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  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades?

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades?

    Modelo de gestin para el desarrollo

    de un sistema local de proteccin de derechos de la infancia y adolescencia

    ASTRID OYARZN OSCAR DVILA

    FELIPE GHIARDO FUAD HATIBOVIC

    Con la colaboracin tcnica de ERICA PONCE y TERESA PAZ CONTRERAS

    del Departamento de Proteccin de Derechos del Servicio Nacional de Menores.

  • Esta publicacin corresponde al informe final del estudio Modelo de ges-tin para el desarrollo de un sistema local de proteccin de derechos de la infancia y adolescencia, realizado por el Centro de Estudios Sociales CIDPA a encargo del Servicio Nacional de Menores (SENAME). REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL N 167.452 ISBN: 978-956-319-020-5 Servicio Nacional de Menores (SENAME)

    Co-Edicin: SENAME y Ediciones CIDPA Primera edicin, marzo 2008

    Autores/as: ASTRID OYARZN, OSCAR DVILA, FELIPE GHIARDO y FUAD HATIBOVIC Con la colaboracin tcnica de Erica Ponce y Teresa Paz Contreras del Departamento de Proteccin de Derechos del Servicio Nacional de Menores. Servicio Nacional de Menores (SENAME) Hurfanos 587 Santiago de Chile Sitio Web: WWW.SENAME.CL Fono: (2) 398.40.00 Centro de Estudios Sociales CIDPA Condell 1231 Valparaso Chile Sitio Web: WWW.CIDPA.CL Fono: (32) 259.69.66 Diseo y portada: GONZALO BRITO, rea Comunicaciones CIDPA Digitacin: JIMENA CAMPOS Impresin: Productora Grfica Andros. Fono: (2) 555.87.33 Santiago HECHO EN CHILE / PRINTED IN CHILE

  • NDICE AGRADECIMIENTOS 11 PRESENTACIN 13 PRLOGO

    17

    CAPTULO I PERSPECTIVA DE DERECHO: DESARROLLO LOCAL, SUJETO Y POLTICA

    23

    1. Una mirada que emerge: el enfoque de derechos 26 a) La Convencin sobre los Derechos del Nio 26 b) El enfoque de necesidades v/s el enfoque

    de derechos 29

    2. La infancia como construccin sociohistrica 41 a) Los nios, nias y adolescentes en el pensamiento

    sociolgico 51

    b) Los nios, nias y adolescentes: ciudadanos o no del espacio pblico?

    57

    3. Las polticas de la poblacin infantil y adolescente 62 a) La poltica nacional a favor de la infancia

    y adolescencia 65

    b) Las Oficinas de Proteccin de Derechos 67 4. Promocin, proteccin y desarrollo local 69 5. Marco metodolgico 73

    a) El diseo metodolgico 73 b) Recopilacin de informacin 75 c) Anlisis de la informacin

    77

    CAPTULO II CARACTERIZACIN GENERAL DE LAS OFICINAS DE PROTECCIN DE DERECHOS

    79

    1. Caractersticas generales de las OPD 81 2. Enfoques 94

    a) Misin y visin 94 b) Objetivos 103 c) Componentes estratgicos 105 d) Metodologa y tipos de atencin 108 e) Tipos de derechos 110 f) Representaciones sobre la poblacin atendida 112

  • CAPTULO III EVALUACIN DE ENFOQUES Y ESTADO DE LAS PRCTICAS

    121

    1. Evaluacin de enfoques 127a) Componentes estratgicos 127b) Derechos 131

    2. Evaluacin de las prcticas 135a) Cumplimiento de metas 136b) Sistema de informacin 143

    3. Calidad de las prcticas 145a) Calidad del diagnstico 148b) Innovacin temtica y metodolgica 151c) Diversidad temtica 154d) Participacin de nios, nias y adolescentes 156e) Incorporacin de la variable gnero 158f) Inclusin de la variable tnica 161g) Integralidad 163h) Condiciones de replicabilidad 165i) Condiciones de sustentabilidad 167j) Grado de focalizacin 169k) Evaluacin de impacto 172

    4. ndice de prcticas

    180

    CAPTULO IV ANLISIS DE REDES SOCIALES

    187

    1. Trabajo compartido 1902. Actividades conjuntas 1933. Intercambio de informacin 1954. Espacios de trabajo 1985. Participacin en otros espacios 2026. Trabajo en red 206

    CAPTULO V ESTADO DEL ARTE Y PROMOCIN DE DERECHOS

    213

  • CAPTULO VI VISIONES Y VNCULOS EN EL ESPACIO LOCAL

    229

    1. Los discursos y las prcticas vistas por sus actores 233 a) El contexto y la idea central 233 b) Derechos de los nios, nias y adolescentes 238 c) Mapas de relacionamiento social 243 d) Poltica comunal de infancia 247 e) El modelo de trabajo 253 f) Relacionamiento con la escuela 262 g) Perspectivas futuras: dilemas y tensiones 265

    2. El relacionamiento social en el espacio local: las redes 270 CAPTULO VII CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS

    283

    1. El contexto: en proceso de transicin? 285 2. Sobre el estado y situacin de las OPD 294

    a) Sus caractersticas ms relevantes 294 b) Orientaciones para el trabajo en derechos 299 c) El sujeto de intervencin:

    contradicciones y orientaciones 303

    d) El territorio: las tensiones de la poltica pblica en el espacio local

    305

    3. Hacia un modelo de gestin de un sistema local de proteccin de derechos

    309

    REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS

    320

    ANEXO Cuestionario Mapa de relacionamiento y buenas prcticas en la atencin y proteccin de los derechos de la infancia

    325

  • AGRADECIMIENTOS QUISIRAMOS DEDICAR UNAS palabras especiales a los encarga-dos y encargadas, profesionales, educadores y tcnicos de las Oficinas de Promocin de Derechos (OPD) del pas, por su enorme disposicin e inters en colaborar en el desarrollo de este estudio y acercarnos al cmulo de informacin y experien-cias que han producido durante el desarrollo de su trabajo. Sin esa informacin valiosa, el trabajo no habra tenido el resultado esperado y conocido en profundidad cada una de las experien-cias y el conjunto de ellas.

    Agradecer a los equipos profesionales de OPD de las comu-nas de Iquique, Illapel, Llay Llay/Catemu, Parral (asociativa con Retiro, Longav y Parral), Coronel, Valle del Itata (asociativa con las comunas de Coelemu, Trehuaco, Cobquecura, Quiri-hue, Ninhue, San Nicols, Ranquil, Quilln y Portezuelo), Precordillera Vilcn (asociativa con las comunas de Vilcn, Cunco y Melipeuco), Pucn y La Pintana; quienes nos habla-ron, mostraron y manifestaron sus ms profundas inquietudes, problemas, preocupaciones e intereses para perspectivar un trabajo que emerge desde el territorio, desde la comuna y el gobierno local. En esta misma lnea, agradecemos la gentileza de algunos alcaldes, secretarios municipales, administradores municipales y jefes de DIDECO que amablemente acogieron el desafo de dialogar en torno a las inquietudes centrales del es-tudio.

    A muchas organizaciones locales del mbito de lo pblico y de la sociedad civil, que participaron en un dilogo abierto en torno a las dificultades y potencias que tiene el trabajo en red en torno a la infancia y la proteccin de derechos de los nios, nias y adolescentes de las comunas de nuestro pas.

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 12

    A catorce representantes de las OPD de las comunas de Copiap (Eric rdenes, director), Coquimbo (Benhur Alfaro, asistente social rea de gestin intersectorial), Valparaso (Car-men Gloria Garca, asistente social rea de gestin comunita-ria), San Antonio (Marcelo Degueldre, director), Villa Alemana (Jani Abarza, psicloga), Pedro Aguirre Cerda (Paulina Sn-chez, encargada de gestin intersectorial), Puente Alto (Tamara Bascur, asistente social comunitaria), Lo Prado (Wally Gajardo, educador comunitario), Maip (Victoria Cceres, coordinadora rea gestin intersectorial y Carlos Orrego, psiclogo), Chpica (Pablo Ponce, psiclogo intervencin socioeducativa), Rengo (Claudia Feria, educadora comunitaria), Rancagua (Paulina Olivares, coordinadora), Concepcin (Marjoreyn Barrientos, directora), Pichikeche Ayeln (Luz Viviana Alecoy, asistente social en articulacin de territorios), y a Pedro Daz del Minis-terio de Justicia; que otorgando un valioso tiempo de su trabajo asistieron en Santiago a un taller final de discusin y problema-tizacin de la informacin recopilada, y que manifestaron nue-vas preguntas y reflexiones que contribuyeron enormemente a cerrar el trabajo que se presenta en estas pginas.

    A las profesionales Erica Ponce y Teresa Paz Contreras, encargadas de la Lnea OPD del rea de Gestin Programtica, Departamento de Proteccin de Derechos, Servicio Nacional de Menores, que apoyaron y colaboraron en distintos momen-tos a la edicin final de este texto.

    La produccin de este nuevo conocimiento es posible gra-cias a todos ustedes y esperamos que retribuya en parte lo reci-bido.

  • PRESENTACIN EL SERVICIO NACIONAL de Menores (SENAME) en su Marco de Accin 2006-2010 manifiesta la necesidad de contar con una instancia especializada en la articulacin de la proteccin hacia la infancia y adolescencia en el nivel local, que permita avanzar hacia sistemas locales de proteccin de derechos en los territo-rios. Este rol articulador lo cumplen en la actualidad las Oficinas de Proteccin de Derechos de la Infancia y Adolescencia (OPD).

    Las OPD son instancias ambulatorias de carcter local des-tinadas a realizar acciones encaminadas a brindar proteccin integral a los derechos de nios, nias y adolescentes, y a con-tribuir a la generacin de las condiciones que favorezcan una cultura de reconocimiento de los derechos de la infancia.1 Para desarrollar este modelo, el SENAME se asocia, mediante un convenio que dura tres aos, con municipios, corporaciones municipales, fundaciones o corporaciones privadas.

    Estas oficinas operan en un espacio intermedio entre la proteccin general (o universal) y la proteccin especial, para desarrollar acciones de deteccin temprana, de recepcin y de-rivacin, de diagnstico del territorio, de la infancia y de las familias. Asimismo, tiene un rol particularmente relevante en hacer de ncleo en la integracin de la oferta existente a nivel sectorial y municipal, para ponerla al servicio de los procesos de intervencin en vulneraciones de derechos de diversa comple-jidad (Sename, 2006). 1 Definicin sealada en la Ley 20.032 que establece un Sistema de

    Atencin a la Infancia y Adolescencia, a travs de la Red de Colabora-dores de acreditados del Servicio Nacional de Menores.

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    Como Servicio, consideramos que un aspecto importante que debe ser asumido por esta instancia es la promocin de derechos y la sensibilizacin hacia las comunidades y los ciuda-danos y ciudadanas, apoyndose en la red de instituciones y proyectos que funcionan a nivel territorial. Este aspecto, opera-do desde la OPD, puede traducirse en una poltica comunal y en un plan de accin, ya que se relaciona con el fortalecimiento de condiciones democrticas de ciudadana en la sociedad. Esto es esencial en la instalacin real y efectiva de una nueva relacin y una nueva cultura, centrada en el enfoque de derechos. Desde esta perspectiva, es deseable que las OPD logren un liderazgo efectivo en el tratamiento de temas particularmente sensibles para las comunidades y la infancia.

    Las OPD comenzaron a funcionar en 6 comunas como ex-periencia piloto el ao 2001. A partir de ese momento, se fue-ron creando otras en forma paulatina: 17 en 2002, 9 en 2003, 10 en 2004 y 10 ms en 2005. Segn lo establecido por la Ley de Subvenciones, el ao 2006 se realiz un proceso de licita-cin de la Lnea Oficinas de Proteccin de Derechos, a travs del cual se implementaron 102 de estas oficinas, cubriendo 171 comunas. En 2007 se llam a licitacin a tres OPD de las comu-nas de uoa, Pucn y Coyhaique, llegando as a un total de 105, las que en la actualidad prestan servicios a 174 comunas en todo el pas.

    Desde el ao 2001 a la fecha, el SENAME ha intencionado diversos estudios, capacitaciones y evaluaciones relacionados con las OPD, lo que ha permitido ir revisando su diseo y op-timizando su quehacer.

    El presente informe del estudio Modelo de gestin para el desarrollo de un sistema local de proteccin de derechos de la infancia y adolescencia, fue encargado a la Corporacin de Educacin y Desarrollo Social CIDPA, a la cual agradecemos su dedicacin y sus resultados.

    Este estudio surgi de una reflexin participativa y articu-lada desde la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), los

  • Presentacin 15

    ministerios de Planificacin y Cooperacin y del Trabajo y Previsin Social, de la Asociacin Chilena de Municipalidades y del Servicio Nacional de Menores, acerca del significado de contar con un modelo de gestin territorial que permita coor-dinar los esfuerzos en favor de la proteccin de los derechos infanto-adolescentes a nivel local.

    Adems, se consider el mandato presidencial para el pe-rodo 2006-2010 respecto a generar redes a nivel local que puedan coordinar oportunamente la informacin que proviene de la polica, del SENAME y el Municipio. El objetivo es identi-ficar y solucionar tempranamente los casos de nios y nias en situacin de abandono o desproteccin (Dipres, 2006).

    Tambin se tom en cuenta el diagnstico elaborado por el Consejo Asesor Presidencial para la Reforma de las Polticas de Infancia, que indica que se requiere contar interrelaciones efec-tivas entre salud, educacin, vivienda, trabajo y los programas compensatorios de necesidades especiales,2 para potenciar los efectos de la poltica en los distintos territorios.

    Cada captulo de este estudio y sus conclusiones han cons-tatado algunas hiptesis y han revelado otras evidencias que como Servicio y como Gobierno debemos recoger y, ms im-portante an, proyectar en los desafos para los prximos aos.

    Esperamos que este documento sea un aporte para conti-nuar perfeccionando las acciones en materia de infancia y ado-lescencia en el espacio local.

    EUGENIO SAN MARTN TRUFFY DIRECTOR SERVICIO NACIONAL DE MENORES

    2 Consejo Asesor Presidencial para la reforma de las Polticas de Infan-

    cia, El futuro de los nios es siempre hoy, Santiago, 2006, p. 15.

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades?

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  • PRLOGO

    Los hombres no son iguales por naturaleza, necesitan de una institucin poltica para llegar a serlo: la Ley.

    Slo el acto poltico puede generar igualdad. HANNAH ARENDT

    LA CONVENCIN INTERNACIONAL de los Derechos del Nio, es sin duda la manifestacin ms explcita y visible de un pro-ceso que los incorpora al goce de la calidad de sujetos de dere-chos y al establecimiento de una serie de obligaciones para el Estado chileno, las familias y la sociedad en general. Pero para tener xito en esta materia, no basta que un cuerpo jurdico internacional lo seale: como observaremos en el desarrollo del texto, desde distintos pticas y con distintos nfasis en la voz de los actores participantes de esta investigacin, cinco parecen ser los campos necesarios de abordar con rigurosidad para avanzar ms rpida y sostenidamente en la inclusin de nuestros nios, nias y adolescentes como sujetos plenos de derechos en nues-tra sociedad y en la diversidad de la institucionalidad que los acoge.

    El primero nos ubica en el campo del conocimiento. Se requiere que todos los ciudadanos chilenos conozcan cules son los derechos que el ordenamiento jurdico establece a favor de los nios, nias y adolescentes. Este no es slo un desafo individual, ni tampoco slo informativo, es un conocimiento en el cual la academia de las ciencias sociales, polticas, cultura-les y jurdicas puede y debe contribuir con su experticia. Los ciudadanos no pueden tener una visin comprensiva y experi-mentar una prctica si no conocen de la naturaleza, las cualida-des y los efectos de ellos en el mejoramiento de su propia vida.

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 18

    Es por ello que se ha hecho un esfuerzo por aclarar conceptual y tericamente lo que se debe entender por derecho y por en-foque de derecho en la perspectiva de los nios, nias y adoles-centes.

    El segundo nos ubica en el mbito de las polticas pblicas y de las polticas sociales. Porque no tendremos xito si no de-rribamos con fuerza los viejos paradigmas con los cuales hemos venido trabajando la infancia y la adolescencia en nuestro pas en el mbito de las polticas pblicas y sociales, es decir, prcti-cas, iniciativas y proyectos que se sostienen en el eje de los dficit de la poblacin infantil y adolescente o tambin llamado eje de las necesidades y no sobre el eje de sus derechos. Situacin que impide sustantivamente trabajar con un enfoque de derecho, retarda el reconocimiento del sujeto e impide que la categora de infancia se universalice. Pero tampoco tendremos xito en este plano si no consideramos que la categora de poltica p-blica es clave para el anlisis de las relaciones entre las organiza-ciones estatales y las organizaciones de la sociedad civil en sus necesarios procesos de articulacin a nivel nacional y a escala intermedia y local. La sola existencia de intercambios entre la accin gubernamental y la sociedad civil, y de procesos de ac-cin colectiva y organizada entre estos sectores, e incluso entre organismos de la esfera estatal, no derivar necesariamente en el desarrollo y cualidad de ms y mejores polticas pblicas para la niez y la adolescencia.

    El tercero nos ubica en el mbito de la justicia. Tampoco tenderemos xito si nuestros sistemas jurdicos no son giles y no aplican en sus prcticas profesionales y cotidianas los dere-chos humanos de estos nuevos sujetos sociales. El derecho y la justicia a la larga debern ser vistos como un binomio in-separable. El derecho, deber adaptarse a los constantes cam-bios que se producen en nuestra sociedad e ir siempre o casi siempre detrs de los grandes cambios. Y, la justicia se ver plasmada en el derecho, cuando el Estado gane en eficiencia legislativa y se adece rpidamente a las necesidades sociales de

  • Prlogo 19

    los individuos y grupos sociales. As avanzaremos y desarrolla-remos un Estado que promueve el derecho de sus ciudadanos, los protege y obra en justicia.

    El cuarto nos ubica en el mbito de la institucionalidad. No tendremos xito en la tarea de incorporar a nuestros nios, nias y adolescentes al goce de su calidad de sujeto, si los res-ponsables e instituciones que intervienen en las vidas de esos nios, no reconocen esos derechos como lmite y orientacin fundamental de su labor. Instituciones vinculadas con las reas y sectores de educacin, justicia, salud, trabajo, familia, debern cambiar, modernizarse y actuar conforme a las perspectivas que anuncian las ideas fundamentales de derecho y de justicia y operacionalizarlas en sus planes y programas de trabajo con un claro sentido y orientacin hacia la inclusin social.

    Y quinto, tampoco tendremos xito si los gobiernos locales o municipales no integran el enfoque de derecho y la doctrina de la proteccin integral de la infancia al conjunto de su polti-ca local, y se transforman y asumen su calidad de garantes, es decir, de responsables del cumplimiento de la Convencin Internacional de los Derechos del Nio a nivel local. Para lo cual no slo deber asumir los compromisos formales que ello implica, sino que fundamentalmente asumir una tica de la responsabilizacin que implique el cualificar permanentemente un servicio que atiende intereses culturales, sociales y polticos tan trascendentales como la promocin de los derechos de la niez y la adolescencia. A la inversa, la falta de responsabiliza-cin y de cualquier inters desatendido de los ciudadanos a este nivel, terminar por afectar el funcionamiento de la organiza-cin, de sus polticas y su condicin democrtica.

    El estudio que se presenta, parte por explorar las concep-ciones actuales de cuatro enfoques sustanciales que permitiran avanzar en lo indicado. Qu estamos entendiendo por adherir a un enfoque de derecho en el trabajo con infancia y adolescen-cia; en qu y cmo la sociologa de la infancia podra contribuir a una mejor comprensin de los nios, nias y adolescentes

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 20

    como categora social; qu desarrollo tienen las polticas socia-les y pblicas y cul puede ser el enfoque que mejor orienta el desarrollo de aqullas con perspectiva de derechos y con un enfoque centrado en el desarrollo local.

    El marco metodolgico estableci una ruta de bsqueda, de datos, de informacin, de reconocimiento de las experien-cias de trabajo de las Oficinas de Proteccin de Derechos (OPD). No fue un camino fcil, hubo que generar diversos acercamientos para que la informacin se objetivara y permitie-ra el desarrollo de respuestas a las preguntas planteadas por el estudio. De las 105 OPD existentes en el pas, 92 colaboraron en este ejercicio con su percepcin, su conocimiento y su prctica tanto en las fases cuantitativas como cualitativas del estudio.

    Entre los hallazgos del estudio, aparece como fundamental el tipo de desarrollo que han adquirido las OPD; el mbito de las interdependencias e intercambios existentes en los sistemas locales, el estado de la prctica, el estado de las redes sociales y de la articulacin local en torno a la niez y adolescencia. De ese modo es posible comprender las condiciones de las OPD que trabajan con la niez y adolescencia, pero tambin por la niez, en cuanto a las perspectivas de trabajo. Por cierto, tam-bin encontramos obstculos, deficiencias, ausencias, tensiones y problemas que complejizan el desarrollo de estructuras pro-gramticas como el de las OPD en los espacios locales, aspecto que a veces, no permiten apreciar en su real magnitud el enor-me despliegue tcnico y profesional que dispersos en el te-rritorio nacional buscan otorgarles los ms significativos sen-tidos a su quehacer social, psicosocial, cultural y poltico en el contexto de los derechos de las personas.

    Los resultados constituyen una especie de inventario de perspectivas de trabajo, de recursos existentes, relaciones esta-blecidas y fortalezas de esos vnculos. Ese inventario ha sido transformado en ndices y tipologas que nos permitan contes-tar las pregunta acerca de si debemos o no tener algunos estn-dares o parmetros iguales para todas las OPD y si es posible

  • Prlogo 21

    levantar un modelo de trabajo que potencie la inclusin de un enfoque de derechos en la red local de la poltica municipal, en las comunidades e instituciones, y por sobre todo, en los nios, nias y adolescentes de cada comuna; que no slo los visibilice como sujetos de derechos, sino que potencie su ejercicio y prctica en todas las dimensiones de su vida.

    Las OPD como se ver, todava se nos presentan como es-tructuras programticas bastante nuevas, o dicho de otra mane-ra, estructuras que todava tienen poco desarrollo y poco capital acumulado para pensar exactamente en la configuracin de un o unos tipos de modelos de gestin o de trabajo, entendiendo por stos representaciones de la realidad que se ubican en los planos conceptuales, metodolgicos y operacionales que puedan ser usadas y replicadas por el conjunto de las OPD, independiente del nivel de desarrollo de las estructuras municipales que las acogen en la materia que se discute en este estudio. Esto es sin duda una de las complejidades mayores que ha debido enfrentar este traba-jo, toda vez que su limitacin ha estado justamente en la impo-sibilidad de auscultar a los gobiernos locales, ms all de los compromisos formales con la institucionalidad que promocio-na este tipo de estructura programtica.

    Por tanto, la ruta seguida indica que es prioritario enten-der, que para saber si podemos alcanzar mejores resultados en la garanta de los derechos de los nios, nias y adolescentes que configuran una buena parte de la ciudadana en los espa-cios locales de ms 170 comunas de nuestro pas, se requiere de ciertas condiciones que no slo hagan viable en s mismo cier-tos tipos de programas, sino de condiciones que plasmen la cultura ciudadana, la cultural poltica, la cultura organizacional, la cultural de los gobiernos locales, de un blsamo, una esencia o una nueva propiedad. Cul es: gobiernos e institucionalida-des locales que se definen y definen a partir de las necesidades y derechos existentes y demandados por los propios ciudadanos y ciudadanas de la estructura social en la que est inserta, las prioridades de sus polticas, sus recursos y los modelos de desa-

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 22

    rrollo a los cuales adhiere la comunidad local en su conjunto para alcanzar mejores condiciones de vida.

    Los nios, nias y adolescentes mientras tanto segui-rn viviendo su vida como vida de nios, nias y adolescentes; y lo que le falte para alcanzar su buena vida, depender de ellos mismos, cuando otros asuman plenamente una tica de la res-ponsabilizacin.

    LOS AUTORES VALPARASO (CHILE), MARZO 2008

  • CAPTULO I PERSPECTIVA DE DERECHO:

    DESARROLLO LOCAL, SUJETO Y POLTICA

  • PERSPECTIVA DE DERECHO: DESARROLLO LOCAL, SUJETO Y POLTICA

    NUESTRA SOCIEDAD VIVE procesos de modernizacin que se expresan, entre otras cosas, en los significativos ndices de inte-gracin social de la infancia y la juventud, en particular en el mbito educativo. Las normativas que conforman un nuevo marco jurdico institucional, como la Convencin sobre los Derechos del Nio Asamblea General de las Naciones Uni-das 1989, abren una nueva etapa en la proteccin integral de los derechos de nios, nias y adolescentes, entregando un marco legal que orienta los diseos institucionales, legaliza y legitima las polticas, prcticas y el abordaje de la proteccin de los derechos de la infancia. El desarrollo institucional que se revela en la Poltica nacional a favor de la infancia y la adoles-cencia (Mideplan, 2000) y los esfuerzos en la construccin y consolidacin de Sistemas Locales de Proteccin de Derechos (SLPD) en las comunidades y espacios locales, dan cuenta del avance sustantivo en la materia. Pero al mismo tiempo, impo-nen un nuevo tipo de desafo de caractersticas especficas para la modernizacin.

    En este marco se hace necesario una revisin de los alcan-ces y sentidos que ha tenido y tendr el enfoque de derechos, el cual tiene o debe tener una expresin concreta en las acciones que el Estado de Chile ha implementado y que se sintetizan o deberan sintetizarse en una poltica de infancia. De ah, la ne-cesidad de hacer una revisin a este proceso a escala local, espa-cio que cada vez ms aparece como el ptimo para potenciar el

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 26

    desarrollo de un enfoque de derecho a nivel de la instituciona-lidad local y de los actores de la sociedad civil que conforman dicha comunidad, una manera de hacer visible a los sujetos y concretizar el respeto y ejercicio efectivo de sus derechos en el espacio de lo pblico.

    Pertinente tambin es, por tanto, abordar la nocin de in-fancia como un proceso de construccin sociohistrica, es de-cir, como un concepto condicionado por procesos polticos, histricos y culturales, y no como una categora permanente e inmutable.

    1. UNA MIRADA QUE EMERGE: EL ENFOQUE DE DERECHOS a) La Convencin sobre los Derechos del Nio

    Por primera vez en la historia de Chile la normativa institucio-nal y jurdica sobre derechos de la personas va por delante de las prcticas sociales de la mayora de la sociedad. Los cambios estructurales en materia de derechos casi siempre expresan una demanda y presin de sectores importantes o mayoritarios de la sociedad. En el caso de los derechos de la infancia en Chile ha sido distinto. Ms bien, el avance jurdico de la comunidad internacional impuso un escenario en una materia en que las prcticas o patrones culturales de nuestra sociedad estn muy retrasados. La consideracin de nios, nias y adolescentes como sujetos incompletos, sometidos en su crianza y cuidado al arbitrio del adulto, despojado de sus plenos derechos como persona: es una visin muy arraigada socialmente. Entonces, se trata que personas e instituciones se actualicen y se apropien de la nueva normativa y puedan modificar sus prcticas sociales, en el mbito de lo privado y lo pblico. De modo tal, que nios y nias sean considerados como personas de pleno derecho y ocupen en sus comunidades de pertenencia una posicin dis-tinta; y sus intereses y expectativas tengan un lugar en los temas de desarrollo de la ciudad y comuna.

  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 27

    En este sentido, el Estado de Chile ha ratificado un con-junto de normas internacionales en relacin con los nios y nias, entre las cuales destacan la Convencin de Derechos del Nio de 1989 (ratificada por Chile el 26 de enero de 1990) y sus protocolos facultativos de 25 de mayo 2000: Protocolo Facultativo de la Convencin sobre los Derechos del Nio relativo a la participacin de nios en los conflictos armados (ratificado el 15 noviembre 2002) y el Protocolo Facultativo de la Convencin sobre los Derechos del Nio relativo a la venta de nios, la prostitucin infantil y la utilizacin de nios en la pornografa (ratificado por Chile el 28 junio de 2000); los Pactos internacionales de derechos civiles y polticos y de derechos econmicos, sociales y culturales (ratificados el 16 septiembre de 1969); el Convenio 138 de la OIT sobre la edad mnima de admisin al empleo (ratificado el 1 de febrero de 1999); el Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil (ratificado el 17 julio de 2000), entre las mas destacadas (OMCT y OPCIN, 2007).

    Si bien estas normas internacionales implican una modifi-cacin de la legislacin, generando una normativa que ha in-tentado dar aplicacin a la perspectiva de derechos a propsito de variados temas relacionados con la infancia, siguen existien-do normas provenientes de la era previa a la Convencin, con una clara inspiracin tutelar, lo que impide, sobre todo, una implementacin sustantiva de la perspectiva de derechos.

    La legislacin nacional chilena que recoge a los nios en sus textos como menores o como adolescentes constituye el denominado derecho de menores. Este cuerpo jurdico heterog-neo est formado por una serie de leyes, tanto generales como especficas, donde se regula su estatuto jurdico. En funcin del texto legal, los sujetos de tales leyes pueden ser los nios, me-nores o adolescentes. Para la normativa chilena, nios es una categora genrica que engloba a todos aquellos menores de 18 aos. Esta franja etaria queda bajo la ley de menores de 1967. Mientras que por otro lado, estn los adolescentes, que son

  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 28

    todos aquellos menores de 18 y mayores de 14, los cuales son objeto de un sistema penal especializado creado en 2005 por la ley de responsabilidad de los adolescentes por infraccin de la ley penal (OMCT y OPCIN, 2007).

    En Chile, la legislacin especfica sobre los menores est formada por cerca de 21 leyes, decretos leyes y/o reglamentos, destacndose la ley 16.618 de menores de 3 de febrero de 1967; el decreto ley 2.465 de 10 de enero de 1979, de creacin del Servicio Nacional de Menores (SENAME) y fija el texto de su ley orgnica; la ley 19.585 de 1998 modificatoria del cdigo civil y otros cuerpo legales en materia de filiacin; ley 19.876 de 7 de mayo de 2003 que modifica la Constitucin y establece la enseanza media obligatoria y la escolarizacin gratuita de la misma hasta los 21 aos; ley 19.968 de 2005 que crea los tribu-nales de familia de 2004; y la ley 20.084 de responsabilidad de adolescentes por infraccin de la ley penal de 27 de septiembre de 2005. Por tanto, se podra decir que el modelo vigente en el pas sigue en una fase de transicin que requerir todava de ajustes y reformas que estructuren un verdadero sistema inte-gral de proteccin a los derechos de los nios (OMCT y OPCIN, 2007).

    Es claro que la CDN abre caminos nuevos en el enfoque de la infancia y la adolescencia, colocando al Estado y a la sociedad como corresponsables en el diseo y la ejecucin de polticas pblicas. La Convencin supera las instituciones del patronato, la tutela o los consejos tutelares del Estado, sujetos stos a la doctrina de la situacin irregular y a la concepcin de los nios como objetos de proteccin; para ubicarlos en la doctrina de la proteccin integral, cuya concepcin los reconoce como suje-tos de derecho, dotados de capacidad de vivir, tener salud, edu-cacin, convivencia familiar, identidad y dignidad (Mideplan, 2000).

  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 29

    b) El enfoque de necesidades v/s el enfoque de derechos

    El derecho ha jugado un papel muy importante en la vida del ser humano, fundamentalmente regulando todas las relaciones humanas para evitar los conflictos sociales, polticos, religiosos y culturales que se presentan en cualquier sistema social. Con el paso del tiempo cada sociedad ha ido tomando conciencia que el derecho es o podra ser la mejor herramienta para salva-guardar la convivencia y la paz ciudadana en nuestros pases.

    Desde esta perspectiva, el derecho tiene una naturaleza de tipo normativa, es decir, especifica modelos de conducta in-cluidos en un ordenamiento jurdico que constituyen criterios de comportamiento a los que estn sujetos los destinatarios de un sistema social. El derecho, de alguna manera le dice o le seala a sus sujetos sociales cmo deben comportarse, por tanto pertenece en tanto contenido al mundo del ser, a la esfera del deber ser, ya que define cmo los individuos deben ajustar-se a esas conductas para que el modelo social propuesto por el derecho pueda realizarse en ptimas condiciones.

    El concepto o definicin ms operacional de lo que se en-tiende por derecho emerge del vocablo derecho que toma su origen de la voz latina directus, que significa recto, directo, y refiere ms claramente a la nocin de dirigir. E incluso la voz latina ius, con la que se design en Roma al derecho, no es sino una contraccin de iussum, participio del verbo jubere, que sig-nifica mandar. Obviamente que esta definicin nominal, ni-camente nos sirve para tener una concepcin general de lo que para los romanos signific el derecho en su poca, pero debido a la amplitud de la ciencia del derecho, esta definicin clara-mente es insuficiente o limitada respecto de su correcta aplica-cin en nuestros das.

    Una definicin real del derecho, a tiempos actuales, es muy difcil de precisar, debido a que no existe una que logre abarcar todo lo que encierra el derecho en nuestras sociedades modernas. An as, podramos definir al derecho como: la

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  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 30

    ciencia que regula la conducta del hombre, utilizando como instrumento la norma jurdica basada en la equidad y la justicia, de manera coercible, para evitar la conducta antijurdica, y pre-servar el bien comn dentro de la sociedad (Cisneros, 2000). Se agrega a lo anterior su calidad de ciencia ya que cumple con el requisito de seguir un mtodo sistematizado que tiene como finalidad la bsqueda de la verdad, adems de ser racional, exacto y verificable, pero, dejando en claro que entra en el m-bito de las ciencias sociales. Este concepto, por tanto, va dirigi-do al hombre y a la mujer en lo individual, pero tambin al conjunto de ellos y ellas, porque a diferencia de las ciencias exactas, la ciencia del derecho estudia concretamente la com-pleja interrelacin o interaccin humana en nuestros sistemas sociales.

    Se puede sealar que el derecho es prcticamente un aliado de la sociedad para preservar el orden que permita la sana y armnica convivencia entre los individuos y deber estar en constante transformacin para adecuarse a los cambios que se van dando en la vida social, inclusive ir ajustndose a los avan-ces y desarrollos de la sociedad, para ir creando nuevas normas o preceptos que cubran las necesidades del mundo cambiante en que vivimos. Por lo mismo, se suele decir que el derecho va siempre detrs de los grandes cambios sociales que se producen en la sociedad. Claro ejemplo de ello ha sido y es la propia Convencin de los Derechos del Nio.

    Como toda ciencia, el derecho tampoco escapa a la pre-sencia de diversas tendencias conceptuales o tericas que la ubican en un ngulo u otro del pensamiento. De hecho se ha llegado a establecer, en trminos generales, que existiran a lo menos tres tipos o tendencias sobre las cuales se consagra una perspectiva de derechos y cada una de esas tendencias del pen-samiento jurdico tiene una clave a travs de la cual emerge su concepcin y es posible un tipo de lectura o comprensin del mismo. Estas claves son la idea de justicia, el orden jurdico positivo y la realidad o el hecho social.

  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 31

    Entendiendo por justicia al conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permi-tiendo acciones especficas en la interaccin de individuos, grupos e instituciones de un sistema social. Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural, que se basa en la idea de que existe un consenso amplio entre los individuos, grupos y sistemas sociales acerca de lo bueno y lo malo. Ello bajo el su-puesto que las personas que forman parte de un orden social tienen una idea o una concepcin acerca de la justicia como valor superior y, por tanto, se considera una virtud social actuar de acuerdo a una concepcin de justicia. Pero tambin, sin du-da tiene un fundamento formal: fundamentos que se traducen en normas, reglas escritas que son aplicadas por quienes tienen las competencias para ello, actuando supuestamente de manera imparcial respecto de los conflictos que se sucedan entre los individuos, los grupos o las instituciones de la sociedad.

    En el segundo enfoque o tendencia, est el pensamiento que el derecho es slo aquello que proviene del Estado. Se tra-ta, del derecho puesto, legislado, que cumple todas las formali-dades establecidas en el orden estatal. Mientras que para la co-rriente anterior el fundamento se encuentra en la justicia, para esta tendencia lo justo es lo que se conforma el orden estatal. As, la validez, que presupone el cumplimiento de las formali-dades, de la lgica y de los procedimientos consagrados en el orden estatal, es lo que determina la justicia. stos son gene-ralmente pensamientos asociados a las escuelas del positivismo jurdico: normas creadas por las personas competentes por mandato del Estado, mediante un procedimiento formalmente vlido, con la intencin de someter la conducta humana al or-den disciplinario que establece las normas (Cisneros, 2000).

    En el tercer enfoque estn quienes trabajan segn la reali-dad de los hechos, atentos al comportamiento de los hombres, las mujeres y a la dinmica social. Desde esta perspectiva, se defiende la concepcin que el derecho nace, se transforma y se

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  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 32

    extingue en razn de los comportamientos de los sujetos socia-les, sea en el plano individual, de grupos o colectivos y sistemas sociales. As, a diferencia de los dos enfoques anteriores, que se ubican en las aspiraciones de justicia o en la seguridad de las formas a travs de los que formula el Estado, la concepcin que trabaja en funcin de los hechos sociales se apoya en el carcter de efectividad del derecho. Por lo tanto, este enfoque se fun-damenta en una prctica, que en cada tiempo y lugar emerge de la dinmica social. De hecho, recurriendo a Durkheim, se defi-ne a los hechos sociales como: modos de actuar, de pensar y de sentir exteriores al individuo, y que poseen un poder de coercin en virtud del cual se imponen. Es decir, modos de actuar que estn completamente reglados mediante normas que contienen prohibiciones, con sanciones establecidas para quie-nes no las cumplan (Batista, 2004).

    En sntesis y entendiendo que no es objeto de este estudio analizar en profundidad las teoras que devienen del derecho, basta tener en cuenta en nuestro contexto, que desde la tradi-cin jurdica existen a lo menos estas tres perspectivas o con-cepciones sobre las cuales emerge el concepto de derecho: una perspectiva lgico/analtico, una sinttico/intuitivo y una prag-mtico/operativo. Perspectivas que sin duda ayudan y colabo-ran a entender la emergencia de un enfoque de derecho en la perspectiva de la poblacin infantil y adolescente.

    Por su parte, un enfoque de derechos a tiempos actuales y en la perspectiva del sujeto infantil y adolescente, se define fre-cuentemente contrastndolo con un enfoque que se basa en las necesidades de las persona, es decir, en funcin de sus dficit sociales. Algo similar ocurre con la idea de justicia, que se defi-ne mucho mejor desde su esfera ms negativa, desde el lado de la injusticia y de quien la padece, en tanto testimonio objetiva-do de la persona, nios, mujer o adulto que la sufre o padece.

    El enfoque basado en las necesidades concibe a las perso-nas como objeto material e inanimado antes que como sujeto con experiencia, que mantiene relacin con otros y es

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  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 33

    capaz de transformar su realidad. Desde esta perspectiva la caracterstica fundamental del enfoque centrado en las necesi-dades es que el Estado no est obligado a satisfacer dichas nece-sidades (Save The Children, 2002:21). En cambio, en la aplica-cin de un enfoque de derecho s obliga a los Estados a hacerse responsable o cargo del cumplimiento de esos derechos. De todas maneras, en muchas ocasiones son enfoques que tienden o podran complementarse, porque ambos tienen como fun-damento el deseo de colaborar con la supervivencia de las per-sonas y el desarrollo pleno de su potencial. Ambos buscan identificar un rango de asistencia y accin necesarias para lograr su objetivo. Sin embargo, presentan diferencias. Una de ellas es que en el enfoque de necesidades no hay obligacin moral o legal de parte del Estado y/o de otras instituciones pblicas para brindar proteccin y ayuda. Ms an, este enfoque centrado en las necesidades responde bastante bien a un esquema o a un modelo que conocimos como tutelar, filantrpico, de la situacin irregular o de la asistencialidad en el marco de la minora.

    Este modelo el de la irregularidad o la minora tena, y todava tiene, como orientacin principal considerar a los nios y nias objetos de proteccin y se funda o fundaba en el de-terminismo,1 al considerar que son las condiciones o caracte-rsticas de las personas las que habilitan a generar algn proceso de intervencin, y no la conducta concreta efectuada o realiza-da por el sujeto. Considera que estas condiciones o caractersti-cas de las personas (su condicin de pobreza o marginalidad) hacen ms propicio su disposicin a convertirse en menores delincuentes o potenciales delincuentes.

    1 El determinismo sostiene que la vida est regida por circunstancias que

    escapan a nuestro control, de modo que nadie es responsable de lo que hace o deja de hacer. Muchos autores consideran que el medio fsico determina a las sociedades humanas como colectivo y al ser humano como individuo y a su nivel de desarrollo socioeconmico y cultural, por lo que los seres humanos deben adaptarse a las condiciones im-puestas por el medio.

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  • Enfoque de derechos o enfoque de necesidades? 34

    Esta concepcin entr en crisis en los aos sesenta y, parti-cularmente en la dcada de los aos ochenta. Sus caractersticas principales se pueden abordar a partir del siguiente cuadro, donde queda establecido el marco terico-conceptual sobre el cual se funda su quehacer y las caractersticas ms operativas del modelo.

    Tabla 1

    El modelo tutelar o de la situacin irregular

    DIMENSIONES MODELO TUTELAR O DE LA SITUACIN IRREGULAR

    ANTES DE LA CDN Marco terico. Escuela Etiolgica. Supuestos que habilitan la interven-cin del Estado.

    Menor en situacin irregular: situa-cin de riesgo o peligro moral o material o situacin irregular o circunstancias especialmente difci-les.

    Caractersticas de la respuesta del Estado.

    Centralizada. Judicializacin.

    Caractersticas jurdicas. Juez social/asistencial, no limitado. Contenidos y caractersticas de la intervencin del Estado frente a los casos de proteccin.

    Proteccin que viola o restringe derechos. Separacin del nio de la familia. Internacin como principal inter-vencin. Medidas coactivas por tiempo inde-terminado.

    Contenidos y caractersticas de la intervencin del Estado frente a casos de imputacin de delito al menor de edad.

    Menor abandonado/delincuente. Se desconocen sus garantas. Privacin de libertad como regla.

    Fuente: Beloff, 2004.

    Posterior a los aos ochenta se inaugura una nueva etapa, que fue definida como de la Proteccin Integral de los Derechos de Nios, Nias y Adolescentes, y cuya escuela fue conocida co-mo de la Reaccin Social (Beloff, 2004). Esta etapa reconoce

  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 35

    por primera vez al nio como sujeto pleno de derechos y aban-dona la concepcin o los postulados peligrosistas o filantrpi-cos. En este modelo, en consecuencia, no hace falta cometer delitos para tener una familia, ir a la escuela, comer, recibir atencin en salud, tener una vivienda, no ser maltratado, parti-cipar y tener tiempo libre. Ya no se tratara de nios incapaces, personas a medias o incompletas, sino que personas a las cuales se les reconoce todos los derechos de los adultos, ms los dere-chos especficos en su particularidad de ser sujetos en creci-mientos, es decir, estar en una etapa evolutiva. De este modo, se recupera la universalidad de la categora de infancia y faculta a los poseedores de derechos a exigirlos. Esto significa que no son vistos como objetos de caridad como es el caso del enfo-que basado en necesidades, sino como individuos que exigen el cumplimiento de sus derechos legales. Este es un punto cru-cial, ya que el enfoque plantea la responsabilidad pblica, pol-tica, moral, legal de todos y en particular de los gobiernos de su respeto y cumplimiento o rendicin de cuentas (Save The Children, 2002). La tabla siguiente, nuevamente nos orienta acerca del marco conceptual que funda esta perspectiva y tam-bin de sus condiciones operativas.

    Con todo, hay que reconocer que esta oposicin de mode-los o cosmovisiones necesidades/derechos y filantrpico/de la reaccin social todava no est absolutamente incorporada a las dimensiones jurdicas, polticas y culturales de nuestra sociedad, toda vez que justamente se trata de cambiar una con-cepcin que por muchos aos perme el quehacer, la investi-gacin, las metodologas, las prcticas y los discursos de las per-sonas y las instituciones que venan trabajando con la infancia.

    No es menor entonces indicar que lo que se est diciendo y planteando explcitamente cuando se habla de una perspecti-va de trabajo centrado en los derechos es que: el centro de esta perspectiva se ubica en las personas, en este caso nios, nias y adolescentes. Que se incorpora una base tica en el derecho, cual es la de fortalecer la idea de universalidad de la ley en refe-

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    rencia a los principios de equidad e igualdad; que se est pro-moviendo una cultura poltica y social basada en el reconoci-miento recprocos de las personas o sujetos de derechos; y que se est propiciando una institucionalidad pblica y privada co-mo instrumento y generador de una ciudadana activa en tiem-pos y espacios democrticos.

    Tabla 2

    Modelo de la proteccin integral de los derechos de los nios

    DIMENSIONES MODELO DE LA PROTECCIN INTEGRAL DE LOS DERECHOS

    DESPUS DE CDN Marco terico. Escuela de la Reaccin Social. Supuestos que habilitan la interven-cin del Estado.

    Derechos amenazados o violados.

    Caractersticas de la respuesta del Estado.

    Descentralizada. Desjudicializacin.

    Caractersticas jurdicas. Juez en actividad jurisdiccional. Juez tcnico y limitado por garantas.

    Contenidos y caractersticas de la intervencin del Estado frente a los casos de proteccin.

    Proteccin que reconoce y promue-ve todos los derechos. No hay intervencin estatal coactiva para garantizar derechos. Medidas de proteccin de derechos hasta restablecer el derecho vulne-rado.

    Contenidos y caractersticas de la intervencin del Estado frente a casos de imputacin de delito al menor de edad.

    Desaparece el determinismo. Se reconocen todas las garantas. Privacin de libertad como excep-cin y slo para infractores graves.

    Fuente: Beloff, 2004. Existe una diferencia radical entre un enfoque centrado en las necesidades y otro en los derechos. Porque adems desde una perspectiva de derechos se estn respetando cinco principios bsicos y guas sin los cuales no podra pensarse la inclusin de

  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 37

    todos los nios, nias y adolescentes al goce sus derechos: el principio de la no discriminacin todos y todas; el princi-pio del gnero ellos y ellas; el principio del inters supe-rior todos sus derechos; el principio de promocin de su-pervivencia y desarrollo todo su potencial; y de participa-cin toda su capacidad de decisin.

    Podemos sealar entonces, que no est claro en el caso de nuestro pas, si la atencin a la niez est ms centrado en un enfoque de necesidades, de derechos o uno de provisin mixta, en tanto transicin de un enfoque a otro. La pregunta que est detrs de estas nuevas nociones es si existe o no una prctica explicita de atencin a la niez, conceptual y metodolgica-mente, fundado en lo que se han denominado los cuatro gru-pos de derechos: supervivencia, proteccin, desarrollo y parti-cipacin. La tabla es muy ilustrativa al respecto y ayuda a en-tender la relevancia y profundidad de las implicancias que tiene la adhesin a un enfoque u otro.

    Se hace necesario realizar un breve recorrido de cmo es posible concretizar una perspectiva de esta naturaleza a la prc-tica, a las buenas prcticas relacionadas con enfoques de dere-cho y en la perspectiva del desarrollo de los sujetos. En primer lugar, el enfoque de derecho supone tener o disponer de un buen anlisis de la situacin y del estado del respeto y protec-cin de los derechos de nios, nias y adolescentes (Save The Children, 2002:30). ste es un punto de partida, pero tambin y a la vez, la mejor forma de asegurar que los principios que inspiran la Convencin de los Derechos del Nio estn siendo resguardados por quienes tienen la condicin de garantes de los mismos. En el caso chileno, no tenemos o disponemos de una buena base y mapeo investigativo acerca de esta situacin social de base respecto de la infancia. Lo que tenemos son diagnsti-cos parciales de cierto tipo de sujetos y carencias asociadas a la satisfaccin de sus necesidades bsicas.

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    Tabla 3 Perspectiva de necesidades v/s perspectiva de derechos

    PERSPECTIVA DE NECESIDADES PERSPECTIVA DE DERECHOS

    Centrado en la caridad privada. Centrado en la responsabilidad pbli-ca, poltica, moral y legal.

    Carcter voluntario. Carcter obligatorio. Trata fundamentalmente los sntomas. Trata fundamentalmente las causas. Establece jerarqua en la satisfaccin de las necesidades.

    Los derechos no pueden dividirse, son indivisibles e interdependientes.

    Las necesidades varan segn la situa-cin, el individuo y el entorno.

    Los derechos son universales, los mismos para todos y en cualquier lugar.

    El objeto es la satisfaccin de las nece-sidades, independiente del sujeto.

    El sujeto se empodera en funcin de exigir sus derechos.

    La determinacin de las necesidades es subjetiva.

    Los derechos se basan en estndares universales, objetivados.

    Desarrolla perspectiva de tiempo de corto plazo y metas parciales.

    Desarrolla perspectiva de tiempo de largo plazo y define metas totales.

    Se centra en la provisin de servicios. Se centra en la responsabilizacin de los derechos en todos los grupos humanos (decididores, adultos, padres y nios).

    Dispone de un enfoque especfico de trabajo focalizado en ciertos tipos de poblacin.

    Dispone de un enfoque de trabajo integral.

    Los gobiernos deben responsabilizarse, pero no tienen obligaciones definidas.

    Los gobiernos tienen obligaciones morales y legales en todos sus niveles.

    Los nios y nias participan con el objeto de mejorar la prestacin de los servicios.

    Los nios y nias son participantes activos por derecho.

    No todos los nios son beneficiarios de las prestaciones de servicios. Ten-dencia a la focalizacin y exclusin de algunos nios.

    Todos los nios y nias forman parte del logro de metas globales.

    Instituciones con metas propias. No existe un propsito global unificado.

    Todos los nios y nias tienen los mismos derechos a desarrollar su potencial a plenitud.

    Ciertos grupos de profesionales y tcnicos tienen la especializacin para satisfacer las necesidades de los nios.

    Todos los adultos, nios y adolescen-tes, pueden desempear un rol en el logro o aplicacin de los derechos de la poblacin infantil y adolescente.

    Fuente: Save The Children, 2002.

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    As y todo, otro paso relevante dice relacin con justamente adherir a un enfoque de derechos que asegure la atencin efec-tiva de las instituciones pblicas y privadas a las principales reas de derechos sobrevivencia, proteccin, desarrollo y participacin. Este segundo paso es muy dbil en el mbito de lo conceptual y metodolgico, presentndose como una necesidad prioritaria de cubrir. El tercero, es la operacionaliza-cin de un trabajo activo de los actores y redes centrales de quienes deben incluirse en los enfoques de derecho sujeto, familia y Estado. Ha quedado claro que todava es novedoso trabajar con perspectiva de un sujeto y mucho ms si a esa uni-dad la convertimos en una nueva como la indicada. Y cuarto, el fortalecimiento institucional a escala nacional y local de pro-gramas o proyectos de carcter transversal que hacen parte de un sistema o poltica integral de infancia educacin, salud, trabajo, participacin (ICBF, 2006:109-111). Lo observable en este punto es que se sigue trabajando con lgicas compartimen-tadas en escenarios nacionales, pero tambin en escenarios lo-cales y municipales, donde podra ser ms rpido, ms opera-cionalizable y concreto la inclusin de un enfoque de esta na-turaleza.

    An teniendo en cuenta la importancia de incluir este tipo de enfoque al desarrollo de las polticas pblicas y locales, todava queda mucho por andar y construir, toda vez que lo que tene-mos hoy en da, parece estar ms centrado en lgicas de enfoques mixtos, de necesidades-objeto a sujetos-derechos. Por ahora, se trata de volver a poner los ejes de la discusin a travs del desa-rrollo de una matriz comprensiva de cambio de un enfoque cen-trado en las necesidades a un enfoque centrado en los derechos de los nios, nias y adolescentes. Dos preguntas se mueven en este continuo: dnde estamos y hacia dnde deberamos ir. Lo que se presenta a continuacin, es una matriz que proponemos seguir y co-construir conceptual y metodolgicamente entre los equipos de trabajo de las OPD del pas, que permita culminar el proceso de transicin de un enfoque a otro.

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    Tabla 4 Matriz comprensiva de cambio de un enfoque centrado en las necesidades a un enfoque centrado en los derechos

    CATEGORAS DNDE ESTAMOS? DNDE DEBERAMOS IR? ESCENARIO DE

    ACTUACIN Sistema nacional de infancia. Sistemas locales o municipa-les de infancia.

    Focalizacin de determinan-tes especficas en cierto tipo de sujeto.

    Visin sistmica de la condi-cin de la infancia a nivel intermedio o local.

    De programas nacionales y transversales.

    A polticas de poblacin infantil y adolescente.

    En enfoques centrado en el dficit o las necesidades sociales.

    A enfoques centrado en los derechos y el desarrollo.

    ENFOQUES

    De la centralizacin. De la descentralizacin.

    Que se ordenan en funcin de la oferta pblica y privada.

    Que se ordenan en funcin de la demanda infantil y adolescente. ESTRATEGIA

    De carcter normativa. De carcter estratgica.

    mbito tcnico/administra-tivo/normativos generales.

    A la especificacin de cuatro grupos de derechos de la infancia: sobrevivencia, pro-teccin, desarrollo y participa-cin.

    No requiere de sujeto. Si requiere del sujeto.

    CONTENIDOS Y CAMPOS DE

    ACTUACIN

    Centrado en la norma y la informacin.

    Centrado en competencias y habilidades.

    Estndares universales. Estndares especficos con-textualizados.

    nfasis en apoyos y recursos externos.

    nfasis en el desarrollo de los recursos endgenos de los sistemas locales.

    nfasis en instrumentos de gestin.

    nfasis en instrumentos de planificacin estratgica, inves-tigacin, evaluacin, vigilancia y monitoreo.

    Basado en apoyos y soportes materiales.

    Centrado en la cualificacin del recurso humano.

    nfasis en gastos en infancia. nfasis en inversin en in-fancia.

    RECURSOS E INSTRUMENTOS

    Sin rendicin de cuentas pblicas de la responsabiliza-cin y resultados.

    Con rendicin de cuentas pblicas de la responsabiliza-cin y resultados.

    Fuente: Construccin propia.

  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 41

    Este camino, ya lo hemos dicho, tendra la virtud de centrarnos en las personas, en su dignidad que es el bien jurdico deseable y abrirnos y acercarnos inmediatamente a un horizonte de ca-rcter estratgico, de acciones consecutivas que tienen una fi-nalidad o fin superior; de duracin ilimitada, pues va ms all de las circunstancias y coyunturas; el enfoque de derechos nos convoca a concebir al nio, a la nia o adolescente como tal, como el referente insoslayable, aquel o aquella que no pode-mos eludir y esto es lo que la Convencin sobre los Derechos del Nio consagra en el principio del inters superior del nio (Cusianovich, 2007). Lo que significa plena satisfaccin o satis-faccin integral de todos sus derechos.

    Lo sustancial de este proceso es que hace 18 aos este ins-trumento no exista y no haba forma de obligar a nadie para que hiciera algo diferente respecto de la situacin de la pobla-cin infantil y adolescente; hoy se puede. Y, ms an, se trata de preguntarse si tenemos o no mecanismos e incidencia pol-tica para demandar la exigibilidad de los derechos de nios, nias y adolescentes. Sin duda, algo cambi: la condicin jur-dica de este tipo de poblacin. Sin embargo, es claro que el estatus legal de la poblacin infantil y adolescente constituye una condicin necesaria, pero no es suficiente para la mejora de sus condiciones concretas de vida. Cmo hacer para que esta transformacin normativa tenga un impacto directo en las vidas de los nios y las nias? es la pregunta que todava tiene una respuesta pendiente o no suficientemente desarrollada. De hecho, un aspecto problemtico de la Convencin es que si bien reconoce todos los derechos, que son los que histricamente tuvieron que ver con la infancia, limita ese reconocimiento a las posibilidades del desarrollo econmico de cada pas. 2. LA INFANCIA COMO CONSTRUCCIN SOCIOHISTRICA

    Segn Gaitn (2006), la infancia puede ser entendida como un fenmeno social, esto es, como un suceso de relevancia

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    para la vida social. La infancia se distingue del nio ser in-dividual definido por su naturaleza fsica y psquica y de los nios grupo de seres de humanos que comparten unas ca-ractersticas, es la condicin que los engloba. Como con-cepto se puede utilizar para definir el espacio en el que se cris-taliza la coleccin de normas, reglas y regulaciones que rigen para los miembros de la sociedad definidos como nios, y las acciones e interacciones en la vida social del grupo o categora que queda incluido en su mbito. Como subconjunto resultan-te de estructuras culturales, sociales y econmicas, la infancia se encuentra incrustada de modo permanente en la estructura de cualquier sociedad. Como componente de esa estructura est sujeta a los avatares del cambio social, pero el fenmeno de la infancia siempre existe una infancia viene precedida de otra y ser sustituida por otra slo los individuos que la experimen-tan se renuevan constantemente (Gaitn, 2006).

    La definicin de nio propuesta por la CDN comprende a todos los seres humanos menores de 18 aos, excepto en los casos en que la legislacin nacional pertinente haya adelantado la mayora de edad. Sin embargo, la Convencin destaca que la proclamacin de una mayora de edad anterior a los 18 aos debe estar en conformidad con el espritu de la Convencin y sus principios fundamentales y no debe usarse para menosca-bar los derechos del nio.

    En la legislacin internacional no existen definiciones de otros trminos usados para referirse a las personas ms jvenes, como adolescentes o jvenes. Algunas organizaciones han adopta-do definiciones de trabajo para facilitar su labor programtica. La Organizacin Mundial de la Salud, por ejemplo, ha adopta-do las siguientes definiciones: adolescente se refiere a cualquier persona de entre 10 y 19 aos de edad; persona joven se refiere a cualquier persona de entre 10 y 24 aos de edad; y joven, a per-sonas de entre 15 y 24 aos. En el lenguaje cotidiano, la palabra nio se refiere normalmente a los ms pequeos, especialmente a aquellos que no han cumplido los diez aos. Sin embargo, es

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  • Perspectiva de derecho: desarrollo local, sujeto y poltica 43

    importante tener en cuenta que la CDN se refiere con este tr-mino a todos los nios, incluidos aquellos susceptibles de ser descritos con otros trminos, por ejemplo, adolescentes o jvenes. Las disposiciones generales del CDN son aplicables a todas las personas menores de 18 aos, pero puede darse el caso que ciertos artculos tengan mayor relevancia en el caso de los nios pequeos por ejemplo, la supervivencia bsica, mientras que otros resultan ms significativos para nios mayores por ejemplo, la proteccin frente a la explotacin sexual.

    Por ello se dice que la infancia, a tiempos actuales, es mu-cho ms que una categora etaria, o el recorrido de una vida por cierto nmero de aos definidos arbitrariamente. Ms que eso, la infancia, sobre todo en funcin de la CDN, dice relacin con el estado, situacin y condicin de la calidad de vida de los ni-os, nias y adolescentes. Ms claramente, hace referencia a la calidad de vida de esos aos, tal como lo seala la UNICEF (UNICEF, 2000).

    Por lo mismo, definir la infancia slo como un fenmeno natural, directamente derivado del desarrollo o crecimiento fsico, es una definicin esttica, reduccionista y simplista de verla. La calidad de vida de esos nios, nias y adolescentes en esos aos, claramente correlaciona mejor con un concepto de infancia asociado a una construccin social e histrica (diferen-te en cada tiempo y geografa) que hace referencia a un estatus delimitado, incorporado dentro de una estructura social y ma-nifestado en ciertas formas de conducta, todas ellas relaciona-das con un conjunto concreto de elementos culturales (Jenks, 1982; en Alfageme, Cantos y Martnez, 2003).

    Esta construccin histrica del ser nio, nia y adolescen-te, se ha caracterizado por una constante marginalidad. El reco-rrido histrico se inicia con una infancia que no tena lugar y que Domic Ruiz denomina el oscurantismo de la infancia. Con el judasmo y el cristianismo la condicin de nio empieza a ser valorada por los mensajes en la Biblia, pero no signific la superacin del oscurantismo para los nios y nias. A partir del

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    siglo XII se evidenci un inters por los ms pequeos y su de-sarrollo (Alfageme, Cantos y Martnez, 2003).

    Aris establece que antes del siglo XVII, pasado el estricto perodo de dependencia materna, los individuos pequeos se integran totalmente al mundo de los adultos, vistiendo igual y realizando las mismas actividades (Espinoza y Saavedra, 2006).

    Sera a comienzos del siglo XVII cuando se empieza a reco-nocer a los nios y nias como seres humanos con problemas de desarrollo distintos al de los adultos. A partir de este siglo, se va desarrollando un sentimiento nuevo respecto de la infancia. El nio y nia comienza a ser el centro de atenciones dentro de la familia. La institucin familiar gradualmente va organizndose alrededor del nio y nia, a darle una importancia desconocida hasta entonces: su prdida es con gran dolor, ya no nacen tan seguido e importa atenderlos mejor, por lo tanto es importante limitar su nmero (Espinoza y Saavedra, 2006). Los padres co-mienzan a interesarse por el futuro de sus hijos y disminuye el infanticidio, sin dejar an la idea del nio sumiso y subordinado.

    Es dentro del espritu burgus europeo en el que el infan-te, desde una perspectiva general, pasa a ser tema de preocupa-cin social y poltica, tanto a nivel de las prcticas concretas como a nivel ideolgico. De esta forma, la vida del nio empie-za a ser pensada desde la familia. En ella el nio establece sus lazos afectivos fundamentales, es el lugar natural del infante. Cuatro aspecto distinguen a la familia: la sujecin (de los nios a uno de sus integrantes), la convivencia (todos viven bajo un mismo espacio y con una misma direccin, orientacin y re-cursos propuesta por el jefe de familia), el parentesco (personas unidas por un vnculo de consanguineidad) y la filiacin (per-sonas unidas por el matrimonio o la filiacin). Es en este tipo de espacio donde los nios se encontrarn protegidos y sern educados en las prcticas elementales del modo de vida propio de la burguesa.

    Por otro lado, la escuela se constituye en el mbito o el otro tipo de espacio desde donde se satisfacen las exigencias del

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    sistema, las cuales apuntan a que los nios posean mayores co-nocimientos y destrezas que sus padres y los adultos de su co-munidad, de tal modo que la sociedad cuente, en su futuro, con individuos capaces de posibilitar y sostener la generacin y el crecimiento de plusvala y, como tal, de la reproduccin de este modo de vida (Alfageme, Cantos y Martnez, 2003). Fou-cault nos habla de cmo la escuela como institucin disciplinar, no tiene el objetivo de slo trasmitir conocimiento, sino ms que nada que de formar personas, de producir cierto tipo de subjetividades (Espinoza y Saavedra, 2006).

    En este punto la relacin entre padres e hijos es modifica-da, lo que trae nuevas reglas, la familia se concentra en cuidar la salud de los hijos. Las nuevas leyes morales se concentran en la higiene, en el amamantamiento directo por las madres, en la vestimenta cuidada y pulcra y en toda una serie de cuidados que estrechan los vnculos y reorganizan la institucin familiar. Sin embargo, fuera del mbito familiar se produce una situa-cin diferente, con el surgimiento de la psiquiatra, la infancia se constituir en la figura de lo patolgico, de lo anormal: la infancia es el filtro para analizar los comportamientos y basta con encontrar cualquier vestigio de infantilidad para que una conducta sea psiquiatrizable (Espinoza y Saavedra, 2006).

    Foucault (2003) plantea que la invencin de la infancia en la modernidad lleva tambin a la invencin de la pedagoga moderna. Aunque mucho antes de la modernidad existieron los nios y nias, ideas sobre la infancia, prcticas y saberes pedaggicos construidos a su alrededor, es en esta poca en la que surge la pedagoga como ciencia, como moral y como pol-tica del conocimiento, como una serie de discursos interesados en conocer y estudiar a los nios y nias, su cuerpo, sus deseos, su pensamiento, sus juegos, sus capacidades y toda una serie de dispositivos tendientes a producir un tipo especfico de nio y nia, una forma particular de subjetividad. (Espinoza y Saave-dra, 2006). Por ello, es posible a tiempos actuales distinguir distintos modelos y tipos de escuelas, las que desde sus pers-

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    pectivas ms seleccionadoras, compensatorias, comprensivas, inclusivas o modernas debern por mandato del Estado cumplir el rol de garante de la funcin y accin educativa pro-porcionada a los nios de una determinada sociedad; pero tam-bin a travs de las cuales se operativiza los modelos y tipos de nios, nias y adolescentes que en cada tiempo cada sistema social debate y define.

    Ha habido en la evolucin histrica de la infancia una cierta tendencia a reconocerla ms desde una perspectiva individual y por ello tambin ha sido ms fcil y evidente reconocer el aporte cientfico de ciertas disciplinas que desde determinados ngulos las han estudiado, reconocido y comprendido, pero ciertamente a partir de especificidades que comprenden el ser infante indivi-dualmente. sa es la crtica principal que se le ha hecho recu-rrentemente a la pediatra, la psicologa y la educacin.

    Sin embargo, este tipo de perspectiva no alcanza o no ha alcanzado para dar cuenta de la infancia tambin desde la otra esfera constitutiva de ella: la esfera de lo social, lo relacional, lo interaccional... ms como fenmeno social. Entendiendo por ello la actitud consciente del hombre ante los fenmenos de la vida social y su propia condicin social, inicindose espontnea y conscientemente contra los factores que lo limiten, lo opri-man y lo exploten, de manera tal que lo impulse de manera inevitable a un cambio social (Porro, 2007:1-18). He aqu la entrada ms interesante que conocemos desde la perspectiva de la sociologa y que James Qvortrup deline en una larga inves-tigacin (1987-1991) y que se denomin La infancia como fenmeno social. Su tesis central fue desarrollada bajo dos preguntas: cul es la posicin de la infancia en la estructura social de la sociedad? Y cmo se cuida la infancia en relacin con el conjunto de fuerzas que no pueden dejar de influenciar en la vida de los nios? (Qvortrup; citado en Porro, 2007:2).

    Las respuestas a estas preguntas, Qvortrup las desarrolla a travs de Nueve tesis acerca de la infancia como fenmeno social las que dan por resultado la comprensin de infancia como un

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    fenmeno histrico, y por ende social. Estas nueve tesis estn relacionadas con: i) La infancia es una forma particular y distin-ta de la estructura social de cualquier sociedad, dado princi-palmente por sus procesos de escolarizacin obligatoria,2 y por la posicin legal que se le ha otorgado desde el mundo adulto. ii) La infancia es, sociolgicamente hablando, no una fase tran-sitoria, sino una categora social permanente. iii) La idea de nio es problemtica, mientras que la infancia es una categora variable histrica y social puesto que se relaciona con otros iguales y distintos, y como tal responde a relaciones que pue-den ser culturales, histricas u otras que dependen del lugar y momento que le corresponde vivir. iv) La infancia es una parte integral de la sociedad y su divisin del trabajo, es decir, influye decididamente en los planes y proyecciones del mundo social. v) Los nios son ellos mismos co-constructores de la infancia y la sociedad, participan activamente de los diferentes fenmenos sociales. vi) La infancia est expuesta a la accin de las mismas fuerzas que los adultos (econmica o institucionalmente, por ejemplo) aunque de modo particular, no viven un mundo es-pecialmente distinto. vii) La dependencia atribuida a los nios tiene consecuencias para su invisibilidad en las descripciones histricas y sociales. viii) La ideologa de la familia constituye una barrera para los intereses y el bienestar de los nios, toda vez que existe dificultad en la sociedad por responsabilizarnos de los nios. ix) La infancia tiene la categora de una minora clsica que es sujeto de tendencias de marginalizacin y pater-nalizacin (Qvortrup; citado en Porro, 2007:1-5).

    La consideracin de la infancia como fenmeno social, en-tonces, ha llevado a la construccin de distintas visiones sobre ella. Desde la psicologa social se habla de representaciones sociales, que pueden ser definidas como aquellas imgenes, visiones, percepciones, que funcionan como un mecanismo de

    2 En Chile la educacin obligatoria por ley est establecida por 12 aos,

    es decir, entre 6-18 aos.

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    interpretacin colectiva sobre la realidad social y que dependen de los valores, creencias y formas de percibir e interpretar dicha realidad social. Autores como Casas (1998; citado en Porro, 2007), establece que las representaciones sociales sobre la in-fancia son saberes cotidianos que influyen en las interrelacio-nes con la infancia y pueden condicionar a los adultos y a los nios y nias, limitando la posibilidad de experiencia o pers-pectivas de anlisis fuera de la lgica mayoritaria. En este senti-do se han construido distintas representaciones sociales sobre la infancia. Es importante clarificar que las formas de represen-tar a la infancia no corresponden exclusivamente a perodos de tiempo precisos, ni se han dado como forma exclusiva y domi-nante. De hecho trascienden cronologas, geografas y coexisten con otras formas de ver la niez incluso antagnicas.

    Dentro de las visiones que existen sobre la infancia tene-mos: i) Los hijos e hijas son propiedad, posesin de los padres y madres. ii) El nio y la nia como potencia, como grandeza potencial o como futuro, como los futuros ciudadanos en los que se convertirn. iii) El nio y la nia como vctima o victimario, la infancia definida como seres indmitos, conflicti-vos o victimizados, e incluso, como seres peligrosos. iv) La infancia como algo privado. v) La infancia como incapaz o ne-cesitada de ayuda para actuar como agentes sociales (Alfageme, Cantos y Martnez, 2003).

    Estas representaciones han condicionado fuertemente la actual nocin de infancia, provocando una importante estigma-tizacin, victimizacin, peligrosidad y representacin social negativa de la infancia.

    Por otra parte, Tonucci nos plantea dos visiones que co-existen sobre la infancia. La primera, representa al nio como condenado a su futuro, porque vale por lo que va a ser: es el futuro ciudadano, es el nio que sigue un modelo que somos nosotros; nosotros somos los adultos que l tiene que llegar a ser. Con base en esa visin, el autor plantea que es interesante notar cmo todo esto responde a un proyecto educativo con-

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    servador, en el cual el modelo del maana es el ayer o el hoy, en el cual somos nosotros el modelo de nuestros hijos y son los maestros el modelo cultural que les proponemos. Considerado como un futuro ciudadano, el nio no es titular de derechos; maana los tendr (Tonucci, 2004). Una segunda visin des-cribira al nio como persona rica, competente, como el nio de hoy, que as, tal y como es hoy, tiene derechos; que tendra derechos desde su nacimiento. Siendo esta la imagen que busca potenciar la CDN y todos los tratados afines (Tonucci, 2004).

    Otro elemento que ha influido en las visiones que se tiene de la infancia, ha sido la globalizacin, o lo que algunos autores han denominado la globalizacin de la infancia (Boyden y Ennew, 2001). Esto implicara un grado de homogeneizacin en las ideas que los adultos tienen sobre cmo debera ser una ade-cuada infancia, qu actividades deberan realizar y cules no. Boyden y Ennew (2001) establecen que en la base de muchas teoras psicolgicas, de polticas y programas de atencin social se encuentra la idea de una infancia ideal. De esta forma al globalizar la idea de infancia se ha establecido un orden del da universal, una agenda global para la infancia en ocasiones con influencias no demasiado positivas ni adecuadas a cada contexto social. En definitiva, la nocin global de la infancia establece una serie de supuestos sobre las caractersticas de los nios.

    Desde el lado de la antropologa, se aporta el concepto de la diversidad, en donde la infancia puede ser entendida como una categora socialmente construida por lo menos por tres dimensiones de lo social: la variabilidad cultural, la desi-gualdad social y el gnero. As, una mirada puesta en la diversi-dad de la infancia nos lleva necesariamente a observar y consta-tar que lo que llamamos infancia en un lado o en un grupo social determinado, no representa lo mismo en otro lado ni en otro grupo social. Las identidades, nos dice la antropologa, no pueden ser pensadas como algo inmutable, que no se cambia ni altera, sino por el contrario como construcciones relacionales:

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    es porque nos diferenciamos de los otros que nos reconoce-mos como nosotros (Colngelo, 2003:3). Es porque no te-nemos, ni disponemos, ni accedemos a los mismos recursos, es que no es lo mismo ser pobre que rico la desigualdad so-cial, y es porque hay nios y nias, es que existen experien-cias de vida que son propiamente de un gnero u otro, otras historias, distintas historias. Sin duda, el gran problema con esta perspectiva de la diversidad, es que si bien se tiene con-ciencia de tales concepciones y, que incluso la CDN la releva de manera explcita, la tendencia ms fuerte respecto de la infancia sigue siendo la enorme tentacin de ciertas disciplinas de man-tenerlas como categoras ms bien homogneas que diversas.

    Una tendencia ms reciente y distinta de lo que hemos ve-nido planteando est relacionada como lo que los autores Co-rea y Lewkovicz (1999) han denominado destitucin de la infancia. Que puede entenderse como el agotamiento de las instituciones que producen niez o infancia, es decir, su inca-pacidad de hacerlo en tiempos modernos referido principal-mente a la capacidad de la familia y la escuela; o como el abandono de los viejos paradigmas con los cuales hemos traba-jado la infancia y la emergencia de otros que todava no logra-mos reconocer con la nitidez suficiente en las disciplinas que se asocian al estudio de la infancia entre objetos y sujetos.

    Considerar la infancia como fenmeno social, construida histricamente, sobre la que existen distintas visiones, implica repensar las formas en que desde las ciencias sociales y huma-nas la abordamos. Implica necesariamente concebir a los nios, nias y adolescentes como actores con capacidad de reflexin y accin, contrarias a las nociones que tienden a concebirlos y definirlos a partir de sus carencias y atribuyen papeles de recep-tores pasivos. De ah, entonces, la necesidad de relevar un en-foque distinto, que pueda complementar un rea del conoci-miento monopolizada por la pedagoga y la psicologa: la socio-loga de la infancia.

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    a) Los nios, nias y adolescentes en el pensamiento sociolgico El hecho que slo recientemente los nios se hayan convertido en sujetos de derechos especficos, ha contribuido a facilitar su visibilidad social y a trasladar al primer plano de los debates polticos los problemas que a ellos les afectan.

    Las interrogantes que el fin del siglo XX nos dej en torno a los nuevos problemas que impactan a las familias y a los nios, incluso en los pases desarrollados la cada de la natalidad, la pobreza infantil, el fracaso de los sistemas educativos, los flujos migratorios y los problemas de la integracin social, la influen-cia de los medios de comunicacin en el desarrollo infantil, el cambio en las formas familiares, han obligado a volver la vista a la infancia, que ya no parece ser un elemento exclusivo del control familiar y la vida privada. Parece necesario que el debate se plantee en torno a las condiciones y calidad de vida de los nios y en forma de problemas sociales, no estrictamente educativos, peditricos o psicolgicos.

    En este sentido emerge la sociologa de la infancia, la cual puede ser vista como la convergencia de diversas corrientes no necesariamente enfrentadas, sino ms bien con elementos co-munes y complementarios que tendran al menos algunas im-plicaciones relevantes: un intento por mirar de forma ms res-petuosa a la infancia desde la perspectiva adulta y, en este caso, desde la sociologa; y la consideracin de la infancia como una estructura social en s misma en la que algunas herramientas bsicas de anlisis son las perspectivas generacionales y de g-nero, pero sobre todo el intento por conocer la perspectiva propia de nios y nias, desde su construccin social, econ-mica, histrica, poltica y cultural.

    Se trata de ubicar a la infancia como un actor social a pesar del rol pasivo que en algunos momentos histricos se le ha pretendido asignar.

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    Diagrama 1

    TRES MODELOS DE INFANCIA DESDE LA TEORA SOCIOLGICA3

    Nios receptores, sujetos a acciones

    normativas. Funcionalismo.

    Ejemplo: Parsons.4

    Nios constructores.

    Interaccionismo simblico.

    Ejemplo: Mead.5

    Nios inmaduros. Teora de la madura-cin individual o teora del proceso de civiliza-cin. Ejemplo: Elias.6

    3 Tomado y ajustado a partir del trabajo de Rodrguez (2004). 4 Dicha teora social sostiene que las sociedades tienden hacia la auto-

    rregulacin, as como a la interconexin de sus diversos elementos (va-lores, metas, funciones). La autosuficiencia de una sociedad est de-terminada por necesidades bsicas, entre las que se incluan la preser-vacin del orden social, el abastecimiento de bienes y servicios, la edu-cacin como socializacin y la proteccin de la infancia. Parsons est interesado en elaborar una teora integradora del sistema social que d cuenta de cmo la sociedad socializa a los individuos reproduciendo el consenso normativo bsico que sustenta el orden social, por ello enfa-tiza el aspecto de continuidad que implica el proceso de socializacin entre generaciones y por ello la infancia se presenta exclusivamente como una receptora pasiva de dicho consenso normativo; finalmente, la sociedad consume a la infancia en el proceso inexorable de repro-duccin del orden social.

    5 Quien desarrolla una visin pragmtica de la filosofa basada en la sociabilidad y la temporalidad como instancias de la evolucin del ser social. El yo, como reflejo del otros, est sujeto al comportamiento de los dems, a una construccin social, a un mi social. El yo apa-rece como una realidad social, sujeto a la negociacin con el entorno, a la interaccin simblica a travs de la comunicacin.

    6 Refiere a un cambio en las estructuras sociales vinculado al de las es-tructuras de la personalidad. En la medida que la sociedad se va haciendo ms compleja en sus funciones y roles, los individuos apren-den a contener sus impulsos por medio de normas sociales que asimi-lan como propias y se vuelven ms eficaces. Refiere especficamente a la concepcin de civilizacin como aquel proceso que est en constan-te transformacin y ajuste.

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    Es necesario poner en duda algunos supuestos y paradigmas que sobre sta han prevalecido en momentos concretos de la historia y, en segundo lugar, ubicar tales paradigmas dentro de sus contradicciones sociales e histricamente construidas.

    En general, estos paradigmas pueden ubicarse en dos gran-des categoras. La primera dice relacin con entender al infante o al nio como aquel que todava no es y como propiedad privada. A este grupo pertenecen aquellos paradigmas que, incluso recono-ciendo los derechos del nio, perpetan su sometimiento al adulto y mediatizan su participacin. Grficamente este para-digma se presenta en el diagrama 1.

    La segunda categora entiende a la infancia como lo que ya son, como fenmeno social y categora social y como parte del espacio pblico. A este grupo pertenecen los paradigmas en donde la participacin es vista como derecho social y poltico, pero sobre todo el paradigma que enfatiza la importancia de la participacin protagnica de la infancia. Grficamente se repre-senta en el diagrama 2.

    Lo que se llama sociologa de la infancia, entonces, es un campo de trabajo muy reciente. Cun nueva es la sociologa de la infancia? Aunque existen excepciones, difcilmente po-dramos hablar de un campo de estudio terica independiente dentro de la sociologa hasta los aos ochenta, y en este caso slo como actividad emergente, pero no consolidada en el mar-co sociolgico.

    El camino de la institucionalizacin de la sociologa de la infancia arranca en tiempos recientes, apenas poco ms de veinte aos de vida. Sin embargo, el problema de la teora so-ciolgica clsica no ha estado tanto en el olvido de la infancia, sino en su instrumentalizacin, en la medida que se ha ignora-do la pertinencia del anlisis de la infancia en clave sociolgica por el inters propio que sta despierta, subvalorando ste a la necesidad de ilustrar otros conceptos y teoras, tales como los aspectos del desarrollo infantil que estn involucrados en la socializacin.

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    Diagrama 2

    DOS GRANDES ORIENTACIONES EN LA SOCIOLOGA DE LA INFANCIA SURGIDAS DESDE LA DCADA DE LOS AOS OCHENTA EN ADELANTE7

    La infancia como espacio social. Nios como sujetos activos.

    Interaccionistas. Ejemplo: Corsaro.8

    Infancia como categora social. Componente estructural

    y cultural de las sociedades. Estructuralistas.

    Ejemplo: Qvortrup.9

    Ha habido, de hecho, importantes trabajos en torno a los nios en la sociologa ms clsica: la temtica del desarrollo infantil en las consideraciones del Durkheim que ensea pedagoga y que construye una visin moral de la educacin sobre la base

    7 Tomado y ajustado a partir del trabajo de Rodrguez (2004). 8 Corsaro ve que la infancia es el espacio social de la vida de los nios y

    las trata como culturas infantiles. Cultura que ha de ser analizada por-que constituye legtimo y necesario objeto de estudio de la sociologa en tanto trabaja el conocimiento de aspectos fundamentales de la vida social: los condicionantes de la socializacin, la comprensin de ella y del papel que en l juegan los propios nios junto con los adultos; la manera en que la estructura social condiciona las oportunidades vitales de los individuos; la relativa permeabilidad de normas y valores entre generaciones; el significado de la infancia en el marco general del ciclo de vida familiar; la relacin entre la estratificacin social y las prcticas educativas; el estudio de las actitudes culturales hacia la infancia y la educacin y la relacin de stas con fenmenos como el maltrato in-fantil; y a buen seguro muchos otros que escapan a la prontitud con que todos los anteriores se muestran a la mirada del socilogo, si bien pueden ser igualmente relevantes. Ve a las sociedad infantiles como ac-tivas y transformadoras del medio en que se insertan y, al mismo tiem-po, sociedades infantiles preocupadas de apropiarse de las prcticas culturales valoradas en su medio.

    9 Plantea que la infancia se construye a travs de un conjunto de fuerzas sociales, intereses econmicos, determinantes tecnolgicos, fenme-nos culturales, incluyendo, entre otros parmetros, el discurso que so-bre la infancia se levanta en cada tiempo y contexto histrico.

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    de una concepcin ambientalista/comunitaria del desarrollo infantil; aspectos que recoger Parsons en lo que quizs ha sido la aportacin ms discutida al estudio de la infancia. Otras han girado en sentido opuesto al rgido determinismo cultural par-soniano, como es el caso de la obra de Mead y Cooley; y por ltimo, otras visiones son hoy poco conocidas como es el caso de la teora de las generaciones de Mannheim (1944, 1982; cf. Ghiardo, 2004) o la aproximacin freudiana que Elias (1989) realiza en su proceso de la civilizacin. Ninguna de ellas fue, sin embargo, completa, en la medida que los nios fueron siempre seres sin rostro, nios presociales.

    Uno de los pioneros de la sociologa de la infancia, por ejemplo, alude a la siguiente circunstancia (Jenks, 1982): Par-sons est interesado en elaborar una teora integradora del sis-tema social que d cuenta de cmo la sociedad socializa a los individuos reproduciendo el consenso normativo bsico que sustenta el orden social, por ello enfatiza el aspecto de conti-nuidad que implica el proceso de socializacin entre genera-ciones y as la infancia se presenta exclusivamente como una receptora pasiva de dicho consenso normativo; donde la socie-dad consume a la infancia en el proceso inexorable de reproduc-cin del orden social.

    As, el problema radica tanto en el escaso desarrollo terico sobre la infancia como en la finalidad puramente inst