8
Unidad 1 Lectura 5 División de poderes Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos 1 1. Propósito Que el estudiante: conozca en que consiste la división de poderes, tanto horizontal como vertical. 2. Conceptos que destacan del subtema 1 De acuerdo con la constitución vigente nuestro país tiene la siguiente forma de gobierno: República, porque tiene un sistema de gobierno caracterizado por la división de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus gobernantes son elegidos de forma democrática cada determinado tiempo. Representativa, porque la elección de los gobernantes se realiza a través del voto popular, por lo tanto los electores o ciudadanos son representados por los gobernantes que eligen. Democrática, porque establece que la democracia es un sistema de vida y una forma de gobierno del pueblo. Federal, porque se sustenta en la existencia del poder de la federación, los poderes de las entidades federativas de cuya interacción surge el federalismo. El gobierno se divide en tres ámbitos o niveles: Federal: gobierno central. Estatal o local: gobiernos estatales o locales. Municipal: gobierno municipales. 1 La reflexión sobre la división de poderes impone considerar otros conceptos relacionados como el sistema de gobierno, los regímenes, las ideologías políticas y económicas, entre otras. La descripción de cada poder aparece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Como apoyo también es posible usar la colección “Para entender” de Nostra ediciones, México, 2005. Con fundamento en la Constitución mexicana de 1917, el sistema de gobierno del país se sustenta en el principio de la división de poderes. La división de poderes supone que las funciones del Estado se desempeñan, a través de múltiples órganos y cada uno de ellos tiene tareas distintas y propias que debe desempeñar. La división de poderes se encuentra prevista en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo en el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.” El artículo supone la existencia de un único poder, es decir el poder público del Estado Federal mexicano, el cual se divide para su ejercicio en tres poderes con base en el principio de la “división de poderes”. 2 La división de poderes puede entenderse desde dos perspectivas: horizontal y vertical. 2 La teoría de la división de poderes tiene antecedentes en Aristóteles, sin embargo su desarrollo destacado se da a partir del pensamiento de Montesquieu a través de su obra “El espíritu de las leyes”.

División de Poderes

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Material de trabajo elaborado por la Lic. Mónica Oliva Ríos para la asignatura Legislación Sanitaria.

Citation preview

Page 1: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

1

1. Propósito Que el estudiante:

conozca en que consiste la división de poderes, tanto horizontal como vertical.

2. Conceptos que destacan del subtema1

De acuerdo con la constitución vigente nuestro país tiene la siguiente forma de gobierno:

República, porque tiene un sistema de gobierno caracterizado por la división de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus gobernantes son elegidos de forma democrática cada determinado tiempo.

Representativa, porque la elección de los gobernantes se realiza a través del voto popular, por lo tanto los electores o ciudadanos son representados por los gobernantes que eligen.

Democrática, porque establece que la democracia es un sistema de vida y una forma de gobierno del pueblo.

Federal, porque se sustenta en la existencia del poder de la federación, los poderes de las entidades federativas de cuya interacción surge el federalismo.

El gobierno se divide en tres ámbitos o niveles:

Federal: gobierno central. Estatal o local: gobiernos estatales o locales. Municipal: gobierno municipales.

1 La reflexión sobre la división de poderes impone considerar otros conceptos relacionados como el sistema de gobierno, los regímenes, las ideologías políticas y económicas, entre otras. La descripción de cada poder aparece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Como apoyo también es posible usar la colección “Para entender” de Nostra ediciones, México, 2005.

Con fundamento en la Constitución mexicana de 1917, el sistema de gobierno del país se sustenta en el principio de la división de poderes. La división de poderes supone que las funciones del Estado se desempeñan, a través de múltiples órganos y cada uno de ellos tiene tareas distintas y propias que debe desempeñar. La división de poderes se encuentra prevista en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:

“El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo en el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.”

El artículo supone la existencia de un único poder, es decir el poder público del Estado Federal mexicano, el cual se divide para su ejercicio en tres poderes con base en el principio de la “división de poderes”.2 La división de poderes puede entenderse desde dos perspectivas: horizontal y vertical.

2 La teoría de la división de poderes tiene antecedentes en Aristóteles, sin embargo su desarrollo destacado se da a partir del pensamiento de Montesquieu a través de su obra “El espíritu de las leyes”.

Page 2: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

2

La división de poderes horizontal muestra la ubicación de una institución o entidad de gobierno en un determinado poder. En México existen tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

La división de poderes vertical indica el nivel de gobierno que le corresponde a una institución. En México existen tres niveles de gobierno: Federal, Estatal (o local) y Municipal.

División de poderes HORIZONTAL: poderes Poder

Legislativo Poder

Ejecutivo Poder

Judicial Organismos

Públicos Autónomos

Federal

Estatal (o local)

Municipal

Importante: El Distrito Federal no es un nivel de gobierno, tampoco una entidad federativa, pero se asemeja. Es una excepción a la división de poderes vertical y debe analizarse a través de la división de poderes horizontal pues cuenta con un poder legislativo, ejecutivo y judicial, además de organismos autónomos.

La mayoría de las instituciones gubernamentales se ubican en algún poder (división de poderes horizontal) y les corresponde un nivel de gobierno (división de poderes vertical). La determinación de qué poder y qué nivel de gobierno surge la competencia y las facultades que tenga cada institución. Existen casos de instituciones gubernamentales que no pertenecen a ningún poder, pero su actuación pude corresponder a un nivel de gobierno, tal es el caso de los organismos públicos autónomos, por ejemplo el Instituto Federal Electoral (que es federal) o los Tribunales Agrarios (que son federales). Los artículos 39, 40, 41 y 133 de la Carta Magna se correlacionan con el tema división de poderes, además de que se relacionan con otros conceptos importantes: soberanía, Estado, pueblo, nación, forma de gobierno, jerarquía de leyes y supremacía constitucional. El Distrito Federal no es un nivel de gobierno, tampoco una entidad federativa o estado. Sin embargo se parece mucho a una entidad federativa y por ello aparece información sobre éste a partir de la descripción de los poderes y en el cuadro final de este texto.

División de poderes VERTICAL: niveles de

gobierno

Page 3: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

3

Poder Legislativo ¿Qué hace? (competencia)3 El Poder Legislativo se encarga de elaborar las leyes que rigen en el país y que son aplicables tanto a los órganos de gobierno como a los particulares. ¿Cómo se compone? El Poder Legislativo se compone de representantes populares conocidos como legisladores, los cuales fueron electos por los ciudadanos. Los representantes populares son diputados y senadores. En conclusión existe el poder legislativo en los niveles de gobierno federal y estatal. A continuación su composición:

Poder Legislativo Federal Congreso de la Unión. (formado por diputados y senadores) Cámara de Diputados. Senado de la República. (también llamada Cámara de senadores)

Poder Legislativo Estatal

Legislaturas estatales o Congresos locales. (se forman exclusivamente por diputados) Recuerda:

En el Distrito Federal no hay legislatura estatal y en su lugar existe la Asamblea de Legislativa del Distrito Federal, lo anterior se debe a que el Distrito Federal no es una entidad federativa sino el lugar donde se asientan los tres poderes federales.

No existe poder legislativo municipal, pues los municipios conforman a las entidades federativas o estados. Es decir que en los Congresos locales los diputados locales representan los intereses de los municipios.

3 La competencia se traduce en atribuciones y facultades y corresponde a lo idóneo según la naturaleza de un órgano de gobierno.

Page 4: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

4

Poder Ejecutivo ¿Qué hace? (competencia) El Poder Ejecutivo está encargado de aplicar las leyes y con base en éstas gobernar, es decir es responsable de dirigir y administrar los recursos del país. Los recursos pueden ser financieros, económicos, humanos, materiales, naturales. ¿Cómo se compone? El Poder Ejecutivo es unipersonal es decir lo forma un solo individuo. Para el funcionamiento y organización de este poder existen múltiples instituciones o entidades de gobierno, así como servidores o funcionarios públicos especialistas en distintas materias que corresponden a la administración de recursos. Las instituciones o entidades y los servidores públicos constituyen la Administración Pública. Es decir la Administración Pública se forma por todos aquellos que trabajan para el Poder Ejecutivo.

El Poder Ejecutivo y administración pública no son sinónimos.

En conclusión existe el poder ejecutivo en los niveles de gobierno federal, estatal y municipal. A continuación su composición:

Poder Ejecutivo Federal Presidente de la República.

Trabajan para el Presidente: Administración Pública Federal.

Poder Ejecutivo Local

Gobernador del Estado o entidad federativa. Trabajan para el Gobernador: Administración Pública Local o Estatal. Recuerda:

En el Distrito Federal no existe un gobernador y en su lugar hay un Jefe de Gobierno del Distrito Federal quien tiene bajo su autoridad a la Administración Pública del D.F. Lo anterior se debe a que el Distrito no es una entidad federativa, en virtud de que se trata del lugar donde se asientan los tres poderes federales. El Distrito Federal es una excepción.

Poder Ejecutivo Municipal

Ayuntamiento

El Ayuntamiento se compone por presidente municipal, regidores, síndicos. Trabajan para el Ayuntamiento: Administración Pública Municipal.

Recuerda:

Síndicos, regidores, presidente municipal no forman parte de la Administración Pública Municipal, ésta se integra por cargos como Coordinador de Desarrollo Urbano, Secretario de Medio Ambiente del municipio, entre otros. Los cargos y sus denominaciones varían según el municipio y la entidad federativa.

Page 5: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

5

Poder Judicial ¿Qué hace? (competencia) El Poder Judicial resuelve o soluciona conflictos o controversias que pudieran surgir:

Entre dos o más particulares4, Entre uno o más particulares y un órgano de

gobierno5, Entre dos o más poderes del Estado (legislativo,

judicial y ejecutivo, en cualquier nivel de gobierno: federal, estatal y municipal), y

Entre partidos políticos y la autoridad electoral. La solución de las controversias o disputas implica que los jueces recibirán y calificarán pruebas, escucharán alegatos y dictarán sentencias, es decir establecerán la relación entre hechos y el sistema jurídico, a través de un proceso y procedimientos. La importancia del Poder Judicial radica en su propósito resolver de forma pacífica los conflictos a través de diversos mecanismos jurídicos para evitar la violencia.

4 Los particulares somos los mexicanos (o nacionales) de cualquier edad, los extranjeros o los ciudadanos (es decir los mexicanos mayores de 18 años, es decir las personas físicas, pero también son particulares las personas morales privadas o sociales como son los sindicatos, los ejidos, las comunidades, las cooperativas, y las empresas privadas. 5 Un órgano de gobierno puede ser. Un presidente municipal, la cámara de diputados, una delegación política, un funcionario de la policía, la policía en su conjunto, entre otros.

¿Cómo se compone? El Poder Judicial se compone de tribunales y juzgados, los cuales son distintos dependiendo del nivel de gobierno que corresponda. En los tribunales y juzgados hay jueces, magistrados y ministros, todos son especialistas profesionales en Derecho o juristas.6 La terminología se relaciona con el nivel de gobierno al que responde el órgano del Poder Judicial, así los jueces son los juzgadores que encabezan los juzgados, sean locales o federales, los magistrados son los titulares de tribunales colegiados, unitarios o locales. Componen la Suprema Corte de Justicia de la Nación once juzgadores que se denominan ministros. En conclusión existe el poder judicial en los niveles de gobierno federal y estatal. A continuación su composición:

Poder Judicial Federal

Suprema Corte de Justicia de la Nación. (SCJN) Consejo de la Judicatura Federal. (CJF) Tribunal Electoral del Poder Judicial de la

Federación. (Trife) Tribunales Colegiados de Circuito. Tribunales Unitarios de Circuito. Juzgados de Distrito.

6 La palabra genérica para definir a los profesionales del Derecho que resuelven controversias como titulares de un órgano de gobierno es juez, en consecuencia las especies son: juez cívico, juez de paz, juez local, juez federal, magistrados y ministros. En el caso de las entidades federativas, es decir del nivel de gobierno estatal o local es posible hallar distintos tipos de jueces, también es posible tener jueces cuya competencia se determina por su fuero o jurisdicción, por ejemplo los jueces militares, o los jueces en jurisdicciones indígenas. Sin embargo en esencia la labor del todo juzgador es resolver litigios.

Page 6: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

6

Poder Judicial Estatal Tribunal Superior de justicia por cada estado o

entidad federativa. Consejos de las Judicaturas Estatales. Tribunales electorales por cada entidad federativa.* Juzgados locales.

No existe el poder judicial municipal pues los municipios conforman a las entidades federativas o estados. Es decir que los juzgados y tribunales locales resuelven las controversias que se presenten en los municipios.

* Adscripción por poder de los Tribunales electorales por cada entidad federativa

Entidades federativas con tribunal electoral adscrito al Poder Judicial Estatal

Entidades federativas con tribunal electoral como organismo autónomo

Entidades federativas con tribunal electoral de doble naturaleza

1. Aguascalientes

2. Baja California

3. Baja California Sur

4. Campeche

5. Coahuila

6. Durango

7. Hidalgo

8. Jalisco

9. Querétaro

10. Quintana Roo

11. San Luis Potosí

12. Tlaxcala

13. Veracruz

14. Zacatecas

1. Colima 2. Chiapas 3. Chihuahua 4. Guanajuato 5. Guerrero 6. Estado de México 7. Michoacán 8. Morelos 9. Nayarit 10. Nuevo León 11. Oaxaca 12. Puebla 13. Sinaloa 14. Sonora 15. Tabasco 16. Tamaulipas 17. Distrito Federal7

1. Yucatán

Fuente: Hernández María del Pilar en Autonomía de los órganos electorales, 2009, p.10. Disponible en: http://www.jurídicas.unam.mx/publica/rev/refjud/cont/1/rjf/rjf9.htm

7 El Distrito Federal se incluye en el cuadro por necesidad didáctica, pero se sabe que no es una entidad federativa.

Page 7: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

7

Ejemplos de órganos de gobierno y su ubicación según la división de poderes vertical y horizontal. El ejercicio no es exhaustivo y tiene el objetivo de orientar el análisis, por ello es preciso recordar que la única forma de determinar la ubicación de un órgano de gobierno es revisando su decreto de creación y sus facultades para estar en condiciones de determinar su competencia. Cuando aparece una paloma significa que se trata de un servidor o funcionario público, es decir de una persona física que trabaja en el gobierno o sector público.

PODER

NIVEL DE GOBIERNO

Poder Legislativo

Poder Ejecutivo

Poder Judicial

Organismos constitucionales y

públicos autónomos

Nivel Federal Congreso de la Unión Cámara de Diputados

Diputados Senado de la República o Cámara de Senadores

Senadores

Poder Ejecutivo Federal formado por Presidente de la República

Secretaría de Gobernación Secretaría de Energía Secretaría de Turismo Secretaría de Salud Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Educación Instituto Nacional de Salud Pública CONAMED IMSS CONAPO (Consejo Nacional de Población) INE (Instituto Nacional de Ecología) RAN (Registro Agrario Nacional) Administración Procuraduría Federal del Consumidor Pública Federal Procuraduría General de Justicia Ministerio Público Federal Policía Ministerial Secretaría de Seguridad Pública

Personas físicas: Secretario de Estado Subsecretario de Estado Coordinador General Director General Agente de policía ministerial

Suprema Corte de Justicia de la Nación Consejo de la Judicatura Federal Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Tribunales Colegiados de Circuito Tribunales Unitarios de Circuito Juzgados de Distrito

Personas físicas: Ministro de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Magistrado de Tribunal Colegiado de Circuito

Magistrado de Tribunal Unitario de Circuito

Juez de distrito

Banco de México IFE (Instituto Federal Electoral) Tribunales Agrarios (Tribunal Superior Agrario, Tribunales Unitarios Agrarios) CNDH (Comisión Nacional de los Derechos Humanos) INEGI UNAM UAM

Nivel Estatal Legislaturas estatales o Congresos locales

Diputados locales

Poder Ejecutivo Estatal formado por Gobernador De la entidad federativa que corresponda: Secretaria de Gobierno Secretaría de Medio Ambiente Secretaría de Salud Secretaría de Educación Administración Secretaría de Desarrollo Social Pública Estatal Procuraduría General de Justicia del Estado Comisión Estatal de Arbitraje Médico Ministerio Público Estatal Policía estatal.

Personas físicas: Agente de policía estatal Agente del Ministerio Público Estatal

Tribunales locales (de la entidad federativa que corresponda) Consejo de la Judicatura Estatal (de la entidad federativa que corresponda) Tribunales electorales. (Ver cuadro página 7 del texto) Juzgados de fuero común Juzgados de paz

Personas físicas: Magistrado Juez

Comisiones Estatales de Derechos Humanos Tribunales Electorales de los Estados. (Ver cuadro página 7 del texto).

Page 8: División de Poderes

Unidad 1 Lectura 5 División de poderes

Actualizado 2011 Elaborado por Mónica Oliva Ríos

8

PODER

NIVEL DE GOBIERNO

Poder Legislativo

Poder Ejecutivo

Poder Judicial

Organismos constitucionales y

públicos autónomos

Distrito Federal

( excepción a la división de poderes )

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Diputado asambleísta

Poder Ejecutivo del D.F. formado por Jefe de Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Gobierno del D.F. Secretaría de Seguridad Pública del D.F. Secretaría de Salud del D.F. Secretaría de Desarrollo Social del D.F. Secretaría de Finanzas del D.F. Administración Ministerio Público del D.F. Pública del D.F. Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Policía Judicial del D.F.

Personas físicas: Secretario de gobierno Policía preventivo Agente del Ministerio Público Director General Subdirector

Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal Consejo de la Judicatura del D.F. Juzgados de fuero común Juzgado de paz

Personas físicas: Magistrado Juez

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal UACM Tribunal Electoral del Distrito Federal

Instituto de Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal

Nivel Municipal No aplica

Poder Ejecutivo Municipal formado por el Ayuntamiento Ayuntamiento se integra por Presidente Municipal, Regidor y Síndico

Secretaría de Medio Ambiente Secretaría de Desarrollo Urbano Personas físicas:

Secretario de Medio Ambiente Administración Agente municipal Pública Municipal Agente de policía municipal

No aplica No aplica

El Distrito Federal es un excepción a la división de poderes vertical no es un nivel de gobierno, sin embargo cuenta con un poder legislativo, ejecutivo y judicial además de organismos públicos autónomos.