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Ing. Miguel Arce Trujillo Asesor Técnico Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE COMUNICACIONES 1

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y … · preventiva la salud de la población es necesario establecer los límites ... campo eléctrico Intensidad de campo magnético Densidad de Potencia

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Ing. Miguel Arce Trujillo Asesor Técnico

Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE

COMUNICACIONES

1

RADIACIONES

2

Fuentes de Radiación Electromagnética

Desde que nacemos estamos expuestos a diferentes tipos de radiaciones.

3

Radiación No Ionizante (RNI)

4

Son aquellas que no tienen la suficiente energía para

modificar las moléculas de las células vivas, pero tienen

energía para generar calor, como por ejemplo las

radiaciones que emanan de las antenas de radio, televisión

y celulares.

5

Organismos Internacionales (1/3)

• Organización Mundial de Salud (OMS)

• La Comisión Internacional de Protección

Contra la Radiación No Ionizante (ICNIRP)

6

Organización Mundial de Salud (OMS)

• El año 1996, el “Proyecto Internacional sobre los Campos Electromagnéticos - CEM”, para evaluar las pruebas científicas de los posibles efectos sobre la salud de los CEM en el intervalo de frecuencia de 0 a 300 GHz.

• “Ninguna de las recientes revisiones han concluido en que la exposición a campos de RF debido a teléfonos móviles o a las estaciones bases de los mismos tengan algún tipo de consecuencia adversa en la salud.”

• Los estándares internacionales protegen a todos:

– usuarios de telefonía móvil,

– personas que trabajan cerca o viven alrededor de estaciones bases

– y la gente que no hace uso de este tipo de comunicación”

FUENTE: http://www.who.int/peh-emf/en/

Organismos Internacionales (2/3)

7

• Es un grupo independiente de expertos establecido en 1992, reconocido

formalmente por la OMS y la OIT.

• Elabora recomendaciones internacionales para limitar la exposición a la

radiación no ionizante que son independientes y de base científica.

• Brinda orientación y asesoramiento sobre los peligros para la salud de la

radiación no ionizante.

Comisión Internacional de Protección Contra la Radiación No Ionizante (ICNIRP)

Organismos Internacionales (3/3)

8

Límites Máximos Permisibles (LMP) de RNI

en Telecomunicaciones

Marco Normativo

9

Con el fin de proteger de manera

preventiva la salud de la población es

necesario establecer los límites

máximos que pueden alcanzar las

radiaciones producidas por los

servicios de telecomunicaciones.

Mediante D.S. N° 038-2003-MTC,

modificado con D.S. N° 038-2006-

MTC, se establecen los LMP para

las RNI de telecomunicaciones

Se tomó en cuenta la

Recomendación K-52 de la UIT,

adoptándose los valores

establecidos como niveles de

referencia por la ICNIRP.

Marco Normativo LMP de RNI en Telecomunicaciones

10

Intensidad de

campo eléctrico

Intensidad de

campo magnético

Densidad de

Potencia

(V/m) (A/m) (W/m2)

9 – 150 KHz 87 5 -

0.15 – 1 MHz 87 0.73/f -

1-10 MHz 87/ f 0.5 0.73/f -

10-400 MHz 28 0.073 2

400-2000 MHz 1.375 f 0.5

0.0037 f 0.5 f / 200

2 – 300 GHz 61 0.16 10

Rango de

frecuencias

O

C

U

P

A

C

I

O

N

A

L

P

O

B

L

A

C

I

O

N

A

L

Intensidad de

campo eléctrico

Intensidad de

campo magnético

Densidad de

Potencia

(V/m) (A/m) (W/m2)

9 – 65 KHz 610 24.4 -

0.065 – 1 MHz 610 1.6 / f -

1 – 10 MHz 610 / f 1.6 / f -

10 – 400 MHz 61 0.16 10

400 – 2000 MHz 3 f 0.5

0.008 f 0.5 f / 40

2 – 300 GHz 137 0.36 50

Rango de

frecuencias

Niveles de Exposición en General

(D.S. Nº 038-2003-MTC)

Marco Normativo LMP de RNI en Telecomunicaciones

11

Niveles de Exposición en Áreas de Uso Público

(R.M. Nº 120-2005-MTC/03)

Áreas de Uso Público: Lugares definidos por la administración, en los que se

considera que la población expuesta podría ser sensible a los campos

electromagnéticos. Estos lugares son:

Colegios (de Educación Inicial, Primaria y Secundaria)

Hospitales, Centros de Salud y Clínicas

Marco Normativo LMP de RNI en Telecomunicaciones

12

Valores límites de SAR

Marco Normativo LMP de RNI en Telecomunicaciones

13

Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC: Establecen Límites Máximos permisibles de Radiaciones No Ionizantes en

telecomunicaciones.

Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC: Modifica D.S. Nº 038-2003-MTC mediante el cual se aprobaron Limites Máximos

Permisibles de Radiaciones No ionizantes en telecomunicaciones.

Resolución Ministerial Nº 120-2005-MTC/03: Aprueban norma técnica sobre Restricciones Radioeléctricas en Áreas de

Uso Público.

Resolución Ministerial Nº 610-2004-MTC/03: Aprueban Directiva sobre Procedimientos de Supervisión y Control de

Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes.

Resolución Ministerial Nº 612-2004-MTC/03: Aprueban norma técnica Lineamientos para el desarrollo de los estudios

teóricos de Radiaciones No Ionizantes.

Resolución Ministerial Nº 613-2004-MTC/03: Aprueban norma técnica sobre Protocolos de Medición de Radiaciones No

Ionizantes.

Resolución Ministerial Nº 965-2005-MTC/03: Aprueban Directiva de Certificación de equipos de Medición de

Radiaciones No Ionizantes.

Decreto supremo Nº 001-2006-MTC: Aprueban Reglamento Específico de Homologación de equipos y aparatos de

Telecomunicaciones.

Resolución Ministerial Nº 534-2005-MTC/03: Aprueban Directiva para la habilitación del registro de personas autorizadas

para la realización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes.

Resolución Ministerial Nº 379-2006-MTC/03: Modifican Directiva para la habilitación del registro de personas autorizadas

para la realización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes.

Decreto Supremo Nº 010-2005-PCM: Aprueban Estándares de Calidad Ambiental (ECAS) para Radiaciones No

Ionizantes.

Legislación y los limites pertinentes

Marco Normativo LMP de RNI en Telecomunicaciones

14

1. Constitución Política del Perú (Arts. 2°, 7º, 66° y 67°).

Se establece la obligación del Estado de determinar la política nacional

del ambiente, de modo tal que se garantice el derecho de las

personas a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al

desarrollo de sus vidas y se protege su salud, la de su medio familiar y

comunidad en su conjunto.

2. Ley General del Ambiente. Ley Nº 28611.

Se establece los principios y normas básicas que aseguren el efectivo

ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y

adecuado.

Marco Normativo

15

3. Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, D. Leg. N° 757.

Se establece facilidades para la inversión.

4. Ley Marco del Sistema de Medio Ambiental, Ley Nº 28245 (literal k del

Art. 5. – Principio Precautorio)

Se establece que la gestión ambiental en el país se rige, entre otros, por

el Principio Precautorio, indicando que: “La ausencia de certeza

científica no debe utilizarse como razón para no adoptar o postergar la

ejecución de medidas eficaces y eficientes destinadas a evitar y reducir

dicho peligro”.

Marco Normativo

16

Ámbito de Aplicación de las Normas

El Estado, las personas naturales y jurídicas que realizan actividades de telecomunicaciones utilizando espectro radioeléctrico, cuya rango de sus equipos se encuentre entre los 9 kHz a 300 GHz.

Obligaciones a cargo de las empresas:

Presentar un estudio teórico de radiaciones no ionizantes.

Efectuar monitoreo periódico de los niveles de radiaciones no ionizantes.

Autoridad competente:

Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones (DGCSC)

17

Para la medición de los equipos terminales se empleará como

restricción básica el SAR

(Tasa de Absorción Específica)

18

Pruebas de SAR

19

Procedimiento de Supervisión y Control

de las RNI

20

• Equipo

•Medidor de RNI

•Sonda

•GPS

• Equipo

•Analizador de Espectros

•Antena

•GPS

Porcentaje de LMP Intensidad de Campo Eléctrico

Método de Medición

21

La Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones

(DGCSC) ejercerá las funciones de control y supervisión, mediante:

Inspecciones

Monitoreo

22

Valores de Densidad de Potencia

23

* En forma de lóbulo

* Con máxima radiación en dirección del haz principal

Propagación de la Emisión

24

Norma Técnica sobre Protocolo de medición de

Radiaciones no Ionizantes

• En la dirección de máximo lóbulo

• A 2m, 10m, 20m, 50m, 100m … de distancia del pie de la torre (y

otros puntos obtenidos de la prospección técnica)

• Lugares de afluencia poblacional

• A una altura de 2m o promedio espacial

• Tiempo de medición de 6 minutos

• Toma de coordenadas del punto de medición con GPS

Método de Medición

25

26

Percepción del riesgo

27

Difusión que realiza el MTC (1/2)

Envío de videos, afiches y brochures sobre el tema a los gobiernos locales,

regionales y principales universidades a nivel nacional.

28

Difusión que realiza el MTC (2/2) A través de publicaciones en la página web del MTC en:

http://www.mtc.gob.pe/portal/especiales/antenas/principal.html

29

Foro Internacional: “Las antenas de

Telecomunicaciones, Desarrollo, Inclusión y Salud

Humana” OMS: Resultados de la investigación sobre

radiaciones no ionizantes” (1/2)

13-14 de diciembre 2011, Lima

CONCLUSIONES

• La OMS e ICNIRP han realizado de manera adecuada evaluaciones del riesgo para la salud de toda la información científica disponible y concluyeron que no hay efectos sobre la salud establecidos provenientes de los campos de radiofrecuencia emitidos por los teléfonos móviles o estaciones base.

• La FIEE-UNMSM y el INICTEL-UNI mostraron que los niveles de las radiaciones de las estaciones bases medidos a lo largo de 13 años son menores al 1.5 % de los Límites Máximos Permisibles (LMP) poblacionales nacionales establecidos por el MTC y que en general las estaciones transmisoras de telecomunicaciones en el Perú cumplen con dichos límites. Adicionalmente la FIEE-UNSM mostró que los límites adoptados por el Perú son iguales a los establecidos en la mayoría de países latinoamericanos y la Unión Europea.

30

RECOMENDACIONES Para el Gobierno:

• Tal como lo ha venido haciendo el MTC, entidades del gobierno involucradas tales como el Ministerio de Salud, gobiernos regionales y locales, deberían respaldarse en las recomendaciones de salud de la OMS y las recomendaciones sobre límites de exposición de ICNIRP.

• Las entidades gubernamentales competentes deberían desarrollar una estrategia de comunicación sobre las radiaciones no ionizantes que incluya entre otros, panfletos, foros, notas de prensa, los medios de comunicación. Asimismo se debería incluir en currículos escolares tópicos sobre el tema de las radiaciones no ionizantes de telecomunicaciones.

Para la Industria:

• Actuar de manera responsable hacia el público cuando implementan nuevas estaciones base y de radiodifusión de FM y televisión.

Foro Internacional: “Las antenas de

Telecomunicaciones, Desarrollo, Inclusión y Salud

Humana” OMS: Resultados de la investigación sobre

radiaciones no ionizantes” (2/2)

13-14 de diciembre 2011, Lima

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Mediciones RNI en MOQUEGUA

32

P1: 11.2 Mts

A: 0.02539671 %

B: 4.19496475 %

P3: 41.3Mts

A: 0.0340930 %

B: 3.2717829 %.

P4: 56.9Mts

A: 0.03780994 %

B: 3.36160357 %.

P12: 158.5 Mts

A: 0.06281632 %

B: 3.51694982 %.

P14: 25.8 Mts

A: 1.04343585 %

B: 7.88814603 %.

P18: 132.6 Mts

A: 0.11652966 %

B: 3.94985423 %.

CIUDAD DE ILO: (FEBRERO 2012) (1/2)

Cerro Alto Calienta Negros. Distrito y provincia de Ilo,

departamento de Moquegua.

NEXTEL

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 0,08%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 7,91% del LMP.

MOVISTAR

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 0,06%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 6,98% del LMP.

Mediciones RNI en MOQUEGUA

33

P1: 11.2 Mts

A: 0.02539671 %

B: 4.19496475 %

P3: 41.3Mts

A: 0.0340930 %

B: 3.2717829 %.

P4: 56.9Mts

A: 0.03780994 %

B: 3.36160357 %.

P12: 158.5 Mts

A: 0.06281632 %

B: 3.51694982 %.

P14: 25.8 Mts

A: 1.04343585 %

B: 7.88814603 %.

P18: 132.6 Mts

A: 0.11652966 %

B: 3.94985423 %.

CIUDAD DE ILO: (FEBRERO 2012) (2/2)

Cerro Alto Calienta Negros. Distrito y provincia de Ilo,

departamento de Moquegua.

CLARO

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 0,02%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 14,3% del LMP.

RADIO ALTAMAR S.C.R.L.

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 2,5%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 39,94% del LMP.

Mediciones RNI en MOQUEGUA

34

P1: 11.2 Mts

A: 0.02539671 %

B: 4.19496475 %

P3: 41.3Mts

A: 0.0340930 %

B: 3.2717829 %.

P4: 56.9Mts

A: 0.03780994 %

B: 3.36160357 %.

P12: 158.5 Mts

A: 0.06281632 %

B: 3.51694982 %.

P14: 25.8 Mts

A: 1.04343585 %

B: 7.88814603 %.

P18: 132.6 Mts

A: 0.11652966 %

B: 3.94985423 %.

CIUDAD DE MOQUEGUA: (FEBRERO 2012) (1/2)

Cerro El Siglo. Distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto,

departamento de Moquegua.

NEXTEL

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 0,02%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 8,95% del LMP.

MOVISTAR

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 0,03%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 6,58% del LMP.

Mediciones RNI en MOQUEGUA

35

P1: 11.2 Mts

A: 0.02539671 %

B: 4.19496475 %

P3: 41.3Mts

A: 0.0340930 %

B: 3.2717829 %.

P4: 56.9Mts

A: 0.03780994 %

B: 3.36160357 %.

P12: 158.5 Mts

A: 0.06281632 %

B: 3.51694982 %.

P14: 25.8 Mts

A: 1.04343585 %

B: 7.88814603 %.

P18: 132.6 Mts

A: 0.11652966 %

B: 3.94985423 %.

CIUDAD DE MOQUEGUA: (FEBRERO 2012) (2/2)

Cerro El Siglo. Distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto,

departamento de Moquegua.

CLARO

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 0,01%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 10,83% del LMP.

RADIO ALTAMAR S.C.R.L.

El valor medido que representa el máximo porcentaje respecto al Límite Máximo

Permisible (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI) corresponde a 4,94%.

Se realizaron mediciones de las contribuciones de los principales servicios de

telecomunicaciones comprendidos de 54 a 3000 MHz, donde el valor medido

representó el 27,36% del LMP.

CONCLUSIONES

• No hay evidencia científica de efectos a la salud bajo los estándares internacionales.

• En el Perú, básicamente es un problema de percepción de riesgo.

• Las mediciones realizadas a las radiaciones de las estaciones base están muy por debajo de los niveles referenciales establecidos, incluso menor del 1%.

• Los organismos internacionales continúan con los estudios de los niveles de exposición máximos provocados por los teléfonos móviles que son mucho mayores que los de las estaciones bases.

• Todos los teléfonos móviles autorizados para ser utilizados en el Perú cumplen con los límites máximos permisibles para el SAR especificado por ICNIRP. (Homologación)

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MUCHAS GRACIAS POR

SU ATENCIÓN

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