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SECRETARÍA EJECUTIVA JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y DE LA CIUDADANA) PARTE ACTORA: MIGUEL ÁNGEL BALDERAS MENDOZA. AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN PERMANENTE DE ASOCIACIONES POLÍTICAS DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EXPEDIENTE: IECM-JP90/2021
INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA EJECUTIVA
CÉDULA DE PUBLICACIÓN EN ESTRADOS Ciudad de México a once de julio de dos mil veintiuno. En cumplimiento al punto TERCERO del Acuerdo de Recepción dictado por el Encargado del despacho de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto Electoral el día de la fecha y, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 86, fracción I del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; 28, 37, fracción II, 42, 43, 44, 46, fracción IV, 47, 75, 77, 122, 123, fracción V y 125 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México, así como lo dispuesto en los “Lineamientos para el uso de tecnologías de la información en la presentación y trámite de las quejas y medios de impugnación en el Instituto Electoral de la Ciudad de México”, aprobados a través del Acuerdo del Consejo General identificado con la clave IECM/ACU-CG-047/2020; se hace del conocimiento público que el ciudadano Miguel Ángel Balderas Mendoza, por su propio derecho, presenta juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía en contra del “…acuerdo de 2 de julio de 2021 que desechó mi queja y que me fue notificado el 7 de julio en curso…”.
El Notificador Habilitado
Lic. Ángel Guadalupe García Ibarra
Analista adscrito a la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos
RAZÓN DE FIJACIÓN: Ciudad de México a once de julio de dos mil veintiuno. En cumplimiento al punto TERCERO del proveído dictado el día de la fecha por el Encargado del despacho Secretario Ejecutivo de este Instituto Electoral, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 86, fracción I del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; 28, 37, fracción II, 42, 43, 44, 46, fracción IV, 47, 75, 77, 122, 123, fracción V y 125 de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México, así como lo dispuesto en los “Lineamientos para el uso de tecnologías de la información en la presentación y trámite de las quejas y medios de impugnación en el Instituto Electoral de la Ciudad de México, aprobados a través del Acuerdo del Consejo General identificado con la clave IECM/ACU-CG-047/2020, se da razón de que a las catorce horas con cero minutos de este día, quedó fijado, en los estrados de este Instituto Electoral por un plazo de setenta y dos horas, copia simple de la demanda del juicio ciudadano referido y del acuerdo de recepción atinente. En consecuencia, se señalan las catorce horas con cero minutos del catorce de julio del presente año, para el vencimiento de dicho plazo, CONSTE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
El Notificador Habilitado
Lic. Ángel Guadalupe García Ibarra Analista adscrito a la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos
COMISIÓN PERMANENTE DE ASOCIACIONES POLÍTICAS
EXPEDIENTE: IECM-QNA/603/2021 PROMOVENTE: MIGUEL ANGEL BALDERAS MENDOZA PROBABLES RESPONSABLES: JOSE CARLOS ACOSTA RUIZ, CANDIDATO A ALCALDE POR LA ALCALDIA XOCHIMILCO, POSTULADO POR EL PARTIDO MORENA TRABAJO Y MORENA; ASI COMO SEL PARTIDO MORENA
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En la Ciudad de México, dos de julio de dos mil veintiuno.
VISTOS: 1) El escrito inicial de queja, recibido en la cuenta Institucional de la Oficialía de
Partes de este Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto), el dos de junio de dos mil
veintiuno, signado por el ciudadano Miguel Ángel Balderas Mendoza (promovente), con el que
denunció hechos que a su consideración son violatorios de la normativa electoral atribuibles a
la ciudadano José Carlos Acosta Ruiz, en su calidad de candidato a Alcalde en Xochimilco
postulado por el partido MORENA (probable responsable); 2) el oficio SECG-IECM/2438/2021,
con motivo de las constancias antes señaladas e instruyó a la Dirección Ejecutiva de
Asociaciones Políticas (Dirección), para que, en apoyo y colaboración con la Secretaría
Ejecutiva del Instituto (Secretaría), realizara lo conducente; y 3) las demás constancias
generadas con motivo de la tramitación del presente expediente.
CON FUNDAMENTO en los artículos 1, 4, párrafo noveno, 14, último párrafo, 16, 17, párrafos
primero y segundo, 41, Base V, Apartado C, numerales 10 y 11, 116, fracción VI,122, letra A,
fracción IX y 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (Constitución); 1, 4, 5, 98, 104 y 440 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales (Ley General); 50 y 64, numeral 7 de la Constitución Política de la
Ciudad de México (Constitución local); 1, fracción V, 2, 4, 5, 30, 31, 32, 33, 34, 36, párrafo
noveno inciso k), 37, fracción III, 84, 86, fracciones V y XV, 89, 93, fracción II, 95, fracción XII
del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código); 1,
2, párrafo primero, 3 fracción II, 4, 7, fracción IX y 15, fracciones III, IV y V de la Ley Procesal
Electoral de la Ciudad de México (Ley Procesal); 1, 3, 4, 7, 8 inciso b), 10 párrafo primero, 11
fracción II, 12, 13, 15, 16, 17, 19, 23, 24, 26, 27, 36 y 37 del Reglamento para el Trámite y
Sustanciación de Quejas y Procedimientos de Investigación del Instituto Electoral de la Ciudad
de México (Reglamento); se ACUERDA:
PRIMERO. INTEGRACIÓN. Se tienen por recibidas e integradas las constancias de cuenta al
expediente en que se actúa.
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SEGUNDO.COMPETENCIA. Con fundamento en los artículos 1, fracción V, 30, 31, 32, 33, 34,
59, fracción I y 60, fracciones III y X del Código; 22, 3 y 4 de la Ley Procesal; 14, fracción II, 22
y 23 del Reglamento, esta Comisión Permanente de Asociaciones Políticas (Comisión) es
competente para conocer los hechos denunciados por el promovente, que podrían ser
violatorios de la normativa electoral, atribuidos a la probable responsable.
TERCERO. PROCEDENCIA. Para determinar el inicio de un procedimiento administrativo
sancionador electoral contra la probable responsable, a continuación, se analizarán los
antecedentes, los hechos denunciados, las pruebas remitidas por el denunciante, así como el
resultado que arrojaron las diligencias preliminares realizadas por esta autoridad.
I. Antecedentes.
1. El once de septiembre de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto (Consejo) aprobó
la declaración del inicio del “Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021”, en el que elegirán
el seis de junio de dos mil veintiuno, las Diputaciones del Congreso de la Ciudad de México,
Alcaldías y Concejalías en las demarcaciones de esta Ciudad.
2. El tres de abril de dos mil veintiuno, el Consejo General de este Instituto emitió el acuerdo
IECM/ACU-CG-100/2021, por el que se otorga registro de manera supletoria a las candidaturas
para la elección de Alcaldías en trece demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,
postuladas por la Candidatura Común “Juntos Hacemos Historia Ciudad de México”, integrada
por los partidos MORENA y del Trabajo en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021,
entre las que se encuentra, el ciudadano José Carlos Acosta Ruiz.
3. El dos de junio de dos mil veintiuno, el promovente remitió por correo electrónico a la cuenta
de la Oficialía de Partes de este Instituto, su escrito inicial de queja digitalizado, con el que
denuncia hechos que a su consideración son violatorios de la normativa electoral.
4. El dos de junio de dos mil veintiuno el Secretario acordó tener por recibido el escrito inicial
de queja, ordenando se integrara el expediente IECM-QNA/603/2021 e instruyó a la Dirección
para que, en colaboración y apoyo con la Secretaría, realizara las actuaciones previas
respectivas.
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II. Hechos denunciados. De conformidad con los artículos 2, párrafo primero de la Ley
Procesal; 14, fracción II y 19, fracción V del Reglamento; el promovente manifestó en su escrito
inicial de queja lo siguiente:
“… 1. Hechos que pueden ser constitutivos de las infracciones siguientes: 1. Actos anticipados de campaña: a) Entrega de obra pública Para efecto de acreditar lo anterior, solicito que, en términos del reglamento aplicable, se lleven a cabo las certificaciones de la oficialía electoral sobre las siguientes direcciones electrónicas. 1. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/130988545563961/ Video sobre la recuperación de las casas de bombas de San Luis Tlaxialtemalco de 18 de marzo de 2021. 2. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/435142897590844/ video de la entrega de trabajos realizados en la secundaria 180 "Octavio Paz" de 9 de marzo de 2021. 3. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/445908066731103/ video de la entrega de obras de rehabilitación del Mercado 379 Ampliación San Marcos de 11 de marzo de 2021. 4. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/2837882996528543/ video sobre los trabajos del Centro de Atención Múltiple (CAM) 41 de 10 de marzo de 2021. 5. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/posts/2217131231754000 inauguración del corredor Bio-Cultural de la calle Francisco I. Madero. 6. https://www.facebook.com/1018146931652442/posts/2228872613913195/ Anuncio de la construcción de la pista de tartán en el Pueblo. 7. https://www.facebook.com/Gobierno CDMX/videos/4025946524130618 Transmisión en vivo de la supervisión de la obra de la ampliación de la línea 5 del metro bus de 1 de abril de 2021 8. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/posts/2215353431931780 Imagen de la supervisión de la obra de la ampliación de la línea 5 del metro bus de 1 de abril de 2021. 9.https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/posts/2207338662733257 https://www.facebook.com/page/480423732048643/search/?q=colector%20de%20agua%20 Colector de agua pluvial en Santiago Tepalcatlalpan. 10. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/43409525118138 Inauguración de consultorios dentales. 11.https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/438080034131395 Reinauguración del deportivo san Gregorio. 12.https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/2853030008278857https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/posts/3849741241783525 Reinauguración del deportivo Tulyehualco 13.https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/250400723458261 Entrega de trabajos de mantenimiento de la esclusa. 14. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/posts/3906873129403669 Mantenimiento al Jardín de niños Isaías Morones. 15. https://www.facebook.com/Xochimilco Alcaldia Oficial/videos/902928817290827 https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/902929427290766 Trabajos de rehabilitación en el jardín de niños “Lucas Ortiz" 16. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/86176753805214 Obras de rehabilitación de la primaria Quilaztli. 17. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/posts/2209804375820019 Trabajos de rehabilitación en Hermenegildo Galeneana. 18. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/198979481665614 Trabajos de rehabilitación de red de agua potable en San Luis Tlaxialtemalco. 19. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/180028973933961 Pozo de absorción Santa María Nativitas. 20. https://m.facebook.com/story.php?storyfbid=213986690328366&id=10181469 31652442 Cierre regional en Santa María Nativitas.
1. Actos anticipados de campaña Son hechos notorios para este Instituto el inicio del proceso electoral para la Ciudad de México (10 de agosto de 2020), el periodo de precampañas que transcurrió del 23 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021 y el inicio de las campañas electorales (4 de abril del año en curso). No obstante, José Carlos Acosta Ruiz, actual candidato a Alcalde de Xochimilco mediante elección consecutiva por el partido Morena, desde antes de su registro oficial (15 de marzo) se dedicó a promocionar obras llevadas a cabo por la Alcaldía, en las que de manera evidente se advirtió en todos los casos su posicionamiento personal y nombre. Como podrá advertirlo este Instituto, el alcalde con licencia difundió en su página personal de Facebook actos que corresponden a la Alcaldía, por lo que su difusión debió estar a cargo de ese órgano colegiado y no de él en lo personal. Lo anterior, no solo constituye un evidente uso político de la obra pública de la alcaldía, sino también el uso de recursos públicos para su beneficio electoral personal, puesto que el común denominador desde la imagen de perfil del denunciado y el contenido de las publicaciones, es su imagen. Conforme al artículo 10 fracción I, de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México, 55 fracción IV del Reglamento para el Trámite y Sustanciación de Quejas y Procedimientos de Investigación del Instituto Electoral de la Ciudad de México, con los mensajes que se difunden en los videos, se tipifican las conductas infractoras de actos anticipados de campaña, como se muestra enseguida. a) Entrega de obra pública
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Del video sobre la recuperación de las casas de bombas de San Luis Tlaxialtemalco publicado en su página personal de 18 de marzo de este año, (https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/130988545563961/ ) en la intervención de José Carlos Acosta, manifestó entre otras cosas lo siguiente: (Minuto 1:00:38) expresa: "y estamos seguros que esa gran casa como esta de Nativitas va a ser posible también su reconstrucción porque ya hay recursos en los estudios y estoy seguro, no lo dudo ni tantito que con la ayuda de la maestra Alejandra y de todos sus colaboradores Nativitas también será una realidad de reconstrucción". Tal afirmación constituye una oferta explícita de campaña (Minuto 1:05:07) expresa: "somos un sitio verdaderamente excepcional y que seguro estoy seremos parte de este gran festejo, de este gran encuentro que el gobierno de México tiene preparado. Quiero concluir haciendo una mención, una petición que le hemos hecho a la secretaria de cultura y con lo cual Xochimilco quedaría gratamente agradecido, perdón por reiterar, quedaría agradecido si a Xochimilco en próximas fechas se le otorga el reconocimiento por parte de un decreto presidencial en donde cambie el nombre de la zona arqueológica de Santa Cruz Acalpixca, en donde se de esa protección y se eleve al rango como todas las zonas arqueológicas, los sitios que tenemos en el país, no habría mejor regalo a 500 años que tener esa declaratoria para nuestra zona fundacional de Xochimilco" Con lo anterior, llevó a cabo expresiones que constituyen de manera indudable una oferta política de manera explícita. Cabe precisar que, si bien no existe un llamado expreso al voto, conforme con el concepto de equivalentes funcionales desarrollado por las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se integra la infracción, toda vez que el contexto integral de esa publicación y todos los que forman parte de esta queja, estuvieron encaminados a promover una precandidatura y una candidatura, con ofertas políticas explícitas que se inscriben dentro de la categoría de promesas de campaña. Manifestaciones como estas, son de tal fuerza que promueven de manera evidente un llamamiento al voto como se advierte del comentario en tiempo real en esa transmisión por la usuaria Karina Tenorio, quien de manera expresa señaló que "Es por eso que necesitamos la continuidad del gobierno, para terminar los proyectos programados” circunstancias que demuestran que el denunciado llevó a cabo de manera expresa ofertas políticas de campaña que tuvieron un impacto electoral con la audiencia que siguió esa transmisión. Máxime que, en la actual campaña electoral en curso, José Carlos Acosta Ruiz ha utilizado las frases siguientes: "Por la continuidad de un buen gobierno": "Si a la continuidad de un buen gobierno"; frases que son parte de una estrategia de comunicación mediante la colocación de carteles en bardas y espectaculares, así como en las mismas redes sociales, en las que se advierte que en todos sus actos públicos destaca el mismo mensaje. Esto es, conforme a los equivalentes funcionales, del contexto integral de los actos denunciados y los desplegados durante la campaña, se advierte una identidad de contenido que se propagó de manera deliberada en los actos públicos del alcalde, tanto antes del inicio de los periodos de precampaña y campaña como en los de campaña. 2. Del video de la entrega de trabajos realizados en la secundaria 180 "Octavio Paz" 2021 publicado el 9 marzo (https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/4351428975908441) en el minuto 16:04 expresó: "pero en todas las secundarias tenemos la meta podamos utilizar la mano de obra de la Alcaldía y que no volvamos a pagar ni un peso por mano de obra, eso eficientiza, economiza, ahorra lo que podemos mirar. Esto antes ya se pagaba por contratos era algo hasta para las podas de árboles y el arreglo de jardines grandes tenían que entrar contratos, hoy ya no. Para limpiar azoteas, para dar mantenimientos en algunos módulos sanitarios, menores y eléctricos, el área de escuelas está bajo la dirección y la supervisión del arquitecto Pedro Chávez. (…) (Minuto 17:36) pero en estos meses quiero decirles a través de los medios que nos siguen que hoy llega esta información a muchos hogares sus escuelas niños, jóvenes, maestros, no están abandonadas, sus escuelas están siendo atendidas y están siendo atendidas tanto con mano de obra de la Alcaldía como en donde se están desarrollando los trabajos se está haciendo lo propio". 3. Del video de la entrega de obras de rehabilitación del Mercado 379 Ampliación San Marcos de 11 de marzo de 2021, (https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/4459080667311031 ) se advierte: (minuto 14:06) sin duda el trabajo realizado por la alcaldía, el trabajo hecho no es solamente nuestro es una inversión con la que agradezco su presencia de Fadlala Akabani, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México. Agradezco su presencia porque al estar él aquí es parte de esa validación de un trabajo institucional ligado con la Alcaldía en donde ellos ponen la parte más amplia del presupuesto [...] 60% y un 40% de la inversión la destina la Alcaldía con su presupuesto corriente. (Minuto 17:28) "es importante que se de a conocer a quién nos debemos, al Pueblo, a la gente que sepa que el compromiso de este gobierno es y seguirá siendo en la Alcaldía para el fortalecimiento del pequeño comercio”. (Minuto 25:00) "se están construyendo los pilares desde hace mas de dos meses y se va a seguir construyendo, así es de que, esa es una extraordinaria noticia que la jefa de gobierno dejó para que aqui en la colonia también próximamente tengamos este centro pilares". Tal afirmación constituye una oferta de campaña expresa.
4. Del video sobre los trabajos del Centro de Atención Múltiple (CAM) 41 En el minuto 23:36 del video de 10 de marzo de (https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/2837882996528543/ ), desprenden lo siguiente: 2021
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se "En esta Alcaldía con el sector educativo, con el sector escolar, estamos más que comprometidos, somos herederos también de educación, hijo de padres maestros y de abuelos maestros, por lo tanto, tengo esta obligación, así la siento y con esa convicción seguiremos trabajando en pro y en beneficio de nuestras comunidades escolares y sobre todo de este tipo de escuelas". 5. Inauguración del corredor Bio-Cultural de la calle Francisco I. Madero, en ella refiere lo siguiente: "Hoy inauguramos el corredor Bio-Cultural de la calle Francisco I. Madero. Este tramo es uno de los más representativos de la Alcaldía Xochimilco, porque conecta con algunos de los momentos claves de nuestra historia..." Publicación que fue realizada el 3 de abril, y que por sí misma tuvo impacto en los usuarios a su favor ya que hicieron manifestaciones en las que, en correspondencia a las obras hechas por parte de la Alcaldía, las cuales son necesarias para beneficio de la comunidad, José Carlos debe continuar en el cargo en el que había estado fungiendo como Alcalde. 6.El 1 de abril de 2021, se llevó a cabo la supervisión de la obra de ampliación de la línea 5 del Metrobús, la cual fue transmitida en vivo por parte del Gobierno de la Ciudad de México a través de la red social Facebook, (https://www.facebook.com/Gobierno CDMX/videos/4025946524130618 ) en la que se destaca que además de la Jefa de Gobierno, también estuvo presente José Carlos Acosta Ruiz, quien como se sabe, pidió licencia desde el 27 de marzo para contender en el proceso electoral 2021 por el mismo cargo, ello denota que continua llevando acabo acciones permanentes como si aun ostentara el cargo. Lo anterior queda en evidencia desde el momento en que la presentadora refiere lo siguiente: Minuto 0:37
"...La Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum Pardo, supervisa la obra de la ampliación línea 5 en el tramo Vista Hermosa a Preparatoria 1, la acompañan el Secretario de Movilidad Andrés Lajous Loaeza, de Obras y Servicios Jesús Esteban Medina, el Director General de Metrobús Roberto Capuano Tripp, el Alcalde de Xochimilco José Carlos Acosta Ruiz..."
Por otra parte, las imágenes que a continuación se enlistan fueron obtenidas tanto de la página oficial de la alcaldía, así como de la página oficial de José Carlos Acosta, las cuales pertenecen a obras de gobierno que tenían como plazo máximo el 26 de diciembre de 2020 para su entrega, en consecuencia, los actos realizados por el candidato se acomodaron para publicitarlos en época preelectoral. Por esa razón, es que, en el capítulo de pruebas de la presente queja, se enuncian los contratos que corroboran tales hechos, los cuales son de acceso público en la página de transparencia nacional. 7. Captación de agua pluvial en Santa Cruz Acalpixca. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/13098854556396113098845565961 8. Colector de agua pluvial en Santiago Tepalcatlalpan. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/posts/2207338662733257https://www.facebook.com/page/480423732048643/search/?q=colector%20de%20agua%20 9. Inauguración de consultorios. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/434095251181938 10. Reinauguración del deportivo san Gregorio https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/438080034131395 11. Reinauguración del deportivo Tulyehualco https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/2853030008278857https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/posts/3849741241783525 12. Entrega de trabajos de mantenimiento de la esclusa. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/250400723458261 13. Mantenimiento al jardín de niños Isaías Morones. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/posts/3906873129403669 14. Trabajos de rehabilitación en el jardín de niños "Lucas Ortiz” https://www.facebook.com/Xochimilco Alcaldia Oficial/videos/902928817290827 https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/902929427290766 15. Obras de rehabilitación de la primaria Quilaztli. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/861767538052314 16. Trabajos de rehabilitación en Hermenegildo Galeana. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/posts/2209804375820019 17. trabajos de rehabilitación de red de agua potable en San Luis Tlaxialtemalco. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/198979481665614 18. Pozo de absorción Santa María Nativitas. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/180028973933961 De todas las participaciones se advierte una clara inducción al voto que, aunque no constituya un llamamiento expreso, se debe considerar así conforme a la jurisprudencia 14/2018 de la Sala Superior bajo la óptica de los equivalentes funcionales, puesto que, del análisis integral del contexto en que fueron expresadas, adminiculado con lasa frases utilizadas en su actual campaña, evidencian una estrategia anticipada de promoción del voto, resumido en la frase “Sí a la continuidad", de lo que se acreditan los elementos siguientes: Elemento personal. En efecto, se actualiza ya que dada la naturaleza del denunciado quien es candidato con licencia a alcalde por el partido Morena, es susceptible de ser infractor a la materia electoral por el contenido de los mensajes señalados en esta queja. Elemento temporal, éste se cumple, ya que se desplegaron dentro de un proceso electoral ya que los hechos fueron cometidos después del mes de agosto de 2020, y de manera próxima al inicio de los periodos de precampaña y campaña, de manera continuada.
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Elemento subjetivo, éste tiene como propósito hacer un llamado expreso al voto, ya sea a favor o en contra con la finalidad de obtener una candidatura, si bien no se cumple de manera concreta, lo cierto es que, trasciende porque la intención es influir en el electorado, tal como como se advierte del video de 18 de marzo en el que el denunciado manifiesta: "y estamos seguros que esa gran casa como esta de Nativitas va a ser posible también su reconstrucción porque ya hay recursos en los estudios y estoy seguro, no lo dudo ni tantito que con la ayuda de la maestra Alejandra y de todos sus colaboradores Nativitas también será una realidad de reconstrucción". En consecuencia, los mensajes influyeron de manera significativa porque se tuvo como resultado que usuarios como Karina Tenorio, se sintiera convencida que votar por José Carlos, será la mejor opción ya que ella misma refirió: " Es por eso que necesitamos la continuidad del gobierno, para terminar los proyectos programados" Expresión que se reproduce en la mayoría de los links aportados como prueba, que fueron expresadas de manera previa al inicio del periodo de campaña, en actos públicos en los que el personaje destacado fue el aspirante a la reelección. No pasa desapercibido para el suscrito que del video del gran cierre de regional de Santa María Nativitas, llevado a cabo el 21 de mayo de 2021, https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=213986690328366&id=1018146931652442 ) el candidato morenista agradeció a sus amigos, entre ellos a "Karina Tenorio del Grupo Maress" misma persona que ha estado compartiendo actos llevados a cabo por José Carlos fuera de los periodos de pre campaña y campaña, lo que se vincula y denota con ello una estrategia para posicionar una candidatura mediante la entrega de obra pública, en perjuicio de equidad en la contienda, como se acredita a continuación. (Minuto 02:28) “a mis amigos del grupo maress a Karina Tenorio, Iván Peralta, Esteban Laurel, muchas gracias por estar aquí..." De todo lo anterior, ha quedado evidenciado que las publicaciones, por un lado, han influido a favor de una persona en su posicionamiento y por otro, que en el momento en que se realizaron, aun no iniciaba el proceso de campañas electorales, vulnerando así las condiciones de equidad en la contienda. …”
De la lectura de los párrafos transcritos de la queja, se advierte que el promovente denunció
la presunta realización de actos anticipados de campaña y promoción personalizada, derivado
que desde el nueve de marzo de dos mil veintiuno, el probable responsable en su calidad de
Alcalde y candidato a la Alcaldía en la demarcación territorial Xochimilco, presuntamente
difundió en su página personal de “Facebook” actos que corresponden a la entrega de obras
públicas, que fueron llevadas a cabo por la Alcaldía en mención, advirtiendo a juicio del
promovente un posicionamiento personal para su beneficio electoral, así mismo señala que
dicha difusión debió corresponder al perfil del órgano colegiado y no en la página personal del
probable responsable, mismos que fueron supuestamente difundidos desde antes del inicio de
los periodos de precampaña y campaña; lo que, a su consideración, violenta la normativa
electoral local.
III. PRUEBAS. La promovente ofreció como elementos de prueba los siguientes: 1. Diecisiete imágenes a color del hecho denunciado, tal cual se muestra a continuación:
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2. Los siguientes links, donde presuntamente se observan los hechos denunciados:
1. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/130988545563961/ 2. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/435142897590844/ 3. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/445908066731103/ 4 4. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/2837882996528543/ 5. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/posts/2217131231754000 6. https://www.facebook.com/1018146931652442/posts/2228872613913195/ 7. https://www.facebook.com/Gobierno CDMX/videos/4025946524130618 8. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/posts/2215353431931780 9. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/posts/2207338662733257 10. https://www.facebook.com/page/480423732048643/search/?q=colector%20de%20ag
ua%20 11. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/43409525118138 12. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/438080034131395 13. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/2853030008278857 14. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/posts/384974124178355 15. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/videos/250400723458261 16. https://www.facebook.com/XochimilcoAlcaldiaOficial/posts/3906873129403669 17. https://www.facebook.com/Xochimilco Alcaldia Oficial/videos/902928817290827 18. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/902929427290766 19. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/videos/8617675380521 20. https://www.facebook.com/JoseCarlosxoch/posts/2209804375820019 21. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/198979481665614 22. https://www.facebook.com/Jose Carlosxoch/videos/1800289739339 23. https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=213986690328366&id=1018146931652
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3. Once contratos de entrega de obra pública; tal y como se muestra a continuación:
1. XO-DGODU-L-OP-IR-018-20.pdf 2. XO-DGODU-L-OP-LP-019-19.pdf 3. XO-DGODU-L-OP-LP-023-20.pdf 4. XO-DGODU-L-OP-LP-033-20.pdf 5. XO-DGODU-L-OP-LP-041-20.pdf 6. XO-DGODU-L-OP-LP-042-20.pdf 7. XO-DGODU-L-OP-LP-043-20.pdf 8. XO-DGODU-L-OP-LP-044-20.pdf 9. XO-DGODU-L-OP-LP-045-20.pdf 10. XO-DGODU-L-OP-LP-046-20.pd 11. XO-DGODU-L-OP-LP-047-20.pdf
4. La presuncional legal y humana 5. La instrumental de actuaciones.
IV. Diligencias previas. En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 4, párrafo
primero de la ley procesal; 22, fracción IV y 23, párrafo primero del Reglamento, a efecto de
contar con elementos respecto de los hechos denunciados, el Secretario ordenó la realización
de las diligencias siguientes:
1. La inspección a las direcciones electrónicas, practicadas por personal de la Dirección, a fin
de constatar las supuestas publicaciones y videos de diversas fechas en marzo, abril y mayo
del año en curso, denunciadas por el promovente, en la que se constataron las publicaciones
de los usuarios “José Carlos Acosta”, “Alcaldía de Xochimilco” y “Gobierno de la Ciudad de
México” donde se muestra lo siguiente:
No. Página Facebook Denunciado Constatado Fecha de los hechos
1
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/1309
88545563961/
NO
17 de marzo
“Entrega de la Estructura de
Captación de Agua Pluvial.”
2
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/4351
42897590844/
Si
09 de marzo
“Entrega de trabajos de
remodelación de la secundaria
#180.”
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3
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/4459
08066731103/
Si
11 de marzo
“Entrega de obras de
rehabilitación del Mercado 379
Ampliación San Marcos.”
4
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/2837
882996528543/
Si
10 de marzo
“Entregamos los trabajos del
Centro de Atención Múltiple (CAM)
41.”
5
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/posts/22171
31231754000/
Si
03 de abril
“Hoy inauguramos el corredor Bio-
Cultural de la calle Francisco I.
Madero.”
6
https://www.facebook.com/1
018146931652442/posts/22
28872613913195/
Si
18 de abril
“Anunciamos la construcción de
una pista de tartán en el pueblo.”
7
https://www.facebook.com/J
GobiernoCDMX/videos/4025
946524130618/
Si
01 de abril
“Supervisión de obra de la
ampliación de la Línea 5 de
Metrobús. Gobierno de la Ciudad
de México.”
8
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/posts/22153
53431931780/
Si
01 de abril
“Tuve el gusto de acompañar a la
Jefa de Gobierno, la Dra. Claudia
Sheinbaum, en la supervisión de
obra de la ampliación de la Línea
5 del #Metrobús.”
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https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/posts/22073
38662733257/
Si
22 de marzo
“Entregamos un colector pluvial a
vecinas y vecinos de Santiago
Tepalcatlalpan.”
10
https://www.facebook.com/p
age/480423732048643/sear
ch/?q=colector%20de%20ag
ua%20
Si
22 de marzo
“Entrega de un Colector de Agua
Pluvial en Santiago
Tepalcatlalpan.”
11
https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/vide
os/434095251181938/
Si
09 de marzo
“Nos encontramos en la
"Inauguración de Consultorios
Dentales".”
12
https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/vide
os/438080034131395/
Si
10 de marzo
“Reinauguración del Deportivo
de #SanGregorioAtlapulco.”
13
https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/vide
os/2853030008278857/
Si
10 de marzo
“Los invitamos a la reinauguración
del Deportivo Tulyehualco.”
14
https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/post
s/3849741241783525/
Si
10 de marzo
“Reinauguramos el Deportivo de
Tulyehualco.”
15
https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/vide
os/250400723458261/
Si
18 de marzo
“Entrega de trabajos de
mantenimiento de la esclusa
Yucatán del Campamento la
Draga.”
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https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/post
s/3906873129403669/
Si
29 de marzo
“Mantenimiento al jardín de niños
“Isaías Morones” de
#SanAndrésAhuayucan.”
17
https://www.facebook.com/X
ochimilcoAlcaldiaOficial/vide
os/902928817290827/
Si
31 de marzo
“Entrega de trabajos realizados en
el Jardín de Niños "Lucas Ortiz".”
18
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/9029
29427290766/
Si
31 de marzo
“Entrega de trabajos realizados en
el Jardín de Niños "Lucas Ortiz".”
19
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/8617
67538052314/
Si
30 de marzo
“Entrega de trabajos de la Escuela
Primaria "Quilaztli."
20
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/posts/22098
04375820019/
Si
25 de marzo
“Entrega de trabajos de
rehabilitación de la red de agua
potable en Hermenegildo
Galeana.”
21
https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/1989
79481665614/
Si
30 de marzo
“Entrega de trabajos de
Rehabilitación de red de Agua
Potable en San Luis
Tlaxialtemalco”
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https://www.facebook.com/J
oseCarlosxoch/videos/1800
28973933961/
Si
29 de marzo
“Entrega de Pozo de absorción en
Santa María Nativitas.”
23
https://m.facebook.com/story
.php?story_fbid=213986690
328366&id=1018146931652
442
Si 21 de mayo
“Cierre de campaña.”
2. La inspección a la página de Internet del Instituto, a efecto de verificar si el probable
responsable obtuvo registro como candidato al cargo de Alcalde en Xochimilco, practicada por
personal de la Dirección, de la cual, se pudo constatar que si obtuvo el registro al cargo en
mención, como se muestra a continuación:
3. La inspección a la página de Internet del Instituto, a efecto de constatar los periodos de inicio
y culminación de las etapas de precampañas y campañas para el Proceso Electoral Local
Ordinario 2020-2021, donde se constató que, son del 23 de diciembre de 2020 al 31 de enero
de 2021, y del 4 de abril al 2 de junio de 2021, respectivamente, como se muestra a
continuación:
De los elementos de prueba proporcionados por el promovente, así como de las inspecciones
instrumentadas por esta autoridad las cuales se constataron a través de la instrumentación de
actas circunstanciadas, se tiene que los hechos materia de denuncia a juicio de la promovente
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fueron cometidos después del mes de agosto de 2020 y de manera próxima al inicio de los
periodos de precampaña y campaña, de manera continuada.
Además, no se tiene certeza de que las imágenes se obtuvieran de la cuenta oficial de la
alcaldía, y en ningún apartado se constató que las obras a que hace referencia la promovente
tuvieran como plazo máximo para su entrega el 26 de diciembre de 2020.
Asimismo, la promovente señaló que los actos anticipados de campaña se llevaron a cabo por
la entrega de obras que acontecieron durante los meses de marzo y abril. Y al momento que
se realizaron las publicaciones aun no iniciaba en proceso de campañas electorales.
Finalmente, del video correspondiente al 21 de mayo denominado “evento de su cierre de
campaña”, la promovente solo señala específicamente el minuto 2:28 en el que se hace
referencia: “a mis amigos del grupo maress a Karina Tenorio, Iván Peralta, Esteban Laurel,
muchas gracias por estar”, sin embargo, el mismo no hace mención de entrega de obras o a
los actos llevados a cabo fuera de los periodos de precampaña y campaña y menos aún se
denota una estrategia para posicionar su candidatura.
V. DETERMINACIÓN DE ESTA AUTORIDAD.
CASUAL DE DESECHAMIENTO POR EXTEMPORANIEDAD. Del análisis a las constancias
que integran el expediente en que se actúa, esta Comisión determina DESECHAR EL
ESCRITO DE QUEJA ateniente y, en consecuencia, decretar el NO INICIO DEL
PROCEDIMENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ELECTORAL en contra del probable
responsable.
Lo anterior, en virtud de que se actualiza la casual de desechamiento prevista en el artículo
27, fracción VI del Reglamento, la cual señala:
“Articulo 27. La queja o denuncia será desechada de plano cuando: … VI. La queja o denuncia se presente fuera de los plazos señalados en el artículo 15 del Reglamento”
Por su parte el artículo 15 del Reglamento, dispone lo siguiente:
“Articulo 15. Los escritos de queja o denuncia podrán presentarse de manera física ante la Oficialía de Partes Órganos Desconcentrados o Consejos Distritales del Instituto, o por correo electrónico de la Oficialía de Partes, dentro de los treinta días naturales siguientes a aquel que se cometió la falta o
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se tuvo conocimiento de ella, salvo en los casos en que se vulneren los derechos fundamentales, en cuyo caso el plazo será de un año. … {Énfasis añadido}
En efecto, en el escrito de queja el promovente manifestó que desde los días, nueve, diez,
once, diecisiete, dieciocho, veintidós, veinticinco, veintinueve, treinta, treinta y uno de
marzo, uno, tres y dieciocho de abril y veintiuno de mayo del año en curso,
respectivamente, en la red social de “Facebook” los usuarios “José Carlos Acosta”, “Alcaldía
de Xochimilco” y “Gobierno de la Ciudad de México” presuntamente difundieron actos que
corresponden a la entrega de obras públicas que fueron llevadas a cabo por la Alcaldía en la
demarcación territorial Xochimilco, advirtiendo a su juicio, un posicionamiento personal para
su beneficio electoral, sin embargo, la queja fue enviada mediante correo electrónico a la
Oficialía de Partes de este Instituto, el dos de junio del año en curso, es decir, si se contabilizan
los eventos del mes de marzo transcurrieron ochenta y cinco días, y los relacionados con el
mes de abril, transcurrieron sesenta y dos días, posteriores al momento en que tuvo
conocimiento de los hechos, por lo que se actualiza la casual de desechamiento prevista en el
artículo 27, fracción VI, en relación con el artículo 15 del Reglamento, que establece que la
queja será desechada de plano cuando se presente fuera de los treinta días naturales
siguientes en que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de ella.
Asimismo, de los elementos de prueba proporcionados por el promovente, así como de las
inspecciones instrumentadas por esta autoridad las cuales se constataron a través de la
instrumentación de actas circunstanciadas, se tiene que los hechos materia de denuncia a
juicio de la promovente fueron cometidos después del mes de agosto de 2020 y de manera
próxima al inicio de los periodos de precampaña y campaña, de manera continuada.
Además, de que no se tiene certeza de que las imágenes se obtuvieran de la cuenta oficial de
la alcaldía, y en ningún apartado se constató que las obras a que hace referencia la
promovente tuvieran como plazo máximo para su entrega el 26 de diciembre de 2020. Así
también, la promovente señaló que los actos anticipados de campaña se llevaron a cabo por
la entrega de obras que acontecieron durante los meses de marzo y abril. Y al momento que
se realizaron las publicaciones aun no iniciaban las campañas electorales.
Finalmente, del video correspondiente al 21 de mayo denominado “evento de su cierre de
campaña”, la promovente solo señala específicamente el minuto 2:28 en el que se hace
referencia: “a mis amigos del grupo maress a Karina Tenorio, Iván Peralta, Esteban Laurel,
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muchas gracias por estar”, refiriendo en este caso que mediante la entrega de las obras el
denunciado quiere posicionar su candidatura, sin embargo, la misma señaló, que en el
momento que se realizaron las publicaciones aún no iniciaba el proceso de campañas
electorales.
Por tanto, es procedente DESECHAR DE PLANO el escrito de queja al actualizarse la casual
de improcedencia prevista en el artículo 27, fracción VI, en relación con el artículo 15 del
Reglamento; y, en consecuencia, se decreta el NO INICIO DE UN PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ELECTORAL contra los probables responsables.
CUARTO. NOTIFICACIÓN. Notifíquese por correo electrónico al promovente, y;
PUBLÍQUESE en los estrados electrónicos de este Instituto por un plazo de TRES DÍAS,
contados a partir del siguiente en que surta efectos dicha fijación; esto último, en cumplimiento
al principio de máxima publicidad, previsto en el artículo 2, párrafo tercero del Código y 47 del
Reglamento.
ASÍ, por unanimidad de votos, lo acordaron y firmaron las Consejeras Electorales y el
Consejero Electoral, integrantes de la Comisión. CONSTE.
BERNARDO VALLE MONROY CONSEJERO ELECTORAL Y
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ASOCIACIONES POLÍTICAS
ERIKA ESTRADA RUIZ CONSEJERA ELECTORAL E INTEGRANTE
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ASOCIACIONES POLÍTICAS
SONIA PÉREZ PÉREZ CONSEJERA ELECTORAL E INTEGRANTE
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ASOCIACIONES POLÍTICAS
El presente documento cuenta con firma electrónica, la cual posee validez jurídica, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México IECM/ACU-CG-122/2020.
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