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Por Magdo. Crescencio M. Martínez Geminiano. “FORMAS ANTICIPADAS Y SALIDAS ALTERNAS”

Formas Anticipadas y Salidas Alternas

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Page 1: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Por Magdo. Crescencio M. Martínez Geminiano.

“FORMAS ANTICIPADAS

Y

SALIDAS ALTERNAS”

Page 2: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Las Leyes preverán con mecanismos

alternativos de solución de controversias.

En la materia penal regularán su

aplicación, asegurarán la reparación del

daño y establecerán los casos en los que

se requerirá supervisión judicial.

““LA CONSTITUCIÓN”LA CONSTITUCIÓN”

ARTÍCULO 17.-

Page 3: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

……………

Las formas alternativas de justicia

deberán observarse en la aplicación de

este sistema, siempre que resulte

procedente.

ARTÍCULO 18.-

Page 4: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

A. De los principios generales:

VII.- Una vez iniciado el proceso penal, siempre y

cuando no exista oposición del inculpado, se

podrá decretar su terminación anticipada en los

supuestos y bajo las modalidades que determine

la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad

judicial voluntariamente y con conocimiento de

las consecuencias, su participación en el delito y

existan medios de convicción suficientes para

corroborar la imputación.

VIII.- El juez solo condenará cuando exista convicción

de la culpabilidad del procesado.

ARTÍCULO 20.-

Page 5: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

… garantizar la justicia en la

aplicación del derecho y restaurar la

armonía social entre sus

protagonistas y con la comunidad.

CÓDIGO MODELO

ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL PROCESO.

Page 6: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

1.- El proceso penal se rige por el principio de

justicia restaurativa,…

2.- … el acuerdo encaminado a atender las

necesidades y responsabilidades individuales y

colectivas de las partes… en busca de la

reparación, la restitución y el servicio a la

comunidad.

3.- … la mediación y la conciliación como

mecanismos alternativos de solución de

controversias para lograr resultados restaurativos.

ARTÍCULO 23.- JUSTICIA RESTAURATIVA.

Page 7: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Celebración de juicio.

Salidas alternas.

Formas anticipadas.

PANORAMA

Page 8: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

ARTÍCULO 128.

1.- Proceden los mecanismos alternativos:a)XX

Delitos de acción privada.De acción pública o instancia de parte.Culposos.En aquellos en que proceda el perdón.Los de contenido patrimonial sin violencia sobre las personas.Los que puedan admitir sustitución de sanciones o condena condicional.Aquellos cuya pena máxima no exceda de 5 años de prisión y carezcan de trascendencia social.

b) De acción pública cuyo término medio aritmético no exceda de 5 años de prisión, el bien jurídico protegido no afecte el interés público y se acepte expresamente someterse a la solución.

SALIDAS ALTERNAS:

TÍTULO QUINTO. JUSTICIA RESTAURATIVA.

Page 9: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

OBJETO:

Reparación del daño.

Restitución.

Resarcimiento de perjuicios.

Realización o abstención de conductas determinadas.

Prestación de servicio a la comunidad.

Rehabilitación de derechos.

Pedir disculpas o perdón.

Page 10: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

LIMITANTES

Delitos de conducta sexual.

Cometidos en perjuicio de menores de edad.

Violencia familiar.

Homicidio culposo por tránsito de vehículo, cuando se conduzca en estado de ebriedad. (etc.)

Los cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones.

Cuando el imputado haya celebrado acuerdos por hechos de la misma naturaleza.

Cuando exista un interés público prevalente.

Page 11: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Hasta antes de decretarse el auto

de apertura a juicio oral.

OPORTUNIDAD

ARTÍCULO 129.-

Page 12: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Convenio por escrito en el que

necesariamente se contemple la reparación del

daño.

Aprobación de centro especializado.

Su cumplimiento extingue la acción penal.

(artículo 132. 2)

CONDICIONES

ARTÍCULO 132.-

Page 13: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Cuando las partes no están en

igualdad de condiciones para

negociar o actuaron bajo coacción o

amenaza.

CONTROL

ARTÍCULO 133.-.

Page 14: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

JUSTICIA RESTAURATIVA

La justicia restaurativa es una forma

para enfocar la justicia penal, se

concreta en reparar el daño causado a

las personas y sus relaciones, mas que

en castigar a los delincuentes.

Page 15: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

La justicia restaurativa surge en la

década de los 70 como una

variante de la mediación entre la

víctima y el delincuente y en los 90

amplió su radio de acción para

incluir a las comunidades de apoyo

que están formadas por familiares

de las víctimas y los delincuentes.

Page 16: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

La justicia restaurativa es un

proceso que involucra a las partes

interesadas para decidir de la

mejor manera posible la reparación

del daño ocasionado por un delito.

Page 17: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

La justicia restaurativa no se aplica

porque es merecida, sino porque es

necesaria.

Page 18: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Un sistema restaurativo de justicia

penal no solo reduce la cantidad de

delitos, sino también su impacto.

Page 19: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Una sociedad sana depende de la

capacidad de su justicia

restaurativa para tratar las

necesidades emocionales y de

relación de sus integrantes,

comprometiéndolos en la solución

del conflicto.

Page 20: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Suspensión provisional del proceso:

Art. 115.- Procedencia

FORMAS ANTICIPADAS DE TERMINACIÓN DEL

PROCESO:

Cuando proceda la suspensión condicional

de la pena.

Cuando proceda el perdón de la víctima u

ofendido.

El deliro sancionado con pena no privativa

de libertad.

Page 21: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

REQUISITOS:

Ausencia de condena por delito

doloso.

Un plan de reparación del daño.

Hasta antes del auto de apertura

a juicio.

Page 22: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Administrar justicia por el

procedimiento más rápido y eficaz no

es necesariamente la mejor manera

de descubrir la verdad.

CONSEJO DE EUROPA

Page 23: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

FERRAGOLLI.

El abreviado es una novedad, está destinado a convertirse en la forma decididamente

predominante del proceso penal.

Se ha dicho en la Ley delegada que el nuevo proceso funcionará si logramos que solo

una pequeña parte de las causas lleguen a juicio oral.

CRÍTICOS

Page 24: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Todo delito exige la realización de un

juicio oral, público, contradictorio y continuo,

ante un Tribunal independiente e imparcial

porque así lo exige el artículo 8 de la

Convención Americana y el artículo 14 del

Pacto Internacional de Derechos Civiles y

Políticos.

ALBERTO BOVINOALBERTO BOVINO

Page 25: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El juicio abreviado es un modo

simplificado y excepcional del

procedimiento penal y fue concebido para

los delitos que no esperaran una sanción

distinta a la multa o a la inhabilitación, o,

excepcionalmente, que no esperaran una

pena privativa de libertad superior a un

año.

JULIO B. J. MAIERJULIO B. J. MAIER

Page 26: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El abreviado es un verdadero

proceso ordinario operativo, única

y exclusivamente en función de la

cuantía de la pena.

ESPAÑA

Page 27: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Los procedimientos de enjuiciamiento rápido

y simplificado no constituyen importación alguna de la justicia anglosajona. Remontan

su origen a la edad media en la que la flagrancia en la comisión de delitos provocaba la cólera de la sociedad.

En Francia se instalaron por una ordenanza

de 1670 y fueron recogidos en el Código Procesal Penal de Napoleón en 1908 como

proceso especial por flagrante delito.

ORIGEN

Page 28: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Vivimos una época de grandes transformaciones y el proceso penal no es ajeno a las presiones a favor del cambio.

La modernidad a producido un aumento vertiginoso en el número de casos que ingresan al sistema penal.

Los procesos tradicionales no fueron diseñados para funcionar a esta gran escala y surge la necesidad de racionalizar el esquema procesal.

La justicia que cuenta con recursos limitados debe ser racionada.

JUSTIFICACIÓN

Page 29: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Existe preocupación porque el proceso sea

justo cubriendo las categorías del debido proceso y Derechos Humanos.

La preocupación se sustenta en instrumentos

internacionales de Derechos Humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de San José en nuestra

región y en otra escala la Convención Europea de Derechos Humanos.

CUESTIÓN DE PRINCIPIOS

Page 30: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Los nuevos modelos garantizan que las

personas cuyos Derechos Humanos han

sido violados, acudan con mayores

posibilidades de reivindicación, ante los

Tribunales constitucionales de su

respectivo país e incluso, ante las

instancias internacionales.

Page 31: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El Código Procesal de Venezuela aplica el procedimiento abreviado en caso de flagrancia; en los casos de una pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y en todos los supuestos que no ameriten pena privativa de libertad.

El Código Procesal de República Dominicana contempla el procedimiento abreviado para aquéllos casos en que corresponda una pena privativa de libertad de hasta cinco años de prisión, o para los supuestos en que no amerite pena de prisión.

ALGUNOS EJEMPLOS

Page 32: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Según el código procesal del Salvador, el

procedimiento abreviado aplica cuando el

fiscal solicita pena no privativa de libertad o

de prisión hasta por tres años.

En algunos códigos no hay límite para la

aplicación del procedimiento abreviado, tal

es el caso del estado de Oaxaca.

Page 33: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

En Venezuela, al solicitar el Fiscal la pena que corresponde, el Juez puede reducir desde un tercio hasta la mitad de la pena correspondiente.

En Costa Rica, la pena puede ser disminuida hasta en un tercio del mínimo previsto abstractamente en la Ley y el mismo modelo se sigue en el estado de Oaxaca.

MODALIDADESMODALIDADES

Page 34: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Comúnmente en los distintos códigos de

Iberoamérica el modelo aparece como procedimiento abreviado y si de

terminología se trata, el Código Procesal Penal de la Provincia de Tierra de Fuego

en Argentina, reglamenta el procedimiento bajo el título OMISIÓN DEL

DEBATE.

TERMINOLOGÍA

Page 35: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El procedimiento abreviado se

considera como un recurso a la

conformidad del Ministerio

Público, de Imputado y su

defensor; y del Tribunal.

CÓDIGO PROCESAL MODELO PARA

IBEROAMÉRICA

Page 36: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El imputado y su defensor deben admitir el hecho descrito en la acusación del Fiscal.

La admisión no implica confesión ni allanamiento a las consecuencias jurídicas solicitadas, puesto que de admitirse a trámite el abreviado eventualmente el Tribunal puede:

- Hacer una valoración distinta de los hechos.- Aplicar una pena diferente a la solicitada.

- Señalar otras circunstancias de relevancia jurídico - penal para el imputado o su defensor, para que el Tribunal los

valore al dictar sentencia.

Como procedimiento penal más racional, el defensor además de ratificar su voluntad con el abreviado, puede eventualmente marcar otras circunstancias no contenidas en la acusación.

La adopción del abreviado excluye la acción civil, quedando abierta la vía ante los Tribunales Civiles.

Este modelo lo adoptó Guatemala en su legislación.

PROCEDENCIA

Page 37: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

Aplica el procedimiento a solicitud del Ministerio Público hasta antes de acordarse la apertura a juicio.

Se requiere que el imputado admita el hecho que se le atribuye y consienta en la aplicación del procedimiento.

Se requiere además que la parte coadyuvante no presente oposición fundada.

Se necesita de la instancia del Ministerio Público para la aplicación del procedimiento, justificando la existencia de los requisitos que exige la Ley.

Además el Ministerio Público debe formular acusación haciendo una descripción de la conducta que se atribuye al imputado y su calificación jurídica, solicitando la pena por imponer.

Si el Juez considera pertinente lo solicitado así lo acordará y fijará fecha para la audiencia.

REGULACIÓNREGULACIÓN

Page 38: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El Juez pregunta a las partes para constatar:

Que el imputado prestó su conformidad al procedimiento y aceptó los hechos en forma libre y voluntaria, sin coacción, presión indebida o promesas falsas.

Que el imputado tomó la decisión conociendo su derecho a exigir un juicio oral, al examen de sus testigos y con el derecho fundamental de asistencia técnica y material para su defensa.

Que el imputado ha sido asesorado por su defensor, entiende los términos del acuerdo y las consecuencias que pueda acarrearle.

Que la aceptación de hechos es inequívoca.

Que existe base fáctica suficiente para sustentar el delito y la participación del imputado, con base en indicios independientes de la aceptación de los hechos por el imputado.

AUDIENCIA

Page 39: Formas Anticipadas y Salidas Alternas

El Juez tendrá que construir

su razonamiento en la

sentencia sobre la base de los

antecedentes probatorios de la

investigación.

FISCALÍA NACIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO