades de Suchitepéquez.

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Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que cuenta con 64 proyectos porun valor de Q75,083,958.91, cantidad que incluye la fuente de financiamientotripartito cuando aplique, siendo estas, el Consejo Departamental de Desarrollo, laMunicipalidad y el Consejo Comunitario de Desarrollo; de los cuales celebró 64convenios de cofinanciamiento, todos fueron suscritos con las Municipalidades deSuchitepéquez. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió convenios dePréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de Formas Oficiales FORM-200-A-3 serie B, adicionalmente se auxilia dehojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con Municipalidades y Consejos

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Comunitarios de Desarrollo del departamento, como unidades ejecutoras, por lotanto no utiliza el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones delEstado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo cumplió con registrar los conveniossuscritos, en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero de Sistema Nacionalde Inversión Pública (SNIP). 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

LicenciadaClaudia Patricia Estrada OchoaPresidentaConsejo Departamental de Desarrollo de SuchitepéquezSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Suchitepéquez por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiente operatoria en Caja FiscalFalta de Control InternoDiferencias entre el cuadro analítico de obras, con el módulo de seguimientodel Sistema Nacional de Inversión Pública, -SNIP-

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. FREDY MOISES OROZCO CASTILLO

Auditor Gubernamental

Lic. ELFEGO FRANCISCO CASTILLO FERNANDEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiente operatoria en Caja Fiscal CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo se detectó deficiencia en la operatoriade la caja fiscal, ya que al efectuar el registro de los pagos durante los meses deenero a agosto de 2014, correspondientes a convenios de proyectos de años2012, 2013 y 2014, no se consignó la fuente a la cual pertenecen dichos pagos, yasean estos de la fuente 21 ingresos tributarios IVA-PAZ, o de la fuente 29 OtrosRecursos del Tesoro con afectación específica. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 5.5 Registro de las Operaciones Contables,establece: “… La Dirección de Contabilidad del Estado y las autoridadessuperiores de cada Entidad, deben velar porque en el proceso de registro de lasetapas de devengado, pagado y consumido, en sus respectivos sistemas,corresponda únicamente a aquellas operaciones que previa verificación de lasfases anteriores, hayan cumplido satisfactoriamente con todas las condiciones ycuenten con la documentación de soporte, para garantizar la generación deinformación contable, presupuestaria (física y financiera) y de tesorería, confiable yoportuna. Todo registro contable que se realice y la documentación de soporte,deben permitir aplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso deauditoría, y en general el seguimiento y evaluación interna de la calidad de losregistros contables.” CausaEl Director Ejecutivo y Jefe Financiero del Consejo Departamental de Desarrolloincumplieron con registrar la fuente de financiamiento en la caja fiscal. EfectoRiesgo de que la información revelada en la caja fiscal no sea confiable. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero paraque se consigne la fuente correspondiente en la caja fiscal.

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Comentario de los ResponsablesEn oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv. CODEDE-SUCH, de fecha 21 deabril de 2015, el Director Ejecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo deSuchitepéquez, señor Jorge Mario Domínguez Werner, no expresó comentariorespecto al hallazgo en mención. En oficio No. JFIN CODEDE SUCHI No.29-2015 REF. AELM/aelm, de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Financiero,licenciado Angel Estuardo López Mejía, manifiesta: “Durante el año 2014 no seejecutaron proyectos con fondos relacionados a la fuente 29, por lo tanto en lacaja fiscal no se consigno el pago diferenciado por fuentes”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el señor Jorge Mario Domínguez Werner, DirectorEjecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, no presentócomentario respecto al presente hallazgo, asimismo, se confirma el hallazgo parael licenciado Angel Estuardo López Mejía, Jefe Financiero, ya que en sucomentario afirma no haber consignado el pago diferenciado por fuentes. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00JEFE FINANCIERO ANGEL ESTUARDO LOPEZ MEJIA 8,438.00Total Q. 28,960.00

Hallazgo No. 2 Falta de Control Interno CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, suscribió los convenios: a) No.46-ACDD-2012 Construcción instalaciones deportivas y recreativas Santa BárbaraSuchitepéquez, por un valor de Q1,118,504.00; b) No.03-FONPETROL-CODEDE-2012 Mejoramiento camino rural fase I Cantón Quilásector Los Zuniles, Samayac Suchitepéquez, por un valor de Q600,000.00; c)16-ACDD-2012 Mejoramiento Centro de Salud Tipo B Cabecera Municipal, SanLorenzo, Suchitepéquez, por un valor de Q700,104.50 y d) 76-ACDD-2013Construcción Sistema de Agua Potable Finalización, Colonia Santo Tomás I y II,Cabecera Municipal Río Bravo, Suchitepéquez, por un valor de Q2,094,641.00, endonde se determinó que los informes de avance físico que rinde la Supervisión deProyectos del Consejo Departamental de Desarrollo, contenidos en losexpedientes de proyectos ejecutados, no cuentan con fecha en la cual se realizó la

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supervisión, sellos del Director Ejecutivo que para el efecto establece el formatorespectivo y se consigna el mismo número de los informes rendidos no obstanteque es distinta visita a cada proyecto. CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Tipos de Controles, establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros. En el Marco Conceptual de Control InternoGubernamental, se establecen los distintos tipos de control interno que se refierena: Control Interno Administrativo y Control Interno Financiero, y dentro de estos, elcontrol previo, concurrente y posterior.” CausaIncumplimiento del Supervisor de Proyectos del Consejo Departamental deDesarrollo, al no consignar fechas en las cuales realizaron las visitas y repetir elnúmero de cada visita a los proyectos y del Director Ejecutivo al no sellar losinformes de avance físico que rinde el Consejo, correspondientes a las obrasejecutadas. EfectoLos informes de supervisión no brindan información confiable. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo para que verifiqueque en la rendición de informes de supervisión y la suscripción de ladocumentación de los proyectos se consigne la fecha y número de visita delinforme y este a su vez al supervisor de proyectos que cumpla con los requisitoslegales y administrativos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv. CODEDE-SUCH, de fecha 21 deabril de 2015, el Director Ejecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo deSuchitepéquez, señor Jorge Mario Domínguez Werner, manifiesta: “Para darrespuesta al hallazgo en mención, el oficio No. 264-2014 Ref. JMDW/nsgvCodede-Such. en los párrafos 1,2,3 del expediente de pruebas de descargo asícomo los informes verificados en el expediente con los sellos de la DirecciónEjecutiva, el cual fue presentado en el hallazgo 1”.

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el señor Jorge Mario Domínguez Werner, DirectorEjecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, en laspruebas presentadas se observa que la documentación sigue presentando lasdeficiencias señaladas excepto el sello del Director Ejecutivo que fue colocadoposteriormente, asimismo, se confirma el hallazgo para el ingeniero Erik HensTzicap López, Supervisor de Proyectos durante el período del dos de enero altreinta de septiembre de dos mil catorce, en virtud que se entregó el oficio No.AP-CODEDE-SUCHIT-32-2015, de fecha 15 de abril de 2015, en donde se lenotificó el hallazgo en mención, sin embargo no se presentó a la discusión dehallazgos ni envió sus comentarios de forma impresa y magnética, tal y como sesolicitó. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 20, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00SUPERVISOR DE PROYECTOS ERIK HENS TZICAP LOPEZ 16,000.00Total Q. 36,522.00

Hallazgo No. 3 Diferencias entre el cuadro analítico de obras, con el módulo de seguimientodel Sistema Nacional de Inversión Pública, -SNIP- CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, presentó a la Comisión de Auditoría loscuadros analíticos de proyectos al 31/12/2014, con porcentajes de avance físico yfinanciero diferentes a los registrados en el Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP-, entre los cuales se encuentran los Convenios siguientes: a) número05-2014 Mejoramiento Camino Rural Sector Puente Beza, Cantón Chacalte SisCuyotenango Suchitepéquez, por un monto de Q885,599.55, con número de SNIP148945, el SNIP indica un avance financiero del 60.43% y el cuadro analítico deproyectos el 49%; b) número 21-2014 Mejoramiento Camino Rural Callejón SanJorge aldea Concepción La Aurora, San José el ídolo, Suchitepéquez, por unmonto de Q836,650.00, con número de SNIP 147846, el SNIP indica un avancefinanciero del 18.24% y el cuadro analítico de proyectos el 72%; c) número31-2014 Construcción Edificio (s) Salón de Usos Múltiples y Centro ComercialMunicipal Samayac Suchitepéquez, por un monto de Q5,999,500.00, con númerode SNIP 60654, el SNIP indica un avance físico del 100% y el cuadro analítico de

Contraloría General de Cuentas 429 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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proyectos el 80% y d) número 41-2014 Mejoramiento Camino Rural CantónConcepción Chinán Sector I - Cantón Concepción Chinán Sector II, ChicacaoSuchitepéquez, por un monto de Q5,312,000.00, con número de SNIP 134027, elSNIP indica un avance financiero del 40.68% y el cuadro analítico de proyectos el29%. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Tipos de Controles, establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros…” La norma 2.4 Autorización y registro deoperaciones, establece: “Cada entidad pública debe establecer por escrito, losprocedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de todas lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia sonaplicables a todos los niveles de organización, independientemente de que lasoperaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal forma que cadaservidor público cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo.” CausaEl Director Ejecutivo y el Jefe Financiero no verificaron que los porcentajes deavance físico y financiero indicados en los cuadros analíticos, remitidos a lacomisión de auditoría de la Contraloría General de Cuentas, fueran los mismosque presenta el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-. EfectoLa información presentada en los cuadros analíticos de proyectos no es confiable,lo que dificulta el análisis por parte de la entidad fiscalizadora y demás personasinteresadas. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero, aefecto de registrar correctamente la información del avance físico y financiero enlos cuadros analíticos de proyectos, de tal manera que sean los mismos quepresenta el Sisma Nacional de Inversión Pública –SNIP-. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv. CODEDE-SUCH, de fecha 21 deabril de 2015, el Director Ejecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo deSuchitepéquez, señor Jorge Mario Domínguez Werner, manifiesta: “Como pruebade descargo se tienen los oficios No. 264-2014 Ref. JMDW/nsgv Codede-Such en

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sus párrafos 1 y 2 y el Oficio 363-2014 Ref. JMDW/nsgv Codede-Such de fecha12-12-2014 para mantener el control y seguimiento a la información que se reportaal SNIP”. En oficio No. JFIN CODEDE SUCHI No. 29-2015 REF. AELM/aelm, defecha 22 de abril de 2015, el Jefe Financiero, licenciado Angel Estuardo LópezMejía, no expresó comentario respecto al hallazgo en mención. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el señor Jorge Mario Domínguez Werner, DirectorEjecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, en sucomentario y pruebas, presenta los oficios No. 264-2014 Ref. JMDW/nsgvCodede-Such y Oficio 363-2014 Ref. JMDW/nsgv Codede-Such, de los cuales ensu contenido no hacen mención de las diferencias de avance físico y financieroreportadas en los cuadros analíticos, asimismo, se confirma el hallazgo para ellicenciado Angel Estuardo López Mejía, Jefe Financiero, quien no presentócomentario ni documentación respecto al presente hallazgo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00JEFE FINANCIERO ANGEL ESTUARDO LOPEZ MEJIA 8,438.00Total Q. 28,960.00

1. 2. 3. 4. 5.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

LicenciadaClaudia Patricia Estrada OchoaPresidentaConsejo Departamental de Desarrollo de SuchitepéquezSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo deSuchitepéquez al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación erróneade importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Deficiencias en presentación de informesFalta de AddendumDeficiencias en la programación y ejecución presupuestariaPersonal contratado bajo renglón 029 con funciones permanentesDocumentación incompleta en expedientes de los proyectos

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. FREDY MOISES OROZCO CASTILLO

Auditor Gubernamental

Lic. ELFEGO FRANCISCO CASTILLO FERNANDEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencias en presentación de informes CondiciónSe estableció que los informes semanales correspondientes al ejercicio fiscal2014, elaborados por los supervisores de proyectos del Consejo Departamental deDesarrollo, contratados bajo el renglón presupuestario 029, no cumplen condetallar las obras supervisadas, ni emiten recomendaciones necesarias parasolucionar problemas detectados, las fechas en las que debieron presentarse noson congruentes ya que están elaborados con fechas al inicio de la semanasiendo lo lógico que un informe se rinda al final de la misma, se simplifican aindicar una actividad que no puede ser medida en su cumplimiento, cuentan consello de recibido de la Dirección Ejecutiva mas no con la firma del DirectorEjecutivo, aún cuando el contrato establece que debe ser rendido al Presidente delConsejo Departamental de Desarrollo y algunos correspondientes a los meses dejunio y julio no están firmados de recibido por la autoridad competente. CriterioLos Contratos Administrativos de Servicios Profesionales No. 353-2013, 354-2013y 120-2014, suscritos bajo el renglón 029, cada uno en su Cláusula SEGUNDA:OBJETO DEL CONTRATO, inciso d) indica: “Elaboración de informes escritos deforma semanal al Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo referentesa las obras supervisadas, emitiendo los alertivos y recomendaciones necesariaspara solucionar los problemas detectados;”. CausaIncumplimiento por parte del Director Ejecutivo y los Supervisores de Proyectos, alas especificaciones previamente establecidas en los contratos respectivos para laelaboración de informes semanales. EfectoRiesgo de no revelar las deficiencias u otros incumplimientos que se puedangenerar respecto a las obras en ejecución por parte del Consejo Departamental deDesarrollo.

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RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Supervisores deProyectos a efecto de que los informes semanales de supervisión se realicen deconformidad a los parámetros establecidos en los contratos respectivos. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv. CODEDE-SUCH, de fecha 21 deabril de 2015, el Director Ejecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo deSuchitepéquez, señor Jorge Mario Domínguez Werner, manifiesta: “Para estehallazgo el oficio No. 264-2014 Ref. JMDW/nsgv-Codede-Such de fecha 7 deagosto 2014, dirigido a los supervisores de la Dirección Ejecutiva; y en atención alo expuesto en la “causa” y “Efecto” del mismo se tomen en cuenta los párrafos1,2,4 y 5 del mencionado oficio para su descargo”. En oficio No. 022/004/15-SUP.Ing. JCS, de fecha 22 de abril de 2015, elSupervisor de Proyectos, ingeniero Juan Carlos Sandoval (S.O.A.), manifiesta: “Los informes presentados por mi persona, indican los alertivos y recomendacionesque se pudieron establecer en los proyectos supervisados, si no aparece en todoslos informes es porque no hay recomendaciones y alertivos que realizar. Elcontrato NO INDICA que los informes se deben presentar al final de la semana,por tal razón, no es de acuerdo a la lógica establecer el día que se debenpresentar, sin olvidar que el trabajo realizado es SUPERVISIÓN DE PROYECTOSel cual consiste en trabajo de campo y que en varias ocasiones (los días viernes)el trabajo de campo finaliza después del horario de oficina 16:30, por tal razónalgunos informes se presentan al inicio de la siguiente semana, cada informeindica el lapso de tiempo que está cubriendo. El hallazgo indica que no sepresentan los alertivos y recomendaciones, sin embargo, posteriormente en elhallazgo se puede leer: “Lo indicado en los informes no puede ser medido en sucumplimiento”, lo cual permite evidenciar que si existen alertivos yrecomendaciones en los informes presentados, cabe mencionar que para poderhacer una medición de las actividades indicadas se debe hacer una visita a losproyectos. Todos los informes presentados por mi persona cuentan con la firma ysello del gobernador en turno. Se adjunta copia de los informes correspondientesal año 2014”. En oficio s/n, de fecha 22 de abril de 2015, el Supervisor de Proyectos, ingenieroMarco Antonio Calderón Avila, manifiesta: “En los informes presentados al SeñorPresidente del Consejo de Desarrollo de forma semanal se emiten los alertivos yrecomendaciones necesarias para solucionar los problemas detectados durante lasupervisión. Haciendo de sus conocimientos el error al haber tecleado de maneraincorrecta las fechas; ya que los informes fueron redactados el lunes de lasiguiente semana por motivo de tiempo al momento de salir a supervisar yregresar en la mayoría de veces en horarios fuera del trabajo. No cuentan con

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firma del Director Ejecutivo; porque se le presentan y nunca los firma. Comotambién se le ha redactado informes de carácter personal al Director donde se lenotifica los problemas más relevantes en los proyectos y con ello solucionesviables a dicho problemas. Según las instrucciones giradas en el oficio número264-2014 Ref. JMDW/nsgv. CODEDE-SUCH por parte del Director Ejecutivo delConsejo de Desarrollo; se le ha presentado de forma escrita las fechas en las queconcluyen los contratos de los proyectos asignados a mi persona, para con ellotener presente dichas fechas y así ampliar tiempo contractuales. Reiterando misjustificaciones por el error cometido en las fechas de los informes semanales, yteniendo más cuidado al momento de redactarlos, sírvase se tome en cuenta midisculpas. A la espera de haber proporcionado la información que satisfaga y quese considera para poder desvanecer los hallazgos satisfactoriamente. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el señor Jorge Mario Domínguez Werner, DirectorEjecutivo del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, en sucomentario y pruebas, hace referencia al oficio No. 264-2014 Ref.JMDW/nsgv-Codede-Such, sin embargo el contenido de dicho oficio no tienerelación con las deficiencias señaladas en la condición del presente hallazgo. Asimismo, se confirma el hallazgo para el ingeniero Juan Carlos Sandoval(S.O.A.), Supervisor de Proyectos, debido a que en su comentario y pruebaspresentadas demuestra que los informes de supervisión no tienen un detalle de losupervisado, mantienen las deficiencias en las fechas de elaboración así como losinformes de los meses de junio y julio no cuentan con la firma de recibido de lapresidencia del Consejo. De igual forma se confirma el hallazgo para el ingeniero Marco Antonio CalderónAvila, Supervisor de Proyectos, puesto que en sus comentarios indica habercometido las deficiencias citadas en la condición del presente hallazgo. Además se confirma el hallazgo para el ingeniero Erik Hens Tzicap López,Supervisor de Proyectos durante el período del dos de enero al treinta deseptiembre de dos mil catorce, en virtud que se le entregó el oficio No.AP-CODEDE-SUCHIT-32-2015, de fecha 15 de abril de 2015, en donde se notificóel hallazgo, sin embargo no se presentó a la discusión de hallazgos ni envió suscomentarios de forma impresa y magnética, tal y como se solicitó. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para:

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Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00SUPERVISOR DE PROYECTOS JUAN CARLOS SANDOVAL (S.O.A) 16,000.00SUPERVISOR DE PROYECTOS ERIK HENS TZICAP LOPEZ 16,000.00SUPERVISOR DE PROYECTOS MARCO ANTONIO CALDERON AVILA 16,000.00Total Q. 68,522.00

Hallazgo No. 2 Falta de Addendum CondiciónEl Cuadro Analítico de Obras de Arrastre del año 2011, de la Fuente deFinanciamiento 21, elaborado al 31 de diciembre de 2014, por el ConsejoDepartamental de Desarrollo, refleja la existencia de una obra con estado actualde "Proceso", avance físico de 70% y avance financiero del 70% y saldo por pagara la unidad ejecutora por un total de Q151,200.00; sin embargo, en la revisiónrealizada al expediente de la obra, se estableció que al convenio No. 61-2011 delproyecto Construcción Sistema de Alcantarillado Sanitario 1era. Calle PonienteAldea El Esfuerzo, Santa Bárbara, Suchitepéquez, no se le realizó addendum porampliación de tiempo de ejecución. CriterioEl Convenio de Cofinanciamiento No. 61-2011, suscrito entre el ConsejoDepartamental de Desarrollo de Suchitepéquez y la Unidad Ejecutora en suCLÁUSULA NOVENA, establece: “RESPONSABILIDADES DE EL CONSEJODEPARTAMENTAL DE DESARROLLO: inciso 4) Asegurar que el proyecto serealice en tiempo, conforme al cronograma de ejecución aprobado, y CLÁUSULADÉCIMA QUINTA, establece: “AMPLIACION DEL CONVENIO, establece: “Elpresente convenio podrá ser ampliado, en cuanto al plazo pactado, mediante unconvenio de ampliación (addendum)…” El Decreto Número 11-2002, del Congreso de la República, Ley de los Consejosde Desarrollo Urbano y Rural, artículo 10 Funciones de los consejosdepartamentales de desarrollo, establece: "son: a)... e) Dar seguimiento a laejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo deldepartamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando sea oportuno,proponer medidas correctivas a las entidades responsables.” CausaFalta de control y seguimiento por parte del Presidente y el Director Ejecutivo, alno verificar el plazo estipulado en el convenio suscrito, para la terminación de laobra.

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EfectoIncumplimiento en el tiempo de vigencia del convenio, al no estar elaborado eladdendum de ampliación. RecomendaciónEl Presidente y el Director Ejecutivo deben de velar por que las obras que seencuentren en proceso de ejecución, cumplan con los plazos establecidos en losconvenios suscritos, a través del addendum. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n, de fecha 22 de abril de 2015, el ingeniero Carlos Danilo OvandoSamayoa, quien fungió como Presidente del Consejo Departamental de Desarrollode Suchitepéquez, durante el período del uno de enero al veintisiete de mayo dedos mil catorce, manifiesta: “La estructura administrativa del ConsejoDepartamental de Desarrollo establece la existencia de varios personeros contareas específicas coordinados por un director Ejecutivo quien por jerarquía es aquien le corresponde establecer las directrices necesarias para velar por el buenmanejo administrativo de la entidad y en este caso específico tomar las medidasnecesarias y oportunas para mantener el orden y el equilibrio en la gestión”. En Nota s/n, de fecha 21 de abril de 2015, el Presidente durante el período delveintiocho de mayo al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, señor EdgarAugusto Cano Flores y en oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv.CODEDE-SUCH, de fecha 21 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, señor JorgeMario Domínguez Werner, manifestaron: “Como parte de mis funciones se hizouna verificación de las obras que se tienen con saldos pendientes y su liquidaciónpor lo que se procedió a investigar cual era la situación del proyecto No.61-ACDD-2011 denominado Construcción Sistema de Alcantarillado Sanitario 1ª.Calle poniente Aldea El Esfuerzo, Santa Barbará, Such. pero que después deiniciada la verificación se encontró que el vencimiento del contrato había ocurridoun mes antes de que tomara posición el cargo de Director Ejecutivo o sea el11-03-2012, además que se determino que la empresa Constructora no habíacumplido con lo establecido en el contrato y la planificación, y que no se contabacon la documentación que me permitiría proceder a efectuar los procedimientosque correspondieran en su momento pero que se le dio el seguimiento como sedescribe en el oficio No. 338-2014 REf. JMDW/nsgv-Codede-Such de fecha21-10-2014 dirigido al Presidente del Codede Señor Edgar Augusto Cano Flores,recibido por el Secretario Técnico del Consejo Departamental de Desarrollo;(Delegado de Segeplan Ing. Jorge Erick Cárcamo), y que finalmente se planto unademanda ante el MP en contra de la administración anterior, adjunto copia deloficio 338-2014 REf. JMDW/nsgv-Codede-Such y de la denuncia en mención”.

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Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el ingeniero Carlos Danilo Ovando Samayoa,Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, durante elperíodo del uno de enero al veintisiete de mayo de dos mil catorce, en sucomentario únicamente pretende eximirse responsabilizando a otras personas porla falta de gestión en la elaboración del addendum. Asimismo, se confirma el hallazgo para el señor Edgar Augusto Cano Flores,Presidente durante el período del veintiocho de mayo al treinta y uno de diciembrede dos mil catorce y el  señor Jorge Mario Domínguez Werner, Director Ejecutivo,porque en sus comentarios y documentación presentada, no se refieren en ningúnmomento a haber tomado acciones para la realización del addendum, el cual noha sido elaborado. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE CARLOS DANILO OVANDO SAMAYOA 45,606.80PRESIDENTE EDGAR AUGUSTO CANO FLORES 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00Total Q. 111,735.60

Hallazgo No. 3 Deficiencias en la programación y ejecución presupuestaria CondiciónAl efectuar el análisis de la cuenta corriente del saldo disponible sin comprometerpor el Consejo Departamental de Desarrollo, se determinó que estos fondostraslados y puestos a disposición del CODEDE, según cuadros analíticos correspondientes a la fuente 29 FONPETROL, al 31 de diciembre de 2014 setiene la disponibilidad de Q.3,301,752.61, siendo del ejercicio fiscal 2013 lacantidad de Q.1,971,913.71 y del ejercicio fiscal 2014 la cantidad deQ.1,329,838.90, por lo cual existe deficiencia en la programación de los recursosal no comprometerlos en la ejecución de proyectos. CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal dos mil trece,vigente para el ejercicio fiscal 2014, mediante el Acuerdo Gubernativo No.

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544-2013, de fecha 30 de diciembre de 2013, en el artículo 53 Desembolsos afavor de los Consejos Departamentales de Desarrollo. Establece: “Los recursosasignados en calidad de aporte a las Consejos Departamentales de Desarrollo,deben destinarse a la ejecución de obras y los desembolsos responderán alinforme de avance físico, para lo cual, en su calidad de administradores de losrecursos, velaran para que en el contrato de ejecución de obras se suscriba conlos Consejos Comunitarios de Desarrollo y Municipalidades del país, seestablezcan los porcentajes de desembolsos...” CausaEl Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero, del Consejo Departamental deDesarrollo, realizaron deficiente programación financiera al no comprometer estesaldo disponible para la inversión de los recursos en forma oportuna. EfectoRecursos económicos ociosos en cuentas monetarias y pérdida de oportunidad enla inversión de los mismos; como riesgo que los recursos financieros seanutilizados para otros fines. RecomendaciónEl Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero del Consejo Departamental deDesarrollo deben realizar las gestiones necesarias de comprometer los fondosprovenientes de la fuente FONPRETOL, en la ejecución de proyectos con losconvenios respectivos en tiempo y forma pertinente, con la finalidad de garantizara las comunidades el beneficio oportunamente. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n, de fecha 22 de abril de 2015, el ingeniero Carlos Danilo OvandoSamayoa, quien fungió como Presidente del Consejo Departamental de Desarrollode Suchitepéquez, durante el período del uno de enero al veintisiete de mayo dedos mil catorce, manifiesta: “El Consejo Departamental de Desarrollo es un órganodeliberativo y de toma de decisiones mediante el involucramiento de alcaldesMunicipales (veinte en este particular caso), representantes de la sociedad civil yrepresentantes de diversas instituciones del estado, en quienes recae laaprobación e improbacion de la agenda y por lo consiguiente de cada uno de losacuerdos de cada reunión, además es un grupo que no necesariamente expresaafinidad política sino todo lo contrario un espacio para dar a conocer diferencias locual se refleja en casi la totalidad de actas de cada sesión llevada a cabo en migestión. Por lo anteriormente expresado, cualquier iniciativa no corresponde únicay exclusivamente al presidente, director Ejecutivo y Jefe Financiero, sino que laobligación se extiende a cada uno de los integrantes de CODEDE quienes tienenvoz y voto para hacer valer sus expresiones y ello abarca tambien a quienesforman parte de la mesa directiva”.

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En Nota s/n, de fecha 21 de abril de 2015, el Presidente durante el período delveintiocho de mayo al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, señor EdgarAugusto Cano Flores y en oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv.CODEDE-SUCH, de fecha 21 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, señor JorgeMario Domínguez Werner, no expresaron comentarios respecto al hallazgo enmención. En oficio No. JFIN CODEDE SUCHI No. 29-2015 REF. AELM/aelm, de fecha 22de abril de 2015, el Jefe Financiero, licenciado Angel Estuardo López Mejía,manifiesta: “La decisión sobre la ejecución de recursos fuente 29 no son potestaddel jefe financiero, esto se decide en el seno del Consejo Departamental deDesarrollo del cual no tengo ni voz ni voto, y es responsabilidad del presidente deCODEDE y del pleno el comprometer dichos recursos”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el ingeniero Carlos Danilo Ovando Samayoa,Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, durante elperíodo del uno de enero al veintisiete de mayo de dos mil catorce, porque sucomentario no está respaldado por las actas a que hace referencia de habersolicitado la ejecución de dichos fondos ante la asamblea del Consejo. Asimismo, se confirma el hallazgo para los señores Edgar Augusto Cano Flores,Presidente durante el período del veintiocho de mayo al treinta y uno de diciembrede dos mil catorce y Jorge Mario Domínguez Werner, Director Ejecutivo, debido aque no presentaron comentarios y pruebas de descargo respecto al presentehallazgo. Además, se confirma el hallazgo para el licenciado Angel Estuardo López Mejía,Jefe Financiero, ya que en su comentario se excusa de su responsabilidad,además reconoce no haber informado de la disponibilidad de dichos fondos ante lamáxima autoridad del Consejo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE CARLOS DANILO OVANDO SAMAYOA 45,606.80PRESIDENTE EDGAR AUGUSTO CANO FLORES 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00JEFE FINANCIERO ANGEL ESTUARDO LOPEZ MEJIA 8,438.00Total Q. 120,173.60

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Hallazgo No. 4 Personal contratado bajo renglón 029 con funciones permanentes CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, asignó actividades administrativas, comola elaboración de libros de bancos y conciliaciones bancarias, de las cuentas No.112809-9 del Banco de Guatemala, No. 3028142435 y No. 3034128068 del bancoBanrural, así como el registro de la caja fiscal a personal contratado bajo renglón029. CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal dos mil trece,vigente para el ejercicio fiscal 2014, mediante el Acuerdo Gubernativo No.544-2013, de fecha 30 de diciembre de 2013, artículo 26. Otras remuneracionesde personal temporal, establece: “Las Entidades de la Administración Central,Descentralizadas y Empresas Públicas, podrán contratar servicios técnicos yprofesionales sin relación de dependencia, con cargo al renglón de gasto 029,Otras Remuneraciones de Personal Temporal, siempre que los servicios seenmarquen en la descripción contenida en el Manual de ClasificacionesPresupuestarias para el Sector Público de Guatemala y bajo el procedimiento queestablece el Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala ysus modificaciones, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, por lo queno podrán contratar servicios de naturaleza administrativa u operativa…” CausaEl Jefe Financiero incumplió al asignar la realización de estas funciones a unapersona contratada bajo renglón 029. EfectoLos registros en el libro de bancos, las conciliaciones bancarias y cajas fiscales nofueron elaborados por una persona contratada de naturaleza administrativa. RecomendaciónEl Director Ejecutivo, debe girar instrucciones al Jefe Financiero para que asigneen actividades administrativas u operativas al personal nombrado bajo el renglónpresupuestario 011, 021, 022 ó 031. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. JFIN CODEDE SUCHI No. 29-2015 REF. AELM/aelm, de fecha 22

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de abril de 2015, el Jefe Financiero, licenciado Angel Estuardo López Mejía,manifiesta: “Se me nombro una asistente con el puesto tecnico financiero, y partede sus atribuciones son las de colaborar con la realizacion del trabajo en el areafinanciera, yo no contrato ni establezco los renglones bajo los cuales contrata laSecretaria de Coordinacion Ejecutiva de la Presidencia”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, porque el licenciado Angel Estuardo López Mejía, JefeFinanciero, en su comentario reconoce que la persona contratada bajo el renglón029 está desempeñando trabajo en el área financiera. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO ANGEL ESTUARDO LOPEZ MEJIA 8,438.00Total Q. 8,438.00

Hallazgo No. 5 Documentación incompleta en expedientes de los proyectos CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo, se examinaron expedientes deproyectos, de los cuales al momento de su revisión no contenían los recibos 7B dela unidad ejecutora, de los Contratos Interinstitucionales de Cofinanciamiento paraejecución de proyectos u obras siguientes: a) 12-ACDD-2013 de fecha 08 de mayode 2013, correspondiente al proyecto Mejoramiento Camino Rural Aldea SanRamón, San José El Ídolo, Suchitepéquez, por transferencia de fecha 25 defebrero de 2014 por la cantidad de Q1,782,400.00; b) 26-ACDD-2013 de fecha 10de julio de 2013, correspondiente al proyecto Construcción Escuela PrimariaOficial Rural Mixta, Aldea Chocolá, San Pablo Jocopilas, Suchitepéquez, portransferencia de fecha 24 de febrero de 2014 por la cantidad de Q900,000.00; c)34-ACDD-2013 de fecha 06 de mayo de 2013, correspondiente al proyectoAmpliación Sistema de Agua Potable Cabecera Municipal San Gabriel,Suchitepéquez, por transferencia de fecha 12 de marzo de 2014 por la cantidad deQ1,058,059.20 y d) 66-ACDD-2013 de fecha 06 de mayo de 2013,correspondiente al proyecto Construcción Instalaciones Deportivas y Recreativasde Estadio Municipal III Fase, Zunilito, Suchitepéquez, por transferencia de fecha15 de abril de 2014 por la cantidad de Q1,000,000.00.

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CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 2.6 Documentos de Respaldo, establece:“Toda operación que realicen las entidades, cualesquiera que sea su naturaleza,debe contar con la documentación necesaria y suficiente que la respalde. Ladocumentación de respaldo promueve la transparencia y debe demostrar que seha cumplido con los requisitos legales, administrativos, de registro y control de laentidad; por tanto contendrá la información adecuada, por cualquier medio que seproduzca, para identificar la naturaleza, finalidad y resultados de cada operaciónpara facilitar su análisis.” CausaFalta de control de parte del Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero, al norequerir a las Unidades Ejecutoras, la documentación completa que respalde cadauno de los procesos administrativos y financieros y que estos sean archivados enforma lógica y ordenada. Efecto Al no contar con la documentación completa y oportuna, limita el proceso defiscalización en cada uno de los proyectos. Recomendación El Presidente, Director Ejecutivo y Jefe Financiero, deben de requerir a lasUnidades Ejecutoras la documentación completa que respalde las operacionesadministrativas y financieras de cada proyecto, así mismo deberán ordenarlos enforma lógica, para su fácil acceso y revisión. Comentario de los Responsables En Nota s/n, de fecha 22 de abril de 2015, el ingeniero Carlos Danilo OvandoSamayoa, quien fungió como Presidente del Consejo Departamental de Desarrollode Suchitepéquez, durante el período del uno de enero al veintisiete de mayo dedos mil catorce, manifiesta: “En este caso específico corresponde directamente alDirector Ejecutivo y Jefe financiero, hacer los requerimientos oportunos a cadaunidad ejecutora, ello es una atribución lógica dentro de un adecuado manejoadministrativo”. En Nota s/n, de fecha 21 de abril de 2015, el Presidente durante el período delveintiocho de mayo al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, señor Edgar

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Augusto Cano Flores y en oficio No. Of. No. 43-2015. Ref. JMDW/nsgv.CODEDE-SUCH, de fecha 21 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, señor JorgeMario Domínguez Werner, manifiestan: “Como prueba de respaldo refiriéndome ala “Causa efecto” del hallazgo en mención, les puedo indicar que los expedientestomados como muestra, así como también a las demás unidades ejecutoras se lesha solicitado a mediante los oficios respectivos 125-2014, 131-2014,134-2014 y138-2014 de fecha 27-05-2014 Ref. JMDW/ecc. Codede-Such, también los oficios368-2014, 371-2014, 375-2014 y 380-2014 de fecha 22/12/2014 de Ref.JMDW/nsgv Codede-Such el cumplimiento de las obligaciones establecidos en laclausula DECIMA: Responsabilidades de las partes….Responsabilidad de laUnidad Ejecutora literal a) toda vez que se efectúan transferencias de fondos, yque como parte del control interno el área financiera verifica el cumplimiento dedicha obligación...”. En oficio No. JFIN CODEDE SUCHI No. 29-2015 REF. AELM/aelm, de fecha 22de abril de 2015, el Jefe Financiero, licenciado Angel Estuardo López Mejía,manifiesta: “Previo a cada pago se solicita al tecnico administrativo que constate elcumplimiento de los requisitos previos al desembolso”. Comentario de Auditoría Se confirma el hallazgo, porque el ingeniero Carlos Danilo Ovando Samayoa,Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo de Suchitepéquez, durante elperíodo del uno de enero al veintisiete de mayo de dos mil catorce, en eldesempeño de su función como máxima autoridad del Consejo no lo exime de laresponsabilidad del control sobre la documentación que deben contener losexpedientes de proyectos. Asimismo, se confirma el hallazgo para los señores Edgar Augusto Cano Flores,Presidente durante el período del veintiocho de mayo al treinta y uno de diciembrede dos mil catorce y Jorge Mario Domínguez Werner, Director Ejecutivo, debido aque el contenido de los oficios citados por ellos, no tiene relación con la falta delos recibos 7B, mismos que al momento de la revisión de los expedientes no seencontraban archivados. Además, se confirma el hallazgo para el licenciado Angel Estuardo López Mejía,Jefe Financiero, ya que su cargo y funciones, no lo eximen de la responsabilidaddel control sobre la documentación que deben contener los expedientes deproyectos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto

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13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE CARLOS DANILO OVANDO SAMAYOA 45,606.80PRESIDENTE EDGAR AUGUSTO CANO FLORES 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER 20,522.00JEFE FINANCIERO ANGEL ESTUARDO LOPEZ MEJIA 8,438.00Total Q. 120,173.60

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los responsables del Consejo Departamental deDesarrollo Suchitepéquez, estableciéndose que fueron cumplidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 CARLOS DANILO OVANDO SAMAYOA PRESIDENTE 01/01/2014 - 27/05/20142 EDGAR AUGUSTO CANO FLORES PRESIDENTE 28/05/2014 - 31/12/20143 JORGE MARIO DOMINGUEZ WERNER DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20144 ANGEL ESTUARDO LOPEZ MEJIA JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE RETALHULEU

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 446 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) y 224 al 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupueso general del estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0283-2014 de fecha 29 de juliode 2014 y DAG-0426-2014 de fecha 26 de septiembre de 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaría de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaría de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarías coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y documentos de respaldo presentada porlos funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo, por elperíodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014; con énfasis enlas cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del Ministerio de

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Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Convenios y Contratos,mediante la aplicación de pruebas selectivas; específicamente lasresponsabilidades del consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así comoexpedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraron en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014, que de conformidad alMemorándum -SCGP-03-2012 del Subcontralor de Calidad del GastoPúblico,"...Se exceptúa constituirse en las Municipalidades del país, ya que lasauditorías, estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente." Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se traslado la solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante Providencia DACD-PROV-17-2015 de fecha 22de octubre de 2014 y DACD-PROV-29-2015, de fecha 13 de febrero de 2015, paraauditar los proyectos detallados en listado adjunto a la misma, quienes rendiráninforme por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos ensiete (7) cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, y seencuentran debidamente autorizadas por el banco de Guatemala, al 31 dediciembre de 2014 según reportes de la administración reflejan la cantidad de,Q10,140,668.32; de los cuales corresponden a la ejecución presupuestaria delejercicio fiscal 2014 la cantidad de Q6,218,887.78; de ejercicios anteriores lacantidad de Q3,919,477.31; Fondo rotativo la cantidad de Q2,136.42; Intereses adiciembre del año 2014 la cantidad de Q166.81 y un sobrante del año 2014 deQ0.02. Según reporte R00804768.rpt el ministerio de Finanzas Publicas, dejo de trasladar

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la cantidad de Q17,863,487.32 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente se verifico que al 30 de abril del año 2015, el Ministerio de FinanzasPublicas, trasladó las cantidades de Q5,294,161.32, según comprobante deregistro No.9225, de fecha 11 de febrero de 2015 y Q12,569,326.00 segúncomprobante de registro No.9288, de fecha 30 de abril de 2015 que corresponde asaldos pendientes del año 2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucionalpor parte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera No.001-2014 de fecha 22 de enero de2014, por un monto de Q9,000.00 y que fueron liquidados al 31 de diciembre de2014, ejecutando en el transcurso del período 2014 la cantidad de Q38,707.10. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reporto que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes definanciamiento: 21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q36,565,838.72; 29 Otrosrecursos del tesoro con afectación específica, por Q773,708.19, totalizando lacantidad de Q37,339,546.91. El Ministerio de Finanzas Publicas, trasladó la cantidad de Q17,166,223.00, segúncomprobante de registro No.10262, de fecha 12 de febrero de2014; correspondiente a la octava solicitud de cuota financiera de Fuente 21correspondiente al ejercicio fiscal 2013. Se recibió la cantidad de Q38,707.10 a través de Ingresos no tributarios quefueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría de CoordinaciónEjecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contaba con un saldo inicial de años anteriores, por la cantidadde Q6,163,197.73.

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Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ64,931,213.00, y tuvo modificaciones presupuestarias por la cantidad deQ98,538.00, para un presupuesto vigente de Q65,029,751.00, de los cuales seutilizaron para pago de proyectos por medio de reprogramación para los años:2010 la cantidad de Q62,591.20; para el año 2012 la cantidad de Q685,750.24 ypara el año 2013 la cantidad de Q9.953,246.04; para proyectos de inversión delaño 2014 la cantidad de Q20,737,907.80. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: año 2006 por lacantidad de Q186,000.00; año 2008 por la cantidad de Q248,817.29; año 2009 porla cantidad de Q173,000.00; año 2010 por la cantidad de Q61,248.80; año 2011por la cantidad de Q28,144.76; año 2012 por la cantidad de Q133,068.00 y año2013 por la cantidad de Q18,260,828.42 para un total trasladado deQ19,091,107.27 . El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar de Q9 ,826,716.77, que

Q30 corresponde a las fuentes de financiamiento 29 por la cantidad de ,107.81 yQ9 21 por la cantidad de ,796,608.96.

Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q38,707.10, a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo, reporto 137 proyectos de inversióndurante el periodo 2014, distribuidos así: en infraestructura física,energía eléctrica, educación: con el Status siguiente: 9 finalizados, 128 enproceso; los cuales estas siendo ejecutados a través de municipalidades, por unvalor de Q54,094,582.28.

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Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo, reporto que cuenta con 137 convenioslos cuales ascienden a Q54,094,582.28, suscritos con las municipalidades.- Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió convenios depréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de formas oficiales FORM-200-A-3 serie B, adicionalmente se auxila dehojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoConsejos Comunitarios de Desarrollo -COCODES- y Municipalidades; por lo tantono utiliza el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del EstadoGUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo no cumplió con registrar mensualmenteen el Modulo de Seguimiento Físico y Financiero del Sistema Nacional deInversión Publica (SNIP), el avance de los proyectos a su cargo.

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6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorAngel Hermógenes Martínez BarillasPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de RetalhuleuSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Retalhuleu por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiente operatoria de caja fiscalIntereses no trasladados al fondo comúnDeficiente registro en libro de bancos

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Licda. GISELLA MARIEL SANTIAGO MERIDA

Auditor Gubernamental

Lic. JOSE PEDRO CAYAX IXQUIAC

Auditor Gubernamental

Lic. AXEL ANTONIO DOMINGUEZ IBARRA

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiente operatoria de caja fiscal CondiciónEn la revisión efectuada a la Caja Fiscal, correspondiente al año 2014, elaboradaen el Consejo Departamental de Desarrollo, se estableció que: a) El saldo final del mes de abril del año 2014, registrado en la hoja No. 144218 dela serie C de la forma 200-A-3, asciende a la cantidad de Q8.135,719.40 y alrealizarse  el trasladado como saldo inicial al mes de mayo de 2014 en la hojaNo.006885 se consignó por Q8.128,677.90, estableciéndose una diferencia deQ7,041.50, por lo que se traslado el saldo incorrecto. b) Que en el transcurso del periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 seestableció que en los registros por egresos en las Cajas Fiscales no se consignóla fuente de financiamiento, a la cual corresponden los desembolsos por gastos deinversión en los Proyectos. c) Que en el registro del cheque No.3157 se consigno incorrectamente el nombreproyecto Mejoramiento de Camino Rural Línea C-6 al Samalá Parcelamiento LaMáquina fase I San Andrés Villa Seca, Retalhuleu  y número de contrato 70-2013,siendo los datos correctos: Ampliación Instituto Básico Comunidad AgrariaCandelaria Xolhuitz, Nuevo San Carlos, Retalhuleu con numero 79-2013. CriterioEl Acuerdo número 09-03 del Jefe de la Controlaría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Tipos de Controles establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros " y la norma 2.4 Autorización y Registro deOperaciones, indica: “Cada entidad pública debe establecer por escrito, losprocedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de todas lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia son aplicables a todos losniveles de organización, independientemente de que las operaciones seanfinancieras, administrativas u operativas, de tal forma que cada servidor público

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cuente con la definición de su campo de competencia y el soporte necesario pararendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo.” CausaEl Jefe Administrativo y Financiero, registro incorrectamente los datos contables einformación financiera en la Caja Fiscal. EfectoLos registros contables y financieros reflejados en la Caja Fiscal, no son confiablespara la toma de decisiones. RecomendaciónEl Director Ejecutivo debe girar instrucciones al Jefe Administrativo y Financiero,para que los registros contables y financieros se elaboren correctamente, de talmanera que la información que refleje la Caja Fiscal sea confiable. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015 el Jefe Administrativo y Financiero, JulioFernando Constancia Santos manifestó lo siguiente: a) Se establecieron los saldos correctamente, dejando al 31 de diciembre el saldocorrecto para el ejercicio fiscal siguiente y razonando dicho saldos en lasimpresiones de las cajas fiscales iniciales del ejercicio fiscal 2015. b) Según registro, en cajas fiscales anteriores, no se ha establecido la fuente definanciamiento, es de entender que todos los desembolsos recibidos del Ministeriode Finanzas Públicas se estable en un recibo 63A. autorizado porla Contraloría General de Cuentas, registro que si se ingresa dentro los formatosde la caja fiscales, asimismo, el nombre de las cuentas que establecen en losregistros de libros bancarios, como en los informes analíticos de obras estáestablecido la fuente de financiamiento y principalmente en los

  para ejecución de obras  y/oConvenios Interinstitucionales de CofinanciamientoProyectos, suscritos entre el Consejo Departamental de Desarrollode Retalhuleu y las Municipalidades. c) Se realizaron las correcciones correspondientes de dicho registro dentro de lacaja fiscal y libros, no afectando ni alterando la información de los mismos." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud a que en el comentario el responsable manifiestaque realizaron correcciones a los registros dentro de las cajas fiscales, por lo quereconocen las deficiencias detectadas y lo que se está objetando no son las

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correcciones y los otros argumentos no justifican las deficiencias, además nopresentaron pruebas suficientes para desvanecerlo . Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO JULIO FERNANDO CONSTANCIA SANTOS 1,435.25Total Q. 1,435.25

Hallazgo No. 2 Intereses no trasladados al fondo común CondiciónAl efectuar el corte de caja y arqueo de valores al 31 de julio del año 2014 sedeterminó que los intereses generados por las cuentas bancarias a nombre delConsejo Departamental de Desarrollo, percibidos en el mes de enero de 2014 porun monto de Q4,852.81 y lo que corresponde a los intereses de febrero y abril del2014 de la cuenta No. 3027098944 del Banco de Desarrollo Rural, S. A. por lascantidades de Q7,037.50 y Q4,206.15 respectivamente, no se habían trasladadoa la cuenta del Gobierno, Fondo Común. CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal dos mil trece,vigente para el año 2014, en el artículo 39. Saldos de efectivo. establece: “…LasEntidades de la Administración Central, deberán trasladar de oficio a la cuenta de"Gobierno de la República-Fondo Común", los intereses que se generen por losdepósitos de las cuentas constituidas en el Sistema Bancario Nacional,exceptuándose de esta disposición los generados por recursos externos, cuandoasí lo establezcan los convenios respectivos, por estipulación expresa en loscontratos de fideicomisos del Estado o por una ley específica...” CausaEl Director Ejecutivo y el Jefe Financiero, incumplieron con trasladar los interesesgenerados en las cuentas bancarias donde el Consejo Departamental deDesarrollo administra los fondos, a la cuenta de Gobierno de la República fondocomún.

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EfectoRiesgo de que los intereses generados, sean mal utilizados, además no secumplió con lo establecido en la ley. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al JefeAdministrativo y Financiero, a efecto de que se envié a la cuenta de Gobierno dela República fondo común, los intereses generados por las cuentas bancarias delConsejo Departamental de Desarrollo. Comentario de los ResponsablesEn Notas s/n de fechas 22 de abril de 2015, el Licenciado Hiovany AlejandroÁlvarez Herrera, quien fungió como Director Ejecutivo en el ejercicio fiscal 2014 yel Jefe Administrativo y Financiero Julio Fernando Constancia Santos,manifestaron lo siguiente: "Con relación a este hallazgo, informo que fueron trasladados a fondo común,Cuenta Única Nacional de Gobierno de Guatemala, los saldos especificados en elpresente hallazgo. Cumpliendo con lo establecido en el artículo 39, Saldos deefectivo del Decreto Numero 30-2012, del Congreso de la Réplica, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal dosmil trece, vigente para el año 2014, a continuación se describe:

MES DE ENERO 2014

NO. DE CUENTA NOMBRE DE CUENTA BANCO NO. CHEQUE

BOLETA DE

DEPOSITO MONTO TOTAL

Cta. No.40-001826-8Obras Stan

Consejo Departamental de Desarrollode Retalhuleu Recons. Tormenta Stan

CHN 81 6705 1,086.17

Cta. No. 40-001827-6

Obras 2006Consejo Departamental de Desarrollo

de RetalhuleuCHN 74 6705 189.56

FOMPETROL Cta. No.

02-040-024036-4Consejo Departamental de Desarrollo

de Retalhuleu FOMPETROL CHN 120 6705 189.56

Cta. No. 3027098944Consejo Departamental de Desarrollo de

Retalhuleu BANRURAL 3561 6707 2771.07 F. Rotativo Cta. No.

3034128581Consejo Departamental de Desarrollo de

Retalhuleu BANRUAL 1157 6707 1.32 Cta. No. 3-027-13883-3

Obras 2008Consejo Departamental de Desarrollo

de Retalhuleu BANRURAL 809 6707 4206.15 4852.81

MES  DE FEBRERO 2014

Cta. No. 3027098944Consejo Departamental de Desarrollo de

Retalhuleu BANRURAL 3191 157049 7037.5 7037.5

MES DE ABRIL 2014

Cta. No. 3027098944Consejo Departamental de Desarrollo de

Retalhuleu BANRURAL 3562 6707 4206.15 4206.15

JULIO Y NOVIEMBRE 2014, PARA EFECTOS DE CUADRE DE CHEQUE DE CAJA 2701941 EN BOLETA DEPOSITO6707,Q.24,362.50

Cta. No. 3027098944Consejo Departamental de Desarrollo de

Retalhuleu BANRURAL 3461 6707 13774.13

Cta. No. 3027098944Consejo Departamental de Desarrollo de

Retalhuleu BANRURAL 3509 6707 3611.15

24362.5

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Para el efecto el cheque de gerencia No.2701941, 2701942, 2701943 y boleta dedeposito No.6705,157049 y 6707, cheques de las cuentas de este Codede, fueronpresentados en su oportunidad al personal de la comisión de Auditoria CGC. Foliodel 01 al 04. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud a que en los comentarios los responsables manifiestan que trasladaron al fondo común los intereses, como lo detallan elcuadro de sus comentarios; sin embargo los codos de los cheques y boletas dedeposito que presentan como pruebas son del mes de enero del año 2015, por loque al 31 de julio del año 2014 como se describe en la condición aún no habíansido trasladados al fondo común. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 4, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HIOVANY ALEJANDRO ALVAREZ HERRERA 2,500.00JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO JULIO FERNANDO CONSTANCIA SANTOS 1,435.25Total Q. 3,935.25

Hallazgo No. 3 Deficiente registro en libro de bancos CondiciónAl efectuar la revisión de los registros de los Libros Auxiliares de Bancos delConsejo Departamental de Desarrollo, se estableció que según la conciliaciónBancaria presentada a esta comisión de Auditoría, de la cuenta No.02-040-000426-1 del banco CHN, que consignaron cheques en circulación condatos incorrectos, siendo estos: cheques números 73 y 74 por las cantidades deQ183.68 y Q189.56 respectivamente, siendo los datos correctos cheques números 080 y 081 por un valor de Q768.63 y Q1,086.17 respectivamente. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 1.6 Tipos de Controles, establece: “Esresponsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer eimplementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con lossistemas administrativos y financieros …”La norma 2.4 Autorización y registro deOperaciones, establece: “Cada entidad pública debe establecer por escrito, los

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procedimientos de autorización, registro, custodia y control oportuno de todas lasoperaciones. Los procedimientos de registro, autorización y custodia sonaplicables a todos los niveles de organización, independientemente de que lasoperaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal forma que cadaservidor público cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo". CausaEl Jefe Administrativo y Financiero no registro correctamente los cheques en loslibros de bancos. EfectoLos registros de las operaciones contables del libro auxiliar de bancos no sonconfiables y transparentes. RecomendaciónEl Director Ejecutivo debe girar instrucciones al Jefe Administrativo y Financiero,para que los registros de las operaciones bancarias se realicen correctamente, detal manera que la información que se opere en los libros de bancos sea correcta. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015 el Jefe Administrativo y Financiero, JulioFernando Constancia Santos manifestó lo siguiente: Que se realizaron las razonesy correcciones pertinentes a efecto tener información confiable y verídica para labuena administración de este consejo. Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para el Jefe Administrativo y Financiero, debido aque en sus comentarios, indica que se realizaron las razones ycorrecciones pertinentes, por lo que reconoce las deficiencias de operatoria de losregistros en el libro de bancos, además no presentan pruebas suficientes dedescargo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 12, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO JULIO FERNANDO CONSTANCIA SANTOS 5,741.00Total Q. 5,741.00

1.

2.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorAngel Hermógenes Martínez BarillasPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de RetalhuleuSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de Retalhuleual 31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea deimportancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Información no actualizada en el Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP-Deficiente gestión

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Licda. GISELLA MARIEL SANTIAGO MERIDA

Auditor Gubernamental

Lic. JOSE PEDRO CAYAX IXQUIAC

Auditor Gubernamental

Lic. AXEL ANTONIO DOMINGUEZ IBARRA

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Información no actualizada en el Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP- CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo de Retalhuleu, no se cumplió con elregistro y actualización en el módulo de seguimiento de la información respectivaen el Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP-, del contrato No. 28-2013Mejoramiento Sistema de Tratamiento Aguas Residuales en Aldea FEGUA SanFelipe Retalhuleu, por un monto de Q 411,000.00, debido a que el avance físico yfinanciero en los cuadros analíticos al 31 de diciembre de 2014 se reporta al

-SNIP 100% para ambos casos, y en el Sistema Nacional de Inversión Pública -se reporta avance financiero 35% al 01/03/2014 y avance físico 100% al 01/11/2013. CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de la República de Guatemala, Ley delPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, vigente para el ejerciciofiscal 2014, articulo 57. Información del Sistema Nacional de Inversión Pública einformes de Calidad del Gasto y Rendición de Cuentas, establece: "La Secretaríade Planificación y Programación de la Presidencia pondrá a disposición de losciudadanos guatemaltecos, a través de su sitio de internet, la información de losproyectos de inversión pública contenida en el Sistema Nacional de InversiónPública, tomando como base la información de programación y avance físico yfinanciero que las entidades responsables de los proyectos le trasladen, segúntiempos establecidos. Las Entidades de la Administración Central, Descentralizadas y Autónomas,incluyendo las Municipalidades y sus empresas, deberán registrar mensualmenteen el modulo de seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Publica, el avancefísico y financiero de los proyectos a su cargo".

Contraloría General de Cuentas 464 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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CausaEl Director Ejecutivo no velo por la actualización de la información del movimientode los proyectos en el Sistema de Inversión Pública -SNIP- EfectoNo contribuye con la transparencia en la calidad del gasto público y la poblaciónen general no cuenta con la información actualizada del avance físico y financierode los proyectos por la falta de actualización de la información en el SistemaNacional de Inversión Pública -SNIP-. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para que vele por elcumplimiento de la actualización oportuna de la información tanto financiera yfísica en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015 del Licenciado Hiovany Alejandro ÁlvarezHerrera quien fungio como Director Ejecutivo del Consejo Departamental deDesarrollo de Retalhuleu, por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 dediciembre del año 2014, manifiesta lo siguiente: Con relación a este hallazgo al revisar los proyectos por número de  SNIP, meconstate que están actualizados conforme lo establece la cláusula especifica delos contratos interinstitucionales suscritos por este Consejo durante el ejerciciofiscal 2013 y de conformidad con el Decreto 30-2012, del congreso de laRepública, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado,vigente para el ejercicio fiscal 2014, Articulo 57, Párrafo segundo,asimismo, sirvan considerar que es la Unidad Técnica, conforme hace referenciadicho decreto, quien debe subir la información pertinente a dicho sistema. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo en virtud de que los comentarios manifestados por elresponsable no aportan pruebas suficientes de desvanecimiento, debido a queesta comisión de auditoria encontró desactualizada la información de losproyectos en el Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP -. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HIOVANY ALEJANDRO ALVAREZ HERRERA 20,000.00Total Q. 20,000.00

Contraloría General de Cuentas 465 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgo No. 2 Deficiente gestión CondiciónDel análisis realizado, a la información de los Cuadros Analíticos de las obras deArrastre, de los años 2006, 2007 y 2012, elaborados al 31 de diciembre de 2014por el Consejo Departamental de Desarrollo de Retalhuleu, se estableció lapermanencia de 4 proyectos con "status", “sin iniciar” con saldos por trasladar alas Unidades Ejecutoras por la suma de Q380,000.00. Así mismo se determinóque la Administración actual del CODEDE no había hecho las gestionesadministrativas para iniciar las obras, contando con la disponibilidad de fondos enlas cuentas bancarias respectivas. N o .Convenio

Nombre del Proyecto AvanceFísico

AvanceFinanciero

Saldo porTrasladara la UE enQ.

Status

133-2007 Construcción Anfiteatro deRetalhuleu

0% 0% 200,000.00

S i nIniciar

118-2012 Construcción SalónComunal Aldea Sibana, ElAsintal Retalhuleu.

0% 0% 80,000.00 S i nIniciar

144-2012 Mejoramiento Camino Rural6ta. Ave. Zona 2 Colonia ElAbrigo El AsintalRetalhuleu.

0% 0% 30,000.00 S i nIniciar

145-2012 Ampliación Instituto BásicoExperimental ConOrientación OcupacionalCabecera Municipal ElAsintal Retalhuleu.

0% 0% 70,000.00 S i nIniciar

Total 380,000.00

CriterioEl Decreto número 11-2002, Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural,articulo 10. Funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo. Lasfunciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: ..."e) Darseguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos dedesarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables...”.

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Acuerdo Gubernativo número 461-2002, Reglamento de la Ley De Los Consejosde Desarrollo Urbano y Rural, articulo 39. Atribuciones del Director EjecutivoDepartamental, siendo los siguientes: ..."f) Dar seguimiento a la gestión deproyectos u obras ante el Consejo Departamental de Desarrollo, g) Velar porquese cumplan las normas y procedimientos dentro del Consejo Departamental deDesarrollo, y h) Coordinar el flujo de los expedientes de proyectos, así como velarque se cumplan con la correcta ejecución y supervisión de los mismos...". CausaEl Director Ejecutivo no cumplió con darle seguimiento a los proyectos que seencuentran con estado actual "sin iniciar" en los cuadros analíticos de obras dearrastre de años anteriores, tal como lo establece la normativa legal vigente. EfectoQue los proyectos no se realicen oportunamente y los fondos corran el riesgo deser utilizados para otros fines y sufran detrimento las comunidades. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo para que en losucesivo, le de seguimiento a la gestión de los proyectos, así como velar que secumpla con la correcta ejecución y supervisión de los mismos. Comentario de los ResponsablesEn nota s/n de fecha 22 de abril de 2015 el Licenciado Hiovany Alejandro ÁlvarezHerrera quien fungió como Director Ejecutivo en el Consejo Departamental deDesarrollo de Retalhuleu durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de2014 manifestando lo siguiente: Que los proyectos con convenio números 133-2012, ya se remitió el saldo a lascuentas de fondos común, por el monto de Q 200.000.00, monto de obra que nose ejecutara y los convenios 118-2012, 144-2012 y 145-2012, no se ejecutaron endicho periodo indicando que el suscrito no figuraba como director en ese ejercicio sin embargo se solicito a la municipalidad el Asintal, que en el ejercicio fiscal 2015remita los documentos de desistimiento y acuerdos del comude con el propósitose remitan a fondo común fondos existentes y no sigan esos convenios vigentes, sin embargo no fueron presentados por tal unidad ejecutora. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Director Ejecutivo del Consejo Departamental deDesarrollo de Retalhuleu, en virtud que los comentarios que presenta no justifica la

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falta de ejecución de los proyectos y la boleta de deposito que presenta fuerealizada hasta el 7 de abril del año 2015, por lo que consta que al 31 dediciembre del año 2014, aun no se había realizado gestión alguna al respecto. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO HIOVANY ALEJANDRO ALVAREZ HERRERA 20,000.00Total Q. 20,000.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoria anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los responsables del Consejo Departamental dedesarrollo de Retalhuleu, estableciendose que fueron cumplidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 MYNOR AMILCAR CORDON ROJAS PRESIDENTE CODEDE 01/01/2014 - 31/12/20142 HIOVANY ALEJANDRO ALVAREZ HERRERA DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 JULIO FERNANDO CONSTANCIA SANTOS JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE SAN MARCOS

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

Contraloría General de Cuentas 468 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb), 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural y su reglamento Acuerdo Gubernativo Número461-2002. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su complimiento, y cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delProyecto del Presupuesto General del Estado para el año Fiscal siguiente, entrelos municipios, con base en las propuestas de los Consejos Municipales deDesarrollo presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos

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49 y 50 del Decreto 13-2013.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0292-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo de SanMarcos, cubriendo el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del2014, con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del

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Ministerio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Conveniosy Contratos, mediante la aplicación de pruebas selectivas; específicamente lasresponsabilidades del Consejo establecidos en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraban en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las misma, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios 2012, 2013 y 2014, que de conformidad alMemorándum SCGP-03-2012, de fecha 26 de julio de 2012, del Subcontralor deCalidad del Gasto Público, establece: "...se exceptúa constituirse en lasmunicipalidades del país, ya que las auditorías de dichas entidades, estarán acargo de la Dirección de Auditoria Correspondiente..." Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-033-2014, de fecha21 de octubre de 2014, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto ala misma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que maneja sus recursos en 3cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional, y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala; al 31 de diciembre de 2014,según reportes de la administración reflejan la cantidad de Q10,036,738.88; loscuales corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio 2014, la cantidadde Q7,792,801.24; de ejercicios anteriores Q2,240,401.32, é intereses del mes dediciembre de 2014, por Q. 3,536.32. Según reporte R00801345.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejo de trasladarla cantidad de Q35,496,097.00 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente se verificó que al 30 de abril del año 2015, el Ministerio de Finanzas

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Públicas, trasladó las cantidades de: Q10,978,329.00 según comprobante únicode registro número 9129, de fecha 11 de febrero de 2015 y Q24,517,768.00 segúncomprobante único de registro número 9278, de fecha 29 de abril del año2015, que corresponden a saldos pendientes del año 2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera 001-2014 de fecha 22 de enero de 2014,por un monto de Q9,000.00, que fueron liquidados al 31 de diciembre de 2014,ejecutando en el transcurso del período la cantidad de Q36,149.95. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes definanciamiento, 21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q54,274,034.18, y 29 OtrosRecursos del Tesoro con aceptación especifica, por la cantidad de Q2,600,430.78,totalizando la cantidad de Q56,875,014.96. De la misma manera se recibió reintegros de proyectos de las unidades ejecutoraspor la cantidad de Q2,089.00 del año 2012; y la cantidad de Q46,757.33 del año2013. En fecha 11 de febrero 2014 el Consejo Departamental de Desarrollo de SanMarcos, recibió la cantidad de Q30,404,210.00 de la fuente 21 Ingresos TributariosIVA-PAZ que corresponden al ejercicio 2013. Asimismo, recibió la cantidad de Q36,149.95 a través de Ingresos no Tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría deCoordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contaba con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ8,874,709.68.

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Egresos El Presupuesto de egresos asignados para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ108,300,095.00, de los cuales se realizaron modificaciones presupuestarias porla cantidad de Q330,451.00, para un presupuesto vigente de Q108,630,546.00, delos cuales fueron utilizados para la reprogramación de proyectosQ2,329,213.12 del año 2010, Q2,431,969.13 para la reprogramación de proyectos del año 2011,Q1,260,915.05 para la reprogramación de proyectos del año 2012 yQ24,684,893.65 para la reprogramación de proyectos del año 2013, ejecutándoseen el año 2014; y para proyectos de inversión pública del año 2014, la cantidad deQ16,025,646.40 de fuente 21; la cantidad de Q1,572,509.00 correspondiente a lafuente 29. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente manera: Año 2010 por lacantidad de Q11,250.00; Año 2011 la cantidad de Q25,048.60; Año 2012 lacantidad de Q1,518,574.95; y Año 2013 por Q34,516,390.95 de la fuente 21, lacantidad de Q1,233,775.00 correspondiente a la fuente 29, para un totaltrasladado de Q37,305,039.50. Asimismo se realizaron traslados al fondo comúnasí: año 2009 por Q11,500.00; año 2011 por Q101,127.33; año 2012 porQ93,173.95 y año 2013 por Q348,949.36 de la fuente 21 y Año 2010 por Q255.17,Año 2012 por Q1,600.00 y Año 2013 por Q2,786.75 correspondiente a la fuente29, para un total trasladado de Q559,392.56. El presupuesto vigente refleja un saldo por devengar de Q16,259,434.04, quecorresponde a las fuentes de financiamiento 29 por la cantidad de Q101,226.22 y21 por la cantidad de Q16,158,207.82. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q36,149.95, a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó 105 proyectos de inversióndurante el periodo 2014, distribuidos en infraestructura física: de la siguiente

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manera: 7 terminados, 84 proceso, y 14 sin iniciar; los cuales están siendoejecutados a través de Municipalidades del departamento como unidadesejecutoras, por un valor de Q90,897,386.55. Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que cuenta con 105 convenios loscuales ascienden a Q90,897,386.55, suscritos con municipalidades. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió convenios depréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de Formas Oficiales FORM-200-A-3 serie C, adicionalmente se auxilia dehojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe contratos de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoConsejos Comunitarios de Desarrollo -COCODES- y Municipalidades; por lo tantono utiliza el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del EstadoGUATECOMPRAS.

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Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo cumplió con registrar mensualmente, enel Módulo de Seguimiento Físico y Financiero de Sistema Nacional de InversiónPública (SNIP), el avance financiero de los proyectos a su cargo. Asimismo,registró los convenios suscritos con las municipalidades del departamento de SanMarcos. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorLuis Aroldo Rivera JoachínPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de San MarcosSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de San Marcos por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiencias de control interno

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. MIGUEL SANTOS OROXOM RACANCOJ

Auditor Gubernamental

Licda. VILMA CORINA VELASQUEZ VELASQUEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencias de control interno CondiciónAl efectuar la revisión de expedientes de los proyectos en el ConsejoDepartamental de Desarrollo de San Marcos en el año 2014, se determinó que elConvenio número 017-FRMO-2011 Mejoramiento calle con Balastro entradaprincipal del municipio de la Reforma, San Marcos, por un monto de Q60,000.00correspondiente a la fuente de financiamiento 29 Otros Recursos del Tesoro conafectación específica, fue reportado como proyecto del año 2010 en los cuadrosanaliticos de los ejercicios fiscales 2012 y 2013 siendo este proyecto del año 2011y el Convenio número 005-MICUDE-AHLA-07 Construcción de CanchaPolideportiva, Caserío Tuiscuchuy Loma Linda, Tacana, San Marcos, por unmonto de Q111,000.00 correspondiente a la fuente de financiamiento MICUDE,fue reportado como convenio número 004-MICUDE-AHLA-07 en los cuadrosanalíticos de los ejercicios fiscales 2012 y 2013, por lo tanto dichos proyectosestan cargados incorrectamente en el sistema Zeus de la Contraloria General deCuentas. CriterioEl Acuerdo número 09-03 de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno Gubernamental, en la Norma 1.2 Estructura deControl Interno …"Una efectiva estructura de control interno debe incluir criteriosespecíficos relacionados con: a) controles generales; b) controles específicos; c)controles preventivos; d) controles de detección; e) controles prácticos; f) controlesfuncionales; g) controles de legalidad; y, h) controles de oportunidad, aplicados encada etapa del proceso administrativo, de tal manera que se alcance lasimplificación administrativa y operativa, eliminando o agregando controles, sinque se lesione la calidad del servicio.” CausaEl Jefe Financiero no verifico que los datos consignados en los cuadros analíticosde los años 2012 y 2013 correspondieran al número y año de los convenios.

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EfectoSe ha proporcionado información errónea y a dificultado la función de fiscalización. RecomendaciónEl Director Ejecutivo, debe girar instrucciones al Jefe Financiero a efecto de que almomento de realizar los cuadros analíticos se verifique que corresponda elnúmero de convenio, proyecto y año. Comentario de los ResponsablesEn oficio No.152-2015, Ref. MRGO/jpbg, de fecha 22 de abril de 2015, el JefeFinanciero Menfil Roberto Godínez Orozco, del Consejo Departamental deDesarrollo de San Marcos, manifiesta: “Se indica que el Proyecto con el ConvenioNo. 017-FRMO-2011.MEJORAMIENTO CALLE CON BALASTO ENTRADAPRINCIPAL DEL MUNICIPIO DE LA REFORMA POR UN MONTO DE Q.60,000.00 fue reportado en los analíticos del 2012 y 2013 como proyecto del 2010. Efectivamente es así como ustedes lo manifiestan, pero, ese dato fueproporcionado por parte de la persona de la Administración anterior que era laresponsable de la operatoria de los Analíticos, según el listado analítico que senos entrego cuando recibimos el cargo... donde se confirma que ella fue laresponsable de la mala operatoria, por lo tanto no es un error nuestro. En el año2014 se hizo una revisión general de expedientes confrontados contra los reportesanalíticos, fue allí donde nos dimos cuenta del error que se venía arrastrando porlo que se procedió a su corrección inmediata...donde se observa la operatoria enel reporte analítico en forma correcta. CONVENIO No. 005-MICUDE-AHLA-07, CONSTRUCCION CANCHAPOLIDEPORTIVA, CASERIO TUISCUCHUY, LOMA LINDA, TACANA, SANMARCOS, por un monto de Q.111,000.00, correspondiente a la fuente definanciamiento MICUDE, fue reportado como convenio No.004-MICUDE-AHLA-07, en los cuadros analíticos de los ejercicios fiscales 2012 y2013. Lo que ustedes indican en su reporte es afirmativo, sin embargo igual queel caso anterior, esos datos venían así de la administración anterior... donde sedemuestra la forma en que nos entregaron la información. Durante el 2014haciendo una revisión general de expedientes contra listados analíticos de detectoel error, por lo que se procedió a su corrección inmediata. Los errores mencionados anteriormente no son responsabilidad de este servidor,los listados analíticos se recibieron así, sin embargo nos dimos cuentaposteriormente y por lo tanto se procedió a realizar las correcciones respectivaspor propia iniciativa sin necesidad de que el hecho fuera señalado por terceraspersonas.

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De acuerdo a Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y EmpleadosPúblicos Decreto No. 89-2002 del Congreso de la República, en su Capítulo II,Articulo 8. RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, en sus últimas líneasdice: ………cuando no se cumpla con la debida diligencia las obligacionescontraídas o funciones inherentes al cargo, así como cuando por acción u omisiónse cause perjuicio a los intereses públicos que tuviere encomendados y noocasione daños o perjuicios patrimoniales o bien se incurra en falta o delito. Másadelante el Artículo 17 dice: CASOS QUE GENERAN RESPONSABILIDADESADMINISTRATIVAS. a) La inobservancia e incumplimiento de funciones,atribuciones y deberes que las disposiciones legales o reglamentarias impongan. De acuerdo a las citas anteriores este servidor, basado en ley no tieneresponsabilidades administrativas en los hechos generados que se atribuyen, toda vez que fue otra persona la que no cumplió con diligencia sus obligaciones yno se me puede atribuir incumplimiento de funciones en virtud que no era yo elque estaba desempeñando el cargo cuando se cometió el error. Además de acuerdo a la Constitución Política de la República ARTÍCULO 155.Responsabilidad por infracción a la ley. DICE: Cuando un dignatario, funcionario oTrabajador del Estado, en el ejercicio de su cargo, infrinja la ley en perjuicio departiculares, el Estado o la institución estatal a quien sirva, será solidariamenteresponsable por los daños y perjuicios que se causaren .La responsabilidad civilde los funcionarios y empleados públicos, podrá deducirse mientras no se hubiereconsumado la prescripción, cuyo término será de veinte años. De acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior, a quien debería de sancionarse esa la persona que me entregó el cargo y quien era la encargada de elaborar loslistados analíticos, toda vez que fue la responsable del error y este servidor fuequien lo corrigió sin necesidad de recibir alguna instrucción. Por todo lo expuesto anteriormente, y en base a leyes citadas, SOLICITO que laSanción económica sugerida por ustedes de acuerdo a la Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas, Decreto No. 31-2002, Articulo 39, reformado porel Artículo 67 del decreto No. 13-2013, numeral 18, NO SE ME APLIQUE”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Jefe Financiero, debido a que los comentariospresentados por el responsable a esta comisión no son suficientes paradesvanecerlo, en virtud que los cuadros que integran los proyectos de los años2012 y 2013 fueron presentados y firmados por el Jefe Financiero, sin corregir lasdeficiencias indicadas en la condición.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO MENFIL ROBERTO GODINEZ OROZCO 14,721.40Total Q. 14,721.40

1. 2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorLuis Aroldo Rivera JoachínPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de San MarcosSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de SanMarcos al 31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea deimportancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulacionesaplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Anticipo no empleado en la ejecución del proyectoFalta de supervisión técnica constanteContratos aprobados enviados extemporáneamente a la Contraloría Generalde Cuentas

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. MIGUEL SANTOS OROXOM RACANCOJ

Auditor Gubernamental

Licda. VILMA CORINA VELASQUEZ VELASQUEZ

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Anticipo no empleado en la ejecución del proyecto CondiciónSegún expediente del convenio número: 122-OLBF-2011, suscrito el día 16 dejunio del año 2011, entre el Consejo Departamental de Desarrollo de San Marcosy la Asociación para el Desarrollo Comunitario “ADECO”, para la ejecución delproyecto denominado “CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO III FASE,CANTON SAN ANDRES, SAN RAFAEL PIE DE LA CUESTA SAN MARCOS”, porun valor total de Q450,000.00, con aporte del Consejo Departamental deDesarrollo de San Marcos fondos provenientes de la fuente 11; el Consejotrasladó el 3 de febrero del 2012, a la Asociación para el Desarrollo Comunitario“ADECO”, el anticipo que corresponde al 20% por un monto de Q90,000.00, segúnconsta en Forma 63-A2 No. 521057 y en cheque número 4000028, de la cuentabancaria número 156007375-7 del Banco de los trabajadores; sin embargo al 31de diciembre de 2014, según cuadros analíticos del Consejo Departamental deDesarrollo de San Marcos el avance físico es del 0%. Asimismo el informe del Supervisor del Consejo Departamental de Desarrollo deSan Marcos, según oficio sin número de fecha 20 de febrero del año 2015 dice: “En lo que respecta al proyecto en mención, solo se pudo observar que en el sitiodonde debería de estar construido el mismo, fue destinado para la construcción deun edificio que funciona como salón y gimnasio municipal, razón por no quedaninguna evidencia de que hayan sido ejecutados los fondos asignados para laconstrucción del proyecto de mérito”. CriterioEl Decreto Número 30-2012 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresosdel Estado para el ejercicio fiscal 2014, Artículo 53 Desembolsos a favor de losConsejos Departamentales de Desarrollo, inciso a) establece: “Un primerdesembolso con la suscripción del contrato y estudio técnico que sustente larealización de la obra, el cual no podrá exceder del veinte por ciento (20%) delmonto total del contrato, mismo que deberá deducirse en forma proporcional”; .

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Convenio de Financiamiento número 122-OLBF-2011, Cláusula NOVENA:RESPONSABILIDADES DE "EL CONSEJO DEPARTAMENTAL DEDESARROLLO", establece: Son responsabilidades de "EL CODEDE SANMARCOS": numeral 6) Suspender o cancelar y exigir el reintegro del monto delanticipo y los desembolsos otorgados a "ADECO", en base a lo siguiente: b) Si nose inicia el proyecto dentro del plazo de diez (10) días contados a partir dela aprobación del contrato y ya se hubiese entregado el anticipo. Y CláusulaDÉCIMA: RESPONSABILIDADES DE LA “UNIDAD RESPONSABLE DE LAEJECUCIÓN”, establece: “Son responsabilidades de “ADECO” además delcumplimiento de las leyes y reglamentos respectivos: numeral 4) Velar porque elproyecto se inicie en el plazo de diez (10) días, contados a partir de la aprobacióndel Contrato y entrega del anticipo; numeral 7) Utilizar los recursos de la cuentareferida exclusivamente en el Proyecto a que se refiere este Convenio y DÉCIMASEGUNDA: CASO DE INCUMPLIMIENTO: La Unidad Responsable de laEjecución “ADECO” del proyecto se compromete a reintegrar a “EL CODEDE”, elmonto total resultante de lo recibido que se establecerá mediante la evaluaciónfísica, administrativa y financiera; realizada en el momento de detectar dichoincumplimiento por causas imputables a “ADECO”, o bien por incumplir cualquierade las obligaciones establecidas en el presente convenio y leyes aplicables almismo, sin perjuicio de la deducción de responsabilidades legales que el casoameríte. Además, deben hacerse efectivas las fianzas respectivas". Contrato (01-2012). Cláusula SEXTA: INICIO DE LA OBRA, establece: "ELCONTRATISTA" se compromete a lo siguiente: a) previo a la entrega del anticipose compromete a iniciar los trabajos; b) Deberá entregar los trabajos totalmenteterminados a entera satisfacción de "EL CONTRATANTE" en un plazo de CINCOMESES, a partir de la fecha de recepción del anticipo, a menos que por fuerzamayor se le conceda una ampliación del tiempo; c) Para ejecutar la obra públicadebe contar con la BITÁCORA, autorizada por la Contraloría General de Cuentas;d) Deberá elaborar y colocar un rótulo de noventa y seis pulgadas de ancho (96")por cuarenta y ocho pulgadas de alto (48"), en el lugar físico en el cual se realiceel proyecto, del cual entregara fotografías y documentación que respalde elavance físico de la obra". CausaEl Director Ejecutivo, Presidente de la junta directiva y representante legal de laAsociación Para el Desarrollo Comunitario, no velaron para que el Contratistaejecutara el proyecto. EfectoRiesgo que los recursos trasladados a la unidad ejecutora y Constructora sepierda y los beneficios no lleguen a la comunidad.

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RecomendaciónEl Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo debe girar instruccionespara que el Director Ejecutivo vele por el cumplimiento de la ejecución de lasobras en los plazos establecidos. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 10 de abril de 2015 y oficio s/n de fecha 29 de abril de 2015,la Representante de la Asociación para el Desarrollo Comunitario ONG “ADECO”,

Lisseth Zaldaña Mérida manifiesta: De manera más atenta me dirijo aClaudia ,ustedes, dando respuesta al Informe de Cargos Provisional NúmeroDACE-003-2015 de fecha 25 de marzo de 2015, y Oficio de AudienciaOF-CGC-CSM-017-2015, dirigida a mi persona como Representante Legal de LaAsociación para el Desarrollo Comunitario ONG “ADECO”, habiendo recibido elanticipo del 20% al financiamiento del Proyecto denominado “CONSTRUCCIÓNCENTRO DE ACOPIO III FASE, CANTÓN SAN ANDRES SAN RAFAEL PIE DE

por parte del Consejo Departamental de DesarrolloLA CUESTA, SAN MARCOS,y en virtud de haber hecho efectivo dicho desembolso a la Empresa Constructoraencargada de la ejecución de dicho proyecto, la cual lleva por nombre

procedo a desvanecer los cargosCONSTRUCTORA Y COMERCIAL RAMOS,imputados a mi Representada. En virtud de lo cual solicito se tengan como ofrecidos e individualizados los mediosde prueba presentados y se proceda a desvanecer los cargos imputados a miRepresentada por el Monto de Q.90,000.00, ya que como puede ser establecidode conformidad con las pruebas presentadas estos fueron entregados de acuerdoal procedimiento establecido en Ley a la Empresa encargada de la ejecución delProyecto en mención. En OFICIO No. 141-2015, de fecha 17 de abril de 2015 y en OFICIO No. 155-015,de fecha 29 de abril de 2015, el Director Ejecutivo del Consejo Departamental deDesarrollo de San Marcos manifiesta: Con unMario Moisés Fuentes (S.O.A),atento saludo me dirijo a usted hacerle entrega de la denuncia penal realizada alMinisterio Público en contra de Mario Enrique Rivera de León, representante de laasociación denominada: ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO(ADECO), así mismo el informe de supervisión realizado al proyecto:Construcción centro de acopio III fase, Cantón San Andrés, San Rafael Pie de laCuesta, San Marcos. De fecha 20 de febrero de 2015. En oficio s/n de fecha 29 de abril de 2015, el Propietario y Representante de laEmpresa Constructora y Comercial “RAMOS” Dionel Aguilar,Exadillas Ramos manifiesta: Por este medio, Yo: Exadillas Dionel Ramos Aguilar, propietario deConstructora y Comercial Ramos, encargado de la construcción del proyecto

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CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO III FASE, CANTON SAN ANDRES, SANRAFAEL PIE DE LA CUESTA SAN MARCOS según contrato número 01-2012 quese había suscrito con la ONG ASOCIACION PARA EL DESARROLLOCOMUNITARIO y la empresa CONSTRUCTORA Y COMERCIAL RAMOS,manifestó que dicho proyecto no se pudo realizar, por diversos motivos yaexpuestos, por lo que la empresa con la responsabilidad que se ha caracterizadose compromete a hacer efectivo el reintegro del anticipo recibido para la ejecuciónde dicho proyecto, por tal motivo ante ustedes con todo el respeto que se merecenme permito SOLICITAR: a ustedes una prorroga de tiempo para hacer efectivoel reintegro del anticipo recibido para la ejecución de dicho proyecto dichoplazo consiste hasta 6 de mayo del presente año para poder hacer eldepósito del dinero a la institución correspondiente. Comentario de AuditoríaSe desvanece el Informe de Cargos Provisional No. DACD-003-2015, para losresponsables siendo ellos: el Propietario y Representante Legal de la EmpresaConstructora y Comercial “RAMOS” señor Exadillas Dionel Ramos Aguilar,Representante Legal de La Asociación para el Desarrollo Comunitario ONG“ADECO” señor Mario Enrique Rivera de León y El Director Ejecutivo del ConsejoDepartamental de Desarrollo de San Marcos señor Mario Moíses Fuentes (S.O.A),debido a que el Propietario y Representante Legal de la Empresa Constructora yComercial "RAMOS" reintegro el 20% del Anticipo del Proyecto dentro del plazoestablecido con la boleta de depósito No. D-81979794 por el monto de Q90,000.00a nombre de la cuenta del Consejo Departamental de Desarrollo de San Marcos,del Banco de Desarrollo Rural S.A. BANRURAL, No. 3092083134, donde severifico que el deposito se realizo en efectivo. Sin embargo se confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo del ConsejoDepartamental de Desarrollo de San Marcos, debido a que no veló para exigir elreintegro del anticipo desembolzado en su debido tiempo, incumpliendo con susfunciones administrativas específicamente con lo establecido en la cláusulanovena numeral 6 del convenio número 122-OLBF-2011 de fecha 16 de junio delaño 2011. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto No. 31-2002, artículo 39, numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO MARIO MOISES FUENTES (S.O.A) 10,000.00Total Q. 10,000.00

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Hallazgo No. 2 Falta de supervisión técnica constante CondiciónEl proyecto con número de convenio 206-OLBF-2011, suscrito el día 17 denoviembre del año 2011 entre el Consejo Departamental de Desarrollo de SanMarcos y la Asociación para el Desarrollo Comunitario ADECO, denominadoConstrucción Puente Vehicular Cantón Florida Aldea Sujchay, Tacana SanMarcos, por un monto de Q120,000.00, a dicho proyecto el consejo le desembolsoQ24,000.00 correspondiente al 20% de anticipo, desde el 3 de febrero del año2012 y se comprobó que al 31 de diciembre 2014 no cuenta con ningún informe desupervisión técnica, por parte del Consejo Departamental de Desarrollo, tal comorefleja el cuadro analítico el 0% de avance físico, por lo que se realizó unaverificación ocular acompañado del supervisor del CODEDE quien presentoinforme del proyecto en fecha 26 de febrero 2015, en el cual indica que el proyectose encuentra con el 20% de avance físico. CriterioEl Convenio 206-OLBF-2011 en su Cláusula novena: " RESPONSABILIDADES

”: ...numeral 3)DE “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO“Supervisar la ejecución física, administrativa y financiera del proyecto, con elapoyo de “LA SCEP”, así como con la “U.T.D.” respectiva, para el efecto sedeberá mantener en el lugar del proyecto una bitácora en donde hará constar elavance físico y financiero y otros aspectos relevantes en la ejecución de lamisma...”. CausaEl Director Ejecutivo, no veló para que se supervisara el proyecto y no contar conel informe técnico constante. EfectoPresentan información no confiable en los cuadros analíticos, además se correriesgo que los proyectos no se ejecuten con las especificaciones técnicasdel proyecto. RecomendaciónEl Presidente, debe de girar instrucciones al Director Ejecutivo para que realicensupervisión técnica constante de los proyectos.

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Comentario de los ResponsablesEn oficio No.153-2015, Ref. MRGO/jpbg, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo Mario Moisés Fuentes (S.O.A), del Consejo Departamental de Desarrollode San Marcos, manifiesta: “Con respecto a este hallazgo debo de informar queno fue negligencia de mi persona, sino que la información que se tiene de lacomunidad en el sentido que tomarían de rehenes o represarías en contra del personal del CODEDE por lo que no culminaría de este proyecto. Así mismo ustedes, señores auditores son testigos que como tres veces sepostergo la supervisión que se tenia calendarizado por los problemas internos delas comunidades, prueba de eso es que se me informo verbalmente por parte delSupervisor de esta Dirección Ejecutiva el riesgo que corrieron cuando seapersonaron a realizar dicha diligencia. Por lo antes expuesto solicito que lasanción económica sugerida por ustedes no sea aplicada”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo, debido a que los comentariospresentados a esta comisión no justifica la falta de supervisión a los proyectos yque la información presentada en los cuadros analíticos no sean confiables. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO MARIO MOISES FUENTES (S.O.A) 16,560.54Total Q. 16,560.54

Hallazgo No. 3 Contratos aprobados enviados extemporáneamente a la Contraloría Generalde Cuentas CondiciónSe estableció que el Consejo Departamental de Desarrollo de San Marcos, nopresento en los treinta días establecido en la cláusula Décima de los contratossiguientes: 1) Contrato número 153-LARJ-2013 Producción de Chompipollos enAsociaciones de seis Municipios del Altiplano Marquense, Movimiento deTrabajadores Campesinos MTC, Departamento de San Marcos, suscrito el 31 deoctubre de año 2013 y 2) Contrato número 011-LARJ-FOMPETRO-2014,Mejoramiento camino rural con empedrado + carrileras de concreto, Aldea San

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Ignacio, Nuevo Progreso, San Marcos, suscrito el día 16 de enero del año 2014,presentados el día 04 de febrero del año 2014 y el día 31 de marzo del año 2014respectivamente a la Delegación de la Controlaría General de Cuentas de SanMarcos. CriterioLos Contratos 153-LARJ-2013 Y 011-LARJ-FOMPETROL-2013 en su CláusulaDÉCIMA: "RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES. inciso a)RESPONSABILIDADES DE "EL CONSEJO DEPARTAMENTAL "...numeral a. 10)Remitir copia de este contrato dentro de los treinta días hábiles siguientes a sususcripción, a la unidad de Registro de Contratos de la Controlaría General deCuentas...“ CausaEl Director Ejecutivo no cumplió en enviar los contratos en el plazo establecido. EfectoQue la Controlaría General de Cuentas no disponga de la información para efectosde registro y control. RecomendaciónEl Presidente, del Consejo Departamental de Desarrollo de San Marcos, debegirar instrucciones al Director Ejecutivo, para que implemente controles necesariospara dar cumplimiento al envío de las copias de los contratos, de conformidad conel tiempo establecido. Comentario de los ResponsablesEn oficio No.153-2015, Ref. MRGO/jpbg, de fecha 22 de abril de 2015, el DirectorEjecutivo Mario Moisés Fuentes (S.O.A), del Consejo Departamental de Desarrollode San Marcos, manifiesta: “Con referencia a este hallazgo me permito informarque por negligencia de la Unidad Ejecutora no se apersonaron a esta instalacionesa recoger dichos convenios, ya que existía indecisión si se ejecutaría o no dichosproyectos, ya que como puede probarse que todos los convenios realizadosfueron, registrados a la Contraloría General de Cuentas a tiempo. Por lo querespetuosamente Solicito que la sanción económica sugerida por ustedes no seaplicada”. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo, debido a que en loscomentarios presentados a esta comisión, manifiesta que existía indecisión deejecutar los proyectos, y además no presento pruebas de haber enviado copia delos convenios a la Contraloría General de Cuentas.

Contraloría General de Cuentas 490 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO MARIO MOISES FUENTES (S.O.A) 16,560.54Total Q. 16,560.54

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se le dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior,correspondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objetivo de verificar sucumplimiento e implementación por parte de los responsables, estableciéndose laimplementación de las mismas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 LUIS AROLDO RIVERA JOACHIN PRESIDENTE 01/01/2014 - 31/12/20142 MARIO MOISES FUENTES DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 MENFIL ROBERTO GODINEZ OROZCO JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE HUEHUETENANGO

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por elDecreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, sobre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

Contraloría General de Cuentas 492 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0282-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros contables,transacciones administrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo,cubriendo el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014;con énfasis en la cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias del

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Ministerio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras, Conveniosy Contratos, mediante la aplicación de pruebas selectivas específicamente lasresponsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así comoexpedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraban en proceso y los terminados al 31 de diciembre 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios 2012 al 2014, que de conformidad alMemorandum SCGP-03-2012 Del Subcontralor de Calidad de Gasto Público,"...Se exceptúa constituirse en las Municipalidades del país, ya que las auditorías,estarán a cargo de la Dirección de Auditoría correspondiente..." Área Técnica De conformidad con el Acuerdo A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013, de laContraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-055-2014, de fecha12-11-2014, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto a la misma,quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos en 3Cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional y de acuerdo a lamuestra seleccionada, se comprobó que se encuentran debidamente autorizadaspor el Banco de Guatemala; al 31 de diciembre de 2014, según reportes de laadministración refleja la cantidad de Q25,301,451.91, los cuales corresponden ala ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 la cantidad de Q7,509,439.41;de ejercicios anteriores Q17,776,062.57; Fondo Rotativo la cantidad deQ1.51; Intereses correspondientes al mes de diciembre de 2014, la cantidadde Q8,054.28 y en concepto de reintegro de proyectos de arrastre la cantidadde Q7,894.14. Según reporte R00804768.rpt, el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de

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trasladar la cantidad de Q28,963,145.15 al 31 de diciembre del 2014, como eventosubsecuente se verificó que al 30 de abril de 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas, trasladó las cantidades de Q22,198,562.15 según comprobante número9213, de fecha 11 de febrero de 2015; Q2,000,000.00 según comprobante número9051, de fecha 9 de marzo de 2015 y Q4,764,583.00 según comprobante número9283, de fecha 29 de abril de 2015, que corresponden a saldos pendientes delaño 2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera 001-2014 por un monto de Q9,000.00 quefueron liquidados al 31-12-2014, ejecutando en el transcurso del período lacantidad de Q71,089.29. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con InversionesFinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes de financiamiento21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q79,529,682.29; 29 Otros Recursos delTesoro con Afectación Específica, Q2,925,397.68 totalizando la cantidadde Q82,455,079.97. De la misma manera se recibió reintegro de proyectos de las unidades ejecutoraspor la cantidad de Q0.01 del año 2012. Además, recibió la cantidad de Q71,089.29 a través de Ingresos no tributarios quefueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría de CoordinaciónEjecutiva de la Presidencia. Adicionalmente se contaba con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ44,195,653.74.

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Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidadde Q128,328,566.00, de los cuales se realizaron modificaciones presupuestariaspor Q10,370,967.00 para un presupuesto vigente de Q138,699,533.00, de loscuales fueron utilizados para la reprogramación de proyectos de año 2013 lacantidad de Q54,669,985.21 y para proyectos de inversion pública del año 2014, lacantidad de Q16,843,122.90. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014, se realizaron de la siguiente forma: Año 2009 la cantidad deQ113,862.10; Año 2012 la cantidad de Q10,819,570.12 y año 2013 la cantidad deQ18,918,391.06 para un total ejecutado de Q29,851,823.28; y traslados a fondocomún año 2009 la cantidad de Q300.25 y año 2010 la cantidad de Q0.10,totalizando la cantidad de Q300.35. El presupuesto vigente, refleja un saldo por devengar por la cantidad deQ27,281,307.88 que corresponde a la fuente de financiamiento 11 la cantidad deQ8,000,000.00, la fuente de financiamiento 21 Q19,167,397.56 y la fuente de 29Q113,910.32. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q71,089.29 a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia –SCEP- Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 80 proyectos de inversión del año2014, distribuidos así: proyectos de medio ambiente, capacitación, educación,energía eléctrica, infraestructura física y salud, con el status siguiente: 3 proyectosterminados 76 en proceso y 1 sin ejecución, los cuales están siendo ejecutadospor Municipalidades, por un valor total de Q95,331,805.52.

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Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló Plan Operativo Anual 2014, elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que cuenta con 80 convenios decofinanciamiento los cuales ascienden a la cantidad de Q95,331,805.52, suscritoscon las Municipalidades. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió contratos depréstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada –SICOIN WEB- sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de Formas Oficiales FORM-200-A-3 serie B, adicionalmente se auxilia de hojas electrónicas en Microsoft Excel . Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales comoMunicipalidades; por lo tanto no utiliza el Sistema de Información deContrataciones y Adquisiciones del Estado –GUATECOMPRAS-. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo, no cumplió con registrar mensualmente,en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero del Sistema Nacional de

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Inversión Pública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo. 6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2.

3.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

ArquitectoKeneth Ottoniel Mérida ReyesPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de HuehuetenangoSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Huehuetenango por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Inconsistencia en la información presentadaConciliaciones bancarias sin firmas de las personas responsables de surevisión y aprobaciónFalta de control de formularios oficiales

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. SERGIO JESUS CASTAÑEDA FLORES

Auditor Gubernamental

Lic. DIONICIO GONZALEZ MATEO

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Inconsistencia en la información presentada CondiciónLa información proporcionada por el Consejo Departamental de Desarrollo al31-12-2013, en los cuadros analíticos de proyectos ejecutados con fondos de lafuente 29 Otros Recursos del Tesoro con Afectación Específica, no incluyeron, elproyecto denominado Mejoramiento calle (Pavimento) Cantón Pozo, ConcepciónHuista, Huehuetenango, convenio 011-2013 de fecha 04 de noviembre de 2013,por valor de Q400,000.00; el cual fue revelado en los cuadros analíticos al31-12-2014. CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, la Norma 2.4 Autorización y registro de operaciones,establece: “Cada entidad pública debe establecer por escrito, los procedimientosde autorización, registro, custodia y control oportuno de las operaciones. Losprocedimientos de registro, autorización y custodia son aplicables a todos losniveles de organización, independientemente de que las operaciones seanfinancieras, administrativas u operativas, de tal forma que cada servidor públicocuente con la definición de su campo de competencia y el soporte necesario pararendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo.” CausaLa Jefe Financiero y el Director Ejecutivo, no presentaron la información completay oportuna en el cuadro consolidado de proyectos al 31-12-2013. EfectoQue la información presentada no revele datos reales y oportunos para realizar lafiscalización. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y Jefe Financiero, paraque entreguen la información completa y oportuna al ser fiscalizados.

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Comentario de los ResponsablesEn Oficio s/n de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, William GiovaniCastillo Sosa, manifestó: “En relación a este posible hallazgo puedo indicar que: Elconvenio No. 011-2013 del Proyecto Mejoramiento Calle (Pavimento), CantónPozo, Concepción Huista. Con No. De Snip 138870 de Fuente 029 FONPETROL.La fecha del Convenio fue de 04 de Noviembre del 2013. La Unidad Ejecutora NOcompleto los requisitos establecidos en este Consejo Departamental de Desarrollopara la emisión del Anticipo AL 31 de Diciembre del 2013, este se pagó el 10de Enero del 2014, el proyecto se ingresó a los cuadros analíticos del ejerciciofiscal 2014 por razones de ordenes en tiempos reales de pagos financierosprincipalmente, ya con su documentación en orden y completa se pudo emitir elpago respectivamente; para que este se ejecutara y se finalizara en el mismoEjercicio Fiscal que se emitió el pago. Por ese motivo el proyecto quedoingresado en el Analítico del Ejercicio Fiscal 2014 porque el Ejercicio Fiscal 2013finalizo el 31 de Diciembre.” En Oficio No. 82-2015CODEDEH/AF/lmsm, de fecha 22 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Lilian Maritza Sáenz Mérida, manifestó: “Referente a este Hallazgo mepermito informar, que: El convenio No. 011-2013 del Proyecto Mejoramiento Calle(Pavimento), Cantón Pozo, Concepción Huista. Con No. De Snip 138870 deFuente 029 FONPETROL. La fecha del Convenio fue de 04 de Noviembre del2013. La Unidad Ejecutora NO completo los requisitos establecidos en esteConsejo Departamental de Desarrollo para la emisión del Anticipo AL 31 de Diciembre del 2013, este se pagó el 10 de Enero del 2014, el proyecto se ingresóa los cuadros analíticos del ejercicio fiscal 2014 por razones de ordenes entiempos reales de pagos financieros principalmente, ya con su documentación enorden y completa se pudo emitir el pago respectivamente; para que este seejecutara y se finalizara en el mismo Ejercicio Fiscal que se emitió el pago. Porese motivo el proyecto quedo ingresado en el Analítico del Ejercicio Fiscal 2014porque el Ejercicio Fiscal 2013 finalizo el 31 de Diciembre.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para el Director Ejecutivo y la Jefe Financiero, derivadoque en los comentarios confirman que el convenio 011-2013 del ProyectoMejoramiento Calle (Pavimento), Cantón Pozo, Concepción Huista, con númerode Snip 138870 de Fuente 029 FONPETROL, tiene fecha 04 de noviembre 2013,pero no fue reportado en los cuadros analíticos de ese año, el cual fue reportadohasta en los cuadros analíticos del año 2014.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WILLIAM GIOVANI CASTILLO SOSA 21,772.00JEFE FINANCIERO LILIAN MARITZA SAENZ MERIDA DE RIVAS 14,450.00Total Q. 36,222.00

Hallazgo No. 2 Conciliaciones bancarias sin firmas de las personas responsables de surevisión y aprobación CondiciónEn el proceso de revisión de las conciliaciones bancarias, se estableció quedurante los meses de enero a diciembre de 2014, las mismas no contienen lasfirmas de las personas responsables, tanto de quien las realiza como de quien lasrevisa y aprueba. CriterioEl Acuerdo Número 09-03 del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 5.5, Registro de las Operaciones Contables,establece: “…Todo registro contable que se realice y la documentación de soporte,deben permitir aplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso deauditoría, y en general el seguimiento y evaluación interna de la calidad de losregistros contables.” CausaIncumplimiento de atribuciones del Jefe Financiero al no firmar las conciliacionesbancarias oportunamente. EfectoNo contar con información financiera confiable para la toma de decisiones. RecomendaciónEl Director Ejecutivo debe girar instrucciones al Jefe Financiero a efecto se firmenlas conciliaciones bancarias de cada mes oportunamente para darle validez aestas operaciones contables. Comentario de los ResponsablesEn Oficio No. 82-2015CODEDEH/AF/lmsm, de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe

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Financiero, Lilian Maritza Sáenz Mérida de Rivas, manifiestó: "Referente a esteHallazgo me permito informales, que las Conciliaciones Bancarias a la fecha ya secorrigieron, se procedió a firmarlas respectivamente, y se velara porque desdeeste momento lleven las firmas correspondientes para que la informaciónpresentada sea confiable." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para la Jefe Financiero, derivado que dentro de suscomentarios manifiesta que dichos registros fueron firmados y corregidosposteriormente de notificado dicho hallazgo. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO LILIAN MARITZA SAENZ MERIDA DE RIVAS 14,450.00Total Q. 14,450.00

Hallazgo No. 3 Falta de control de formularios oficiales CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo, no utilizó los formularios oficiales 63-Aen forma correlativa y cronológica, como se muestra en el siguiente cuadro:

Fecha Número Valor27/01/2014 124993 Q9,000.0024/01/2014 124994 Q245,782.4927/03/2014 125000 Q100,000.0021/03/2014 125002 Q 201,710.7530/05/2014 125007 Q40,000,000.0003/04/2014 125009 Q5,790.9524/06/2014 125011 Q272,775.4206/06/2014 125012 Q4,792.0004/06/2014 125013 Q6,335.3502/07/2014 125014 Q13,860,302.2604/08/2014 125017 Q5,000,000.0001/08/2014 125018 Q7,000.0010/11/2014 125024 Q7,169,380.0330/10/2014 125025 Q6,658.00

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Ejercicio Fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014

CriterioEl Acuerdo Número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, la Norma 2.4 Autorización y registro de operaciones,establece: “Cada entidad pública debe establecer por escrito, los procedimientosde autorización, registro, custodia y control oportuno de todas las operaciones. Losprocedimientos de registro, autorización y custodia son aplicables a todos losniveles de organización, independientemente de que las operaciones seanfinancieras, administrativas u operativas, de tal forma que cada servidorpúblico cuente con la definición de su campo de competencia y el soportenecesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a su cargo.” CausaLa Jefe Financiero, no utilizó las formularios oficiales 63-A en forma correlativa ycronológica. EfectoQue los ingresos consignados en los recibos no lleven un orden adecuado. RecomendaciónEl Director Ejecutivo, debe girar instrucciones al Jefe Financiero para que utilicenlos formas oficiales en forma correlativa y cronológica para que se cuente coninformación oportuna. Comentario de los ResponsablesEn Oficio No.82-2015CODEDEH/AF/lmsm, de fecha 22 de abril de 2015, el JefeFinanciero, Lilian Maritza Sáenz Mérida de Rívas, manifiestó: "Referente a esteHallazgo me permito informar, que: Debido a que algunos formularios conteníanalgún error en número de CUR, o en la descripción de la información se procedió aANULAR los 63 A correspondientes para elaborarlos posteriormente y como ya sehabían trabajado otros con numeración correlativa que ya estaban entregados a elMinisterio de Finanzas Públicas y la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de laPresidencia y aprobados, fue cuando las numeraciones y las fechas no estáncorrelativas." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, para la Jefe Financiero, porque en sus comentariosreconoce que los formularios no fueron utilizados en forma correlativa ycronológicamente.

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Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE FINANCIERO LILIAN MARITZA SAENZ MERIDA DE RIVAS 14,450.00Total Q. 14,450.00

1. 2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

ArquitectoKeneth Ottoniel Mérida ReyesPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de HuehuetenangoSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo deHuehuetenango al 31 de diciembre de 2014, están libres de representaciónerrónea de importancia, hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes yregulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Incumplimiento a cláusula del convenioFalta de ejecución de fondosFalta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. SERGIO JESUS CASTAÑEDA FLORES

Auditor Gubernamental

Lic. DIONICIO GONZALEZ MATEO

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Incumplimiento a cláusula del convenio CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo no velo porque las municipalidadesincluyeran a un representante del Consejo en el acta de recepción de losproyectos siguientes: Convenios Nos: 020-2009, 071-2012, 079-2012, 132-2012,133-2012, 005-2012, Contrato de cofinanciamiento Nos. 039-2013, 078-2013,084-2013, 094-2013. CriterioLos Convenios y contratos Interinstitucionales de cofinanciamiento para laejecución de Obras y/o proyectos, del Consejo Departamental de Desarrollo deHuehuetenango, Cláusula Décima, Responsabilidades de las partes, establece:“A) Responsabilidades de “EL CONSEJO DEPARTAMENTAL”…I) Nombrar a unrepresentante para integrar a Comisión Receptora y Liquidadora del proyecto uobra; dicha Comisión tendrá como finalidad determinar que la misma ha sidoconcluida conforme los estándares de calidad y funcionamiento óptimos, y que sehaya efectuado de acuerdo con las especificaciones pactadas.” CausaFalta supervisión por parte del Director Ejecutivo al no verificar que unrepresentante del Consejo participara en la inspección y recepción de losproyectos. EfectoEl no contar con un representante del Consejo en la recepción de los proyectos,provoca que no exista opinión del mismo, a efecto de establecer si realmente elproyecto cuenta con todos los renglones de trabajo contratados terminados. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo para que previo a larecepción de los proyectos se nombre a un representante del Consejo a efecto depoder verificar que los proyectos estén realmente terminados.

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Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,William Giovani Castillo Sosa, manifestó: “En relación a el posible hallazgodescrito puedo indicar que como Consejo Departamental de Desarrolloúnicamente debemos de acompañar y asesorar en el transcurso de la ejecuciónde las obras, en el Manual de Funciones como Objetivo General del Puesto deTrabajo los Supervisores deben brindar asesoría técnica con respecto a laejecución de obras con fondos provenientes de los aportes a los ConsejosDepartamentales de Desarrollo de Huehuetenango, así como de velar porque secumplan los cronogramas y plazos de ejecución establecidos en los conveniosde cofinanciamiento suscritos, por lo que no podemos ser juez y parte al momentode la recepción de los proyectos. Nuestra labor es velar por la calidad delproyecto y esto queda plasmado en Bitácora del 100% en el Acta de Recepción,solo la Unidad Ejecutora, quien es la que contrata debe de nombrar a su Junta deRecepción con el personal idóneo para esta actividad.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo en virtud que en suscomentarios manifiesta, que la unidad ejecutora es la encargada de nombrar, sinembargo el mismo convenio de cofinanciamiento, estipula que sonresponsabilidades del Consejo, nombrar a un representante, para que se integre ala comisión de recepción. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WILLIAM GIOVANI CASTILLO SOSA 21,772.00Total Q. 21,772.00

Hallazgo No. 2 Falta de ejecución de fondos CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo no invirtió durante el año 2014, los saldosno comprometidos de la fuente de financiamiento 29, Otros Recursos del Tesorocon Afectación Específica, pues al 31-12-2014 reportan un saldo del fondo nocomprometido correspondiente al ejercicio fiscal 2013 de Q492,611.67 ydel ejercicio fiscal 2014 de Q376,123.08, lo que hacen un total de fondos noinvertidos al 31-12-2014 de Q868,734.75.

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CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de la República, Ley del PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado vigente para el ejercicio fiscal 2014, enel artículo 53, Desembolsos a favor de los Consejos Departamentales deDesarrollo, establece: "Los recursos asignados en calidad de aporte a losConsejos Departamentales de Desarrollo, deben destinarse a la ejecución deobras y los desembolsos responderán al informe de avance físico, para lo cual, ensu calidad de administradores de los recursos velarán para que el contrato deejecución de obras se suscriba con los Consejos Comunitarios de Desarrollo yMunicipalidades del país, se establezcan los porcentajes de desembolsos..." CausaEl Presidente y el Director Ejecutivo, no velaron porque los fondos nocomprometidos fueran invertidos en su totalidad en beneficio de la población. EfectoQue los fondos asignados con la fuente 29 permanezcan en las cuentas delConsejo y no se utilicen para financiar proyectos. RecomendaciónEl Presidente y Director Ejecutivo, deben planificar constantemente la utilizaciónde los fondos, para beneficiar a población. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 22 de abril de 2015, El Presidente, Keneth Ottoniel Mérida Reyes, manifestó: "Según lo establece el Decreto 71-2008 Ley de los Fonpetrol fondos que se adquieren son fondos de Regalías y únicamente se pueden aprobarcon la anuencia del Presidente del Consejo Departamental de Desarrollo quiendespués de establecer que el proyecto está debidamente planteado y responde alas necesidades que se reflejen en el departamento, y cuando han sido recaudadolos fondos y son trasladados se debe de esperar a tener un monto total que cubrael costo del proyecto; pues la ley no establece plazos para los fondos de

pero establece que se debe contar con disponibilidad de Fondos para Fonpetrol elaborar los Convenios y Contratos respectivos. Durante el Ejercicio Fiscal 2013con fecha 4 de noviembre del mismo año se realizó el Convenio 011-2013 con unvalor de Q400,000,00, el anticipo de este proyecto fue entregado en Enero del2014 por lo que el monto ya se tenía comprometido del total recaudado en el2013. De esta cuenta que el saldo que únicamente se tenía para invertir era deQ92,611.67; durante el Ejercicio Fiscal 2014 se ejecutaron tres proyectos con unmonto total de Q2,549,274.60, estableciendo de esta manera que los fondos

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provenientes de Fonpetrol están siendo ejecutados, según se presentan las necesidades y se tenga la disponibilidad financiera necesaria." En oficio s/n de fecha 22 de Abril de 2015, El Director Ejecutivo, William Giovani Castillo Sosa, manifestó: "Según lo establece el Decreto71-2008 Ley de Fonpetrol los fondos que se adquieren son fondos de Regalías y únicamente se pueden aprobar con la anuencia del Presidente del ConsejoDepartamental de Desarrollo quien después de establecer que el proyecto estádebidamente planteado y responde a las necesidades que se reflejen en eldepartamento, una vez que han sido recaudado los fondos y son trasladados sedebe de esperar a tener un monto total que cubra el costo del proyecto. Durante elEjercicio Fiscal 2013 con fecha 4 de noviembre del mismo año se realizó elConvenio 011-2013 con un valor de Q400,000,00, el anticipo de este proyecto fueentregado en Enero del 2014 por lo que el monto ya se tenía comprometido deltotal recaudado en el 2013. De esta cuenta que el saldo que únicamente se teníapara invertir era de Q92,611.67; durante el Ejercicio Fiscal 2014 se ejecutaron tresproyectos con un monto total de Q2,549,274.60." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Presidente y Director Ejecutivo, en virtud de quesus comentarios no tienen pruebas que sustenten lo argumentado derivado que enlos cuadros analíticos presentados por los responsables al 31/12/2014 demuestranque tienen saldos sin comprometer del año 2013 por la cantidad de Q492,611.67 y2014 por la cantidad de Q376,123.08 dando un saldo total de Q 868,734.75. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE KENETH OTTONIEL MERIDA REYES 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO WILLIAM GIOVANI CASTILLO SOSA 21,772.00Total Q. 67,378.80

Hallazgo No. 3 Falta de actualización en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo de Huehuetenango, durante el ejerciciofiscal 2014, trasladó a las unidades ejecutoras recursos para los proyectos de

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obras, según Convenios Interinstitucionales, Números: Convenio No. 20-2009,Ampliación sistema de alcantarillado, casco urbano, municipio de ConcepciónHuista, por un monto de Q2,004,283.78; Convenio No. 034-2012, ConstrucciónEdificio Municipal, Cabecera Municipal Libertad, Huehuetenango, por un monto deQ4,543,000.00; Convenio No.071-2012, Construcción Mercado CabeceraMunicipal, Santa Bárbara, Huehuetenango. por un monto de Q7,875,000.00;Convenio No.102-2012; Construcción Rastro y Drenaje Sanitario Municipal,Tucuná, Pueblo, Aguacatan, Huehuetenango, por un monto de Q2,163,791.55;Convenio No.129-2012, Ampliación Camino Rural y Balasto de Cantón La Soledad a Cas. Monumento Cuilco, Huehuetenango, por un monto deQ4,554,000.00: Convenio 132-2012, Construcción Instituto Tecnológico RegiónMansohe Huehuetenango, por un monto de Q3,464,334.60; Convenio No.133-2012, Mejoramiento Calle (pavimento y drenajes) 5ta. Avenida entre 2da.Calle zona 6 y puente la Libertad, Zona 2, Barillas, Huehuetenango, por un montode Q4,000,000.00; y Contratos interinstitucionales Nos. 039-2013, MejoramientoCancha Polideportiva Aldea Ojo de Agua Chancolin, Santa Cruz Barillas,Huehuetenango, por un monto de Q600,000.00; Convenio 055-2013, ConstrucciónEdificio(S) Centro De Recuperación Nutricional, Huehuetenango, por un montode Q1,500,000.00; Convenio No. 078-2013, Construcción Sistema De AguaPotable Aldea La Capellania, Chiantla Huehuetenango, por un monto deQ1,300,000.00; Convenio No. 094-2013, Construcción Sistema De AlcantarilladoSanitario Aldea El Carpintero, Chiantla, Huehuetenango, por un montode Q1,600,000.00; Convenio No.088-2013, Construcción Puente Vehícular AldeaChinaca, Huehuetenango, Huehuetenango, por un monto de Q1,200,000.00;Convenio No. 018-2014, Construcción Centro De Salud Tipo B San Gaspar Ixchil,Huhuetenango (Proyectos 2014), por un monto de Q1,575,122.03,determinándose que el Consejo, al 31/12/2014, no cumplió con el registro delúltimo desembolso de los proyectos citados, en el Sistema Nacional de InversiónPública –SNIP-. CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de la República, Ley de Presupuesto Generalde Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2014, Artículo 53, Desembolsosa favor de los Consejos Departamentales de Desarrollo, establece: “…inciso b) Lossiguientes desembolsos se efectuarán conforme al avance físico de la obraregistrada en el Sistema Nacional de Inversión Pública, por la unidad técnica delConsejo Departamental de Desarrollo respectivo..." Acuerdo Gubernativo No. 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica delPresupuesto, Artículo 30. Desembolsos a favor de los Consejos Departamentalesde Desarrollo, establece: "Para el pago de los desembolsos a los que se refiere laliteral b) del primer párrafo del Artículo 45 Bis de la Ley, la unidad de supervisióndel Consejo Departamental de Desarrollo (CODEDE) respectivo, bajo su

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responsabilidad aprobará y aceptará las estimaciones periódicas de avance físico,que servirán de base para el registro en el Sistema Nacional de Inversión Pública.

Es responsabilidad de la Dirección Ejecutiva del Consejo Departamental deDesarrollo (CODEDE), registrar durante los primeros diez días hábiles de cadames en el módulo de seguimiento del Sistema Nacional de Inversión Pública, losavances físicos y financieros de sus proyectos de inversión, posterior a suejecución, asimismo la finalización del proyecto, adjuntando el acta de recepción yliquidación del activo, en formato PDF. Con esta información el Sistema Nacionalde Inversión Pública dará por finalizada la ejecución del proyecto; siempre ycuando, la ejecución física y financiera sea del 100%. Las opiniones a que se refieren las literales c) y d) del primer y segundo párrafodel artículo 45 Bis de la Ley, respectivamente, serán emitidas por el ConsejoComunitario de Desarrollo (COCODE) de la comunidad beneficiada con la obra oproyecto de inversión respectivo." CausaEl Director Ejecutivo, no veló porque se registrara el último desembolso de losproyectos en el Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP-. EfectoFalta de información actualizada y transparencia en el uso de fondos públicos. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo a efecto se mantengaactualizado el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-. Comentario de los ResponsablesEn oficio s/n de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, William GiovaniCastillo Sosa, manifestó: “En relación a este posible hallazgo puedo indicar que severificó en el Sistema Nacional de Inversión Pública en donde se pudo constatarque en relación a los Convenios números 039-2013, 055-2013, 078-2013,094-2013, 088-2013, 018-2014, cuentan con el registro del último desembolso, yse adjuntan los pantallazos en donde se puede constatar el registro. Los quecorresponden a los Convenios números 10-2009, 034-2012, 071-2012, 102-2012,129-2012, 132-2012, 133-2012, no se puede actualizar ya que los usuariosasignados solo pueden actualizar datos del ejercicio fiscal presente y unoanterior.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo para el Director Ejecutivo en virtud que en sus

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comentarios y pruebas de descargo, presentó reportes del Sistema SINIP, y no delSNIP, y los mismos no presentan avances físicos ni financieros de los proyectosen ejecución cofinanciados por el Consejo Departamental de Desarrollo deHuehuetenango. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 26, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WILLIAM GIOVANI CASTILLO SOSA 21,772.00Total Q. 21,772.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior,correspondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación por parte de los responsables, estableciéndose que fueronatendidas. 8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 JOSE ANTONIO LOPEZ ROJAS PRESIDENTE 01/01/2014 - 29/05/20142 KENETH OTTONIEL MERIDA REYES PRESIDENTE 30/05/2014 - 31/12/20143 WILLIAM GIOVANI CASTILLO SOSA DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20144 LILIAN MARITZA SAENZ MERIDA DE RIVAS JEFE FINANCIERO 01/01/2014 - 31/12/2014

GUATEMALA, MAYO 2015

 

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

INFORME DE AUDITORÍACONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE QUICHÉ

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE 2014

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1. INFORMACIÓN GENERAL Base Legal La naturaleza jurídica institucional y el fundamento legal de los ConsejosDepartamentales de Desarrollo, se encuentra normado en los artículos 119 literalb) 224 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala y por el Decreto Número 11-2002 del Congreso de la República, Ley de los Consejos deDesarrollo Urbano y Rural. Función Las funciones de los Consejos Departamentales de Desarrollo son: a) Apoyar a las municipalidades del departamento en el funcionamiento de losConsejos Municipales de Desarrollo y de los Consejos Comunitarios de Desarrolloy velar por el cumplimiento de sus cometidos. b) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de la población y desus organizaciones en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones,para el desarrollo integral del departamento. c) Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectosde desarrollo del departamento, verificar y evaluar su cumplimiento y, cuando seaoportuno, proponer medidas correctivas a las entidades responsables. d) Proponer al Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural la distribución delmonto máximo de recursos de preinversión e inversión pública, provenientes delproyecto del presupuesto general del Estado para el año fiscal siguiente, entre losmunicipios, con base en las propuestas de los consejos municipales de desarrollo,presentadas por los alcaldes respectivos. 2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002 Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos: 2 Ámbito de competencia y 4 Atribuciones, modificado por los artículos49 y 50 del Decreto 13-2013.

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Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría.

Según el (los) nombramiento (s) de auditoría, DAG-0289-2014 de fecha 29 de juliode 2014. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA Generales Emitir opinión sobre la razonabilidad de la ejecución presupuestaria de ingresos yegresos del ejercicio fiscal 2014. Específicos Comprobar la autenticidad y presentación de los registros, transaccionesadministrativas y financieras, así como sus documentos de soporte. Examinar la ejecución presupuestaria de la entidad para determinar si los fondosse administraron y utilizaron adecuadamente. Evaluar la estructura de control interno establecida en la entidad. Evaluar el adecuado cumplimiento de las normas, leyes, reglamentos y otrosaspectos legales aplicables. Establecer si las modificaciones presupuestarias coadyuvaron con los objetivos ymetas de la entidad. 4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA Área Financiera El examen comprendió la evaluación de la estructura de control interno y larevisión de las operaciones, registros y la documentación de respaldo presentadapor los funcionarios y empleados del Consejo Departamental de Desarrollo,cubriendo el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2014;

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con énfasis en las cuentas de Bancos, Fondos Rotativos, Transferencias delMinisterio de Finanzas Públicas, desembolsos a Unidades Ejecutoras yConvenios, mediante la aplicación de pruebas selectivas; específicamente lasresponsabilidades del Consejo establecidas en los mismos. Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado, así como,expedientes de la muestra seleccionada de los proyectos de inversión pública quese encontraban en proceso y los terminados al 31 de diciembre de 2014; seevaluaron los proyectos de arrastre ejecutados por las municipalidades, excepto elcumplimiento de leyes por parte de las mismas, como unidades ejecutoras, sobreobras correspondientes a los ejercicios 2012 al 2014, que de conformidad alMemorandum SCGP- 03-2013 del Subcontralor de Calidad de Gasto Público,establece: “…se exceptúa constituirse en las municipalidades del país, ya que lasauditorias de dichas entidades, estarán a cargo de la Dirección de Auditoríacorrespondiente…” Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloría General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública, mediante providencia DACD-PROV-073-2015, de fecha 13de marzo de 2015, para auditar los proyectos detallados en listado adjunto a lamisma, quienes rendirán informe por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA, TÉCNICA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS Información Financiera y Presupuestaria Caja y Bancos El Consejo Departamental de Desarrollo, reportó que maneja sus recursos en4 cuentas bancarias aperturadas en el Sistema Bancario Nacional y se encuentrandebidamente autorizadas por el Banco de Guatemala, al 31 de diciembre de 2014según reportes de la administración refleja la cantidad de Q10,212,581.08, de loscuales corresponden a la ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2014 lacantidad de Q6,251,125.38 y de ejercicios anteriores Q3,956,991.85; intereses dediciembre del año 2014 la cantidad de Q4,360.45, fondo rotativo la cantidad deQ102.40 y comisiones bancarias la cantidad de Q1.00.

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Según reporte R00804768.rpt el Ministerio de Finanzas Públicas, dejó de trasladarla cantidad de Q27,395,169.51 al 31 de diciembre de 2014, como eventosubsecuente se verificó que al 30 de abril del año 2015, el Ministerio de FinanzasPúblicas, trasladó la cantidad de Q12,455,688.51, según comprobante único deregistro 9154 de fecha 11 de febrero de 2015 y la cantidad de Q14,939,481.00según comprobante único de registro 9280 de fecha 29 de abril de 2015, quecorresponde a saldos pendientes del año 2014. Fondos en Avance (Fondos Rotativos para la Administración Central) El Consejo Departamental de Desarrollo recibió el Fondo Rotativo Institucional porparte de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia segúnResolución Administrativa y Financiera 01-2014 por un monto de Q9,000.00, y quefueron liquidados al 31 de diciembre de 2014, ejecutando en el transcurso delperíodo la cantidad de Q45,499.50. Inversiones Financieras El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con inversionesfinancieras. Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos Ingresos Los ingresos del ejercicio fiscal 2014, fueron transferidos por Obligaciones a Cargodel Tesoro, a través de Transferencias de Capital, en las fuentes de financiamiento21 Ingresos Tributarios IVA-PAZ, por Q64,900,000.00 y 29 Otros recursos deltesoro con afectación específica por Q2,471,506.43; totalizando la cantidad deQ67,371,506.43. Según reporte R00801345.rpt de fecha 10 de febrero de 2014, segúncomprobante único de registro 10277 se acreditó a la cuenta del ConsejoDepartamental de Desarrollo de Quiché, la cantidad de Q24,961,325.00 quecorresponde a la cuota financiera de la fuente 21 del mes de diciembre de 2013. Así mismo recibió la cantidad de Q45,499.50 a través de Ingresos no tributariosque fueron manejados por medio del Fondo Rotativo de la Secretaría deCoordinación Ejecutiva de la Presidencia. Adicionalmente contaba con recursos de años anteriores, por la cantidad deQ2,527,750.24.

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Egresos El presupuesto de egresos asignado para el ejercicio fiscal 2014, a través deObligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, ascendió a la cantidad deQ111,165,537.00, de los cuales se realizaron modificaciones presupuestarias porla cantidad de Q309,543.00 para un presupuesto vigente de Q111,475,080.00, setrasladaron para reprogramación de proyectos lo siguiente: para el año2012 Q1,154,531.79 y para el año 2013 Q38,236,634.54; y para proyectos deinversión pública de proyectos 2014 se trasladaron a las municipalidadesQ18,417,929.48 de los cuales Q16,071,920.65 corresponden a la fuente 21 yQ2,346,008.83 a la fuente 29. Los desembolsos para pago de proyectos de ejercicios anteriores durante elejercicio fiscal 2014 se realizaron de la siguiente manera: para proyectos 2010Q165,510.51, para proyectos 2012 por Q1,164,152.30 y proyectos 2013 porQ25,068,720.49 de la fuente 21 y Q439,396.29 de la fuente 29 para un totalejecutado de Q26,837,779.59. Así mismo se realizaron reintegros al fondo común: proyectos 2012 por Q5,588.75y 2013 por Q0.29. El presupuesto vigente, refleja un saldo por devengar por la cantidad deQ16,708,404.06 que corresponde a la fuente de financiamiento 21 la cantidad deQ16,611,994.49 y a la fuente de financiamiento 29 la cantidad de Q96,409.57. Adicionalmente se ejecutó la cantidad de Q45,499.50, a través del Fondo Rotativode la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia -SCEP-. Modificaciones presupuestarias El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que las modificacionespresupuestarias se encuentran autorizadas por la autoridad competente. Información Técnica El Consejo Departamental de Desarrollo reportó 106 proyectos de inversión, delperiodo 2014, distribuidos en infraestructura física: 1 terminado, 92 en proceso y 1sin iniciar, proyectos sociales: 6 en proceso, proyectos educativos: 3 en proceso,proyectos productivos: 3 en proceso; los cuales están siendo ejecutados a travésde municipalidades por un valor total de Q73,545,665.10.

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Plan Operativo Anual El Consejo Departamental de Desarrollo formuló su Plan Operativo Anual 2014 elcual contiene sus metas físicas y financieras. Convenios / Contratos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que cuenta con 106 convenios loscuales ascienden a Q73,545,665.10, suscritos con las municipalidades. Donaciones El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no cuenta con donaciones. Préstamos El Consejo Departamental de Desarrollo reportó que no suscribió conveniosde Préstamos. Sistemas Informáticos utilizados por la entidad Sistema de Contabilidad Integrada El Consejo Departamental de Desarrollo no utiliza el Sistema de ContabilidadIntegrada -SICOIN WEB-, sin embargo, su movimiento financiero lo realiza através de hojas electrónicas en Microsoft Excel. Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones El Consejo Departamental de Desarrollo tiene carácter de administrador defondos, quien suscribe convenios de cofinanciamiento para la ejecución deprogramas y proyectos de infraestructura con unidades ejecutoras, tales como:Municipalidades, por lo tanto no utiliza el Sistema de Información deContrataciones y Adquisiciones del Estado GUATECOMPRAS. Sistema Nacional de Inversión Pública El Consejo Departamental de Desarrollo no cumplió con registrar mensualmente,en el Módulo de Seguimiento Físico y Financiero de Sistema Nacional de InversiónPública (SNIP), el avance físico y financiero de los proyectos a su cargo.

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6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

1. 2. 3. 4. 5. 6.

INFORME RELACIONADO CON EL CONTROL INTERNO

SeñorOscar Alfredo Marroquín MotaPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de QuichéSu despacho

En la planeación y ejecución de nuestra auditoría del estado de ejecuciónpresupuestaria de ingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental deDesarrollo de Quiché por el año que finalizó el 31 de diciembre de 2014,evaluamos la estructura de control interno, para determinar nuestrosprocedimientos de auditoría con el propósito de emitir una opinión sobre larazonabilidad de ese estado y no para proporcionar seguridad del funcionamientode la estructura de control interno. Sin embargo, notamos ciertos asuntos enrelación a su funcionamiento, que consideramos deben ser incluidos en esteinforme para estar de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría yNormas de Auditoría Gubernamental. Los asuntos que nos llaman la atención y que están relacionados con deficienciasen el diseño y operación de la estructura de control interno, que podrían afectarnegativamente la capacidad de la entidad para registrar, procesar, resumir yreportar información financiera uniforme con las aseveraciones de laAdministración de ese estado, son los siguientes:

Área Financiera

Deficiente operatoria en Caja FiscalFalta de documentación de respaldo en expedientesInformes de supervisión de obras deficientesDeficiencias de control internoDeficiencias en la planificación de proyectosDeficiente supervisión y seguimiento de construcción de obras

Guatemala, 26 de mayo de 2015ÁREA FINANCIERA

Lic. VICTOR MANUEL MALDONADO LOPEZ

Auditor Gubernamental

Lic. EDWIN ARIEL PEREZ ZUÑIGA

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

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Hallazgos relacionados con el Control Interno Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiente operatoria en Caja Fiscal CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo emitió el recibo 63-A2 No. 534516, defecha 27/05/2014, por valor de Q35,000,000.00 por concepto de cuota financierapara la ejecución de obras, determinando que en la caja fiscal de ingresos forma200-A-3 No. 095935, del mes de mayo de 2014, la operatoria se efectuó en formadeficiente debido a que el recibo se operó con dos descripciones de ingresos, conlos siguientes valores por Q17,000,000.00 por cuota financiera y Q18,000,000.00como un traslado entre cuentas bancarias, sin embargo el total corresponde a laasignación de cuotas financieras. Así mismo en la caja fiscal de egresos forma200-A-3 Nos.: 095954 y 095956 al 095957 del mes de julio de 2014, el Consejoomitió consignar el número correlativo de las formas 7-B No. 577454 al 577458emitidos por la Municipalidad de Joyabaj, y del No. 526054 al 526056, 526058 y526061 al 526062, emitidos por la Municipalidad de Ixcán. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 5.5 Registro de las operaciones contables,establece: “La máxima autoridad del Ministerio de Finanzas Públicas, a través dela Dirección de Contabilidad del Estado, debe normar y emitir políticas yprocedimientos, para el adecuado y oportuno registro de las operacionescontables. La Dirección de Contabilidad del Estado y las autoridades superiores decada entidad, deben velar porque en el proceso de registro de las etapas dedevengado, pagado y consumido, en sus respectivos sistemas, correspondaúnicamente a aquellas operaciones que previa verificación de las fases anteriores,hayan cumplido satisfactoriamente con todas las condiciones y cuenten con ladocumentación de soporte, para garantizar la generación de información contable,presupuestaria (física y financiera) y de tesorería, confiable y oportuna. Todoregistro contable que se realice y la documentación de soporte, deben permitiraplicar pruebas de cumplimiento y sustantivas en el proceso de auditoría, y engeneral el seguimiento y evaluación interna de la calidad de los registroscontables.” CausaEl Jefe Administrativo y Financiero, no realizó un adecuado registro de los datos,

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de la documentación de soporte de los ingresos y egresos en las cajas fiscales. EfectoFalta de información confiable y oportuna, en los registros de los ingresos yegresos de la caja fiscal. RecomendaciónEl Director Ejecutivo, debe girar instrucciones al Jefe Administrativo y Financiero, aefecto de realizar las operaciones de los ingresos y egresos, en la caja fiscal enforma eficiente y oportuna. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. UF 072-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Administrativo y

Jeovani Alejandro Garzona Batz, manifiesta: “Al momento de operar laFinanciero, Caja Fiscal del mes de mayo 2014, por parte del Ministerio de Finanzas sefraccionó la cuota de los Q35,000,000.00 en dos cuotas de Q17,000,000.00 yQ18,000,000.00 respectivamente; pero ambas por contar con un mismo CUR ypor ser correspondientes al mismo mes se elaboró un solo recibo por el total de lacuota correspondiente, que no afecta los ingresos de ese mes. En la Caja Fiscaldel mes de julio 2014 se omitió consignar el número correlativo de las formas 7-B.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo porque el señor Jeovani Alejandro Garzona Batz, JefeAdministrativo y Financiero, en sus comentarios confirma que el recibo 63-A2 fueemitido por la cantidad de Q35,000,000.00 correspondiente a la cuota financieradel mes de mayo 2014 por parte del Ministerio de Finanzas Públicas, sin embargoen la caja fiscal se registró en forma fraccionada por el monto de Q17,000,000.00y otra operación por Q18,000.000.00 omitiendo especificar el concepto del ingresoy el número correlativo del recibo 63-A2; así mismo afirma que en la caja fiscal deegresos del mes de julio de 2014 se omitió consignar el número correlativo de losrecibos forma 7-B emitidos por las municipalidades por concepto de desembolsos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO JEOVANI ALEJANDRO GARZONA BATZ 3,110.00Total Q. 3,110.00

Espacios luego de Acciones Legales

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Hallazgo No. 2 Falta de documentación de respaldo en expedientes CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo se determinó que los expedientes nocuentan con la documentación suficiente que respalde el cumplimiento de todoslos procesos administrativos, financieros establecidos y aspectos legales, de losproyectos de arrastre y obras del año 2014, los cuales se detallan a continuación:

Nombre del Proyecto Contrato y/oConvenio

Documento (s) no encontrado (s)

DOTACIÓN DEPÓSITO DEALMACENAMIENTO DE AGUAPLUVIAL INDIVIDUALES, ALDEACHITAS, CHICAMÁN, QUICHÉ.

100-2013 Constancia de reintegro al fondocomún por la cantidad de Q100.00.

DOTACIÓN TECHO MÍNIMO, VARIASCOMUNIDADES DE CHICAMÁN,QUICHÉ.

122-2013 Constancia de reintegro al fondocomún por la cantidad de Q100.00.

AMPLIACIÓN SISTEMA DE AGUAPOTABLE MICROREGIÓN VIICHICHÉ, QUICHE

174-2012 Facturas de pago con sus chequesrespectivos.

MEJORAMIENTO CAMINO RURAL,CANTÓN MACTZÚL QUINTOCHICHICASTENANGO, QUICHÉ.

69-2013 Facturas de pago con susrespectivos cheques, constancia dereintegro al fondo común por lacantidad de Q100.00.

MEJORAMIENTO CAMINO RURAL,ALDEA IXTUPIL AL RIO SAJSIVANNEBAJ, QUICHÉ.

139-2013 Facturas de pago con susrespectivos cheques. adenda alcontrato de cofinanciamiento por elcambio de renglones de trabajo.

RECONSTRUCCIÓN SALÓNCOMUNAL, ALDEA SALQUILGRANDE NEBAJ, QUICHÉ.

133-2012 Constancia de reintegro al fondocomún por la cantidad de Q112.00,facturas de pago con susrespectivos cheques, planos finalespor el cambio en los renglones detrabajo, adenda al contrato decofinanciamiento por el cambio delos renglones de trabajo, acta derecepción de obra.

MEJORAMIENTO CAMINO RURAL,ALDEA LLANO GRANDE, PACHALUM,QUICHÉ.

14-2013 Constancia de reintegro al fondocomún, por la cantidad de Q596.47.

MEJORAMIENTO CALLE, CANTÓNTIBA A CANTÓN VIPOJ, CANTÓNXEKURUS Y CANTÓN TAJANTZAA,SAN JUAN COTZAL, QUICHÉ.

71-2013 Constancia de reintegro al fondocomún, por la cantidad de Q654.00.

MEJORAMIENTO CALLE 3, SECTOR 77-2013 Constancia de reintegro al fondo

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LA BAJADA ALDEA SANTA AVELINASAN JUAN COTZAL, QUICHÉ

común, por la cantidad de Q986.50.

MEJORAMIENTO CALLE 10ª. CALLEENTRE 4ª AV. ZONA 1 Y 11 AV. ZONA3, SANTA CRUZ DEL QUICHÉ,QUICHÉ.

85-2013 Constancia de reintegro al fondocomún por la cantidad de Q500.00,adenda al contrato por cambio derenglones de trabajo, pruebas delaboratorio, copias de la bitácora.

MEJORAMIENTO CAMINO RURALALDEA LA PRIMAVERA HACIACASERÍO TZANXAM, SAN PEDROJOCOPILAS, QUICHÉ.

37-2013 Constancia de reintegro al fondocomún por la cantidad de Q500.00.

MEJORAMIENTO CAMINO RURAL,CASERÍO MUCULUNQUIAC,JOYABAJ, QUICHÉ.

27-2013 Falta de recibo original de ingresosforma 7-B por el cheque No.00004805, por Q288,800.00.

CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, Normas Generales de Control Interno, Norma 2.6 Documentos de respaldo, establece:“Toda operación que realicen las entidades públicas, cualesquiera sea sunaturaleza, debe contar con la documentación necesaria y suficiente que larespalde. La documentación de respaldo promueve la transparencia y debedemostrar que se ha cumplido con los requisitos legales, administrativos, deregistro y control de la entidad; por tanto contendrá la información adecuada, porcualquier medio que se produzca, para identificar la naturaleza, finalidad yresultados de cada operación para facilitar su análisis.” CausaEl Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financiero, no han requerido a lasunidades ejecutoras la documentación de respaldo de los proyectos. EfectoLos expedientes de los proyectos, no cuentan con la documentación suficiente,para su respaldo y evaluación. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al JefeAdministrativo y Financiero, a efecto de ejercer un estricto control y supervisión, enla solicitud y recepción de todos los documentos legales de respaldo quepresentan las unidades ejecutoras, para la integración de los expedientes deobras.

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Comentario de los ResponsablesEn oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Welser Isaías Alvarado manifiesta: “La documentación que faltaba se López, solicitó a las unidades ejecutoras y los que enviaron la documentación las cualesya han sido solicitadas a las diferentes municipalidades.” En oficio No. UF 072-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Administrativo y

Jeovani Alejandro Garzona Batz, manifiesta: “La documentación queFinanciero, faltaba se solicitó a las unidades ejecutoras y los que enviaron la documentaciónlas cuales ya han sido solicitadas a las diferentes municipalidades.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo porque el señor Welser Isaías Alvarado López, DirectorEjecutivo, y el señor Jeovani Alejandro Garzona Batz, Jefe Administrativo yFinanciero en sus comentarios afirman que faltaban los documentos mencionadosy que por lo mismo fue necesario requerirlos a las unidades ejecutoras. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 16, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ 20,522.00JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO JEOVANI ALEJANDRO GARZONA BATZ 3,110.00Total Q. 23,632.00

Hallazgo No. 3 Informes de supervisión de obras deficientes CondiciónEn el contrato No. 066-2013 por el proyecto denominado Mejoramiento CaminoRural Cantón Chumanzana, Chichicastenango, Quiché, se determinó que elinforme final de supervisión fue elaborado de forma deficiente en virtud que confecha 02/06/2014 el Consejo Departamental de Desarrollo efectuó el último aportea la unidad ejecutora y por error a dicho informe le consignaron la fecha05/11/2014. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasNorma 2.11 Emisión de informes, establece: "La máxima autoridad de cada entepúblico debe velar por que los informes internos y externos, se elaboren ypresenten en forma oportuna a quien corresponda (Alta Dirección, Entes rectores,

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Organismo Legislativo y otros). Todo informe tanto interno como externo, debeformar parte del sistema de información gerencial que ayude a la toma dedecisiones oportunas, y guarden relación con las necesidades y los requerimientosde los diferentes niveles ejecutivos institucionales y otras entidades." CausaEl Director Ejecutivo, el Jefe Administrativo y Financiero y el Supervisor de obras,no han implementado controles a efecto que los informes de supervisión de obrasse emitan en forma eficiente y oportuna. EfectoFalta de información confiable y oportuna de los informes de supervisión de lasobras. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, al Jefe AdministrativoFinanciero y al Supervisor de Obras, para que verifiquen que los informes desupervisión de obras se emitan de forma eficiente y oportuna, para garantizar quelas unidades ejecutoras hayan cumplido con los aspectos técnicos de la obra. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo, Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “En el contrato No. 066-2013 por elproyecto denominado Mejoramiento Camino Rural Cantón Chumanzana,Chichicastenango, Quiché, se determinó que el informe final de supervisión fueelaborado de forma errónea ya que la fecha correspondiente es el 23 de diciembredel año 2013, no el 05 de noviembre del 2014 ya que para esa fecha el ArquitectoDonaldo Jiménez ya no laboraba en este Consejo; siendo responsabilidad de lapersona encargada de la supervisión al no percatarse en el error de fecha que ahíaparece y no corregirlo además se le giraron instrucciones al Arquitecto pararealizar el cambio en forma inmediata pero se encontraba en comisión verificandoproyectos en el norte del departamento y que provisionalmente se archivara en elexpediente dicho informe en vista que las actividades del Consejo en esa fechaiban a reanudarse hasta principios del año 2014, se tuvo a la vista el informe y enbase a eso se pagó el 100% de avance, lo cual no afecta al resultado ya que setuvo a la vista los documentos correspondientes.” En oficio No. UF 072-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Administrativo y

Jeovani Alejandro Garzona Batz, manifiesta: “En el contrato No.Financiero, 066-2013 por el proyecto denominado Mejoramiento Camino Rural CantónChumanzana, Chichicastenango, Quiché, se determinó que el informe final desupervisión fue elaborado de forma errónea ya que la fecha correspondiente es el23 de diciembre del año 2013, no el 05 de noviembre del 2014 ya que para esa

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fecha el Arquitecto Donaldo Jiménez ya no laboraba en este Consejo; siendoresponsabilidad de la persona encargada de recibirlo el no percatarse en el errorde fecha que ahí aparece y a la vez haberlo trasladado a la comisión de auditoria;se tuvo a la vista el informe y en base a eso pagué el 100% de avance físico, locual no afecta al resultado ya que se tuvo a la vista los documentoscorrespondientes además el informe corresponde al año 2013 y yo tome posesióndel cargo en el año 2014.” En Nota s/n de fecha 21 de abril de 2015, el Arquitecto Donaldo José JiménezAguilar quién fungió como Supervisor de obras por el período comprendido del01/01/2014 al 31/07/2014, manifiesta: “El proyecto según convenio No. 066-2013,denominado Mejoramiento Camino Rural Canton Chumanzana, Chichicastenango,Quiche, en copia de informe de supervisión se encuentra de recibido con fecha 23de diciembre del 2013, cabe mencionar que dicho informe fue elaborado despuésde haber visitado el proyecto según consta en acta No. 03-2013 de folio No. 16 dellibro de bitácora autorizado por la contraloría general de cuentas y haber verificadola Certificación de Acta de Recepción No. 68-2013 de fecha 19/12/2013, mas sinembargo debido a un error involuntario le aparece a dicho informe la fecha05/11/2014 fecha la cual ya no laboraba para el Consejo Departamental dedesarrollo.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo porque el Arquitecto Donaldo José Jiménez Aguilar quiénfungió como Supervisor de obras en el período comprendido del 01/01/2014 al31/07/2014 en sus comentarios afirma que por error involuntario el informe desupervisión emitido con una fecha que no concuerda con la fecha en que fuepresentado al Consejo Departamental de Desarrollo, así mismo la copiapresentada del informe de supervisión no contaba con la firma del DirectorEjecutivo. Se desvanece el hallazgo para el señor Welser Isaías Alvarado López, DirectorEjecutivo, y para el señor Jeovani Alejandro Garzona Batz, debido a que en loscomentarios se puede determinar que el Arquitecto Donaldo José Jiménez Aguilarquién fungió como Supervisor de obras en el período comprendido del 01/01/2014al 31/07/2014 es el único responsable del contenido del informe de supervisión yque aceptó que el error en la fecha del informe lo cometió de manera involuntaria. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para:

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Cargo Nombre Valor en QuetzalesSUPERVISOR DE OBRAS DONALDO JOSE JIMENEZ AGUILAR 16,000.00Total Q. 16,000.00

Hallazgo No. 4 Deficiencias de control interno CondiciónEn el Consejo Departamental de Desarrollo se determinaron deficiencias en lasactas No. 001-2014 de fecha 31/03/2014 en la cual se hizo constar la entrega delcargo y los bienes por parte del Jefe Administrativo y Financiero, al DirectorEjecutivo, y en el acta No. 002-2014 de fecha 02/05/2014, se hace constar latoma de posesión del cargo del Jefe Administrativo y Financiero, ambas actasfueron suscritas en el libro de actas No. DCEQ-4,573, estableciendo que lasmismas carecen de firmas. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, Norma 1.2 Estructura de control interno, establece:“Es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, diseñar eimplantar una estructura efectiva de control interno, que promueva un ambienteóptimo de trabajo para alcanzar los objetivos institucionales. Una efectivaestructura de control interno debe incluir criterios específicos relacionados con: a)controles generales; b) controles específicos; c) controles preventivos; d) controlesde detección; e) controles prácticos; f) controles funcionales; g) controles delegalidad; y, h) controles de oportunidad, aplicados en cada etapa del procesoadministrativo, de tal manera que se alcance la simplificación administrativa yoperativa, eliminando o agregando controles, sin que se lesione la calidad delservicio.” CausaEl Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financiero, no han implementadocontroles internos eficientes, para garantizar que las actas cuenten con las firmascorrespondientes. EfectoRiesgo que las diligencias efectuadas y plasmadas en las actas, carezcan devalidez legal. RecomendaciónEl Presidente debe girar instrucciones al Director Ejecutivo y al Jefe Administrativo

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y Financiero, para implementar controles eficaces para verificar que las actas y ladocumentación de respaldo cuenten con las firmas correspondientes, para quetengan validez legal. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “El acta de entrega del señor RonaldoSalomón Alvarado Rivera se suscribió sin que estuviera presente debido a que meencontraba de comisión ese día en particular en la ciudad capital, después larevise y se vieron inconsistencias en la misma como que el Jefe Administrativo yFinanciero saliente no la había dejado firmada, además en caso de mi ausenciadebió entregarle los bienes a su cargo al asistente financiero y suscribir el actacorrespondiente para solventar esta deficiencia, por lo que en considero que lafalta fue a consecuencia que la persona que entregaba los bienes no realizó elprocedimiento adecuado. El acta de recepción de bienes del señor JeovaniAlejandro Garzona Batz puedo mencionar que se revisó el acta y contenía erroresdebido a que se tomó como base el acta anterior que contenía inconsistencias enla entrega del Jefe Administrativo y Financiero anterior, por lo que se tuvo queredactar nuevamente identificando físicamente cada uno de los bienes que seentregarían a su cargo, lo cual lleva un tiempo considerable.” En oficio No. UF 072-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Administrativo yFinanciero, Jeovani Alejandro Garzona Batz, manifiesta: “Se realizó la revisión delacta No. 001-2014 de fecha 31/03/2014 por inconsistencia entre el acta y lo que seencontraba físicamente hasta ubicarlo, no se firmó por lo cual se verificaron losdatos llegando a un acuerdo común por lo cual se suscribió la presente. Derivadoque el acta no. 001-2014 no estaba firmada ya que no recibí los activos fijos porparte del anterior Jefe Administrativo y Financiero, pedí revisar el acta No.002-2014 de fecha 02/05/2014 la cual por inconsistencia y errores en el acta seprocedió a anular y se suscribió la misma de forma correcta; la cual verificada sefirmó.” En Nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el señor Ronaldo Salomón AlvaradoRivera quién fungió como Jefe Administrativo y Financiero por el períodocomprendido del 01/01/2014 al 31/03/2014, manifiesta: “PRIMERO: Que en cuantoa la condición redactada por ustedes en donde literalmente exponen: En elConsejo Departamental de Desarrollo se determinaron deficiencias en las actasNo. 001-2014 de fecha 31/03/2014 en la cual se hizo constar la entrega del cargoy los bienes por parte del Jefe Administrativo y financiero, al Director Ejecutivo, enel acta No. 002-2014 de fecha 02/05/2014, se hace constar la toma de posesióndel cargo del Jefe Administrativo y Financiero, ambas actas fueron suscritas en ellibro de actas No. DCEQ-4,573, estableciendo que las mismas carecen defirmas. SEGUNDO: En cuanto al primer párrafo en donde se expone sobre el acta

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de entrega del cargo de fecha 31/03/2014, me permito exponer lo siguiente; quemi renuncia tomaba efecto a partir del 1 de abril del año 2014, que pese a solicitudverbal de mi persona a la señora secretaría de que se procediera a transcribiracta, esta solicitud no fue atendida, se me comunico que por instruccionesverbales del Director Ejecutivo la redacción del acta se haría cuando el autorizarála misma, por lo que la instrucción verbal del señor Director Ejecutivo fue entregarel cargo al señor Geovany Garzona quien fungiría como Jefe AdministrativoFinanciero. TERCERO: Que basado a una instrucción verbal del Señor DirectorEjecutivo, se procedió, a la entrega del cargo e inducción de parte de mi personaal Señor Geovany Garzona, instalando en oficina una cañonera para poderinducirlo en los temas administrativos, archivos de control financiero, entre otros,dicha inducción fue dada por mi persona aproximadamente 1 semana. CUARTO:Que en 2 ocasiones me presente a las oficinas del consejo de desarrollo a solicitarel acta de entrega del cargo para poder leer y firmar y copia o certificación del actade entrega, pero no me dieron razón de la misma, únicamente me mencionaronque por instrucciones sería el Señor Director quien me la daría en persona, queúnicamente existía la instrucción verbal de que fuera el señor Geovany Garzonaquien me recibiera la tarjeta de Responsabilidad en la cual figura los activos quetenía cargado en ese consejo de Desarrollo. QUINTO: Que el 1 de abril del año2014 me presente a la Secretaría Ejecutiva de la Presidencia, en donde segúnprocedimiento procedieron a realizar Acta de entrega del cargo del renglón 011Folio 00106, en donde hace constar mi entrega al cargo y entrega de activos, endonde figuran las firmas correspondientes. SEXTO: Que en cuanto al segundopárrafo únicamente hacer referencia la toma de posesión del señor GeovanyGarzona, no compete a mi persona.” Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo porque el señor Ronaldo Salomón AlvaradoRivera, Jefe Administrativo y Financiero, del período del 01/01/2014 al 31/03/2014,en virtud que en sus comentarios se evidencia que el acta 001-2014 suscrita parala entrega bienes no fue firmada al momento de retirarse del cargo quedesempeñaba en la entidad, además dicha acta se debió suscribir y firmar en lafecha que entregó el cargo y en caso que no se contara con la presencia delDirector Ejecutivo se podría haber suscrito con la presencia del asistentefinanciero y entregarle los bienes para su resguardo. Se desvanece el presente hallazgo para el señor Welser Isaías Alvarado López,Director Ejecutivo y para el señor Jeovani Alejandro Garzona Batz, JefeAdministrativo y Financiero, porque en sus comentarios se evidencia que por lasinconsistencias en la información contenida en el acta No. 001-2014 y al no dejarlafirmada el Jefe Administrativo y Financiero saliente era necesario establecerfísicamente la existencia de los bienes previo a suscribir el acta 002-2014, ademásen la documentación presentada se pudo verificar que en el acta No. 06-2014 se

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hace constar la entrega de bienes al Jefe Administrativo y Financiero entrante, conlo que se corrige la deficiencia. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesJEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO RONALDO SALOMON ALVARADO RIVERA 3,110.00Total Q. 3,110.00

Hallazgo No. 5 Deficiencias en la planificación de proyectos CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo y la Municipalidad de Cunén, Quiché,suscribieron el contrato No. 088-2013, por valor de Q4,111,000.00, y el convenioNo. 033-2014 por un monto de Q4,111,000.00 para la ejecución del proyecto SNIP112139 Construcción Mercado Municipal, Cunén, Quiché, con valor total deQ8,222,000.00, determinando que no se efectuó la gestión del código de SNIPpara identificar la segunda fase del proyecto a ejecutarse en el ejercicio fiscal2014, así mismo se estableció que existen reglones de trabajo que fueronejecutados en la primera fase, según el contrato No. 088-2013, sin embargo deacuerdo a la planificación, dichos renglones fueron presupuestados nuevamentepara su ejecución en la segunda fase en el año 2014, no obstante estasdeficiencias se subsanaron en la suscripción de los contratos entre la unidadejecutora y la constructora. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 5.8 Análisis de la información procesadaestablece : “La máxima autoridad de cada ente público, debe normar que toda lainformación financiera, sea analizada con criterios técnicos. Las unidadesespecializadas de cada ente público son las responsables de realizar el análisisfinanciero oportuno de toda la información procesada, así como la interpretaciónde los resultados para asegurar que la misma es adecuada y que garantice quelos reportes e informes que se generan periódicamente sean confiables, para latoma de decisiones a nivel gerencial." La norma 5.4 Recepción y verificación de ladocumentación de soporte, establece: "La máxima autoridad del Ministerio deFinanzas Públicas, debe normar y  emitir políticas y procedimientos para laadecuada recepción y verificación de la documentación de soporte. La Dirección

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de Contabilidad del Estado y las autoridades superiores de cada entidad, en elproceso de recepción y verificación de la documentación de soporte de lasoperaciones, en su respectivo ámbito, deben contar con la tecnología ymetodología, así como la organización formalmente descrita en manuales defunciones y procedimientos, que permitan ejercer un eficiente control sobre losactivos, pasivos, patrimonio, ingresos, egresos, etc., para asegurar elcumplimiento de las políticas, normas, leyes y regulaciones a las que estén sujetastodas las operaciones, como requisito previo a continuar con el proceso deconsolidación y tramite hacia los niveles correspondientes." CausaEl Presidente y el Director Ejecutivo, no verificaron el presupuesto detallado en laplanificación correspondiente a la segunda fase del proyecto, y no gestionaron elcódigo del SNIP, antes de la suscripción del convenio. EfectoFalta de información confiable, que especifique a detalle los renglones de trabajoejecutados en cada una de las fases del proyecto. RecomendaciónEl Presidente y el Director Ejecutivo, deberán evaluar las planificaciones de losproyectos y establecer que la información que contengan sea coherente, ademásdeberán gestionar el código SNIP para un adecuado seguimiento a cada una delas fases que integran las obras, antes de proceder a la suscripción de losconvenio. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el señor Elías Heber Cabrera Mejíaquién fungió como Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al31/12/2014, manifiesta: “La planificación de los proyectos es presentada por lasmunicipalidades a SEGEPLAN que como ente rector verifica los presupuestos yasigna el código SNIP para cada uno de los proyectos, como Presidente de esteConsejo Departamental gire instrucciones al Director Ejecutivo Welser Alvaradopara reportar el inconveniente a SEGEPLAN del mismo SNIP para la segundafase del proyecto denominado Construcción Mercado Municipal, Cúnen, Quichécontrato 033-2014, para darle el seguimiento correspondiente para un adecuadocontrol y del proyecto, además la suscripción de los convenios se realiza tomandocomo base las resoluciones emitidas por la Unidad Técnica Departamental de lacual el señor Director Ejecutivo forma parte, por lo que cualquier deficiencia enconvenio y/o adendums a los mismos es responsabilidad del Director Ejecutivo, envirtud que el es el encargado de trasladarlos para su firma.” En oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,

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Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “Recibí ordenes del entoncesPresidente Heber Cabrera instrucciones para reportar el inconveniente aSEGEPLAN del mismo SNIP para la segunda fase del proyecto denominadoConstrucción Mercado Municipal, Cunen, Quiché contrato 033-2014, a lo cual ellosrespondieron que no era factible hacer el cambio ya que se encontraban se habíainiciado desde el 2013 como un mismo proyecto y que crearía confusión y ademásla municipalidad había presentado esa planificación de esa manera y que yaestaba fuera de tiempo para realizar dicha modificación.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo porque el señor Welser Isaías Alvarado López, DirectorEjecutivo, en sus comentarios afirma que recibió instrucciones del Presidente delConsejo de Departamental de Desarrollo para corregir las deficiencias planteadas,sin embargo no existe evidencia de las gestiones realizadas ante la Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN- para que se leasignará un código en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- queidentificará cada una de las fases que integran el proyecto en mención. Se desvanece Elías Heber Mejía fungió el hallazgo para el señor Cabrera quién como Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al 31/12/2014, envirtud que en los comentarios presentados se puede establecer que se giraroninstrucciones por parte del Presidente a la Dirección Ejecutiva del ConsejoDepartamental de Desarrollo, para que realizará las diligencias correspondientes

SNIP para la asignación del código en el de la segunda fase del proyecto, asímismo se evidencia la responsabilidad del Director Ejecutivo en la elaboración delos convenios debido a que es el encargado de revisarlos antes de trasladarlos alPresidente para su firma. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ 20,522.00Total Q. 20,522.00

Hallazgo No. 6 Deficiente supervisión y seguimiento de construcción de obras

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CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo al 31/12/2014 mantiene saldosdisponibles por la cantidad de Q432,751.45 de proyectos de arrastre a ejecutarsecon Organizaciones No Gubernamentales de los cuales Q360,751.46corresponden al año 2010 y Q71,999.99 al año 2011, fondos que no fuerontrasladados a las unidades ejecutoras para la conclusión de las obras. Así mismose estableció que el Consejo no ha efectuado una supervisión eficiente al proyectoNo. 127-2010 Construcción Centro de Capacitación Área Urbana, Cunen, Quiché,en virtud que en el SNIP se reporta un avance físico de 0%, en cuadrosanalíticos se reporta un 12%, y la Municipalidad de Cunen, reporta un 9.24%. CriterioEl Acuerdo número 09-03, del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, NormasGenerales de Control Interno, norma 2.2 Organización interna de las entidades,establece: "Todas las entidades públicas, deben estar organizadas internamentede acuerdo con sus objetivos, naturaleza de sus actividades y operaciones dentrodel marco legal general y específico. Cada entidad pública mantendrá unaorganización interna acorde a las exigencias de la modernización del Estado, quele permita cumplir eficientemente con la función que le corresponda, parasatisfacer las necesidades de la ciudadanía en general, como beneficiaria directade los servicios del Estado. Entre los principios y conceptos más importantes parala organización interna, cada entidad pública, puede adaptar los siguientes:...SUPERVISIÓN: Se establecerán los distintos niveles de supervisión, como unaherramienta gerencial para el seguimiento y control de las operaciones, quepermitan identificar riesgos y tomar decisiones para administrarlos y aumentar laeficiencia y calidad de los procesos. GERENCIA POR EXCEPCIÓN: Cada nivelejecutivo deberá decidir sobre asuntos que no se puedan resolver en los nivelesinferiores, de tal manera que su atención se oriente al análisis y solución deasuntos de trascendencia que beneficien a la institución en su conjunto.GERENCIA POR RESULTADOS: Este enfoque significa establecer objetivos ymetas, definir las políticas como guías de acción, preparar planes de corto,mediano y largo plazos en concordancia con los conceptos modernos delpresupuesto por programas, dirigir y motivar al personal para ejecutar lasoperaciones y controlar los resultados de acuerdo al presupuesto específico." Lanorma 2.8 Responsabilidad por la jurisdicción y administración descentralizada,establece: “La máxima autoridad de cada entidad, es responsable por lajurisdicción que debe ejercer respecto de otras instituciones en el ámbito de lacentralización normativa y descentralización operativa, para el cumplimiento de lasdisposiciones emanadas por los entes rectores de los distintos sistemas. Lamáxima autoridad de cada entidad, debe establecer mecanismos y procedimientosadecuados de control, seguimiento e información, de operacionesdescentralizadas bajo su jurisdicción, para que cumplan con las normas de controlinterno.” La norma 2.9 Administración del ente público, establece: “La

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administración de cada ente público debe basarse en el proceso administrativo(planificación, organización, dirección y control), de tal manera que se puedancomprobar, evaluar y medir los resultados de cada uno de ellos, en el marco de unsistema integrado de información gerencial. En el marco del procesoadministrativo la máxima autoridad de las entidades es responsable de dirigir laejecución de las operaciones con base en los objetivos y metas incluidos en elPlan Operativo Anual (POA), delegando a los distintos niveles gerenciales, para la

planificados, consecución de los resultados aplicando mecanismos de control,seguimiento y evaluación.” CausaEl Presidente y el Director Ejecutivo, no han coordinado acciones para gestionar eltraslado de los recursos para la conclusión de las obras, y efectuar una eficientesupervisión de las mismas. EfectoFalta de información confiable del avance físico de las obras, y riesgo que losfondos no trasladados a las unidades ejecutoras sean destinados a otrosproyectos. RecomendaciónEl Presidente y el Director Ejecutivo, deben coordinar acciones para dar trasladaren forma oportuna los recursos a las unidades ejecutoras para la conclusión de lasobras, así mismo darle seguimiento por medio de la unidad de supervisión paraestablecer el avance físico de las mismas. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el señor Elías Heber Cabrera Mejíaquién fungió como Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al31/12/2014, manifiesta: “Giré instrucciones al Director Ejecutivo para que pormedio de su persona se realizaran las gestiones correspondientes y liquidar losproyectos de arrastre y trasladar los saldos a las cuentas de las ONG’S, y meinformó que en el año 2014 no fue posible lamentablemente por falta demovimientos en esas cuentas bancarias de la ONG las mismas fueron congeladaspor se reanudaran las gestiones, así mismo se dieron instrucciones al DirectorEjecutivo para que solicitaran a las unidades ejecutoras la información de losproyectos de arrastre que quedaron del gobierno anterior y que no fueroncontratados en mi gestión para actualizar la información y darles el seguimientocorrespondientes y darle una solución a los contratiempos que pudiera haberocasionado su suspensión y poder finalizarlos para el uso de la comunidad.”

Contraloría General de Cuentas 539 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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En oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “Recibí instrucciones por parte delPresidente del Consejo Departamental de Desarrollo para darle seguimiento a lossaldos y a los inconvenientes que ocurrieran de las cuentas de las ONG’s pero porestar las cuentas bancarias sin movimiento los saldos no se pudieron trasladar.Por instrucciones del Presidente se solicitó a las unidades ejecutoras laactualización de expedientes pero nunca contestaron.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo porque el señor Welser Isaías Alvarado López, DirectorEjecutivo, en sus comentarios afirma que recibió instrucciones del Presidente delConsejo de Departamental de Desarrollo para darle seguimiento a los proyectosde arrastre, sin embargo no existe evidencia de las gestiones realizadas con lasunidades ejecutoras para la actualización de la información de los proyectos dearrastre suspendidos, así mismo no hay evidencia de las gestiones realizadaspara el traslado de los fondos de proyectos de arrastre a las unidades ejecutoraspara la concluir los proyectos mencionados. Se desvanece el hallazgo para el señor Elías Heber Cabrera Mejía, Presidente porel período comprendido del 01/01/2014 al 31/12/2014, en virtud que en loscomentarios se evidencia que giró sus instrucciones a la Dirección Ejecutiva delConsejo Departamental de Desarrollo, para que realizará las diligenciascorrespondientes para el traslado de los fondos a las unidades ejecutoras paraconcluir los proyectos de arrastre, así mismo se le dieron instrucciones para quegestionara ante las unidades ejecutoras la actualización de la información de losproyectos de arrastre que quedaron del gobierno anterior y darle el seguimientocorrespondiente y accionar para darle solución a los contratiempos que pudierahaber ocasionado la suspensión para que los proyectos se concluyeran. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ 20,522.00Total Q. 20,522.00

1. 2. 3.

INFORME RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE LEYES Y

REGULACIONES APLICABLES

SeñorOscar Alfredo Marroquín MotaPresidenteConsejo Departamental de Desarrollo de QuichéSu despacho

Como parte de la aplicación de nuestros procedimientos de auditoría, para obtenerseguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria deingresos y egresos de (el) (la) Consejo Departamental de Desarrollo de Quiché al31 de diciembre de 2014, están libres de representación errónea de importancia,hemos hecho pruebas de cumplimiento de leyes y regulaciones aplicables.

El cumplimiento con los términos de las leyes y regulaciones aplicables, esresponsabilidad de la Administración. Evaluamos el cumplimiento por parte dedicha Entidad. Sin embargo, nuestro objetivo no fue el de expresar una opiniónsobre el cumplimiento general con tales regulaciones. En consecuencia, noexpresamos tal opinión. Instancias materiales de incumplimiento son fallas en cumplir con los requisitos, oviolaciones a los términos de leyes y regulaciones aplicables, que nos llevan aconcluir que la acumulación de las distorsiones resultantes, es importante enrelación con los estados financieros. Los resultados de nuestras pruebas decumplimiento revelaron las siguientes instancias de incumplimiento.

Área Financiera

Falta de disponibilidad presupuestaria y financieraFalta de informes de supervisiónFalta de información en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-

Guatemala, 26 de mayo de 2015

ÁREA FINANCIERA

Lic. VICTOR MANUEL MALDONADO LOPEZ

Auditor Gubernamental

Lic. EDWIN ARIEL PEREZ ZUÑIGA

Coordinador Gubernamental

Lic. FRANCISCO PEREZ TIZOL

Supervisor Gubernamental

Contraloría General de Cuentas 542 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Hallazgos relacionados con el Cumplimiento de Leyes y RegulacionesAplicables Área Financiera Hallazgo No. 1 Falta de disponibilidad presupuestaria y financiera CondiciónEl Consejo Departamental de Desarrollo al mes de septiembre de 2014 habíasuscrito 6 convenios de cofinanciamiento con las municipalidades, para laejecución de obras, con recursos provenientes de Fonpetrol correspondientes alejercicio fiscal 2014, comprometiéndose a aportar la cantidad de Q5,582,264.76,estableciendo que no existían saldos disponibles de créditos presupuestarios, porun monto de Q3,014,348.76, en virtud que el presupuesto vigente de la fuente definanciamiento 29, ascendía a Q2,567,916.00. CriterioEl Decreto número 101-97, del Congreso de la República, Ley Orgánica delPresupuesto, artículo 26, Límite de los egresos y su destino, establece: "Loscréditos contenidos en el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado,aprobados por el Congreso de la República, constituyen el límite máximo de lasasignaciones presupuestarias. No se podrán adquirir compromisos ni devengargastos para los cuales no existan saldos disponibles de créditos presupuestarios,ni disponer de estos créditos para una finalidad distinta a la prevista.” CausaEl Presidente y el Director Ejecutivo, no tomaron en consideración los montosmáximos de inversión, antes de proceder con la suscripción de los convenios. EfectoRiesgo que los proyectos no sean terminados al 100% y que sean abandonadospor la falta de financiamiento. RecomendaciónEl Presidente y el Director Ejecutivo, deben verificar previo a la suscripción de losconvenios de cofinanciamiento con las unidades ejecutoras, los límites máximosde inversión, conforme al presupuesto asignado para cada ejercicio fiscal.

Contraloría General de Cuentas 543 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el señor Elías Heber Cabrera Mejíaquién fungió como Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al31/12/2014, manifiesta: “Al ver esta deficiencia se le dieron instrucciones alDirector Ejecutivo para que de los 6 convenios suscritos correspondientes a deFONPETROL se rescindieron los convenios necesarios para poder cubrir losproyectos con el techo presupuestario asignado, esta corrección se hizo antes definalizar el ejercicio fiscal 2014, por lo que considero que no afecta la situaciónpresupuestaria y financiera del CODEDE debido a que se rescindieron 2convenios, quedando en ejecución solo 4 convenios.” En oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “Se recibieron instrucciones delPresidente para que de los 6 convenios correspondientes a FONPETROL serescindieron 2 para corregir la deficiencia y poder cubrir con el techopresupuestario.” Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo Elías Heber Mejía para el señor Cabrera , quién fungiócomo Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al 31/12/2014 y para el señor Welser Isaías Alvarado López, Director Ejecutivo, porque en suscomentarios afirman que no había techo presupuestario para financiar losproyectos por lo que fue necesario rescindir dos convenios. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE ELIAS HEBER CABRERA MEJIA 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ 20,522.00Total Q. 66,128.80

Hallazgo No. 2 Falta de informes de supervisión CondiciónEn el ejercicio fiscal 2014, el Consejo Departamental de Desarrollo realizódesembolsos financieros a las unidades ejecutoras para proyectos de arrastre, sincontar con el informe técnico favorable de avance físico al 100% de la unidad desupervisión de obras del Consejo, los cuales se detallan a continuación:

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No. Proyecto No. Convenio y/o Contrato Monto Q1 MEJORAMIENTO CAMINO RURAL,ALDEA

IXTUPIL AL RIO SAJSIVAN NEBAJ, QUICHÉ.139-2013 347,083.48

2 RECONSTRUCCIÓN SALÓN COMUNAL, ALDEASALQUIL GRANDE NEBAJ, QUICHÉ.

133-2012 548,512.00

3 CONSTRUCCIÓN CAMINO RURAL,CASERÍOPABAQUIT SACAPULAS, QUICHÉ.

191-2012 564,705.88

4 MEJORAMIENTO CALLE 10ª. CALLE ENTRE 4ªAV. ZONA 1 Y 11 AV. ZONA 3, SANTA CRUZDEL QUICHÉ, QUICHÉ.

85-2013 1,700,000.00

5 CONSTRUCCIÓN ESTUFA(S)MEJORARADA(S), JOYABAJ, QUICHÉ.

32-2013 1,530,000.00

6 MEJORAMIENTO CAMINO RURAL ALDEA LAPRIMAVERA HACIA CASERÍO TZANXAM, SANPEDRO JOCOPILAS, QUICHÉ.

37-2013 1,005,000.00

CriterioEl Decreto número 30-2012 del Congreso de la República de Guatemala , Ley del

Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado vigente para el Ejercicio

Fiscal 2014, artículo 53 Desembolsos a favor de los Consejos Departamentales de

Desarrollo, primer párrafo establece: "Los recursos asignados en calidad de aporte

a los Consejos Departamentales de Desarrollo, deben destinarse a la ejecución de

obras y los desembolsos responderán al informe de avance físico, para lo cual, en

su calidad de administradores de los recursos, velarán para que en el contrato de

ejecución de obras que se suscriba con los Consejos Comunitarios de Desarrollo y

Municipalidades   del país, se establezcan los porcentajes de desembolsos en la

forma siguiente:

a) Un primer desembolso con la suscripción del contrato y el estudio técnico quesustente la realización de la obra, el cual no podrá exceder del veinte por ciento(20%) del monto total del contrato, mismo que deberá  deducirse en formaproporcional. b) Los siguientes desembolsos se efectuarán conforme al avance físico de la obraregistrada en el Sistema Nacional de Inversión Pública, por la unidad técnica delConsejo Departamental de Desarrollo respectivo. c) Un último desembolso contra la entrega de la obra terminada  y  el informefavorable de la supervisión por parte del respectivo Consejo Departamental deDesarrollo..." CausaEl Presidente, el Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financiero, no

Contraloría General de Cuentas 545 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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requirieron los informes de supervisión de la unidad técnica, antes de proceder ala entrega de los desembolsos financieros a las unidades ejecutoras. EfectoFalta de información confiable sobre la evaluación técnica de las obras, y riesgoque los proyectos no se hayan ejecutado conforme a la planificación yespecificaciones técnicas. RecomendaciónEl Presidente, el Director Ejecutivo y el Jefe Administrativo y Financiero, deberáncontar con los informes favorables de la unidad supervisión del Consejo, previo aefectuar los desembolsos financieros, para garantizar que las obras se ejecutaronconforme a la planificación y cumplen con las especificaciones técnicas. Comentario de los ResponsablesEn Nota s/n de fecha 22 de abril de 2015, el señor Elías Heber Cabrera Mejíaquién fungió como Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al31/12/2014, manifiesta: “La cantidad de personal técnico asignado en la unidad desupervisión no es suficiente para cubrir el volumen de trabajo que representan lasobras que se realizan con fondos del CODEDE ya que apenas tenemos 3personas nombradas como supervisores por parte de la Secretaría Ejecutiva paracubrir todo el departamento y las distancias entre proyectos son grandes por loque en ocasiones los proyectos ya han sido concluidos y no ha sido posiblecoordinar las visitas por falta de personal situación que esta fuera de nuestrasmanos, por lo que en ocasiones se realizan los desembolsos basándonos en losinformes técnicos de los supervisores de obras de las municipalidades, así comoconstancia de que la obra a sido terminada se solicitan las actas de recepción delas unidades ejecutoras quienes son los responsables de exigir y garantizar que elproyecto se haya ejecutado con forme a lo planificado por lo que considero quetenemos el respaldo suficiente para realizar los desembolsos, ya que se cuentacon el apoyo del dictamen del 100% de avance físico de los supervisores de lasmunicipalidades, hasta que se programen las visitas del supervisor de obras delCODEDE, y que eso no limite la ejecución y terminación de los proyectos.” En oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “La cantidad de personal técnicoasignado en la unidad de supervisión no es suficiente para cubrir el volumen detrabajo que representan las obras que se realizan con fondos del CODEDE yaque apenas tenemos 3 personas nombradas como supervisores por parte de laSecretaría Ejecutiva para cubrir todo el departamento y las distancias entreproyectos son grandes por lo que en ocasiones los proyectos ya han sidoconcluidos y no ha sido posible coordinar las visitas por falta de personal situaciónque esta fuera de nuestras manos, por lo que en ocasiones se realizan los

Contraloría General de Cuentas 546 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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desembolsos basándonos en los informes técnicos de los supervisores de obrasde las municipalidades, así como constancia de que la obra a sido terminada sesolicitan las actas de recepción de las unidades ejecutoras quienes son losresponsables de exigir y garantizar que el proyecto se haya ejecutado con forme alo planificado por lo que considero que tenemos el respaldo suficiente para realizarlos desembolsos, ya que se cuenta con el apoyo del dictamen del 100% deavance físico de los supervisores de las municipalidades, hasta que se programenlas visitas del supervisor de obras del CODEDE, y que eso no limite la ejecución yterminación de los proyectos.” En oficio No. UF 072-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Jefe Administrativo yFinanciero, señor Jeovani Alejandro Garzona Batz, manifiesta: “La cantidad depersonal técnico asignado en la unidad de supervisión no es suficiente para cubrirel volumen de trabajo que representan las obras que se realizan con fondos delCODEDE ya que apenas tenemos 3 personas nombradas como supervisores porparte de la Secretaría Ejecutiva para cubrir todo el departamento y las distanciasentre proyectos son grandes por lo que en ocasiones los proyectos ya han sidoconcluidos y no ha sido posible coordinar las visitas por falta de personal situaciónque esta fuera de nuestras manos, por lo que en ocasiones se realizan losdesembolsos basándonos en los informes técnicos de los supervisores de obrasde las municipalidades, así como constancia de que la obra a sido terminada sesolicitan las actas de recepción de las unidades ejecutoras quienes son losresponsables de exigir y garantizar que el proyecto se haya ejecutado con forme alo planificado por lo que considero que tenemos el respaldo suficiente para realizarlos desembolsos, ya que se cuenta con el apoyo del dictamen del 100% deavance físico de los supervisores de las municipalidades, hasta que se programenlas visitas del supervisor de obras del CODEDE, y que eso no limite la ejecución yterminación de los proyectos. El proyecto 085-2013 no ha sido liquidado en sutotalidad por la unidad ejecutora. En los desembolsos financieros de los anterioresproyectos de arrastre detallados, se procedió a pagar según las actas derecepción de los 4 proyectos que ya se encontraban al 100% bajo mi gestión,además que cuentan con informe del supervisor municipal.” Comentario de AuditoríaSe confirma el presente hallazgo para los señores Elías Heber Cabrera Mejía,quién fungió como Presidente por el período comprendido del 01/01/2014 al31/12/2014, Welser Isaías Alvarado López, Director Ejecutivo y Jeovani AlejandroGarzona Batz, porque en sus comentarios confirman que los proyectos que semencionan en el presente hallazgo se les trasladó el último desembolso porquelas obras habían sido terminadas y entregadas por los contratistas a lasmunicipalidades por medio de las actas de recepción suscritas por los contratistasy las comisiones de recepción de las municipalidades nombradas para el efecto, obien porque contaban con los informes de los supervisores de obras de las

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municipalidades donde se hacia constar el avance físico del 100% y que laresponsabilidad de la calidad de las obras ejecutadas recae en las unidadesejecutoras, no obstante el Consejo Departamental de Desarrollo, no realizóninguna acción para verificar dichas obras por medio de la unidad de supervisión,por lo que se confirma que los desembolsos se realizaron sin contar con el informefavorable de los supervisores de obras, en vista que no se observaron en losexpedientes y no fueron trasladados a la comisión de auditoría, aduciendo que fuepor falta de personal en la unidad de supervisión de obras. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesPRESIDENTE ELIAS HEBER CABRERA MEJIA 45,606.80DIRECTOR EJECUTIVO WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ 20,522.00JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO JEOVANI ALEJANDRO GARZONA BATZ 3,110.00Total Q. 69,238.80

Hallazgo No. 3 Falta de información en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP- CondiciónEn el ejercicio fiscal 2014 el Consejo Departamental de Desarrollo y lasMunicipalidades, suscribieron los convenios Nos. 001-2014, 002-2014, 003-2014,004-2014, 005-2014 y 006-2014, para la ejecución de proyectos con recursosprovenientes del fondo de regalías y participación de los hidrocarburos-FONPETROL-, comprobando que el Consejo no registró dichos convenios, parasu visualización en el módulo de seguimiento del Sistema Nacional de InversiónPública -SNIP-. CriterioEl Decreto número 30-2012, del Congreso de la República, Ley de PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado vigente para el Ejercicio Fiscal Dos MilCatorce, artículo 53 Desembolsos a favor de los Consejos Departamentales deDesarrollo, establece: … "Los Consejos Departamentales de Desarrollo seránresponsables de registrar en el Sistema Nacional de Inversión Pública loscontratos que suscriban con los Consejos Comunitarios de Desarrollo yMunicipalidades del país, a más tardar cinco (5) días después de su suscripción...” CausaEl Director Ejecutivo, no gestionó el registro oportuno de los convenios, en el

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SNIP. EfectoFalta de acceso a la información pública de los proyectos, en los sistemas enlínea. RecomendaciónEl Presidente, debe girar instrucciones al Director Ejecutivo, para llevar a cabo elregistro de la información en forma oportuna en los sistemas en línea, y cumplircon la normativa legal. Comentario de los ResponsablesEn oficio No. UF 073-2015 de fecha 22 de abril de 2015, el Director Ejecutivo,Welser Isaías Alvarado López, manifiesta: “Los convenios si existen en la páginadel Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP-." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo porque el señor Welser Isaías Alvarado López, DirectorEjecutivo, no trasladó los medios de prueba suficientes, que evidencien elcumplimiento de la carga y la publicación de los convenios en el plazo establecidoen el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-, debido a que las copias delsistema presentadas son generadas por un usuario registrado en el sistema y nose consigna la fecha de carga de los convenios, así mismo al ingresar al sistemalos mismos no se pueden visualizar, al estar aún en cartera de proyectos, por loque en consecuencia tampoco es posible visualizar el avance físico y financiero delos proyectos. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 18, para: Cargo Nombre Valor en QuetzalesDIRECTOR EJECUTIVO WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ 20,522.00Total Q. 20,522.00

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anterior,correspondientes al ejercicio fiscal 2013, con el objeto de verificar su cumplimientoe implementación, por parte de los responsables, estableciéndose que fueronatendidas.

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8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERÍODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, se incluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe.

No. NOMBRE CARGO PERIODO1 ELIAS HEBER CABRERA MEJIA PRESIDENTE 01/01/2014 - 31/12/20142 WELSER ISAIAS ALVARADO LOPEZ DIRECTOR EJECUTIVO 01/01/2014 - 31/12/20143 RONALDO SALOMON ALVARADO RIVERA JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO 01/01/2014 - 31/03/20144 JEOVANI ALEJANDRO GARZONA BATZ JEFE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO 02/05/2014 - 31/12/2014