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EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA Secretario : Álvarez. Expediente : 215-07 Cuaderno : Excepciones Escrito : 01 Sumilla : Fórmula de Excepción de Incompetencia SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LIMA: Aníbal Sulca Meza, con DNI N° 01015152, domiciliado en Jr. Ancash 948 del Cercado de Lima, señalando domicilio procesal en Jr. Azángaro 1075-Of.106Lima, en el proceso Ejecutivo de pago de dólares, segundo por don IVAN AROTOMA PEREZ, A Ud. Con el respeto digo: I. PETITORIO: Que, dentro del término de Ley interpongo Excepción de Incompetencia contra el Proceso Ejecutivo de Pago de dólares formulado en mi contra Luis Canchari Rojas; solicitando se declara fundada dicha excepción y en consecuencia la nulidad de lo actuado y por concluido el proceso. II. FUNDAMENTOS DE HECHO: PRIMERO.- Que, el día 08 del presente mes se me ha notificado con la copia de la demanda del Proceso Ejecutivo de Pago de dólares que me ha instaurado don Luis Canchari Rojas, a fin de que comparezca al proceso. SEGUNDO.- Conforme se acredita con la fotocopia legalizada de contrato de mutuo que adjunto, existe el sometimiento expreso del recurrente y del demandante a los jueces de la ciudad de Chiclayo en caso de controversia judicial, existiendo renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponder. TERCERO.- Habiéndose pactado expresamente el Juez competente, resulta procedente se ampare la excepción por tratarse de una competencia factible de ser prorrogada por acuerdo de parte. III. FUNDAMENTECIÓN JURÍDICA: La excepción propuesta se fundamenta en lo dispuesto por el inciso 1° del artículo 446° y artículo 447° del Código Procesal Civil, así como lo dispuesto por el artículo 25° del citado cuerpo de Leyes que establece que la competencia territorial puede ser prorrogada por convenio entre las partes, como lo es en el presente caso.

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Excepciones Civiles- Materia de Derecho

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EXCEPCIN DE INCOMPETENCIASecretario : lvarez. Expediente : 215-07Cuaderno : ExcepcionesEscrito : 01Sumilla : Frmula de Excepcin de Incompetencia

SEOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LIMA:

Anbal Sulca Meza, con DNI N 01015152, domiciliado en Jr. Ancash 948 del Cercado de Lima, sealando domicilio procesal en Jr. Azngaro 1075-Of.106Lima, en el proceso Ejecutivo de pago de dlares, segundo por don IVAN AROTOMA PEREZ, A Ud. Con el respeto digo:

I. PETITORIO:Que, dentro del trmino de Ley interpongo Excepcin de Incompetencia contra el Proceso Ejecutivo de Pago de dlares formulado en mi contra Luis Canchari Rojas; solicitando se declara fundada dicha excepcin y en consecuencia la nulidad de lo actuado y por concluido el proceso.II. FUNDAMENTOS DE HECHO:PRIMERO.- Que, el da 08 del presente mes se me ha notificado con la copia de la demanda del Proceso Ejecutivo de Pago de dlares que me ha instaurado don Luis Canchari Rojas, a fin de que comparezca al proceso.SEGUNDO.- Conforme se acredita con la fotocopia legalizada de contrato de mutuo que adjunto, existe el sometimiento expreso del recurrente y del demandante a los jueces de la ciudad de Chiclayo en caso de controversia judicial, existiendo renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.TERCERO.- Habindose pactado expresamente el Juez competente, resulta procedente se ampare la excepcin por tratarse de una competencia factible de ser prorrogada por acuerdo de parte.III. FUNDAMENTECIN JURDICA:La excepcin propuesta se fundamenta en lo dispuesto por el inciso 1 del artculo 446 y artculo 447 del Cdigo Procesal Civil, as como lo dispuesto por el artculo 25 del citado cuerpo de Leyes que establece que la competencia territorial puede ser prorrogada por convenio entre las partes, como lo es en el presente caso.IV. MEDIOS PROBATORIOS:Ofrezco los siguientes probatorios:1. La declaracin del accionante, de acuerdo al pliego de absolucin de posiciones que en sobre cerrado se adjunta.2. Copia certificada del contrato de prstamo, escrito con el demandante, en cuya clusula segunda, se pacta el sometimiento expreso a los jueces de la ciudad de Chiclayo, en caso de controversia, que se admita y debe ser reconocido en su Firma y contenido por el demandante.

V. ANEXOS:Se acompaa:1A. Copia simple del Documento Nacional de Identidad.1B. Sobre cerrado conteniendo el pliego de absolucin de posiciones para la declaracin del demandante. 1C. Copia certificada del contrato de mutuo.1D. Recibo de Pago de Arancel Judicial.1E. Cdulas de Notificacin.

POR TANTO:Pido a Ud, seor Juez se sirva tener por interpuesta la excepcin de Incompetencia, por ofrecidos los Medios Probatorios, corrindose traslado al demandante y en oportunidad declarar fundada la Excepcin propuesta, con pago de Costas y Costos.OTRO SI DIGO.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artculo 80 del Cdigo procesal Civil, otorgo las facultades generales de representacin que seala el artculo 74 del acotado, al letrado que autoriza el presente escrito, declarando estar instruido de tal representacin y de sus alcances, sealando domicilio, el indicado en esta demanda.

Lima,de.del

.. .. Abogado Interesado

EXCEPCIN DE INCAPACIDAD DEL DEMANDANTE

Secretario : MezaExpediente: 10431-07Cuaderno : ExcepcionesEscrito : 01Sumilla : Formulo excepcin de Incapacidad del demandante

SEOR JUEZ DEL NOVENO JUZGADO CIVIL DE LIMA:Anibal Sulca Meza, con DNI N 08427282, domiciliado en Jr. Ancash N 948 del Cercado de Lima y sealando domicilio procesal en Jr. Azngaro 1075-Oficina 110-Lima, en el proceso abreviado, segundo por Rosalinda Barraza Castillo, a Ud. Con respeto digo: I. PETITORIO:Que, dentro del trmino de Ley, formulo la Excepcin de Incapacidad de la demandante Rosalinda Barraza Castillo en el proceso abreviado seguido en contra de mi persona y otros; peticionando se declare fundada esta Excepcin, suspendindose el proceso por el plazo que seale su Juzgado, a fin de que la demandante comparezca legalmente asistida o representada, bajo apercibimiento de declararse la nulidad de lo actuado y darse por concluido el proceso.II. FUNDAMENTOS DE HECHO:La demandante, si bien es verdad cuenta con 35 aos de edad, es limitada y sordomuda, no se encuentra en condiciones de expresar su libertad de manera indubitable, en consecuencia carece de capacidad para ejercitar sus derechos civiles; por lo que siendo esto as procede se ampare la excepcin propuesta.III. FUNDAMENTACIN JURDICA:La presente excepcin, se fundamenta en lo dispuesto por el inciso 2 del artculo 446 mencionado por el inciso 3 del Artculo 43 del Cdigo Civil que establece que son absolutamente incapaces los sordomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable, como lo es la demandante.IV. MEDIOS PROBATORIOS:Ofrezco los siguientes medios probatorios:1. La declaracin de la demandante, con arreglo al pliego de absolucin de posiciones que en sobre cerrado se adjunta.2. La declaracin testimonial de las siguientes personas:a) Norma Janet, domiciliada en Av. Wilson N 561 Dpto. 203 Lima, de profesin Letrada; y b) Anibal Sulca Meza, domiciliado en Av. Alfonso Ugarte N 562-Lima, de profesin Dentista, quienes dispondrn sobre el hecho primero y nico controvertido del petitorio, con arreglo a los pliegos interrogatorios que se adjuntan.3. El original de Certificado Mdico de la demandante, expedido por el Hospital de Enfermedades Neoplsicas, que se acompaa.

V. ANEXOS:Se acompaa:1A. Copia simple del Documento Nacional de Identidad.1B. Sobre cerrado que contiene el pliego de posiciones para declaracin de la demandante.1C. Dos sobres cerrados que contienen interrogatorios para la declaracin de los testigos.1D. Original de un certificado mdico.1E. Recibo de Pago de Tasa Judicial por ofrecimiento de pruebas.

POR TANTO:Pido a Ud. Seor Juez, se sirva tener por interpuesta la excepcin de incapacidad de la demandante, y en su oportunidad declarar fundada la excepcin propuesta, con costas y costos.OTRO SI DIGO.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el artculo 80 del Cdigo procesal Civil otorgo las facultades generales de representacin que seala el artculo 74 del acotado, al letrado que autoriza el presente escrito; Dr. Alfredo Barroso Cabrera declarando estar instruida de tal representacin y de sus alcances; sealando para tal efecto mi domicilio, el indicado en esta demanda.

Lima,dedel..

.. Abogado Interesado