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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe LICITACION PUBLICA Nº : 3402 OBJETO Compra de Interruptores de Media Tensión para ET Ceres PRESUPUESTO OFICIAL $ 4.803.397,50 USD 121.605,00 (PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE 50/100 , IVA incluido) (DOLARES CIENTO VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CINCO 00/100 , IVA incluido) GARANTIA DE LA OFERTA USD 1.216,05 (DOLARES UN MIL DOSCIENTOS DIECISEIS 05/100 , IVA incluido) APERTURA CONSULTAS DIA 25/07/2019 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE HORA 10 00 Unidad Mantenimiento EETT Zona Norte Tacuari 6151 – 3000 – Santa Fe Ing. Mario Travieso – Ing. Matias Pozzo (0342) 4505404 - 4505439 LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA EDIFICIO TOWER II - FRANCISCO MIGUENS 260 – 5º PISO – PUERTO DE SANTA FE PRECIO DEL LEGAJO $ 3.969,75 + IVA + Percepción de IVA en caso de corresponder (Pesos, tres mil novecientos sesenta y nueve con 75/100, + IVA + Percepción de IVA en caso de corresponder EJEMPLAR SIN VALOR

EJEMPLAR SIN VALOR - epe.santafe.gov.arepe.santafe.gov.ar/fileadmin/archivos/Logistica/Pliegos/19_LPUB_3402.pdfANEXO POLIZAS DE GARANTIA . BENEFICIARIO: Las pólizas deberán tener

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

LICITACION PUBLICA Nº : 3402

OBJETO Compra de Interruptores de Media Tensión para ET Ceres

PRESUPUESTO OFICIAL $ 4.803.397,50

USD 121.605,00

(PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE 50/100 , IVA incluido)

(DOLARES CIENTO VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CINCO 00/100 , IVA incluido)

GARANTIA DE LA OFERTA USD 1.216,05 (DOLARES UN MIL DOSCIENTOS DIECISEIS 05/100 , IVA incluido)

APERTURA CONSULTAS

DIA 25/07/2019 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

HORA 1000 Unidad Mantenimiento EETT Zona Norte Tacuari 6151 – 3000 – Santa Fe

Ing. Mario Travieso – Ing. Matias Pozzo (0342) 4505404 - 4505439

LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

EDIFICIO TOWER II - FRANCISCO MIGUENS 260 – 5º PISO – PUERTO DE

SANTA FE

PRECIO DEL LEGAJO $ 3.969,75 + IVA +

Percepción de IVA en caso de corresponder

(Pesos, tres mil novecientos sesenta y nueve con 75/100, + IVA + Percepción de IVA en caso de corresponder

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12/06/2019

ITEM MATRICULA DESCRIPCION TECNICA COMPLETA UM

1 202800

Interruptor Trip 13,2Kv 1250A 25Ka 110V

Caracteristicas tecnicas Particulares: Interruptor exterior, con comando 110 VCC, Motor Carga Resorte 110 Vcc y Corte en Vacio.

Pza SANTA FE 6 6

2 208480

Interruptor Trip Int 13,2KV 2000A 25KA

Caracteristicas tecnicas Particulares: Interruptor exterior, con comando 110 VCC, Motor Carga Resorte 110 Vcc y Corte en Vacio.

Pza SANTA FE 1 1

3 202848

Interruptor Tri Vac 33Kv 1250A 25Ka ME

Caracteristicas tecnicas Particulares: Interruptor exterior, con comando 110 VCC, Motor Carga Resorte 110 Vcc y Corte en Vacio.

Pza SANTA FE 3 3

SANTA FE : Almacenes Villa María Selva: Espora y República de SiriaPlazo de Entrega: 120 dias

LICITACION PUBLICA Nº: 3402ALCANCE DE SUMINISTRO TOTAL

DESTINO TOTALESCantidad

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ANEXO POLIZAS DE GARANTIA

BENEFICIARIO: Las pólizas deberán tener como Beneficiario a la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe (EPESF) ASEGURADORA: En su carácter de fiador solidario, deberá expresamente renunciar a los beneficios de excusión y división. OBJETO: El objeto del Seguro dependerá del fin para el cual fue solicitado.

Si se trata de una Garantía de Contrato, es decir del cumplimiento de la obra, adquisición y/o compra de bienes y servicios, deberá figurar expresamente el Nº del Pedido de Compras.

En el caso de que se trate de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, en el Objeto deberá constar indefectiblemente el Número de Licitación y el Objeto de la misma.

CLAÚSULAS RESTRICTIVAS DE LA RESPONSABILIDAD: No se aceptarán cláusulas restrictivas de la responsabilidad. MONTO: El monto será controlado por el área competente. PLAZO: El plazo de vigencia de la póliza deberá ser: para el caso de las Garantías de Mantenimiento de oferta, de la Garantías de Contrato del 5% y para las garantías de Anticipos Financieros, desde el día de la suscripción de la misma hasta la extinción de las obligaciones de Tomador. En el caso de garantizar las obligaciones patronales, correspondientes al 20%, se deberá extender la validez de la póliza hasta dos (2) años posteriores a la finalización del contrato. CERTIFICACION DE FIRMAS: De la certificación de firmas deberá surgir que quien firma la póliza de caución, lo hace en carácter de apoderado con facultades para ello. Si la certificación es de una provincia que no sea la de Santa Fe, se deberá adjuntar la legalización del Colegio de Escribanos.- JURISDICCIÓN: La Aseguradora deberá someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Santa Fe, renunciando expresamente al Fuero Federal. DOMICILIO: La Compañía aseguradora deberá fijar un domicilio legal dentro de la Provincia de Santa Fe.-

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INTERRUPTORES

ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 1 DE 13

1. ALCANCE. La presente Especificación técnica, se refiere a los Interruptores de todos los tipos y tensiones. Comprende las obligaciones: Características, Documentación, Ensayos, Repuestos y Embalaje a que se ajustarán las Ofertas desde la adquisición hasta la recepción provisional. 2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. 2.1 Las Ofertas deberán incluir por duplicado, en castellano y sistemas de unidades SIMELA, la documentación detallada en ésta cláusula. El incumplimiento en la presentación de una de ellas, implicará la calificación de la oferta técnicamente incompleta, lo que podrá motivar a solo juicio de la EPE el rechazo de la misma, sin que el proponente tenga derecho a reclamo alguno. 2.2 Planillas de Datos Garantizados, debidamente llenada en todos sus ítems y firmada por el Oferente con sello aclaratorio de la firma, para la Oferta básica y cada una de las variantes que se soliciten, ello aún cuando en la columna correspondiente al valor especificado, no se indique dato alguno.. 2.3 Fotocopia de Certificados de Ensayos de Tipo, extendidos por Laboratorio Oficial o independiente. En éste último caso, deberá ser de reconocido prestigio y aceptado por la EPE No se aceptarán protocolos realizados por el Oferente. Los ensayos de tipo deberán ser los estipulados por las Normas respectivas. 2.4 Planos de medidas generales acotados. 2.5 Lista de referencia de otras provisiones iguales o similares al presente Suministro, detallando año de la provisión, efectuadas a la EPE u otros organismos. En caso que se hubieren efectuado provisiones anteriores, se hará constar en forma explícita. 2.6 La especificación técnica del Suministro ofrecido, podrá ser ampliada por los Oferentes y completada en su aspecto técnico, en todo lo que consideren necesario para una mejor apreciación de la Oferta. 2.7 Antecedentes de Fabricación: Deberá acreditar haber vendido,como mínimo 30 (treinta) interruptores de iguales características a las ofrecidos y que se encuentren en servicio por un lapso no menor de tres (3) años en forma satisfactoria. Lo hará presentando un listado de comitentes, con dirección, copia de protocolos de ensayo y actas de inspección. El Oferente en caso de no ser fabricante de los equipos , deberá garantizar en su oferta, el Servicio postventa, a través de una Empresa radicada en el país, con capacidad para efectivizar la garantía de los mismos, así como la provisión de repuestos y mano de obra especializada, en caso de ser necesaria. Se deberá indicar claramente el nombre de la firma, su dirección, teléfono, etc. La misma deberá tener radicación en el país y una antiguedad en el rubro electromecánico mayor a diéz (10) años, la que será demostrada fehacientemente mediante documentación que deberá ajustarse a la Oferta. La E.P.E. en base a la documentación presentada, a su exclusivo criterio, podrá desestimar la Oferta. 3 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SUMINISTRO.

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 2 DE 13

3.1 El aparato ofrecido deberá responder a la norma IEC (Comité Electrotécnico Internacional) Nº 56, que se halla en vigencia a la fecha de apertura de la licitación y complementos. En caso que el aparato sea importado, podrá responder a las normas del país de origen, en cuyo caso, la Oferta incluirá una copia completa de la norma pertinente en idioma castellano y otra en el idioma original. En correspondencia con los puntos de la Planilla de Datos Garantizados, se aclaran los siguientes conceptos. 3.2 El medio extintor.del arco podrá ser: Gran volúmen de aceite (GVA) Reducido volúmen de aceite (RVA) Aire comprimido (AC) Gas Exafluoruro de Azufre (SF6) Aire con soplado magnético (SM). Vacío (V). Las cargas de aceite, gas exafluoruro de azufre como así también las plantas compresoras de gas y/o aire, serán provisión del Contratista y sus costos estarán incluidos en los tipos respectivos. 3.3 El tipo de interruptor podrá ser:. Unipolar (U) Tripolar (T) Interior (I) Exterior (E). En caso que el interruptor sea extraíble, se agregará la sigla (Ex). 3.4 La clase de recierre podrá ser apto para : Recierre tripolar (RT) Recierre Unipolar (RUT) El recierre en ningún caso será ordenado por los elementos de comando o control del Interruptor. 3.5 El ciclo de operación será garantizado en todos los casos. Este ciclo una vez iniciado, deberá completarse; no obstante, en caso que el Interruptor se encuentre circunstancialmente inhibido de realizarlo, previamente dará las alarmas pertinentes bloqueando la ejecución del mismo. Los lapsos consignados entre aperturas y cierres, deberán entenderse como aquellos que median entre la emisión de la orden eléctrica de apertura y el instante en que los contactos principales se tocan. 3.6 El accionamiento.podrá ser: Manual (m) Motor eléctrico y resortes recargables (e) Oleoneumático (o) Gas (g) Aire comprimido (a) (a,g,o) mediante electrocompresores, con mando local (l) Distancia (d).

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 3 DE 13

El costo de la planta compresora para el accionamiento, estará en todos los casos incluídos en el ítem. 3.7 Número de operaciones a corriente nominal.Será el número de ciclos cirre-apertura a corriente nominal, para el cual la rigidéz dieléctrica del medio aislante y/o extintor no disminuye por debajo del valor mínimo recomendado para un eficáz ciclo de operación a máxima potencia; además no será necesario reponer dieléctrico y/o agente extintor o hacer mantenimiento sobre contactos, cámara, retenes,etc. 3.8 Número de operaciones a MVA nominales. Item anterior pero con la apertura a plena potencia. 3.9 Tiempo de apertura. Será consignado el lapso que media entre la emisión de la orden eléctrica de apertura y el instante en que los tres polos tienen sus contactos totalmente separados. 3.10 Tiempo de arco. Será consignado el lapso que media entre el comienzo de la separación de contactos principales en el primer polo hasta el momento en que ha sido extinguido el arco en el último polo. 3.11 Tiempo de ruptura. Será consignado el lapso que media entre la emisión de la orden eléctrica de apertura y el momento en que ha sido extinguido el arco en el último polo. 3.12 Tiempo de cierre. Será consignado el lapso que media entre la emisión de la orden eléctrica de cierre y el momento en que en los tres polos ya se ha establecido el arco. 3.13 Tiempo muerto mínimo de recierre. Será consignado el mínimo tiempo muerto de recierre para el ciclo de operación garantizado a máxima potencia de cortocircuito. Este tiempo se entenderá como el que media entre la extinción del arco en el último polo durante la apertura yel establecimiento del primer arco en cualquier polo cuando cierra. 3.14 Tiempo de neutralización al cierre. Será consignado el mismo tiempo muerto entre el fin del último arco durante la apertura y el comienzo del primero al volver a cerrar, cuando se ha cerrado el interruptor sobre una falla a máxima potencia. 3.15 Discordancia máxima. Se entenderá como el lapso que media entre la primer separación de contactos principales de un polo y la última, durante la apertura; o el primer toque de contactos principales de un polo y el último, durante el cierre. En ambos casos se considera emitida simultáneamente la orden eléctrica de apertura o cierre a los tres polos. 3.16 Rigidéz dieléctrica del líquido aislante. Deberá consignarse el valor mínimo de rigidéz dieléctrica del aislante y/o extintor para el cual se asegura un correcto funcionamiento del interruptor a plena potencia. 3.17 Resistencia de aislación.

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 4 DE 13

Será el valor mínimo de resistencia de aislación que deberá tener el interruptor entre sus contactos principales abiertos, previo a la puesta en servicio. Se consignará además en la Planilla de Datos Garantizados, el valor de tensión para el cual corresponde el valor de aislación aludido. 3.18 Rigidéz dieléctrica a frecuencia industrial El valor está consignado en la Planilla de Datos Garantizados. Para instalaciones tipo interior, las tensiones de ensayo se considerarán aplicadas durante un minuto bajo lluvia, y en seco. 3.19 Tensión auxiliar en corriente contínua. El valor está consignado en la Planilla de Datos Garantizados. Se utilizará para el accionamiento del comando a distancia y enclavamiento. Cuando se utilice motor eléctrico para la carga de resortes, éste será de CC y el tiempo de carga inferior a 30 segundos; en cambio, cuando la energía para el accionamiento se obtenga de aire comprimido o gas, los compresores podrán ser accionados por motores de CA. Se deberá indicar los límites de tensión máxima y mínima a que trabajan correctamente las bobinas de accionamiento, enclavamiento, motores, etc. 3.20 Tensión auxiliar en corriente alterna. Los circuitos monofásicos de 220 V., se utilizarán para calefacción e iluminación y eventualmente los trifásicos de 380 V. para motocompresores. 4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN.- 4.1 El diseño de los Interruptores se ajustará a los últimos adelantos de la técnica.- 4.2 Estos aparatos estarán diseñados para trabajar a temperatura ambiente, comprendida entre -10º C y + 45º C y alturas sobre el nivel del mar, hasta 1000 metros.-Para contactos de cobre plateados en aceite, la temperatura máxima que podrán alcanzar será de 90º C.- 4.3 En la zona de instalación, no se prevén terremotos ni atmósfera contaminada.- 4.4 Las partes metálicas serán cincadas en caliente, según prescripciones de la norma IRAM 20022-Anexo D.- 4.5 Los interruptores contarán con uno o más bulones para la puesta tierra de las partes metálicas.- 4.6 El Interruptor para 132 kV, deberá utilizar como medio de extinción y aislación, el exafluoruro de azufre.- 4.7 El método de extinción del arco deberá ser por auto generación de la presión de soplado, utilizando el principio de soplado tipo térmico, en combinación con el tipo “puffer”.- 4.8 El mecanismo de accionamiento deberá ser mecánico a resortes.- 4.9 El sistema de sellado deberá garantizar una pérdida máxima del 2% anual.-

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 5 DE 13

4.10 El Interruptor para 132 kV, deberá disponer de algún sistema de alivio de sobrepresiones rápidas como las que pudieron ser originadas por una descarga descontrolada en el interior del polo.- 4.11 Calefactores. Los gabinetes de comando auxiliares y conjunción dispondrán de calefactores tipo protegido (vitrificado, blindado o similar) y termostados para funcionamiento a temperaturas inferiores a + 15 C. El circuito de calefacción incluirá fusibles tipo DIAZED y contactores adecuados para el comando automático del sistema. 4.12 Contactos auxiliares. La cantidad de contactos auxiliares está consignada en la Planilla de Datos Garantizados. Se indicará la capacidad de los mismos, tanto para corriente contínua como para corriente alterna. No se aceptarán más de dos (2) contactos inversores, los demás serán libres de potencial. En todos los casos, la transmisión asegurará una perfecta sincronización entre todos los contactos auxiliares y principales. 4.13 Discordancia de polos. Los interruptores con comando unitripolar tendrán incorporados un dispositivo de discordancia de polos, que permitirá mediante un temporizador regulable hasta 5 segundos, dar la orden de apertura a los polos cerrados, cuando existan discordancia entre ellos. 4.14 Antibombeo. Los comandos contarán con dispositivo antibombeo, que evite cierres y aperturas reiterados por persistencia de la orden de cierre. Se indicará si se trata de un dispositivo mecánico o eléctrico. 4.15 Alarmas. Se dispondrá de contactos para dar como mínimo las siguientes alarmas en función del interruptor que se trate; recierre bloqueado; cierre bloqueado; apertura bloqueada; discordancia de polos; problemas en la planta de acumulación de energía; problemas en el medio extintor; problemas en la fuente de energía acumuladas, etc. 4.16 Señalización. Los interruptores tendrán señalización mecánica de posición CERRADO-ABIERTO, ésta será bien visible. 4.17 Enclavamientos. Se preferirán los mecánicos a los eléctricos.- Cuando deba realizarse sobre el interruptor algún ajuste o puesta a punto, será posible localmente desenergizar los comandos eléctricos a distancia, dándose en consecuencia la pertinente señalización. El interruptor contará con bloqueos que impidan: iniciar un recierre si no puede completarse, un cierre si no puede abrir y de apertura, cuando existan deficiencias en el medio extintor o en la energía acumulada para el accionamiento. La EPE explicitará específicamente cada caso, cuando un interruptor debe abrir espontáneamente ante deficiencias en el medio extintor o de su energía acumulada para el accionamiento. La planta de acumulación de energía, tendrá sus propios enclavamientos que no se discriminan en estas Condiciones Técnicas de Adquisición

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 6 DE 13

4.17 Interruptores extraíbles. Todos los mecanismos; piezas, enclavamientos; señalizaciones y accionamientos mecánicos; trabas; microcontactos; enchufes de contactos principales y auxiliares; etc, que forman la parte fija y móvil de un interruptor extraíble, serán provisión del fabricante del interruptor sin excepción. 4.18 Gabinetes de Comando. Las borneras a utilizar en gabinetes de comando auxiliares y cajas de conjunción, serán del tipo componible, pudiendo extraerse un borne cualquiera sin que sea necesario remover los laterales ni desarmar la tira completa. 4.18.1 Los tornillos apretarán sobre una plaquita de contacto y no directamente sobre el cable. 4.18.2 La capacidad de los bornes será la indicada en la Planilla de Datos Garantizados, independientemente de la intensidad de los circuitos y sección del cable. La tira de bornes tendrá una reserva del Veinte por ciento (20%) en bornes libres y algunos usados como bornes múltiples puenteados para los circuitos de : -Calefacción y fuerza motríz, dos (2) bornes puenteados. -Comando unipolar, cinco (5) bornes puenteados. -Comando tripolar, tres (3) bornes puenteados. Lo expuesto,en positivo y negativo,o fase y neutro. Los bornes libres restantes estarán agrupados. 4.18.3 Los gabinetes de comando, auxiliares y cajas de conjunción, serán de tipo intemperie. Podrán construirse con chapas de hierro galvanizado de espesor no menor de 2,5 mm o de fundición de aleación de aluminio. 4.18.4 Se aceptarán pintadas, en cuyo caso se decapará cuidadosamente la chapa por fosfatización, procediéndose a pintarlas con dos manos de antióxido al cromato de zinc y tres manos de esmalte sintético para exterior, tanto en la superficie exterior como interior. 4.18.5 Los elementos correspondientes al comando y control serán accesibles y operables con herramientas comunes. 4.18.6 Las superficies presentarán un perfecto acabado. Las soldaduras no tendrán irregularidades. Las puertas serán abisagradas con cierre laberíntico, juntas planas de neoprene y cerraduras tipo yale, que será común para el conjunto de interruptores ofrecidos. Se entregará una llave por cada gabinete. 4.18.7 El cableado será realizado con conductores semiflexibles aislados en PVC para 1000 V. En la tira de bornes no se conectará mas de un cable por borne. Los gabinetes tendrán exteriormente un bulón para la puesta a tierra de seguridad. 4.18.8 Los motores estarán protegidos por fusibles de calibres adecuados o llave termomagnética. Serán blindados y responderán a la norma IEC vigente a la fecha de apertura de la licitación.

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 7 DE 13

4.18.9 En cada gabinete se dispondrá una placa desmontable de dimensiones aprovimadas:10x15 cm. para permitir la entrada de cables pilotos. 5 INDICACIONES DEL SUMINISTRO. 5.1 Una vez extendida la Orden de Compra, no se podrá realizar ninguna modificación del diseño sin previa autorización de la EPE Santa Fe. Si no se cumplimentase con este requisito, será causal de rechazo de los especímenes afectados por la modificación. 5.2 El Suministro y todos sus accesorios deberán ser protegidos mediante embalaje para evitar deterioros, rajaduras, deformaciones, etc. 5.3 Hasta tanto no se efectúe la recepción definitiva, la responsabilidad del Suministro correrá por cuenta del Adjudicatario. 5.4 En lugar visible del embalaje, se indicará el número de Orden de Compra y el número del ítem correspondiente. 5.5 El Adjudicatario deberá presentar dentro de los diez (10) días de recibida la Orden de Compra, un cronograma de fabricación y ensayos remitiendo los mismos a Unidad Normas, sita en calle Bvr.Pellegrini Nº 2626-1ºP.-Tel. (0342) 4505608/613- Santa Fe (3000).- 6 INSPECCIONES 6.1 Durante la fabricación, cualquier variante en el cronograma de fabricación y ensayos, deberá ser notificada a Unidad Normas, con anticipación de quince (15) días. 6.2 La EPE Santa Fe, se reserva el derecho de realizar inspecciones de acuerdo al Cronograma presentado, para el control y verificación de materiales y seguimientos de trabajos realizados durante la construcción de los Suministros; con éste propósito, el Adjudicatario deberá facilitar al representante de aquella, los medios necesarios. 6.3 El Adjudicatario deberá comunicar a Unidad Normas ,con anticipación de quince (15) días, la fecha en que el Suministro se encuentre terminado para su inspección final. 7 ENSAYOS 7.1 Los ensayos serán realizados de acuerdo a la norma IEC Nº 56 y nexos vigentes a la fecha de apertura de la licitación. 7.2 La Oferta incluirá protocolos de ensayos de prototipo de interruptores idénticos a los ofrecidos, expedidos por laboratorios independientes y de reconocido prestigio a juicio de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA SANTA FE. No se aceptarán protocolos de ensayos de prototipos emitidos por el fabricante del Interruptor y/o de las partes, excepto que este expresamente homologado por la EPE SANTA FE; tampoco se aceptarán protocolos de ensayos incompletos. Para que el protocolo de ensayo sea válido, corresponderá al de una unidad fabricada en el mismo establecimiento al de los equipos ofrecidos. Se presentará un protocolo para cada tipo y/o modelo de interruptor.

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 8 DE 13

El protocolo de ensayo de prototipo debe contener los datos necesarios para mostrar que el interruptor ofrecido cumpla con los datos solicitados en el pliego y oferta. Como mínimo deberá contener los ensayos que se citan en el apartado 7.3 Los ensayos para la recepción del material, se realizarán de acuerdo a la norma IEC Nº 56 vigente a la fecha de apertura de la licitación, sobre interruptores completos montados como en explotación, manteniendo las distancias mínimas recomendadas y con todos sus dispositivos de maniobra y equipos auxiliares. 7.3 ENSAYOS DE PROTOTIPO En caso que con la Oferta no se presentara protocolo de ensayo de prototipo, o éste no reuniese las condiciones descriptas y la EPE decidiese adquirir el material; el Contratista a su exclusivo cargo realizará los ensayos de prototipo sobre un interruptor idéntico al ofrecido. Estos ensayos serán como mínimo: 7.3.1 Ensayo de calentamiento, tanto para el interruptor propiamente dicho como para su equipamiento auxiliar. 7.3.2 Ensayo de verificación del nivel de aislación a frecuencia industrial, tanto para el interruptor propiamente dicho en seco y bajo lluvia para los del tipo Intemperie; como para su equipamiento auxiliar. 7.3.3 Ensayo de verificación del nivel de aislación a impulso. 7.3.4 Ensayo de rigidéz electrodinámica, capacidades de corte y tiempos característicos. 7.3.5 Ensayo de corriente de corta duración admisible. 7.3.6 Ensayo de funcionamiento sobre mil (1000) aperturas a corriente nominal, con análisis de duración de contactos principales. 7.3.7 Verificación del funcionamiento con máxima y mínima tensión de auxiliares. 7.3.8 Tiempo de apertura, cierre y discordancia máxima. 7.3.9 Ensayo de resistencia mecánica sobre quinientos (500) ciclos de cierre y apertura. El protocolo debe tener la descripción completa de los ensayos. 7.4 ENSAYOS DE RECEPCIÓN. Estos ensayos serán realizados en fábrica sobre cada uno de los interruptores a entregar según un plan a convenir con la EPE, como mínimo se realizarán: 7.4.1 Verificación de dimensiones. 7.4.2 Ensayo de verificación del nivel de aislación a frecuencia industrial, tanto para el interruptor propiamente dicho en seco, como para el equipamiento auxiliar.

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 9 DE 13

7.4.3 Medida de la resistencia del circuito principal del interruptor.No deberá diferir en +20% del valor medido previo al ensayo de calentamiento 7.3.1, caso contrario se repetirá el ensayo de calentamiento. 7.4.4 Ensayo de funcionamiento del interruptor y mandos, sobre cincuenta (50) maniobras a máxima y mínima tensión nominal de auxiliares. 7.4.5 Verificación de tiempos de cierre y apertura.- Para el caso que se trate de equipos importados, el proveedor podrá optar por abonar los costos de inspección del personal de la EPE, si los ensayos se efectúan en el exterior ó en su defecto los ensayos de recepción se realizarán en un laboratorio dentro del territorio nacional en un todo de acuerdo a lo establecido en este punto.- Sin este requisito, no se efectuará la certificación. Los valores de un ensayo en su totalidad serán tales que verifiquen el cumplimiento de la Planilla de Datos Garantizados. Cuando se halla realizado el montaje y previo o durante la puesta en servicio, la EPE podrá realizar por cuenta propia y en presencia del Contratista, los ensayos que considere necesarios como comprobación de datos garantizados. Para todos los casos, el equipamiento adquirido una vez montado será sometido a ensayos de puesta en servicio que se definen en la ETN Nº 056 - Confección de Protocolos de Ensayos y Ensayos de Puesta en Servicio. 8 RECEPCIÓN FINAL. La recepción final de los especímenes aceptados por los representantes de la EPE después de los ensayos, será realizada en el suelo del lugar de entrega de aquellos, en horario de trabajo de la EPE y según lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares. 9 REPUESTOS. El Oferente aparte de la lista propuesta por la EPE, en Oferta alternativa podrá indicar cantidad y precios de repuestos recomendados para un servicio seguro por cinco (5) años. A continuación se describe el alcance de lo que debe entenderse por cada unidad de repuesto solicitada: -Polo completo: Se trata de una fase completa con todos los elementos con que se provee originalmente, desde la base de fijación hasta los bornes de conexión inclusive. -Juego de Contactos: Debe interpretarse que se trata de un juego tripolar completo de cada tipo de contacto que posea el modelo de interruptor ofrecido, móvil y fijo y todas las piezas que sea necesario reponer al efectuar el mantenimiento. -Juego de juntas: Se trata del juego tripolar completo de todas las juntas del interruptor. -Piezas desgastables: Bajo de este título se incluyen las piezas menores que es necesario cambiar para garantizar el funcionamiento seguro y eficiente del interruptor, luego de los mantenimientos preventivos, que deben realizarse en un lapso de diéz (10) años de servicio.

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ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 10 DE 13

Con la Oferta, se adjuntará lista de piezas desgastables, indicando la cantidad que se debe incluir en el ítem. -Herramientas especiales: Entrarán bajo la denominación repuestos, todas las herramientas especiales que sean necesarias para el montaje, puesta a punto y mantenimiento. Con la Oferta, se adjuntará lista de herramientas especiales incluídas en el ítem. Cuando alguna herramienta sea común para varios modelos ofrecidos, esto será consignado en la Oferta. 10 EMBALAJE 10.1 Material nacional: El embalaje será un cajón totalmente cerrado de pino o madera

similar de espesor no menor de 19 mm. (3/4"). El cajón tendrá un marco de base reforzada que servirá de soporte sobre el cual estarán clavadas las tablas de base; por debajo de la base de madera de patín para el transporte, se dispondrán tirantes cuya longitud será inferior, con objeto de poder colocar mejor las lingas destinadas al manipuleo del bulto. Las paredes laterales irán reforzadas y clavadas al marco de la base; la tapa del cajón garantizará la estabilidad del mismo. Se indicará mediante leyenda: la posición normal del bulto durante su transporte y almacenamiento; la leyenda FRÁGIL; el lugar donde deben colocarse las lingas para su izaje, lugar por donde se debe abrir el embalaje y cualquier otro detalle importante a juicio del Proveedor. Los materiales estarán acondicionados para cargas y descargas en lugares donde se carece de medios para el manejo de bultos pesados; además se los protegerá adecuadamente contra prolongada permanencia a la intemperie mediante envoltura de nylon; plástico o similar y absorbente de humedad. Para el envío a obra,el interruptor podrá estar fragmentado en más de una parte, debiendo cada bulto respetar las condiciones enunciadas y estar perfectamente individualizado su contenido por medio de listas de empaque que a tal efecto serán confeccionadas y entregadas a la EPE. Los bultos que contengan elementos de la misma naturaleza, se identificarán con la misma sigla. Conjuntamente con el rótulo de identificación del bulto (EPE y nombre de la Estación Transformadora), se inscribirá una lista con el contenido del mismo. El Contratista informará con suficiente anticipación a la EPE, la oportunidad en que dispondrá del primer bulto o de los que formen el primer envío con el embalaje realizado para su inspección; la EPE se reserva el derecho de revisarlo y aprobarlo si así lo estima conveniente, previo el despacho a obra. 10.2 Material importado: Con los equipos importados, el embalaje será además apto para transporte marítimo en bodegas con muy baja o elevada temperatura y humedad. Se respetarán las normas internacionales en cuánto a símbolos y marcaciones se refiere. El Destinatario y contenido será escrito en idioma español, como así también la lista de empaque. Los procedimientos enunciados no eximen al Contratista de la completa responsabilidad sobre los materiales que entrega, ya que la inspección de los mismos se realizará o completará una vez montado en obra. Los embalajes serán considerados propiedad de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA SANTA FE.

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INTERRUPTORES

ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 11 DE 13

11 DOCUMENTACIÓN. 11.1 La Oferta incluirá folletos del aparato ofrecido donde figuran las características especificadas.También incluirá una memoria descriptiva que aclare todos y cada uno de los puntos de la Planilla de Datos Garantizados, referente a materiales, marcas, características, etc.; además de toda otra información no enunciada que permita el estudio comparativo de las Ofertas. 11.2 También se incluirá uno o más planos del interruptor en planta y vista, donde figuren: las dimensiones y características principales del conjunto; detalles constructivos, gabinetes de comando; base de polos, etc. y además un plano eléctrico funcional completo del 11.3 Se incluirá en la Oferta un esquema de cada embalaje típico, indicando dimensiones exteriores y detalles constructivos como espesor, tipo de madera, refuerzos, etc. 11.4 Posteriormente, el Contratista presentará para aprobación copias heliográficas de la siguiente documentación técnica: 11.4.1 Dimensiones generales: planta, vistas y detalles del Interruptor con indicación de disposición de los mandos, plantillas con dimensiones para fijación de mandos y bastidor; dimensiones y material de los bornes de conexión exterior; posición real del o de los pernos de puesta a tierra; detalle de los elementos de fijación del o de los gabinetes de comando, placa de características, etc. 11.4.2 Esquema multifilar, funcional y de cableado de los circuitos de comando, control y auxiliares con memoria descriptiva del funcionamiento e identificación de bornes y cables. 11.4.3 Folletos con datos, características y descripción del funcionamiento; Manual de montaje y Puesta en Servicio y Manual de Mantenimiento. 11.5 Una (1) copia de cada uno de los planos y demás documentación, será devuelta aprobada por la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA SANTA FE. 11.6 En caso que cualquier documentación técnica sea devuelta con observaciones, El Contratista procederá a una nueva presentación para su aprobación definitiva. El no cumplimiento de estos requisitos, dará lugar a aplicación de multas que se especifican en el Pliego de Condiciones Generales con la obligación ineludible de su cumplimiento, previo al pedido de inspección y ensayo de rutina. La mora en el cumplimiento de lo establecido más arriba, no dará lugar a prórroga en el plazo de la obra. 11.7 Conforme a obra, se presentarán los planos definitivos que se citan a continuación: 11.7.1 Dimensiones generales según el detalle completo especificado en el apartado planos para aprobación. 11.7.2 Esquemas multifilar, funcional y de cableado según el detalle completo especificado en el apartado planos para aprobación. 11.7.3 Planos de despiece del interruptor con identificación del número de repuesto para cada pieza.

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INTERRUPTORES

ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 12 DE 13

11.7.4 Originales de folletos con datos característicos y descripción del funcionamiento; Manual de Montaje y Puesta en Servicio y Manual de Mantenimiento. 12 GARANTÍA 12.1 El suministro, sus componentes y accesorios estarán cubiertos por la Garantía, en el plazo y condiciones que se destacan en ésta cláusula.- 12.2 Período de Cobertura de la Garantía. Los Interruptores y todos sus componentes accesorios, serán garantizados durante un período de veinticuatro (24) meses, a contar de la fecha de Recepción final.- 12.3 Condiciones estipuladas en la Garantía. 12.3.1Durante el período de garantía, el Adjudicatario deberá hacerse cargo de todos los gastos que se deriven por todo concepto para subsanar el defecto que haya presentado el ó los especímenes tales como: -Materiales y mano de obra para la reparación.- -Fletes,seguros, embalajes para el transporte de los especímenes desde y de vuelta al lugar donde se hiciera la inspección final, hasta donde se procedió a la reparación. -Carga y descarga al medio de transporte. 12.3.2Será a cuenta del Adjudicatario, los gastos que por todo concepto se deriven de los ensayos que establece ésta especificación técnica, que deben efectuarse después de la reparación, y estén relacionados con las causas que la motivaron, a solo juicio de la EPE.- 12.3.3Representantes de la EPE podrán inspeccionar los trabajos de reparación, corriendo los gastos que demanden las inspecciones al lugar de las mismas y al de los ensayos que se efectúen posteriormente, a cargo de la EPE. 12.3.4Si durante el período de garantía, el Suministro fuera retirado del servicio por fallas imputables al Adjudicatario, el tiempo que permanezca inactivo no se computará en la Garantía.- 12.3.5El reclamo pertinente lo efectuará la EPE, en forma fehaciente, quedando interrumpido el período de garantía desde ese momento hasta que se haya realizado la reparación correspondiente y reintegrado el Suministro en lugar de destino. 12.3.6Si dentro de los diez (10) días corridos de recibida la notificación , el Adjudicatario no se hubiera presentado a atender el reclamo, queda entendido que acepta el reclamo por parte u orden de la EPE, ajustándose a lo estipulado en ésta Garantía.- 12.3.7La reparación deberá iniciarse en un plazo máximo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de la notificación, debiendo estar la misma cumplimentada y el Suministro entregado en lugar de destino dentro de los sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de notificación de la EPE. 12.3.8 Las piezas de reposición y las reparaciones efectuadas estarán cubiertas por la garantía original a partir de la fecha de la nueva recepción correspondiente.-

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INTERRUPTORES

ETN 024 VIGENCIA: 06/95 REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 13 DE 13

12.3.9Cuando se produzcan fallas que sean imputadas a vicios ocultos o defectos de fabricación o del material, la EPE exigirá al Adjudicatario, corregir el o los mismos en todas las unidades que integren el lote. En este caso a las partes reparadas les corresponderá lo dispuesto en la Cláusula 8.

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Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío

13,2 kV –2000 A – 25 kA

PDTG 208480 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 1 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

1. Características Generales

1.1 Fabricante --- (*)

1.2 Origen --- (*)

1.3 Norma a la que responde --- ETN 24

IEC 62271-100

1.4 Marca --- (*)

1.5 Modelo - Año de fabricación --- (*)

2. Tipo de pedido

2.1 Medio extintor --- Vacío

2.2 Tipo --- Exterior

--- Tripolar

2.3 Accionamiento

--- manual /

motorizado

--- Local –

Distancia

2.4 Ciclo de operaciones --- O – 0,3’’– CO

– 3’ – CO

2.5 Posición del comando --- Frontal

3. Características Eléctricas

3.1 Tensión nominal kV 13,2

3.2 Frecuencia Hz 50

3.3 Conexión neutro del sistema --- Rígido tierra

3.4 Corriente nominal A 2000

3.5 Capacidad de interrupción kA (*)

3.6 Capacidad de cierre kAcr (*)

3.7 Corriente de Cortocircuito de breve duración (3s) kA 25

3.8 Rigidez dieléctrica a frecuencia nominal kV 38

onda de impulso 1,2/50 ó 1,5/40 µs kVcr 95

3.9 Resistencia de aislación medida entre bornes abiertos del interruptor

MΩ (*)

3.10 Número de operaciones a corriente nominal --- (*)

3.11 Resistencia de contactos principales Ω (*)

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Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío

13,2 kV –2000 A – 25 kA

PDTG 208480 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 2 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

3.12 Tensión auxiliar en corriente continua para motor de comando

Vcc 110

3.13 Tensión auxiliar en corriente continua

Valor Nominal Vcc 110

Valor Máximo Vcc 121

Valor Mínimo Vcc 93,5

3.14 Número de contactos auxiliares

de cierre NA 10

de apertura NC 10

4. Tiempos Característicos

4.1 Tiempo de apertura ms (*)

4.2 Tiempo de arco ms (*)

4.3 Tiempo de ruptura ms (*)

4.4 Tiempo de cierre ms (*)

5. Equipamiento a suministrar con el interruptor

5.1 Motor --- SI

5.2 Dispositivo anti – bombeo --- SI

5.3 Llave conmutadora local/distancia --- SI

5.4 Borneras para comando y señalización a distancia --- SI

5.5 Pulsante de apertura y cierre. --- SI

5.6 Bobinas de cierre --- SI

5.7 Contador de maniobras --- SI

5.8 Con caballete no orientable --- SI

5.9 Señalización mecánica cerrado – abierto y de resortes cargados

--- SI

6. Características Físicas

6.1 Masa del equipo kg (*)

6.2 Distancia entre ejes mm (*)

6.3 Distancia mínima entre fases (partes metálicas bajo tensión)

mm (*)

6.4 Temperatura máxima de los contactos para temperatura ambiente 45 °C

°C (*)

7. Documentación a presentar

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Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío

13,2 kV –2000 A – 25 kA

PDTG 208480 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 3 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

7.1 Folletos de datos característicos y descripción de funcionamiento

--- SI

7.2 Folletos de componentes --- SI

7.3 Manual de montaje --- SI

7.4 Manual de mantenimiento --- SI

7.5 Planos de detalle --- SI

7.6 Esquema funcional Eléctrico --- SI

7.7 Protocolos de ensayos de tipo --- SI

(*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTAS: Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.

La presente Planilla de Datos Garantizados será válida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha Firma y Aclaración del Oferente

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Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío

13,2 kV –1250 A – 25 kA

PDTG 202800 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 1 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

1. Características Generales

1.1 Fabricante --- (*)

1.2 Origen --- (*)

1.3 Norma a la que responde --- ETN 24

IEC 62271-100

1.4 Marca --- (*)

1.5 Modelo - Año de fabricación --- (*)

2. Tipo de pedido

2.1 Medio extintor --- Vacío

2.2 Tipo --- Exterior

--- Tripolar

2.3 Accionamiento

--- manual /

motorizado

--- Local –

Distancia

2.4 Ciclo de operaciones --- O – 0,3’’– CO

– 3’ – CO

2.5 Posición del comando --- Frontal

3. Características Eléctricas

3.1 Tensión nominal kV 13,2

3.2 Frecuencia Hz 50

3.3 Conexión neutro del sistema --- Rígido tierra

3.4 Corriente nominal A 1250

3.5 Capacidad de interrupción kA (*)

3.6 Capacidad de cierre kAcr (*)

3.7 Corriente de Cortocircuito de breve duración (3s) kA 25

3.8 Rigidez dieléctrica a frecuencia nominal kV 38

onda de impulso 1,2/50 ó 1,5/40 µs kVcr 95

3.9 Resistencia de aislación medida entre bornes abiertos del interruptor

MΩ (*)

EJEMPLAR SIN VALOR

Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío

13,2 kV –1250 A – 25 kA

PDTG 202800 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 2 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

3.10 Número de operaciones a corriente nominal --- (*)

3.11 Resistencia de contactos principales Ω (*)

3.12 Tensión auxiliar en corriente continua para motor de comando

Vcc 110

3.13 Tensión auxiliar en corriente continua

Valor Nominal Vcc 110

Valor Máximo Vcc 121

Valor Mínimo Vcc 93,5

3.14 Número de contactos auxiliares

de cierre NA 10

de apertura NC 10

4. Tiempos Característicos

4.1 Tiempo de apertura ms (*)

4.2 Tiempo de arco ms (*)

4.3 Tiempo de ruptura ms (*)

4.4 Tiempo de cierre ms (*)

5. Equipamiento a suministrar con el interruptor

5.1 Motor --- SI

5.2 Dispositivo anti – bombeo --- SI

5.3 Llave conmutadora local/distancia --- SI

5.4 Borneras para comando y señalización a distancia --- SI

5.5 Pulsante de apertura y cierre. --- SI

5.6 Bobinas de cierre --- SI

5.7 Contador de maniobras --- SI

5.8 Con caballete no orientable --- SI

5.9 Señalización mecánica cerrado – abierto y de resortes cargados

--- SI

6. Características Físicas

6.1 Masa del equipo kg (*)

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Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío

13,2 kV –1250 A – 25 kA

PDTG 202800 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 3 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

6.2 Distancia entre ejes mm (*)

6.3 Distancia mínima entre fases (partes metálicas bajo tensión)

mm (*)

6.4 Temperatura máxima de los contactos para temperatura ambiente 45 °C

°C (*)

7. Documentación a presentar

7.1 Folletos de datos característicos y descripción de funcionamiento

--- SI

7.2 Folletos de componentes --- SI

7.3 Manual de montaje --- SI

7.4 Manual de mantenimiento --- SI

7.5 Planos de detalle --- SI

7.6 Esquema funcional Eléctrico --- SI

7.7 Protocolos de ensayos de tipo --- SI

(*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTAS: Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.

La presente Planilla de Datos Garantizados será válida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha Firma y Aclaración del Oferente

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Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío 33 kV –1250 A – 25 kA

PDTG 202848 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 1 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

1. Características Generales

1.1 Fabricante --- (*)

1.2 Origen --- (*)

1.3 Norma a la que responde --- ETN 24

IEC 62271-100

1.4 Marca --- (*)

1.5 Modelo - Año de fabricación --- (*)

2. Tipo de pedido

2.1 Medio extintor --- Vacío

2.2 Tipo --- Exterior

--- Tripolar

2.3 Accionamiento

--- manual /

motorizado

--- Local –

Distancia

2.4 Ciclo de operaciones --- O – 0,3’’– CO

– 3’ – CO

2.5 Posición del comando --- Frontal

3. Características Eléctricas

3.1 Tensión nominal kV 33

3.2 Frecuencia Hz 50

3.3 Conexión neutro del sistema --- Rígido tierra

3.4 Corriente nominal A 1250

3.5 Capacidad de interrupción kA (*)

3.6 Capacidad de cierre kAcr (*)

3.7 Corriente de Cortocircuito de breve duración (3s) kA 25

3.8 Rigidez dieléctrica a frecuencia nominal kV 70

onda de impulso 1,2/50 ó 1,5/40 µs kVcr 170

3.9 Resistencia de aislación medida entre bornes abiertos del interruptor

MΩ (*)

EJEMPLAR SIN VALOR

Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío 33 kV –1250 A – 25 kA

PDTG 202848 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 2 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

3.10 Número de operaciones a corriente nominal --- (*)

3.11 Resistencia de contactos principales Ω (*)

3.12 Tensión auxiliar en corriente continua para motor de comando

Vcc 110

3.13 Tensión auxiliar en corriente continua

Valor Nominal Vcc 110

Valor Máximo Vcc 121

Valor Mínimo Vcc 93,5

3.14 Número de contactos auxiliares

de cierre NA 10

de apertura NC 10

4. Tiempos Característicos

4.1 Tiempo de apertura ms (*)

4.2 Tiempo de arco ms (*)

4.3 Tiempo de ruptura ms (*)

4.4 Tiempo de cierre ms (*)

5. Equipamiento a suministrar con el interruptor

5.1 Motor --- SI

5.2 Dispositivo anti – bombeo --- SI

5.3 Llave conmutadora local/distancia --- SI

5.4 Borneras para comando y señalización a distancia --- SI

5.5 Pulsante de apertura y cierre. --- SI

5.6 Bobinas de cierre --- SI

5.7 Contador de maniobras --- SI

5.8 Con caballete no orientable --- SI

5.9 Señalización mecánica cerrado – abierto y de resortes cargados

--- SI

6. Características Físicas

6.1 Masa del equipo kg (*)

EJEMPLAR SIN VALOR

Interruptor Tripolar Para Exterior en Vacío 33 kV –1250 A – 25 kA

PDTG 202848 VIGENCIA: REEMPLAZA A: Resolución Nº: Hoja Nº 3 DE 3

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

6.2 Distancia entre ejes mm (*)

6.3 Distancia mínima entre fases (partes metálicas bajo tensión)

mm (*)

6.4 Temperatura máxima de los contactos para temperatura ambiente 45 °C

°C (*)

7. Documentación a presentar

7.1 Folletos de datos característicos y descripción de funcionamiento

--- SI

7.2 Folletos de componentes --- SI

7.3 Manual de montaje --- SI

7.4 Manual de mantenimiento --- SI

7.5 Planos de detalle --- SI

7.6 Esquema funcional Eléctrico --- SI

7.7 Protocolos de ensayos de tipo --- SI

(*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTAS: Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.

La presente Planilla de Datos Garantizados será válida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha Firma y Aclaración del Oferente

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

LOGISTICA DE ENTREGAS

El material objeto de la presente compra debe entregarse en los Almacenes respectivos en perfecto estado de acondicionamiento, puesto en piso.

FORMA DE ENTREGA

1. Cada bobina tendrá una etiqueta correctamente legible

donde se indique :

Razon Social del proveedor Nº de Orden de Compra y fecha Marca y modelo del material Nº serie y partida Matrícula EPE del material Peso total de la unidad de almacenamiento.

1. Acta de ensayo y Orden de entrega firmadas por Unidad Normas.

DOCUMENTACIÓN:

2. Remito, original y copia para la E.P.E.

En la mayoría de los lugares de entrega, se hace imprescindible que el proveedor disponga de un autoelevador para la correcta disposición de los materiales, en los lugares indicados.

IMPORTANTE:

El horario para recepción de mercaderías en todos los depósitos E.P.E. es en días hábiles de 7:00hs a 13:00hs.

El personal para la descarga debe contar con los elementos mínimos de seguridad personal para realizar la tarea.

La fecha de descarga debe ser acordada previamente con el encargado de cada depósito. Los contactos de los almacenes pueden ser consultados al e-mail: [email protected] El no cumplimiento de alguna de estas pautas será motivo de NO recepción del material, sin dar lugar a ningún reclamo por parte del proveedor, ni a ningún reconocimiento de mayores costos logísticos ni de prorrogas en los plazos de entrega por parte de EPE.

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Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA CONTRATOS DE PROVISION EN DOLARES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

Art. 1º - OBJETO DEL PLIEGO: El presente pliego establece las bases y condiciones generales a que se ajustará la Licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción e inspección del suministro de materiales, cuyo detalle, como así también las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas, se indican por separado.

Art. 2º - DENOMINACION: A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual se aplicarán las siguientes denominaciones:

EMPRESA: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - ley 10.014.

PROPONENTE: Persona física o jurídica que presenta ofertas en las licitaciones con vistas a efectuar la provisión de materiales y/o locación de servicios solicitados.

ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga de la provisión y/o ejecución total o parcial de lo licitado.

CONTRATISTA: Persona física o jurídica signataria del contrato de provisión y/o locación de servicios.

OFERTA: Conjunto de documentos, requisitos y propuestas, presentados por el proponente.

PROPUESTA: Presupuesto o precio y condiciones de los materiales y/o prestaciones de servicios ofrecidos.

Art. 3º - REGISTRO DE PROVEEDORES: A los efectos de la presentación de las ofertas es requisito estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Empresa, cumplimentando la reglamentación establecida a tal efecto. Se aceptarán ofertas de proponentes que no cumplan con esta exigencia, a condición que esta inscripción sea cumplimentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura de la Licitación.

Art. 4º - PLAZOS: Salvo que se establezca expresamente lo contrario, todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días calendarios.

Art. 5º - ORDEN DE PRELACION: En caso de discrepancia entre los documentos del legajo del llamado a Licitación, privará lo dispuesto en ellos en el orden siguiente:

1º) Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales. 2º) Descripciones, Normas, Especificaciones Técnicas y planos de detalle. 3º) El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales. 4º) Alcance del Suministro. 5º) Régimen de Contrataciones de la Empresa Provincial de la Energía conforme a la Ley Nº 10.014. 6º) Ley de Contabilidad de la provincia de Santa Fe. Art. 6º - ADQUISICION DEL PLIEGO LICITATORIO: Todo interesado en concurrir a una Licitación debe adquirir, en el lugar indicado en el aviso y hasta el segundo día anterior al de la fecha de apertura, en horario administrativo, un ejemplar completo del Pliego que en cada caso fija las bases y condiciones de la licitación. Con tal motivo la Empresa extenderá comprobante en forma a nombre del adquirente a efectos que el proponente cumpla con lo requerido en el artículo 10º, subinciso 1.3 del presente.

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Art. 7º - CONSULTAS Y ACLARACIONES: En ningún caso se podrá alegar desconocimiento o interpretación errónea de las disposiciones que constituyen el legajo formado con motivo de la Licitación.

A tal efecto, las dudas que pudieran originarse acerca de las mismas, como así también, y especialmente, respecto de planos, cómputos y especificaciones técnicas, en general, deberán plantearse por escrito a la Empresa solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias.

Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta los cinco (5) días hábiles anteriores al del acto de apertura. Las respuestas de la Empresa serán escritas, y se remitirán al interesado en el domicilio que indique en su presentación. A exclusivo criterio de la Empresa, la misma podrá comunicar esa respuesta a los otros posibles proponentes, en la medida que considere de interés o necesario, el dar a conocer a los mismos los términos de dicha respuesta.

Toda información, en cuanto a la presentación de la oferta, podrá ser requerida hasta una (1) hora antes de la fijada para la apertura de la presente Licitación en el mismo domicilio definido como lugar de esa apertura.

Con posterioridad a la adjudicación, todo tipo de consulta de parte del contratista, no implicará bajo ningún concepto prorrogar el plazo de entrega que se haya convenido.

CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Art. 8º - LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION: Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto.

Cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil, a la misma hora.

No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que lleguen por Correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haber sido despachado oportunamente.

Art. 9º - PRESENTACION: Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse hasta el día y hora establecidos para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para la Empresa por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevará como única leyenda, la siguiente:

Licitación (Privada o Pública) Nº a verificarse el día de 19 , a las hs, en la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, calle Nº , Santa Fe.

Este Sobre Presentación contendrá además de la documentación que se detalla en el Artículo siguiente, otro sobre identificado como Sobre Propuesta. Este Sobre Propuesta es suministrado por la Empresa como parte del pliego que se entrega a los oferentes. Se lo presentará debidamente cerrado y en su interior corresponderá colocar la documentación que se requiere en el próximo Artículo.

Art. 10º - CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION Y DEL SOBRE PROPUESTA: Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:

1-SOBRE PRESENTACION1.1)

:

Garantía de la propuesta constituida como mínimo, por el 1 % (uno por ciento) del importe del Presupuesto Oficial o del total de los presupuestos oficiales de los Rubros en que expresamente se encuentre dividida la Licitación. Para el caso de que el proponente no cotice en todos los Rubros, podrá presentar garantía sobre el monto del Presupuesto Oficial del Rubro o los Rubros en los que presente su oferta. Esta garantía deberá ser formalizada mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 19º) de este Pliego.

1.2) Sobre Propuesta debidamente cerrado, con el contenido previsto en el inciso 2 de este mismo artículo.

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Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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1.3) Un ejemplar completo del legajo que sirvió de base para el llamado a la Licitación, debidamente firmado por el proponente en todas sus hojas, con el comprobante que acredite haberlo adquirido antes de la Licitación.

1.4) Reposición del sellado provincial de ley.

1.5) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Empresa.

1.6) Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia del impuesto a los Ingresos Brutos y nota con carácter de declaración jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de este impuesto.

1.7) Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia de aportes de la Ley 5110 (Provincia de Santa Fe) y nota con carácter de Declaración Jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de dicha ley o su condición de no ser contribuyente de la misma.

1.8) Declaración Jurada a la que refiere la Ley Nacional Nº 17250, en cuento a lo no-existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y de todo otra obligación en materia previsional.

1.9) Antecedentes del proponente como proveedor de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación.

1.10) Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe.

1.11) Domicilio Real y Domicilio Legal del Proponente: es en este último donde se practicarán todas las notificaciones vinculadas con la Licitación y eventualmente con el contrato de adjudicación. Optativamente podrá constituirse un domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, o en la ciudad donde se lleve a cabo la apertura de la Licitación.

1.12) Recibo por las muestras que se entregaron en cumplimiento de lo prescripto en el Art. 23º de este Pliego.

1.13) Constancia de inscripción y otorgamiento del Nº de C.U.I.T. (Clave Unica de Identificación Tributaria) emitida por la Dirección General Impositiva.

1.14) Otras formalidades que se especifiquen en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales y/o en el de Especificaciones Técnicas.

La insuficiencia u omisión de los requisitos exigidos por los subincisos 1.1 y 1.2 de este inciso Nº 1 será causa de rechazo, sin más trámite, de la oferta en el mismo acto de la apertura por las autoridades que lo dirijan, con excepción de la tolerancia por error de monto en la garantía de oferta, contemplada en el Art. 19º - último párrafo- del presente Pliego.

La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, contado desde el momento en que el proponente sea notificado. A tal efecto se le dará valor de formal intimación a la lectura de la constancia que se incorpora en el Acta de Apertura, mencionando la omisión en que hayan incurrido los proponentes. Transcurrido dicho plazo sin que la omisión haya sido subsanada, la propuesta podrá, o no, ser rechazada, a exclusivo juicio de la Empresa.

2-SOBRE PROPUESTA: En este Sobre se deberá incluir única y exclusivamente, la siguiente documentación:

2.1) Formulario Resumen de Cotización en original y duplicado, el cual constituye parte de la documentación que esta E.P.E. suministra como documentación integrante del Pliego. El cambio de este Formulario Resumen de Cotización por fotocopias o por hojas, con o sin membrete, distintos a los oficiales entregados por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura.

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Para la formulación de DESCUENTOS ESPECIALES, se considerarán válidos únicamente aquellos descuentos que ofrezcan los proponentes, que hayan sido formulados al dorso del Formulario Resumen de Cotización. El texto que informe estos descuentos deberá ser rubricado por el, o los responsables de la firma oferente. 2.2) Propuesta y/o cotización, en original y duplicado, confeccionada en papel con membrete del oferente y según los requisitos establecidos en el Capítulo III del presente Pliego.

En caso de discrepancia entre alguna o algunas de las condiciones o valores informados sobre los documentos de este Sobre Propuesta, prevalecerá lo expuesto en el Formulario Resumen de Cotización.

CAPITULO III PROPUESTA

Art. 11º - MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura de la Licitación.

Art. 12º - FORMALIDADES: La propuesta deberá observar el cumplimiento de las siguientes formas:

1º) Se presentará por duplicado, redactada en idioma castellano, en un solo tipo de escritura que deberá ser realizada únicamente a máquina.

2º) Deberán estar firmadas todas sus hojas por el proponente o su representante autorizado, con la aclaración de firma pertinente.

3º) Las raspaduras, enmiendas, entrelíneas deberán ser debidamente salvadas al final.

Estará compuesta por la cotización, plazo de entrega, datos característicos garantizados de los materiales y condiciones especiales y/o alternativas, si las hubiere.

Art. 13º - COTIZACION: Además del Formulario Resumen de Cotización que suministra la Empresa, el proponente presentará un presupuesto detallado el que deberá ajustarse a lo siguiente.

1º) La cotización de los precios deberá realizarse en dólares estadounidenses. 2º) En razón de que esta Empresa se encuentra registrada ante la Dirección General Impositiva, como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 30-54578816-7, las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen, con excepción de los proponentes que sean Responsables no Inscriptos ante el IVA, lo cual deberá ser acreditado mediante una copia de la inscripción ante la D.G.I. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que los precios cotizados ya incluyen el I.V.A.

3º) Para cada uno de los rubros y/o items que se coticen dentro de los que componen el Alcance de Suministro, se deberá indicar cantidad, unidad, precio unitario y precio total. En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, se tendrá en cuenta el precio unitario.

4º) Cuando en el Alcance del Suministro se definan Rubros que se integren por más de un Item, podrán parcializarse cotizaciones a nivel de Item. Es posible en consecuencia presentar ofertas que no completen la totalidad del Rubro.

5º) Cuando los Rubros que se licitan no se dividan en Items, es obligatorio presentar oferta por Rubro o Rubros completos.

Art. 14º - CONDICIONES DE REAJUSTE: Salvo indicación en contrario del Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales, los precios de los bienes cuya provisión se contrate, no estarán sujetos a reajuste de variaciones de costos.

Art. 15º - PLAZO DE ENTREGA: Se entenderá como tal al plazo máximo en el cual el contratista deberá entregar los materiales y/o equipos convenidos, en el lugar pactado, computado a partir de la fecha en que se notifica la adjudicación, o se recepciona la Orden de Compra. No obstante queda dispuesta una cantidad máxima de diez (10) días como posibilidad por parte del proveedor de adelantar la entrega contratada, respecto a la fecha de vencimiento del plazo de entrega.

La Empresa podrá establecer cronogramas de entregas que parcialicen la provisión que se licite, en función de lo cual se indicará para cada entrega parcial la cantidad a proveer y el plazo de vencimiento de cada una de las entregas programadas.

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De no existir un cronograma de entregas, la misma deberá realizarse en un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de adjudicación o de la de recepción de la Orden de Compra.

La Empresa asume como plazo o cronograma de entregas más adecuado a sus necesidades, al definido en el Pliego licitatorio, pudiendo los proponentes ofrecer plazos o programas de entregas diferentes, quedando a exclusivo juicio de esta Empresa aceptarlos o no. A tal efecto esta propuesta alternativa deberá ser formulada en su oferta con indicación de fechas y cantidades ciertas, garantizando el cumplimiento de la misma.

Art. 16º - CARACTERISTICAS DEL MATERIAL OFRECIDO

Las Normas y Especificaciones Técnicas, propias de esta Empresa, cuyas condiciones son las que deben observar los materiales o equipos que se liciten, deberán ser adquiridas o consultadas en el Departamento Unidad de Trabajo Normas cuyo domicilio es: calle Francisco Miguens 260, Piso 12º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505609 / 610 – E-mail

: Los proponentes deberán precisar claramente en sus ofertas la marca, tipo, modelo y todo detalle relevante de los materiales, equipos y/o accesorios ofrecidos, con el objeto de brindar la más amplia información sobre lo que se propone. Se deberán adjuntar folletos descriptivos, y toda documentación considerada de interés para una mejor apreciación de la calidad y confiabilidad de lo ofrecido. Dicha información responde a la necesidad de asegurar el más completo análisis de las propuestas, y fundamentar con adecuados conocimientos la adjudicación.

Ante la falta parcial o total de Datos Técnicos Garantizados y/o Protocolos de Ensayo que sean requeridos en el Pliego Complementario o en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, o cuando los materiales y/o equipos solicitados no cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas, ya sea en forma parcial o total, queda a exclusivo criterio de la Empresa desestimar la propuesta.

[email protected], o en el Sitio Web www.epe.santafe.gov.ar. Se entenderá que los materiales o equipos solicitados sólo refieren a bienes nuevos y sin uso.

Art. 17º - PROPUESTA ALTERNATIVA QUE MODIFIQUE CARACTERISTICAS TECNICAS: Además de la Oferta Básica, cuya cotización es siempre obligatoria, los proponentes podrán ofrecer las variantes que, a su criterio consideren más ventajosas que las especificadas en la documentación que se anexa al presente Pliego Base. Las variantes así ofrecidas quedarán identificadas como "Cotizaciones Alternativas".

En el caso de variantes ventajosas que modifiquen sustancialmente las bases o condiciones establecidas, y la Empresa, a su exclusivo juicio, evaluara esas ventajas como relevantes se procederá a dejar sin efecto la Licitación y a llamar a una nueva, modificándose convenientemente sus bases y condiciones.

CAPITULOIV DE LAS GARANTIAS

Art. 18º - CLASES E IMPORTES: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los proponentes y adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías:

I - Garantía de la Oferta: Deberá realizarse en dólares y será el uno por ciento (1%) del valor del Presupuesto Oficial o de los valores de los Rubros en que se divida dicho Presupuesto Oficial, conforme a la metodología prevista en el Artículo 10º, subinciso 1.1).

II - Garantía de la Adjudicación y/o Contrato: el cinco por ciento (5%) del valor total de la adjudicación.

Art. 19º - FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTIAS: Las garantías a que se refiere en el artículo anterior, deberán constituirse en alguna de estas formas, a opción del proponente o del adjudicatario:

a) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la Comitente

b) Mediante póliza de seguro de caución, que se encuadre en la Reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación.

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Las garantías que se acompañen, conforme a lo previsto en los incisos a), b), de éste artículo, deberán ser presentadas en original.

Las Garantías de Oferta presentadas según las formas previstas en los incisos a), b) de este artículo, deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a la cual se adicionará el período de prorroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato, deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato.

No serán rechazadas las ofertas, cuando por error el monto de la garantía presentada fuere inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el cero coma cinco por ciento (0,5%) del importe correcto. Se intimará en ese caso, según los términos establecidos en el Artículo 10º- punto 1, último párrafo, al proponente a cubrir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles; no cumplimentando esa intimación en tiempo y forma se dará por desestimada la oferta.

Art. 20º - PLAZO PARA CONSTITUIR LA GARANTIA DEL CONTRATO: Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación o de recepcionada la Orden de Compra, el adjudicatario deberá constituir una Garantía equivalente al cinco por ciento ( 5%) del monto adjudicado. El no cumplimiento de este requisito habilitará la suspensión de los pagos de las facturas por entregas que pudieran haberse ya concretado, hasta tanto se satisfaga el cumplimiento de esta garantía.

A efectos de su constitución deberán observarse las modalidades indicadas en el artículo anterior.

Art. 21º - INTERESES: Las garantías constituidas para la propuesta o para el contrato, no devengarán intereses por ningún concepto.

Art. 22º - DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS: serán devueltas de oficio:

I - Las garantías de oferta: a los proponentes que no resultaren adjudicatarios, una vez decidida la adjudicación y/o producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, con sus prórrogas si correspondieren.

II - Las garantías de adjudicación: una vez cumplida la contratación mediante la recepción de conformidad de la totalidad de los bienes, conforme al detalle contenido en la respectiva Orden de Compra.

CAPITULO V MUESTRAS

Art. 23º - PRESENTACION

♦ Santa Fe: Espora y República de Siria (Almacén Villa María Selva)

: En el caso de que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones así lo requiera, o en el supuesto contrario, cuando el proponente así lo desee, este deberá entregar antes de la apertura de la Licitación en bulto cerrado, lacrado y rotulado, las muestras exigidas u ofrecidas. Estas podrán ser retiradas vencido el plazo de mantenimiento de propuestas o de producida la adjudicación.

Los lugares donde podrán efectuarse las entregas de las muestras son, dependiendo del domicilio del lugar de apertura de la licitación, los siguientes:

♦ Rafaela: Avda. Santa Fe 1.671 (Almacén Central Regional Rafaela)

♦ Rosario: Catamarca 1.051 (Almacén Catamarca).

Producida la entrega de las muestras, la E.P.E. emitirá un recibo por triplicado. El original quedará en poder del proponente y deberá ser presentado imprescindiblemente en oportunidad de solicitar la devolución de la muestra presentada, el duplicado deberá ser incluido en el Sobre Presentación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º -subinciso 1.12)- de este Pliego. El triplicado será retenido por la E.P.E.

El bulto que contiene las muestras será abierto para su verificación y control con posterioridad al acto de apertura de la Licitación.

Art. 24º - ENSAYOS DE LAS MUESTRAS: Las muestras podrán ser sometidas a los ensayos, análisis y experiencias que la Empresa estime necesario, sin que el propietario de la misma tenga derecho a reclamación alguna por deterioro o destrucción.

Art. 25º - RETIRO Y DEVOLUCION DE LAS MUESTRAS: Las muestras que correspondan a ofertas no adjudicadas y que no hayan sido sometidas a ensayos destructivos, quedarán a disposición de los

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proponentes para su retiro hasta treinta (30) días después de producida la adjudicación. Las muestras que no fueren retiradas dentro de este plazo, pasarán sin cargo a propiedad de la E.P.E.

Las muestras correspondientes a los bienes adjudicados quedarán en poder de esta Empresa, para el control posterior de las entregas. Una vez cumplida la totalidad de las entregas, las muestras quedarán a disposición de los adjudicatarios por el plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de última entrega. De no procederse al retiro de las muestras en ese plazo, se seguirá el criterio establecido en el párrafo anterior.

CAPITULO VI ACTO DE LICITACION

Art. 26º - APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora fijados al efecto, bajo la presidencia del funcionario designado por la Empresa y en presencia de los interesados que concurran al acto se dará por finalizada la recepción de ofertas, previo recuento y numeración correlativa de los sobres, anunciándose el número de ofertas recibidas.

A partir de ese momento no se aceptará el retiro de ninguna de las propuestas. Inmediatamente se procederá a abrir los Sobres de Presentación mencionando los documentos, que se acompañan en cada uno. Quedarán de hecho incluidas en la Licitación aquellas propuestas cuyas garantías de oferta - Artículo 10º (subinciso 1.1) de este Pliego- hayan sido aceptadas, y las que hayan incluido dentro del Sobre Presentación el Sobre Propuesta debidamente cerrado. Posteriormente se procederá a la apertura de los Sobres Propuesta correspondientes, dándose lectura a aquellas propuestas que hayan cumplimentado estos dos requisitos.

Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias respecto de lo actuado en el acto de apertura. Dichas observaciones deberán manifestarse en forma verbal, concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos vinculados con el acto de apertura. No se admitirá discusión alguna sobre ellas.

Art. 27º - ACTA: De todo lo ocurrido durante el "acto de Licitación" se labrará acta al finalizar el mismo, la que, previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo. En este acta se dejará constancia de las observaciones que se formulen.

Todos los presentes podrán impugnar cualquiera de las propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos contados a partir del día en que se llevó a cabo la apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación. Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al 2%o (Dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente n° 443/06-Suc. 599 del Nuevo Banco de Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.-

El depósito será reintegrado al oferente impugnante, dentro de los 30 (treinta) días de dictado el Acto Administrativo que lo resuelva, solo en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación.-

CAPITULO VII SELECCION DE OFERTAS

Art. 28º - ESTUDIO DE LAS OFERTAS: La empresa se reserva el derecho de efectuar los estudios comparativos que estime necesarios, utilizando el o los métodos que considere convenientes a los efectos de determinar la oferta más ventajosa, la que podrá no ser necesariamente la de menor precio.

La comparación de las ofertas se realizará en pesos ($), por lo que las cotizaciones en dólares estadounidenses se convertirán a pesos ($) de acuerdo a la cotización vigente del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior determinado por el Banco Nación de la República Argentina al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al acto de apertura.

La Empresa podrá también rechazar todas las propuestas sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de las firmas cotizantes.

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Art. 29º - ALCANCE DE LA ADJUDICACION: Salvo que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales establezca lo contrario, la adjudicación se hará por Rubro completo, si es que en la planilla de Alcance del Suministro no se ha previsto la desagregación de los rubros en items. Si en dicha planilla se establece que el pedido de cotización se compone de Rubros que a su vez se dividen en Items, la adjudicación podrá parcializarse a nivel de Item.

Art. 30º - MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial Nº 12105/2003 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. En caso de presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.

CAPITULO VIII CONTRATO

Art. 31º - PERFECCION DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación por el o los actos administrativos correspondientes a la Empresa y comunicada esta decisión en término al proponente, mediante la recepción de la correspondiente Orden de Compra u otra forma de comunicación fehaciente, queda perfeccionado desde ese momento el contrato de provisión.

El contrato así perfeccionado obligará a las partes sin perjuicio de que, cuando otras disposiciones legales vigentes lo establezcan, se deba proceder a la formalización de un convenio específico, lo que se deberá concretar dentro de los treinta días siguientes al de la notificación.

Transcurrido dicho plazo sin que el adjudicatario dé cumplimiento a la obligación referida, se procederá a ejecutar la garantía de oferta y se le aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación del Registro de Proveedores, sin perjuicio del derecho de la Empresa para promover contra el adjudicatario las acciones que jurídicamente correspondan para resarcirse de los daños sufridos a raíz del incumplimiento por parte de aquél.

Art. 32º - ELEMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de todo contrato que se celebre, lo siguiente:

1 - Las disposiciones de este Pliego y el de sus cláusulas complementarias.

2 - La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación.

3 - La Orden de Compra.

4 - Las Normas técnicas, planos de conjunto, planos de detalle y/o demás elementos ilustrativos integrantes del legajo de licitación.

5 - Las muestras.

6 - Las aclaraciones o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Empresa hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.

7 – La documentación respaldatoria respecto a la cotización del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina vigente al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al acto de apertura. Art. 33º - TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: Formalizado el contrato, según las disposiciones del artículo anterior, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, total o parcialmente, a otra persona o entidad ni asociarse para su cumplimiento, sin la previa autorización por escrito de la Empresa. Caso contrario, la Empresa podrá rescindirlo sin recurso o acción previa alguna para exigir el cumplimiento del contrato por parte del contratista.

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Art. 34º - AMPLIACION DEL CONTRATO: Cuando en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales no se prevea lo contrario, la Empresa podrá, previa conformidad del contratista, ampliar el importe total contratado hasta en un veinte por ciento (20%) sobre dicho monto. Esta ampliación podrá aplicarse a incrementar las cantidades a suministrar convenidas originalmente, manteniendo los mismos precios y condiciones pactadas en la adjudicación original.

Esta opción podrá ser ejercida por la Empresa dentro de un plazo máximo, el que no podrá exceder en más de noventa (90) días a la fecha de vencimiento del plazo de entrega convenido originalmente, o a la fecha en que vence el más extendido de los plazos de entrega, cuando se hubieren contratado programas de entrega con más de un plazo.

Art. 35º - INHIBICIONES: No serán admitidos a contratar los que se hallen procesados, los que estén en estado de interdicción judicial, los deudores del Fisco y los que hubieren faltado al cumplimiento de contratos anteriores con la Provincia y/o la Empresa, o que se encuadren en alguna de las causales que estén contempladas en la reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

CAPITULO IX CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Art. 36º - INSPECCION EN FABRICA

A estos fines, el contratista deberá comunicar al Departamento Unidad de Trabajo Normas cuyo domicilio es: calle Francisco Miguens 260, Piso 12º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505609 / 610 – E-mail

: Cuando se contratare la compra de materiales o equipos de producción nacional, la E.P.E. se reserva la facultad de realizar ensayos en fábrica sobre los elementos adjudicados, previo al envío de los mismos a los lugares de entrega que hayan sido fijados. A tal efecto la Empresa podrá destacar un Inspector a su costo y cargo para la realización de dichos ensayos. En tal caso, el contratista deberá poner a disposición de dicho Inspector y a su cargo, el personal, laboratorio y todos los elementos necesarios que permitan comprobar si la calidad y característica de los materiales y/o la ejecución de los trabajos contratados responden a las especificaciones requeridas por Pliego o garantizadas en la oferta.

[email protected], o al sector que en su lugar sea determinado por Pliego Complementario, con una antelación no menor de diez (10) días a la fecha en que lo adjudicado se halle en condiciones de ser ensayado.

Transcurridos cinco (5) días hábiles posteriores a dicha fecha, sin comunicación por parte de la Empresa hacia el contratista que confirme la realización del ensayo en fábrica con sus propios inspectores, se considerará que la misma prescinde del derecho de llevar a cabo los ensayos, debiendo en consecuencia el proveedor enviar los elementos o materiales adjudicados.

La comunicación del proveedor informando la fecha a partir del cual se pueden llevar a cabo los ensayos en fábrica, dará lugar a la suspensión del plazo de entrega desde la fecha indicada y por el tiempo que demande la realización de esos ensayos. Ante la renuncia expresa o tácita de la Empresa a concretar los ensayos en fábrica, la suspensión del cómputo de días para el control de plazo de entrega se realizará por el período de diez (10) días, posteriores a la fecha desde la cual se comunicó que los materiales se encontraban disponibles para su inspección en fábrica.

No se incluirán en esta prórroga los elementos rechazados por el Inspector. Quedan a cargo del contratista los gastos derivados de traslado y estadía del Inspector en los casos que se deban repetir los ensayos por causa imputable al contratista.

Art. 37º - NORMAS TECNICAS: A los efectos indicados en el artículo precedente y salvo que el Pliego Complementario o las planillas de Descripción Técnica establezcan lo contrario, serán de estricta aplicación en el orden de prelación con que se las nomina, las siguientes Normas: Especificaciones Técnicas de la E.P.E., normas IRAM, normas ANSI y normas IEC.

Cuando las exigencias de orden técnico requeridas por la E.P.E., permitan la cotización de material de origen extranjero que no encuadre en las normas citadas anteriormente, serán de aplicación las normas vigentes en el país de origen.

Art. 38º - LUGAR Y FORMA DE ENTREGA: La entrega de los materiales o equipos se harán en el lugar y forma indicado en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales.

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Cuando no se hubiere hecho constar tal indicación, queda entendido que la entrega deberá realizarse una vez efectuados los ensayos en fábrica, o de haber desistido de ellos la Empresa, sobre piso estibado adecuadamente, en el depósito o lugar de entrega que se especifique en las cláusulas complementarias o en el respectivo cronograma de entregas.

De haberse establecido la cláusula "entrega inmediata", se entenderá que la entrega debe realizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificada la adjudicación.

Art. 39º - REMITOS Y RECEPCION DEFINITIVA: Los recibos o remitos que se firman en el momento de la entrega, lo serán en condiciones "a revisar", operándose la recepción definitiva en el lugar de entrega convenido, una vez concluídos los procedimientos de control de calidad que decida concretar la Empresa en sus propias dependencias, a fin de verificar que los artículos entregados se ajustan a las especificaciones técnicas y demás condiciones contratadas.

Si se produjeran rechazos, la Empresa producirá una comunicación formal en tal sentido al proveedor, dentro de los treinta (30) días de ingresados los elementos al lugar de entrega establecido. En ese caso el material que resultare rechazado deberá ser retirado por el proveedor en un plazo de cinco (5) días a partir de recibida la comunicación de rechazo. De no proceder el proveedor a retirar los elementos rechazados en ese plazo, la Empresa los devolverá a destino por el medio que estime más adecuado, con flete a pagar por el destinatario, más los costos de carga descarga y adicionales que se produzcan.

La recepción definitiva de lo adjudicado y la devolución de los depósitos de Garantía al contratista, no liberan a éste de las responsabilidades que establece el artículo 1.646º y concordantes del Código Civil.

Art. 40º - INCUMPLIMIENTO: El contratista no podrá negarse a entregar los efectos ofrecidos en la Licitación, ni pretender sustituírlos por otros de calidad inferior o distinta de lo convenido. La falta, incumplimiento o negativa de entrega en las condiciones ofrecidas, facultará a la Empresa a adquirir de terceros esos elementos por cuenta del proponente y cargarle las diferencias de precios, si las hubiere, reservándose al mismo tiempo, el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan. Para que sea justificada la causal que origina el incumplimiento, ésta deberá encuadrarse en las figuras de "caso fortuito" o de "fuerza mayor" previstas en el Código Civil. Asimismo no podrá el contratista, bajo pretexto de falta o atraso en los pagos por parte de la Empresa, dejar de cumplir las obligaciones contraídas.

Art. 41º - EMBALAJE: El contratista será responsable por el deficiente acondicionamiento o embalaje de los artículos expedidos, debiendo repararlos o reemplazarlos según corresponda, por su exclusiva cuenta y cargo, si por dicha causa hubieran sufrido deterioros, roturas o inutilización.

CAPITULO X PAGOS

Art. 42º - FORMA DE PAGO: El pago será realizado en las oficinas de la Empresa que se indiquen en las respectivas Ordenes de Compra, contrato específico o Pliego Complementario. El mismo se efectuará en el "plazo corriente administrativo", entendiéndose como tal el comprendido dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega, cumplimiento del objeto contractual y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última. Puntualizándose que se considerará como fecha de entrega de los materiales con inspección en destino, la de aprobación del material ingresado.

La Empresa Provincial de la Energía efectuará el o los pagos, según corresponda, convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado, conforme al cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el hecho imponible.

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 574/15 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los cien mil pesos ($ 100.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

EL PROVEEDOR PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, DEBERA DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL DECRETO PROVINCIAL Nº 224/92 Y SUS MODIFICATORIOS.

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Art. 43º - PLAZOS: Todos los plazos a los efectos de la aplicación de la forma de pago, se empezarán a contar a partir de la fecha de presentación de la respectiva factura en el lugar de pago definido en la Orden de Compra o en el convenio específico, y/o a partir de la fecha de entrega, la que fuere posterior.

Los términos convenidos se interrumpirán si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir que sean imputables al acreedor.

Art. 44º - IMPUESTO DE SELLOS: Será condición indispensable para habilitar el trámite de pago de las facturas, presentar constancia de pago del impuesto de sellos que grava el contrato por la parte que corresponde al proveedor.

Art. 45º - MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES

365** 1 d

n

TM

n

ii

∑=

: La mora en el pago dará derecho al proveedor o contratista a percibir hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

Interés Moratorio =

Donde:

M: Monto de la obligación caída en mora. Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en %

nominal anual para el día “i”. n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la

obligación cayó en mora. d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su

pago.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.

Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.

CAPITULO XI MULTAS

Art. 46º - SANCIONES: Independientemente de las sanciones que se establecen en este Pliego, y sin perjuicio de las demás acciones que correspondieren por derecho, el incumplimiento de las obligaciones convenidas hará pasible a los proponentes o contratistas de las sanciones estipuladas por la Reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

Art. 47º - MORA EN LAS ENTREGAS: El contratista quedará constituido en mora y obligado al pago de la multa correspondiente, por el mero vencimiento del o los plazos acordados para la entrega de la provisión, sin necesidad de requerimiento o intimación previa alguna.

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Art. 48º - IMPORTE: Sin renunciar al derecho a hacer uso de la acción indirecta, la Empresa podrá, una vez constituido en mora el contratista, aplicarle una multa equivalente al 2 %o (dos por mil) del importe del bien no entregado en término por cada día de mora. Si el total de las multas aplicadas alcanzare el 15 % del importe del contrato, la Empresa podrá rescindirlo por culpa del contratista. Si se hubieran contratado entregas parciales, el importe sobre el cual deberá calcularse el porcentaje será el que corresponda a la entrega en que se ha incurrido en mora.

El importe para la aplicación de la multa se calculará convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado, conforme al cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el hecho imponible

Art. 49º - PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION: Producida la situación de mora del contratista en los términos del Art. 47º del presente, la multa se hará efectiva en forma automática y directa, descontándose su importe de los créditos no afectados que el contratista tuviere a su favor. De ser estos insuficientes, la Empresa procederá a intimar su cancelación por el saldo en un plazo máximo de noventa días.

El hecho administrativo consistente en el descuento de la multa que corresponda será suficiente para que el contratista pueda interponer contra el mismo los recursos administrativos correspondientes en la forma y modo establecidos por las reglamentaciones en vigencia.

IMPORTANTE Serán causales de rechazo de las ofertas en el mismo acto de

apertura cuando se presenten las siguientes circunstancias:

a) La omisión o deficiencia del Depósito de Garantía Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 1.1) y Cap.. IV, Art. 18º y 19º).

b) La omisión, dentro del "Sobre Presentación" del "SOBRE PROPUESTA" debidamente cerrado, conteniendo la propuesta Cap. II, Art. 10º, (Sub.Inc. 1.2) y "Formulario Resumen de Cotización", únicamente.

c) El cambio del Formulario resumen de Cotización por fotocopias u otras hojas distintas a las oficiales entregadas por la E.P.E., conforme a lo previsto en el Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 2.1).

SELLADO PROVINCIAL DE LEY (Cap. II, Art. 10º, Sub-Inc. 1.4)

Lic. Publica: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 270,00.

Lic. Privada: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 125,00

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PLIEGO PARTICULAR PARA CONTRATOS DE PROVISION

(Cotización en Dólares)

Fecha de impresión

17/03/2016

Página 1 de 1 Pliego Particular Modificación Forma de Pago Dólar (ARTICULO 42° PByCGCPenD)

ARTICULO 1°.- En el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contratos de Provisión en Dólares, se modifica el Artículo 42º - FORMA DE PAGO (CAPITULO X – PAGOS), el que queda redactado de la siguiente manera:

“El pago de los importes establecidos en la/s Orden/es de Compra será realizado en las oficinas de la Empresa que se indique/n en las mismas, en contrato específico o en el Pliego Complementario. Dicho pago se efectuará en el "plazo corriente administrativo", entendiéndose como tal a los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega, cumplimiento del objeto contractual y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última. Cuando la variación del tipo de cambio del dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina, entre el día hábil anterior a la fecha de apertura y el día hábil anterior al efectivo pago mencionada en el párrafo anterior, supere el 5%, la Empresa Provincial de la Energía reconocerá la misma. La Nota de Debito por este concepto será abonada a los 10 días de su presentación. De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y Nº 3419/95 y la Resolución Nº 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los cien mil pesos ($ 100.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido". PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, EL PROVEEDOR DEBERA PRESENTAR CON LA FACTURA Y LA NOTA DE DÉBITO, DE CORRESPONDER, LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL VIGENTE.”

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PLIEGO PARTICULAR

(LEY 13505/15 Y SU MODIFICATORIA LEY 13619/17 COMPRE SANTAFESINO)

Página 1 de 1Aplicación EPE Ley 13505 y su modificatoria Ley 13619 Compre Santafesino Provision y Servicios nuevo

ARTICULO 1°.- En lo referente a MEJORA DE PRECIOS obrante en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, vale lo siguiente: MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, SE LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.

Cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 5, y 6 de la Ley Provincial Nº 13505/2015 y su Modificatoria, Ley Provincial N° 13619/2017 (Compre Santafesino) se procederá de la siguiente manera: Aquellos proveedores que cumplan con los requisitos exigidos en el Artículo 4º de la citada Ley 13505/2015, tendrán preferencia cuando su oferta original no supere a la de los demás oferentes en las proporciones que a continuación se establecen: a) Del cinco por ciento (5%) cuando los bienes y/u Obras y/o Servicios

sean originarios, fabricados o prestados en la Provincia, resultando adjudicataria del objeto en cuestión.

b) Si en una contratación aplicando el rango de preferencia antedicho ninguna empresa o proveedor local resultare favorecido, deberá otorgarse a la mejor oferta local cuyo precio no supere el ocho por ciento (8%) respecto a la mejor cotización del resto de los oferentes, la posibilidad de mejorar su oferta. A tal fin se convocará a la empresa o proveedor local de mejor precio conjuntamente con el oferente de menor precio a presentar en un término de 15 días una "mejora de oferta". Esta compulsa será evaluada conforme a los criterios de preferencia enunciados en el inciso a).

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12/03/14

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO

ANEXO

1. Se comunica que la Administración Provincial de Impuestos (API), a través de

la Resolución General n° 19/2011, de fecha 20/10/11, ha creado la “CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL”, que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en Compras, Licitaciones, Contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial. Por tal motivo, la misma se deberá adjuntar con los demás requisitos que debe contener el Sobre Presentación - Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Por consultas o aclaraciones el servicio se encuentra disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a impuestos - Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal.

2. En cuanto a la Declaración Jurada de Ley 17250, la misma será cumplimentada mediante la presentación del formulario 522/A y su correspondiente acuse de recibo por parte de la AFIP.-

3. Exclusivo para Obras Públicas: Se establece el Decreto Provincial N° 195/2006, como requisito de admisibilidad para las firmas que pretendan presentarse como oferentes en Licitaciones Pública y Privadas, Concursos de Precios y contrataciones Directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de Obra Pública por culpa de la firma, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado.-

4. Certificado Registro Deudores Alimentarios: Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas Físicas”, o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para “Unión Transitoria de Empresa” (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley 11.945, Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006)

Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. Area Abastecimiento – Unidad compras Francisco Miguens 260 – 5º Piso – (3000) Santa Fe Tel:/Fax (0342) 4505856

• Nombre y Apellido o denominación del proponente : ......................................………..…………

PLANILLA DE REQUISITOS LEGALES

.....................................................................................................................................................

• Domicilio real ………………………………………………………………………………………......... • Localidad .....................................................................................................................................

• Domicilio legal en la ciudad de Santa Fe.........……………………………………………………….

• Garantía de la Propuesta: (1% del Presupuesto Oficial) ……………….................................... ……………………………………………………………………………................................................

• Forma :..........................................................................................................................................

• Institución que la otorgó …………………………………………………………...............................

• Sellado Provincial de Ley Art. 10º ( Inc. 1.4)………………………………………………...............

• Inscripción Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. Art. 10º ( Inc. 1.5.) Nº .......................

• Certificado de libre deuda por Impuesto a los Ingresos Brutos y Ley 5110 Art. 10º (Inc. 1.7), extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Santa Fe.

• Se acompaña antecedentes como proveedores de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación, de organismos oficiales, cooperativas y/o particulares Art. 10º (Inc. 1.9).

• Conforme a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, esta firma declara que para cualquier cuestión Judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe Art. 10º (Inc. 1.10), y además de que esta oferta se mantiene por el término establecido, a contar desde la fecha de apertura.

.................................................................................... Firma y Sello Aclaratorio

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