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Eutanasia ¿Derecho a morir o de vivir con dignida?

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Eutanasia

Derecho a morir o de vivir con dignida?1Vida, muerte y dignidadEn nuestros das, la nocin de dignidad como atributo de la personalidad resulta inseparable a la concepcin de morir, pero termina siendo ms fcil de aprehenderla de manera intuitiva que precisarla de forma jurdica. Capacidad de entendimientoAutoconciencia de sAutodeterminacinActuar libre y consciente. Semejanza a su creador Desde el mismo momento de su concepcin.Fundamento de los deberes y derechos bsicos del hombre.2Digno es aquello por lo que algo destaca entre otros seres, en razn del valor que le es propio.

3"La dignidad como persona humana implica la pretensin de recibir -erga omnes- el respeto que la condicin humana acredita de vivir lo que le queda de vida como mejor le plazca; reconociendo, por tanto, el derecho a elegir el tratamiento mdico que desea recibir o rechazar"Doctora Paola Alejandra Urbina 4Muerte DignaCualquiera sea la situacin fsica o psquica en la que se encuentre la persona, esta conserva siempre su dignidad, la que no es susceptible de grados.

"Nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrin, nio o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie adems puede pedir este gesto homicida para s mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo explcita o implcitamente.

5Cuidados paliativos

DestinatarioPaciente con enfermedad grave o mortal

ObjetivoMejorar su calidad de vida 6La eutanasia "se trata de una conducta llevada a cabo por un agente de salud, una de cuyas consecuencias previsibles por l es la muerte de un paciente que padece una enfermedad grave e irreversible y que es llevada a cabo con la justificacin de que la muerte del paciente no es un mal o un dao para l".Eduardo Rivera Lpez 7Eutanasia ActivaVoluntaria e involuntariaMuerte como mejor alternativa8Cundo debe desconectarse el pulmotor a un paciente terminal sin que se incurra en eutanasia?

Tienen derecho los mdicos a interrumpir la nutricin e hidratacin en un enfermo ya descerebrado? Cmo precisar el concepto de paciente terminal?

9Eutanasia pasivaConsiste en la suspensin de toda cura en la inminencia de la muerte (o de complicaciones graves irreversibles) .Voluntaria e involuntaria10OrtotanasiaAcompaar al paciente en su enfermedadCuidados paliativosQu sucede si el paciente que aparentemente se encuentra en estado vegetativo, realmente no lo est? 12DistanasiaConceptoVida como fin supremoEncarnizamiento teraputico13La eutanasia y la IglesiaEl poner fin a la vida humana elimina toda posibilidad de recuperacin. La vida est total y enteramente bajo el dominio de Dios. un acto en contra de uno mismo, nunca podr ser un acto a favor de uno mismo. Ninguna accin que extinga alguna vida, puede dignificar la vida, al contrario: la destruye.14La dignidad de la vida, no est ligada al bienestar, no hay una vida ms sagrada que otra, denunciando una falsa compasin en los casos de eutanasia. El pensamiento dominante propone a veces una falsa compasin, lo que se presenta como un acto de dignidad procurar la eutanasia. Tanto en los tiempos antiguos como en los nuevos, matar significa exactamente lo mismo. Jorge Bergoglio (Papa Francisco)La eutanasia y la Iglesia15Pacientes en estado vegetativoLa eutanasia y la Iglesia16"En virtud del principio de la proporcionalidad de los cuidados mdicos, no nos podemos eximir del esfuerzo mdico necesario para sostener la vida ni de la atencin con medios normales de mantenimiento vital, entre los cuales est ciertamente la suministracin de alimento y lquidos, y advierte que no son lcitas las omisiones que tienen la finalidad de acortar la vida para mitigar el sufrimiento al paciente o a los familiares".Juan Pablo IILa eutanasia y la Iglesia17Frente a quienes ponen en duda la misma cualidad humana de los pacientes en estado vegetativo permanente, es necesario reafirmar que el valor intrnseco y la dignidad personal de todo ser humano no cambian, cualesquiera que sean las circunstancias concretas de su vida. Un hombre, aunque est gravemente enfermo o impedido en el ejercicio de sus funciones superiores, es y ser siempre un hombre; jams se convertir en un vegetal o en un animal Juan Pablo IILa eutanasia y la Iglesia18El enfermo en estado vegetativo, en espera de su recuperacin o de su fin natural, tiene derecho a una asistencia sanitaria bsica (alimentacin, hidratacin, higiene, calefaccin, etc.), y a la prevencin de las complicaciones que se derivan del hecho de estar en cama. Tiene derecho tambin a una intervencin especfica de rehabilitacin y a la monitorizacin de los signos clnicos de su eventual recuperacin".Juan Pablo II La eutanasia y la Iglesia19Antecedentes Ley 17.132 de 1967"Bahamondez, Marcelo"Adems del seoro sobre las cosas que deriva de la propiedad o del contrato [...], est el seoro del hombre a su vida, su cuerpo, su identidad, su honor, su intimidad, sus creencias trascendentes, entre otros, es decir, los que configuran su realidad integral y su personalidad"Albarracini Nieves, Jorge Washington s/ medidas precautorias20Antecedentes ProvincialesRio Negro - 2007FormularioDestinatarios21mbito nacional

Ley 26.529 Derecho de autonomaDirectivas anticipadas

Ley 26.742 Hidratacin y alimentacin22Modificacin en la Ley de Salud PblicaArt. 2 inciso e: "en el marco de esta potestad, el paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situacin, informado en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirrgicos, de reanimacin artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relacin con la perspectiva de mejora, o produzcan un sufrimiento desmesurado. Tambin podr rechazar procedimientos de hidratacin o alimentacin cuando los mismos produzcan como nico efecto la prolongacin en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable.23Cdigo PenalHomicidio piadoso (Anteproyecto Cdigo Penal, art. 82)Suicidio asistido (Artculo 83 Vigente)24Artculos 59 y 60

si la persona se encuentra absolutamente imposibilitada para expresar su voluntad al tiempo de la atencin mdica y no la ha expresado anticipadamente, el consentimiento puede ser otorgado por el representante legal, el apoyo, el cnyuge, el conviviente, el pariente o el allegado que acompae al paciente, siempre que medie situacin de emergencia con riesgo cierto e inminente de un mal grave para su vida o su salud. (Cdigo Civil y Comercial, Art. 59 ltimo prrafo)

En el nuevo Cdigo Civil y Comercial25La persona plenamente capaz puede anticipar directivas y conferir mandato respecto de su salud y en previsin de su propia incapacidad. Puede tambin designar a la persona o personas que han de expresar el consentimiento para los actos mdicos y para ejercer su curatela. Las directivas que impliquen desarrollar prcticas eutansicas se tienen por no escritas. Esta declaracin de voluntad puede ser libremente revocada en todo momento. (Artculo 60, Nuevo Cdigo Civil y Comercial).26Derecho ComparadoCdigo Penal uruguayo de 1934

Ley 18.473 / 2009Uruguay27ColombiaHomicidio Piadoso (Cdigo Penal, artculo 326)Jurisprudencia 1997: "en caso de un paciente con enfermedad terminal, la eleccin que este hace no es entre vivir serenamente muchos aos y la muerte, sino entre morir en las condiciones que l escoge, y hacerlo poco despus en circunstancias dolorosas o que considera indignas."28MxicoHomicidio Piadoso (Cdigo Penal del Distrito Federal,artculo 127)prive a otro de la vida, por la peticin expresa, libre, reiterada, seria e inequvoca de ste, siempre que medien razones humanitarias y la vctima padeciere una enfermedad incurable en fase terminal2013 Ley de Voluntad Anticipada: "padecimiento reconocido, irreversible, progresivo e incurable que se encuentra en estado avanzado y cuyo pronstico de vida [...] sea menor a seis meses29HolandaAntecedentesLey de 2002Pasos de diligenciaCarga de la prueba3031