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Dr. Jacinto Bátiz - ffomc.org · 2012. 8. 2. · Dr. Jacinto Bátiz, Dr. Joan Monés 7 - La Comisión podrá solicitar la presencia de otras personas, como asesoras, informadoras,

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  • Dr. Jacinto Bátiz

    Médico de Familia. Jefe del Área de Cuidados del Hospital San Juan de Dios deSanturce (Vizcaya). Secretario de la Comisión Central de Deontología de la OMC.Presidente de la Comisión de Deontología del Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia.Miembro del Grupo de Trabajo "Atención Médica al final de la vida" de la OMC.Presidente de la Sección de Cuidados Paliativos de la Academia de Ciencias Médicasde Bilbao.

    Dr. Joan Monés

    Miembro de la Comisión de Deontología del Colegio Oficial Médicos de Barcelona.Vocal de la Comisión Central de Deontología de la OMC. Profesor Emérito de Medicinay de Bioética y comunicación. Facultad de Medicina, Universidad Autónoma deBarcelona. Gastroenterólogo. Jefe de la Unidad de Gastroenterología del Hospital de laSanta Creu i Sant Pau (Jubilado desde Enero del 2011).

    20 COMISIONES DE DEONTOLOGÍA IIDr. Jacinto Bátiz, Dr. Joan Monés

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  • íínnddiicceeINTRODUCCIÓN 5

    FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DEONTOLOGÍA 6

    Funciones o actividades 6

    Las sesiones 6

    Resolución de expedientes 8

    RELACIÓN DE LA COMISIÓN DE DEONTOLOGÍACON LA JUNTA DIRECTIVA 9

    COMISIÓN CENTRAL DE DEONTOLOGÍA 11

    Funciones 11

    Composición 12

    Son rrequisitos eexigibles 12

    Son rrequisitos rrecomendables 12

    Relaciones de la Comisión Central de Deontologíacon el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos 13

    Procedimiento de renovación y elecciones 13

    Duración del nombramiento 14

    Constitución de la CCD 15

    Órganos colegiados y unipersonales de la CCD 16

    Órganos ccolegiados 16

    Órganos uunipersonales 17

    Procedimiento y régimen de trabajo 18

    Sesiones oordinarias 18

    Sesiones eextraordinarias 18

    Orden ddel DDía 18

    El AActa 19

    Desarrollo dde llas ssesiones 20

    Las PPonencias 20

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  • ESTRATEGIAS DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓNDE LA DEONTOLOGÍA 22

    TIPOS DE DOCUMENTOS 22

    Declaraciones de la CCD 23

    Dictámenes 23

    Informes 24

    Comunicados 24

    Artículos 24

    Documentos de Formación/Notas Técnicas 25

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  • IINNTTRROODDUUCCCCIIÓÓNNEn los colegios provinciales debe existir con carácter obligatorio una “Comisión de

    Deontología, Derecho Médico y Visado”, que tiene como misión el asesorar a la JuntaDirectiva en las cuestiones y asuntos relacionados con las materias de sucompetencia. Las comisiones de deontología son necesarias e imprescindibles yademás es lo que justifica ante la sociedad la propia existencia de los colegios demédicos. No sería fácil justificar su existencia y necesidad, sin la exigencia ética querepresenta el Código de Deontología y la presencia en los colegios de médicos de lasComisiones de Deontología. Por todo ello, es lógico y se podría añadir que necesario,la exigencia de su presencia que se refleja en los Estatutos Generales de laOrganización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales deMédicos.

    La labor fundamental de la Comisión de Deontología ha sido y es la aplicación delCódigo de Deontología Médica. Esta función es importante ya que de su seriedad ycalidad va a depender la buena reputación social y profesional de nuestros colegiosde médicos y por añadidura de los colegiados. Además, es un marco de actuación conunas reglas que sirven para que los médicos, sean conscientes de que tantoindividualmente como en conjunto se deben aplicar y defender los principios éticos ydeontológicos integrados en el Código de Deontología.

    Además, el que la Justicia y la administración en general confíen en el colectivomédico para decidir y orientar casos concretos o generales en referencia a laactuación de los médicos tanto ética como profesional de todos es que se demuestrela inequívoca voluntad de aplicar con rigor y seriedad las normas de Deontología y encaso de su trasgresión por parte de algún colegiado, será valorada su gravedad yaplicar en último término y si procede, el castigo previsto en los Estatutos colegiales.

    Las normas deontológicas, con el aval del Tribunal Supremo, tienen valor de normaslegales de obligado cumplimiento para los colegiados, sin que puedan ser invocadasexclusivamente como un simple marco de referencia moral.

    Una de las tareas más importante encomendadas a la Comisión de Deontología deun colegio de médicos y quizás la más específica, es la de asesorar a la Junta Directivacon sus dictámenes en la resolución de reclamaciones que pueden presentar lospacientes, los médicos colegiados, otros ciudadanos o instituciones, así como enaquellos asuntos que la propia junta directiva considera oportunos.

    Sin duda alguna, la labor fundamental de las comisiones de deontología ha sido yes la aplicación del Código Deontológico y quizá se han dedicado casi en exclusiva al

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  • estudio y análisis de los escritos que se les dirigían a este respecto, la mayoría de ellosde denuncias con mayor o menor fundamento. Esta función es muy importante ya quede su profundidad, ecuanimidad, seriedad y calidad depende la credibilidad de laprofesión y alejar los fantasmas del corporativismo.

    FFUUNNCCIIOONNAAMMIIEENNTTOO IINNTTEERRNNOO DDEE LLAACCOOMMIISSIIÓÓNN DDEE DDEEOONNTTOOLLOOGGÍÍAASeguidamente se exponen las funciones y actividades y algunas recomendaciones de

    funcionamiento que se llevan a cabo en las Comisiones de Deontología de los Colegiosprovinciales, tales como las sesiones, resolución de expedientes, composición , etc.

    Funciones o actividadesLa Comisión Deontológica, convocada y constituida en reunión cumplirá las

    funciones para las que fue nombrada:

    - Asesorar a la Junta Directiva con su dictamen en la resolución de reclamacioneso consultas que puedan presentar los médicos colegiados, los ciudadanos,organizaciones o la propia Junta Directiva, en relación con temas de Ética yDeontología Médica.

    - Cooperar en las diversas iniciativas educativas que el Colegio pueda promover oesta Comisión, proponer cursos de formación continuada, ciclos de conferencias,grupos de estudio, cursos y seminarios de Ética Médica, etc.

    - Divulgar en la sociedad la base deontológica del ejercicio de la Medicina.

    - Informar de oficio a la Junta Directiva del Colegio sobre cuestiones de Ética yDeontología relacionadas con los médicos y con sus Organizaciones Sanitarias.

    Las sesiones- Se aconseja que la Comisión de Deontología se reúna mensualmente, con

    carácter ordinario, excepto en periodos vacacionales. No es aconsejable reunirsesolamente cuando tiene expedientes que resolver. La reunión periódica ayudará acumplir las demás funciones de la Comisión. Las reuniones extraordinarias serealizan a petición del Presidente de la Comisión, o de un tercio de los miembros,bien por acumulo de trabajo o por la urgencia de los temas a tratar.

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  • - Todas las reuniones deben ser convocadas por el Secretario de la Comisión, pororden del Presidente. La convocatoria incluirá el Orden del día y el Acta de lareunión anterior. Se aconseja comenzar el Orden del Día con un primer punto quesería el de la Lectura y Aprobación del Acta anterior.

    - La Comisión queda constituida, con la asistencia de la mitad más uno de susmiembros.

    - En ausencia del Presidente, las reuniones serán presididas por el vocal de mayoredad. En ausencia del Secretario, éste será sustituido por el vocal de menor edad.

    - El Orden del día se seguirá con regularidad. Los temas no incluidos en el mismopodrán ser abordados, si hay unanimidad por parte de todos los miembros de laComisión. Estos se tratarán bien en el apartado de Ruegos y Preguntas o encualquier otro momento, a criterio del Presidente. La Comisión debe estar abiertay disponible para tratar asuntos urgentes o inesperados. Para ello el Secretario,por orden del Presidente podrá plantear por correo electrónico aquellos asuntosque vayan surgiendo para no esperar abordar su estudio en la próxima sesión acelebrar. De esta manera se agilizan la resolución de casos.

    - El Secretario levantará Acta de cada reunión para ser presentada en la siguientesesión de la Comisión a fin de ser aprobada en la misma, con las enmiendas aque hubiere lugar. Las actas serán unos documentos imprescindibles paraelaborar la obligada Memoria Anual de la actividad de la Comisión.

    - Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto; no habrá voto delegado.En caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente.

    - La dinámica de las reuniones será activa, rigurosa y con participación de todossus miembros. El Presidente de la Comisión aunará criterios y opiniones, para quelas conclusiones, dictámenes y asesoramientos lleguen por consenso oasentimiento. Si el acuerdo no fuera posible, se hará votación motivada por cadauno de los asistentes. Habrá votación secreta cuando un miembro lo solicite.

    - No hay que olvidar que las deliberaciones de la Comisión son obligatoriamenteconfidenciales para todos sus miembros.

    - Además del estudio de las reclamaciones por parte de médicos colegiados ociudadanos, La Comisión Deontológica también deliberará e informará sobre lascuestiones con implicaciones deontológicas que plantee la Junta Directiva delColegio y también las que pudieran plantear instituciones sanitarias e inclusoalgún colegiado.

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  • - La Comisión podrá solicitar la presencia de otras personas, como asesoras,informadoras, o cualquier otro carácter, cuando lo considere oportuno. Laspersonas invitadas deberán respetar la privacidad de los datos personales de losinteresados y guardar en todo momento la confidencialidad de los asuntostratados. Deberán abandonar la Comisión cuando terminen su función. Se podrácontar en cualquier momento con la Asesoría Jurídica y/o Técnica del Colegio.

    - La asistencia a las reuniones es obligatoria para todos los miembros de laComisión. En el caso de que por cualquier circunstancia alguno de sus miembrosno pueda asegurar su presencia con asiduidad, deberá pedir ser sustituido comomiembro de la misma. Dos faltas injustificadas de asistencia a las sesiones de laComisión, o cuatro justificadas, en el periodo de un año, serán motivo para queésta proponga la sustitución del miembro que incurra en esas ausencias.

    Resolución de expedientes- La Comisión examinará los expedientes remitidos por la Junta Directiva y sobre

    los que hay una presunta trasgresión de las normas de Deontología.

    - El carácter de urgencia para resolver los casos será marcado por la JuntaDirectiva, estableciéndose como máximo tres meses como plazo de resolucióndesde que son remitidos a la Comisión Deontológica para su análisis.

    - Los casos no urgentes y los que planteen problemas deontológicos complejosnecesitarán un análisis cuidadoso de los hechos que deberán ser definidos conla mayor definición posible. Habitualmente son necesarias comparecencias ydeclaraciones que ayudan al esclarecimiento de los hechos denunciados. Seprocurará determinar el grado de responsabilidad de todas las personasimplicadas en los mismos.

    - Una vez que los miembros de la Comisión conozcan el caso presentado en elplenario se elegirá un ponente (excepcionalmente pueden nombrarse variosponentes) para su estudio. El ponente se responsabiliza de valorar el expedientepara informar al resto de los componentes de la Comisión. En una próximareunión se discutirá y deliberará sobre el informe del ponente, tratando de llegara un consenso entre los asistentes para elaborar el informe definitivo.

    - Cuando sea preciso solicitar más datos aclaratorios o citar a las partes, se pediráal Sr. Secretario del Colegio que realice estos requerimientos, sino ha delegadoesta potestad al miembro de la Comisión elegido como ponente.

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  • - Una vez clarificados los hechos y sus responsables, debe determinarse quéaspectos de la Deontología se encuentran implicados a la luz del Código de Éticay Deontología y de las Declaraciones de la Comisión Central de Deontologíaaprobadas por la Asamblea General, dado su mismo rango normativo.

    - La aplicación del Código de Deontología a los casos que son objeto dereclamación no debe ser una tarea mecánica ni automática, sino un ejercicio deinterpretación y en ocasiones hay que aplicar analogía. Es una específica tarea dedeliberación y argumentación que llena de significado y de responsabilidad a laComisión de Deontología. Una vez analizado cada caso, se emitirá un informedetallado de su estudio y el dictamen se remitirá a la Junta Directiva después deser aprobado por el plenario de la Comisión de Deontología.

    - La potestad sancionadora para todas las irresponsabilidades disciplinarias,corresponde a la Junta Directiva. Esta valorará el informe aprobado por laComisión de Deontología y aplicará en su caso la exoneración de culpa o lasanción prevista en los Estatutos colegiales. Antes de imponer cualquier sancióndefinitiva a un colegiado deberá informar a la Comisión de Deontología. Si laComisión está de acuerdo o no lo comunicará a la Junta Directiva. En caso dedesacuerdo se aconseja una reunión conjunta para su valoración derepresentantes de ambas formaciones, teniendo en cuenta que la decisión finalsiempre es la de la Junta Directiva.

    RREELLAACCIIÓÓNN DDEE LLAA CCOOMMIISSIIÓÓNN DDEEDDEEOONNTTOOLLOOGGÍÍAA CCOONN LLAA JJUUNNTTAA DDIIRREECCTTIIVVAALas relaciones entre las comisiones de deontología y las juntas directivas de los

    colegios, han de ser en principio buenas, ya que han sido nombradas por ellas. Es desuponer que hay un grado de afinidad entre los colegiados de ambas instituciones. Conel paso del tiempo y a medida que van apareciendo casos y temas a tratar, puedenaparecer discrepancias que hasta cierto punto son normales e incluso deseables, siempreque no deterioren la necesaria buena relación entre Junta Directiva y Comisión. Se citana continuación algunos posibles conflictos entre ambas instituciones colegiales:

    - Cuando hay discrepancias en la resolución final de un expediente disciplinario.

    - Cuando la Comisión de Deontología conoce posibles vulneraciones del Código porparte de los colegiados y lo pone en conocimiento de la Junta Directiva y éstaconsidera “políticamente incorrecto” abrir una información reservada al respecto aun determinado colegiado.

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  • - Cuando la Comisión de Deontología tiene conocimiento de posibles vulneracionesdel Código por parte de miembros de la Junta Directiva. Al comunicarlo se crea unasituación incómoda, a veces violenta que incluso ha condicionado la dimisión demiembros de alguna Comisión de Deontología. En ocasiones, algún conflicto llegaal Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España que es el órganocompetente de su valoración con la colaboración de la Comisión Central deDeontología y trasladar el problema y su resolución a la asamblea de presidentes decolegios de médicos de España.

    - Cuando la Comisión de Deontología decide actuar de oficio (visado de anunciospublicitarios de médicos o actuar contra el intrusismo profesional o contra centrosmédicos dudosos) y la Junta Directiva no lo considera pertinente.

    - Cuando existen estos conflictos, afortunadamente poco frecuentes, la Comisión deDeontología deberá demostrar sus características de imparcialidad, objetividad y deresponsabilidad así como su total autonomía para evitar que la sociedad nos señalecon el llamado corporativismo médico.

    Cuando se establece una relación fría, de falta de comprensión e incluso conflictivaentre la Comisión de Deontología y la Junta Directiva una comunicación fluida puederesolver estos problemas. Una buena solución puede ser que el Presidente de laComisión de Deontología esté presente en las sesiones de la Junta Directiva con voz perosin voto. De esta manera se podrá facilitar las siguientes situaciones:

    - Asesoramiento en Ética y Deontología Médicas que sean tratados en la Junta.

    - Comprender mejor lo que la Junta solicita de la Comisión de Deontología cuandonos remite un oficio solicitando un informe.

    - Poder explicar a la Junta aquellos aspectos que son difíciles de explicar en losinformes escritos que elabora la Comisión de Deontología.

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  • CCOOMMIISSIIÓÓNN CCEENNTTRRAALL DDEE DDEEOONNTTOOLLOOGGÍÍAASeguidamente se exponen las funciones y actividades y algunas recomendaciones de

    funcionamiento de la Comisión Central de Deontología (CCD) tales como las sesiones,resolución de expedientes, composición, etc.

    FuncionesLa CCD de la Organización Médica Colegial OMC es la Comisión especializada

    de carácter técnico, asesor y consultivo del Consejo General de Colegios Oficialesde Médicos de España (CGCOM), en todas las cuestiones y asuntos relacionadosen materia de Ética y Deontología Médica (art. 26.1 de los Estatutos del ConsejoGeneral).

    Sus informes no serán vinculantes para los órganos de gobierno de la OMC, peroestos serán siempre especialmente valorados.

    - Informar preceptivamente sobre los expedientes disciplinarios que correspondaresolver al CGCOM y sobre los recursos interpuestos ante el Consejo contra lasdecisiones de los Colegios en cuestiones de Ética y Deontología cuando así lodecida la Comisión Permanente del Consejo General.

    - Proponer a la Asamblea del CGCOM la aprobación de actualizaciones del Códigode Deontología Médica mediante revisiones periódicas del mismo.

    - Elaborar informes, documentos y notas sobre cuestiones relevantes de ética ydeontología que sean de interés general para la colegiación o para la sociedad,así como promover actividades de estudio y debate con este fin.

    - Promover la comunicación entre las Comisiones de Deontología de los ColegiosProvinciales con el fin de intercambiar información y experiencias.

    - Colaborar con las Comisiones de Deontología de los Colegios Provinciales en laformación de sus miembros en Ética y Deontología Médica.

    - Solicitar a los Órganos de Gobierno del Consejo General la cobertura de lasvacantes surgidas entre sus miembros, de acuerdo con lo establecido al respectoen la normativa vigente.

    - Redactar y proponer la aprobación del Reglamento de Funcionamiento yRégimen Interior de la propia CCD las modificaciones al mismo.

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  • - La CCD será autónoma en su carácter asesor y dispondrá de libertad de criterio enmaterias de su competencia para informar a los órganos de gobierno de la OMC.Como consecuencia del desarrollo de sus funciones la CCD elaboraráDeclaraciones, Informes y Documentación, así como actividades ya de propiainiciativa o como respuesta a las cuestiones que se le planteen, con el conocimientoy aprobación de la Comisión Permanente del Consejo General.

    ComposiciónEl Pleno de la CCD, estará constituido por doce miembros expertos en las cuestiones

    y asuntos relacionados con las materias de su competencia, sobre las que deberáasesorar al Consejo General, a los Consejos Autonómicos y a los Colegios de Médicos.

    Por la responsabilidad que el ejercicio de sus funciones supone, que los miembrosque la integran deberán estar formados en Ética, Deontología y Derecho Médico.

    Son requisitos exigibles

    - Antigüedad como colegiado de al menos 15 años.

    - Pertenecer o haber pertenecido a las comisiones deontológicas provinciales.Excepcionalmente, si no se cumple este requisito, las instancias vendrán avaladas conun informe de la Comisión de Deontología del Colegio del que procede el candidato.

    - La presentación de una declaración de conflicto de intereses.

    Son requisitos recomendables

    - No duplicar la representación de las especialidades y buscar dentro de lo posible quese encuentren representadas las que plantean mayores problemas deontológicos ylegales: ginecología, cirugía, medicina familiar, paliativos, anestesiología, psiquiatría,oftalmología, etc.

    - Garantizar una continuidad en la Comisión, por ello el máximo de miembros asustituir en cada convocatoria no debe superar el 50%.

    - Buscar que la mayoría de las instituciones estén representadas: Hospitales,medicina familiar, medicina libre, Universidad, médicos jubilados.

    - Valoración objetiva del “Curriculum científico” con especial atención a lostrabajos y proyectos en Ética y Deontología.

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  • La CCD contará con un Comité Permanente integrado por el Presidente de laComisión, el Secretario y dos Vocales.

    Relaciones de la Comisión Centralde Deontología con el Consejo Generalde Colegios Oficiales de Médicos- La CCD podrá estar representada en las Asambleas del CGCOM por su

    Presidente, u otro miembro en quien este delegue, con voz y sin voto, según losartículos específicos del Reglamento de funcionamiento de la Asamblea General.

    - La Asamblea General a través de la Comisión Permanente del Consejo podrásolicitar a la CCD la elaboración de cuantos informes se consideren de interés.

    - En el caso de que la solicitud sea planteada por uno o varios miembros de laAsamblea y la Comisión Permanente del Consejo la estime oportuna, la trasladaráa la CCD. En caso de desestimarla, deberá ser incluida como un punto del Ordendel Día de la siguiente Asamblea General, para su discusión y aprobación deproceder su envío a la CCD.

    - La CCD entregará los informes solicitados a la Comisión Permanente delConsejo en un plazo máximo de tres meses, prorrogables por causa justificadaa petición de la CCD.

    - Una vez elaborado un informe, la CCD lo entregará a la Comisión Permanente delConsejo que, de considerarlo oportuno, podrá incluirlo como un punto del Ordendel Día de la siguiente Asamblea General.

    Procedimiento de renovación y elecciones- Para evitar el vacío funcional y asegurar la continuidad de las actividades de la

    CCD, sus miembros se renovarán por mitades cada cuatro años.

    - Los miembros salientes podrán ser propuestos nuevamente como candidatos porsus respectivos Colegios de Médicos, por los Consejos Autonómicos y por elConsejo General, según el procedimiento de elección establecido.

    - Excepcionalmente, cuando uno o más de los miembros salientes tuvieranresponsabilidades de importancia en la ejecución de proyectos previamenteaprobados por la Asamblea General y no fuera aconsejable su sustitución, laComisión Permanente del Consejo General podrá proponer a la Asamblea

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  • General el mantenimiento de los mismos, en funciones, en la nueva Comisión,cesando tras finalizar la función concreta que tuvieran encomendada y queoriginó su prorroga como miembro de la Comisión. Su vacante podrá serocupada de forma efectiva por el nuevo miembro entrante.

    - El CGCOM a través de la Secretaría General, efectuará la convocatoria deelecciones al objeto de cubrir las vacantes surgidas de la renovación de losmiembros de la CCD.

    - El acuerdo se comunicará por escrito, a los miembros salientes de la Comisión, alos Presidentes de los Colegios de Médicos y a los Consejos Autonómicos,debiendo señalarse el plazo de presentación de candidaturas.

    - Por ser la CCD órgano asesor del CGCOM de quien depende, este puedeproponer candidatos que estime oportunos para ser miembros de la Comisión.

    - Los Colegios de Médicos y los Consejos Autonómicos propondrán el número decandidatos que estimen conveniente. Las candidaturas propuestas por losColegios de Médicos, los Consejos Autonómicos y por el Consejo General seránacompañadas del currículum de los candidatos.

    - Las candidaturas propuestas por los Colegios de Médicos y por los ConsejosAutonómicos serán remitidas al CGCOM en el plazo señalado en la convocatoriay que no puede ser inferior a treinta días.

    - En los treinta días siguientes después de finalizado el plazo de presentación decandidatos, el CGCOM remitirá a los Consejos Autonómicos y a los Colegios deMédicos relación nominal de todos ellos, así como fotocopia de su currículum.

    - Los miembros de la CCD serán elegidos por la Asamblea General mediantevotación entre los candidatos presentados por los Colegios de Médicos, losConsejos Autonómicos y por el Consejo General.

    - Se procurará elegir como miembros de la Comisión Central de Deontología acandidatos de diferentes especialidades profesionales médicas.

    Duración del nombramiento- El nombramiento de los miembros de la CCD será por cuatro años, a partir de la

    fecha de toma de posesión, pudiendo ser relegidos. No se podrá pertenecer demanera ininterrumpida a la CCD por un tiempo superior a ocho años.

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  • - Si se produjera una vacante, se procederá a la convocatoria de elecciones. Si eltiempo que faltase para agotarse el plazo de mandato fuese menor de un añopodrá dejarse sin cubrir dicha vacante hasta la finalización del mandato.

    - El cese como miembro de la CCD se producirá por:

    - Cumplimiento del periodo para el que fue nombrado.

    - Renuncia del interesado.

    - Ser elegido miembro de los órganos de gobierno de los Colegios de Médicos,de los Consejos Autonómicos o del Consejo General.

    - El nombramiento para un cargo de las administraciones sanitarias estatal,autonómica, o local de carácter ejecutivo.

    - Ser miembro de órganos de gobierno o ejecutivo de sindicatos, entidades deaseguramiento (constituidas según la Ley 30/1995 de Ordenación ySupervisión de Seguros Privados) y/o farmacéuticas.

    - El mantenimiento de vínculos profesionales con cargos, actividades, públicas oprivadas, que puedan impedir o menoscabar el cumplimiento de sus debereso comprometer su imparcialidad o independencia.

    - Condena por sentencia firme que conlleve la inhabilitación para el ejercicio -profesional médico.

    - Sanción disciplinaria por falta grave o muy grave con resolución firme deórgano colegial.

    - Censura de las dos terceras partes de los miembros de la Comisión porincumplimiento mantenido y reiterado de las obligaciones inherentes a sucondición de miembro.

    Constitución de la CCDLa CCD se considerará formalmente constituida tras la toma de posesión de sus

    nuevos miembros. Si procede tras su constitución, la CCD deberá elegir a losmiembros del Comité Permanente actuando como Secretario, si fuera necesario, elvocal de más edad.

    Serán electores y elegibles la totalidad de los miembros de la comisión. Para cadacargo a cubrir se hará una votación. Todas las votaciones serán secretas y se

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  • proclamará ganador el que obtenga la mayoría absoluta en primera vuelta y siningún candidato la obtiene se realizará, una segunda votación en la que resultaráelegido el que obtenga la mayoría simple. El quórum para la elección de presidentey secretario es de 2/3 de los componentes de la comisión. Para la primera votacióny a los efectos de quórum se admitirán los votos por correo. En ningún caso sepodrá elegir a un candidato que no se encuentre presente en el acto de la votación.Para ejercitar el voto por correo, el elector deberá justificar, ante el secretario enfunciones, su imposibilidad para asistir.

    Órganos colegiados y unipersonalesde la CCD

    Órganos colegiados

    El Pleno de la Comisión está constituido por los doce miembros designados porla Asamblea General. Será presidido por el miembro que fue elegido comoPresidente por y entre los miembros de la Comisión. Como secretario actúa elmiembro que ha fue elegido para tal cargo por y entre los miembros de la Comisión.

    El Comité Permanente de la Comisión está integrado por el Presidente, elSecretario y dos vocales elegidos por y entre los miembros del Pleno.

    Este Comité Permanente tiene las siguientes funciones:

    1ª Llevar a cabo el seguimiento de los compromisos contraídos, por la Comisión.

    2ª Adoptar cuantas decisiones y medidas sean necesarias ante eventosextraordinarios o de urgencia dando cuenta, con posterioridad, al Pleno.

    3ª Garantizar la labor de orientación y de formación continuada de los miembrosde las Comisiones de Deontología de los Colegios de Médicos y de losConsejos Autonómicos.

    4ª Mantener permanente contacto con la Comisión Permanente del Consejo Generalpara recibir sus indicaciones y transmitirle cuantos asuntos deba conocer.

    5ª Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias del Pleno, redactando lascorrespondientes Ordenes del Día.

    6ª Redactar y someter al Pleno de la Comisión, para su aprobación, elReglamento de Régimen Interior y cuantas modificaciones estime necesarias.

    20 COMISIONES DE DEONTOLOGÍA IIDr. Jacinto Bátiz, Dr. Joan Monés

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  • Órganos unipersonales

    El Presidente de la Comisión Central de Deontología y de su ComitéPermanente será elegido por y entre los miembros del pleno. Sus funciones son:

    1ª Representar a la CCD en cuantos ámbitos de actuación correspondan.

    2ª Proponer a la Comisión Permanente del CGCOM la convocatoria de lasreuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Permanente y confeccionar elOrden del Día. Asimismo y previo acuerdo del Comité Permanente, propondrá laconvocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno de la CCD.

    3ª Presidir las sesiones del Comité Permanente y del Pleno de la CCD ordenar ymoderar los debates concediendo la palabra a los intervinientes en los mismos,darlos por concluidos y ordenar las votaciones.

    4ª Autorizar con su firma las Actas de las sesiones del Pleno y del ComitéPermanente y las certificaciones de Acuerdos que procedan.

    El Secretario de la CCD y de su Comité Permanente será elegido por y entre losmiembros del pleno. Sus funciones son:

    1ª Ejecutar los Acuerdos y Resoluciones del Pleno de la CCD y ComitéPermanente.

    2ª Informar al Pleno y al Comité Permanente, con facultad de iniciativa de todoscuantos asuntos sean de la competencia de los mismos.

    3ª Auxiliar en su misión al Presidente y llevar a cabo cuantas iniciativas seannecesarias para tal fin.

    4ª Extender las Actas de las reuniones del Pleno y del Comité permanente yextender las certificaciones necesarias al respecto.

    5ª Custodiar las Actas y trasladar a la Comisión Permanente del Consejo Generallos Acuerdos y Resoluciones adoptados por la Comisión.

    6ª Mantener plenamente informados a los miembros de la CCD de cuantosextremos sean necesarios para el mejor ejercicio de su competencia, coordinarlas comunicaciones relativas al desarrollo de las tareas de la CCD procurandoque lleguen a conocimiento de todos los miembros con antelación suficientepara su correcto estudio.

    20 COMISIONES DE DEONTOLOGÍA IIDr. Jacinto Bátiz, Dr. Joan Monés

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  • Procedimiento y régimen de trabajo

    Sesiones ordinarias

    El Comité Permanente se reúne en sesión ordinaria en los meses pares,preferentemente en el último viernes de los mismos y en horario de 16 a 20:30horas y el sábado correspondiente, en horario de 9 a 14 horas, sin perjuicio deque el Presidente pueda modificar ambos extremos para adaptarlos acircunstancias sobrevenidas.

    Las sesiones ordinarias del Pleno se celebran, generalmente, la tarde del últimoviernes y la mañana del sábado siguiente de cada mes impar, sin perjuicio depoder fijar fechas distintas si las previstas fueran inapropiadas. El horario decomienzo y terminación de las sesiones: de 16 a 21 horas el viernes y de 9:30 a14:00 horas el sábado.

    El Secretario se encarga de que las Convocatorias y las oportunas Ordenes delDía, sean enviadas por medios informáticos y obren en poder de los interesadoscon antelación suficiente, no inferior a diez días. Así mismo se encarga de quetodos los miembros de la CCD tengan en su poder toda la documentaciónnecesaria para estudiar los asuntos.

    Sesiones extraordinarias

    En caso de que concurran circunstancias especiales o urgentes el Presidenteprocede a convocar al Comité Permanente en sesión extraordinaria con laantelación mínima para proveer los desplazamientos de sus miembros. Si el tema,por su trascendencia, requiriese la convocatoria del Pleno, el Comité Permanentepodrá acordar la celebración de reuniones extraordinarias con una antelaciónmínima de tres días.

    Orden del Día

    El Orden del Día, tanto del Pleno como del Comité Permanente, recoge losdiversos asuntos que se van a someter a debate y deliberación. Solo se puedenvotar aquellos asuntos que figuran en el Orden del Día. No obstante, elPresidente, al principio de la reunión, puede informar a los asistentes de asuntosurgentes o imprevistos a petición de la Comisión Permanente del ConsejoGeneral. En tal caso, si se acuerda por unanimidad de los presentes, el asuntoqueda añadido como punto extraordinario.

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  • Asimismo el Presidente puede solicitar el cambio en el orden en que losasuntos deban ser tratados. Todos los miembros de la comisión pueden formular“in voce”, en el apartado de ruegos y preguntas, que un asunto sea tratado en elorden del día de la convocatoria siguiente. La comisión permanente lo estudiaráy determinará su procedencia. Igualmente se puede formular cuestiones in voce,en la misma sesión, para asuntos de especial relevancia. Para que el asunto entreen el orden del día y sea tratado con prioridad será precisa la mayoría absolutade la comisión y el conocimiento de la Comisión Permanente del ConsejoGeneral.

    El Acta

    El Secretario redacta un borrador provisional del Acta del desarrollo de lasreuniones en el que hace constar:

    - Nombre de los asistentes a la reunión, así como las ausencias a la misma y losmotivos alegados.

    - Resumen de las intervenciones producidas en el transcurso de la reunión.

    - Expresión literal de los Acuerdos y resoluciones adoptadas expresando en sucaso si lo han sido por unanimidad o por mayoría de votos, expresando en estecaso el resultado de la votación.

    - Cuantos otros extremos considere precisos para mejor constancia de losucedido.

    - Cuando un miembro desee que una intervención suya conste en acta de modoliteral lo hará constar así, pudiendo remitir por escrito copia de su intervenciónal secretario en el plazo máximo de 72 horas de no hacerlo en el acto; pasadoeste plazo, el secretario recogerá la intervención según su mejor criterio.

    Una vez redactado el Borrador, será remitido por medios informáticos y en el plazomáximo de 15 días a los miembros de la Comisión Central de Deontología o, en sucaso, a los componentes del Comité Permanente con el fin de que estos le transmitancuantas matizaciones o enmiendas consideren oportuno realizar al borrador. ElSecretario procederá a incorporar al Acta las enmiendas propuestas y redactará elBorrador definitivo que remitirá a los demás miembros solicitando su conformidad.

    Abierta la sesión, el Presidente preguntará a los presentes si desean haceralguna observación al Borrador definitivo del Acta. Una vez que hayan intervenidotodos los miembros presentes, el Presidente solicitará la aprobación de la misma.

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  • Desarrollo de las sesiones

    Tras la aprobación del Acta, el Secretario o quien, en cada caso, sea máscompetente, informará del estado de ejecución de los acuerdos tomados enlas sesiones anteriores, en particular, sobre la aprobación por parte delConsejo General de las decisiones disciplinares y demás iniciativas de la CCD.

    Seguidamente, el Presidente informará concisamente de aquellos puntos deinterés de los que haya tenido noticia desde la sesión anterior: en especial, delas consultas que le han sido cursadas desde el Consejo General o desdeorganismos internacionales, noticias, reuniones, documentos, etc.

    De modo semejante, cada uno de los asistentes dispone de un turnoinformativo para comunicar los extremos de interés común que han llegado asu conocimiento y que estime que los demás no deben ignorar. Estos puntosde interés común serán considerados informativos, no pudiendo dar lugar aacuerdos ni a toma de decisiones al no estar incluidos en el orden del día.

    Se procede a continuación a tratar de los asuntos ordinarios incluidos en elOrden del Día.

    Las Ponencias

    Se establece un procedimiento independiente para cada uno de los casos,aunque pudieran estar relacionados entre sí. Al iniciar el estudio de un caso, elPresidente de la Comisión nombrará ponente a uno de los miembros de laComisión. En aquellos casos que así lo requieran podrá proponer más de unponente o ser ponentes todos los miembros de la Comisión.

    El ponente o ponentes elaboraran un informe que deberá constar de:

    - Preámbulo del caso.

    - Contenido de la consulta y antecedentes cronológicos del mismo.

    - Hechos conocidos o probados, si los hubiera.

    - Legislación que fundamenta el procedimiento, si procede.

    - Consideraciones.

    - Conclusiones.

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  • Para lograr la mayor agilidad posible en las deliberaciones, el ponenteremitirá su informe a todos los miembros de la Comisión, con el fin de que loestudien y en su caso le transmitan las observaciones que estimenpertinentes. El ponente a la vista de las mismas procederá a realizar lascorrecciones que estime procedentes y remitirá de nuevo el informeresultante a los miembros con el fin de que al iniciar la sesión se tenga cabalconocimiento de su contenido.

    En cada caso hablará en primer lugar el Ponente que hubiera sidoencargado de estudiar el tema y de proponer la oportuna resolución.Expondrá los datos más relevantes del problema y las razones en que habasado su propuesta. A continuación, el Presidente invitará a cada uno de losmiembros de la Comisión a exponer su punto de vista.

    El Ponente responderá entonces a las observaciones y objeciones que sele han hecho, incorporará al texto de resolución lo que estime conveniente ypropondrá la fórmula final del acuerdo. El Presidente constatará si se haalcanzado consenso unánime sobre el asunto, o si es necesario someterlo avotación. Las votaciones se llevarán a cabo a mano alzada haciéndoseconstar en el Acta los votos favorables, los negativos y las abstenciones.Siempre que algún miembro lo estime en conciencia, tiene el derecho dehacer constar en el Acta su voto particular razonado.

    Excepcionalmente, si por la importancia o gravedad del tema o por latrascendencia de las objeciones presentadas la votación no resolvierasatisfactoriamente el caso, el Presidente o el Ponente propondrán posponerla decisión final hasta la siguiente reunión. Si tampoco entonces se alcanzaraacuerdo, el Presidente propondrá bien que se archive el caso, si se tratara deiniciativas nacidas de la propia CCD; bien que se comunique al ConsejoGeneral la imposibilidad de llegar a una decisión, dándole cuenta de lasdiferentes opiniones.

    El acuerdo final se hará constar literalmente en el Acta, de la que seextenderá certificación firmada por el Secretario con el visto bueno delPresidente y que será remitida a la Comisión permanente del ConsejoGeneral para su conocimiento.

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  • EESSTTRRAATTEEGGIIAASS DDEE FFOORRMMAACCIIÓÓNN YYDDIIVVUULLGGAACCIIÓÓNN DDEE LLAA DDEEOONNTTOOLLOOGGÍÍAATanto las Comisiones de Deontología de los Colegios como la propia Comisión Central de

    Deontología han de llevar a cabo una de las funciones también a ellas encomendadas quees la formación en Deontología de todos los colegiados y su divulgación a los ciudadanos delos valores y de las normas que se han impuesto para que crear una relación de confianza.

    Para ello las Comisiones de Deontología de los Colegios han de tener iniciativas queestimulen a que sus colegiados mantengan una formación continuada en Ética y DeontologíaMédicas. Estas iniciativas puede tener diversos formatos como ya se están llevando a caboen los distintos Colegios:

    Jornadas de Deontología Nacionales que se celebran de forma rotatoria en los distintosColegios. Hasta la fecha se han celebrado 9 Jornadas.

    Jornadas de Deontología Autonómicas o Provinciales.

    Conferencias en los propios Colegios.

    Cursos de Ética y Deontología como este mismo Curso de Experto en Ética organizadopor la Organización Médica Colegial.

    El nuevo Código de Deontología (2011) es una buena excusa para que su contenidoayude a formar a los colegiados en Deontología y divulgar esta doctrina a los ciudadanos.

    La Comisión Central de Deontología está elaborando actualmente un Manual de Ética yDeontología Médica cuyo objetivo es conseguir una herramienta práctica para el médico engeneral y que de forma sencilla consiga una información sobre Ética y deontología, sirviendocomo base y guía conductora, la reciente aprobación (Julio 2011) del Código de Ética yDeontología de la Organización Médica Colegial (OMC). Pretenderá divulgar aquellosaspectos y las normas más trascendentes y que pueden y deben tenerse en consideraciónen nuestra tarea diaria.

    TTIIPPOOSS DDEE DDOOCCUUMMEENNTTOOSSComo hemos visto las funciones encomendadas a las Comisiones de Deontología

    tanto provinciales, autonómicas como a la propia CCD implican de ordinario laelaboración de documentos escritos, que han de adoptar formatos y estilos diferentes enfunción del rango de la materia tratada y del ámbito de su difusión.

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  • En este apartado se propone definir los tipos de documentos que se suelen elaborar,así como describir los rasgos más esenciales de cada uno de ellos. De este modo, laspropias comisiones y sus miembros podrán disponer de una guía, flexible y útil, quefacilite la preparación y aprobación de sus escritos.

    Declaraciones de la CCDDefinición.- Documentos de naturaleza deontológica sobre normas contenidas en

    el Código de Ética y Deontología Médica y que están necesitadas de un mayordesarrollo o actualización.

    Procedimiento. Se inician y se resuelven por acuerdo expreso de la CCD.Necesitan la aprobación final de la Asamblea General de la OMC.

    Rango. Cumplidos los requisitos exigidos, constituyen normas de igual rango a lascontenidas en el Código de Ética y Deontología Médica.

    Difusión. A toda la Colegiación. Publicación obligada en los órganos oficiales delCGCOM y de los Colegios. Depositadas en la Página Web de del CGCOM.

    Extensión. Variable, en función del tema, pero tendiendo a la brevedad yconcisión.

    DictámenesDefinición. Documentos en que se realiza el análisis sistemático (Antecedentes,

    Hechos, Consideraciones, Conclusiones) de un expediente deontológico,presentado al Consejo General en forma de recurso ante la decisión de una Colegio.

    Procedimiento. A petición de la Comisión Permanente del Consejo General.Aprobación por la CCD. Aprobación definitiva por la Comisión PermanenteCGCOM.

    Rango. Resolución del correspondiente órgano institucional.

    Difusión. A las partes interesadas.

    Extensión. En función del caso, tendiendo a la brevedad.

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  • InformesDefinición. Documentos que analizan con la profundidad y detalle requeridos

    algún problema deontológico. Contendrán de ordinario referencias a laDeontología comparada y a la bibliografía ético médica y jurídico-sanitaria.

    Procedimiento. Se elaboran, previa aceptación por parte de la CCD, a petición dela Comisión Permanente del Consejo General, por solicitud de algún colegiado oinstitución, o por iniciativa de algún miembro de la misma Comisión. Necesitan seraprobados por la CCD. Se remiten a la Comisión Permanente del CGCOM, paraque éste acuerde su ámbito de difusión.

    Rango. Documentos de estudio, que contienen recomendaciones prácticas. A vecesson el punto de partida para la elaboración de Declaraciones de la CCD.

    Difusión. Decisión conjunta de la Comisión Permanente del CGCM y la CCD.

    Extensión. Variable, en función del tema.

    ComunicadosDefinición. Documentos breves que analizan cuestiones de actualidad necesitadas

    de aclaraciones o valoraciones deontológicas.

    Procedimiento. Aprobación por el Comité Permanente de la CCD y se traslada alSecretario General del CGCM para recibir el visto bueno de la ComisiónPermanente del CGCM.

    Rango. Información a la opinión pública, divulgación.

    Difusión. Medios de comunicación/Colegios/Publicación en la Revista de la OMC.

    Extensión. 50-100 líneas.

    ArtículosDefinición. Escritos elaborados para ser publicados en medios especializados

    sobre cuestiones de ética y deontología, firmados por uno o varios miembros dela CCD, con indicación expresa de su pertenencia a la Comisión y enrepresentación de ella.

    Procedimiento. Encargo realizado en el plenario de la CCD. Revisión al menos por

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  • otros dos miembros de la CCD que no firman el artículo. Remisión a la ComisiónPermanente del CGCM previa a su publicación.

    Rango. Divulgación en medios especializados.

    Difusión. Revistas y medios de comunicación especializados.

    Extensión. De acuerdo con las normas de la publicación.

    Documentos de Formación/Notas TécnicasDefinición. Documentos que analizan una cuestión de interés para la Colegiación

    desde una perspectiva docente y con formato de perfil pedagógico.

    Procedimiento. Elaboración por encargo dentro de la CCD, con la posiblecolaboración de expertos externos.

    Rango. Material de trabajo para actividades formativas, seminarios, etc.

    Difusión. Actividad formativa específica de la propia CCD, y, si procede, de lasComisiones de Deontología de los Colegios de Médicos.

    Extensión. Sin precisar, en función del tema.

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