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BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
CONSULTORÍA DE OBRA1
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº
208-2013-MDCC Derivada de la ADP 15-2013-MDCC
CONTRATACION DE UNA PERSONA NATURAL O JURIDICA PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA
INSTALACION DE COLECTORES PRINCIPALES DE ALCANTARILLADO DEL SECTOR CONO NORTE, DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA -
AREQUIPA
1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de servicios de consultoría de obra. Para tal efecto, se deberá tener en
cuenta la siguiente definición:
Consultor de Obra: La persona natural o jurídica con no menos de un (1) año de experiencia especializada, que presta servicios profesionales altamente calificados consistentes en la elaboración del expediente técnico de obras. También se considera consultor de obra a la persona natural o jurídica con no menos de dos (2) años de experiencia especializada, que presta servicios altamente calificados consistentes en la supervisión de obras.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil. - Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción
de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integrada las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax. IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las
Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
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1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo de dos (2) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisión que tome el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los Artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:
No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o
fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada
por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
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La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo
para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial o al órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea
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persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste
debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS2
Se realizara en acto privado Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que pueda presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
2 De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una
Adjudicación de Menor Cuantía puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.
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La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
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1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
Se realizara en acto privado: Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas– se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. IMPORTANTE:
En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial o el órgano encargado de las
3 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los
que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas
económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
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contrataciones, según corresponda, deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, tendrá la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica. En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.
1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, será devuelta por el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, y se tendrá por no admitida, en aplicación del artículo 33 de la Ley y el artículo 39 del Reglamento. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE Oi
Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica IMPORTANTE:
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En caso se convoque el proceso bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Se realizara en acto privado: El Comité especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las bases. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:
En el caso de contratación de servicios ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de
inscripción ante el RNP. 4
El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, así como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, debiendo incluir el acta de
4 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe.
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otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien se le haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2 PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1 DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los
documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidación final y se efectúe el pago correspondiente.
3.3 ADELANTOS La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
3.4 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio de consultoría y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del
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monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.
3.5 CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad. Adicionalmente, la conformidad requiere un informe del funcionario responsable del área usuaria, quien deberá verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
3.6 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO El procedimiento para la liquidación del contrato de consultoría de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 179 del Reglamento.
3.7 PAGOS La Entidad deberá efectuar el pago a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos ejecutados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. El pago comprende la cancelación del saldo resultante de la liquidación del contrato, de ser el caso. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
3.8 DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. . ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
RUC Nº : 20159515240
Domicilio legal : Calle Mariano Melgar Nro 500 La Libertad Cerro Colorado
Teléfono/Fax: : 054-382590 Anexo 777
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la CONTRATACION DE UNA PERSONA
NATURAL O JURIDICA PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA INSTALACION DE COLECTORES
PRINCIPALES DE ALCANTARILLADO DEL SECTOR CONO NORTE, DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA - AREQUIPA.
1.3. VALOR REFERENCIAL5
El valor referencial asciende a S/. 395,064.00 (Trescientos Noventa y Cinco Mil Sesenta y Cuatro con 00/100), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de setiembre de 2013.
Valor Referencial (VR)
Límite Inferior (incluye IGV)
90%
Límite Superior (incluye IGV)
100%
S/. 395,064.00 (Trescientos Noventa y
Cinco Mil Sesenta y Cuatro con 00/100)
S/. 355,557.60
(Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Cincuenta y Siete con 60/100 Nuevos Soles)
S/. 395,064.00 (Trescientos Noventa y
Cinco Mil Sesenta y Cuatro con 00/100)
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
Las propuestas económicas que excedan el valor referencial o aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo, serán devueltas por el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, teniéndolas por no admitidas.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía,
5 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial
consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
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deberá tomarse en cuenta la regulación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante MEMORANDUM N° 508-2013-GAJ-MDCC de fecha 11 de Setiembre de 2013.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Determinados. IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso se rige por el sistema de [SUMA ALZADA], de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio de consultoría de obra a contratar está definido en los Requerimiento Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO El plazo referencial de ejecución es de 360 días calendarios, comprendidos de la
siguiente manera:
Servicio de Supervisión de Ejecución de la Obra : 360 días calendarios
Liquidación del contrato de supervisión Recepción de
Obra, pre liquidación y entrega de documentos : Según los plazos de ley
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/ 5.00 soles.
1.10. BASE LEGAL
Ley Nº 28912 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y
conexas, de ser el caso.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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16
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
6
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Subgerencia de Logística, sito en Calle Alfonso Ugarte 797 esquina con Corbacho La Libertad Cerro Colorado, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:30 horas a 15:30 horas. En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectúo el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas,
6 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la
ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
ETAPAS DEL PROCESO FECHAS
Convocatoria 04 de diciembre 2013
Registro de Participantes Del 05 de diciembre al 11 de diciembre 2013
De 07:30 a. m. a 15:30 p. m.
Formulación de Consultas y/u Observaciones Del 05 de diciembre al 06 de diciembre 2013
Absolución de Consultas y/u Observaciones a 09 de diciembre de 2013
Integración de Bases 10 de diciembre de 2013
Presentación de Propuestas
El acto público se realizará en
16 de diciembre de 2013
En Salón Consistorial de la Municipalidad, Calle
Alfonso Mariano Melgar Nro 500 La Libertad Cerro
Colorado; a las 13:00 horas
Calificación y Evaluación de Propuestas 17 de diciembre de 2013
Otorgamiento de la Buena Pro
El acto público se realizará en
18 de diciembre de 2013
En Salón Consistorial de la Municipalidad, Calle
Alfonso Mariano Melgar Nro 500 La Libertad Cerro
Colorado; a las 13:00 horas
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ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario), sito en Calle Mariano Melgar Nro. 500 La Libertad Cerro Colorado, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 07:30 horas a 15:30 horas, debiendo estar dirigidos al Comité Especial, según corresponda, de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 208-2013-MDCC Derivada de la ADP 15-2013-MDCC. IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, en Salón Consistorial de la Municipalidad, Calle Alfonso Mariano Melgar Nro 500 La Libertad Cerro Colorado, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario Público. Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° 208-2013-MDCC Derivada de la ADP 15-2013-MDCC, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR DIRECCIÓN] Att.: [CONSIGN AR, COMIT É ESP ECIA L U ÓRG ANO ENCARG ADO DE L AS
CONTRA TACI ONES]
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° [ …………….]
Denominación de la convocatoria: [ …………………….]
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
Señores
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR DIRECCIÓN] Att.: [CONSIGN AR, COMIT É ESP ECIA L U ÓRG ANO ENCARG ADO DE L AS
CONTRA TACI ONES]
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA N° [ …………….]
Denominación de la convocatoria: [ …………………….]
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
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2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y 1 copia
7.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos
8, la siguiente
documentación: Documentación de presentación obligatoria: a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por
cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1). b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos
contenidos en el Capítulo III de la presente sección9 (Anexo Nº 2). c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº
3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
7 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias
requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda.
8 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la
convocatoria. 9 El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, debe determinar al elaborar las
Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
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a) Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso
10.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas
con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad
11.
c) Factor experiencia en la actividad: Copia simple de contratos y su respectiva
conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.
d) Factor experiencia en la especialidad: Copia simple de contratos y su
respectiva conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.
e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados. Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentará copia simple de TÍTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA].
f) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar el factor mejora, se presentará una declaración jurada en la que conste la o las mejoras ofrecidas. IMPORTANTE:
En el caso de la ejecución de servicios de consultoría de obras que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podrá presentarse una solicitud de bonificación por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes, según Anexo Nº 10.
Los postores que soliciten el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 9).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneración del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaración jurada antes señalada.
10
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento. 11
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
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IMPORTANTE:
En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
12
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 8). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro de los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento. La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 9), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i Se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
0.70 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
0.30 Donde: c1 + c2 = 1.00
12
De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
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IMPORTANTE:
En el caso de contratación de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao debe consignarse lo siguiente:
“En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta técnica la solicitud de bonificación por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo Nº 11), se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.”
2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA ] c) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. [CARTA FIANZA] d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. e) Código de cuenta interbancario (CCI). f) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los
documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como: a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d) Copia del RUC. e) Habilidad original de los profesionales propuestos. IMPORTANTE:
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación deberá ser presentada en la Subgerencia de Logística sito en calle Mariano Melgar Nro 500 La Libertad Cerro Colorado.
IMPORTANTE:
Esta disposición sólo deberá ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega de
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adelantos:
2.9. ADELANTOS13
“La Entidad adelantos directos por el del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por
adelantos14
mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista. En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”
2.10. FORMA DE PAGO
El costo de la Supervisión de la obra será pagado en valorizaciones mensuales de la
siguiente forma:
a. El 80 % del monto pagado en forma mensual en forma proporcional al porcentaje de avance físico de la obra y si se otorgaran adelantos estos deberán ser amortizados.
b. El 20% del monto total pagado a la presentacion del informe de revisión de la liquidación de obra y subsecuente aprobación de la liquidación de obra del contratista.
El plazo de emisión del informe de revisión no deberá ser mayor a 30 días naturales. Pese a ser un sistema a suma alzada en el caso de que haya demoras en la contratación del supervisor, la obra deberá iniciarse con un Inspector de Obra, por lo que si corresponde la reducción del tiempo que deberá supervisar la obra, para la cual la Entidad dada la envergadura de la obra, utilizara profesionales de las características similares a las solicitadas en el presente proceso de selección.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad de Administración –Logística. - Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la
prestación efectuada. - Comprobante de pago.
2.11. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
13
Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
14
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
1. NOMBRE DE LA OBRA:
“INSTALACION DE COLECTORES PRINCIPALES DE ALCANTARILLADO DEL SECTOR CONO NORTE,
DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA - AREQUIPA
2. MARCO LEGAL: Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2012 Ley Nº 28716 Ley de Control interno de las Entidades del Estado. Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Decreto Supremo Nº 102-2007-EF – Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública. Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/68.01 Directiva General del Sistema Nacional de
Inversión Pública. Decreto Legislativo Nº1017 – Ley de Contrataciones del Estado y sus modificaciones. Decreto Supremo Nº184-2008-EF – Reglamento del Decreto Legislativo Nº1017 y sus
modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones Normas ITINTEC, ASTM, ACI, AASHTO-LRFD, AISC, etc. EG 2000. Toda la normatividad vigente y aplicable
3. ANTECEDENTES INSTITUCIONALES: La Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, emana de la voluntad popular; en tal sentido, se
constituye como una persona jurídica de derecho público con autonomía política, económica y
administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y
financiera, un pliego presupuestal.
La Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, tiene como misión organizar y conducir la gestión
pública local, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de
las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la
localidad.
La Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, dentro de su Programa de Inversión Anual ha
considerado la ejecución de diversas obras lo cual implica el seguimiento y control del desarrollo
de dichas obras.
4. OBJETIVO: Contratar una persona natural o jurídica para cubrir de manera permanente y exclusiva el
servicio de consultaría para efectuar la Supervisión del Expediente Técnico y Ejecución de la obra,
“INSTALACION DE COLECTORES PRINCIPALES DE ALCANTARILLADO DEL SECTOR CONO NORTE,
DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA - AREQUIPA”.
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5. FINALIDAD PUBLICA Conjunto de procesos que la Entidad encarga la responsabilidad a EL SUPERVISOR de velar por la
correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato, mediante un conjunto de
procesos técnicos, normativos, legales y administrativos de control y verificación para que los
trabajaos ejecutados por el Contratista se encuentren dentro de los parámetros de calidad,
precio, plazo y obligaciones contractuales, asegurando que la inversión efectuada nos permita
contar con una infraestructura segura, durable, funcional y estética, dentro del plazo prevista.
6. UBICACION Departamento : Arequipa
Provincia : Arequipa
Distrito : Cerro Colorado
7. SISTEMA DE CONTRATACION El sistema de contratación es A Suma Alzada
8. PLAZO DE EJECUCION El plazo referencial de ejecución es de 360 días calendarios, comprendidos de la siguiente
manera:
Servicio de Supervisión de Ejecución de la Obra : 360 días calendarios
Liquidación del contrato de supervisión
Recepción de Obra, pre liquidación y entrega
de documentos : Según los plazos de
ley
El cual empieza a regir al día siguiente de la firma del contrato y finaliza con la conformidad de la
Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la aprobación de la Liquidación Financiera
Final de la Obra.
El servicio del Supervisor se iniciara:
1. Conjuntamente con el inicio de la obra y cubrirá el tiempo total de la ejecución de la
obra y plazos reglamentarios correspondientes. En caso de paralizaciones y/o
ampliaciones de plazo de obras por causas fortuitas o de fuerza mayor los servicios del
supervisor; no corresponde pago alguno por el periodo ampliado o paralizado.
9. VALOR REFERENCIAL El valor referencial para el servicio de supervisión se ha estimado en la suma S/. 395,064.00
(Trescientos noventa y cinco mil sesenta y cuatro con 00/100 Nuevos Soles) incluido los
impuestos de Ley y por cualquier otro concepto que indica en el costo del objeto de la
convocatoria.
El sustento del Monto del Supervisor es como sigue:
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Descripción Un
d
Cantid
ad
%
Part. Monto Parcial
JEFE DE SUPERVISION
m
es
12 25.00
%
8,500.
00
25,500.0
0
INGENIERO SUPERVISION
m
es
12 100.0
0%
7,500.
00
90,000.0
0
Supervisor (Liquidación de Obra) gl
b 1
100.0
0%
5,500.
00 5,500.00
ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS
m
es
12 20.00
%
6,000.
00
14,400.0
0
ESPECIALISTA EN REDES DE AGUA
POTABLE Y/O ALCANTARILLADO
m
es
12 40.00
%
6,000.
00
28,800.0
0
ESPECIALISTA EN MECANICA DE
SUELOS
m
es
12 40.00
%
6,000.
00
28,800.0
0
ESPECIALISTA EN MEDIO AMBIENTE
m
es
12 40.00
%
6,000.
00
28,800.0
0
ASISTENTE DE SUPERVISION 01
m
es
12 100.0
0%
4,500.
00
54,000.0
0
Topógrafo
m
es
12 50.00
%
3,500.
00
21,000.0
0
Chofer
m
es
12 100.0
0%
2,000.
00
24,000.0
0
Alquiler de camioneta durante todo el
proyecto
m
es 12
100.0
0%
4,000.
00
48,000.0
0
Gastos de Comunicación m
es 12
100.0
0% 500 6,000.00
Gastos de impresión y Útiles de
Escritorio
gl
b 12
100.0
0% 500 6,000.00
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
AMC 208-2013-MDCC – Derivada de la ADP 15-2013-MDCC
26
Gastos Contables y Tributarios gl
b 1
100.0
0%
7,114.
00 7,114.00
Pruebas de Verificación de Calidad de
Trabajos del Contratista
gl
b 12
100.0
0%
750.0
0 7.150.00
TOTAL 395,064.
00
10. FORMA DE PAGO: Los Servicios del Supervisor comprenderán el tiempo total de la ejecución de la obra y plazos
reglamentarios correspondientes hasta la aprobación de la Liquidación del Contrato de la
Supervisión por parte de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad
Distrital de Cerro Colorado.
El pago del Supervisor será distribuido de la siguiente manera:
a) De la Ejecución de Obra y Liquidación (100% del Valor Referencial)
El costo de la Supervisión de la obra será pagado en valorizaciones mensuales de la siguiente
forma:
c. El 80 % del monto pagado en forma mensual en forma proporcional al porcentaje de avance físico de la obra y si se otorgaran adelantos estos deberán ser amortizados.
d. El 20% del monto total pagado a la presentacion del informe de revisión de la liquidación de obra y subsecuente aprobación de la liquidación de obra del contratista.
El plazo de emisión del informe de revisión no deberá ser mayor a 30 días naturales. Pese a ser un sistema a suma alzada en el caso de que haya demoras en la contratación del supervisor, la obra deberá iniciarse con un Inspector de Obra, por lo que si corresponde la reducción del tiempo que deberá supervisar la obra, para la cual la Entidad dada la envergadura de la obra, utilizara profesionales de las características similares a las solicitadas en el presente proceso de selección.
11. CONDICIONES GENERALES 1. La provisión de la oficina, mobiliario, transporte, equipo, sistema de comunicación, copiado,
informática, topografía y laboratorio que requiera el supervisor para la obra, será
responsabilidad de éste.
2. Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del proyecto es de carácter
reservada y no podrá ser entregadas a terceros sin el previo consentimiento escrito de la
Entidad.
3. El supervisor podrá ser llamado en cualquier momento por la entidad para informar o
asesorar en asuntos concernientes al proyecto.
4. El supervisor deberá absolver las consultas del contratista con conocimiento de la entidad en
todas las actividades relacionadas al proyecto.
5. El consultor revisará y evaluará las pruebas y ensayos de materiales realizados por el
contratista. Tanto el consultor como el contratista utilizarán sus propios laboratorios
quedando terminantemente prohibido que el consultor utilice el laboratorio del contratista
y/o que los ensayos se realicen en forma conjunta.
6. El supervisor, al término de la obra, deberá entregar a la entidad todo el acervo documental
Técnico administrativo de la obra, conjuntamente con la liquidación final y cuadernos de
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obra. Esto no exime al supervisor que pudiera ser requerido posteriormente para cualquier
absolución de consultas en relación con la obra.
7. La entidad controlará la labor del supervisor a través de funcionarios designados
expresamente para cumplir tales funciones.
8. El supervisor deberá prestar todas las facilidades a los funcionarios de la entidad para la
revisión del avance de las obras bajo su supervisión y proporcionará la información que se
requerida.
9. El supervisor estará sujeto a fiscalización por los funcionarios que designe la entidad quienes
verificarán la permanencia en la obra del personal del supervisor asignado al proyecto. Los
Informes mensuales de estos funcionarios respaldarán el pago de las valorizaciones
mensuales del supervisor.
12. REQUISITOS DEL POSTOR: El postor en su propuesta técnica deberá sustentar los siguientes requerimientos técnicos
mínimos.
01. REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS DEL POSTOR
EXPERIENCIA EN SUPERVISION DE OBRAS SIMILARES
El presente requerimiento técnico mínimo, se ha establecido en concordancia a lo indicado
en las páginas 4 y 5 del pronunciamiento Nro. 062-2012/DSU.
El postor deberá acreditar obligatoriamente haber participado en la supervisión de
obras similares en los últimos diez (10) años contados desde la fecha de culminación
del servicio hasta la fecha de convocatoria del presente proceso de selección, cuya
sumatoria de montos finales de servicio actualizados sea no menor a 1.0 veces el
valor referencial del presente proceso de selección.
La experiencia será acreditada con copia simple del contrato y su respectivo
certificado de conformidad o documento análogo.
Serán considerados como obras similares, a las obras de saneamiento y afines.
EXPERIENCIA EN SUPERVISION DE OBRAS EN GENERAL
El presente requerimiento técnico mínimo, se ha establecido en concordancia a lo indicado
en las páginas 4 y 5 del PRONUNCIAMIENTO Nro. 062-2012/DSU.
El postor deberá acreditar obligatoriamente haber participado en la supervisión de obras en
general en los últimos diez (10) años contados desde la fecha de culminación del servicio
hasta la fecha de convocatoria del presente proceso de selección, cuya sumatoria de montos
finales de servicio actualizados sea no menor a 1.00 veces el valor referencial del presente
proceso de selección.
La experiencia será acreditada con copia simple del contrato y su respectivo certificado de
conformidad o documento análogo.
(*) Serán considerados los montos finales del servicio actualizados a la fecha del valor
referencial.
Los montos finales del servicio actualizados a que hagan referencia los postores, se
actualizarán según la siguiente fórmula:
MA=MF x (lr/lo)
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Donde se tiene:
MA = Monto final del servicio actualizado a la fecha del valor referencial
MF = Monto final del servicio
lr = Índice de precios al consumidor en la fecha del valor referencial
lo = índice de precios al consumidor en la fecha de culminación de la
obra.
En el caso de montos contractuales en dólares este será convertido a nuevos soles usando
el tipo de cambio correspondiente a la fecha de culminación del servicio (sustentar los
cálculos). Para posteriormente actualizarlo según la fórmula descrita.
De acreditar experiencia con contratos ejecutados con base legal extranjera, este será
convertido a nuevos soles, utilizando el tipo de cambio de cada país en nuevos soles
correspondiente a la fecha de culminación de la obra, para posteriormente actualizarlo según la
fórmula descrita.
Además deberá contar con una organización compuesta por profesionales y técnicos que
garanticen una eficiente labor, la cual deberá estar compuesta de la siguiente manera:
02 REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS DEL RECURSO HUMANO
Personal principal.-
Se requiere en el componente técnico un plantel profesional idóneo, con experiencia
comprobada y amplios conocimientos para cumplir con los alcances de los trabajos a realizar
materia del contrato, siendo el mínimo indispensable el siguiente:
CANTIDAD
CARGO PROFESION REQUERIMIENTO TECNICO
MINIMO
01
JEFE DE
SUPERVISION
Ingeniero
civil
Profesional colegiado y habilitado a
la fecha de presentación de
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima efectiva de 02
años como Jefe de Supervisión y/o
Gerente de Supervisión o
Supervisor de Obra o Inspector de
Obras, en áreas/obras en general.
El profesional participará en la
supervisión de la obra, en un
tiempo igual al 25% del plazo de
duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
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29
conformidad emitidos por
autoridad competente
01
INGENIERO
SUPERVISOR
Ingeniero
civil
Profesional colegiado y habilitado a
la fecha de presentación de
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima efectiva de 24
meses como Jefe de Supervisión,
Supervisor o Inspector de obras
similares, y una de ellas por lo
menos con valor igual o superior al
0.25% a la obra materia de
supervisión para la presente
convocatoria y haber participado
en un curso de actualización en una
entidad acreditada, sobre la Nueva
Ley “Ley de Contrataciones del
Estado”. El profesional participará
en la supervisión de la obra, en un
tiempo igual al 100% del plazo de
duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
conformidad emitidos por
autoridad competente
01
ESPECIALISTA EN
ESTRUCTURAS
Ingeniero
civil
Profesional colegiado y habilitado a
la fecha de presentación de
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima de 12 meses
en su especialidad en supervisiones
de obras similares. El profesional
participará en la supervisión de la
obra, en un tiempo igual al 20% del
plazo de duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
conformidad emitidos por
autoridad competente
Ingeniero
Profesional colegiado y habilitado a
la fecha de presentación de
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01
ESPECIALISTA EN
REDES DE AGUA
POTABLE Y/O
ALCANTARILLADO
civil o
sanitario
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima de 18 meses en
su especialidad en supervisiones de
obras de saneamiento o similares.
El profesional participará en la
supervisión de la obra en un
tiempo igual al 20% del plazo de
duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
conformidad emitidos por
autoridad competente
01
ESPECIALISTA EN
MECANICA DE
SUELOS
Ingeniero
civil o
geólogo
Profesional colegiado y habilitado a
la fecha de presentación de
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima de 18 meses
en su especialidad en supervisiones
de obras similares. El profesional
participará en la supervisión de la
obra, en un tiempo igual al 50% del
plazo de duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
conformidad emitidos por
autoridad competente
01
ESPECIALISTA EN
MEDIO
AMBIENTE
Ingeniero
ambientalista
o civil
Profesional colegiado y habilitado a
la fecha de presentación de
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima de 06 meses
en supervisión de obras de
saneamiento o similares. El
profesional participará en la
supervisión de la obra, en un
tiempo igual al 20% del plazo de
duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
conformidad emitidos por
autoridad competente
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01
ASISTENTE DE
SUPERVISION
Ingeniero
civil o
Agrícola
Profesional colegiado y habilitado
a la fecha de presentación de
propuestas. Deberá contar con
experiencia mínima de 12 meses
como Asistente de Supervisión y/o
asistente de Residente de obras
similares. El profesional participará
en la supervisión de la obra, en un
tiempo igual al 100% del plazo de
duración del servicio.
Este requisito se sustentará con
copias simples de constancias,
certificados o contratos con
conformidad emitidos por
autoridad competente
La no presentación u omisión en la propuesta técnica de alguno de los requerimientos y/o
alcances solicitados dentro de los requerimientos técnicos mínimos, será motivo de
descalificación y se tomará como no presentada la propuesta técnica.
Para acreditar la habilidad profesional, se deberá presentar una declaración jurada en el que
profesional manifieste encontrarse hábil para el ejercicio de la profesión. Dicha declaración
jurada, deberá estar firmado y con huella digital de dicho profesional propuesto.
El personal contratado u ofertado en la propuesta técnica; deberá ser obligatoriamente el que
desarrolle los servicios contratados, salvo casos aislados debidamente comprobados y
certificados por la entidad contratante, en caso de darse esta eventualidad, el contratista deberá
someter a consideración de la municipalidad un sustituto con un curriculum, similar o mayor al
del que va a reemplazar.
Personal auxiliar y Técnico
Especialista en Topografía, profesional técnico en topografía, el mismo que debe acreditar
con copia simple el título correspondiente. Experiencia en su especialidad en supervisión de
obras similares por un tiempo mínimo acumulado de 12 meses. El técnico participará en la
supervisión de la obra, en un tiempo igual al 50% del plazo de duración del servicio.
13. REQUERIMIENTO TECNICO MINIMO DE RECURSOS FISICOS PARA LA SUPERVISION La supervisión debe contar como mínimo con un equipo de cómputo debidamente
implementado y con software necesario para una correcta supervisión, que comprendan
funciones básicas, costos y presupuestos, control de obras, reajustes, valorizaciones y otros.
Deberá contar como mínimo con:
- Un (02) equipo de computación e impresión. (laptop corei i5 o superior, Impresora láser A3 y
plotter
- Un (01) equipo de topografía conformado por un (01) GPS y una (01) estación total.
- Un (01) laboratorio de mecánica de suelos, cuyo equipamiento mínimo es:
o Equipo de CBR
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o Equipos de densidad de campo (cono de arena, placa perforada bidón)
o Determinador Húmedo Speedy 20g
o Balanza electrónica.
o Mallas de granulometría.
o Proctor modificado
o SPT
o 01 camioneta
o Equipo de ensayo SLUMP
o 06 Modelo cilíndrico para concreto 6 X 12.
o Equipo de ensayo SLUMP INCL. Bandeja y varilla de acero
o Horno de secado.
- Una (01) oficina para apoyar el control de las obras (deberá estar en el ámbito de la obra, la
misma que se acredita con declaración jurada), el cual deberá contar con mobiliario
adecuado y un ambiente propicio.
- Una (01) camioneta doble cabina para la supervisión de las obras. Dicha movilidad deberá
tener una antigüedad máxima de 3 años; deberá tener todos los documentos en reglas
vigentes, tales como: seguro SOAT, Seguro integral (contra robo, siniestros y otros), revisión
técnica (de ser el caso). EL CONSULTOR, será responsable de los gastos que demande por
concepto de chofer, combustible y mantenimiento de las respectivas unidades.
- Como medio de comunicación y mientras presten sus servicios, cada uno de los profesionales
a evaluar deberá contar con un (01) equipo de comunicación ilimitada (RPM).
La disponibilidad de contar con el recurso físico descrito líneas arriba será acreditada con una
declaración jurada en el que el postor se compromete en caso de obtener la buena pro, de
disponer de dichos recursos para la ejecución del servicio.
La no presentación u omisión en la propuesta técnica de alguno de los requerimientos y/o
alcances solicitados dentro de los requerimientos técnicos mínimos, será motivo de
descalificación y se tomará como no presentada la propuesta técnica.
14. RECURSOS QUE PROPORCIONARA LA MUNICIPALIDAD A LA SUPERVISION La Municipalidad proporcionará apoyo a la supervisión en las coordinaciones que realice este con
otros sectores, para la correcta supervisión de la obra licitada y toda información necesaria como
los términos de referencia, la documentación contractual del contratista ganador de la Buena Pro,
etc. de manera que permita al consultor desarrollar normalmente y sin interrupción de las
actividades indicadas en los alcances de los servicios.
15. ALCANCE DE LOS SERVICIOS EL SUPERVISOR suministrará totalmente los servicios necesarios para la Supervisión de la OBRA:
“INSTALACION DE COLECTORES PRINCIPALES DE ALCANTARILLADO DEL SECTOR CONO NORTE,
DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA - AREQUIPA ubicado en el distrito de Cerro
Colorado, provincia de Arequipa y departamento de Arequipa.
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Estos servicios comprenderán a todo lo relacionado con la supervisión, control técnico y
administrativo de las actividades a ejecutarse durante el desarrollo y termino de la obra
mencionada anteriormente.
16. DOCUMENTACION Y CONTENIDO DE LA INFORMACION QUE DEBERA PRESENTAR EL CONSULTOR COMO RESULTADO DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS La supervisión deberá presentar a la Municipalidad la siguiente documentación, durante la
prestación de servicios:
INFORMES DE SUPERVISION DE OBRA
Cada informe deberá obligatoriamente estar suscrito en original y sellado por el jefe de la
supervisión y de ser el caso por el especialista que intervino en su elaboración en señal de
conformidad.
Todos los informes deberán presentarse en versión impresa y digital y en los programas originales
que se hayan trabajado. Para el caso de la versión impresa se presentará en un (01) original y dos
(02) copias.
El supervisor deberá presentar a la Entidad la siguiente documentación, como resultado de la
prestación de servicios:
16.1 INFORME INICIAL
La presentación del Informe Inicial de “Compatibilización de Proyecto y Verificación de
Estudios de Suelos”, la misma que será entregado por LA ENTIDAD, el cual contempla la
revisión del Proyecto (Expediente Técnico), verificación in situ de los estudios de suelos, etc. ,
formulando observaciones, conclusiones y recomendaciones, con las complementaciones y/o
modificaciones respectivas, indicando probables variaciones de obra (adicionales y/o
deductivos) que se formularán dentro del período de ejecución, así como la definición de las
marcas y tipos de materiales e insumos a utilizar en la ejecución de la obra.
16.2 VALORIZACIONES
Las valorizaciones mensuales por avances serán entregados a LA ENTIDAD conjuntamente con
sus respectivos cálculos de reintegro por aplicación de las formulas polinómicas,
amortizaciones, las deducciones deben estar debidamente sustentadas, incluyendo la planilla
de metrados realmente ejecutados. El resumen de la valorización mensual presentada deberá
ser remitido vía correo electrónico y escaneado con los sellos y firmas al coordinador para su
evaluación previa.
16.3 INFORMES MENSUALES
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EL SUPERVISOR deberá entregar a LA ENTIDAD, informes mensuales de las actividades
Técnico - Económico - Administrativo de la Obra, los cuales deberán ser entregados
conjuntamente con la Valorización del mes, debiendo contener lo siguiente:
Información General Debe contener lo siguiente: Ficha mensual de información mensual:
Con datos referidos a la obra, licitación, contrato, contratista, monto presupuesto base,
ofertado, adelantos, adicionales y deductivos de ser el caso, monto actual del contrato, fechas
de suscripción del contrato, entrega del adelanto, entrega de terreno, inicio de obra,
ampliaciones de plazo, fecha de finalización actualizada, montos valorizados, programado y
avance físico ejecutado; situación de la obra (normal, adelantada o atrasada).
Además, se incluirán referencias de la coordinación del proyecto de parte de la entidad,
contratista o supervisión.
Información de obra Debe contener lo siguiente:
Resumen del trabajo efectuado en el mes y de las principales incidencias ocurridas: incluirá
descripción ordenada de los trabajos efectuados en cada rubro de obra o partida genérica,
dificultades y soluciones, juicio crítico sobra la actuación del contratista en su conjunto y toda
información que contribuya a que la entidad tenga un conocimiento cabal del estado de la obra.
Estado de avance físico de la obra: incluirá una breve descripción de los métodos de
construcción propuestos y/o ejecutados por el contratista. Incluida las obras de mitigación o
protección ambiental; detalle gráfico del estado de avance físico de las partidas del proyecto;
plan y frentes de trabajo, partidas a ejecutar ene l mes siguiente, copias legibles del cuaderno
de obra.
Estado de avance económico de la obra: incluirá los avances económicos por partidas, gastos
generales, utilidad, adelantos y amortizaciones; cuadro y diagrama de barras de avance mensual
y acumulado por rubros o partidas genéricas (incluidos adicionales y deductivos), comparación
con el avance programado vigente; gráfico que muestre el avance real valorizado y avance
programado vigente (global).
Estado financiero de la obra: incluirá un cuadro resumen de pagos a cuenta al contratista, un
cuadro de adelantos concedidos al contratista, relación de cartas fianzas vigentes, pronóstico
del costo final de la obra.
Información de supervisión Debe contener lo siguiente:
Actividades desarrolladas por el supervisor: incluirá una breve descripción de las actividades
desarrolladas por el supervisor; en cuanto al control técnico, control de calidad y control
económico-financiero de la obra, dificultades y soluciones adoptados.
Estado financiero de la supervisión: incluirá cuadro resumen de pagos a cuenta efectuados al
supervisor.
Panel fotográfico: fotografías del trabajo en ejecución y del trabajo terminado, de aquellas
actividades y ocurrencias que revistan características especiales.
Anexos
Anexo inspección y control de calidad: pruebas que se hayan realizado.
Anexo cuaderno de obras: anotaciones efectuadas en el mes correspondiente al informe que se
consideren importantes.
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Anexo resumen de las principales comunicaciones recibidas o emitidas por la supervisión.
A) ÁREA SUPERVISIÓN
i) Actividades desarrolladas por EL SUPERVISOR, memoria explicativa de los avances de
obra y asuntos más saltantes, evaluación y opinión de retrasos en caso que los hubiese,
proponiendo soluciones para su corrección.
ii) Relación detallada, actualizada y acumulada, de todos los ensayos realizados en la obra
y controles efectuados por EL SUPERVISOR, indicando ubicación, fecha en que fueron
realizados, resultados, opinión e interpretación técnica y estadística. Asimismo, deberán
indicar las medidas correctivas y responsabilidades si las hubiere.
iii) Informe de las actividades de Supervisión en el seguimiento del Impacto ambiental realizadas durante el periodo correspondiente.
iv) Programa de sus actividades para el mes siguiente. v) Gráficos Actualizado del Avance de Obra (Programado vs. Ejecutado), para verificar la
correcta interpretación de los informes. vi) Fotografías con fechas, impresas a color de los detalles de los procesos constructivos de
las diversas actividades que conforman la obra, secuencial y sistematizado del proceso constructivo (una por actividad, el resto en archivos digitales), panorámicas de la Obra (06 fotos como mínimo en formato Jumbo); videos narrados y editados en secuencias por cada día de trabajo, que mostrarán el proceso del avance constructivo de cada una de las actividades que conforman la obra. Los videos y fotografías deben adjuntarse en un CD o DVD, conjuntamente con los archivos digitales del informe y valorización mensual
vii) Copias de las comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista o con terceros.
viii) Dará cuenta del trámite que con su opinión haya dado a los reclamos a planteamientos que el Contratista hubiera formulado, pero cuya decisión excediendo a sus facultades deberá resolverse en un nivel superior técnico o administrativo de LA ENTIDAD.
B) ÁREA CONTRATISTA DE OBRA
Informe acerca de los avances físicos y valorizados del Contratista, cuadros y gráficos que
muestren el avance real en comparación con el programado.
Presentar los documentos por la cual se certifique que los materiales, insumos y equipos
cumplen con las especificaciones técnicas.
Programar y cuantificar los "avances" para el siguiente mes, tanto físico como valorizado.
Lista de personal y equipo empleado por el Contratista durante el período respectivo,
indicando variaciones con lo programado, si las hubiese.
Llevar el récord de índices de seguridad y accidentes de obra.
Evaluará y comparará entre el avance programado y el realmente ejecutado, explicando las
causas que hayan motivado atrasos, si las hubiera, y de las disposiciones tomadas para
superarlos.
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Alertar de previsibles dificultades futuras y las soluciones que se propone adoptar o que ya
adoptó, sugiriendo la intervención de LA ENTIDAD, si lo considera necesario o
indispensable.
Juicio crítico sobre la actuación del Contratista en su conjunto.
C) INFORMES SEMANALES SEGÚN FORMATOS DE LA ENTIDAD.
Incluirá los acontecimientos ocurridos más resaltantes durante la semana, informará sobre
materiales, equipos, personal del Contratista y el estado de la obra con relación al avance
programado y real ejecutado, observaciones y recomendaciones para notificar al Contratista,
adjuntando como mínimo 06 fotos del detalle constructivo, 03 fotos panorámicas digitalizadas
impresos a color y copias del cuaderno de Obra de la semana correspondiente. Deberá
informar complementariamente por vía e-mail (los días viernes de cada semana hasta las
16:00 Horas), así como también una versión escrita de la misma, a LA ENTIDAD (los días lunes
de la semana siguiente).
D) INFORMES ESPECIALES
Deberán ser presentados de acuerdo a lo siguiente:
Informes solicitados por LA ENTIDAD dentro del plazo que esta considere de acuerdo a las
circunstancias que el caso amerite. Si el Informe Especial amerita un plazo mayor, por
razones justificadas, LA ENTIDAD establecerá el nuevo plazo de presentación del Informe.
Informe de oficio sin que lo pida LA ENTIDAD cuando se trata de asuntos que requieran
pronunciamiento o resolución de LA ENTIDAD promoviendo un Expediente Administrativo;
o se trate de hacer conocer a LA ENTIDAD importantes acciones administrativas que haya
tomado en el ejercicio de sus atribuciones; y que serán cursadas dentro del término de la
distancia.
En los Informes Mensuales que tienen carácter de reporte, hará un recuento de la acción
tomada.
EL SUPERVISOR presentará el Informe de Término de Obra para la Recepción de la Obra
E) INFORME FINAL
Incluirá la medición final (resultado real de lo ejecutado) de la obra y evaluación del
Contratista, a criterio de EL SUPERVISOR.
Revisión y entrega a conformidad de la Memoria Descriptiva valorizada de la obra,
Certificados de calidad de los materiales y Ensayos, 03 juegos de los Planos Post
Construcción que haya realizado (incluye archivos en formato de texto, hoja de cálculo y
AutoCAD, grabados en CD).
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El Informe Final incluirá un plan típico de acciones periódicas (anual) para la conservación y
el mantenimiento de la Obra y de protección ambiental, que será entregado a la Institución
Educativa beneficiada y LA ENTIDAD.
El Informe Final incluirá un RESUMEN DE FOTOS (Impreso y en CD o DVD), un resumen de
videos editados y narrados en los cuales se muestre de manera sistematizada el proceso
constructivo y secuencial de las partidas más significativas e importantes de la obra y vistas
panorámicas del desarrollo secuencial de la Obra, desde el inicio hasta su finalización.
EL SUPERVISOR alcanzará los documentos necesarios para la Liquidación del Contrato de
Obra y Preliquidación de la misma.
Sin exclusión de las obligaciones que corresponden, conforme a los dispositivos legales vigentes y
que son inherentes como tal, entre otros, la supervisión y el control de esta Obra obliga a:
Revisar detalladamente los Expediente Técnico y formular oportunamente las
recomendaciones, complementaciones y/o modificaciones, así como dar aviso a probables
variaciones del presupuesto por adicionales y deductivos de las Obra.
Revisar y evaluar detalladamente el Calendario de Avance de Obra (CAO), el Calendario de
Adquisición de Materiales y Utilización de Equipos Mecánicos (CUMyE) y el Calendario de
Utilización del Adelanto Directo (CUAD) que el Contratista presentó a la Entidad para la firma del
Contrato.
Controlar el cumplimiento del cronograma de utilización del Adelanto Directo entregado por el
Contratista, a la firma del contrato.
Controlar el cumplimiento del cronograma de utilización del Adelanto para Materiales
entregado por el Contratista, al inicio de la Obra.
Realizar el control, la fiscalización e inspección de la ejecución de la Obra e Equipamiento,
verificando constantemente y oportunamente que los trabajos y dotación de equipos se
ejecuten de acuerdo a los Planos, Especificaciones Técnicas y en general con toda la
documentación que conforma el Expediente Técnico, además de cumplir estrictamente con las
Normas de Construcción y reglamentación vigente.
Controlar exhaustivamente de manera estricta la calidad de los materiales a utilizarse en la
Obra, así como los equipos a instalarse los cuales deben cumplir con los planos, los diseños, los
ensayos y las especificaciones técnicas del expediente técnico y normas vigentes.
Controlar el Avance de las Obras a través del Programa de Ejecución de Obra (Programación
PERT-CPM) y Diagrama de GANTT con el detalle suficiente de cada una de las actividades desde
el inicio hasta su conclusión.
Controlar el avance físico y económico de la Obra, efectuando periódicamente de manera
detallada y oportuna la medición en la planilla de metrados y la valorización de las cantidades de
la obra ejecutada, mediante la utilización de programas de computación.
Vigilar y verificar que el Contratista cumpla con las normas de seguridad, tanto del tráfico,
señalización, salubridad, conservación del medio ambiente destinado al personal directamente
involucrado en las obras, como a los que dirigen, supervisan o visitan la obra, deberán reflejarse
con registros fotográficos.
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Inspección y verificación permanente de la calidad y cantidad de los materiales y equipos
idóneos, así como el control físico de los mismos, presentando en los informes
correspondientes, su inventario detallado y actualizado. Deberán además, llevar un control
especial e informar a LA ENTIDAD sobre la permanencia en la obra y estado de los equipos y
maquinaria.
Mantener la estadística general de la obra y preparar los Informes Semanales y Mensuales, los
cuales deberán indicar detalladamente los avances físicos y económicos, los problemas
presentados y las soluciones adoptadas en obra.
Verificar los estudios de suelos, la calidad de canteras y diseños en general; en caso necesario
tomar las previsiones, proponiendo alternativas o soluciones.
Durante la etapa de inicio de la ejecución de obra y recepción de obra, EL SUPERVISOR tomará
las medidas necesarias para que el Contratista cumpla con las normas de conservación
ambiental y las exigidas en el Estudio y Especificaciones Técnicas del Proyecto.
Revisión y verificación permanentemente de la ejecución de los trazos de ejes, niveles
topográficos todo lo inherente a la mecánica de suelos.
Recomendar y asesorar a LA ENTIDAD en lo referente a los sistemas constructivos que se
empleen para ejecutar la Obra y emitir opinión y pronunciamientos sobre los aspectos que
proponga el Contratista.
Elaborar y presentar oportunamente, los informes y/o expedientes sobre variaciones de obra
(adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo), dentro del período previsto en la normatividad
que rige el Contrato y Directivas que LA ENTIDAD emita para tal fin.
Efectuar el control de los trabajos para la Recepción de Obra.
Efectuar el Informe Final de la Obra
17. ACTIVIDADES ESPECIFICAS DE EL SUPERVISOR A continuación se presenta una relación de las actividades que EL SUPERVISOR desarrollará
durante el proceso de ejecución de la obra, sin que sea limitativa debiendo proponer en mayor
amplitud y detalle su propia relación de actividades.
Actividades al inicio de Ejecución de la Obra.
Oportuna aprobación de la disponibilidad de las canteras; para cuyo efecto, en nombre de LA
ENTIDAD ejercerá ante las autoridades competentes todas las acciones necesarias para reservar
los volúmenes necesarios para la obra, tomando en consideración las normas sobre aspectos
ambientales.
Definir por escrito con el Contratista, las marcas y tipos de materiales a usar durante la ejecución
de la obra, enmarcando dentro de los requerimientos que se indican en el expediente técnico
para su adquisición y provisión oportuna de acuerdo a los CAO y CUMyE.
Actividades Durante la Ejecución de las Obras.
Supervisión y control de las instalaciones temporales, equipos de construcción y de control de
calidad de materiales, personal administrativo, técnico y obreros del Contratista.
Revisión, evaluación y aprobación de los diseños de ejecución y métodos de constructivos
propuestos por el Contratista.
Constatar el replanteo general de la Obra y efectuar permanentemente el control de ejes y
niveles durante la construcción.
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39
Supervisar y controlar la calidad de la ejecución de los trabajos, de conformidad con el
Expediente Técnico, Reglamento Nacional de Edificaciones y otros reglamentos vigentes.
Posterior al informe detallado (2.1, b), si es necesario, recomendara sobre cambios y/o
modificaciones del Proyecto original, así como de diseños complementarios necesarios, para la
conformidad de LA ENTIDAD de ser el caso.
Control del avance físico y financiero de la Obra de acuerdo con los programas aprobados (CAO,
CUAD, CUMyE, PERT/CPM, GANTT).
Programar y coordinar reuniones periódicas con el Contratista, informando a LA ENTIDAD sobre
los acuerdos y resultados.
Exigir que se efectúen las pruebas de control de calidad de materiales, evaluar y dar opinión
técnica sobre los resultados de laboratorio.
Exigir pruebas de control de calidad de los trabajos que a su criterio deban realizarse durante la
ejecución de las obras, así como pruebas adicionales que acrediten la capacidad portante del
terreno según diseño.
Comunicar permanentemente a los funcionarios de LA ENTIDAD, sobre el desarrollo y estado de
las obras vía telefónica, correo electrónico e informes diversos.
Valorizar mensualmente las obras, ejecutadas según presupuesto contratado,
incluyendo reintegros, reembolsos que correspondan; así como de los presupuestos adicionales
y deductivos aprobados, sustentándolos con la documentación técnica, administrativa y los
cálculos que los respalden (Incluyendo los metrados realmente ejecutados, en detalle).
Control estricto y permanente de las condiciones de seguridad en el desarrollo de
la obra, accesos, circulación y señalización, almacenamiento y manipuleo de materiales,
protección de trabajos en riesgos de caída.
Preparación de Informes de Avance Semanales, adjuntado registros fotográficos
digitales (proceso constructivo, vistas específicas y panorámicas) y escaneado de las hojas del
Cuaderno de Obra.
Remisión de los Informes Especiales a LA ENTIDAD, cuando ésta los requiera o las
circunstancias lo determinen.
Vigilancia de que las obras se mantengan bien iluminadas durante los trabajos
nocturnos.
Cumplir y hacer cumplir las Normas Técnicas de Control, de la Contraloría General
de la República, en lo concerniente a la construcción de obras públicas.
Controlar y coordinar la eliminación de interferencias físicas en el terreno.
Asesorar a LA ENTIDAD en controversias con el Contratista y/o terceros.
Tramitar con su opinión los reclamos y/o planteamientos del Contratista que
excedan de su nivel de decisión dentro de los plazos indicados en el presente documento y/o en
los establecidos en la normatividad vigente, organizando el expediente destinado a culminar en
una resolución administrativa.
Preparar oportunamente, dentro del plazo exigido, los expedientes técnicos que
involucren presupuestos Adicionales y/o Deductivos de obra presentados, para el
pronunciamiento final de LA ENTIDAD y/o la Contraloría General de la República. EL
SUPERVISOR deberá efectuar el seguimiento sobre el pronunciamiento del expediente
presentado hasta su respuesta al Contratista.
Actividades de Recepción de la Obra, Informe Final, Liquidación Final de Contrato de Obra.
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40
EL SUPERVISOR, dentro de los cinco (5) días de la solicitud del Contratista para la
Recepción de la Obra, informara a LA ENTIDAD de este pedido, opinando en forma clara y
precisa, previa verificación, sobre la culminación de la Obra y en qué fecha se produjo la misma;
y de ser el caso, informará a LA ENTIDAD sobre las observaciones pendientes de subsanación.
Previo informe de EL SUPERVISOR, LA ENTIDAD designará un Comité de Recepción
dentro de los 07 días de recibida la comunicación por parte de EL SUPERVISOR.
EL SUPERVISOR presentará un Informe Final de Obra según estructura y formato
entregado por LA ENTIDAD, dentro de los diez (10) días naturales después de la Recepción de la
Obra, en el que incluirá el resultado estadístico del control de calidad de la Obra ejecutada.
Integrará el Comité de Recepción de Obra y participará durante todo el proceso de
Recepción de la Obra.
EL SUPERVISOR alcanzará los documentos necesarios para la efectuar la
Liquidación del Contrato de Obra, además de la Pre-Liquidación y la Memoria Descriptiva de la
Obra.
18. RESPONSABILIDAD DE EL SUPERVISOR EL SUPERVISOR, será responsable de la calidad de los servicios que preste, y de velar que la obra
se ejecuten con óptima calidad, para lo cual mantendrá su presencia permanente en todas y
cada una de las actividades que conforman la ejecución de la obra.
EL SUPERVISOR será responsable en lo que le corresponde de la revisión del Proyecto
(Expediente Técnico), asimismo de las complementaciones y/o modificaciones que efectúe para
optimizar y mejorar la calidad del Proyecto original.
EL SUPERVISOR será responsable de la entrega de valorizaciones, de la entrega de la
documentación para la Liquidación de la Obra, de la liquidación del Contrato de Supervisión,
dentro de los plazos y condiciones fijados en el Contrato. (definición de plazos y condiciones en
el contrato).
EL SUPERVISOR controlará y exigirá el cumplimiento de los Programas de Avance de Obra y
deberá requerir al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento.
Asimismo, exigir al Contratista el fiel cumplimiento de las normas de seguridad e higiene
industrial.
EL SUPERVISOR deberá ejercer un control permanente sobre la vigencia de las Cartas Fianzas del
Contratista, comunicando a LA ENTIDAD los vencimientos con un mes de anticipación.
EL SUPERVISOR deberá cumplir con la evaluación y presentación oportuna de los Expedientes
Técnicos que sustenten los presupuestos adicionales o deductivos, que se originen por
modificaciones del Proyecto Original de la Obra Contratada. Estos presupuestos deben ser
suscritos por EL SUPERVISOR y el Representante del Contratista.
En caso de que LA ENTIDAD se vea en la necesidad de incurrir en mayores gastos por
incumplimiento de EL SUPERVISOR de lo señalado en el párrafo anterior, estos mayores gastos
serán asumidos por EL SUPERVISOR, descontándose de sus honorarios profesionales.
De ser el caso, EL SUPERVISOR deberá mantener un control permanente sobre los Adelantos por
Materiales otorgados al Contratista, lo que se reflejará tanto en las valorizaciones como en los
ajustes de los montos de las Cartas Fianzas.
Vigilar que la señalización de tránsito cumpla con lo requerido por LA ENTIDAD y las autoridades
de tránsito.
Es responsabilidad de EL SUPERVISOR que la Amortización del Adelanto Directo otorgado al
Contratista se efectúe regularmente en las valorizaciones mensuales de la Obra; controlando
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41
que el adelanto sea amortizado totalmente, en las valorizaciones correspondientes, dentro del
Plazo vigente de ejecución de la Obra.
EL SUPERVISOR, dentro de los alcances del rol contractual que le ha correspondido desempeñar,
será legalmente responsable por el período de siete (7) años, a partir de la finalización de sus
servicios.
Las sanciones por incumplimiento que se aplican al CONSULTOR comprenden no solamente las
establecidas en estos Términos de Referencia y en el Contrato, sino además las que conforme a
ley le corresponden, para lo cual LA ENTIDAD iniciará acciones legales pertinentes de ser el caso.
EL SUPERVISOR no tendrá autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones
contractuales, ni de ordenar ningún trabajo adicional o variación de obra que de alguna manera
involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y
previa de LA ENTIDAD de acuerdo a Ley.
Por ningún motivo EL SUPERVISOR valorizará Obra Adicional en la planilla de Obra Contratada.
EL SUPERVISOR será responsable del control de calidad de las Obras ordenando al Contratista de
la obra, las pruebas de control requeridas.
19. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL EL SUPERVISOR adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo Control técnico
de las actividades del Contratista, relacionadas con la ejecución de la obra, las que deberán ser
anotados diariamente en el Cuaderno de Obra.
EL SUPERVISOR en los procedimientos de control, deberá considerar una coordinación
permanente con el Contratista de la obra y LA ENTIDAD.
Los laboratorios en los cuales se ejecutarán los ensayos no rutinarios, deberán contar la
aprobación previa de EL SUPERVISOR
EL SUPERVISOR será responsable directo de la verificación del diseño y de las pruebas necesarias
que el Contratista realizará una vez concluida las estructura del pavimento.
EL SUPERVISOR elevará a LA ENTIDAD un informe especial sobre los resultados y conclusiones,
señalados en el literal anterior
EL SUPERVISOR debe exigir al Contratista la presentación de ensayos que garanticen la calidad
de los aceros estructurales, elementos de anclaje y los concretos ejecutados por el Contratista,
en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos.
En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisión definirá los trabajos
necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, siendo estos trabajos por cuenta del
Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por dichos trabajos,
toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente el trabajo. Sin
embargo, EL SUPERVISOR no se eximirá de la responsabilidad de estos resultados, por lo que se
hará acreedor de la sanción indicada en el numeral 10.0 de los Términos de Referencia.
EL SUPERVISOR está obligado a realizar los controles de los ensayos antes mencionados y
descritos. Deberá elaborar un Informe Técnico que señale la metodología empleada en cada
ensayo, sus correcciones, resultados, recomendaciones y conclusiones. El Informe incluirá
además el análisis y/o resultado estadístico de los ensayos realizados en las obras, durante la
ejecución de la obra, comparándolos con los parámetros o requisitos exigidos en las
especificaciones técnicas. El Informe Técnico será presentado a LA ENTIDAD y se incluirá en el
Informe de Situación de la Obra, que mensualmente presenta EL SUPERVISOR y será requisito
indispensable para la Recepción de la Obra.
20. RECURSOS QUE PROPORCIONARA LA ENTIDAD AL CONSULTOR
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42
LA ENTIDAD proporcionará apoyo al CONSULTOR en las coordinaciones que realice éste con otras
Instituciones Públicas y Privadas, para la ejecución de la obra y toda la información necesaria de
manera que permita desarrollar normalmente las actividades indicadas en los Alcances de los
Servicios.
21. SANCIONES Y PENALIDADES. Las penalidades se aplicarán de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 165° del Reglamento de la ley de
Contrataciones del Estado, cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la entidad
podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Si el supervisor entregara documentación incompleta o no son de entera satisfacción de la entidad,
ésta la notificará que la complemente y/o corrija; y la supervisión será pasible de mitad de la
penalidad establecida en este numeral hasta que cumpla con subsanar esta falta.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la entidad podrá resolver el contrato
por incumplimiento-
Por incumplimiento de las responsabilidades de la supervisión, se aplicarán penalidades referidas al
monto del contrato y las sanciones se efectuaran por cada ocurrencia, teniendo en cuenta los
siguientes criterios:
ITEM INFRACCIÓN UNIDAD °% S/. MM
(MONTO
MENSUAL)
1 Ausencia Injustificada en obra del
supervisor de obra y/o el asistente (o
cualquier otro personal perteneciente
a la supervisión de corresponder su
presencia en obra).
Cada vez
3%
2 No hacer cumplir al contratista las
medidas de seguridad indicadas en el
expediente técnico.
Por cada frente de
trabajo y cada vez
4%
3 No presentar informe Mensual, en el
plazo establecido.
Por día de demora. 3%
4 No tener al día el cuaderno de obra Cada vez 2%
5 No comunicar a la Municipalidad en el
día, sobre eventos ocurridos en la
obra, (accidentes, manifestaciones,
etc.)
Por cada evento y
cada vez
4%
6 No verificar que los materiales y
equipos cumplan con las
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43
especificaciones técnicas del
expediente técnico de obra.
Cada vez 4%
7 No cumplir con lo estipulado en el
reglamento nacional de edificaciones
norma G 050
Cada vez
6%
8 Por no absolver las consultas y/o
requerimientos del Contratista, en un
plazo máximo de cinco (05).
Por cada día de
retraso.
3%
9 Por no comunicar a LA ENTIDAD
dentro de los cinco días de haber
recibido de parte del Contratista, la
solicitud de Recepción de Obra.
Por cada día de
retraso.
3%
10 Por no controlar eficientemente la
ejecución de la obra y/o por no haber
adoptado oportunamente las acciones
necesarias para un correcto trabajo;
por no controlar la señalización (diurna
y nocturna) durante la ejecución de
Obra y/o por no haber adoptado las
acciones necesarias para que el
Contratista ejecute la señalización que
la Obra requiere para evitar accidentes
y brindar la seguridad suficiente al
usuario.
Cada vez
4%
11 Por no presentar oportunamente o
presentar en forma deficiente y/o
incompleta, los siguientes
documentos: el Calendario de Avance
Acelerado (CAA) el Calendario de
Avance de Obra Actualizado (CAOA),
según lo establecido por las Bases de
Adjudicación (Bases de Adjudicación
que son de conocimiento de la
Supervisión y que forman parte
integrante del contrato)
Cada vez
4%
12 Por demora en la presentación de los
Informes indicados en los Términos de
Referencia, de valorizaciones, de
Expedientes de presupuestos
adicionales o de deductivos, de
Liquidaciones, de ampliaciones de
Por día de demora. 3%
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44
plazo y de informes específicos.
13 Autorizar la ejecución de obras
adicionales sin que la Municipalidad
haya aprobado el respectivo
Expediente Técnico con los
presupuestos adicionales que sean
requeridos.
Cada vez
6%
14 Por valorizar obras y/o metrados no
ejecutados (sobre-valorizaciones) y
pagos en excesos, valorizaciones
adelantadas u otros actos que deriven
de pagos indebidos o no encuadrados
en las disposiciones vigentes.*
Cada vez
6%
15 Por valorizar sin ceñirse a las bases de
pago y/o por valorizar obras
adicionales dentro de la planilla de
obra contratada.*
Cada vez
6%
16 Si la SUPERVISION no hiciera las
deducciones o descuentos
oportunamente, en las valorizaciones
del contratista, con la finalidad de que
al término de obra no exista os e
reduzca el saldo a favor de la
Municipalidad.
Cada vez
6%
17 Si la supervisión no presenta
oportunamente los informes de
ampliaciones de plazo, incurriendo a
mayores gastos generales a la
Municipalidad.
Cada vez
6%
18 Por no presentar oportunamente o en
forma deficiente y/o incompleta, los
siguientes documentos: el calendario
de Avance Acelerado (CAA) ó por no
presentar oportunamente el
calendario de avance de obra
actualizado (CAOA), según lo
establecido por las bases de
Adjudicación (bases de Adjudicación
que son de conocimiento de la
supervisión). *
Cada vez
6%
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45
19 Si la entidad observa cualquier partida
de una valorización, esta será absuelta
y regularizada en la valorización
siguiente, caso contrario se aplicará
una penalidad del monto del contrato
reajustado.
Cada vez
1%
* En caso de reincidencia se duplicará la sanción indicada.
Estas penalidades se aplicarán hasta por un monto máximo equivalente al 10% (diez por ciento)
del monto del contrato vigente y se calcularán en forma independiente a la penalidad por mora.
Procedimiento de Aplicación
De detectarse alguna infracción cometida por la Supervisión, El área de Supervisión de obra
comunicará mediante carta la situación verificada (que se considerará como un pre aviso),
otorgando un plazo de 24 horas para la subsanación de la falta. De verificarse que la supervisión
no ha cumplido en subsanar las observaciones señaladas en el pre aviso, el área de Supervisión
de obras comunicará mediante carta a la supervisión que se aplicará la multa en vista de su
incumplimiento.
En caso de ausencia injustificada en obra, por un plazo máximo de 04 días calendarios
consecutivos ó la acumulación de la penalidad máxima dará como resultado la inmediata
rescisión del contrato.
Las sanciones previstas en el literal anterior serán aplicadas administrativamente por LA ENTIDAD,
procediéndose a su descuento en la valorización que corresponda, de los servicios de EL
SUPERVISOR.
22. CRITERIOS AMBIENTALES ESPECÍFICOS. EL SUPERVISOR deberá velar y hacer cumplir por el contratista de la obra minimice por lo menos
los siguientes impactos ambientales en la ejecución del proyecto de infraestructura citado:
Tipología del Impacto Principales medidas de Mitigación
El proyecto no deberá ocasionar el
deterioro de la vegetación natural en sus
alrededores o áreas aledañas.
Analizar la localización del Proyecto
para evitar afectar áreas de especial
interés desde el punto de vista de la
fauna y flora.
El proyecto no deberá interferir con los
planes de protección de laderas, taludes, y
otras obras para el control de la erosión.
Elegir adecuadamente la localización
para la implantación de las obras de
reconstrucción.
El proyecto no deberá estar localizado
sobre áreas pantanosas, áreas
ecológicamente frágiles, o en zonas con
condiciones naturales peligrosas o de alto
riesgo ante la ocurrencia de fenómenos
naturales.
Elegir adecuadamente la localización
para la implantación de la obra de
infraestructura de la ENTIDAD.
En casos especialmente críticos prever
una estructura de protección para el
establecimiento, asegurando además
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46
su acceso en cualquier situación.
Se deberá asegurar la disposición adecuada
de residuos sólidos y líquidos con el fin de
evitar el deterioro de la calidad de fuentes
de agua superficiales y subterráneas, en
áreas verdes.
Prever recipientes apropiados para
sustancias altamente tóxicas.
Proveer si se requiere incineradores.
Adicionalmente EL SUPERVISOR deberá exigir que EL CONTRATISTA tenga en cuenta como mínimo
las siguientes directrices:
Deberá contarse con un sistema adecuado para eliminar desechos y materiales peligrosos para la salud humana provenientes de los diversos establecimientos en cuestión.
La obra deberá contar con servicios higiénicos adecuados y suficientes para los trabajadores, así como el área respectiva para el funcionamiento del comedor.
El área de la obra, deberá ser tratada de tal modo que se elimine o se mitigue los focos infecciosos (relleno sanitario, lagunas de estabilización, etc.) y de zonas industriales o con altos niveles de contaminación (e.g. emisiones, ruido, etc.)
Con el fin de cumplir con las tipologías del impacto y las medidas de mitigación EL SUPERVISOR debe garantizar que EL CONTRATISTA evite, durante la ejecución y luego de la fase final de los trabajos, la generación de los siguientes impactos negativos, independientemente de las obligaciones que deriven de las especificaciones técnicas y demás normas y reglamentos nacionales:
Contaminación del suelo con aceites, grasas, combustibles, pinturas, entre otros, en el lugar de la obra, así como en el Campamento, si lo hubiera.
Contaminación del aire con pólvoras, cenizas, gases y material particulado.
Contaminación sonora en áreas urbanas y rurales por medio de equipos y maquinaria pesada.
Inestabilidad de taludes naturales o artificiales, si fuera el caso, por medio de excavaciones y cortes para cimentación de obras, canteras, etc.
Acumulación desordenada de detritos y otros materiales oriundos de los trabajos en el sitio de Obras y en el Campamento.
Contaminación de las áreas citadas por cualquier residuo temporal no debidamente dispuesto.
Generación de condiciones para la proliferación de vectores de enfermedades transmisibles, como mosquitos en agua estancada, roedores en depósitos de basura, etc.
Degradación paisajista causada por movimientos de tierra, cortes y otros, relacionados con la ejecución de las actividades;
Destrucción de vegetación natural fuera del área de construcción, por depósito de materiales, acceso al lugar de la obra, canteras de materiales, campamento de trabajadores, etc.
Ejecución de caza ilegal o depredadora por parte de los trabajadores de la construcción.
Agresión o interferencia en las costumbres de pequeñas comunidades rurales (en casos aplicables), por parte de los trabajadores de la construcción.
Para ello se deberán adoptar las siguientes medidas:
Mantener un esquema eficiente de conservación del Sitio de Obras para prevenir daños y erosiones por descargas de agua mal controladas.
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47
Mantener el control médico de la salud de los trabajadores y el control de las medidas de seguridad en la obra, con el objeto de evitar accidentes de trabajo.
Prever en el campamento cajas de recolección de basura, depósito y eliminación correcta de residuos orgánicos, tanto sólidos como líquidos.
Limpiar, consolidar y proteger las superficies del sitio de obra, y campamento.
Desmontar, demoler correctamente intervenciones y obras provisionales, sin dejar componentes que pueden constituir, en el futuro, peligro o fuente de contaminación ambiental.
Exigir al contratista la presencia de un ingeniero de seguridad y asistente de manera permanente.
El plazo de responsabilidad del supervisor será de tres (03) años contados a partir de la
recepción de obra.
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48
CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer. De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluación:
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
A. EXPERIENCIA DEL POSTOR 35 puntos
A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado
acumulado por el postor correspondiente a la
actividad objeto del proceso, durante un periodo de
Diez (10) años a la fecha de presentación de
propuestas, hasta por un monto máximo
acumulado equivalente a Cinco (05) Veces el Valor
Referencial.
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple
de: contratos y su respectiva conformidad por la
prestación efectuada; o comprobantes de pago
cuya cancelación se acredite documental y
fehacientemente, con voucher de depósito, reporte
de estado de cuenta y copia del cheque,
correspondientes a un máximo de diez (10)
servicios.
En caso los postores presenten varios
comprobantes de pago para acreditar la prestación
de un solo servicio, se deberá acreditar que
corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se
asumirá que los comprobantes acreditan servicios
independientes, en cuyo caso solo se considerará,
para la evaluación y calificación, los diez (10)
primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6
M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de consultoría correspondientes a la actividad objeto del proceso
M >= 5 veces el valor
referencial:
10 puntos
M >= 4 veces el valor
referencial y < 5 veces
el valor referencial:
08 puntos
M >= 3 veces el valor
referencial y < 4 veces
el valor referencial:
06 puntos
15
De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.
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49
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
referido a la Experiencia del Postor en la actividad.
En el caso de servicios de ejecución periódica,
sólo se considerará como experiencia la parte del
contrato que haya sido ejecutada a la fecha de
presentación de propuestas, debiendo adjuntarse
copia de las conformidades correspondientes a tal
parte o los respectivos comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida
en consorcio, deberá presentarse la promesa
formal de consorcio o el contrato de consorcio del
cual se desprenda fehacientemente el porcentaje
de las obligaciones que se asumió en el contrato
presentado; de lo contrario, no se computará la
experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos
derivados de procesos de selección convocados
antes del 20.09.2012, se entenderá que el
porcentaje de las obligaciones equivale al
porcentaje de participación de la promesa formal
de consorcio o del contrato de consorcio. En caso
en dichos documentos no se consigne el
porcentaje de participación se presumirá que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o
comprobantes de pago el monto facturado se
encuentre expresado en moneda extranjera, debe
indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
correspondiente a la fecha de suscripción del
contrato, de emisión de la orden de servicio o de
cancelación del comprobante de pago, según
corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben
llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la
Experiencia del Postor en la especialidad.
El servicio prestado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la actividad.
Se aclara que la base del Certificado de
Conformidad es el Contrato, Orden de Servicio ó
documento similar que tenga valor contractual.
Por tanto, en caso de no presentar dichos
M >= 2 veces el valor
referencial y < 3 veces
el valor referencial:
04 puntos
M >= 1.5 veces el valor
referencial y < 2 veces
el valor referencial:
02 puntos
M > = 1.01 veces el
valor referencial y <
1.5 veces el valor
referencial
01 puntos
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
AMC 208-2013-MDCC – Derivada de la ADP 15-2013-MDCC
50
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
documentos, no se otorgará puntaje alguno.
Los postores deberán actualizar los montos de los
contratos
pactados en moneda nacional, mediante los
Índices de Precios
al Consumidor (IPC) para Lima Metropolitana
(Índice Unificado
39), que publica el Instituto Nacional de Estadística
e Informática – INEI, desde la fecha del Contrato
hasta la fecha
de la Convocatoria.
Si se trata de contratos pactados en moneda
extranjera,
previamente se deberá efectuar el cambio a
moneda nacional,
mediante la aplicación del tipo de cambio de venta
que publica
la Superintendencia de Banca y Seguros - SBS, a
la fecha del
contrato. Luego, se seguirá el procedimiento de
actualización
en moneda nacional explicado en el párrafo
anterior.
IMPORTANTE:
Cuando el objeto del proceso sea la supervisión de
obras deberá acreditarse la experiencia en la
actividad con contratos o comprobantes de pago
referidos a la supervisión de obras sin distinguir el
tipo de especialidad prevista en el artículo 268 del
Reglamento.
A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado
acumulado por el postor correspondiente a
servicios iguales o similares al objeto del proceso,
durante un periodo de diez (10) años a la fecha de
presentación de propuestas, hasta por un monto
M = Monto facturado
acumulado
por el postor por la
prestación de
servicios de
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
AMC 208-2013-MDCC – Derivada de la ADP 15-2013-MDCC
51
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
máximo acumulado equivalente a dos (02) vez el
Valor referencial.
Se considerarán servicios similares a los Servicios
de Supervisión en obras similares (Obras de
saneamiento y afines)
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple
de: contratos y su respectiva conformidad por la
prestación efectuada; o comprobantes de pago
cuya cancelación se acredite documental y
fehacientemente, con voucher de depósito, reporte
de estado de cuenta y/o copia del cheque,
correspondientes a un máximo de diez (10)
servicios iguales o similares al objeto del proceso.
En caso los postores presenten varios
comprobantes de pago para acreditar la prestación
de un solo servicio, se deberá acreditar que
corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se
asumirá que los comprobantes acreditan servicios
independientes, en cuyo caso solo se considerará,
para la evaluación y calificación, los diez (10)
primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7
referido a la Experiencia del Postor en la
especialidad.
En el caso de servicios de ejecución periódica,
sólo se considerará como experiencia la parte del
contrato que haya sido ejecutada a la fecha de
presentación de propuestas, debiendo adjuntarse
copia de las conformidades correspondientes a tal
parte o los respectivos comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida
en consorcio, deberá presentarse la promesa
formal de consorcio o el contrato de consorcio del
cual se desprenda fehacientemente el porcentaje
de las obligaciones que se asumió en el contrato
presentado; de lo contrario, no se computará la
experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos
derivados de procesos de selección convocados
antes del 20.09.2012, se entenderá que el
porcentaje de las obligaciones equivale al
porcentaje de participación de la promesa formal
consultoría iguales
o
similares al objeto
de la
convocatoria
M >= 2 veces el valor
referencial:
25 puntos
M >= 1.75 veces el
valor referencial y < 2
veces el valor
referencial:
15 puntos
M >= 1.50 veces el
valor referencial y <
1.75 veces el valor
referencial:
05 puntos
M > = 1.01 vez el valor
referencial < 1.50
veces el valor
referencial:
01 puntos
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
AMC 208-2013-MDCC – Derivada de la ADP 15-2013-MDCC
52
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
de consorcio o del contrato de consorcio. En caso
en dichos documentos no se consigne el
porcentaje de participación se presumirá que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o
comprobantes de pago el monto facturado se
encuentre expresado en moneda extranjera, debe
indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
correspondiente a la fecha de suscripción del
contrato, de emisión de la orden de servicio o de
cancelación del comprobante de pago, según
corresponda.
Se aclara que la base del Certificado de
Conformidad es el Contrato, Orden de Servicio ó
documento similar que tenga valor contractual. Por
tanto, en caso de no presentar dichos documentos,
no se otorgará puntaje alguno.
Los postores deberán actualizar los montos de los
contratos
pactados en moneda nacional, mediante los
Índices de Precios
al Consumidor (IPC) para Lima Metropolitana
(Índice Unificado
39), que publica el Instituto Nacional de Estadística
e Informática – INEI, desde la fecha del Contrato
hasta la fecha
de la Convocatoria.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben
llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la
Experiencia del Postor en la especialidad.
B. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL
PERSONAL PROPUESTO PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO
45 puntos
JEFE DE SUPERVISIÓN DE OBRA
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
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53
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
la especialidad del personal propuesto como
Supervisor o Jefe de Supervisión. Se considerarán
como trabajos o prestaciones similares a los
siguientes servicios, tales como: Supervisión de
Obras Similares (Obras de saneamiento y afines)
De presentarse experiencia ejecutada
paralelamente (traslape), para el cómputo del
tiempo de dicha experiencia sólo se considerará
una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Mediante la presentación de copia simple de
contratos de obra o consultoría con su respectiva
acta de recepción o constancias o certificados o
cualquier otro documento análogo en la que conste
el nombre del profesional propuesto.
En el supuesto que el postor fuera una persona
natural, la experiencia que acredite como tal,
también podrá utilizarla para acreditar su
experiencia como personal propuesto para la
prestación del servicio de consultoría, de ser el
caso.
SUPERVISOR DE OBRA
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad del personal propuesto como Jefe
de Supervisión, Supervisor o Inspector en
Supervisión de Obras Similares (Obras de
saneamiento y afines)
De presentarse experiencia ejecutada
paralelamente (traslape), para el cómputo del
tiempo de dicha experiencia sólo se considerará
una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Para acreditar la experiencia del asistente el postor
deberá presentar copia simple de contratos de
obra o consultoría con su respectiva acta de
recepción o constancias o certificados o cualquier
Más de 36 meses:
20 puntos
Más de 24 meses
hasta 36 meses:
15
puntos
Más de 24 meses
hasta 30 meses
10 puntos
Mayor de 18 meses
hasta 24 meses
01
puntos
Más de 30 meses
05
puntos
Más de 24 meses
hasta 30 meses
03 puntos
Mayor de 18 meses
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
AMC 208-2013-MDCC – Derivada de la ADP 15-2013-MDCC
54
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
otro documento análogo en la que conste el
nombre del profesional propuesto.
En el supuesto que el postor fuera una persona
natural, la experiencia que acredite como tal,
también podrá utilizarla para acreditar su
experiencia como personal propuesto para la
prestación del servicio de consultoría, de ser el
caso.
ASISTENTE DE SUPERVISION DE OBRA
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad del personal propuesto como Jefe
de Supervisión, Supervisor o Inspector o Asistente
en Supervisión de Obras Similares (Obras de
saneamiento y afines)
De presentarse experiencia ejecutada
paralelamente (traslape), para el cómputo del
tiempo de dicha experiencia sólo se considerará
una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Para acreditar la experiencia del asistente el postor
deberá presentar copia simple de contratos de
obra o consultoría con su respectiva acta de
recepción o constancias o certificados o cualquier
otro documento análogo en la que conste el
nombre del profesional propuesto.
En el supuesto que el postor fuera una persona
natural, la experiencia que acredite como tal,
también podrá utilizarla para acreditar su
experiencia como personal propuesto para la
prestación del servicio de consultoría, de ser el
caso.
ESPECIALISTA EN MECÁNICA DE SUELOS
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad del personal propuesto como Jefe
hasta 24 meses
01
puntos
Más de 18 meses
05
puntos
Más de 12 meses
hasta 18 meses
03 puntos
Mayor de 06 meses
hasta 12 meses
01
puntos
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
de Supervisión, Supervisor o Inspector o Asistente
en Supervisión de Obras Similares (Obras de
saneamiento y afines).
De presentarse experiencia ejecutada
paralelamente (traslape), para el cómputo del
tiempo de dicha experiencia sólo se considerará
una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Para acreditar la experiencia del asistente el postor
deberá presentar copia simple de contratos de
obra o consultoría con su respectiva acta de
recepción o constancias o certificados o cualquier
otro documento análogo en la que conste el
nombre del profesional propuesto.
En el supuesto que el postor fuera una persona
natural, la experiencia que acredite como tal,
también podrá utilizarla para acreditar su
experiencia como personal propuesto para la
prestación del servicio de consultoría, de ser el
caso.
ESPECIALISTA EN IMPACTO AMBIENTAL
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en
la especialidad del personal propuesto como
Especialista en el cargo solicitado. Se
considerarán como trabajos o prestaciones
similares a los siguientes servicios en Supervisión
de Obras Similares (Obras de saneamiento y
afines).
De presentarse experiencia ejecutada
paralelamente (traslape), para el cómputo del
tiempo de dicha experiencia sólo se considerará
una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Para acreditar la experiencia del especialista el
postor deberá presentar copia simple de contratos
de obra o consultoría con su respectiva acta de
recepción o constancias o certificados o cualquier
Más de 18 meses
05
puntos
Más de 12 meses
hasta 18 meses
03 puntos
Mayor de 06 meses
hasta 12 meses
01
puntos
Más de 12 meses
05
puntos
Más de 09 meses
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56
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
otro documento análogo en la que conste el
nombre del profesional propuesto.
En el supuesto que el postor fuera una persona
natural, la experiencia que acredite como tal,
también podrá utilizarla para acreditar su
experiencia como personal propuesto para la
prestación del servicio de consultoría, de ser el
caso.
ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS
- Cuenta con Maestría en Ingeniería Civil y post
grado en Ingeniería Estructural
- No cuenta
Acreditación:
Se acreditará con diploma o certificado.
hasta 12 meses
03 puntos
Mayor de 06 meses
hasta 09 meses
01
puntos
05
puntos
00
puntos
C. MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS 20 puntos
05 mejoras a más: 20
puntos
04 mejoras: 15 puntos
03 mejoras: 10 puntos
02 mejoras: 05 puntos
Criterio:
-Las mejoras se referirán a lo siguiente:
Mejora 1: Curso de post grado o diplomado o
segundas especialidades o maestrías o doctorados
en Mecánica de Suelos en obras hidráulicas para
el gerente de Supervisión, jefe de supervisión o
asistente de supervisión a ser sustentado con
copia del curso.
Mejora 2: Protocolo de Pruebas de Control de
Obras a ser implementado en la obra.
Mejora 3: Aportes tecnológicos en la mejora en el
control topográfico en obra (GPS, Nivel
Automático, etc.)
Mejora 4: Aportes tecnológicos en la mejora en el
control de mecánica de suelos (Speedy o superior)
Mejora 5: Aportes tecnológicos en la mejora en la
elaboración de Informes (Computadora Pentium
Core I7 o similar con su respectiva impresora láser
a color o superior)
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE /
METODOLOGÍA PARA SU
ASIGNACIÓN15
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación del
documento que contenga el desarrollo de las
mejoras propuestas. Para el caso de equipo, se
adjuntará copia de factura o boleta de venta de la
adquisición del equipo y compromiso de alquiler en
caso de no ser de propiedad del postor.
PUNTAJE TOTAL 100 PUNTOS
IMPORTANTE:
Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Términos de Referencia. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO],
[CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.16
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
17
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, en pagos periodicos, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la
16
Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10) en su propuesta técnica.
17 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar el pago.
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oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO]. IMPORTANTE:
De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente: “El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA] es de [……...…] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora
18 y los
documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato19
: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de Carta Fianza Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias20
: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA
18
La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
19 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel
cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
20
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de servicios que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
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QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
Garantía por el monto diferencial de la propuesta21
: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través
de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. IMPORTANTE:
Si LA ENTIDAD ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar la siguiente cláusula:
“CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO22
LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original. EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y
OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos23
mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por Administración – Logística y el Área Usuaria. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las
21
En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
22
Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
23
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos, de los pagos parciales o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda. IMPORTANTE:
De preverse en los Términos de Referencia penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del
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Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
24
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” EL CONTRATISTA
24
De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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FORMATOS Y ANEXOS
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64
FORMATO N° 125
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- Estimados Señores: El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC :
Teléfono :
Fax :
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
25
El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración: Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Consultoría de Obra: [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,
conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de
selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del
presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el
contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor) Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. ………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO
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68
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Consultoría de Obra: [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
69
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD
Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente. Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº
CLIENTE OBJETO
DEL SERVICIO
N° CONTRATO / COMPROBANTE DE
PAGO FECHA
26
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO
VENTA27
MONTO FACTURADO
ACUMULADO28
1
2
3
4
5
6
7
TOTAL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
26
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 27
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 28
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
70
ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº
CLIENTE OBJETO
DEL SERVICIO
N° CONTRATO / COMPROBANTE DE
PAGO FECHA
29
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO
VENTA30
MONTO FACTURADO
ACUMULADO31
1
2
3
4
5
6
7
TOTAL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA
29
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 30
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. 31
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
71
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
7
2
ANEXO Nº 8
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO COSTO TOTAL
[CONSIGNAR MONEDA]
TOTAL
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda IMPORTANTE:
En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.
Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.
En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 9), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
7
3
ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa
32 se encuentra ubicado en la Amazonía y coincide con el
lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad); 2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas); 3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y 4.- Que la empresa no presta servicios fuera de la Amazonía.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
32
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
7
4
ANEXO Nº 10
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS
EJECUTADOS FUERA DE LIMA Y CALLAO Señores [CONSIGNAR, COMITÉ ESPECIAL U ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES] ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el puntaje total, debido a que mi representada se encuentra domiciliada en [CONSIGNAR DOMICILIO DEL POSTOR], la que está ubicada en la provincia [CONSIGNAR PROVINCIA O PROVINCIA COLINDANTE AL LUGAR EN EL QUE SE EJECUTARÁ EL SERVICIO, LA QUE PODRÁ PERTENECER O NO AL MISMO DEPARTAMENTO O REGIÓN]
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Para asignar la bonificación, el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, verificará el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.