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f f i .c o n t r a l o r íaGENERAL
DCL ESTADO
N° C.C.
N° NIS
PERIODO
N° INGRESO DPECC
CONTRALORfA GENERAL DEL ESTADO
DELEGACIÓN PROVINCIAL DE ESMERALDAS
DR10-DPE-AI-0001 -2015_________¡
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTONMUISNE
INFORME GENERAL
examen especial a la contratación de personal y evaluación, asistencia y permanencia de los servidores en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Muisne, provincia de Esmeraldas por el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de abril de 2014
TIPO DE EXAMEN : EE PERIODO DESDE : 2010/07/01 HASTA: 2014/04/30
Orden de Trabajo : 01935-1-2014-DR5DPE
Fecha O/T: 15/05/2014
48657
2014
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN MUISNE
EXAMEN ESPECIAL a la contratación de personal, y de evaluación asistencia y permanencia de los servidores en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Muisne, por ei período comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de abril de 2014.
AUDITORÍA INTERNA
Muisne-Ecuador
índice
CONTENIDO Página
Carta de presentación
CAPÍTULO I
Información introductoria
Motivo del examen 2Objetivos del examen 2Alcance del examen 2Base legal 3Estructura orgánica 3Objetivos de la entidad 4Monto de recursos examinados 4Servidores relacionados 4
CAPÍTULO II
Resultados del examen
Expedientes de personal a contrato, desactuaiizado 5Contratos no fueron registrados en el Ministerio de Relaciones Laborales 7Incremento de contrataciones de personal 8Asistencia y permanencia de los servidores no fue controlada 10Falta de evaluación de desempeño a los servidores públicos 13
Anexo 1.
Servidores relacionados
Ing. Roberta Estupiñán Rivas DIRECTORA REGIONAL 10
Ref: Informe aprobado el 0 3 MAR 2015
Muisne,
SeñorAlcaldeGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Muisne Ciudad
De mi consideración:
La Contraloría General del Estado, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, efectúo elexamen especial a la contratación de personal y de evaluación, asistencia y permanencia de los servidores en elGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Muisne, por el período comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de abril de 2014.
Nuestra acción de control se efectuó de acuerdo con las Normas Ecuatorianas de Auditoría Gubernamental emitidas por la Contraloría General del Estado. Estas normas requieren que el examen sea planificado y ejecutado para obtener certeza razonable de que la información y la documentación examinada no contienen exposiciones erróneas de carácter significativo, igualmente que las operaciones a las cuales corresponden, se hayan ejecutado de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, políticas y demás normas aplicables.
Debido a la naturaleza de la acción de control efectuada, los resultados que se encuentran expresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones que constan en el presente informe.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, las recomendaciones deben ser aplicadas de manera inmediata y con el carácter de obligatorio.
Atentamente,Dios, Patria y Libertad,
CAuditora General Interna
CAPÍTULO I INFORMACIÓN INTRODUCTORIA
Motivo del examen
El examen especial al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Muisne, se realizó en cumplimiento de la orden de trabajo OTOl 935-1 -2014-DR5-DPE,
de 15 de mayo de 2014, con cargo al Plan Anual de Control de 2014 de la Unidad de
Auditoría Interna del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Muisne.
Objetivos del examen
- Evaluar el grado de cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y
demás normas aplicables.
- Verificar la veracidad y legalidad de las contrataciones, evaluación, asistencia y
permanencia de los servidores durante el período.
Específicos
- Verificar que los procesos de contratación de personal, evaluación, asistencia y
permanencia de los servidores se hayan regido por la base legal, reglamentaria y
normativa vigente y pertinente.
- Analizar la veracidad y confiabilidad de los controles establecidos para la asistencia
y permanencia de los servidores en el lugar de trabajo.
Alcance del examen
Contratación de personal y evaluación, asistencia y permanencia de los servidores, si período comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de abril de 2014.
Generales
2
Base lega!
El ilustre Municipio del cantón Muisne, se creó con Decreto Legislativo, publicado en el Registro Oficia! 28, de 3 de octubre de 1956; en sesión ordinaria de 12 de julio de
2010, el Concejo Municipal adoptó la denominación de Gobierno Municipal deí cantón
Muisne.
El Concejo Municipal, en sesión ordinaria de 14 de enero de 2011, en aplicación de lo previsto en el artículo 28 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización, cambió ¡a denominación de la Entidad por Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón Muisne.
Estructura orgánica
La estructura orgánica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Muisne, se estableció en el Reglamento Orgánico Funciona! aprobado ef 7 de marzo
de 2005, y se conformó por los siguientes niveles:
Legislativo: Concejo Municipal
Ejecutivo: Alcaldía
Asesor: Asesoría Jurídico,
Dirección de Planificación
Comité Administrativo
Auxiliar: Secretaria General
Comunicación y Relaciones Públicas
Dirección Administrativa
Dirección Financiera
Operativo: Dirección de Obras Públicas Municipales Dirección de Higiene y Saneamiento Ambiental Dirección de Educación y Cultura Comisaría, Justicia y Policía
n'~'->arrollo de la Comunidad
3
Autónomo: Patronato Municipal
Objetivos de la entidad
De acuerdo con el presupuesto institucional aprobado para el ejercicio fiscal 2013, los
objetivos de la entidad, son los siguientes:
1.- Velar por la vigencia de la autonomía consagrada en la constitución y en la ley y
en el Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización.
2.- Impulsar procesos periódicos de fortalecimiento institucional y de mejoramientos
de las capacidades administrativas, financieros y operativos.
3.- Impulsar el desarrollo económico productivo sustentable del cantón Muisne.
4.- Liderar y fortalecer los procesos de participación ciudadana y control social.
Monto de recursos examinados
De acuerdo con la naturaleza del examen el monto a examinar es indeterminado.
Servidores relacionados
Se detalla en anexo 1.' cu AT Q-0
4
CAPÍTULO II RESULTADOS DEL EXAMEN
Expedientes de personal a contrato, desactualizados
Los Jefes de Talento Humano en funciones desde el 1 de enero de 2011 hasta el 30 de abril de 2014, no emitieron las disposiciones para el manejo y cuidado de los
expedientes de personal a contrato y su archivo, no verificaron el cumplimiento de los
requisitos de instrucción formal, experiencia y capacitación específica que sirven de
base para la calificación y la contratación de personal, por lo que no mantuvieron
actualizado el archivo de los expedientes del personal a contrato.
En los archivos se observó la falta de documentación necesaria para el ingreso al
servicio público de los servidores contratados, a continuación se detallan las
principales observaciones:
En 200 expedientes no se incluyó el requerimiento o la justificación de la
necesidad de la contratación del servidor.
En la documentación general y profesional relacionada con el ingreso y trayectoria laboral, no se adjuntaron certificados de capacitación, de experiencia laboral.
No se incluyeron las certificaciones presupuestarias en forma previa al inicio de
los procesos de contratación.
11 personas no presentaron declaración juramentada en el año 2013.
No se adjuntaron los certificados de pluriempleo, nepotismo y de no tener
impedimento para laborar en el sector público.
Los Jefes de Talento Humano incumplieron los artículos 5 de la Ley Orgánica de Servicio Público y 3 de su Reglamento e inobservaron la Norma de Control Interno
407-10 Información actualizada.ClklCQ
5
En consecuencia, los servidores están incursos en el incumplimiento de las
atribuciones y obligaciones previstas en el artículo 77 número 2 letra c) de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado.
La falta de aplicación de las disposiciones legales y control continuo por parte de los
Jefes de Talento Humano, no permitió a la entidad contar con información oportuna, completa y suficiente del personal a contrato.
Con oficios del 038 hasta 042-DR5-DPE-UAI-EE-1-GADMCM-2014 de 4 de
septiembre de 2014, se comunicó resultados provisionales a ios Jefes de Talento
Humano. Al respecto, el Jefe de Talento Humano, en funciones del 1 de marzo de
2011 al 14 de octubre de 2011, en comunicación de 12 de septiembre de 2014, indicó:
“... se realizó justificando mediante ia necesidad institucional de contratar y con detalles adicionales que la ley exige, de lo contrario no se aprobaba la contratación..."
El Jefe de Talento Humano, en funciones de! 15 de octubre de 2011 al 13 de
septiembre de 2012, con comunicación de 15 de septiembre de 2014, indicó:
“ ... se ejecutó un archivo pe rsona lde los servidores que laboraron y laboran en la Municipalidad, tanto en físico (carpetas en archivador), como en el computador del Departamento, de cada uno de ellos...”
Los servidores que expusieron sus argumentos, no aportaron con documentación
certificada relacionada con la información faltante en los expedientes, por lo que se
mantiene la observación de auditoría.
Conclusión
La falta de control y aplicación de las disposiciones legales por parte de los Jefes de
Talento Humano en funciones durante el período examinado, no permitió a la entidad
contar con información oportuna, completa y suficiente del personal a contrato, por lo
que los servidores incumplieron los artículos 5 de la Ley Orgánica de Servicio Público
y 3 de su Reglamento e inobservaron la Norma de Control Interno 407-10 Información
/? actualizada.5 S t í 5
6
Recomendación
Al Jefe de Talento Humano
1. Supervisará la actualización de expedientes de personal, con el fin de verificar que
estos cuenten con la documentación de soporte, que valide el cumplimiento de los
requisitos que sirven de base para la contratación.
Contratos no fueron registrados en el Ministerio de Relaciones Laborales
Los contratos de personal a plazo fijo durante el año 2011; desde el 12 de septiembre
de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012; y, en los años 2013 y 2014, no fueron
registrados en el Ministerio de Relaciones Laborables por los Jefes de Talento
Humano en funciones durante la firma de los contratos.
Al respecto, la Abogada de Delegación de Esmeraldas de dicho Ministerio, con oficio
MRL-DPTSPE-2014-0072-0 de 22 agosto de 2014, indicó que en las bases datos,
constan 13 contratos de trabajo que corresponden a contrataciones eventuales,
registradas el 23 de julio de 2012.
Los Jefes de Talento Humano en funciones desde el 1 de enero de 2011 hasta el 28
de febrero de 2011; desde el 1 de marzo de 2011 hasta el 14 de octubre de 2011;
desde el 15 de octubre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011; desde el 12 de
septiembre de 2012 hasta el 31 de marzo de 2013; desde el 1 de abril de 2013 hasta
el 2 de enero de 2014; desde el 2 de enero de 2014 hasta el 30 de abril de 2014,
incumplieron los artículos 20 del Código de Trabajo, 20 letra i) del Reglamento
Orgánico Funcional del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Muisne, e inobservaron la Norma de Control Interno 500 Información y comunicación.
En consecuencia, están incursos en elincumplimiento de las atribuciones y
obligaciones previstas en el artículo 77 número 2 letra a) de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado.
La falta de gestión administrativa de parte de los Jefes de Talento Humano, ocasionó
que los contratos no puedan ser legalizados en forma oportuna.'■ hiert
7
Con oficios del 038 al 042-DR5-DPE-UAI-EE-1-GADMCM-2014 de 4 de septiembre de
2014, se comunicó resultados provisionales a los Jefes de Talento Humano, en
funciones durante el período examinado. Al respecto, el Jefe de Talento Humano, en
funciones del 15 de octubre de 2011 al 13 de septiembre de 2012, en comunicación de
15 de septiembre de 2014, indicó:
"... quedaron en las carpetas de cada servidor público...”
La opinión expuesta por el Jefe de Talento Humano funciones desde 15 de octubre de
2011 hasta el 13 de septiembre de 2012, ratifica la observación de auditoría, al no
registrar los contratos a plazo fijo, durante el período de su gestión.
Conclusión
Los contratos de personal a plazo fijo emitidos durante el período examinado no fueron
registrados en el Ministerio de Relaciones Laborables, debido a la falta de gestión
administrativa por parte de los Jefes de Talento Humano, lo que ocasionó que los
contratos no puedan ser legalizados en forma oportuna, por lo que incumplieron los
artículos 20 del Código de Trabajo, 20 letra i) del Reglamento Orgánico Funcional del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Muisne, e inobservaron la
Norma de Control Interno 500 Información y comunicación
Recomendación
Al Jefe de Talento Humano
2. Presentará ante el Ministerio de Relaciones Laborales, todos los requisitos para el
proceso de legalización pertinente,en forma posterior al proceso de contratación de
personal.
Incremento de contrataciones de personal
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, los
Alcaldes autorizaron 76 contratos bajo la modalidad de servicios ocasionales, para las
unidades administrativasde Higiene y Salubridad, Obras Públicas, Secretaría General
y Comisaría Municipal, los contratos también cuentan con las firmas deOCHO
responsabilidad de los Jefes de Talento Humano y en los expedientes no constan sus
informes previos favorables que justifique la necesidad de contratar y sin considerar el
porcentaje de contratación del 20% que estipula Ley, conforme se muestra a
continuación:
N° AÑOS PERSONAL DE PLANTA 20% PERSONAL SERVICIOS
OCASIONALES EXCEDENTE
1 2010* 93 18,6 0 02 2011 93 18,6 10 03 2012 92 18,4 76 574 2013 93 18,6 0 05 2014* 93 18,6 0 0
Fuente:Contratos úe personal, listado de persona! de planta proporcionado por el Director de Talento Humano
Los Alcaldes y Jefes de Talento Humano, incumplieron los artículos 58 de la Ley
Orgánica del Servicio Público, 144 de su Reglamento, e inobservaron la Norma de
Control Interno 407-01 Plan de talento humano.
En consecuencia los servidores están incursos en el incumplimiento de las atribuciones y obligaciones previstas en el artículo 77 números 1 letra a) y 2 letra a) de
la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado.
Los Alcaldes autorizaron a los Jefes de Talento Humano fa elaboraron,
respectivamente los contratos de personal, ocasionando un excedente de 57 personas
contratadas, sobrepasando el porcentaje legal.
Con oficios 035, 036, 039 y 041-DR5-DPE-UA1-EE-1-GADMCM-2014 de 4 de septiembre de 2014, se comunicó resultados provisionales a los Alcaldes y Jefes de
Talento Humano, en funciones durante el período examinado.
En comunicación de 15 de septiembre de 2014, el Jefe de Talento Humano, en funciones del 15 de octubre de 2011 al 13 de septiembre de 2012, indicó:
"... los GAD Municipales tienen su propia Autonomía que se asientan en un presupuesto anual y este es aprobado por el Concejo...”
El criterio expuesto por el Jefe de Talento Humano, corroboró que existió incremento
de personal contratado, hecho por el cual no se modifica el contenido del comentario.
9
Conciusión
Los Alcaides autorizaron a los Jefes de Talento Humano la elaboración de ios
contratos de personal, ocasionando un excedente de 57 personas contratadas,
sobrepasando el porcentaje legal, por lo que los servidores incumplieron los artículos
58 de la Ley Orgánica del Servicio Público, 144 de su Reglamento, e inobservaron la Norma de Control interno 407-01 Plan de talento humano.
Recomendación
Al Jefe de Talento Humano
3. Planificará previo informe favorable, tas contrataciones de personal de acuerdo a la situación histórica, actual y futura, que permita establecer las necesidades.
Asistencia y permanencia de los servidores no fue controlada
Los Jefes de Talento Humano en funciones desde el 1 de julio de 2010 hasta el 30 de
abril de 2014, no establecieron controles para el registro y control de asistencia y
permanencia del personal en sus puestos de trabajo, se observó la existencia de registros realizados en hojas sueltas sin numeración elaboradas a mano, cuadernos,
relojes tarjetero y biométrico, evidenciándose en algunos casos que los servidores registraron en forma indistinta la hora de entrada o de salida.
Además, no existen registros de asistencia, por los siguientes períodos:
De enero a abril de 2014 De 11 de agosto a diciembre de 2013 De enero a julio de 2012
De enero a septiembre de 2011 De julio a diciembre de 2010
Situación que no permitió determinar la asistencia y permanencia de los servidores
durante los períodos señalados.T)í t l_s
10
Además, los Jefes de Talento Humano en sus períodos de gestión, no reportaron
mensualmente, las novedades de la asistencia del personal, desde el 12 de
septiembre de 2012 hasta 30 de abril de 2014, obviando el cómputo de los minutos de atraso y salidas anticipadas, así como las sanciones sugeridas en el Reglamento
Interno de! GAD.
Los Jefes de Talento Humano incumplieron los artículos 22, letra c), 25 y 41 de la Ley
Orgánica del Servicio Público; 24 y 81 de su Reglamento; 20 letra n) del Reglamento
Orgánico Estructural del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Muisne, e inobservaron la Norma de Control Interno 407-09 Asistencia y permanencia
del personal.
En consecuencia, los servidores están incursos en el incumplimiento de las atribuciones y obligaciones previstas en el artículo 77, número 2, letra a) de la Ley
Orgánica de la Contraloría General del Estado.
La falta de control por parte de los Jefes de Talento Humano, ocasionó que no sea
posible adoptar medidas correctivas respecto de la asistencia y permanencia del
personal en la entidad.
Con oficios 038 al 042-DR5-DPE-UA1-EE-1-GADMCM-2014 de 4 de septiembre de
2014, se comunicó resultados provisionales a los Jefes de Talento Humano, en funciones durante el período examinado. Al respecto, el Jefe de Talento Humano, en
funciones del 1 de marzo de 2011 al 14 de octubre de 2011, en comunicación de 12 de septiembre de 2014, expresó:
. .se logró adquirir un lector biométrico para mejorar los controles asistenciales...”
El Jefe de Talento Humano, en funciones del 15 de octubre de 2011 al 13 de septiembre de 2012, en comunicación de 15 de septiembre de 2014, indicó:
.. el control de la asistencia se lo realizaba mediante el Lector Biométrico..
Posterior a la conferencia final de comunicación de resultados del examen especial, el
Jefe de Talento Humano en funciones desde el 1 de abril de 2013 hasta el 2 de enerode 2014, en comunicación de 24 de septiembre de 2014, expresó:
^ üwce
11
Posterior a la conferencia final de comunicación de resultados del examen especial, el
Jefe de Talento Humano en funciones desde el 1 de abril de 2013 hasta el 2 de enero de 2014, en comunicación de 24 de septiembre de 2014, expresó:
.. gestione que existiera un Reloj biométrico, para un mejor control del cual el técnico me supo informar que existía un enlace directo con la persona de la preparación de los roles de pago (sic).- jamás se me entrego (sic) un usuario directo para poder controlar. . ."
Los criterios expuestos por los Jefes de Talento Humano, no fueron debidamente
documentados que certifiquen la adopción de medidas de control, por lo que no
justificaron la observación de auditoría.
Conclusión
La falta de control por parte de los Jefes de Talento Humano, ocasionó que no sea posible adoptar medidas correctivas respecto de la asistencia y permanencia del
personal en la entidad, por lo que incumplieron ios artículos 22, letra c), 25 y 41 de la
Ley Orgánica del Servicio Público; 24 y 81 de su Reglamento; 20 letra n) del
Reglamento Orgánico Estructural del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
del cantón Muisne, e inobservaron la Norma de Control Interno 407-09 Asistencia y
permanencia del personal.
Recomendaciones
Ai Jefe de Talento Humano
4. Emitirá en forma mensual el reporte con ei control de asistencia y permanencia de
los servidores públicos con ios cómputos respectivos y las sanciones sugeridas.
5. Resguardará mensualmente la información sobre la asistencia y permanencia de los servidores, que incluya respaldos digitales y físicos que prevean su integridad
para la revisión posterior.
6. Realizará visitas imprevistas a los diferentes lugares de trabajo, para comprobar el
cumplimiento de las disposiciones referente a la permanencia de personal en sus
tos de trabajo, dejando evidencia documental de dicho procedimiento.
12
Falta de evaluación de desempeño a los servidores púbicos
Los Jefes de Talento Humano durante el período comprendido entre el 1 de enero de
2011 y el 30 de abril de 2014, no planificaron, ni realizaron el proceso de evaluación
de desempeño laboral de las y los servidores de la Entidad.
Los Jefes de Talento Humano, incumplieron los artículos 52 letra j), 77 de la Ley
Orgánica del Servidor Público, 215, 216, 217, 218, 219, 220 del Reglamento; 20 letra
d) del Reglamento Orgánico Estructural del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Muisne e inobservaron la Norma de Control Interno 200-03
Políticas y prácticas de talento humano y 407-04 Evaluación del desempeño.
En consecuencia, los servidores están incursos en el incumplimiento de las
atribuciones y obligaciones previstasen el artículo 77, número 2, letra a) de la Ley
Orgánica de la Contraloría General del Estado.
La falta de gestión administrativa de parte de los Jefes de Talento Humano, al no
aplicar el proceso de evaluación de desempeño de los servidores de la entidad,
impidió medir y evaluar a los servidores por lo menos una vez al año, en función de las
actividades que realizan en cada puesto de trabajo y de las asignadas en los planes
operativos, lo que ocasionó que no se identifiquen las necesidades del personal, para
proceder a la capacitación o entrenamiento para mejorar el rendimiento y
productividad en cada área en cumplimiento a la misión y objetivos de la entidad.
Con oficios del 038 al 042-DR5-DPE-UAI-EE-1-GADMCM-2014 de 4 de septiembre de
2014, se comunicó resultados provisionales a los Jefes de Talento Humano, en
funciones durante el período examinado.
En comunicación de 12 de septiembre de 2014, el Jefe de Talento Humano, en
funciones del 1 de marzo de 2011 al el 14 de octubre de 2011, expresó:
"... No se contó con políticas establecidas para la evaluación del desempeño laboral..."
En comunicación de 15 de octubre de 2011, el Jefe de Talento Humano, en funciones
del 15 de octubre de 2011 al el 13 de septiembre de 2012, manifestó:TRecé
13
.. no se realizó evaluación a los servidores públicos porque mantuve pendiente que el Consejo y el Alcalde aprobara el Orgánico Funcional y estructural de Gestión Organizacional por Procesos, el cual lo elabere (sic) y lo puse en conocimiento...”
Los criterios expuestos por ios servidores, corroboraron la observación de auditoría, ya
que no se realizó evaluación de desempeño durante el período examinado, que
permita medir el cumplimiento de las actividades de los servidores.
Conclusión
La falta de gestión administrativa de parte de los Jefes de Talento Humano, al no
aplicar el proceso de evaluación de desempeño de los servidores de la entidad,
impidió medir y evaluar a los servidores por lo menos una vez al año, en función de las
actividades que realizan, lo que ocasionó que no se identifiquen las necesidades de
capacitación de personal, por lo que los servidores incumplieron los artículos 52 letra
j), 77 de la Ley Orgánica del Servidor Público, 215, 216, 217, 218, 219, 220 del
Reglamento; 20 letra d) del Reglamento Orgánico Estructural del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón Muisne e inobservaron las Normas de Control
Interno 200-03 Políticas y prácticas de talento humano y 407-04 Evaluación del
desempeño.
Recomendación
Al Jefe de Talento Humano
7. Planificará y preparará políticas y procedimientos para evaluar periódicamente el
desempeño del servidor público, la que formará parte del Manual de Clasificación
de Puestos.
10. En coordinación con los directores o responsables de las unidades, realizarán
evaluaciones al desempeño del servidor público, al menos una vez al año, las
mismas serán bajo criterio técnico, con aplicación de indicadores de gestión.
14