20
Circulación nacional • Año 8 • N° 2.598• 3 cuerpos • 44 páginas • Bs 2 LUNES 7 DE MARZO DE 2016 PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA www.cambio.bo /periodicocambio.bo @cambio_bo DEPORTES 8-9 Bolívar gana a Blooming y Ferreira vuelve con un gol La Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico realizó 2.122 operativos entre enero y febrero del presente año. 16 SEGURIDAD FELCN incauta 69,56 t de droga en dos meses de 2016 APG Llega la Canciller de Argentina para reunirse hoy con el Presidente / PÓL 8 Ministro de Educación aclara que el magisterio no será profesión libre Camargo clausura con éxito la Feria Vitivinícola, de vinos y singanis SOCIEDAD 13 ÚLTIMAS 20 AGENDA PRESIDENCIAL 10 Enzo De Luca José Lirauze AGENDA PRESIDENCIAL 11 El presidente Evo Morales promulgó ayer la Ley 785, que permitirá ejecutar el programa multipropósito que beneficiará a El Alto, Batallas y Pucarani. El Alto recibe una ley para dar agua y riego a 300 mil personas Vice: Las redes sociales están más cerca del caos que de la verdad Acusados del caso 24 de mayo tienen hasta 15 días para apelar la sentencia 20 ÚLTIMAS 16 SEGURIDAD Reclame las láminas de sus equipos GRATIS 1908 Bolivia inicia obras del mayor centro nuclear con fines pacíficos AYER SE SUSCRIBIERON ACUERDOS CON LA RUSA ROSATOM El presidente Evo Morales puso en marcha la construcción del Centro de Investigación Nuclear. “El Alto cumplirá una nueva misión y un gran objetivo de ser la ciudad clave del programa nuclear”, dijo Sergey Kiriyenko, de Rosatom. El proyecto estatal apunta a ser el mejor y más grande de América Latina, según las autoridades del Gobierno.

Edicion impresa 7 3 2016

Embed Size (px)

DESCRIPTION

 

Citation preview

Page 1: Edicion impresa 7 3 2016

Circulación nacional • Año 8 • N° 2.598• 3 cuerpos • 44 páginas • Bs 2

LUNES 7 DE MARZO DE 2016

P E R I Ó D I C O D E L E S T A D O P L U R I N A C I O N A L D E B O L I V I A

www.cambio.bo/periodicocambio.bo @cambio_bo

DEPORTES 8-9

Bolívar gana a Blooming yFerreira vuelve con un gol

La Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico realizó 2.122 operativos entre enero y febrero del presente año.

16 SEGURIDAD

FELCN incauta 69,56 t de droga en dos meses de 2016

APG

Llega la Canciller de Argentina para reunirse hoy con el Presidente / PÓL 8

Ministro de Educación aclara que el magisterio no será profesión libre

Camargo clausura con éxito la Feria Vitivinícola, de vinos y singanis

SOCIEDAD 13ÚLTIMAS 20

AGENDA PRESIDENCIAL 10

Enzo

De

Luca

José

Lira

uze

AGENDA PRESIDENCIAL 11

El presidente Evo Morales promulgó ayer la Ley 785, que permitirá ejecutar el programa multipropósito que beneficiará a El Alto, Batallas y Pucarani.

El Alto recibe una ley para dar agua y riego a 300 mil personas

Vice: Las redes sociales están más cerca del caos que de la verdad

Acusados del caso 24 de mayo tienen hasta 15 días para apelar la sentencia

20 ÚLTIMAS

16 SEGURIDAD

Reclame las láminas de sus equipos

GRATIS1908

Bolivia inicia obras del mayor centro nuclear con fines pacíficos

AYER SE SUSCRIBIERON ACUERDOS CON LA RUSA ROSATOM

El presidente Evo Morales puso en marcha la construcción del Centro de Investigación Nuclear.

“El Alto cumplirá una nueva misión y un gran objetivo de ser la ciudad clave del programa nuclear”, dijo Sergey Kiriyenko, de Rosatom.

El proyecto estatal apunta a ser el mejor y más grande de América Latina, según las autoridades del Gobierno.

Page 2: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016OPINIÓN2

que se violan los derechos humanos y en los que se han practicado las más diversas y crueles torturas. “Si ha perdido su senti-do de castigo al terrorismo, ¿por qué ser parte de una violación tan flagrante de los derechos humanos?”, critica.

Desde el año 2002 hasta el 2016, la pri-sión ha albergado un total de 783 prisione-ros y en la actualidad se mantienen allí 91 reos. Esto supone grandes costes de mante-nimiento. Por ejemplo, en 2015 se ha esti-mado que EEUU se gastó 4 millones de dó-lares por detenido, lo que supuso un gasto total de unos 455 millones de dólares.

“SI LOS PRISIONEROS NO SON PROCESADOS, DEBEN SER LIBERADOS”Según Olatz Cacho, responsable del

trabajo de Amnistía Internacional sobre EEUU, los prisioneros deben ser juzgados en el marco de la ley, “en juicios justos”, y si no quieren procesarlos deben ser “li-berados de inmediato”. “Lo que no puede ser es mantener a una serie de personas in-definidamente detenidas sin ninguna otra razón que no saber qué hacer con ellas. Los derechos humanos deben ser la espina dorsal de cualquier plan para cerrar Guan-tánamo”, denuncia.

Cacho apunta que la comunidad inter-nacional exige que el Gobierno estadouni-

“Obama anuncia por enésima vez su deseo de cerrar la cárcel de Guantá-namo, pero esta vez el anuncio es di-

ferente. Llega a unos pocos meses de que abandone la Casa Blanca. ¿Lo hace por su remisión? ¿Tiene intención política? ¿Esta-mos ante un hecho histórico a medias? Lo digo porque para normalizar las relacio-nes con Cuba hacen falta bastantes cosas, incluyendo la devolución de ese territorio”, plantea el anfitrión del programa de RT ‘El Zoom’ Javier Rodríguez Carrasco.

Según el presentador, la clausura de esta prisión responde a una promesa que se convirtió en buque insignia de la cam-paña electoral del actual mandatario esta-dounidense “por su eventual aperturismo y por su renovación, algo que, entre otros factores, le llevó al despacho oval”.

“El plan del Pentágono a mí me suena más a un maquillaje: maquillaje para Oba-ma, que tendrá una despedida limpia; ma-quillaje para encubrir traslado de presos, que seguirán entre rejas, y maquillaje para el país en sí”, apunta Rodríguez Carrasco.

¿GUANTÁNAMO PERDIÓ SU SENTIDO?La cárcel de Guantánamo se abrió tras

los atentados del 11-S como escarnio con-tra los terroristas. “Un lugar en el que los culpables debían pagar por todo lo hecho, en el que se haría justicia. Pero, ¿realmen-te ha sido así? ¿Cuántos de los condenados tienen causas y cargos concretos? ¿Cuán-tos juicios ha habido tras el 11 de septiem-bre?”, se pregunta Rodríguez Carrasco.

Lo que parecía ser un “edificio de justi-cia”, indica el anfitrión de ‘El Zoom’, se ha convertido en lo que hoy es: un lugar en el

PROMESA

Obama quiere clausurar Guantánamo

EEUU debe devolver ese terreno ocupado como parte de la normalización de las relaciones con Cuba.

RTdense decida cerrar Guantánamo e insta a llevar a los culpables de las torturas en esta prisión ante la justicia sin ningún tipo de impunidad. Además, la experta defien-de respecto al estatus de los prisioneros que no existe vacío legal, sino falta de vo-luntad política por parte de EEUU.

DEVOLVER EL TERRITORIO OCUPADO, CLAVE EN LA NORMALIZACIÓN DE LAS RELACIONES CON CUBARené González Barrios, presidente

del Instituto de Historia de Cuba, sostie-ne que EEUU debe devolver ese terreno ocupado como parte de la normaliza-ción de las relaciones con Cuba y apun-ta que, con la base, se ha agredido tanto a La Habana como a otros países veci-nos, además de seguir siendo un pretex-to para crear conflictos.

“La base naval de Guantánamo desde el punto de vista histórico es ilegal; fue una imposición del Gobierno de EEUU a través de una enmienda a la Constitu-ción cubana de 1901 en que se le impuso al pueblo cubano tener esa y otras bases que al final no se inauguraron, bajo con-dición de que si no se aprobaba, no se le daba la independencia a Cuba”, explica el experto, que añade que actualmente las razones por las que la base se estable-ció en 1903 están obsoletas.

Asimismo, González Barrios explica que en la base se han cometido torturas siempre, “incluso antes del triunfo de la Revolución Cubana cuando tenían una prisión, Carabela Point, donde incluso tor-turaron a trabajadores cubanos que esta-ban en la base en la época de la Segunda Guerra Mundial”. “Obama solo quiere ce-rrarla para hacer cumplir su agenda polí-tica”, sentencia.

siquiera les interesa ser convincentes a la hora de enlodar a un líder o hacer el ridículo como lo acaban de experimen-tar con Lula y Evo al no poder susten-tar sus acusaciones.

Es campaña sucia, y como tal, todo se vale con tal de formar escándalo, denigrar y sembrar confusión entre la gente honesta que apenas si tiene otros medios de informarse que los que les suministra la derecha con su control mediático.

Pero la acción contra los líderes po-líticos podría ser estéril si no va acom-pañada de una costosa estrategia de desestabilización económica, política y social, todas a la vez, como está su-cediendo en estos momentos en Vene-zuela, Brasil, Bolivia y Ecuador.

Acciones chabacanas contra los líde-res políticos Inacio Lula Da Silva, Evo Morales, Cristina Fernández,

Rafael Correa, Dilma Rousseff, Nicolás Maduro y casos extremos como el asesi-nato de la indígena hondureña Berta Cá-ceres están articuladas dentro de una evi-dente guerra global de posiciones.

Es difícil dejar de creer que tales operaciones respondan a un plan úni-co y que incluso las instrucciones y su financiamiento salgan de un mismo bunker, pues el modelo usado es igual para todos: buscar o inventar si no existen, puntos vulnerables de la mo-ralidad y la ética de las víctimas.

ENFOQUE

El líder, frente principal en la guerra de posicionesProbablemente eso explique por

qué las campañas contra cada uno de ellos son personalizadas, y a Evo se le ataque por una falacia amorosa, a Lula y Dilma por presunta corrup-ción, a Cristina por la muerte del fis-cal general Natalio Alberto Nisman y la operación legítima de estabiliza-ción del tipo de cambio.

A Maduro se le acusa de todo y se lan-zan contra él cargas profundas como las que hundieron al Bismark porque Venezuela, por su revolución bolivaria-na y el ejemplo de Hugo Chávez, es el epicentro de la contraofensiva ideoló-gica contra las fuerzas antineolibera-les de un continente necesitado de mu-cha unidad. Ello también explica por qué a los atizadores de esa política ni

Luis Manuel Arce Isaac (PL)

FECHAS

históricas

Descubren el Polo Sur

Se inventa el juego Monopoly

Murió Tomás de Aquino

(tuhistory.com)El término Polo Sur se refiere normalmente al Polo Sur Geográfico, el punto más austral de la superficie terrestre, en opuesto al Polo Norte. El Polo Sur Geográfico se localiza en el extremo austral de un planeta, equivalente a la latitud 90°S, donde convergen todos los meridianos. Se define como el lugar donde el eje de rotación intercepta a la superficie.

(tuhistory.com)En 1933, el estadounidense Charles Darrow creaba el popular Monopoly, uno de los juegos más vendidos de la historia. Para su realización, Darrow se inspiró en The Landlord’s Game, un juego de mesa creado a comienzos del siglo XX por la diseñadora Elizabeth Magie. Dos años después, Darrow patentó su invento, el cual fue adquirido posteriormente por Hasbro.

(tuhistory.com)Nacido en Italia en el año 1225, Santo Tomás fue rápidamente introducido en el trabajo de Aristóteles, Averroes y Maimonides en sus estudios, quienes influyeron en su filosofía teológica. En sus trabajos definió tres virtudes teológicas, que están enfocadas en Dios, llamadas fe, esperanza y caridad. Murio en 1274.

7MARZO

Page 3: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 3EDITORIAL

DESARROLLO CIENTÍFICO

Alcances del centro nuclear

Ayer los Gobiernos de Rusia y Bolivia suscribieron acuerdos para la construcción de un Centro de Investigación en Tecnología Nu-clear en la ciudad de El Alto, allá por el Distrito 8, lo que según los ejecutivos de la empresa Rosatom la convertirá en una urbe clave por el tamaño del proyecto que se instalará próximamente.

Además, por las declaraciones de las autoridades bolivianas vinculadas al sector de energía y los ejecutivos de la rusa Rosatom, el centro nuclear apunta a convertirse en el mayor de su tipo en América Latina, lo que refuerza el rótu-lo de capital científica del país, que ya tiene la ciudad alteña.

En la actualidad, Bolivia cuenta con el Instituto Bolivia-no de Ciencia y Energía Nuclear y con el Centro Nuclear la idea es lograr la soberanía científica en el marco del uso de la energía para fines pacíficos.

Una retrospectiva nos lle-va a recordar que desde que se generó la idea en conversacio-nes que el Presidente tuvo con otros mandatarios, en el país surgieron voces discordantes a esta iniciativa y se aclaró que el proyecto tiene fines pacíficos.

Al respecto es necesario mar-car que el centro tiene tres obje-tivos principales: el primero es la irradiación gamma de alimentos naturales, como frutas y verduras. Mediante esta intervención los alimentos naturales se conservan durante más tiempo y pueden ser exportados. La segunda meta es el tratamiento de tumores cancerí-genos mediante radiofármacos de ciclotrón. Y el tercero es la investigación sobre energía nuclear en Bolivia.

El plan para dotar al país con su primer centro nuclear cuenta con el apo-yo de la cooperación rusa, país que tiene amplia experiencia en el desarrollo de este tipo de proyectos. “Ahora podemos garantizar estas grandes obras de impacto con cooperación de Rusia, a veces de China, a veces de Europa. Qué bueno sería que otras potencias también estén presentes con inversión y coo-peración y no solamente con agresión (y) con provocación”, dijo el presidente Evo Morales tras la firma de los acuerdos.

“Ahora podemos garantizar estas grandes obras de

impacto con cooperación de Rusia, a veces de China. Qué bueno sería que otras

potencias también estén presentes con inversión y

cooperación”.

Volver sobre las líneas de Chávez

Las Líneas de Chávez, serie de artículos aparecida en enero de 2009 sobre la

vida nacional y la política exterior venezo-lana, intensa obra del fallecido presidente Hugo Chávez (1954-2013), adquiere hoy sin-gular vigencia.

A tres años de la partida física del líder de la Revolución Bolivariana, vale la pena vol-ver sobre algunas de aquellas reflexiones que identificaron además a uno de los políticos más visionarios de su época.

En sus escritos, impresos en diferentes periódicos de la nación suramericana hace siete años, Chávez recorre con lenguaje colo-quial y no menos profundo desde la historia local hasta los ataques que vendrían desde Washington.

También repasa la historia patria, las es-trategias electorales, las reivindicaciones de las venezolanas, la integración regional y, desde luego, la imprescindible unidad para desterrar el sectarismo de las organizaciones de izquierda, entre otros momentos.

En el debut de esos espacios de opinión y que tituló La primera entrega, Chávez señala que, en esencia, es un soldado forjado en el compromiso y la obediencia al legítimo po-der, que orienta el esfuerzo colectivo.

Un concepto recurrente, el de poner oído en tierra para atender los reclamos de los sec-tores más humildes, y que hoy forma parte del proceso de renovación en la gestión del gobernante Partido Socialista Unido de Ve-nezuela, tras el revés sufrido en los comicios parlamentarios del pasado 6 de diciembre, cuando la oposición obtuvo una mayoría cir-cunstancial en la Asamblea Nacional.

“... pongo de nuevo mi vida y todo mi fu-turo en manos del pueblo y su soberana deci-sión. Este soldado revolucionario hará lo que el pueblo mande”, es otra de esas aseveracio-nes meridianas suscritas por Chávez y que signa la actual línea de acción de adminis-trar desde, con y por el soberano: los Conse-jos Presidenciales del Poder Popular.

En otro de aquellos escritos (La Cuarta fase: El despliegue) Chávez comenta la asun-ción en Estados Unidos del presidente Barack Obama, en medio de grandes expectativas, e invita a ese gobierno a abrir los puños, para que puedan llegar manos extendidas de todo el mundo, llenas de fraternidad.

Alerta además a estar atento a nuevas ac-ciones hostiles, como la que ahora perpetra la Casa Blanca al prorrogar por otro año un decreto presidencial que declara a Venezuela amenaza extraordinaria a la seguridad esta-dounidense y así abre paso a más violencia opositora, según denuncias de la cancillería.

LÍNEA POLÍTICA

MARIO HUBERT GARRIDO

La Paz - [email protected]

Periódico del Estado Plurinacional de BoliviaFundado el 22 de enero de 2009Depósito legal 4-3-8-09 P.O.Calle Potosí esquina Ayacucho NO 1220Zona central, La PazTelfs.: 2902597 - 2902266 - 2902299 - 2902587

DIRECTORA

Carmen Miranda [email protected]

EDITOR GENERAL

Oscar Alarcón [email protected]

JEFE DE REDACCIÓN

Ernesto Calizaya Floresredacció[email protected]

EDITORES

Agenda Presidencial: Clayton BenavidesPolítica: Juan Cori CharcaEconomía: Franz Acarapi SullcaCultura: Jackeline Rojas HerediaSeguridad: Luis CruzDeportes: Gustavo Cortez CallaEdición digital: Claudia Pérez PardoFotografía: Gonzalo JallasiDiscurso Presidencial: Patricia SaraviaCorrección: Juan Carlos FloresIlustraciones: Máximo Choque Jurado

JEFA ADMINISTRATIVA

Karina Saravia

JEFE COMERCIAL

Ana María Soria MachicadoCel. 767 44473 - Int. 117

EJECUTIVA VENTAS PUBLICIDAD

Mireya Plantarosa TercerosCel. 796 34366 - Int. 117

Mario ValdiviaCel. 706 59720 - Int. 118

Clotilde Echeverría B.Cel. 701 82045 - Int. 118

Interno de publicidad Interno Fax: 120

SUSCRIPCIONES

Allyson OrtegaCel. 77743303 - Int. [email protected]

ENCARGADO AGENTES INTERIOR Marco Antonio Alanoca CondoriCel. 70671564 • Santa Cruz 68774338• Cochabamba 44500882• Oruro 72469419• Sucre 72859108• Cobija 71114012• Trinidad 70272865• Tarija 60261805• Potosí 67932070

“Pongo de nuevo mi vida y todo mi futuro en manos del pueblo y su

soberana decisión”.

Page 4: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016POLÍTICA4

VICTOR H. CHAMBI OCAÑA / CAMBIO

La senadora del Movimiento Al Socialismo (MAS), Adriana Sal-vatierra, sostuvo que la presen-cia de la militancia del Instru-mento Político por la Soberanía de los Pueblos es real y no vir-tual, muestra de ello es el res-paldo territorial que se tuvo en el referendo constitucional.

Según los resultados del re-ferendo constitucional aproba-torio del pasado 21 de febrero y que publicó el Tribunal Su-premo Electoral (TSE) en su portal, la opción del SÍ tuvo la victoria en el 75 por ciento de las provincias; es decir, ganó en 83 de las 112 provincias. “Lo que hace es poner en evidencia nuestra fortaleza, la presencia territorial que es lo importan-te, no es una militancia vir-tual, es una presencia fática en el territorio”, manifestó la se-nadora cruceña.

La victoria del NO en nue-ve de las diez grandes ciuda-des, hizo la diferencia para que el porcentaje mayoritario, del 51,30 por ciento, se incline ha-cia esa opción.

Al respecto, Salvatierra se-ñaló que “la ciudad está mucho más expuesta a una influencia

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

“Ayer partí. Tardé 12 horas en llegar, (viajé) toda la noche y ya entregué el material a las 90 me-sas del área rural y urbana. Voy por río y tierra (…). cinco horas por río y otras cinco horas en moto. Recorrí varios caminos a pie por otras cuatro horas para llegar a distintos lugares”, es el testimonio de un funcionario del Tribunal Electoral Departa-mental del Beni, que es tomado como ejemplo del esfuerzo que se hizo para que los bolivianos ejerzan su derecho al voto en el referendo del 21 de febrero.

A través de un boletín institu-cional, el Tribunal Supremo Elec-toral relata que “cuando las auto-ridades nacionales o las misiones internacionales de observación

TSE: hubo mucho esfuerzo para llegar a todo el país

destacan el trabajo del Órgano Electoral durante el proceso del Referendo Constitucional 2016, convendría no perder de vista que ese éxito se debe también a cientos de personas anónimas

que aportaron con su esfuerzo a lo largo de muchos días, antes y después de la votación”.

Lluvias torrenciales, calor intenso, el mal estado de las carreteras y el poco acceso de

La militancia del MAS es real y se la observó en su presencia en las calles y concentraciones, dijo la senadora Salvatierra.

Una camioneta del TSE circula con dificultad por una carretera del altiplano.

Salvatierra: Militancia del MAS es real y no virtual

transporte a algunas regiones alejadas del país, fueron algu-nas circunstancias que tuvie-ron que librar los funcionarios de los diferentes tribunales de-partamentales a momento de entregar las actas electorales a los notarios de los diferentes re-cintos electorales.

“Cuando se critica algún error o algún tropiezo del pro-ceso electoral o del día de la vo-tación, parecería olvidarse la la-bor de muchos trabajadores que cumplieron ese día y que hicie-ron lo que tenían que hacer y que, en el peor de los casos, al menos pusieron su empeño y su imaginación para superar obstá-culos que no podían haber pre-visto de ningún modo”, señala el boletín al demandar el reconoci-miento para dicho esfuerzo.

MAS

-IPSP

TSE

ó En el referendo del 21 de febrero, ganó el No por lo que el artículo 168 de la Carta Magna se mantiene con su redacción actual.

ó El mencionado articulado indica que el periodo de mandato del presidente y vicepresidente es de cinco años y podrán ser reelectos por una sola vez.

RESULTADO ó El apoyo al SÍ en el referendo del 21 de febrero alcanzó al 75 por ciento de las provincias, solo se perdió en las ciudades capitales.

comunicativa y de línea de co-municación más virtualizada, desde los medios de comunica-ción y las redes sociales, que tie-nen su influencia en territorio, pero hubo distritos en las ciuda-des donde se mantuvo y se con-solidó el voto duro del MAS”.

Además, “la oposición trabajó con empresas para ganar territo-rio, no fueron sus militantes los que salieron a las calles. Desde Santa Cruz operó el centro de

comunicaciones de la oposición y el imperialismo, con plata de la cooperación internacional”, destacó Salvatierra.

Agregó que “la presencia de las personas en los encuentros sociales y en las movilizaciones son reales, no virtuales”.

Para la senadora, el MAS mantuvo su voto duro y reforzó la presencia en aquellos munici-pios rurales donde se perdió en las elecciones subnacionales.

VALORACIÓN ó El Órgano Electoral destaca trabajo de funcionario y espera sea valorado.POR AIRE, TIERRA Y AGUAEn el departamento de La Paz, el recinto electoral más alejado se encuentra en el norte, en la misma amazonia, hasta donde se traslada el material electoral, primero en avión, luego se sigue en un viaje por carretera, para concluir con un viaje por agua, a través del río Beni.

RESULTADOS OFICIALESUna vez que se concluya con el cómputo del 100 por ciento de las mesas de sufragio, el Tribunal Supremo Electoral debe presen-tar su informe final con los resul-tados oficiales y consolidados.

EN EL EXTERIOR EL VOTO ES VOLUNTARIOEl material electoral también se envió a las legaciones diplomáti-cas en el exterior, donde el voto es voluntario a diferencia de Boli-via, donde es obligatorio.

puntada

En junio, TSE fusiona datos del padrónREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Hasta el mes de junio, el Tri-bunal Supremo Electoral ten-drá los primeros resultados de la fusión de datos del pa-drón electoral con los que tiene el Registro Civil, infor-mó el vicepresidente del ente electoral, Antonio Costas.

“Vamos a hacer que todas las oficialías de registro ci-vil trabajen en línea con no-sotros, es el primer paso que vamos a dar. Durante esta ges-tión también tenemos el ob-jetivo de que las oficialías de registro civil nos apoyen en el registro electoral biométri-co, queremos que las transac-ciones de los oficiales de re-gistro civil también se hagan con este respaldo biométrico”, declaró la autoridad electoral, con relación al trabajo que se realizará para que los datos de ambos registro sean uno solo.

Además, agregó que en el mes de abril comenzarán las reuniones de coordinación con los representantes de la Unión de Naciones Surameri-canas (Unasur) y la Organiza-ción de Estados Americanos (OEA) para llevar adelante las auditorías al padrón elec-toral biométrico.

Algunas personas que falle-cieron desde el cierre de ins-cripciones hasta la votación, permanecieron en el padrón y eso fue punto de críticas.

Page 5: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 POLÍTICA 5

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Confederación Sindical Única de Trabajadores Campe-sinos de Bolivia (CSUTCB) ex-presó su solidaridad y apoyo al expresidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva al conside-rar que fue víctima de la de-recha de su país, que intenta vincularlo con hechos de co-rrupción en la petrolera esta-tal Petrobras para despresti-giar su liderazgo.

Feliciano Vegamonte, secre-tario ejecutivo de la CSUTCB, declaró: “Expresamos nuestro apoyo y solidaridad contun-dente y revolucionario en fa-vor de Lula para que no se sien-ta solo y abandonado”

El dirigente campesino boli-viano instó a los movimientos sociales de la región a proteger a Lula, de 70 años, a quien defi-nió como un luchador antineo-liberal y antiimperialista.

“Siempre los pueblos de Lati-noamérica y del mundo vamos a apoyar a nuestro hermano porque al final de cuentas todos

vamos a poner nuestros esfuer-zos para seguir luchando contra el imperialismo”, sostuvo.

La solidaridad expresada por la dirigencia de los campesi-nos bolivianos se suma a la de otros, de diferentes países de la región, que consideran que la detención no fue legal.

El presidente de Bolivia, Evo Morales, y otras organiza-ciones sociales también expre-saron su solidaridad con el ex-mandatario brasileño.

“Me sentí rehén en mi pro-pio país”, afirmó Lula, una fi-gura política influyente den-tro y fuera de Brasil, y señaló que la investigación en su con-tra es un circo mediático y que “no tienen nada que temer”

La Policía brasileña allanó la mañana del viernes el domi-cilio y las oficinas del exman-datario, además de sus socios y familiares, lo obligaron a de-clarar sobre un escándalo de lavado de activos que vincula a decenas de políticos y empre-sarios de ese país, pero fue li-berado horas más tarde.

Campesinos respaldan al expresidente Lula

El expresidente Lula con residentes bolivianos en Sao Paulo, en 2015.

Manfred Reyes Villa (izq.) y Goni.

Archivo

DERECHA VENEZOLANA ATACA A EVOEl presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Henry Ramos Allup, atacó a través de su cuenta en la red social Twit-ter al mandatario boliviano Evo Morales, reporta la cadena tele-visiva Telesur.Allup publicó en su cuenta (@hramosallup) lo siguiente: “Ha-brá juicios y cárcel para (...) Evo Morales cuando abandone la presidencia. Igual destino ten-drán sus compañeros (de) (...) otros países”.Según el analista internacional Juan Manuel Karg, el ataque y la campaña de desinformación en Bolivia fue un plan coordinado por la derecha latinoamericana

para obtener un tercer triunfo sobre los Gobiernos progresis-tas y de avanzada en la región.En entrevista con Telesur, el analista señaló que tras vencer en las elecciones presidencia-bles en Argentina, los comicios parlamentarios en Venezuela y el triunfo del No en el referen-do de Bolivia, la derecha ahora dirigirá su campaña mediática contra el gobierno de Dilma Rousseff y la posible candidatu-ra de Lula da Silva.El presidente Morales participó los pasados días en los actos con-memorativos por el tercer año del fallecimiento del expresiden-te venezolano Hugo Chávez.

NFR anuncia el retorno de Reyes VillaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El exdiputado de Convergencia Nacional y militante de la ex-tinta Nueva Fuerza Republicana (NFR), Mauricio Muñoz, anun-ció el retorno de su jefe, Man-fred Reyes Villa, que se encuen-tra prófugo en Estados Unidos.

“Él (Manfred) va a retornar a Bolivia, se están viendo las con-diciones necesarias para que venga”, afirmó en una entrevis-ta con radio Panamericana, y agregó que espera sea este año.

Anteriormente, el vicepresi-dente Álvaro García Linera sos-tuvo que si Reyes Villa retorna a Bolivia debe ser para enfren-tar las acusaciones de corrup-ción que tiene pendiente en la justicia boliviana.

El exprefecto de Cochabamba tiene dos sentencias por delitos de corrupción, además de más de una decena de otros juicios por sus acciones como autoridad del departamento. En 2010 decidió fugar del país, incumpliendo la orden de arraigo en su contra.

EDICTO

CAMBIO3 x 6 módulos

Blanco y Negro07/03/2016

La Dra. Maria Ines Vera de Ayoroa, Direcrora General de Asuntos Juridicos del Ministerio de Economia y Finanzas Públicas, en calidad de Sumariante de la Entidad que ejerce tuición sobre el Banco Central de Bolivia, HACE SABER: Que por el presente EDICTO, notifica, cita y emplaza a la Abogada LENNY ROSARIO GARCIA CANELAS, para que por sí o mediante apoderado legal, asuma defensa dentro del proceso interno seguido en su contra, a cuyo efecto se transcribe, El AUTO INICIAL DE APERTURA DE PROCESO INTERNO Á, 13 de noviembre de 2015 VISTOS: La carta BCB-GAL-SAJU-CE-2015-505 de 4 de noviembre de 2015, del Presidente a.i. del Banco Central de Bolivia (BCB) Marcelo Zabalaga Estrada, remitida al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas el 5 de noviembre de 2015, a través de la cual hace conocer el Informe BCB-GAL-SAJU-INF-2015-199 de fecha 4 de noviembre de 2015, emitido por el abogado Erik Omar Velasco Arenas y el informe BCB-GAL-SAJU-SC-INF-2015-63 de fecha 3 de noviembre de 2013 emitido por el Jefe del Departamento Legal Civil-Comercial 2 a.i. abogado Jhamil Zubieta Jaude, a los que adjuntan antecedentes referidos a indicios de responsabilidad administrativa en contra de las servidoras públicas, Abogadas: Lenny Rosario García Canelas y Zaida Eufronia Juaniquina Flores a objeto que la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ejerza como autoridad Sumariante en virtud del Art. 67 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992 modificado por Decreto Supremo Nº 26237 de 29 de junio de 2009. Que por la condición de Abogadas de las servidoras públicas dependientes del Banco Central de Bolivia, Lenny Rosario García Canelas y Zaida Eufronia Juaniquina Flores se remitieron los indicados informes y antecedentes del Despacho del señor Ministro a conocimiento de la Asesora Legal principal del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a efecto de lo establecido en el Artículo 29 de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales y Artículo 67 parágrafos I y II del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 23318-A, de 3 de noviembre de 1992, modificado por Decreto Supremo Nº 26237 de 29 de junio de 2001. CONSIDERANDO.-Que el informe BCB-GAL-SAJU-SC-INF-2015-63 de 3 de noviembre de 2015, emitido por el Jefe del Departamento Legal Civil-Comercial 2 a.i. abogado Jhamil Zubieta Jaude, refiere que en virtud a la Comunicación Interna BCB-GAL-SAJU-CI-2015-887, de 27 de octubre se constituyó en la oficina Regional de Cochabamba, procediendo a realizar la revisión de procesos judiciales advirtiendo que en el proceso Concurso Necesario seguido por Luis Fernández Argote contra Francisco Javier Cremer Torrico y otros, el abogado patrocinante del BCB Dr. Luis de la Reza Suárez presentó ante el Juez de la causa, solicitud de “Regulación Judicial de Honorarios Profesionales”, hecho que generó se emita el Auto Resolución de 10 de enero de 2011, que dispone el pago de honorarios por la suma de $us90.709.15 Señala que el citado Auto fue notificado al BCB en fecha 1 de febrero de 2011 a horas 10:30 AM, contra el cual las abogadas apoderadas Lenny Rosario García Canelas y Zaida Eufronia Juaniquina Flores interpusieron Recurso de Reposición con alternativa de Apelación en fecha 11 de febrero de 2011. Posteriormente en fecha 11 de febrero a horas 18:13 las citadas abogadas también opusieron contra el citado Auto de 10 de enero de 2011, Recurso de Apelación, pronunciándose al efecto el Auto de Vista Nª 278/2013 de 15 de noviembre de 2013, el cual anula el auto de concesión del Recurso de Apelación declarando la ejecutoria del Auto de 10 de enero de 2011, debido a que el señalado recurso fue presentado en forma extemporánea. Advirtiendo la existencia de indicios de responsabilidad por la función pública, recomendado se remita antecedentes a la Autoridad Sumariante. Que el informe BCB-GAL-SAJU-INF-2015-199 de 4 de noviembre de 2015, emitido por el abogado del Banco Central de Bolivia Erik Velasco Arenas, advierte que dentro el proceso Concurso Necesario seguido por Luis Fernández Argote contra Francisco Javier Cremer Torrico y otros, el abogado patrocinante del BCB Dr. Luis de la Reza Suárez, presentó ante el Juez de la causa, solicitud de “Regulación Judicial de Honorarios Profesionales”, pretensión que generó la emisión del Auto Resolución de 10 de enero de 2011, que reguló el honorario profesional del citado abogado en la suma de DOLARES AMERICANOS NOVENTA MIL SETECIENTOS NUEVE 15/100 ($US.90.709,15.-), el cual fue notificado al BCB el 1 de febrero de 2011 a horas 10:30 AM., generando que las abogadas apoderadas del BCB Lenny Rosario García Canelas y Zaida Eufronia Juaniquina Flores, primero interpusieran Recurso de Reposición con Alternativa de Apelación y posteriormente, mediante memorial de 11 de febrero de 2011 presentado a horas 18:13 presentaran Recurso de Apelación. Con referencia al Recurso de Reposición con Alternativa de Apelación, señala que el mismo fue rechazado, advirtiendo que el artículo 215 del Código de Procedimiento Civil, determina que el recurso de reposición procede contra las providencias y los autos interlocutorios, con el fin de que el juez o tribunal que los hubiere dictado, advertido de su error, pudiere modificarlos o dejarlos sin efecto”, asimismo menciona al Artículo 219 de la citada norma que establece que contra resoluciones procede el recurso ordinario de apelación. Señalado esto establece que la Resolución de 10 de enero de 2011 tenía el carácter de definitivo por lo que considera que el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil de Cochabamba tenía razón en rechazar el Recurso de Reposición, no obstante ello correspondía interponer Recurso de Compulsa conforme a lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por lo que al no haberse interpuesto el citado recurso las abogadas aceptaron que el Recurso de Reposición con Alternativa de Apelación fue erróneamente planteado. Por otra parte cita al Artículo 220 del Código de Procedimiento Civil, que regula los plazos para la interposición del Recurso de Apelación advirtiendo que en virtud a dicha norma el plazo para presentar el señalado Recurso corre de momento a momento, concluyendo que el recurso de apelación fue presentado fuera del plazo legalmente establecido, ya que debió haber sido presentado hasta horas 10:30 del 11 de febrero de 2011, pero fue presentado a horas 18:13 del 11 de febrero de 2011, hecho que dio lugar a la emisión del Auto de Vista de 15 de noviembre de 2013, que anuló el auto de concesión del recurso de apelación de 21 de marzo de 2011. Por todo lo que expone concluye que existirían indicios de responsabilidad administrativa contra Lenny Rosario García Canelas y Zaida Eufronia Juaniquina Flores dentro del proceso “Concurso Necesario seguido por el Luis Fernandez Argote contra Francisco Javier Cremer Torrico y otros, en el cual se ha presentado el Banco Central de Bolivia, con relación a la tramitación de la regulación de honorarios profesionales en favor del abogado Luis De La Reza Suárez”, por la presentación de un recurso de reposición con alternativa de apelación cuando correspondía presentar recurso de apelación; porque no se interpuso recurso de compulsa ante el rechazo del recurso de apelación alternativo; y por presentar recurso de apelación fuera del plazo legalmente establecido, contraviniendo presuntamente el artículo 232 de la Constitución Política del Estado, el artículo 1 y el inciso b del artículo 8 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del

Funcionario Público, artículo 38 e inciso a) del artículo 28 de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, artículo 3 e inciso f) del parágrafo I e inciso a) del parágrafo II del artículo 65 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 23318 – A , incisos a), c) y d) del Reglamento Interno del Banco Central de Bolivia – RIP BCB aprobado con Resolución de Directorio Nº 011/2010 y Modificado con Resolución de Directorio Nº 036/2010 vigente hasta el mes de junio de 2015, Inciso h) del Artículo 58 y artículo 59 del RIP BCB. CONSIDERANDO.- Que de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 67 del Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 23318-A, modificado por Decreto Supremo Nº 26237, las denuncias, Informes de Auditoría, Dictámenes de Responsabilidad Administrativa que involucren a abogados de una entidad, serán resueltos en la fase del sumario por el Asesor legal Principal de la entidad que ejerce tuición. Que por normativa contenida en la Ley 1670 de 31 de octubre de 1995 el Banco Central de Bolivia, se constituye en una entidad Autárquica bajo tuición del Ministerio de Hacienda hoy de Economía y Finanzas Públicas. Que al hallarse involucradas en los hechos referidos en los informes sobre indicios de responsabilidad administrativa BCB-GAL-SAJU-SC-INF-2015-63 de 3 de noviembre de 2015 y informe BCB-GAL-SAJU-INF-2015-199 de 4 de noviembre de 2015, emitidos por el Jefe del Departamento Legal Civil-Comercial 2 a.i. abogado Jhamil Zubieta Jaude y abogado Erik Velasco Arenas y antecedentes adjuntos, las abogadas Lenny Rosario García Canelas con C.I. 3588163 Cochabamba y Zaida Eufronia Juaniquina Flores con C.I. 4533909 Cochabamba, por la presentación de un recurso de reposición con alternativa de apelación cuando correspondía presentar recurso de apelación; asimismo porque no se interpuso recurso de compulsa ante el rechazo del recurso de apelación alternativo; y por presentar recurso de apelación fuera del plazo legalmente establecido contraviniendo con su conducta funcionaria presumiblemente apelación fuera del plazo legalmente establecido, contraviniendo presuntamente el artículo 232 de la Constitución Política del Estado, el artículo 1 y el inciso b del artículo 8 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público, artículo 38 e inciso a) del artículo 28 de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, artículo 3 e inciso f) del parágrafo I e inciso a) del parágrafo II del artículo 65 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 23318 – A , incisos a), c) y d) del Reglamento Interno del Banco Central de Bolivia – RIP BCB aprobado con Resolución de Directorio Nº 011/2010 y Modificado con Resolución de Directorio Nº 036/2010 vigente hasta el mes de junio de 2015, Inciso h) del Artículo 58 y artículo 59 del RIP BCB, por lo que corresponde en aplicación del parágrafo I del Artículo 67 del Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992, modificado por el Decreto Supremo Nº 26237 de 29 de junio de 2001, instaurar el proceso interno respectivo. POR TANTO: Estableciéndose indicios de responsabilidad administrativa en el desempeño de funciones como Abogadas dependientes del Banco Central de Bolivia, se instaura Proceso Administrativo Interno en contra de LENNY ROSARIO GARCÍA CANELAS con C.I. 3588163 Cochabamba y ZAIDA EUFRONIA JUANIQUINA FLORES con C.I. 4533909 Cochabamba, por el supuesto hecho de la presentación de un recurso de reposición con alternativa de apelación cuando correspondía presentar recurso de apelación; porque no se interpuso recurso de compulsa ante el rechazo del recurso de apelación alternativo; y por presentar recurso de apelación fuera del plazo legalmente establecido, contraviniendo presuntamente el artículo 232 de la Constitución Política del Estado, el artículo 1 y el inciso b del artículo 8 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público, artículo 38 e inciso a) del artículo 28 de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, artículo 3 e inciso f) del parágrafo I e inciso a) del parágrafo II del artículo 65 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 23318 – A , incisos a), c) y d) del Reglamento Interno del Banco Central de Bolivia – RIP BCB aprobado con Resolución de Directorio Nº 011/2010 y Modificado con Resolución de Directorio Nº 036/2010 vigente hasta el mes de junio de 2015, Inciso h) del Artículo 58 y artículo 59 del RIP BCB. El proceso administrativo interno instaurado se substanciará conforme al Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992 y modificado por el Decreto Supremo Nº 26237 de 9 de junio de 2001, abriéndose el término de prueba de DIEZ DÍAS, computables a partir de la notificación personal con el presente Auto y los informes BCB-GAL-SAJU-SC-INF-2015-63 de 3 de noviembre de 2015 y informe BCB-GAL-SAJU-INF-2015-199 de 4 de noviembre de 2015 a las procesadas, debiendo dentro de dicho término presentar sus pruebas de descargo ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, ubicada en la calle Bolívar Nº 688, Piso 1 y señalar domicilio Legal en la ciudad de La Paz a efecto de las notificaciones que correspondan y sea con las formalidades de Ley. Regístrese y comuníquese. Fdo. Dra. Indira Laura Copa Huaraz Directora General de Asuntos Jurídicos a.i. del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. El presente EDICTO, es librado en la ciudad de La Paz, a los 18 días del mes de Febrero del año 2016. Firma y sella Dra. María Inés Vera de Ayoroa Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Page 6: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016PUBLICIDAD6w

ww

.imp

ues

tos.

go

b.b

o

La Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Art. 86º de la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano, por el presente EDICTO cita, llama y emplaza a los contribuyentes, para que por sí o mediante apoderado legal se apersonen ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia a objeto de conocer los resultados de los procesos de verificación efectuados, a través de los cuales se detectó que han incumplido con la Presentación de la Información del Libro de Compras – Ventas IVA a través del Software Da-Vinci y otros, conforme lo establece el Servicio de Impuestos Nacionales según normativa vigente. Por lo expuesto precedentemente, la Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 168º Parágrafo I de la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano en actual vigencia, por el presente EDICTO, notifica a los contribuyentes que se detallan a continuación:

Nº RAZON SOCIAL NIT IMPUESTO/ALCANCENUMERO DE AUTO

INICIAL DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL

PERIODOS GESTION

IMPORTE En Unidades

de Fomento de Vivienda

IMPORTE (Bs.) En

Bolivianos

FECHA DE CALCULO

1 CTIMEX S.R.L. 129807028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301225

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE

2010 3.500 7.378 23/02/2016

2 QUILLA CALLISAYA TEOFILO 493541018 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314197

JUNIO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE

2012 4.000 8.431 23/02/2016

3

AMONZABEL TECNICAS Y

TECNOLOGIAS INTERNACIONALES

122831021 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301185

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

4

PROYECTO ACTIVIDAD DE

COMPETITIVIDAD RURAL DE BOLIVIA

ARCO

130743025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301231

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

5

THE COOPERATIVE HOUSING

FOUNDATION CHF INTERNACIONAL

126855029 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301212

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

6 LLONA RUIZ MARCO ANTONIO 126657024 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

001289301209

MAYO-JUNIO-JULIO-AGOSTO-

SEPTIEMBRE-OCTUBRE

2010 1.200 2.529 23/02/2016

7 CONCIVIAL GAP S.R.L. 122259028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

001289301176

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

8 BOLIVIAN MONEY EXPRESS S.R.L. 120593022 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

001289301152

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

9CALLISAYA

HUANCA CRISTIAN JESUS

6845676019 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 00140995012618

FEBRERO-MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2011 4.600 9.683 04/02/2016

10 MUNGUIA ROMERO ALVARO RODRIGO 2675759013 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

00140995011640 JULIO 2011 200 421 04/02/2016

11 COMITE DE VIGILANCIA QUIME 167376020 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0015208000200

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE

2011 7.500 15.787 04/02/2016

12 COMITE DE VIGILANCIA QUIME 167376020 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0015208600192NOVIEMBRE-DICIEMBRE 2011 6.000 12.630 04/02/2016

13 VICEMINISTERIO DE DEPORTES 1004677028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0015208000207

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE

2011 7.500 15.787 04/02/2016

14 VICEMINISTERIO DE DEPORTES 1004677028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0015208600198NOVIEMBRE-DICIEMBRE 2011 6.000 12.630 04/02/2016

15SERVICIO DE ASISTENCIA

TECNICA1016817027 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0015208600201NOVIEMBRE-DICIEMBRE 2011 6.000 12.630 04/02/2016

16 MARIN NAETER JOSE ROBERTO 486956014 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

00140995010849

FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2011 4.600 9.696 23/02/2016

17 MENDOZA JOVE GLORIA DEL ROCIO 477126016 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

00140995010837

MARZO, NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE2011 2.200 4.637 23/02/2016

18RAMOS PEREZ

ROSARIO DE LAS NIEVES

468366014 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 00140995010823

FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2011 4.600 9.696 23/02/2016

19

CORDOVA CORDOVA ROXANA

ELIZABETH

333265018 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301365

SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2010 400 843 23/02/2016

20 SUDAMERICANA -MAPREBOL 168098022 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

00140995010694 JUNIO 2011 500 1.054 23/02/2016

21DIVERSIONES Y PASATIEMPOS DIVERPAS S.RL.

163710021 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 00140995010666

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2011 9.000 18.971 23/02/2016

22 MURILLO FANOLA MARICRUZ 1331527012 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

00140995011065

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2011 4.800 10.118 23/02/2016

23

CORDOVA CORDOVA ROXANA

ELIZABETH

333265018 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 00140995010777

MARZO, MAYO, JUNIO, JULIO,

AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2011 4.200 8.853 23/02/2016

Nº RAZON SOCIAL NIT IMPUESTO/ALCANCENUMERO DE AUTO

INICIAL DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL

PERIODOS GESTION

IMPORTE En Unidades

de Fomento de Vivienda

IMPORTE (Bs.) En

Bolivianos

FECHA DE CALCULO

24 SHERIFF Y ASOCIADOS S.R.L. 1018139022 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314400

ENERO, FEBRERO,

MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2012 36.000 75.877 22/02/2016

25 MORETTI MOLINARI

MAURIZIO GIOVANNI

1018015025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314399

ENERO, FEBRERO,

MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2012 12.000 25.293 22/02/2016

26BITTNER DURAN

JULIO ERICH AUGUSTO

1016677022 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314376

ENERO, FEBRERO,

MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2012 12.000 25.293 22/02/2016

27 JOO YOUNG IM 1017459026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314390

ENERO, FEBRERO,

MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2012 12.000 25.293 22/02/2016

28 PIETSCH CATRIN 1017435020 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314389

FEBRERO, MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2012 11.000 23.185 22/02/2016

29BOLIVIA CHINA

IMPORT EXPORT SRL.

1017347029 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314387

ENERO, FEBRERO,

MARZO, ABRIL, MAYO, AGOSTO,

SEPTIEMBRE, OCTUBRE,

NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2012 30.000 63.232 22/02/2016

30 FUNDACION CULTURAL QUIPUS 1017141021 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314385

ENERO. FEBRERO.

MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE. DICIEMBRE

2012 36.000 75.878 22/02/2016

31SERVICIO GENERAL DE AUTOMOVILES

HOT ROD S.R.L.1016785020 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314380

ENERO. FEBRERO.

MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE. DICIEMBRE

2012 36.000 75.878 22/02/2016

32 OROPEZA ZILVETI MARIA JULIA. 3775014 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

001179301751 ENERO 2010 200 422 24/02/2016

33 OROPEZA ZILVETI MARIA JULIA 3775014 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

001179301752 FEBRERO 2010 200 422 24/02/2016

34 GRUPO ARUM S.R.L. 160862028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301313 SEPTIEMBRE 2010 500 1.054 24/02/2016

35 TENASKA BOLIVIA INVESTMENT S.R.L. 1001449028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314272

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

36 CUOREBOL LTDA 1001499029 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314274

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

37SERVICIOS DE

APOYO AL DESARROLLO

1001613024 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314276 DICIEMBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

38 REDCETUS SRL 1001655026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314277

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

39 CIVA SRL 1001721020 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314278 OCTUBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

40 RIVEK SRL 1001737025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314279

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

41 RADIO MOVIL DEL SUR S.R.L. 1001911024 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314281

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

42ASOCION

JUVENTUD Y FUTURO (O.N.G)

1001993023 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314282 DICIEMBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

43

SISTEMAS APROPIADOS EN TECNICAS DE OBRAS DE

CONSTRUCCION - SATOCONS LTDA.

1002081025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314284

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO2012 21.000 44.265 23/02/2016

EDICTO(Segunda Publicación)

continúa en la página 7

Page 7: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 PUBLICIDAD 7w

ww

.imp

ues

tos.

go

b.b

o

Nº RAZON SOCIAL NIT IMPUESTO/ALCANCENUMERO DE AUTO

INICIAL DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL

PERIODOS GESTION

IMPORTE En Unidades

de Fomento de Vivienda

IMPORTE (Bs.) En

Bolivianos

FECHA DE CALCULO

44 KAPPA INGENIEROS SRL. 1002139023 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314286

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 30.000 63.236 23/02/2016

45SERVICIO DE

DESARROLLO INTEGRAL SEDEI

1002183025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314288 DICIEMBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

46SERVICIO DE VIDRIO

LTDA. “SERVIFAL” SRL.

1002295023 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314290

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

47TRANSPORTADORA

ARENA S.R.L. ARENA S.R.L.

1002519025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314292

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

48 CARTA INFORMATIVA CIEN 1002801029 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314295

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

49 WARTSILA NSD BOLIVIA LTDA 1002851023 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314297 DICIEMBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

50ASOC BOLIVIANA

LAB ENSAYOS AMBIENTALES

1003001024 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314300 DICIEMBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

51DIGITAL AUDIO

STUDIOS BOLIVIA SRL.

1003177024 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314301

SEPTIEMBRE-OCTUBRE-DICIEMBRE

2012 9.000 18.971 23/02/2016

52CONSTRUCCION E

INGENIERIA BURO Y ASOCIADOS S.R.L.

1003535026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314304

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

53 LIMPIEZA EUROPA S.R.L. 1003623024 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314305

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

54SERVICIOS EN EDUCACION

SERVED S.R.L.1003885028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

0014109314308 SEPTIEMBRE 2012 3.000 6.324 23/02/2016

55INDUSTRIAS

GRAFICAS DRUCK S.R.L.

1003927022 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 0014109314310

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

56 L.M.A ASOCIADOS S.R.L. 1004185020 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109314312

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

57EMPRESA

CONSTRUCTORA SCKEMA S.R.L.

1004253029 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109314314

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

58 GRUPO INTEGRAL SRL 1004271020 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109314315 MAYO 2012 3.000 6.324 23/02/2016

59 SISTEMAS VIALES S.R.L. 1004289021 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109314316

ENERO-FEBRERO-JULIO-

NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 15.000 31.618 23/02/2016

60 VANQQUERTECHS S.R.L. 1004299027 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109314317 ENERO 2012 3.000 6.324 23/02/2016

61PRO TEMPORE CONSULTORES

PARA EL DESARROLLO S.R.L.

1004305025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109314318 MARZO 2012 3.000 6.324 23/02/2016

62 CIDIC 1004353026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109314319

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

63 UNIDAD PRIVADA DE UROLOGIA 1004399029 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109314320

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 30.000 63.236 23/02/2016

64 CADENA PRATEL S.R.L. 1004551028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109314321

AGOSTO-OCTUBRE-

NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 12.000 25.294 23/02/2016

65CASTILLO

GANDARILLAS LEIDY NOELIA

6907872019

ENTREGA DE TODA LA INFORMACION Y DOCUMENTACION

REQUERIDA EN F-4003

REQUERIMIENTO N° 103680

AISC N° 0863/2015 OCTUBRE 2014 1.500 3.162 23/02/2016

66 MERIDA EDUARDO DIANA ELENA 2019110019 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC Nº

14109314552

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE

2012 7.000 14.756 24/02/2016

Nº RAZON SOCIAL NIT IMPUESTO/ALCANCENUMERO DE AUTO

INICIAL DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL

PERIODOS GESTION

IMPORTE En Unidades

de Fomento de Vivienda

IMPORTE (Bs.) En

Bolivianos

FECHA DE CALCULO

67 HUANCA DE CALLE VICTORIA 2020224015 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC Nº

14109314553

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 12.000 25.296 24/02/2016

68 URUCHI CAMAYO EVARISTO 2030319012 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC Nº

14109314559

ENERO-FEBRERO-MARZO-

NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 5.000 10.540 24/02/2016

69MICHEL

RODRIGUEZ MARIA AMALIA

2056336019 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC Nº 14109314586

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 12.000 25.296 24/02/2016

70GONZALEZ

MERCADO MARIA EUGENIA

2054143018 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC Nº 14109314582

ENERO-FEBRERO-

MARZO-ABRIL-MAYO-JUNIO-

JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2012 12.000 25.296 24/02/2016

71 EMBOC S.R.L. – CAT S.R.L. 143931024 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313537 DICIEMBRE 2012 3.000 6.323 23/02/2016

72

DESARROLLO Y MANTENIMIENTO

DE SISTEMAS EMPRESARIALES

DYMSE S.R.L.

144059028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313539

ENERO. FEBREO. MARZO.

ABRIL. MAYO. JUNIO. JULIO. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 27.000 56.912 23/02/2016

73 IMAGE WORKS S.R.L 143961027 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313538

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

74

ADMINISTRADORA DE FRANQUICIAS

FRANQUIPAZ S.R.L. - FRANQUIPAZ

S.R.L.

150706021 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 140995010598

ENERO, FEBRERO,

MARZO, ABRIL, MAYO, JUNIO,

JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE,

OCTUBRE, NOVIEMBRE, DICIEMBRE

2011 13.500 28.462 26/02/2016

75 ARTISTAS LATINOS LTDA 144504021 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313543 ENERO Y ABRIL 2012 6.000 12.647 23/02/2016

76 FEJAVI S.R.L. 145042026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313546 JULIO 2012 3.000 6.323 23/02/2016

77

INSTITUTO PARA LA EDUCACION Y EL DESARROLLO

(INED) CONSULTORIES

147620025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313556

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

78 FUNDACION BOLIVIA EDUCA 147680028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313557 DICIEMBRE 2012 3.000 6.323 23/02/2016

79 SERVICIOS REA LRR S.R.L. 149636022 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313564 DICIEMBRE 2012 3.000 6.323 23/02/2016

80

INNOVA S.R.L. CENTRO DE

SERVICIOS DE DUCACION Y

PSICOLOGIA – INNOVA S.R.L.

149792025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313571

ABRIL. MAYO. JUNIO. JULIO.

AGOSTO. SEPTIEMBRE. OCTUBRE Y DICIEMBRE

2012 24.000 50.589 23/02/2016

81 CYBERGLOBALNET S.R.L 150490021 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313571

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

82

ADMINISTRADORA DE FRANQUICIAS

FRANQUIPAZ S.R.L. – FRANQUIPAZ

S.R.L.

150706021 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313575

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

83CENTRO CULTURAL YANERAMAI C.C.Y.

S.R.L.151056026 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313578

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

84CENTRO CULTURAL YANERAMAI C.C.Y.

S.R.L.151056026 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313578

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

85 FUNDACION TIEMPO LIBRE 151140023 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313580

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

86 TECNOLOGIAS ENKELI S.R.L. 151488026 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313583

MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 30.000 63.232 23/02/2016

87MOJO

ENTERTAINMENT S.R.L.

152238022 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313588

MAYO. JUNIO Y AGOSTO 2012 9.000 18.969 23/02/2016

88

CONSULTORES AUDITORES

TRIBUTARIOS SANCHEZ & VALER ASOCIADOS S.R.L.

153744027 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313596 DICIEMBRE 2012 3.000 6.323 23/02/2016

continúa en la página 8

Page 8: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016POLÍTICA8

Llega Canciller de Argentina y se reunirá con EvoPOSTURA ó Se trata de una visita protocolar de la ministra Susana Malcorra.

de relanzar los vínculos con los países de la región, motivo prin-cipal de los viajes realizados por la vicepresidenta Gabriela Mi-chetti a Chile, Brasil y Uruguay.

Este viaje representa la pri-mera visita oficial de la Minis-tra, en la que contempla una reunión con un jefe de Estado sin estar acompañada del presi-dente Macri.

En enero de este año, Malco-rra se reunió con su par de Chile, Heraldo Muñoz, y declaró que la demanda marítima que se ven-tila en La Haya “es un tema bila-teral”, pronunciamiento similar al que hizo el presidente argen-tino, Mauricio Macri.

Malcorra y Morales ya se reunieron anteriormente en Quito, Ecuador.La ministra de Relaciones Exteriores de Argentina, Susana Malcorra.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La canciller de Argentina, Su-sana Malcorra, llegó a Bolivia y mantendrá un encuentro con el presidente del Estado, Evo Mo-rales, en lo que será su primera reunión bilateral con un presi-dente sudamericano.

La agencia estatal argentina de noticias Telam informó que “Malcorra arribará a Bolivia el domingo, se verá con el presi-dente Morales en dos reuniones (una de ellas la bilateral) y em-prenderá su regreso el martes a Buenos Aires”.

Además, agrega Telam, am-bos Gobiernos ya acordaron que presentarán una declara-ción conjunta en sintonía con la meta del Gobierno argentino

CUMBRE DE JUSTICIA SERÁ ESTRUCTURAL

El presidente de la Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados, Javier Zavaleta, ase-guró que la Cumbre de Justicia, que se realizará en abril de este año, servirá para diagnosticar y proponer soluciones estructura-les a los problemas que existen en los niveles de justicia. Sobre el pedido del decano del Tribunal Supremo de Justicia, Jorge Von Borries, para una postergación por espacio de tres meses, Zavaleta dijo que se evaluará si corresponde o no, aunque ratificó que es urgen-te “agarrar al toro por las astas”, refiriéndose a los múltiples pro-blemas en la administración de justicia que deben ser solucio-nados lo antes posible y no es-perar más.Te

lam

ww

w.im

pu

esto

s.g

ob.

bo

Nº RAZON SOCIAL NIT IMPUESTO/ALCANCENUMERO DE AUTO

INICIAL DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL

PERIODOS GESTION

IMPORTE En Unidades

de Fomento de Vivienda

IMPORTE (Bs.) En

Bolivianos

FECHA DE CALCULO

89 FIGUEROA LESEVIC CARLOS ORLANDO 153906028 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313597

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

90 PRODUCTORA ETC S.R.L. 154830024 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313602FEBRERO Y

JUNIO 2012 6.000 12.647 23/02/2016

91

PROGRAMAS DE DESARROLLO ESTRATEGICO Y MONITOREO

AMBIENTAL PROCEMA

155714028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313608

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

92

PROGRAMAS DE DESARROLLO ESTRATEGICO Y MONITOREO

AMBIENTAL PRODEMA

155714028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313608

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

93

EMPRESA DE TRANSPORTES Y

COMUNICACIÓNES MOVIL SURGE

LTDA.

156494022 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313618

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

94

NICCS CONSULTORIAS Y

CONSTRUCCIONES S.R.L.

157164025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313627

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

95

ARQUITECTURA INGENIERIA

CONSTRUCCIONES PABLO VALENTINA S.R.L. AIC PV S.R.L.

156646028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313620 ENERO 2012 3.000 6.323 23/02/2016

96

RODRICH SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA

157598025 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313632

MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 30.000 63.235 23/02/2016

97 DAVIMAR S.R.L. 157600020 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313633 DICIEMBRE 2012 3.000 6.323 23/02/2016

98 ENCINAS & ENCINAS S.R.L. 157892021 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313637

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

99 HENGJIU S.R.L. 158214026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313639

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

Nº RAZON SOCIAL NIT IMPUESTO/ALCANCENUMERO DE AUTO

INICIAL DE SUMARIO CONTRAVENCIONAL

PERIODOS GESTION

IMPORTE En Unidades

de Fomento de Vivienda

IMPORTE (Bs.) En

Bolivianos

FECHA DE CALCULO

100 LOOR SOLUCIONES S.R.L. 158824029 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313644

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

101 PATZI ASOCIADOS S.R.L. 158904027 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVAAISC N°

14109313645

ENERO. FEBREO. MARZO. ABRIL. MAYO. JUNIO.

JULIO. AGOSTO. SEPTIEMBRE.

OCTUBRE. NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE

2012 36.000 75.883 23/02/2016

102

RAINBOW CONNECTION

SERVICES SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA (RCS

S.R.L.)

159058028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313649 AGOSTO 2012 3.000 6.323 23/02/2016

103

ASOCIACION PARA LA

COMUNICACIÓN. INVESTIGACION

Y ACCION DE POLITICAS SOCIALES

156268026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 14109313614 DICIEMBRE 2012 3.000 6.323 23/02/2016

104 FEJAVI S.R.L. 145042026 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA

AISC N° 001289301282 NOVIEMBRE 2010 500 1.054 23/02/2016

105 NEMETEC S.R.L. 158966027 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA AISC N° 1289301310

SEPTIEMBRE-OCTUBRE-

NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 2.000 4.216 23/02/2016

106 ANDES EXCLUSIVE LTDA. 159024020 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVA AISC N° 1289301311

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

107

RAINBOW CONNECTION

SERVICES SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA (RCS

S.R.L.)

159058028 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA AISC N° 1289301312 ABRIL-MAYO-

JUNIO 2010 1.500 3.162 23/02/2016

108 MEXICAN DELI S.R.L. 162174022 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVA AISC N° 1289301315 ABRIL-MAYO 2010 1.000 2.108 23/02/2016

109 TELME NETWORK BOLIVIA S.R.L. 164038025 LIBRO DE COMPRAS

- VENTAS IVA AISC N° 1289301316

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

110MATEGOAL S.R.L.

IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES

164296021 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA AISC N° 1289301317

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO2010 2.500 5.270 23/02/2016

111

ADMINISTRADORA DE FRANQUICIAS

FRANQUIPAZ S.R.L. - FRANQUIPAZ

S.R.L.

150706021 LIBRO DE COMPRAS - VENTAS IVA AISC N° 1289301297

ABRIL-MAYO-JUNIO-JULIO-

AGOSTO-SEPTIEMBRE-

OCTUBRE-NOVIEMBRE-DICIEMBRE

2010 4.500 9.485 23/02/2016

De merecer objeción, a la sanción establecida y según lo dispuesto por el Artículo 168º del Código Tributario Ley 2492, los contribuyentes dispondrán de un plazo de veinte (20) días corridos improrrogables a partir de su legal noti�cación con la Segunda Publicación del presente Edicto y con los Autos Iniciales de Sumario Contravencional, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas por la Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano. Sin embargo para formular descargos, se pueden presentar pruebas referidas al efecto, ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia Distrital, ubicado en la Avenida 20 de Octubre Nº 2121 Esq. Aspiazu de la ciudad de La Paz, bajo conminatoria que de no presentarse se dará continuidad a los procedimientos establecidos por ley.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, al séptimo día del mes de marzo de la gestión dos mil dieciséis. (07/03/2016)

Page 9: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 ECONOMÍA 9

WILLY CHIPANA MAMANI/ CAMBIO

Entre los años 2016 y 2020, la cobertura de energía eléctrica en el área urbana alcanzará el 100%, mientras que en el área rural el 90%. Para lograr ese ob-jetivo se prevé la ampliación de redes y la instalación de ener-gías alternativas.

La proyección se encuentra enmarcada en el Plan de De-sarrollo Económico y Social (PDES) 2016-2020 que fue pre-sentado por el presidente Evo Morales en diciembre de 2015 y tiene el objetivo de impulsar la industrialización de los recur-sos naturales y la reducción de la pobreza en el país.

“(Hasta el 2014) se ha alcan-zado un 97% de cobertura de energía eléctrica y luz a nivel nacional. Se ha logrado el 100% de cobertura de energía eléctri-ca y luz en el área urbana (y) se ha alcanzado el 90% de cobertu-ra de energía eléctrica y luz en el área rural”, establece el PDES.

Según el informe presiden-cial que dio a conocer Morales, el 21 de enero la oferta prome-dio de energía alcanzó a 1.831 megavatios (MW) y la reserva por año fue de 467,8 MW.

En la Agenda Patriótica se busca un acceso universal y equi-tativo al servicio de electricidad. Es por ello que hasta el año 2020 las acciones estarán orientadas para hacer realidad esta meta, “empleando opciones tecnológi-cas diversas y disponibles que permitan lograr una cobertura universal de este servicio”, seña-la el documento oficial.

Dos trabajadores realizan el trabajo de mantenimiento de una conexión de energía eléctrica domiciliaria.

Para cumplir con los resul-tados fijados se aplicarán las si-guientes medidas: primero, se extenderán y densificarán las redes en el área urbana y rural, y segundo, se aplicarán ener-gías alternativas en el área ru-ral, facilitando el acceso a pa-neles solares en comunidades más alejadas. Además se prevé la participación del nivel cen-

tral del Estado, las entidades te-rritoriales autónomas y la coor-dinación con las organizaciones sociales que demandan este ser-vicio para concretar los objeti-vos trazados.

Por otra parte, “es funda-mental la participación de estos actores en las acciones de man-tenimiento de este servicio”, in-dica el PDES 2016-2020.

Cobertura eléctrica urbana alcanzará el 100% en 2020

Gon

zalo

Jalla

si

Transporte pesado espera reanudar el diálogoWILLY CHIPANA / CAMBIO

El transporte pesado espera que a partir de esta semana las comisiones que se confor-maron con el Gobierno para tratar sus demandas inicien sus actividades y de ese modo buscar soluciones.

El representante de la Cá-mara del Transporte Pesa-do Internacional de El Alto, Gustavo Rivadeneira, resaltó la predisposición expresada por el presidente Evo Morales al conformar mesas de traba-jo para buscar una solución a los temas tributarios y adua-neros que fueron planteados por este sector

“Se han conformado me-sas de trabajo que segura-mente van a trabajar a partir de la próxima semana. Esas mesas son las que tratarán el aspecto tributario a través del Viceministerio de Polí-tica Tributaria, la Aduana y de la seguridad vial, que se-guramente se tratará con la Policía y el Ministerio de Go-bierno, donde vamos a expli-car con detalle y amplitud la problemática que estamos pasando”, indicó.

Vehículos de carga pesada.

Arch

ivo

TAREAS ó Para proveer de energía en las áreas urbana y rural, el Gobierno prevé ampliar las redes de electricidad y realizar instalaciones de sistemas alternativos.

ó El Gobierno creó el Progra-ma Electricidad para Vivir con Dignidad, que permi-tió aumentar la cobertura de energía en el área rural y urbana.

ó El año 2012 se naciona-lizaron las acciones de la Empresa Transportadora de Electricidad (TDE) en favor de la Empresa Nacio-nal de Electricidad (ENDE), con lo que se consolidó el control del Estado bo-liviano sobre este sector estratégico del país.

96,7 por ciento64,4 por ciento

del área urbana accedió a la electricidad hasta el año 2014 en el país. Se prevé llegar al 100% hasta 2020.

del área rural accedió a la energía eléctrica hasta el año 2014. Se prevé llegar al 90% hasta 2020.

Indi

cado

res

• COTIZACIÓN DE MONEDASCambio en Bs por unidad de moneda

extranjera

Unión Europea 7,54327Japón (Yen) 0,06010Argentina (Peso) 0,45113Brasil (Real) 1,82205Chile 0,01009Colombia 0,00217Ecuador 6,86000Perú 1,98409Rep. Popular China 1,05409Venezuela 1,08889México 0,38559Paraguay 0,00121Uruguay 0,21337

• SESIÓN DEL BOLSÍNMONTO OFERTADO:

$us 100.000.000,00

MONTO DEMANDADO:

$us 0,00

MONTO ADJUDICADO:

$us 0,00

• UFV (UNIDAD DE FOMENTO DE VIVIENDA)

Bs 2,10922 por UFV

• COTIZACIÓN DE LA TASA LIBOR6 meses 0,89%

• ÍNDICES DE INFLACIÓNIPC (Base 2007): 161,10

• INFLACIÓNMensual 0,58%12 meses 2,64%Acumulado 1%

• PETRÓLEO EN BOLIVIA$us 34,57 (barril)

• GAS EN BOLIVIA$us 1,64 (BTU)

• COTIZACIONES DE

MINERALES EN DÓLARES

Estaño (Libra fina) 7,68Zinc (Libra fina) 0,83Oro (Onza troy) 1.271,50Plomo (Libra fina) 0,83Cobre (Libra fina) 2,23Plata (Onza troy) 15,43Bismuto (Libra fina) 4,60Antimonio (TMF) 5.500

• PRECIO DEL

DÓLAR (BS)

Venta

6,96Compra

6,86

Page 10: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016AGENDA PRESIDENCIAL10

FRANZ ACARAPI / CAMBIO

Con la firma de dos acuerdos, ayer se puso en marcha la cons-trucción del Centro de Investi-gación y Desarrollo en Tecnolo-gía Nuclear con fines pacíficos, que convertirá a El Alto en la ciudad clave para el desarrollo del importante proyecto estatal que será el mejor y más grande de América Latina.

“El Alto, que ha sido y es la ciu-dad clave en el proceso de cam-bio en Bolivia, va a cumplir una nueva misión y un gran objetivo de ser la ciudad clave del progra-ma nuclear del Estado Plurina-cional de Bolivia”, destacó el di-rector de la rusa Rosatom, Sergey Kiriyenko, en la ciudad que cele-bró su 31 aniversario.

El ministro de Hidrocarburos, Luis Sánchez, y el director de Rosatom, Sergey Kiriyenko, tras la firma del acuerdo.

Comienzan obras en el mayor centro nuclear de la región

El ministro de Hidrocarbu-ros, Luis Alberto Sánchez, y Ki-riyenko suscribieron el domingo dos convenios en presencia del presidente Evo Morales: el pri-mero referido a la cooperación en el uso pacífico de la tecnolo-gía nuclear, construcción y su aplicación en la industria, medi-cina y agricultura, entre otras.

El segundo acuerdo señala que Rosatom, además del dise-ño, construcción y operación, se compromete a colaborar en el desmantelamiento y cierre del centro nuclear.

También se desarrollarán sistemas de seguridad, de pro-tección del medioambiente, formación y capacitación de personal especializado en la ciencia nuclear.

ALCANCE ó La rusa Rosatom afirmó que el proyecto boliviano será el mejor y más grande de América Latina. La inversión alcanza a $us 300 millones.

Min

. Hid

roca

rbur

os

La construcción del centro nu-clear demandará una inversión de aproximadamente $us 300 millones y estará concluida en unos cuatro años. La infraestruc-tura estará en el Distrito 8 de El Alto, zona Parco Pata, en alrede-dor de 15 hectáreas cedidas por el Banco Central de Bolivia.

Kiriyenko sostuvo que Rusia lleva 70 años en las tecnologías nucleares y comprometió el máximo esfuerzo de Rosatom para el proyecto que se ejecuta en Bolivia, que será el mejor de América Latina y del mundo.

El presidente Morales reivin-dicó el derecho de Bolivia en contar con un centro de investi-gación nuclear con fines pacífi-cos que beneficie a la medicina, como la prevención y tratamien-

to de enfermedades de cáncer en las personas, además de la segu-ridad alimentaria y la capacita-ción científica.

“Vamos a ser el último país de Sudamérica o Latinoaméri-ca en tener este centro (...) como decía nuestro hermano Sergey, este centro va a ser la más mo-derna y la más grande de Amé-rica Latina”, manifestó Morales.

Añadió que ahora el Estado boliviano está en condiciones de garantizar grandes obras ya sea con la cooperación de países como Rusia, de Europa o China.

“Qué bueno sería que otras potencias también estén presen-tes con inversión, con coopera-ción y no solamente con agre-sión, con provocación”, declaró el Jefe de Estado.

Se creará empresa para administrar el proyectoFRANZ ACARAPI / CAMBIO

Una nueva empresa estatal será creada para la adminis-tración del Centro de Inves-tigación y Desarrollo en Tec-nología Nuclear, que estará concluido en alrededor de cuatro años.

“El día miércoles, median-te un decreto vamos a crear una nueva empresa estatal de administración de este centro energético”, sostuvo el presidente Evo Morales.

De acuerdo con el Jefe de Estado, a partir del proyecto del centro nuclear, El Alto se convertirá en la sede de estu-dios científicos porque a ésta acudirán estudiantes y pro-fesionales del resto de los de-partamentos del país.

Morales se reunió en la mañana en el Palacio de Go-bierno con los ejecutivos de Rosatom y el ministro de Hi-drocarburos, Luis Sánchez, como encuentro previo a la firma de dos convenios con la estatal rusa.

En este marco, pidió que los acuerdos deberían estar ratificados y aprobados por la Asamblea Legislativa Plu-rinacional en dos semanas.

El centro nuclear es pro-ducto de negociaciones entre Bolivia y Rusia en 2015.

Evo Morales y Sergey Kiriyenko.

Min

. Hid

roca

rbur

os

COMO DECÍA NUESTRO HERMANO SERGEY (DE ROSATOM), ESTE CENTRO VA A SER EL MÁS MODERNO Y EL MÁS GRANDE DE AMÉRICA LATINA.

Evo Morales AymaPresidente de Bolivia

Cam

bio

OBRAEn el marco del 31 aniversario de creación de la ciudad de El Alto, el Gobierno firmó con Rosatom el convenio para la construcción del Centro de Investigación y Desa-rrollo en Tecnología Nuclear. El presidente de las Juntas Vecina-les, Franklin Machaca, recordó la contribución del pueblo alteño al desarrollo del país y homenajeó a los caídos en la denominada Gue-rra del Gas de octubre de 2003.

El proyecto estatal será el mejor

Page 11: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 AGENDA PRESIDENCIAL 11

inversión de 663 millones de bolivianos.

Además, 15 de ellas son catalo-gadas obras de envergadura, como el edificio de la Universidad Públi-ca de El Alto (UPEA), el Instituto Normal Tecnológico Humanístico, la Escuela de Abogados del Estado, 300 establos para ganados bovinos y el paseo recreacional comunita-rio avenida Cívica.

Sin embargo, lamentó que al momento la Alcaldía de El Alto tenga 681 millones de bolivianos

en cajas y bancos, y urgió a las autoridades invertir estos fondos en obras para la ciudad, pues son recursos que corresponden a la ciudadanía alteña.

Morales remarcó que pese a la reducción de recursos por la baja en el precio del petróleo, el año 2015, El Alto recibió 1.004 millo-nes de bolivianos, pero afirmó que el Gobierno seguirá traba-jando en beneficio de la pobla-ción alteña con el programa Boli-via Cambia, enlosetados y otros.

BENEFICIO ó Con el proyecto, los pobladores de El Alto, Pucarani y Batallas resolverán la demanda de agua por los próximos 30 años.

GABRIELA RAMOS / CAMBIO

La Ley 785, promulgada ayer por el presidente Evo Morales, per-mitirá que el Gobierno ejecute el Programa Multipropósito de Agua Potable y Riego, que benefi-ciará a más de 300 mil personas de los municipios El Alto, Bata-llas y Pucarani, con una inver-sión de 135 millones de dólares.

El Jefe de Estado promulgó la norma ante miles de vecinos al-teños que asistieron a la firma del convenio para la construc-ción del centro de investigación nuclear, en el marco de las cele-braciones por el 31 aniversario de creación de El Alto.

Con este programa, que ini-cialmente era conocido como Proyecto Peñas, se recolectará agua de las presas Khotia Khota y Taypichaca, y así se prevé sub-sanar los requerimientos de habi-tantes alteños, de Pucarani y Ba-tallas por los próximos 30 años.

El programa multipropósito se financiará con un crédito de 62 millones de dólares, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El Ejecutivo ga-rantiza 46 millones de dólares.

La Alcaldía de El Alto aporta-rá 14 millones de dólares, la Go-bernación de La Paz 16 millones y la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (Epsas) 3,2 millones de dólares.

Morales anunció que tras la promulgación de la Ley 785 se procederá a la licitación de la empresa que ejecutará las obras.

RECURSOS PARA EL ALTOEl Jefe de Estado recordó

que en 2006, cuando asumió la presidencia del país, la in-versión pública en la urbe alte-ña era de apenas 107 millones

Ciudadanas de la ciudad de El Alto recibieron con guirnaldas tanto al Presidente como al Vicepresidente.

Enzo

de

Luca

de bolivianos, la cual se incre-mentó, pues en 2015 llegó a 1.649 millones.

Morales resaltó que desde 2006 hasta lo que va del año, el Gobierno invirtió 7.196 millo-nes de bolivianos para la ejecu-ción de obras y programas para El Alto.

Por ejemplo, señaló que sola-mente con el programa Bolivia Cambia, Evo Cumple se ejecuta-ron 523 obras en la urbe alteña que fueron ejecutadas con una

Programa de agua beneficiará a cerca de 300 mil alteños

GABRIELA RAMOS / CAMBIO

En el aniversario 131 de crea-ción de la ciudad de El Alto, los pobladores de esa urbe re-cibieron la noticia de que el Gobierno invertirá 11,5 millo-nes de dólares en la instala-ción de más conexiones de gas domiciliario.

Dichas instalaciones se complementarán a las 169.710 realizadas por Yacimientos Pe-trolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) en los últimos 10 años. Gracias a este trabajo, 848.550 alteños cuentan con este im-portante servicio.

Cabe destacar que el trabajo realizado por YPFB es de lejos superior al ejecutado por los go-biernos neoliberales, que desde

Invertirán $us 11,5 millones para gas domiciliario

1994 hasta 2005 apenas logra-ron instalar 7.767 conexiones de gas natural domiciliario.

Durante el anuncio, el pre-sidente Evo Morales dijo que el objetivo es que la población

que no cuenta con el servicio de gas a domicilio acceda a este beneficio.

FÁBRICA DE TUBERÍASEl Gobierno también anun-

Vecinos del Distrito 8 durante el desfile cívico en honor al aniversario de El Alto.

ció una factoría de tuberías y accesorios en la urbe alte-ña para la instalación de gas natural.

Para ello anunció la inver-sión de 100 millones de bolivia-nos. La licitación para las obras de construcción se presentará en los próximos días, dijo.

La producción de esta nueva empresa estatal no solo se des-tinará a la instalación de más redes de gas en El Alto, sino que proveerá al país, pues ac-tualmente se deben importar estos materiales.

Esta industria dinamizará aún más la economía alteña, generando mayores fuentes de trabajo y consolidando la vo-cación industrial de El Alto, anunció el mandatario.

Enzo

de

Luca

INDUSTRIA ó El Presidente anunció la creación de una empresa de tuberías para gas.

El Alto tendrá nuevo distribuidor vial en la Ceja

Entregan 300 TV y DVD a colegios de 3 distritos

G.R. / CAMBIO

El presidente Evo Morales anunció que el Gobierno destinará 40 millones de dó-lares para la construcción de un distribuidor vial en la Ceja, céntrica zona alte-ña que se caracteriza por los problemas de congestiona-miento vehicular.

La obra ya cuenta con una estudio a diseño final que se-ñala que la inversión total as-cenderá a $us 50 millones y $us 60 millones.

Al margen de esta obra, que desahogará el complicado tránsito vehicular en la Ceja, sumado a la concentración de comercio informal, Morales anunció la ampliación de tres nuevas líneas del Teleférico: Morada, Azul y Plateada.

Dos de estas rutas están des-tinadas exclusivamente para El Alto. Al momento cuentan con dos rutas en funciona-miento, la Roja y Amarilla, que la conectan con La Paz.

G.R. / CAMBIO

El Ministerio de la Presidencia entregó televisores de 32 pul-gadas, reproductores de DVD y cámaras marca IRT a 300 unidades educativas de los dis-tritos 1, 2 y 3 de El Alto, en el marco del 31 aniversario de creación de esa ciudad.

El presidente Evo Morales oficializó que la entrega co-menzó a realizarse desde ayer, en su primera fase, y que más adelante se programará la en-trega de estos equipos al resto de las unidades educativas de la urbe alteña.

Dirigentes del Distrito 8 de Control Social y de la Federa-ción de Juntas Vecinales (Fe-juve) agradecieron las obras y equipamiento que entrega el Gobierno, y demandaron el apoyo para la ejecución de otras obras, como la amplia-ción de la carretera a Oruro, la construcción de la avenida In-tegración Japón y un hospital de tercer nivel.

Page 12: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016SOCIEDAD12

ROBERTO MEDINA BUEZO / CAMBIO

Personas mayores paseando por las aceras, niños jugando en las calles y adolescentes sin prac-ticar deportes como el fútbol, futsal o básquet son imágenes recurrentes en la ciudad de El Alto debido a que la mayoría de los parques y canchas permane-cen cerrados.Si bien están en condiciones más que aceptables no se abren por disposición de los vecinos, que prefieren tener cerrados estos espacios para evitar que sean destrozados o utilizados por malentretenidos que se dedican a consumir bebidas alcohólicas o refugiarse para cometer he-chos delictivos.

Los niños son los que más su-fren por estas disposiciones, ya que al no poder ingresar a los parques porque todo el períme-tro está enrejado y en las puertas lucen enormes candados, deben buscar otros sitios para jugar.

“De nada sirve tener resba-lines bien pintados, columpios con cadenas, áreas acondiciona-das para los más pequeños y el césped con un verde brillante si es que nuestros hijos no pueden ingresar. Los pequeños miran de lejos y cuando se dan modos para entrar, ya sea trepando por la malla o por alguna abertura, a los pocos minutos los botan los

Cada vez hay menos familias que pueden disfrutar de los juegos junto con sus hijos.

Los niños miran de lejos los parques porque las rejas perimetrales no les permiten ingresar para jugar. La inversión pública realizada en estos espacios queda en nada.

Vecinos de El Alto prefieren mantener cerrados los parques DISPOSICIÓN ó Los centros de entretenimiento de la ciudad alteña lucen coloridos y renovados; sin embargo, permanecen cerrados para evitar a los delincuentes.

es cerrarlos, sino activar un plan de seguridad municipal”.

Los parques no pueden estar cerrados porque se trata de una inversión pública; sin embargo, hay mucho descuido del muni-cipio, que no puede generar una política de seguridad para ni-ños, jóvenes y adultos en contra de los malvivientes. Todos tie-nen rejas y candados, pero no está bien porque se trata de es-pacios de recreación”, señaló.

ALGUNOS ESTÁN MUY MALLos parques que están abier-

tos al público se encuentran en

malas condiciones y casi nadie los visita. “Se caen a pedazos y a nadie parece importarle. Se-ría bueno que les hagan mejoras porque cuando uno es niño no le interesa nada más que diver-tirse”, aseguró Gonzalo Canaza, vecino de Villa Adela.

“Hay varios proyectos para brindar seguridad en los par-ques con el fin de que estén abiertos todo el día con la pre-sencia policial, pero los efecti-vos no pueden hacer mucho si la Alcaldía no les dota de módulos, cámaras, equipos y vehículos”, señaló Alanoca.

Foto

s: Ca

mbi

o

El alquiler de las canchas es de Bs 100La situación de las canchas no varía mucho porque hay muchas que tienen césped sintético y graderías, pero muy pocas personas las utili-zan debido a que su alquiler es, en la mayoría de los casos, 100 bolivianos la hora.

“La administración de es-tos campos deportivos debe ser normada por la Alcaldía para que no sigan cerrados. Los niños y jóvenes necesitan practicar deportes, para eso se mejoraron las canchas, pero no pueden hacerlo si les cobran. La lógica de trabajo de la Alcaldía es muy geren-cial y excluyente, y lastimo-samente está perjudicando a todos los alteños”, aseguró.

Muy pocos practican deportes.

cuidadores”, aseguró Braulio Es-pada, vecino de la Urbanización Primero de Mayo.

La concejal Wilma Alanoca indicó que en la ciudad de El Alto hay muchos parques gran-des, techados y coloridos, pero lastimosamente cerrados. “Es-tas determinaciones las toman los dirigentes de las juntas ve-cinales porque los espacios son frecuentados por delincuentes y malvivientes que se cobijan ahí porque no tienen dónde es-tar, entonces los hacen suyos y la gente ya no acude ahí porque es peligroso, pero la solución no

Page 13: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 SOCIEDAD 13

Organización de mujeres pide cumplir y difundir la Ley 348

Defensa atiende a 23 mil familias

DERECHOS ó Este 8 de marzo se recuerda el Día Internacional de la Mujer y se preparan varias acciones.

Activistas de Alianza Libres Sin Violencia.

Inundaciones en el valle.

JACKELINE ROJAS HEREDIA / CAMBIO

En el marco de celebrarse el Día Internacional de la Mujer, este 8 de marzo, la Alianza Li-bres sin Violencia, institución que agrupa a organizaciones de la sociedad civil, anunció que en el país más de 50 Insti-tuciones se unirán para pedir el cumplimiento de la Ley 348.

Este llamado en conjunto se realizará a través de las redes sociales.

Fernanda Antuña, en repre-sentación de la Alianza Libres Sin Violencia, explicó que este 8 de marzo se suman mediacti-vistas, medios de comunicación y sociedad civil, identificándo-se por las redes como #Cum-plirLa348esLey, acompañando mensajes, imágenes y posvira-les, que darán a conocer los de-rechos que abarca la Ley 348 para con las mujeres. Así, las instituciones y servidores públi-cos, como la población, conoz-can sobre sus derechos y debe-res en casos de violencia.

FUNDAMENTO DE LA 348La Ley Integral para garanti-

zar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, tiene por objeto es-tablecer mecanismos, medidas y políticas integrales de preven-

ABI / CAMBIO

El viceministro de Defensa Ci-vil, Óscar Cabrera, informó ayer que 23.000 familias de distintas partes del país reciben alimen-tos y herramientas para hacer frente a los efectos de los desas-tres ocasionados por el fenóme-no climático El Niño.

“El Gobierno está atendien-do a más de 23.000 familias en todo el país con una cantidad de 700 toneladas, entre alimen-tos, herramientas y vituallas, en todos los departamentos que han sufrido el impacto del fenómeno El Niño”, declaró a los medios estatales. Cabrera mencionó que la sequía afectó principalmente a las regiones del chaco y el norte del altipla-no boliviano.

En tanto que las fuertes precipitaciones pluviales afec-taron a municipios de los de-

ción, atención, protección y repa-ración a las mujeres en situación de violencia, así como la perse-cución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mu-jeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos. Además, el parágrafo I del artículo 114 de la Constitución Política del Esta-do, establece que “queda prohibi-do toda forma de violencia física

o moral; las servidoras públicas y los servidores públicos o las auto-ridades públicas que las apliquen, instiguen o consientan serán des-tituidas y destituidos...”.

La Ley 348 penaliza los casos de: feminicidio, acoso sexual, violencia familiar o doméstica, incumplimiento de deberes, ac-tos sexuales abusivos, violencia económica, patrimonial y otros.

MAGISTERIO NO SERÁ PROFESIÓN LIBREEl ministro de Educación, Rober-to Aguilar, descartó declarar al magisterio como profesión libre, tal como lo denunciaron algunos dirigentes de los maestros que anunciaron movilizaciones para esta semana. “Es una demanda falsa. Página Siete sacó el 15 de enero una noticia, pero esta noticia es falsa debido a que no copió el último párrafo y a partir de aquello se genera una situación de incerti-dumbre, donde los colegios priva-dos salen asustados diciendo que siempre ha contratado a los uni-

versitarios. Nosotros reclamamos y viene la aclaración, la segunda noticia que sale en Página Siete y dice titulados de las universidades pueden dar clases si cursan Profo-com”, sostuvo. Dijo que cuando la noticia entra a las redes, la noticia es agarrada por José Luis Álvarez y la vuelve un tema de lucha. Bajo ninguna circunstancia es posible declarar profesión libre al magiste-rio cuando la Ley establece que el Magisterio es parte de una profe-sión que se forma en las Escuelas Superiores”, dijo Aguilar.

ALSV

.m

eter

eolo

gía.

partamentos de La Paz, Co-chabamba, Santa Cruz y Beni, donde el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología de-claró alerta roja.

“Se están cumpliendo estas fuertes precipitaciones como en el caso de Caranavi (La Paz) y del trópico de Cochabamba, donde ha habido una crecida del río

Chipiriri que se ha llevado una persona. Y en San Borja, depar-tamento del Beni, tenemos 260 familias afectadas por el desbor-de del río Maniqui”, informó. Según datos del Viceministerio de Defensa Civil, los desastres naturales dejaron 19 personas fallecidas y más de 30.000 hec-táreas de cultivos afectados en lo que va de este año. Además, el número de damnificados en el país alcanzaría a un total de 59.500 familias.

De acuerdo con Senamhi, hasta el segundo trimestre de 2016 va a ir descendiendo el efecto de El Niño. Según la última información llegaría a los 89 municipios, contando dos más en La Paz.

El Ministerio de Agua y Me-dio Ambiente se concentra en la dotación de agua potable o de agua segura para el consumo de las familias afectadas.

Page 14: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016CULTURAS14

Integrantes de la Camerata Illimani.

MÚSICAó La primera presentación se realizará en Ciudad Satélite el miércoles 9 de marzo. La segunda se efectuará el 10 de marzo en la ciudad de La Paz.

JACKELINE ROJAS HEREDIA / CAMBIO

El movimiento sinfónico de la ciudad de El Alto prepara un concierto de gala, durante dos noches, con la presentación de la Camerata Illimani en home-naje a los 31 años de fundación de la ciudad.

El programa incluye Las cua-tro estaciones del clásico com-positor Antonio Vivaldi. La estación primavera será inter-pretada por la solista Luz Mis-me, verano por Julio Montaño e invierno por Tamia Misme.

Los acompañamientos en violín y violencello del con-cierto grosso de Vivaldi esta-rán a cargo de Ever Gutiérrez, Nataly Zuñiagua y Karem Gil Coronel.

La segunda parte del con-cierto incluirá la pieza Tico Tico de Zequiña Abreu, Perfi-dia de Alberto Domínguez y Aire indio No 4 del compositor boliviano Eduardo Caba, de acuerdo con la información proporcionada por el gerente artístico y contrabajista Juan José Choque.

PRESENTACIONESEl primer concierto se rea-

lizará en Ciudad Sa-télite, el miércoles 9 de marzo a las 19.30, en el tea-tro Trono de la F u n d a -

La Camerata Illimani ofrece concierto en homenaje a El Alto

de la Unión, calle Aspiazu, So-pocachi No 333.

La Camerata Illimani es di-rigida por el maestro Ovidio Alvarado, los solistas son jóve-nes alteños. Patricia del Car-pio, responsable del Círculo de la Unión, es quien abre las puertas a la Camerata Illimani

para que la celebración pueda ser compartida con La Paz. La Camerata va por los tres años de vida y se constituye en una alternativa musical que acoge el talento juvenil y que además combina lo clásico con temas latinoamericanos y bolivianos. El objetivo, según Choque, es

mostrar las interpretaciones que se pueden realizar a través de los instrumentos sinfóni-cos, como el violín, viola, che-lo, contrabajo, clarinete y oboe. La presentación será acompa-ñada por la participación de un declamador que interpretará el poema Charanguito.

Sinf

ónic

a de

El A

lto

Tonchy Antezana inaugura sala de cine Luisana

La cinta mencionada fue es-crita e inspirada en la expe-riencia real vivida por el padre del director durante la Guerra del Chaco, concretamente en el fortín Boquerón, donde un

número reducido de soldados, en condiciones climáticas des-favorables, sin medicamentos y sin alimentos, le hizo fren-te a contingentes de soldados paraguayos que los superaban

La sala se encuentra en el Colegio de Abogados de Cochabamba.

J.R.H. / CAMBIO

Una sala para exhibiciones ci-nematográficas será inaugura-da en la ciudad de Cochabamba por el director de cine Tonchy Antezana.

El objetivo, de acuerdo con el director, es incentivar en la po-blación el deseo de ver y apre-

ciar cine, sobre todo las producciones nacio-

nales.Antezana inau-

gurará el mencio-nado espacio este

miércoles 9 de marzo con la proyecc ión de su recien-te película Boquerón.

ción Compa, gracias al apoyo de Iván No-

gales, presidente de la Fundación Compa, e Iván Nogales, presidente de la

Fundación. El segundo con-cierto se realizará en la ciu-

dad de La Paz, el jueves 10 de marzo a las 19.30, en el Círculo

en número. Boquerón inten-ta provocar una reflexión, so-bre todo en el público juvenil, narrar a través del cine parte de la historia de Bolivia desde una historia particular.

Una narración enfocada en el interior de sus personajes, soldados casi niños que poco o nada conocían los asuntos po-líticos y las razones que los lle-varon a enfrentarse contra un enemigo que también pudo ser un hermano. El filme combina esos sentimientos subjetivos con los hechos reales y reme-mora a la vez la reacción real de una población paraguaya que al ver el estado de los soldados bo-livianos, deja de lado el odio y cae en esa mezcla de compasión y admiración.

Page 15: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 PUBLICIDAD 15

JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN CAUTELARJUEZ: DRA. IRIS JUSTINIANO SECRETARIO: DR. CIRO VACA CHAVEZ

LA DOCTORA IRIS JUSTINIANO JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN CAUTELAR EN LO PENAL DE LA CAPITAL DENTRO DEL PROCESO CON CODIGO IANUS 701199201030887, SEGUIDO POR EL MINISTERIO PUBLICO CONTRA EL IMPUTADO JUAN PABLO PAZ SORIA POR LA PRESUNTA COMISION DEL DELITO DE FALSEDAD MATERIAL, PECULADO, SE LE HACE CONOCER QUE EL MINISTERIO PUBLICO HA PRESENTADO IMPUTACION FORMAL EN CONTRA DEL IMPUTADO JUAN PABLO PAZ SORIA POR LOS ILICITOS DE FALSEDAD MATERIAL, PECULADO PARA LO CUAL SE HACE CONOCER LA PRESENTE IMPUTACION FORMAL A EFECTO DE QUE COMPAREZCA A ASUMIR SU DEFENSA, DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ DIAS, CON LA ADVERTENCIA DE SER DECLARADO REBELDE, DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 165 EN SU PARTE INFINE, DEL C.P.P.XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXSEÑOR JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL DE LA CAPITAL.-Caso: FIS ANTI 010169Ianus: 701199201030887

• IMPUTACIÓN FORMAL• PIDE SE DECLARE REBELDE• OTROSIES.- SU CONTENIDO.

OLVIS EGUEZ OLIVA, Fiscal de Materia de la unidad de Anticorrupción, de esta ciudad de Santa Cruz; dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra JUAN PABLO PAZ SORIA, por la presunta comisión de los delitos de FALSEDAD MATERIAL, PECULADO, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad, ante usted con el debido respeto como mejor proceda en derecho expongo y pido:1.- DATOS DEL IMPUTADO: 1.1.- NOMBRE : JUAN PABLO PAZ SORIA NACIONALIDAD : SE DESCONOCE DOC. IDENTIDAD : SE DESCONOCE FECHA DE NAC. : SE DESCONOCE EDAD : SE DESCONOCE LUGAR DE NAC. : SE DESCONOCE ESTADO CIVIL : SE DESCONOCE PROFESION : SE DESCONOCE DOMICILIO : SE DESCONOCE TELEFONO : SE DESCONOCE2.- DATOS DE LA VICTIMA. 2.1.- NOMBRE-El Estado Plurinacional Boliviano y la sociedad boliviana.-Denunciante: ALFREDO LORENZO VILCA, (Contraloría General del Estado Plurinacional) “domicilio procesal Gerencia Departamental de Santa Cruz, ubicada en la Av. Trinidad N° 706 de esta ciudad”:3.- RELACIÓN DE LOS HECHOS:En fecha 18 de Agosto de 2010, el ciudadano, ALFREDO LORENZO VILLCA CARI, Gerente Departamental de la Contraloría General del Estado, presenta denuncia por escrito contra JUAN PABLO PAZ SORIA, Ex Profesional 2 de Secretaría General de Seguridad Ciudadana de la Gobernación del Departamento de Santa Cruz, por los delitos de FASEDAD MATERIAL, PECULADO, USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO (Arts.198,142 y 203 del Código Penal), es así que recibida la denuncia el entonces director de la presente investigación, Abg. Gomer Padilla Jaro, pone en conocimiento de la autoridad jurisdiccional el inicio de las investigaciones, teniendo en la presente investigación que por medio de un análisis de la documentación de descargo presentada por los Ex Funcionarios Públicos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la entonces Prefectura del Departamento de Santa Cruz, y examinando la misma se tiene que habría un desembolso en la gestión 2008, recursos de fondo de avance a solicitud de la Secretaria Departamental de Seguridad Ciudadana, habiéndose entregado los recursos bajo rendición de cuentas a Juan Pablo Paz Soria, en el ejercicio de sus funciones como Profesional 2 de la citada Secretaría para la ejecución de gastos de refrigerio, gastos administrativos e impresión, fondos que se desembolsaron en diferentes fechas a través de varias notas de debito donde el imputado habría hecho compromiso de deuda cuyos descargos presentados a la Prefectura del Dpto. de Santa Cruz, son observados respecto a las Facturas de proveedores.4. ELEMENTOS INDICIARIOS CURSANTES EN EL CUADERNO DE INVESTIGACION: Según el análisis de los elementos cursantes en el cuaderno de investigación se tiene los indicios que se detallan a continuación:DETALLES DE LAS NOTAS DE DEBITO PRESENTADAS POR: JUAN PABLO PAZ SORIA

Nº Nota de Débito Fecha Proveedor Bs.- Tc. $us.-

93 08/02/08 Mini Mercado Margarita 2.250 7.59 296

273 29/04/08 Res. Churrasquería “Paola”

1.444 7.40 195

273 29/04/08 Pollo Pekin 2 15.075 7.40 2.037

449 23/07/08 Pollo Pekin 2 19.580 7.17 2.731

636 23/09/08 Sociedad Saleciana 6.880 7.07 970

846 25/11/08 Almacén Relámpago 4.000 7.07 566

846 25/11/08 Le Grand Chef Catering A y B

4.000 7.07 566

846 25/09/08 Catering Oriental 4.000 7.07 566

846 25/09/08 Pollo Perkin 2 24.832 7.07 3512

915 16/11/08 Res. Parrillada OKEYS 4.800 7.07 679

915 16/12/08 Res. Parrillada OKEYS 560 7.07 79

915 16/12/08 Pollo Pekin 2 32.960 7.07 4.662

Totales 124.881.- 17.964.-En este detalle de las Notas de Débito que presenta el imputado como descargo de los gastos que se desembolsó en diferentes importes como Fondo de Avance, mismo que fueron objeto de observación. Así también se tiene que por medio de Impuestos Internos mediante la verificación de las Facturas como también se cotejo con los proveedores que habrían emitido las facturas y recolectada la información habrían dado por resultado que existen modificaciones en nombre, nombre comercial, detalle y montos. De la documentación que se analizo y de la que se tiene cursando en cuaderno de investigaciones se tiene también que:1) Con la Nota de Débito N° 846, de fecha 25 de noviembre de 2008, recibió como

Fondos de Avance para gastos operativos de la citada Secretaria de mencionada Nota se adjunta una factura N°4770 de 23 de diciembre de 2008, con un monto de dinero que asciende a los Bs. 4.000, por concepto de compra de 225 raciones de víveres del “ALMACEN RELAMPAGO”. Con objeto de la verificación se tiene una entrevista con el Lic. Bralin Chavez, Contador de la empresa sobre la base de la misma se pudo evidenciar que existen diferencias con la factura que se presento como descargo en la Prefectura del Departamento ya que esta no estaba a nombre de la institución, sino a Inversiones House Ckiken, con fecha 22 de agosto de 2008 con un monto de Bs.- 1.003.50,100, siendo que la presentada por el imputado es de fecha 23 de diciembre de 2008 a nombre de la Prefectura de Departamento con un importe de bs.- 4.000,00/100, de esta manera se tiene que la factura presentada es con probabilidad falsa ya que el detalle como el monto no coinciden además que este argumento es corroborado por el oficio que fue emitido por los Servicios de Impuestos Nacionales.

2) Con factura N°- 1866, de 30 de diciembre de 2008, por la compra de 250 comidas entregadas “LE GRAND CHEF CATERING A y B” con NIT. 158406023, con objeto de la verificación se tiene una entrevista con Clemente Mejía Casupa, representante de la empresa, con el cual se pudo ver la emisión de la factura y comparar la misma (entrevista realizada en fecha 03 de mayo de 2010), teniendo como resultado que: 1.- La factura era de fecha 17 de diciembre de 2008 emitida a nombre de Maria Alicia Saucedo y; 2.- El monto asciende los Bs.- 70,00/100, y la factura de descargo estaba emitida supuestamente a nombre de la Prefectura de Santa Cruz y el monto ascendía los Bs. 4.000,00/100, siendo que con lo ratificado por el S.I.N. esta factura no coincidiría con la factura de descargo presentada por el imputado.

3) Con la Nota de Débito Nº 915 de fecha 16 de diciembre de 2008, recibió como Fondos de Avance para gastos operativos de la citada Secretaria, adjuntando facturas N° 24010 de fecha 04 de diciembre de 2008, con un monto de dinero que asciende a los Bs.

4.800,00/100; y factura N° 24022 de 05 de diciembre asciende a bs.- 560,00/1100; con factura Nº24010, la fecha es de 12 de agosto de 2010, por la compra de 335 porciones de pollo del restaurant “POLLO RESTAURANT OKEYS” con objeto de la verificación se tiene una entrevista con la contadora del mencionado establecimiento donde se constata que la factura no está emitida a nombre de Prefectura del Departamento, y el monto es de bs.- 10.- y el nombre o razón social esta a Luis Frías; por otro lado la Factura Nº 24022, tampoco estaría a nombre de la Entidad mencionada sino a nombre de Marcio Suárez y el monto ascendería a los Bs. 44,00/100, en síntesis se tendría que las dos factura con las que el imputado hubiese descargado fueron fraguadas.

4) Con la Nota de Débito N°846 de fecha 25 de noviembre de 2008, recibió como Fondos de Avance para gastos operativo; de la citada Secretaria de mencionada Nota se adjunta una factura un monto de dinero que asciende a los bs.- 4.000, con factura N°44515 de 26 de diciembre de 2008, por la compra de 250 raciones de víveres del “PACUMUTOS DEL ORIENTE”, con objeto de la verificación se tiene una entrevista con el propietario Roberto Bustillo Delgadillo, el mismo que mostrando la factura y con la corroboración de el S.IN. se tiene que la factura presenta no esta emitida a nombre de la Prefectura, esta estaría emitida a nombre de Cristina Lizagarra, el monto ascendería a bs.- 120.- y tendría fecha 15 de agosto de 2008 y no es como la factura que se presenta para el descargo del supuesto gasto realizado por el imputado.

5) Con la Nota de Débito N°915 de fecha 31 de diciembre de 2008, recibió como Fondos de Avance para gastos operativos de la citada Secretaria de mencionada Nota se adjunta una factura N°- 5988 de 23 de marzo de 2008, por un monto de dinero que asciende a los Bs.- 2.250,00/100, por concepto de compra de 150 raciones de víveres del “MINI MERCADO MARGARITA”, con objeto de la verificación se tiene una entrevista con la propietaria, y con lo remitido por el S.I.N. se tiene que; 1.- La factura está a nombre o razón social de Acosta y no así a nombre de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz; 2.- El monto asciende a los Bs.- 48,00/100, y; 3.- La fecha es el 16 de enero de 2008 y no como se sustenta con la documentación que presenta el imputado en el descargo presentado a la institución.

6) Con la Nota de Débito Nº 273, de fecha 29 de abril de 2008, recibió como Fondos de Avance para gastos operativos de la citada Secretaria, se adjunta una factura por un monto de dinero que asciende a los bs.- 1.444,00/100, con factura N° 1358 del 12 de mayo de 2008, por la compra de 38 almuerzos y cenas “RESTAURANT PAOLA”; con el objeto de la verificación se tiene que el S.I.N., a través de la certificación de fecha da a conocer que la factura referida tendría diferencias en: 1.- El nombre a quien se emite que no sería la Prefectura sino Arturo Sánchez; 2.- El monto que se especifica en la factura ascendería a los bs.- 20,00/100, y; 3.- La fecha en que fue expedida la factura sería el 24 de abril de 2008. Siendo que los datos en la factura presentada por el imputado también serían inciertas y no coincidiría con los datos de descargo.

7) Con la Nota de Débito Nº 636 de fecha 23 de septiembre de 2008, recibió como Fondos en Avance para gastos operativos de la citada Secretaría, adjuntando una factura Nº 5032 de 23 de diciembre de 2008, por un monto de dinero que asciende a los Bs. 4.500,00/100, por concepto de compra de 1500 cartillas de Seguridad Ciudadana “SOCIEDAD SALESIANA”, con objeto de la verificación se tiene una entrevista con la contadora de la empresa Maria Tintaya Gutiérrez, y la certificación remitida por el S.I.N se tiene que; 1.- La factura está a nombre o razón social de Acosta y no así a nombre de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz; 2.- El monto asciende a los Bs.- 92.50/100, y; 3.- La fecha es el 07 de julio de 2008, y no como se sustenta con la documentación que presenta el imputado en el descargo presentado a la institución.

DETALLE DE FACTURAS E LA EMPRESA “POLLOS PEKIN II”Facturas de Descargo presentada a la Prefectura Factura emitida por el Contribuyente

Nº Fecha Nombre Detalle Imp. Bs. Nº Fecha Nombre Detalle Imp.Bs.2932 04/05/08 Prefectura del

Departamento 37 porc. de pollo

555.- 2932 04/05/08 Prefectura del Departamento

Sin detalle 15.-

3276 18/07/08 Prefectura del Departamento

132 porc. de pollo

1.980.- 3276 19/07/08 Sin nombre Sin detalle 20.-

3280 19/07/08 Prefectura del Departamento

94 por. de pollo

1.410.- 3280 19/07/08 Prefectura del Departamento

Sin detalle 27.-

3311 25/07/08 Prefectura del Departamento

132 porc. de pollo

1.980.- 3311 2707/08 Sin nombre Sin detalle 17

3256 13/07/08 Prefectura del Departamento

90 porc. de pollo

1.410.- 3256 14/07/08 Gabriel Sin detalle 10

3218 04/07/08 Prefectura del Departamento

132 porc de pollo

1980.- 3218 04/07/08 Diego Sin detalle 10

3227 06/07/08 Prefectura del Departamento

90 porc. de pollo

1.410.- 3227 06/07/08 Prefectura del Departamento

Sin detalle 10

3253 12/07/08 Prefectura del Departamento

132 porc. de pollo

1.950.- 3192 29/06/08 Sin nombre Sin detalle 45

3253 12/07/08 Prefectura del Departamento

132 porc. de pollo

1.980.- 3253 12/07/08 Sin nombre Sin detalle 15

3236 08/07/08 Prefectura del Departamento

28 porc. de pollo

420.- 3236 08/07/08 Prefectura del Departamento

Sin detalle 10

15.075.- 179.-Con se puede observar el imputado habría cambiado los datos para después descargar a li prefectura los gastos falsos e inciertos.8) En la nota de debito N°- 449 y como se puede observar en las facturas presentadas por

e, imputado no corresponden a las emitidas por la empresa Pollos Pekín II, analizando las mismas se puede decir que son completamente diferente a las que se tiene por el S.LN., ya que las 6 facturas de esta nota de debito tienen otro nombre o razón social, también montos diferentes, cotejando los montos de las facturas presentadas por el imputado llega a Bs, 19.580,00/100, y las emitidas por la empresa es de solo Bs. 253,00/100, teniendo una diferencia considerable ya que se descargo con la factura de los montos altos los gastos de las supuestas actividades de las que estaba a cargo el imputado como funcionario Público. Al igual que sucede con la Nota de Debito donde se presentan cuatro facturas las cuales son totalmente diferente de la misma empresa Pollos Pekín II, donde figuran un gasto a nombre de, la Prefectura de Departamento de Santa Cruz teniendo como monto de gasto el monto de Bs,` 6.880,100 y las que se son emitidas por la empresa revelan un monto de Bs.- 70,00/100.

9) Con la nota de Debito N° 846 sucede exactamente igual, pues el imputado en este detalle, presenta a para el descargo de gastos por actividades afianzadas en su actividad de la’’ ; Seguridad Social, el monto de Bs. 24.832,00/100, emitidos supuestamente por la empresa Pollos Pekín II, teniendo como análisis que: 1.- el nombre o razón social no es a la Prefectura,; siendo varios nombres o sin ellos y 2.-el monto que suman las ocho facturas presentadas por el f imputado llegan a Bs.-24.832.- y el monto que suma las facturas emitidas por la empresa seria de Bs. 79,00/100.

10) En la Nota de Debito N°- 915 con las nueve Facturas presentadas como descargo a la Prefectura suma un monto de Bs. 32.960,00/100 estas emitidas por empresa pollos Pekín II, ascienden a el monto de Bs.- 151.00/100, así también estas facturas no tendrían la información correcta a las presentadas por el imputado como las que emite la empresa como al nombre o razón social

5: FUNDAMENTACION DE LOS HECHOS QUE SE IMPUTAN:De los antecedentes expuestos, las evidencias referidas que se encuentran en el cuaderno de investigaciones, se llega a establecer lo siguiente:Que dentro del presente proceso investigativo penal se han realizado diferentes actuaciones procesales investigativos por los presuntos delitos de PECULADO, FALSEDAD MATERIAL Y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, previsto y sancionado por los arts. 142, 198 y 203 del Código Penal.Que, el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, incumpliendo de tal manera lo dispuesto por el D.S. N°23318-A del 3 de noviembre de 1992, modificado por el D.S. N’’ 26237 del 27 de junio de 2001, donde el Art. 3 indica que el “Servidor Público tiene el desempeñar sus funciones con eficacia, economía, eficiencia, transparencia y licitud, su incumplimiento genera responsabilidades jurídicas”. Como también el Art 5 del mismo D.S. dice: “El desempeño transparente defunciones por los servidores Públicos, base de credibilidad de sus actos involucra entre otros: a) Generara y trasmitir expeditamente información útil, oportuna, pertinente, comprensible, confiable y verificable a sus superiores jerárquicos, a las entidades que los proveen los recursos con que trabajan y cualquier otra persona que este facultada para supervisar sus actividades” y a su vez el Art. 6 establece que “para que un acto operativo administrativo : considerado lícito debe de reunir requisitos de legalidad ética y transparencia”.Que, el art. ARTÍCULO 142.- del Código Penal (PECULADO). Establece que “El funcionario Publico que aprovechando del cargo que desempeña se apropiare de dinero, valores o bienes de cuya administración, cobro o custodia se hallare encargado, será sancionada con privación de libertad de tres a ocho años y multa de sesenta a doscientos días.” Se tiene que éste delito es, la infracción de los deberes del funcionario de custodia o administración de los recursos públicos es decir del patrimonio del Estado. Teniendo como bien jurídico tutelado en el tipo penal de Peculado, primero un objeto de protección genérico; gestión de gasto público para una adecuada prestación de los servicios públicos. En estos dos aspectos tenemos que el Peculado es considerado el momento de ocasionar al Estado un perjuicio desde un punto de vista patrimonial como ser la perdida de Fondos Públicos que impide la ejecución del gasto

Público , el incumplimiento de la prestación del servicio Público asignado como finalidad en el presupuesto. Por otro lado se tiene también que el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, tenía recursos económicos que provenían de caudales del Estado y la sociedad boliviana, más propiamente de la entonces Prefectura del Departamento de Santa Cruz y además que estaban bajo responsabilidad, y este aprovechó para apropiarse de los mismos, siendo que el imputado descargaba supuestos gastos por supuestas actividades encomendadas a su cargo y funciones, llegando a desembolsar la suma de bs.- 124.881 00/100Que el ARTÍCULO 198.- (FALSEDAD MATERIAL). Establece que “El que forjare en todo o en parte un documento público falso o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, incurrirá en privación de libertad de vano (1) a seis (6) años.” Como se puede dar a conocer en la doctrina la falsedad Material “La afirmación de un hecho o la ejecución de un acto, en las que no se expresa la verdad. Consiste en la creación o alteración, total o parcial de un documento, anotándose a la genuinidad o legitimidad de este documento” y teniendo como antecedentes en el cuaderno de investigación que el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA tomaba las facturas originales emitidas por las empresas proveedoras y para después sacar información de estas y falsificar las facturas, cambiando el nombre o razón social, fechas de emisión y lo más importante el monto de las facturas llegando con esto a sumar el monto de bs.- 124.881 00/100 y con las facturas falsificadas descargar los supuestos gastos por actividades de Seguridad Ciudadana a cargo de la entonces Prefectura del Departamento.Que el ARTICULO 203,- (USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO). Estable que “El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o adulterado será sancionado como si fuere autor de la falsedad.” Teniendo en cuenta que el imputado presentaba las facturas con datos falsos además que no presentaba las originales estaría su conducta adecuada a este tipo penal. El imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, aprovechándose de su cargo como Profesional 2, de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, ha efectuado indebidamente, al momento de desempeñar sus funciones en calidad de Funcionario Público, a objeto de apropiarse del dinero que desembolsaba de la Secretaría Departamental de la Gobernación.De todo lo manifestado se colige que los hechos existieron, constituyen delitos de PECULADO, FALSEDAD MATERIAL y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO y el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA; tuvo participación de acuerdo a las reglas de la autoría y participación establecida en artículo 20 del Código Penal.De lo que se deduce que el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, en su calidad de Profesional 2 de la Prefectura de Santa Cruz ahora Gobernación del Departamento de Santa Cruz, Habría falsificad las facturas emitidas por las diferentes empresas en su mayoría del ramo de gastronomía, siendo que el mismo descargaba los supuestos gastos a cargo de sus funciones con factura falsas con montos de dinero de los cuales no se habría realizado, pero sin embargo habría retirado el dinero de la Secretaria de Seguridad Ciudadana para apropiarse.De los argumentos expuestos se tiene que existen suficientes indicios para establecer que el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, es autor de los delitos de PECULADO, FALSEDAD MATERIAL y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, establecidos sancionados en los artículos 142, 198 y 203 del Código Penal.5:- IMPUTACIÓN PROVISIONAL-Sobre los criterios expuestos, instrumentos, hechos y disposiciones jurídicas que respaldan mis proposiciones, al amparo del artículo 302 de la Ley 1970, el Ministerio Público. IMPUTA FORMALMENTE a JUAN PABLO PAZ SORIA por la presunta comisión los tipos penales de PECULADO, FALSEDAD MATERIAL y USO DE INSTRUMENTO FALSIFICADO, establecidos en los artículos 142, 198 Y 203 del Código penal.6.- MEDIDAS CAUTELARES.De los elementos cursantes en el cuaderno de investigación se tiene lo siguiente:6.1. PELIGRO DE FUGA: Art. 234 CPP.- Para determinar la existencia del peligro fuga, se deberá realizar una evaluación integral que permita sostener fundadamente que el imputado no se someterá al proceso buscando evadir la acción de la justicia, cuyos parámetros se encuentran en un catalogo de circunstancias establecidas en este articulo en el presente caso el Ministerio Público se permite dar por acreditadas las siguientes:6.1.1.- El imputado JUAN PABLO PAZ SORIA no han acreditado documentalmente contar con un domicilio conocido, ocupación licita y menos residencia habitual, en virtud a ello concurre el Num.1) del artículo 234 del CPP.6.1.2.- El imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, al no contar con arraigo natural, tendría facilidades para abandonar el país o permanecer oculto, concurriendo el Num.2) del articulo 234 del CPP.6.1.3.- El imputado JUAN PABLO YAZ SORIA, no se ha hecho presente ante el suscrito Fiscal a ‘ objeto de colaborar con la presente investigación en calidad de imputado, pese a ordenarse su aprehensión no ha podido ser encontrado por parte de los efectivos policiales, permaneciendo oculto hasta la fecha, denotando un comportamiento que indica su falta de voluntad al sometimiento del’ presente proceso, concurriendo lo establecido en el Núm. 4) del artículo 234 del CPP.6.2. PELIGRO DE OBSTACULIZACION Art. 235 CPP.- Para determinar la existencia del Peligro de Obstaculización se entiende toda circunstancia que permita determinar funda mentadamente, que el imputado con su conducta entorpecerá la averiguación de la verdad, siendo necesario una evaluación integral de las circunstancias tomando fundamentalmente en cuenta lo siguiente:6.2.1.- Estando en libertad el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, les sería fácil hacer desaparecer las pruebas y evidencias que aún no fueron halladas, como ser documentación, ; correspondencia y otros elementos de prueba, máxime si se toma como base de esta afirmación, quedando demostrado el peligro que el imputado encontrándose en libertad destruya, modifique, oculte, suprima, y/o falsifique, elementos de prueba, concurriendo el presupuesto procesal establecido en el Num.1) del artículo 235 del CPP. ‘6.2.2.- Se tiene que la presente investigación al estar enfocada a la averiguación de hechos de falsificación de documentos públicos, donde existen muchas personas involucradas, se torna en una investigación compleja, y el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, estando en libertad fácilmente podrían comunicarse con co-autores del hecho, testigos, influenciándolos de forma negativa para que informen falsamente o se comporten de manera reciente en la presente investigación, concurriendo lo establecido en el inciso 2) del artículo 235 del CPP.De todo lo manifestado se tiene que concurren los recursos establecidos en los artículos 233 incisos 1) y 2), 234 incisos 1), 2), 4), y, 235 incisos 1), 2) del Código de Procedimiento Pena, es así que el Ministerio Público REQUIERE POR LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE CARÁCTER PERSONAL DE DETENCIÓN PREVENTIVA CONTRA JUAN PABLO PAZ SORIA, sea en el centro de rehabilitación Santa Cruz -Palmasola.De conformidad a lo establecido en los artículos 233 incisos. 1) y 2), 234 incisos 1), 2), 4), Y, 235 incisos 1), 2) del Código de Procedimiento Penal, es así que el Ministerio Público REQUIERE POR LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE CARÁCTER PERSONAL DE DETERNCIÓN PREVENTIVA CONTRA el imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, sea en el centro de rehabilitación Santa Cruz – Palmasola. 7.- DECLARATORIA DE REBELDÍA. De conformidad a lo establecido en los artículos 87 y 89Inc.1), 2) y 5) del CPP, REQUIERO a su autoridad ORDENE SE DECLARE EN REBELDE al imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, y se ordene a las medidas que a continuación se detallan: 7.1.- Se ordene el arraigo y la publicación de sus datos y señas personales en los medios de comunicación para su búsqueda y aprehensión: la anotación preventiva de los bienes que tuviere el imputado registrado como titular del derecho propietario7.2.- Las medidas cautelares que considere convenientes sobre los bienes del imputado para asegurar su eventual responsabilidad civil emergente del hecho imputado.7.3.- Se le designe un abogado defensor de oficio para los tres imputados, que lo represente y asista con todos los poderes, facultades y recursos reconocidos a todo imputado.Otrosí 1.- Protesto fundamentar oralmente en audiencia pública, solicitando señale audiencia de consideración de medidas cautelares. .Otrosí 2.- Solicito se notifique mediante edicto al imputado JUAN PABLO PAZ SORIA, de conformidad a lo establecido en el artículo 165 del CPP. Otrosí 3.- Adjunto publicaciones de edictos de prensa.Otrosí 4.- Señalarnos como Domicilio Procesal, la Fiscalía Central, ubicado en la Avenida Monseñor Rivero, 2do anillo, 2do piso, oficina 202. Ex Banco Bidesa, de ésta ciudad.Santa Cruz de la Sierra, 18 de Noviembre de 2013.-

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxEL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2015

EDICTO DE PRENSA

Page 16: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016SEGURIDAD16

L.F.C.R. / CAMBIO

La apelación por la sentencia del caso 24 de mayo ratificará o anu-lará el fallo emitido por la auto-ridad jurisdiccional, la madru-gada del 2 de marzo, contra 13 miembros del denominado Co-mité Interinstitucional, por la humillación y vejación de más de 50 campesinos el 24 de mayo de 2008, en la capital Sucre.

El fiscal Roberto Ramírez, en declaraciones al progra-ma ‘El pueblo es noticia’, de Bolivia TV, explicó que en el marco del procedimiento las partes tienen 15 días para pre-sentar la apelación a la deter-minación asumida por el juez.

“Los acusados, una vez no-tificados con la sentencia com-pleta, tienen 15 días para pre-sentar su apelación. Luego de ese tiempo, el caso pasa a ma-nos de una de las salas plenas del Tribunal Departamental de Justicia, en calidad de revi-sión, para que declare admisi-ble o inadmisible”, precisó.

En ese contexto, señaló que los miembros del Comité Cívi-co Interinstitucional de la ciu-

dad de Sucre, sentenciados a seis años de cárcel, son Jaime Barrón, Jhon Cava, Savina Cuéllar, Fidel Herrera, Aydeé Nava, Epifanía Terrazas, Jamil Pillco, Antonio Je-sús, Álvaro Ríos y Franz Quispe.

Quienes tienen una pena de seis años, tres meses y tres días son Cristian Flores y Juan Car-los Zambrana. El sentenciado a tres años es Flavio Huallpa Flores, en tanto que Rodrigo Miguel Anzaldo fue absuelto.

En ese marco dijo que mien-tras la sentencia no esté ejecuto-riada y se agoten las instancias legales de defensa que tienen los sentenciados, no podrán in-gresar al penal de San Roque para cumplir su pena, aunque aclaró que el Ministerio Público sí puede pedir una audiencia de medidas cautelares.

“No estamos de acuerdo con la sentencia, nosotros hemos pedido 16 años de presidio para los responsables”, sostuvo.

Con ese criterio coincidió la exvocal del Tribunal de Justicia Teresa Rosquellas, quien señaló que la sentencia condenatoria se ejecuta una vez se agotan las instancias legales de apelación.

La apelación en caso 24 de mayo ratifica o anula fallo

En 2 meses la FELCN incautó 69,56 t de droga en el paísOPERATIVO ó El informe da cuenta que la fuerza de tarea conjunta erradicó 13,26 hectáreas de coca ilegal.

La Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico presenta droga incautada al narcotráfico.

Los cívicos humillando a los campesinos chuquisaqueños en Sucre.

aprehendió a 481 personas invo-lucradas en ese ilícito.

ERRADICACIÓNAcerca de la erradicación de

la hoja de coca ilegal en el país, del 1 de enero al 2 de marzo de 2016 se eliminaron 13,26 hec-táreas en distintas regiones del país. En el trópico de Cochabam-ba 12,36, en los Yungas de La Paz 0,70 y en Yapacaní del departa-mento de Santa Cruz 0,20.

El año 2015 la fuerza de lu-cha contra las drogas secuestró 104,88 toneladas de droga, de las que 21,60 fue cocaína y 83,60 marihuana, en 12.144 operati-vos realizados en el país. Asi-mismo, se erradicaron 11.019 hectáreas de hoja de coca.

LUIS FERNANDO CRUZ RÍOS/ CAMBIO

Efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) incautaron 69,56 tone-ladas de droga en 2.122 opera-tivos realizados en el territorio nacional durante dos meses.

De acuerdo con el informe proporcionado por el Vicemi-nisterio de Defensa Social y Sustancias Controladas, del 1 de enero al 29 de febrero de 2016 se incautaron de 2,70 to-neladas de pasta base de cocaí-na, 8,20 de clorhidrato de co-caína (58,66) y 58,66 toneladas de marihuana.

Además de que se destruyeron 12 laboratorios de cristalización y 10 de reciclaje, 857 fábricas y se

Foto

s: Ar

chiv

o

ACCIONESEn ese contexto, en las últimas

horas la FELCN de Santa Cruz in-cautó más de 700 kilos en la zona fronteriza de Quijarro, aprehen-dió a 13 personas y secuestró 13 vehículos en 16 domicilios.

Asimismo, en la capital tari-jeña la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico aprehen-dió a una persona dedicada al mi-crotráfico, encontrando cocaína, marihuana, dinero en bolivianos y dólares, además de un vehículo.

“Se procede al allanamien-to de la vivienda del sospecho-so con la presencia fiscal y se han secuestrado 127 gramos de cocaína y 145 gramos de marihuana”, manifestó el te-niente coronel Waldin Robles.

LECTURA DE SENTENCIA POR CASO CAMPESINOSPara hoy está prevista la lectura completa de la sentencia por el caso 24 de mayo para 13 perso-nas involucradas por la humilla-ción y vejación a campesinos el 24 de mayo de 2008.Las autoridades jurisdiccionales explicaron que a partir de ese acto los acusados tienen 15 días para apelar el fallo, en tanto ocurra eso no podrán ser dete-nidos en el penal de San Roque de la ciudad de Sucre. Además de que el fallo ratificará o anu-lará la sentencia.

Page 17: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 INTERNACIONAL 17

Corea del Norte amenaza con atacar a Seúl y Washington

Develan nuevas torturas en la cárcel de Guantánamo

OPERACIÓN ó Ambos países han iniciado una de las mayores maniobras militares en un momento de gran tensión.

El líder de Corea del Norte, Kim Jong-un, dando instrucciones.

Privados de libertad en Guantánamo.

SEÚL /EFE

Corea del Norte amenazó ayer con realizar “ataques preventi-vos” contra Corea del Sur y Es-tados Unidos en respuesta a las maniobras militares conjuntas anuales que ambos países inicia-ron, las mayores hasta la fecha.

“El Ejército Popular de (Corea del Norte) ejecutará actos mili-tares preventivos de neutraliza-ción que podrían suponer golpes mortíferos y sin piedad contra el enemigo”, señaló en un comu-nicado la Comisión Nacional de Defensa del país, divulgado por la agencia estatal KCNA.

Ese órgano también dice que las fuerzas norcoreanas cuentan con objetivos militares surcorea-nos de importancia estratégica “dentro de su alcance”, así como con bases estadounidenses en la región Asia-Pacífico.

“Si pulsáramos ahora mis-mo los botones para aniquilar a nuestros enemigos, todas las bases origen de sus provoca-ciones serían reducidas a ma-res de llamas y cenizas en un instante”, añade el comunica-do, publicado en inglés.

Pyongyang se ha pronuncia-do así ante el inicio de las ma-yores maniobras militares con-juntas de Washington y Seúl,

CARACAS / RT

Fueron encontrados 12 docu-mentos no derivados de la Inteli-gencia que hasta el momento se habían mantenido clasificados, que detallan intercambios con-fidenciales entre los políticos del Reino Unido y la nación nor-teamericana, referente al bien-estar de los presos británicos en la cárcel ilegal de Guantánamo.

Aunque entre la información revelada incluye intercambios entre el exprimer ministro britá-nico, Tony Blair, y el expresiden-te, George W. Bush, las comuni-caciones entre el exsecretario de Exteriores británico, Jack Straw, y el antiguo secretario de Estado norteamericano, Colin Powell, son los de mayor importancia.

En ellos, el tema central de los documentos gira en torno

que llegan en un momento de gran tensión en la península de Corea tras los recientes en-sayos armamentísticos norco-reanos y las sanciones impues-tas como castigo por la ONU.

Los ejercicios anuales Key Re-solve y Foal Eagle, que se prolon-garán hasta el 30 de abril, serán los de mayor escala ejecutada hasta ahora por los dos aliados.

Las maniobras de este año pretenden ser una demostra-ción de fuerza tras las recien-tes pruebas de armas de Co-rea del Norte e involucrarán a más de 300.000 efectivos sur-coreanos y 15.000 estadouni-denses, que simularán estra-tegias de combate conjuntas no ensayadas hasta el momen-to por los dos países.

Arch

ivo

RT

a la preocupación por el bien-estar y la situación jurídica de los detenidos británicos en la prisión de Guantánamo.

A pesar de que aún continúa el litigio sobre la liberación de la documentación de Inteligencia, los 12 documentos no derivados de la Inteligencia revelan las in-tervenciones de los políticos.

MURIÓ NANCY, LA ESPOSA DE REAGAN

Nancy Reagan, una de las pri-meras damas más influyentes de Estados Unidos y un sím-bolo junto a su esposo, Ronald Reagan, de la época de oro del conservadurismo en ese país, falleció ayer a los 94 años en su casa de Los Ángeles por una deficiencia cardíaca, informó la Fundación Reagan.Nacida en la ciudad de Nueva York el 6 de julio de 1921 e hija de un vendedor de autos y una actriz, Nancy Reagan se mantuvo firme como una de las figuras conservadoras más respetadas de Estados Unidos hasta su último día.Prueba de ello es que ni bien se conoció la noticia, los tres prin-cipales precandidatos presiden-ciales republicanos la despidie-ron públicamente. (Telam)

Page 18: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016PUBLICIDAD18

EDICTOEL GERENTE REGIONAL LA PAZ Lic. José Blacud Morales, de conformidad y en estricta aplicación al articulo 86 del Código Tributario Boliviano,

Ley Nº 2492 cita, llama y emplaza al Sr. . JOSÉ MAMANI NINA, con C.I. 4291803 L.P.; para que tome conocimiento del presente RESOLUCIÓN

SANCIONATORIA POR CONTRABANDO AN-GRLPZ-ULELR Nº 025/2016 de fecha 18 de Febrero de 2016; debiendo apersonarse a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la Calle 22-B N° 637 de la Zona Ciudad Satélite de la ciudad de El Alto, para recabar la documentación señalada.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN SANCIONATORIA POR CONTRABANDO--------AN-GRLPZ-ULELR Nº 025/2016-------------------------------------------------------La Paz, 18 de Febrero de 2016-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 - GRL003/2007 de 08/02/2008, Informe Técnico de Evaluación de Descargos AN-GRLPZ-UFILR-I 907/2015 de 31/08/2015 y la revisión de todos los antecedentes del proceso: ---------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en aplicación del parágrafo I del artículo 104 de la Ley N° 2492 de 02/08/2003 “Código Tributario Boliviano” la Aduana Nacional ha dispuesto la verificación del cumplimiento de la normativa legal aplicable y las formalidades aduaneras de la Declaración Única de Importación 2005/221/C-1703 de 18/07/2015 correspondiente al Operador Jose Mamani Nina con Cédula de Identidad 4291803 LP., emitiéndose la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior GRL003/2007 de 15/01/2007. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en fechas 27/04/2007 y 02/05/2007 en el periódico “La Razón” se procedió a la notificación mediante publicación por Edictos al Sr. Jose Mamani Nina con Cédula de Identidad 4291803 LP., con la Orden de Fiscalización Aduanera Posterior GRL003/2007 de 15/01/2007. -----------------------------Que, el Informe GRLPZ-UFILR-I-431/2007 de 14/11/2007 en su romano III. Resultados de la Fiscalización, señala: ----------------------------------------“De la revisión de la documentación obtenida se establece lo siguiente: ----------------------------------------------------------------------------------------------1. Mercancía no declarada-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1.1 Existe diferencias sustanciales entre la fotocopia legalizada de la Factura de Reexpedición N° 84890 de fecha 15/07/2015 remitida por el

Servicio de Aduanas de la República de Chile (Anexo N° I) y la factura con la misma numeración y fecha presentada para la tramitación de la DUI 2005/221/C-1703 en Aduana Charaña (Anexo II) como se detalla. --------------------------------------------------------------------------------------

Factura Presentada a Despacho Administración de AduanaCHARAÑAANEXO I

Factura Proveniente del Servicio Nacional de Aduanas – ChileANEXO II

Número de Reexpedición: 84890Fecha: 15/07/2005

Número de Reexpedición: 84890Fecha: 15/07/2005

Facturas amparadas en la Reexpedición: La Nº 26364

Facturas amparadas en la Reexpedición: Las Nº 026358; 026359; 026360; 026361; 026362; 026363

Cantidad de Mercancías: 14 ítems de mercancía variada, con cantidades menores a las de la Factura Remitida por el Servicio Nacional de Aduanas de CHILE

Cantidad de Mercancías: 118 ítems de mercancía variada, diferente y mucho MAYOR a la consignada en las facturas presentadas a despacho en Aduana Charaña.

Descripción de mercancías: Es General y difiere a la de las facturas remitidas por la Aduana Chilena

Descripción de mercancías: Es un poco más detallada y completa que la factura presentada a despacho en Aduana Charaña

Valor: Es el mismo que consigna la última factura, en un mismo número de reexpedición, de las remitidas por Chile.

Valor: El valor total es el mismo al de la factura presentada a despacho en Aduana Charaña, difiere en los valores por ítem, considerando que esta factura presenta mayores ítems, presenta valores muy bajos por las mercancías.

Anexo de Solicitud de Reexpedición: Viene adjunto a la Factura de Reexpedición y Detalla el vehículo de transporte; el Conductor; Cantidad de Bultos; Marcas y Peso Bruto: Esta información es la misma a la remitida por la Aduana de Chile

Anexo de Solicitud de Reexpedición: Viene adjunto a las Facturas de Reexpedición y detalla el vehículo de transporte; el Conductor; Cantidad de Bultos; Marcas y Peso Bruto; la información es la misma a la presentada a despacho en Aduana Charaña.

1.2 Con relación al peso y cantidad de bultos, los documentos que se detallan evidencian que toda la mercancía correspondiente a la Reexpedición N° 84890 de 15/07/2005 salió de la Zona Franca de Iquique de la República de Chile e ingreso a territorio Aduanero boliviano en Charaña y solo una parte fue declarada ante la Aduana Nacional de Bolivia, existiendo mercancía NO DECLARADA en Aduana conforme se detalla en Anexo N° III: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------a) La Fotocopia Legalizada del Anexo de Solicitud de Reexpedición, remitido por el Servicio de Aduanas de Chile consigna en el rubro Peso

Bruto de 3.500 Kg. y en el Rubro Cantidad de Bultos, 442 Cajas de cartón. ----------------------------------------------------------------------------b) La Fotocopia Legalizada del MIC/DTA, remitido por la Administración de Aduana Charaña, N° 109834 de fecha 15/07/2005, en el rubro

36 Documentos anexos consigna “Reexp 84890 “, en el Rubro 32 Peso Bruto consigna 3.500 Kg. y en el Rubro Cantidad de Bulto consigna 442 Bultos.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

c) La factura de Transporte presentada a Despacho, emitida por CELIA DESIDERIA QUISPE FLORES, N° 00003 de 15/07/2005 consigna el traslado de 442 cajas. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

d) El Parte de Recepción N° 221 2005 118194 - 03/BOL/2005 presentado a Despacho en el Rubro 2 Control de Descarga consigna Peso recibido 3.810 Kg. (Demasía de 310 Kg.) y Cantidad 442 Bulto, Paca o fardo Comprimido y en el Rubro 4 Controles de Vistos de Conformidad - Observaciones Responsable de Depósito “FA C. de REEXP. N° 84890”.------------------------------------------------------------

1.3 Con el fin de determinar el valor de la mercancía NO DECLARADA y considerando la cantidad y variedad de las mismas, además de la limitación encontrada para su determinación con carta AN-GRLPZ-UFILR-C-552/2007 de 23/06/2007 se solicitó al Gerente Regional La Paz, instruya al Analista de Precios de la Gerencia Regional La Paz, la valoración de estos casos. -------------------------------------------------------------

El 23/07/2007 mediante Informe Técnico GRLP-VA-0034/2007 el Sr. Oscar Peralta Ergueta, Analista de Precios de la Gerencia Regional La Paz informa respecto a este caso, Textualmente “NO siendo posible llevar a cabo un análisis de valoración debido a que se trata de mercancía que ingreso de forma irregular a territorio aduanero nacional, corresponde la determinación de precios mediante TASACION y sobre la base de los registros referenciales e

históricos que cursa en la Base de Datos BIPRE”--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1.4 Sobre la base de: a) El Informe Técnico GRLP-VA-0034/2007 b) Valores establecidos en el Informe de variación del valor N° 1286/2005

adjunto a la DUI 2005/221/C-1703 c) Precios de la Base de Datos de la Aduana (extrapolaciones de Otros despachos, etc.), de mercancías similares a la descripción general de la factura de reexpedición y d) Precios de mercancías similares de la facturas de Reexpedición de Zona Franca Iquique (Formularios 175 de Aduana Tambo Quemado); se establece que el valor de la Mercancía NO DECLARADA alcanza a $us. 25.536,66 (Veinticinco Mil Quinientos Treinta y Seis 66/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), de acuerdo a detalle en Anexo 1V, que se resume como sigue:” -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DETERMINACIÓN DEL VALOR FOB DE LAMERCANCIA NO DECLARADA------------------------------------------------------------------------------(Expresas en Dólares de los EE.UU de Norte América) -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONCEPTO MONTOa) Valor FOB determinado de la mercancía consignada en la factura de

reexpedición remitida por Aduana de Chile28,539.26

b) Valor FOB mercancía declarada y ajustada en la DUI 2005/221/C-1703 Aduana Charaña 3,002.60

a-b VALOR FOB MERCANCIA NO DECLARADA 25,536.66

1.5 Liquidación previa de los Tributos Omitidos-------------------------------------------------------------

Valor en Aduana o Base Imponible (Bs)

Tasa del G.A.

Gravamen Arancelario Bs.

Base Imponible del I.V.A. Bs.

Tasa del I.V.A.

I.V.A. Bs

TOTAL DE TRIBUTOS Bs.

TOTAL TRIBUTOS UFV’s

210.984.- 10% 21.098.- 232.094.- 14.94% 34.675.- 55.773.- 49.935.78

Que, el Informe GRLPZ-UFILR-I-593/2007 de 27/12/2007 en su romano III. Conclusiones, señala: “… se ratifican los resultados del informe preliminar de fiscalización AN-GRLPZ-UFILR-I-431/2007, como sigue: 1. La existencia de indicios de la comisión del delito de Contrabando, tipificado en el numeral 5) del artículo 175° y los incisos b) y e) del artículo 181° del Código Tributario Boliviano, que establecen que comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: b) “Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales… e) El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la declaración de mercancías que ampare el régimen aduanero al que debieran ser sometidas.” Por la falta de declaración ante la Aduana Nacional del operador Jose Mamani Nina con C.I. 4291803 LP., por un valor FOB de $us. 25.536,66 (Veinticinco Mil Quinientos Treinta y Seis 66/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), con un Tributo Omitido de 49.935,78 UFV’s (Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Treinta y cinco 78/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), cuya sanción se establece en el Numeral II, del Artículo 181° del código Tributario Boliviano). --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, por los resultados de la fiscalización expuestos en los Informes GRLPZ-UFILR-I-431/2007 de 14/11/2007 y GRLPZ-UFILR-I-593/2007 de 27/12/2007 se emite el Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 - GRL003/2007 de 08/02/2008 en el que señala: “(…) 1. La existencia de indicios de la comisión del ilícito de Contrabando, tipificado en el artículo 181°, del Código Tributario Boliviano que señala que comete contrabando el que incurra en cualquiera de los siguientes hechos b) “Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales... e) El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la declaración de mercancías que ampare el régimen aduanero al que debieran ser sometidas.”, por la falta de declaración ante la Aduana Nacional del operador Jose Mamani Nina con C.I. 4291803 LP, de mercancía por un valor FOB de Sus. 25.536,66 (Veinticinco Mil Quinientos Treinta y Seis 66/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), con un Tributo Omitido de 49.935,78 UFV’s (Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Treinta y Cinco 78/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), cuya sanción se establece en el Numeral II, del artículo 181° del Código Tributario Boliviano”, asimismo la referida Acta de Intervención identifica como presuntos responsables de la presunta comisión de contravención tributaria por contrabando al operador Jose Mamani Nina con cédula de Identidad 4291803 LP. ------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, la Resolución de Rechazo N° 73/13 de 25/11/2013, emitido por la Fiscal de Materia, Dra. Rosario P. Duran Castro, señala: “POR TANTO.- La suscrita Fiscal, en aplicación de los artículo 122°, 123° de la C.P.E., Art. 4° del Código Penal, Art. 150° del Código Tributario, 72° del Código de Procedimiento Penal, Arts. 66.1. 2. 4. 6. 9, 166 y sgts. del Código Tributario y los artículo 301 inc. 3) y 304 Inc. 1) y 3 “…Que el hecho no esté tipificado como delito…” “la investigación no haya aportado elementos suficientes para fundar la acusación…” ambos de la Ley 1970, mediante la presente resolución fundamentada, toda vez que la conducta del imputado no se adecua al delito de contrabando ya que la mercancía comisada

no supera las 200.000 UFV’s, se dispone el RECHAZO de la denuncia interpuesta por LA ADUANA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL en contra de JOSE MAMANI NINA por la supuesta comisión del delito de: CONTRABANDO tipificado en el Art. 181 de Código

Tributario…”.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Auto Administrativo AN-GRLPZ-ULELR No. 039/2014 de 11/04/2014 en su parte dispositiva, señala: “PRIMERO.- La RADICATORIA del Proceso Administrativo correspondiente al Acta de Intervención N° GRLPZ/UFILR/0002/08 de 08/02/2008, caso denominado “FISCA 1”, emitida contra JOSE MAMANI NINA para el inicio del proceso administrativo por presunto contrabando contravencional, bajo competencia de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional”. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, en fechas 28/07/2015 y 01/08/2015 se procedió a la notificación mediante Edicto al Sr. Jose Mamani Nina con cédula de Identidad 4291803 LP., con el Auto Administrativo AN-GRLPZ-ULELR N° 039/2014 de 11/04/2014 y Acta de Intervención GRLPZ-UFILR 0002/08 – GRL003/2007 de 08/02/2008. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el Informe de Evaluación de Descargos AN-GRLPZ-UFILR-I-907/2015 de 31/08/2015 en su romano II. Evaluación de Descargos, señala: “Hasta la fecha de emisión del presente informe, el operador SR. JOSÉ MAMANI NINA, no ha presentado descargo alguno al Auto Administrativo AN-GRLPZ-ULELR N° 039/2014 de 11/04/2014 ni al Acta de Intervención GRLPZ-UFILR 0002/08 de 08/02/2008”, asimismo el romano III. Conclusión del precitado Informe de Evaluación de Descargos, señala: “No habiendo presentación de descargos y vencido el plazo legal para la presentación de los mismos, se ratifica en todos sus términos el Acta de Intervención GRLPZ-UFILR 0002/08 de 08/02/2008”. ----------------------------------------------Que, el Informe AN-GRLPZ-UFILR-I-68/2016 de 14/01/2016 en su romano II. Análisis Técnico, señala: “Corresponde indicar que la calificación de la conducta del operador José Mamani Nina, fue tipificada en los incisos b) y e) del Artículo 181 del Código Tributario Boliviano, porque al momento de la fiscalización y conforme a Procedimiento de Fiscalización Posterior RD 01-010-04 de 22/03/2004, el fiscalizador asignado en su Informe Preliminar GRLPZ-UFILR-I-431/2007 de 14/11/2007 estableció como resultados: -------------------------------------------------------------------------------

• “Existe diferencias sustanciales entre la fotocopia legalizada y la Factura de Reexpedición Nº 84890 de 15/07/2005 remitida por el Servicio de Aduanas de la República de Chile y la factura con la misma numeración y fecha presentada para la tramitación de la DUI 2005/221/C-1703 en Charaña como se detalla: ------------------------------------------------------------------------------------------------------

Factura Presentada a Despacho Administración de Aduana Factura Proveniente del Servicio Nacional de Aduanas - Chile

Número de Reexpedición: 84890Fecha: 15/07/2005

Número de Reexpedición: 84890Fecha: 15/07/2005

Facturas amparadas en la Reexpedición: La Nº 26364 Facturas amparadas en la Reexpedición: Las Nº 26358; 026359; 026360; 026361; 026362; 026363

Cantidad de Mercancías: 14 ítems de mercancía variada, con cantidades menores a las de la Factura Remitida por el Servicio Nacional de Aduanas de CHILE

Cantidad de Mercancías: 118 ítems de mercancía variada, diferente y mucho MAYOR a la consignada en las facturas presentadas a despacho en Aduana Charaña.

Descripción de mercancías: Es General y difiere a la de las facturas remitidas por la Aduana Chilena

Descripción de mercancías: Es un poco más detallada y completa que la factura presentada a despacho en Aduana Charaña

Valor: Es el mismo que consigna la última factura, en un mismo número de reexpedición, de las remitidas por Chile.

Valor: El valor total es el mismo al de la factura presentada a despacho en Aduana Charaña, difiere en los valores por ítem, considerando que esta factura presenta mayores ítems, presenta valores muy bajos por las mercancías.

Anexo de Solicitud de Reexpedición: Viene adjunto a la Factura de Reexpedición y Detalla el vehículo de transporte; el Conductor; Cantidad de Bultos; Marcas y Peso Bruto: Esta información es la misma a la remitida por la Aduana de Chile

Anexo de Solicitud de Reexpedición: Viene adjunto a las Facturas de Reexpedición y detalla el vehículo de transporte; el Conductor; Cantidad de Bultos; Marcas y Peso Bruto; la información es la misma a la presentada a despacho en Aduana Charaña.

• Con relación al peso y cantidad de bultos, los documentos que se detallan evidencian que toda la mercancía correspondiente a la Reexpedición Nº 84890 de 15/07/2005 salió de la Zona Franca de Iquique de la República de Chile e ingreso a territorio Aduanero boliviano en Charaña y solo una parte fue declarada ante la Aduana Nacional de Bolivia, existiendo mercancía no declarada en Aduana (…):----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

a) La Fotocopia Legalizada del Anexo de Solicitud de Reexpedición, remitido por el Servicio de Aduanas de Chile consigna en el rubro Peso Bruto de 3.500 Kg. Y en el Rubro Cantidad de Bultos, 442 Cajas de cartón. ---------------------------------------------------------------------------

b) La Fotocopia Legalizada del MIC/DTA, remitido por la Administración de Aduana Charaña, Nº 109834 de 15/07/2005, en el rubro 36 Documentos anexos consigna “Reexp 84890”; en el Rubro 32 Peso Bruto consignan 3.500 Kg. Y en el Rubro Cantidad de Bulto consigna 442 Bultos. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

c) La factura de Transporte presentada a Despacho, emitida por CELIA DESIDERIA QUISPE FLORES, Nº 00003 de 15/07/2005 consigna el traslado de 442 cajas. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

d) El Parte de recepción Nº 221 2005 118194 – 03/BOL/2005 presentado a Despacho en el Rubro 2 Control de Descarga consigna Peso recibido 3.810 Kg. (Demasía de 310 Kg.) y Cantidad 442 Bulto, Paca o fardo Comprimido y en el Rubro 4 controles de Vistos de Conformidad – Observaciones Responsable de Depósito “FAC. de REEXP. Nº 84890”. -----------------------------------------------------------• Con el fin de determinar el valor de la mercancía NO DELARADA y considerando la cantidad y variedad de las mismas, además

de la limitación encontrada para su determinación con carta AN-GRLPZ-UFILR-C-552/2007 de 23/06/2007 se solicitó al Gerente Regional La Paz, instruya al Analista de Precios de la Gerencia Regional La Paz, la valoración de estos casos. (…)---------------------

• Sobre la base de: a) El Informe Técnico GRLP-VA-0034/2007 b) Valores establecidos en el Informe de variación del valor Nº 1286/2005 adjunto a la DUI 2005/221/C-1703 c) Precios de la Base de Datos de la Aduana (extrapolaciones de Otros despachos, etc.), de mercancías similares a la descripción general de la factura de reexpedición y d) Precios de mercancías similares de las facturas de Reexpedición de Zona Franca Iquique (Formularios 175 de Aduana Tambo Quemado); se establece que el valor de la Mercancía NO DECLARADA alcanza a $us. 25.536,66 (Veinticinco Mil Quinientos Treinta y Seis 66/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), de acuerdo a detalle”. --------------------------------------------------------------------------------------------------

CONCEPTO MONTO

a) Valor FOB determinado de la mercancía consignada en la factura de reexpedición remitida por Aduana Chile 28.539,26

b) Valor FOB mercancía declarada y ajustada en la DUI 2005/221/C-1703 Aduana Charaña 3.002,60

a-b) VALOR FOB MERCANCÍA NO DECLARADA 25.536,66

En el Informe Final GRLPZ-UFILR-I-593/2007 de 27/12/2007 volvió a ratificar los resultados indicados en el Informe preliminar GRLPZ-UFILR-I-431/2007 y su recomendación fue emitir el Acta de Intervención correspondiente. ---------------------------------------------------------------------Así el 25/02/2008 el Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 determinó en el parágrafo II (Relación Circunstanciada de los hechos) en el numeral 1. (Mercancía no declarada): “.1.1. Se determinó la existencia de diferencias sustanciales entre la fotocopia legalizada de la Factura de Reexpedición Nº 084890 de fecha 15/07/2005 remitida por el Servicio de Aduanas de la República de Chile y la factura con la misma numeración y fecha presentada para la tramitación de la DUI 2005/221/C-1703 en la Administración de Aduana Charaña…1.2. Con relación al peso y cantidad de bultos, los documentos que se detallan provistos por la Aduana de Chile y la Aduana de Frontera de Charaña en fotocopias legalizadas, evidencian que toda la mercancía correspondiente a la Reexpedición Nº 084890 de 15/07/2005 salió de la Zona Franca de Iquique de la Republica de Chile e ingreso a territorio Aduanero boliviano en Charaña y solo una parte fue declarada ante la Aduana Nacional de Bolivia, existiendo mercancía NO DECLARADA en Aduana, tal como lo evidencia los siguientes documentos: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------

a) La Fotocopia Legalizada del Anexo de Solicitud de Reexpedición, remitido por el Servicio de Aduanas de Chile consigna en el rubro Peso Bruto de 3.500 Kg. y en el Rubro Cantidad de Bultos 442 Cajas de Cajas. -----------------------------------------------------------------------------

b) La Fotocopia Legalizada del MIC/DTA, remitido por la Administración de Aduana Charaña, N°109834 de 15/07/2005, en el rubro 36 Documentos anexos consigna “Reexp 84890”; en el Rubro 32 Peso Bruto consigna “3500 Kg” y en el Rubro 31 Cantidad de Bultos consigna 442 Bultos. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

c) La factura de Transporte presentada a Despacho, emitida por Celia Desideria Quispe Flores N°00003 de 15/07/2005 consigna el traslado de 442 cajas. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

d) El Parte de Recepción N°221 2205 118194 – 03/BOL/2005, presentado a Despacho, en el Rubro 2 Control de Descarga consigna Peso recibido 3.810 Kg (Demasía de 310 Kg) y Cantidad 442 Bulto, Paca o fardo comprimido y en el Rubro 4 Controles de Vistos de Conformidad – Observaciones Responsable de Depósito “FAC. de REEXP, N° 84890”. (el subrayado es propio). -----------------------------

Señalar que la misma cantidad de bultos y peso consignados en la Factura de Reexpedición Nº 84890, remitida por el Servicio de Aduanas de Chile como el MIC/DTA, coinciden con el Parte de Recepción, habiendo sido descargado en su totalidad en la DUI 2005/221/C-1703 de 18/07/2005; sin embargo solo una parte de los ítems de la factura fue declarada, evidenciándose el retiro de la Administración Aduana Frontera Charaña, sin que los restantes 104 ítems estén comprendidos en mencionada DUI.------------------------------------------------------------------------------------------------------Esta conducta se subsume a lo tipificado en los incisos b) y e) del Art. 181 del Código Tributario Boliviano que establece que comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: “b) Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales… y e) El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la declaración de mercancías que ampare el régimen aduanero al que deberían ser sometidas”. -----------------------------------------Con relación a que el Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 de 08/02/2008 consigna un Tributo omitido por Bs55.773,00 (Cincuenta y cinco mil setecientos setenta y tres 00/100 Bolivianos) equivalente a UFV’s 49.935,78 (Cuarenta y nueve mil novecientos treinta y cinco 78/100 Unidades de Fomento a la Vivienda); esto fue únicamente a efecto de establecer si el ilícito correspondía al delito de contrabando o bien a la contravención tributaria por contrabando, lo cual está en función de la quantum de los tributos omitidos, según lo dispuesto en el último párrafo del artículo 181 del Código Tributario Boliviano. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Sin perjuicio de lo anterior, el valor de la mercancía no declarada corresponde al valor CIF de $us 26.047,39 (Veintiséis mil cuarenta y siete 39/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América) que se indica en el Acta de Intervención, cuyo monto en Bolivianos equivale a Bs210.984,00 (Doscientos diez mil novecientos ochenta y cuatro 00/100 Bolivianos) y a 188.901,42 UFV´s (Ciento ochenta y ocho mil novecientos uno 42/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), para el cálculo se utilizó la Circular Nº 210/2005 de 15/07/2005 (1 UFV igual a Bs.1.11690), lo cual está sujeto al mantenimiento del valor con su respectiva equivalencia en UFV a la fecha de la DUI y bolivianos al momento que se requiera según el estado del proceso”. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, los incisos b) y e) del Artículo 181 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, prevé: ---------------------------------------------------------------Artículo 181°.- (Contrabando). Comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: (…)-------------------------------

b) Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales. (…)---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

e) El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la Declaración de Mercancías que ampare el régimen aduanero a que deberían ser sometidas. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Que, el parágrafo segundo del Artículo 181 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, prevé: (…)------------------------------------------------------

Page 19: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016 ÚLTIMAS 19

Imagen de Jesús del Gran Poder.

Vocalista del grupo musical.

Concierto de los Ángeles Azules anoche en Achachicala. Pasantes de la fraternidad.

CONCIERTO ó Fueron invitados por la Fraternidad Sociedad Morenos de La Paz para su recepción.JACKELINE ROJAS HEREDIA / CAMBIO

“De Iztapalapa para La Paz, Bolivia…”, así se presentó anoche el grupo de cumbia mexicana Los Ángeles Azu-les, ante una masiva cantidad de gente que rebasó la capaci-dad del local Hilda en la zona de Achachicala.

El grupo musical mexicano prove-niente de la co-lonia Los Ánge-les, Iztapalapa, ciudad de Mé-xico, integrada por los fundado-res, los hermanos Mejía Avante: Elías,

Ángeles Azules contagia su ritmo al público paceño

II. Comiso de mercancías. Cuando las mercancías no puedan ser objeto de comiso, la sanción económica consistirá en el pago de una multa a cien por ciento (100%) del valor de las mercancías objeto de contrabando”. ----------------------------------------------------------------------------------------------Que, el párrafo segundo del parágrafo IV., del Artículo 181 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, prevé: --------------------------------------“Cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía objeto de contrabando, sea igual o menor a 200.000 (Doscientos Mil Unidades de Fomento de Vivienda), la conducta se considerará contravención tributaria debiendo aplicarse el procedimiento establecido en el Capítulo III del Título IV del presente Código”. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el numeral 4 del Artículo 160 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, prevé: --------------------------------------------------------------------“(CLASIFICACIÓN). Son contravenciones tributarias: (…)-----------------------------------------------------------------------------------------------------------4. Contrabando cuando se refiera al último párrafo del Artículo 181°”--------------------------------------------------------------------------------------------Que, el numeral I del Artículo 148 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, prevé: --------------------------------------------------------------------“Artículo 148°.- (Definición y Clasificación). ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------I. Constituyen ilícitos tributarios las acciones u omisiones que violen normas tributarias materiales o formales, tipificadas y sancionadas en el presente Código y demás disposiciones normativas tributarias (…)”-------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, el artículo 76 de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, prevé: ----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 76° (Carga de la Prueba) ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------“En los procedimientos tributarios administrativos y jurisdiccionales quien pretenda valer sus derechos deberá probar los hechos constitutivos de los mismos…” ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Que, por los hechos descritos en el Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 – GRL003/2007 de 08/02/2008, los Informes GRLPZ-UFILR-I-431/2007 de 14/11/2007, AN-GRLPZ-UFILR-I-68/2016 de 14/01/2016, antecedentes del proceso y la normativa expuesta, se evidencia que existen diferencias entre la fotocopia legalizada de la Factura de Reexpedición N° 84890 de 15/07/2005 remitida por el Servicio de Aduana de la República de Chile y la Factura de Reexpedición con la misma numeración y fecha presentada ante la Aduana Frontera Charaña para la tramitación de la Declaración Única de Importación 2005/221/C-1703 de 18/07/2005 coinciden en cuanto al peso y cantidad de bultos pero a la vez se evidencia las siguientes diferencias, base sustancial de la fiscalización posterior: -----------------------------------------------------------------------------------------------

Factura Presentada a Despacho Administración de

Aduana

Factura Proveniente del Servicio Nacional de Aduanas – Chile

Número de Reexpedición: 84890Fecha: 15/07/2005

Número de Reexpedición: 84890Fecha: 15/07/2005

Facturas amparadas en la Reexpedición: La Nº 26364 Facturas amparadas en la Reexpedición: Las Nº 26358; 026359; 026360; 026361; 026362; 026363

Cantidad de Mercancías: 14 ítems de mercancía variada, con cantidades menores a las de la Factura Remitida por el Servicio Nacional de Aduanas de CHILE

Cantidad de Mercancías: 118 ítems de mercancía variada, diferente y mucho MAYOR a la consignada en las facturas presentadas a despacho en Aduana Charaña.

Por lo que se infiere que la Factura de Reexpedición N° 84890 de 15/07/2005 (Factura Proveniente del Servicio Nacional de Aduanas – Chile) salió de la Zona Franca de Iquique de la República de Chile con 118 items de mercancía y el ingreso a territorio aduanero boliviano en la Aduana Frontera Charaña fue realizada con 14 ítems de mercancía y solo estos 14 ítems fueron declarados ante la referida Administración Aduanera, existiendo 104 ítems de mercancía NO DECLARADA en la Aduana Nacional de Bolivia, por lo que se evidencia que la conducta del Sr. José Mamani Nina con

Cédula de Identidad 4291803 LP., se subsume a la contravención tributaria por contrabando tipificación descrita en el Código Tributario, Ley N° 2492, Art. 181, incisos b) al haber realizado el tráfico de mercancías sin la documentación legal. ---------------------------------------------------------------Asimismo señalar, que la misma cantidad de bultos (442) y peso consignados en la Factura de Reexpedición Nº 84890 de 15/07/2005 (3500.00 Kg)

remitida por el Servicio de Aduanas de Chile, así como el MIC/DTA N° 109834 de 15/07/2015, coinciden con los datos del Parte de Recepción N° 221-2005-118194 de 17/07/2005, confirmando el ingreso de mercancía a la Administración Aduana Frontera Charaña de 118 ítems de mercancía, pero al momento de la tramitación de la DUI 2005/221/C-1703 de 18/07/2005 solo se nacionalizo 14 ítems de acuerdo a la Factura de Reexpedición N° 84890 de 15/07/2005 presentada para el despacho en la referida Administración Aduanera, por lo que se infiere que los restantes 104 ítems de mercancía fueron retirados de zona primaria (Administración Aduana Frontera Charaña) sin que estas se hallan acogido a un régimen aduanero, subsumiendo la conducta del Sr. José Mamani Nina con Cédula de Identidad 4291803 LP., a la contravención tributaria por contrabando tipificación descrita en el Código Tributario, Ley N° 2492, Art. 181, incisos e) al haber retirado de zona primaria (Administración Aduana Frontera Charaña) mercancías no comprendidas en la Declaración única de Mercancías que ampare el régimen aduanero al que deberían ser sometidas. ---------------------Asimismo, se evidencia que al no haber presentado descargo en el plazo estipulado por Ley al Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 – GRL003/2007 de 08/02/2008 por parte del Sr. José Mamani Nina con Cédula de Identidad 4291803 LP., no existe descargos a ser valorados en la presente Resolución Sancionatoria por Contrabando. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------POR TANTO: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz, en uso de las facultades conferidas por Ley; -------------------------------------------------------------------------------------------RESUELVE: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERO.- Declarar PROBADA la comisión de Contrabando Contravencional de acuerdo al Acta de Intervención GRLPZ-UFILR-0002/08 – GRL003/2007 de 08/02/2008, emitida en contra de JOSE MAMANI NINA con Cédula de Identidad 4291803 LP., toda vez que la conducta del Operador precitado se subsume al tipo de contravención tributaria señalada en el numeral 4 del artículo 160 y los incisos b) del artículo 181 del Código Tributario Boliviano, al haber realizado el tráfico de mercancías sin la documentación legal al evidenciar que la Factura de Reexpedición N° 84890 de 15/07/2005 (Factura Proveniente del Servicio Nacional de Aduanas – Chile) salió de la Zona Franca de Iquique de la República de Chile con 118 items de mercancía y el ingreso a territorio aduanero boliviano en la Aduana Frontera Charaña fue realizada con 14 ítems de mercancía y solo estos 14 ítems fue declarada ante la referida Administración Aduanera, existiendo 104 ítems de mercancía NO DECLARADA en la Aduana Nacional de Bolivia; y e) por haber retirado de zona primaria mercancías no comprendidas en la Declaración Unica de Mercancías que ampare el régimen aduanero al que deberían ser sometidas, al evidenciar que la misma cantidad de bultos (442) y peso consignados en la Factura de Reexpedición Nº 84890 de 15/07/2005 (3500.00 Kg) remitida por el Servicio de Aduanas de Chile, así como el MIC/DTA N° 109834 de 15/07/2015, coinciden con los datos del Parte de Recepción N° 221-2005-118194 de 17/07/2005, confirmando el ingreso de mercancía a la Administración Aduana Frontera Charaña de 118 ítems de mercancía, pero al momento de la tramitación de la DUI 2005/221/C-1703 de 18/07/2005 solo se nacionalizo 14 ítems de acuerdo a la Factura de Reexpedición N° Nº 84890 de 15/07/2005 presentada para el despacho en la referida Administración Aduanera, por lo que demuestra que los restantes 104 ítems de mercancía fueron retirados de zona primaria (Administración Aduana Frontera Charaña) sin que estas se hallan acogido a un régimen aduanero, por tanto se ha incurrido en la comisión del ilícito tributario de Contrabando Contravencional. --------------------------------------------SEGUNDO.- Toda vez que no es posible el comiso de la mercancía se dispone la sanción económica consistente en el pago de una multa igual al cien por ciento (100%) del valor de las mercancías objeto de contrabando misma que asciende al valor CIF de $us. 26.047,39 (Veintiséis mil cuarenta y siete 39/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), cuyo monto en Bolivianos equivale a Bs. 210.984,00 (Doscientos diez mil novecientos ochenta y cuatro 00/100 Bolivianos) equivalente 188.901,42 UFV´s (Ciento ochenta y ocho mil novecientos uno 42/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), conforme al Informe AN-GRLPZ-UFILR-I-68/2016 de 14/01/2016, sanción establecida en el artículo 181, parágrafo II de la Ley N° 2492 “Código Tributario Boliviano”, monto que será actualizado conforme el Articulo 47 del Código Tributario Boliviano al momento de pago. --------------TERCERO.- A la ejecutoria de la presente Resolución, remítase antecedentes a la Supervisoria de Ejecución Tributaria, para la ejecución tributaria correspondiente en el marco del ordenamiento jurídico administrativo aplicable. -----------------------------------------------------------------------------------CUARTO.- Conforme a los Arts. 131 y 143 del Código Tributario el sujeto pasivo tiene el plazo de 20 días para interponer el recurso de alzada y conforme al Art. 227 de la Ley Nº 1340, puesto nuevamente en vigencia en virtud a las Sentencias Constitucionales 0009/2004; 0018/2004; 0029/2004 y 0076/2004, el sujeto pasivo tiene el plazo de 15 días para interponer demanda contencioso tributario Regístrese, notifíquese y cúmplase. -------------Firma y sella: Lic. José Blacud Morales.---- Gerente Regional La Paz a.i. ---- Aduana Nacional de Bolivia.--------------------------------------------------Sello Redondo: Gerencia Regional La Paz.--- Aduana Nacional.------------------------------------------------------------------------------------------------------

Alfredo, José Hilario, Jorge, Cristina y Guadalupe, es muy popular por la interpretación de canciones como: El listón de tu pelo, Como te voy a olvidar, Cheque cancelado, Te necesito, Diecisiete años y muchas otras.

Los espectadores enloque-cieron con la música y con

los intérpretes. El gru-po estuvo poco más

de hora y media y luego abando-nó el lugar con fuertes medi-das de segu-ridad; sin em-

bargo a su paso

hacia la salida del local, una de las integrantes logró afir-mar que le gusta venir a Boli-via y le gusta el país.

Los Ángeles Azules fueron traídos para amenizar una de las recepciones con miras a la fiesta de Jesús del Gran Poder, llevada adelante por la frater-nidad Sociedad Morenos de La Paz, Maravilla del Mundo. Cuatro parejas de la mencio-nada fraternidad, encabeza-da por Heriberto Usmayo Ve-lasco, ofician este 2016 como pasantes bajo el denominativo de Sociedad de Ángeles.

Usmayo dijo que traer a los Ángeles Azules es parte del esfuerzo, cariño y sobre

todo devoción de-dicados a Jesús del Gran Poder.

La fraternidad formó parte antes de los Fanáticos, y a partir del pasado año, iniciaron como una nueva fraterni-dad integrada por 600 parejas. Ayer se llevó adelante una misa y una minientra-da de morenos y morenas.

Page 20: Edicion impresa 7 3 2016

lunes 7 de marzo de 2016ÚLTIMAS20

Feria de vinos y singanis cierra con éxito en Camargo región perteneciente al departa-mento de Chuquisaca.La localidad Camargo organi-za la feria cada tres años. Más de 100 agricultores de la vid expusieron lo mejor de su pro-ducción. También participaron viñateros de la región cinteña y productores de otros departa-mentos como Luribay (La Paz), entre otros.

La Feria o Fenavit es única en el país y tiene como sede —por Decreto Supremo Nº 6518 de 1963— la población de Camargo. El ministro César Cocarico en la clausura de la Fenavit.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Después de tres días de exposi-ción, ayer se clausuró la X Feria Nacional Vitivinícola (Fenavit), que se desarrolló en la pobla-ción de Camargo, en la que se mostró la mejor producción de vinos y singanis.La clausura estuvo a cargo del mi-nistro de Desarrollo Rural, César Cocarico, en representación del presidente Evo Morales; la minis-tra de Comunicación, Mariane-la Paco, y de autoridades de esa

Carlo

s Bar

rios

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera, conside-ró que los contenidos en las re-des sociales de internet están más cerca del caos que de la verdad, además de ser un re-fugio de expresiones racistas y calumnias bajo el escudo de la libertad de expresión.

En una entrevista en el pro-grama ‘Esta casa no es hotel’ de la televisora privada ATB, Gar-cía Linera dijo que al democra-tizarse el uso de esa nueva ca-rretera de comunicación todo el mundo se convierte en produc-tor simbólico de la realidad.

“Hay una especie de caos simbólico, de caos de verdad, cada persona es una verdad... Cualquier persona puede colo-car lo que se le ocurra y puede tener un impacto de verdad en otras personas sin haber medi-do el efecto”, enfatizó.

En ese contexto, dijo que por medio de las redes sociales se orquestó una guerra sucia con-tra el Gobierno, en el último re-ferendo que impulsó el oficialis-mo a pedido de organizaciones sociales para modificar la Cons-titución y habilitar al presiden-te Evo Morales como candidato a una nueva reelección.

“Yo creo que esta es la pri-mera elección en Bolivia, donde este nuevo soporte de la comu-nicación tuvo un papel impor-tante, yo no diría decisivo, pero tuvo un papel importante como eco o como precursor de lo que luego se reflejaba en la televi-sión o en el periódico”, puntua-lizó al respecto de la victoria del NO a la reforma constitucional.

El vicepresidente Álvaro García Linera en la entrevista con la televisora privada ATB.

Vice: redes sociales están más cerca del caos que de la verdadGUERRA SUCIA ó Alvaro García afirmó que la plataforma fue utilizada por la oposición para la guerra sucia.

Arch

ivo

lares en las redes sociales será de gran apoyo.

“Porque buena parte del uso de las redes en esta campaña es-tuvo jaloneada por clases me-dias tradicionales, conservado-ras. Hay otra clase media popular que se informa pero que no bata-lla en la red y hay un sector po-pular campesino, obrero, vecinal que todavía no usa la red; enton-ces haya que llevar (el internet) a ese sector que siempre acompaña al Gobierno”, complementó.

Además del caos de verdad, el vicepresidente del Estado ob-servó que las redes sociales se convirtieron en un refugio de las expresiones racistas y ca-lumnias que inyectan a una pla-taforma de internet que no pue-de controlarse.

“Pero lo que sí puede haber es un conjunto de responsabili-dades y reglamentaciones éticas ... No puede tener expresiones racistas, no puede hacer amena-zas de muerte”, subrayó.

García Linera considera que el MAS es de los pobres

Ausentismo en repetición de los votos

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El Movimiento al Socialismo (MAS) es de los pobres y por lo mismo manifestó su com-placencia con el apoyo brin-dado en el referendo, afirmó el vicepresidente del Estado, Álvaro García Linera.

“El MAS es el partido de los pobres -porque esa fue nuestra votación- y estoy muy contento y feliz de que los pobres no nos hubieran abandonado”, dijo en una en-trevista con la televisora pri-vada ATB.

Aseguró que la tarea pen-diente es “conquistar” a las clases medias que votaron por el NO, influenciados por las redes sociales, mientras tan-to dijo estar agradecido con el respaldo de las clases más hu-mildes del país, “por lo tanto hay futuro”, sentenció.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La repetición de votación, que se realizó en Santa Cruz y La Paz estuvo signada por el au-sentismo, que fue más evi-dente en la sede de gobierno.

El Tribunal Electoral Depar-tamental de La Paz, a través de su vicepresidenta Ana Bena-videz informó que 86 ciuda-danos de 445 acudieron a sus mesas en la comunidad de Irpa Chico de la provincia Ingavi y la zona de Irpavi de la ciudad de La Paz. En Santa Cruz la si-tuación fue algo parecida, con una participación mayor, pero no total de los dos recintos en los cuales se hizo la repetición. Fueron 24 mesas con 5.313 ins-critos, de ellos solamente ejer-cieron el voto 4.233, de los cua-les 3.820 favorecieron al NO y 413 fueron por el SÍ.

El Segundo Mandatario del país, reconoció que la oposición tuvo la habilidad de articular una agenda común en los me-dios de comunicación y en las re-des sociales; “mientras que noso-tros no tuvimos esa capacidad”.

“Aprendimos la lección, en-tonces, vamos a dar batalla en la redes, pero a diferencia de los opositores daremos la ba-talla con la verdad, de manera responsable”, aseguró y dijo que la incursión de las clases popu-