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Derecho Subjetivo
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7/17/2019 Derecho Subjetivo
http://slidepdf.com/reader/full/derecho-subjetivo-568e1dee6048b 1/4
Alumna: Alma Patricia López Mier.
Profesor: Dr. José Luis Del Valle Adame.
Asignatura: Teoría Jurídica Superior
Control de lectura:
El concepto de derecho su!eti"o en la teoria del Derecho
contempor#nea. Juan Antonio $ruz Parcero
El concepto del derecho su!eti"o es aordado por primera "ez por %ans
&elsen' en donde parte de la crítica metodoló(ica a las teorías del interés' la
"oluntad' la cominación para otener un concepto )ormal del derecho su!eti"o.
La concepción &elseniana del derecho su!eti"o se inscrie coma una
concepción e*clusi"amente est#tica el Derecho' es decir donde el o!eto de la
teoría del Derecho son las normas !urídicas (enerales.
+udol) "on Jherin( de)ine el derecho su!eti"o como un interés !urídicamente reconocido por entender ,ue el orden !urídico sólo con)iere derechos
su!eti"os en (racia al interés - ,ue el derecho su!eti"o no tiene otra )unción ,ue
la de prote(er los intereses indi"iduales.
&elsen diri(e dos tipos de críticas contra esta concepción una crítica en el
plano de los principios - otra inmanente. La primera una crítica e*terna consiste en
,ue el )actor )in' tomado como ase para la construcción del concepto de derecho
su!eti"o -a ,ue el )in no puede ser una parte inte(rante de un concepto !urídico
)ormal.
/ernard 0indscheid de)ine al derecho su!eti"o como 1el poder o el se2orío
de la "oluntad con)erido por el orden !urídico' se distin(ue dos clases de derechos
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• los ,ue recaen sore la propia conducta.
• los ,ue se re)ieren a la conducta de otras personas.
En la doctrina mar*ista del Derecho da concepto de derecho su!eti"o as#ndose
en su concepción de norma !urídica del deer !urídico.
En la Teoría 3eneral del Derecho - del Estado de &elsen dice ,ue las
normas ,ue )orman un orden !urídico tienen ,ue ser normas ,ue estalezcan
actos coerciti"os. &elsen constru-e su concepto de derecho su!eti"o a partir del
concepto de deer !urídico.
&elsen distin(ue normas en sentido amplio - en sentido estricto. Las
primeras son a,uellas normas ,ue se limitan a normar el deer !urídico del Estado
de actuar de un modo determinado - ,ue no consiste en aplicar una sanción'
pena o medida de e!ecución. Por su parte' las se(undas son a,uellas ,ue
entra2an la "oluntad del Estado de aplicar una sanción - son susceptiles de
presentarse a!o a,uella relación especí)ica en ,ue la norma !urídica aparece
como un deer !urídico de los s4ditos.
Dentro de los derechos políticos &elsen inclu-e a los denominados
derechos o liertades )undamentales contenidas en las constituciones de los
Estados modernos - ,ue (arantizan la i(ualdad ante la liertad de propiedad' la
liertad personal' de opinión' de prensa' de reli(ión' de conciencia' etc.
El autor menciona ,ue la importancia del concepto su!eti"o de &elsen
reside en una perspecti"a histórica.
&elsen de)ine al derecho su!eti"o como la )acultad ,ue corresponde al
su!eto acti"o de pedir la aplicación del acto coacti"o de pedir la aplicación del acto
coacti"o en contra del su!eto pasi"o mediante la declaración de "oluntad' en caso
de una conducta anti!urídica.
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%oh)eld' de)inió la oli(ación o el deer en términos de la sanción o mal con
el ,ue ,uien manda amenaza in)li(ir en caso de desoediencia. Tener un deer o
una oli(ación es estar su!eto o e*puesto a un mal con ,ue se amenaza.
Distin(uió adem#s entre un deer asoluto - un deer relati"o.
La su!eción es el correlati"o del poder - el opuesto de la inmunidad' %oh)eld
no se da cuenta de esto' - el utiliza como sinónimos los términos responsailidad
- oli(ación - sometimiento.
$uando halamos del derecho de una persona a no ser pri"ada de su
liertad o de su propiedad sin el deido proceso !urídico' la idea ,ue se ,uiere
comunicar es ,ue dicha persona es inmune contra actos (uernamentales o de
a,uellos ,ue ten(a el poder !urídico.
Se(4n %art' e*isten tres prolemas persistentes ,ue los teóricos - )ilóso)os
han intentado de)inir el derecho el derecho - la coacción' el derecho - la moral' -
el derecho - las normas.
%art se2ala acertadamente ,ue para analizar correctamente los derechos
indi"iduales (arantizados constitucionalmente se re,uiere de inmunidad.
%art presenta un sistema de re(las sociales en un dole sentido se ocupa
de (uiar la conducta de los seres humanos en sociedad -5 su ori(en se dee
e*clusi"amente a pr#cticas sociales de los homres.
La noción (eneral de re(la social ,ue utiliza %art parte de di)erenciarla de
un mero h#ito un comportamiento re(ular' ,ue aparece tanto en los h#itos
como en las re(las - ,ue constitu-e el aspecto e*terno5 - la aceptación de dicho
modo de comportamiento como deido' ,ue constitu-e el aspecto interno ,ue es
el ,ue caracteriza a las re(las.
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Ahora ien el derecho su!eti"o se puede conceptualizar como el re)le!o de
la oli(ación !urídica' por lo ,ue (oernando tiene un poder !urídico - con)iere este
poder a un indi"iduo ,ue participa en la creación de normas 6poder le(islati"o7'
para ,ue el homre pueda "i"ir 6en liertad7 de acuerdo a sus necesidades'
siempre - cuando se "ele el interés (eneral de la sociedad.