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EVOLUCIÓN DEL ANÁLISIS CIENTÍFICO AL RESPECTO DE LA ECONOMÍA REGIONAL EN MÉXICO Jorge Isauro Rionda Ramírez 1 PRESENTACIÓN. Desde los años 70 de la centuria pasada se hace necesario compilar las diversas iniciativas que se dan en materia de desarrollo económico regional de México. No existe a la fecha un tratado que enuncie al menos las principales y más destacadas investigaciones. Se hace por ello necesario contar con un trabajo que las inscriba dentro de lo que se puede bautizar como programa nacional de investigación en dicha materia, que otorgue el panorama del estado de arte de la investigación, sus antecedentes y muestre lo más destacado de las iniciativas logradas con éxito. Destacan los trabajos que indican las profundas transformaciones que se vienen dando en el país ante los cambios ocurridos en el territorio desde tiempos de los primeros asentamientos humanos hasta el presente. Indicando en lo especial los más recientes, donde los procesos de reforma institucional como de restructuración económica son el marco de explicación donde quedan inscritos los fenómenos de estudio con base al cambio de patrones en la organización del territorio. 1 Profesor investigador de tiempo completo (actualmente titular “A”) de la Universidad de Guanajuato desde 1990. Adscrito al Departamento de Gestión pública y desarrollo de la División de Ciencias Sociales y Humanidades del campus León. Programa académico que atiende preferentemente: licenciatura en desarrollo regional. Profesor de posgrado en el campus Guanajuato dentro de la División de ciencias económico administrativas adscrito al Departamento de Gestión y dirección de empresas dentro de los programas de la maestría en Fiscal y la maestría en administración (esta último dentro del PNPC). Profesor de posgrado del campus Guanajuato dentro de la División de Arquitectura, Arte y Diseño en el Departamento de Arquitectura en los programas de Maestría en Planeamiento Urbano Regional y en la Maestría en Arte. Profesor investigador por contrato desde el 2005 de la Universidad De La Salle Bajío (León, Guanajuato), adscrito a la Escuela de ciencias económico - administrativas, adscrito al programa de Maestría en Administración y Economía Pública. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores desde el 2004 (nivel 1). Profesor con reconocimiento por el PROMEP – SEP con perfil preferente desde el 2005. Director de la revista electrónica española Tecsistécatl: México, economía y sociedad: http://www.eumed.net/rev/tecsistecatl/index.htm

EVOLUCIÓN DEL ANÁLISIS CIENTÍFICO AL RESPECTO DE LA ... · la formación de centros ceremoniales y primeras metrópolis y ciudades, sino en la conformación de los Estados –

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EVOLUCIÓN DEL ANÁLISIS CIENTÍFICO AL

RESPECTO DE LA ECONOMÍA REGIONAL EN

MÉXICO

Jorge Isauro Rionda Ramírez1 PRESENTACIÓN. Desde los años 70 de la centuria pasada se hace necesario compilar las diversas iniciativas que se dan en materia de desarrollo económico regional de México. No existe a la fecha un tratado que enuncie al menos las principales y más destacadas investigaciones. Se hace por ello necesario contar con un trabajo que las inscriba dentro de lo que se puede bautizar como programa nacional de investigación en dicha materia, que otorgue el panorama del estado de arte de la investigación, sus antecedentes y muestre lo más destacado de las iniciativas logradas con éxito. Destacan los trabajos que indican las profundas transformaciones que se vienen dando en el país ante los

cambios ocurridos en el territorio desde tiempos de los primeros asentamientos humanos hasta el presente. Indicando en lo especial los más recientes, donde los procesos de reforma institucional como de restructuración económica son el marco de explicación donde quedan inscritos los fenómenos de estudio con base al cambio de patrones en la organización del territorio.

                                                            1 Profesor investigador de tiempo completo (actualmente titular “A”) de la Universidad de Guanajuato desde 1990. Adscrito al Departamento de Gestión pública y desarrollo de la División de Ciencias Sociales y Humanidades del campus León. Programa académico que atiende preferentemente: licenciatura en desarrollo regional. Profesor de posgrado en el campus Guanajuato dentro de la División de ciencias económico administrativas adscrito al Departamento de Gestión y dirección de empresas dentro de los programas de la maestría en Fiscal y la maestría en administración (esta último dentro del PNPC). Profesor de posgrado del campus Guanajuato dentro de la División de Arquitectura, Arte y Diseño en el Departamento de Arquitectura en los programas de Maestría en Planeamiento Urbano Regional y en la Maestría en Arte. Profesor investigador por contrato desde el 2005 de la Universidad De La Salle Bajío (León, Guanajuato), adscrito a la Escuela de ciencias económico - administrativas, adscrito al programa de Maestría en Administración y Economía Pública. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores desde el 2004 (nivel 1). Profesor con reconocimiento por el PROMEP – SEP con perfil preferente desde el 2005. Director de la revista electrónica española Tecsistécatl: México, economía y sociedad: http://www.eumed.net/rev/tecsistecatl/index.htm

Ante los cambios en el régimen de producción, de rígido a flexible, el ordenamiento territorial se expresa en reformas sustanciales al artículo 27 de la constitución política mexicana, por lo que el principal interés es identificar de este reciente evento cómo afecta los patrones en el uso y la organización del territorio, de tal manera que los estudiantes tengan una visión del espacio regional de cómo se expresan los procesos sociales y económicos durante la historia de la nación mexicana. El trabajo aquí expuesto pretende de alguna manera llenar los déficit de saber al respecto del desarrollo económico regional de México. Tiene un fondo histórico, lo que permite ver el sentido en que vienen dándose los procesos sociales y económicos georeferenciados al territorio nacional, donde se da una secuencia histórica y continua de cambios ocurridos regionalmente en distintos momentos de la historia del país. En ello se incorporan consideraciones al respecto del uso del suelo, desde la propia óptica del ordenamiento territorial impuesta por el régimen de regulación imperante al momento, como de la organización del territorio ante la lógica de los regímenes de producción, y las discrepancias entre instituciones y organizaciones, sus expresiones territoriales, desde un enfoque no solo espacial sino regional de los problemas descubiertos. El trabajo, más que un esfuerzo de ampliar el conocimiento existente al respecto del desarrollo económico regional de México, es un esfuerzo por integrar en un solo documento, y articulados como parte de lo que se puede llamar el programa nacional de investigación en materia de desarrollo regional del país, los distintos esfuerzos de investigación de instituciones e investigadores cuyos trabajos y hallazgos tienen impacto en los procesos de planeación. Es un intento de recolectar lo ya existente para establecer el estado de arte o panorama que guarda la investigación en materia. Presentarlo en forma ordenada, integrada y sistematizada al lector, para con ello lograr vincular a los estudiosos del tema a un directorio, catálogo, base documental que integre lo destacable ya existente, para de ahí partir al diseño de nuevas líneas de investigación.

ANTECEDENTES: CONSIDERACIONES COROGRÁFICAS DEL TERRITORIO MEXICANO

Antes de adentrarse en el tema de estudio es importante señalar que cuando se habla de región es prudente precisar que el concepto es meramente instrumental. Sirve para delimitar en un área territorial o geográfica un criterio que parte de un parámetro de uniformidad o homogeneidad. Se usa para poder tipificar una o varias características físicas o sociales de un territorio, aunque el concepto en sí no es territorial sino espacial, donde el espacio bien se refiere a una categoría concreta como lo es el territorio, o abstracta como la dimensión ideológica, horizonte cultural, semántica conceptual, por dar una idea. Para el caso la región como concepto instrumental en este estudio se usa para referirse a una dimensión concreta, propiamente de espacio – territorio. Sirve para hacer georeferencias que permiten identificar, ubicar y evaluar geografías diversas por sus parámetros corográficos, sociales, económicos, políticos y culturales. Por ello, finalmente el instrumento conceptual de región se aplica al territorio, que para este estudio es el correspondiente a la actual geografía nacional de la República Mexicana.

El territorio mexicano no es uniforme, ni en sus márgenes, altura y latitud, ni en lo toponómico, ni en su hedafología, sedimentación, clima, meteorología, botánica, zoología e hidrología. Es de hecho un territorio muy heterogéneo y diverso por sus características corográficas. Su origen en cuanto formación obedece a varias etapas evolutivas que van desde el precámbrico hasta el cenozoico. Tiene una antigüedad estimada en 3 mil millones de años (Florescano, 1988, 14). El mapa 1 muestra las zonas de formación geológica correspondientes al precámbrico, paleozoico, mesozoico y cenozoico. Se entiende que el territorio en el tiempo no es una superficie estable, sino movible. Las regiones geológicas de mayor antigüedad corresponden al precámbrico, y le suceden otras eras tales como el paleozoico, el mesozoico hasta llegar al cenozoico, que muestra las regiones geológicas más recientes y jóvenes en cuanto su formación. De distintas formas esta diversidad geológica define el carácter corográfico de las regiones de todo tipo. Y es condicionante, sino es que en grado determinante de posteriores regionalizaciones que se planten en materia física, social y cultural. En especial cuando se aplica a las bases de la sedentarización de grupos humanos y la posterior conformación de regiones de orden cultural, política, económica, social o de otro tipo. De una manera macrogeográfica el territorio de México pude dividirse en cinco grandes regiones (según lo marca García, 1981; 5 – 82). A lo que García bautiza como una estructura básica (Mapa 2). Se habla del México central, la vertiente del golfo, la vertiente del pacífico, la vertiente del norte y el sudeste. Ya en la sedentarización humana, las distintas zonas geográficas son bautizadas con nombres distintos. García (1981; 18 – 19) reconoce 63 regiones geográficas dentro de la geografía nacional mismas que se muestran en el mapa 3. Desde luego. La dimensión en que son bautizadas las regiones geográficas se combinan posteriormente con otras consideraciones importantes tales como lo son las razones económicas como lo es el uso económico y urbano del suelo, cuencias hidrológicas, aspectos culturales, políticas, y de otros tipos. La relación entre topografía, clima, hedafología e hidrología son ls componentes clave que más influyen en el uso del suelo que una civilización hace de su territorio. Las regiones necesariamente adquieren ciertas matizaciones o tipicidad con base a la combinación de los mismos donde se vuelven regiones agrícolas, pesqueras, mineras, urbanas, rurales, metropolitanas, suburbanas, marginales, de muchos tipos. En el mapa 4 se tiene la altura (hipsometría) o relieve del territorio y la profundidad de los litorales (batimetría). Destaca la parte continental donde también se vela el clima prevaleciente. Como se puede ver, las regiones en este mapa presentadas obedecen a dos criterios o parámetros: la hipsometría y la batimetría. Tal como se sostiene desde el principio de este trabajo la región se define con base a un juicio paramétrico y es propiamente un instrumento de análisis georeferenciado. Compárese el mapa 4 con el siguiente mapa 5 relativo a la hidrología e hidrometría del territorio de México. Hay una alta correlación entre ambos mapas donde la hipsometría se

vincula a la hidrología del territorio continental. Cuestión que más adelante explica en gran forma la distribución territorial de la población y los patrones de sedentarización desde la presencia del hombre en esta parte continental. En los criterios de sedentarización del territorio tiene que ver en gran medida el grado de madurez alcanzado por las fuerzas productivas. Sociedades muy primitivas, preagrícolas, establecen su territorio con base a las potencialidades en caza, pesca y recolección. Normalmente son grupos trashumantes con un uso muy amplio del territorio. Mientras que sociedades agrícolas son sedentarias y muy locativas, su territorio tiende a reducirse debido a su apego y cuidado de los cultivos que desarrollan. Si bien tiende a crecer su dominio territorial por el incremento demográfico que la agricultura otorga ante la ventaja de los grupos preagrícolas quienes tienden a ser en número menos grandes. En el cuadro 1 puede verse que hace 15 mil años aparecen los primeros grupos de cazadores y recolectores en el actual territorio del país. Propiamente en el llamado periodo arqueolítico. Los agricultores aparecen hace aproximadamente 7 mi años, grupos que son aún minoría ante los primeros grupos de cazadores y recolectores. Su prominencia viene en ascencio en el cenolítico inferior. En el cenolítico superior (desde hace 7 mil años a los 5 mil respecto a la actualidad) las civilizaciones agrícolas vienen a desarrollarse con base a la sedentarización que a la larga se impone a la trashumancia de los grupos preagrícolas. En el protoneolítico que se da desde hace 5 mil años a la actualidad la prominencia de la sedentarización asciende hasta llegar a ser la dominante desde hace 2 mil 500 años. Es a partir de ese momento que se conforman los llamados Estados – nación en la región mesoamericana (Lorenzo, 1981; 106 – 108). En el mapa 6 se tienen los asentamientos encontrados de cazadores y recolectores en el actual territorio de México. Vestigios que pueden datarse de fechas superiores a los 15 mil años de antigüedad a al menos 4 mil 500 años. Por lo aquí visto, las cuestiones corográficas del territorio son básicas para explicar los patrones de sedentarización de los grupos humanos una vez dada la presencia del hombre en el territorio. Tema que es el interés del siguiente apartado. En el mapa 6 se tiene que es la zona centro del país al parecer aquella que típicamente muestra una mayor frecuencia en la presencia de grupos humanos. Muy posiblemente el Valle de México y la zona central ofrezcan condiciones corográficas más propias para abrigar a los grupos humanos. Es hasta este momento que se debe ingresar al tema de los patrones de sedentarización de los grupos humanos en el territorio de la actual República mexicana, periodo que inicia hace aproximadamente 15 mil años. No tanto desde el inicio de cazadores y recolectores a la formación de centros ceremoniales y primeras metrópolis y ciudades, sino en la conformación de los Estados – nación que para 1519 están dadas al arribo de los conquistadores españoles. FORMACIÓN DE REGIONES

La conformación de las regiones tienen cierto anclamiento en el pasado. Aspectos culturales, lingüísticos y de Estado – nación imprimen su sello a la ulterior delimitación de las regiones durante periodos de la colonia como independiente del país. Aunque no es un peso determinante, sí lo es condicionante. A la fecha existe una visión de la región cuyo peso antropológico es evidente, al menos en cuestiones de corte social y político. HORIZONTE PRECORTESIANO El objetivo del presente trabajo no es presentar una historia de la sedentarización del Hombre en el actual territorio de la República mexicana. Más bien interesan las regiones que culturalmente conforman los grupos indígenas en el momento de la presencia del hombre europeo, puesto que desde ese momento se viene una revolución radical en el uso del territorio, por lo que su organización parte de una civilización cuya especialización económica viene dirigida por el interés minero. Hay de principio tres horizontes a distinguir en el estudio. Una división territorial de facto y otra división territorial de jure. Previamente está la división territorial precolombina cuyo criterio lo delimita la existencia de Estados – nación, con rasgos distintivos de tipo antropológico o cultural.

Durante la colonia las divisiones territoriales obedecen a necesidades de administración pública y estadística, así como de control demográfico de orden eclesiástico. Mientras que en la era independiente atienden a intereses políticos (O’Gorman, 2007; 3) ¿Qué implica esto? Afirma Edmundo O’Gorman a pié de página (Idem.) que “Entre otras y no menos importantes, es la de que en un sistema de gobierno como el nuestro la fijación de límites precisos e indispensables puesto que las entidades integrantes del territorio son personas jurídicas con derecho de soberanía, sobre la extensión de su territorio. En la colonia no fue lo mismo, y bastaba la enumeración de las cabeceras, con la lista de pueblos y rancherías sujetos a ellas…”

Así entonces se tienen tres horizontes a distinguir:

1. Horizonte precolombino posclásico y su regionalización como Estados – nación.

2. La colonia y su división territorial de facto.

3. El periodo independiente y su división territorial de jure.

En la colonia la división territorial de facto obedece a necesidades de control estadístico, propio de la administración pública, como también de control demográfico, interés tributaria por parte de la Iglesia quien obtiene de los sacramentos óbolos importantes tales como bautizos, confirmaciones, comuniones, matrimonios, santos oleos, entre otros. Así como la necesidad de un censo de parroquianos para controlar los diezmos y otros derechos y aprovechamientos como son la renta de tierras propiedad de la Iglesia católica.

Ambas formas de división territorial finalmente tienen un sentido fiscalista y de coerción estatal. El Estado ejerce su control en materia estadística, fiscal y administrativa. La Iglesia cuida la tributación de sus feligreses.

En el horizonte precortesiano, en el momento del arribo de los conquistadores en 1519, las regiones del país se conforman por los Estados nación que integran la zona conocida como Mesoamérica (mapa7). Las regiones que componen esta zona del territorio se identifican como regiones culturales, que es de antemano la primera división territorial que se da de las regiones del país, con un carácter meramente antropológico. Un estudio muy pormenorizado de la formación cultural mesoamericana lo realiza Enriqeu Florescano (2005) titulado Memoria Mexicana, trabajo del cual se puede comprender cómo se conforman desde tiempos preagrícolas hasta el posclásico las regiones culturales precortesianas de México. También destaca el trabajo de Bernal (1981) “Formación y desarrollo de Mesoamérica”, así como el trabajo de Carrasco (1981) “La sociedad mexicana antes de la conquista”. De este autor se obtiene el siguiente mapa 8 donde se presentan las regiones mesoamericanas en consideración de sus lenguas y pueblos (naciones) que las conforman. La dominación política no obedece necesariamente a esta regionalización, por decir, los aztecas que hablan náhuatl dominaron a otros grupos como los hablantes de popoloca o los chinantecos, el imperio les abarca, mas no su cultura y su lengua. Es interesante entonces ver cómo los Estados – nación definen como principal rasgo la regionalización precortesiana. Por sus lenguas que son un rasgo distintivo de la nación indígena, pero también por su sujeción o jerarquía de poder. Mesoamérica abarca desde centro América con grupos del viejo imperio maya, hasta el actual estado de Sinaloa con grupos lingüísticos familiarizados con los tarascos del centro del país. Muchas de las ulteriores divisiones administrativas que se vienen dando durante la colonia, especialmente los obispados, obedecieron a las condiciones dadas por estos Estados – nación indígenas. Del mapa 7 y del mapa 8 se pueden cruzar las regiones culturales con las lenguas y pueblos mesoamericanos donde se puede ver que aunque guardan una alta correlación, no obedecen del todo a una conformación regional uniforme. Aún más, si se presenta una división de hegemonía política entre los pueblos como el que se representa en el mapa 9 relativo a la extensión del imperio Azteca en 1519, se ve cómo las directrices culturales, rasgos de lengua y asentamiento de los pueblos guarda poca relación con la dominación política. HORIZONTE COLONIAL Si bien, la organización del territorio para 1521, año en que se consuma la conquista del Imperio Azteca ante las fuerzas de Hernán Cortés, se hereda de un uso del suelo previamente establecido por los indígenas, y muchos de los pueblos ya existentes anclan la colonización y creación de nuevos centro de población, un componente importante es la directriz que establece como eje gravitacional el interés en desarrollar la minería en este nuevo continente: América.

La necesidad de conciliar y pacificar a los indígenas es socorrida por la Iglesia católica al enviar a grupos misioneros para iniciar la evangelización de los mismos, para lo cual, inmediatamente al suceso militar deviene el espiritual: se fundan por todo el territorio del centro y sur del país conventos que les alberguen y sirvan de centros ceremoniales y de comunión de los nuevos feligreses. Las misiones llegan incluso territorio muy al norte del país. De extremo a extremo, los presidios religiosos, ermitas, iglesias y conventos se fundan en el siglo XVI donde están los principales pueblos indígenas o centros de población. Destacan en la XVI centuria las fundaciones de franciscanos, dominicos y agustinos (mapa 10). Los primeros franciscanos llegan con la expedición de Hernán Cortés y son secundados por otros misioneros franciscanos en 1523. Le siguen los dominicos en 1526 y por los agustinos en 1533. Lo interesante del asentamiento religioso es que obedece a atender a los principales centros de población existentes a principios de la conquista, o bien en el siglo XVI, por lo que la distribución de los mismos en el territorio de la Nueva España indica a su vez la distribución de la población indígena y sus principales pueblos (Moreno, 1981; 289 - 369). La colonización no es un evento en corto plazo, lleva todo el periodo colonial, avanza conforme se da el sometimiento de nuevos reinos al sur del país, como a su pacificación, especialmente al norte. La expansión se da por etapas, en el siguiente mapa 11 se puede ver cómo se da la colonización en distintos momentos del periodo colonial. Las exploraciones llegan muy al norte, destacan la de Vázquez de Coronado (1540 – 1542) y la de Núñez Cabeza de Vaca (1526 – 1536). Véase mapa 12. La intensión es conocer el nuevo territorio, en especial las riquezas que de este pueden derivarse. En ese momento el principal interés es el minero: descubrir yacimientos de minerales preciosos como el oro y la plata. Es difícil establecer cuándo se inicia el proceso de globalización. Hay quien habla de la época de Marco Polo, de periodos concernientes a la ruta de la seda o de la porcelana de medio oriente a occidente. Autores indican las cruzadas en el siglo XI de la era de las cruzadas. Al parecer de quien esto escribe la globalización integra no solo el continente euroasiático africano, sino a la propia América, por ello es en el siglo XVI cuando se puede considerar un proceso de integración planetario. Afirma Florescano (1988; 68) que: “La gran ola de exploraciones geográficas que emprendió España a partir del descubrimiento de América y que culminó con la primera circunvalación de la tierra, no solo permitió el reconocimiento de territorios y pueblos hasta entonces ignorados. Estas exploraciones y descubrimientos precisaron por primera vez las dimensiones y la composición geográfica de la tierra, crearon rutas marítimas y comerciales que ligaron a los continentes y además ensancharon considerablemente las posesiones españolas en el mundo…”. El nuevo territorio se explora desde la costa de la actual costa de Veracruz hacia el centro y sur del país, posteriormente se arriba a nuevas regiones al norte. Los nuevos territorios son

para los españoles utopías de las místicas ciudades de oro: Cíbola y Quívira. Posteriormente, al sur se va en busca de la ciudad de oro a la que se nombra El Dorado. Cuyas expdiciones llegan desde el centro de la Nueva España hasta el actual territorio de Colombia. Afirma Florescano (1988; 68) que: “… En el curso de unas cuantas décadas los territorios americanos quedaron ligados al mundo conocido mediante rutas y tráficos comerciales regulares. Nueva España no solo rompió la antigua frontera prehispánica que desconectaba a Mesoamérica del norte, sino que estableció una relación más o menos continua con los territorios dominados por los españoles en el centro y sur del continente, quedó comunicada regularmente con Europa y se volvió el centro de comunicación entre España y Asia a través del Galéon de Manila…”. El siglo XVI es el siglo de la integración (Lira y Muro, 1981; 371 – 469). Se inicia con la presencia de misioneros por todo el territorio, quienes fundan templos, iglesias, parroquias, ermitas y conventos en las principales poblaciones existentes en la Nueva España desde inicios de la colonia en 1521, y viene acompañado de la creación diferentes divisiones de corte público administrativo. La primera provincia o reino es el que comprende las tierras conquistadas por Hernán Cortés. Se le nombró como reino de Nueva España. Los territorios conquista de Nuño de Guzmán se le nombra reino de Nueva Galicia. Francisco de Ibarra conquista otras tierras más al norte del territorio que es nombrado Nuevo reino de León y Francisco de Montejo conquista tierras al sur, en la actual península de Yucatán a lo que nombran como Capitanía General de Yucatán. En 1543 se crea otra provincia dependiente de la Nueva España: el reino de Santiago de Guatemala (Florescano, 1988; 70). También aparecen los reinos de Nueva Vizcaya y la Capitanía de Coahuila. Mapa 13. En el siglo XVII (mapa 14) se tiene que dichos reinos y capitanías generales fundadas un siglo antes, para el caso del norte del territorio de Nueva España observan subdivisiones donde aparecen regiones como Nueva California, Nuevo México de Santa Fe, Reino de Nueva Navarra, Vieja California, Nueva Extremadura, Texas o Nuevas Filipinas y Nueva Santander. Se debe principalmente a que la colonización tiende al norte dado el descubrimiento de importantes yacimientos minerales. Se dan nuevas poblaciones, caminos y haciendas agrícolas, ganaderas y mineras. Necesariamente existe la necesidad de contar con divisiones territoriales que permitan establecer controles estadísticos de orden administrativo público, propios de la administración virreinal. De los reinos se pasa a considerárseles provincias para 1650 (mapa 15). Así se crean las siguientes: provincia de la vieja California, provincia de Sonora, provincia de Chihuahua, provincia de las Texas, provincia de Coahuila, provincia de Tamaulipas, provincia de Sinaloa, provincia de los zacatecas, provincia de Nayarit, provincia de Xalisco, provincia de México, provincia de Colima, provincia de Michoacán, provincia de Tlaxcala, provincia de Puebla, provincia de Antequera, provincia de Tabasco, provincia de Campeche y provincia de Yucatán. Es evidente que esta nueva división territorial es el precedente más directo de la nominación que posteriormente se le viene a dar a las entidades federativas actuales. No de todas porque muchas se crean posteriormente.

Al respecto afirma Florescano (1988; 70): “… En el siglo XVII aparecieron nuevas subdivisiones como resultado de las diversas capitulaciones que los reyes de España concedieron a diferentes colonizadores con el objeto de afianzar o extender las conquistas, particularmente hacia el norte. Resultaron de ese proceso 23 provincias. Algunas de ellas, como Tlaxcala, Colima o Antequera, hoy Oaxaca, se delimitaron tomando como base territorios que correspondieron muy aproximadamente a las antiguas culturas prehispánicas …”. (mapa 8). Estos cambios en la división territorial se continúan para el siglo XVIII. Al respecto de las razones que explican están subsecuentes divisiones indica Florescano (1988; 72): “… Nacidas del proceso de conquista y pacificación, las divisiones territoriales mantuvieron un carácter impreciso durante los siglos coloniales. Hubo diferencias y superposiciones entre las jurisdicciones territoriales del gobierno civil y entre las jurisdicciones que se establecían para los tribunales de justicia (Audiencias). Esta superposición de divisiones territoriales sirvió para crear contrapesos políticos al poder virreinal. La colonización inglesa de la costa atlántica de Norteamérica y las dificultades que enfrentó el virrey para gobernar las lejanas y extensas provincias del norte de Nueva España, obligaron al rey Carlos III a modificar las subdivisiones originales con la idea de consolidar el dominio español sobre aquellas tierras. En 1787 se crearon las provincias de Oriente y Occidente bajo el gobierno de intendentes militares. La primera se formó con las provincias de Coahuila, Tejas, Nuevo León y Santander; la segunda con las provincias de Nueva Vizcaya, Nuevo México, Sonora, Sinaloa y las Californias. Las reformas administrativas iniciadas por Carlos III y seguidas por los monarcas borbones, que tenían como finalidad reducir el poder centralizado del virrey y de la Audiencia, definieron una nueva división territorial de la Nueva España en Intendencias: México, Puebla, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Michoacán, Guanajuato, San Luis Potosí, Guadalajara, Zacatecas, Durango y Sonora. La Intendencia era una división político-administrativa cuyo gobierno recaía en el intendente o gobernador general. A partir de esta fecha este funcionario concentró en su persona las atribuciones de justicia, guerra, hacienda, fomento de actividades económicas y obras públicas…”. En este sentido, la creación de provincias, Intendencias y Audiencias obedece a necesidades distintas en el orden gobierno y organización del territorio. Por decir, las provincias son de carácter estadístico y obedecen a la organización del territorio en sí, mientras que las intendencias son parte de la gestión de la administración pública por parte de los gobernadores de cada una para el manejo de justicia, guerra, hacienda, fomento de actividades económicas y obras públicas. Finalmente, las Audiencias obedecen a aspectos de la administración de la justicia, que en su momento no atiende en gran medida garantías individuales, más allá de la propiedad de tierras e inmuebles, sino a cuestiones de garantías sociales como de interés público del propio gobierno, tales como márgenes, tributaciones, guerra y paz social, orden social.

Desde luego, la gestión de las Audiencias subsume a la gestión de las Intendencias. La dimensión de las provincias de Oriente y de Occidente solo tiene un carácter estadístico. Tal como se afirma desde inicio del presente trabajo, la colonización si bien se ancla en gran medida por la herencia precortesiana dada por los asentamientos indígenas y su organización del territorio, durante el periodo colonial viene a razón del interés de promover la minería. Toda la economía novohispana es movida por la obtención de oro y plata, principalmente. En una sociedad cuya mentalidad es metalista y que considera que la riqueza proviene de los concebidos como bienes preciosos. Si la herencia precortesiana favorece que existan importantes asentamientos humanos en el centro y sur del territorio de la actual República mexicana, la colonia favorece para que se venga a poblar la fracción norte de este territorio. En el siglo XVI las minas y placeres que se explotan son aquellos que ya los indígenas trabajaban previa llegada de los españoles. Si bien, para la misma centuria al norte, propiamente en Zacatecas, se descubren yacimientos importantes de oro y plata, especialmente de este último mineral. Lo que orienta la colonización hacia estos territorios y posteriormente más al norte (mapas 19 y 20). El desarrollo de otras actividades económicas está condicionado altamente por el desarrollo minero. Los centros mineros requieren centro de acopio de enseres y pertrechos, insumos necesarios para su prosperidad, los cuales obtiene de los distritos agrícolas y ganaderos establecidos por las haciendas. La población se ve atraída por la bonanza minera y su efecto colateral puesto que el progreso minero irradia a la zona colindante, así digamos, la minería zacatecana como de guanajuatense nutre y promueve el desarrollo de las haciendas agrícolas y ganaderas en el Bajío. La misma minería avío el desarrollo de otras actividades, donde para el siglo XVI son dominantemente primarias: basadas en la explotación directa de la naturaleza. La condicionante económica del sector primario, especialmente el minero, es la directriz que explica los patrones de migración y sedentarización de los territorios de Nueva España, especialmente al norte de su territorio. La distribución territorial de la población obedece a las potencialidades del uso del suelo en la lógica de tres eslabones concadenados entre sí: minería – agricultura – ganadería, cuyas actividades se nutren como avío minero e insumos industriales de la agricultura y la ganadería para el desarrollo de la extracción minera. El resto de las actividades manufactureras parten de esta base y se sostienen gracias a este fundamento. El éxito logrado en la consolidación económica de estos tres sectores sostiene a la población, la cual toma relevancia por su número y concentración geográfica, misma cuestión que le dota de interés político, público y administrativo para el gobierno virreinal. La creación de provincias, intendencias y audiencias, como base de la división del territorio, viene a atender la relevancia económica y demográfica de cada zona del territorio que compone Nueva España. Se da por ello un sistema de ciudades con su respectiva dinámica metropolitana (mapa 21). Se pueden ver cómo entre los mapas 19 y 21 hay una alta correlación entre los centros mineros y los centros poblacionales, ligados a las áreas de cultivo y de extracción minera,

así como del desarrollo pecuario. Esta correlación se nota más hacia el norte del territorio. Afirma Florescano (1988; 88) que: “… A finales del siglo XVIII Nueva España tenía un conjunto de grandes y medianas ciudades en tu territorio. Las de mayor población eran las de México, Puebla, Guanajuato, Guadalajara, Morelia y Veracruz. Cada ciudad ejercía una influencia política y económica sobre su territorio circundante. Algunas de estas ciudades desarrollaron importantes actividades industriales, pero su fuerza e influencia provenían de que en ellas se concentraban las funciones políticas y comerciales de la región… … Muchas de las nuevas ciudades que surgieron en la Nueva España fueron resultado de las actividades productivas y comerciales que desarrollaron lo colonizadores. La minería y las actividades comerciales ligadas a ella fueron las principales creadoras de nuevas ciudades… … Más tarde, la necesidad de proteger los centros mineros y las rutas comerciales impulsó la creación de presidios, misiones y ventas, y la necesidad de abastecer a estos nuevos centros de población impulsó la creación de ranchos, haciendas, carboneras y otras explotaciones, que con el transcurso del tiempo se transformaron en pueblos y en ciudades. De esta manera, bajo el impulso de la minería y la creación de rutas comerciales, surgió una nueva red de pequeños y medianos poblados dedicados a la agricultura, la ganadería, las manufacturas y artesanías. Un ejemplo de este nuevo tipo de ciudades es la red de ciudades que se formó en el Bajío entre los siglos XVII y XVIII. En esta área, en lugar del dominio de una gran ciudad sobre una red de pequeñas y medianas ciudades, surgió un conglomerado de ciudades de mediano tamaño, especializadas en diversas actividades: Querétaro, Zamora, Guanajuato, San Miguel, Acámbaro, Celaya, León, Silao, Irapuato y Salamanca. Sin embargo la norma fue que una ciudad dominara una basta región inmediata a ella, constituyéndose en el núcleo que concentraba las principales actividades sociales y comerciales. Este es el caso de Guadalajara en el occidente, de Oaxaca en el sur, de Mérida en la península de Yucatán, y de México en el centro del territorio…”. Es entonces que se entiende el principio de población durante el periodo colonial en Nueva España. Lo rige la minería como actividad gravitacional de toda la economía, la cual es dominantemente primaria, basada en el régimen de producción artesanal como régimen prominente y dominante. La sucesión de divisiones territoriales se comprenden desde la lógica en que las actividades primarias logran consolidarse con éxito por lo que su zona de influencia viene a establecer las regiones que son identificadas como provincias, intendencias y audiencias, con fuerte sesgo de interés estadístico, no obstante, al menos desde la creación de las Intendencias ya existe uno de tipo administrativo – público como de gobierno. En con base a esta última configuración político que la fragmentación del territorio se viene a definir para el periodo de las luchas por la independencia que culminan en 1821. El mapa 22 muestra la última división territorial de Nueva España al término del dominio español. Las capitanías generales se distinguen de las intendencias debido a su peso en

cuanto número de moradores, como por su relevancia económica. En el caso de la capitanía general de Guatemala es precisamente el criterio demográfico y su bajo peso económico para el interés de la Corona española que no se le concede la calidad de intendencia. Sucede los mismo para Tabasco y Yucatán. Aparecen también las provincias, más consideradas como grandes regiones territoriales y de valor estadístico que como criterios de orden político, público administrativo. En los mapas 23 y 24 se vela la expresión central de las divisiones territoriales existentes en la misma época. Los mapas 24, y 25 complementan la información aquí presentada. HORIZONTE INDEPENDIENTE La Junta Superior Gubernativa se crea al término del Primer Imperio (de Iturbide) en marzo de 1823, la cual es integrada por Guadalupe Victoria, Nicolás Bravo y Celestino Negrete, que permanece hasta octubre de 1828. Es gracias a la misma que se hace la primera división territorial por estados, que viene a suplir las anteriores divisiones dadas durante la colonia. Misma que queda plasmada en la primera carta magna de la reciente nación independiente (04 de octubre de 1824), a la que se le nombra como Constitución Federal de la Nación Mexicana (Florescano, 1988; 104). Mapa 26. Para entonces la capitanía general de Guatemala en 1823 se separa de México demandando su soberanía hasta la región del Soconusco y de Chiapas, cuestión que se resuelve en 1824 cuando el congreso de Chiapas vota a favor de su anexión a México. El Soconusco es base del conflicto entre Guatemala y México hasta que en 1842 se anexa al territorio nacional. Otro caso especial es el de Tlaxcala, que desde tiempos de Hernán Cortés y por su alianza con los españoles en la conquista es considerada como reino independiente. Durante los primeros años de la Independencia de México, Tlaxcala se mantiene como entidad autónoma y soberana, cuestión que en 1835 se resuelve con su definitiva adhesión a la federación. Al norte se dan otras subdivisiones. El reino de de Nueva Vizcaya se divide creando los estados de Durango y Chihuahua. Texas se adhiere a Coahuila y Nuevo Santander pasa a ser llamada Tamaulipas. Finalmente la federación pasa a ser integrada por 25 entidades (Mapa 27). Hay por otra parte desprendimientos territoriales. El primero se da en pleno periodo colonial a efecto de la guerra de siete años dada entre Francia y España contra Inglaterra entre 1756 y 1763, donde Luisiana y Florida pasan a ser parte de Inglaterra. La Independencia lograda por las 13 colonias inglesas de su metrópoli (Inglaterra), son causa de que España vuelva a recuperar Florida y parte de Luisiana en 1783. Para 1803 se vuelve a perder la Luisiana al venderla a la naciente nación de los Estados Unidos de América. La guerra entre esta nación y México dada en 1846 (13 de mayo) – 1848 tiene por resultado la perdida de gran parte del territorio nacional al norte del país. Previamente en 1845 Texas se separa de la federación mexicana. En el mapa 29 se vela cómo el territorio de Nueva España desde el siglo XVII al XIX cambia de dimensión, sobre todo la frontera norte. Al sur el dominio del virreinato llega hasta costa rica y era frontera con Panamá, provincia que entonces es parte de la Capitanía

General de Colombia. Al norte, la frontera se ve móvil, la expansión es constante y conflictos dados entre Inglaterra, Francia y España causan que los márgenes varíen para distintos momentos como se pude ver para los años 1664-1689, 1713-1754, 1763-1775, 1783 y 1803. Es durante el imperio de Iturbide que las provincias centroamericanas se separan del país formando las “Provincias Unidas del Centro de América” en 1823. En 1837 se inician los primeros problemas con las colonizaciones norteamericanas en Texas, mismas que se vienen dando desde tiempos de la colonia. En 1845 se adhieren como un estado más de la Unión Americana. Los orígenes de estas colonizaciones se dan con la venta de Florida por parte de España en 1819, para lo cual la Corona española permite a sus súbditos residentes en Luisiana (vendida por Francia en 1819 a los Estados Unidos de América) y en Florida colonizar las tierras de Texas (mapa 30). El ascenso industrial y urbano que se vive desde el periodo de Porfirio Díaz presenta una distribución territorial de la población para 1900 donde el 80% de los habitantes vive en localidades menores a los 2 mil 500 habitantes, consideradas rurales, y solo el 20% restante radica en localidades superiores a los 2 mil 500 habitantes, consideradas urbanas (mapa 31 y 30). Al respecto indica Florescano (1988; 126) que: “…La intensidad de la urbanización en 1900 era aún baja y mantenía un equilibrio relativo a nivel nacional… la mayor parte de las concentraciones urbanas no llegaban a los 50 mil habitantes. Sobresalían, por el número de sus pobladores, la ciudad de México (334 721), Guadalajara (101 202), Puebla (93 521), León (63 263), Monterrey (62 263) y San Luis Potosí (61 019). Guanajuato tenía 41 486 habitantes pero alcanzaba los 80 mil si se incluye a la población que vivía en minas aledañas. Después seguían varias ciudades de tamaño muy similar, entre las cuales estaban Mérida (43 630 habitantes), Morelia (37 278), Pachuca (37 483), Aguascalientes (35 000), Oaxaca (35 049), Durango (30 405), Orizaba (32 393), Zacatecas (32 866) y Veracruz (29 164). Es muy significativo observar que en las diez principales ciudades del país se concentraba solo el 6.3% de la población nacional…” La población nacional para 1910 es de 15 millones de habitantes. Su distribución en el territorio del país es heterogénea no obstante la más alta densidad se tiene para la zona central (mapa 27). La densidad promedio de habitante por kilómetro cuadrado es de 7.6. El norte es propiamente territorio con una densidad de población menor a 1 habitante por kilómetro cuadrado. Propiamente se habla de Chihuahua, Coahuila, Sonora y Baja California. Una situación similar se tiene en el sur para los estados de Quintana Roo y Yucatán. Quintana Roo es una nueva entidad en la división territorial, la que se desprende de Yucatán en 1902. Se le considera territorio y obedece su separación a frenar la expansión británica con Belice. Los principales puertos marítimos destacables son Veracruz, Tampico, Mazatlán, Coatzacoalcos y Progreso. En el centro del país la densidad de población es de entre 50 y 100 habitantes por kilómetro cuadrado, y en el Valle de México esta variaba entre 100 y 300. Lo que indica que el desarrollo de la modernidad y el ascenso industrial y urbano que le acompaña viene a crear una concentración poblacional divergente en materia del desarrollo regional del país (Florescano, 1988; 132).

DE LA CONFORMACION DE PROVINCIAS EN MÉXICO

Hay dos horizontes a distinguir en la historia de las divisiones territoriales en México: el periodo colonial que obedece a cuestiones de control de mercedes reales, cementeras indígenas, haciendas (agrarias, ganaderas), asentamiento mineros y poblacionales como control de repartimientos de encomiendas; y el periodo independiente, donde la nación se constituye como una República y la consiguiente división territorial persigue primordialmente fines políticos.

La primera división pretende un control demográfico y de la producción (de facto), mientras que la segunda corresponde a sujetar a la población residente en el territorio a bases jurídicas que les otorgan derechos como obligaciones al Estado, donde cada entidad tiene ciertas singularidades dadas por sus constituciones políticas propias (de jure).

En la división territorial colonial no hay tampoco una división precisa, clara, puesto que se interpolan varios tipos de intereses sobre control demográfico (Iglesia) y de producción (Gobierno virreinal). La división eclesiástica obedece al ministerio de la fe (bautizos, comuniones, bodas, defunciones y unciones, entre otros), como a cuestiones de colecta fiscal sobre óbolos, diezmos, rentas, intereses, préstamos, manos muertas, ministración de terrenos arables, rústicos como urbanos y bienes patrimoniales. Originalmente se les nombra como provincias de evangelización, posteriormente son Obispados. En la división eclesiástica hay tres categorías importantes, la que impone la jerarquía, las correspondientes a territorios de evangelización y finalmente, la respectiva a la impuesta por el Santo Oficio.

Aparte de la eclesiástica en el periodo colonial se tiene al respectiva a la administración del gobierno virreinal que divide el territorio en distritos jurisdiccionales de las audiencias, las que se subdividen en gobiernos, corregimientos y Alcaldías mayores (O’Gorman, 2007; 6).

Para ello es necesario crear el concepto de provincia, la cual es una porción del territorio denotada por diversos sucesos de carácter histórico – antropológico, económico, político y administrativo. Consideraciones que le vienen a conformar como tipificar con características que le dan cierta singularidad como uniformidad con el resto territorial al que queda adscrito.

La delimitación geográfica de estas porciones territoriales en muchos casos se hereda de la propia división precolombina, conveniente en muchos casos a consideraciones administrativas y fiscales, como de gobierno durante la colonia. Tal es el caso de Michoacán y de Tlaxala. Otras veces son nuevas divisiones impuestas por el gobierno virreinal y las audiencias para establecer áreas de control o gobierno provincial. Se superponen en estas consideraciones territoriales intereses distintos por lo que una misma área territorial bien pertenece a distintas ministraciones, de fe y de gobierno, de tradición o de administración, de tradición y costumbre como de intereses recientes.

Hay varias cédulas reales que vienen conformando las regiones de gobierno y de sujeción a las Audiencias en la Nueva España, desde inicios coloniales, así se vienen conformando las primeras divisiones territoriales de carácter político administrativo. Sobre puestas a las consideraciones territoriales eclesiásticas, así como a las herencias indígenas como pueblos

y villas, tradiciones y costumbres vienen a delimitar lo que ahora se puede considerar como provincias.

El territorio novohispano de principio queda dividido en dos grandes porciones dadas por las Audiencias: la de México y la de Guadalajara, que a su vez se subdividen en gobernaciones, corregimientos y alcaldías (O’Gorman, 2007; 8).

De las Audiencias del siglo XVI, vienen en el siglo XVIII la invención de Provincias Interna, de las que derivan las Intendencias. Afirma O’Gorman (2007; 8 – 9) que “Las tres especies de divisiones territoriales que he mencionado: eclesiástica, judicial – administrativa (Audiencias), y administrativa – fiscal (Provincias Internas e Intendencias), no deben entenderse como fases sucesivas de un desarrollo homogéneo. Las tres existieron simultáneas y sobrepuestas, solo que la última vino a modificar y corregir un estado de cosas caótico y embrollado, imponiendo alguna uniformidad en la gran variedad de jurisdicciones que, con muchos años de tolerancia y hasta fomento, habían surgido y fortalecídose al amparo de poderosos intereses particulares. Esta observación es importante, por que con demasiada frecuencia y ligereza se repite, que la división territorial de la Colonia se puede resumir en la afirmación de quqe, durante el siglo XVI la división fue en obispados, durante el siglo XVII en audiencias, y durante el siglo XVIII, en intendencias. Esto es estrictamente inexacto.

Las provincias vienen por ello de una división antigua, mantenida por la convención, la tradición, la costumbre y la ley, y son un resultado de una construcción socio cultural y antropológicamente histórica. Su demarcación no es muy precisa, a veces su circunscriben a una delimitación política de tipo municipal o estatal pero otras veces son porciones territoriales ambiguas, sin clara demarcación cuya identificación es por un rasgo común que le singulariza con respecto al resto del territorio. Un ejemplo es la provincia del Soconusco que si bien es creada por la cédula real del 06 de agosto de 1556, actualmente es una porción territorial que se admite queda en la fracción costera perteneciente a la zona limítrofe entre México y Guatemala, pero su delimitación precisa no existe.

LAS CAPITULACIONES Y LA FORMACIÓN DE PROVINCIAS EN MÉXICO

Durante el siglo XVI, nuevos territorios se van anexando a la geografía de colonización del naciente Virreinato de la Nueva España. Estos terrenos son producto de exploraciones realizadas por exploradores que incursionan en áreas al margen de la frontera hasta el momento colonizadas. Las capitulaciones son convenios celebrados con el Rey y un capitán militar donde se conceden ciertos privilegios o mercedes reales por el servicio de someter un espacio más a al servicio de la Corona española. No se habla de territorios de conquista sino de poblamiento y subordinación. Es un medio de pacificación. Para ello es de interés destacar que estos contratos están geográficamente bien delimitados para evitar que exista por parte del jefe de estas expediciones incursiones a terrenos fuera del compromiso inicial (O’Gorman, 2007; 11).

Los asientos que definen las capitulaciones son la primera forma de organización del territorio como unidad administrativa. Ante evidentes controversias las Audiencias mediaban para su resolutiva, o bien se dejaba al Consejo de las Indias. Los asientos van creando ranchos, haciendas, pueblos e incluso villas, según sea el carácter de la población sedentaria previamente existente, o bien de la inmigrante por efecto de la colonización. Las capitulaciones vienen a crear un parcelamiento del territorio colonial, basadas en la concesión de mercedes reales, las mismas no son del todo uniformes u homogéneas, tienen singularidades que conllevan a problemas posteriores al respecto de uso, usufructo y explotación de las potencialidades económicas y naturales de terrenos como de población en encomienda. Los litigios obedecen a la esquizofrenia que deriva de un desorden institucional que establece juicios de propiedad y posesión excluyentes u opuestos. Es en el siglo XVIII en razón de la necesidad de procurar un mejor manejo fiscal de población económicamente activa del Virreinato de la Nueva España, a efecto de las guerras napoleónicas, se ve la necesidad de procurar una mejor legislación al respecto de la organización del territorio. Se dejan atrás las distintas legislaciones existentes a cambio de un única, absoluta, que permita un mejor manejo de las propiedades territoriales. Por efecto de la administración virreinal desde el siglo XVI al XVIII las provincias septentrionales se les conoce como Provincias Internas o de tierra adentro y las restantes propiamente del norte conocidas como Provincias que quedan al margen de las mismas. Es a partir de 1765 cuando Don José de Gálvez, visitador general de la Nueva España, aparece por parte de la Corona española bajo el control de los Borbones que se crea la Comandancia y Capitanía General de las Provincias Internas, propuesta des 1752 sin éxito. Paso importante para la nueva organización y división territorial de la Nueva España, cuyo principal fin es superar los litigios no resueltos como poder llevar un mejor control administrativo y fiscal de las provincias del virreinato. Esta Comandancia y Capitanía General de las Provincias Internas ad en 1776 a Teodoro de Croix el nombramiento de Comandante General de Provincias Internas con independencia del Virrey, cuestión que deja en claro el maltrato que los Borbones dan a las autoridades virreinales en su “desconfianza” relativa a la colecta fiscal y su “buen manejo”. El sistema de intendencias se aplica en la propia Metrópoli desde 1718, mismo que va a ser modificado en 1749, no obstante este criterio de división territorial no se aplica a la Nueva España sino hasta la intervención del visitado Don José de Gálvez en 1786. La formación de Intendencias parte de la anterior división territorial heredada de la colonia y da su nombre con base a la principal ciudad o capital de la misma. Se crean entonces 12 Intendencias, donde no se incluyen las 2 californias (la vieja y la nueva) (O’Gorman, 2007; 21). Para ello se crea el sistema de Intendencias, que convive con una visión del territorio basado en provincias internas. Esta nueva división territorial persigue por una parte corregir el desorden territorial y los litigios insalvables que previamente se dan por un mal manejo de la propiedad por efecto de las administraciones virreinales hasta el momento, y segundo, también trata de poder establecer distritos fiscales que permitan una debida administración de Hacienda. Las intendencias a su vez se subdividen en provincias mayores como

menores. Considerando las mayores por su extensión de terreno, así como las menores por tratarse de porciones de territorio más modestas. La intención de crear esta ordenanza basada en intendencias es unificar el gobierno en un único y uniforme juicio o criterio administrativo para tratar las porciones del territorio bajo criterio administrativo, donde exista un único método que permita evitar problemas que deriven de tratamientos diferenciados y complejos que lleven a confusiones. Es interesante la observación de Alejandro de Humboldt (1991) quien indica que este sistema de Intendencias proviene de un manejo de origen francés(O’Gorman, 2007; 20 a pie de página), del territorio bajo el control administrativo y fiscal de un gobierno de orden centralista, que viene a ser vinculado a la visión de los Borbones sobre el buen manejo de su reinado en España y sus colonias. Es desde ese momento que se afirma que la Nueva España deja de ser tratada como virreinato para ser vista como colonia. Este sistema de intendencias es el vigente al momento de la consumación de la independencia de la nación mexicana del reino de España, por lo que se hereda a las nuevas administraciones tanto del primer imperio (el de Agustín de Iturbide) como de los gobiernos ulteriores del periodo independiente. ¿Cuál es entonces la división territorial del México independiente? Es precisamente Alejandro de Humboldt (1991) a través de su “Carta de la Nueva España” quien la establece como sigue (Mapas 32 y 33):

1. Reino de México (con 5 provincias mayores: la de México, de Tlaxcala, de Puebla de los Ángeles, de Antequera o Oaxaca y la de Michoacán o Valladolid)

2. Reino de la Nueva Galicia (con 3 provincias mayores: la de Xalisco o Nueva Galicia, de Zacatecas y de Colima)

3. Gobernación de la Nueva Vizcaya (con 2 provincias mayores: la de Guadiana o Durango y la de Chihuahua)

4. Gobernación de Yucatán (con 3 provincias mayores: la de Yucatán) 5. Nuevo Reino de León 6. Colonia de Nuevo Santander (provincia de Tamaulipas) 7. Provincia de Tejas (Nuevas Filipinas) 8. Provincia de Coahuila (Nueva Extremadura) 9. Provincia de Sinaloa (Cinaloa). Antes parte de la Provincia de Nueva Navarra junto

con Sonora. 10. Provincia de Sonora. Antes parte de la Provincia de Nueva Navarra junto con

Sinaloa. 11. Provincia de Nayarit (San José de Nayarit o Nuevo Reino de Toledo) Antes parte

del territorio de la Provincia de Sinaloa y a su vez de la Provincia de Nueva Navarra 12. Provincia de la Vieja California (La península). Antes tratada como isla. 13. Provincia de la Nueva California 14. Provincia de Nuevo México de Santa Fe

Dato histórico interesante es que se afirma que el nombre de California se le atribuye a Hernán Cortés, quien latiniza “fragua caliente” que en latín se dice “calida fornax”, que da pie a “California” (O’Gorman, 2007; 13 a pie de página cita 32). El territorio nacional se divide en total en 23 provincias mayores. Esta división es vigente aún dos años después de consumada la emancipación de independencia (1823), a la que se le anexan posteriormente las Provincias de Chiapas y Soconusco, que pertenecían a la Audiencia y Cancillería Real de Santiago de Guatemala, independiente de la regiduría del virreinato de la Nueva España y de los nuevos gobiernos del México independiente. La autonomía o independencia dada a la Comandancia y Capitanía General de las Provincias Internas es finalmente terminada por el ya entonces Virrey Conde de Gálvez en 1785, puesto que esta dicotomía administrativa surge por la desconfianza que el visitador tiene del gobierno virreinal. Una vez virrey el manejo administrativo y fiscal del patrimonio de la Corona ya no le es un secreto y no hay razón de mantener esta relación que resulta en grado conflictiva al debido manejo de su propia administración. El Virrey Conde de Gálvez crea una nueva división del territorio controlado por la comandancia y capitanía general anterior, en lo que aparecen separadas de la primera otras 2 comandancias llamadas:

1. Provincias internas de oriente (Coahuila, Tejas, Nuevo León, Santander y los distritos de Parras y Saltillo)

2. Provincias internas de occidente (Nueva Vizcaya, Nuevo México, Sonora y Sinaloa y las Californias)

El objetivo principal es el mejor manejo administrativo y fiscal de estos territorios. Cuestión que solo dura 5 años pues se regresa en 1792 a la situación anterior bajo una sola comandancia. Un aspecto importante que abunda en forma significativa en el manejo y control del gobierno Borbón en el territorio de la Nueva España es la invasión de Francia a España, la capitulación de Carlos III por su hijo Felipe VII, y la aprensión de este último por Napoleón Bonaparte como la imposición de su hermano, José Bonaparte, como Rey de España. Aspecto que supone la creación de la Constitución política de la Monarquía Española, conocida como Constitución de Cádiz promulgada el 19 de marzo de 1812 por primera vez, y por segunda vez el 31 de mayo de 1820. Misma que es de hecho la razón por la cual se promueve la Independencia de México por parte de la Iglesia católica quien no quiere ser sujeta a obedecer una constitución de abierto corte jacobino. DE LA FORMACIÓN DE LAS INTENDENCIAS Al respecto de la formación O’Gorman indica que (2007; 20):

“Desde el año 1718, por Real Ordenanza de 4 de julio, se introdujo en España el sistema administrativo de las Intendencias que sufrió importantes reformas por la ley de 13 de octubre de 1749; pero en la Nueva España sólo se pensó implantar el sistema cuando lo aconsejó el visitador general don José de Gálvez…” Son las llamadas guerras napoleónicas causales importantes en la forma de tratar fiscalmente a las colonias españolas. Más allá del cambio de familia real de los Habsburgo a los Borbones, el apoyo que España da a Francia en su guerra contra Inglaterra obliga a la Corona española a incrementar su expoliación, de ahí la visita de don José de Gálvez, quien su consigna va por dos líneas, fiscalizar la buena administración de los recursos públicos que el gobierno virreinal obtiene de las actividades económicas de la Nueva España, como por otra parte, ver cómo expandir la base gravable de la sociedad novohispana para proveer a la metrópoli de mayores recursos, lo que finalmente respalda a Francia en su contienda contra Inglaterra. El arribo de este visitador es muy importante para la división territorial de la Nueva España, viene a homologar el fundamento de la organización del territorio dado en Francia para el manejo fiscal de las colonias españolas (Humboldt, 1991; 92). Un precedente importante indica O’Gorman (Idem.) es: “…el gobierno de la metrópoli se inclinó por la afirmativa y, en consecuencia, reinando Carlos III, se expidió la ley de 4 de diciembre de 1786, por la que se implantó la institución en Nueva España. La ley se intitula Real ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes de exército y provincia en el Reino de la Nueva España… Al introducirse en México esta institución, fue necesario, ante todo, hacer una división territorial que fijase las porciones sobre las que ejercían jurisdicción los intendentes, recibiendo cada porción el nombre de Intendencia. La división se practicó tomando por base, como ya tengo dicho, las antiguas unidades territoriales que formaban las provincias de la Nueva España, aun cuando introdujo alguna novedad, sobre todo en los nombres, que se tomaron de la ciudad señalada por capital de la Intendencia.”

Al respecto de cómo se denomina a cada una de las Intendencias el mismo autor ((2007; 21) indica: “El artículo lo. de la Ordenanza dividió, "por ahora", el territorio de la Nueva España en doce Intendencias, y se previno que "en lo sucesivo se entienda por una sola provincia el territorio o demarcación de cada Intendencia con el nombre de la ciudad que hubiese de ser su capital, y en que habrá de residir el intendente, quedando las que en la actualidad se titulan provincias con la denominación de partidos, y conservando éstos el nombre que tienen aquéllas". De las doce Intendencias creadas por esta ley, la de México era "General de Ejército y Provincias"…” Humboldt en la Carta de la Nueva España, presenta esta división territorial en su Ensayo político indica que el territorio queda dividido en 15 grandes fracciones, 12 de ellas son Intendencias y 3 provincias (Nuevo México, Alta o Nueva California y Baja o Vieja California. Aparece a su vez como Gobernación, Tlaxcala, separada de Puebla por la cédula del 02 de mayo de 1793 (O’Gorman, 2007; 22). Esta división aparece en 1821 donde

existen 10 Intendencias (la de México, Guadalajara, Puebla, Veracruz, Mérida, Oaxaca, Guanajuato, Valladolid, San Luis Potosí y Zacatecas. Tlaxcala persiste como Gobernación lo mismo que la Nueva o Alta California como la Antigua o Baja California. Existe otra división sobre puesta: las provincias internas de oriente (Nuevo reino de León, Nuevo Santander, Coahuila y Texas), y las Provincias internas de occidente (Durango, Arizpe y Nuevo México) (Ver mapas 32, 33 y 34). Las Intendencias de Guanajuato y Veracruz son las últimas divisiones territoriales dadas durante el periodo colonial, precisamente por considerarse unidades de especial importancia por su contribución, o potencial contribución, al erario público en la nueva intensión de la administración de los Borbones para incrementar la recaudación de la Nueva España. DECRETO CONSTITUCIONAL DE 1814 Y DIVISION PROVICIONAL

DEL TERRITORIO NACIONAL EN EL MÉXICO INDEPENDIENTE

Una vez iniciado el periodo independiente la división territorial del país se hereda de la última establecida por el régimen virreinal. Misma que Alejandro de Humboldt (1991) describe en su Ensayo político sobre el reino de la Nueva España. Esta división es admitida en el Decreto constitucional de 1814 dado en Apatzingan el 22 de octubre (O’Gorman, 2007; 31) En este decreto constitucional en el capítulo I el nuevo gobierno provisional define la división territorial de la República naciente. En el artículo 42 del mismo capítulo se definen las provincias que la integran, su extensión y límites, colindancias entre las mismas y sus formas de gobierno, inseparables unas de otras (artículo 43). Estas provincias son:

1. México 2. Puebla 3. Tlaxcala 4. Veracruz 5. Yucatán 6. Oaxaca

7. Tecpan 8. Michoacán 9. Querétaro 10. Guadalajara 11. Guanajuato 12. Potosí

13. Zacatecas 14. Durango 15. Sonora 16. Coahuila 17. Nuevo Reino de

León

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En esta división aparece como elemento novedoso la aparición de la provincia de Querétaro, así como la provincia de Coahuila que se desprende de la de Tejas. Destaca O’Gorman (2007; 32) que en esta división no queda claro porqué no son consideradas las provincias de Texas, Nuevo Santander, Nuevo México, Baja California y Alta California. La provincia de Tecpan se refiere propiamente a la actual entidad de Guerrero, aunque no con precisión a su actual extensión y colindancia geográfica. Es creada por José María Morelos previa al Decreto constitucional de Apatzingan (O’Gorman, 2007; 33). Es hasta el 27 de octubre de 1849 que se crea el actual estado de Guerrero mediante el Acta constitutiva y de reformas de 1847. Cita O’Gorman (2007; 33 a pie de página) a Dublán y Lozano, como a Lemoine Villacaña (Colección No. 90 ”Zitácuaro, Chilpancingo y Apatzingan” en Boletín del Archivo General de la Nación, 2ª. Serie IV, 3, México, 1963, p. 485), que en una comunicación de 28 de junio de 1849 José María Morelos explica la razón que tiene para crear la provincia de Tecpan, que es el nombre de un pueblo que entonces es la capital del Distrito de Galeana. Una provincia insurgente leal a este caudillo, comprendía una gran parte de la actual extensión del estado de Guerrero y una fracción del actual estado de Morelos (cita de O’Gorman, Loc. Cit. relativa a Hernández y Dávalos, Colección, tomo IV, No. 241). Extensión determinada entre el río Balsas (también conocido como de Zacatula), por el poniente y norte que delinea la propia rivera de este río. Cita O’Gorman (2007; 34) con el fin de delimitar con mayor precisión lo que es la extensión territorial de Tecpan lo siguiente: “… comprendiendo los pueblos que están abordados al río, por el otro lado, distancia de cuatro leguas, entre los que se contará Cusamalá, y de aquí siguiendo para el oriente a los pueblos de Totolzintla, Tlacozotitlán; para el sudeste, a la línea recta de la Palizada, portezuelo de mar que ha dado mucho quehacer en la presente conquista, quedando dentro Tixtla y Chilapa, y otro que hasta ahora hemos conquistado; todos los cuales reconocerán por centro de su provincia y capital a la expresada ciudad de Ntra. Sra. de Guadalupe, así en el gobierno político y económico, como en el democrático y aristocrático, etc.. . ." Interesante es que esta división territorial dada por el Decreto de Apatzingan de 1814 no le confiere un carácter definitivo sino provisional (Artículo 42). Abre la posibilidad para en ulterior decreto o constitución esta división sufra adecuaciones posteriores. ANEXIONES Y DESANEXIONES A MÉXICO Una vez se consuma la independencia de México (28 de septiembre de 1821), con respecto a España mediante el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba (24 de agosto de 1821), se emite la Ley de bases para convocatoria para el Congreso constituyente (17 de noviembre de 1821). Mientras tanto se crea una regencia que gobierna por efecto de la Junta Provisional Gubernativa creada el 28 de septiembre de 1821 y permanece hasta el 21 de mayo de 1822. El 24 de febrero de 1822 se crea el Primer Congreso Constituyente. Con base a este Congreso se nombra Emperador a Agustín de Iturbide quien toma posesión el

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21 de junio del mismo año, nace el Imperio mexicano bajo la forma de monarquía moderada constitucional (O’Gorman, 2007; 38). Es mediante esta Ley de bases para la convocatoria para la formación del Primer Congreso Constituyente que se define la división oficial del territorio del país. Se admite que el territorio del Imperio mexicano es una unidad consistente compuesta de Intendencias y Capitanías y cuyas divisiones obedecen a intereses de carácter administrativo como militar. La división admitida se hereda de la antigua división dada en los últimos años de la colonia y que prevalece hasta 1823, una vez dada la Acta constitutiva. En dicho periodo (1821 - 1823) existen algunas controversias al respecto de las provincias que comprenden la Capitanía general de Yucatán, Chiapas y Soconusco, y la Capitanía General de Guatemala. Chiapas y Soconusco pertenecen a la Capitanía general de Guatemala, que se desprende de la misma el 03 de septiembre de 1821), para pasar a pertenecer a México al ser una provincia que entra en desacuerdo con el nuevo gobierno independiente de Guatemala en cuanto a su no adhesión a México. Consumada la independencia de México, las capitanías generales de Yucatán y Guatemala se declaran independientes de España (Acta de la Junta de Mérida del 15 de septiembre de 1821). Guatemala se independiza (03 de septiembre de 1821), pero no se suma a México, emancipación oportuna para procurar un gobierno independiente en respuesta al exacerbado centralismo tradicional del gobierno existente, donde las provincias del extremo del territorio están en abierto abandono. Misma razón por la cual, en el extremo norte décadas después los tejanos procuran su independencia. No obstante, Yucatán, una vez declarada su Independencia de México, admite pertenecer a la nueva nación independiente de México, que no es el caso de Guatemala (Acta de la junta de Mérida del 15 de septiembre de 1821). Hubo otras provincias que desearon seguir el ejemplo de Chiapas y Soconusco para anexarse al territorio de México, mismas que sufren la presión del naciente gobierno independiente de Guatemala, por lo que piden la tutela del Imperio Mexicano, la misma que es correspondida al enviar el gobierno mexicano mediante la Junta Provisional Gubernativa (sesión del 12 de noviembre de 1821), una fuerza militar “protectora” que pacifica la región del brote de una ya inminente guerra civil. El 21 de septiembre de 1824 se abandona la forma de administración y gobierno basada en una división territorial de Intendencias para pasar a otra de comisarías, que a su vez se les nombraba como partidos. Durante el primer imperio se crean 5 Capitanía generales, aparte de la de Yucatán, previamente existente. Guatemala se anexa a México en enero de 1822, Capitanía general que se extendía hasta la provincia de Panamá, entonces parte de la Capitanía general de Colombia. Hay que someter a el Salvador, provincia que no admite la anexión al Imperio mexicano, y que se logra anexar en el mes de febrero de 1823.

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Indica O’Gorman (2007; 40 – 41) al respecto de la muy breve anexión de Guatemala a México que: “Bien poco duró la unión de Guatemala a México: consecuencia del movimiento iniciado por el general Santa Anna, secundado el 11 de enero de 1823 por los generales don Nicolás Bravo y don Vicente Guerrero y que trajo el derrumbamiento del Imperio, el Capitán General de la Provincia, don Vicente Filisola, presentó en la noche del 29 de marzo de 1823 ante la Diputación Provincial Guatemalteca un decreto de convocatoria para la reunión de un congreso conforme al Plan de 15 de septiembre de 1821. El Congreso de México aprobó esta medida, y poco después declaró que las Provincias de Guatemala eran libres para pronunciarse en el sentido que más les conviniera, lo que de hecho ponía sello a su independencia…” La caída del primer imperio mexicano (07 de abril de 1823) y ante el desorden que caracteriza esta fase, Chiapas (que para entonces ya integra la región de Soconusco) se independizan de México el 17 de junio de 1823. Por lo anterior, indica O’Gorman (2007; 43) que la división territorial que para el 17 de noviembre de 1821 prevalece, fecha de emisión de la Ley de la convocatoria para la formación del primer Congreso Constitucional, es de carácter provisional y está integrada por las siguientes provincias:

1. México 2. Guadalajara 3. Veracruz 4. Puebla 5. Nueva Vizcaya 6. Sonora 7. Valladolid

(Michoacán) 8. Oaxaca

9. Zacatecas 10. San Luis Potosí 11. Guanajuato 12. Mérida de

Yucatán 13. Tlaxcala 14. Nuevo Reino de

León 15. Santander

16. Coahuila 17. Tejas 18. Nuevo México 19. California (Alta y

Baja) 20. Querétaro 21. Chiapas

La frontera norte queda delimitada entre el Gobierno de España y el de los Estados Unidos de América por el tratado de límites, el 22 de febrero de 1819. Mismo tratado que es confirmado por el gobierno mexicano en 1828 y ratificado en 1832 (Dublán y Lozano, 1876 – 1890). MÉXICO EN SU CONFORMACIÓN FEDERAL DE INICIO México nace como una República federal. Es por ello la importancia de dividir el territorio en unidades estatales. La constitución de 1824 de alguna forma salva esta situación, aunque previamente desde que se lanza la convocatoria para formar la Asamblea constitutiva previa a la redacción de la máxima acta constitucional ya se admite una división territorial basada en estados, ciertas imprecisiones son evidentes tanto en las consideraciones a las intendencias del norte del país no reconocidas en dicha convocatoria, como las anexiones y desanexiones al territorio nacional en el sur (Chiapas, Yucatán y Guatemala).

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A los estados se les reconoce como unidades autónomas, soberanas y libres, los cuales son: Chiapas, Guanajuato, el interno de occidente compuesto de las provincias de Sonora y Sinaloa y ambas Californias; el interno del norte compuesto de las provincias de Chihuahua, Durango y Nuevo México; el interno de oriente con las provincias de Coahuila, Nuevo León, Tejas y Nueva Santander; el de México; el de Michoacán, de Oaxaca, Puebla de los Ángeles con Tlaxcala, Querétaro, San Luis Potosí, de Tabasco, Veracruz, Xalisco, Yucatán y Zacatecas. Posteriormente aparece Colima (sin el pueblo de Tolima que al momento sigue siendo terreno de Xalisco). Así también desaparecen otras unidades del Istmo. Hay otras precisiones que bien modifican la geografía de la nueva república federativa que bien pasan a ser consideradas partidos especiales sujetas a varios estados según momento, o como unidades independientes como es el caso de Chiapas, pero en lo general las entidades antes enunciadas son las que vienen a conformar la división territorial del país recientemente independiente. Es desde el acta constitucional de 1824 que se deja de nombrar a las unidades territoriales como provincias para tratárseles como estados, departamentos y territorios. El artículo 7 de la misma Acta constitutiva delinea para ello esta división territorial. Nace la Ley del 20 de agosto de 1824 las Provincias Unidas de Centroamérica, que se separan definitivamente del territorio mexicano, y a partir del 14 de septiembre del mismo año la sujeción de Chiapas al país se formaliza (mediante un plebiscito), con algunas desavenencias respecto a la situación de la región de Soconusco (O’Gorman, 2007; 59). Indica O’Gorman (2007; 61) que:

“Las leyes expedidas durante la vigencia del Acta Constitutiva de la Federación, que modificaron la división de los estados, fueron las siguientes:

1a Por decreto de 7 de mayo de 1824" se declaran estados de la Federación a Nuevo León y a Coahuila con Tejas, por lo que desaparece el Estado Interno de Oriente, dividiéndose en dos.

2a Por decreto de 22 de mayo 1S se declaró que la provincia de Durango,

perteneciente al Estado Interno del Norte, formaba un Estado independiente. 3a Por decreto de 6 de julio de 1824,19 el Estado Internó del Norte, que

había quedado con Chihuahua y Nuevo México, desaparece para formar un nuevo Estado con la provincia de Chihuahua, quedando Nuevo México como Territorio,

4a Con las actas de la Junta de Chiapas de 12 y 14 de septiembre de 1824,

la provincia formó parte, de nuevo, del territorio de la República, aunque no se hace declaración alguna respecto a ella, por parte de México, sino hasta la Constitución. Deben tenerse en cuenta, respecto a esta provincia, las condi-ciones especiales en que se encontraba el partido de Soconusco.

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Se puede concluir, en atención a estas modificaciones, que en los días inmediatos anteriores a la promulgación de la Constitución General, el territorio quedó dividido en la forma que a continuación se dice:

ESTADOS

1. Chiapas. 2. Chihuahua. 3. Coahuila con Tejas. 4. Durango. 5. Guanajuato. 6. Interno de Occidente. 7. México. 8. Michoacán. 9. Nuevo León. 10.Oajaca. 11. Puebla de los Ángeles 12. Querétaro. 13. San Luis Potosí 14. Tamaulipas (antes Santander) 15. Tabasco. 16. Tlaxcala. 17. Veracruz 18. Xalisco. 19. Yucatán. 20. Zacatecas

TERRITORIOS:

1. Las Californias, Alta y Baja o Nueva o Antigua 2. El partido de Colima (sin el pueblo de Tonila) 3. Nuevo México.”

CENTRALISMO Y DIVISIÓN TERRITORIAL La división territorial de México establecida con base a la Carta Magna de 1824 se mantiene sin cambios durante 11 años hasta la Ley del 23 de mayo de 1835, donde se define como territorio a Aguascalientes, que se separa del territorio de Zacatecas. Sin dejar de lado que durante dichos 11 años el tema de la delimitación y anexión de la región del Xoconusco, que es un tema delicado entre las repúblicas de Guatemala y México al respecto de la extensión territorial del territorio de Chiapas, en su momento. Para el 03 de octubre de 1835 la división política de la República mexicana se compone de 20 estados, los cuales son (O´Gorman, 2007; 73-74):

1. Chiapas 2. Chihuahua 3. Coahuila y Tejas 4. Durango 5. Guanajuato 6. México

7. Michoacán 8. Nuevo León 9. Oaxaca 10. Puebla de los Ángeles 11. Querétaro 12. San Luis Potosí

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13. Sinaloa 14. Sonora 15. Tabasco 16. Tamaulipas

17. Veracruz 18. Xalisco 19. Yucatán 20. Zacatecas

Con los territorios de:

1. Alta California 2. Baja California 3. Colima

4. Santa Fe de Nuevo México 5. Tlaxcala 6. Aguascalientes

La Ley del 03 de octubre de 1835 se da término al sistema federal, que, de inicio, pretende la constitución de 1824. A cambio se trata de implementar un sistema centralista. Las reformas al respecto del trato a las unidades territoriales que componen la división política del país indica que se deja atrás la consideración de Estados para pasar a la de Departamentos. El centralismo de inmediato trajo costos inminentes al respecto de la sujeción territorial de aquellas entidades que estaban al margen del territorio nacional. El caso de Texas es el más notable. El 02 de marzo de 1836 se proclama la independencia de la recientemente creada República Texana. Año mismo en que había caído El Álamo bajo la tropas de Antonio López de Santa Anna, no obstante el triunfo americano sobre las tropas mexicanas que da pie a celebrar el Tratado de Velasco (14 de mayo de 1836) donde México reconoce la nueva República, su independencia y triunfo por parte de los texanos. No es en sí el centralismo que explica esta separación, de hecho desde 1821 ya hay por parte de los norteamericanos interés en separar esta fracción del territorio de México. Fundaciones norteamericanas de colonos que México admite desde entonces fortalecen y vitalizan el interés separacionista de esta población para pertenecer a la Unión americana. A su vez, el centralismo indica para los mismos el pagar impuestos a un sistema de gobierno que los utilizará en atender problemas ajenos a ellos (del centro del país), y el inminente abandono o desatención de sus intereses locales. DESANEXIONES Y DISRUPCIONES POR EFECTO DEL CENTRALISMO El cambio de régimen de federalismo a centralismo trae consigo reacciones por parte de las entidades que conforman el territorio político de México. Si bien para 1836 por causa del centralismo se separa el territorio de Tejas, como consecuencia se vienen a dar una respuesta concomitante en el sur. Al respecto del sistema federal anterior a 1836 y el centralista impuesto en dicho año, la división territorial del país observa los siguientes cambios indicados por O’Gorman (2007; 85): “Las diferencias entre la nueva división territorial y la anterior (del sistema federal), son, en lo fundamental, las siguientes: desaparece el Distrito Federal y se incorpora al Departamento de México; Aguascalientes, que como se recordará había quedado

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provisionalmente en calidad de Territorio, fue erigido definitivamente en departamento; las dos Californias, que formaban Territorios separados, quedan unidas integrando un solo departa» mentó; desaparecen Tlaxcala y Colima como entidades y se agregan a los Departamentos de México y Michoacán, respectivamente; Nuevo México, antiguo Territorio, queda erigido en departamento, y por último, el Estado de Coahuila y Tejas se divide en dos departamentos separados, por más que en la realidad de las cosas Tejas sólo nominalmente formaba parte de México, en tanto que las expectativas de la República sobre esta porción de su territorio eran cada vez más ilusorias, pues, amén de que había perdido toda autoridad efectiva, los Estados Unidos daban el primer paso para la anexión, consistente en el reconocimiento de la República Tejana por el Senado Americano, efectuado el 1º. de marzo de 1837.” Se tiene por ello 24 departamentos de la República centralista a cambio de los 20 estados de la federación. Los mismos son: 1. Aguascalientes 2. Californias 3. Chiapas 4. Chihuahua 5. Coahuila 6. Durango 7. Guanajuato 8. México

9. Michoacán 10. Nuevo León 11. Nuevo México 12. Oaxaca 13. Puebla 14. Querétaro 15. San Luis Potosí 16. Sinaloa

17. Sonora 18. Tabasco 19. Tamaulipas 20. Tejas 21. Veracruz 22. Jalisco 23. Yucatán 24. Zacatecas

La implantación del centralismo, aparte de la separación del territorio nacional de Tejas, también causa en el sur del país otra movilización a favor de independizar una fracción de la península de Yucatán, con la sublevación de Santiago Imán en Tizimín (Yucatán), quien proclama el federalismo en 1840 (08 de febrero). Esta situación duró 3 años (hasta 1843), y trata de dar eco a la previa independencia de Tejas. Finalmente vuelve a ser departamento y parte de la República centralista para 1843. Otro aspecto importante es la solución entre la República de México y la de Guatemala al respecto del territorio comprendido como el Soconusco, a favor del primero, que pasa a integrarse al departamento de Chiapas en 1842 (11 de septiembre). La Ley del 13 de junio de 1843 revoca el sistema centralista y por decisión de la Junta de los treinta y siete notables, reunida el 02 de enero de 1843 (O’Gorman, 2007; 91), imponiendo rija la Constitución de 1824 bajo el sistema federal, cuestión que se mantiene hasta 1846. La división territorial no obstante se sigue representando por los 24 departamentos antes citados. Estas reformas en parte pretenden reincorporar los territorios perdidos de Tejas y Yucatán, cuestión que para el departamento de Yucatán da un resultado positivo al reincorporarse a la República mexicana en 1843, no obstante, Tejas se anexa al territorio de la Unión Americana en 1844 (12 de abril). En este cambio entre federalismo – centralismo – federalismo, la consideración de Estados en Departamentos y su vuelta a Estados, también afecta a la ciudad de México como centro de gobierno la que en el sistema federal se le define como Distrito Federal. La restauración

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del sistema federal regresa a la situación de territorios a Alta California, Baja California, Colima, Santa Fe de Nuevo México, Tlaxcala y Aguascalientes, debe considerarse que durante el centralismo, los 6 territorio son tomados como departamentos, a su regreso al federalismo pasan a ser Estado, con excepción de Colima y Tlaxcala que regresan a su condición de territorios. Durante este federalismo transitorio Aguascalientes, las Californias unidas, Nuevo México y Texas, separada de Coahuila aparecen como Estados de la federación. Esta división territorial es provisional, mientras se convoca a la creación de una nueva constitución, que ante la creación del Nuevo Congreso Constituyente (06 de diciembre de 1846), la cual declara vigente la constitución de 1824. FEDERALISMO, CENTRALISMO Y DIVISIÓN TERRITORIAL DE

MÉXICO La división política de México de 1824 a 1857 se ve afectada por la transición y alternancia entre regímenes de corte centralista y federalista. Se cambia la denominación de las entidades que la componen entre Estados, para el federalismo, soberanos e independientes, y Departamentos, para el centralismo, carente de soberanía e independencia. En ello parten de 20, 6 territorios y un Distrito Federal. Entidades que pronto se fraccionan en nuevas entidades entre nuevos departamentos, estado, territorios y Distrito Federal, según tipo de régimen. Si bien con base a la Constitución de 1824 el federalismo se instaura en el país, éste es realmente de jure y no de facto. Sobrevive solo 11 años puesto que en 1935 se cambia el régimen de gobierno al centralismo. El proceso de transición dura aproximadamente un año, de 1835 a 1836. En este tránsito se da la separación de Tejas del territorio nacional, la sublevación de Yucatán, como eco del movimiento pro independentista de Texas, y la situación el partido del Soconusco entre México y Guatemala, de lo que en parte se define la actual extensión territorial Chiapas. El centralismo se mantiene de 1936 a 1946. Se crean departamentos que vienen a sustituir a los estados, el cambio no es solo nominativo, implica la pérdida de la soberanía e independencia de las entidades que componen las unidades políticas en que se divide el territorio nacional. Asimismo, de 1846 a 1847 se tiene un año de transición de regreso al federalismo. Se vuelve a la nominación de Estados y con ello, se vuelve a unidades territoriales soberanas e independientes. La segunda federación comprende el lapso que va de 1847 a 1853. Se mantiene la división territorial denotada desde la Constitución política de 1824, con la excepción de la creación del estado de Guerrero. En este periodo México entra en guerra con los Estados Unidos de Norteamérica (1846 – 1848), cuyo resultado con base al tratado Guadalupe Hidalgo (02 de febrero de 1848) la dimensión del territorio es de la mitad de la que entonces (1824) se tiene, por lo que ya no aparecen algunos territorios en las dimensiones de las entidades federativas. Se afirma que precisamente la vuelta al sistema federal es resultado de la propia guerra México-estadounidense, quienes imponen en su interés un régimen más homólogo al

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norteamericano, a razón de ciertas aspiraciones anexionistas por parte de los vecinos del norte al respecto del país. Incluso el mismo nombre de México oficialmente deja de escribirse con “j” y el nombre oficial se establece como Estados Unidos Mexicanos. No obstante, para 1853 se vuelve al sistema centralista, cuestión que se mantiene hasta 1856, y ante las reformas a la constitución de 1824 para dar pie a una nueva (de 1867), pronto se regresa al sistema federalista. Aquí la denominación entre Departamentos y Estado, jurídicamente implican cambios en la soberanía y en la independencia de cada entidad, aunque para este breve lapso tuvo más un carácter nominativo que real. El 05 de febrero de 1857 se vuelve al sistema federal como precepto constitucional, igual que se había hecho bajo la constitución previa de 1824, pero con la experiencia y nueva convicción liberal de las ventajas que tiene el federalismo respecto a un régimen centralista. La lucha en realidad expresa las diferencias de visión entre fomentistas (conservadores) y reformistas (liberales). En ello tuvo mucho que ver la intervención norteamericana (1846 – 1848), y aunque fuera del periodo también destaca la intervención francesa (1862 – 1867). Las convicciones se apasionan y llevan a fuertes disrupciones sociales de las que destaca la Guerra de Reforma (1857 – 1861), donde centralistas como federalistas se enfrentan en el último episodio nacional que da pie este dilema de régimen de gobierno, para finalmente sostenerse el federalismo de 1867 en adelante (de hecho durante el Segundo imperio muchos de los preceptos federalistas se sostiene, aún tratándose de una monarquía cuya naturaleza es inminentemente centralista). Benito Juárez ante la caída del régimen de los Habsburgo en el país, se inmediato restaura el federalismo. El resultado final de este proceso es que para la Constitución de 1857 la división política del país se compone de 24 estados, un Distrito Federal y 1 territorio: ESTADOS:

1. Aguascalientes 2. Colima 3. Chiapas 4. Chihuahua 5. Durango 6. Guanajuato 7. Guerrero 8. Jalisco 9. México

10. Michoacán 11. Nuevo León y

Coahuila 12. Oaxaca 13. Puebla 14. Querétaro 15. San Luis Potosí 16. Sinaloa 17. Sonora

18. Tabasco 19. Tamaulipas 20. Tlaxcala 21. Valle de México 22. Veracruz 23. Yucatán 24. Zacatecas

TERRITORIO:

1. Baja california CONFORMACIÓN POSREVOLUCIONARIA DE LA DIVISIÓN

POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

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Aún definida la división política del territorio nacional por ambas cartas magnas (la de 1824 y la de 1857), el tema por definir es la cuestión limítrofe entre México y sus vecinos. Los límites con Guatemala son aspecto de especial interés puesto que no existe realmente una división demarcada de la frontera sur, mientras que la frontera norte, desde el Tratado Guadalupe – Hidalgo (1848) ya quedan resueltos. De 1874 en adelante son constantes los convenios de límites existentes entre los estados y el Distrito Federal, así también, de 1885 en adelante se tienen convenios con las naciones vecinas del país tales como Guatemala y Estados Unidos de América. Destaca el arbitraje de El Chamizal del 24 de junio de 1910 donde esta nación se ve afectada en una fracción del territorio a México. Este periodo por tanto indica que las delimitaciones limítrofes son tema en materia de organización del territorio en materia política y de administración pública. Se interrumpen estas cuestiones en 1911 a razón de la revolución mexicana para retomarse en 1917 a razón de la generación de las reformas dadas a la constitución de 1857 que se expresan en una nueva carta magna de 1917 (05 de febrero), dada por iniciativa de Venustiano Carranza. Puesto que en realidad la constitución política de 1917 es la respuesta a las reformas indicadas por las fuerzas revolucionarias, como otras iniciativas previas a esta disrupción social, la numeración de ambas constituciones (la de 1857 y la de 1917) llevan la misma secuencia. Los artículos que en ambas constituciones tratan al respecto de la división territorial del país son 7 y van del 42 al 48. Con base al artículo 43 las entidades que integran la federación son:

1. Aguascalientes, 2. Campeche, 3. Coahuila, 4. Colima, 5. Chiapas, 6. Chihuahua, 7. Durango, 8. Guanajuato, 9. Guerrero, 10. Hidalgo,

11. Jalisco, 12. México, 13. Michoacán, 14. Morelos, 15. Nayarit, 16. Nuevo León, 17. Oaxaca, 18. Puebla, 19. Querétaro, 20. San Luis Potosí,

21. Sinaloa, 22. Sonora, 23. Tabasco, 24. Tamaulipas, 25. Tlaxcala, 26. Veracruz, 27. Yucatán, 28. Zacatecas,

Distrito Federal

Territorios: Baja California y Quintana Roo.

Se tiene por ello el aumento de entidades estatales, así como la aparición del Estado de México, la expansión del territorio que comprende el Distrito Federal, que permite la concentración de poderes de la federación, como de los principales ministerios de la administración pública.

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Posteriormente el territorio de Baja California se divide en una fracción norte y una fracción sur (DOF 07 de febrero de 1931, división que se determina con base a la línea que marca el paralelo 28 grados de latitud norte. Estos no pierden su categoría de ser considerados como territorios así que con esta división se tienen 3 territorios, 28 estados y un Distrito Federal. En 1934 México pierde la isla de La Pasión (Clipperton) que pasa a ser territorio de Francia, al México sujetarse al resultado del arbitraje internacional que es responsabilizado por el rey de Italia en la disputa entre ambas naciones por el dominio de la isla. La situación del territorio de Quintana Roo es arbitraria puesto que desaparece (1931) como tal al integrarse a las extensiones territoriales de los estados de Campeche y Yucatán, para luego volver a parecer como tal en 1935. En 1952 el territorio norte de Baja California se erige como estado. Así la división territorial queda dada por 29 estados, 2 territorios (Baja California Sur y Quintana Roo) y un Distrito Federal. Es hasta 1960 que la extensión continental del país delimita los mares con base a islas, arrecifes y cayos, por lo que se tiene una nueva dimensión política del territorio y su organización. Un tema destacado al respecto de la división territorial limítrofe con la frontera norte es el de El Camizal, el cual explica O’Gorman (2007; 159 – 160) de la siguiente forma: “En 1864 las aguas del río Bravo se salieron de su viejo cauce y formaron uno nuevo más hacia el sur. Fue así como quedó una superficie de varias hectáreas entre ambos cauces. Estos terrenos pertenecían a una porción territorial de México conocida con el nombre de El Chamizal. Pero como en el tratado de Guadalupe Hidalgo (1848) se había pactado que todo el territorio situado al norie del río Bravo pasaba al dominio de los Estados Unidos, esta nación consideró que aquella superficie, antes situada al sur del río Bravo, pero ahora al norte, le pertenecía. México jamás admitió la legalidad de esa interpretación del Tratado de Guadalupe, y en 1910 el asunto se sometió a arbitraje.- Al año siguiente, el 15 de junio, la comisión de árbitros pronunció laudo por mayoría en favor de México, pero el gobierno de Estados Unidos se negó a acatarlo. Así permaneció el asunto durante muchos años, hasta que el 30 de junio de 1962 los presidentes López Mateos y Kennedy expidieron en México una declaración conjunta en que anunciaron que ya daban instrucciones para encontrarle una solución al viejo y enojoso problema. El 17 de julio de 1963 las cancillerías de México y Estados Unidos hicieron unas recomendaciones que contenían una transacción de compensaciones territoriales mutuas y que involucraban otras porciones de territorios limítrofes distintas a El Chamizal. Por lo que toca a éste, sólo unas 148 hectáreas de las 177 que le reconoció el laudo arbitral a México quedaban bajo su dominio. Los gobiernos de ambos países aceptaron las recomendaciones en una convención celebrada el 29 de agosto de 1963, misma que fue aprobada por el Senado de México el 26 de diciembre del mismo año. Este arreglo, aclamado por el pueblo de México y satisfactorio desde el punto de vista práctico y aún patriótico ha suscitado, sin embargo, dificultades en el orden del derecho constitucional.”

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Es el 08 de octubre de 1974 (DOF) que los territorios de Baja California Sur y Quintana Roo pasan a ser considerados como estados, por lo que la división política de los Estados Unidos Mexicanos pasa a ser de 31 estados y un Distrito Federal, ya sin territorios. Actual división política de la nación. CONCLUSIÓN La evolución del análisis científico al respecto de la economía regional en México parte del carácter político y de administración pública que se da de la división territorial, que es fundamento como ordenamiento para la organización del territorio nacional. Se tiene una herencia precolombina que sobre todo responde a la sedentarización humana respecto a las condiciones corográficas existentes, en especial por su condición hidrológica y uso del suelo, que albergar grupos humanos que a su vez presentan singularidades culturales que les definen como naciones distintas. El horizonte precolombino proyecta de antemano ya las bases para delimitar una división regional del territorio actual que comprende la República mexicana. Su acercamiento cultural responde a aproximadamente a 40 etnias distintas que se matizan en un mosaico cultural de gran diversidad de hablantes de lengua indígena así como dialectos. La colonia retoma en gran medida las regiones culturales de las naciones indígenas para conformar de principio una división del territorio por cuestiones parroquiales religiosas (de carácter vital y demográfico) como de administración pública (principalmente por cuestiones de propiedad, control patrimonial y responsabilidad fiscal de la población blanca respecto a repartimientos y encomiendas, mercedes reales como cementeras indígenas. El crecimiento demográfico y su necesidad de control político dan pie a que el estado vaya creando distritos de administración territorialmente bien definidos por lo que las Audiencias conllevan a la creación de Intendencias y categorías territoriales menores. División que de hecho es el precedente más directo de la actual división política de los Estados Unidos Mexicanos. La división de las entidades que conforman la República mexicana pasa a crear divisiones con base a las categorías de territorios, estados, departamentos, distritos, entre otras concepciones, la cuestión es que entre regímenes de orden central como federal la visión de la soberanía e independencia local cambia radicalmente, por lo que la sujeción y nexo en la consistencia de una unidad nacional constantemente se fracciona y peligrosamente lleva a situaciones de separación y anexión de los territorios fronterizos, tanto en el sur como en el norte. Constituciones políticas y Asambleas como congresos constituyentes van conformando la actual división territorial del país en su orden político estatal. Desde el borrador de constitución de Apatzingan de 1814, como las cartas magnas de 1824, 1857 y 1917 la división política de la nación sufre constantes cambias hasta llegar a una división de orden federal (descentralizada) compuesta por 31 estados y un Distrito Federal. En ello es el siglo

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XIX el periodo más convulso y que presenta la etapa moderna de la división territorial, ante una economía capitalista próspera y creciente. El Estado moderno logra su máxima expresión por efecto de la revolución mexicana que se concluye en la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, y que finalmente define a la nación como una República federalista. La división entonces concebida en 29 estados, 2 territorios y un distrito federal termina con concebir a Quintana Roo y al territorio de Baja California Sur (dividida en dos) como estados. Finalmente, se vela en la visión regional del territorio que la división política en distintos momentos de la historia se conforma primero por la necesidad de evaluar cuestiones vitales de la demografía, donde la Iglesia católica es la pionera y principal responsable de la misma mediante sus registro parroquiales existentes desde el siglo XVI a la actualidad. Posteriormente es el Estado virreinal quien marca una visión territorial fraccionada desde la óptica de controlar la propiedad y uso del suelo, para posteriormente pasar al control fiscal de la población. Finalmente, en la emergencia del estado moderno, desde el periodo independiente la división territorial obedece principalmente a fines de control político y de administración pública, donde el debate entre el centralismo y el federalismo son las fuerzas convulsivas que conllevan a una organización del territorio autónomo y soberano para sus partes integrantes. FUENTES: Alperovich, Moisei Samoilovich, et al. (1960) Ocherkei novoi noveischei istorii Meksiki, 1810 – 1945. Moscú, Akademiia Nauk SSSR, Institu-istorii. Citado por Florescano (1988; 103). Álvarez Lloveras, Guadalupe. Humboldt y la situación sociopolítica de la Nueva España. Tomado de la Internet el 07 de marzo de 2013 del portal: http://www.uom.edu.mx/rev_trabajadores/pdf/64/64_Guadalupe_Alvarez.pdf

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ANEXOS CUADROS Cuadro 1: Periodización de la etapa lítica en México

Fuente: Lorenzo, 1981; 107.

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MAPAS: Mapa 1: La formación geológica de México

Fuente: Florescano, 1988; 15.

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Mapa 2: Estructura básica de la geografía de México.

Fuente: García, 1981; 14 – 15.

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Mapa 3: Regiones geográficas de México

Fuente: García, 1981; 18 – 19.

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Mapa 4: Hipsometría y batimetría

Fuente: bajado de la Internet el 20 de agosto de 2012 del portal: http://www.igeograf.unam.mx/web/sigg/publicaciones/atlas/anm-1990-1992/muestra_mapa.php?cual_mapa=TI-I-1-1.jpg

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Mapa 5: hidrología e hidrometría de México

Fuente: bajado de la Internet el 20 de agosto de 2012 del portal: http://www.igeograf.unam.mx/web/sigg/publicaciones/atlas/anm-1990-1992/muestra_mapa.php?cual_mapa=TII-IV-6-1.jpg

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Mapa 6: Cazadores y recolectores

Fuente: Florescano, 1988; 19. Tomado de Lorenzo (1975).

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Mapa 7: Zona mesoamericana y regiones culturales de México

Fuente: Florescano, 1988; 20. Tomado de Bernal (1974).

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Mapa 8: Pueblos y lenguas de Mesoamérica

Fuente: Carrasco (1981; 170) Mapa 9: Imperio Azteca y señoríos independientes

Fuente: Florescano, 1988; 41. Tomado de Barlow (1949).

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Mapa 10: Conventos de órdenes religiosas en México en el siglo XVI

Fuente: Florescano, 1988; 59. Tomado de Vázquez (1965).

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Mapa 11: La expansión hacia el norte

Fuente: Florescano, 1988; 63. Tomado de Florescano, 1973.

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Mapa 12: Los descubrimientos al norte de la Nueva España a inicios del periodo colonial

Fuente: Florescano (1988; 69). Tomado de Wilgus (1967)

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Mapa 13: Virreinato de Nueva España. Siglo XVI.

Fuente: Florescano, 1988; 71. Tomado de Rubio Mañé (1955) y O’Gorman (1968).

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Mapa 14: División territorial de Nueva España por reinos en 1650

Fuente: Florescano, 1988; 71. Tomado de Rubio Mañé (1955) y O’Gorman (1968). Mapa 15: División territorial de Nueva España por provincias en 1650

Fuente: Florescano, 1988; 71. Tomado de Rubio Mañé (1955) y O’Gorman (1968 y 2007).

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Mapa 16: Provincias internas de Oriente y Occidente, 1787.

Fuente: Florescano, 1988; 71. Tomado de Rubio Mañé (1955) y O’Gorman (1968 y 2007). Mapa 17: División política por Intendencias

Fuente: Florescano, 1988; 71. Tomado de Rubio Mañé (1955) y O’Gorman (1968 y 2007).

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Mapa 18: División por Audiencias

Fuente: Florescano, 1988; 71. Tomado de Rubio Mañé (1955) y O’Gorman (1968 y 2007).

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Mapa 19: Minas explotadas en 1580

Fuente: Florescano, 1988; 83. Tomado de Moreno (1968). Mapa 20: Minas y placeres abandonados en 1580

Fuente: Florescano, 1988; 83. Tomado de Moreno (1968).

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Mapa 21: Sistema de ciudades durante la colonia

Fuente: Florescano, 1988; 89. Tomado de Moreno (1974).

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Mapa 22: Virreinato de la Nueva España 1796 - 1821

Fuente: tomado de la Internet: 16 de agosto de 2012.

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Mapa 23: Nueva España en 1818.

Fuente: tomado de la Internet: 16 de agosto de 2012. Mapa 24: Principales ciudades de Nueva España a inicios del siglo XIX

Fuente: tomado de la Internet: 16 de agosto de 2012.

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Mapa 25: Las intendencias y gobiernos militares en Nueva España, 1800.

Fuente: tomado de la Internet: 16 de agosto de 2012.

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Mapa 26: Pueblos de indios de las intendencias y gobiernos militares de Nueva España, 1800

Fuente: tomado de la Internet: 16 de agosto de 2012.

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Mapa 27: División territorial de México en 1824

Fuente: Florescano (1988; 105)

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Mapa 28: Extensión y concentración del territorio anterior a 1810 Nueva España

Fuente: Florescano (1988; 107). Tomado de Wilgus (1967).

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Mapa 29: Extensión territorial del Imperio de Iturbide y pérdida de territorio por las colonizaciones norteamericanas

Fuente: Florescano, 1983; 103. Tomado de Alperovich (1960).

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Mapa 30: Distribución de la población urbana en México en 1900

Fuente: Unikel (1976) Mapa 31: Distribución territorial de la población de la población hacia 1910

Fuente: Florescano, 1988; 133. Tomado de Cosío (1957)

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Mapa 32: División territorial en 1823 considerada la prevaleciente a fines de la colonia

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 17).

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Mapa 33: Provincias internas

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 24).

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Mapa 34: las doce intendencias

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 32).

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Mapa 35: Territorio con su división política en 1824

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 73).

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Mapa 36: el primer centralismo 1843 – 1846

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 96).

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Mapa 37: División política con base a la Constitución de 1857

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 136).

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Mapa 38: División política con base a la constitución de 1917

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 161).

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Mapa 39: El segundo imperio, 1865

Mapa tomado de O’Gorman (2007; 168).