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FORMATO DE ESTUDIOS PREVIOS Código: MAGC F03 Página 1 de 13 Aprobación: 25/11/13 Versión: 8.0 1 DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN Plan Anual de Adquisiciones No. Plan de Adquisiciones Consecutivo Tipo de Presupuesto Asignado NA Nombre de Proyecto o de la Necesidad que se incluyo en el Plan de Compras NA Código BPIN No. N/A 2. DATOS DE LA CONTRATACIÓN Fecha de elaboración del estudio previo: (dd/mm/aaaa) 2/02/2014 Nombre del funcionario que diligencia el estudio previo : IVAN CASTRO PEREZ Dependencia solicitante: Secretaria General Tipo de Contrato: Suministro Otro: 3. ELEMENTOS DEL ESTUDIO (Articulo 20 Decreto 1510 De 2013) 3.1. Descripción de la necesidad que se pretende satisfacer con el proceso de contratación El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla tiene a su cargo bienes muebles e inmuebles, correspondiéndole velar en forma adecuada por la protección de los mismos de tal forma que en el evento que se vean afectados por hechos ajenos a su voluntad, ocurridos en forma accidental, cuente con los recursos necesarios para su reposición o reemplazo, razón por la cual debe contar con los servicios de un intermediario de seguros que le preste asesoría profesional para conseguir la mejor alternativa de protección por parte de las aseguradoras y adicionalmente lo acompañe y asesores durante el cubrimiento de las pólizas y al momento de eventuales siniestros. En este sentido, para el desarrollo de sus actividades, en cumplimiento de sus funciones y con el fin de garantizar la protección de las personas que prestan los servicios al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla (De ahora en adelante denominado como El Distrito), así como de los bienes e intereses patrimoniales del mismo o de aquellos por lo que legalmente sea responsable, se requiere contratar un Intermediario de Seguros mediante concurso de méritos , que realice la intermediación en la contratación de las póliza requeridas por El Distrito y preste asesoría jurídica y técnica en el manejo integral del programa de seguros que tiene actualmente contratado. Lo anterior comprende los trámites inherentes a la colocación de las pólizas necesarias para el adecuado cubrimiento contra los riesgos a que están expuestos los bienes e intereses de El Distrito y aquellos por los que fuere responsable, o le correspondiere asegurar en virtud de disposición legal o contractual, manejo de pólizas y trámites de documentos ante la compañía de seguros, presentación de reclamaciones, trámite y atención hasta la obtención del pago de la indemnización por las reclamaciones que se originen en la ocurrencia de siniestros que afecten a las pólizas. 3.2 OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES, AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN 3.2.1. Objeto contractual: Seleccionar un intermediario de Seguros, legalmente constituido en Colombia, que realice la intermediación en la contratación de las pólizas requeridas por El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, y preste asesoría jurídica y técnica en el manejo integral del programa de seguros, destinado a proteger a las personas, bienes e intereses patrimoniales de la Entidad o aquellos por los que legalmente sea responsable. 3.2.2 Clasificación UNSPSC: La clasificación de los bienes y servicios, objeto del Proceso de Contratación, son los siguientes: ITEM Clasificación UNSPSC Producto 1 841315 Servicios para estructuras y propiedades y posesiones 2 841316 Seguros de vida, salud y accidentes

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Página 1 de 13 Aprobación: 25/11/13 Versión: 8.0

1 DATOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

Plan Anual de Adquisiciones No. Plan de Adquisiciones

Consecutivo

Tipo de Presupuesto Asignado NA

Nombre de Proyecto o de la Necesidad que se incluyo en el Plan de Compras

NA

Código BPIN No. N/A

2. DATOS DE LA CONTRATACIÓN

Fecha de elaboración del estudio previo: (dd/mm/aaaa) 2/02/2014

Nombre del funcionario que diligencia el estudio previo : IVAN CASTRO PEREZ

Dependencia solicitante: Secretaria General

Tipo de Contrato: Suministro Otro:

3. ELEMENTOS DEL ESTUDIO (Articulo 20 Decreto 1510 De 2013)

3.1. Descripción de la necesidad que se pretende satisfacer con el proceso de contratación

El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla tiene a su cargo bienes muebles e inmuebles, correspondiéndole velar en forma adecuada por la protección de los mismos de tal forma que en el evento que se vean afectados por hechos ajenos a su voluntad, ocurridos en forma accidental, cuente con los recursos necesarios para su reposición o reemplazo, razón por la cual debe contar con los servicios de un intermediario de seguros que le preste asesoría profesional para conseguir la mejor alternativa de protección por parte de las aseguradoras y adicionalmente lo acompañe y asesores durante el cubrimiento de las pólizas y al momento de eventuales siniestros. En este sentido, para el desarrollo de sus actividades, en cumplimiento de sus funciones y con el fin de garantizar la protección de las personas que prestan los servicios al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla (De ahora en adelante denominado como El Distrito), así como de los bienes e intereses patrimoniales del mismo o de aquellos por lo que legalmente sea responsable, se requiere contratar un Intermediario de Seguros mediante concurso de méritos , que realice la intermediación en la contratación de las póliza requeridas por El Distrito y preste asesoría jurídica y técnica en el manejo integral del programa de seguros que tiene actualmente contratado. Lo anterior comprende los trámites inherentes a la colocación de las pólizas necesarias para el adecuado cubrimiento contra los riesgos a que están expuestos los bienes e intereses de El Distrito y aquellos por los que fuere responsable, o le correspondiere asegurar en virtud de disposición legal o contractual, manejo de pólizas y trámites de documentos ante la compañía de seguros, presentación de reclamaciones, trámite y atención hasta la obtención del pago de la indemnización por las reclamaciones que se originen en la ocurrencia de siniestros que afecten a las pólizas.

3.2 OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES, AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN

3.2.1. Objeto contractual:

Seleccionar un intermediario de Seguros, legalmente constituido en Colombia, que realice la intermediación en la contratación de las pólizas requeridas por El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, y preste asesoría jurídica y técnica en el manejo integral del programa de seguros, destinado a proteger a las personas, bienes e intereses

patrimoniales de la Entidad o aquellos por los que legalmente sea responsable.

3.2.2 Clasificación UNSPSC:

La clasificación de los bienes y servicios, objeto del Proceso de Contratación, son los siguientes:

ITEM Clasificación UNSPSC Producto

1 841315 Servicios para estructuras y propiedades y posesiones

2 841316 Seguros de vida, salud y accidentes

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3.2.3 Especificaciones del Objeto Contractual

Se requiere un intermediario de seguros para que asesore al Distrito en la celebración y desarrollo del contrato de seguro en todas sus etapas, tales como solicitud del seguro, expedición de la póliza, pago oportuno de la prima, variación de los riesgos y su consiguiente notificación a la compañía, aviso del siniestro, reclamación ante la aseguradora, presentación en forma oportuna y dentro de los términos establecidos para el efecto de la totalidad de la documentación requerida para el pago de la indemnización y en general en todo lo concerniente a la correcta ejecución del contrato de seguro. Y en general prestar la asesoría permanente a El Distrito en todo relacionado con el programa de seguros, y en la elaboración y estructuración de las pólizas y coberturas, bajo aspectos técnicos y económicos, con miras a proteger debidamente las personas, bienes e intereses patrimoniales de El Distrito.

3.2.4 Autorizaciones, permisos y Licencias Requeridos para la Ejecución del Objeto Contractual.

CERTIFICADO EXPEDIDO POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

Los proponentes deben presentar certificación de autorización para ejercer la actividad de intermediario de seguros, expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia, con fecha de expedición no superior a 30 días calendario anteriores al cierre del presente proceso, donde conste la autorización para ejercer la actividad como corredor de seguros, quien ejerce la representación legal y las facultades del mismo, y que su duración no es inferior al término del plazo del contrato y un año más. En caso de de tratarse de agentes independientes o agencias de seguros se debe presentar el certificado de existencia y representación legal.

3.2.5 Documentos técnicos para el desarrollo del proyecto:

EQUIPO DE TRABAJO MINIMO DEL INTERMEDIARIO

.1 COORDINADOR O PROFESIONAL DEL CONTRATO

Un profesional con formación académica mínima: Profesional con Pregrado en Contaduría, Administración, Economía, Derecho ó Ingeniería

Experiencia especifica mínima: Como coordinador o profesional de al menos un (1) contrato de corretaje o intermediación en seguros cuya duración sea mínimo de un (1) año.

2. ABOGADO ESPECIALIZADO EN SEGUROS O CONTRATACIÓN PÚBLICA

Formación académica mínima: ABOGADO ESPECIALISTA. Experiencia en el Área de Corretaje de Seguros de Tres (3) años.

3.TÉNICO O TECNÓLOGO EN SEGUROS

Formación académica: Tecnólogo o Técnico en Seguros. Experiencia específica en corretaje de seguros mínima de cinco (5) años.

OFICINA PRINCIPAL , SUCURSAL O AGENCIA EN BARRANQUILLA DEL INTERMEDIARIO

El proponente debe acreditar que cuenta con domicilio principal, agencia o sucursal en la ciudad de Barranquilla, con capacidad administrativa suficiente para atender la ejecución del contrato y con capacidad de decisión. Para tal efecto aportará el respectivo documento expedido por la cámara de comercio de la ciudad de Barranquilla

En el caso de tratarse de una sucursal, el representante deberá contar con facultades suficientes para comprometer al contratista durante la ejecución del contrato y adoptar decisiones que conduzcan a la adecuada ejecución del objeto contractual.

En el caso de tratarse de una agencia, el agente deberá contar con un poder en el que se le confieran facultades especiales para comprometer y obligar a la sociedad, con relación a las obligaciones generales y especiales del contrato que surja de la presente selección abreviada, de manera que el representante de la agencia tenga capacidad de decisión en el desarrollo diario del contrato.

En caso de consorcios y uniones temporales, uno de los miembros deberá contar con domicilio principal, sucursal o agencia en los términos indicados. De igual manera, su representante deberá contar con facultades suficientes para comprometer al

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contratista durante la ejecución del contrato y adoptar decisiones que conduzcan a la adecuada ejecución del objeto contractual.

También podrá acreditarse esta exigencia siempre y cuando el proponente garantice que proporcionará las instalaciones adecuadas para la ejecución del contrato en la ciudad de Barranquilla. Para lo cual deberá anexar carta de compromiso de arrendamiento suscrita por el propietario del local ubicado en Barranquilla por un término mínimo al plazo de ejecución del contrato y documento donde conste la titularidad del bien inmueble.

3.3 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y DEL DISTRITO DE BARRANQUILLA

3.3.1 Obligaciones del Contratista:

1. Encontrarse al día en el pago de los aportes parafiscales durante la ejecución del contrato.

2. Realizar el estudio de riesgos, necesario para identificar los niveles de exposición de los bienes e intereses del Distrito Especial, Industrial Y portuario de Barranquilla, según los factores contemplados en la propuesta, con base en el cual se llevará a cabo la adquisición de seguros, y proponer un borrador de pliegos a consideración de la Entidad.

3. Examinadas las condiciones del riesgo resultante del estudio realizado, asesorar a la Entidad en la estructuración

de las pólizas y diseñar el programa de seguros que requiere la Entidad, identificando el adecuado equilibrio entre el costo del aseguramiento y el beneficio de los amparos contemplados.

4. Elaborar los estudios previos y el pliegos de condiciones para el proceso de selección de la contratación de las

pólizas de seguros considerando los criterios técnicos, jurídicos y financieros que sean más favorables a los intereses de la Entidad, efectuar la evaluación de las propuestas que se presenten, atender y resolver todas las observaciones e inquietudes que surjan durante el desarrollo del proceso de adquisición y proyectar las respectivas respuestas a los interesados, presentarle las recomendaciones de adjudicación y prestarle todos los servicios de asesoría en las demás actividades inherentes al proceso

5. Asesorar a la entidad en lo relacionado con la celebración y desarrollo del contrato de seguro en todas sus etapas,

tales como solicitud del seguro, expedición de la póliza, pago oportuno de la prima, variación de los riesgos y su

consiguiente notificación a la compañía, aviso del siniestro, reclamación ante la aseguradora, presentación en

forma oportuna y dentro de los términos establecidos para el efecto de la totalidad de la documentación requerida

para el pago de la indemnización y en general en todo lo concerniente a la correcta ejecución del contrato de

seguro.

6. Prestar la asesoría permanente a El Distrito en todo relacionado con el programa de seguros, presentado un (1)

informe del estado del programa de seguros y cumplimiento de obligaciones contractuales de manera bimensual.

7. Prestar asesoría en la elaboración y estructuración de las pólizas y coberturas, bajo aspectos técnicos y

económicos, con miras a proteger debidamente las personas, bienes e intereses patrimoniales de El Distrito

8. Presentar informes trimestrales sobre el estado de las reclamaciones así como el informe final del estado actual

del programa general de seguros de El Distrito.

9. Inspeccionar periódicamente las instalaciones y bienes asegurados, mantener actualizada la calificación de riesgo

y recomendar los correctivos a que haya lugar para disminuir los riesgos.

10. Prestar asesoría directa ante la(s) Compañía(s) de seguros de las diferentes reclamaciones que por siniestro se

presenten durante la ejecución del contrato que se celebre.

11. Obtener y mantener vigentes las pólizas del programa de seguros de El Distrito en los plazos y montos

establecidos.

12. Asesorar a El Distrito sobre la exigencia de la garantía única a contratistas y proveedores, para hacerlas efectivas

cuando a ello hubiere lugar.

13. Asesorar jurídica y técnicamente a El Distrito en el área de seguros, dando respuesta escrita cuando así se

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requiera en el plazo establecido por la entidad.

14. Revisar y dar visto bueno a todas las pólizas, certificados de modificación, anexos, facturas, notas crédito, notas

débito y en general, a toda la documentación e información expedida por la(s) aseguradora(s) con quien se hayan

contratado las pólizas, y controlar los documentos expedidos, especialmente en lo relacionado con amparos

otorgados, sumas aseguradas, tasas aplicadas, verificando que las pólizas, certificados y anexos se ajusten a lo

establecido en los respectivos pliegos de condiciones y en la propuesta respectiva.

15. Realizar jornadas de capacitación a los servidores, sobre los alcances, requisitos y amparos del contrato de

seguros y de las pólizas que forman parte del programa de El Distrito y sobre los programas de seguridad

industrial y prevención de pérdidas que desarrollará e lintermediario, previa programación y concertación con El

Distrito.

16. Colaborar con El Distrito para que el objeto contratado se cumpla y garantizar que este sea de la mejor calidad.

17. Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta El Distrito por conducto del supervisor.

18. Presentar un cronograma de la ejecución de los servicios contratados y de sus resultados.

19. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud y pensiones y presentar los

documentos respectivos que así lo acrediten, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1703 de 2002,

Decreto 510 de 05 de marzo de 2003, la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y demás que las adicionen,

complementen o modifiquen.

20. Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, y comerciales presentadas en la propuesta.

21. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al interventor del contrato

22. Atender las consultas y requerimientos que le efectúe El Distrito dentro de la ejecución del contrato, dentro de los

plazos y términos requeridos por El Distrito.

23. Garantizar la idoneidad del personal designado por la firma para la prestación del servicio de intermediarios.

24. Guardar reserva sobre todas las informaciones que maneje así como sobre aquéllas a las que tenga acceso

25. Las demás que se asignen relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la intermediación de

seguros

3.3.2. Obligaciones del Distrito de Barranquilla:

1. Suministrar oportunamente la información que requiere el contratista para el cumplimento de sus obligaciones contractuales.

2. Realizar la Supervisión.

3.4 Modalidad de selección, justificación y fundamentos jurídicos.

Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar, la modalidad de selección que se debe adelantar es la de CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 Numeral 3 de la Ley 1150 de 2007 y artículo 66 del Capítulo III del Decreto 1510 de 2013.

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3.5 Valor Estimado del Contrato y Justificación del Mismo

Para esta contratación no existe ni se requiere presupuesto oficial estimado, teniendo en cuenta que de acuerdo con la Ley y en especial con el artículo 1341 del Código de Comercio, las comisiones de los corredores de seguros son pagadas por las compañías aseguradoras que suscriban las pólizas del asegurado, por lo cual la entidad no reconocerá al corredor ningún honorario, comisión, gasto o erogación El valor de referencia del contrato se estima en la suma aproximada de SEISCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ML ($640.000.000), que corresponde al valor presupuestado por la entidad para las primas de los siguientes seguros:

RAMO INTERÉS ASEGURADO

TODO RIESGO DAÑO MATERIAL EDIFICIOS, CONTENIDOS, MAQUINARIA Y EQUIPOS ELECTRICOS Y ELECTRÓNICOS ( Valor total asegurado:$112.499.456.401,00 )

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

RC IMPUTABLE AL ASEGURADO

MANEJO (32 cargos) EMPLEADOS AL SERVICIO DEL ASEGURADO

RC D&O SERVIDORES PUBLICOS (32 cargos) DIRECTIVOS DE LA ALCALDIA

VIDA GRUPO Alcalde, personero, 21 concejales, 75 ediles,

60 bomberos

EMPLEADOS AL SERVICIO DEL ASEGURADOVIDA (AMPARO BÁSICO) INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL ENFERMEDADES GRAVES GASTOS MEDICOS AUXILIO FUNERARIO

AUTOMÓVILES VEHICULOS VARIOS ( valor total asegurado $ 3.645.340.000,00)

3.5.1 Certificado de disponibilidad Presupuestal

Para esta contratación no se requiere certificado de disponibilidad presupuestal ya que de acuerdo con la Ley y en especial con el artículo 1341 del Código de Comercio, las comisiones de los corredores de seguros son pagadas por las compañías aseguradoras que suscriban las pólizas del asegurado, por lo cual la entidad no reconocerá al corredor ningún honorario, comisión, gasto o erogación. Sin embargo el valor de referencia del contrato se estima en la suma aproximada de SEISCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ML ($640.000.000), valor presupuestado por la entidad para las primas de seguros.

3.5.2 Variables consideradas para calcular el presupuesto oficial:

La Alcaldía Distrital determinó la cuantía del proceso de selección teniendo en cuenta el valor al que ascienden las primas de seguros, y la apropiación presupuestal con que cuenta la entidad para la vigencia fiscal 2015.

3.5.3 Forma de Pago del Contrato

El contrato de intermediación que se celebre con El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla., no generará ningún tipo de pago por concepto de los servicios prestados. De conformidad con lo establecido en el artículo 1341 del Código del Comercio, la comisión, honorarios y demás prestaciones a favor del asesor, estará a cargo de la (s) Aseguradora(s) contratadas por la entidad

3.6 . CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE

3.6.1 Requisitos Habilitantes. Para este proceso, los requisitos habilitantes, que se exigirán serán los siguientes:

3.6.1.1 Capacidad Jurídica

Carta de presentación de la propuesta suscrita por el proponente o representante legal del

proponente.

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Copia de Cédula de Ciudadanía si el proponente es persona natural y Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, si es persona jurídica.

Documento de constitución de Consorcio o Unión temporal.

Garantía de seriedad de la propuesta.

Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales.

Certificado en Original de Inscripción y calificación en el Registro Unico de Proponentes RUP, expedido por la Cámara de Comercio con una antelación no superior a un mes.

Registro Unico Tributario de la DIAN (RUT).

Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación.

Certificado de no reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República.

Se verificará que la documentación presentada por el oferente se ajuste a lo exigido en los pliegos de condiciones, su forma de evaluar es CUMPLE O NO CUMPLE.

3.6.1.2 Experiencia

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE ( INTERMEDIARIO )

El proponente deberá presentar los siguientes documentos:

Certificación que acredite haber facturado y recaudado en comisiones durante los dos años anteriores, un valor no inferior a 993 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes de 2015, debidamente firmada por la persona natural, el representante legal y el revisor fiscal del proponente, emitida con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha límite para la entrega de la propuesta del presente Concurso de Méritos.

En el evento que la propuesta sea presentada bajo la figura de Consorcio o Unión Temporal, este requisito puede ser cumplido entre los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.

Y además: Una (1) certificación del sector público, debidamente firmada por la persona autorizada de la Entidad certificadora donde acredite haber prestado el servicio de intermediación de seguros a una entidad pública, esto es, servicio de asesoría profesional en administración y manejo de programas de seguros y en procesos de licitación pública o selección abreviada para la contratación de programas de seguros a clientes del sector público con programas de seguros iguales o similares al actualmente contratado por el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla como mínimo durante una vigencia fiscal, dentro de los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la fecha límite para la entrega de la propuesta del presente proceso.

Cada una de las certificaciones debe incluir como mínimo cuatro (4) de los ramos que pretende contratar el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, siendo obligatorias las correspondientes a los ramos de Todo Riesgo Daños Materiales y Vida.

Cada una de las certificaciones indicará como mínimo:

El nombre del cliente, dirección y teléfonos actualizados.

El valor de las primas del programa de seguros el cual deberá ser igual o superior a $640.000.000

Número de identificación y fechas de inicio y de terminación del contrato.

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Identificación de cada una de las pólizas objeto de la administración y manejo, la vigencia técnica de cada una de ellas y el valor de la prima facturada por cada vigencia.

La calidad y el porcentaje de participación en que actuó el Interesado.

Calificación de la calidad del servicio recibido, que no debe ser inferior a buena.

Se aceptan certificaciones en las que la asesoría profesional en materia de administración y manejo de programas de seguros haya sido realizada por el Interesado como integrante de un Consorcio o Unión Temporal, sin importar el porcentaje de participación. Para la determinación de la prima, se tendrá en cuenta únicamente la correspondiente al porcentaje administrado por el Interesado

3.6.1.3 Capacidad Financiera

EL DISTRITO hará una evaluación de la información financiera solicitada, bajo los siguientes parámetros: Los proponentes, deben acreditar los indicadores incluidos en el Anexo No. 4, que será suscrito por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o por su contador si no está obligado a tenerlo, y acompañar los estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2014. El Proponente deberá demostrar que cuenta con la capacidad financiera adecuada para ejecutar el Contrato, la cual se medirá de conformidad con los parámetros que se describen en el presente numeral. Para ello, el Proponente o cada uno de los integrantes del Proponente (en caso de que éste sea un Consorcio o una Unión Temporal) debe (n) presentar los estados financieros auditados correspondiente al último año fiscal. En el caso de las empresas que aún no están en la obligación de tener los estados financieros a corte 2014, de acuerdo a lo que establece la Superintendencia de Sociedades, se aceptara la presentación de los estados financieros a corte 2013. La Administración tomará los indicadores contenidos en el Certificado del revisor fiscal o del contador (MODELO DE CERTIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL). Los cuales deberán estar soportados con copia del Balance General y estado de resultados, estos tendrán que venir auditados con sus notas y contener los siguientes anexos Principales cuentas detalladas del balance general. Principales cuentas del estado de pérdidas y ganancias. Cuentas contingentes deudoras y acreedoras. Para persona jurídica nueva o persona natural que haya iniciado operaciones en el presente año, aportará el Certificado teniendo en cuenta la información extraída de la contabilidad, con fecha de corte al último día calendario del mes anterior al cierre del presente proceso. Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, a estas no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes. En consecuencia, para los citados oferentes deberán aportar la información antes solicitada (indicadores) para verificar su capacidad financiera. Las personas extranjeras deberán presentar la certificación firmada por el Representante Legal, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal. Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, los documentos soporte de la información financiera deberán presentarse en los términos señalados en los incisos anteriores, respecto de cada uno de los integrantes. El Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos. INDICADORES FINANCIEROS A VERIFICAR: CAPITAL DE TRABAJO (CT):

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Se calcula con la siguiente fórmula: CT= Activo Corriente – Pasivo Corriente Se considerara HABIL el proponente que presente un CT igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial. Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el CT de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el CT del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos. Una vez ponderados de acuerdo a su porcentaje de participación LIQUIDEZ: Deberá ser mayor o igual a uno punto cinco (1.5) Liquidez = Activo Corriente Pasivo Corriente Se considerará HABIL el proponente que presente una L igual o superior a uno coma cinco (1,5). Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará la L de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, la LIQUIDEZ del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: Deberá ser menor a setenta por ciento (70%) Nivel de Endeudamiento = Pasivo Total x100 Activo Total Se considerará HABIL el proponente que presente un NE menor a setenta por ciento (70%). Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el NE de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el NE del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. PATRIMONIO: Deberá ser mayor a setenta por ciento (70%) Patrimonio = Activo Total – Pasivo Total Se considerará HABIL el proponente que presente un PT mayor a setenta por ciento (70%) del presupuesto oficial. Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el PT de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el PT del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. RAZON DE COBERTURA DE INTERESES: Deberá ser mayor a 3 Razón De Cobertura De Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses Se considerará HABIL el proponente que presente un RCI mayor a tres (3) Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el RCI de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el RCI del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. Los Proponentes, cuyos gastos de intereses sean cero (0), y no se pueda calcular el indicador de cobertura de intereses. En este caso, el Proponente, cumple el indicador salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses. Se considera inhabilitadas las propuestas que no cumplan con los criterios establecidos para cada uno de los indicadores

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financieros. . .

3.6.1.4. Capacidad Organizacional

RENTABILIDAD SOBRE PATRIMONIO: Deberá ser mayor o igual a (8%) Rentabilidad Sobre Patrimonio = (Utilidad Operacional / Patrimonio) * 100 Se considerará HABIL el proponente que presente un RSP mayor o igual a ocho por ciento (8%). Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el RSP de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el RSP del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS: Deberá ser mayor o igual a (6%) Rentabilidad Sobre Activos = (Utilidad Operacional / Activo Total) * 100 Se considerará HABIL el proponente que presente un RSA mayor o igual al seis por ciento (6%). Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el RSA de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el RSA del proponente plural será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. Se considera inhabilitadas las propuestas que no cumplan con los criterios establecidos.

3.6.2. Factores de Evaluación

Estos criterios serán analizados teniendo en cuenta el cumplimiento de los siguientes factores, sobre un puntaje total, por grupo, de 1.000 puntos.

CRITERIO DE CALIFICACIÓN PUNTAJE

Experiencia Específica 300 Puntos

Equipo de Trabajo 500 Puntos

Soporte Técnico 100 Puntos

Protección a la Industria Nacional 100 Puntos

TOTAL PUNTAJE 1.000 Puntos

3.6.3 Reglas de desempate de Ofertas

Si se presenta un empate entre ofertas, la entidad, lo resolverá con base en las reglas del artículo 33 del Decreto 1510 de 2013.

3.7 Análisis de riesgos y forma de mitigarlo.

La Alcaldía Distrital de Barranquilla, de acuerdo con las disposiciones del artículo 4 de la ley 1150 de 2007 y de los artículos 3, 15, 17 y el numeral 2 del artículo 159 del decreto 1510 de 2013 y con base en la Metodología para identificar y clasificar los riesgos elaborado por Colombia Compra Eficiente procede a tipificar, estimar y asignar los riesgos de la presente contratación. Ver Anexo No.1

3.8 Garantías:

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Garantía

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CO

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APLICA Porcentaje

(%) Plazo

Seriedad de la oferta

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Con una vigencia de tres meses contadas

a partir de la fecha del cierre

Cumplimiento X SI 10

con una vigencia igual al termino de duración del contrato y cuatro (4) meses más

Buen manejo del anticipo X NO

Devolución del pago anticipado

X NO

Pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.

X SI 10

Con una vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más.

Estabilidad y calidad de obras

X NO

Calidad del servicio X SI 20

con una vigencia igual al termino de duración del contrato y cuatro (4) meses más

Provisión de repuestos X NO

otros X NO

Seguro de responsabilidad civil.

X NO

3.9. Interventoría o Supervisión:

Nombre del funcionario: IVAN DARIO CASTRO PEREZ

Identificación del funcionario: 72.001.377

Cargo: ASESOR

Dependencia: SECRETARIA GENERAL

3.9.1 Necesidad de contar con Interventoría cuando los contratos superen la menor cuantía

No aplica

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3.10 Plazo de Ejecución del Contrato

El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2015, contados a partir de la fecha de inicio del mismo, una vez se cumplan los requisitos de perfeccionamiento y ejecución dispuestos en el artículo 41 de la ley 80 de 1993 o hasta el vencimiento de las pólizas que sean contratadas con el intermediario de seguros

3.11 Liquidación del Contrato

No aplica.

3.12 Sometimiento a un acuerdo comercial.

Para este proceso no aplican tratados internacionales, teniendo en cuenta que conforme a lo dispuesto por el estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los seguros deben ser contratados con compañías de seguros debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Excepcionalmente, los residentes colombianos pueden tomar seguros en el exterior para sus riesgos personales cuando se encuentran temporalmente fuera del país o con autorización previa de la SFC por razones de interés público, para el caso de riesgos respecto de los bienes situados o matriculados en el país. En este sentido, las entidades del exterior no pueden promocionar productos o servicios de seguros en Colombia ni a residentes colombianos (distintos de reaseguros), y estos no pueden contratar seguros con tales entidades, so pena de que el contrato no pueda ser ejecutado en Colombia, además de las sanciones que puede imponer la SFC a los tomadores del seguro y a las entidades extranjeras que ofrezcan estos servicios sin la autorización requerida.

3.13 Constancia del cumplimiento del deber de análisis de las entidades estatales

Se deja constancia que la entidad cumplió con el deber de análisis para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo.

FIRMA:

NOMBRE: IVAN DARIO CASTRO PEREZ

CARGO: ASESOR

Proyectó: Ana Elena Rodriguez

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Tip

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(Que puede pasar y como puede Ocurrir)

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Tratamiento/ Controles a

ser implementado

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Monitoreo y revisión

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Califi

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¿Cómo se realiza el monitoreo?

Peri

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1

Gen

era

l

Exte

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Eje

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Ope

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Riesgo ocasionado por cambios en la normatividad. Riesgo que

asume el Distrito.

Retr

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n e

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2

3

5

Redu

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onsecuen

cia

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Dis

trito

Revisar constantemente la normativa

relacionada con el proceso

de contratación

1

2

3

Rie

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o B

ajo

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trito

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01

4

Dic

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de 2

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4

Revisión permanente de las normas

relacionadas con el contrato M

en

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l

Inte

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Eje

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n

Ope

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l

Riesgo presentado a

causa del acompañamiento permanente que

debe tener la INTERMEDIARIO en los trámites de declaración de siniestros,. Riesgo que asume el

INTERMEDIARIO.

3

2

5

Evitar

el ri

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o

Pro

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2

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Enero

de 2

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4

Dic

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4

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ANEXO No.1

3

Gen

era

l

Inte

rno

Contr

ata

ció

n

Ope

racio

nal

Riesgo presentado por la no oportuna

adjudicación deL PROCESO DE SELECCIÓN

DEASEGURADORA, en un plazo que no supere los

Cuatro meses a partir de la adjudicación del contrato de Interventoría.

Dem

ora

s e

n e

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icio

de la e

jecució

n d

el contr

ato

2

5

7

Acepta

r el ri

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o

Pro

pon

ente

y/o

con

tratista

Iniciar de nuevo con el proceso de

Concurso de méritos para adjudicar tan pronto como

sea posible la interventoría

2

2

4

Rie

sg

o B

ajo

No N

o

Dis

trito

Enero

de 2

01

4

Mayo d

e 2

01

4

Monitorear el proceso de selección del

concurso de méritos

Sem

anal