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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO INMOBILIARIO CONDOMINIO HACIENDA DE HUECHURABA 6, 7 y 8 Santiago, Septiembre de 2008 Sustentable.cl S.A. Información, Asesoría y Gestión Ambiental. Avda. Providencia 2640, Providencia, Santiago de Chile. Teléfono: (56-2) 3659306 Fax: (56-2) 3659307

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2 2 - … · El proyecto inmobiliario contempla la urbanización de una superficie total de 5,5 hectáreas para la construcción de 350 unidades

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO INMOBILIARIO

CONDOMINIO HACIENDA DE HUECHURABA 6, 7 y 8

Santiago, Septiembre de 2008

Sustentable.cl S.A.

Información, Asesoría y Gestión Ambiental. Avda. Providencia 2640, Providencia, Santiago de Chile.

Teléfono: (56-2) 3659306 Fax: (56-2) 3659307

Declaración de Impacto Ambiental i Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

INDICE 1 ANTECEDENTES GENERALES ........................................................................................................................ 1

1.1 Antecedentes del Titular................................................................................................................... 1 1.2 Tipo de Proyecto .............................................................................................................................. 2

2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO....................................................................................................................... 3 2.1 Antecedentes Generales .................................................................................................................. 3

2.1.1 Nombre del Proyecto ................................................................................................................... 3 2.1.2 Localización del Proyecto ............................................................................................................ 3

2.2 Objetivo del Proyecto ....................................................................................................................... 5 2.3 Caracterización Ambiental de Área .................................................................................................. 5

2.3.1 Arqueología.................................................................................................................................. 5 2.3.2 Flora y Vegetación ....................................................................................................................... 5

2.4 Monto de la Inversión y vida útil del proyecto................................................................................... 6 2.5 Equipamientos, infraestructura y Servicios....................................................................................... 6 2.6 Vialidad y Accesos ........................................................................................................................... 9 2.7 Agua Potable y Alcantarillado......................................................................................................... 10 2.8 Aguas Lluvia................................................................................................................................... 10 2.9 Mano de Obra ................................................................................................................................ 10 2.10 Cronograma ................................................................................................................................... 10

3 DESCRIPCIÓN DE LAS EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO.................................. 11 3.1 Emisiones a la Atmósfera............................................................................................................... 11 3.2 Residuos Líquidos.......................................................................................................................... 12 3.3 Residuos Sólidos............................................................................................................................ 12 3.4 Generación de Ruido ..................................................................................................................... 13

4 ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES .................... 16 4.1 Normativa Ambiental de Carácter General..................................................................................... 16 4.2 Normativa específica aplicable al proyecto .................................................................................... 17

4.2.1 Emisiones a la Atmósfera y la Calidad del Aire.......................................................................... 17 4.2.2 Emisiones de Ruido ................................................................................................................... 19 4.2.3 Residuos Sólidos ....................................................................................................................... 19

4.3 Otras Normas Atingentes ............................................................................................................... 20 4.3.1 Manejo, Transporte y Almacenamiento de Materiales ............................................................... 20 4.3.2 Patrimonio Arqueológico ............................................................................................................ 21 4.3.3 Ambiente Laboral ....................................................................................................................... 22

5 OTROS ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL............................................................................... 24

6 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES................................................................................................... 28 7 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS ......................................................................................... 30 8 FIRMA DE LA DECLARACIÓN ........................................................................................................................ 31

Declaración de Impacto Ambiental ii Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

ANEXO 1 CERTIFICADO DE INFORMACIONES PREVIAS ANEXO 2 CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO ANEXO 3 CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUAS LLUVIAS ANEXO 4 PLANOS ANEXO 5 ASPECTOS CULTURALES Y ARQUEOLÓGICOS ANEXO 6 ESTUDIO DE IMPACTO ACÚSTICO ANEXO 7 ESTIMACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Declaración de Impacto Ambiental 1 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

1 ANTECEDENTES GENERALES 1.1 ANTECEDENTES DEL TITULAR Titular: Inmobiliaria Geosal S.A R.U.T: 96.823.220-7 Domicilio: Avda. Pte Riesco 5335 Piso 19, Las Condes Fono : (56-2) 4313100 Fax : (56-2) 4313109

Representante Legal: R. Legal: Carlos Alberto Araya Ugarte R.U.T: 13.242.168-4 Domicilio: Avda. Pte Riesco 5335 Piso 19, Las Condes Fono : (56-2) 4313100 Fax : (56-2) 4313109 R. Legal: Rodrigo Santa María Martínez R.U.T: 7.819.851-6 Domicilio: Avda. Pte Riesco 5335 Piso 19, Las Condes Fono : (56-2) 4313100 Fax : (56-2) 4313109 En la carta conductora de la presente Declaración de Impacto Ambiental se adjuntan Escrituras que acreditan la personería jurídica y Certificado de vigencia de la sociedad.

Declaración de Impacto Ambiental 2 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

1.2 TIPO DE PROYECTO El proyecto denominado “Condominio La Hacienda de Huechuraba 6, 7 y 8” se encuentra sujeto, desde el punto de vista urbanístico y constructivo, a las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General, al Plan Regulador Metropolitano de Santiago y al Plan Regulador Comunal de Huechuraba. Además, éste se ejecuta en una zona declarada saturada respecto de PTS, PM10, CO y O3 y latente respecto de NO2, ya que toda la Región Metropolitana fue declarada como tal mediante el Decreto Supremo Nº 131, de 1996, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial con fecha 1º de agosto de 1996. Considerando lo anterior, se debe analizar si concurren los presupuestos indicados en el artículo 10 letra h) de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el que indica que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los proyectos o actividades, o sus modificaciones, entre otros:

h) Planes regionales de desarrollo urbano, planes intercomunales, planes reguladores comunales, planes seccionales, proyectos industriales o inmobiliarios que los modifiquen o que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas; h.1. Para los efectos del inciso anterior se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos conjuntos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional y/o de equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA ya que contempla la construcción de 350 unidades habitacionales en una superficie de 5,5 hectáreas, dentro del ámbito de la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para Dióxido de Nitrógeno (NO2) y saturada para Partículas totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3). Sin perjuicio de lo anterior, tanto los métodos constructivos que se emplearán, como asimismo la tasa de edificación de viviendas por año y las obras proyectadas respecto de la vialidad, servicios, equipamiento, áreas verdes y áreas de esparcimiento, entre otros, permiten que el ingreso del proyecto al SEIA se lleve a cabo a través de una DIA. Al respecto, con el objeto de determinar que el proyecto no generará impactos significativos en el ambiente o la población, se identificaron y estudiaron las variables potencialmente más sensibles en el área del proyecto, a saber: a) ruido, b) factibilidad de servicios sanitarios, c) potencial existencia de restos arqueológicos. A partir de las prospecciones y estudios realizados en la zona sobre estas variables, es posible mencionar que el proyecto no genera ninguna de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en las letras a) a la f) del artículo 11 de la Ley 19.300, o en los artículos 5 al 11 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de Impacto Ambiental 3 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 2.1 ANTECEDENTES GENERALES 2.1.1 Nombre del Proyecto

El proyecto que se somete a evaluación ambiental se denomina “Condominio La Hacienda de Huechuraba 6, 7 y 8”. Este será evaluado en su integridad, es decir, en todas sus fases, para demostrar que tanto en la etapa de construcción como de operación el proyecto cumple con la normativa ambiental vigente. Se informa que el proyecto cuenta con EISTU que se tramitará, en conformidad a la normativa vigente, en la Ventanilla Única de la SEREMI de Transportes de la Región Metropolitana. 2.1.2 Localización del Proyecto

El proyecto se encuentra localizado en la zona norte de la Región Metropolitana, más específicamente en la provincia de Santiago, comuna de Huechuraba. Las principales rutas asociadas al proyecto son la Autopista Vespucio Norte y Avenida Independencia, Carretera General San Martín. Figura 1: Emplazamiento del Proyecto con respecto a rutas principales

El sitio donde se construirá el proyecto corresponde a una propiedad, localizada entre las Calles Berta Correa, y Santa Marta de Huechuraba, rodeada en el sector norte por el conjunto habitacional “Condominio La Hacienda de Huechuraba 1 y 2” y en el sector poniente por otro conjunto habitacional, todo esto en la Comuna de Huechuraba. El proyecto inmobiliario tiene una superficie bruta igual a 55.065, 02 m² ó 5,5 Ha., ubicado referencialmente en las coordenadas UTM 6308287 Norte y 343774 Este, Huso 19, DATUM WGS 84, en la comuna ya citada de la Región

Declaración de Impacto Ambiental 4 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Metropolitana. En las Figuras 1 y 2 se observa el lugar de emplazamiento del proyecto, cuyo acceso es por la calle Berta Correa.

Figura 2: Micro Localización del Proyecto

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2.2 OBJETIVO DEL PROYECTO El proyecto inmobiliario contempla la urbanización de una superficie total de 5,5 hectáreas para la construcción de 350 unidades habitacionales, las que contemplan 184 casas y 166 departamentos, estos últimos distribuidos en 6 edificios. El plano del proyecto se puede observar en Anexo 4. 2.3 CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL DE ÁREA Tal como se ha mencionado, el terreno del proyecto está ubicado dentro del límite urbano de la comuna de Huechuraba. A continuación se presentan las principales conclusiones del reconocimiento realizado por especialistas en arqueología y ruido. 2.3.1 Arqueología

Para determinar la presencia de restos arqueológicos en el lugar, el arqueólogo Sr. Rodrigo Sánchez, realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que en el sector prospectado no se observan materiales arqueológicos en superficie. Además, en el sector no se localiza ningún sitio declarado monumento histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, tal como se indica en la constancia emitida por el mencionado arqueólogo (ver Anexo 5). 2.3.2 Flora y Vegetación

El área a intervenir corresponde a un predio ubicado dentro del límite urbano de la comuna de Huechuraba, el cual presentaba una actividad industrial previa a la instalación del Condominio Hacienda de Huechuraba 6, 7 y 8. La actividad antrópica que se ha realizado en el área en cuestión y en su entorno, el cual se encuentra completamente intervenido con proyectos inmobiliarios y actividades industriales, hace que la zona de emplazamiento del proyecto sea un hábitat poco relevante para la flora y fauna. Dicha situación se debe a que todo el sector ha tenido un uso intensivo, así la vegetación y el ecosistema natural del área ha sido reemplazado desde hace mucho tiempo por actividades humanas de tipo habitacional e industrial.

Declaración de Impacto Ambiental 6 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Figura 3: Vegetación en el área del proyecto

Sector Poniente

Sector Norte

2.4 MONTO DE LA INVERSIÓN Y VIDA ÚTIL DEL PROYECTO El monto total de la inversión asciende a aproximadamente USD 22.000.000. La vida útil del proyecto se estima, en principio, de carácter indefinida, ya que se trata de viviendas con un uso habitacional y dependerá de los cuidados que le otorguen sus residentes. 2.5 EQUIPAMIENTOS, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS El Proyecto Inmobiliario Conjunto Habitacional “La Hacienda de Huechuraba 6, 7 y 8” en la comuna de Cerrillos considera la construcción de 184 casas y 166 departamentos. El precio de venta de las viviendas se estiman entre las 2500 y las 3500 UF, mientras que los departamentos fluctuarán las 1800 y las 2300 UF.

Declaración de Impacto Ambiental 7 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Las viviendas serán de dos tipos, una de aproximadamente 109 m2 y la otra de 132 m2, ambas en dos pisos más mansarda, cuyos primeros pisos se construirán en hormigón armado y los segundos más mansarda en estructura liviana. Ambas tipologías de viviendas son aisladas, tendrán un antejardín de 3 metros por calle Berta Correa y 5 metros por calle Santa marta de Huechuraba. El área del proyecto queda normada por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y por el Plan Regulador Comunal de Huechuraba. El sitio se encuentra dentro del Área de Extensión Urbana de la comuna de Huechuraba, en la Zona Preferentemente Residencial, identificado en el mismo instrumento de planificación territorial (ver Anexo 1, Certificados de Informaciones Previas números 145, 146, 147, 148 y 149 de fecha 13.03.08 emitidos por la Dirección de Obras Municipales de Huechuraba). Los cuadros de superficies del proyecto se presentan a continuación:

TABLA 1. SUPERFICIES CONDOMINIO LA HACIENDA DE HUECHURABA 6

USO SUPERFICIE (M2) Superficie Neta del terreno 18505,23 Áreas Verdes 1396,29 Equipamiento 4402,45

Para la edificación se han fijado las siguientes condiciones generales:

• Porcentaje de ocupación de suelo 21,60 %.

• Coeficiente de constructibilidad 0,59

• Densidad: 186,80 hab/há.

TABLA 2. SUPERFICIES CONDOMINIO LA HACIENDA DE HUECHURABA 7

USO SUPERFICIE (M2) Superficie Neta del terreno 18868,24 Áreas Verdes 1458,55 Equipamiento 4596,45

Para la edificación se han fijado las siguientes condiciones generales:

• Porcentaje de ocupación de suelo 21,60 %.

• Coeficiente de constructibilidad 0,59

• Densidad: 186,80 hab/há.

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TABLA 3. CONDOMINIO LA HACIENDA DE HUECHURABA 8

USO SUPERFICIE (M2) Superficie Neta del terreno 14099,07 Áreas Verdes 5.609,72 Equipamiento 7665,67

TABLA 4. CUADRO RESUMEN DE SUPERFICIE CONSTRUÍDA DE EDIFICIOS

Para la edificación se han fijado las siguientes condiciones generales:

• Porcentaje de ocupación de suelo 21,25 %.

• Coeficiente de constructibilidad 1,02

• Densidad: 407,36 hab/há.

Complementario al diseño propuesto por el proyecto, se contempla la materialización de toda la vialidad interna del área del proyecto, la materialización de plazas y áreas de esparcimiento y la cesión de áreas de equipamiento comunal.

El plano del proyecto inmobiliario adjunto en el Anexo 4, señala el emplazamiento de la cesión de equipamiento y las áreas verdes que serán desarrolladas en el lugar, con sus respectivas superficies. De la misma forma el plano muestra la ubicación de los lotes y sectores donde se emplazarán las casas y edificios, así como los estacionamientos de éstos últimos.

TABLA 5. CANTIDAD DE VIVENDAS Y ESTACIONAMIENTOS

Viviendas ESTACIONAMIENTOS ETAPA CASAS DEPARTAMENTOS CASAS DEPARTAMENTOS

Sub etapa 1 49 0 54 0 ETAPA 1 Sub etapa 2 43 0 43 0 Sub etapa 1 48 0 53 0 ETAPA 2 Sub etapa 2 44 0 43 0 Sub etapa 1 0 90 0 94 ETAPA 3 Sub etapa 2 0 76 0 76

TOTAL 184 166 194 166 Así, el proyecto contempla la habilitación de 350 viviendas, entre casas y departamentos, y un total de 364 estacionamientos, de los cuales diez de ellos son destinados a un uso de estacionamientos de visitas en las etapa 1 y 2, sumado a los cuatro estacionamientos de visita de la etapa 3.

SUPERFICIE TOTAL POR EDIFICIO (M2)

CANTIDAD TOTAL DE EDIFICIOS

SUPERFICIE TOTAL (M2)

TOTAL EDIFICIO A 2584,82 5 unidades 12924,10 TOTAL EDIFICIO B 1376,60 1 unidad 1376,60

SUPERFIE TOTAL DE EDIFICIOS 14300,70

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En la Figura 2 se observan las distintas etapas del proyecto.

Figura 2 Etapas del Proyecto

2.6 VIALIDAD Y ACCESOS Los accesos son 4, encontrándose proyectados por la calle Berta Correa, estos accesos se observan en la Figura 2 y en los planos adjuntos en Anexo 4.

Durante la construcción no se contempla el cierre de calles, ni desvíos de tránsito, pero existirá señalización de acceso a la obra. Las rutas que se espera que utilicen los camiones que transporten materiales y residuos de la construcción será a través de las calles Santa Marta de Huechuraba y Berta Correa. El proyecto inmobiliario respeta las fajas definidas por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) en lo que se refiere a Perfiles de Calles y Pasajes (ancho de estos), superficies de Lotes y Cesiones de Área Verde y Equipamiento Municipal. El proyecto cuenta con 12.995,53 m2 destinados a la construcción de calles, pasajes y estacionamientos interiores tal como lo muestra la tabla siguiente.

TABLA 6. TERRENOS DESTINADOS A LA VIALIDAD INTERNA DEL PROYECTO

Proyecto Calles, pasajes y estacionamientos interiores (m2) La Hacienda de Huechuraba 6 3.823,89 La Hacienda de Huechuraba 7 3.747,24 La Hacienda de Huechuraba 8 5.424,40

Total en m2 12.995,53

En la Figura 1 y 2 se puede observar el emplazamiento del proyecto y su conectividad con la vialidad externa (Calle Santa Marta de Huechuraba, Avenida Pedro Fontova, Autopista Américo Vespucio Norte).

Como se mencionó anteriormente el EISTU del proyecto se encuentra ingresado a la SEREMI de Transportes.

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2.7 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO El proyecto cuenta con factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado. Se adjuntan certificados de factibilidad de servicios de la empresa Aguas Andinas Nº 3.644 de fecha 17.04.08 y Nº 4.955 de fecha 25.05.08, en Anexo 2. Es importante destacar que en el área donde se desarrollará el proyecto no existen canales de regadío. 2.8 AGUAS LLUVIA Por tratarse de un proyecto acogido a la Ley 19537 de Copropiedad Inmobiliaria, las aguas lluvias del interior del predio serán captadas y conducidas hacia las áreas verdes ubicadas en el sector central del proyecto (entre las casas y los edificios) para posteriormente ser infiltradas mediante drenes. Para el escurrimiento superficial que exceda la capacidad de las obras resultantes de la aplicación de las técnicas antes mencionadas, y que sobrepase las áreas y profundidades de inundación permitidas en las calles, se captarán por medio de sumideros conectados a una red de colectores de diámetro 400 mm., que irá a descargar finalmente en el Colector Canal Los Choros que pasa por Calle Guanaco Norte. Todo esto de acuerdo al ORD. Nº 729 de fecha 04.08.08 del Serviu Metropolitano, que otorga la Factibilidad de Aguas Lluvias a este proyecto. (Anexo 3). 2.9 MANO DE OBRA La Mano de Obra utilizada durante la construcción del proyecto será un promedio de 120 personas en su periodo máximo. 2.10 CRONOGRAMA El proyecto contempla que su etapa sea en 3 etapas, contando cada una de ellas con 2 sub etapas. El periodo de duración de la construcción es de 6 años. A continuación se presenta el cronograma de construcción proyectado, el que puede variar dependiendo del comportamiento del mercado inmobiliario.

TABLA 7. CRONOGRAMA DE CONSTRUCCIÓN

Año Nº de casas a construir Nº de departamentos 1 46 0 2 0 86 3 46 0 4 0 80 5 46 0 6 46 0

T O T A L

Total 184 166 350

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3 DESCRIPCIÓN DE LAS EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO 3.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA En la etapa de construcción, las emisiones serán provocadas por la maquinaria utilizada principalmente por los movimientos de tierra relacionados con las excavaciones del terreno, previas a la construcción propiamente tal. Estas faenas podrían producir emisiones de material particulado por el flujo de camiones, utilizados en el transporte de materiales, además de gases típicos de la combustión generada por sus motores. Para evitar emisiones de material particulado se contempla un estricto cumplimiento de las medidas pertinentes de prevención. Entre ellas se ha considerado el encarpamiento de camiones para evitar dispersión de material particulado, la humectación de los accesos a las obras y el lavado de los neumáticos de vehículos de carga al salir de la obra y todas aquellas normativas incluidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Como medidas de prevención para minimizar la generación de polvo se informará a los profesionales, técnicos y obreros, los antecedentes y publicaciones respecto de las medidas para reducir el polvo generado por las actividades de construcción, incluidas en el “Manual de la Construcción Limpia. Control de Polvo en Obras en Construcción” (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 1998) y se aplicará el Plan de Salud y Seguridad Ocupacional ya referido. Considerando que la mantención de los vehículos es de responsabilidad de cada uno de los dueños (revisión técnica al día), se estima que la cantidad de emisiones de gases, durante la construcción del proyecto, no serán relevantes y cumplirán con la normativa vigente. Las emisiones asociadas a un proyecto inmobiliario durante la Etapa de Operación corresponden, principalmente, a las emisiones asociadas al tránsito de vehículos de transporte privado, desde y hacia el proyecto. Se consideran las emisiones directas (que salen del tubo de escape) e indirectas (resuspensión de polvo natural en las calles producto del tráfico). Para estimar dichas emisiones, es necesario contar con una buena indicación de los niveles de actividad (expresados en kilómetros recorridos por cada categoría de vehículo) y los factores de emisión de cada categoría de vehículo. Los factores de emisión utilizados se muestran en el Anexo 7, en el cual se detalla toda la metodología y criterios utilizados en la estimación de emisiones. Los resultados obtenidos en cuanto a emisiones directas e indirectas (polvo natural resuspendido) debido al aumento en el tráfico vehicular asociado al proyecto se presentan en la Tabla Nº 10.

TABLA 8. EMISIONES ATMOSFÉRICAS DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN (TON/AÑO)

Tal como se observa en las Tabla Nº 10, las emisiones directas e indirectas asociadas al proyecto no exceden los límites indicados en el PPDA. De acuerdo a lo anterior, no corresponde establecer medidas de compensación.

CONST+OPERACIÓN 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 MP10 1,55 6,77 1,59 6,82 1,67 1,71 0,19 0,19 CO 0,60 1,43 1,44 1,78 2,48 2,97 2,76 2,61 HC 0,08 0,31 0,17 0,22 0,31 0,38 0,35 0,35 NOx 0,26 1,89 0,35 0,40 0,49 0,57 0,36 0,36

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3.2 RESIDUOS LÍQUIDOS Durante la construcción se utilizan las conexiones al suministro de agua potable y alcantarillado existentes que son operados por la empresa Aguas Andinas. Para los frentes de trabajo se utilizarán eventualmente baños químicos. Asimismo, durante la operación del proyecto, sólo se prevé la emisión de residuos líquidos de tipo domiciliario, los cuales serán evacuados por el sistema de alcantarillado, según consta en certificado de factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado (Nº 3.644 del 17.04.08 y Nº 4.955 del 27.05.08) de la empresa Aguas Andinas, incluidos en Anexo 2. 3.3 RESIDUOS SÓLIDOS La actividad de construcción genera residuos sólidos ya que involucra movimientos de tierra y la utilización de insumos, que a lo largo del proceso constructivo, se transforman en parte en desechos o en restos inertes. Estos residuos de descarte se dispondrán en sitios autorizados. Además, una vez finalizada la construcción, y cuando esté íntegramente en etapa de operación, el proyecto generará sólo residuos sólidos domiciliarios. Durante la construcción se estima se removerá tierra producto de las excavaciones, las cuales serán llevados a un sitio de disposición final autorizado y reutilizados al interior de la obra para rellenos, en los patios de las casas y áreas verdes. El resto de residuos de la construcción que se generen (escombros, restos de hormigón y otros residuos inertes) serán dispuestos en los sitios autorizados, teniéndose como alternativa el botadero Lo Etchevers, por ser el más próximo a las obras de construcción. Esto puede variar conforme a las condiciones de mercado de este servicio al momento de requerirse. Los residuos orgánicos y basura en general asimilable a residuos domiciliarios serán dispuestos en un Relleno Sanitario autorizado. Para el manejo y gestión de materiales inertes como escombros y para los residuos sólidos generados durante la construcción se tendrá en consideración el “Manual de la Construcción Limpia. Gestión de los Residuos Sólidos de la Construcción” (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 1999). Para la etapa de operación, el nivel de generación de residuos sólidos se mide como Producción Per Cápita (PPC). Equivale a los kilos de residuos sólidos que se generan por la población por habitante y por día. De acuerdo al “Estudio de composición y proyección de residuos sólidos domiciliarios en Santiago y estudio del mercado de reciclaje”(1), el PPC era en 1993 de 0,82 kg/hab/día en la ciudad de Santiago. Sin embargo las proyecciones de este mismo estudio arrojan un PPC de 1,32 kg/hab/día en nuestros días, cifra que se utiliza en esta declaración. Considerando que el proyecto contempla la construcción de 350 viviendas, para un total de, aproximadamente, 1400 habitantes, es decir, un promedio de 4 personas por vivienda de estrato socioeconómico medio, medio-alto.

(1) Desarrollado por la Sección de Ingeniería Sanitaria y Ambiental, Departamento de Ingeniaría Civil, Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile.

Declaración de Impacto Ambiental 13 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

TABLA 9. GENERACIÓN TOTAL DIARIA DE RESIDUOS DOMICILIARIOS, EN BASE A PPC’97 (KG/DÍA)

Total Viviendas Población (habitantes) Residuos Domiciliarios (Kg./hab./día) 350 1.400 1.848

Fuente: Elaboración Propia.

El retiro de basuras en el área del proyecto se realizará en forma periódica por el servicio de recolección municipal. 3.4 GENERACIÓN DE RUIDO En el Anexo 6 se presenta la evaluación acústica realizada para la etapa de construcción del proyecto, en el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente. Se evaluaron 6 puntos, cuya ubicación se presenta a continuación:

TABLA 10. UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE EVALUACIÓN

Punto UTM Este UTM Norte Dist. Descripción

A 343.496 6.308.195 15 Viviendas de dos pisos en dirección Poniente

B 343.584 6.308.289 15 Viviendas de dos pisos en dirección Norte.

C 343.706 6.308.334 15 Viviendas de dos pisos en dirección Norte.

D 343.864 6.308.279 15 Viviendas de dos pisos en dirección Norte.

E 343.929 6.308.279 45 Centro Recreativo Johnson. Santa Marta de Huechuraba Nº 7455

F 343.672 6.308.235 42 Planta GMS. Berta Correa Nº1720 y viviendas de dos pisos entre Santa Marta de Huechuraba y Las Carmelitas.

A continuación se presenta una figura en la cual es posible apreciar la localización exacta de los puntos de medición.

Declaración de Impacto Ambiental 14 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Figura 3: Identificación del entorno y puntos medición de ruido

Los resultados de las mediciones se presentan en la Tabla 2 y pueden revisarse en el estudio adjunto en Anexo 6.

TABLA 11. EVALUACIÓN NIVELES PROYECTADOS DE RUIDO EN DBA

ETAPAS Punto 1 2 3 4 5 6

A 76 (16) - - - - -

B 76 (16) 76 (16) 76 (16) 76 (16) - -

C 76 (16) 76 (16) 76 (16) 76 (16) - -

D - - - - - 72 (12)

E - - - - 64 (4) 72 (12)

F - - 70 (10) - 72 (12) -

Es posible advertir que los niveles de ruido estimados superan entre 4 y 23 dBA el límite establecido por el D.S.146/97 del MINSEGPRES. Por lo tanto, para asegurar cumplimiento y evitar molestias a la comunidad, el proyecto implementará una serie de medidas de mitigación que se indican a continuación, además de un programa de monitoreo durante la etapa de construcción con frecuencia mensual.

Declaración de Impacto Ambiental 15 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

3.1.1.1 Medidas de Mitigación

Se implementarán medidas de mitigación según las características de cada etapa de construcción (Ver Anexo 6). A continuación se presenta un resumen de ellas:

• Construcción de barreras perimetrales con alturas entre 1m y 6m de altura según corresponda (ver anexo 6) • Instalación de barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con OSB • Realizar las faenas de construcción sólo en el periodo diurno. • Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso. Esto incluye el uso de alarmas de retroceso auto

ajustable sensible al ambiente, alarmas manualmente ajustables en posición de volumen mínimo y uso de vigilantes.

• Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a las viviendas existentes en dirección sur, norte y poniente además de limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio.

• Mantención de los equipos en condiciones similares al equipo nuevo. • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no

abrir compuertas de equipos o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización. • Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas

tan lejos como sea posible de los receptores colindantes. • Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción tendrán los sistemas de escape y silenciadores que

hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo. • Plan de manejo con la comunidad, informando sobre el programa de actividades a desarrollar, como

por ejemplo sobre la ocurrencia de eventos ruidosos, el tiempo que durarán y horas en que se llevaran a cabo, especialmente sobre las viviendas ubicadas en etapas previas.

Los niveles proyectados al considerar las medidas de mitigación no superan 60 dBA, cumpliendo con la normativa vigente.

Declaración de Impacto Ambiental 16 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

4 ANTECEDENTES PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS AMBIENTALES

En el presente capítulo se desarrolla el plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable al proyecto, en el marco conceptual determinado por el Art.2 de la Ley 19.300 y tal como lo establece el Artículo 15 letra c) del Reglamento del SEIA. El criterio utilizado se basa en el “Repertorio de la Legislación de Relevancia Ambiental Vigente en Chile” y su suplemento Nº 1, elaborado por la Comisión Nacional del Medio Ambiente en enero de 1992 y 1993, respectivamente.

Esta revisión contempla: la normativa de carácter general aplicable al proyecto, las normas de carácter específico asociadas al proyecto y los permisos ambientales sectoriales que el proyecto requiere para su ejecución.

En cada caso se indica la forma en la que se dará cumplimiento a las obligaciones contenidas en las normas que se enuncian y desarrollan.

4.1 NORMATIVA AMBIENTAL DE CARÁCTER GENERAL

♦ Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC, OGUC), Decreto Fuerza Ley nº458, de 1976

El inc. 1 del Artículo 116 de la ley señala: “La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General.”

El otorgamiento de los permisos señalados en el artículo 116 de la Ley en comento, autoriza las obras de urbanización y construcción del proyecto, relativas al crecimiento urbano por densificación y apertura de nuevas vías, sujetas al ejercicio de tal actividad conforme a los antecedentes técnicos, planos y memoria explicativa del proyecto.

Asimismo, el otorgamiento del permiso de obra acredita la aprobación tanto por los servicios, empresas u organismo públicos competentes, como por la Dirección de Obras, de los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes específicos del proyecto.

Por su parte, el artículo 57 indica que “El uso del suelo urbano en las áreas urbanas se regirá por lo dispuesto en los Planes Reguladores, y las construcciones que se levanten en los terrenos serán concordantes con dicho propósito.”

Además, el artículo 145 de la Ley en comento establece la obligación del urbanizador de obtener la Recepción Parcial o Total de las obras, previo a ser habitadas o destinadas a su uso.

Las Obras de Urbanización corresponden a aquellas que se producen por el crecimiento urbano por extensión o por densificación y comprende las gestiones de subdivisión y loteo del suelo, según importen o no construir o añadir obras de urbanización del suelo.

La construcción de edificios y la urbanización del suelo comprenden las obras para dotar a una superficie territorial que experimenta crecimiento urbano por extensión o por densificación, de infraestructura vial, sanitaria y energética, con sus obras de alimentación y desagües, de plantaciones y obras de ornato; obras de defensa y servicio del terreno; equipamiento y áreas verdes proporcionales a las densidades fijadas por el instrumento de planificación territorial.

Por ello, el artículo 134 de la ley señala que, “Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües, y las obras de servicio del terreno.”

Declaración de Impacto Ambiental 17 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Forma de cumplimiento de la normativa

El proyecto se ajustará a las disposiciones indicadas anteriormente, respetando las normas legales que regulan la actividad bajo evaluación ambiental.

♦ Ley 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, 1994-modificada en 2007 por la Ley Nº 20.173 (LBGMA), y D.S. 95/2001 Sec. Gral. Pres., Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reg. del SEIA)

Evaluación del Impacto Ambiental del Proyecto

Conforme a la letra h) de los artículos 10 de la Ley 19.300 y 3 del Reglamento del SEIA, así como su posterior modificación mediante D.S. 131/98 MINSEGPRES, los proyectos inmobiliarios de más de 300 viviendas o en predios de superficies iguales o superiores 7 hectáreas y/o que consideren 1.000 o más estacionamientos; que se desarrollan en Zonas Declaradas Latentes o Saturadas, deben ejecutarse previa evaluación de su impacto ambiental.

Mediante D.S. N°131/96 del 12 de junio de 1996 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Región Metropolitana fue declarada Zona Saturada para cuatro contaminantes atmosféricos: Partículas Totales en Suspensión (PTS), Material Particulado Respirable (PM10), Monóxido de Carbono (CO) y Ozono (O3); y Zona Latente para el Dióxido de Nitrógeno (NO2).

El área del proyecto se ubica dentro del área saturada y latente de la Región Metropolitana, por lo que debe ingresar al SEIA. En consecuencia, el presente proyecto debe ejecutarse previa evaluación de su impacto.

Tipo de documento

Conforme a las características, efectos y circunstancias del proyecto, no se presentan en este caso ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en las letras a) a e) del artículo 11 de la Ley 19.300, según se acredita en esta Declaración.

Conforme a lo anterior, el proyecto debe ingresar mediante una Declaración de Impacto Ambiental como la del presente acto.

Forma de cumplimiento de la normativa

El titular del proyecto se someterá al SEIA, a fin de obtener la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental (RCA), para cuyo efecto se elabora la presente DIA que se presenta ante la COREMA-RM.

4.2 NORMATIVA ESPECÍFICA APLICABLE AL PROYECTO

4.2.1 Emisiones a la Atmósfera y la Calidad del Aire

♦ D.S Nº58/2004 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

El artículo 51 señala que “Todos aquellos proyectos o actividades nuevas y modificación de aquellos existentes que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, deberán cumplir las siguientes condiciones:

1. Aquellos proyectos o actividades nuevas y sus modificaciones, en cualquiera de sus etapas, que tengan asociadas una emisión total anual que implique un aumento sobre la situación base, superior a los valores que se presentan en la siguiente tabla, deberán compensar sus emisiones en un 150%.

Declaración de Impacto Ambiental 18 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Contaminante Emisión Máxima (ton/año) PM10 10 CO 100 NOx 50 COV 100 SOx 150

2. La compensación de emisiones será de un 150% del monto total anual de emisiones de la actividad o proyecto para el o los contaminantes para los cuales se sobrepase el valor referido en la tabla precedente. Estas emisiones corresponderán a emisiones directas, es decir, las que se emitirán dentro del predio o terreno donde se desarrolle la actividad, y a las emisiones indirectas, tales como, las asociadas al aumento del transporte producto de la nueva actividad.

Forma de cumplimiento de la normativa

Para el manejo y control de las emisiones provenientes de la construcción se consideran las siguientes medidas:

1. Se humectarán, como mínimo cuatro veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna.

2. El transporte de materiales en la etapa de construcción se realizará con carga cubierta con una lona impermeable, sujeta a la carrocería.

3. Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

4. Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo rachell, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.

5. Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

6. Se lavarán las ruedas de los vehículos, previo el abandono de ellos de la zona de faenas.

7. Se humedecerán y cubrirán las pilas de tierra y escombros con lona o malla rashell en buen estado de conservación.

8. Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.

9. Al interior de la obra se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 30 Km./hr.

Conforme a la estimación de emisión de contaminantes, el proyecto no debe compensar sus emisiones, ya que está por debajo de los límites establecidos en el PPDA (ver Anexo 7).

Declaración de Impacto Ambiental 19 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

♦ Decreto Supremo 144/61, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza

Establece normas para el control de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, siendo su ámbito de aplicación todo el territorio nacional.

El Art. 1º de este Decreto expresa que "los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario".

Forma de cumplimiento de la normativa

Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en los lugares de trabajo. Las medidas corresponderán a las presentadas anteriormente, relativas al cumplimiento del PPDA.

4.2.2 Emisiones de Ruido

♦ Decreto Supremo N° 146 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas, elaborada a partir de la revisión de la norma de emisión contenida en el D.S. 286/84 del Ministerio de Salud. (D.O. 17/04/98).

Esta norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras.

La existencia de fuentes fijas de ruido, tales como movimientos de tierra, funcionamiento de maquinaria de construcción, etc., hacen aplicable esta norma.

Forma de cumplimiento de la normativa

En el Anexo 6 se presenta la evaluación acústica realizada para las distintas etapas del proyecto, en la cual se acredita el cumplimiento de esta norma.

4.2.3 Residuos Sólidos

♦ D.F.L. N° 725 de 11 de Diciembre de 1967 que aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68). Párrafo III, del Título II. De los Desperdicios y Basuras.

Ordena el Código Sanitario en su artículo 80 que “Corresponde al Servicio Nacional de Salud (actualmente Servicios de Salud competentes) autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”, agrega la misma disposición que “Al otorgar esta autorización, el Servicio Nacional de Salud determinará las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas”.

Declaración de Impacto Ambiental 20 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Forma de cumplimiento de la normativa

El proyecto no contempla la construcción ni operación de ninguna planta de tratamiento ni lugar de disposición final de residuos sólidos.

Los residuos sólidos del proyecto serán debidamente transportados y depositados en vertederos autorizados de la Región Metropolitana.

La tierra resultante de los movimientos de tierra no constituye en sí residuos sólidos, ya que parte de ella será reutilizada en nivelaciones y en el relleno de las áreas verdes.

Los camiones de transporte de escombros reunirán las condiciones técnicas señaladas en el D.S. 75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y dispondrán los residuos en lugares debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

Los camiones de transporte de residuos sólidos contarán con la autorización de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

4.3 OTRAS NORMAS ATINGENTES 4.3.1 Manejo, Transporte y Almacenamiento de Materiales

♦ Decreto Supremo N° 75 de 25 de Mayo de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.O. 7/7/87).

Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Reglamenta el transporte de ciertas cargas, estableciendo las condiciones de transporte de arenas, ripio, desperdicios, materiales que produzcan polvo, carga de mal olor y otras.

En particular, la norma contenida en el artículo 2° establece que “Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo estarán construidos de forma que aquello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire”.

Forma de cumplimiento de la normativa

Durante la etapa de construcción el titular del proyecto cumplirá las exigencias señaladas en la presente normativa, mediante la utilización de los vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc.

♦ Decreto con Fuerza de Ley Nº 850 de 25 de Febrero de 1998 del Ministerio de Obras Públicas (D.F.L. 850/98).

El Artículo Nº 30 de este D.F.L. señala que queda prohibida “la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes”. Dicho artículo se complementa con el D.S. MOP Nº 158.

En su Artículo Nº 31, “Prohíbe conducir aguas de particulares por los caminos públicos siguiendo su dirección u ocupar con ellas sus cunetas o fosos de desagüe”

Declaración de Impacto Ambiental 21 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

En el Artículo Nº 36, “Prohíbe ocupar, cerrar, obstruir o desviar los caminos públicos, como asimismo, extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, escombros y basuras, en ellos y en los espacios laterales hasta una distancia de veinte metros y en general, hacer ninguna clase de obras en ellos”.

Forma de cumplimiento de la normativa

Durante la etapa de construcción el titular del proyecto cumplirá las exigencias señaladas en la presente normativa, de la siguiente manera:

• En relación al Artículo Nº 30, los camiones a utilizar durante la construcción, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas.

En el eventual caso de transporte de materiales, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso.

• En relación al Artículo Nº 31, el proyecto no evacuará las aguas lluvia hacia las vías públicas. De hecho, el proyecto contempla la infiltración de las aguas lluvias.

• En relación al Artículo Nº 36, durante la construcción no se derramará ni vaciarán materiales de ninguna especie en caminos y vías públicas.

4.3.2 Patrimonio Arqueológico

♦ Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales

El artículo 1º de esta ley define monumentos nacionales como aquellos “lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, el arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público con carácter conmemorativo.”

La ley ordena que los monumentos nacionales quedan bajo la tuición y protección del Estado, ejerciéndose dichas funciones por el Consejo de Monumentos Nacionales, organismo técnico dependiente directamente del Ministerio de Educación Pública.

Forma de cumplimiento de la normativa

En el Anexo 5 se presentan los resultados de la prospección arqueológica realizada en el área del Proyecto. Tal como se indica en dicho documento, en el sector prospectado no se observan materiales arqueológicos en superficie. Además, en el sector en comento no se localiza ningún sitio declarado monumento histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, todo ello de acuerdo a las definiciones contenidas en esta Ley.

Sin perjuicio de lo anterior, se considera que si durante la etapa de construcción del Proyecto se produce un hallazgo de cualquier tipo de ruinas o restos arqueológicos, se paralizará inmediatamente sus obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

♦ Decreto Supremo Nº 484 de 1991 del Ministerio de Educación (D.O. 02.04.91) Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

Declaración de Impacto Ambiental 22 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Forma de cumplimiento de la normativa

Si durante la etapa de construcción del Proyecto se produce un hallazgo de cualquier tipo de ruinas o restos arqueológicos, se paralizará inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

4.3.3 Ambiente Laboral

♦ D.F.L. Nº 725 de 11 de Diciembre de 1967 que aprobó Código Sanitario (D.O. 31/1/68).

El artículo 82 del Código indica que el reglamento comprenderá normas referentes a las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la población en general.

El Reglamento dictado al efecto corresponde al D.S. 594/99, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo, en el cual se distinguen las condiciones generales de construcción y sanitarias y ambientales.

Forma de cumplimiento de la normativa

El titular mantendrá una supervisión de sus faenas y tendrá un programa de entrenamiento de su personal que tratará las materias arriba indicadas.

♦ Decreto Supremo Nº 594/99, del Ministerio de Salud (D.O. 29.04.2000).

En este reglamento se contienen las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo.

En materia de condiciones sanitarias, el reglamento establece las normas sobre provisión de agua potable, disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, servicios higiénicos, de evacuación de aguas servidas y guardarropía y comedores.

En materia de condiciones ambientales, el reglamento establece las prohibiciones y los límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos capaces de provocar efectos adversos en el trabajador, conforme a lo siguiente:

Agentes Químicos

Elementos químicos prohibidos y concentraciones ambientales de las sustancias químicas.

Agentes Físicos

a) Ruido: Normas sobre exposición ocupacional al ruido, tanto continuo como de impacto.

b) Vibraciones: Límites de vibración oscilatoria.

c) Iluminación.

Declaración de Impacto Ambiental 23 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Forma de cumplimiento de la normativa

Por tratarse de un proyecto inmobiliario, las normas analizadas sólo tienen aplicación durante la época de construcción del mismo, toda vez que durante su operación, el proyecto no contempla la habilitación de lugar de trabajo.

Al respecto, durante la etapa de construcción se construirán instalaciones temporales que contemplan la utilización de agua envasada mientras se habilite el sistema particular de agua potable, de manera de proveer a los trabajadores de agua potable en cantidad suficiente para su consumo particular y del proyecto.

Por último, durante la etapa de construcción se construirán y mantendrán Guardarropías y Comedores suficientes, de manera de dotar a los trabajadores que se mudan y consumen alimentos, de las condiciones adecuadas para tales fines.

En materia de condiciones ambientales, las actividades del proyecto no contemplan el uso de ninguno de los elementos químicos prohibidos en el artículo 59 del Reglamento, ni la superación de ninguna de las concentraciones ambientales de las sustancias químicas que se señalan en el artículo 60 del mismo Código. Finalmente, el proyecto cumplirá durante la etapa de construcción las condiciones ambientales relativas a los agentes físicos, tales como ruido, vibraciones e iluminación. La emisión de ruidos será controlada con los medios de protección personal que entregará el titular del proyecto.

Declaración de Impacto Ambiental 24 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

5 OTROS ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR

UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se presentará o generará: 5.1 ¿Efectos adversos por la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos por el proyecto

o actividad? (Art.5 letra h y Art.6 letra h).

X No Si

Comentario: El proyecto no generará contaminantes que puedan causar efectos adversos sobre la población o los recursos de la zona. De hecho, los residuos sólidos corresponden a residuos de construcción, los residuos domésticos serán dispuestos en lugares autorizados, y las emisiones atmosféricas corresponden a material particulado producto de la construcción y gases de combustión y material particulado producto del tránsito de vehículos.

5.2 ¿Efectos adversos debido a la relación entre las emisiones de los contaminantes generados y la calidad ambiental de los recursos renovables? (Art.6 letra i). X No Si

Comentario: El proyecto no generará emisiones que puedan afectar la calidad ambiental de los recursos renovables en la zona, ya que corresponde a un proyecto inmobiliario.

5.3 ¿Efectos adversos sobre la calidad de los recursos naturales renovables, considerando para efectos de la evaluación su capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración? (Art. 6 letra j). X No Si

Comentario: El proyecto en ningún caso considera generar efectos adversos sobre la calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

4.4 ¿Intervención o explotación de vegetación nativa? (Art.6 letras k y l). X No Si

Comentario: El área del proyecto corresponde a predios ya han sido intervenidos por otras actividades de carácter antrópico.

5.5 ¿La extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras e insuficientemente conocidas? (Art.6 letra m). X No Si

Comentario: En el área del proyecto no existen especies de flora y fauna que se encuentren en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras e insuficientemente conocidas.

Declaración de Impacto Ambiental 25 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

5.6 ¿Intervención o explotación de recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se genere fluctuaciones de niveles? (Art.6 letras n.1, n.2, n.3 y n.5). X No Si

Comentario: El proyecto no intervendrá ni explotará recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se genere fluctuaciones de niveles.

5.7 ¿Explotación o intervención de recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra? (Art.6 letra n.4). X No Si

Comentario: El proyecto no considera la explotación o intervención de recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra.

5.8 ¿Introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares? (Art.6 letra ñ). X No Si

Comentario: El proyecto no considera la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

5.9 ¿Generará aumentos o cambios significativos en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicación y transporte? (Art.8 letra a). X No Si

Comentario: El proyecto no generará cambios en la distribución de grupos humanos en el lugar.

5.10 Generará aumentos o cambios significativos en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones? (Art.8 letra b). X No Si

Comentario: Tal como se ha mencionado, el proyecto no generará una cantidad significativa de nuevos empleos, por lo que no causará cambios importantes en la estructura de la población local.

5.11 ¿Alterará las características étnicas; y las manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados? (Art.8 letra c). X No Si

Declaración de Impacto Ambiental 26 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

Comentario:

En el área del proyecto no se realizan ceremonias religiosas ni otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano que pudiesen ser afectadas

5.12 ¿Afectará el empleo y desempleo; y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de

recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa? (Art.8 letra d). X No Si

Comentario: Tal como se ha indicado, el proyecto generará empleos sólo durante la etapa de construcción. No afectará actividades productivas dependientes de actividades extractivas.

5.13 ¿Alterará el acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios? (Art.8 letra e). X No Si

Comentario: El proyecto no alterará el acceso a bienes, equipamiento y servicios de los vecinos.

5.14 ¿Intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico y/o una área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto Ley Nº 1.224 de 1975? (Art.l0 letras a y e).

X No Si

Comentario: El proyecto se localiza en un lugar que no posee valor paisajístico y/o turístico, así como tampoco se encuentra declarada como zona o centro de interés turístico nacional.

5.15 ¿Obstrucción de la visibilidad a zonas con valor paisajístico? (Art.10 letra c)? X No Si

Comentario: El proyecto no obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico.

5.16 ¿Alteración de algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico? (Art.10 letra b). X No Si

Comentario: El proyecto se ubica en un área intervenida, por lo tanto en ningún caso considera la alteración de algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

5.17 ¿Obstrucción del acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico? (Art.10 letra d). X No Si

Comentario:

Declaración de Impacto Ambiental 27 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

El proyecto, en ningún caso, considera la alteración de algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

5.18 ¿La remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288? (Art.11 letra a). X No Si

Comentario: De acuerdo a la prospección realizada en el área en estudio, no existen sitios arqueológicos en el área del proyecto

5.19 ¿La modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecer al patrimonio cultural? (Art.11 letra c). X No Si

Comentario: En el área donde se localizará el proyecto no se identifica lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona.

Declaración de Impacto Ambiental 28 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

6 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES De acuerdo a lo indicado en el Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto requiere los siguientes permisos ambientales sectoriales. Se considera una sala de basuras por cada edificio, para las cuales se solicitará el permiso ambiental sectorial siguiente. Artículo 93.- En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:

a) Aspectos Generales: a.1. Definición del tipo de tratamiento: Almacenamiento de basura en las torres de edificios. a.2. Localización y características del terreno: Se realizará en cámara especialmente acondicionada

ubicada en cada edificio. a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos: Residuos domésticos domiciliarios a.4. Obras civiles proyectadas y existentes: Al ser una obra nueva no se registran obras civiles en la

actualidad. Se proyecta la construcción de una sala de basuras de concreto para el almacenamiento de basuras.

a.5. Vientos predominantes: Debido a que la sala se ubicará en un lugar en el interior del recinto, no aplica. a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de

los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores. No se considera la incineración de los residuos por lo que no se generarán emisiones de material particulado. Para evitar olores, el personal de aseo mantendrá limpia la sala de basura, preocupándose de que los contenedores no se saturen con el fin de que la tapa hermética que poseen cumpla su objetivo. No se considera la generación de ruido. En relación al control de emisiones líquidas y vectores, se contempla que las terminaciones del recinto que contenga los contenedores sean lavables y herméticas. El ingreso a la sala de basuras contará con control para la mosca vinagrera, además de burlete de goma. La ventilación de la sala tendrá malla mosquitera, controlando así la aparición de vectores desde la sala de basuras hacia otras zonas.

a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas: Debido a las características del proyecto, no aplica. a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de

seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos: Se contempla que la sala de basuras está conectada a la red seca y húmeda de control de incendios.

a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta: Los residuos se almacenarán en contenedores de 360 l. al interior de la sala de basuras, los que serán trasladados antes del paso del servicio municipal. Existirá un compactador de basuras con el fin de reducir el volumen generado, dada la baja peridiocidad del sistema de recolección municipal

Declaración de Impacto Ambiental 29 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

a) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a): f.1. Características del recinto: Recinto de concreto. f.2 Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores: La basura será

almacenada en contenedores con capacidad de 360 l.

Declaración de Impacto Ambiental 30 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

7 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS El titular del proyecto o actividad no contempla realizar compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente.

Declaración de Impacto Ambiental 31 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba

8 FIRMA DE LA DECLARACIÓN Bajo juramento, declaro que el proyecto inmobiliario “Condominio La Hacienda de Huechuraba 6, 7 y 8” cumple con la legislación ambiental vigente en conformidad a lo exigido en el artículo 18 de la Ley General sobre Bases Generales del Medioambiente y el art. 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Carlos Alberto Araya Ugarte Rodrigo Santa María Martínez RUT 13.242.168-4 RUT 7.819.851-6

REPRESENTANTES LEGALES

INMOBILIARIA GEOSAL S.A.

Declaración de Impacto Ambiental 32 Proyecto Inmobiliario Condominio La Hacienda de Huechuraba