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EXPEDIENTE : 5914-2011 ESPECIALISTA : RUBEN SOTO SUMILLA : ASIGNACIÓN ANTICIPADA DE ALIMENTOS SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MBJ - CONDEVILLA AURORA MARGARITA ZAMORA GRANDA, identificada con DNI 47502035, con domicilio real en Av. JUAN JOSE SOLORZANO 3106 Urb. Condevilla, distrito de san Martin de Poporres, y con domicilio procesal en la casilla 5588 Central de Notificaciones del Poder Judicial del Cono Norte; ante usted atentamente digo: I. PETITORIO: Que, de conformidad con la Ley N° 29803, solicito se trabe medida cautelar de ASIGNACION ANTICIPADA DE ALIMENTOS en favor de mi menor hijo KEYLA AURORA ARIAS ZAMORA de nueve meses de edad, en contra del demandado don JOHN HAROLD ARIAS ROMAN, hasta por el monto porcentual del 60% (SESENTA POR CIENTO) del haber mensual total que percibe el demandado en la empresa “CASA CALLE S.A.C” ubicado en la Av. Emancipación 149 – Cercado de Lima; la 1

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EXPEDIENTE : 5914-2011 ESPECIALISTA : RUBEN SOTO SUMILLA : ASIGNACIN ANTICIPADA DE ALIMENTOS

SEOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MBJ - CONDEVILLA

AURORA MARGARITA ZAMORA GRANDA, identificada con DNI 47502035, con domicilio real en Av. JUAN JOSE SOLORZANO 3106 Urb. Condevilla, distrito de san Martin de Poporres, y con domicilio procesal en la casilla 5588 Central de Notificaciones del Poder Judicial del Cono Norte; ante usted atentamente digo:

I. PETITORIO:Que, de conformidad con la Ley N 29803, solicito se trabe medida cautelar de ASIGNACION ANTICIPADA DE ALIMENTOS en favor de mi menor hijo KEYLA AURORA ARIAS ZAMORA de nueve meses de edad, en contra del demandado don JOHN HAROLD ARIAS ROMAN, hasta por el monto porcentual del 60% (SESENTA POR CIENTO) del haber mensual total que percibe el demandado en la empresa CASA CALLE S.A.C ubicado en la Av. Emancipacin 149 Cercado de Lima; la solicitud cautelar que interpongo en atencin a los siguientes fundamentos de hecho y derechos:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO: 1.- Que la recurrente ha interpuesto demanda de alimentos contra el demandado JOHN HAROLD ARIAS ROMAN, la misma que se tramita en este Juzgado, Expediente: 5914 - 2011, Especialista: Rubn Soto.

2.- Que, tal como lo manifest en mi demanda, la recurrente, mantuvo una relacin sentimental con el demandado, y que producto de ello, naci mi menor hija KEYLA AURORA ARIAS ZAMORA, tal como se podr acreditar con la Acta de Nacimiento que obra en autos, la misma que acompao a la presente. 3.- Que, el demandado una vez que tuvo conocimiento de mi estado de embarazo me abandono, dejndome en total desamparo econmico y emocional, por lo que tuve que acudir al apoyo de mis padres y amistades a fin de cubrir los gastos que ocasiona el parto y la manutencin de mi menor hija.4.- Luego del nacimiento de mi menor hija mi persona le ha requerido en reiteradas oportunidades, a que cumpla con la manutencin de su hija, recibiendo de el solo insultos y negativa en cuanto a la manutencin de mi menor hija.5.- La presente medida cautelar tiene por finalidad asegurar el resultado del referido proceso de alimentos. En efecto esta medida obedece a que existe peligro en la demora del proceso principal iniciado, puesto que durante el lapso de tiempo en que el Juzgado ventile la causa y falle a nuestro favor y sobre todo debido a la precaria situacin econmica por la que vengo atravesando, estara en peligro la subsistencia de ni hija, no siendo posible pues, postergar hasta la ejecucin de la sentencia correspondiente la satisfaccin de las necesidades de mi menor hija y, adems porque el demandado cuenta con los recursos econmicos suficientes como para poder acudirnos con la asignacin anticipada que solicitamos.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Ley N 29803- Ley que modifica los artculos 608 y 675 del cdigo Procesal Civil, referente a la asignacin anticipada de oficio a favor de los menores con indubitable vinculo familiar con el demandado. Artculos 472 y 474 del Cdigo Civil; que seala que se entiende por alimentos y quienes estn obligados a prestarlos. Artculos 608, 610, 674 y 675 del Cdigo Procesal Civil; normas que regulan la figura de las medidas cautelares, requisitos, finalidad, as como la asignacin anticipada de alimentos.

IV. FORMA Y BIEN SOBRE EL QUE RECAERA LA MEDIDA CAUTELAR:

Medida cautelar: Asignacin Anticipada de Alimentos consistente en el 60% (SESENTA POR CIENTO) del haber mensual total que perciba el demandado de la empresa CASA CALLE S.A.C en la cual viene laborando, las que deber ser pagada por mensualidades adelantadas.

V.- CONTRACAUTELA:Como contracautela ofrecemos caucin juratoria hasta por el monto que el Juzgado considere necesario para asegurar el resarcimiento de los daos y perjuicios que se pudiera irrogar al obligado.

VI. MEDIOS PROBATORIOS:Ofrezco en merito probatorio los siguientes documentos: 1.- El mrito de la demanda y sus anexos, documento que obra en autos, con la cual acredito que mi persona viene tramitando un proceso de alimentos contra el demandado 2.- En merito Auto Admisorio de la demanda, con la cual acredito que la pretensin alimenticia a favor de mi menor hija se encuentra dentro de un proceso abierto y/o en tramite.

VII.- ANEXOS:1-A Copia simple del Acta de Nacimiento de mi menor hija1-B Copia simple del documento de identidad de mi menor hija 1-C Copia simple del documento de identidad de la recurrente1-D Copia del la tarjeta de Publicidad de la empresa donde labora el demandado POR TANTO: Al Juzgado, solicitamos se sirva a admitir la presente solicitud de medida cautelar por ser de acuerdo a ley.

PRIMER OTROSI DIGO: Que con el objeto de hacer efectiva la medida cautelar peticionada solicitamos al Juzgado se sirva a oficiar a la empresa CASA CALLE S.A.C ubicado en la Av. Emancipacin 149 Cercado de Lima, para que retenga mensualmente el pago correspondiente, para que la recurrente pueda apersonarse a hacer el retiro respectivo o como Usted lo estime conveniente.SEGUNDO OTROSI DIGO: Asimismo, en caso de que el demandado deje de laborar (RETIRO) en la empresa CASA CALLE S.A.C , solicito a su juzgado se sirva a OFICIAR a la referida empresa a fin de que proceda a retener el 60% (SESENTA POR CIENTO) del total de los beneficios sociales que le corresponden al demandado. Lima, 25 de abril del 2012

-------------------------------------------------------------- AURORA MARGARITA ZAMORA GRANDA

EXPEDIENTE : 5914-2011 ESPECIALISTA : RUBEN SOTO SUMILLA : NOMBRO ABOGADO Y SEALO NUEVO DOMICILIO PROCESAL SEOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MBJ - CONDEVILLA

AURORA MARGARITA ZAMORA GRANDA, en el proceso seguido contra JOHN HAROLD ARIAS ROMAN, sobre alimentos; a usted con el debido respeto me presento y expongo:

1.- De conformidad con lo establecido en los artculos 75 y 80 del Cdigo Procesal Civil, subrogo al letrado que antecede y nombro como mi abogado defensor al Dr. JOSE GUTIERREZ CAMACHO, por quien solicito se le den las facilidades del caso a efecto de realizar una eficaz defensa.

2.- Asimismo sealo como nuevo domicilio Procesa sito en: Casilla N 5588 de la Central de Notificaciones del Cono Norte, lugar donde se me ara llegar tono resolucin y notificacin que emane de su despacho.

POR TANTO A usted seor juez acceder a lo solicitado por ser de acuerdo a ley

DENUNCIA : 141 - 2012 SUMILLA : APERSONAMIENTO Y NOMBRO ABOGADO DEFENSOR SEOR COMISARIO DE LA COMISARA DE LA PASCANA COMAS JOSE RAUL VICENTE LAURA, identificado con DNI N 42226011, con domicilio sito en: Pueblo Joven el Carmen Jr. Huaynacapac 227, distrito de comas; ante usted con el debido respeto me presento y digo

Que, habiendo tenido conocimiento que la Tercera Fiscalia Provincial del Cono Norte a remitido a su despacho la denuncia entablada en mi contra, por la supuesta comisin del delito contra la Libertad Sexual, por lo que en pro del derecho defensa y el debido proceso que me asisto me apersono a su despacho a efecto de: i) sealar y reiterar mi domicilio, el mismo que queda ubicado en Pueblo Joven el Carmen Jr. Huaynacapac 227, distrito de Comas, lugar se me ara llegar toda citacin y/o notificacin dirigida a mi persona; ii) nombrar como mi abogado defensor al Dr. JOSE GUTIERREZ CAMACHO, a efecto de garantizar la legalidad de mi defensa, por quien solicito se le den las facilidades del caso.Adjunto: - Copia de mi Documento de Identidad POR TANTO: A usted seor comisario acceder a lo solicitado por ser de justicia.

Lima, 03 de Mayo del 2012

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