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REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NIT. 832.010.436-9 1 ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO CONTRATAR LOS SEGUROS QUE AMPAREN LOS INTERESES PATRIMONIALES, LOS BIENES DE PROPIEDAD DE LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA Y AQUELLOS QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y CUSTODIA. 1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACION: Conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En estas condiciones la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio, con énfasis, en la población pobre que no se encuentra cubierta con subsidios a la demanda y a la población afiliada a las administradoras del régimen subsidiado. Atendiendo adicionalmente a la población de régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud; Siendo sus fines primordiales: 1. Contribuir al desarrollo social del país mejorando la calidad de vida y reduciendo la morbilidad, la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia evitables en la población usuaria, en la medida en que esto esté a su alcance. 2. Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que cumplan con las normas vigentes y las que se expidan para tal efecto. 3. Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la empresa de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer. 4. Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la Empresa. 5. Ofrecer a las administradoras del Régimen Subsidiado, a las Entidades promotoras de salud y demás personas naturales o jurídicas que los demanden, los diferentes servicios. 6. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamiento. 7. Prestar servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas de la prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad. 8. Contribuir a la satisfacción de las necesidades esenciales y secundarias de salud de la población usuaria a través de acciones organizativas, técnico-científicas y técnico- administrativas. 9. Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la Empresa mediante la aplicación de técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus recursos, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera. La Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, conforme a su naturaleza y misión institucional debe adelantar los procesos necesarios que le permitan amparar sus intereses económicos y bienes patrimoniales, por lo cual requiere contratar una compañía de seguros del mercado, con el objeto de suscribir una o varias pólizas de seguros, que brinden los amparos requeridos por la entidad de conformidad a la normatividad vigente.

ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO€¦ · Conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de

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ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE CONTRATO

CONTRATAR LOS SEGUROS QUE AMPAREN LOS INTERESES PATRIMONIALES, LOS BIENES DE PROPIEDAD DE LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA Y AQUELLOS QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y CUSTODIA. 1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA

CONTRATACION: Conformidad a lo establecido en el Acuerdo No. 021 del 2003, modificado mediante el Acuerdo No. 30 del 27 de noviembre de 2012, la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, es una Entidad de primer nivel de atención y constituye una categoría especial de Entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaria de Salud Municipal e integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud y sometida al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Artículo 194, 195 y 197 de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios. En estas condiciones la E.S.E. MARIA AUXILIADORA de Mosquera, Cundinamarca, resulta ser una Entidad prestadora del servicio público de salud, que sirve a la población que habita en el Municipio, con énfasis, en la población pobre que no se encuentra cubierta con subsidios a la demanda y a la población afiliada a las administradoras del régimen subsidiado. Atendiendo adicionalmente a la población de régimen contributivo, población afiliada a administradoras de riesgos profesionales o beneficiarias de algún tipo de seguro (SOAT, seguros estudiantiles, entre otros). Así como personas sin ningún tipo de afiliación al SGSSS y que requieran atención en salud; Siendo sus fines primordiales: 1. Contribuir al desarrollo social del país mejorando la calidad de vida y reduciendo la

morbilidad, la mortalidad, la incapacidad, el dolor y la angustia evitables en la población usuaria, en la medida en que esto esté a su alcance.

2. Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que cumplan con las normas vigentes y las que se expidan para tal efecto.

3. Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la empresa de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer.

4. Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la Empresa.

5. Ofrecer a las administradoras del Régimen Subsidiado, a las Entidades promotoras de salud y demás personas naturales o jurídicas que los demanden, los diferentes servicios.

6. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamiento.

7. Prestar servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas de la prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad.

8. Contribuir a la satisfacción de las necesidades esenciales y secundarias de salud de la población usuaria a través de acciones organizativas, técnico-científicas y técnico-administrativas.

9. Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la Empresa mediante la aplicación de técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus recursos, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera.

La Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, conforme a su naturaleza y misión institucional debe adelantar los procesos necesarios que le permitan amparar sus intereses económicos y bienes patrimoniales, por lo cual requiere contratar una compañía de seguros del mercado, con el objeto de suscribir una o varias pólizas de seguros, que brinden los amparos requeridos por la entidad de conformidad a la normatividad vigente.

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En cumplimiento de las normas vigentes se requiere constituir Pólizas de Seguros que amparen los bienes de propiedad de la Entidad, bajo diferentes riesgos empresariales (daños materiales, terremoto, violencia, sustracción, incendio, y demás aspectos), seguros de automóviles (responsabilidad civil extracontractual, daños, hurto, etc.), seguro o póliza de manejo para los funcionarios (gerente, subgerente, otros), y responsabilidad civil profesional para clínicas y hospitales y en general para todos los aspectos que generen riesgo a la E.S.E. María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, en su manejo presupuestal y en general en el cumplimiento de su objeto social y misional. 2. DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E

IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR: La E.S.E. María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, requiere constituir varias Pólizas de Seguros para amparar los bienes y actividades que desarrolla en cumplimiento de su actividad misional, así: ADQUISICIÓN POLIZAS DE SEGUROS GENERALES DE LA E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA, CUNDINAMARCA. 2.1. ASPECTOS TÉCNICOS: La empresa o compañía de seguros a contratar para la adquisición de las respectivas pólizas de amparo, deberá ofertar los siguientes amparos: GRUPO 1: 1.1 Todo riesgo Daños Materiales 1.2 Responsabilidad Civil Extracontractual 1.3 Manejo Global para entidades oficiales

1.4 Automóviles 2.1.1 SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES CONDICIONES MINIMAS EXIGIDAS Objeto del Seguro: Amparar las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes de propiedad de la Empresa Social del Estado MARIA AUXILIADORA, que se encuentran bajo su responsabilidad, tenencia y/o control, en los que tuviese interés asegurable o los recibidos a cualquier título o aquellos por los cuales sea o pueda llegar a ser responsable, tales como, muebles y enseres, instalaciones eléctricas, instalaciones fijas de protección contra incendio, maquinarias, equipos de oficina y computación, equipos eléctricos y electrónicos, equipos de comunicación, laboratorio, médicos, existencias de medicamentos y materiales médicos de laboratorio o quirúrgicos, contenidos, tanques de almacenamiento y distribución, en general todos los bienes que no se encuentran expresamente excluidos en las condiciones de la póliza. Bienes Asegurados: Todos los bienes materiales de propiedades la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca, que se hallen bajo su responsabilidad, tenencia y/o control, y en general los recibidos a cualquier título o por los que tenga algunos intereses asegurables y consistentes principalmente, pero no limitados, en los siguientes: a. Equipos médicos de laboratorio, odontología, consulta externa, urgencias, observación y

en general todo los equipos biomédicos de uso de la entidad. b. Los equipos eléctricos y electrónicos, tales como: equipos de cómputo (Computadores

considerados integralmente con todos sus accesorios periféricos como son: CPU,

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pantalla, filtros, monitor, mouse, reguladores de voltaje, entre otros), scanner, servidores, video vean, impresoras, fax, equipos telefónicos, equipos médicos, odontólogos y de laboratorio especializado, equipos de comunicación y radio comunicaciones, equipo de video, televisión y cámaras de fotografía y de filmación, equipo y elementos de cafetería y demás propios de oficina, equipos de vigilancia (cámaras de video, etc.).

c. Muebles y enseres, de oficina (escritorios, sillas, cortinas, persianas, divisiones modulares, equipo no eléctricos ni electrónicos, entre otros), mobiliario asistencial (diván de examen, camilla de traslado, camilla fija, cama parto, y demás).

d. Maquinaria, equipos, accesorios, herramientas, cargadores, basculas, paneles de control, instalaciones eléctricas, transformadores, plantas eléctricas, motobombas, equipos para extinción de incendio, entre otros.

e. Existencias de mercancía de medicamentos, elementos de consumo y médico quirúrgico, elementos, repuestos y demás bienes de almacén, contenidos en las diferentes dependencias de la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca.

Los demás bienes no excluidos expresamente en las condiciones de la Póliza. Riesgos Amparados: Este seguro deberá cubrir las pérdidas y los daños materiales que sufran los bienes asegurados a consecuencia de: a. Hurto simple b. Hurto calificado c. Todo riesgo sustracción d. Corriente débil e. Incendio y/o Rayo f. Incendio y/o Rayo en aparatos eléctricos. g. Explosión h. Terremoto. Temblor y/o Erupción Volcánica 100% i. Actos Mal intencionados de terceros (Terrorismo) j. Asonada, Motín, Conmoción Civil o Popular y Huelga k. Daños por Agua Perdidas y daños causados para evitar que el daño se agrave, daños

por el calor y el humo. l. Daños a Calderas u otros aparatos a vapor por su propia explosión. m. Anegación. n. Extended Coverage (Extensión de cobertura). o. Sustracción con o sin violencia. p. Remoción de escombros (Hasta el 10% del valor asegurado total) q. Rotura de vidrios, $100.000.000, incluido los generadores por terrorismo, sin aplicación

de deducible. r. Rotura de maquinaria s. Impericia, descuido y sabotaje individual. t. Acción indirecta de la energía eléctrica. u. Tempestad. v. Inundación y enlodamiento. Los Bienes y Valores Asegurados: Se encuentran relacionados en el anexo que corresponden al 100%. a. Inmuebles b. Muebles y enseres. c. Equipos eléctricos y electrónicos. d. Equipos médicos y similares. e. Máquinas de oficina.

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f. Inventarios g. Dineros en efectivo dentro y fuera de caja fuerte. h. Plantas eléctricas y motobombas Clausulas Adicionales: El oferente deberá incluir las siguientes cláusulas: a. Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro. b. Traslado temporal de bienes y equipos (Hasta el 10% del valor asegurado total, por 30

días incluyendo la permanencia en predios de terceros). c. Amparo automático de nuevos bienes (Hasta el 10% del valor asegurado total y 30

días). d. Definición de bienes (Contenidos) e. Ampliación aviso del siniestro a 30 días f. Cancelación de la póliza 30 días antes. g. Movilización de equipos para su uso h. Pago de pérdidas totales por valor de reposición o reemplazo Deducibles: El oferente deberá indicar los deducibles más favorables del mercado actual y que sean de beneficio para la E.S.E. Alternativas El oferente deberá presentar las siguientes alternativas: a. Oferta básica: Al 100% todos los bienes. b. Cualquier otra alternativa que el oferente considere y que sea en beneficio de los

intereses de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA. Observaciones a. El oferente deberá indicar la posibilidad de indemnizar los siniestros efectuando la

reposición de los bienes. b. La E.S.E. MARIA AUXILIADORA se reserva el derecho de adjudicar la oferta básica o

cualquier otra alternativa. DEFINICIÓN DE BIENES. CONTENIDOS: Para los efectos del seguro se entiende por CONTENIDOS la maquinaria en general equipos herramientas, muebles y enseres en general, edificios, útiles de oficina papelería, equipos de extinción, maquinaria y equipos de oficina, Ropa Hospitalaria, planos, documentos de cartera, archivo en general, (NOTA el Archivo General hace relación de archivos, hoja de vida y expedientes) elementos e inventarios de almacén y farmacias, bienes devolutivos, dineros, letras, pagares, títulos valores, implementos de cafetería, mercancías en general y todos aquellos bienes no relacionados o que no sean especificados, de propiedad de la Entidad o por los que sea legalmente responsable, ubicados en cualquier parte de los predios asegurados o los que utilice en desarrollo de sus actividades en todo el territorio Municipal. EQUIPOS ELECTRONICOS Y DE PROCESAMIENTO DE DATOS: Para los efectos del seguro se entiende por EQUIPOS ELECTRICOS, ELECTRONICOS Y DE PROCESAMIENTO DE DATOS, los consistentes en: Equipos biomédicos (monitores signos vitales, bombas de infusión, electrocardiógrafos, desfibriladores, y demás), computadores, incluyendo los portátiles, con todos sus equipos periféricos, móviles,

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portátiles, fijos, accesorios de regulación voltaje, fotocopiadoras, equipos de oficina, conmutadores, centrales telefónicas, aparatos telefónicos, intercomunicación, radiocomunicación, telefax, y todos los demás equipos de propiedad o por los que sea legalmente responsable no especificados, ubicados en cualquier parte de los predios o en desarrollo de sus actividades en el territorio municipal. 2.1.2 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Objeto del Seguro: Amparar los perjuicios patrimoniales que sufra la E.S.E. MARIA AUXILIADORA, como consecuencia de la responsabilidad civil extracontractual originada dentro o fuera de sus instalaciones, en el desarrollo de sus actividades o en lo relacionado con ella en todo el territorio municipal. Riesgos Amparados: a. Coberturas básicas: Predios, labores y operaciones, incluyendo incendio y explosión. b. Vehículos propios en exceso del seguro de automóviles y SOAT, límite obligatorio de $

2.000.000. por evento c. Contratistas y subcontratistas independientes. d. Responsabilidad civil patronal en exceso de la seguridad social. e. Actividades y eventos sociales y culturales. f. Depósitos, tanques y tuberías en predios. g. Avisos, vallas y letreros. h. Amparo automático para nuevos predios y operaciones: la cobertura del seguro se

extiende automáticamente, en los mismos términos y limitaciones establecidas en esta póliza para amparar la responsabilidad extracontractual por nuevas operaciones y/o el uso, posesión y demás actividades desarrolladas en nuevos predios que adquiera el asegurado o sobre los cuales obtenga el dominio p control.

i. Gastos médicos. j. limites asegurados: k. Se requiere la cotización de los límites: l. A. Oferta básica: $ 300.000.000 m. Alternativa: $ 500.000.000 Clausulas Adicionales: El oferente deberá incluir las siguientes cláusulas:

Amparo automático de nuevos predios y/o actividades

Ampliación aviso de siniestro a 30 días.

Bienes bajo cuidado control y custodia

Cancelación de la póliza 30 días

Designación de ajustadores. Deducibles: El oferente deberá indicar los deducibles más favorables del mercado actual y que sean de beneficio para la ESE. Observaciones: a. El número de funcionarios de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA es de 11. b. El mensual de la nómina es aproximadamente de $ 20.000.000. c. La E.S.E. MARIA AUXILIADORA se reserva el derecho de adjudicar la oferta básica o

cualquier otra alternativa.

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2.1.3 SEGURO GLOBAL DE MANEJO PARA ENTIDADES OFICIALES. Objeto del seguro Amparar los riesgos que impliquen menoscabo de los fondos o bienes de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA, causados por acciones y omisiones de sus servidores, que incurran en delitos contra la administración pública o en alcances por incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, incluyendo el costo de la rendición de cuentas en caso de abandono del cargo o fallecimiento del empleado. Coberturas Básicas: Este seguro deberá cubrir las pérdidas causadas por los empleados de manejo o los reemplazantes contra los riesgos que impliquen: a. Delitos contra la administración pública. b. Alcances fiscales c. Gastos de Reconstrucción de cuentas d. Gastos de Rendición de cuentas. e. Juicios con responsabilidad fiscal f. Costo en juicios y Honorarios profesionales: la cobertura de este seguro se extiende a

amparar e indemnizar los costos de los procesos judiciales y los honorarios de abogados, siempre y cuando sean justificados y razonables para la defensa de cualquier procedimiento legal o pleito, en el cual sea demandado el asegurado y con el que se pretenda demostrar responsabilidad por cualquier reclamación, daño o perdida que pueda afectar la cobertura otorgada bajo este seguro.

g. Perdidas de empleados no identificados. h. Cuando respecto de cualquier perdía, la ESE MARIA AUXILIADORA no pudiera

determinar específicamente al empleado o los empleados responsables, la compañía reconocerá la indemnización correspondiente, siempre y cuando las circunstancias que dieron lugar al evento, permitan considerar que en la ocurrencia del mismo intervinieron uno o varios empleados de la ESE MARIA AUXILIADORA, a cualquier título (autor intelectual, material o cómplice).

i. Los faltantes de inventario están amparados en los mismos términos establecidos anteriormente.

j. Protección de depósitos bancarios: mediante este anexo, la cobertura de la póliza se extiende a amparar la perdida en la que cualquier entidad bancaria comprendida dentro de la prueba de la perdida y en la cual la ESE MARIA AUXILIADORA, tenga cuenta corriente o de ahorros, como sus respectivos intereses aparezcan, pueda sustentar como debida falsificación o adulteración de o en cualquier cheque o giro, letra de cambio, pagaré, carta de crédito o cualquier documento similar de crédito, girado, ordenado, o dirigido para pagar determinada suma de dinero, hecho o girado por o por la ESE MARIA AUXILIADORA, o por o para un apersona que obre en su nombre o representación, incluyendo:

Cualquier cheque o giro hecho o girado en nombre de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA pagadero a una persona ficticia y endosada o pagada a nombre de dicha persona.

Cualquier cheque o giro o girado en transacción de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA o por su representante a favor de un tercero y entregado al representante de este que resulte endosado o cobrado por persona distinta de aquel a quien se giró: y,

Cualquier cheque o giro con destino al pago de salarios que habiendo sido girado u ordenado por la E.S.E. MARIA AUXILIADORA, resultare endosado y cobrado por un tercero obrando supuestamente a nombre del girador, o de aquel a quien se debía hacer el pago.

Valores Asegurados: Oferta básica: $ 5.000.000 Oferta Alternativa: $ 10.000.000

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Cargos: Tres (03)

GERENTE

SUBGERENTE

TECNICO (Funciones de Almacén) Clausulas Adicionales: El oferente deberá incluir las siguientes cláusulas: a. Amparo automático de nuevos cargos: 30 días. b. Ampliación de siniestro a 30 días c. Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro. d. Cancelación de la póliza (30) días e. Modificación a cargos: En consideración a las declaraciones de la E.S.E. MARIA

AUXILIADORA, si durante la vigencia de la presente póliza se presenta (n) cambio(s) de denominaciones a cargos, éstos se consideran automáticamente incorporados en la póliza. Dichas reformas deben ser notificadas a la compañía de seguros, dentro de los sesenta días (60) siguientes a su innovación, con el fin de hacer los ajustes que se requieran.

f. Definición de trabajador o empleado: Mediante este anexo se amplía la definición de empleado a la persona natural que presta su servicio a la E.S.E. MARIA AUXILIADORA, vinculada a esta mediante nombramiento por decreto o resolución, Así mismo bajo esta definición se contemplan los empleados asesores y consultores que desarrollan funciones en la E.S.E. MARIA AUXILAIDORA.

g. Designación de ajustadores: En los eventos de siniestros que afecten la presente póliza y así la compañía decide nombramiento de ajustador o la E.S.E. MARIA AUXILAIDORA lo solicita, la designación del mismo se efectuara de común acuerdo, de una terna que ofrecerá la aseguradora y de la cual el asegurado elegirá el ajustador que considere conveniente.

Deducible: El oferente deberá indicar los deducibles más favorables del mercado actual y que sean de beneficio para la ESE. Observaciones: La ESE MARIA AUXILIADORA se reserva el derecho de adjudicar la oferta básica o cualquier otra alternativa. 2.1.4 SEGURO DE AUTOMOVILES Objeto del Seguro: Amparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad o por los que sea legalmente responsable de la E.S.E. MARIA AUXILIADORA o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros. Bienes y Valores Asegurados: Todo el parque automotor, según anexo y el valor asegurado indicando en el mismo. Incluyendo accesorios y equipos especiales de los vehículos.

Límites de Responsabilidad Civil: Oferta Básica

Daños a Bienes de Terceros $ 10.000.000

Muerte o Lesiones a una persona $ 100.000.000

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Muerte o Lesiones a dos o más Personas $ 200.000.000

Riesgos Amparados: Este seguro deberá cubrir las pérdidas o los daños que causen los vehículos como consecuencia de: a. Responsabilidad Civil Extra – Contractual. b. Pérdida Total por Daños (Incluido actos terroristas) c. Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas) d. Pérdida parcial o Total por Hurto simple o Hurto Calificado. e. Terremoto, Temblor y/o Erupción Volcánica. f. Amparo Patrimonial g. Asistencia Jurídica en Proceso Penal h. Gastos de grúa, transporte y protección al vehículo. i. No restricción de amparo por tipo o antigüedad de los vehículos j. Pago de la Indemnización para perdidas parciales, mediante reparación. Clausulas Adicionales: a. Amparo automático de nuevos vehículos con 30 días de aviso b. Amparo automático de nuevos accesorios y equipos con 30 días de aviso. c. Ampliación aviso de siniestro a 30 días d. Descuento por buena experiencia y flota e. Cancelación de la póliza 30 días. Observaciones: El oferente deberá indicar la posibilidad y condiciones para indemnizar pérdidas totales por daños y Hurto con la reposición del vehículo. Alternativas: El oferente deberá cotizar en el amparo de vehículos los siguientes límites como alternativa a la oferta básica: a. Oferta básica: Al 100% todos los bienes b. Cualquier otra alternativa que el oferente considere y que sea en beneficio de los

intereses de la ESE. GRUPO 2: 2.2 Responsabilidad Civil 2.2.1 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA CLINICAS Y HOSPITALES. Objeto del seguro: Amparar la responsabilidad civil profesional de la ESE MARIA AUXILIADORA, por los perjuicios causados a terceros como consecuencia de un servicio médico quirúrgico, dental de enfermería, laboratorio o asimilados, Se incluye la responsabilidad civil imputable al asegurado como consecuencia de las acciones y omisiones profesionales, cometidos por personal médico, paramédico, medico, auxiliar, farmaceuta, laboratorista, de enfermería o similares, bajo relación laboral con la ESE MARIA AUXILIADORA o autorizado por éste para trabajar en sus instalaciones, en el ejercicio de sus actividades al servicio de la E.S.E. LIMITES ASEGURADOS:

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Se requiere la cotización de los siguientes límites: Oferta Básica: $ 300.000.000 Alternativa $ 500.000.000 Riesgos Amparados: Coberturas Básicas: a. Responsabilidad civil profesional por perjuicios causados a terceros como consecuencia

de un servicio médico quirúrgico, dental, de enfermería, laboratorio o similares. b. Responsabilidad civil derivada de la posesión y el uso de aparatos y tratamientos

médicos con fines de diagnósticos o de terapéutica, en cuanto dichos aparatos y tratamientos estén reconocidos por la ciencia médica incluyendo entre otros los siguientes equipos de riesgo especiales: i. Equipos de radiografía con fines de diagnostico ii. Equipos de rayos X iii. Equipos de Diagnostico

c. La responsabilidad civil profesional como consecuencia de los daños causados por

suministro de bebidas y alimentos, materiales médicos, quirúrgicos, dentales, drogas o medicamentos.

Los gastos de defensa en los procesos que se adelanten como consecuencia de un daño amparado.

Cláusulas Adicionales: Amparo automático para nuevos predios y operaciones CLAUSULA BASICAS A CONTEMPLAR EN TODOS LOS RAMOS: Designación de Bienes La compañía acepta el título, nombre, denominación nomenclatura con que le asegurado identifica o describe los bienes asegurados en sus registros o libros de comercio o contabilidad. Conocimiento del riesgo La compañía inspecciona los riesgos a que están sujetos los bienes y el patrimonio del Asegurado, razón por la cual deja constancia del conocimiento y aceptación de los hechos, circunstancias y, en general, condiciones de los mismos. 3 CONDICIONES DE CONTRATACION: 3.1 Objeto: CONTRATAR LOS SEGUROS QUE AMPAREN LOS INTERESES

PATRIMONIALES, LOS BIENES DE PROPIEDAD DE LA E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA Y AQUELLOS QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y CUSTODIA.

3.2 Plazo: El plazo de ejecución es decir el tiempo durante, el cual, el CONTRATISTA se comprometen a prestar el servicio, será de OCHO (08) MESES contado a partir de la fecha de la suscripción e inicio del respectivo contrato

3.3 Forma de Pago: la E.S.E María Auxiliadora de Mosquera cancelará el valor del

contrato una vez se expidan las pólizas requeridas, previa presentación de la cuenta de cobro, el recibido a satisfacción suscrito por el supervisor o interventor del contrato, y el paz y salvo por los conceptos correspondientes a Seguridad Social.

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3.4 Lugar de ejecución: El objeto de lo contratado se prestara en las instalaciones de la

Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, ubicada en el Municipio de Mosquera, Cundinamarca, en sus sedes de la Calle 3 No. 1-19 Este, Calle 2 No. 3-14, y el Puesto de Salud Porvenir Rio.

3.5 Supervisión: La supervisión será realizada por el Subgerente de la E.S.E. María

Auxiliadora de Mosquera - Cundinamarca.

4 ESTUDIO ECONOMICO Y PRESUPUESTAL: Para todos los efectos téngase en cuenta que para la contratación, la Entidad cuenta con un presupuesto por la suma de: VEINTICINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 25.000.000,00 M/cte.), valor este contemplado en la disponibilidad presupuestal No. 2014000226 del 03 de Abril de 2014, expedida para el efecto; valor este que incluye todos los costos directos e indirectos que su cumplimiento conlleva.

El contrato se pagará con recursos propios, respaldado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal, expedido para tal efecto. 4.1. Factores de Selección: Los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requisitos habilitantes (jurídicos, financieros, económicos y técnicos) de modo que puedan ser objeto de evaluación; con lo cual la propuesta más favorable para la institución será aquella que obtenga el mayor puntaje en el sistema de ponderación y cuya propuesta cumpla con la totalidad de requisitos habilitantes según los parámetros establecidos aquí: SERÁN FACTORES DE SELECCIÓN: Documentos jurídicos: Cumple / No cumple Verificación Técnica mínima: Cumple / No cumple RUP índices financieros: Cumple / No cumple Verificación Experiencia: Cumple / No cumple Nota: En el caso en que alguno de los factores de selección resulte con evaluación “no cumple” será causal de rechazo de la propuesta. 4.2. Riesgos Previsibles: Se consideran como riesgos previsibles para el cumplimiento del contrato:

El incumplimiento con el desarrollo de las actividades contratadas

El desarrollo de actividades que se alejen del marco legal vigente, o del lleno de los requisitos exigidos por la ley.

El posible cambio de condiciones para la prestación del servicio o que exijan modificación y/o suspensión parcial o total de las actividades contratadas.

Daños a terceros por parte del contratista en el desarrollo de las actividades contratadas.

Sanciones recibidas por la institución por el incumplimiento de los requisitos legales exigidos, y no gestionados dentro del plazo de ejecución del contrato.

4.3. Riesgos no Previsibles: La E.S.E. contempla como riesgo no previsible el incumplimiento por causas de fuerza mayor demostrables por parte del contratista y la ocurrencia de eventos adversos de tipo natural o humano ocurridos en la zona geográfica de ejecución del contrato.

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5 FUNDAMENTO JURÍDICO:

La Empresa Social del Estado, establece en su manual de contratación (artículo 31 – Acuerdo 001 de 2013), como elemento para seleccionar a sus contratista, el valor contemplado para contratar, así las cosas, al señalarse como valor para esta contratación la suma de: VEINTICINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 25.000.000,00 M/cte.), esta suma en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) es igual a: 40,5; cuantía esta, que de conformidad con el artículo atrás citado, lo ubica en las contrataciones de menor cuantía y el proceso de selección indicado para el efecto, es aquel señalado en el numeral 2) del artículo 31 del Acuerdo 001 de 2013, el cual determina que “…Contratos cuya cuantía se encuentre comprendida dentro del siguiente rango: superior a diez (10 ) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) e inferior o igual a cien (100) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV). Para celebrar este contrato, se requerirá invitar por lo menos a dos (2) oferentes, sin embargo si se presenta una sola oferta que cumpla con los requisitos se podrá contratar. Las invitaciones a ofertar podrán solicitarse de manera verbal y/o por escrito; sin embargo las cotizaciones siempre deberán presentarse por escrito.

Conforme a lo estipulado por la Ley 996 de 2005 “Ley de Garantías” en su artículo 33 donde dispone que dentro de los cuatro meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la contratación directa por parte de todos los entes del Estado. El Consejo de Estado en conceptos 1727 de 2006, 1731 del 14 de marzo de 2006 y 1738 del 06 de abril de 2006 ha dado alcance a lo dicho por la nombrada ley, estableciendo que está prohibición comprende a todos los entes del Estado independientemente de su régimen jurídico, de igual forma que para los efectos de la Ley de Garantías y dada su finalidad, cuando habla de contratación directa, hace referencia a cualquier sistema diferente de la licitación pública y no del procedimiento especial que regula la Ley.

No obstante lo anterior, la precitada norma en el Articulo 33 exceptúa la aplicación de dicha limitación en los siguientes términos; “Queda exceptuado lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, de desastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias. Adicionalmente se exceptúan aquellos gastos inaplazables e imprescindibles que afecten el normal funcionamiento de la administración”.

No obstante lo anterior la E.S.E. realizara la presente contratación mediante invitación pública a través de aviso fijado en lugar público de la Institución, y en la página web de la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca. 6 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: Para todos los efectos téngase en cuenta que para la contratación, la Entidad cuenta con un presupuesto por la suma de: VEINTICINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 25.000.000 M/cte.), valor este contemplado en la disponibilidad presupuestal No. 2014000226 del 03 de Abril de 2014, expedida para el efecto. 7 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

En desarrollo del objeto contractual, el contratista se obliga para con la E.S.E. María Auxiliadora, a cumplir con las siguientes obligaciones: a. Cumplir con el objeto del contrato dentro de los plazos establecidos y en la propuesta

presentada por EL CONTRATISTA.

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b. Prestar sus servicios con la debida diligencia y cuidado, protegiendo siempre los intereses de LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA en todos los asuntos a él encomendados y que se puedan derivar del objeto contractual.

c. Responder a LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA por cualquier daño y/o perjuicio que se pueda presentar en desarrollo de los trabajos contratados.

d. Cuidar y dar buen uso de los elementos que sean asignados para el desarrollo de las actividades, manteniendo orden y aseo al sitio donde se ubique e informar cualquier anomalía.

e. Resolver todas las consultas que LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA formule acerca del objeto contratado.

f. Constituir las garantías que se llegaren a exigir. g. Suministrar con diligencia y calidad los informes a que haya lugar. h. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y

en tratamientos. i. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte

de LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA. j. Cumplir con los aportes a los Sistemas Generales de Seguridad Social y aportes

Parafiscales, en los términos de la Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de 2002 y demás normas concordantes

8. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA a. Cumplir con el objeto del contrato, conforme a la propuesta y el contrato que se

suscriba. b. Amparar los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la E.S.E contra los riesgos y

ocurrencia de siniestros derivados de los amparos exigidos. c. Cumplir a cabalidad con los amparos básicos y sumas aseguradas mínimas exigidas

por la E.S.E. d. Pagar las reclamaciones en un plazo máximo de un mes, una vez demostrada la

ocurrencia y cuantía según lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio. e. La aseguradora deberá explicar los parámetros establecidos para la atención de

siniestros, indicando documentos solicitados y sus condiciones, etapas de la reclamación, anticipos y plazo para el pago de la indemnización. Deberá presentar actividades a desarrollar, sugerencias, recomendaciones, etc., sobre gerencia de riesgos, prevención de riesgos y controles mínimos.

9. OBLIGACIONES DE LA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA

a. Pagar en los términos establecidos en este contrato el precio convenido por la

prestación de los servicios por parte del EL CONTRATISTA. b. Prestar la colaboración necesaria para que los trabajos contratados se realicen en las

mejores condiciones. c. Ejercer la supervisión y control para que se cumplan los requisitos de perfeccionamiento

y legalización del contrato. d. Resolver las peticiones presentadas por el CONTRATISTA en los términos consagrados

por la Ley. e. Expedir y tramitar los certificados de cumplimiento del objeto contractual. f. Pronunciarse sobre los documentos que someta EL CONTRATISTA a su consideración,

de acuerdo con el contrato. 10. REQUISITOS HABILITANTES PARA PARTICIPAR Y DOCUMENTOS PARA

ACREDITARLOS. Son requisitos para participar y verificar: La capacidad jurídica, financiera y técnica mínima. Los requisitos jurídicos y financieros, no tienen puntaje, pero son verificables por los evaluadores, quienes constatarán el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo exigido por la empresa en los Pliegos de Condiciones. Si los proponentes no cumplen con estos requisitos, el ofrecimiento será rechazado

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ASPECTOS JURÍDICOS.

carta de presentación de la propuesta

certificado de existencia y representación legal y autorización.

Certificado de inscripción, clasificación y calificación en el registro único de proponentes (RUP). La inscripción del proponente debe estar vigente y el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio deberá haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso.

SEGMENTO FAMILIA CLASE

84 SERVICIOS FINACIEROS Y DE SEGUROS

13 SERVICIOS DE SEGUROS Y PENSIONES

15 SERVICIOS DE SEGUROS PARA ESTRUCTURAS Y PROPIEDADES Y POSESIONES

Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar el respectivo Certificado de Registro en donde se demuestre la inscripción y clasificación

Documento de conformación de consorcios o uniones temporales

Garantía de seriedad de la propuesta.

Acreditar, estar debidamente autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia para desarrollar su objeto social, aportando copia del respectivo acto administrativo.

Pago de los recursos parafiscales y de seguridad social. Fotocopia de cedula de ciudadanía del representante legal según sea el caso. Formato único de hoja de vida de la función pública. Fotocopia de la libreta militar del representante legal del proponente. Rut Declaración de Inhabilidades. Documento suscrito por la persona natural o el

Representante Legal de la persona jurídica, en el que se manifieste expresamente que no se encuentra incurso en las inhabilidades o incompatibilidades, ni prohibiciones para contratar con la Empresa, de que trata la Constitución, la Ley 128/76, Ley 80/93, Decreto 679/ 94, Ley 190 /95 y demás que regulen la materia

Certificado de antecedentes disciplinarios, del representante legal de la persona jurídica, Representante legal e integrantes del consorcio ó unión temporal, según sea el caso.

Antecedentes fiscales del representante legal de la persona jurídica, de los integrantes del consorcio o unión temporal, según sea el caso.

ASPECTOS FINANCIEROS a) Tener un Capital de Trabajo mayor o igual al 50% del valor del presupuesto oficial. Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente > ó = 50% P.O. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el capital de trabajo se calculará sumando los capitales de trabajo de cada integrante. b) Tener un Índice de liquidez mayor o igual a 3.0 el cual se obtiene de la siguiente

manera: Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente > ó = 3,0 En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el índice de liquidez se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (AC1*%P1) + (AC2*%P2) + (AC…N*%P…N) / (PC1*%P1) + (PC2*%P2) + ( PC…N*%P…N)

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Donde AC1= Actico corriente integrante 1, 2 …..N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2….N PC1= Pasivo corriente Integrante 1, 2….N c) Tener un Índice de Endeudamiento menor o igual al 50 %, el cual se obtiene de la siguiente manera: Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total /Activo Total)- Reservas x 100 < ó = 50% En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, el Nivel de Endeudamiento se calculará sumando las partidas de cada integrante ponderadas de acuerdo con su porcentaje de participación así: (PT1*%P1) + (PT2*%P2) + (PT…N*%P…N) / (AT1*%P1) + (AT2*%P2) + ( AT…N*%P…N) Donde PT1= Pasivo Total integrante 1, 2….N %P1= Porcentaje de Participación Integrante 1, 2….N AT1= Activo Total Integrante 1, 2….N

11. PROPUESTA TÉCNICA.

El proponente deberá ajustar su oferta a todos y cada uno de los requerimientos de orden técnicos “DESCRIPCIÓN DE LAS COBERTURAS MÍNIMAS PARA CADA RAMO. Las coberturas, especificaciones y demás aspectos técnicos establecidos en los requerimientos técnicos son de obligatorio cumplimiento, luego las propuestas que no cumplan con estos requisitos mínimos serán rechazadas. Para este efecto el proponente indicará mediante manifestación expresa que adjuntará a la propuesta que conoce y acepta la totalidad de las especificaciones y presentará su oferta técnica atendiendo el contenido allí establecido. 12. CONDICIONES DE EXPERIENCIA EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE El proponente debe acreditar haber iniciado y terminado en el territorio colombiano dentro de los cinco (5) últimos años anteriores al cierre del presente proceso de selección la ejecución de cómo mínimo un contrato por cada uno de los ramos que se pretenden contratar en la presente invitación pública y cuyos valores sumados sean iguales o superiores al 100% del valor del presupuesto oficial de este proceso expresado en SMLMV. Requisito que deberá acreditarse con la presentación de máximo un contrato por ramo. Para efectos de realizar la conversión del valor de los contratos en SMLMV, se tendrán en cuenta el valor de los salarios para la época de terminación de los mismos. Cuando exista acta de recibo final y de liquidación con fechas diferentes, se realizará el cálculo con la fecha de la liquidación. EXPERIENCIA EN EL TRÁMITE Y PAGO DE SINIESTROS El proponente deberá presentar certificación de pago de siniestros ocurridos en por lo menos dos de los ramos que se pretende contratar en la presente selección, las cuales deberán ser expedidas por el tomador y/o beneficiario de la indemnización respectiva. Los

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siniestros y el pago respectivo debe haber sido efectuado en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre de esta invitación. Las certificaciones de experiencia deberán como mínimo contener la siguiente Información: • Razón Social del Asegurado • Aseguradora • Ramo y tipo de póliza • Fecha de ocurrencia del siniestro • Fecha de pago del siniestro • Valor indemnizado. 13. ASPECTOS DE PONDERACION

La E.S.E MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA -CUNDINAMARCA otorgará un puntaje total de 1000 Puntos así:

A. ASPECTO ECONÓMICO 600

B. ASPECTO

TÉCNICO Y DE

CALIDAD

DEDUCIBLES 100

COBERTURA ADICIONAL 100

TRÁMITE Y PAGO DE SINIESTROS. 100

C. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100

A. OFERTA ECONÓMICA (600) PUNTOS. El valor de las propuestas deberá presentarse sin centavos, y la aproximación se hará al entero superior. La administración efectuará la verificación económica y con las propuestas hábiles efectuará la asignación de puntaje así: Se aplicará el siguiente procedimiento de calificación económica únicamente a las propuestas hábiles: Se procederá a realizar la verificación y valoración de la oferta económica del proponente para lo cual se procederá así: La EMPRESA INMOBILIARIA CUNDINAMARQUESA verificará que las ofertas económicas no contengan errores aritméticos y si es procedente, efectuará la rectificación de los errores que encuentre de la siguiente manera: • Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras. • En caso de error en la suma de la lista de cantidades y precios, el resultado total correcto será el que se obtenga de revisar dichas sumas. Una vez surtido el procedimiento anterior, se otorgará el puntaje de la siguiente manera: El proponente que presente el menor valor total correspondiente a los servicios de seguros requeridos en estos pliegos obtendrá seiscientos (600) puntos. A medida que su valor total se aleje del valor de la oferta con menor precio, se le descontarán 5 puntos, es decir, las demás propuestas obtendrán un puntaje descendente en la medida que se alejen de la propuesta de menor valor así: ORDEN DE UBICACIÓN DE LA PROPUESTA PUNTAJE A ASIGNAR 2ª propuesta de menor valor 595 3ª propuesta de menor valor 590

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Así sucesivamente hasta llevar a la propuesta N° 0

B. ASPECTO TÉCNICO (300 PUNTOS).

1. DEDUCIBLES (100 PUNTOS)

A la propuesta que ofrezca el menor deducible para cada uno de los cuatro ramos solicitados ( En los vehículos se exceptúan las ambulancias) se le otorgarán 25 puntos por ramo, para un total de 100 puntos. A las demás propuestas se les otorgará un puntaje descendente, es decir a medida que se alejan de la propuesta que ofreció el menor deducible para cada ramo, se es descontarán dos puntos. 2. MAYOR NUMERO DE COBERTURA ADICIONAL A LA MÍNIMA SOLICITADA (100 Puntos). Al proponente que ofrezca el mayor número de coberturas adicionales a la mínimas requeridas para cada ramos se le otorgarán 25 puntos por cada ramo. A medida este número se aleje de de la mayor ofertada, se le descontarán 2 puntos, es decir, las demás propuestas obtendrán un puntaje descendente en la medida que se alejen de la propuesta que ofreció el mayor número de coberturas para cada ramo. 3. TRÁMITE Y PAGO DE SINIESTROS. 100 puntos. El proponente que ofrezca dentro de su procedimiento para el trámite y pago de siniestros el menor tiempo se le otorgaran 100 puntos. A las demás propuestas se les otorgará un puntaje proporcional aplicando una regla de tres inversa; es decir a mayor tiempo menor puntaje.

C. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

El proponente debe manifestar por escrito si los servicios que oferta cumplen con las condiciones establecidas en el parágrafo del artículo 2º de la Ley 816 de 2003 según el cual: “Se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de los países con que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a los servicios nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva misión diplomática Colombiana que se acompañará a la documentación que se presente dentro de la propuesta”.

Para este aspecto, el proponente recibirá un máximo de CIEN (100) puntos de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla, según la procedencia de los servicios ofrecidos: ORIGEN PUNTAJE PROPONENTE DE ORIGEN NACIONAL 100 PUNTOS PROPONENTE DE ORIGEN EXTRANJER0 O MIXTO 50 PUNTOS

14. TIPIFICACION, ESTIMACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE

PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO.

Los riesgos de esta contratación radican en el incumplimiento para el cubrimiento de los amparos previstos. Estos riesgos se amparan con la expedición a favor del Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera - Cundinamarca, garantía única que cubra los riesgos enunciados. Conforme a lo dispuesto por el artículo 52 del Acuerdo 001 de 2013. Riesgos a amparar derivados del incumplimiento de obligaciones. La garantía deberá amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrecimiento o del incumplimiento del contrato.

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a. RIESGOS TÉCNICOS:

RIESGO OBSERVACIONE

S

PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA

IMPACTO

EFECTO ASIGNACIÓN

ECONOMICO

Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros.

BAJO Medio -

Alto Mayor costo de

los servicios

60% el contratista y 40% la entidad, lo anterior teniendo en cuenta que los contratistas cuentan con la experiencia que les permite mitigar el riesgo

sociales o políticos

Aquellos que se derivan por cambios de las políticas gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación política, sistema de gobierno y cambio en las condiciones sociales que tengan impacto en la ejecución del contrato. También suelen presentarse por fallas en la manera en que se relacionan entre sí, el Gobierno y la población, grupos de interés o la sociedad. Por ejemplo los paros, huelgas, actos terroristas

BAJO Medio -

Alto

Mayor costo de los servicios y retraso de los

mismos

100% entidad

Operacionales

Son aquellos riesgos asociados a la operatividad del contrato. Entre estos encontramos: la posibilidad de que el monto de la inversión no sea el previsto para cumplir el objeto del contrato.

BAJO Medio -

Alto

Retraso en la ejecución del

contrato , mayor costo de la mismas y

desfinanciamiento del proyecto y no ejecución de

los trabajos

70% el contratista y 40% la entidad lo anterior teniendo en cuenta que el contratista, es el que cuenta con mayor experiencia y conocimiento de las

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También se presenta la extensión del plazo, cuando los contratos se realizan en tiempos distintos a los inicialmente programados por circunstancias no imputables a las partes. Adicionalmente, se presenta por la posibilidad de no obtención del objeto del contrato como consecuencia de la existencia de inadecuados procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a las partes

variables que determinan el valor de la inversión y tendrá a su cargo las actividades propias del contrato

Financiero

Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones financieras. El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros

MEDIO - BAJO Alto

desfinanciamiento del proyecto y no ejecución del

contrato

100% el contratista, ya que en el recae la responsabilidad de analizar si cuenta con los recursos suficientes y con la capacidad financiera que le permita ejecutar el objeto del contrato y llevarlo a un feliz termino

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Regulatorio

Son los posibles cambios regulatorios o reglamentarios que siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en las tarifas, mercados regulados, cambios en los regímenes especiales (regalías, pensional), designación de zonas francas, planes de ordenamiento territorial, expedición de normas de carácter técnico o de calidad, entre otros.

MEDIO - BAJO Bajo

Mayor costo de los servicios y retraso de las

mismas

100% la entidad

De la naturaleza

Son los eventos causados por la naturaleza sin la intervención o voluntad del hombre, que aunque pueden ser previsibles por su frecuencia o diagnóstico están fuera del control de las partes. éstos se refieren a los hechos de la naturaleza que puedan tener un impacto sobre la ejecución del contrato, por ejemplo los temblores, inundaciones, lluvias, sequias, entre otros, siempre y cuando los mismos puedan preverse

MEDIO - BAJO Medio -

Alto

Retraso en el servicio y mayor

costo

50% la entidad y 50% el contratista, siempre y cuando existan formas que permitan demostrar que el contratista pudo mitigar el riesgo.

15. GARANTIAS Por la naturaleza del servicio a contratar la Entidad no considera necesario la suscripción de garantía única de cumplimiento.

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16. CONCLUSIONES DEL ESTUDIO: El suscrito Subgerente de la E.S.E., hace constar que es conveniente, necesario y oportuno realizar la contratación para la adquisición de Pólizas de Seguros que amparen los bienes e intereses patrimoniales, adicionalmente los siniestros por los cuales tenga que responder en caso de una eventual ocurrencia, la Empresa Social del Estado María Auxiliadora de Mosquera, Cundinamarca. Mosquera, Cundinamarca, 10 de marzo de 2014. Atentamente,

CARLOS ALFONSO PABON Subgerente V.B. Juan Carlos Gómez G. - Asesor Jurídica.