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1 RESOLUCIÓN RECTORAL DE 30 DE MAYO DE 2014 POR LA QUE SE PUBLICA LA CONVOCATORIA DE MATRÍCULA DE LA UNIVERSIDADE DE VIGO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2014/2015 PARA LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y TITULACIONES A EXTINGUIR En cumplimiento de lo establecido en los Estatutos de la Universidade de Vigo (DOG de 2 de febrero de 2010), y en aplicación de lo dispuesto en el Real decreto 1892/2008 de 14 de noviembre (BOE de 24) modificado por el R.D. 558/2010 de 7 de mayo, por lo que se regulan los procedimientos para el ingreso en los centros universitarios, ESTE RECTORADO RESUELVE: Publicar la convocatoria de matrícula para el curso académico 2014/2015 en las enseñanzas de grado y titulaciones a extinguir, así como para la homologación de los títulos extranjeros, sujeta a las siguientes normas: PRIMERA. Tipos de matrícula 1.1. Enseñanzas de grado y titulaciones a extinguir Dirigida a quien pretenda iniciar o continuar estudios conducentes a la obtención de alguna de las titulaciones relacionadas en el anexo IV y en el anexo V. 1.2. Programas de intercambio Dirigida a estudiantes de otras universidades, de conformidad con el establecido en los respectivos convenios y en las restantes normas y convocatorias de la Universidade de Vigo (ERASMUS, SICUE, ISEP, etc.). 1.3. Visitantes Dirigida a estudiantes de otras universidades que no se acogieran a programas de intercambio, de conformidad con el dispuesto por la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidade de Vigo. 1.4. Homologación de títulos universitarios extranjeros Dirigida a quien desee homologar títulos universitarios extranjeros y recibiera, del Ministerio de Educación, Cultura e Deporte, una resolución definitiva en la que se especifiquen los requisitos formativos complementarios que necesite superar en una universidad española.

Convocatoria de matricula 2014-2015 castellano...de febrero de 2010), y en aplicación de lo dispuesto en el Real decreto 1892/2008 de 14 de noviembre (BOE de 24) modificado por el

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RESOLUCIÓN RECTORAL DE 30 DE MAYO DE 2014 POR LA QUE SE PUBLICA LA CONVOCATORIA DE MATRÍCULA DE LA UNIVERSIDADE DE VIGO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2014/2015 PARA LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y TITULACIONES A EXTINGUIR

En cumplimiento de lo establecido en los Estatutos de la Universidade de Vigo (DOG de 2 de febrero de 2010), y en aplicación de lo dispuesto en el Real decreto 1892/2008 de 14 de noviembre (BOE de 24) modificado por el R.D. 558/2010 de 7 de mayo, por lo que se regulan los procedimientos para el ingreso en los centros universitarios, ESTE RECTORADO RESUELVE:

Publicar la convocatoria de matrícula para el curso académico 2014/2015 en las enseñanzas de grado y titulaciones a extinguir, así como para la homologación de los títulos extranjeros, sujeta a las siguientes normas: PRIMERA. Tipos de matrícula 1.1. Enseñanzas de grado y titulaciones a extinguir

Dirigida a quien pretenda iniciar o continuar estudios conducentes a la obtención de alguna de las titulaciones relacionadas en el anexo IV y en el anexo V. 1.2. Programas de intercambio

Dirigida a estudiantes de otras universidades, de conformidad con el establecido en los respectivos convenios y en las restantes normas y convocatorias de la Universidade de Vigo (ERASMUS, SICUE, ISEP, etc.). 1.3. Visitantes

Dirigida a estudiantes de otras universidades que no se acogieran a programas de intercambio, de conformidad con el dispuesto por la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidade de Vigo. 1.4. Homologación de títulos universitarios extranjeros

Dirigida a quien desee homologar títulos universitarios extranjeros y recibiera, del Ministerio de Educación, Cultura e Deporte, una resolución definitiva en la que se especifiquen los requisitos formativos complementarios que necesite superar en una universidad española.

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SEGUNDA. Incorporación de estudiantes

Con el fin de facilitar la incorporación de estudiantes a las distintas enseñanzas en la Universidade de Vigo, los procedimientos de admisión son los indicados a continuación: 2.1. Admisión por el proceso convocado por la Comisión interuniversitaria de Galicia (CiUG)

Habrá que tener superada alguna de las pruebas o poseer alguno de los títulos recogidos en el anexo III y solicitar la admisión (preinscripción) a través de los procedimientos telemáticos que establece la CiUG (http://ciug.cesga.es) para poder matricularse en primer curso por primera vez, en los plazos establecidos en el anexo I. 2.2. Admisión por reconocimiento de ECTS

Podrán solicitar, en el plazo establecido en el anexo I, la admisión por reconocimiento de ECTS los siguientes colectivos:

• Quien tenga iniciados y no terminados, estudios de grado en cualquier universidad española y desee el cambio de universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles

• Estudiantes universitarios de sistemas educativos de otros países

El número de plazas ofertadas por titulación para este procedimiento está recogido en el anexo IV de esta convocatoria según acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidade de Vigo de 10 de marzo de 2014.

No podrán ser admitidos estudiantes en titulaciones y/o planes de estudio de grado que se encuentren en proceso de extinción en la Universidade de Vigo si tuviesen que cursar materias en las que no se imparte docencia.

Las solicitudes presentadas serán resueltas, por delegación rectoral, por el órgano de dirección del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del RD 1393/2007 de 29 de octubre y modificaciones posteriores, en el plazo establecido en el anexo I, para que este colectivo pueda matricularse y participar en las actividades programadas desde el inicio del curso y poder ser evaluado como el resto del alumnado de continuación de estudios. El mínimo de créditos que habrá que haber reconocido para acceder por esta vía es de 30 ECTS.

La resolución favorable de la solicitud de reconocimiento y admisión facultará al solicitante para formalizar matrícula como estudiante de continuación de estudios, en el plazo establecido en el anexo I, sin necesidad de resolución expresa.

Los estudiantes que provengan de universidades españolas, una vez que tengan adjudicada la plaza en la Universidade de Vigo, deberán solicitar el traslado de expediente académico en la universidad de origen y aportar a la matrícula la documentación indicada en el anexo II. 2.3. Admisión en el curso de adaptación al grado (curso puente)

La oferta de plazas en el curso de adaptación al grado indicada en el anexo V va dirigida a quien esté en posesión de la requerida titulación universitaria oficial de ciclo corto, para cada caso, correspondiente al anterior sistema de ordenación de las enseñanzas universitarias.

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Para iniciar estudios en el curso de adaptación al grado con límite de plazas, deberá solicitarse previamente la admisión en la titulación a la que se pretende acceder, en los plazos que aparecen en el anexo I de esta convocatoria.

Los modelos de solicitud aparecen en el anexo VI de esta convocatoria y estarán a disposición de las personas interesadas en la dirección de internet de cada centro que aparece indicada en el anexo V.

La solicitud se presentará, junto con la documentación indicada en el anexo II, en la secretaría del centro de la titulación de grado ofertada, en el registro general, en cualquiera de los registros auxiliares de la Universidade de Vigo o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los centros valorarán los criterios específicos de selección según lo indicado en el anexo V. En estos casos también habrá que entregar la documentación justificativa.

Quien no presente la documentación en el plazo de presentación de solicitudes, tendrá 3 días, contados a partir del siguiente al de final del mismo, para incorporar la documentación requerida, siendo suficiente notificación, para estos efectos, la información que figura en esta convocatoria sobre la documentación a presentar.

Las personas que no presenten la documentación en el plazo indicado, serán excluidas del proceso de admisión.

Cada centro de estudios constituirá una comisión de valoración de las solicitudes admitidas a trámite que estará integrada como mínimo por un presidente, tres vocales (dos miembros del profesorado y un miembro del personal de administración y servicios) y un secretario. Los centros que lo consideren oportuno podrán determinar que sea su comisión de reconocimientos y convalidaciones quien asuma este procedimiento.

La comisión, en el caso de presentarse más solicitudes que plazas ofertadas, ponderará según lo indicado en los criterios específicos de selección para cada caso. Entre los criterios se podrá valorar el expediente académico, la experiencia laboral y profesional, la universidad por la que se obtuvo la titulación, el conocimiento de idiomas, los cursos impartidos o recibidos y la posesión de otros títulos universitarios.

La nota media del expediente se calcula de acuerdo con el establecido en el Real Decreto 1125/2003 y en el protocolo de colaboración suscrito entre la consellería y las universidades gallegas para la valoración de los expedientes académicos, resolución de 15 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

En aquellos casos en los que en un expediente no figure, en todas o en algunas de las materias, la calificación numérica recogida en el baremo del artículo 5.4 del R.D. 1125/2003, la calificación cualitativa de la materia se convertirá en cuantitativa mediante la aplicación del siguiente baremo:

• matrícula de honra: 10,00 puntos • sobresaliente: 9,00 puntos • notable: 7,50 puntos • aprobado: 5,50 puntos • adaptado/convalidado (cuando no se especifique la calificación obtenida tomarán el valor

numérico 5,50) • reconocido (cuando no tienen calificación o que figuren con la mención de apto no se

tendrán en cuenta para los efectos de cálculo de la nota media)

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Podrán reconocerse materias del curso de adaptación al grado, de acuerdo con el establecido en el anexo V, excepto el Trabajo Fin de Grado que en ningún caso podrá ser objeto de reconocimiento.

Todas las resoluciones que se dicten en aplicación de este procedimiento se delegan en el órgano de dirección del centro, haciendo constar en las mismas este carácter. Dichas resoluciones deberán ser motivadas, y en ellas se indicarán las causas de exclusión y las reclamaciones o recursos, que en su caso le sean aplicables. 2.4. Adaptación de una titulación oficial en proceso de extinción al grado que la sustituye

Quien siendo estudiante de una titulación oficial en proceso de extinción, desee adaptarse al grado que la sustituye, deberá hacer el reconocimiento de créditos a través de la secretaría virtual en el plazo indicado en el anexo I y matricularse, en ese mismo plazo, en la correspondiente titulación de grado.

A quien se le resuelva “no apto” una solicitud de evaluación curricular de las materias que le restan en una titulación en proceso de extinción, una vez finalizado el plazo indicado en el párrafo anterior, dirigirá la solicitud de adaptación al grado fuera de plazo y siempre con anterioridad a la fecha de generación de actas, al órgano de dirección del centro. 2.5. Admisión por cambio de centro en la Universidade de Vigo entre titulaciones de grado con el mismo plan de estudios

El número de plazas ofertadas por titulación mediante este procedimiento está recogido en el anexo IV según el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidade de Vigo de 10 de marzo de 2014.

Las solicitudes se presentarán en el plazo establecido en el anexo I y serán resueltas, por delegación rectoral, por el órgano de dirección del centro de acuerdo con lo dispuesto en los distintos procedimientos e instrucciones que para cada caso acuerde la Universidade de Vigo.

La resolución favorable de la solicitud facultará para formalizar matrícula, en el plazo establecido en el anexo I, sin precisar de resolución expresa.

En caso de que no se cubran todas las plazas ofertadas para este procedimiento, será decisión de los decanatos o direcciones permitir cambios entre centros fuera del plazo establecido en esta convocatoria. 2.6. Para la realización de los requisitos formativos complementarios para la homologación de títulos extranjeros

De acuerdo con lo dictado en la resolución de homologación, las personas interesadas deberán cumplimentar el correspondiente modelo de solicitud que aparece en el anexo VI y formalizar su matrícula, en los plazos indicados en el anexo I, directamente en la unidad administrativa del centro de estudio elegido, donde entregarán la documentación indicada en el anexo II.

Cuando el Ministerio de Educación, Cultura e Deporte establezca más de una opción, será la persona la que opte libremente. Esta opción puede modificarse en los cursos siguientes, manteniéndose el plazo máximo que dispone la normativa de homologación de títulos extranjeros para la superación de los requisitos formativos complementarios.

No procederá la anulación de la matrícula realizada para la homologación del título universitario oficial en las modalidades de prueba de conjunto/prueba de aptitud, período de

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prácticas o realización de un proyecto o trabajo. Procederá la anulación total de la matrícula en el caso de asistencia a cursos tutelados, cuando se solicitara según lo indicado en la norma quinta de la presente convocatoria.

Al final de cada prueba de evaluación, los centros harán pública una relación nominal con las calificaciones obtenidas en los términos de APTO o NO APTO. Las y los interesados podrán formular reclamación según el procedimiento establecido en el reglamento de estudiantes para la impugnación de las calificaciones.

Los centros remitirán al Servicio de Alumnado junto con la copia de la resolución del ministerio, el original de las actas, quedando en el centro una copia de las mismas.

Cuando se superen los requisitos formativos complementarios previos a la homologación, las y los interesados solicitarán la certificación acreditativa correspondiente en el Servicio de Alumnado. La expedición de la misma pone fin al procedimiento, correspondiéndole a la o al solicitante su presentación ante el ministerio.

Las personas que no habiendo superado los requisitos formativos en cursos anteriores y quieran presentarse de nuevo, deberán volver a matricularse y abonar los precios correspondientes.

2.6.1. Prueba de conjunto o prueba de aptitud

La matrícula dará derecho a la realización de dos pruebas por curso académico.

El tribunal calificador estará constituido por cinco profesoras o profesores doctores que impartan enseñanzas en las materias incluidas en las pruebas de conjunto o de aptitud.

2.6.2. Período de prácticas

Las condiciones de realización del período de prácticas serán establecidas por cada centro, teniendo una duración máxima de 500 horas.

El seguimiento y la valoración del período de prácticas será realizado por el órgano que determine el centro, que nombrará un tutor o tutora que será un profesor o profesora de la universidad que deberá poseer la misma formación de grado que la persona titulada en el extranjero. Al final del período de prácticas se tendrá que presentar al tutor o tutora una memoria o trabajo.

2.6.3. Realización de un proyecto o trabajo

El trabajo o proyecto deberá iniciarse y concluir dentro de un mismo curso académico.

Se desarrollará bajo la tutela de un director o directora que establecerá los objetivos del mismo y la línea de trabajo. Podrá actuar como tal cualquier profesor o profesora de la universidad.

2.6.4. Asistencia a cursos tutelados

La duración del curso no será superior a la de un curso académico.

El tutor o tutora será profesor o profesora del centro. Al final del curso, deberá realizar una memoria o trabajo sobre su contenido, avalado por el tutor o tutora y evaluado por la comisión nominada a tal efecto.

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TERCERA. Formalización de la matrícula

Podrá matricularse en la Universidade de Vigo quien tenga concedida la admisión por cualquiera de los procedimientos indicados en la norma segunda de esta convocatoria y quien desee continuar los mismos estudios en los que había tenido formalizada la matrícula en cursos anteriores y no había solicitado el traslado a otra universidad.

La matrícula se podrá formalizar en cualquier materia del plan de estudios de cursos que no estén totalmente extinguidos, siempre que no se incurra en alguno de los supuestos de impedimento de matrícula establecidos en las normas de gestión académica, en la normativa de permanencia de la Universidade de Vigo aprobada por el Consejo Social el 13 de junio de 2001 y modificaciones posteriores, en la normativa de permanencia y progreso del estudiantado de las titulaciones oficiales de grado y de máster universitarios de la Universidade de Vigo aprobada por el Consejo Social el 2 de abril de 2013, en resoluciones aclaratorias, en los planes de estudio y sin perjuicio de las incompatibilidades de examen (materias llave) establecidas entre las distintas disciplinas.

Quien tenga que formalizar la matrícula en una titulación en proceso de extinción y para poder completar los créditos necesarios para finalizar la titulación necesite matricularse de materias optativas no ofertadas en el presente curso académico, deberá dirigir una solicitud al Servicio de Alumnado en el momento en que tenga formalizada el resto de la matrícula.

Cuando esté establecido límite de plazas en las materias optativas de un plan de estudios, el alumnado deberá realizar a través de la secretaría virtual una selección de materias por orden de preferencia con el fin de tener concedida la admisión necesaria para poder formalizar la matrícula en aquellas que le sean autorizadas. 3.1. Sistema de matrícula y entrega de la documentación

La matrícula en la Universidade de Vigo se formalizará a través de la secretaría virtual en la página web www.uvigo.es/matricula en los plazos establecidos en el anexo I. Quien por alguna circunstancia no pueda formalizar la matrícula a través de la secretaría virtual, deberá dirigirse, dentro del plazo, a la unidad administrativa de su centro de estudios.

En la Universidade de Vigo no existe el trámite de reserva de plaza por lo que la matrícula quedará formalizada en ese mismo momento, independientemente de que entregue o no la documentación necesaria y de que los precios públicos estén o no abonados.

Es obligatorio indicar en el momento de la formalización de la matrícula todos los motivos de exenciones, ayudas o subvenciones del pago de los precios públicos a los que se pueda tener derecho. La condición deberá cumplirse y la documentación deberá estar en vigor en el momento de la formalización de la matrícula.

El deber del pago de los precios públicos nace en el mismo momento en el que se formaliza la matrícula a través de la secretaría virtual o en la unidad administrativa de su centro de estudios. El plazo para hacer el pago de los precios públicos será el establecido en el anexo I. El hecho de no abonar los precios públicos no implica que la matrícula no esté formalizada ni la anulación automática de la misma.

Una vez realizada la matrícula habrá que presentar en la unidad administrativa del centro de estudios, en los plazos establecidos, la documentación indicada para cada caso en el anexo II. El hecho de no presentar la documentación no implica que la matrícula no esté formalizada ni la anulación automática de la misma. Pasado el plazo correspondiente y una vez detectada la falta de documentación, el centro de estudios procederá según se indica en los apartados relativos al procedimiento de revisión de matrícula de esta norma.

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Con el fin de disponer de los datos necesarios para dar apoyo y facilitar los servicios y

recursos específicos a las personas que tengan algún tipo de discapacidad, se podrá aportar el impreso PIUNE que figura en el anexo VI. 3.2. Solicitudes de matrícula presentadas fuera del plazo establecido en el anexo I

Quien por alguna circunstancia no hubiese podido formalizar la matrícula en plazo deberá dirigir al rector una solicitud motivada de matrícula fuera de plazo.

Estas solicitudes se tramitarán en el Servicio de Alumnado y se presentarán en los registros general o auxiliares de la universidad o por cualquiera otro medio previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero.

No se concederán matrículas fuera de plazo cuando ya se hubiese iniciado el proceso de generación de actas de evaluación. 3.3 Modalidades de matrícula en titulaciones de grado

Según la normativa de permanencia y progreso del estudiantado de las titulaciones oficiales de grado y de máster universitarios de la Universidade de Vigo aprobada por el Consejo Social el 2 de abril de 2013, la matrícula no podrá superar el límite máximo establecido para cada caso y se realizará teniendo en cuenta las incompatibilidades establecidas en su plan de estudios.

3.3.1. A tiempo completo

3.3.1.1. Alumnado de primer curso por primera vez

El alumnado de primer curso por primera vez a tiempo completo deberá matricularse de los créditos de que consta el primer curso de las enseñanzas de grado..

3.3.1.2. Alumnado de continuación de estudios

El alumnado de continuación en régimen de tiempo completo formalizará matrícula, de manera general, entre 48 y 60 ECTS por curso académico, excepto a quien le resten menos de 48 para finalizar los estudios. Este colectivo de incluir en la matrícula materias cursadas y no superadas, podrá matricularse hasta 75 ECTS, segundo el establecido en la normativa de permanencia y progreso del estudiantado de las titulaciones oficiales de grado y de máster universitarios de la Universidade de Vigo aprobada por el Consejo Social el 2 de abril de 2013.

3.3.2. A tiempo parcial

Para todo el alumnado la modalidad de matrícula a tiempo parcial será de como mínimo entre 24 ECTS y menos de 48 ECTS, excepto a quien le resten menos de 24 para finalizar los estudios.

3.3.3. Cambios en la modalidad de matrícula

Cuando concurran circunstancias que impidan realizar los estudios a tiempo completo, se podrá solicitar simultáneamente a la formalización de la matrícula el cambio a tiempo parcial siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la normativa de permanencia y progreso de la Universidade de Vigo.

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Será la comisión del centro con competencias académicas, quien resolverá las solicitudes de cambio en la modalidad de matrícula, teniendo en cuenta la mencionada normativa.

A quien se le conceda matrícula a tiempo parcial deberá proceder, en el plazo que se le indique en la resolución, a ajustar su matrícula a los créditos establecidos. Si el plazo otorgado transcurre sin que se realice el ajuste de la matrícula, se entenderá que renuncia a realizar estudios a tiempo parcial, y la matrícula será considerada a todos los efectos como a tiempo completo.

Si la resolución es desfavorable la persona quedará matriculada a tiempo completo o podrá solicitar la anulación total de la matrícula en el plazo establecido en el anexo I. 3.4 Procedimiento de revisión de la matrícula y de la documentación

Las unidades administrativas de los centros procederán a la revisión de la matrícula comprobando que todo el alumnado está matriculado del mínimo exigido y no supere el límite de créditos permitidos para cada caso, de acuerdo con la normativa de permanencia así como de posibles incompatibilidades de créditos matriculados. En el caso de detectar alguna anomalía deberá iniciar el proceso para regularizar la situación, comunicárselo a la persona interesada y darle un plazo para su corrección. De no ser corregido, la unidad administrativa rectificará y notificará el resultado a la persona afectada.

En lo referente a la revisión de la documentación, una vez finalizado el plazo de entrega establecido en el anexo II las unidades administrativas de los centros procederán teniendo en cuenta lo siguiente:

3.4.1. Documentación NO relativa a exenciones, ayudas y subvenciones

Se comprobará si la documentación está o no presentada y el resultado deberá quedar reflejado en la aplicación informática. Las matrículas en las que no esté presentada toda la documentación pasarán de activa a archivada, siendo suficiente notificación para estos efectos la información que se especifica en el anexo II.

3.4.2. Documentación relativa a exenciones, ayudas y subvenciones y procedimiento de ratificación o eliminación de las mismas

Se comprobará si la documentación está o no presentada y de ser correcta se actualizarán los datos en la aplicación informática, si es el caso. Cuando se detecte la falta de la documentación o errores en ella, se procederá de la siguiente forma:

3.4.2.1. Familia numerosa y personal de la Universidade de Vigo

En estos casos el procedimiento se iniciará en el Servicio de Alumnado que, previa comprobación con el resto de las unidades administrativas, será el responsable de comunicar los pasos a seguir para la ratificación o eliminación de esas exenciones por parte de los centros.

3.4.2.2. Matrícula de honra de bachillerato/ciclo superior de F.P., discapacidad, víctima de acto terrorista, violencia de género y personal de las Universidades de A Coruña y de Santiago de Compostela

En estos casos las unidades administrativas de los centros eliminarán el motivo de

exención, ayuda y/o subvención sin necesidad de reclamar documentación por escrito ni de comunicar previamente dicho cambio, siendo suficiente notificación para estos efectos, la información que figura en esta convocatoria sobre la documentación a presentar, y, si es el caso,

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se generará la carta de pago correspondiente que se remitirá por correo electrónico a la dirección que figura en la aplicación informática.

3.4.2.3. Solicitantes de bolsas con cargo a los presupuestos generales del estado

Este procedimiento se iniciará en la Sección de Becas de la Universidade de Vigo, que dará las instrucciones a seguir a las secciones implicadas del Servicio de Alumnado.

En caso de que alguien se matricule como solicitante de bolsa y la Universidade de Vigo detecte y compruebe que dicta bolsa no está presentada por los medios y plazos establecidos, se procederá a eliminar dicta condición en la matrícula, sin necesidad de notificar previamente dicho cambio, y a generar la carta de pago comunicando la nueva situación por correo electrónico a la dirección que figura en la aplicación informática. El plazo para realizar este pago será, para quien en el momento de la matrícula eligió efectivo, el indicado en la hoja de liquidación y para quien eligió domiciliación bancaria, las fechas indicadas en el anexo I.

Asimismo, en el momento en que la universidad tenga constancia de la publicación de bolsas concedidas y denegadas, al alumnado al que le sea denegada definitivamente la solicitud le será eliminada esa condición de su matrícula, sin necesidad de notificar previamente dicho cambio, y se le generará la carta de pago en EFECTIVO comunicando la nueva situación por correo electrónico a la dirección que figura en la aplicación informática.

Quien en su matrícula no indicara que es solicitante de bolsa aunque la haya solicitado por los medios y plazos establecidos, tiene el deber de abonar los precios públicos y esperar hasta la resolución de su solicitud. En caso de que la bolsa le sea concedida, la devolución del importe que corresponda se hará de oficio a la cuenta bancaria indicada por la persona interesada. CUARTA. Modificación de la matrícula

Se entiende por modificación de matrícula, la ampliación, la anulación parcial, el relevo de unas materias por otras, y el cambio de la inscripción de las convocatorias de examen. Quién sea estudiante de primer curso por primera vez no podrá hacer ningún tipo de modificación de matrícula, salvo en los casos en los que se reconozcan materias de ese curso.

Las modificaciones estarán sometidas a las limitaciones e impedimentos que se establecen en la presente convocatoria de matrícula, en los planes o programas de estudio, en las normas de gestión académica y en la normativa de permanencia y progreso de la Universidade de Vigo.

A través de la secretaría virtual podrá realizarse la modificación una única vez. Quien precise hacer más modificaciones o quien requiera autorización previa, deberá dirigirse a la unidad administrativa de su centro de estudios.

Si como consecuencia de la modificación de la matrícula se produce una variación en el importe de los precios públicos, se hará un nuevo cálculo de los mismos. Si resulta un importe a devolver por la universidad, se procederá según se indica en la norma novena. Si por lo contrario, el importe es mayor, se abonará según la forma de pago elegida y en los plazos indicados en el anexo I.

Quien no tenga abonados los precios públicos correspondientes a la matrícula deberá saber que es posible que no pueda realizar modificaciones si una vez efectuado el pago, este no se encontrase conciliado dentro de dicho plazo.

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No tendrá derecho a la anulación parcial de matrícula, quien se matricule en la convocatoria extraordinaria de fin de carrera, de las materias o créditos necesarios para concluir sus estudios. 4.1. Plazos de modificación de matrícula

4.1.1. Primer período de modificación de matrícula

En este período recogido en el anexo I, se podrá modificar la matrícula realizada, en cualquiera de las materias matriculadas.

4.1.2. Segundo período de modificación de matrícula

En este período recogido en el anexo I, se podrá modificar la matrícula realizada, tan solo de materias del segundo cuatrimestre.

Quien no habíese reunido los requisitos para matricularse en materias del segundo ciclo en el período ordinario de matrícula, si los cumple tras las primeras pruebas de evaluación, podrá matricularse en estas materias, aplicándose las mismas condiciones y requisitos que para las demás modificaciones que se regulan en esta convocatoria.

Las modificaciones tanto entre materias optativas como entre materias de libre elección estarán afectadas por las limitaciones que se establecen en esta convocatoria. 4.2. Solicitudes de modificación de matrícula presentadas fuera de los plazos establecidos

Las solicitudes de modificación de matrícula presentadas fuera de los plazos establecidos en el anexo I se tramitarán en las unidades administrativas de los centros y serán desestimadas por extemporáneas, excepto en los siguientes casos:

• Materias optativas y de libre elección que serán susceptibles de anulación a lo largo del curso académico si durante el mismo concurren circunstancias como las que derivan de reconocimiento o convalidación.

• Materias que se modifiquen en los acuerdos académicos o contratos de intercambios de movilidad para estudiantes propios de la Universidade de Vigo siempre que sea antes de los 15 días siguientes al de la modificación del contrato.

Dichas solicitudes serán resueltas por delegación rectoral por el órgano de dirección del

centro. Los recursos interpuestos contra estas resoluciones serán remitidos al Servicio de Alumnado. QUINTA. Anulación total de la matrícula 5.1. Plazos para presentación de solicitudes

Se podrá solicitar anulación total de matrícula en los plazos establecidos en el anexo I. 5.2. Lugar de presentación y tramitación de solicitudes

Las solicitudes, dirigidas al Rector, y en las que deberá constar un correo electrónico y un teléfono de contacto, se presentarán por cualquiera de los medios que a continuación se relacionan:

• registro general del campus de Vigo (Gerencia y Servicios Centrales - Campus de Vigo)

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• registro auxiliar (E.E.Industrial – calle Torrecedeira – Vigo) • registro auxiliar del Campus de Ourense (Edificio Administrativo - Las Lagunas) • registro auxiliar del Campus de Pontevedra (E.E. Forestal – A Xunqueira) • cualquier otro previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero.

Las solicitudes de anulación total de matrícula se tramitarán en el Servicio de Alumnado y

su concesión estará condicionada al abono del importe correspondiente para este procedimiento, que apruebe el Consejo de Gobierno y ratifique el Consejo Social de la Universidade de Vigo. 5.3. Impedimentos para su concesión

No procederá la anulación total de la matrícula:

• Cuando ya se hubiese concurrido a alguna convocatoria de exámenes, en ningún caso. • Cuando tenga la matrícula archivada. Si el motivo del archivo es por falta de pago de los

precios públicos, se procederá, si es el caso, según se indica en la norma novena. • Cuando se autorizara la matrícula fuera de los plazos establecidos según indica la norma

tercera de la presente convocatoria, salvo cuando de manera excepcional, una circunstancia sobrevenida grave debidamente justificada impida cursar los estudios.

5.4. Solicitudes presentadas fuera de los plazos establecidos

Las solicitudes de anulación total de matrícula presentadas fuera de los plazos establecidos en el anexo I serán desestimadas por extemporáneas, excepto en las que se den alguna de las circunstancias indicadas a continuación:

1) Cuando concurren circunstancias como las que derivan de reconocimiento de créditos de libre elección, la materia de libre elección matriculada será susceptible de anulación a lo largo del curso académico.

2) Cuando se tramite de oficio, previo informe del órgano de dirección del Centro

Universitario de la Defensa de la Escuela Naval Militar de Marín, a quien cause baja en el centro docente militar de formación, a lo largo del curso.

3) Cuando se solicite fuera de los plazos establecidos por matrícula o admisión en una

titulación oficial de otra universidad española, en otra titulación oficial de esta universidad o en un ciclo formativo de grado superior de formación profesional en el mismo curso académico.

4) Cuando de manera excepcional y una vez iniciado el curso, una circunstancia

sobrevenida grave debidamente justificada impida cursar los estudios.

En los casos 2, 3 y 4, no procederá la devolución completa de los precios públicos. Para situaciones ocurridas o solicitudes presentadas durante lo primer cuatrimestre, se devolverá el importe del segundo cuatrimestre y para situaciones ocurridas o solicitudes presentadas una vez iniciado el segundo cuatrimestre, no procederá la devolución de ningún importe.

Cuando se pueda conceder la anulación de matrícula fuera de los plazos establecidos pero no se hubiese efectuado el pago de los precios públicos universitarios, se aplicará el procedimiento indicado en la norma novena de la presente convocatoria, sobre la falta de pago de los precios públicos.

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SEXTA. Plazas vacantes

Una vez finalizado el proceso de adjudicación de plazas en el sistema universitario de Galicia para este curso, según el procedimiento y calendarios fijados por la Comisión Interuniversitaria de Galicia, de quedar plazas vacantes en alguna titulación de la Universidade de Vigo, se publicará la convocatoria de plazas vacantes. SÉPTIMA. Derecho de evaluación

El alumnado tiene derecho a concurrir a lo largo del curso a las pruebas de evaluación que se determinen de acuerdo con los calendarios fijados por los centros. Este derecho de evaluación quedará limitado por las incompatibilidades académicas que establezcan los planes de estudio o las programaciones académicas de conformidad con la normativa aplicable.

No podrá ser evaluada y calificada ninguna persona que no esté matriculada en la materia correspondiente y en ningún caso se autorizarán matrículas de materias con posterioridad a la fecha de realización del examen.

El alumnado de titulaciones a extinguir que se inscriba en la convocatoria extraordinaria llamada de diciembre o en la de fin de carrera y el alumnado de titulaciones de grado que se inscriba en la convocatoria de fin de carrera, si no se presenta a estos exámenes, podrá concurrir a las pruebas de evaluación en el primer o segundo período y en julio, siempre que no incurra en algún impedimento por tener agotadas el número máximo de convocatorias de la materia. 7.1. Para titulaciones oficiales de enseñanzas de grado

En las enseñanzas de grado se establece una única calificación por curso académico, si bien se realizarán dos etapas de evaluación, una al final de cada cuatrimestre y otra en el mes de julio, conforme al calendario académico que apruebe el Consejo de Gobierno para este curso.

7.1.1. Convocatoria extraordinaria de fin de carrera

Esta opción va dirigida exclusivamente a quien le resten un máximo de 24 ECTS (no se tendrán en cuenta los créditos del trabajo fin de grado) para concluir sus estudios. Es requisito indispensable haber sido evaluado de estos contenidos con anterioridad y que el trabajo fin de grado había estado matriculado en cursos anteriores.

El cumplimiento de los requisitos para concurrir a esta convocatoria deberán reunirse en el plazo de matrícula. No procederá, por lo tanto, la matrícula de estudiantes que reúnan los requisitos tras superar materias en este curso académico o por serle reconocidos estudios o actividades realizadas en el mismo curso.

La inscripción se formalizará de la totalidad de los ECTS que resten para concluir los estudios, reportará los precios públicos que se establecen para la matrícula ordinaria y se realizará conjuntamente con la matrícula. En ningún caso procederá la inscripción con posterioridad a la realización de los exámenes.

Excepcionalmente podrán quedar excluidas de la convocatoria de fin de carrera aquellas materias que la junta de centro justifique atendiendo a los requisitos establecidos en las correspondientes memorias de verificación.

En el caso de presentarse a los exámenes y no superar alguna materia, solo tendrán derecho a presentarse en la convocatoria extraordinaria de julio.

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7.1.2. Convocatoria ordinaria

Se realizará al final de cada cuatrimestre.

7.1.3. Convocatoria extraordinaria de julio

Se realizará en el período indicado en el calendario escolar que apruebe el Consejo de Gobierno. 7.2. Para titulaciones oficiales con planes de estudios a extinguir

La formalización de la matrícula dará derecho a concurrir en el curso a dos convocatorias de examen, según lo dispuesto en las normas de gestión académica de la Universidade de Vigo, excepto si el número de convocatorias utilizadas por el alumnado se lo impidiera.

7.2.1. Convocatoria extraordinaria de fin de carrera

Esta opción va dirigida exclusivamente a quien le resten un máximo de 40 créditos para concluir sus estudios, aunque no se hubiera matriculado con anterioridad en estas materias o créditos. Este requisito deberá entenderse solo de las materias o créditos necesarios para obtener la titulación.

El cumplimiento de los requisitos para concurrir a esta convocatoria deberán reunirse en el plazo de matrícula. No procederá, por lo tanto, la matrícula de estudiantes que reúnen los requisitos tras superar materias en alguna de las convocatorias, ordinarias o extraordinarias, de este curso académico o por serle reconocidos estudios o actividades realizadas en el mismo curso.

La inscripción se formalizará de la totalidad de las materias o créditos que resten para concluir los estudios, reportará los precios públicos que se establecen para la matrícula ordinaria y se realizará conjuntamente con la matrícula. En ningún caso procederá la inscripción con posterioridad a la realización de los exámenes.

No se podrá inscribir en la convocatoria extraordinaria de fin de carrera quien tenga superadas la totalidad de las materias o créditos exigidos para la obtención del título.

Quedan excluidas de la convocatoria de fin de carrera las siguientes materias o actividades:

• Los prácticum • Los trabajos académicamente dirigidos • Las materias que exijan la superación de prácticas para ser aprobadas excepto que los

centros autoricen lo contrario • Los trabajos o proyectos fin de carrera

A quien se le exija tener superadas todas las materias del plan de estudios para la realización del proyecto o trabajo fin de carrera, podrá inscribirse en la convocatoria de fin de carrera en las materias o créditos que tenga pendientes para concluir sus estudios, siempre que reúna los requisitos exigidos en esta convocatoria. Para el cómputo del número de créditos no se tendrán en cuenta los del trabajo o proyecto fin de carrera, excepto en los casos en los que para realizarlo no se necesite tener superadas todas las demás materias que forman el plan de estudios.

En el caso de presentarse a los exámenes en la convocatoria de fin de carrera y además en el 1º o 2º cuatrimestre, y no superar alguna materia, quien desee presentarse en la

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convocatoria extraordinaria de julio, deberá formalizar una nueva matrícula en el plazo indicado en el anexo I.

7.2.2. Convocatoria extraordinaria para titulaciones a extinguir que realicen los exámenes en la convocatoria llamada “de diciembre ”

La inscripción se realizará en el momento de la matrícula y podrán hacerla aquellas personas matriculadas en los diferentes centros de esta universidad en materias de las que sean repetidores por estar inscritas en ellas en cursos anteriores. En ningún caso el número de materias inscritas será superior a 40 créditos.

Quien se presente a examen en esta convocatoria, solo podrá utilizar dentro del actual año académico otra convocatoria a su elección, en el 1º o 2º cuatrimestre o en julio.

Quien supere materias en esta convocatoria extraordinaria, podrá solicitar la ampliación de su matrícula en tantas materias o créditos como apruebe, sin que estos créditos computen en el número máximo a matricular, y dentro del plazo indicado en el anexo I.

7.2.3. Convocatoria extraordinaria para titulaciones a extinguir que no realicen los exámenes en la convocatoria llamada “de diciembre ”

La inscripción se realizará en el momento de la matrícula y podrán hacerla aquellas personas matriculadas en los diferentes centros de esta universidad en materias de las que sean repetidores por estar inscritas en ellas en cursos anteriores. En ningún caso el número de materias inscritas será superior a 40 créditos.

Quien se presente a examen en esta convocatoria extraordinaria solo podrá utilizar dentro del actual año académico otra convocatoria a su elección:

• Quien se presente a la convocatoria extraordinaria al final del primer cuatrimestre de las materias del segundo cuatrimestre y no las supere, podrá presentarse bien en la convocatoria ordinaria al final del segundo cuatrimestre o bien en la convocatoria extraordinaria de julio.

• Quien se presente a la convocatoria ordinaria al final del primer cuatrimestre de las materias del primer cuatrimestre y no las supere, podrá presentarse bien en la convocatoria extraordinaria al final del segundo cuatrimestre o bien en la convocatoria extraordinaria de julio.

7.2.4. Convocatoria ordinaria

Se realizará al final de cada cuatrimestre.

7.2.5. Convocatoria extraordinaria de julio

Se realizará en el período indicado en el calendario escolar que apruebe el Consejo de

Gobierno. OCTAVA. Simultaneidad de estudios

Habrá que tener concedida la simultaneidad previamente a la formalización de la segunda matrícula. Las solicitudes se dirigirán al Rector, se tramitarán en el Servicio de Alumnado y se resolverán de acuerdo a lo dispuesto en la orden ministerial de 28 de septiembre de 1984 (BOE de 9 de octubre), en el artículo 14 de las normas de gestión académica de esta universidad aprobadas por la Xunta de Gobierno de 28 de mayo de 2001 y modificaciones posteriores que

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dispone: “No se podrán simultanear estudios cuando las dos titulaciones estén sometidas a límite de plazas en el curso académico que se solicite, excepto que finalizado el proceso de ingreso resulten vacantes en la segunda titulación” y en la normativa de permanencia y progreso del estudiantado de las titulaciones oficiales de grado y máster universitarios de la Universidade de Vigo (aprobada por el Consejo Social el 2 de abril de 2013).

Quien pretenda simultanear una titulación oficial ya iniciada con otra afectada por la limitación de plazas, deberá tener en cuenta que para que esta le pueda ser concedida tendrá que:

• Esperar a que una vez finalizado el proceso de adjudicación de plazas en el sistema universitario de Galicia, se publique la convocatoria de plazas vacantes, momento en el que deberá solicitar plaza en la nueva titulación.

• Cumplir los requisitos de matrícula a tiempo completo establecidos en la mencionada normativa de permanencia y progreso, para cada titulación.

• No superar entre las dos titulaciones el número máximo de créditos matriculados permitido.

8.1. Simultaneidad entre dos titulaciones oficiales de grado

El máximo de créditos matriculados entre las dos titulaciones no podrá superar los 75 ECTS. 8.2. Simultaneidad entre titulaciones oficiales no adaptadas al EEES y titulaciones de grado

El máximo de créditos matriculados no podrá superar los 60 ECTS en la titulación de grado y los 60 créditos en la titulación no adaptada al EEES. 8.3. Simultaneidad entre dos titulaciones oficiales no adaptadas al EEES

El máximo de créditos matriculados entre las dos titulaciones no podrá superar los 135. NOVENA. Precios públicos, modalidades y formas de pago, conciliaciones, falta de pagos y devolución de importes 9.1. Precios públicos

Las matrículas formalizadas en la Universidade de Vigo en cualquiera de los estudios conducente a la obtención de títulos oficiales, tanto para inicio como para continuación de estudios, reportan los precios que establezca para cada curso académico el decreto de la Consellería de Cultura Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia.

9.1.1. Servicios académicos

A los precios por servicios académicos se le podrá aplicar cualquiera de las exenciones, ayudas y subvenciones establecidas en la resolución rectoral de 12 de mayo de 2014, tal y como se indica en la norma décima de esta convocatoria.

El importe resultante por servicios académicos solo podrá demorarse, cuando en la formalización de la matrícula se indique que es solicitante de beca de estudios del MECD y esté pendiente de su revisión.

Una vez revisada la solicitud de beca por parte de la universidad y siempre que la resolución anual de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan las becas de carácter general y de movilidad para

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estudiantes de enseñanzas universitarias, así lo indique, se le podrá requerir de manera cautelar el abono de los precios públicos por servicios académicos, a quien no cumpla los requisitos establecidos en la referida convocatoria.

9.1.2. Servicios administrativos

Al importe resultante de la matrícula por servicios administrativos no se le aplicará ningún tipo de exención, ayuda y subvención. La totalidad de ese importe se abonará en un único plazo, aunque se solicite beca de estudios, junto con los servicios académicos cuando se elija el pago íntegro o en el primer plazo de matrícula cuando se elija el pago fraccionado.

9.1.2.1. Apertura de expediente

Abonará los precios por este concepto quien inicie estudios en un nuevo plan de estudios, independientemente de la forma de acceso. Igualmente reportará estos precios públicos quien traslade su expediente de otra universidad para continuar los mismos u otros estudios en la Universidade de Vigo.

9.1.2.2. Expedición y mantenimiento de la tarjeta de identidad

Este importe se abonará cada año conjuntamente con la matrícula en concepto de expedición y mantenimiento, cualquiera que sea la titulación o titulaciones de las que se matricule.

9.1.2.3. Soporte y documentación de la matrícula

Está obligado a su pago quien formalice matrícula en la Universidade de Vigo, independientemente de la titulación y en la cuantía que corresponda.

9.1.2.4. Seguro escolar

Toda persona menor de 28 años que curse estudios oficiales, está obligada al pago del seguro escolar. Este seguro se abonará una sola vez por curso académico, independientemente de las titulaciones que se cursen.

Se podrá suscribir un seguro complementario y voluntario de accidentes. La información relativa a este seguro está disponible en la http://www.uvigo.es/uvigo_gl/vida/informacion/seguro/ .

9.1.3. Otros importes de gestión académica

Se podrán aplicar importes para procedimientos relacionados con la gestión académica como es el relativo al procedimiento de anulación de matrícula, cuando sean aprobados por el Consejo de Gobierno y ratificados por el Consejo Social de la Universidade de Vigo. 9.2. Modalidades y formas de pago de los precios públicos

9.2.1. Modalidades

9.2.1.1. Íntegro

En el momento de la formalización de la matrícula, se podrá optar por el pago íntegro. El importe podrá abonarse en efectivo, mediante domiciliación bancaria o con tarjeta, según los plazos indicados en el anexo I.

En el caso de hacer una modificación de matrícula si el importe resultante es a ingresar, se abonará según la opción elegida en el momento de la formalización de la matrícula.

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9.2.1.2. Fraccionado

El pago fraccionado deberá hacerse mediante domiciliación bancaria en cualquier entidad

y NO será necesario ir al banco a realizar ningún abono.

De forma general se establecen hasta 6 plazos para abonar el importe correspondiente a la matrícula pero dependiendo de la fecha en la que esta se formalice o se modifique los plazos se ajustarán a la forma indicada en el anexo I.

9.2.2. Formas

Las formas de pago de los precios públicos universitarios son: en efectivo, mediante domiciliación bancaria y con tarjeta. ES importante elegir correctamente la opción deseada ya que modificarla solo será posible en los siguientes casos:

• Cuando la forma elegida sea en efectivo y el período indicado en la hoja de liquidación se encuentre vigente, siempre que la persona interesada declare por escrito en el momento de efectuar la solicitud de cambio que no efectuó ese pago.

• Cuando la forma elegida sea por domiciliación bancaria y el importe correspondiente no estuviera “enviado al cobro” o “devuelto”.

Estos cambios no podrán realizarse a través de la secretaría virtual y será necesario

dirigirse las unidades administrativas del centro de estudios y presentar, si es el caso, el mandato bancario actualizado.

9.2.2.1. En efectivo

El importe resultante de la formalización de la matrícula o de una modificación de matrícula habrá que abonarlo en el período indicado en la hoja de liquidación en alguna de las entidades bancarias colaboradoras con la Universidade de Vigo, esto es, Novagalicia Banco, Banco Santander, CaixaBank o cualquier otra con la que se establezca convenio. De no hacerlo se aplicará lo indicado en el procedimiento relativo a la subsanación de pago de los precios públicos.

9.2.2.2. Mediante domiciliación bancaria

Quien elija esta forma de pago deberá indicar, en la automatrícula a través de la secretaría virtual, la cuenta bancaria y los datos completos del titular de la misma. Si los datos facilitados están incompletos, son incorrectos o si el titular de la cuenta no es la misma persona que el deudor, podrá dar lugar al rechazo por parte de la entidad bancaria y en cuyo caso se aplicará lo indicado en el procedimiento relativo a la subsanación de pago de los precios públicos. Aunque es obligatorio presentar, en el plazo indicado en el anexo II, el documento de autorización firmado por el titular de la domiciliación (cómo lo que figura en el anexo VI), la universidad remitirá el cargo a la cuenta bancaria indicada en el momento de la formalización de la matrícula incluso en el caso de no tener en su poder dicho documento.

Quien se matricule en la unidad administrativa de su centro de estudios, deberá presentar el documento de autorización en ese momento o en caso contrario no podrá elegir esta forma de pago.

Cuando una vez formalizada la matrícula se desee modificar la información bancaria, será obligatorio presentar un documento con los nuevos datos para que a partir del momento en el que este sea registrado por la unidad administrativa correspondiente, pueda tenerse en cuenta a solicitud de cambio.

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9.2.2.3. Con tarjeta

La aplicación informática permitirá seleccionar esta opción. ES necesario seguir con

atención el proceso hasta el final, indicando el número de tarjeta y comprobando que el pago ha sido realizado correctamente. De no completar bien el proceso se aplicará lo indicado en el procedimiento relativo la subsanación de pago de los precios públicos. 9.3. Conciliación de los pagos relativos a la matrícula

La conciliación de una liquidación relativa a la matrícula o cualquier otro importe de precios públicos se realizará de forma automática entre la entidad bancaria colaboradora y la Universidade de Vigo y en ningún caso podrá verse reflejada en el mismo día en el que se hace el pago en la entidad bancaria. ES muy importante tener en cuenta que los pagos en efectivo tardan entre 2 y 4 días en estar conciliados, los realizados a través de domiciliación bancaria no se confirman hasta pasadas 8 semanas y los realizados mediante tarjeta, de forma general, se concilian al día siguiente de realizar el pago.

Quien haya previsto terminar sus estudios en las convocatorias de fin de carrera, diciembre o al final del primer cuatrimestre y se acoja a la forma de pago mediante domiciliación bancaria, deberá saber que la solicitud de expedición de su título podrá demorarse, por lo que se recomienda que elija como forma de pago de la matrícula, efectivo o tarjeta.

De manera general no es necesario presentar ningún justificante de pago de la matrícula, excepto que por no constar en la aplicación informática la conciliación del ingreso, este le sea requerido. 9.4. Subsanación de pago de los precios públicos

En caso de que los precios públicos no sean abonados según la forma de pago elegida y dentro del plazo indicado para cada caso o cuando los recibos domiciliados resulten rechazados por la entidad bancaria:

• Deberá acudir al centro de estudios donde se emitirá una carta de pago en efectivo. • Se aplicará la penalización aprobada por el Consejo de Gobierno y ratificada por el

Consejo Social de la Universidade de Vigo. • Dará lugar a la suspensión temporal de los derechos como estudiante y, en su caso, al

archivo de la matrícula y de los efectos que esta produjera, sin derecho a ningún reintegro. Este archivo se hará de manera cautelar en el momento en el que conste la falta de pago de los precios públicos o cualquiera de sus fraccionamientos, por el procedimiento que la universidad ha establecido para la subsanación de la falta de pago. La suspensión temporal de derechos no afectará al régimen de permanencia ni impedirá concurrir a las pruebas de evaluación de acuerdo con los calendarios fijados por los centros.

• Podrá comportar la exigencia de los importes correspondientes por el procedimiento de apremio sobre el patrimonio del obligado al pago, de acuerdo con la normativa vigente.

La Universidade de Vigo exigirá como condición previa de matrícula, de modificación, de

resolución de peticiones de anulación total, de expedición de títulos, de emisión de certificaciones, de gestión de traslados y de acceso a la secretaría virtual para cualquier consulta o tramitación, el pago de las cantidades pendientes por matrículas de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales de cursos académicos anteriores y simultáneos.

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9.5. Devolución de los precios públicos por parte de la universidad

La Universidade de Vigo devolverá, si es el caso, los importes resultantes de anulación total de matrícula, modificación y reconocimiento a partir del día uno del mes siguiente al que se realicen, siempre que en la aplicación informática conste conciliado el importe de la matrícula, por lo que se tendrá en cuenta lo indicado en esta norma sobre el tiempo de conciliación de liquidaciones.

Quien esté pendiente de una devolución por parte de la universidad y no abonara el importe de la matrícula mediante domiciliación bancaria, deberá facilitar a la universidad los datos bancarios necesarios para que se pueda proceder a la devolución. DÉCIMA. Exenciones, ayudas y subvenciones

Las exenciones, ayudas y subvenciones del pago de los precios públicos en titulaciones universitarias oficiales, son las que se detallan en la resolución rectoral de 12 de mayo de 2014, por la que se establecen las exenciones, ayudas y subvenciones de precios públicos por servicios académicos en la Universidade de Vigo. La condición indicada deberá cumplirse y la documentación deberá estar en vigor en el momento de la formalización de la matrícula. Esta se presentará según lo establecido en el anexo II.

No será de aplicación ningún tipo de exención, ayuda o subvención de precios públicos al alumnado que se matricule en titulaciones propias de la Universidade de Vigo. UNDÉCIMA. Estados de la matrícula

Activa. En el momento de la formalización el estado de la matrícula es activa y otorga plenos derechos. El estado no cambiará cuando esté comprobado que se reúnen los requisitos de acceso a los estudios, entregada la documentación y efectuado el pago de los precios públicos.

Archivada. En esta situación estará desde el momento en el que conste que el pago de la totalidad o parte de los precios públicos no se ha realizado y/o cuando, pasado el plazo de entrega de documentación y comprobada la falta por la unidad administrativa del centro de estudios, esté pendiente de aportar algún documento necesario. Este estado supone la limitación de derechos tales como el acceso al expediente, la expedición de certificaciones y títulos, la tramitación de solicitudes de matrícula fuera de plazo, de anulación y de modificación de matrícula, de traslados o cualquier otra relacionada con el expediente académico. La deuda se mantendrá vigente y procederá su reclamación. Teniendo la matrícula archivada, y una vez subsanado el motivo que dio lugar a esa situación, será la o el estudiante quien solicite en el centro de estudios que se le active de nuevo su expediente, ya que no es un proceso automático.

Anulada. Procederá la anulación de matrícula cuando se realice de oficio por parte de la universidad o cuando se solicite en el plazo establecido, si se dan las circunstancias establecidas en la normativa y en esta convocatoria. DUODÉCIMA. Incompatibilidades académicas y horarias

La matrícula formalizada se entenderá hecha sin perjuicio de las posibles incompatibilidades con los horarios de clases y exámenes determinados por los centros para cada titulación de acuerdo con las necesidades de sus programas de estudio y estará condicionada por la ordenación temporal de los estudios, prelaciones, requisitos y aquellos deberes académicos establecidos en el correspondiente plan de estudios.

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En el caso de detectarse algún tipo de incompatibilidad o incumplimiento de la normativa,

se le comunicara a la persona afectada con el fin de subsanar dicha anomalía.

En cualquiera caso, el ejercicio del derecho de matrícula establecido en las presentes normas no obligará a la modificación del régimen de horarios generales o fechas de exámenes determinados en cada centro, de acuerdo con las necesidades de su planificación.

No se podrá formalizar matrícula para realizar exámenes ordinarios o extraordinarios en materias de cursos totalmente extinguidos.

Quien se adapte a un nuevo plan de estudios no podrá, en ningún caso, matricularse de materias del plan de origen. DECIMOTERCERA. Tratamiento de datos personales

Los datos personales recogidos en cualquier solicitud relacionada con esta convocatoria tienen carácter obligatorio y serán tratados por la Universidade de Vigo para la organización de la docencia y el estudio, así como para el ejercicio de las demás funciones propias del Servicio Público de Educación Superior, reguladas en la Ley orgánica de universidades y en los Estatutos de la universidad.

Quien se matricule o tramite alguna solicitud de acceso o preinscripción está de acuerdo en que sus datos personales sean recogidos, tratados, publicados en la página web de la Universidade de Vigo o tablones de anuncios de los centros y, si es el caso, cedidos para los siguientes fines: gestión administrativa y académica de su expediente, oferta y prestación de servicios universitarios, realización de estadísticas, proyectos de investigación, evaluaciones, encuestas y seguimiento de los servicios universitarios prestados, así como la realización de acciones destinadas al fomento del empleo y prácticas en empresas. El responsable del tratamiento de estes datos es la Universidade de Vigo. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a su tratamiento se ejercitarán ante la Universidade de Vigo. DECIMOCUARTA. Resolución de reclamaciones y recursos

Las reclamaciones o recursos interpuestos por estudiantes de esta universidad en asuntos relativos a la matrícula se resolverán al amparo de esta convocatoria y demás normativas, resoluciones y acuerdos que regulen el régimen del alumnado, sin perjuicio de las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación en cada caso. DECIMOQUINTA. Normas finales

Las instrucciones que dicten la Secretaría General, la Gerencia y las Vicerrectorías competentes en materia de gestión académica de la universidad, en aclaración e interpretación de las presentes normas de matrícula, se harán públicas en los tablones de anuncios de los centros universitarios y en la página web de la universidad.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de jurisdicción contencioso-administrativa.

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DECIMOSEXTA. Entrada en vigor

La presente convocatoria entrará en vigor y tendrá efectos para la matrícula en titulaciones oficiales para el curso académico 2014/2015.

Vigo, 30 de mayo de 2014 EL RECTOR

Salustiano Mato de la Iglesia

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ANEXO I

PLAZOS Todos los plazos de matrícula en titulaciones con límite de plazas fijados por la CiUG, terminan a las 14 horas del último día del plazo establecido. Los restantes plazos de matrícula y modificación que se realicen por internet (secretaría virtual) finalizan a las 24 horas del último día del plazo. El horario para trámites de forma presencial en las secretarías de los centros y en el Servicio de Alumnado es de 8.30 a 14.30 horas, salvo en los meses de julio y agosto, Semana Santa y Navidad que es de 9.00 a 14.00 horas. MATRÍCULA PARA INICIAR ESTUDIOS POR EL PROCESO GENERAL DE ADMISIÓN DE LA CiUG

• Del 16 al 18 de julio: 1º plazo • Del 28 al 30 de julio: 2º plazo • Del 3 al 5 de septiembre: 3º plazo • Del 10 al 12 de septiembre: 4º plazo • Del 24 al 26 de septiembre: 5º plazo • Del 2 al 6 de octubre: 6º plazo • Del 15 al 17 de octubre: 7º plazo • Del 22 al 24 de octubre: 8º plazo (último)

Más información en: http://ciug.cesga.es. A la finalización del proceso de admisión por la CiUG, de no cubrirse todas las plazas en alguna titulación, se publicará la convocatoria de plazas vacantes. MATRÍCULA PARA CONTINUAR ESTUDIOS Y PARA ADAPTARSE DE UNA TITULACIÓN A EXTINGUIR AL GRADO QUE LA SUSTITUYE

• Del 4 al 22 de agosto. Quien desee adaptarse de una titulación a extinguir al grado que la sustituye, deberá hacer previamente a la matrícula y en este incluso plazo, el reconocimiento de créditos a través de la secretaría virtual. ADMISIÓN POR RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS O POR CAMBIO DE CENTRO ENTRE TITULACIONES DE GRADO CON EL MISMO PLAN DE ESTUDIOS

• El plazo de presentación de solicitudes será el mes de junio, se resolverán antes del 31 de julio y la matrícula se formalizará, como el resto de alumnado de continuación de estudios, del 4 al 22 de agosto.

En los casos en los que los reconocimientos no puedan ser resueltos a 31 de julio en su totalidad por estar pendientes de calificaciones posteriores al plazo de presentación de solicitudes, los centros podrán reconocer antes del 30 de septiembre más créditos y completar así lo solicitado.

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ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CURSO DE ADAPTACIÓN AL GRADO (CURSO PUENTE): Primer plazo:

• Plazo de presentación de solicitudes: del 13 al 27 de junio • Publicación de listados provisionales de solicitudes admitidas a trámite: 4 de julio • Plazo de presentación de reclamaciones: del 7 al 9 de julio • Publicación de listados definitivos de solicitudes admitidas a trámite: 16 de julio • Publicación de listados provisionales de personas admitidas: 21 de julio • Plazo de presentación de reclamaciones: del 22 al 24 de julio • Publicación de listados definitivos de personas admitidas: 31 de julio • Matrícula: del 4 al 22 de agosto

Segundo plazo (en el caso de haber menos personas admitidas que plazas ofertadas):

• Plazo de presentación de solicitudes: del 1 al 8 de agosto • Publicación de listados provisionales de solicitudes admitidas a trámite: 14 de agosto • Plazo de presentación de reclamaciones: del 18 al 20 de agosto • Publicación de listados definitivos de solicitudes admitidas a trámite: 1 de septiembre • Publicación de listados provisionales de personas admitidas: 5 de septiembre • Plazo de presentación de reclamaciones: del 8 al 10 de septiembre • Publicación de listados definitivos de personas admitidas: 12 de septiembre • Matrícula: del 15 al 19 de septiembre.

Se establecerá para cada plazo de admisión a posibilidad de efectuar llamamientos cada 3 días cuando existan listados de espera con el fin de que no queden plazas vacantes. MATRÍCULA DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

• prueba de conjunto/prueba de aptitud: mínimo 15 días antes de la realización de la prueba

• período de prácticas: mínimo 15 días antes del inicio de las mismas • realización de un proyecto o trabajo: mínimo 15 días antes de la presentación del

mismo • asistencia a cursos tutelados: del 4 al 22 de agosto.

CONVOCATORIA FIN DE CARREIRA La inscripción es coincidente con el plazo general de matrícula ordinaria. El alumnado de titulaciones oficiales con planes de estudios a extinguir, de presentarse a los exámenes en la convocatoria de fin de carrera y además en el 1º o 2º cuatrimestre, y no superar alguna materia, de querer presentarse en la convocatoria extraordinaria de julio, deberá formalizar matrícula del 15 al 17 de junio de 2015. AMPLIACIÓN DE MATRÍCULA POR SUPERAR CRÉDITOS EN LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN DE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA LLAMADA “DE DICIEMBRE”

• Del 11 al 20 de noviembre.

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MODIFICACIÓN Y ANULACIÓN TOTAL DE MATRÍCULA Modificación de matrícula:

• Del 15 al 19 de septiembre para materias del primer y segundo cuatrimestre y anuales • Del 26 al 30 de enero solo para materias del segundo cuatrimestre

Anulación total de matrícula: (IMPORTANTE: Las solicitudes deberán presentarse por cualquiera de los medios indicados en la norma quinta de la presente convocatoria)

• El alumnado de primer curso por primera vez que se matricule en el mes de julio (en los plazos fijados por la CiUG) podrá solicitar la anulación total hasta el 30 de septiembre.

• El alumnado que se matricule en el período ordinario de matrícula del mes de agosto o de primer curso por primera vez que se matricule en los meses de septiembre y octubre (en los plazos fijados por la CiUG) y en noviembre (en la convocatoria de plazas vacantes), podrá solicitar la anulación total en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la formalización de la matrícula.

• Quien solicite la anulación total fuera del plazo que le corresponda y demuestre haberse matriculado o tener admisión en una titulación oficial de otra universidad española, en otra titulación oficial de esta universidad o en un ciclo formativo de grado superior de formación profesional en el mismo curso académico, tendrá derecho hasta el 15 de octubre, a la anulación total de la matrícula con derecho a la devolución total del importe de la misma. Quien lo solicite con posterioridad a esa fecha, podrá tener derecho a la anulación pero sin derecho a la devolución total del importe y se le aplicará lo indicado en la norma quinta de esta convocatoria.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES (TITULACIONES A EXTINGUIR NO ADAPTADAS AL EES)

• Del 1 de septiembre al 15 de octubre (se resolverán antes del 16 de noviembre) • Del 1 de febrero al 15 de marzo (se resolverán antes del 16 de abril)

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS (TITULACIONES DE GRADO)

• De manera general durante los meses de junio, julio y agosto de 2014. Serán resueltas antes del 30 de septiembre. En los casos en los que las solicitudes no puedan ser resueltas en su totalidad por estar pendientes de calificaciones posteriores al plazo de presentación de las mismas, los centros podrán reconocer posteriormente más créditos y completar así el solicitado.

• Hasta el 30 de septiembre para el alumnado de primero por primera vez convocado a matricularse en el mes de septiembre. Serán resueltas antes del 31 de octubre.

• Hasta el 31 de octubre para el alumnado de primero por primera vez convocado a matricularse en el mes de octubre. Serán resueltas antes del 30 de noviembre.

• Hasta el 31 de octubre para el alumnado que inicie un curso de adaptación al grado (curso puente). Serán resueltas antes del 30 de noviembre.

• En las mismas fechas de la formalización de la matrícula para quien inicie estudios por la convocatoria de plazas vacantes.

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PAGO DE LOS PRECIOS PÚBLICOS Pago en efectivo: El plazo será el indicado en la hoja de liquidación. Pago domiciliado:(Desde el día 01/02/2015 NO se podrán emitir pagos domiciliados) • Íntegro: Se cargará el 100% de los precios públicos de la siguiente manera:

El 6 de octubre para matrículas realizadas del 16 de julio al 21 de septiembre El 6 de noviembre para matrículas realizadas del 22 de septiembre al 24 de octubre El 6 de diciembre para matrículas realizadas del 25 de octubre al 21 de noviembre El 6 de enero para matrículas realizadas del 22 de noviembre al 23 de diciembre El 6 de febrero para matrículas realizadas del 24 de diciembre al 23 de enero El 6 de marzo para matrículas realizadas del 24 al 31 de enero

• Fraccionado: Los precios correspondientes a los servicios administrativos serán cargados

con el primer plazo de los servicios académicos que dependiendo del día de la formalización de la matrícula serán distribuidos de la siguiente forma:

Para matrículas realizadas del 16 de julio al 21 de septiembre: El primero, (25% de los servicios académicos) el 6 de octubre El segundo, (15% de los servicios académicos) el 6 de noviembre El tercero, (15% de los servicios académicos) el 6 de diciembre El cuarto, (15% de los servicios académicos) el 6 de enero El quinto, (15% de los servicios académicos) el 6 de febrero El sexto, (15% de los servicios académicos) el 6 de marzo

Para matrículas realizadas del 22 de septiembre al 24 de octubre: El primero, (40% de los servicios académicos) el 6 de noviembre El tercero, (15% de los servicios académicos) el 6 de diciembre El cuarto, (15% de los servicios académicos) el 6 de enero El quinto, (15% de los servicios académicos) el 6 de febrero El sexto, (15% de los servicios académicos) el 6 de marzo

Para matrículas realizadas del 25 de octubre al 21 de noviembre: El primero, (55% de los servicios académicos) el 6 de diciembre El cuarto, (15% de los servicios académicos) el 6 de enero El quinto, (15% de los servicios académicos) el 6 de febrero El sexto, (15% de los servicios académicos) el 6 de marzo

Para matrículas realizadas del 22 de noviembre al 23 de diciembre: El primero, (70% de los servicios académicos) el 6 de enero El quinto, (15% de los servicios académicos) el 6 de febrero El sexto, (15% de los servicios académicos) el 6 de marzo

Para matrículas realizadas del 24 de diciembre al 23 de enero El primero, (85% de los servicios académicos) el 6 de febrero El sexto, (15% de los servicios académicos) el 6 de marzo

• Pago con tarjeta: Se efectuará en el mismo momento de la formalización de la matrícula

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ANEXO II

DOCUMENTACIÓN Plazo de presentación: Hasta el 15 DE SEPTIEMBRE para quien se matricule en los períodos comunes de los meses de julio y agosto. En la semana siguiente a la formalización de la matrícula para quien se matricule en los meses de septiembre y octubre. En el momento de la matrícula, para quien se matricule en el centro de estudios (plazas vacantes, matrícula fuera de plazo, etc.). Pasado el plazo de entrega y detectada la falta de documentación, se procederá de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria sin necesidad de reclamar documentación por escrito ni de notificar cambios en el estado de las matrículas, siendo suficiente notificación para estos efectos, la información que figura en esta convocatoria sobre la documentación a presentar. Estudiantes que elijan como forma de pago a domiciliación bancaria: Presentarán el mandato u orden de domiciliación firmada por el titular de la cuenta bancaria utilizando el impreso que figura al final del proceso de la matrícula y una vez confirmada esta. Estudiantes que marquen uno o varios motivos de EXENCIONES, AYUDAS Y SUBVENCIONES Presentarán los documentos indicados para cada caso en la Resolución Rectoral de 12 de mayo de 2014 por la que se establecen las exenciones, ayudas y subvenciones de precios públicos por servicios académicos en la Universidade de Vigo. No tendrán que presentar ningún documento los siguientes colectivos: - El personal de la Universidade de Vigo que sea titular del derecho. - Quien teniendo la condición de familia numerosa, había presentado la documentación en cursos

anteriores y esta continúe en vigor y en la misma categoría. - Quien teniendo la condición de discapacitada o discapacitado, violencia de género o víctima de

acto terrorista, ya había presentado la documentación en cursos anteriores y esta continúe en vigor.

Estudiantes que acceden por el proceso general de admisión de la CiUG Presentarán justificante de haber solicitado el traslado del expediente de la selectividad quien superara las pruebas de acceso fuera del sistema universitario gallego. Presentarán declaración jurada de no haberse matriculado anteriormente en otra titulación universitaria o por lo contrario, justificante de tener solicitado el traslado del expediente de la universidad de origen quien superara las pruebas (o titulación equivalente) en cursos anteriores. Estudiantes que acceden por reconocimiento de ECTS procedentes de otras universidades Presentarán el resguardo de tener abonados los derechos de traslado del expediente de la universidad de origen, además de la documentación exigida en los centros para la admisión. Estudiantes que soliciten admisión en el curso de adaptación al grado (curso puente) Presentarán fotocopia del DNI, NIE o del pasaporte quien no haya obtenido la titulación de origen en el centro en el que se matricula. Presentarán la fotocopia compulsada del título oficial o certificación del pago de los precios públicos de expedición del título que de acceso y una certificación académica con las calificaciones obtenidas para los efectos de valoración del expediente quien obtuviera el título en otra universidad. Presentarán documentación justificativa que permita valorar la experiencia laboral o cualquier otra que permita valorar los criterios específicos de selección indicados en cada caso. Estudiantes que continúen estudios para la concesión de la séptima convocatoria Presentarán una solicitud expresa. Estudiantes que se matriculen para la superación de los requisitos formativos complementarios para la homologación de títulos extranjeros Presentarán original y fotocopia del DNI, NIE o pasaporte y de la documentación actualizada remitida por el MECD, en la que consten las carencias observadas en la tramitación del expediente de homologación, para su cotejo.

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ANEXO III

TÍTULOS ACADÉMICOS O PRUEBAS QUE HABILITAN PARA MATRICULARSE EN ESTUDIOS CONDUCENTES A ENSEÑANZAS DE GRADO

Tener superada la prueba de acceso a la universidad establecida en el Real decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, o según normativas anteriores, estando en posesión de cualquiera de los títulos y certificados que se indican a continuación:

• Título de Bachillerato relacionado en los artículos 37 y 50.2 de la Ley orgánica 2/2006 de 3 de mayo de educación

• Título de Bachillerato establecido por la Ley orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo

• Certificado acreditativo de haber superado el Curso de Orientación Universitaria • Certificado acreditativo de haber superado el curso preuniversitario • Cualquiera otro título que el Ministerio de Educación, Cultura e Deporte declare

equivalente a estos efectos al título de Bachillerato regulado por la Ley orgánica 2/2006 de 3 de mayo de educación

• Título homologado al título español de Bachillerato para estudiantes de sistemas educativos extranjeros

Cumplir los requisitos exigidos para el acceso a la universidad en los sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o de otros estados con los que España suscribiera acuerdos internacionales en esa materia. Pruebas de acceso para mayores de 25 años. Pruebas de acceso para mayores de 45 años. Poseer un título de Técnico Superior de Formación Profesional, Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior, o títulos equivalentes. Poseer un título universitario oficial de grado o título equivalente. Poseer un título universitario oficial correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o equivalente. Estar en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones educativas anteriores a la establecida por el Real decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, no contempladas en los apartados anteriores.

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ANEXO IV

TITULACIONES OFICIALES DE GRADO: PROCEDIMIENTO

GENERAL DE ADMISIÓN

ACCESO *P*OR RECONOCIMIENTOS

CAMBIO ENTRE CENTROS CON El

INCLUSO PLAN

OURENSE

GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS (ADE) 100 15 10 GRADO EN ADE / GRADO EN DERECHO 20 2 GRADO EN ADE / GRADO EN INGENIERÍA INFORMÁTICA 20 2 GRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS 45 5 GRADO EN CIENCIAS AMBIENTALES 45 5 GRADO EN DERECHO 50 15 15 GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL 75 8 10 GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA 75 8 10 GRADO EN EDUCACIÓN SOCIAL 75 10 GRADO EN ENFERMERÍA (centro adscrito)

50 2 5 GRADO EN INGENIERÍA AGRARIA 45 5 GRADO EN INGENIERÍA INFORMÁTICA 90 5 GRADO EN INGENIERÍA FÍSICA (pendiente de aprobación por la ACSUG) 45 1 GRADO EN TRABAJO SOCIAL 75 10 GRADO EN TURISMO 60 20 GRADO EN GEOGRAFÍA Y HISTORIA 45 sin límite

PONTEVEDRA

GRADO EN BELLAS ARTES 130 5

GRADO EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE 100 5

GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL 45 10

GRADO EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA (presenciales/semipresenciales) 30/15 sin límite

GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL 75 8 10 GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA 75 8 10 GRADO EN ENFERMERÍA (centro adscrito) 50 1 1 GRADO EN INGENIERÍA FORESTAL 45 5 GRADO EN FISIOTERAPIA 50 1 GRADO EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS 100 10 GRADO EN INGENIERÍA MECÁNICA (ESCUELA NAVAL MILITAR) (centro adscrito) sin aprobar

1 no procede

VIGO

GRADO EN ADE 210 10 5 GRADO EN ADE (centro adscrito) 60 15 20 GRADO EN ADE / GRADO EN DERECHO 40 1 GRADO EN BIOLOGÍA 75 25 GRADO EN CIENCIAS DEL LENGUAJE (presenciales/semipresenciales) 50/10 sin límite

GRADO EN CIENCIAS DEL MAR 70 5 GRADO EN COMERCIO 120 15 GRADO EN DERECHO 70 5 10

2

GRADO EN ECONOMÍA 60 5 GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL (centro adscrito) 75 8 10 GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA (centro adscrito) 75 8 10 GRADO EN ENFERMERÍA (MEIXOEIRO) (centro adscrito) 50 1 1 GRADO EN ENFERMERÍA (POVISA) (centro adscrito) 70 20 10 GRADO EN INGENIERÍA DE LA ENERGÍA 50 10 GRADO EN INGENIERÍA DE TECNOLOGÍAS DE TELECOMUNICACIÓN 150 10 GRADO EN INGENIERÍA DE LOS RECURSOS MINEROS Y ENERGÉTICOS 50 10 GRADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA 50 15 GRADO EN INGENIERÍA ELECTRÓNICA INDUSTRIAL Y AUTOMÁTICA 90 15 GRADO EN INGENIERÍA EN ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL 80 15 GRADO EN INGENIERÍA EN QUÍMICA INDUSTRIAL 50 15 GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES 110 15 GRADO EN INGENIERÍA MECÁNICA 150 25 GRADO EN LENGUAS EXTRANJERAS 50 10 GRADO EN QUÍMICA 60 10 GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS 80 5 GRADO EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN (ESPAÑOL-FRANCÉS) 20 3 GRADO EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN (ESPAÑOL-INGLÉS) 50 1 GRADO EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN (GALLEGO-FRANCÉS) 10 4 GRADO EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN (GALLEGO-INGLÉS) 40 2

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TITULACIONES OFICIALES LRU EN PROCESO DE EXTINCIÓN

ÚLTIMO CURSO CON DERECHO A EXAMEN

3º CURSO 4º CURSO 5º CURSO CAMPUS DE OURENSE

DIP. EN ENFERMERÍA 2014/2015 ING. EN INFORMÁTICA (2º ciclo) 2014/2015 2015/2016 ING. T. AGRÍCOLA (INDUSTRIAS AGRARIAS Y ALIMENTARIAS) 2014/2015 LIC. EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS (2º ciclo) 2014/2015 LIC. EN DERECHO 2014/2015 2015/2016 LIC. EN FÍSICA 2014/2015 2015/2016 2016/2017 LIC. EN HISTORIA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN PSICOPEDAGOGÍA (2º ciclo) 2014/2015 2015/2016 CAMPUS DE PONTEVEDRA

DIP. EN ENFERMERÍA 2014/2015 ING.T. FORESTAL (INDUSTRIAS FORESTALES) 2014/2015 LIC. EN BELLAS ARTES 2014/2015 LIC. EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE 2014/2015 LIC. EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL 2014/2015 LIC. EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS 2014/2015 CAMPUS DE VIGO

DIP. EN CIENCIAS EMPRESARIALES 2014/2015 ING. DE MINAS 2014/2015 2015/2016 2016/2017 ING. DE TELECOMUNICACIONES 2014/2015 2015/2016 2016/2017 ING. EN AUTOMÁTICA Y ELECTRÓNICA INDUSTRIAL (2º ciclo) 2014/2015 2015/2016 ING. EN ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL (2º ciclo) 2015/2016 2016/2017 ING. INDUSTRIAL 2014/2015 2015/2016 2016/2017 ING. T. INDUSTRIAL (ELECTRICIDAD) 2014/2015 ING. T. INDUSTRIAL (ELECTRÓNICA INDUSTRIAL) 2014/2015 ING. T. INDUSTRIAL (MECÁNICA) 2014/2015 ING. T. INDUSTRIAL (QUÍMICA INDUSTRIAL) 2014/2015 ING.T. DE TELECOMUNICACIÓN (SISTEMAS DE TELECOM.) 2014/2015 ING. T. DE TELECOMUNICACIÓN (SONIDO E IMAGEN) 2014/2015 LIC. EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS 2014/2015 2015/2016 LIC. EN BIOLOGÍA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN CIENCIAS DEL MAR 2014/2015 2015/2016 LIC. EN DERECHO 2014/2015 2015/2016 LIC. EN ECONOMÍA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN FILOLOGÍA GALLEGA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN FILOLOGÍA HISPÁNICA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN FILOLOGÍA INGLESA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN QUÍMICA 2014/2015 2015/2016 LIC. EN TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN 2014/2015 2015/2016 MAESTRO/A ESPECIALIDAD EDUCACIÓN INFANTIL 2014/2015 MAESTRO/A ESPECIALIDAD EDUCACIÓN PRIMARIA 2014/2015

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TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN PROCESO DE EXTINCIÓN

ÚLTIMO CURSO CON DOCENCIA

ÚLTIMO CURSO CON DERECHO A EXAMEN

1º CURSO 2º CURSO 3º CURSO 4º CURSO CAMPUS DE OURENSE

GRADO EN CONSULTORÍA Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN 4º 2015/2016 2015/2016 2016/2017 2017/2018 2018/2019

CAMPUS DE VIGO GRADO EN ESTUDIOS DE GALLEGO Y ESPAÑOL 4º 2016/2017 2016/2017 2017/2018 2018/2019 2019/2020

1 Pendiente de aprobación por Consejo de Ministros

2 Las plazas reservadas para el alumnado procedente de la Facultad de Derecho de Ourense que no se cubran se acumularán a las plazas de acceso por

reconocimiento de créditos

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ANEXO V

OFERTA DE CURSOS DE ADAPTACIÓN AL GRADO (CURSOS PUENTE)

Titulación oficial requerida: diplomatura, maestro/a o ingeniería

técnica (en)

Titulación ofertada: grado en

plazas 2014/2015 centro dirección

modelo de solicitud

(*)

criterios específicos

de selección

OURENSE

Ciencias Empresariales Administración y Dirección de Empresas

40

Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo

http://fcetou.uvigo.es A SI

Educación Infantil, Primaria, Física, Musical, Especial y Lenguas Extranjeras

Educación Infantil (sin mención)

20 Facultad de Ciencias de la Educación

http://webs.uvigo.es/educacion-ou/web/index.php

A SI

Educación Infantil, Primaria, Física, Musical, Especial y Lenguas Extranjeras

Educación Primaria (sin mención) 20

Facultad de Ciencias de la Educación

http://webs.uvigo.es/educacion-ou/web/index.php A SI

Educación Social Educación Social 20 Facultad de Ciencias de la Educación

http://webs.uvigo.es/educacion-ou/web/index.php A SI

Enfermería

Enfermería (pendiente de aprobar por la ACSUG)

10

Escuela Universitaria de Enfermería Ourense

http://webs.uvigo.es/euenfou/euenfou/o_centro.html B SI

Informática de Gestión Ingeniería Informática 20

Escuela Superior de Ingeniería Informática

http://www.esei.uvigo.es A SI

Trabajo Social Trabajo Social 20 Facultad de Ciencias de la Educación

http://webs.uvigo.es/educacion-ou/web/index.php

B SI

PONTEVEDRA

Gestión y Administración Pública

Dirección y Gestión Pública 10

Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación

http://www.csc.uvigo.es/ A NO

Educación Infantil, Primaria, Física, Musical, Especial y Lenguas Extranjeras

Educación Infantil (sin mención) 10

Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte

A SI

Educación Infantil, Primaria, Física, Musical, Especial y Lenguas Extranjeras

Educación Primaria (sin mención)

10

Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte

A SI

Enfermería

Enfermería (pendiente de aprobar por la ACSUG)

10

Escuela Universitaria de Enfermería Pontevedra

http://www.enfermeria.depo.es/ B SI

Forestal Ingeniería Forestal 50 Escuela de Ingeniería Forestal

http://www.forestales.uvigo.es/ A cubrir en

la web SI

Fisioterapia Fisioterapia 10 Facultad de Fisioterapia http://webs.uvigo.es/webeuf/ B SI

(*) dependiendo de si se requiere o no experiencia laboral (con experiencia laboral modelo B y sin experiencia laboral modelo A)

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Titulación oficial requerida:

diplomatura, maestro/a o ingeniería

técnica (en)

Titulación ofertada: grado en

plazas 2014/2015 centro dirección

modelo de solicitud

(*)

criterios específicos

de selección

VIGO

Educación Infantil, Primaria, Física, Musical, Especial y Lenguas Extranjeras

Educación Infantil (sin mención) 20

E.U. de Profesorado de EGB “María Sedes Sapientiae”

http://www.escuelamagisterioceuvigo.es/ A SI

Educación Infantil, Primaria, Física, Musical, Especial y Lenguas Extranjeras

Educación Primaria (sin mención) 20

E.U. de Profesorado de EGB “María Sedes Sapientiae”

http://www.escuelamagisterioceuvigo.es/ A SI

Enfermería Enfermería (pendiente de aprobar por la ACSUG)

10 Escuela Universitaria de Enfermería “Meixoeiro”

http://webs.uvigo.es/direcceuemeixoeiro/index.php/es/

B SI

Enfermería Enfermería (pendiente de aprobar por la ACSUG)

20 Escuela Universitaria de Enfermería “Povisa” http://www.cepovisa.net B SI

ET de Telecomunicaciones

Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicaciones

30 Escuela de Ingeniería de Telecomunicación

http://www.teleco.uvigo.es/index.php?option=com_content&view=article&id=

404&

B SI

ETI especialidad en Electricidad Ingeniería Eléctrica 20 Escuela de Ingeniería

Industrial http://www.eei.uvigo.es B SI

ETI especialidad en Electrónica Industrial

Ingeniería Electrónica Industrial y Automática 40 Escuela de Ingeniería

Industrial http://www.eei.uvigo.es B SI

ETI especialidad en Química Industrial

Ingeniería en Química Industrial

20 Escuela de Ingeniería Industrial

http://www.eei.uvigo.es B SI

ETI especialidad en Mecánica Ingeniería Mecánica 40

Escuela de Ingeniería Industrial http://www.eei.uvigo.es B SI

Relaciones Laborales y Recursos Humanos

Relaciones Laborales y Recursos Humanos 20 Facultad de Ciencias

Jurídicas y del Trabajo http://webs.uvigo.es/cienciasxuridicasedotraballo/ A SI

(*) dependiendo de si se requiere o no experiencia laboral (con experiencia laboral modelo B y sin experiencia laboral modelo A)

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CRITERIOS ESPECÍFICOS DE SELECCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS

Los contenidos que el alumnado deberá superar serán publicados por cada centro de estudios con anterioridad al inicio del plazo de presentación de solicitudes de admisión. Asimismo se informará de los posibles reconocimientos.

CAMPUS DE OURENSE:

GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Criterios específicos de selección:

• Nota media simple del expediente académico GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL Distribución de plazas:

• 10 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 8 plazas para tutores de alumnado de Prácticum de la Universidade de Vigo, tanto de

las antiguas titulaciones de maestros/as como de Grado en Educación Infantil • 2 plazas para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores • De no cubrirse todas las plazas ofertadas podrán ser acumuladas a otro grupo

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo en el

plan de estudios del año 2000 • Tiempo como tutores de Prácticum de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos

anteriores GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA Distribución de plazas:

• 10 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 8 plazas para tutores de alumnado de Prácticum de la Universidade de Vigo, tanto de

las antiguas titulaciones de maestros/as como de Grado en Educación Primaria • 2 plazas para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores • De no cubrirse todas las plazas ofertadas podrán ser acumuladas a otro grupo

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo en el

plan de estudios del año 2000 • Tiempo como tutores de Prácticum de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos

anteriores GRADO EN EDUCACIÓN SOCIAL Distribución de plazas:

• 8 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 8 plazas para tutores de Prácticum • 4 plazas para diplomadas y diplomados en otras universidades • De no cubrirse algún grupo se acumulan al listado general de plazas

Criterios específicos de selección: • Expediente académico

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GRADO EN ENFERMERÍA (pendiente de aprobar por la ACSUG) Distribución de plazas:

• 30% para quien obtuviera la diplomatura en Enfermería en los 3 cursos académicos anteriores al curso en el que se pretenden matricular. En el caso de haber más solicitudes que plazas a repartir dentro de un año académico, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral acreditada como enfermeras o enfermeros

• 70% para quien obtuviera la diplomatura en Enfermería en cursos académicos distintos a los señalados en el párrafo anterior. En el caso de haber más solicitudes que plazas, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral acreditada como enfermeras o enfermeros

• De no cubrirse alguno de los grupos, pasarán a ofertarse cómo nuevas vacantes al otro grupo, de forma que no queden vacantes

Criterios específicos de selección: • Se valorará la nota media del expediente hasta un máximo de 4 puntos y la

experiencia laboral hasta un máximo de 6 puntos • Se valorará un punto por año trabajado y en el caso de períodos inferiores se

procederá al prorrateo de la puntuación. Si la suma de la puntuación de alguna o de algún candidato supera el límite establecido, quien consiga el máximo tendrá la puntuación límite y para las restantes se calculará de forma proporcional

GRADO EN INGENIERÍA INFORMÁTICA Criterios específicos de selección:

• Nota media del expediente académico, calculada según el protocolo del Sistema Universitario Gallego de acuerdo con el sistema establecido en el R.D. 1125/2003

Memoria del Grado en Ingeniería Informática, página 30, accesible desde: http://www.esei.uvigo.es/fileadmin/docs/estudios/memoria_grado_final/memoriagrado.pdf

GRADO EN TRABAJO SOCIAL Distribución de plazas:

Se establecen los siguientes grupos de acceso: • 10 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo a partir del año

2003 • 8 plazas para tutores de alumnado de la Universidade de Vigo • 2 plazas para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo a

partir del año 2003 • Número de horas/años como tutores de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico (50%) y experiencia profesional en Trabajo Social (50%) para

diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores CAMPUS DE PONTEVEDRA:

GRADO EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA Sin criterios específicos de selección

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GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL Distribución de plazas:

• 5 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 4 plazas para tutores de alumnado de Prácticum de la Universidade de Vigo, tanto de

las antiguas titulaciones de maestros/as como de Grado en Educación Infantil • 1 plaza para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores • De no cubrirse todas las plazas ofertadas podrán ser acumuladas a otro grupo

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo en el

plan de estudios del año 2000 • Tiempo como tutores de Prácticum de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos

anteriores GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA Distribución de plazas:

• 5 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 4 plazas para tutores de alumnado de Prácticum de la Universidade de Vigo, tanto de

las antiguas titulaciones de maestros/as como de Grado en Educación Primaria • 1 plaza para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores • De no cubrirse todas las plazas ofertadas podrán ser acumuladas a otro grupo

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo en el

plan de estudios del año 2000 • Tiempo como tutores de Prácticum de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos

anteriores GRADO EN ENFERMERÍA (pendiente de aprobar por la ACSUG) Distribución de plazas:

• 30% para quien obtuviera la diplomatura en Enfermería en los 3 cursos académicos anteriores al curso en el que se pretenden matricular. En el caso de haber más solicitudes que plazas a repartir dentro de un año académico, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral acreditada como enfermeras o enfermeros

• 70% para quien obtuviera la diplomatura en Enfermería en cursos académicos distintos a los señalados en el párrafo anterior. En el caso de haber más solicitudes que plazas, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral acreditada como enfermeras o enfermeros

• De no cubrirse alguno de los grupos, pasarán a ofertarse cómo nuevas vacantes a otro grupo, de forma que no queden vacantes

Criterios específicos de selección: • Se valorará la nota media del expediente hasta un máximo de 4 puntos y la

experiencia laboral hasta un máximo de 6 puntos • Se valorará un punto por año trabajado y en el caso de períodos inferiores se

procederá al prorrateo de la puntuación. Si la suma de la puntuación de alguna o de algún candidato supera el límite establecido, quien consiga el máximo tendrá la puntuación límite y para las restantes se calculará de forma proporcional

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GRADO EN INGENIERÍA FORESTAL Distribución de plazas y criterios específicos de selección:

• 40 plazas para quien obtuviera la titulación de Ingeniería Técnica Forestal por la Universidade de Vigo � Criterio de la nota media

• 10 plazas para quien obtuviera la titulación de acceso en otras universidades � Expediente académico � Complementos formativos necesarios � Organización docente � Perfil profesional

• De no cubrirse alguno de los grupos, pasarán a ofertarse cómo nuevas vacantes a otro grupo, de forma que no queden vacantes

GRADO EN FISIOTERAPIA Criterios específicos de selección:

• Se valorará la nota media del expediente hasta un máximo de 4 puntos y la experiencia laboral como fisioterapeuta hasta un máximo de 6 puntos

• Se valorará un punto por año trabajado y en el caso de períodos inferiores se procederá al prorrateo de la puntuación. Si la suma de la puntuación de alguna o de algún candidato supera el límite establecido, quien consiga el máximo tendrá la puntuación límite y para las restantes se calculará de forma proporcional

• Para la valoración de la vida laboral como fisioterapeuta se presentará un certificado de la vida laboral de la Tesorería de la Seguridad Social y una relación de los puestos de trabajo desarrollados como fisioterapeuta y su duración, teniendo en cuenta lo siguiente: � No se tendrán en cuenta los días de prestación por desempleo � En situación de pluriempleo como fisioterapeuta, se tendrá en cuenta el número

de días de alta en el Sistema de Seguridad Social en activo � Cuando se está en situación de pluriempleo, siendo la actividad mayoritaria

distinta de la de fisioterapeuta, solo se computan las horas trabajadas y/o como máximo media jornada laboral

� Para tener en cuenta las actividades laborales en centros no asistenciales (Consellería de Educación, hoteles, gimnasios...) es necesario que se presente documentación justificativa de que el trabajo desarrollado es como fisioterapeuta

CAMPUS DE VIGO:

GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL Distribución de plazas:

• 10 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 8 plazas para tutores de alumnado de Prácticum de la Universidade de Vigo, tanto de

las antiguas titulaciones de maestros/as como de Grado en Educación Infantil • 2 plazas para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores • De no cubrirse todas las plazas ofertadas podrán ser acumuladas a otro grupo

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo en el

plan de estudios del año 2000 • Tiempo como tutores de Prácticum de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos

anteriores

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GRADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA Distribución de plazas:

• 10 plazas para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo • 8 plazas para tutores de alumnado de Prácticum de la Universidade de Vigo, tanto de

las antiguas titulaciones de maestros/as como de Grado en Educación Primaria • 2 plazas para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos anteriores • De no cubrirse todas las plazas ofertadas podrán ser acumuladas a otro grupo

Criterios específicos de selección: • Expediente académico para quien obtuviera el título por la Universidade de Vigo en el

plan de estudios del año 2000 • Tiempo como tutores de Prácticum de alumnado de la Universidade de Vigo • Expediente académico para diplomadas y diplomados no incluidos en los grupos

anteriores GRADO EN ENFERMERÍA (pendiente de aprobar por la ACSUG) Distribución de plazas:

• 30% para quien obtuviera la diplomatura en Enfermería en los 3 cursos académicos anteriores al curso en el que se pretenden matricular. En el caso de haber más solicitudes que plazas a repartir dentro de un año académico, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral acreditada como enfermeras o enfermeros

• 70% para quien obtuviera la diplomatura en Enfermería en cursos académicos distintos a los señalados en el párrafo anterior. En el caso de haber más solicitudes que plazas, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral acreditada como enfermeras o enfermeros

• De no cubrirse alguno de los grupos, pasarán a ofertarse cómo nuevas vacantes a otro grupo, de forma que no queden vacantes

Criterios específicos de selección: • Se valorará la nota media del expediente hasta un máximo de 4 puntos y la

experiencia laboral hasta un máximo de 6 puntos • Se valorará un punto por año trabajado y en el caso de períodos inferiores se

procederá al prorrateo de la puntuación. Si la suma de la puntuación de alguna o de algún candidato supera el límite establecido, quien consiga el máximo tendrá la puntuación límite y para las restantes se calculará de forma proporcional

GRADO EN INGENIERÍA DE TECNOLOGÍAS DE TELECOMUNICACIÓN Distribución de plazas:

• 75% para quien obtuviera el título en los cuatro cursos académicos inmediatamente anteriores al curso académico en el que se pretende matricular. En el caso de haber más solicitudes que plazas, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral

• 25% para quien no cumpla la condición anterior. En el caso de haber más solicitudes que plazas, se decidirá según el expediente académico y la experiencia laboral

• De no cubrirse alguno de los grupos, las plazas se ofertarán en el otro, de forma que no queden vacantes

Criterios específicos de selección: • Tener el título en Ingeniería Técnica de Telecomunicación, en cualquiera de las cuatro

posibles especialidades: Sistemas de Telecomunicación, Sistemas Electrónicos, Sonido e Imagen o Telemática

• Para justificar la experiencia laboral, se deberá entregar currículum vitae junto con el informe de la vida laboral

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GRADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA Distribución de plazas y criterios específicos de selección:

• 75% para quien obtuviera el título en los cuatro cursos académicos inmediatamente anteriores al curso académico en el que se pretende matricular. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Electricidad por la

Universidade de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

• 25% de las plazas para quien obtuviera el título y no cumpla la condición anterior. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Electricidad por la

Universidade de Vigo o titulaciones precedentes obtenidas en la E.E.I. de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

GRADO EN INGENIERÍA ELECTRÓNICA INDUSTRIAL Y AUTOMÁTICA Distribución de plazas y criterios específicos de selección:

• 75% para quien obtuviera el título en los cuatro cursos académicos inmediatamente anteriores al curso académico en el que se pretende matricular. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Electrónica Industrial por la

Universidade de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

• 25% de las plazas para quien obtuviera el título y no cumpla la condición anterior. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Electrónica Industrial por la

Universidade de Vigo o titulaciones precedentes obtenidas en la E.E.I. de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

GRADO EN INGENIERÍA EN QUÍMICA INDUSTRIAL Distribución de plazas y criterios específicos de selección:

• 75% para quien obtuviera el título en los cuatro cursos académicos inmediatamente anteriores al curso académico en el que se pretende matricular. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Química Industrial por la

Universidade de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

• 25% de las plazas para quien obtuviera el título y no cumpla la condición anterior. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Química Industrial por la

Universidade de Vigo o titulaciones precedentes obtenidas en la E.E.I. de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

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GRADO EN INGENIERÍA MECÁNICA Distribución de plazas y criterios específicos de selección:

• 75% para quien obtuviera el título en los cuatro cursos académicos inmediatamente anteriores al curso académico en el que se pretende matricular. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Mecánica por la

Universidade de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

• 25% de las plazas para quien obtuviera el título y no cumpla la condición anterior. Para esta admisión se valorará cada una de las partes y por el siguiente orden de prelación: � Título en Ingeniería Técnica Industrial especialidad en Mecánica por la

Universidade de Vigo o titulaciones precedentes obtenidas en la E.E.I. de Vigo � Expediente académico � Experiencia profesional

GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS Distribución de plazas:

• Las primeras 18 plazas se adjudicarán a los titulados en alguno de los estudios referidos en el apartado “titulaciones de acceso”, sin necesidad de acreditar experiencia profesional, de conformidad con el siguiente baremo:

o Expediente académico de la titulación de acceso (90%) o Otra titulación universitaria (10%)

En caso de igualdad de condiciones, tendrán prioridad las y los titulados por la Universidade de Vigo

• Las restantes 2 plazas se adjudicarán por antigüedad de colegiación en el Colegio Oficial de Graduados Sociales En caso de igualdad de condiciones, tendrán prioridad las y los colegiados en el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Pontevedra

• De no cubrirse en su totalidad las plazas reservadas para alguno de los grupos, el número de vacantes acrecerá directamente al otro.

Titulaciones de acceso: Para poder acceder a este CURSO COMPLEMENTARIO habrá que estar en posesión de

alguno de los títulos siguientes: • Graduado Social del RD 921/1980, de 3 de mayo (BOE de 17 de mayo) • Graduado Social Diplomado del RD 1524/1986, de 13 de junio (BOE de 28 de julio) • Diplomado en Relaciones Laborales del RD 1429/1990, de 26 de octubre (BOE de 20

de noviembre) cualquiera que sea la Universidad española en la que obtuviera la titulación

• Los que se encuentren en posesión del título de Graduado Social obtenido conforme a planes de estudios anteriores al año 1980, siempre que obtuvieran la equiparación académica de conformidad con el contenido de la disposición transitoria segunda RD 921/1980

La docencia presencial será en el horario establecido para el Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y del Trabajo, en las aulas y horarios de las materias correspondientes.

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ANEXO VI MODELOS DE SOLICITUD: De matrícula a tiempo parcial De preinscripción en el curso de adaptación al grado (curso puente):

- modelo A - modelo B

Para la homologación de títulos extranjeros:

- pruebas de conjunto - requisitos formativos complementarios

Orden de domiciliación de cargo directo SEPA Programa de Apoyo a la Integración del Alumnado con Necesidades Especiales (PIUNE)

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Órgano de dirección del centro de adscripción de la titulación

SOLICITUD DE MATRÍCULA A TIEMPO PARCIAL

Curso académico: .........................................

Apellidos:

Nombre: DNI/Pasaporte (solo extranjeros):

Dirección:

Código Postal: Localidad

Provincia:

Teléfono: Móvil:

Correo electrónico:

Expone que: Tras matricularse en la titulación de ...........................................................................................

................................................................................................................................................................................

y atendiendo a la circunstancia debidamente justificada, indicada a continuación:

Laboral

Familiar

Atención a personas dependientes

Actividades deportivas de alto nivel

Necesidades educativas especiales

Solicita: La consideración de estudiante a tiempo parcial para el presente curso académico.

En .............................................., a ............. de ......................................... de ..........................

Firmado: ........................................................................................................

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MODELO A - Solicitud de preinscripción en el curso de adaptación al grado (curso puente): ...........

.....................................................................................................................................................................

CONDICIONES BÁSICAS

a) De acuerdo con la Ley 15/1999, de protección de datos de carácter personal, se le comunica que la información que facilitó formará parte del fichero automatizado del alumnado aprobado por resolución de 9 de febrero de 2009 por la que se modifican y se crean ficheros de carácter personal (publicado en el DOG el 6 de marzo de 2009). b) El alumnado podrá, en cualquier momento, ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición ante la Secretaria General de la Universidad. c) El alumnado o representante legal declaran ser totalmente ciertos los datos consignados en este impreso, advirtiendo de que cualquier error o falsedad en los mismos podrá causar la anulación del correspondiente expediente de admisión. 1).- La nota media del expediente académico será según la Resolución de 15 de septiembre de 2011. (D.O.G. nº 188, de 30/09/2011)

DATOS DEL SOLICITANTE

DNI

Primer apellido Segundo apellido Nombre

Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento Provincia País

Domicilio (calle, número, piso)

Código postal Localidad Provincia

Teléfono Móvil E-mail

DATOS ACADÉMICOS

Fecha de depósito del título

Nota media del expediente académico (1)

Fecha y firma

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MODELO B - Solicitud de preinscripción en el curso de adaptación al grado (curso puente): ...........

.....................................................................................................................................................................

CONDICIONES BÁSICAS

a) De acuerdo con la Ley 15/1999, de protección de datos de carácter personal, se le comunica que la información que facilitó formará parte del fichero automatizado del alumnado aprobado por Resolución de 9 de febrero de 2009 por la que se modifican y se crean ficheros de carácter personal (publicado en el DOG el 6 de marzo de 2009). b) El alumnado podrá, en cualquier momento, ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición ante la Secretaria General de la Universidad. c) El alumnado o representante legal declaran ser totalmente ciertos los datos consignados en este impreso, advirtiendo de que cualquier error o falsedad en los mismos podrá causar la anulación del correspondiente expediente de admisión. (1).- La nota media del expediente académico será según la Resolución de 15 de septiembre de 2011. (D.O.G. nº 188, de 30/09/2011) (2).- Para la experiencia laboral como fisioterapeuta se tendrá en cuenta el certificado de vida laboral de la Tesorería de la Seguridad Social. Además, y con carácter obligatorio, se presentará una relación de los puestos de trabajo desempeñados como fisioterapeuta así como su duración.

DATOS DEL SOLICITANTE

DNI

Primer apellido Segundo apellido Nombre

Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento Provincia País

Domicilio (calle, número, piso)

Código postal Localidad Provincia

Teléfono Móvil E-mail

DATOS ACADÉMICOS

Fecha de depósito del título

Nota media del expediente académico (1)

DATOS LABORALES

Experiencia laboral en días (2)

Fecha y firma

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SOLICITUD DE REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE CONJUNTO

Apellidos:

Nombre: DNI/Pasaporte (solo extranjeros):

Nacionalidad:

Dirección: Cód. postal:

Localidad: Teléfono:

Correo electrónico: Móvil:

Expone: que por resolución del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el título de educación superior cursado por el solicitante contiene los siguientes datos:

Título de origen:

Obtenido en el centro:

Perteneciente a la universidad de:

País:

Solicita: realizar las pruebas de conjunto en este centro, conforme a lo establecido por la orden de 21 de julio de 1995, por la que se establecen los criterios generales para la realización de pruebas de conjunto previas a la homologación de títulos extranjeros de educación superior Se adjunta a esta solicitud la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI o pasaporte Fotocopia de la resolución de homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Resguardo de pago de los precios públicos de matrícula correspondientes

Vigo/Ourense/Pontevedra, ........... de ............................... de 20....... (Firma)

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SOLICITUD DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS

Apellidos:

Nombre: DNI/Pasaporte (solo extranjeros):

Nacionalidad:

Dirección: Cód. postal:

Localidad: Teléfono:

Correo electrónico: Móvil:

Expone: que por resolución del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el título de educación superior cursado por el solicitante contiene los siguientes datos:

Título de origen:

Obtenido en el centro: Perteneciente a la universidad de: País: Para su homologación por el título español equivalente, queda condicionado a la superación de los requisitos formativos complementarios consistentes en: (Marque el requisito formativo complementario determinado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte)

Prueba de aptitud Período de prácticas Realización de un proyecto o trabajo Asistencia a cursos tutelados

Solicita: realizar dichos requisitos formativos complementarios en este centro, conforme a lo establecido por la orden ECI/1519/2006, de 11 de mayo (BOE de 19) por la que se establecen los criterios generales para la determinación y realización de los requisitos formativos complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros de educación superior Se adjunta a esta solicitud la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI o pasaporte Fotocopia de la resolución de homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Resguardo de pago de los precios públicos de matrícula correspondientes

Vigo/Ourense/Pontevedra, ........... de ............................... de 20....... (Firma)

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Orde de domiciliación de cargo directo SEPA Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA

Referencia da orde de domiciliación: _______________________________________________________ Referencia de la orden de domiciliación

Identificador do acredor: _________________________________________________________________ Identificador del acreedor

Nome do acredor / Nombre del acreedor

______________________________________________________________________________________ Enderezo / Dirección

______________________________________________________________________________________ Código postal - Poboación - Provincia / Código postal - Población - Provincia

______________________________________________________________________________________ País / País ______________________________________________________________________________________

Mediante a sinatura desta orde de domiciliación, o debedor autoriza (A) ao acredor a enviar instrucións á entidade do debedor para cargar na súa conta e (B) á entidade para efectuar os cargos na devandita conta seguindo as instrucións do acredor. Como parte dos seus dereitos, o debedor está lexitimado ao reembolso pola súa entidade nos termos e condicións do contrato subscrito coa mesma. A solicitude de reembolso deberá efectuarse dentro das oito semanas seguintes á data de cargo na conta. Pode obter información adicional sobre os seus dereitos na súa entidade financeira. Mediante la firma de esta orden de domiciliación, el deudor autoriza (A) al acreedor a enviar instrucciones a la entidad del deudor para adeudar su cuenta y (B) a la entidad para efectuar los adeudos en su cuenta siguiendo las instrucciones del acreedor. Como parte de sus derechos, el deudor está legitimado al reembolso por su entidad en los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro de las ocho semanas que siguen a la fecha de adeudo en cuenta. Puede obtener información adicional sobre sus derechos en su entidad financiera.

Nome do debedor/es / Nombre del deudor/es

(titular/es da conta de cargo / titular/es de la cuenta de cargo)

______________________________________________________________________________________ Enderezo do debedor / Dirección del deudor

______________________________________________________________________________________ Código postal - Poboación - Provincia / Código postal - Población - Provincia

______________________________________________________________________________________ País do debedor / País del deudor

______________________________________________________________________________________

Swift BIC (pode conter 8 ou 11 posicións) / Swift BIC (puede contener 8 u 11 posiciones)

□□□□□□□□□□□ Número da conta - IBAN / Número de cuenta – IBAN

□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□□ En España o IBAN consta de 24 posicións comezando sempre por ES En España el IBAN consta de 24 posiciones comenzando siempre por ES

Tipo de pago: Pago recorrente ou Pago único Tipo de pago Pago recurrente o Pago único

Data – Localidade: ______________________________________________________________________ Fecha – Localidad

Sinatura do debedor: ____________________________________________________________________ Firma del deudor

TODOS OS CAMPOS TERAN QUE SER CUMPLIMENTADOS OBRIGATORIAMENTE.

UNHA VEZ ASINADA ESTA ORDE DE DOMICILIACIÓN DEBERASE ENVIAR AO ACREDOR PARA A SÚA CUSTODIA. TODOS LOS CAMPOS HAN DE SER CUMPLIMENTADOS OBLIGATORIAMENTE.

UNA VEZ FIRMADA ESTA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DEBE SER ENVIADA AL ACREEDOR PARA SU CUSTODIA.

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PROGRAMA DE APOYO A LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNADO CON NECESIDADES

ESPECIALES (PIUNE) Curso 2014-2015

Con el objeto de poder facilitar los servicios y recursos específicos para estudiantes con

discapacidad con los que cuenta la Universidade de Vigo, es preciso disponer de los datos de las

personas que necesiten y/o soliciten apoyo para su integración en la vida universitaria.

Datos Personales Apellidos y Nombre: _______________________________________________________________

D.N.I.: ___________ Dirección: ___________________________________________________

Código postal: _________ Fecha de nacimiento: _____________ Localidad y Provincia:

__________________________ Teléfono: _________________ E-mail: __________________

Tipo de discapacidad: (motriz, visual, auditiva, psíquica, ...): ____________________________

Indícanos el tipo de ayuda que necesita (técnica, material, psicopedagógica,...)

______________________________________________________________________________

Por la presente, autorizo a la Universidade de Vigo a ponerse en contacto conmigo para informarme

de posibles acciones encaminadas a facilitarme la integración en la vida universitaria.

Datos Académicos Titulación: _________________________________________________________ Curso: ______

Centro:_________________________Campus ___________ Firma: NOTA: Una vez cubierto el impreso, debe ser enviado a la Vicerrectoría de Extensión Universitaria por

correo ordinario a:

Edificio Miralles, Campus Lagunas-Marcosende, Vigo. Telf: 986 813755 y 986 813587.

Dirección electrónica: [email protected]

Pág. web: http://extension.uvigo.es/extension_gl/discapacidade/ De acuerdo con la “Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal”, la

información recogida en este formulario será tratada con estricta confidencialidad por la

Universidade de Vigo pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y

cancelación en los términos previstos en dicha ley.

Gracias por tu colaboración.