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GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL
Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 3 DE ENERO DE 2011 No. 1003
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaría de Transportes y Vialidad
Aviso a los interesados en obtener licencias de conducir tipos “C”, “D” y “E” para operadores del servicio de
transporte público colectivo de pasajeros, carga y especializado en todas sus modalidades en el Distrito Federal 3
Secretaría de Desarrollo Social
Lineamientos y mecanismos de operación para el Programa de “comedores públicos” 31
Lineamientos y mecanismos de operación del Programa comunitario de mejoramiento barrial 2011 36
Convocatoria a participar en el concurso público de selección de planes comunitarios de mejoramiento barrial
2011 82
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría de Transportes y Vialidad.- Convocatoria: 002-11.- Contratación del servicio de fumigación 86
SECCIÓN DE AVISOS
Prida Bravo Logistics S.A. de C.V. 87
0 Internacionales Lou Gene’s, S.A. de C.V. 88
Neology, S. de R.L. de C.V. 88
Etrhu Excelencia y Talento en Recursos Humanos, S.A. de C.V. 89
Inmobiliaria Safer S.A. de C.V. 90
Aviso 91
“2008-2010. Bicentenario de la Independencia y
Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”
2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
SECRETARÍA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
AVISO A LOS INTERESADOS EN OBTENER LICENCIAS DE CONDUCIR TIPOS “C”, “D” Y “E” PARA
OPERADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA Y
ESPECIALIZADO EN TODAS SUS MODALIDADES EN EL DISTRITO FEDERAL.
RAUL ARMANDO QUINTERO MARTINEZ, Secretario de Transportes y Vialidad, con fundamento en los artículos
122 Apartado C Base Tercera fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, 87, 89, 93 y 115
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1o, 2o, 3o fracción VIII, 6o, 7o, 15 fracción IX, 16 fracción IV, 17, 31
fracciones I, XII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 4, 7 fracciones I, III,
XIII, XVII, XXXI, XXXIX, XLV, 11, 12, 33 BIS 6 fracción V incisos a) y b), 33 BIS 10, 42 fracciones III, XI, XIV y XV,
62, 63, 64, 64 Bis, 65, 66, 71, 73 fracciones III, VII y VIII, 84, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156
fracción VIII, 157, 158 fracción VI y 164 de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 1°, 2, 3 fracción I, 4, 5
fracción IV, 7 fracción IX numeral 1, 8º, 26°, 93 y 95 TER del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; 1°, 35, 36, 37, 38, 45, 46, 48 y 102 fracción III numeral 18) del Reglamento de Transporte del Distrito
Federal; 1°, 2°, 3° fracción II, 16, 17, 18 fracciones III, IV y V, 20, 21, 22, 23, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38,
40, 45 y 46 del Reglamento para el Control Vehicular y Licencias y Permisos para Conducir en el Distrito Federal; 1°, 5°,
21 y 22 fracción I del Reglamento de Tránsito Metropolitano y 1, 11 fracción I, 15 fracción IV inciso f) del Reglamento
para la Prestación del Servicio de Transporte Escolar y de Personal para el Distrito Federal y,
CONSIDERANDO
Que es facultad del Gobierno del Distrito Federal, la expedición de Licencias de Conducir, la cual ejerce a través de la
Secretaría de Transportes y Vialidad, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica y el Reglamento Interior de la
Administración Pública, así como por la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal.
Que la Secretaría de Transportes y Vialidad, está facultada para expedir Licencias de Conducir a los operadores de
Transporte conforme a las categorías, modalidades y tipo de servicios que se prestan en el Distrito Federal.
Que es facultad de la Secretaría de Transportes y Vialidad, establecer los procedimientos y mecanismos para otorgar las
Licencias de Conducir y para el caso de los servicios de pasaje, carga y especializado, garantizar a la población del Distrito
Federal que los operadores de estas modalidades de transporte se encuentren capacitados, cuenten con las facultades físicas,
mentales, de conocimientos y habilidades requeridas para brindar un servicio eficiente, seguro y de calidad.
Que en ejercicio de esa facultad, la Secretaría de Transportes y Vialidad, expide las Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y
“E” en todas sus modalidades, a los operadores que cumplan con las disposiciones que establece la normatividad vigente.
Que una de las demandas Ciudadanas, es garantizar la seguridad en el servicio de Transporte Público Colectivo de
Pasajeros, Carga y Especializado en todas sus modalidades en el Distrito Federal.
Que para lograrlo, los operadores del servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, Carga y Especializado en
todas sus modalidades, deben cumplir con los requisitos que establece la Secretaría de Transportes y Vialidad con la
finalidad de asegurar que cuenten con los conocimientos, habilidades y aptitudes de conducción adecuados.
Que es indispensable garantizar a los usuarios, peatones y a la población en general, que los operadores del servicio de
Transporte Escolar y de Personal, se encuentren aptos física y mentalmente, capacitados y cuenten con los conocimientos y
habilidades requeridos para brindar sus servicios con seguridad y eficiencia.
Que es obligación de todo prestador de estos servicios, que sus vehículos sean operados por su personal que acredite todos
los requisitos establecidos por el Reglamento para el Control Vehicular y Licencias y Permisos para Conducir en el Distrito
Federal, para obtener el tipo de Licencia de Conducir correspondiente y que los obtengan conforme a los procedimientos
establecidos por la Secretaría de Transportes y Vialidad del Distrito Federal.
Que la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, destinan partidas presupuestales específicamente a las
actividades de capacitación y servicios médicos para sus empleados y que por principios de austeridad y eficiencia en el
gasto presupuestal, no es procedente que se dupliquen los gastos que se incurren por estos conceptos.
4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Que en virtud de que las Dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, llevan a cabo funciones
de capacitación y atención médica para sus empleados con los recursos destinados para tales efectos conforme al
presupuesto autorizado, es procedente que garanticen la capacidad física, mental, de conocimientos y habilidades del
personal que opera los transportes de pasaje, carga y especializado, que llevan a cabo como parte de sus funciones.
Que las Empresas destinan recursos para la capacitación y servicios médicos para sus empleados y que dichas funciones se
llevan a cabo conforme a sus requerimientos específicos, conforme a la rama de su actividad industrial.
Que es obligación de las Empresas, garantizar que sus empleados realicen sus actividades brindando seguridad a la
población del Distrito Federal, tanto en el ámbito laboral, ambiental, de tránsito y transporte.
Que la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal, establece la obligación para los conductores de vehículos del
servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, Carga y Especializado en todas sus modalidades, de obtener y portar
consigo, la Licencia para Conducir vigente de acuerdo con las categorías, modalidades y tipo de servicio que presten.
Que la seguridad, calidad y eficiencia en el servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, Carga y Especializado
en todas sus modalidades, es una de las mayores demandas de los habitantes del Distrito Federal y que la opinión pública
requiere frecuentemente a las autoridades de esta Ciudad.
Que a ninguna persona se le expedirá o reexpedirá una Licencia de Conducir cuando se encuentre en alguno de los
supuestos establecidos en el Artículo 66 fracciones I, II, III, IV ó V de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal
o cuando la Licencia de Conducir esté suspendida o cancelada; cuando la autoridad compruebe mediante la acreditación de
la evaluación médica integral que la misma Secretaría determine, que el solicitante ha sido calificado de incapacidad mental
o física que le impida conducir vehículos del servicio de Transporte Escolar y de Personal por no acreditar los cursos
respectivos, cuando la documentación exhibida sea falsa o proporcione informes falsos en la solicitud correspondiente; o
cuando haya sido cancelado el permiso por causas imputables a su persona; y cuando así lo ordene la autoridad judicial o
administrativa.
Que es necesario dar a conocer a los interesados en obtener Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” en todas sus
modalidades, los requisitos y procedimientos que establece la normatividad vigente para llevar a cabo los trámites de
expedición (primera vez), renovación (canje) y reposición (robo o extravío) de Licencias de Conducir; por lo que se expide
el siguiente:
AVISO A LOS INTERESADOS EN OBTENER LICENCIAS DE CONDUCIR TIPOS “C”, “D” Y “E” PARA
OPERADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA Y
ESPECIALIZADO EN TODAS SUS MODALIDADES EN EL DISTRITO FEDERAL.
BASES
PRIMERA.- Conforme a lo que establecen las fracciones III, IV y V del artículo 18, del Reglamento para el Control
Vehicular y de Licencias de Conducir y Permisos para Conducir en el Distrito Federal, los operadores de vehículos
destinados al Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, Carga y Especializado en todas sus modalidades,
requieren Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” respectivamente, mismas que son vigentes durante el período de
tiempo establecido en el artículo invocado.
SEGUNDA.- Para la expedición (primera vez), renovación (canje) y reposición (robo o extravío) de las Licencias de
Conducir tipos “C”, “D” y “E” en todas sus modalidades, los interesados NO deberán encontrarse en los supuestos
previstos por los artículos 64, 65 y 66 de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal u otros ordenamientos
jurídicos que determinen que la Licencia se encuentra suspendida o cancelada, lo anterior con el fin de que el servicio de
Transporte Público Colectivo de Pasajeros, Carga y Especializado en todas sus modalidades, se lleve a cabo con eficiencia
y eficacia, garantizando la seguridad de los usuarios y peatones; así como los derechos de los permisionarios.
TERCERA.- De acuerdo con la normatividad vigente en materia de transporte, los operadores del servicio de Transporte
Público Colectivo de Pasajeros, Carga y Especializado en todas sus modalidades, deben portar la Licencia de Conducir
vigente en lugar visible del vehículo, ya que en caso contrario ó si no cuentan con dicho documento, se harán acreedores a
las sanciones que establezca la normatividad correspondiente.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5
CUARTA. Los interesados en obtener la expedición (primera vez), renovar (canje) o reponer (robo o extravío) las Licencias
de Conducir tipos “C”, “D” y “E” en todas sus modalidades, deben cumplir con los requisitos que a continuación se
relacionan, presentando la documentación correspondiente en original y copia de acuerdo con el tipo de trámite que
soliciten:
a) Expedición por primera vez.
Requisitos
1.- Formato de solicitud debidamente requisitado.
2.- Pago de derechos conforme al Código Fiscal del Distrito Federal vigente. Deberán presentar el Formato Universal
sellado o con el registro de caja y en su caso, el comprobante del pago (ticket). El operador deberá presentarse a la
realización del trámite 48 hrs, después de haber realizado el pago.
Las Dependencias que realicen el pago encriptado, deberán remitirlo en original al módulo correspondiente.
3.- Identificación Oficial vigente (con fotografía):
Credencial para votar o Cartilla del Servicio Militar Nacional o Pasaporte vigente o Cédula Profesional o Licencia de
Conducir vigente emitida por el Gobierno del Distrito Federal.
4.- Comprobante de domicilio.
Constancia de Residencia expedida por la Delegación, credencial para votar, recibos emitidos por la Tesorería del Distrito
Federal (agua y predial), documentos bancarios (a nombre del interesado) o recibo telefónico.
5.- Comprobante de estudios
Certificado de Primaria, Secundaria, Preparatoria o Bachillerato expedido por la SEP o Institución autorizada debidamente
sellado por la autoridad que lo emite, Titulo o Cédula Profesional.
6.- Carta de Conducta NO Precedente (Carta de Antecedentes No Penales) actualizada, emitida por la autoridad
correspondiente (Únicamente solicitantes de Licencia de Conducir tipos “C” y “E” en su modalidad de prestación del
servicio de Transporte Escolar y de Personal).
7.- Para el caso de los operadores del servicio de Transporte Escolar y de Personal que soliciten la Licencia de conducir
Tipo “E” en estas modalidades, se deberá presentar Constancia laboral de la escuela, dependencia, Empresa o padres de
familia, mediante la cual acredite la prestación del servicio para el cual solicita la Licencia (Transporte Escolar y de
Personal), con una antigüedad mínima de 5 años. Previo registro ante esta Secretaría. Anexo II
8.- Los operadores de Empresas o Dependencias que soliciten el trámite de Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” por
medio de las mismas, deberán presentar uno de los siguientes documentos: último recibo de pago, constancia laboral o
credencial vigente emitida por la Empresa o Dependencia en la que labore.
9.- Constancia de Evaluación Médica Integral.
La Constancia de Evaluación Médica Integral únicamente tiene vigencia de 30 días hábiles dentro del año fiscal de su
emisión, después de los cuales, en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente dicha
evaluación.
10.- Constancia de Acreditación del Curso de Capacitación.
Para las Licencias de conducir tipos “C”, “D” y “E” en las modalidades de público colectivo de pasajeros, carga y
especializado, respectivamente, el curso de capacitación tendrá una duración de 14 hrs para solicitantes por primera vez.
Dicha constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su emisión; en caso de no haber concluido su trámite,
el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación.
11.- Acreditación de la Evaluación de Conocimientos y Desempeño.- examen teórico-práctico (pericia )Los operadores
que soliciten Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” en las modalidades de público colectivo de pasajeros, carga y
especializado, respectivamente, deberán realizar la evaluación de conocimientos y desempeño que determine la Secretaría;
esta constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su emisión; en caso de no haber concluido su trámite,
el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación.
Para la Licencia tipo “E” en sus modalidades de prestación del servicio de Transporte Escolar y de Personal, deberá realizar
la evaluación de conocimientos y desempeño que determine la Secretaria. Dicha constancia únicamente tendrá vigencia
dentro del año fiscal de su expedición; en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse
nuevamente dicha evaluación.
6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
12.- Los operadores que soliciten la Licencia tipo “E” en sus modalidades de prestación del servicio de Transporte Escolar
y de Personal deberán presentar Constancia de aprobación del curso de Capacitación en Primeros Auxilios que determine
la Secretaría. El curso tendrá una duración de 6 hrs, dicha constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de
su expedición; en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación.
Además, para obtener la Licencia de Conducir tipo “E”, las Empresas, Dependencias y Personas Físicas requieren la
autorización o registro de la autoridad correspondiente para operar el servicio especializado de que se trate, mediante oficio
dirigido al Director General de Transporte.
b) Renovación (canje), procede la RENOVACION de la Licencias de Conducir 30 días antes del vencimiento de la
misma:
Requisitos
1.- Formato de solicitud debidamente requisitado.
2.- Pago de derechos conforme al Código Fiscal del Distrito Federal vigente. Deberán presentar el Formato Universal
sellado o con el registro de caja y en su caso, el comprobante del pago (ticket). El operador deberá presentarse a la
realización del trámite 48 hrs, después de haber realizado el pago.
Las Dependencias que realicen el pago encriptado, deberán remitirlo en original al módulo correspondiente
3.- Identificación Oficial vigente (con fotografía):
Credencial para votar o Cartilla del Servicio Militar Nacional o Pasaporte vigente o Cédula Profesional o Licencia de
Conducir vigente emitida por el Gobierno del Distrito Federal.
4.- Comprobante de domicilio.
Constancia de Residencia expedida por la Delegación, credencial para votar, recibos emitidos por la Tesorería del Distrito
Federal (agua y predial), documentos bancarios (a nombre del interesado) o recibo telefónico.
5.- Licencia anterior tipos “C”, “D” y “E” (según corresponda) para canje.
En caso de robo o extravío de la Licencia de Conducir anterior, deberán presentar Acta levantada ante la Agencia
del Ministerio Público o autoridad competente. Los operadores que soliciten la Licencia de Conducir tipo “E” para
servicio de Transporte Escolar y de Personal, deberán presentar la Licencia de Conducir anterior tipo “C” de transporte de
personal, escolar y turístico para canje.
6.- Constancia de Estudios.-Certificado de Primaria, Secundaria, Preparatoria o Bachillerato expedido por la SEP o
Institución autorizada debidamente sellado por la autoridad que lo emite, Titulo o Cédula Profesional.
7.- Carta de Conducta NO Precedente (Carta de Antecedentes No Penales) actualizada, emitida por la autoridad
correspondiente. (Únicamente solicitantes de Licencia de Conducir tipos “C” y “E” en su modalidad de prestación del
servicio de Transporte Escolar y de Personal).
8.- Para el caso de los operadores del servicio de Transporte Escolar y de Personal que soliciten la Licencia de Conducir
Tipo “E” en estas modalidades, se deberá presentar Constancia laboral de la escuela, Dependencia, Empresa o padres de
familia, mediante la cual acredite la prestación del servicio para el cual solicita la Licencia (Transporte Escolar y de
Personal), con una antigüedad mínima de 5 años. Previo registro ante esta Secretaría. Anexo II
9.- Los operadores de Empresas o Dependencias que soliciten el trámite de Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” por
medio de las mismas, deberán presentar uno de los siguientes documentos: último recibo de pago, constancia laboral o
credencial vigente emitida por la Empresa o Dependencia en la que labore.
10.- Constancia de Evaluación Médica Integral.
La Constancia de Evaluación Médica Integral únicamente tiene vigencia de 30 días hábiles dentro del año fiscal de su
emisión, después de los cuales, en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente dicha
evaluación.
11.- Constancia de Acreditación del Curso de Capacitación.
Para las Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” en las modalidades de público colectivo de pasajeros, carga y
especializado, respectivamente, el curso de capacitación tendrá una duración de 8 hrs. para solicitantes de renovación. Dicha
constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su emisión; en caso de no haber concluido su trámite, el
interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación.
12.- Acreditación de la Evaluación de Conocimientos y Desempeño.- examen teórico-práctico (pericia)Los operadores
que soliciten Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” en las modalidades de público colectivo de pasajeros, carga y
especializado, respectivamente, deberán realizar la evaluación de conocimientos y desempeño que determine la Secretaría;
esta constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su emisión; en caso de no haber concluido su trámite,
el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7
Para la Licencia de Conducir tipo “E” en sus modalidades de prestación del servicio de Transporte Escolar y de Personal,
deberá realizar la evaluación de conocimientos y desempeño que determine la Secretaria, dicha constancia únicamente
tendrá vigencia dentro del año fiscal de su expedición; en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá
practicarse nuevamente dicha evaluación.
13.- Los operadores que soliciten la Licencia de Conducir tipo “E” en sus modalidades de prestación del servicio de
Transporte Escolar y de Personal deberán presentar Constancia de aprobación del curso de Capacitación en Primeros
Auxilios que determine la Secretaría. El curso tendrá una duración de 4 hrs, dicha constancia únicamente tendrá vigencia
dentro del año fiscal de su expedición; en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse
nuevamente dicha evaluación.
Además, para obtener la Licencia de Conducir tipo “E”, las Empresas, Dependencias y Personas Físicas requieren la
autorización o registro de la autoridad correspondiente para operar el servicio especializado de que se trate, mediante oficio
dirigido al Director General de Transporte de la Secretaría de Transportes y Vialidad.
c) Reposición: (Procede la reposición de la licencia para conducir vigente, en todas sus modalidades, por el tiempo que falte
para la expiración del documento; en los casos de mutilación, deterioro de la imagen o cuando los datos sean ilegibles, o en
caso de robo o extravío)
Requisitos
1.- Formato de solicitud debidamente requisitado.
2.- .Pago de derechos conforme al Código Fiscal del Distrito Federal vigente. Deberán presentar el Formato Universal
sellado o con el registro de caja y en su caso, el comprobante del pago (ticket). El operador deberá presentarse a la
realización del trámite 48 hrs, después de haber realizado el pago.
Las Dependencias que realicen el pago encriptado, deberán remitirlo en original al módulo correspondiente
3.- Acta por robo o extravío de la Licencia a reponer, levantada ante la Agencia del Ministerio Público o autoridad
competente.
4.- Los operadores de Empresas o Dependencias que soliciten el trámite de Licencias de conducir tipos “C”, “D” y “E” por
medio de las mismas, deberán presentar uno de los siguientes documentos: último recibo de pago, constancia laboral o
credencial vigente emitida por la Empresa o Dependencia en la que labore.
QUINTA.- Para la expedición de Licencias de Conducir “C”, “D” y “E” para los operadores que emplean, las
Dependencias de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal podrán acreditar la Evaluación Médica Integral, el
curso de Capacitación y la Evaluación de Conocimientos y Desempeño, mediante constancias que para tal efecto expidan
dichas Dependencias, a favor del interesado, como parte de sus funciones.
Para el caso de trámites de Licencias de Conducir tipos “C” (únicamente la Red de Transporte de Pasajeros del D.F „RTP‟,
Servicio de Transportes Eléctricos „STE‟ y Sistema de Transporte Colectivo Metro „STC‟), “D” y “E” en todas su
modalidades, solicitados por Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, los
requisitos (adicionales a los establecidos en la Base Cuarta del presente Aviso) que éstas deberán cumplir, son los
siguientes:
a) Oficio de solicitud de trámite de Licencias de Conducir dirigido al Director General del Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad, indicando el número de operadores a atender y tipo de Licencia de Conducir que
solicita (Anexo XI); mismo que deberá ser acompañado de la relación del personal para el cual soliciten la Licencia de
Conducir, indicando nombre completo y R.F.C. de los operadores, tipo de licencia, tipos de trámite y vigencia de las
Licencias de Conducir que solicitan (en forma impresa y medio electrónico) Anexo VII, así como copia de un juego
de constancias de algún operador relacionado en dicho oficio (Anexos III, IV, V y en caso de operadores de
Transporte Escolar „únicamente RTP‟ y de Personal, Anexo VI).
b) Declaratoria bajo protesta de decir verdad, de que la Dependencia brinda servicios médicos a sus empleados,
lo que les permite avalar que estos se encuentran aptos física y mentalmente para operar el tipo de transporte que realiza
la Dependencia. (Anexo IX).
8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
c) Declaratoria bajo protesta de decir verdad, de que la Dependencia brinda a sus empleados la capacitación que
requieren para el desarrollo de sus actividades, por lo que puede avalar que éstos cuentan con los conocimientos y
habilidades requeridos para operar el tipo de transporte que realiza la Dependencia. (Anexo X).
d) Identificación Oficial con Fotografía de los funcionarios facultados para suscribir las Constancias de
Evaluación Médica Integral (Cedula Profesional), Capacitación, Conocimientos y Desempeño y en el caso Licencias
de Conducir de Transporte Escolar y de Personal, Constancia de Primeros Auxilios (Cedula Profesional) a los
operadores que soliciten el trámite de la Licencia de Conducir.
e) Catálogo de firmas autorizadas (Anexo VIII) que deberá incluir nombre, cargo, constancia que emite y firma
autógrafa de los funcionarios facultados para suscribir las Constancias que se enlistan a continuación:
CONSTANCIA DE EVALUACIÓN MEDICA INTEGRAL (Anexo III).- Únicamente tiene vigencia de 30
días hábiles dentro del año fiscal de su emisión, después de los cuales, en caso de no haber concluido su trámite, el
interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación, misma que deberá contener los siguientes elementos:
Nombre de la Dependencia que expide la constancia, presentando el sello oficial correspondiente (en
su caso).
Fecha de expedición de la constancia.
Firma del Médico responsable de los servicios médicos de la Dependencia, incluyendo nombre, cargo
y número de cédula profesional.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del responsable de los servicios médicos de la Dependencia, señalando que el solicitante
reúne las aptitudes físicas y mentales para la operación de vehículos en la modalidad en que solicite la
Licencia.
CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN (ANEXO IV).- Únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su
emisión, después de los cuales, en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse
nuevamente dicha evaluación, misma que deberá contener los siguientes elementos:
Nombre de la Dependencia que expide la constancia, presentando el sello oficial correspondiente (en
su caso).
Fecha de expedición de la constancia.
Firma del funcionario responsable del área de capacitación o de recursos humanos de la Dependencia,
incluyendo nombre y cargo.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del funcionario responsable del área de capacitación o de recursos humanos de la
Dependencia, señalando que el solicitante se encuentra capacitado para la operación de vehículos, de acuerdo
a la modalidad de que se trate.
CONSTANCIA DE CONOCIMIENTOS Y DESEMPEÑO (ANEXO V).- Los funcionarios de las Dependencias
de la Administración Pública Federal y del Distrito Federal, podrán hacer constar que el personal que opere
unidades de transporte de personal, carga en vehículos de más de 3.5 toneladas, o especializado, adscrito a sus
áreas de responsabilidad, cuentan con los conocimientos y habilidades requeridos para llevar a cabo dicha labor; la
constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su emisión, después de los cuales, en caso de no
haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación, misma que deberá
contener los siguientes elementos:
Nombre de la Dependencia que expide la constancia, presentando el sello oficial correspondiente (en
su caso).
Fecha de expedición de la constancia.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9
Firma del funcionario responsable del área en que labora el interesado.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del funcionario de la Dependencia responsable del área en que labora el interesado,
señalando que el solicitante cuenta con los conocimientos y habilidades necesarios para la operación de los
vehículos de acuerdo a la modalidad de la Licencia que solicite.
Adicional a lo anterior, los operadores que soliciten la Licencia de Conducir en la modalidad de prestación del servicio de
Transporte Escolar (únicamente RTP) y de Personal, deberán presentar la siguiente constancia:
CONSTANCIA DE CURSO DE PRIMEROS AUXILIOS (ANEXO VI).- Únicamente tendrá vigencia dentro
del año fiscal de su emisión después de los cuales, en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá
practicarse nuevamente dicha evaluación, misma que deberá contener los siguientes elementos:
Nombre de la Dependencia que expide la constancia, presentando el sello oficial correspondiente (en
su caso).
Fecha de expedición de la constancia.
Firma del Médico responsable de los servicios médicos de la Dependencia, incluyendo nombre, cargo
y número de cédula profesional.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del responsable de los servicios médicos de la Dependencia, señalando que el solicitante
cuenta con los conocimientos en Primeros Auxilios necesarios para la operación de vehículos en la modalidad
de Transporte de Personal.
En caso de solicitar Licencia de Conducir tipo “E” en la modalidad de prestación del servicio de Transporte de Personal y
Escolar, la Dependencia deberá emitir a cada operador, la constancia laboral, mediante la cual acredite la prestación del
servicio con una antigüedad mínima de 5 años, misma de la cual deberá presentar dos originales. (Anexo II).
Asimismo, en caso de solicitar Licencia de Conducir tipo “E” en la modalidad de prestación del servicio de Transporte
Escolar, la Red de Transporte de Pasajeros (RTP), deberá emitir a cada operador, la constancia laboral, mediante la cual
acredite la prestación del servicio con una antigüedad mínima de 5 años, misma de la cual deberá presentar dos originales.
(Anexo II).
f) A lo anterior, NO aplicará la solicitud de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y del
Distrito Federal, respecto a la Licencia de Conducir tipo “E” en su modalidad de prestación del Servicio de Transporte
Escolar (a excepción de la Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal „RTP‟), en virtud de que para su
obtención deberán cumplir con los requisitos establecidos por la Secretaria en el presente Aviso.
g) Todas las constancias deberán ser elaboradas a máquina o en computadora, NO deberán firmarse P.A (por ausencia) o
P.P. (Por poder); deberán emitirse en hojas membretadas de la Dependencia y apegarse a los modelos incluidos en los
Anexos III, IV, V y VI del presente Aviso.
h) Previo a la atención de los operadores en el Módulo de Expedición de Licencias de Conducir que corresponda, la
documentación descrita en la presente Base, deberá ser remitida por el Representante de la Dependencia a la
Dirección General de Transporte ubicada en Av. Álvaro Obregón # 269 2° piso Col. Roma, Deleg. Cuauhtémoc,
México D.F. en un horario de Lunes a Jueves de 9 a 14 hrs., para su revisión y en caso de proceder, para la
autorización del trámite correspondiente.
Asimismo, al momento de entregar la documentación en la Dirección General de Transporte, el Representante de la
Dependencia podrá designar mediante oficio dirigido al Director General de Transporte, a las personas autorizadas para
realizar trámites de Licencias de Conducir “C”, “D” y “E” ante esta Secretaría (Anexo XII).
10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Cabe destacar al respecto, que TODA persona que no se encuentre debidamente registrada y autorizada, no podrá gestionar
ningún trámite ante esta Dependencia.
SEXTA.- Para la expedición de Licencias de Conducir “D” y “E” para los operadores que emplean, las Empresas podrán
acreditar la Evaluación Médica Integral y el curso de Capacitación, mediante constancias que para el efecto expidan dichas
Empresas, a favor del interesado, como parte de sus funciones.
Las Empresas que soliciten la expedición de Licencias de Conducir “C” (únicamente las Empresas que se encuentren
reguladas Organismo METROBÚS, mismo que deberá avalar y autenticar la relación de operadores que presenten dichas
Empresas), “D” y “E”, para los operadores que emplean, deberán registrarse ante la Secretaría de Transportes y Vialidad,
para lo cual se deberá presentar en original y copia la siguiente documentación:
1. Solicitud de registro para la realización de trámites de Licencias de Conducir tipos “D” y “E” en todas sus
modalidades. (Anexo I).
2. Acta Constitutiva, debidamente registrada en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
3. Instrumento notarial que acredite la personalidad del representante legal e Identificación Oficial con fotografía del
mismo.
4. Cédula de Registro Fiscal de la Empresa.
5. Comprobante de domicilio fiscal de la Empresa.
6. Padrón de operadores que requieren de la licencias de conducir, señalando nombre completo y R.F.C. de los
operadores, tipo de licencia, tipos de trámite y vigencia de las licencias de conducir que solicitan (en forma
impresa y medio electrónico) Anexo VII
7. En caso de solicitar Licencia tipo “E” en sus modalidades de prestación del servicio de Transporte Escolar y de
Personal, cada operador registrado deberá presentar dos originales de la constancia laboral de la escuela, Empresa
o padres de familia, mediante la cual acredite la prestación del servicio con una antigüedad mínima de 5 años.
(Anexo II).
Para el caso de trámites de Licencias de Conducir tipo “C” (únicamente las Empresas que se encuentren reguladas por el
Organismo METROBÚS, mismo que deberá avalar la relación de operadores que presenten dichas Empresas), “D” y “E” en
todas su modalidades, solicitados por Empresas, los requisitos (adicionales a los establecidos en la Base Cuarta del presente
Aviso) que éstas deberán cumplir son los siguientes:
a) Oficio de solicitud de trámite de Licencias de Conducir dirigido al Director General del Transporte, indicando
el número de operadores a atender y tipo de Licencia de Conducir que solicita (Anexo XI); mismo que deberá ser
acompañado de la relación del personal para el cual soliciten la licencia, indicando nombre completo y R.F.C. de los
operadores, tipo de licencia, tipos de trámite y vigencia de las Licencias de Conducir que solicitan (en forma impresa y
medio electrónico) Anexo VII, así como copia de un juego de constancias de algún operador relacionado en dicho
oficio (Anexos III, IV, V y en caso de operadores de Personal, Anexo VI).
Cabe destacar al respecto, que el oficio mencionado en este inciso, deberá estar acompañado de un oficio del
Organismo METROBUS, en el cual, avale la relación de operadores que solicitan el trámite de la Licencia de
Conducir tipo “C” para transporte público colectivo de pasajeros en el Distrito Federal.
b) Declaratoria bajo protesta de decir verdad, de que la Empresa brinda servicios médicos a sus empleados, lo
que les permite avalar que estos se encuentran aptos física y mentalmente para operar el tipo de transporte que realiza la
Empresa. (Anexo IX).
c) Declaratoria bajo protesta de decir verdad, de que la Empresa brinda a sus empleados la capacitación que
requieren para el desarrollo de sus actividades, por lo que puede avalar que éstos cuentan con los conocimientos y
habilidades requeridos para operar el tipo de transporte que realiza la Empresa. (Anexo X).
d) Identificación Oficial con fotografía de las personas facultadas para suscribir las Constancias de Evaluación
Médica Integral y Capacitación a los operadores que soliciten el trámite de la Licencia de Conducir.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
e) Catálogo de firmas autorizadas (Anexo VIII) que deberá incluir nombre, cargo, constancia que emite y firma
autógrafa de las personas facultadas para suscribir las Constancias que se enlistan a continuación:
CONSTANCIA DE EVALUACIÓN MEDICA INTEGRAL (Anexo III).- Únicamente tiene vigencia de 30
días hábiles dentro del año fiscal de su emisión, después de los cuales, en caso de no haber concluido su trámite, el
interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación, misma que deberá contener los siguientes elementos:
Nombre de la Empresa que expide la constancia.
Fecha de expedición de la constancia
Firma del Médico responsable de los servicios médicos de la Empresa, incluyendo nombre, cargo y
número de cédula profesional.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del responsable de los servicios médicos de la Empresa, señalando que el solicitante
reúne las aptitudes físicas y mentales para la operación de vehículos en la modalidad en que solicite la
Licencia. De Comducir
CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN (ANEXO IV).- Únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su
emisión en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación,
misma que deberá contener los siguientes elementos:
Nombre de la Empresa que expide la constancia.
Fecha de expedición de la constancia
Firma del funcionario responsable del área de capacitación o de recursos humanos de la Empresa,
incluyendo nombre y cargo.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del funcionario responsable del área de capacitación o de recursos humanos de la
Empresa, señalando que el solicitante se encuentra capacitado para la operación de vehículos, de acuerdo a la
modalidad de que se trate.
CONSTANCIA DE CONOCIMIENTOS Y DESEMPEÑO (ANEXO V).- Únicamente las Empresas que se
encuentren reguladas por el Organismo METROBÚS podrán hacer constar que el personal que opere unidades de
transporte de pasajeros adscrito a sus áreas de responsabilidad, cuentan con los conocimientos y habilidades
requeridos para llevar a cabo dicha labor; la constancia únicamente tendrá vigencia dentro del año fiscal de su
emisión, en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente dicha evaluación
misma que deberá contener los siguientes elementos:
Nombre de la Empresa que expide la constancia.
Fecha de expedición de la constancia
Firma de la persona responsable del área en que labora el interesado.
Nombre del interesado, para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración de la persona responsable del área en que labora el interesado, señalando que el
solicitante cuenta con los conocimientos y habilidades necesarios para la operación de los vehículos.
Los operadores de las Empresas que soliciten el trámite de Licencia de Conducir tipo “D” y “E” deberán acreditar
la Evaluación de Conocimientos y Desempeño que determine la Secretaría.
Adicional a lo anterior, los operadores que soliciten la Licencia de Conducir en la modalidad de prestación del servicio de
Transporte de Personal, deberán presentar la siguiente constancia:
CONSTANCIA DE CURSO DE PRIMEROS AUXILIOS (ANEXO VI).- Únicamente tendrá vigencia dentro
del año fiscal de su emisión en caso de no haber concluido su trámite, el interesado deberá practicarse nuevamente
dicha evaluación, misma que deberá contener los siguientes elementos:
12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Nombre de la Dependencia que expide la constancia.
Fecha de expedición de la constancia
Firma del Médico responsable de los servicios médicos de la Empresa, incluyendo nombre, cargo y
número de cédula profesional.
Nombre del interesado para quien se expide la constancia, con su número de empleado, puesto que
desempeña y RFC.
Declaración del responsable de los servicios médicos de la Empresa, señalando que el solicitante
cuenta con los conocimientos en Primeros Auxilios necesarios para la operación de vehículos en la modalidad
de Transporte de Personal.
En caso de solicitar Licencia de Conducir tipo “E” en sus modalidades de prestación del servicio de Transporte Escolar y
de Personal, cada operador registrado deberá presentar dos originales de la constancia laboral de la escuela, Empresa o
padres de familia, mediante la cual acredite la prestación del servicio con una antigüedad mínima de 5 años. (Anexo II).
f) A lo anterior, NO aplicará la solicitud de Empresas, respecto a la emisión de constancias para la Licencia de Conducir
tipo “E” en su modalidad de prestación del Servicio de Transporte Escolar en virtud de que para su obtención deberán
cumplir con los requisitos establecidos por la Secretaría en el presente Aviso.
g) Todas las constancias deberán ser elaboradas a máquina o en computadora, NO deberán firmarse P.A (por ausencia) o
P.P. (Por poder); deberán emitirse en hojas membretadas de la Empresa y apegarse a los modelos incluidos en los
Anexos III, IV y en su caso V y VI del presente Aviso.
h) Previo a la atención de los operadores los Módulos de Expedición de Licencias de Conducir que corresponda, la
documentación descrita en la presente Base, deberá ser remitida por el Representante Legal de la Empresa a la
Dirección General de Transporte, ubicada en Av. Álvaro Obregón # 269 2° piso Col. Roma, Deleg. Cuauhtémoc,
México D.F. en un horario de Lunes a Jueves de 9 a 14 hrs., para su revisión y en caso de proceder, para la
autorización del trámite correspondiente.
Asimismo, al momento de entregar la documentación en la Dirección General de Transporte, el Representante Legal de la
Empresa podrá designar mediante oficio dirigido al Director General de Transporte, a las personas autorizadas para realizar
trámites de Licencias de Conducir “C”, “D” y “E” ante esta Secretaría (Anexo I).
Cabe destacar al respecto, que TODA persona que no se encuentre debidamente registrada y autorizada, no podrá gestionar
ningún trámite ante esta Dependencia.
Las personas físicas que soliciten la expedición de la Licencia de Conducir tipo “E” en sus modalidades de prestación del
servicio de Transporte Escolar y de Personal, requieren autorización de esta Secretaría, mediante oficio o escrito dirigido al
Director General de Transporte, mismo que deberá acompañar en original para su cotejo y una copia de la siguiente
documentación:
1. Solicitud de registro para la realización de trámites de Licencias de conducir tipo “E” en su modalidad de prestación
del servicio de Transporte Escolar y de Personal. Anexo I.
2. Identificación Oficial con fotografía.
3. Comprobante de domicilio.
4. Dos originales de la Constancia laboral de la escuela, Empresa o padres de familia, mediante la cual acredite la
prestación del servicio con una antigüedad mínima de 5 años. Anexo II.
i) Previo a la atención de los operadores los Módulos de Expedición de Licencias de Conducir que corresponda, la
documentación descrita en la presente Base, deberá ser remitida por el Representante Legal de la Empresa a la
Dirección General de Transporte, ubicada en Av. Álvaro Obregón # 269 2° piso Col. Roma, Deleg. Cuauhtémoc,
México D.F. en un horario de Lunes a Jueves de 9 a 14 hrs., para su revisión y en caso de proceder, para la
autorización del trámite correspondiente.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
Previo a la atención de los operadores en el Módulo de Expedición de Licencias de conducir que corresponda, la
documentación descrita en la presente Base, deberá ser entregada por el interesado, en la Dirección General de Transporte,
ubicada en Av. Álvaro Obregón # 269 2° piso Col. Roma, Deleg. Cuauhtémoc, México D.F. para su revisión y en caso de
proceder, para la autorización del trámite.
SEPTIMA.-El trámite que deben seguir los interesados en obtener Licencias de conducir tipos “C”, “D” y “E” para el
servicio de transporte público colectivo de pasajeros, carga y especializado en todas sus modalidades en el Distrito Federal,
es el siguiente:
1) Los interesados podrán solicitar vía internet en la página de finanzas www.finanzas.df.gob.mx o en el área de
atención a clientes de los centros comerciales el número de línea de captura, haciendo referencia a la clave en
función al período de vigencia de la licencia, de conformidad con el Código Fiscal del Distrito Federal vigente,
como se muestra a continuación:
CONCEPTO VIGENCIA COSTO CLAVE DE PAGO
Licencia “C” Pasajeros; “D” Carga y “E” Especializado en todas sus modalidades (expedición ‘primera vez’; renovación ‘canje’ y reposición ‘robo o extravío de la licencia vigente’)
2 años
Determinado en el Código Fiscal del Distrito Federal
Establecidas en la página de Internet de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal
Licencia “C” Pasajeros; “D” Carga y “E” Especializado en todas sus modalidades (expedición ‘primera vez’; renovación ‘canje’ y reposición ‘robo o extravío de la licencia vigente’)
3 años
2) Deberán requisitar cuidadosamente el Formato Universal de la Tesorería en original y anotar cuidadosamente la línea
de captura, ya que esta se verificará contra el registro de pagos de la Tesorería del Distrito Federal y el error en uno
solo de los dígitos, afectará la validez del pago.
3) Efectuar el pago de los derechos por el trámite. Los interesados podrán realizar este pago en bancos, tiendas de
autoservicio y portal de Internet de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
4) Para el trámite de la Carta de Conducta NO Precedente (Antecedentes NO Penales), los solicitantes de la Licencia
tipos “C” y “E” en la modalidad de Transporte Escolar y de Personal en el Distrito Federal deberán presentarse en
la las oficinas de la Secretaría de Seguridad Pública, ubicada en Xola # 324 Col. Del Valle, México D.F. (entre
División del Norte y la Torre de Mexicana) en un horario de 14:00 a 18:00 hrs, con original y copia de la
documentación que se enlista a continuación:
Acta de Nacimiento
Identificación Oficial con Fotografía
Comprobante de Domicilio
Nota: este trámite es GRATUITO
5) Requisitar el formato de solicitud establecido por la Secretaría de Transportes y Vialidad. Dicho formato será
distribuido en forma gratuita en los Módulos de Expedición de Licencias de conducir de Conducir que
corresponda (Velódromo, Vallejo o Insurgentes).
6) En ningún caso se atenderán las solicitudes de trámite si el interesado no comprueba haber realizado previamente el
pago de los derechos correspondientes.
14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
7) Registrar su solicitud en el Módulo de Expedición de Licencias de conducir de Conducir que corresponda
(Velódromo, Vallejo o Insurgentes) presentando en original y copia fotostática, los documentos que acreditan los
requisitos para el trámite solicitado, debiendo registrar su huella dactilar y fotografía, para lo cual deberá
presentarse al módulo con frente descubierta (libre de cabello, sin lentes obscuros y sin aretes); sin accesorios en el
rostro, tales como: anteojos oscuros, aretes, otras perforaciones y con el cabello recogido.
8) Verificar sus datos con el operador de ventanilla de registro de solicitud de licencias de conducir, quien dará lectura a
la información capturada, respecto del trámite, para que en su caso se hagan las correcciones necesarias.
9) Para los trámites de expedición de Licencia por primera vez y renovación, los interesados (con excepción de los que
se encuentren considerados en las Bases Quinta y Sexta del presente Aviso) acudirán al Centro para el Fomento de
la Educación y Salud de los Operarios del Transporte Público de la Ciudad de México A.C, (CENFES) para
realizar la Evaluación Médica Integral, el Curso de Capacitación, la Evaluación de Conocimientos y Desempeño y
el Curso de Primeros Auxilios (según sea el caso), para lo cual deberán comunicarse a los teléfonos 57 50 84 61 y
57 50 84 95 para realizar las citas correspondientes.
EVALUACION COSTOS
PRIMERA VEZ RENOVACION
EVALUACION MEDICA INTEGRAL $350 $350
CURSO DE CAPACITACIÓN $300 $200
CURSO DE PRIMEROS AUXILIOS (únicamente Transporte
Escolar y de Personal)
$350 $350
EVALUACION DE CONOCIMIENTOS Y DESEMPEÑO $230 $230
10) Los solicitantes de Licencias de conducir tipos “C” “D” y “E” en el Distrito Federal, deberán realizar el
siguiente procedimiento:
El operador acudirá a realizar la Evaluación Médica Integral, (en el caso de los solicitantes de la Licencia
tipos “C” y “E” en la modalidad de Transporte Escolar y de Personal en el Distrito Federal, se registrarán las
diez huellas dactilares y reconocimiento facial; lo anterior es obligatorio, en virtud del Acuerdo suscrito entre
esta Secretaría y la PGJDF a efecto de verificar que los solicitantes no tengan conducta precedente, conforme a
los artículos 556 y 556 bis del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, para efectos de la
expedición de la Licencia tipos “C” y “E” en su modalidad de prestación del servicio de Transporte Escolar y
de Personal, mismas que deberán ser transmitidas en línea directa por el Prestador de Servicios autorizado a
esta Secretaría y a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en un plazo no mayor de 48 horas
posteriores al registro del solicitante, para lo cual el operador deberá de presentarse con camisa blanca, sin
barba, bigote bien recortado (en caso de uso común), frente descubierta (libre de cabello, sin lentes obscuros y
sin aretes); sin accesorios en el rostro, tales como anteojos, aretes y con el cabello recogido.
Posteriormente el operador acudirá al curso de capacitación y curso de primeros auxilios a CENFES.
Por último, el solicitante deberá presentarse al lugar que se indique para la realización de la Evaluación de
Conocimientos y Desempeño, la cual se efectuará en el vehículo que para tales efectos autorice la Secretaría
Los lugares donde deberán acudir los solicitantes de Licencias de conducir “C”, “D” y “E” a realizar sus
evaluaciones, son los siguientes:
AREA DOMICILIO TELEFONO
COORDINACION DE
CAPACITACION
Módulo de SETRAVI “La Virgen”, Calzada de La Virgen s/n esq. Canal
Nacional, Col. Carmen Serdán, Deleg. Coyoacán, C.P. 04850 56 32 41 23
COORDINACION DE
SALUD
Módulo de SETRAVI “El Coyol”, Eduardo Molina #1639, Col. Unidad
Habitacional El Coyol, Deleg. Gustavo A. Madero, C.P. 07420 57 50 86 27
COORDINACION DE
PERICIA
CETRAM de Santa Anita, Av. Congreso de la Unión, entre Miguel Hidalgo y
Viaducto Río Piedad, Col. Santa Anita, Deleg. Iztacalco, C.P. 04850 54 40 54 24
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
11) Una vez cumplido lo anterior, el interesado acudirá nuevamente al Módulo de Expedición de Licencias de conducir
de Conducir que corresponda (Velódromo, Vallejo o Insurgentes) para concluir el trámite de la Licencia, por lo que
deberá presentarse con las constancias de Evaluación Médica Integral, Capacitación, Conocimientos y
Desempeño y en su caso, Primeros Auxilios, obteniendo la licencia una vez cubiertos todos los requisitos.
OCTAVA.- Los interesados en obtener las Licencias de conducir tipos “C”, “D” y “E” en todas sus modalidades, podrán
registrar sus solicitudes de trámite en los siguientes Módulos de Expedición de Licencias de conducir:
MODULO DOMICILIO TIPO DE LICENCIA
Módulo
Velódromo
Luis de la Rosa, esquina Genaro
García, Colonia Jardín Balbuena,
Delegación Venustiano Carranza
Licencias de conducir tipo “C” (transporte público colectivo de
pasajeros)
Licencias de conducir tipo “E” (transporte especializado, de
emergencia, ambulancias, bomberos, turístico, transporte de
valores, transporte escolar y transporte de personal)
Módulo
Vallejo
Poniente 152, No. 1020, entre las
calles de Maravillas y Diario de
México, Colonia Prensa Nacional,
Delegación Azcapotzalco
Licencia tipo “D” (transporte de carga en todas sus modalidades)
Módulo
Insurgentes
Insurgentes N° 263, 3er piso, Col.
Roma Deleg. Cuauhtémoc
Licencias de conducir “E” (Secretaría de Seguridad Pública,
Policía Auxiliar del D.F., Policía Bancaria del D.F., Policía
Federal Preventiva, PGR y PGJ)
La atención al público será en días hábiles y en horario de 9:00 a 15:00 horas.
Los trámites que se registren durante el año fiscal, deberán de concluir a más tardar el último día hábil del mes de
diciembre del 2011, que se establezca en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
NOVENA.- Los pagos de derechos que se realicen por los trámites de expedición (primera vez), renovación (canje) y
reposición de Licencias de Conducir tipos “C”, “D” y “E” en todas sus modalidades, tienen vigencia durante el año fiscal al
que corresponden, por lo que al término del año fiscal; los trámites que no hayan concluido en el lapso de tiempo señalado,
deberán cubrir un pago complementario, de conformidad con lo que señale el Código Fiscal del Distrito Federal vigente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Los operadores del servicio de Transporte de Personal que pertenezcan a una Dependencia o Entidad de la
Administración Pública Federal o del Distrito Federal, podrán tener los beneficios estipulados en la Quinta Base del
presente Aviso.
TERCERO.- Los operadores del servicio de Transporte de Personal que pertenezcan a una Empresa, podrán tener los
beneficios estipulados en la Sexta Base del presente Aviso.
CUARTO.- Las hojas de registro que deriven de las solicitudes de expedición, renovación o reposición de Licencias de
Conducir tipos “C”, “D” y “E” tendrán vigencia de 90 días a partir de su registro, para la conclusión del trámite
correspondiente.
QUINTO.- Para los propósitos de este Aviso, quedan sin efecto, el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 11 de febrero del 2010.
SEXTO.- El presente aviso entrará en vigor a partir del día hábil del año 2011siguiente de su publicación en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal y estará vigente hasta el último día hábil del mes de diciembre del 2011, que se establezca en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
SÉPTIMO.- La interpretación y los alcances administrativos del presente Aviso, serán resueltos por la Dirección General
de Transporte.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 16 días del mes de diciembre de 2010.
C. SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
(Firma)
C. RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA
ANEXO I (Personas Morales)
Solicitud de Registro de Empresas para la acreditación de requisitos para las Licencias de conducir tipos “C”, “D” y
“E” en todas sus modalidades en el Distrito Federal.
Nombre de la Empresa____________________________
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Yo _________________________, en mi carácter de _____________________, que acredito mediante
_____________________, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en (calle, número, colonia,
delegación o municipio, teléfono), con fundamento en la Base Sexta del Aviso a los interesados para LICENCIAS DE
CONDUCIR TIPOS “C”, “D” Y “E” PARA OPERADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO
COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA Y ESPECIALIZADO en todas sus modalidades en el Distrito Federal, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fecha___________________, solicito a usted el registro de la Empresa
(denominación o razón social)____________________, que entre sus actividades lleva a cabo la transportación de
_______________________ para lo cual cuenta con una plantilla de __________operadores, mismos que requieren
Licencias de conducir tipo ____ en su modalidad de transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado,
escolar o de personal) *para realizar su trabajo.
Asimismo, acredito a los C.C. ___________y ___________(se anexa copia de Identificación Oficial), a efecto de que
realicen los trámites contemplados en la Base Sexta del presente Aviso ante esa Secretaría.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
Nombre, firma del Representante Legal
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
ANEXO I (Personas Físicas)
Solicitud de Registro de Personas Físicas para la acreditación de requisitos para las Licencias de conducir tipo “E”
en la modalidad de servicio de transporte (escolar o de personal) en el Distrito Federal.
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Yo _________________________, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en (calle, número,
colonia, delegación o municipio, teléfono), con fundamento en la Base Sexta del Aviso a los interesados para LICENCIAS
DE CONDUCIR TIPOS “C”, “D” Y “E” PARA OPERADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO
COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA Y ESPECIALIZADO en todas sus modalidades en el Distrito Federal, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fecha ___________________, solicito a usted el registro del suscrito, con RFC
__________________________, quien entre sus actividades lleva a cabo la transportación de _______________________
para lo cual y a efecto de estar en posibilidades de realizar mi trabajo, requiero la Licencia tipo ”E” en su modalidad de
transporte (escolar o de personal).
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre y firma
Teléfonos.- ___________________
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
ANEXO II (Personas Físicas)
Constancia Laboral para la acreditación de la prestación del servicio de transporte escolar en el Distrito Federal.
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Los que suscriben la presente, padres de familia de alumnos de la escuela ______________hacemos constar que el C.
_______________________ con RFC ___________________presta los servicios de transporte escolar con eficiencia,
responsabilidad y seriedad, lo cual me consta toda vez que hemos requerido sus servicios.
Se extiende la presente a solicitud del interesado y para todos los efectos a que haya lugar.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
NOMBRE DEL PADRE DE FAMILIA AÑOS DE CONTRATACIÓN DE
LOS SERVICIOS DEL OPERADOR
FIRMA TELEFONO
1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA/ESCUELA/DEPENDENCIA
ANEXO II (Personas Morales)
Constancia Laboral para la acreditación de la prestación del servicio de transporte (escolar o de personal) en el
Distrito Federal.
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
El que suscribe la presente, representante legal de la (Empresa/Escuela/Dependencia)________________ hace constar que
el C. _______________________ con RFC ___________________ presta los servicios de transporte (escolar/personal)
con eficiencia, responsabilidad y seriedad, lo cual me consta toda vez que ha prestado sus servicios a esta
(Empresa/escuela/Dependencia) desde hace ________ años.
Se extiende la presente a solicitud del interesado y para todos los efectos a que haya lugar.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma del Representante Legal
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO III
CONSTANCIA MÉDICA
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por medio de la presente, se hace constar que el C. __________________, con RFC ______________________, quien
labora en esta Dependencia/Empresa con número de empleado _____________ y desempeña el cargo de
______________________, reúne las aptitudes físicas y mentales necesarias para la conducción de vehículos de transporte
(público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal) en el Distrito Federal, por lo que se considera apto
para la obtención de la Licencia tipo ____ en su modalidad de transporte (público colectivo de pasajeros, carga,
especializado o de personal).
Se extiende la presente, con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con
fecha_________, a efecto de que el interesado realice el trámite de la Licencia tipo ____ en la modalidad de transporte
(público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal), * ante la Dirección General a su cargo, reiterando
que esta constancia únicamente tiene vigencia durante los siguientes 30 días hábiles de su elaboración.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma y número de cédula profesional
del Médico responsable
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
Sello de la Dependencia (en
su caso)
22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO IV
CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por medio de la presente, se hace constar que el C. __________________, con RFC ______________________, quien
labora en esta Dependencia/Empresa con número de empleado _____________ y desempeña el cargo de
______________________, se encuentra capacitado para la conducción de vehículos de transporte (público colectivo de
pasajeros, carga, especializado o de personal) de esta Dependencia/Empresa, por lo que se considera apto para la
obtención de la Licencia tipo ____ en su modalidad de transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado o
de personal).
Se extiende la presente, con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con
fecha_________, a efecto de que el interesado realice el trámite de la Licencia tipo ____ en su modalidad de transporte
(público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal), * ante la Dirección General a su cargo.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma, y cargo del Responsable
del área de capacitación o de Recursos Humanos
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
Sello de la Dependencia (en
su caso)
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO V
CONSTANCIA DE CONOCIMIENTOS Y DESEMPEÑO
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por medio de la presente, se hace constar que el C. __________________, con RFC ______________________, quien
labora en esta Dependencia/Empresa con número de empleado _____________ y desempeña el cargo de
______________________, cuenta con los conocimientos y habilidades requeridos para la conducción de vehículos de
transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal) de esta Dependencia/Empresa, lo cual ha
demostrado con su desempeño en el puesto, por lo que se considera apto para la obtención de la Licencia tipo ____ en su
modalidad de transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal).
Se extiende la presente, con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con
fecha_________, a efecto de que el interesado realice el trámite de la Licencia tipo ____ en su modalidad de transporte
(público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal), * ante la Dirección General a su cargo.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma, y cargo del Responsable
del área correspondiente
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
Sello de la Dependencia (en
su caso)
24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA
ANEXO VI
CONSTANCIA DE PRIMEROS AUXILIOS
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por medio de la presente, se hace constar que el C. __________________, con RFC ______________________, quien
labora en esta Dependencia con número de empleado _____________ y desempeña el cargo de ______________________,
ha recibido el curso de capacitación en primeros auxilios, mismo que impartió esta Dependencia, por lo que se considera
apto para la obtención de la Licencia tipo “E” en su modalidad de transporte de personal.
Se extiende la presente, con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con
fecha_________, a efecto de que el interesado realice el trámite de la Licencia tipo “E” en la modalidad de transporte de
personal, ante la Dirección General a su cargo.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma y número de cédula profesional
del Médico responsable
Sello de la Dependencia (en
su caso)
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO VII
PADRON DE OPERADORES QUE REQUIEREN EL TRÁMITE DE LICENCIAS DE CONDUCIR TIPOS (“C”,
“D” Y “E”)
EN LA MODALIDAD DE DE TRANSPORTE (COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA, ESPECIALIZADO,
ESCOLAR O DE PERSONAL).
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por medio de la presente, me permito hacer de su conocimiento el Padrón de Operadores de esta Dependencia/Empresa que
requieren el trámite de licencias de conducir tipos (“C”, “D” y “E”) en la modalidad de de transporte (colectivo de
pasajeros, carga, especializado, escolar o de personal).
N° APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE R.F.C. TIPO DE LICENCIA
QUE SOLICITA
EXPEDICIÓN,
RENOVACIÓN O
REPOSICIÓN
VIGENCIA
(2 o 3 AÑOS)
1
2
3
4
Se extiende la presente, con fundamento en el Aviso publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con
fecha_________, para el efecto de que el interesado realice el trámite de la Licencia tipo ____ en la modalidad de
transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal), * ante la Dirección General a su cargo.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma del Representante Legal
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO VIII
CATALOGO DE FIRMAS PADRON DE OPERADORES QUE REQUIEREN EL TRÁMITE DE LICENCIAS DE
CONDUCIR TIPOS (“C”, “D” Y “E”)
EN LA MODALIDAD DE DE TRANSPORTE (COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA, ESPECIALIZADO,
ESCOLAR O DE PERSONAL).
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por medio de la presente, me permito hacer de su conocimiento el Catálogo de Firmas de los Funcionarios/Personas
Responsables de la emisión de las Constancias de (Capacitación, Evaluación Médica Integral, Evaluación de
Conocimientos y Desempeño y Primeros Auxilios) de los operadores de esta Dependencia/Empresa que requieren el
trámite de licencias de conducir tipos (“C”, “D” y “E”) en la modalidad de de transporte (colectivo de pasajeros, carga,
especializado, escolar o de personal). *
N° NOMBRE CARGO CONSTANCIA QUE EMITE FIRMA
1
2
3
4
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma del Representante Legal
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO IX
DECLARATORIA DE EVALUACIÓN MÉDICA INTEGRAL
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Declaro Bajo Protesta de Decir Verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del Código Penal
para el Distrito Federal que la Dependencia/Empresa (Nombre de la Dependencia/Empresa) brinda servicios médicos a
sus empleados, razón por la cual se puede avalar que éstos se encuentran aptos física y mentalmente para la conducción de
vehículos de transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal). *
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma del Representante Legal
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO X
DECLARATORIA DE CAPACITACION
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Declaro Bajo Protesta de Decir Verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del Código Penal
para el Distrito Federal que la Dependencia/Empresa (Nombre de la Dependencia/Empresa) brinda a sus empleados la
capacitación que requieren para el desarrollo de sus actividades, razón por la cual se puede avalar que éstos se encuentran
capacitados y cuentan con los conocimientos y habilidades requeridas para la conducción de vehículos de transporte
(público colectivo de pasajeros, carga, especializado o de personal).*
ATENTAMENTE
_________________________________________________
Nombre, firma del Representante Legal
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 29
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA
ANEXO XI
Solicitud de Registro de Dependencias para la acreditación de requisitos para las Licencias de conducir tipos “C”,
“D” y “E” en todas sus modalidades en el Distrito Federal.
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Yo _________________________, en mi carácter de _____________________, que acredito mediante
_____________________, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en (calle, número, colonia,
delegación o municipio, teléfono), con fundamento en la Base Quinta del Aviso a los interesados para LICENCIAS DE
CONDUCIR TIPOS “C”, “D” Y “E” PARA OPERADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO
COLECTIVO DE PASAJEROS, CARGA Y ESPECIALIZADO en todas sus modalidades en el Distrito Federal, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fecha___________________, solicito a usted el registro de la Dependencia
(área de la Dependencia)____________________, que entre sus actividades lleva a cabo la transportación de
_______________________ para lo cual cuenta con una plantilla de __________operadores, mismos que requieren
Licencias de conducir tipo ____ en su modalidad de transporte (público colectivo de pasajeros, carga, especializado,
escolar o de personal) *para realizar su trabajo.
Asimismo, acredito a los C.C. ___________y ___________(se anexa copia de Identificación Oficial), a efecto de que
realicen los trámites contemplados en la Base Quinta del presente Aviso ante esa Secretaría.
Lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad y de conformidad con lo previsto en los artículos 310, 311 y 317 del
Código Penal para el Distrito Federal.
ATENTAMENTE
Nombre, firma del Representante
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
HOJA MEMBRETADA DE LA DEPENDENCIA/EMPRESA
ANEXO XII
Solicitud de Trámite de Licencias de conducir tipos “C”, “D” y “E” en todas sus modalidades en el Distrito Federal.
México, D.F. a _____ de ____________ de 20___
C. ________________________
Director General de Transporte de la
Secretaría de Transportes y Vialidad del
Gobierno del Distrito Federal
Por este conducto le solicito atentamente, gire sus apreciables instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se autorice
el trámite de Licencias de conducir tipo ____ en su modalidad de transporte (público colectivo de pasajeros, carga,
especializado, escolar o de personal) a (número) operadores de la (Dependencia/Empresa), mismos que se enlistan a
continuación:
N° APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRE R.F.C. TIPO DE LICENCIA
QUE SOLICITA
EXPEDICIÓN,
RENOVACIÓN O
REPOSICIÓN
VIGENCIA
(2 o 3 AÑOS)
1
2
3
4
ATENTAMENTE
Nombre, firma del Representante Legal
*DEBERA SELECCIONAR SOLO EN TIPO DE LICENCIA QUE SOLICITA
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
MARTI BATRES GUADARRAMA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los artículos
87, 89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III, IV y VII y 28 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; I fracciones I y II, 10 fracción IV, 32, 33, 35, 38, 39, 40 y 41 de
la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; Numeral I del artículo Vigésimo Cuarto Transitorio del Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2011; y 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social del Distrito Federal; emito el siguiente:
Lineamientos y Mecanismos de Operación para el Programa de “Comedores Públicos”
I. ENTIDAD O DEPENDENCIA RESPONSABLE
La Secretaría de Desarrollo Social a través de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social en la
Coordinación de Atención Social Emergente y Enlace Interinstitucional; ubicada en Xocongo 225, col. Tránsito, Del.
Cuauhtémoc.
II. OBJETIVOS Y ALCANCES
II.1 Objetivo general
Mejorar la asistencia social que necesita la ciudadanía y garantizar el derecho a la alimentación de la población,
instalando Comedores Públicos gratuitos; que brinden atención a la población que se encuentre en situación de
vulnerabilidad como son: niños y niñas, adultas y adultos mayores en situación de abandono, mujeres embarazadas,
discapacitados, desempleados y poblaciones en situación de calle, así como, a las personas inmigrantes, refugiadas y
solicitantes que requieran dicho apoyo.
II. 1.1 Objetivos específicos
Operar los Comedores Públicos.
Suministrar raciones alimenticias gratuitas a la población objetivo.
Proteger el ingreso y apoyar la economía de la población vulnerable atendida por el programa; así como mejorar sus
condiciones de salud y nutrición.
Incentivar la participación voluntaria de la población.
II. 1.2 Alcances
El programa atenderá a la población que lo solicite.
III. METAS FÍSICAS
Operar hasta 60 Comedores Públicos.
Servir hasta 200 raciones de alimento en cada uno de los Comedores Públicos.
Se aplicarán encuestas de calidad o satisfacción anualmente a 1,000 beneficiarios del Programa de Comedores Públicos.
Mantener una convivencia y un ambiente de respeto y tolerancia entre los actores (personal y usuarios) que confluyen en
el Comedor Público.
Integrar la participación voluntaria.
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
El presupuesto programado para el ejercicio fiscal 2011 para el Programa de Comedores Públicos será, por lo menos, de
$43, 761,162.00 (cuarenta y tres millones setecientos sesenta y un mil ciento sesenta y dos pesos 00/100 M.N.). Dichos
recursos están planteados para gastos de planeación, operación, ejecución, seguimiento y supervisión del Programa.
32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
Para ser elegibles, las personas deberán cumplir con alguno de los siguientes criterios y los requisitos de acceso:
Requisitos de acceso:
Presentarse en el Comedor Público
Proporcionar la información para el llenado de la Cédula de Beneficiario
Todos los trámites y servicios son gratuitos.
Criterios de selección:
Se considerarán los siguientes casos como prioritarios para brindar el servicio:
Niñas y Niños
Mujeres embarazadas o en etapa de lactancia
Personas con discapacidad
Adultas y Adultos mayores
Personas en situación de calle
Desempleados
Mecanismos de Información:
Para información en la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social publicará las direcciones de los
comedores públicos en la página de la Secretaria de Desarrollo Social http://www.sds.df.gob.mx y en la pagina del
Instituto de Asistencia e Integración Social http://www.iasis.df.gob.mx, así mismo, promoverá entre la comunidad la
información sobre su funcionamiento, horarios y accesibilidad al servicio. También la puede solicitar en Xocongo No. 225,
3er. piso, col. Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs., o llamando al teléfono 51 32 11 30
ext. 6300.
VI. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN
Difusión:
El programa se difundirá en la página de Internet: http://www.iasis.df.gob.mx o en la página de la Secretaría de Desarrollo
Social del Distrito Federal http://www.sds.df.gob.mx
Acceso:
El acceso al programa será a través de la solicitud de los ciudadanos interesados, directamente en las instalaciones de los
Comedores Públicos. El horario de atención será de lunes a viernes en horario de 13:00hrs. a 16:00hrs o antes si se terminan
las raciones programadas.
Operación:
Para la operación y puesta en funcionamiento de los Comedores Públicos, la Secretaria de Desarrollo Social a través de
la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social, será la encargada de garantizar el suministro de
hasta 200 raciones de alimento diario preparadas de acuerdo a los menús elaborados y autorizados por la Secretaria de
Desarrollo Social en cada uno de los Comedores Públicos instalados.
El Comedor Público atenderá de Lunes a Viernes (excepto días festivos) de 13:00 hrs. a las 16:00 hrs. (o antes si se
terminan las raciones programadas).
El Instituto de Asistencia e Integración Social proporcionará el Responsable del Comedor Público, el cual tendrá bajo
su responsabilidad el manejo de las Cedulas de Beneficiarios a si como el manejo de toda la documentación oficial.
Los vecinos que así lo deseen podrán participar de forma voluntaria y solidaria en la operación y difusión de los
Comedores Públicos.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33
El Responsable del Programa deberá entregar el reporte de los apoyos otorgados en cada Comedor Público, así como
de las actividades que realizan en el programa para lograr los objetivos y metas programados.
Se realizarán reuniones de trabajo con el Responsable del Programa, Responsables de Zona, Responsables de Comedor
y el personal de Apoyo Operativo, para evaluar los objetivos alcanzados, las estrategias de trabajo y propuestas para
mejorar la operación del programa.
Los Responsables de Comedor deberán realizar brigadas para difundir el programa en las inmediaciones del comedor.
Sólo se entregará una ración alimentaría al día por persona.
En caso de que la demanda exceda la capacidad del servicio, los usuarios deberán apegarse a los criterios de selección
del programa.
En caso de mal manejo, quejas frecuentes o situaciones anómalas del funcionamiento del comedor, la Secretaria de
Desarrollo Social a través del Instituto de Asistencia e Integración Social podrá cerrar o en su caso reubicar el comedor
a otro espacio.
a. Servicio de comedor:
1. Las personas asisten al comedor más cercano.
2. Se registra por primera y única vez en una Cédula de Beneficiario para su ingreso al programa asignándole un número
de folio para posteriores asistencias al comedor.
3. Para posteriores asistencias al comedor, el beneficiario deberá proporcionar su número de folio para el registro de su
asistencia.
4. Las y los beneficiarios del programa no pueden recibir más de una ración de alimento por día.
5. Si alguna persona con enfermedad grave o discapacidad solicita el servicio de comedor, el responsable del comedor
realizará una visita domiciliaria para corroborar que la persona no puede trasladarse y autorizar el servicio a domicilio.
Sólo en estos casos se podrá asignar a un suplente que le haga llegar el alimento a su domicilio.
6. Sólo en el caso de contingencia o situación de emergencia se proporcionarán las raciones para llevar a domicilio, ello
para garantizar la seguridad de las personas.
Supervisión y control
1. El Responsable General del programa se encargará de coordinar y supervisar a los Responsables de Zona y de
Comedor.
2. Los Responsables de Comedor supervisarán la entrega de alimentos en los Comedores Públicos instalados.
3. Los Responsables de Comedor deberán entregar diariamente la Lista de Asistencia de Usuarios a los Responsables de
Ruta para que se entregue al área de captura.
4. El Supervisor se encargará de verificar las condiciones físicas del comedor para asegurar que se cuente con las
condiciones necesarias para su operación.
34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
5. Se elaborará mensualmente un informe de las actividades y apoyos entregados en los Comedores Públicos para fines de
seguimiento y evaluación de los logros.
VII. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Podrá presentar su queja o inconformidad ante la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, la Procuraduría
Social del Distrito Federal o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), ello de conformidad con
lo previsto en los artículos 71 y 72 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal.
También puede depositar su queja o inconformidad en el “Buzón de la Dirección General del Instituto de Asistencia e
Integración Social.
Puede manifestar su inconformidad por escrito en la libreta que para tal efecto, el IASIS tendrá a la vista, en cada Comedor
Público; en donde puede manifestar sus opiniones, quejas o sugerencias.
Las quejas o inconformidades deberán contener como mínimo los siguientes datos: nombre, domicilio y número telefónico
de quien interpone la queja o inconformidad, donde se le pueda localizar. En la queja deberá indicar si prefiere que sus datos
permanezcan bajo reserva.
VIII. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
El Instituto de Asistencia e Integración Social mantendrá permanentemente los requisitos y procedimientos para que los
ciudadanos puedan acceder a los beneficios del programa en la pagina del Instituto de Asistencia e Integración Social
http://www.iasis.df.gob.mx y de la Secretaria de Desarrollo Social http://www.sds.df.gob.mx.
En caso de omisión podrán exigir su cumplimiento ante la Contraloría General del Distrito Federal que es un órgano
competente para conocer las denuncias en materia de desarrollo social en apego a la normatividad aplicable, lo anterior de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
IX. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SUS INDICADORES
Evaluación:
Con el objetivo de enfocar la gestión del Programa al logro de resultados para mejorar las condiciones de vida de la
población beneficiaria, así como fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, se
evaluará la operación y resultados del mismo. La evaluación se complementará con un seguimiento periódico de los
recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas, a través de la supervisión cotidiana del responsable del
programa y de la encuesta de satisfacción que se aplicara a la población atendida.
El Instituto de Asistencia e Integración Social a través del área de Planeación realizará anualmente la Evaluación según los
criterios que establezca el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal.
Indicadores
Total de raciones suministradas por el Programa de Comedores Públicos / total de raciones programadas *100
Total de personas que se benefician de los Comedores Públicos / total de personas en pobreza alimentaría del DF*100
X. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Para garantizar el derecho individual y colectivo a la participación social en los programas sociales que implementa el
Gobierno del Distrito Federal a través de sus dependencias y órganos desconcentrados y para efecto del presente programa,
las organizaciones sociales, civiles, comunitarias, grupo de vecinos, ciudadanos y ciudadanas en general, con experiencia en
el manejo de Comedores Públicos e interesados en participar en la instalación, operación y administración de Comedores
Públicos, como parte de un proceso social solidario, orientado a promover acciones a favor del Derecho Ciudadano a la
Alimentación; a mejorar los niveles de salud y nutrición, así como impulsar y fomentar la participación y cohesión social,
podrán participar sin fines de lucro y sin percibir remuneración por su labor.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35
XI. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES
Se establecerá coordinación con la Secretaría de Protección Civil quien impartirá capacitación al personal de los comedores
para garantizar la seguridad en la operación de las cocinas y los Comedores Públicos.
Se establecerá coordinación con la Secretaría de Salud quien impartirá capacitación sobre manejo de alimentos, para
cumplir con la normatividad en materia de higiene en alimentos.
XII. CONSIDERACIONES FINALES
Los aspectos no previstos en los presentes lineamientos y mecanismos de operación serán resueltos por la Secretaría De
Desarrollo Social del Distrito Federal a través de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social, quien
tiene la facultad de interpretarlos. “Este programa es de carácter público no es patrocinado ni promovido por partido político
alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este
programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los
recursos de este programa en el DF será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese la presente Convocatoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México Distrito Federal, a 03 de enero de 2011
(Firma)
_______________________________
MARTI BATRES GUADARRAMA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
MARTÍ BATRES GUADARRAMA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
con fundamento en los artículos 87, 89 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones
III, IV y VII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10 fracción IV, 32, 33, 35, 39, 40 y
41 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito
Federal, publico los siguientes:
LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA COMUNITARIO DE
MEJORAMIENTO BARRIAL 2011
La Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con las Secretarías de Obras y Servicios, de Desarrollo Urbano y
Vivienda, el Programa de Mejoramiento de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal y la Subsecretaría de
Participación Ciudadana, pone en marcha el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2011, el cual se sujetará para
su ejecución a lo establecido en los presentes Lineamientos y Mecanismos de Operación para el ejercicio fiscal 2011, al
tenor de los siguientes:
Antecedentes
El 12 de junio del año 2007 se publicaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial, para el ejercicio fiscal 2007, y la Convocatoria para el Concurso Público de selección de Planes
Comunitarios de Mejoramiento Barrial, con lo que se puso en marcha el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial en
la Ciudad de México.
El 11 de octubre de 2007, el 31 de enero de 2008 y el 5 de agosto de 2009, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, las reformas y adecuaciones a los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial, con la finalidad de precisar detalles operativos que permitan su óptima ejecución.
Desde el año 2007, hasta el cierre del ejercicio fiscal 2009, el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, ha registrado
un importante crecimiento en la demanda de proyectos a ejecutar por parte de las organizaciones sociales, civiles,
comunitarias, grupos de vecinos e instituciones académicas. Así, en el año 2007 se registraron 139 proyectos a concurso y
se aprobaron 49, en 2008 se ingresaron 267 y se aprobaron 102, en 2009 se registraron 549 y se aprobaron 191 proyectos y
en 2010 se registraron 752 y se aprobaron 199 proyectos, lo que demuestra una considerable detonación de la demanda.
El 17 de noviembre de 2009, el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, fue merecedor del primer lugar del
concurso internacional denominado IV Distinción de Buenas Prácticas, por parte del Observatorio Internacional de la
Democracia Participativa, con sede en la ciudad de Barcelona, España, organismo internacional que discute, valora y
difunde los procesos participativos de diferentes partes del mundo.
El 22 de julio de 2010 en la Ciudad de México se llevo a cabo la premiación de la cuarta edición del Premio Deutsche Bank
Urban Age, cuyo propósito es estimular las iniciativas destinadas a mejorar las condiciones de vida de los habitantes de las
grandes urbes. El primer lugar fue para la “La Asamblea Comunitaria de Miravalle”, Tito Vidauri, Director General de
Deutsche Bank México, otorgo la mención honorífica tanto al Centro Cultural Consejo Agrarista — fundado por 30 bandas
juveniles en tregua, en el que se promueve el graffiti legal y las actividades artísticas como una alternativa a las drogas y la
violencia, como al proyecto “Recuperando Espacios para la Vida”, ubicado en Santa Fe — una zona de extremos contrastes
socioeconómicos - que se enfoca en la recuperación del espacio público a través de diversas actividades que contribuyen a
crear un sentido de pertenencia entre la gente y el espacio, alienta la formación de proyectos productivos y promueve el
liderazgo de los miembros de la comunidad de una zona marginal.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37
Considerandos
Que uno de los objetivos básicos del Desarrollo Social que promueve el Gobierno del Distrito Federal es el cumplimiento
cabal de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que con el propósito de fortalecer la democracia participativa en el Distrito Federal, el Gobierno de la Ciudad de México,
en consulta con las organizaciones civiles, sociales y comunitarias, elaboró este programa cuyo objetivo es facilitar a los
ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones
públicas.
Que el movimiento popular urbano es uno de los principales promotores del proceso de transición a la democracia en el
Distrito Federal y que desde sus orígenes, el impulso que motiva su participación en el quehacer político y social de la
Ciudad es su legítimo interés por modificar la realidad económica, social y cultural que limita el desarrollo de las y los
capitalinos, y que este es un principio que comparte plenamente el Gobierno del Distrito Federal.
Que es derecho inalienable de toda la población residente en el Distrito Federal, el goce y disfrute de los espacios públicos,
y que es del mayor interés para los fines que persigue la Secretaría de Desarrollo Social, el fortalecimiento, rescate,
preservación y mejoramiento de las condiciones físicas y materiales que presentan estos espacios; ya que de esta manera se
rescata y desarrolla la identidad cultural de las y los capitalinos.
1. Del Objeto
1.1. Objetivo General
Desarrollar un proceso integral, sostenido y participativo de mejoramiento de los espacios públicos de los pueblos, barrios y
colonias de la Ciudad de México.
1.2. Objetivos particulares
Promover la participación ciudadana en el diseño, ejecución y evaluación de la política social del Distrito Federal, en el
ámbito del mejoramiento del entorno urbano, la construcción de infraestructura social y la recuperación de los espacios
públicos.
Impulsar el ejercicio del derecho a la ciudad por parte de todos los residentes de la Ciudad de México.
Mejorar las condiciones de vida territorial y las oportunidades de desarrollo de los habitantes de zonas en condiciones de
mayor rezago social y degradación urbana.
Impulsar acciones de micro urbanismo que favorezcan la reconstrucción incluyente de la ciudad, creando condiciones
adecuadas para el desarrollo humano.
1.3. Alcances del Programa
Incidir en la mejora de la calidad de vida socio territorial, de los habitantes de la Ciudad de México. Particularmente de
aquellos que tengan altos grados de conflictividad social y/o degradación urbana o estén clasificados como de media, alta y
muy alta marginación, y que permita revertir los procesos de exclusión y de segregación socio-territorial en la ciudad.
2. Metas físicas
Al menos 90 proyectos.
3. Presupuesto programado
38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Los recursos del Programa se ejercerán a través de un fondo que para tal efecto establecerá el Gobierno del Distrito Federal
y en su caso, cada uno de los Gobiernos Delegacionales, a los cuales podrán sumarse contribuciones de la iniciativa privada,
así como de organizaciones sociales y civiles interesadas; para lo cual deberán suscribir el acuerdo de colaboración
respectivo y apegarse a estos lineamientos y mecanismos de operación.
El presupuesto programado para el ejercicio fiscal 2011 para el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial será de al
menos $96‟425,000.00 (noventa y seis millones, cuatrocientos veinticinco mil pesos 00/100 MN).
4. Del Grupo de Apoyo Interinstitucional del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial
Es el órgano colegiado interinstitucional de asesoría técnica y social, encargado de coordinar las acciones de las instancias
de gobierno que participan en el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial. Está integrado por la Secretaría de
Desarrollo Social, quien coordina el grupo, la Secretaría de Obras y Servicios, la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda, la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Medio Ambiente, por el Programa de Mejoramiento de Vivienda del
Instituto de Vivienda del Distrito Federal y la Subsecretaría de Participación Ciudadana.
El Grupo de Apoyo interinstitucional, conocerá de los proyectos aprobados por el Comité Técnico Mixto, con la finalidad
de participar, en su caso, en el desarrollo de cada uno durante el proceso y una vez concluidos, de acuerdo a las facultades
de cada dependencia.
5. Requisitos y procedimientos de acceso tanto para proyectos que se presentan por primera vez, como para
proyectos de continuidad
Con el propósito de incentivar la participación de la Sociedad Civil en la ejecución del Programa Comunitario de
Mejoramiento Barrial, la Secretaría de Desarrollo Social realizará un Concurso Público a través del cual serán seleccionados
por un Comité Técnico Mixto, los Proyectos Comunitarios de Mejoramiento Barrial que habrán de llevarse a cabo, tanto en
la modalidad de proyectos nuevos, así como aquellos de continuidad.
Las organizaciones sociales, civiles, comunitarias, grupos de vecinos e instituciones académicas, interesadas en participar
deberán sujetarse al siguiente procedimiento:
5.1. De la Convocatoria
La Convocatoria Pública para presentar Proyectos Comunitarios de Mejoramiento Barrial, tanto de primera vez, como de
continuidad, se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Sistema de Información del Desarrollo Social, en la
página Web de la Secretaría de Desarrollo Social, y en al menos dos diarios de amplia circulación en el Distrito Federal.
También se podrá consultar a través del sistema de orientación telefónica LOCATEL (56581111).
La convocatoria establecerá el formato al que deberán apegarse los proyectos presentados.
5.2. De la Elegibilidad
5.2.1. De la presentación de proyectos nuevos.
a) Se podrán presentar Proyectos Comunitarios de Mejoramiento Barrial por cada pueblo, barrio o colonia de la Ciudad de
México. Cuando exista más de una propuesta de proyecto a realizarse en el mismo espacio físico del pueblo, barrio o
colonia, éstas deberán consensarse entre los diferentes actores de la comunidad para construir un sólo proyecto que deberá
ser aprobado en Asamblea Vecinal.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39
b) No habrá polígonos, pueblos, barrios, colonias y unidades habitacionales predeterminadas. Pueden participar todos
aquellos que requieran de acciones de mejoramiento de sus espacios públicos y del entorno urbano, preferentemente
aquellos que tengan altos grados de conflictividad social y/o degradación urbana o estén clasificados como de media, alta y
muy alta marginación, conforme a la clasificación del Índice de Marginación del Distrito Federal 2003, realizado por la
Coordinación de Desarrollo Territorial, el cual se puede consultar en la página Web del Sistema de Información del
Desarrollo Social: http://www.sideso.df.gob.mx/index.php?id=35.
c) Los responsables o promoventes de los Proyectos de Mejoramiento Barrial que se presenten, deberán ser residentes del
pueblo, barrio, o colonia del lugar propuesto para llevar a cabo un Plan.
d) En ningún caso se financiarán con Recursos del Programa Comunitario Barrial, obras de pavimentación, compra de
predios o inmuebles.
e) Los proyectos que como finalidad tengan el mejoramiento de la imagen urbana, a través de la intervención de las
fachadas que componen el entorno urbano, deberán presentarse con un mínimo del 30% de acciones complementarias, tales
como alumbrado, construcción de banquetas, reforestación entre otras y se deberá exponer el proceso participativo que
definió el proyecto.
f) En los casos de Planes para construir casas de cultura, centros comunitarios, auditorios, espacios deportivos u otro tipo de
recinto que brinde un servicio público, se deberá presentar lo siguiente:
1) Documentación oficial de la autoridad competente sobre la certeza jurídica y la legalidad del predio o
inmueble, donde se proponga la realización del proyecto y que permita su ejecución.
2) Un reglamento de acceso público y no discriminación.
3) Un reglamento de operación.
4) Un reglamento que garantice la gratuidad en los servicios que se prestarían a la comunidad.
Se descartaran todos aquellos proyectos que no presenten la documentación correspondiente sobre la certeza jurídica del
predio y su legalidad, emitido por la autoridad competente.
En el caso de las Unidades Habitacionales, sólo podrán participar acciones en áreas comunes que por cualquier motivo no
puedan financiarse a través del Programa Social Ollin Callan de la Procuraduría Social del Distrito Federal.
Quedan excluidos los asentamientos irregulares en suelo de conservación, salvo aquellos que se encuentren en proceso de
regularización. En tal caso, deberá emitirse un dictamen favorable por la autoridad competente.
Para participar en el concurso de selección, es requisito indispensable que los interesados soliciten a la Secretaría de
Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Participación Ciudadana, o a través de los titulares de las Direcciones Ejecutivas
Regionales y Coordinaciones Delegacionales, en sus respectivas sedes para la organización de una Asamblea Vecinal en la
cual ésta manifieste de manera libre su voluntad de avalar o no el Proyecto de Plan Comunitario de Mejoramiento que les
sea presentado por los ciudadanos promoventes del mismo. Sólo en caso afirmativo, la Secretaría emitirá una Constancia
que describa el procedimiento y donde valide la realización de la Asamblea Vecinal y confirme el aval para que el Proyecto
participe en el Concurso.
a) La solicitud deberá hacerse llegar por escrito a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de
Participación Ciudadana, o a través de los titulares de las Direcciones Ejecutivas Regionales y Coordinaciones
Delegacionales, en sus respectivas sedes. Se adjunta directorio de la Subsecretaría de Participación Ciudadana
(Anexo 1).
40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
b) El acuse de recibo de la solicitud de realización de la Asamblea, será requisito suficiente para la entrega del
proyecto en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Social, ubicadas en Plaza de la Constitución No. 1, tercer
piso. Col. Centro, Del. Cuauhtémoc.
c) Con base en todas las solicitudes recibidas, la Secretaría de Desarrollo Social con el apoyo de la Subsecretaría de
Participación Ciudadana elaborará un calendario de realización de las asambleas. El calendario se notificara a los
promoventes de las Asambleas y estará disponible al menos, en la página Web de la Secretaría de Desarrollo Social, en la
sede de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, en las sedes de las Direcciones Ejecutivas Regionales y
Coordinaciones Delegacionales de Participación Ciudadana así como en el Servicio Público de Localización Telefónica
LOCATEL (5658 1111).
d) Las Asambleas se llevarán a cabo conforme al procedimiento emitido por la Secretaría de Desarrollo Social y la
Subsecretaría de Participación Ciudadana (Anexo 2).
e) Las Asambleas serán conducidas por personal de la Secretaría de Desarrollo Social y para ello se auxiliará de la
Subsecretaría de Participación Ciudadana, del Instituto de Integración y Asistencia Social, de la Dirección General de
Igualdad y Diversidad Social y del Servicio Público de Localización Telefónica LOCATEL
La aprobación del proyecto expuesto por los promoventes en una Asamblea Vecinal, se refiere exclusivamente al aval de la
asamblea para que dicho proyecto se presente al concurso del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y no
constituye garantía alguna de aprobación del mismo por parte del Comité Técnico Mixto. Asimismo en la selección de
proyectos por parte del Comité Técnico Mixto, será un factor para la aprobación de los mismos, el grado de participación
vecinal en las asambleas.
5.2.2 De la presentación de Proyectos de Continuidad
Podrán participar todos aquellos proyectos que hayan sido aprobados por el Comité Técnico Mixto en la Convocatoria del
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial del ejercicio fiscal 2010 y que:
a) Hayan cumplido a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Social con los requisitos de comprobación de gastos,
informe narrativo y fotográfico, estipulados en el Manual de Administración y Control de Gastos para la ejecución de los
Planes Comunitarios de Mejoramiento Barrial 2010, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de enero de
2010 y que hayan cumplido con las obras y actividades descritas en el convenio de colaboración.
b) No tengan adeudo alguno en la comprobación de los gastos al momento de presentar la solicitud para la continuación de
los mismos en el ejercicio fiscal 2011.
c) Los proyectos de continuidad no se podrán registrar como proyectos nuevos en la convocatoria del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial para el ejercicio fiscal 2011.
d) Deberán presentar la ficha de Informe Final debidamente requisitada, emitida por la Secretaria de Desarrollo Social.
e) Las propuestas para proyectos de continuidad deberán presentarse de acuerdo al formato establecido por la Secretaría de
Desarrollo Social y que se encuentra disponible en la página Web de la Secretaría de Desarrollo Social
(www.sds.df.gob.mx).
f) Los proyectos que sean presentados para su continuidad en el ejercicio fiscal 2011, deberán cubrir los mismos requisitos
de los proyectos que se presenten por primera vez en la Convocatoria del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial
para el ejercicio fiscal 2011, advirtiendo que en los casos de Planes para construir casas de cultura, centros comunitarios,
auditorios, espacios deportivos u otro tipo de recinto que brinde un servicio público, cubrirán los requisitos del numeral
5.2.1 inciso f), de los presentes Lineamientos y Mecanismos de Operación.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41
g) Para su participación en el ejercicio fiscal 2011, los proyectos de continuidad deberán contar con el aval de una Asamblea
Vecinal que será convocada por la Subsecretaria de Participación Ciudadana mediante solicitud por escrito de los
promoventes, ante la Secretaría de Desarrollo Social para dicho fin. En caso de que la Asamblea Vecinal avale de manera
libre y voluntaria el proyecto para su continuación y las acciones a desarrollar, se emitirá la constancia correspondiente que
será requisito para la participación del proyecto de continuidad en el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2011.
h) Los comités de Administración y Supervisión de los proyectos aprobados en el ejercicio fiscal 2009, podrán ser
ratificados para la ejecución de los proyectos de continuidad, salvo en los casos en que se presente por escrito una solicitud
motivada y fundamentada para su modificación, sobre la cual dictaminará la Secretaría de Desarrollo Social, en caso de
aceptarse se procederá a la realización de una Asamblea Vecinal, convocada por la Subsecretaría de Participación
Ciudadana para modificar la composición de los mismos.
i) El Asesor Técnico podrá continuar en el proyecto de continuidad salvo en los casos en que éste presente su renuncia por
escrito de manera voluntaria o exista una razón motivada y fundada para su remoción, presentada por el Comité de
Administración y/o de Supervisión ante la Secretaria de Desarrollo Social.
5.3. Del monto de apoyo por Proyecto
El costo del proyecto anual seleccionado no podrá ser inferior a $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N), ni
superior a $5, 000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 MN) con impuestos incluidos. Sin embargo, tomando en cuenta
la situación económica y financiera extraordinaria por la que atraviesan el país y la propia Ciudad de México, a juicio del
Comité Técnico Mixto, se podrán autorizar proyectos inclusive desde $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 MN)
En caso de ser aprobado el proyecto, el costo del seguimiento, la asesoría técnica y la elaboración del reporte final por parte
del Asesor Técnico, no podrá ser superior al 5% (cinco por ciento) del monto total anual aprobado por cada plan. Asimismo,
y sólo en el caso de que la ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial requiera de un Proyecto Ejecutivo, el
costo de este no podrá ser superior al 4% (cuatro por ciento) del presupuesto autorizado para el proyecto. El proyecto
ejecutivo deberá estar plenamente justificado y se deberá entregar a la Secretaria de Desarrollo Social, los estudios, análisis
y/o documentos generados por dicho proyecto ejecutivo.
Igualmente, y con el propósito de cumplir con todos los requerimientos establecidos en las leyes y reglamentos de
construcción del Distrito Federal aplicables para la ejecución del proyecto, los costos de los derechos y permisos de obra,
que en su caso se requieran, serán pagados del monto aprobado y deberán ser tramitados por los vecinos. Para tal efecto, la
Secretaría de Desarrollo Social brindará las facilidades y apoyos necesarios para la mejor gestión de dichos asuntos y
promoverá la firma de convenios con las autoridades competentes para el mismo fin.
5.4. De las características de los Proyectos presentados:
El Proyecto de Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial deberá ser coherente con el Programa de Desarrollo Urbano
Delegacional vigente el cual se puede consultar en la siguiente dirección electrónica:
http://www.seduvi.df.gob.mx/seduvi/planeacionurbana/pddu.php
Es necesario que los promoventes autodefinan el territorio que abarcará el proyecto, estableciendo un diagnóstico socio-
territorial de la comunidad donde se pretende llevarlo a cabo.
Asimismo se expondrá en que medida el proyecto mejora la equidad de género en el espacio público a desarrollarse y de
que manera genera entornos urbanos amigables y seguros para las mujeres, los jóvenes, los adultos mayores y la infancia.
Los promoventes deberán describir cómo se realizó el proceso de planeación participativa entre los ciudadanos, cuáles
fueron los resultados obtenidos y cómo fueron incorporados al proyecto que se presenta;
Las propuestas que se presenten deben exponer en forma sencilla, clara y precisa lo siguiente:
a) Los alcances y objetivos del Proyecto de Plan propuesto,
42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
b) Sus características fundamentales,
c) Su factibilidad urbana, social y ambiental,
d) Su factibilidad técnica y jurídica,
e) Esbozo del proyecto arquitectónico del Plan, que describa su correspondencia con el proyecto social, señalando el uso y
destino de suelo del objeto arquitectónico, el número de posibles usuarios, las actividades a desarrollar, el requerimiento de
espacios, la capacidad en metros cuadrados y la evaluación del entorno urbano.
f) Detallar las acciones necesarias que integran el Plan, incluyendo un presupuesto tentativo para cada una de las acciones
a realizar. Las cotizaciones que se realicen no podrán en ningún caso rebasar lo estipulado en el Tabulador General de
Precios Unitarios de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, para lo cual deberán presentar un comparativo
entre el presupuesto tentativo y el Tabulador General de Precios Unitarios.
g) Incluir un calendario de trabajo tentativo.
h) Las metas que pretende conseguir el Plan.
i) Indicadores y procedimientos a seguir para realizar la evaluación del Proyecto de Plan propuesto.
j) Incluir un registro fotográfico de al menos 10 fotografías, del lugar o la zona donde se propone ejecutar el Plan.
Los planes de mejoramiento podrán ser hasta por tres años con etapas anuales bien definidas.
5.5. De la recepción de Proyectos.
Una vez emitida la Convocatoria Pública, se abre el período de recepción de Proyectos, y la fecha límite para la recepción
de los trabajos será la que establezca la misma convocatoria. No habrá prórroga y no se recibirán trabajos extemporáneos.
Los Proyectos de Plan propuestos deberán entregarse en original y dos copias, anexando archivo en formato digital, en las
oficinas de la Secretaría de Desarrollo Social, sita en Plaza de la Constitución Número Uno, Tercer Piso, Colonia Centro,
entre las calles José María Pino Suárez y 20 de Noviembre.
El resultado de los proyectos registrados a concurso se hará del conocimiento de los gobiernos delegacionales y de los
Comités Ciudadanos, con la finalidad de que conozcan de las propuestas de proyectos que fueron presentadas dentro de la
convocatoria pública.
5.6. De la selección de Proyectos
Para la selección de los Proyectos de Plan que habrán de realizarse, el Comité Técnico Mixto revisará y valorará todos los
proyectos presentados con base en los lineamientos y criterios que sus integrantes definan, los cuales se harán de dominio
público, una vez que se publiquen los proyectos ganadores.
Los proyectos seleccionados serán publicados en el mismo medio en el que se realice la Convocatoria Pública, en la página
Web de la Secretaría de Desarrollo Social y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Se informará a los gobiernos delegacionales, a las diversas instancias del Gobierno del Distrito Federal y a los Comités
Ciudadanos sobre los proyectos aprobados, con la finalidad de establecer los mecanismos de cooperación necesarios, que en
su caso, permitan la óptima ejecución de los proyectos. Asimismo a solicitud de sus promoventes, los proyectos que no sean
aprobados, serán canalizados a las diversas dependencias del Gobierno del Distrito Federal y los gobiernos delegacionales
correspondientes, para gestionar diversos apoyos para su ejecución.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43
5.7. Del Comité Técnico Mixto
El Comité Técnico Mixto dictaminará sobre los proyectos nuevos, así como los de continuidad y estará integrado de la
siguiente manera:
a) Integrantes del Gobierno del Distrito Federal: una persona representante de la Secretaría de Desarrollo Social, una de la
Secretaría de Obras y Servicios, una de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, una persona representante del
Programa de Mejoramiento de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, y una persona de la Subsecretaría de
Participación Ciudadana.
b) Integrantes de la sociedad civil. Cinco personas especialistas en los temas del desarrollo social y del desarrollo urbano
participativo, invitadas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
Ninguna organización podrá presentar proyectos si alguno de sus integrantes de trabajo forma parte del Comité Técnico
Mixto. Asimismo, quedará invalidada la elección de algún proyecto, si se detecta que fue violada esta cláusula, y los
participantes estarán obligados a devolver a entera satisfacción de la Secretaría los recursos que en su momento hayan sido
asignados.
El Comité Técnico Mixto tendrá capacidad autónoma sobre la forma en que habrán de llevarse a cabo sus sesiones, así
como resolver sobre aquellos asuntos de su competencia que no estuvieran considerados en las presentes reglas de
operación.
Las decisiones del Comité Técnico Mixto serán inapelables e inatacables.
El Comité Técnico Mixto podrá estar constituido por los mismos integrantes hasta por tres años.
Para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los presentes Lineamientos de Operación, en caso de que
algún proyecto aprobado por el Comité Técnico Mixto, presente impedimentos jurídicos, administrativos o de otra índole,
que impidan su ejecución o viabilidad, la Secretaria de Desarrollo Social podrá cancelar el proyecto.
6. De la instrumentación
6.1. De la ejecución de los Planes Comunitarios de Mejoramiento Barrial
Una vez aprobados los planes, la Secretaría de Desarrollo Social a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana
convocará a una Asamblea Vecinal en la que se informe del inicio de los trabajos con las observaciones y adecuaciones
dictaminadas por el Comité Técnico Mixto, y se elegirá un Comité de Administración, un Comité de Supervisión y un
Comité de Desarrollo Comunitario, integrados cada uno por al menos tres personas. Cada Comité de Administración y
Supervisión contará con dos suplentes. En caso de faltar algún integrante para la conformación del comité de
Administración, Supervisión o de Desarrollo Comunitario, se convocará a una nueva Asamblea Vecinal en la que se
elegirán solamente las personas faltantes.
Sólo cuando las condiciones del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial lo ameriten, podrán constituirse un Comité de
Administración y de Supervisión adicionales. En casos excepcionales y a propuesta de los vecinos, podrá haber más de tres
miembros en los comités.
Ninguna de las personas integrantes de los comités de Administración y de Supervisión podrá prestar servicios, vender
materiales o contratar empresas de su propiedad para la ejecución del proyecto. Asimismo, y en el caso de que la ejecución
del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial requiera de un Proyecto Ejecutivo, los documentos que lo integran deberán
ser firmados por los comités de Administración y de Supervisión para asegurar que las acciones se apeguen a lo que en él se
establezca.
Los integrantes de los Comités de Administración y de Supervisión no podrán desempeñarse paralelamente dentro de otro
Comité de Administración o Supervisión o fungir como Asesores Técnicos, responsables o promoventes de otro proyecto
del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no deberán pertenecer a otro comité similar.
Las decisiones al interior de los comités de Administración y Supervisión se tomarán por consenso. En caso de no existir
consenso, las decisiones se tomaran por mayoría simple al interior de cada comité y el resultado quedará debidamente
asentado en un acta.
44 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Cualquiera de los integrantes de los comités o los comités en su conjunto podrán ser removidos, cuando por voluntad propia
de alguno de sus integrantes decida no continuar o por la Asamblea Vecinal, siempre y cuando exista motivo fundado y se
convoque por la Secretaría de Desarrollo Social a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana a una Asamblea
específica para tal efecto.
6.1.1 Del Comité de Administración
1 El Comité de Administración vecinal será el responsable de la correcta ejecución de los trabajos del Plan Comunitario
de Mejoramiento Barrial, de la administración de los recursos, la rendición permanente de cuentas y la comprobación
correcta y oportuna de los mismos. Para el correcto uso de los recursos deberá abrir una cuenta de cheques a nombre de
los integrantes del Comité de Administración y todos los recursos que gire deberán ser con cheques firmados de manera
mancomunada y con respaldo documental de todos los recursos utilizados. En todo momento deberá proporcionar a la
Secretaría de Desarrollo Social, al Comité de Supervisión, al comité de Desarrollo Comunitario y a los ciudadanos
interesados, la información que les sea solicitada.
2 Deberá publicar de manera mensual, en algún sitio visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos que se
vayan erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar firmados por los integrantes del Comité
de Administración, de Supervisión y del Asesor Técnico, deberán ser visibles y se deberá entregar una fotografía de
cada una de las publicaciones a la Secretaria de Desarrollo Social, como parte de los informes de comprobación.
3 Las personas que hayan formado parte de algún Comité de Administración y que tengan adeudos de comprobación, con
la secretaria de Desarrollo Social, no podrán pertenecer a algún otro comité de otro proyecto y tampoco podrán
presentar proyectos a concurso.
6.1.2. Del Comité de Supervisión
El Comité de Supervisión vecinal tendrá por función vigilar que las obras y acciones del Plan se ejecuten de manera
correcta y los recursos se utilicen y comprueben de manera correcta y oportuna. En todo momento podrá solicitar la
información que juzgue necesaria al Comité de Administración y estará obligado a informar de manera inmediata a la
Secretaría de Desarrollo Social de cualquier anomalía que detecte. Asimismo, el reporte final del proyecto deberá incluir un
dictamen de conformidad con la aplicación de los recursos.
6.1.3. Del Comité de Desarrollo Comunitario
El Comité de Desarrollo Comunitario tendrá como tareas fundamentales sensibilizar, promover, desarrollar y consolidar los
procesos ciudadanos a través de trabajos de planeación participativa (diagnósticos, análisis, diseño de líneas estratégicas,
proyectos), organización ciudadana, impulsando grupos de trabajo vecinal para asegurar la sustentabilidad del proyecto
durante su construcción y posterior a este proceso.
Será el promotor de la construcción de un proceso local, que permita la formulación de una agenda de desarrollo local, a
partir del proyecto presentado y aprobado en Asamblea vecinal, garantizando de esta manera el desarrollo permanente así
como la consolidación de los espacios recuperados a partir del proyecto del PCMB una vez concluidos en su parte técnico-
administrativa. Para esto trabajará de manera coordinada con los Comités de Administración y Supervisión.
Participará en las reuniones de los Comités de Administración y Supervisión en calidad de observador con derecho a voz y
deberá respetar las decisiones que en materia técnico-administrativa tomen los Comités de administración y Supervisión.
Establecerá comunicación con las diferentes dependencias del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de promover
en los espacios recuperados, los diferentes programas sociales y/o políticas públicas, que beneficien a las comunidades y su
desarrollo integral. Deberá entregar a la Secretaria de Desarrollo Social, un informe de las actividades y gestiones
realizadas, así como, de los avances encaminados a cumplir los objetivos antes señalados.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45
6.1.4. Del Asesor Técnico
Para garantizar el seguimiento permanente, asesoría técnica y la elaboración del reporte final del Plan, se contratará un
Asesor Técnico que deberá conocer y cumplir con los requisitos de estos Lineamientos y Mecanismos de Operación. El
Comité de Administración deberá suscribir un convenio con el Asesor Técnico que designe, en el que se especifiquen sus
responsabilidades y el monto de sus servicios. Dicho convenio no implica relación laboral alguna con el Gobierno del
Distrito Federal, ni con el Comité de Administración.
Podrán ser asesores técnicos las instituciones académicas, las organizaciones civiles con experiencia en la supervisión de
obras que cuenten con su registro ante la Secretaría de Desarrollo Social, las personas incluidas en el padrón de asesores
técnicos del Programa de Mejoramiento de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, o en el padrón de la
Procuraduría Social y aquellas organizaciones o personas que se hayan registrado dentro de la Convocatoria para Integrar el
Catálogo de Asesores Técnicos del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2010. No podrán fungir como asesores
técnicos, ningún mando medio o superior del Gobierno Federal y ningún servidor público del Gobierno del Distrito Federal,
o quien funja como responsable o promovente del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial.
Los Asesores Técnicos participantes que se presenten bajo el régimen fiscal de personas físicas, podrán trabajar hasta en un
máximo de dos proyectos aprobados, en el caso de personas morales, podrán participar en el asesoramiento de hasta un
máximo de 5 proyectos aprobados. En los dos casos el número de proyectos que podrán asesorar, será la suma de su
participación en proyectos nuevos y en los proyectos de 2010 aprobados para su continuidad.
6.1.5 De la contratación de ejecutores de obra.
En el caso de contratación de obras y otros servicios de mantenimiento, con empresas o contratistas privados, el Comité de
Administración del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, se sujetará a los siguientes criterios de asignación:
a) En todos los casos, deberá existir cuando menos tres cotizaciones del trabajo a realizar, en caso contrario, se declarará
desierta la contratación, reponiéndose el procedimiento. Las cotizaciones deberán ser realizadas sólo por el Comité de
Administración, con el apoyo del Comité de Supervisión. Los prestadores de servicios entregarán en sobre cerrado las
propuestas de presupuesto al Comité de Administración, y los sobres se abrirán en presencia de los tres comités, el asesor
técnico, así como los miembros de la comunidad interesados. Los comités de administración y de supervisión y el asesor
técnico revisarán las propuestas. De la apertura de sobres con las propuestas, se levantará una minuta en donde se expongan
los motivos para la elección de la empresa seleccionada, misma que será entregada a la Secretaría de Desarrollo Social.
b) Las cotizaciones de los prestadores de servicios, deberán contener denominación o razón social, datos de localización y
desglose de los conceptos cotizados, así como incluir la documentación legal y fiscal de los prestadores de servicios
consultados.
c) Se firmará un contrato de prestación de servicios con la empresa elegida, donde se especifiquen los trabajos a realizar, y
se entregará una copia del mismo a la Secretaría de Desarrollo Social.
d) La asignación de cualquier obra deberá contar con el visto bueno del Comité de Supervisión.
e) En ningún caso los precios que registren las asignaciones otorgadas podrá rebasar lo estipulado en el Tabulador General
de Precios Unitarios de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal.
f) Cuando el presupuesto de algún rubro rebase en 10% lo estipulado en el Tabulador General de Precios Unitarios de la
Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, deberá informarse a la Secretaría de Desarrollo Social para solicitar
autorización de realizar el desembolso.
g) En caso de presentarse algún incumplimiento por parte de las empresas o contratistas privados que sean contratados
para la ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, la Secretaría de Desarrollo Social brindará la asesoría y el
apoyo necesarios para que se lleven a cabo los procedimientos a que haya lugar, y en su caso, dará vista a las autoridades
competentes, realizando el seguimiento necesario a los procedimientos que se inicien.
46 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
6.1.6 De la transparencia de los proyectos aprobados.
Al iniciar la ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, se deberá instalar en un lugar visible un letrero donde
se indique:
a) Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2011 (logotipos del Gobierno del Distrito Federal y de la Secretaría de
Desarrollo Social);
b) Nombre del proyecto;
c) Características generales de la obra o acciones a ejecutar;
d) Pueblo, barrio, colonia o unidad habitacional beneficiada(s);
e) Fecha de inicio y término del proyecto;
f) Monto total otorgado;
g) Incluir al final la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este
programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Este letrero será proporcionado por la Secretaría de Desarrollo Social para garantizar el uso legal y correcto de los logotipos
oficiales.
En el caso de que por razones jurídicas, administrativas o de otra índole, el comité de administración no solvente los
permisos y autorizaciones correspondientes, o encuentre algún impedimento para la realización del proyecto, deberá
informarlo a la Secretaría de Desarrollo Social para que ésta determine el destino final del recurso aprobado.
A la conclusión del Plan se deberá instalar en un lugar visible una placa donde se reconozca el apoyo del Programa
Comunitario de Mejoramiento Barrial, la cual se elaborará con cargo al recurso que les fue destinado y considerando las
siguientes características:
a) La placa deberá ser de un tamaño que garantice su visibilidad;
b) No podrá tener un costo mayor a los $2,500.00 pesos y el material utilizado deberá garantizar su visibilidad y
conservación en lugares a la intemperie.
c) Deberá contener la siguiente leyenda:
“Esta obra es para beneficio de (nombre del pueblo, barrio, colonia o unidad habitacional), fue realizada con
recursos del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y con el apoyo de los comités vecinales de
administración y de supervisión encargados de su ejecución.”
d) Incluir al final la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este
programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 47
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de
acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
e) La fecha de conclusión del Proyecto.
f) La placa no podrá contener los nombres de los Comités de Administración o de Supervisión o del Asesor Técnico.
Asimismo se deberá tomar al menos una fotografía de la placa ya instalada, la cual se deberá entregar como parte del
informe final de los trabajos.
Se deberá publicar de manera mensual, en algún sitio visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos que se
vayan erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar firmados por los integrantes del Comité de
Administración, de Supervisión y del Asesor Técnico, deberán ser visibles y se deberá entregar una fotografía de cada una
de las publicaciones a la Secretaria de Desarrollo Social, como parte de los informes de comprobación.
6.2. De la asignación de recursos autorizados para el Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial
Aprobado el Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, los comités de Administración y de Supervisión deberán suscribir
un Convenio de Colaboración con la Secretaría de Desarrollo Social en el cual se establecerán los lineamientos a los que
deberá sujetarse el ejercicio de los recursos públicos que le sean asignados y la forma como deben ser comprobados.
En el caso de que participe el Gobierno Delegacional, los comités de administración y de supervisión deberán suscribir un
Convenio de Colaboración con la Secretaría de Desarrollo Social y otro con el Gobierno Delegacional.
Cubierta esta formalidad y considerando las características, el presupuesto tentativo y el calendario de trabajo del Plan
Comunitario de Mejoramiento Barrial, la Secretaría de Desarrollo Social y en su caso la Administración Delegacional,
canalizarán los recursos al comité de administración de la siguiente manera:
a) La primera ministración será hasta por el 50% (cincuenta por ciento) de los recursos autorizados, una vez que los
integrantes de ambos comités tomen el curso de capacitación que los oriente sobre los criterios para la contratación de
empresas, verificación de precios, manejo de los recursos y rendición de informes.
b) La segunda ministración de recursos para completar el monto total de recursos convenidos, se otorgará una vez
justificado el ejercicio de al menos el 50% (por ciento) de los recursos entregados en la primera asignación a entera
satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Social, o en su caso de la Administración Delegacional por parte del Comité de
Administración. Para tal efecto, dicho comité deberá presentar por escrito la solicitud de recursos, autorizada por el Comité
de Supervisión y del Asesor Técnico, anexando la bitácora de gastos y el cuaderno de comprobación de los mismos.
La Secretaría de Desarrollo Social o el Gobierno Delegacional podrán reducir, retener o suspender parcial o definitivamente
los recursos asignados cuando se detecten desviaciones o incumplimiento grave de lo convenido con el Comité de
Administración, estando en condiciones de solicitar la devolución, a su entera satisfacción, de los recursos que ya hayan
sido asignados.
En el caso de que por razones jurídicas, administrativas o de otra índole, el comité de administración y de supervisión, no
logre concretar el proyecto original o encuentre algún impedimento para la realización del mismo, solicitarán por escrito a la
Secretaria de Desarrollo Social el cambio de las acciones a realizar, justificando su petición. La Secretaria de Desarrollo
Social responderá por escrito la petición.
Respecto de la fecha límite para la entrega de los reportes finales y la comprobación de gastos de cada Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial, será el 30 de diciembre de 2011. La entrega de los informes correspondientes y las comprobaciones
podrá ser posterior a la fecha antes mencionada, siempre y cuando se solicite por escrito a la Secretaria de Desarrollo Social
y se justifique dicha solicitud por parte del Comité de Administración.
48 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
6.3. Seguimiento
Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social y en su caso, al área designada por las Administraciones Delegacionales,
dar seguimiento a las acciones ejecutadas por el comité de administración, atendiendo las observaciones y comentarios que
realicen el asesor técnico, el comité de supervisión y el Consejo de Mejoramiento del pueblo, barrio o colonia.
Con el propósito de informar y rendir cuentas sobre las acciones realizadas, la Secretaría de Desarrollo Social a través de la
Subsecretaría de Participación Ciudadana deberá convocar al menos a una asamblea de rendición de cuentas al año, en
donde los Comités de Administración y de Supervisión del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, expondrán
6.4 De la comprobación de gastos
Para efectos de control interno, el Comité de Administración deberá registrar en un cuaderno el control de los gastos que
lleve a cabo, en donde deberá registrar y anexar los comprobantes correspondientes, sean estas notas de remisión, recibos de
pago, de honorarios, y/o facturas. Para este efecto deberá sujetarse a lo que establezca la Secretaría de Desarrollo Social a
través del Manual de administración y Control de Gastos (Anexo D).
Cada registro que se realice en el cuaderno de gastos deberá estar firmado por el Comité de Administración, el Comité de
Supervisión y por el asesor técnico. Solo en casos excepcionales y previa justificación, se aceptara el cuaderno de control de
gastos con al menos dos de las tres firmas de los integrantes de cada comité. Con esta información se deberá elaborar la
bitácora de gastos por parte del comité de administración, que deberá ser revisada y avalada por el comité de supervisión y
el asesor técnico.
El comité de administración deberá entregar mensualmente a la Secretaría de Desarrollo Social un reporte de gastos y los
avances del informe, narrativo y fotográfico que realice, los cuales deberán contar con el visto bueno del comité de
supervisión y apegarse a lo establecido en el Manual de administración y control de gastos antes referido.
6.5 De las sanciones por incumplimiento
En caso de presentarse algún incumplimiento de los compromisos adquiridos por los comités de Administración y de
Supervisión, o por el asesor técnico, la Secretaría de Desarrollo Social requerirá por escrito y hasta por tres ocasiones a la(s)
parte(s) que no esté(n) observando lo establecido, para que comparezcan ante ésta en los plazos y términos que determine,
para que expongan lo que a su interés corresponda, debiéndose levantar un acta circunstanciada en la que consten los
acuerdos a que se llegue.
Agotadas las diligencias de la vía conciliatoria antes descrita, o en caso de incumplimiento de los acuerdos que para tal
efecto se establezcan, la Secretaría de Desarrollo Social iniciará las acciones pertinentes para determinar la posible
responsabilidad civil, penal o administrativa de aquel o aquellos integrantes de los comités de administración y de
supervisión, o del asesor técnico, dando vista a las autoridades competentes y realizando el seguimiento a los
procedimientos que se inicien.
Ninguna persona sujeta a un procedimiento por incumplimiento de los compromisos adquiridos por los Comités de
Administración y de Supervisión o por el Asesor Técnico, podrá participar en proyecto alguno del Programa Comunitario
de Mejoramiento Barrial, hasta que solventen a satisfacción de la Secretaria de Desarrollo Social las obligaciones
adquiridas.
Si las conductas irregulares fueran atribuibles a servidores públicos, además se dará vista a la Contraloría Interna de la
Secretaría de Desarrollo Social para que ésta lleve a cabo las acciones conducentes.
Si el incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor o eventualidades fuera del alcance de los comités de Administración
y de Supervisión, del asesor técnico e incluso de la Secretaría de Desarrollo Social; lo anterior se hará constar en un acta en
la que fundamentará la circunstancia que sustenta dicha suspensión, y con lo cual se podrá incluso cancelar el o los
convenios respectivos.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 49
7. De la Transparencia y Difusión
En cumplimiento con lo establecido en la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y
atendiendo al principio de Transparencia que señala la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Secretaría
realizará las siguientes acciones:
a) Dará una amplia difusión de los objetivos y alcances del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y de la
Convocatoria Pública al Concurso para presentar Proyectos.
b) Se promoverá que la aplicación de los subsidios se realice con estricto apego a la normatividad aplicable en la
materia.
c) La información de este Programa se dará a conocer en el Sistema de Información del Desarrollo Social del Distrito
Federal.
d) Se publicará el padrón de los proyectos aprobados.
Una vez aprobadas las reglas de operación se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el Sistema de
Información del Desarrollo Social.
8. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana
Cualquier persona podrá interponer una queja ante la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal cuando
considere que se excluye, incumple o contraviene por parte de servidores públicos, las disposiciones previstas en la Ley de
Desarrollo Social para el Distrito Federal o su Reglamento.
En ese sentido y conforme a la normatividad aplicable, la Secretaría de Desarrollo Social deberá responder por escrito a la
persona física o moral que interponga la queja dando cuenta del estado en que se encuentra el seguimiento de la misma.
Asimismo se podrá interponer alguna inconformidad de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Procedimientos
Administrativos del Distrito Federal.
9. Mecanismos de exigibilidad
Para aquellos vecinos interesados en que sus pueblos, barrios o colonias sean considerados para el diseño y la realización de
un Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial y que no cuenten con la capacidad técnica para integrar por ellos mismos su
propio proyecto, podrán presentar ante la Secretaría de Desarrollo Social su solicitud de inclusión y esta dependencia
pondrá a su disposición el Catalogo de Asesores Técnicos del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, previamente
elaborado como resultado de la Convocatoria Publica para la integración del Catalogo antes mencionado.
También podrán presentar queja si se consideran indebidamente excluidos de este Programa o por incumplimiento de la
garantía de acceso al mismo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal o bien registrar su queja a través del Servicio
Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social para su debida investigación
y en su caso a la instancia correspondiente.
10. Mecanismos e Indicadores de Evaluación.
Anualmente se lleva a cabo el Encuentro de Evaluación y Experiencias del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial,
promovido en conjunto con las organizaciones, civiles, sociales, comunitarias y académicas, así mismo, se llevarán a cabo
las evaluaciones internas y externas previstas, por las dependencias oficiales.
Se lleva a cabo una evaluación Interna del Programa, así como, una Evaluación Externa del mismo, a cargo del Consejo de
Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal.
50 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Dentro de los indicadores se encuentran, número de proyectos presentado en la Convocatoria, número de proyectos
aprobados por el Comité Técnico Mixto, número de proyectos concluidos, número de Asambleas para la aprobación de los
proyectos en su primera etapa, número de asambleas para la integración de los Comités de Administración, de Supervisión y
de Desarrollo Comunitario y número de Asambleas para la rendición de cuentas. Asimismo, se tomarán en cuenta el número
de personas asistentes a las asambleas y el número de personas integradas en los Comités de Administración, de Supervisión
y de Desarrollo Comunitario.
Los cuales se integraran de la siguiente manera:
a) Total de proyectos aceptados entre total de proyectos presentados a concurso.
b) Numero total de asambleas realizadas para avalar proyectos entre el número de asambleas realizadas para elegir
comités.
c) Acciones de infraestructura social
d) Total de mujeres que participan en la presentación de proyectos entre total de mujeres que se integran a los comités
en el programa
e) Total de jóvenes que participan en la presentación de proyectos entre total de jóvenes que se integran a los comités
en el programa
f) Numero de personas que participan en asambleas vecinales
g) Numero total de población beneficiada por colonia
11. Articulación con otros programas.
A través del Consejo de Mejoramiento Barrial se establecerá la coordinación con el resto de políticas y programas del
Gobierno del Distrito Federal y los procedimientos de gestión.
12. Las formas de participación social.
El Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, tiene por esencia promover la participación y organización ciudadana
en el mejoramiento de los espacios públicos de la Ciudad de México. El propósito es fortalecer la democracia participativa
en el Distrito Federal, y para ello el Gobierno de la Ciudad de México, en consulta con las organizaciones civiles, sociales y
comunitarias, elaboró este programa cuyo objetivo es facilitar a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de
tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas.
Para su operación, el programa emite una convocatoria pública y promueve la realización de asambleas ciudadanas, en
donde se discuta y aprueben acciones para el mejoramiento de los pueblos, barrios y colonias de la Ciudad de México,
asimismo incluye a la ciudadanía en la administración de recursos públicos, para la construcción de infraestructura urbana.
La participación social se articula en las siguientes etapas de Programa:
a) Presentación de Planes de proyecto ante la Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal
b) Asambleas vecinales de aprobación de proyectos
c) Asambleas vecinales para constitución de Comités de Administración y Supervisión
d) Ejecución del proyecto por parte de los Comités Ciudadanos.
e) Asambleas vecinales de rendición de cuentas
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 51
13. Derechos y obligaciones de los ciudadanos residentes de los pueblos, barrios o colonias beneficiados.
La población beneficiaria del Programa tiene derecho a recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de
preferencias políticas, partido político o religión y a que todas las decisiones se ajusten a lo establecido en las presentes
reglas.
Tiene derecho a participar en la organización, integración y definición del Plan Comunitario de Mejoramiento, la
Conformación del Consejo de Mejoramiento de su pueblo, barrio o colonia y a ser electo en la conformación de los Comités
de Administración y Supervisión.
14. Consideraciones finales.
La Secretaría de Desarrollo Social tiene la facultad de interpretar los presentes Lineamientos y Mecanismos de Operación,
incluyendo los asuntos no previstos en las mismas.
En los casos de proyectos construidos con recursos del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, la Secretaria de
Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal, garantizará la operación de dichos espacios a través de los mecanismos
que para tal efecto determine. Para ello, la Secretaria de Desarrollo Social, buscará la colaboración de las diversas instancias
del Gobierno de la Ciudad de México, las delegaciones políticas, las instituciones académicas, organismos civiles, así como
la propia comunidad, para garantizar el buen funcionamiento y la alta calidad de las actividades que se desarrollen en estas
instalaciones.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquense los presentes Lineamientos y Mecanismos de Operación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México Distrito Federal a 3 de enero de 2011
(Firma)
MARTI BATRES GUADARRAMA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley
aplicable y ante la autoridad competente.”
Artículo 38, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
52 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
ANEXO 1
DIRECTORIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Nombre Cargo Domicilio Teléfono
JESUS VALDES PEÑA SUBSECRETARIO
Cuauhtemoc # 142
Col. Del Carmen Coyoacán
Deleg. Coyoacán
56592720
NORMA GUADALUPE
HERNANDEZ AVILA DIRECTORA
EJECUTIVA REGION
ORIENTE
Av. Panteón # 80
Col. Paraje San Juan
Deleg. Iztapalapa
56142298
Correo: [email protected]
ANGEL LOPEZ CRUZ DIRECTOR EJECUTIVO
REGION NORTE
Xocongo 225 - 1er Piso
Col. Tránsito
Deleg. Cuauhtémoc
57408680
Correo: [email protected]
JORGE LUIS PEREZ
SANTOS
DIRECTOR EJECUTIVO
REGION CENTRO
Plaza de la Constitución y Pino
Suárez - 1er Piso
Col. Centro
Deleg. Cuauhtémoc
53458269
53458366
Correo: [email protected]
RAUL POZOS
GUERRERO
DIRECTOR EJECUTIVO
REGION PONIENTE
Cda. De la Presa # 14-B
Col Tizapán
Deleg. Álvaro Obregón
55502562
Correo: [email protected]
ARMANDO MARTINEZ
GUERRERO
DIRECTOR EJECUTIVO
REGION SUR
Calle Cuauhtémoc # 142
Col. Del Carmen Coyoacán
Deleg. Coyoacán
56592672 Ext. 204
56584898
Correo: [email protected]
ADRIAN MENDOZA
AYALA
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
AZCAPOTZALCO
Calle Santa Ma. # 263
Col. Santa Ma. Malinalco
Deleg. Azcapotzalco
55614831
Correo: [email protected]
JOSE MARTIN TREJO
DIAZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
GUSTAVO A. MADERO
Calle Fco. Morazán Esq. 1525
Col. San Juan de Aragón 6ª
Secc.
Deleg. Gustavo A. Madero
57997412
Correo: [email protected]
ESPERANZA
HERNÁNDEZ
RODRÍGUEZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
VENUSTIANO
CARRANZA
Calle Huepac # 11
Col. Magdalena Mixhuca
Deleg. Venustiano Carranza
26121661
Correo: [email protected]
GUILLERMO
CASTILLO ALEGRÍA
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
CUAUHTEMOC
Plaza De La Cosntitución y
Pino Suárez - 1er Piso
Col. Centro
Deleg. Cuauhtémoc
53458270
Correo: [email protected]
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 53
Nombre Cargo Domicilio Teléfono
ALEJANDRA DIAZ
MARTINEZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
BENITO JUAREZ
Eje Central Lázaro Cárdenas
# 695 - 2do Piso
Col. Narvarte
Deleg. Benito Juárez
56987956
Correo: [email protected]
FRANCISCO JAVIER
CASAS HERNANDEZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
MIGUEL HIDALGO
Calz. México Tacuba # 235 -
2º Piso
Col. Un Hogar para Nosotros
Deleg. Miguel Hidalgo
53422775
Correo: [email protected]
MA. ANTONIETA
OLAYA CRUZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
COYOACAN
Calle Rey Netzahualpilli
Manzana 23, Lote 21
Col. Ajusco
Delg. Coyoacán
56109582
Correo: [email protected]
ERICK FLORES CRUZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
MILPA ALTA
Guanajuato 6 - 2° Piso
Col. Barrio de San Mateo
Deleg. Milpa Alta
58445729
Correo: [email protected]
ANA MARIA TREJO
PEREZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
TLALPAN
Calle 7 Oriente 92
Col. Isidro Fabela
Deleg. Tlalpan
54245507
Correo: [email protected]
MONSERRAT GOMEZ
RAMIREZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
XOCHIMILCO
Cda. De Morelos # 17
Col. Barrio San Pedro
Deleg. Xochimilco
56418766
Correo: [email protected]
RAUL SERENO PEREZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
IZTACALCO
Calle Oriente # 116 Esq. San
Juan Carbonero
Col. Cuchilla Ramos Millán
56648033
Correo: [email protected]
AURELIO VELASCO
ORTIZ
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
IZTAPALAPA
Av. Panteón # 80
Col. Paraje San Juan,
Deleg. Iztapalapa
56142298
Correo: [email protected]
ANA BELEN JIMENEZ
TAPIA
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
TLAHUAC
2da Cda. De Jerusalén S/N,
Lote 29 Mz. 44
Col. San Fco. Tlaltenco
Deleg. Tláhuac
25943698
Correo: [email protected]
TERESA HERNANDEZ
ALVARADO
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
ALVARO OBREGON
Cda. De la Presa # 14-B
Col. Tizapán
Deleg. Álvaro Obregón
55502562
Correo: [email protected]
54 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Nombre Cargo Domicilio Teléfono
CONSUELO CORREA
ALVERA
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
CUAJIMALPA DE
MORELOS
Av. Veracruz # 81 Bis - 2º
Piso
Col. Cuajimalpa
Deleg. Cuajimalpa de Morelos
58139848
Correo: [email protected]
RAFAEL RUÍZ
ESTRADA
COORDINADOR
DELEGACIONAL EN
MAGDALENA
CONTRERAS
Calle Pachuca # 35
Col. San Jerónimo Aculco,
Deleg. Magdalena Contreras
56887153
Correo: [email protected]
_______________________________________________________________________________________
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 55
ANEXO 2
PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE LA ASAMBLEA VECINAL PARA OTORGAR EL AVAL
PARA LA PRESENTACIÓN AL CONCURSO RESPECTIVO DEL PROYECTO DE MEJORAMIENTO
BARRIAL 2011
Primero. Con base en todas las solicitudes recibidas, la Secretaría de Desarrollo Social con el apoyo de la Subsecretaría de
Participación Ciudadana elaborará un calendario de realización de las asambleas. El calendario se notificara a los
promoventes de las Asambleas y estará disponible al menos, en la página Web de la Secretaría de Desarrollo Social, en la
sede de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, en las sedes de las Direcciones Ejecutivas Regionales y
Coordinaciones Delegacionales de Participación Ciudadana así como en el Servicio Público de Localización Telefónica
LOCATEL (5658 1111).
Segundo. La Asamblea será convocada en coordinación con los solicitantes de la misma y serán conducidas por personal de
la Secretaría de Desarrollo Social y para ello se auxiliará de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, del Instituto de
Integración y Asistencia Social, de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social y del Sistema de Localización
Telefónica LOCATEL.
Tercero. Podrán participar en ella todas aquellas personas que vivan en el pueblo, barrio o colonia que comprenda el
proyecto o proyectos presentados, de acuerdo a la delimitación manifestada por los promoventes del proyecto. De las
personas participantes en la Asamblea sólo podrán votar las personas que cuenten con credencial de elector.
Cuarto. La Secretaría de Desarrollo Social será responsable del registro de asistencia, escrutinio y cómputo de los votos,
llenado del acta y entrega de la constancia respectiva
Quinto. El orden del día será el siguiente:
I. La instalación, explicación del objetivo, finalidad e información del número de personas registradas en la
Asamblea, se llevara a cabo por personal de la Secretaría de Desarrollo Social.
II. Exposición por un máximo de 30 minutos del proyecto o proyectos comunitarios de mejoramiento barrial
presentados.
III. Deliberación de la Asamblea.
IV. Manifestación de la voluntad de la Asamblea de otorgar o no su aval para que el proyecto sea presentado al
concurso público de selección de planes comunitarios de mejoramiento barrial.
V. Llenado del acta.
VI. Levantamiento y entrega de la constancia de celebración de la Asamblea.
VII. Cierre de la Asamblea.
56 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
ANEXO 3
REGLAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ASAMBLEAS VECINALES PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS
COMITÉS DE ADMINISTRACIÓN, DE SUPERVISIÓN Y DE DESARROLLO COMUNITARIO QUE
REQUIERE LA EJECUCIÓN DE LOS PLANES COMUNITARIOS DE
MEJORAMIENTO BARRIAL 2011
Capítulo I
De la Organización de las Asambleas Vecinales
Primero.- La Secretaría de Desarrollo Social solicita a la Subsecretaría de Participación Ciudadana la organización del
proceso de Asambleas Vecinales de los Planes del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial.
Segundo.- Con base en los proyectos aprobados por el Comité Técnico Mixto del Programa Comunitario de Mejoramiento
Barrial, la Secretaría de Desarrollo Social con el apoyo de la Subsecretaría de Participación Ciudadana elaborará un
calendario de realización de las Asambleas Vecinales.
Tercero.- La Asamblea Vecinal será convocada por la Subsecretaría de Participación Ciudadana y serán conducidas por
personal de la Secretaría de Desarrollo Social y para ello se auxiliará de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, del
Instituto de Integración y Asistencia Social, de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social y del Sistema de
Localización Telefónica LOCATEL.
La difusión de la convocatoria a la Asamblea Vecinal, se deberá realizar, por lo menos, dos días antes de su realización, a
través de Convocatoria impresa y de volantes, a cargo de la Subsecretaría de Participación Ciudadana.
Cuarto.- Podrán participar en ella todas aquellas personas que vivan en el pueblo, barrio, colonia o unidad habitacional que
determine el propio proyecto. Sólo podrán votar en la Asamblea Vecinal quienes presenten una identificación oficial con
fotografía y domicilio, del territorio que determine el proyecto.
Quinto.- El orden del día será el siguiente:
1. Instalación, explicación del objetivo de la Asamblea Vecinal y del procedimiento para la elección de los
Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario que Requiere la Ejecución de los
Planes Comunitarios de Mejoramiento Barrial para el ejercicio fiscal 2010, a cargo de personal de la Secretaría
de Desarrollo Social.
2. Presentación del objetivo del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y del monto aprobado para
el proyecto, por personal de la Secretaría de Desarrollo Social.
3. Presentación de las acciones aprobadas para el proyecto Comunitario de Mejoramiento Barrial, a cargo de la
persona promovente.
4. Integración de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario, y dos personas
suplentes por comité.
a) Funciones de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario
b) Cierre del registro de asistentes en la Asamblea Vecinal, el cual se llevará a cabo en el momento
previo a la votación.
c) Elección del Comité de Administración y dos suplentes.
d) Elección del Comité de Supervisión y dos suplentes.
e) Elección del Comité de Desarrollo Comunitario y dos suplentes.
5. Toma de protesta de los integrantes de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo
Comunitario.
6. Clausura y firma del Acta de Asamblea.
Sexto.- La Secretaría de Desarrollo Social con el apoyo de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, del Instituto de
Integración y Asistencia Social, de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social y del Sistema de Localización
Telefónica (LOCATEL), será responsable del registro de asistencia, escrutinio y cómputo de los votos y del llenado del
acta.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 57
Capítulo II
De la Elección de los Comités de Administración, Supervisión y de Desarrollo Comunitario
Séptimo.- Sólo se elegirá un Comité de Administración, un Comité de Supervisión y uno de Desarrollo Comunitario por
Plan. Pero cuando las condiciones del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, así lo ameriten, podrá constituirse un
Comité adicional de Administración y de Supervisión. En casos excepcionales y a solicitud de los vecinos podrá haber más
de cinco integrantes en los comités. Cada Comité de Administración, Supervisión y de Desarrollo Comunitario contará con
dos suplentes elegidos en una segunda ronda de votación. Los suplentes entraran en funciones cuando alguno de los
integrantes de los comités renuncie o sea reemplazado de su encargo.
Octavo.- La elección de las tres personas del Comité de Administración, las tres del Comité de Supervisión y las tres
personas del Comité de Desarrollo Comunitario y las dos personas suplentes por comité se realizará de la siguiente manera:
a) Podrán participar con su voto los ciudadanos que, al momento del registro de asistentes, acrediten vivir en el área
de impacto del proyecto definida en los términos del artículo Cuarto del presente reglamento, a quienes se les
entregará durante su registro las papeletas de votación.
b) Las papeletas que para tal efecto se utilicen, las proporcionará la Subsecretaría de Participación Ciudadana.
c) El procedimiento de elección de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario se
sujetará a las siguientes reglas
Se procederá al cierre del registro de asistencia posterior al desahogo del inciso a) del numeral 4, del
Articulo Quinto de las presentes reglas.
La votación se llevará a cabo de manera económica.
Se solicitará a la asamblea que presente sus propuestas para integrar los comités, iniciando por el de
Administración.
Se elaborará una lista con los nombres de las personas propuestas o auto propuestas, que estará a la vista
de los asistentes a la Asamblea.
Una vez que se agotó la recepción de las propuestas, se procederá a la votación.
Quien conduce la Asamblea informa a los asistentes, que podrán participar con su voto hasta por tres
propuestas y pedirá a los asistentes con derecho a voto que lo manifiesten levantando la mano con su papeleta cuando así se
les solicite, presentando a las personas propuestas en el orden en el que fueron registradas.
Personal de la Secretaría de Desarrollo Social auxiliada por de la Subsecretaría de Participación
Ciudadana, del Instituto de Integración y Asistencia Social, de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social y del
Sistema de Localización Telefónica LOCATEL, hará el conteo, en cada votación de las papeletas levantadas por los
asistentes a favor de cada una de las personas propuestas.
Los escrutadores manifestarán en voz alta el número de votos de cada una de las personas propuestas.
Una vez concluida la votación del total de personas propuestas o auto propuestas, se identificará a los tres
ciudadanos con la mayor votación obtenida en cada una de las rondas, quienes serán los que integren el Comité de
Administración.
En caso de que se presente un empate se repetirá la votación solamente por las personas que estén en este
supuesto.
Una vez concluida la elección de los tres integrantes del comité de administración, se procederá a una
segunda ronda en la que se elegirán los dos suplentes del comité.
Posteriormente, se procederá a la elección del Comité de Supervisión y el de Desarrollo Comunitario con
el mismo procedimiento.
Noveno.- El cargo de integrante de los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario es
honorífico y representa una alta distinción de servicio entre los miembros de la comunidad. Todos ellos tienen la misma
jerarquía y responsabilidad.
Los integrantes de los Comités deberán acudir al curso de capacitación que organizará la Secretaría de Desarrollo Social
para facilitar su desempeño y la ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial.
58 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Capítulo III
Del Comité de Administración
Décimo.- El Comité de Administración es el responsable de la correcta ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento
Barrial, de la administración de los recursos, la rendición permanente de cuentas, así como de su correcta y oportuna
comprobación. Este comité contará con dos suplentes que entraran en funciones cuando alguno de los integrantes renuncie o
sea relevado de su encargo.
Décimo primero.- Para formar parte del Comité de Administración son requisitos:
a) Entregar documento a la Secretaria de Desarrollo Social, en donde manifieste, no ser servidor público del Gobierno
del Distrito Federal o Delegacional o tener mando medio o superior en el Gobierno Federal,
b) Ser vecino o vecina del ámbito territorial de ejecución del proyecto,
c) Ser responsable o promovente del proyecto del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
d) Estar registrado como asistente en la Asamblea Vecinal donde se dio el aval al proyecto para participar en el
Concurso del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
e) No formar parte de otro Comité de Administración o Supervisión o fungir como asesor técnico de otro proyecto del
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no debe ser integrante de algún otro comité
similar.
En caso de que no pueda cumplirse el requisito del inciso d), los vecinos presentes podrán solicitar al personal de alguna de
las áreas de la Secretaría de Desarrollo Social que conduce la Asamblea, que se valide a las personas propuestas para formar
parte del Comité de Supervisión.
Décimo Segundo.- Para el correcto uso de los recursos, y una vez firmado el Convenio de Colaboración con la Secretaría
de Desarrollo Social, deberá abrir una cuenta de cheques mancomunada a nombre de las tres personas del Comité, en la que
se depositarán los recursos. Asimismo, llevará el cuaderno de gastos para apoyar la administración de los mismos y la
bitácora final gastos.
Deberá elaborar los informes financiero, narrativo y fotográfico de como se desarrolla el Plan Comunitario de Mejoramiento
Barrial. Asimismo, informar y rendir cuentas del Plan correspondiente.
Asimismo deberá publicar de manera mensual, en algún sitio visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos
que se vayan erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar firmados por los integrantes del
Comité de Administración, de Supervisión y del Asesor Técnico.
La Secretaría de Desarrollo Social podrá reducir, retener o suspender parcial o definitivamente los recursos asignados en
caso de no cumplir con los informes respectivos en tiempo y forma
Décimo Tercero.- Para garantizar el seguimiento, asesoría técnica y elaborar un reporte final del Plan Comunitario de
Mejoramiento Barrial, el Comité de Administración deberá firmar el Convenio Contractual con el (la) Asesor(a) Técnico(a)
que al efecto hayan designado.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 59
Capítulo IV
Del Comité de Supervisión
Décimo Cuarto.- El Comité de Supervisión es el órgano encargado de vigilar que las obras y acciones del Plan
Comunitario del Programa Comunitario se ejecuten de manera correcta y que los recursos se comprueben de manera
transparente y honesta. Este comité contará con dos suplentes que entraran en funciones cuando alguno de los integrantes
renuncie o sea relevado de su encargo.
Décimo Quinto.- Para formar parte del Comité de Supervisión son requisitos indispensables:
a) No ser servidor público del Gobierno del Distrito Federal o Delegacional o tener mando medio o superior en el
Gobierno Federal,
b) Ser vecino o vecina del ámbito territorial de ejecución del proyecto,
c) Ser responsable o promovente del proyecto del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
d) Estar registrado como asistente en la Asamblea Vecinal donde se dio el aval al proyecto para participar en el
Concurso del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
e) No formar parte de otro Comité de Administración o Supervisión o fungir como asesor técnico de otro proyecto del
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no debe ser integrante de algún otro comité
similar.
En caso de que no pueda cumplirse el requisito del inciso d), los vecinos presentes podrán solicitar al personal de alguna de
las áreas de la Secretaría de Desarrollo Social que conduce la Asamblea, que se valide a las personas propuestas para formar
parte del Comité de Supervisión.
Décimo Sexto.- Para la correcta ejecución de sus funciones, y una vez firmado el Convenio de Colaboración con la
Secretaría de Desarrollo Social, deberá llevar una Bitácora de Supervisión para dejar constancia del desarrollo del Plan, así
como las dificultades presentadas durante su ejecución.
Asimismo, deberá dar el visto bueno a los informes financiero, narrativo y fotográfico que elaborará el Comité de
Administración.
60 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Capítulo V
Del Comité de Desarrollo Comunitario
Décimo Séptimo.- Es el responsable de consolidar los procesos de participación y organización ciudadana para garantizar el
desarrollo permanente y asegurar la sustentabilidad del proyecto en el tiempo y a partir de esto lograr la formulación de una
agenda de desarrollo local.
Décimo Octavo.- Para formar parte del Comité de Desarrollo Comunitario son requisitos indispensables:
a) No ser servidor público del Gobierno del Distrito Federal o Delegacional o tener mando medio o superior en el
Gobierno Federal,
b) Ser vecino o vecina del ámbito territorial de ejecución del proyecto,
c) Ser responsable o promovente del proyecto del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
d) Estar registrado como asistente en la Asamblea Vecinal donde se dio el aval al proyecto para participar en el
Concurso del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, y/o
e) No formar parte de otro Comité de Administración o Supervisión o fungir como asesor técnico de otro proyecto del
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y de preferencia no debe ser integrante de algún otro comité
similar.
En caso de que no pueda cumplirse el requisito del inciso d), los vecinos presentes podrán solicitar al personal de alguna de
las áreas de la Secretaría de Desarrollo Social que conduce la Asamblea, que se valide a las personas propuestas para formar
parte del Comité de Supervisión.
Décimo Noveno.- El Comité de Desarrollo Comunitario tendrá como tareas fundamentales sensibilizar, promover,
desarrollar y consolidar los procesos ciudadanos a través de trabajos de planeación participativa (diagnósticos, análisis,
diseño de líneas estratégicas, proyectos), organización ciudadana, impulsando grupos de trabajo vecinal para asegurar la
sustentabilidad del proyecto durante su construcción y posterior a este proceso.
Será el promotor de la construcción de un proceso local, que permita la formulación de una agenda de desarrollo local, a
partir del proyecto presentado y aprobado en Asamblea vecinal, garantizando de esta manera el desarrollo permanente así
como la consolidación de los espacios recuperados a partir del proyecto una vez concluidos en su parte técnico-
administrativa. Para esto trabajará de manera coordinada con los Comités de Administración y Supervisión.
Participará en las reuniones de los Comités de Administración y Supervisión en calidad de observador con derecho a voz y
deberá respetar las decisiones que en materia técnico-administrativa tomen los Comités de administración y Supervisión.
Establecerá comunicación con las diferentes dependencias del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de promover
en los espacios recuperados, los diferentes programas sociales y/o políticas públicas, que beneficien a las comunidades y su
desarrollo integral. Deberá entregar a la Secretaria de Desarrollo Social, un informe de las actividades y gestiones realizadas
y de los avances encaminados a cumplir los objetivos antes señalados.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 61
ANEXO 4
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
PROGRAMA COMUNITARIO DE MEJORAMIENTO BARRIAL
MANUAL DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE GASTOS 2011
INDICE
Introducción
1. ¿Qué es el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial?
2. Objetivos
3. De la Ejecución de los Planes Comunitarios de Mejoramiento Barrial
4. Comité de Administración
5. Comité de Supervisión
6. Comité de Desarrollo Comunitario
7. Cursos de Capacitación
8. Del convenio de Colaboración para la Implementación del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial
9. Liberación de Recursos
10. Aplicación de Recursos
11. Gastos Directos de Operación del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial y Comprobación de Gastos
12. Presentación de los Informes Correspondientes
13. Registro de los Gastos
14. Sanciones por Incumplimiento
62 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Introducción
El Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial persigue la superación en la calidad de vida de los habitantes de los
pueblos, barrios, colonias y de la ciudad de México, particularmente de aquellos que se han visto poco favorecidos en el
crecimiento sustantivo de la metrópoli.
El mejoramiento del espacio público en el marco de ejecución de cada Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial puede
comprender una o más fases, para ello es fundamental la transparencia y correcto ejercicio del presupuesto autorizado a fin
de obtener los recursos adicionales y necesarios para concluir el plan en fases posteriores, así como para cumplir
estrictamente con la normatividad aplicable, garantizando que los miembros del Comité de Administración en particular
eviten verse involucrados en cualquier problema por la falta de control y comprobación de los gastos realizados para
cumplir en forma y tiempo con su proyecto.
Las presentes notas dirigidas particularmente a los miembros de los Comités de Administración y Supervisión tienen por
objeto proporcionar las herramientas técnico-administrativas necesarias para que los responsables de la administración de
los recursos cumplan con su función entregando “cuentas claras” al termino de su gestión.
1. ¿Qué es el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial?
El Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, es una iniciativa de la sociedad civil que retoma el Gobierno del
Distrito Federal, para que la ejecute la Secretaría de Desarrollo Social en coordinación con las Secretarías de Obras y
Servicios, Desarrollo Urbano y Vivienda, el Programa de Mejoramiento de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito
Federal y la Subsecretaría de Participación Ciudadana, para impulsar la recuperación de iniciativas sociales autónomas que
permitan fortalecer la identidad comunitaria de los pueblos, barrios y colonias.
2. Objetivos
Desarrollar un proceso integral, sostenido y participativo de mejoramiento de los espacios públicos de los pueblos, barrios y
colonias que integran el Distrito Federal, particularmente de aquellos que tengan altos grados de conflictividad social y/o
degradación urbana o estén clasificados como de media, alta y muy alta marginación.
Promover la participación ciudadana en el diseño, ejecución y evaluación de la política social del Distrito Federal, en el
ámbito de desarrollo urbano, la construcción de infraestructura social y la recuperación de los espacios públicos.
Impulsar el ejercicio del derecho a la ciudad por parte de todos los residentes del Distrito Federal.
Mejorar las condiciones de vida y las oportunidades de desarrollo de los habitantes de zonas en condiciones de mayor
rezago social.
3. De la Ejecución de los Planes Comunitarios de Mejoramiento Barrial
Una vez aprobado el Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial por el Comité Técnico Mixto; la Secretaría de Desarrollo
social a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana convocarán a una Asamblea Vecinal, donde se informará a la
comunidad de los resultados obtenidos en la Convocatoria del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial y el monto
aprobado para el plan en cuestión, así mismo los promoventes presentarán las acciones aprobadas y una vez que la
comunidad avale el Plan se elegirá un Comité de Administración y un Comité de Supervisión, integrados cada uno por tres
personas mismas que tienen las siguientes responsabilidades:
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 63
4. Comité de Administración
4 Es el responsable de la correcta ejecución de los trabajos del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, de la
administración de los recursos, la rendición permanente de cuentas y la comprobación correcta y oportuna de los
mismos.
5 Para el correcto uso de los recursos y una vez firmado el Convenio de Colaboración con la Secretaría de Desarrollo
Social deberá abrir y manejar una cuenta de cheques mancomunada a nombre de las tres personas integrantes del
Comité de Administración, en la que se depositarán los fondos, todos los recursos que gire deberán ser con cheques
firmados de manera mancomunada (dos de las tres firmas registradas ante el banco) y con respaldo documental
debiendo anotar los gastos y anexando los comprobantes en el Cuaderno de Gastos para de esta forma facilitar la
administración de los mismos. (Anexo D).
6 Para el inicio, realización y conclusión satisfactoria de los trabajos y previamente a la recepción de los recursos
asignados por la Secretaría de Desarrollo Social deberá contratar a un asesor técnico, con el que deberá coordinarse.
7 Este comité debe hacer efectiva, previa aprobación y autorización del Comité de Supervisión y en su presencia, la
entrega de cheques a los prestadores de servicios.
8 Además será el encargado de solicitar la segunda ministración, una vez justificado al menos el 50% en el ejercicio de
los recursos entregados en la primera asignación.
9 Deberá entregar mensualmente a la Secretaría de Desarrollo Social los informes narrativo y fotográfico, así como, el
cuaderno de gastos (Anexos F, G Y D). Además deberá rendir cuentas a la comunidad por lo menos una vez al año en
la Asamblea Informativa del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial, la cual será convocada por la Subsecretaría de
Participación Ciudadana.
10 Se deberá publicar de manera mensual, en algún sitio visible de la ejecución del proyecto, un informe de los gastos que
se vayan erogando, con respecto al total asignado. Dichos informes deberán estar firmados por los integrantes del
Comité de Administración, de Supervisión y del Asesor Técnico, deberán ser visibles y se deberá entregar una
fotografía de cada una de las publicaciones a la Secretaria de Desarrollo Social, como parte de los informes de
comprobación.
11 De no cumplir con los informes en tiempo y forma, la Secretaría de Desarrollo Social podrá reducir, retener o
suspender parcial o definitivamente los recursos asignados.
5. Comité de Supervisión
12 Es el que vigila que las obras y acciones del Plan se ejecuten de manera correcta y los recursos se utilicen y
comprueben de manera transparente y honesta.
13 Llevará una bitácora de supervisión en la que se incluya constancia del desarrollo de cada paso del plan, así como las
dificultades que se presenten durante la ejecución. (Anexo I).
14 Dará el visto bueno a los informes narrativo, fotográfico, así como, el cuaderno de gastos (Anexos F, G Y D) que el
Comité de Administración elaborará para entregar a la Secretaría de Desarrollo Social, de conformidad al Convenio de
Colaboración.
15 Autorizará la solicitud de la segunda ministración a la Secretaría de Desarrollo Social, que hagan los integrantes del
Comité de Administración. (Anexo B).
16 Con el Comité de Administración y el Asesor Técnico elaborará el Acta de Entrega Recepción de la Obra.
17 Por ultimo elaborará un dictamen de conformidad con la aplicación de los recursos, que se anexará al reporte final.
64 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
6. Comité de Desarrollo Comunitario
El Comité de Desarrollo Comunitario tendrá como tareas fundamentales sensibilizar, promover, desarrollar y consolidar los
procesos ciudadanos a través de trabajos de planeación participativa (diagnósticos, análisis, diseño de líneas estratégicas,
proyectos), organización ciudadana, impulsando grupos de trabajo vecinal para asegurar la sustentabilidad del proyecto
durante su construcción y posterior a este proceso.
Será el promotor de la construcción de un proceso local, que permita la formulación de una agenda de desarrollo local, a
partir del proyecto presentado y aprobado en Asamblea vecinal, garantizando de esta manera el desarrollo permanente así
como la consolidación de los espacios recuperados a partir del proyecto del PCMB una vez concluidos en su parte técnico-
administrativa. Para esto trabajará de manera coordinada con los Comités de Administración y Supervisión.
Participará en las reuniones de los Comités de Administración y Supervisión en calidad de observador con derecho a voz y
deberá respetar las decisiones que en materia técnico-administrativa tomen los Comités de administración y Supervisión.
Establecerá comunicación con las diferentes dependencias del Gobierno del Distrito Federal, con la finalidad de promover
en los espacios recuperados, los diferentes programas sociales y/o políticas públicas, que beneficien a las comunidades y su
desarrollo integral. Deberá entregar a la Secretaria de Desarrollo Social, un informe de las actividades y gestiones realizadas
encaminadas a cumplir los objetivos antes señalados.
7. Cursos de Capacitación
Los Comités de Administración, de Supervisión y de Desarrollo Comunitario, deben acudir a los cursos de capacitación que
la Secretaría diseñe para facilitar su desempeño en el desarrollo de todo el proyecto, así como, para cumplir cabalmente con
cada una de las actividades y compromisos del convenio suscrito. El contenido programático del curso de capacitación esta
diseñado para habilitar a los comités en el manejo, administración, control y comprobación de los recursos destinados para
cada plan, también los orientará sobre los criterios para la contratación de empresas, verificación de precios y rendición de
informes.
8. Del Convenio de Colaboración para la Implementación del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial
Una vez aprobado el Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial por el Comité Técnico Mixto, presentado por los
promoventes a la comunidad y avalado por esta en Asamblea Vecinal y electos los Comités de Administración y de
Supervisión, ambos comités deberán suscribir un Convenio de Colaboración con la Secretaría de Desarrollo Social, dicho
convenio es un instrumento jurídico en el cual se establecen las funciones y responsabilidades de la Secretaría y de los
comités de Administración y Supervisión en la ejecución del proyecto, así como los productos que se obtendrán, los bienes
y los servicios que se prestarán a la comunidad. En este documento se establecen las causas para la cancelación de dicho
convenio como puede ser el incumplimiento de las actividades programadas o desvío de recursos financieros para acciones
no contempladas en el proyecto o con objetivos ajenos a los intereses de la comunidad, así como, las sanciones por incurrir
en estas faltas. En caso de que el Gobierno Delegacional participe con una aportación presupuestal específica los comités de
Administración y de Supervisión deberán suscribir otro Convenio de Colaboración con esta entidad.
9. Liberación de Recursos
La Secretaría de Desarrollo Social, considerando las características, el presupuesto tentativo y el calendario del Plan, podrá
otorgar, en una primera ministración hasta el cincuenta por ciento de los recursos autorizados a los integrantes del Comité
de Administración a través de un cheque nominativo del Gobierno del Distrito Federal para depósito bancario, a favor del
miembro del propio Comité de Administración que designen sus integrantes, quien deberá firmar de recibido en la póliza
respectiva.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 65
Al recibir el cheque el Comité de Administración deberá acudir a una institución bancaria, para abrir una cuenta de
cheques, debiendo registrarse la firma de los tres miembros del comité. Deberá recordarse que para la expedición de
cheques será necesario que estos vayan firmados por dos de las tres firmas registradas. La segunda ministración de recursos
para complementar el monto total convenido se otorgará una vez justificado al menos el cincuenta por ciento del ejercicio
de los recursos entregados en la primera asignación a entera satisfacción de la Secretaría o en su caso de la Administración
Delegacional.
Para abrir la cuenta, deben acudir personalmente los tres integrantes del Comité de Administración a la institución bancaria,
con los siguientes documentos en original y copia:
1 Identificación oficial (credencial del IFE, pasaporte vigente o cédula profesional).
2 Comprobante de domicilio reciente de cada uno de los miembros del Comité de Administración (recibo del
teléfono, predial, agua).
3 Sólo uno de los tres integrantes del Comité de Administración quedará registrado como titular de la cuenta y esto
no le da ningún poder por encima de sus compañeros, los otros dos integrantes serán cotitulares de la misma cuenta
bancaria.
4 Copia del Convenio de Corresponsabilidad firmado con la Secretaría de Desarrollo Social.
5 Una cuenta de cheques mancomunada significa que para poder emitir los cheques, éstos deben estar firmados por
dos de las personas que abrieron la cuenta.
6 Preguntar cuál es el saldo mínimo que debe haber en la cuenta para que no les cobren comisión por “manejo de
cuenta”. Llevar un registro de los cheques que expidan y hacer cuentas para saber cuanto dinero les queda.
7 Recordar que la comisión que cobra el banco por cheque devuelto es muy alta. No vale la pena “perder” ese dinero
por no haber hecho bien sus cuentas.
8 Las comisiones, intereses e impuestos por manejo de cuenta que cobra el banco, no se aceptarán como
comprobantes de gastos.
9 Al concluir el proyecto deben cancelar la cuenta de cheques. Para hacerlo deben asistir los tres integrantes del
Comité de Administración. En la comprobación final de los gastos erogados en el proyecto deberá anexarse la
solicitud de cancelación de la cuenta de cheques dirigida al banco.
10 La cancelación de la cuenta es un requisito que deben cumplir.
1 Hacer todas las preguntas que tengan y aclarar sus dudas al momento de abrir la cuenta.
2 Evitar realizar retiros en efectivo, en caso de pérdida, será responsabilidad de los integrantes del Comité de
Administración.
1 Al realizar estos trámites llevar a la Secretaría de Desarrollo Social una copia del contrato de apertura de la cuenta
bancaria, para integrarla a su expediente.
10. Aplicación de Recursos
Los recursos asignados se destinarán a las acciones aprobadas por el Comité Técnico Mixto y en su caso en las acciones que
los comités de Administración y Supervisión soliciten por escrito a la Secretaria de Desarrollo Social, ante la imposibilidad
de ejecutar las acciones aprobadas.
66 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Todos los bienes y obras adquiridos y ejecutados con los recursos del proyecto serán exclusivamente para uso público
gratuito y de beneficio comunitario sin exclusión.
Se prohíbe usar los recursos otorgados por la Secretaría de Desarrollo Social en fondos de inversiones y/o en esquemas de
inversión de plazo fijo.
Ningún recurso del proyecto podrá ser utilizado con fines de proselitismo político- partidista, religioso, comercial, personal
o cualquier otro. La violación de lo anterior será sujeto de responsabilidad legal.
Los intereses bancarios que se generen con los recursos otorgados por la Secretaría podrán ser utilizados en el mismo
proyecto.
Cualquier compra superior a mil pesos deberá ser autorizada previa y mancomunadamente por los comités de
Administración y Supervisión. (Anexo C).
11. Gastos Directos de Operación del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial y Comprobación de Gastos
11.1 Asesoría
Para asegurar el seguimiento permanente, asesoría técnica y elaboración del reporte final del proyecto, el Comité de
Administración, de común acuerdo con el Comité de Supervisión deberá contratar a un Asesor Técnico, debiendo celebrarse
un contrato que en ningún modo implica relación laboral entre el Gobierno del Distrito Federal y el asesor. Las asignaciones
destinadas a cubrir la asesoría técnica no podrán ser superiores al 5% (cinco por ciento) del monto total aprobado por cada
plan, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El pago al asesor técnico será en dos ministraciones y para su
comprobación el Comité de Administración requerirá un comprobante que reúna todos los requisitos fiscales (recibo de
honorarios, recibo de pago y/o factura). El asesor técnico deberá cubrir alguno de los requisitos siguientes: ser de una
institución de educación superior, o pertenecer a una organización civil con experiencia en el tema e inscrita en el registro
de organizaciones civiles de desarrollo social de la Secretaría de Desarrollo Social, en el Catalogo de Asesores Técnicos del
Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, o bien, estar registrado en el padrón de la Procuraduría Social o del
Instituto de Vivienda del DF. El asesor técnico no deberá ser en ningún caso funcionario público.
11.2 Proyecto ejecutivo
En los casos de Planes para construir casas de cultura, centros comunitarios, auditorios, u otro tipo de edificación que por
su complejidad lo requiera y/o que brinde un servicio público, el costo del proyecto arquitectónico y ejecutivo de este, no
podrá ser superior al 4% (cuatro por ciento) del presupuesto autorizado para el proyecto. Su comprobación será mediante el
recibo de honorarios y/o factura, correspondiente y quedará registrado en el Anexo I de comprobación. Debe cumplir con
las normas y disposiciones técnicas establecidas en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y Programas
Delegacionales de Desarrollo Urbano vigentes, incluyendo la responsiva del Director Responsable de Obra.
11.3 Licencias y permisos
Los costos del pago de derechos y responsivas de obra, que en su caso, requiera el proyecto para su ejecución serán parte
del presupuesto aprobado, debiendo ser tramitados por los propios vecinos, la Secretaría de Desarrollo Social brindará
apoyo en la gestión de dichos asuntos, la comprobación de gastos que se haga del pago de licencias se hará mediante el
Recibo Oficial correspondiente. En caso de que por razones jurídicas, el Comité de Administración no solvente los permisos
para la realización del proyecto deberá informar por escrito a la Secretaría de Desarrollo Social para que esta determine el
destino final de los recursos asignados.
11.4 Fondo revolvente
El Comité de Administración contará con un fondo revolvente de hasta $1,000.00 (un mil pesos 00/100 m.n) mensuales, no
acumulables. Los gastos realizados con este fondo deberán estar comprobados con las notas de remisión o recibos
correspondientes. Con este fondo no podrán realizarse compras que impliquen obtener una factura, de acuerdo a las normas
aplicables a este programa.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 67
11.5 Ejecución de Obras
Para la ejecución del Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial el Comité de Administración podrá elegir según su criterio
y según la factibilidad de los trabajos entre tres modalidades de obra:
I. Autoadministración. En esta modalidad, será directamente la comunidad apoyada por el asesor técnico la responsable
de la compra de materiales, construcción y contratación de la mano obra.
a) Todas las compras de insumos y materiales deberán estar respaldadas por una factura a excepción de aquellas
compras menores a $1,000.00 (un mil pesos 00/100 m.n) en cuyo caso será suficiente una nota de remisión.
Deberá tenerse cuidado de no realizar varias compras del mismo artículo a fin de que no aparezca como compra
fraccionada para no exceder el monto autorizado.
b) La comprobación del trabajo realizado por los trabajadores, se solventará mediante Recibo Simple (Anexo A),
debiendo adjuntarse copia de la identificación de la persona que prestó el servicio, señalando domicilio actual,
tiempo laborado y el tipo de actividades desarrolladas.
c) Se deberá llenar un recibo de pago (Anexo A), por cada uno de los miembros de la comunidad que presten sus
servicios. No se podrán realizar pagos a una sola persona, que a su vez pague a otros trabajadores.
d) Cuando la compra de insumos o materiales rebase la cantidad de $15,000, quince mil pesos, deberán obtenerse
cuando menos tres cotizaciones obteniendo el visto bueno del Comité de Supervisión para elegir al proveedor.
e) En ningún caso los precios que registren las asignaciones otorgadas podrán rebasar lo estipulado en el Tabulador
General de Precios Unitarios de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal. Así mismo deberán
obtenerse tres cotizaciones cuando el insumo en cuestión no aparezca en el tabulador, debiendo obtener del Comité
de Supervisión el visto bueno antes de realizar la compra.
II. Contratación de empresas y prestadores de servicios. En el caso de contratación de obras y otros servicios, con
empresas o contratistas privados, los Comités de Administración y Supervisión, se sujetarán a los siguientes criterios de
asignación:
a) En todos los casos, deberá existir cuando menos tres cotizaciones del trabajo a realizar, en caso
contrario, se declarará desierta la contratación, reponiéndose el procedimiento. Las cotizaciones deberán ser realizadas sólo
por el Comité de Administración, con el apoyo del Comité de Supervisión. Los prestadores de servicios entregarán en sobre
cerrado las propuestas de presupuesto al Comité de Administración, y los sobres se abrirán en presencia de los dos comités,
el asesor técnico, así como los miembros de la comunidad interesados. Los comités y el asesor técnico revisarán las
propuestas. De la apertura de sobres con las propuestas, se levantará una minuta en donde se expongan los motivos para la
elección de la empresa seleccionada, misma que será entregada a la Secretaría de Desarrollo Social.
b) Las cotizaciones de los prestadores de servicios, deberán contener denominación o razón
social, datos de localización y desglose de los conceptos cotizados, así como incluir la documentación legal y fiscal de los
prestadores de servicios consultados.
c) De las tres cotizaciones el Comité de Administración elegirá la que ofrezca mejor precio,
garantía, servicio o cualquier otra ventaja que a juicio del comité la haga merecedora de ser contratada, pero necesitará del
visto bueno del Comité de Supervisión y del Asesor Técnico.
d) En ningún caso los precios que registren las asignaciones otorgadas podrá rebasar lo estipulado
en el Tabulador General de Precios Unitarios de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal. La Secretaría
entregará al Comité de Administración, copia del tabulador en medio magnético.
e) Cuando la compra de insumos o materiales rebase la cantidad de $15,000.00 (quince mil pesos
00/100 M.N), deberán obtenerse cuando menos tres cotizaciones obteniendo el visto bueno del Comité de Supervisión para
elegir al proveedor.
f) Cuando el presupuesto de algún rubro rebase en 10% lo estipulado en el Tabulador General de
Precios Unitarios de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, deberá informarse a la Secretaría de Desarrollo
Social para solicitar autorización de realizar el desembolso.
68 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
g) En el caso de contratación empresas y personas físicas la comprobación del pago por sus
servicios se realizará mediante factura en el caso de la primera o recibo de honorarios en el caso de las personas físicas.
III. Mixto. Esta modalidad es una combinación de las anteriores, la comunidad puede optar por contratar empresas o
servicios profesionales para ciertas acciones, y a la par realizar actividades de autoadministración, siempre y cuando las
acciones a ejecutar sean diferentes en cada caso, la forma de comprobar gastos será mediante la aplicación de los criterios
señalados para cada uno en los puntos I y II.
a) Todos los egresos se registrarán en el Cuaderno de Gastos (Anexo D), al que se le adjuntarán
los comprobantes respectivos, los cuales deberán ser entregados en hojas blancas para su entrega y numerados en el mismo
orden que aparecen en el cuaderno de gastos.
b) No se permite la compra de materiales y contratar a trabajadores para que una empresa ejecute
la obra.
c) En el caso de las acciones que ejecute una constructora o prestador de servicios, estas serán en
su totalidad responsabilidad de la misma.
d) Todas las notas, recibos y facturas serán emitidos a nombre de la persona integrante del
Comité de Administración que ellos mismos determinen. Las notas, recibos y facturas deberán contener la información del
proveedor y descripción de los artículos que se compren. Los comprobantes fiscales que amparen las compras o
contratación de servicios, deberán estar vigentes al momento de la comprobación y registrados en el Servicio de
Administración Tributaria (SAT).
e) A partir de estos datos se elaborará la Bitácora de Gastos que el Comité de Administración
debe presentar en el informe final.
f) Aquellos recursos que no hayan sido ejercidos o que no puedan ser comprobados conforme a
los criterios establecidos en el Convenio de Colaboración deberán ser notificados a la Secretaria de Desarrollo Social para
determinar el uso de los mismos.
12. Presentación de los informes correspondientes.
1 Los informes a presentar son: financiero, narrativo y fotográfico. (Anexos D, F y G).
2 El Comité de Administración deberá mensualmente entregar a la Secretaría el Cuaderno de Gastos y los avances de los
informes narrativo y fotográfico.
3 A su vez el Comité de Supervisión entregará la Bitácora de Supervisión. (Anexo H).
4 De la evaluación que realice la Secretaría del avance de los trabajos y de la aplicación de los recursos y en medida que
se compruebe que estos correspondan en tiempo y forma al plan autorizado dependerá la continuidad del proyecto y la
correspondiente entrega del complemento del monto total autorizado.
5 Una vez que la Secretaría de el aval de continuidad y los recursos del monto entregado sean comprobados en al menos
un cincuenta por ciento, el Comité de Administración solicitará la segunda ministración, para lo cual deberá entregar la
Bitácora de Gastos (Anexo E) a la que se adjuntan todos los comprobantes que en la misma se relacionan. Así mismo
deberá entregarse el informe narrativo y fotográfico para obtener la autorización correspondiente.
La Secretaría de Desarrollo Social se reserva la iniciativa de revisar en el momento en que lo considere oportuno el registro
y correcta aplicación de los recursos otorgados.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 69
13. Registro de los Gastos
A fin de facilitar el control y transparencia de los gastos y facilitar la presentación de los informes, el Comité de
Administración será responsable del registro y la custodia de todos los gastos y comprobantes, debiendo auxiliarse para tal
fin del Cuaderno de Gastos ya mencionado, en el que deberán registrar todos los erogaciones relacionadas con el plan
aprobado, archivando provisionalmente los comprobantes anexándolos al Cuaderno de Gastos.
En cada informe parcial se entregarán los originales a la Secretaría de Desarrollo Social adjuntos a al Cuaderno de Gastos
(Anexo D).
14. Sanciones por Incumplimiento
En caso de presentarse algún incumplimiento de los compromisos adquiridos por los Comités de administración y
Supervisión, o por el Asesor Técnico, la Secretaría de Desarrollo Social requerirá por escrito y hasta por tres ocasiones a las
partes que no estén cumpliendo con lo establecido, para que comparezcan ante esta en los plazos y términos que determine.
Agotadas las diligencias de la vía conciliatoria y en caso de que se detecte la posible responsabilidad civil, penal o
administrativa la Secretaría iniciará paso a las medidas jurídicas correspondientes.
70 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
ANEXO A
RECIBO DE APOYO A MIEMBROS DE LA COMUNIDAD POR TRABAJOS REALIZADOS
Anexar copia de identificación oficial obligatorio y utilizar un recibo por cada miembro de la comunidad que reciba el
apoyo
BUENO POR $ _____________ FECHA: _________________
RECIBI DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO:
_______________________________________________________________________________________
la cantidad de $ _____ ( ________________ _________/100 M. N.__)
(Importe con letra)
Periodo del trabajo realizado: del_____________________al___________________________de 2011.
Cuota diaria: $_____________________/M.N.) Días trabajados:_____Total:$_______________________
DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS
RECIBÍ
______________________________________________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL TRABAJADOR
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 71
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
ANEXO B
SOLICITUD DE SEGUNDA MINISTRACIÓN
(Una vez ejercido y comprobado mínimo, el 50% de la primera ministración)
México, D. F. a _________ de __________________ de 2011.
Secretaria de Desarrollo Social:
Con base en el Convenio de Colaboración firmado el día _______________________ por el Comité de Administración y el
Comité de Supervisión con la Secretaria de Desarrollo Social, mediante el cual se acuerda la dotación de un total de
$ ________________ para ser aplicados al Proyecto denominado _____________________________________________
mismo que forma parte del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial, atentamente solicito a usted girar las
instrucciones a fin de que se autorice y expida cheque por $ _________________ a favor del ciudadano (a)
_____________________________ quien fue designado por este Comité de Administración para realizar las gestorías
administrativas que se requieran para dar la operatividad necesaria al programa de trabajo.
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
72 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
ANEXO C
ORDEN DE COMPRA
PARA COMPRAS MAYORES A $1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M.N.)
CUANDO EL PROYECTO SEA POR AUTOADMINISTRACIÓN
PROYECTO: ____________________________________________________FOLIO_______________
DESCRIPCIÓN DEL ARTICULO ________________________________________________________
FECHA ____________________________
IMPORTE: $ ________________ (___________________________________________/100 M.N.)
PROVEEDOR __________________________________________________________________
DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR CON LOS INSUMOS O MATERIAL(ES)
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 73
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
ANEXO D
CUADERNO DE GASTOS
ENTREGAR MENSUALMENTE
PROYECTO : FOLIO:
MONTO APROBADO PARA EL PROYECTO $
No.
No. nota,
factura o
recibo
Fecha Concepto Importe Observaciones
SUBTOTAL *
IMPORTE DE
COMPROBACIONES
ANTERIORES *
TOTAL ACUMULADO*
*El Subtotal, Importe de Comprobaciones Anteriores y el Total Acumulado, sólo deberá aparecer al final del
Cuaderno de Gastos.
74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
ANEXO E
BITACORA DE GASTOS
ENTREGAR CON EL INFORME FINAL
Proyecto: ____________________________________________________No. folio___________________
El Comité de Administración presenta para su revisión los comprobantes de gastos derivados de la aplicación de los
recursos otorgados por la Secretaría de Desarrollo Social a las obras del proyecto de Mejoramiento Barrial
denominado__________________________________________________,los cuales ascienden a $ ___________________
que corresponden al presupuesto máximo aprobado. El total de comprobantes presentados para compra de materiales
asciende a la cantidad de $ __________________________. El total de comprobantes de pago de mano de obra y servicios
profesionales es de $ _________________________, el total de comprobantes de pago al Asesor Técnico es de $
________________________, el total de pagos a constructora es de $________________así como $_____________-
correspondientes al fondo revolvente. Los gastos se desglosan a continuación.
Los comprobantes presentados, mismos que se anexan hacen constar que el importe otorgado ha sido aplicado
exclusivamente en las obras del Proyecto antes mencionado, mismo que fue autorizado por el Comité Técnico Mixto.
Ratificado por la Asamblea Vecinal el día ____________ y que consta en el Convenio de Colaboración firmado el día
________________ por el Comité de Administración y el Comité de Supervisión con la Secretaría de Desarrollo Social del
Gobierno del Distrito Federal.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 75
No. No. nota o factura Fecha factura Concepto Importe
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
ANEXO F
INFORME FOTOGRÁFICO
FOLIO PROYECTO__________________
NOMBRE DEL PROYECTO ____________________________________________
Estado original de la obra Fecha ____________________
76 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Avance de la obra Fecha ____________________
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
ANEXO G
INFORME NARRATIVO
Hoja 1 de 3
FECHA DE PRESENTACIÓN DEL INFORME NARRATIVO:
Datos de las personas integrantes del comité de administración responsable del informe narrativo.
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 77
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
Datos de las personas integrantes del comité de supervisión responsables de evaluar el informe narrativo
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
Datos del Asesor Técnico
NOMBRE
DOMICILIO
TELÉFONO
E mail (EN SU CASO)
Fecha de corte _____________________________________
1.- DATOS GENERALES DEL PROYECTO
NOMBRE:
DURACIÓN:
PERIODO QUE CUBRE EL INFORME:
MONTO TOTAL APROBADO POR El COMITÉ TÉCNICO MIXTO:
78 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Hoja 2 de 3
1.1 APORTE DE CONTRAPARTES (SI EXISTEN APORTACIONES ALTERNATIVAS COMPLEMENTARIAS AL
PRESUPUESTO POR ALGUNOS OTROS ORGANISMOS DIFERENTES A LA SDS).
CANTIDAD FECHA (DÍA, MES, AÑO)
Monto total aprobado por el Comité
Técnico Mixto.
$
Monto entregado ( % ) $
Monto justificado en Informe $
Saldo por entregar $
Otras aportaciones: $
1.2 METAS DEL PROYECTO
1.3 DELEGACION DONDE SE LLEVO A CABO EL PROYECTO:
2. VALORACIÓN DEL PROYECTO
2.1 Describa brevemente el desarrollo del Proyecto, situación actual, describa las acciones realizadas hasta el momento.
2.2 Especifique los cambios surgidos y los ajustes efectuados respecto a todas las actividades.
2.3 Si es el caso, describa las acciones que de acuerdo con su programa de trabajo, están retrasadas y señale las medidas que
se han tomado para lograr el cumplimiento del proyecto.
2.4 Describa si la ejecución del proyecto ha generado procesos de integración comunitario o vecinal y señale el grado de
participación vecinal.
2.5 Señalar en que medida la ejecución del proyecto se ha articulado con otras iniciativas de entidades delegacionales,
organismos civiles y otras organizaciones sociales.
2.6 Hacer un análisis objetivo del desempeño del comité de administración y del comité de supervisión durante la ejecución
del proyecto y si es el caso comentar que problemas han tenido y como los han resuelto.
2.7 Hacer un análisis objetivo del trabajo del asesor técnico.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 79
Hoja 3 de 3
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
80 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
ANEXO H
BITACORA DE SUPERVISIÓN
NO.
ACTIVIDAD
SUPERVISADA
COMENTARIOS
FECHA DE
SUPERVISIÓN
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 81
ANEXO I
FORMATO DE PAGO PARA PROYECTO EJECUTIVO
NOMBRE DEL PROYECTO:
COLONIA: DELEGACIÓN:
FOLIO: MONTO APROBADO:
COSTO DE PROYECTO EJECUTIVO: PORCENTAJE EXACTO QUE REPRESENTA EL
PROYECTO EJECUTIVO DEL MONTO TOTAL:
DESCRIBA SI EL PROYECTO EJECUTIVO SE DESGLOSA EN EL PROYECTO AJUSTADO Y
COINCIDEN CANTIDADES:
DESCRIPCION DE ACCIONES QUE COMPRENDE EL PROYECTO EJECUTIVO
COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
COMITÉ DE SUPERVISIÓN
Nombre y firma
Nombre y firma
Nombre y firma
ASESOR TÉCNICO
Nombre y firma
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines
políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este
programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente. Art.
38. de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
82 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
La Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 10 fracción IV 32, 39, 40 y 41
de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 61 fracción II, 62 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social
del Distrito Federal, y en el numeral cinco de los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa Comunitario
de Mejoramiento Barrial para el ejercicio fiscal 2011, emite la presente:
C O N V O C A T O R I A
A todas las organizaciones sociales, civiles, comunitarias, grupos de vecinos e instituciones académicas, interesadas en
promover procesos integrales, sostenidos y participativos de mejoramiento en pueblos, barrios y colonias del Distrito
Federal, preferentemente de aquellos que tengan altos grados de conflictividad social y/o degradación urbana o estén
clasificados como de media, alta y muy alta marginación,
A PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE PLANES COMUNITARIOS DE
MEJORAMIENTO BARRIAL 2011
Al tenor de las siguientes:
B A S E S
Elegilibidad
1.- Se podrán presentar Proyectos Comunitarios de Mejoramiento Barrial por cada pueblo, barrio, colonia o unidad
habitacional de la Ciudad de México. Cuando exista más de una propuesta de proyecto a realizarse en el mismo espacio
físico del pueblo, barrio o colonia, éstas deberán consensarse entre los diferentes actores de la comunidad para construir un
sólo proyecto que deberá ser aprobado en Asamblea Vecinal.
Se considerarán todas las propuestas y se dará prioridad a todos aquellos proyectos de continuidad que requieran la
consolidación de sus metas y objetivos.
2.- No habrá polígonos, pueblos, barrios o colonias predeterminados. Pueden participar todos aquellos que requieran de
acciones de mejoramiento, preferentemente aquellos que tengan altos grados de conflictividad social y/o degradación
urbana o estén clasificados como de media, alta y muy alta marginación, conforme a la clasificación del Índice de
Marginación del Distrito Federal 2003, realizado por la Coordinación de Desarrollo Territorial, el cual se puede consultar en
la página de Internet: http://www.sideso.df.gob.mx/index.php?id=35
3.- En ningún caso se financiarán con recursos del Programa Comunitario Barrial, obras de pavimentación y la compra de
predios para la edificación de proyectos.
4.- En los casos de Planes para construir casas de cultura, centros comunitarios, auditorios u otro tipo de recinto que brinde
un servicio público, se deberá presentar lo siguiente:
a) Documentación oficial de la autoridad competente sobre la certeza jurídica y la legalidad del predio o inmueble,
donde se proponga la realización del proyecto y que permita su ejecución.
b) Un reglamento de acceso público y no discriminación.
c) Un reglamento de operación.
d) Un reglamento que garantice la gratuidad en los servicios que se prestarían a la comunidad.
e) Incluir un registro fotográfico del lugar o la zona donde se propone ejecutar el Plan (mínimo 10 fotografías)
Se descartaran todos aquellos proyectos que no presenten la constancia correspondiente sobre la situación jurídica del
predio y su legalidad, que permita su ejecución, emitido por la autoridad competente.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 83
En el caso de las unidades habitacionales, sólo podrán participar acciones en áreas comunes que por cualquier motivo no
puedan financiarse a través del Programa Social para Unidades Habitacionales Ollin Callan a cargo de la Procuraduría
Social del Distrito Federal.
Quedan excluidos los asentamientos irregulares en suelo de conservación, salvo aquellos que se encuentren en proceso de
regularización. En tal caso, se deberá presentar la documentación correspondiente emitida por la autoridad competente.
5.- Para participar en el concurso de selección, es requisito indispensable que las personas interesadas soliciten a la
Secretaria de Desarrollo Social y/o Subsecretaría de Participación Ciudadana, la organización de una Asamblea Vecinal en
la cual esta manifieste de manera libre su voluntad de avalar o no el Proyecto de Plan Comunitario de Mejoramiento que les
sea presentado. En caso de que la Asamblea Vecinal, avale de manera libre y voluntaria el proyecto y las acciones a
desarrollar, se emitirá una Constancia donde valide la realización de la Asamblea Vecinal y confirme que el Proyecto
participe en el Concurso.
Los responsables o promoventes de los Proyectos de Mejoramiento Barrial que se presenten, deberán ser residentes del
pueblo, barrio, colonia o unidad habitacional del lugar propuesto para llevar a cabo un Plan.
Los promoventes podrán registrar un solo proyecto ante la Secretaria de Desarrollo Social.
Los planes de mejoramiento podrán ser hasta por tres años con etapas anuales bien definidas.
De la presentación de Proyectos de Continuidad
6.- Podrán participar todos aquellos proyectos que hayan sido aprobados por el Comité Técnico Mixto en la Convocatoria
del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial del ejercicio fiscal 2010 y que :
a) Hayan cumplido a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Social con los requisitos de comprobación de gastos y que
hayan cumplido con los compromisos descritos en el convenio de colaboración firmado entre la Secretaría de
Desarrollo Social y los comités de Administración y Supervisión.
b) Los proyectos de continuidad no se podrán registrar como proyectos nuevos en la presente convocatoria.
c) Deberán presentar la ficha de Informe Final debidamente requisitada, emitida por la Secretaria de Desarrollo Social.
d) Las propuestas para proyectos de continuidad deberá presentarse de acuerdo al formato establecido por la Secretaria de
Desarrollo Social y que se encuentra disponible en la página Web de la Secretaría de Desarrollo Social
(www.sds.df.gob.mx).
e) Los proyectos de continuidad, que incluyan la construcción de casas de cultura, centros comunitarios, casas de salud u
otro tipo de recinto que brinde un servicio público, cubrirán los requisitos del numeral 4) de la presente convocatoria.
f) Los proyectos deberán solicitar la realización de una Asamblea Vecinal a la Secretaría de Desarrollo Social y/o
Subsecretaria de Participación Ciudadana. En caso de que la Asamblea Vecinal, avale de manera libre y voluntaria el
proyecto para su continuación y las acciones a desarrollar, se emitirá la constancia correspondiente que será requisito
para la participación del proyecto de continuidad en el Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2011.
Monto de apoyo por Proyecto
7.- El costo del proyecto anual seleccionado no podrá ser inferior a $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N), ni
superior a $5, 000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 MN) con impuestos incluidos. Sin embargo, tomando en cuenta
la situación económica y financiera extraordinaria por la que atraviesan el país y la propia Ciudad de México, a juicio del
Comité Técnico Mixto, se podrán autorizar proyectos inclusive desde $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 MN)
8.- El costo del proyecto en caso de ser aprobado, el seguimiento permanente, la asesoría técnica y la evaluación final no
podrá ser superior al 5% del monto anual aprobado por cada plan. En el caso de los proyectos que requieran Proyecto
Ejecutivo este no podrá exceder del 4% del total del monto del proyecto.
84 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
Características de los Proyectos
9.- El Proyecto de Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial deberá ser coherente con el Programa de Desarrollo Urbano
Delegacional Vigente, el cual se puede consultar la siguiente página de Internet:
http://www.seduvi.df.gob.mx/seduvi/planeacionurbana/pddu.php
10.- Los Proyectos que se presenten deberán atender cuando menos los requisitos establecidos en el Formato de
Presentación de Proyecto, que se encuentra disponible en la página de Internet de la Secretaría de Desarrollo Social del
Distrito Federal http://www.sds.df.gob.mx y en la página del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial
www.programabarrialsds.df.gob.mx.
Recepción de Proyectos
11.- El periodo de recepción de proyectos se abre a partir de la publicación de la presente Convocatoria y concluye de
acuerdo al siguiente calendario:
Delegaciones Fecha límite de entrega
Iztapalapa, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Azcapotzalco,
Cuajimalpa
Viernes 11 de febrero de 2011, 18:00 hrs.
Coyoacán, Iztacalco, Magdalena Contreras, Benito Juárez,
Xochimilco
Sábado 12 de febrero de 2011, 18:00 hrs.
Tlalpan, Gustavo A. Madero, Tláhuac, Venustiano
Carranza, Álvaro Obregón, Cuauhtémoc
Domingo 13 de febrero de 2011, 18:00 hrs.
12.- Los proyectos propuestos deberán ser registrados por sus promoventes y entregarse en original y dos copias, anexando
archivo en formato digital, que deberá contener la misma información que el original impreso, en las oficinas de la
Secretaría de Desarrollo Social, ubicada en Plaza de la Constitución Número uno, Tercer Piso, Colonia Centro, entre las
calles José María Pino Suárez y 20 de Noviembre. Para mayores informes los interesados se pueden comunicar a los
teléfonos 53-45-82-49 y 53- 45-82-50.
13.- En los casos de proyectos para construir casas de cultura, centros comunitarios, auditorios u otro tipo de recinto que
brinde un servicio público, se deberá entregar documentación oficial de la autoridad competente sobre la certeza jurídica y
la legalidad del predio o inmueble, donde se proponga la realización del proyecto y que permita su ejecución.
Selección de Proyectos
14.- Para la selección de los proyectos que habrán de realizarse, se integrará un Comité Técnico Mixto que revisará y
valorará todas las propuestas presentadas con base en los lineamientos y criterios que sus integrantes determinen.
15.- Los proyectos seleccionados serán publicados a más tardar el viernes 22 de abril de 2011, en el mismo medio en el que
se realice la Convocatoria Pública, en la página Web de la Secretaria de Desarrollo Social y en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
Del Comité Técnico Mixto
16.- El Comité Técnico Mixto calificador estará integrado de la siguiente manera:
a) Integrantes del Gobierno del Distrito Federal: una persona representante de la Secretaría de Desarrollo Social,
una de la Secretaría de Obras y Servicios, una de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, una persona
representante del Programa de Mejoramiento de Vivienda del Instituto de Vivienda del Distrito Federal y una
persona de la Subsecretaría de Participación Ciudadana.
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 85
b) Integrantes de la sociedad civil. Cinco personas especialistas y con amplia trayectoria en los temas del desarrollo
social y del desarrollo urbano participativo.
17.- Ninguna persona podrá presentar proyectos de trabajo si forma parte del Comité Técnico Mixto. Asimismo, quedará
invalidada la elección de algún proyecto, si se detecta que fue violada esta cláusula, y los participantes estarán obligados a
devolver a entera satisfacción de la Secretaría los recursos que en su momento hayan sido asignados.
18.- El Comité tendrá capacidad de decisión sobre la forma en que habrán de llevarse a cabo sus sesiones así como resolver
sobre aquellos asuntos de su competencia que no estuvieran considerados en la presente convocatoria.
19.- Las decisiones del Comité Técnico Mixto serán inapelables e inatacables.
Consideraciones finales
20.- Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria se atendrán a lo establecido en los Lineamientos y Mecanismos
Operación del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial para el ejercicio fiscal 2011, publicadas en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese la presente Convocatoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México Distrito Federal, a 03 de enero de 2011
(Firma)
_______________________________
MARTI BATRES GUADARRAMA
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este
programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo
con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”
Artículo 38, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARIA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
Convocatoria: 002-11
La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, a través del Lic. Juan Luis Herrera Domínguez.-Subdirector de Recursos Materiales.- En observancia
a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con el articulo 23, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34,
36, 38, 43, 44, 49 y 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, se convoca a
los interesados a participar en la Licitación Pública para la contratación del “Servicio de Fumigación”, de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Nacional
No. De Licitación Costo de las
Bases
Fecha limite para
Adquirir bases
Junta de
Aclaraciones
Visita a
instalaciones
Presentación, Apertura y
Revisión de propuestas
Comunicado de Dictamen y
lectura de Fallo
30001062-002-11 $ 1,500.00 05/01/2011 13/01/2011
11:00 horas
10 y 11/01/2011
09:00 a 19:00
horas
18/01/2011
11:00 horas
21/01/2011
11:00 horas
Partidas Clave CABMS Descripción Cantidad Unidad de
Medida
1 C810000000 Servicio de Fumigación 1 Servicio
Las bases de estas licitaciones se encuentran disponibles para consulta y venta en: Av. Álvaro Obregón 269,5º. Piso, Col. Roma Norte C.P. O6700, Delegación
Cuauhtémoc, Tel. 52-09-99-13, Ext. 1318; los días indicados con el siguiente horario: de 10:00 a 18:00 horas; y para consulta en Internet:
http://Compranet.gob.mx,.
La forma de pago es: en el Domicilio de la Convocante, mediante cheque de caja o certificado a favor del Gobierno del Distrito Federal o Secretaría de Finanzas
del G.D.F. o Tesorería del G.D.F.
El idioma en que se deberán presentar las proposiciones será: Español.
La Moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
Los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Secretaría de Transportes y Vialidad, ubicada en Av. Álvaro Obregón No. 269, 1er. Piso, Col Roma, Sur
Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06700, México, D.F.
Lugar y entrega de bienes y servicios: conforme a bases, los días y en el horario establecido en ellas.
Plazo de entrega de bienes: Conforme a bases.
Las condiciones de pago serán: conforme a bases.
No se otorgarán anticipos.
MÉXICO, D.F., A 03 de enero de 2011
(Firma)
LIC. JUAN LUIS HERRERA DOMINGUEZ
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 87
SECCIÓN DE AVISOS
PRIDA BRAVO LOGISTICS S.A. DE C.V.
Juan de Dios Gutiérrez Cosio en su carácter de Liquidador de Prida Bravo Logistics, S.A. de C.V., con domicilio en
Avenida del Peñón No. 318, Col. Peñón de los Baños, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15520, México D.F. Y con
fundamento en el artículo 247 en relación con el 235 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, procede a hacer la
tercera publicación del Balance de Liquidación.
PRIDA BRAVO LOGISTICS, S.A. DE C.V.
R.F.C. PBL041118977
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA DE LIQUIDACION
AL 30 DE JULIO DE 2010
(Pesos)
ACTIVO DISPONIBLE PASIVO A CORTO PLAZO
CAJA PROVEEDORES
BANCOS ACREEDORES DIVERSOS
INVERSIONES EN VALORES IMPUESTOS A PAGAR
CLIENTES GASTOS COMPROBADOS X CTA.CLIENTE
DEUDORES DIVERSOS TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO -
IVA ACREDITABLE
IVA PENDIENTE A ACREDITAR PASIVO A LARGO PLAZO
SUELDOS X PAGAR
TOTAL DE ACTIVO DISPONIBLE IVA TRASL. PEND DE COBRO
TOTAL DE PASIVO A LARGO PLAZO
TOTAL DE PASIVO A LARGO PLAZO
-
TOTAL DEL PASIVO -
CAPITAL CONTABLE $50,000
RESULTADO DE EJERC. ANTERIORES $-483,774
ACCIONISTAS CUENTA LIQUIDADORA $433,774
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE -
LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD
SR. JUAN DE DIOS GUTIERREZ COSIO
Así mismo se les comunica a los accionistas de acuerdo al Artículo 247 de la Ley General de sociedades Mercantiles que las
partes sociales son como sigue:
PARTES SOCIALES
HOMERO PRIDA BRAVO 15%
JAIME ENRIQUE PRIDA BRAVO 15%
ARMANDO PRIDA BRAVO 15% (Firma)
JAIME RAMIREZ PEREZ 15%
JUAN DE DIOS GUTIERREZ COSIO 40%
88 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
INTERNACIONALES LOU GENE‟S, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2010
ACTIVOS
ACTIVO CIRCULANTE 0
SUMA ACTIVOS 0
PASIVOS
OTROS PASIVOS 0
SUMA PASIVOS 0
PERDIDAS ACUMULADAS 0
PERDIDA DEL EJERCICIO 0
SUMA CAPITAL CONTABLE 0
SUMA PASIVO MAS CAPITAL CONTABLE 0
ALBERTO AZKENAZI SHAMAH
(Firma)
LIQUIDADOR
NEOLOGY, S. DE R.L. DE C.V.
AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se informa que
mediante ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS de NEOLOGY, S. DE R.L. DE C.V., celebrada el 10 de diciembre del
2010, se resolvió reducir el capital social de la Sociedad en $20,250 Pesos.
En virtud de lo anterior y a partir de dicha fecha, el capital social de la Sociedad asciende a $72‟339,581 Pesos, de
los cuales $100,000 corresponden al capital social mínimo fijo y $72‟239,581 Pesos corresponden al capital variable.
Ciudad de México, Distrito Federal, a 10 de diciembre del 2010.
(Firma)
_____________________________________________
Juan O‟Gorman Merino,
Delegado de la Asamblea General de Socios de
NEOLOGY, S DE R.L. DE C.V.
ETRHU EXCELENCIA Y TALENTO EN RECURSOS HUMANOS, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)
Para los efectos del articulo 247 y demás disposiciones aplicables de la ley General de Sociedades Mercantiles, y para efectos de la publicación correspondiente
se trascriben a continuación los balances al 31 de Octubre de 2010
Cifras Históricas en pesos
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION:
ACTIVO PASIVO
CIRCULANTE A CORTO PLAZO
CAJA 3,500 ACREDORES DIVERSOS 14,007,295
BANCOS 686,177 IMPUESTOS POR PAGAR 416,289
DEUDORES DIVERSOS 3,329,659 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
POR PAGAR
3,052,769
SUBSIDIO AL EMPLEO 4,734 RESERVAS DE PASIVO 419,469
SUMA CIRCULANTE 4,024,074 SUMA PASIVO 17,895,822
NO CIRCULANTE CAPITAL CONTABLE
EQUIPO DE COMPUTO CAPITAL SOCIAL 100,000
MOBILIARIO Y EQUIPO RESULTADOS DE EJERCICOS
ANTERIORES
(6,680,353)
DEPRECIACION ACUMULADA RESULTADO DE EJERCICIO (7,291,395)
SUMA NO CIRCULANTE ________0 SUMA CAPITAL CONTABLE (13,871,748)
SUMA DEL ACTIVO 4,024,074 SUMA PASIVO Y CAPITAL
CONTABLE
4,024,074
(Firma)
DANIEL MEDINA DELGADO
LIQUIDADOR
90 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
INMOBILIARIA SAFER S. A. DE C. V. AVISO DISMINUCION DE CAPITAL
La Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 11 de noviembre de 1999, resolvió,
entre otros puntos, disminuir el capital social fijo en la cantidad de $ 3´100,000.00 pesos M. N., mediante reembolso a los
accionistas. Lo anterior para dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México D.F., a 19 de Noviembre de 2010
(Firma)
________________________________________________
LIC. PABLO MAURICIO SADA FERNANDEZ
DELEGADO DE LA ASAMBLEA
INMOBILIARIA SAFER S. A. DE C. V.
AVISO DISMINUCION DE CAPITAL
La Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 31 de enero de 2001, resolvió, entre
otros puntos, disminuir el capital social fijo en la cantidad de $ 3´900,000.00 pesos M. N., mediante reembolso a los
accionistas. Lo anterior para dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México D.F., a 19 de Noviembre de 2010
(Firma)
_______________________________________________
LIC. PABLO MAURICIO SADA FERNANDEZ
DELEGADO DE LA ASAMBLEA
3 de Enero de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 91
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias
y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de
lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios
Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio.
SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al
siguiente procedimiento:
I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la
Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso,
cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la
publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;
II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General
Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito
Federal.
III. El documento a publicar se presentará en original legible y debidamente firmado (nombre y cargo) por quien lo
emita.
TERCERO. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite
por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a
13:30 horas.
CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias
certificadas como publicaciones se requieran.
QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de
texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra CG Times, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre párrafos;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y
VIII. Etiquetar el disco con el título que llevará el documento.
SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales),
proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad
de los solicitantes.
92 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3 de Enero de 2011
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON
Consejera Jurídica y de Servicios Legales
LETICIA BONIFAZ ALFONZO
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
LIC. REBECA ALBERT DEL CASTILLO
INSERCIONES
Plana entera ........................................................................... $ 1,404.00
Media plana ................................................................................ 755.00
Un cuarto de plana ...................................................................... 470.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col.
10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx/gacetas.php
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $42.00)