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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, JUEVES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2014 NUMERO 163
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]
Pág.
4-6
6
7-16
17-18
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27
27
27-28
ORGANO LEGISLATIVO
Decreto No. 777.- Reformas a la Ley Contra el Lavado de
Dinero y de Activos. ..................................................................
Acuerdo No. 1812.- Se incorpora de pleno derecho al
ejercicio de sus funciones en el Órgano Legislativo, a la Diputada
Ana Vilma Albanez de Escobar. ................................................
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
RAMO DE RELACIONES EXTERIORES
Acuerdos Nos. 14, 15, 17 y 18.- Aumentos en clasifi cadores
de ingresos del Presupuesto Extraordinario para Reactivación
Económica. .................................................................................
Acuerdo No. 16.- Se ratifi can Acuerdos con el fi n de
actualizar el personal responsable de la administración de
proyectos ejecutados por la Secretaría Técnica del Financiamiento
Externo/Dirección General de Cooperación para el Desarrollo..
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y
DESARROLLO TERRITORIAL
Escritura pública, estatutos de la Fundación Renacer y
Decreto Ejecutivo No. 37, declarándola legalmente establecida,
aprobándole sus estatutos y confi riéndole el carácter de persona
jurídica. ......................................................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 161.- Se otorga condecoración militar al señor
General del Ejército Julio César Avilés Castillo. .......................
Acuerdo No. 162.- Nombramiento en diferentes cargos
de conformidad al artículo 19 de la Ley de Protección Civil,
Prevención y Mitigación de Desastres. ......................................
Acuerdo No. 164.- Se otorga montepío militar a favor de
la señora María Edith Tobías de Gutiérrez. ...............................
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
DIARIO OFI CIAL
2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
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42
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63
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64
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69
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 183-D y 188-D.- Autorizaciones para ejercer
las funciones de notario. ............................................................
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decretos Nos. 41, 42 y 43.- Reformas a las Ordenanzas
de Descuento de Intereses Moratorios de Tasas y Contribución
Especial por Pronto Pago y por la Prestación de Servicios de
Cementerios y reformas al presupuesto municipal de la ciudad
de San Salvador. .........................................................................
Estatutos de la Asociación Comunal de Trabajadores
Extraedores de Arena, Cantón San Nicolás Lempa y Acuerdo No.
40, emitido por la Alcaldía Municipal de Tecoluca, aprobándolos
y confi riéndole el carácter de persona jurídica. ........................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Aviso de Inscripción ........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Juicio de Ausencia ...........................................................
Cambio de Nombre .........................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014. Pág.
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112
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113-114
114
115-118
119-124
Reposición de Certifi cados .............................................
Disminución de Capital ..................................................
Balances de Liquidación .................................................
Revocatoria de Poder ......................................................
Título Municipal ..............................................................
Edicto de Emplazamiento ...............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Marca de Fábrica ............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Balances de Liquidación .................................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título Supletorio .............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Subasta Pública ...............................................................
Administrador de Condominio ......................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 777
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que, mediante Decreto Legislativo No. 498, de fecha 02 de diciembre de 1998, publicado en el Diario Ofi cial No. 240, Tomo 341, del 23 del mismo mes y año, se emitió la "LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS".
II. Que, el objeto de dicha Ley Especial radica en prevenir, detectar, sancionar y erradicar el Delito de Lavado de Dinero y de Activos, y delitos conexos, así como su encubrimiento; misma que es aplicable a cualquier persona natural o jurídica, aun cuando esta última no se encuentre constituida legalmente.
III. Que, por medio de Decreto Legislativo No. 568, de fecha 05 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Ofi cial No. 09, Tomo 402, del 16 de enero de 2014, se emitieron reformas al mencionado cuerpo normativo.
IV. Que, en el Art. 9-B, inciso segundo de la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos, se omitió hacer mención al Art. 52 de la "CON-VENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN", instrumento internacional ratifi cado por El Salvador, mediante Decreto Legislativo No. 325, del 20 de mayo de 2004, publicado en el Diario Ofi cial No. 119, Tomo 363, del 28 de junio de 2004, con lo cual adquirió el carácter de Ley y resulta ser de rango normativo superior a la legislación secundaria, tal como dispone el Art. 144 de la Constitución de la República.
V. Que, de conformidad a lo expresado en el instrumento de ratifi cación de dicha Convención, del 25 de junio de 2004, publicado en el Diario Ofi cial No. 131, Tomo 364, del 14 de julio de ese mismo año, formalmente se asumió el fi rme compromiso de cumplir y llevar a cabo las estipulaciones contenidas en la misma.
VI. Que, las responsabilidades dimanantes de las descritas normas legales, son aplicables a todos los sujetos obligados por la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos, aun cuando sean con énfasis a bancos e instituciones fi nancieras, casas de cambio y bursátiles.
VII. Que, por las razones anteriormente expuestas, se vuelve necesario emitir nuevas reformas a la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Acti-vos.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado José Antonio Almendáriz Rivas.
DECRETA las siguientes:
REFORMAS A LA LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS.
Art. 1.- Refórmase el Art. 9-B, de la siguiente manera:
"Art. 9-B.- Los sujetos obligados, especialmente los enumerados en el Art. 2 de esta Ley, deberán establecer una política interna de debida dili-
gencia para la identifi cación de sus usuarios o clientes. Los sujetos obligados deben instituir, con base al Reglamento de la presente Ley, una política
interna fehaciente y con intensifi cada diligencia para la identifi cación de las personas expuestas políticamente, sean nacionales o extranjeras, así como
la identidad de cualquier otra persona natural o jurídica en cuyo nombre actúen, requiriendo a sus clientes información actualizada y complementaria
sobre dicha condición.
5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
Por persona expuesta políticamente habrá de entenderse todo aquel sujeto que esté comprendido en los Arts. 236 y 239 de la Constitución de la
República, Art. 2 literales "a", "b" y "c" y Art. 52 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción."
Art. 2.- Refórmase el literal e) del Art. 10, así:
"e) Adoptar, bajo los términos previstos en el Art. 9-B de la presente Ley y de acuerdo al Reglamento de esta Ley, políticas, reglas y mecanismos
de conducta que observarán sus administradores, funcionarios y empleados, consistentes en:"
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil catorce.-
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
PUBLÍQUESE,
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
Presidente de la República.
BENITO ANTONIO LARA FERNÁNDEZ,
Ministro de Justicia y Seguridad Pública.
ACUERDO No. 1812
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, visto y aprobado el dictamen de ARCHIVO No. 74 de la Co-
misión de Legislación y Puntos Constitucionales, de conformidad a la resolución de la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro,
que consiste en declarar extinguida la acción penal del ciudadano Carlos Mauricio Funes Cartagena, por renuncia expresa de la misma, en los delitos
de difamación y calumnia reiteradas y con publicidad, respecto de la diputada Ana Vilma Albanez de Escobar, el Pleno Legislativo ACUERDA:
incorporar de pleno derecho al ejercicio de sus funciones en este Órgano Legislativo, a la diputada Ana Vilma Albanez de Escobar.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil catorce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
RAMO DE RELACIONES EXTERIORES
8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL
NUMERO SETENTA Y TRES. En la ciudad de San Salvador, a las
nueve horas con treinta minutos del día treinta de octubre de dos mil
trece. Ante Mí, JOSE ROBERTO MERINO GARAY, Notario, de este
domicilio, COMPARECEN: Don JOSE RICARDO POMA DELGADO,
de sesenta y siete años de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de
San Salvador, Departamento de San Salvador, persona de mi conoci-
miento, portador de su Documento Único de Identidad número cero dos
millones seiscientos cuarenta y un mil quinientos treinta y nueve guión
seis y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce guión
cero treinta mil quinientos cuarenta y seis guión cero cero uno guión
cero; Doña CLAUDIA MICHELLE HENRIQUEZ DE POMA, de
treinta y cinco años de edad, Empleada, del domicilio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, persona de mi conocimiento portadora
de su Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos
treinta y un mil cuatrocientos setenta y cinco guión ocho y Número de
Identifi cación Tributaria cero seiscientos siete guión cero cuarenta mil
trescientos setenta y ocho guión ciento uno guión cero; Don FERNAN-
DO POMA KRIETE, de cuarenta y dos años de edad, Licenciado en
Administración de Empresas, del domicilio de Antiguo Cuscatlán,
Departamento de La Libertad, persona de mi conocimiento con Docu-
mento Único de Identidad número cero dos millones seiscientos noven-
ta y cuatro mil novecientos seis guión cero y Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce guión doscientos cuarenta mil ocho-
cientos setenta y uno guión ciento catorce guión tres; Don ALBERTO
POMA KRIETE, de cuarenta años de edad, Licenciado en Administra-
ción de Empresas, del domicilio de San Salvador, Departamento de San
Salvador, persona de mi conocimiento con Documento Único de Iden-
tidad número cero tres millones ciento sesenta y tres mil ciento dieciséis
guión nueve y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos
catorce guión ciento cincuenta y un mil ciento setenta y dos guión
ciento diecisiete guión siete; Don ROBERTO ANDRES POMA KRIETE,
de treinta y seis años de edad, Economista, del domicilio de San Salva-
dor, Departamento de San Salvador, persona de mi conocimiento, con
Documento Único de Identidad número cero dos millones novecientos
veinte mil seiscientos dos guión uno y Número de Identifi cación Tributaria
cero seiscientos catorce guión ciento veintiún mil ciento setenta y seis
guión ciento veintinueve guión cero; Don ROGER RAFAEL ALFARO
ARAUJO, de cuarenta y dos años de edad, Abogado y Notario, del
domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona de
mi conocimiento con Documento Único de Identidad cero un millón
veintiocho mil ochocientos veintidós guión ocho y Número de Identifi -
cación Tributaria cero seiscientos catorce guión doscientos cuarenta y
un mil ciento setenta guión cero cero dos guión nueve, todos los com-
parecientes, son de Nacionalidad Salvadoreña Y ME DICEN: I- CREA-
CION. Que han decidido crear una Fundación de Nacionalidad Salva-
doreña, que se denomina "FUNDACIÓN RENACER", que se abrevia-
rá "FUNDARENACER", como una entidad apolítica, no lucrativa, ni
religiosa. II.- APROBACION DE ESTATUTOS. Que deciden aprobar
los estatutos que regirán a dicha Fundación, los cuales son del tenor
siguiente: ESTATUTOS DE LA "FUNDACION RENACER" QUE SE
ABREVIARA "FUNDARENACER". CAPITULO I.- NATURALEZA,
DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Créase en la
ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Fundación
de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará "Fundación Renacer"
y que podrá abreviarse "FundaRenacer", como una Entidad apolítica,
no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denomina-
rá " La Fundación". Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad
de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer
fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La
Fundación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II.- OBJE-
TO O FINALIDAD. Art. 4.- Los fi nes u objetos de la Fundación serán:
a) Apoyar diferentes iniciativas de benefi cio a todos los diferentes
sectores de la sociedad; b) Ejecutar proyectos a través de los cuales se
donen recursos tangibles y no tangibles en benefi cio de la sociedad; c)
Promover y fomentar programas que apoyen la educación, la salud, el
empleo, la cultura y los valores de la sociedad; d) Fomentar la coopera-
ción entre empresas, fundaciones, asociaciones, entidades gubernamen-
tales y organismos internacionales para el desarrollo de la sociedad; e)
Desarrollar programas, proyectos y actividades con fi nes de asistencia
social que mejore las condiciones económicas y familiares de la socie-
dad, además de la donación de recursos para el área educativa, la niñez
y la adolescencia, la capacitación, el medio ambiente, proyectos pro-
20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ductivos, vivienda, infraestructura, profesional y académica y que fo-
menten la productividad, la solidaridad y el desarrollo humano. CAPI-
TULO III.- DEL PATRIMONIO. Art. 5.- El Patrimonio de la Fundación
estará constituido por: a) Un aporte inicial de Cien Mil Dólares de los
Estados Unidos de América que los miembros fundadores han pagado.
La aportación en dinero relacionado queda en poder y bajo la responsa-
bilidad de la Junta Directiva; b) Donaciones, herencias, legados, contri-
buciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
respectivamente; y c) Todos los bienes muebles e inmuebles que ad-
quiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley. Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO IV.- DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION. Art. 7.- El
gobierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva. CAPITULO V.- DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad
máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de los miem-
bros Fundadores. Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinaria-
mente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada
por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con
la asistencia de cuatro miembros como mínimo de los Miembros en
primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los
miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera
mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea
General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales
en que se requiera una mayoría diferente. Art. 10.- Todo miembro que
no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por
motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro
miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la
voz y el voto de su representado. Art. 11.- Son atribuciones de la Asam-
blea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los
miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los
Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación; c) Aprobar y/o
modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Fundación;
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Fundación,
presentada por la Junta Directiva; e) Decidir sobre la compra, venta o
enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Fundación; y f)
Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no
estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI.- DE LA
JUNTA DIRECTIVA. Art. 12.- La Dirección y Administración de la
Fundación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada
de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario,
un Tesorero y dos Directores. La Junta Directiva administrará y dispon-
drá del patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las
leyes y estos Estatutos. Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva
serán electos para un período de TRES años pudiendo ser reelectos. Art.
14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente al menos trimestral-
mente y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Art. 15.- El
quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será con
cuatro miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de
los asistentes. Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribu-
ciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes
de la Fundación; b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del
patrimonio de la Fundación; c) Elaborar la Memoria Anual de Labores
de la Fundación; d) Promover la elaboración de planes, programas,
proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea
General; e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma
Junta Directiva; f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de
Asamblea General; g) Resolver todos los asuntos que no sean compe-
tencia de la Asamblea General. Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea Ge-
neral; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la
Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y
Reglamento Interno de la Fundación; c) Representar legalmente a la
Fundación, conjunta o separadamente con el Vice-Presidente, y Segundo
Director, pudiendo otorgar los poderes que considere conveniente; d) Con-
vocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General
y de la Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero las
erogaciones que tenga que hacer la Fundación; y f) Presentar la Memo-
ria de Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado
por la misma. Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente: a) Suplir
en ausencia del Presidente todas las atribuciones; b) Presidir en ausencia
del Presidente las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General; c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos
21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
y Reglamento Interno de la Fundación; d) Representar legalmente a la
Fundación, conjunta o separadamente con el Presidente, y Segundo
Director, pudiendo otorgar los poderes que considere conveniente; e)
Convocar en ausencia del Presidente a Sesiones Ordinarias y Extraor-
dinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; f) Autorizar en
ausencia del Presidente juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Fundación; y g) Presentar la Memoria de Labores de
la Fundación en ausencia del Presidente y cualquier informe que le sea
solicitado por la misma. Art. 19.- Son atribuciones del Secretario: a)
Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de
Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los
miembros de la Fundación; c) Extender todas las certifi caciones que
fueran solicitadas a la fundación; d) Hacer y enviar las convocatorias a
los miembros para las sesiones; e) Ser el órgano de comunicación de la
Fundación. Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depo-
sitar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco o Bancos que la
Junta Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los libros
de contabilidad de la Fundación; y c) Autorizar juntamente con el Pre-
sidente o el Vicepresidente las erogaciones que la Fundación tenga que
realizar. Art. 21.- Son atribuciones del Primer Director: a) Colaborar
directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; y b) Cola-
borar directamente en las iniciativas y programas de la Fundación. Art.
22.- Son atribuciones del Segundo Director: a) Colaborar directamente
con todos los miembros de la Junta Directiva; y b) Representar legal y
judicialmente a la Fundación, conjunta o separadamente con el Presi-
dente y Vice-Presidente, pudiendo conferir los poderes que considere
conveniente. CAPITULO VII.- DE LOS MIEMBROS FUNDADORES.
Art. 23.- Son MIEMBROS FUNDADORES todas aquellas personas
que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la Funda-
ción. Los fundadores podrán designar distinciones honorarias a todas
aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la Fundación
sean así nombrados por la Asamblea General, así como también a todas
aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Entidades y Or-
ganismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante
invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones signifi cativas a
la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para
tal efecto establezca la Junta Directiva. Art. 24.- Son derechos de los
miembros Fundadores: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la
Asamblea General; b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos
que señalen los Estatutos de la Fundación; y c) Los demás que les se-
ñalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. Art. 25.- Son
deberes de los miembros Fundadores: a) Asistir a las sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de
aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cum-
plir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resolucio-
nes de la Asamblea General; y d) Los demás que les señalen los Estatutos
y Reglamento Interno de la Fundación. CAPITULO VIII.- SANCIONES
A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Art. 26.- Son causales las si-
guientes faltas: FALTAS LEVES: Serán faltas leves las siguientes: a)
La inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Junta Directiva;
b) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisiones asigna-
das; c) Mala conducta que se traduzca en perjuicio para la Fundación y
la Junta Directiva. FALTAS GRAVES: Serán faltas graves las siguien-
tes: a) Promover actividades de cualquier fi n o naturaleza que vayan en
perjuicio de la Fundación; b) Incumplimiento reiterado de funciones si
se trata de dirigentes de cualquiera de los órganos de la Fundación; c)
El reiterado incumplimiento a estos Estatutos, al Reglamento Interno de
la Fundación y a los Acuerdos de Asamblea General y de Junta Direc-
tiva. FALTAS MUY GRAVES: Serán faltas muy graves las siguientes:
a) Obtener por medios fraudulentos benefi cios para sí o para terceros;
b) La malversación de fondos en el manejo del patrimonio de la Funda-
ción, aprovechándose de su cargo directivo; c) Promover actividades
ilegales, políticas, religiosas o antidemocráticas que perjudiquen la
naturaleza y los objetivos de la Fundación; d) Cualquier otro acto co-
metido por el miembro de la Fundación que a juicio de la Asamblea
General amerite su expulsión. Art. 27.- MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
Para las faltas leves se sancionará con amonestación verbal; para la
graves se sancionará con amonestación por escrito o con la suspensión
temporal y para las faltas muy graves se sancionará con la expulsión
defi nitiva de la Fundación. Art. 28.- PROCEDIMIENTO DE APLICA-
CIÓN. En los casos de faltas, ningún miembro puede ser sancionado sin
haber sido legalmente citado, hasta por tercera vez, si comparece debe-
rá ser oído por la Junta Directiva en el término de veinticuatro horas,
para que ésta pueda emitir su resolución, si no compareciere, se le
nombrará defensor, que podrá ser cualquier miembro de la Fundación,
22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
se abrirá a pruebas por el término de cinco día y con base a ellas se
emitirá resolución por parte de la Junta Directiva, sancionando o no al
miembro por escrito y si éste reincidiere con la falta, será suspendido
defi nitivamente, no obstante el miembro suspendido podrá apelar ante
la Junta Directiva y si ésta no resolviere apelará ante la Asamblea Ge-
neral. CAPITULO IX.- DE LA DISOLUCIÓN. Art. 29.- Sólo podrá
disolverse la Fundación por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que
represente por lo menos cuatro de sus miembros fundadores. Art. 30.- En
caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta
de Liquidación compuesta de tres personas, electas por la Asamblea
General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren
después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier
entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale. CAPITU-
LO X.- DISPOSICIONES GENERALES. Art. 31.- Para reformar o
derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no
menos de cuatro de los miembros en Asamblea General convocada para
tal efecto. En primera convocatoria y en segunda convocatoria con los
miembros que estuvieren presentes. Art. 32.- Los documentos sujetos a
registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a
su formalización. Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Fun-
dación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Regla-
mento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta
Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 34.- La Fundación
se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales
aplicables. Art. 35.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde
el día de su publicación en el Diario Ofi cial. III. ELECCIÓN DE LA
JUNTA DIRECTIVA PARA EL PRIMER PERIODO. Que por unani-
midad acuerdan elegir a la Primera Junta Directiva que administrará la
Fundación, para un período de TRES AÑOS el que se contará a partir
de la fecha de inscripción en el Registro de Asociaciones y Fundaciones
Sin Fines de Lucro, la cual queda integrada de la siguiente manera:
PRESIDENTE: Don José Ricardo Poma Delgado; VICEPRESIDENTE:
Don Fernando Poma Kriete; SECRETARIO: Don Alberto Poma Kriete;
TESORERO: Don Roberto Andrés Poma Kriete; PRIMER DIRECTOR:
Doña Claudia Michelle Henríquez de Poma; SEGUNDO DIRECTOR:
Don Roger Rafael Alfaro Araujo. Todos son miembros fundadores, de
nacionalidad salvadoreña. Así se expresaron los comparecientes a quie-
nes expliqué los efectos legales del presente instrumento; así como la
advertencia que señala el Artículo Noventa y Uno de la Ley de Asocia-
ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro; y leída que les fue por mí,
íntegramente todo lo escrito en un solo acto ininterrumpido, ratifi can su
contenido por estar conforme a sus voluntades y fi rmamos. DE TODO
DOY FE. Enmendado: San-Vale. Más Enmendado: RENACER- Vale.
Más Enmendados: cuatro-miembros-Fundación-cuatro-cuatro-de-ins-
cripción-en-el-Registro-de- Asociaciones-Sin-Fines-de-Lucro-Vale-
SobreLíneas: conjunta o separadamente- con el Presidente-Vale. Entre-
Líneas: legal-y-conjunta o-separadamente- con-el Presidente -y- Vice-
presidente-y Segundo-los- pudiendo- otorgar-los- Vale. Más Enmenda-
do: Director-pudiendo otorgar-y Segundo-vale. Más EntreLíneas:
conjunta o separadamente con el Vice-Presidente, y Segundo-Vale.
JOSE ROBERTO MERINO GARAY,
NOTARIO.
ANTE MI, del folio ciento treinta y nueve vuelto al ciento cuarenta y tres
frente del Libro SESENTA Y DOS DE MI PROTOCOLO que vence el
cuatro de junio del año dos mil catorce. Y para entregar a la FUNDA-
CION RENACER, extiendo, sello y fi rmo el presente testimonio en San
Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.
JOSE ROBERTO MERINO GARAY,
NOTARIO.
ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro
de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de
Gobernación, San Salvador, a las ocho horas y veinte minutos del día
20 de junio del año dos mil catorce.
LICDA. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.
23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014. ESTATUTOS DE LA "FUNDACIÓN RENACER"
QUE SE ABREVIARÁ "FUNDARENACER".
CAPÍTULO I.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San
Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
"Fundación Renacer" y que podrá abreviarse "FundaRenacer", como
una Entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes
Estatutos se denominará "La Fundación".
Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de San Sal-
vador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en
todo el territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPÍTULO II.
OBJETO O FINALIDAD.
Art. 4.- Los fi nes u objetos de la Fundación serán:
a) Apoyar diferentes iniciativas de benefi cio a todos los diferentes
sectores de la sociedad;
b) Ejecutar proyectos a través de los cuales se donen recursos
tangibles y no tangibles en benefi cio de la sociedad;
c) Promover y fomentar programas que apoyen la educación,
la salud, el empleo, la cultura y los valores de la sociedad;
d) Fomentar la cooperación entre empresas, fundaciones,
asociaciones, entidades gubernamentales y organismos
internacionales para el desarrollo de la sociedad;
e) Desarrollar programas, proyectos y actividades con fi nes de
asistencia social que mejore las condiciones económicas y
familiares de la sociedad, además de la donación de recursos
para el área educativa, la niñez y la adolescencia, la capaci-
tación, el medio ambiente, proyectos productivos, vivienda,
infraestructura, profesional y académica y que fomenten la
productividad, la solidaridad y el desarrollo humano.
CAPÍTULO III.
DEL PATRIMONIO.
Art. 5.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido por:
a) Un aporte inicial de Cien Mil Dólares de los Estados Unidos
de América que los miembros fundadores han pagado. La
aportación en dinero relacionado queda en poder y bajo la
responsabilidad de la Junta Directiva;
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente; y
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPÍTULO IV.
DEL GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN.
Art. 7.- El gobierno de la Fundación será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPÍTULO V.
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad
de los miembros Fundadores.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al
año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de cuatro
miembros como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y
en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan,
excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de
asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría
absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una
mayoría diferente.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva;
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Fundación;
24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Fundación;
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Fundación, presentada por la Junta Directiva;
e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Fundación; y
f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPÍTULO VI.
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 12.- La Dirección y Administración de la Fundación estará
confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y
dos Directores. La Junta Directiva administrará y dispondrá del patri-
monio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos
Estatutos.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de TRES años pudiendo ser reelectos.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente al menos
trimestralmente y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será con cuatro miembros y sus acuerdos deberán ser tomados
por la mayoría de los asistentes.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Fundación;
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio
de la Fundación;
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación;
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea
General;
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva;
f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General;
g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;
c) Representar legalmente a la Fundación, conjunta o separada-
mente con el Vice-Presidente y Segundo Director, pudiendo
otorgar los poderes que considere conveniente;
d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva;
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Fundación; y
f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a) Suplir en ausencia del Presidente todas las atribuciones;
b) Presidir en ausencia del Presidente las Sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de Asamblea General;
c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;
d) Representar legalmente a la Fundación, conjunta o separa-
damente con el Presidente y Segundo Director, pudiendo
otorgar los poderes que considere conveniente;
e) Convocar en ausencia del Presidente a Sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta
Directiva;
f) Autorizar en ausencia del Presidente juntamente con el
Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Fundación; y
g) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación en ausencia
del Presidente y cualquier informe que le sea solicitado por
la misma.
Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva;
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Fundación;
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Fundación;
25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones;
e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.
Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en
el Banco o Bancos que la Junta Directiva seleccione;
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Fundación; y
c) Autorizar juntamente con el Presidente o el Vicepresidente
las erogaciones que la Fundación tenga que realizar.
Art. 21.- Son atribuciones del Primer Director:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva; y
b) Colaborar directamente en las iniciativas y programas de la
Fundación.
Art. 22.- Son atribuciones del Segundo Director:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva; y
b) Representar legal y judicialmente a la Fundación, conjunta o
separadamente con el Presidente y Vice-Presidente, pudiendo
conferir los poderes que considere conveniente.
CAPÍTULO VII.
DE LOS MIEMBROS FUNDADORES.
Art. 23.- Son MIEMBROS FUNDADORES, todas aquellas per-
sonas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la
Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones honorarias a
todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la Funda-
ción sean así nombrados por la Asamblea General, así como también a
todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Entidades y
Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante
invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones signifi cativas a
la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para
tal efecto establezca la Junta Directiva.
Art. 24.- Son derechos de los miembros Fundadores:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea
General;
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Fundación; y
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Fundación.
Art. 25.- Son deberes de los miembros Fundadores:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Fundación;
c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; y
d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Fundación.
CAPÍTULO VIII.
SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO
DE APLICACIÓN.
Art. 26.- Son causales las siguientes faltas:
FALTAS LEVES: Serán faltas leves las siguientes:
a) La inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Junta
Directiva;
b) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisiones
asignadas;
c) Mala conducta que se traduzca en perjuicio para la Fundación
y la Junta Directiva.
FALTAS GRAVES: Serán faltas graves las siguientes:
a) Promover actividades de cualquier fi n o naturaleza que vayan
en perjuicio de la Fundación;
b) Incumplimiento reiterado de funciones si se trata de dirigentes
de cualquiera de los órganos de la Fundación;
c) El reiterado incumplimiento a estos Estatutos, al Reglamento
Interno de la Fundación y a los Acuerdos de Asamblea General
y de Junta Directiva.
FALTAS MUY GRAVES: Serán faltas muy graves las siguientes:
a) Obtener por medios fraudulentos benefi cios para sí o para
terceros;
b) La malversación de fondos en el manejo del patrimonio de
la Fundación, aprovechándose de su cargo directivo;
c) Promover actividades ilegales, políticas, religiosas o
antidemocráticas que perjudiquen la naturaleza y los objetivos
de la Fundación;
d) Cualquier otro acto cometido por el miembro de la Fundación
que a juicio de la Asamblea General amerite su expulsión.
26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Art. 27.- MEDIDAS DISCIPLINARIAS. Para las faltas leves se
sancionará con amonestación verbal; para la graves se sancionará con
amonestación por escrito o con la suspensión temporal y para las faltas
muy graves se sancionará con la expulsión defi nitiva de la Fundación.
Art. 28.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. En los casos de
faltas, ningún miembro puede ser sancionado sin haber sido legalmente
citado, hasta por tercera vez, si comparece deberá ser oído por la Junta
Directiva en el término de veinticuatro horas, para que ésta pueda emitir
su resolución, si no compareciere, se le nombrará defensor, que podrá ser
cualquier miembro de la Fundación, se abrirá a pruebas por el término
de cinco día y con base a ellas se emitirá resolución por parte de la Junta
Directiva, sancionando o no al miembro por escrito y si éste reincidiere
con la falta, será suspendido defi nitivamente, no obstantes el miembro
suspendido podrá apelar ante la Junta Directiva y si ésta no resolviere
apelará ante la Asamblea General.
CAPÍTULO IX.
DE LA DISOLUCIÓN.
Art. 29.- Sólo podrá disolverse la Fundación por resolución tomada
en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un
número de votos que represente por lo menos cuatro de sus miembros
fundadores.
Art. 30.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta de tres personas, electas
por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los
bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-
narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General
señale.
CAPÍTULO X.
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 31.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos de cuatro de los miembros en
Asamblea General convocada para tal efecto. En primera convocatoria y
en segunda convocatoria con los miembros que estuvieren presentes.
Art. 32.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados
dentro de los quince días siguientes a su formalización.
Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no com-
prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General.
Art. 34.- La Fundación se regirá por los presentes Estatutos y
demás disposiciones legales aplicables.
Art. 35.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
DECRETO No. 37.
EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
DECRETA:
Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad denominada
"FUNDACIÓN RENACER", y que podrá abreviarse "FUNDARE-
NACER", constituida en la ciudad de San Salvador, Departamento de
San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos, del día treinta de
octubre de dos mil trece, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios
del Notario JOSE ROBERTO MERINO GARAY.
Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada
institución, los cuales constan de TREINTA Y CINCO Artículos, por no
contener nada contrario a las leyes del país, y confi éresele el carácter de
Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones
y Fundaciones sin Fines de Lucro.
Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Ofi cial e
inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Lucro la "FUNDACIÓN RENACER", y que podrá abreviarse "FUNDA-
RENACER".
Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su
publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, el día treinta
del mes de julio de dos mil catorce.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
Presidente de la República.
RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,
Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial.
(Registros Nos. F021887/F021889)
27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 161.
SAN SALVADOR, 29 de agosto de 2014.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las disposiciones especiales 1ª.- a), 2 ª.-, 3ª.-, 4ª.- a), 5ª.- a), 13ª,
b) del Acuerdo Ministerial No. 0116, de fecha doce de septiembre del año dos mil once, ACUERDA: OTORGAR la condecoración Orden Militar
"General Manuel José Arce" en Segundo Grado "Gran Cordón Dorado" al señor GENERAL DEL EJÉRCITO JULIO CÉSAR AVILÉS CASTILLO,
por su excelente liderazgo y contribución en el fortalecimiento de las relaciones bilaterales entre el Ejército de Nicaragua y la Fuerza Armada de El
Salvador. COMUNÍQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN.
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 162.-
SAN SALVADOR, 27 de agosto de 2014.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad al artículo 19 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación
de Desastres y al artículo 50 del Reglamento de la misma ley, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01 de agosto de 2014 al personal detallado a
continuación:
1.- TCNEL. ING. DEM FERNANDO MENJÍVAR MORA, como Ofi cial de Enlace de la Fuerza Armada, ante la Dirección General de Pro-
tección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, en sustitución del señor CNEL. INF. DEM RÓMULO GARCÍA AREVALO.
2.- En la Comisión Técnica Sectorial de Infraestructura y Servicios Básicos al señor TCNEL. ING. DEM SALVADOR ANTONIO ELÍAS
LANDAVERDE como REPRESENTANTE SUPLENTE en sustitución del señor CNEL. ING. FABRICIO ERNESTO ROQUE VIA-
NA.
3.- En la Comisión Técnica Sectorial de Servicios de Emergencia al señor TCNEL. PA JOSÉ MARIO TOBAR ALFARO como REPRESEN-
TANTE SUPLENTE, en sustitución del señor TCNEL. TRANS. DEM FÉLIX EDGARDO VELÁSQUEZ APARICIO.
4.- En la Comisión Técnica Sectorial de Albergues al señor TCNEL. TRANS DEM FREDY ALEXANDER FLORES ARGUETA como
REPRESENTANTE SUPLENTE, en sustitución del señor CAP. DE CBTA. ADÁN HUMBERTO GÓMEZ SAMAYOA.
5.- En la Comisión Técnica Sectorial de Seguridad al señor CNEL. ART. DEM RAFAEL ANTONIO DÍAZ OLANO como REPRESENTANTE
PROPIETARIO, en sustitución del señor TCNEL. INF. DEM FREDY UVALDO PARRAS MENDOZA. COMUNÍQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN.
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 164.-
San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil catorce.
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintiuno de
las diligencias promovidas por la señora MARIA EDITH TOBIAS DE GUTIERREZ, con Documento Único de Identidad Número cero cero cinco dos
dos cinco cinco seis guión seis, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias y Cantones, señor JOSÉ SAUL GUTIERREZ
CALLES, con Documento Único de Identidad Número cero dos tres dos seis cuatro ocho cinco guión uno.
28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
CONSIDERANDO:
1.- Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo N° 186, de fecha 03 de abril de 1986; Que éste falleció a las diecinueve horas, del día 21 de julio del año 2014, a consecuencia de Diabetes Mellitus II, sin Asistencia Médica, lo que se comprueba mediante Certifi cación de Partida de Defunción contenida a página dieciséis del Tomo uno, extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Rita, Departamento de Chalatenango, el doce de agosto del dos mil catorce, que la señora MARIA EDITH TOBIAS DE GUTIERREZ, fue esposa del fallecido pensionado JOSÉ SAUL GUTIERREZ CALLES, vínculo que comprueba por medio de la Certifi cación de Partida de Matrimonio, contenida a página seis a siete, del Tomo Uno, extendida en la Alcaldía Municipal de Santa Rita, Departamento de Chalatenango, el veinticinco de julio del año dos mil catorce.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980, publicado en el Diario Ofi cial No 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 200 de fecha 16 de Marzo de 1989; Instructivo N° 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20 de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en ofi cio N°.0862, de fecha 27 de agosto de 2014, en que se considera procedente conceder a la señora MARIA EDITH TOBIAS DE GUTIERREZ, el montepío militar que solicita.
POR TANTO:
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio.
ACUERDA:
Asignar a partir del día 21 de julio de 2014, a favor de la señora MARIA EDITH TOBIAS DE GUTIERREZ, el MONTEPÍO MILITAR mensual de TREINTA Y CUATRO DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.
JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,
GENERAL DE AVIACIÓN
VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 183-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RUTH CAROLINA MELENDEZ RIVERA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F021838)
ACUERDO No.188-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JUDITH ELIZABETH RAMIREZ FRANCO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F021827)
29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
(Registro No. F021918)
30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
(Registro No. F021928)
32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
(Registro No. F021922)
33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL DE
TRABAJADORES EXTRAEDORES DE ARENA, CANTON
SAN NICOLAS LEMPA, MUNICIPIO DE TECOLUCA,
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.
CAPITULO I
DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION
Y DOMICILIO.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Có-
digo Municipal, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asociaciones
de Desarrollo Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca, por
estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables,
y se denominará la ASOCIACION COMUNAL DE TRABAJADORES
EXTRAEDORES DE ARENA, que en lo sucesivo de estos estatutos
se abreviará ACUTEXA, tendrá su domicilio legal en el Cantón San
Nicolás Lempa, Municipio de Tecoluca, Departamento de San Vicente
y desarrollará sus actividades en el Río Lempa, Cantón San Nicolás
Lempa.
CAPITULO II
DE LA NATURALEZA, OBJETIVOS, SIMBOLOGIA Y
DEL PLAZO.
DE LA NATURALEZA Y OBJETIVOS
Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,
de carácter democrático, no religiosa y tendrá por objetivos los siguien-
tes:
a) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la
realidad social, y de los problemas y necesidades de la Aso-
ciación;
b) Motivar e impulsar la búsqueda de soluciones, la formulación
y ejecución de proyectos que contribuyan al desarrollo de la
Asociación.
c) Fomentar el espíritu de colaboración, principalmente de
los socios de la Asociación en el desarrollo de los planes y
proyectos de la misma;
d) Velar porque los proyectos aprobados se cumplan en los
términos establecidos en la Legislación aplicable a los mis-
mos;
e) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo
local y regional, así como colaborar con la ejecución de los
mismos, especialmente cuando se trate de proyectos que
conlleven al benefi cio directo de los asociados;
f) Participar en el campo social, económico, cívico, educativo y en cualquier otra actividad dentro del marco legal;
g) Contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la organización de la Asociación;
h) Coordinar con instituciones gubernamentales, autónomas y privadas a fi n de impulsar el desarrollo social y económico de la Asociación;
i) Las demás que establezca la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca.
DE LA SIMBOLOGIA
Art. 3.- La Asociación tendrá como distintivo un sello de forma circular, en su alrededor se leerá "Asociación Comunal de Trabajadores Extraedores de Arena, Mpio. de Tecoluca Dpto. de S.V., y en el centro la fi gura de una pala sobre un volcán de arena.
DEL PLAZO
Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas previstas en la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca y estos Estatutos.
CAPITULO III
DE LA DIRECCION
Art. 5.- La dirección de la Asociación estará a cargo de la Asamblea General y la Junta Directiva.
CAPITULO IV
DE LOS ASOCIADOS
DE LAS CLASES DE ASOCIADOS
Art. 6.- Habrá tres clases de Asociados:
a) Asociados Fundadores: Son Asociados Fundadores, todas aquellas personas que hayan contribuido al nacimiento de la Asociación, y que además se encuentran en la Acta de Constitución de la Asociación.
b) Asociados Activos: Son asociados activos, los que obtengan su ingreso a la Asociación previo cumplimiento de los requisitos establecidos en los presentes estatutos.
c) Asociados Honorarios: Son Asociados Honorarios, las per-sonas naturales o jurídicas por haber realizado una destacada labor en el apoyo a la Asociación, la Asamblea General les otorgue la calidad de tales.
34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADO
Art. 7.- Para ser Asociado se deberá cumplir con los requisitos
siguientes:
a) Residir en el Cantón San Nicolás Lempa;
b) Tener dieciocho años de edad;
c) Tener voluntad de trabajar por el desarrollo y el bienestar de
la Asociación;
d) Estar solvente con la cuota de aportación a la Asociación.
DEL INGRESO DE NUEVOS ASOCIADOS
Art. 8.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán mani-
festar su deseo de forma escrita a la Junta Directiva, y ésta comprobará
que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo anterior, si
así fuere, procederá a informarlo a la Asamblea General para la apro-
bación o a la desaprobación, de ser aprobado el ingreso se procederá a
la juramentación en presencia del pleno de la Asamblea por el Alcalde
o delegado municipal, lo cual se hará constar en el acta respectiva.
DEL REGISTRO DE LOS ASOCIADOS
Art. 9.- La Asociación deberá contar con un registro de Asocia-
dos, en el cual habrá una sección para Fundadores, Activos y otra para
honorarios. En cada asiento se indicará el nombre y las generales del
suscrito (edad, residencia, número de documento de identidad, fecha de
ingreso) y otros datos que establezca la Junta Directiva, debiendo además
inscribirse en el margen de dicha inscripción, la razón que motivó el
retiro o expulsión del asociado.
DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
Art. 10.- Serán facultades o derechos de los asociados:
a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea
General;
b) Presentar ante la Asamblea General o Junta Directiva mo-
ciones y sugerencias para alcanzar el buen funcionamiento
y desarrollo de la Asociación;
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su
justifi cación ante la Asamblea General de forma verbal o
escrita;
d) Proponer o ser propuesto para desempeñar un cargo en la
Junta Directiva o Comités de Apoyo;
e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre
el funcionamiento y los proyectos de la Asociación;
f) Aceptar o rechazar con justa causa el nombramiento a comi-
siones u otros cargos, ya sea para gestionar, realizar trabajos
u otras actividades en nombre de la Asociación;
g) Solicitar a la municipalidad se realice auditorías a la Asocia-
ción;
h) Todas las demás que le confi eran los Estatutos y el Reglamento
Interno.
DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS
Art. 11.- Serán deberes y obligaciones de los Asociados:
a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados;
b) Asistir con puntualidad y de forma sistemática a las sesiones
de Asamblea General y demás reuniones de trabajo que se
realicen;
c) Acatar las disposiciones de la Asamblea General y la Junta
Directiva, siempre que estén relacionados con los objetivos
de la Asociación;
d) Aceptar cualquier responsabilidad ya sea para gestionar o
realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación;
e) Estar solvente con la cuota social.
DE LA PERDIDA DE CALIDAD DE SOCIO
Art. 12.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,
cambio de residencia, expulsión o muerte:
a) Retiro voluntario, el retiro voluntario podrá ser expreso cuando
el asociado lo solicite por escrito o verbalmente a la Asamblea
General; o cuando se ausente por tres asambleas consecutivas
sin haber informado los motivos de su ausencia.
b) Por cambio de residencia, cuando el asociado cambie defi -
nitivamente su residencia del Municipio.
c) Por expulsión; mala conducta que ocasionare perjuicios a la
Asociación, por obtener por medios fraudulentos benefi cios
de la Asociación para sí mismo o para terceros, abandonar sin
motivo justifi cado el desempeño de los cargos de elección o
comisiones que le hubiere encomendado la Asamblea General
o la Junta Directiva, siempre que éstos hubieran sido acepta-
dos, incumplimiento de las Leyes, Ordenanzas, Reglamentos,
Estatutos y Disposiciones de la Asamblea General y Junta
Directiva, siempre que estén relacionados con los objetivos
de la Asociación.
Cuando un Asociado incurriere en cualquiera de las causales de
expulsión contempladas en el artículo anterior, la Junta Directiva podrá
acordar su expulsión. El asociado podrá demostrar lo contrario recu-
rriendo ante la misma Junta Directiva, quienes deberán dar su respuesta
preliminar con quince días posteriores, de todo esto se hará un informe
que se leerá en Asamblea General para su resolución fi nal.
35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
CAPITULO V
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 13.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General.
b) La Junta Directiva.
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 14.- La Asamblea General estará constituida por todos los
Asociados Fundadores, Activos y Honorarios si fuera el caso, inscritos en
el registro de asociados y será la máxima autoridad de la Asociación.
DE LAS SESIONES DE ASAMBLEA GENERAL
Art. 15.- La Asamblea General podrá sesionar en forma Ordinaria
o Extraordinaria:
a) Serán Ordinarias las sesiones de Asamblea General cuando
se realicen en las fechas establecidas para ello, en dichas
sesiones se tratarán los puntos comprendidos en la agenda y
las propuestas de los Asociados;
b) Serán Extraordinarias las sesiones de Asamblea General al
celebrarse éstas en fechas distintas, para tratar los puntos
específi cos para los cuales hubiere sido convocada.
Art. 16.- Las sesiones de Asamblea General Ordinaria deberán
celebrarse una vez cada dos meses o según acuerdo de la Asamblea, en
todo caso no deberán ser con más de dos meses de diferencias.
Art. 17.- Las sesiones de Asamblea General Extraordinaria debe-
rán celebrarse cuando sea convocada por la Junta Directiva a iniciativa
propia o a solicitud de la mitad más uno de los socios inscritos en el
registro de asociados, y que se encuentren en el ejercicio de sus derechos
y obligaciones según lo establecido en el presente Estatuto.
DE LAS CONVOCATORIAS PARA SESION DE
ASAMBLEA GENERAL
Art. 18.- Las convocatorias para sesiones Ordinarias y Extraor-
dinarias de Asamblea General las hará el Secretario previo acuerdo
de la Junta Directiva; se hará por medio de un aviso, con tres días de
anticipación a la fecha indicada:
a) Las convocatorias para Asamblea General Extraordinaria, se
hará de preferencia con tres días de anticipación, quedando
dicho tiempo a criterio de la Junta Directiva según sea la
urgencia del caso a tratar;
b) Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que habrá
de celebrarse la sesión, y el tipo de Asamblea.
Art. 19.- Si la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria no
se celebrase el día y la hora señalada en la convocatoria por falta de
quórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro
de tres días siguientes si fuese Asamblea General Ordinaria, y se fuese
Asamblea General Extraordinaria, la convocatoria se hará a criterio de la
Junta Directiva, teniéndose por válida con los socios que estén presentes,
las resoluciones se tomarán con los votos de la mitad más uno de los
asistentes.
Art. 20.- De las formas de convocatorias:
a) Personal, en cuyo caso recogerá la fi rma del socio convoca-
do;
b) Por escrito enviada con la debida anticipación;
c) Por aviso público, por medio de carteles que se fi jarán en
lugares visibles de las ofi cinas o instalaciones de la Asociación
u otro medio.
Art. 21.- Para que las sesiones de Asamblea General en primera
convocatoria sean válidas, deberán contar con la presencia de la mitad más
uno de los socios debidamente inscritos en el Registro de Asociados.
Art. 22.- Las disposiciones en sesión Ordinaria o Extraordinaria
de Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con el voto
favorable de la mitad más uno de los socios asistentes.
ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 23.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva;
b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o denegar el estado
fi nanciero de la Asociación;
c) Destituir por causas justifi cadas y legalmente comprobadas
a socios o a miembros de la Junta Directiva que hayan in-
cumplido los presentes Estatutos;
d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-
nientes con el objeto de llevar una sana administración de la
Asociación;
e) Aprobar los Estatutos, Plan de trabajo, Reglamento Interno
y el respectivo presupuesto de la Asociación;
36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
f) Otorgar la calidad de socio honorario;
g) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, la Ordenanza Munici-
pal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal
e Intercomunal del Municipio de Tecoluca, el Reglamento
Interno de la Asociación y demás disposiciones que se dicten
para el buen desarrollo de la Asociación;
h) Aprobar el retiro e ingreso de nuevos socios.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
INTEGRACION DE JUNTA DIRECTIVA
Art. 24.- La Junta Directiva será integrada con los siguientes
cargos:
1- Presidente(a)
2- Vicepresidente(a)
3- Secretario(a)
4- Tesorero(a)
5- Síndico
6- Primer Vocal
7- Segundo Vocal
ELECCION DE JUNTA DIRECTIVA
Art. 25.- Podrán ser electos como miembros de la Junta Directiva
los Socios Fundadores que estén en el Acta de Constitución, y los socios
activos registrados en la nómina respectiva y en la acta de Asamblea
General en donde se haya aprobado su ingreso, además de cumplir los
requerimientos establecidos en los presentes Estatutos.
No podrán ser electos a miembros de la Junta Directiva los parientes
en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afi nidad.
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 26.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno
y demás normativas aplicables;
b) Cumplir y velar porque se respeten los Acuerdos y Disposi-
ciones de la Asamblea General;
c) Hacer la califi cación previa en los casos de retiro voluntario
y expulsión de socios de la Asociación;
d) Velar porque se empleen en forma óptima y procurar que se
incrementen los activos de la misma;
e) Presentar la memoria anual de labores, informe fi nanciero,
el plan de trabajo;
f) Coordinar e impulsar las actividades de benefi cio para la
Asociación;
g) Convocar a sesiones Ordinarias o Extraordinarias de Asamblea
General de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos;
h) Constituir comités de apoyo a la Asociación para impulsar el
desarrollo y lograr el funcionamiento óptimo de la misma;
i) Mantener relaciones con organismos del Estado, la muni-
cipalidad y entidades privadas, con el objetivo de buscar el
apoyo de las mismas para los proyectos de la Asociación;
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
Asociados;
k) Resguardar y mantener en buen estado la documentación de
la Asociación;
l) Entregar toda la documentación de la Asociación a la nueva
Junta Directiva electa para que tome posesión de sus car-
gos;
m) Firmar conjuntamente, la Junta Directiva saliente y Junta
Directiva entrante, el acta de elección y de traspaso;
n) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos, las
Leyes de la República y la Ordenanza Municipal Reguladora
de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal
del Municipio de Tecoluca.
DE LAS DISPOSICIONES DE JUNTA DIRECTIVA
Art. 27.- La Junta Directiva celebrará sesión Ordinaria una vez
al mes y sesión Extraordinaria cuando sea necesario a solicitud del
Presidente o a petición de la mitad más uno de sus miembros.
DEL QUORUM PARA RESOLUCIONES DE JUNTA DIREC-
TIVA.
Art. 28.- Las Resoluciones de Junta Directiva serán aprobadas por
lo menos por cuatro de sus miembros; en caso de empate; el Presidente
tiene derecho a voto califi cado.
PERIODO DE FUNCIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 29.- El periodo de funciones en los cargos de la Junta Direc-
tiva, será de dos años a partir de la fecha en que tomen posesión de los
mismos.
37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
La elección de la nueva Junta Directiva se realizará en el último mes de vencimiento del periodo para el cual fueron electos, en sesión de Asamblea General Extraordinaria con participación de la mayoría simple como mínimo de los socios debidamente registrados, y a la vez se invitará al Alcalde Municipal o a un delegado.
REELECCION EN LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos para ocupar el mismo cargo o en forma alterna, por un periodo igual, ningún asociado podrá ser elegido para integrarla por tres periodos consecutivos.
El método o forma de elección se hará según acuerdo de Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
DESTITUCION DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos en pleno o individualmente por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio de sus funciones. La destitución procederá después de tres amonestaciones por faltas leves; y a la primera cuando se trate de falta grave.
DE LAS FALTAS LEVES
Art. 32.- Serán faltas leves:
a) Falta de espíritu de servicio y unidad;
b) Inasistencia continua e injustifi cada a tres sesiones de Junta Directiva o de Asamblea General;
c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones designadas, así como durante el desarrollo de las sesiones de Junta directiva o Asamblea General.
DE LAS FALTAS GRAVES
Art. 33.- Se considera falta grave, cuando se compruebe fehacientemente que la afi liación de un directivo es perjudicial a los intereses y objetivos de la Asociación.
ATRIBUCIONES DE LOS CARGOS EN LA
JUNTA DIRECTIVA
DEL PRESIDENTE
Art. 34.- Atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones de Asamblea General y reuniones de Junta Directiva;
b) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación
conjuntamente con el Síndico;
c) Delegar los poderes que fuesen necesarios previa autorización
de la Junta Directiva y de Asamblea General según sea el
caso;
d) Dar seguimiento a las actividades que realicen los diferentes
miembros de la Junta Directiva y los Comités o Comisio-
nes;
e) Gestionar junto con el Tesorero los créditos concedidos a la
Asociación;
f) Elaborar y proponer la agenda a tratar en las diferentes
reuniones y presentar los informes correspondientes;
g) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los asociados
en las Asambleas que se celebren;
h) Gozar del voto de calidad al existir empate en las reuniones de
Junta Directiva que se celebren para la toma de decisiones;
i) Cumplir y velar por el cumplimiento de las disposiciones de
la Asamblea General y de la Junta Directiva;
j) Autorizar con su fi rma la compra y venta de bienes de la
asociación previa autorización de la Junta Directiva, y de la
Asamblea según sea el caso;
k) Firmar conjuntamente con el Tesorero y otro miembro de la
Junta Directiva según sea el caso, cuentas bancarias, cheques,
así como contratos y otras obligaciones contraídas en benefi cio
de la Asociación;
l) Todas las demás que le señalen estos Estatutos; el Reglamento
Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asocia-
ciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del municipio
de Tecoluca y las demás Leyes de la República en virtud del
cargo.
DEL VICEPRESIDENTE
Art. 35.- Atribuciones del Vicepresidente:
a) Sustituir al Presidente en caso de muerte, enfermedad o retiro
temporal hasta que sea elegida la persona que lo sustituirá;
b) Asistir al Presidente en el desarrollo de sus funciones;
c) Velar porque se cumplan los acuerdos tomados en Asamblea
General y Junta Directiva; y
d) Todas las demás que le señalen estos Estatutos; el Reglamento
Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asocia-
ciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del municipio
de Tecoluca y las demás leyes de la República en virtud de
su cargo.
38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
DEL SECRETARIO
Art. 36.- Atribuciones del Secretario:
a) Manejar los libros de actas, tanto de Asamblea General y de
Junta Directiva;
b) Guardar y mantener en buen estado los libros y demás docu-
mentos confi ados a su custodia;
c) Llevar en orden y actualizado, el registro de asociados;
d) Asentar en acta todo la actuado por la asamblea General y
Junta Directiva;
e) Dar lectura del acta correspondiente, tanto de Asamblea
General como de Junta Directiva, y demás documentación
que solicite el Presidente;
f) Remitir el acta o certifi cación de punto de acta de Asamblea
de elección de la Junta Directiva;
g) Remitir el acta o certifi cación de punto de acta de Asamblea
donde conste el ingreso de nuevos socios a la Asociación;
h) Todas las demás que le señalen estos Estatutos; el Reglamento
Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asocia-
ciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del municipio
de Tecoluca y las demás leyes de la República en virtud de
su cargo.
Lo contemplado en los literales f) y g), deberá hacerse en el término
de quince días después de haberse realizado el acto, presentándolo ante
el registro de Asociaciones que lleva la municipalidad de Tecoluca.
DEL TESORERO
Art. 37.- Atribuciones del Tesorero:
a) Llevar y mantener actualizado mediante registro en el libro
respectivo, el inventario de los bienes muebles e inmuebles
propiedad de la Asociación;
b) Llevar los registros fi nancieros, tanto de control de ingresos
y egresos de la Asociación;
c) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-
ción adecuada de los recursos económicos así como efectuar
los pagos de las obligaciones de ésta;
d) Autorizar con su fi rma, junto con la del Presidente u otro
miembro de la Junta Directiva autorizado por la asamblea,
el movimiento de las cuentas bancarias que tenga la Asocia-
ción;
e) Gestionar que se haga efectivo y en forma oportuna el pago
de los créditos concedidos a la Asociación;
f) Rendir informes mensuales a la Junta Directiva cuando ésta
lo requiera, al igual que a la Asamblea General acerca del
estado fi nanciero de la Asociación;
g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe
fi nanciero bimensual y anual del Estado Financiero de la
Asociación; y Extraordinariamente cuando sea necesario;
h) Hacer el cobro y administrar la cuota social de los socios;
i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos,
el Reglamento Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora
de las Asociaciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal
del Municipio de Tecoluca y las demás leyes en virtud de su
cargo.
DEL SINDICO
Art. 38.- Atribuciones del Síndico:
a) Velar porque se cumplan las disposiciones de los Estatutos,
Reglamento Interno y Acuerdos válidamente adoptados por
la Asamblea General de socios y de Junta Directiva;
b) Representar Judicial y Extra Judicialmente a la Asociación,
conjuntamente con el Presidente.
c) Presidir las comisiones que se le designare;
d) Asesorar en materia jurídica sobre los actos que concierne a
la Asociación;
e) Elaborar el proyecto de reglamento y normas concernientes
al funcionamiento de la Asociación y someterlos a conoci-
mientos tanto de la Junta Directiva y a la Asamblea General
para su aprobación;
f) Todas las demás que le señalen estos Estatutos; el Reglamento
Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asocia-
ciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del Municipio
de Tecoluca y las demás leyes de la República en virtud al
cargo.
DE LOS VOCALES
Art. 39.- Atribuciones de los Vocales:
a) Sustituir a miembros de la Junta Directiva de la Asociación
en sus funciones en los casos de ausencia o impedimento
temporal o defi nitivo;
b) Cumplir con las comisiones que a efecto le recomiende tanto
la Asamblea General, así como la Junta Directiva;
c) Asistir a las reuniones de Junta Directiva de la Asociación;
d) Todas las demás que le señalen estos Estatutos; el Reglamento
Interno, la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asocia-
ciones de Desarrollo Comunal e Intercomunal del municipio
de Tecoluca y las demás leyes de la República en virtud al
cargo.
39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
CAPITULO VII
DEL PATRIMONIO
Art. 40.- El patrimonio estará constituido por:
a) Las cuotas de los socios aprobadas por la Asamblea Gene-
ral;
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes
fuentes lícitas;
c) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas para
recaudar fondos para la Asociación;
d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan
con la administración de las mismas, así como las provenientes
de donaciones, herencias y legados;
RESPONSABILIDAD
Art. 41.- El Presidente y el Tesorero, tendrán que responder per-
sonal y solidariamente por los movimientos de las cuentas bancarias de
la Asociación, cuando se excedan de los límites de su cargo.
CAPITULO VIII
DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA
Art. 42.- Los miembros de la Junta Directiva tienen la obligación
de rendir informes de sus actuaciones cada dos meses a la Asamblea
General, y a la Alcaldía Municipal de Tecoluca cuando ésta lo solicite.
La Municipalidad podrá actuar a solicitud de diez socios como mínimo
o de ofi cio cuando se tenga información de situaciones irregulares que
afecten el buen funcionamiento y los fi nes de la Asociación.
CAPITULO IX
DE LA MODIFICACION DE ESTATUTOS
Art. 43.- Para la reforma parcial o total de los Estatutos se reque-
rirá:
a) Que las dos terceras partes de los socios en sesión de Asamblea
General Extraordinaria, voten favorablemente para realizar
las reformas o modifi caciones;
b) Nombrar una comisión para que estudie y elabore la propuesta
de reformas;
c) Convocar a una sesión Extraordinaria de Asamblea General,
para conocer, aprobar o desaprobar las reformas;
d) El acuerdo de reforma deberá ser aprobado por las dos terceras
partes de los miembros asistentes;
e) Presentar al Concejo Municipal, el proyecto de reforma de los
Estatutos y el Acta de Asamblea en donde se haya aprobado,
para el respectivo acuerdo municipal;
f) Publicar las reformas en el Diario Ofi cial para su entrada en
vigencia.
CAPITULO X
DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION
Art. 44.- Esta Asociación podrá disolverse mediante acuerdo tomado
en Asamblea General Extraordinaria; a dicha sesión deberán asistir por
lo menos las dos terceras partes de sus asociados.
CAUSALES DE DISOLUCION
Art. 45.- Serán causales para disolver la Asociación las siguien-
tes:
a) Por la disminución del número de socios de lo establecido
por el Código Municipal para su Constitución y la Ordenanza
Municipal Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo
Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca;
b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue
constituida;
c) Cuando sus actividades no se ajusten a los preceptos lega-
les;
d) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias al
orden público, a la moral o las buenas costumbres.
ACUERDO DE DISOLUCION
Art. 46.- El acuerdo de disolución debe tomarse por las dos terceras
partes de los socios asistentes en la Asamblea General Extraordinaria
para ese efecto, además, la Junta Directiva deberá presentar certifi cación
del Acta al Registro Municipal de Asociaciones Comunales dentro de
los diez días siguientes a la fecha en la que fue tomado el acuerdo.
Art. 47.- En caso de disolución de la Asociación, el remanente del
patrimonio de la misma, que quede luego de cumplir las obligaciones con
terceros, se destinará a satisfacer las necesidades sociales que previamente
fuera acordado en la Asamblea de disolución, de no ser así, la Comisión
Liquidadora determinará conforme a la legislación pertinente.
40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
DE LA COMISION LIQUIDADORA
Art. 48.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una Comisión
Liquidadora que estará integrada por dos delegados municipales y por
dos representantes de la Asociación, los cuales deberán ser miembros
de la Junta Directiva y electos en la Asamblea General Extraordinaria
convocada para tal efecto; si no fueran electos los miembros que re-
presentarán la Asociación, se procederá a la liquidación con los dos
delegados municipales; disponiendo dicha comisión de noventa días
para liquidarla.
Art. 49.- La Asociación en proceso de liquidación está obligada
a poner a disposición a través de la Junta Directiva ante la Comisión
Liquidadora todos los libros y documentos, y rendir los informes y
explicaciones que le soliciten.
Art. 50.- La Comisión Liquidadora, una vez concluido su trabajo
remitirá al Concejo Municipal un informe y los documentos pertinentes
del proceso de liquidación.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 51.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u obte-
nerlos de otras fuentes lícitas, como aportes, donaciones, préstamos, etc.,
para llevar a cabo sus programas y proyectos, estando en la disposición
de informar a la Alcaldía Municipal, cuando ésta lo requiera.
Art. 52.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer
constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura
que contendrá el objeto del libro, número de folios, sellado por la Alcaldía
Municipal, fi rmado la primera y última página por el Alcalde Municipal
o quien haga sus veces. Terminado el libro respectivo se pondrá una
razón de cierre sellado y fi rmado por la Alcaldía.
Art. 53.- Los cargos de la Junta Directiva son Ad-honórem, sin
embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o asociado trabaje en
actividades a tiempo completo o eventuales para la Asociación, tendrá
derecho a una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo
y las circunstancias lo ameriten.
Art. 54.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuenta de su
trabajo y entregar toda la documentación de la Asociación a la Junta
Directiva electa, así como de los aspectos pendientes durante su gestión
administrativa para que ésta le dé seguimiento.
El informe deberá ser rendido por escrito fi rmado y sellado por
todos los miembros de la Junta Directiva saliente, dentro de los quince
días de funciones de la nueva Junta Directiva.
Art. 55.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE TECOLUCA; DE-
PARTAMENTO DE SAN VICENTE.
CERTIFICA: Que en el Acta No. 21 del 15 de Julio de 2014, del
libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva durante el
presente año, se encuentra asentado el Acuerdo que literalmente dice:
"ACUERDO NUMERO CUARENTA".- Vistos los Estatutos de la
Asociación Comunal de Trabajadores Extraedores de Arena, Cantón San
Nicolás Lempa, Municipio de Tecoluca; Departamento de San Vicente
que consta de cincuenta y cinco (55) Artículos y no encontrando en
ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden
público, ni a la Ordenanza Municipal Reguladora de las Asociaciones
de Desarrollo Comunal e Intercomunal del Municipio de Tecoluca y de
conformidad a los Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal,
ACUERDA: APROBAR los CINCUENTA Y CINCO Artículos que
conforman los ESTATUTOS de la ASOCIACION COMUNAL DE
TRABAJADORES EXTRAEDORES DE ARENA, CANTON SAN
NICOLAS LEMPA, MUNICIPIO DE TECOLUCA; DEPARTAMEN-
TO DE SAN VICENTE y le confi ere el carácter de PERSONERIA
JURIDICA. Dado en la Alcaldía Municipal de Tecoluca a las nueve
horas del día quince de julio de dos mil catorce.- COMUNIQUESE.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CON-
FRONTO y para los usos legales correspondientes, dado en la Alcaldía
Municipal de Tecoluca, a los veinticinco días del mes de julio de dos
mil catorce.
ALFREDO HERNANDEZ HERNANDEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
ANA MERCEDES BELLOSO RAMIREZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F021773)
41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA INTERINA(1) PRIMERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve
horas y cuarenta y dos minutos del día trece de agosto de dos mil cator-
ce, SE HA DECLARADO al señor: EDGARDO ANTONIO FLORES
VALIENTE, mayor de edad, estudiante, divorciado, del domicilio de
Ciudad Delgado de este departamento, con Documento Único de Identidad
número cero tres cero dos cuatro tres cero siete - ocho y con Tarjeta de
Identifi cación Tributaria número cero seis uno cuatro – dos ocho uno
uno siete siete – uno cero seis – siete; como HEREDERO DEFINITIVO
CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la sucesión testamentaria,
dejada por el causante señor JUAN ANTONIO GALDAMEZ FLORES,
a su defunción ocurrida el día veintinueve de agosto de dos mil once,
en el Hospital Divina Providencia de San Salvador, en ese entonces, de
sesenta y un años de edad, empleado, soltero, con Documento Único de
Identidad número cero tres cero seis seis uno nueve siete – cinco y con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero seis uno cuatro – uno
siete cero uno cinco cero – cero cero cinco - uno; siendo esta ciudad el
lugar de su último domicilio; y se ha conferido al heredero declarado,
LA ADMINISTRACION Y LA REPRESENTACION DEFINITIVA
DE LA SUCESION, todo de conformidad a lo establecido en el Art.
1165 del Código Civil.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, diez horas y dos minutos del día trece de agosto del año
dos mil catorce.- LICENCIADA MARIA ELENA PEREZ ANAYA,
JUEZA INTERINA (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.-
LICENCIADA FLORINDA GARCIA RIVERA, SECRETARIA DE
ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 908
ACEPTACION DE HERENCIA
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las doce horas cuarenta y dos minutos del día once de agosto de dos
mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día doce
de abril de dos mil siete, en la ciudad de San Salvador, departamento de
San Salvador, por el causante señor JOAQUIN GARCIA RODRIGUEZ,
siendo su último domicilio el de la ciudad de Soyapango, departamento
de San Salvador, de parte de los señores CESAR LEONEL GARCIA
CORTEZ, OSCAR EDUARDO GARCIA CORTEZ, y la adolescente
JENNY AZUCENA GARCIA CORTEZ, Representada Legalmente por
su madre la señora IRMA MARISOL CORTEZ viuda DE GARCIA, y
ésta personalmente, en sus calidades de hijos y cónyuge sobrevivientes
del causante, respectivamente. Debiendo ejercerla la adolescente JENNY
AZUCENA GARCIA CORTEZ por medio de su Representante Legal
antes mencionado, y se les ha conferido a los aceptantes la administración
y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades
y restricciones legales.
42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida,
para que se presenten en el término de Ley a hacer uso de sus derechos
en la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, San Salvador, a
las doce horas cuarenta y siete minutos del día catorce de agosto del año
dos mil catorce.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO,
JUEZ DE LO CIVIL (2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS
GONZALEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 909-1
AVISO DE INSCRIPCION
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-
CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero
de su Reglamento.
HACE SABER: Que la "ASOCIACION COOPERATIVA DE
PRODUCCION AGROINDUSTRIAL, COMERCIALIZACION,
AHORRO Y CREDITO SAN PAULINO, DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA", que se abrevia "ACOOP-SAN PAULINO, de R.L.", con
domicilio legal en San José Villanueva, Departamento de La Libertad, ha
sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas
bajo el número VEINTIDOS folios trescientos cuarenta frente a folios
trescientos cincuenta y cinco frente del Libro CUARTO de Registro
e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de PRODUCCION IN-
DUSTRIAL Y AGROINDUSTRIAL, que lleva el Registro Nacional
de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE
FOMENTO COOPERATIVO.
San Salvador, veintiuno de agosto de dos mil catorce.
MISAEL EDGARDO DIAZ,
Jefe de Registro Nacional de Asociaciones
Cooperativas.
Of. 1 v. No. 910
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCION JURIDICA DEL DE-
PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
AGROPECUARIA "SERENA" DE RESPONSABILIDAD LIMITA-
DA, QUE SE ABREVIA "ACOPASE" DE R. L., con domicilio en el
municipio de San José Villanueva, departamento de La Libertad, obtuvo
su personalidad jurídica el día doce de agosto del año dos mil catorce, e
inscrita en el libro ciento veinte de Registro que esta Ofi cina lleva bajo
la siguiente codifi cación: Dos mil novecientos setenta del Sector No
Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial el
asiento y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los un día del mes septiembre del año dos mil
catorce.
NOTIFIQUESE.
LIC. ANGELA DEL CARMEN MANZANO,
JEFA SECCION JURIDICA.
Of. 1 v. No. 911
43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas y treinta y tres minutos del día siete de agosto del pre-sente año; SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCION DEJO EL SEÑOR RAMON ANTONIO RIVAS, quien fue de ochenta y seis años de edad, Albañil, fallecido el día quince de agosto del año dos mil doce, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de los señores: ROSA ARGENTINA PINEDA, de cincuenta y tres años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Salvador; MIRIAN DEL CARMEN RIVAS DE MENJIVAR, de cuarenta y seis años de edad, casada, Empleada, del domicilio de San Salvador, y CARLOS ALBERTO RIVAS PINEDA, de cuarenta y ocho años de edad, Albañil, soltero, del domicilio de Apopa; todos en calidad de hijos del causante.
Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la Admi-nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y cuarenta minutos del día siete de agosto del año dos mil catorce. Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 896-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las diez horas y treinta y tres minutos del día siete de agosto del presente año; SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENE-FICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCION DEJO EL SEÑOR ANTONIO QUIJANO CARRILLO, quien fue de setenta y seis años de edad, casado, Motorista, fallecido el día treinta de septiembre del año dos mil, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de la señora MARIA ANITA MENJIVAR VIUDA DE QUIJANO, de sesenta y un años de edad, Comerciante, del domicilio de Apopa; en calidad de cónyuge sobreviviente, y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que les correspondían a las señoras: KARLA EUGENIA QUIJANO LANDAVERDE, de treinta y cuatro años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa, y RUBENIA DEL CARMEN QUIJANO HERNANDEZ, de treinta y dos años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa, las dos en calidad de hijas del causante.
Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado, la Adminis-tración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y cuarenta minutos del día siete de agosto del año dos mil catorce.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 897-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas y veinte minutos del día siete de agosto del presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor OSCAR ALBERTO SUAREZ GARCIA, quien fue de cuarenta años de edad, Electricista, Soltero, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero ciento seis - trescientos mil ochocientos setenta y dos - ciento uno - dos; fallecido el día trece de enero del año dos mil trece; siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de las menores: WENDY JOHANNA SUAREZ ABARCA, de dieciséis años de edad, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero seis uno cuatro - cero nueve cero cinco nueve siete - uno cero siete - cinco; y KATHERINE LISSETH SUAREZ ABARCA, de doce años de edad, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero seis uno cuatro - uno siete cero cuatro cero uno - uno cero seis - uno; y de parte de los señores: MARIA ELENA SUAREZ TORRES, de sesenta y dos años de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Guaymango, departamento de Ahuachapán, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero ciento seis - doscientos sesenta mil novecientos cincuenta y uno - ciento uno - nueve; y RAMON GARCIA MARTINEZ, de sesenta y siete años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Guaymango, departamento de Ahuachapán, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero ciento diez - ciento cincuenta mil trescientos cuarenta y siete - cero cero uno - ocho; en calidad de Hijas y padres de la Causante, respectivamente.
Y se les confi rió a las aceptantes en el carácter indicado, la Admi-nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; derechos que deberán ejercer las menores: WENDY JOHANNA SUAREZ ABARCA y KATHERINE LISSETH SUAREZ ABARCA, a través de su Representante Legal, señora YANIRA ELIZABETH ABARCA CARRILLO.
Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y veintisiete minutos del día siete de agosto del año dos mil catorce.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt No. 898-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
MARIO ERNESTO DE PAZ GRANILLO, Notario, del domicilio de
El Triunfo, departamento de Usulután, con ofi cina ubicada en la inter-
sección de la Tercera Calle Poniente y Cuarta Avenida Norte, Barrio El
Centro, de esta ciudad.
HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintiséis de agosto del corriente año, se ha
declarado a los señores JULIO CESAR AYALA TORRES conocido
registralmente por JULIO CESAR TORRES AYALA y por JULIO
CESAR TORRES; JOSE ARISTIDES AYALA TORRES y LORENA
DEL CARMEN AYALA TORRES, herederos defi nitivos con benefi cio
de inventario de los bienes que a su defunción el día veintitrés de abril
de dos mil catorce, en la ciudad de Soyapango, departamento de San
Salvador, siendo ese su último domicilio, dejara el señor JUAN ANTO-
NIO AYALA SANCHEZ conocido por JOSE ANTONIO AYALA y por
JUAN ANTONIO AYALA, en su concepto de herederos testamentarios
del causante, habiéndoseles conferido la representación y administración
defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de El Triunfo, departamento de Usulután, a
los veintisiete días del mes de agosto de dos mil catorce.
MARIO ERNESTO DE PAZ GRANILLO,
NOTARIO.
1 v. No. C004542
MARIA ELENA NOEMY RAMIREZ AYALA, Notario, de este do-
micilio, con ofi cina en Centro Comercial Guadalupe, Local Dos-Seis,
San Juan Opico, Departamento de La Libertad, al público, para los
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
en esta ciudad a las quince horas del día veintiséis del corriente mes y
año, se ha declarado HEREDERO AB-INTESTATO, con benefi cio de
inventario al señor MARTIN DE JESUS RAFAELANO DE PAZ, en
concepto de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían
a los señores Ovidio de Jesús Cáceres Sánchez o Ovidio de Jesús Cáce-
res y Elena Ramírez Viuda de Aquino conocida por Elena Ramírez, el
primero en calidad de cónyuge sobreviviente y la segunda en calidad de
madre sobreviviente de la causante, que a su defunción en San Martín,
Departamento de San Salvador, el día veintiuno de diciembre del año
dos mil ocho, dejara la causante, siendo la ciudad de San Martín, Depar-
tamento de San Salvador, su último domicilio. Por tanto se ha conferido
al heredero declarado la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
DEFINITIVA de la SUCESIÓN antes mencionada por lo que se avisa
al público para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de San Juan Opico, Departamento de La
Libertad, a las ocho horas del día veintiocho de agosto del año dos mil
catorce.
LICDA. MARIA ELENA NOEMY RAMIREZ AYALA,
NOTARIO.
1 v. No. C004549
DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO, Notario, del do-
micilio de esta ciudad, con ofi cina ubicada en Cuarta Avenida Norte,
Número Cinco D, Barrio El Centro, de la ciudad de Cojutepeque, De-
partamento de Cuscatlán, al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las
quince horas del día veintiséis de junio de dos mil catorce, se ha declarado
HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de inventario de la Herencia
Testamentaria de los bienes que a su defunción dejó el causante FELIX
ANTONIO SARAVIA, ocurrida el día veintidós de marzo de dos mil
trece, en Huntington, Nueva York, Estados Unidos de América, teniendo
como su último domicilio el de Central Islip, Nueva York, Estados Unidos
de América, al señor CARLOS ARISTIDES SARAVIA ORTIZ cono-
cido por CARLOS ARISTIDES SARAVIA, en su calidad de Heredero
Testamentario del referido causante. Habiéndosele conferido al aceptante
la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los veintisiete días del mes
de agosto de dos mil catorce.
LICDA. DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO,
NOTARIO.
1 v. No. C004554
45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y
Mercantil de la Ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta
y cuatro minutos del día veintidós de agosto de dos mil catorce, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte
de las señoras ANDREA DEL CARMEN SAENZ ORELLANA conocida
por ANDREA DEL CARMEN SAENZ DE CHAVEZ, mayor de edad,
empleada, del domicilio de la ciudad de Waldorf, Estado de Maryland,
de los Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número:
A siete cero cero nueve dos tres ocho cero y Tarjeta de Identifi cación
Tributaria número: un mil doscientos tres - cero cincuenta mil quinientos
cincuenta y nueve - cero cero uno - cero: y SILVIA YANIRA SAENZ
ORELLANA conocida por SILVIA YANIRA SAENZ DE ANGEL,
mayor de edad, empleada, del domicilio de la ciudad de Waldorf, Estado
de Maryland, de los Estados Unidos de América, con Documento Único
de Identidad número: cero cero uno ocho nueve uno cuatro cinco - cinco
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: un mil doscientos tres-
ciento veinte mil ciento sesenta y nueve - ciento uno - ocho, en calidad
de herederas testamentarias de la causante, y como cesionarias de los
derechos que les correspondían a los señores ANTONIA LUISA SAENZ
DE RIVAS, JOSE ELIAS SAENZ ORELLANA, JOSE CANDELARIO
SAENZ ORELLANA y SILVANO ARNOLDO SAENZ ORELLANA,
en calidad de herederos testamentarios; la herencia testamentaria que dejó
al fallecer la señora MARIA ANASTACIA ORELLANA DE SAENZ,
quien fue de ochenta años de edad, casada, ama de casa, originaria de
Yucuaiquín, departamento de La Unión, hija de los señores ALEJAN-
DRO ORELLANA y ALEJANDRA HERNANDEZ DE ORELLANA;
fallecida el día treinta de marzo de dos mil siete, en Barrio El Calvario,
siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel.
Confi éraseles a las herederas declaradas, señoras ANDREA DEL
CARMEN SAENZ ORELLANA conocida por ANDREA DEL CAR-
MEN SAENZ DE CHAVEZ y SILVIA YANIRA SAENZ ORELLANA
conocida por SILVIA YANIRA SAENZ DE ANGEL, la administración
y representación defi nitiva de la herencia testamentaria.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, de la Ciudad
de San Miguel, a los veintidós días del mes de agosto del dos mil catorce.
LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ
PEREZ, SECRETARIO.
1 v. No. C004558
RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO, SUPLENTE.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas
de esta fecha, se ha declarado a VILMA NORIS AREVALO VIUDA
DE VALIENTE, mayor de edad, Ofi cios Domésticos, del domicilio
de Turín, Departamento de Ahuachapán, con Documento Único de
Identidad número cero cero ochocientos veinticuatro mil cuatrocientos
veintiocho - cuatro y número de Identifi cación Tributaria número cero
ciento tres - veinte cero tres sesenta y cinco - ciento dos - uno; HEREDE-
RA DEFINITIVA abintestato con Benefi cio de Inventario del causante
UVALDO ERNESTO VALIENTE AREVALO, quien fue de veintisiete
años de edad, Empleado, fallecido a las siete horas dieciocho minutos
del día nueve de marzo de dos mil once, en Hospital Médico Quirúr-
gico del Seguro Social de San Salvador, siendo la población de Turín
del departamento de Ahuachapán, su último domicilio; en concepto de
madre y como Cesionaria de los derechos que le correspondían a Luisa
Dolores Cenizales de Valiente, Esposa del Causante.
Confi érasele a la HEREDERA DECLARADA, en el carácter dicho
LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVAS de
la sucesión con las facultades de ley.
Lo que se Avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
nueve horas y quince minutos del día veintiuno de agosto del año dos
mil catorce. LIC. RAFAEL JOSÉ ANTONIO VELÁSQUEZ MEJÍA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, SUPLENTE. LIC. HUGO ALCIDES
MARTÍNEZ SANTILLANA, SECRETARIO.
1 v. No. F021757
LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPAR-
TAMENTO DE CHALATENANGO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a
las once horas y veinte minutos del día veinte de agosto del presente
año, se ha declarado heredero defi nitivo al señor Heriberto Alas Lemus,
en su calidad de hijo y cesionarios de los derechos hereditarios que le
correspondía al señor Héctor Tulio Alas Núñez, en su calidad de cónyuge
de la causante señora MARIA ESTER LEMUS DE ALAS, conocida por
Ester Lemus, de sesenta y cinco años edad, ofi cios domésticos, originaria
y del domicilio de La Reina; salvadoreña, hija de María Maldonado y
Félix Lemus, falleció a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del
día dieciocho de agosto del dos mil doce. Confi érese al aceptante la
administración y representación defi nitiva de la sucesión.
46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los veinte días del mes de agosto del
dos mil catorce. LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDUARDO COLOCHO
RAMÍREZ, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F021789
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída, a las ocho horas y treinta
y siete minutos de este día, se han declarado herederos abintestato con
benefi cio de inventario del causante señor NELSON FREDY GOMEZ
GARCIA, quien falleció el día veintidós de marzo del año dos mil cator-
ce, a la edad de cincuenta y siete años, siendo en esta ciudad su último
domicilio, a los señores MARTA GARCIA GUERRERO conocida por
MARTA ALICIA GARCIA, por MARTA GARCIA y por MARTHA
GUEVARA, NELSON FREDY GOMEZ URIAS, OSCAR RAUL
GOMEZ URIAS, MARIA ISABEL MORALES DE GOMEZ, y el
menor DIEGO JOSE GOMEZ MORALES, representado por la señora
MARIA ISABEL MORALES DE GOMEZ, en concepto de madre del
referido menor; en calidad de madre la primera, de hijos el segundo, el
tercero y el último y la restante en calidad de cónyuge sobreviviente del
causante.
Confi érese a los aceptantes en el concepto antes indicado, la
administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión y el
menor DIEGO JOSE GOMEZ MORALES, representado por la señora
MARIA ISABEL MORALES DE GOMEZ, en concepto de madre del
referido menor.
Lo que se avisa al público, para efectos de ley.
Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los veintinueve días del
mes de agosto del año dos mil catorce. LIC. ROBERTO RICARDO
RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SARA
ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIA.
1 v. No. F021806
LICENCIADO FRANCISCO EVELIO ALVARENGA GOMEZ, No-
tario, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San Salvador,
con ofi cina situada en 19 Calle Poniente, Número Trescientos Quince,
Edifi cio "M M", Local Dos, Centro de Gobierno, Ciudad.
AVISA: Que por resolución proveída, a las doce horas de este
mismo día en diligencias de Aceptación de herencia he DECLARADO
HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO a los señores ANGEL MARIA VANEGAS, YOLANDA
VALLE DE VANEGAS, SANDRA ESMERALDA GARCIA VIU-
DA DE VANEGAS, NELSON ANTONIO VANEGAS GARCIA, y
SANDRA FIDELINA VANEGAS GARCIA, y le he conferido a los
aceptantes la administración y representación defi nitiva de la sucesión,
deviniendo en propietarios de los bienes.
Lo que hago del conocimiento público para los efectos legales.
LIBRADO: En la ciudad de San Salvador, el día veintisiete de
agosto del año dos mil catorce.
LIC. FRANCISCO EVELIO ALVARENGA GOMEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F021815
SALVADOR ERNESTO GALLARDO RODRIGUEZ, Notario, del
domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, con ofi cina situada
en Cuarta Calle Poniente, Número Once, Apopa, Departamento de San
Salvador, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Despa-
cho, a las siete horas del día treinta de julio del presente año, ha sido
DECLARADA HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción
dejó el señor MARTIN ALBERTO FLORES conocido por MARTIN
FLORES, de 46 años de edad, Empleado, Soltero, falleció a las trece
horas y veinte minutos del día quince de enero de dos mil doce, en
Los Ángeles California, Estados Unidos de América, siendo su último
domicilio, LONG BEACH, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA; de parte de la señora ANDREA FLORES, de noventa años
de edad, Ama de Casa, del domicilio de Apopa, con Documento Único
de Identidad Número cero dos dos seis seis siete tres cuatro - nueve años
de edad, en calidad de abuela sobreviviente.
47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado, la adminis-
tración y representación defi nitiva de los bienes de la Sucesión.
Librado en la oficina del Notario SALVADOR ERNESTO
GALLARDO RODRIGUEZ, en la ciudad de Apopa, Departamento de
San Salvador, a los treinta días del mes de julio de dos mil catorce.
LIC. SALVADOR ERNESTO GALLARDO RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F021828
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta y dos
minutos del día dos de junio del presente año; SE DECLARARON
HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO
DE INVENTARIO a los señores: CANDIDA LUZ MENJIVAR DE
CENTENO, de cuarenta años de edad, Licenciada en Enfermería, del
domicilio de Apopa; JORGE CENTENO GUARDADO, de sesenta y
siete años de edad, Comerciante, del domicilio de Apopa; y LUZ DE
MARIA MORAN DE ALVARADO, de sesenta años de edad, Modista,
del domicilio de San Marcos, y residente actualmente en los Estados
Unidos de América; y a los menores: JAVIER ERNESTO CENTENO
MENJIVAR, de dieciséis años de edad, Estudiante, del domicilio de
Apopa; y DIEGO ALEJANDRO CENTENO MENJIVAR, de quince
años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; la primera en calidad
de cónyuge sobreviviente; el segundo y la tercera como padres del cau-
sante; y los dos restantes en calidad de hijos del De Cujus; de la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor JORGE ERNESTO CENTENO
MORAN, de cuarenta y tres años de edad, Ingeniero Mecánico, Casado,
fallecido el día diez de mayo del año dos mil trece, siendo la Ciudad de
Apopa, su último domicilio.
Y se les confi rió a los herederos declarados, en el carácter indicado,
la administración y representación defi nitiva de los bienes de la Sucesión;
debiendo los menores: JAVIER ERNESTO CENTENO MENJIVAR y
DIEGO ALEJANDRO CENTENO MENJIVAR, ejercer sus derechos por
medio de su Representante Legal, señora CANDIDA LUZ MENJIVAR
DE CENTENO.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y
cincuenta minutos del día dos de junio del año dos mil catorce. DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F021830
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas cincuenta
y un minutos del día treinta y uno de julio del año dos mil catorce,
proveída por este Juzgado en las presentes Diligencias de Aceptación
de Herencia Abintestato con benefi cio de inventario, seguidas por el
Licenciado MARLON MAURICIO ACEVEDO CERON, actuando en
su calidad de Apoderado General Judicial de los señores ROSALINA
GUTIÉRREZ MENDOZA, de sesenta y tres años de edad, comerciante,
del domicilio de Chalchuapa, de este departamento, con Documento
Único de Identidad número cero uno nueve tres uno nueve cero cero-
cero y HÉCTOR OBDULIO HERNÁNDEZ CASTRO, de cincuenta y
un años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de Chalchuapa,
de este departamento, con Documento Único de Identidad número cero
uno cinco ocho nueve ocho cuatro seis - ocho, se ha tenido de forma
DEFINITIVA, aceptada expresamente, por parte de los referidos señores,
en su calidad de herederos Abintestato en calidad de hijos sobrevivientes
del causante, señora VICTORIA MENDOZA HERNÁNDEZ conocida
como VICTORIA MARTA MENDOZA y por VICTORIA MENDOZA
DE GUTIÉRREZ, y por VICTORIA MENDOZA y por VICTORIA
HERNÁNDEZ, quien fuera de sesenta y siete años de edad, originaria
de Coatepeque, de este departamento, de ofi cios domésticos, del domi-
cilio de Texistepeque, de nacionalidad Salvadoreña, casada con José
León Gutiérrez, ya fallecido, siendo su último domicilio la ciudad de
Chalchuapa, falleciendo el día quince de enero de dos mil nueve, hija de
Pablo Mendoza, y Carmen Hernández, ambos fallecidos, Confi riéndosele
DEFINITIVAMENTE, la Administración y Representación con benefi cio
de inventario de la sucesión relacionada.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: Santa Ana, a las quince horas con once minutos del día
treinta y uno de julio de dos mil catorce. LIC. RODRIGO ERNESTO
BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, SANTA ANA. LIC. LUIS ROLANDO MOLINA GARCÍA,
SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F021833
48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once
horas de este día, se han declarado herederas defi nitivas con benefi cio de
inventario en la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
CANDELARIO HERNANDEZ, quien fue de treinta y cinco años de
edad, Jornalero, casado; ocurrida el día dieciocho de junio del año de mil
novecientos sesenta y uno, en el Cantón Tecoluco, jurisdicción de San
Pedro Perulapán, de este Departamento, a los señores MARIA JULIA
LOPEZ DE VENTURA, de setenta y nueve años de edad, doméstica,
del domicilio de Mejicanos, jurisdicción del Departamento de San
Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero cero siete
nueve seis seis seis cero-cinco, con Número de Identifi cación Tributaria
cero siete uno seis-cero nueve cero cuatro tres cuatro-uno cero uno-tres;
KARINA HERNANDEZ LOPEZ, de cincuenta y ocho años de edad,
empleada, del domicilio de San Salvador; con Documento Único de
Identidad Número cero dos uno tres nueve ocho nueve cero-cinco, con
Número de Identifi cación Tributaria cero siete uno cero-cero ocho cero
tres cinco cinco-uno cero uno-cuatro; y FELIX HERNANDEZ LOPEZ,
de cincuenta y seis años de edad, Licenciado en Contaduría Pública, del
domicilio de Santa Tecla, con Documento Único de Identidad Número
cero uno cero seis tres tres seis cinco-uno, con Número de Identifi cación
Tributaria cero siete uno cero-uno nueve cero cinco cinco siete-cero cero
uno-cero, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente y los demás
como hijos del referido causante.
Habiéndose conferido a los aceptantes la administración y repre-
sentación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas
y cincuenta minutos del día cinco de junio del año dos mil catorce.-
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
1 v. No. F021835
JUAN ANTONIO COTO MENDOZA, Notario del domicilio de Santa
Ana, con ofi cina situada en Cuarta Calle Poniente entre Segunda y Cuarta
Avenida Norte número cinco, de la ciudad de Santa Ana, al público para
los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución pronunciada a las dieciséis horas y
treinta minutos del día veinticinco de agosto del año dos mil catorce,
se han declarados HEREDEROS con benefi cio de inventario a los
señores ANGEL DE LA GUARDA NUÑEZ, ANA MARIA NUÑEZ
DE RODRIGUEZ y SILVIA CAROLINA NUÑEZ MARROQUIN,
en la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día diez de
septiembre del año dos mil once, en la ciudad de Santa Ana, lugar de
su último domicilio, dejó la causante ANA AYDE MARROQUIN DE
NUÑEZ, conocida por ANA HAYDEE MARROQUIN DE NUÑEZ,
ANA HAYDEE MARROQUIN, y ANA HAYDEE MARROQUIN
MARTINEZ DE NUÑEZ, quien fue de setenta y cuatro años de edad, ama
de casa, de este origen y domicilio, al primero en su calidad de cónyuge
sobreviviente, y las dos últimas como hijas de la referida causante.-
Se les ha conferido a los herederos la administración y representación
defi nitiva de la sucesión en la calidad antes dicha.-
Librado en Santa Ana, a los veinticinco días del mes de agosto del
año dos mil catorce.-
LICDO. JUAN ANTONIO COTO MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. F021858
RICARDO DE JESUS GALDAMEZ, Notario, de este domicilio, al
público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución del suscrito Notario pronunciada a
las doce horas del día veintinueve de agosto de dos mil catorce, en las
diligencias de aceptación de herencia intestada que ante mis ofi cios
notariales ha promovido la señora ROSA IRMA ALVARADO conocida
por ROSA IRMA ALVARADO DE BARRIOS, de cincuenta y ocho
años de edad, Costurera, del domicilio de San Juan Opico, de los bienes
que a su defunción dejó la señora MARIA ENMA CHICAS conocida
por MARIA ENMA AMAYA VIUDA DE ALVARADO y por MARIA
ENMA AMAYA, fallecida intestadamente a las doce horas diez minutos
del catorce de diciembre de dos mil doce, en el Hospital Psiquiátrico
de la ciudad y Departamento de San Salvador, quien al momento de
su muerte era de Nacionalidad Salvadoreña, de noventa años de edad,
de Ofi cios Domésticos y del domicilio de Caluco, Departamento de
Sonsonate, aceptante a quien se le ha Declarado Heredera Defi nitiva en
su calidad de hija de la causante y se le ha conferido la administración
y representación legal Defi nitivas de la sucesión.
49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
efectos de ley, y se presenten a mi ofi cina situada en Colonia Médica,
Av. Dr. Emilio Álvarez, Edifi cio San Francisco, local cinco, ciudad de
San Salvador, a manifestar si se oponen o no a las presentes de lo que
en derecho les corresponda.
San Salvador, veintinueve de agosto de dos mil catorce.
RICARDO DE JESUS GALDAMEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F021859
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal a las diez
horas quince minutos del día veintitrés de julio de dos mil catorce,
en las presentes diligencias de aceptación de herencia intestada que
a su defunción dejó la causante señora ELENA ISABEL MAGAÑA
LINARES, promovidas por el Abogado MARITZA ESTER CAMPOS
FLORES, en su calidad de Apoderada General Judicial de los señores
MARIA ELISA MAGAÑA VANEGAS y MARIO SALVADOR MA-
GAÑA VANEGAS, en su calidad de hijos; se han declarado herederos
ABINTESTATO y con benefi cio de inventario de la herencia intestada
que a su defunción dejó la causante señora ELENA ISABEL MAGAÑA
LINARES, quien fue de cincuenta años de edad, de ofi cios Domésticos,
Soltera, salvadoreña, originaria de Texistepeque, Departamento de San
Salvador, y del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador,
hija de MARIA ELPIDIA LINARES y JUAN MAGAÑA, quien falleció
el día doce de enero de mil novecientos noventa y ocho; de parte de los
señores MARIA ELISA MAGAÑA VANEGAS y MARIO SALVADOR
MAGAÑA VANEGAS, en su calidad de hijos de la causante, repre-
sentados judicialmente por su abogada MARITZA ESTER CAMPOS
FLORES; se ha conferido al heredero declarado la representación y
administración DEFINITIVA de la herencia intestada.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas
treinta minutos del día veintitrés de julio de dos mil catorce. LIC. EDGAR
ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F021878
CARLOS GILBERTO PORTILLO, Notario de este domicilio, con ofi -
cina en Edifi cio Ciento veintinueve, Segunda Avenida Norte o Avenida
Monseñor Oscar Arnulfo Romero, número ciento veintinueve, Segunda
Planta, local doscientos dieciséis, San Salvador.
AVISA: Que por resolución dictada por el suscrito a las quince horas
del día once de agosto de dos mil catorce, ha sido declarado heredero
defi nitivo con benefi cio de inventario de la herencia testamentaria que
a su defunción dejó la causante señora MARIA TERESA AGUIRRE
CAMPOS VIUDA DE AVILES, defunción ocurrida a las siete horas y
diez minutos del día veintitrés de julio del año dos mil doce, en el Hos-
pital General del Seguro Social de la ciudad de San Salvador, siendo su
último domicilio la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador;
al señor JOSE HECTOR AVILES AGUIRRE, en su concepto de hijo
y de heredero testamentario de la de Cujus; a quien se le ha conferido
la administración y representación defi nitiva de los bienes de la suce-
sión.
Lo que hace saber para los efectos de ley.
San Salvador, doce de agosto de dos mil catorce.
CARLOS GILBERTO PORTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. F021880
JOSE ORLANDO MENDOZA CAMPOS, Abogado y Notario, del
domicilio de Santa Ana, con Ofi cina Particular situada en Sexta Calle
Poniente entre Segunda y Cuarta Avenida Norte, Local Número siete,
de la ciudad de Santa Ana,
AVISA: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las
diez horas del día veinticinco de agosto del corriente año, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con benefi cio de inventario
50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
a la señora: ARGELIA FLORES DE SANDOVAL, en la sucesión que
dejó el causante: EDUARDO ANTONIO SANDOVAL MARTINEZ,
quien fue de sesenta y tres años de edad, Casado, Agricultor, originario
de San Antonio Pajonal, departamento de Santa Ana, de Nacionalidad
Salvadoreña, quien era portador de su Documento Único de Identidad
Número: cero un millón novecientos treinta mil seiscientos veintinueve-
nueve; hijo de los señores: Ambrosio de Jesús Sandoval Sandoval ya
fallecido, y de la señora: Andrea Avelina Martínez Soto ahora Andrea
Avelina Martínez viuda de Sandoval, siendo su último domicilio, San
Antonio Pajonal, departamento de Santa Ana, lugar en el que falleció, el
día doce de Marzo del año dos mil catorce; en su concepto de Cónyuge
sobreviviente y Cesionaria del derecho que le correspondía a la señora:
Andrea Avelina Martínez Soto ahora Andrea Avelina Martínez viuda
de Sandoval, como Madre sobreviviente del causante, en consecuencia
se le confi ere a la heredera declarada la administración y representación
defi nitiva de la referida sucesión.-
Por lo que se AVISA, al público para los efectos de Ley.-
Librado en la ciudad de Santa Ana, a los veintiséis días del mes
de agosto del año dos mil catorce.-
LIC. JOSE ORLANDO MENDOZA CAMPOS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F021910
RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera
Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 15:00 horas de este día se declaró
heredera defi nitiva abintestato y con benefi cio de inventario a la señora
Mercedes Flores de Zamora, esposa del causante Manual Zamora Díaz,
quien falleció a las dieciséis horas con treinta minutos del día veinticuatro
de mayo del año dos mil doce, en hacienda "Copapayo", Tres Ceibas,
Armenia, causa de la muerte ignorada, de 89 años de edad, jornalero,
casado, originario de Juayúa, Sonsonate, del domicilio de esta ciudad,
hijo de Cecilio Díaz y Francisca Zamora (fallecidos).
Y se confi rió a dicha aceptante en la calidad referida, la adminis-
tración y representación defi nitiva de la sucesión.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
Sonsonate, a los veintiocho días del mes agosto del año dos mil catorce.
LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. F021912
Rafael Eduardo Menéndez Contreras, Juez de Primera Instancia de la
ciudad de Armenia, Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 09:30 horas de este día se declaró heredero
defi nitivo abintestato y con benefi cio de inventario al señor Fernando
Guardado Castillo, esposo sobreviviente de la causante y cesionario de
los derechos que le correspondían a Reina Guardado de Solórzano y
Úrsula Alicia Guardado de Nolasco, hijas sobrevivientes de la causante
Rosa Alicia Pineda de Guardado, quien falleció el día 10 de abril del
presente año, de 61 años de edad, a consecuencia de insufi ciencia res-
piratoria aguda e insufi ciencia renal crónica, anuria, originaria de esta
ciudad, salvadoreña, hija Francisco Reyes y Zoila Pineda, con último
domicilio en Colonia San Antonio, calle principal casa número 124-A,
de esta ciudad.
Y se confi rió a dicho aceptante en la calidad referida, la adminis-
tración y representación defi nitiva de la sucesión.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
Sonsonate, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil ca-
torce. LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
ANGEL, SECRETARIO.
1 v. No. F021915
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince
horas con cincuenta y cinco minutos de este día, se han declarado herederos
51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los
bienes que a su defunción acaecida, el día catorce de febrero de dos mil
trece, en San Salvador, siendo Sensuntepeque, Departamento de Caba-
ñas, su último domicilio; dejó el señor LUIS ALONSO HERNANDEZ
ALVARENGA, quien fue de sesenta y dos años de edad, casado, albañil,
hijo de José Cupertino Hernández conocido por Cupertino Hernández; y
de Estebana Alvarenga Pérez conocida por María Estebana Alvarenga y
por Estebana Alvarenga, originario de Ciudad Victoria, Departamento
de Cabañas; a los señores JUAN CARLOS HERNANDEZ MENDEZ
y MARCO TULIO MENDEZ HERNANDEZ, en calidad de hijos del
causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que en calidad de
hijos del causante le correspondían a los señores JOSE LUIS ALBERTO
HERNANDEZ MENDEZ, JOSE OSMIN MENDEZ, OSCAR ANTO-
NIO MENDEZ y MELVIN RIGOBERTO MENDEZ HERNANDEZ;
y el señor MARCO TULIO MENDEZ HERNANDEZ, a su vez como
cesionario de los derechos hereditarios que en calidad de cónyuge del cau-
sante le correspondían a la señora NURIA ESMERALDA RODRIGUEZ
DE HERNANDEZ hoyVIUDA DE HERNANDEZ; representados por
el Licenciado ABDON WILFREDO BONILLA QUINTEROS, como
Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele con-
ferido a los herederos la administración y representación DEFINITIVA
de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
tres días del mes de julio de dos mil catorce. LIC. JOSE ANGEL PO-
SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F021919
CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-
AVISA: Que por resolución proveída por este tribunal, a las doce
horas treinta minutos del día veinticinco de agosto de dos mil catorce.- Se
ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con
benefi cio de inventario, a la señora TOMASA DEL CARMEN MON-
ZON FLORES, en su concepto de madre del causante ELI ERNESTO
MONZÓN, quien fue de veinticinco años de edad, empleado, soltero,
fallecido a las diez horas quince minutos del día veintiséis de enero de dos
mil catorce, en el kilómetro cuatro, Autopista de Oro, carril que conduce
de oriente a poniente, del Municipio de Soyapango, departamento de San
Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; a quien
se le ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas
veintidós minutos del día veintisiete de agosto de dos mil catorce.- LIC.
CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F021936
ARACELY ELIZABETH FUENTES, Notario, de este domicilio, con
ofi cina Profesional situada en Pasaje San Juan, Número diecinueve,
Colonia La Rábida, San Salvador, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita No-
tario, en esta ciudad, a las diez horas y treinta minutos de este mismo
día, se ha declarado al señor PEDRO ALBERTO AREVALO, heredero
defi nitivo ab-intestato y con benefi cio de inventario, de los bienes que
a su defunción dejó la señora ROSA EMILIA CANDELARIO DE
AREVALO, fallecida a las doce horas y veintitrés minutos del día once
de septiembre de dos mil trece, en la ciudad de Tejutla, Departamento de
Chalatenango, su último domicilio, en su calidad de cónyuge sobreviviente
de la causante y como Cesionario de los derechos hereditarios que en la
presente sucesión les correspondía a los señores: Victoria Concepción
Candelario de Alvarado, Edith Argelia Candelario, Claudia Esmeralda,
Angela del Carmen, Pedro Alberto, Diana Marcela y Rosa Mindi, estos
últimos cinco de Apellidos Arévalo Candelario, todos como hijos de la
causante; y Marcos Alberto Candelario y Victoria Pérez de Canlario,
como padres sobrevivientes de la causante.
Confi érese al heredero declarado la administración y representación
defi nitiva de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
LIBRADO en mi Ofi cina Profesional, San Salvador, quince de
agosto de dos mil catorce.
LIC. ARACELY ELIZABETH FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F021938
52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ACEPTACION DE HERENCIA
ABDUL MOLINA MEJIA, Notario, de este domicilio con ofi cina Jurídica
Situada en la Novena Calle Poniente Número Ciento Treinta y Seis, de
esta ciudad, al público para efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída par el suscrito No-
tario, a las quince horas del día veintiocho de agosto del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora JUANA
SANTOS ESQUIVEL GARAY, conocida también por JUANA SANTOS
ESQUIVEL DE CAMPOS, por JUANA SANTOS ESQUIVEL viuda DE
CAMPOS, por JUANA SANTOS ESQUIVEL, por JUANA SANTOS
GARAY, y por SANTOS GARAY, quien falleció a la edad de ochenta
y seis años, en el Hospital Nacional del Instituto Salvadoreño del Seguro
Social de San Salvador, de este Departamento, a la Una hora, Cincuenta y
Tres minutos del día Quince de Junio del año Dos Mil Catorce, a conse-
cuencia de Insufi ciencia Respiratoria, Enfermedad Pulmonar Obstructiva
Crónica, con asistencia médica atendida por Fidel Alejandro Miranda
Ventura; siendo la ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, su
último domicilio, y sin haber formalizado Testamento alguno; de parte
de los señores: JUAN DE JESUS CAMPOS, conocido por JUAN DE
JESUS CAMPOS GARAY, y por JUAN DE JESUS GARAY CAMPOS;
ROSA ELVIRA GARAY; BLANCA LIDIA GARAY; RAUL GARAY;
JOSE ANTONIO GARAY, conocido por JOSE ANTONIO CAMPOS
GARAY, y por JOSE ANTONIO CAMPOS; TERESA DEL CARMEN
GARAY; JOSE MAURICIO GARAY CAMPOS, conocido por JOSE
MAURICIO CAMPOS GARAY; MARIA ISABEL GARAY; y MARIA
MAGDALENA GARAY, hoy viuda DE BONILLA, en su carácter de
hijos de la causante señora JUANA SANTOS ESQUIVEL GARAY,
conocida también por JUANA SANTOS ESQUIVEL DE CAMPOS,
por JUANA SANTOS ESQUIVEL viuda DE CAMPOS, por JUANA
SANTOS ESQUIVEL, por JUANA SANTOS GARAY, y por SANTOS
GARAY. Y se les ha conferido a los aceptantes la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia Yacente.
Por lo anterior, se CITAN a los que se crean con derecho a la
herencia para que se presenten a las ofi cinas situadas en Novena Calle
Poniente, Número Ciento Treinta y Seis, de esta Ciudad, en el término de
Quince días contados desde el día siguiente a la presente publicación.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a las Diez horas del día
veintinueve de agosto de dos mil catorce.
LIC. ABDUL MOLINA MEJIA,
NOTARIO.
1 v. No. C004530
JOSE RODRIGO FLORES RAMOS, Notario, de este domicilio, con
Despacho Notarial situado en: Centro Comercial Andrómeda, local
veintiuno, segundo nivel, Boulevard Constitución, San Salvador, al
público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito, a
las ocho horas del día treinta de agosto dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la
señora: LILIAM SAMOUR viuda DE ZABLAH conocida por LILIAN
SAMOUR GOMEZ y por LILIAN SAMOUR DE ZABLAH, de setenta
y tres años de edad quien es cesionario de los derechos hereditarios en
abstracto y por derecho de representación que pertenecían a JULIO ISSA
ZABLAH SAMOUR y CARLOS EDUARDO ZABLAH SAMOUR
quienes son hijos del señor JULIO ZABLAH quien era hermano de la
causante; de la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta
ciudad, a las OCHO HORAS Y CINCUENTA MINUTOS DEL DIA
DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO, siendo su último
domicilio la ciudad de San Salvador de este Departamento, lugar donde
residía; dejó la causante señora JUANA ZABLAH conocida por JUANA
ZABLAH DE ZABLAH, quien fue de noventa y cuatro años de edad,
ama de casa, del domicilio de la ciudad de San Salvador, Departamento
de San Salvador.
A la aceptante se le ha conferido la Administración y Representación
Interina de la Sucesión con las facultades y limitaciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público, para los efectos legales.
Librado en la ofi cina del Notario JOSE RODRIGO FLORES
RAMOS, en San Salvador, a los treinta días del mes de agosto de dos
mil catorce.
JOSE RODRIGO FLORES RAMOS,
NOTARIO.
1 v. No. C004534
EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio
de Cojutepeque y de San Vicente, con ofi cina Ubicada en Calle José
Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departa-
mento de Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veintinueve de agosto de dos mil catorce, se
53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que al fallecer el día doce de febrero de dos mil catorce,
en Cantón Veracruz Arriba, Jurisdicción de Jerusalén, Departamento de
La Paz, dejó el señor MERCEDES ALEGRIA MONTOYA conocido
por MERCEDES ALEGRIA, teniendo como su último domicilio el
mismo lugar de su fallecimiento, a la señora ANGELA OSORIO DE
ALEGRIA conocida por MARIA ENIRMA OSORIO y por ANGELA
OSORIO, en su concepto de cónyuge del referido causante, habiéndose
conferido la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que hace del conocimiento público, para los efectos de Ley.
Librado en la ofi cina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-
CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a un
día del mes de septiembre de dos mil catorce.
LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C004553
LUIS ALBERTO CORDOVA TOBIAS, Notario, del domicilio de
Soyapango y de esta ciudad, con ofi cinas ubicadas en Colonia General
Manuel José Arce, Calle Douglas Vladimir Varela, Centro Comercial
COOPEFA, Local A-9, San Salvador.
HACE SABER: Que ante mis ofi cios Notariales la señora ALMA
YANETH GODOY DE CORLETO conocida por ALMA YANETH
GODOY, ALMA YANET GODOY, ALMA YANETH GODOY LUNA
DE CORLETO y ALMA YANETH GODOY LUNA, en su calidad
de esposa sobreviviente y cesionaria, ha iniciado las Diligencias de
Aceptación de herencia intestada, que a su defunción dejara el señor
CARLOS MANUEL CORLETO TOBAR, quien falleció en la Ciudad
de San Salvador, del mismo Departamento, a las nueve horas del quince
de agosto del presente año.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a mi ofi cina
en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de San
Salvador, uno de septiembre de dos mil catorce.
LUIS ALBERTO CORDOVA TOBIAS,
NOTARIO.
1 v. No. F021799
CARLOS ROBERTO URBINA BLANDON, Notario, de este domicilio,
con ofi cina en Calle Cuscatlán, número cuatro mil trescientos doce,
Colonia Escalón, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las veinte horas y treinta y un minutos del día veintiocho de agosto del
corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio
de inventario, la herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en
la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, su último
domicilio, a las diecinueve horas y cincuenta y cinco minutos del día
diecinueve de Junio de dos mil catorce, dejó el señor CARLOS JACINTO
BONDANZA NUÑEZ, de parte de la señora ANA CARMEN CHAVEZ
OLMEDO, hoy ANA CARMEN CHAVEZ DE BONDANZA, en su
concepto de CONYUGE SOBREVIVIENTE y HEREDERA TESTA-
MENTARIA del causante, habiéndosele concedido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en la ofi cina del Notario CARLOS ROBERTO URBINA
BLANDON, a las veinte horas y treinta y nueve minutos del día vein-
tiocho de agosto de dos mil catorce.
CARLOS ROBERTO URBINA BLANDON,
NOTARIO.
1 v. No. F021801
REYNA ELIZABETH LOVOS ALVARADO, Notario, de este domicilio,
con ofi cina ubicada en condominio Metro España, edifi cio "A", local
UNO-A, entre Trece Calle Oriente y Avenida España San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las siete horas cincuenta minutos del día veintidós de Agosto del año
dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi -
cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida el
día doce de febrero del año dos mil catorce, en el Cantón El Sálamo,
jurisdicción de Acajutla, departamento de Sonsonate, dejó el señor
MARIO NEFTALY CALDERON, conocido por MARIO NEFTALI
CALDERON, por parte de la señora IDALIA MAYDE LOPEZ viuda
DE CALDERON, conocida por IDALIA MAYDE LOPEZ RAMON,
en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndosele
conferido la administración y representación de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario REYNA ELIZABETH LOVOS
ALVARADO. En la ciudad de San Salvador, a las catorce horas diez
minutos del día veintisiete de Agosto del año dos mil catorce.
REYNA ELIZABETH LOVOS ALVARADO,
NOTARIO.
1 v. No. F021842
NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES, Notario, de este domici-
lio, con Ofi cina Jurídica en: Sexta Avenida Norte, Número Cuatrocientos
cinco, Barrio La Cruz, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las nueve horas del día veintiuno de agosto de dos mil catorce; se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia testada que a su defunción dejó el causante, señor ANTONIO
PRUDENCIO LOPEZ, conocido por ANTONIO PRUDENCIO, quien
fue de noventa y dos años de edad, Agricultor, Soltero, originario de
Sociedad, departamento de Morazán, Salvadoreño, hijo de Gabino
Prudencio y de Vicenta López, FALLECIO, a las quince horas y quince
minutos del día veinticinco de junio de dos mil catorce, en el Caserío
Guanacastal, Cantón El Zapotal, Jurisdicción de El Carmen, Departamento
de La Unión, siendo El Carmen, Departamento de La Unión, su último
domicilio; de parte de las señoras: MARIA HORALIA CANALES y
MARIA SILVIA CANALES DE REYES, en calidad de herederas testa-
mentarias del causante, habiéndoseles conferido en el carácter indicado
la Administración y Representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en San Miguel, a los veinticinco días del mes de agosto
de dos mil catorce.
LIC. NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES,
NOTARIO.
1 v. No. F021855
RICARDO FIGUEROA, Notario, del domicilio de Mejicanos, Departa-
mento de San Salvador, con ofi cina en Calle Magisterial Número veinte
"H", Residencial Santa María II, Mejicanos.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día veinte del mes de Agosto del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la
Herencia Intestada de los bienes que a su defunción dejó el Causante,
señor VICENTE FLORES, fallecido en la ciudad de San Salvador, a las
diecisiete horas y cincuenta y cinco minutos del día dos de Enero del año
dos mil trece, siendo esta ciudad su último domicilio.- Al momento de su
fallecimiento era de setenta y nueve años de edad, Jardinero, originario
de Sonsonate, de nacionalidad salvadoreña, siendo hijo de Erlinda Flores,
ya fallecida; de parte de la señora TERESA DE JESUS RODRIGUEZ
DE FLORES, conocida por TERESA DE JESUS RODRIGUEZ, en su
concepto de cónyuge sobreviviente del Causante, habiéndosele conferido
la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA
SUCESION, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Lo que avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los treinta y uno días del
mes de Agosto del año dos mil catorce.
LIC. RICARDO FIGUEROA,
NOTARIO.
1 v. No. F021863
LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS, Notario, del domicilio
de Metapán y de Santa Ana, con ofi cina jurídica ubicada en Segunda
Avenida Sur, Barrio Santa Cruz, casa número trece, Metapán, del De-
partamento de Santa Ana.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas del día veintiséis de agosto del presente año, se ha
tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
señor JULIO CESAR LUNA SANTOS, quien fue de cuarenta y cuatro
años de edad, agricultor, originario de la Villa de Citalá, departamento
de Chalatenango, siendo su último domicilio la Villa de Citalá, depar-
tamento de Chalatenango, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció
el día veintiocho de abril del año dos mil catorce, por parte de la señora
MARIA DE JESUS DERAS DE LUNA en su calidad de cónyuge y
en calidad de cesionaria del derecho hereditario que les corresponde
a sus hijos JOSE NAHUN LUNA DERAS, JULIO CESAR LUNA
DERAS, y AMILCAR ALEXANDER LUNA DERAS, en calidad de
hijos sobrevivientes del causante y de la señora ROSA JULIA SANTOS
viuda DE LUNA, en su calidad de madre del causante; y en consecuen-
cia, habiéndose conferido a la aceptante la ADMINISTRACION Y
REPRESENTACION INTERINA de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario, en la ciudad de Metapán, a las
quince horas del día veintiséis de agosto del año dos mil catorce.
LIC. LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS,
NOTARIO.
1 v. No. F021867
JOSE FRANCISCO NAVARRETE GARCIA, Notario, del domicilio de
Apopa, departamento de San Salvador, con Bufete situado en Residencial
Santa Teresa Las Flores, Calle Las Flores, Polígono nueve, casa número
cuatro, Municipio de Apopa, departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las dieciocho horas del día veintiocho de agosto del año dos mil catorce,
se ha tenido por aceptados expresamente y con benefi cio de inventario
de parte de los señores CARLOS ENRIQUE VAQUERO CAMPOS y
ANA MARIA VAQUERO, conocida por ANA MARIA VAQUERO
CAMPOS en calidad de hijos de la causante señora MARIA GLORIA
CAMPOS viuda DE VAQUERO, conocida Tributariamente por MA-
RIA GLORIA CAMPOS DE VAQUERO; la herencia intestada que
a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último domicilio, el
día veintisiete de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, a las
diez horas y diez minutos, dejó la causante; habiéndosele conferido la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en las ofi cinas del Notario, a las diecisiete horas y quince
minutos del día veintinueve de agosto del año dos mil catorce.
LIC. JOSE FRANCISCO NAVARRETE GARCIA,
NOTARIO.
1 v. No. F021888
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en
la herencia intestada dejada al fallecer por la señora MARIA AMALIA
MORENO, el día nueve de agosto de dos mil diez, en el Cantón Cruzadilla
de San Juan de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, de parte
de la señora OSMUNDA MAGDALENA MORENO DE FLORES, en
su calidad de hija de la causante.
Confi érasele a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de
Ley.
Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los veintitrés
días del mes de mayo de dos mil catorce.- LIC. MANUEL DE JESUS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. LOURDES
ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. C004556-1
56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas
con cuarenta minutos del día diez de junio del año dos mil catorce, en las
diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con el NUE:
01651-14-CVDV-1CM1/143-03; se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARIA ELENA
CHAVEZ DE TORRES, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, del
domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel, con Documento
Único de Identidad número: Cero cero cero siete tres tres siete dos- seis;
y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos diecisie-
te- Doscientos un mil doscientos sesenta y dos-Ciento siete- nueve, en
calidad de cesionaria del derecho de herencia que les corresponde a los
señores Emelina Torres, Berta Torres de Chávez c/p Berta Torres, Mario
Torres, José Demetrio Torres Torres y Mercedes Torres en calidad de
hijos sobrevivientes de la causante señora Genara Torres Cuadra c/p
Genara Torres, a su defunción ocurrida el día ocho de octubre del año
mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón El Amate, departamento
de San Miguel, a consecuencia de infección en el hígado, sin asistencia
médica, a la edad de ochenta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos,
soltera, originaria y del domicilio de la jurisdicción de San Miguel, de
Nacionalidad Salvadoreña, hija de Lino Torres c/p José Lino Torres y
Jacinta Cuadra; siendo su último domicilio la Ciudad y Departamento
de San Miguel; y se le ha conferido a la aceptante la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente que regula el Artículo 480 Código
Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel,
a las once horas con cincuenta y siete minutos del día diez de junio del
año dos mil catorce. LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ,
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
LIC. HECTOR ANTONIO VILLATORO JOYA, SECRETARIO DE
ACTUACIONES INTERINO.
3 v. alt. No. C004559-1
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las diez horas trece minutos del día catorce de julio de dos mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día dieciocho
de enero de dos mil siete, en la ciudad de Ilopango, San Salvador, por
el causante señor FAUSTINO LEOPOLDO CALDERON GUIROLA,
siendo su último domicilio esa misma ciudad, de parte de la señora
MARIA LIDIA RIVERA VIUDA DE CALDERON, en su calidad de
esposa sobreviviente del causante y cesionaria de los derechos heredi-
tarios que les correspondían a los señores FAUSTINO LEOPOLDO
CALDERON RIVERA y SONIA ARACELY CALDERON RIVERA,
en sus calidades de hijos sobrevivientes del causante. Y se le confi rió
a la aceptante la administración y representación interina de los bienes
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas
veinte minutos del día veintiuno de julio de dos mil catorce. LICDA.
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL
(2). LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F021778-1
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
USULUTAN; al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y quince
minutos del día once de Junio del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada de los
bienes que a su defunción dejó el causante JOSE EMILIO MARTINEZ,
quien falleció a las diez horas del día veintiuno de diciembre de mil
novecientos ochenta y cinco, en el Cantón Santa Anita, Jurisdicción de
Mercedes Umaña, Departamento de Usulután; siendo su último domicilio
de parte del peticionario JOSE RICARDO MARTINEZ GARCIA, en
calidad de hijo del causante ya mencionado; confi riéndole la adminis-
tración y representación interina de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que
dentro del término de Ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce
horas y treinta minutos del día once de junio del año dos mil catorce.
LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ANA MARGARITA
BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIO.
3 v. alt. No. F021781-1
LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE
LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
las quince horas y veintidós minutos del día dieciocho de agosto de dos
mil catorce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad
57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
de San Salvador, siendo San Francisco Chinameca, su último domicilio,
el día veinte de julio de dos mil trece, dejó la causante BERNARDINA
CORTEZ DE GORDIANO o BERNARDINA CORTEZ, de parte del
señor CELSO GORDIANO CORTEZ o CELSO GORDIANO, en su
calidad de hijo de la expresada causante, y como cesionario de los derechos
hereditarios que en abstracto le correspondían a los señores MARGARITO
GORDIANO CORTEZ o MARGARITO GORDIANO, ADRIAN GOR-
DIANO CORTEZ o ADRIAN GORDIANO, LUCILA GORDIANO DE
HERNANDEZ, JOSE GERMAN GORDIANO CORTEZ, FRANCISCO
ALONSO GORDIANO CORTEZ, MARIA EDELMIRA GORDIANO
DE LOPEZ, conocida por MARIA EDELMIRA GORDIANO CORTEZ
y MARIA CANDIDA GORDIANO CORTEZ, también en su calidad
de hijos de la referida de cujus.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención
para que transcurridos que sean quince días contados a partir del siguiente
de la tercera publicación del edicto de aceptación de herencia, concurran
a este tribunal a hacer uso de su derecho.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las once horas con cuarenta minutos del día
veinticinco de agosto del año dos mil catorce. LICDA. AMADA LI-
BERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.
LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021803-1
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-
GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juz-
gado, a las catorce horas del día catorce de agosto del presente año, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada, dejada por la causante Sixta Chávez Nerio, conocida
por Sixta Nerio, ocurrida el día nueve de marzo de dos mil cuatro, en
Antiguo Cuscatlán, lugar de su último domicilio, de parte de la señora
Estela Maribel Cárcamo Andrade, como cesionaria del derecho here-
ditario que le correspondía a la señora Berta Nerio, en calidad de hija
de la causante; y se ha conferido a la aceptante, la administración y la
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas
y veinte minutos del día catorce de agosto de dos mil catorce. DRA.
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.
BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021810-1
JUAN ESTEBAN BELTRAN LOPEZ, JUEZ 3 INTERINO, JUZGA-
DO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado, de las nueve horas del día de agosto de dos mil catorce,
SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con benefi cio
de inventario de parte de los señores ROSALINA CARRILLO DE
CARBALLO, NELSON ORLANDO, DAMARIS IVETTE y JOHN
DAVID todos de apellidos CARBALLO CARRILLO, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN NELSON
CARBALLO FUENTES, quien fue casado, de cincuenta y cinco años de
edad, Empleado, originario de Mejicanos, Departamento de San Salvador
y fallecido en Compton, Los Ángeles, California de los Estados Unidos
de América, siendo esta ciudad de San Salvador su último domicilio en
la República, aceptación que hacen los señores arriba mencionados la
primera en su calidad de cónyuge sobreviviente del de cujus y los demás
restantes en su calidad de hijos del referido causante. Y SE LES HA
CONFERIDO a los aceptantes la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, JUEZ 3: SAN SALVADOR, a las nueve horas y cincuenta
minutos del día veintiuno de agosto de dos mil catorce. LIC. JUAN
ESTEBAN BELTRAN LOPEZ, JUEZ 3 INTERINO. LIC. DAVID
ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021848-1
TÍTULO DE PROPIEDAD
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL, al público
HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado la señora:
MARIA MERCEDES LEON, de setenta y dos años de edad, de ofi cios
domésticos, originaria y del domicilio de San Rafael Oriente, Departa-
mento de San Miguel, con Documento Único de Identidad: cero dos tres
seis cuatro cinco nueve - ocho y con Número de Identifi cación Tributaria
número: uno dos uno ocho – cero uno uno uno cuatro uno – cero cero
tres - uno; pidiendo se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, de un
inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Juan, de San
Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, de una extensión superfi cial
de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO SESENTA
Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL NORTE, está formado por un tramo de treinta y seis
58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
punto veintisiete metros y colinda con terreno de Ana Gertrudis Villegas
Jándres, con cerco de alambre propio de por medio; AL ORIENTE, está
formado por un tramo de setenta y ocho punto setenta y seis metros y
colinda con terrenos de Reina Isabel Ulloa, Flor de María Jaimes, Marcial
de Jesús Interiano Chávez, Verónica Esmeralda Jaimes y Marcial de
Jesús Interiano Chávez, cerco de alambre propio; AL SUR, está formado
por un tramo de treinta y cinco punto setenta y un metros y colinda con
terrenos de José Esteban Interiano Laínez, con calle pública de por medio;
y AL PONIENTE, está formado por un tramo de noventa y uno punto
noventa y tres metros y colinda con Gladis Campos Segovia, cerco de
alambre de la colindante de por medio. Dicho inmueble lo ha poseído
de forma material quieta, pacífi ca e ininterrumpida y de buena fe por
más de treinta años. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, no
está en proindivisión, y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a
terceras personas, y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES
EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Rafael Oriente, Departamento de San
Miguel, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil catorce.
SONIA DEL CARMEN SALVADOR DE CRUZ, ALCALDESA MU-
NICIPAL. OLGA YANETH MENJIVAR DE OSORIO, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C004531-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
David Mauricio Flores Mena, mayor de edad, comerciante, de este do-
micilio, con Documento Único de Identidad Personal número cero dos
millones ciento cuarenta y cuatro mil catorce guión dos en su carácter
de Apoderado General Judicial y Administrativo de la señora ANA
ISABEL DEL CARMEN FLORES TORRES, de cincuenta años de
edad, empleada, de ese domicilio y del de la ciudad de Dallas, Estado
de Texas, Estados Unidos de América, solicita a favor de su mandante
se le extienda Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbana,
situado en Barrio La Cruz, Sexta Calle Oriente, sin número, de esta
ciudad, que en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, posee desde
hace más de diez años, posesión unida a la de su antecesor dueño, de
una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA Y CINCO PUNTO
CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (185.57 Mts.2) con
las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: ocho punto cincuenta
metros colinda con propiedad de María Julia Pineda de Abrego y Sexta
Calle Oriente de por medio, AL ORIENTE: en cinco tramos así: el
primero de trece punto diez metros, el segundo, de tres metros, colinda
con propiedad de Pedro Antonio Cardona Flores, el tercero, de cuatro
punto doce metros, el cuarto de veintiséis centímetros y el quinto, de dos
punto treinta y tres metros, colinda con propiedad de Eusebia Amparo
Flores Cardona; AL SUR: en tres tramos así: el primero de siete punto
quince metros, el segundo, de cinco punto noventa y cinco metros, colinda
con propiedad de Blanca Aracely Rivas Rivera de Flores y tercero de
setenta centímetros colinda con propiedad de Miguel de Jesús Madrid
Baños, María Gladis Baños Navas y Martina Emilia Baños, con calle a
Las Pilas de San Juan de por medio y AL PONIENTE: veintiséis punto
noventa y cuatro metros colinda con propiedad de Raúl Antonio Flores
Alberto. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas,
ni derechos reales, de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con otras
personas, lo hubo por compraventa en Escritura Pública, que le hizo su
padre señor Raúl Antonio Flores Mena, el día cinco de septiembre del
año dos mil trece, lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son todos
de este domicilio.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Juan Opico, a los veinticuatro días de
junio de dos mil catorce. ING. ROMEO JOSE BARILLAS PANILLA,
ALCALDE MUNICIPAL. SALVADORA PALACIOS MOLINA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F021797-1
TITULO SUPLETORIO
FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de
Tonacatepeque, departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada en
la Avenida Central Norte, Barrio El Centro, Aguilares, departamento
de San Salvador.
HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció el señor NELSON
FERMIN ALVAREZ DUARTE, de treinta y cuatro años de edad,
Estudiante, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La
Libertad, con Documento Único de Identidad número cero un millón
cuatrocientos setenta y siete mil novecientos ochenta y tres- siete, solici-
tando, TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble de naturaleza rústica,
ubicado en Caserío Nueva Esperanza, Cantón Las Mesas, municipio
de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, con un área de
DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO SETENTA METROS
CUADRADOS, siendo sus medidas, rumbos y colindancias las siguientes:
LINDERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente está formado
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur
sesenta y cinco grados cincuenta minutos cero un segundos Este con una
distancia de cuatro punto dieciséis metros; colinda con terreno de Elva
de Jesús Duarte. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente
está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Sur cero dos grados veintiún minutos cincuenta segundos
Oeste con una distancia de diez punto noventa y cuatro metros; Tramo
dos, Sur cero seis grados treinta y un minutos veinte segundos Oeste
con una distancia de doce punto noventa y dos metros; Tramo tres, Sur
ochenta y tres grados veintitrés minutos cuarenta y dos segundos Este con
una distancia de dos punto setenta y seis metros; Tramo cuatro, Sur cero
nueve grados diez minutos veintidós segundos Oeste con una distancia de
59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
siete punto ochenta y nueve metros; colinda con terreno de Elva de Jesús
Duarte. LINDERO SUR partiendo del vértice Sur Oriente está formado
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte
setenta y cuatro grados veintitrés minutos cero dos segundos Oeste con
una distancia de once punto noventa y dos metros; colinda con terreno de
Carmen Cano con calle de por medio. LINDERO PONIENTE partiendo
del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte catorce grados cincuenta y ocho
minutos cincuenta y tres segundos Este con una distancia de treinta y un
punto cuarenta y tres metros; colinda con terreno de Leonarda Orozco
viuda de Tejada. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto
donde se inició esta descripción. Que dicho inmueble lo adquirió por
compra que hizo a la señora Elva de Jesús Duarte de Álvarez, quien a su
vez lo adquirió por compra del señor José Abelino Cano Posada. Por lo
que unida su posesión a la de su antecesor sobrepasa los cuarenta años.
El inmueble, lo valúa en TRES MIL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.
Librado en ofi cina de la suscrita Notario. Aguilares, dieciocho de
agosto del dos mil catorce.
LICDA. FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. C004532
FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de
Tonacatepeque, departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada en
la Avenida Central Norte, Barrio El Centro, Aguilares, departamento
de San Salvador.
HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció la señora ELVA
DE JESUS DUARTE DE ALVAREZ conocida por ELBA DE JESUS
DUARTE, de cincuenta y ocho años de edad, Ama de Casa, del domicilio
de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, con Documento
Único de Identidad número cero cero quinientos un mil quinientos cinco-
cero, y ME DICE: Que desea promover ante mis ofi cios Diligencias de
Titulación Supletoria de Dominio, sobre un inmueble de su propiedad,
naturaleza rústica, ubicado en Caserío Nueva Esperanza, Cantón Las
Mesas, municipio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad,
con una extensión superfi cial de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
TRES PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS, siendo
sus medidas, rumbos y colindancias las siguientes: LINDERO NORTE
partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur setenta y ocho grados
treinta y ocho minutos veinticinco segundos Este con una distancia de
veinte punto sesenta metros; colinda con terreno de Leonarda Orozco
viuda de Tejada. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Sur once grados treinta y tres minutos cuarenta y siete segundos
Oeste con una distancia de cincuenta punto treinta y cinco metros;
colinda con terreno de Manuel Pérez. LINDERO SUR partiendo del
vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Norte setenta y cuatro grados treinta y tres
minutos veinticuatro segundos Oeste con una distancia de once punto
sesenta y tres metros; colinda con terreno de José María Franco, y Boca
Calle, calle de por medio. LINDERO PONIENTE partiendo del vértice
Sur Poniente está formado por seis tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Norte cero nueve grados diez minutos veintidós
segundos Este con una distancia de siete punto ochenta y nueve metros;
Tramo dos, Norte ochenta y tres grados veintitrés minutos cuarenta y dos
segundos Oeste con una distancia de dos punto setenta y seis metros;
Tramo tres, Norte cero seis grados treinta y un minutos veinte segundos
Este con una distancia de doce punto noventa y dos metros; Tramo cuatro,
Norte cero dos grados veintiún minutos cincuenta segundos Este con una
distancia de diez punto noventa y cuatro metros; Tramo cinco, Norte
sesenta y cinco grados cincuenta minutos cero un segundos Oeste con
una distancia de cuatro punto dieciséis metros; Tramo seis, Norte catorce
grados cincuenta y seis minutos cincuenta y dos segundos Este con una
distancia de diecisiete punto treinta y un metros; colinda con terreno de
Nelson Fermín Álvarez Duarte y terreno de Leonarda Orozco Viuda
de Tejada. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde
se inició esta descripción. Que dicho inmueble lo adquirió por compra
que hizo al señor Sasturnino Álvarez Rivas, quien a su vez lo adquirió
Román Alvarez, por lo que unida su posesión a la de sus antecesores
sobrepasa los cuarenta años. El inmueble, lo valúa en TRES MIL DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.
Librado en ofi cina de la suscrita Notario, Aguilares, dieciocho de
agosto del dos mil catorce.
LICDA. FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. C004533
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ, Abogado y Notario, al
público
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales ha comparecido
la señora Sandra Isabel Benítez Perla, de veintiocho años de edad, Es-
tudiante, del Domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con
Documento Único de Identidad número cero tres millones quinientos
setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos - seis, quien actúa en
nombre y representación en su calidad de Apoderada General Judicial
con Cláusulas Especiales de los señores GERBERT ARQUIMIDES
MARTINEZ, de cuarenta y dos años de edad, empleado, de nacionalidad
60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
salvadoreña, y actualmente del domicilio de New Jersey, de los Estados
Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero
cuatro millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos veinte – cinco,
y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil cuatrocientos
doce - cero sesenta mil ciento setenta y dos – ciento uno - tres, y ZULMA
CAROLINA MARTINEZ, de treinta y seis años de edad, empleada, de
nacionalidad salvadoreña, y actualmente del domicilio de New Jersey,
Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad número
cero cuatro millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos catorce
– cero, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil cuatro-
cientos doce – ciento un mil ciento setenta y siete – ciento dos - cero;
personería que está debidamente relacionada, y en tal calidad viene a
promover DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, a favor de los
mandantes de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón
Hato Nuevo, jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, de
una extensión superfi cial de NOVENTA Y UNO PUNTO NOVENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO TREINTA
Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS,
que mide y linda: LINDERO NORTE: ocho punto treinta y cinco metros;
colindando con antes Narciso Mercado e Isabel Mercado, hoy Paz Rubio
con muro propio de mampostería de ladrillo y calle pública de por medio.
LINDERO ORIENTE: diez punto treinta y dos metros, colindando con
antes Rosa Emerita Martínez Aragón, hoy Alfonso Martínez con muro
propio de mampostería de ladrillo. LINDERO SUR: diez punto cuarenta
y seis metros; colindando con antes Rosa Emerita Martínez Aragón, hoy
Dimas Cruz con muro propio de mampostería de ladrillo y Río Pavana de
por medio. LINDERO PONIENTE: once punto noventa y cinco metros,
colindando con antes Faustina Umaña Alvarado, hoy con Jony Jovel
Aragón Umaña con muro propiedad del colindante de mampostería de
ladrillo, dicho inmueble no está en proindivisión con nadie, no tienen
carga ni derecho real de ajena pertenencia, del cual están en posesión en
forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida por más de diecisiete años, y lo
valoran para los efectos legales en la cantidad de DOS MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Por lo que AVISO al público en general para los demás efectos
legales.
Librado en la ciudad de La Unión, a las once horas del día veinti-
nueve de agosto del año dos mil catorce.
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C004543
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ, Abogado y Notario, al
público
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales ha comparecido
la señora Sandra Isabel Benítez Perla, de veintiocho años de edad, es-
tudiante, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con
Documento Único de Identidad número cero tres millones quinientos
setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos - seis; quien actúa en
nombre y representación en su calidad de Apoderada Especial de los
señores JOSE DOMINGO BLANCO, de cuarenta y nueve años de edad,
empleado, y de Nacionalidad Salvadoreña, y actualmente del domicilio
de New York, Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño
número A siete cero cero nueve nueve uno siete cuatro, y con Tarjeta
de Identifi cación Tributaria número catorce dieciocho - doscientos diez
mil seiscientos sesenta y cinco - ciento uno – dos, y ROSA ELVIA
ESCOBAR VAQUIZ, de cuarenta y seis años de edad, empleada, y de
Nacionalidad Salvadoreña, y actualmente del domicilio de New York,
Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número R E
cero seis uno cuatro uno cinco siete, y con Tarjeta de Identifi cación
Tributaria número catorce doce - cero veintiún mil doscientos sesenta
y siete – ciento uno - nueve, personería debidamente relacionada a las
presentes diligencias, y en la calidad en que actúa viene a promover
DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, a favor de sus mandantes
de un inmueble de su propiedad ubicado en CANTON HATO NUEVO,
municipio de SAN ALEJO, departamento de LA UNION, con una
extensión superfi cial de DOSCIENTOS DIEZ PUNTO SETENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS
UNO PUNTO CINCUENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, que
mide y linda: LINDERO NORTE: dieciséis punto treinta y dos metros;
colindando antes Martha Isabel Reyes de Martínez, hoy Santos Victoriano
Rubio Contreras con cerco de alambre de púas de por medio. LINDERO
ORIENTE: quince punto treinta y siete metros, colindando antes con
Etelbina Yamileth Álvarez, hoy María del Tránsito Escobar, con cerco
de Alambre de púas de por medio. LINDERO SUR: doce punto treinta
y seis metros; colindando antes Eulalio Fuentes Mendoza, hoy con
Gregoria Escobar y servidumbre de acceso, con cerco de alambre de
púas de por medio. LINDERO PONIENTE: catorce punto cincuenta y
ocho metros, colindando antes Eulalio Fuentes Mendoza, hoy Gregoria
Escobar con cerco de alambre de púas de por medio, dicho inmueble
no están en proindivisión con nadie, no tienen carga ni derecho real de
ajena pertenencia, del cual están en posesión en forma quieta, pacífi ca e
ininterrumpida por más de veintiocho años; y lo valoran para los efectos
legales en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Por lo que AVISO al público en general para los demás efectos
legales.
Librado en la ciudad de La Unión, a las doce horas del día veinti-
nueve de agosto del año dos mil catorce.
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C004544
61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ, Abogado y Notario, al
público
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales ha comparecido
la señora SANDRA ISABEL BENÍTEZ PERLA, de veintiocho años
de edad, Estudiante, del Domicilio de San Alejo, Departamento de La
Unión, persona de mi conocimiento con Documento Único de Identidad
número cero tres millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos
cuarenta y dos - seis, quien actúa en nombre y representación en su
calidad de Apoderada General Judicial con Cláusulas Especiales de la
señora MARIA DEL TRANSITO ESCOBAR, de cuarenta y cuatro años
de edad, Ama de Casa, del domicilio de San Alejo, Departamento de La
Unión, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones
ochocientos sesenta y dos mil novecientos sesenta y nueve - cuatro, y
con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil cuatrocientos
doce –doscientos un mil sesenta y nueve – ciento tres – siete. Personería
que ha sido debidamente relacionada a las presentes diligencias, y en la
calidad en que actúa promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLE-
TORIO, a favor de la señora MARIA DEL TRANSITO ESCOBAR,
de una porción de terreno de Naturaleza Rústica, situada en el Cantón
Hato Nuevo, jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, de
la capacidad superfi cial de SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes
a NOVECIENTOS OCHENTA PUNTO CERO DOS VARAS CUA-
DRADAS, que tiene las medidas siguientes: LINDERO NORTE: vein-
tidós punto noventa metros, colindando con SANTOS VICTORIANO
RUBIO CONTRERAS con cerco de alambre de púas de por medio.
LINDERO ORIENTE: treinta y cinco punto cuarenta metros colindando
con ETELBINA YAMILETH ALVAREZ con cerco de alambre de púas
de por medio. LINDERO SUR: dieciocho punto sesenta y dos metros;
colindando con MARTA RUBIDIA RUBIO DE MELGAR, con cerco
de alambre de púas de por medio. LINDERO PONIENTE: treinta punto
sesenta y cuatro metros; colindando con JOSE DOMINGO BLANCO Y
ROSA ELVIA ESCOBAR VAQUIZ con cerco de alambre de púas de
por medio. Dicho inmueble no está en proindivisión con nadie, no tiene
carga ni derecho real de ajena pertenencia, del cual está en posesión en
forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida por más de veinte años; y fue
adquirido por compraventa de posesión que le hiciera el señor RICAR-
DO ALVAREZ; y lo valora para los efectos legales en la cantidad de
MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA.
Por lo que AVISO al público en general para los demás efectos
legales.
Librado en la ciudad de La Unión, a las once horas del día veinti-
nueve de agosto del año dos mil catorce.
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C004545
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ, Abogado y Notario, al
público
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales ha comparecido
la señora MARTA RUBIDIA RUBIO DE MELGAR, de treinta y cinco
años de edad, Bachiller, del domicilio de San Alejo, Departamento de La
Unión, con Documento Único de Identidad número cero dos millones
seiscientos un mil seiscientos noventa y siete — dos; y con Tarjeta de
Identifi cación Tributaria número un mil cuatrocientos doce — cero
sesenta y un mil doscientos setenta y siete — ciento uno — dos; a
promover DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, a su favor de
un inmueble de naturaleza rústico inculto situado en el Cantón Hato
Nuevo, jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, de una
extensión superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA PUNTO
CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a UN
MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA
Y OCHO VARAS CUADRADAS. Cuyas medidas y linderos son los
siguientes: LINDERO NORTE: cuarenta y dos punto sesenta y cuatro
metros, colindando antes Eulalio Fuentes Mendoza, hoy María del
Tránsito Escobar con cerco de alambre de púas de por medio. LINDE-
RO ORIENTE: veintiocho punto setenta y ocho metros; colindando
con Petrona Mercado con muro de bloque de concreto propiedad del
colindante. LINDERO SUR: sesenta y seis punto veintisiete metros;
colindando antes Francisca López viuda de Águila y María de La Paz
Rubio Rubio, hoy María De La Paz Rubio, Luz Águila y Concepción
Rubio, con cerco de piedra de por medio. LINDERO PONIENTE: ocho
punto setenta y cinco metros, colindando con antes, Simeón Umanzor
Umanzor, hoy Abilia Romano, con cerco de piedra de por medio, dicho
inmueble no está en proindivisión con nadie, no tiene carga ni derecho real
de ajena pertenencia, del cual está en posesión en forma quieta, pacífi ca
e ininterrumpida por más de diez años; y fue adquirido por compraventa
de posesión que le hiciera el señor Simeón Umanzor; y lo valora para los
efectos legales en la cantidad de QUINIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Por lo que AVISO al público en general para los demás efectos
legales.
Librado en la ciudad de La Unión, a las doce horas del día veinti-
nueve de agosto del año dos mil catorce.
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C004546
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ, Abogado y Notario, al
público
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales ha comparecido
el Licenciado FELIPE ANTONIO VELASQUEZ AVILES, mayor de
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
edad, Abogado y Notario, del domicilio de La Unión, Departamento de
La Unión, con Documento Único de Identidad número cero uno dos
nueve cinco uno uno cinco- dos, quien actúa en nombre y representación
en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del
señor DANIEL FLORES HERNANDEZ, de cuarenta y un años de edad,
empleado, de nacionalidad salvadoreña, y actualmente del domicilio
de Long Island, Estado de New York, Estados Unidos de América, con
Documento Único de Identidad número cero cuatro cero siete cinco dos
siete ocho – ocho y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un
mil cuatrocientos tres – cero cuarenta y un mil setenta y dos – ciento
uno - seis; personería que está debidamente relacionada, y en tal calidad
viene a promover DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, a favor
de su mandante de un inmueble rústico, situado en CANTON EL CHA-
PARRAL, Municipio de Chilanga, Departamento de Morazán, con una
extensión superfi cial de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO
PUNTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes
A TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO SETENTA
Y CUATRO VARAS CUADRADAS, que mide y linda: LINDERO
NORTE, ciento veintiséis punto noventa y dos metros, colindando antes
con Víctor Fernández Mata, hoy Elida Hernández con cerco de alambre
de púas de por medio. LINDERO ORIENTE: once punto cincuenta y
seis metros, colindando antes con Víctor Fernández Mata, hoy con Elida
Hernández con cerco de alambre de púas de por medio. LINDERO SUR:
ciento ocho punto sesenta y cinco metros; colindando antes con Víctor
Fernández Mata, hoy con Silvano Hernández con cerco de alambre de
púas de por medio. LINDERO PONIENTE: veintisiete punto cero ocho
metros, colindando antes con Víctor Fernández Mata, hoy con Santos
Hernández con cerco de alambre de púas de por medio; dicho inmueble
no está en proindivisión con nadie, no tiene carga ni derecho real de
ajena pertenencia, del cual está en posesión en forma quieta, pacífi ca e
ininterrumpida de buena fe por más de veintitrés años; y lo valora para
los efectos legales en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Por lo que AVISO al público en general para los demás efectos
legales.
Librado en la ciudad de La Unión, a las once horas del día veinti-
nueve de agosto del año dos mil catorce.
SANDRA LORENA CRUZ HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C004547
MARIO ENRIQUE MELARA MOLINA, Notario, del domicilio de la
ciudad y departamento de San Salvador, con Ofi cina Jurídica en Colonia
Médica, Edifi cio doscientos veinticinco, Apartamento veintiuno, de la
ciudad y Departamento de San Salvador, al público
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
MARIA ALEJANDRA DEL CARMEN AGUILAR ANDRES, de
treinta y seis años de edad, Doméstica, del domicilio de Panchimalco,
Departamento de San Salvador, titular de su Documento Único de
Identidad número cero cero uno cuatro tres seis cuatro tres - dos; con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero quinientos doce - cero
noventa mil ciento setenta y ocho - ciento uno - tres; solicitando TITULO
SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica de su propiedad y
posesión, situado en el Cantón Quezalapa, Municipio de Panchimalco,
Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de SIETE
MIL METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
AL NORTE: con terreno que fueron de Juan Vásquez ahora de la seño-
ra Trinidad Deodanes, sirviendo de línea divisoria brotones de madre
cacao, pito e izote; AL SUR: con terrenos de Marcos Guzman, brotones
de izote; AL ORIENTE: con terreno de Trinidad Deodanes, estando
de por medio la Calle vecinal que parte del Cantón Loma y Media
hacia Panchimalco; y AL PONIENTE: con terrenos de la sucesión de
Pablo Mancía; lo adquirió por compra que le hiciera al señor Francisco
Andrés Vásquez conocido por Francisco Andrés; y que ha poseído el
referido terreno en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida por más
de diez años. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni
está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a
terceras personas. Todos los colindantes son del mismo domicilio de la
solicitante señora MARIA ALEJANDRA DEL CARMEN AGUILAR
ANDRES. Valúa dicho terreno en la suma de DOS MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
En vista de lo anterior se avisa al público en general que si con-
sidera tener mejor derecho se presente ante el Suscrito Notario dentro
del término legal.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes
de agosto del año dos mil catorce.
LIC. MARIO ENRIQUE MELARA MOLINA,
NOTARIO.
1 v. No. F021788
EN LA OFICINA LEGAL DEL LICENCIADO JOSE RENE
SOLORZANO FUENTES, situada en Colonia Reubicación Núcleo
dos, Polígono Tres, Casa número once, de la Ciudad y Departamento
de Chalatenango; al público
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señorita
BERLINDA YANIRA MORALES GUEVARA, solicitando TITULO
SUPLETORIO, a su favor, de dos inmuebles de naturaleza rústicos,
situados en Cantón Laguna Seca, Caserío Laguna Seca, jurisdicción
de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, EL PRIMER
INMUEBLE de una extensión superfi cial de CINCUENTA Y SIETE
MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS PUNTO VEINTITRES METROS
CUADRADOS, que se describe así; LINDERO NORTE: está formado
por cuatro tramos, colindando en estos tramos con inmueble propiedad
de Juan Morales Aguilar con calle pública de por medio. LINDERO
ORIENTE: está formado por doce tramos, colindando en estos tramos
con inmueble propiedad de FINATA y Manuel Valle Hércules, con lin-
dero de cerco de púas. LINDERO SUR: está formado por cinco tramos,
colindando en estos tramos con inmueble propiedad de Simón Morales
63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
Aguilar y Antonia Sandoval Ronquillo de Morales, con lindero de cerco
de púas. LINDERO PONIENTE: está formado por trece tramos, colin-
dando en estos tramos con inmueble propiedad de Gregorio Menjívar
Castro, con lindero de cerco de púas. EL SEGUNDO INMUEBLE de una
extensión superfi cial de MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS, que se describe
así: LINDERO NORTE: está formado por cuatro tramos, colindando
en estos tramos con inmueble propiedad de Berlinda Yanira Morales
Guevara, con calle de por medio. LINDERO ORIENTE: está formado
por cuatro tramos, colindando en estos tramos con inmueble propiedad
de María Teresa Sandoval de Días y Carlos Humberto Castro Morales,
con lindero de cerco de púas. LINDERO SUR: está formado por siete
tramos, colindando en estos tramos con inmueble propiedad de Genaro
Morales Tejada y Antonio Tejada, con calle de por medio. LINDERO
PONIENTE: está formado por un tramo, colindando en este tramo con
inmueble propiedad de Berlinda Yanira Morales Guevara, con lindero
de cerco de púas, llegando así donde se inició la presente descripción.
Los inmuebles antes descritos la compareciente los valúa en la cantidad
de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, cada
uno de los inmuebles y los obtuvo por donación.
Librado en la Ciudad de Chalatenango, a los treinta y un días del
mes de agosto del dos mil catorce.
JOSE RENE SOLORZANO FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F021814
TÍTULO DE DOMINIO
MILTON GUADALUPE SERRANO RAMÍREZ, Alcalde Muni-
cipal del Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de
Chalatenango,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado la señora
BERTILA GOMEZ JIMENEZ, de sesenta y ocho años de edad, Em-
pleada, del domicilio de San Miguel de Mercedes, Departamento de
Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero uno cuatro
uno siete dos nueve uno — seis y Número de Identifi cación Tributaria
cero cuatro tres cero — uno cero cero siete cuatro seis — cero cero dos
- siete, en su concepto SOLICITA, Título de Dominio de un inmueble
de naturaleza urbano, ubicado en el Barrio El Centro, municipio de San
Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, de la capacidad
superfi cial SEISCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS,
de las colindancias y linderos siguiente: AL ORIENTE: con terrenos
Efranino Osmaro Jiménez Gómez, cerco de piedra de por medio y mide
trece metros noventa y dos centímetros, AL NORTE: con solar de Clara
Cristina Alfaro Gómez, en línea quebrada y mide sesenta y cuatro metros
treinta y siete centímetros; AL PONIENTE: Con Ministerio de Educa-
ción, y mide diez metros tres centímetros y AL SUR: Con Humberto
Arnoldo Gómez Jiménez y mide cuarenta y tres metros treinta y siete
centímetros, en dicho inmueble se encuentra construida una casa de
techo de teja sobre paredes de adobe y mide seis metros sesenta y seis
centímetros de largo por cinco metros ochenta y siete centímetros de
ancho. Dicho inmueble lo valoran en la cantidad de MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Este inmueble lo adquirió
por compraventa que le hizo al señor Teódulo Gómez.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, a los siete días del
mes de agosto de dos mil catorce. MILTON GUADALUPE SERRANO
RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL. ROSA IDALIA ALBERTO DE
ORTIZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F021907-1
JUICIO DE AUSENCIA
LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,
promovido inicialmente por la Licenciada HALDYS CRISTINA ASUN-
CION GODINEZ VIDES, de treinta y tres años de edad, Abogada, del
domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número
cero cero doscientos mil doscientos ochenta y seis-dos, y continuado por
los Licenciados ANA GRACIELA MAGAÑA DIAZ DE ESCOBAR
conocida por ANA GRACIELA MAGAÑA DIAZ, de cuarenta y seis
años de edad, Abogada, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departa-
mento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero
cero cuatrocientos cincuenta y seis mil seiscientos ochenta y siete-cero,
Número de Identifi cación Tributaria cero ciento once-cero cuarenta y
un mil ciento sesenta y cuatro-cero cero dos-tres, y Carnet de Abogado
número dos doscientos setenta y tres, ROBERTO JOSE RODRÍGUEZ
ESCOBAR, de treinta y tres años de edad, Abogado, del domicilio de
Soyapango, departamento de San Salvador, con Documento Único
de Identidad número cero un millón cuatrocientos treinta y cinco mil
setecientos cuatro-cinco, con Número de Identifi cación Tributaria
cero seis catorce-ciento sesenta mil setecientos setenta y ocho-ciento
veintiocho-seis y Carnet de Abogado número diecinueve mil setecientos
setenta y dos, todos en su calidad de Apoderados Generales Judiciales
del BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio
de San Salvador, contra los señores ADOLFO ENRIQUE JIMENEZ
AREVALO, en ese entonces de veinticinco años de edad, Agricultor
en Pequeño, del domicilio de San Francisco Menéndez, departamento
de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad número cero tres
siete cero cero seis ocho ocho-tres y con Número de Identifi cación
Tributaria cero uno cero ocho-tres uno cero cinco ocho uno-uno cero
dos-siete, y ELIZABETH DEL CARMEN ARCE DE HERNANDEZ,
en ese entonces de veinticuatro años de edad, empleada, del domicilio de
Izalco, departamento de Sonsonate, con Documento Único de Identidad
número cero uno siete tres cinco cuatro tres cuatro-siete y con Número
64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de Identifi cación Tributaria cero trescientos seis-doscientos treinta mil
ochocientos ochenta y dos-ciento dos-ocho; reclamándoles cantidad de
dinero y accesorios legales; ante la imposibilidad de emplazar a los expre-
sados demandados, la parte actora ha iniciado INCIDENTE, a fi n de que
se declare la AUSENCIA de los señores ADOLFO ENRIQUE JIMENEZ
ARÉVALO y ELIZABETH DEL CARMEN ARCE DE HERNANDEZ,
de las generales relacionadas y se les provea de un Curador Especial
para que las represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil. En razón de lo
pedido por el Licenciado ROBERTO JOSE RODRIGUEZ ESCOBAR,
en la calidad indicada, por este medio se previene que si los ausentes
señores ADOLFO ENRIQUE JIMENEZ AREVALO y ELIZABETH
DEL CARMEN ARCE DE HERNANDEZ, tuvieren Procurador o Re-
presentante legal, se presente a este Tribunal dentro de los quince días
posteriores a la última publicación a comprobar dicha circunstancia.
Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas cuatro
minutos del día once de junio del año dos mil catorce. LICDA. DANI
BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
1 v. No. C004552
CAMBIO DE NOMBRE
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
MILAGRO ELVENCIA ARGUETA DE RAMOS, mayor de edad, Abo-
gada y del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
en carácter de Apoderada General Judicial de la señora FRANCISCA
MARCOS LOPEZ de sesenta y dos años de edad, residente en la ciudad
de LOS ANGELES de los ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA,
hija de la señora PETRONA LOPEZ y de padre desconocido, solicitando
a favor de su representada Cambio de Nombre Propio de conformidad
con el artículo veintitrés de la Ley del Nombre de la Persona Natural,
en vista que el mismo es equívoco de su sexo, lo que le ha ocasionado
problemas tanto de ámbito legales, laborales, causándole efectos adversos
en su condición social y psicológica.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las catorce horas y cuarenta minutos del día once de agosto de dos
mil catorce. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
1 v. No. F021787
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014136984
No. de Presentación: 20140204461
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NELSON
ALBERTO MARROQUIN ARGUETA, en su calidad de APODERADO
de HENA CAROLINA ESQUIVEL ECHEVERRIA, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-
CIAL,
Consistente en: las palabras grupo frel y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIOS DE
CONSTRUCCIÓN.
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de julio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004537-1
No. de Expediente: 2012121668
No. de Presentación: 20120174575
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUGO
EDGARDO AYALA AGUILAR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: la palabra TERRANOVA y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE COMERCIO DEDICADA
A LA VENTA DE GINAS, ZAPATOS, SANDALIAS, CALZONETAS,
BERMUDAS, CENTROS, CAMISETAS, PUNTERAS, MEDIAS DE
MUJER, GORRAS, BIKINIS, HILOS, CAMISONES, CAMISAS,
PANTIMEDIAS, CALCETINES, CALCETAS, BLÚMERES, CACHE-
TEROS, ESMALTES DE UÑA, SHORT DEPORTIVOS, BLUSAS,
FALDAS Y VESTIDOS, UBICADO EN SEXTA AVENIDA NORTE
NÚMERO SEIS, BARRIO LA PARROQUIA, DE LA CIUDAD DE
USULUTÁN.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de diciembre del año dos mil trece.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004560-1
No. de Expediente: 2014134294
No. de Presentación: 20140198277
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR
ENRIQUE AVELAR PIMENTEL, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Ortho Cosmetic Center y diseño;
donde COSMETIC CENTER se traduce al castellano como CENTRO
DE COSMETICA, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA
QUE SE DEDICARA A PRESTAR SERVICIOS DE TRATAMIENTOS
DE ORTODONCIA Y ODONTOLOGÍA EN GENERAL.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de marzo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021899-1
No. de Expediente: 2014135335
No. de Presentación: 20140201078
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO
ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO
de ROBLE INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad
BRITANICA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Las Terrazas y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE
NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;
TRABAJOS DE OFICINA; SERVICIOS DE RESTAURANTES Y
BARES.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021926-1
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2014137121
No. de Presentación: 20140204747
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. O COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras ALL YOU NEED IS WINGS que se puede traducir al castellano como Todo lo que necesitas es alas, que ser-virá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR: RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004523-1
No. de Expediente: 2014136958
No. de Presentación: 20140204405
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-
citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión VIVE LOS SABORES QUE NOS HACEN UNICOS. El nombre comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es PARADISE Lobster & Steak House, inscrito al Número 209 del Libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO A SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de julio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de julio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004524-1
No. de Expediente: 2014136724
No. de Presentación: 20140203895
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
THE BEST $5 DÓLAR BURGERA MAN CAN EAT
Consistente en: la expresión THE BEST $5 DOLAR BURGER A MAN CAN EAT, que se traducen al castellano como La Mejor Hambur-guesa de $5 Que Un Hombre Puede Comer. El nombre comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, inscrita al Número 209 del libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE.
67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004525-1
No. de Expediente: 2014136444
No. de Presentación: 20140203264
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras GRACIAS A DIOS ES MARTES. El Nombre Comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, inscrita al Número 209 del Libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de agosto del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004526-1
No. de Expediente: 2014136090
No. de Presentación: 20140202512
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras PROM NIGHTIS y diseño, que se
traducen al castellano como Noches de Promociones. El nombre comer-
cial al que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad
comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, inscrita al
Número 209 del Libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para:
ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE
LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004527-1
No. de Expediente: 2014136093
No. de Presentación: 20140202515
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la frase CIRCLE PASS y diseño, que se traduce al castellano como pase para el círculo, la marca a la que hace referencia el signo distintivo se denomina Paradise Lobster & Steak House, el cual se encuentra inscrito al número 209 del Libro 10 de marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR RESPECTO A SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de agosto del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004528-1
No. de Expediente: 2014136092
No. de Presentación: 20140202514
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión BAR HOPPING NIGHTS, se traduce al castellano como: Noches de bar en bar, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de julio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004529-1
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
MUNDO CELULAR DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
El Infrascrito Administrador Único Propietario de la Sociedad que gira bajo la denominación de MUNDO CELULAR DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, abreviadamente MUNDO CELULAR DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad a celebrar Junta General para conocer asuntos de carácter ordinario. Dicha Junta se celebrará en primera convocatoria a las ocho horas del día veintiséis de septiembre del año 2014, en Edifi cio Avante, Suite 5-01 Blvd. Luis Poma, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad.
De no haber quórum en la hora y el día anteriormente señalados, se celebrará en segunda convocatoria, a las ocho horas del día veintisiete de septiembre del año dos mil catorce y en el mismo lugar.
1. Verifi cación de Quórum.
2. Nombramiento del Presidente de Debates y Secretario para la Asamblea.
3. Modifi cación al Pacto Social.
El quórum necesario para instalar y celebrar la Junta General Extraordinaria, en primera convocatoria, es de las tres cuartas partes de todas las acciones presentes o representadas que componen el capital social de la sociedad, y se tomarán acuerdos con igual proporción. El Quórum para instalar y celebrar la Junta en segunda convocatoria, será de la mitad más una de las acciones presentes o representadas, y el número de votos necesario para formar resolución en serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil catorce.
EDWARD LEONIDAS GUTIERREZ PORTILLO,
ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.
MUNDO CELULAR DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C004835-1
69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
SUBASTA PÚBLICA
LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal promo-
vido inicialmente por la Licenciada Haldys Cristina Asunción Godínez
Vides, luego por la Licenciada Ana Graciela Magaña Díaz de Escobar,
y continuando por el Licenciado Roberto José Rodríguez Escobar, todos
en calidad de Apoderados Generales Judiciales del Banco Procredit,
Sociedad Anónima que puede abreviarse Banco Procredit, S.A., contra
los señores Miguel Antonio Contreras Flores, en ese entonces de treinta
y seis años de edad, Jornalero, del domicilio de San Francisco Menéndez,
Departamento de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad
número cero uno ocho dos tres ocho cuatro tres-nueve; y Número de
Identifi cación Tributaria cero tres uno seis-dos ocho cero nueve siete
cero-uno cero uno-nueve; Ana María López, en ese entonces de cuarenta
y ocho años de edad de ofi cios domésticos, del domicilio de San Fran-
cisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, con Documento Único
de Identidad número cero tres seis uno seis uno siete cuatro-cinco, y con
Número de Identifi cación Tributaria cero uno uno dos-dos ocho uno uno
cinco ocho-uno cero uno-tres; y Abel Alexander Méndez Chicas, en ese
entonces de treinta y cuatro años de edad, Empleado, del domicilio de
San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, con Documento
Único de Identidad número cero uno cero cuatro seis dos uno uno-cinco;
y con Número de Identifi cación Tributaria cero uno cero ocho-uno dos
cero cinco siete dos-uno cero uno-cuatro, reclamándoles la cantidad de
OCHO MIL TRECE DÓLARES CON VEINTITRÉS CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más intereses
convencionales del DIECISIETE POR CIENTO ANUAL, más el interés
moratorio del TREINTA POR CIENTO ANUAL SOBRE SALDO EN
MORA, por un PRIMER CRÉDITO: SEISCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO DÓLARES CON NOVENTA CENTAVOS DE DÓLAR
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más el TREINTA POR
CIENTO ANUAL, correspondiente a los intereses convencionales y el
TREINTA POR CIENTO sobre saldo de interés moratorio por un SEGUN-
DO CRÉDITO: DOSCIENTOS CINCO DÓLARES CON CINCUENTA
Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, más intereses convencionales del TREINTA POR CIENTO
ANUAL y el interés moratorio del TREINTA POR CIENTO ANUAL
SOBRE SALDOS, por un TERCER CRÉDITO, y costas procesales se
venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble que a conti-
nuación se describe: inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón
La Hachadura, Jurisdicción de San Francisco Menéndez, Departamento
de Ahuachapán, identifi cado como PARCELA NÚMERO DOS DEL
POLÍGONO "E", que según base de datos del Registro respectivo es LOTE
NÚMERO OCHO PARCELA NÚMERO DOS POLÍGONO "E", de la
parcelación ASENTAMIENTO HUMANO "GRACIAS A DIOS", de una
extensión superfi cial de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS,
equivalentes a DOSCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO NOVENTA Y
TRES VARAS CUADRADAS, que mide y linda así: AL SUR: veinte
metros, lindando por este lado con lote número nueve del mismo Polígono
"E"; AL NORTE: veinte metros, lindando por este lado con lote número
nueve del mismo Polígono "E"; AL ORIENTE: ocho metros, lindando
por este lado con pasaje número Tres del Asentamiento de por medio
y zona verde del mismo; y AL PONIENTE: ocho metros, lindando por
este lado con lote número quince del mismo Polígono "E". El inmueble
que es objeto del presente embargo se encuentra debidamente inscrito
en el Sistema de Folio Real Automatizado en la Matrícula número UNO
CINCO CERO SIETE CINCO CERO TRES NUEVE-CERO CERO
CERO CERO CERO, del Centro Nacional de Registros de la Segunda
Sección de Occidente, asimismo consta una Hipoteca Abierta bajo el
Asiento número Cuatro de la citada matrícula.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas cuatro
minutos del día veintiocho de enero del año dos mil catorce.- LICDA.
DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LI-
CDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004551-1
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por ejecución promovido por el señor JOSE
ALFREDO QUINTANILLA GUZMAN, por medio de su Apoderado
General Judicial Licenciado WALTER ALEXANDER GUZMAN
MARTINEZ, mayor de edad, Abogado, de este domicilio; en contra de
la señora MARIA AMANDA ALVARADO DE GUZMAN, se venderá
en Pública Subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente
se indicará el inmueble siguiente: "Un terreno de naturaleza rústica,
denominado TANGOLONA, ubicado en El Cantón TANGOLONA,
Jurisdicción de Moncagua, Departamento de San Miguel, específi camente
el identifi cado así: Asentamiento Comunitario TANGOLONA, Polí-
gono G, lote DIECIOCHO, con una extensión superfi cial de UN MIL
QUINIENTOS VEINTICINCO PUNTO TREINTA Y DOS METROS
CUADRADOS, cuyas medidas perimétricas son las siguientes; AL
NORTE, nueve punto noventa metros; AL ORIENTE, treinta y tres
punto cero nueve metros, veinticuatro punto cuarenta y seis metros,
catorce punto veinticinco metros; AL SUR, veintiocho punto setenta y
ocho metros; y AL PONIENTE, setenta y seis punto ochenta y nueve
metros; inmueble que se encuentra inscrito a favor de la señora MARIA
AMANDA ALVARADO DE GUZMAN, en el Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo Matrícula Nú-
mero OCHO CERO CERO SIETE CINCO DOS CINCO TRES GUION
CERO CERO CERO CERO CERO, de propiedad del departamento de
San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Mi-
guel, a las nueve horas del día veinticuatro de junio de dos mil trece.- DR.
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.
ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021875-1
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
El Infrascrito Director Ejecutivo de BANCO CITIBANK DE EL SAL-VADOR, S.A.(antes Banco Cuscatlán, S.A.).
HACE SABER: Que se ha presentado a estas Ofi cinas el PRO-PIETARIO de los Certifi cados de Acciones emitidos en su momento por el Banco Cuscatlán, S.A., número 3,125 por 15 acciones y número 4,925 por 21 acciones, con valor nominal de ¢100.00 (US$11.43), cada una; manifestando haber extraviado dichos Certifi cados, solicitando la reposición de los mismos, lo cual hacemos del conocimiento público, para que si alguna persona considerase que tiene algún derecho sobre el mismo, se presente a estas Ofi cinas con la documentación correspondiente para hacer valer sus derechos, dentro de los treinta días siguientes a la última publicación de este aviso, transcurrido el término indicado sin que se hubiere presentado oposición, se procederá a su reposición.
Santa Tecla, 29 de octubre de 2013.
JUAN ANTONIO MIRÓ LLORT,
DIRECTOR EJECUTIVO.
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F021790-1
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20160035514 de Agencia Usulután, emitido el día 12/01/2004 a un plazo de 360 días el cual devenga una tasa de interés anual del 3.00%, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 29 de agosto del dos mil catorce.
JULIO ALFONSO GARCIA INGLES,
JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F021892-1
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 11160008726 de Agencia Usulután, emitido el día 08/11/2000 a un plazo de 180 días el cual devenga una tasa de interés anual del 1.25%, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 29 de agosto del dos mil catorce.
JULIO ALFONSO GARCIA INGLES,
JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F021893-1
AVISO
Banco Davivienda Salvadoreño, S.A. al público.
HACE SABER: Que se ha presentado parte interesada a notifi car a estas ofi cinas ubicadas en Avenida Olímpica # 3550, San Salvador, el extravío de un Certifi cado de Acciones a nombre de Oscar Agustín Ticas Orellana, Certifi cado No. 18630 por 103 acciones numeradas 7,979,744 a la 7,979,846, inscritas en el Libro de Accionistas que lleva la Sociedad, por lo cual solicita su reposición.
San Salvador, a los veintinueve días del mes de agosto del 2014.
ING. GERARDO JOSE SIMAN SIRI,
PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F021932-1
DISMINUCIÓN DE CAPITAL
LA INFRASCRITA DIRECTORA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SO-CIEDAD SAFE VENTURE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accio-nistas debidamente legalizado que lleva esta Sociedad, aparece asentado en Acta de Sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas número CATORCE celebrada a las nueve y treinta horas del día veinticinco de agosto de dos mil catorce, en ciudad de San Salvador, la cual en su PUNTO TERCERO se ACORDÓ: Disminuir el capital social mínimo de la sociedad que actualmente es de DOCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en la cantidad de NUEVE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, quedando dicho capital en la suma de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Y para su debida publicación en el Diario Ofi cial de conformidad al Código de Comercio, se extiende la presente certifi cación, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil catorce.
AMINTA ESPERANZA BURGOS DE ORELLANA,
DIRECTORA SECRETARIA DE JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.
SAFE VENTURE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C004520-1
71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014. BALANCE DE LIQUIDACIÓN
3 v. alt. No. F021862-1
REVOCATORIA DE PODER
FERNANDO ALBERTO MONTANO VÁSQUEZ, Notario, del domi-
cilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, con ofi cina
situada en Calle La Mascota, Número quinientos treinta y tres, Colonia
San Benito, de esta ciudad.
HACE SABER: I) Que se ha presentado a esta ofi cina el señor
ROBERTO CARLOS AVELAR ESQUIVEL, de treinta y nueve años
de edad, Ejecutivo de Negocios, de nacionalidad salvadoreña, del do-
micilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, a quien conozco
y es portador de su Documento Único de Identidad número cero tres
millones seiscientos doce mil trescientos noventa y nueve-uno, quien
actúa en nombre y representación, en su calidad de Secretario de la Junta
Directiva y Representante Judicial y Extrajudicial de la Sociedad PHILIP
MORRIS EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, que se abrevia PHILIP MORRIS EL SALVADOR, S.A.
DE C.V., sociedad anónima de capital variable, del domicilio de Antiguo
Cuscatlán, departamento de La Libertad, con Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos diez mil quinientos setenta
y seis-cero cero uno-siete, en lo sucesivo denominada únicamente como
"la Sociedad". II) Que a las diez horas del día veintidós de agosto de
dos mil catorce, cumpliendo instrucciones expresas del señor Roberto
Carlos Avelar Esquivel, me apersoné a las ofi cinas de la Sociedad PHILIP
MORRIS EL SALVADOR, S.A. DE C.V., para notifi car a las señoras
LORENA PAULA IRAIZOZ, MARIANA VIGORITO y NATALIA
SERRA, que los poderes que a continuación se relacionan, que habían sido
otorgados a su favor y de otros por la Sociedad, les han sido revocados
según consta en el Testimonio de Escritura Pública de Revocatoria de
Poderes, otorgada en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de
La Libertad, a las nueve horas del día veintidós de agosto de dos mil
catorce, ante mis Ofi cios Notariales, por el mencionado señor Roberto
Carlos Avelar Esquivel. Los poderes otorgados a las señoras LORENA
PAULA IRAIZOZ, MARIANA VIGORITO y NATALIA SERRA, que
en lo que a ellas respecta han sido revocados por la Sociedad, son los
siguientes: a) Poder Especial para emitir, librar o suscribir cualquier clase
de títulos valores en representación de la Sociedad, conferido mediante
escritura pública otorgada a las quince horas del día veinte de agosto
de dos mil trece, ante los ofi cios del Notario José Eduardo Ángel Mal-
donado, debidamente inscrito ante el Registro de Comercio al número
VEINTITRES del Libro UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO
del Registro de Otros Contratos Mercantiles; y b) Poder Especial para
solicitar, negociar, suscribir y celebrar operaciones de préstamo y líneas
de crédito con entes fi nancieros locales y extranjeros, conferido mediante
escritura pública otorgada a las quince horas con veinte minutos del día
veinte de agosto de dos mil trece, ante los ofi cios del Notario José Eduardo
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Ángel Maldonado, debidamente inscrito ante el Registro de Comercio
al número VEINTIDÓS del Libro UN MIL QUINIENTOS NOVENTA
Y TRES del Registro de Otros Contratos Mercantiles. III) Que por no
haberse encontrado dichas personas en las ofi cinas de la Sociedad y en
atención a lo dispuesto por los Artículos Cinco y Veintitrés de la Ley
del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias,
por este medio, DE CONFORMIDAD CON LA LEY, SE NOTIFICA
A LAS PERSONAS ANTES MENCIONADAS, LA REVOCATORIA
DE LOS PODERES AQUÍ RELACIONADOS, TENIÉNDOSE POR
HECHA LA MISMA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA
ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO.
San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil
catorce.
LIC. FERNANDO ALBERTO MONTANO VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F021807
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE PANCHIMALCO,
al público.
HACE SABER: Que en esta ofi cina se ha presentado el señor
ARMANDO VASQUEZ BENITEZ, de cincuenta y dos años de edad,
jornalero, del domicilio de Panchimalco, Departamento de San Salvador,
con Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos
treinta y un mil ciento sesenta y nueve guión nueve; y con Número de
Identifi cación Tributaria cero seiscientos diez guión cien mil doscientos
sesenta y uno guión ciento uno guión ocho. Solicitando TITULO MU-
NICIPAL, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en CASERIO
LOS TANQUES, CANTON SAN ISIDRO, SIN NUMERO, PARCELA
OCHOCIENTOS OCHENTA, MAPA NUMERO CERO SEIS UNO
CERO CERO NUEVE, MUNICIPIO DE PANCHIMALCO, SAN
SALVADOR. Que tiene las medidas y linderos siguientes: LINDERO
NORTE: Nueve punto diez metros, lindando con parcela ochocientos
setenta y nueve a nombre de la señora Fidelia Rodríguez Santos y Pe-
dro Cecilio Santos Rodríguez; LINDERO ORIENTE: Veinte metros,
Calle Nacional de por medio que conduce a Panchimalco, linda con
parcelas treinta, treinta y cuatro y cuarenta a nombre de los señores:
Carlos Nicolás Selva Roa, Antolín Pérez Deodanes e Ignacio de Jesús
Vásquez; LINDERO SUR: Nueve punto veinte metros, linda con parcela
ochocientos setenta y cinco a nombre de Irma Estela Eduardo Viana y
AL PONIENTE, dieciocho punto diez metros, linda con parcela ocho-
cientos setenta y nueve a nombre de Pedro Cecilio Rodríguez Santos;
todos los colindantes que se mencionan son propietarios y colindantes
del inmueble objeto de estas diligencias y del domicilio de la Ciudad
de Panchimalco, Departamento de San Salvador. La referida propiedad
tiene una capacidad superfi cial de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE
PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS. Dicho inmueble es
dominante, pero no sirviente, no tiene carga, ni derecho reales, no está
en proindivisión con ninguna persona, teniéndolo en forma quieta, pací-
fi ca y no interrumpida por más de diez años consecutivos. El inmueble
mencionado lo posee por compra que hizo al señor JUAN ANTONIO
PEREZ VASQUEZ, según Escritura Pública otorgada en la ciudad de
Panchimalco, Departamento de San Salvador, a las dieciocho horas del
día dieciséis de mayo de dos mil doce, ante los Ofi cios Notariales de
el Licenciado JESUS ULISES MELARA RIVERA. Y lo valúa en la
cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA. ($ 4,000).
Se le comunica al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Panchimalco, a los veintiocho días del
mes de abril de dos mil catorce.- MARIO MELENDEZ PORTILLO,
ALCALDE MUNICIPAL.- LICDA. KEYLA BECSABET FLORES
ESCOBAR, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F021772-1
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado
ROBERTO JOSE RODRIGUEZ ESCOBAR, APODERADO Judicial
de Banco Procredit Sociedad Anónima, a interponer proceso ejecutivo
en contra de LUIS FELIPE ARRAZOLA GUEVARA, mayor de edad,
comerciante, del domicilio de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán,
con Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos
veintisiete mil cuatrocientos cuarenta y siete guión nueve y número de
73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
identifi cación Tributaria cero ciento tres-cien mil trescientos cincuenta-
cero cero uno-cero; con residencia en Barrio Chalchuapita, Cuarta
Avenida Norte, casa número veintiséis, del Municipio de Atiquizaya,
departamento de Ahuachapán, CARMEN ELENA MARTINEZ SO-
LIS, de cuarenta y cuatro años de edad, estudiante, del domicilio de
Atiquizaya, departamento de Ahuachapán, con Documento Único de
Identidad número cero cero quinientos setenta y dos mil trescientos
quince guión ocho; y Número de Identifi cación Tributaria cero ciento
tres-doscientos treinta mil ciento sesenta y ocho-cero cero uno-dos, con
residencia en Barrio Chalchuapita, Cuarta Avenida Norte, casa número
veintiséis, del Municipio de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán;
y JOSE ADALID JIMENEZ AGREDA, de sesenta años de edad, Abo-
gado, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador,
con Documento Único de Identidad número cero un millón quinientos
cincuenta y tres mil ochocientos veintiuno guión dos, y con Número de
Identifi cación Tributaria cero ciento tres-ciento sesenta mil setecientos
cincuenta y dos-cero cero uno-tres, y lugar de residencia Urbanización
Satélite Norte, Senda B Polígono J- cuatro, Casa número cuatro, del
Municipio de San Salvador, departamento de San Salvador, actualmente
de domicilio o paraderos ignorados, clasifi cado al número 43-a/ 2012, en
el cual concede un plazo de DIEZ DIAS para que conteste la demanda.
Se previene que si los señores LUIS FELIPE ARRAZOLA GUEVARA,
CARMEN ELENA MARTINEZ SOLIS y JOSE ADALID JIMENEZ
AGREDA, no se presentan a este Juzgado en un plazo de DIEZ DIAS
después de las publicaciones de este edicto, se procederá a NOMBRAR-
LES UN CURADOR Ad-lítem, PARA QUE LOS REPRESENTE EN
DICHO PROCESO.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
once horas del día veintiuno de julio del año dos mil catorce.- LIC.
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA,
SECRETARIO.
1 v. No. C004550
CESIA MARINA ROMERO DE UMANZOR, JUEZA DOS DEL JUZ-
GADO TERCERO DE MENOR CUANTIA DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha iniciado PROCESO
EJECUTIVO CIVIL con referencia 11744-11-EC-3MC2(1), el cual
ha sido promovido por la Licenciada ELSY ELIZABETH GÁLVEZ
SÁNCHEZ, Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la
ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSU-
MO DE ABOGADOS DE EL SALVADOR DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, que puede abreviarse COOP-ABOGADOS, con Número
de Identifi cación Tributaria 0614-300687-102-7; en contra de las seño-
ras: NORMA ELIZABETH MARROQUÍN MERINO, mayor de edad,
empleada, con Documento Único de Identidad 01984856-2, y Número
de Identifi cación Tributaria 0614- 010968-119-7; IRENE JAQUELINE
MARROQUÍN MERINO, mayor de edad, estudiante, con Documento
Único de Identidad 02370454-2, y Número de Identifi cación Tributaria
0617-250976-102-4; por lo que, en cumplimiento a la resolución de las
diez horas del día catorce de julio de dos mil catorce, y de conformidad
con el Art. 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, SE EMPLAZA a
las señoras NORMA ELIZABETH MARROQUÍN MERINO e IRENE
JAQUELINE MARROQUÍN MERINO, por medio de este edicto y
se les previene a fi n de que se presenten a este Juzgado a contestar la
demanda incoada en contra dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES
contados a partir del día siguiente a la fecha de la última publicación de
este edicto, es decir, la tercera publicación en un periódico de circulación
nacional. Se hace saber a las demandadas, que de conformidad al Art. 67
C.P.C.M., será preceptiva su comparecencia por medio de procurador,
nombramiento que habrá de recaer en un abogado de la República. Y
que en caso de no comparecer en el plazo señalado, el proceso continuará
sin su presencia y se les nombrará un Curador Ad-Lítem para que la
represente en el proceso.
Junto con la demanda se presentaron los siguientes documentos: a)
Testimonio de Escritura Pública de Mutuo con Firma Solidaria otorgado
por las señoras NORMA ELIZABETH MARROQUÍN MERINO e
IRENE JAQUELINE MARROQUÍN MERINO a favor de ASOCIA-
CIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE
ABOGADOS DE EL SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMI-
TADA, que puede abreviarse COOP-ABOGADOS; b) Copia certifi cada
por notario del Testimonio de Poder General Judicial, otorgado por el
Doctor MANUEL ANTONIO ROMERO HIJO, quien actúa en nombre y
representación en carácter de Presidente del Consejo de Administración
de COOP-ABOGADOS, a favor de la Licenciada ELSY ELIZABETH
GÁLVEZ SÁNCHEZ.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE MENOR CUAN-
TÍA, JUEZA DOS de San Salvador, a las diez horas y treinta minutos
del día catorce de julio de dos mil catorce.- LICDA. CESIA MARINA
ROMERO DE UMANZOR, JUEZA DOS, JUZGADO TERCERO DE
MENOR CUANTÍA.- LIC. MARIO ROBERTO AGUIRRE CABRERA,
SECRETARIO.
1 v. No. F021792
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
AVISA: Que según el Art. 186 CPC Y M, y con el objeto de garan-
tizar el derecho de defensa de la demandada ANA PAULA ROMERO,
es procedente realizar las Diligencias del Emplazamiento por Edictos
en el presente Proceso Declarativo Común de Prescripción Adquisitiva
de Dominio, en vista de que la demandada ANA PAULA ROMERO,
mayor de edad, de ofi cios domésticos, y quien tuvo su domicilio en San
Francisco Javier, Departamento de Usulután, quien se identifi caba con
su Cédula de Vecindad número, trescientos veintiocho mil cuatrocientos
veinticinco es de PARADERO IGNORADO, razón por la cual se emite
esta publicación, para que tenga conocimiento de que se promueve en
su contra el presente Proceso Declarativo Común de Prescripción Ad-
quisitiva de Dominio, que promueve la Licenciada LILIAN HAYDEE
BURGOS MOLINA, en su calidad de Apoderada General Judicial de
la señora MARIA MARGOTH ROMERO RIVERA; y así no vulnerar
los derechos establecidos en el artículo 11 y 12 de la Constitución y
los principios regulados en los artículos 4, 5, 169 y 232 Literal C) del
Código Procesal Civil y Mercantil, por lo que se le solicita que acuda
a este Juzgado, a incorporarse al procedimiento respectivo, debiendo
hacerlo en un lapso de diez días después de las publicaciones de los
edictos respectivos, de no comparecer en dicho término se le nombrará
un curador Ad - Lítem para que la represente en el proceso.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los un
días del mes de agosto de dos mil catorce.- Enmendado: LILIAN-Vale.-
LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- LICDA. LOURDES ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA
INTERINA.
1 v. No. F021805
KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil,
registrado bajo el número de referencia 00339-14-MRPE-5CM3, y
referencia interna 19-EM-14-3, promovido por el Licenciado EDUAR-
DO GARCÍA GUTIERREZ, actuando en su calidad de Apoderado
General y Especial Judicial del BANCO DE AMÉRICA CENTRAL,
SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO DE AMÉRICA
CENTRAL, S.A., pudiendo ser ubicado en: Condominio Monte María,
Edifi cio A, tercer piso, local número dos, de esta ciudad; en contra de
la señora SILVIA MARGARITA ANGEL MARTÍNEZ. Que no fue
posible emplazar personalmente a la señora SILVIA MARGARITA
ANGEL MARTÍNEZ, mayor de edad, Comerciante, del domicilio de
Santa Tecla, con Número de Identifi cación Tributaria: cero quinientos
once - ciento cuarenta mil novecientos setenta y cuatro - ciento tres-
uno, por no contar con una dirección en el territorio nacional donde
poder realizar dicho acto de comunicación, en razón de ello, conforme
a lo establecido en los artículos 181 y 186 del Código Procesal Civil
y Mercantil, se le emplazará por este medio, concediéndosele un plazo
de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la tercera publicación de
este edicto, para que se presente a este Juzgado a contestar la demanda
y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere se procederá a nombrarle un
CURADOR AD LITEM, para que la represente en este proceso, artículo
186 Código Procesal Civil y Mercantil. Los documentos anexos al proceso
son los siguientes: 1) Demanda suscrita por el Licenciado EDUARDO
GARCÍA GUTIERREZ; 2) Escrituras Públicas de: a) TESTIMONIO
DE ESCRITURA PÚBLICA DE MUTUO CON GARANTIA HIPO-
TECARIA, otorgado el día veinticinco de febrero de dos mil once, ante
los ofi cios del Notario Carlos Francisco Ortiz Rodríguez, otorgada por
la señora SILVIA MARGARITA ANGEL MARTÍNEZ, por la cantidad
de VEINTITRES MIL CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA; b) TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA DE
MUTUO CON GARANTIA HIPOTECARIA, otorgado el día trece de
febrero de dos mil seis, ante los ofi cios del Notario Marco Javier Calvo
Caminos, otorgada por la señora SILVIA MARGARITA ANGEL MAR-
TÍNEZ, por la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA; c) TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA DE
PRIMERA HIPOTECA, otorgado el día trece de febrero de dos mil
seis, ante los ofi cios del Notario Marco Javier Calvo Caminos, otorgada
por la señora SILVIA MARGARITA ANGEL MARTÍNEZ, hasta por
la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA
Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA;
y d) Fotocopia certifi cada notarialmente del Poder General y Especial
Judicial a favor del Licenciado Eduardo García Gutiérrez y otros.
Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley
correspondientes.
LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL: SAN SALVADOR, a las diez horas y veinte minutos del día
uno de julio de dos mil catorce. LICDA. KARLA MARIA REGINA
MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL.- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES
RUBIO, SECRETARIA.
1 v. No. F021819
JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil,
registrado bajo el número de referencia 309-(07052-13-MRPE-4CM1)-3,
en el cual se ha dado la intervención de ley al Licenciado RICARDO
JOSÉ CÓRDOVA HERNÁNDEZ, con dirección en: Calle La Reforma,
Edifi cio El Manantial, número doscientos treinta y dos, local once, Co-
lonia San Benito, San Salvador y con número de telefax 2661-1808, en
calidad de Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVA-
DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, con dirección en: Veinticinco Avenida
Norte y Veintitrés Calle Poniente, número mil doscientos treinta, Centro
Financiero Scotiabank, San Salvador; en contra del señor ROBERTO
ANTONIO HERNÁNDEZ TORRES, mayor de edad, Mecánico, del
domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad número
tres millones cuatrocientos cinco mil trescientos cincuenta y uno - cuatro,
y con Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos diecisiete -
ciento sesenta mil seiscientos sesenta y ocho - ciento siete - cinco. Que
no se pudo notifi car el decreto de embargo y demanda que lo motiva
personalmente al señor ROBERTO ANTONIO HERNÁNDEZ TORRES,
en razón de ello, conforme a lo establecido en los Arts. 186, 187 y 462
C.Pr.C.M., se le notifi cará el decreto de embargo y demanda que lo
75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
motiva por este medio, para que se presente a este Juzgado a ejercer
sus derechos. Si no lo hiciere se procederá a nombrarle un Curador Ad
Lítem, para que lo represente en el presente proceso.
Los documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda
suscrita por el Licenciado RICARDO JOSÉ CÓRDOVA HERNÁNDEZ;
2) Copia Certifi cada de Testimonio de Escritura Pública de Poder General
Judicial otorgado a favor del Licenciado CÓRDOVA HERNÁNDEZ; 3)
Pagaré sin protesto suscrito por el demandado; 4)Fotocopia Certifi cada
de la siguiente documentación: 4.1) Credencial y Tarjeta de Ejecutor de
embargos, Documento Único de Identidad y Número de Identifi cación
Tributaria todo a nombre del Licenciado Saúl Vásquez Blanco; 4.2)
Documento Único de Identidad, Número de Identifi cación Tributaria y
Tarjeta de Abogado a nombre del Licenciado CÓRDOVA HERNÁN-
DEZ.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley correspondientes.
Librado en el JUZGAD CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL:
San Salvador, a las doce horas del día treinta de julio del año dos mil
catorce. LIC. JOSE MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO
DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL.- LIC. RAFAEL GILBERTO
CRISTALES CASTRO, SECRETARIO INTO.
1 v. No. F021820
LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
SAN SALVADOR, LICENCIADA PATRICIA IVONNE INGLÉS
AQUINO, AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: QUE EL SEÑOR CARLOS GUILLERMO DE
LA O CABRERA, ha sido demandado en proceso Ejecutivo Mercantil
referencia número 328-EM-12-3CM1 (1), promovido en su contra por
parte del BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONI-
MA, que se puede abreviar BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A.,
anteriormente denominado BANCO CREDOMATIC, S.A., el cual puede
ser localizado en ochenta y siete Avenida Norte, número ciento cuarenta
y siete, Colonia Escalón, Ciudad y Departamento de San Salvador, por
medio de su representante procesal Licenciado EDUARDO GARCÍA
GUTIERREZ, quien puede ser localizado al telefax veintidós sesenta-
cincuenta y tres setenta y uno, quien actúa en sustitución del Licenciado
CARLOS FRANCISCO ORTIZ RODRÍGUEZ. Quien reclama a favor
de su poderdante en virtud del título ejecutivo que corre agregado al
presente proceso consistente en un Testimonio de Escritura Pública de
mutuo prendario, la cantidad de ONCE MIL VEINTIÚN DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON TREINTA Y CUATRO
CENTAVOS DE DÓLAR.
Posteriormente a la fecha en que se inició el referido juicio se
presentó el Licenciado CARLOS FRANCISCO ORTIZ RODRÍGUEZ,
en el carácter antes expresado manifestando que se ignora el paradero
del demandado CARLOS GUILLERMO DE LA O CABRERA, por lo
que solicitó que se emplazara al mismo para que compareciera a estar
a derecho, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil
y Mercantil, petición que fue reiterada por el Licenciado EDUARDO
GARCÍA GUTIERREZ.
En consecuencia, se previene al demandado señor CARLOS
GUILLERMO DE LA O CABRERA, que si tuviere apoderado, procurador
u otro representante legal o curador en el país se presente a este tribunal
a comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la
tercera publicación de este aviso.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Salvador,
a las horas y diez minutos del día veintiséis de mayo de dos mil catorce.
LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LIC. OSCAR
ANTONIO DIAZ, SECRETARIO.
1 v. No. F021821
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL
DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por este medio emplaza al señor RENE
BERRIOS conocido por RENE BERRIOS HERNANDEZ, con tarjeta
de identifi cación Tributaria número un mil doscientos diecisiete guión
doscientos treinta mil novecientos cuarenta y cinco guión cero cero tres
guión ocho, con residencia desconocida, en relación al Proceso Ejecutivo
Mercantil, con número de referencia REF. 00358-12-PE-3CM1/44- C2,
promovido por el Licenciado RICARDO JOSE CORDOVA, como apode-
rado general judicial con cláusula especial, de la sociedad "SCOTIABANK
EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA" antes "BANCO DE CO-
MERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA", representada
por el Licenciado CARLOS QUINTANILLA SCHMIDT, en contra de
los señores WALTER RENE BERRIOS TORRES y RENE BERRIOS
conocido por RENE BERRIOS HERNANDEZ, basado en unTestimonio
de Escritura Pública de MUTUO SIMPLE y primera hipoteca abierta,
reclamándole las cantidades siguientes: ONCE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CUATRO DOLARES CON NOVENTA Y CUATRO
CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-
CA; en concepto de interés del once por ciento anual, la cantidad TRES
MIL SESENTA Y DOS DOLARES CON CINCUENTA Y CUATRO
CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA;
y de interés moratorio del CINCO POR CIENTO ANUAL, la suma de
SESENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y UN CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; cantidades
contabilizadas desde veintiocho de abril del año dos mil diez al trece
de abril de dos mil doce, haciendo un total de QUINCE MIL CIENTO
DIECIOCHO DOLARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y las
costas procesales; por lo que el demandado deberá presentarse a este
juzgado dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados después
de la tercera y última publicación del edicto en un periódico de mayor
circulación nacional, según lo dispuesto en el artículo 186 del Código
Procesal Civil y Mercantil, bajo pena que de no hacerlo se le nombrará
un curador AD LITEM, para que la represente y se continúe el proceso
sin su presencia.
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil; San Miguel, a los veinte días del mes de agosto de dos mil catorce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL. LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
1 v. No. F021822
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por este medio se EMPLAZA a los señores Rosa Isabel Fuentes, conocida por Rosa Isabel Fuentes Morales hoy de Monge y por Rosa Isabel Fuentes de Monge, con Documento Único de Identidad número cero uno uno siete tres cinco cinco dos – nueve; y con tarjeta de identifi cación tributaria número uno tres uno doce-cero nueve cero seis cinco nueve – cero cero uno- uno, y Guillermo Heriberto Monge conocido por Guillermo Heriberto Monge Mejía, con tarjeta de identifi cación tributaria número uno dos uno siete- cero cuatro cero ocho cinco cinco- cero cero uno- tres, ambos de paradero ignorado; en relación al proceso Ejecutivo Civil con número de referencia 01547- 14-MRPE-3CM1-60-C4, promovido por el Licenciado Ricardo José Córdova Hernández, como apoderado de la Sociedad "The Bank of Nova Scotia", representado por el Licenciado Dionisio Ismael Machuca Massis, en su calidad de director presidente y representante legal, contra los señores Rosa Isabel Fuentes, conocida por Rosa Isabel Fuentes Morales hoy de Monge y por Rosa Isabel Fuentes de Monge, y Guillermo Heriberto Monge conocido por Guillermo Heriberto Monge Mejía, como deudo-res, a quien se le reclama en relación al primer crédito: diecisiete mil seiscientos cuarenta y seis dólares con ochenta centavos de dólar de los Estados Unidos de América, en concepto de capital; mas el interés con-vencional del ocho punto cincuenta por ciento anual, calculados a partir del día diez de junio de dos mil ocho, al día veintiocho de marzo del dos mil catorce fecha en la que se presentó la demanda, la cual asciende a la cantidad de ocho mil seiscientos noventa y ocho dólares con ochenta y seis centavos de dólar de los Estados Unidos de América; y en relación al segundo crédito en concepto de capital es la cantidad seis mil ciento cincuenta y siete dólares con treinta y seis centavos de dólar de los Estados Unidos de América; en concepto de intereses convencionales de ocho punto cincuenta por ciento anual a partir del día veintinueve de mayo del dos mil ocho, al día veintiocho de marzo del dos mil catorce fecha en la que se presentó la demanda, la cual ascienda a la cantidad de tres mil cincuenta y cuatro dólares con dos centavos de dólar de los Estados Unidos de América; más y penalidad por mora de veinte dólares de los Estados Unidos de América mensuales a partir del día veintiséis de enero del dos mil nueve en adelante y que al día veintiocho de marzo del año dos mil catorce, que asciende a la cantidad de doscientos veinte dólares de los Estados Unidos de América; haciendo un total de ambos créditos de treinta y cinco mil setecientos setenta y siete dólares con cuatro centavos de dólar de los Estados Unidos de América más costas procesales; debiéndose presentarse los señores Rosa Isabel Fuentes, conocida por Rosa Isabel Fuentes Morales hoy de Monge y por Rosa Isabel Fuentes de Monge, y Guillermo Heriberto Monge conocido por Guillermo Heriberto Monge Mejía a este Juzgado dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados después de la tercera y última publica-ción del edicto en un periódico de mayor circulación nacional, según lo dispuesto en el artículo 186 CPCM, bajo pena que de no hacerlo se les nombrará un curador AD LITEM, para que la represente y se continúe el proceso sin su presencia.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL, San Miguel, a las nueve horas veinticinco minutos del día quince de agosto de dos mil catorce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
1 v. No. F021823
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado Raúl Antonio Batres Salguero, mayor de edad, abogado y Notario, de este domicilio, con Tarjeta de Abogado número cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscien-tos diecinueve-cero tres cero nueve seis seis-cero cero dos-ocho, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora MARIA JUANA GRANADOS BENITEZ, mayor de edad, Doméstica, del domicilio de Santa Clara de este departamento, con Documento Único de Identidad número cero dos siete tres tres nueve ocho uno-cero, y Número de Iden-tifi cación Tributaria un mil cuatrocientos nueve-uno cero cero cinco seis cero-ciento uno-nueve, a promover DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor WILFREDO BENITEZ GOMEZ, quien fue de veintidós años de edad, agricultor en pequeño, soltero, salvadoreño, originario y del domicilio de Santa Clara, departamento de San Vicente, habiendo fallecido el día once de julio de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón El Tortuguero, jurisdicción de Santa Clara de este departamento, siendo la ciudad de Santa Clara, departamento de San Vicente el lugar de su último domicilio, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que en esta sucesión le correspondía a las señoras Ines Benítez Quinteros, Cruz Arely Benítez Rivas, y Agustina Rosalía Benítez Rivas, la primera en calidad de madre del causante, la segunda y tercera en concepto de hijas del referido causante, que por ignorar el paradero o residencia actual del presunto heredero señor JOSE DANIEL VASQUEZ, en calidad de padre del causante antes mencionado, SE EMPLAZA POR MEDIO DE ESTE EDICTO AL SEÑOR JOSE DANIEL VASQUEZ, para que comparezca a este Juzgado a manifestar si acepta o repudia la herencia intestada que a su defunción dejó el señor WILFREDO BENITEZ GÓMEZ, en calidad de padre del referido causante, en el término de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir de la última publicación de este edicto, en caso contrario, se le nombrará un curador ad lítem para que lo represente en las presentes diligencias. Con la solicitud presentada el Licenciado Batres Salguero, en el carácter en que actúa, presentó en original los documentos siguientes: certifi cación de la partida de nacimiento y defunción del causante, certifi caciones de las partidas de nacimiento de las señoras Agustina Rosalía Benítez Rivas, Cruz Arely Benítez Rivas, e Ines Benítez Quinteros, Testimonio de Escritura Pública de Cesión de Derecho Hereditario a favor de la señora María Juana Granados Benítez, y Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Judicial y Acta de Sustitución del mismo, a favor del Licenciado Raúl Antonio Batres
Salguero.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas siete minutos
del día cuatro de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F021933
77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2014136798
No. de Presentación: 20140204073
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado ALICIA JOSEFINA MORAN LARA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CENTRO MEDICO DE SANTA ANA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CENTRO MEDICO DE SANTA ANA, S. A. DE C. V, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras CENTRO MEDICO DE SANTA ANA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MEDICOS HOSPITALARIOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de julio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004541-1
No. de Expediente: 2014137474
No. de Presentación: 20140205382
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA TERE-SA AREVALO ROMERO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase PET WORLD Veterinaria y Estética para mascotas y diseño, que se traduce al castellano como mundo de mascotas,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS
VETERINARIOS; TRATAMIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA
PARA PERSONAS O ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA
Y SILVICULTURA. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de agosto del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021779-1
No. de Expediente: 2014135438
No. de Presentación: 20140201258
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO
ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO
de ROBLE INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad
BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Las Terrazas y diseño, que servirá
para: AMPARAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE
NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;
TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F021923-1
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014135517
No. de Presentación: 20140201424
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de ROBLE INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra Las Terrazas y diseño, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE RESTAURANTES Y BARES. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021924-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014137136
No. de Presentación: 20140204788
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, en su calidad de APODERADO de SEMILLAS PAPALOTLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
CAMELLO
Consistente en: la palabra CAMELLO, que servirá para: AM-PARAR: GRANOS Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS, SEMILLAS, HORTÍCOLAS Y FORESTALES NO COMPRENDIDOS EN OTRA CLASE. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de julio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004521-1
No. de Expediente: 2014137138
No. de Presentación: 20140204790
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, en su calidad de APODERADO de SEMILLAS PAPALOTLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
COBRA
Consistente en: la palabra COBRA, que servirá para: AMPARAR: GRANOS Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS, SEMILLAS, HORTÍCOLAS Y FORESTALES NO COMPRENDIDOS EN OTRA CLASE. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de agosto del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004522-1
79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
No. de Expediente: 2014135148
No. de Presentación: 20140200529
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LIGIA ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODERADO de AGENCIA FARMACEUTICA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
AUROCRIN
Consistente en: la palabra AUROCRIN, que servirá para: AMPA-RAR PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004538-1
No. de Expediente: 2013131516
No. de Presentación: 20130192471
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LIGIA ELIZABETH CRUZ DE MATAMOROS, en su calidad de APODE-RADO de NEOLPHARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra ANAPSIQUE, que servirá para: AM-PARAR PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de noviembre del año dos mil trece.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004539-1
No. de Expediente: 2014136526
No. de Presentación: 20140203466
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SANTOS
ALFREDO CHAVARRIA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de DISTRIBUIDORA COMERCIAL LA ORIENTAL,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
DISTRIBUIDORA COMERCIAL LA ORIENTAL, S. A. DE C. V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Go Plast y diseño, donde la palabra Go
se traduce al idioma castellano como Ir, que servirá para: AMPARAR:
BOLSAS PLÁSTICAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de agosto del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004557-1
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014132561
No. de Presentación: 20140194896
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA RUTH
LOPEZ TAMAYO DE ZELAYA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Pan Tamayo y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PAN DULCE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de junio del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021768-1
No. de Expediente: 2014132863
No. de Presentación: 20140195525
CLASE: 35, 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CE-
SAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de MARIEL
PONCE PAPAHIU, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: las palabras EMPIRE PROMOTIONS y diseño,
traducido al idioma castellano como: promociones imperio, que servirá
para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS; AD-
MINISTRACIÓN COMERCIAL Y TRABAJOS DE OFICINA. Clase:
35. Para: AMPARAR: LOS SERVICIOS DE CONTRATACIÓN, OR-
GANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN, REPRESENTACIÓN DE TODO
TIPO DE EVENTOS ARTÍSTICOS, CULTURALES, DEPORTIVOS,
CONCIERTOS, ENTRETENIMIENTO, REPRESENTACIONES
ARTÍSTICAS, GRUPOS ARTÍSTICOS, EQUIPOS DEPORTIVOS,
Y TODO LO RELACIONADO CON ESPECTÁCULOS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021852-1
No. de Expediente: 2014133432
No. de Presentación: 20140196646
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de MFC
BRANDS SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICEN-
SE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Delitún y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE
CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,
SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUE-
VOS Y LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil
catorce.
81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021853-1
No. de Expediente: 2014132530
No. de Presentación: 20140194848
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de RICHARD SALVADOR BENTOLILA, de nacionalidad VENEZO-
LANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
BTECH
Consistente en: la expresión BTECH, que servirá para: AMPARAR:
ARTICULOS DE RELOJERIA E INSTRUMENTOS CRONOMÉ-
TRICOS, QUE INCLUYEN RELOJES, CADENAS DE RELOJES,
ESFERAS (PIEZAS DE RELOJ), ESTUCHES PARA RELOJES,
MAQUINARIAS DE RELOJ, MECANISMOS DE RELOJERIA,
PULSERAS DE RELOJ, CRONOMETROS Y CRONOMETROS
MANUALES. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021854-1
No. de Expediente: 2014133980
No. de Presentación: 20140197698
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CE-
SAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de Inversiones
Metálicas, Sociedad Anónima, de nacionalidad GUATEMALTECA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra TRANSAM y diseño, que servirá para:
AMPARAR: FURGONES, CARROCERIAS TRANSPORTADORAS
O PALETIZADAS, PALANGANAS, PLATAFORMAS PARA VEHI-
CULOS, CARRETONES Y REMOLQUES. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021856-1
No. de Expediente: 2013126541
No. de Presentación: 20130183616
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de Ca-
ribbean Appetizers SA, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
TAPASITOS
Consistente en: la palabra TAPASITOS, que servirá para: AM-
PARAR: APERITIVOS CONSISTENTES EN CHILES JALAPEÑOS
82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
EMPANIZADOS Y NO EMPANIZADOS RELLENOS CON QUESO,
APERITIVOS DE ENVUELTOS DE TOCINO, JALAPEÑOS, BATA-
TAS FRITAS, CHIPS DE CAMOTE. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021857-1
No. de Expediente: 2014136397
No. de Presentación: 20140203126
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DEXIMO
MALDONADO MELARA, en su calidad de APODERADO de LA
CADENA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LA CADENA SALVADOREÑA, S. A.
DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Cyclr's World y diseño, que puede
traducirse al castellano como El Mundo del Ciclista, que servirá para:
AMPARAR: BICICLETAS. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de junio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021925-1
No. de Expediente: 2013131854
No. de Presentación: 20130193136
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO
ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO
de LIVSMART BRANDS, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ARTESANO
Consistente en: la palabra ARTESANO, que servirá para: AM-
PARAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS
NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS, JUGOS Y ZUMOS DE FRUTAS;
SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.
Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de diciembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021927-1
83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día die-cinueve de junio de mil novecientos noventa, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante MARIANO POSADA QUINTANILLA conocido por MARIANO POSADA, que falleció el día veintiséis de marzo de mil novecientos noventa, en el Barrio El Centro de la Población de San Luis La Herradura, su último domicilio, por parte de la señora JUANA GUZMAN viuda DE POSADA, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente adminis-tradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticinco de junio de dos mil catorce.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004419-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-CIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince minutos del día veintinueve de este mes; se ha tenido por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó ANTONIO MUÑOZ, quien falleció el día dieciséis de marzo del dos mil nueve, en el Cantón El Llano de la jurisdicción de San Luis La Herradura, su último domicilio, por parte de DINA ESTHER MUÑOZ DE MOLINA o DINA ESTHER MUÑOZ FLORES, en concepto de hija del causante y además como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a María Teodora Flores de Muñoz, Ana Liliam Muñoz de Pineda, Cecilia del Carmen Muñoz, y Vilma Estela Muñoz Flores, la primera cónyuge del causante y las demás hijas del causante. Nómbrese a la aceptante interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintinueve de no-viembre del dos mil trece.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL, INTO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004420-2
RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera Instancia de Armenia; Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 11:20 horas de este día se emitió reso-lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la causante Clara Luz Mayén de Linares, quien falleció a las 19:20 horas del día 19 de diciembre del 2013, en el Hospital Nacional San Rafael de Santa Tecla, a consecuencia de paro cardiorrespiratorio con asistencia médica, a la edad de 73 años, costurera, casada, originaria de esta ciudad, hija de la señora María Elena Mayén (fallecida), con último domicilio en Colonia Sigüenza, Pasaje 3, casa No. 133 de esta misma ciudad; de parte de la señora Berta Elizabeth Mayén de De Paz hija sobreviviente de la de cujus.
Se nombró interinamente a la señora antes referida, administradora y representante de la sucesión de la expresada causante con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los un días del mes de agosto del año dos mil catorce.- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004421-2
LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cuarenta minutos del día veintiséis de este mes, se ha tenido por aceptada expresa-mente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defun-ción dejó la causante INOCENTA ADELA MARTINEZ HERNANDEZ o INOCENTE ADELA MARTINEZ o VICENTA MARTINEZ quien falleció el día diecinueve de noviembre de dos mil diez en el Cantón El Espino Arriba de esta jurisdicción, su último domicilio, por parte de RAMIRO FERNANDEZ PEÑA y JENNY ARELI MARTINEZ DE FERNANDEZ en concepto de cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a MARIA JULIA MARTINEZ, MARTA IRMA MARTINEZ y ANTONIA DE JESUS MARTINEZ, hijas del causante. Nómbranse a los aceptantes interinamente, administradores y represen-tantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de mayo del dos mil catorce.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021299-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
LICDA. ROSA ANGELICA HERNANDEZ EUCEDA, Juez de lo Civil
Suplente de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día doce
de mayo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor CARLOS EDUAR-
DO SANCHEZ PERLA y SILVIA DEL CARMEN TORRES DE
SANCHEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
señor CARLOS JOSE SANCHEZ TORRES, quien fue de veinticinco
años de edad, comerciante, originario de Usulután, soltero, fallecido a
las dieciocho horas treinta minutos del día cinco de enero de dos mil
catorce, en Colonia Campestre, Cantón La Lucha, de la jurisdicción de
Zacatecoluca, departamento de La Paz, siendo su último domicilio en el
municipio de Tecoluca, departamento de San Vicente, en concepto de
padres del causante. Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y
representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas
diez minutos del día doce de mayo de dos mil catorce. LICDA. ROSA
ANGÉLICA HERNÁNDEZ EUCEDA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-
TE. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021300-2
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día quince
de agosto del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de la herencia testamentaria dejada por
la Causante señora María Elena Serrano, fallecida el día veintisiete de
mayo del año dos mil seis, en jurisdicción de la Villa de San Antonio
del Monte, de este Departamento, lugar de su último domicilio, de parte
de la señora Elizabeth Granados de Serrano, por Derecho de transmisión
que le correspondía al señor Guillermo Alfonso Serrano como heredero
testamentario de la causante, en su concepto de Cónyuge, además como
cesionaria de los Derechos hereditarios testamentarios, que en la referida
sucesión le correspondían al señor Salvador Antonio Serrano, en su
concepto de hijo, de la de Cujus.
Y se le ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las quince horas veintiocho minutos
del día quince de agosto del año dos mil catorce. LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021327-2
DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-
GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario, la herencia Intestada dejada a su defunción
por el causante señor JOSE ROBERTO ORTIZ, ocurrida el día dos de
marzo de este año, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte
de la señora YESENIA DALILA ORTIZ CONTRERAS, en calidad de
hija del causante; y se ha conferido a la aceptante, la administración y la
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas y
treinta minutos del día treinta de julio de dos mil catorce. DRA. DELMY
RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021332-2
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
catorce horas y veinte minutos de día diez de julio de dos mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor SERGIO
ARTURO JUAREZ PEREZ, quien fue de sesenta años de edad, Bachiller
Académico, fallecido el día veinticinco de febrero de dos mil catorce,
en Hospital Nacional de Chalchuapa, jurisdicción de Santa Ana, siendo
Quezaltepeque, su último domicilio, de parte de la señora DORA ALICIA
PLEITEZ FLORES, mayor de edad, cosmetóloga, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad número 01424607-4; y del menor
ISMAEL ARTURO JUAREZ PLEITEZ, menor de edad, estudiante,
de este domicilio, en el concepto de cónyuge sobreviviente e hijo del
causante, a quien se le ha conferido la administración y representación
INTERINA, de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla el menor ISMAEL
ARTURO JUAREZ PLEITEZ, por medio de su representante legal
señora DORA ALICIA PLEITEZ FLORES.
Lo que se hace saber al público en general para que todo el que
tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer
valer el mismo durante el término de quince días después de la presente
publicación y demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce
horas y veinticinco minutos de día catorce de julio de dos mil catorce.
LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO
CIVIL, INTO. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021379-2
85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez mi-
nutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de
inventario la herencia intestada que dejó la señora Celia Cristina Guevara
de Ventura, conocida por Celia Cristina Guevara, quien falleció el día
veinticinco de septiembre de dos mil diez, en el Barrio San Antonio,
Calle La Esperanza, de esta ciudad, siendo este lugar, su último domi-
cilio, de parte de la señora CELIA YANIRA VENTURA DE TORRES,
conocida por CELIA YANIRA VENTURA GUEVARA, en calidad de
hija de la causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que
le correspondían al señor Francisco Ventura, conocido por Francisco
Ventura Rubio, en calidad de cónyuge de la causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del mes
de mayo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021456-2
JOSE SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas
con veinticinco minutos del día quince de julio del año dos mil catorce,
en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con
el NUE: 02747-14-CVDV-1CM1/229-03; se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora ANA
GREGORIA URIAS DE PORTILLO, de setenta y tres años de edad,
Comerciante, del domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel,
con Documento Único de Identidad número cero dos millones ochocientos
seis mil seiscientos cuarenta y dos- ocho y con Número de Identifi cación
Tributaria mil doscientos diecisiete- Cero noventa mil quinientos cuarenta
y uno- Ciento uno- cero en calidad de hija sobreviviente de la causante
señora Cornelia Urías a su defunción ocurrida el día treinta y uno de
agosto del año mil novecientos ochenta y uno, a la edad de ochenta y
ocho años, Ofi cios domésticos, Soltera, originaria y del domicilio de
San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de Fulgencio Murillo
y Mónica Urías; y se le ha conferido a la aceptante la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccio-
nes de los curadores de la herencia yacente que regula el Artículo 480
Código Civil. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes
después de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Miguel, a las once horas con cincuenta y siete minutos del día quince de
julio del año dos mil catorce. LIC. JOSE SALOMON ALVARENGA
VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE
SAN MIGUEL. LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F021485-2
LICDA.CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA, de este Distrito Judicial, al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las once
horas y quince minutos del día diecinueve de agosto de dos mil catorce
SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día
QUINCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, dejó la señora CAR-
MEN CABRERA DE HENRIQUEZ siendo su último domicilio el
municipio de San Sebastián, departamento de San Vicente, de parte del
señor GONZALO ALFREDO HENRIQUEZ en calidad de cónyuge
de la causante quien posee número de Documento Único de Identidad:
00711033-5 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria:1009-180442-001-6,
representado por su Apoderado General Judicial Licenciado OLIVERIO
RIVAS. Confi riéndosele al aceptante la administración y representación
INTERINA de la sucesión, conforme a lo establecido por el art. 1163
Código Civil, en los conceptos antes relacionados, con las facultades y
restricciones de ley.
Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián, Departamento de
San Vicente, a las once horas y veinte minutos del día diecinueve de
agosto de dos mil catorce. LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR
DAWSON, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. BR. BESSY CECILIA
FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021501-2
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ TRES, DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y quince minutos
del día dos de mayo del presente año, se les ha conferido la ADMINIS-
TRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la HERENCIA
INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante MILA-
GRO DEL SOCORRO ESCAMILLA SALAZAR, quien falleció en el
Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social
de San Salvador, a las veintiún horas treinta y cinco minutos del día
quince de julio de dos mil once, siendo su último domicilio en Colonia
Atonal, Alameda Juan Pablo Segundo número ciento catorce, Munici-
pio y Departamento de San Salvador; a la señora SARA GABRIELA
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ESCAMILLA SALAZAR, y los menores FRANCISCO MIGUEL
VELIS ESCAMILLA y MARIA JOSE ESCAMILLA SALAZAR, por
medio del Procurador de Familia Licenciado William Alexander Rivera
Ayala, en sus calidades de hijos de la referida causante. Habiéndoseles
conferido la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA
de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Publíquese el edicto de Ley.
Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que
tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legi-
timando su derecho en el término de quince días, todo de conformidad
a los Arts. 988 Ord. 1°, 1162 y 1163 C.C.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, Juez Tres, a
las nueve horas del día trece de mayo de dos mil catorce. LIC. ROBERTO
EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ 3. LICDA. JACQUELINE
JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA 3.
3 v. alt. No. F021514-2
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las nueve
horas cuarenta minutos del día catorce de los corrientes, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
dejada por el señor ISABEL RAMOS, fallecido el día quince de agosto
del dos mil cinco, en la ciudad de Santa Ana, siendo la población de
Nahuizalco su último domicilio, de parte de los señores DAVID RAMOS
MARTINEZ, MARIA DE JESUS RAMOS DE GONZALEZ, MARIA
ESPERANZA RAMOS DE MURILLO y JOSE AMILCAR RAMOS
GUIRAO, los primeros tres como hijos y además como Cesionarios de
los derechos que le correspondían a la señora Filomena Martínez de
Ramos como cónyuge y el último como Cesionario de los Derechos
que le correspondían al señor Juan Rosa Ramos Martínez éste como
heredero del Causante.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas quince minutos
del día doce de agosto del año dos mil catorce. LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA.
CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021521-2
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las doce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante señora ELENA MELGAR DE MIRANDA, o
ELENA MELGAR VIUDA DE MIRANDA conocida tributariamente por
ELENA MELGAR, fallecida el día veintiuno de septiembre del año dos
mil trece, en el Hospital Militar de San Salvador, siendo el Municipio de
Cojutepeque, Departamento Cuscatlán, su último domicilio; de parte de las
señoras VILMA CONSUELO MELGAR, AMALIA RUTH MIRANDA
DE HERRERA, y CONCEPCIÓN MARINA MIRANDA MELGAR,
en su calidad de hijas sobrevivientes, de la causante en referencia.
Habiéndose conferido a las aceptantes la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas
y cincuenta minutos del día quince de agosto del año dos mil catorce.
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021523-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas
con veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor TEODORO CALLES
MIRANDA, en su calidad de hijo Sobreviviente, de la Herencia intestada
dejada a su defunción por la señora TOMASA MIRANDA VIUDA DE
CALLES, quien fuera de ochenta y tres años de edad, viuda de ofi cios
domésticos y que falleció a las tres horas quince minutos del día veintisiete
de mayo del año dos mil doce, en el Hospital Nacional Rosales, de la
Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el de San Matías,
Departamento de La Libertad.
Confi érasele al aceptante expresado en el concepto indicado la
Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las once horas diez minutos del día veintiséis de mayo del año dos
mil catorce. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021529-2
87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta
y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte de la menor JENIFER LILIBETH
REYES MEJIA, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora
LUCIA DEL CARMEN MEJIA, quien fue de sesenta y ocho años de
edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de esta ciudad, falleció el día
tres de mayo del dos mil catorce, en esta ciudad, en este distrito judicial
lugar de su último domicilio en concepto de cesionaria de los derechos
hereditarios que en dicha sucesión correspondía a las señoras ROSA
MABEL MEJIA ROQUE, ISABEL MEJIA Y MARÍA ADELAYDA
MEJIA en concepto de madre e hija de la causante, respectivamente.
Nómbrase a la aceptante administradora y representante interina de
la sucesión con las restricciones de los curadores de la herencia yacente,
la cual ejercerá por medio de sus padres señores MARÍA ADELAYDA
MEJIA Y ROBERTO CARLOS REYES, hasta que dicha menor alcance
su mayoría de edad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis
días del mes de agosto del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. TATIANA ARMIDA
MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.
3 v. c. No. F021544-2
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: JOSE ALBERTO
LEON GALDAMEZ,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor:
EDGARDO ENRIQUE LÓPEZ RODRIGUEZ, de este domicilio,
solicitando se les extienda a su favor TITULO DE PROPIEDAD, de un
inmueble de naturaleza Rústico Urbano, situado en la esquina formada
por la Cuarta Calle Poniente y Primera Avenida Sur, jurisdicción de El
Paraíso, de este Departamento, de una extensión superfi cial aproximada
de CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS
OCHENTA Y UNO CENTIMETROS CUADRADOS, cuyas medidas
y colindancias son las siguientes: LINDERO ORIENTE: mide veinte
metros noventa centímetros y colinda con Dina López Guardado, tapial
de adobe de por medio propio del Señor Santiago López Machado;
LINDERO SUR: mide veinte metros noventa centímetros y colinda con
Tránsito Bonilla; calle pública de por medio; LINDERO PONIENTE:
mide veinte metros noventa centímetros y colinda con Cruz Palma; calle
pública de por medio; LINDERO NORTE: mide veinte metros noventa
centímetros y colinda con Blanca Rosa Salazar, tapial de adobe medianero.
El inmueble antes descrito lo he adquirido por compra que le hice al Señor
SANTIAGO LÓPEZ MACHADO. Dicho inmueble no es dominante ni
sirviente, no se encuentra en proindivisión con otra persona, con lo antes
dicho el compareciente se acredita como dueño de dicho inmueble, se
encuentra libre de todo gravamen, no tiene cargas o derechos reales de
ajena pertenencia que deban respetarse; y lo evalúa en la cantidad de
MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMÉRICA. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: De El Paraíso, Departamento de
Chalatenango, a los dos días del mes de julio de dos mil catorce. JOSÉ
ALBERTO LEON GALDAMEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC.
FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SECRETARIO MUNI-
CIPAL.
3 v. alt. No. F021285-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
MILAGRO DEL SOCORRO MELARA DE CERON, mayor de edad,
Ama de Casa, de este domicilio, solicitando para sí, Título de Propiedad
de un inmueble rústico situado en el Cantón Ánimas de esta jurisdicción,
con una superfi cie de VEINTINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y
UNO PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide cuatrocientos
punto noventa y tres metros, colindando con terreno propiedad de Santos
Portillo Acosta, Natividad de Jesús Alegría, Miguel Ángel Escobar,
Anabel Rodríguez Santamaría; AL NORTE: mide noventa y tres punto
noventa y ocho metros, colindando con terreno de Bernardo Pérez Cruz;
AL PONIENTE: mide doscientos ochenta y siete punto setenta y siete
metros, colindando con terreno de Guillermo Ortiz Vidal, hoy propiedad
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de la Alcaldía Municipal; y AL SUR: mide doscientos veintidós punto
noventa y dos metros, colindando con terreno de Santos Portillo Acosta.
Este inmueble lo ha adquirido por compra que le hiciere al señor José
Carlos Salas Portillo, el día once de marzo de mil novecientos ochenta y
uno; y lo valora en UN MIL QUINIENTOS DOLARES de los Estados
Unidos de América. Siendo todos los colindantes de este domicilio.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN JOSE GUAYABAL, a los
once días del mes de julio del dos mil catorce. ING. MAURICIO ARTURO
VILANOVA VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL. MIRIAN ES-
TELA MELARA SALAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F021542-2
TÍTULO SUPLETORIO
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los Li-
cenciados Selwin Marwin Lazo Reyes y Ana Mirian Reyes de Lazo,
Abogados, del domicilio de la ciudad de Polorós, departamento de La
Unión, como Apoderados Generales Judiciales del señor Juan de Dios
Bonilla Alvarado, quien es mayor de edad, solicitando título supletorio
de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Mojón,
Cantón Gueripe, jurisdicción de Concepción de Oriente, de este Distrito
Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de seis
mil seiscientos treinta y siete punto ochenta y uno metros cuadrados
equivalentes a nueve mil cuatrocientos noventa y siete punto treinta y
ocho varas cuadradas, de las medidas y linderos siguientes: al Norte:
sesenta y seis metros, colindando con terrenos de Julia Moreno, Rosa
Delmi Velásquez y Juan de Dios Moreno, con calle nacional que del
Cantón Mala Laja y Gueripe conduce a Concepción de Oriente de por
medio; al Oriente: ciento setenta punto setenta y cuatro metros, colin-
dando con terrenos de Romelia Bonilla los primeros dos tramos, con
callejón de por medio, luego siempre con Romelia Bonilla y Natividad
Moreno, cerco de alambre de los colindantes y cerca de piña del titulante
y posteriormente con José Santiago Bonilla, cerco de piña propiedad del
titulante; al Sur: treinta y tres punto cincuenta y ocho metros, con terrenos
de la sucesión de Alberto Bonilla, con cerco de piña del titulante de por
medio, y al Poniente: ciento seis punto diecinueve metros, colindando con
terreno del señor Fernando Moreno con callejón privado de por medio
propiedad de terrenos de la sucesión de Alberto Bonilla, con cerco de
piña del titulante de por medio entre el callejón y el terreno que se titula,
inmueble que carece de construcciones y cultivos permanentes. Valúa
dicho inmueble en la cantidad de Cinco mil quinientos dólares de los
Estados Unidos de América, cada uno, y lo adquirió por compraventa
de posesión material hecha a la señora María Florinda Bonilla Alvarado,
el día veintiséis de mayo del año dos mil catorce.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-
mento de La Unión, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil
catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021306-2
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que con fecha treinta de junio de dos mil catorce,
se presentó a este Juzgado el Licenciado RAMON TOBIAS GARAY
BENAVIDES, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Jorge,
y del de San Miguel, con Tarjeta de Abogado número dieciséis mil
ochocientos ochenta, Número de Identifi cación Tributaria doce quince
guión cero cinco cero siete setenta y cinco guión ciento dos guión uno;
solicitando se le extienda a favor de su representado señor JOSE RABI
RIVAS, de cuarenta y tres años de edad, empleado, del domicilio de San
Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, y del de San Salvador,
con Documento Único de Identidad número cero dos dos cinco tres siete
tres seis guión seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno dos
uno ocho guión cero uno uno uno seis ocho guión uno cero uno guión
nueve; Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado
en el Caserío El Chirrión del Cantón Piedra Azul, de la Jurisdicción de
San Rafael Oriente, de este Distrito, Departamento de San Miguel, de la
capacidad superfi cial de SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PUNTO
QUINCE METROS CUADRADOS; equivalente a NOVECIENTOS
CUARENTA PUNTO VEINTICINCO VARAS CUADRADAS; de
89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE: Consta de un tra-
mo: del M1 a M2 mide catorce punto treinta y cinco metros, linda con
Santiago González calle pública de por medio; AL NORTE: consta de
cinco tramos así, del M2 al M3 doce punto setenta y seis; del M3 al M4
siete punto cero cinco; del M4 al M5 seis punto sesenta y cuatro; del
M5 al M6 catorce punto noventa y tres; del M6 al M7 quince punto diez
metros, linda con Santiago Polío y Carlos Israel Coto; al ORIENTE:
consta de un solo tramo así: del M7 al M8 veinte punto veintitrés metros,
linda con Guillermo González cerco de alambre de púa de por medio;
AL SUR: consta de tres tramos así: del M8 al M9 mide quince punto,
sesenta y dos, del M9 al M10 mide veintiséis punto dieciocho, del M10
al M1 mide dos punto noventa y cuatro metros, linda con Juan Pablo
Chávez; que lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora ANA
CLEOTILDE GONZALEZ, que no tiene cargas ni derechos reales de
ajena pertenencia, ni lo posee en proindivisión con nadie, y lo valúa en
la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMÉRICA.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
LIBRADO: en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
catorce horas con treinta minutos del día uno de julio de dos mil catorce.
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LICDA. INGRID VANESSA VASQUEZ
BARAHONA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021342-2
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en este Tribunal han sido promovidas Di-
ligencias de Título Supletorio promovidas por la señora VICTORINA
RODRIGUEZ, de sesenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos,
del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador, con Do-
cumento Único de Identidad número: cero cero tres nueve nueve cero
seis dos - ocho, y con número de Identifi cación Tributaria: cero nueve
cero ocho – uno dos cero tres cinco cero - uno cero uno – seis, por medio
de la Licenciada CLARA VERONICA SORIANO MELENDEZ, en
su carácter de Apoderada General Judicial de la primera; solicitando
se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica,
innominado, situado en el Cantón Rosario Tablón Arriba, jurisdicción
de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, que según escritura de
propiedad es de mayor extensión, y según certifi cación de Denomina-
ción Catastral de fecha veintinueve de mayo del presente año, es de una
superfi cie de CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO PUNTO
OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de la descripción
técnica siguiente: AL PONIENTE: de punto uno a punto dos, rumbo
Norte veinte grados, veintiséis minutos, cincuenta y cuatro segundos
Oeste, distancia de cuarenta y cuatro punto noventa metros limita con
propiedad de Pablo Hernández López y María del Carmen Alvarado,
divide camino vecinal; AL NORTE: de punto dos a punto tres, rumbo
Norte, setenta y tres grados, cero dos minutos, catorce segundos Este,
distancia de ochenta y uno punto diez metros, limita con propiedad de
Carlota de Jesús Urquilla; AL ORIENTE, de punto tres a punto cuatro,
rumbo Sur, veintidós grados, veinticuatro minutos veintisiete segundos
Este, distancia de cincuenta y siete punto setenta y tres metros, limita con
propiedad de Edgar Isaac Muñoz López y Milton Ernesto Muñoz López;
AL SUR, de punto cuatro a punto uno, rumbo Sur, ochenta y un grados,
treinta y siete minutos, once segundos Oeste, distancia de ochenta y cuatro
punto setenta y nueve metros, limita con propiedad de Juana de Jesús
Alvarado, todos los linderos defi nidos por un cerco con alambre de púas,
propios del terreno que se describe. Tiene construida en su interior una
casa de sistema mixto, techo de tejas, con servicios de energía eléctrica
y agua potable. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa realizada a
la señora ROSALVA CHAVEZ DE ARÉVALO, el día trece de agosto
del año dos mil doce, quien a su vez lo adquirió el diez de abril del año
dos mil dos, por compra que le hizo al señor Antonio Iraheta, conocido
por Isidro Antonio Iraheta Aragón, por lo que la posesión data de más
de diez años en forma quieta, pacífi ca y sin interrupción, y lo valúa por
la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y
cinco minutos del día siete de agosto del año dos mil catorce. LIC. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO
BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021525-2
90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
MARCA DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2009096485
No. de Presentación: 20090128379
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de AGROVET MARKET S.A., de nacionalidad PERUANA, solicitando
el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO.
Cefa-Sec
Consistente en: la frase Cefa-Sec, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil
nueve.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de marzo del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004409-2
No. de Expediente: 2011110828
No. de Presentación: 20110153787
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPE-
CIAL, de Tsurumi Manufacturing Co., Ltd., de nacionalidad JAPONESA,
solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER-
CIO.
Consistente en: las palabras TSURUMI PUMP y diseño, en donde
PUMP se traduce al castellano como BOMBA, que servirá para: AM-
PARAR: MAQUINAS HIDRÁULICAS, MOTORES DE BOMBAS,
APARATOS Y MAQUINAS PARA PROCESAMIENTO DE PRO-
DUCTOS QUÍMICOS, MAQUINAS PARA AGITACIÓN, MAQUI-
NAS PARA MEZCLA, MAQUINAS PARA PRENSAS, MAQUINAS
DE GRANULACIÓN, CONDENSADORES DE VAPOR (PARTES
DE MAQUINAS) MAQUINAS DE DISOLUCIÓN, MAQUINAS DE
FILTRADO, MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES), ACOPLAMIENTOS Y ÓRGANOS DE TRANSMI-
SIÓN (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES). Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciseis de agosto del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004410-2
91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014137283
No. de Presentación: 20140205124
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YANIRA
IVETT CASTRO ESPINOSA DE CASTRO, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: las palabras Mar y Luna y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO QUE SE DEDICARA A
PRESTAR SERVICIOS DE SALÓN DE BELLEZA, SPA, TRATA-
MIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS.
La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004412-2
No. de Expediente: 2014133629
No. de Presentación: 20140197078
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSA
AMELIA PEREZ MELGARES, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: las palabras Pastelería Francesa y diseño, que ser-
virá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A PRESTAR
SERVICIOS DE PASTELERÍA, UBICADA EN CATORCE CALLE
ORIENTE, BARRIO SAN FRANCISCO NUMERO 103, SAN MI-
GUEL, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021314-2
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2014135589
No. de Presentación: 20140201537
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADA
ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA,
solicitando el registro de la EXPRESIÓN o SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL.
UNA NUEVA PERSPECTIVA
Consistente en: las palabras UNA NUEVA PERSPECTIVA,
que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CON-
SUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS, TABACO, CIGARROS,
CIGARRILLOS Y DEMÁS ARTICULOS PARA FUMADORES.
La solicitud fue presentada el día veinte de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004426-2
No. de Expediente: 2014135588
No. de Presentación: 20140201536
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADA
de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-
CIAL.
VERAS LAS COSAS DESDE UNA NUEVA PERSPECTIVA
Consistente en: la expresión VERAS LAS COSAS DESDE UNA
NUEVA PERSPECTIVA. La marca a la que hace referencia la presente
expresión o señal de publicidad comercial es CHESTERFIELD inscrita
al Número 7089 del libro 26 del registro de marca, que servirá para:
ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE
LOS PRODUCTOS TABACO, CIGARROS, CIGARRILLOS Y DE-
MÁS ARTÍCULOS PARA FUMADORES.
La solicitud fue presentada el día veinte de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004433-2
No. de Expediente: 2014135592
No. de Presentacion: 20140201541
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADA
de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-
CIAL.
EL ROJO QUE ESCOGIÓ UNA CAPSULA ÚNICA
Consistente en: la expresión EL ROJO QUE ESCOGIÓ UNA
CAPSULA ÚNICA. La marca a la que hace referencia la presente ex-
presión o señal de publicidad comercial es CHESTERFIELD inscrita
93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
al Número 7089 del libro 26 del registro de marca, que servirá para:
ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE
LOS PRODUCTOS TABACO, CIGARROS, CIGARRILLOS Y DE-
MÁS ARTÍCULOS PARA FUMADORES.
La solicitud fue presentada el día veinte de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004434-2
SUBASTA PÚBLICA
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ UNO DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en virtud de ejecución promovida en este
Juzgado, por la Licenciada GLORIA DE LOS ANGELES GERMAN
ARGUETA como apoderada del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD
ANÓNIMA, contra las señoras DELMY ELIZABETH CASTILLO DE
QUINTANILLA y LILIAN IMELDA CASTILLO DE MELENDEZ
conocida por LILIAN IMELDA CASTILLO SEGOVIA, reclamándole
la cantidad de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y
NUEVE DÓLARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más intereses
y costas procesales; se ha ordenado la Venta en Pública Subasta en este
Juzgado, de un inmueble marcado con el Lote número Catorce, Polígono
"C", Parcelación Lorena, correspondiente a la ubicación geográfi ca de
Zacamil, Mejicanos, San Salvador, de una extensión superfi cial de ciento
ochenta y seis punto siete dos cero cero metros cuadrados, inscrito bajo
la matrícula número SEIS CERO UNO CUATRO CERO SEIS TRES
CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO, a favor de la demandada
señora DELMY ELIZABETH CASTILLO DE QUINTANILLA, siendo
la descripción técnica la siguiente: AL NORTE: doce metros cuatro
centímetros, linda con lote número once, polígono"C"; AL SUR: doce
metros, linda con lotes número veintiséis y veintisiete del polígono "B",
calle de por medio; AL PONIENTE: dieciséis metros cuatro centímetros,
linda con lote número quince del Polígono "C"; y al ORIENTE: quince
metros nueve centímetros, linda con lote número trece del polígono
"C". Todos los lotes colindantes son o han sido de la misma propiedad
de la Parcelación Lorena, del Doctor Alvaro Merino hoy de la sucesión
inscrita a favor de la demandada DELMY ELIZABETH CASTILLO
DE QUINTANILLA.
Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efecto
legales correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas
y treinta minutos del día once de julio de dos mil catorce. LIC. JOSÉ
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL. LICDA.
LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021340-2
Lic. Roberto Mauricio Antonio Quintanilla Gálvez, Juez de lo Civil
Interino de este distrito judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que en el juicio civil ejecutivo promovido por el
Lic. FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, con NIT. No. 0614-170749-
004-3, apoderado general judicial del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, con NIT No. 0614-070575-002-6, contra el señor ANGEL
CONFESOR MARTINEZ, conocido por ANGEL CONFESOR GOCHEZ
MARTINEZ, con NIT No. 0822-101067-101-4, reclamándole capital,
intereses y costas; se ha ordenado la venta en pública subasta del siguiente
terreno: Un lote de terreno de naturaleza urbana y construcciones de
sistema mixto que contiene denominado casa Número QUINCE, situado
sobre el pasaje El Tamarindo, del CENTRO URBANO SAN BARTOLO,
de la jurisdicción de Ilopango, de San Salvador, solar que es de una
extensión superfi cial de SESENTA PUNTO CATORCE METROS
CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y SEIS PUNTO CERO
CINCO VARAS CUADRADAS, y en él existe una casa de sistema
mixto el cual a partir de su vértice Sur-Este, donde inició la presente
descripción mide y linda: AL SUR: con una distancia de cinco punto cero
dos metros, linda con casa número dieciséis, pasaje El Tamarindo de tres
metros de ancho de por medio; AL PONIENTE; con una distancia de
once punto noventa y ocho metros, linda con casa número diecisiete, del
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
pasaje El Tamarindo; AL NORTE: con una distancia de cinco punto cero
dos metros, linda con casa número veintiocho del pasaje San Marcelino;
AL ORIENTE: con una distancia de once punto noventa y ocho metros,
linda con casa número trece del pasaje El Tamarindo. Las casas y pasajes
colindantes al igual que el inmueble objeto de este contrato pertenecen
al mismo CENTRO URBANO SAN BARTOLO, el cual fue propiedad
del Fondo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las once horas y
once minutos del día diecinueve de junio del año dos mil catorce. LIC.
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,
JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021359-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido inicialmente por el Licenciado NATIVIDAD
DE LEON BENITEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero
seiscientos quince- ciento sesenta mil quinientos cuarenta y tres - cero cero
uno- cero, y continuado por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE
HERNANDEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro-
cientos doce-doscientos treinta mil cuatrocientos sesenta y ocho-cero
cero uno-ocho, ambos como Apoderados Generales Judiciales con
Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,
Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público, del domicilio
de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero seis-
cientos catorce- cero setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero
dos- seis; contra el señor JOSE RICARDO ARGUETA RODRIGUEZ,
de cuarenta y un años de edad a la fecha del contrato, Fontanero, del
domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, con Número de
Identifi cación Tributaria: Cero seiscientos catorce-doscientos veinte mil
ochocientos sesenta y dos-cero veintidós-nueve; reclamándole el pago
de la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de capital;
más el interés convencional pactado del SEIS POR CIENTO ANUAL
SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contados a partir del día veinticuatro
de enero del año dos mil seis, en adelante, Primas de Seguro de Vida
Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, a razón de CIENTO
VEINTIÚN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
CON DOS CENTAVOS DE DÓLAR, comprendidas desde el día uno
de febrero del año dos mil seis, hasta el día treinta de noviembre del
año dos mil nueve, y Costas Procesales; se ha ordenado VENDER EN
PÚBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio
que oportunamente se indicará, el inmueble de naturaleza Urbana y
Construcciones que contiene, ubicado en el Cantón El Ángel, Jurisdicción
de Apopa, del Departamento de San Salvador, marcado en el plano res-
pectivo con el NÚMERO DIECIOCHO, GRUPO TREINTA Y CINCO,
URBANIZACIÓN REPARTO LOS ANGELES, y tiene la localización,
medidas y linderos siguientes: DESCRIPCIÓN DEL LOTE NÚMERO
DIECIOCHO GRUPO TREINTA Y CINCO, URBANIZACIÓN LOS
ANGELES. Partiendo de la intersección de los ejes del estacionamiento
y el pasaje "L" se miden sobre este último una distancia de nueve punto
cero cero metros, en este punto haciendo una defl exión izquierda con
rumbo Sur, cero dos grados cuarenta y tres punto cero minutos Este y
distancia de veintinueve punto cero cero metros, se llega a otro punto de
referencia donde haciendo una defl exión derecha con rumbo Sur ochenta
y siete grados diecisiete punto cero minutos Oeste se mide sobre el eje
del Pasaje "M", una distancia de veinticuatro punto treinta y cuatro
metros en este punto haciendo una defl exión derecha con rumbo Norte
cero dos grados cuarenta y tres punto cero minutos Oeste y distancia
de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno esquina
Sur-oeste del lote que se describe así: AL PONIENTE: Partiendo del
mojón número uno con rumbo Norte cero dos grados cuarenta y tres
punto cero minutos Oeste y distancia de doce punto cero cero metros se
llega al mojón número dos lindando por este lado con número dieciséis
grupo treinta y cinco de la misma Urbanización: AL NORTE: Del mojón
número dos con rumbo Norte ochenta y siete grados diecisiete punto
cero minutos Este y distancia de cinco punto cero dos metros se llega al
mojón número tres lindando por este lado con el lote número diecisiete
grupo treinta y cinco de la misma Urbanización; AL ORIENTE: Del
mojón número tres con rumbo Sur cero dos grados cuarenta y tres punto
cero minutos Este y distancia de doce punto cero cero metros se llega
al mojón número cuatro lindando por este lado con lote número veinte
grupo treinta y cinco de la misma Urbanización; AL SUR: Del mojón
número cuatro con rumbo Sur ochenta y siete grados diecisiete punto
cero minutos Oeste y distancia de cinco punto cero dos metros se llega
al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando
por este lado con zona verde de la misma Urbanización, Pasaje "M", de
cinco punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descri-
to tiene un área de SESENTA PUNTO VEINTICUATRO METROS
CUADRADOS, equivalentes a ochenta y seis punto diecinueve varas
cuadradas.
Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro, en el Sistema de Información, Registro y
Catastro, en la Matrícula Número: SESENTA MILLONES SETENTA
Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE - CERO CERO
CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas y
cuarenta minutos del día doce de marzo del año dos mil catorce. DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021360-2
95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA JUZGADO SEGUNDO
DE MENOR CUANTÍA (JUEZA DOS), DE ESTE DISTRITO JUDI-
CIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil con Referencia
146-EC-09, promovido por la Licda. DEBORAH JEANNET CHÁVEZ
CRESPÍN, en carácter de Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el Señor
JOSÉ MAURICIO SOLANO MOLINA conocido por JOSÉ MAURICIO
MOLINA SOLANO, reclamándole cantidad de dólares y accesorios
legales; se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha próxima
a señalarse y que oportunamente se hará saber, el inmueble que a con-
tinuación se detalla: Un lote urbano y construcciones de Sistema Mixto
que contiene marcado en el plano de lotifi cación respectivo con el número
TRESCIENTOS VEINTIDÓS DEL POLÍGONO D de una extensión
superfi cial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, situado
en la Jurisdicción de Soyapango de este Departamento, que forma parte
de la URBANIZACIÓN LAS MARGARITAS, con un área construida
de VEINTISIETE METROS CUADRADOS que se localiza y describe
así: Partiendo de la intersección de los ejes de estacionamiento uno y
pasaje cuatro poniente abiertos en la Urbanización; se mide sobre el
eje de este último con rumbo Sur setenta y cinco grados cero dos punto
cinco minutos Oeste una distancia de sesenta y cinco metros. De este
punto haciendo una defl exión derecha con rumbo Norte catorce grados
cincuenta y siete punto cinco minutos Oeste y una distancia de dos
metros se llega al mojón número uno, esquina Sur - Poniente del lote
que se describe así: AL PONIENTE: Partiendo del mojón número uno
con rumbo Norte catorce grados cincuenta y siete punto cinco minutos
Oeste y distancia de nueve metros se llega al mojón número dos, lin-
dando por este lado con lote número trescientos veintiuno del polígono
D de la misma urbanización; AL NORTE: del mojón número dos con
rumbo Norte setenta y cinco grados cero dos punto cinco minutos Este
y distancia de cinco metros se llega al mojón número tres, lindando por
este lado con lote número trescientos ochenta y siete del polígono D
de la misma urbanización; AL ORIENTE: Del mojón número tres con
rumbo Sur catorce grados cincuenta y siete punto cinco minutos Este
y distancia de nueve metros se llega al mojón número cuatro, lindando
por este lado con lote número trescientos veintitrés del Polígono D de la
misma Urbanización; AL SUR: del mojón número cuatro con rumbo Sur
setenta y cinco grados cero dos punto cinco minutos Oeste y distancia de
cinco metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente
descripción, lindando por este lado con lote número doscientos cincuenta
y nueve del Polígono D de la misma urbanización, Pasaje Cuatro Poniente
de cuatro metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un
área de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalen-
tes a SESENTA Y CUATRO PUNTO TREINTA Y NUEVE VARAS
CUADRADAS. El inmueble antes descrito se encuentra Inscrito bajo el
Sistema de Folio Real Automatizado con Matrícula N° 60267900-00000
y posee una Hipoteca y Embargo, a favor del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, inscritos bajo el Asiento 2 y 3 respectivamente de la
misma matrícula y Registro.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN-
TÍA: San Salvador, a los once días del mes de julio de dos mil catorce.
LICDA. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, (JUEZA DOS),
JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUANTÍA. LICDA. LOURDES
MARÍA ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021399-2
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,
Departamento de San Salvador, se ha presentado parte interesada mani-
festando que ha extraviado el Certifi cado No. 0708- 026468-9, amparado
con el registro No. 0683058 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
18-02-2002 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 13 de agosto de 2014
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F021290-2
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Cuscatlán, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No. 007000950007, amparado con el registro No. 1105259 del Depó-
sito a Plazo Fijo, constituido el 04-11-2010 a 180 días prorrogables,
respectivamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 20 de agosto de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F021292-2
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia La Mascota, de esta ciudad, se ha
presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No. 007490465835, amparado con el registro No. 1004980 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 30-07-2008 a 180 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado
relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 20 de agosto de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F021293-2
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Santa Elena, jurisdicción de Antiguo
Cuscatlán , Departamento de La Libertad, se ha presentado parte intere-
sada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 007550082791
amparado con el registro No.1196639 del Depósito a Plazo Fijo, consti-
tuido el 03-06-2014 a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento
público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme
a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 20 de agosto de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DÉPOSITOS.
3 v. alt. No. F021294-2
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Aguilares, de la ciudad de Aguilares,
Departamento de San Salvador, se ha presentado parte interesada mani-
festando que ha extraviado el Certifi cado No.759- 010271-5, amparado
con el registro No.1097007 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 18-
11-2008 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 20 de agosto de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F021295-2
97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.0791- 015284- 6, amparado con el registro No.0600049 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 07- 02- 2001 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.-
San Salvador, 20 de Agosto de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F021296-2
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.0791- 012052- 2 amparado con el registro No.0369114 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 19- 11- 1997 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.-
San Salvador, 20 de Agosto de 2014.
BANCO AGRÍCOLA, S. A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F021297-2
BALANCE DE LIQUIDACION
3 v. alt. Nos. F021759/F021403-2
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentó el LIC. OMAR
ALBERTO RECINOS SANTOS, de treinta y tres años de edad, abogado
y Notario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
portador de su Documento Único de Identidad número cero dos tres
ocho tres nueve dos guión siete y número de Identifi cación Tributaria
cero cuatro cero siete guión uno seis cero cuatro ocho uno guión uno
cero uno guión cuatro, además portador de tarjeta de abogado número
diecisiete mil ochocientos setenta, actuando en calidad de Apoderado
General Judicial y Especial del señor JOSE TOMAS ORELLANA
ORELLANA, quien es de sesenta y dos años de edad, jornalero, de
este origen y domicilio, portador de su Documento Único de Identidad
Número 00538935-2, con Número de Identifi cación Tributaria número
0419-291151-101-1, quien es dueño y actual poseedor de buena fe, de
manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida de un terreno de Naturaleza
Urbana, situado en el Barrio Santa Tecla, calle San Carlos, sin número,
lugar conocido como Las Pilas Municipales, jurisdicción de Potonico,
Departamento de Chalatenango, el cual adquirió por compraventa verbal
que le hiciere la señora TERESA ORELLANA, hace más de veinti-
cinco años, quien lo mantuvo en posesión de manera quieta, pacífi ca
e ininterrumpida por más de veinte años y uniendo ambas posesiones
éstas sobrepasan los cuarenta años, dicho terreno según levantamiento
Topográfi co realizado por el INGENIERO BENEDICTO GUEVARA
GUEVARA, Ingeniero Civil, y es de una extensión superfi cial de CIEN-
TO SESENTA PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS,
equivalente a DOSCIENTOS VEINTINUEVE PUNTO NOVENTA Y
SIETE VARAS CUADRADAS Y SEGÚN CERTIFICACIÓN DE LA
DENOMINACION CATASTRAL ES DE CIENTO CINCUENTA Y
SEIS PUNTO CERO NUEVE METROS CUADRADOS, lo cual para
efectos legales del presente trámite se debe tomar en cuenta las medidas
y descripciones técnicas ofrecidas por el levantamiento topográfi co. La
descripción Técnica del inmueble es la siguiente: El inmueble es de
naturaleza urbana, propiedad del señor JOSE TOMAS ORELLANA ORE-
LLANA, ubicado en el Barrio Santa Tecla, calle San Carlos, sin número,
lugar conocido como Las Pilas Municipales de Potonico, Departamento
de Chalatenango, el cual tiene una extensión superfi cial de CIENTO
SESENTA PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS,
equivalente a DOSCIENTOS VEINTINUEVE PUNTO NOVENTA Y
SIETE VARAS CUADRADAS, el norte poniente, es el punto de partida
de esta descripción técnica y sus linderos especiales son los siguientes:
LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor poniente, está formado
por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno: Norte
setenta y dos grados, catorce minutos cero cinco segundos este y una
distancia de tres punto sesenta y dos metros, Tramo dos, Norte ochenta
grados treinta y un minutos, diecinueve segundos este y una distancia de
once punto noventa y un metros, lindando en estos tramos con terreno
propiedad de la señora MARIA LUISA TOBAR. LINDERO ORIEN-
TE: Partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un tramo con
rumbo y distancia, sur trece grados cero seis minutos cincuenta y ocho
segundos este y una distancia de diez punto doce metros lindando en este
rumbo con Terreno Propiedad de la señora MARIA LUISA TOBAR.
LINDERO SUR: Partiendo del vértice sur este está formado por un
tramo con rumbo y distancia, sur sesenta y cinco grados once minutos
cincuenta y un segundos oeste y una distancia de catorce punto treinta
y seis metros, lindando en este rumbo con terreno propiedad del señor
JOSE TOMAS ORELLANA ORELLANA, con calle de por medio.
LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice sur poniente está formado
por un tramo con rumbo y distancia, norte diecinueve grados cero un
minutos, treinta y cinco segundos oeste y una distancia de once punto
cero seis metros, colindando en este tramo con terreno Propiedad de la
Alcaldía Municipal de Potonico, así se llega al punto donde se inició la
presente descripción técnica. El inmueble que se pretende titular lo valúa
en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMÉRICA. ($2,000.00).
Por lo que se avisa al público en General para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Potonico, dieciocho de agosto del año dos
mil catorce. DR. JACINTO ELEUTERIO TOBAR, ALCALDE MU-
NICIPAL. ANA JULIA BARAHONA VDA. DE E., SECRETARIA
MUNICIPAL ADHONOREM.
3 v. alt. No. F021490-2
99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentó el LIC. OMAR
ALBERTO RECINOS SANTOS, de treinta y tres años de edad, abogado
y Notario del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
portador de su Documento Único de Identidad número cero dos tres
ocho tres nueve dos guión siete y número de Identifi cación Tributaria
cero cuatro cero siete guión uno seis cero cuatro ocho uno guión uno
cero uno guión cuatro, además portador de tarjeta de abogado número
diecisiete mil ochocientos setenta, actuando en calidad de Apoderado
General Judicial y Especial del señor JOSE TOMAS ORELLANA
ORELLANA, quien es de sesenta y dos años de edad, jornalero, de
este origen y domicilio, portador de su Documento Único de Identidad
Número 00538935-2, con Número de Identifi cación Tributaria número
0419-291151-101-1, quien es dueño y actual poseedor de buena fe, de
manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida de un terreno de Naturaleza
urbana con Construcción de una casita de adobe, situado en el Barrio
Santa Tecla, calle a la gruta de la Virgen de Guadalupe, sin número ju-
risdicción de Potonico, Departamento de Chalatenango, el cual adquirió
por compra verbal que le hiciere la señora TERESA ORELLANA, hace
más de veinticinco años, quien lo mantuvo en posesión de manera quieta,
pacífi ca e ininterrumpida por más de veinte años, por lo que uniendo
ambas posesiones éstas sobrepasan los cuarenta años, dicho terreno,
según Levantamiento Topográfi co, realizado por el ING. BENEDICTO
GUEVARA, Ingeniero Civil, el cual es de una extensión superfi cial de
QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y UN
METROS CUADRADOS, equivalente a SETECIENTOS OCHENTA
PUNTO TREINTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, Y SEGUN
CERTIFICACION DE LA DENOMINACION CATASTRAL ES DE
QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO TREINTA Y OCHO
METROS CUADRADOS, lo cual para los efectos legales del presente
trámite y en base a la descripción técnica ofrecida por el levantamiento
topográfi co las medidas del terreno de naturaleza urbana, propiedad del
señor JOSE TOMAR ORELLANA ORELLANA, ubicado en el Barrio
Santa Tecla, calle a la gruta de la Virgen de Guadalupe, de este munici-
pio, son de la siguiente manera: El vértice Nor Poniente es el punto de
partida, según los linderos siguientes: LINDERO NORTE: Partiendo del
vértice Nor Poniente, está formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno: Norte, setenta y seis grados cero dos
minutos cero cuatro segundos Este y una distancia de veintiuno punto
sesenta y dos metros, Tramo dos, Norte setenta y cinco grados cero tres
minutos veintisiete segundos, Este y una distancia de ocho punto setenta
y un metro, lindando este rumbo con terreno propiedad de la Alcaldía
Municipal de Potonico y terreno del señor JOSE TOMAR ORELLA-
NA ORELLANA, con calle de cuatro metros de ancho de por medio.
LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente, está formado
por un tramo con rumbo y distancia, Sur veintidós grados cuarenta y
siete minutos cero cinco segundos Este y una distancia de diecisiete
punto cero siete metros, lindando en este rumbo con terreno propiedad
de la señora CECILIA ORELLANA. LINDERO SUR: Partiendo del
vértice sur este está formado por un tramo con rumbo y distancia, sur
sesenta y ocho grados dieciocho minutos quince segundos Oeste y una
distancia de veinticuatro punto cero seis metros, lindando en este rumbo
con terreno propiedad de la señora CECILIA ORELLANA. LINDERO
PONIENTE: Partiendo del vértice sur poniente está formado por cua-
tro tramos con los siguientes rumbos y distancias, Tramo uno, norte
cuarenta y tres grados, veintiocho minutos once segundos Oeste y una
distancia de siete punto ochenta y un metros, Tramo dos, sur cincuenta
y ocho grados, cincuenta y nueve minutos, diecisiete segundos Oeste
y una distancia de dos punto ochenta y seis metros, Tramo tres, norte
veintiocho grados cuarenta y cuatro minutos treinta y cinco segundos
Oeste y una distancia de doce punto noventa y un metros, Tramo cuatro.
Norte cero ocho grados cuarenta y siete minutos, diecisiete segundos
este y una distancia de uno punto noventa y ocho metros, lindando en
estos tramos con terreno propiedad del señor DOLORES MURILLO,
con quebrada de invierno de por medio, así se llega al punto donde dio
inicio la presente descripción técnica. El inmueble que se pretende titular
lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. ($3,000.00).
Por lo que se avisa al público en General para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal: Potonico, dieciocho de agosto del año dos
mil catorce. DR. JACINTO ELEUTERIO TOBAR, ALCALDE MU-
NICIPAL. ANA JULIA BARAHONA VDA. DE E., SECRETARIA
MUNICIPAL ADHONOREM.
3 v. alt. No. F021491-2
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2014137287
No. de Presentación: 20140205129
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MELIDA
DEL CARMEN FUENTES HERNANDEZ, en su calidad de APODERA-
DO ESPECIAL de MARINA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MARINA INDUSTRIAL,
S.A. DE C.V. MARINSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra marinsa y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE COMERCIALIZACION Y VENTA, AL
DETALLE O AL POR MAYOR DE TODO TIPO DE PRODUCTOS
PARA LA PESCA DEPORTIVA Y ARTESANAL. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de agosto del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004407-2
No. de Expediente: 2011110827
No. de Presentación: 20110153786
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de Tsurumi Manufacturing Co., Ltd., de nacionalidad JAPONESA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras TSURUMI PUMP y diseño, en donde
PUMP se traduce al castellano como BOMBA, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE INSTALACION DE INGENIERIA CIVIL,
FONTANERIA, MAQUINARIA Y EQUIPO, SERVICIOS DE ELEC-
TRICIDAD, REPARACION O MANTENIMIENTO DE BOMBAS,
REPARACION O MANTENIMIENTO DE NEUMATICOS O MAQUI-
NAS HIDRAULICAS Y DE LOS INSTRUMENTOS, REPARACION
O MANTENIMIENTO DE MAQUINAS DE PROCESAMIENTO DE
PRODUCTOS QUIMICOS Y APARATOS. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de agosto del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004411-2
101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014136661
No. de Presentación: 20140203769
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR MA-
NUEL RODRIGUEZ GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Limpido y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA
LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRO-
DUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETI-
COS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día ocho de julio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de julio del año dos mil catorce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004417-2
No. de Expediente: 2014133954
No. de Presentación: 20140197651
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-
CO EDUARDO MEDRANO RIVAS, en su calidad de APODERADO
de Philip Morris Brands Sàrl, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras ICE BALL MINT BALL y diseño,
que al idioma castellano se traduce como BOLA DE HIELO, BOLA DE
MENTA, que servirá para: AMPARAR: TABACO, PROCESADO O
SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS
PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFEC-
CIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA,
TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS
HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO DE OLOR; SUS-
TITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MEDICO); ARTICULOS
PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS
Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLO,
ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRILLO Y CENI-
CEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR
CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FOSFOROS. Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de julio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004425-2
102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014136031
No. de Presentación: 20140202366
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: DISEÑO, que servirá para: AMPARAR: PREPA-
RACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de junio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004427-2
No. de Expediente: 2014136458
No. de Presentación: 20140203299
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
VYNCRO
Consistente en: la palabra VYNCRO, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de julio del año dos mil catorce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004428-2
No. de Expediente: 2014136457
No. de Presentación: 20140203298
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
NEPRIARC
Consistente en: la palabra NEPRIARC, que servirá para: AMPA-
RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos
mil catorce.
103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de julio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004429-2
No. de Expediente: 2014135036
No. de Presentación: 20140200317
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY BEA-
TRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Rotam Agrochem International Company Limited, de nacionalidad
CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
SYDBAR
Consistente en: la palabra SYDBAR, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES VETERINARIAS; PESTICIDAS, INSECTICIDAS,
HERBICIDAS, FUNGICIDAS, PARASITICIDAS, PRODUCTOS
PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de julio del año dos mil catorce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004430-2
No. de Expediente: 2014135037
No. de Presentación: 20140200318
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Rotam Agrochem International Company Limited, de nacionalidad
CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
PREDOM
Consistente en: la palabra PREDOM, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES VETERINARIAS; PESTICIDAS, INSECTICIDAS,
HERBICIDAS, FUNGICIDAS, PARASITICIDAS, PRODUCTOS
PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de julio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004431-2
No. de Expediente: 2014135213
No. de Presentación: 20140200793
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de Rotam Agrochem International Company Limited, de nacionalidad
CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
MEDUSA
Consistente en: la palabra MEDUSA, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES VETERINARIAS; PESTICIDAS, INSECTICIDAS,
HERBICIDAS, FUNGICIDAS, PARASITICIDAS, PRODUCTOS
PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de julio del año dos mil catorce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004432-2
No. de Expediente: 2014135729
No. de Presentación: 20140201787
CLASE: 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CONCEP-
CION FLORES MURCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Karyanplast y diseño, que servirá para:
AMPARAR: BOLSAS PLÁSTICAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de julio del año dos mil catorce.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021319-2
No. de Expediente: 2014137193
No. de Presentación: 20140204866
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARICELA
DE JESUS OVIEDO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO de
BIOINNOVACIONES MEDICAS, SOCIEDAD ANONIMA, de na-
cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: la frase BIO - FILM, la palabra Bio se traduce al
castellano como vida y Film como película, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTO MEDICO QUIRURGICO. Clase: 10.
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021440-2
105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las
doce horas treinta minutos del día ocho de agosto de dos mil catorce, se
tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada dejada por el causante SANTOS GORGONEO CASTANEDA
o SANTOS GORGONIO CASTANEDA, quien fue de ochenta y un años
de edad, agricultor, fallecido el día once de mayo de mil novecientos
setenta y cuatro, siendo Santa Rosa Guachipilín su último domicilio; por
parte de la señora FRANCISCA MELARA CASTANEDA, en calidad
de nieta del referido causante.- En consecuencia, se le confi rió a dicha
aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacen-
te.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas
diez minutos del día veinte de agosto de dos mil catorce.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE
CARLOS HERNANDEZ MADRID, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. C004330-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las
quince horas y cincuenta minutos del día treinta y uno de Julio del Dos
Mil Catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE
CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA
que a su defunción dejó la causante MARIA ORBELINA RAMOS DE
HERRERA, o MARIA ORBELINA RAMOS viuda DE HERRERA,
u ORBELINA RAMOS, de parte de la señora DELIA EMPERATRIZ
HERRERA RAMOS, de cuarenta y cuatro años de edad, profesora, del
domicilio de esta Ciudad, con Documento Único de Identidad Número
cero un millón ciento doce mil ochocientos treinta y seis guión seis;
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil trescientos dos
guión cero once mil ciento sesenta y nueve guión ciento uno guión
cero; por derecho propio que le corresponde en calidad de hija de la
causante; quien a la fecha de su fallecimiento era de setenta y cuatro
años de edad, viuda, de ofi cios domésticos, originaria y del domicilio de
Cacaopera, Morazán; hija de JUAN DE MATA RAMOS y AGUSTINA
GUEVARA; falleció a las dos horas del día veinticuatro de abril del dos
mil cinco, en Cacaopera, Departamento de Morazán; siendo en ese lugar
su último Domicilio.- Se le confi rió a los aceptantes antes mencionados
y en la forma establecida, la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.- Se cita a los que se crean con derecho para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán; a los doce días del mes de agosto
del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004357-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las quince horas y cincuenta minutos del día ocho de agosto del dos mil
catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su
defunción dejó la causante MARIA PAULA RAMOS, de parte del señor
ANDRES ABELINO RAMOS BONILLA, de cuarenta y seis años de
edad, jornalero, del domicilio de Joateca, Departamento de Morazán; con
Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos dieciocho
mil ochocientos veintinueve guión cinco; y Tarjeta de Identifi cación
Tributaria Número un mil trescientos diez guión ciento un mil ciento
DE TERCERA PUBLICACIÓN
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
sesenta y siete guión ciento uno guión dos; por derecho propio que le
corresponde en calidad de hijo de la causante; quien a la fecha de su
fallecimiento era de sesenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos,
originaria y del domicilio de Joateca, Departamento de Morazán; hija
de Celestina Ramos; falleció a las veinte horas y treinta minutos del
día veintiocho de agosto del dos mil cinco, en Joateca, Departamento
de Morazán; siendo en ese lugar su último domicilio.- Se le confi rió al
aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.- Se cita a los que se crean con
derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término
de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, a los doce días del mes de agosto
del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004358-3
LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEGA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cin-
cuenta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil catorce;
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante LIZANDRO
LOPEZ CAMPOS conocido como LIZANDRO LOPEZ, quien falleció
a la edad de setenta y cinco años, jornalero, originario de Nuevo Edén de
San Juan, Departamento de San Miguel, falleció el día nueve de diciem-
bre de mil novecientos ochenta y tres, teniendo como último domicilio
y residencia el de Nuevo Edén de San Juan; de parte del señor JOSE
LIZANDRO LOPEZ CASTRO, en su calidad de hijo del causante.-
Habiéndole conferido al aceptante declarado en el carácter indicado, la
Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y
CITA: a los que se crean con Derecho a la Herencia referida para que se
presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS, contados
desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas con diez minutos
del día tres de julio del año dos mil catorce.- LICDA. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004364-3
JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ DEL JUZGADO QUIN-
TO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias
de Aceptación de Herencia Testamentaria, promovido por el Licenciado
MILTON ESTEBAN GUEVARA GUTIERREZ, como Apoderado
General Judicial del señor HECTOR RAFAEL RENDEROS SILVA,
y que por resolución de las once horas del día dieciocho de julio de dos
mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario, en la sucesión testamentaria que a su defunción dejó la
causante BERTILA SILVA, quien fue de setenta y un años de edad, de
ofi cios del hogar, divorciada, hija de Blanca Lidia Silva, según testa-
mento, pero en la partida de defunción también de Manuel Martínez,
salvadoreña, originaria de Talnique, siendo su último domicilio de San
Salvador, quien falleció el día cinco de julio de dos mil uno; por parte
de HECTOR RAFAEL RENDEROS SILVA, en calidad de heredero
testamentario, quien es hijo de la causante, de cincuenta años de edad,
Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San
Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro
cuatro dos tres tres seis- nueve y Número de Identifi cación Tributaria
cero seiscientos catorce- ciento cincuenta y un mil doscientos sesenta y
uno- cero cero siete- dos, a quien de conformidad al Art. 1163 del Có-
digo Civil se le confi rió la administración y representación interina de la
sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Así mismo en dicha resolución se ordenó citar a
los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo de
quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del
edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos.
Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-
miento. Se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y
Mercantil de San Salvador, a las doce horas del día dieciocho de julio
de dos mil catorce.- LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ
QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LICDA.
CARMEN ELENA AREVALO GAMEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F020928-3
107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, de las
nueve horas del día dieciocho de agosto del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante Hilario Amaya Reyes, conocido por
Hilario Amaya o Hilario Reyes, de parte del señor Vicente Omar Amaya
Cruz, de treinta y siete años edad, Motorista, soltero, del domicilio de
Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, con Documento
Único de Identidad Número cero cuatro nueve tres cuatro siete dos nueve
guión cinco; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número uno
tres cero dos guión dos dos cero nueve siete seis guión cero dos guión
ocho; por derecho propio en calidad de hijo del mencionado causante;
quien a la fecha de su fallecimiento fue mayor de edad, jornalero, hijo
de Joaquín Amaya y de Feliciana Reyes; falleció a la una de la mañana
del día seis de Mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, en el Cantón
Corralito de la ciudad de Corinto; siendo esta misma ciudad lugar de
su último domicilio.- Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en
la forma establecida, la Administración y Representación Interina de
la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Morazán; a las nueve horas y cuarenta y dos minutos
del día veinte de agosto de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA.
KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F020938-3
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,
a las quince horas y cuarenta y dos minutos de este día; se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte: MAR-
JORIE PERLA LAGOS viuda DE FLORES, o MARJORIE PERLA
LAGOS, de 56 años de edad, Viuda, Licenciada en Educación, origi-
naria y del domicilio de Jocoro, Departamento de Morazán, con DUI
Número 00098332-1, y NIT Número 1312-281257-102-5;y EMERITA
FLORES PERLA LAGOS o EMERITA FLORES PERLA LAGOS DE
BRIZUELA, conocida Tributariamente por EMERITA FLORES DE
BRIZUELA; de 60 años de edad, Casada, Doctora en Medicina, origi-
naria de Jocoro, Departamento de Morazán, del domicilio de la ciudad
de San Salvador, con DUI Número 01908598-6, y NIT Número 1312-
050554-001-0; de la herencia que en forma Intestada dejó el causante
OSCAR ROBERTO LAGOS VILLEGAS, quien fue de 86 años de edad,
Agricultor en Pequeño, Soltero, originario de Sociedad, Departamento de
Morazán, hijo de PORFIRIO LAGOS y MARIA EMMA VILLEGAS;
quien falleció a las 17 horas y 25 minutos del día 1 de Marzo del 2014,
en el Barrio El Centro, Calle Gustavo Guerrero, Número 11 de Jocoro,
Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio; en
concepto de hijas del referido causante.- Se le ha conferido a la referida
aceptante en la calidad expresada, la administración y representación
INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.- Y cita a las personas que se crean con
derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo
dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, de-
partamento de Morazán, a las quince horas y cuarenta y nueve minutos
del día trece de agosto de dos mil catorce.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MO-
RENO BENAVIDES, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA
ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F020940-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL PU-
BLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y quince
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por
el causante señor JOSE CLEMENTE RODRIGUEZ CRUZ, al fallecer
el día cinco de enero del año dos mil catorce, en Caserío El Almendro,
Cantón El Jutal, de la jurisdicción de Jucuarán, departamento de Usulután,
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
lugar que tuvo como último domicilio; de parte del señor FRANCISCO
NERY ALFARO RODRIGUEZ conocido por FRANCISCO NERY
ALFARO, en calidad de hijo del causante. Confi érasele al aceptante
antes dicho la administración y representación interina de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Ya-
cente. Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que
se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en
el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera
publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticuatro
días del mes de julio del año dos mil catorce.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
H., SECRETARIA.
3 v. alt. No. F020982-3
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada con Benefi cio de Inventario promovidas por el Licenciado
JORGE ALBERTO ANAYA ORELLANA, en su calidad de Apoderado
General Judicial del señor OSCAR OSMIN RODRIGUEZ ALVARADO,
clasifi cadas bajo el número de referencia 00422-14-CVDV-2CM1, se
ha proveído resolución por este Tribunal, mediante la cual se ha teni-
do por aceptada por parte del señor OSCAR OSMIN RODRIGUEZ
ALVARADO, de veintiocho años de edad, estudiante del domicilio del
Cantón Las Aradas, de esta jurisdicción, con Número de Identifi cación
Tributaria: cero doscientos diez-cero veinte mil setecientos ochenta y
cinco-ciento cinco-tres, en calidad de cesionario de los derechos de los
señores Antonio Rodríguez y Marta Alicia Alvarado Dueñas, sobre los
bienes que a su defunción dejara el causante señor RAFAEL ANTONIO
ALVARADO RODRIGUEZ, quien fue de veintiséis años de edad,
estudiante, soltero, fallecido el día diecisiete de junio de dos mil seis,
siendo el Cantón Las Aradas de esta jurisdicción su último domicilio.
Al aceptante señor OSCAR OSMIN RODRIGUEZ ALVARADO,
se le confi ere interinamente la Administración y Representación de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel
que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este Juzgado a
deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publi-
cación de este edicto en el Diario Ofi cial de conformidad al Art. 1163
del Código Civil.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL; Santa Ana, a las quince horas veinte minutos del día ocho de
agosto de dos mil catorce.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE
AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA
ANA.- LIC. LUIS ROLANDO MOLINA GARCIA, SECRETARIO
INTERINO.
3 v. alt. No. F020990-3
LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,
a las doce horas cuarenta y siete minutos del día veintiséis de junio de
dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día
veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad
de San Salvador, departamento de San Salvador, dejó la causante señora
JUANA ALEMAN conocida por JUANA VELASQUEZ ALEMAN,
siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, departamento de
San Salvador, de parte del señor IGNACIO EMERSON CABEZAS
VELASQUEZ, en su calidad de cesionario de los Derechos Heredita-
rios que le correspondían a la señora VILMA NOEMY VELASQUEZ
DE CABEZAS en su calidad de hija de la causante. Y se le confi rió al
aceptante la administración y representación interina de los bienes de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas
cincuenta y dos minutos del día veintiuno de julio de dos mil catorce.-
LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO
CIVIL (2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021038-3
109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
TITULO SUPLETORIO
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
Fausto Noel Ponce Amaya, como Apoderado General Judicial de la
señora María del Rosario Villegas Gutiérrez, a solicitar a favor de ésta
TITULO SUPLETORIO de un Inmueble de naturaleza rústica, situado
en el Caserío San Francisco, Cantón Corralito, jurisdicción de Corinto,
Departamento de Morazán, de la CAPACIDAD SUPERFICIAL DE
CUATRO MIL CIENTO DOS PUNTO VEINTISEIS METROS CUA-
DRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, seis punto cero cinco metros,
colinda con terreno propiedad del señor José Castro, cerco de alambre de
por medio; AL NORTE, mide ciento cincuenta y nueve punto ochenta
y seis metros, con terreno propiedad de los señores Jorge Argueta y
Andrea Castro, cerco de alambre de por medio; AL SUR, ciento cuarenta
y ocho punto cero cuatro metros, con terrenos propiedad de los señores
Amado Palacios y con la sucesión de Argelio Álvarez, calle pública de
por medio; y al PONIENTE, setenta y seis punto cincuenta metros, con
terreno propiedad del señor Eliceo Escobar, calle pública de por medio.
Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material que le
hizo al señor Ricardo Antonio Gutiérrez, SE ESTIMA EN EL PRECIO
DE UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento Morazán; a los dos días del mes de Mayo del Dos
Mil Catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004342-3
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-
ciado OMAR ALBERTO GUZMAN URQUILLA, como Apoderado
General Judicial de la señora REINA ISABEL AMAYA HERNANDEZ,
a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno
de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Rodeo, municipio de
Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial
de CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO
PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS, que mide y
linda: al NORTE, noventa y seis punto catorce metros, linda con terreno
en sucesión de Nelson Enrique Sorto; al ORIENTE, trescientos treinta
y cinco punto cincuenta y un metros con terreno de Santos Marcelina
Hernández Amaya, quebrada de invierno de por medio; al SUR, tres-
cientos veinte punto veintiséis metros, linda en una parte con terrenos
de Cloricia Lisett Amaya Hernández, carretera CA-siete de por medio,
en otra parte con terreno de Raquel Saraí Orellana de Romero y en otra
parte con terreno de Carmen Margarita Castro, Carretera CA-siete de por
medio; y al PONIENTE, doscientos cincuenta y siete punto cero siete
metros con terreno en sucesión de Nelson Enrique Sorto, quebrada de
invierno de por medio. El inmueble antes mencionado lo valora en la
cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA; y, lo adquirió por compra venta de la posesión material en
forma verbal que le efectuó el señor OSCAR LEONIDAS PEREIRA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las nueve horas y treinta minutos del día once de Agosto de Dos
Mil Catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1 ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004355-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora EVA ROCIVEL CHICAS PEREIRA, a solicitar
a favor de ésta TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza
rústica, situado en el Cantón Paturla, Caserío El Tizate, jurisdicción de
Joateca, Departamento de Morazán, de la CAPACIDAD SUPERFICIAL
DE TRES MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO METROS VEINTE
DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE, sesenta y ocho metros, cuarenta centímetros, linda con
terreno de ENRIQUE PEREIRA, que antes fue de la vendedora, cerco
de alambre y piedra de por medio; AL NORTE, noventa y dos metros,
con terreno que antes fue de la vendedora, hoy de ENRIQUE PEREIRA,
cerco de alambre y piedras de por medio; y AL SUR, ciento veinte me-
tros, linda con propiedad de SANTIAGO RAMOS, calle de por medio
hasta llegar donde se comenzó, el terreno descrito es de forma triangular.
Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material que
le hizo al señor JOSE SEGUNDO CHICAS PEREIRA; se estima en
el precio de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán; a los dieciocho días del mes de agosto
del dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004356-3
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor LUCAS PEREIRA TORREZ, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica,
situado en el Cantón Paturla, Municipio de Joateca, Departamento de
Morazán, de la extensión superfi cial de OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y TRES PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, que
tiene la siguiente descripción técnica: Se inicia del vértice Nororiente
y en sentido horario dice: al ORIENTE, consta de un tramo así: Tramo
uno, del mojón uno al mojón dos distancia de veinte punto ochenta y
seis metros, rumbo sur veinte grados diez minutos cuarenta segundos
Este, linda con el Centro Escolar del Cantón Paturla; al SUR, consta
de un tramo así: Tramo uno, del mojón dos al mojón tres distancia de
treinta y nueve punto cincuenta y tres metros, rumbo Sur, setenta y dos
grados cuarenta y tres minutos cuarenta y cuatro segundos Oeste, linda
con terreno del señor Héctor Argueta Caballero; al PONIENTE, consta
de un tramo así: Tramo uno, del mojón tres al mojón cuatro, distancia
de veintiuno punto dieciséis metros, rumbo Norte diecinueve grados
cincuenta y un minutos dieciséis segundos Oeste, linda con terreno de
Héctor Argueta Caballero; y al NORTE, consta de cuatro tramos así:
Tramo uno, del mojón cuatro al mojón cinco, distancia de siete punto
treinta y dos metros, rumbo Norte sesenta y nueve grados veintiún minutos
cero cinco segundos Este; Tramo dos, del mojón cinco al mojón seis,
distancia de nueve punto noventa y nueve metros, rumbo Norte sesenta
y nueve grados cero siete minutos treinta y ocho segundos Este; Tramo
tres, del mojón seis al mojón siete, distancia de nueve punto veintiún
metros, rumbo norte setenta y cinco grados cero siete minutos treinta y
seis segundos Este; linda con terreno de Antonio Aguilar, calle de por
medio que de Joateca conduce a Cacaopera, Tramo cuatro, del mojón
siete al mojón uno, distancia de doce punto noventa y nueve metros,
rumbo Norte setenta y siete grados cero cinco minutos cero nueve se-
gundos Este, linda con el acceso que conduce a la Cancha.- El inmueble
antes mencionado lo valora en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió
por compra venta de la posesión material por Escritura Pública que le
efectuó el señor JOSE HECTOR ARGUETA CABALLERO.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las quince horas y cinco minutos del día diecisiete de julio de
dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004360-3
RAFAEL DAVID CASTRO GONZALEZ, Notario, del domicilio de la
ciudad de Ahuachapán, con ofi cina situada en Primera Calle Poniente
y Segunda Avenida Sur número dos-uno, segunda planta, local número
cinco, de la ciudad de Ahuachapán,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
AMILCAR RODRIGUEZ, de sesenta y nueve años de edad, Contador,
del domicilio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, portador
de su Documento Único de Identidad número: cero dos cuatro nueve
uno seis siete uno-cero y con Número de Identifi cación Tributaria: cero
ciento tres-trescientos diez mil setecientos cuarenta y cuatro-cero cero
uno-cuatro, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de dos terrenos de
naturaleza rústica, sin nombre en particular, situados en el Cantón Barra
de Santiago, Calle vecinal sin número, Rancho El Paraíso, Caserío El
Limón, de la Jurisdicción de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, en
los cuales no se establecen medidas lineales y linderos siguientes: PRI-
MERO: de una extensión superfi cial de QUINIENTOS CINCUENTA
Y OCHO PUNTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, y
según Ofi cina de Mantenimiento Catastral de Ahuachapán, está clasi-
fi cado bajo el Mapa: cero uno cero siete R tres nueve, Parcela ochenta
y nueve y linda: AL NORTE: con propiedad del Estado y Gobierno de
El Salvador, al ORIENTE: con propiedad de Rogelio Aguilar Lovato;
AL SUR: con propiedad de Ernesto Cordero Cortez, calle de por medio
y al PONIENTE: con propiedad de la Alcaldía Municipal de Jujutla,
SEGUNDO: de una extensión superfi cial de SEISCIENTOS SESENTA
Y NUEVE PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS, y según
Ofi cina de Mantenimiento Catastral de Ahuachapán, está clasifi cado bajo
el Mapa: cero uno cero siete R tres nueve, Parcela noventa y linda, al
NORTE: con propiedad de Ernesto Cordero Cortez, calle de por medio;
al ORIENTE: con propiedad de Rogelio Aguilar Lovato; al SUR: con
propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador y al PONIENTE: con
propiedad de la Alcaldía Municipal de Jujutla, que los terrenos descritos
los valora en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA. Los terrenos descritos no son dominantes ni
sirvientes, ni están en proindivisión y no tienen cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas; que adquirió los referidos inmuebles por
Compraventa otorgada a su favor por el señor Ernesto Cordero Cortez,
quien lo adquirió por herencia de sus padres y sumada dicha posesión
al tiempo que adquirió el compareciente de parte del señor Ernesto
Cordero Cortez suman más de treinta años, y anteriores poseedores, en
forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, posesión por más de treinta años,
ejerciendo actos de señor y dueño, reparándoles, cosecharlos, reparando
las cercas y haciendo uso y goce de los mismos sin que persona alguna
se lo impida.
111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
Librado en la ciudad de Ahuachapán, a los veintiún días del mes
de agosto del año dos mil catorce.
RAFAEL DAVID CASTRO GONZALEZ,
NOTARIO.
3 v. c. No. F021528-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014134742
No. de Presentación: 20140199585
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado IVAN
RODRIGO FUENTES SEGOVIA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: la expresión PROINSA PROFESIONALES
EN INGENIERÍA DE EL SALVADOR y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A ACTIVIDADES DE
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA.
La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004351-3
No. de Expediente: 2014134170
No. de Presentación: 20140198046
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
GONZALO ALAS HERNÁNDEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de A L INVERSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: A L INVERSIONES, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: la expresión IT ENVIRONMENT y diseño, se
traduce al castellano como: Ambiente de Tecnologías de información,
que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A
PROPORCIONAR SERVICIOS PROFESIONALES O TÉCNICOS
RELACIONADOS AL DESARROLLO DE APLICACIONES DE IN-
TELIGENCIA DE NEGOCIOS, DESARROLLO DE APLICACIONES
MÓVILES Y DESARROLLO DE APLICACIONES A LA MEDIDA,
ASÍ COMO LA ADMINISTRACIÓN DE REDES SOCIALES (COM-
MUNITY MANAGER), DISEÑO GRÁFICO Y DISEÑO WEB.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004354-3
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014134410
No. de Presentación: 20140198876
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CE-
SAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de CARLOS
EDUARDO MELO DE OLIVEIRA, de nacionalidad BRASILEÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
BIGFOOT
Consistente en: las palabras BIG FOOT, que al idioma castellano
se traducen como PIE GRANDE, que servirá para: IDENTIFICAR
UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO AL TRANSPORTE, ORGA-
NIZACION DE VIAJES, SERVICIOS DE HOSPEDAJE, RESTAU-
RACION, INCLUYENDO DE RESERVA PARA ALOJAMIENTO
PARA VIAJEROS, TOURS. UBICADO EN SAN SALVADOR, PERO
PUDIENDO ESTABLECER OTRAS SUCURSALES A LO LARGO
DEL TERRITORIO DE LA REPUBLICA.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de junio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021089-3
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2014136054
No. de Presentación: 20140202421
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de
LEXINCORP, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
"UNA REGION, UNA SOLUCION"
Consistente en: la expresión "UNA REGION, UNA SOLUCION".
La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de publi-
cidad comercial es LEXINCORP, inscrita al Número 29 del libro 155 de
Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO
CONSUMIDOR SOBRE LOS SERVICIOS LEGALES, SERVICIOS
JURIDICOS.
La solicitud fue presentada el día diez de junio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004346-3
SUBASTA PÚBLICA
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-
ción seguida en este Juzgado promovido por la Licenciada XENIA
DANNELIA VALLE GUTIERREZ, Apoderada de la ASOCIACIÓN
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACACU de R. L.,
contra JOSE DAGOBERTO CABRERA, FRANCISCO ANTONIO
FLORES y CRISTINA DEL CARMEN ESCAMILLA FLORES DE
CABRERA, se venderá en pública subasta el siguiente terreno: Un solar
urbano, situado en Barrio Las Flores, de la ciudad de La Unión, de este
Distrito y Departamento, de la Capacidad Superfi cial de DOSCIENTOS
VEINTICINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NOR-
TE: veinticinco metros, con resto del inmueble general; AL PONIENTE:
quince metros, con resto del inmueble general; AL SUR: veinticinco
metros, con resto del inmueble general y AL ORIENTE: quince metros,
con solar de Manuel Castillo Calvo, antes, hoy de Rosendo Quinteros,
calle de por medio; el inmueble que se encuentra inscrito a favor del
señor FRANCISCO ANTONIO FLORES, en el Centro Nacional de
Registros de la Tercera Sección de Oriente, bajo la Matrícula NUEVE
CINCO CERO CUATRO UNO TRES OCHO NUEVE GUIÓN CERO
CERO CERO CERO CERO, asiento CUATRO, de propiedad de este
Departamento.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días
del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004333-3
113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, al público para los efectos
de ley
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
Juzgado por SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-
NIMA, contra los señores JOSÉ ROBERTO RECINOS AGUILAR Y
MARÍA ESPERANZA DEL CID HERNANDEZ, reclamándole cantidad
de dinero y sus accesorios, se ha ordenado la Venta en Pública Subasta
en este Tribunal de un inmueble inscrito a favor de la institución deman-
dante SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, en
el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Departamento de San Salvador, inscrito bajo la matrícula SEIS
CERO CERO TRES NUEVE CERO TRES NUEVE- A CERO CERO
DOS CINCO, inmueble identifi cado como Apartamento Número Cinco,
Block "C", Primer Nivel, Condominio San Valentín, del Municipio de
Mejicanos; con un área de treinta y dos punto cero cero cero cero metros
cuadrados.
Dicho inmueble anteriormente descrito se encuentra gravado con
HIPOTECA a favor del SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA, bajo el asiento de inscripción DOS; asimismo se encuentra
gravado con EMBARGO a favor de esta última institución, en el asiento
de inscripción TRES, ambos asientos en la correspondiente matrícula ya
relacionada, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas
y treinta minutos del día veintiuno de enero de dos mil catorce. LIC.
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL. LICDA.
LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F020968-3
ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO
EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO VALLE
TUSCANIA,
HACE CONSTAR:
I) Que por medio de Escritura Pública otorgada en la ciudad
de San Salvador, a las once horas del día dos de abril de dos
mil ocho, ante los ofi cios notariales del Licenciado Manuel
Francisco Telles Suvillaga, la sociedad ABRUZZO, S.A. DE
C.V. con el objeto de darle cumplimiento al artículo tercero
literal "e" de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y
Apartamientos, procedió a formular en dicho instrumento
el REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DEL CON-
DOMINIO VALLE TUSCANIA. En dicho Reglamento se
establecieron las disposiciones que regirían el mencionado
Condominio y del cual es obligatorio para todos los propieta-
rios y sus sucesores a cualquier título y en el cual se sometió.
Además, en dicho reglamento la sociedad otorgante se somete
al Régimen que contempla la citada Ley, condominio que
fuere constituido por Escritura Pública otorgada ante los
ofi cios del mismo Notario, en la ciudad de San Salvador a
las nueve horas y treinta minutos del día dos de abril de dos
mil ocho,
II) Que en el Reglamento en mención se encuentra el Artículo
trigésimo cuarto que literalmente dice:
"ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO: ADMINISTRA-
CION TRANSITORIA. Establecido el Régimen de Condo-
minio y mientras no se constituya la Primera Asamblea de
Propietarios, y en consecuencia no se haya elegido Admi-
nistrador, ejercerá las funciones de Administrador la persona
que ejerza la Representación Legal de la sociedad Abruzzo,
Sociedad Anónima de Capital Variable, o la persona natural o
sociedad que ésta designe, quien en tal circunstancia además
asumirá interinamente las atribuciones de la Asamblea de
Propietarios contenidas en el artículo décimo séptimo del
presente reglamento y cualquier otra disposición establecida
en el mismo, además de cumplir y hacer cumplir las demás
atribuciones concedidas por la Ley para realizar una buena
Administración del Condominio, incluyendo la de calcular con
base al presupuesto de ingresos y egresos, la cuota mensual
que deberá pagar y depositar cada propietario al inicio del mes,
sin necesidad de aprobación previa de la misma por parte de
órgano alguno, pudiendo además revisar, rectifi car, modifi car
o sustituir cualquiera de las disposiciones establecidas en
el Régimen o el presente Reglamento. El desarrollador del
condominio, deberá entregar con inventario al Administrador
nombrado todos los bienes que ha administrado".
III) Que por medio de certifi cación expedida en la ciudad de
Zaragoza, Departamento de La Libertad, el día dieciocho
de septiembre del dos mil trece, por el Secretario de la Junta
General Ordinaria de Accionistas de la sociedad Abruzzo,
S.A. de C.V., Licenciado Giancarlo Angelucci Silva, ins-
crita dicha certifi cación en el Registro de Comercio, bajo el
Número OCHENTA Y DOS del Libro TRES MIL CIENTO
CINCUENTA Y SEIS del Registro de Sociedades, el día
veintiséis de septiembre del año dos mil trece; de la que consta
que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas
que lleva la sociedad, se encuentra asentada el Acta número
CATORCE, que corresponde a la Sesión de Junta General
Ordinaria de Accionistas, celebrada el dieciocho de septiembre
del año dos mil trece, en cuyo punto único, se acordó elegir
la nueva Junta Directiva de la Sociedad, resultando electo
como Director Presidente el Arquitecto Giuseppe Angelucci
Silva, para un periodo de siete años, nombramiento que se
encuentra vigente a la fecha.
Extendida la presente para ser publicada en el Diario Ofi cial, En
la ciudad de Zaragoza, Departamento de La Libertad, a los veinticuatro
días del mes de julio de dos mil catorce.
GIUSEPPE ANGELUCCI SILVA,
ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO VALLE TUSCANIA.
3 v. alt. No. F020966-3
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO VILLA
TUSCANIA,
HACE CONSTAR:
I) Que por medio de Escritura Pública otorgada en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veintinueve de enero de dos mil cinco, ante los ofi cios notariales de la Licenciada Coralia Erlinda Valle Clemente, la sociedad ABRUZZO, S.A. DE C.V. con el objeto de darle cumplimiento al artículo tercero literal "e" de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos, procedió a formular en dicho instru-mento el REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DEL CONDOMINIO VILLA TUSCANIA. En dicho Reglamento se establecieron las disposiciones que regirían el mencionado Condominio y del cual es obligatorio para todos los propieta-rios y sus sucesores a cualquier título y en el cual se sometió. Además, en dicho reglamento la sociedad otorgante se somete al Régimen que contempla la citada Ley, condominio que fuere constituido por Escritura Pública otorgada ante los ofi cios de la misma Notario, en la ciudad de San Salvador a las diez horas del día veintinueve de enero de dos mil cinco,
II) Que en el Reglamento en mención se encuentra el Artículo trigésimo cuarto que literalmente dice: "ARTÍCULO TRI-GÉSIMO CUARTO: ADMINISTRACION TRANSITO-RIA. Establecido el Régimen de Condominio y mientras no se constituya la Asamblea General de Propietarios, y en consecuencia no se haya elegido Administrador, ejercerá las funciones de Administrador la persona natural o jurídica que ejerza la Representación Legal de la sociedad Abruzzo, Sociedad Anónima de Capital Variable, quien en tal circuns-tancia además asumirá interinamente las atribuciones de la Asamblea de Propietarios contenidas en el artículo décimo segundo del presente reglamento además de cumplir y hacer cumplir las demás atribuciones concedidas por la Ley para realizar una buena Administración del Condominio, inclu-yendo la de calcular con base al presupuesto de ingresos y egresos, la cuota mensual que deberá pagar y depositar cada propietario al inicio del mes, sin necesidad de aprobación previa de la misma por parte de la Asamblea de Propieta-rios. El desarrollador del condominio, deberá entregar con inventario al administrador nombrado, todos los bienes que ha administrado.".
III) Que por medio de certifi cación expedida en la ciudad de Zaragoza, Departamento de La Libertad, el día dieciocho de septiembre del dos mil trece, por el Secretario de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la sociedad Abruzzo, S.A. de C.V., Licenciado Giancarlo Angelucci Silva, ins-crita dicha certifi cación en el Registro de Comercio, bajo el Número OCHENTA Y DOS del Libro TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS del Registro de Sociedades, el día veintiséis de septiembre del año dos mil trece; de la que consta que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas que lleva la sociedad, se encuentra asentada el Acta número CATORCE, que corresponde a la Sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada el dieciocho de septiembre del año dos mil trece, en cuyo punto único, se acordó elegir la nueva Junta Directiva de la Sociedad, resultando electo como Director Presidente el Arquitecto Giuseppe Angelucci Silva, para un periodo de siete años, nombramiento que se encuentra vigente a la fecha.
Extendida la presente para ser publicada en el Diario Ofi cial, en
la ciudad de Zaragoza, Departamento de La Libertad, a los veinticuatro
días del mes de julio de dos mil catorce.
GIUSEPPE ANGELUCCI SILVA,
ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO VILLA TUSCANIA.
3 v. alt. No. F020967-3
TÍTULO MUNICIPAL
ARTURO PERLA FERRUFINO, ALCALDE MUNICIPAL DE
JOCORO, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada,
CLAUDIA ROXANA QUIROZ DE ARGUETA, abogado con carnet
que me acredita número; uno dos uno seis dos, y Número de Identifi -
cación Tributaria; uno tres uno dos guión cero dos cero siete seis ocho
guión uno cero uno guión cero, del domicilio de San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, actuando en concepto de APODERADA
ESPECIAL de la señora ANA YENCI RODRIGUEZ DE FLORES,
de treinta y nueve años de edad, casada, de ofi cios domésticos, del
domicilio de Jocoro, Departamento de Morazán, persona que conozco
y además identifi co por medio de su Documento Único de Identidad
Número: Cero uno siete cuatro seis siete uno tres guión dos; y Número
de Identifi cación Tributaria: Uno tres uno dos guión uno cero cero
ocho siete cuatro guión uno cero uno guión nueve. Solicitando a su
favor TITULO MUNICIPAL, de un inmueble de de naturaleza urbana,
situado en el Barrio Nuevo, Municipio de Jocoro, Departamento de
Morazán, que tiene una superfi cie de CIENTO VEINTICINCO PUNTO
CINCUENTA METROS CUADRADOS, que mide y colinda: NORTE;
cinco punto cincuenta y cinco metros cuadrados colinda con Mercedes
Elizabeth Santos Romero callejón de por medio. ORIENTE; diecisiete
punto dieciocho metros cuadrados colinda con Elis Isidro Macay calle de
por medio. SUR; cinco punto treinta y cuatro metros cuadrados colinda
con parcela de Alcaldía Municipal de Jocoro. PONIENTE; veinte punto
cincuenta y siete metros cuadrados colinda con María Elena Alvarenga de
Lazo, río de por medio. Inmueble que adquirido mi mandante a través de
compraventa verbal que le hiciere la señora CRISTINA RODRIGUEZ,
mi mandante valúa actualmente el inmueble en la cantidad de DOS MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. La posesión
ha sido ejercida por mi representada en forma quieta, pacífi ca, continua
e interrumpida, sin proindivisión con persona alguna, por más de diez
años consecutivos, estando libre de gravamen y carga real, consistiendo
los actos posesorios en construcción de una pequeña casa, siembra de
plantas ornamentales, así como aseo y mantenimiento del terreno que
pretende titular.
Lo que le aviso al público para efectos legales.
Librado en la Alcaldía Municipal de Jocoro, Departamento de
Morazán, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil catorce.
ARTURO PERLA FERRUFINO, ALCALDE MUNICIPAL. NOEMY
ELIZABETH GONZALEZ GOMEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F020934-3
115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2014133590
No. de Presentación: 20140197020
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de
Millicom International Cellular S. A., de nacionalidad LUXEMBUR-
GUESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
EDUME
Consistente en: La palabra EDUME, que servirá para: AMPARAR:
PROVISIÓN Y PRODUCCIÓN DE CONTENIDO, MATERIALES Y
PROGRAMAS RELACIONADOS CON ENTRETENIMIENTO, EDU-
CACIÓN, CAPACITACIÓN, DEPORTE Y CULTURA; SERVICIOS
EDUCATIVOS Y DE ENTRETENIMIENTO POR MEDIO DE RADIO,
TELEVISIÓN, TELEFONÍA, INTERNET, BASE DE DATOS EN LÍ-
NEA U OTROS CANALES DE TELECOMUNICACIONES; EL CUAL
SERA PRESTADO A TRAVÉS DE UNA ORGANIZACIÓN DEDICA-
DA A LA REALIZACIÓN DE EVENTOS EDUCATIVOS, TALLERES
Y CAPACITACIÓN; CURSOS POR CORRESPONDENCIA; ASESO-
RÍA; PROPORCIONAR SISTEMAS DE APRENDIZAJE VIRTUAL;
PROPORCIONAR CURSOS INTERACTIVOS DE CAPACITACIÓN
EN LINEA; PROPORCIONAR CURSOS DE CAPACITACIÓN EN
LA RED Y CAPACITACIÓN EN LA COMPUTADORA; SERVICIOS
ACADÉMICOS DE EDUCATIVOS; PROVISIÓN DE EXÁMENES Y
PRUEBAS EDUCATIVAS; ORGANIZACIÓN DE COMPETENCIA
PARA EDUCACIÓN O ENTRETENIMIENTO; PUBLICACIÓN
DE MATERIAL EDUCATIVO Y DE CURSOS ELECTRÓNICOS;
PROPORCIONAR PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS EN LÍNEA
INCLUYENDO PERIÓDICOS, REVISTAS (PERIÓDICAS), DIARIOS
(PUBLICACIONES), LIBROS, MANUALES DE USUARIO, MA-
TERIALES DE INSTRUCCIÓN Y ENSEÑANZA, FOTOGRAFÍAS,
IMÁGENES; PROPORCIONAR SERVICIOS DE EDUCACIÓN A
DISTANCIA; SERVICIOS DE CONSULTORIA RELACIONADOS
CON EL ANÁLISIS DE REQUERIMIENTOS DE CAPACITACIÓN;
SERVICIOS DE CONSULTORIA RELACIONADOS CON CAPACI-
TACIÓN Y CON EL DISEÑO DE CURSOS DE CAPACITACIÓN.
Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004344-3
No. de Expediente: 2014133196
No. de Presentación: 20140196135
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de
Millicom International Cellular S.A., de nacionalidad LUXEMBUR-
GUESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de M, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EDUCATIVOS Y ENTRETE-
NIMIENTO POR MEDIO DE RADIO, TELEVISIÓN, TELEFONIA,
INTERNET Y BASE DE DATOS EN LINEA; VISTA ELECTRÓNICA
DE GUÍA DE SERVICIOS; SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE PUBLI-
CACIÓN, ES DECIR, PUBLICACIÓN DE MEDIOS DIGITALES EN
116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
FORMA DE REVISTAS ELECTRÓNICAS A TRAVÉS DE REDES
GLOBALES INFORMÁTICAS Y DE COMUNICACIÓN; SERVICIOS
DE ENTRETENIMIENTO, ES DECIR, FACILITACIÓN DE USO
TEMPORAL DE ÍNDICES INTERACTIVOS NO DESCARGABLE EN
LINEA DE INFORMACIÓN PARA TELESPECTADORES A TRA-
VÉS DE REDES GLOBALES INFORMÁTICAS Y DE COMUNICA-
CIÓN. PUBLICACIÓN DE SERVICIOS INFORMATIVOS PERSO-
NALIZADOS EN LINEA; PROVISIÓN Y PRODUCCIÓN DE GUÍAS
ELECTRÓNICAS DE PROGRAMAS TELEVISIVOS; PROVISIÓN
Y PRODUCCIÓN DE ÍNDICES DE INFORMACIÓN BUSCABLE
PARA TELESPECTADORES. PROPORCIONAR PUBLICACIONES
ELECTRÓNICAS EN LÍNEA (NO DESCARGABLES) INCLUYEN-
DO PERIÓDICOS, REVISTAS (PUBLICACIONES PERIÓDICAS),
HISTORIETAS, DIARIOS (PUBLICACIONES), LIBROS, MA-
NUALES DE USUARIO, DE INSTRUCCIÓN Y MATERIALES DE
ENSEÑANZA, FOTOGRAFÍAS, CUADROS, BOLETOS; PROVEER
PROGRAMAS TRANSMITIDOS POR TELEVISIÓN, INTERNET U
OTROS CANALES DE TELECOMUNICACIÓN PARA LA CON-
DUCCIÓN DE VISUALIZACIÓN INTERACTIVA; SERVICIOS DE
SELECCIÓN DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN INTERACTIVA
PARA ESPECTADORES; SUMINISTRO Y PRODUCCIÓN DE
ENTRETENIMIENTO INTERACTIVO, NOTICIAS, ACTIVIDADES
CULTURALES Y DEPORTIVAS PARA TELESPECTADORES; SER-
VICIOS DE GUÍA VISUALIZADA QUE FACILITAN LA GRABA-
CIÓN EL ALQUILER A PLAZO DETERMINADO DE PROGRAMAS
Y PELÍCULAS; SERVICIOS DE GRABACIÓN DE PROGRAMAS
DE TELEVISIÓN INICIADOS AUTOMÁTICAMENTE EN BASE A
LOS HÁBITOS/PREFERENCIAS DEL ESPECTADOR; SUMINIS-
TRO DE PELÍCULAS, VIDEOS Y PROGRAMAS TELEVISIVOS A
ESPECTADORES, A SOLICITUD Y NEAR VIDEO A SOLICITUD
(NVOD). Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de julio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004347-3
No. de Expediente: 2013132137
No. de Presentación: 20130194129
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE AN-
TONIO ESCAMILLA VILLAFUERTE, en su calidad de DIRECTOR
PRESIDENTE Y REPRESENTANTE de AGENCIA DE VIAJES
ESCAMILLA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: AGENCIA DE VIAJES ESCAMILLA, S. A. DE C. V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Travel College y diseño, se traduce al
castellano como: Universidad de Viajes, que servirá para: AMPARAR:
EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIEN-
TO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004352-3
117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
No. de Expediente: 2013128140
No. de Presentación: 20130186612
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LILIAN
MARISELA MARTINEZ DE ASCENCIO, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de CODIGOS Y SISTEMAS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CODIGOS Y SISTEMAS,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras DATA CODE y diseño traducida
al castellano como: código de datos, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS, ASI COMO: SER-
VICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS:
SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES;
DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE
SOFTWARE. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de julio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004353-3
No. de Expediente: 2014134787
No. de Presentación: 20140199660
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ADOLFO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO de LATI-
NALLIANCE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LATINALLIANCE EL SALVADOR S.
A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra LATINALLIANCE y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS LEGALES, JURÍDICOS Y
NOTARIALES. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil ca-
torce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de agosto del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F020987-3
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2013128019
No. de Presentación: 20130186405
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de
MULTICARD, S. A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras I. INSTACREDIT PAI y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SEGUROS OPERACIONES FINANCIERAS;
OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS.
Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021086-3
No. de Expediente: 2014134278
No. de Presentación: 20140198251
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO
CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de Uni-
ted Airlines, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra friendly y diseño, que al idioma cas-
tellano se traduce como AMIGABLE, que servirá para: AMPARAR:
TRANSPORTE DE PERSONAS, BIENES Y CORRESPONDENCIA
POR AIRE. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021088-3
119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014. MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2013128552
No. de Presentación: 20130187282
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO
de EXPORTADORA EL VOLCAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-
PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO.
EL PASTE
Consistente en: las palabras EL PASTE, que servirá para: AM-
PARAR: CAFÉ VERDE, TOSTADO Y SEMITOSTADO, MOLIDO
Y EN CUALQUIER OTRO ESTADO QUE LA TECNOLOGÍA LO
PERMITA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
veintinueve de julio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004336-3
No. de Expediente: 2013130522
No. de Presentación: 20130190456
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL
FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO
de DOPAT, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra coolway y diseño, que servirá para:
AMPARAR: VESTIDOS, CALZADOS, SOMBRERERÍA. Clase:
25.
La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
nueve de julio del año dos mil catorce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004345-3
120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014137346
No. de Presentación: 20140205202
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDUARDO
BURGOS MARROQUIN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de PROFESSIONAL SOLUTION EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROFESSIONAL
SOLUTION EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Tuboplus y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TUBERÍAS PLÁSTICAS DE POLILETENO DE ALTA
DENSIDAD PVC, CPRE, Y SUS ACCESORIOS PARA USO DE
AGUA POTABLE, FRÍA, CALIENTE Y DE TIPO SANITARIA.
Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
quince de agosto del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004348-3
No. de Expediente: 2013127893
No. de Presentación: 20130186159
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LORENZO
ANTONIO GARCIA REYES, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de ANDREA Y MARIO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-
PITAL VARIABLE que se abrevia: ANDREMAR, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras ANDREA Cuisine y diseño, que se
traduce al castellano como Andrea Cocina, que servirá para: AMPA-
RAR: CACEROLAS EN DIFERENTES TAMAÑOS Y ESTILOS,
SARTENES EN DIFERENTES TAMAÑOS Y ESTILOS, OLLAS
EN DIFERENTES TAMAÑOS Y ESTILOS, COMALES EN DIFE-
RENTES TAMAÑOS, REDONDOS Y CUADRICULADOS, WOK
(TIPO SARTÉN PARA COCCIÓN DE COMIDA CHINA, OLLAS
ARROCERAS DE DIFERENTES TAMAÑOS, PICHELES, AZA-
FATES, ORGANIZADOR PARA TRASTOS, VASOS, TAZAS DE
TODAS LAS MEDIDAS Y DISEÑO, PLATOS DE TODAS LAS
MEDIDAS Y DISEÑOS Y TODO LO RELACIONADO A VAJILLAS
DE MESA Y DE COCINA, TERMOS EN DIFERENTES TAMAÑOS
Y ESTILOS, DEPÓSITOS PARA GUARDAR COMIDA, GRANOS
Y CEREALES, SALEROS, AZUCARERAS Y PIMENTEROS DE
MESA Y COCINA, TABLAS PARA PICAR POLLO, CARNE Y VER-
DURAS, EXTRACTORES DE JUGO MANUALES, BATIDORAS
MANUALES, TETERAS, PANERAS, DEPÓSITOS PARA ESPECIAS
AROMÁTICAS, COLADORES, PAYREX PARA COMIDA FRÍA O
CALIENTE, MOLDES PARA PAN Y GALLETAS. Clase: 21.
121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de julio del año dos mil catorce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004514-3
No. de Expediente: 2014135498
No. de Presentación: 20140201379
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO
MIGUEL MENDOZA CASTRO, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras Troppico Gourmet Treats y diseño,
se traduce al castellano como: Troppico delicias gourmet, que servirá
para: AMPARAR: DULCES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
trece de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021031-3
No. de Expediente: 2014137284
No. de Presentación: 20140205125
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OSCAR
EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO de
LABORATORIOS FARKOT, SOCIEDAD ANÓNIMA, de naciona-
lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
HELO-GASTRIC
Consistente en: las palabras HELO-GASTRIC, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;
EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
trece de agosto del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021043-3
No. de Expediente: 2014134629
No. de Presentación: 20140199383
CLASE: 03.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de MSD Consumer Care, Inc., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
ACCUSPRAY
Consistente en: la palabra ACCUSPRAY, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES NO MEDICADAS PARA LA PRO-
TECCIÓN SOLAR; PREPARACIONES BLOQUEADORAS DEL
SOL; PREPARACIONES CON FILTRO SOLAR; PREPARACIONES
BRONCEADORAS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
seis de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021071-3
No. de Expediente: 2014134198
No. de Presentación: 20140198096
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de Dow AgroSciences LLC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
NEOEC
Consistente en: la palabras NEOEC, que servirá para: AMPARAR:
PESTICIDAS Y PREPARACIONES PARA DESTRUIR ANIMALES
DAÑINOS, PARTICULARMENTE HERBICIDAS, INSECTICIDAS
Y FUNGICIDAS PARA LA AGRICULTURA, LA HORTICULTURA,
LA SILVICULTURA, EL CÉSPED Y EL USO ORNAMENTAL,
COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DOMÉSTICO. Clase: 05.
123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 4 de Septiembre de 2014.
La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021072-3
No. de Expediente: 2014136249
No. de Presentación: 20140202857
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de CASTELATTO LTDA, de nacionalidad BRASILE-
ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
CASTELATTO
Consistente en: la palabra CASTELATTO, que servirá para:
AMPARAR: PIZARRA, BALAUSTRES, BALDOSAS PARA PISOS
NO METÁLICAS, LOSAS DE HORMIGÓN, REVESTIMIENTOS DE
CEMENTO A PRUEBA DE FUEGO, MATERIALES DE CONSTRUC-
CIÓN NO DE METAL, PANELES DE CONSTRUCCIÓN NO ME-
TÁLICOS, REVESTIMIENTOS NO METÁLICOS PARA LA CONS-
TRUCCIÓN, CUBIERTAS, REVESTIMIENTOS Y TRATAMIENTOS
SUPERFICIALES NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN,
ESCALONES NO METÁLICOS, ESTATUAS DE PIEDRA, CON-
CRETO O MÁRMOL, PLACAS PARA LAPIDAS NO METÁLICAS,
MARCOS Y ARMAZONES DE PUERTAS NO METÁLICOS, PIE-
DRA ARTIFICIAL, PISOS NO METÁLICOS, REVESTIMIENTOS
BITUMINOSOS PARA TEJADOS, REVESTIMIENTOS DE CEMEN-
TO IGNÍFUGOS, REVESTIMIENTOS (MATERIALES DE CONS-
TRUCCIÓN), REVESTIMIENTOS PARA PARED NO METÁLICOS
PARA LA CONSTRUCCIÓN, TRASDOSADOS PARA PARED NO
METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, TEJAS, LADRILLOS.
Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
veinticinco de junio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021073-3
No. de Expediente: 2012123613
No. de Presentación: 20120177912
CLASE: 17.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
APODERADO de TESA SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra TESA y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: MATERIAL DE EMPAQUE Y PAPEL DE EMPAQUE,
CARTÓN Y PLÁSTICO SIENDO TODOS ESTOS PRODUCTOS NO
PARA USO MÉDICO O ARTESANAL, DE OFICINA O DOMESTI-
COS: PELÍCULAS PLÁSTICAS QUE NO SEAN PARA PROPÓSITOS
DE EMBALAJE; BANDAS SELLADORAS AUTOADHESIVAS,
EMPAQUETADURAS, SELLADORES, MATERIAL DE CALAFA-
TEAR, ADHESIVOS SELLADORES, EXCLUIDOR DE CORRIEN-
TES DE AIRE PARA PUERTAS Y VENTANAS (AISLADORES DE
AIRE), SELLOS PARA PUERTAS (SELLADORES), CEPILLOS DE
PUERTA-A-PISO (CEPILLOS PARA INSTALAR LOS AISLADORES
O SELLADORES); PELÍCULAS ADHESIVAS DE ESPUMA PLÁS-
TICA PARA LA PROTECCIÓN CONTRA EL FRÍO, EL CALOR,
CORRIENTES DE AIRE, EL POLVO, LA HUMEDAD Y EL RUIDO,
AISLANTES ADHESIVOS, AISLANTES, HOJAS AISLANTES,
TEJIDOS AISLANTES, MATERIALES AISLANTES, COMPOSI-
CIONES PARA PREVENIR LA RADIACIÓN DE CALOR, RESINA
ACRÍLICAS (PRODUCTOS SEMIELABORADOS), CAUCHO, GU-
TAPERCHA, ARTÍCULOS DE PLÁSTICO, GOMA, SUSTITUTOS
DE CAUCHO ( CAUCHO SINTÉTICO) Y ARTÍCULOS HECHOS DE
ESTOS QUE ESTAN INCLUIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 17.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
diecisiete de julio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F021074-3
No. de Expediente: 2014135260
No. de Presentación: 20140200887
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CE-
SAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de DODGE
INVESTMENTS LIMITED, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra PR1MADERA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS; PRODUCTOS NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES DE MADERA, CORCHO,
CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA,
CONCHA, ÁMBAR, NACAR, ESPUMA DE MAR, SUCEDÁNEOS
DE TODAS ESTAS MATERIAS O MATERIAS PLÁSTICAS. Clase:
20.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,
veinte de junio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F021090-3
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.