Declaran inadmisible lista de Villarán

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    ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014

    JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO

    RESOLUCIN N 001-2014-JEE-LIMACENTRO/JNE

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    JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO

    Direccin: Av. De La Polica N 546 Jess Mara, Lima

    Telfono: (01) 261 5128

    Portal Web: www.jne.gob.pe

    Sumilla: Se resuelve declarar INADMISIBLE la solicitud de inscripcin N L0722583723 de la lista de candidatos parael Concejo Provincial de Lima, presentado por el Sr. Marco Antonio Zevallos Bueno, Personero Legal Titular de laOrganizacin PolticaDialogo Vecinal.

    EXPEDIENTE N 00138-2014-059Jess Mara, once de julio del dos mil catorce

    VISTAla solicitud de inscripcin N L0722583723 de la lista de candidatos para el ConcejoProvincial de Lima, presentada por el Sr. Marco Antonio Zevallos Bueno, Personero LegalTitular de la Organizacin Poltica Dialogo Vecinal, para participar en las EleccionesRegionales y Municipales 2014 para el Concejo Provincial de Lima, a realizarse el 05 deoctubre de 2014; y,

    CONSIDERANDO:

    1. Mediante Decreto Supremo N 009-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano,con fecha veinticuatro de enero del dos mil catorce, el Presidente de la Repblicaconvoc a elecciones regionales de presidentes, vicepresidentes y consejeros regionalesde los departamentos de toda la Repblica y de la provincia constitucional del Callao, ascomo a elecciones municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales ydistritales de todo el pas, para el domingo 5 de octubre de 2014.

    2. El artculo 10 de la Ley N 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece los requisitosmnimos que debe contener una lista de candidatos para que pueda procederse a su

    inscripcin.

    3. Los artculos 22, 23, 24 y 25 del Reglamento de Inscripcin de Listas de Candidatospara Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolucin N 271-2014-JNE (enadelante Reglamento), sealan los requisitos para ser candidato y los que debeobservar toda organizacin poltica en la presentacin de la solicitud de inscripcin delista de candidatos.

    4. En ese sentido, y de conformidad con los artculos 18 y 27 del Reglamento, correspondea este Jurado Electoral Especial hacer la calificacin de la solicitud presentada y realizarlas observaciones que detecte de la documentacin presentada.

    5. Con fecha siete de julio del dos mil catorce, el seor MARCO ANTONIO ZEVALLOSBUENO, Personero Legal Titular de la Organizacin Poltica DIALOGO VECINAL,inscrito en el Registro de Organizaciones Polticas ROP; presenta la Solicitud deInscripcin de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Lima, adjuntando lasiguiente documentacin:

    5.1. Una impresin de la solicitud digital de inscripcin de lista de candidatos5.2. Constancia de Registro del Plan de Gobierno en el Portal Institucional del Jurado

    Nacional de Elecciones5.3. Plan de Gobierno para la gestin municipal de Lima 2015 2018, el cual no se

    encuentra firmado por el personero legal.5.4. Plan de Gobierno, en soporte magnticoUSB.5.5. Cuarenta declaraciones juradas de vida de los candidatos.

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    5.6. Cuarenta copias simples de los Documentos Nacionales de IdentidadDNI de loscandidatos.

    5.7. Cuarenta comprobantes de pago de la tasa correspondiente.5.8. Cargo original de la carta de fecha 07 de julio de 2014, mediante la cual el seor

    AAuugguussttooRReeHHeerrnnnnddeezzddeeAAggeerroo, renuncia a su condicin de Asesor Tcnico dela Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima.

    5.9. Cargo original de la licencia, presentado por RRooccoo PPaattrriicciiaa AAnnddrraaddee BBootttteerrii,candidato al cargo de Regidor 2.

    5.10. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que la seora LLuuzz MMaarraa ddeell PPiillaarr FFrreeiittaass AAllvvaarraaddoo,pueda postular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidora 5.

    5.11. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por elseorYYoommaarrMMeelleennddeezzRRoossaass, candidato al cargo de Regidor 6.

    5.12. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que el seor VViicceenntteeHHeerrnnuullffooPPiinneeddooMMaannrriiqquuee, pueda

    postular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidor 7.5.13. Copia de la autorizacin expresa, suscrita por Segundo Vicente Snchez Vsquez,Presidente fundador del Movimiento Colectivo Ciudadano Confianza Per, paraque el seor MMiigguueell AAzzccuueettaa GGoorroossttiizzaa, pueda postular por otra organizacinpoltica.

    5.14. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que la seora MMaarraaEElliizzaabbeetthhQQuueerroollCCaammppoossddeeAArraannaa,pueda postular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidora 9.

    5.15. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por elseor LLuuiissAAllbbeerrttooCChhaavveezzRRiissccoo, candidato al cargo de Regidor 11.

    5.16. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que el seor LLuuiissAAllbbeerrttooCChhaavveezzRRiissccoo, pueda postular

    por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidor 11.5.17. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Personero Legal del Partido

    Poltico Nacionalista Peruano, para que la seoraYYssaabbeellSSoonniiaaBBoozzaaCCaauuttii, puedapostular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidor 13.

    5.18. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por elseorAAnnddrrXXaavviieerrAAnnttoonniiooRRoommeerrooSSnncchheezz, candidato al cargo de Regidor 14.

    5.19. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que el seor AAnnddrrXXaavviieerrAAnnttoonniiooRRoommeerrooSSnncchheezz,pueda postular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidor 14.

    5.20. Cargos originales de las solicitudes de licencia, presentado por el seor GGuuiilllleerrmmooAAddoollffooLLoolliiRRaammrreezz, candidato al cargo de Regidor 15.

    5.21. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que la seora VViiccttoorriiaa VViillllaannuueevvaa QQuuiioorreess, puedapostular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidora 18.

    5.22. Cargo original del Memorando N 108-2013-2014/CR-MDE por el cual se informade la solicitud de licencia otorgada a la seorita AAlleejjaannddrraa DDiinneeggrroo MMaarrttnneezz,,candidata al cargo de Regidor 20.

    5.23. Certificacin ante notario pblico de la solicitud de licencia, presentado por laseoritaAAlleejjaannddrraaDDiinneeggrrooMMaarrttnneezz, candidata al cargo de Regidor 20.

    5.24. Cargo original del Memorando N 1876-2014-MML/PPM, por el cual solicitalicencia sin goce de haber, el seor AAnnttoonniiooSSaallaazzaarrGGaarrccaa, candidato al cargo deRegidor 21.

    5.25. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por la

    seorita RRooccooPPeerreeyyrraaZZaappllaannaa, candidato al cargo de Regidor 23.

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    5.26. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Personero Legal del PartidoPoltico Nacionalista Peruano, para que el seor LLuuiissHHiillddeerrnnLLaazzooVVaallddiivviiaa, puedapostular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidor 25.

    5.27. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por elseor MMiigguueellAAnnttoonniiooAAttooddeellAAvveellllaannaallCCaarrrreerraa, candidato al cargo de Regidor 26.

    5.28. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por laseorita EEddiitthhIIssaabbeellMMoonnttaallvvooRRooeell, candidato al cargo de Regidor 27.

    5.29. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que la seora EEsslluuvviiaa MMeerrcceeddeess HHeerreeddiiaa VVssqquueezz,pueda postular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidora 30.

    5.30. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que el seor OOsswwaallddoo OOmmaarr MMaarrcciiaall CCaarrrreerraaNNaasscciimmiieennttoo, pueda postular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, comoRegidora 33.

    5.31. Cargo original de la solicitud de licencia, presentado por el seor PPeeddrrooAAnnddrrss

    NNeezzSSnncchheezz, candidato al cargo de Regidor 34.5.32. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que el seor JJhhoonnnnyyYYhhoorrddiiPPaacchheeccooDDeeLLaaCCrruuzz, puedapostular por la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidora 36.

    5.33. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por elseor MMiigguueellnnggeellCCoorrtteessFFeerrnnnnddeezz, candidato al cargo de Regidor 37.

    5.34. Cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentado por laseoraAAnnaaMMaarraaCCaammaarrggooBBeejjaarraannoo, candidato al cargo de Regidor 38.

    5.35. Original de la autorizacin expresa, suscrita por el Secretario General del PartidoPoltico Per Posible, para que la seora EElliissaabbeettTTrruujjiillllooPPeennaaddiilllloo, pueda postularpor la organizacin poltica Dialogo Vecinal, como Regidora 39.

    6. De la revisin de la documentacin presentada, este Colegiado advierte lo siguiente:

    6.1 Sobre la impresin del formulario Solicitud de Inscripcin de Lista deCandidatos firmado por todos los candidatos y el personero legal:

    El numeral 25.1 de artculo 25 del Reglamento establece que las organizacionespolticas deben presentar, al momento de solicitar la inscripcin de su lista decandidato, La impresin del formulario Solicitud de Inscripcin de Listade Candidatos firmado por todos los candidatos y el personero legal.(sombreado y subrayado es nuestro).

    La organizacin poltica postulante, si bien ha cumplido con presentar elformulario Solicitud de Inscripcin de Lista de Candidatos, esta no se encuentrafirmada por la totalidad de sus candidatos, toda vez que la candidata a Regidor19, seora Cristina Sayuri Andrade Toma, no ha suscrito dicha solicitud, sinembargo se verifica que ha manifestado su consentimiento de integrar la lista atravs de sus firmas en las Declaraciones Juradas de Vida, en consecuencia,corresponde declarar inadmisible la presente solicitud de inscripcin y requerirque la seora Cristina Sayuri Andrade Toma, se apersone a este Jurado ElectoralEspecial de Lima Centro a fin de que, firme la Solicitud de Inscripcin de Lista deCandidatos, para lo cual deber traer consigo su Documento Nacional deIdentidad.

    6.2

    Sobre el Acta de Eleccin Interna y/o Designacin Directa deCandidatos

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    De conformidad con el artculo 19 de la Ley de Partidos Polticos Ley N 28094,seala con relacin a la Democracia Interna que: La eleccin de autoridadesy candidatos de los partidos polticos y movimientos de alcance regionalo departamental debe regirse por las normas de democracia internaestablecidas en la presente Ley, el estatuto y el reglamento electoral dela agrupacin poltica, el cual no puede ser modificado una vez que el

    proceso haya sido convocado; en ese sentido se tiene que al ser laOrganizacin Poltica Dialogo Vecinal de alcance local, no tiene la obligacin depresentar el Acta de Elecciones Internas, por cuando dicho requisito es exigiblesolo para las autoridades y candidatos de los partidos polticos y movimientos dealcance regional o departamental.

    6.3 Sobre el Plan de gobierno, Formato Resumen del Plan de Gobierno yConstancia de ingreso del Plan de Gobierno en el sistema PECAOE:

    El numeral 25.4 del artculo 25 del Reglamento establece que las organizacionespolticas deben presentar, al momento de solicitar la inscripcin de su lista decandidatos, EEllddooccuummeennttooqquueeccoonnttiieenneeeellPPllaannddeeGGoobbiieerrnnoo ffiirrmmaaddooeennccaaddaa uunnaa ddee ssuuss hhoojjaassppoorr eell ppeerrssoonneerroo lleeggaall,, eell iimmpprreessoo ddeell FFoorrmmaattooRReessuummeennddeellPPllaannddeeGGoobbiieerrnnoo,, as como la constancia de su ingreso enel sistema PECAOE, a travs del portal electrnico institucional del JNE,de conformidad con el artculo 16 del presente reglamento ().(sombreado y subrayado es nuestro).

    La organizacin poltica postulante, ha cumplido con presentar la Constancia deRegistro de Plan de Gobierno en el sistema PECAOE, el Formato Resumen del Plande Gobierno (Anexo 4 del Reglamento) y el Plan de Gobierno; sin embargo, se ha

    omitido la firma del personero, es decir dicho documento debe estarfirmado en cada una de sus hojas por el personero legal; en consecuencia,corresponde declarar inadmisible la presente solicitud de inscripcin y requerirque el Personero Legal se apersone a este Jurado Electoral Especial de LimaCentro, a fin de que, firme cada una de las hojas del Plan de Gobierno, para locual deber traer consigo su Documento Nacional de Identidad.

    6.4 Sobre las Declaraciones Juradas de Vida de cada uno de los candidatos:

    El numeral 25.6 del artculo 25 del Reglamento establece que las organizacionespolticas deben presentar, al momento de solicitar la inscripcin de su lista decandidatos, LLaa iimmpprreessiinnddee llaaDDeeccllaarraacciinnJJuurraaddaaddeeVViiddaaddeeccaaddaauunnooddee llooss ccaannddiiddaattooss iinntteeggrraanntteess ddee llaa lliissttaa iinnggrreessaaddaa aall PPEECCAAOOEE,, ddeeccoonnffoorrmmiiddaadd ccoonn eell aarrttccuulloo 1100 ddeell pprreesseennttee rreeggllaammeennttoo.. DDiicchhaaddeeccllaarraacciinn ddeebbeerr eessttaarr ffiirrmmaaddaa ppoorr eell rreessppeeccttiivvoo ccaannddiiddaattoo yy eell

    ppeerrssoonneerroo lleeggaall,, yy ccoonntteenneerr llaa hhuueellllaa ddaaccttiillaarr ddeell ccaannddiiddaattoo (())(sombreado y subrayado es nuestro).

    La organizacin poltica postulante, ha cumplido con presentar las declaracionesjuradas de vida de los candidatos; sin embargo se aprecia que la hoja nmero 3de la declaracin jurada de vida de la candidata al cargo de Regidor 5, Sra. LUZMARIA DEL PILAR FREITAS ALVARADO, ha omitido firmar la hoja de viday consignar su huella dactilar; en consecuencia, corresponde declarar

    inadmisible la presente solicitud de inscripcin y requerir que la candidata seapersone a este Jurado Electoral Especial de Lima Centro, a fin que, firme y

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    consigne su huella dactilar, para lo cual deber traer consigo su DocumentoNacional de Identidad.

    6.5 Sobre la acreditacin del domicilio continuo por parte de los candidatos:

    De conformidad con lo establecido en el punto 2 del artculo 6 de la Ley N 26864,Ley de Elecciones Municipales, para ser elegido Alcalde o Regidor se requieredomiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, ccuuaannttoommeennoossddoossaaoossccoonnttiinnuuooss..EEnnccaassooddeeddoommiicciilliioommllttiipplleerriiggeennllaassddiissppoossiicciioonneessddeellAArrttccuulloo3355ddeellCCddiiggooCCiivviill..

    El numeral 25.10 del artculo 25 del Reglamento establece que EEnnccaassooddeeqquueeeell DDNNII ddeell ccaannddiiddaattoo nnoo aaccrreeddiittee eell ttiieemmppoo ddee ddoommiicciilliioo rreeqquueerriiddoo,,ddeebbeerr pprreesseennttaarr oorriiggiinnaall oo ccooppiiaa lleeggaalliizzaaddaa ddeell oo llooss ddooccuummeennttooss ccoonnffeecchhaa cciieerrttaa,, qquuee aaccrreeddiitteenn llooss ddooss aaooss ddeell ddoommiicciilliioo,, eenn llaa

    cciirrccuunnssccrriippcciinn eenn llaa qquuee ssee ppoossttuullaa.. LLooss ddooss aaooss ddee ddoommiicciilliioo eenn llaacciirrccuunnssccrriippcciinnaallaaqquueesseeppoossttuullaappooddrrnnsseerraaddeemmssaaccrreeddiittaaddooss,,eennttrreeoottrroossmmeeddiioossccooaaddyyuuvvaanntteess,,ccoonnoorriiggiinnaalleessooccooppiiaassaauutteennttiiccaaddaassddee lloossssiigguuiieenntteess iinnssttrruummeennttooss:: aa)) RReeggiissttrroo ddeell SSeegguurroo SSoocciiaall;; bb)) RReecciibbooss ddee

    ppaaggooppoorrpprreessttaacciinnddeesseerrvviicciioossppbblliiccooss;;cc))CCoonnttrraattooddeeaarrrreennddaammiieennttooddeebbiieenniinnmmuueebbllee;;dd))CCoonnttrraattooddeettrraabbaajjooooddeesseerrvviicciiooss;;ee))CCoonnssttaanncciiaaddeeeessttuuddiioosspprreesseenncciiaalleess;; ff)) CCoonnssttaanncciiaa ddeeppaaggoo ddee ttrriibbuuttooss;; yygg))TTttuulloo ddee

    pprrooppiieeddaaddddeellbbiieenn iinnmmuueebblleeuubbiiccaaddooeenneell lluuggaarreenneellqquueesseeppoossttuullaa..(sombreado y subrayado es nuestro).

    En tal sentido, se aprecia que obra la copia del DNI de la candidata ANA MARIACAMARGO BEJARANO DE DUTRA, cuya fechas de emisin figura 24 de febrero

    de 2009; sin embargo la Secretaria del Jurado Electoral Especial ha verificado de laconsulta en lnea del Registro Nacional de Identificacin y Estado Civil- RENIEC;que existe variacin en la emisin de su documento nacional de identificacin puesfigura con fecha de emisin 25 de agosto de 2011;por lo que dicha candidatadeber adjuntar copia de su DNI actualizado.

    De otro lado en relacin a la candidata YOANNIE SURY SOLIS SULCA de suDocumento Nacional de Identidad se aprecia que fue emitida con fecha 19 denoviembre de 2012, por lo que no acreditara los dos aos, ni el domicilio continuoen la provincia de Lima. Es de advertirse que la Secretara de este JuradoElectoral Especial ha realizado la consulta al Padrn Electoral en donde se apreciaque:

    YOANNIE SURY SOLIS SULCA: Registra un cambio de domicilio el19/11/2012 siendo su ubigeo anterior la provincia de Huamangadepartamento de Ayacucho.

    Por lo que al no llegar a cubrir el plazo de dos aos y el domicilio continuorequeridos por la normatividad electoral, corresponde realizar la observacinrespecto a la candidata antes acotada, a fin de que, cumpla con presentar originalo copia legalizada del o los documentos con fecha cierta, que permitan acreditenlos dos aos continuos del domicilio, en la circunscripcin en la que se postula.

    7.

    Sobre la presentacin del documento de renuncia o Licencia sin goce dehaber por parte de los candidatos:

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    7.1 De conformidad con lo establecido en el literal e) numeral 8 del artculo 8 de laLey de Elecciones Municipales:No pueden ser candidatos en las eleccionesmunicipales: () e) Los trabajadores y funcionarios de los PoderesPblicos, as como de los organismos y empresas del Estado y de lasMunicipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma quedebe serles concedida treinta (30) das naturales antes de la eleccin.(sombreado es nuestro).

    El artculo 9 de la Resolucin N 140-2014-JNE ha dispuesto que lostrabajadores y funcionarios de los poderes pblicos, as como de losorganismos y empresas del Estado y de las municipalidades, que soliciten licenciasin goce de haber, con el propsito de participar como candidatos en lasElecciones Municipales 2014, procedan de acuerdo a las siguientes disposiciones:1. Las solicitudes de licencia deben ser presentadas por escrito ante laentidad pblica correspondiente hasta el 7 de julio de 2014 (fecha de

    cierre de inscripcin de candidatos) y deben ser eficaces a partir del 5de setiembre de 2014 como mximo (treinta das antes de laselecciones)(subrayado y sombreado es nuestro).

    El numeral 25.9 del artculo 25 del Reglamento establece que las organizacionespolticas deben presentar: El original o copia legalizada del cargo de lasolicitud de licencia sin goce de haber, en el caso de aquellos ciudadanosque deben cumplir con dicha exigencia para postular, de acuerdo con el artculo8, numeral 8.1, literal e, de la LEM. (). Los candidatos que ejerzan funcindocente en el sector pblico no estn obligados a solicitar la licencia aque se refiere el artculo 8.1, literal e, de la LEM.(subrayado y sombreadoes nuestro).

    7.2 En el presente caso, de lo consignado en las Declaraciones Juradas de Vida seaprecia que los siguientes candidatos no han cumplido con presentar suslicencias sin goce de haber: a)Ysabel Sonia Boza Cauti, quien labora en elsector pblico 2012 a 2014 en la Gobernacin de Chaclacayo; b) AntonioGerardo Salazar Garca, quien labora en el sector pblico 2011 a 2014 enla Municipalidad Metropolitana de Lima; el primero de los nombrados haomitido adjuntar su licencia. Por lo que deber presentar el original o copialegalizada del cargo de su solicitud de licencia sin goce de haber; con relacinal segundo, si bien ha presentado su licencia sin goce de haber, se advierteque la misma se har efectiva a partir del 6 de setiembre al 5 de octubre,

    fecha que no se encuentra dentro del plazo sealado en el artculo 9 de laResolucin N 140-2014-JNE, en el que se establece que las licencias debernser eficaces a partir del 05 de setiembre de 2014.

    7.3 Asimismo, se verifica que si bien el candidato a regidor Luis Alberto ChvezRisco, ha presentado su licencia sin goce de haber, la cual est dirigida al ExPresidente de la Repblica Alejandro Toledo Manrique, sin embargo se verificade su hoja de vida que ha omitido consignar en el rubro II, dicha experiencialaboral, lo que hace presumir que se ha omitido consignar dicha informacinen su Declaracin Jurada de Vida, por tanto se solicita que aclare dichoextremo.

    8. Sobre el ciudadano afiliado a una organizacin poltica, que est inscrita en elROP, y que postula por otra organizacin poltica:

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    8.1 De conformidad con el artculo 18 de la Ley N 28094, Ley de Partidos Polticos,se establece que: No podrn inscribirse, como candidatos en otros partidospolticos, movimientos u organizaciones polticas locales, los afiliados a un partidopoltico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses deanticipacin a la fecha del cierre de las inscripciones del proceso electoral quecorresponda, o cuenten con autorizacin expresa del partido poltico alque pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcin, yque ste no presente candidato en la respectiva circunscripcin. No se

    puede postular por ms de una lista de candidatos. (sombreado esnuestro).

    El numeral 25.12 del artculo 25 del Reglamento, establece que Lasorganizaciones polticas deben presentar original o copia legalizada de laautorizacin expresa, de la organizacin poltica en la que el candidato est

    inscrito, para que pueda postular por otra organizacin poltica. La autorizacindebe ser suscrita por el Secretario General o quien seale el respectivoestatuto o norma de organizacin interna. (sombreado y subrayado esnuestro).

    8.2 En ese orden de ideas, respecto al seor Miguel Azcueta Gorostizaidentificadocon DNI N 08892001, que postula al cargo de regidor provincial, y segn lainformacin que figura en el portal web del Registro de Organizaciones Polticas,se verifica que tiene la condicin de afiliado a la Organizacin Poltica ColectivoCiudadano Confianza Per, desde el 05 de mayo de 2006; por tanto, seencontrara impedido de postular como candidato en otros partidos polticos,movimientos u organizaciones polticas locales, a menos que hubiesen renunciado

    con cinco (5) meses de anticipacin a la fecha del cierre de las inscripciones delproceso electoral que corresponda, o cuenten con autorizacin expresa del partidopoltico al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcin, yque ste no presente candidato en la respectiva circunscripcin.

    Sin embargo, se adjunta un escrito en copia simple, de fecha 04 de julio de 2014,suscrito por el Sr. Segundo Vicente Snchez Vsquez, actual Presidente Fundadordel Movimiento Colectivo Ciudadano Confianza Per, que resuelve concederautorizacin para que pueda postular como candidato a regidor de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, por el Partido Poltico Dialogo Vecinal. Enese sentido, este Colegiado dispone, solicitar al personero legal que presenta lasolicitud de inscripcin de sta lista, cumpla con adjuntar el documento originalas como la autorizacin expresa para que el Presidente Fundador del MovimientoColectivo Ciudadano Confianza Per, pueda suscribir las autorizaciones para quesus afiliados puedan postular a otras organizaciones polticas.

    8.3 Asimismo, respecto a los ciudadanosYsabel Sonia Boza Cautiy Luis HildernLazo Valdivia, identificados con DNI N 08571583 y N 08737791respectivamente, quienes postulan al cargo de regidores provinciales, y segn lainformacin que figura en el portal web del Registro de Organizaciones Polticas,se verifica que tiene la condicin de afiliado a la Organizacin Poltica PartidoNacionalista Peruano, desde el 04 de enero de 2006; por tanto, se encontraranimpedidos de postular como candidatos en otros partidos polticos, movimientos u

    organizaciones polticas locales, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5)meses de anticipacin a la fecha del cierre de las inscripciones del procesoelectoral que corresponda, o cuenten con autorizacin expresa del partido poltico

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    ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014

    JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO

    RESOLUCIN N 001-2014-JEE-LIMACENTRO/JNE

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    JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO

    Direccin: Av. De La Polica N 546 Jess Mara, Lima

    Telfono: (01) 261 5128

    Portal Web: www.jne.gob.pe

    al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcin, y que steno presente candidato en la respectiva circunscripcin.

    Sin embargo, se adjunta el original de las Resoluciones N 454-2014-PL-PNP y N458-2014-PL-PNP, de fecha 07 de junio de 2014, suscrito por el Sr. MarcoBarboza Tello, Personero Legal Titular del Partido Nacionalista Peruano, queresuelve conceder autorizacin para que puedan postular como candidatos aregidores de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por el Partido PolticoDialogo Vecinal. En ese sentido, este Colegiado dispone, solicitar al personerolegal que presenta la solicitud de inscripcin de sta lista, cumpla con adjuntar lasautorizaciones debidamente suscritas por el Secretario General o el ComitEjecutivo Nacional, para que puedan postular a otras organizaciones polticas, elloal amparo del artculo 24, acpite q, en el que se establece que, ssoonnaattrriibbuucciioonneessyyoobblliiggaacciioonneessddeellCCoommiittEEjjeeccuuttiivvooNNaacciioonnaall::(())OOttoorrggaarrllaassaauuttoorriizzaacciioonneessaallaassqquueesseerreeffiieerreeeellaarrttccuulloo1188ddeellaaLLeeyyddeePPaarrttiiddooss

    PPoollttiiccooss(());;ccoonnffoorrmmeesseeaaddvviieerrtteeddeellaalleeccttuurraaddeellNNuueevvooEEssttaattuuttooddeellPPaarrttiiddooNNaacciioonnaalliissttaaPPeerruuaannoo,,informacin que se corrobora del portal web del Registrode Organizaciones Polticas (ROP), (subrayado es nuestro); por lo que debepresentar la respectiva autorizacin del Comit Ejecutivo Nacional del PartidoNacionalista Peruano.

    8.4 Respecto a la seora Edith Isabel Montalvo Roel identificado con DNI N07837735 que postula al cargo de regidor provincial, y segn la informacin quefigura en el portal web del Registro de Organizaciones Polticas, se verifica quetiene la condicin de afiliada a la Organizacin PolticaPer Posible, desde el 14de marzo de 2005; por tanto, se encontrara impedida de postular comocandidato en otros partidos polticos, movimientos u organizaciones

    polticas locales, a menos que hubiese renunciado con cinco (5) mesesde anticipacin a la fecha del cierre de las inscripciones del procesoelectoral que corresponda, o cuente con autorizacin expresa del

    partido poltico al que pertenece, la cual debe adjuntarse a la solicitud deinscripcin, y que la Organizacin Poltica no presente candidato en la respectivacircunscripcin.

    Sin embargo, dicha candidata no adjunta documento alguno, por el cual se puedaverificar si ha realizado su renuncia o si le han concedido autorizacin, por lo quedeber de subsanar dicha omisin.

    Por lo tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus atribucioneslegales, conferida por los artculos 44 y 47 de la Ley Orgnica de Elecciones, Ley N 26859.

    RESUELVE:

    Artculo Primero.-Declarar INADMISIBLE la solicitud de INSCRIPCIN DE LA LISTADE CANDIDATOSN L0722583723, para el Concejo Provincial de Lima, presentada por elSr. Marco Antonio Zevallos Bueno, Personero Legal Titular de la Organizacin Poltica DialogoVecinal, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales para el Concejo Provincialde Lima, concedindole el plazo perentorio de DOS DAS NATURALES, a efecto de que,cumpla con subsanar las observaciones advertidas, conforme se detalla en el punto 6.1, 6.3,6.4, 6.5, 7.2, 7.3, 8.2, 8.3 y 8.4 bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la

    solicitud de inscripcin de la lista de candidatos presentada.

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    JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO

    Direccin: Av. De La Polica N 546 Jess Mara, Lima

    Telfono: (01) 261 5128

    Portal Web: www jne gob pe

    Artculo Segundo.- Cumpla las Sras. LUZ MARIA DEL PILAR FREITAS ALVARADO yCRISTINA SAYURI ANDRADE TOMA, con apersonarse a este despacho, y en horario deoficina, a fin de que, consigne su huella digital y firma en la tercera hoja de su DeclaracinJurada de Vida, la primera de las nombradas y para que consigne su firma en la Solicitud deInscripcin de Lista de Candidatos, para lo cual debern traer consigo sus DocumentosNacionales de Identidad en el plazo de DOS DAS NATURALES.

    Artculo Tercero.-Cumpla el Sr. MARCO ANTONIO ZEVALLOS BUENO, con apersonarsea este despacho, y en horario de oficina, a fin de que, consigne su firma en cada una de lashojas del Plan de Gobierno adjuntado a su solicitud de inscripcin de lista de candidatos, paralo cual debern traer consigo sus Documentos Nacionales de Identidad en el plazo de DOSDAS NATURALES.

    Artculo Tercero.- NOTIFQUESE a la parte interesada, y PUBLQUESEa travs del panelde ste Jurado Electoral Especial y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

    Regstrese, Comunquese y Publquese.S.S.

    MIRANDA ALCNTARA

    PONCE DIOS

    FRANCO SALAZAR

    TAPIA AVELLANEDASecretaria Jurisdiccional