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DIRECCION DE PARTICIPACION SOCIAL Y ACCESO A LA INFORMACION
FUNCIONAMIENTO Y EXPERIENCIA DEL PROCESO DE HABILITACION EN MINSTERIO DE MEDIO
AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES11 de Abril 2013
ING. DAVID ARIASDirector Participación Social
La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información
• Fue creada por la resolución 06/2009 el 20 de Febrero del 2009 con la finalidad de:
• Ejecutar la política y directrices relativas a la participación de la sociedad y sus instituciones en la formulación y ejecución de la política, planes y programas definidos por el Ministerio de Medio Ambiente.
• Facilitar la participación y movilización de la ciudadanía en la ejecución de las políticas de medio ambiente y en el desempeño institucional del ministerio.
• Promover el fortalecimiento de la capacidad de las asociaciones sin fines de lucro y otras organizaciones de la sociedad civil del sector medio ambiente para incidir en la formulación y ejecución de la política, planes, programas, proyectos y actividades del sector.
La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información
• Administrar el proceso de habilitación, registro y validación de las asociaciones sin fines de lucro del sector medio ambiente, conforme lo establecido en la ley 122-05.
• Promover la adopción e incorporación de la perspectiva género en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos y actividades del sector medio ambiental.
• Ejecutar las políticas de transparencia y libre acceso a la información pública establecidas y transmitir a las instancias correspondientes las solicitudes de información pública presentadas al Ministerio.
• Validar la participación pública en las evaluaciones ambientales • Promover la relación inter e intrainstitucional
Comisión Mixta de Habilitación
• Fue creada por la Resolución 023/2010 dictada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en fecha 16-Sept-2010, es una instancias descentralizada y tiene como prioridad la aplicación de las normas técnicas y administrativas mínimas de habilitación de las Asociaciones sin Fines de Lucro del Sector Ambiental.
Proceso de Conformación de la Comisión Mixta
• Reunión interna para proponer las instituciones que ordena la ley 122-05 ( Articulo 38 párrafo 1)al Ministro para su selección final
• Comunicación invitando a las organizaciones seleccionadas por el ministerio a formar parte de la Comisión Mixta de Habilitación.
• Convocatoria primera reunión, establecimiento de los requisitos legales e institucionales.
• Presentación y discusión del reglamento de funcionamiento de la comisión mixta.
• Reuniones ordinarias
Atribuciones de la Comisión Mixta de Habilitación.
• Facultad para crear normativa de funcionamiento
• Validar y certificar la autenticidad de las ASFLs en cuantos a documentaciones y sus mobiliarios
• Velar por la aplicación de las normas técnicas y administrativas de habilitación que regulen la actuación y el funcionamiento de las asociaciones del sector ambiental.
• Colaborar con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la elaboración y la actualización periódica de las referidas Normas.
La Comisión Mixta
• Agencia de Cooperación Externa Cooperación Alemana GIZ
• Marina Meuss / Rosa Lamela GIZ.*Órganos Inter-Asociativos
Alianza ONG
Addys Then Marte/ Jared Ortiz*Coordinador Administrativos y
Financiero
Lic. Roberto Peguero*Director Administrativo
Lic. Juan Nuñez
*Oficina Sectorial Planificación y Desarrollo
Lic. Tirsis Quezada/Nicolas Garcia
*Dirección Legal Dra. Marisol Castillo/Indhira
Severino
*Representante de la Dirección de Participación Social. Quien
la PresideIng. David Arias/Lic. Keidy Peralta.
LA HABILITACIÓN
• Art. 35.-ley 122-05. Es la aplicación obligatoria de todas las asociaciones sin Fines de Lucro que reciben o desean recibir fondos del Estado o de alguna de sus instituciones o el aval de éste para fondos de cooperación, así como para las asociaciones mixtas u órganos interasociativos que desarrollen programas de beneficio público de servicio a terceras personas y para aquellas asociaciones sin fines de lucro que trabajen en sectores en que la habilitación sea un requisito necesario para obtener el permiso para operar.
• Para el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la habilitación es un procedimiento que se desarrolla , a través de las Dirección de Participación Social y la Comisión Mixta que asegura que los servicios ofrecidos por las Asociaciones sin Fines de Lucro cumplan con las condiciones establecidas por este Ministerio Ambiente en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento para garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad.
La HabilitaciónEl procedimiento en el Ministerio de
Medio Ambiente y Recursos Naturales son los siguientes:
Solicitud de las ASFLs Revisión de la documentación Programación de inspección / informando a la Comisión
Mixta/Direcciones Provinciales Completada la documentación se convoca a la Comisión Mixta para
su conocimiento. Remisión del acta donde se recomiendan las ASFLs que cumplieron
con los requisitos para ser habilitadas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su aprobación
Certificación y entrega/ 43 Asociaciones habilitadas por el Ministerio y 25 están proceso para ser habilitada en el sector de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Entrega de comunicación a la que no cumplen con los requisitos.
Requisitos Mínimos
• Organizaciones de Base y ASFLs• Financieros• Capacidad técnica• Experiencia institucional
FORMULARIOS
• Solicitud de Habilitación• Solicitud de Inspección
• Información sobre los Programas y Proyectos en el Sector de Medio
ambiente.
Próximos pasos
• Capacitación financieras y técnicas• Seguimiento y monitoreo de las ASFLs• Fortalecimiento de la Comisión Mixta de
Habilitación.
ENTREGA DE CERTIFICADO
"
Gracias….