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ES COPIA SIMPLE
NÚMERO CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO ------
COMPRAVENTA. -----------------------------------
En BARCELONA, mi residencia, a veintiocho de
junio de dos mil diecisiete. ------------------------
Ante mí, RICARDO MANÉN BARCELÓ, Notario del
Ilustre Colegio Notarial de Cataluña, ---------------
--------------------- COMPARECEN --------------------
De una parte, como parte vendedora: ------------
DON MANOHAR LAL SHAMDASANI DARYANANI, mayor de
edad, de nacionalidad española, comerciante, casado
en régimen legal de separación de bienes, vecino de
08017-Barcelona, calle Ronda General Mitre, número
36, Escalera 3, 7-A, y con D.N.I. número: 47653273X.
DON GULAB ROY SHAMDASANI DARYANANI, mayor de
edad, de nacionalidad española, comerciante, casado
en régimen legal catalán de separación de bienes,
vecina de 08017-Barcelona, calle Ricardo Villa,
número 10, 3º-A, y con D.N.I. número: 47911365L. ----
Los consortes DON HIRO RAMCHAND LALWANI Y DOÑA
POONAM SHYANDASANI RAMCHANDANI, ambos mayores de
edad, de nacionalidad española, electrónica y ama de
casa, casados en régimen legal catalán de separación
de bienes, vecinos de 08017-Barcelona, calle Ronda
General Mitre, número 36, Escalera 3, 7º-Aª, y con
DD.NN.I. números: 47948790T y 47655156F,
respectivamente. -------------------------------------
De otra, como parte compradora-representante: --
DOÑA MIREN ALLI AICUA, mayor de edad, apoderada,
soltera, con domicilio en Barcelona, calle Balmes,
número 129, bloque bis, 3º 1ª, y con D.N.I. número:
72822614Z. -------------------------------------------
Identifico a los señores comparecientes por
medio de sus respectivos documentos de identidad
exhibidos, fotocopia de los cuales me autorizan a
incorporar a la presente y a las copias que de las
mismas se expidan. -----------------------------------
INTERVIENEN: ------------------------------------
A) DON MANOHAR LAL SHAMDASANI DARYANANI en
nombre y representación de: --------------------------
.- DON KUNAL SHYAMDASANI RAMCHANDANI, mayor de
edad, de nacionalidad, comerciante, soltero, vecino
de 08017-Barcelona, calle Ronda General Mitre, número
76, 3º-7ª A, y con D.N.I. número: 47657175W. ---------
Su representación y facultades para el presente
otorgamiento le resultan del poder a su favor
conferido mediante escritura autorizada por el
Notario de Sant Joan Despí, Doña María del Sagrario
Álvarez Jiménez, el día 14 de febrero de 2014, número
185 de protocolo, copia auténtica del cual me exhibe,
tengo a la vista y considero suficiente para el
presente otorgamiento de compraventa. ---------------
Me asegura la vigencia de su apoderamiento y que
no ha variado la capacidad jurídica de su
representado. ---------------------------------------
.- y de DOÑA DURU MANOHAR SHYAMDASANI
RAMCHANDANI, mayor de edad, de vecindad civil
catalana, casada en régimen legal de separación de
bienes, vecina de Barcelona, Gran Vía de les Corts
Catalanes, número 506, 5º, y con D.N.I. número:
47914653H. ------------------------------------------
Su representación y facultades para el presente
otorgamiento le resultan del poder a su favor
conferido mediante escritura autorizada por el
Notario de Barcelona, Don Juan Carlos Alonso Álvarez,
el día 25 de octubre de 2005, número 1842 de
protocolo, copia auténtica del cual me exhibe, tengo
a la vista y considero suficiente para el presente
otorgamiento de compraventa. -------------------------
Me asegura la vigencia de su apoderamiento y que
no ha variado la capacidad jurídica de su
representado. ----------------------------------------
B) DON GULAB ROY SHAMDASANI DARYANANI en nombre
y representación de DOÑA KANCHAN GUL SHAMDASANI,
mayor de edad, ama de casa, casada en régimen legal
catalán de separación de bienes, vecina de 08017-
Barcelona, calle Ricardo Villa, número 10, 3º-A, y
con D.N.I. número: 47911746D. ------------------------
Su representación y facultades para el presente
otorgamiento le resultan del poder a su favor
conferido mediante escritura autorizada por el
Notario de Barcelona, Don Manuel Piquer Belloch, el
día 21 de julio de 2016, número 2133 de protocolo,
copia auténtica del cual me exhibe, tengo a la vista
y considero suficiente para el presente otorgamiento
de compraventa. --------------------------------------
Me asegura la vigencia de su apoderamiento y que
no ha variado la capacidad jurídica de su
representado. ----------------------------------------
C) DOÑA POONAM SHYANDASANI RAMCHAMDANI, en su
propio nombre y derecho y junto DON HIRO RAMCHAND
LALWANI, como cotitulares de la patria potestad de
sus hijas menores de edad DOÑA DIVINA LALWANI
SHYAMDASANI, nacida el día 11 de febrero de 2006, de
nacionalidad española, estudiante, soltera, con el
mismo domicilio que sus padres, y con D.N.I. número:
48084120K y DOÑA RIVANA LALWANI SHYAMDASANI, nacida
el día 26 de noviembre de 2008, de nacionalidad
española, estudiante, soltera, con el mismo domicilio
que sus padres, y con D.N.I. número: 21789335D. -----
Ejercen esta representación como cotitulares de
la patria potestad sobre dichas hijas, lo que me
acreditan mediante la exhibición del Libro de
Familia. Sus facultades para este acto derivan de la
Ley. ------------------------------------------------
Se hallan especialmente facultados para el
presente acto según Auto firme dictado por el Juzgado
de Primera Instancia número 51 de Barcelona, de fecha
7 de julio de 2016, que me exhiben, tengo a la vista,
dejo unido a la presente y considero suficiente para
el presente otorgamiento de compraventa. -------------
D) DOÑA MIREN ALLI AICUA en nombre y
representación, como apoderada, de la mercantil
denominada “RIERETA RAMBLA RAVAL, S.L.”, domiciliada
en Barcelona, calle Balmes, número 129, bloque bis,
3º 1ª. --------------------------------------------
Constituida por tiempo indefinido mediante
escritura autorizada por mí, el día 10 de mayo de
2017, número 3212 de protocolo. ----------------------
INSCRITA en el Registro Mercantil de Barcelona,
al tomo 45927, folio 139, hoja B-503241, inscripción
1ª. --------------------------------------------------
Con C.I.F. número: B67008102. -------------------
Tiene por objeto social: la promoción e
intermediación inmobiliaria y la adquisición
rehabilitación, enajenación, construcción y
arrendamiento no financiero de fincas urbanas,
rústicas, terrenos y solares, y su urbanización y
parcelación. -----------------------------------------
Su representación y facultades para el presente
otorgamiento le resultan del poder especial a su
favor conferido mediante escritura autorizada por mí,
en el día de hoy, número 4732 de protocolo, copia
auténtica de la cual me exhibe, debidamente inscrita
en el Registro Mercantil de Barcelona, tengo a la
vista y considero suficiente para el presente
otorgamiento de compraventa. ----------------------
El poder es especial para este otorgamiento y ha
sido otorgado por el Administrador único de la
sociedad, DON NAWAR HUSSEIN, nombrado en la propia
escritura fundacional, cuyo cargo vigente e inscrito
en el Registro Mercantil. ---------------------------
Me asegura la apoderada la íntegra vigencia del
poder y facultades y que no ha variado la capacidad
jurídica de su representada. ------------------------
DECLARACIÓN LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL.- Yo, el
Notario, hago constar expresamente que he cumplido
con la obligación de identificación del titular real
que impone la ley 10/2010 de 28 de abril, cuyo
resultado consta en acta autorizada por mí, el día 17
de mayo de 2017, número 3415 de protocolo, copia de
la cual me exhibe manifestando no haberse modificado
el contenido de la misma. ---------------------------
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 160
letra f) de la Ley de Sociedades de Capital, la
sociedad hace constar que lo adquirido no tiene la
consideración de activo esencial de la misma y
especialmente que no supera el 25% del valor de los
activos que figuran en el último balance aprobado, y
por todo ello que la presente no precisa autorización
de la Junta General de la sociedad. ------------------
Les juzgo con CAPACIDAD y LEGITIMACIÓN, tal como
intervienen para este otorgamiento a los efectos del
artículo 166 del Reglamento Notarial, y a tal fin: ---
---------------------- EXPONEN -----------------------
I.- Que DON KANCHAN GUL SHAMDASANI, DOÑA POONAM
SHYANDASANI RAMCHAMDANI, DON KUNAL SHYAMDASANI
RAMCHANDANI, DOÑA DURU MANOHAR SHYAMDASANI
RAMCHANDANI, DOÑA DIVINA LALWANI SHYAMDASANI y DOÑA
RIVANA LALWANI SHYAMDASANI son dueños en pleno
dominio de la siguiente FINCA, manifestando al efecto
que no precisa ningún consentimiento complementario a
los efectos de lo previsto en el artículo 231-9 y
234-3 del Código Civil de Catalunya al no ser
vivienda familiar: -----------------------------------
URBANA. CASA situada en Barcelona, calle de San
Gerónimo, señalada con el número dieciocho, antes con
el número once, hoy Rambla del Raval, número 18. Se
compone de bajos y cuatro pisos, ocupa una extensión
superficial de tres mil cuatrocientos ocho palmos
cuadrados, equivalentes a ciento veintiocho metros
setenta y cuatro decímetros, cuarenta y ocho
centímetros y sesenta y cuatro milímetros cuadrados.
LINDA: por su frente, Este, con dicha calle de San
Gerónimo, hoy Rambla del Raval; por la derecha,
saliendo, con Don José Bou; por la izquierda, Norte,
con Don Francisco de Prat; y por detrás, Oeste, parte
con los sucesores de Don Mariano Borrell y parte con
los de Onofre Moragas. ------------------------------
Manifiestan que la finca tiene una total
superficie construida de 577 metros cuadrados, según
consta en la certificación catastral descriptiva y
gráfica unida a la presente, solicitándose la
actualización de su descripción en el Registro de la
Propiedad. ------------------------------------------
INSCRIPCIÓN: en el Registro de la Propiedad de
Barcelona número Tres, al tomo 3384, libro 262 de la
Sección 3ª, folio 97, finca 514, inscripción 23ª. ----
REFERENCIA CATASTRAL: Advierto yo el Notario a
los Sres. comparecientes de las consecuencias que
comportaría el incumplimiento de la obligación
establecida en el artículo 47 del Real Decreto
Legislativo 1/2004 de 5 de marzo. --------------------
Es el número 0612807DF3801B0001QQ. Así resulta
del último recibo justificativo del pago del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles que por fotocopia dejo
incorporada a esta matriz. ---------------------------
CERTIFICACIÓN CATASTRAL DESCRIPTIVA Y GRÁFICA.- -
Conforme establece el artículo 170 del
Reglamento Notarial, dejo unida a esta matriz,
certificación catastral descriptiva y gráfica,
obtenida por mi, por los medios telemáticos
habilitados al efecto, en cuya certificación
catastral constan la titularidad de la finca objeto
de esta escritura, su superficie, antigüedad y
ubicación del mismo, lo que se hace constar a los
efectos procedentes. ---------------------------------
Manifiestan que desconocen si la descripción
catastral coincide o no con la realidad física,
solicitando del Sr. Registrador de la Propiedad la
inscripción de la presente escritura conforme a la
superficie y demás datos descriptivos que figuran en
el Registro de la Propiedad. ------------------------
TÍTULO: Pertenece a la parte vendedora, a saber;
en cuanto a DOÑA DURU MANOHAR SHYAMDASANI RAMCHANDANI
un 18% y a DON KANCHAN GUL SHAMDASANI un 50%, todo
ello por compra mediante escritura autorizada por el
Notario de Barcelona, Don Juan Rúbies Mallol, el día
2 de enero de 2003; en cuanto a DON KUNAL SHYAMDASANI
RAMCHANDANI un 5%, a DOÑA POONAM SHYANDASANI
RAMCHAMDANI un 10%, a DOÑA DIVINA LALWANI SHYAMDASANI
un 6% y a DOÑA RIVANA LALWANI SHYAMDASANI un 6%, todo
ello por donación, mediante escritura autorizada por
la Notario de San Joan Despí, Doña Sagrario Álvarez
Jiménez, el día 14 de febrero de 2014 -con la única
condición que lo donado fuera administrado por su
madre, aquí compareciente, dándose cumplimiento, por
lo tanto a dicha condición-; y el 5% restante a DOÑA
POONAM SHYANDASANI RAMCHAMDANI por donación mediante
escritura autorizada por la Notario de San Joan
Despí, Doña Sagrario Álvarez Jiménez, el día 4 de
marzo de 2014. ---------------------------------------
CARGAS: Yo, el Notario, he obtenido con
anterioridad al presente otorgamiento información del
Registro de la Propiedad acerca de la titularidad y
cargas de la finca objeto de esta escritura. ---------
Dicha información ha sido obtenida por medio de
nota remitida mediante telefax, y que dejo unida a
esta matriz. -----------------------------------------
De dicha información del Registro de la
Propiedad resulta: -----------------------------------
A) que la titularidad de la finca corresponde a
la parte vendedora. ----------------------------------
B) En cuanto a las cargas: que la finca objeto
de esta escritura, se halla afecta a las que resultan
de dicha nota simple informativa incorporada a esta
matriz. ----------------------------------------------
Afecta a una hipoteca a favor del Banco de
Sabadell, S.A., según su inscripción 21ª. ------------
Consta presentado a Libro Diario, número 1622
del Diario 236 de fecha 10 de febrero de 2017,
certificado expedido por FOMENT DE CIUTAT VELLA,
S.A., según el cual se sigue expediente
administrativo número 142/16 en el que se ordena se
anote la ejecución de las obras de conservación de la
finca objeto de la presente escritura. --------------
La parte compradora tiene total conocimiento y
acepta y exime de responsabilidad a la vendedora cuya
resolución queda unidad a esta escritura, que ordena
la realización de las obras de rehabilitación y
acondicionamiento de la planta cuarta, puerta segunda
y zonas comunes, por importe 17.250,08 Euros y
14.427,92 Euros. Sin perjuicio de lo anterior
manifiesta la parte transmitente que la titularidad
de la finca y cargas son las reseñadas anteriormente
y que no tiene conocimiento de la existencia de otras
cargas. Al corriente en el pago de Impuestos,
Contribuciones y gastos de comunidad del total
edificio del que forma parte. -----------------------
Situación Arrendaticia: ------------------------
Según manifiesta la parte vendedora se halla
libre de arrendatarios, ocupantes a excepción de las
siguientes entidades: -------------------------------
.- Local 2, arrendado a D. HUSEYIN BIKIM, en
virtud de contrato de arrendamiento de local de fecha
2 de enero de 2.012, sin embargo éste comunicó en
fecha 31 de marzo de 2.016 el traspaso del local, y
por tanto de los derechos y obligaciones dimanantes
del contrato de arrendamiento, a favor de D. SALAH
AZZAZ DJAALALI, con DNI número 49.894.638.W, con
domicilio en Barcelona, Avda. Mistral, 20 5-1. Al
corriente de pago. -----------------------------------
.- Local 1, se halla arrendada a favor de D.
SADEEM AKRAM KHOKHAR y MUHAMMAD ALZAL SOHIE, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 1 de
enero de 2007, si bien se traspasó y cambió de
arrendatario en fecha 25 de Octubre de 2.013, siendo
el arrendatario actualmente KING KEBAB RESTAURACION,
S.L., con contrato a vencimiento 31 de diciembre de
2.015, al corriente de pago. -------------------------
.- Planta primera, puerta primera, se halla
arrendada a D. RODOLFO JAVIER MARTINEZ CARREÑO, con
pasaporte A242280, en virtud de contrato de
arrendamiento de fecha 1 de marzo de 2.013 y
vencimiento 29 de febrero de 2.016, al corriente de
pago. ------------------------------------------------
.- Planta primera, puerta segunda, se halla
arrendada a D. ANWAR PATOARY, con NIE X7059902Y, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 7 de
marzo de 2.016, con vencimiento 7 de marzo de 2.017,
con procedimiento de desahucio interpuesto. --------
.- Planta segunda, puerta primera, se halla
arrendada a D. FRANCISCO MARTINEZ CAÑELLAS, en virtud
de contrato de arrendamiento de fecha 15 de abril de
2.010 y vencimiento 14 de Abril de 2.012, con
procedimiento de desahucio interpuesto. -------------
.- Planta segunda, puerta segunda, se halla
arrendada a D. FIAZ BAIG, con NIE X6735319E, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 1 de
junio de 2.013, con vencimiento 31 de mayo de 2.015,
con procedimiento de desahucio interpuesto. --------
.- Planta tercera, puerta primera, se halla
arrendada a D. BALKAR SINGH, con NIE E7786915, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 1 de
junio de 2.013, y vencimiento 31 de mayo de 2.015, al
corriente de pago. ----------------------------------
.- Planta tercera, puerta segunda, se halla
arrendada a D. GURPREET SINGH, con NIE E7786367, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 5 de
marzo de 2.015 y vencimiento 4 de marzo de 2.018, al
corriente de pago. -----------------------------------
. Planta cuarta, puerta primera, se halla
arrendada a D. MUHAMMAD ANSAR, con NIE Y2493510W, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 3 de
enero de 2.017 y vencimiento 2 de enero de 2.019, al
corriente de pago. ----------------------------------
.- Planta cuarta, puerta segunda, se halla
arrendada a D. NAZEER HUSSAIN NISAR, con permiso de
trabajo 28029 Autorización de residencia 40.044, en
virtud de contrato de arrendamiento de fecha 30 de
octubre de 1.985, al corriente de pago. --------------
La compradora se compromete tras la firma de la
presente escritura de compra realizar la sucesión
procesal de los desahucios. --------------------------
Hago a los comparecientes la advertencia de que
prevalece en cualquier caso la situación registral
existente con anterioridad a la presentación en el
Registro de la Propiedad de la copia autorizada así
como las legales en su caso, que pudieran no constar
en el Registro. ------------------------------------
Yo el Notario advierto a los otorgantes que no es
posible el acceso telemático a la información
registral previsto en el artículo 175 del Reglamento
Notarial, por lo que advierto de la posible
discordancia entre la información registral
incorporada y los libros del Registro al no
producirse dicho acceso telemático a éstos en el
momento de autorización de esta escritura. ----------
COMUNICACION REGISTRAL.- De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 112 de la Ley 24/2001, en su
redacción dada por la Ley 24/2005, las partes me
requiere para que remita copia autorizada electrónica
de la presente a los efectos de obtener la
inscripción de este instrumento público en el
Registro de la Propiedad pertinente. ----------------
Impuesto sobre Bienes Inmuebles.- Según el
justificante obtenido por mí, el Notario, por vía
telemática y a través de la plataforma e-notario que
se incorpora a esta matriz, la finca se encuentra al
corriente en el pago del Impuesto de Bienes
Inmuebles, sin que exista cantidad o adeudo alguno
pendiente de pago, respecto de las contribuciones
devengadas hasta la fecha, estando únicamente
pendiente de pago el recibo de la anualidad
corriente, aún en período de pago voluntario. -----
Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, por el que
se aprueba el procedimiento básico para la
certificación de la eficiencia energética de los
edificios.- De conformidad con lo dispuesto en la
citada Ley, la parte compradora exonera a la
vendedora de aportar dicho certificado de eficiencia
energética de la finca objeto de esta escritura. -----
Informe de la inspección técnica del edificio. --
A los efectos previstos en el Artículo 15 del
Decret 67/2015 de 5 de mayo de la Generalitat de
Catalunya la parte transmitente no puede disponer del
certificado de aptitud y del informe técnico del
edificio por causas debidamente justificadas, como es
el hecho de que la obtención de dichos documentos se
halla en trámite en estos momentos, por lo que la
parte adquirente exonera de la obligación de la
entrega a la compradora de dichos documentos. -------
Yo el Notario he informado de estas obligaciones
en los términos previstos en el artículo 15.4 del
Decret, y he hecho todas las advertencias relativas a
esta circunstancia. ----------------------------------
II.- Y expuesto lo anterior: --------------------
---------------------- OTORGAN ----------------------
PRIMERO.- COMPRAVENTA. -------------------------
DON KANCHAN GUL SHAMDASANI, DOÑA POONAM
SHYANDASANI RAMCHAMDANI, DON KUNAL SHYAMDASANI
RAMCHANDANI, DOÑA DURU MANOHAR SHYAMDASANI
RAMCHANDANI, DOÑA DIVINA LALWANI SHYAMDASANI y DOÑA
RIVANA LALWANI SHYAMDASANI VENDEN a la mercantil
“RIERETA RAMBLA RAVAL, S.L.”, que COMPRA el pleno
dominio de la finca descrita en el Expositivo I) de
esta Escritura, como cuerpo cierto, con todos sus
derechos, accesorios, libre de arrendatarios (a
excepción de las entidades antes citadas) y al
corriente en el pago de todo tipo de impuestos,
contribuciones, y de gastos de comunidad del
edificio. -------------------------------------------
SEGUNDO.- El precio de esta compraventa es la
suma de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (€
1.195.000. De dicha cantidad 400.000 Euros
corresponden a los locales y el resto a las
viviendas. ------------------------------------------
Dicha suma confiesa la parte vendedora haberla
recibido, de la siguiente manera: --------------------
En cuanto a la cantidad de 119.500 Euros, fue
recibida el día 27 de abril de 2017 mediante dos
transferencias bancarias (justificante de los que me
entregan fotocopia que incorporo a esta matriz y del
que resultan las cuentas de origen y destino de la
misma), otorgando la vendedora la correspondiente
carta de pago. ---------------------------------------
En cuanto a la suma de 302.736,97 Euros los
retiene la parte compradora con expreso
consentimiento de la vendedora para la cancelación
económica de la hipoteca que grava la finca y que se
ha reseñado anteriormente. ---------------------------
Y en cuanto a la suma de 470.000 Euros se
entrega en el día de hoy mediante cheque bancario
nominativo (del que me entregan fotocopia que
incorporo a esta matriz), otorgando la vendedora la
correspondiente carta de pago, siendo la cuenta de
cargo del mismo a nombre del comprador la número ES92
0182 4915 9802 0170 3721. Dicho importe manifiesta la
parte vendedora que será destinada a reembolsar a ONE
PEKIN ROAD, S.L., las arras entregadas en su día. ----
La restante cantidad se entrega en el día de hoy
mediante cheques bancarios nominativos (de los que me
entregan fotocopia que incorporo a esta matriz),
otorgando la vendedora la correspondiente carta de
pago, siendo la cuenta de cargo del mismo a nombre
del comprador la número ES92 0182 4915 9802 0170
3721. -----------------------------------------------
Se hace constar que la parte del precio
correspondiente a las menores coincide con su
porcentaje en la propiedad. -------------------------
TERCERO.- La parte vendedora queda obligada de
evicción y saneamiento, conforme a derecho. ---------
CUARTO.- La parte compradora manifiesta conocer
a su más plena satisfacción la finca objeto de esta
transmisión, declarando como ciertos e indiscutibles
los signos externos establecidos para su
delimitación, por lo que la misma se vende como
cuerpo cierto y a precio alzado, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1.471 del Código Civil.-
QUINTO.- La parte compradora manifiesta conocer
y aceptar la situación física, jurídica y urbanística
de la finca que por la presente adquiere
manifestando además que la ha visitado y que es de su
plena conformidad el estado de acabados y calidades
de la misma, y de los distintos departamentos que la
componen. --------------------------------------------
Los expedientes urbanísticos futuros que pudiera
haber devengados con posterioridad al presente
otorgamiento serán de responsabilidad de la parte
compradora. ------------------------------------------
SEXTO.- Los gastos de este otorgamiento,
impuestos e inscripción en el Registro de la
Propiedad, serán de cuenta de la parte compradora. --
SÉPTIMO.- El impuesto sobre el incremento del
valor de los terrenos será a cargo de la parte
vendedora. -------------------------------------------
OCTAVO.- En relación a las viviendas,
manifiesta la parte adquirente que la Sociedad que
representa: ------------------------------------------
a) Tiene por actividad principal la promoción
inmobiliaria. ----------------------------------------
b) Le son de aplicación las normas de adaptación
del Plan General de Contabilidad del Sector
Inmobiliario. ----------------------------------------
c) E incorpora el inmueble adquirido al activo
circulante de la sociedad adquirente para su
posterior venta como vivienda habitual en un plazo no
superior a cinco años. ------------------------------
Por lo que de conformidad con el artículo 13 de
la Ley 31/2002 de 30 de diciembre, de medidas
fiscales y administrativas, de la Generalitat de
Catalunya, solicita la aplicación de la bonificación
correspondiente en la cuota del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales, en cuanto a las
viviendas objeto de la presente transmisión. --------
En cuanto a los locales, la parte vendedora y la
compradora manifiestan que la transmisión del
inmueble está sujeta en el Impuesto sobre el Valor
Añadido y exenta, conforme lo dispuesto en el
artículo 20.Uno.22 de la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, reguladora del citado impuesto. --------
De conformidad con lo establecido en el artículo
20.Dos de la misma Ley, la parte vendedora renuncia
expresamente a la exención, toda vez que la parte
compradora manifiesta ser sujeto pasivo del Impuesto
sobre el Valor Añadido, actuando en el ejercicio de
sus actividades empresariales y con derecho a la
deducción total o parcial del impuesto soportado por
esta adquisición; renuncia que comunica en este acto
fehacientemente la parte vendedora con carácter
simultáneo a la entrega de la finca, conforme a lo
establecido en el artículo 8.1 del Real Decreto
1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. ---
Ambas partes desean que la presente escritura
sirva de comunicación fehaciente a los efectos
legales y reglamentarios expresados, tanto del hecho
de la renuncia por la parte vendedora, como la
manifestación habilitante para la renuncia por parte
de la compradora. ------------------------------------
Resultando de aplicación el supuesto de
inversión del sujeto pasivo regulado en la letra e)
del artículo 84.Uno.2º de la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la
parte transmitente no repercute el impuesto devengado
por la citada operación, por ser el sujeto pasivo del
impuesto la parte compradora. -----------------------
A estos efectos manifiesta la parte compradora
que no destinará dicho edificio a la rehabilitación. -
NOVENO.- A los efectos de levantar el cierre
registral previsto en el art. 254-5 de la Ley
Hipotecaria mientras no se acredite el pago o
presentación del Impuesto sobre el Incremento de
Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la parte
adquirente me requiere para que remita al
Ayuntamiento correspondiente copia simple de esta
escritura, con el valor de la comunicación a que se
refiere el art. 110-6-b de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales ----------------------------------
Daré cumplimiento a este requerimiento mediante
la plataforma SIGNO o, en su defecto, correo
administrativo, incorporando por testimonio el
correspondiente resguardo ---------------------------
DÉCIMO.- En el plazo máximo de 10 días
manifiestan los comparecientes que ser comunicará a
los arrendatarios la presente transmisión. ----------
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- Los
intervinientes aceptan la incorporación de sus datos
y la copia del documento de identidad a los ficheros
de la Notaría con la finalidad de realizar las
funciones propias de la actividad notarial y efectuar
las comunicaciones de datos previstas en la Ley a las
Administraciones Públicas y, en su caso, al Notario
que suceda al actual en la plaza. Puede ejercer sus
derechos de acceso, rectificación, cancelación y
oposición en la Notaría. En caso de que se incluyan
datos de personas distintas de los intervinientes,
estos deberán haberles informado, con carácter
previo, del contenido de este párrafo. ---------------
INSCRIPCIÓN PARCIAL.- Los señores
comparecientes, solicitan expresamente la inscripción
parcial de la presente escritura, en el supuesto de
que alguna de sus cláusulas, o de los hechos, actos o
negocios jurídicos contenidos en ella susceptibles de
inscripción, adoleciese de algún defecto, a juicio
del Registrador, que impida la práctica de la misma. -
En cuyos términos dejan formalizada la presente
escritura, que aceptan en todas sus partes y sus
efectos jurídicos. -----------------------------------
-----------------------------------------------------
-----------------------------------------------------
------- OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN -------------
Así lo otorgan. Les hice de palabra las demás
reservas y advertencias legales, en particular y a
efectos fiscales advierto de las obligaciones y
responsabilidades tributarias que incumben a las
partes en su aspecto material, formal y sancionador,
y de las consecuencias de toda índole que se
derivarían de la inexactitud de sus declaraciones,
advirtiendo expresamente: --------------------------
1.- Del plazo en que está obligado el sujeto
pasivo del impuesto del incremento del valor de los
terrenos de naturaleza urbana a presentar la
declaración por el referido impuesto y asimismo de
las responsabilidades en que pudiera incurrir por
la falta de presentación de la declaración o por no
efectuarla en el plazo previsto. --------------------
2.- De la obligación de declarar, en el plazo de
dos meses, la alteración catastral producida en su
caso como consecuencia de la presente transmisión,
bien por no haberseme acreditado la misma, bien por
carecer de ella de forma individual o bien por no
coincidir con los datos facilitados al respecto, ante
la correspondiente Gerencia Territorial del Catastro
y de las responsabilidades establecidas por falta de
presentación de la declaración, por no efectuarla en
plazo y por la presentación de declaraciones falsas,
incompletas o inexactas. -----------------------------
Asimismo les entero de que no sera precisa tal
declaracion si no se producido alteración alguna. ----
3.- De que la/s finca/s quedará/n afecta/s al
pago de la totalidad de la cuota tributaria del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles que pudiera haber
pendiente. -------------------------------------------
4.- De la posible sujeción al Impuesto sobre
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana ("plusvalía municipal"). Si la transmisión es
onerosa, el sujeto pasivo y la obligación de
liquidación corresponden al transmitente, sin
perjuicio del carácter de sustituto del adquirente en
el caso de que el transmitente fuese no residente o
deudor hipotecario sin recursos en los términos del
Decreto-ley 6/2012. Si la transmisión es gratuita, el
sujeto pasivo y la obligación de liquidación
corresponden al adquirente. En ambos casos se
producirá el cierre registral mientras no se acredite
tal liquidación, salvo que en las transmisiones
onerosas el adquirente acredite haber comunicado el
hecho imponible conforme al art. 110-6-b de la Ley
reguladora de las Haciendas Locales. ----------------
Les advertí del derecho que tienen a leer esta
escritura por sí mismos, del que no usaron,
haciéndolo además yo, el Notario, íntegramente y en
alta voz, prestando su consentimiento los
comparecientes, que firman conmigo. -----------------
Y yo, el Notario, de que el consentimiento ha
sido libremente prestado y de que el otorgamiento se
adecúa a la legalidad y a la voluntad debidamente
informada de los otorgantes, así como que éstos hacen
constar haber quedado debidamente informados del
contenido del presente instrumento y haber prestado
libremente su consentimiento y de todo lo demás
contenido en este instrumento público extendido sobre
quince folios de papel de uso exclusivamente
notarial, números: el del presente y los siguientes
en orden correlativo, yo, el Notario, DOY FE.= -----
Siguen las firmas de los comparecientes.
Signado: R. Manén Barceló.- Rubricado y sellado. -----
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-------------- SIGUEN DOCUMENTOS UNIDOS --------------