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Dossier TTIP

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Page 1: Dossier TTIP

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2  

Otras políticas medioambientales europeas, y de regulación financiera en EEUU, podrían verse 

también afectadas.   El TTIP podría amenazar  la moratoria europea sobre  la extracción de gas 

de pizarra (gas de esquito) (capítulo 2), podría debilitar también la regulación europea llamada 

REACH, soslayando los requisitos de pruebas para miles de químicos tóxicos (capítulo 5).  

Así mismo,  la regulación financiera estadounidense podría estar en peligro, puesto que en  la 

actualidad, es más estricta y ejerce más control que  la europea,  justo en un momento en el 

que hasta el FMI y el BM han empezado a reconocer que el control del capital  puede ayudar a 

prevenir y prevenir la fuga especulativa y desestabilizadora de capitales. (Capítulo 6), mientras 

tanto, el TTIP aboga por  la  liberalización de todos  los servicios,  incluyendo  los  financieros,  lo 

que podría reforzar y promover, más que prevenir, otra crisis financiera internacional.  

Al TTIP también se le conoce como TAFTA, y se propuso en Febrero de 2013, cuando Obama y 

los  líderes de  la UE se comprometieron a    lanzar  las negociaciones sobre el TTIP. La primera 

ronda fue en Julio de 2013 y se tiene la intención de acabar con estas negociaciones a finales 

de 2014.  

Este  acuerdo  va más  allá de  simplemente  eliminar  los  aranceles  y  abrir  los mercados  a  los 

inversores  de  cada mercado,  las  negociaciones  se  están  centrando  en  eliminar  las mismas 

regulaciones que protegen a los consumidores, los trabajadores y el medioambiente, ya que se 

interponen  en  el  camino  de  los  beneficios  corporativos.    Por  ejemplo,  “en  el  sector  del 

automóvil, no son  los aranceles el mayor problema, sino  las diferencias en  los estándares de 

seguridad  y medioambiente. El objetivo de estas negociaciones es  reducir  retrasos  y  costos 

innecesarios para las compañías” (Comisión Europea). 

Con este objetivo, la UE y EEUU quieren “armonizar” sus estándares y normas, lo que equivale 

a  una  reducción  y  degradación  de  las  normas  sociales  y medioambientales  a  favor  de  los 

intereses  de  los  grandes  negocios  para  que  puedan mover  libremente  su  capital,  bienes  y 

trabajo.  Así  por  ejemplo,  EEUU  está  deseando  ver  reducir  los  estándares  laborales  y  el 

principio de precaución de Europa, y Europa  los estándares para hacer tests,  la seguridad de 

los aparatos médicos y medicinas, así como su  régimen de  regulación  financiera que es más 

estricto.   Las negociaciones pueden amenazar también  la  libertad en  internet a través de  los 

derechos  de  propiedad  intelectual  de  las  corporaciones,  y  tendrá  mayores  consecuencias 

sobre los agricultores, consumidores y pacientes.  

Además,  este  acuerdo  forma  parte  de  una  estrategia  de  la  UE  y  EEUU  para  asegurar  su 

liderazgo  en  los  asuntos  mundiales  en  un  momento  en  el  que  se  ve  amenazado  por  el 

alzamiento de las economías emergentes (Brasil, India, Rusia, China y Sudáfrica).  

Durante más de dos décadas,  las corporaciones de Europa y América han estado  intentando 

conseguir  un  libre  mercado  a  ambos  lados  del  Atlántico,  para  ello,  muchas  asociaciones 

industriales han presentado documentos conjuntos a favor de este acuerdo haciéndose oír con 

una única voz.   Entre estos sectores encontramos: el automóvil, el farmacéutico,  la salud,  los 

químicos  y  el  IT,  la Comisión  Europea  ya ha  tenido  con  los  lobistas más de  100  reuniones, 

mientras deja en la más absoluta oscuridad a la población civil sobre este acuerdo.  

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3  

Por  otro  lado,  asociaciones  de  consumidores,  activistas  del  medioambiente,  comercio  e 

internet,  así  como  sindicatos  y  agricultores,  ya  han  empezado  a  luchar  contra  esta  agenda 

corporativa, a la vez que han subrayado la necesidad de que haya un debate público sobre este 

acuerdo, y han puesto sobre la mesa el debate sobre la necesidad de reformar las normas del 

comercio internacional.  

 

CAPÍTULO 1 

Divididos, desprotegidos, y sin derecho a huelga.  Reformando  los  derechos  laborales  y  la  política  social  a  favor  de  los 

intereses de las transnacionales.  

 Nos venden el TTIP como un acuerdo que creará millones de empleos y un crecimiento del PIB 

del 1%, mientras un estudio de la CE lo sitúa en 0.1% y la creación de puestos de trabajo está 

por ver.  

Según el estudio  llevado a cabo por  la Comisión Europea sobre el  impacto del TTIP, reconoce 

que  el  incremento  comercial  con  los  EEUU  tendría  un  shock  inicial  que  en  los  sectores 

industriales  más  afectados  que  les  llevaría  a  una  reestructuración.  Estos  sectores  serían 

aquellos que  se verían en desventaja  frente a  la mayor competitividad americana como:  los 

productores  de  carne,  fertilizantes,  bio‐etanol  y  azúcar,  por  ejemplo.  También  habría  un 

declive en los sectores de equipos de transporte y el sector del metal, así como en los sectores 

primarios, especialmente:  la madera y productos de papel,  los servicios a  los negocios,  la  los 

sectores de  servicios personales y de  comunicación.   Este estudio asegura que habrá  costes 

prolongados asociados a los ajustes substanciales que serán necesarios.  

Incluso si se  incrementa  la demanda de trabajadores en ciertos sectores, no es menos cierto 

que habrá sectores que perderán trabajadores y la empleabilidad de éstos no será automática, 

pues  necesitarán  nueva  formación  y  destrezas.  Para mitigar  estos  impactos  negativos  sería 

necesario incorporar en el acuerdo una serie de medidas preventivas, pero éstas no se hallan 

en Acuerdo TTIP, ni la Comisión Europea hace hincapié en que se adopten, parece que la CE da 

por hecho que los gobiernos mismos tendrán suficientes recursos para mitigar estos impactos 

negativos.  

Para poner un ejemplo, el NAFTA  (acuerdo de  libre comercio entre EEUU, Méjico y Canadá) 

incrementó el flujo comercial por tres pero la promesa de millones de puestos de trabajo – 20 

millones – no se materializó. De acuerdo con el análisis del Instituto de Política Económica, el 

número  de  trabajos  creados  en  EEUU  por  la  expansión  de  la  exportación,  en  relación  al 

número  de  puestos  de  trabajo  que  se  perdieron  por  el  crecimiento  de  las  importaciones 

extranjeras debidas al NAFTA, se tradujo en la pérdida de casi un millón de puestos, y no en la 

creación de 20 millones. Esto sin mencionar la presión hacia abajo que sufrieron los sueldos de 

los trabajadores, lo que contribuyó a su estancamiento desde mediados de los 70.  

Según el Centro de  Investigación sobre Globalización, el NAFTA permitió a  las corporaciones 

americanas  mover  más  fácilmente  sus  fondos  de  inversión    a  través  de  la  frontera  para 

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establecer sus nuevas fábricas de producción en Méjico, debido a los sueldos más baratos de 

este  país,  mientras  se  cerraban  las  fábricas  en  EEUU.  Las  corporaciones  incrementaron 

enormemente  sus  beneficios  pero  tuvo  como  resultado  el  deterioro  de  las  condiciones 

laborales  a  ambos  lados  de  la  frontera.  Los  trabajadores  americanos  sufrieron  recortes 

salariales o desempleo, mientras los trabajadores mejicanos perdieron sus puestos de trabajo 

tradicionales  para    ser  forzados  a  trabajar  en  condiciones  cercanas  a  la  esclavitud  en  las 

fábricas de las corporaciones americanas situadas en Méjico.  

De acuerdo  con el presidente del  Instituto de Política Económica de Washington,  Jeff  Faux, 

sería  inviable  pretender  una  mayor  liberalización  comercial  sin  dar  la  misma  prioridad  al 

desarrollo social y laboral que se da a la protección de los intereses de inversores y financieras.  

Además, en Europa corremos el riesgo de que regiones enteras de la UE carguen con los costes 

sociales de este acuerdo, dividiendo  todavía más a  los países  ricos  y más empobrecidos de 

Europa,  incrementando  la brecha entre  los países del centro y  la periferia europea. Ya en su 

momento,  la  adhesión  a  la UE  y  el  Euro  trajo  consigo  la  desindustrialización  de  los  países 

mediterráneos. 

Los  intereses  de  exportación  americanos  se  dirigen  precisamente  a  través  del  TTIP  a  los 

sectores principales donde la periferia europea tiene interés en defender,  la apertura de este 

mercado transatlántico llevaría a la exacerbar la división entre los miembros ricos y pobres de 

la UE, precisamente en un momento en el que se debería proteger a  los ciudadanos en  lugar 

de exponerlos a la competición extrajera.  

Además,  los  derechos  laborales  podrían  deteriorarse  a  través  de  la  “armonización”  de  las 

normas  y  regulaciones  transatlántica,  ya  que  los  EEUU  no  han  ratificado  algunos  de  los 

estándares y convenciones de la OIT, lo que incluye el derecho a la libertad de asociación y las 

prácticas sindicales.  

Ya en la UE, ha habido ataques recientes sobre los sueldos de los trabajadores en el contexto 

de  la euro‐crisis, el TTIP serviría al propósito de  reformar  la  legislación  laboral europea para 

sintonizarla con  la de EEUU,  lo cual  incluiría una  ley anti  sindicalista,  llamada erróneamente 

“Derecho  a  trabajar”,  que  ha  restringido  sistemáticamente  la  libertad  de  asociación  de  los 

trabajadores en EEUU.   

De  acuerdo  con  la  Federación  del  Trabajo  de  EEUU  y  el  Congreso  de  Organizaciones 

Industriales, en EEUU  se ha  iniciado una  carrera hacia abajo en  relación a  los  sueldos y  los 

estándares  de  seguridad  y  salud,  ya  que  los  Estados  compiten  los  unos  contra  los  otros. 

Cuando la CE dice que “deberíamos revisar la ley laboral europea para minimizar el riesgo de 

reducir  la  inversión  americana  en  Europa  y  que  se  desvíe  a  otras  partes  del  mundo”, 

podríamos estar contemplando el inicio de un panorama similar entre los países europeos que 

deberán  competir entre sí. Después de todo, las leyes laborales europeas se encuentran en la 

lista de “medidas no arancelarias”  identificadas como un obstáculo en el camino al  libre flujo 

comercial y de inversión.  

Page 6: Dossier TTIP

5  

La  reestructuración  industrial provocaría  la pérdida de millones de puestos de  trabajo pero 

además, y si se cambia la legislación laboral, los trabajadores europeos no tendrían el derecho 

a auto‐organizarse ante el crecimiento del desempleo y la austeridad en Europa.  

 

CAPÍTULO 2 

Comercializando  la  naturaleza  por  los  beneficios 

económicos.  Destrucción medioambiental con la excusa de crear una riqueza incierta.  

 La propia evaluación de la Comisión Europea sobre el TTIP concluyó que este acuerdo, al tener 

como objetivo prioritario el  incremento del comercio  transatlántico,  tendría como  resultado 

inevitable  impactos  negativos  en  el medioambiente.  El  TTIP  aumentaría  la  polución    y  el 

agotamiento  de  los  recursos  naturales  al  incrementar,  la  producción,  el  comercio  y  el 

consumo.  Además,  para  conseguir  este  aumento  del  comercio,  el  TTIP  necesitaría  también 

eliminar  algunas  normas  y  regulaciones  en  nombre  de  la  pretendida  “armonización”    y 

“reconocimiento mutuo” entre  los estándares de EEUU y  la UE. Esto debilitaría ampliamente 

“el Principio de Precaución” europeo, piedra angular de  la política europea medioambiental, 

teniendo  serias  consecuencias  sobre  la  salud  y  la  seguridad  de  las  personas  y  el 

medioambiente. 

La cumbre European Business que se reunió en 2013, y cuenta con algunas de las más grandes 

corporaciones  europeas,  echa  la  culpa  a  la  regulación  medioambiental  de  poner  a  las 

compañías europeas en desventaja con sus homólogas americanas y chinas, y por ello, están 

haciendo  lobby  a  los  reguladores  de  EEUU  y  la  UE  con  la  intención  de  que  reduzcan  el 

diferencial entre EEUU y UE.  

Si esto  se  consiguiera, muchas de  las  regulaciones europeas dejarían de  ser operativas. Por 

ejemplo,  la Directiva  Europea  de  Energías  Renovables  tiene muchas  fisuras  legales,  pero  al 

menos en principio, requiere que la materia prima utilizada para conseguir energía cumpla con 

ciertos  objetivos  de  reducción  de  emisiones  de  gas  invernadero  y  otros  criterios  de 

sostenibilidad básica.  

El Etanol americano se obtiene de maíz y soja modificada genéticamente, así que no cumple 

con semejantes requisitos y está excluida de los incentivos relacionados con impuestos de los 

que  se  benefician  otros  combustibles.  El  etanol  americano  es  menos  competitivo  en  el 

mercado europeo y por eso,  las grandes compañías de  la  industria agraria están tratando de 

asegurarse de que estos obstáculos regulatorios desaparecen de escena. 

Sin  embargo,  si  así  fuera,  los  esfuerzos  por  evitar  impactos  dañinos  sociales  y 

medioambientales,   provenientes de  la  controvertida producción de biocombustibles,  serían 

baldíos.  

 

Page 7: Dossier TTIP

6  

Fracking – La fractura hidráulica  

El “fracking” ha sido tema de portada en  las noticias debido a  los  impactos negativos de esta 

técnica  sobre  la  salud  y  el medio  ambiente,  los  cuales  incluyen  gas metano  que  escapa  al 

medio  ambiente  (con  la  posibilidad  de  crear  serias  explosiones)  y  agua  proveniente  de  los 

pozos de donde se extrae gas, que retorna a la superficie conteniendo elementos radiactivos y 

grandes  concentraciones  de  sal  (la  cual,  si  se  desecha  incorrectamente,  puede  ayudar  a 

provocar pequeños terremotos). Debido a que en EEUU la regulación medioambiental es más 

débil que en la UE, el “fracking” en EEUU está a la orden del día, con más de 11.400 pozos que 

se abren cada año para extraer gas natural.  

Las compañías de energía americanas tienen los ojos puestos en las reservas de gas europeas, 

especialmente  las  de  Polonia, Dinamarca  y  Francia,  y  utilizaría  el  TTIP  para  romper  con  las 

prohibiciones y moratorias que protegen a  los europeos de dicha práctica. Además, el precio 

de gas natural americano es mucho más barato que el europeo  (3$  frente a  los 11‐13€ por 

unidad). Si  las compañías americanas consiguieran exportarlo a  la UE a través de un acuerdo 

de  libre  comercio, aumentaría exponencialmente  la práctica de  la  fractura hidráulica en  los 

EEUU. 

Sin alternativas frente a la globalización 

Otra  de  las  demandas  típicas  en  los  acuerdos  de  libre  comercio,  suele  ser  asegurar  que  la 

contratación pública está abierta a  la competición extranjera, especialmente ahora, que hay 

muchas medidas nacionales para  favorecer  la contratación pública de compañías nacionales, 

frente a las extranjeras, como medida para apoyar la economía local y recuperarse de la crisis 

financiera.  

Un ejemplo de lo que esto podría significar lo encontramos en el caso de Japón cuando llevó  a 

la provincia  canadiense de Ontario ante  la Organización Mundial del Comercio en 2010 por 

haber  introducido una Ley de Energía Verde que tenía como objetivo expandir  la producción 

de energía verde  renovable, y crear miles de puestos de  trabajo a nivel  local. Bajo esta  ley, 

todas las compañías, sean nacionales o extranjeras, deben garantizar que al menos el 60% del 

valor de las partes y servicios contratados deben tener su fuente original en Ontario, de modo 

que se estimule y apoye  la economía local. Esta ley creó más de 31.000 puestos de trabajo y 

billones de dólares en inversión. Sin embargo, la Organización Mundial del Comercio dictaminó 

que  esta  ley  era  ilegal  porque  la  condición  de  “comprar  localmente”  violaba  las  leyes  de 

comercio internacional.  

Si  el  TTIP  incluyera  un  capítulo  sobre  la  contratación  pública,  como  así  intenta.  Cualquier 

autoridad pública que quisiera explorar modelos económicos alternativos al  internacional de 

libre comercio correría el riesgo de enfrentarse al mismo tipo de situación con costes legales, 

no  importa  si  las medidas  son  beneficiosas  y  necesarias  para  las  comunidades  locales  y  el 

medioambiente.  

 

 

Page 8: Dossier TTIP

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CAPÍTULO 3 

El último encierro Agricultores y consumidores a merced de la agricultura industrial.  

 La llamada “armonización de las normas y estándares” de la UE y EEUU pretende eliminar no 

sólo  los aranceles, sino cualquier  tipo de barrera que obstaculice el comercio  transatlántico. 

Esto nos  llevaría a  tener que aceptar en  la UE  los  alimentos modificados genéticamente,  la 

carne de ternera y el cerdo tratados hormonalmente y el pollo esterilizado con cloro, que se 

usa para eliminar los microbios en  la producción de carne de pollo, ya que el TTIP limitaría el 

“Principio de Precaución” europeo en el cual se basa  la regulación alimentaria y  los derechos 

de los consumidores europeos.  

 

Además, la reducción o eliminación de los aranceles llevaría a los agricultores europeos a una 

mayor competición  internacional  frente a  las compañías agrícolas americanas. Si se  llevase a 

cabo  y  de  forma  paralela,  la  eliminación  de  los  aranceles  y  las  barreras  no  arancelarias, 

seríamos además testigos de una mayor concentración de poder económico en manos de  las 

corporaciones del negocio agrícola a costa de los agricultores y consumidores.  

En EEUU,  la  granja media es 13  veces más grande que  sus homólogas europeas,  y  como  la 

concentración del negocio en grandes corporaciones ha sido progresiva, en  la actualidad sólo 

hay 2 millones de granjas americanas frente a los 13 millones de granjas europeas. Además de 

ser más pequeñas,  las  granjas europeas deben  atenerse  a unas  regulaciones  y normas más 

estrictas. Si el TTIP se llevara a cabo según está planeado, dañaría peligrosamente los intentos 

de reformar la política agraria europea sobre un asentamiento sostenible, social, económica y 

medioambientalmente, pondría  también  el punto  final  a  los pequeños  circuitos que  se han 

creado entre productores y consumidores, así como con el apoyo necesario para los sistemas 

de alimentación  local y  regional. En su  lugar,  la competición con  los agricultores americanos 

nos  llevaría  a  la  aceleración  de  la  concentración  de  la  producción  agrícola  en  unas  pocas 

corporaciones, a  la  reducción de  trabajadores del  sector agrícola y consecuentemente, a un 

mayor  porcentaje  de  desempleo,  según  reconoció  el  propio  estudio  de  evaluación  de  la 

Comisión Europea.  

La UE requiere que los productos que se derivan de la biotecnología sean etiquetados, lo que 

impide  la  entrada  de muchos  productos  americanos.  La Organización  de  la  Industria  de  la 

Biotecnología de hecho, está  instando para que se normalicen dichos productos, mientras  la 

Comisión  Europea  (CE)  ha  asegurado  a  los  consumidores  que  la  ley  sobre  alimentos 

modificados  genéticamente  no  se  puede  negociar.  Sin  embargo,  si  la  CE  va  cediendo  a  la 

presión de las compañías sobre la Autoridad de Seguridad Alimentaria europea, podríamos ver 

como se debilitan estas regulaciones  para equipararse a las americanas, donde los productos 

modificados  genéticamente  no  necesitan  ser  supervisados,  no  necesitan  realizar  test  de 

seguridad o ser etiquetados, ya que se asume que estos productos son iguales que la comida 

no modificada genéticamente.  

Page 9: Dossier TTIP

8  

De  hecho,  los  consumidores  europeos  están muy  sensibilizados  respecto  a  este  tema  y  se 

oponen a este tipo de alimentos, lo que podría ser soslayado de aprobarse el TTIP, ya que este 

acuerdo escapa a una discusión pública abierta.  

Si  se  legitimara  la  industria  de  los  alimentos modificados  genéticamente,  no  sólo  entrarían 

rápidamente  en  el  mercado  europeo,  sino  que  gracias  al  “reconocimiento  mutuo”  de 

estándares y normas de  la UE y EEUU, estos productos  importados no tendrían necesidad de 

etiquetarse, lo que debilitaría los derechos de los consumidores y el “Principio de Precaución” 

europeo.  

De  momento,  las  grandes  corporaciones  biotecnológicas  como  Monsanto,  DuPont  y  Dow 

Chemical, productores de alimentos  y químicos modificados genéticamente, han lanzado una 

campaña masiva en EEUU para contrarrestar el sentimiento público cada vez más fuerte contra 

estos productos. Sólo en California,  la  industria biotecnológica se gastó en 2012, 40 millones 

de dólares para derrotar una medida que proponía eliminar el etiquetaje de estos productos, 

hay  iniciativas  similares  en  más  de  20  estados  en  la  actualidad.  El  TTIP  ofrecería  una 

herramienta útil para parar estas iniciativas llevadas a cabo por los consumidores.  

 

Carne tratada con hormonas y cloro.  

En  los  años  80  y  90,  la  UE  introdujo  una  serie  de  prohibiciones  sobre  algunos  alimentos 

americanos como consecuencia de nuestras más estrictas normas de salud en  la producción 

alimentaria  y  porque  estos  productos  entrañaban  algunos  riesgos  para  la  salud  de  los 

europeos. 

En  EEUU  los  agricultores  crían  a  los  terneros  y  proporcionan  a  las  vacas  un  tratamiento 

hormonal para  incrementar  su productividad,  como es el  caso de  la  Somatrotropina Bovina 

Recombinante, la cual se sospecha que produce cáncer en humanos. A su vez, también se trata 

a  los cerdos con “Clorhidrato de Ractopamina”,  lo que refuerza su crecimiento. Sin embargo, 

esta droga con la que se alimenta a los cerdos justo hasta el momento en que se les sacrifica, 

ha sido encontrada en la carne de cerdo vendida al consumidor, lo que llevó a su prohibición 

por la UE. De todos modos, los productores de cerdo americanos sostienen que no aceptarán 

ninguna  otra  propuesta  que  no  sea  la  eliminación  de  esta  prohibición  en  el  uso  de  la 

ractopamina en el proceso de producción,  la cual creen que es una violación de  las  leyes del 

comercio internacional.  

También el pollo americano fue prohibido en Europa debido a que su carne se lava con cloro, 

siendo  además  inefectivo  para  matar  a  bacterias  peligrosas  como  la  salmonella,  el  cloro 

todavía se encuentra en la carne de pollo servida al consumidor.  

Dado que el objetivo del TTIP es llegar a la armonización de las normas y estándares a ambos 

lados  del Atlántico,  hay  serias  duda  y  preocupación  por  la  eliminación  de  las  prohibiciones 

europeas sin consideración por las preocupaciones y deseos de los ciudadanos europeos. Si se 

llegara a  llevar a cabo, el  impacto del TTIP afectaría al sector alimentario a todos  los niveles, 

desde  la  producción  al  consumo,  con  las  transnacionales  teniendo  pleno  control  en  cada 

peldaño del proceso.  

Page 10: Dossier TTIP

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CAPÍTULO 4 

Forzando el “ACTA” por la puerta de atrás y los derechos 

civiles por la ventana.  Los derechos de propiedad de  los gigantes de  internet por encima de  los 

derechos de los ciudadanos 

 Los gigantes  industriales de Hollywood y Silicón Valley, entre otros,   ya han dejado claro que 

esperan de  los EEUU y  la UE que pongan el  tema de  los derechos de propiedad  intelectual 

(DPI) en el centro del TTIP. Argumentan que un mayor reforzamiento de  los DPI protegería a 

las  compañías  de  la  “piratería”  y  estimularía  la  innovación,  el  progreso  y  traería  como 

resultado, crecimiento económico y bienestar. Sin embargo, hay  razones para creer que dar 

más  poder  todavía  a  las  corporaciones  podría  resucitar  el  espíritu  del  ACTA  (Acuerdo 

Comercial de Anti‐Falsificación) que se intentó aprobar sin éxito durante años y se dejó de lado 

definitivamente en el año 2012.  

 

Los  resultados  podrían  ser,  precisamente,  la  restricción  al  acceso  del  conocimiento,  el 

debilitamiento  de  la  innovación,    ahogaría  los mercados  e  incentivaría  un  comportamiento 

poco emprendedor. También daría a las corporaciones un mayor acceso sobre la información 

ciudadana (a expensas del derecho civil a  la privacidad), con un  impacto negativo  importante 

sobre  la  libertad de expresión  (ya que el  control de  los datos que  fluyen en  internet  serían 

controlados y debilitaría la libertad digital).  

Cuando  en  el  año  2006  los  EEUU  empezaron  a  negociar  este  acuerdo  con  otros  países, 

incluidos  los de  la UE, se pretendía reforzar  los derechos de  las corporaciones a expensas de 

infringir el derecho a la privacidad de los ciudadanos, hasta el punto de que los proveedores de 

servicios de  internet se hubieran convertido en una fuerza de vigilancia policial al servicio de 

las grandes empresas. Tras  las protestas y manifestaciones masivas en diversas capitales de 

Europa, el Parlamento Europeo rechazó el ACTA y toda esperanza de tener éxito se abandonó 

para el 2012. Sin embargo, hay párrafos centrales de este documento (ACTA) que han vuelto a 

la vida en  la versión preliminar de un acuerdo que se está negociando entre EEUU y Canadá, 

llamado Acuerdo General Económico y Comercial  (CETA en  inglés, Comprehensive Economic 

and Trade Agreement), y hay razones para creer que servirá como anteproyecto para el TTIP, 

cuando este tema vuelva a las negociaciones.  

Del documento filtrado del TTIP de la Comisión Europea se deja entrever que el tema sobre los 

DPI volverá a ser  incluido en  las negociaciones con EEUU y, si sigue el mismo camino que el 

CETA, podríamos tener de vuelta una versión resucitada del ACTA que podría re‐entrar en  la 

legislación europea por la puerta de atrás.  

Mientras en EEUU  las compañías pueden usar  la  información personal de  los clientes casi sin 

restricciones, en  la UE  los ciudadanos están protegidos por un mínimo de derechos digitales 

que  evitan  irrumpir  en  la  privacidad.  Esto  significa  que  para  las  compañías  americanas  es 

mucho más difícil obtener  la  información personal de  los usuarios de  internet. Por ello,  las 

grande  compañías  de  internet  como  Facebook,  Microsoft  y  Google,  están  presionando 

Page 11: Dossier TTIP

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activamente para  reforzar  los DPI  con  la esperanza de  llegar, a  través de este  capítulo, a  la 

protección de información europea que debilitaría nuestros derechos digitales.  

BusinessEurope y  la Cámara de Comercio de EEUU, dos de  las asociaciones  industriales más 

grandes a ambos lados del Atlántico exigen lo siguiente: 

“... debería ser posible incorporar la perspectiva más liberal sobre el comercio electrónico... y 

se debe evitar a  toda costa... adoptar una estrategia  innecesariamente estricta y desviadora 

hacia la privacidad, la retención de información, la protección y la localización”.  

De  hecho,  Europa  ha  suavizado  su más  reciente  propuesta  legislativa  sobre  protección  de 

datos debido a  la presión de EEUU, si se añadiera un capítulo similar al ACTA en el TTIP,  los 

europeos  verían  como  su  información  personal  se  comparte  libremente  con  compañías 

americanas a expensas de su derecho a la privacidad. La compañía Business Software Alliance 

(BSA), la asociación industrial principal que hace lobby en el mejor interés de las compañías de 

software,  ya  ha  dejado  claro  que  está  esperando  con  ilusión  a  que  “los  datos  crucen  las 

fronteras” como resultado del TTIP.  

Además,  la  introducción de un capítulo  sobre  los DPI nos podría  llevar  todavía a una mayor 

vigilancia de las actividades de los usuarios de internet en nombre de las entidades del sector 

privado.  

Uno de los aspectos más controvertidos del ACTA, fue su requisito de que los Proveedores de 

Servicios  de  Internet monitorearan  online  el  contenido  de  sus  clientes  con  la  finalidad  de 

identificar “infractores”, “supuestos  infractores” y “(cualquiera)  involucrado en algún aspecto 

de  (cualquier)  supuesta  infracción”,  así  como  “de  terceras  personas  supuestamente 

involucradas”, lo que incluiría a “(cualquier) subscriptor (de cualquier servicio de comunicación 

electrónica)  cuya  cuenta  fuera  supuestamente  usada  para  infringir”.  Es  decir,  bajo  esta 

cláusula  tan  amplia,  cualquier  usuario  podría,  de  facto,  ser  un  criminal  potencial  con  sólo 

apretar un botón del ratón. 

También, muchas  obras  de  autores  cuyos  derechos  de  autor  son  difíciles  de  identificar    o 

encontrar, podría desembocar en la multa o encarcelamiento de los usuarios. En la actualidad, 

tanto abogados como aquellos que tienen en su poder los derechos de autor en Europa están 

usando  fuertes  tácticas  para  explotar  a  los  usuarios  inocentes,  a  los  cuales  piden  sumas 

importantes de dinero bajo la amenaza de iniciar procedimientos legales.  

Por  esta  razón,  docenas  de  grupos  de  la  sociedad  civil  de  EEUU  y  de  Europa  ya  están 

preparándose en contra de cualquier forma de inclusión de un capítulo sobre los derechos de 

propiedad  intelectual  en  las  negociaciones  del  TTIP.  Especialmente  en  Europa,  sería  difícil 

reconciliar  esta  perspectiva  sobre  los  DPI  y  la  imagen  de  la  UE  como  la  antorcha  de  los 

derechos humanos de la que tanto le gusta hacer gala.  

 

 

 

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CAPÍTULO 5 

La  salud:  el  becerro  de  oro  para  los  inversores 

internacionales. Envenenando  a  los  ciudadanos  y  denegando  el  acceso  asequible  a 

servicios de salud y medicinas.  

  Como ya sabemos todos, la crisis financiera y las políticas de austeridad en Europa han puesto 

en riesgo el derecho a una sanidad pública asequible y de calidad. Contamos ya con algunos 

ejemplos,    como  los enfermos de  cáncer en Grecia que no pueden acceder a  las medicinas 

necesarias para vivir tras los recortes llevados a cabo y exigidos por los prestadores, mientras 

en España, se están cuestionando los tratamientos para el SIDA de los inmigrantes.  

Podemos  suponer  que  el  TTIP  sólo  contribuirá  a  empeorar  esta  situación,  puesto  que  la 

armonización  de  las  normas  y  estándares  a  ambos  lados  del  Atlántico  se  harán  a  la  baja, 

degradando las más exigentes, ya que esta es la única manera de profundizar la liberalización 

comercial y de  inversión. A  la vez que  la competición transatlántica entre corporaciones y el 

reforzamiento de  las  leyes  sobre patentes  incrementarán  los precios de  las medicinas  y  los 

servicios de salud, haciéndolos menos asequibles al público.  

La pretendida “armonización” de  los estándares y  regulaciones a ambos  lados del Atlántico, 

podría poner en peligro la seguridad pública e incrementar la contaminación medioambiental. 

En  la Unión Europea existe un Principio de Precaución que exige hacer pruebas científicas de 

los  productos  antes  de  ser  comercializados,  y  una  ley    (REACH)  que  permite  a  la  Agencia 

Europea  de Químicos  poner  restricciones  sobre  cómo  se  producen  los  productos  químicos, 

cómo son vendidos y usados para proteger la salud pública y el medio ambiente. En EEUU, las 

normas sobre los productos químicos son más débiles y ofrecen poco margen de maniobra a la 

Agencia de Protección Medioambiental. Así nos encontramos con que unos 30.000 productos 

químicos que están asociados con el  incremento de cáncer mamario y  testicular,  infertilidad 

masculina,  diabetes  y  obesidad,  todavía  se  comercializan  en  EEUU.    Este  acuerdo  podría 

degradar  la  regulación  europea  y  abrir  el  camino  al  flujo  de  químicos  potencialmente 

peligrosos y sin testar  de EEUU a la UE.  

Otro  aspecto  controvertido  es  la  intención de  abrir  la  contratación pública de  servicios   de 

salud a la competición extranjera. La norma sería abrir el acceso de las corporaciones a todo el 

mercado y garantizar que se ofrece a    las corporaciones extranjeras el mismo trato que a  las 

compañías  nacionales.  Esto  podría  constreñir  la  capacidad  de  los  estados  para  controlar  el 

número  y  el  tamaño  de  los  proveedores  privados  extranjeros  que  entran  en  el mercado 

europeo y que dirigen los sistemas de salud europeos.  

Como además, son las grandes compañías y corporaciones la que buscarán la expansión de sus 

actividades a través de las fronteras, es de suponer que las ONGs locales, las empresas sociales 

o  las  nacionales  quedarán  relegadas  por  los  grandes  competidores  extranjeros.  En  un 

momento además, en el cual sería necesario promover el desarrollo local y el empleo a través 

de  la  contratación  de  empresas nacionales  como medida para hacer  frente  a  la  crisis,  ésta 

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parece más que una medida  totalmente contraproducente.   Además, como consecuencia de 

todo  esto,  nos  podríamos  encontrar  con  que  los  contribuyentes  estamos  financiando  la 

adquisición de nuestros sistemas de salud por las corporaciones.  

El  acuerdo  TTIP  no  sólo  ofrecería  la  venta  de  nuestros  servicios  públicos  a  inversores 

transatlánticos,  también quiere  reforzar  los Derechos de Propiedad  Intelectual,  al  alargar  la 

duración de  las patentes se podría provocar una disminución del derecho de  los pacientes a 

adquirir medicinas a un precio razonable.  Impediría que entraran medicinas genéricas en  los 

mercaos y  reduciría  la competición para producir medicinas más baratas y efectivas.   En un 

momento  en  el  que  las  demandas  fiscales  sobre  los  servicios  públicos  europeos    se  están 

incrementando,  los genéricos  son de  gran beneficio a  la  sociedad,  ya que aseguran que  los 

pacientes pueden acceder a medicinas de calidad a la vez que se reducen los costes.  Así que 

permitir  la  competición  entre  las  farmacéuticas  y  que  las  patentes  expiren  es  crucial  para 

mantener  los  gastos  farmacéuticos  bajos.    Por  ejemplo,  en  el  2000  el  tratamiento  anti‐

retroviral del VIH costaba 15.000 dólares por persona, en la actualidad el coste ha caído a 150 

$ por persona, lo que es una reducción del 99% en coste.  

Por otro lado, las grandes farmacéuticas usan las normas establecidas en este tipo de acuerdos 

para amenazar el sistema de patentes de los gobiernos. Por ejemplo, en 2012, Eli Lilly, una de 

las compañías  farmacéuticas más grandes de EEUU,  inició una demanda  legal contra Canadá 

amparándose en  las provisiones del NAFTA (Acuerdo Norteamericano de Libre Comercio que 

incluye a los países de EEUU, Canadá y Méjico).  Este acuerdo garantiza una serie de privilegios 

a  las  firmas privadas cuando ven sus “futuros beneficios” amenazados, pudiendo  llevar a  los 

gobiernos  a  tribunales  internacionales  para  defender  sus  intereses  y  que  no mermen  los 

beneficios esperados.  

Eli Lilly ha sido el primer intento de una corporación farmacéutica para usar los extraordinarios 

privilegios  que  les  otorgan  este  tipo  de  acuerdos  internacionales  como  herramienta  para 

asegurarse  una  mayor  protección  del  monopolio  de  patentes,  que  en  esta  ocasión  ha 

desembocado en una demanda por  compensación de 100 millones de dólares  a  la  vez que 

pone en riesgo a todo el sistema legal de patentes de Canadá, e incrementará el coste de  los 

productos farmacéuticos de los consumidores y gobiernos.  

 

 

 

 

 

 

 

 

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CAPÍTULO 6 

El alzamiento de los “Superbancos”. Los mercados e inversores financieros se resisten a aprender las lecciones 

del pasado.  

“Hay crecientes rumores sobre los esfuerzos de las grandes corporaciones financieras para, de 

manera  inadvertida, y a través de acuerdos comerciales, hacer aquello que no podrían hacer 

de forma abierta, bajos los focos y con el público mirando”. 

Senadora de EEUU, Elizabeth Warren. 

Miembro del Comité del Sector Bancario del Senado de EEUU. 

 

A  través  del  TTIP,  la  UE  está  proponiendo  liberalizar  y  desregular  todos  los  sectores  de 

servicios,  incluidos  los servicios financieros, a pesar de que  la desregulación y  la competición 

del  sector  financiero  fue  precisamente  la  raíz  originaria  de  la  crisis  financiera  actual  que 

todavía afecta a las economías de EEUU y la UE.  

 

Con el apoyo de la UE y el Reino Unido, el sector de los servicios financieros está pidiendo una 

mayor  libertad  de  mercado  y  que  se  eliminen  todas  aquellas  regulaciones  que  pueden 

interponerse en el camino a  los potenciales beneficios – tales como  las restricciones sobre el 

total del valor de las transacciones financieras o la forma legal de sus operaciones – las cuales 

protegen a los ciudadanos de futuros y costosos recates económicos. 

 

En Julio de 2013, Obama se opuso a  incluir un marco para  la armonización regulatoria de  los 

servicios  financieros  en  las  charlas  transatlánticas,  para  furia  de  Wall  Street,  los  bancos 

europeos  y  la  propia  Comisión  Europea.    Sin  embargo,  si  se  cumpliera  tan  deseada 

convergencia, el TTIP podría convertirse en el  instrumento  legal de  los grandes bancos para 

evitar o debilitar  las  regulaciones nacionales. El TTIP  iba a  incluir, además, un  capítulo para 

garantizar a  los bancos el derecho  legal a demandar a gobiernos, de esta  forma  los bancos 

extranjeros  podrían  eliminar  o  debilitar  las  regulaciones  y  normas  legales  y  pedir 

compensaciones millonarias, gracias a los contribuyentes, por sus pérdidas potenciales.  

 

La manera de prevenir la intervención de reguladores.  

Para asegurarse de que no  se practican  regulaciones  financieras,  la  industria de este  sector 

está  demandando  una  “disciplina  regulatoria”.  Veamos  en  qué  consiste.  Primero,  ésta  se 

introduciría a través de normas específicas que limitarían la cantidad, alcance y vigencia en el 

tiempo de  las regulaciones ( y de  los mismos procesos regulatorios) de manera que el sector 

permita  y  favorezca el  flujo de operaciones  financieras a  través del Atlántico. Estas normas 

específicas, por ejemplo, dañarían seriamente  los esfuerzos que se han hecho para reducir y 

regular  “los  bancos  demasiado  grandes  para  caer”.  Segundo,  la  industria  financiera  está 

demandando que las negociaciones incluyan una cláusula llamada “transparencia regulatoria”, 

la cual aseguraría que cualquier borrador de regulación pudiera llegar a las partes interesadas 

para  que  las  pudieran  comentar,  lo  cual  transformaría  la  cláusula  de  transparencia, 

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automáticamente,  en  un  derecho  legal  de  la  industria  de  este  sector  para  hacer  lobby.  

Tercero,  el  lobby  de  servicios  europeo  y  americano,  el  European  Services  Forum  (ESF)  y  la 

Coalición de Servicios de la Industria de EEUU (CSI), están exigiendo que el TTIP acoja una “lista 

negativa”, esto es, una lista donde de escriban qué sectores ( y qué servicios y productos de los 

mismos) no se incluirían en la privatización, es decir, automáticamente inscribiendo TODOS los 

servicios y TODOS los productos no listados en la privatización, incluyendo así mismo todos los 

que se puedan desarrollar en el futuro. 

 

Si además tenemos en cuenta lo persistente que es esta crisis financiera, y cómo se originó a 

través de productos  financieros muy  complejos, una  lista negativa  como estrategia hacia  la 

liberalización  podría  ser  una  catástrofe,  si  tales  productos  no  fueran  automáticamente 

prohibidos o sujetos a estrictas regulaciones como resultado de su inclusión directa en el TTIP.  

 

Por otro lado, si hubiera una armonización y reconocimiento de todos los acuerdos entre dos 

partes  sobre  servicios  financieros,  como  así  están  demandando  los  bancos,  éstos  podrían 

asentarse allí donde el marco legal les fuera más conveniente, y como consecuencia, cualquier 

nueva propuesta regulatoria tanto en  los EEUU como en  la UE sobre  los servicios financieros 

sería inefectiva, pues los bancos podrían elegir dónde operar de acuerdo con la legislación más 

débil que beneficia a sus intereses.  

 

A su vez,  la Reserva Federal ha pedido más garantías que aseguren la estabilidad de los bancos 

americanos y otras firmas que operan en el extranjero y que están involucradas en el comercio 

muy arriesgado de derivados que cuestan trillones de dólares. Sin embargo, estas propuestas 

se han encontrado  con  la  firme oposición del  sector bancario,  apoyado por  las autoridades 

europeas que quieren proteger los intereses comerciales de los grandes bancos, y el poderoso 

lobby de la industria financiera.  

 

Aunque a través del TTIP filtrado,  la Comisión Europea afirma que desea cooperar con EEUU 

para establecer una “regulación prudencial”, de la cual, la propuesta de la Reserva Federal es 

un ejemplo, en realidad, tanto la UE como sus estados miembros (especialmente Reino Unido 

y Alemania), se han opuestos a todas las medidas propuestas.  

 

El  TTIP  además,  quiere  incluir  un  capítulo  que  se  liberalicen  todos  los  pagos  por  cuenta 

corriente y todas  las transferencias de grandes  inversiones sin casi excepciones. Esto significa 

que sería muy difícil restringir el flujo masivo de capitales, y que todos los controles sobre los 

pagos  transatlánticos,    tanto  de  bienes  como  de  servicios,  royalties  y  dividendos,  e 

importantes  sumas  de  dinero  relacionadas  con  los  servicios  financieros,  serían  eliminados. 

Ahora  que  incluso  el  Fondo Monetario  Internacional  y  el  Banco Mundial  han  empezado  a 

reconocer  la  necesidad  de  controlar  el  capital  para  evitar  y  parar  el  flujo  de  capital 

especulativo y desestabilizador, hay un riesgo real de que, a través del TTIP, los grandes bancos 

pongan freno a la regulación que restringiría el flujo de capital.  

 

Como  vemos,  se  teme que  la  industria de  servicios  financieros  intentará usar    el  TTIP para 

conseguir concesiones regulatorias, a las cuales ningún regulador financiero hubiera accedido. 

Si todas  las propuestas de los lobbies y este sector se incluyeran,  los reguladores no tendrían 

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casi  espacio  para  intervenir  en  los  mercados  financieros,  su  papel  se  vería  perjudicado 

seriamente  en  el  futuro,  y  las  poblaciones  estarían  sujetas  y  expuestas  a  futuras  crisis 

financieras y nuevos rescates.  

 

 

CAPÍTULO 7 

Los  grandes  negocios  demandan  al  gobierno  y  los 

contribuyentes pagan la cuenta.  Garantizando  a  las  corporaciones  más  derechos  que  a  las  mismas 

personas.  

 

El Acuerdo de Libre Comercio Transatlántico pretende  restringir  todavía más  la  intervención 

regulatoria  estatal,  e  incluye  así mismo  en  el  capítulo  sobre  inversión  internacional  que  se 

quiere incorporar en dicho acuerdo, una cláusula de resolución de conflictos entre inversores y 

gobierno  que  permita  llevar  a  éstos  ante  tribunales  internacionales  en  caso  de  que  sus 

políticas dañen los intereses corporativos.  

Ya han ocurrido casos como estos bajo el acuerdo de libre comercio norteamericano llamado 

NAFTA, y otros acuerdos comerciales bilaterales, en  los cuales  leyes democráticas diseñadas 

para proteger a los consumidores y el medio ambiente han sido amenazadas por las demandas 

millonarias por compensación de compañías privadas. A veces,  incluso  la misma amenaza de 

iniciar  una  demanda  ha  sido  suficiente  para  que  los  gobiernes  abandonaran  o  suavizaran 

ciertas  leyes  que  interfieren  con  los  intereses  de  las  corporaciones.  En  otros  casos,  se  han 

constituido tribunales ad hoc con paneles de sólo tres miembros que han garantizado billones 

de  euros  a  compañías  privadas  procedentes  directamente  de  los  bolsillos  de  los 

contribuyentes.   

Como consecuencia,  las compañías estadounidenses podrían soslayar  los tribunales europeos 

y demandar a  los gobiernos de  la UE en  tribunales  fuera de nuestro  territorio, cada vez que 

sientan que  las  leyes en  las áreas de  la salud pública, de medioambiente y protección social, 

interfieren  con  sus  beneficios.  Incluso,  puede  que  los  mismos  gobiernos  se  sientan 

amenazados  por  intentar  llevar  a  cabo  una  serie  de  políticas  progresistas  a  favor  de  los 

ciudadanos y el medioambiente, restringiendo su poder de maniobra y la democracia misma.  

El caso más reciente de este tipo de mecanismo para  la solución de disputas entre  inversor y 

gobierno ocurrió con la compañía de tabaco norteamericana Philip Morris. Ésta demandó a los 

gobiernos de Uruguay y Austria por sus leyes anti‐tabaco. La compañía se quejaba de que los 

avisos  publicitarios  en  las  cajetillas  de  tabaco  entorpecían  la  visibilidad  de  su marca  y  les 

causaba una pérdida substancial de mercado.  

En otro ejemplo del  año 2012,  la multinacional de energía  sueca Vattenfall  llevó  a  juicio  al 

gobierno alemán y pidió 3.7 billones de euros en compensación por  la pérdida de beneficios 

relacionada con sus  dos plantas de energía nuclear, ya que el gobierno quería desmantelarlas 

en fases tras el accidente nuclear ocurrido en Fukushima.  

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Bajo el NAFTA  (Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá, EEUU y Méjico)  la compañía Lone 

Pine Resources Inc. está demandando 191 millones de euros en compensación al gobierno de 

Canadá, ya que la provincia de Quebec había puesto una moratoria sobre el “fracking” por los 

riesgos medioambientales  que conlleva esta nueva tecnología de extracción de gas y petróleo.  

En otro  caso, Argentina  congeló  los  rangos de  interés de  los  servicios públicos de energía y 

agua  y devaluó su moneda como respuesta a la crisis que vivió en 2001‐2002. A esta acción le 

siguieron más  de  40  demandas  legales  de  grandes  compañías,  en  las  que  se  incluyen  CMS 

Energy de EEUU, Suez y Vivendi (Francia), Anglian Water (Reino Unido), y Aguas de Barcelona 

(España).  Para  finales  de  2008, Argentina  tenía  que pagar más de un billón    de  dólares  en 

demandas.  

Las  Naciones  Unidas  y  el  FMI  avisaron  de  que  estos  acuerdos  de 

inversión  pueden  dañar  severamente  la  capacidad  de  los  países  para 

luchar contra la crisis financiera y económica.  

En particular, EEUU y  la UE han desatado un boom sin precedentes de demandas  legales de 

estados durante  las dos últimas décadas. En 2012 se  iniciaron 514 demandas de  las cuales el 

24% procedían de compañías estadounidenses, después  les siguen  las de Países Bajos, Reino 

Unido y Alemania. Estas demandas se han usado para amenazar en campos tan diversos como 

la energía verde y  las políticas  farmacéuticas,  la  legislación anti‐tabaco,  las prohibiciones de 

agentes químicos peligrosos, restricciones medioambientales sobre la minería, las políticas de 

seguros médicos y medidas para mejorar la situación económica de las minorías.  

Además, la inclusión de esta claúsula representa para las corporaciones la esperanza de que se 

implante un modelo para la protección de la inversión en otros acuerdos alrededor del mundo. 

El gobierno de los EEUU y la Comisión Europea parecen determinados a conseguir su inclusión 

en el Acuerdo de Libre Comercio Transatlántico, habiendo hecho ya  la Comisión Europea una 

serie de detalladas sugerencias para crear este mecanismo de  resolución de conflictos entre 

Inversor  y  Estado.  Sin  embargo,  los  ciudadanos  y  la  sociedad  civil  se  han  opuesto  a  los 

excesivos derechos de  las  corporaciones.  Según el Diálogo  Transatlántico de Consumidores, 

“no se deberían de incluir semejante mecanismo de resolución. Los inversores no deberían ser 

apoyados  para  que  demanden  a  los  gobiernos  de  manera  que  se  refuerce  este  acuerdo 

internacional  en  tribunales  foráneos,  privados  y  secretos,  para  evitar  el  sistema  legal 

doméstico y  las robustas medidas de protección de derechos de propiedad en  los EEUU y  la 

UE”. Así mismo, la Federación de sindicatos de trabajadores de EEUU ha afirmado que “dado el 

avanzado sistema judicial de EEUU y la UE” este mecanismo supone un riesgo innecesario para 

las políticas domésticas a nivel local, regional y nacional. Activistas del medioambiente y de los 

derechos  civiles  también  se  han  opuesto  a  este  asalto  a  la  democracia,  y  la  Conferencia 

Nacional de legisladores de los EEUU  ha anunciado que “no apoyará una acuerdo de comercio 

internacional que  incluya  la  resolución de disputa entre  inversor y estado” porque  interfiere 

con “su capacidad y responsabilidad como legisladores de los estados para decretar y reforzar 

normas  justas y no discriminatorias que protejan  la salud pública,  la seguridad y el bienestar 

social, y aseguren la salud y la seguridad del trabajador y la protección del medio ambiente”.  

Page 18: Dossier TTIP

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También algunos estados miembros de la UE se cuestionan la necesidad de incluir esta cláusula 

de  protección  de  la  inversión,  y  otros  están  preocupados  por  la  intervención  del  sector 

financiero  estadounidense  que  podría  amenazar  las  políticas  que  pretenden  atajar  la  crisis 

económica.  

 

CAPÍTULO 8 

Erase una vez en Occidente... Reflexiones finales sobre el proyecto de la élite transnacional.  

 

La evidencia que muestra este  informe  sugiere que el TTIP puede  ser entendido, no 

sólo como un proyecto económico, sino como un proyecto político y de clase de una 

élite  transatlántica  cuyo objetivo está en  revertir  los  logros  conseguidos en materia 

social  en  occidente  y  preservar  el  liderazgo  internacional  de  Europa  y  EEEUU.  La 

consecuencia de este proyecto podría ser una vuelta a un  lejano oeste sin  ley, en el 

cual las grandes corporaciones y bancos lleven la voz cantante poniendo sus intereses 

por delante de  las necesidades e  intereses de  los ciudadanos, dentro, y más allá del 

Atlántico.   

 

El Oeste contra el resto. 

 

Dado que la UA y EEUU dan cuenta de la mitad del PIB mundial y un tercio de todos los 

intercambios comerciales globales, es fácil suponer que  la creación de  la mayor zona 

de  libre  comercio  hasta  la  fecha  nunca  vista  tendría  un  impacto  considerable  en  el 

resto del mundo. Los  intereses de  los países ricos y  los países empobrecidos parecen 

irreconciliables dentro del sistema de acuerdos comerciales multilaterales. La UE ve las 

charlas con los EEUU sobre el TTIP como una manera de evitar el estancamiento de las 

negociaciones dentro de  la Organización Mundial del Comercio e  imponer el nivel de 

liberalización  conseguida  en  el Atlántico  al  resto  del mundo.    Los  objetivos  de  este 

proyecto son  las economías emergentes: Brasil, Rusia, China,  India y Sudáfrica, cuyas 

economías crecientes son vistas como una amenaza a  la hegemonía global de  la UE y 

EEUU. 

 

La última utopía corporativa 

 

Además  de  conocer  la  dimensión  del  TTIP  como  proyecto  político,  es  necesario 

reconocer sus importantes implicaciones a nivel doméstico. El TTIP podría dejar libres 

a  las  compañías  de  cualquier  tipo  de  atadura,  siendo  éstos,  los  aranceles  o  la 

regulación en materia social o medioambiental; por otro  lado, tendrían  la posibilidad 

de demandar la autoridad de cualquier gobierno que pudiera interferir con sus futuras 

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ganancias,  lo  que  podría  debilitar  seriamente  las  regulaciones  socio‐económicas  y 

medioambientales que salvaguardan el bienestar de las personas y el medioambiente 

de las acciones corporativas con consecuencias negativas.  

 

De lo visto hasta ahora: 

1. Al  eliminar  barreras  de  todo  tipo  al  libre  comercio,  sectores  industriales  enteros 

quedarían expuestos a una  competencia  transatlántica  salvaje que beneficiaría a  las 

grandes multinacionales a costa de  reducir o eliminar a  los competidores nacionales 

más  pequeños  gracias  a  la  economía  de  escala.  Sería  particularmente  difícil  para 

algunos  sectores,  como  la agricultura europea, donde  las diferencias  son demasiado 

grandes  como  para  establecer  una  competencia  justa.  Los  estudios  preliminares 

indican que desmantelar  los aranceles tendría repercusiones serias   sobre el empleo, 

especialmente en la UE. 

 

2. La armonización de  la  regulación, pensemos especialmente en  los estándares que 

incluyen  los  alimentos  modificados  genéticamente  y  el  REACH  sobre  regulación 

química,  incluiría  un  reconocimiento  de  ambos  marcos  regulatorios  como 

equivalentes, por lo tanto, muchas regulaciones medioambientales y sociales europeas 

dejarían  de  ser  efectivas  a  la  hora  de  proteger  a  consumidores,  pacientes  o  el 

medioambiente.  

 

3. Más todavía, si se incluyera en el TTIP un capítulo de protección de la inversión, las 

compañías  podrían  demandar  a  los  gobiernos  por  poner  en  riesgo  sus  beneficios 

potenciales y pedir indemnizaciones millonarias. Las regulaciones que podrían implicar 

un  riesgo  para  las  corporaciones  incluyen:  las  moratorias  y  prohibiciones  sobre 

tecnologías arriesgadas o peligrosas como el “fracking” o  la biotecnología, y  limitaría, 

considerablemente, la capacidad de los reguladores para intervenir en el mercado.   A 

través  del  mecanismo  de  resolución  de  conflictos  entre  Inversor  y  Estado,  se 

garantizarían  a  las  corporaciones  y  bancos  más  derechos  que  a  los  ciudadanos, 

dejando  a  los  contribuyentes  con  la  responsabilidad  de  pagar  indemnizaciones 

millonarias en un momento en el que los presupuestos nacionales están luchando para 

cubrir los costes esenciales de los servicios públicos.  

 

Pedimos la movilización del 99% 

 

Cuando  juntamos  todos  estos  elementos,  queda  claro  que  se  trata  no  sólo  de  un 

acuerdo económico, sino de un plan político de una élite transatlántica cuyo objetivo 

es revertir todos los logros que los pueblos han logrado conseguir a través de décadas 

de lucha. Las fuentes de algunas industrias han descrito al TTIP como “la última acción 

de los lobbies”, y los lobbies industriales se han embarcado ya en una serie de rondas 

diplomáticas entre Washington y Bruselas a puerta cerrada.  

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19  

Por esta razón, es vital asegurarnos de que dicho acuerdo se enfrenta a  la oposición 

pública y que ésta se incrementa en los meses siguientes de manera que enviemos un 

claro mensaje a los líderes e instituciones gubernamentales que apoyan el TTIP.  Ahora 

que  se están  llevando a  cabo políticas de austeridad,  los  líderes europeos necesitan 

darse cuenta de que este acuerdo no es la solución a nuestros problemas. En su lugar, 

necesitamos  que  la  UE  desarrolle,  junto  a  todos  los  grupos  sociales  (y  no  con  los 

lobbies  industriales),  un  programa  de  políticas  económicas  que  se  base  en  la 

cooperación, no en la competición, que ponga a las personas y al planeta por delante 

de los intereses de las grandes corporaciones y bancos.  

 

El ATM, o Mandato Alternativo de Comercio e Inversiones, una coalición de más de 50 

organizaciones  europeas,  ofrece  una  alternativa  a  la  agenda  neoliberal,  una  que 

incremente  la  economía  y  el  bienestar  social  y  medioambiental  para  todas  las 

personas, globalmente. Por lo menos, el ATM debe ser controlado democráticamente  

por  el  público  y  los  parlamentarios,  su  visión  se  halla  anclada  en  una  comprensión 

holística  del  mundo  y  su  problemas,  que  tiene  en  cuenta  el  medioambiente  y  la 

limitación de los recursos naturales, así como el respeto por las distintas etnias, clases 

y género, con la visión y objetivos de fomentar la justicia y la igualdad, dejando amplio 

margen a las comunidades para elegir libremente e integrarse en una economía global 

con justiciai.  

 

Traducido y adaptado por Verónica Gómez Calvo, ATTAC España. 

 

                                                            i  (Aportación  de  la  traductora)  Y  no  sólo  el  ATM,  hay  muchos  otros  movimientos  y 

organizaciones que promueven y se interesan por una economía europea y global por el bien 

común,  con  valores  y  acorde  con  las  limitaciones  que  la  naturaleza  nos  impone,  como  la 

Economía  Solidaria,  la  Economía  del  Bien  Común,  los  defensores  de  los  pro‐comunes  y  los 

servicios públicos, etc. Necesitamos darnos cuenta de que el cambio que transforme las vidas 

de millones de personas sólo será posible si ponemos por delante la salvaguarda y el bienestar 

de  las  personas  y  el  planeta,  y  esto  sólo  será  posible  si  ponemos  como  fin  del  sistema 

económico  el  bienestar  del  ser  humano  y  el  planeta,  incorporamos  la  dimensión  ética  a  la 

economía,  y  desarrollamos  estructuras  que  posibiliten  una  democracia  que  además  de 

representativa,  sea  también  participativa  (ciudadana)  y  directa,  de  manera  que  el  último 

control  de  las  decisiones  políticas  lo  tenga  el  pueblo,  empoderando  a  éste  como  sujeto 

político,  con  voz  y  voto  real,  de manera  que  el  sistema  económico  se  halle  bajo  control 

democrático y sea obligado a funcionar por toda y cada una de las personas que habitamos el 

mundo y por este planeta que no es sólo nuestra casa, sino  la madre naturaleza que acoge y 

prolonga  la existencia de  la especie humana. De momento, el TTIP  sólo ha probado  ir en  la 

dirección  opuesta,  y  arriesgar  todo  aquello  por  lo  que  generaciones  enteras  han  luchado 

durante décadas.  

 

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21Ecologista, nº 79, invierno 2013/14

El conocido como TTIP pondrá en riesgo muchos de los logros sociales y ambientales europeos

Un Acuerdo Transatlántico (y corporativo)Tom Kucharz y Luis Rico

El Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversiones (TTIP) es un intento de recuperar la hegemonía occidental en el mundo, liberalizando aún más la economía y el comercio. Pero esta nueva huida hacia delante plantea numerosas y graves amenazas para la población, la democracia y el medio ambiente, al concentrar todavía más poder económico y político en las manos de las elites comerciales y financieras a ambos lados del Atlántico.

Tom Kucharz y Luis Rico, Área de Antiglobalización, Paz y

Solidaridad de Ecologistas en Acción

En junio de 2013 comenzaron las negociaciones entre la Unión Europea (UE) y Estados Unidos (EE UU) para acordar el Acuerdo Transatlántico de Comercio e In-

versiones (TTIP, por sus siglas en inglés) o el “sueño europeo-americano”, tal y como lo ha calificado el ex Secretario General de la OTAN y ex Representante del Consejo para la Política Exterior y de Seguridad Común de la UE, Javier Solana. Desde en-tonces, la Dirección General de Comercio de la UE y la Oficina del Representante de Comercio de EE UU se están moviendo, a espaldas de la ciudadanía, para sacar adelante un pacto comercial que, de llevarse a cabo, tendrá un impacto más que considerable en la población a ambos lados del Atlántico.

Estas negociaciones surgen en un mo-mento en que, según el FMI, de aquí a 2015 el 90% del crecimiento mundial se generará fuera de Europa, y un tercio del mismo tendrá lugar en China [1]. En esta línea el Consejo Nacional de Inteligencia norteamericano afirma que Asia está des-plazando a EE UU y la UE como mayores economías y como exportadores y pro-veedores de inversión extranjera directa. De hecho se prevé que en 2050 ninguna de las economías más grandes del mundo sea europea. Para tratar de revertir esta tenden-cia, las dos potencias a ambos lados del Atlántico preparan la contra-ofensiva geopolítica, ya que aún representan el 40% del PIB mundial y un tercio del co-mercio internacional. Así, el TTIP surge como un intento de recuperar la hegemonía occi-

dental en el mundo, creando el “área de libre comercio más grande del planeta”.

Antes de nada, un poco de propaganda informativaComo sucede antes de cada negociación de un tratado comercial, la Comisión Euro-pea (CE) ha publicado una serie de notas de prensa e informes [2] preconizando sus enormes ventajas para la población europea. Entre los supuestos beneficios de este acuerdo está, según la Comisión, la creación de 400.000 nuevos empleos anuales y un crecimiento del 1% anual de la economía europea, una línea en la que también incidió Barack Obama que habló de millones de puestos cualificados. Estas cifras provienen de un estudio del Centre for Economic Policy Research, que curiosamente ha sido financiado por multinacionales como Deutsche Bank, BNP Paribas, Citigroup, Banco Santander, Barclays o JP Morgan. Los modelos en los que se ha basado dicho estudio han sido puestos en cuestión tanto por profesores universitarios [3], como por el propio Parlamento Europeo [4]. De hecho, el estudio de impacto interno que realizó la propia CE [5] con-tradice las mismas cifras que utiliza como propaganda, disminuyendo el crecimiento a un 0,1% y alertando de la previsible pérdida masiva de empleos en varios sectores, especialmente en las pequeñas explotaciones agrarias y ganaderas, que pueden quedar totalmente desplazadas ante la agroindustria estadounidense. El estudio también advierte de la pérdida de ingresos –y la consecuente pérdida de puestos de trabajo– en industrias como la maquinaria electrónica, equipos de trans-porte y metalurgia, así como los sectores de productos madereros y papel y en las empresas de comunicación y servicios.

Las multinacionales, en la trastienda de las negociacionesNo hay más que ver qué actores están impulsando el tratado comercial transat-lántico para ver quiénes quieren sacar mayor partido de este. Pese a que las ne-gociaciones están teniendo lugar a puerta cerrada y con documentos secretos, las

multinacionales no han tenido pro-blemas para estar en contacto directo

con los negociadores. Se-gún el colectivo Corporate Europe Observatory [6] la CE efectuó 130 reuniones con “partes interesadas” en

relación a las conversa-ciones para un acuer-do de libre comercio entre la UE y EE UU.

UE

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Al menos 119 de estas reuniones –más del 93%– fueron con grandes empresas y sus grupos de presión, entre los que destacan el Consejo Empresarial Transatlántico y BusinessEurope, que han reflejado en va-rias ocasiones la importancia de alcanzar el acuerdo [7]. De manera diáfana, la propia CE ha reconocido que: “la barrera comercial más importante no son los aranceles que se pagan en la aduana, sino los obstáculos detrás de las fronteras, tales como las dife-rentes normas ambientales y de seguridad […] El objetivo de este pacto comercial es reducir los costes y retrasos innecesarios para las corporaciones” [8]. Por ello, el TTIP se centrará en la equiparación de la legislación a ambos lados del Atlántico, lo que según las empresas puede aumentar sus beneficios en más de 25.000 millones de euros anuales [9] (ver tabla), y en la liberalización de nuevos sectores.

¿Qué supone la equiparación de la legislación y la liberalización de nuevos sectores?Frente a las proclamas de la CE de que la equiparación legislativa solo eliminará trabas burocráticas pero no se usará para eliminar regulaciones sociales, laborales y ambientales que hasta la fecha han protegido –de forma desigual– ciertos derechos de las personas, las presiones de la industria hacen temer un escenario en que haya una equiparación a la baja de la regulación europea y estadounidense. Recientemente, la red europea de lucha contra la globalización neoliberal Seattle to Brussels ha publicado un exhaustivo informe en el que se analizan las presiones

de la industria y las amenazas que penden sobre los derechos de la ciudadanía a ambos lados del Atlántico [10]. En primer lugar se teme una pérdida de derechos laborales, habida cuenta de que EE UU se niega a ratificar convenciones de la Organización Internacional del Trabajo sobre el derecho a sindicarse y la CE, junto al resto de la Troika, están exigiendo ba-jadas salariales y normas más flexibles. Las negociaciones del TTIP pueden suponer por lo tanto, una excusa perfecta para llevar a cabo estas reformas laborales. Otro de los grandes objetivos de las transnacionales es rebajar las normas am-bientales, atacando con especial énfasis el Principio de Precaución sobre el que se basan varias directivas ambientales (como la que regula las sustancias quími-cas peligrosas o las normas de seguridad alimentaria, etc.) con el fin de aumentar sus beneficios [11]. La industria propone basar la legislación en “ciencia fundada”

obviando la dificultad de probar irrefuta-blemente la peligrosidad de sustancias que actúan a largo plazo y en combinación con múltiples factores [12]. Este enfoque se suma a las negociacio-nes relativas a las normativas de seguridad alimentaria, donde la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria pretende de manera sistemática descafeinar el sistema regulador de la UE para los organismos modificados genéticamente y bajarlos al nivel de EE UU, donde los alimentos transgénicos no requieren supervisión, pruebas de seguridad o etiquetado. Con ello Europa podría ver las puertas abiertas a centenares de productos transgénicos o de sustancias prohibidas en la ganadería europea como la ractopamina o la soma-tropina bovina recombinante. A este marco desregulador se suman las empresas energéticas cuyo objetivo es extraer petróleo y gas no convencional. Las negociaciones del TTIP pueden ser

prEvisionEs dE aumEnto dE ingrEsos dE las grandEs EmprEsas con El ttip

Sector Legislación Aumento beneficios anuales (mil mill. €)

Automóvil Regulaciones ambientales y de seguridad; estándares técnicos. 12

Industria química Divergencias de regulaciones y estándares; diferentes regulaciones de propiedad intelectual 7,1

Industria alimentariaLegislación proteccionista y arancelaria; medidas de seguridad; divergencias en la legislación de las marcas; requerimientos de etiquetado (OMG).

5

Industria electrónicaDiferencias en estándares de los productos; certificados energéticos y de seguridad; Requerimientos de ensayos; diferentes regulaciones de propiedad intelectual.

1,6

FinancieroImpuestos, estándares de información; duplicidades de supervisión por los bancos centrales; divergencias de servicios de los sistemas de propiedad intelectual.

1,2

Fuen

te: [

9]

1. Protesta contra el Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversiones (TTIP).2. El Acuerdo UE-EE UU favorecerá la penetración de los transgénicos en Europa. Foto: Protesta de Greenpeace en un campo de maíz experimental en Zuera, Zaragoza.

1 2

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usadas para tumbar las prohibiciones del fracking logradas gracias a las movi-lizaciones sociales y haría prácticamente imposible cualquier intento de limitar la entrada de combustibles muy contaminan-tes (como los provenientes de las arenas bituminosas o del gas de esquisto), como ya ha ocurrido con la Directiva Relativa a la Calidad de los Combustibles, que muy difícilmente verá la luz como consecuencia de la firma, este pasado mes de octubre, del Acuerdo de Libre Comercio entre la UE y Canadá, país con abundante petróleo no convencional. Otro aspecto que se está negociando y donde las multinacionales están pre-sionando con ahínco, es la regulación de la propiedad intelectual, tras el fracaso del Acuerdo Comercial Antifalsificación, tumbado por el Parlamento Europeo. Retomando las partes más polémicas de dicho acuerdo, la industria busca aumen-tar las penas por compartir archivos en Internet y tener derecho de acceso a la información cibernética de las personas lo cual, como se ha demostrado con el escán-dalo de Snowden, tiene el doble objetivo de vigilar a la población y de ofrecer a las compañías datos que pueden usar con fines comerciales. De endurecer los derechos sobre pro-piedad intelectual, se pondría en jaque el acceso a medicamentos genéricos. Esto se une a las perspectivas del TTIP de liberalizar la mayoría de los sectores de la economía, lo que tendría como inmediata consecuencia la –aún mayor– privatización de los servicios públicos. De esta manera la salud pública podría quedar en manos de las transnacionales, dificultando su acceso a las personas de menores ingresos. Con todo, el TTIP supondría una nueva vuelta de tuerca en el proceso de libera-lizaciones y privatizaciones que ya está padeciendo la población europea, y cuyas consecuencias se han traducido en recortes, despidos, pérdida de derechos y de calidad de los servicios, al poner la rentabilidad eco-nómica por encima de todo lo demás. Las consecuencias no pueden ser otras que el aumento de la precariedad de la población y de la carga para las clases con menos ingresos, especialmente para las mujeres, que suelen ser las encargadas de cubrir los cuidados más básicos cuando el Estado se desentiende de ellos, lo que profundiza una sociedad patriarcal y desigual.

Un polémico capítulo de protección de las inversionesEn las negociaciones del acuerdo tran-satlántico se está viendo la posibilidad de incluir un capítulo de protección de las inversiones, con el que las empresas

podrían desafiar legalmente en tribunales inter-nacionales poco transparentes las políticas públicas ambientales, sociales o de protección de la salud, algo que ya ha ocurrido con otros tratados comerciales [13]. Esto incidiría sobre las ya de por sí problemáticas consecuencias de la equi-paración legislativa y de la liberalización que se espera en el resto de capítulos del TTIP, pues dificultará cualquier cambio de políticas en el futuro si estas chocan con los intereses de las grandes empresas. La inclusión de este capítulo no es segura, pues muchos Estados miembros de la UE han expresado el temor de verse sumidos en multitud de batallas jurídicas con la industria legal estadounidense, la cual es experta en el mecanismo de Solución de Diferencias entre Inversores y Estados (SDIE). De hecho el Mandato dado por el Consejo Europeo a la CE para la negociación del TTIP expresa sus dudas sobre la inclusión de dicho capítulo y trata de regular más que nunca el SDIE, a sabiendas de su arbitrariedad, de su no desdeñable impacto sobre las arcas públicas [14] y de que aún no está decidido sobre qué presupuesto recaerán las sanciones, si sobre el de la UE o sobre el de los Estados miembros. Sin embargo, la CE está presionando fuertemente para incluir este mecanismo, como demuestra en otros dos artículos de su paquete pro-pagandístico en defensa del SDIE [15], donde en un ejercicio de surrealismo e imprecisión informativa, al más puro estilo del Pierre Menard de Borges, niega, confirma y soluciona los problemas de este mecanismo.

Reforzando el neoliberalismo para occidentalizar el mundoEste pacto transatlántico plantea numero-sas y graves amenazas para la población, la democracia y el medioambiente, al concentrar todavía más poder económico y político en las manos de las elites co-merciales y financieras a ambos lados del Atlántico. Esta es la principal estrategia de la UE y de EE UU para no dejar escapar el control planetario así como para fijar los estándares del comercio mundial en el si-glo XXI. Así lo expresa de forma nítida un documento interno filtrado de la Dirección General de Comercio de la CE: “El progre-so que podemos hacer conjuntamente [EE UU y UE] sentando las bases de los nuevos modelos de ‘capitalismo estatal’, puede servir como un instrumento para apuntalar una interpretación particular del nuevo orden económico liberal global” [16].

Notas y referencias1 FMI, 2013 Perspectivas de la Economía

Mundial.2 Comisión Europea, 2013. FAQ on the EU-US

Transatlantic Trade and Investment Partnership (‘TTIP').

3 George y Kirkpatrick, 2006. Methodological issues in the impact assessment of trade policy: experience from the European Commission’s Sustainability Impact Assessment (SIA) programme Impact Assessment and Project Appraisal, 24, 325-334. y George, 2013. What’s really driving the EU-US trade deal?

4 European Parliament Impact Assessment Unit, 2013. Initial appraisal of a European commission Impact Assessment. European Commission proposal to authorise the opening of negotiations on a Transatlantic Trade and Investment Partnership between the European Union and United States of America.

5 Comisión Europea, 2013. Impact Assessment Report on the future of EU-US trade relations.

6 Corporate Europe Observatory, 2013. European Commission preparing for EU-US trade talks: 119 meetings with industry lobbyists.

7 http://trade.ec.europa.eu/consultations/documents/consul_146.pdf

8 Comisión Europea, 2013. European Union and United States to launch negotiations for a Transatlantic Trade and Investment Partnership. Nota de Prensa. 13/02/13.

9 FTI Consulting, 2012. EU-US free trade agreement: is it in the air?

10 Bizzarri, 2013 A Brave New Transatlantic Partnership. Seattle to Brussels Network.

11 Hansen-Kuhn y Suppan, 2013. Promises and Perils of the TTIP: Negotiating a Transatlantic Agricultural Market. Institute for Agriculture and Trade Policy.

12 Ver artículo de VA Buonsante: “El TTIP y las sustancias químicas” en esta misma revista.

13 Ver el artículo sobre tratados bilaterales de inversiones, de los mismos autores, en esta revista.

14 Eberhardt, 2013. A Transatlantic Corporate Bill of Rights. Seattle to Brussels Network.

15 Comisión Europea, 2013: Factsheet on Investor-State Dispute Settlement; y Comisión Europea, 2013: Incorrect claims about investor -state dispute settlement

16 Carta filtrada de Denis Redonnet, Jefe de Unidad de Estrategias Comerciales de la Dirección General de Comercio de la CE al Comité de Política Comercial del Consejo Europeo.

En las manos de la población euro-pea y estadouni-dense está el im-

pedir que esta “huida hacia delante” de la crisis económica, social y ecológica llegue a buen término. Por eso organizaciones de consumidores, grupos ecologistas y femi-nistas, sindicatos y diferentes asociaciones de ámbitos tan heterogéneos como los derechos humanos, la cultura libre o el comercio justo, están empezando a movi-lizarse para confrontar las negociaciones transatlánticas.

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¿Nuestro futuro en venta? Tratado de libre comercio entre Estados Unidos y la Unión Europea: una amenaza a la democracia y la protección social, ambiental y de nuestra

salud en Europa

Octubre de 2013

La Unión Europea y Estados Unidos han iniciado negociaciones sobre un acuerdo comercial transatlántico, que podría resultar el mayor acuerdo bilateral de libre comercio en la historia.

Con este acuerdo, se corre el riesgo de mermar medidas europeas esenciales de protección social, ambiental y sanitaria, entre ellas medidas claves de seguridad alimentaria y contra la contaminación, que la industria considera como barreras al comercio. Se conocen muy pocos detalles del contenido de las negociaciones en curso sobre el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y la Unión Europea (conocido como TTIP o TAFTA por sus siglas en inglés), pero los documentos conseguidos de manera extraoficial invitan a pensar que, detrás de la retórica de la creación de empleo gracias a un incremento del comercio transatlántico, la Unión Europea y Estados Unidos están buscando desregular importantes sectores, poniendo en riesgo pilares fundamentales de la protección europea y la capacidad de los estados nacionales a legislar en el interés de los ciudadanos.

Este documento de posicionamiento analiza las amenazas del acuerdo propuesto y pone de relieve que lo que se necesita es un proceso transparente que busque soluciones a las causas reales de la actual crisis económica, social y climática, poniendo condiciones al comercio que favorezcan las personas y el planeta. En vez de dar por hecho que lo que es bueno para el comercio y los negocios lo es para todo el mundo, se deben estudiar de forma pormenorizada todos los impactos sobre la sociedad y el medio ambiente.

Amigos de la Tierra insta al Consejo Europeo, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo a rechazar cualquier acuerdo que no priorice el derecho de los ciudadanos y la protección del medio ambiente frente a los intereses de empresas e inversores. En ningún caso un mecanismo de solución de controversias entre inversores y Estados se debería aceptar en el TTIP.

Una manera equivocada de abordar la crisis económica Se ha promovido el acuerdo comercial como un empuje al crecimiento gracias al incremento del comercio y la inversión en respuesta a la actual crisis económica, pero se ha demostrado que en realidad los beneficios económicos de un acuerdo serían mínimos1. En vez de abordar los problemas evidentes del sistema actual, como por

1 http://www.cepr.net/index.php/op-eds-&-columns/op-eds-&-columns/the-trade-deal-with-europe-dont-buy-

the-hype

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ejemplo la evasión fiscal empresarial, las propuestas insisten en esta misma dirección, exacerbando los problemas a los que nos enfrentamos. Así, mientras los grandes negocios verán incrementar sus beneficios, las personas, la sociedad y las generaciones futuras pagarán los costes y las consecuencias.

Una respuesta más apropiada a la crisis económica consistiría en generar los recursos económicos necesarios para crear buenos empleos y construir una economía más sostenible a través de una nueva fiscalidad, como la tasa a las transacciones financieras.

Las normas de seguridad en riesgo El acuerdo propuesto podría representar una amenaza muy seria a la protección ambiental y social en Europa. Sectores de la industria llevan años diciendo que las normas europeas de protección de la salud humana, del medio ambiente y del bienestar social son una barrera al comercio. Piden un reconocimiento automático mutuo de las normas (lo que significa que la UE tendría que aceptar la importación de productos estadounidense independientemente de si cumplen la legislación europea o no, y vice-versa), o nuevas normas armonizadas o globales. Esto significaría una revisión a la baja de las normas de protección del medio ambiente y de las personas, aumentando los riesgos para la salud y la seguridad entre otros.

Por ejemplo, Estados Unidos desafió las restricciones europeas a la importación de carne tratada con hormonas y de pollo clorado. Compañías petroleras están haciendo presión contra los planes de la Unión Europea de protección del clima que limitan la entrada en Europa de petróleo extraído de las muy impactantes arenas bituminosas. Los requisitos de etiquetado de los alimentos que proporcionan al consumidor información sobre sus ingredientes (incluyendo la presencia de transgénicos) y sobre su procedencia se están criticando porque añade un coste y pone barreras al comercio. De la misma forma, los ya de por sí insuficientes criterios de sostenibilidad que la Unión Europea aplica a los agrocombustibles podrían verse amenazados por los productores estadounidenses de maíz y soja para entrar de lleno al mercado europeo. Igualmente, un TTIP podrían amenazar las prohibiciones locales o nacionales de la extracción de gas de esquisto.

Rebajar las normas de protección ambiental y social para satisfacer las demandas de la industria tira por los suelos el enfoque de precaución, que requiere a las empresas que sus nuevas tecnologías sean seguras y que representa una piedra angular en la legislación de la protección ambiental europea2. Por otra parte, reducir las obligaciones sobre trazabilidad y responsabilidad amenazaría el principio de quien contamina paga. Cambios impuestos mediante un acuerdo comercial de obligado cumplimiento aniquila la capacidad de los estados de actuar democráticamente en respuesta a la preocupación de sus ciudadanos.

La democracia pisoteada La soberanía de los estados también estaría en peligro de incluirse en el acuerdo un mecanismo de solución de controversias inversores-estados (ISDS por sus siglas en inglés). Los mecanismos de esta naturaleza, normalmente presentes en los acuerdos bilaterales de libre comercio, permiten a las empresas de denunciar a gobiernos por

2 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, artículo 191.2

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pérdidas de ingresos cuando consideran que la legislación afecta a sus beneficios (potenciales). Así, pueden eludir los sistemas judiciales nacionales y acudir directamente a tribunales internacionales influido por los inversores. Por ejemplo, una empresa podría demandar a un gobierno local o nacional por pérdida de ingresos si éste prohibiera los alimentos transgénicos o la extracción de gases de esquito por fracking. El gigante del tabaco Philip Morris está en estos momentos pidiendo reparaciones a Uruguay y Australia bajo un acuerdo ISDS como respuesta a medidas de salud pública que restringen la práctica de fumar.

Un acuerdo para un futuro mejor El único acuerdo comercial aceptable para Amigos de la Tierra es uno que permite construir un futuro mejor mediante el apoyo a las economías y los empleos locales, un medio ambiente más limpio y una buena protección social; un acuerdo que se centre en el interés de las personas y el planeta, por encima de los intereses de los inversores y los grandes negocios.

Un acuerdo debe basarse en una total transparencia y rendición de cuentas, tanto en el proceso de negociación como en su fase de funcionamiento. Debería tener como objetivo:

Construir nuevas economía y mejorar las vida: proteger y favorecer las economías locales, desarrollar empleos de calidad y estables;

Mejorar las condiciones de vida para las generaciones futuras: identificar las mejores prácticas sociales y ambientales como base para una normas mínimas comunes, eliminar las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente y reducir el uso de los recursos naturales y la emisión de gases de efecto invernadero de Estados Unidos y la Unión Europea hasta niveles sostenibles y equitativos;

Promover condiciones al comercio a favor de las personas y el planeta: los intereses de los ciudadanos y del medio ambiente deberían centrar el acuerdo, no los intereses particulares de inversores y multinacionales;

Asegurar transparencia y rendición de cuentas: es imprescindible que el público y las organizaciones de la sociedad civil puedan realizar un seguimiento y participar en lo que se negocia y acuerda; y por otra parte que empresas e inversores sean responsables de sus impactos sobre las personas y el medio ambiente.

Amigos de la Tierra rechaza todo intento de desregular industrias contaminantes, armonizar a la baja normas sobre productos o seguridad, y limitar futuras legislaciones de protección de la gente y el medio ambiente. En particular, las negociaciones deberían claramente excluir:

Cualquier mecanismo de solución de controversias inversores-estados;

Medidas sanitarias y fitosanitarias, esto es, cualquier sector relacionado con la seguridad alimentaria o la sanidad animal y vegetal;

Cualquier intento de poner en peligro la democracia, la seguridad y los pilares esenciales de la reglamentación europea - como el principio de quien contamina paga y el principio de precaución.

Contacto: Amigos de la Tierra España [email protected], +34 91 306 99 00

Redactado por: Friends of the Earth Europe 2013

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LA ASOCIACIÓN DE COMERCIO E INVERSIÓN TRANSATLANTICA (TTIP) SOCAVA TODA POSIBILIDAD DE REGULACION FINANCIERA DEJANDO A LOS CIUDADANOS DESPROTEGIDOS

¿DE QUÉ ESTAMOS HABLANDO?ALGUNAS ACLARACIONES

✔ TTIP= Asociación de comercio e inversión transatlántica✔ “Comercio de servicios financieros” no se refiere sólo a aquellos servicios ofrecidos o

consumidos más allá de la frontera (por ejemplo un ciudadano de un país puede abrir online una caja de ahorro en un banco del extranjero). También incluye el movimiento transfronterizo de un proveedor de servicios financieros ya sea por medio de inversiones o de presencia comercial (por ejemplo, con la apertura de una sucursal bancaria en el extranjero). En otras palabras, se trata de permitir el acceso a inversores directos del extranjero.

✔ Servicios financieros e inversores del sector financiero: las reglas de la TTIP se ocupan de servicios bancarios, de ahorro y seguros, comercio de títulos y derivados(incluyendo las operaciones de riesgo OTC y las derivadas OTC), gerenciamiento de fondos de pensión, de fideicomisos y de consultoría tributaria ( por ejemplo asesoramiento para evadir o eludir impuestos), transferencia de información financiera y servicios de procesamiento de datos, bancos minoristas, bancos de inversión, fondos de inversión libre, fondos de capital de riesgo privado, intercambio de bienes y de acciones y todo tipo de consultoría en materia financiera incluyendo a las criticadas agencias de valoración crediticia.

ATACANDO EL DERECHO DE LOS PARLAMENTOS A ESTABLECER REGULACIONES

Los negociadores de la Comisión Europea (CE) han sostenido claramente que la TTIP pretende “disciplinar” la regulación en materia financiera de manera que no se convierta en un obstáculo parael comercio. Esto no significa garantizar una protección adecuada contra los riesgos que el sector financiero suele asumir a expensas de los contribuyentes y trabajadores. Las pautas de la TTIP van aacotar las facultades de parlamentos y de entidades reguladoras en materia financiera e incluso van a establecer prohibiciones:

Desregulación: las reglas de la TTIP de acceso al mercado van a prohibir a los parlamentos elaborar normas de relevancia en materia financiera tales como aquellas tendientes a establecer un límite al valor total de las operaciones de las instituciones financieras. Esto impediría que la reglamentación se ocupe demasiado de la especulación excesiva.

Atacar los poderes de las entidades reguladoras del sector financiero: las reglas propuestas por la TTIP exigirían que para facilitar la obtención de licencias de productos o de proveedores la reglamentación a nivel nacional de los servicios financieros sea objetiva. La TTIP va a permitir regulaciones cautelares que favorezcan a los clientes y a la estabilidadfinanciera. Sin embargo la denominada claúsula de excepción estipula que las medidas cautelares no sean excesivamente gravosas. En la práctica eliminaría medidas tendientes a evitar nuevas crisis financieras.

Eludir a los parlamentos: La propuesta de la Comisión Europea de un marco de cooperación en materia regulatoria va a requerir que las negociaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos se realicen a puertas cerradas antes de que alguna propuesta llegue al parlamento. El marco de cooperación se centra en el desarrollo conjunto y en la implementación de estándares generados por órganos supranacionales donde los parlamentarios y los ciudadanos carecen de voz pero donde el lobby financiero tiene gran influencia.

La industria financiera puede frustar la regulación financiera: la Comisión Europea pretende también que el modelo estado-inversor de sistema de solución de controversias se

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aplique a la regulación financiera. Esto permitiría que las instituciones extranjeras hagan fracasar las reformas en materia financiera como ya está sucediendo en los tribunales norteamericanos.

DIFICULTANDO LAS REFORMAS FINANCIERAS Y LA PREVENCIÓN DE CRISIS

Comportamiento más riesgoso: una mayor liberalización del comercio y de la inversión enlos servicios financieros generaría un aumento en la competencia entre instituciones financieras de los Estados Unidos y de la Unión Europea con sus consiguientes riesgos, causa de la reciente crisis financiera. Además, las reformas financieras que se están llevandoadelante en la UE y en los Estados Unidos están lejos de ser completas o suficientes, lo que significa que la liberalización tendría lugar en un marco regulatorio precario e inestable.

Negar reformas financieras en curso: la TTIP propone liberalizar los servicios financieros,tanto los existentes como los futuros y esto se contrapone con la propuesta de la UE tendiente a restringir dichos servicios.

Apoyar a bancos demasiado grandes para fracasar: Para evitar que los contribuyentes tengan que pagar por los bancos que quiebran algunos gobiernos están proponiendo dividirlos o separar los servicios básicos de los especulativos. Esto sería contrario a las reglas de acceso al mercado de la TTIP que prohiben que se impongan limitaciones al tamaño o que se les exija a los proveedores de servicios financieros que adopten una determinada forma legal.

Ausencia de diferencias entre las regulaciones financieras de la Unión Europea y las de los Estados Unidos: la cooperación en materia regulatoria propuesta por la UE va a conducir a que las regulaciones del otro lado del Atlántico sean idénticas aunque no sean iguales en su formulación. Las leyes de Estados Unidos podrían aplicarse a los proveedores financieros norteamericanos en la Unión Europea y viceversa. Esto podría resultar en una caída de los estándares al mínimo común denominador.

Flujo de capitales inestable y masivo: El flujo libre de capitales es uno de los objetivos de la TTIP pero es también un factor importante detrás de la propagación rápida de los riesgos y las crisis financieras al otro lado del Atlántico. Incluso el Fondo Monetario Internacional ahora admite que si hubieran existido restricciones al flujo de capital se podría haber reducido la severidad de las recientes crisis financieras en España y Grecia.

RESPONDIENDO A LOS INTERESES DE LA INDUSTRIA FINANCIERA

El derecho a hacer lobby de la industria financiera está garantizado: El anteproyecto de reglas de transparencia de la TTIP estipula que en las negociaciones de propuestas regulatorias tanto en la UE y como en los Estados Unidos intervengan los accionistas. En la práctica esto significa una fuerte influencia del lobby financiero en el diseño de regulacionesen desmedro de la participación ciudadana. La propuestas de legislación le llegarían a los parlamentarios una vez que los intereses del sector financiero hayan sido tenidos en cuenta.

Incremento en las ganancias como objetivo: La posición de los negociadores de la Comisión europea refleja las demandas del sector financiero de la UE tales como el modelo de solución de controversias Estado- inversor que permite a las compañías inversoras reclamar millones en compensación a los estados pero impide a los ciudadanos demandar a empresas y gobiernos ante tribunales extranjeros. La exportación de servicios financieros es una industria muy lucrativa para la UE especialmente para Londres con su sofisticado lobby cercano al gobierno del Reino Unido y al órgano responsable de regular el mercado interno.

Desalentar mejoras relativas a la regulación y a la protección del consumidor: La cooperación regulatoria de la TTIP planteada por la Comisión europea va a resultar en una normativa compatible o equivalente que permita a las compañías financieras de la UE y de los Estados Unidos que operan en el exterior aplicar las reglas de su país de origen. Esto

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puede resultar conveniente para las instituciones financieras pero deja a los consumidores enuna posición débil a la hora de reclamar mejores servicios o de corregir prácticas o reglas que pueden causar daños. Finalmente, la industria financiera tendrá que aplicar estándares internacionales generados por grupos tales como el G-20 y el comité de Basilea sobre supervisión bancaria que no tienen en cuenta las necesidades de los ciudadanos.

Proceso regulatorio libre: Quienes participan en los intentos de armonizar las regulaciones en materia financiera en la UE y los Estados Unidos no serían responsables ante los parlamentarios pero estarían fuertemente influenciados por el lobby financiero. Las propuestas de la Comisión Europea y sus documentos internos no muestran señales de que los negociadores de la CE tengan en cuenta las necesidades de los ciudadanos y consumidores.

IMPONIENDO ESTANDARES FINANCIEROS AL RESTO DEL MUNDO

La intención real de la propuesta de la CE de cooperación regulatoria es asegurar que las regulaciones financieras adoptadas por la Unión Europea y los Estados Unidos sean aplicadas en el resto del mundo. Si la UE trabaja estrechamente con los Estados Unidos en los organismos reguladores internacionales para establecer normas aplicables en estos bloques económicos el resto de los países se van a ver forzados a seguirlos. Esto evitaría que los demás países donde operan las compañías de ambos bloques desarrollaran estándares distintos.

Para más información, diríjase por ejemplo a: http://somo.nl/themes-en/trade-investment and http://somo.nl/news-en/ttip-regulatory-cooperation-in-the-financial-sector-the-ec-proposal-of-2-october-2013/at_download/file

Contacto: Myriam Vander Stichele, Investigadora senior de SOMOemail: [email protected], web: www.somo.nl

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La punta del iceberg anti-democrático El riesgo de incluir un mecanismo de solución de controversias inversores-estados en las negociaciones de un Tratado de libre comercio entre

Estados Unidos y la Unión Europea Octubre de 2013

Introducción “Cuando me despierto por la noche y pienso en el sistema de arbitraje, nunca deja de sorprenderme que estados soberanos hayan aceptado cualquier forma de arbitraje con inversores (…). Se les da el poder a tres personas privadas para que revise, sin ningún tipo de restricción o procedimiento de apelación, todas las acciones del gobierno, todas las decisiones de la justicia y todas las leyes y reglamentos provenientes del parlamento.” Juan Fernández-Armesto, árbitro español.1 Las negociaciones entre la Unión Europea (UE) y Estados Unidos (EEUU) sobre un tratado de libre comercio (conocido como TTIP o TAFTA por sus siglas en inglés) se iniciaron en julio de 2013. Los decisores políticos a ambos lados del Atlántico ven como objetivo principal de las negociaciones la “convergencia regulatoria”: promueven el eliminar “obstáculos legislativos al comercio” como manera de resolver las actuales crisis económica y financiera, supuestamente porque empujaría el crecimiento y crearía empleos. Amigos de la Tierra ve con preocupación estos objetivos y anuncios porque esta “convergencia” pondrá probablemente en peligro los derechos de los consumidores y la protección de la salud y del medio ambiente establecidos desde hace mucho, así como las normativas de protección del ciudadanos a ambos lados del Atlántico, como si fueran cargas innecesarias. Con las negociaciones, se pretende sacrificarlas a favor de (inciertos) beneficios económicos2. A este respecto, una de las mayores amenazas al derecho de los estados soberanos a legislar podría provenir del nefasto “mecanismo de solución de controversias inversores-estados” – conocidos como ISDS por sus siglas en inglés.

¿Qué es un mecanismo de solución de controversias inversores-estados? Los mecanismos de solución de controversias entre inversores y estados negociados caso por caso en acuerdos de libre comercio y tratados bilaterales de inversión dan el poder a inversores extranjeros de denunciar las autoridades nacionales en cortes internacionales. Así pueden reclamar compensaciones económicas si consideran que su inversión potencial (y los beneficios relacionados) están amenazados por cambios legislativos a nivel nacional.

1 http://www.globalarbitrationreview.com/journal/article/30399/stockholm -arbitrator-counsel-double-hat-

syndrome 2 http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2012/april/tradoc_149331.pdf

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Se pueden citar como casos famosos los intentos de Vattenfall de anular la decisión de Alemania de cerrar sus centrales nucleares, los ataques de Lone Pine a la prohibición del fracking en Quebec, el incumplimiento por parte del gigante del petróleo Chevron de sus obligaciones legales de reparar daños ambientales y para la salud en Ecuador, o la amenaza a las leyes anti-tabaco en Australia y Uruguay por Philip Morris3. Las denuncias se resuelven en secreto y por tribunales de arbitraje que escapan a cualquier control, pasando por alto los sistemas judiciales nacionales4. Las peticiones de compensación pueden alcanzar miles de millones de dólares y representan una seria carga para las finanzas públicas de los estados. En otras palabras, los ISDS permiten a las empresas poner en entredicho el derecho soberano de los estados a legislar (sea o no en el interés público) según sus propios intereses comerciales, deja a los estados indefensos ante estas denuncias y les obliga a pagar. En lo que se refiere al medio ambiente, la energía y la salud pública, compañías trasnacionales relacionadas con crímenes ambientales y abusos a los derechos humanos – como Chevron u Occidental 5 – han estado utilizando este mecanismo para maximizar sus beneficios operacionales a la vez que atacando los marcos regulatorios que tenían que cumplir en el extranjero. Tanto en los países desarrollados como en desarrollo, los ISDS han sido muy útiles a las empresas que buscaban anular legislaciones de protección ambiental y social que iban en contra de su beneficio empresarial. Los costes reales de los mecanismos de solución de controversias inversores-estados

Según la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNTAD)6

En 2012 se conocían 514 casos de resolución de conflictos bajo el amparo de tratados – de los cuales 58 se iniciaron ese mismo año. Esta cifra representa el mayor número de disputas jamás planteadas en un año, lo que confirma que los inversores recurren cada vez más a este mecanismo.

95 países tuvieron que “responder” a al menos una demanda en 2012.

Al menos 329 de todos los casos conocidos (el 64%) fueron iniciados por inversores de EEUU y la UE. Por ejemplo, de las 514 disputas conocidas a finales de 2012, 123 procedían de empresas estadounidenses, 50 holandesas, 30 inglesas y 27 alemanas.

Las demandas de los inversores fueron aceptadas en el 70% de las decisiones arbitrales conocidas sobre casos específicos en 2012. En 9 casos, la empresa demandante tuvo derecho a indemnización. Cabe destacar la indemnización más elevada de toda la historia de los ISDS, de 1.770 millones de dólares a Occidental como resultado de su demanda contra Ecuador.

Entre todos los casos resueltos, los inversores ganaron en el 31% de los casos y los estados en el 42%, el resto de los casos fueron “acordados”, lo que significa que no se hicieron públicas las decisiones finales.

A menudo se ha puesto en duda la independencia e imparcialidad de los árbitros

3 Ver cuadro con ejemplos página 6

4 Para más información sobre los sistemas de arbitraje, ver: http://www.tni.org/briefing/profiting-injustice ;

http://www.tni.org/article/response-critics-profiting-injustice 5 http://www.amnestyusa.org/our-work/issues/business-and-human-rights/oil-gas-and-mining-

industries/chevron-corp 6 http://unctad.org/en/PublicationsLibrary/webdiaepcb2013d3_en.pdf

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que resuelven casos de ISDS, incluyendo potenciales conflictos de interés. Este pequeño grupo de personas está dominado por abogados privados (60%)7, que pueden – y lo hacen – saltar de su papel de árbitro al de asesor de clientes privados, en función del caso. Sólo 15 árbitros, casi todos europeos, estadounidenses y canadienses, han resuelto el 55% de las disputas conocidas derivadas de tratados de inversión. En 2011, 3 gabinetes jurídicos internacionales estaban implicados en 130 casos: Freshfields (Reino Unido), White & Case (EEUU) y King & Spalding (EEUU).8

Los costes medios legales y de arbitraje por cada caso ISDS se estiman a unos 8 millones de dólares9. Estos gastos no se pueden recuperar, incluso cuando la otra parte pierde el caso. Tienen por lo tanto que ser sufragados por el dinero de los contribuyentes. Esto implica también que algunos países – sobre todo países en desarrollo – eviten introducir medidas sociales y ambientales progresistas por temor a una demanda a través un ISDS, porque correrían el riesgo de tener que asumir este coste.

En la práctica, las provisiones de los ISDS están diseñadas específicamente para proteger y promover los intereses de las compañías, al permitir a los inversores lo siguiente:

Pedir compensaciones económicas por incumplimiento de un contrato o acuerdo, a pesar del derecho nacional a regular;

Cuestionar “expropiaciones indirectas”, cuando el beneficio potencial de una inversión podría verse reducida con un cambio legislativo u otras decisiones por parte de las autoridades públicas (incluyendo permisos ambientales, restricciones al tabaco por razones de salud, prohibiciones de extracción de combustibles o uso de pesticidas, etc.);

Eludir la decisión de un tribunal nacional;

Llevar estados a cortes internacionales, compuestas por un panel de árbitros comerciales. Estos tribunales actúan en el más absoluto secreto, sin procedimientos para recurrir, ni información pública alguna. El coste de tales demandas legales pueden ser extremadamente elevados. Como ejemplo, los costes asumidos por Ecuador en su defensa contra Chevron alcanzaron 18 millones de dólares.

¿Por qué el TTIP debería dejar fuera todo tipo de mecanismo de solución de controversias inversores-estados? “Estas provisiones ponen en entredicho la soberanía de un país al dar a una compañía extranjera el derecho de denunciar un gobierno nacional ante una corte internacional.” Craig Emerson, Ministro de Comercio Australiano10 El mandato de la UE para las negociaciones del TTIP (obtenido de manera extraoficial) sugiere que la intención es incluir un ISDS en el acuerdo final: “El capítulo sobre la protección de las inversiones debería cubrir un amplio espectro de inversores y sus inversiones, incluyendo el derecho de propiedad intelectual, la inversión se haya

7 http://unctad.org/en/PublicationsLibrary/webdiaepcb2013d3_en.pdf

8 http://www.tni.org/sites/www.tni.org/files/download/profitingfrominjustice.pdf

9 http://www.tni.org/sites/www.tni.org/files/download/profitingfrominjustice.pdf

10 http://rabble.ca/blogs/bloggers/council-canadians/2013/04/nafta-challenge-to-fracking-ban-reason-to-avoid-

investor-st

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realizado antes como después de la entrada en vigor del Acuerdo. (…) El Acuerdo debería proveer de un mecanismo de solución de controversias inversor-estado efectivo y avanzado, que cuente de transparencia, independencia de los árbitros y predictibilidad del Acuerdo, incluyendo la posibilidad para las Partes de intervenir en la interpretación del Acuerdo. Se deberían incluir mecanismos de solución de controversias estados-estados, pero sin que interfiera con el derecho de los inversores a recurrir a mecanismos de solución de controversias inversores-estados. Se debería facilitar a los inversores un abanico de posibilidades de arbitraje tan amplio como bajo los “Acuerdos de inversión bilaterales” de los Estados Miembros”11. Es de temer que la inclusión de un ISDS en el TTIP pueda actuar como un potente elemento disuasorio para los estados que, sin ello, hubieran tenido la voluntad de introducir normativas que prioricen los intereses de las personas y el medio ambiente frente a los derechos de los inversores extranjeros. Los estados podrían renunciar con la perspectiva de juicios potenciales que añadirían cargas insostenibles a sus finanzas públicas. Esto pone los ISDS en conflicto directo con el derecho doméstico de regular y los principios fundamentales de precaución y de quien contamina paga, recogidos en los Tratados de la Unión Europea.

Amigos de la Tierra cree que no se deberían incluir mecanismos de solución de controversias inversores-estados en el acuerdo trasatlántico en curso de negociación por las siguientes razones:

Las provisiones específicas de ISDS igualan los inversores con la soberanía de los estados, mientras limitan los poderes de los estados sobre las compañías extranjeras operando en sus países. Esto crea una seria barrera al deber del estado de legislar en el interés de sus ciudadanos, y les puede frenar a la hora de introducir medidas que restrinjan el poder de las empresas en aras del interés público. Puede tener impactos particularmente perjudiciales sobre la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático.

Los casos basados en ISDS eluden los mecanismos judiciales existentes, sustituyéndolos por mecanismos de solución de controversias secretos y sin ninguna rendición de cuentas. Como tanto EEUU como la UE cuentan con sistemas judiciales sólidos, esto ni es necesario, ni se justifica.

Los ISDS también violan la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Justicia Europeo, por lo que se puede considerar que son incompatibles con los Tratados de la Unión Europea.12

El ISDS es un mecanismo que sólo funciona en un sentido, injusto para los estados, ya que solamente los inversores pueden iniciar demandas en sus propios términos; los estamos sólo pueden hacer contra-demandas. Además el sistema sólo cubre actividades comerciales, las demandas relativas a derechos humanos o medio ambiente están excluidas.13

Los ISDS dan derechos excesivos a los inversores, sin el derecho equivalente de acudir a cortes internacionales para los ciudadanos o las comunidades dañadas o engañadas por los proyectos y productos de los inversores. No sería de extrañar que los defensores de los derechos de los inversores argumenten en contra de derechos similares para los ciudadanos o las comunidades afectadas.

Desde un punto de vista económico, el empleo de ISDS duplica los eslabones de las autoridades judiciales y añade carga extra a los presupuestos públicos de los

11

http://www.s2bnetwork.org/fileadmin/dateien/downloads/EU-TTIP-Mandate-from-bfmtv-June17-2013.pdf 12

http://acta.ffii.org/?p=1870; (http://www.tni.org/sites/www.tni.org/files/download/briefing_on_intra-eu_bits_0.pdf ) 13

http://www.lse.ac.uk/collections/law/wps/WPS2011-08_Kryvoi.pdf

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estados, que necesitan sufragar su propia defensa incluso si ganan el caso levantado contra ellos por un inversor.

Varios países están en la actualidad revisando su implicación en ISDS por su impacto muy negativo sobre su soberanía como estado. Entre ellos, India, Sudáfrica, Australia, Brasil y Noruega. 14

Cambio climático y energía: se podrían utilizar los ISDS para impedir medidas de restricción o prohibición de la explotación de petróleo y de gas de esquito Las compañías trasnacionales implicadas en operaciones extractivas utilizan con entusiasmo este sistema costoso. De los 169 los casos ISDS pendientes de resolución ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (ICSID por sus siglas en inglés), 60 están relacionados con petróleo, gas y minería (el 37,5%).15 La introducción de derechos específicos para los inversores en el TTIP es particularmente crítico en lo que concierne la energía y el medio ambiente. El desarrollo de la extracción de combustibles no-convencionales, en particular el gas de esquisto, es objeto de una intensa controversia en la actualidad en toda Europa, mientras la industria del gas y petróleo ejerce presiones enormes para asegurar sus inversiones en tecnologías altamente arriesgadas como el fracking.16 Está claro que existe una fuerte voluntad de EEUU de blindar las mejores condiciones para los inversores que exploran las potencialidades de los combustibles no-convencionales europeos, incluyendo el gas de esquito y las arenas bituminosas. Sin embargo, los combustibles no-convencionales representan una de las amenazas más agudas y eminentes para el medio ambiente y el clima. Compañías petroleras y de gas internacionales podrían poner en entredicho y amenazar directamente eventuales decisiones de gobiernos de no aprobar proyectos de extracción de gases de esquito por sus impactos ambientales y sobre la salud. Es imperativo que los estados mantengan su plena capacidad de regular la exploración y explotación de combustibles fósiles, sin la presión de compañías e inversores (que se incrementaría con la introducción de un ISDS).17 Chevron: Cómo promover un mecanismo de solución de controversias inversores-estados en el TTIP como modelo para reforzar los intereses de las grandes compañías en otros acuerdos comerciales “Un TTIP con mecanismos fuertes y completos de inversión podría establecer un estándar mundial para la protección de las inversiones ahora y en el futuro. Este estándar no debería aplicarse solamente en Estados Unidos y la UE. Para que sea verdaderamente operativo, Chevron insta a que, una vez negociado, se extienda en el tiempo a futuros acuerdos comerciales, de inversión o similar para avanzar hacia un estándar de protección de inversiones fuerte, completo y válido a escala global. (…) El arbitraje inversor-estado es un concepto que algunos gobiernos están poniendo en

14

http://www.bilaterals.org/spip.php?article21295 15

http://www.ips-dc.org/reports/mining_for_profits_update2013 16

http://corporateeurope.org/sites/default/files/shale_gas_lobby_final.pdf 17

http://www.foeeurope.org/foee-unconventional-and-unwanted-the-case-against-shale-gas-sept2012 ; http://www.foeeurope.org/shale-gas-economic-myths-210513

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entredicho en la actualidad como un atropello injustificado a su soberanía. En los hechos, estos mecanismos de solución de discrepancias aseguran que ninguna de las partes tengan el poder de influir indebidamente la determinación de las leyes y los hechos dado que proporciona el acceso a un foro neutro para resolver las disputas.”18 La postura de Chevron sobre el TTIP asume que los estados y las compañías deberían estar considerados al mismo nivel, ilustrando una total falta de respeto a la soberanía de los estados en su derecho a regular el comportamiento de las empresas y su deber esencial de proteger el interés de sus ciudadanos por encimas del beneficio de poderosas empresas trasnacionales. El punto de vista de Chevron demuestra también que la inclusión de un ISDS en el TTIP representaría un precedente potente para su introducción en otros acuerdos comerciales, incluso a nivel mundial. Esto último lo convierte en un objetivo particularmente importante desde la perspectiva de una empresa.

El impacto que un ISDS pueda tener sobre la protección del medio ambiente y de los ciudadanos depende en parte de qué amplitud se da a la definición de inversión. Una inversión puede incluir licencias y permisos legales, contratos de adquisición, o concesiones para uso de los recursos naturales. Por lo tanto, los estados que restringen la explotación de petróleo o gas, imponen controles ambientales o prohibiciones a determinadas tecnologías, prevén cerrar plantas de carbón o introducen otras medidas limitantes se expondrían a demandas por parte de los inversores. Bajo un ISDS, estas demandas podrían sobrepasar la soberanía de los estados en su derecho a legislar para proteger a los ciudadanos de los efectos peligrosos de la extracción de combustibles fósiles, convencionales o no. Además, como comenta Chevron, es de temer que un acuerdo de ISDS en las negociaciones trasatlánticas podría servir de referencia para futuros acuerdos comerciales firmados por EEUU o la UE con terceras partes, o incluso en acuerdos comerciales mundiales. Por lo tanto, se podría extender un peligroso sistema de solución de controversias opaco y proclive a los intereses empresariales, impidiendo las ambiciones soberanistas de los estados sobre clima y energía. Por ejemplo la EU podría echarse para atrás sobre restricciones comerciales a la importación de petróleo procedente de arenas bituminosas. “No podemos dejar que pequeños países se las jueguen así a grandes empresas – empresas que han realizado grandes inversiones en todo el mundo”, lobbist anónimo de Chevron, citado por Mickael Isikoff en Newsweek. 19 Hechos ya demostrados: cómo se han utilizado mecanismos de solución de controversias inversores-estados para desafiar legislaciones sobre contaminación de suelos y agua, energía nuclear, fracking y salud pública

Vattenfall contra Alemania: en 2009, la compañía energética sueca Vattenfall inició

un procedimiento ISDS contra Alemania, bajo en amparo del Energy Chapter Treaty, un tratado internacional de protección de las inversiones en el sector de la energía. Vattenfall se había comprometido en la construcción de una planta de generación

18

Comentario de Chevron sobre el TTIP a la Oficina del Representante de Comercio de EEUU, disponible en: http://www.regulations.gov/#!documentDetail;D=USTR-2013-0019-0054 19

http://mag.newsweek.com/2008/07/25/a-16-billion-problem.html

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eléctrica de carbón en Hamburgo, a orillas del Rio Elba. Cuando las autoridades ambientales municipales emitieron un permiso con condicionantes sobre la calidad de las aguas residuales vertidas por la planta, Vattenfall protestó diciendo que estos condicionantes hacían el proyecto inviable. La empresa utilizó los procedimientos del ISDS para pedir a Alemania una compensación de 1.400 millones de euros. Vattenfall y la ciudad de Hamburgo llegaron finalmente a un acuerdo, que contemplaba un “permiso revisado de uso del agua”, rebajando así los requisitos ambientales impuestos previamente por la autoridad ambiental de la ciudad. Vattenfall contra Alemania II: En mayo de 2012, Vattenfall inició un segundo

procedimiento de arbitraje internacional bajo el mismo tratado, esta vez pidiendo una compensación económica por la decisión de Alemania de cerrar inmediatamente sus centrales nucleares más antiguas y gradualmente las restantes antes de 2022. Esta decisión gubernamental respondía a las preocupaciones de los ciudadanos sobre los riesgos ambientales y para la salud de la energía nuclear después del accidente de Fukushima en Japón. Según fuentes periodísticas, la petición de compensación pudo alcanzar los 3.700 millones de euros. Lone Pine contra Canadá: Basándose en el Acuerdo Norteamericano de Libre

Comercio entre EE.UU, Canadá y Méjico (NAFTA por sus siglas en inglés), la empresa estadounidense Lone Pine Resources Inc. pide una compensación económica a Canadá por la introducción de una moratoria al fracking en Quebec. La moratoria, implantada en mayo de 2013, respondía a preocupaciones relativas a riesgos ambientales y para la salud de este nuevo método extractivo. La petición de Lone Pine alcanza los 250 millones de US$ (191 millones de euros). El caso sigue abierto. Chevron contra Ecuador: Después de años de conflicto en los tribunales nacionales ecuatorianos, pueblos indígenas y campesinos ganaron una victoria histórica sobre Chevron: el veredicto del tribunal pedía a la empresa 18.000 millones de US$ para limpiar la contaminación de suelos y agua debida a sus operaciones. Chevron fue entonces al mecanismo inversores-estados del Tratado Bilateral de Inversión EEUU-Ecuador para anular la sentencia nacional y evitar así su cumplimiento. Este tribunal de arbitraje ordenó al Presidente de Ecuador de bloquear la aplicación de órdenes judiciales previas. Los siguientes fallos repitieron esta petición, argumentando que Ecuador había violado el Tratado al permitir que los denunciantes intentasen acudir a tribunales en Argentina, Brasil y Canadá contra Chevron. Estos fallos plantean un precedente peligroso, permitiendo a las empresas a desafiar las funciones de los sistemas judiciales de un país y las decisiones de sus jueces legítimamente seleccionados. Además en este caso, podría violar la separación de poderes de la Constitución Ecuatoriana. Occidental contra Ecuador: Ecuador puso fin al contrato de una concesión de extracción de petróleo con Occidental porque la empresa había vendido el 40% de sus derechos de producción a otra compañía sin cumplir la obligación de contar con el consenso del Gobierno, tal y como lo estipulaba el contrato. Occidental retó entonces la decisión, de nuevo bajo el ISDS del Tratado Bilateral de Inversión EEUU-Ecuador. Esto dio lugar a la mayor compensación jamás concedida a un inversor: 1.770 millones de US$. Demuestra el poder enorme de estos tribunales. Pacific Rim Mining Corp. contra El Salvador: Al no conseguir cumplir los

requerimientos ambientales para obtener un permiso de mina en la mayor cuenca del Salvador, la compañía canadiense de minería de oro Pacific Rim Mining Corp. inició un juicio inversor-estado contra El Salvador, bajo el Acuerdo de Libre Comercio Centro de Centroamérica (CAFTA por sus siglas en inglés). La empresa reclama

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varios centenares de millones de dólares en compensación por sus “beneficios perdidos”, cuestionando la Ley nacional salvadoreña de Minas. El fallo judicial es eminente y mientras tanto, la violencia y las amenazas contra los activistas ambientales locales continúan en la región donde Pacific Rim quiere abrir una mina de oro con tratamiento al cianuro. Philip Morris contra Uruguay: Después de mudar su sede internacional de EEUU a

Suiza por razones legales, el gigante del tabaco Philip Morris inició un caso contra Uruguay en 2010 bajo el Tratado Bilateral de Inversión Uruguay-Suiza. A pesar de que el Tratado explicitaba que no se debía utilizar contra medidas de salud pública, Philip Morris utilizó el ISDS del Tratado para cuestionar varias provisiones de las recientes leyes uruguayas sobre tabaco. La compañía pone en entredicho los requisitos de aviso de peligro para la salud en los paquetes (hasta los gráficos y los tamaños), así como la medida que prohíbe poner en el mercado más de un producto derivado del tabaco bajo la misma marca. El caso sigue pendiente. Representa un buen ejemplo del uso de las reglas de inversiones y de los ISDS como estrategia para eliminar restricciones al comercio del tabaco. Philip Morris contra Australia: En 2011, Philip Morris Asia utilizó el ISDS del

Tratado Bilateral de Inversión Australia-Hong Kong para retar la reciente legislación australiana sobre tabaco (Tabacco Plain Packaging Act 2011). El gigante del tabaco dice que la nueva legislación le resta valor a sus inversiones en Australia y que el país le está tratando de manera injusta. Philip Morris pide que Australia esté obligada a suspender el cumplimiento de la nueva legislación y a pagar a la compañía miles de millones de dólares en compensación por sus pérdidas. El caso, todavía abierto, podría tener impactos negativos sobre los esfuerzos regulatorios para prevenir los efectos letales del tabaco mucho más allá de Australia. Por ejemplo, la UE, que en la actualidad está revisando su marco legislativo sobre tabaco, está basando sus propuestas en el modelo australiano.

Recomendaciones

Amigos de la Tierra hace un llamamiento a la Comisión Europea, el Parlamento Europeo, los Estados miembro de la EU y el Gobierno de Estado Unidos para que rechacen la inclusión de un mecanismo de solución de controversias inversores-estados (ISDS) en el Tratado de Libre Comercio entre Estado Unidos y la Unión Europea, y se opongan a cualquier acuerdo final que incluya un mecanismo de estas características.

El Consejo Europeo, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo no deberían firmar ningún acuerdo intergubernamental que daría el poder a un inversor de denunciar a los estados ante tribunales o sistemas de arbitrajes con el fin de cuestionar políticas y leyes de protección del medio ambiente, la salud, los derechos sociales y el consumidor.

Los ciudadanos y las comunidades afectadas o engañadas por compañías e inversores deberían, como mínimo, tener el mismo derecho de apelar a tribunales internacionales que los inversores.

Contacto: Amigos de la Tierra España [email protected], +34 91 306 99 00 Redactado por: Natacha Cingotti con contribuciones de Paul de Clerk y Natasa Ioannou, Friends of the Earth Europe 2013

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Acuerdo comercial Estados Unidos-Unión Europea: La cosecha del siglo para el agronegocio Cómo un tratado de libre comercio Estados Unidos-Unión Europea puede dañar para siempre una agricultura y alimentación sostenibles e equitativas Octubre de 2013

Resumen La búsqueda de “coherencia reguladora” en las negociaciones del acuerdo comercial trasatlántico pone en riesgo las normas establecidas para la agricultura y la alimentación en la Unión Europea y Estados Unidos. Grandes empresas del sector agrario y biotecnológico están haciendo presión para eliminar restricciones europeas a los alimentos transgénicos, cuestionan las normas de etiquetado de los alimentos al considerarlas barreras al comercio, y rechazan el uso del “principio de precaución” en el establecimiento de normas de seguridad de los alimentos. Las negociaciones comerciales podrían también amenazar la compra local de alimentos en EEUU y la UE, por ejemplo los programas que buscan orientar el gasto público hacia comidas más saludables y sostenibles en las escuelas. Amigos de la Tierra y el Institute for Agriculture and Trade Policy (IATP) rechazan cualquier intento de desregular industrias contaminantes, armonizar a la baja las normativas sobre salud o productos, o limitar la posibilidad de legislar en el futuro sobre la agricultura y alimentación a nivel nacional, regional o local.

Introducción Las negociaciones entre la Unión Europea (UE) y Estados Unidos (EEUU) sobre un tratado de libre comercio (conocido como TTIP o TAFTA por sus siglas en inglés) se iniciaron en julio de 20131. Estas negociaciones podrían tener impactos negativos importantes sobre la agricultura y alimentación a ambos lados del Atlántico. Tanto la UE como EEUU tienen sectores agrícola y alimentario altamente intensivos. Aunque puedan parecer eficientes, en la realidad, obvian costes ambientales, sociales y culturales esenciales. La agricultura intensiva, liderada por actores empresariales potentes, pone en peligro los recursos naturales de los cuales dependen nuestras vidas y destruye el campesinado y el mundo rural en todo el mundo. Cualquier norma y acuerdo que mantenga este sistema alimentario destructivo amenaza los progresos en

1 Para un cronograma de las negociaciones del TTIP, ver la página web de la eurodiputada holandesa

Marietje Schaake: http://www.marietjeschaake.eu/2013/09/new-ttip-faq-the-negotiation-phase-events-updates-key-positions-and-docs/

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temas claves como la pérdida de fertilidad de los suelos, la desaparición de biodiversidad, la escases de agua dulce, la contaminación de agua y alimentos con fertilizantes, la producción de estiércoles, y la mitigación del y adaptación al cambio climático. El TTIP representa un peligro para los avances en este sentido. Los responsables políticos a ambos lados del Atlántico han declarado que el objetivo principal de las negociaciones del TTIP era la “convergencia reguladora”. El Representante de Comercio de EEUU, Mickael Froman, ha sugerido que, para converger, el proceso regulatorio europeo debería ser como el de EEUU, dominado por la industria.2 Todo indica que la convergencia irá hacia las normas menos exigentes existentes en EEUU o la UE, considerando las legislaciones democráticamente establecidas de seguridad alimentaria, comercio local de alimentos y protección ambiental como meras “barreras al comercio”, que se tienen que quitar o eludir. Esto podría suponer borrar de un plumazo décadas de progresos en la normativa alimentaria y ambiental específica, actualmente en vigor. Como en otros sectores, las grandes empresas en el sector de la agricultura y alimentación están empujando para que se utilice el TTIP como instrumento para debilitar normas y reglamentaciones. Esto podría sin duda conducir al desmantelamiento, el olvido o la congelación del enfoque regulatorio europeo sobre seguridad alimentaria, ingeniería genética, etiquetado y productos químicos tóxicos, simplemente en aras de incrementar el comercio, en beneficio de los exportadores alimentarios europeos y estadounidenses. De la misma forma que en otras negociaciones comerciales, el TTIP se está negociando con absoluta falta de transparencia. Todas las negociaciones se realizan a puertas cerradas. El público y las organizaciones de la sociedad civil no tienen ningún acceso a los textos negociados.

La agricultura intensiva en EEUU y la Unión Europea El muy complejo amalgama de subvenciones, tarifas y reglamentación en los actuales sistemas agrarios europeos y estadounidenses no permiten un acceso equitativo a alimentos saludables y sostenibles para todos. Bien al contrario, presionan a los agricultores a producir lo más posible, lo más barato posible, y a vender a las grandes compañías del agronegocio que buscan mercados en eterna expansión para la carne, otros alimentos y piensos. Desde esta perspectiva, los alimentos son un producto comercial más, en vez del elemento central de sistemas alimentarios sostenibles, saludables y equitativos.3 En lugar de prestar atención a las presiones de las empresas para expandir alimentos baratos, los gobiernos deberían explorar alternativas para fortalecer la producción y comercialización de alimentos locales, conectando consumidores y agricultores, y para fomentar una agricultura más sostenible. Sin embargo, tanto en la UE como en EEUU, se están expulsando del mercado las explotaciones pequeñas y familiares. En efecto, el enfoque actual económico y las negociaciones comerciales en curso, como las del TTIP, considera a los agricultores como meros productores de materia prima. Pasan por alto que las granjas producen alimentos para la gente, son fundamentales para las economías rurales locales, e interactúan con los ecosistemas, jugando un papel esencial en la protección de la

2 “Froman calls on EU regulators to be more like their U.S. counterparts”, Inside U.S. Trade, 30/09/ 2013

3 Para más información, ver: http://www.foeeurope.org/agriculture

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biodiversidad y la fertilidad del suelo.4 También el modelo de agricultura será un factor decisivo en la lucha contra el cambio climático.

En el punto de mira del acuerdo comercial: la reglamentación de la agricultura y la alimentación Los aranceles sobre productos agrícolas comercializados entre EEUU y la UE son extremadamente bajos. En vez de focalizarse en intentar reducirlos todavía más, el objetivo del TTIP es debilitar o eliminar las normativas y reglamentaciones5 que establecen qué alimento se produce cómo – a pesar de que hayan sido implantadas democráticamente. En otras palabras, las negociaciones se están centrando en desregular, poniendo toda la atención en definir la “coherencia reguladora”. Una manera de conseguirla es establecer un sistema en el que un producto o una sustancia considerados seguros en un país o una región se acepte automáticamente en la otra. Esto significa que un producto se podría importar incluso si no cumpliese las normas específicas del país importador. Está claro que un amplio abanico de empresas del sector agroalimentario espera el TTIP para desmantelar o pasar por alto, de un golpe, muchas de las normativas más exigentes en agricultura y alimentación – a pesar de que hayan sido establecidas a duras penas bajo los procedimientos democráticos de la UE. Los exportadores alimentarios europeos también tienen en su punto de mira las normas y las legislaciones estadounidenses, en otras de las partes en negociación del acuerdo6. Entre ellos por ejemplo, la Ley de Protección de Mamíferos Marinos de EEUU que establece restricciones a la importación de pescado o la Ley de Bioterrorismo por sus provisiones restrictivas en cuanto a importación de alimentos. También depende de ello la puesta en marcha efectiva de la norma de Indicación Geográfica en la UE (que protege los productos procedentes de un lugar específico y lleva su nombre).7

Intento de eludir las normativas sobre transgénicos en la UE La legislación sobre cultivos y productos modificados genéticamente, así como los mercados existentes de estos productos, son muy diferentes en la UE y EEUU. Las normativas de seguridad de los organismos modificados genéticamente (OMG) son mucho más estrictas en la UE que en EEUU y EEUU ambiciona utilizar el TTIP para burlar las restricciones europeas. La industria biotecnológica estadounidense ya ha declarado explícitamente que esto es su objetivo principal.8 La oposición de los ciudadanos9 ha hecho que actualmente muy poco transgénico se cultive en suelo europeo y muy pocos productos modificados genéticamente se comercialicen10. En 2012 y 2013, primero BASF11 y luego Monsanto12 anunciaron que

4 A safe operation space for humanity, Rockström et al, 2009, Nature 461, 472-475

http://www.nature.com/nature/journal/v461/n7263/full/461472a.html#a1 5 http://www.ecorys.nl/contents/uploads/factsheets/350_1.pdf (p51)

6 http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2009/december/tradoc_145613.pdf (p79 en adelante)

7 http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2009/december/tradoc_145613.pdf (p79 en adelante)

8 http://www.bio.org/advocacy/letters/bio-comments-ttip-negotiations

9 Informe sobre biotecnología, Eurobarometro 73.1, Comisión Europea

http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_341_en.pdf 10

GM crops irrelevant in Europe – Greener farming eclipses GM, Factsheet, FoEE, Febrero 2013 11

http://www.europeanvoice.com/article/2012/january/basf-to-end-gm-crop-production-for-the-eu-/73218.aspx

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retiraban sus aplicaciones de aprobación de cultivos transgénicos pendientes de resolución en la UE. De momento, solo un maíz (MON810 de Monsanto13) y una patata (Amflora de BASF) modificados genéticamente se pueden cultivar legalmente en Europa. Los únicos otros productos que se pueden utilizar en la UE son algunos maíces y soyas importados como pienso. Así mismo, desde hace 10 años, la EU cuenta con una legislación que obliga al etiquetado de todo producto que contenga ingrediente modificado genéticamente.14 Además si se encuentran trazas15 de material modificado genéticamente en alimentos no transgénicos o semillas, se debe retirar el producto inmediatamente del mercado, y también se rechaza en las fronteras. Para piensos, la EU acepta, bajo determinadas condiciones, una contaminación de hasta un 0,1%.16 En cambio en EEUU, el maíz y la soja transgénicos se cultivan en grandes extensiones y se utilizan como pienso animal y en muchos alimentos procesados. Recientemente se aprobaron varios nuevos cultivos, como el maíz dulce, la remolacha y la alfalfa. No hay etiquetado obligatorio, si bien un amplio movimiento a favor del etiquetado ya lo ha conseguido en varios estados17. En general, la Agencia de los Alimentos y los Medicamentos de EEUU (Food and Drug Administration) considera que los alimentos transgénicos y no transgénicos son equivalentes y los cultivos modificados genéticamente “seguros”, al menos que la presencia del gen extraño provoque la expresión de una proteína diferente18. Los agricultores ecológicos que deben utilizar semillas no transgénicas tienen problemas con el polen de cultivos vecinos que contamina sus cosechas.19 Y las compañías biotecnológicas como Monsanto no dudan en denunciar a los agricultores que conservan semillas transgénicos para sembrarlas al año siguiente – o si cualquier material genético patentado aparece en sus campos - por infracción de patente.20 El agronegocio estadounidense se ha puesto como objetivo acabar con las salvaguardias europeas contra los riesgos de los OMG. Por ejemplo, la Asociación de Exportadores de Grano Norteamericana quiere acelerar las autorizaciones de las exportaciones de productos MG a Europa para alimentos, piensos y transformación. En efecto, declara que reducir “el desfase entre la autorización de un nuevo evento mejorado genéticamente [sic] en EEUU y su autorización e importación para uso en alimento, piensos o transformación en Europa, debería formar parte de las máximas prioridades del TTIP.”21

12

http://www.telegraph.co.uk/earth/environment/10186932/Major-GM-food-company-Monsanto-pulls-out-of-Europe.html 13

Página de información sobre el MON810, GMO Compass (tal y como se mostraba el 30/09/2013) http://www.gmo-compass.org/eng/gmo/db/15.docu.html 14

Esto se aplica solamente a los productos que contienen más del 0,9% de ingredientes MG. http://ec.europa.eu/food/food/biotechnology/gmfood/labelling_en.htm Además los productos derivados de animales alimentados con transgénicos no tienen obligación de etiquetarse. http://www.genewatch.org/sub-568547 15

http://ec.europa.eu/food/food/biotechnology/harmonisation_of_controls_en.htm 16

Reglamento 619/2011 de la Comisión por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control oficial de los piensos y de la presencia en ellos de material modificado genéticamente cuyo procedimiento de autorización esté pendiente o cuya autorización haya caducado 17

http://www.foodsafetynews.com/2013/06/movement-to-label-gmos-gaining-steam/#.UkgT7ygYJSo 18

http://www.fas.org/biosecurity/education/dualuse-agriculture/2.-agricultural-biotechnology/us-regulation-of-genetically-engineered-crops.html 19

http://www.non-gmoreport.com/articles/apr10/organicfarmers_gmocontamination.php 20

http://www.monsanto.com/newsviews/Pages/why-does-monsanto-sue-farmers-who-save-seeds.aspx 21

http://naega.org/wp-content/uploads/2012/05/NAEGA-NGFA-Joint-Comments-to-USTR-Trade-Policy-Staff-Committee-on-TTIP-May-10-2013.pdf

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De la misma forma, la Organización de Industrias Biotecnológicas Estadounidense (BIO) y la Asociación de Comercio de Semilla Americana (ASTA) empujan para que se acabe la tolerancia cero de contaminación transgénica en semillas. La ASTA quiere que la UE adopte la “solución técnica” que permite cierta cantidad (hasta el 0,1%) de OMG en semillas “en los casos en los que las semillas no hayan sido aprobadas todavía para su cultivo en la UE”. También pide “un límite comercial viable [de presencia MG], basado en la ciencia […] cuando se trata de semillas ya aprobadas para su cultivo en la UE”.22 El gobierno de EEUU tiene la intención de cuestionar la legislación europea de etiquetado obligatorio de los OMG a través del TTIP. Esto es una disputa que viene de lejos entre las dos regiones, de hecho EEUU ya denunció formalmente la normativa europea sobre OMG ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).23 El gobierno estadounidense considera que las autorizaciones de alimentos y piensos transgénicos son demasiado lentas en la UE, y que “los limites de presencia de OMG tan bajos que son inviables” y las medidas anticontaminación de varios Estados miembros europeos contradicen las reglas de la OMC.24

Lo que el agronegocio quiere realmente La industria agroalimentaria ya ha dejado bien claro sus objetivos particulares. Las empresas biotecnológicas por ejemplo quieren que la UE sea más permisiva con la importación de OMG no autorizados, acelere las autorizaciones de nuevos OMG, debilite las pruebas de seguridad para los cultivos transgénicos y sustituya el etiquetado obligatorio de los alimentos transgénicos por normas voluntarias. El TTIP facilitará probablemente también el cuestionamiento por parte de las empresas, de un amplio abanico de otras normativas, existentes o inminentes, en particular sobre restos de pesticidas en alimentos y tratamientos químicos de reducción de patógenos; aditivos en los piensos y hormonas de crecimiento para la carne y la leche; aditivos y aromatizantes en alimentos; etiquetado de productos; sistemas alimentarios locales; y normas a los agrocombustibles.25 Este proceso de desregulación podría tener un impacto dramático sobre nuestro sistema agrario y alimentario. Por ejemplo, podría:

Reducir significativamente la información a los consumidores sobre los ingredientes de sus alimentos y poner en entredicho las reglas de etiquetado de OMG tanto en la UE como en EEUU;

Incrementar las presencia de sustancias tóxicas o potencialmente más tóxicas en los alimentos, como pesticidas y productos modificados genéticamente;

22

http://www.regulations.gov/contentStreamer?objectId=09000064812d84f6&disposition=attachment&contentType=pdf 23

http://www.europarl.europa.eu/RegData/bibliotheque/briefing/2013/130518/LDM_BRI(2013)130518_REV1_EN.pdf 24

http://www.ustr.gov/sites/default/files/2013%20SPS.pdf 25

Este resumen se deduce de los comentarios de la industria entregados al Representante Comercio de EEUU: https://www.federalregister.gov/articles/2013/04/01/2013-07430/request-for-comments-concerning-proposed-transatlantic-trade-and-investment-agreement y de una carta de varias organizaciones y asociaciones del sector agroalimentario de EEUU al embajador Ron Kirk http://www.nppc.org/wp-content/uploads/2013-03-04-Ag-Coalition-US-EU-FTA.pdf

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Debilitar las normas que se aplican a la producción de alimentos, incluidos los métodos de procesamiento de la carne;

Restringir programas de compra pública local de alimentos, por ejemplo para los comedores escolares;

Concentrar todavía más el control de la cadena alimentaria en las manos de muy pocas corporaciones trasnacionales.

Cuestionando el etiquetado por considerarlo una barrera al comercio Los requerimientos legales de una información detallada del contenido de los productos alimentarios envasados provienen generalmente de la presión ejercida por grupos de consumidores. Las empresas alimentarias siempre se han mostrado muy reticentes en facilitar la información. 26 La UE tiene un amplio marco regulatorio aplicable a los alimentos en todo su territorio, como las legislaciones sobre la trazabilidad y el etiquetado de los alimentos transgénicos27, y el nuevo Reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, que se está introduciendo gradualmente.28,29 Existen también numerosos esquemas nacionales de etiquetado voluntario, como el sistema de etiquetado británico llamado Traffic Light Signpost Labelling que indica el nivel de azúcar, grasas, sal y calorías en 100g de producto.30 Por otro lado, hay un sistema de etiquetado sobre bienestar animal en determinados productos31, como los huevos (en los cuales se estipula si las gallinas han sido criadas en jaulas, en granjas, o al aire libre).32 EEUU también cuenta con normativa de etiquetado de alimentos33, entre ellas la nueva legislación sobre el etiquetado del país de origen de la carne (que ya ha sido denunciada ante la OMC). Pero en general, los sistemas de etiquetado obligatorio en EEUU se centran en el contenido en nutrientes34,35. Los decisores políticos consideran que los alimentos producidos con OMG o aditivos a base de hormonas de crecimiento de bovinos no son diferentes que los alimentos sin ellos.36 Existe por lo tanto una predisposición general contra el etiquetado de este tipo de productos. La única excepción se encuentra en la agricultura ecológica, que no emplea ni hormonas sintéticas ni antibióticos, y se etiqueta como tal.37 Las nuevas leyes de etiquetado de OMG en Connecticut y Maine38, y las campañas en este sentido en una docena de otros estados, representan una amenaza directa a este enfoque. La Asociación Americana de la Soja pide que “se reemplacen las políticas de

26

Ver por ejemplo: http://www.biotech-now.org/food-and-agriculture/2012/05/why-biotech-food-labeling-is-met-with-resistance 27

http://ec.europa.eu/food/food/biotechnology/gmfood/labelling_en.htm 28

http://www.food.gov.uk/enforcement/regulation/fir/#.UkgoNygYJSo 29

http://ec.europa.eu/food/food/labellingnutrition/foodlabelling/index_en.htm 30

http://www.food.gov.uk/multimedia/pdfs/frontofpackguidance2.pdf 31

http:/ec.europa.eu/food/animal/welfare/farm/docs/options_animal_welfare_labelling_summary_en.pdf 32

http://www.labellingmatters.org/about-us/eu-egg-labelling-scheme.html 33

http://www.fda.gov/Food/GuidanceRegulation/GuidanceDocumentsRegulatoryInformation/LabelingNutrition/ucm2006828.htm 34

http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2009/december/tradoc_145613.pdf (p79 en adelante) 35

http://www.fda.gov/Food/GuidanceRegulation/GuidanceDocumentsRegulatoryInformation/LabelingNutrition/ucm2006828.htm 36

Ver por ejemplo http://www.ustr.gov/sites/default/files/2013%20TBT.pdf 37

http://www.ams.usda.gov/AMSv1.0/ams.search.do?q=NOPPetitionedSubstancesDatabase 38

http://www.motherearthnews.com/real-food/connecticut-and-maine-pass-gmo-labeling-laws-zwfz1306zsal.aspx#axzz2gIHsRPWB

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trazabilidad y etiquetado obligatorios de los productos con ingredientes transgénicos por políticas no discriminatorias de etiquetado libre de transgénicos.”39 Un sistema así sería voluntario y por lo tanto no se podría obligar a que se ponga en marcha. El Representante de Comercio de EEUU por otro lado se ha quejado de que “las políticas europea restringen la importación y uso de bienes agrícolas derivados de la biotecnología [en particular…] al imponer requisitos comerciales imposibles de cumplir sobre contenido transgénico en alimentos según los Reglamentos de trazabilidad y etiquetado.”40 Es de esperar por lo tanto que estas normativas sean objeto de la máxima atención durante las negociaciones del TTIP.

El principio de precaución en la práctica: de la incertidumbre científica a las decisiones políticas La importancia del Principio de Precaución fue claramente y definitivamente reconocida en 1992 durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en Rio de Janeiro. El principio 15 de la Declaración de Río enuncia que “Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.”41 El Principio de Precaución es ahora una pieza angular de la política europea, ya que se ha introducido en el Tratado de Funcionamiento de la UE.42 Las normas europeas de seguridad alimentaria y de salud pública se basan en el Principio de Precaución, lo que significa que los que ponen en el mercado nuevos alimentos son los responsables de demostrar que son seguros, antes de comercializarlos. Por lo contrario, las normas estadounidenses de seguridad alimentaria se basan en la prueba “científica” aportada voluntariamente por la industria. Así, por ejemplo, se utiliza maíz y soja modificados genéticamente en toda la cadena alimentaria y están en proceso de aprobación otros tipos de productos procedentes de la biotecnología y de tecnologías emergentes como las nanopartículas artificiales en los alimentos. En marzo de 2013, unas 60 organizaciones estadounidenses de exportadores agrícolas y comerciantes alimentarios mandaron una carta al Representante de Comercio de EEUU, Ron Kirk, centrado específicamente en la recomendación del Grupo de Trabajo de Alto Nivel de negociar “un ambicioso capítulo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias basado en la ciencia y los estándares internacionales.” Esto representa una amenaza directa a la aplicación en Europa del Principio de Precaución que guía la toma de decisiones en caso de incertidumbre científica.43 En general, las reglas de libre comercio permiten a las partes cuestionar más fácilmente las barreras al comercio “no científicas”.44 Aceptar este enfoque significaría un enorme paso atrás. El Principio de Precaución no

39

http://www.regulations.gov/contentStreamer?objectId=09000064812cb0c1&disposition=attachment&contentType=pdf y http://www.regulations.gov/contentStreamer?objectId=09000064812d83b5&disposition=attachment&contentType=pdf 40

http://www.ustr.gov/sites/default/files/2013%20SPS.pdf 41

http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm 42

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2010:083:0047:0200:es:PDF 43

http://www.nppc.org/wp-content/uploads/2013-03-04-Ag-Coalition-US-EU-FTA.pdf 44

http://www.wto.org/english/tratop_e/sps_e/spsund_e.htm

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es científico. Reconoce precisamente las incertidumbres de innovaciones tecnológicas, y permite a la sociedad protegerse de las consecuencias de riesgos subestimados, ayudando así a orientar las innovaciones en la dirección deseada y sostenible.45 Un ataque al Principio de Precaución en el TTIP podría llevar a un debilitamiento de calado de las leyes europeas de protección del medio ambiente. Podría también impedir que la UE introduzca nuevas normativas estricta y eficaz en el futuro.

Las empresas podrían llevar a los estados a juicio Uno de los aspectos del TTIP que toca de lleno a todos los sectores es el relativo a inversores, y muy particularmente el hecho de que las empresas tengan o no el derecho de denunciar las decisiones de los gobiernos. Tanto EEUU como la UE han declarado que su intención es incluir un mecanismo de solución de controversias inversores-estados (ISDS por sus siglas en inglés) en el TTIP.46 Esta propuesta altamente controvertida daría la posibilidad a las compañías de denunciar a los gobiernos en un tribunal de arbitraje internacional como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), para pedir compensaciones por normativas que afectarían a sus beneficios previstos. Por ejemplo, bajo otros acuerdos comerciales, los inversores han utilizado este tipo de mecanismos para poner en tela de juicio leyes nacionales sobre vertidos de residuos peligrosos, etiquetado en los paquetes de cigarrillos, o restricciones de importaciones de sirope de maíz con alto contenido en fructosa. Incluir un mecanismo de este tipo también añadiría un precedente para que este peligroso sistema se introduzca en negociaciones comerciales globales en el futuro.

Aditivos en los alimentos y piensos: ¿qué comida queremos en nuestro plato? La producción de ganado intensivo a ambos lados del Atlántico se centra en incrementar las tasas de crecimiento de los animales, incluso utilizando diferentes aditivos y sustancias. Existen varias normas en vigor en las dos regiones, que establecen lo que está permitido y lo que no. Esto ha sido el origen de una larga disputa sobre el uso en EEUU de hormonas de crecimiento en la carne de vacuno, prohibido en los Estados miembros de la UE. La disputa se ha resuelto hace poco: la UE mantiene sus prohibiciones pero ofrece un acceso preferencial a su carne de vacuno criado sin hormonas de crecimiento.47 Otro aditivo alimentario igual de preocupante es la ractopamina, solamente autorizada en EEUU y otros 26 países grandes productores de carne.48 La ractopamina se utiliza para acelerar el crecimiento y obtener una carne con menos grasa, pero algunas investigaciones han demostrado que también afecta a la salud y el comportamiento del animal.49,50 La droga imita la hormona del estrés, poniendo a los animales más

45

Para consultar más argumentos sobre este tema, ver: http://www.theguardian.com/science/political-science/2013/jul/08/precautionary-principle-science-policy 46

Para más explicación sobre los ISDS, ver: http://www.tierra.org/spip/IMG/pdf/mecanismos_solucion_controversias.pdf 47

http://www.europarl.europa.eu/news/en/news-room/content/20120314IPR40752/html/Win-win-ending-to-the-hormone-beef-trade-war 48

http://documents.foodandwaterwatch.org/doc/RactopamineFS.pdf 49

http://www.centerforfoodsafety.org/files/ractopamine_factsheet_02211.pdf

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agresivos e hiperactivos. Aumenta también la rapidez de transformación del pienso en carne. Algunos estudios plantean posibles problemas para el corazón, los músculos y el sistema reproductivo.51 Otros estudios también sugieren posibles impactos en la salud humana (como por ejemplo en el caso del medicamento contra el asma retirado, que podría elevar el ritmo cardiaco y causar envenenamiento).52 Por estas razones, muchos países, entre ellos Rusia, China y la UE, han prohibido la importación de carne de animales tratados con ractopamina. Después de cuatro años de negociaciones infructuosas – que llegó finalmente a una conclusión en un voto muy inusual y controvertido – el Codex Alimentarius de Naciones Unidas (el organismo que establece los estándares alimentarios internacionales) adoptó un límite residual máximo para la ractopamina en la carne de vacuno y porcino en 2012. Ahora que la norma de Codex ha sido aprobada, parece que una guerra comercial se avecina, EEUU podría iniciar una disputa contra Rusia en la OMC.53 La industria de la carne estadounidense también ha empezado a quejarse de la prohibición europea como de una barrera comercial, y esto podría perfectamente entrar en las negociaciones (o concesiones) del TTIP.54

Nuevas reglas a la contratación pública en el TTIP podrían limitar programas de compra de alimentos locales En EEUU, numerosas comunidades locales se esfuerzan para recuperar el control sobre sus alimentos, muy particularmente para poder comprar alimentos producidos localmente. Entre estas iniciativas se encuentra el fomento de alimentos locales, más saludables y sostenibles, en programas de comedores escolares u otros comedores públicos. El Programa estadounidense De la Granja a la Escuela por su parte ayuda a poner en contacto las escuelas y los agricultores cercanos.55 El Consejo de Política Alimentaria de Los Angeles va un paso más allá, al incluir consumidores, agricultores, restaurantes y centros escolares locales en un esfuerzo conjunto de priorizar alimentos más saludables y locales. Pone directamente en entredicho el sistema alimentario global e industrializado.56 Algunos países europeos tienen iniciativas similares. Por ejemplo Italia se ha aprovechado de la flexibilidad de las normas sobre compras de la UE para lanzar programas de comedores escolares que toman en cuenta criterios culturales a la hora de adquirir alimentos locales. Desafortunadamente estas experiencias en democracia alimentaria se podrían ver amenazadas por las negociaciones del TTIP. El mandato para las negociaciones de la UE estipula que quiere nuevas normas de compra pública de todo tipo de bienes, en todos los sectores y a todos los niveles de gobierno. Se muestra especialmente

50

http://documents.foodandwaterwatch.org/doc/RactopamineFS.pdf 51

http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/1041.htm 52

http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/1041.htm y http://www.centerforfoodsafety.org/files/ractopamine_factsheet_02211.pdf 53

http://worldtradelaw.typepad.com/ielpblog/2013/02/aaron-cosbey-on-codex-ractopamine-and-pork-a-twisted-tail.html y http://documents.foodandwaterwatch.org/doc/RactopamineFS.pdf 54

http://www.regulations.gov/contentStreamer?objectId=09000064812e5e67&disposition=attachment&contentType=pdf 55

http://www.farmtoschool.org/ 56

http://goodfoodla.org/objectives/good-food-priorities/

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preocupado por los programas Compra Americano (“Buy America”), que utiliza dinero de los contribuyentes para apoyar programas de compra pública y así fomentar la creación de empleo local.57 EEUU también ha dejado claro sus intenciones de utilizar el TTIP para abordar el “uso creciente de medidas de localización como barrera comercial”.58 Por lo tanto los criterios de alimentación local, tanto en EEUU como en la UE, bien podrían ser considerados como barreras comerciales no arancelarias y en consecuencia declarados ilegales bajo el TTIP.

Conclusión Amigos de la Tierra y el Institute for Agriculture and Trade Policy (IATP) instan a la Comisión Europea, el Parlamento Europeo, los Estados miembros de la UE y el gobierno de EEUU a dar prioridad a los intereses de los ciudadanos y el medio ambiente. A este fin, no deberían acordar un tratado de libre comercio transatlántico que debilite la democracia, la seguridad y la protección ambiental. En particular no se deberían tocar pilares fundamentales del marco regulatorio europeo – como el Principio de Quién Contamina Paga o el Principio de Precaución – reconocidos en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en otros tratados internacionales. Amigos de la Tierra y el IATP rechazan todo intento de desregular industrias contaminantes, armonizar a la baja normas sobre productos o seguridad, y limitar futuras legislaciones de protección de la gente y el medio ambiente. En particular, las negociaciones deberían claramente excluir:

cualquier mecanismo de solución de controversias inversores-estados, que daría a las empresas nuevos derechos para llevar a juicio gobiernos por sus leyes de protección de la salud pública y el medio ambiente;

una rebaja de las medidas sanitarias y fitosanitarias, es decir de cualquier norma relacionada con la seguridad alimentaria o la sanidad animal y vegetal;

nuevas normas que limite el derecho a apoyar la compra pública local, en particular en lo que se refiere a los programas de colaboración entre granjas y comedores escolares y otros esfuerzos locales para mejorar el sistema alimentario.

todo intento de debilitar las leyes de etiquetado que proporcionan información a los consumidores sobre sus alimentos.

Amigos de la Tierra y el IATP hacen por lo tanto un llamamiento para un acuerdo comercial que construya un futuro mejor para la gente y el planeta mediante el apoyo a las economías locales, sistemas agrarios agroecológicos y un mundo rural vivo. Un tratado de estas características debería tener por objetivos:

Construir nuevas economías y mejorar la calidad de vida: proteger y apoyar a las economías locales y desarrollar empleos de calidad, estables y satisfactorios en el sector agrícola y alimentario.

Mejorar las condiciones de vida para las futuras generaciones: identificar las mejoras prácticas sociales y ambientales como base para un marco regulatorio mínimo común para la agricultura y alimentación, eliminar las subvenciones

57

http://www.s2bnetwork.org/fileadmin/dateien/downloads/EU-TTIP-Mandate-from-bfmtv-June17-2013.pdf 58

http://www.ustr.gov/about-us/press-office/press-releases/2013/february/transcript-briefing-us-eu

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nefastas para el medio ambiente y reducir el uso de recursos y las emisiones de gases de efecto invernadero del sector agrario, tanto en EEUU como en la UE, a niveles sostenibles y equitativos.

Promover condiciones comerciales que favorezcan a las personas y el medio ambiente: los intereses de los ciudadanos y del planeta deberían estar en el centro del acuerdo, y no los intereses particulares de inversores y multinacionales.

Aportar transparencia y rendición de cuenta: el público y las organizaciones de la sociedad civil necesitan saber lo que se está negociando y acordando, y poder participar. Es imprescindible que los inversores y las empresas rindan cuenta y sean responsables de los impactos para las personas y el medio ambiente de sus actuaciones.

Estos pasos son absolutamente esenciales para proteger a las personas y el medio ambiente. Se deben mantener y mejorar las normativas de seguridad y de protección de la salud, y no desmantelarlas. Así mismo, se deben promover y proteger las economías locales y el mundo rural. Las autoridades deben seguir guiándose del Principio de Precaución cuando no existen pruebas científicas suficientes para tomar una decisión, en particular en lo que se refiere a tecnologías controvertidas como la ingeniería genética. El futuro de nuestra alimentación, nuestra agricultura y nuestro medio ambiente está en juego. Nada más y nada menos.

Contacto: Amigos de la Tierra España [email protected], +34 91 306 99 00 Redactado por: Mute Schimpf, Friends of the Earth Europe y Karen Hansen-Kuhn, Institute for Agriculture and Trade Policy 2013 Amigos de la Tierra Europa agradece el apoyo económico del Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos (DGIS). Lo expresado en este documento es única responsabilidad de Amigos de la Tierra y no se puede considerar como un reflejo de la posición del financiador mencionado. No se puede hacer responsable al financiador por cualquier uso que se haga de la información contenida en este documento.

www.tierra.org www.iatp.org

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24 Ecologista, nº 79, invierno 2013/14

Este acuerdo comercial reducirá la regulación europea sobre productos tóxicos

El TTIP y las sustancias químicasVito A. Buonsante

La legislación de EE UU sobre sustancias químicas es mucho más permisiva y favorable a las empresas que la normativa europea. En estas condiciones, cualquier ajuste entre ambas legislaciones para favorecer un comercio sin trabas, como se pretende, solo supondrá una rebaja de la regulación europea y una mayor desprotección de la ciudadanía europea ante estas sustancias tóxicas.

Vito A. Buonsante, jurista de ClientEarth

Según los representantes de la Unión Europea y Estados Uni-dos, se espera que la Asociación Transatlántica de Comercio e In-versiones (TTIP, según sus siglas

en inglés), el mayor acuerdo comercial mundial, aporte inmensos beneficios a los ciudadanos y proporcione un potencial de crecimiento del 1% del PIB en la UE. Todos estos beneficios se basan en unos supuestos muy optimistas que todavía no han sido verificados ni debidamente contrastados.

Legislaciones diferentesUno de los temas que están siendo objeto de debate con miras a crear una Zona Transatlántica de Libre Comercio (TAFTA) o a alcanzar un acuerdo de asociación de libre comercio (TTIP) entre EE UU y la UE es la regulación de las sustancias químicas. Las legislaciones comunitaria y estado-

unidense relativas a las sustancias quími-cas presentan diferencias estructurales y también culturales. La base jurídica por la que se rige en EE UU la regulación de las sustancias químicas es la ley de control de sustancias tóxicas (TSCA), una ley de 1976 que se considera un gran fracaso debido a que para regular una determinada sustan-cia química, la carga de la prueba de que dicha sustancia plantea un riesgo inacepta-ble recae en la Agencia de Protección del Medio Ambiente estadounidense (EPA). En razón de este mecanismo, solo se han prohibido cinco sustancias químicas en el marco de esta ley. En la UE existe un reglamento, REA-CH, que entró en vigor en el año 2007 y se aplica con un enfoque horizontal en todos los Estados miembros. La diferencia fundamental entre el reglamento REACH y la TSCA es que en el primero la carga de la prueba de que el uso de una sustancia química es seguro recae en el suministra-dor de la misma, mientras que la TSCA no

exige aportar datos sobre ninguna de las 60.000 sustancias comercializadas desde 1976 y solo un conjunto de datos limitado sobre las nuevas sustancias y los nuevos usos. REACH, además, va más allá, dado que promueve (al menos en principio) la sustitución progresiva de todas las sustan-cias peligrosas. Por consiguiente, los niveles que se-paran la regulación estadounidense de la comunitaria en este ámbito son dos: la res-ponsabilidad del fabricante y la promoción de una solución innovadora para el diseño y la utilización de sustancias químicas se-guras. El reglamento REACH adopta un enfoque basado en los riesgos para regular las sustancias químicas, lo que significa que una sustancia puede regularse en función de su potencial de riesgo, incluso si la ex-posición es mínima o puede controlarse, mientras que en EE UU debe demostrarse el riesgo de exposición a dicha sustancia química en condiciones normales de utili-zación y dicha exposición debe constituir un riesgo inaceptable. Además, la EPA, a la hora de regular una sustancia química preocupante, debe introducir la medida que resulte menos gravosa. En este contexto y ante la ausencia de un análisis exhaustivo coste/beneficio, en el año 1991 un tribunal de apelación estadounidense rechazó la prohibición, por parte de la EPA, de los usos autoriza-dos en aquel momento del amianto, una sustancia química de la que se sabe desde hace mucho tiempo que provoca cáncer de pulmón. Desde entonces la EPA no ha regulado ni una sola sustancia química basándose en un riesgo excesivo. Por su lado, aunque no es perfecto, en el marco del reglamento REACH se prohíbe actualmente la fabricación y el uso de más de 60 sustancias o grupos de sustancias químicas, se requiere autoriza-ción para utilizar otros 22 compuestos y, en relación con 144 sustancias conside-radas extremadamente preocupantes, los suministradores de dichas sustancias o de productos que las contengan tienen la obligación de notificar los posibles riesgos. La Comisión Europea está a punto de publicar una hoja de ruta para la inclusión de todas las sustancias extremadamente preocupantes conocidas en la lista de candidatas para su autorización en 2020. Por lo tanto, la firma de un acuerdo de libre comercio de sustancias químicas con EE UU no reportará ningún beneficio a la UE. Si el objetivo de la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversiones es beneficiar a los ciudadanos europeos, no existe un espacio para la cooperación en materia normativa con un país, como EE UU, en el que la regulación de las sus-

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tancias químicas a las que están expuestos sus ciudadanos es tan deficiente.

Ajustes a la bajaEl Comisario de Comercio de la UE ha dicho que la Unión está dispuesta a exami-nar propuestas para facilitar el comercio y, al mismo tiempo, mantener la protección intacta. Sugiere que se haga por mediación de un Consejo de Cooperación en Materia de Regulación en el que estén represen-tados los responsables de las agencias reguladoras más importantes de la UE y de EE UU. El principal objetivo declarado de la cooperación en sustancias químicas estaría relacionado con el establecimiento de prioridades en la evaluación de estas sustancias y con la cooperación mutua con miras a definir los temas nuevos y emergentes. Es decir, que la UE está dispuesta a debatir con EE UU todas las iniciativas que estos propongan en el ámbito de la regulación de las sustancias químicas. Pero dado que EE UU no está evaluando ninguna sustancia con vistas a su retirada progresiva, el mencionado Consejo de Cooperación en Materia de Regulación no hará sino retrasar la aplica-ción del reglamento comunitario relativo a las sustancias químicas y dejará a la UE un control apenas simbólico sobre las iniciativas comunitarias. Veamos, por ejemplo, el caso de los disruptores endocrinos, uno de los de-nominados temas emergentes. La ciencia independiente sabe, en su inmensa mayo-ría, que estas sustancias constituyen una amenaza mundial, tal como ha afirmado la Organización Mundial de la Salud. Sin embargo, en la Unión Europea se está produciendo una batalla encarnizada a la hora de establecer unos criterios científicos que permitan definir qué son los disrup-tores endocrinos. A finales de año está previsto que la UE apruebe dichos criterios de acuerdo con el enfoque basado en los riesgos recogidos en el reglamento REA-CH, el reglamento relativo a los pesticidas y biocidas. Si en la mesa de negociaciones sobre el acuerdo de cooperación se van a incluir los disruptores endocrinos, no es improbable que la protección de la salud y del medio ambiente se vea socavada

por el mucho más laxo en-foque del riesgo aplicado

por EE UU a

la regulación de las sustancias químicas. La presión ejercida por las empresas es-tadounidenses en ese sentido está siendo bastante fuerte. Por último, está el principio de precau-ción –a menudo definido popularmente como “más vale prevenir que curar”– que permite tomar medidas para proteger a los ciudadanos comunitarios incluso cuando no exista una certeza abrumadora sobre los efectos perjudiciales de una sustancia, una tecnología o un producto. En virtud de este principio, en el año 2011, la UE prohi-bió la utilización del Bisfenol A en los bi-berones. Pero en EE UU están totalmente al margen de este principio, ya que siguen confiando en la gestión del

riesgo y ca-

yendo en la “parálisis por análisis” con el fin de demorar cualquier decisión que afecte a la comercialización de las sustan-cias químicas. En definitiva, con estas reglas de juego no queremos llegar a acuerdos de com-promiso en relación con este enfoque ni retroceder en nuestra manera de regular las sustancias químicas. Si las ventajas de la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversiones para los europeos no están en absoluto claras, lo que sí resulta evidente es que la inclusión de un capítulo sobre las sustancias químicas solo constituiría una amenaza para nuestra salud y el medio ambiente.

1. El amianto no está prohibido en EE UU por su laxa legislación sobre productos tóxicos.2. Armonizar la legislación sobre productos químicos reducirá las protecciones europeas. 3. El bisfenol A está prohibido en los biberones de la UE, pero no en EE UU.

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