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GACETA OFICIAL Diciembre de 2014 1 GACETA OFICIAL PARLAMENTO ANDINO XLV PERIODO ORDINARIO DICIEMBRE DE 2014 INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS SESIONES REGLAMENTARIAS NOVIEMBRE PLENARIA DECISIÓN No. 1336 “EL APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LA CONFERENCIA DE LAS PARTES DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO – COP20”3 DECISIÓN No. 1337: “INGRESO DE CHILE COMO MIEMBRO DE PLENO DERECHO”………………………………………………………. 7 DECISIÓN No. 1338: “APORTES DEL CONOCIMIENTO Y TECNOLOGÍAS ANCESTRALES A LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO”………………………………………………. 8 DECISIÓN No.1339: “PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN” ……………………………….. 11 DECLARACIÓN: “PARA DISTINGUIR A LA CIUDAD DE BAHIA DE CARÁQUEZ” …………………………………………………………….. 14 DECLARACIÓN: “APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LAS ACCIONES EJECUTIVAS DE RESPONSABILIDAD POR LA INMIGRACIÓN ANUNCIADAS POR EL PRESIDENTE BARACK OBAMA”…………………………………………………………………. 16

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GACETA  OFICIAL                                                                                                                                                Diciembre  de  2014                1      

 

 

GACETA OFICIAL PARLAMENTO ANDINO XLV PERIODO ORDINARIO

DICIEMBRE DE 2014

INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS SESIONES REGLAMENTARIAS NOVIEMBRE

PLENARIA

• DECISIÓN No. 1336 “EL APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LA CONFERENCIA DE LAS PARTES DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO – COP20”… 3

• DECISIÓN No. 1337: “INGRESO DE CHILE COMO MIEMBRO DE PLENO DERECHO”………………………………………………………. 7

• DECISIÓN No. 1338: “APORTES DEL CONOCIMIENTO Y

TECNOLOGÍAS ANCESTRALES A LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO”………………………………………………. 8

• DECISIÓN No.1339: “PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN” ……………………………….. 11

• DECLARACIÓN: “PARA DISTINGUIR A LA CIUDAD DE BAHIA DE CARÁQUEZ” …………………………………………………………….. 14

• DECLARACIÓN: “APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LAS ACCIONES EJECUTIVAS DE RESPONSABILIDAD POR LA INMIGRACIÓN ANUNCIADAS POR EL PRESIDENTE BARACK OBAMA”…………………………………………………………………. 16

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RESOLUCIONES MESA DIRECTIVA

RESOLUCIÓN No.23: “RECONOCIMIENTO AL PARLAMENTO LATINOAMERICANO EN SU 50º ANIVERSARIO”………………………….. 18 RESOLUCIÓN No.24: “CON MOTIVO DE LA APERTURA DE LAS INSTALACIONES DE LA NUEVA SEDE DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)”……………………………………………….. 20 RESOLUCIÓN No.25: “APROBACIÓN REFORMAS DOCUMENTOS DE LA OFICINA REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA ECUATORIANA” …….. 22

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DECISIÓN No. 1336

‘EL APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LA CONFERENCIA DE LAS

PARTES DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO – COP20’

La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, en la ciudad de Valparaíso, los días 26, 27, 28 de Noviembre de 2014.

CONSIDERANDO Que, el impacto negativo del ser humano en el calentamiento del sistema climático es inequívoco. Por ejemplo, muchos de los cambios observados en las últimas décadas, no tienen correlato en los periodos de tiempo anteriores. En este sentido, la atmósfera y el océano se han venido calentando, por lo cual las cantidades de nieve y el hielo han disminuido, el nivel del mar se ha elevado, y las concentraciones de gases de efecto invernadero han aumentado. Que, las emisiones acumuladas de Dióxido de Carbono y otros gases invernadero determinaran en gran medida el calentamiento medio de la superficie global durante el siglo XXI. Estos cambios persistirán por siglos, incluso si las emisiones de !"! se detuvieran completamente; por lo tanto, el Cambio Climático y la disminución del calentamiento global representan un reto y un compromiso para todos los países del mundo. Que, la región Andina es una de las áreas más vulnerables a los impactos negativos del Cambio Climático debido a su altísima biodiversidad, así como la amplia presencia de ecosistemas vitales para el ciclo hídrico y su extrema sensibilidad a variaciones en el clima. Esta vulnerabilidad se ve expresada en aspectos relacionados con la inequidad y pobreza estructural, presión demográfica, migración campo-ciudad; baja inversión en infraestructura; sobre explotación de los recursos naturales; alta deforestación; cambio de uso del suelo; baja inversión en planificación, prevención de riesgos; insuficiencia de conocimiento sobre las necesidades de adaptación local; escasa participación en el proceso de toma de decisiones, y la falta de información suficiente y adecuada sobre el impacto del Cambio Climático sobre la agricultura y la provisión de agua, que están afectando especialmente a las poblaciones indígenas y comunidades locales. Que, entre el 1 y el 12 de diciembre en la ciudad de Lima, Perú, se llevará a cabo la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – COP20 y la Décima Conferencia de las partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto – CMP10.

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Que, la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC) tiene como finalidad impedir la interferencia ‘peligrosa’ del ser humano en el sistema climático y los ecosistemas; por medio de la estabilización de las emisiones de gases de efecto invernadero en un nivel que elimine el impacto negativo sobre el ambiente. Este idóneo “nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible” (CMNUCC, 1992) Que, el Protocolo de Kyoto es un tratado filial de la CMNUCC donde se estipulan medidas jurídicamente vinculantes para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. La hoja de ruta de este protocolo fue adoptada en la Décimo Tercera Conferencia de las Partes y la Tercera Reunión de las partes en diciembre de 2007. Que, uno de los principales objetivos y finalidades de la COP20 es la construcción de un documento donde se estipulen los principios básicos para un acuerdo global sobre disminución de emisiones que será negociado en el año 2015 en el marco de la COP21 en Paris, Francia. Este borrador inicial debe ser muy ambicioso en materia de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, tanto en los países desarrollados como en aquellos en vía de desarrollo; igualmente, en las metas de adaptación climática de los países, y en las posibilidades de financiamiento de proyectos como la capitalización del Fondo Verde. Igualmente, debe presentar un acuerdo que sea dinámico, que se pueda adaptar al cambio en las circunstancias sin la necesidad de demorados procesos de negociación Que, los países miembros de la Comunidad Andina, en la Declaración de Santa Cruz de la Sierra en mayo de 2007, reconocieron esta vulnerabilidad de los ecosistemas andinos frente al Cambio Climático, las actividades económicas y extractivas insostenibles y por políticas inadecuadas de desarrollo. Por esta razón, asumieron el compromiso de implementar políticas públicas para la conservación de los ecosistemas en peligro, especialmente paramos, glaciales y el bosque andino., que generan importantes servicios ambientales como la regulación, almacenamiento y descontaminación del agua, así como el procesamiento de Dióxido de Carbono en la producción de Oxigeno. Que el Parlamento Andino y su Comisión Tercera sobre ‘Seguridad y Desarrollo Sostenible’ han priorizado el Cambio Climático como uno de sus principales temas de trabajo. Especialmente, porque sus impactos negativos afectan directamente a las poblaciones más vulnerables y con menos recursos en la región andina. Que, 22 de abril de 2014, en el marco del ‘Día Internacional de la Madre Tierra’, el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas (PMA) presentó el nuevo Atlas de la Región Andina, bajo el epígrafe ‘Seguridad Alimentaria, Desastres y Cambio Climático en la Región Andina’. En el cual, se dan a conocer las áreas más expuestas al cambio climático en los cuatro países de la

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Región Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), así como los riesgos que generan los desastres ambientales y el impacto que podrían tener en la seguridad alimentaria y el desarrollo sostenible de comunidades enteras.

Que, de acuerdo con el ‘Atlas de Seguridad Alimentaria, Desastres y Climático’, hay 148 municipalidades en Bolivia que están bajo la categoría ‘Grave Vulnerabilidad’ y 32 bajo ‘Muy Alta Vulnerabilidad’, en Colombia seis departamentos bajo la categoría “Grave Vulnerabilidad” y otros seis bajo ‘Muy Alta Vulnerabilidad’, en tanto, 389 parroquias en Ecuador, sufren de ‘Grave Vulnerabilidad’ y 586 de ‘Muy Alta Vulnerabilidad’ y finalmente 190 distritos de Perú sufren de ‘Grave Vulnerabilidad” y 673 de “Muy Alta Vulnerabilidad’. La Plenaria del Parlamento Andino, en uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General,

DECIDE

ARTÍCULO PRIMERO: Saludar al Gobierno y Pueblo Peruano por la organización y realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – COP20 y a todos los Gobiernos y sociedad civil participantes. Comprometerse en el apoyo a los Gobiernos Nacionales para desarrollar mecanismos de diálogo ciudadano cuyo objetivo sea divulgar y socializar con los diferentes sectores sociales el acuerdo borrador que será aprobado en la Lima en el marco de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático – COP20, y que será debatido y negociado en el año 2015 en Paris en la COP21. Para esto, el Parlamento Andino realizará durante el 2015, consultas y foros de participación ciudadana con el objeto de incluir y complementar el documento borrador con las observaciones e intereses de la ciudadanía. ARTÍCULO SEGUNDO: Desarrollar un estudio en los países miembros de la Comunidad Andina sobre el impacto de las emisiones de gases invernaderos para la región, evaluando las metas nacionales que han sido definidas por los gobiernos y elaborará un proyecto de Ley Comunitaria que coordine a nivel subregional las políticas públicas y estrategias para la reducción de los impactos negativos del Cambio Climático. ARTÍCULO TERCERO: Comprometerse en la realización de un trabajo de acercamiento, capacitación y promoción de las ‘Buenas Prácticas’ y las tecnologías ancestrales usadas por las comunidades amazónicas, indígenas y originarias. Considerando que la lucha contra el cambio climático y la protección de la Amazonía deben contar con una amplia participación de las comunidades locales; entonces, en el año 2015 el Parlamento Andino realizará una Conferencia Amazónica para la Lucha contra el Cambio Climático, donde se recogerán los intereses y los modelos de protección ambiental de estas comunidades para ser llevados a la reunión de la COP21 en Paris.

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A partir de esto, el Parlamento facilitará que las poblaciones de la región amazónica y andina se conviertan en una voz activa en la protección de los ecosistemas y no simplemente en observadores pasivos. ARTÍCULO CUARTO: Poner a disposición de los gobiernos latinoamericanos toda nuestra capacidad técnica e institucional para apoyar el trabajo y la conformación de grupos de negociación regionales con miras a la Vigésimo Primera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático a ser celebrada en Paris, Francia en 2015. Considerando que la amplia diversidad en América Latina genera problemas de coordinación, el Parlamento Andino se compromete con los gobiernos a apoyarlos como un espacio pluralista para el debate político y una importante herramienta para facilitar la construcción de intereses comunes. En este sentido, resaltamos nuestro compromiso para fortalecer en el trabajo conjunto con los países de la región, así como liderar el diálogo político, la cooperación y la coordinación interinstitucional con otros bloques regionales, para lograr un frente latinoamericano que defienda, posicione y legitime los intereses en materia de Cambio Climático y desarrollo sostenible de la región. ARTÍCULO QUINTO: Resaltar la necesidad de desarrollar políticas y estrategias globales fundamentadas en el principio de responsabilidad compartida otorgando beneficios económicos y comerciales a los países que cumplan con los requisitos de preservación de sus áreas ricas ambientalmente para la región y el mundo, así como trasferencia tecnológica suficiente para establecer los equilibrios entre desarrollo productivo y preservación ambiental. ARTÍCULO SEXTO.- Invocar a la Presidencia de la COP 20, incluir como parte del proceso negociador el ‘Atlas de Seguridad Alimentaria, Desastres y Cambio Climático en la Región Andina’, como elemento fundamental de guía para disminuir los efectos del cambio climático en la Región Andina. Notifíquese y Publíquese.

Dada y firmada en la ciudad de Valparaíso República de Chile, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año 2014.

P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR.EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

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DECISIÓN No. 1337

INGRESO DE CHILE COMO MIEMBRO DE PLENO DERECHO

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en el marco del XLV Periodo Ordinario de Sesiones, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2014, en la ciudad de Valparaíso República de Chile,

CONSIDERANDO Que el Acuerdo de Cartagena establece que el Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control político del Sistema Andino de Integración, representante de los pueblos de la Comunidad Andina, con atribuciones supranacionales para participar en la promoción y orientación del proceso de la integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana; Que el literal g) del Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena, determina que es atribución del Parlamento Andino: “Promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los Países Miembros, los órganos e instituciones del Sistema, así como con los órganos parlamentarios de integración o cooperación de terceros países”; Que el Congreso de la República de Chile es Miembro Asociado del Parlamento Andino desde el año 2006, destacándose por una participación activa a través de delegaciones parlamentarias que han aportado a la gestión institucional a través de propuestas, así como con intervenciones que han contribuido al diálogo político y al debate de temas trascendentales para la integración regional; Que la consolidación del proceso andino de integración, demanda de nuevos espacios regionales de gobernanza, cooperación, diálogo político y democratización de las relaciones internacionales, en aras de aunar esfuerzos en la gestión parlamentaria, representación popular y el desarrollo normativo que contribuya al logro de los objetivos de la Comunidad Andina y al desarrollo humano integral; Que la Plenaria del Parlamento Andino ha reiterado su voluntad de que la Representación Parlamentaria de Chile se integre como Miembro Pleno al organismo; Por los considerandos expuestos, la Plenaria del Parlamento Andino en uso de sus atribuciones supranacionales y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General;

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DECIDE

ARTÍCULO PRIMERO: Conformar un Grupo de Alto Nivel para avanzar en la definición de los mecanismos jurídicos y políticos para la participación de la Representación Parlamentaria de Chile, como Miembro Pleno ante el Parlamento Andino. El Grupo estará conformado por los miembros de la Mesa Directiva y la Representación Parlamentaria de Chile. ARTÍCULO SEGUNDO: En tanto avancen las gestiones del Grupo de Alto Nivel, los órganos del Parlamento Andino conocerán y considerarán las posiciones y proposiciones a través del voto colegiado de la Representación Parlamentaria de Chile al momento de una votación. Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2014. P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓDR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

DECISIÓN No. 1338

APORTES DEL CONOCIMIENTO Y TECNOLOGÍAS ANCESTRALES A LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO

La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2014, en la ciudad de Valparaíso República de Chile,

CONSIDERANDO

El cambio climático, viene afectando al ecosistema alto andino y sus impactos están afectando la vida de las personas especialmente en el Altiplano, donde las comunidades campesinas indígenas constatan los cambios en los principales signos del tiempo y ven cómo se afecta la producción agropecuaria. Las secuelas del cambio climático, produce variación del paisaje biocultural;

Los andes peruanos se encuentran entre las regiones más vulnerables al cambio climático (IPCC 2007);

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Las Comunidades Campesinas andinas sufren las consecuencias del cambio climático, y también son actores estratégicos para los planes y políticas de conservación de la biodiversidad, agrobiodiversidad, seguridad alimentaria y cambio climático. Además las comunidades en los andes son agrocéntricas y han heredado una serie de tecnologías ancestrales como por ejemplo el uso de un calendario ceremonial espiritual y agro-festivo, los andenes, la crianza del agua y otros;

La presente propuesta pretende proteger y articular las tecnologías ancestrales para la mitigación y prevención de los impactos del cambio climático en la región andina;

La ciencia actual no colisiona con los conocimientos y tecnologías ancestrales, ambas pueden complementarse; estas tecnologías tradicionales se vienen usando y han posibilitado la sobrevivencia de muchos pueblos que hoy hacen frente por ejemplo a desastres, inundaciones, carencia de alimentos y otros;

Expertos en saberes ancestrales afirman que con sus conocimientos de agricultura limpia y economía rural sostenible, se podrían reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero. Así lo manifiesta Pacha Kanshai de la comunidad del macizo andino colombiano Yanakuna: “El ser humano necesita en la actualidad volver nuevamente a la sincronización con el planeta tierra, todos se preguntan qué se debe hacer para resolver los conflictos en el planeta y la respuesta está en los saberes ancestrales que nos sacarán de estos apuros”;

“Se necesita un poco de conocimiento de ecología y, fundamentalmente, los conocimientos tradicionales de las comunidades que han logrado vivir y mantener durante millones de años sin destruir, creando una relación armónica con el ambiente. A través de prácticas como selección e semillas y manejo de los bosques, podemos tener un nuevo sistema de producción” que mitigue el cambio climático, señalò Pacha Kanshai.

Los pueblos indígenas enfrentan nuevas amenazas a sus derechos y soberanía permanente sobre sus territorios y recursos. Los estados por la vía de los regímenes comerciales y ambientales, van inclinando la discusión y cerrando los espacios de opciones de protección, al incluir en los TLC y Acuerdos Comerciales regulaciones relativas a los conocimientos tradicionales, biodiversidad y acceso a recursos genéticos. Todos esos mecanismos tienden a incluir los conocimientos tradicionales y el patrimonio cultural y ambiental indígena bajo regímenes propietarios.

La reivindicación de “derechos propietarios intelectuales indígenas” basa los derechos de los pueblos indígenas de amparar sus derechos soberanos sobre sus tierras, recursos y territorios bajo instituciones jurídicas de propiedad. Que existe legislación internacional y regional sobre cambio climático y derechos indígenas, pero aún son débiles las referentes al reconocimiento y

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protección de los conocimientos de las tecnologías ancestrales y sus aportes a la mitigación y adaptación del cambio climático. Se observa que la articulación entre políticas de adaptación al cambio climático y conocimientos tradicionales en los cuatro países ha sido escasa. Hay estudios realizados que analizan los procesos de construcción de políticas públicas sobre cambio climático y conocimientos tradicionales en Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, y han identificado logros, retos pendientes y proponen mejoras en estos procesos. Aún existe débil institucionalidad para el registro, sistematización y transparencia de la información pública respecto a las inversiones en cambio climático, especialmente en períodos anteriores al último quinquenio. Las realidades y estudios nacionales han aplicado un conjunto de recomendaciones respecto a la problemática de las políticas de cambio climático y conocimientos tradicionales, y han realizado propuestas de articulación, seguimiento y evaluación. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino.

DECIDE ARTÍCULO PRIMERO.- Reconocer los derechos de las comunidades y su conocimiento tradicional, para lo cual, se adelantará gestiones institucionales tendientes a promover la comprensión de la vulnerabilidad al cambio climático de los indígenas y las poblaciones marginadas, así como la protección de los derechos de propiedad intelectual colectivas e individuales provenientes de los conocimientos tradicionales. ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaría General, para que a través del Instituto de Altos Estudios IDL, realice una sistematización o estado de la cuestión de la información regional existente en materia de cambio climático y conocimientos tradicionales, la cual se socializará con los gobiernos de los países miembros, así como con los demás actores y sectores sociales involucrados en esta temática. ARTÍCULO TERCERO.- Promover la creación de una base de datos que compile y sistematice las iniciativas públicas y de la sociedad civil, sobre los temas de cambio climático y conocimientos tradicionales en la región, para lo cual, se encarga a la Secretaría General realizar las gestiones pertinentes a fin de identificar aliados estratégicos para esta iniciativa. ARTÍCULO CUARTO.- Encargar a la Mesa Directiva adelantar gestiones ante las autoridades gubernamentales competentes en cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina, para que impulsen el diseño e

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implementación de políticas que contemplen el rescate y la aplicación de conocimientos tradicionales en la adaptación y mitigación del cambio climático. ARTÍCULO QUINTO.- Encargar a la Comisión Tercera la elaboración de un proyecto de Norma Regional para la protección de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas, afro descendientes, locales o sus formas organizativas equivalentes en los respectivos países. Para esto la Comisión Tercera realizará un trabajo articulado con los representantes de los gobiernos de los países miembros, los poderes legislativos, con actores y sectores sociales reconocidos en la región, así como con organismos técnicos y multilaterales especializados. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Valparaíso, República de Chile a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014). P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

DECISIÓN No.1339

PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN

La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2014, en la ciudad de Valparaíso República de Chile,

CONSIDERANDO

Que el Parlamento Andino de conformidad al Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena goza de las siguientes atribuciones citadas en el literal a): “Participar en la promoción y orientación del proceso de integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana, b): “Examinar la marcha del proceso de la integración y el cumplimiento de sus objetivos, requiriendo para ello información periódica a los órganos e instituciones del Sistema” y d) Sugerir a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema. Que una de la funciones del principales Parlamento Andino, establecidas por su Tratado Constitutivo en el Capítulo III, literal c), es “velar por el respeto de

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los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes sobre la materia para todas las Partes Contratantes” y conforme al literal h), es “contribuir al afianzamiento de la paz y justicia internacionales”.

Que la discriminación es un fenómeno persistente que lesiona la dignidad humana y lejos de erradicarse o disminuir, pese a que muchos Estados lo prohíben constitucionalmente o lo sancionan penalmente en atención al Principio de Igualdad, por lo que tal crecimiento constituye un problema para la sociedad, porque impide que las relaciones entre sus ciudadanos se den dentro del marco de la igualdad, con respeto a la diferencia y diversidad.

Que pese a esfuerzos legislativos e institucionales para luchar contra este problema, existen pocos procedimientos administrativos o judiciales iniciados por motivos de discriminación racial, debido a que tiene características particulares como la dificultad para ubicar claramente a discriminados y discriminadores o la interiorización de la discriminación por sus propias víctimas, así como la presencia de una discriminación generalizada “de todos contra todos”, constituyendo otra dificultad el hecho de que las personas no denuncian haber sido objeto de discriminación étnica o racial, debido a diversos factores vinculados con la vergüenza de denunciar tales hechos, la negación y normalización del racismo, el desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la percepción de las autoridades con temor y desconfianza y ausencia de una cultura de intolerancia o de sanción social frente a la discriminación, sumándose la complicación para obtener pruebas para demostrar la existencia de actos discriminatorios.

Que todos los seres humanos tienen derecho a la igualdad de tratos y oportunidades y este derecho supone que personas en situaciones similares no deben ser discriminadas o excluidas sin importar el género al que se pertenezca; sin embargo, los grupos vulnerables son los pueblos afrodescendientes y poblaciones indígenas, trabajadores inmigrantes, los pobres, los homosexuales, los ancianos y las mujeres, grupos étnicos minoritarios. Que es importante dar al tema de la Discriminación un enfoque diferencial de género con el propósito de brindar una adecuada atención y protección de los derechos, dando cuenta del sistema de relaciones que se establecen entre hombres y mujeres en una sociedad particular, con base en las características, roles, referentes de valor y oportunidades que el grupo social asigna a cada uno y en ese sentido, identificar diferencias y relaciones determinadas culturalmente, susceptibles de ser transformadas y no particularidades biológicas determinadas por el sexo, advirtiéndose que a lo largo de la historia las mujeres han sufrido diferentes tipos de violencia y discriminación, en todos los países del mundo y en todas las culturas.

Que la Discriminación deforma los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas, pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades étnicas, el derecho a la vida, resultando imperante la acción del

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Estado para atacar toda manifestación de discriminación y racismo, respetándose las normas y principios de equidad en la prestación de servicios de salud, el acceso a la vivienda, a la formación, capacitación y educación en todos los niveles, así como al empleo, a la justicia a través de una tutela efectiva por parte de los administradores, respetando el debido proceso.

Que la discriminación y todas sus formas conexas, así como la intolerancia debe ser encarado con urgencia, por lo que siempre será válido un planteamiento para la identificación de aspectos relacionados con la prevención, sanción y erradicación del racismo y de la discriminación racial, así como la identificación de grupos específicos que son objeto de discriminación o formas particulares de discriminación ya sea por motivo de religión, cultura o lengua, grupos vulnerables como los pobres, los homosexuales, los ancianos y las mujeres, que están claramente relacionados con la cuestión del racismo por ser temas que se ubican dentro del dominio general de la protección de los derechos humanos. Que, en el marco de las Naciones Unidas se encuentra la “Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”, la “Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial” y la “Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial”; Que, en el ámbito interamericano se encuentra la “Convención Interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia” y la “Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia”; En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino,

DECIDE ARTÍCULO PRIMERO: Ratificar la importancia de avanzar en la construcción de políticas públicas eficientes y efectivas en los Países Miembros, que contribuyan a la eliminación de los índices de discriminación e intolerancia en la región, para así lograr el respeto y la garantía de todos los derechos humanos de los ciudadanos andinos. ARTÍCULO SEGUNDO: Encomendar a la Secretaría General del Parlamento Andino realizar un Seminario Regional sobre PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN que propicie entre los países de la región, un intercambio de experiencias, buenas prácticas, así como de los retos y perspectivas de las políticas públicas para la protección de los derechos humanos y la no discriminación a mujeres y hombres. ARTÍCULO TERCERO: Promover la participación de representantes de los gobiernos de los países miembros, los poderes legislativos, actores y sectores

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sociales reconocidos en la región, así como con organismos técnicos y multilaterales especializados, con el fin de avanzar en la identificación de iniciativas de gestión parlamentaria y desarrollo normativo para generar mecanismos de prevención, educación y protección encaminadas a la erradicación de todas las formas de discriminación, así como para atender las problemáticas generadas por la xenofobia y la intolerancia a todos los niveles, reafirmándose los principios de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, con planteamientos que recuerden que todos los seres humanos nacen iguales en dignidad y en derechos. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Valparaíso, República de Chile a los veintisiete (27) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014). P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓDR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

DECLARACIÓN

PARA DISTINGUIR A LA CIUDAD DE BAHIA DE CARÁQUEZ

La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2014, en la ciudad de Valparaíso República de Chile,

CONSIDERANDO

Que, de acuerdo al Artículo 93 literal d) del Reglamento General del Parlamento Andino, las Declaraciones son instrumentos mediante los cuales la Plenaria o la Mesa Directiva, expresan una determinada posición u opinión sobre asuntos relacionados con los objetivos del Parlamento Andino, la marcha general del proceso de integración y demás temas de trascendencia; Que, hasta mediados del siglo XVII, Bahía de Caráquez, se constituyó en un camino comercial que cubría el eje Panamá-Quito, así se consolidó el contacto más importante entre los puertos del pacifico sudamericano y centroamericano; Que, Bahía de Caráquez, en 1768, fue anexada a la Gobernación de Guayaquil, hasta los tiempos de emancipación, en que se adhirió al movimiento libertario que proclamó la independencia de Guayaquil; Que, Bahía de Caráquez llegó a ser uno de los Puertos de mayor importancia económica en el Ecuador, ya que desde la cabecera cantonal de Sucre se exportaban productos como la tagua (para la fabricación de botones) higuerilla, café, cacao, balsa, palma real, maní, entre los principales; y hasta donde

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llegaban productos importados desde países de Europa y Norteamérica, por lo que es trascendental mantener el legado histórico y cultural de esta ciudad; Que, Bahía de Caráquez es uno de los principales centros turísticos de la República del Ecuador, y por lo tanto es necesario impulsar el hermanamiento de Bahía con otras ciudades andinas vinculadas al turismo; Por los considerandos antes expuestos, la Plenaria del Parlamento Andino en uso de sus atribuciones supranacionales y conforme a los prescrito en su Reglamento General.

DECLARA

ARTICULO PRIMERO. Reconocer a la Ciudad de Bahía de Caráquez, de la Provincia de Manabí en la República del Ecuador, como ciudad de atractivo turístico e interés histórico de la Comunidad Andina, en reconocimiento a su importante legado y aporte a la cultura. ARTICULO SEGUNDO. Promover el hermanamiento de la Bahía de Caráquez, con otras ciudades andinas caracterizadas por su potencial turístico, con el fin de convertirla en uno de los principales destinos culturales de la Comunidad Andina. ARTÍCULO TERCERO.- Entregar la presente Declaración a las Autoridades del Cantón Sucre Provincia de Manabí a donde pertenece Bahía de Caráquez, en el marco de un acto especial que será organizado por la Alcaldía. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Valparaíso, República de Chile a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014). P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General

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DECLARACIÓN

APOYO DEL PARLAMENTO ANDINO A LAS ACCIONES EJECUTIVAS DE RESPONSABILIDAD POR LA INMIGRACIÓN ANUNCIADAS POR EL

PRESIDENTE BARACK OBAMA La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el marco del XLV Período Ordinario de Sesiones, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2014, en la ciudad de Valparaíso, República de Chile,

CONSIDERANDO

Que de acurdo a los Artículos 42 y 43 del Acuerdo de Cartagena, el Parlamento Andino es el Órgano deliberante del Sistema Andino de Integración y tiene como principales funciones representar a los pueblos y proponer normativas a favor de los ciudadanos y ciudadanas de los países andinos; Que el Parlamento Andino, de acuerdo a los artículos 5 y 6 de la Carta Social Andina de 2012, reconoce los derechos de los ciudadanos de los países miembros de la Comunidad Andina a circular y residir libremente en el territorio de dichos países; Que el 11% de los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad Andina, aproximadamente 10 millones de personas son migrantes; Que la migración andina extra regional tiene como uno de sus principales países de destino a Estados Unidos de América ya que supera los dos millones de ciudadanos y ciudadanas andinos en este país; Que desde hace varios años se discute la necesidad de una reforma migratoria en Estados Unidos de América que ayude a salir de la irregularidad y, por tanto, de la situación de vulnerabilidad a millones de migrantes andinos y latinoamericanos; Que el 20 de noviembre del presente año el Presidente de Estados Unidos de América, Barack Obama, anuncio acciones ejecutivas de responsabilidad por la Inmigración, medidas que están dirigidas a suspender temporalmente las deportaciones a los migrantes irregulares que haya vivido más de cinco años en ese país, que sean padres de residentes permanentes legales o de ciudadanos estadunidenses, con la condición de que proporciones sus datos, que comprueben no tener antecedentes penales y el pago de impuestos. La nueva norma también suspende la expulsión de los migrantes irregulares que llegaron siendo niños o niñas a ese país; Que si bien este hecho no es la reforma migratoria tan esperada y propuesta en su momento por el Presidente Obama, si significa un paso adelante que se expresa en un conjunto de medidas que beneficiaran a millones de personas que se encuentran en situación irregular en Estados Unidos de América;

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En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino,

DECLARA

ARTÍCULO PRIMERO: Apoyar formalmente, a través de un comunicado público, las acciones ejecutivas de responsabilidad por la inmigración anunciadas por el Presidente Barack Obama. ARTÍCULO SEGUNDO: Seguir promoviendo que estén dirigidos a visibilizar la necesidad de una reforma migratoria en Estados Unidos de América. ARTÍCULO TERCERO: Reafirmar el compromiso del Parlamento Andino de representar y promover los derechos humano de los diez millones de migrantes andinos en el mundo. Notifíquese y publíquese. Dada y firmada en la ciudad de Valparaíso, República de Chile a los veintisiete (27) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014). P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Presidente Secretario General

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RESOLUCIÓN No.23

RECONOCIMIENTO AL PARLAMENTO LATINOAMERICANO EN SU 50º ANIVERSARIO

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014),

CONSIDERANDO Que el 10 de diciembre de 1964 se constituyó el Parlamento Latinoamericano como una institución democrática que da cabida a todas las tendencias políticas existentes que se hacen presentes en los cuerpos legislativos de los países miembros, lo cual garantiza plena legitimidad en las actuaciones de este organismo tendientes al diálogo político y la integración regional; Que los principios sobre los cuales se fundamenta el accionar del Parlamento Latinoamericano constituyen la base política para un adecuado entendimiento entre los pueblos de la región, el cual ha permitido, a lo largo de estas cinco décadas, construir bases sólidas para que hoy contemos con una institucionalidad democrática fuerte que soporta las bases de un desarrollo armónico; Que los propósitos del Parlamento Latinoamericano se encuentran plenamente vigentes y es un deber de todos los Estados miembros procurar siempre por alcanzarlos a fin de consolidar nuestra región como un espacio de paz, equilibrio social, respeto por el ambiente e impulso a la economía internacional, en el marco de relaciones armónicas con el resto de la comunidad internacional, resguardando siempre los legítimos intereses latinoamericanos; Que el Parlamento Andino reconoce la fundamental importancia del Parlamento Latinoamericano en su incansable y valiente lucha por el fortalecimiento de la democracia, especialmente en aquellos momentos donde las sombras de los regímenes totalitarios parecían apoderarse de la región, lo cual hace insoslayable que, al cumplirse el quincuagésimo aniversario de su creación, se rinda un merecido homenaje a una institución que ha servido enormemente a los pueblos de toda América Latina; Por los considerandos expuestos y de conformidad a sus atribuciones consagradas en el Reglamento General, la Mesa Directiva del Parlamento Andino,

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RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Hacer un reconocimiento especial al Parlamento Latinoamericano en su 50º aniversario, destacando su labor institucional a favor de la integración de América Latina y el Caribe, así como por sus valiosas gestiones en pro de garantizar la estabilidad democrática, y el reconocimiento y respeto de los derechos humanos en la región. ARTÍCULO SEGUNDO: Felicitar a los Parlamentarios Latinoamericanos y al personal de ese organismo, en cabeza de su Presidente Diputado Elías Castillo y del Secretario Ejecutivo Don Humberto Peláez, deseándoles los mayores éxitos en su gestión, así como la consolidación de los proyectos institucionales que redunden en beneficio de la región. ARTÍCULO TERCERO: Ratificar al Parlamento Latinoamericano la voluntad política y administrativa del Parlamento Andino por avanzar en el establecimiento de mecanismos certeros y efectivos de cooperación interinstitucional, con miras a aunar esfuerzos de gestión parlamentaria, representación ciudadana y desarrollo normativo a favor de los pueblos de la región, para impulsar iniciativas conjuntas con los parlamentos de integración de la región en el marco de espacio de unidad interparlamentaria que coadyuve a los objetivos de la CELAC, la UNASUR, la Comunidad Andina, el MERCOSUR, el SICA, y los demás bloques regionales. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014). Notifíquese y Publíquese

JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ LUIS FERNANDO DUQUE GARCÍA Presidente Vicepresidente SILVIA SALGADO ANDRADE SAÚL GARABITO CONDORI Vicepresidenta Vicepresidente

EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Secretario General

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RESOLUCIÓN No.24

CON MOTIVO DE LA APERTURA DE LAS INSTALACIONES DE LA NUEVA

SEDE DE LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR) La Mesa Directiva del Parlamento Andino, a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014),

CONSIDERANDO Que, la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) nació de la voluntad política de los mandatarios suramericanos como un escenario político con el objetivo de construir un espacio de integración en lo cultural, económico, social y político, respetando la realidad de cada nación; Que, la UNASUR tiene como desafío eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación democrática, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías, considerando la soberanía e independencia de los Estados; Que, el Parlamento Andino ha trabajado conjuntamente con este organismo en diferentes temas, y considera a la UNASUR como una institución aliada para promover la integración de los pueblos de Suramérica y fortalecer la participación ciudadana; Que, el Parlamento Andino ha expresado en diversas oportunidades su irrestricto apoyo a la consolidación de la integración suramericana como vía expedita para lograr un desarrollo equilibrado y sostenible de los pueblos suramericanos; Por los considerandos expuestos y de conformidad a sus atribuciones consagradas en el Reglamento General, la Mesa Directiva del Parlamento Andino,

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Felicitar a la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) por la inauguración en Quito – Ecuador, de su nueva y moderna Sede, la cual lleva el nombre del ex Presidente de la República de Argentina y primer Secretario General de este organismo, Néstor Kirchner, con el fin de hacer un reconocimiento especial por su gestión para el fortalecimiento de la integración suramericana. ARTÍCULO SEGUNDO: El Parlamento Andino reitera su absoluto convencimiento en torno a que la integración de los pueblos es el único medio que le otorga legitimidad a la institucionalidad democrática y por este motivo espacios de integración como el constituye la UNASUR son indispensables para los objetivos comunes de los Estados Miembros.

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ARTÍCULO TERCERO: El Parlamento Andino ofrece toda su experiencia y recursos para trabajar conjuntamente, desde el ámbito de su competencia, con la UNASUR en procura de la integración andina y suramericana, a fin de lograr el fortalecimiento institucional de estos dos espacios que resultan fundamentales para el adecuado entendimiento político, social, cultural y económico de todos los ciudadanos que en ellos habitan. De igual forma, ratificamos nuestra voluntad de respaldar el proceso de convergencia regional con otros bloques de integración, poniendo a disposición de los gobiernos nuestra capacidad de apoyar este proceso a través de la gestión parlamentaria, la representación ciudadana, así como en el desarrollo normativo, mediante la conformación de grupos de trabajo interparlamentarios, que fortalezca la gran nación Latinoamericana y del Caribe. ARTÍCULO CUARTO: Reconocer la voluntad democrática e integracionista del Gobierno de la hermana República del Ecuador, en cabeza de su presidente Economista Rafael Correa Delgado, la cual se ha manifestado en un apoyo irrestricto a la integración de los pueblos y al fortalecimiento institucional de la UNASUR plasmado en la entrega de la sede que albergará las instalaciones de este organismo. Los esfuerzos del gobierno ecuatoriano por respaldar la Comunidad Andina y la UNASUR constituyen un invaluable aporte a la construcción de la Patria Grande con la que soñó el libertador Simón Bolívar. ARTÍCULO QUINTO: Felicitar la designación del Ex Presidente colombiano Ernesto Samper Pizano como Secretario General de la Unión de Naciones Suramericanas, y respaldar todas las iniciativas integracionistas que estamos seguros se alcanzarán bajo el liderazgo de este ilustre ciudadano andino y suramericano. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los tres (3) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014). Notifíquese y Publíquese JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ LUIS FERNANDO DUQUE GARCÍA Presidente Vicepresidente SILVIA SALGADO ANDRADE SAÚL GARABITO CONDORI Vicepresidenta Vicepresidente

EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Secretario General

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RESOLUCIÓN No.25

APROBACIÓN REFORMAS DOCUMENTOS DE LA OFICINA REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA ECUATORIANA

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida Extraordinariamente a los nueve (9) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014), en la ciudad de Lima República del Perú,

CONSIDERANDO Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento General, cada Representación Parlamentaria tendrá su propia estructura orgánica y funcional. Para el efecto presentará su Reglamento Interno y su Manual de Cargos y Funciones, a conocimiento de la Mesa Directiva; Que la Mesa Directiva dentro de sus funciones consagradas en el artículo 43 del citado reglamento tiene la de aprobar los Reglamentos Internos y manuales de funciones de la Oficina Central, así como de las Oficinas de las Representaciones Parlamentarias Nacionales; Que por parte de la Señora Vicepresidenta de la Representación Parlamentaria Ecuatoriana, Parlamentaria Andina Silvia Salgado Andrade, se presentaron en Sesión Extraordinaria las Reformas del Manual de Funciones, Clasificación y especificación de puestos de carácter administrativo y de asesoría; así como las reformas de actualización del Reglamento Interno de la Oficina de la Representación Parlamentaria Ecuatoriana; Por los considerandos expuestos y de conformidad a sus atribuciones consagradas en el Reglamento General, la Mesa Directiva del Parlamento Andino,

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RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los siguientes documentos presentados por la Representación Parlamentaria Ecuatoriana:

- Reformas del Reglamento Interno - Reformas del Manual de funciones, clasificación y especificación de

puestos de carácter administrativo y de asesoría ARTÍCULO SEGUNDO: Publicar en Gaceta Oficial para su plena vigencia Notifíquese y Publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Lima, República del Perú a los nueve (9) días del mes de diciembre de dos mil catorce (2014). P.A. JAVIER REÁTEGUI ROSSELL DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Presidente Secretario General