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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECÓNOMICA 1 CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECONÓMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN ADELANTE “EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR EL C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS SETIÉN, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL; POR OTRA PARTE ESTRUCTURAS DE ESTIRENO, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “ESTRES” REPRESENTADA POR SU APODERADO LEGAL EL ARQ. ANTONIO RAÚL FERNANDO GONZÁLEZ MAIZ FLORES Y LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE NACIONAL, JOSÉ EDUARDO CORREA ABREU, EN LO SUCUSIVO LA “CMIC”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: D E C L A R A C I O N E S 1.- DE “EL INFONAVIT”: 1.1 Que es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por Ley que entró en vigor el día 24 de abril de 1972 y que tiene por objeto administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, establecer y operar sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores la obtención de créditos para la adquisición de vivienda, así como la coordinación y financiamiento de programas de construcción para los trabajadores. 1.2 Que en cumplimiento de sus objetivos y conforme a la Ley que lo crea y regula, se ha propuesto instrumentar mecanismos para optimizar los esquemas de

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE …...presente Convenio, o hasta por la cantidad de losas prefabricadas a base de vigueta y bovedilla de poliestireno necesarios para la

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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECÓNOMICA

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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA

ECONÓMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO

NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN ADELANTE

“EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR EL C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS

SETIÉN, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL; POR OTRA PARTE

ESTRUCTURAS DE ESTIRENO, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “ESTRES”

REPRESENTADA POR SU APODERADO LEGAL EL ARQ. ANTONIO RAÚL

FERNANDO GONZÁLEZ MAIZ FLORES Y LA CÁMARA MEXICANA DE LA

INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE

NACIONAL, JOSÉ EDUARDO CORREA ABREU, EN LO SUCUSIVO LA

“CMIC”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

1.- DE “EL INFONAVIT”:

1.1 Que es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio

propio, creado por Ley que entró en vigor el día 24 de abril de 1972 y que tiene por

objeto administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, establecer y

operar sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores la obtención de

créditos para la adquisición de vivienda, así como la coordinación y financiamiento

de programas de construcción para los trabajadores.

1.2 Que en cumplimiento de sus objetivos y conforme a la Ley que lo crea y

regula, se ha propuesto instrumentar mecanismos para optimizar los esquemas de

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financiamiento y promover el desarrollo de programas habitacionales para que

trabajadores con montos de crédito bajo obtengan una vivienda.

1.3 Que su H. Consejo de Administración en su Sesión 608, celebrada el 30 de

enero de 2002, aprobó el PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA

ECONÓMICA, el cual tiene como objetivo primordial, incentivar la construcción de

viviendas con valor de hasta 117.0631 veces el salario mínimo mensual en el

Distrito Federal (VSMMDF), $195,017.76 (ciento noventa y cinco mil diecisiete

pesos 76/100 M.N.) valor monetario para el 2009, con apoyo de esquemas

específicos que permitan a través de la coparticipación de las Autoridades

Federales, Estatales y Municipales, desarrolladores de vivienda y el propio

INFONAVIT, satisfacer la demanda de los trabajadores derechohabientes de bajos

ingresos.

1.4 Que dentro de su programa de financiamiento crediticio para el 2009 tiene

contemplado otorgar 270 mil créditos para la adquisición del mismo número de

viviendas a trabajadores de hasta 4 VSMMDF, por lo que es de su interés impulsar

dicha vivienda económica a fin de que exista la suficiente oferta para que dichos

trabajadores puedan ejercer su crédito.

1.5 Que en este acto será representado por el C.P. Víctor Manuel Borrás Setién,

en su carácter de Director General de “EL INFONAVIT”, quien acredita su

personalidad, según consta en el acta de la sesión de la Asamblea General

Ordinaria número 91 de “EL INFONAVIT”, celebrada el 18 de diciembre de 2006,

por lo que de conformidad con el artículo 23 de su Ley, cuenta con las facultades

necesarias para suscribir el presente Convenio.

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1.6 Que tiene como domicilio legal para efectos de este Convenio, el ubicado en

Barranca del Muerto número 280, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro

Obregón, C.P. 01029, Ciudad de México, Distrito Federal.

1.7 Que tiene interés en participar en el presente Convenio con el fin de apoyar el

desarrollo de vivienda económica aportando créditos a sus derechohabientes, en

los términos que se mencionarán.

2.- DE “ESTRES”:

2.1 Que con la Escritura Pública número 33, 917 de fecha 26 de Febrero del 2008,

otorgada ante la fe del Licenciado Juan Manuel García García, Notario Público

número 129 de Monterrey, Nuevo León, quedo protocolizada la constitución de la

sociedad denominada “Estructuras de Estireno, S.A. de C.V.”, la cual quedó

inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo el número De

folio electrónico 108214-1 el 7 de abril del 2008 en la Ciudad de Monterrey, Nuevo

León.

2.2 Que su representante el Arq. Antonio Raúl Fernando González Maiz Flores

cuenta con todas las facultades para celebrar el presente Convenio como se

desprende de la Escritura Pública número 33, 917 de fecha 26 de Febrero del

2008, otorgada ante la fe del Licenciado Juan Manuel García García, Notario

Público número 129 de Monterrey, Nuevo León, mismas que no les han sido

modificadas ni revocadas en forma alguna a la fecha de la celebración del

presente Convenio.

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2.3 Que cuenta con la capacidad económica, técnica, administrativa y con la

experiencia profesional requerida para llevar a cabo los compromisos que

importe el presente Convenio.

2.4 Que tiene como domicilio legal, para efectos de este Convenio el ubicado

en Av. Jardín de San Jerónimo No. 114-A, Colonia San Jerónimo, Monterrey,

Nuevo León, C.P. 64640.

2.5 Que es su voluntad celebrar el presente Convenio conforme a las cláusulas

que más adelante se precisan con la finalidad de apoyar la construcción de la

vivienda económica mediante un esquema comercial que permita crear un

esquema de vivienda digna, mediante el amueblado de la misma, a precios que

permitan que este tipo de vivienda sean competitivos, y den un beneficio

adicional al consumidor final de la vivienda, creando un compromiso social.

3.- DE LA “CMIC”:

3.1 Que es una Institución de Interés Público, autónoma, con personalidad jurídica

y patrimonio propios, constituida conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y

sus Confederaciones, según consta en el Decreto publicado en el Diario Oficial de

la Federación del día 3 de junio de 1968.

3.2 Que su objeto es, entre otros, representar y fomentar los intereses generales

de los industriales de la construcción; proporcionar los servicios para realizar

proyectos, diseños de construcción, supervisión, así como realizar gestiones ante

las autoridades públicas y privadas en beneficio de sus afiliados y de los intereses

generales de los industriales; ser órgano de consulta para el estado, promover e

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impulsar la construcción de todo tipo de infraestructura, vivienda, así como

desarrollos turísticos o comerciales; promover la capacitación de los obreros y del

personal directivo, técnico y administrativo que laboren en la industria de la

construcción; colaborar con las autoridades federales, estatales, municipales y

organismos públicos o privados, en las actividades de beneficio social que directa

o indirectamente se relacionen con la industria de la construcción.

3.3 Que tiene particular interés en participar en las actividades que tengan como

objetivo el beneficio social de los ciudadanos.

3.4 Que cuenta con una infraestructura de 42 Delegaciones, como punto de apoyo

en toda la República Mexicana.

3.5 Que José Eduardo Correa Abreu en su carácter de Presidente Nacional,

cuenta con las facultades necesarias y suficientes para la suscripción del presente

instrumento, las cuales no le han sido revocadas ni modificadas a la firma del

presente Convenio.

3.6 Que tiene como domicilio legal, para los efectos de este Convenio, el ubicado

en Periférico Sur número 4839, Colonia Parques del Pedregal, Código Postal

14010, Ciudad de México, Distrito Federal.

4.- DECLARAN LAS PARTES:

4.1 Que para efectos de este convenio deberá entenderse como vivienda

económica aquella cuyo valor de venta al derechohabiente sea igual o menor a

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117.0631 VSMMDF, que para este año 2009 representa un equivalente de

$195,017.76 (ciento noventa y cinco mil diecisiete pesos 76/100 M.N.).

4.2 Que se reconocen la personalidad con la que cada uno comparece al presente

Convenio, y están de acuerdo en sujetarse a los términos y condiciones de las

siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- El presente Convenio tiene como objeto establecer las bases de

coordinación entre “ESTRES” y “EL INFONAVIT”, de acuerdo a sus posibilidades

operativas y de producción de la primera, para que otorgue a los desarrolladores

durante la vigencia de este Convenio, precios altamente competitivos de los

productos, a fin de apoyar el desarrollo de construcción de vivienda económica,

accesible a trabajadores de hasta 4 VSMMDF, y de esta manera exista la oferta

para que con su crédito Infonavit puedan cubrir sus requerimientos de vivienda.

SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio,

“EL INFONAVIT” se compromete a:

A) Otorgar en forma prioritaria créditos para la adquisición de vivienda

económica a sus derechohabientes con ingresos de hasta 4 VSMMDF de

conformidad con las reglas de otorgamiento de crédito vigentes.

B) Facilitar y coadyuvar en la simplificación administrativa de los trámites para la

individualización de viviendas económicas.

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C) Hacer promoción del Convenio entre los desarrolladores y constructores del

país.

D) Proporcionar información mensual a “ESTRES” sobre el número de

viviendas y créditos formalizados con “EL INFONAVIT” por empresa

desarrolladora.

TERCERA.- Por su parte “ESTRES” se compromete, durante toda la vigencia del

presente Convenio, o hasta por la cantidad de losas prefabricadas a base de

vigueta y bovedilla de poliestireno necesarios para la integración de construcción

del número de viviendas señaladas en la declaración 1.4 del presente Convenio, lo

que suceda primero, a lo siguiente:

A) Ofrecer precios altamente competitivos de “los sistemas de losas prefabricadas

a base de vigueta y bovedilla de poliestireno”, a los desarrolladores y/o

constructores que se encuentren edificando vivienda económica, para el programa

de financiamiento de “EL INFONAVIT”, con base a la información proporcionada

por el propio “INFONAVIT” de acuerdo a lo señalado en el Anexo A del presente

Convenio. Los precios serán los que se incluyan en cada una de las órdenes de

compra que las partes suscriban de común acuerdo para la colocación del

mobiliario, cumpliendo con los términos y condiciones contratados.

B) Ofrecer un descuento del 10% sobre el precio de lista de venta (especial para

mayorista) de “ESTRES” vigente a la firma del presente Convenio

y que se

mantendrá como actual mientras no exista una variación mayor al 10% del dólar

estadounidense respecto a nuestra moneda.

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ESTRUCTURAS DE ESTIRENO S.A. de C. V.

Precios de referencia Convenio con INFONAVIT.

PRODUCTO PRECIO LISTA

LOSA VERDE $185.00 / M2

LOSA NORMAL $155.00 / M2

Precio Unitario no incluye I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado).

Descarga mecánica a pie de obra.

Los modelos de los prototipos son sobre diseño para el consumidor final.

Los precios de transporte incluido es a distancia máxima de 300 km de planta.

Para mayor distancia se costeara del precio del flete.

Para los efectos de la presente cláusula, “ESTRES”, solo procurará otorgar los

precios altamente competitivos aquí señalados a constructores, a petición de “EL

INFONAVIT” y que dichos constructores acrediten estar inscritos ante éste. Para

lo cual, “EL INFONAVIT” informará por escrito a “ESTRES”, el número de

viviendas que tendrán registradas para construir de cada constructor que vaya a

obtener los beneficios de este Convenio.

CUARTA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, la “CMIC” se

compromete a:

A) Promover entre sus afiliados el desarrollo de proyectos de construcción de

vivienda económica, apoyar, representar y coordinar la obtención de

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beneficios, así como la aplicación de este Convenio entre los afiliados

interesados.

B) Dar a conocer entre sus afiliados los términos de este Convenio sobre los

beneficios que obtendrán del mismo.

QUINTA.- La “CMIC” y “ESTRES” están de acuerdo en que los constructores y/o

desarrolladores miembros de la “CMIC” adheridos al presente instrumento, se

sujetarán a los términos y condiciones que contraten en lo individual o que tengan

contratado con anterioridad.

SEXTA.- La “CMIC” y “ESTRES” están de acuerdo en que el presente Convenio

es de colaboración y que no otorga ninguna exclusividad a “ESTRES” y sus

filiales y distribuidores autorizados para la venta de sus productos a los afiliados

de la “CMIC”.

SÉPTIMA.- La vigencia del presente Convenio será de dos años contados a partir

de la fecha de su firma, pudiendo darse por terminado a solicitud de cualquiera de

las partes mediante aviso por escrito que, con 30 días naturales de anticipación a

la fecha en que se pretenda la terminación, se haga llegar a la otra parte.

Los asuntos pendientes al término de la vigencia del presente instrumento,

continuarán siendo tramitados por las partes en lo que le corresponda, de acuerdo

a los compromisos que adquiere en este Convenio, hasta su total terminación.

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OCTAVA.- Este Convenio podrá ser modificado por las partes de común acuerdo.

Las modificaciones sólo serán validadas cuando consten por escrito con la firma

de las partes.

NOVENA.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato, las

partes acuerdan en someterse a las leyes y tribunales competentes de la Ciudad

de México, Distrito Federal, renunciando expresamente al fuero que pudiera

corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.

DÉCIMA.- Las partes manifiestan que no existe error, dolo, mala fe ni ningún otro

vicio del consentimiento que pueda invalidar este Convenio y leído que fue, lo

firman a entera conformidad en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, Distrito

Federal el 08 de octubre del 2009.

POR “EL INFONAVIT”

__________________________

C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS SETIÉN

DIRECTOR GENERAL

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECÓNOMICA

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POR ESTRUCTURAS DE ESTIRENO, S.A. DE C.V.

______________________________________________________

ARQ. ANTONIO RAÚL FERNANDO GONZÁLEZ MAIZ FLORES

APODERADO LEGAL

POR “CMIC”

_______________________

JOSÉ EDUARDO CORREA ABREU

PRESIDENTE NACIONAL

ESTA HOJA FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA

ECONÓMICA QUE CELEBRAN, “EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL C.P. VICTOR

MANUEL BORRÁS SETIÉN, “ESTRES”, REPRESENTADA POR EL APODERADO LEGAL, EL ARQ. ANTONIO RAÚL

FERNANDO GONZALEZ MAIZ FLORES Y LA “CMIC”, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE NACIONAL, JOSÉ

EDUARDO CORREA ABREU, DE FECHA 08 DE OCTUBRE DE 2009.