13
 INTRODUCCIÓN En el Perú se reconoce como antecedente inmediato y único de la nueva Ley de Títulos- Valores N° 27287 al artículo 237 de la Ley 26702 (Ley General del Sistema Financier o y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banc a y Seguros). Se establece en dicho dispositivo legal que: ³La Factura Conformada es un título valor que representa bienes entregados y no pagados, debidamente suscrita por el deudor en señal de conformidad en cuanto a la entrega de los bienes allí precisados , su valor y la fecha de pago de la f actura. La Factura Conformada es emitida por el acreedor, y puede ser endosada a terceros. Incluye la descripción de los bienes objeto de la transferencia, que quedan afectos a la prenda global y flotante a que se refiere el artículo 231. La Factura Conformada apareja ejecución en vía directa contra el deudor, quien queda constituido en depositario de los bienes transferidos por la misma, afectos a la referida prenda. La acción en vía de regreso se regirá p or los términos del endoso.´ Se trata pues de un título ± valor causal y en consecuencia de naturaleza distinta a la factura comercial que en nuestro país se trata de un documento tributario, contable y comercial.

FACTURA CONFORMADA

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 1/13

 

INTRODUCCIÓN

En el Perú se reconoce como antecedente inmediato y único de la nueva Ley de Títulos -Valores N° 27287 al artículo 237 de la Ley 26702 (Ley General del Sistema Financiero y del

Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros). Se establece en

dicho dispositivo legal que:

³La Factura Conformada es un título valor que representa bienes entregados y no pagados,

debidamente suscrita por el deudor en señal de conformidad en cuanto a la entrega de los

bienes allí precisados, su valor y la fecha de pago de la factura.

La Factura Conformada es emitida por el acreedor, y puede ser endosada a terceros. Incluye la

descripción de los bienes objeto de la transferencia, que quedan afectos a la prenda global y

flotante a que se refiere el artículo 231.

La Factura Conformada apareja ejecución en vía directa contra el deudor, quien queda

constituido en depositario de los bienes transferidos por la misma, afectos a la referida prenda.

La acción en vía de regreso se regirá por los términos del endoso.´

Se trata pues de un título ± valor causal y en consecuencia de naturaleza distinta a la factura

comercial que en nuestro país se trata de un documento tributario, contable y comercial.

Page 2: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 2/13

LA FACTURA CONFORMADA 

La Factura Conformada es un título valor que emite el vendedor en razón de una compraventa

al crédito, requiriéndose que el comprador preste su conformidad respecto a la recepción de los

bienes o mercaderías detalladas en el título.

Es un título valor que establece derechos sobre bienes que han sido entregados pero no

cancelados, la misma que debe ser suscrita por el deudor de conformidad a los bienes

consignados en ella, su valor y fecha de pago.

Veamos los aspectos normativos de mayor relevancia:

CARACTERISTICAS:

En el artículo 163 se establecen las siguientes:

- Se origina en la compra venta de mercaderías, así como en otras modalidades

contractuales de transferencia de propiedad de bienes susceptibles de ser afectados

en prenda, en las que se acuerde el pago diferido del precio;

No obstante que en la exposición de motivos de la novísima Ley de Títulos Valores

se argumenta que ³para el caso de la prestación de servicios con pago diferido

resulta suficiente el uso de la letra de cambio o pagaré, al no existir bien que afectar 

en garantía real´; se estima necesario se hagan extensivas las ventajas de este título

valor igualmente a los servicios en tanto su valor expresado en documentos

cambiarios no colisionarían con su calidad de título valor de la Factura Conformada.

Si bien en nuestra versión peruana de este título valor se considera la garantía real

de prenda sobre las mercaderías o bienes muebles que contiene la Factura

Conformada, carácter que resulta incoherente respecto de la regulación de este

derecho en nuestro sistema legal como se verá más adelante, la inclusión de los

servicios no resultaría incompatible ajustando esta característica al objeto de dicho

título valor. Más aún coadyuvaría a dinamizar la economía facilitando cobranzas por 

servicios que resultan manifiestamente engorrosas.

- El objeto de la compra venta u otras relaciones contractuales antes referidas debe ser 

mercaderías o bienes objeto de comercio, distintos a dinero, no sujetos a registros.

- Los bienes o mercaderías pueden ser fungibles o no, identificables o no. No deben

estar sujetos a carga o gravamen alguno, salvo al que el título representa.

- La conformidad puesta por el comprador o adquirente en el texto del título demuestra

por sí sola y sin admitirse prueba en contrario, que éste recibió la mercadería o

bienes descritos en la Factura Conformada, a su total satisfacción.

Page 3: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 3/13

- Sólo una vez que cuente con la conformidad, el título puede ser objeto de

transmisión.

- Desde su conformidad, representa además del crédito consistente en el saldo del

precio señalado en el mismo título, el derecho real de prenda que queda constituida

sobre toda la mercadería y bienes descritos en el mismo documento, en favor del

tenedor.

En efecto, la ley dispone que el objeto de la relación contractual se trate de bienes o

mercaderías no sujetos a registros. Estos pueden ser fungibles o no, identificables o

no. Asimismo, respecto de dichos bienes, desde la conformidad, la Factura

Conformada representa el derecho real de prenda constituida sobre la totalidad de

los mismos.

Se considera necesario, al respecto, contestar a qué tipo de prenda se refiere teniendo en

cuenta las siguientes premisas:

· Los bienes son entregados al comprador quien se convierte en depositario desde la

conformidad de la Factura Conformada; representando ésta, además, el derecho real

de prenda a favor del vendedor; sin embargo, de acuerdo al artículo 1055 del Código

Civil la prenda se constituye sobre un bien mueble, mediante su entrega física, para

asegurar el cumplimiento de cualquier obligación. No es esté el supuesto jurídico.

· No obstante lo anterior se puede argumentar que en la constitución de la prenda la

entrega de los bienes no necesariamente es física sino jurídica (art. 1055 C.C.). Al

respecto habría que tener en cuenta que según la novísima ley de Títulos ± Valores

los bienes pueden ser fungibles o no , identificables o no , PERO, igualmente señala,

NO SUJETOS A REGISTRO y de acuerdo al artículo 1059 del Código Civil la entrega

  jurídica sólo procede respecto de bienes muebles inscritos y en este caso sólo surte

efecto desde su inscripción en el registro respectivo.

· Veamos, pues, otra posibilidad, en tanto se trata de créditos. El caso de la prenda

legal (art. 1065 C.C), ésta ³sólo procede respecto de bienes muebles susceptibles de

inscripción.´

· Puede argumentarse que se trata de una prenda global y flotante en tanto así lo

establece el artículo 237 de la ley 26702 que a su vez se remite al artículo 231 del

mismo dispositivo legal (Ley General del Sistema Financiero). No obstante, dicho

gravamen opera para garantizar créditos de entidades del Sistema Financiero (

Resolución SBS 430-97 y Resolución 072-98-SUNARP) y recae en bienes fungibles.

Requiere, además, de un contrato y de su inscripción en los Registros Públicos. En

consecuencia, la referencia a la prenda Global y Flotante de los artículo 237 y 231 de

la Ley 26702 resultaría insuficiente en tanto la Factura Conformada puede estar 

referida a bienes muebles fungibles o no , identificables o no. Además, la Factura

Conformada resultaría sujeta a las siguientes formalidades: la Factura Comercial, La

Page 4: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 4/13

Factura Conformada, el contrato de Prenda Global y Flotante y la inscripción en los

Registros Públicos. Lo anterior llevaría a la Factura Conformada a los mismos

resultados obtenidos en Argentina.

· Las prendas que reconoce nuestro ordenamiento legal son: la civil (con entrega física

o jurídica o la prenda legal), prenda industrial, prenda agrícola, prenda de transportes,

prenda minera, prenda pesquera, prenda global y flotante (art. 2 de la ley 26366 de

creación de la SUNARP).

· No haciendo mención la novísima Ley de Títulos Valores al tipo de prenda que se

constituye por la Factura Conformada y no comprendiéndose en ninguna de las

referidas anteriormente, no queda más que suponer que se trata de una nueva

modalidad que en todo caso ante el silencio de la misma ley se podría llamar 

³PRENDA CAMBIARIA O CONFORMADA´ la que por ausencia de inscripción surtiría

efectos inter partes. El tema pues queda para su tratamiento.

CONTENIDO:

El artículo 164 de la ley 27827 establece que la Factura Conformada deberá expresar cuando

menos lo siguiente:

- La denominación de factura conformada;

- La indicación del lugar y fecha de su emisión;

- El nombre, número del documento oficial de identidad, firma y domicilio del emitente,

que sólo puede ser el vendedor o transfiriente; a cuya orden se entiende emitida;

- El nombre, domicilio y el número del documento oficial de identidad del comprador o

adquiriente;

- El lugar de entrega de las mercaderías o bienes descritos en el título. Este requisito

se considera como no esencial y a falta de indicación del lugar de entrega de las

mercaderías se entenderá que fue hecha en el domicilio del comprador o adquiriente

(art. 165.1);

- La descripción de la mercadería entregada, señalando su clase, serie, calidad,

cantidad, estado y demás referencias que permitan determinar naturaleza género,

especie y valor patrimonial; que queda afectado en garantía a favor del tenedor del

título;

- El valor unitario y total de la mercadería;

- El precio total o parcial pendiente de pago de cargo del comprador o adquiriente, que

es el monto del crédito que este título representa;

- La fecha de pago del monto señalado en el inciso anterior, que podrá ser en forma

total o en armadas o cuotas. En este último caso, deberá indicarse las fechas

respectivas de pago de cada armada o cuota;

- La indicación del lugar de pago y/o , en los casos previstos por el artículo 53, la forma

como ha de efectuarse éste. Es otro de los requisitos no considerados esenciales

Page 5: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 5/13

(art. 165.2), a falta de indicación del lugar de pago, éste se exigirá en el domicilio del

obligado principal, salvo que se haya acordado realizar el pago conforme al artículo

53 referido al pago con cargo en cuenta mantenida en una empresa del Sistema

Financiero Nacional;

- El número de comprobante de pago correspondiente a la transacción, expedido

según las disposiciones tributarias vigentes en oportunidad de la emisión del título,

cuando ello corresponda; y,

- La firma del comprador o adquiriente, quien desde entonces tendrá la calidad de

obligado principal y depositario de los bienes indicados en el inciso f).

Como puede apreciarse, insistiendo en las formalidades requeridas para éste título valor,

los artículos 164 y 165 glosados se refieren a los requisitos esenciales y no esenciales de

la Factura Conformada; al respecto, se consideran doce (12) requisitos de los cuales 10

son esenciales, frente a la letra de cambio en la que se exigen 08 requisitos de los cuales

04 son esenciales.

 Asimismo, el agregado que aparece en la ley con numeral 165.3y que no aparece en el

Proyecto de la ley del 17.06.99, está referido a un requisito no esencial que no aparece del

contenido de la Factura Conformada precisado en el artículo 164. Es de suponer que tal

referencia se realiza con relación al último requisito que debe contener la Factura

Conformada (literal l) cuando se expresa ³quien desde entonces ;́ es decir, de no

señalarse la fecha de conformidad, se considera que ésta fue hecha en la misma fecha de

la emisión del título. Este requisito se convierte en obligatorio cuando el vencimiento se

señala a cierto plazo o plazos desde su conformidad ( art. 166 inc. c).

VENCIMIENTO:

La Factura Conformada puede contener los siguientes vencimientos (ART. 166):

- A fecha o fecha fijas de vencimiento, según se trate de pago único, o en armadas o

cuotas. Esto constituye una diferencia y ventaja respecto de la letra de cambio que no

admite vencimientos sucesivos ni distintos a los señalados en el artículo 121 de la

ley.

- A la vista;

- A cierto plazo o plazos desde su conformidad, en cuyo caso deberá señalarse dicha

fecha de conformidad; y,

- A cierto plazo o plazos desde su emisión.

DEL PAGO DE LA FACTURA CONFORMADA:

Page 6: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 6/13

En caso de haberse pactado el pago de la Factura Conformada en armadas o cuotas, la falta

de pago de una o más de ellas faculta al tenedor a dar por vencidos todos los plazos y a exigir 

el pago del monto total del título; o, alternativamente, exigir las prestaciones pendientes en las

fecha de vencimiento de cualquiera de las siguientes cuotas o, inclusive, en la fecha de la

última armada o cuota, según decida libremente dicho tenedor. Para este efecto , bastará que,

de ser necesario, logre el correspondiente protesto o formalidad sustitutoria en oportunidad del

incumplimiento de cualquiera de dichas armadas o cuotas, sin que afecte su derecho no haber 

efectuado tal protesto o formalidad sustitutoria correspondiente a las anteriores o cada una de

las armadas o cuotas. La cláusula a que se refiere el artículo 52 ( cláusula de liberación del

protesto) que se hubiere incorporado a estas Facturas Conformadas, surtirá efecto sólo

respecto de la última armada o cuota(166.2).

- Constancia del pago.- Deberá dejarse constancia en la Factura Conformada de los

pagos de las cuotas o armadas, bajo responsabilidad del obligado principal o de la

Empresa del Sistema Financiero Nacional que verifique tales pagos, sin perjuicio desu obligación de expedir la respectiva constancia o recibo de tales pagos(166.3).

- Plazo del pago.- El plazo de pago o pagos del saldo del precio que se consigne en la

Factura Conformada no debe ser mayor de 1 (un) año, desde la fecha de su

conformidad (art. 169).

- Pacto de Intereses.- En la Factura Conformada procede estipular acuerdos sobre

tasas de interés compensatorio que devengará su importe desde su emisión hasta su

vencimiento, así como las tasas de interés compensatorio y moratorio para el periodo

de mora, de acuerdo al artículo 51, aplicándose en caso contrario el interés legal (art.

170).

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR O ADQUIRIENTE:

1. depositario.- El comprador o adquirente que haya dejado constancia de su

conformidad, además de su calidad de obligado principal del pago de la acreencia

que representa el título, queda constituido en depositario de los bienes descritos en el

documento, que quedan afectados en prenda en favor del tenedor (167.1).

 

2. Poner a disposición del tenedor los bienes por incumplimiento.- Ante su

incumplimiento en el pago, el comprador o adquirente debe poner a disposición los

bienes descritos en la Factura Conformada al primer requerimiento de su tenedor,

asumiendo en caso contrario las responsabilidades civiles y penales que le

corresponden como depositario (167.2) .

3. Obligación cuando se trata de bienes fungibles.- En el caso de factura Conformada

que represente bienes fungibles, el comprador asume las mismas obligaciones que

corresponden al depositario en la prenda global y flotante que señala la ley, por lo

Page 7: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 7/13

que puede optar por entregar los mismos bienes u otros de la misma naturaleza.,

clase especie, calidad y valor; u otros bienes a los que los bienes originalmente

afectados hubieren sido incorporados, siempre que éstos tengan mayor valor 

patrimonial ; o entregar su valor en dinero (167.3)

4. Obligación cuando se trata de bienes no fungibles.- En el caso de Factura

Conformada que represente bienes no fungibles, el comprador debe cumplir con la

obligación señalada en el segundo párrafo, sólo entregando el mismo bien no

sustituible o su valor en dinero (167.4).

5. Sustitución de bienes no fungibles por dinero.- Si el comprador opta por el pago del

valor de los bienes en dinero, debe hacerlo por lo menos por el monto de la suma

insoluta, sus intereses y gastos incurridos por el tenedor, con el límite del monto total

del valor de los bienes consignado en el título, sin perjuicio de las acciones

cambiarias que corresponden al tenedor por suma mayor al que pueda tener derecho (167.5).

6. Límite de la responsabilidad de obligados solidarios distintos al comprador.-Las

demás personas distintas al comprador que según el título valor resulten obligados

solidarios, sólo asumen responsabilidad por el pago del monto señalado en la

Factura Conformada, más los importes respectivos según el Artículo 92°; pero no

asume ninguna de las obligaciones que correspondan al comprador o adquirente

como depositario (167.6).

RELACIONES CAUSALES ENTRE VENDEDOR Y COMPRADOR:

Cualquier acción o reclamo que tuviera el comprador o adquirente contra el vendedor o

transfiriente , por vicio oculto o defecto del bien , podrá ser dirigida sólo contra este último o

contra su endosatario en procuración ; sin tener derecho a retener, respecto a terceros, los

bienes ni el precio pendiente de pago, ni demorar el pago según la fecha o fechas señaladas

en la Factura Conformada (168.1).

EJECUCION DE LA PRENDA:

 Aun cuando se hubiere acordado la venta directa y extrajudicial de los bienes descritos en la

Factura Conformada, la que se hará sin base y al mejor postor, el tenedor podrá optar por su

venta judicial , la que procederá por el solo mérito del protesto o formalidad sustitutoria , salvo

que se hubiere liberado de dicho trámite, determinándose la base para la subasta judicial

según el valor de las mercaderías consignado en el título sin que se requiera nueva tasación,

salvo que el tenedor disponga que ella se practique (168.2).

Page 8: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 8/13

NORMAS DE APLICACIÓN SUPLETORIA:

Son de aplicación a la Factura Conformada, en cuanto no resulten incompatibles con su

naturaleza, las disposiciones referidas a la letra de cambio (art. 171).

APRECIACIONES FINALES:

Tratándose de un título valor de amplias ventajas en el tráfico mercantil debe ser objeto de

una amplísima difusión. Más aún cuando puede ser objeto del contrato de Factoring que

permite en la praxis financiar a la pequeña y mediana empresa. Igualmente, deben revisarse

las formalidades que resulten incoherentes con su finalidad y que pueden llevarlo al fracaso

como sucedió en Argentina. La garantía real prevista debe igualmente precisarse a efectos

de evitar lecturas que puedan perjudicar al título valor reglamentándose su inscripción en el

registro correspondiente de la manera más ágil para los efectos de su oponibilidad como en el

caso de la prenda global y flotante.

CIRCULACIÓN DE LA FACTURA CONFORMADA :

VENTAJAS:

 Así si sumamos tal calidad causal, a la norma que señala como delito (artículos 427 y 433 del

Código Penal Peruano que pena hasta con diez años de prisión) el acto de emitir éste título

valor sin que exista de por medio transacción real alguna (Factura Conformada " de favor " ),

resulta un valor más confiable que otros títulos de crédito como la letra, en los que no siempre

se conoce el negocio jurídico o causa que les dio origen.

En esta característica radica justamente su ventaja frente a los demás títulos de crédito; pues

encontrándose señalados en la Factura Conformada, no sólo las mercaderías negociadas,

sino también el número dela Factura Comercial respectiva que, en el caso del Perú, ha

generado inclusive el pago de un tributo (IGV), este título representa una operación comercial

cierta, siendo más difícil generar estos títulos de favor; por lo que los acreedores y tomadores

del mismo, como son los Bancos y demás entidades.

ENDOSO:

Resultando así se un título de crédito similara la letra o al pagaré, en cuanto al derecho decrédito que represente y también en algo parecido al WARRANT, en cuanto a la prenda sobre

los bienes objeto de venta al crédito que representa, su transmisión se hace mediante endoso,

aun cuando su giro no se haga expresamente " A LA ORDEN´. Al resultar aplicable a la

Factura Conformada las mismas reglas que a la letra, resulta innecesaria dejar expresa

constancia de dicha cláusula " A LAORDEN´.

Page 9: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 9/13

Cabe que, en forma similar a la letra, la Factura Conformada circule antes de estar confirmada

por el comprador, por lo que se debe señalar su vencimiento ya sea a fecha fija, a días fecha o

a días vista.

EJECUCIÓN:

 Aun cuando se hubiere acordado la venta directa y extrajudicial de los bienes descritos en la

Factura Conformada, la que se hará sin base y al mejor postor, el tenedor podrá optar por su

venta judicial, la que procederá por el sólo mérito del protesto o formalidad sustitutoria, salvo

que se hubiere liberado de dicho trámite, determinándose la base para la subasta judicial

según el valor de las mercaderías consignado en el título sin que se requiera nueva tasación,

salvo que el tenedor disponga que ella se practique.

Page 10: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 10/13

CONCLUSIONES

La factura conformada es un título valor con antecedentes legislativos a nivel internacional,

pero de reciente aparición en nuestro ordenamiento jurídico. Primero, apareció en el sistema

financiero, luego se reconoció como título valor en la Ley Nº 27287,LTV; restringiendo se usó a

la transacción de mercaderías ±con pago diferido- no sujetas a registro y con la constitución de

garantía prendaria sobre ellas, a partir de Abril del 2004 se utiliza para la operaciones

comerciales ±con pago diferido- de transferencia de mercaderías o prestación de servicios que

originen obligación de emitir comprobantes de pago.

Este título valor puede ser definido como un título valor causal, nominativo, originado en

transacciones comerciales, sea de transferencia de mercaderías o prestación de servicios, en

los que sea obligatoria la emisión de comprobantes de pago y se haya acordado el pago

diferido; título valor que sólo con la constancia de conformidad del adquiriente o usuario

adquiere vocación circulatoria propia de este tipo de documentos.

Es un documento totalmente distinto de la factura comercial o factura-comprobante de pago, al

ser regulada por leyes diferentes, por su calidad de título valor, por la voluntariedad de su

emisión, por no eximir la obligación de entregar comprobantes de pago, por su creación

únicamente en operaciones al crédito y por la imposibilidad de ser utilizado para fines fiscales o

tributarios.

Tiene como características generales, las mismas que cualquier otro título valor. De manera

específica, se caracteriza por ser un título valor causal, de emisión voluntaria, que requiere de

la conformidad para poder ser transferido, asimismo, solo acepta el protesto por falta de pago.

Los requisitos formales esenciales que debe contener este título valor son: la denominación de

factura conformada, fecha de emisión, nombre, numero de documento oficial de identidad,

domicilio y firma del emitente y del adquiriente o usuario, descripción de la mercadería

entregada o servicio prestado, la indicación del valor unitario y el valor total de la transacción y

el importe pendiente de pago; admite cuatro modalidades de vencimiento: a fecha fija, a la

vista, a cierto plazo desde su conformidad, a cierto plazo desde su emisión. Los requisitos

esenciales son: el lugar de entrega de mercaderías, lugar de pago y fecha de conformidad; por 

aplicación supletoria de las normas referentes a la letra de cambio la indicación del lugar de

emisión y la fecha de pago. Los sujetos intervinientes para la factura conformada son: el

emitente, el adquiriente o usuario pudiendo también participar el garante, el endosante y el

endosatario.

Page 11: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 11/13

 

Page 12: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 12/13

 

Page 13: FACTURA CONFORMADA

5/5/2018 FACTURA CONFORMADA - slidepdf.com

http://slidepdf.com/reader/full/factura-conformada-559ab96967980 13/13