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Genocidio y Responsabilidad Penal Militar

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IYI\IkSI010 0II kS1kIloIcgio Vayor dc Yucstra Scora dcIkosario -1o3Cclcccicn Tcx!csdc/urisprudcncicCclcccicn Tcx!csdc/urisprudcncicGenocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 1Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 2Genocidioy responsabilidad penalmilitarPrecisiones en torno al artculo 28del Estatuto de RomaGenocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 3Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 4Genocidioy responsabilidad penalmilitarPrecisiones en torno al artculo 28del Estatuto de RomaAndrea Mateus RugelesGenocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 5COLECCIN TEXTOS DE JURISPRUDENCIA 2006 Centro Editorial Universidad del Rosario 2006 Universidad Colegio Mayor de Nuestra Seora del Rosario 2006 Facultad de Jurisprudencia 2006 Andrea Mateus RugelesISBN: 958-8225-64-7Primera edicin: Bogot, D.C., abril de 2006Coordinacin editorial: Centro Editorial Universidad del RosarioCorreccin de estilo: Mara Jos Daz-GranadosDiagramacin: Margoth C. de OlivosDiseo de cubierta: ngela Mara EchavarraImpresin: Servigraphic Ltda.Centro Editorial Universidad del RosarioCalle 13 No. 5-83 Tels.: 336 6582/83, 243 [email protected] los derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducidasin el permiso previo escrito delCentro Editorial Universidad del Rosario.MATEUS RUGELES, AndreaGenocidio y responsabilidad penal militar: precisiones en torno al artculo 28 del Estatutode Roma / Andrea Mateus Rugeles. Facultad de Jurisprudencia. Bogot:Centro Editorial Rosarista, 2006.84 p. (Coleccin textos de Jurisprudencia)Incluye bibliografa.ISBN:958-8225-64-7Asesinato / Genocidio / Crmenes contra la humanidad / Procesos por crmenes de guerra /Genocidio Legislacin Colombia / Derecho militar / Guerra Aspectos jurdicos / I. Ttulo / II. Serie.341.778 20Impreso y hecho en ColombiaPrinted and made in ColombiaGenocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 6Pero que fluya el derecho como las aguas,y la justicia como arroyo inagotable!Ams 5:24Lajusticiaenalteceaunanacin.Proverbios 14:34aA ti mi Dios y Seor Jesucristo, fuente inagotabledesabidura,queamaslajusticiayelderecho y me guas para entenderlos y practicarlos.Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 78CONTENIDO CONTENIDO CONTENIDO CONTENIDO CONTENIDOAgradecimientos ................................................................................ 11Introduccin ...................................................................................... 12Captulo 11. Pronunciamiento de la Corte Constitucional respecto al genocidioen la sentencia C-181 de 2002 .................................................... 161.1 Alcance de la posicin de la Corte Constitucional .................... 171.1.1 Partes vinculantes de una sentencia ............................ 171.1.2 Alcance de la posicin de la Corte y consecuenciasjurdicas .................................................................... 19Captulo 22. Validez jurdica del genocidiocomo delito culposo ..................................................................... 252.1 Historia y evolucin del delito de genocidio ............................ 252.2 Regulacin del delito de genocidio en instrumentosinternacionales.................................................................... 282.3 Elementos del delito de genocidio .......................................... 312.3.1 Elemento subjetivo ..................................................... 332.3.1.1 Ejemplos del elemento subjetivoen algunos delitos ......................................... 342.4 Imposibilidad de un genocidio culposo ................................... 362.4.1 Ejemplos para ilustrar la imposibilidad prcticade un genocidio culposo ............................................. 362.4.1.1 Muerte de miembros del grupo ....................... 36Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 892.4.1.2 Lesiones graves a la integridad fsicay mental de los miembros del grupo ................ 372.4.1.3 Sometimiento (intencional) del grupoa condiciones de existencia que hayande acarrear su destruccin fsica,total o parcial ................................................ 372.4.1.4 Imposicin de medidas destinadasa impedir los nacimientos en el senodel grupo ...................................................... 382.4.1.5 Traslado por la fuerza de nios del grupoa otro grupo.................................................. 392.4.2 Argumentos en contra de un genocidio culposo ........... 392.4.2.1 Artculo 30 del Estatuto de Roma ................... 392.4.2.2 Sistema de Numerus Apertus y Sistema deNumerus Clausus .......................................... 412.4.2.3 Posicin de Alicia Gil ...................................... 442.4.2.3.1 Elementos estructuralesde la tentativa ................................ 462.4.2.3.2 Estructura del genocidio ................. 472.4.2.4 Derecho comparado ...................................... 482.4.2.4.1 Argentina ...................................... 482.4.2.4.2 Bolivia........................................... 512.4.2.4.3 Mxico .......................................... 522.4.2.4.4 Espaa ......................................... 532.4.2.4.5 Estados Unidos .............................. 542.5 Conclusin .......................................................................... 57Captulo 33. Real significado de la expresin hubiere debido saber .................. 593.1 Anlisis del artculo 28, numeral 1, literal a) ......................... 593.2 Elemento subjetivo que comporta el hubiere debido saber .... 613.3 Situacin que contempla el artculo 28, numeral 1, literal a) ... 62Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 9103.3.1 Teora de la responsabilidad del superior ...................... 623.3.2 Tener razones para saber ........................................... 653.3.3 Hubiere debido saber .................................................. 683.3.4 De qu responde el jefe militar ..................................... 703.4 Propuesta............................................................................ 724. Conclusiones ................................................................................. 78Bibliografa ........................................................................................ 80Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 10AgradecimientosAgradezco a Dios por ser mi motivacin, mi refugio y mi gua.Agradezco a mi profesor, tutor y director de tesis, Juan Carlos ForeroRamrez, quien me gui y apoy desde el inicio hasta la culminacin de misestudios de Derecho, as como en la realizacin de este trabajo.Agradezco a Daniel Andrs Daz Pachn quien siempre crey en m y sinquien este libro no sera una realidad. Gracias por estar presente en cada etapa.Agradezco a mis paps.Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 1112GenocidioyresponsabilidadpenalmilitarIntroduccinEl Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (nico Tribunal PenalInternacional permanente) consagra en su artculo 28 la responsabilidad del jefemilitar de jure o de facto, respecto a los crmenes de la competencia del Tribunal,cuando sabiendo o debiendo saber de las conductas desplegadas por sus tropas,no actu conforme lo demanda el cargo y las funciones en el sentido de tomar lasmedidas necesarias de prevencin, represin o denuncia de los crmenes cometi-dos por los subordinados.Textualmente el artculo 28 del Estatuto de Roma dispone lo siguiente:Responsabilidad de los jefes y otros superioresAdems de otras causales de responsabilidad penal de conformidad con elpresente Estatuto por crmenes de la competencia de la Corte:1. El jefe militar o el que acte efectivamente como jefe militar ser penalmenteresponsable por los crmenes de la competencia de la Corte que hubieren sidocometidos por fuerzas bajo su mando y control efectivo, o su autoridad ycontrol efectivo, segn sea el caso, en razn de no haber ejercido un controlapropiado sobre esas fuerzas cuando:a) Hubiere sabido o, en razn de las circunstancias del momento, hubieredebido saber que las fuerzas estaban cometiendo esos crmenes o se propo-nan cometerlos; yb)Nohubiereadoptadotodaslasmedidasnecesariasyrazonablesasualcanceparapreveniroreprimirsucomisinoparaponerelasuntoenconocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigaciny enjuiciamiento [...].11OficinaenColombiadelAltoComisionadodelasNacionesUnidasparalosDerechosHumanos,CompilacindeInstrumentosInternacionales,terceraedicin,Bogot,EditorialNuevasEdiciones,2002,p.495.Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 12Introduccin13A diferencia de los Estatutos de anteriores tribunales internacionales (elde la antigua Yugoslavia y el de Ruanda), el Estatuto de Roma utiliza la expre-sin hubiere debido saber, como segunda situacin en virtud de la cual res-pondera el jefe militar, reemplazando as la frmula tener razones para saberutilizada por los tribunales ad hoc.Qu significado tiene este trmino?Es cierto que algunos conceptos jurdicos demandan un mayor esfuerzopara su comprensin. Respecto a estos casos especiales la doctrina por lo gene-ral se divide en dos tendencias opuestas o por lo menos distintas. En definitiva,y a pesar de tal vez un sin nmero de opiniones, el significado correcto o almenos el de obligatorio cumplimiento y aplicacin es dado por la autoridad en-cargada de su interpretacin.Un ejemplo de lo anterior es la figura ya mencionada. Esta expresin delhubiere debido saber, ha causado dudas en cuanto a su real alcance y significado.Ha llegado a decirse que a la luz de ese precepto, se est frente a ungenocidio (cuando este es el crimen cometido por los subordinados) culposo.Existe el genocidio culposo? Crea el Estatuto de Roma la posibilidad deque dicho delito se cometa en la modalidad culposa? Qu significa hubiere debi-do saber? Qu aspectos o situaciones abarca dicha figura? Frente a qu clasede responsabilidad se est?Este trabajo pretende responder esas dudas en tanto que aclara concep-tos, expresa opiniones personales as como de reconocidos doctrinantes, y hacepropuestas que, en opinin de su autor y de acuerdo con una amplia investiga-cin sobre el tema, parecen las ms adecuadas.El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional fue ratificado porColombia el 5 de agosto de 2002 y entr en vigencia para el pas a partir del 1de noviembre del mismo ao. Esto significa que Colombia es parte de ese tratadointernacional, y que el mismo se incorpora al ordenamiento jurdico colombianocomo ley de la repblica.La interpretacin correcta de las disposiciones de dicho Estatuto es nece-saria e importante para Colombia no slo porque al ser parte del ordenamientojurdico del pas se debe comprender correctamente para una adecuada aplicacin,sino porque en virtud del mismo se tiene la obligacin internacional de adecuar talordenamiento para el correcto funcionamiento y aplicacin del Tratado.Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 1314GenocidioyresponsabilidadpenalmilitarEn esta medida, este trabajo pretende ser algo ms que un anlisis teri-co, al colaborar de cierta forma con aclarar las dudas que surgen alrededor delcriterio comprendido en el artculo 28 del Estatuto de Roma, buscando el cumpli-miento de los principios del derecho penal.En todo caso, ser la Corte Penal Internacional la que d la ltima pala-bra al pronunciarse acerca de este tema. Pronunciamiento obligatorio en aras dela seguridad jurdica, de la guarda de los principios del derecho penal y de laaplicacin adecuada del Estatuto de Roma, de manera que se zanje toda brechaporlacualuncriminalpretendaeludirsuresponsabilidad,oporlacualseresponsabilice a personas por conductas no cometidas.Genocidio y Responsabilidad Penal Militar.p65 11/04/06, 09:20 a.m. 14IYI\IkSI010 0II kS1kIloIcgio Vayor dc Yucstra Scora dcIkosario -1o3Cclcccicn Tcx!csdc/urisprudcncicCclcccicn Tcx!csdc/urisprudcncic