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Fecha: Octubre del 2010

UNIDAD DEUNIDAD DE

EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓNEXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN

Ing. Reynaldo Siancas Bergerie

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El área de Exploración y Explotación fue creada en noviembre de 1997, para la fiscalización de las empresas de extracción de hidrocarburos y en octubre de 1998, empezó la fiscalización efectiva. Desde ese entonces, tenemos la responsabilidad de supervisar que las operaciones de los diferentes lotes, se realicen observando las normas de seguridad y de protección al medio ambiente, utilizando las mejores técnicas de la industria del petróleo.

Unidad Exploración y Explotación

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UNIVERSO DE FISCALIZACIÓN

NÚMERO DE LOTES:-En Explotación: 19-En Exploración: 68 (a Octubre 2009)

INSTALACIONES TOTALES EN LOTES EN EXPLOTACIÓN:

-Pozos activos: 5042 -Baterías y manifolds: 98-Estaciones, bombas, compresores, Plantas, patios de tanques: 131-Plataformas marinas: 82-Varios miles de metros de oleoductos y gasoductos

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• Para garantizar que las empresas brinden un servicio confiable y de calidad, previniendo accidentes y daños al medio ambiente.• Para que las empresas cumplan con los dispositivos técnicos y legales de:

.- Seguridad.

.- Medio ambiente.

.- Operaciones

¿Para que fiscalizamos?

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¿Cómo fiscalizamos?Tipos de actividades

I.- Fiscalización operativaII.- Fiscalización pre-operativaIII.- Fiscalización Especial: Investigación de

derrames, accidentes, incendiosIV.- Supervisión de Plan de Abandono (Total o

Parcial) y/o de Plan de Cese (Temporal o Definitivo) de Actividades

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• Fiscalización de instalaciones que están en operación para determinar si cumplen con la normatividad vigente para la actividad de exploración y explotación hidrocarburos, en aspectos técnicos y de seguridad en las siguientes actividades:

Sísmica.Perforación. (Exploratoria y de Desarrollo).Completación.Producción.

•Se realizan visitas periódicas, con frecuencias que varían entre mensual y anual

•Se emiten oficios con observaciones detectadas

•Oficios incluyen plazos para su levantamiento

I.- Fiscalización operativa

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• Es aquella que se realiza para que las empresas con contratos de explotación obtengan un Informe Técnico Favorable de instalación, modificación o ampliación de baterías, patios de tanques, estaciones de bombeo y estaciones de compresión. Para lo cual se han establecido los procedimientos 17 A (Informe Técnico Favorable de Instalación) y 17 B (Informe Técnico Favorable de Modificación y/o Ampliación) del TUPA de OSINERGMIN D.S. 023-2009-PCM).

Comprende la revisión de los proyectos antes de que sean instalados a fin de cumplan con la normativa vigente.

• Asignación del fiscalizador se realiza dentro del mes de la solicitud

II.- Fiscalización pre-operativa

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• Empresas están obligadas a reportar a OSINERGMIN un informe preliminar en un plazo de 24 horas y en 10 días hábiles un informe final. (Accidentes, derrames, incendios).

• Los Accidentes Fatales, los Derrames mayores de 10 Barriles de petróleo y los Incendios, son investigados inmediatamente ocurrido el incidente y después de reportados a OSINERGMIN,

• Se emiten Informes Técnicos y/o se aplican sanciones si se encuentra que la empresa ha infringido la norma.

III.- Fiscalización Especial: Investigación de Accidentes Derrames e Incendios

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• Es la supervisión que se realiza a un área o instalación por el cese temporal o definitivo de actividades, a fin de asegurar el cumplimiento del  Plan de Abandono y normativa vigente.

• Las empresas supervisadas antes de la finalización o cese de actividades  deben obtener  la aprobación del Plan de Abandono en la DGAAE – MINEM, para luego solicitar la fiscalización del mencionado plan por OSINERGMIN según lo establecido en el procedimiento TUPA Nro 1.

• Supervisamos el cumplimiento del Plan de Abandono de las Empresas de Exploración y Explotación.

III.- Supervisión de Plan de Abandono (Total o Parcial) y/o de Plan de Cese (Temporal o Definitivo) de Actividades

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ETAPAS DE LA INDUSTRIA DEL PETRÓLEO

• EXPLORACION

• EXPLOTACION• TRANSPORTES• REFINACION• ALMACENAMIENTO y

DISTRIBUCION, Y

• COMERCIALIZACION

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ETAPAS DE LA EXPLORACIÓN

Estudio del Area• Geología de Superficie• Geofísica• Gravimetría• Magnética

Sísmica

Perforación

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Objetivo: Determinar probables ubicaciones para la perforación de pozos exploratorios.•Consiste en estudiar la estructura del subsuelo mediante la medición de tránsito de las hondas acústicas generadas por una explosión en la superficie (sismo artificial).

•Para ello se colocan cargas explosivas en pozos poco profundos, perforados especialmente. Luego se insertan en el suelo detectores (geófonos) conectados a un camión registrador con instrumentos.

•Con la explosión las ondas se desplazan al interior de la tierra reflejándose en las capas que se encuentran a su paso y regresando luego a la superficie donde son captados por los geófonos.

•Calculando el tiempo de ida y regreso de las ondas se llega a tener finalmente un perfil de la estructura del subsuelo con las profundidades de las diversas capas.

Sísmica

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GRUPO DE TROCHAGRUPO DE TROCHA

La labor de Sísmica se inicia con las Brigadas de Trocha, encargadas de cortar una Trocha de 2 metros de ancho por varios Kms de largo y recta.

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Personal perforando en Línea (todos con implementos de seguridad)

Perforación en Sísmica

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Promedio

• Profundidad del pozo: 15 mts.• Diámetro del hueco: 10 cms.• N° de fulminantes: 2• Carga: 2.5 Kgs.• Distancia entre tiros: 200 mts.

Se emplean equipos de perforación rotario portátil con Implementos de agua para levantar los cortes.

Perforación en Sísmica

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Cables y Geófonos

Diámetro del hueco ± 10 cms.

Al fondo del hueco se coloca una carga explosiva

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Caseta donde se lleva a cabo la Operación de Registro de la Sísmica

Se muestra momentos en que se registran los datos.

Registro en Sísmica

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Sísmica

- Las ondas sísmicas son generadas por la explosión de las cargas.

- El reflejo es captado y registrado por instrumentos en la superficie, denominados “Geófonos”, con milésimas de segundos de diferencia debido a la distancia que se encuentran uno del otro.

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• Se construyen en lo posible en claros naturales para reducir el área desbrozada.

• Area de Helipuertos (HP): 1500 a 2500 mts2.

• Plataforma de aterrizaje: 10 x 10 mts.

• Distancia entre Helipuertos: ± 5,000 mts. (5 Km.)

Helipuertos (HP)

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Campamento Volante (CV)

Se construyen en lugares fáciles de entrar y de preferencia planos para evitar la erosión del terreno y cerca de ríos y quebradas.

Se ubican en claros naturales, para evitar el corte de vegetación.

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Campamento Volante (CV)

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Se construyen al costado de un helipuerto.

Campamento Volante (CV)

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•Uso de área abierta anteriormente (terreno alquilado).•Entre 40 y 70 personas.

Campamento Logístico

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EXPLOSIVOSEXPLOSIVOS

Los explosivos serán almacenados en un destacamento militar cerca área cercana al Campamento Base

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•Controlar la basura.

•Clasifican la basura.

•Luego son trasladados al campamento base.

¿Qué fiscalizamos?

Exploración - Explotación

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• Área de Residuos en Campamento Base .

¿Qué fiscalizamos?

Exploración - Explotación

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¿Qué fiscalizamos?

Exploración - Explotación

.- Que la empresa tenga un buen manejo y almacenamiento de los combustibles en sus operaciones.

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.- Los Monitoreo de la Calidad de Agua en los ríos y quebradas.

¿Qué fiscalizamos?

Exploración - Explotación

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¿Qué fiscalizamos?

Exploración - Explotación

.- Después del levantamiento sísmico, todos los materiales no usados y desechos serán removidos de todas las líneas sísmicas.

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Helipuerto: Se aprecia material desbrozado y área reforestada

Las áreas de suelo que hayan sido compactadas deben ser aradas en profundidad, para ayudar a la infiltración y promover la vegetación natural.

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Etapas del Proceso de Abandono de Línea Sísmica

• Desalojo• Limpieza• Desmantelamiento• Apilado y transporte de materiales• Picado de madera y corte de pilotes• Descompactado• Rellenado• Cobertura y Esparcido• Reforestación• Retiro y Disposición Final

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•Tres (3) meses después de haberse terminado las Líneas Sísmicas (dentro de lo posible), se realizará una visita de fiscalización.

•Vista del extremo noreste del helipuerto identificado como el Nº HP-108-2749

¿Qué fiscalizamos?

Exploración - Explotación

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Perforación ExploratoriaPerforación Exploratoria•A pesar de los avances técnicos de la industria petrolera, no existe sistema alguno que permita comprobar la existencia del petróleo y/o gas en una estructura geológica sin necesidad de efectuar una costosa perforación.

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Perforación Exploratoria

• La ubicación de perforación tendrá un área a deforestar no mayor de 2 hectáreas.

• Pozas sépticas (Baños)• Helipuerto (área adicional para pruebas de

formación)• Maxímo 50 personas• Salidas del personal fuera de las instalaciones serán

restringidas• Desechos evacuados a relleno sanitario autorizado• Monitoreo Ambiental

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Perforación Exploratoria

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Construcción de Plataforma de PerforaciónConstrucción de Plataforma de Perforación

•Entablado de toda la plataforma.

•De ser necesario el corte de árboles y movimientos de tierra, los diseños y técnicas descriptivas deberán minimizar los riesgos de erosión.

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Construcción de Plataforma de PerforaciónConstrucción de Plataforma de Perforación

•Alrededor del área de perforación se construirán drenajes para prevenir el ingreso de las aguas de lluvia.

•Impermeabilizar la plataforma con geomembrana.•Comprar madera a concesionarios forestales autorizados.

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Construcción de Plataforma de PerforaciónConstrucción de Plataforma de Perforación

•Los depósitos de desechos de fluidos de perforación deben ser impermeables y tener diques en caso de existir riesgo de contaminación.

•Los depósitos deberán rellenarse al termino de la perforación.

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Construcción de Plataforma de PerforaciónConstrucción de Plataforma de Perforación

Depósitos de desechos de fluidos de perforación.

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Foto panorámica de la locación del pozo de perforación Y, observese el sistema de drenaje y encausamiento, pozas de lodo con geomembrana (color negro), helipuerto, talleres, área de operaciones.

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• Todas las estructuras y equipos serán desarmados y retirados de la locación.

• Dejar árboles semilleros en los alrededores.

• Las áreas de suelo que hayan sido compactadas deben ser aradas en profundidad, para ayudar a la infiltración y promover la vegetación natural.

• Esparcido del top soil (árboles y plantas sacados al inicio de la construcción de la plataforma) almacenado e incorporación de materia orgánica.

• Fertilización del suelo

• Revegetación:

Seis (6) meses después de haberse terminado las Reforestación (dentro de lo posible), se realizará una visita de fiscalización.

Plan de Abandono de la Plataforma de PerforaciónPlan de Abandono de la Plataforma de Perforación

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REFORESTACIÓN REALIZADA

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ETAPAS DE LA EXPLOTACIÓNETAPAS DE LA EXPLOTACIÓN

Perforación

Completación

Producción

Recolección

Almacenamiento

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COMPLETACIÓN DE POZOS

Son técnicas y procedimientos utilizados para poner en producción un pozo.La completación es planeada antes de la perforación y ajustada con los resultados de la perforación y los registros eléctricos.Consiste en: - Bajar los forros (casing) de producción. - Cementación. - Baleo. - Fracturamiento. .- Sistema de Producción.

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PRODUCCIÓN

SISTEMAS DE PRODUCCIONSISTEMAS DE PRODUCCION• Natural: Natural: Pozo fluye por su propia energía hasta la Pozo fluye por su propia energía hasta la

superficie.superficie.• ArtificialArtificial: La presión del reservorio no es la : La presión del reservorio no es la

suficiente para que el pozo fluya a superficie. suficiente para que el pozo fluya a superficie.

Los Métodos de Producción Artificial son:Los Métodos de Producción Artificial son: - Bombeo Mecánico.- Bombeo Mecánico. - Gas Lift.- Gas Lift. - Bombeo Hidráulico.- Bombeo Hidráulico. - Bombeo Electro sumergible.- Bombeo Electro sumergible.

- Plunger lift.- Plunger lift. - Swab- Swab

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POZO CON BOMBEO MECÁNICO

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• Línea de Flujo del pozo hacía la Batería de Producción.

• Batería de Producción.• Estación de Recolección de Petróleo, lugar donde

se recolecta la producción de petróleo de varias baterías, para su posterior venta.

SISTEMA DE RECOLECCIÓN DE PETRÓLEO

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DUCTOS

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BATERÍAS DE PRODUCCIÓN

• Conjunto de Facilidades donde se recibe, mide, segrega, se trata, acumulan y bombean los fluidos proveniente de un grupo de pozos.

• Componentes:-Múltiples de recolección-Separadores-Tanques-Bombas de Transferencias-Poza API-Compresores -Generadores

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BATERÍA DE PRODUCCIÓN

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BATERÍA DE PRODUCCIÓN

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FISCALIZACION DE RELACIONES COMUNITARIAS

• Verificar que halla un Programa de Información y Consulta a la Población Local.

• Verificar Programa de Apoyo Social a la Población Local.• Verificar que halla una Política de Empleo y que se les

pague igual que los demás.• Programa de Información y Consulta a la Población Local.• Programa de Acuerdos con la Población Local sobre Uso

de Suelos. Pagos por uso de sus tierras (Servidumbre).• Plan de Contingencia en caso de Contacto con Población

en Aislamiento.

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FISCALIZACION DE RELACIONES COMUNITARIAS

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FISCALIZACION DE RELACIONES COMUNITARIAS

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• Las visitas a las poblaciones locales están estrictamente restringidas al personal autorizado.

• Está prohibido establecer cualquier tipo de relación con las mujeres locales.

• Está prohibido comprar y aceptar regalos de productos tales como animales, plantas, madera y artesanías.

• Vacunas contra fiebre amarilla, tétanos, hepatitis A y B, difteria, rubeola, poliomelitis, sarampión, tifoidea, rabia (post exposición), influenza (antes de epoca de lluvias).

OSINERGMIN Verifica la Conducta de OSINERGMIN Verifica la Conducta de los trabajadores de la Empresa y sus los trabajadores de la Empresa y sus

ContratistasContratistas

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• Toda denuncia al OSINERGMIN debe hacerse por escrito, indicando el nombre de la persona que denuncia y a quien denuncia OSINERGMIN: Iquitos: Sargento Lorentz 155; Pucallpa: San Martín 270.

• De ser posible incluir fotos y/o otras documentaciones.• En OSINERGMIN recibida la denuncia se envía a la

Unidad correspondiente para su evaluación.• Realizada la evaluación si es el caso se envía a un

fiscalizador para que investigue en la locación donde ocurrió.

• Si se comprueba que hay falta, se le envía al área legal del OSINERGMIN para que proceda a un proceso sancionatorio.

DENUNCIAS / QUEJAS

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MARCO LEGALMARCO LEGAL

• Ley N° 26221: “ Ley Orgánica que Norma las Actividades de Hidrocarburos en el Territorio Nacional”.

• D.S. Nº 032-2004-EM: Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos.

• D.S. Nº 015-2006-EM: Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos.

• D.S. Nº 026-94-EM: Reglamento de Seguridad para el Transporte de Hidrocarburos.

• D.S. Nº 052-93-EM: Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento de Hidrocarburos.

• D.S. Nº 081-2007-EM: Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

• D.S. Nº 043-2007-EM: Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos.

• D.S. N° 048-2009-EM: Prohíbe el Venteo de Gas Natural.

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Ley N° 26221

1.- Norma las Actividades de Hidrocarburos a nivel nacional.

2.- Promueve el desarrollo de las Actividades de Hidrocarburos sobre la base de la libre competencia y libre acceso, a fin de lograr el bienestar de la persona humana y el desarrollo Nacional.

3.- El MINEM elabora, aprueba, propone y aplica la política del Sector. Este Ministerio y OSINERGMIN son los encargados por el cumplimiento de la presente Ley.

4.- Se crea PerúPetro S.A. para promover y negociar en calidad de contratante, las inversiones en las actividades de exploración y explotación.

5.- Establece en sus principios que los Hidrocarburos “ in situ” (del subsuelo) son de propiedad del Estado.

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D.S. N° 032- 2004-EM.- REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS

Art 1°.- El reglamento norma las actividades de exploración y explotación de Hidrocarburos a fin de obtener la máxima producción eficiente de Hidrocarburos de los Reservorios, dentro de condiciones que le permitan operar con seguridad y protección al Medio Ambiente.

Art. 6°.- OSINERGMIN es el encargado de supervisar y fiscalizar el cumplimiento del presente Reglamento.

Art. 10°.- Sin perjuicio a las normas específicas contenidas en el presente reglamento, el Contratista deberá cumplir con el Reglamento de Protección Ambiental.

Art. 13°.- El Contratista deberá facilitar la labor de OSINERGMIN teniendo disponibles las normas y especificaciones que use durante sus Operaciones.

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Art. 48°.- Presentar a la DGAAE, un Estudio de Impacto Ambiental previo al inicio de cualquier Actividad de Exploración y Explotación, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Protección Ambiental en la Actividades de Hidrocarburos.

Art. 49° y 50°.- El Contratista deberá prevenir los impactos ambientales y tomará las medidas de control de acuerdo a su PMA. Deberá llevar auditorias ambientales de acuerdo al PMA y al Reglamento de Protección Ambiental.

Art. 51° al 61°.- Sísmica:

o Observar las Normas Establecidas en el Reglamento de Protección Ambiental.

o Minimizar perturbaciones en ambientes acuáticos.

o Velocidad limitada de las embarcaciones.

o Prohibición del uso de explosivos en el mar, ríos, lagos y pantanos.

D.S. N° 032- 2004-EM.- AMBIENTE

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D.S. N° 032- 2004-EM.- AMBIENTE continuación:

Art. 65°.- Los descubrimientos de restos arqueológicos, se informarán al INC y a PERÚPETRO (luego a OSINERGMIN).

Art. 66° y 67°.- Al término de la actividad de Exploración y Explotación, cuando se retiren instalaciones y se abandone un área o campo de operaciones, se deberá restaurar el área, se debe promover la vegetación natural.

Art. 68° y 69°.- El abandono de cualquier actividad de Exploración y Explotación deberá comunicarse a PERÚPETRO y a OSINERGMIN con 30 días de anticipación y este último informará a las autoridades competentes.

Art. 72° y 80°.- Reportar los accidentes ambientales como derrames.

Art. 81°.-Se considera accidente ambiental a derrames, de hidrocarburos, disposición inapropiada de desechos, cortes o remoción inadvertida de vegetación, pérdida de flora y fauna y otros que afecten al ambiente.

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• Art. 87°.Los explosivos deben almacenarse según normas y procedimientos del Reglamento de la DISCAMEC o la norma NFPA 495, en caso de no ser de aplicación la primera.

• Art. 88°.- Los depósitos de explosivos deben de hacerse a prueba de balas, con paredes, pisos y techos forrados de madera, El interior debe estar adecuadamente ventilado, seco, limpio y debe tener Pararrayos

• Art. 92°.- Los depósitos se deben inspeccionar semanalmente, estos deben estar provistos de letreros de seguridad , tener extintores adecuados de acuerdo a la norma NFPA 10.

• Art. 103°.- Para el manejo de explosivos, el personal debe tener un certificado otorgado por la DICSCAMEC.

D.S. N° 032- 2004-EM.- MANEJO DE EXPLOSIVOS

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• Art. 111°.-El Contratista deberá cumplir:

o La plataforma de perforación tendrá un área no mayor de 2 hectáreas.

o Construir diques de contención con canaletas interiores en todo el perímetro de la plataforma.

o De ser necesario el corte de árboles y movimiento de tierras en la ubicación, el diseño y técnicas empleados en su construcción deberán minimizar los riesgos de erosión.

o Los pozas o depósitos de desechos de fluidos de perforación, deben tener las siguientes características:

Deben ser impermeables.Deben estar ubicados, de preferencia, en una porción alta de terreno, lejos de los cuerpos de agua.

D.S. N° 032- 2004-EM.- PERFORACIÓN

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Pueden estar divididos en secciones para facilitar la decantación y aprovechamiento del agua en la recomposición del lodo.

No deben usarse para el despojo de basura, otros desperdicios sólidos u otros fluidos.

No se construirán pozas para almacenar petróleo. Solo en caso de emergencia comprobada las pozas existentes se utilizarán para contener petróleo.

• Art. 116°.-El equipo de perforación debe contar con los medios necesarios para poder estar comunicado con su base en forma permanente.

Art. 117°.- El sistema de iluminación, deben ser del tipo a prueba de explosión (API RP- 500, API RP- 505 y NFPA- 70 o las que las sustituya).

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• Art. 118°.- Los escapes de los motores de perforar deben tener dispositivos de enfriamiento por agua y matachispa, o ser escapes con trampas internas.• Art. 119°.- El equipo de perforación debe contar con

unidades de primeros auxilios y de evacuación en el lugar de la perforación. • Del Art. 122° al 126°.-Especificaciones del conjunto de

unidades impide reventones (BOP),presiones de trabajo de las válvulas, el control del BOP.

• Art. 144°.-Los productos químicos, materiales para el Lodo y cemento deben estar almacenados en lugares cercanos al Pozo y protegidos.• Art. 150°.- Las medidas para restaurar el área, al término

de esta actividad, tapado de pozas y cantinas, etc., serán las que contenga el Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

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Conjunto de unidades impide reventones (BOP)

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D.S. 015-2006-EMD.S. 015-2006-EM - PERFORACIÓN:

•Art. 67º .- El encargado del proyecto deberá seleccionar la ubicación del equipo de perforación y las facilidades.

• Art. 68º .- El responsable del proyecto deberá cumplir, en sus trabajos de perforación:

• La ubicación tendrá una área no mayor de 2 hectáreas.• Alrededor del área de perforación, se construirán

drenajes para prevenir el ingreso de las aguas de lluvias.• De ser necesario el corte de árboles y movimiento de

tierras en la ubicación de perforación, los diseños y técnicas constructivas deberán minimizar los riesgo de erosión.• Las pozas de desechos de fluidos de perforación, deben

ser impermeables.

•Art. 69º .- Las pozas deberán rellenarse al término de la perforación para asegurar la protección del suelo, del agua superficial y de los acuíferos subterráneos.

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D.S. N° 032- 2004-EM.- ABANDONO DE POZOS

•Art. 193°.- El plan de abandono permanente deberá ser aprobado por PERÚPETRO S.A.

• Art. 194°.- Los tapones de cemento y mecánicos deben aislar zonas donde no exista revestimiento o donde pudieran existir fluidos.

• Art. 200°.- El último tapón de cemento para los abandonos permanentes, deben estar desde los 200 metros hacia La superficie.

• Art. 201°.- Los espacios entre tapones deben de quedar llenos de fluidos no corrosivos.

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• Art. 208°.- Los Contratistas que se encuentren en la etapa de Explotación, podrán regularizar su situación:

o Adecuando sus instalaciones luego que presenten un diagnóstico de sus instalaciones y en función de ello y de su economía se prepare y apruebe el programa de adecuación en un plazo con la realidad de cada lote.

• Art. 209°.- El Contratista deberá producir los pozos de manera que se obtenga la Recuperación Máxima Eficiente. Debe evaluar el comportamiento productivo del reservorio. Los resultados de la evaluación deberán ser comunicados a PERÚPETRO con copia a OSINERGMIN.

• Art. 210°.- Cada dos años en el mes de enero, a los 5 años de iniciada la producción del Reservorio, el Contratista deberá presentar a PERUPETRO con copia a OSINERGMIN, un informe técnico que demuestre que sus pozos están produciendo a niveles del MER.

D.S. N° 032- 2004-EM.- PRODUCCIÓN

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• Art. 216°.- Cuando un Contratista va a construir una Batería, patio de tanques, estación de bombeo o de compresión o ampliarlas deberá solicitar a OSINERGMIN un informe favorable antes de iniciar la construcción. Debe incluir planos.

• Art. 226° al 230°.- Del Diseño de la Batería, de los Separadores y Tanques de almacenamiento

Art. 233°.- Los muros de contención deben contener el 110% del volumen del tanque mayor. El muro debe tener un drenaje hacia afuera con una válvula incorporada.

Art. 241°.- No debe operarse los Pozos con la válvula de la tubería de revestimiento abierta al aire. Este gas debe ser recolectado, usado o enviado a las baterías de Producción.

D.S. N° 032- 2004-EM.- PRODUCCIÓN continuación:

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• Art. 267°.- Se considera derrame sujeto a informe, cuando las siguientes cantidades se pierden por derrame o fuga.

Para hidrocarburos líquidos: 1.6 m3 (10 barriles).

Para Gas Natural: 300000 pies3.

• Art. 270°.- El contratista usará pozas de diseño API para separar el agua de producción del petróleo y dispondrá que esta agua no contamine el agua de superficie o de subsuelo.

D.S. N° 032- 2004-EM.- PRODUCCIÓN continuación:

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Venteo de Gas

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D.S. N° 032- 2004-EM.- SERVIDUMBRE

• Art. 294°.- El Contratista tiene derecho de gestionar permisos, derechos de uso, servidumbre y superficie sobre predios de propiedad privada y del Estado.

• Art. 295°.- Las servidumbres podrán ser:o De ocupación de bienes públicos o privados.o De paso o de tránsito.Cualquier incompatibilidad será resuelta por el MINEM.

• Art. 297°.- La indemnización por derecho de servidumbre será fijada por acuerdo entre las partes, caso contrario la fijará el MINEM. La constitución del derecho de servidumbre sobre predios cuya titularidad corresponda al Estado, será gratuita, salvo que el predio a ser gravado esté incorporado a algún proceso económico o fin útil.

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CONTINUACIÓN- SERVIDUMBRE

Art. 303°.- Requisitos para solicitar la constitución de la servidumbre ante la DGH:

• Naturaleza y tipo de servidumbre.• Duración.• Justificación técnica económica. Relación de predios afectados.• Descripción de la situación actual de los terrenos y aires afectados

o Copia de la partida registral correspondiente al predio afectado.o Memoria descriptiva y planos en coordenadas UTM de los predios.o Valorizaciones respectivas de las áreas afectadas por cada servidumbre a ser constituida.o Páginas completas de la publicación efectuada en el diario oficial El Peruano u otro diario de mayor circulación.

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QUE ESTAMOS

LOGRANDO CON LA

FISCALIZACION

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AntesAntes DespuésDespués

Antigua poza API fue remediada

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AntesAntes DespuésDespués

Antigua poza cerca de una Batería de producción, la cual fue remediada

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AntesAntes DespuésDespués

Caja eliminadora de vapores de una Batería de producción

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AntesAntes DespuésDespués

Locación de materiales sin uso, fue retirado y remediado

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AntesAntes DespuésDespués

MANIFOLD DE CAMPO: Se observa contaminación con crudo y requiere mantenimiento.

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AntesAntes DespuésDespués

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AntesAntes DespuésDespués

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AntesAntes DespuésDespués

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¿Qué se debe lograr?

1.- Una producción de petróleo y gas eficiente.2.- Operaciones óptimas y seguras.3.- Mínimos impactos ambientales.4.- Crecimiento del sector de manera responsable.5.- Coparticipación entre entidades del Gobierno en dar solución a problemas comunes del sector.

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Dirección:BERNARDO MONTEAGUDO 222 MAGDALENA DEL MAR - LIMA

Teléfono: 01-219-3400

Fax: 01-264-3739 www.osinerg.gob.pe

MUCHAS GRACIAS

Ing. Reynaldo [email protected]