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Estados
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ESTADO PERUANO
Concepto.El Estado es la nación jurídica y políticamente organizada sobre un
determinado territorio, el cual generalmente es propio.
El Perú nace como Estado independiente en 1821 y aprueba su
primera Constitución Política en 1823. Se conforma sobre un pueblo
plural en raza y cultura que, si bien le otorga una riqueza inusual,
también le fija ciertos límites como producto de diferencias y
desintegración. El Estado es uno e indivisible, aunque haya regiones o
provincias.
¿Qué es un gobierno unitario?
Los Gobiernos Unitarios se caracterizan en que toda su autoridad y
poder radicar en un solo centro o poder, legalmente omnipotente
sobre todo el territorio. En el unitarismo (unidad de régimen) todos
los niveles de gobierno están subordinados al poder central. Además,
un régimen unitario casi siempre unifica todas las leyes del país y no
acepta las particularidades regionales o las diversidades culturales.
Ejecuta a través de la Administración todas las órdenes en todo el
Estado. Hay una subordinación total en todo el Estado.
¿Qué es un gobierno representativo?
Sistema de gobierno en el que los cargos o roles políticos
protagónicos son cubiertos por personas que han sido elegidas por
sus conciudadanos para que los ejerzan en su representación, por
medio de procesos de votación que aseguran la expresión sin
tergiversaciones de la voluntad ciudadana. Lo contrario serían las
asambleas populares, aunque cada vez que se pusieron en práctica
resultaron ser más oligárquicas y cerradas que la democracia
representativa.
¿Qué es un gobierno descentralizado?
Un estado centralizado es aquel el cual su poder es atribuido a un
gobierno central, de manera que los gobiernos locales actúan como
sus agentes. En el caso de un Estado descentralizado aún no
centralizado, se otorga mayor poder a los gobiernos locales, que les
permite tomar decisiones propias sobre su esfera de competencias.
La orientación política y gubernamental que plantea que los diversos
organismos de la administración estatal deben gozar autonomía
regional.
LOS PODERES DEL ESTADO
EL PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo está compuesto por el Congreso de la Republica.
Entre las principales atribuciones del Congreso están: aprobar leyes;
velar por el respeto de la Constitución y de las leyes; aprobar los
tratados y convenios internacionales; aprobar el presupuesto y la
cuenta general que reflejan la administración de los recursos del
estado; autorizar empréstitos; y aprobar la demarcación territorial
que proponga el Ejecutivo.
El Congreso puede interpelar, censurar o quitar la confianza al
consejo de ministros o a cualquiera de los ministros. A su vez, ratifica
los nombramientos de los Embajadores y Ministros Plenipotenciarios
así como los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema.
EL PODER EJECUTIVO
El Presidente de la Republica es el Jefe del Estado y personifica a la
nación. Es elegido por sufragio directo y por más de la mitad de votos
válidos emitidos. Junto con él se elige a un primer ministro y un
segundo vicepresidentes.
EL PODER JUDICIAL
Es el organismo que administra justicia por intermedio de la Corte
Suprema de Justicia, las Cortes Superiores, los juzgados civiles,
penales y especiales, los juzgados de paz letrados y los juzgados de
paz.
La Corte Suprema de Justicia tiene sede en Lima y jurisdicción en todo
el territorio nacional. Formula, sustenta y participa en la discusión del
proyecto de presupuesto del Poder Judicial. Puede participar en la
discusión de los proyectos de ley, que presente ante el Congreso. La
Corte Suprema investiga la conducta funcional de los jueces en forma
permanente y obligatoria y aplica las sanciones necesarias.
La Corte Suprema podrá fallar en última instancia, resolviendo los
casos vistos por las Cortes Superiores o simplemente disponiendo su
nulidad para que vuelvan a ser juzgados en el nivel que corresponda,
según disponga la ley.