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EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 10 DE MAYO DE 2019 -------------------------------- 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 3 de mayo de 2019, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes. 2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en los informes emitidos por el Sr. Letrado Asesor Municipal, con los contenidos siguientes: 2.1.- D.::::::::::::::::::::::::::: , que presta sus servicios laborales para este Ayuntamiento, en calidad de personal laboral, presenta demanda por diferencias salariales La demanda dio lugar a los autos PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 662/2016, seguidos en el Juzgado de lo Social Nº 2 de León. El Juzgado de lo Social Nº 2 de León, con fecha 31 de enero de 2019 y Nº 25/20197, dictó Sentencia con el siguiente FALLO: “Se desestima la demanda interpuesta por ::::::::::::::::::::::::::: contra AYUNTAMIENTO DE LEON”. 2.2.- Se ha notificado al Ayuntamiento de León la Sentencia 480/2018, de 20 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social Nº 2 de León, en el Procedimiento Ordinario Nº 984/2016, La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Se desestima la demanda interpuesta por …………………………. contra AYUNTAMIENTO DE LEON. 2.3.- Se ha notificado al Ayuntamiento de León la Sentencia 481/2018, de 20 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social Nº 2 de León, en el Procedimiento Ordinario Nº 985/2016,

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EXTRACTO SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

DEL DIA 10 DE MAYO DE 2019

--------------------------------

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión celebrada el día 3 de mayo de 2019, y no formulándose ninguna, la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes. 2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en los informes emitidos por el Sr. Letrado Asesor Municipal, con los contenidos siguientes:

2.1.- D.::::::::::::::::::::::::::: , que presta sus servicios laborales para este Ayuntamiento, en calidad de personal laboral, presenta demanda por diferencias salariales

La demanda dio lugar a los autos PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO

662/2016, seguidos en el Juzgado de lo Social Nº 2 de León. El Juzgado de lo Social Nº 2 de León, con fecha 31 de enero de 2019 y Nº

25/20197, dictó Sentencia con el siguiente FALLO: “Se desestima la demanda interpuesta por ::::::::::::::::::::::::::: contra

AYUNTAMIENTO DE LEON”.

2.2.- Se ha notificado al Ayuntamiento de León la Sentencia 480/2018, de 20 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social Nº 2 de León, en el Procedimiento Ordinario Nº 984/2016,

La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Se desestima la demanda interpuesta por …………………………. contra

AYUNTAMIENTO DE LEON.

2.3.- Se ha notificado al Ayuntamiento de León la Sentencia 481/2018, de 20 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social Nº 2 de León, en el Procedimiento Ordinario Nº 985/2016,

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La Sentencia contiene el siguiente fallo: “Se desestima la demanda interpuesta por ………………………………

contra AYUNTAMIENTO DE LEON.

2.4.-……………………………… , que presta sus servicios laborales para este Ayuntamiento, en calidad de personal laboral, presentó demanda en reclamación de DERECHOS Y CANTIDAD

La demanda dio lugar a los autos PO 927/2016, seguidos en el Juzgado de

lo Social Nº 2 de León.

Celebrado el juicio, el Juzgado, con fecha 12 de febrero de 2018, dictó Sentencia Nº 55/2018, que contiene el siguiente FALLO:

“Se desestima la demanda interpuesta por …………………… contra

AYUNTAMIENTO DE LEON”.

2.5.- D………………………, que presta sus servicios laborales para este Ayuntamiento, en calidad de personal laboral,

La demanda dio lugar a los autos PO 508/2018, seguidos en el Juzgado de

lo Social Nº 3 de León.

Celebrado el juicio, el Juzgado, con fecha 26 de marzo de 2019, dictó Sentencia Nº 250/2019, que contiene el siguiente FALLO:

“Que desestimo la demanda formulada por …………………………. frente al

AYUNTAMIENTO DE LEON, y en su virtud: absuelvo a ésta de las pretensiones dirigidas en su contra”.

2.6.- D…………………………, que presta sus servicios laborales para este

Ayuntamiento, en calidad de personal laboral, Con fecha 14 de marzo de 2019 D. ……………………………presentó

escrito desistiendo del procedimiento y, con fecha 20 de Marzo de 2019, se notifica a la Asesoría Jurídica, por parte del Juzgado de lo Social Nº 3 de León, el Decreto 159/2019, con la siguiente PARTE DISPOSITIVA:

Acuerdo:

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-“Tener por desistido a …………………de su demanda cantidad (sic) frente al AYUNTAMIENTO DE LEON.

- Archivar las actuaciones una vez que se firme la presente resolución”.

2.7.- Con fecha 12 de marzo de 2019, se recibe del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de León, el expediente administrativo y Auto firme Nº 18/2019, de 7 de febrero de 2019, dictado por ese Juzgado en el recurso contencioso-administrativo nº 203/2017, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, El Juzgado, con fecha 7 de febrero de 2019, dictó el Auto Nº 18/2019, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: “ACUERDO: -Declarar terminado el presente procedimiento por carencia sobrevenida del objeto de las pretensiones de la parte recurrente.” 3.- EXPEDIENTE DE AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.-

3.1.- AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por el Técncio Superior Adjunta a Servicio de Deportes y Participación Ciudadana, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Comercio, Consumo y Fiestas, asi como con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de mayo de 2019, con observaciones: “ se produce la imposibilidad de materializar el acuerdo por el que se

apruebe y autorice el gasto y se adjudique la contratación menor con anterioridad a la realización de la prestación y al devengo del gasto. Dicha irregularidad, imputable a la Unidad tramitadora con el retraso en la propuesta de gasto, y, en su remisión con posterioridad a dicha prestacion, conlleva la exigencia de proceder por el órgano competente a la adopción del acuerdo que convalide dicha ausencia de autorizacion y disposición del gasto, que recjoa expresamente esta circunstancia, de la que se dará cuenta a la unidad tramitadora de Fiestas, para su conocimiento y efectos oportunos y

evitar que se pueda producir en lo sucesivo dicha situación”, con el contenido siguiente: “Autorizar y Disponer el gasto correspondiente al espectáculo DUNDU para Cabalgata Reyes Magos 2019 a favor de la entidad DUNDU Husemann Charisius GbR con CIF nº DE2757382 /. 93147/07640 (Alemania) en base a la oferta formulada por la misma, que consiste en un precio de 25.000,00 euros IVA excluido, ya que se procede a una contratación internacional intracomunitaria”.

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3.2.- DISPOSICIÓN DE GASTOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 8 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: “ Disponer el gasto derivado DE ACTUACIONES CULTURALES PLATEA 2019, conforme se indica a continuación:

- Con cargo a la AUTORIZACIÓN nº 220190001043 para CACHET: A favor de la persona jurídica TALLER 75, SL con identificación fiscal B-82492000, por importe de 5707,32 €, IVA incluido. EVENTO 24/04/2019 ‘VOLTAIRE Y ROSSEAU’.

4.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS POR INCORPORACIÓN DE REMANENTES DE CRÉDITO EN EL PRESUPUESTO 2019, PRORROGADO DE 2018. MC 8/2019. RECTIFICACIÓN DE ERRORES.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, que cuenta con el fiscalizado y conforme del Sr. Interventor de fecha 7 de mayo de 2019 y que figura la margen derecho del informe propuesta, cuyo contenido es el siguiente: 1º.- De conformidad con el artículo 109 de la Ley 39/2015, se acuerda la rectificación de los errores detectados en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 29 de abril de 2019, referente al Expediente de Modificación de Créditos por Incorporación de Remanentes de Crédito en el Presupuesto 2019, Prorrogado de 2018, MC 8/2019, donde se aprobaron, entre otras, las siguientes importes y aplicaciones de gastos: - Aplicación contable 03/13434/60934, con un importe a incorporar aprobado por valor de 115.000,00 euros. - Aplicación contable 04/23139/48039, con un importe a incorporar aprobado por valor de 39.919,50 euros. A fin de corregir el error detectado se modifican los importes, aprobándose la incorporación por los siguientes valores efectivos: - Aplicación contable 03/13434/60934, importe definitivo a incorporar por valor de 110.800,09 euros. - Aplicación contable 04/23139/48039, importe definitivo a incorporar por valor de 37.756,01 euros.

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2º.- En consecuencia con la subsanación de errores del párrafo precedente, el Expediente de Modificación de Créditos por Incorporación de Remanentes de Crédito en el Presupuesto 2019, Prorrogado de 2018, MC 8/2019, aprobado inicialmente por valor total de 2.956.514,37 euros, se reduce su importe en un total de 6.363,40 euros, quedando aprobado por un total de 2.950.150,97 euros, conforme al siguiente contenido:

A) FINANCIACIÓN. Altas en concepto de Ingresos.

Aplicación

ingresos Denominación Importe (€)

870.10Remanente de Tesorería para Gastos con

Financiación Afectada2.950.150,97

B) CRÉDITOS QUE SE INCORPORAN: Altas en aplicaciones de Gastos.

PROYECTO DE GASTO

Importe de la

Incorporacion

Remanente

(€)

EDUSI-OT2- LA01- OPTIMIZACIÓN ADMON. DISPOSITIVOS 02 49142 62632 221.500,00

EDUSI-OT2- LA01- OPTIMIZACIÓN ADMON. PROG. GESTIÓN 02 49132 62632 81.969,50

EDUSI-OT2- LA02- PROYECTO SMART CITY - TURISMO INTELIGENTE 06 49132 62732 75.000,00

EDUSI-OT2- LA02- WIFI CIUDADA Y ENTORNO WEB 02 49132 62732 20.000,00

EDUSI-OT4- LA04- EFICIENCIA ENERGETICA EDIFICIOS MUNICIPALES 06 34234 63234 150.000,00

EDUSI-OT4- LA05 CONSUMO ENERGETICO AUDITORIAS Y RED CALOR 06 15234 60934 25.000,00

EDUSI-OT4- LA05- REHABILITACION ENERGETICA VIVIENDAS 06 15234 78134 200.000,00

EDUSI-OT4- LA06- FOMENTO DE MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD 03 13434 60934 110.800,09

EDUSI-OT6- L09 IMPULSO PATRIMONIO HISTORICO Y CULTURAL 06 33636 60936 1.167.859,37

EDUSI-OT6- LA10- ESPACIOS VERDES, ESTRUCTURAS Y SETAS CARGA 10 17146 60836 37.500,00

EDUSI-OT6- LA10- TEJIDO VERDE NORTE DE LEON 10 17136 60836 212.500,00

EDUSI-OT9-LA 12 INCLUSION SOCIAL Y LUCHA CONTRA LA POBREZA 04 23139 48039 37.756,01

EDUSI-OT9- LA11- REGENERACION URBANA 04 15139 61139 125.185,50

EDUSI-OT9- LA12 DISPOSITIVOS SEGUIMIENTO MAYORES 04 23139 62239 21.580,50

EDUSI-OT9- LA13- COMPETIVIDAD Y TEJIDO EC. VIVERO EMPRESAS 15 43339 62239 300.000,00

EDUSI-OT9- LA14- ESCUELA MUNICIPAL HOSTELERIA 15 43939 62239 100.000,00

EDUSI-OT9-LA12- ECOS-ESPACIO DE CONEXION 04 23139 62639 13.500,00

EDUSI-OT9-LA13- PROGRAMA COMPETIVIDAD TEJIDO ECONÓMICO 06 15100 22799 25.000,00

EDUSI-OT9-LA13- PROGRAMA COMPETIVIDAD TEJIDO ECONÓMICO 06 15110 44920 25.000,00

2.950.150,97

Aplicación

Gastos

5.- CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE ESPUMÓGENOS PARA EL

SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN.- Vista la propuesta que formula el Servicio de Contratación, se adopta el siguiente acuerdo:

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1º.- Aprobar el expediente de contratación del suministro de referencia, utilizando el procedimiento abierto simplificado especial por razón de su cuantía, y tramitación anticipada. Aprobar todos los documentos rectores de la contratación, Providencia de Inicio; Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Anexo referido al contrato de suministro; Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, con los Anexo 1 (Modelo de declaración jurada y oferta económica, sobre “C”; Cuadro de Características Particulares; Informe Técnico previo a la licitación que contiene el detalle de todos los aspectos de relevancia ante la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017 de 08 de noviembre que se considera Anexo al PCAP, informe justificativo del cumplimiento del art. 7 de Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, documentación toda ella remitida por la Técnico Medio de Tráfico, , siendo el Responsable del expediente D. Miguel A. Martínez Puente, como responsable del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.

2º.- Aprobar el gasto que asciende a un valor estimado del contrato de

14.876,03€ sin IVA, presupuesto de licitación de 18.000,00€ incluido IVA al 21%. Plazo de ejecución de tres años. Las recepciones podrán ser parciales en función de las necesidades. Consta informe de la Intervención Municipal de Fondos de fecha 06/05/2019 firmado digitalmente, en el que se fiscaliza como favorable, sin reparo u observación el expediente de contratación. Constan los documentos contables de reserva de crédito de fecha 03/05/2019, de acuerdo al siguiente detalle:

-nº 220190005301 por un importe total de 6.000,00€ para el año 2019. -nº 220199000168 por un importe total de 12.000,00€ para los años 2020 y

2021. 3º.- Continuar con la tramitación del expediente administrativo hasta su

definitiva conclusión, efectuando las publicaciones necesarias.”

6.- CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE TARJETAS DE ACCESO AL CASCO HISTÓRICO PARA VEHÍCULOS AUTORIZADOS.- Vista la propuesta que formula el Servicio de Contratación, se adopta el siguiente acuerdo: 1º.- Aprobar el expediente de contratación del servicio de referencia, utilizando el procedimiento abierto simplificado especial por razón de su cuantía, y tramitación anticipada. Aprobar todos los documentos rectores de la contratación: Providencia de Inicio, Cuadro de Características Particulares, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Anexo referido al contrato de servicios, Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, Informe Técnico previo a la licitación que contiene el detalle de todos los aspectos de relevancia ante la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017 de 08 de noviembre que se considera Anexo al PCAP, informe justificativo del cumplimiento del art. 7 de

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Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, documentación toda ella remitida por el Jefe del Negociado de la Policía Local

2º.- Aprobar el gasto que asciende a un presupuesto total de 12.100,00€ incluido el IVA al 21% y valor estimado del contrato de 10.000,00€, sin IVA. El plazo de ejecución será de dos años, más dos posibles prórrogas de un año cada una. La responsable del contrato es la Mayor Jefe de la Policía local, Dª Edelmira Martínez Pulgar. Consta informe de la Intervención Municipal de Fondos de fecha 06/05/2019 firmado digitalmente, en el que se fiscaliza como favorable, sin reparo u observación el expediente de contratación. Constan los documentos contables de reserva de crédito de fecha 24/03/2019, de acuerdo al siguiente detalle: - nº 220190005192 por un importe total de 3.025,00€ para el año 2019. - nº 220199000161 por un importe total de 3.025,00€ para el año 2020. - nº 220199000162 por un importe total de 6.050,00€ para los años 2021 y 2022.

3º.- Continuar con la tramitación del expediente administrativo hasta su definitiva conclusión, efectuando las publicaciones necesarias.”

7.- CONTRATACIÓN DE DIFUSIÓN GRÁFICA DE LOS TALLERES ORDINARIOS Y ACTIVIDADES PUNTUALES DEL PROGRAMA ES.PABILA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN.- Vista la propuesta que formula el Servicio de Contratación, se adopta el siguiente acuerdo:

1º.- Aprobar el expediente de contratación del servicio de referencia,

utilizando el procedimiento abierto simplificado especial por razón de su cuantía, y tramitación ordinaria. Aprobar todos los documentos rectores de la contratación (Providencia de Inicio, Cuadro de Características Particulares, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Anexo referido al contrato de servicios, Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, Informe Técnico previo a la licitación que contiene el detalle de todos los aspectos de relevancia ante la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017 de 08 de noviembre que se considera Anexo al PCAP, informe justificativo del cumplimiento del art. 7 de Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril), documentación toda ella remitida por la Técnico Superior Adjunta del Servicio de Juventud, Dª. Maria Fuencisla Panizo Aparicio.

2º.- Aprobar el gasto que asciende a un presupuesto total de 32.670,00€

(IVA al 21% incluido), valor estimado del contrato 27.000,00€ (IVA excluido). La duración del contrato será de tres años, más dos posibles prórrogas de un año cada una. El expediente está compuesto por 2 lotes, de acuerdo al siguiente detalle:

Descripción Lotes PRESUPUESTO MAXIMO

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Base IVA TOTAL

nº 1: Diseño gráfico e impresión 22.500,00 4.725,00 27.225,00€

nº 2: Fotografía y edición fotográfica 4.500,00 945,00 5.445,00€

TOTAL 27.000,00 5.670,00 32.670.00€

El sistema para valorar las ofertas se efectuará por cada lote y dentro de

éste por los precios de cada uno de sus componentes, en base a criterios económicos (100%).

Consta informe de la Intervención Municipal de Fondos, firmado

digitalmente con fecha 02/05/2019, fiscalizando el expediente de contratación como favorable, sin reparo u observación. Constan los documentos contables RC de retención de crédito de fecha 11/04/2019, de acuerdo al siguiente detalle:

- nº 220190004532 por importe de 6.534,00€, para el año 2019. - nº 220199000145 por importe de 26.136,00€, para los años 2020, 2021,

2022 y 2023. 3º.- Continuar con la tramitación del expediente administrativo hasta su

definitiva conclusión, efectuando las publicaciones necesarias.”

8.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO PARA ADQUISICIÓN DE UNA APLICACIÓN PARA LA MEJORA DEL TIEMPO DE ACTUACIÓN DE LA POLICÍA LOCAL EN VIOLENCIA DE GÉNERO.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por el Jefe de Servicio de Recursos Económicos, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, asi como con el informe favorable del Interventor General de fecha 15 de abril de 2019, cuyo contenido es el siguiente: El expediente tramitado consta de:

1. Providencia de inicio suscrita por Concejal Delegado. 2. Documento contable RC, por el importe de 18.149€, , que se financian con

cargo a los créditos recibidos del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, a través de la Secretaria de Estado de Igualdad.

3. Invitación cursada y publicada en perfil del contratante y acreditación de las recibidas para contratos iguales o mayores a 3.000€.

4. Informe Jurídico del Jefe del Departamento, con propuesta de adjudicación,

por importe de 18.146,98€ a favor de la empresa Softguard Tech Ibérica,

S.L. con CIF B86308483.

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OFERTAS PRESENTADAS

OFERTA Nº OFERENTE PRECIO OFERTADO

1º Softguard Tech Ibérica, S.L. 18146,98

Visto el anuncio publicado en el perfil del contratante por la Unidad Tramitadora LA0001973 - Nuevas Tecnologías relativo al contrato menor consistente en Adquisición de una aplicación para mejorar el tiempo de actuación de la Policía Local en Violencia de Género, publicado en fecha 2/4/2019, habiendo transcurrido el plazo de licitación y efectuadas las valoraciones e informes necesarios para su adjudicación, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 118 y 131 de la ley 9/2017 (LCSP), y en la Instrucción nº 2/2015 dictada por la Concejalía de Hacienda y Régimen Interior, en ejercicio de las competencias que confiere el Decreto de la Alcaldía de 15-06-2015, ratificado en Pleno de fecha 26-06-2015, se acuerda lo siguiente: 1º.- Adjudicar el contrato de Adquisición de una aplicación para mejorar el tiempo de actuación de la Policía Local en Violencia de Género a favor de la entidad Softguard Tech Ibérica, S.L. con CIF B86308483, en base a la oferta formulada por la misma, que consiste en un precio de 14.997,5euros IVA excluido que asciende a3.149,48 euros, lo que totaliza un importe de 18.146,98 euros, según Modelo de oferta económica recogido como Anexo I a las Bases rectoras de la contratación. El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo. 2º.- Autorizar y Disponer el gasto expuesto en el apartado anterior, a favor de la entidad y por el importe consignados.” 9.- CONTRATO MENOR DE SERVICIO PARA ASISTENCIA AL TRIBUNAL CALIFICADOR DE PRUEBAS DE APTITUD PSÍQUICAS DEL PROCESO SELECTIVO DE PROMOCIÓN INTERNA PARA UNA PLAZA DE INSPECTOR Y CINCO PLAZAS DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL DE LEÓN.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 3 de mayo de 2019, con el contenido siguiente:

PRIMERO. Adjudicar a la entidad NUEVAS VENTAJAS S.L. con C.I.F. B-98120298, el contrato de Servicios para la asistencia al Tribunal Calificador en el Desarrollo y Calificación de las pruebas de aptitud psíquica del proceso selectivo de promoción interna de 5 plazas de Oficial y 1 plaza de Inspector de Policía Local del Ayuntamiento de León, en los términos y condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Particulares incorporadas como Anexo y de conformidad con la oferta presentada por dicha empresa en el

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referido procedimiento, autorizando y disponiendo un gasto a su favor por un importe total de 10.648 € (I.V.A. incluido).

SEGUNDO. Notificar el presente acuerdo a la empresa NUEVAS VENTAJAS S.L. y a la empresa EFFICENT PEOPLE S.L., ordenando su publicación en el Perfil del Contratante de este Ayuntamiento.

10.- APROBACIÓN DEL A CONVOCATORIA Y BASES DEL CONCURSO ESPECIFICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE 13 PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS AL PERSONAL FUNCIONARIO, PERTENECIENTES A LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL Y ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, CLASIFICADAS DENTRO DEL GRUPO A, SUBGRUPO A1, DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN. - Se acordó aprobar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, que cuenta con el fiscalizado y conforme del Interventor General de fecha 3 de mayo de 2019, que figura al margen derecho superior del informe propuesta, con el contenido siguiente:

PRIMERO Aprobar la Convocatoria y las “Bases Reguladoras del Concurso

específico de méritos para la Provisión de 13 puestos de trabajo reservados al personal funcionario del Grupo A, Subgrupo A1, pertenecientes a la Escala de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de León” unidas como ANEXO.

SEGUNDO Ordenar la publicación de la presente Convocatoria y Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

TERCERO Ordenar la inserción de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

ANEXO

BASES DEL CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE 13 PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS AL PERSONAL FUNCIONARIO PERTENECIENTES A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN ESPECIAL CLASIFICADOS DENTRO DEL GRUPO A, SUBGRUPO A1, DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN.

Primera. – Objeto del concurso.

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1. Objeto. Es objeto del presente concurso específico la provisión de puestos de los trabajo reservados a personal funcionario, pertenecientes a la Escala de Administración General y Administración Especial, clasificados dentro del Grupo A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de León, señalados a continuación, cuyas características aparecen relacionadas en el Anexo I «Relación de vacantes ofertadas y méritos específicos»:

Código de puesto Descripción

01.0.02.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Contratación

02.0.01.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Fiscalización y Ejecución Presupuestaria

02.0.02.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Presupuesto y Contabilidad

03.0.02.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Gestión de Ingresos

20.0.04.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Comercio, Consumo, Salubridad y Mercados

40.1.00.0.0.1001 Jefe/a de Subárea de Urbanismo

40.1.01.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística

40.1.02.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Licencias y Fomento de la Edificación

40.1.03.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Disciplina e Inspección Urbanística

40.2.00.0.0.1001 Jefe/a de Subárea de Medio Ambiente

50.1.00.0.0.1001 Jefe/a de Subárea de Recursos Humanos

50.2.00.0.0.1001 Jefe/a de Subárea de Recursos Económicos

50.2.02.0.0.1001 Jefe/a de Servicio de Gestión del Patrimonio.

1.2. Normativa aplicable. El presente proceso se regirá por lo establecido en las presentes Bases y por lo dispuesto en las BASES GENERALES PARA LA PROVISIÓN POR CONCURSO DE MÉRITOS DE LOS PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS AL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN, aprobadas mediante Acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de 30 de junio de 2017 (B.O.P. nº 135 de 18 de julio de 2018) fueron aprobadas las “Bases Generales para la provisión por concurso de méritos de los puestos de trabajo reservados al personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de León”, de conformidad con la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

1.3. Publicidad de las Bases. Las presentes Bases serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo, se insertará un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

1.4. Publicidad de las actuaciones. Todas las actuaciones referidas al presente proceso selectivo que deban ser objeto de publicidad de conformidad con lo establecido en las

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presentes Bases y la legislación aplicable, serán efectuadas a través del Tablón de Edictos situado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es), salvo aquellas en que expresamente se disponga otra cosa.

Segunda. – Requisitos de participación.

2.1 Concursantes voluntarios. Podrán tomar parte en este concurso para la provisión de los puestos de trabajo, los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de León pertenecientes a la misma Escala, Grupo y Subgrupo de los puestos objeto del concurso previstos en Anexo I, según lo previsto en el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales y los requisitos establecidos en la convocatoria.

En el caso de aquellos puestos que se encuentren abiertos a otras Administraciones Públicas, podrán participar los funcionarios de carrera pertenecientes a éstas, siempre que reúnan los requisitos del párrafo anterior.

Los concursantes que participen sólo podrán hacerlo si ha transcurrido un mínimo de dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido por cualquier forma de provisión legalmente establecida, salvo en los supuestos de remoción del puesto de trabajo, supresión del mismo o cese en un puesto obtenido por el sistema de libre designación. A estos efectos, a los funcionarios que hayan accedido por promoción interna o por integración a las Escalas a los que están adscritos los puestos convocados y permanezcan en el mismo puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo, se les computará también el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo/Escala de procedencia.

2.2 Funcionarios procedentes de otras Administraciones. Los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas no integrados en Cuerpos o Escalas de esta Administración que se hallen destinados en la misma, bien con carácter definitivo, bien en adscripción provisional por haber sido cesados en un puesto obtenido definitivamente por los procedimientos de libre designación o de concurso, deberán estar asimilados a las Escalas a que se refiere el párrafo primero de la base 2.1.

2.3. Funcionarios en situación de servicio en otras Administraciones. Los funcionarios de esta Administración en situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas sólo podrán tomar parte en el concurso si han transcurrido dos años desde la efectividad de la declaración de dicha situación.

2.4. Funcionarios en situación de excedencia por cuidado de familiares o por razón de violencia de género. Los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por razón de violencia de género y no tengan reservado puesto de trabajo, podrán participar en el concurso para la obtención de puesto de trabajo cuya reserva se efectuará en los términos legalmente establecidos, sin que ello implique necesariamente su reingreso al servicio activo, debiendo manifestar, en su caso, en el plazo posesorio la opción de permanecer en la situación de excedencia mencionada.

2.5. Funcionarios en situación de servicios especiales. Los funcionarios que se encuentren en situación de servicios especiales, solo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.

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2.6. Funcionarios en situación de excedencia voluntaria. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar sólo podrán participar si llevan un mínimo de dos años en dicha situación.

2.7. Concursantes forzosos. La participación en este concurso específico tiene carácter voluntario y, en consecuencia, ningún funcionario de carrera está obligado a concursar.

2.8. Plazo de cumplimiento de requisitos. Los requisitos establecidos se deberán cumplir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación y deberán mantenerse durante todo el procedimiento del concurso.

Se considera que se han modificado los requisitos de participación en el concurso y no se mantiene su cumplimiento, procediendo consecuentemente la exclusión del procedimiento provisorio, en aquellos casos en que, con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y antes de la resolución definitiva, se declare la pérdida de la condición de funcionario del concursante por alguna de las causas previstas, se anule el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera, el interesado pase a otra situación administrativa distinta a aquélla desde la que participa y esta nueva situación no conlleve la reserva de puesto de trabajo o se haya producido la alteración de alguno de los demás requisitos establecidos para poder concurrir a este procedimiento.

Los funcionarios que aún no estuvieran asimilados conforme a lo establecido en la Base 2.2, podrán solicitar la asimilación dentro del plazo de presentación de solicitudes. Si la posterior resolución no asimilara al funcionario no podrá participar en el concurso y será excluido del mismo. Igualmente, se declarará la exclusión de este concurso si solicitare la asimilación con posterioridad a dicho plazo de presentación de solicitudes.

Tercera. – Solicitud.

3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de solicitud incorporado como Anexo II y que será facilitado gratuitamente en la Oficina de Asistencia en materia de Registro del Ayuntamiento de León o se podrá descargar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es) o bien se podrá rellenar el formulario web que aparece en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León para su presentación telemática, de conformidad con lo establecido en el apartado 3.4.

En todo caso, los concursantes deberán cumplimentar dicha solicitud, recogiendo separadamente y por el sucesivo y consecutivo orden de preferencia, los puestos vacantes a los que optan, según apartado 8 del modelo de solicitud incorporado como Anexo II.

La petición de puestos se hará de manera individualizada, no siendo válidas las peticiones genéricas.

3.2. Plazo de presentación. El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En este extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del Boletín Oficial de la Provincia de León y del Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León, en los que con anterioridad se haya publicado íntegramente la convocatoria y sus Bases.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

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3.3. Forma de presentación. La solicitud de participación, acompañada de la documentación referida en el apartado 3.4, podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:

a) Telemáticamente, a través del Registro Telemático de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es), cumplimentando el formulario web que aparece en la Sede Electrónica, sección “empleo público”, apartado “trámites on line” e incorporando la documentación a la que se refiere el apartado 3.4.

b) Presencialmente, en soporte papel, en el Registro General del Ayuntamiento de León, o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16 párrafo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañada de la documentación a la que se refiere el apartado.

3.4. Documentación. Los concursantes deberán adjuntar a su solicitud la siguiente documentación:

3.4.1. De carácter general.

a) Acreditación de los requisitos y méritos generales relacionados con la antigüedad, el grado personal y la valoración del trabajo desarrollado.

- En el supuesto de aspirantes pertenecientes al Ayuntamiento de León, deberán presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, en su caso, para el puesto solicitado. Los méritos generales relacionados con la antigüedad, el grado personal y la valoración del trabajo desarrollado a los que se refiere la Base 11.1.1, 11.1.2 y 11.1.3, serán acreditados de oficio de conformidad con lo establecido en la Base 12.1.

- En el supuesto de aspirantes pertenecientes a otras Administraciones, así como los contemplados en la base 12.5, acreditarán los requisitos exigidos, en su caso, para el puesto solicitado, y los méritos generales relacionados con la antigüedad, el grado personal y la valoración del trabajo desarrollado a los que se refiere la Base 11.1.1, 11.1.2 y 11.1.3. de conformidad con el modelo incorporado como Anexo III, o en su defecto acompañarán fotocopia de la petición de su expedición presentada dentro del plazo establecido en el apartado 3.2, en el que deberá figurar legible el sello del correspondiente registro de entrada.

b) Acreditación de los méritos relacionados con los cursos de formación y perfeccionamiento y conciliación familiar. Los méritos alegados en el modelo de solicitud relacionados con los cursos de formación y/o la conciliación familiar a los que se refiere la Base 11.1.4 y 11.1.5. deberán ser acreditados documentalmente en la forma establecida en la Base 12.2

c) Un ejemplar original de la Memoria, conforme a las condiciones establecidas en la Base 11.

3.4.2. De carácter especial.

a) Fotocopia de la solicitud de asimilación según lo determinado en la Base 2.2 y de la solicitud de reconocimiento, consolidación o anotación de grado personal, conforme a lo previsto en la Base 11.1.2.

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b) Los concursantes que procedan de la situación de suspenso, acompañaran a su solicitud además la documentación acreditativa de la terminación de su período de suspensión. Si la suspensión fuera declarada por sentencia firme, se aportará por el interesado testimonio judicial sobre el cumplimiento de la pena.

c) Los funcionarios de esta Administración que soliciten el reingreso al servicio activo a través de este procedimiento acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni de estar inhabilitados para el desempeño de las funciones públicas.

3.5 Modificación de su solicitud. Una vez formulada la solicitud de participación, únicamente cabe su modificación durante el plazo señalado en la Base 3.2, mediante la presentación de nueva instancia de solicitud, que anulará la anterior, en la que se indiquen los puestos a los que se concursa, utilizándose nuevamente el modelo determinado en la convocatoria.

Transcurrido dicho plazo de presentación de solicitudes, las presentadas conforme a lo establecido en esta Base serán vinculantes para el peticionario, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente.

3.6. Desistimiento. Los participantes en el concurso podrán desistir en su totalidad de la solicitud presentada, en cualquier momento anterior a la publicación de la resolución provisional a que hace referencia la Base 7.1.

Cuarta. Comisión de Valoración

4.1 Funciones. La Comisión de Valoración puntuará los méritos obtenidos por cada concursante de acuerdo con el baremo y los criterios establecidos en la Base 11 de la convocatoria y hará la propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos al solicitante que haya obtenido mayor puntuación de acuerdo con lo establecido en la Base 6.

4.2 Nombramiento y composición. La Comisión de Valoración será nombrada por el Alcalde u órgano en quien éste haya delegado, y su composición será la siguiente:

•Presidente: Un Funcionario en situación de servicio activo en la Administración del Ayuntamiento de León.

•Vocales:

a) Dos funcionarios en representación de la Administración Municipal, designados por el Alcalde u órgano en quien haya delegado.

b) Dos funcionarios en representación de las Centrales Sindicales con presencia en la Junta de Personal y propuestos por las mismas.

•Secretario: Un funcionario designado por el Alcalde u órgano en que éste haya delegado, quien actuará con voz y voto.

Además de los miembros titulares de dicha Comisión se nombrará un número igual de suplentes, que podrán actuar de forma simultánea con los titulares cuando así se estime necesario.

Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Escalas del Subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

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Deberán, además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados.

La composición de este órgano responderá al principio de profesionalidad y especialización de sus miembros, y se adecuará al criterio de paridad entre hombre y mujer. Su funcionamiento se ajustará a las reglas de imparcialidad y objetividad.

4.3. Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán de abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, comunicándolo al órgano competente para su nombramiento.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando entiendan que se dan las circunstancias reguladas en el artículo 24 de la citada Ley.

4.4. Colaboradores administrativos. Cuando el número de aspirantes o la complejidad del procedimiento así lo aconseje, la Comisión de Valoración podrá designar colaboradores administrativos, que bajo la supervisión del Secretario del Tribunal permitan garantizar un ágil y adecuado desarrollo del proceso selectivo.

4.5. Funcionamiento. El procedimiento de actuación de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Presidencia coordinará la realización del proceso de provisión y dirimirá los posibles empates en las votaciones con su voto de calidad. Todos los miembros de la Comisión y su Secretario tendrán voz y voto.

Al Secretario le corresponderá velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano colegiado, certificar las actuaciones del mismo y garantizar que los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos sean respetados.

4.6. Incidencias. Los miembros de la Comisión de Valoración son personalmente responsables del estricto cumplimento de las presentes Bases y de la sujeción a los plazos establecidos. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las Bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por la Comisión, por mayoría.

4.7. Sede de la Comisión. A efectos de comunicación, presentación de alegaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración tendrá su sede en el Ayuntamiento de León, Ordoño II, nº 10 C.P. 24001.

Quinta. Valoración de méritos.

Publicado el listado definitivo de concursantes, la Comisión de Valoración procederá a valorar los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo de méritos establecidos en la Base 11.

Sexta. Asignación de puestos.

6.1. Orden de prioridad. El orden de prioridad para la asignación de los puestos vendrá dado por la puntuación obtenida tras la valoración de méritos, siempre que se hayan obtenido las puntuaciones mínimas fijadas para cada fase de méritos.

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6.2. Criterio de desempate. Si se produjera empate en la puntuación de varios concursantes como consecuencia de la aplicación de lo establecido en la anterior Base, se resolverá acudiendo a la puntuación otorgada en los méritos alegados, por el siguiente orden: méritos específicos, grado personal, valoración del trabajo desarrollado, antigüedad y cursos de formación y perfeccionamiento.

De persistir el empate en cualquiera de los supuestos contemplados anteriormente, se resolverá atendiendo a la fecha de ingreso como funcionario en la Escala/Cuerpo desde el que se concursa y, de continuar, al número de orden obtenido en el proceso selectivo.

6.3. Adjudicación de dos o más puestos a un mismo concursante. En el supuesto de que un mismo concursante pudiera resultar adjudicatario de dos o más puestos, la determinación de cuál de entre dichos puestos ha de serle asignado, se hará en atención al orden de prioridad determinada para los mismos en su instancia de solicitud.

Séptima. Resolución.

7.1. Resolución provisional. El órgano competente, a la vista de la propuesta de adjudicación de la Comisión de Valoración, dictará la Resolución por la que se resuelve provisionalmente el concurso, que se publicará en el Tablón de Edictos situado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es).

Dicha Resolución contendrá, además, con el mismo carácter provisional, una relación de participantes excluidos por no cumplir los requisitos y condiciones generales establecidos en la convocatoria con expresa mención de la causa de exclusión, así como la aceptación que proceda de los desistimientos formulados conforme a lo dispuesto en la Base 3.6 y declarará concluso el procedimiento respecto de los concursantes cuyos desistimientos hayan sido aceptados.

En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación, los interesados podrán formular alegaciones a la anterior Resolución. Dichas alegaciones irán dirigidas a la Comisión de Valoración, en el supuesto de versar sobre la valoración de méritos y la adjudicación provisional de puestos de trabajo, o directamente a la Subárea de Recursos Humanos cuando su objeto sea cualquier otro extremo de esta resolución. Dichas alegaciones serán tenidas en cuenta por los citados órganos para redactar las correspondientes propuestas de resolución.

7.2. Resolución definitiva. Finalizado el plazo de presentación de alegaciones, y a la vista de las mismas, el órgano competente dictará resolución definitiva que será publicada en el “Boletín Oficial de la Provincia de León” y en el en el Tablón de Edictos situado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de León (https://sede.aytoleon.es).

Dicha resolución definitiva declarará igualmente las exclusiones con carácter definitivo de los concursantes que no reúnan los requisitos y condiciones generales de participación y, en su caso, los desistimientos no resueltos en la Resolución de adjudicación provisional, así como cualquier otro punto relacionado con este procedimiento.

7.3. Contenido. Tanto la resolución provisional como la definitiva contendrán los puestos con el código y demás datos de identificación que se reseñen en la convocatoria y la puntuación total alcanzada por el concursante al que se haya asignado cada puesto y la correspondiente a cada uno de los méritos objeto de valoración.

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7.4. Plazo y documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva del presente concurso, los concursantes seleccionados deberán presentar la siguiente documentación:

a) Original para su cotejo o copia compulsada del título exigido, en su caso, como requisito para el desempeño del puesto adjudicado.

b) Documentación original para su cotejo de la presentada junto a la solicitud para la acreditación de los méritos.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos señalados, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados para el puesto, quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad de la solicitud de participación.

7.5. Plazo. El plazo para la resolución del concurso será de ocho meses a partir de la fecha en que finalice el de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho pública la resolución podrán los interesados que hubieran comparecido en el procedimiento entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

7.6. Declaración de puestos desiertos. Podrán declararse desiertos los puestos incluidos en la convocatoria que resulten afectados por la tramitación de los correspondientes procedimientos de modificación de la vigente Relación de Puestos de Trabajo en cuanto impliquen su amortización o modificación sustancial.

Octava. Toma de posesión.

8.1 Plazo de cese en el puesto de trabajo de origen. El cese en el puesto de trabajo se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución definitiva del concurso.

8.2 Plazo de toma de posesión en el puesto de destino. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido deberá efectuarse en los tres días siguientes hábiles al del cese y de un mes si comporta cambio de residencia.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo el plazo de toma de posesión será de un mes y comenzará a computarse al día siguiente al de la publicación del concurso.

El plazo posesorio se considerará a todos los efectos, incluso los retributivos, como de servicio activo para los concursantes en esta situación administrativa.

8.3. Cómputo de plazos. El cómputo de los plazos se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias o vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo en el caso de que el puesto en que deba de cesar haya sido adjudicado en el concurso o al mismo deba acceder otro funcionario.

No obstante, a los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad o riesgo durante el embarazo o disfrutando de permisos por maternidad o paternidad se diligenciará el cese en el destino anterior y la toma de posesión en el nuevo

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destino adjudicado en los plazos ordinarios fijados en los apartados anteriores, sin que ello suponga la finalización de la licencia o permiso concedidos.

8.4. Plazo de cese diferido. El órgano competente podrá, no obstante, y salvo que el puesto haya sido adjudicado a otro concursante o al mismo deba acceder otro funcionario, diferir el cese por necesidades del servicio, por un período de hasta un mes, debiendo comunicarse esta circunstancia al interesado así como a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario.

Novena. Carácter irrenunciable de los destinos.

9.1. Carácter irrenunciable de los destinos. Son irrenunciables los destinos adjudicados tanto provisional como definitivamente, salvo que se hubiera obtenido otro destino definitivo en puesto adscrito a la misma Escala/Cuerpo desde el que se concurse antes de finalizar el plazo de toma de posesión.

El órgano competente, en caso que proceda, aceptará la renuncia al puesto adjudicado con carácter definitivo en este procedimiento de concurso mediante resolución notificada al interesado y comunicada a la Unidad a la que hubiera sido destinado.

Los destinos adjudicados serán considerados de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de la indemnización por concepto alguno.

9.2. Modificación de la adjudicación definitiva. Cuando en virtud de la ejecución de una sentencia o de la resolución de un recurso o reclamación administrativa posterior a la resolución definitiva del concurso hubiese de modificarse la adjudicación definitiva y un adjudicatario fuere cesado en el puesto obtenido en aquélla, dicho adjudicatario será adscrito provisionalmente por el órgano competente a otro puesto de similares características que hubiere vacante en el que es cesado, pasando a percibir las retribuciones del nuevo puesto.

El funcionario está obligado a participar en los concursos de provisión hasta la obtención de un destino definitivo.

Décima. Adaptaciones de los concursantes con discapacidad o diversidad funcional.

Los funcionarios con alguna discapacidad o diversidad funcional podrán instar la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados.

En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.

Undécima. Valoración de los méritos.

El trámite de valoración de méritos del presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos generales y en la segunda los específicos adecuados a las características de cada puesto especificados en el Anexo I.

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Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo convocados se efectuará con arreglo al siguiente baremo:

11.1. PRIMERA FASE.

La valoración máxima de los méritos generales de esta primera fase no podrá ser superior a 13,50 puntos, siendo necesaria una puntuación igual o superior a 5,40 puntos para acceder a la segunda fase.

11.1.1. Antigüedad: Tendrá una valoración máxima de 5 puntos:

a) Se valorará a razón de 0,20 puntos por cada año de servicio completo, computándose a estos efectos los servicios prestados y los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario, siempre y cuando dichos servicios se hubiesen desempeñado en el Grupo/Subgrupo funcionarial o equivalente al que esté adscrito el puesto que se solicita. Se podrán sumar períodos de tiempo valorables por este apartado para completar años de servicio.

b) Si la prestación de dichos servicios se hubiera realizado o reconocido en Grupo/Subgrupo funcionarial o equivalente distinto al que está adscrito el puesto que se solicita, se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo, pudiéndose sumar períodos de tiempo valorables por este apartado, para completar años de servicio.

Para completar años de servicio pueden sumarse períodos de tiempo que, cada uno por separado, se valoren con distinta puntuación, en cuyo caso se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

11.1.2. Grado Personal. Se adjudicará un máximo de 1,75 puntos por la posesión de un determinado grado personal reconocido o conservado y anotado como funcionario del Cuerpo/Escala desde el que se participa, de la forma siguiente:

a) Por poseer un grado personal superior en dos niveles (o más) al nivel del puesto solicitado: 1,75 puntos.

b) Por poseer un grado personal superior en un nivel al nivel del puesto solicitado: 1,50 puntos.

c) Por poseer un grado personal de igual nivel al nivel del puesto solicitado: 1,25 puntos.

d) Por poseer un grado personal inferior en un nivel al nivel del puesto solicitado: 1 punto.

e) Por poseer un grado personal inferior en dos o más niveles al nivel del puesto solicitado: 0,75 puntos.

En el supuesto de funcionarios que hayan accedido a otros Cuerpos o Escalas por el sistema de promoción interna, resultará necesario para la valoración de este mérito que los interesados hayan solicitado y tengan reconocido en el Escala/Cuerpo desde el que

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concursen la conservación del grado personal consolidado en el Cuerpo o Escala de procedencia.

Excepcionalmente, la presente escala de valoración se aplicará igualmente en los casos en los que el grado personal esté pendiente de reconocimiento o, en su caso, de anotación, siempre que se hubiera solicitado antes de finalizar el plazo para la presentación de solicitudes en el concurso, debiéndose acreditar dicha circunstancia cuando se presenten las mismas. No obstante, para su valoración será precisa la resolución de reconocimiento o de anotación correspondiente.

En el supuesto de que el grado reconocido por otra Administración exceda del máximo establecido, para cada Grupo/Subgrupo de clasificación, conforme a la legislación aplicable, deberá valorarse el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado en esta Administración al Grupo/Subgrupo de clasificación de que se trate.

11.1.3. Valoración del trabajo desarrollado.

A. Por el nivel del puesto de trabajo ostentado en la actualidad con carácter definitivo como funcionario de la Escala desde la que participa, hasta un máximo de 2,25 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

NIVEL PUNTOS NIVEL PUNTOS

30 2,25 22 1,45

29 2,15 21 1,35

28 2,05 20 1,25

27 1,95 19 1,15

26 1,85 18 1,05

25 1,75 17 0,95

24 1,65 16 0,85

23 1,55

A los funcionarios que, encontrándose en comisión de servicios, tengan asignado con carácter definitivo un puesto de trabajo, se les atribuirá la puntuación correspondiente al nivel del puesto definitivo.

A los funcionarios que se encuentren en destino provisional sin poseer ningún otro puesto con carácter definitivo, así como a los procedentes de excedencia voluntaria, excedencia por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género, servicios especiales y suspensión provisional de funciones que no tengan asignado puesto con carácter definitivo, se les valorará el nivel mínimo del Grupo/Subgrupo.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando se trate de funcionarios que ocupen puestos con carácter provisional por supresión de puesto de trabajo, cese o remoción, la valoración se referirá al puesto que ocupaban con carácter definitivo.

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A los funcionarios que se encuentren en alguna situación administrativa en la que tengan derecho de reserva de puesto de un nivel determinado, la valoración irá referida a dicho nivel.

Se aplicará el nivel mínimo del Grupo/Subgrupo de clasificación correspondiente en la valoración de los funcionarios que desempeñen un puesto de trabajo sin complemento de destino.

A los efectos previstos en este apartado, se tendrán en cuenta los niveles establecidos con carácter mínimo para cada Grupo/Subgrupo de clasificación.

B. Por haber desempeñado puesto de trabajo del Cuerpo/Escala desde el que se concursa, en destino definitivo, en la misma Área en que exista el puesto convocado: 0,10 puntos por cada año completo, hasta un máximo de 0,50 puntos.

En el supuesto de que el funcionario sea transferido de otras Administraciones Públicas obtendrá igualmente dicha puntuación respecto del tiempo prestado en el Ministerio u Organismo desde el que se le transfiere con relación a los puestos vacantes del Área a la que ha sido destinado en dicho proceso.

Para la valoración de este mérito únicamente se tendrá en cuenta el desempeño de puestos cuyas funciones se correspondan con las de las Escalas habilitadas al concurso en los cinco años anteriores a la fecha a que se refieran los méritos.

En los supuestos de modificación de estructuras orgánicas que impliquen el pase de unidades administrativas de un Área a otra, la permanencia habrá de valorarse en su totalidad respecto del Área de la que dependan orgánicamente los puestos correspondientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A los funcionarios que, encontrándose en comisión de servicios o adscripción provisional, tengan algún otro puesto de trabajo asignado con carácter definitivo, se les atribuirá la puntuación correspondiente al puesto definitivo.

C. Por la permanencia ininterrumpida con destino definitivo en el mismo puesto de trabajo del Cuerpo/Escala desde los que concursa, durante el tiempo que se indica, se obtendrá la siguiente puntuación:

• En los cinco años anteriores a la fecha a que se refieren los méritos: 1,00 puntos.

• En los cuatro años anteriores a la fecha a que se refieren los méritos: 0,75 puntos.

• En los tres años anteriores a la fecha a que se refieren los méritos: 0,50 puntos.

11.1.4. Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán hasta un máximo de 1,50 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento que se refieran a alguna de las materias directamente relacionadas con las funciones de los Cuerpos/Escalas a los que están adscritos los puestos objeto de la convocatoria, siempre y cuando hubieran sido realizados en la condición de funcionario de carrera o laboral fijo o personal estatutario al servicio de las Administraciones Públicas y su duración hubiera sido igual o superior a 8 horas, con la siguiente distribución:

Cursos con una duración de 8 a 24 horas: 0,01 puntos.

Cursos con una duración de 25 a 49 horas: 0,05 puntos.

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Cursos con una duración de 50 a 74 horas: 0,10 puntos.

Cursos con una duración de 75 a 99 horas: 0,15 puntos.

Cursos con una duración de 100 a 199 horas: 0,30 puntos

Cursos con una duración de 200 a 299 horas: 0,45 puntos

Cursos con una duración igual o mayor a 300 horas: 0,60 puntos

Los cursos deberán estar organizados e impartidos por Centros Oficiales de formación de funcionarios de esta Administración o de otras Administraciones Públicas o por Promotores de Planes de Formación Continua en las Administraciones Públicas o para el Empleo de las Administraciones Públicas.

Únicamente se valorarán los cursos que hayan sido impartidos en los 20 años inmediatamente anteriores a la fecha a que se refieran los méritos.

11.1.5. Conciliación de la vida familiar. Se valora hasta un máximo de 1,5 puntos.

a) El destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto. Se valorará a razón de 0,50 puntos como máximo en este apartado.

b) El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite una mejor atención del menor. Se justificará este apartado mediante declaración escrita del concursante, debidamente firmada, en la que se justifiquen fehacientemente las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del menor, debiendo acompañar la correspondiente documentación acreditativa de las justificaciones alegadas. Se valorará a razón de 1,00 puntos como máximo en este apartado.

c) El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos. Se valorará a razón de 1,00 puntos como máximo en este apartado.

11.2. SEGUNDA FASE.

Concurrirán a esta segunda fase del concurso los participantes que hubieran alcanzado la puntuación a la que se refiere el apartado 11 “I. PRIMERA FASE”.

La valoración máxima de esta fase segunda no podrá ser superior a 9 puntos, siendo necesaria una puntuación final mínima en la misma de 3,6 puntos para ser adjudicatario de cada puesto de trabajo solicitado.

La fase segunda consistirá en la comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto según se determinan, de forma abreviada, en la columna «Méritos Específicos» en el Anexo I y, de manera extensa y con

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las puntuaciones máximas asignadas a cada uno de estos méritos, en el Anexo I, que hayan sido alegados mediante la cumplimentación del apartado 6 del modelo de solicitud incorporado como Anexo II y debidamente acreditados documentalmente por los concursantes en la forma establecida la base 3 de esta convocatoria.

Junto a la documentación acreditativa de los méritos específicos alegados, los concursantes deberán presentar una memoria por cada puesto solicitado.

La memoria consistirá en la elaboración de un estudio relacionado con su contenido funcional o de un estudio o proyecto de mejora organizativa o funcional relacionado con la Unidad a la cual pertenezca el puesto pedido. La memoria tiene asignada la puntuación máxima que figura en el Anexo I y se podrá ajustar al siguiente formato:

- Tipo de letra Arial, tamaño 11

- Interlineado 1,5 líneas, doble espacio entre párrafos.

- Márgenes: superior, inferior e izquierdo: 3,5 cm., derecho: 2 cm.

- Máximo diez páginas, excluida la portada e índice, tamaño Din-A4, mecanografiadas por una sola cara.

Para la valoración de los méritos específicos relacionados con la experiencia profesional alegada por los aspirantes se observarán las siguientes reglas:

1ª. – Se valorará la experiencia adquirida por la prestación efectiva de servicios en puestos de trabajo adscritos a los Cuerpos/Escalas habilitados a este concurso.

2ª. – El certificado de esta clase de méritos deberá contener la definición detallada de las funciones o tareas concretas desarrolladas por los concursantes en el desempeño del puesto o puestos correspondientes.

No bastará para acreditar el desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de la experiencia alegada aquel certificado que única y exclusivamente contenga una mera enumeración de las funciones asignadas legal o reglamentariamente a un Escala o Cuerpo o remita a las normas en que vengan determinadas. Tampoco será suficiente a tal fin la mera enunciación literal de los méritos específicos tal como se recogen en esta convocatoria.

3ª. – La acreditación de conocimientos o de formación no será computado en ningún caso como experiencia.

4ª. – La puntuación máxima asignada a cada uno de estos méritos se adquiere por el desempeño efectivo de servicios en los puestos determinados en la regla primera que conlleve la ejecución de funciones y tareas relacionadas directamente con el mérito correspondiente durante un periodo de cinco años, siempre que estén incluidos dentro de los diez años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

5ª. – De acuerdo con la regla anterior, la puntuación por cada año completo de experiencia acreditado en el correspondiente mérito específico se obtendrá como resultado de dividir por cinco la puntuación máxima asignada en la convocatoria a dicho mérito específico. Si el periodo de experiencia es inferior al año, por cada tres meses completos se asignará un cuarto de la puntuación correspondiente al año completo. Los periodos inferiores a tres meses no serán puntuables.

6ª. – No obstante lo establecido en las dos reglas anteriores, en el caso de que en un mismo periodo computable se hubieren realizado simultáneamente varias funciones o

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tareas, el tiempo de experiencia valorable será ponderado por la Comisión de Valoración en razón de la dificultad e intensidad de la dedicación en la ejecución de dichas funciones o tareas.

Con carácter previo al examen individual de los expedientes personales de cada concursante admitido a esta segunda fase, la Comisión de Valoración aprobará los criterios concretos de valoración y puntuación de cada uno de los méritos asignados en el Anexo I de la convocatoria para cada puesto y de la memoria, respetando en todo caso las reglas previstas en los párrafos anteriores. De los acuerdos que se aprueben sobre estos extremos, se dejará debida y pormenorizada constancia en el acta que se levante al efecto.

Una vez estudiados los expedientes de participación de los candidatos admitidos a esta segunda fase, la Comisión de Valoración les convocará a fin de celebrar una entrevista, que tendrá por objeto la verificación, precisión o aclaración sobre cualquier particular relacionado con sus méritos específicos y su memoria. La entrevista no podrá ser puntuada independientemente.

La presentación de la memoria y la asistencia a la entrevista serán requisitos indispensables para poder superar esta fase y optar a la adjudicación de los puestos solicitados.

La puntuación de esta segunda fase resultará de los méritos acreditados y de la memoria presentada, para cuya ponderación se tendrá en cuenta el resultado de la entrevista.

En la valoración de los méritos de esta segunda fase, incluida la memoria, sujetos a ponderación, la puntuación final resultante vendrá referida a la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Una vez celebrada la entrevista, deben quedar suficientemente reflejadas en acta las valoraciones y puntuaciones asignadas a los méritos específicos y a la memoria y la motivación de dichos acuerdos.

Duodécima. Acreditación de los requisitos de participación y los méritos.

12.1. Certificado de acreditación de antigüedad, grado personal y trabajo desarrollado. Los méritos relacionados con la antigüedad, grado personal y trabajo desarrollado se acreditarán mediante certificado expedido de conformidad con el modelo incorporado como Anexo III.

En el caso de los funcionarios del Ayuntamiento de León, dicho certificado será expedido de oficio por la Secretaria General de este Ayuntamiento a propuesta de la Subárea de Recursos Humanos, una vez verificada su participación en el concurso, en el plazo de un dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una copia será remitida a los interesados y otra se adjuntará a sus respectivas solicitudes de participación en el concurso.

Los funcionarios que tuvieran, además, otros servicios prestados como funcionarios de carrera o reconocidos en el Cuerpo/Escala desde el que concursen o en otros Cuerpos y Escalas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 11.1 de la base 11 y no estuvieren incluidos en el certificado anterior, deberán solicitar previamente y aportar la oportuna certificación de estos servicios expedida por el órgano competente de la

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mérito de antigüedad en este concurso.

12.2. Acreditación de otros méritos. El resto de los méritos alegados expresamente que no se acreditaren de oficio conforme al párrafo anterior deberán justificarse por el propio concursante por medio de documentos originales o copias de los mismos.

12.3. Méritos no alegados debidamente. No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados debidamente por el concursante, así como aquellos cuya acreditación documental no haya sido aportada de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior de esta Base y en la Base 3, o los que no aparezcan fehacientemente acreditados en el expediente de participación del concursante, aun cuando consten en el expediente personal o en expedientes de otros procedimientos distintos del regulado en la convocatoria.

12.4. Fecha de referencia para su valoración. Se tomará como fecha de referencia para la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación.

12.5. Los funcionarios de la Administración del Ayuntamiento de León que participen desde la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas deberán aportar el indicado certificado de requisitos y méritos – Anexo III –, previa su solicitud, que será extendido por el órgano competente de la Administración Pública en la que se encuentren destinados.

12.6. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas, en su caso, deberán solicitar previamente la expedición del certificado de requisitos y méritos, según el modelo que se recoge publicado como Anexo III, al órgano competente de la Administración de pertenencia y aportarlo junto con la solicitud de participación en el concurso.

12.7. Los concursantes que aleguen estar en posesión de los méritos específicos relacionados con la experiencia profesional de los candidatos, según se establecen para cada puesto en el Anexo I, han de solicitar los correspondientes certificados con el contenido definido en la base 11 acreditativos de aquellos méritos de los que pretendan valerse.

Estos certificados, según Anexo IV, se expedirán por la Secretaria General del Ayuntamiento de León a propuesta del Subárea de Recursos Humanos.

En el caso de que los méritos específicos de esta clase se hubieren adquirido en otras Administraciones Públicas, los certificados serán expedidos por los órganos competentes en materia de personal de la Administración que corresponda, según sus normas orgánicas.

12.8. La Subárea de Recursos Humanos, en su condición de órgano gestor de este procedimiento, o la Comisión de Valoración podrán requerir a los interesados, en cualquier momento procedimental anterior a la resolución definitiva, las aclaraciones o la documentación adicional o complementaria que estimen necesaria para la comprobación del cumplimiento de los requisitos de participación o de la acreditación de los méritos alegados, o subsanar aquella que se encuentre incompleta o sea defectuosa, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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11.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO MIXTO PARA

EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE PROPANO LICUADO PARA LOS DEPÓSITOS DE LA VIVIENDA DEL CONSERJE DEL CEIP DE PUENTE CASTRO Y COTO ESCOLAR, PERIODO DE 5 AÑOS (2019-2023).- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno del Concejal Delegado de Empleo, Promoción Económica y Educación, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 3 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: El expediente tramitado consta de:

Providencia de inicio suscrita por Concejal Delegado. Documentos contables RCs, por el importe de 42.500€, correspondientes a los años 2019 a 2023. Autorización del gasto por importe de 42.500€ y aprobación de los Pliegos de Prescripciones Administrativas y Técnicas Particulares rectores del procedimiento negociado sin publicidad, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el 26 de abril de 2019. Anexos I y II del pliego firmados por el oferente, con la siguiente oferta económica:

Precio del servicio de mantenimiento anual del depósito del CEIP de Puente Castro, con IVA: 0 €

Precio del servicio de mantenimiento anual del depósito del Coto Escolar, con IVA: 0 €

Precio Unitario por kilo de gas propano licuado en función del mes con IVA: SERA LA TARIFA BASE DE REPSOL GAS EN VIGOR EN CADA MOMENTO PARA TARIFA HASTA 0,8 Tn/año (2,28 €/kg en el mes de Abril 2019)

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone la adopción del presente ACUERDO: 1º.- Adjudicar el contrato de SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE GAS PROPANO A GRANEL PARA EL COTO ESCOLAR Y LA VIVIENDA DE LA CONSERJE DEL CEIP PUENTE CASTRO a favor de la entidad REPSOL BUTANO, SA, con CIF A28076420, para los años 2019 a 2023, en base a la oferta formulada por la misma, que consiste, según Modelo de oferta económica recogido como Anexo II a las Bases rectoras de la contratación, en:

Precio del servicio de mantenimiento anual del depósito del CEIP de Puente Castro, con IVA: 0 €

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Precio del servicio de mantenimiento anual del depósito del Coto Escolar, con IVA: 0 €

Precio Unitario por kilo de gas propano licuado en función del mes con IVA: SERA LA TARIFA BASE DE REPSOL GAS EN VIGOR EN CADA MOMENTO PARA TARIFA HASTA 0,8 Tn/año (2,28 €/kg en el mes de Abril 2019)

El plazo de ejecución se contará a partir de la fecha del presente acuerdo. 2º.- Disponer el gasto de 42.500 euros a favor de la entidad REPSOL BUTANO, SA, con CIF A28076420, a razón de 8.500 euros para cada uno de los años 2019 a 2023, de los que 6.000 euros corresponden al Coto escolar y 2.500 euros, en todas las cantidades con el IVA incluido, a la vivienda de la conserje del CEIP de Puente Castro.

12.- CONTRATO PRIVADO PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES REFERENTES A LA PROGRAMACIÓN DE LAS XX JORNADAS EUROPEAS DE LA CULTURA JUDÍA, 2019.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 2 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: El expediente tramitado consta de:

Providencia de inicio suscrita por la Concejala Delegada.

Documento contable RC, por el importe de 10000 €.

Informe Jurídico del Jefe del Departamento, con propuesta de adjudicación,

por importe total de 9.999,44€ a favor de TEATRO DIADRES, S.L., con CIF

B24290314.

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone, a la Junta de Gobierno Local, previa fiscalización por Intervención, la adopción del siguiente ACUERDO: ÚNICO.- Autorizar y Disponer el gasto consistente en ACTIVIDADES XX JORNADAS EUROPEAS DE LA CULTURA JUDÍA a favor de TEATRO DIADRES, S.L., con CIF B24290314, por importe de 9.999,44€ (IVA incluido).

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13.- CONTRATOS MENORES DE SERVICIOS PARA REALIZACIÓN DE

LAS VII JORNADAS DE NOVELA HISTÓRICA “REINO DE LEÓN” 2019.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 2 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: El expediente tramitado consta de:

Providencia de inicio suscrita por la Concejala Delegada

Informe de Justificación de Contratos Menores

Un documento contable RC, por importe de 6.500,00 €

Seis Compromisos, de otros tantos terceros, por el concepto de Actividades Docentes-Conferencias/Coloquios

Presupuestos correspondientes a los servicios por los conceptos de Alojamiento-manutención, Comida de clausura y Desplazamientos

Informe Jurídico de la Jefa del Departamento, que incluye una propuesta de Autorización y diez propuestas de Disposición, por un importe total de 5.894,86 €, así como resto de disposiciones procedentes.

Este apartado consta de:

Correos justificativos de la solicitud de, al menos, tres (3) presupuestos por los tres conceptos más abajo detallados

Un Presupuesto recibido (de siete solicitados) por el concepto de alojamiento y manutención de los intervinientes (y sus acompañantes, si fuera el caso) que es el siguiente:

ORDEN DE

PRELACIÓN CIF/NIF OFERENTE

PRECIO

(impuestos

incluidos)

1º B24294308 JAULAR Y VEGA, S.L. 691,00 €

- - LA REGIA – no disponibilidad de fechas -

- - REAL COLEGIATA– no disponibilidad de fechas -

- - HOTEL CONDE LUNA – no MP ni PC -

- - HOSPEDERÍA PAX – no contestó -

- - HOTEL INFANTAS – no contestó -

- - HOTEL QUINDÓS – no contestó -

Dos Presupuestos recibidos (de siete solicitados) por el concepto de comida de clausura de intervinientes y autoridades (más acompañantes, si fuera el caso) que son los siguientes:

ORDEN DE CIF/NIF OFERENTE PRECIO

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PRELACIÓN (impuestos

incluidos)

1º B24294308 JAULAR Y VEGA, S.L. 240,00

2º B24358491 LA REGIA LEÓN, S.L. 256,00 €

- - REAL COLEGIATA– no disponibilidad de fechas -

- - HOTEL CONDE LUNA – no contestó -

- - HOSPEDERÍA PAX – no contestó -

- - HOTEL INFANTAS – no contestó -

- - HOTEL QUINDÓS – no contestó -

Dos Presupuestos recibidos (de cinco solicitados) por el concepto de desplazamientos de intervinientes en tren (y sus acompañantes, si fuera el caso) que son los siguientes:

ORDEN DE

PRELACIÓN CIF/NIF OFERENTE

PRECIO

(impuestos

incluidos)

1º B24011850 VIAJES LEONTUR, S.L. 700,00 €

2º B24007965 VIAJES REYERO, S.L. 716,00 €

- - VIAJES BENTRAVEL, S.L. – no contestó -

- - VIAJES REYERO, S.L. – no contestó -

- - VIAJES MANTUR, S.L. – no contestó -

Un presupuesto de la propia Concejalía de Cultura, por el concepto de KILOMETRAJE - Incluye los tres kilometrajes a abonar a otros tantos conferenciantes que acuden a León en su vehículo particular. Les es de aplicación el precio por gastos de locomoción en vigor actualmente en el Ayuntamiento de León, según la orden EHA/3770/2005 (art 1.1).

NIF INTERVIENIENTE QUE SE DESPLAZA EN

SU VEHÍCULO PARTICULAR

PRECIO

(IMPUESTOS

INCLUIDOS)

7********0D ********************* 181,26 €

75******7S ********************** 301,34 €

17*****7F ********************** 181,26 €

TOTAL: 663,86 €

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y previo informe de fiscalización por parte de Intervención, SE PROPONE a la Junta de Gobierno Local la adopción de los presentes ACUERDOS: PRIMERO: Aprobar la Autorización del gasto de la actividad denominada VII JORNADAS DE NOVELA HISTÓRICA ‘REINO DE LEÓN’ año 2019, por un importe total de 5.894,86 (cinco mil ochocientos noventa y cuatro euros con

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ochenta y seis céntimos de euro) con cargo a la Reserva de Crédito efectuada y contabilizada al efecto, incluida en este expediente, por importe de 6.500,00 € SEGUNDO: Aprobar la Disposición y realizar la Adjudicación del gasto anterior, a favor de los siguientes terceros y por los importes y conceptos que figuran en la tabla:

CIF/NIF TERCERO ADJUDICATARIO

IMPORTE

(Impuestos

incluidos)

CONCEPTO DE GASTO

19*****8B ************************ 600,00 €

Honorarios conferencia y coloquio

jueves 14/11/2019

15*****6J ************************ 600,00 €

Honorarios conferencia y coloquio

viernes 15/11/2019

B14733158 PEÑOLA MENDOSA XXI, S.L. 600,00 €

Honorarios conferencia y coloquio

a cargo de José Calvo Poyato

viernes 15/11/2019

14*****8F ********************* 600,00 €

Honorarios conferencia y coloquio

sábado 16/11/2019

B99137796 TALLER DE HISTORIA, S.L. 1.200,00 €

Honorarios conferencia y coloquio

a cargo de Alejandro Corral

Orea jueves 14/11/19 (600,00 €)

y de José Luis Corral Lafuente

sábado 16/11/2019 (600,00 €)

72*****0D ********************** 181,26 €

Kilometraje por desplazamiento

i+v Zaragoza-León-Zaragoza

75*****7S ******************** 301,34 €

Kilometraje por desplazamiento

i+v Cabra (Córdoba)-León-Cabra

(Córdoba)

17*****7F ******************** 181,26 €

Kilometraje por desplazamiento

i+v Zaragoza-León-Zaragoza

B24011850 VIAJES LEONTUR, S.L. 700,00 €

Desplazamientos intervinientes

(más acompañantes, si es el caso)

B24294308 JAULAR Y VEGA, S.L. 931,00 €

Alojamiento en régimen de

Pensión Completa de todos los

intervinientes (y acompañantes,

en su caso) (691,00 €) + Comida

de Clausura con autoridades

(240,00 €)

TOTAL: 5.894,86 €

TERCERO: REVERTIR a la aplicación presupuestaria correspondiente el importe retenido que, finalmente, no ha sido autorizado ni dispuesto, y que es el siguiente:

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En la aplicación presupuestaria 08.33400.22720 – Revertir 605,14 €

14.- CONTRATO PRIVADO DE PATROCINIO PUBLICITARIO PARA CELEBRACIÓN DE LA XXXI Y XXXII EDICIÓN DEL FESTIVAL INTERNACIONAL DEL PURPLE WEEKEND, 2019-2020.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 8 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: El expediente tramitado, consta de:

Providencia de inicio suscrita por la Concejala Delegada

Documentos contables RC, por importe de 14.000,00 € para cada uno de los dos años, 2019 y 2020, en la aplicación presupuestaria 08.33400.22729.

El Pliego de Prescripciones Técnicas y Administrativas que ha de regir la contratación del Patrocinio Publicitario para la celebración en León de la XXXI Y XXXII EDICIÓN DEL FESTIVAL INTERNACIONAL DEL PURPLE WEEKEND 2019 Y 2020

Anexo I modelo de declaración responsable y oferta económica para personas físicas /jurídicas a efectos de contratar con el Excmo. ayuntamiento de león.

Informe Propuesta de la Jefa del Departamento con propuesta de Autorización de Gasto, por un importe de 14.000,00 € para cada uno de los dos años, 2019 y 2020, y Aprobación del Pliego de Prescripciones Técnicas y Administrativas para la contratación anteriormente mencionada.

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y previo informe de fiscalización por parte de Intervención, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción de los presentes ACUERDOS: PRIMERO: Aprobar el expediente para la contratación por el procedimiento negociado sin publicidad del Patrocinio Publicitario para la celebración en León de la XXXI Y XXXII EDICIÓN DEL FESTIVAL INTERNACIONAL DEL PURPLE WEEKEND 2019 Y 2020 y Autorizar el gasto por importe de 14.000,00 € (CATORCE MIL EUROS) para cada uno de los dos años, 2019 y 2020. SEGUNDO: Aprobar el Pliego de Prescripciones Administrativas y Técnicas que ha de regir el contrato privado de Patrocinio Publicitario para la celebración de los mencionados Eventos, a cargo de la ASOCIACIÓN CENTRO COMERCIAL

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ABIERTO DE LEÓN “CENTRO LEÓN GÓTICO”, con CIF V-24441958, que se realizarán del 5 al 8 de diciembre de 2019 y 4 al 8 de diciembre de 2020.

15.- CONTRATO PRIVADO PARA EL DESARROLLO DEL JUEGO INTERACTIVO “MARCO TOPO” PARA LA DINAMIZACIÓN DEL TURISMO FAMILIAR EN LEÓN.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 2 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: El expediente tramitado consta de:

Providencia de inicio suscrita por Concejal Delegado. Documento contable RC, nº 220190000645, por importe de 3.025,00€ Presupuesto Informe Jurídico del Jefe del Departamento, con propuesta de adjudicación, por un importe total de 3.025,00 € a favor de Marco Topo S.L. con CIF: B95868675 como único adjudicatario posible.

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone la adopción del presente ACUERDO: Autorizar y Disponer el gasto consistente en la creación de un Juego Interactivo Marco Topo para la Dinamización del Turismo Familiar en León a favor de Marco Topo S.L. con CIF: B95868675 por un importe total de 3.025,00 €.

16.- CONTRATO MENOR DE SUMINISTRO Y PRIVADO DE ESPECTÁCULOS/ARTISTAS PARA LA FERIA INTERNACIONAL DE TURISMO B-TRAVEL.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, el informe propuesta emitido por la Tecnico Superior Adjunta a Jefe de Servicio Educación y Cultura, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Cultura, Patrimonio y Turismo, asi como con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 3 de mayo de 2019, con el contenido siguiente: El expediente tramitado consta de:

Providencia de inicio suscrita por Concejal Delegado. Documento contable RC, nº 220190002910, por importe de 10.000,00€ Presupuestos y compromisos de actuación

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Informe Jurídico del Jefe del Departamento, con propuestas de adjudicación, por un importe de 2.963,70 € a favor de la FIRA INTERNACIONAL DE BARCELONA con CIF Q0873006A y 5.985 € a favor de PROGRAMAS EDUCATIVOS TIEMPO DE OCIO, con CIF.: G24512055

En base a lo que antecede, de conformidad con el artículo 175 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y previo informe de fiscalización por Intervención, se propone la adopción de los presentes ACUERDOS: Autorizar y Disponer los siguientes gastos:

CIF/NIF TERCERO ADJUDICATARIO

IMPORTE

(Impuestos

incluidos)

CONCEPTO DE

GASTO

Q0873006A FIRA INTERNACIONAL DE

BARCELONA 2.963,70 €.

Contratación de un

Espacio (Stand) para

participar en la Feria

Internacional de Turismo

BTravel

G24512055 PROGRAMAS EDUCATIVOS

TIEMPO DE OCIO 5.985,00 €

Contratación de las

Representaciones

Artísticas y

Presentaciones a

celebrar en la Feria

Internacional de Turismo

BTravel

TOTAL: 8.948,70 €

17.- MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONCEJALÍA DE COMERCIO, CONSUMO Y FIESTAS PARA EL EJERCICIO 2019.- Se acordó probar la propuesta formulada por el Concejal Delegado de Comercio, Consumo y Fiestas, que cuenta con el informe favorable de la Intervencion Municipal de fecha 6 de mayo de 2019, con el contenido siguiente:

Primero.- MODIFICAR el Plan Estratégico de subvenciones de la Concejalía de Comercio, Consumo y Fiestas para el ejercicio 2019, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local el día 1 de Marzo de 2019, en los siguientes términos: El Título del punto 4. del mismo, tendría la siguiente redacción:

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4. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN Y LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERÍA Y TURISMO DE LA PROVINCIA DE LEÓN, PARA PROMOVER Y APOYAR LA SEMANA INTERNACIONAL DE LA TRUCHA 2019 Segundo.- AMPLIAR el contenido del Plan Estratégico de subvenciones de la Concejalía de Comercio, Consumo y Fiestas para el ejercicio 2019, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local el día 1 de Marzo de 2019, añadiendo los puntos 7 y 8 al mismo, con el siguiente contenido: 7.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN Y ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y HOSTELEROS “LEÓN CENTRO” Objetivo: Promoción del comercio local en el Municipio de León Efectos Pretendidos:

Dinamización del comercio local o de proximidad

Actividades y líneas de subvención:

Colaborar de forma conjunta en los derivados del proceso de digitalización de la tarjeta “León Pass”. Costes previsibles: 5.000 euros.

Temporalización: Convenio anual Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuatro del Presupuesto de la Concejalía de Sanidad, Comercio y Consumo Régimen de seguimiento y evaluación: Se efectuará mediante la comprobación de la documentación justificativa relacionada en el texto del convenio tanto a nivel económico, como a nivel de ejecución del proyecto. 8.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN Y CENTRO COMERCIAL ABIERTO DE LEÓN “CENTRO LEON GOTICO” Objetivo: Promoción del comercio local en el Municipio de León Efectos Pretendidos:

Impulso de las ventas on line para el comercio de proximidad

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Actividades y líneas de subvención:

Colaborar de forma conjunta en los gastos de derivados de la promoción de la plataforma e-commerce León de compras, al objeto de que cualquier persona interesada, pueda adquirir on line, los productos ofrecidos por el pequeño comercio de la ciudad.

Costes previsibles: 10.000 euros.

Temporalización: Convenio anual Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuatro del Presupuesto de la Concejalía de Sanidad, Comercio y Consumo Régimen de seguimiento y evaluación: Se efectuará mediante la comprobación de la documentación justificativa relacionada en el texto del convenio tanto a nivel económico, como a nivel de ejecución de proyectos.” 18.- APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A LOS CLUBES DEPORTIVOS REPRESENTATIVOS DE LA CIUDAD DE LEÓN PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE RESIDENCIA PARA SUS DEPORTISTAS (BECAS).- Se acordó probar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Juventud, Igualdad y Deportes, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de mayo de 2019, con el contenido siguiente:

1.-Aprobación de las Bases para la concesión de diez becas de alojamiento

para deportistas de primeros equipos de Clubes representativos de la ciudad de León durante el año 2018, en régimen de concurrencia competitiva, y con una dotación de 5.000 € cada una destinadas a cubrir gastos de alojamiento.

2.- Aprobación de un gasto total por un importe de 50.000,00 € con cargo a

la partida presupuestaria 09.34100.48101 del presupuesto de la Concejalía de Deportes para el ejercicio económico del 2018 prorrogado para el ejercicio del 2019.

3.- Disponer la publicación de las citas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de León.

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19.- APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A LOS CLUBES DEPORTIVOS DE FÚTBOL BASE DE LA CIUDAD DE LEÓN PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE LA TEMPORADA DEPORTIVA 2018/2019.- Se acordó probar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Juventud, Igualdad y Deportes, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 8 de mayo de 2019, con el contenido siguiente:

1.-Aprobación de las Bases para la concesión de las subvenciones

deportivas a favor de los Clubes deportivos de Futbol Base de la Ciudad de León en la temporada deportiva 2018-2019. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), el procedimiento se inicia de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

2.- Aprobación de un gasto total por un importe de 96.000,00 € con cargo a

la partida presupuestaria 09.34100.489.02 del presupuesto de la Concejalía de Deportes para el ejercicio económico del 2018 prorrogado para el ejercicio del 2019.

3.- Disponer la publicación de las citas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de León”.

20.- CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, EN MATERIA DE INTEGRACIÓN SOCIAL A ENTIDADES DEL SISTEMA DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DEL DROGODEPENDIENTES DE CASTILLA Y LEÓN (SAISDE) DEL MUNICIPIO DE LEÓN, 2019.- Se acordó probar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Juventud, Igualdad y Deportes, que cuenta con el informe favorable de la Intervención Municipal de fecha 7 de mayo de 2019, con el contenido siguiente:

PRIMERO: Conceder la Subvención, en régimen de concurrencia No competitiva y según lo establecido en la cláusula V de la Convocatoria.

SEGUNDO: Disponer del gasto por importe de 4.000€, para atender a dicha Convocatoria Pública de Subvenciones con cargo a la partida presupuestaria con código 14.23144.48925, que cuenta con consignación presupuestaria en el Presupuesto para el año 2019, a las siguientes entidades del Sistema de Asistencia e Integración Social de Drogodependientes (SAISDE) del municipio de León y por la cuantía señalada:

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SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, EN MATERIAL DE

INTEGRACIÓN SOCIAL, A ENTIDADES DEL SISTEMA DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL DEL

DROGODEPENDIENTE DE CASTILLA Y LEÓN (SAISDE) DEL MUNICIPIO DE LEÓN 2019

ENTIDAD CIF Importe Subvención

Asociación Provincial de Alcohólicos Rehabilitados de

León - ARLE G-24013971 1.000€

Cruz Roja Española en León – CAD León Q-2866001G 1.000€

Asociación de Ayuda al Drogodependiente (ACLAD

León) G-47022090 1.000€

Fundación Centro Astorgano Leones de Solidaridad

(Fundación Cals Proyecto Hombre) G-24449472 1.000€

21.- DACIÓN DE CUENTA DEL PROYECTO “MAKING-CITY” FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA DENTRO DEL PROGRAMA “HORIZONTE 2020”.- La Junta de Gobierno Local quedo enterada del informe emitido por los Técnicos Adjuntos al Área de Fomento y Hábitat Urbano, que cuenta con el visto bueno de la Concejala de Urbanismo y Medio Ambiente, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

A propuesta de la Concejala-Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, el Ayuntamiento de León se integró durante el primer trimestre en 2018 en el grupo de trabajo liderado por CARTIF, con el objetivo de obtener financiación de la Unión Europea para el proyecto denominado “Making City”. “CARTIF es un centro tecnológico horizontal, privado y sin ánimo de lucro. Desarrolla proyectos de I+D+i financiados directamente por las empresas o a través de fondos públicos conseguidos en convocatorias competitivas de ámbito nacional e internacional. CARTIF también asesora a administraciones públicas (ayuntamientos y gobiernos regionales), en la planificación y desarrollo de proyectos innovadores con elevado retorno económico. El Centro mantiene los mismos valores y objetivos con los que nació en 1994, siendo el principal el de contribuir al desarrollo de su entorno económico y social a través del uso y fomento de la innovación tecnológica, mediante el desarrollo y la difusión de la investigación. Sus equipos interdisciplinares trabajan en cinco áreas de conocimiento que se corresponden con diferentes sectores económicos y tecnológicos: industria, energía y medio ambiente, construcción e infraestructuras, agroalimentación y salud y calidad de vida”. https://www.cartif.com/

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El 2 de febrero de 2018 el Ayuntamiento de León firma el compromiso de participación en el proyecto en el caso de que el mismo obtuviese financiación de la Unión Europea. El 5 de abril de 2018 se recibe el acuse formal por parte de la Comisión Europea de la presentación del proyecto para la convocatoria de 2018 de Horizonte 2020. El 6 de julio de 2018 la Comisión Europea comunica la valoración favorable para su financiación del proyecto “Macking-City”, y se inicia el proceso de firma por todos los socios del acuerdo o contrato de subvención (“Grant Agreement”). El “Grant Agreement”, de noviembre de 2018, identificado con el número 824418, consta de 526 páginas, y está firmado por los todos los socios y la Comisión (páginas 452 a 485). También en noviembre de 2018 se firma el “Consortium Agreement” que es el acuerdo de los socios del consorcio. El 18 de diciembre de 2018 el Ayuntamiento de León solicita el pago del importe de 50.312,50 euros del adelanto del proyecto, que es ingresado por Cartif el 21 de febrero de 2019. Resumen del proyecto “Macking-City” La ciudad de León se integra como ciudad seguidora este proyecto Smart City. Como se ha indicado es un proyecto financiado por la Unión Europea en el programa Horizonte 2020, convocatoria de 2018 "Construyendo un futuro bajo en carbono y de clima resiliente: energía limpia, eficiente y segura”. La denominación completa del proyecto es “El camino de la energía eficiente para la transformación de la ciudad, posibilitando un futuro positivo” y su acrónimo “Making-City”. Making a City es un proyecto demostrativo a gran escala orientado hacia el desarrollo de nuevas estrategias integradas para acometer la transformación del sistema energético urbano hacia ciudades bajas en carbono, con el enfoque de los “distritos de balance energético positivo” (PED) como pieza clave en el camino de la transición energética urbana. El proyecto se centrará en conseguir pruebas sobre el potencial real del concepto PED (Distritos de balance energético positivo), como base para un camino altamente eficiente y sostenible para llegar más allá de los actuales mapas de transformación urbana. Aunque en principio el enfoque PED parece una estrategia sólida y ambiciosa, se deberá complementar con un planeamiento urbano a largo plazo para asegurar y promover un impacto a mayor escala. Actualmente los planes energéticos de las ciudades se diseñan con un horizonte a 2030, siguiendo los compromisos estándar de las ciudades como pueden ser los Planes de Acción climática y energía sostenible u otros más específicos.

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El proyecto elaborará metodologías para apoyar a las ciudades en su planeamiento urbano a largo plazo hacia una adecuada transición energética, preparando el camino del proceso, a mayor escala, de planeamiento y puesta en práctica. El Proyecto cuenta con dos ciudades FARO (Groningen, Holanda y Oulu, Finlandia), que cuentan con unos planes muy ambiciosos de transformación urbana hacia el concepto PED y además, con varias ciudades seguidoras: de León (España), Bassano del Grappa (Italy), Kadikoy (Turquía), Poprad (Eslovaquia), Vidin (Bulgaria), y Liblin (Polonia). También participan universidades, institutos de investigación y fundaciones. El Ayuntamiento de León, con la EDUSI ya aprobada para los barrios de la zona norte, consideró que la participación de León en esta propuesta será de alto valor, tanto para la ciudad como para la estrategia EDUSI. La participación de las ciudades seguidoras en esta convocatoria es sustancialmente más importante que en los proyectos precedentes, debiendo participar en los proyectos de forma muy activa desde su comienzo. La financiación también se incrementa, en el caso de León 287.000,00€ subvencionados al 100%. Como ciudad seguidora o “follower” se abordará un proceso completo de transformación urbana. La duración del proyecto será de 60 meses, es decir 5 años. CARTIF, que es el coordinador del proyecto, tiene una importante presencia en el entorno Smart City a nivel europeo, siendo la entidad europea con más participación en grandes proyectos demostrativos etiquetados como Smart City por la Comisión. A día de hoy, cuenta con un portfolio de 8 proyectos Smart City de los cuales, además, en 5 ejerce el rol de coordinador. Trabaja, a diferentes niveles, con cerca de 100 ciudades, principalmente europeas. En los días 12, 13 y 14 de diciembre de 2018 se celebró Parque Tecnológico Boecillo el evento inaugural “Kick-of-meeting” del proyecto. Esta primera reunión del consorcio del proyecto ofreció la oportunidad de conocer cara a cara a todos sus integrantes y se expusieron los objetivos del proyecto MAKING CITY, para comprender el papel de cada socio miembro y sus responsabilidades, analizar el estado de las ciudades faro y las expectativas de las ciudades seguidoras, establecer el plan de trabajo y las colaboraciones entre los distintos "paquetes de trabajo" (WP en adelante), establecer las tareas, las acciones y los "entregables", presentar las guías éticas y de gestión, los temas legales y financieros y celebrar la primera Asamblea General del proyecto.

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El proyecto cuenta con 34 socios, 2 ciudades faro, 6 ciudades seguidoras y diversas empresas, asociaciones, fundaciones y universidades. El coordinador del proyecto es CARTIF.

Esquema de los diferentes paquetes de trabajo del proyecto e interrelación

entre ellos:

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WP1_Nuevo planeamiento urbanístico y energético de la ciudad a largo plazo. Visión de la ciudad para el 2050

WP2_ Demostración del concepto de Distrito de Balance Energético Positivo (PED) en Oulu

WP3_ Demostración del concepto de Distrito de Balance Energético Positivo (PED) en Groningen

WP4_ Concepto de Distritos de Balance Energético Positivo (PED), replicabilidad. WP5_ Marco de Evaluación e innovación social WP6_ Aprovechamiento y modelos de negocio WP7_ Diseminación y comunicación WP8_Colaboración con otros proyectos y redes WP9_ Coordinación y gestión ética Compromisos de la ciudad de León dentro del proyecto

1. Desarrollo de una hoja de ruta de transformación de la ciudad para 2050 (Visión para 2050 a largo plazo), y los primeros 5 años del plan de implementación detallado.

2. Revisión o redacción de un PACES (Visión a medio plazo).

3. Plan de replicación para las ciudades seguidoras.

4. Todo esto implica la selección de un área de intervención para obtener un distrito

de energía positiva PED durante el proyecto, sobre la base del trabajo realizado por las ciudades Faro. El resultado asociado a esta actividad será el conjunto de especificaciones técnicas, el proyecto de ejecución, el procedimiento de licitación iniciado y, si es posible, una pequeña intervención antes del final del proyecto.

5. Desde un punto de vista práctico, una ciudad seguidora debe proporcionar:

- Compromiso de creación de una oficina de planificación urbana (si no

existe), integrando los departamentos necesarios y las personas clave para abordar la visión de la ciudad 2050.

- Identificar (y probablemente invitar a ser socio completo dependiendo del caso) al socio energético clave de la ciudad.

- Identificar 2-3 posibles áreas de intervención para diseñar un bloque de energía positiva durante el proyecto. En nuestro caso dentro de la zona Edusi.

- Establecer un compromiso de inversión, o al menos identificar en la estrategia urbana actual algunas posibilidades (orientativas) que permitan financiar posibles intervenciones, incluso durante el proyecto.

6. La ciudad también se compromete a asistir a las distintas reuniones - es obligatoria

la asistencia y la participación. Además de la obligación de organizar una reunión del consorcio en León.

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Presupuesto Contribución de la CE al proyecto total: 18.089.582,76 € Presupuesto del Ayuntamiento de León: 287.500,00 € Coeficiente de financiación para León: 100% Desglose presupuesto aprobado por la CE del Ayuntamiento de León:

Costes directos

Costes de personal 195.000,00 €

Viajes 30.000,00 €

Organización reuniones (9ª PM) 5.000,00 €

Costes indirectos

(tipo fijo 25%) 57.500,00 €

Total 287.500,00 €

Esfuerzo o aportación de personal al proyecto por parte de León: Horas del coste de personal que contrate el Ayuntamiento de León para este proyecto que deberán ser dedicadas al mismo:

Paquete de

trabajo

(WP)

Esfuerzo

(PM*)

WP1 25.00

WP2 0.00

WP3 0.00

WP4 13.00

WP5 3.00

WP6 1.00

WP7 3.00

WP8 3.00

WP9 2.00

TOTAL 50.00

* PM significa person-month (persona-mes), unidad utilizada para medir el tiempo

(horas) dedicado a cada paquete de trabajo, por una o varias personas de la

entidad, en un período de tiempo dado.

Horas anuales productivas / 12.

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Normalmente 1PM = 143,33 horas, por lo que la participación total de León en el

proyecto (50PM) equivale a un total de 7.166,66 horas productivas.

Los costes que el Ayuntamiento va a imputar al proyecto son fundamentalmente de personal (aproximadamente 7.167 horas, en torno al 75-80% del presupuesto) por lo que es necesario definir internamente como se va a ejecutar el proyecto, y trasladárselo al coordinador para confirmar que los gastos son legibles. Será necesaria la contratación del personal necesario en próximos meses para el desarrollo del proyecto, con la duración del mismo y con el perfil profesional adecuado. Además del gasto, las horas de personal deberán justificarse obligatoriamente, o mediante un registro informático o mediante una hoja-tabla mensual (la Comisión aporta un modelo) firmada por el trabajador y el supervisor. Los requerimientos para que los costes de personal sean legibles se pueden verificar en el Art. 6.2 del Grant Agreement. Próximas tareas del Ayuntamiento de León en el proyecto

WP Tareas

WP 1 1.1 Definición del Departamento de Planificación Urbana

1.4 Capacitación, asesoramiento y orientación en la implantación de

la planificación energética

1.5 Desarrollo de una Visión de Ciudad a 2050 en cada ciudad

1.6 Actualización de la planificación a medio plazo (Plan de Acción

para el Clima y la Energía Sostenible)

WP4 4.1 Metodología/directrices para el diseño de Distritos de Balance

Energético Positivo (PED)

4.2 Selección de zonas para diseñar los PED de las seis ciudades

seguidoras

4.3 Diseño de los PED de las ciudades seguidoras

4.4 Planes de escalado y réplica para las ciudades seguidoras y

ciudades faro

4.5 Certificación y estandarización de los PED

WP5 5.7 Innovación social - aumento de la apropiación de las soluciones

por parte de los ciudadanos

WP6 6.1 Adaptación de modelos de negocio innovadores al concepto

específico de los PED

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WP7 7.1 Comunicación

7.2 Difusión

7.3 Eventos

WP8 8.3 Colaboración con otras iniciativas de la UE

Lista de tareas en las que León está directamente implicada Entregables. Informes que León está comprometido a emitir (redacción y entrega en la plataforma digital).

Estructura temporal de las reuniones del proyecto

EVENTO LUGAR ANFITRIÓN MES

1ª PM (KoM) Valladolid (España) CAR 1

2ª PM Groningen (Países

Bajos)

GRO 6

3ª PM + 1ª RM Oulu (Finlandia) OUK 14

4ª PM Lublin (Polonia) LUB 18

5ª PM Bassano (Italia) BAS 24

6ª PM + 2ª RM Groningen (Países

Bajos)

GRO 32

7ª PM Kadiköy (Turquía) KM 36

8ª PM + 3ª RM Oulu (Finlandia) OUK 42

9ª PM León (España) LEO 48 (dic./22)

WP Entregable

(informes)

Fecha entrega

(nº mes)

WP1

D1.8

Plan urbano a largo plazo de León

(Visión de ciudad 2050)

60

(dic/23)

D1.16

PACES de León (nuevo/revisión)

60

(dic/23)

D1.28

Versión inicial del Plan urbano a largo plazo de

León

(Visión de ciudad 2050)

36

(dic/21)

WP4 D4.10

Plan de replicación para León

60

(dic/23)

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10ª PM Vidin (Bulgaria) VID 54

11ª PM + Final RM Bruselas (Bélgica) CAR 60

Periodic meetings-PM (reuniones periódicas)

Reporting meetings-RM (reuniones informativas)

Documentos GA: Grant Agreement (Acuerdo de Subvención o contrato) Contrato principal firmado por todos los socios. Documento legal que regula el proyecto, su desarrollo temporal, los compromisos de cada socio, el reparto presupuestario, etc. Incluye y especifica las responsabilidades de cada socio y aspectos de legibilidad y justificación de costes. CA: Consortium Agreement (Acuerdo del consorcio de socios) Contrato adicional entre los beneficiarios Otros documentos y referencias importantes son: Portal del Participante de la Comisión Europea https://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/home.html H2020 Annotated Model Grant Agreement (Modelo anotado del GA, en inglés) http://ec.europa.eu/research/participants/data/ref/h2020/grants_manual/amga/h2020-amga_en.pdf H2020 Manual Online del Grant Agreement (en inglés) http://ec.europa.eu/research/participants/docs/h2020-funding-guide/index_en.htm Normas de Comunicación Normas de visibilidad de la Unión Europea: Art. 27, 28, 29 y 38 del MAKING-CITY Grant Agreement. 1.- Incluir el siguiente texto, para actividades de comunicación (publicaciones, etc.): "Este proyecto está subvencionado por el programa de la Unión Europea Horizonte 2020 de investigación e innovación bajo el acuerdo de subvención nº 824418". 2.- Incorporar el emblema de la UE: El emblema de la UE y la referencia a la financiación de la UE deben ser exhibidos de tal forma que sean visibles para el público. Grupo de trabajo del Ayuntamiento de León y del ILRUV del proyecto Hasta la fecha en este proyecto están colaborando directamente:

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1. Enery Acevedo González, arquitecta del ILRUV. 2. Miguel Carpintero Suárez, Técnico de Administración General del Área de

Fomento y Hábitat Urbano. Asesor Jurídico del ILRUV. 3. Mª Elena Ferrero Calzada, Técnica de Administración General del Servicio de

Ordenación y Gestión Urbanística. Directora Técnica del ILRUV. 4. Begoña Gonzalo Orden, Arquitecta, Técnica de Desarrollo del Área de Fomento y

Hábitat Urbano. Asesora Técnica del ILRUV. 5. Mónica Prada Corral, arquitecta del ILRUV.

22.- PROYECTO "PLANES DE ACCIÓN PARA EL CLIMA Y LA ENERGÍA SOSTENIBLE INTEGRADOS E INSTITUCIONALIZADOS - 2ISECAP". DACIÓN DE CUENTA DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ELABORADA Y DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PRESENTADA, CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA, DENTRO DEL PROGRAMA HORIZONTE 2020, COMO CIUDAD PARTICIPANTE EN EL CONSORCIO EUROPEO COORDINADO POR LA AGENCIA GRIEGA BPM (PROJECT MANAGEMENT S.A.).- A propuesta de la Concejala-Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, los Técnicos Superiores del Área de Fomento y Hábitat Urbano D. Miguel Carpintero Suárez, Dª Elena Ferrero Calzada y la Técnico de Desarrollo del Área, Dª Begoña Gonzalo Orden, en colaboración con el personal de la Oficina Técnica del ILRUV, han procedido a la elaboración de la documentación técnica para participar en una Convocatoria de subvenciones de la Unión Europea, dentro del programa Horizonte 2020, como ciudad participante en el consorcio. El proyecto "Planes de Acción para el Clima y la Energía Sostenible Integrados e Institucionalizados - 2ISECAP" ("Integrated & Institutionalized Sustainable Energy and Climate Action Plans - 2ISECAP) se ha redactado para ser presentado a la convocatoria del programa H2020 de la UE: Construyendo un futuro resiliente al clima y bajo en carbono: Energía segura, limpia y eficiente, H2020-LC-SC3-2018-2019-2020, tema “Apoyo a las autoridades públicas para implementar la Unión de la Energía"(EE-16-2018-2019-2020), alcance (a) “Apoyo a las autoridades públicas locales y regionales”, punto (3) “Formas innovadoras de posibilitar el compromiso público en la transición energética, desarrollando capacidades de interfaz en las autoridades públicas para comprometerse con la sociedad civil" 2ISECAP tiene como objetivo mejorar y complementar los conceptos propios de la planificación energética sostenible existentes; éstos son la planificación con la sociedad o planificación participativa y la planificación para la sociedad o planificación integrada, junto con el concepto de la planificación para ser ejecutada por la sociedad o planificación institucionalizada.

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Para alcanzar este objetivo 2ISECAP:

(i) analizará las iniciativas y coaliciones locales centradas en la transición energética (LECs), con el fin de identificar como suceden, funcionan y se desarrollan, y cuáles son las barreras y factores de acomodación para ser escaladas,

(ii) examinará el desarrollo de la capacidad institucional dentro del gobierno local y sus relaciones con la capacidad social,

(iii) identificará la medidas de creación de capacidad institucional necesarias para que el gobierno local apoye el escalado de las LECs,

(iv) desarrollará el enfoque y concepto de la Planificación para el Clima y la Energía Sostenible Integrada e Institucionalizada (2ISECAP), que adapta los PACEs (SECAPs) a la especificidad de las condiciones espaciales, mejorando sus vínculos con la planificación del territorio de toda sociedad,

(v) utilizará el concepto 2ISECAP avanzado para evaluar y revisar los PAEs y/o PACEs (SEAPs / SECAPs) de las ciudades europeas participantes en el proyecto, con el fin de mejorar su capacidad de implementación, ampliar su impacto y vincularlos a la nueva Agenda Urbana Europea,

(vi) desarrollará directrices y recomendaciones políticas en relación al desarrollo de 2ISECAPAs,

(vii) sensibilizará, determinará la efectividad y llevará a cabo acciones de escalado del concepto y enfoque 2ISECAP.

Con el fin de lograr construir la capacidad institucional mencionada anteriormente, 2ISECAP hará uso del concepto de los Living Labs (LL). Se organizará un Living Lab Urbano (ULL) en cada una de las ciudades participantes del proyecto, y se constituirá un Living Lab Transnacional (TLL) sobre transición energética local. Si se aprobase, el proyecto sería ejecutado en tres fases principales:

La primera fase se centra en el estudio de las Coaliciones para la Energía Locales (Local Energy Colations - LECs) y el estudio de conceptos de planificación como son el planeamiento con el lugar (plan with places) y la planificación energética sostenible integrada, así como en la identificación de las herramientas, medidas y políticas institucionales apropiadas. La información recabada y el análisis y síntesis realizado será discutido y evaluado en los ULLs.

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La segunda fase incluye la aplicación del enfoque 2ISECAP desarrollado sobre los Planes de Acción para el Clima y la Energía Sostenible (SECAPs) de las ciudades participantes. Esto proporcionará a las ciudades y los agentes participantes un aprendizaje experimental y facilitará la demostración y validación de la efectividad del planteamiento desarrollado. El trabajo que será necesario realizar en esta etapa del proyecto será llevado a cabo de nuevo dentro del ambiente de los ULLs, al tiempo que se establece un Living Lab Transnacional (TLL) sobre transición energética local. El TLL incluirá organizaciones estatales de todos los Estados Miembros participantes y potencialmente algunos miembros de países externos al consorcio y/o asociaciones a nivel europeo.

El tercer período del proyecto estará dedicado a crear conciencia en relación a los resultados del proyecto en un esfuerzo por escalar su implementación no solo en los países del consorcio sino también fuera del mismo.

En el caso de ser seleccionado, 2ISECAP será desarrollado por un consorcio europeo coordinado por la agencia griega BPM (Project Management S.A.). El consorcio aunará alrededor de 14 socios: varias instituciones relacionadas con la investigación, planeamiento y desarrollo de la transición energética local y regional (ANKA/Grecia, JCyL/España, IUU-UVA/España, LEA/Eslovenia, Groningen Rijksuniversiteit/Países Bajos, ECNET/Dinamarca, UNIBS/Italia, HES-SO/Suiza, CREM/Suiza, ENSA I.K.E/Grecia) y un grupo de ciudades (Karditsa/Grecia, Ljutomer/Eslovenia y León/España).”

23.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE OBRAS.- Se acordó aprobar los dictamenes emitidos por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el día 7 de mayo de 2019, cuyos contenidos son los siguientes: “A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios Técnicos y Jurídicos Municipales, SE ACUERDA: - Conceder a ÁMBITO NORTE, S.L. con C.I.F. 24724668, licencia de obras para derribo de edificio situado en la calle Sampiro nº 8. Las obras se realizarán de conformidad con el proyecto presentado el 20 de marzo de 2019 y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia, - Conceder a MANUEL FERNÁNDEZ FRANCO, S.L., licencia de obras para construcción de edificio destinado a 28 viviendas, garajes y trasteros en la calle Daoiz y Velarde nº 79, de conformidad con los Proyectos Básico y de

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Ejecución presentados el 20 de noviembre de 2018, y bajo la dirección de los Técnicos designados en la solicitud. - Conceder a la DIÓCESIS DE LEÓN, licencia de obras para instalación de ascensor en el edificio del Seminario Mayor San Froilán, situado en la Plaza de Regla nº 8 ,cuyo expediente fue iniciado mediante solicitud de la interesada, presentada el 7 de marzo de 2019. Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud.

24.- EXPEDIENTES DE LICENCIA AMBIENTAL Y OBRAS.- Se acordó aprobar el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el día 7 de mayo de 2019, cuyo contenido es el siguiente: “Vistos los informes emitidos en el expediente por los Técnicos Municipales competentes, y visto lo establecido en el art. 99.1.d de la Ley 5/1999, de 8 de Abril, de Urbanismo de Castilla y León, a cuyo tenor, cuando además de la licencia urbanística se requiera licencia ambiental, ambas serán objeto de resolución única, así como el Informe de la Ponencia Técnica Municipal de Prevención Ambiental, SE ACUERDA conceder a CASTILLA SIGLO XXI, S.L. la licencia ambiental para HOTEL DE 4 ESTRELLAS (INCLUYE CAFETERÍA Y RESTAURANTE) en C/ San Francisco, 20 c/v a C/ Hospicio, de acuerdo con el proyecto o documentación técnica de la actividad que obra en el expediente, con las siguientes medidas correctoras: Todas las contenidas en el Proyecto o documentación técnica de la actividad aportados al expediente, en tanto en cuanto hayan sido objeto de informe favorable por los técnicos municipales. Asimismo, se acuerda conceder a CASTILLA SIGLO XXI, S.L., con C.I.F. B34167445, licencia de obras para la construcción de edificio destinado a Hotel de 4 estrellas (incluye cafetería y restaurante) situado en la calle San Francisco nº 13 c/v a la calle Hospicio. Las obras se realizarán de conformidad con el proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos designados en la solicitud presentada el 23 de febrero de 2018 y 11 de enero de 2019, habiéndose dictaminado el expediente relativo a la licencia ambiental por la Ponencia Técnica Municipal en reunión celebrada el 21 de diciembre de 2019. URGENCIA.- Fuera del Orden del Día y previa declaración de urgencia, se acordó incluir el siguiente asunto:

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25.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE OBRAS.- Se acordó aprobar los informes propuetas emitidos por la Técnico Superior Adjunta al Servicio de Licencias y Fomento de Edificación, cuyos contenidos son los siguientes, y de los que se dará cuenta a la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible en la próxima sesión que celebre:

25.1.- “Conceder a MNJ INMUEBLES, S.L. con C.I.F N1º B24327710 , licencia de obras para la ejecución de una actuación aislada de urbanización en la Avda. Antibióticos nº 73 , de conformidad con el Proyecto presentado el 5 de marzo de 2019 y de acuerdo con lo previsto en los artículos 210 y siguientes del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León,consistiendo esta actuación más en concreto en la urbanización de determinados viales que traen su causa de un estudio de detalle recientemente aprobado mediante acuerdo del Pleno Municipal en sesión celebrada el 28 de diciembre de 2018.

25.2.- “Conceder a D.********************* , en representación de la PARROQUIA NTRA. SRA. DEL MERCADO, licencia de obras para derribo de fachada exterior del edificio situado en la calle Herreros nº 10. Las obras se realizarán de conformidad con el proyecto presentado y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia formulada el 25 de julio de 2018 ,

Se acuerda asimismo conceder a D.************************ , en representación de la PARROQUIA NTRA. SRA. DEL MERCADO, licencia de obras reconstrucción y reestructuración del edificio situado en la calle Herreros nº 10, donde se ubicará el nuevo centro parroquial de Nuestra Sra. del Mercado. Las obras se realizarán de conformidad con el Proyecto presentado el 25 de julio de 2018 y bajo lo dirección de los Técnicos mencionado en la misma. 26.- MODIFICACION Y FIRMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LEON Y LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA REALIZACIÓN DEL PROTECTO PILOTO PACT-2.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Familia y Servicios Sociales, que cuenta con el informe favorable del Interventor General de fecha 9 de mayo de 2019, cuyo contenido es el siguiente: PRIMERO: Acordar la modificación del texto del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE LEÓN PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO PILOTO PACT-2, en la cláusula segunda apartado primero donde se recoge:

“Segunda. COMPROMISOS DE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES.

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La Gerencia de Servicios Sociales se compromete a: 1. Financiar al Ayuntamiento de León los gastos de personal técnico derivados de la ejecución del proyecto, a partir de la firma del presente Convenio y durante los 15 meses de duración del mismo. La cuantía está referenciada al módulo de personal técnico de grado medio, considerando una jornada completa, correspondiente al coste salarial establecido en el vigente “convenio colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos”. El importe es de 43.000€, y se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 0921.231B02.25000.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.” Debe recogerse: “Segunda. COMPROMISOS DE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES. La Gerencia de Servicios Sociales se compromete a:

1. Financiar al Ayuntamiento de León los costes de personal técnico derivados de la ejecución del proyecto, a partir de la firma del presente Convenio y durante los 15 meses de duración del mismo.

La cuantía está referenciada al módulo de personal técnico de grado medio, considerando una jornada completa, correspondiente al coste de personal establecido en el vigente “convenio colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos”.

El importe es de 42.523,62€, y se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 0921.231B02.25000.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con la siguiente distribución por anualidades:

Con cargo al año 2019: 19.130,71 euros

Con cargo al año 2020: 23.392,91 euros” SEGUNDO: Acordar la firma del Convenio modificado

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por finalizada esta sesión, siendo las diez horas, de la que se extiende la presente acta, que firma el Sr. Alcalde, conmigo, la Secretaria, que doy fe.