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REVISTA INFORMATIVA DE DERECHO CIVIL AÑO 1 EDICIÓN N° 1 ABRIL 2016 Contratos de ventas y algo más...

Contratos

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Revista Informativa de Derecho Civil Contratos de ventas y algo más...

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REVISTA INFORMATIVADE DERECHO CIVIL

AÑO 1EDICIÓN N° 1

ABRIL 2016

Contratos de ventas y algo más...

una actividad fundamental dentro de la sus inicios el hombre subsistía n actividad comercial, en paridad con la solo de lo que él mismo conseguía, compra.cazando y pescando, lógicamente E

desconocía el arte de producir y por ende, Actualmente, la importancia de la venta el intercambio de productos. Más tarde, fue radica en que se ha convertido en una descubriendo, creando e inventando cosas, actividad común y corriente, cuenta con que le permitió acumular excedentes, lo una diversidad de modalidades para su que originó el trueque o permuta. A través realización y por su cuantiosa normativa de esta modalidad entregaba parte de su legal, que no solo abarca normas civiles y trabajo a cambio del producto del trabajo mercantiles, sino también leyes especiales, de otro. Posteriormente, fue creando modos tales como: Ley de Propiedad Horizontal, de para representar la paridad de valor Ley de Venta con Reserva de Dominio y entre la mercancía que entregaba y la que Ley de venta por Parcelas. Temas recibía, entre estas se pueden mencionar, el contenidos y desarrollados en esta revista, uso de metales preciosos, semillas de cacao así como también, la modalidad del y hasta conchas marinas. Lo que da origen Retracto, la Donación y la Cesión de al concepto de dinero o moneda como pago Crédito y otros Derechos.en los intercambios de productos.Por el contenido de esta revista, la misma A través del desarrollo de las diferentes está dirigida a estudiantes de Derecho, épocas y etapas de la historia, esta Abogados y Docentes en la materia Civil actividad fue evolucionando y Contratos, específicamente en el tema de la perfeccionando de tal manera, que surge la Venta, como parte de los contenidos necesidad de vender, actividad que ha estudiando y desarrollados en esta área.venido en aumento y se ha convertido en

EDITORIAL

ÍNDICE

El Retracto . .. ................................ 4.... ........

Las Ventas Especiales ............................ 6

Cesión de Crédito y otros derechos ..... 8

La Donación ............................................. 9

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Pensamos en tu futuro

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EL RETRACTO

s una forma de venta de algún en el pacto; lapso durante el cual la bien, mueble o inmueble, que persona que transmitió la propiedad Ea cambio de un precio de un bien por ejemplo: una

determinado, el vendedor se reserva vivienda determinada en virtud de el derecho de arrepentirse de esa un contrato de compraventa, posee venta por un tiempo establecido y el derecho de recuperarla antes de que finalice dicho lapso devolviendo al comprador la suma acordado, deberá devolverle a referida y los gastos realizados.

Aunado a ello, podemos señalar que comprador el monto del precio el Retracto se clasifica en:pagado, más los gastos y costos de

dicha venta para poder así, rescatar lo que vendió. De no devolver el monto del precio, el comprador del

Es el pacto por cual el vendedor se bien, adquirirá irrevocablemente la reserva el derecho en recuperar la propiedad del mismo.cosa vendida, mediante la El Código Civil venezolano vigente, restitución del precio y el reembolso que sirve de fundamentación legal al de los gastos, “el vendedor que hace tema, señala en su artículo 1533, uso del derecho de retracto, debe “Independientemente de las causas reembolsar al comprador no solo el de nulidad y de resolución ya precio recibido, sino también los explicada en este título y de las gastos y costos de la venta, los de las comunes a todas las convenciones, el reparaciones necesarias y los de las contrato de venta puede resolverse mejoras que hayan aumentado el por el ejercicio del derecho de valor…” art. 1544 del Código Civil. retracto”. Se entiende entonces, que Esta acción fue muy utilizada con la el retracto es una especie de pacto finalidad de garantizar la venta con que la convierte en una venta bajo pacto de retro o de rescate. Así, era condición resolutoria, es por ello que muy frecuente que el propietario, en cuando se ejerce el derecho de vez de constituir una hipoteca, retracto, se afecta a los terceros y vendiera al prestamista un inmueble significa la realización de un nuevo por la suma requerida, reservándose negocio traslativo. el derecho a recuperar el inmueble a Ejercer el derecho al retracto es un través del reembolso de su precio y derecho facultativo, ya que no se de los gastos señalados por la ley. puede pactar estableciendo el Este pacto presenta ventajas para las retracto como una obligación, debido partes, que con el préstamo a que tiene nulidad. Tiene una hipotecario sería imposible obtener.duración de cinco años, pero cuando En relación a los supuestos del este no se ha establecido o expresado

a) Retracto Convencional

Oxalida Alejos

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se afecta a los terceros y significa s una forma la realización de un nuevo negocio de venta de E traslativo. algún bien,

Ejercer el derecho al retracto es un mueble o inmueble,

derecho facultativo, ya que no se que a cambio de un

puede pactar estableciendo el precio determinado,

retracto como una obligación, el vendedor se reserva

debido a que tiene nulidad. Tiene el derecho de

una duración de cinco años, pero arrepentirse de esa venta

cuando este no se ha establecido o por un tiempo establecido y

expresado en el pacto; lapso antes de que finalice dicho

durante el cual la persona que lapso acordado, deberá

transmitió la propiedad de un bien devolverle a comprador el

por ejemplo: una vivienda monto del precio pagado, más

determinada en virtud de un los gastos y costos de dicha

contrato de compraventa, posee el venta para poder así, rescatar

derecho de recuperarla lo que vendió. De no devolver

devolviendo al comprador la suma el monto del precio, el

referida y los gastos realizados.comprador del bien, adquirirá irrevocablemente la Aunado a ello, podemos señalar propiedad del mismo. que el Retracto se clasifica en:El Código Civil venezolano vigente, que sirve de fundamentación legal al tema, señala en su artículo 1533, Es el pacto por cual el vendedor se

“Independientemente de las reserva el derecho en recuperar la

causas de nulidad y de cosa vendida, mediante la

resolución ya explicada en este restitución del precio y el

título y de las comunes a todas reembolso de los gastos, “el

las convenciones, el contrato vendedor que hace uso del

de venta puede resolverse por derecho de retracto, debe

el ejercicio del derecho de reembolsar al comprador no solo

retracto”. Se entiende el precio recibido, sino también los

entonces, que el retracto es gastos y costos de la venta, los de

una especie de pacto que las reparaciones necesarias y los

la convierte en una venta de las mejoras que hayan

bajo condición resolutoria, aumentado el valor…” art. 1544

es por ello que cuando se del Código Civil. Esta acción fue

ejerce el derecho de retracto, muy utilizada con la finalidad de

a) Retracto Convencional

Art. 1533 del C.C. “Independientemente de las causa de nulidad y de resolución

ya explicadas en este Título y de las comunes a todas las convenciones, un

contrato de venta puede resolverse por el ejecicio del derecho de retracto”.

A) Venta con Reserva de Dominio

"La venta con pacto de reserva de la propiedad o del dominio, es la venta en la cual en virtud de la voluntad de las partes se difiere la transferencia de la cosa o derecho vendido hasta el momento en que el comprador pague la totalidad o una parte determinada, del precio"...Antes de que entrara en vigencia la Ley de Ventas con Reserva de Dominio, del 14 de abril de 1955, hoy sustituida por la del 26 de diciembre de 1958 (Gaceta Oficial N° 25.849), se sostenía con frecuencia que era imposible pactar la reserva de dominio por considerar que dicho pacto contradecía en carácter consensual de la venta. Por otra parte, la dificultad estribaba en que en materia mobiliaria la reserva de dominio no era oponible a los terceros adquirientes de buena fe que podían invocar a su favor lo dispuesto en el artículo 794 del Código Civil.El texto de la ley (C.C. art. 1.480) dejaba abierta la posibilidad de esta modalidad de venta y la Ley especial vino a suplir este vacío en materia mobiliaria.Sobre la posibilidad jurídica del pacto frente al contrato de compra- venta conreserva de dominio, existen polémicas entre los doctrinarios, porque hay un grupoque sostiene la incompatibilidad entre el

LAS VENTAS ESPECIALES

Oxalida Alejos

contrato de compra - venta y su modalidad de la reserva de dominio, porque: a.-Mientras aquel es un contrato traslativo de propiedad, de manera que en el mismo momento en que la venta se consuma, la propiedad pasa al vendedor.b.- En orden al riesgo de la cosa, quien corre con ellos: Desde el punto de vista del contrato de compra - venta, sería el vendedor, pero mientras la condición no se cumpla el contrato no se perfecciona.c.- Si se trata de una venta s o m e t i d a a c o n d i c i ó n suspensiva, el perfecciona-miento del contrato, se daría cuando el comprador haya pagado la última cuota del precio.d.- Lo que está sometido a c o n d i c i ó n n o e s e l perfeccionamiento del contrato, es la obligación que tiene el vendedor de transferir la propiedad.

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A) Venta con Reserva de Dominio

B) Venta de Propiedad Horizontal

"La venta con pacto de reserva de la propiedad o del dominio, es la venta en la cual en virtud de la voluntad de las partes se difiere la transferencia de la cosa o derecho vendido hasta el momento en que el comprador pague la totalidad o una parte determinada, del precio"...Antes de que entrara en vigencia la Ley de Ventas con Reserva de Dominio, del 14 de abril de 1955, hoy sustituida por la del 26 de diciembre de 1958 (Gaceta Oficial N° 25.849), se sostenía con frecuencia que era imposible pactar la reserva de dominio por considerar que dicho pacto contradecía en carácter consensual de la venta. Por otra parte, la dificultad estribaba en que en materia mobiliaria la reserva de dominio no era oponible a los terceros adquirientes de

buena fe que podían invocar a su favor lo dispuesto en el artículo 794 del Código Civil. mientras la condición no se cumpla el El texto de la ley (C.C. contrato no se perfecciona.art. 1.480) dejaba abierta c.- Si se trata de una venta sometida a la posibilidad de esta condición suspensiva, el perfecciona-

m o d a l i d a d d e miento del contrato, se daría cuando el venta y la comprador haya pagado la última cuota del L e y precio.

especial vino d.- Lo que está sometido a condición no es el a supl i r e s t e perfeccionamiento del contrato, es la

vacío en materia obligación que tiene el vendedor de mobiliaria. transferir la propiedad.Sobre la posibilidad jurídica del pacto frente al contrato de compra- v e n t a c o n

La propiedad horizontal es una institución reserva de dominio, jurídica común en muchos países con existen polémicas entre derecho civil codificado, que reparte los los doctrinarios, porque derechos de propiedad sobre edificios de h a y u n g r u p o departamentos u oficinas entre distintos q u e s o s t i e n e l a propietarios. Bajo ciertas condiciones, esta incompatibilidad entre institución parece servir para economizar el contrato de compra - costos de transacción y de administración, venta y su modalidad en especial en casos en los que los costos de d e l a r e s e r v a d e administración de un condominio dominio, porque: centralizado son relativamente altos y el a.-Mientras aquel es un n ú m e r o d e a g e n t e s e c o n ó m i c o s

involucrados es también elevado.contrato traslativo de propiedad, de manera El término “Propiedad Horizontal” se

refiere a un conjunto de derechos de q u e e n e l m i s m o propiedad asignados sobre cierto edificio de momento en que la departamentos u oficinas en el cual hay venta se consuma, la porciones bajo dominio individual y otras propiedad pasa al sujetas a dominio colectivo por parte e los vendedor.propietarios del edificio. De allí que b.- En orden al riesgo podemos definir propiedad horizontal, de la cosa, quien corre como el derecho que se ejerce sobre uno o

con ellos: Desde el más apartamentos o locales de un edificio,

punto de vista del que ha sido adquirido por diferentes contrato de compra - propietarios en forma separada pero que v e n t a , s e r í a e l tienen en común, ciertos derechos y v e n d e d o r , p e r o obligaciones.

La propiedad horizontal, se caracteriza por ser una especie de mezcla entre la propiedad individual y la propiedad colectiva. Lo que indica que los propietarios ejercen un derecho que implica el uso de manera exclusiva de sus apartamentos y oficinas y un uso no exclusivo de todas las partes comunes del edificio. Derechos que son perpetuos y transferiblesSin embargo, los derechos exclusivos y no exclusivos no se pueden dividir, por lo tanto al querer vender el derecho sobre la parte individual, este también incluye la transacción del derecho sobre las partes comunes. De allí que la naturaleza característica de la propiedad horizontal ha originado la interpretación, de que el objeto sobre el cual se ejercen los derechos de propiedad, es una mezcla de partes individuales y partes colectivas.La propiedad Horizontal difiere de la propiedad que ejerce, por ejemplo, una sociedad o asociación, la cual asigna los departamentos a sus socios, pero el único propietario de todo el edificio, es la propia asociación o sociedad. Lo mismo ocurre con la propiedad comunitaria, donde todos los miembros son dueño de todo y el uso exclusivo de algunas partes del edificio, se señalan a través de arreglos contractuales. En la Propiedad Horizontal, toda decisión se toma a través de una figura denominada consorcio o condominio, que está conformada por el conjunto de todos los propietarios, que operan por medio de un d o c u m e n t o d e c o n d o m i n i o y administración. Las decisiones relativas a las partes propias, las toma cada propietario individualmente, sin más restricciones que las establecidas en las normas generales del derecho civil y limitadas por ciertos derechos específicos cedidos a la junta de condominio.

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as normas expresas del Código Se dice que un crédito puede ser venta es la transmisión de la Civil sobre cesión de crédito y vendido, si se vende un crédito, se da propiedad; y la venta de un crédito Lotros derechos se refieren a la un contrato entre un vendedor y un t r a e c o m o c o n s e c u e n c i a l a

cesión en sentido estricto, o sea, a comprador, en el cual se transmite la transmisión de la propiedad de un título de venta, de los derechos propiedad del crédito de manera crédito. Para sus efectos, la cesión de relativos, entre los cuales los más automática, por un acuerdo de c r é d i t o s d e b e s u p o n e r e l importantes son los derechos de voluntades y a su vez el vendedor se consentimiento de las partes, la créditos; pero no regulan la cesión de obliga a hacer la tradición y el capacidad de las partes, además de los derechos absolutos (como p. ej.: de comprador a pagar el precio. tomar en cuenta las excepciones de los derechos reales). Entonces, la esencia del contrato de capacidad.

CESIÓN DE CREDITOY OTROS DERECHOS

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Oxalida Alejos

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LA DONACIÓNOxalida Alejos

R. Me remito a la primera respuesta. Hay que a donación viene a ser una acción de analizar caso por caso, ya que entran en Lcarácter contractual, que se realiza juego factores como el patrimonio de ambas

entre vivos de manera unilateral y a título partes, repercusiones fiscales, la existencia gratuito. Con tan solo la manifestación de más herederos, respeto de legítimas.legítima de la voluntad, se pueden trasladar ¿Es posible que los bancos hagan de manera definitiva los derechos donaciones o herencias?patrimoniales, por pura y simple intención R. Los bancos pueden hacer donaciones, otra de beneficiar. cosa es que se encuentre entre sus fines estas Es un contrato unilateral debido a que las acciones.obligaciones son exclusivas del donante. Es ¿Qué s ignif ica reducc ión de las decir, que solo una de las partes queda donaciones?obligada con la otra. De allí que, además de R. Es una disminución que se hace a las caracterizarse por ser un contrato unilateral, donaciones hechas por el donante, en los también se puede decir que es bilateral, últimos diez años de su vida, si se porque aunque haya una parte no obligada, comprueba que se excedió en la cantidad de en dicho contra existe el concurso de dos o bienes de lo que podía disponer, para ser más voluntades. donados.No pueden recibir por donación, las mismas ¿Porque las herencias no pagan impuestos personas que no pueden recibir por y las donaciones sí?

efectos tanto en la transmisión patrimonial testamento. No pueden ser donatarios, R. Ambos pagan, si bien los tipos de del bien y su disponibilidad, efectos fiscales, quienes no tienen la libre disposición de sus gravamen son distintos. No hay que olvidar junto con la repercusión que puede tener una bienes, salvo lo dispuesto en los artículos 146 que las donaciones son voluntarias y las

donación en el reparto futuro de la herencia. y 147 del Código Civil. A partir del día en que herencias forzosas.

No obstante, no debe olvidarse que la se promueva el juicio de inhabilitación, serán ¿Cuándo es válida una donación?nulas las donaciones que haga el donación puede generar repercusiones en la R. Las donaciones serán válidas, si se hacen inhabilitado, (art. 1435 del C.C.). Una renta del donante, lo que debe analizarse, de forma autentica y se haya otorgado la donación es nula, cuando se hace todo lo siendo en este caso más económico acudir a aceptación. Sin embargo, cuando se trate de contrario de lo que establece la ley, la la sucesión. Se precisa de un análisis global inmuebles solo tendrá efectos contra costumbre o cuando sus condiciones sean de distintos aspectos para poder adoptar la terceros, después que sean registrados imposibles o cuyo cumplimiento dependan decisión más adecuada.ambos actos. totalmente de la voluntad del donante. ¿Qué tipo de bienes se pueden dar en ¿Cuáles serían los motivos por el cual una Las donaciones serán válidas, si se hacen de Donación?persona puede donar parte de su forma autentica y se haya otorgado la R. Deben ser bienes presentes, tales como: patrimonio?aceptación. Sin embargo, cuando se trate de bienes mueble e inmueble, corporal e R. Pudiera ser por una liberalidad hecha por inmuebles solo tendrá efectos contra incorporal. agradecimiento al donatario, o enterceros, después que sean registrados

¿Cualquier persona puede ser donador? consideración de sus méritos, o por especial ambos actos. R. Bueno, eso está establecido claramente en remuneración, así como la que va Dr. Rodrigo Junquera. Especialista en nuestro Código Civil, una persona que no acompañada de alguna obligación impuesta Derecho Civil, con Doctorado en Derecho De pueda disponer libremente de sus bienes, no al donatario.Familia y Derecho Sucesoral, respondió las puede ser donador, salvo lo dispuesto en los ¿Qué pasaría con aquellas donaciones que siguientes interrogantes:artículos 146 y 147 del mismo Código. se hacen de manera periódicas, si llega a ¿Y a quienes se les puede donar? morir el donador?¿Por qué se dice que la Donación es un R. A todo el que no esté señalado como R. Este tipo de donaciones se extinguen con Contrato?incapaz para recibir por donación de la muerte del donante.R: Una donación es un contrato, en primer acuerdo a lo establecido en la norma. ¿Cuándo es nula una donación?lugar porque es un acuerdo entre dos E. ¿Es posible revocar una donación? R. Toda donación es nula, si es hecha bajo personas, donde uno le transmite a la otra de Dr. Claro que sí. condiciones imposibles, o contrarias a lamanera gratuita, un bien o un derecho, el cual ¿Cuáles ser ían las causas de la Ley o a las buenas costumbres.debe ser otorgado en forma autentica, es revocabilidad de la donación?decir, con las formalidades que exige la ley, ¿Porque las herencias no pagan impuestos

y las donaciones sí? para que pueda tener efectos legales. R. Según lo establecido en la norma, las ¿En qué casos es recomendable hacer R. Ambos paga, si bien los tipos de gravamen donaciones se pueden revocar por donación en vida a favor de los hijos? supervivencia de hijos o por ingratitud. son distintos. No hay que olvidar que las

donaciones son voluntarias y las herencias D r . C a d a c a s o d e b e a n a l i z a r s e ¿Fiscalmente, ¿Que es más conveniente la individualmente, pues la decisión tiene forzosas.donación o el testamento?