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Estructura de las Ramas del Poder
Público.
Como ya hemos visto, el poder dentro del Estado
Moderno Liberal (Incluye Estado Social de
Derecho) tiene una división del poder
En general, nos vamos a concentrar
particularmente en Colombia, desde una
perspectiva muy general para que exista una
noción básica del tema.
Rama Ejecutiva
●Como su nombre lo indica, es el encargado de
ejecutar el poder público en termino de políticas
públicas, orden social, control y administración de
los recursos.
●Centralización Política y Descentralización
administrativa (Atributos Constitucionales)
●Incluye también el poder coercitivo estatal y el
monopolio legítimo de la fuerza.
●Artículo 115 de la Constitución Política- Título VII
●
●La rama ejecutiva también incluye a
gobernadores (Departamentos) y Alcaldías
(Municipios)
●Sin embargo por ahora no lo trataremos, sino nos
quedaremos mirando el orden nacional y no
territorial.
●Ellos constituyen una descentralización
administrativa
Sector Central de la Rama Ejecutiva
1) Presidencia de la República
2)Vicepresidencia de la República
3) Consejos Superiores de Administración (que
funcionan como organos consultores)
4)Ministerios
5)Departamentos Administrativos
6) Superintendencias sin personería jurídica
Presidencia de la República
●Art. 115.
●Jefe de Estado; Jefe Gobierno; Suprema
Autoridad Administrativa y Comandante en Jefe
de las Fuerzas Militares
●Funciones: Art 189
–Nombrar y separar a Ministros
–Dirigir las Relaciones Internacionales
–Dirigir la Fuerza Pública
–Sancionar Leyes ...
●En general vemos que el Presidente agrupa 6
funciones que congregan las estipuladas en la
Constitución
–Ejecutar las leyes
–Ejercer la potestad reglamentaria (Reglamentos o decretos para el cumplimiento de la ley; el como)
–Conservar el orden público
–Nombrar a los funcionarios públicos
–Organizar el orden administrativo (define funciones ministeriales, departamentos administrativos, etc)
Presidencia de la República
Vicepresidente
●Art 202-205
●Sustituye al Presidente en caso de su ausencia
física definida
●Encargos especiales solicitados expresamente
por el Presidente de la República
Consejos superiores de
Administración
●Estos consejos son los encargados de definir
buena parte de las políticas públicas a cargo de la
administración en donde coordinan y dirigen la
acción gubernamental
●Asesorar al Presidente de la Republica o al
gobierno nacional en la adopción de
determinadas políticas o decisiones. Consejos
exclusivamente consultivos del gobierno
●Comisión Asesora de Relaciones Exteriores
(Donde hacen parte expresidentes y doctrinantes
en el tema)
●Consejo Nacional de Planeación
●Comisión de Ordenamiento Territorial
●Consejos de primer nivel
●Consejo de Ministros
Consejos superiores de
Administración
Departamentos Administrativos
●Creados en la reforma de 1945 para tecnificar
algunos servicios especiales y separarlos del
ambiente político de los ministerios.
●Al mismo nivel de importancia que un Ministerio,
tiene una naturaleza mas técnica y especializada
para difirigir, coordinar y ejecutar un servicio
público o que sirve para determinar políticas de
Estado y de gobierno.
●Departamento Administrativo de la Presidencia
●Departamento Nacional de Planeación DNP
●Departamento Administrativo de la Función
Pública DAFP
●Departamento Administrativo Nacional de
Esadisticas DANE
Departamentos Administrativos
Ministerios
●Organismos de la administración central que son
los encargados de coordinar, dirigir y ejecutra un
conjunto de servicios y políticas públicas. Art 206
●Pero su asignación depende de criterio político
●Funciones
–Preparar proyectos de ley relacionados a su ramo
–Cumplir funciones y atender las políticas y servicios
–Coordinar y reglamentar la ejecución de sus planes
Participar en la formulación de las políticas
●Muchas veces la elección del ministerio obedece
a carácter político (tajada a partidos de coalición
con el gobierno)
●Presidente puede definir su organización
–Uribe: Ministerio de protección social y del Trabajo
–Santos: Ministerio de Salud y Ministerio del Trabajo
Ministerios
Superintendencias
●Las superintendencias son organismos creados
por la ley, con la autonomía administrativa y
financiera, sin personería jurídica que cumplen
funciones de inspección y vigilancia, atribuidas
por la ley o mediante delegación que haga el
Presidente de la República previa autorización
legal.
●Superintendencia de Notariado y Registro
●Superintendencia Financiera
●Superintendencia Servicios Públicos
●Superintendencia de Economía Solidaria
●Superintendencia de Vigilancia y Seguridad
Privada
Congreso de la República
●Bicameral en orden territorial y nacional
●Igual peso entre ambas cámaras
●Se busca evitar la aprobación de leyes de
manera
Funciones generales del Congreso
●Función Constituyente: Reformar la Constitución Política mediante
Actos Legislativos.
●Función Legislativa: Para elaborar, interpretar, reformar y derogar las
Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación.
●Función de Control Político: Para requerir y emplazar a los Ministros del
Despachos y demás autoridades
●Función Judicial: El Congreso puede juzgar excepcionalmente a los
funcionarios del Estado por responsabilidad política. (Caso Pretelt)
●Función Electoral: El Congreso es el encargado de elegir a los
siguientes funcionarios: Contralor General de la República, Procurador
General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la
Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura,
Defensor del Pueblo y al Vicepresidente de la República si se presenta
falta absoluta
●Función Administrativa: El Congreso debe establecer la organización y
funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de
Representantes.
●Función de Control Público: Para emplazar a cualquier persona, natural
o jurídica, a efecto de que rinda declaraciones, orales o escritas, sobre
hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.
●Función de Protocolo: Para recibir a Jefes de Estado o de Gobiernos de
otras Naciones.
Funciones generales del Congreso
Senado de la República
●Art 172
Total de 102 senadores
●Integrado por 100 miembros elegidos en
circunscripción nacional (Gente de todo el país
puede votar por el candidato)
●Dos senadores adicionales por comunidades
indígenas
●Para ser elegido senador se requiere ser
colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio
y tener mas de treinta años de edad en la fecha
de la elección
Atribuciones especiales del Senado
●Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el
Presidente o el Vicepresidente.
●Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el
Gobierno
●Conceder licencia al Presidente para separarse temporalmente
del cargo
●Permitir el transito de tropas extranjeras por el territorio de la
República
●Autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra nación
●Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional.
●Elegir al Procurador General de la Nación.
Cámara de Representantes
●Art 176. Elección Circunscripciones territoriales y
especiales.
–2 representantes por cada circunscripcin territorial y uno más por cada doscientos cincuenta mil habitantes. + Otras particularidades de elección
–166 Representantes
●Para ser elegido representante se requiere ser
ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de
edad.
Atribuciones especiales de la
Cámara●Elegir al Defensor del Pueblo.
●Examinar y fenecer la cuenta general del
presupuesto y del tesoro que le presente el
Contralor General
●Acusar ante el Senado, cuando hubiere causas
Constitucionales, al Presidente; Magistrados de la
Corte Constitucional; CSJ; Consejo Superior de la
Judicatura
●Requerir el auxilio de otras autoridades para el
desarrollo de las investigaciones que le competen
Comisiones del Congreso
●Comisiones constitucionales permanentes: Mayor
importancia pues discuten proyectos de ley y reformas
constitucionales. Tanto en el Senado como en la Cámara
siete comisiones constitucionales permanentes que se
dividen por temas
●Comisiones legales: Existen tres comisiones legales, tanto
en el Senado como en la Cámara de Representantes.
– Comisión de los Derechos Humanos y Audiencias,
– Comisión de Ética y Estatuto del Congresista
– Comisión de Acreditación Documental.
Comisiones conjuntas
●La ley puede establecer en forma permanente
algunas Comisiones Especiales, con participación
de Senadores o Representantes, o de unos y
otros.
●Cumplirán las funciones que determinen esas
mismas disposiciones y podrán estar adscritas a
organismos o instituciones nacionales o
internacionales que tengan carácter decisorio de
asesoramiento
Comisiones accidentales
●Las comisiones accidentales pueden ser
designadas por los presidentes y las mesas
directivas de las cámaras y también por sus
comisiones permanentes con la idea de
encargarles tareas, misiones o asuntos
específico.
●Comisión accidental para el tema de la Guajira
por ejemplo.