17

Contrato de Prestación de Servicios Cablemás · está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con clave TCI770922C22. El CONCESIONARIO es el único responsable frente

  • Upload
    lynhan

  • View
    219

  • Download
    1

Embed Size (px)

Citation preview

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS

ORIGINAL

CLAUSULADO CABLEMAacuteS TELECOMUNICACIONES SA DE CV Domicilio Fiscal Javier Barros Sierra 540 Torre II Lomas de Santa FeDelegacioacuten Aacutelvaro Obregoacuten Coacutedigo Postal 01219 Ciudad de Meacutexico TCI770922C22 REGISTRO PROFECO NUacuteMERO 124-2017

CAPIacuteTULO I CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS

PRIMERA Declaraciones Cablemaacutes Telecomunicaciones SA de CV (en adelante el CONCESIONARIO) declara bajo protesta de decir verdad ser una empresa legalmente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos (ldquoMeacutexicordquo) y cuyo objeto social le permite la celebracioacuten del presente Contrato El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR contratan los Servicios sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declaran que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma pudiendo contratar tambieacuten durante la vigencia del contrato los Servicios Adicionales que presta el CONCESIONARIO Las Partes manifiestan que el uacutenico domicilio del CONCESIONARIO para efectos de este contrato es el ubicado en Javier Barros Sierra 540 Torre II Lomas deSanta Fe Delegacioacuten Aacutelvaro Obregoacuten Coacutedigo Postal 01219 Ciudad de Meacutexico y estaacute inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con clave TCI770922C22 El CONCESIONARIO es el uacutenico responsable frente al consumidor por la prestacioacuten de los servicios contratados mismos que se prestaraacuten en forma continua uniforme regular y eficiente cumpliendo con las normas y metas de calidad que establezca la normatividad aplicable incluyendo dentro de eacutesta los paraacutemetros de calidad establecidos por el IFT acorde a la legislacioacuten aplicable A efecto de dar cumplimiento a esta declaracioacuten el propietario de los Equipos otorgados en arrendamiento facultoacute al CONCESIONARIO para actuar en su nombre y representacioacuten en todo lo concerniente al arrendamiento de los mismos

SEGUNDA Definiciones 21 ldquoAutoridades Competentesrdquo- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (ldquoIFT) la Secretariacutea de Comunicaciones y Transportes (ldquoSCTrdquo) y la Procuraduriacutea Federal del Consumidor (ldquoPROFECOrdquo) 22 ldquoATMrdquo- Adaptador Terminal Multimedia 23 ldquoCaraacutetulardquo- Documento mediante el cual se asientan los datos personales del SUSCRIPTOR el detalle de los Servicios Equipo contratado y tarifas que aparece al frente de este clausulado 24 Cargo por Instalacioacutenrdquo- Cargo por el cual el SUSCRIPTOR debe pagar el monto sentildealado en la Caraacutetula para tener acceso al servicio o los servicios contratados a que se hizo referencia en la claacuteusula primera el cual estaacute debidamente registrado ante el IFT 25 ldquoCentro de Atencioacuten Telefoacutenicardquo- Que podraacute identificarse como (ldquoCATrdquo) son los nuacutemeros telefoacutenicos que aparecen en la Caraacutetula Estado de Cuenta yo Paacutegina Web para que se comunique el SUSCRIPTOR 26 ldquoDisposiciones Aplicablesrdquo- Las disposiciones en materia de telecomunicaciones previstas en el Tiacutetulo de Concesioacuten la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusioacuten la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor la NOM-184-SCFI-2012 Praacutecticas comerciales-Elementos normativos para la comercializacioacuten yo prestacioacuten de los servicios de telecomunicaciones cuando utilicen una red puacuteblica de telecomunicaciones las Poliacuteticas de Uso Aceptable que el CONCESIONARIO tiene publicadas en su Paacutegina Web para cada uno de los servicios y las disposiciones legales o administrativas aplicables

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

27 ldquoDispositivo Electroacutenicordquo- Equipo electroacutenico portaacutetil propiedad del CONCESIONARIO a traveacutes del cual el SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO podraacuten celebrar el presente contrato 28 ldquoEstado de Cuentardquo- Documento disponible para el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web y cuya caraacutetula y desglose recibiraacute en su domicilio o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio que determinen las partes donde se incluyen el monto a pagar y la fecha liacutemite de pago 29 ldquoEquipordquo- El entregado al SUSCRIPTOR por el CONCESIONARIO incluyendo sin limitar el ATM decodificadores moacutedems moduladores videograbadores DVR y cualquier otro que los sustituya yo complemente conforme a los avances tecnoloacutegicos a fin de que el CONCESIONARIO esteacute en posibilidades de proporcionar los Servicios al SUSCRIPTOR incluyendo accesorios como cableado de adaptador de corriente cableados HDMI RJ45 coaxial o control remoto de acuerdo con el servicio contratado 210 ldquoEquipo de redrdquo- El cableado conectores infraestructura o accesorios propiedad del CONCESIONARIO necesarios para la prestacioacuten de los servicios contratados incluyendo los instalados en el domicilio del SUSCRIPTOR 211 ldquoEquipo Personalrdquo- Cualquier Equipo propiedad del SUSCRIPTOR tal como extensiones de cable PBX conmutadores enrutador o encaminador de paquetes consolas de juegos equipos de sonido reproductores conectores de luz pantallas de televisioacuten televisores equipos de coacutemputo dispositivos electroacutenicos moacuteviles aparatos telefoacutenicos alaacutembricos e inalaacutembricos o cualquier otro aparato propiedad del SUSCRIPTOR que no sea entregado por parte del CONCESIONARIO 212 ldquoFactura Electroacutenicardquo- Documento digital con validez legal que utiliza estaacutendares teacutecnicos de seguridad internacionalmente reconocidos para garantizar la integridad confidencialidad autenticidad unicidad y no repudio del documento 213 ldquoFirma Electroacutenicardquo- Consentimiento y aceptacioacuten del SUSCRIPTOR de manera electronica a traveacutes del Dispositivo Electroacutenico o cualquier otro medio electroacutenico que bajo presuncioacuten y en substitucioacuten de la firma autoacutegrafa y auteacutentica acredita que el SUSCRIPTOR ha manifestado su voluntad de aceptar la Caraacutetula y los teacuterminos y condiciones aplicables a los Servicios establecidos en la misma la cual perfecciona el acuerdo de voluntades entre las partes y refleja su aceptacioacuten expresa del presente contrato 214 ldquoHomologacioacutenrdquo- Acto por el cual el IFT reconoce oficialmente que las especificaciones de un producto equipo dispositivo o aparato destinado a telecomunicaciones satisfacen las normas o disposiciones teacutecnicas aplicables por lo que puede ser conectado a una red puacuteblica de telecomunicaciones 215 ldquoPaacutegina Webrdquo- Paacutegina electroacutenica del CONCESIONARIO debidamente identificada en la Caraacutetula 216 ldquoRedrdquo- La infraestructura mediante la cual se prestan los servicios de conduccioacuten de sentildeales incluyendo voz video y datos hasta el punto de conexioacuten terminal 217 ldquoSegmentordquo- Conjunto de canales que forman parte de un grupo de programacioacuten por ejemplo deportes novelas noticias o entretenimiento 218 ldquoServiciosrdquo- Los servicios de telecomunicaciones tales como Telefoniacutea Internet yo TV los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y revisable y que son exclusivamente para uso residencial mismo que maacutes adelante se define La actualizacioacuten de las tarifas estaraacute conforme a lo establecido en la claacuteusula deacutecima del presente Contrato 219 ldquoServicios a Plazo Forzosordquo- Los Servicios de telecomunicaciones que estando asiacute identificados en la Caraacutetula estaraacuten sujetos a la vigencia de un plazo forzoso de 12 meses siendo aplicables para estos Servicios las disposiciones del Capiacutetulo III 220 ldquoServicio de Telefoniacuteardquo o ldquoServicio Puacuteblico de Telefoniacutea Baacutesicardquo- El Servicio final de telecomunicaciones por medio del cual se proporciona la

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

capacidad completa para la comunicacioacuten de voz entre usuarios incluida la conduccioacuten de sentildeales entre puntos terminales de conexioacuten 221 ldquoServicio de Internetrdquo- El Servicio de acceso a Internet a traveacutes de la red del CONCESIONARIO o la transmisioacuten bidireccional de datos a traveacutes de cable coaxial yo fibra oacuteptica del CONCESIONARIO 222 ldquoServicio de TVrdquo- Servicio por el que el CONCESIONARIO o permisionario distribuye al Suscriptor de manera continua programacioacuten de audio y video asociado Para efectos del presente contrato se utilizaraacuten indistintamente los teacuterminos Televisioacuten Restringida Televisioacuten por Cable o Video 223 ldquoServicios Adicionalesrdquo- Se refiere a los Servicios de Pago por Evento Video Bajo Demanda y aquellos que en virtud de los avances tecnoloacutegicos sea posible contratar a traveacutes del CONCESIONARIO en un futuro y siempre en beneficio del consumidor 224 ldquoSoluciones Digitalesrdquo- Servicios de correo de voz identificador de llamadas llamada en espera conferencia tripartita desviacuteo de llamadas nuacutemero privado y otros que en virtud de los avances tecnoloacutegicos puedan ser contratados por el SUSCRIPTOR en un futuro y siempre en beneficio del consumidor 225 ldquoTarifa(s)rdquo- Monto que debe pagar el SUSCRIPTOR por los Servicios contratados la (s) cual (es) estaacute (n) registrada (s) ante el IFT y que puede (n) ser consultada (s) en la Paacutegina Web ubicada en la direccioacuten wwwiftorgmx 226 ldquoUso residencial familiarrdquo- Uso de los Servicios conforme al consumo de un solo hogar y que sea acorde a las necesidades personales de sus miembros y que no implique un uso comercial con fines de lucro o de especulacioacuten comercial

TERCERA Objeto 31 El CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de la tarifa correspondiente y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato La actualizacioacuten de las tarifas estaraacute conforme a lo establecido en la claacuteusula deacutecima del presente Contrato 32 Las partes acuerdan que el SUSCRIPTOR podraacute solicitar la prestacioacuten de Servicios Adicionales a los sentildealados en la Caraacutetula en el CAT en las Sucursales por medio del control remoto y por cualquier otro conducto que el CONCESIONARIO ponga en un futuro a disposicioacuten del consumidor en su beneficio informaacutendole previamente los cargos extras los cuales una vez instalados y provistos se regiraacuten por lo sentildealado en el presente contrato 33 Las partes acuerdan que el SUSCRIPTOR podraacute realizar cambios en los Servicios contratados cuando (i) se haya facturado por lo menos una mensualidad del paquete originalmente elegido (ii) existan disponibilidad y factibilidad teacutecnicas para efectuar el cambio y (iii) el SUSCRIPTOR acepte el cargo correspondiente a los nuevos Servicios contratados de acuerdo con las tarifas vigentes 34 El CONCESIONARIO notificaraacute al SUSCRIPTOR si por alguna razoacuten teacutecnica o de otra iacutendole no se le pudieran prestar los Servicios solicitados o contratados dentro de los 10 (diez) diacuteas haacutebiles posteriores a que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de los servicios para que se (i) continuacutee la prestacioacuten de los Servicios en la modalidad que sea factible o (ii) proceda en su caso a la terminacioacuten del presente contrato sin penalizacioacuten alguna En caso de que no se presten los Servicios en la forma y teacuterminos convenidos se estaraacute a lo previsto en la Claacuteusula Deacutecima Quinta del presente contrato 35 En virtud de que el servicio de telecomunicaciones que ampara este contrato es para uso residencial familiar el CONCESIONARIO tiene la facultad de darlo por terminado si conforme al presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables se constata que se estaacute dando un uso distinto al contratado o con fines de lucro

wwwcablemascom

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

CUARTA Vigencia 41 La vigencia del presente contrato en todos sus Capiacutetulos seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los Servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato excepto por lo dispuesto en el Capiacutetulo III y siempre que el SUSCRIPTOR haya aceptado contratar los Servicios a plazo forzoso

QUINTA Condiciones para la Instalacioacuten y Prestacioacuten de los Servicios 51 El CONCESIONARIO seraacute responsable de instalar mantener y operar la Red Al efecto el SUSCRIPTOR otorgaraacute al personal designado por el CONCESIONARIO debidamente identificado todas las facilidades necesarias para la instalacioacuten revisioacuten mantenimiento verificacioacuten e inspeccioacuten de la Red asimismo y para tal efecto el personal designado por el CONCESIONARIO deberaacute instalarlo en el domicilio del SUSCRIPTOR en el lugar que este designe conforme a lo establecido en el numeral 57 siguiente Cualquier solicitud de reubicacioacuten del Equipo generaraacute un costo conforme al numeral 54 52 Las partes reconocen que el CONCESIONARIO seraacute responsable de la instalacioacuten del cableado y demaacutes dispositivos provistos por el CONCESIONARIO y su correcto funcionamiento hasta el ATM La instalacioacuten funcionamiento y configuracioacuten del Equipo Personal correraacute por cuenta del SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos configuracioacuten y soporte del Equipo Personal 53 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar el Cargo por Instalacioacuten en el primer mes de facturacioacuten de los Servicios 54 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar a traveacutes del CAT de las Sucursales del CONCESIONARIO yo de cualquier otro medio de atencioacuten el cambio de ubicacioacuten del Equipo dentro del domicilio donde previamente fue instalado para lo cual el CONCESIONARIO designaraacute un teacutecnico que visitaraacute el domicilio a fin de determinar la procedencia o no de dicha reubicacioacuten que generaraacute en ambos supuestos un cargo por la visita del teacutecnico que el USUARIO podraacute consultar en la Paacutegina Web o en las tarifas vigentes y que seraacute cargado al Estado de Cuenta correspondiente El CONCESIONARIO podraacute no modificar la ubicacioacuten del Equipo cuando considere que dicha reubicacioacuten afectaraacute el estado o funcionamiento del mismo debiendo dar aviso por cualquier medio al SUSCRIPTOR de dicha circunstancia en un plazo de 10 (diez) diacuteas 55 El Equipo como el cableado que llega hasta aquel son propiedad del CONCESIONARIO No obstante lo anterior el cableado que va del ATM al interior del domicilio y el Equipo Personal que el SUSCRIPTOR adquiera son de su propiedad 56 Es responsabilidad del SUSCRIPTOR pagar los gastos que se generen por la instalacioacuten que cubren la instalacioacuten del cableado y del (los) Equipo (s) salvo que se requiera la instalacioacuten de cableado adicional al ATM al interior del domicilio cuyo cobro adicional aplicaraacute al exceder 5 (cinco) metros de cableado en cualquier instalacioacuten o bien en la contratacioacuten de extensiones y cuyo monto deberaacute ser cubierto por el SUSCRIPTOR de acuerdo con los precios que para tal efecto se sentildealen en la Caraacutetula 57 El CONCESIONARIO se compromete a que se iniciaraacute la prestacioacuten de los Servicios dentro del aacuterea de servicio en un plazo maacuteximo de 10 (diez) diacuteas haacutebiles contados a partir de la firma de la Caraacutetula siempre y cuando el SUSCRIPTOR se encuentre en el domicilio de instalacioacuten y otorgue al CONCESIONARIO las facilidades necesarias El CONCESIONARIO confirmaraacute la fecha de instalacioacuten con el SUSCRIPTOR mediante un correo electroacutenico SMS yo llamada telefoacutenica Si no se realiza la instalacioacuten en el teacutermino referido quedaraacute sin efecto el presente contrato 58 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a verificar la funcionalidad de los Servicios previo a su aceptacioacuten a fin de constatar que estos se ajustan a las especificaciones acordadas verificacioacuten que se llevaraacute a cabo en conjunto con el personal teacutecnico del CONCESIONARIO que se encuentre instalando tales Servicios Los Servicios se consideraraacuten recibidos o aceptados por el

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

SUSCRIPTOR al momento en que este uacuteltimo firme de conformidad la Caraacutetula 59 En caso que el SUSCRIPTOR requiera contratar Servicios Adicionales o modificar los Servicios originalmente contratados con posterioridad a la fecha de firma del presente contrato podraacute solicitarlo a traveacutes del CAT Sucursales del CONCESIONARIO o por cualquier medio electroacutenico 510 El CONCESIONARIO se obliga a brindar al SUSCRIPTOR la orientacioacuten y asesoriacutea suficientes para que se le proporcione el servicio solicitado en forma adecuada y funcional incluyendo aquellos casos en los cuales existan condiciones teacutecnicas que lo impidan sin que esto genere la contratacioacuten de otros bienes o servicios 511 El CONCESIONARIO realizaraacute la devolucioacuten en caso de existir cantidades pagadas por anticipado dentro de los (15) quince diacuteas en que se determine que existe imposibilidad teacutecnica para la instalacioacuten del servicio

SEXTA Responsabilidad por el Uso de los Servicios 61 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios de conformidad a lo dispuesto en este contrato y las disposiciones aplicables por lo que el presente contrato no otorga al SUSCRIPTOR derecho alguno para la reventa reproduccioacuten retransmisioacuten o cualquier acto similar de los Servicios a terceros 62 El CONCESIONARIO tendraacute disponible en su Paacutegina Web la descripcioacuten caracteriacutesticas yo contenidos de los planes o paquetes de los Servicios de telecomunicaciones ofrecidos asiacute como las aacutereas o regiones con cobertura 63 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por los dantildeos y perjuicios que le cause a la Red del CONCESIONARIO 64 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios exclusivamente en las aacutereas o domicilio en que se convino su instalacioacuten sin propoacutesitos de reproduccioacuten retransmisioacuten o reventa total o parcial a terceros por lo que el SUSCRIPTOR reconoce que es el responsable del uso de los Servicios de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones aplicables 65 El SUSCRIPTOR no podraacute remover o cambiar de ubicacioacuten el Equipo ni podraacute instalar extensiones en un lugar o domicilio diferente por lo que el CONCESIONARIO no seraacute responsable de que se preste soporte a liacuteneas telefoacutenicas o extensiones de cualquiera de los Servicios que no hayan sido contratados e instalados por el CONCESIONARIO 66 En caso de que el SUSCRIPTOR reubique modifique corte o desconecte de cualquier manera los Equipos el CONCESIONARIO no seraacute responsable de la calidad de la recepcioacuten de los Servicios ni de la suspensioacuten temporal de los mismos y el SUSCRIPTOR deberaacute pagar la renta mensual en su totalidad asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de los dantildeos que puedan sufrir el Equipo o los componentes de la Red del CONCESIONARIO 67 El CONCESIONARIO podraacute promover las acciones legales correspondientes por actos que pretendan dantildear las instalaciones menoscabar la calidad de los Servicios comercializar con estos o sus accesorios sin la autorizacioacuten correspondiente hacer uso yo utilizacioacuten de los Servicios contratados para fines ajenos al presente contrato hacer uso de manera ilegal de los derechos de propiedad intelectual e industrial del CONCESIONARIO la pirateriacutea u obstaculizar las maniobras de trabajo de cancelacioacuten de los mismos en el domicilio unidad habitacional yo condominio donde se presuman actos que dantildeen sean fraudulentos o menoscaben su patrimonio y en contra de ataques a los Equipos yo dispositivos con que se prestan los Servicios

SEacutePTIMA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Telefoniacutea 71 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar Equipos telefoacutenicos homologados o aprobados por el IFT con el objeto de evitar dantildeos a la Red del CONCESIONARIO 72 En caso de que el SUSCRIPTOR contrate Soluciones Digitales deberaacute utilizar Equipos homologados o aprobados por el IFT en caso de que opte por utilizar equipos personales En caso de que el SUSCRIPTOR incumpla con lo anterior el CONCESIONARIO no garantiza dar seguimiento ni el oacuteptimo

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

funcionamiento de las Soluciones Digitales que se ofrecen sobre el Servicio de Telefoniacutea 73 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por el uso del ATM y conservar en buen estado el Equipo y el Equipo de Red del CONCESIONARIO en caso contrario el SUSCRIPTOR deberaacute pagar los dantildeos ocasionados al CONCESIONARIO El CONCESIONARIO es responsable de la Red y las instalaciones del mismo 74 Queda prohibida la utilizacioacuten de los Servicios para realizar actividades que el CONCESIONARIO identifique que son con fines de lucro y en general para cualquier uso que difiera del uso residencial familiar autorizado por el CONCESIONARIO yo de los sentildealados en las claacuteusulas anteriores yo cualquier otro uso que se encuentre prohibido por la legislacioacuten aplicable yo bien que se encuentre limitado para su uso explotacioacuten o comercializacioacuten a concesionarios o permisionarios por la legislacioacuten aplicable 75 El SUSCRIPTOR asume la responsabilidad por la utilizacioacuten de los Servicios para un fin distinto al del objeto del presente contrato del uso indebido de la Red del CONCESIONARIO o de los Equipos proporcionados por el CONCESIONARIO asiacute como del traacutefico que se curse a traveacutes de los mismos sin perjuicio de lo establecido en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 76 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de telefoniacutea de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

OCTAVA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Internet 81 El SUSCRIPTOR podraacute navegar dentro del domicilio del Servicio instalado desde cualquier dispositivo con acceso a Internet quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la informacioacuten de su propiedad datos yo software 82 El CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos que se le causen al SUSCRIPTOR por piratas informaacuteticos yo virus transmitidos a traveacutes de Internet ademaacutes de que el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de Internet de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables 83 El SUSCRIPTOR reconoce que es su responsabilidad contar con los medios miacutenimos necesarios y en correcto funcionamiento tanto en Equipo Personal como en aplicaciones para hacer uso del Servicio de Internet Asimismo el SUSCRIPTOR reconoce que el ancho de banda contratado seraacute repartido entre el nuacutemero de Equipos Personales conectados simultaacuteneamente en el domicilio El CONCESIONARIO informaraacute previo a la contratacioacuten cuaacuteles son los medios miacutenimos con los que el SUSCRIPTOR deberaacute contar a fin de poder contratar el Servicio de Internet 84 El CONCESIONARIO no es responsable de la configuracioacuten de dispositivos tales como ruteadores conmutadores hubsconcentrador equipos proxy o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del o de los Equipos Personales El CONCESIONARIO no realizaraacute la instalacioacuten de la red de aacuterea local (LAN) en el domicilio del SUSCRIPTOR por lo que no seraacute responsable del buen funcionamiento de la misma 85 El CONCESIONARIO no ejerce control alguno respecto al contenido de la informacioacuten que el SUSCRIPTOR transmita o reciba a traveacutes del Servicio de Internet Adicionalmente y sobre la base de las mismas consideraciones de seguridad mencionadas anteriormente reconoce que el Servicio Protocolo para la Transferencia Simple de Correo Electroacutenico (SMTP) correspondiente al puerto 25 se encuentra bloqueado y que en caso de que el SUSCRIPTOR deseara tener acceso a dicho servicio deberaacute hacerlo por medio de puertos SMTP seguros siendo completamente responsable de su uso 86 El SUSCRIPTOR reconoce que en caso de exceder los liacutemites de capacidad de transferencia de datos (capacidad para enviar o recibir informacioacuten) incluidos en el plan o paquete contratado el CONCESIONARIO le avisaraacute por cualquier medio posible que ha terminado con su capacidad de transferencia se le informaraacute el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente y si el SUSCRIPTOR no solicita la suspensioacuten del servicio acepta el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente que seraacute informada previamente al SUSCRIPTOR con al menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten y en su caso vigente y registrada ante el IFT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

27 ldquoDispositivo Electroacutenicordquo- Equipo electroacutenico portaacutetil propiedad del CONCESIONARIO a traveacutes del cual el SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO podraacuten celebrar el presente contrato 28 ldquoEstado de Cuentardquo- Documento disponible para el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web y cuya caraacutetula y desglose recibiraacute en su domicilio o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio que determinen las partes donde se incluyen el monto a pagar y la fecha liacutemite de pago 29 ldquoEquipordquo- El entregado al SUSCRIPTOR por el CONCESIONARIO incluyendo sin limitar el ATM decodificadores moacutedems moduladores videograbadores DVR y cualquier otro que los sustituya yo complemente conforme a los avances tecnoloacutegicos a fin de que el CONCESIONARIO esteacute en posibilidades de proporcionar los Servicios al SUSCRIPTOR incluyendo accesorios como cableado de adaptador de corriente cableados HDMI RJ45 coaxial o control remoto de acuerdo con el servicio contratado 210 ldquoEquipo de redrdquo- El cableado conectores infraestructura o accesorios propiedad del CONCESIONARIO necesarios para la prestacioacuten de los servicios contratados incluyendo los instalados en el domicilio del SUSCRIPTOR 211 ldquoEquipo Personalrdquo- Cualquier Equipo propiedad del SUSCRIPTOR tal como extensiones de cable PBX conmutadores enrutador o encaminador de paquetes consolas de juegos equipos de sonido reproductores conectores de luz pantallas de televisioacuten televisores equipos de coacutemputo dispositivos electroacutenicos moacuteviles aparatos telefoacutenicos alaacutembricos e inalaacutembricos o cualquier otro aparato propiedad del SUSCRIPTOR que no sea entregado por parte del CONCESIONARIO 212 ldquoFactura Electroacutenicardquo- Documento digital con validez legal que utiliza estaacutendares teacutecnicos de seguridad internacionalmente reconocidos para garantizar la integridad confidencialidad autenticidad unicidad y no repudio del documento 213 ldquoFirma Electroacutenicardquo- Consentimiento y aceptacioacuten del SUSCRIPTOR de manera electronica a traveacutes del Dispositivo Electroacutenico o cualquier otro medio electroacutenico que bajo presuncioacuten y en substitucioacuten de la firma autoacutegrafa y auteacutentica acredita que el SUSCRIPTOR ha manifestado su voluntad de aceptar la Caraacutetula y los teacuterminos y condiciones aplicables a los Servicios establecidos en la misma la cual perfecciona el acuerdo de voluntades entre las partes y refleja su aceptacioacuten expresa del presente contrato 214 ldquoHomologacioacutenrdquo- Acto por el cual el IFT reconoce oficialmente que las especificaciones de un producto equipo dispositivo o aparato destinado a telecomunicaciones satisfacen las normas o disposiciones teacutecnicas aplicables por lo que puede ser conectado a una red puacuteblica de telecomunicaciones 215 ldquoPaacutegina Webrdquo- Paacutegina electroacutenica del CONCESIONARIO debidamente identificada en la Caraacutetula 216 ldquoRedrdquo- La infraestructura mediante la cual se prestan los servicios de conduccioacuten de sentildeales incluyendo voz video y datos hasta el punto de conexioacuten terminal 217 ldquoSegmentordquo- Conjunto de canales que forman parte de un grupo de programacioacuten por ejemplo deportes novelas noticias o entretenimiento 218 ldquoServiciosrdquo- Los servicios de telecomunicaciones tales como Telefoniacutea Internet yo TV los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y revisable y que son exclusivamente para uso residencial mismo que maacutes adelante se define La actualizacioacuten de las tarifas estaraacute conforme a lo establecido en la claacuteusula deacutecima del presente Contrato 219 ldquoServicios a Plazo Forzosordquo- Los Servicios de telecomunicaciones que estando asiacute identificados en la Caraacutetula estaraacuten sujetos a la vigencia de un plazo forzoso de 12 meses siendo aplicables para estos Servicios las disposiciones del Capiacutetulo III 220 ldquoServicio de Telefoniacuteardquo o ldquoServicio Puacuteblico de Telefoniacutea Baacutesicardquo- El Servicio final de telecomunicaciones por medio del cual se proporciona la

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

capacidad completa para la comunicacioacuten de voz entre usuarios incluida la conduccioacuten de sentildeales entre puntos terminales de conexioacuten 221 ldquoServicio de Internetrdquo- El Servicio de acceso a Internet a traveacutes de la red del CONCESIONARIO o la transmisioacuten bidireccional de datos a traveacutes de cable coaxial yo fibra oacuteptica del CONCESIONARIO 222 ldquoServicio de TVrdquo- Servicio por el que el CONCESIONARIO o permisionario distribuye al Suscriptor de manera continua programacioacuten de audio y video asociado Para efectos del presente contrato se utilizaraacuten indistintamente los teacuterminos Televisioacuten Restringida Televisioacuten por Cable o Video 223 ldquoServicios Adicionalesrdquo- Se refiere a los Servicios de Pago por Evento Video Bajo Demanda y aquellos que en virtud de los avances tecnoloacutegicos sea posible contratar a traveacutes del CONCESIONARIO en un futuro y siempre en beneficio del consumidor 224 ldquoSoluciones Digitalesrdquo- Servicios de correo de voz identificador de llamadas llamada en espera conferencia tripartita desviacuteo de llamadas nuacutemero privado y otros que en virtud de los avances tecnoloacutegicos puedan ser contratados por el SUSCRIPTOR en un futuro y siempre en beneficio del consumidor 225 ldquoTarifa(s)rdquo- Monto que debe pagar el SUSCRIPTOR por los Servicios contratados la (s) cual (es) estaacute (n) registrada (s) ante el IFT y que puede (n) ser consultada (s) en la Paacutegina Web ubicada en la direccioacuten wwwiftorgmx 226 ldquoUso residencial familiarrdquo- Uso de los Servicios conforme al consumo de un solo hogar y que sea acorde a las necesidades personales de sus miembros y que no implique un uso comercial con fines de lucro o de especulacioacuten comercial

TERCERA Objeto 31 El CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de la tarifa correspondiente y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato La actualizacioacuten de las tarifas estaraacute conforme a lo establecido en la claacuteusula deacutecima del presente Contrato 32 Las partes acuerdan que el SUSCRIPTOR podraacute solicitar la prestacioacuten de Servicios Adicionales a los sentildealados en la Caraacutetula en el CAT en las Sucursales por medio del control remoto y por cualquier otro conducto que el CONCESIONARIO ponga en un futuro a disposicioacuten del consumidor en su beneficio informaacutendole previamente los cargos extras los cuales una vez instalados y provistos se regiraacuten por lo sentildealado en el presente contrato 33 Las partes acuerdan que el SUSCRIPTOR podraacute realizar cambios en los Servicios contratados cuando (i) se haya facturado por lo menos una mensualidad del paquete originalmente elegido (ii) existan disponibilidad y factibilidad teacutecnicas para efectuar el cambio y (iii) el SUSCRIPTOR acepte el cargo correspondiente a los nuevos Servicios contratados de acuerdo con las tarifas vigentes 34 El CONCESIONARIO notificaraacute al SUSCRIPTOR si por alguna razoacuten teacutecnica o de otra iacutendole no se le pudieran prestar los Servicios solicitados o contratados dentro de los 10 (diez) diacuteas haacutebiles posteriores a que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de los servicios para que se (i) continuacutee la prestacioacuten de los Servicios en la modalidad que sea factible o (ii) proceda en su caso a la terminacioacuten del presente contrato sin penalizacioacuten alguna En caso de que no se presten los Servicios en la forma y teacuterminos convenidos se estaraacute a lo previsto en la Claacuteusula Deacutecima Quinta del presente contrato 35 En virtud de que el servicio de telecomunicaciones que ampara este contrato es para uso residencial familiar el CONCESIONARIO tiene la facultad de darlo por terminado si conforme al presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables se constata que se estaacute dando un uso distinto al contratado o con fines de lucro

wwwcablemascom

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

CUARTA Vigencia 41 La vigencia del presente contrato en todos sus Capiacutetulos seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los Servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato excepto por lo dispuesto en el Capiacutetulo III y siempre que el SUSCRIPTOR haya aceptado contratar los Servicios a plazo forzoso

QUINTA Condiciones para la Instalacioacuten y Prestacioacuten de los Servicios 51 El CONCESIONARIO seraacute responsable de instalar mantener y operar la Red Al efecto el SUSCRIPTOR otorgaraacute al personal designado por el CONCESIONARIO debidamente identificado todas las facilidades necesarias para la instalacioacuten revisioacuten mantenimiento verificacioacuten e inspeccioacuten de la Red asimismo y para tal efecto el personal designado por el CONCESIONARIO deberaacute instalarlo en el domicilio del SUSCRIPTOR en el lugar que este designe conforme a lo establecido en el numeral 57 siguiente Cualquier solicitud de reubicacioacuten del Equipo generaraacute un costo conforme al numeral 54 52 Las partes reconocen que el CONCESIONARIO seraacute responsable de la instalacioacuten del cableado y demaacutes dispositivos provistos por el CONCESIONARIO y su correcto funcionamiento hasta el ATM La instalacioacuten funcionamiento y configuracioacuten del Equipo Personal correraacute por cuenta del SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos configuracioacuten y soporte del Equipo Personal 53 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar el Cargo por Instalacioacuten en el primer mes de facturacioacuten de los Servicios 54 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar a traveacutes del CAT de las Sucursales del CONCESIONARIO yo de cualquier otro medio de atencioacuten el cambio de ubicacioacuten del Equipo dentro del domicilio donde previamente fue instalado para lo cual el CONCESIONARIO designaraacute un teacutecnico que visitaraacute el domicilio a fin de determinar la procedencia o no de dicha reubicacioacuten que generaraacute en ambos supuestos un cargo por la visita del teacutecnico que el USUARIO podraacute consultar en la Paacutegina Web o en las tarifas vigentes y que seraacute cargado al Estado de Cuenta correspondiente El CONCESIONARIO podraacute no modificar la ubicacioacuten del Equipo cuando considere que dicha reubicacioacuten afectaraacute el estado o funcionamiento del mismo debiendo dar aviso por cualquier medio al SUSCRIPTOR de dicha circunstancia en un plazo de 10 (diez) diacuteas 55 El Equipo como el cableado que llega hasta aquel son propiedad del CONCESIONARIO No obstante lo anterior el cableado que va del ATM al interior del domicilio y el Equipo Personal que el SUSCRIPTOR adquiera son de su propiedad 56 Es responsabilidad del SUSCRIPTOR pagar los gastos que se generen por la instalacioacuten que cubren la instalacioacuten del cableado y del (los) Equipo (s) salvo que se requiera la instalacioacuten de cableado adicional al ATM al interior del domicilio cuyo cobro adicional aplicaraacute al exceder 5 (cinco) metros de cableado en cualquier instalacioacuten o bien en la contratacioacuten de extensiones y cuyo monto deberaacute ser cubierto por el SUSCRIPTOR de acuerdo con los precios que para tal efecto se sentildealen en la Caraacutetula 57 El CONCESIONARIO se compromete a que se iniciaraacute la prestacioacuten de los Servicios dentro del aacuterea de servicio en un plazo maacuteximo de 10 (diez) diacuteas haacutebiles contados a partir de la firma de la Caraacutetula siempre y cuando el SUSCRIPTOR se encuentre en el domicilio de instalacioacuten y otorgue al CONCESIONARIO las facilidades necesarias El CONCESIONARIO confirmaraacute la fecha de instalacioacuten con el SUSCRIPTOR mediante un correo electroacutenico SMS yo llamada telefoacutenica Si no se realiza la instalacioacuten en el teacutermino referido quedaraacute sin efecto el presente contrato 58 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a verificar la funcionalidad de los Servicios previo a su aceptacioacuten a fin de constatar que estos se ajustan a las especificaciones acordadas verificacioacuten que se llevaraacute a cabo en conjunto con el personal teacutecnico del CONCESIONARIO que se encuentre instalando tales Servicios Los Servicios se consideraraacuten recibidos o aceptados por el

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

SUSCRIPTOR al momento en que este uacuteltimo firme de conformidad la Caraacutetula 59 En caso que el SUSCRIPTOR requiera contratar Servicios Adicionales o modificar los Servicios originalmente contratados con posterioridad a la fecha de firma del presente contrato podraacute solicitarlo a traveacutes del CAT Sucursales del CONCESIONARIO o por cualquier medio electroacutenico 510 El CONCESIONARIO se obliga a brindar al SUSCRIPTOR la orientacioacuten y asesoriacutea suficientes para que se le proporcione el servicio solicitado en forma adecuada y funcional incluyendo aquellos casos en los cuales existan condiciones teacutecnicas que lo impidan sin que esto genere la contratacioacuten de otros bienes o servicios 511 El CONCESIONARIO realizaraacute la devolucioacuten en caso de existir cantidades pagadas por anticipado dentro de los (15) quince diacuteas en que se determine que existe imposibilidad teacutecnica para la instalacioacuten del servicio

SEXTA Responsabilidad por el Uso de los Servicios 61 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios de conformidad a lo dispuesto en este contrato y las disposiciones aplicables por lo que el presente contrato no otorga al SUSCRIPTOR derecho alguno para la reventa reproduccioacuten retransmisioacuten o cualquier acto similar de los Servicios a terceros 62 El CONCESIONARIO tendraacute disponible en su Paacutegina Web la descripcioacuten caracteriacutesticas yo contenidos de los planes o paquetes de los Servicios de telecomunicaciones ofrecidos asiacute como las aacutereas o regiones con cobertura 63 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por los dantildeos y perjuicios que le cause a la Red del CONCESIONARIO 64 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios exclusivamente en las aacutereas o domicilio en que se convino su instalacioacuten sin propoacutesitos de reproduccioacuten retransmisioacuten o reventa total o parcial a terceros por lo que el SUSCRIPTOR reconoce que es el responsable del uso de los Servicios de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones aplicables 65 El SUSCRIPTOR no podraacute remover o cambiar de ubicacioacuten el Equipo ni podraacute instalar extensiones en un lugar o domicilio diferente por lo que el CONCESIONARIO no seraacute responsable de que se preste soporte a liacuteneas telefoacutenicas o extensiones de cualquiera de los Servicios que no hayan sido contratados e instalados por el CONCESIONARIO 66 En caso de que el SUSCRIPTOR reubique modifique corte o desconecte de cualquier manera los Equipos el CONCESIONARIO no seraacute responsable de la calidad de la recepcioacuten de los Servicios ni de la suspensioacuten temporal de los mismos y el SUSCRIPTOR deberaacute pagar la renta mensual en su totalidad asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de los dantildeos que puedan sufrir el Equipo o los componentes de la Red del CONCESIONARIO 67 El CONCESIONARIO podraacute promover las acciones legales correspondientes por actos que pretendan dantildear las instalaciones menoscabar la calidad de los Servicios comercializar con estos o sus accesorios sin la autorizacioacuten correspondiente hacer uso yo utilizacioacuten de los Servicios contratados para fines ajenos al presente contrato hacer uso de manera ilegal de los derechos de propiedad intelectual e industrial del CONCESIONARIO la pirateriacutea u obstaculizar las maniobras de trabajo de cancelacioacuten de los mismos en el domicilio unidad habitacional yo condominio donde se presuman actos que dantildeen sean fraudulentos o menoscaben su patrimonio y en contra de ataques a los Equipos yo dispositivos con que se prestan los Servicios

SEacutePTIMA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Telefoniacutea 71 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar Equipos telefoacutenicos homologados o aprobados por el IFT con el objeto de evitar dantildeos a la Red del CONCESIONARIO 72 En caso de que el SUSCRIPTOR contrate Soluciones Digitales deberaacute utilizar Equipos homologados o aprobados por el IFT en caso de que opte por utilizar equipos personales En caso de que el SUSCRIPTOR incumpla con lo anterior el CONCESIONARIO no garantiza dar seguimiento ni el oacuteptimo

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

funcionamiento de las Soluciones Digitales que se ofrecen sobre el Servicio de Telefoniacutea 73 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por el uso del ATM y conservar en buen estado el Equipo y el Equipo de Red del CONCESIONARIO en caso contrario el SUSCRIPTOR deberaacute pagar los dantildeos ocasionados al CONCESIONARIO El CONCESIONARIO es responsable de la Red y las instalaciones del mismo 74 Queda prohibida la utilizacioacuten de los Servicios para realizar actividades que el CONCESIONARIO identifique que son con fines de lucro y en general para cualquier uso que difiera del uso residencial familiar autorizado por el CONCESIONARIO yo de los sentildealados en las claacuteusulas anteriores yo cualquier otro uso que se encuentre prohibido por la legislacioacuten aplicable yo bien que se encuentre limitado para su uso explotacioacuten o comercializacioacuten a concesionarios o permisionarios por la legislacioacuten aplicable 75 El SUSCRIPTOR asume la responsabilidad por la utilizacioacuten de los Servicios para un fin distinto al del objeto del presente contrato del uso indebido de la Red del CONCESIONARIO o de los Equipos proporcionados por el CONCESIONARIO asiacute como del traacutefico que se curse a traveacutes de los mismos sin perjuicio de lo establecido en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 76 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de telefoniacutea de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

OCTAVA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Internet 81 El SUSCRIPTOR podraacute navegar dentro del domicilio del Servicio instalado desde cualquier dispositivo con acceso a Internet quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la informacioacuten de su propiedad datos yo software 82 El CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos que se le causen al SUSCRIPTOR por piratas informaacuteticos yo virus transmitidos a traveacutes de Internet ademaacutes de que el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de Internet de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables 83 El SUSCRIPTOR reconoce que es su responsabilidad contar con los medios miacutenimos necesarios y en correcto funcionamiento tanto en Equipo Personal como en aplicaciones para hacer uso del Servicio de Internet Asimismo el SUSCRIPTOR reconoce que el ancho de banda contratado seraacute repartido entre el nuacutemero de Equipos Personales conectados simultaacuteneamente en el domicilio El CONCESIONARIO informaraacute previo a la contratacioacuten cuaacuteles son los medios miacutenimos con los que el SUSCRIPTOR deberaacute contar a fin de poder contratar el Servicio de Internet 84 El CONCESIONARIO no es responsable de la configuracioacuten de dispositivos tales como ruteadores conmutadores hubsconcentrador equipos proxy o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del o de los Equipos Personales El CONCESIONARIO no realizaraacute la instalacioacuten de la red de aacuterea local (LAN) en el domicilio del SUSCRIPTOR por lo que no seraacute responsable del buen funcionamiento de la misma 85 El CONCESIONARIO no ejerce control alguno respecto al contenido de la informacioacuten que el SUSCRIPTOR transmita o reciba a traveacutes del Servicio de Internet Adicionalmente y sobre la base de las mismas consideraciones de seguridad mencionadas anteriormente reconoce que el Servicio Protocolo para la Transferencia Simple de Correo Electroacutenico (SMTP) correspondiente al puerto 25 se encuentra bloqueado y que en caso de que el SUSCRIPTOR deseara tener acceso a dicho servicio deberaacute hacerlo por medio de puertos SMTP seguros siendo completamente responsable de su uso 86 El SUSCRIPTOR reconoce que en caso de exceder los liacutemites de capacidad de transferencia de datos (capacidad para enviar o recibir informacioacuten) incluidos en el plan o paquete contratado el CONCESIONARIO le avisaraacute por cualquier medio posible que ha terminado con su capacidad de transferencia se le informaraacute el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente y si el SUSCRIPTOR no solicita la suspensioacuten del servicio acepta el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente que seraacute informada previamente al SUSCRIPTOR con al menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten y en su caso vigente y registrada ante el IFT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

capacidad completa para la comunicacioacuten de voz entre usuarios incluida la conduccioacuten de sentildeales entre puntos terminales de conexioacuten 221 ldquoServicio de Internetrdquo- El Servicio de acceso a Internet a traveacutes de la red del CONCESIONARIO o la transmisioacuten bidireccional de datos a traveacutes de cable coaxial yo fibra oacuteptica del CONCESIONARIO 222 ldquoServicio de TVrdquo- Servicio por el que el CONCESIONARIO o permisionario distribuye al Suscriptor de manera continua programacioacuten de audio y video asociado Para efectos del presente contrato se utilizaraacuten indistintamente los teacuterminos Televisioacuten Restringida Televisioacuten por Cable o Video 223 ldquoServicios Adicionalesrdquo- Se refiere a los Servicios de Pago por Evento Video Bajo Demanda y aquellos que en virtud de los avances tecnoloacutegicos sea posible contratar a traveacutes del CONCESIONARIO en un futuro y siempre en beneficio del consumidor 224 ldquoSoluciones Digitalesrdquo- Servicios de correo de voz identificador de llamadas llamada en espera conferencia tripartita desviacuteo de llamadas nuacutemero privado y otros que en virtud de los avances tecnoloacutegicos puedan ser contratados por el SUSCRIPTOR en un futuro y siempre en beneficio del consumidor 225 ldquoTarifa(s)rdquo- Monto que debe pagar el SUSCRIPTOR por los Servicios contratados la (s) cual (es) estaacute (n) registrada (s) ante el IFT y que puede (n) ser consultada (s) en la Paacutegina Web ubicada en la direccioacuten wwwiftorgmx 226 ldquoUso residencial familiarrdquo- Uso de los Servicios conforme al consumo de un solo hogar y que sea acorde a las necesidades personales de sus miembros y que no implique un uso comercial con fines de lucro o de especulacioacuten comercial

TERCERA Objeto 31 El CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de la tarifa correspondiente y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato La actualizacioacuten de las tarifas estaraacute conforme a lo establecido en la claacuteusula deacutecima del presente Contrato 32 Las partes acuerdan que el SUSCRIPTOR podraacute solicitar la prestacioacuten de Servicios Adicionales a los sentildealados en la Caraacutetula en el CAT en las Sucursales por medio del control remoto y por cualquier otro conducto que el CONCESIONARIO ponga en un futuro a disposicioacuten del consumidor en su beneficio informaacutendole previamente los cargos extras los cuales una vez instalados y provistos se regiraacuten por lo sentildealado en el presente contrato 33 Las partes acuerdan que el SUSCRIPTOR podraacute realizar cambios en los Servicios contratados cuando (i) se haya facturado por lo menos una mensualidad del paquete originalmente elegido (ii) existan disponibilidad y factibilidad teacutecnicas para efectuar el cambio y (iii) el SUSCRIPTOR acepte el cargo correspondiente a los nuevos Servicios contratados de acuerdo con las tarifas vigentes 34 El CONCESIONARIO notificaraacute al SUSCRIPTOR si por alguna razoacuten teacutecnica o de otra iacutendole no se le pudieran prestar los Servicios solicitados o contratados dentro de los 10 (diez) diacuteas haacutebiles posteriores a que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de los servicios para que se (i) continuacutee la prestacioacuten de los Servicios en la modalidad que sea factible o (ii) proceda en su caso a la terminacioacuten del presente contrato sin penalizacioacuten alguna En caso de que no se presten los Servicios en la forma y teacuterminos convenidos se estaraacute a lo previsto en la Claacuteusula Deacutecima Quinta del presente contrato 35 En virtud de que el servicio de telecomunicaciones que ampara este contrato es para uso residencial familiar el CONCESIONARIO tiene la facultad de darlo por terminado si conforme al presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables se constata que se estaacute dando un uso distinto al contratado o con fines de lucro

wwwcablemascom

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

CUARTA Vigencia 41 La vigencia del presente contrato en todos sus Capiacutetulos seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los Servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato excepto por lo dispuesto en el Capiacutetulo III y siempre que el SUSCRIPTOR haya aceptado contratar los Servicios a plazo forzoso

QUINTA Condiciones para la Instalacioacuten y Prestacioacuten de los Servicios 51 El CONCESIONARIO seraacute responsable de instalar mantener y operar la Red Al efecto el SUSCRIPTOR otorgaraacute al personal designado por el CONCESIONARIO debidamente identificado todas las facilidades necesarias para la instalacioacuten revisioacuten mantenimiento verificacioacuten e inspeccioacuten de la Red asimismo y para tal efecto el personal designado por el CONCESIONARIO deberaacute instalarlo en el domicilio del SUSCRIPTOR en el lugar que este designe conforme a lo establecido en el numeral 57 siguiente Cualquier solicitud de reubicacioacuten del Equipo generaraacute un costo conforme al numeral 54 52 Las partes reconocen que el CONCESIONARIO seraacute responsable de la instalacioacuten del cableado y demaacutes dispositivos provistos por el CONCESIONARIO y su correcto funcionamiento hasta el ATM La instalacioacuten funcionamiento y configuracioacuten del Equipo Personal correraacute por cuenta del SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos configuracioacuten y soporte del Equipo Personal 53 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar el Cargo por Instalacioacuten en el primer mes de facturacioacuten de los Servicios 54 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar a traveacutes del CAT de las Sucursales del CONCESIONARIO yo de cualquier otro medio de atencioacuten el cambio de ubicacioacuten del Equipo dentro del domicilio donde previamente fue instalado para lo cual el CONCESIONARIO designaraacute un teacutecnico que visitaraacute el domicilio a fin de determinar la procedencia o no de dicha reubicacioacuten que generaraacute en ambos supuestos un cargo por la visita del teacutecnico que el USUARIO podraacute consultar en la Paacutegina Web o en las tarifas vigentes y que seraacute cargado al Estado de Cuenta correspondiente El CONCESIONARIO podraacute no modificar la ubicacioacuten del Equipo cuando considere que dicha reubicacioacuten afectaraacute el estado o funcionamiento del mismo debiendo dar aviso por cualquier medio al SUSCRIPTOR de dicha circunstancia en un plazo de 10 (diez) diacuteas 55 El Equipo como el cableado que llega hasta aquel son propiedad del CONCESIONARIO No obstante lo anterior el cableado que va del ATM al interior del domicilio y el Equipo Personal que el SUSCRIPTOR adquiera son de su propiedad 56 Es responsabilidad del SUSCRIPTOR pagar los gastos que se generen por la instalacioacuten que cubren la instalacioacuten del cableado y del (los) Equipo (s) salvo que se requiera la instalacioacuten de cableado adicional al ATM al interior del domicilio cuyo cobro adicional aplicaraacute al exceder 5 (cinco) metros de cableado en cualquier instalacioacuten o bien en la contratacioacuten de extensiones y cuyo monto deberaacute ser cubierto por el SUSCRIPTOR de acuerdo con los precios que para tal efecto se sentildealen en la Caraacutetula 57 El CONCESIONARIO se compromete a que se iniciaraacute la prestacioacuten de los Servicios dentro del aacuterea de servicio en un plazo maacuteximo de 10 (diez) diacuteas haacutebiles contados a partir de la firma de la Caraacutetula siempre y cuando el SUSCRIPTOR se encuentre en el domicilio de instalacioacuten y otorgue al CONCESIONARIO las facilidades necesarias El CONCESIONARIO confirmaraacute la fecha de instalacioacuten con el SUSCRIPTOR mediante un correo electroacutenico SMS yo llamada telefoacutenica Si no se realiza la instalacioacuten en el teacutermino referido quedaraacute sin efecto el presente contrato 58 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a verificar la funcionalidad de los Servicios previo a su aceptacioacuten a fin de constatar que estos se ajustan a las especificaciones acordadas verificacioacuten que se llevaraacute a cabo en conjunto con el personal teacutecnico del CONCESIONARIO que se encuentre instalando tales Servicios Los Servicios se consideraraacuten recibidos o aceptados por el

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

SUSCRIPTOR al momento en que este uacuteltimo firme de conformidad la Caraacutetula 59 En caso que el SUSCRIPTOR requiera contratar Servicios Adicionales o modificar los Servicios originalmente contratados con posterioridad a la fecha de firma del presente contrato podraacute solicitarlo a traveacutes del CAT Sucursales del CONCESIONARIO o por cualquier medio electroacutenico 510 El CONCESIONARIO se obliga a brindar al SUSCRIPTOR la orientacioacuten y asesoriacutea suficientes para que se le proporcione el servicio solicitado en forma adecuada y funcional incluyendo aquellos casos en los cuales existan condiciones teacutecnicas que lo impidan sin que esto genere la contratacioacuten de otros bienes o servicios 511 El CONCESIONARIO realizaraacute la devolucioacuten en caso de existir cantidades pagadas por anticipado dentro de los (15) quince diacuteas en que se determine que existe imposibilidad teacutecnica para la instalacioacuten del servicio

SEXTA Responsabilidad por el Uso de los Servicios 61 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios de conformidad a lo dispuesto en este contrato y las disposiciones aplicables por lo que el presente contrato no otorga al SUSCRIPTOR derecho alguno para la reventa reproduccioacuten retransmisioacuten o cualquier acto similar de los Servicios a terceros 62 El CONCESIONARIO tendraacute disponible en su Paacutegina Web la descripcioacuten caracteriacutesticas yo contenidos de los planes o paquetes de los Servicios de telecomunicaciones ofrecidos asiacute como las aacutereas o regiones con cobertura 63 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por los dantildeos y perjuicios que le cause a la Red del CONCESIONARIO 64 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios exclusivamente en las aacutereas o domicilio en que se convino su instalacioacuten sin propoacutesitos de reproduccioacuten retransmisioacuten o reventa total o parcial a terceros por lo que el SUSCRIPTOR reconoce que es el responsable del uso de los Servicios de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones aplicables 65 El SUSCRIPTOR no podraacute remover o cambiar de ubicacioacuten el Equipo ni podraacute instalar extensiones en un lugar o domicilio diferente por lo que el CONCESIONARIO no seraacute responsable de que se preste soporte a liacuteneas telefoacutenicas o extensiones de cualquiera de los Servicios que no hayan sido contratados e instalados por el CONCESIONARIO 66 En caso de que el SUSCRIPTOR reubique modifique corte o desconecte de cualquier manera los Equipos el CONCESIONARIO no seraacute responsable de la calidad de la recepcioacuten de los Servicios ni de la suspensioacuten temporal de los mismos y el SUSCRIPTOR deberaacute pagar la renta mensual en su totalidad asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de los dantildeos que puedan sufrir el Equipo o los componentes de la Red del CONCESIONARIO 67 El CONCESIONARIO podraacute promover las acciones legales correspondientes por actos que pretendan dantildear las instalaciones menoscabar la calidad de los Servicios comercializar con estos o sus accesorios sin la autorizacioacuten correspondiente hacer uso yo utilizacioacuten de los Servicios contratados para fines ajenos al presente contrato hacer uso de manera ilegal de los derechos de propiedad intelectual e industrial del CONCESIONARIO la pirateriacutea u obstaculizar las maniobras de trabajo de cancelacioacuten de los mismos en el domicilio unidad habitacional yo condominio donde se presuman actos que dantildeen sean fraudulentos o menoscaben su patrimonio y en contra de ataques a los Equipos yo dispositivos con que se prestan los Servicios

SEacutePTIMA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Telefoniacutea 71 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar Equipos telefoacutenicos homologados o aprobados por el IFT con el objeto de evitar dantildeos a la Red del CONCESIONARIO 72 En caso de que el SUSCRIPTOR contrate Soluciones Digitales deberaacute utilizar Equipos homologados o aprobados por el IFT en caso de que opte por utilizar equipos personales En caso de que el SUSCRIPTOR incumpla con lo anterior el CONCESIONARIO no garantiza dar seguimiento ni el oacuteptimo

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

funcionamiento de las Soluciones Digitales que se ofrecen sobre el Servicio de Telefoniacutea 73 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por el uso del ATM y conservar en buen estado el Equipo y el Equipo de Red del CONCESIONARIO en caso contrario el SUSCRIPTOR deberaacute pagar los dantildeos ocasionados al CONCESIONARIO El CONCESIONARIO es responsable de la Red y las instalaciones del mismo 74 Queda prohibida la utilizacioacuten de los Servicios para realizar actividades que el CONCESIONARIO identifique que son con fines de lucro y en general para cualquier uso que difiera del uso residencial familiar autorizado por el CONCESIONARIO yo de los sentildealados en las claacuteusulas anteriores yo cualquier otro uso que se encuentre prohibido por la legislacioacuten aplicable yo bien que se encuentre limitado para su uso explotacioacuten o comercializacioacuten a concesionarios o permisionarios por la legislacioacuten aplicable 75 El SUSCRIPTOR asume la responsabilidad por la utilizacioacuten de los Servicios para un fin distinto al del objeto del presente contrato del uso indebido de la Red del CONCESIONARIO o de los Equipos proporcionados por el CONCESIONARIO asiacute como del traacutefico que se curse a traveacutes de los mismos sin perjuicio de lo establecido en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 76 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de telefoniacutea de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

OCTAVA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Internet 81 El SUSCRIPTOR podraacute navegar dentro del domicilio del Servicio instalado desde cualquier dispositivo con acceso a Internet quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la informacioacuten de su propiedad datos yo software 82 El CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos que se le causen al SUSCRIPTOR por piratas informaacuteticos yo virus transmitidos a traveacutes de Internet ademaacutes de que el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de Internet de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables 83 El SUSCRIPTOR reconoce que es su responsabilidad contar con los medios miacutenimos necesarios y en correcto funcionamiento tanto en Equipo Personal como en aplicaciones para hacer uso del Servicio de Internet Asimismo el SUSCRIPTOR reconoce que el ancho de banda contratado seraacute repartido entre el nuacutemero de Equipos Personales conectados simultaacuteneamente en el domicilio El CONCESIONARIO informaraacute previo a la contratacioacuten cuaacuteles son los medios miacutenimos con los que el SUSCRIPTOR deberaacute contar a fin de poder contratar el Servicio de Internet 84 El CONCESIONARIO no es responsable de la configuracioacuten de dispositivos tales como ruteadores conmutadores hubsconcentrador equipos proxy o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del o de los Equipos Personales El CONCESIONARIO no realizaraacute la instalacioacuten de la red de aacuterea local (LAN) en el domicilio del SUSCRIPTOR por lo que no seraacute responsable del buen funcionamiento de la misma 85 El CONCESIONARIO no ejerce control alguno respecto al contenido de la informacioacuten que el SUSCRIPTOR transmita o reciba a traveacutes del Servicio de Internet Adicionalmente y sobre la base de las mismas consideraciones de seguridad mencionadas anteriormente reconoce que el Servicio Protocolo para la Transferencia Simple de Correo Electroacutenico (SMTP) correspondiente al puerto 25 se encuentra bloqueado y que en caso de que el SUSCRIPTOR deseara tener acceso a dicho servicio deberaacute hacerlo por medio de puertos SMTP seguros siendo completamente responsable de su uso 86 El SUSCRIPTOR reconoce que en caso de exceder los liacutemites de capacidad de transferencia de datos (capacidad para enviar o recibir informacioacuten) incluidos en el plan o paquete contratado el CONCESIONARIO le avisaraacute por cualquier medio posible que ha terminado con su capacidad de transferencia se le informaraacute el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente y si el SUSCRIPTOR no solicita la suspensioacuten del servicio acepta el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente que seraacute informada previamente al SUSCRIPTOR con al menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten y en su caso vigente y registrada ante el IFT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

CUARTA Vigencia 41 La vigencia del presente contrato en todos sus Capiacutetulos seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los Servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato excepto por lo dispuesto en el Capiacutetulo III y siempre que el SUSCRIPTOR haya aceptado contratar los Servicios a plazo forzoso

QUINTA Condiciones para la Instalacioacuten y Prestacioacuten de los Servicios 51 El CONCESIONARIO seraacute responsable de instalar mantener y operar la Red Al efecto el SUSCRIPTOR otorgaraacute al personal designado por el CONCESIONARIO debidamente identificado todas las facilidades necesarias para la instalacioacuten revisioacuten mantenimiento verificacioacuten e inspeccioacuten de la Red asimismo y para tal efecto el personal designado por el CONCESIONARIO deberaacute instalarlo en el domicilio del SUSCRIPTOR en el lugar que este designe conforme a lo establecido en el numeral 57 siguiente Cualquier solicitud de reubicacioacuten del Equipo generaraacute un costo conforme al numeral 54 52 Las partes reconocen que el CONCESIONARIO seraacute responsable de la instalacioacuten del cableado y demaacutes dispositivos provistos por el CONCESIONARIO y su correcto funcionamiento hasta el ATM La instalacioacuten funcionamiento y configuracioacuten del Equipo Personal correraacute por cuenta del SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos configuracioacuten y soporte del Equipo Personal 53 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar el Cargo por Instalacioacuten en el primer mes de facturacioacuten de los Servicios 54 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar a traveacutes del CAT de las Sucursales del CONCESIONARIO yo de cualquier otro medio de atencioacuten el cambio de ubicacioacuten del Equipo dentro del domicilio donde previamente fue instalado para lo cual el CONCESIONARIO designaraacute un teacutecnico que visitaraacute el domicilio a fin de determinar la procedencia o no de dicha reubicacioacuten que generaraacute en ambos supuestos un cargo por la visita del teacutecnico que el USUARIO podraacute consultar en la Paacutegina Web o en las tarifas vigentes y que seraacute cargado al Estado de Cuenta correspondiente El CONCESIONARIO podraacute no modificar la ubicacioacuten del Equipo cuando considere que dicha reubicacioacuten afectaraacute el estado o funcionamiento del mismo debiendo dar aviso por cualquier medio al SUSCRIPTOR de dicha circunstancia en un plazo de 10 (diez) diacuteas 55 El Equipo como el cableado que llega hasta aquel son propiedad del CONCESIONARIO No obstante lo anterior el cableado que va del ATM al interior del domicilio y el Equipo Personal que el SUSCRIPTOR adquiera son de su propiedad 56 Es responsabilidad del SUSCRIPTOR pagar los gastos que se generen por la instalacioacuten que cubren la instalacioacuten del cableado y del (los) Equipo (s) salvo que se requiera la instalacioacuten de cableado adicional al ATM al interior del domicilio cuyo cobro adicional aplicaraacute al exceder 5 (cinco) metros de cableado en cualquier instalacioacuten o bien en la contratacioacuten de extensiones y cuyo monto deberaacute ser cubierto por el SUSCRIPTOR de acuerdo con los precios que para tal efecto se sentildealen en la Caraacutetula 57 El CONCESIONARIO se compromete a que se iniciaraacute la prestacioacuten de los Servicios dentro del aacuterea de servicio en un plazo maacuteximo de 10 (diez) diacuteas haacutebiles contados a partir de la firma de la Caraacutetula siempre y cuando el SUSCRIPTOR se encuentre en el domicilio de instalacioacuten y otorgue al CONCESIONARIO las facilidades necesarias El CONCESIONARIO confirmaraacute la fecha de instalacioacuten con el SUSCRIPTOR mediante un correo electroacutenico SMS yo llamada telefoacutenica Si no se realiza la instalacioacuten en el teacutermino referido quedaraacute sin efecto el presente contrato 58 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a verificar la funcionalidad de los Servicios previo a su aceptacioacuten a fin de constatar que estos se ajustan a las especificaciones acordadas verificacioacuten que se llevaraacute a cabo en conjunto con el personal teacutecnico del CONCESIONARIO que se encuentre instalando tales Servicios Los Servicios se consideraraacuten recibidos o aceptados por el

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

SUSCRIPTOR al momento en que este uacuteltimo firme de conformidad la Caraacutetula 59 En caso que el SUSCRIPTOR requiera contratar Servicios Adicionales o modificar los Servicios originalmente contratados con posterioridad a la fecha de firma del presente contrato podraacute solicitarlo a traveacutes del CAT Sucursales del CONCESIONARIO o por cualquier medio electroacutenico 510 El CONCESIONARIO se obliga a brindar al SUSCRIPTOR la orientacioacuten y asesoriacutea suficientes para que se le proporcione el servicio solicitado en forma adecuada y funcional incluyendo aquellos casos en los cuales existan condiciones teacutecnicas que lo impidan sin que esto genere la contratacioacuten de otros bienes o servicios 511 El CONCESIONARIO realizaraacute la devolucioacuten en caso de existir cantidades pagadas por anticipado dentro de los (15) quince diacuteas en que se determine que existe imposibilidad teacutecnica para la instalacioacuten del servicio

SEXTA Responsabilidad por el Uso de los Servicios 61 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios de conformidad a lo dispuesto en este contrato y las disposiciones aplicables por lo que el presente contrato no otorga al SUSCRIPTOR derecho alguno para la reventa reproduccioacuten retransmisioacuten o cualquier acto similar de los Servicios a terceros 62 El CONCESIONARIO tendraacute disponible en su Paacutegina Web la descripcioacuten caracteriacutesticas yo contenidos de los planes o paquetes de los Servicios de telecomunicaciones ofrecidos asiacute como las aacutereas o regiones con cobertura 63 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por los dantildeos y perjuicios que le cause a la Red del CONCESIONARIO 64 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios exclusivamente en las aacutereas o domicilio en que se convino su instalacioacuten sin propoacutesitos de reproduccioacuten retransmisioacuten o reventa total o parcial a terceros por lo que el SUSCRIPTOR reconoce que es el responsable del uso de los Servicios de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones aplicables 65 El SUSCRIPTOR no podraacute remover o cambiar de ubicacioacuten el Equipo ni podraacute instalar extensiones en un lugar o domicilio diferente por lo que el CONCESIONARIO no seraacute responsable de que se preste soporte a liacuteneas telefoacutenicas o extensiones de cualquiera de los Servicios que no hayan sido contratados e instalados por el CONCESIONARIO 66 En caso de que el SUSCRIPTOR reubique modifique corte o desconecte de cualquier manera los Equipos el CONCESIONARIO no seraacute responsable de la calidad de la recepcioacuten de los Servicios ni de la suspensioacuten temporal de los mismos y el SUSCRIPTOR deberaacute pagar la renta mensual en su totalidad asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de los dantildeos que puedan sufrir el Equipo o los componentes de la Red del CONCESIONARIO 67 El CONCESIONARIO podraacute promover las acciones legales correspondientes por actos que pretendan dantildear las instalaciones menoscabar la calidad de los Servicios comercializar con estos o sus accesorios sin la autorizacioacuten correspondiente hacer uso yo utilizacioacuten de los Servicios contratados para fines ajenos al presente contrato hacer uso de manera ilegal de los derechos de propiedad intelectual e industrial del CONCESIONARIO la pirateriacutea u obstaculizar las maniobras de trabajo de cancelacioacuten de los mismos en el domicilio unidad habitacional yo condominio donde se presuman actos que dantildeen sean fraudulentos o menoscaben su patrimonio y en contra de ataques a los Equipos yo dispositivos con que se prestan los Servicios

SEacutePTIMA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Telefoniacutea 71 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar Equipos telefoacutenicos homologados o aprobados por el IFT con el objeto de evitar dantildeos a la Red del CONCESIONARIO 72 En caso de que el SUSCRIPTOR contrate Soluciones Digitales deberaacute utilizar Equipos homologados o aprobados por el IFT en caso de que opte por utilizar equipos personales En caso de que el SUSCRIPTOR incumpla con lo anterior el CONCESIONARIO no garantiza dar seguimiento ni el oacuteptimo

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

funcionamiento de las Soluciones Digitales que se ofrecen sobre el Servicio de Telefoniacutea 73 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por el uso del ATM y conservar en buen estado el Equipo y el Equipo de Red del CONCESIONARIO en caso contrario el SUSCRIPTOR deberaacute pagar los dantildeos ocasionados al CONCESIONARIO El CONCESIONARIO es responsable de la Red y las instalaciones del mismo 74 Queda prohibida la utilizacioacuten de los Servicios para realizar actividades que el CONCESIONARIO identifique que son con fines de lucro y en general para cualquier uso que difiera del uso residencial familiar autorizado por el CONCESIONARIO yo de los sentildealados en las claacuteusulas anteriores yo cualquier otro uso que se encuentre prohibido por la legislacioacuten aplicable yo bien que se encuentre limitado para su uso explotacioacuten o comercializacioacuten a concesionarios o permisionarios por la legislacioacuten aplicable 75 El SUSCRIPTOR asume la responsabilidad por la utilizacioacuten de los Servicios para un fin distinto al del objeto del presente contrato del uso indebido de la Red del CONCESIONARIO o de los Equipos proporcionados por el CONCESIONARIO asiacute como del traacutefico que se curse a traveacutes de los mismos sin perjuicio de lo establecido en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 76 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de telefoniacutea de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

OCTAVA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Internet 81 El SUSCRIPTOR podraacute navegar dentro del domicilio del Servicio instalado desde cualquier dispositivo con acceso a Internet quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la informacioacuten de su propiedad datos yo software 82 El CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos que se le causen al SUSCRIPTOR por piratas informaacuteticos yo virus transmitidos a traveacutes de Internet ademaacutes de que el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de Internet de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables 83 El SUSCRIPTOR reconoce que es su responsabilidad contar con los medios miacutenimos necesarios y en correcto funcionamiento tanto en Equipo Personal como en aplicaciones para hacer uso del Servicio de Internet Asimismo el SUSCRIPTOR reconoce que el ancho de banda contratado seraacute repartido entre el nuacutemero de Equipos Personales conectados simultaacuteneamente en el domicilio El CONCESIONARIO informaraacute previo a la contratacioacuten cuaacuteles son los medios miacutenimos con los que el SUSCRIPTOR deberaacute contar a fin de poder contratar el Servicio de Internet 84 El CONCESIONARIO no es responsable de la configuracioacuten de dispositivos tales como ruteadores conmutadores hubsconcentrador equipos proxy o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del o de los Equipos Personales El CONCESIONARIO no realizaraacute la instalacioacuten de la red de aacuterea local (LAN) en el domicilio del SUSCRIPTOR por lo que no seraacute responsable del buen funcionamiento de la misma 85 El CONCESIONARIO no ejerce control alguno respecto al contenido de la informacioacuten que el SUSCRIPTOR transmita o reciba a traveacutes del Servicio de Internet Adicionalmente y sobre la base de las mismas consideraciones de seguridad mencionadas anteriormente reconoce que el Servicio Protocolo para la Transferencia Simple de Correo Electroacutenico (SMTP) correspondiente al puerto 25 se encuentra bloqueado y que en caso de que el SUSCRIPTOR deseara tener acceso a dicho servicio deberaacute hacerlo por medio de puertos SMTP seguros siendo completamente responsable de su uso 86 El SUSCRIPTOR reconoce que en caso de exceder los liacutemites de capacidad de transferencia de datos (capacidad para enviar o recibir informacioacuten) incluidos en el plan o paquete contratado el CONCESIONARIO le avisaraacute por cualquier medio posible que ha terminado con su capacidad de transferencia se le informaraacute el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente y si el SUSCRIPTOR no solicita la suspensioacuten del servicio acepta el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente que seraacute informada previamente al SUSCRIPTOR con al menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten y en su caso vigente y registrada ante el IFT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

SUSCRIPTOR al momento en que este uacuteltimo firme de conformidad la Caraacutetula 59 En caso que el SUSCRIPTOR requiera contratar Servicios Adicionales o modificar los Servicios originalmente contratados con posterioridad a la fecha de firma del presente contrato podraacute solicitarlo a traveacutes del CAT Sucursales del CONCESIONARIO o por cualquier medio electroacutenico 510 El CONCESIONARIO se obliga a brindar al SUSCRIPTOR la orientacioacuten y asesoriacutea suficientes para que se le proporcione el servicio solicitado en forma adecuada y funcional incluyendo aquellos casos en los cuales existan condiciones teacutecnicas que lo impidan sin que esto genere la contratacioacuten de otros bienes o servicios 511 El CONCESIONARIO realizaraacute la devolucioacuten en caso de existir cantidades pagadas por anticipado dentro de los (15) quince diacuteas en que se determine que existe imposibilidad teacutecnica para la instalacioacuten del servicio

SEXTA Responsabilidad por el Uso de los Servicios 61 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios de conformidad a lo dispuesto en este contrato y las disposiciones aplicables por lo que el presente contrato no otorga al SUSCRIPTOR derecho alguno para la reventa reproduccioacuten retransmisioacuten o cualquier acto similar de los Servicios a terceros 62 El CONCESIONARIO tendraacute disponible en su Paacutegina Web la descripcioacuten caracteriacutesticas yo contenidos de los planes o paquetes de los Servicios de telecomunicaciones ofrecidos asiacute como las aacutereas o regiones con cobertura 63 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por los dantildeos y perjuicios que le cause a la Red del CONCESIONARIO 64 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar los Servicios exclusivamente en las aacutereas o domicilio en que se convino su instalacioacuten sin propoacutesitos de reproduccioacuten retransmisioacuten o reventa total o parcial a terceros por lo que el SUSCRIPTOR reconoce que es el responsable del uso de los Servicios de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones aplicables 65 El SUSCRIPTOR no podraacute remover o cambiar de ubicacioacuten el Equipo ni podraacute instalar extensiones en un lugar o domicilio diferente por lo que el CONCESIONARIO no seraacute responsable de que se preste soporte a liacuteneas telefoacutenicas o extensiones de cualquiera de los Servicios que no hayan sido contratados e instalados por el CONCESIONARIO 66 En caso de que el SUSCRIPTOR reubique modifique corte o desconecte de cualquier manera los Equipos el CONCESIONARIO no seraacute responsable de la calidad de la recepcioacuten de los Servicios ni de la suspensioacuten temporal de los mismos y el SUSCRIPTOR deberaacute pagar la renta mensual en su totalidad asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de los dantildeos que puedan sufrir el Equipo o los componentes de la Red del CONCESIONARIO 67 El CONCESIONARIO podraacute promover las acciones legales correspondientes por actos que pretendan dantildear las instalaciones menoscabar la calidad de los Servicios comercializar con estos o sus accesorios sin la autorizacioacuten correspondiente hacer uso yo utilizacioacuten de los Servicios contratados para fines ajenos al presente contrato hacer uso de manera ilegal de los derechos de propiedad intelectual e industrial del CONCESIONARIO la pirateriacutea u obstaculizar las maniobras de trabajo de cancelacioacuten de los mismos en el domicilio unidad habitacional yo condominio donde se presuman actos que dantildeen sean fraudulentos o menoscaben su patrimonio y en contra de ataques a los Equipos yo dispositivos con que se prestan los Servicios

SEacutePTIMA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Telefoniacutea 71 El SUSCRIPTOR se obliga a utilizar Equipos telefoacutenicos homologados o aprobados por el IFT con el objeto de evitar dantildeos a la Red del CONCESIONARIO 72 En caso de que el SUSCRIPTOR contrate Soluciones Digitales deberaacute utilizar Equipos homologados o aprobados por el IFT en caso de que opte por utilizar equipos personales En caso de que el SUSCRIPTOR incumpla con lo anterior el CONCESIONARIO no garantiza dar seguimiento ni el oacuteptimo

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

funcionamiento de las Soluciones Digitales que se ofrecen sobre el Servicio de Telefoniacutea 73 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por el uso del ATM y conservar en buen estado el Equipo y el Equipo de Red del CONCESIONARIO en caso contrario el SUSCRIPTOR deberaacute pagar los dantildeos ocasionados al CONCESIONARIO El CONCESIONARIO es responsable de la Red y las instalaciones del mismo 74 Queda prohibida la utilizacioacuten de los Servicios para realizar actividades que el CONCESIONARIO identifique que son con fines de lucro y en general para cualquier uso que difiera del uso residencial familiar autorizado por el CONCESIONARIO yo de los sentildealados en las claacuteusulas anteriores yo cualquier otro uso que se encuentre prohibido por la legislacioacuten aplicable yo bien que se encuentre limitado para su uso explotacioacuten o comercializacioacuten a concesionarios o permisionarios por la legislacioacuten aplicable 75 El SUSCRIPTOR asume la responsabilidad por la utilizacioacuten de los Servicios para un fin distinto al del objeto del presente contrato del uso indebido de la Red del CONCESIONARIO o de los Equipos proporcionados por el CONCESIONARIO asiacute como del traacutefico que se curse a traveacutes de los mismos sin perjuicio de lo establecido en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 76 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de telefoniacutea de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

OCTAVA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Internet 81 El SUSCRIPTOR podraacute navegar dentro del domicilio del Servicio instalado desde cualquier dispositivo con acceso a Internet quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la informacioacuten de su propiedad datos yo software 82 El CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos que se le causen al SUSCRIPTOR por piratas informaacuteticos yo virus transmitidos a traveacutes de Internet ademaacutes de que el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de Internet de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables 83 El SUSCRIPTOR reconoce que es su responsabilidad contar con los medios miacutenimos necesarios y en correcto funcionamiento tanto en Equipo Personal como en aplicaciones para hacer uso del Servicio de Internet Asimismo el SUSCRIPTOR reconoce que el ancho de banda contratado seraacute repartido entre el nuacutemero de Equipos Personales conectados simultaacuteneamente en el domicilio El CONCESIONARIO informaraacute previo a la contratacioacuten cuaacuteles son los medios miacutenimos con los que el SUSCRIPTOR deberaacute contar a fin de poder contratar el Servicio de Internet 84 El CONCESIONARIO no es responsable de la configuracioacuten de dispositivos tales como ruteadores conmutadores hubsconcentrador equipos proxy o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del o de los Equipos Personales El CONCESIONARIO no realizaraacute la instalacioacuten de la red de aacuterea local (LAN) en el domicilio del SUSCRIPTOR por lo que no seraacute responsable del buen funcionamiento de la misma 85 El CONCESIONARIO no ejerce control alguno respecto al contenido de la informacioacuten que el SUSCRIPTOR transmita o reciba a traveacutes del Servicio de Internet Adicionalmente y sobre la base de las mismas consideraciones de seguridad mencionadas anteriormente reconoce que el Servicio Protocolo para la Transferencia Simple de Correo Electroacutenico (SMTP) correspondiente al puerto 25 se encuentra bloqueado y que en caso de que el SUSCRIPTOR deseara tener acceso a dicho servicio deberaacute hacerlo por medio de puertos SMTP seguros siendo completamente responsable de su uso 86 El SUSCRIPTOR reconoce que en caso de exceder los liacutemites de capacidad de transferencia de datos (capacidad para enviar o recibir informacioacuten) incluidos en el plan o paquete contratado el CONCESIONARIO le avisaraacute por cualquier medio posible que ha terminado con su capacidad de transferencia se le informaraacute el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente y si el SUSCRIPTOR no solicita la suspensioacuten del servicio acepta el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente que seraacute informada previamente al SUSCRIPTOR con al menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten y en su caso vigente y registrada ante el IFT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

funcionamiento de las Soluciones Digitales que se ofrecen sobre el Servicio de Telefoniacutea 73 El SUSCRIPTOR seraacute responsable por el uso del ATM y conservar en buen estado el Equipo y el Equipo de Red del CONCESIONARIO en caso contrario el SUSCRIPTOR deberaacute pagar los dantildeos ocasionados al CONCESIONARIO El CONCESIONARIO es responsable de la Red y las instalaciones del mismo 74 Queda prohibida la utilizacioacuten de los Servicios para realizar actividades que el CONCESIONARIO identifique que son con fines de lucro y en general para cualquier uso que difiera del uso residencial familiar autorizado por el CONCESIONARIO yo de los sentildealados en las claacuteusulas anteriores yo cualquier otro uso que se encuentre prohibido por la legislacioacuten aplicable yo bien que se encuentre limitado para su uso explotacioacuten o comercializacioacuten a concesionarios o permisionarios por la legislacioacuten aplicable 75 El SUSCRIPTOR asume la responsabilidad por la utilizacioacuten de los Servicios para un fin distinto al del objeto del presente contrato del uso indebido de la Red del CONCESIONARIO o de los Equipos proporcionados por el CONCESIONARIO asiacute como del traacutefico que se curse a traveacutes de los mismos sin perjuicio de lo establecido en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 76 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de telefoniacutea de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

OCTAVA Responsabilidad por el Uso del Servicio de Internet 81 El SUSCRIPTOR podraacute navegar dentro del domicilio del Servicio instalado desde cualquier dispositivo con acceso a Internet quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la informacioacuten de su propiedad datos yo software 82 El CONCESIONARIO no seraacute responsable de los dantildeos que se le causen al SUSCRIPTOR por piratas informaacuteticos yo virus transmitidos a traveacutes de Internet ademaacutes de que el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de Internet de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables 83 El SUSCRIPTOR reconoce que es su responsabilidad contar con los medios miacutenimos necesarios y en correcto funcionamiento tanto en Equipo Personal como en aplicaciones para hacer uso del Servicio de Internet Asimismo el SUSCRIPTOR reconoce que el ancho de banda contratado seraacute repartido entre el nuacutemero de Equipos Personales conectados simultaacuteneamente en el domicilio El CONCESIONARIO informaraacute previo a la contratacioacuten cuaacuteles son los medios miacutenimos con los que el SUSCRIPTOR deberaacute contar a fin de poder contratar el Servicio de Internet 84 El CONCESIONARIO no es responsable de la configuracioacuten de dispositivos tales como ruteadores conmutadores hubsconcentrador equipos proxy o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del o de los Equipos Personales El CONCESIONARIO no realizaraacute la instalacioacuten de la red de aacuterea local (LAN) en el domicilio del SUSCRIPTOR por lo que no seraacute responsable del buen funcionamiento de la misma 85 El CONCESIONARIO no ejerce control alguno respecto al contenido de la informacioacuten que el SUSCRIPTOR transmita o reciba a traveacutes del Servicio de Internet Adicionalmente y sobre la base de las mismas consideraciones de seguridad mencionadas anteriormente reconoce que el Servicio Protocolo para la Transferencia Simple de Correo Electroacutenico (SMTP) correspondiente al puerto 25 se encuentra bloqueado y que en caso de que el SUSCRIPTOR deseara tener acceso a dicho servicio deberaacute hacerlo por medio de puertos SMTP seguros siendo completamente responsable de su uso 86 El SUSCRIPTOR reconoce que en caso de exceder los liacutemites de capacidad de transferencia de datos (capacidad para enviar o recibir informacioacuten) incluidos en el plan o paquete contratado el CONCESIONARIO le avisaraacute por cualquier medio posible que ha terminado con su capacidad de transferencia se le informaraacute el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente y si el SUSCRIPTOR no solicita la suspensioacuten del servicio acepta el cobro de la tarifa por gigabyte adicional excedente que seraacute informada previamente al SUSCRIPTOR con al menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten y en su caso vigente y registrada ante el IFT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

NOVENA Responsabilidad por el Uso del Servicio de TV 91 El SUSCRIPTOR es el responsable de la comunicacioacuten yo ejecucioacuten puacuteblica que haga del Servicio de TV de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal del Derecho de Autor Ley de la Propiedad Industrial y sus Reglamentos por lo que el SUSCRIPTOR tiene estrictamente prohibido realizar exhibiciones puacuteblicas de canales Video Bajo Demanda o grabaciones de DVR o cualquier contenido 92 El SUSCRIPTOR reconoce que al contratar expresamente cualquier programa o evento en sus modalidades Pago por Evento Complementos de Televisioacuten o cualquier otro cargo no recurrente el SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO las tarifas de tales programas o eventos el SUSCRIPTOR podraacute consultar los teacuterminos y condiciones en la Paacutegina Web 93 El SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso del Servicio de TV de conformidad con el presente contrato y demaacutes disposiciones aplicables

DEacuteCIMA Contraprestacioacuten 101 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios que haya sido aceptado por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional a los contratados o uso de capacidad en exceso Pagos por Evento o cualquier otro aplicando las tarifas vigentes El Estado de Cuenta estaraacute desglosado por paquete contratado o tipo de Servicio y contendraacute el detalle del mismo 102 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten de los mismos 103 El CONCESIONARIO podraacute actualizar el monto de las Contraprestaciones establecidas en este contrato previo registro ante las Autoridades Competentes cuando sea obligatorio pero en todo caso debiendo notificar al SUSCRIPTOR con una anticipacioacuten miacutenima de 15 (quince) diacuteas naturales ya sea por escrito en el Estado de Cuenta mediante correo electroacutenico o cualquier medio que permita que el SUSCRIPTOR tenga conocimiento fehaciente de dicha modificacioacuten En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha actualizacioacuten este podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 104 Para el caso de que el SUSCRIPTOR solicite la prestacioacuten de Servicios Adicionales o la modificacioacuten a los originalmente contratados se requeriraacute el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR para su contratacioacuten se entenderaacute que dichos Servicios quedaraacuten contratados o modificados si el SUSCRIPTOR hace uso de los mismos 105 Cualquier cargo causaraacute y se le antildeadiraacute el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro impuesto que conforme a la legislacioacuten fiscal resulte aplicable 106 En caso de que el SUSCRIPTOR utilice un Servicio para fines distintos al contratado deberaacute pagar el costo que corresponda por dicho uso sin perjuicio de lo sentildealado en la Claacuteusula Vigeacutesima del presente contrato 107 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar los consumos yo rentas mensuales que aparezcan en su Estado de Cuenta a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago sentildealada en el propio Estado de Cuenta sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula Deacutecima Primera 108 El CONCESIONARIO enviaraacute la caraacutetula del Estado de Cuenta por escrito al domicilio del SUSCRIPTOR o de forma optative por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes con 10 (diez) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha liacutemite de pago 109 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminada la prestacioacuten de los Servicios Adicionales para lo que el CONCESIONARIO tendraacute un plazo maacuteximo de 5 (cinco) diacuteas naturales a partir de dicha manifestacioacuten para cancelarlos sin que ello implique la suspensioacuten o cancelacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados la cancelacioacuten de los Servicios Adicionales no exime al SUSCRIPTOR del pago de las cantidades generadas por Servicios utilizados 1010 El CONCESIONARIO no podraacute obligar al SUSCRIPTOR a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratacioacuten o continuacioacuten de la prestacioacuten de los Servicios originalmente contratados 1011 El CONCESIONARIO puede ofrecer los Servicios Adicionales de manera empaquetada o por separado para cualquier SUSCRIPTOR que asiacute lo solicite

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

en el entendido de que los Servicios Adicionales solo pueden prestarse previa contratacioacuten del Servicio o Servicios del que deriven

DEacuteCIMA PRIMERA Forma de Pago y Objecioacuten de Estados de Cuenta 111 El CONCESIONARIO enviaraacute mensualmente al domicilio del SUSCRIPTOR el Estado de Cuenta correspondiente por la prestacioacuten de los Servicios o de forma optativa por correo electroacutenico seguacuten lo determinen las partes a fin de que este realice el pago dentro de la fecha liacutemite mismo que tambieacuten podraacute ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Paacutegina Web en caso de falta de pago o pago extemporaacuteneo el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas para restablecer el Servicio 112 Cualquier contraprestacioacuten a cargo del SUSCRIPTOR y a favor del CONCESIONARIO deberaacute ser pagada en la forma sentildealada en el Estado de Cuenta respectivo y en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO o mediante cargo recurrente a su tarjeta de creacutedito o deacutebito 113 La falta de recepcioacuten del Estado de Cuenta no eximiraacute la obligacioacuten de pago La fecha liacutemite de pago seraacute la establecida en el Estado de Cuenta mismo que tambieacuten podraacute consultar en la Paacutegina Web 114 En caso de que por alguna razoacuten el CONCESIONARIO dejara de cobrar en su momento cualquier cantidad a la que tuviere derecho con motivo de este contrato no se entenderaacute que la misma ha sido condonada y por el contrario el CONCESIONARIO podraacute acreditarla en un Estado de Cuenta posterior y cobrarla siempre y cuando no haya prescrito en teacuterminos de ley 115 Para el caso en que el CONCESIONARIO no reciba el o los pagos dentro de los plazos aquiacute convenidos podraacute suspender los Servicios mismos que el SUSCRIPTOR podraacute reactivar de acuerdo con lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Tercera del presente contrato dentro de los 10 (diez) diacuteas naturales siguientes al pago correspondiente En caso de que el SUSCRIPTOR no reactive los Servicios de conformidad con lo sentildealado anteriormente el CONCESIONARIO o el tercero al que designe procederaacute a recolectar el Equipo en los teacuterminos de la claacuteusula Vigeacutesima 116 El SUSCRIPTOR se obliga a pagar la totalidad de las contraprestaciones establecidas en el Estado de Cuenta correspondiente Asimismo el SUSCRIPTOR seraacute responsable de revisar mensualmente los cargos que aparezcan en el Estado de Cuenta y en caso de ser necesario podraacute objetar cualquier cargo siempre y cuando dichas objeciones sean realizadas dentro de un plazo maacuteximo de 30 (treinta) diacuteas naturales contados a partir de la fecha liacutemite de pago establecida en el Estado de Cuenta objetado Para cualquier objecioacuten que se reciba con posterioridad no aplicaraacute la acreditacioacuten en los teacuterminos de la presente claacuteusula En caso de ser procedente la objecioacuten el CONCESIONARIO acreditaraacute dicho importe al SUSCRIPTOR a maacutes tardar dentro de las dos facturaciones siguientes junto con la bonificacioacuten que en su caso proceda en teacuterminos de la normatividad aplicable En las objeciones fuera de los teacuterminos establecidos en la presente claacuteusula se estaraacute a lo dispuesto por la normatividad aplicable 117 El CONCESIONARIO podraacute cargar en el Estado de Cuenta cualquiera de los adeudos derivados de los Servicios previamente suministrados y que el SUSCRIPTOR no haya cubierto oportunamente

DEacuteCIMA SEGUNDA Suspensioacuten de Servicios 121 El CONCESIONARIO podraacute previo aviso al SUSCRIPTOR suspender cualquiera de los Servicios si el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de los supuestos siguientes a) No liquidar cualquier concepto sentildealado en el Estado de Cuenta en su totalidad a maacutes tardar en la fecha liacutemite de pago b) Instalar Equipos yo accesorios no homologados por el IFT c) Utilizar los Servicios en contravencioacuten de las Disposiciones Aplicables d) Cuando el SUSCRIPTOR realice o pretenda realizar la comercializacioacuten venta reventa o cualquier actividad similar sobre cualquiera de los Servicios contratados e) Mover o cambiar de ubicacioacuten el ATM o los Equipos

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

f) Por declaracioacuten judicial o administrativa de Autoridad Competente (en este caso no operaraacute el previo aviso) g) Por incumplimiento o violacioacuten de cualquiera de las disposiciones establecidas en este contrato h) Hacer uso de los Servicios para un fin distinto al contratado entre otros exceder la capacidad contratada para el Servicio de Internet usar una liacutenea telefoacutenica para reventa de los Servicios de Telefoniacutea entre otros i) Cuando el SUSCRIPTOR enviacutee mensajes masivos que constituyan cadenas u otros mecanismos de saturacioacuten de espacios en hardware o en Internet j) Hospedar sitios web amigables al spam incluidos sitios con software de spam k) Cuando a traveacutes de los Servicios de Internet o Telefoniacutea se hagan propuestas fraudulentas de productos yo servicios l) Cuando el SUSCRIPTOR intente acceder a cuentas o sistemas de terceros (hacking) o intente encubrir falsificar o usurpar la identidad de la conexioacuten de otro mediante el uso de los Servicios contratados m) Cuando se detecte la falsificacioacuten de un mensaje electroacutenico 122 Por cualquier supuesto del numeral 121 de suspensioacuten en que incurra el SUSCRIPTOR al presente contrato este estaraacute obligado a pagar los cargos que se generaron hasta ese momento

DEacuteCIMA TERCERA Reanudacioacuten de los Servicios 131 Previo pago de la tarifa de reconexioacuten de los Servicios y siempre y cuando el SUSCRIPTOR hubiere subsanado cualquier causal de suspensioacuten yo esta hubiere desaparecido el CONCESIONARIO se aseguraraacute de que se reanude la prestacioacuten de los Servicios en un maacuteximo de 72 (setenta y dos) horas

DEacuteCIMA CUARTA Cambio de Programacioacuten 141 El CONCESIONARIO podraacute aumentar retirar o sustituir cualquiera de las sentildeales que se incluyan en su paquete de video o TV restringida en tal caso se obliga a dar aviso al SUSCRIPTOR por escrito mediante el Estado de Cuenta o viacutea correo electroacutenico o por cualquier otro medio con por lo menos 15 (quince) diacuteas naturales de anticipacioacuten El SUSCRIPTOR igualmente expresa su conformidad en recibir el paquete solicitado de acuerdo con los teacuterminos condiciones horarios modalidades y tarifas En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con el cambio de las sentildeales podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA QUINTA Continuidad de los Servicios y Bonificaciones por Interrupcioacuten 151 El SUSCRIPTOR tiene el derecho a recibir del CONCESIONARIO el servicio de acuerdo con la calidad con la que se le haya ofrecido y conforme a lo estipulado en el presente contrato sin embargo en caso de que se presenten fallas en la prestacioacuten de los Servicios imputables al CONCESIONARIO tambieacuten tendraacute el derecho a recibir una bonificacioacuten de al menos el 20 del monto del precio del Servicio correspondiente al periodo de afectacioacuten conforme a los siguientes supuestos 152 Trataacutendose de fallas generalizadas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR tendraacute el derecho de recibir dicha bonificacioacuten sin que medie aviso alguno por parte del SUSCRIPTOR En caso de que la falla se presente en un caso concreto por causas imputables al CONCESIONARIO el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT en este caso se realizaraacute la bonificacioacuten conforme a lo estipulado en la presente claacuteusula 153 Trataacutendose de casos no imputables al CONCESIONARIO este bonificaraacute o se abstendraacute de cobrar al SUSCRIPTOR la cantidad que proporcionalmente corresponda cuando esteacute suspendido parcial o totalmente el servicio incluso por casos fortuitos o de fuerza mayor por maacutes de veinticuatro horas consecutivas excepto cuando la suspensioacuten obedezca a causas imputables al SUSCRIPTOR Para lo anterior el SUSCRIPTOR afectado deberaacute dar aviso con fines informativos al CAT

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

154 El CONCESIONARIO instrumentaraacute los mecanismos necesarios para poder llevar a cabo las reparaciones a las fallas del servicio dentro de las 24 (veinticuatro) horas haacutebiles siguientes al reporte de las mismas salvo que la autoridad competente autorice un plazo diferente El CONCESIONARIO daraacute aviso al SUSCRIPTOR por cualquier medio y al IFT por escrito de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestacioacuten del servicio con una antelacioacuten miacutenima de 24 (veinticuatro) horas

DEacuteCIMA SEXTA Equipo Equipo Personal e Instalaciones Adicionales del SUSCRIPTOR 161 En caso de peacuterdida extraviacuteo o dantildeo del Equipo imputable al SUSCRIPTOR el mismo deberaacute solicitar al CONCESIONARIO la sustitucioacuten del Equipo conforme a los costos sentildealados en el pagareacute que obra en la Caraacutetula 162 El Equipo cuenta con garantiacutea por el tiempo de vigencia del contrato misma que se haraacute efectiva por el CONCESIONARIO en caso de ser necesario

DEacuteCIMA SEacutePTIMA Consultas Reclamaciones Quejas y Reparaciones 171 El CONCESIONARIO tiene a disposicioacuten del SUSCRIPTOR el CAT y las Sucursales establecidas en la Paacutegina Web para reportar fallas interrupciones dudas aclaraciones y terminacioacuten de los Servicios El CAT se encuentra disponible los 7 (siete) diacuteas de la semana las 24 (veinticuatro) horas del diacutea 172 El SUSCRIPTOR podraacute obtener asistencia sin costo a traveacutes del correo electroacutenico establecido en la Caraacutetula yo Estado de Cuenta yo Paacutegina Web y la respuesta del CONCESIONARIO se proporcionaraacute electroacutenicamente yo en una llamada telefoacutenica yo por SMS 173 En caso de que el SUSCRIPTOR no levante el reporte correspondiente de conformidad con lo sentildealado en esta Claacuteusula el CONCESIONARIO no podraacute tener conocimiento de las fallas de los casos concretos yo interrupciones respectivas para su solucioacuten en consecuencia el SUSCRIPTOR es responsable del aviso al CONCESIONARIO mediante el CAT 174 En cuanto a la asistencia sobre el Servicio de Internet el CONCESIONARIO atenderaacute exclusivamente problemas de instalacioacuten conexioacuten y configuracioacuten del software de acceso explorador (browser) El CONCESIONARIO no garantiza el eacutexito del soporte teacutecnico por cuestiones ajenas a los Servicios o el CONCESIONARIO ni se responsabilizaraacute por los posibles efectos que se puedan provocar a un Equipo Personal

DEacuteCIMA OCTAVA Cesioacuten de Derechos 181 El SUSCRIPTOR podraacute ceder los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato cuando (a) dicha cesioacuten sea derivada del traspaso de la cuenta en el domicilio del SUSCRIPTOR a un tercero (ldquoCesionariordquo) y (b) la misma sea notificada por escrito al CONCESIONARIO dentro de los 30 (treinta) diacuteas naturales siguientes a dicho traspaso a efecto de que se realice el cambio de titular correspondiente y (c) la cuenta no presente saldo deudor En ese caso dicho cesionario quedaraacute obligado a (i) cumplir con lo establecido dentro del presente contrato y (ii) pagar cualquier adeudo que exista derivado del presente contrato en su caso 182 El CONCESIONARIO podraacute en cualquier tiempo ceder o traspasar todos o parte de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato a cualquiera de las empresas subsidiarias filiales o su empresa controladora debiendo notificar por escrito al SUSCRIPTOR En caso de que el SUSCRIPTOR no esteacute de acuerdo con dicha cesioacuten podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima

DEacuteCIMA NOVENA Cambio de Domicilio 191 Cuando el SUSCRIPTOR tenga necesidad de cambiar el domicilio en donde se prestan los Servicios este daraacute un aviso por escrito con 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten al CONCESIONARIO con el fin de que se pueda analizar la disponibilidad teacutecnica de otorgar los Servicios en el nuevo domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio sea factible

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

el SUSCRIPTOR deberaacute pagar las tarifas por este concepto que llegaran a generarse durante el proceso de cambio de domicilio En caso de que la prestacioacuten de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible el SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el contrato conforme a la claacuteusula Vigeacutesima 192 El SUSCRIPTOR tiene prohibido instalar extensiones de cualquier Servicio en un domicilio distinto al que estaacute especificado en la Caraacutetula

VIGEacuteSIMA Terminacioacuten 201 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento por asiacute convenir a sus intereses hacieacutendolo por escrito o por correo electroacutenico o por teleacutefono La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo y el pago de los adeudos pendientes 202 El SUSCRIPTOR tendraacute derecho a cancelar el contrato sin el pago de pena convencional alguna si no fuere posible ejecutar la portabilidad numeacuterica por causas no imputables al propio SUSCRIPTOR dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad Numeacuterica vigentes 203 El SUSCRIPTOR acepta que en caso de terminacioacuten estaraacute obligado a pagar todas las cantidades pendientes de cobro por la prestacioacuten de los Servicios y devolver los Equipos al CONCESIONARIO Para efectuar la devolucioacuten de los Equipos bastaraacute desconectarlos y entregarlos en cualquier Sucursal del CONCESIONARIO En caso de no devolverlos el SUSCRIPTOR se obliga a pagar el costo de los Equipos establecidos en la Caraacutetula 204 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito o por cualquier otro medio al SUSCRIPTOR cuando cualquiera de los siguientes eventos se presente a) Cuando despueacutes de haber iniciado la prestacioacuten de los Servicios el CONCESIONARIO determine que no es factible continuar prestando cualquiera de los Servicios por causas de fuerza mayor b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le confiere al SUSCRIPTOR el presente contrato c) El SUSCRIPTOR no subsane en un teacutermino de 30 (treinta) diacuteas naturales cualquiera de los motivos que dieren causa a la suspensioacuten de los Servicios en teacuterminos de lo sentildealado en la Claacuteusula Deacutecima Segunda anterior d) Que el SUSCRIPTOR proporcione informacioacuten falsa al CONCESIONARIO para la contratacioacuten de los Servicios 205 El SUSCRIPTOR tendraacute el derecho a que cuando se haya suscrito un contrato de adhesioacuten solo se pueda cambiar a otro por acuerdo de las partes consentimiento que se otorgaraacute por medios electroacutenicos El SUSCRIPTOR deberaacute ser notificado por cualquier medio incluido el electroacutenico de cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas 206 Una vez que se da por terminado el contrato el CONCESIONARIO no podraacute seguir cobrando ninguacuten tipo de Servicios al SUSCRIPTOR sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el equipo y el pago de los adeudos pendientes 207 Cuando el CONCESIONARIO modifique las condiciones originalmente contratadas el suscriptor podraacute exigir el cumplimiento forzoso del contrato y en caso de que no las cumpla podraacute rescindir el mismo sin penalidad alguna sin perjuicio de lo establecido en la claacuteusula deacutecima y deacutecima cuarta sin limitar 208 El CONCESIONARIO reembolsaraacute al suscriptor las cantidades improcedentes y pagadas por EL SUSCRIPTOR por cualquier concepto y que no sean compensables con otros adeudos a cargo del propio SUSCRIPTORVIGEacuteSIMA PRIMERA Obligaciones del Suscriptor 211 El SUSCRIPTOR tiene prohibido de manera enunciativa mas no limitativa a) Utilizar el Servicio para realizar llamadas intimidatorias o de amenazas b) Utilizar el Servicio en llamadas que por sus caracteriacutesticas pudieran ser consideradas en cierto momento como masivas tales como campantildeas de publicidad poliacuteticas encuestas que pudieran generar afectacioacuten en la Red del CONCESIONARIO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

c) Hacer uso del Servicio por siacute o a traveacutes de terceros en contravencioacuten a las leyes reglamentos reglas y demaacutes Disposiciones Aplicables d) La prestacioacuten de Servicios incluyendo la comercializacioacuten o reventa de Servicios de telecomunicaciones por parte del SUSCRIPTOR previstos en el presente contrato e) Realizar una conexioacuten o intento de conexioacuten o acceso no autorizado a la Red del CONCESIONARIO f) Realizar cualquiera de las conductas o acciones sentildealadas en la Claacuteusula Deacutecima Segunda del presente contrato

VIGEacuteSIMA SEGUNDA Caso Fortuito o Fuerza Mayor 221 Salvo por lo dispuesto en la claacuteusula 152 ninguna de las Partes seraacute responsable por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones estipuladas en el presente contrato si dicho incumplimiento es causado por un evento de caso fortuito o de fuerza mayor

VIGEacuteSIMA TERCERA Cambio del Nuacutemero Telefoacutenico 231 El SUSCRIPTOR podraacute solicitar por escrito el cambio de su nuacutemero telefoacutenico previo pago de la tarifa correspondiente siempre y cuando el CONCESIONARIO cuente con las facilidades teacutecnicas necesarias En el caso de realizarse un traacutemite de cambio de nuacutemero por Portabilidad Numeacuterica este no tendraacute costo y se ejecutaraacute en el plazo que determine la normatividad aplicable 232 El CONCESIONARIO se reserva el derecho de cambiar sin cargo alguno el nuacutemero de teleacutefono asignado por razones teacutecnicas o regulatorias previo aviso por escrito a traveacutes del Estado de Cuenta que se expida al SUSCRIPTOR o por cualquier otro medio que determine el CONCESIONARIO con al menos 30 (treinta) diacuteas naturales de anticipacioacuten a la fecha efectiva del cambio

VIGEacuteSIMA CUARTA Confidencialidad y Uso de Datos 241 Ambas partes estaacuten obligadas a mantener confidencial la informacioacuten que reciban de la otra parte conforme a la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares El SUSCRIPTOR en la Caraacutetula autorizaraacute o en su caso negaraacute al CONCESIONARIO a utilizar sus datos personales o empresariales para hacerle llegar cualquier informacioacuten yo comunicacioacuten relacionada con los Servicios y promociones En caso de que los datos sean solicitados por alguna Autoridad Competente el SUSCRIPTOR autoriza al CONCESIONARIO a proporcionar sus datos de conformidad con lo sentildealado en el aviso y las poliacuteticas de privacidad disponibles en la Paacutegina Web 242 El SUSCRIPTOR gozaraacute del derecho a no recibir llamadas del CONCESIONARIO sobre la promocioacuten de Servicios o paquetes a menos que expresamente manifieste su consentimiento a traveacutes de medios electroacutenicos

VIGEacuteSIMA QUINTA Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios 251 El CONCESIONARIO entregaraacute al SUSCRIPTOR la Carta de Derechos Miacutenimos de los Usuarios de los Servicios Puacuteblicos de Telecomunicaciones tenieacutendola ademaacutes siempre a su disposicioacuten a traveacutes de la Paacutegina Web

VIGEacuteSIMA SEXTA Derechos de Accesibilidad y no Discriminacioacuten a los Usuarios 261 El CONCESIONARIO reconoce que no podraacute negar los servicios por cuestiones de raza geacutenero religioacuten preferencia sexual o personas con discapacidad El CONCESIONARIO atenderaacute las disposiciones y reglamentos aplicables para la accesibilidad de todas las personas

VIGEacuteSIMA SEacutePTIMA Legislacioacuten Aplicable y Jurisdiccioacuten 271 El SUSCRIPTOR podraacute acudir en la viacutea administrativa ante la PROFECO para dirimir cualquier controversia sobre la interpretacioacuten o cumplimiento del presente contrato

CAPIacuteTULO II DEL EQUIPO

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

PRIMERA Antecedentes 11 El CONCESIONARIO concede al SUSCRIPTOR el uso de los Equipos sentildealados en la Caraacutetula y en este acto declara que son vaacutelidas todas y cada una de las manifestaciones que constan en la misma y las que en su caso pudiesen celebrar por la contratacioacuten expresa de Servicios Adicionales por lo que se tienen reproducidas como si a su letra se insertasen para todos los efectos legales a que haya lugar

SEGUNDA Objeto 21 El CONCESIONARIO otorga el uso del Equipo al SUSCRIPTOR y este lo recibe en perfectas condiciones asimismo se obliga a tener y usar el Equipo exclusivamente en el domicilio de instalacioacuten y por ninguacuten motivo podraacute comercializar dicho Equipo El SUSCRIPTOR se compromete a la guarda custodia y conservacioacuten del Equipo asumiendo todas las obligaciones legales propias del comodatario durante todo el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el CONCESIONARIO o quien este designe

TERCERA Vigencia 31 La vigencia del presente contrato de comodato seraacute indefinida para las Partes contada a partir de la contratacioacuten de los servicios (la ldquoVigenciardquo) y hasta en tanto alguna de las Partes notifique a la otra su voluntad de darlo por terminado en teacuterminos de lo establecido en el presente contrato 32 Las partes acuerdan que solo en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso en teacuterminos del Capiacutetulo III de este contrato la Vigencia del comodato por el Equipo asociado a los Servicios a plazo forzoso de igual forma seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses 33 La terminacioacuten de los Servicios obliga al SUSCRIPTOR a devolver ellos Equipos y Accesorios en buenas condiciones al CONCESIONARIO dentro de los 15 (quince) diacuteas siguientes al aviso de terminacioacuten en cualquiera de las sucursales del CONCESIONARIO 34 El SUSCRIPTOR estaacute obligado en todo momento durante la vigencia a notificar al CONCESIONARIO por escrito o por correo electroacutenico su intencioacuten de dar por terminado el comodato objeto del presente contrato el SUSCRIPTOR deberaacute hacer entrega del Equipo conforme a lo establecido en el numeral 32 En tanto no se verifiquen estos requisitos se entenderaacuten vigentes los teacuterminos y condiciones convenidos en el presente contrato de comodato El SUSCRIPTOR acepta que en caso de que este no devuelva el Equipo y Accesorios en los plazos indicados en esta Claacuteusula deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo establecido en la Caraacutetula en los teacuterminos del numeral 102 del presente capiacutetulo

CUARTA Renta Mensual 41 El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO mensualmente por concepto de arrendamiento del Equipo la cantidad detallada en la Factura Electroacutenica y que se encuentra registrada ante el IFT El pago de la renta deberaacute realizarse dentro de la fecha liacutemite de pago y en los lugares determinados dentro del Estado de Cuenta de que se trate la falta de pago oportuno o el pago parcial de la renta es causal para que el CONCESIONARIO a su discrecioacuten rescinda el presente contrato La rescisioacuten del contrato por las causas antes mencionadas no libera al SUSCRIPTOR de adeudos generados en virtud del presente contrato frente al CONCESIONARIO

QUINTA Mal Uso de los Equipos 51 El SUSCRIPTOR deberaacute cubrir el costo de las reparaciones del Equipo cuando le sea imputable la descompostura mal uso mal funcionamiento o fallas del mismo 52 El SUSCRIPTOR tiene prohibido a) vender el Equipo b) cambiar de domicilio la instalacioacuten original del Equipo c) utilizar el Equipo en forma

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

comercial o en forma no autorizada por el CONCESIONARIO d) permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo y e) ceder el Equipo sin el consentimiento del CONCESIONARIO 53 Para efectos de este contrato de comodato el SUSCRIPTOR declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontraraacute el Equipo es el indicado en la Caraacutetula de este contrato El CONCESIONARIO se reserva el derecho de actuar civil o penalmente en contra de quien haga mal uso del Equipo siendo el SUSCRIPTOR responsable solidario del uso y conservacioacuten del mismo

SEXTA Uso del Equipo 61 El SUSCRIPTOR se obliga a cuidar el Equipo y deberaacute responder por cualquier menoscabo dantildeo o perjuicio que se cause al mismo El SUSCRIPTOR tiene prohibido utilizar el Equipo de forma distinta a la que originalmente estaacute destinado 62 El SUSCRIPTOR deberaacute contar con la instalacioacuten eleacutectrica que cumpla con las especificaciones de la Comisioacuten Federal de Electricidad (ldquoCFErdquo) el SUSCRIPTOR reconoce que el CONCESIONARIO no se haraacute responsable de los dantildeos o peacuterdidas ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eleacutectricas o cualquier otra anaacuteloga

SEacutePTIMA Reporte de Fallas 71 En caso de que el Equipo presente fallas en su operacioacuten el SUSCRIPTOR deberaacute reportarlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al teleacutefono del Centro de Atencioacuten Telefoacutenica sin cargo alguno

OCTAVA Robo 81 En el caso de que el Equipo sea robado o de cualquier manera sea objeto de siniestro el SUSCRIPTOR deberaacute dar aviso inmediato al Centro de Atencioacuten Telefoacutenica conforme a lo establecido en la Claacuteusula Sexta anterior en un plazo que no excederaacute de veinticuatro (24) horas posteriores al evento para la reposicioacuten del Equipo y tendraacute un plazo de cinco (5) diacuteas haacutebiles posteriores al mismo para ratificarlo por escrito presentando la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente y demaacutes documentos correspondientes El SUSCRIPTOR deberaacute pagar al CONCESIONARIO el costo iacutentegro del Equipo robado dantildeado o desaparecido conforme a lo establecido en la Caraacutetula El CONCESIONARIO podraacute condonar el costo del Equipo robado cuando EL SUSCRIPTOR lo acredite con la copia certificada de la constancia correspondiente levantada ante una Autoridad Competente

NOVENA Cesioacuten de derechos 91 Las Partes convienen expresamente que el SUSCRIPTOR no podraacute ceder transferir comercializar o disponer en cualquier forma del Equipo y tampoco podraacute retenerlo bajo concepto alguno Sin perjuicio de lo anterior el CONCESIONARIO podraacute en cualquier momento ceder o transferir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato de comodato a sus filiales subsidiarias controladoras yo cualquier tercero que el CONCESIONARIO designe

DEacuteCIMA Terminacioacuten 101 El CONCESIONARIO podraacute dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad siempre y cuando existan causas justificadas entre ellas las hipoacutetesis previstas en la Claacuteusula Vigeacutesima del Capiacutetulo I de manera enunciativa y no limitativa 102 El SUSCRIPTOR devolveraacute el Equipo en un plazo maacuteximo de 15 (quince) diacuteas naturales posteriores al aviso de terminacioacuten del presente contrato de arrendamiento Asimismo el CONCESIONARIO se obliga a cancelar el tiacutetulo de creacutedito suscrito en garantiacutea del Equipo establecido en la Caraacutetula al teacutermino del contrato El CONCESIONARIO por ninguacuten motivo haraacute uso del tiacutetulo de

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

creacutedito correspondiente al teacutermino del contrato so pena de las sanciones establecidas en la normatividad aplicable

CAPIacuteTULO III DE LA CONTRATACIOacuteN DE LOS SERVICIOS A PLAZO FORZOSO Las partes acuerdan que las disposiciones contenidas en este capiacutetulo regiraacuten solo para el caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula en ese uacutenico caso la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses y al tenor de las siguientes claacuteusulas

PRIMERA Objeto 11 Durante la vigencia del presente contrato el CONCESIONARIO se obliga a que se presten al SUSCRIPTOR los Servicios a plazo forzoso sentildealados en la Caraacutetula los cuales se prestan a cambio del pago de una cantidad preestablecida y que son exclusivamente para uso residencial familiar de conformidad con los teacuterminos y bajo las condiciones establecidas en el presente contrato

SEGUNDA Vigencia 21 Las partes acuerdan que en caso de que el SUSCRIPTOR elija contratar los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula la Vigencia seraacute forzosa para ambas partes por el plazo de 12 (doce) meses para estos Servicios

TERCERA Contraprestacioacuten 31 El CONCESIONARIO cargaraacute al SUSCRIPTOR el importe de la renta mensual y de los cargos de los consumos adicionales de los Servicios a plazo forzoso contratados y de cualquier concepto accesorio a los Servicios a plazo forzoso que hayan sido aceptados por el propio SUSCRIPTOR como cualquier consumo adicional al contratado o uso de capacidad en exceso ldquoPagos por Eventordquo aplicando las tarifas vigentes y previamente registradas ante el IFT al momento de la contratacioacuten En el estado de cuenta seraacuten desglosados los Servicios a plazo forzoso y contendraacute el detalle de los consumos relacionados con el mismo 32 El CONCESIONARIO comenzaraacute a cobrar los Servicios a partir de la instalacioacuten y la efectiva prestacioacuten de los mismos 33 Solo para el caso de que el SUSCRIPTOR haya contratado los Servicios a plazo forzoso y por ende obligaacutendose en los teacuterminos de este capiacutetulo el CONCESIONARIO se obliga a no realizar cambio alguno a los teacuterminos condiciones y tarifas bajo los cuales se contratan los Servicios a plazo forzoso

CUARTA Terminacioacuten 41 El CONCESIONARIO se obliga a comunicar por los medios previamente convenidos por escrito o por medio de correo electroacutenico y con al menos 30 diacuteas de anticipacioacuten al SUSCRIPTOR cuaacutendo va a fenecer el plazo necesario al que se sujetoacute la contratacioacuten 42 El SUSCRIPTOR podraacute dar por terminado el presente contrato al concluir el plazo forzoso al que se obligoacute hacieacutendolo del conocimiento del CONCESIONARIO por los medios pactados por escrito por correo electroacutenico o por teleacutefono con al menos 15 diacuteas de anticipacioacuten lo que no lo exime del pago de los Servicios a plazo forzoso que hayan sido efectivamente prestados La terminacioacuten del contrato operaraacute sin perjuicio del derecho del CONCESIONARIO de recuperar el Equipo conforme a la claacuteusula 33 del Capiacutetulo II y el pago de los adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados 43 Una vez concluido el plazo forzoso el SUSCRIPTOR tendraacute derecho a dar por terminado el contrato en cualquier momento y sin penalizacioacuten alguna uacutenicamente dando el aviso correspondiente al CONCESIONARIO en los teacuterminos anteriormente descritos sin que lo anterior lo exima de cubrir los

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom

CONTRATO DE PRESTACIOacuteN DE SERVICIOS CABLEMAacuteS

adeudos pendientes de los Servicios efectivamente prestados y devolver el Equipo 44 En caso de que las partes quieran dar por terminados los Servicios a plazo forzoso anticipadamente podraacuten hacerlo sin perjuicio del derecho de las partes a reclamar dantildeos y perjuicios que se hubieran causado con motivo de dicha terminacioacuten anticipada ante la autoridad jurisdiccional correspondiente

El CONCESIONARIO y el SUSCRIPTOR reconocen que las disposiciones que rigen este Capiacutetulo uacutenicamente son aplicables para los Servicios a plazo forzoso identificados en la Caraacutetula por lo que en todo lo no previsto en este Capiacutetulo regiraacuten las disposiciones generales del contrato

wwwcablemascom