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MASTER OF SCIENCE EN
SUPPLY CHAIN MANAGEMENT
MASCM/2012-2
ASINGNATURA:FUNDAMENTOS DEL SCM
PROFESOR:Enrique ALANIA
TAREA GRUPAL
DESARROLLO Y ANALISIS DE CASOS EN COMPRAS
INTEGRANTES:
Juan CRUZ SAENZ _________________Juan Jos PEREYRA VARGAS _________________Fernando ESPINOZA BARRIENTOS _________________Antonio VARGAS BOLIVAR _________________Abel HURTADO GRANEROS _________________Maria Del Rosario VILLALOBOS NAVARRETE _________________
LIMA - 2012
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TABLA DE CONTENIDO
TABLA DE CONTENIDO ............................................................................................... i
CAPITULO I .................................................................................................................. 1
INTRODUCCIN .......................................................................................................... 1
CAPITULO II ................................................................................................................. 2
MARCO TERICO ....................................................................................................... 2
2.1 El contrato ........................................................................................................ 2
2.2 Contrato Compraventa .................................................................................... 2
2.3 Caractersticas de los bienes .......................................................................... 3
CAPITULO III ................................................................................................................ 6
DESARROLLO Y ANALISIS DE CASOS EN COMPRAS ............................................. 6
3.1 CASO N 1......................................................................................................... 6
3.2 CASO N 2......................................................................................................... 7
3.3 CASO N 3......................................................................................................... 8
3.4 CASO N 4......................................................................................................... 8
CAPTULO IV ............................................................................................................... 9
CONCLUSIONES ......................................................................................................... 9
BIBLIOGRAFIA ........................................................................................................... 10
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CAPITULO I
INTRODUCCIN
Es importante considerar que cada contrato tiene una importancia en el mbito jurdico
comercial, ya que la existencia de estas instituciones jurdicas ayuda a que las partes
tengan derechos y obligaciones exigibles.
Primeramente tenemos el contrato de compraventa, que es bastante amplio, el
contrato de comisin mercantil, el contrato de consignacin o estimatorio, el contrato
de depsito, el contrato de edicin, el contrato de fianza de empresa, el contrato deprstamo y el contrato de seguro, el contrato de transporte, etc.
Tambin es importante tomar en cuenta que la obligacin es un estado de
subordinacin jurdica que impone al deudor la necesidad de ejecutar a favor del
acreedor y hecho una abstencin de carcter patrimonial o moral.
Tomemos en cuenta tambin que entendemos por contrato. Dentro de los actos
jurdicos destaca la figura del contrato, al que siendo una especie del gnero convenio,
podemos definir diciendo que es el acuerdo de voluntades para crear o transferir
derechos y obligaciones, en tanto que en el convenio en la conjuncin de las
voluntades incluye tan bien la modificacin y la extincin de los derechos y
obligaciones.
Cada uno de nosotros requiere para desenvolvernos en nuestra profesin, adquirir
conocimientos los cuales nos ofrezcan herramientas para realizar determinadas labor.
Es por tanto, que esta investigacin de carcter documental.
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CAPITULO II
MARCO TERICO
2.1 El contrato
Es un acto jurdico bilateral destinado a originar obligaciones, produce efecto
jurdico y existe un acuerdo de voluntades entre las partes de la cual nacen
obligaciones. Aunque el contrato est destinado a producir efectos dentro del
campo patrimonial, se dice que tambin los puede producir en el campo moral.
Elementos Del Contrato
a) La Capacidad
b) El Consentimiento
c) El objeto Lcito
d) La Causa Lcita
2.2 Contrato Compraventa
La compraventa es un contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a
dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aqulla se dice vender y sta
comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.
Este contrato es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se
trata del contrato tipo traslativo de dominio y, adems, porque constituye la
principal forma moderna de adquisicin de riqueza; es decir, tanto en su
funcin jurdica como econmica, debe merecer un estudio especial.
Como contrato tipo de los traslativos de dominio, aplicaremos sus reglas
principales a la permuta; sufrirn estas modificaciones esenciales en la
donacin; tambin recurriremos a la compraventa para explicar ciertas
especialidades del mutuo, de la sociedad, de la transaccin y de la renta
vitalicia.
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Por otra parte, la compraventa constituye el medio primordial de adquirir el
dominio. Las formas de adquisicin del dominio estn representadas por el
contrato, la herencia, la prescripcin, la ocupacin, la accesin, la adjudicacin
y la ley. El contrato es en el derecho moderno la forma principal de adquirir lapropiedad dentro de los contratos traslativos de dominio.
La compraventa en el derecho latino moderno, que deriva del Cdigo
Napolen, es un contrato traslativo de dominio, que se define como el contrato
por virtud del cual una parte, llamada vendedor, transmite la propiedad de una
cosa o de un derecho a otra, llamada comprador, mediante el pago de un
precio cierto y en dinero.
2.3 Caractersticas de los bienes
Los bienes deben existir al momento que se celebra el contrato o deben ser
susceptibles de existir (bienes futuros). Si al momento de celebrarse en el
contrato el bien no existe, el contrato es nulo por falta de objeto. En el caso de
que parte de l haya desaparecido en el momento de celebrarse el contrato se
reduce el precio del bien. Los bienes deben estar dentro del comercio de los
hombres, fsicamente posibles. La venta de bienes futuros est sujeta a una
condicin suspensiva, la cual significa que el contrato tendr valor si la cosa
llega a existir totalmente.
Venta de bienes ajenos.- Es posible que se vendan bienes ajenos si el
comprador conoca de la situacin, si no fuera as, el comprador tendra
derecho al saneamiento por desprendimiento. Si el comprador adquiere un bien
del vendedor, siendo este bien ajeno no podr si:
Establece que el tercero reivindique el bien para pedir el saneamiento
por eviccin.
Demandar la rescisin del contrato que se produce por causal existente
al momento de la celebracin del contrato.
Hacer uso de la accin penal por delito de estafa.
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Si el comprador conoca que el bien era ajeno, estaba celebrando el acto con
riesgo. (Art. Del 1541 del CC. Establece los efectos de la rescisin.- Se
disuelve con efectos con efectos retroactivos; las cosas vuelven al estado en seencontraban en el momento inmediato anterior al contrato pactado, el
comprador debe pagar el bien y el vendedor recibir lo que ha pagado. La
indemnizacin por daos y perjuicios (Art. 1542) dice que el adquiriente no
puede ser ovacionado o despojado del bien si la compra est respaldada con
su respectiva factura y si se realiz de buena fe, el vendedor propietario no
podr recuperar el bien, pero puede demandar la indemnizacin por daos y
perjuicios al que se apropi indebidamente del bien que era suyo. Tambin
puede ejecutar las acciones penales correspondientes. Aqu hay contradiccin
en el Art. 68 del Cdigo Penal que dice que la restitucin se har con la misma
cosa aunque se halle en poder de terceros, salvo el derecho de esta, si fuese
culpable para reclamar su valor (ya no la cosa) contra quien corresponda la
norma penal por ser pblica prima sobre la Ley Civil de carcter privado.
El Precio.- Slo se podr dar en dinero. Deber ser fijado de mutuo acuerdo y
no por la sola voluntad de una parte. Sin embargo el precio puede ser fijado por
un tercero a lo cual no podr ser anulado, salvo que se apruebe que est
actuando de mala fe para beneficiar a una de las partes (Art. 1543-1544) puede
ser fijado en moneda nacional, extranjera o al tipo legal al momento de
efectuarse el pago (Art. 1237).
Si no hay precio, no hay compra venta. Lo establecer normalmente el
vendedor (Art. 1547). Cuando el precio se fija por eso, a falta de acuerdo debe
entenderse que el precio se refiere al precio neto, es decir, al precio que tenga
el bien sin envases y sin empaquetaduras (Art. 1548).
2.4 Obligaciones del comprador y del vendedor
Obligaciones del Vendedor:
Entregar la cosa. El vendedor se obliga a entregar la cosa al comprador, con el
fin de que este adquiera su propiedad.
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En la compraventa mercantil, la obligacin de entrega de la cosa presenta dos
interesantes singularidades:
Momento en que debe efectuarse la entrega. Modo de su cumplimiento.
En primer lugar, el vendedor debe efectuar la entrega en el momento o plazo
convenido y, si nada se pact expresamente, debe tenerla a disposicin del
comprador dentro de las 24 horas siguientes a la realizacin del contrato.
Por lo que se refiere al modo de la entrega, sta podr realizarse mediante la
entrega material de la cosa vendida al comprador o poniendo sta a su
disposicin, sin embargo, el cumplimiento de entregar la cosa por parte del
vendedor no podr ser exigida por el comprador si no ha pagado el precio
pactado y ofrece pagarlo simultneamente (en el momento de la entrega).
Por ltimo indicar que el mero retraso en la entrega de la cosa vendida,
equivale al incumplimiento total.
Transmisin al comprador del riesgo de la cosa vendida (que se pierda, se
estropee, etc.):.El riesgo slo pasa al comprador desde que el vendedor ha
entregado la cosa o la ha puesto a su disposicin.
Saneamiento: El vendedor queda obligado a garantizar al comprador la
posesin legal y pacfica de la cosa vendida y los posibles vicios o defectos que
sta tuviese. Por lo tanto el vendedor responde ante el comprador en los
siguientes casos:
Por eviccin: Se produce cuando el comprador ve alterada la posesin legal y
pacfica de la cosa adquirida, cuando se le priva por sentencia firme, y en virtud
de un derecho anterior a la compra, de la cosa comprada.
Por vicios o defectos: Todo vendedor, adems, est obligado a garantizar al
comprador los vicios o defectos de cantidad o calidad de que adolezcan las
cosas vendidas y entregadas y por lo tanto responder por ellos.
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CAPITULO III
DESARROLLO Y ANALISIS DE CASOS EN COMPRAS
3.1 CASO N 1
A) En su opinin quien tiene la razn y por qu?
Los contratos y/o negocios son afectados en muchas de sus oportunidades
por amenazas externas, en este caso por temas gubernamentales, que muy
difcilmente pueden ser controlados por los interesados.
La nica razn existente en este caso son los trminos acordados que
figuran en el contrato, sus sanciones al incumplimiento de este o sus
ampliaciones de acuerdo a las inconveniencias que afecte a cualquiera de
las partes directa o indirectamente.
En este caso el vendedor tendra la razn, ya que el comprador se
comprometi en obtener la licencia de importacin, que no fue emitida por
problemas del gobierno en su pas, documentacin que impide que se
realice la compra.
B) Que se debera haber previsto que hubiera evitado el problema?
Para temas en negocios de carcter internacional son muy importantes los
datos con respecto a los problemas sociales que puedan afectar a
cualquiera de las partes.
Una de las acciones a tomar es tener acuerdos de ampliacin al
cumplimiento de ejecucin del contrato por temas particulares, que
vendran a ser imposible poder controlas por cualquiera de las partes
involucradas, tanto comprador como vendedor, como por ejemplo:
Cierre de importaciones en Venezuela.
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Desaceleracin del NAFTA (tratado de libre comercio de Amrica
del Norte).
Control a fronteras por tragedia en el WorldTrade Center, Nueva
York. Recesin en Mxico, Venezuela y Colombia.
Desempleo del 20 por ciento en Colombia.
3.2 CASO N 2
A) En su opinin quien tiene la razn y por qu?
Los puestos de empleo son asignados a personas con un perfil requerido
para el correcto desenvolvimiento de sus funciones, por lo que sus acciones
dentro y fuera de la empresa son en representacin de sta.
En ste caso el vendedor debi demandar a la empresa y no a la persona
siempre y cuando se tome el correo electrnico y/o fax como parte
contractual a la entrega de bienes y/o servicios brindados por el vendedor.
B) Que se debera haber previsto que hubiera evitado el problema?
Con la finalidad de no comprometerse en la compra con dicho vendedor y
revisar ms cotizaciones el comprador no debi firmar dicha cotizacin sin
antes estar seguro
Por parte del vendedor, debi verificar que la firma enviada por el
comprador tenga el sello representativo de la Empresa que representa. Y
as tener la certeza de la real de una ejecucin de orden de atencin o
poder ganar una querella judicial contra la empresa incumplidora a los
acuerdos.
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3.3 CASO N 3
A) En su opinin quien tiene la razn y por qu?
En mi opinin nunca se debi aceptar el pedido del comprador, de firmar el
respectivo cheque en transicin o finalizacin a la descarga del producto, al
ser un tipo de acuerdo bajos los trminos de Pago Contra entrega, falta
cometida por el chofer o personal adjunto responsable del transporte del
producto.
B) Que se debera haber previsto que hubiera evitado el problema?
Se debi esperar a que el comprador firme el cheque, antes de la descarga
y constatacin del comprador sobre la conformidad del producto, que el
vendedor hubiese solicitado el 50% del costo total del producto y lo restante
se efectuara contra entrega, manteniendo as la buena intencin de venta y
la precaucin de no ser estafado.
3.4 CASO N 4
A) En su opinin quien tiene la razn y por qu?
El fabricante de resina tiene la razn, debido a que no vendi directamente
la resina sino que lo realizo el fabricante textil.
Porque la demando tendra que ser hecha al fbrica de textil, debido a que
l fue quien utilizo la resina y vendi las telas tratadas con esta sustancia,
no fue directamente el fbrica de resina.
B) Que se debera haber previsto que hubiera evitado el problema?
Antes de comprar las telas tratadas con la resina, el fabricante de ropa
debi de solicitar una muestra de dicha telas, para efectuar el proceso de
lavado con diferentes detergentes a fin de evitar que la tela se encoja o
maltrate.
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CAPTULO IV
CONCLUSIONES
Existen cientos de modelos de negociacin, sin embargo tienen ciertas caractersticas
en comn. Todos recomiendan prepararse, desarrollar la negociacin, generar
opciones y cerrar el trato. La preparacin consiste en investigar todo lo que podamos
de la otra parte y del negocio en s. El desarrollo es a partir de las primeras
conversaciones hasta casi las ltimas.
Se sugiere tener ms de una alternativa al trato, y tener bien claro cul es el objetivo,
recordando lo que busca es cumplir con su objetivo, no lograr que se cumpla suopcin. Finalmente el cierre, es dejar claro cul fue el trato, y formalizarlo. Porque los
das estn repletos de decisiones fundamentadas ya en el cumplimiento de contrato,
ejecucin de contratos, violacin de contratos, nulidades de actos de ventas son los
que ms abundan.
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BIBLIOGRAFIA
Arias- SchereiberPezeT, Max. Exgesis del Cdigo Civil peruano de 1984.
Gaceta Jurdica. Lima. 2002.
Barandiaran, Len. Tratado de derecho civil. Derecho de los contratos. tomo v.
Gaceta Jurdica. Lima- Per. 2002
Castillo Freyre, Mario. los contratos sobre bienes ajenos. FIESSA. Lima. 1990.
Castillo Freyre, Mario. El bien materia del contrato de compraventa. 2da.
Edicin. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Catlica del Per. Lima-Per. 1995.