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GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON PERIODIC0 OFICIAl Se publica 10s dias Lunes, Miercoles y Viernes, las Leyes, Decretos y dem&s Disposiciones Superiores son Obligatorias por el solo Hecho de ser Publicadas en este Peri6dico. RESPONSABLE: LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Rsgistrado corn0 Arliculo de Segunda Clase el 18 de Septiembre de 1901 TOM0 CXLI Monterrey. Nuevo Le6n. Miercoles 21 de Enero de 2004 NUM. 9 SUMARIO PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LE6N SECRETARiA DE OBRAS PljBLlCAS AVIS0 DE CANCELACbN DE LA LlClTACldN 48051001-002-03.. REFERENTE A LA CONSTRUCCdN DE PUENTE VEHICULAR A BASE DE ESTRUCTURA METALICA PARA ACCESO DE LA AUTOPISTA MONTERREY-REYNOSA A LA AUTOPISTA AL AEROPUERTO MARIANO ESCOBEDO EN GUADALUPE, NUEVO LE6N; PUBLICADA EN EL PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO No 15, D E FECHA 29 DE ENERO DE 2003 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 AVIS0 DE FALL0 DE LlClTACl6N No. 48051001-005-93 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 R. AYUNTAMIENTO DE ABASOLO, N.L. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2003-2006 . . . . . . . .._.____..................................................................... 5-53 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54-54 AVIS0 DE DISMINUCl6N DE CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE DE LA SOCIEDAD FRACCIONADOWVILLA MONTANA. S.A. DE C.V. I’. PUBLlCACl6N DE 3 SOLICITADAS 84-55 BALANCE FINAL DE LlQUlDACl6N PRESENTADO EN LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE FECHA23 DE DICIEMBRE DE 2003 DE EMPRESAS ROCETRE, S.A. DE C.V 56 AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARIA PUBLICA No. 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO DE INTESTADO ACUMULADO A BIENES DEL SENOR JOSE ANTONIO GONZALEZ ALVAREZ Y LA SENORA MARIA DOLORES MENDOZA RIOS . . . . . . . . . .._....................... 57 AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARIA PUBLICA No 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO DE INTESTADO ACUMULADO A BIENES DEL SENOR JOSE FRANCISCO GARCIA TAMEZ Y DE LA SENORA MARIA ROSA RODRIGUEZ LUEVANO . . . . . . . . . . . . ..__....................... 58 AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARiA PUBLICA No. 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO DE INTESTADO ACUMULADO A BIENES DEL SENOR FRANCISCO ANTONIO AGUIRRE RODRIGUEZ Y LA SENORA MARIA DE JESUS LOPEZ LOPEZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59 AVIS0 DE FUSl6N DE PLAZA SESAMO. S.A. DE C.V. Y PARQUE PLAZA SESAMO. S.A. DE C.V 60-62 Visite la Pagina del PERl6DICO OFICIAL DEL ESTADO: http://generel.nl.gob.mx/ListadoPeriodii

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GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON

PERIODIC0 OFICIAlSe publica 10s dias Lunes, Miercoles y Viernes, las Leyes, Decretos y dem&s Disposiciones

Superiores son Obligatorias por el solo Hecho de ser Publicadas en este Peri6dico.RESPONSABLE: LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Rsgistrado corn0 Arliculo de Segunda Clase el 18 de Septiembre de 1901

TOM0 CXLI Monterrey. Nuevo Le6n. Miercoles 21 de Enero de 2004 NUM. 9

SUMARIO

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LE6NSECRETARiA DE OBRAS PljBLlCAS

AVIS0 DE CANCELACbN DE LA LlClTACldN 48051001-002-03.. REFERENTE A LACONSTRUCCdN DE PUENTE VEHICULAR A BASE DE ESTRUCTURA METALICA PARAACCESO DE LA AUTOPISTA MONTERREY-REYNOSA A LA AUTOPISTA AL AEROPUERTOMARIANO ESCOBEDO EN GUADALUPE, NUEVO LE6N; PUBLICADA EN EL PERldDlCO OFICIALDEL ESTADO No 1 5 , D E FECHA 29 D E ENERO DE 2003 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

AVIS0 D E FALL0 D E LlClTACl6N No. 48051001-005-93 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

R. AYUNTAMIENTO DE ABASOLO, N.L.

PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2003-2006 . . . . . . . .._.____..................................................................... 5-53

AVISOS JUDICIALES Y GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54-54

AVIS0 DE DISMINUCl6N DE CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE DE LA SOCIEDADFRACCIONADOWVILLA MONTANA. S.A. DE C.V. I’. PUBLlCACl6N DE 3 SOLICITADAS 84-55

BALANCE FINAL DE LlQUlDACl6N PRESENTADO EN LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DESOCIOS DE FECHA23 DE DICIEMBRE DE 2003 DE EMPRESAS ROCETRE, S.A. DE C.V 56

AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARIA PUBLICA No. 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO DE INTESTADO ACUMULADO A BIENES DEL SENOR JOSE ANTONIOGONZALEZ ALVAREZ Y LA SENORA MARIA DOLORES MENDOZA RIOS . . . . . . . . . .._....................... 57

AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARIA PUBLICA No 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO DE INTESTADO ACUMULADO A BIENES DEL SENOR JOSE FRANCISCOGARCIA TAMEZ Y DE LA SENORA MARIA ROSA RODRIGUEZ LUEVANO . . . . . . . . . . . . ..__....................... 58

AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARiA PUBLICA No. 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO DE INTESTADO ACUMULADO A BIENES DEL SENOR FRANCISCO ANTONIOAGUIRRE RODRIGUEZ Y LA SENORA MARIA DE JESUS LOPEZ LOPEZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59

AVIS0 DE FUSl6N DE PLAZA SESAMO. S.A. DE C.V. Y PARQUE PLAZA SESAMO. S.A. DE C.V 60-62

Visite la Pagina del PERl6DICO OFICIAL DEL ESTADO: http://generel.nl.gob.mx/ListadoPeriodii

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PAGINA 2 Monterrey, N.L.. Mibrcoles 21 de Enero de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

AVIS0 DE ESCISl6N DE REGlO OPERACIONES, S . A . DE C.V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63

AVIS0 D E ESCISl6N DE PtNTURAS BEREL. S A . D E C.V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64-65

AVIS0 DE FUSl6N DE DlSIRlBUtDORA PINTURAS BEREL, S.A. DE C.V. Y COMERCIALIZADORAD E RECUBRIMIENTOS ARCWlECT6NICOS. S.A. D E C.V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66-69

CONVOCATORk- SE CCNVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA A LOSACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD LA PICCOLA SICILIA. S . A . D E C.V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70-71

JUZGADO MIXTO DE PRtm INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL MONTEMORELOS,N.L.. EDICT0 EXPEDIENTE N6MERO 22/20&l. JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DEPRIMERA INSTANClA DEL D&IMO DISTRITO JUDICIAL MONTEMORELOS, N.L., EDICT0EXPEDIENTE NOMERO F .._.......................................,.........................,..................,..................,.

AVIS0 NOTARIAL DE LA NOTARh PUBLICA No. 100 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO DE INTESTADO A BIENES DE LA SEhlORA ENEDINA GOMEZ GARCIA. AVIS0NOTARIAL DE LA NOTARh PtSBLlCA No. 131 ALLENDE, N.L., JUICIO HEREDITARIOADMINISTRATIVO DE INTESTADOA BIENES DEL SENOR RICARDO OCANAS VILLEGAS..............

JUZGADO MIXTO DE PlUMERA INSTANCIA DEL DkIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL CHINA,N.L., EDICT0 EXPEDIENTE NlhERO lWZOO3. JUZGADO QUINT0 DE LO FAMILIAR DELPRIMER DISTRITO JUDlCtAL MONTERREY. N.L., IER. EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO1596l2603 ..__..................................................................... . . . . . . . . .._._.._...................

JUZGADO TERCERO DE LO CML DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.. 1ER.EDICT0 EXPEDIENTE JUDICUU NOMEMO 07120003. JUZGADO SCPTIMO DE LO CIVIL DELPRIMER DISTRITO JUDlCtAL MONTERREY. N.L. 1ER. EDICT0 EXPEDIENTE NlhERO 605/2003.

JUZGADO TERCERO DE LO FAMlLlAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L..1ER. EDICT0 NilMERO DE EXPEDIENTE 541l2002 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMlLlAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY. N.L., 2”EDICT0 EXPEDIENTE NlbKRO I!%&?. JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMERDISTRITO JUDICIAL MOtflERREY, N.L.. 2” EDICT0 EXPEDIENTE NlhERO lQ42/2003 . . . . . . . . . . . . .._...

JUZGADO Sl+llMO DE LO FAMlLlAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2’EDICT0 NtiMERO DE EXPEDlENTE 1958/2003 .._._............,,..,..,,.....,.........,,..,,.........,.,,....,,...,............,..

JUZGADO St+l-lMO DE LO FAMlLlAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.. 2’EDICT0 NL.JMERO DE EXPEDtENTE 0775/2QQ3. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DELD&W0 DISTRITO JUDICUU MONTEMORELOS, N.L.. 2’ EDICT0 NOMERO DE EXPEDIENTE465/2002 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .._._.. ._. ... ...... ....

JUZGADO DklMO DE LO FAMLlAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY. N.L.. 2EDICT0 EXPEDIENTE JUDICLM NtMERO 1614/2003 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO MIXTO DE PRlWRA INSTANCIA DEL DlkIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL CHINA,N.L., 2’ EDICT0 EXPEDIENTE NtiMERO 210/2003 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

JUZGADO D&W0 DE LO CML DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER.EDICT0 NUMERO DE EXPEDtENTE 6tXW2OQ2. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DELNOVENO DISTRITO JUDICIAL VlLlALDAMA, N.L.. 3ER. EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO363l2003 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .... .. .... ..........,....

JUZGADO TERCERO DE LO FAMWAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY. N.L.,3ER. EDICT0 N&‘AERO DE EWEDIENTE 1766/2003. JUZGADO QUINT0 DE LO FAMILIAR DELPRIMER DlSTRlTO JUDICIAL MONTERREY, N.L.. 3ER. EDICT0 EXtiEDlENTE 1231/2003

JUZGADO Dl%lMO DE LO FAMUAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY. N.L.. 3ER.EDICT0 EXPEDIENTE JUDlClM NilMERO 1744/2003 .

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 3

AVISO MODIFICATORIO SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

Departamento de Concursos y Contratos Convocatoria Fecha de publicación

de la convocatoria 002 29/01/2003 Nota

2 No. de Licitación 48051001-002-03

Ubicación en documento Convocatoria

Aviso de cancelación de la licitación 48051001-002-03 Dice: Debe decir:

Licitación No. 48051001-002-03 Construcción de puente vehicular a base de estructuras metálica para acceso de la Autopista Monterrey-Reynosa a la Autopista al Aeropuerto Mariano Escobedo en Guadalupe, Nuevo León.

Se les comunica que por haber transcurrido el exceso los plazos a que se refiere el Artículo 56 de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León y por ende finalizado la validez de las ofertas recibidas, esta Dependencia se ve en la necesidad de cancelar el procedimiento de licitación mencionado.

Monterrey, Nuevo León 21 de Enero de 2004

ARQ. ABEL GUERRA GARZA

SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS ARQ. RAMÓN NAREDO HERNÁNDEZ

SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RÚBRICA RÚBRICA

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 4

AVISO DE FALLO DE LICITACIÓN

LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN CON DOMICILIO EN AVENIDA CHURUBUSCO NO. 495 NORTE, COLONIA FIERRO, MONTERREY, NUEVO LEÓN EMITIÓ EL FALLO DEL SIGUIENTE CONCURSO: NUM. LIC.

DESCRIPCIÓN GANADOR DOMICILIO DEL GANADOR

FECHA DE FALLO

FECHA DE INICIO Y

TÉRMINO

MONTO INC. I.V.A.

48051001-005-03

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ASFÁLTICO, CORDONES Y BANQUETAS EN AVENIDAS ANTIGUOS EJIDATARIOS, CABEZADA Y NO REELECCIÓN EN COLONIA LA ALIANZA DE MONTERREY, NUEVO LEÓN

CONSTRUCTORA COEXSA, S.A. DE C.V.

ZARAGOZA No. 500, APODACA, NUEVO LEÓN

16-ENE-04 21-ENE-04 A

19-MAY-04

27,576,054.10

LO QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN.

A T E N T A M E N T E

“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

MONTERREY, NUEVO LEÓN A 21 DE ENERO DEL 2004

EL C. SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

ARQ. ABEL GUERRA GARZA

EL C. SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

ARQ. RAMÓN NAREDO HERNÁNDEZ

RÚBRICA

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 5

PLAN MUNICIPAL DE

DESARROLLO

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 6

ADMINISTRACIÓN

2003 - 2006 ABASOLO, N. L.

PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO

PERIODO 2003 – 2006 PRESENTACIÓN

El Presidente Municipal de Abasolo, Nuevo León, el Lic. David Milán Rivera da a conocer el presente Plan Municipal de Desarrollo de la Administración 2003 – 2006. Con base y en cumplimiento del artículo 109 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, los Ayuntamientos deberán elaborar, aprobar y publicar el Plan Municipal de Desarrollo que estará vigente para el periodo de su mandato. El Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de Abasolo, sustenta y concretiza el espíritu del artículo 115 Constitucional, en que el núcleo de la vida republicana, democrática y popular de los Estados Unidos Mexicanos es el municipio libre y soberano. Un municipio que es administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa. Un municipio sin personalidad jurídica propia, con la responsabilidad de otorgar eficientemente los servicios públicos con la facultad de establecer las bases normativas de un crecimiento ordenado basado en un plan parcial de desarrollo urbano vigente que propicia y establece las bases para el fortalecimiento de las condiciones de vida de sus habitantes y con libertad en la administración de la hacienda pública para lograr estos propósitos. El Plan de Desarrollo de Abasolo tiene presente que las estructuras cambiantes de nuestra sociedad y los nuevos retos económicos, políticos y sociales que se presentan en la actualidad, se expresan en el municipio con la particularidad propia de su historia. El Plan Municipal es el resultado de un profundo estudio y diagnóstico de las características socio-económicas del municipio, al igual que del análisis de las demandas sentidas de los habitantes de las comunidades, colonias y de los organismos de la sociedad civil consultado en las reuniones, visitas domiciliarias durante la campaña, producto igualmente de compromiso y concertación de la población, con el fin de coordinar esfuerzos lograr una vida más justa y democrática. El Plan Municipal de Desarrollo, el Ayuntamiento y la Administración establecen el compromiso de una nueva forma de gobernar y Administrar el Municipio, ofreciendo a la comunidad de Abasolo un esfuerzo permanente para el desarrollo en el ámbito económico y social, de eficiencia y honestidad en el suministro de servicios públicos, con opciones viales para elevar el bienestar y calidad de vida, de justicia y protección ciudadana de solidaridad y de participación democrática.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 7

El Plan Municipal de Desarrollo es el producto de un análisis amplio de la realidad actual, considerando nuestra identidad histórica particular y nuestra perspectiva futura; en el se estructuran propósitos coherentes, objetivos claros, estrategias definidas, programas realistas y proyectos viables, siempre dentro de un marco de compromisos y participación de diversas entidades e instituciones del Gobierno Federal, Estatal y el resto de los municipios, al igual de la concertación, dialogo y participación activa de la Ciudadanía del Municipio de Abasolo. Es importante reconocer que no todas las demandas pueden satisfacerse en un momento o en un lugar dado, ya que los Recursos contemplados en un tiempo y espacio preciso resultan escasos. Sin embargo para tener un conocimiento lo mas cercano posible a la realidad, la metodología nos recomienda elaborar primero un diagnostico que describa cual es el nivel de desarrollo y cuales son las causas de ese nivel, posteriormente analizamos las razones de la situación, después proyectamos nuestra realidad para saber hacia donde nos dirigimos, sin introducir ninguna intención de cambio; descrita, proyectada y explicada la realidad, evaluamos si es satisfactoria o es necesario modificarla finalmente nos proponemos prioridades de acción o alternativas transformadoras por realizar. El proceso de planeación requiere de tres pasos, a los cuales nos comprometemos invariablemente en desarrollar y cumplir: A.- Formulación de planes y programas con sus respectivos objetivos y metas, que son determinación de las obras y servicios que el municipio requiere y por lo que las autoridades se comprometen a realizar. B.- Ejecución de las actividades descritas en los Programas. C.- Control, seguimiento y evaluación de la ejecución de los programas. Los objetivos básicos del desarrollo son determinantes primarios del carácter y del sentido del esfuerzo planificador municipal, la naturaleza de estos objetivos depende de la preferencias basadas en la escala de valores políticos, sociales y económicos del Municipio, así como de su etapa de desarrollo. En resumen, la elaboración de un Plan Municipal de Desarrollo supone enfáticamente la definición clara de los objetivos fundamentales de desarrollo, así como de la especificación de las metas en un determinado espacio de tiempo.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 8

CONTENIDO

Presentación. 1.- ASPECTOS NORMATIVOS

1.1 Constitución Política Federal 1.2 Constitución Política del Estado de Nuevo León 1.3 Ley Orgánica del H. Congreso del Estado 1.4 Ley de Contaduría Mayor de Hacienda del Estado de Nuevo León 1.5 Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal 1.6 Ley de Ingresos de los Municipios de Nuevo León para el año 2003.

2.- MARCO POLÍTICO, ECONOMICO Y SOCIAL 2.1 Perfil Histórico 2.2 Localización Geográfica 2.3 Clima 2.4 Hidrografía 2.5 Uso de Suelo 2.6 Aspecto Demográfico 2.7 Aspecto Socio Económico 2.8 Comunicaciones y Transportes 2.9 Aspectos Sociales 2.10 Aspectos Económicos 3.- OBJETIVOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DE ABASOLO, N. L. 3.1 Consolidar la infraestructura de equipamiento y servicios básicos 3.2 Finanzas Públicas Municipales y Administración 3.3 Protección Ciudadana y Vialidad 3.4 Democracia y Participación Ciudadana en el Ámbito Municipal 3.5 Desarrollo Social Calidad de Vida y Bienestar 4.- OBJETIVOS, PROGRAMAS Y PROYECTOS POR DEPENDENCIA 4.1 Dependencias Municipales 4.2 Secretaría de Ayuntamiento 4.3 Tesorería Municipal 4.4 Dirección de Desarrollo Urbano, Ecología y Obras Públicas 4.5 Dirección de Servicios Públicos Municipales 4.6 Dirección de Policía y Tránsito 4.7 Dirección de Desarrollo Social 4.8 D.I.F. Municipal 4.9 Dirección de Gestoría y Servicios a la Comunidad 4.10 Dirección Jurídica

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 9

5.- COMPROMISOS Y ESTRATEGIAS DEL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO DE ABASOLO, NUEVO LEON 5.1 Estrategias 5.2 Ampliación de Participación Ciudadana 5.3 Coordinación entre Niveles de Gobierno 5.4 Modernización de la Ampliación Municipal

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 10 1. ASPECTOS NORMATIVOS El Plan Integral de Desarrollo Municipal de Abasolo en el Estado de Nuevo León, esta sustentado en las siguientes bases jurídicas. 1.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA FEDERAL El artículo 25 Constitucional, corresponde al Estado la Rectoría del Desarrollo Nacional para garantizar que sea integral, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una mas justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. El Estado planeara, conducirá, coordinara y orientara la actividad económica nacional y llevara a cabo la regularización y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. El artículo 26 Constitucional, establece el Sistema Nacional de Planeación Democrática para el Desarrollo Nacional, esto implica a los municipios en el cumplimiento de programas coordinados. Artículo 115 fracción V, Los municipios en los términos de las Leyes Federales y Estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regulación de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas para tal efecto y de conformidad a los fines señaladas en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios. En estas condiciones, el municipio se transforma en Autoridad Fundamental de la regulación y planeación del Desarrollo de los Centros de Población, facultada para expedir el Programa Municipal de Desarrollo, los programas parciales y las declaraciones de usos, destinos y reservas que integran la zonificación del suelo de cada centro de población.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 11 FACULTADES DE LA LEGISLATURAS ESTATALES DE REVISAR LAS CUENTAS PÚBLICAS MUNICIPALES Las fracciones IV y el ultimo párrafo del artículo 115 Constitucional. Correlación: Artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. FACULTADES DE LOS MUNICIPIOS PARA EXPEDIR REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Fracción II del artículo 115 Constitucional. Correlación: Artículo 166 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. LOS MUNICIPIOS PODRAN CONTRAER OBLIGACIONES O EMPRÉSTITOS SOLO CUANDO SE DESTINEN A INVERSIONES PÚBLICAS COLECTIVAS. Ultimo párrafo de la fracción VIII del artículo 117 Constitucional. 1.2 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NUEVO LEON Artículo 30, El Gobierno del Estado y los Municipios podrán celebrar dentro de su ámbito de competencia, convenios con la Federación y entre sí, para fortalecer la planeación de Programas De Gobierno, coordinar estos en la ejecución de obras, prestación de servicios en general, de cualquier otro propósito de beneficio colectivo. Artículo 131 fracción I, Faculta a los Ayuntamientos para expedir de acuerdo con las bases normativas indicadas, los mandos de policía y buen gobierno y los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 12 Se requiere autorización del H. Congreso para enajenar bienes raíces del Estado y sus Municipios. Párrafo tercero del artículo 23 Constitucional Correlación: Artículo 26, inciso C fracción X; artículo 27 fracción X; 147 y 152 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. FACULTADES DEL H. CONGRESO PARA EXPEDIR LAS BASES DE LOS REGLAMENTOS MUNICIPALES, REVISAR LAS CUENTAS PÚBLICAS Y AUTORIZACIONES DE EMPRÉSTITOS Artículo 26, inciso A fracción III, VIII y IX, 27 fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Municipal. Los artículos 118, 119 y 120 del titulo VIII, Constitucionales consignan las facultades para que los Municipios administren libremente su Hacienda que será de elección popular directa, señalando además que están envestidos de personalidad jurídica. 1.3 LEY ORGÁNICA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO Faculta a la Legislatura local, para analizar, emitir, aprobar y decretar iniciativas de leyes hacendarias del municipio. Para vigilar el exacto cumplimiento de las leyes y reglamentos hacendarios del municipio. Para autorizar la contratación de empréstitos municipales. Para autorizar la enajenación de bienes inmuebles propiedad del Municipio.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 13 1.4 LEY DE LA CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA DEL ESTADO DE NUEVO LEON. ATRIBUCIONES DE LA CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA Este ordenamiento legal faculta a la Contaduría Mayor de Hacienda o Glosa a revisar las cuentas públicas y a rendir un informe sobre los resultados de las mismas a la Comisión Legislativa. 1.5 LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL RESPONSABILIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS RENDIR UN INFORME ANUAL Artículo 26, inciso A, fracción VI. ELABORAR REGLAMENTOS MUNICIPALES Articulo 26, inciso A, fracción VII. ELABORAR Y PUBLICAR PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO. Articulo 26, inciso B, fracción III. ELABORAR PRESUPUESTO DE EGRESOS Artículo 26, inciso C, fracción III. PUBLICAR SÍNTESIS DEL PRESUPUESTO ANUAL DE EGRESOS, PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO Y REGLAMENTOS MUNICIPALES Artículo 26, inciso C, fracción VI. VIGILAR QUE EL AYUNTAMIENTO CUMPLA CON LAS LEYES, PLANES Y PROGRAMAS. Artículo 29, fracción III.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 14 REVISAR Y FIRMAR LA CUENTA PUBLICA MUNICIPAL Artículo 30, fracción III. 1.6 LEY DE INGRESOS Y DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE NUEVO LEON PARA EL AÑO 2003. En la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de Nuevo León para el ejercicio del año 2003, se integrará con los Ingresos que a continuación se enumeran: I.-Impuestos: Sobre el ejercicio de Actividades Mercantiles, Predial, Sobre Adquisición de Inmuebles, Sobre Diversiones y Espectáculos Públicos, Sobre Juegos Permitidos, A la Adquisición de Cítricos, Sobre Aumento de Valor y Mejoría Especifica de la Propiedad. II.- Derechos: Por Cooperación para Obras Públicas; Por Servicios Públicos; Por Construcciones y Urbanizaciones; Por Certificaciones, autorizaciones, Constancias y Registros; Por Inscripción y Refrendo; por Expedición de Cedula de Empadronamiento y Patente mercantil; por revisión, inspección y servicios; por expedición de Licencias; Por limpieza de Lotes Baldíos; Por limpia y Recolección de Desechos Industriales y Comerciales; Por ocupación de la Vía Pública; Por nuevos fraccionamientos, Edificaciones y Subdivisiones en Materia urbanística; Diversos. III.- Contribuciones por nuevos fraccionamientos, edificaciones, parcelaciones, relotificaciones y subdivisiones previstas en la Ley de Ordenamiento Territorial de los asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado. IV.- Productos: Enajenación de bienes muebles o inmuebles; Arrendamiento o explotación de bienes muebles o inmuebles del dominio privado; Por depósito de escombro y desechos vegetales; Venta de impresos, formato y papel especial; Diversos. V.- Aprovechamientos: Multas; Donativos; Subsidios; Participaciones estatales y federales; Aportaciones federales a los Municipios; Cauciones cuya pérdida se declare a favor del Municipio; Indemnizaciones; Diversos; Accesorios y rezagos de contribuciones y aprovechamientos.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 15 Conforme a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León menciona en su artículo 1° que los impuestos, derechos, demás contribuciones y aprovechamientos se regularán por esta Ley, por las demás leyes fiscales, en su defecto por el Código Fiscal del Estado y supletoriamente por el Derecho Común. Los productos se regularán por las indicadas disposiciones o por lo que en su caso, se estipule en las concesiones o contratos respectivos.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 16 2. MARCO POLÍTICO, ECONOMICO Y SOCIAL 2.1 PERFIL HISTORICO Y CULTURAL En 1648 fue fundado el municipio de Abasolo, N. L., por Don Diego de Villarreal, conociéndosele con diversos nombres como: Hacienda de Eguía de Viudas, hacienda de Nuestra Señora Guía de Viudas. Hoy municipio de Abasolo, en honor al General Mariano Abasolo, quien fue caudillo de la independencia de México, dedicándose aquel entonces a la explotación de recursos mineros. El 5 de Abril de 1827, se decreto su elevación a villa. Sus primeros alcaldes fueron Don José María Villarreal, Jesús Cantú, Juan González, por mencionar algunos. Entre sus personajes distinguidos el Lic. Alberto Villarreal, Lic. Vicente Garza Cantú, Lic. Francisco Cantú Cárdenas, Prof. Ramón Ozuna, Francisco A. Cárdenas. 2.2 LOCALIZACIÓN GEOGRAFICA Abasolo, Nuevo León, se ubica en la zona centro periférica noreste del Estado, con una altura sobre el nivel del mar de 500 metros y ocupando un área de 76.9 Km2., cuya clave correspondiente es 001. Limitado el norte con el municipio de Salinas Victoria, al sur con Escobedo, al oriente con El Carmen y al poniente con Hidalgo, N. L., localizándose ABASOLO a 20 km. de distancia del centro de la capital del Estado de Nuevo León.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 17 2.3 CLIMA El Clima en el Municipio de Abasolo es extremoso, se identifica según el sistema de clasificación desarrollado por W. Koper y adaptado para estudios relacionados por el Instituto Nacional de Geografía Estadística e informática como del tipo Bs o hw” (e), dentro de la provincia de la sierra madre oriental, en el subgrupo de clima seco semicálido con lluvia en verano, un tipo de vegetación de matorrales espinosos y desérticos, con lluvias en los meses de Agosto, Septiembre y Octubre. La temperatura media anual que se presenta es de 20°C, en el mes de julio se presenta la temperatura media mas alta con 25° o 26° C, la mínima se observa en el mes de enero con 15° a 19°C. La temperatura máxima que se registra es de 45°C y la mínima que se observa es de 6°C. La precipitación total anual es de alrededor de 500mm, y la evaporación anual es de 1746 mm. Presenta un porcentaje de lluvia invernal entre 5 y 10.2, la mayor incidencia de lluvias se da en el mes de septiembre con una precipitación de 80 a 90mm y los meses con menor incidencia son enero y diciembre con 5 o 10 mm. 2.4 HIDROLOGÍA El Municipio de Abasolo pertenece a la región hidrológica BRH-24, conocida como Región hidrológica del Río Bravo. Cuenta con corrientes subterráneas y desde el año de 1956 se encuentra todo el municipio, dentro de la zona de veda de explotación acuífera, siendo esta veda establecida como elástica, esto es, de explotación controlada según factibilidades evaluadas por la Comisión Nacional del Agua. El Municipio es atravesado por la cuenca del Río Salinas, que en el tramo que corresponde a esta región es de poco caudal la mayor parte del año y solo es creciente en época de lluvias. A pesar de ser una zona con carencias de agua, cuenta con un buen número de pozos, norias y bordos, que proveen el gasto necesario para el consumo local y demás con un potencial de explotación con buen margen de aprovechamiento para el desarrollo urbano. Otros recursos hidrológicos son el Arroyo Pomona y el acueducto de Mina, cabe mencionar que Abasolo, N.L. no cuenta con ninguna presa o represa.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 18 2.5 USO DE SUELO AREA URBANA. Suelo urbano: la superficie en kilómetros cuadrados con que cuenta el municipio de Abasolo, asciende a 76.9 Km2. contando con 5 localidades urbanas. 2.6 ASPECTOS DEMOGRÁFICOS En el Municipio de Abasolo, según datos del Censo General de Población y Vivienda de 1990, habitaban alrededor de 2509 personas, de las cuales el 92.9% se alojaban en la cabecera municipal, es decir, cerca de 2330 personas. Esto nos deja como conclusión que la población en el municipio es primordialmente urbana, ya que el número de localidades rurales y su población representan un lugar mínimo dentro de composición demográfica del municipio. Censo de población del 2000 (I.N.E.G.I.) Población Total: 2509 Hombres: 1282 Mujeres: 1227 Cabe mencionar además que el Municipio de Abasolo, es el municipio con menor población de los municipios que conforman la Subregión Centro-Periférica del Estado, pero con un ritmo de crecimiento demográfico mayor, sobre todo en las dos últimas décadas. De 1960-1970 tuvo una tasa de crecimiento de 5.58%, de 1970-1980 5.79% y de 1980-1990 6.94% siendo durante la última década al municipio con mayor crecimiento después de Apodaca y General Escobedo, y el de mayor tasa de los ocho que conforman la Subregión Centro-Periférica. Esto es significativo, ya que siendo el municipio de menor desarrollo, muestra una dinámica poblacional creciente que le pudiera significar su incorporación a la actividad económica de base industrial de la región, con mayores posibilidades de desarrollo.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 19 2.7 ASPECTOS SOCIOECONOMICOS La población económicamente activa del Municipio se calculaba en el 2000 en 428 personas, es decir, un 31.2% de la población total, de los cuales la mayor parte se dedica a actividades del sector secundario, seguido por un número significativo de personas dedicadas a actividades del sector terciario y una cantidad mínima de gente dedicada a actividades relacionadas con el sector primario. Estos datos confirman que el municipio basa su crecimiento en actividades dentro de un marco urbano, y que dejo de ser por mucho un municipio rural. De las 428 personas económicamente activas, 413 estaban ocupadas, lo que quiere decir un 1.1% de desocupación, siendo una tasa relativamente baja y por lo tanto una señal de la actividad económica se desarrollo de una manera aceptablemente buena. Se considera como sector primario las actividades de agricultura, ganadería, caza, pesca, minería, extracción de petróleo y gas; como sector secundario la industria manufacturera, electricidad, agua, construcción y comercio; y como terciario transporte, comunicación, servicios financieros, administración pública y defensa, servicios comunales y sociales, servicios profesionales y técnicos, restaurantes y hoteles, servicios personales y de mantenimiento. Al continuar el análisis sobre las características de la población económicamente activa del Municipio de Abasolo, se observa que al grueso de la población se le encuentra entre el grupo de devenga entre 1 y 2 salarios mínimos, siendo aproximadamente un porcentaje del 48.4%. El resto de la población se distribuye entre los que ganan menos de un salario mínimo y de 2 a 3 salarios mínimos, principalmente y un porcentaje mínimo de alrededor del 14% con más de 3 salarios mínimos de ingreso. 2.8 COMUNICACIONES Y TRANSPORTE El Sistema Vial que comunica al municipio de Abasolo con las comunidades vecinas y con el Área Metropolitana de Monterrey, se compone principalmente de la carretera nacional Méx. 85 Monterrey – Nuevo Laredo, que entronca con la carretera nacional Méx. 53 Monterrey – Monclova, de la cual se deriva un ramal a la cabecera habilitado con portal de acceso y áreas ajardinadas que mejoran la imagen urbana del municipio, este continua para comunicar dentro del sistema estatal a las cabeceras de Abasolo-El Carmen-Salinas Victoria. La vialidad intraurbana esta determinada por las calles Alfonso Martínez Domínguez, Mariano Jiménez y Juárez como las principales arterias y el resto como el conjunto de vialidad secundaria. La calle Alfonso Martínez Domínguez es la conexión con la carretera estatal al El Carmen y la calle Mariano Jiménez con el ramal que se deriva de la carretera Monterrey-Monclova.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 20 Cabe mencionar que la traza urbana de la cabecera es muy uniforme en cuanto al ancho de las calles, por lo que solo se puede determinar su importancia de acuerdo al flujo vehicular que registran.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 21 La red de transporte foráneo que comunica al municipio con los diferentes destinos, se compone de la línea de Autobuses Mina, que cubre la ruta Monterrey-El Carmen-Abasolo-Hidalgo-Mina y la ruta de Autobuses Salinas que cubre la ruta de Salinas Victoria-El Carmen-Abasolo-Hidalgo. Estas líneas cuentan con 21 unidades que tienen un horario de cobertura de 5:30 a 24:00 hrs. con una frecuencia de paso de 45 minutos. Para el transporte local se cuenta con un microbús destinado a brindar este servicio a la comunidad estudiantil de la localidad, y algunas empresas particulares de otros municipios cuentan con unidades de transporte para trasladar a las personas a los centros de trabajo. Para el transporte de carga se cuenta con la ruta de ferrocarriles de Monterrey-Torreón, en el tramo Monterrey-Paredón. Se cuenta además con: Correo, Teléfono, Televisión y radio. 2.9 ASPECTO SOCIAL Los indicadores del nivel de vida de los habitantes de Abasolo, han mejorado significativamente en las ultimas décadas y dentro del desarrollo social, ha ido avanzando, siempre encaminando a las clases mas necesitadas. Dentro de la renglón educativo se ha superado el nivel de educación elemental, estos avances son alentadores. Solucionar los problemas existentes de vivienda, mediante programas. En cuestión de energía eléctrica, el porcentaje de vivienda con este servicio aumento significativamente, pero aun falta por cubrir. 2.10 ASPECTOS ECONOMICOS Este apartado es uno de los de mayor importancia para todo municipio puesto que representa uno de los pilares para sentar las bases sólidas y firmes de un desarrollo planeado de acuerdo a los nuevo tiempos. Abasolo es el municipio que ha mostrado en forma constante elevados índices de crecimiento poblacional. La población económicamente activa del municipio necesariamente seguirá buscando fuentes de empleo en otros municipios. Aunadas al número de personas que actualmente están preparándose en los planteles de educación secundaria, técnica y profesional ilustran el potencial de mano de obra con que cuenta el municipio para incorporarse a la actividad productiva del futuro.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 22 3. OBJETIVOS, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE ABASOLO, N. L. 3.1. CONSOLIDAR LA INFRAESTRUCTURA DE EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS

BÁSICOS. Para alcanzar este ambicioso objetivo se contemplan importantes programas en las Secretarías de Servicios Públicos Municipales y la Secretaría de Desarrollo Urbano, Ecología y Obras Públicas. La actividad en estas áreas se desarrollará en un marco dónde el mejoramiento y ampliación de la cobertura de los servicios básicos sea acompañada, en forma paralela, por importantes programas para el mejoramiento y creación de infraestructura y equipamiento que propicie un crecimiento ordenado, eficiente y armónico. La actividad del municipio, a través de la Dirección de los Servicios Municipales pondrá una especial atención en los programas de optimización de la oferta de servicios, principalmente en las áreas de alumbrado público, barrido manual de calles, recolección de basura, reparto de agua potable, ornato y reforestación, mantenimiento de edificios municipales, plazas y jardines, panteón municipal, caminos vecinales, bacheo, etc. Los proyectos derivados de estos programas contemplan tanto acciones ambiciosas para la ampliación de la cobertura de servicios con mayores recursos humanos y equipo con un mantenimiento preventivo y correctivo que permita la optimización de estos y la necesaria educación comunitaria para el |mantenimiento y cuidado de las instalaciones. En cuestión de alumbrado publico se contemplan proyectos para establecer un mantenimiento preventivo y correctivo eficiente para reducir reportes y quejas justificadas de la ciudadanía. Se buscará la reducción de la capacidad de las luminarias con el propósito de ahorrar energía.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 23 Así mismo en bacheo se mantendrá un proyecto permanente para el mantenimiento en buenas condiciones de la carpeta asfáltica de calles, caminos vecinales para una mayor seguridad de los automovilistas, en el programa de barrido manual de calles se buscará una mejor organización de las rutas de trabajo y el incremento del personal de acuerdo a las necesidades del Municipio. El programa de limpia contempla un proyecto de zonificación para mejorar la calidad y la eficacia en la recolección de basura y la adquisición de mas y mejores unidades para la recolección y transporte de ramas y escombro. Se establecerán en el programa de agua potable acciones para proporcionar agua potable dos veces por semana en las colonias que carezcan de este servicio. Establecer un programa de ornato y reforestación con especies vegetales adecuadas a las características del municipio, además del permanente mantenimiento. En el área de Obras Públicas se establecerán programas amplios en las áreas de agua potable, drenaje, pavimentación, banquetas, casetas de vigilancia y equipamiento diversos; electrificación y alumbrado público; Construcción de puentes y vados; Ampliación del Centro Social Municipal; Mejoras del Centro Polivalente; Mantenimiento y Construcción de Casetas de Autobuses; Construcción, ampliación y remodelación de panteones; Ampliación de la Red Telefónica; Instalación de casetas telefónicas; Tenencia de la Tierra; Ampliación, rehabilitación, mantenimiento y equipamiento a Escuelas; Mantenimiento, equipamiento y construcción de Áreas Deportivas; Construcción de la Casa de Ancianos y así mismo la adquisición del Terreno; Construcción de Almacén de Servicios Primarios; Ampliación de Oficinas de la Presidencia Municipal; Termino de Construcción de la Guardería Infantil; Mantenimiento y conservación en el Centro de Salud; Mantenimiento y conservación de Plazas Públicas; Ampliación y rehabilitación del Palacio Municipal; Ampliación del DIF Municipal; Mantenimiento y Rehabilitación a monumentos y lugares históricos; Señalización y nomenclatura de calles y avenidas del Municipio y Rehabilitación del Centro Recreativo los Sauces.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 24 3.2 Finanzas Públicas Municipales y Administración El objetivo general para fortalecer la salud financiera de la Administración Pública Municipal es recaudar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos contribuciones especiales, participaciones federales, estatales e ingresos extraordinarios que se puedan captar, a favor del Municipio. Además es necesario manejar un presupuesto de egresos con criterios de eficiencia que permitan un ejercicio racional, transparente y oportuno de los recursos captados por la Hacienda Municipal. Realizando programas específicos para un Fortalecimiento de los Ingresos Propios, Racionalización del gasto Publico Municipal, el Incremento de las fuentes de Ingreso de la Hacienda Municipal y la Modernización de Sistemas. En el área de Tenencia de la Tierra, se apoyará la regularización de construcciones, uso de suelo y se coordinarán y actualizarán las acciones referentes a I.S.A.I., catastro y obras integrales para efectos de cobro. 3.3 PROTECCIÓN CIUDADANA Y VIALIDAD. Un programa de modernización de Policía y Tránsito contempla entre otros proyectos, la capacitación, equipamiento vehicular y la modernización del equipo de radio comunicación. El programa de coordinación de Seguridad Pública incluye proyectos que aseguran un ejercicio ordenado y eficiente en todas las acciones de seguridad pública y vialidad que permiten preservar la paz pública, disminuir los índices de delincuencia y elevar la calidad de servicio.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 25 3.4 DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL AMBITO MUNICIPAL. En el campo Municipal, el Ayuntamiento constituye a través de su Cabildo, un instrumento idóneo para el ejercicio de la democracia, donde los integrantes de la misma actúan como representantes auténticos de la comunidad y tiene un papel vital en la integración, actualización, discusión y debate, entre los diversos grupos de la población, sobre los reglamentos y acciones municipales que cubran y normen las aspiraciones y demandas de la comunidad. En el Municipio de Abasolo los miembros del Cabildo tendrán un contacto con los ciudadanos que permita soluciones compartidas a los múltiples problemas comunitarios. La Secretaría del Ayuntamiento realizará en apoyo al cabildo programas de participación ciudadana, la depuración y organización de los archivos municipales y sistemas de acopio de leyes y reglamentos pertinentes al ámbito Municipal. Así mismo esta dependencia asegurará la adecuada coordinación de las dependencias del Municipio en acciones de Gobierno, la creación de un sistema de información y seguimiento de acuerdos de cabildo, la coordinación comunitaria e institucional para la procuración de justicia y la conducción de las acciones en el ámbito político de los lineamientos y acciones Gubernamentales. Se emprenderá la depuración y organización del archivo Histórico Municipal y el establecimiento de un sistema de acopio de leyes y preceptos jurídicos que se deriven de la legislación federal, estatal y de otros Municipios que contemplen la participación del Gobierno Local. 3.5 DESARROLLO SOCIAL CALIDAD DE VIDA Y BIENESTAR. La Administración Municipal de Abasolo desplegara una amplia labor en las áreas de Desarrollo Social, implementando programas educativos, culturales, ecológicos y deportivos. Como parte de estos programas se incluyen proyectos educativos importantes en la Biblioteca y Planteles Escolares de Abasolo, se incrementará el equipamiento e infraestructura de la Biblioteca Municipal, así como proyectos importantes para propiciar el uso, la asistencia y mejor atención al usuario. En el área educativa se desarrollarán también proyectos importantes para difundir las tradiciones culturales propias del Estado de Nuevo León.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 26 Entre los proyectos de esta área, en el ámbito musical se plantea un calendario permanente de difusión musical tanto en el Casino Municipal, como en el Centro Polivalente de este municipio. El departamento Jurídico del Municipio, a través de sus programas de actividades, brindará el soporte legal a los actos y contratos que involucren propuestas que emanen del Ayuntamiento, el despacho de asuntos Administrativos y el suministro de Servicios Públicos Municipales. Los principales programas en esta área serán la creación e integración de archivos jurídicos como soporte para el estudio, la elaboración y modificación de reglamentos municipales. En el área de revisión de reglamentos se contempla la integración de archivos para iniciar la elaboración, modificación o actualización de reglamentos municipales. En el área de ecología se desarrollaran talleres para niños y población escolar para concienciar sobre la importancia de la preservación del medio ambiente, se concientizará sobre la separación y reciclaje de la basura con acciones conjuntas con el área de Servicios Primarios. Se realizará también en coordinación con Desarrollo Urbano, Ecología y Obras Públicas, propuestas de solución a problemas relacionados con la calidad del agua, basura y preservación de lasa áreas verdes del municipio. Un impulso especial recibirán los programas de Fomento Deportivo entre los cuales se encuentran el impulso al deporte popular y escolar, proyectos de construcción y mantenimiento de instalaciones deportivas, ya que una población sana, física y mentalmente esta preparada para enfrentar las actividades de la vida cotidiana. En nuestro municipio la mayor parte de los jóvenes deportistas y que para llevar a cabo un proyecto deportivo adecuado, esta administración ha elaborado un programa denominado “Juventud y Deporte” cuyo objetivo es fomentar y difundir el deporte en todo el municipio, creando áreas en donde se fomenten y desarrollen programas de acción a la Juventud y el Deporte. El deporte en el municipio en un campo que ésta desatendido y en interés de nuestra juventud ésta Administración pondrá especial entusiasmo, realizando un esfuerzo extraordinario en este renglón. El sistema de Desarrollo Integral para la Familia (DIF) recibirá un apoyo decidido de la administración Municipal en áreas de asistencia social, a grupos de población necesitada, apoyos a la economía familiar y respaldo a la población discapacitada y a la población infantil y adulta. En el área concreta de Asistencia Social, a grupos de población mas necesitados, se emprenderá importantes programas de bienestar social, de integración familiar, apoyo a las personas de edad avanzada, en el Programa Consejo de Ancianos. Los programas en el área de apoyo a la economía familiar se concentran en huertos familiares, clases y exposición de manualidades; así como clases y concursos de cocina, fomentando primordialmente lo referentes a platillos regionales y dulces típicos de nuestra región.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 27 Finalmente en el área de respaldo a la población, se cuenta con los programas de Alfabetización Educación para Adultos de la Secretaría de Educación, a través de INEA. Estos programas tienen la prioridad de cubrir principalmente a la población que carece del apoyo de los sistemas de seguridad social. Elevar la calidad de vida y los niveles de bienestar, se contemplan en el Plan Municipal como un complemento indispensable en la búsqueda de un desarrollo sostenido 4.- OBJETIVOS Y PROGRAMAS MUNICIPALES POR DEPENDENCIA. 4.1 DEPENDENCIAS SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO TESORERÍA MUNICIPAL DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PÚBLICAS Y ECOLOGÍA. DIRECCIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES DIRECCIÓN DE POLICÍA Y TRÁNSITO DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DIF MUNICIPAL DIRECCIÓN JURÍDICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 28 4.2 DEPENDENCIA: SECRETARIA DE AYUNTAMIENTO

OBJETIVOS

1. Apoyar al Presidente Municipal en la conducción de la Actividad Política del Municipio.

2. Promover la participación ciudadana en el ámbito político, cívico y social.

3. Diseñar sistemas de información suficientes, para apoyar las actividades del

Presidente Municipal y de la Administración Pública, actualizando así la metodología administrativa de nuestro municipio, acorde al avance tecnológico del País y de nuestro Estado.

4. Coordinar las demandas de la Ciudadanía, planteadas a la Administración.

5. Fomentar la integración y participación de las organizaciones comunitarias en las

actividades de la Administración Municipal y en los eventos del Gobierno del Estado.

PROGRAMA

A) Proporcionar asistencia y apoyo al Alcalde en las reuniones de Cabildo, así como implementar un programa de seguimiento para los acuerdos que en ellas se determinen.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 29 4.3 DEPENDENCIA: TESORERÍA MUNICIPAL

OBJETIVOS

1. Recaudar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos contribuciones especiales, participaciones Federales, Estatales e ingresos extraordinarios que se puedan captar, a favor del Municipio, para fortalecer la salud financiera de la Administración Pública Municipal.

2. Manejar un presupuesto de egresos con criterios de eficiencia que permitan un

ejercicio racional, transparente y oportuno de los recursos captados por la Hacienda Municipal.

3. Fortalecer todos los renglones de Ingresos Municipales.

4. Aplicación de los Egresos, de acuerdos a techos financieros sujetos a programas

y presupuestos aprobados.

5. Modernizar los métodos y procedimientos para el pago de los impuestos locales.

6. Actualizar los registros contables de la Tesorería Municipal.

7. Modernizar los sistemas de información administrativos.

8. Buscar la transparencia en el ejercicio de los recursos a traves de auditorias operacionales y financieras en todas las dependencias de la Administración Municipal.

PROGRAMAS

A) Fortalecimiento de los Ingresos Propios Municipio Abasolo, N. L. B) Racionalización del Gasto Publico Municipal.

C) Incremento de las Fuentes de Ingresos de la Hacienda Municipal.

D) Modernización de Sistemas.

E) Auditorias Internas.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 30 4.4 DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, ECOLOGÍA Y

OBRAS PÚBLICAS.

OBJETIVOS

1. Lograr un desarrollo estructurado del Municipio, procurando y fomentando un crecimiento ordenado.

2. Fortalecer y dar seguimiento al mantenimiento de la infraestructura pública así

como del equipo.

3. Establecer y aplicar lineamientos y normas técnicas que permitan direccionar el Desarrollo Urbano del Municipio.

4. Apoyar las acciones de desarrollo industrial y habitacional para optimizar recursos

y esfuerzos municipales.

5. Establecer y aplicar políticas y acciones en el ámbito ecológico.

PROGRAMAS DE OBRAS Y PROYECTOS

La sociedad y su entorno, comprendida como el principal generador de las necesidades básicas de vida de todo ser humano motivador suficiente para buscar un mejor nivel y perfeccionamiento de los Servicios Públicos que a esta se prestan , tarea prioritaria que la Administración en turno se ha trazado en lograr durante su periodo, describiéndose los rubros de servicios públicos básicos que se ha impuesto en proyectar y realizar en beneficio de su comunidad. Además de Diseñar y ejecutar programas de infraestructura y equipamiento que contribuyan al Desarrollo Municipal.

A) PROGRAMA: SC AGUA POTABLE

SUB-PROGRAMA: AGUA POTABLE. La integración al Sistema de Agua y Drenaje deberá ser necesaria a algunos sectores del Municipio en donde no lo existe, ya que estos en forma autónoma se abastecen del vital liquido, esto como uno de los primordiales servicios básicos con los que en un futuro no muy lejano deberán contar, por lo que será un reto a lograr la aceptación de este servicio a las colonias: Alberto Villarreal, Abasolito. Además deberá ser necesario la ampliación de la Red en las siguientes calles:

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 31 Colonia Alberto Villarreal; calle Gordillo Gutiérrez Villarreal, Enrique Villarreal Macías; Luis Donaldo Colosio entre Wilfrido Cantú y Gordillo Gutiérrez; Enrique Villarreal Gutiérrez entre Wilfrido Cantú y Gordillo Gutiérrez; Prolongación Guerrero y Enrique Villarreal Gutiérrez frente a plaza Madrazo. En la colonia Alberto Villarreal al lado norte de la carretera Monterrey-Monclova. Colonia Abasolito; entre Prolongación Guerrero y entrada a Thermotek.

B) PROGRAMA: SD DRENAJE SANITARIO

SUB-PROGRAMA: DRENAJE SANITARIO. Con el gran número de beneficios que esto representa en cuanto a la cultura de la salud e higiene, ya que tan solo es de observarse la gran diferencia de los sectores de la población en donde se cuenta con este servicio, será necesario la Introducción de Drenaje Sanitario a las siguientes colonias: Se necesita la introducción de Drenaje Sanitario a toda la Colonia Alberto Villarreal, ya que no cuenta con este servicio. Colonia Los Pinos; Calle Jiménez entre Francisco I. Madero y Palmas. Calle Vicente Guerrero entre Francisco I. Madero y Jiménez. Calle Eucalipto entre Vicente Guerrero y Palmas. Calle Francisco I. Madero entre José M. Maldonado y Vicente Guerrero. Calle Alfonso Martínez Domínguez entre Juárez y Vicente Guerrero. Calle Morelos entre Juárez y Vicente Guerrero. Calle Fresno entre Eucalipto y Barranca. Calle Palmas entre Eucalipto y Jiménez.

Colonia Linda Vista; Calle Josefa Ortiz de Domínguez entre Priv. 5 de Mayo y Palmas. Calle Priv. Josefa Ortiz de Domínguez entre Josefa O. de Domgz. y Palmas. Calle Priv. 5 de Mayo entre Josefa Ortiz de Domínguez y 5 de Mayo. Calle Palmas entre Josefa Ortiz de Domínguez y Priv. Josefa O. de Domgz. Calle 2 de Enero entre Josefa Ortiz de Domínguez y 5 de Mayo. Calle Chihuahua entre Allende y 5 de Mayo. Colonia El Mirador; Calle 5 de Mayo entre Priv. 1° de Mayo y Palmas. Calle Moctezuma entre Priv. 1° de Mayo y Palmas. Calle 24 de Febrero entre 5 de Mayo y Moctezuma. Calle 16 de Septiembre entre 5 de Mayo y Moctezuma. Calle Palmas entre 5 de Mayo y Moctezuma. Calle 20 de Noviembre entre Moctezuma y 7 de Enero. Calle Priv. Mississipi entre Moctezuma y 7 de Enero.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 32 Calle Chihuahua entre Moctezuma y Priv. Mississipi. Calle 2 de Marzo entre Moctezuma y Priv. Mississipi. Calle 2 de Enero entre Moctezuma y Priv. Mississipi. Calle Morelos entre Moctezuma y Priv. Mississipi. Calle 5 de Febrero entre Morelos y Alfonso Martínez Domínguez. Colonia Francisco A. Cárdenas; Calle Hidalgo entre 5 de Febrero y José López Portillo. Calle Morelos entre 7 de Enero y Rafael Garza Cantú. Calle Morelos entre Abasolo y José López Portillo. Calle Alfredo Solís entre Emiliano Zapata y Rafael Garza Cantú. Calle 7 de Enero entre Alfonso Martínez Domínguez e Hidalgo. Calle Lázaro Cárdenas entre Alfonso Martínez Domínguez e Hidalgo. Calle Francisco de Villarreal entre Alfonso Martínez Domínguez e Hidalgo. Calle Mina entre Alfonso Martínez Domínguez e Hidalgo. Calle Emiliano Zapata entre Alfonso Martínez Domínguez e Hidalgo. Calle Diego de Villarreal entre Morelos e Hidalgo. Calle José López Portillo entre Alfonso Martínez Domínguez e Hidalgo. Calle Fernando Cantú entre Alfonso Martínez Domínguez y Priv. Abasolo. Así mismo la conclusión de la obra Planta de Tratamiento de Aguas Residuales 3 L.P.S. (paquete) Esta es una obra de gran importancia debido a que contribuiremos a mantener nuestro río y áreas verdes en buen estado.

C) PROGRAMA: SG ELECTRIFICACIÓN

SUB-PROGRAMA: ELECTRIFICACIÓN La introducción de Red de Energía Eléctrica y Alumbrado Público en la Colonia Alberto Villarreal en las siguientes calles: Gordillo Gutiérrez Villarreal, Enrique Villarreal Macías; Luis Donaldo Colosio entre Wilfrido Cantú y Gordillo Gutiérrez; Enrique Villarreal Gutiérrez entre Wilfrido Cantú y Gordillo Gutiérrez; Prolongación Guerrero y Enrique Villarreal Gutiérrez frente a plaza Madrazo y en la Colonia Abasolito entre calle Prolongación Guerrero y entrada a Thermotek.

D) PROGRAMA: SF PAVIMENTACIÓN

SUB-PROGRAMA: PAVIMENTACIÓN La cabecera de Abasolo, Nuevo León, actualmente cuenta con los servicios necesarios que dan a sus habitantes un nivel y orden estable, pero habrá que dedicar mas recursos en cuanto a la pavimentación se refiere, así mismo se pavimentaran las siguientes Colonias: Colonia Linda Vista;

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 33 Calle 24 de Febrero entre Zaragoza y Allende. Calle Allende entre Palmas y Priv. 5 de Mayo. Calle Josefa Ortiz de Domínguez entre Priv. 5 de Mayo y Palmas. Calle Priv. Josefa Ortiz de Domgz. entre Priv. Josefa O. de Domgz. Y Palmas. Calle Priv. 5 de Mayo entre Allende y 5 de mayo. Calle Wenceslao Garza entre Allende y Josefa Ortiz de Domínguez. Calle 2 de Enero entre Josefa Ortiz de Domínguez y 5 de Mayo. Calle Chihuahua entre Allende y 5 de Mayo. Calle Palmas entre Josefa Ortiz de Domínguez y Priv. Josefa Ortiz de Domgz. Colonia Mirador; Calle 1° de Mayo entre 5 de Mayo y Moctezuma. Calle 24 de Febrero entre 5 de Mayo y Moctezuma. Calle 16 de Septiembre entre 5 de Mayo y Moctezuma. Colonia Francisco A. Cárdenas; Calle Hidalgo entre 5 de Febrero y José López Portillo. Calle Priv. Abasolo entre Abasolo y Fernando Cantú. Además en su totalidad se pavimentará la Colonia Alberto Villarreal. La calle Prolongación Guerrero de la Carretera Monterrey-Monclova a la zona Industrial de Abasolo. En igualdad de circunstancias en las Colonias Linda Vista, Mirador y Francisco A, Cárdenas, esta aprobada la cuarta Etapa de la Obra de Introducción de Drenaje sanitario, en la que habremos de sumar todos los esfuerzos posibles para pavimentar y recarpeto de las calles que con esta obra se verán perjudicadas y las que por su mayor importancia sean necesarias para la mejor fluidez y vialidad de los vecinos. Daremos especial atención con mantenimiento, conservación y bacheo a las calles pavimentadas de la cabecera municipal así mismo de las colonias, Linda Vista, Mirador, Los Pinos y Francisco A. Cárdenas. Construcción de carriles de aceleración y desaceleración de la carretera Monterrey-Monclova frente a la Entrada Principal y la Colonia Alberto Villarreal. Ampliación de la avenida Alfonso Martínez Domínguez entre las calles José López Portillo a la 7 de enero. Solicitaremos al Sistema Estatal de Caminos la construcción de la carretera Boulevard Abasolo – El Carmen, y Prolongación Alfonso Martínez Domínguez entre Jiménez a Entrada El Pilar.

E) PROGRAMA: UB CAMINOS RURALES

SUB-PROGRAMA: CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y VADOS

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 34 En la calle Jiménez se necesita la Construcción de un puente vehicular de nivel elevado que cruce el cauce del Río Salinas en su totalidad. Con los servicios de alumbrado público, banqueta y barandal, para la seguridad de los transeúntes. Construcción de Puentes peatonales para cruce de la carretera Monterrey-Monclova en la Colonia Alberto Villarreal.

F) PROGRAMA: SE URBANIZACIÓN

SUB-PROGRAMA: AMPLIACIÓN DEL CENTRO SOCIAL MUNICIPAL En virtud de que el único Centro Social propiedad del Municipio con el que se cuenta, no ofrece las condiciones necesarias para su objetivo, ya que es pequeño y obsoleto, esto debido a que la población ha ido en constante crecimiento, será objetivo y compromiso de esta Administración, darle una ampliación y remodelación completa.

G) PROGRAMA: SE URBANIZACIÓN

SUB-PROGRAMA: MEJORAS DEL CENTRO POLIVALENTE Es necesario la construcción de las Oficinas, servicios sanitarios, cocina, foro. Además de derribar los muros de block y construcción de nuevos muros y alineados según la nave, renivelación de firme. Dicha instalación será utilizada en diversas actividades, entre las que pudiéramos mencionar las culturales, deportivas, recreativas, etc. el cual deberá brindar a los usuarios mayor comodidad y seguridad.

H) PROGRAMA: SE URBANIZACIÓN

SUB-PROGRAMA: MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE CASETAS DE ESPERA DE AUTOBUSES

La construcción de casetas de pasajeros en la Colonia Alberto Villarreal y en donde sea requerida y se justifique su construcción, serán necesarias, esto es para que los usuarios del transporte colectivo, (amas de casa, estudiantes, trabajadores), soporten en mejores condiciones las inclemencias del tiempo. Así mismo el mantenimiento de las casetas con las que cuenta el municipio.

I) PROGRAMA: SE URBANIZACIÓN

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 35

SUB-PROGRAMA: CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE PANTEONES

Una de las mayores preocupaciones de la actual Administración es la construcción, ampliación y remodelación del Panteón Municipal ubicado en calle Alfonso Martínez Domínguez esquina con Vicente Guerrero, con áreas verdes, pasillos y separaciones.

J) PROGRAMA: SE URBANIZACIÓN

SUB-PROGRAMA: TELECOMUNICACIONES Ampliación de la Red Telefónica en las siguientes colonias: Alberto Villarreal Instalación de casetas telefónicas en las siguientes colonias: Alberto Villarreal

K) PROGRAMA: SE URBANIZACIÓN SUB-PROGRAMA: TENENCIA DE LA TIERRA

Seguiremos con la gestión respecto a la Regularización de la Tenencia de la Tierra en las siguientes Colonias: Regularizar la Colonia Alberto Villarreal, Regularizar la Colonia Abasolito, Donación del Lote 17-A del Gobierno del Estado al Gobierno Municipal, Desafectación del área verde de la Colonia Linda Vista. Modificación de nombres de propietarios de la Colonia Francisco A. Cárdenas. Zonificar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Abasolo, Nuevo León, recientemente publicado en el Periódico Oficial Numero 129 de fecha 06 de Octubre de 2003 e inscrito en el Registro de Planes y Programas de Desarrollo Urbano, Asentamientos Humanos u Ordenamiento Territorial en el Estado bajo el número 6-1-003 con fecha 22 de Agosto del 2003, lo anterior de conformidad con los artículos 10-XVI, 11-VIII: y 3° transitorio de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Asentamientos Humanos

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 36 L) PROGRAMA: SJ INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

SUB-PROGRAMA: AMPLIACIÓN DE ESCUELAS

Escuela Jardín de Niños “Ana María Berlanga” :

• Construcción de dos aulas. • Construcción de Bodega. • Ampliación de Techumbre del área cívica.

Escuela Primaria Lic. Benito Juárez:

• Construcción de Biblioteca y sala de Juntas. • Ampliación de Techumbre del área cívica.

Escuela Secundaria José Rubén Romero

• Construcción de Biblioteca y Sala de Juntas. • Construcción de Techumbre para el Área Cívica. • Construcción de cancha de Fútbol Juvenil.

M) PROGRAMA: SJ INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

SUB-PROGRAMA: REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO Escuela Jardín de Niños “Ana María Berlanga” :

• Impermeabilización. • Pintura vinílica y esmalte. • Mantenimiento Eléctrico y a la Red de Agua Potable. • Mantenimiento a juegos y jardines

Escuela Primaria Lic. Benito Juárez:

• Impermeabilización. • Mantenimiento Eléctrico y a la Red de Agua Potable. • Pintura vinílica y esmalte. • Mantenimiento a jardín.

Escuela Secundaria José Rubén Romero

• Impermeabilización. • Pintura vinílica y esmalte.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 37

• Mantenimiento Eléctrico y a la Red de Agua Potable. • Mantenimiento a jardín.

N) PROGRAMA: SJ INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

SUB-PROGRAMA: EQUIPAMIENTO DE ESCUELAS

Esta Administración sumara esfuerzos a la Secretaría de Educación en el Estado a fin de que todos y cada uno de los Planteles Educativos existentes en el Municipio se consideren y tengan un nivel digno, por que habremos de buscar el equipamiento de todas estas en cuanto a que se tenga el mobiliario, equipo de computo, material didáctico y personal docente y administrativo suficiente para su buen funcionamiento.

O) PROGRAMA: PROMOCIÓN A LA CULTURA EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

SUB-PROGRAMA: MANTENIMIENTO, EQUIPAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN.

Construcción de Áreas Deportivas:

• Construcción de Cancha de Fútbol en Área Deportiva Col. Alberto Villarreal. • Construcción de Cancha de Fútbol Río Salinas. • Construcción de Unidad Deportiva Colonia Francisco A. Cárdenas. • Construcción de estanque para cría de peces. • Construcción de estanque para pesca deportiva

P) PROGRAMA: ASISTENCIA SOCIAL

SUB-PROGRAMA: ATENCIÓN A LA TERCERA EDAD

Construcción de la Casa de Ancianos y Adquisición del Terreno. Apoyo con despensas básicas y nutricionales, consultas medicas, cursos de capacitación y adiestramiento, programas de recreación, trámite de nuevas credenciales del INSEN para la obtención de descuentos a todos los ciudadanos de la Tercera Edad.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 38 SUB-PROGRAMA: ATENCIÓN A FAMILIAS DE ESCASOS RECURSOS

Dotación de lentes, sillas de ruedas, aparatos ortopédicos, bastones, andadores, despensas básicas, consultas médicas, odontológicas, vacunaciones, apoyo a la juventud en campañas de prevención a la delincuencia y farmocodependencia. Programas de Protección y Apoyo a personas discapacitadas y con problemas de educación especial. Concluir la Construcción de la Guardería Infantil. SUB-PROGRAMA: SALUD PÚBLICA En lo posible por parte del Sector Salud solicitar la realización de Brigadas Médicas y Servicios del primer orden en las siguientes localidades: Además gestionar el mantenimiento y conservación con la aplicación de pintura e impermeabilización para los centros de salud existentes.

Q) PROGRAMA: SEGURIDAD PÚBLICA

SUB-PROGRAMA: CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO

Construcción de Casetas de Vigilancia con un área de información, quejas, denuncias. Gestión para la dotación de unidades a la Dirección General de Policía y Tránsito. Equipamiento para los elementos de Policía y Tránsito. Apoyo para la adquisición señalamientos, etc. para instalar en las principales arterias. R) PROGRAMA: IMAGEN URBANA

SUB-PROGRAMA: MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE INSTALACIONES

PÚBLICAS

Construcción de oficinas para oficialia del Registro Civil Construcción de oficina de correos.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 39 Ampliación y constante rehabilitación de Palacio Municipal. Ampliación del DIF Municipal. Mantenimiento y rehabilitación a monumentos y lugares históricos. Señalización y nomenclatura de calles y avenidas del Municipio. Mantenimiento y rehabilitación del Centro Recreativo Los Sauces. Mantenimiento y conservación de Plazas Públicas. 4.5 DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES

OBJETIVOS 1.- Proporcionar los Servicios Públicos Municipales, oportuna y permanentemente de acuerdo a las demandas de la comunidad y elevando la cobertura de éstos, para cubrir las necesidades que se deriven del crecimiento de la población. 2.- Mantener el municipio limpio, con buen alumbrado y buena infraestructura vial. 3.- Aumentar la cobertura de los servicios primarios.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 40

PROGRAMAS

A) PROGRAMA: SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS

SUB-PROGRAMA: ALUMBRADO PÚBLICO El Alumbrado Público brinda a la comunidad un sin número de satisfactores, entre el mas importante es la seguridad, ya que con un buen servicio siempre tendremos menor delincuencia, vandalismo, drogadicción, etc. Estos y otros males que aquejan a la sociedad, se verán reducidos en todos sus ordenes, por lo que será una de las prioridades de esta Administración, tener un buen alumbrado público realizando las siguientes acciones: En forma permanente se realizará la adquisición, mantenimiento e instalación de luminarias urbanas en todo el Municipio. Igualmente se instalaran luminarias urbanas en la Colonia Alberto Villarreal, para que los habitantes gocen de este servicio tan necesario para su seguridad. Proyecto de medición por circuitos del Alumbrado Público para todas las Colonias del Municipio, el cual reducirá el gasto de este servicio.

B) PROGRAMA: SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS

SUB-PROGRAMA: LIMPIA Necesitamos adquirir mas y mejores unidades de transporte que sirvan para la recolección de basura domiciliaria, así como una unidad para la recolección y transporte de ramas y escombro. Además se dará por parte de la Dirección de Ecología constante capacitación a niños y jóvenes escolares, a padres de familia y población en general, sobre la cultura de la basura. Incremento y coordinación del personal de limpia para eficientizar las acciones del barrido manual. Zonificación y diseño eficiente de rutas para la recolección de basura, tres veces por semana en todas las colonias.

C) PROGRAMA: SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 41 SUB-PROGRAMA: BACHEO

Se necesita el mantenimiento preventivo y correctivo de la carpeta asfáltica de todas las calles pavimentadas de nuestro municipio.

D) PROGRAMA: SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS

SUB-PROGRAMA: REPARTO DE AGUA POTABLE

Se abastecerá el reparto de Agua Potable dos veces por semana a todas las colonias que carecen de agua potable.

E) PROGRAMA: SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS

SUB-PROGRAMA: ORNATO Y REFORESTACIÓN

Con especies vegetales adecuadas a las características del Municipio, además del permanente mantenimiento. 4.6 DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE POLICÍA Y TRÁNSITO

OBJETIVOS

1.- Salvaguardar la seguridad de las personas, bienes y derechos de los ciudadanos, manteniendo la paz, tranquilidad y el orden público. En total de apego a la Ley, sin lesionar los derechos humanos de la ciudadanía. 2.- Garantizar la seguridad en el tránsito de personas y vehículos dentro de la circunscripción del Municipio de Abasolo. 3.- Aplicar el reglamento de Policía y Buen Gobierno y el Reglamento de Tránsito del Municipio. 4.- Disminuir los índices de delincuencia del Municipio. 5.- Elevar la capacitación, formación y calidad del servicio en las áreas administrativas y activa de los elementos de Policía y Tránsito. 6.- Integrar una comisión de honor y justicia para investigar denuncias, quejas, abusos de autoridad y arbitrariedades en contra de la ciudadanía. 7.- Mejorar el equipamiento e infraestructura en materia de Seguridad Pública y Vialidad.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 42 8.- Modernizar y actualizar las técnicas operativas, métodos y estrategias, para elevar los niveles de seguridad y eficacia de las áreas de Policía y tránsito.

PROGRAMAS

A) PROGRAMA: MODERNIZACIÓN POLICIAL

• Lograr un equipamiento preventivo y vehicular • Modernización del equipo de radio-comunicación • Modificación y actualización de estrategias operativas • Integración del Comité de Honor y Justicia • Establecimiento de una Unidad de Prevención Social • Capacitación y mejoramiento en la calidad del servicio, así como

fortalecimiento de la calidad moral.

B) PROGRAMA: SEGURIDAD VIAL

• Sobrevigilancia escolar • Operativo Vial Constante • Modulo de Acción Inmediata • Análisis de las condiciones y esquemas organizacionales de la Secretaría de

Protección y Vialidad. • Campaña masiva de Seguridad Publica y Vialidad. • Prevención del delito • Diseño de sistemas operativos de vigilancia.

C) PROGRAMA: OPTIMIZACIÓN DE RECURSOS

• Mejoramiento del equipo y la infraestructura para el servicio • Asesoría permanente en aspectos legales • Programación y organización de eventos • Optimación de los recursos humanos

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 43

D) PROGRAMA: CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN POLICIAL

• Cursos de actualización y capacitación al personal de oficina. • Cursos del mejoramiento de la calidad del servicio

4.7 DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL

OBJETIVOS

1.- Promover el bienestar social de la comunidad de Abasolo, elevando su calidad de vida, mediante la instrumentación de programas culturales, ecológicos, deportivos y de difusión y relaciones públicas. 2.- Fomentar, promover y difundir acciones orientadas a elevar los niveles culturales y educativos. 3.- Desarrollar programas para mejorar la infraestructura física destinada la cultura, ecología y los deportes. 4.- Evaluar y dar seguimiento a la problemática ecológica Municipal.

5.- Mejorar la salud física y mental a través de la práctica deportiva. 6.- Buscar la participación de la sociedad fomentando y apoyando el desarrollo de una cultura ecológica. 7.- Mantener abierto los canales de comunicación de la administración municipal con la ciudadanía a través del diseño de herramientas profesionales con material impreso, visual y auditivo.

PROGRAMAS A) PROGRAMA: FOMENTO, PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN CULTURAL

• Difusión y fomento a la música. • Ciclos de conferencias.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 44 B) PROGRAMA: FOMENTO EDUCATIVO Y FORMACIÓN CULTURAL

• Prevención cultural histórica. • Desarrollo de infraestructura cultural.

C) PROGRAMA: EDUCACIÓN ECOLÓGICA

• Talleres para niños y difusión cultural. • Separación reciclable de basura. • Diagnóstico, seguimiento y difusión de problemas ecológicos municipales.

D) PROGRAMA: ATENCIÓN A LA JUVENTUD (DEPORTE POPULAR,

ESCOLAR E INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA.

• Brigadas juveniles. • Bolsa de trabajo. • Capacitación técnica. • Becas académicas. • Mejoras en Cancha Polivalente. • Construcción de Áreas Deportivas.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 45 4.8 DEPENDENCIA: D.I.F. MUNICIPAL

OBJETIVOS 1.- Desarrollar en el Municipio las actividades y Programas Nacionales Estatales, Municipales encaminados a lograr los mínimos de bienestar que permitan el Desarrollo Integral de la Familia. 2.- Mejorar la salud de los grupos Socio-económicamente débiles mediante la asistencia médica y la educación para la salud. 3.- Proporcionar servicios médicos integrales a los servicios municipales y sus familias. 4.- Atender a grupos de población necesitada mejorando su nivel de bienestar y calidad de vida. 5.- Mejorar la infraestructura y servicios para el desarrollo integral de las familias del municipio.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 46

PROGRAMAS

A) PROGRAMA: SERVICIOS MÉDICOS MUNICIPALES.

• Servicios Médicos. • Educación para la salud.

B) PROGRAMA: ASISTENCIA SOCIAL A GRUPOS DE POBLACIÓN

NECESITADA.

• Consejo de ancianos además con apoyo con despensas básicas y nutricionales, consultas medicas, cursos de capacitación y adiestramiento, programas de recreación, trámite de nuevas credenciales del INSEN para la obtención de descuentos a todos los ciudadanos de la Tercera Edad.

• Bienestar Social. Dotación de lentes, sillas de ruedas, aparatos ortopédicos, bastones, andadores, despensas básicas, consultas médicas, odontológicas, vacunaciones, apoyo a la juventud en campañas de prevención a la delincuencia y farmocodependencia.

• Integración familiar. C) PROGRAMA: APOYO A LA ECONOMÍA FAMILIAR

• PASAF. – Programa de Asistencia Social a Familias. • COPUSI. – Complemento alimentario para personas de la Tercera Edad. • Desayunos Infantiles. – Beneficiando a infantes menores de 6 años y a niños con

deficis de peso. • Papilla de Maíz. – Se beneficia a niños con desnutrición menores de 5 años. • PAIDEA. – Taller de prevención de embarazo en adolescentes. • Procuraduría de la Defensa del Menor. –Protección al menor y a madres solteras

y a matrimonios con inestabilidad. • Asesoría Legal. – Apoyados o con apoyo por diferentes Dependencias

Gubernamentales. • Trabajo Social. – Gestoría de Trabajo Social para personas en situación

vulnerable en diferentes hospitales de área metropolitana.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 47 D) PROGRAMA: RESPALDO A LA POBLACIÓN INFANTIL

• Educación para los adultos. • Protección y apoyo a personas discapacitadas y con problemas de educación

especial. E) PROGRAMA: CENTROS DE INTEGRACIÓN E INFRAESTRUCTURA

COMUNITARIA.

• Equipo y operación del centro DIF. • Adquisición del terreno y construcción de Casa del Anciano. • Concluir la Construcción de la Guardería Infantil.

PROYECTOS PRODUCTIVOS

DIRECCIÓN DE PROYECTOS PRODUCTIVOS. – Formar Micro Empresas para grupos vulnerables y discapacitados. CENTRO DE INTEGRACIÓN E INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA.

• Ampliación del DIF para talleres y Centro de Rehabilitación. • Restauración de la Cocina y Bodega para mayor funcionamiento de operación en el

DIF. • Cisterna abastecedora de agua para mayor funcionamiento de las instalaciones del

DIF Municipal (Cambio de tubería de agua de las instalaciones). 4.9 DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE GESTORÍA Y SERVICIOS A LA

COMUNIDAD.

OBJETIVOS

1.- Apoyar y gestionar las demandas de los habitantes del municipio, ante las autoridades Estatales, Federales y Municipales. 2.- Agilizar los trámites y la integración de documentación de grupos comunitarios.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 48 3.- Gestionar apoyos y coordinar esfuerzos de las dependencias municipales para proporcionar servicios a la comunidad. 4.- Coordinar esfuerzos comunitarios para regularizar y legalizar la prestación de los servicios de la comunidad.

PROGRAMAS

A) PROGRAMA: SERVICIOS COMUNITARIOS

• Trabajo Social estudios Socioeconómicos. • Gestoría de demandas ciudadanas.

B) PROGRAMA: TENENCIA DE LA TIERRA Y OBRAS INTEGRALES

• Regularización de construcciones y uso de suelo. • Coordinación comunitaria para Obras Integrales.

4.10 DEPENDENCIA: DIRECCIÓN JURÍDICA

OBJETIVOS 1.- Proporcionar asesoría jurídica al H. Ayuntamiento y a la Administración Municipal, en los asuntos de su competencia. 2.- Brindar soporte Jurídico a los actos, convenios, contratos, reglamentos y propuestas del H. Ayuntamiento; el despacho de asuntos administrativos y la atención de los Servicios Públicos Municipales. 3.- Proporcionar Asesoría Jurídica gratuita a los ciudadanos.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 49

PROGRAMAS

A) Instalación de archivos jurídicos. B) Asesoría Jurídica para la elaboración o modificación de reglamentos. C) Servicio a las dependencias Municipales y del Poder Judicial. 5.- COMPROMISOS Y ESTRATEGIAS DEL PLAN MUNICIPAL DE ABASOLO,

NUEVO LEON. El Plan Municipal de Desarrollo es parte del reconocimiento y del compromiso responsable que asume la presente Administración, producto de los significativos cambios, que en épocas recientes se han producido tanto en la sociedad civil, cuya complejidad acrecienta la diversidad y amplitud de sus problemas y demandas, así como del conocimiento de los avances que se han dado en los nuevos esquemas de coordinación y fuentes de recursos que los niveles de Gobierno Federal y Estatal han desarrollado para avanzar y dar cuerpo al espíritu del artículo 115 Constitucional que fortalece la economía política y la autosuficiencia financiera de los municipios. El compromiso de ésta Administración Pública Municipal se fundamenta en la participación activa de un Cabildo representativo de todos los sectores de la ciudadanía con el fin de actualizar o establecer las estructuras, reglamentos y mecanismos acordes a las necesidades presentes y futuras del municipio. Estos compromisos nos permiten un desarrollo integral del municipio con mejores niveles de bienestar y calidad de vida. Este compromiso se acompaña con los esfuerzos para integrar una administración con amplia capacidad de ejecución, con competencia para concertar con la ciudadanía, una gran sensibilidad para unir esfuerzos de los sectores sociales y una amplia experiencia profesional y empeño para atraer los montos crecientes de bienes y recursos disponibles, en los niveles Federal y Estatal para el impulso de los municipios sin descuidar las fuentes internas de financiamiento.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 50 La presentación previa de este apartado de estrategias, parte de la convicción de que el entorno en el cuál se desenvuelven los municipios se ha modificado significativamente, lo que obliga a los mismos, a profundizar, ampliar sus objetivos, programas y proyectos. 5.1 ESTRATEGIAS Desarrollo Integral de la Infraestructura Municipal. Esta estrategia del Plan municipal de Desarrollo de Abasolo contempla una consolidación y ampliación de la cobertura de servicios básicos que proporciona directamente la Administración municipal y, en forma paralela el desarrollo de amplias acciones para mejorar la infraestructura y equipamiento urbano en las áreas de vialidad y vivienda. La vocación observada en el municipio para captar números crecientes de población principalmente trabajadora, obliga a la Administración a buscar que este crecimiento se de en condiciones que permitan elevar los niveles de bienestar y calidad de vida de la población. En el Plan Municipal de Desarrollo se contempla por lo tanto un amplio esfuerzo que permita, tanto un mejoramiento de los servicios básicos que proporciona el municipio como: alumbrado, limpia, agua potable, pavimentación, ornato, forestación, etc. Como amplias acciones para mejorar la infraestructura del municipio. 5.2 AMPLIACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA La recomposición de las fuerzas políticas y sociales en el ámbito nacional, obliga a reconocer la diversidad y amplitud de las crecientes demandas sociales que reclaman mayores espacios de participación, en el contexto municipal se manifiestan mas directamente, en la búsqueda de una mas amplia intervención en la toma de decisiones y en la conformación y ejercicio del Poder Público.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 51 En este marco el Plan Municipal de Desarrollo se basa principalmente en los planteamientos recogidos durante mi campaña. Los actos realizados durante este periodo consistieron: en foros de consulta con amas de casa y amplios diálogos en colonias y barrios, así como una constante recepción de peticiones y otorgamientos de audiencias a comisiones o grupos de vecinos, que reclamaban una solución a sus problemas. Esta comunicación permitió reconocer y recibir una gran cantidad de demandas de los habitantes de Abasolo, que en la mayoría de los casos se evaluaron estudiando en cada uno las mejores soluciones, estos planeamientos forman parte de los programas de obras y acciones contemplados durante ésta Administración y tendrán un seguimiento permanente para darle una oportuna solución, según la prioridad de cada una de estas demandas. Los anteriores elementos se contemplan con un amplio diagnóstico de las condiciones socioeconómicas del municipio y una vigorización de la participación ciudadana. En este Plan de Gobierno se parte del fortalecimiento de la sociedad civil a través de la participación y concertación de voluntades, se abrirán las puertas a la comunidad, se promoverá la iniciativa individual y la solidaridad de todos los grupos de la sociedad. 5.3 COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO La interdependencia de los niveles de Gobierno Federal, Estatal y Municipal se ha fortalecido notablemente en los últimos años. Los esquemas de coordinación y de transferencias gubernamentales se han modificado notablemente. Sin embargo los mecanismos de coordinación fiscal, en los años de crisis económica, se han visto erosionados por fenómenos como la inflación apenas ahora, empiezan a fortalecerse por otro lado, las fuentes de recursos a municipios por vía directa a través de organismos federales o estatales bajo el esquema de Pronosol y otros se han elevado sensiblemente. 5.4 MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Esta estrategia en el Plan de Desarrollo Municipal de Abasolo buscar sentar las bases para ampliar la capacidad administrativa, que es requisito indispensable para llevar acabo con mayor eficiencia la labor municipal.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 52 En éste ámbito la estrategia contempla una modernización del Gobierno Municipal que busca la integración de una administración pública, profesional y capaz, para realizar funciones que enfrenten tanto la eficiente prestación de servicios públicos como la elaboración, gestión y promoción de los proyectos propios del municipio y de particulares o colectivas que puedan lograr apoyos estatales o federales que propicien el desarrollo. Esta estrategia busca también la formación de recursos humanos que puedan dar una respuesta ágil y profesional que acumule experiencia y sirva de base para su permanencia, constituyendo un factor para la modernización real de futuras Administración Públicas Municipales. OBSERVACIÓN: Esta es una síntesis del Plan de Desarrollo, para efectos de cumplir con los artículos 109 y 113 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para los Municipios del Estado de Nuevo León. Así mismo deseo manifestar que dicho Plan, se ha elaborado de acuerdo a las demandas ciudadanas manifestadas durante mi campaña, y en estos tres primeros meses de Gobierno. En esto texto completo, lo presentaremos en las áreas correspondientes, dándole la difusión necesaria, conscientes de que a pesar de la crisis actual, es nuestro deber luchar unidos por el Nuevo León, por el nuevo Abasolo y es por un México mejor para el futuro de todos los mexicanos esta administración hará hasta lo imposible para cumplir con el plan trazado. El presente Plan Municipal de Desarrollo se firma a los 18 días del mes de Diciembre del 2003, el cual fue acordado en el Acta de Cabildo No. 5 del día 16 de diciembre del 2003.

ABASOLO, N. L. A ENERO DEL 2004 “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

PRESIDENCIA MUNICIPAL 2003-2006

LIC. DAVID MILÁN RIVERA PRESIDENTE MUNICIPAL

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 53

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE ABASOLO, NUEVO LEON

2003 – 2006

LIC. DAVID MILÁN RIVERA PRESIDENTE MUNICIPAL DE ABASOLO N.L.

RÚBRICA

C. JOSÉ ISABEL LOREDO GONZÁLEZ C.P. PABLO PEÑA FLORES PRIMER REGIDOR TESORERO MUNICIPAL

C. SANTOS ALVAREZ OLVERA C. MA. GUADALUPE RIVERA GONZÁLEZ SEGUNDO REGIDOR PRESIDENTA DEL DIF MUNICIPAL

C. GILBERTO LEOPOLDO PADILLA ING. JOSÉ ELÍAS ESCOBAR VILLARREAL TERCER REGIDOR DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS

Y DESARROLLO URBANO

C. JORGE LUIS TAMEZ VILLANUEVA C. ONOFRE JIMÉNEZ VILLARREAL CUARTO REGIDOR DIRECTOR DE SERVICIOS PRIMARIOS

C. NEVAY GUTIERREZ GONZÁLEZ C. ARTURO GARZA MORÚA QUINTO REGIDOR DIRECTOR DE POLICÍA Y TRÁNSITO

C. ELVA MARICELA VAZQUEZ MELÉNDEZ C. DANIEL SEGOVIA GARCÍA SEXTO REGIDOR DIRECTOR DE ECOLOGÍA

C. JOSÉ FELIX ALEMAN CASTILLO C. BALTAZAR GARZA SALAIS SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DIRECTOR JURÍDICO

RÚBRICAS

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 54

AA VV II SS OO

Se comunica que los accionistas de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V. celebraron una Asamblea General Ordinaria con fecha 7 de Noviembre del 2003 a las 10:00 horas, en la cual tomaron las siguientes:

R E S O L U C I O N E S “PRIMERA: Se resuelve disminuir el capital de la sociedad en su parte variable en la cantidad de $2’000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para quedar dicha parte variable en la suma de $36’716,000.00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), por lo que tal disminución causará efectos entre los socios a partir de la fecha de esta Asamblea por tratarse de una disminución de capital que afecta a todos por igual, quedando a salvo el derecho de terceros contratantes con la sociedad, debiendo cumplirse al efecto con la publicación a que se refiere el ARTICULO 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SEGUNDA: Se resuelve amortizar vía reembolso la cantidad de 20,000 acciones Serie “B”, a las cuales les corresponde un valor total de reembolso de $2’000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), tomándose dicha cantidad de la cuenta denominada “Capital Social”, a razón de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) por acción. TERCERA: Como consecuencia de lo anterior se le entregará a partir de esta fecha al accionista señora Margarita Garza Sada de Fernández, la cantidad de $1’996,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), contra la entrega de los títulos que amparan la cantidad de 19,960 acciones Serie “B” que son objeto de amortización, correspondiéndoles un valor de reembolso por acción de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.). CUARTA: Así mismo, se le entregará a partir de esta fecha al accionista Ing. Mauricio Fernández Garza, la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), contra la entrega de los títulos que amparan la cantidad de 40 acciones Serie “B” que son objeto de amortización, correspondiéndoles un valor de reembolso por acción de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.). QUINTA: Se resuelve autorizar al Consejo de Administración para que lleve a cabo las anotaciones contables correspondientes y así mismo en el Registro de Acciones de la sociedad y en el Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital en los términos del ARTICULO 219 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 55 SEXTA: Se resuelve que en virtud de la disminución del capital social, el mismo quede en la suma de $36’766,000.00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) de los cuales corresponden $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) a la parte mínima fija; y el resto, o sea la cantidad de $36’716,000.00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) corresponden a la parte variable, por lo que la estructura del capital social de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V., es la siguiente:

CAPITAL SOCIAL

ACCIONISTAS

PARTE FIJA ACCIONES SERIE “A”

PARTE VARIABLE ACCIONES

SERIE “B”

IMPORTE SRA. MARGARITA GARZA SADA DE FERNANDEZ

499 366,430 $36’692,900.00

ING. MAURICIO FERNANDEZ GARZA 1 730 73,100.00 TOTAL: 500

=== 367,160 =======

$36’766,000.00 ============

SEPTIMA: Cancélense en su oportunidad los títulos que amparan las 20,000 acciones que han sido amortizadas vía reembolso, y emítanse nuevos títulos que amparen las acciones que integran el actual capital social, y en consecuencia los mismos deberán ser firmados por la persona o personas que resulten autorizadas por la Ley o los Estatutos Sociales que rigen a esta sociedad. OCTAVA: Se resuelve autorizar al Secretario de este Consejo de Administración para que lleve a cabo las publicaciones de los avisos correspondientes en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, por 3 veces con intervalo de 10 días, lo anterior de conformidad con lo establecido por el Artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles”. Lo anterior se lleva a cabo para todos los efectos legales a que hubiere lugar, debiendo llevarse a cabo esta publicación por tres veces con intervalos de diez días de conformidad con lo establecido por el ARTICULO 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

San Pedro Garza García, Nuevo León, a los 19 días del mes de Enero del 2004.

LIC. AURORA GARZA DE LA GARZA Delegado Especial de la

Asamblea General Ordinaria de Accionistas de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V.

RÚBRICA Orden No. 87.-21-30-11

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 56

EMPRESAS ROCETRE, S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN

PRESENTADO EN LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE FECHA

23 DE DICIEMBRE DE 2003

ACTIVO PASIVO $ 0.00 Caja $ 2,504,070.60 Documentos por Cobrar $ 3,654,266.00 CAPITAL CONTABLE $ 6,158,336.60

TOTAL DEL ACTIVO $ 6,158,336.60 TOTAL PASIVO Y CAPITAL $ 6,158,336.60

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 247 fracción II de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el Balance de Liquidación de la Sociedad. La parte que a cada socio corresponde en el haber social se distribuirá a razón de $2.28 (Dos PESOS 28/100 M.N.) por cada acción. El suscrito, Liquidador de EMPRESAS ROCETRE, S.A. DE C.V. hace constar que el presente documento corresponde al balance final de liquidación aprobado en Asamblea Extraordinaria de Fecha 23 de diciembre del 2003. C.P. Roberto César Treviño González Liquidador. RÚBRICA

Orden No. 97.-21-2-13

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 57

AVISO NOTARIAL. De conformidad con el artículo (782) setecientos ochenta y dos del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, se presentaron ante el Suscrito, la señora MARIELA ALEJANDRA GONZALEZ MENDOZA, el señor JOSE ANTONIO GONZALEZ MENDOZA y la señorita MARIANA GONZALEZ MENDOZA, a denunciar el Juicio Hereditario Administrativo de Intestado Acumulado a bienes de el Señor JOSE ANTONIO GONZALEZ ALVAREZ y la Señora MARIA DOLORES MENDOZA RIOS, presentandome acta de Registro Civil que acreditan la defunción del autor de la Herencia y el parentesco de los presentantes con los de cujus, así como los demás comprobantes a que refiere la Ley.—----------------------------------------------------------------- Por lo que se publica este aviso de conformidad con el artículo (783) setecientos ochenta y tres, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, convocándose a las personas que se consideren con derecho a la herencia, se presenten a deducirlo dentro de los (30) treinta días que se señalan como termino para la sustentación del expediente Administrativo.--------------------------------

Allende , Nuevo León, a 29 de Diciembre del año 2003.

____________________________________________ LICENCIADO JORGE ALBERTO SALAZAR SALAZAR.

NOTARIO PUBLICO No.131. SASJ-670623 6V9

SEPTIMO DISTRITO REGISTRAL ALLENDE, NUEVO LEON.

RÚBRICA Orden No. 78.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 58

AVISO NOTARIAL.

De conformidad con el artículo (782) setecientos ochenta y dos, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, se presentaron ante el Suscrito, las señoras MARIA ELOISA, MARIA DE LOS ANGELES y LETICIA ABIGAIL todas de apellidos TAMEZ RODRIGUEZ, a denunciar el Juicio Hereditario Administrativo de Intestado Acumulado a bienes de el Señor JOSE FRANCISCO GARCIA TAMEZ y de la Señora MARIA ROSA RODRIGUEZ LUEVANO, presentandome acta de Registro Civil que acreditan la defunción de los autores de la Herencia y el parentesco de las presentantes con los de cujus, así como los demás comprobantes a que refiere la Ley.------------------------------------------- Por lo que se publica este aviso de conformidad con el artículo (783) setecientos ochenta y tres, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, convocándose a las personas que se consideren con derecho a la herencia, se presenten a deducirlo dentro de los (30) treinta días que se señalan como termino para la sustentación del expediente Administrativo.--------------------------------

Allende , Nuevo León, a 18 de Diciembre del año 2003.

LICENCIADO JORGE ALBERTO SALAZAR SALAZAR. NOTARIO PUBLICO No.131.

SASJ-670623 6V9 SEPTIMO DISTRITO REGISTRAL

ALLENDE, NUEVO LEON. RÚBRICA

Orden No. 79.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 59

AVISO NOTARIAL.

De conformidad con el artículo (782) setecientos ochenta y dos, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, se presentaron ante el Suscrito, el señor HERMILO AGUIRRE LOPEZ, la señora ELIDA AGUIRRE LOPEZ, el señor RODRIGO AGUIRRE LOPEZ, la señora MARIA EGLANTINA AGUIRRE LOPEZ, el señor FRANCISCO ARMANDO AGUIRRE LOPEZ, la señora MIGDALIA AGUIRRE LOPEZ y la señora MA. EGLA AGUIRRE LOPEZ, a denunciar el Juicio Hereditario Administrativo de Intestado Acumulado a bienes de el señor FRANCISCO ANTONIO AGUIRRE RODRIGUEZ y la señora MARIA DE JESUS LOPEZ LOPEZ, presentandome actas de Registro Civil que acreditan la defunción de los autores de la Herencia y el parentesco de los presentantes con los de cujus, así como los demás comprobantes a que refiere la Ley.----------------------- Por lo que se publica este aviso de conformidad con el artículo (783) setecientos ochenta y tres, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, convocándose a las personas que se consideren con derecho a la herencia, se presenten a deducirlo dentro de los (30) treinta días que se señalan como termino para la sustentación del expediente Administrativo.--------------------------------

Allende , Nuevo León, a 15 de Diciembre del año 2003.

LICENCIADO JORGE ALBERTO SALAZAR SALAZAR.

NOTARIO PUBLICO No.131. SASJ-670623 6V9

SEPTIMO DISTRITO REGISTRAL ALLENDE, NUEVO LEON.

RÚBRICA Orden No.80.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 60

PLAZA SÉSAMO, S.A. DE C.V. PARQUE PLAZA SÉSAMO, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSIÓN

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace del conocimiento que las sociedades denominadas Plaza Sésamo, S.A. de C.V. y Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V., acordaron en virtud de sus respectivas asambleas generales extraordinarias de accionistas, celebradas en sus domicilios sociales el día 3 de noviembre de 2003, fusionarse quedando incorporada Plaza Sésamo, S.A. de C.V. como sociedad fusionada subsistiendo Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. como fusionante.

CONVENIO DE FUSIÓN

PRIMERO: Las partes convienen en fusionar a Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. y Plaza Sésamo, S.A. de C.V., en los términos y condiciones del presente convenio, en la inteligencia de que Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. subsistirá como sociedad fusionante y Plaza Sésamo, S.A. de C.V. como sociedad fusionada, dejará de existir. SEGUNDO: Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. y Plaza Sésamo, S.A. de C.V., convienen en considerar para efectos de la fusión a que se refiere la cláusula primera anterior, las cifras que se reflejan en sus balances generales al día 31 de octubre de 2003. TERCERO: En virtud de la fusión en este acto se transmiten a título universal sin reserva ni limitación alguna la totalidad de los activos, acciones y derechos y sus pasivos, obligaciones y responsabilidades de Plaza Sésamo, S.A. de C.V., con el objeto de que pasen a formar parte de los activos y pasivos de Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V., con todos los derechos y obligaciones inherentes a los mismos, en el entendido de que Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. reconoce y hace suyos todos los pasivos de Plaza Sésamo, S.A. de C.V. a la fecha de la fusión, subrogándose en todos los derechos y obligaciones que le correspondan a ésta antes y después de formalizado el acto de fusión. CUARTO: La fusión surtirá efectos entre las partes desde la fecha de celebración de las asambleas y frente a terceros al momento de su la inscripción del convenio en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, ya que las deudas que en su caso tuvieren las sociedades serán liquidadas. QUINTO: Se ordena el canje en este acto de la totalidad de los títulos de participación accionaria cuya emisión se haya efectuado anteriormente por Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. por nuevos títulos en los términos del inciso anterior, títulos cuyas características y requisitos deberán cumplir con los requisitos establecidos en los estatutos sociales de Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. Posteriormente al canje, se deberá proceder a la cancelación de los títulos emitidos por Plaza Sésamo, S.A. de C.V.

SISTEMA DE EXTINCIÓN DE PASIVOS

La sociedad fusionante se subrogará en todos los derechos y obligaciones que correspondan a la sociedad fusionada y se substituirá en todas las garantías otorgadas y en todas las obligaciones contraídas por la sociedad fusionada que se deriven de licencias, permisos, contratos, concesiones y cualquier otro acto en el que hubiesen intervenido. La sociedad fusionante se obliga a presentar los avisos fiscales correspondientes, a liquidar los impuestos que pudiera tener pendientes de pago la sociedad fusionada, así como a cumplir dentro de los términos legales con cualquier otra obligación de índole fiscal inherente a la sociedad fusionada y que se extingue.

Monterrey, Nuevo León, al 18 de diciembre de 2003

Gabriel Alexander Hernández Núñez Apoderado especial de las asambleas generales extraordinarias de accionistas

Plaza Sésamo, S.A. de C.V. y de Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V.

RÚBRICA Orden No. 83.-21 Orden No. 84.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 61 PARQUE PLAZA SÉSAMO, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL

CUENTA CAJA BANCOS CLIENTES 62,922,443.31 ANTICIPO ISR DEUDORES DIVERSOS ANTICIPO A PROVEEDORES INVERSIONES EN VALORES IVA POR ACREDITAR DEPOSITOS EN GARANTIA INVENTARIOS EQUIPO DE TRANSPORTE NETO MAQUINARIA Y EQUIPO NETO MOBILIARIO Y EQUIPO OFICINA NETO EQUIPO COMPUTO NETO

SUMA DEL ACTIVO 62,922,443.31

PROVEEDORES 42,099.94 ACREEDORES PRESTAMOS ATRACCIONES IMPUESTOS POR PAGAR IVA POR PAGAR PRESTAMOS BANCARIOS

SUMA DEL PASIVO 42,099.94 CAPITAL SOCIAL FIJO CAPITAL SOCIAL VARIABLE 62,880,343.36

APORTACIONES P/FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL

PERDIDAS ACUMULADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES 0.00

PERDIDA DEL PERIODO SUMA DEL CAPITAL CONTABLE 62,880,343.36

SUMA DEL PASIVO MAS CAPITAL CONTABLE

62,922,443.30

Lic. Gabriel Alexander Hernández Núñez Apoderado Especial de las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de Plaza Sésamo, S.A. de C.V. y de Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V.

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 62 PLAZA SÉSAMO, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL

CUENTA CAJA 152,800.01 BANCOS 667,758.68 CLIENTES 5,255,082.02 ANTICIPO ISR 9,047.27 DEUDORES DIVERSOS 104,910.67 ANTICIPO A PROVEEDORES 123,540.49 INVERSIONES EN VALORES 0.00 IVA POR ACREDITAR 999,008.12 DEPOSITOS EN GARANTIA 64,961.37 INVENTARIOS 1,890,235.00 EQUIPO DE TRANSPORTE NETO 86,345.99 MAQUINARIA Y EQUIPO NETO 1,893,348.97 MOBILIARIO Y EQUIPO OFICINA NETO 105,951.43 EQUIPO COMPUTO NETO 18,556.50

SUMA DEL ACTIVO 11,371,546.52

PROVEEDORES 2,444,593.77 ACREEDORES 14,291,876.19 PRESTAMOS ATRACCIONES 1,683,272.79 IMPUESTOS POR PAGAR 116,190.10 IVA POR PAGAR 8,175,240.29 PRESTAMOS BANCARIOS 33,317,400.00

SUMA DEL PASIVO 60,028,573.14 CAPITAL SOCIAL FIJO 50,000.00 CAPITAL SOCIAL VARIABLE 63,063,844.63

APORTACIONES P/FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL 65,001.00

PERDIDAS ACUMULADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES (111,777,046.64)

PERDIDA DEL PERIODO (58,825.60) SUMA DEL CAPITAL CONTABLE (48,657,026.61)

SUMA DEL PASIVO MAS CAPITAL CONTABLE 11,371,546.53

Lic. Gabriel Alexander Hernández Núñez Apoderado Especial de las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de Plaza Sésamo, S.A. de C.V. y de Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V.

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 63 REGIO OPERACIONES, S.A. DE C.V.

“AVISO DE ESCISIÓN”

En cumplimiento con lo establecido por la fracción V del artículo 228-Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publica el siguiente extracto del acta de la asamblea general extraordinaria de Regio Operaciones, S.A. de C.V. celebrada el día 3 de noviembre de 2003, mediante la cual se acordó llevar a cabo la escisión parcial de la sociedad subsistiendo Regio Operaciones, S.A. de C.V. como sociedad escindente, conservando su denominación actual y sus estatutos sociales vigentes. Primera.- Se aprueba la escisión parcial de Regio Operaciones, S.A. de C.V. como sociedad escindente, separando parte del activo, pasivo y capital para que, sin que ésta se extinga, lo aporte en bloque a una nueva sociedad escindida que se constituirá bajo la denominación de Parque Plaza Sésamo, S.A. de C.V. Segunda.- Se acordó que dicha escisión se hará tomando en consideración los estados financieros de la sociedad al 31 de diciembre de 2002 debidamente dictaminados por contador público autorizado, una vez que sean preparados por el auditor externo de la sociedad, y apoyándose en el estado de posición financiera de la sociedad al 31 de octubre de 2003 de conformidad con lo establecido para tales efectos por la fracción IV, inciso c) del articulo 228-Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Tercera.- Como consecuencia de la escisión, en dicha asamblea se acordó trasmitir, mediante el mecanismo de cesión de derechos y obligaciones, parte de su patrimonio de la siguiente forma:

a) Por concepto de activo transfiere a la sociedad escindida un conjunto de cuentas por cobrar cuyo valor total asciende a la cantidad de

$62,922,443.31 (sesenta y dos millones novecientos veintidós mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos 31/100 moneda nacional). b) Por concepto de pasivo transfiere a la sociedad escindida un conjunto de deudas cuyo valor total asciende a $42,099.94 (cuarenta y

dos mil noventa y nueve pesos 94/100 moneda nacional). c) Por lo que respecta al capital, la sociedad escindente transfiere a la sociedad escindida el equivalente al 50.29% (cincuenta punto

veintinueve por ciento) del total de la cuenta de capital social variable equivalente a $62,880,343.36 (sesenta y dos millones ochocientos ochenta mil trescientos cuarenta y tres pesos 36/100 moneda nacional).

Cuarta.- Se acuerda que la sociedad escindida será causahabiente, por ministerio de ley, de la parte del patrimonio que conforme a la escisión acordada le corresponderá, adquiriendo el dominio directo de los bienes y derechos transmitidos y demás obligaciones relativas a la parte del patrimonio referido, en la inteligencia de que la transmisión se efectuará en los términos y por los conceptos acordados. Quinta.- La sociedad escindente y la escindida, en los términos del artículo 228-Bis fracción IV, inciso d) de la Ley General de Sociedades Mercantiles, responderán solidariamente ante los acreedores del cumplimiento de las obligaciones y créditos que integran el activo que la sociedad escindida asumirá por la escisión acordada, así como de las obligaciones y créditos que conservará la escindente, en forma fiel y oportuna, de conformidad con las fechas establecidas en los actos jurídicos que las hubieren originado o que resulten conforme a ley. Sexta.- Se llega al acuerdo de que la escisión surtirá plenos efectos legales entre la sociedad escindente y la escindida a partir del día 3 de noviembre de 2003 y frente a terceros con efectos retroactivos al mismo día 3 de noviembre de 2003 una vez transcurrido el plazo de 45 días naturales contado a partir de la fecha de la publicación del presente aviso y de la inscripción de la resolución relativa en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Séptima.- Se establece que a partir de la fecha en que el acta respectiva quede protocolizada y por lo tanto se formalice la constitución de la sociedad escindida, sin perjuicio de la responsabilidad de la sociedad escindente, la sociedad escindida responderá en forma solidaria y hasta donde alcance su patrimonio frente a los acreedores de la sociedad escindente, y por un término que no excederá de tres años contados a partir de la fecha de la publicación del presente aviso, de cualquier pasivo que la sociedad escindente pudiera haber adquirido hasta esa fecha sin que dicha obligación suponga ni por concepto alguno pueda extenderse o interpretarse que los pasivos a cargo de la escindente, se han vuelto líquidos y exigibles en forma anticipada, salvo que así se hubiere pactado previamente en cada caso específico con los correspondientes acreedores. De acuerdo a lo señalado en la fracción V del artículo 228-Bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el texto íntegro de todas las resoluciones adoptadas en la asamblea de referencia con relación a la escisión parcial que nos ocupa, se encontrará a disposición de los acreedores de Regio Operaciones, S.A. de C.V. en las oficinas de la misma durante un plazo de 45 días naturales contando a partir de la fecha en que se hubiere efectuado la presente publicación y la inscripción en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio.

Monterrey, Nuevo León a 18 de diciembre de 2003.

Gabriel Alexander Hernández Núñez Apoderado Especial de Regio Operaciones, S.A. de C.V.

Sociedad Escindente RÚBRICA

Orden No. 85.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 64

RÚBRICA Orden No. 86.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 66 AVISO DE FUSIÓN

DISTRIBUIDORA PINTURAS BEREL, S.A. DE C.V.

COMERCIALIZADORA DE RECUBRIMIENTOS ARQUITECTÓNICOS, S.A. DE C.V. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se hace del conocimiento que las sociedades denominadas Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V. y Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V., acordaron fusionarse en virtud de sus respectivas asambleas generales extraordinarias de accionistas, celebradas en sus domicilios sociales el día 1 de diciembre de de 2003, quedando incorporada Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V. como sociedad fusionada, subsistiendo Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. como la sociedad fusionante.

CONVENIO DE FUSIÓN

PRIMERO.- Las partes convienen en fusionar a Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. y Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V., en los términos y condiciones del presente convenio, en la inteligencia de que Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. subsistirá como sociedad fusionante y Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V. como sociedad fusionada, dejará de existir. SEGUNDO.- Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V., y Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V., convienen en considerar para efectos de la fusión a que se refiere la cláusula primera anterior, las cifras que se reflejan en sus estados financieros al día 1 de diciembre de 2003. TERCERO.- En virtud de la fusión en este acto se transmiten a título universal sin reserva ni limitación alguna la totalidad de los activos, acciones y derechos y sus pasivos, obligaciones y responsabilidades de Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V., con el objeto de que pasen a formar parte del patrimonio de Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V., con todos los derechos, obligaciones y responsabilidades inherentes a los mismos, en el entendido de que Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. reconoce y hace suyos todos los pasivos de Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V. a la fecha de la fusión, subrogándose en todos los derechos y obligaciones que le correspondan a ésta antes y después de formalizado el acto de fusión. CUARTO.- La fusión surtirá efectos entre las partes desde la fecha de celebración de las asambleas y frente a terceros al momento de su la inscripción del convenio en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, ya que las deudas que en su caso tuvieren las sociedades serán liquidadas. QUINTO.- Se ordena el canje en este acto de la totalidad de los títulos de participación accionaria cuya emisión se haya efectuado anteriormente por Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. por los nuevos títulos que se habrán de emitir con motivo de la fusión, títulos cuyas características y requisitos deberán cumplir con los requisitos establecidos en los estatutos sociales de Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. Posteriormente al canje, se deberá proceder a la cancelación de los títulos emitidos por Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V.

SISTEMA DE EXTINCIÓN DE PASIVOS

La sociedad fusionante se subrogará en todos los derechos y obligaciones que correspondan a la sociedad fusionada y se substituirá en todas las garantías otorgadas y en todas las obligaciones contraídas por la sociedad fusionada que se deriven de licencias, permisos, contratos, concesiones y cualquier otro acto en el que hubiesen intervenido. La sociedad fusionante asumirá los pasivos y obligaciones de la sociedad fusionada pactando su pago en forma inmediata. La sociedad fusionante se obliga a presentar los avisos fiscales correspondientes, a liquidar los impuestos que pudiera tener pendientes de pago la sociedad fusionada, así como a cumplir dentro de los términos legales con cualquier otra obligación de índole fiscal inherente a la sociedad fusionada y que tengan que realizarse con motivo de la misma fusión.

Santa Catarina, Nuevo León, 6 de diciembre de 2003

Apoderado Especial de Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V., y de Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V.

RÚBRICA

Orden No. 89.-21 Orden No. 90.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 67 DISTRIBUIDORA PINTURAS BEREL, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL

ACTIVO CIRCULANTE Caja y Bancos Fondo de Inversión Cuentas por Cobrar Deudores Diversos Materias Primas $ 123,066,827.00 Productos Elaborados 44,464,541.00 Almacén Propaganda 1,731,031.00 Cargos Pend. De Aplicación $ 169,262,399.00 F I J O Inversiones Depreciación Acumulada $ - D I F E R I D O Depósitos en Garantía Reservas para Retiro $ - INVERSIONES A LARGO PLAZO

ACTIVO TOTAL $ 169,262,399.00

P A S I V O CIRCULANTE Proveedores $ 1,279.00 Impuestos y PTU por Pagar Previsión de Costos y Gastos $ 1,279.00 Impuestos Diferidos F I J O Prima de Antigüedad $ - $ 1,279.00

CAPITAL CONTABLE CONTRIBUIDO Capital Social $ 24,209,646.40 GANADO Rvas. y Utilidades por Aplicar 120,394,643.72 Efecto Impuestos Diferidos - 27,020,667.30 Efecto Impuestos Diferidos

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 68

Resultados del Ejercicio 51,663,238.74 $ 169,261,120.00

PASIVO Y CAPITAL $ 169,262,399.00

Héctor Antonio Gorena Morales Apoderado Especial de Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V.

y de Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V. RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 69

COMERCIALIZADORA DE RECUBRIMIENTOS ARQUITECTÓNICOS, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL

ACTIVO CIRCULANTE Caja y Bancos $ 278,971 Cuentas por Cobrar 496,936 Impuestos a Favor 231,929 Deudores Diversos 6,925 Productos Elaborados 390,767 Cargos Pend. de Aplicación 4,250 $ 1,409,778 FIJO Inversiones $ 7,343 $ 7,343

ACTIVO TOTAL $ 1,417,120

PASIVO CIRCULANTE Proveedores $ 2,421,750 Impuestos y PTU por Pagar 111 $ 2,421,861 Impuestos Diferidos $ 128,681 $ 2,550,542

CAPITAL CONTABLE CONTRIBUIDO Capital Social $ 630,000 GANADO Rvas. y Utilidades por Aplicar -1,745,009 Efecto Impuestos Diferidos -38,037 Resultados del Ejercicio 19,625 -1,133,421

PASIVO Y CAPITAL $ 1,417,120 Héctor Antonio Gorena Morales Apoderado Especial de Distribuidora Pinturas Berel, S.A. de C.V. y de Comercializadora de Recubrimientos Arquitectónicos, S.A. de C.V.

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 70

La Piccola Sicilia, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA En términos del artículo 13 de los estatutos sociales vigentes de La Piccola Sicilia, S.A. de C.V. (la “Sociedad”) y de conformidad con lo establecido por los artículos 181, 183, 186 y 187 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la suscrita en mi carácter de Administradora Única, por la presente convoco a los accionistas de la Sociedad para que concurran a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio social ubicado en Morelos número 1076 oriente en el Centro de Monterrey, Estado de Nuevo León, México, el próximo día 20 de febrero de 2004, a las 9:00 horas, para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

I. Proposición, discusión y en su caso aprobación de la modificación de los estatutos por

aumento del capital fijo por conversión de la parte variable; II. Proposición, discusión y en su caso aprobación de la modificación de los estatutos por

cambio en el valor nominal de las acciones; II. Designación de Delegado Especial. A partir de esta fecha, los accionistas de la Sociedad tendrán acceso a toda la información relativa a los asuntos antes propuestos en las oficinas de la Sociedad. Para asistir a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas antes señalada, los accionistas deberán estar inscritos como tales en el Libro de Registro de Acciones que al efecto lleva la Sociedad y éstos o sus representantes deberán presentar los certificados o títulos de acciones respectivos, o las certificaciones sobre su tenencia accionaría expedidas por La Piccola Sicilia, S.A. de C.V., o bien, por la institución financiera que detente la custodia de dichos valores.

Monterrey, Nuevo León, México, 20 de enero de 2004

SRA. ADRIANA CANTÚ GARZA

RÚBRICA Orden No. 98.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 71 De conformidad con lo establecido por el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se informa a los accionistas de La Piccola Sicilia, S.A. de C.V., que en la ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León, México, a las 9:00 horas del día viernes 26 de diciembre de 2003, fue celebrada asamblea ordinaria de accionistas de la sociedad, previa convocatoria publicada dentro del ejemplar del Periódico Oficial número 159 del 10 de diciembre de 2003, tomándose entre otros los siguientes resolutivos: SE RESUELVE, aumentar la parte variable del capital social de la Sociedad en la cantidad de $120,000.00 (Ciento Veinte Mil Pesos 00/100 M.N.). SE RESUELVE, autorizar la emisión de 1,200 acciones comunes y nominativas de la Serie B, con valor nominal cada una de $100.00 (Cien Pesos 00/100 M.N.), a fin de representar el aumento a la parte variable del capital social de la Sociedad anteriormente aprobado. SE RESUELVE, establecer el derecho de preferencia en proporción al número de acciones de cada uno de los socios ausentes que sea propietario, para suscribir las nuevas acciones a emitirse por la Sociedad de conformidad con lo establecido por el artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SE RESUELVE, autorizar que el Secretario Suplente de la Sociedad emita el/los certificado(s) de acciones que representen el aumento a la parte variable de la Sociedad anteriormente aprobado, y en términos del Artículo 141 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, dicho(s) certificados accionarios queden depositados en la Tesorería de la Sociedad durante 2 (dos) años.

Monterrey, Nuevo León, México, 20 de enero de 2004 SRA. ADRIANA CANTÚ GARZA

RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 72

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Mixto de lo Civil y Familiar de Primera Instancia del Décimo Distrito Judicial.- Montemorelos, N.L Con ésta fecha se radicó en este Juzgado, Juicio Sucesorio de Intestado a bienes de los señores JOSE LEON PEREZ MARTINEZ Y EMILIA SALAZAR SÁNCHEZ DE PEREZ, formándose el Expediente número 22/2004, ordenándose publicar un Edicto por una sola vez tanto en el Periódico Oficial del Estado y Diario El Porvenir que se editan en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, convocando a las personas que se crean con derecho a la Herencia, para que comparezcan al local de este Juzgado a deducirlos dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publicación. Doy fé.

Linares, N.L. Enero 15 del 2004

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. JOAQUÍN E. CARDONA HERNÁNDEZ. RÚBRICA

Orden No. 94.-21

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Mixto de lo Civil y Familiar de Primera Instancia del Décimo Distrito Judicial.- Montemorelos, N.L

Con fecha 08 ocho de Enero del año 2004 dos mil cuatro, seadmitió a trámite el JUICIO SUCESORIO DE INTESTADO ABIENES DE ANTONIO JARAMILLO MARTINEZ, tramitado bajoel expediente número 005/2004, lo cual se publica en esta formaen el Boletín Judicial, periódico El Porvenir de la ciudad deMonterrey, Nuevo León y Oficial del Estado, convocando a laspersonas que se consideren con derecho a la herencia a fin deque acudan a deducirlo dentro del término de treinta días queseñala la Ley. DOY FE.

MONTEMORELOS, N.L., A 12 DE ENERO DEL 2004 EL C. SECRETARI DEL JUZGADO MIXTO DE

LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL DECIMO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

LI. LEONEL ROBERTO BAZALDUA OCAÑAS RÚBRICA

Orden No. 88.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 73

AVISO NOTARIAL Al margen un sello que dice: Notaría Pública No. 100.-Titular.- Lic. Manuel Ángel Villalón Salazar.- Allende, N.L., México, Séptimo Distrito Registral.- En fecha 16 de Enero del 2004, se radico en esta Notaria a mi cargo, el Juicio Hereditario Administrativo de Intestado a bienes de la señora ENEDINA GOMEZ GARCIA, habiéndose presentado ante el Suscrito a denunciar dicho Juicio JESUS PEREZ REYES, JESUS, GUMERCINDO, MARIO RAMIRO, MARIA LIDIA, MARIA DEL REFUGIO, MARIA ANTONIA, JOSE MANUEL todos de apellidos PEREZ GOMEZ, y JUAN EDILBERTO PEREZ IBARRA, como Únicos Herederos, del autor de la sucesión. Ordenándose esta publicación en el Periódico Oficial del Estado por una sola vez, en los términos del artículo 783 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, por lo que se convoca a las personas que se consideren con derecho a la herencia y se presenten a deducirlo dentro de los 30 días, contados a partir de la fecha de publicación del Edicto.- DOY FE.------ Allende, Nuevo León, a 16 de Enero del 2004

LICENCIADO MANUEL ANGEL VILLALÓN

SALAZAR NOTARIO PUBLICO No. 100

VISM-530228-TW2 SEPTIMO DISTRITO

RÚBRICA Orden No. 91.-21

AVISO NOTARIAL Al margen un sello que dice: Notaría Pública No. 131.-Titular.- Lic. Jorge Alberto Salazar Salazar.- Allende, N.L., México, Séptimo Distrito Registral.- De conformidad con el artículo (782) setecientos ochenta y dos, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, se presentaron ante el Suscrito, la señora MARIA JUANA GARCIA DE LEON VIUDA DE OCAÑAS, y el señor AMADO OCAÑAS GARCIA, por sus propios derechos y en representación de sus hermanos RAFAEL, MARIA DE JESUS, RICARDO, EGLANTINA, VALDEMAR, PEDRO y NICANDRO todos de apellidos OCAÑAS GARCIA y de sus sobrinos SANDRA MARIBEL y RODRIGO de apellidos OCAÑAS LOPEZ, hijos del señor RODRIGO OCAÑAS GARCIA, (ahora finado), a denunciar el Juicio Hereditario Administrativo de Intestado a bienes de el Señor RICARDO OCAÑAS VILLEGAS, presentándome acta de Registro Civil que acreditan la defunción del autor de la Herencia y el parentesco de los presentantes con el de cujus, así como los demás comprobantes a que refiere la Ley.--Por lo que se publica este aviso de conformidad con el artículo (783) setecientos ochenta y tres, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, convocándose a las personas que se consideren con derecho a la herencia, se presenten a deducirlo dentro de los (30) treinta días que se señalan como termino para la sustentación del expediente Administrativo.--------------------------------

Allende , Nuevo León, a 26 de Noviembre del

año 2003.

LICENCIADO JORGE ALBERTO SALAZAR SALAZAR.

NOTARIO PUBLICO No.131. SASJ-670623 6V9

SEPTIMO DISTRITO REGISTRAL ALLENDE , NUEVO LEON.

Orden No. 95.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 74

EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Mixto dePrimera Instancia del Décimo Segundo Distrito Judicial.China, N.L Con fecha 17-diecisiete de los corrientes, se radico en este juzgado, bajo el expediente número 116/2003, el JUICIO DE INTESTADO A BIENES DE VICTORIANO CANTU VEGA, ordenándose publicar un edicto por una sola vez, tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el Porvenir, y en el Boletín Judicial de Monterrey, Nuevo León, conforme al diverso 819 del Código de Procedimientos Civiles en vigor, convocando para los que se crean con derecho a la herencia, ocurran a este Juzgado a deducirlo en el término de 30-días contados desde la fecha de la publicación del edicto.

“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”. CHINA, NUEVO LEÓN, JUNIO 23 DE 2003. EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

LIC. JULIO ALBERTO NOLASCO TORRES.

RÚBRICA Orden No. 82.-21

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Juzgado Quinto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.Monterrey, N.L AL C. JAVIER SANCHEZ ALCOCER.- DOMICILIO IGNORADO.- EN FECHA 5-CINCO DE ENERO DEL AÑO 2004-DOS MILCUATRO, SE ADMITIO A TRAMITE EL EXPEDIENTE NUMERO1598/2003, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBREDIVORCIO NECESARIO PROMOVIDO POR NORMA LETICIACARRION VARGAS EN CONTRA DE JAVIER SANCHEZALCOCER, ORDENÁNDOSE EMPLAZAR AL SEÑOR JAVIERSANCHEZ ALCOCER, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SEPUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN ELPERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, BOLETIN JUDICIAL DELESTADO Y PERIODICO EL PORVENIR, PARA QUE EN ELTERMINO DE NUEVE DIAS PRODUZCA SU CONTESTACIONEN AL INTELIGENCIA DE QUE LA NOTIFICACION SURTIRAEFECTOS A LOS DIEZ DIAS SIGUIENTES A LA ULTIMAPUBLICACION DEL EDICTO QUE SE ORDENA, QUEDANDO ENLA SECRETARIA DEL JUZGADO LAS COPIAS SIMPLES DE LADEMANDA Y DOCUMENTOS ACOMPAÑADOS A LA MISMA,PARA QUE LA DEMANDA SE DEBIDA INSTRUCCIÓN.- DOYFE.- MONTERREY, NUEVO LEON A 14 DE ENERO DE 2004.-

PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LOS FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

LICENCIADO EDUARDO NIÑO RODRIGUEZ .

RÚBRICA Orden No. 81.-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 75

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial.Monterrey, N.L A LA C. JUANA MARIA TERESA GUERRA BUENTELLO.- CON DOMICILIO IGNORADO. En el Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, se radicó el Expediente Judicial número 0712/2003 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL que promueve ARTURO GARCIA QUIROGA en contra de USTEDES; y mediante proveído de fecha ocho de Enero de dos mil cuatro, se ordenó emplazar a la parte demandada JUANA MARIA TERESA GUERRA BUENTELLO por medio de edictos el auto de radicación de fecha veintiséis de Agosto de dos mil tres, emplazándola para que dentro del término de nueve días conteste lo que a su derecho convenga. Quedando en la Secretaria del Juzgado las copias de traslado correspondientes para los efectos de que se impongan de las mismas, previniendo además a la parte demandada que se emplaza, para que señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, apercibiéndole de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal le surtirán sus efectos por medio del Boletín Judicial. En la inteligencia de que los edictos se deberán publicar por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial y en el Periódico El Porvenir, y surtirán sus efectos los mencionados edictos a los diez días contados a partir del día siguiente a su ultima publicación.- Monterrey, Nuevo León, a diecinueve de Enero de dos mil cuatro.- DOY FE.-

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL.

LIC. MARIA TRINIDAD LOZANO MARTINEZ RÚBRICA

Orden No. 96.-21

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Juzgado Séptimo de lo Civil del Primer Distrito Judicial.Monterrey, N.L Monterrey, Nuevo León. Con fecha 1 de agosto de 2003 se radante este Juzgado Séptimo de lo Civil del Primer Distrito Judicialel Estado, el expediente número 605/2003 relativo al JUICORDINARIO CIVIL promovido por ALFONSO OLIVARES LOPEZcontra de MARIA DE JESÚS NAVARRO MARTINEZ, MARCLEOFÁS LOPEZ CAZARES Y REGISTRADOR PUBLICO DE PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN EL ESTADO, ordenándose auto del 21 de noviembre de 2003, notificar a la codemandaMARIA CLEOFÁS LOPEZ CAZARES el auto de admisión dedemanda del 1 de agosto de 2003, emplazándola por medio edictos que se publicarán por 3 veces consecutivas en el PeriódOficial del Estado, en el periódico El PORVENIR que se edita en eciudad y en el Boletín Judicial; por lo que se le previene al citacodemandado para que dentro del termino de 9 días ocurra aesta Autoridad a producir contestación a la demanda instaurada su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer vapreviniéndolo igualmente para que señale domicilio para oír y recnotificaciones en el lugar del Juicio pudiendo ser este cualquiera de los municipios de Apodaca, General EscobeGuadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro GaGarcía y Santa Catarina Nuevo León bajo el apercibimiento de qen caso de no hacerlo así, se procederá conforme lo marca la leyel numeral 68 del Código de Procedimiento Civiles del Estadovigor. En la inteligencia de que la notificación realizada de emanera surtirá efectos a los 10 días contados a partir de la últipublicación, Dejándose en la Secretaría de este juzgado copsimples de la demanda y documentos adjuntos a la misdebidamente selladas y confrontadas por la por la Secretariaeste juzgado, para los efectos legales correspondientes. Doy fe C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SÉPTIMO DE L

CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. JULIO CESAR MARTINEZ VALDEZ. RÚBRICA

Orden No. 92.-21-23-26

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 76

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. FRANCISCO GUADALUPE BENAVIDES VAZQUEZ.- DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 8-ocho de marzo del 2002-dos mil dos , se radicó en este Juzgado bajo el número de expediente 541/2002, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO Y OTROS CONCEPTOS promovido por LUDIVINA LUNA GARCIA en contra de Usted. Habiéndose ordenado mediante auto de fecha 21-veintiuno de febrero del 2003-dos mil tres, la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial como en el Periódico El Porvenir que se editan en la capital de esta Entidad, emplazándose al señor FRANCISCO GUADALUPE BENAVIDES VAZGUEZ, para que dentro del término de 9-nueve días conteste lo que a sus derechos corresponda. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzará a surtir sus efectos a los 10-diez días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado. Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de este Juzgado, a disposición del demandado para que se imponga de ellos. Asimismo, se apercibe a la parte reo a fin de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil en Vigor, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente Juicio, ya que en casa de no hacerlo así conforme al artículo 73 de ése Cuerpo legal, las subsecuentes notificaciones de carácter personal por medio de los estrados de este Juzga Monterrey N.L. A 15 de febrero del 2003.---------------------------------------------------------------------------------

C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO FAMIALIAR

LIC. RAUL GUTIERREZ TREVIÑO RÚBRICA

Orden No. 93.-21-23-26

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 77

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. ROSALIO HERNÁNDEZ PADRÓN.- CON DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 16-dieciséis de diciembre del 2003-dos mil tres, se ordeno dentro de los autos del expediente número 155/92, la publicación de un edicto por tres veces consecutivas en el periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el periódico El Porvenir que se edita en esta ciudad, para que dentro del término de 3-tres días manifieste lo que a sus derechos convenga, respecto a la admisión del incidente de reposición de expediente promovido por RUTH GONZALEZ MARTINEZ, mediante auto de fecha 12-doce de agosto del 2003-dos mil tres, en la inteligencia de que la notificación surtirá sus efectos a los diez días siguientes a la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado las copias simples del escrito de demanda incidental y demás documentos que se acompañan para su instrucción, apercibiendo al señor ROSALIO HERNÁNDEZ PADRÓN para que en el primer escrito que presente o en la primer diligencia en que intervenga, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le practicarán por medio de instructivo que se fije en la taba de estrados de este juzgado, acorde a lo dispuesto por el articulo 68 del código procesal en cita.- DOY FE.- Monterrey, N.L. a 18 de diciembre del 2003.-

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO FAMILIAR.-

LIC. CLAUDIA VERONICA MEDELLÍN GONZALEZ RÚBRICA

Orden No. 70.-19-21-23

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L En la ciudad de Monterrey, Nuevo León a 09-nueve de Enero de 2004-dos mil cuatro, se admitió a trámite en el Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado el expediente numero 1942/2003, relativo al Juicio Ordinario Civil sobre Divorcio Necesario que promueve JORGE EDUARDO ALVIZO SALINAS en contra de LUCERO MARISOL SILVA PEÑA.- En consecuencia emplácese a la demanda señora LUCERO MARISOL SILVA PEÑA por medio de edictos que se publicara por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el Periódico Porvenir que se edita en esta ciudad, para que dentro del termino de 9 días ocurra a producir su contestación, en la inteligencia de que la notificaciones surtirán sus efectos a los diez días siguientes a la ultima publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaria del Juzgado las copias simples de la demanda y demás documentos para su instrucción.- Así pues prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, del Estado de Nuevo León, en la inteligencia de que en caso de no cumplir con lo anterior las demás notificaciones de carácter personal se realizaran por medio de la tabla de estado que se lleva en este juzgado, la anterior de conformidad con lo dispuesto 68 y 73 del código adjetivo de la materia.- DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C. SECRETARIO.

LIC. CLAUDIA VERONICA MEDELLIN GONZALEZ.

RÚBRICA Orden No. 77-19-21-23

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 78

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Séptimo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L Con fecha diecisiete de Diciembre del dos mil tres, se admitió por este juzgado y con el número de expediente 1956/2003, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO, promovido por MARIA SALOME PEREZ ESTALA en contra de USTED, habiéndose ordenado la publicación de los edictos por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y Periódico El Porvenir a fin dentro del término de 9-nueve días conteste lo que a sus derechos corresponda. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esa forma, comenzará a surtir sus efectos a los diez días contados a partir de la ultima publicación del edicto ordenado. Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la secretaría de este juzgado a disposición de la demanda para que se imponga en ellos. Así mismo, se apercibe a la parte reo, a fin de que el términos del artículo 68 del código de Procedimientos Civiles en vigor, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio, ya que en caso de no hacerlo así conforme al el artículo 73 de ese cuerpo legal, las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le harán por medio de los estrados de éste juzgado.- DOY FE.

Monterrey, Nuevo León a 09 de Enero del 2004

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEPTIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO LIC. ELIA C. MENDOZA RODRIGUEZ

RÚBRICA

Orden No. 67.-19-21-23

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 79

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Séptimo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. CLEMENTE ALONSO CHAVEZ.- DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 09-nueve de octubre del año 2003-dos mil tres, se admitió en este Juzgado y con el número de expediente 0775/2003, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por MINERVA MORALES PEREZ en contra de USTED. Habiéndose ordenado la publicación de un edicto por 03-tres veces consecutivas, tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial como en el Periódico El Porvenir, que se editan en la Entidad, emplazándole de ésta forma, para que dentro del término de nueve días conteste lo que a sus derechos corresponda. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma comenzará a surtir efectos a los diez días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado. Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de este Juzgado a disposición del reo para que se imponga de ellos. Así mismo se apercibe a la parte reo a fin de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil en vigor señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio ya que en caso de no hacerlo así conforme al artículo 73 de ese cuerpo legal las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. – DOY FE. – Monterrey, Nuevo León a 23 de octubre del año 2003. LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEPTIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL. Rúbrica. LIC. NANCY AURORA TORRES LUNA.

RÚBRICA Orden No. 71.-19-21-23

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Mixto de lo Civil y Familiar de Primera Instancia del Décimo Distrito Judicial.- Montemorelos, N.L C. GUILLERMO GALLEGOS GALLEGOS. DOMICILIO IGNORADO. Con fecha 08-ocho de Julio del año en curso, se admitió a trámite ante este Juzgado con el número de expediente 485/2002, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA, promovido por ALICIA CHAVEZ GUTIERREZ, en contra de USTED.- Habiéndose ordenado la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado como en el Diario El Porvenir, que se editan en la capital de esta entidad, emplazándose a la parte demandada para que dentro del término de 9-nueve días conteste a lo que a sus derechos corresponda, y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere.- En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzará a surtir sus efectos a los 10-diez días contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto ordenado.- Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la secretaría de este Juzgado, a disposición de la parte demanda para que se imponga de ellos.- Asimismo, se apercibe a la parte reo a fin de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil, señale domicilio para oír domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio en la cabecera del Noveno Distrito Judicial del Estado, ya que en caso de no hacerlo así conforme al artículo 73 del Ordenamiento Procesal mencionado, la subsecuentes notificaciones de carácter personal se les harán por medio de instructivo que se colocará en los estrados de este juzgado.- Doy fe.-

Villaldama, N. L., a 16 de Octubre de 2003. C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO

DISTRITO JUDICIAL DEL EDO. RÚBRICA

Orden No. 73.-19-21-23

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 80

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Décimo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. HERIBERTO CANALES CORTES DOMICILIO: IGNORADO CON FECHA 16-DIECISEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003-DOS MIL TRES, SE DICTO UN AUTO EN EL EXPEDIENTE JUDICIAL NUMERO 1614/2003, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO PROMOVIDO POR PERLA MACRINA NAVA CANTU EN CONTRA DE HERIBERTO CANALES CORTES ORDENÁNDOSE EMPLAZAR AL DEMANDADO HERIBERTO CANALES CORTES POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES CONSECUTIVAS TANTO EN EL PERIODICO OFICIAL, BOLETIN JUDICIAL Y EL PERIODICO EL PORVENIR, QUE SE EDITA EN LA CAPITAL DEL ESTADO, A FIN DE QUE DENTRO DEL IMPRORROGABLE TERMINO DE 9-NUEVE DIAS ACUDA AL LOCAL DE ESTE JUZGADO A PRODUCIR SU CONTESTACION Y A OPONER LAS EXCEPCIONES Y DEFENSAS DE SU INTENCION SI LAS TUVIERE. ACLARACION HECHA DE QUE LA NOTIFICACION REALIZADA EN ESA FORMA COMENZARA A SURTIR A LOS 10-DIEZ DIAS CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE AL DE LA UTLIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO A DISPOSICION DE LA PARTE REO, LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA Y DEMAS DOCUMENTOS ACOMPAÑADOS, PARA SU DEBIDA INSTRUCCIÓN. POR OTRA PARTE, ACORDE A LO PRECEPTUADO POR EL ARTICULO 68 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL EN CONSULTA, PREVÉNGASE A LA PARTE DEMANDADA HERIBERTO CANALES CORTES A FIN DE QUE SEÑALE DOMICILIO PARA EL EFECTO DE OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, APERCIBIDO DE QUE EN CASO DE NO HACERLO ASI LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARÁCTER PERSONAL SE LE HARAN POR MEDIO DE LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO DOY FE.- MONTERREY, NUEVO LEON A 07-SIETE DE ENERO DEL AÑO 2004-DOS MIL CUATRO.

EL CIUDADANO SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO LICENCIADO JAVIER ARTURO HURTADO LEIJA

RÚBRICA

Orden No. 59.-19-21-23

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 81

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Décimo Segundo Distrito Judicial.- China, N.L AL C. RIGOBERTO CALDERÓN FUENTES.- DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 2-dos de diciembre del año próximo pasado, se radico en este Juzgado bajo el número 210/2003, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO, promovido por GUADALUPE AURORA MARTINEZ GARCIA, en contra de USTED, notificándosele de esta forma de acuerdo al articulo 73 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, a fin de que dentro del termino de 9-nueve días, ocurra al local de este Juzgado a contestar la demanda intentada en su contra.- Este edicto se publicará por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Porvenir y en el Boletín Judicial que se editan en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, surtiendo efectos la notificación a los diez días contados a partir de la última publicación del edicto, quedando a su disposición en este H. Juzgado las copias para el traslado de la demanda.

LA C. SECRETARIO

LIC. ADRIANA GONZALEZ TIJERINA RÚBRICA

Orden No. 16.-12-14-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 82

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Décimo de lo Civil del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L A LOS C. C. PEDRO ARTURO MARTINEZ Y MARTINEZ Y MARIA DEL ROSARIO TREVIÑO MARTINEZ DE MARTINEZ.- En fecha 14-catorce de Agosto del año 2002-dos mil dos, se radicó en el Juzgado Décimo de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, bajo el número de expediente 600/02 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ROBIN GUTIERREZ DE LA GARZA, en su carácter de Apoderado Jurídico para Pleitos y Cobranzas de BANCA SERFIN, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SERFIN, en contra de PEDRO ARTURO MARTINEZ Y MARTINEZ y MARIA DEL ROSARIO TREVIÑO MARTINEZ DE MARTINEZ, y mediante proveído dictado en fecha 30-treinta de Enero del año 2003-dos mil tres, se ordeno emplazar a los C. C. PEDRO ARTURO MARTINEZ Y MARTINEZ y MARIA DEL ROSARIO TREVIÑO MARTINEZ DE MARTINEZ, mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial que edita el H. Tribunal Superior de Justicia en el Estado y en el Periódico “El Porvenir”, que se edita en esta Ciudad; en la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los 10-diez días contados desde el día siguiente al de la última publicación, debiéndose prevenir al citado codemandado para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar del juicio; entendiéndose por tal en cualquiera de los municipios que integran el primer distrito judicial en el estado de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial en el Estado; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán en la forma prevista por el artículo 1069 del Código de Comercio.- DOY FE.- Monterrey, nuevo león a 10 de diciembre del 2003.--------------------------------------------------

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO. LIC. MARCELA ALEJANDRA HUERTA NEGRETE.

RÚBRICA Orden No. 37.-16-19-21

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Poder Judicial del Estado de Nuevo León.- Juzgado Mixto de Primera Instancia del Noveno Distrito Judicial.- Villaldama, N.L C. FRANCISCO ISRAEL ROCHA PALACIOS DOMICILIO IGNORADO En los autos que integran el expediente número 383/2003, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL sobre Divorcio Necesario, promovido por MARÍA IDALIA RODRÍGUEZ SERNA, en contra de USTED, se ordenó la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado como en el Diario El Porvenir, que se editan en la capital de esta entidad, emplazándose a la parte, demandada para que dentro del término de 9-nueve días, conteste lo que a sus derechos corresponda, y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere.- En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzará a surtir sus efectos a los lO-diez días contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto.- Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la secretaría de este Juzgado, a disposición de la parte demandada para que se imponga de ellos..-Asimismo, se apercibe a la parte reo a fin de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio en la cabecera del Noveno Distrito Judicial del Estado, ya que en caso de no hacerlo así conforme al artículo 73 del Ordenamiento Procesal mencionado las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que se colocará en los estrados de este juzgado.- Doy fe. -----------------------------

VILLALDAMA N.L. A 06 DE NOVIEMBRE DEL 2003.

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO

LIC. JORGE FELIX GALLEGOS ZUÑIGA

RÚBRICA Orden No. 39.-16-19-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 83

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Quinto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. JOEL CANTU ESCAMILLA.- DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 30-treinta de septiembre del 2003-dos mil tres, se radicó en este juzgado bajo el número de expediente 1768/2003, el Juicio Ordinario Civil sobre Divorcio Necesario y Otros Conceptos, promovido por SUSANA OLIVEROS JAIMES en contra de Usted. Habiéndose ordenado mediante auto de fecha 12-doce de diciembre del 2003-dos mil tres, la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial, como en el Periódico El Porvenir que se editan en la capital de esta Entidad, emplazándose al señor JOEL CANTU ESCAMILLA, para que dentro del término de 9-nueve días conteste lo que ha sus derechos corresponda.- En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzará a sus efectos a los 10-diez días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado. Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de este Juzgado, a disposición del demandado para que imponga de ellos. Así mismo se apercibe a la parte reo a fin de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil en Vigor, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente Juicio, ya que en caso de no hacerlo así conforme al artículo 73 de ése Cuerpo Legal, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado.- Doy fe.- Monterrey, N.L., a 8 de enero del 2003.

C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR. LIC. RAUL GUTIERREZ TREVIÑO

RÚBRICA

Orden No. 32.-16-19-21

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Quinto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL. C. JORGE ARTURO APARICIO.- DOMICILIO IGNORADO En fecha 14- catorce de Noviembre del 2003- dos mil tres, se radico ante este Juzgado Quinto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado el expediente número 1231/2003 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por OFELIA MOYEDA GUEVARA en contra de JORGE ARTURO APARICIO, ordenándose emplazar a la parte demandada de conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado, por medio de Edictos que se publicaron por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial del estado y Periódico el Porvenir que se editan en esta Ciudad, para que en el término de 9- nueve días produzca su contestación; en la inteligencia de que la notificación surta efectos a los 10- diez días siguientes de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado las copias simples de la demanda y documentos acompañados a la misma para su debida Instrucción, previniéndosele a fin de que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de Instructivo que se fije en la Tabla de Avisos de este Juzgado.- DOY FE.- Monterrey, Nuevo León a 26- veintiséis de Noviembre del 2003- dos mil tres.

SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

LICENCIADO LEOPOLDO HINOJOSA GUERRA RÚBRICA

Orden No. 44.-16-19-21

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 21 de Enero de 2004 PAGINA 84

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Décimo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L En fecha 12-doce de Noviembre del año 2003-dos mil tres, se admitió a trámite en el Juzgado Décimo Familiar del Primero Distrito Judicial en el Estado el Juicio Ordinario Civil sobre Divorcio Necesario relativo al expediente judicial número 1744/2003 que promueve MARTHA ELENA REYNA GONZÁLEZ en contra de OMAR DE LA GARZA CASTILLO; ordenándose mediante diverso proveído de fecha 07-siete de Enero del año 2004-dos mil cuatro a notificar a OMAR DE LA GARZA CASTILLO con fundamento en lo establecido por el artículo 73 del Código Procesal Civil en vigor en el Estado, por lo que publíquese un edicto por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado el periódico El Porvenir y boletín Judicial los cuales se edita en esta entidad, a fin de que dentro del término del 09 nueve días ocurra al local de este juzgado a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada así surtirá sus efectos a los 10-diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda, interrogatorio y documentos acompañados debidamente sellados y rubricados por la Secretaría de este Juzgado para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código Adjetivo Civil, se previene a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción territorial de este órgano Jurisdiccional, apercibido de que de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este juzgado. Doy Fe. Monterrey, Nuevo León a 09 de Enero del año 2004.-

PRIMER SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO DÉCIMO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.-

LICENCIADO JAVIER ARTURO HURTADO LEIJA.-

RÚBRICA Orden No. 36.-16-19-21