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Tema # 5 DERECHO INFORMATICO es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el Derecho y la Informática.

Derecho Informatico

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DERECHO INFORMATICO

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Tema # 5 DERECHO INFORMATICO

Tema # 5DERECHO INFORMATICO

es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurdicos de la relacin entre el Derecho y la Informtica.1Caractersticas del derecho informticoEs una rama del Derecho de reciente nacimiento, que se fundamenta en los problemas surgidos a partir de la implementacin de las computadoras en la sociedad.

Funciona como instrumento regulador del fenmeno informtico en la sociedad.

Est ntimamente influenciado por las tecnologas y el desarrollo computacional sostenido

Est vinculado al proceso de globalizacin, por lo que el jurista se encuentra obligado a resolver el problema del juez competente, el mismo que debe conocer y dar solucin a determinado caso concreto, debiendo asimismo, analizar todo aquello que est relacionado con la ley aplicable a cada situacin en particular.Debe ser legislado en leyes especiales, debido a que su objeto de estudio, as como sus formas de regulacin son muy dinmicas y especficas.

3EL DERECHO INFORMATICO COMO CIENCIA Y COMO RAMA AUTONOMA DEL DERECHOPorque abarca el estudio de las normas, jurisprudencias y doctrinas relativas al control y regulacin de la informtica en dos aspectos: a) Regulacin del medio informtico en su expansin y desarrollo y b) Aplicacin idnea de los instrumentos informticos.

4PROBLEMAS QUE DEBE REGULAR EL DERECHO INFORMATICOLa celebracin de contratos va internet.Los contratos electrnicos.La regulacin para la privacidad y proteccin a las redes y bases sociales de datos.Los delitos electrnicosLa regulacin del internet.El valor de prueba de los documentos electromagnticos.La proteccin jurdica de los programas de cmputo.El flujo de datos por el internet.La firma electrnica.

5LA PROTECCION JURIDICA DE LOS DATOS PERSONALESSe trata de la garanta o la facultad de control de la propia informacin frente a su tratamiento automatizado o no, es decir, no slo a aquella informacin albergada en sistemas computacionales, sino en cualquier soporte que permita su utilizacin: almacenamiento, organizacin y acceso. En algunos pases la proteccin de datos encuentra reconocimiento constitucional, como derecho humano y en otro simplemente legal.En Mxico la Ley Federal de Proteccin de Datos Personales en Posesin de Particulares (LFPDPPP) define como dato personal a: Cualquier informacin concerniente a una persona identificada o identificable.

Datos personalesCONCEPTOEs cualquier informacin que se relaciona el nombre, telfono, domicilio, fotografa o huellas dactilares, as como cualquier otro dato que pueda servir para identificarte. Este tipo de datos te permiten adems, interactuar con otras personas, o con una o ms organizaciones, as como que puedas ser sujeto de derechos.

LA IMPORTANCIA DE LOS DATOS PERSONALESPara evitar que los datos sean utilizados para una finalidad distinta para la cual la proporcionaste, evitando con ello se afecten otros derechos y libertades, por ejemplo que se utilice de forma incorrecta cierta informacin de salud lo que podra ocasionar una discriminacin laboral, entre otros supuestos.

EL DERECHO A LA INTIMIDADes la facultad que la ley le reconoce a una persona para que su vida ntima sea respetada y que sus actos no sean objeto de observacin a efectos de que nadie pueda entrometerse en la existencia ajena publicando retratos, divulgando secretos, difundiendo correspondencia, mortificando a otro en sus costumbres y perturbando de cualquier otro modo su intimidad.

Artculo 18.- DERECHO A LA INTIMIDAD. Nadie puede perturbar ni divulgar la vida ntima de una persona. Se tendr en cuenta la condicin de ella. Se salva los casos previstos por la ley.

REGULACION INTERNACIONAL EN MATERIA DE DATOS PERSONALESSe protege los datos personales a nivel constitucional as como en Espaa, Portugal, Austria, Holanda, suiza, Alemania.ARTICULO 12 Nadie ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputacin. Toda persona tiene derecho a la proteccin de la ley contra tales injerencias o ataques.El convenio 108 de EstrasburgoPacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos Artculo 17Convencin sobre los Derechos del Nio ARTCULO 16 REGULACION NACIONAL EN MATERIA DE DATOS PERSONALESQue la Ley Federal de Proteccin de Datos Personales en Posesin de los Particulares (en adelante Ley de Datos) regula el tratamiento legtimo, controlado e informado de los datos personales que obren en posesin de particulares, garantizando la privacidad y el derecho a la autodeterminacin informativa de las personas y a su vez, establece que la misma constituir el marco normativo que las dependencias debern observar para la emisin de la regulacin que corresponda, en el mbito de sus atribuciones y con la coadyuvancia del Instituto Federal de Acceso a la Informacin y Proteccin de Datos.

Comentario del temalo que aprend es que aqu en nuestro pas an no se encuentra regulado lo que es la informacin de los datos personales puesto que el dato personal es aquel que nos distingue de todas las dems personas o del grupo de personas en el que nos encontremos, como es el nombre! esta civil, apellidos, nacionalidad, sexo etc. ,esto nos perjudica, el que no est regulado esto en nuestra carta magna, porque no tenemos seguridad y con ello cualquier persona puede llegar a tener uso de nuestros datos personales. En si en materia de proteccin a los datos personales, a nivel internacional ya se encuentra mucho ms regulado, as como en otros pases, ya podemos hablar de proteccin de datos.