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ESTATUTO DEL PARTIDO POLÍTICO NACIÓN VERDE TÍTULO I ORIGEN El Partido Político Nación Verde nace del Perú profundo, su ideología se construye sobre la base de su historia, sus principios, valores, ideales, doctrina y símbolos, inspirados en nuestra cultura milenaria que nos enorgullece, despierta y nutre a un gran movimiento social de peruanos y peruanas con mística, hermanados por el gran anhelo de construir un Perú grande y próspero. PERSPECTIVAS El Partido Político Nación Verde mantendrá un indeclinable trabajo por hacer del Perú un país económicamente sólido, democráticamente plural, políticamente estable y socialmente inclusivo; es decir, un país seguro para todos. En este horizonte, planteamos nuestros ejes generales de acción: Definir una mejor calidad de vida para los peruanos y orientar toda la sociedad a conseguirla. Defensa y estricto cuidado del medio ambiente, de la biodiversidad, de la protección de nuestros recursos naturales y previsión de los desastres medioambientales. Desarrollo de oportunidades y capacidades de emprendimiento e inclusión en todos los peruanos, especialmente en los tradicionalmente marginados. Defender y sostener la institucionalidad democrática, el fortalecimiento y la gobernabilidad de las diferentes instancias del Estado Peruano. La perspectiva política del Partido Político Nación Verde plantea la vigencia permanente de los controles sociales y del poder político, ejerciendo una vigilancia ciudadana en cómo este poder debería asignarse y en la calidad y los fines para los que debería ser usado, esto sólo es posible a través de una auténtica descentralización económica, política y social, desde la perspectiva de un país integrado, resuelto a alcanzar un crecimiento cohesionado como país, convocando, cooperando y concertando para lograr una cultura 1

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ESTATUTO DEL PARTIDO POLÍTICO NACIÓN VERDE

TÍTULO I

ORIGEN

El Partido Político Nación Verde nace del Perú profundo, su ideología se construye sobre la base de su historia, sus principios, valores, ideales, doctrina y símbolos, inspirados en nuestra cultura milenaria que nos enorgullece, despierta y nutre a un gran movimiento social de peruanos y peruanas con mística, hermanados por el gran anhelo de construir un Perú grande y próspero.

PERSPECTIVAS

El Partido Político Nación Verde mantendrá un indeclinable trabajo por hacer del Perú un país económicamente sólido, democráticamente plural, políticamente estable y socialmente inclusivo; es decir, un país seguro para todos. En este horizonte, planteamos nuestros ejes generales de acción:

Definir una mejor calidad de vida para los peruanos y orientar toda la sociedad a conseguirla.

Defensa y estricto cuidado del medio ambiente, de la biodiversidad, de la protección de nuestros recursos naturales y previsión de los desastres medioambientales.

Desarrollo de oportunidades y capacidades de emprendimiento e inclusión en todos los peruanos, especialmente en los tradicionalmente marginados.

Defender y sostener la institucionalidad democrática, el fortalecimiento y la gobernabilidad de las diferentes instancias del Estado Peruano.

La perspectiva política del Partido Político Nación Verde plantea la vigencia permanente de los controles sociales y del poder político, ejerciendo una vigilancia ciudadana en cómo este poder debería asignarse y en la calidad y los fines para los que debería ser usado, esto sólo es posible a través de una auténtica descentralización económica, política y social, desde la perspectiva de un país integrado, resuelto a alcanzar un crecimiento cohesionado como país, convocando, cooperando y concertando para lograr una cultura democrática fructífera, cogestionando entre gobernantes y gobernados, despertando e incentivando un mayor protagonismo participativo de la sociedad civil en la vigilancia y compromiso compartido de gestionar el desarrollo y progreso al que queremos llegar como Nación.

CIUDADANOS AL SERVICIO DEL PAÍS

Asimismo, el Partido Político Nación Verde convoca y prepara ciudadanos con autoridad moral y profesional. Su acción ejemplar erradicará la corrupción en nuestras instituciones estatales, anulará toda forma de abuso de poder, hará cumplir las Leyes que garantizan: ordenamiento, seguridad, oportunidades para todos, ocupación de cargos por méritos, investigación científica y desarrollo tecnológico, todo lo cual nos transformará en un país de primer mundo.

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NUESTRA LUCHA

Consciente de las amenazas de escasez debido a los modelos de vida que originan la llamada “Crisis de Civilización” y las consecuencias del cambio climático, el Partido Político Nación Verde propone luchar en primer lugar por nuestra soberanía alimentaria y energética con el fin esencial de que en nuestro Perú nadie sufra hambre o abandono, única forma de resolver la raíz de los conflictos internos y enfrentar en mejores condiciones las amenazas externas.

CONVIVENCIA PACÍFICA

Entendemos que es muy necesario luchar también por una convivencia pacífica entre los Estados de los países que nos rodean. Con ellos debe prevalecer el respeto mutuo y acuerdos de complementariedad en la defensa o uso recíproco de las fuentes de agua limpia, fuentes energéticas, productos biológicos e hidrobiológicos de los bosques, lagos, ríos y mares para erradicar por completo principalmente el hambre en toda nuestra Región Sur Americana.

VISION DEL PAÍS

El Partido Político Nación Verde ve al Perú en su integridad partiendo de su verdadera historia, de las cualidades reales de su territorio y esencialmente reconociendo el valor moral y las fuerzas productoras de sus pueblos y multitudes plenamente organizadas y capacitadas.

Nuestra historia real es una historia titánica, convirtió montañas en andenes para la agricultura, desiertos en valles fértiles, se adelantó a esta época, solucionó el hambre, erradicó las desigualdades; es decir tratamos mejor que en ningún otro sitio a los seres humanos y a la naturaleza. Esta es la historia que hoy, frente a las amenazas que se ciernen sobre toda la humanidad creemos que viene a cobrar su vigencia histórica.

VISIÓN DEL MUNDO

El mundo sufre un fenómeno de globalización que tiene aspectos positivos cuando impulsa la igualdad, el respeto mutuo, los acuerdos recíprocos, cautela los derechos humanos, la democracia, respeta nuestras costumbres y crea instrumentos para garantizar la paz y el desarrollo.

Sin embargo, es imprescindible reconocer que el mundo está convertido en un terreno abonado para que brote espontáneamente el abuso de poder y la corrupción, y son nuestras costumbres sanas y valores andinos las herramientas que la humanidad necesita para no sucumbir. Esta forma de entender el mundo automáticamente descoloniza nuestras mentes y ya no permite que sigamos viviendo indignamente sentados sobre los antivalores que aun hoy nos acompañan, pensando erróneamente que como peruanos no podemos dejar de ser inferiores.

POSTULADOS IDEOLÓGICOS

El Partido Político Nación Verde asume cuatro principios ideológicos que sustentan su Ideario y que fortalecen la formación de una nueva conciencia cívica ciudadana:

1° EQUILIBRIO Y ARMONÍA EN DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE. El Partido Político Nación Verde es y será siempre una cantera de ecologistas de la naturaleza, de la sociedad y de la salud; en nuestras filas practicamos el equilibrio y la armonía en todos los aspectos de la lucha por la supervivencia, respetando las diferencias, uniendo las semejanzas y estableciendo objetivos comunes, en todos los campos competitivos, con el propósito de integrar la ciudad y el campo, única forma de resolver el problema del centralismo dependiente, intoxicante, generador de aberraciones y degeneración.

El Equilibrio y la Armonía se constituye en el Principio Esencial del Partido Político Nación Verde, a través de él expresa y promueve el respeto a la naturaleza, observa su comportamiento y vigila las acciones humanas para no crear desequilibrios ecológicos, sociales o económicos. De este modo garantiza los derechos de la naturaleza como única

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forma de preservar también los derechos humanos y su complementariedad con todos los demás seres vivos.

2° IDENTIDAD NACIONAL. Construir el sentir de nuestra Identidad es levantar los fundamentos del alma de la Nación. La toma de conciencia y la identificación con los destinos del Perú pasan por un proceso continuo de enseñanza-aprendizaje que debe partir desde el hogar y fortalecerse en la escuela y la sociedad.

Sólo la identificación plena, permitirá a nuestros niños y jóvenes internarse por los generosos caminos del conocimiento: la Ciencia, la Tecnología, el desarrollo industrial, y también por qué no, el desarrollo de las aptitudes para el arte, las letras, el deporte; sobre la base de un permanente orgullo por sentirse cada vez más peruanos, más integrados con esta tierra, con su comunidad y con su destino. No se luchará sólo por la gloria personal cuánto más que por el orgullo de ser quien tenga el honor de llevar sobre sí los colores patrios y con ello la representación de todo nuestro pueblo.

Los caminos del desarrollo pleno no son fáciles ni llevaderos, pero es en la práctica sistemática, plena, consciente y disciplinada, cómo nuestra juventud vencerá a lo largo del tiempo las múltiples dificultades que se presenten en el camino. Y es aquí donde los maestros cobran mayor importancia, pues se constituyen en los llamados a sembrar permanentemente la semilla sagrada de la Identidad.

3° PATRIOTISMO INTEGRADOR. El Patriotismo es el amor a la Patria. Es un sentimiento innato y latente en el hombre, sentimiento que lo impulsa a realizar grandes acciones. Puede ser considerado como una fuerza espiritual cuya presencia y cuyo poder determinan la grandeza y la supervivencia de las naciones.

Amar a nuestra Patria es amarnos a nosotros mismos, es amar a nuestro hogar, nuestro pueblo, y la tierra en la cual hemos nacido. El amor patrio crea y afirma la solidaridad entre los hombres de la misma nacionalidad, haciendo indestructibles los vínculos espirituales.

El sentimiento patriótico debe ser orientado y dirigido, enseñando cuáles son los deberes que impone la Patria, tanto en la paz, como en las horas de lucha. Esta enseñanza corresponde a los padres en el hogar, y a los maestros en la escuela, inculcando las virtudes y valores cívicos y morales que deben practicar nuestros hijos, hombres y mujeres, para ser buenos ciudadanos.

4° HUMANISMO CIENTÍFICO TECNOLÓGICO. La búsqueda del desarrollo se ha visto fortalecida con una toma de conciencia que cada día se incrementa alrededor de los pilares básicos de la Educación, la Ciencia y la Tecnología.

Este fundamento requiere la vital presencia del Estado en su papel central de impulsor de la revolución científico-tecnológico-educativa, pero con dos condicionantes fundamentales: ser financieramente sólido y administrativamente eficiente.

Este concepto del humanismo científico-tecnológico establece como clara estrategia, fortalecer la alianza entre el Estado, el empresariado y la clase trabajadora, asumiendo el Estado su rol fundamental y preponderante como instrumento de la acción colectiva.

Su tarea vital consistirá en establecer el marco legal adecuado para el desarrollo de una industria nacional potente, con uso de sus innumerables recursos naturales, a los cuales, en virtud de la promoción intensiva de la productividad, asignará el valor agregado que necesariamente se entrelaza con los procesos de transformación de la materia prima, con la consiguiente oportunidad para nuestros científicos e investigadores de dar el gran salto a la innovación tecnológica.

TÍTULO II

DE LA FUNDACIÓNArtículo 1.º. El Partido Político Nación Verde, se crea en la primera Asamblea General de Afiliados Fundadores, Activos y Honorarios que han obtenido la adherencia de un millón

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doscientos mil ciudadanos, instalado los comités partidarios en todo el Perú y haber realizado el trabajo de campo y/o contribuido ideológica, administrativa, profesional, y económicamente en la organización partidaria.

TÍTULO III

DE LA DENOMINACIÓN, SÍMBOLO, NATURALEZA Y PRINCIPIOS

CAPITULO 1

DENOMINACIÓN, FUNDAMENTO Y SÍMBOLO PARTIDARIOArtículo 2.º. La denominación del Partido es PARTIDO POLÍTICO NACIÓN VERDE, sin uso de siglas y/o abreviaturas. Su nombre se fundamenta en nuestras diferencias con el resto del mundo, donde la tendencia es a desaparecer la naturaleza verde por el color del cemento.

Artículo 3.º. El símbolo del Partido es un árbol de Pino de color verde hoja que proyecta su sombra que nos acobijará, enmarcado en un cuadrado con fondo amarillo, esquinas redondeadas y al pie la inscripción "Nación Verde" en el mismo color del árbol del pino.

Artículo 4.º. Todas las ceremonias oficiales del Partido Político Nación Verde, se inician brindando gracias de Dios y pidiendo permiso a la Pacha Mama (Madre Naturaleza).

Artículo 5.º. El saludo principal del Partido Político Nación Verde, al finalizar sus eventos es: ¡Quererse como hermanos! ¡Buscar soluciones inteligentes! ¡Y trabajar en equipo!, ¡Por un Perú verde, integremos las ciudades con el campo!

CAPÍTULO 2

NATURALEZA, VALORES Y PRINCIPIOS DEL PARTIDOArtículo 6.º. El Partido Político Nación Verde es una asociación voluntaria de ciudadanos, ciudadanas, jóvenes y adultos sin discriminación por raza, credo, condición social, que con las características que se señala en el Art. 1º construyen y hacen crecer la organización del Partido y asumen la lucha para construir un Estado que asegure nuestro desarrollo sostenible, base esencial para ser un país de primer mundo.

Artículo 7.º. Nuestras acciones se nutren valorando nuestra cultura ancestral, las luchas de los pueblos originarios por lograr su libertad, respeto a sus costumbres y viabilidad a sus propuestas de progreso económico y político.

Artículo 8.º. El Título 1 del presente Estatuto del Partido Político Nación Verde, expresa nuestro ideario y nuestro caudal místico; en ellos, en nuestra visión del país y del mundo se hallan nuestros principios, con todo ello garantizamos una práctica de libertad, igualdad y la solidaridad que garantizan el respeto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

TÍTULO IV

DE LA NATURALEZA, DURACIÓN, REPRESENTACIÓN Y ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO 3

DEL PARTIDOArtículo 9.º. El Partido tiene personería jurídica de derecho privado, no tiene fines de lucro, se organiza de conformidad con la libre voluntad de sus integrantes y en concordancia con la Ley de Partidos Políticos y su plazo de duración es indeterminado.

Artículo 10.º. La representación legal para todo efecto recae en el Presidente del Partido.

Artículo 11.º. Los personeros, apoderados y representante Legal del Partido serán militantes reconocidos y designados cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley de Partidos y organizados en Comisiones Especiales.

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CAPÍTULO 4

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNAArtículo 12.º. La organización básica del Partido de abajo hacia arriba lo conforman las siguientes instancias:

a) Unidad Básica: es el conjunto de militantes que forman una unidad territorial o sectorial mínima. Una Unidad Territorial es un núcleo básico que expresa sus intereses políticos a nivel distrital, provincial o regional. Una Unidad Sectorial, se constituye dentro de los centros de producción, gremiales, educativos, universitarios o comunales. Sus intereses políticos también se expresan en el Comité Distrital, Provincial o Regional según la amplitud del movimiento al que pertenecen. Un comité Político Básico para ser reconocido como tal debe estar compuesto por no menos de 10 militantes.

b) Comité Distrital: es el órgano político territorial de un Distrito. Responde al Comité Provincial correspondiente.

c) Comité Provincial: es el órgano político territorial en la Provincia. Responde al Comité Regional.

d) Comité Regional: es el órgano político territorial de un Departamento o región, responde a la Secretaría Nacional de Organización y al Comité Ejecutivo Nacional.

e) Comisión de Personeros: La propone el Colegiado Dirigente y es el organismo que en forma permanente, en coordinación con la Comisión Electoral Nacional lleva a cabo comicios internos y capacita a sus militantes para desenvolverse como personeros.

f) Comisión de Procesos Electorales: La propone el Comité Ejecutivo Nacional, la avala la Comisión de Personeros y dirige todos los comicios electorales, internos y los convocados por el JNE.

g) Tribunal de Honor: La propone el Colegiado Dirigente. Es el organismo encargado de analizar las faltas y las denuncias de violación de los principios del partido, incumplimiento de las promesas electorales y otras faltas graves que este Tribunal debe sancionar según lo establecido en el presente Estatuto y sus reglamentos.

h) Escuela de Cuadros del Partido: Es el organismo donde se capacita a los líderes del Partido y militantes que harán funcionar nuestro sistema de gobierno.

i) Comisión de Fiscalización y Control: La propone el Pleno del Comité Ejecutivo Nacional, es ratificada en la Asamblea General y es la Comisión encargada de realizar las auditorías, la fiscalización y el control de las gestiones financieras y administrativas.

j) Colegiado Dirigente: Es elegido por Asamblea Nacional, es la instancia que asumen la dirección orgánica del Partido.

k) Secretario General: Es la autoridad que asume la conducción del partido en ausencia del Presidente, es responsable del manejo y conducción del partido.l) Presidente: Es la máxima autoridad y representante político del partido, representa a la

militancia y personifica al partido, es elegido en Asamblea Nacional y es a su vez es presidente de la Asamblea Nacional, del CEN y del Colegiado Dirigente.

m) Comité Ejecutivo Nacional: Es un cuerpo colegiado, presidido por colegiado de tres (3) miembros, entre ellos el presidente;  sus miembros tienen igual poder y responsabilidad.

Es elegido en Asamblea General y es el máximo órgano de dirección política del Partido.n) La Asamblea General: es el órgano que delibera todos los asuntos internos, la dirección política del Partido, la toma de decisiones y nombra las comisiones para cumplir funciones especiales.Artículo 13.º. Las Unidades Básicas, los Comités Distritales, Provinciales, y Regionales tienen como función participar en las escuelas del Partido, donde los militantes reciben la capacitación política teórica y práctica del Partido y se sistematiza las aspiraciones y propuestas territoriales o sectoriales. Sus aportes deben destinarse a subvencionar su funcionamiento autónomo. Son responsables del diagnóstico político y socio económico de su territorio, la formulación de las políticas de Estado y la plena capacidad de ser implementadas.

Artículo 14.º. Las Unidades Básicas, los Comités Distritales, Provinciales, y Regionales participan activamente en la elección de sus delegados ante la Asamblea General y

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candidatos a las instancias estatales de gobierno local, distrital, provincial y regional en comicios democráticos.

TÍTULO V

DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DEL PARTIDO

CAPÍTULO 5

DE LA ASAMBLEA GENERALArtículo 15.º. La Asamblea General es la máxima instancia orgánica deliberativa donde se establecen los planes y metas del Partido. Sus acuerdos y decisiones son inapelables y de obligatorio cumplimiento para sus militantes y órganos directivos. Se reúne de manera ordinaria cada dos años y podrá reunirse con carácter extraordinario a pedido del Comité Ejecutivo Nacional. Sus acuerdos se toman por mayoría simple en votación nominal si el caso lo requiere, y en todo caso por alzada de mano.

Artículo 16.º. La Asamblea General se forma con los siguientes miembros del Partido, cada miembro con derecho a voz y voto:

a. Los Fundadores del Partidob. Los miembros del Comité Ejecutivo Nacionalc. El Colegiado Dirigente.d. Los delegados regionales elegidos y acreditados de acuerdo al Reglamento de

procesos electorales.Artículo 17.º. La Asamblea General se realizará siguiendo lo establecido en el Reglamento de Asambleas del Partido.

Artículo 18.º. Son atribuciones de la Asamblea General Nacional del Partido:

e. Aprobar y/o modificar la Tesis Ideológica y doctrina, la línea política, el Programa de Gobierno, los planes, metas y objetivos estratégicos del Partido.

f. Aprobar, revisar y modificar el Estatuto y reglamentos.g. Elegir regularmente y en lista cerrada a los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y sus

accesitarios, al Colegiado Dirigente, a los miembros de la Comisión de Fiscalización y Control y sus accesitarios.

h. Aprobar la elección de los candidatos del Partido elegidos en comicios internos según se dispone en la Ley de Partidos Políticos.

i. Fijar las Cuotas Ordinarias y Extraordinarias para el funcionamiento del Partido.j. Aprobar los informes y balances económicos y planes financieros del Partido, así como

los informes de fiscalización.k. Aprobar la formación de la comisión para los comicios internos que darán cumplimiento a

los procesos electorales: Nacional, regional, provincial y municipal.l. Elegir la(s) Comisión(es) Auditora(s) o Revisora(s) cuando exista cambio del CEN o

exista presunción de irregularidades en cualquier órgano partidario.m. Aprobar o rechazar la realización de Alianzas, pactos, coalición, cooperación o cualquier

otra forma de entendimiento con otros Movimientos Políticos, Movimientos Sociales, Instituciones Civiles o Partidos Políticos propuesto por el presidente.

n. Aprobar las modificaciones al escalafón de los cuadros del Partido.o. Aprobar la formación de las comisiones especiales y las que requieran las campañas

electorales o el apoyo de sectores gremiales o empresariales.p. Revocar o restituir en su cargo a cualquier dirigente del partido previo informe elevado y

aprobado por el CEN.q. Expulsar, anular o ratificar la condición de militante del partido. r. Aprobar la Disolución del Partido.

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CAPITULO 6

DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONALArtículo 19.º. El Comité Ejecutivo Nacional es el equivalente al Estado Mayor de una gran corporación y se conducirá por el Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional. Está integrado por los fundadores del Partido, el Presidente, el Secretario General Nacional del partido y cinco dirigentes elegidos por la Asamblea General Nacional.

Artículo 20.º. El Comité Ejecutivo Nacional ejecuta todos los planes aprobados en la Asamblea General Nacional. Sus funciones duran dos años, con la posibilidad de ser reeligidos o reemplazados por sus accesitarios, siempre que lo apruebe la Asamblea General. Ninguno de estos cargos se ejerce sin accesitario.

Artículo 21.º. Las funciones y obligaciones del Comité Ejecutivo Nacional son:

a) Dar cumplimiento a los acuerdos, planes, metas y objetivos aprobados en la Asamblea General.

b) Planificar el detalle de las acciones políticas, dictar las disposiciones y directivas necesarias para su cumplimiento.

c) Convocar a sesión ordinaria de la Asamblea General Nacional con 30 días de anticipación y cuando menos con 3 días a sesión Extraordinaria.

d) Velar por la imagen ejemplar del Partido y el estricto cumplimiento de las Leyes los Estatutos del Partido, los compromisos electorales y los principios del Partido.

e) Analizar y aprobar los presupuestos del Partido, los reglamentos de las comisiones especiales del Partido.

f) Analizar y aprobar la propuesta de celebración o disolución de convenios políticos de orden táctico y estratégico, así como aquellos que incrementen los recursos financieros y patrimoniales del Partido.

g) Aprobar los planes de desarrollo y profesionalización de las escuelas ideológicas y doctrinales del Partido.

h) Monitorear el comportamiento político detectando las irregularidades, abandono de los compromisos asumidos, incumplimiento del Ideario del Partido…etc. y decisión de denunciarlos al Tribunal de Honor.

i) Designar a los integrantes del Tribunal de Honor.j) Designar a los integrantes de la Comisión de Procesos Electorales del Partido.k) Monitorear la correcta administración y ejecución del presupuesto del Partido.l) Resolver las fallas legales, casos y situaciones no previstas o que estando previstas no

son suficientemente claras en este Estatuto y Leyes que competen al Partido.m) Analizar la evaluación del escalafón de cuadros y emitir su opinión técnico-política.n) Proponer a la Asamblea General Nacional la modificación del Estatuto y reglamentos

cuando las circunstancias lo requieran.o) Revisar, emitir propuestas de directivas y resoluciones del Partido.p) Aprobar la Participación y procedimientos para la participación en los diferentes procesos

electorales que se convoque.q) Las demás no contempladas en el presente Estatuto y los Reglamentos, que por su

particularidad e importancia requieran especial atención e inmediata intervención.

Artículo 22.º. Los acuerdos en el Comité Ejecutivo Nacional (CEN), son consensuados o aprobados por el voto del Colegiado Dirigente. En los casos excepcionales y en casos de disidencias, los acuerdos se tomarán por voto nominal de todos los miembros del CEN.

Artículo 23.º. Los procedimientos y las acciones del CEN estarán establecidos en el Manual de Normas y Procedimientos para crisis, Desastres y Emergencias.

CAPITULO 7

DEL PRESIDENTE DEL PARTIDO

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Artículo 23°. La Presidencia del Partido es la Presidencia del CEN y la Presidencia del Colegiado Dirigente, es la autoridad ejecutiva de mayor jerarquía del partido. Responde de sus actos ante la Asamblea Nacional.

Artículo 24. Corresponde a la Presidencia del partido las siguientes funciones:a) Representar al Partido a nivel Nacional e Internacional, tiene la Personería Legal y Jurídica del Partido. b) Presidir las reuniones de las Asambleas, las sesiones del CEN y del Colegiado Dirigente. c) Solicitar al CEN la convocatoria de Asambleas Nacionales Extraordinarias. d) Aprobar el Plan General Anual, el Presupuesto Anual del Partido. e) Proponer Alianzas, pactos, coalición, cooperación o cualquier otra forma de entendimiento con otros Movimientos Políticos, Movimientos Sociales, Instituciones Civiles o Partidos Políticos, previa discusión y aprobación del CEN.f) Suscribir en representación del Partido, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución de acciones y proyectos que beneficien a la institución, con organismos e instituciones nacionales y extranjeras con anuencia del CEN, con la anuencia de la Asamblea según la Trascendencia de la materia.g) Celebrar operaciones financieras, de crédito interno y externo del partido, girar cheques, aceptar letras y endosarlos, realizar descuentos de letras de cambio, pagarés. Abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros en moneda nacional y/o extranjera en instituciones financieras, todas las operaciones bancarias, financieras, de cobro y giro de cheques, pagarés, letras de cambio, vales y otros se hará conjuntamente con el Secretario Nacional de Economía. Esto se realizará con sujeción al reglamento y la legislación nacional vigente sobre la materia.h) Ejercer las facultades que a todo mandatario confieren los artículos 74 y 75 del código procesal civil y las normas legales vigentes sobre poderes especiales y generales.i) Proponer al CEN la aprobación de disposiciones, así como poner en vigencia la que este apruebe.j) Delegar algunas de sus facultades y atribuciones a militantes del partido, con anuencia del CEN. k) Informar y rendir cuenta ante la Asamblea Nacional y al Finalizar el periodo de Gobierno, detalladamente el Plan General Anual y el Presupuesto Anual año a año utilizado en los proyectos y actividades realizados en su gestión.l) Designar al Personero legal Nacional, al Personero Legal Alterno, al Personero Nacional Técnico y al Personero Nacional Técnico Alterno, todos ellos propuesto por la Comisión Nacional de Personeros.m) Designar hasta una quinta parte del número total de candidatos a elección popular al Congreso de la Republica y según lo dispuesto en la ley de Partidos Políticos N° 28094.

Artículo 25. En caso de muerte, incapacidad mental temporal o permanente, ausencia, licencia, renuncia, o vacancia del Presidente, asume dicho cargo el Secretario General; de darse el mismo caso, asume como Presidente Provisional el Secretario Nacional de Organización, designado en Sesión de Emergencia del CEN, quien convocará a elección nacional por Asamblea Nacional y en el plazo más breve posible.

CAPITULO 8DEL SECRETARIO GENERAL NACIONAL

Artículo 26. La Secretaría General del partido es la instancia encargada de dirigir y supervisar el funcionamiento del partido en todas las instancias y niveles. Coordina las actividades de las secretarías y verifica el cumplimiento de los planes internos de cada órgano del partido.

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Artículo 27. Corresponde a la Secretaría General Nacional del partido las siguientes funciones:

a. Asume la conducción y la presidencia del partido durante ausencia, vacancia, muerte, impedimento temporal o permanente o cuando el Presidente del partido se encuentre ejerciendo la función y desempeñando el cargo de Presidente de la República.b. Goza de facultades para otorgar mandato a nombre del partido, realizar peticiones, interponer demandas y contestar aquellas que se interpongan al partidoc. Solicitar al CEN la convocatoria de Asambleas Nacionales Extraordinarias.d. Cumplir y hacer cumplir las normas estatutarias y las disposiciones emanadas por la

Asamblea, el CEN y la Presidencia del Partido.e. Ejercer el control sobre las actividades y el desempeño de las Secretarias Nacionales y

demás órganos del Partido. Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las tareas y los trabajos establecidos por los diferentes órganos y estamentos partidarios.

f. Proponer al Personero Legal Titular, al Personero Legal Alterno, Personero Técnico del Partido, así como otorgar poderes electorales y técnicos que requieran, de conformidad con la Ley de Partidos Políticos y toda la normatividad emanada por los organismos electorales.

g. Designar los cargos dirigenciales de confianza en todas las instancias orgánicas, administrativas o de gestión y a los candidatos a los cargos principales de los poderes del Estado.

h. Proponer al Presidente y al CEN la aprobación de disposiciones, así como poner en vigencia las que se aprueben.

i. Propone los miembros de las Comisiones Especiales al Colegiado Dirigente. j. Previa anuencia de CEN, delegar algunas de sus facultades y atribuciones a militantes del

partido.

CAPÍTULO 9

DEL COLEGIADO DIRIGENTEArtículo 24.º. El Colegiado Dirigente es la máxima instancia de dirección orgánica del Partido. Sus integrantes son elegidos en Asamblea Nacional Ordinaria y sus funciones son ejecutivas. Garantiza un pensamiento único. Tiene como Misión el correcto funcionamiento del partido y es responsable de la ejecución de los Planes y estrategias de desarrollo del Partido y la militancia. El mando del colegiado dura indefinidamente, se renueva cada vez que se renueva el Consejo Ejecutivo Nacional.

El colegiado lo conforman:

1. PRESIDENTE 2. SECRETARIO GENERAL NACIONAL3. SECRETARÍA NACIONAL DE ORGANIZACIÓN4. SECRETARÍA NACIONAL DE IDEOLOGÍA Y DOCTRINA5. SECRETARÍA NACIONAL DE ACTAS Y ARCHIVOS6. SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA7. SECRETARÍA NACIONAL DE PRENSA Y PROPAGANDA8. SECRETARÍA NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES9. SECRETARÍA NACIONAL DE ECONOMÍA10. SECRETARÍA NACIONAL DE ASUNTOS GREMIALES Y SINDICALES11. SECRETARÍA NACIONAL DE INTELIGENCIA Y COMUNICACIONES12. SECRETARÍA NACIONAL DE ÉTICA Y DISCIPLINA 13. SECRETARÍA NACIONAL DE JUVENTUDES14. SECRETARÍA NACIONAL DE LA MUJER 15. SECRETARÍA NACIONAL DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE16. SECRETARÍA NACIONAL DE SEGURIDAD

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17. SECRETARÍA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 25.º. Son facultades del Colegiado Dirigente:

a. Presentar a la Secretaría General Nacional la propuesta a los responsables de los cargos dirigenciales de todas las instancias orgánicas, administrativas o de gestión. Proponer los candidatos a los cargos principales de los poderes del Estado.

b. Establecer las necesidades de cuadros profesionales y técnicos en todas las áreas administrativas y funcionales del Partido.

c. Proponer la mejora o renovación del escalafón de los cuadros del Partido.d. Elabora la propuesta de Alianzas, entendimiento y cooperación con otras organizaciones

políticas, que deberá ser presentado por el Presidente del Partido ante Asamblea General Nacional.

e. Diseñar con amplitud las estrategias para las campañas electorales.f. Designar a los miembros de las Comisiones especiales como propuesta de la Secretaría

General Nacional con el objetivo de cumplir lo aprobado por Asamblea General, salvo la Comisión de Procesos Electorales y el Tribunal de Honor.

g. Realizar las acciones que contemple el Reglamento Interno, el Estatuto y la Ley de Partidos Políticos, así como aquellas que sean encargadas por los órganos de mayor jerarquía del partido.

h. Las resoluciones que emanen del ejercicio de sus funciones se harán mediante directivas del Colegiado Dirigente.

i. Interpretar y resolver ampliamente los asuntos o situaciones no previstas en el presente Estatuto.

Artículo 26.º. Las funciones de las otras Secretarías Nacionales serán especificadas en el Reglamento Interno y Manual de Organización del Partido.

TITULO IV

DE LAS COMISIONES ESPECIALES

CAPÍTULO 10

DE LA COMISIÓN DE PERSONEROSArtículo 27.º. El Personero Legal del Partido y su equipo es designado por el Colegiado Dirigente. Sus funciones son:

a. Cumplir las obligaciones dispuestas en la normatividad establecida para todo efecto electoral por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) o los organismos que localmente los represente.

b. Establecer junto con la ONPE el sistema de personeros legales del Partido para cada circunscripción electoral.

c. Capacitar el Gabinete Técnico de Personeros del Partido.d. Organizar la red de personeros por mesas de votación.e. Capacitar con la ONPE en la Vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales para

los procesos en las urnas.f. Analizar y autorizar la documentación inherente a su cargo y establecidas en la

normatividad del JNE y la ONPE.g. Ejecutar el plan de reclutamiento de personeros, el manual y los cursos de capacitación.h. Elaborar oportunamente toda documentación necesaria para la correcta implementación

de los cursos y capacitaciones sobre Coordinadores, Sub Coordinadores de centro de Votación y personeros de mesa de votación para los procesos electorales internos y de elección popular.

i. Cumplir con todas las disposiciones que la Ley de Partidos Políticos designe.

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CAPÍTULO 11

DE LA COMISIÓN DE PROCESOS ELECTORALESArtículo 28.º. La Comisión de Procesos Electorales es elegida por el Comité Ejecutivo Nacional, con opinión favorable de la Comisión de Personeros. La conforma tres miembros militantes. Su funcionamiento es autónomo y sus fallos son inapelables. Los miembros de la Comisión Electoral Nacional no pueden ser candidatos para los procesos en los cuales participen. Su actividad estará normada por el Reglamento de Procesos Electorales.

Artículo 29.º. La Comisión de Procesos Electorales se encargará de llevar adelante los procesos electorales internos en toda instancia de la organización y cuando la Ley lo exija en coordinación con la ONPE garantizando el desarrollo de procesos transparentes y democráticos. El Reglamento de Procesos Electorales especifica la normatividad para dichos procesos.

Artículo 30.º. La Comisión de Procesos Electorales debe contar con una red de delegados insertados en todas las regiones, provincias y distritos, debidamente capacitados y acreditados.

Artículo 31.º. Elaborar y emitir oportunamente toda documentación necesaria para la correcta implementación de los cursos y capacitaciones sobre procesos electorales internos y de elección popular.

CAPÍTULO 12

DEL TRIBUNAL DE HONORArtículo 32.º. Constituye el órgano nacional de máxima instancia en resolución de conflictos y administración de justicia; sus fallos se dan respetando el Estatuto, los reglamentos establecidos y las leyes nacionales vigentes. Sus fallos constituyen precedentes para aplicación de justicia en las Secretarias de Ética y Disciplina.

Artículo 33.º. Está formado por cinco miembros designados por el CEN y tiene una vigencia de dos año, tiene como funciones:

1)La correcta aplicación del Estatuto y reglamentos.2) Investigar las irregularidades detectadas en inspecciones y las que hubieran sido objeto de denuncia.3) Conducir el proceso de determinación y cumplimiento de responsabilidades de los miembros afectados, dando recomendaciones y realizando las denuncias ante el CEN y ante la Asamblea Nacional según la gravedad del caso. 4) Fiscalizar el correcto uso de los recursos financieros y materiales de la institución.5) Brindan Asesoría Legal y Jurídica al Partido ante acciones judiciales que se presenten por iniciativa propia a favor del partido o en su defensa.6) Ejercer las demás funciones que le asigne la Asamblea Nacional o el CEN.7) Resolver directamente como primera instancia cuando se de un conflicto que afecte a las Secretarias Nacionales, funcionarios nacionales u organismos nacionales del partido por la gravedad de lo involucrado.8) Realizar denuncia civil, penal o aquella que considere correcta al encontrarse responsabilidad en actos delictuosos internos o externos a la organización por parte de militantes del partido.9) Realizar una revisión única de fallo a pedido de la Secretaría Nacional de Ética y Disciplina o del Presidente del partido.10) Revocar, suspender, amonestar o separar por medidas disciplinarias o actos delictivos cometidos dentro o fuera de la organización, sin perjuicio de los procedimientos judiciales a que hubiera lugar.11) Designa a los integrantes de las Cortes de Ética y Disciplina de cada circunscripción provincial.12) Otras que sean materia no contemplada en el estatuto y concerniente al órgano máximo de justicia del partido.

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Artículo 34.º. El Tribunal de Honor debe elaborar el Manual de Ética y Disciplina y presentarlo al CEN para su aprobación.

Artículo 35.º. En cada instancia está compuesta por los militantes de mayor edad, experiencia en la conducción del Partido y calidad moral. Los miembros de las dependencias regionales, provincial y distritales serán nombrados en las respectivas Asambleas de los Comités.

CAPÍTULO 13

DE LA ESCUELA DE CUADROS DEL PARTIDOArtículo 36.º. Es la comisión que asume la formación política profesional de los militantes y las competencias en el marco de un proceso de capacitación permanente en gobernabilidad a nivel de todas las instancias del Estado Peruano y de nuestra sociedad.

Artículo 37.º. Lo dirige el Secretario Nacional de Ideología y Doctrina y el Colegiado Dirigente designa a sus otros miembros, según lo establecido en el Artículo 29 inciso f del presente Estatuto.

Artículo 38.º. Para la formación profesional y la evaluación de las competencias esta Comisión establecerá un proceso estructurado de teoría y práctica militante. Esta comisión también establece el plan de estímulos basado en la mística de los valores y tradiciones ancestrales, así como en las que emergen en otras latitudes y se posesionan en la vanguardia de las soluciones a la problemática mundial.

Artículo 39.º. La Escuela de Formación Política del Partido Político Nación Verde se estructurará en base a tres ejes temáticos, los cuales serán desarrollados por niveles:

a) Oratoria y Liderazgo para el desarrollo de la Identidadb) Principios generales de Gestión Públicac) Formación Ideológico-Doctrinaria

Artículo 40.º. Para cumplir sus fines también establecerá un plan de permanente movilización y lucha por resolver los problemas sociales, políticos, económicos, culturales, religiosos, científicos, productivos, tecnológicos, etc.

Artículo 41.º. La Escuela de Cuadros del Partido tiene autonomía administrativa y externa, pero se encuentra sujeto a las directivas del CEN para acciones internas del partido. Tiene como funciones:1) La formación política de los ciudadanos militantes y simpatizantes.2) La realización de talleres de desarrollo personal necesarios para una eficiente promoción y difusión del pensamiento del partido.3) Elaborar y presentar permanentemente a la Comisión Nacional de Ascenso informes de participación, méritos intelectuales, aportes al crecimiento del partido, creatividad, liderazgo y otros talentos de la militancia, por cada instancia social y de gobierno. 4) Realizar cursos de Gestión de Gobierno en sus diferentes niveles, manejo de presupuesto público, gestión de proyectos nacionales y todo aquello que necesite la militancia para un eficiente desempeño en las instituciones del estado. 5) El diseño y generación de material didáctico.6) Capacitar en coordinación con la Comisión Nacional de Personeros al Comando Nacional de Personeros, a los miembros de las Escuelas de Formación Política y a los militantes; en todo aquello que sea útil en la realización de las tareas asignadas.

CAPITULO 14DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ASCENSO

Artículo 42.º. La Comisión Nacional de Ascenso es autónoma. Está integrada por 5 miembros elegidos por el Colegiado Dirigente, por periodo único de dos (02) años. Los integrantes de esta comisión están impedidos de ejercer cualquier otro cargo en la

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organización interna del partido y postular a cargos de elección popular salvo cargos públicos locales. Tiene como funciones:

1.- Evaluar y hacer seguimiento de la vida partidaria de la militancia.2.- Evaluar a todos los postulantes a cargos internos y de elección popular. 3.- Presentar tacha a las candidaturas de los postulantes en los procesos eleccionarios internos y de elección popular, como máximo 02 días antes de la elección. 4.- Recomendar la revocatoria o restitución en su cargo a cualquier dirigente del partido por iniciativa propia o por sentencia emitida por el órgano competente de justicia del partido.5.- Recomendar la suspensión, la expulsión y anulación de la condición de militante de cualquier afiliado. 6.- Esta Comisión presentará al CEN un informe anual de promoción de nuevos cuadros en todos los niveles y órganos del partido. 7.- Mantener actualizado el Padrón de Militantes y del Escalafón, así como la comunicación a la militancia en general del Ascenso de nuevos liderazgos en cada órgano y nivel del partido.

Artículo 43.º. En caso de un proceso electoral interno y cuando se haya cumplido el plazo de vigencia de la Comisión, dicha comisión extenderá automáticamente su vigencia hasta culminado dicho proceso electoral.

CAPITULO 15

DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CONTROLArtículo 44.º. Esta Comisión está integrada por tres miembros elegidos por el Colegiado Dirigente por un periodo de dos (02) años, tiene como fin básico prevenir las fallas administrativas y las deficiencias en las políticas de gestión y manejo de recursos al interior del partido. Tienen asignadas las siguientes responsabilidades:

j. Ordenar y practicar inspecciones y verificaciones inopinadas en las diferentes instancias de la administración de los recursos del partido: circulación, almacenaje, tenencia, etc.

k. Recabar informes y datos que se relacionen con el cumplimiento de obligaciones fiscales.l. Establecer las sanciones administrativas que correspondan a las infracciones al

Reglamento de Economía y Administración.m. Analizar los programas que deriven de los planes y programas financieros y económicos

en las diferentes instancias del Partido.n. Fiscalizar el manejo económico de las instancias políticas sin excepción.o. Garantizar la adecuada utilización y registro de los actos y documentos de los que deriven

derechos y obligaciones de contenido económico, cumpliendo lo que señala el artículo 34 de la Ley de Partidos Políticos.

CAPÍTULO 16

DEL SISTEMA ELECTORAL DEL PARTIDOArtículo 45.º. El sistema de elección se regirá por el Reglamento de Procesos Electorales de Líderes y Candidatos a los cargos de gobierno dentro y fuera del partido en conformidad con la Ley de Partidos Políticos.

Artículo 46.º. Conforman el Sistema Electoral del Partido la Comisión de Procesos Electorales, la Comisión de Personeros y dos miembros de la Escuela de Cuadros del Partido. Sus funciones se establecen en el Reglamento de Procesos Electorales.

Artículo 47.º. El Reglamento de Procesos Electorales se establece sobre los siguientes criterios generales:

p. Los líderes de cada instancia territorial y sectorial, los dirigentes del Partido y los delegados representantes en la Asamblea General Nacional, son elegidos por voto universal en forma directa y secreta.

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q. Los cargos dirigenciales en las diversas instancias tienen una duración de 2 (dos) años, no existe reelección, con excepción de la elección para las instancias de dirección nacional, para mantener la dinámica de capacitación de líderes.

r. No pueden postular a cargos dirigenciales los militantes suspendidos o sancionados por faltas disciplinarias, administrativas o faltar a nuestros principios morales.

s. Los candidatos a: presidente y vicepresidentes de la República, representantes al Congreso y al Parlamento Andino, presidentes, vicepresidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores; deberán cumplir con los requisitos que establece la Constitución Política del Estado y la normatividad al respecto y el Reglamento de Procesos Electorales.

t. Los candidatos especificados en el artículo anterior, deberán ser elegidos dentro de las normas del Sistema Electoral del Partido y la normatividad establecida por la ONPE.

TITULO V

DEL MÉTODO DE TOMA DE DECISIONES

CAPITULO 17

DEL QUÓRUM CONSENSO Y LA VOTACIÓNArtículo 48.º. La realización de las sesiones con la más amplia representatividad de los ciudadanos emergentes y emprendedores, sumadas a la mística andina de Nación Verde, es el aspecto esencial y motivante en la vida del partido, por lo tanto para tomar decisiones trascendentales y siempre responsables es necesario cumplir con lo siguiente:

u. Asegurar en toda circunstancia que las sesiones se realicen en cualquier instancia del partido con el quórum que establece el Reglamento de Asambleas del Partido.

v. Las sesiones en todas las instancias de la organización requerirán convocatoria anticipada, agenda establecida, actas, pedidos, acuerdos y los informes necesarios para la toma de decisiones.

w. Los Comités podrán establecer agendas de sesiones y fechas permanentes si así lo acuerdan y la estiman pertinente.

x. Las decisiones se toman por acuerdos consensuados y excepcionalmente por votación mayoritaria.

y. En caso de producirse empate, quien preside la sesión tiene derecho a un voto dirimente.z. Todos los afiliados al Partido están en la obligación de acatar y cumplir las decisiones de

sus órganos de dirección inmediata superior.aa. Los dirigentes tienen la responsabilidad de emitir directivas, metas, planes y objetivos sin

ambigüedades rigurosamente sustentados y aclarados, en lenguaje sencillo y directo.bb. Los procedimientos desde las convocatorias, hasta la aplicación de las decisiones están

debidamente establecidos en el Reglamento de Asambleas del Partido.cc. Las normas y los procedimientos deben ser propuestos en los organismos de base en

concordancia con su realidad local o sectorial y alcanzar su aprobación y formalización en la Asamblea general de su instancia, con el asesoramiento o apoyo de las instancias técnicas superiores cuando sean requeridos.

TITULO VI

DE LOS SIMPATIZANTES Y MILITANTES DEL PARTIDO

CAPÍTULO 18

DE LOS SIMPATIZANTES Y MILITANTESArtículo 49.º. La mayoría de nuestros votantes siempre estará conformado por nuestros simpatizantes, el partido debe ponerles especial dedicación porque ellos además de votos son el efecto multiplicador de nuestras decisiones correctas. Por tanto el simpatizante jamás debe ser relegado a segundo plano, por lo que siempre contará con los siguientes derechos:

dd. Participar libremente en todas las actividades públicas del Partido, con especial énfasis en las que lluevan las ideas, las emociones ganadoras y los estímulos competitivos.

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ee. Participar libremente en los eventos de capacitación, caminatas, conferencias, esclarecimiento de la situación política y acciones destinadas al reclutamiento de militantes.

ff. Participar en la formación de personeros de mesa.gg. Pasar las pruebas para ser considerados militantes tantas veces sea necesario hasta que

obtenga la aprobación correspondiente. Ningún simpatizante será discriminado. El partido deberá tener si es posible un sitio para cada simpatizante.

Artículo 50.º. Los militantes del partido comprenden a los fundadores del partido, a los militantes activos y a los militantes honorarios. La mayoría está conformada por los militantes activos, reconocidos por su trabajo partidario y por reunir los requisitos que se establece en el Reglamento de Militantes, sus obligaciones son las siguientes:

hh. Cumplir y practicar permanentemente el ideario, los programas políticos, las metas y objetivos que establecen los órganos de dirección de su jurisdicción, los que vienen de los órganos de dirección nacional del Partido y los establecidos en el presente estatuto y los reglamentos respectivos.

ii. Matricularse en por lo menos el 50% de los cursos de capacitación de líderes y pertenecer al escalafón de su interés o vocación.

jj. Aplicar consecuentemente y con eficiencia todas las herramientas e instrumentos que el partido establece para dar servicio y crear armonía y equilibrio en los individuos, en sus organizaciones y en la sociedad, en el área de su jurisdicción o sector social al que se adscribe.

kk. Desempeñar las funciones y misiones que se le encomienden.ll. Pagar puntualmente las cuotas mensuales que defina el Comité Ejecutivo Nacional.mm. Guardar confidencialidad de los acuerdos y deliberaciones de los órganos de

representación y gobierno.Artículo 51.º. Los militantes tienen los siguientes derechos:

nn. Seguir los cursos de capacitación y competir en liderazgo en cada escalafón establecidooo. Conformar los diferentes organismos del partido y hacer carrera militante en el escalafón

de su interés.pp. Participar con voz y voto en las Asambleas y Comisiones especiales donde se

desempeña en algún cargo o si es accesitario.qq. Fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos orgánicos y políticos del Partido.rr. Elegir y ser elegido como líder en cualquier función del Partido, incluso hasta ser líder del

partido.ss. Recibir información, formación, asesoría política y técnica para su mejor desempeño.tt. Tiene derecho a apelar ante instancias superiores del Tribunal de Honor y la garantía del

debido proceso si está afectado por un proceso disciplinario.uu. Elegir y ser elegido como representante del Partido en la postulación a diferentes cargos

públicos previa calificación y evaluación de méritos.vv. Renunciar al Partido cuando lo crea conveniente mediante solicitud escrita y dirigida al

Comité Ejecutivo Nacional.Artículo 52.º. Todo militante debe juramentar ante el Pleno del Comité Provincial, poniendo su mano sobre los Principios Ideológicos y Programa General del Partido.

Artículo 53.º. La condición de militante del Partido se pierde por las siguientes causas:

ww. Renuncia voluntaria.xx. Expulsión por medida disciplinaria reiterativa, por abandono al juramento o por traición.yy. Muerte.

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TITULO VII

DE LOS REPRESENTANTES PÚBLICOS ELECTOS

CAPÍTULO 19

DEL BLOQUE PARLAMENTARIOArtículo 54.º. El bloque parlamentario electo estará presidido por el Presidente y Vocero de la “Bancada Parlamentaria del Partido Político Nación Verde”.

Artículo 55.º. Sus actos y decisiones si bien responden a la dimensión del gobierno nacional, dentro de las funciones congresales, estarán en el marco del Reglamento de Normas y Obligaciones con el Partido y el punto específico referido al congresista o parlamentario.

CAPÍTULO 20

DE LOS GOBIERNOS REGIONALESArtículo 56.º. Los gobernantes regionales nombrarán su coordinador general ante el Consejo Ejecutivo Nacional y actuarán en beneficio exclusivo de sus regiones siguiendo lo establecido en el Reglamento de Normas y Obligaciones con el Partido, en el punto específico referido a Gobiernos Regionales.

CAPÍTULO 21

DE LOS GOBIERNOS LOCALESArtículo 57.º. Los Alcaldes nombrarán su coordinador por región y entre ellos un coordinador a nivel nacional ante el Consejo Ejecutivo Nacional y actuarán siguiendo lo establecido en el Reglamento de Normas y Obligaciones con el Partido, en el punto específico referido a Gobiernos Locales.

TITULO VIII

DEL ORDEN Y DISCIPLINA

CAPÍTULO 22

DEL ORDEN COMO BASE DE LA DISCIPLINA Y EL ÉXITOArtículo 58.º. El Partido Político Nación Verde es una organización política que mantiene su prestigio y elevada práctica democrática pluralista bajo el principio de que “sin orden y sin sistema no hay disciplina ni desarrollo de vanguardia”.

Artículo 59.º. Los órganos encargados de velar por el orden y la disciplina de la militancia son las Secretarías de Ética y Disciplina en cada nivel y en todo el territorio nacional, como segunda y última instancia está el Tribunal de Honor como órgano supremo de administración de justicia, de esta manera se garantiza el control de la convivencia armoniosa y solidaria entre la militancia y la dirigencia del Partido Político Nación Verde.

Artículo 60.º. El orden y el sistema lo establecen las leyes vigentes, los Estatutos y los Reglamentos del Partido, que se cumple en la acción, relaciones y la decisión de los líderes más destacados y del último militante de base.

Artículo 61.º. Mantener el orden, significa cumplir las disposiciones de la dirección y es asegurar el éxito en todo emprendimiento (objetivos, metas, planes, estrategias, etc.). Violarlo, será abonar el conflicto y la condición al fracaso.

Artículo 62.º. Mantener el sistema significa no actuar aisladamente, no considerar la interrelación entre todos los elementos del partido, de la función, del plan, del método, no considerar la necesidad del éxito.

Artículo 63.º. El orden y la disciplina se plasma al practicar las tres dimensiones de nuestro saludo: Querernos como Hermanos, Buscar Soluciones Inteligentes y Trabajar en Equipo.

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CAPÍTULO 23

DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS Y LAS SANCIONESArtículo 64.º. Se incurre en falta disciplinaria con cualquier violación a lo establecido como norma ética y funcional en el Ideario, Principios, Estatuto, Reglamentos y Directivas de los órganos de dirección política y administrativa del Partido, infidencia o traición.

Artículo 65.º. Las sanciones disciplinarias se aplican de acuerdo a la gravedad de la infracción, a los militantes que incurren en las faltas señaladas en el artículo anterior, se le podrá imponer las siguientes sanciones:1. Amonestaciones,2. Apercibimientos.3. Suspensión temporal o definitiva.4. Separación Temporal o definitiva.5. Revocatorias.6. Denuncia Judicial5. Multa6. Expulsión del Partido, como máxima sanción en caso de traición.

Dichas sanciones serán explicitadas en el Reglamento de Ética y Disciplina del partido.

Artículo 66.º. Toda sanción tiene los recursos de apelación y reconsideración, de acuerdo a lo que se establece en el Reglamento del Tribunal de Honor.

TITULO IX

DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL Y FINANCIERO

CAPÍTULO 24

DEL PATRIMONIO Y FINANCIAMIENTOArtículo 67.º. El patrimonio del Partido se constituye con las cotizaciones ordinarias mensuales de sus afiliados, con las aportaciones voluntarias de los simpatizantes y con las extraordinarias que se capten en actividades empresariales o eventos para recaudar fondos.

Artículo 68.º. La recaudación de los aportes que componen el patrimonio del Partido y su administración se sujetan a las normas establecidas en la Ley de Partidos Políticos.

Artículo 69.º. La Secretaría Nacional de Economía administrará y gestionará las modalidades de financiamiento público y privado de conformidad con las Leyes vigentes.

TITULO X

DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDO

CAPÍTULO 25

DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDOArtículo 70.º. El Partido se disolverá por acuerdo unánime, expresa y únicamente en Asamblea General Ordinaria.

Artículo 71.º. En caso de disolución y concluida la liquidación del Partido, el Comité Ejecutivo Nacional señalará el haber neto los cuales serán entregados a alguna entidad sin fines de lucro que tenga por objeto la difusión y promoción de la democracia pluralista al estilo de nuestro antiguo Tahuantinsuyu.

DISPOSICIÓN FINALArtículo 72.º. Los militantes Fundadores son quienes han participado en la Asamblea Fundacional del Partido, suscribiendo el Acta respectiva.

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Artículo 73.º. Los militantes considerados honorarios son las personalidades que sin ningún interés en participar de la vida partidaria han contribuido en el fortalecimiento político, administrativo o económico del Partido. Está condición de militante honorario sólo se tendrá si la Asamblea General lo aprueba.

Artículo 74.º. Siendo el día 10 de Noviembre de 2012 se culmina la aprobación del Estatuto del Partido Político Nación Verde en Asamblea General Nacional de carácter ordinaria suscribiendo en señal de conformidad los representantes de la Asamblea, los miembros del Colegiado Dirigente y del Comité Ejecutivo Nacional.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS:Primera.- Los casos no contemplados directamente en el presente estatuto, se resolverán aplicando el Artículo °21 inciso q del presente Estatuto.

Segunda.- El Partido Político Nación Verde también se constituye como una Asociación de conformidad al título II Art 80 del Código Civil Vigente.

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