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SUPLEMENTO DE PROSPECTO PROGRAMA GLOBAL DE VALORES FIDUCIARIOS GARBARINO GARBARINO S.A.I.C. e I. COMPUMUNDO S. A. Fiduciantes, Administradores y Agentes de Cobro FIDEICOMISO FINANCIERO GARBARINO 100 Valor Nominal hasta $ 301.276.382 VALORES DE DEUDA FIDUCIARIA CLASE A V/N hasta $ 217.035.330 VALORES DE DEUDA FIDUCIARIA CLASE B V/N hasta $ 28.763.718 VALORES DE DEUDA FIDUCIARIA CLASE C V/N hasta $ 15.689.301 CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN V/N hasta $ 39.788.033 Banco Santander Río S.A. Banco de Valores S.A. Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. Organizador Colocador Organizador- Colocador - Fiduciario y Emisor Organizador Colocador Los Valores Fiduciarios que se ofrecen por el presente forman parte del Programa Global de Valores Fiduciarios Financieros “GARBARINO” (el “Programa”), conforme al cual Garbarino S.A.I.C. E I. y Compumundo S. A. (los “Fiduciantes”) constituirán fideicomisos financieros para la titulización de los créditos que originen (cada uno, un “Fideicomiso”), junto a Banco de Valores S.A. como fiduciario (el “Fiduciario”). El pago de los Valores Fiduciarios a sus respectivos titulares (los “Beneficiarios”) tiene como única fuente, y será exclusivamente garantizado, por los Bienes Fideicomitidos, y depende de la circunstancia de que el Fiduciario reciba pagos como consecuencia de la titularidad en fiducia de los activos fideicomitidos. Ni los bienes del Fiduciario, ni los de los Fiduciantes, ni los de los Organizadores y Colocadores, responderán por las obligaciones contraídas en la ejecución del Fideicomiso. Estas obligaciones serán satisfechas exclusivamente con los Bienes Fideicomitidos, conforme lo dispone el artículo 16 de la ley 24.441. En caso de incumplimiento total o parcial de los obligados de los activos que constituyan los Bienes Fideicomitidos, los Beneficiarios no tendrán derecho o acción alguna contra el Fiduciario, ni contra los Organizadores y Colocadores ni contra los Fiduciantes, salvo la garantía de evicción que éstos últimos prestan. La emisión de los Valores Fiduciarios se efectúa de conformidad con lo establecido en la ley 24.441, y el Título V Capítulo IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (t.o. res. gral. 622/13 – las “Normas” -). LOS VALORES FIDUCIARIOS CUENTAN CON UNA CALIFICACIÓN DE RIESGO. El INFORME DE CALIFICACIÓN ESTÁ BASADO EN INFORMACIÓN PROVISTA AL 27 DE ENERO DE 2014. LA CALIFICACIÓN ASIGNADA PODRÍA EXPERIMENTAR CAMBIOS ANTE VARIACIONES EN LA INFORMACIÓN RECIBIDA. LAS ACTUALIZACIONES DE LA CALIFICACIÓN ESTARÁN DISPONIBLES EN LA AUTOPISTA DELA INFORMACIÓN FINANCIERA DE LA CNV (www.cnv.gob.ar ) Oferta pública del Programa autorizada por resolución n° 16.219 de 19-11-09, aumento del monto del Programa autorizado por resoluciones Nº 16.307 del 5-04-2010 y nº 16.426 del 30-09-2010, nº 16.553 del 28-04-2011,n° 16.711 de 22-12-2011 y n°16990 de 20 de diciembre de 2012 y n° 17.109 del 19 de junio de 2013 y la del presente Fideicomiso por autorización de la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva del 4 de febrero de 2014, todas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”). Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores (“CNV”) no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en este Suplemento de Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica así como de toda otra información suministrada en el presente Suplemento de Prospecto es exclusiva responsabilidad de los órganos de administración del Fiduciario y Fiduciantes y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la ley Nº 26.831, en lo que a cada uno de ellos respecta. El Fiduciario y los Fiduciantes manifiestan, en lo que a cada uno les atañe ,con carácter de declaración jurada, que el presente Suplemento de Prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. La fecha de este Suplemento de Prospecto es 4 de febrero de de 2014. ESTE SUPLEMENTO DEBE LEERSE JUNTO CON EL PROSPECTO DEL PROGRAMA. El Prospecto del Programa y sus adendas fueron publicadas en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires del 10 de diciembre de 2009, 7 de abril de 2010, 6 de octubre de 2010, 5 de mayo de 2011, de 4 de enero de 2012 y de 1° de julio de 2013.

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SUPLEMENTO DE PROSPECTOPROGRAMA GLOBAL DE VALORES FIDUCIARIOS GARBARINO

GARBARINO S.A.I.C. e I. – COMPUMUNDO S. A.Fiduciantes, Administradores y Agentes de Cobro

FIDEICOMISO FINANCIERO GARBARINO 100

Valor Nominal hasta $ 301.276.382

VALORES DE DEUDA FIDUCIARIA CLASE A V/N hasta $ 217.035.330VALORES DE DEUDA FIDUCIARIA CLASE B V/N hasta $ 28.763.718VALORES DE DEUDA FIDUCIARIA CLASE C V/N hasta $ 15.689.301

CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN V/N hasta $ 39.788.033

Banco Santander Río S.A.Banco de Valores S.A. Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

Organizador – Colocador Organizador- Colocador -Fiduciario y Emisor

Organizador – Colocador

Los Valores Fiduciarios que se ofrecen por el presente forman parte del Programa Global de Valores Fiduciarios Financieros “GARBARINO” (el“Programa”), conforme al cual Garbarino S.A.I.C. E I. y Compumundo S. A. (los “Fiduciantes”) constituirán fideicomisos financieros para latitulización de los créditos que originen (cada uno, un “Fideicomiso”), junto a Banco de Valores S.A. como fiduciario (el “Fiduciario”). El pago delos Valores Fiduciarios a sus respectivos titulares (los “Beneficiarios”) tiene como única fuente, y será exclusivamente garantizado, por los BienesFideicomitidos, y depende de la circunstancia de que el Fiduciario reciba pagos como consecuencia de la titularidad en fiducia de los activosfideicomitidos. Ni los bienes del Fiduciario, ni los de los Fiduciantes, ni los de los Organizadores y Colocadores, responderán por las obligacionescontraídas en la ejecución del Fideicomiso. Estas obligaciones serán satisfechas exclusivamente con los Bienes Fideicomitidos, conforme lo disponeel artículo 16 de la ley 24.441. En caso de incumplimiento total o parcial de los obligados de los activos que constituyan los Bienes Fideicomitidos,los Beneficiarios no tendrán derecho o acción alguna contra el Fiduciario, ni contra los Organizadores y Colocadores ni contra los Fiduciantes,salvo la garantía de evicción que éstos últimos prestan. La emisión de los Valores Fiduciarios se efectúa de conformidad con lo establecido en la ley24.441, y el Título V Capítulo IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (t.o. res. gral. 622/13 – las “Normas” -).

LOS VALORES FIDUCIARIOS CUENTAN CON UNA CALIFICACIÓN DE RIESGO. El INFORME DE CALIFICACIÓN ESTÁ BASADO ENINFORMACIÓN PROVISTA AL 27 DE ENERO DE 2014. LA CALIFICACIÓN ASIGNADA PODRÍA EXPERIMENTAR CAMBIOS ANTEVARIACIONES EN LA INFORMACIÓN RECIBIDA. LAS ACTUALIZACIONES DE LA CALIFICACIÓN ESTARÁN DISPONIBLES EN LAAUTOPISTA DELA INFORMACIÓN FINANCIERA DE LA CNV (www.cnv.gob.ar)

Oferta pública del Programa autorizada por resolución n° 16.219 de 19-11-09, aumento del monto del Programa autorizado porresoluciones Nº 16.307 del 5-04-2010 y nº 16.426 del 30-09-2010, nº 16.553 del 28-04-2011,n° 16.711 de 22-12-2011 y n°16990 de20 de diciembre de 2012 y n° 17.109 del 19 de junio de 2013 y la del presente Fideicomiso por autorización de la Gerencia deProductos de Inversión Colectiva del 4 de febrero de 2014, todas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”). Esta autorizaciónsólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores(“CNV”) no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en este Suplemento de Prospecto. La veracidad de la informacióncontable, financiera y económica así como de toda otra información suministrada en el presente Suplemento de Prospecto esexclusiva responsabilidad de los órganos de administración del Fiduciario y Fiduciantes y demás responsables contemplados enlos artículos 119 y 120 de la ley Nº 26.831, en lo que a cada uno de ellos respecta. El Fiduciario y los Fiduciantes manifiestan, enlo que a cada uno les atañe ,con carácter de declaración jurada, que el presente Suplemento de Prospecto contiene, a la fecha desu publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante y de toda aquella que deba ser de conocimiento delpúblico inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

La fecha de este Suplemento de Prospecto es 4 de febrero de de 2014.

ESTE SUPLEMENTO DEBE LEERSE JUNTO CON EL PROSPECTO DEL PROGRAMA.

El Prospecto del Programa y sus adendas fueron publicadas en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires del 10 dediciembre de 2009, 7 de abril de 2010, 6 de octubre de 2010, 5 de mayo de 2011, de 4 de enero de 2012 y de 1° de julio de 2013.

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Los documentos están disponibles además en www.cnv.gob.ar, www.bolsar.com, www.mae.com.ar y en las oficinas de losColocadores.

ADVERTENCIAS

FUERA DE LA ARGENTINA, ESTE SUPLEMENTO DE PROSPECTO NO CONSTITUYE UNA OFERTA O UNA INVITACIÓN ASUSCRIBIR VALOR FIDUCIARIO ALGUNO REALIZADA A PERSONA EN JURISDICCIÓN ALGUNA EN LA CUAL SEA ILEGAL LAREALIZACIÓN DE UNA OFERTA, O LA SUSCRIPCIÓN, POR TAL PERSONA. EL PRESENTE SUPLEMENTO SE ENTREGAÚNICAMENTE CON EL FIN DE PERMITIR A LOS POTENCIALES INVERSORES EVALUAR POR SÍ MISMOS LA CONVENIENCIADE ADQUIRIR LOS VALORES FIDUCIARIOS Y NO DEBERÁ SER CONSIDERADO COMO UNA EVALUACIÓN CREDITICIA O UNARECOMENDACIÓN POR PARTE DEL FIDUCIARIO, DEL FIDUCIANTE, DE LOS ORGANIZADORES Y COLOCADORES, O DECUALQUIERA DE ELLOS A CUALQUIER RECEPTOR DE ESTE SUPLEMENTO DE PROSPECTO DE SUSCRIBIR O ADQUIRIRVALORES FIDUCIARIOS.

LOS VALORES FIDUCIARIOS NO REPRESENTAN UN DERECHO U OBLIGACIÓN NI DEL FIDUCIARIO NI DE LOSORGANIZADORES, NI SE ENCUENTRAN GARANTIZADOS POR LOS MISMOS, NI POR LOS FIDUCIANTES.

LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS FIDUCIANTES CONTENIDA EN EL PRESENTE SUPLEMENTO DE PROSPECTO HA SIDOPROPORCIONADA POR ELLOS U OBTENIDA DE FUENTES DE CONOCIMIENTO PÚBLICO, SEGÚN CORRESPONDA. LA MISMAHA SIDO OBJETO DE DILIGENTE REVISIÓN POR EL FIDUCIARIO Y LOS ORGANIZADORES, Y HA SIDO PUESTA ADISPOSICIÓN DE LOS EVENTUALES INVERSORES SOLAMENTE PARA SU USO EN RELACIÓN CON EL ANÁLISIS DE LACOMPRA DE LOS VALORES FIDUCIARIOS.

NI ESTE FIDEICOMISO, NI EL FIDUCIARIO EN CUANTO TAL, SE ENCUENTRAN SUJETOS A LA LEY 24.083 DE FONDOSCOMUNES DE INVERSIÓN

TODO EVENTUAL INVERSOR QUE CONTEMPLE LA ADQUISICIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS DEBERÁ REALIZAR,ANTES DE DECIDIR DICHA ADQUISICIÓN, Y SE CONSIDERARÁ QUE ASÍ LO HA HECHO, SU PROPIA EVALUACIÓN SOBRE LOSBENEFICIOS Y RIESGOS INHERENTES A DICHA DECISIÓN DE INVERSIÓN Y LAS CONSECUENCIAS IMPOSITIVAS Y LEGALESDE LA ADQUISICIÓN, TENENCIA Y DISPOSICIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS.

LA ENTREGA DEL SUPLEMENTO DE PROSPECTO NO DEBERÁ INTERPRETARSE COMO UNA RECOMENDACIÓN DELFIDUCIARIO, NI DE LOS ORGANIZADORES Y COLOCADORES, NI DE LOS FIDUCIANTES, PARA COMPRAR LOS VALORESFIDUCIARIOS.

SE CONSIDERARÁ QUE CADA INVERSOR ADQUIRENTE DE VALORES FIDUCIARIOS, POR EL SOLO HECHO DE HABERREALIZADO TAL ADQUISICIÓN, HA RECONOCIDO QUE NI EL FIDUCIARIO, NI LOS ORGANIZADORES Y COLOCADORES, NILOS FIDUCIANTES, NI CUALQUIER PERSONA ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE LOS MISMOS, HA EMITIDO, AL DÍA DELA FECHA, DECLARACIÓN ALGUNA RESPECTO DE LA SOLVENCIA DE LOS OBLIGADOS AL PAGO BAJO LOS BIENESFIDEICOMITIDOS.

LOS BIENES DEL FIDUCIARIO NO RESPONDERÁN POR LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN LA EJECUCIÓN DELFIDEICOMISO. ESAS OBLIGACIONES SERÁN SATISFECHAS EXCLUSIVAMENTE CON LOS BIENES FIDEICOMITIDOSCONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY Nº 24.441. EL PAGO DE LOS VALORES SE REALIZARÁEXCLUSIVAMENTE CON LOS BIENES FIDEICOMITIDOS. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LOSDEUDORES DE LOS ACTIVOS QUE CONSTITUYAN LOS BIENES FIDEICOMITIDOS, LOS BENEFICIARIOS NO TENDRÁNDERECHO O ACCIÓN ALGUNA CONTRA EL FIDUCIARIO FINANCIERO NI CONTRA LOS ORGANIZADOR Y COLOCADORES.ELLO SIN PERJUICIO DEL COMPROMISO ASUMIDO POR EL FIDUCIARIO FINANCIERO EN INTERÉS DE LOS BENEFICIARIOSDE PERSEGUIR EL COBRO CONTRA LOS OBLIGADOS MOROSOS.

DE ACUERDO A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 119 DE LA LEY 26.831, “LOS EMISORES DE VALORES NEGOCIABLES,JUNTAMENTE CON LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN, ESTOS ÚLTIMOS ENMATERIA DE SU COMPETENCIA, Y EN SU CASO LOS OFERENTES DE LOS VALORES NEGOCIABLES CON RELACIÓN A LAINFORMACIÓN VINCULADA A LOS MISMOS, Y LAS PERSONAS QUE FIRMEN EL PROSPECTO DE UNA EMISIÓN DE VALORESNEGOCIABLES, SERÁN RESPONSABLES DE TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LOS PROSPECTOS POR ELLOSREGISTRADOS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES” (LOS “RESPONSABLES DIRECTOS”) AGREGA EL ARTÍCULO 120QUE “LAS ENTIDADES Y AGENTES HABILITADOS EN EL MERCADO QUE PARTICIPEN COMO ORGANIZADORES OCOLOCADORES EN UNA OFERTA PÚBLICA DE VENTA O COMPRA DE VALORES NEGOCIABLES DEBERÁN REVISARDILIGENTEMENTE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS PROSPECTOS DE LA OFERTA. LOS EXPERTOS O TERCEROS QUEOPINEN SOBRE CIERTAS PARTES DEL PROSPECTO SÓLO SERÁN RESPONSABLES POR LA PARTE DE DICHA INFORMACIÓNSOBRE LA QUE HAN EMITIDO OPINIÓN”. LA LEGITIMACIÓN PARA DEMANDAR, EL MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN Y OTROSASPECTOS VINCULADOS ESTÁN REGULADOS EN LOS ARTÍCULOS 121 A 124 DE LA LEY CITADA.

LOS INTERESADOS EN SUSCRIBIR LOS CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN DEBERÁN PONDERAR A EFECTOS DE ESTIMARLA RENTABILIDAD ESPERADA DE LOS MISMOS EL EFECTO (A) DEL VENCIMIENTO DE SU PLAZO, CONFORME A LOSARTÍCULOS 2.14 Y 2.16 DEL CONTRATO SUPLEMENTARIO DE FIDEICOMISO, Y (B) DE UNA EVENTUAL LIQUIDACIÓNANTICIPADA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 2.12 O 2.13 DEL MISMO.

NI LOS FIDUCIANTES, NI EL FIDUCIARIO, NI LOS ORGANIZADORES Y COLOCADORES HAN AUTORIZADO LA REALIZACIÓNDE NINGUNA DECLARACIÓN O LA DIVULGACIÓN DE NINGUNA DECLARACIÓN Y/O INFORMACIÓN REFERIDA AL

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FIDUCIARIO, AL FIDUCIANTE, A LOS ORGANIZADORES Y COLOCADORES O A LOS TÍTULOS FIDUCIARIOS FUERA DEAQUELLAS CONTENIDAS EN EL PROSPECTO DE PROGRAMA Y EN EL PRESENTE SUPLEMENTO O EN CUALQUIER OTRODOCUMENTO PREPARADO CON RELACIÓN A LA EMISIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS Y EXPRESAMENTE APROBADAPOR LOS ORGANIZADORES Y COLOCADORES Y/O EL FIDUCIARIO. A TAL EFECTO. CUALQUIER OTRA DECLARACIÓN OINFORMACIÓN NO DEBERÁ SER CONSIDERADA COMO HECHA CON LA AUTORIZACIÓN DEL FIDUCIARIO, DE LOSORGANIZADORES Y COLOCADORES O DE CUALQUIERA DE ELLOS.

LOS INVERSORES DEBERÁN TENER EN CUENTA LAS CONSIDERACIONES DE RIESGO PARA LA INVERSIÓN QUE SEENCUENTRAN DETALLADAS EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO.

RESUMEN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS VALORES FIDUCIARIOS

Los términos en mayúscula se definen en el Contrato Suplementario inserto en el presente, o en el ContratoMarco inserto en el Prospecto del Programa.

Programa Global de ValoresFiduciarios

GARBARINO

Fideicomiso Financiero GARBARINO 100

Organizadores y Colocadores Banco Santander Río. S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

Fiduciantes, Administradores yAgentes de Cobro

Garbarino S.A.I.C. e I. y Compumundo S. A. La única relación jurídica yeconómica que el Fiduciario mantiene con los Fiduciantes es la entablada conrelación al presente Fideicomiso, y los anteriores fideicomisos con las mismaspartes bajo el Programa que se encuentran vigentes.

Fiduciario, Emisor, Colocador yOrganizador

Banco de Valores S. A. La única relación jurídica y económica que elFiduciario mantiene con los demás participantes es la entablada con relación alpresente Fideicomiso y los anteriores Fideicomisos entre las mismas partes.

Asesores Financieros y Agentesde Control y Revisión

First Corporate Finance Advisors S.A.

Administrador sustituto Paktar S.R.L. La única relación jurídica y económica que mantiene con losFiduciantes es la entablada con relación al presente Fideicomiso.

Asesores Legales Nicholson y Cano Abogados

Bienes Fideicomitidos Créditos de consumo y préstamos personales otorgados en pesos por losFiduciantes, con más la Cobranza percibida hasta la Fecha de Corte, de existir,los que constituyen los Bienes Fideicomitidos. También constituyen BienesFideicomitidos todo producido, renta, amortización, indemnización, fruto,accesión y derecho obtenidos de dichos Bienes Fideicomitidos o de lainversión de los Fondos Líquidos Disponibles en los términos que se autorizaen el presente.

Monto de la emisión V/N $ 301.276.382.-

Valores de Deuda FiduciariaClase A (“VDFA”)

Valor nominal equivalente al 72,0% del Valor Fideicomitido de los Créditostransferidos al Fideicomiso, es decir $ 217.035.330.- con derecho a pagosmensuales de los siguientes Servicios, deducidas las contribuciones indicadasen el artículo 2.9 A) puntos 1 a 4 del Contrato Suplementario de Fideicomiso:(a) en concepto de amortización del capital (i) los ingresos por la Cobranzapercibida hasta la Fecha de Corte (inclusive), de existir, más (ii) la totalidad delos ingresos percibidos por las Cobranzas ingresadas durante cada Período deDevengamiento, luego de deducir el interés de la propia Clase, y (b) enconcepto de interés i) una tasa variable equivalente a la Tasa de Referencia,

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más 250 (doscientos cincuenta) puntos básicos anuales, con un máximo de32% nominal anual o ii) una tasa del 24% nominal anual, la que resulte mayor,devengado durante el Período de Devengamiento. El interés se calculará sobreel valor residual de los VDFA considerando para su cálculo un año de 360 días(12 meses de 30 días).

Valores de Deuda FiduciariaClase B (“VDFB”)

Valor nominal equivalente al 9,6% del Valor Fideicomitido de los Créditostransferidos al Fideicomiso, es decir $ 28.763.718 con derecho a pagosmensuales de los siguientes Servicios, deducidas las contribuciones indicadasen el artículo 2.9 B) puntos 1 a 4del Contrato Suplementario de Fideicomiso, apartir de la cancelación de los VDFA: (a) en concepto de amortización delcapital (i) la totalidad de los ingresos percibidos por las cuotas de los Créditosingresadas durante cada Período de Devengamiento, luego de deducir el interésde la propia Clase y, b) en concepto de interés i) una tasa variable equivalente ala Tasa de Referencia, más 400 puntos básicos anuales, con un máximo de33,5% nominal anual o ii) una tasa del 25,5% nominal anual, la que resultemayor, devengado durante el Período de Devengamiento. El interés secalculará sobre el valor residual de los VDFB considerando para su cálculo unaño de 360 días (12 meses de 30 días).En cada Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a los VDFB,se podrá aplicar al pago de intereses devengados de los VDFB (i) los fondosque estuvieren depositados en la Cuenta Fiduciaria correspondientes a laCobranza, independientemente del Período de Devengamiento al cualcorrespondan y/o (ii) fondos que eventualmente hubieren aportado losFiduciantes, los que se reembolsarán una vez cancelados los VDFB.Si en alguna Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a losVDFB no existieran fondos suficientes para el pago total de los interesesdevengados de dicha clase o si en cualquier Fecha de Pago de Serviciosposterior al 31 de diciembre de 2014 no se hubiera abonado la totalidad de losintereses devengados, los intereses devengados impagos se capitalizarán.

Valores de Deuda FiduciariaClase C (“VDFC”)

Valor nominal equivalente al 5,2% del Valor Fideicomitido de los Créditostransferidos al Fideicomiso, es decir $ 15.689.301 derecho a pagos mensualesde los siguientes Servicios, deducidas las contribuciones indicadas en elartículo 2.9 C) puntos 1 a 4del Contrato Suplementario de Fideicomiso, a partirde la cancelación de los VDFB: (a) en concepto de amortización del capital (i)la totalidad de los ingresos percibidos por las cuotas de los Créditos ingresadasdurante cada Período de Devengamiento, luego de deducir el interés de lapropia Clase y, b) en concepto de interés i) una tasa variable equivalente a laTasa de Referencia, más 500 puntos básicos anuales, con un máximo de 34,5%nominal anual o ii) una tasa del 26,5% nominal anual, la que resulte mayor,devengado durante el Período de Devengamiento. El interés se calculará sobreel valor residual de los VDFC considerando para su cálculo un año de 360 días(12 meses de 30 días).En cada Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a los VDFC,se podrá aplicar al pago de intereses devengados de los VDFC (i) los fondosque estuvieren depositados en la Cuenta Fiduciaria correspondientes a laCobranza, independientemente del Período de Devengamiento al cualcorrespondan y/o (ii) fondos que eventualmente hubieren aportado losFiduciantes, los que se reembolsarán una vez cancelados los VDFC.Si en alguna Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a losVDFC no existieran fondos suficientes para el pago total de los interesesdevengados de dicha clase o si en cualquier Fecha de Pago de Serviciosposterior al 31 de enero de 2015 no se hubiera abonado la totalidad de losintereses devengados, los intereses devengados impagos se capitalizarán.

Certificados de Participación(“CP”)

Valor nominal equivalente al 13,2% del Valor Fideicomitido de los Créditostransferidos al Fideicomiso, es decir $ 39.788.033 con derecho a pagos

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mensuales de los siguientes Servicios, una vez cancelados íntegramente losVDF, netos de las deducciones señaladas en el apartado D) puntos 1 al 5 delartículo 2.9 del Contrato Suplementario de Fideicomiso: a) en concepto deamortización un importe equivalente a la totalidad de los ingresos percibidospor las cuotas de los Créditos ingresadas durante el Período de Devengamiento,hasta que el valor de la clase quede reducido a cien pesos ($ 100), saldo que secancelará en la última Fecha de Pago de Servicios y b) en concepto de utilidad,el importe remanente, de existir.

Plazo de los Valores Fiduciarios Sin perjuicio de las Fechas de Pago de Servicios que surgen del Cuadro dePago de Servicios, el vencimiento final de cada Clase de los VDF se produciráa los 240 (doscientos cuarenta) días de la respectiva última Fecha de Pago deServicios que figura en el mencionado cuadro (el “Plazo de los VDF”) y elvencimiento final de los Certificados de Participación se producirá a los tres (3)años contados a partir de la última Fecha de Pago de Servicios que figura en elmencionado Cuadro (el "Plazo de los CP”).

Plazo del Fideicomiso La duración del Fideicomiso se extenderá hasta tres (3) años contados a partirde la última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participaciónque figura en el Cuadro de Pago de Servicios.

Fecha de Corte Es el día 31 de diciembre de 2013

Fecha de Liquidación y Emisión Tendrá lugar dentro de las 48 Hs. del último día del Período de Colocación delos Valores Fiduciarios y será informada en el Aviso de Colocación.

Destino de los Fondosprovenientes de la Colocación

El precio de colocación, una vez deducidos los importes correspondientesconforme se acuerde contractualmente, será puesto a disposición del Fiduciantecomo contravalor de la transferencia fiduciaria de los Créditos que integran elFideicomiso.

Fecha de cierre de los EstadosContables del Fideicomiso

Será el 31 de diciembre de cada año

Fecha de Pago de Servicios La fecha en que deba ponerse a disposición de los Beneficiarios el pago deServicios, conforme a las condiciones de emisión de los Valores Fiduciarios.

Valor Fideicomitido Significa el valor al cual se adquieren los Créditos, siendo el valor presente delos mismos conforme surge de aplicar la tasa de descuento sobre los pagosmensuales futuros teóricos de los Créditos en el momento de su transferencia alFideicomiso, tomándose en cuenta para ello el tiempo que transcurra entre laFecha de Corte y la fecha de vencimiento de cada pago de los Créditos. LosFiduciantes recibirán como contraprestación de la transferencia de los Créditos,el producido de la colocación de los Valores Fiduciarios. De no ser éstoscolocados en su totalidad, recibirá en contraprestación los Valores Fiduciariosno colocados.

Período de Devengamiento Es el período comprendido desde la Fecha de Corte (exclusive) hasta el 31 deenero de 2014 (inclusive) -para el primer período-; o desde el primero de meshasta el último día del mes calendario inmediato anterior a cada Fecha de Pagode Servicios -para los restantes-. El interés se calculará considerando para sucálculo un año de 360 días (12 meses de 30 días).

Tasa de Referencia El promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijode más de un millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados (“BADLARPrivada”), en base a las tasas informadas por el BCRA durante el Período de

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Devengamiento.Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en supágina de internet (www.bcra.gob.ar), Sección “Estadísticas eIndicadores/Monetarias y Financieras/Tasas de interés por depósitos yBADLAR (serie diaria).En caso de que la tasa BADLAR Privada dejare de ser informada por elBCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada queinforme el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustitutaindicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia, considerando elpromedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por unmonto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de loscinco (5) primeros bancos privados de la Argentina.Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el últimoinforme de depósitos disponibles publicados por el BCRA.

Forma de los Valores Fiduciarios Los Valores Fiduciarios estarán representados por Certificados Globalespermanentes que serán depositados en Caja de Valores S.A. Los Beneficiariosrenuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Lastransferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivoadministrado por dicha Caja de Valores S.A., conforme a la ley 20.643. LaCaja de Valores S.A. se encuentra habilitada para cobrar aranceles a losdepositantes, que éstos podrán trasladar a los Beneficiarios.

Forma y Precio de Colocación La Colocación estará a cargo de Banco Santander Río S.A., Banco de ValoresS.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., la red de agentes de Negociacióndel Mercado de Valores de Buenos Aires al Precio que determinen losColocadores de común acuerdo con los Fiduciantes y demás agenteshabilitados, como resultado de aplicar el procedimiento de colocaciónestablecido en las NORMAS de la CNV a través del sistema informático delMercado abierto Electrónico SIOPEL, (en adelante “SIOPEL”) bajo lamodalidad ciega. Ver más detalles en el Capítulo “COLOCACIÓN YNEGOCIACIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS”.

Listado y negociación Los Valores Fiduciarios podrán listarse en la Bolsa de Comercio de BuenosAires (“BCBA”), y negociarse en el Mercado Abierto Electrónico S.A.(“MAE”), como así también en otros mercados autorizados.

Encubrimiento y lavado deactivos de origen delictivo.

Los inversores deben tener en cuenta las disposiciones contenidas en (a) elartículo 303 del Código Penal – relativo al delito de Lavado de Activos, (b) elartículo 306 del mismo Código, relativo al delito de Financiamiento delTerrorismo, (c) la ley 25.246, (d) las resoluciones de la Unidad de InformaciónFinanciera (“UIF”).

El emisor cumple con todas las disposiciones de la ley 25.246- conforme a lasleyes 26.087, 26.119, 26.268 y 26.683- y con la normativa aplicable sobrelavado de dinero y financiamiento del terrorismo, establecidas por resolucionesde la UIF (en especial las resoluciones 11/2011, 229/2011, 140/12, 68/13, 3/14y complementarias), que reglamentan las obligaciones emergentes del art. 21 a)y b) de la ley mencionada. Todas ellas pueden ser consultadas enwww.uif.gob.ar. Asimismo, se da cumplimiento a las disposiciones del TítuloXI de las NORMAS de la CNV que pueden ser consultadas enwww.cnv.gob.ar.

Régimen para suscripción eintegración de los valoresfiduciarios con fondosprovenientes del exterior.

Para un detalle de la totalidad de las restricciones cambiarias y de controles alingreso de capitales vigentes al día de la fecha, se sugiere a los inversoresconsultar con sus asesores legales y dar una lectura completa del Decreto616/2005 y la Resolución 637/2005 con sus reglamentaciones y normascomplementarias, a cuyo efecto los interesados podrán consultar las mismas en

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el sitio web del MECON (http://www.mecon.gob.ar) o del BCRA(http://bcra.gob.ar).

Transparencia del mercado La ley 26.733 introdujo modificaciones en el Código Penal con el propósito depenar conductas, entre otras, vinculadas a la transparencia del mercado decapitales. Se la puede consultar en www.infoleg.gob.ar. Dicha normativa legalse encuentra reglamentada en el Título XII de las NORMAS de la CNV (t.o.res. gral 622/13), que se puede consultar en www.cnv.gob.ar.

Resoluciones Sociales La emisión del presente Fideicomiso y el Suplemento de Prospecto fueronaprobados por resolución de directorio del Fiduciario el día 1° de octubre de2013.

El contrato Suplementario de Fideicomiso y el Suplemento de Prospecto fueronaprobados por el directorio de Garbarino S.A.I.C.E.I. el 30 de mayo de 2013 ypor el directorio de Compumundo S.A. el 30 de abril de 2013. Las condicionesde emisión fueron ratificadas por apoderados de los Fiduciantes mediante notasde fecha 17 de enero de 2014.

La actuación de Banco Santander Río S.A. como organizador fue aprobada porel directorio de fecha 17 de diciembre de 2013 y ratificada por nota deapoderados del día 12 de diciembre de 2013.

La actuación de Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. como Organizador en elpresente Fideicomiso fue aprobada por resolución de directorio de fecha 12 deoctubre de 2012 y ratificada por nota de apoderado del día 3 de diciembre de2013.

Valor Nominal Unitario y UnidadMínima de Negociación

$ 1 (un peso)

Sociedad Calificadora de Riesgo.Calificaciones de Riesgo

El día 30 de enero de 2014. Standard & Poor´s International Ratings LLCSucursal Argentina. emitió un informe de calificación mediante el cual seotorgaron las siguientes notas:

VDFA: “ra AAA (sf)” significado: Una obligación calificada ‘raAAA (sf)’posee la más alta calificación de la escala de calificaciones locales paraArgentina de Standard & Poor's. La capacidad del emisor de hacer frente a loscompromisos financieros de la obligación analizada en relación con otrosemisores argentinos es SUMAMENTE FUERTE.”

VDFB: “ra A (sf)” significado: Una obligación calificada ‘raA (sf)’ es algomás susceptible a los efectos adversos de cambios en las circunstancias ycondiciones económicas que aquellas con más alta calificación. De todosmodos, la capacidad del emisor de hacer frente a los compromisos financierosde la obligación analizada en relación con otros emisores argentinos esFUERTE

VDFC: “ra BBB (sf)” significado: La calificación ‘raBBB’ implicaADECUADOS parámetros de protección comparados con otras obligacionesargentinas. Sin embargo, condiciones económicas adversas o un cambio en lascircunstancias podrían debilitar la capacidad del emisor de hacer frente a suscompromisos financieros.

CP: “ra CC (sf)” significado: Una obligación calificada ‘raCC (sf)’ esACTUALMENTE MUY VULNERABLE a una situación de incumplimientode sus obligaciones financieras.

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ESQUEMA FUNCIONAL DEL FIDEICOMISO

InversoresClientes

Crédito$

Pagarés

Créditos(Pagarés)

ValoresFiduciarios

Pro ducido de laColocación

$

Fiduciante Fideicomiso Financiero(Fiduciario)

CONSIDERACIONES DE RIESGO PARA LA INVERSIÓN

La inversión en los Valores Fiduciarios importa la asunción de riesgos asociados con (a) la falta de pago por parte delos Deudores del capital y/o intereses de los Créditos que integren los Bienes Fideicomitidos, (b) el incumplimiento delos Fiduciantes a sus obligaciones como Administradores, y (c) eventuales alteraciones en la situación financiera,económica, política o social de la República Argentina. El Fiduciario no asume obligación ni garantía alguna respectode los Bienes Fideicomitidos, excepto aquellas obligaciones que le impone la Ley de Fideicomiso respecto de laadquisición, conservación, cobro y realización de los Bienes Fideicomitidos. La insuficiencia de los pagos recibidosbajo los Bienes Fideicomitidos no conferirá a los Beneficiarios derecho o acción alguna contra el Fiduciario, ni contralos Organizadores y Colocadores. Ello sin perjuicio del compromiso asumido por el Fiduciario de perseguir el cobrocontra los deudores morosos. Los derechos de los Beneficiarios no serán afectados por la situación económica,financiera o patrimonial del Fiduciario, pues los Bienes Fideicomitidos permanecerán exentos de las accionesindividuales y colectivas de los acreedores de este último.Los compradores potenciales de los Valores Fiduciarios ofrecidos por la presente deberán considerar cuidadosamentetoda la información del Prospecto y de este Suplemento de Prospecto. El Fiduciario y los Colocadores han efectuadouna revisión diligente de la información suministrada en este Suplemento de Prospecto.

a. Derechos que otorgan los Valores Fiduciarios. Inexistencia de recurso contra los Fiduciantes, losOrganizadores y los Colocadores o el Fiduciario

Los fondos generados por los Créditos constituyen la única fuente de pago para los inversores. Por lo tanto, si laCobranza de los Créditos no es suficiente para pagar los Valores Fiduciarios, ni los Fiduciantes ni el Fiduciario, ni losOrganizadores ni los Colocadores estarán obligados a utilizar recursos propios para cubrir las deficiencias de pago, ylos inversores no tendrán derecho alguno contra los Fiduciantes (excepto por lo manifestado anteriormente), elFiduciario o los Organizadores y Colocadores.Los bienes del Fiduciario no responderán por las obligaciones contraídas por la ejecución del Contrato deFideicomiso. Estas obligaciones serán exclusivamente satisfechas con los Bienes Fideicomitidos, conforme lo disponeel artículo 16 de la Ley de Fideicomiso.

b. Riesgos generales y particulares relacionados a los CréditosLa inversión en los Valores Fiduciarios puede verse afectada por situaciones de mora o incumplimiento en el pago delos Créditos, su ejecución judicial o pérdida neta. Las tasas reales de mora, ejecución y pérdidas de los Créditospueden variar y verse afectadas por numerosos factores. Dichos factores incluyen, pero no se limitan a, cambiosadversos en las condiciones generales de la economía argentina, inflación, cambios adversos en las condicioneseconómicas regionales, inestabilidad política, aumento del desempleo, y pérdida de nivel del salario real. Estos y otrosfactores pueden provocar aumentos en las tasas actuales de mora, ejecución y pérdidas.La mayoría de los deudores de los Créditos son empleados en relación de dependencia. Si por circunstanciassobrevinientes, tales como el cambio de empleo o disminución de las remuneraciones, suspensión o despido secomprometiese la fuente de recursos de los deudores de los Créditos, la cobranza de los Créditos, y consecuentementeel pago a los inversores de los Valores Fiduciarios, podría verse perjudicada.

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De conformidad con el supuesto, contemplado en el artículo 3.5 del Contrato Suplementario, los Administradores noestarán obligados a iniciar acciones judiciales para el cobro de los Créditos en mora. Tampoco estarán obligados averificar los créditos de Deudores concursados o declarados en quiebra.

c. Riesgos derivados de la cancelación no prevista de los Créditos.Por circunstancias diferentes, los deudores de los Créditos pueden precancelarlos. La precancelación que exceda losniveles esperables puede afectar el rendimiento esperado de los Valores FiduciariosExisten diversos factores que afectan la tasa de cancelación, incluyendo a las transferencias laborales, el desempleo olas decisiones de administración de recursos.

d. Mejoramiento del Crédito de los Valores FiduciariosSi bien el orden de subordinación resultante de la emisión de las distintas Clases se propone mejorar la posibilidad decobro de los VDFA, VDFB, y en menor medida de los VDFC, no puede asegurarse que las pérdidas que ocurran bajolos Créditos no excedan el nivel de mejoramiento crediticio alcanzado mediante la subordinación. En el caso de quelas pérdidas netas excedan el nivel de subordinación, los pagos a los VDF se verían perjudicados.

e. Dependencia de la actuación de los FiduciantesLos Fiduciantes actuarán como Administradores y Agentes de Cobro de los Créditos. El incumplimiento de lasfunciones correspondientes a dichos roles por parte de los Fiduciantes puede perjudicar la administración de losCréditos y resultar en pérdidas respecto de los mismos, y consecuentemente, en pérdidas para los inversores. A esterespecto, se prevé la actuación de un Administrador Sustituto.

f. Aplicación de disposiciones legales imperativas de protección al trabajadorLos deudores de los Créditos son generalmente empleados en relación de dependencia. Aun cuando los deudores delos Créditos mantuvieran su nivel salarial, existen disposiciones legales imperativas (conf art. 120 de la ley de contratode trabajo y Decreto 484/87) que impiden el embargo de las remuneraciones por encima del 20%. Ello, limita lacapacidad de recupero de los Créditos en mora, lo que eventualmente dañaría la posibilidad de cobro de los ValoresFiduciarios.

g. Reducción judicial de las tasas de interés de los Créditos.Los Créditos, conforme a las prácticas del mercado, determinan la acumulación de una tasa de intereses moratorios alos compensatorios pactados.Los Fiduciantes han determinado la tasa de interés de los Créditos en base a la evaluación del riesgo crediticio, ydemás prácticas habituales del mercado.Existen normas generales del ordenamiento jurídico en base a las cuales los jueces, a pedido de parte o de oficio,pueden modificar las tasas de interés acordadas por las partes respecto de los Créditos.De ocurrir tal circunstancia, la disminución del flujo de fondos de los Créditos podría perjudicar la posibilidad decobro de los inversores. Los Fiduciantes, en base a su conocimiento específico de la materia, consideran que talposibilidad es de difícil verificación, pero no pueden asegurarse que ello no ocurra

h. Liquidez del mercado y precioNo se puede garantizar un mercado líquido para los Valores Fiduciarios. Después de su colocación inicial los ValoresFiduciarios pueden negociarse con descuento respecto de su precio de oferta inicial, dependiendo de las tasas deinterés vigentes, el mercado de títulos fiduciarios similares y las condiciones económicas generales. Aunque se puedeobtener una autorización de listado respecto del Fideicomiso, no se puede asegurar que se vayan a desarrollar o semantengan mercados de negociación. Ni el Fiduciario, ni los Organizadores ni los Colocadores tienen obligaciónalguna de crear un mercado respecto de los Valores Fiduciarios. Si no se desarrollara un mercado activo para losValores Fiduciarios o si se interrumpiera, el precio de mercado y la liquidez de los mismos podrían verse afectadosadversamenteLos compradores potenciales de los Valores Fiduciarios ofrecidos por la presente deberán considerar cuidadosamentetoda la información de este Suplemento de Prospecto.

i. Posible afectación de condiciones de los Certificados de Participación por decisión de una mayoría deBeneficiariosConforme a lo dispuesto en el Contrato Suplementario, cancelados los VDF, los Beneficiarios que representen lamayoría absoluta de capital de los CP en circulación podrán resolver, y así instruir al Fiduciario: (a) la liquidaciónanticipada del Fideicomiso, sea (i) por el procedimiento de enajenación de los Créditos a terceros establecido en elapartado V del artículo 2.12 del Contrato Suplementario, salvo que se establezca otro procedimiento de realización de

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los Créditos, que podrán ser readquiridos por los Fiduciantes, sea (ii) mediante adjudicación directa de los Créditos alos Beneficiarios en condiciones equitativas, pudiéndose dar opción a que los Beneficiarios minoritarios reciban elvalor contable de los Créditos neto de previsiones y gastos en cuanto hubiere recursos líquidos en el Fideicomiso; y/o(b) el retiro de los CP de la oferta pública y listado, o (c) la conversión del Fideicomiso Financiero en un fideicomisoprivado. Adoptada una de las alternativas, salvo en su caso que el procedimiento de realización de los activos hayatenido efectivo comienzo, podrá ser sustituida en cualquier momento por cualquiera de las otras, por igual mayoría. Laresolución que se adopte se anunciará por el Fiduciario durante tres (3) días en el boletín diario de la BCBA. En casode adoptarse las alternativas (b) o (c), los Beneficiarios disconformes podrán solicitar el reembolso del valor nominalresidual de sus CP, más una renta tal que, computando los Servicios ya percibidos, sea equivalente a una vez y mediala tasa de interés pagada a los VDFC, en su caso hasta la concurrencia de la valuación de los Créditos conforme alcriterio indicado en el apartado II del artículo 2.12 del Contrato Suplementario, sin derecho a ninguna otra prestación yen la medida que existan fondos suficientes en el Fideicomiso.En caso que los Fiduciantes resulten ser Beneficiarios de CP, podrán asistir a las asambleas no pudiendo votar cuandola decisión a adoptarse pueda generar conflicto con el interés del resto de los Beneficiarios.

j. Aplicación de disposiciones legales imperativas de tutela al consumidorLa Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) establece un conjunto de normas y principios de tutela delconsumidor, que son aplicables a la actividad financiera. La aplicación judicial de la Ley de Defensa del Consumidores aún muy limitada. Sin embargo, no puede asegurarse que en el futuro la jurisprudencia judicial y la administrativaderivada de la intervención de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación no incremente el nivel de protecciónde los deudores de los Créditos, lo que podría dificultar su cobranza, y en consecuencia, la posibilidad de cobro de losinversores. En el pasado han existido asociaciones de consumidores y/o autoridades administrativas que han iniciadoacciones judiciales y/o administrativas respecto de los Créditos y/o respecto de créditos de consumo similares a losCréditos de otras compañías, en virtud de las cuales se han impugnado y/o impedido y/o dispuesto el reembolso deintereses, y/o seguros. No puede asegurarse que en el futuro el Fiduciante no vuelva a recibir alguna acción colectivade similares características que podría causar un efecto adverso en los créditos fideicomitidos.

k. Reclamo impositivo de la Provincia de Misiones y otras provinciasLa Provincia de Misiones ha reclamado con relación a algunos fideicomisos financieros el pago de una supuesta deudaen concepto de impuesto de sellos, con fundamento en que los respectivos contratos de fideicomiso, en tanto implicanla colocación por oferta pública de los valores fiduciarios, pueden tener efectos en dicha provincia, sobre la base depresumir que al estar las ofertas dirigidas a los inversores de cualquier parte del país se incluye a los habitantes dedicha provincia. Determina así una deuda equivalente al 1% sobre el 2,66 % del monto de cada fideicomiso(porcentaje éste en el que participa la población misionera sobre el total de la población del país), con más intereses ymulta.Dichas intimaciones fueron cursadas en carácter de vista del procedimiento de determinación de oficio (artículo 43 delCódigo Fiscal de la Provincia), adquiriendo el carácter de legal intimación. Con apoyo en esa determinación de deuda,un juez provincial dispuso embargos sobre cuentas fiduciarias, medidas que por determinadas circunstancias no hanafectado hasta el momento a fideicomisos en vigencia, y que no han alcanzado a los Fideicomisos FinancierosGarbarino.Los fiduciarios de los fideicomisos financieros afectados – entre los que se encuentra Banco de Valores SA –interpusieron el 24 de agosto de 2010 una acción declarativa de certeza ante la Corte Suprema de Justicia de la Nacióntendiente a que revoque los actos administrativos que constituyen dichas determinaciones de deuda fiscal y por lotanto quede sin efecto la pretensión de la Provincia, fundado ello en su irrazonabilidad y violación de la ConstituciónNacional y normativa de carácter federal.El 6 de diciembre de 2011, la CSJN se pronunció declarándose competente y haciendo lugar a la medida cautelarsolicitada, por lo que ordenó a la Provincia de Misiones que se abstenga de aplicar el Impuesto de Sellos respecto delos fideicomisos indicados en la causa. Se desconoce la actitud que adoptará la Provincia de Misiones con relación aotros fideicomisos. Entonces, la provincia podría continuar con su pretensión recaudatoria respecto de los fideicomisosno directamente involucrados en la contienda, y obtener la traba de embargo sobre los fondos en la Cuenta Fiduciariaen el presente Fideicomiso, situación que no fue considerada en el Flujo de Fondos de los Valores Fiduciarios.Aunque la sentencia definitiva de la Corte sea favorable a la demanda, si bien con menor probabilidad, la Provinciapodría continuar con su pretensión recaudatoria, toda vez que el fallo no tiene efectos erga omnes sino limitados a losfideicomisos por los cuales se ha demandado. No obstante, en tal escenario, y por la importancia que tiene unpronunciamiento del más alto tribunal de la República, es probable que la Provincia desista de su pretensión respectode todas las emisiones, sin necesidad de entablar nuevas demandas.

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Existen otras jurisdicciones provinciales que han efectuado determinaciones de supuestas deudas por impuesto desellos respecto de fideicomisos financieros, que aunque no han determinado hasta el momento la traba de medidascautelares sobre los bienes fideicomitidos, no puede asegurarse que efectivicen esas medidas en el futuro.

DESCRIPCIÓN DEL FIDUCIARIO

El Banco de Valores S.A. (el “Banco de Valores” o el “Banco”) nació en el año 1978, para desarrollar las actividadesde banco comercial y aquellas que son propias de la banca de inversión.

El Mercado de Valores de Buenos Aires, su fundador, controla el 99,9% del capital accionario. Diseñó su perfilcaracterístico y distintivo en el sistema bancario que actualmente representa, constituyéndolo en la Entidad Financieradel Sistema Bursátil Argentino.

El Banco de Valores ha sido fundado y dirigido por hombres de larga y reconocida trayectoria en la actividad bursátil.Cuenta para sí con la estrecha vinculación que el grupo Mercado de Valores S.A., Bolsa de Comercio de Buenos Airesy Caja de Valores S.A. le brinda en forma constante. Expresa la vasta experiencia que sus integrantes aportan en loatinente a la distribución y comercialización bursátil de títulos valores.

Banco de Valores es una sociedad comercial inscripta en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de BuenosAires el 18 de diciembre de 1978 bajo el numero 4834 de Libro 88 Tomo A de Sociedades Anónimas, autorizada parafuncionar como banco comercial por el Banco Central de la República Argentina el 6 de octubre de 1978, medianteresolución nro. 368/78, con sede Social en Sarmiento 310 de la Ciudad de Buenos Aires y CUIT 30-57612427-5.Teléfono: 4323-6900Fax: 4323-6918E-mail: [email protected]

Políticas ambientales y/o del medio ambiente.

“Consciente, en sintonía con enunciados de la C.E.P.A.L., de que una conducta social responsable contribuye alestablecimiento de bases sólidas para mejorar la convivencia social y, por ende, a la mayor gobernabilidad,estabilidad, crecimiento económico y desarrollo sustentable; el Directorio del Banco de Valores ha incluidoenunciados al respecto en el Código de Gobierno Societario, con el objetivo de establecer internamente estosprincipios y orientar en la organización una concepción de responsabilidad empresarial en lo ético, financiero, social yambiental.

Considerando, en el sentido que marca la reglamentación de los entes de supervisión y control relevantes a la actividaddel Banco de Valores, la dimensión e importancia económica y la naturaleza y complejidad de sus operaciones, eldirectorio ha ido delineando y estableciendo un cuerpo de códigos y políticas ad hoc (ética, prácticas bancarias,protección al inversor, recursos humanos, otros) y un esquema adecuado de procedimientos de gestión afín, en elmarco de un proceso dinámico de mejora continua y adaptación a nuevas realidades y desafíos. En este marco, si biena la fecha no se ha considerado indispensable la integración de una política específica del tema ambiental (en función,fundamentalmente, del objeto y alcance del negocio, la ubicación geográfica de nuestras instalaciones y la magnituddel impacto directo en el medio ambiente), sí se han incorporado como prácticas de uso, por iniciativa y bajo gestión eimplementación del Departamento de Recursos Humanos, la participación en programas comunitarios de reciclado deplásticos y pilas, el aprovechamiento de recursos energéticos, la utilización racional del papel y la participación delpersonal en jornadas y seminarios relevantes en la materia tales como la del reciclado de basura, acompañando losesfuerzos que, al respecto, vienen realizando la comunidad y gobierno de la ciudad; asimismo, consciente de laresponsabilidad que tiene con la comunidad en su conjunto, el Banco de Valores colabora, tanto de manera directacomo a través de la Mutual de su personal, en diferentes proyectos de ayuda a organizaciones no gubernamentales ycomunidades del interior del país”

Autoridades de Banco de Valores S.A.

La nomina de autoridades de Banco de Valores S.A. podrá ser consultada por los interesados en la página web delBanco Central de la República Argentina (www.bcra.gov.ar// Información de entidades // // Tipos de Entidades //Bancarias y Financieras // Banco de Valores S.A // Directivos).

Calificación como banco otorgada por MOODY´S INVESTORS SERVICE Y FITCH RATINGS

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Banco de Valores S.A. ha obtenido de Moody´s y Fitch Ratings la más alta calificación que puede obtener un Bancoen Argentina.

Moody´s asignó al Banco de Valores S.A. la Categoría “Aa3.ar”.Puede consultarse la página web de la calificadora: moodys.com.ar Ver LISTA DE CALIFICACIONES - Lista deCalificaciones de Argentina –INSTITUCIONES FINANCIERAS – Banco de Valores S.A.Fitch Ratings asignó al Banco de Valores S.A. la Categoría “A1” (arg).Puede consultarse la página web de la calificadora: fitchratings.com.ar Ver Calificaciones Ent. Financieras - Banco deValores S.A.

CALIFICACIÓN COMO FIDUCIARIO

Con fecha julio de 2006 Moody's Investors Service ha asignado por primera vez una calificación de calidad defiduciario de TQ1.ar (TQ= Trustee Quality). Esta distinción correspondió al Banco de Valores S.A. La calificaciónTQ1.ar del Banco de Valores es la más alta calificación de calidad de fiduciario que puede ser alcanzada por unfiduciario argentino. Dicha calificación se mantiene al día de la fecha.

Información contable

La información contable de Banco de Valores S.A. podrá ser consultada por los interesados en la página web delBanco Central de la República Argentina (www.bcra.gov.ar// Información de entidades // Tipos de Entidades //Bancarias y Financieras // Banco de Valores S.A // Estados Contables).

DESCRIPCIÓN DE LOS FIDUCIANTES

Garbarino SAIC e I

Garbarino S.A.I.C. e I. (“Garbarino”) es una compañía dedicada a la comercialización de artículos para el hogar,electrónica e informática. Complementariamente ofrece a sus Clientes otros servicios tales como la venta de telefoníacelular y garantías extendidas, con sede social inscripta en la calle Guevara 533 de la Ciudad Autónoma de BuenosAires. CUIT 30-54008821-3La cobertura geográfica de Garbarino se extiende a la mayoría de las provincias del país, a través de sus 120sucursales. Adicionalmente opera una central de venta telefónica, un centro de Ventas Corporativas y un sitio deventas por Internet (www.garbarino.com.ar).

Email: [email protected]éfono/Fax: 4556-8000

Breve historia de la Compañía

Garbarino es una empresa fundada en 1951 como un negocio dedicado a vender discos de pasta y combinados en lacalle Uruguay 552 de Capital Federal. Se encuentra inscripta en el Juzgado en lo Comercial de Registro bajo elnúmero 693, Folio 100, Libro 54, Tomo A de Estatutos Nacionales el 19 de abril de 1961, número correlativoasignado por IGJ 203.361.

El último texto ordenado se su estatuto social fue inscripto en el Registro Público de Comercio de la Ciudad deBuenos Aires bajo el número 11.751, del libro 45 tomo de sociedades por acciones, el 17 de julio de 2009. Ladesignación de las autoridades se inscribió en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Buenos Aires bajo elnúmero 26.378, del libro 43, tomo de sociedades por acciones.

Habiendo prosperado su posición competitiva durante la crisis del Tequila en 1995 con la incorporación de dos nuevoslocales, y con el objeto de beneficiarse con la consecuente recuperación del país y consolidación de la industria,Garbarino incrementó su tasa de expansión abriendo cinco sucursales en 1996 y ocho más en 1997. En 1997, seinaugura un nuevo edificio de oficinas, donde se establecieron las dependencias de la administración central. En 1998se inauguraron seis nuevas sucursales, ampliando la base de clientes, aprovechando mejor los costos fijos.

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La compañía ha demostrado su liderazgo e innovación introduciendo nuevos conceptos como la venta telefónica porcatálogo en 1995 y la venta por Internet en 1999.

Luego de la crisis macroeconómica sufrida por el país sobre fines del año 2001, a partir del último cuatrimestre del2002 comenzó a ser significativa el crecimiento de las ventas, impulsadas por la gradual satisfacción de la demandaretrasada y también por condiciones favorables que surgían de acuerdos entre bancos y cadenas comerciales,continuando de manera sostenida hasta la actualidad, mostrando cada año niveles notablemente superiores a los delaño anterior y permitiéndole gracias a ésta experiencia haber tomado ventajas de la actual coyuntura económica paracontinuar creciendo en su participación en los negocios de ésta industria.

A esto se suma la aparición de demanda nueva por formación de nuevos hogares y especialmente por la aparición denuevas tecnologías tales como dvd, consolas de juegos, tvs LCD y LED, tablets, reproductores de mp4, refrigeradoresno frost, GPS, netbooks, etc.

Esta recuperación permitió a la compañía retomar sus planes de crecimiento habiendo abierto más de 40 nuevassucursales en los últimos cinco años.

A partir de 2005 la Compañía decidió invertir en un proyecto industrial en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártidae Islas del Atlántico Sur gracias al cual hoy produce equipos de aire acondicionado frío / calor, televisores y hornos amicroondas de reconocida marca. Ésta actividad se desarrolla exitosamente tanto por los aspectos comerciales comopor la baja tasa de falla reportada por los servicios de post venta que pudiera haberse originado en el procesoproductivo. Ha sido un hito fundamental en la estrategia de la empresa para optimizar sus condiciones deabastecimiento y costo de adquisición de los productos a comercializar.

Recientemente ha implementado nuevas aplicaciones en sus sistemas a fin de optimizar el abastecimiento demercaderías y la definición de sus dotaciones destinadas a sus sucursales. También se ha finalizado un proceso deimplementación de un sistema ERP E-Business Suite provisto por Oracle con el que espera sostener la mejoracontinua de sus aplicaciones y la eficiencia de sus procesos. A su vez, se progresa en el desarrollo entre otras deaplicaciones intranet para dar soporte permanente a sus recursos humanos y a eficientizar en sus operaciones.

Garbarino cuenta con un equipo directivo sólido, con una reconocida trayectoria en el sector. Sus principalesdirectivos llevan, en promedio, más de 15 años trabajando en la Compañía y han sido los artífices del diseño y laconsolidación del proyecto estratégico de Garbarino.

Sus más de 60 años de trayectoria en el sector electrodoméstico y una garantía de confianza reconocida por susClientes le han permitido a Garbarino consolidarse como la marca líder del mercado. Los estudios de marketing laubican como la marca “Top of mind” en su categoría.

Capacidad de originación de créditos al consumo

Garbarino cuenta con una vasta experiencia en el otorgamiento de créditos al consumo. Su eficiencia se verifica tantoen el tiempo que demora en otorgar un nuevo crédito, como en la baja tasa de morosidad histórica, lo que redunda enexcelentes resultados financieros por crédito propio y tarjetas de terceros.

A principios de 1999, Garbarino decidió realizar el desarrollo propio de una línea de créditos personales de consumo,asumiendo entonces las tareas de comercialización, evaluación de riesgo comercial, administración y financiación deoperaciones, seguimiento de la morosidad, evaluación y custodia de legajos, entre otros.

De esta manera, la compañía consigue llegar a clientes que se ubican no solamente dentro del segmento de las clasesmedia y alta, sino también a clientes de segmentos con necesidades de financiamiento para el consumo no cubiertaspor el Sistema Bancario. Así, una cantidad importante de clientes no bancarizados ha conseguido acceder a losproductos comercializados por Garbarino mediante créditos personales, que de otra manera les hubiera resultadoimposible adquirir.

Auditoría Externa.

Se desempeña como auditor externo el Estudio Contable Pistrelli, Henry Martin & Asociados, miembro de Ernst &Young.

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Órganos de Administración y Fiscalización

DirectorioNómina de Directores CargoCarlos Eduardo García PresidenteAlfredo Maximo Díaz Heer VicepresidenteRuben Oscar Rusenas Director TitularGastón Carro

Comisión FiscalizadoraMiembros Titulares

Director Suplente

Miembros SuplentesAlicia Mabel EstathioMaría Inés DominguezMaria Silvia Cosoli

Ángel Alberto EstathioMaria Alejandra OrtegaGabriel Enrique Montaña

La totalidad de los mandatos vencen en 2014. Los directivos y síndicos continuarán en sus cargos hasta la realizaciónde la Asamblea General anual correspondiente al ejercicio finalizado el 31-10-2013 que se llevará a cabo dentro delplazo legal estipulado

Estado de Situación Patrimonial y Estado de Resultados

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Garbarino S.A.I.C. e I.

Estado de Situación Patrimonial (cifras en miles $) (cifras en miles $) (cifras en miles $)

31-oct-12 31-oct-11 31-oct-10

ACTIVO

ACTIVO CORRIENTECaja y bancos 42.692 109.586 33.489Inversiones 392.536 301.162 221.530Créditos por ventas 540.617 593.658 277.807Otros créditos 291.864 117.956 87.044Bienes de cambio 1.335.499 953.167 815.670Total del activo corriente 2.603.208 2.075.529 1.435.540

ACTIVO NO CORRIENTEOtros créditos 101.721 43.385 24.557Inversiones 359.920 307.419 224.197Bienes de uso 84.431 79.589 68.049Otros activos 12.266 4.999 8.034Activos intangibles 2.252 1.936 1.954Total del activo no corriente 560.590 437.328 326.791

TOTAL DEL ACTIVO 3.163.798 2.512.857 1.762.331

PASIVO

PASIVO CORRIENTEDeudas comerciales 1.498.815 1.322.042 1.041.819Deudas financieras 413.924 155.162 114.746Remuneraciones y cargas sociales 126.358 107.905 76.243Cargas fiscales 29.257 113.599 40.433Otros pasivos 16.962 21.412 19.051Total del pasivo corriente 2.085.316 1.720.120 1.292.292

PASIVO NO CORRIENTEDeudas Financieras 16.426 44.417Cargas Fiscales 244 1.831 3.228Previsiones 34.195 26.071 20.440Total del pasivo no corriente 50.865 72.319 23.668

TOTAL DEL PASIVO 2.136.181 1.792.439 1.315.960

TOTAL DEL PATRIMONIO NETO 1.027.617 720.418 446.371

TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO NETO 3.163.798 2.512.857 1.762.331

Indice de Solvencia (1) 0,48 0,40 0,34

Indice de Rentabilidad (2) 0,40 0,62 0,76

(1) Patrimonio Neto/Pasivo(2) Resultado del Ejercicio/Patrimonio Neto PromedioNota: Patrimonio Neto Promedio equivale al promedio del PN de los últimos dos ejercicios

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Garbarino S.A.I.C. e I.

Estado de Resultados (cifras en miles $) (cifras en miles $) (cifras en miles $)

31-oct-12 31-oct-11 31-oct-10

VENTAS NETAS 6.119.641 4.920.977 3.755.268INGRESOS POR COMISIONES POR VENTAS DE SERVICIOS 320.596 301.935 356.525COSTO DE LAS MERCADERÍAS VENDIDAS Y SERVICIOS PRESTADOS (4.534.316) (3.634.303) (2.835.487) Ganancia Bruta 1.905.921 1.588.609 1.276.306

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN (178.600) (173.690) (123.961)GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN (1.820.920) (1.366.516) (981.992)OTROS GASTOS OPERATIVOS (93.110) (61.317) (47.133)RESULTADO DE INVERSIONES PERMANENTES 279.239 191.406 143.638RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA - NETOS 299.257 250.113 42.189OTROS INGRESOS (EGRESOS) - NETOS - - 22

Ganancia del ejercicio antes del impuesto a las ganancias 391.787 428.605 309.069

IMPUESTO A LAS GANANCIAS (39.588) (64.558) (51.779)

RESULTADO DEL EJERCICIO 352.199 364.047 257.290

Flujo de Fondos(En miles de pesos)

Concepto jul-2013 ago-2013 sep-2013 oct-2013 nov-2013 dic-2013

INGRESOSCobranza neta de créditos 46.093 45.952 78.178 64.437 54.740 59.756Cobranza de Tarjetas de crédito 593.179 535.860 455.185 609.793 491.304 800.338Creditos cedidos a Fideicomisos Financieros 95.599 85.852 92.619 122.583 92.137 114.162Cobranzas Ventas Contado 163.238 160.671 134.063 172.883 151.791 232.321

T O T A L I N G R E S O S 898.109 828.335 760.045 969.696 789.973 1.206.578

EGRESOSProveedores Comerciales, Diversos -785.955 -767.518 -737.924 -817.985 -787.778 -964.980Impuestos, Sueldos y Cargas Sociales -140.423 -86.784 -100.695 -135.839 -143.606 -122.159

T O T A L E G R E S O S -926.378 -854.301 -838.619 -953.824 -931.384 -1.087.139

FLUJOS OPERATIVOS NETOS -28.269 -25.967 -78.574 15.872 -141.411 119.438

INGRESOS FINANCIEROSPréstamos 11.278 883 82.462 - 139.171 -127.863Cobro Inversiones 26.476 28.216 20.951 17.811 16.443 14.199

TOTAL INGRESOS FINANCIEROS 37.754 29.100 103.413 17.811 155.613 -113.664

Cancelación préstamos y movimientos de cuentas bancarias -25.894 -5.033 -32.119 -32.594 -4.269 -5.030

TOTAL EGRESOS FINANCIEROS -25.894 -5.033 -32.119 -32.594 -4.269 -5.030

FLUJOS FINANCIEROS NETOS 11.860 24.067 71.294 -14.782 151.344 -118.694

FLUJOS NETOS (1) -16.409 -1.899 -7.279 1.089 9.933 745

Cobranza por cuenta de terceros 203.954 184.409 182.541 174.892 171.334 186.161Depositos cobranzas por cuentas de terceros -200.621 -189.375 -179.223 -180.091 -169.354 -172.243

FLUJOS NETOS RELACIONADOS CON FONDOS DE TERCEROS (2) 3.333 -4.965 3.318 -5.199 1.981 13.918

FLUJOS NETOS TOTALES -13.076 -6.865 -3.961 -4.110 11.913 14.662

Caja Inicial 50.583 37.507 30.642 26.680 22.570 34.484Movimientos del mes -13.076 -6.865 -3.961 -4.110 11.913 14.662

Caja Final 37.507 30.642 26.680 22.570 34.484 49.146

Los conceptos expuestos como “Flujos netos relacionados con fondos de terceros”, incluyen a) las cobranzaspercibidas por Garbarino S.A.I.C. e I. correspondientes a créditos de propiedad de las distintas series deFideicomisos Financieros Garbarino (que la compañía percibe en su rol de Agente de Cobro de tales fideicomisos) yb) la remisión al fiduciario de dichos fondos.

Dotación de Personal

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2013-12 2013-10 2012-10 2011-10

Cantidad de Empleados 4.802 4.915 4.805 5.037

A la fecha del presente Suplemento de Prospecto no se registran modificaciones sustanciales en la dotación depersonal informada a diciembre de 2013.

MoraEvolución de la cartera y

Estado Situación de Deudores

2013-12 2013-11 2013-10Sin atraso 53,6% 50,4% 51,7%Hasta 30 10,6% 12,4% 11,6%

30-60 3,5% 3,7% 3,6%60-90 2,0% 2,1% 2,0%

90-180 3,7% 3,7% 3,7%180-360 6,0% 6,5% 6,8%

>360 20,7% 21,2% 20,6%100,0% 100,0% 100,0%

Incobrabilidad>365 dias 4,56% 4,40% 4,24%

% Saldo Capital

Los saldos de cartera expresados en el cuadro precedente, reflejan el saldo de capital a cada fecha de análisis de latotalidad de los créditos vigentes originados desde 1999, sin exclusión de crédito alguno bajo ningún concepto. Lainformación no incluye intereses ni punitorios cobrados.

La incobrabilidad mayor a 365 días, refleja el saldo de capital con atraso mayor a 365 días sobre el capital original.

El promedio histórico y actual de los fondos percibidos en meses anteriores a que la cobranza sea exigible, equivale al7% de los vencimientos teóricos de cada mes. Dichas cobranzas anticipadas no implican bonificaciones de intereses.

Cartera de créditos bajo titularidad del Fiduciante y afectados a fideicomisos

La cartera originada e informada por el Fiduciante y vigente al 31 de diciembre de 2013, expresada en capital másinterés devengado, asciende $ 1.975 millones.A dicha fecha, los saldos de capital más interés total (devengado y a devengar) originados por Garbarino transferidos afideicomisos financieros vigentes ascienden a $ 1.734 millones.

Créditos Totales otorgados por Garbarino

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MesCantidad deOperaciones

Operaciones/ Clientes

Capital Originado(millones de $)

ene-11 83.244 1,29 111,27feb-11 77.982 1,31 104,64

mar-11 84.544 1,34 115,43abr-11 86.221 1,33 118,79

may-11 84.224 1,32 114,81jun-11 99.795 1,34 145,16jul-11 99.115 1,31 166,94

ago-11 93.023 1,32 140,14sep-11 80.966 1,30 127,16oct-11 101.008 1,34 155,54nov-11 80.699 1,29 129,35dic-11 99.696 1,32 161,54

ene-12 81.312 1,26 137,65feb-12 69.710 1,24 114,65

mar-12 75.229 1,28 123,81abr-12 67.745 1,25 113,33

may-12 74.547 1,28 127,64jun-12 85.439 1,33 148,74jul-12 80.442 1,34 144,27

ago-12 84.957 1,33 160,25sep-12 69.024 1,31 141,30oct-12 97.120 1,36 197,89nov-12 75.136 1,30 167,90dic-12 90.938 1,35 188,83

ene-13 73.481 1,29 149,05feb-13 65.580 1,28 133,42

mar-13 78.038 1,31 165,42abr-13 75.398 1,31 158,27

may-13 80.061 1,31 171,78jun-13 76.203 1,32 148,31jul-13 72.108 1,30 145,83

ago-13 73.684 1,29 153,56sep-13 60.486 1,25 131,35oct-13 80.204 1,30 175,48nov-13 64.024 1,27 158,96dic-13 86.731 1,30 246,84

GARBARINO

Compumundo S.A.Compumundo S.A. (“Compumundo”), es una cadena de venta minorista de artículos de la industria informática yproductos electrónicos con domicilio inscripto en la calle Guevara 533 de la Cuidad de Buenos Aires, CP 1427 CUIT30-68211572-2. Teléfono 4556-8000. La sociedad fue inscripta en la Inspección General de Justicia de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, con fecha 24 de octubre de 1995, bajo el número 9956, Libro 117, Tomo A de SociedadesAnónimas.

Entre los productos e insumos que provee se destacan: computadoras, notebooks, netbooks, televisores LCD,monitores, impresoras, DVD, CD, software, juegos y todo tipo de accesorios de computación. Adicionalmente vendeproductos electrónicos como cámaras, MP3, telefonía (celular y fija) y video. Al igual que Garbarino, ofrece elservicio de garantía extendida.

La compañía cuenta con 39 sucursales ubicadas en Capital Federal, Gran Buenos Aires, y varias provincias del interiordel país. Posee adicionalmente una central de venta telefónica, un centro de Ventas Corporativas y un sitio de ventas

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por Internet (www.compumundo.com.ar). Su sede social se encuentra inscripta en la calle Guevara 533, de la CiudadAutonóma de Buenos Aires.

Email: [email protected]éfono/Fax: 4556-8000

Breve historia de la Compañía

En 1996, Garbarino conjuntamente con sus accionistas puso en marcha Compumundo, cuyo primer local comercialoperaba en la calle Cabildo 2061 de Capital Federal.En menos de un año y utilizando un marketing agresivo el management de Garbarino incrementó los ingresos porventas de Compumundo significativamente.La mayor localización de sucursales de Compumundo se encuentra en Capital Federal y Gran Buenos Aires, y en losúltimos años se ha comenzado un proceso de expansión hacia el interior del país.

Capacidad de originación de créditos al consumo

A principios de 1999, Compumundo, al igual que Garbarino, puso en práctica el desarrollo propio de una línea decréditos personales de consumo, asumiendo entonces las tareas de comercialización, evaluación de riesgo comercial,administración y financiación de operaciones, seguimiento de la morosidad, evaluación y custodia de legajos, entreotros.

De esta manera, Compumundo consigue llegar a clientes que se ubican no solamente dentro del segmento de las clasesmedia y alta, sino también a clientes de segmentos con necesidades de financiamiento para el consumo no cubiertaspor el Sistema Bancario. Así, una cantidad importante de clientes no bancarizados ha conseguido acceder a losproductos comercializados por Compumundo mediante créditos personales, que de otra manera les hubiera resultadoimposible adquirir.

Auditoría Externa.

Se desempeña como auditor externo el Estudio Contable Pistrelli, Henry Martin & Asociados, miembro de Ernst &Young.

Órganos de Administración y Fiscalización

DirectorioNómina de Directores CargoCarlos Eduardo García PresidenteRuben Oscar Rusenas VicepresidenteAlfredo Maximo Díaz Heer Director Titular

SíndicosAlicia Mabel Estathio (Titular)Ángel Alberto Estathio (Suplente)

La totalidad de los mandatos vencen en 2014. Los directivos y síndicos continuarán en sus cargos hasta la realizaciónde la Asamblea General anual correspondiente al ejercicio finalizado el 31-10-2013 que se llevará a cabo dentro delplazo legal estipuladoSe informa que la sociedad no cuenta con Directores Suplentes.

Estado de Situación Patrimonial y Estado de Resultados

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Compumundo

Estado de Situación Patrimonial (cifras en miles $) (cifras en miles $) (cifras en miles $)

31-oct-12 31-oct-11 31-oct-10

ACTIVO

ACTIVO CORRIENTECaja y bancos 3.777 15.919 3.759Inversiones 32.763 24.225 19.249Créditos por ventas 53.818 47.859 27.923Otros créditos 70.857 17.703 15.525Bienes de cambio 238.834 124.039 140.897Total del activo corriente 400.049 229.745 207.353

ACTIVO NO CORRIENTEOtros créditos 8.784 9.486 6.849Inversiones 21.149 16.512 11.243Bienes de uso 11.994 11.004 8.465Otros activos 1.733 1.166 2.654Activos intangibles 22 41 21Total del activo no corriente 43.682 38.209 29.232

TOTAL DEL ACTIVO 443.731 267.954 236.585

PASIVO

PASIVO CORRIENTEDeudas comerciales 230.044 141.409 134.003Deudas financieras 6.578 307 3.923Remuneraciones y cargas sociales 18.560 14.293 9.614Cargas fiscales 1.424 2.491 1.299Otros pasivos 80.140 66.873 53.383Total del pasivo corriente 336.746 225.373 202.222

PASIVO NO CORRIENTEDeudas Financieras 1.762 1.153 -Cargas Fiscales - - 37Otros Pasivos 60.338 - -Previsiones 5.068 2.318 704Total del pasivo no corriente 67.168 3.471 741

TOTAL DEL PASIVO 403.914 228.844 202.963

PATRIMONIO NETO 39.817 39.110 33.622

TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO NETO 443.731 267.954 236.585

Indice de Solvencia (1) 0,10 0,17 0,17

Indice de Rentabilidad (2) 0,65 0,71 0,82

(1) Patrimonio Neto/Pasivo(2) Resultado del Ejercicio/Patrimonio Neto PromedioNota: Patrimonio Neto Promedio equivale al promedio del PN de los últimos dos ejercicios

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Compumundo

Estado de Resultados (cifras en miles $) (cifras en miles $) (cifras en miles $)

31-oct-12 31-oct-11 31-oct-10

VENTAS NETAS 868.185 676.245 559.115INGRESOS POR COMISIONES POR VENTAS DE SERVICIOS 33.634 34.049 40.776COSTO DE LAS MERCADERÍAS VENDIDAS Y SERVICIOS PRESTADOS (617.289) (488.702) (419.742) Ganancia Bruta 284.530 221.592 180.149

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN (15.345) (14.061) (8.593)GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN (261.217) (187.762) (134.197)OTROS GASTOS OPERATIVOS (11.400) (6.566) (5.477)RESULTADO DE INVERSIONES PERMANENTES 13.554 9.245 6.502RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA - NETOS 22.664 8.513 (11.158)OTROS INGRESOS (EGRESOS) - NETOS - - -

Ganancia del ejercicio antes del impuesto a las ganancias 32.786 30.961 27.226

IMPUESTO A LAS GANANCIAS (7.079) (5.293) (6.186)

RESULTADO DEL EJERCICIO 25.707 25.668 21.040

Flujo de Fondos(en miles de pesos)

Concepto jul-2013 ago-2013 sep-2013 oct-2013 nov-2013 dic-2013

INGRESOSCobranza neta de créditos 9.954 4.346 6.261 6.771 5.787 2.500Cobranza de Tarjetas de crédito 105.023 100.537 78.793 90.258 71.966 107.678Creditos cedidos a Fideicomisos Financieros 11.729 14.968 16.984 15.330 3.800 17.416Cobranzas Ventas Contado 28.268 30.782 22.373 23.696 21.226 30.054

T O T A L I N G R E S O S 154.974 150.633 124.411 136.056 102.779 157.648

EGRESOSProveedores Comerciales, Diversos -128.233 -141.309 -110.950 -124.948 -82.390 -124.295Impuestos, Sueldos y Cargas Sociales -19.964 -17.532 -17.396 -15.273 -16.408 -23.472

T O T A L E G R E S O S -148.197 -158.841 -128.346 -140.221 -98.798 -147.766

FLUJOS OPERATIVOS NETOS 6.778 -8.208 -3.936 -4.165 3.981 9.882

INGRESOS FINANCIEROSPréstamos - 5.651 2.866 2.372 3.333 -11.245Cobro Inversiones 3.088 3.306 2.813 2.677 3.140 3.311

TOTAL INGRESOS FINANCIEROS 3.088 8.957 5.679 5.049 6.473 -7.934

Cancelación préstamos y movimientos de cuentas bancarias -2.805 -1.938 -1.918 -2.001 -7.029 -380

TOTAL EGRESOS FINANCIEROS -2.805 -1.938 -1.918 -2.001 -7.029 -380

FLUJOS FINANCIEROS NETOS 282 7.019 3.761 3.048 -555 -8.314

FLUJOS NETOS (1) 7.060 -1.189 -174 -1.116 3.426 1.568

Cobranza por cuenta de terceros 19.833 18.186 19.486 18.896 19.336 21.858Depositos cobranzas por cuentas de terceros -27.276 -18.914 -19.043 -19.275 -19.435 -20.051

FLUJOS NETOS RELACIONADOS CON FONDOS DE TERCEROS (2) -7.443 -728 442 -380 -99 1.807

FLUJOS NETOS TOTALES -383 -1.917 268 -1.496 3.327 3.375

Caja Inicial 7.949 7.566 5.649 5.917 4.421 7.748Movimientos del mes -383 -1.917 268 -1.496 3.327 3.375

Caja Final 7.566 5.649 5.917 4.421 7.748 11.123

Los conceptos expuestos como “Flujos netos relacionados con fondos de terceros”, incluyen a) las cobranzaspercibidas por Compumundo S.A correspondientes a créditos de propiedad de las distintas series de FideicomisosFinancieros Garbarino (que la compañía percibe en su rol de Agente de Cobro de tales fideicomisos) y b) laremisión al fiduciario de dichos fondos.

Dotación de Personal

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2013-12 2013-10 2012-10 2011-10

Cantidad de Empleados 933 985 865 701

A la fecha del presente Suplemento de Prospecto no se registran modificaciones sustanciales en la dotación depersonal informada a diciembre de 2013.

MoraEvolución de la cartera y Estado Situación de Deudores

2013-12 2013-11 2013-10Sin atraso 55,7% 53,1% 54,3%Hasta 30 11,5% 13,6% 12,7%

30-60 4,0% 4,1% 4,2%60-90 2,3% 2,5% 2,3%

90-180 4,3% 4,2% 4,2%180-360 6,8% 7,3% 7,4%

>360 15,3% 15,3% 14,8%100,0% 100,0% 100,0%

Incobrabilidad>365 dias 4,79% 4,83% 4,57%

% Saldo Capital

Los saldos de cartera expresados en el cuadro precedente, reflejan el saldo de capital a cada fecha de análisis de latotalidad de los créditos vigentes originados desde 1999, sin exclusión de crédito alguno bajo ningún concepto. Lainformación no incluye intereses ni punitorios cobrados.

La incobrabilidad mayor a 365 días, refleja el saldo de capital con atraso mayor a 365 días sobre el capital original.

El promedio histórico y actual de los fondos percibidos en meses anteriores a que la cobranza sea exigible, equivale al7% de los vencimientos teóricos de cada mes. Dichas cobranzas anticipadas no implican bonificaciones de intereses.

Cartera de créditos bajo titularidad del Fiduciante y afectados a fideicomisos

La cartera originada e informada por el Fiduciante y vigente al 31 de diciembre de 2013, expresada en capital másinterés devengado, asciende $ 243 millones.A dicha fecha, los saldos de capital más interés total (devengado y a devengar) originados por Compumundotransferidos a fideicomisos financieros vigentes ascienden a $ 217 millones.

Créditos Totales otorgados por Compumundo

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MesCantidad deOperaciones

Operaciones / Clientes

Capital Originado(millones de $)

ene-11 7.611 1,38 8,14feb-11 7.304 1,38 8,49

mar-11 9.084 1,45 10,68abr-11 8.129 1,43 9,42

may-11 7.889 1,42 9,24jun-11 9.161 1,43 11,62jul-11 9.890 1,41 14,18

ago-11 9.992 1,41 13,08sep-11 8.285 1,40 10,17oct-11 10.905 1,43 14,85nov-11 7.972 1,40 10,09dic-11 9.300 1,41 13,19

ene-12 8.165 1,39 11,39feb-12 8.447 1,40 11,81

mar-12 10.541 1,46 14,39abr-12 10.051 1,45 13,80

may-12 10.818 1,48 16,07jun-12 10.565 1,45 15,75jul-12 10.923 1,45 16,61

ago-12 12.151 1,46 18,49sep-12 9.459 1,39 13,73oct-12 11.418 1,42 18,36nov-12 9.830 1,39 14,36dic-12 13.176 1,45 21,68

ene-13 9.263 1,36 15,51feb-13 9.124 1,34 15,83

mar-13 11.088 1,38 18,93abr-13 11.242 1,41 18,54

may-13 11.917 1,42 20,47jun-13 11.909 1,39 21,02jul-13 11.521 1,38 21,07

ago-13 12.171 1,36 23,53sep-13 9.740 1,34 17,51oct-13 11.450 1,38 22,06nov-13 10.410 1,37 21,76dic-13 12.656 1,42 28,35

COMPUMUNDO

POLITICA AMBIENTAL DE GARBARINO S.A.I.C. e I. Y COMPUMUNDO S.A.

Garbarino y Compumundo colaboran activamente con el desarrollo de un ambiente sustentable. En Ciudad de Buenosse ha firmado convenio con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la implementación del Plan Basura 0 parala recolección de cartón y film en todos los edificios centrales y sucursales situadas en la misma. Convenios similaresse encuentran en etapa de instrumentación en diversas ciudades del interior del país. La sociedad posee en su Centrode Distribución, acuerdos para la venta y reciclado de telgopor, cartón, film. Asimismo se encuentra adherida aConvenio para el tratamiento de acuerdo a normas legales de la basura convencional, efluentes y residuos líquidos nopeligrosos.En la actualidad la sociedad se encuentra implementando un plan de ahorro energético y un estudio de procesos demejoras para reducir su emisión de carbono.Se ha implementado la utilización en un 95% de papel reciclado en los edificios centrales y se encuentra finalizado enun 90% el plan de migración de utilización de bolsas de nylon y cartón a recicladas en todos nuestros locales.

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ORIGINACIÓN DE CREDITOS DE GARBARINO S.A.I.C. e I. Y COMPUMUNDO S.A.

Requisitos para el Otorgamiento de Créditos.Beneficiarios:

Personal en relación de dependencia. Jubilados y Pensionados. Otros: Poseedores de Tarjetas Regionales / Locales. o Productos Bancarios

Documentación a presentar General: Identificación: Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica, Cédula de

Identidad Mercosur, Pasaporte Argentino. Constancia de Domicilio:

o Servicios aceptados: Luz, Gas, Teléfono, Agua, Cable (Último servicio pago en todos los casos).o Se tomarán sólo aquellos servicios que lleguen por correo y al domicilio particular declarado por el

solicitante del crédito. Número telefónico de referencia: El solicitante tendrá que informar un teléfono de línea y un celularparticular, uno laboral y uno de referente. Justificación de ingresos:

o Ultimo recibo de haberes mes completo Haberes variables – últimos 3 meses

Otros requisitos: Límites de edades: de 18 a 80 años inclusive. Antigüedad laboral: Deberá acreditar como mínimo 6 meses en el empleo actual Continuidad laboral: Si la persona no tiene en su empleo actual 6 meses, pero sí la tuvo en su empleo anterior,

y entre el actual y el anterior transcurrieron menos de 45 días, puede aceptarse , siempre que la situación en elempleo actual sea efectiva.

Radio de otorgamiento: el titular del crédito tendrá que vivir o trabajar a una distancia no mayor de 40 Km.de una sucursal Garbarino o Compumundo. Se extenderá a 120 Km. para clientes que se adhieran a DébitoDirecto.

Nacionalidad: Argentina o extranjeros con residencia mínima documentada de 2 años.

Ingresos mínimos requeridos: netos $ 700.-

Límites de Crédito

Límite máximo a otorgar: $ 30.000 para clientes bancarizados y no bancarizados Relación cuota / ingreso: 25% Límite crediticio individual: El límite crediticio inicial individual como regla general es 3,5 veces el nivel de

ingresos del solicitante, pudiendo superar dicho límite en determinados casos de clientes con productosbancarios

GESTION DE COBRANZA GARBARINO S.A.I.C. e I. Y COMPUMUNDO S.A.

Políticas y Procedimientos de Cobranza OrdinariaAl momento de instrumentarse un crédito en una sucursal, se le entrega al cliente un Cronograma de Pago de cuotas.

Unos días antes del vencimiento de cada una de las cuotas, el cliente recibe en su domicilio un Aviso de Vencimientode las mismas. Las cuotas pueden ser abonadas en cualquiera de las sucursales, independientemente de la sucursal enla cual se realizó el crédito. Los otros modos de abonar las cuotas es mediante la adhesión del cliente al Sistema deDébito Directo en Cuenta corriente bancaria, Caja de ahorro o mediante el sistema Pago mis cuentas.

MorosidadDe no haber recibido el pago, pasados unos días de vencida la cuota, el cliente recibe un llamado telefónico en sudomicilio, recordatorio del pago.

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Transcurridos 15 días del Vencimiento el cliente recibe otro llamado telefónico, los cuales se repetirán cada 15 díasaproximadamente. A su vez, a partir del día 15 de vencida una cuota y no haber sido abonada, se le envía al cliente asu domicilio una carta recordatoria del incumplimiento de pago.

Hasta aproximadamente los 120 días de vencida una cuota, se le envían al cliente 2 cartas más informándolo sobre lacontinuidad de la deuda.

Mensualmente son informados a una Cámara de Crédito nacional la situación de cumplimiento e incumplimiento delos clientes. Complementariamente, también mensualmente son informados a las distintas Cámaras Crediticiasprovinciales la situación de incumplimiento de los clientes pertenecientes a cada una de las jurisdicciones.

Mora avanzada y gestión judicial

Aproximadamente a los 120 días de encontrarse en mora el cliente, la gestión de recupero es tercerizada en Empresaso Estudios Legales para su seguimiento. De persistir la mora, y no habiendo compromiso de pago por parte del cliente,se realiza un estudio de factibilidad crediticia del cliente para evaluar la conveniencia de la iniciación de accionesjudiciales. De resultar positivo, se inician las acciones legales tendientes a la ejecución de la garantía.

Situación de Deudores respecto de la cartera original - Análisis al 31 de diciembre 2013

A continuación se expone el estado de atrasos de los Créditos fideicomitidos bajo los Fideicomisos FinancierosGarbarino. Se aclara que Fiduciantes transfieren a los fideicomisos aproximadamente el 80% del saldo de los créditosotorgados. La información considerada para dicho análisis no incluye punitorios cobrados.

31 - 90 ds 91 - 180 ds 181 - 365 ds > 365 dsSerie 84 87,17% 0,07% 0,04% 0,05% 0,08% 0,88% 11,71%Serie 85 87,70% 0,14% 0,07% 0,07% 0,13% 1,16% 10,72%Serie 86 86,88% 0,31% 0,15% 0,14% 0,24% 1,98% 10,31%Serie 87 87,04% 0,68% 0,22% 0,22% 0,32% 2,67% 8,86%Serie 88 85,71% 0,74% 0,30% 0,23% 0,39% 4,05% 8,57%Serie 89 84,08% 1,57% 0,53% 0,46% 0,80% 5,22% 7,32%Serie 90 84,85% 1,97% 0,66% 0,53% 1,13% 6,14% 4,72%Serie 91 84,14% 2,16% 0,65% 0,78% 1,55% 10,71% 0,00%Serie 92 78,96% 4,95% 1,84% 1,73% 2,38% 10,14% 0,00%Serie 93 74,71% 8,78% 2,93% 2,34% 2,95% 8,30% 0,00%Serie 94 68,70% 13,87% 4,30% 3,27% 3,42% 6,43% 0,00%Serie 95 61,93% 19,89% 5,69% 4,14% 4,21% 4,15% 0,00%Serie 96 49,34% 29,01% 8,31% 5,77% 7,57% 0,00% 0,00%Serie 97 34,15% 40,41% 11,55% 7,94% 5,96% 0,00% 0,00%Serie 98 17,20% 55,56% 15,47% 11,77% 0,00% 0,00% 0,00%Serie 99 8,41% 67,27% 24,32% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00%

Estado de Situacion de Deudores

Serie Cobrado Sin Atraso 1 - 30 dsAtraso

Aclaración: Los porcentajes de atraso y cobrado de las series 84 a 99 se exponen sobre saldo valor nominal.

A la fecha del presente Suplemento de Prospecto las series que se encuentran vigentes no contienen pre-cancelaciones,entendiéndose por tal la cancelación anticipada parcial o total del crédito contemplando bonificación de los intereses a devengar.

A efectos de exposición, se consideran incobrables aquellos créditos que superan los 365 días de atraso.

Series emitidas y vigentes al 31 de enero 2014

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CLASE A CLASE B CLASE C CP TOTALES84 164.477.285$ -$ -$ -$ 5.281.995$ 5.281.995$85 179.552.873$ -$ -$ -$ 4.509.276$ 4.509.276$86 180.274.949$ -$ -$ -$ 9.887.348$ 9.887.348$87 186.448.429$ -$ -$ -$ 9.081.903$ 9.081.903$88 180.817.123$ -$ -$ -$ 12.946.811$ 12.946.811$89 204.589.058$ -$ -$ -$ 19.731.986$ 19.731.986$90 210.791.541$ -$ -$ -$ 15.843.032$ 15.843.032$91 205.342.922$ -$ -$ -$ 15.902.223$ 15.902.223$92 231.883.602$ -$ -$ -$ 27.624.929$ 27.624.929$93 262.218.165$ -$ -$ 7.894.110$ 36.145.879$ 44.039.989$94 268.633.642$ -$ 7.461.695$ 19.240.402$ 32.938.723$ 59.640.820$95 275.004.764$ 2.204.963$ 28.136.981$ 20.463.259$ 24.329.843$ 75.135.046$96 277.836.333$ 39.462.300$ 27.448.711$ 19.962.699$ 33.293.274$ 120.166.984$97 269.361.257$ 88.041.863$ 26.324.696$ 19.145.234$ 30.045.835$ 163.557.628$98 235.622.098$ 125.293.637$ 23.118.811$ 16.813.680$ 25.451.093$ 190.677.221$99 269.288.511$ 170.918.504$ 25.830.511$ 14.089.370$ 34.465.681$ 245.304.066$

SERIEVALOR NOMINAL

ORIGINALVALOR RESIDUAL

DESCRIPCIÓN DE BANCO SANTANDER RÍO S.A.

El Banco Santander Rio S.A. es una de las principales entidades bancarias en Argentina en términos de préstamos ydepósitos del sector privado. El 30 de septiembre, de acuerdo con el Banco Central, el Banco registró unaparticipación de mercado del 9,0 % en términos de préstamos otorgados al sector privado y del 9,3 % en términosde depósitos del sector privado. Al 30 de septiembre, el Banco tenía una cartera de préstamos de Ps. 42.207millones (antes de previsiones) y depósitos por Ps. 48.201 millones, registró activos totales por Ps 64.997. millones yun patrimonio neto de Ps. 8.326 millones. Su resultado neto en los primeros nueve meses de 2013 fue dePs. 1.632,7 millones.

Al 30 de septiembre de 2013, el Banco contaba con 333 sucursales ubicadas en 23 de las 24 provincias argentinas(incluyendo la ciudad de Buenos Aires). Además de las sucursales, el Banco contaba con 1.047 cajeros automáticos(cifra que lo ubica como la entidad privada con el mayor parque de cajeros automáticos del sistema). La red dedistribución se completa con 940 terminales de autoservicio, un centro de telemarketing, banca telefónica y accesomediante su portal en Internet.

El Banco es una entidad bancaria integral que desarrolla una amplia gama de actividades de banca comercial y deinversión y servicios financieros afines orientados a grandes, pequeñas y medianas empresas y a particulares. Lasactividades de banca comercial del Banco incluyen la oferta de productos y prestación de servicios tales comopréstamos personales y para empresas, toma de depósitos, tarjetas de crédito y débito y acuerdos de giro endescubierto. El Banco también actúa como banca de inversión y en la financiación de proyectos. Asimismo, el Bancodesarrolla y vende fondos comunes de inversión, comercializa y vende seguros y otorga financiamiento paraexportaciones y otros servicios operativos y de administración de fondos. Además, el Banco es una subsidiaria deBanco Santander, S.A. para proveer servicios bancarios universales a clientes locales, regionales e internacionales.Banco Santander, S.A. es líder en el sistema financiero español y el banco extranjero más grande de Latinoamérica.Al 30 de septiembre de 2013, el Grupo contaba con un Patrimonio Neto de Euros 83.954millones, unacapitalización bursátil de Euros 66.863millones y un beneficio atribuido al Grupo de Euros 3.310 millones, estandopresente en mas de 30 países, incluyendo los principales centros financieros internacionales. En América Latina, elGrupo Santander es una marca bancaria líder, que cuenta con 5.963 puntos de atención, (incluyendo oficinastradicionales y puntos de atención bancaria y en empresas), presencia en 7 países y ocupa posiciones de liderazgo entres de las mayores economías latinoamericanas: Brasil, México, Chile y Argentina

Históricamente, el Banco ha sido uno de los principales bancos en servicios a grandes empresas de la Argentina y seha beneficiado de las sólidas relaciones mantenidas con sus clientes corporativos para aumentar su expansión en el

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mercado minorista y en el mercado de Pymes. En los últimos años y en respuesta a los cambios sustanciales políticosy económicos en la Argentina, el Banco enfatizó sus actividades de banca de individuos y de empresas medianas ypequeñas.

El principal accionista del Banco es ABLASA SL, miembro del Grupo Santander, grupo financiero líder en España eIberoamérica, uno de los primeros en Europa y entre los veinte mayores del mundo por capitalización bursátil. ElBanco Santander SA posee, directamente y a través de otras sociedades del Grupo Santander, acciones clase "A", "B"y “Preferidas” de Banco Santander Río S.A., representativas del 99,30% del capital social, equivalentes al 99,12% delos votos.

Teléfono: 4341-1140Fax: 4341-1012e-mail: [email protected]/[email protected]

Sede social inscripta del Banco

La sede social del Banco es Bartolomé Mitre 480, Capital Federal. El cambio del domicilio legal se inscribió ante laInspección General de Justicia, bajo el número 12652 del Libro 6, Tomo de Sociedades por Acciones, con fecha 31 deagosto de 1999. CUIT: 30-50000845-4.

Inscripción en el Registro Público de Comercio

El estatuto fue inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Buenos Aires el 14 de mayo de 1968,bajo el número 1.215 al Folio 64 del Libro 66, Tomo A. de Estatutos Nacionales (Núm. Correlativo en IGJ. 800678).Posteriormente, se realizaron reformas al estatuto siendo la última la modificación de los artículos 4°, 5°, 8°, 11°, 12°y 16°. Supresión de los artículos 17°, 18° y 19°. Modificación en la numeración de los artículos 20°, 21°, 22°, 23°,24°, 25° y 26° y sus referencias. Inclusión del artículo 24°; por escritura número 160 del 28 de Marzo de 2011, pasadaal folio 816 del Registro Notarial 444 a cargo del escribano Eduardo Rueda, inscripta en la Inspección General deJusticia-Registro Público de Comercio con fecha 11 de julio de 2011, bajo el número 13438, Libro 55 de Sociedadespor Acciones.

Autorización como entidad financiera

El Banco se encuentra autorizado para funcionar dentro del régimen de la Ley de Entidades Financieras, medianteinscripción en el registro de Entidades Financieras a cargo del BCRA, pero al ser su constitución anterior a la creacióndel mencionado organismo no posee un número de resolución pero si certificados que acreditan dicha autorización.

Directorio

La dirección y administración de Santander Río está a cargo del Directorio, compuesto de un mínimo de 4 y unmáximo de 17 Directores elegidos por el término de tres años por la asamblea ordinaria de accionistas, los cuales, dedisponer la asamblea de accionistas del Banco la designación de nueve o más Directores, deberán renovarse portercios. El Directorio está formado actualmente por 9 miembros titulares y 4 suplentes, de acuerdo a lo resuelto por laasamblea ordinaria de accionistas del Banco celebrada el 29 de marzo de 2012.

Funciones y facultades del Directorio

De acuerdo con la Ley Nº 19.550 (junto a sus modificatorias, la “Ley de Sociedades Comerciales” o “LSC”), losDirectores son responsables por desempeñar sus funciones con la diligencia y prudencia de un buen hombre denegocios. Los Directores son solidariamente responsables ante Santander Río, los accionistas y terceros por el maldesempeño de sus funciones, por violar las leyes, los Estatutos Sociales o las reglamentaciones, si hubiera, así comopor los daños y perjuicios causados por fraude, dolo o culpa. Según la Ley de Sociedades Comerciales, los estatutossociales o las resoluciones de las asambleas pueden asignar funciones específicas a los Directores. En dicho caso, laresponsabilidad del Director estará determinada por referencia al cumplimiento de dichas funciones, en tanto secumplan ciertos requisitos de registro. La Ley de Sociedades Comerciales prohíbe a los Directores participar enactividades que compitan con Santander Río sin la autorización expresa de sus accionistas. Ciertos contratoscelebrados entre Directores y el Banco requieren de ratificación según los procedimientos establecidos por las leyesaplicables. Los Directores deben informar al Directorio cualquier conflicto de intereses que pudiera existir en unadeterminada operación, absteniéndose de votar en tal decisión.

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Los Directores no serán responsables, sin perjuicio de su asistencia a la reunión que adoptó una resolución o de suconocimiento de dicha resolución, si dejaran constancia escrita de su oposición a tal decisión e informaran taloposición a la Comisión Fiscalizadora antes de que se presentara cualquier reclamo en su contra ante el Directorio, laComisión Fiscalizadora, una asamblea de accionistas, la autoridad de contralor o el tribunal competente. Excepto encaso de liquidación forzosa o quiebra de Santander Río, la aprobación de los accionistas del desempeño de un Directorda por concluida la responsabilidad del Director frente al Banco, siempre que accionistas representantes de un mínimodel 5% del capital social de Santander Río no objetaran tal decisión y que dicha responsabilidad no surgiera de unaviolación de las leyes o los Estatutos Sociales.

Banco Santander Río S.A. podrá iniciar acciones judiciales contra los Directores si ello fuera requerido por la mayoríade los accionistas. De no iniciarse tales acciones judiciales dentro de los seis meses de aprobarse su iniciación porresolución de accionistas, cualquier accionista podrá entablar tales acciones en representación y beneficio de BancoSantander Río S.A.El Directorio del Banco en su reunión del 20 de diciembre de 2011, en cumplimiento de la Comunicación “A” 5201del BCRA aprobó un Código de Gobierno Societario que constituye un conjunto de buenas prácticas de gobiernocorporativo que orientan al Directorio, la Alta Gerencia y a los Comités en la adopción de las políticas estratégicas, enla toma de decisiones y en la gestión de los negocios y recursos del Banco. Su implementación resulta muy valiosapara el Banco y marca un rumbo de acercamiento a estándares internacionales aceptados en los mercados financieros.

De acuerdo con lo resuelto por la asamblea ordinaria de accionistas de Santander Río celebrada el 9 de abril de 2013 yla distribución de cargos efectuada por el Directorio el 9 de abril de 2013 por acta N° 3653, el Directorio quedóconformado de la siguiente manera:

La nomina de autoridades del Banco Santander Rio S.A. podrá ser consultada por los interesados en la páginawww.bcra.gob.ar/Información de entidades / Tipo de entidades / Bancarias y Financieras / Banco Santander Rio S.A. /Directivos, según corresponda, por tratarse de una entidad financiera sujeta a su control.

Comités

El Estatuto establece que el Directorio y/o el Gerente General podrán constituir los Comités que sean necesarios paragestionar los asuntos del Banco. Cada Comité contará con un reglamento o manual aprobado por el Directorio.Asimismo, la integración de los Comités será aprobada por el Directorio.

El Directorio fomentará el establecimiento de Comités con el objetivo de que se genere la buena práctica de la gestióncolegiada en la asunción de decisiones a partir del intercambio de opiniones y criterios. De esta manera se generarándecisiones más adecuadas, más fundadas y analizadas para el mejor desempeño del Banco.

Los Comités pasarán sus decisiones por actas y se reunirán con la periodicidad que establezca su reglamento. CadaComité designará a su propio secretario quien será el responsable de llevar las actas y de informar en forma periódicade las actividades del Comité al Directorio.

A continuación se describen las tareas de los principales comités del Banco.

1.- Comité de Auditoría de CNV: Opina respecto de la propuesta del Directorio para la designación de auditoresexternos a contratar por el Banco, su remuneración, y velar por su independencia frente al Banco; supervisa elfuncionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable; supervisa la aplicación de laspolíticas en materia de información sobre la gestión de riesgos de la Sociedad; proporciona al mercado informacióncompleta respecto de las operaciones en las cuales exista conflicto de intereses con integrantes de los órganos socialeso accionistas controlantes; opina sobre la razonabilidad de las propuestas de honorarios y de planes de opciones sobrelas acciones de los directores y administradores que formule el órgano de administración; entre otras funciones.Integrado por tres directores titulares, dos de ellos independientes.

2.-Comité de Auditoría del BCRA: Vigila el adecuado funcionamiento de los sistemas de control interno queaseguren la producción de información contable y complementaria confiable.Integrado por dos directores titulares independientes y el gerente principal de auditoría interna.

3.-Comité de Análisis y Resolución (CAR): Monitorea el cumplimiento de las políticas de prevención de lavado dedinero aprobadas por el Directorio y el Oficial de Cumplimiento.

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Integrado por dos directores titulares no independientes, por los Gerentes Principales de Banca Comercial, de Medios,de Auditoría Interna y de Banca Mayorista, por tres Gerentes Departamentales y por el Responsable de la Unidad dePrevención de Blanqueo de Capitales.

4.-Comité de Sistemas: El Comité tiene como funciones: (i) velar por el correcto funcionamiento de los sistemas detecnología informática del Banco, y sistemas relacionados, (ii) contribuir a la mejora de la efectividad de dichossistemas, (iii) desarrollar planes a largo plazo relativos a dichos sistemas, (iv) evaluar periódicamente los mencionadossistemas, (v) revisar las auditorías a los mismos, y velar por la implementación de acciones correctivas destinadas aresolver fallas encontradas, y (vi) mantener la comunicación con el Inspector de Auditoría Externa de Sistemas de laSuperintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA (“SEFyC”).Integrado por un director titular no independiente, los Gerentes Principales de Medios, de Banca Comercial, deGestión y Desarrollo de Personas y Planeamiento Estratégico y dos Gerentes Departamentales de SeguridadInformática y de Desarrollo de Sistemas.

5.-Comité de Dirección: Funciona como enlace entre el Directorio del Banco y la Alta Gerencia a fin de asegurar quelos objetivos estratégicos generales sean implementados.Integrado por el Presidente, dos directores titulares no independientes, todos los gerentes principales, el GerenteDepartamental a cargo de la nueva Gerencia de Transformación, Eficiencia y Calidad y el Economista.

6.-Comité de Activos y Pasivos (ALCO): Analiza y recomienda al Directorio las políticas sobre la gestión de activosy pasivos del Banco, con el objeto de capitalizar las ventajas competitivas en operaciones de tesorería, maximizartanto el ingreso neto de intereses como el retorno sobre activos y capital, al tiempo que intentará limitar el riesgo detasa de interés y el riesgo de liquidez, dentro de los límites impuestos por la normativa bancaria argentina.Integrado por Presidente, un Director Titular no independiente, los Gerentes Principales de Banca Comercial, deBanca Mayorista, de Riesgos, de Gestión y Desarrollo de Personas y Planeamiento Estratégico, de Auditoria y porcinco Gerentes Departamentales.

7.-Comité de Calidad: Propone y monitorea la política y los objetivos de calidad, de la aprueba y efectúa elseguimiento del Plan de Calidad y del cronograma de actividades, lidera el desarrollo e implementación del sistema degestión de calidad.Integrado por el Presidente, dos Directores Titulares no independientes, los Gerentes Principales de Banca Comercial,de Banca Mayorista, de Riesgos, de Gestión y Desarrollo de Personas y Planeamiento Estratégico, de Auditoria, deMedios, de Comunicaciones Corporativas y el Gerente Departamental de Transformación, Eficiencia y Calidad.

8.-Comité de Negocios y Riesgos: Efectúa el seguimiento de la gestión y desarrollo de los negocios y sus riesgoscorrespondientes.Integrado por el Presidente, dos directores titulares no independientes, todos los Gerentes Principales y dos GerentesDepartamentales.

9.-Comité de Información Regulatoria y Control: Coordina y monitorea lo concerniente a temas regulatorios,contables, fiscales y de control.Integrado por tres Directores Titulares, uno de ellos independiente.

10.-Comité de Asesoría Jurídica, Gobierno Societario y Cumplimiento: Coordina y monitorea lo concerniente alos temas jurídicos, a las buenas prácticas de gobierno corporativo y de cumplimiento normativo.Integrado por tres Directores Titulares, uno de ellos independiente.

11.-Comité de Riesgo Operacional: Es responsable de: (i) dar tratamiento institucional a las políticas y losprocedimientos para la gestión del riesgo operacional; (ii) proveer un enfoque orientado a la comunicación ycapacitación a nivel de todo el Banco, creando una cultura de riesgo alineada con las mejores prácticas de mercado yservicios a los clientes; (iii) asegurar la existencia y el cumplimiento del sistema de gestión de riesgo operacional,revisando en forma periódica su grado de cumplimiento, y proponiendo los ajustes que se estimen necesarios; (iv)observar la implementación y el cumplimiento de las políticas y la estrategia de Riesgo Operacional (RO) aprobadaspor el Directorio; (v) aprobar el Plan de Trabajo Anual que sustenta las acciones para materializar la gestión del riesgooperacional; (vi) recibir informes periódicos del Coordinador Responsable de Riesgo Operacional (CRRO) sobre laexposición al riesgo, incluyendo información estadística (tanto por línea de negocios, por producto o por proceso)respecto a la evolución de los riesgos y las pérdidas operativas más importantes, informando al Directorio comomínimo con una periodicidad semestral y (vii) revisar los informes emitidos por el Coordinador Responsable deRiesgo Operacional (CRRO).

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Integrado por el Presidente, tres directores titulares uno de ellos independiente, por los Gerentes Principales de BancaComercial, de Banca Mayorista, de Riesgos, de Gestión y Desarrollo de Personas y Planeamiento Estratégico, deAuditoria, de Medios, el Sub-Gerente de Seguridad de la Información y el Gerente Departamental de RiesgoTecnológico y Operativo y Coordinador de Riesgo Operacional.

12.-Comité de Nombramientos y Remuneraciones: Asesora al Directorio sobre las remuneraciones fijas y variablesdel personal, incluyendo los planes de incentivos a largo plazo y vigilar que el sistema de incentivos al personal seaconsistente con la cultura, los objetivos, los negocios a largo plazo, la estrategia y el entorno de control de la Entidad ypropone los planes de sucesión de los miembros de la Alta Gerencia.Integrado por dos directores, uno de ellos independiente y por el Gerente Principal de Gestión y Desarrollo dePersonas.

13.-Comité de Gestión Integral de Riesgos: Realiza el seguimiento de la gestión de todos los riesgos a los que estáexpuesto el Banco con una visión integral de los mismos, observando cuidadosamente la interrelación existente entreellos, propone al Directorio los niveles de tolerancia para cada tipología de riesgo, monitorea el cumplimiento del plande acción vinculado a la implementación de la Comunicación “A” 5203 del BCRA.Integrado por el Presidente, tres directores titulares no independientes, dos directores titulares independientes, por losGerentes Principales de Banca Comercial, de Banca Mayorista, de Riesgos, de Medios y de Auditoría Interna.

Nomina de autoridades e información contable

La nomina de la de autoridades y de la Comisión fiscalizadora o los Estados Contables podrán ser consultados por losinteresados en la página www.bcra.gob.ar/Información de entidades / Tipo de entidades / Bancarias y Financieras /Banco Santander Rio S.A. / Directivos o Estados Contables - según corresponda- o enwww.santanderrio.com.ar/nosotros/relación con accionistas, por tratarse de una entidad financiera sujeta a su control.

DESCRIPCIÓN DE BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.

Descripción General del Banco Galicia

El Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. (el “Banco” o el “Banco Galicia”) inició sus actividades como bancocomercial en 1905, se constituyó como sociedad anónima en virtud de la legislación argentina el 15 de julio de 1905por un período que vence el 30 de junio de 2100. Banco Galicia se domicilia en la Argentina y su sede social inscriptase encuentra ubicada en Tte. Gral. J. D. Perón 407/29 (C1038AAI), Ciudad de Buenos Aires, CUIT 30-50000173-5,su teléfono/facsímil es (011) 6329-0000 y su dirección de correo electrónico [email protected] (At.Pablo Firvida). Banco de Galicia fue originalmente inscripto con fecha 21-11-1905 bajo el N° 4, Folio N° 32 del Libro20 Tomo A ante el Registro Público de Comercio. El Banco de Galicia no posee autorización del BCRA parafuncionar como entidad financiera dado que ha sido constituido el 15 de julio de 1905, fecha anterior a la creación delmencionado BCRA, que fuera creado en 1935.

Sus acciones cotizan en la BCBA desde el año 1907, además de haber cotizado en el Nasdaq Stock Market de losEE.UU. de Norteamérica entre 1993 y 2000, año en que se produjo el canje de sus acciones por acciones de GrupoFinanciero Galicia S.A., compañía holding de servicios financieros que actualmente posee el 94,94% del capital delBanco. La compañía holding es controlada por un grupo accionario constituido por tres familias. Las acciones deGrupo Financiero Galicia S.A. cotizan actualmente en el Nasdaq Capital Market, en la BCBA y en la Bolsa deComercio de Córdoba.

El Banco es uno de los principales bancos del sistema financiero de la Argentina, líder en la provisión de serviciosfinancieros en el país. De acuerdo con la última información publicada por el BCRA a junio de 2013, el Banco Galiciaera el segundo banco privado medido por sus activos, por su cartera de préstamos y por sus depósitos, y el cuarto porsu patrimonio neto. Además, el Banco Galicia era la primera entidad financiera privada de capital nacional medida porsus activos, por sus préstamos y por sus depósitos. Considerando los depósitos totales del Banco Galicia en el país, laparticipación de mercado estimada del Banco en el sistema financiero de la Argentina al 30 de junio de 2013 era del6,82%. Si se consideran solamente los depósitos del sector privado, el mercado relevante para el Banco, suparticipación de mercado estimada ascendía al 8,98%. Respecto de los préstamos totales, la participación era del8,34%, mientras que la correspondiente a préstamos al sector privado alcanzaba al 9,10%.

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Toda la información relevante de Banco Galicia así como también sus estados contables, se encuentra publicada en elBoletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (BCBA), y en la Autopista de la Información Financiera (AIF) de laCNV, a la que se podrá acceder ingresando en el sitio www.cnv.gob.ar y en en la página web del Banco Central de laRepública Argentina (BCRA)

Descripción del Negocio y de la Red de Distribución

El Banco Galicia opera una de las más extensas y diversificadas redes de distribución del sector financiero privado delpaís, ofreciendo más de 400 puntos de contacto a sus clientes, entre sucursales (260 al 30 de junio de 2013) y centrosde banca electrónica, sin considerar las oficinas de las compañías regionales de tarjetas de crédito y de CompañíaFinanciera Argentina S.A. (“CFA”) que se mencionan a continuación. Los clientes también cuentan con acceso aservicios de banca telefónica y a “bancogalicia.com” y Galicia Móvil, el primer portal financiero de Internet y elprimer servicio de pagos mediante teléfono celular, respectivamente, establecidos por un banco en la Argentina.

Adicionalmente, a través de su subsidiaria Tarjetas Regionales S.A., compañía holding de compañías de crédito alconsumo y emisoras de tarjetas de crédito, el Banco posee participaciones en Tarjeta Naranja S.A. y Tarjetas CuyanasS.A., que, en su conjunto, operan en casi todo el país a través de 203 sucursales y 90 receptorías. Por otro lado, susubsidiaria CFA, compañía financiera líder de Argentina en el otorgamiento de préstamos personales, cuenta con unared de distribución de 59 sucursales y 36 receptorías.

Al segundo trimestre de 2013, Banco Galicia y sus subsidiarias empleaban 12.803 personas, de las cuales 5.650 eranempleados de Banco Galicia y las restantes de las compañías de tarjetas de crédito regionales, CFA y otrassubsidiarias.

Información Financiera Seleccionada

Al 30 de junio de 2013, considerando el balance consolidado, los activos del Banco totalizaban 69.855 millones depesos (moneda de la Argentina, en adelante “$” o “Peso” o “Pesos”), los depósitos alcanzaban $44.185 millones y supatrimonio neto ascendía a $5.610 millones. En el segundo trimestre del ejercicio de 2013, el Banco registró unaganancia neta de $383,0 millones, acumulando $706 millones en los primeros seis meses del ejercicio 2013..

En términos consolidados la cartera de préstamos brutos del Banco al 30 de junio de 2013 ascendía a $50.365millones, con un incremento del 40,9% respecto de la cartera correspondiente a la misma fecha del año anterior.

Al 30 de junio de 2013 el capital computable del Banco alcanzó los $6.421 millones, $1.498 millones superior a laexigencia de capital mínimo de $4.923 millones. Asimismo, a esa misma fecha los activos líquidos del Banco en laArgentina, sin consolidar.

Para mayor información Contable de Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., podrá ser consultada en la página web delBCRA (www.bcra.gov.ar// Información de entidades // Tipos de Entidades // Bancarias y Financieras // Banco deGalicia y Buenos Aires S.A. // Estados Contables).

Órgano de Fiscalización

Comisión Fiscalizadora

El Estatuto Social del Banco (el “Estatuto Social”) prevé la constitución de una Comisión Fiscalizadora compuesta portres miembros titulares (“síndicos titulares”) y tres miembros suplentes (“síndicos suplentes”). De acuerdo con la Leyde Sociedades Comerciales, y las normas del Banco Central, los síndicos titulares y suplentes deben asegurar quetodas las acciones que tome el Banco se encuentren dentro de lo establecido por la normativa aplicable. Los síndicostitulares y suplentes no participan en la administración de los negocios y no pueden tener funciones gerenciales. Lossíndicos son responsables, entre otras cosas, de la preparación del informe a los accionistas analizando los estadoscontables de cada ejercicio, y de la recomendación a los accionistas respecto de la aprobación de tales estadoscontables. Los síndicos titulares y suplentes son designados por la asamblea ordinaria anual, por un ejercicio,pudiendo ser reelectos. Los síndicos suplentes actúan como titulares en caso de ausencia temporaria o permanente delos síndicos titulares.

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La nomina de autoridades del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. podrá ser consultada por los interesados en lapágina www.bcra.gob.ar/Información de entidades / Tipo de entidades / Bancarias y Financieras / Banco SantanderRio S.A. / Directivos, según corresponda, por tratarse de una entidad financiera sujeta a su control.

Comité de Auditoría

De acuerdo a la normativa del Banco Central, el Banco tiene un Comité de Auditoría compuesto por dos directorestitulares, uno de los cuales es un director independiente, y el Gerente de Auditoría Interna. Asimismo, el Banco, porestar sujeto al régimen de la oferta pública, debe cumplir con el régimen de transparencia de la oferta pública reguladopor la ley 26.831 y las NORMAS de la CNV. En cumplimiento de las NORMAS de la CNV el Comité de Auditoría seconformó con tres directores, (Lic. Raúl Héctor Seoane, Dr. Pablo María Garat y Cdor. Ignacio Abel Gonzalez),siendo dos de ellos directores independientes.

DESCRIPCIÓN DEL AGENTE DE CONTROL Y REVISIÓN

First Corporate Finance Advisors S.A. con sede social situada en la calle 25 de mayo 596, piso 20, de la Ciudad deBuenos Aires. Tel. 011-4311-6014. Fax. 4311-6018 Email [email protected] CUIT: 33-70097858-9, se encuentrainscripta en la Inspección General de Justicia el 08/02/99 bajo el Nº1.858 libro Nº 4 de Sociedades por Acciones, ymodificación posterior inscripta el 08/10/13 bajo el Nº 20.031 del Libro Nº 65 de Sociedades por Acciones.El equipo de profesionales que integra First ha participado en más de 950 emisiones de fideicomisos financierosdesempeñando el rol de agente de control y revisión en el mercado local. El objetivo de esta tarea es brindar alFiduciario asistencia en el análisis de información y apoyo en materia de seguimiento de los activos securitizados,generándole al mismo un reporte mensual según procedimientos acordados con éste.

First Corporate Finance Advisors S.A. ha obtenido de Fitch Ratings la primera calificación de Riesgo en AméricaLatina de su servicio de Agente de Control y Revisión. Fitch Ratings asignó una calificación de "2+MS(arg)", lamisma se sustenta en que la compañía refleja una amplia experiencia y antigüedad en el sector, con una importanteparticipación de mercado, una robusta plataforma tecnológica con un alto grado de automatización, políticas yprocedimientos estandarizados y un adecuado plan de continuidad para el procesamiento de datos.

Órgano de Administración PRESIDENTE: MIGUEL ANGEL ARRIGONI

VICEPRESIDENTE: LUIS ALBERTO DUBISKI

DIRECTORES:o EDUARDO OSCAR DE BONISo DANIEL HORACIO ZUBILLAGAo JOSE LUIS GAROFALOo GUILLERMO ALBERTO BARBEROo MIGUEL ANGEL DARIO MOLFINOo GUIDO DALLA BONA MAINIo VICTOR LAMBERTIo HORACIO CONTINOo ESTEBAN CARLOS GARCIA BRUNELLI

DIRECTOR SUPLENTEo LEONARDO DE LUCA

Órgano de fiscalizaciónLa sociedad prescinde de Sindicatura conforme lo dispuesto por el art. 284 de la ley de Sociedades Comerciales.

DESCRIPCION DEL ADMINISTRADOR SUSTITUTO

PAKTAR S.R.L. (en adelante “Paktar”) se encuentra inscripta en la Inspección general de Justicia con fecha 4 dejulio de 2000, sector registro Público de Comercio bajo el Nro. 4627del libro 113 tomo SRL.Tiene domicilio legal y sede social inscripta en la calle Sarmiento 552 piso 17 (Ciudad de Buenos Aires) y su centrode operaciones en Av. Pte. Perón 1280 - Torre Paktar- San Miguel (Pcia. de Buenos Aires).Datos de la compañía:CUIT 30-70725339-4.

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Tel/Fax: 6091-5100Emails: [email protected]; [email protected]: www.paktar.com.ar

Paktar se constituyó en el año 2000 como una empresa de recupero de cartera morosa para entidades financieras yempresas de retail.Su performance a los largo de sus primeros 4 años de vida le permitió ampliar su cartera de negocios incorporando lagestión de créditos para terceros, administración de cuentas a cobrar activas y en estado de mora, servicio integral decall center y contact center y servicios integrales de resoluciones de créditos.La incorporación de tecnología y management le permitió a Paktar posicionarse como una de las empresas líderes delsector de recupero y administración de carteras de la Argentina.La orientación de la firma a brindar servicios integrales de administración de cartera llevo a Paktar a construir unedificio propio de 1100 m2 donde se desarrollo todo el centro de operaciones, tecnología y más de 230 personasempleadas para llevar a cargo las tareas descriptas.Paktar posee sucursales en la capital Federal y en San Miguel (Pcia de Buenos Aires). Actualmente, administra más de1,2 millones de clientes al mes y una cartera de créditos performing y no performing superior a los 7000 millones depesos por año.Actualmente, es una de las empresas más importantes del país en la industria de la tercerización de servicios deotorgamiento, procesamiento y administración de créditos; gestión de cobranzas y medios de pago; gestión derecupero de activos en mora y servicios de Contact Center.-Dentro de su extensa cartera de clientes cuenta con las principales firmas de retail de la Argentina, bancos de primeralínea, las entidades financieras más importantes y las mayores tarjetas de crédito no bancarias del sistema.

Gerencia de la compañía

La compañía cuenta con un management con experiencia en el negocio de administración de carteras de crédito yrecupero de clientes.

Nombre Cargo

Alejandro Caruso Socio-gerente

Mariana Rizzutto Socio-gerente

Pablo Salafia Socio-gerente

De acuerdo con lo previsto por la ley de Sociedades Comerciales se optó por prescindir del órgano de fiscalizacióninterna.

RÉGIMEN IMPOSITIVO

En esta sección se efectúa un resumen de las consecuencias fiscales que en general resultan aplicables a laadquisición, tenencia, y disposición de los Valores Fiduciarios por el Inversor. El mismo se basa en una razonableaplicación de la legislación vigente a la fecha del presente Suplemento, sujeta a diferentes interpretaciones y acambios futuros. Los inversores deben consultar a sus asesores respecto del tratamiento fiscal en el orden nacional,provincial o local, que en particular deberán otorgar a las compras, propiedad y disposición de los ValoresFiduciarios

La siguiente descripción es un resumen de ciertas consideraciones impositivas de la Argentina vinculadas a unainversión en los Valores Fiduciarios en el presente FIDEICOMISO FINANCIERO. La descripción sólo tienepropósitos de información general y está fundada en las leyes y regulaciones impositivas locales en vigencia a la fechade este Suplemento de Prospecto. Asimismo, la descripción no hace referencia a todas las consecuencias impositivasposibles relacionadas a una inversión en los Valores Fiduciarios.Si bien este resumen se considera una interpretación correcta de la legislación vigente a la fecha de este Suplementode Prospecto, no puede asegurarse que los tribunales o las autoridades fiscales responsables de la aplicación de dichasleyes concuerden con esta interpretación. Las leyes tributarias argentinas han sufrido numerosas reformas en elpasado, y podrán ser objeto de reformulaciones, derogación de exenciones, restablecimiento de impuestos, y otrasclases de modificaciones que podrían disminuir o eliminar el rendimiento de las inversiones.

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LOS COMPRADORES POTENCIALES DE LOS VALORES FIDUCIARIOS DEBEN CONSULTAR A SUSASESORES IMPOSITIVOS EN LO QUE RESPECTA A LAS CONSECUENCIAS IMPOSITIVASAPLICABLES DE ACUERDO CON SUS SITUACIONES PARTICULARES, DERIVADAS DE LAADQUISICIÓN, TENENCIA Y DISPOSICIÓN DE LOS VALORES.

I. Impuestos que gravan los Fideicomisos

I.1. Impuesto a las Ganancias

El artículo 69 inciso a) punto 6 de la ley del Impuesto a las Ganancias establece que los fideicomisos financieros sonsujetos del Impuesto a la alícuota del 35%. Asimismo, el último párrafo del inciso a) del citado artículo establece quelas personas que asuman la calidad de fiduciarios quedan comprendidos en el inciso e) del artículo 6 de la ley 11.683de Procedimiento Fiscal (t.o. en 1998 y sus modificaciones), por lo que en su carácter de Administrador de patrimonioajeno deberá ingresar el impuesto que se devengue en cabeza del fideicomiso.El Decreto Reglamentario de la ley del Impuesto a las Ganancias establece en el primer artículo incorporado acontinuación de su artículo 70 que quienes asuman la calidad de fiduciarios deberán ingresar en cada año fiscal elimpuesto que se devengue sobre las ganancias netas imponibles obtenidas por el ejercicio de la propiedad fiduciaria. Atales fines, se considerará como año fiscal el establecido en el primer párrafo del Artículo 18 de la ley del gravamen.Asimismo el citado artículo establece en su último párrafo que para la determinación de la ganancia neta no serándeducibles los importes que, bajo cualquier denominación, corresponda asignar en concepto de distribución deutilidades.No obstante, un fideicomiso financiero podría encontrarse amparado por el beneficio de la deducción de utilidadesdispuesto por el segundo artículo incorporado a continuación del art. 70 del Decreto Reglamentario de la ley deltributo, cumpliendo determinadas condiciones y requisitos que la propia norma establece.Sin embargo, el Decreto 1207/08 (B.O. 1/08/2008), modificó el segundo artículo incorporado a continuación delartículo 70 del reglamento de la ley del impuesto limitando la deducción de utilidades obtenidas por el desarrollo de suactividad, sólo a aquellos fideicomisos financieros con oferta pública que cumplan los requisitos que la normaestablece y que se encuentren vinculados con la realización de obras de infraestructura afectadas a la prestación deservicios públicos.

A efectos de establecer la ganancia neta de los fondos fiduciarios a que alude el artículo anterior, deberán considerarselas disposiciones que rigen la determinación de las ganancias de la tercera categoría, entre las que se encuentrancomprendidas las ganancias obtenidas en el año fiscal y destinada a ser distribuidas en el futuro durante el término deduración del contrato de fideicomiso, así como a las que en ese lapso se apliquen a la realización de gastos inherentesa la actividad específica del fideicomiso que resulten imputables a cualquier año fiscal posterior comprendido en elmismo.

De este modo, considerando que el fideicomiso no se encuentra vinculado con la realización de obras deinfraestructura afectadas a la prestación de servicios públicos, no califica para acceder al beneficio de deducción deutilidades debiendo por tal motivo tributar el 35% sobre la ganancia neta impositiva determinada en cada ejerciciofiscal.

I.2. Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta

No resultan sujetos del impuesto de acuerdo con lo dispuesto por el inciso f) del artículo 2 de la ley del gravamen. Noobstante ello, son los Beneficiarios de los Valores de Deuda Fiduciaria y de los Certificados de Participación, quienesdeberán tributar el impuesto en tanto sean sujetos (rogamos remitirse a “II.5.”).

I.3. Impuesto al Valor Agregado

En el Impuesto al Valor Agregado, el artículo 4 de la ley establece que son sujetos pasivos del gravamen, entre otros“cualquier ente individual o colectivo”, en tanto se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el primerpárrafo del artículo 4 de la ley, es decir, que realicen alguna de las actividades gravadas en dicho párrafo.En base a lo expuesto, el Fideicomiso Financiero será sujeto del tributo si realizare actos gravados por el impuesto, encuyo caso los ingresos así obtenidos estarán sujetos al gravamen a la alícuota general del 21% (veintiún por ciento),salvo que resulte procedente alguna alícuota reducida o exención.Asimismo, el artículo 84 de la ley 24.441 dispone que a los efectos del I.V.A., cuando los Bienes Fideicomitidosfuesen créditos, las transmisiones a favor del Fideicomiso no constituirán prestaciones o colocaciones financieras

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gravadas. Es decir, la transferencia onerosa de los Fiduciantes hacia el fideicomiso de las cuentas por cobrar, no estaráalcanzada por este gravamen.A su vez, el citado artículo establece que cuando el crédito cedido incluya intereses de financiación, el sujeto pasivodel impuesto por la prestación correspondiente a estos últimos continuará siendo cada Fiduciante, salvo que lacancelación de dichos créditos deba efectuarse a otra persona, en cuyo caso será quien lo reciba el que asumirá lacalidad de sujeto pasivo.En el caso del presente Fideicomiso, dado que la gestión de cobro será llevada a cabo por los Fiduciantes, en sucarácter de Administradores, éstos se constituirán como sujeto pasivo del tributo.

I.4. Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Convenio MultilateralTal como se detallará a continuación, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos el fideicomiso financiero es sujeto, demanera que deberá ser inscripto en la Dirección de Rentas y tributar dicho impuesto sujeto a las normas generalesaplicables, incluyendo el convenio multilateral dado la obtención de ingresos y/o realización de gastos en distintasjurisdicciones locales.En este contexto, a los efectos de atribuir la base imponible del impuesto entre las distintas jurisdicciones, deberántenerse en cuenta los ingresos y gastos que se generan en las mismas de acuerdo con las disposiciones del artículo 2ºdel régimen pese a que, durante el primer año, deberán tributar conforme las disposiciones de su artículo 14; es decir,atribuyendo la base imponible allí donde se encuentre localizado el ingreso.Con relación a la atribución del gasto, el mismo se asigna al lugar donde éste se realiza, sin interesar dónde se paga,mientras que la asignación de los ingresos deberá efectuarse a la jurisdicción donde tiene “efectos” la concertación dela operación, vale decir, donde se encuentra radicado el crédito.

I.5. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria

De acuerdo con el inciso c) del artículo 10 del Decreto 380/2001, las cuentas corrientes utilizadas para el desarrolloespecífico de la actividad de los fideicomisos financieros que cumplan con los requisitos establecidos en el segundoartículo agregado a continuación del artículo 70 del decreto reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias,estarán exentas del tributo.De conformidad con la Nota Externa 9/2008 de la Administración Federal de Ingresos Públicos dicha exención no seencuentra afectada por el dictado del Decreto 1207/08 y resulta aplicable al presente Fideicomiso.

El Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria, de corresponder, se podrá computar comopago a cuenta contra el Impuesto a las Ganancias y/o el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

I.6. Impuesto sobre los Bienes Personales

En virtud de que los fideicomisos financieros no son sujetos del Impuesto sobre los Bienes Personales y de lodispuesto en el segundo párrafo del artículo 13 del Decreto 780/95, el fiduciario no será responsable por el ingreso delgravamen correspondiente a los activos fideicomitidos.

I.7. Impuesto de Sellos

La Ciudad de Buenos Aires ha dispuesto la ampliación de la aplicación del Impuesto de Sellos mediante la LeyNº2997, con vigencia a partir del año 2009, estableciendo que están sujetos al impuesto los actos y contratos decarácter oneroso siempre que: (a) se otorguen en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así comotambién los otorgados fuera de ella en los casos especialmente previstos en la ley (b) se formalicen en instrumentospúblicos o privados, o por correspondencia en ciertos casos, así como los que se efectúen con intervención de lasbolsas o mercados de acuerdo con lo que se establece a dichos efectos. La alícuota general del impuesto fue fijada enel 1% a partir del 1/01/2013, aunque existen alícuotas especiales del 0,50% hasta el 3,6%. Asimismo, la ley incorporauna serie de exenciones para determinados actos, contratos y operaciones.

En cuanto a los contratos de fideicomisos, el Art 371 de la ley citada expresa: En los contratos de fideicomisoscelebrados al amparo de las disposiciones de la ley 24.441 –Titulo I, el impuesto se aplicará exclusivamente sobre laretribución que perciba el fiduciario durante la vigencia del contrato. No están alcanzados por el impuesto losinstrumentos por medio de los cuales se formalice la transferencia de bienes que realicen los fiduciantes a favor de losfiduciarios. Los actos, contratos y operaciones de disposición o administración que realice el fideicomiso quedarán

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sometidos al impuesto en la medida que concurran los extremos de gravabilidad establecidos en este titulo en cadacaso. Asimismo, la norma contempla una exención para los instrumentos, actos y operaciones de cualquier naturalezavinculados y/o necesarios para posibilitar la emisión de títulos valores representativos de deuda de sus emisoras ycualesquiera otros títulos valores destinados a la Oferta Pública, por parte, entre otros, de fideicomisos financierosdebidamente autorizados por la Comisión Nacional de Valores a hacer oferta pública de dichos títulos valores. Laexención incluye también a los instrumentos, actos, contratos, operaciones y garantías vinculadas con las emisionesmencionadas sean aquellos anteriores, simultáneos o posteriores a las mismas

II. Impuestos que gravan los Valores Fiduciarios.II.1. Impuesto a las Ganancias.

Rendimientos (intereses)Conforme lo dispuesto por el inciso b) del artículo 83 de la Ley 24.441, el rendimiento obtenido por quienes poseanlos Certificados de Participación y los Valores de Deuda Fiduciaria de los Fideicomisos constituidos para latitulización de activos, y siempre y cuando los mismos sean colocados por oferta pública, resultan exentos delImpuesto a las Ganancias.Sin perjuicio de lo expuesto, la exención aludida NO alcanza a los sujetos comprendidos en el Título VI de la Ley delImpuesto a las Ganancias quienes están obligados a practicar la regla del ajuste por inflación impositivo. Éstos últimosson los sujetos- empresa del país, vale decir -entre otros-, las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidadlimitada, las sociedades en comandita por acciones en la parte que corresponde a los socios comanditarios, lassociedades en comandita simple, etc.; en consecuencia, cuando se paguen intereses de Valores de Deuda Fiduciaria adichos sujetos, corresponderá que el fideicomiso o quien efectúe tales pagos retenga el 35% (treinta y cinco porciento) sobre el importe de los intereses pagados, de acuerdo al régimen previsto en el último párrafo del artículo 81de la ley del impuesto a las Ganancias. No obstante, la retención no resultará aplicable si el titular de los Valores deDeuda Fiduciaria goza de una exención en el gravamen, se halla excluido o, cuenta con un certificado de no retenciónemitido por las autoridades fiscales.Por último, cuando se trate de Beneficiarios del exterior comprendidos en el Título V de la Ley del Impuesto a lasGanancias, NO regirá lo dispuesto en su artículo 21 ni en el artículo 106 de la Ley de Procedimiento Fiscal -Ley Nº11.683-, en cuanto subordinan los efectos de exenciones o desgravaciones (totales o parciales) del Impuesto a lasGanancias, en la medida que de ello pudiera resultar una transferencia de ingresos a fiscos extranjeros.

Resultados derivados de la compraventa de Valores FiduciariosLos resultados provenientes de la compraventa de los títulos bajo análisis resultan exentos del Impuesto a lasGanancias, en la medida que se trate de fideicomisos constituidos para la titulización de activos, y siempre y cuandolos mismos sean colocados por oferta pública, de acuerdo a lo establecido en el inc. b) del artículo 83 de la Ley24.441.Por último, cabe mencionar que la citada exención NO alcanza a los sujetos comprendidos en el Título VI de la Leydel Impuesto a las Ganancias, vale decir, a los sujetos empresa del país.

Por medio de la Ley N° 26893 se introdujeron diversas modificaciones en la Ley del Impuesto a las Ganancias. Entreaquellas, se dispuso la aplicación de un alícuota del 10% (diez por ciento) sobre los dividendos o utilidades quedistribuyan las empresas argentinas en general (S.A, SRL, en Comanditas, etc.), los fideicomisos y los fondoscomunes de inversión constituidos en el país, no comprendidos en el primer párrafo del artículo 1º de la ley 24.083 ysus modificaciones.(los fondos comunes de inversión "cerrados"), siempre que el perceptor de las utilidades sea unapersona física residente en el país y/o un beneficiario del exterior. La aplicación del impuesto corresponderáindependientemente si las acciones y/o los respectivos títulos cotizan o no en bolsas y tengan o no autorización deOferta Pública. La alícuota del 10% sobre dividendos y utilidades, según la ley, tiene el carácter de "pago único ydefinitivo", por lo tanto, debería implementarse un régimen de retención del impuesto en la fuente a cargo del sujetopagador de las utilidades, lo cual, hasta el presente no ha sido dispuesto por las autoridades fiscales.

La gravabilidad de la distribución de dividendos y utilidades, según lo dispone la ley reformatoria, es aplicable a partirde su vigencia, la cual fue establecida a partir de la publicación de la ley en el Boletín Oficial, es decir, el 23/09/2013.

II.2. Impuesto al Valor Agregado

Rendimientos (intereses)

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De acuerdo con lo establecido por el inciso a) del artículo 83 de la Ley 24.441, los rendimientos que obtenga elinversor (sujeto local o beneficiario del exterior) están exentos del Impuesto al Valor Agregado toda vez que los títulosvalores cumplan con el requisito de la oferta pública.

Resultados derivados de la compraventa de los títulosTodo resultado obtenido como consecuencia de la transferencia de títulos de valores, de acuerdo con lo establecido porel inciso a) del artículo 83 de la Ley 24.441, resultará exento del presente gravamen, en la medida que los Certificadosde Participación cumplan con el requisito de la oferta pública antes detallado.

II.3. Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Para aquellos inversores que realicen actividad habitual o que puedan estar sujetos a la presunción de habitualidad enalguna jurisdicción, los ingresos que se generen por la renta o como resultado de la transferencia de los Títulos quedangravados con alícuotas que van del 0% al 15% sobre la base imponible correspondiente, salvo que proceda laaplicación de una exención.

Tratándose de inversores del exterior, NO procede la imposición, dada la inexistencia del sujeto pasivo del gravamen

II.4. Impuesto sobre los Bienes Personales

De conformidad con lo dispuesto por el título VI de la ley Nº 23.966 (t.o. 1997 y sus modificaciones) ("Ley de BienesPersonales”), las personas físicas y las sucesiones indivisas domiciliadas o radicadas en la República Argentina o en elextranjero (en este último caso sólo con respecto a bienes situados en la Argentina, lo cual incluye los ValoresFiduciarios) están sujetas al Impuesto sobre los Bienes Personales que grava los bienes existentes al 31 de diciembrede cada año.

Por medio de la ley Nº 26.317 (publicada en el Boletín Oficial el 10-12-07) se introdujeron ciertas modificaciones a laLey de Bienes Personales referidas al mínimo exento y las alícuotas aplicables según el valor total de los bienesgravados, las cuales surtirán efecto desde el 31-12-07, inclusive, en adelante.

Respecto de las personas físicas y las sucesiones indivisas domiciliadas o radicadas en la Argentina, el impuesto gravaa todos los bienes situados en la Argentina y en el exterior en la medida que su valor en conjunto, exceda de $305.000, aplicándose alícuotas entre el 0,5% y 1,25 %, dependiendo del monto de los bienes sujetos a impuesto.

A su vez, respecto de las personas físicas y las sucesiones indivisas domiciliadas o radicadas en el extranjero elreferido impuesto debe ser pagado por la persona domiciliada en la Argentina que tenga el dominio, posesión, uso,goce, disposición, depósito, tenencia, custodia, administración o guarda de los valores (el “Responsable Sustituto”),que deberá aplicar una alícuota de 1,25%.

El Responsable Sustituto podrá recuperar las sumas pagadas en concepto de Impuesto sobre los Bienes Personales,reteniendo o enajenando los Valores Fiduciarios respecto de los cuales el impuesto resultó aplicable. El Impuestosobre los Bienes Personales no resultará aplicable en esos casos si el monto a ingresar resultare menor a $ 255,75. Elimpuesto tampoco resultará aplicable a las personas físicas o sucesiones indivisas residentes en el exterior que seantenedores respecto de quienes no exista un Responsable Sustituto en la Argentina.

II.5. Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta

En el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, la tenencia de títulos valores de un fideicomiso financiero de la Ley24.441 será objeto del gravamen en cabeza de los respectivos contribuyentes.

Los sujetos pasivos del gravamen son las sociedades domiciliadas en el país, las asociaciones civiles y fundacionesdomiciliadas en el país, las empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país pertenecientes a personasdomiciliadas en el mismo, las entidades y organismos constituidos en el país a que se refiere el artículo 1º de la Ley22.016, las personas físicas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales en relación a dichos inmuebles, losfideicomisos constituidos en el país conforme la Ley 24.441 (excepto los financieros previstos en los artículos 19 y 20de esta última ley), los fondos comunes de inversión “abiertos” de la Ley 24.083, y los establecimientos establesdomiciliados o ubicados en el país para el desarrollo de actividades en la Argentina pertenecientes a sujetos delexterior.

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Por ello, la tenencia de títulos valores resulta gravada a una tasa del 1 % (uno por ciento), para aquellos que califiquencomo sujetos del impuesto a la luz de la enunciación recién efectuada.Por último cabe mencionar que resultan exentos del tributo, los bienes del activo gravado en el país cuyo valor,determinado conforme las disposiciones del gravamen no supere, en su conjunto, la suma de $ 200.000.

II.6. Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Corrientes Bancarias

La compra, transferencia, percepción de toda suma u otros movimientos vinculados con estos títulos valores,efectuados a través de cuentas corrientes bancarias, estará alcanzado por el impuesto a la alícuota general del 0,6%.A su vez, los titulares de las cuentas bancarias podrán computar como crédito de impuestos el 34% de los importesliquidados y percibidos por el agente de percepción en concepto del presente gravamen, originados en las sumasacreditadas en dichas cuentas.

Asimismo, los sujetos que tengan a su cargo el gravamen por los hechos imponibles comprendidos en Artículo 1ºincisos b) y c), de la ley mencionada en el párrafo precedente, alcanzados por la tasa general del DOCE POR MIL(12‰), podrán computar como crédito de impuestos, el DIECISIETE POR CIENTO (17%) de los importes ingresadospor cuenta propia o, en su caso, liquidados y percibidos por el agente de percepción en concepto del presentegravamen, correspondiente a los mencionados hechos imponibles.

La acreditación de dicho importe como pago a cuenta se efectuará, indistintamente, contra el Impuesto a las Gananciasy/o el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

II.7. Otros

La transmisión gratuita de bienes a herederos, legatarios o donatarios no se encuentra gravada en la RepúblicaArgentina a nivel nacional. En el orden provincial, las jurisdicciones que han implementado impuestos a latransmisión Gratuita de Bienes son la provincia de Buenos Aires -Ley 14044 - a partir del 1/01/2011 y la provincia deEntre Ríos -Ley 10.197- a partir del 8/02/2013. Son contribuyentes las personas físicas y jurídicas beneficiarias de unatransmisión gratuita de bienes en tanto se domicilien o residan en la respectiva provincia, independientemente dellugar donde estén situados los bienes. Las alícuotas aplicables varían entre el 4% y 22% atendiendo al grado deparentesco y el monto de la base imponible. Los Valores Fiduciarios, en tanto queden involucrados en una transmisióngratuita de bienes podrían quedar afectados por estos gravámenes en las jurisdicciones señaladas.

III. Regímenes de información sobre fideicomisos. RG AFIP Nº3312

Por medio de la Res. Gral. Nº3312 del 18/04/12 la Administración Federal de Ingresos Públicos implementó unrégimen de información sobre fideicomisos constituidos en los términos de la ley 24.441, incluyendo a los financieros.Bajo dicha normativa. corresponde suministrar a la AFIP determinados datos al 31 de diciembre de cada año(“Régimen de información anual”), y además, deben informarse (“Régimen de registración de operaciones”), en elplazo perentorio de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de formalización de la operación (vgr. cancelacióntotal o parcial, documento público o privado, actas o registraciones, entre otras, la que ocurra primero), determinadoshechos como por ejemplo: constitución inicial de fideicomisos, ingresos y egresos de fiduciantes y/o beneficiarios, quese produzcan con posterioridad al inicio, transferencias o cesiones gratuitas u onerosas de participaciones o derechosen fideicomisos, entregas de bienes efectuadas a fideicomisos, con posterioridad a su constitución, modificaciones alcontrato inicial, asignación de beneficios y extinción de contratos de fideicomisos.

Si bien el principal agente de información es el fiduciario, también quedan obligados a actuar como tales losvendedores o cedentes y adquirentes o cesionarios de participaciones en fideicomisos constituidos en el país, respectoa las transferencias o cesiones gratuitas u onerosas de participaciones o derechos en fideicomisos.

El contrato de fideicomiso quedará sujeto al régimen de información aludido en los párrafos precedentes.

La Res Gral Nº3538/2013 de la AFIP del 12/11/13 introdujo modificaciones en la Res Gral Nº3312 disponiendo laobligatoriedad de presentar electrónicamente la documentación respaldatoria de las operaciones registradas (“Régimende Registración de Operaciones”) en formato “pdf”, en el mismo plazo previsto para la registración, es decir, de 10días hábiles contados a partir de la fecha de formalización de la operación (vgr. cancelación total o parcial, documentopúblico o privado, actas o registraciones, entre otras, la que ocurra primero).

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ATENTO A QUE LA REGLAMENTACIÓN DE LOS FIDEICOMISOS FINANCIEROS NO HA SIDOINTERPRETADA AUN POR LOS TRIBUNALES Y QUE EN EL CASO DE LAS AUTORIDADESFISCALES RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN DICHAS INTERPRETACIONES NO RESULTANSUFICIENTES PARA ESCLARECER TODOS AQUELLOS ASPECTOS QUE GENERAN DUDA, NOPUEDE ASEGURARSE LA APLICACIÓN O INTERPRETACIÓN QUE DE DICHAS NORMATIVASEFECTÚEN LOS MISMOS Y EN PARTICULAR EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICAARGENTINA, LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Y LAS DIRECCIONES DERENTAS LOCALES.

CONTRATO SUPLEMENTARIO DE FIDEICOMISO FINANCIERO GARBARINO 100

Entre (1) GARBARINO S.A.I.C. E I., con domicilio en Guevara 533 piso 6° de esta Ciudad, y COMPUMUNDO S.A., con domicilio en Guevara 533 piso 6° de esta Ciudad (en conjunto, los “Fiduciantes”), representados en este actopor los abajo firmantes y (2) BANCO DE VALORES S.A., con domicilio en Sarmiento 310 de esta Ciudad(“Fiduciario y Organizador” y junto con los Fiduciantes, las “Partes”), representado en este acto por los abajofirmantes, se conviene constituir el presente Fideicomiso Financiero, conforme a las siguientes cláusulas:

SECCIÓN PRELIMINARDEFINICIONES

A efectos del presente, los términos empleados en mayúsculas tendrán la definición que se les asigna en el ContratoSuplementario Marco del Programa, si no estuvieran definidos de otro modo en el presente Suplemento de Prospecto.

“Administradores”: los Fiduciantes.

“Administrador Sustituto”: PAKTAR S.R.L o la persona o personas que en el futuro designe el Fiduciario.

“Agentes”: en conjunto, los Agentes de Cobro, el Agente de Control y Revisión, los asesores impositivos, contables,auditores externos, así como toda persona física o jurídica que preste servicios al Fiduciario para el Fideicomiso.

“Agentes de Cobro”: los Fiduciantes o la persona o personas que en el futuro designe el Fiduciario para que cumplacon la función de cobro de los Créditos.

“Agente de Control y Revisión”: First Corporate Finance Advisors S.A.

“AIF”: Autopista de Información Financiera de la CNV.

“Asamblea de Beneficiarios”: es la asamblea de Beneficiarios convocada para adoptar una resolución que deconformidad con lo previsto en el presente Contrato requiera para su aprobación de una Mayoría de Beneficiarios.

“Aviso de Colocación”: significa el aviso a ser publicado por el Fiduciario –al menos - en el boletín diario de laBCBA y en la AIF , y en el sitio web del MAE en el que se indicarán los datos requeridos por las NORMAS de laCNV.

“BCBA”: Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

"BCRA": Banco Central de la República Argentina.

“Beneficiarios”: los titulares de los Valores Fiduciarios.

“Bienes Fideicomitidos”: los activos indicados en el artículo 1.3, más los activos en que se encuentren invertidos losrecursos líquidos del Fideicomiso, y el dinero en efectivo bajo titularidad fiduciaria.

“Certificados de Participación” o “CP”: los Valores Fiduciarios que bajo esta denominación den derecho a losBeneficiarios a recibir una participación indivisa en forma porcentual respecto del Fideicomiso.

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“Certificados Globales”: la lámina que representa la totalidad de los Valores Fiduciarios de una Serie y/o Clase, parasu depósito en sistemas de depósito colectivo.

“Clases”: el conjunto de Valores Fiduciarios dentro de una Serie que otorgan iguales derechos respecto delFideicomiso.

“CNV”: la Comisión Nacional de Valores.

“Cobranza”: las sumas ingresadas al Fideicomiso en concepto de pagos realizados bajo los Créditos.

“Colocadores”: Banco de Valores S.A., Banco Santander Río S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

“Contrato Marco”: es el contrato marco para fideicomisos financieros otorgado por el Fiduciario y los Fiduciantes,inserto en el Prospecto del Programa.

“Contrato Suplementario”: es el presente contrato suplementario de fideicomiso financiero.

“CPCCN”: es el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

"Créditos": significan los créditos de consumo y personales otorgados en pesos por los Fiduciantes, instrumentadosmediante solicitudes de créditos y Pagarés.

“Crédito en Mora”: significa aquéllos créditos que se hallaren impagos a partir de los 91 días del vencimiento de unacuota.

“Cuenta Fiduciaria”: la cuenta bancaria abierta por el Fiduciario en la que se depositarán los recursos líquidos delFideicomiso.

“Deudor/es”: es el/los obligado/s al pago de un Crédito.

“Día Hábil”: es un día en el cual los bancos comerciales no están autorizados a cerrar en la Ciudad de Buenos Aires.

“Documentos”: (a) Todos los instrumentos en soporte papel o magnético y (b) Los legajos de crédito de los deudores.Quedan excluidos los Pagarés.

Fecha de Corte”: es la fecha a partir de la cual se asignará el Flujo de Fondos Teórico al Fideicomiso; es el 31 dediciembre de 2013.

“Fecha de Liquidación y Emisión”: tendrá lugar dentro de las 48 Hs. del último día del Período de Colocación de losValores Fiduciarios y será informada en el Aviso de Colocación.

“Fecha de Pago de Servicios”: la fecha en que deba ponerse a disposición de los Beneficiarios el pago de Servicios,conforme a las condiciones de emisión de los Valores Fiduciarios.“Fecha de Transferencia”: cada una de las fechas en las que se transfieren los Créditos al Fideicomiso.

“Fiduciario”: Banco de Valores S.A.

“Fiduciantes”: Garbarino SAIC e I y Compumundo S.A.

“Flujo de Fondos”: las sumas de dinero provenientes de los Bienes Fideicomitidos, en concepto de capital, interesesy/o cualquier otro derecho a recibir sumas de dinero u otros valores, incluyendo también el resultado de la inversión delos Fondos Líquidos Disponibles.

“Flujo de Fondos Teórico”: las sumas de dinero que debieran ingresar al Fideicomiso en concepto de pagos decapital, intereses o cualquier otro concepto según las condiciones contractuales, legales o de emisión de los BienesFideicomitidos.

“Fondo de Gastos”: se refiere al fondo al cual se imputarán los Gastos del Fideicomiso.

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“Fondo de Impuesto a las Ganancias”: tiene el significado asignado en el artículo 2.18.

“Fondos Líquidos Disponibles”: los fondos que se obtengan de los Bienes Fideicomitidos y que conforme lostérminos del presente Contrato Suplementario aún no deban ser distribuidos a los Beneficiarios y permanezcan enforma transitoria en poder del Fiduciario.

"Gastos del Fideicomiso": tiene el significado que se le asigna en la cláusula 8.2 del Contrato Marco.

"Gastos Extraordinarios": todos aquellos gastos no contemplados en la cláusula 8.2 del Contrato Marco.

“Mayoría de Beneficiarios”:cuando la decisión se adopte en una Asamblea de Beneficiarios, para su aprobación serequerirá la mayoría absoluta (más del 50%) del valor nominal de los Valores Fiduciarios correspondientes aBeneficiarios presentes habilitados a votar. Cuando la decisión se exprese a través del procedimiento alternativocontemplado en el artículo 31.2 del Contrato Marco, se requerirá la mayoría absoluta (más del 50% ) del valornominal de los Valores Fiduciarios en circulación del Fideicomiso, o los de una Clase o Serie determinada, según setrate, correspondientes a Beneficiarios habilitados a votar.

“MAE”: Mercado Abierto Electrónico S.A.

“NORMAS”: significan las NORMAS de la CNV según t.o. resol. gral. 622/13.

“Organizadores”: Banco de Valores S.A., Banco Santander Rio S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.

“Pagaré”: es cada uno de los Pagarés librados a favor del Fiduciante, los que han sido endosados sin garantía a favorde Banco de Valores S.A. en su carácter de Fiduciario del presente Fideicomiso

“Período de Colocación”: significa el plazo mínimo de 4 (cuatro) días hábiles bursátiles para la difusión y mínimo de1 (un) día hábil bursátil para la subasta o licitación pública.

“Período de Devengamiento”: es el período comprendido desde la Fecha de Corte (exclusive) hasta el 31 de enero de2014 (inclusive) -para el primer período-; o desde el primero de mes hasta el último día del mes calendario inmediatoanterior a cada Fecha de Pago de Servicios -para los restantes. El interés se calculará considerando para su cálculo unaño de 360 días (12 meses de 30 días).

“Plazo de los CP”: tiene el significado asignado en el artículo 2.16.

“Plazo de los VDF”: tiene el significado asignado en el artículo 2.16.

“Programa”: significa el Programa Global de Valores Fiduciarios “Garbarino”.

“Recaudadores”: aquellas entidades que en el futuro contraten los Fiduciantes para prestar el servicio de cobro de losCréditos.

“Servicios”: los pagos que por distintos conceptos corresponda hacer a los Beneficiarios bajo los términos ycondiciones de los Valores Fiduciarios.

“Tasa de Referencia”: significa el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo demás de un millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados (“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadaspor el BCRA durante el Período de Devengamiento. Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por elBCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar), Sección “Estadísticas e Indicadores/Monetarias yFinancieras/Tasas de interés por depósitos y BADLAR (serie diaria). En caso de que la tasa BADLAR Privada dejarede ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o(ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia,considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millónde pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina.Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponiblespublicados por el BCRA.

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“Valor Fideicomitido”: significa el valor al cual se adquieren los Créditos, siendo el valor presente de los mismosconforme surge de aplicar una tasa efectiva anual promedio ponderada por Valor Fideicomitido del 59,7% sobre lospagos mensuales futuros teóricos de los Créditos en el momento de su transferencia al Fideicomiso, tomándose encuenta para ello el tiempo que transcurra entre la Fecha de Corte y la fecha de vencimiento de cada pago de losCréditos. Los Fiduciantes recibirán como contraprestación de la transferencia de los Créditos, el producido de lacolocación de los Valores Fiduciarios. De no ser éstos colocados en su totalidad, recibirá en contraprestación losValores Fiduciarios no colocados.

“Valores de Deuda Fiduciaria” o “VDF”: la Clase de Valores Fiduciarios – A, B y C- que bajo esta denominacióndarán derecho a recibir el valor nominal de los mismos, más una renta, en su caso, a cuyo pago se afectarán los BienesFideicomitidos.

“Valores Fiduciarios”: en conjunto los Valores de Deuda Fiduciaria y los Certificados de Participación.

“VDFA”: los Valores de Deuda Fiduciaria Clase A.

“VDFB”: los Valores de Deuda Fiduciaria Clase B.

“VDFC”: los Valores de Deuda Fiduciaria Clase C.

SECCIÓN ICONSTITUCIÓN Y CONDICIONES DEL FIDEICOMISO

Artículo 1.1. Constitución del Fideicomiso. Asignación de los Créditos al Fiduciario. El Fiduciario y losFiduciantes constituyen el Fideicomiso, que se integró con Créditos que los Fiduciantes transfirieron por instrumentoseparado al Fiduciario. Los Créditos fueron transferidos por el Valor Fideicomitido que indica el art. 1.3. El Fiduciarioadhiere a todos los términos y condiciones del Contrato Marco inserto en el Programa Global de Valores Fiduciarios“GARBARINO”. Los bienes del Fiduciario y los de los Fiduciantes no responderán por las obligaciones contraídas enla ejecución del Fideicomiso. Estas obligaciones serán exclusivamente satisfechas con los Bienes Fideicomitidos,conforme lo dispone el artículo 16 de la ley 24.441.

Artículo 1.2. Plazo del Fideicomiso. La duración del Fideicomiso se extenderá hasta tres (3) años contados a partir dela última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participación que figura en el mencionado Cuadro de Pagode Servicios. Sin perjuicio de ello, el plazo de vigencia del Fideicomiso en ningún caso podrá exceder de 30 añosconstados desde su constitución.

Artículo 1.3. Bienes Fideicomitidos. Características de los Créditos. El Fideicomiso se integró con Créditos,otorgados en pesos por los Fiduciantes, que tienen su origen en financiaciones de consumo y préstamos personales71,96% y 28,04% respectivamente, por un monto total de $ 382.035.086.- por capital e intereses a devengar. El ValorFideicomitido de la cartera a la Fecha de Corte es de hasta $ 301.276.382. También constituyen Bienes Fideicomitidostodo producido, renta, amortización, indemnización, fruto, accesión y derecho obtenidos de dichos BienesFideicomitidos o de la inversión de los Fondos Líquidos Disponibles en los términos que se autoriza en el presente.Los Créditos Fideicomitidos se instrumentan mediante solicitudes de crédito y Pagarés. Los Pagarés fueron endosadospor los Fiduciantes, sin garantía a favor de Banco de Valores S.A. en su carácter de Fiduciario del presenteFideicomiso Financiero. Los Créditos transferidos no observan atrasos mayores a 31 días a la Fecha de Transferenciaal Fideicomiso, ni son producto de ninguna refinanciación. A la Fecha de Corte el saldo de los Créditos, incluyendocapital e interés futuro, asciende a $ 382.035.086.

Artículo 1.4. Remuneración del Fiduciario. El Fiduciario tendrá derecho a cobrar en concepto de comisión por sufunción la suma de $21.000 mensuales más IVA para el año 2013 y $ 24.000.- mensuales para los años subsiguientesmás IVA e impuestos. Esta remuneración se cobrará desde la primera transferencia fiduciaria de bienes al Fideicomisoy hasta la extinción del mismo o la declaración de un caso de disolución anticipada que implique la necesidad deliquidar los Bienes Fideicomitidos. .

Artículo 1.5. Renuncia o remoción del Fiduciario. El Fiduciario deberá notificar su renuncia en los términos de lacláusula vigésimo primera del Contrato Marco, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos allí

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establecidos. En caso de renuncia o remoción del Fiduciario, la designación del fiduciario sustituto corresponderá a laAsamblea de Beneficiarios. A tales efectos designarán su sustituto de entre por lo menos tres (3) entidades quehubieran sido listadas a tal fin ponderando para la elección la experiencia acreditada, la capacidad de gestión y laretribución pretendida. En caso de no designarse ningún fiduciario sustituto dentro de los quince (15) días deacreditada la renuncia o notificada la remoción, cualquier Beneficiario podrá solicitar al tribunal competente ladesignación de un fiduciario sustituto para que se desempeñe hasta que otro sea designado. Cualquier fiduciariosustituto designado en tal forma por el Tribunal será reemplazado en forma inmediata, previa autorización de la CNV,por el fiduciario sustituto aprobado por la mayoría absoluta de Beneficiarios.

Artículo 1.6. Responsabilidad. El Fiduciario será responsable por el cumplimiento de las obligaciones a su cargo deacuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 7 de la ley 24.441 y las NORMAS de la CNV. Los titulares de losValores Fiduciarios no tendrán acción o derecho alguno contra el Fiduciario ni sus agentes en caso de falta de pago deServicios originada en la falta de recursos suficientes, salvo culpa o dolo del Fiduciario o terceros por quienes debaresponder, calificada dicha conducta como tal por sentencia judicial firme y definitiva emanada de tribunalcompetente.

Artículo 1.7. Informe de Gestión de Cartera. El Informe de Gestión de Cartera será rendido a los Beneficiariosexclusivamente a través de su publicación en el boletín diario de la BCBA. Sin perjuicio de lo anterior, el Fiduciariocumplirá con el régimen informativo previsto en las NORMAS de la CNV y con el inciso d) del artículo 1 de laResolución de Consejo 2/2006 de la BCBA.

SECCION IICONDICIONES DE EMISIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS

Artículo 2.1. Emisión. Clases. El Fiduciario resuelve la emisión de Valores Fiduciarios por un valor nominal total de$ 301.276.382 y un valor nominal unitario de un peso ($1), que será la unidad mínima de negociación. Los ValoresFiduciarios serán de las siguientes clases: (a) Valores de Deuda Fiduciaria Clase A, por un valor nominal equivalenteal 72,0% del Valor Fideicomitido de los Créditos transferidos al Fideicomiso, es decir $ 217.035.330 ; (b) Valores deDeuda Fiduciaria Clase B, por un valor nominal equivalente al 9,6% del Valor Fideicomitido de los Créditostransferidos al Fideicomiso, es decir $ 28.763.718 y (c) Valores de Deuda Fiduciaria Clase C, por un valor nominalequivalente al 5,2% del Valor Fideicomitido de los Créditos transferidos al Fideicomiso, es decir $ 15.689.301 (d)Certificados de Participación, por un valor nominal equivalente al 13,2% del Valor Fideicomitido de los Créditostransferidos al Fideicomiso, es decir $ 39.788.033.

Artículo 2.2. Valores de Deuda Fiduciaria Clase A. Otorgan derecho a pagos mensuales de los siguientes Servicios,deducidas las contribuciones indicadas en el artículo 2.9 A) puntos 1 a 4: (a) en concepto de amortización del capital(i) los ingresos por la Cobranza percibida hasta la Fecha de Corte (inclusive), de existir, más (ii) la totalidad de losingresos percibidos por las Cobranzas ingresadas durante cada Período de Devengamiento, luego de deducir el interésde la propia Clase y (b) en concepto de interés i) una tasa variable equivalente a la Tasa de Referencia, más 250 puntosbásicos anuales, con un máximo de 32% nominal anual o ii) una tasa del 24% nominal anual, la que resulte mayor,devengado durante el Período de Devengamiento. El interés se calculará sobre el valor residual de los VDFAconsiderando para su cálculo un año de 360 días (12 meses de 30 días).

Artículo 2.3. Valores de Deuda Fiduciaria Clase B. Otorgan derecho a pagos mensuales de los siguientes Servicios,deducidas las contribuciones indicadas en el artículo 2.9 B) puntos 1 a 4, a partir de la cancelación de los VDFA: (a)en concepto de amortización del capital (i) la totalidad de los ingresos percibidos por las cuotas de los Créditosingresadas durante cada Período de Devengamiento, luego de deducir el interés de la propia Clase y, b) en concepto deinterés i) una tasa variable equivalente a la Tasa de Referencia, más 400 puntos básicos anuales, con un máximo de33,5% nominal anual o ii) una tasa del 25,5% nominal anual, la que resulte mayor, devengado durante el Período deDevengamiento. El interés se calculará sobre el valor residual de los VDFB considerando para su cálculo un año de360 días (12 meses de 30 días). En cada Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a los VDFB, sepodrá aplicar al pago de intereses devengados de los VDFB (i) los fondos que estuvieren depositados en la CuentaFiduciaria correspondientes a la Cobranza, independientemente del Período de Devengamiento al cual correspondany/o (ii) fondos que eventualmente hubieren aportado los Fiduciantes, los que se reembolsarán una vez cancelados losVDFB. Si en alguna Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a los VDFB no existieran fondossuficientes para el pago total de los intereses devengados de dicha clase o si en cualquier Fecha de Pago de Serviciosposterior al 31 de diciembre de 2014 no se hubiera abonado la totalidad de los intereses devengados, los interesesdevengados impagos se capitalizarán.

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Artículo 2.4. Valores de Deuda Fiduciaria Clase C. Otorgan derecho a pagos mensuales de los siguientes Servicios,deducidas las contribuciones indicadas en el artículo 2.9 C) puntos 1 a 4, a partir de la cancelación de los VDFB: (a)en concepto de amortización del capital (i) la totalidad de los ingresos percibidos por las cuotas de los Créditosingresadas durante cada Período de Devengamiento, luego de deducir el interés de la propia Clase y, b) en concepto deinterés i) una tasa variable equivalente a la Tasa de Referencia, más 500 puntos básicos anuales, con un máximo de34,5% nominal anual o ii) una tasa del 26,5% nominal anual, la que resulte mayor, devengado durante el Período deDevengamiento. El interés se calculará sobre el valor residual de los VDFC considerando para su cálculo un año de360 días (12 meses de 30 días). En cada Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a los VDFC, sepodrá aplicar al pago de intereses devengados de los VDFC (i) los fondos que estuvieren depositados en la CuentaFiduciaria correspondientes a la Cobranza, independientemente del Período de Devengamiento al cual correspondany/o (ii) fondos que eventualmente hubieren aportado los Fiduciantes, los que se reembolsarán una vez cancelados losVDFC. Si en alguna Fecha de Pago de Servicios en la cual corresponda pagar a los VDFC no existieran fondossuficientes para el pago total de los intereses devengados de dicha clase o si en cualquier Fecha de Pago de Serviciosposterior al 31 de enero de 2015 no se hubiera abonado la totalidad de los intereses devengados, los interesesdevengados impagos se capitalizarán.

Artículo 2.5. Certificados de Participación. Tendrán derecho a pagos mensuales de los siguientes Servicios, una vezcancelados íntegramente los VDF, netos de las deducciones señaladas en el apartado D) puntos 1 a 5 del artículo 2.9del Contrato Suplementario de Fideicomiso: a) en concepto de amortización un importe equivalente a la totalidad delos ingresos percibidos por las cuotas de los Créditos ingresadas durante el Período de Devengamiento hasta que elvalor de la clase quede reducido a $100, saldo que se cancelará en la última Fecha de Pago de Servicios y b) enconcepto de utilidad, el importe remanente, de existir.

Artículo 2.6. Fondo por Riesgo de Administración. El Fiduciario retendrá del producido de colocación un total dehasta $ 10.595.000 para destinarlo a un Fondo por Riesgo de Administración, que se irá reduciendo mes a mesconforme al siguiente cuadro:

Mes Fondo deAdministración

ene-14 10.595.000$feb-14 9.665.000$mar-14 8.705.000$abr-14 7.720.000$

may-14 6.700.000$jun-14 5.645.000$jul-14 4.660.000$

ago-14 3.755.000$sep-14 2.835.000$oct-14 1.945.000$

nov-14 1.225.000$dic-14 425.000$

Los importes acumulados en el Fondo por Riesgo de Administración serán aplicados por el Fiduciario al pago deServicios a los Valores de Deuda Fiduciaria, cuando por cualquier causa cualquiera de los Administradores no puedacumplir con sus obligaciones, a fin de mantener el pago de dichos Servicios según el Flujo de Pago de Servicios, hastatanto el Administrador Sustituto asuma sus funciones. En cualquier momento en que el Fondo por Riesgo deAdministración, a juicio del Fiduciario, resultare insuficiente, se detraerá de la Cobranza los fondos necesarios. Sinperjuicio de ello, los Fiduciantes autorizan por la presente a que las sumas que se liberen mensualmente a favor deellos, sean aplicadas por el Fiduciario al Pago de los Servicios de los VDF. Una vez cancelados los VDF, el importetotal retenido inicialmente se reintegrará a los Fiduciantes y el remanente de existir, para su acreditación en la CuentaFiduciaria.

Artículo 2.7.Fondo de Gastos. Fondo de Impuesto de Ingresos Brutos.(I) El Fiduciario retendrá del producido dela colocación: (a) hasta $ 100.000 que se asignará al Fondo de Gastos (“Fondo de Gastos”), el cual se destinará acancelar los Gastos del Fideicomiso (conforme al artículo 8.2 del Contrato Marco) hasta el monto indicado. A partir

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del segundo mes, el Fondo de Gastos se reducirá a $35.000. En cualquier momento en que el Fondo de Gastos sereduzca hasta representar un importe menor al monto indicado, se detraerá de los fondos percibidos de los Créditos yasignados a pagar los Servicios el monto necesario para restablecer el Fondo de Gastos en dicho límite. (b) hasta$80.000 que se asignará a un fondo para el pago del impuesto a los ingresos brutos (“Fondo del Impuesto de IngresosBrutos”). En cualquier momento en que el Fondo de Gastos y/o el Fondo de Impuesto de Ingresos Brutos se reduzcanhasta representar un importe menor a los montos indicados en a) y b) precedentes, se detraerá de la Cobranza losfondos necesarios para restablecerlos. Cuando (i) a juicio del Fiduciario el monto acumulado en cada Fondo alcanzarepara pagar la totalidad de los Gastos del Fideicomiso o del impuesto, respectivamente, o (ii) finalice el Fideicomiso,los Fondos serán reintegrados a los Fiduciantes por hasta el importe inicialmente retenido. (II) Los Fiduciantes hanafrontado y afrontarán Gastos que corresponden ser imputados al Fideicomiso, como ser los gastos iniciales para laestructuración del Fideicomiso y la colocación de los Valores Fiduciarios, la retribución de la calificadora de riesgo,honorarios de los asesores financieros, etc., que se estiman en la suma de hasta $ 350.000 (los “Gastos Afrontados porlos Fiduciantes”), o lo que en más o menos resulte de los comprobantes que los Fiduciantes presenten al Fiduciario.De así solicitarlo los Fiduciantes al Fiduciario, cancelados los Valores de Deuda Fiduciaria, cubiertos los Fondos deGastos, Impuesto de Ingresos Brutos e Impuesto a las Ganancias, la totalidad de los ingresos se destinarán a reintegrara los Fiduciantes dichos Gastos Afrontados por los Fiduciantes. Cumplido ello, comenzará el pago de Servicios a losCertificados de Participación.

Artículo 2.8. Inversión de los Fondos Líquidos Disponibles. Los Fondos Líquidos Disponibles serán depositados enbancos y podrán ser invertidos en fondos comunes de inversión de renta fija, activos monetarios, o colocados enoperaciones de pase o caución sobre valores calificados con nivel de riesgo igual o superior a grado de inversión.

Artículo 2.9. Forma de distribución de los ingresos al Fideicomiso. El total de los fondos ingresados alFideicomiso como consecuencia del cobro de los Créditos y del rendimiento de las colocaciones realizadas porexcedentes de liquidez transitorios así como las sumas que mensualmente se liberen del Fondo por Riesgo deAdministración, se distribuirán de la siguiente forma y orden:

A) Hasta tanto no estén íntegramente cancelados los Valores de Deuda Fiduciaria Clase A:1. Al Fondo de Gastos, de corresponder.2. Al Fondo de Impuesto de Ingresos Brutos, de corresponder.3. Al Fondo de Impuesto a las Ganancias, según lo establecido en el art. 2.18.4. Al Fondo por Riesgo de Administración, de corresponder5. Al pago de intereses correspondientes a los VDFA.6. Al pago de capital a los VDFA.

B) Una vez cancelados íntegramente los Valores de Deuda Fiduciaria Clase A, el 100% de los fondos ingresados sedestinará:1. Al Fondo de Gastos, de corresponder.2. Al Fondo de Impuesto de Ingresos Brutos, de corresponder.3. Al Fondo de Impuesto a las Ganancias, según lo establecido en el art. 2.184. Al Fondo por Riesgo de Administración, de corresponder5. Al pago de los intereses correspondientes a los VDFB.6. Del remanente, el 100% al pago de capital a los VDFB.

C) Una vez cancelados íntegramente los Valores de Deuda Fiduciaria Clase B, el 100% de los fondos ingresados sedestinará:1. Al Fondo de Gastos, de corresponder.2. Al Fondo de Impuesto de Ingresos Brutos, de corresponder.3. Al Fondo de Impuesto a las Ganancias, según lo establecido en el art. 2.184. Al Fondo por Riesgo de Administración, de corresponder5. Al pago de los intereses correspondientes a los VDFC.6. Del remanente, el 100% al pago de capital a los VDFC.

D) Una vez cancelados íntegramente los Valores de Deuda Fiduciaria Clase C, el 100% de los fondos ingresados sedestinará:1. Al Fondo de Gastos, de corresponder.2. Al Fondo de Impuesto de Ingresos Brutos, de corresponder.

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3. Al Fondo de Impuesto a las Ganancias, según lo establecido en el art. 2.18.4. En su caso, al reintegro de los fondos retenidos para el Fondo por Riesgo de Administración de conformidad con lodispuesto en el art. 2.6 del Contrato Suplementario.5. En su caso, al reintegro de los Gastos Afrontados por los Fiduciantes, por aplicación del art. 2.7. del ContratoSuplementario.6. Al pago de capital a los CP hasta la cancelación de su valor nominal menos cien pesos ($100). Dicho saldo que secancelará en la última Fecha de Pago de Servicios.7. El remanente, de existir, se considerará utilidad de los CP.

En caso de existir Gastos Extraordinarios, serán pagaderos una vez cancelados los VDF en su totalidad.

Artículo 2.10. Pago de los Servicios. Los Servicios serán pagados por el Fiduciario los días diez (10) o siguiente DíaHábil de cada mes, excepto para el primer servicio que será el día 19 de febrero de 2014 (las “Fechas de Pago de losServicios”). Con anticipación no inferior a cinco (5) Días Hábiles a cada Fecha de Pago de Servicios, el Fiduciariopublicará el monto a pagar por tal concepto a cada Clase de Valores Fiduciarios, discriminando los conceptos. Elmonto que no haya podido pagarse por ser insuficiente lo recaudado, será pagado cuando el Flujo de Fondosefectivamente percibido lo permita, sin que la falta de pago implique mora.

Artículo 2.11. Falta de pago de los Servicios. La falta de pago o pago parcial de un Servicio, por insuficiencia defondos fideicomitidos, no constituirá incumplimiento. El monto que no haya podido pagarse a los Beneficiarios encada Fecha de Pago de Servicios, por ser insuficiente lo recaudado, será pagado cuando el Flujo de Fondosefectivamente percibido lo permita sin que ello implique mora, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo de losartículos 2.3 y 2.4 con relación a los VDFB y VDFC respectivamente. Si al vencimiento del Plazo de los VDF no sehubiera cancelado el valor nominal de los VDF por inexistencia de fondos suficientes el Fiduciario requerirá aBeneficiarios que representen la mayoría absoluta del valor nominal en circulación de los Valores Fiduciarios leinstruyan sobre la reestructuración, prórroga o liquidación del Fideicomiso, en los términos del artículo 24 de la Ley24.441. No obstante, en cuanto hubiera fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria, el Fiduciario procederá a realizarpagos conforme con el orden establecido en el artículo 2.9. Dichos pagos, en cuanto fueren parciales, se efectivizaráncon una periodicidad mínima de 30 (treinta) días, y siempre que los fondos disponibles para ello no fueran inferiores a$ 100.000.-

Artículo 2.12. Derechos de los titulares de Certificados de Participación, una vez cancelados los Valores deDeuda Fiduciaria. I. Cancelados los VDF, los Beneficiarios que representen la mayoría absoluta de capital de los CPpodrán resolver, y así instruir al Fiduciario: (a) la liquidación anticipada del Fideicomiso, sea (i) por el procedimientode enajenación de los Créditos a terceros establecido en el apartado V, salvo que se establezca otro procedimiento derealización de los Créditos, que podrán ser readquiridos por los Fiduciantes, sea (ii) mediante adjudicación directa delos Créditos a los Beneficiarios en condiciones equitativas, pudiéndose dar opción a que los Beneficiarios minoritariosreciban el valor contable de los Créditos neto de previsiones y gastos en cuanto hubiere recursos líquidos en elFideicomiso; y/o (b) el retiro de los CP de la oferta pública y listado, o (c) la conversión del Fideicomiso Financieroen un fideicomiso privado. Adoptada una de las alternativas, salvo en su caso que el procedimiento de realización delos activos haya tenido efectivo comienzo, podrá ser sustituida en cualquier momento por cualquiera de las otras, porigual mayoría. La resolución que se adopte se anunciará por el Fiduciario durante tres (3) días en el boletín diario de laBCBA. En caso de adoptarse las alternativas (b) o (c), los Beneficiarios disconformes podrán solicitar el reembolsodel valor nominal residual de sus Certificados de Participación, más una renta tal que, computando los Servicios yapercibidos, sea equivalente a una vez y media la tasa de interés correspondiente a los VDFC, en su caso hasta laconcurrencia de la valuación de los Créditos conforme al criterio indicado en el apartado II, sin derecho a ninguna otraprestación y en la medida que existan fondos suficientes en el Fideicomiso. Ello importará la liquidación parcial delFideicomiso, pudiéndose en su caso realizar Créditos conforme a lo establecido en (a). La solicitud deberá dirigirse alFiduciario dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de la última publicación. El valor de reembolso deberápagarse dentro de los sesenta (60) días de vencido dicho plazo, salvo que antes de esa fecha se hubiera resuelto laliquidación anticipada del Fideicomiso, lo que será comunicado por medio fehaciente a los Beneficiarios quesolicitaron el reembolso.II.- A los efectos de lo dispuesto en el inciso I. (a) precedente, así como en cualquier supuesto de liquidaciónanticipada del Fideicomiso, salvo disposición en contrario de la mayoría absoluta de Beneficiarios, los Créditos sevaluarán conforme a las normas de previsionamiento del Banco Central de la República Argentina y se deducirán losimportes correspondientes a los gastos.

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III.- La adjudicación de los Créditos a los Beneficiarios será notificada fehacientemente por el Fiduciario al domicilioregistrado de cada Beneficiario, indicándose el plazo dentro del cual el Beneficiario habrá de concurrir al domicilio delFiduciario para firmar y retirar la documentación pertinente, bajo apercibimiento de consignación. Al vencimiento dedicho plazo cesará toda obligación del Fiduciario respecto de la gestión de los Créditos que son adjudicados alBeneficiario respectivo. Vencido dicho plazo sin que el Beneficiario hubiera cumplido los actos que le son exigiblespara perfeccionar la transferencia de los Créditos adjudicados, el Fiduciario podrá consignarlos judicialmente, concargo al Beneficiario incumplidor.IV.- La mayoría especificada en el punto I resolverá los aspectos no contemplados en el presente artículo, exceptoaquéllos para los cuales se requiera unanimidad.V.- Salvo el supuesto de adjudicación de los Créditos a los Beneficiarios, la enajenación de los Créditos será realizadapor el Fiduciario a través de un procedimiento de licitación privada conforme a las siguientes reglas: (a) El Fiduciario,por sí o a través del Agente de Control y Revisión confeccionará un pliego descriptivo de la cartera a enajenar y de lascondiciones de la licitación establecidas en el inciso (c) siguiente; (b) Se publicará un aviso en un diario de mayorcirculación general en la República llamando a formular ofertas para la compra de la cartera. En el aviso se indicará:(i) que el pliego con la descripción de la cartera y condiciones de la licitación se encuentra a disposición de cualquierinteresado en las oficinas del Fiduciario, y (ii) la fecha de presentación de las ofertas (c) Las condiciones de lalicitación son las siguientes: (i) Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en las oficinas del Fiduciario, y debenindicar el precio contado a pagar por la cartera; (ii) Todos los costos relativos a la transferencia de los Créditos de lacartera estarán a exclusivo cargo del comprador, incluyendo impuestos; (iii) En la fecha y hora indicadas en el aviso,el Fiduciario procederá a abrir los sobres; (iv) Cualquiera de los Fiduciantes tendrá el derecho, dentro de las 24 horashábiles siguientes a la apertura de los sobres, a manifestar su voluntad de adquirir la cartera al mejor precio ofrecido;(v) Vencido el plazo anterior, o antes si los Fiduciantes hubieran manifestado su desinterés, el Fiduciario notificará laadjudicación al oferente que haya ofrecido el mayor precio, o a los Fiduciantes en su caso, debiéndose celebrar elpertinente contrato y pagar el precio dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes; (vi) Si el precio no fuera pagadoen el plazo correspondiente, la operación quedará sin efecto, y el Fiduciario adjudicará la cartera a quién haya ofrecidoel precio inmediato inferior, repitiendo el procedimiento indicado en el inciso anterior. El producido de la enajenación,neto de Gastos y de la eventual contribución al Fondo de Reserva Impositivo, se distribuirá a prorrata entre todos losBeneficiarios de los CP; (vii) En caso de no existir ofertas y cualquiera de los Fiduciantes manifestare su intención deadquirir los Créditos, podrá adquirir los mismos al precio que resulte de aplicar lo dispuesto en el apartado II delpresente artículo.VI. En caso de ser adjudicados los Créditos los Fiduciantes, y de ser estos titulares de CP, sólo deberán pagar alFiduciario la parte proporcional del precio que exceda a la participación beneficiaria por esa tenencia, y los Créditosse adjudicarán a los Fiduciantes en concepto de la cuota de liquidación correspondiente a los CP de su titularidad.VII. El Fiduciante, en tanto sea titular de CP, deberá abstenerse de votar en las asambleas de Beneficiarios (inclusivemediante el procedimiento alternativo para la adopción de decisiones previsto en el Contrato Marco), cuando ladecisión a adoptarse pueda generar conflicto con el interés del resto de los Beneficiarios. A tales efectos, se entenderápor conflicto de interés cuando el voto de los Fiduciantes Beneficiarios importaría adoptar una decisión colectiva queimplique una transferencia no justificada de valor de los beneficiarios en general a los Fiduciantes Beneficiarios”.

Artículo 2.13. Liquidación anticipada del Fideicomiso. a) Por decisión del Fiduciario con el consentimiento de lamayoría absoluta de Beneficiarios podrá resolverse la liquidación anticipada del Fideicomiso en los siguientes casos:(i) la imposición de impuestos o cargas que graven los Fideicomisos, los activos que los integren y/o las gananciasgeneradas por el mismo, y que a criterio del Fiduciario tornen inconveniente la continuación del Fideicomiso; (ii)antela vigencia de leyes o normas reglamentarias que a criterio del Fiduciario tornen inconveniente la continuación delFideicomiso.(b) El Fiduciario deberá liquidar anticipadamente el Fideicomiso en cualquiera de los siguientes casos: (i) Ante lacancelación de la autorización de oferta pública y/o listado de los Valores Fiduciarios; (ii) Cuando, cancelados losVDF, durante tres (3) meses consecutivos los Gastos - y la eventual contribución al Fondo de Reserva Impositivo -hubieran representado más del 50% (cincuenta por ciento) de la Cobranza bajo los Créditos fideicomitidos duranteigual período. La liquidación será anunciada por el Fiduciario a los Beneficiarios mediante aviso por 3 (tres) días en elboletín diario de la BCBA.(c) Adoptada la resolución de liquidar conforme a lo previsto en el punto (a), o publicado el último de los avisosprevistos en el punto (b), se procederá a liquidar el Fideicomiso con arreglo a lo dispuesto en el apartado V del artículo2.12 con excepción de lo señalado en la última parte del inciso (vi) de dicho apartado que se remplaza por lo dispuestoa continuación. El producido de la enajenación, neto de Gastos y de la eventual contribución al Fondo de ReservaImpositivo, se destinará a cancelar los Servicios adeudados a los VDF en su caso, y el eventual remanente sedistribuirá a prorrata entre todos los Beneficiarios de los CP.

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Artículo 2.14. Liquidación por vencimiento del Plazo de los CP. Cancelados los VDF y producido el vencimientodel Plazo de los CP, el Fiduciario procederá a la liquidación del Fideicomiso conforme al procedimiento indicado en elapartado V del artículo 2.12. El producido de la liquidación, neto de Gastos y de la eventual contribución al Fondo deReserva Impositivo, se distribuirá a prorrata entre todos los Beneficiarios de los CP.

Artículo 2.15. Forma de los Valores Fiduciarios. Los Valores Fiduciarios estarán representados por CertificadosGlobales permanentes que serán depositados en Caja de Valores S.A. Los Beneficiarios renuncian a exigir la entregade láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo administrado pordicha Caja de Valores S.A., conforme a la ley 20.643. La Caja de Valores S.A. se encuentra habilitada para cobrararanceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los Beneficiarios.

Artículo 2.16. Plazo de los Valores Fiduciarios. Sin perjuicio de las Fechas de Pago de Servicios que surgen delCuadro de Pago de Servicios, el vencimiento final de cada Clase de los VDF se producirá a los 240 (doscientoscuarenta) días de la respectiva última Fecha de Pago de Servicios que figura en el mencionado cuadro (el “Plazo delos VDF”) y el vencimiento final de los Certificados de Participación se producirá a los tres (3) años contados a partirde la última Fecha de Pago de Servicios que figura en el mencionado Cuadro (el "Plazo de los CP”).

Artículo 2.17. Fondo de Reserva Impositivo. Ante el supuesto de liquidación o extinción del presente Fideicomiso,con los fondos depositados en la Cuenta Fiduciaria, el Fiduciario podrá constituir un Fondo de Reserva Impositivo (el“Fondo de Reserva Impositivo”) para hacer frente al pago de los impuestos aplicables al Fideicomiso devengadoshasta su liquidación, si los hubiere o pudiere haberlos y que fueran determinados o determinables a la fecha de suliquidación o extinción, y siempre que exista duda razonable sobre la aplicación de dichos impuestos debido a lainterpretación conflictiva de normas particulares al respecto. El monto del Fondo de Reserva Impositivo serádeterminado por el Fiduciario cumpliendo con las normas impositivas vigentes con opinión de un asesor impositivoindependiente (dicho monto, el “Monto Determinado”). El Monto Determinado será retenido de la Cuenta Fiduciaria.Si no hubiera sido posible retenerlo de la Cuenta Fiduciaria, los Fiduciantes deberán en forma solidaria integrar elMonto Determinado a solo requerimiento del Fiduciario, mediante el depósito de dinero en efectivo, una o másgarantías emitidas por bancos calificados “AA” en escala nacional de calificación argentina, o su equivalente, ocualquier otro tipo de garantía a satisfacción del Fiduciario (cualquiera de estos, los “Activos Afectados”), quien podrásolicitar el previo dictamen de un asesor financiero. Los Activos Afectados serán mantenidos, en su caso, en depósitopor el Fiduciario en el Fondo de Reserva Impositivo. El Fondo de Reserva Impositivo será mantenido por elFiduciario, hasta que exista opinión favorable de un asesor impositivo independiente que exprese razonablemente queno existe obligación de retener y pagar dichos impuestos. Periódicamente se podrá requerir a un asesor impositivoindependiente que emita opinión al respecto. Ante la cancelación del Fondo de Reserva Impositivo, los fondos serándistribuidos de la siguiente manera: (a) si los Fiduciantes integraron el Fondo de Reserva Impositivo, el remanente delos Activos Afectados junto con su producido o accesorios serán devueltos a los Fiduciantes que lo hubierenintegrado; (b) si el Fondo de Reserva Impositivo se integró con recursos del Fideicomiso, el remanente será ingresadoa la Cuenta Fiduciaria.

Artículo 2.18. Fondo de Impuesto a las Ganancias. El fondo de impuesto a las ganancias (el "Fondo de Impuesto alas Ganancias") se constituirá con el producido de las Cobranzas y su constitución se realizará según lo siguiente: a)Al cierre del primer ejercicio fiscal el Fiduciario estimará el importe a pagar en concepto de impuesto a las ganancias("IIGG"). A partir del primer Período de Devengamiento posterior al cierre del primer ejercicio fiscal, el Fiduciariodetraerá mensualmente de las Cobranzas un importe necesario a efectos de mantener una adecuada relación entre elIIGG determinado y las cobranzas estimadas de los meses siguientes sobre la base de información contenida en elinforme del Agente de Control y Revisión; b) Si existiesen anticipos de IIGG, el Fiduciario detraerá de las Cobranzasde cada Período de Devengamiento el equivalente al 100% del anticipo estimado a pagar al siguiente mes. c) Si encualquier momento el Fiduciario estimase que las Cobranzas futuras fuesen insuficientes para los pagos de IIGG quecorrespondan, podrá anticipar la constitución del Fondo de Impuesto a las Ganancias. d) Los fondos excedentes delFondo de Impuesto a las Ganancias se liberarán para su acreditación en la Cuenta Fiduciaria.

SECCIÓN IIIADMINISTRACION. COBRANZA. CUSTODIA.

Artículo 3.1.Asignación de la función de Administradores y Agentes de Cobro a los Fiduciantes. Dada laexperiencia y conocimiento de la Cartera que poseen los Fiduciantes, éstos tienen dentro de las funciones que les sonpropias por este Contrato Suplementario la tarea de administrar los Créditos, (en tal rol, los “Administradores”) yproceder a su cobranza por sí y/o a través de terceros (en tal rol, los “Agentes de Cobro”; en ambo s roles en

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conjunto, los “Administradores”). Los Fiduciantes declaran que cuentan con capacidad de gestión y organizaciónadministrativa propia y adecuada para prestar la función de Administradores. Toda vez que este ContratoSuplementario se refiera al Administrador, incluye sus funciones como Agentes de Cobro salvo que expresamente seestipule de otro modo.

Artículo 3.2. Remuneración de los Fiduciantes como Administradores. En tanto la función de administración seaejercida por los Fiduciantes, éstos no percibirán remuneración alguna.

Artículo 3.3. Reglas de Administración y Cobranza. Los Administradores deberán cumplir los procedimientos degestión indicados bajo las Normas de Originación de Créditos y Gestión de Cobranza insertas en el Prospecto dePrograma y las siguientes reglas:

a) Emplear en el cumplimiento de sus obligaciones y en el ejercicio de sus derechos conforme al presente, laprudencia y diligencia de un buen hombre de negocios que actúa sobre la base de la confianza depositadaen él, cumpliendo con los compromisos que asume conforme al presente y adoptando las medidas necesariaspara proteger los derechos del Fiduciario y de los Beneficiarios. Cumplirán debidamente todas y cada unade sus obligaciones en tiempo y forma y atenderá en todos los aspectos esenciales los requisitos legales quefueren menester, especialmente aquellos cuya inobservancia pudiera derivar en un efecto adverso ysignificativo al interés de los Beneficiarios. A tales efectos tendrán amplias facultades para llevar a cabotodos los actos relativos a la administración y cobranza de los Créditos sujeto a lo establecido en elpresente Contrato Suplementario;

b) Mantener e implementar procedimientos administrativos y operativos a fin de preservar la informaciónrelativa a los Deudores de los Créditos incluida en libros, microfilms, registros informáticos y cualquier otrainformación que sea necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo este Contrato Suplementario;

c) Cumplir debidamente con (i) todas las obligaciones que de su parte debieran cumplirse en virtud de losCréditos, (ii) todos los requisitos aplicables en virtud de la legislación vigente con el fin de administrar losCréditos conforme al presente;

d) Implementar - de conformidad con las normas contables profesionales vigentes - procedimientosadministrativos y operativos (incluyendo la capacidad para recuperar los registros que evidencien losCréditos en el supuesto de la destrucción de los originales de dichos registros) y mantener todos losdocumentos, libros, microfilms, archivos electrónicos y cualquier otra información necesaria para laadministración y cobro de los Créditos conforme al presente. Los Administradores se comprometen a guardarpara el término de diez (10) años contados a partir de la celebración del presente, toda la documentación queno haya sido previamente entregada al Fiduciario relativa a los Créditos y deberá entregársela cuando éste lorequiera;

e) Comprometerse a (i) realizar un proceso de archivo electrónico (back up) en forma diaria, conteniendo lainformación relativa a los Créditos; y (ii) guardar los registros electrónicos de dichos Créditos, necesariospara la administración de los mismos conforme al presente ContratoSuplementario.

f) Suministrar al Fiduciario toda la información y documentación que el Fiduciario requiera en relacióncon la ejecución del presente Contrato Suplementario;

g) Realizar todos los esfuerzos y medidas razonables, tendientes a mantener actualizada la base de datos de losDeudores del Fideicomiso y a informar inmediatamente al Fiduciario cualquier modificación a la misma;

h) Asistir a las audiencias en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor y, de ser necesario, se obliga aconcurrir en representación del Fiduciario y realizar los mayores esfuerzos para explicar que el sujeto pasivoes el Fiduciante y no el Fiduciario;

i) Entregar al Fiduciario los elementos necesarios a efectos de que éste último realice, en tiempo y forma, lasregistraciones contables y presentaciones impositivas pertinentes, así como cualquier otra vinculada con suactividad fiduciaria;

j) Comprometer sus mejores esfuerzos para, en un plazo razonable, consignar en los recibos de cobro que lacuota abonada corresponde a un crédito que se podría encontrar transferido en fideicomiso, bajo laadministración fiduciaria del Banco de Valores S.A.

k) Diariamente, remitir al Fiduciario un informe diario de cobranza, respecto de los pagos percibidos el díainmediato anterior que contendrá la información necesaria para realizar la imputación de pagos (“InformeDiario de Cobranza”);

l) Informar al Fiduciario dentro de los cinco (5) Días Hábiles de transcurrido cada mes calendario desde lavigencia del Fideicomiso, el estado de la Cobranza mensual de los Créditos fideicomitidos. Este informecontendrá, sin que la enumeración pueda considerarse limitativa, (i) el detalle de los Créditos fideicomitidosvencidos y cobrados en el período, (ii) los Créditos impagos, (iii) las cuotas cobradas por adelantado y (iv)detalle de los créditos refinanciados. Este informe estará a disposición de los Beneficiarios en el domicilio del

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Fiduciario, ym) Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes de percibida la cobranza de los Créditos, antes del cierre del

horario bancario de atención al público, depositar la cobranza en la cuenta bancaria que oportunamente leindique el Fiduciario (la “Cuenta Fiduciaria”). En el ínterin, los fondos provenientes de la Cobranza, seráncontabilizados de forma tal que se exteriorice claramente su pertenencia a este Fideicomiso La falta derendición en tiempo y forma de la Cobranza de los Créditos importará la mora de pleno derecho de losFiduciantes como Agentes de Cobro.

n) Suministrar al Agente de Control y Revisión la información prevista en el artículo 3.12.

Ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones antes detalladas, será de aplicación lo dispuesto en elartículo 3.7 del presente.

Artículo 3.4. Reemplazo de Créditos en Mora. En caso de mora de cualquiera de los deudores de los Créditos queintegraren los Bienes Fideicomitidos los Fiduciantes podrán, alternativamente:(a) Readquirir bajo titularidad plena el Crédito en Mora de que se trate y reemplazarlo por otro crédito decaracterísticas análogas o similares al sustituido. La retrocesión y reemplazo deberá verificarse por hasta el valorcontable a la fecha de sustitución de los créditos que se reemplacen. En caso que a la fecha de sustitución de uncrédito, el valor del crédito a sustituir fuere superior al valor del crédito que lo reemplace, la diferencia será abonadapor los Fiduciantes en el acto de sustitución.(b) Abonar al Fiduciario el Valor Fideicomitido a la fecha de pago, correspondiente al crédito a cuyo reemplazodebiere procederse, formalizándose al momento de pago la readquisición de dicho crédito por los Fiduciantes.Todos los costos, honorarios, gastos e impuestos relacionados con el reemplazo de créditos previsto en este artículo,estarán a exclusivo cargo de los Fiduciantes. En ningún caso los Fiduciantes estarán obligados a sustituir créditos enmora.

Artículo 3.5. Gestión de la mora. Fracasada la gestión de cobranza extrajudicial, el Administrador respectivo deberáiniciar -previo otorgamiento de poderes suficientes por el Fiduciario- la gestión judicial, salvo que considereinconveniente para el Fideicomiso Financiero la cobranza por dicha vía, en función de una desproporción entre elmonto de la deuda y los costos inherentes a la cobranza judicial. En tal caso, el crédito se declara incobrable y secomputa la pérdida consiguiente. El Administrador respectivo deberá acreditar y el Fiduciario verificar elcumplimiento de lo mencionado anteriormente. El Administrador no estará obligado a iniciar el proceso deverificación de los Créditos que corresponda a deudores concursados o declarados en quiebra, declarándose a losmismos incobrables y computándose la pérdida consiguiente cuando considere que ello resulta antieconómico para elFideicomiso. El Administrador respectivo deberá acreditar y el Fiduciario verificar el cumplimiento del presupuestoantes mencionado.

Artículo 3.6. Obligaciones del Fiduciario frente a los Administradores. El Fiduciario firmará a solicitud delAdministrador respectivo los documentos que el Administrador certifique que son necesarios o convenientes parapermitirle cumplir con las obligaciones asumidas en el presente, debiendo realizar toda gestión en nombre delFideicomiso.

Artículo 3.7. Revocación de los Fiduciantes como Administradores y/o Agentes de Cobro. I. Podrá el Fiduciarioremover a los Fiduciantes como Administradores y/o Agentes de Cobro, sin derecho de éstos a indemnización alguna,cuando ocurra cualquiera de estos hechos respecto cualquiera de ellos: (a) no de cumplimiento a las obligacionesdetalladas en el artículo 3.3, en particular, no brindare al Fiduciario en tiempo y forma la información detallada en elartículo 3.3 apartados k) y l) de manera que se impida y/o dificulte al Fiduciario cumplir con la carga informativa quele es propia frente a los Beneficiarios y a las entidades de control; (b) no otorgare en tiempo oportuno los actospúblicos y/o privados que le fueran requeridos por el Fiduciario; (c) fuera decretado contra los Administradores unembargo, inhibición, o cualquier otra medida cautelar por un monto acumulado superior al cinco por ciento (5%) delvalor nominal original de la emisión, y dichas medidas cautelares o definitivas no fueran levantadas en el plazo de 10(diez) Días Hábiles; (d) fuera solicitada la quiebra de los Fiduciantes, y la misma no fuera desistida, rechazada olevantada en el término de 10 (diez) Días Hábiles de ser notificado; (e) solicitara la formación de concurso preventivode acreedores o la declaración de su propia quiebra; (f) solicitara la formación de un “Club de Bancos”, ya sea formalo informalmente, o en caso de iniciar procedimientos preconcursales; (g) le fuera cerrada cualquier cuenta corrientepor libramiento de cheques sin provisión de fondos, aunque tal causal fuera concurrente con otra; (h) le fueraprotestada por falta de pago o intimado el pago de una letra de cambio, Pagaré o factura de crédito, o si le fueranrechazado cheques por falta de fondos, y el Administrador no pagara las sumas adeudadas en el plazo de cinco (5)Días Hábiles; (i) figurara en la Central de Riesgo del BCRA en situación irregular (clasificaciones 3, 4 ó 5). Los

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Administradores se obligan a informar al Fiduciario en forma fehaciente, a más tardar el Día Hábil bancario siguienteal de haber tomado conocimiento por cualquier medio, el acaecimiento de cualquiera de las situaciones antesdetalladas. Verificado cualquiera de los supuestos indicados en (a), se procederá a la remoción de los Administradoresy/o Agentes de Cobro si no se subsanare el incumplimiento dentro del término que el Fiduciario especifique en laintimación pertinente.II.- En caso de remoción de los Fiduciantes como Agentes de Cobro el Fiduciario asumirá la función, y podrá asignarla recaudación de los Créditos a los Recaudadores, entidades financieras u otros agentes de cobranza, que seráncontratados directamente por el Fiduciario. En tal caso, los Deudores serán notificados por el Fiduciario, o por quienéste designe, de la designación del nuevo Agente de Cobro y su domicilio (y lugares de pago, si fueran distintos)conforme al siguiente procedimiento: (1) Se informará a la CNV, brindándose la información correspondiente de losRecaudadores designados; (2) Se publicará un aviso en la BCBA y en la AIF; (3) Se publicará un aviso en un diariode gran circulación en el país durante tres (3) días, y (4) Se remitirán cartas con aviso de recibo a todos los Deudores.III. Cuando a juicio del Fiduciario la verificación de cualquiera de los supuestos previstos en el apartado I no hicieranecesaria o conveniente la revocación de los Agentes de Cobro y/o Administradores, el Fiduciario podrá adoptarcualquiera de las siguientes medidas, alternativa o acumulativamente, respecto de cada uno de ellos: (a) Designar unveedor en las oficinas del los Administradores, y/o en cualesquiera de sus locales en los que se verifiquen tareas deCobranza de los Créditos, eventualmente con facultades para disponer medidas relativas a la Cobranza, sucontabilización y rendición de la Cobranza que sin causar perjuicio a los Administradores, a criterio del Fiduciariosean convenientes para el interés de los Beneficiarios; (b) Reducir el plazo o periodicidad para la rendición de laCobranza; (c) Disponer que la gestión de Cobranza de los créditos en mora esté a cargo en forma total o parcial deterceros. Las medidas señaladas en los puntos a) y b) de este apartado podrán ser adoptadas alternativa oacumuladamente en cualquier momento por el Fiduciario cuando lo considerase necesario para un mejor desempeñodel Fideicomiso. El Administrador Sustituto cobrará su remuneración desde el momento en que sea designado comotal por el Fiduciario.IV.- En el caso que el Fiduciario detecte a su sólo criterio incumplimientos en la función de los Fiduciantes comoAgentes de Cobro que no hayan podido subsanarse – o que existan dudas razonables acerca de que puedan subsanarse- con las medidas anteriormente descriptas, y aún cuando se inicie el procedimiento de sustitución de los Fiduciantescomo Agentes de Cobro, o alguno de los Fiduciantes imposibilitara u obstaculizara el cumplimiento de las funcionesasignadas al veedor conforme el inciso (a) del apartado III precedente, el Fiduciario podrá solicitar a un juezcompetente (i) el nombramiento de un veedor, y/o (ii) el embargo de los fondos no rendidos; y/o (iii) el dictado demedidas de no innovar respecto a los procedimientos de Cobranza de los Créditos o rendición de los fondoscorrespondientes a la Cobranza de los créditos fideicomitidos. Tales medidas podrán ser solicitadas sobre la base de uninforme del Agente de Control y Revisión que acredite los incumplimientos, sin que sea exigible contracautela salvo lacaución juratoria, y el Fiduciante incumplidor no tendrá derecho a oponerse a ellas en tanto no acreditefehacientemente que de su parte no han existido los incumplimientos invocados o que la medida es desproporcionada.V. Para el supuesto de remoción de los Fiduciantes como Agentes de Cobro, los Fiduciantes dejan otorgado por estemismo instrumento suficiente poder irrevocable al Fiduciario para contratar o utilizar servicios vigentes de losRecaudadores, entidades financieras u otros agentes de recaudación. En el caso de contratar un servicio, losAdministradores deberán indicar a la entidad financiera o agente de recaudación los créditos que corresponden alFideicomiso para que proceda a su cobro y rendición en la Cuenta Fiduciaria que el Fiduciario les indique. En caso deutilizar un servicio vigente contratado por los Fiduciantes, siempre que no pueda identificarse la pertenencia de loscréditos al Fideicomiso, el Fiduciario dará instrucción a la entidad financiera u agente de recaudación para que elmonto percibido de los créditos - estén éstos fideicomitidos o no, o cedidos a terceros – sea depositado en las cuentasfiduciarias que el Fiduciario les indique. El Fiduciario deberá rendir a los Fiduciantes la cobranza correspondiente aCréditos no fideicomitidos dentro del tercer Día Hábil de su percepción, en la medida que haya recibido los InformesDiarios de Cobranza.VI. Todos los gastos relativos a la sustitución de los Fiduciantes como Administradores y/o Agentes de Cobro, o losrelativos a la adopción de cualquiera de las medidas contempladas en el apartado III serán con cargo al Fideicomisosalvo culpa o dolo de los Fiduciantes. En este caso el Fiduciante incumplidor deberá pagar tales gastos, oreembolsarlos, dentro de los 3 (tres) Días Hábiles de ser intimado a ello por el Fiduciario, devengándose en caso demora una renta equivalente a una vez y media la última tasa de interés correspondiente a los VDFC.

Artículo 3.8. Administrador Sustituto. En cualquier supuesto en el cual el Fiduciario deba reemplazar a unAdministrador, asumirá la función PAKTAR S.R.L (el “Administrador Sustituto”). En caso que el AdministradorSustituto sea afectado por cualquiera de los mismos supuestos de revocación de los Fiduciantes comoAdministradores, o debiendo asumir la titularidad por cualquier causa no lo hiciera, el Fiduciario designará otroAdministrador Sustituto. A tal fin el Fiduciante respectivo se compromete a remitir al Administrador Sustituto, almomento de perfeccionarse la transferencia de los Créditos, toda la información y/o documentación relativa a losmismos que sea necesaria para el cumplimiento de la función y que no haya sido previamente entregada al Fiduciario -

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junto con la nómina de Recaudadores, cambios en la misma, y copia de los respectivos contratos. El Fiduciario podrádesignar asimismo, en concurrencia con el Administrador Sustituto y para facilitar su gestión, una o más entidades derecaudación de reconocida trayectoria en el mercado.

Artículo 3.9. Declaración especial de los Fiduciantes como Administradores. Cada uno de los Fiduciantes declaray reconoce, como condición esencial de este Contrato Suplementario en lo que a esta Sección refiere, que (a) lafunción como Administradores de los Créditos debe ser cumplida con escrupulosidad, y con la diligencia del buenhombre de negocios que obra en base a la confianza depositada en él por parte del Fiduciario y los Beneficiarios; (b)que el incumplimiento de las obligaciones inherentes a las funciones que le corresponden puede causar perjuiciosgraves e irreparables a los Beneficiarios, y al mercado de capitales y el público inversor en su conjunto; (c) que laretención o desviación de los fondos provenientes de la Cobranza constituye el delito de administración fraudulenta(art. 173 inc. 6º del Código Penal), consideraciones todas estas que justifican las facultades reconocidas al Fiduciarioen los artículos siguientes, en miras al cumplimiento del objeto de este Fideicomiso y el interés de los Beneficiarios.

Artículo 3.10. Facultades de inspección. El Fiduciario podrá constituirse - por intermedio de las personas que a susólo criterio determine- en cualquier momento en que lo considere conveniente y mediando aviso previo de dos (2)Días Hábiles, en el domicilio de los Administradores, o en los lugares en donde estos lleven a cabo las tareas que poréste contrato asumen, en horarios y Días Hábiles, a efectos de constatar el debido cumplimiento de las obligacionesasumidas por los Administradores. A tales fines, los Administradores se obligan a prestar toda la colaboración que elFiduciario -como las personas que éste designe- le solicite, incluyendo la puesta a disposición de toda ladocumentación relacionada con los Créditos y la Cobranza de los Créditos, sin que esto implique entorpecimiento delas tareas habituales y cotidianas de los Administradores ni obste a la adopción de otras medidas conforme al artículosiguiente.

Artículo 3.11. Custodia. El Fiduciario ostenta la custodia de los Pagarés - documentos éstos suficientes parapermitirle el ejercicio de los derechos relativos a la propiedad fiduciaria -, los que previo endoso de los mismos sinrecurso a favor del Fiduciario, fueron depositados en Banco de Valores S.A. El Fiduciario entregará al Administradorrespectivo – previo endoso en procuración - aquellos Pagarés que resulten necesarios para que este último puedagestionar la Cobranza de los Créditos en mora conforme lo estipulado en el artículo 3.5. Los Fiduciantes en su carácterde Administradores ostentan la custodia de los Documentos, a cuyo respecto deberán mantener informado alFiduciario sobre su ubicación y archivo. Asimismo, los Administradores – a solo requerimiento del Fiduciario –procederán a la entrega de aquéllos documentos que por cualquier causa aquél estime convenientes o necesarios.

Artículo 3.12. Agente de Control y Revisión. First Corporate Finance Advisors S.A. o la persona o personas que elFiduciario designe, actuará como Agente de Control y Revisión de la cartera transferida al Fideicomiso. A talesefectos recibirá mensualmente del Administrador de los Créditos o del Fiduciario información en formato digitalacerca de la Cartera de Créditos y de los fondos acreditados en las cuentas de recaudación. Con dicha informaciónremitirá al Fiduciario un informe con periodicidad mensual de acuerdo a los procedimientos acordados.

Artículo 3.13. Revocación del Agente de Control y Revisión. Corresponderá al Fiduciario remover al Agente deControl y Revisión, sin derecho de éste a indemnización alguna, cuando ocurra cualquiera de estos hechos a surespecto: (a) no brindare al Fiduciario en tiempo y forma la información que está a su cargo proveer, de manera que seimpida y/o dificulte al Fiduciario cumplir con la carga informativa que le es propia frente a los Beneficiarios y a lasentidades de control, y no subsanare el incumplimiento dentro del término que el Fiduciario especifique en laintimación pertinente; y (b) se decretare su quiebra.

Artículo 3.14. Remuneración del Agente de Control y Revisión. El Agente de Control y Revisión tendrá derecho acobrar en concepto de comisión por su función un monto que podrá fijarse en hasta la suma de $ 3.000.- mensualesmás IVA.

Artículo 3.15. Modificación de artículos de la presente Sección. El Fiduciante - o el Administrador Sustituto, en sucaso - y el Fiduciario, previa autorización de la CNV, podrán acordar modificaciones al artículo 3.3 de la presentesección para (a) imponer otras obligaciones al Administrador y/o Agente de Cobro, (b) modificar el contenido de losinformes de cobranzas con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de la administración y cobranza de losCréditos, y (c) adoptar otras medidas protectoras de los Créditos y su Cobranza con la finalidad de lograr un mejorcumplimiento de la administración y cobranza de los Créditos, en tanto ello no altere los derechos de los Beneficiariosy/o, en su caso, no afecte la calificación de riesgo de los Valores de Deuda Fiduciaria. En todo otro supuesto se

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requerirá el consentimiento de los Beneficiarios en los términos de las Cláusulas Vigésimo Tercera y Vigésimo Quintadel Contrato Marco y la pertinente autorización de la CNV.

SECCIÓN IVMISCELÁNEAS

Artículo 4.1. Fecha de cierre de los Estados Contables del Fideicomiso: La fecha de cierre de los EstadosContables del Fideicomiso será el 31de diciembre de cada año. Los libros contables del Fideicomiso se encuentran enlas oficinas del fiduciario, sitas en Av. Sáenz 646. Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4.2. Declaraciones y garantías. Cada uno de los Fiduciantes declara, y garantiza en forma solidaria, que:(a) La formalización y cumplimiento de este Contrato Suplementario, y de los actos que son su consecuencia seencuentran dentro de sus facultades y objeto social, y que para su debida formalización y cumplimiento no se requierede autorización alguna por parte de cualquier órgano o autoridad, excepto por las autorizaciones de oferta pública ylistado de los Valores Fiduciarios;(b) Cada documento que suscriba evidenciará una obligación válida y vinculante para el Fiduciante y exigible deconformidad con sus términos desde el momento de sus suscripción, excepto en la medida en que su exigibilidadpueda estar limitada por las leyes de concursos y quiebras aplicables y los principios generales del derecho;(c) La concreción de las operaciones previstas en este Contrato Suplementario no resultará en el incumplimiento deninguna cláusula o disposición de los estatutos del Fiduciante; ni resultará en el incumplimiento de cualquier cláusulao disposición de, o se opondrá a, o constituirá un incumplimiento bajo, o resultará en la exigibilidad anticipada de,cualquier obligación bajo cualquier contrato, escritura, acuerdo de préstamo o crédito u otro instrumento a los cualesesté sujeto el Fiduciante o sus bienes, ni resultará en la violación de cualquier ley a la que esté sujeto él o sus bienes,cuyo incumplimiento o violación pudiere afectar en forma significativamente adversa su capacidad de cumplir con lasdisposiciones del presente;(d) Ha leído y revisado el Contrato Suplementario en su totalidad, el cual contiene toda la información relevante sobresu rol como Administrador en la constitución del Fideicomiso;(e) No está pendiente ni es inminente según su leal saber y entender ninguna acción ante los tribunales, organismosgubernamentales o árbitros y ningún proceso que afecte a los Fiduciantes y pueda tener un efecto adverso ysignificativo sobre su situación financiera o sus operaciones, o que pueda afectar la validez o exigibilidad de esteContrato Suplementario; y que especialmente no se han dado, ni es previsible que se den en el futuro inmediato,ninguna de las circunstancias indicadas en el artículo 3.7 del presente Contrato Suplementario; (f) Es titular irrestricto y tiene la libre disponibilidad de los Créditos hasta la constitución del presente Fideicomiso;(g) Los Créditos se encuentran en plena vigencia y validez y se encuentran libres de todo gravamen y afectación decualquier naturaleza;(h) Los Créditos constituyen obligaciones válidas de moneda nacional,(i) Los Pagarés están endosados a favor de Banco de Valores S.A. y han sido entregados a éste en su calidad deFiduciario del Fideicomiso. Junto con la entrega de los Pagarés los Fiduciantes han acompañado un listado con la basede datos de los Deudores;(j) Cuenta con capacidad de gestión y organización administrativa propia y adecuada para prestar el servicio deadministración y cobranza de los Créditos,(k) Existen tratativas preliminares con diversos Recaudadores a fin de celebrar acuerdos para la prestación del serviciode cobro. Consecuentemente, dentro del quinto Día Hábil de celebrado cualesquiera de estos convenios, losFiduciantes acreditarán al Fiduciario haber notificado a los Recaudadores: a) la existencia del Fideicomiso Financiero(así como la de los anteriores fideicomisos financieros que se encuentren vigentes), b) eventualmente, la designacióndel Administrador Sustituto, c) las facultades otorgadas al Fiduciario como al Administrador Sustituto en cuanto alejercicio de los derechos y obligaciones que corresponden a los Fiduciante bajo los contratos con los Recaudadores; yd) la obligación de rendir al Cobranza a la Cuenta Fiduciaria que oportunamente se les notifique dentro del plazo decinco (5) Días Hábiles de percibida; y(l) La documentación respaldatoria de los Créditos contiene la leyenda prevista en los artículo 70 a 72 de la Ley24.441 que habilita la cesión de los mismos sin previa notificación a los deudores cedidos.

Artículo 4.3.- Declaraciones y garantías. El Fiduciario declara y garantiza que:(a) La formalización y cumplimiento de este Contrato Suplementario y de los actos que son su consecuencia seencuentran dentro de sus facultades y objeto social y que para su debida formalización y cumplimiento no se requierede autorización alguna por parte de cualquier órgano o autoridad, excepto por las autorizaciones de oferta pública ylistado de los Valores Fiduciarios;

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(b) No está pendiente ni es inminente según su leal saber y entender ninguna acción ante los tribunales, organismosgubernamentales o árbitros y ningún proceso que afecte al Fiduciario y pueda tener un efecto adverso y significativosobre su situación financiera o sus operaciones, o que pueda afectar la validez o exigibilidad de este ContratoSuplementario;(c) Está debidamente inscripto como sociedad anónima y autorizado para actuar como entidad financiera conforme lasnormas del BCRA, opera válidamente y existe bajo las leyes que rigen su constitución y existencia;(d) Cada documento que suscriba evidenciará una obligación válida y vinculante para el Fiduciario y exigible deconformidad con sus términos, excepto en la medida en que su exigibilidad pueda estar limitada por las leyes deconcursos y quiebras aplicables y los principios generales del derecho;(e) La concreción de las operaciones previstas en este Contrato Suplementario no resultará en el incumplimiento deninguna cláusula o disposición de los estatutos del Fiduciario; ni resultará en el incumplimiento de cualquier cláusulao disposición de, o se opondrá a, o constituirá un incumplimiento bajo, o resultará en la exigibilidad anticipada de,cualquier obligación bajo cualquier contrato, escritura, acuerdo de préstamo o crédito u otro instrumento a los cualesesté sujeto el Fiduciario o sus bienes, ni resultará en la violación de cualquier ley a la que esté sujeto él o sus bienes,cuyo incumplimiento o violación pudiere afectar en forma significativamente adversa su capacidad de cumplir con lasdisposiciones del presente;(f) Ha leído y revisado el Contrato Suplementario en su totalidad, el cual contiene toda la información relevante sobresu rol como Fiduciario en la constitución del Fideicomiso, la emisión de los Certificados de Participación, y engeneral, sobre su actuación como Fiduciario bajo el presente; y(g) Ha verificado que los bienes objeto del presente Contrato Suplementario tienen su origen en actividades lícitas

Artículo 4.4.- Facultades y Obligaciones. Además de las facultades y obligaciones previstas en la ley 24.441, lasNORMAS de la CNV y del presente Contrato Suplementario, el Fiduciario contará con las siguientes facultades yobligaciones:(a) Remover a los Agentes del Fiduciario y, en su caso designar a los agentes sustitutos, suscribir los

correspondientes contratos y fijar las remuneraciones de dichos agentes, las que deberán ser de acuerdo aprecios razonables de mercado. Los agentes que sean designados en reemplazo deberán ser de reconocidoprestigio en el mercado. El Fiduciario requerirá la conformidad de la Mayoría de Beneficiarios en caso que laremoción de cualquier agente del Fiduciario implique una disminución de la calificación de riesgo o en loscasos en que así se encuentre expresamente previsto en el presente Contrato Suplementario de Fideicomiso;

(b) Efectuar los actos pertinentes a fin de mantener en vigencia las autorizaciones de oferta pública y eventuallistado de los Valores Fiduciarios en la BCBA y/o cualquier otro mercado;

(c) Consultar, con cargo al Fideicomiso, a asesores legales, impositivos o contables, y agentes ad-hoc, para elmejor desempeño de sus funciones como Fiduciario, siempre que los honorarios o gastos correspondientes seanrazonables, debidamente documentados y sean justificados; y

(d) Realizar todas las tareas convenientes o necesarias para el ejercicio ordinario de este Fideicomiso, actuando conla prudencia y diligencia de un buen hombre de negocios que actúa sobre la base de la confianza depositada en él.En caso que dichas tareas impliquen alterar aspectos sustanciales o extraordinarios del presente ContratoSuplementario de Fideicomiso se requerirá el consentimiento de la Mayoría de Beneficiarios, excepto quedichas alteraciones correspondan a requerimientos de la BCBA a efectos de obtener o mantener la autorizaciónde listado de los Valores Fiduciarios, en cuyo caso se requerirá solamente el consentimiento de los Fiduciantes.

Artículo 4.5. Domicilios. El Fiduciario y los Fiduciantes constituyen en la cláusula siguiente (a) domicilios postalesespeciales, donde serán válidas todas las notificaciones a ser cursadas por escrito con motivo del Fideicomiso (el“Domicilio Postal”); y (b) direcciones de correo electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones queconforme al Contrato Marco y el presente, o según acuerden las Partes, puedan ser cursadas o recibidas por ese medio(la “Dirección Electrónica”). Cualquier nuevo domicilio postal o dirección de correo electrónico sólo será oponible alas otras partes una vez notificada por medio fehaciente.

Artículo 4.6. Notificaciones. Todas las notificaciones, comunicaciones o intimaciones que deban cursarse conformelo previsto en el presente, deben ser realizadas por escrito y en forma fehaciente, salvo los casos en que proceda lascomunicaciones por correo electrónico según este Contrato Suplementario. Las notificaciones que por suscaracterísticas no admitan demora serán cursadas por telefax o por cualquier otro medio disponible, en cuyo caso seránde inmediato confirmadas por escrito en forma fehaciente. Las comunicaciones por correo electrónico se presumiránremitidas por la persona autorizada que figure como remitente en la comunicación respectiva (la “PersonaAutorizada”).

Garbarino S.A.I.C. E I.

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Domicilio Postal: Guevara 533, piso 6ºTeléfono/Fax: 4556-8000Dirección electrónica: [email protected]ón: Fabián Bóveda / Hernán López Planté

Compumundo S. A.Domicilio Postal: Guevara 533, piso 6ºTeléfono/Fax: 4556-8000Dirección electrónica: [email protected]ón: Fabián Bóveda / Hernán López Planté

Banco de Valores S. A.Domicilio Postal: Sarmiento 310 - C1041AAH Buenos AiresTeléfono: 4323-6912Fax: 4323-6918Dirección electrónica: [email protected]ón: Norberto Mathys / Sergio Capdevila

Artículo 4.7. Aplicabilidad del Contrato Marco. Términos no definidos. Todos los aspectos no contemplados en elpresente Contrato Suplementario están regidos por las disposiciones del Contrato Marco. Todos los términos enmayúscula no definidos en el presente se encuentran definidos en el Contrato Marco del Programa.

Artículo 4.8. Solución de Controversias. Todo conflicto relativo a la interpretación o ejecución de este contrato seráresuelto en forma definitiva por el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires - o de laentidad que la sustituya o continúe conforme a la ley 26.831 - por el reglamento para el arbitraje de derecho. Losinversores pueden optar por acudir a los tribunales judiciales competentes. En los casos en que la ley establezca laacumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante eltribunal judicial.

En prueba de conformidad, se suscribe el presente en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Buenos Aires, ___de de 2014.

COLOCACIÓN Y NEGOCIACIÓN DE LOS VALORES FIDUCIARIOS

1. Los Valores Fiduciarios serán colocados por oferta pública en la República Argentina conforme a la ley 26.831 deMercado de Capitales y el Capítulo IV del Título VI y el Título XII de las NORMAS de la CNV. Se aplicará elprocedimiento de colocación establecido en las NORMAS de la CNV a través del sistema informático del Mercadoabierto Electrónico SIOPEL, (en adelante “SIOPEL”) bajo la modalidad ciega. La colocación estará a cargo de BancoSantander Río S.A., Banco de Valores S.A. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. (en conjunto, los “Colocadores”),la red de agentes de Negociación del Mercado de Valores de Buenos Aires y demás agentes habilitados. LosColocadores percibirán una comisión de hasta el 0,60% de los montos colocados (según el caso).

2. Existe un convenio de underwriting en virtud del cual Banco de Valores S.A. Banco Santander Río S.A., Banco dela Ciudad de Buenos Aires y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. (los “Underwriters”), se comprometen a manteneren propiedad o adquirir los VDFA que no hubieran sido adquiridos por el público a la finalización del Período deColocación por hasta el monto comprometido por cada uno de ellos, al Precio de Corte. De verificarse esa situación,Banco de Valores S.A. compromete sus mejores esfuerzos para enajenar su tenencia en el mercado en el plazo másbreve posible.

3. Los Colocadores realizarán sus mejores esfuerzos para colocar los Valores Fiduciarios, los cuales podrán incluirentre otros, los siguientes actos cumpliendo con los requisitos exigidos por las NORMAS de la CNV (i) contactospersonales con potenciales inversores; (ii) envío de correos electrónicos a potenciales inversores con material dedifusión; (iii) eventualmente, mediante publicaciones y avisos en medios de difusión; (iv) conferencias telefónicas conpotenciales inversores; (v) distribución de material de difusión escrito a potenciales inversores; (vi) remisión dematerial impreso; (vii) reuniones informativas individuales o colectivas (“road shows”) con potenciales inversoresacerca de las características de los Valores Fiduciarios y de los activos fideicomitidos en particular, de conformidadcon lo previsto por las NORMAS de la CNV(t.o res. Gral. 622/13).

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En este sentido, con anterioridad al otorgamiento de la autorización de la oferta pública por parte de la CNV y previanotificación a la misma, los Colocadores podrán distribuir, entre los potenciales inversores, un Suplemento deProspecto preliminar en los términos de las NORMAS de la CNV y otras normas aplicables. Los Colocadoresdifundirán un Suplemento de Prospecto definitivo en un número suficiente de ejemplares para cubrir la demanda delos posibles interesados.

4. El Fiduciario procederá a la publicación del Suplemento de Prospecto definitivo en el boletín diario de la BCBA yen la AIF, lo cual ocurrirá una vez autorizada la oferta pública de los Valores Fiduciarios por la CNV. Dichapublicación reviste carácter obligatorio.

Los inversores interesados en obtener una copia del Prospecto del Programa y del presente Suplemento de Prospectopodrán retirarlas en las oficinas de los agentes de negociación en el horario habitual de la actividad comercial (de 10 a15 hs).

5. Los inversores interesados en la adquisición de los Valores Fiduciarios deberán manifestar su voluntad a través deuna oferta de suscripción presentada en el SIOPEL. La información relevante, entre otra, que cada Oferente deberádetallar en las ofertas de suscripción, es:

en el caso de las ofertas de suscripción que conformen el Tramo Competitivo:- los datos identificatorios del inversor;- tipo de oferente: (a) inversor local: persona física, Compañía de Seguros, Fondo Común de Inversión,Entidad Financiera para cartera propia, u otro tipo de inversor local; o (b) inversor extranjero: inversorinstitucional extranjero para cartera propia, persona física extranjera, otro tipo de inversor extranjero;- el tipo de Valores Fiduciarios a suscribir;- el monto nominal total que se pretenda suscribir;- el precio ofrecido para los Valores Fiduciarios (cuatro decimales); y- otras características mencionadas en dicha solicitud.

en el caso de las ofertas de suscripción que conformen el Tramo No Competitivo:- los datos identificatorios del inversor:- el tipo de Valores Fiduciarios a suscribir;- el monto nominal total que se pretenda suscribir (el que no podrá superar la suma de V$N 100.000 porinversor); y- otras características mencionadas en dicha solicitud.

Los Colocadores se reservan el derecho de rechazar cualquier oferta de suscripción que no cumpla con la totalidad delos requisitos establecidos precedentemente y/o las normas aplicables referentes a la prevención del lavado de dinero.Dicho rechazo no dará derecho a reclamo alguno contra el Emisor o contra el Colocador.

6. Autorizada la oferta pública, en la oportunidad que determine Fiduciario, de común acuerdo con los Colocadores ylos Fiduciantes según las condiciones del mercado, se publicará un aviso de colocación en el boletín diario de laBCBA y en la Autopista de Información Financiera (AIF) de la CNV, en el que se indicará entre otros la fecha deinicio y de finalización del Período de Colocación (conforme se define más adelante), la fecha de liquidación y losdomicilios de los Colocadores.

El período de colocación incluirá un plazo mínimo de 4 (cuatro) días hábiles bursátiles para la difusión y un plazomínimo de 1 (un) día hábil bursátil para la subasta o licitación pública (el “Período de Difusión” y el “Período deLicitación”, respectivamente, y en su conjunto el “Período de Colocación”). El Período de Difusión y/o el Período deLicitación podrá ser prorrogado, modificado y/o suspendido por el Fiduciario de común acuerdo con los Fiduciantes,circunstancia que se informará mediante la publicación de un nuevo aviso de colocación en el boletín diario de laBCBA y en la AIF dejando expresa constancia que los inversores iniciales podrán, en su caso, retirar sus ofertas sinpenalización alguna hasta el Día Hábil anterior al cierre del Período de Licitación. Las invitaciones a formular ofertasserán cursadas por los Colocadores a un amplio número de operadores y potenciales inversores, por los medioshabituales del mercado, especialmente correo electrónico.

Al finalizar el Período de Licitación se comunicará a los interesados el precio de suscripción y las cantidadesasignadas, quedando perfeccionado el contrato de suscripción conforme con dichos parámetros, con aquellos

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inversores que hubieran ofrecido un precio igual o mayor al Precio de Corte, debiendo pagarse el precio de suscripcióndentro de las 48 horas hábiles bursátiles siguientes.

7. Los Valores Fiduciarios serán colocados mediante el sistema denominado “Subasta Holandesa Modificada” alprecio que surja de la oferta y demanda, conforme al rango de precios ofrecidos en las ofertas de suscripción recibidaspor los colocadores y agentes habilitados durante el Período de Licitación (el “Precio de Corte”)

Los Colocadores podrán indicar en el aviso de colocación el Precio de Corte máximo aplicable a cada clase de Valoresde Deuda Fiduciaria (el “Precio de Corte Máximo”), que los oferentes podrán incluir en las ofertas de suscripción.Todas las ofertas de suscripción en las que los inversores hubieran ofrecido un precio mayor al Precio de CorteMáximo, serán consideradas como realizadas a un precio igual al Precio de Corte Máximo.

Las ofertas de suscripción relativas a los Valores de Deuda Fiduciaria deberán ser iguales o superiores a la suma deV$N 1.000 y por múltiplos de mil.

La ofertas de suscripción relativas a los Certificados de Participación deberán ser iguales o superiores a la suma deV/N $10.000 y por múltiplos de mil.

8. Para la suscripción de los Valores Fiduciarios, cada oferente que cumpla con los requisitos exigidos podrá presentaruna o más ofertas de suscripción por los Tramos Competitivo y no Competitivo.

Tramo Competitivo: La totalidad de las ofertas de cualquier inversor correspondientes a los Valores Fiduciarios decada clase mayores a V$N 100.000.- se consideran “ofertas de tramo competitivo” y deberán indicar en todos loscasos el precio ofertado.

Tramo no Competitivo: La totalidad de las ofertas de cualquier inversor correspondientes a los Valores Fiduciarios decada clase iguales o inferiores a V$N 100.000.- se consideran “ofertas de tramo no competitivo” y a diferencia deltramo competitivo, no deberán incluir el precio solicitado. Se adjudicarán al Precio de Corte, conforme las cantidadessolicitadas sin prorrateo alguno, no pudiendo superar el 50% del monto total adjudicado a terceros de la emisión de laclase respectiva. Cuando las solicitudes de suscripción en el “tramo no competitivo” superen el 50% mencionado, latotalidad de las mismas serán prorrateadas reduciéndose por lo tanto en forma proporcional los montos adjudicadoshasta alcanzar el 50% del monto total adjudicado a terceros de la emisión de la clase respectiva.

9. Las ofertas recibidas para los Valores Fiduciarios serán adjudicadas de la siguiente manera en forma separada paracada una de las Clases: en primera instancia se adjudicará la sumatoria de los montos de las ofertas recibidas por elTramo no Competitivo -teniendo en cuenta las restricciones del párrafo precedente, luego el monto restante seadjudicará a quienes la formularan bajo el Tramo Competitivo, comenzando con las ofertas que soliciten el mayorprecio en orden descendente y continuando hasta agotar los títulos disponibles de la clase correspondiente. A losefectos de la determinación del Precio de Corte, se tomará en cuenta la sumatoria de los montos de las ofertasrecibidas por el Tramo no Competitivo y Competitivo.

La adjudicación se realizará a un precio único para cada clase (establecido sobre la base del menor precio aceptado)para todas las ofertas aceptadas (el “Precio de Corte”) que se corresponderá con el menor precio ofrecido que agote lacantidad de Valores Fiduciarios de cada clase.

Cualquiera de los Fiduciantes – considerando criterios objetivos - se reserva el derecho de aceptar ofertas por losValores de Deuda Fiduciaria hasta un nivel de precio ofrecido y establecer un Precio de Corte, que en ambos casos,será inferior al Precio Cupón y superior al menor precio ofertado. En el caso que, como consecuencia de lomencionado precedentemente queden Valores de Deuda Fiduciaria sin colocar, los mismos serán adjudicados a losFiduciantes, en pago por la cartera transferida al Fideicomiso al Precio de Corte. En el caso que la tasa fijada en lascondiciones de emisión de los Valores de Deuda Fiduciaria sea variable, se considerará Precio Cupón el que resulte deaplicar la tasa utilizada para elaborar el Cuadro de Pago de Servicios de los Valores de Deuda Fiduciaria o el Precio deCorte Máximo establecido para la Clase, el menor. Ante la ausencia de ofertas respecto de una o más clases de VDF,los Fiduciantes podrán solicitar al Fiduciario les sean adjudicados los VDF de una o más clases en parte de pago por latransferencia fiduciaria de los créditos, en cuyo caso, les serán adjudicados al Precio Cupón.

Asimismo los Fiduciantes podrán aceptar ofertas por los Certificados de Participación hasta un nivel de precioofertado y establecer un Precio de Corte. De la misma manera, los Certificados de Participación sin colocar serán

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adjudicados a los Fiduciantes, en pago por la cartera transferida al Fideicomiso al Precio de Corte. Ante la inexistenciade ofertas en el Tramo Competitivo en el caso de los CP se adjudicarán a los Fiduciantes a la par.

Asimismo, en el supuesto que la totalidad de ofertas aceptables fuera inferior a la cantidad total de Valores de DeudaFiduciaria a colocar, se procederá a adjudicar -a los Fiduciantes- dicha cantidad inferior al menor precio aceptado. LosValores de Deuda Fiduciaria no colocados entre terceros, ni adjudicados a los Underwriters, podrán ser adjudicados alos Fiduciantes como parte de pago de la cartera de Créditos transferida al Fideicomiso en los mismos términos.

El Fiduciario, siguiendo instrucciones de los Fiduciantes y de común acuerdo con los Colocadores y con losUnderwriters, de corresponder, podrán considerar desierta la licitación en caso de: (i) ausencia de ofertas respecto dela totalidad de los Valores Fiduciarios ofrecidos; ó (ii) en el caso que las ofertas en el tramo competitivo no alcancenel 50% del monto de la emisión de una o más clases de Valores de Deuda Fiduciaria, aun cuando la totalidad de lasofertas de la clase respectiva supere el monto de emisión, ó (iii) en el caso que las ofertas en el tramo competitivodeterminen un Precio de Corte que no sea aceptable para los Fiduciantes (para lo cual requerirá la conformidad de losUnderwriters respecto de la/s clase/s de Valores de Deuda Fiduciaria en los que tengan participación). En dichoscasos, las respectivas solicitudes de suscripción quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia otorguea los oferentes, derecho a compensación ni indemnización alguna.

Los Colocadores adjudicarán a los oferentes una cantidad inferior a la totalidad de los Valores Fiduciarios ofrecidos encaso de (i) ofertas por un monto inferior respecto de la totalidad de los Valores Fiduciarios ofrecidos; ó (ii) quehabiendo ofertas por partes o por el total de los Valores Fiduciarios ofrecidos se acepte un Precio de Corte que sólopermita colocar parte de los mismos.

En el caso de que varios inversores presenten ofertas de suscripción de igual precio al Precio de Corte, y el monto dela suma de esas ofertas supere el importe remanente para adjudicar, entonces dichas ofertas serán aceptadasparcialmente prorrateando la cantidad de Valores Fiduciarios correspondiente entre dichos oferentes.

Si como resultado del prorrateo bajo el procedimiento de adjudicación arriba descripto, el valor nominal a adjudicar aun Oferente bajo su respectiva oferta de suscripción contuviera decimales por debajo de los V$N 0,50, los mismosserán suprimidos a efectos de redondear el valor nominal de los Valores Fiduciarios a adjudicar. Contrariamente, sicontuviera decimales iguales o por encima de V$N 0,50, los mismos serán ponderados hacia arriba, otorgando adichos decimales el valor nominal de pesos uno (V$N 1) de los Valores Fiduciarios a adjudicar.

Los montos parcial o totalmente excluidos de las ofertas de suscripción en función de la aplicación de los prorrateos yde la metodología de determinación del Precio de Corte antes descripta quedarán automáticamente sin efecto sin quetal circunstancia genere responsabilidad de ningún tipo para los Colocadores ni otorgue a los respectivos Oferentesderecho a reclamo y/o a compensación alguna. Los Colocadores no estarán obligados a informar de manera individuala cada uno de los Oferentes que sus ofertas de suscripción han sido totalmente excluidas.

10. A los efectos de suscribir Valores Fiduciarios, los interesados deberán suministrar aquella información odocumentación que deban o resuelvan libremente solicitar los Colocadores, los demás agentes habilitados y/o elFiduciario para el cumplimiento de su función y de, entre otras, las normas sobre lavado de activos de origen delictivoy sobre prevención del lavado para el mercado de capitales emanadas de la Unidad de Información Financiera creadapor la Ley N° 25.246 o establecidas por la CNV y/o el BCRA. Los Colocadores podrán rechazar ofertas en el caso queno se dé cumplimiento a las referidas normas o a lo requerido por los Colocadores al respecto. Sin perjuicio de ello,los Colocadores serán responsables de velar por el cumplimiento de la normativa de prevención del lavado de dinerosólo respecto de sus propios comitentes, pero no de aquellos cuyas ofertas de suscripción hayan sido ingresadas alSIOPEL a través de agentes del mercado distintos de los Colocadores.

Los Colocadores no garantizan a los inversores que remitan ofertas de suscripción que, mediante el sistema deadjudicación que corresponda a los Valores Fiduciarios, se les adjudicará el mismo valor nominal de los ValoresFiduciarios detallados en la oferta de suscripción, debido a que puede existir sobre-suscripción de dichos títulos.

Los Colocadores no son responsables por los problemas, fallas, pérdidas de enlace, errores de aplicación, ni caídas delsoftware del sistema SIOPEL.

11. Los procedimientos internos que emplearán los Colocadores para la recepción de ofertas, la determinación delprecio y la adjudicación de los Valores Fiduciarios e integración del precio de adquisición estarán disponibles para su

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verificación por la CNV y cualquier otra persona con interés legítimo. A tal fin esos procedimientos serán llevados enel país en base a constancias documentales y/o medios computarizados fiables, que se informarán a la CNV.

Los agentes autorizados que intervengan en cualquier tipo de proceso de colocación primaria deberán llevar unregistro de las manifestaciones de interés recibidas, en el que se deberán identificar los potenciales inversores, detallarla fecha y hora en que fueron efectuadas, la cantidad de Valores Fiduciarios requeridos, el límite de precio y cualquierotro dato que resulte relevante y deberán contar con manuales de procedimientos internos para la colocación devalores negociables.Asimismo, deberán cumplir con las obligaciones emergentes del régimen de Prevención delLavado de Activos de origen delictivo y del Financiamiento del Terrorismo y sus reglamentaciones (BCRA, CNV,UIF, según corresponda) y en especial las resoluciones 11/2011, 229/11,140/12, 68/13 y 3/14 de la UIF y susmodificaciones y complementarias.

12. Los Valores Fiduciarios podrán ser listados en la BCBA y negociarse en el MAE S.A como así también, en otrosmercados autorizados.

DESCRIPCIÓN DE LA CARTERA

Los activos a titularizar a través del presente Fideicomiso son créditos de consumo y préstamos personales otorgadosen pesos, instrumentados mediante solicitudes de crédito y Pagarés, otorgados por los Fiduciantes.

La cartera seleccionada que forma parte de la transacción, son créditos que a la fecha de su transferencia alFideicomiso no presentaban atrasos mayores a 31 días y corresponden a operaciones no refinanciadas.

A la fecha del presente Suplemento de Prospecto no existen deudores que registren saldo de capital superior a $25.000.-

El listado de los créditos que integran el haber fideicomtido se adjuntan en un CD- ROM TELTRON L5 - 80MINI- 2-3 1211291052-50 que forman parte integrante del Suplemento de Prospecto y se encuentra a disposición de losinversores en las oficinas del Fiduciario.

La cartera transferida presenta los siguientes indicadores promedios:

CARACTERISTICAS DE LA CARTERA FIDEICOMITIDA

Nota 1: Valor Nominal (por cliente) equivale al Valor Nominal / cantidad de clientesNota 2: Capital Original equivale al capital transferido / cantidad de operaciones

Nota 3: Cantidad de cuotas equivale al promedio simple por operaciones de la cantidad de cuotas

Resumen Análisis al 31 de Diciembre 2013Operaciones Vigentes 101.817Clientes 78.565TNA Promedio 68,48%Valor Nominal $ 382.035.086Capital Original $ 271.069.401Capital Transferido $ 261.488.349Interes Transferido $ 120.546.737Valor Descontado $ 301.276.382Creditos Fideic. por cantidad de deudores 1,30

Item Analizado Análisis al 31 de Diciembre 2013Valor Nominal (por Cliente) $ 4.863Capital Original (por Operación) $ 2.568Cantidad de Cuotas (Pond por Deuda) 12Monto de la cuota (por Operación) $ 337

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Nota 4: Monto de la cuota equivale al promedio simple por operaciones del monto de las cuotas

Análisis a la Fecha de Corte

CAPITAL ORIGINAL POR OPERACION

Capital Original$ Casos % % Acum $ % % Acum $ % % Acum $ % % Acum

200 - 250 1.777 1,7% 1,7% 500.942 0,1% 0,1% 422.356 0,1% 0,1% 377.426 0,1% 0,1%251 - 500 8.212 8,1% 9,8% 3.867.313 1,0% 1,1% 3.276.968 1,1% 1,2% 2.914.907 1,1% 1,3%501 - 750 9.919 9,7% 19,6% 7.976.387 2,1% 3,2% 6.652.534 2,2% 3,4% 5.838.923 2,2% 3,5%

751 - 1000 7.668 7,5% 27,1% 8.952.785 2,3% 5,6% 7.316.854 2,4% 5,9% 6.336.278 2,4% 5,9%1001 - 1500 14.214 14,0% 41,0% 24.313.359 6,4% 11,9% 19.529.152 6,5% 12,3% 16.690.814 6,4% 12,3%1501 - 2000 10.800 10,6% 51,7% 26.312.706 6,9% 18,8% 21.089.625 7,0% 19,3% 18.064.973 6,9% 19,2%2001 - 3000 15.778 15,5% 67,1% 55.330.040 14,5% 33,3% 43.699.370 14,5% 33,9% 37.230.631 14,2% 33,4%3001 - 4000 9.977 9,8% 76,9% 49.295.431 12,9% 46,2% 38.856.747 12,9% 46,7% 33.493.133 12,8% 46,3%4001 - 5000 8.250 8,1% 85,0% 52.304.280 13,7% 59,9% 40.975.358 13,6% 60,3% 35.808.956 13,7% 59,9%5001 - 6000 6.032 5,9% 91,0% 47.353.489 12,4% 72,3% 36.777.066 12,2% 72,6% 32.135.776 12,3% 72,2%6001 - 7000 3.635 3,6% 94,5% 33.626.739 8,8% 81,1% 26.004.348 8,6% 81,2% 22.815.184 8,7% 81,0%7001 - 8000 2.106 2,1% 96,6% 22.700.730 5,9% 87,0% 17.530.549 5,8% 87,0% 15.295.789 5,8% 86,8%8001 - 9000 1.317 1,3% 97,9% 16.093.239 4,2% 91,3% 12.429.439 4,1% 91,1% 10.865.051 4,2% 91,0%

9001 - 10000 721 0,7% 98,6% 9.814.508 2,6% 93,8% 7.606.205 2,5% 93,7% 6.644.963 2,5% 93,5%10001 - 11000 488 0,5% 99,1% 7.320.585 1,9% 95,7% 5.694.045 1,9% 95,5% 4.970.852 1,9% 95,4%11001 - 12000 353 0,3% 99,4% 5.896.433 1,5% 97,3% 4.603.616 1,5% 97,1% 3.954.982 1,5% 96,9%

>12000 570 0,6% 100,0% 10.376.120 2,7% 100,0% 8.812.150 2,9% 100,0% 8.049.712 3,1% 100,0%TOTALES 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

Operaciones VALOR NOMINAL VALOR DESCONTADO CAPITAL

CAPITAL CEDIDO POR OPERACIÓNCapital Cedido

$ Casos % % Acum $ % % Acum $ % % Acum $ % % Acum69 - 250 2.411 2,4% 2,4% 675.768 0,2% 0,2% 578.644 0,2% 0,2% 521.290 0,2% 0,2%251 - 500 8.814 8,7% 11,0% 4.398.936 1,2% 1,3% 3.741.324 1,2% 1,4% 3.334.508 1,3% 1,5%501 - 750 10.200 10,0% 21,0% 8.653.697 2,3% 3,6% 7.222.636 2,4% 3,8% 6.338.116 2,4% 3,9%

751 - 1000 7.563 7,4% 28,5% 9.264.859 2,4% 6,0% 7.584.724 2,5% 6,3% 6.580.243 2,5% 6,4%1001 - 1500 14.374 14,1% 42,6% 25.582.743 6,7% 12,7% 20.577.526 6,8% 13,2% 17.609.605 6,7% 13,1%1501 - 2000 10.737 10,5% 53,1% 27.200.790 7,1% 19,8% 21.803.685 7,2% 20,4% 18.680.114 7,1% 20,3%2001 - 3000 15.593 15,3% 68,4% 56.686.601 14,8% 34,7% 44.758.705 14,9% 35,3% 38.153.704 14,6% 34,9%3001 - 4000 9.925 9,7% 78,2% 50.772.589 13,3% 48,0% 40.046.476 13,3% 48,6% 34.564.188 13,2% 48,1%4001 - 5000 7.982 7,8% 86,0% 52.273.696 13,7% 61,6% 40.914.002 13,6% 62,1% 35.764.450 13,7% 61,8%5001 - 6000 5.752 5,6% 91,7% 46.576.252 12,2% 73,8% 36.063.830 12,0% 74,1% 31.480.381 12,0% 73,8%6001 - 7000 3.379 3,3% 95,0% 32.318.795 8,5% 82,3% 24.918.865 8,3% 82,4% 21.818.544 8,3% 82,2%7001 - 8000 1.926 1,9% 96,9% 21.272.083 5,6% 87,9% 16.444.724 5,5% 87,8% 14.364.924 5,5% 87,7%8001 - 9000 1.213 1,2% 98,1% 15.210.064 4,0% 91,8% 11.719.609 3,9% 91,7% 10.245.336 3,9% 91,6%

9001 - 10000 682 0,7% 98,8% 9.537.384 2,5% 94,3% 7.386.874 2,5% 94,2% 6.450.506 2,5% 94,0%10001 - 11000 443 0,4% 99,2% 6.797.082 1,8% 96,1% 5.295.734 1,8% 95,9% 4.635.420 1,8% 95,8%11001 - 12000 327 0,3% 99,5% 5.602.630 1,5% 97,6% 4.363.399 1,4% 97,4% 3.746.047 1,4% 97,2%

>12000 496 0,5% 100,0% 9.211.120 2,4% 100,0% 7.855.626 2,6% 100,0% 7.200.972 2,8% 100,0%TOTALES 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

CAPITALOperaciones VALOR NOMINAL VALOR DESCONTADO

VALOR NOMINAL POR OPERACIÓN

Valor Nominal$ Casos % % Acum $ % % Acum $ % % Acum $ % % Acum

72 - 100 1 0,0% 0,0% 72 0,0% 0,0% 71 0,0% 0,0% 69 0,0% 0,0%101 - 250 766 0,8% 0,8% 167.405 0,0% 0,0% 155.255 0,1% 0,1% 147.231 0,1% 0,1%251 - 500 6.389 6,3% 7,0% 2.441.415 0,6% 0,7% 2.137.992 0,7% 0,8% 1.947.601 0,7% 0,8%501 - 750 6.909 6,8% 13,8% 4.350.238 1,1% 1,8% 3.767.838 1,3% 2,0% 3.409.107 1,3% 2,1%

751 - 1000 6.438 6,3% 20,1% 5.600.814 1,5% 3,3% 4.714.756 1,6% 3,6% 4.160.680 1,6% 3,7%1001 - 1500 10.728 10,5% 30,7% 13.288.914 3,5% 6,8% 11.070.500 3,7% 7,3% 9.757.595 3,7% 7,4%1501 - 2000 9.848 9,7% 40,3% 17.267.726 4,5% 11,3% 14.108.848 4,7% 11,9% 12.198.783 4,7% 12,1%2001 - 2500 7.477 7,3% 47,7% 16.744.792 4,4% 15,7% 13.540.965 4,5% 16,4% 11.724.264 4,5% 16,6%2501 - 3000 6.796 6,7% 54,4% 18.725.986 4,9% 20,6% 15.038.620 5,0% 21,4% 12.948.666 5,0% 21,5%3501 - 3500 5.549 5,4% 59,8% 17.997.007 4,7% 25,3% 14.440.095 4,8% 26,2% 12.481.590 4,8% 26,3%3501 - 4000 5.301 5,2% 65,0% 19.807.470 5,2% 30,5% 15.745.221 5,2% 31,4% 13.449.363 5,1% 31,4%4001 - 5000 7.860 7,7% 72,7% 35.098.767 9,2% 39,7% 27.970.644 9,3% 40,7% 24.219.468 9,3% 40,7%5001 - 6000 6.845 6,7% 79,5% 37.586.844 9,8% 49,5% 29.749.756 9,9% 50,6% 25.921.327 9,9% 50,6%6001 - 7000 5.154 5,1% 84,5% 33.389.216 8,7% 58,2% 26.276.261 8,7% 59,3% 23.001.645 8,8% 59,4%7001 - 8000 4.184 4,1% 88,6% 31.314.576 8,2% 66,4% 24.444.244 8,1% 67,4% 21.393.750 8,2% 67,6%8001 - 9000 3.182 3,1% 91,8% 26.969.523 7,1% 73,5% 20.762.421 6,9% 74,3% 18.004.852 6,9% 74,5%

10001 - 11000 2.361 2,3% 94,1% 22.373.172 5,9% 79,3% 17.124.791 5,7% 80,0% 14.760.177 5,6% 80,1%11001 - 12000 1.672 1,6% 95,7% 17.507.954 4,6% 83,9% 13.365.091 4,4% 84,4% 11.590.704 4,4% 84,6%12001 - 13000 1.194 1,2% 96,9% 13.727.499 3,6% 87,5% 10.402.505 3,5% 87,9% 8.952.985 3,4% 88,0%

> 13000 3.163 3,1% 100,0% 47.675.698 12,5% 100,0% 36.460.507 12,1% 100,0% 31.418.491 12,0% 100,0%TOTALES 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

CAPITALOperaciones VALOR NOMINAL VALOR DESCONTADO

VALOR NOMINAL POR CUENTA

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Valor Nominal$ Casos % % Acum $ % % Acum $ % % Acum $ % % Acum

103 - 250 306 0,4% 0,4% 67.344 0,0% 0,0% 62.286 0,0% 0,0% 58.767 0,0% 0,0%251 - 500 2.717 3,5% 3,8% 1.054.046 0,3% 0,3% 939.078 0,3% 0,3% 857.948 0,3% 0,4%501 - 750 3.249 4,1% 8,0% 2.044.254 0,5% 0,8% 1.794.188 0,6% 0,9% 1.623.673 0,6% 1,0%

751 - 1000 3.547 4,5% 12,5% 3.089.620 0,8% 1,6% 2.638.238 0,9% 1,8% 2.332.158 0,9% 1,9%1001 - 1500 6.132 7,8% 20,3% 7.633.824 2,0% 3,6% 6.420.967 2,1% 3,9% 5.649.720 2,2% 4,0%1501 - 2000 6.413 8,2% 28,5% 11.264.531 2,9% 6,6% 9.272.165 3,1% 7,0% 7.996.345 3,1% 7,1%2001 - 2500 5.369 6,8% 35,3% 12.069.135 3,2% 9,7% 9.861.762 3,3% 10,3% 8.543.455 3,3% 10,3%2501 - 3000 5.004 6,4% 41,7% 13.779.226 3,6% 13,4% 11.133.745 3,7% 14,0% 9.573.118 3,7% 14,0%3001 - 3500 4.412 5,6% 47,3% 14.314.789 3,7% 17,1% 11.558.129 3,8% 17,8% 9.969.727 3,8% 17,8%3501 - 4000 4.495 5,7% 53,0% 16.812.236 4,4% 21,5% 13.460.377 4,5% 22,3% 11.513.578 4,4% 22,2%4001 - 5000 6.890 8,8% 61,8% 30.808.972 8,1% 29,6% 24.715.467 8,2% 30,5% 21.417.861 8,2% 30,4%5001 - 6000 6.289 8,0% 69,8% 34.550.353 9,0% 38,6% 27.499.665 9,1% 39,6% 23.902.658 9,1% 39,6%6001 - 7000 4.895 6,2% 76,0% 31.742.537 8,3% 46,9% 25.176.098 8,4% 48,0% 22.040.874 8,4% 48,0%7001 - 8000 4.163 5,3% 81,3% 31.169.940 8,2% 55,1% 24.483.196 8,1% 56,1% 21.413.539 8,2% 56,2%8001 - 9000 3.308 4,2% 85,5% 28.048.802 7,3% 62,4% 21.822.181 7,2% 63,3% 18.943.602 7,2% 63,4%

9001 - 10.000 2.660 3,4% 88,9% 25.207.509 6,6% 69,0% 19.475.442 6,5% 69,8% 16.830.201 6,4% 69,9%11001 - 12000 2.037 2,6% 91,5% 21.357.030 5,6% 74,6% 16.451.891 5,5% 75,3% 14.298.538 5,5% 75,3%12001 - 13000 1.555 2,0% 93,5% 17.862.221 4,7% 79,3% 13.681.951 4,5% 79,8% 11.832.568 4,5% 79,8%13001 - 14000 1.142 1,5% 94,9% 14.254.881 3,7% 83,0% 10.909.979 3,6% 83,4% 9.444.432 3,6% 83,5%14001 - 15000 956 1,2% 96,1% 12.885.676 3,4% 86,4% 9.846.451 3,3% 86,7% 8.547.504 3,3% 86,7%15001 - 16000 692 0,9% 97,0% 10.009.069 2,6% 89,0% 7.684.105 2,6% 89,2% 6.672.704 2,6% 89,3%

> 16000 2.334 3,0% 100,0% 42.009.092 11,0% 100,0% 32.389.022 10,8% 100,0% 28.025.380 10,7% 100,0%TOTALES 78.565 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

CAPITALClientes VALOR NOMINAL VALOR DESCONTADO

CANTIDAD DE CUOTAS ORIGINALES POR OPERACIÓN

Casos % % Acum $ % % Acum $ % % Acum $ % % Acum1 - 3 1.780 1,7% 1,7% 2.381.216 0,6% 0,6% 2.333.640 0,8% 0,8% 2.321.439 0,9% 0,9%4 - 6 21.876 21,5% 23,2% 35.112.594 9,2% 9,8% 31.723.709 10,5% 11,3% 29.354.759 11,2% 12,1%7 - 9 2.439 2,4% 25,6% 8.552.174 2,2% 12,1% 7.340.225 2,4% 13,7% 6.614.444 2,5% 14,6%

10 - 12 40.948 40,2% 65,8% 155.087.311 40,6% 52,6% 126.633.328 42,0% 55,8% 112.317.414 43,0% 57,6%13 - 15 24.891 24,4% 90,3% 116.317.464 30,4% 83,1% 88.427.378 29,4% 85,1% 73.107.436 28,0% 85,6%16 - 18 5.088 5,0% 95,3% 30.754.936 8,1% 91,1% 22.025.966 7,3% 92,4% 18.428.855 7,0% 92,6%19 - 24 4.795 4,7% 100,0% 33.829.392 8,9% 100,0% 22.792.136 7,6% 100,0% 19.344.002 7,4% 100,0%

TOTALES 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

CAPITALVALOR DESCONTADOOperaciones VALOR NOMINALCant de Cuotas

CANTIDAD DE CUOTAS REMANENTES POR OPERACIÓN

V REM Operación % % ACUM VALOR NOMINAL % % ACUMVALOR

DESCONTADO% % ACUM CAPITAL %

%ACUM

1 a 3 1.886 1,9% 1,9% 2.512.664 0,7% 0,7% 2.458.687 0,8% 0,8% 2.444.407 0,9% 0,9%4 a 6 22.002 21,6% 23,5% 35.604.587 9,3% 10,0% 32.151.848 10,7% 11,5% 29.738.625 11,4% 12,3%7 a 12 44.499 43,7% 67,2% 167.540.861 43,9% 53,8% 137.009.734 45,5% 57,0% 121.342.872 46,4% 58,7%13 a 18 28.658 28,1% 95,3% 142.720.744 37,4% 91,2% 106.986.425 35,5% 92,5% 88.721.876 33,9% 92,6%19 a 24 4.772 4,7% 100,0% 33.656.231 8,8% 100,0% 22.669.688 7,5% 100,0% 19.240.569 7,4% 100,0%

101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

ATRASO POR OPERACIÓN

Días deAtraso

Operación % % Acum VALOR NOMINAL %%

AcumVALOR

DESCONTADO%

%Acum

CAPITAL %%

AcumSin Atraso 101.817 100,00% 100,00% 382.035.086 100,00% 100,00% 301.276.382 100,00% 100,00% 261.488.349 100,00% 100,00%TOTAL 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

TIPO DE CLIENTE

Tipo deCliente

Operación % % Acum VALOR NOMINAL %%

AcumVALOR

DESCONTADO%

%Acum

CAPITAL %%

AcumP Fisica 101.817 100,00% 100,00% 382.035.086 100,00% 100,00% 301.276.382 100,00% 100,00% 261.488.349 100,00% 100,00%

TOTAL 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

TASA DE INTERÉS DE LOS CRÉDITOS

TNA Operación % % ACUM VALOR NOMINAL % % ACUM VALOR DESCONTADO %%

ACUMCAPITAL % % ACUM

MENOR A 40% 14.295 14,0% 14,0% 59.563.685 15,6% 15,6% 49.866.000 16,6% 16,6% 47.911.061 18,3% 18,3%MAYOR A 40% 87.522 86,0% 100,0% 322.471.402 84,4% 100,0% 251.410.381 83,4% 100,0% 213.577.288 81,7% 100,0%TOTAL 101.817 100% 382.035.086 100% 301.276.382 100% 261.488.349 100%

FLUJO DE FONDOS TEÓRICO DE LOS CREDITOS

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MesVencimiento

CapitalTransferido

InterésTransferido Valor Nominal Valor

Fideicomitido2014-01 17.569.188 16.776.414 34.345.602 33.743.188$2014-02 18.413.526 14.752.699 33.166.225 31.302.960$2014-03 20.520.220 12.373.928 32.894.148 29.956.337$2014-04 20.130.788 12.500.316 32.631.104 28.563.999$2014-05 21.557.427 10.952.687 32.510.115 27.393.994$2014-06 19.249.085 10.041.246 29.290.332 23.704.557$2014-07 17.514.128 8.605.918 26.120.046 20.353.892$2014-08 17.973.524 7.837.664 25.811.188 19.340.529$2014-09 18.614.605 6.751.175 25.365.780 18.280.567$2014-10 19.544.404 5.439.573 24.983.976 17.340.165$2014-11 19.991.084 4.426.999 24.418.084 16.294.925$2014-12 15.222.166 3.091.355 18.313.521 11.702.851$2015-01 8.930.513 2.252.154 11.182.667 6.727.371$2015-02 9.094.428 1.656.649 10.751.076 6.205.728$2015-03 5.562.564 949.801 6.512.365 3.613.665$2015-04 2.675.416 694.606 3.370.022 1.792.542$2015-05 2.702.456 513.346 3.215.802 1.643.336$2015-06 1.967.372 364.853 2.332.226 1.145.336$2015-07 1.362.538 239.430 1.601.967 758.792$2015-08 1.386.506 167.858 1.554.364 706.855$2015-09 805.051 87.075 892.126 389.551$2015-10 283.985 39.337 323.322 136.065$2015-11 281.050 24.135 305.185 123.481$2015-12 136.324 7.520 143.844 55.696$ Total 261.488.349 120.546.737 382.035.086 $ 301.276.382

La Tasa de Descuento utilizada para el cálculo del Valor Fideicomitido es 59,7% TEA”.

Las diferencias que puedan existir en la composición del Valor Nominal corresponden a redondeos.

Las cobranzas acumuladas al 23 de enero de 2014 ascienden a $26.652.897

CUADROS DE PAGO DE SERVICIOS

Para el armado de los Cuadros de Pago de Servicios se consideraron: a) la incobrabilidad de la cartera por hasta$35.911.298;b) los gastos estimados del Fideicomiso los cuales se componen de la siguiente manera: Impuesto a losIngresos Brutos por hasta $ 5.653.109, comisión del Fiduciario por hasta $ 696.960.-,aranceles CNV, BCBA, y Cajade Valores S.A. por hasta $ 128.355, honorarios del Agente de Control y Revisión por hasta $ 87.120, asesores yauditores por hasta $ 240.064, otras provisiones, gastos varios y otros conceptos por hasta $ 520.059 más los Gastosafrontados por los Fiduciantes conforme se expresa en el artículo 2.7 acápite II c) la estimación del impuesto a lasganancias por hasta $ 4.733.834, según el criterio establecido en art. 2.18.

Asimismo no se ha considerado la aplicación del Impuestosobre los Débitos y Créditos en Cuentas CorrientesBancarias en concordancia con el Capítulo REGIMEN IMPOSITIVO.

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Para la estimación del interés, se ha considerado la tasa piso del 24%

Fecha dePago

Amortización Renta Total Saldo decapital28.763.718$

10/11/2014 16.158.685$ 6.112.290$ 22.270.975$ 12.605.033$10/12/2014 12.605.033$ 267.857$ 12.872.890$ -$

TOTAL 28.763.718 6.380.147 35.143.865

VDF B

Para la estimación del interés, se ha considerado la tasa piso del 25,5%

Fecha dePago

Amortización Renta Total Saldo decapital15.689.301$

10/12/2014 5.967.145$ 3.811.193$ 9.778.338$ 9.722.156$12/01/2015 9.722.156$ 214.697$ 9.936.853$ -$

TOTAL 15.689.301 4.025.890 19.715.191

VDF C

Para la estimación del interés, se ha considerado la tasa piso del 26,5%

Fecha dePago Amortización Renta Total

Saldo decapital

217.035.330$19/02/2014 23.202.989$ 4.340.707$ 27.543.696$ 193.832.341$10/03/2014 24.057.432$ 3.876.647$ 27.934.079$ 169.774.909$10/04/2014 24.537.667$ 3.395.498$ 27.933.165$ 145.237.242$12/05/2014 25.513.657$ 2.904.745$ 28.418.402$ 119.723.585$10/06/2014 26.397.973$ 2.394.472$ 28.792.445$ 93.325.612$10/07/2014 24.681.768$ 1.866.512$ 26.548.280$ 68.643.844$11/08/2014 22.554.458$ 1.372.877$ 23.927.335$ 46.089.386$10/09/2014 22.976.935$ 921.788$ 23.898.723$ 23.112.451$10/10/2014 22.301.070$ 462.249$ 22.763.319$ 811.381$10/11/2014 811.381$ 16.227$ 827.608$ -$

TOTAL 217.035.330 21.551.722 238.587.052

VDF A

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Fecha dePago Amortización Renta Total

Saldo decapital39.788.033$

10/02/2015 9.220.407$ -$ 9.220.407$ 30.567.626$10/03/2015 11.520.365$ -$ 11.520.365$ 19.047.261$10/04/2015 6.247.284$ -$ 6.247.284$ 12.799.977$11/05/2015 3.516.124$ -$ 3.516.124$ 9.283.853$10/06/2015 4.104.832$ -$ 4.104.832$ 5.179.021$10/07/2015 3.337.429$ -$ 3.337.429$ 1.841.592$10/08/2015 1.180.738$ -$ 1.180.738$ 660.854$10/09/2015 660.754$ 160.389$ 821.143$ 100$12/10/2015 -$ 195.042$ 195.042$ 100$10/11/2015 -$ 31.125$ 31.125$ 100$10/12/2015 -$ 15.541$ 15.541$ 100$11/01/2016 100$ 78.049$ 78.149$ -$

TOTAL 39.788.033 480.146 40.268.179

CP

La rentabilidad de los CP puede verse afectada en virtud de la variabilidad que experimente la Tasa BADLAR previstapara los VDF.

DECLARACIONES

Los Fiduciantes declaran que a la fecha de este Suplemento de Prospecto, (a) no existe ningún hecho relevante queafecte y/o pueda afectar la integridad de la estructura fiduciaria y/o el normal desarrollo de sus funciones y (b) susituación económica, financiera patrimonial, no afecta la posibilidad de cumplimiento de las funciones a cada uno deellos asignadas por este Contrato de Fideicomiso, (c) no existen atrasos o incumplimientos respecto de la rendición dela cobranza de los créditos fideicomitidos y (d) que cuentan con capacidad y estructura suficiente para desempeñar lafunción de Administrador y Agente de Cobro.

Asimismo, el Fiduciario declara que: (a) que al día de la fecha no existen hechos relevantes que afecten y/o pudieranafectar en el futuro la estructura fiduciaria y/o el normal desarrollo de sus funciones; (b) su situación económica,financiera y patrimonial le permite cumplir las funciones por él asumidas bajo el presente Fideicomiso (c) no existenatrasos o incumplimientos respecto de la rendición de la Cobranza de los Créditos Fideicomitidos bajo el presenteFideicomiso así como tampoco, respecto de los fideicomisos anteriores, (d) ha verificado que tanto losAdministradores, los Agentes de Cobro, el Agente de Control y Revisión y el Administrador Sustituto cuentan concapacidad de Gestión y Organización administrativa propia y adecuada para prestar las funciones que les correspondeny que al día de la fecha no existen hechos relevantes que afecten y/o pudieran afectar el normal desarrollo de susactividades; (e) La transferencia de los activos Fideicomitidos se encuentra debidamente perfeccionada, (f) LosValores de Deuda Fiduciaria con condiciones de emisión provisoria Clase A no han sido objeto de negociación conposterioridad a su suscripción por parte de los underwriters y los Valores de Deuda Fiduciaria Clase B, C y losCertificados de Participación no han sido objeto de negociación, siendo los únicos titulares los Fiduciantes, conformea lo dispuesto en el contrato de underwriting oportunamente presentado ante la CNV, Asimismo informa que,conforme también lo prevé el contrato de underwriting, las láminas que documentan los ValoresFiduciarios con condiciones de emisión provisorias quedan en su custodia y (g) todos los contratos suscriptosvinculados a los Bienes Fideicomitidos se encuentran debidamente perfeccionados, vigentes y válidos.

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GARBARINO S.A.I.C. E I. – COMPUMUNDO S. A.Guevara 533Buenos Aires

Fiduciantes, Administradores y Agentes de Cobro

Banco de Valores S.A.Sarmiento 310 – Buenos Aires

Teléfono: 4323-6912e-mail: [email protected]

Organizador, Fiduciario, Emisor y Colocador

Banco Santander Río S.A.Bartolomé Mitre 480, piso 8°

Teléfono: 4341-1140.e-mail.: [email protected]

[email protected] y Colocador

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.Tte. Perón 430 21° Piso

1038 Buenos AiresTE: 5411-6329-0000

Organizador y Colocador

First Corporate Finance Advisors S.A.25 de Mayo 596 p. 20

Buenos AiresTeléfono: 4311-6014

Asesores Financieros Agente de Revisión y Control

Nicholson y CanoAbogados

San Martín 140 - Piso 14 –Buenos AiresTeléfono: 5167-1000

Asesores Legales

Caja de Valores S.A.25 de mayo 362

Teléfono: 4317-7118Ciudad de Buenos Aires

Depositaria