54
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO GUÍA DE INDUCCIÓN Para Servidores Públicos de Nuevo Ingreso al Instituto de Salud del Estado de México.

Guía de Inducción para Servidores Públicos de Nuevo Ingreso al

  • Upload
    lekiet

  • View
    222

  • Download
    2

Embed Size (px)

Citation preview

GOBIERNO DEL

ESTADO DE MÉXICO

GUÍA DEINDUCCIÓN

Para Servidores Públicos de Nuevo Ingresoal Instituto de Salud del Estado de México.

GUÍA DE INDUCCIÓN

2

DIRECTORIO

Dr. Gabriel J. O’Shea CuevasSecretario de Salud y Director General del ISEM

Dr. Jesús Luis Rubí SalazarCoordinador de Salud

Lic. César Nómar Gómez MongeCoordinador de Administración y Finanzas

Dr. Enrique López LeyvaCoordinador de Regulación Sanitaria

ELABORACIÓN DE LA GUÍA

M.V.Z. David O. Reyes EsquivelCoordinador de Asesores

Lic. Silvia Guadalupe Cárdenas BarrazaLic. Néstor Gutiérrez Santos

© Derechos Reservados.Primera edición, octubre de 2011.Gobierno del Estado de México.Secretaría de Salud.Instituto de Salud del Estado de México.Independencia Ote. 1009.Colonia Reforma y Ferrocarriles NacionalesC.P. 50070.Impreso y hecho en Toluca, Estado de México.Printed and made in Toluca, State of México.Correo electrónico: [email protected]úmero de Autorización del Comité EditorialLa reproducción total o parcial de este documentopodrá efectuarse mediante la autorización expresade la fuente o dándole el crédito correspondiente.

3

GUÍA DE INDUCCIÓN

Pág.

BIENVENIDA 4

I. UBICACIÓN 5

II. ¿QUIÉNES SOMOS? 6

III. MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVO GENERAL 7

IV. ANTECEDENTES 8

V. ¿QUÉ HACEMOS? 12

VI. ¿PARA QUIÉN LO HACEMOS? 28

VII. ¿CÓMO ESTAMOS ORGANIZADOS? 29

VIII. INFRAESTRUCTURA 33

IX. CÓDIGO DE CONDUCTA 36

X. PRESTACIONES, DERECHOS,

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES 37

XI. DOCUMENTOS Y SITIOS DE CONSULTA 48

XII. PROCEDIMIENTO 51

VALIDACIÓN

CO

NT

EN

IDO

CONTENIDO

GUÍA DE INDUCCIÓN

4

BIE

NV

EN

IDA Uno de los grandes dones que tenemos como seres

humanos es la salud, es por ello que todos los que trabajamos en el Instituto de Salud nos enorgullece

proporcionar servicios de salud con calidad y calidez a la Población Mexiquense, basados en el eje rector referente a un Gobierno Solidario con políticas públicas sociales de salud que mejoren la calidad de vida de los mexiquenses.

Por tanto, le invitamos a que su desempeño, compromiso e integridad siempre estén encaminados al logro de la Misión y Visión del Instituto de Salud del Estado de México, para que con la participación de todos los que integramos este Instituto, logremos alcanzar los objetivos institucionales.

Nos complace darle la mejor de las bienvenidas al Instituto de Salud del Estado de México, a partir de hoy forma parte de este gran equipo de trabajo.

BIENVENIDA

5

GUÍA DE INDUCCIÓN

Av. Independencia Oriente No. 1009.Col. Reforma y Ferrocarriles Nacionales,C.P. 50070, Toluca, Estado de México.

Teléfono: 01 (722) 226 25 00

I.

UB

ICA

CIÓ

N

I. UBICACIÓN

Centrode salud

Farmaciasdel Ahorro

Escuelasecundaria“José Ma. deYermo y Parres”

Jardín de niños“José Ma. de Yermoy Parres”

LaboratoriosChopo

INEGI

Escuela Primaria“Miguel Alemán”

Lerdo de tejada

Independencia

Isab

el L

a C

ató

lica

Isid

ro F

ab

ela

NN

GUÍA DE INDUCCIÓN

6

II. ¿Q

UIÉ

NE

S S

OM

OS

? Somos una Dependencia Gubernamental encargada de la salud de la comunidad mexiquense, la cual tiene como compromiso proteger la salud de la población,

brindando una atención orientada a su bienestar, dando una respuesta a sus necesidades y ofreciendo nuestros servicios con calidad, oportunidad y calidez.

Para el logro de la misión del Instituto de Salud del Estado de México, se establecen políticas, proyectos, estrategias en salud; así mismo, se impulsa lograr una nueva cultura de medicina preventiva en el entorno familiar, a través de la promoción, protección y prevención de la salud.

Para cumplir con esta tarea, contamos con un grupo interdisciplinario de profesionales especialistas que han propugnado por un trato amable y cálido para todas las familias mexiquenses, en el otorgamiento de Servicios de Salud, promoviendo la participación de la comunidad; Servicios de Regulación Sanitaria a través de la instrumentación de programas para reducir factores de riesgo, mejorando las condiciones sanitarias; y de Asistencia Social a la población vulnerable y de escasos recursos.

II. ¿QUIÉNES SOMOS?

7

GUÍA DE INDUCCIÓN

III.

MIS

IÓN

, V

ISIÓ

N Y

OB

JE

TIV

O G

EN

ER

ALMisión

Proporcionar con oportunidad, calidad y calidez, servicios de salud pública para contribuir al ejercicio pleno de las capacidades de la población del Estado de México.

VisiónSer la Institución líder que proporcione servicios de Salud Pública, de calidad en sus tres niveles de atención a la población en el Estado de México, fomentando la prevención y la cultura del autocuidado, para satisfacer las demandas de la sociedad.

Objetivo General

salud a la población abierta del Estado de México, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, así como al mejoramiento de su calidad de vida y desarrollo social.

III. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVO GENERAL

GUÍA DE INDUCCIÓN

8

IV. A

NT

EC

ED

EN

TE

S La organización para la atención médica y las acciones sanitarias, han estado estrechamente relacionadas con los acontecimientos socio-políticos más importantes

ocurridos en el país; así como a los avances tecnológicos en la prestación de los servicios de Salud Publica.Algunos de los cambios organizativos más significativos que se realizaron para el otorgamiento de los servicios de salud pública a la población, se encuentran a partir de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del 5 de febrero de 1917.

AÑO EVOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD

1926 Creación de las Juntas de Beneficencia Pública y las Delegaciones de Sanidad Federal.

1932 Se creó la Oficina de los Servicios Coordinados de Salubridad en todos los Esta-dos.

1934 Se constituyó la Secretaría de Asistencia Pública, estableciéndose la Jefatura de los Servicios Estatales de Salubridad, así como los niveles Jurisdiccional y Local.

1938 Entraron en vigor los Servicios Coordinados de Salud Pública del Estado de Méxi-co.

1947 Se modificó la estructura orgánica, considerando una Jefatura y las secciones de Epidemiología, Higiene, Asistencia y Administrativa, así como jurisdicciones sanita-rias en el nivel aplicativo.

1958 Se contaba solamente con el Hospital General “José Vicente Villada” en la ciudad de Toluca.

1963 El Hospital General “José Vicente Villada”, fue sustituido por el Hospital General “Lic. Adolfo López Mateos”.Se crearon Centros de Salud “A” Urbanos, uno en la ciudad de Toluca y siete en Nezahualcóyotl; Centros de Salud “B”, con Hospital “D” en Tenango, Tejupilco, Ixtlahuaca, Atlacomulco, Valle de Bravo, Tenancingo, Ixtapan de la Sal, Jilotepec, Atizapán de Zaragoza, Texcoco, Amecameca, Zacualpan, Tlalnepantla y Teotihua-cán. Así como setenta centros de salud rurales en el resto del territorio estatal.

IV. ANTECEDENTES

9

GUÍA DE INDUCCIÓN

IV. A

NT

EC

ED

EN

TE

S

AÑO EVOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD

1959a1964

Los Servicios Coordinados de Salud Pública del Estado de México, implementaron los Distritos Sanitarios como organismos técnico-administrativos, ubicados en re-giones con características homogéneas para el control de las unidades aplicativas y los programas.

1970 Se cambiaron las secciones del nivel estatal por Departamentos de Administración Médica, Medicina Preventiva, Promoción de la Salud, Control Sanitario y Adminis-trativo; a nivel aplicativo desaparecieron los distritos y se contó con once Jurisdic-ciones.

1984 Con motivo del inicio del proceso de descentralización de los servicios, se aprobó una organización acorde con el mismo, se creó el Consejo Interno de Administra-ción, las Coordinaciones Regionales de Servicios de Salud y de Regulación Sani-taria, las Unidades de Auditoría y Control y la de Planeación; asimismo, en el nivel aplicativo se crearon las Coordinaciones Municipales de Salud.

1986 Después de la firma del convenio de descentralización, la Jefatura de los Servicios se convirtió en Dirección General y se crearon también Direcciones de Área, Subdi-recciones y Coordinaciones Regionales de Salud, incorporándose, los Servicios de Urgencias del Estado de México y el Laboratorio Regional.

La descentralización de los servicios IMSS-COPLAMAR, la desconcentración de los programas verticales, la construcción de hospitales generales, y finalmente la publicación de la Ley de Salud del Estado de México, que entró en vigor el 1º de abril de 1987, sentaron las bases para la creación del Instituto de Salud del Estado de México.

AÑO EVOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD

1987 Se creó el Instituto de Salud del Estado de México, integrado por un Consejo Inter-no, una Dirección General, las Direcciones de Servicios de Salud, de Planeación y de Administración, así como por la Subdirección de Regulación Sanitaria que unos meses después cambió su nivel a Dirección. Además, con cuatro Coordinaciones Regionales, 19 Jurisdicciones Sanitarias y 166 Coordinaciones Municipales de Sa-lud, la Subdirección de Urgencias y un Laboratorio Regional.

1988 Se adiciono el Centro Estatal de la Transfusión Sanguínea y se creó el Consejo Estatal para la Prevención y Control del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.

1990 Se estableció la Unidad de Contraloría Interna.

GUÍA DE INDUCCIÓN

10

IV. A

NT

EC

ED

EN

TE

S

AÑO EVOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD

1993 El Laboratorio Regional se transformó en Laboratorio Estatal de Salud Pública; por otro lado, desaparecieron las Coordinaciones Regionales que fungían como órga-nos de enlace entre los niveles central y jurisdiccional.

1998 Se crearon las Coordinaciones de Salud y Regulación Sanitaria y de Administración y Finanzas, como unidades administrativas intermedias entre la Dirección General y las Direcciones de Área.Asimismo, se creó el Departamento de Ingeniería Biomédica e Instalaciones, de-pendiente de la Subdirección de Infraestructura en Salud.

En marzo de 1998, se firmó convenio entre la Federación y el Estado para poner en marcha el Programa de Educación, Salud y Alimentación (PROGRESA), el cual tenía como propósito fundamental apoyar a las familias que viven en condiciones de pobreza extrema y ampliar las oportunidades y capacidades de sus miembros para alcanzar mejores niveles de bienestar, quedando como Órgano Operativo la Unidad del Programa de Ampliación de Cobertura (PAC).

En Gaceta del Gobierno, de fecha 4 de marzo del año 2000, se publica el Decreto 156, por el cual se crea la Secretaría de Salud del Estado de México. Para el 7 de agosto del mismo año se publica el Reglamento Interno de la Secretaría de Salud del Estado, indicando en su articulado que el Instituto de Salud del Estado de México, la auxiliará en el logro de sus metas.

En Gaceta del Gobierno del 13 de diciembre del 2001, se publica el Decreto No. 41 que establece el Código Administrativo del Estado de México, derogando la Ley de Salud vigente a la fecha.El 13 de marzo del 2002, se publica el Reglamento de Salud del Estado de México.

11

GUÍA DE INDUCCIÓN

IV. A

NT

EC

ED

EN

TE

S

AÑO EVOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD

2002 Se separan la Coordinación de Salud y Regulación Sanitaria en dos; instituyéndose la Coordinación de Salud y la Coordinación de Regulación Sanitaria.

2004 El Consejo Interno del Instituto de Salud, autorizó las siguientes modificaciones:

En sesión No. 133: Creación de la Unidad Estatal de Protección Social en Salud, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, la Unidad de En-señanza, Investigación y Calidad y las 19 Jurisdicciones Sanitarias se reubican a la Dirección de Servicios de Salud; así como los Hospitales Generales y de Especia-lidad; los Servicios de Urgencias del Estado de México y el Laboratorio Estatal de Salud Pública.Se formaliza en estructura el Módulo de Oftalmología y Comunicación Humana. El Centro Estatal de la Transfusión Sanguínea pasa a la Dirección de Servicios de Salud, quedando la vigilancia sanitaria de la sangre en la Coordinación de Regula-ción Sanitaria.Se formaliza el desdoblamiento de la Unidad de Contraloría Interna.En sesión No. 134: La Unidad de Enseñanza, Investigación y Calidad se reubica en la Coordinación de Salud.

2005 El Consejo Interno del Instituto de Salud, en sesión No. 137, aprobó la estructura de la Unidad Estatal de Protección Social en Salud.En sesión No. 142: Se autorizó la construcción de los CAPASITS en los municipios de Ecatepec, Tlalnepantla, Naucalpan, Toluca y Nezahualcóyotl.

2006 El Consejo Interno del Instituto de Salud, en sesión No. 145, autorizó la construc-ción del Hospital en el municipio de Texcoco.

2008 El Consejo Interno del Instituto de Salud, en sesión No. 158, aprobó la conclusión de la Clínica Materno Infantil en el municipio de Temascalcingo, México.

GUÍA DE INDUCCIÓN

12

V. ¿Q

HA

CE

MO

S? El Manual General de Organización del Instituto de

Salud del Estado de México, es un instrumento que permite al Instituto precisar las funciones de

cada una de las unidades administrativas, deslindar responsabilidades, evitar duplicidades, detectar omisiones, contar con un medio de información y orientación; en general, mejorar la productividad y calidad de las acciones que tienen encomendadas.

OBJETO Y ATRIBUCIONES:

Proteger la salud de la población en general y establecer las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, proporcionados por el estado con la concurrencia de los municipios, en materia de salubridad local, en términos de los artículos 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1° de la Ley General de Salud.

BASE JURÍDICA:

La Ley General de Salud establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y de las entidades federativas en materia de salubridad general.

V. ¿QUÉ HACEMOS?

13

GUÍA DE INDUCCIÓN

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

CAPITULO IIDISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

Artículo 13La competencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

B).-Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales:

I. Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refiere las fracciones II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXVIII Bis y XXX del artículo 3° de esta ley, de conformidad con las disposiciones aplicables;

II. Coadyuvar a la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud, y planear, organizar y desarrollar Sistemas Estatales de Salud, procurando su participación programática en el primero;

III. Formular y desarrollar programas locales de salud, en el marco de los Sistemas Estatales de Salud y de acuerdo con los principios y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo;

IV. Llevar a cabo los programas y acciones que en materia de salubridad local les competan;

V. Elaborar información estadística local y proporcionarla a las autoridades federales competentes;

VI. Vigilar, en la esfera de su competencia, el cumplimiento de esta Ley y demás disposiciones aplicables, y

VII.Las demás atribuciones específicas que se establezcan en esta Ley y demás disposiciones generales aplicables.

LEY GENERAL DE SALUDTITULO SEGUNDO

SISTEMA NACIONAL DE SALUD

GUÍA DE INDUCCIÓN

14

Artículo 18Las bases y modalidades de ejercicio coordinado de las atribuciones de la Federación y de las entidades federativas en la prestación de servicios de salubridad general, se establecerán en los acuerdos de coordinación que suscriba la Secretaría de Salud con los gobiernos de las entidades federativas, en el marco del Convenio Único de Desarrollo.

La Secretaría de Salud propondrá la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, para la participación de éstos en la prestación de los servicios a que se refieren las facciones I, III, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII del artículo 3° de esta Ley.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

15

GUÍA DE INDUCCIÓN

CAPÍTULO CUARTODEL INSTITUTO DE SALUDDEL ESTADO DE MÉXICO

Artículo 2.5El Instituto de Salud del Estado de México es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y funciones de autoridad, que tiene por objeto la prestación de los servicios de salud y el ejercicio del control sanitario en materia de salubridad local.

Artículo 2.5 BisCorresponde al Instituto de Salud del Estado de México, sin perjuicio de los que dispongan su Reglamento y otros ordenamientos aplicables:

I. Desarrollar investigación permanente y sistemática de los riesgos y daños para la salud de la población, originados por toda fuente de emisión contaminante al medio ambiente.

Se entiende como emisiones contaminantes a la generación o descarga de materia o energía, en cualquier cantidad, estado físico o forma, que al incorporarse, acumularse o actuar en los seres vivos, en la atmósfera, agua, suelo, subsuelo o cualquier elemento natural, afecte negativamente su salud, composición o condición natural; y

II. Vigilar y establecer medidas para controlar la contaminación originada por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, olores, vapores o cualquier otro tipo de actividad que pueda ocasionar daños a la salud de personas expuestas al ambiente o los elementos naturales, en fuentes de competencia estatal, sin perjuicio de la intervención que corresponda a otras autoridades competentes.

CÓDIGO ADMINISTRATIVODEL ESTADO DE MÉXICO

LIBRO SEGUNDODE LA SALUD

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

16

CAPÍTULO IIIDEL SISTEMA ESTATAL DE SALUD

Artículo 10La Secretaría y el Instituto, promoverán la participación, en el Sistema Estatal de Salud, de los prestadores de servicios de salud de los sectores públicos, social y privado. Asimismo, fomentarán la coordinación con los proveedores de insumos para la salud, a fin de racionalizar y procurar la disponibilidad de éstos.

Artículo 14La Secretaría y el Instituto coadyuvarán con las autoridades federales competentes para:

I. Que se garantice a la población del Estado la disponibilidad de medicamentos especiales y básicos.

II. Que los establecimientos de los sectores públicos, social y privado dedicados al expendio de medicamentos y a la provisión de insumos para su elaboración, se ajusten a las disposiciones en la materia.

III. Asegurar en el Estado la adecuada distribución, comercialización y fijación de los precios máximo de venta al público de los medicamentos y demás insumos de la salud.

Artículo 16La Secretaría y el Instituto en coordinación con las autoridades educativas, vigilarán en los Estados, el ejercicio de los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en la prestación de los servicios respectivos.

Artículo 24La Secretaría y el Instituto vigilarán que las instituciones de seguridad social que presten servicios de salud en la entidad, apliquen el cuadro básico de insumos para el primer nivel de atención médica y el catálogo de insumos para el segundo y tercer nivel, elaborados por el Consejo de Salubridad General, a los cuales se ajustarán las

REGLAMENTO DE SALUDDEL ESTADO DE MÉXICO

TÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

17

GUÍA DE INDUCCIÓN

dependencias y organismos auxiliares del Ejecutivo Estatal que presten servicios de salud.

Artículo 27La Secretaría y el Instituto en coordinación con las autoridades sanitarias federales, coadyuvarán en la ejecución de las acciones de los programas nacionales de salud.

Artículo 30En los centros de población se constituirán comités de salud, los cuales tendrán como objetivo participar en el mejoramiento y vigilancia de los servicios de salud de sus localidades y promover mejores condiciones ambientales que favorezcan la salud de la población.

La Secretaría y el Instituto fomentarán la participación activa de la comunidad en la ejecución de programas de protección de la salud y en la prestación de los servicios respectivos, con el objeto de fortalecer la estructura y funcionamiento de los sistemas locales de salud y promover el mejoramiento del nivel de salud de la población del Estado.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

18

CAPÍTULO VIDE LOS RECURSOSHUMANOS PARA LA SALUD

Artículo 40La Secretaría y el Instituto participarán con las autoridades educativas estatales en la elaboración de programas de carácter social para los profesionales de la salud, en beneficio de la colectividad, de conformidad con las disposiciones legales en la materia.

CAPÍTULO VIIDE LA FORMACIÓN, CAPACITACIÓNE INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD

Artículo 43El Instituto apoyará y fomentará el funcionamiento de establecimientos públicos destinados a la investigación para la salud.

Artículo 45El Instituto vigilará que en las instituciones y establecimientos de salud, así como en las instituciones educativas de nivel superior relacionadas con la salud, se integren comisiones de investigación, ética y bioseguridad, de conformidad con la normatividad sanitaria en la materia.

Artículo 47El Instituto conjuntamente con las autoridades educativas, designará las instituciones y establecimientos de salud, para la realización de campos clínicos.

Artículo 48El Instituto, en coordinación con el sector público, desarrollará y difundirá investigaciones multidisciplinarias que permitan prevenir y controlar las enfermedades y accidentes.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

19

GUÍA DE INDUCCIÓN

CAPÍTULO VIIIDE LA PROMOCIÓN DE LA SALUD

Artículo 49Las autoridades en materia de salud, en coordinación con los sectores público, social y privado, promoverán programas y acciones de salud.

Artículo 50Las autoridades en materia de salud, con el apoyo de las educativas, deberán desarrollar y difundir programas de promoción y educación para la salud.

Artículo 51El Instituto, formulará y desarrollará programas de nutrición, promoviendo para su ejecución la participación de los sectores público, social y privado.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

20

CAPÍTULO IXDE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEENFERMEDADES Y ACCIDENTES

Artículo 52Las autoridades sanitarias del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, tomarán las medidas de seguridad sanitaria y realizarán las acciones a que se refiere este Reglamento, para proteger la salud humana de los riesgos y efectos del ambiente.

Artículo 53Corresponde al Instituto en materia de prevención y control de enfermedades y accidentes:

I. Investigar en forma permanente y sistemática los riesgos y efectos que para la salud de la población origine la contaminación del ambiente.

II. Vigilar la calidad del agua para uso y consumo humano, y coordinarse con los ayuntamientos u organismos operadores para que el agua entregada en la toma domiciliaria sea potable.

III. Vigilar la seguridad radiológica para el uso y aprovechamiento de las fuentes de radiación con aplicaciones médicas, sin perjuicio de la intervención que corresponda a otras autoridades competentes.

Artículo 54Corresponde al Instituto en coordinación con las autoridades federales, realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las enfermedades transmisibles y no trasmisibles, y la investigación, prevención y control de accidentes.

Artículo 57El Instituto para prevenir y controlar enfermedades que pongan en peligro la salud de la población, ante situaciones evidentes de riesgo epidemiológico, podrá ordenar y ejecutar medidas de seguridad sanitaria y, en su caso, acceder al interior de locales, lotes, baldíos o casas habitación para el cumplimiento de actividades encomendadas a su responsabilidad.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

21

GUÍA DE INDUCCIÓN

CAPÍTULO XDEL PROGRAMA CONTRALAS ADICCIONES

Artículo 66El Instituto, para evitar y prevenir el consumo de substancias inhalantes que produzcan efectos psicotrópicos en las personas, desarrollarán las acciones siguientes:

I. Determinará y ejercerá medios de control en el expendio de sustancias inhalantes, para prevenir su consumo por parte de menores de edad, enfermos o deficientes mentales.

II. Establecerá sistemas de vigilancia en locales destinados al expendio y uso de esas sustancias, para evitar el empleo indebido de las mismas.

III. Brindará la atención médica que se requiera, a las personas que realicen o hayan realizado el consumo de inhalantes.

IV. Promoverá y llevará a cabo campañas permanentes de información y orientación al público, para la prevención de daños a la salud provocados por el consumo de sustancias inhalantes.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

22

CAPÍTULO IDEL CONTROL Y FOMENTO SANITARIOS

Artículo 68La participación de la comunidad en los programas de control y fomento sanitarios que establezca el Instituto, tiene por objeto mejorar el nivel de salud de la población y fortalecer la estructura y funcionamiento del Sistema Estatal de Salud.

Artículo 69El Instituto en coordinación con los sectores público, social y privado, promoverán la participación de la comunidad, en los programas de vigilancia sanitaria.

Artículo 70El Instituto, en coordinación con los sectores público, social y privado, promoverán y, en su caso, llevarán a cabo programas de actualización, capacitación y adiestramiento en las materias de control y fomento sanitarios, que propicien la formación de hábitos y favorezcan mejores condiciones de salud para la población.

Artículo 72El Instituto podrá expedir certificados de condiciones y prácticas sanitarias en los rubros que se determine por el Consejo Interno, con validez de un año, a las actividades, establecimientos, vehículos y servicios materia del presente reglamento.

Dichos certificados podrán renovarse de subsistir las condiciones y prácticas sanitarias que dieron origen a su expedición, lo que deberá comprobarse por parte del Instituto con la verificación respectiva.

Artículo 75El Instituto, en coordinación con los sectores público, social y privado, promoverán los programas tendientes a cuidar las condiciones y prácticas sanitarias de las actividades, establecimientos, vehículos y servicios objeto del presente Reglamento.

TÍTULO SEGUNDOSALUBRIDAD LOCAL

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

23

GUÍA DE INDUCCIÓN

Artículo 77El Instituto, en materia de riesgos sanitarios realizará las acciones descritas en el artículo 54 de este Reglamento.

Artículo 78El Instituto, tendrá el control sanitario de los establecimientos en los que se desarrollen actividades ocupacionales.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

24

CAPÍTULO IIDE LOS ESTABLECIMIENTOS

Artículo 81El Instituto, previo a la expedición de la licencia sanitaria, verificará que los establecimientos estén debidamente acondicionados para el uso a que se destinen o pretendan destinar.

CAPÍTULO IVDE LOS RESPONSABLES SANITARIOS

Artículo 99El Instituto determinará en qué casos se podrá autorizar a profesionales de otras ramas de las ciencias vinculadas a la salud, técnicos o personas con experiencia equivalente, como responsables.

CAPÍTULO VDE LAS AUTORIZACIONES SANITARIAS

Artículo 104El Instituto previa análisis, dictamen de los documentos y verificación del debido acondicionamiento de los establecimientos para el uso a que se pretenden destinar, expedirá las autorizaciones sanitarias siempre y cuando el solicitante hubiere satisfecho los requisitos y condiciones que se señalan en este Reglamento, en las normas técnicas estatales y demás disposiciones legales

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

25

GUÍA DE INDUCCIÓN

CAPÍTULO VIDE LA REVOCACIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS

Artículo 114El Instituto emitirá la resolución que corresponda, al concluir la audiencia o dentro de los cinco días hábiles siguientes, la cual se notificará al particular.

CAPÍTULO VIIDE LOS CERTIFICADOS

Artículo 115Para fines sanitarios, el Instituto extenderá los siguientes certificados:

I. Prenupciales.

II. De defunción.

III. De muerte fetal.

IV. Los demás que determinen otras disposiciones legales.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

26

CAPÍTULO IDISPOSICIONES COMUNES

Artículo 119El Instituto ejercerá la regulación y control sanitario de los establecimientos que expendan o suministren al público alimentos y bebidas no alcohólicas, en estado natural, mezclados, preparados, adicionados o acondicionados, para su consumo dentro o fuera del mismo establecimiento, en términos de las normas oficiales mexicanas, el Código, el presente Reglamento y normas técnicas estatales.

Artículo 120El Instituto no expedirá autorizaciones sanitarias para la comercialización de alcohol y bebidas alcohólicas en puestos temporales o semifijos.

TÍTULO TERCEROCOMERCIO DE ALIMENTOS

Y BEBIDAS EN LA VÍA PÚBLICA

CAPÍTULO IIDEL COMERCIO EN VÍA PÚBLICA

Artículo 123El Instituto no expedirá autorizaciones sanitarias para el ejercicio del comercio en vía pública, en el primer cuadro de cabeceras municipales, escuelas, oficinas públicas, centros hospitalarios, terminales de transporte, mercados públicos, centros de reunión y espectáculos, vías principales y otras que determine la autoridad sanitaria competente. En ningún caso se permitirá su instalación en gasolinerías y otros establecimientos que manejen sustancias explosivas o volátiles.

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

27

GUÍA DE INDUCCIÓN

Artículo 183El Instituto realizará análisis periódicos de la potabilidad de las aguas, en los sistemas de distribución respectivos, con base en la coordinación que realice con los municipios, organismos operadores u otras entidades, en términos de las disposiciones legales y normas técnicas aplicables.

TÍTULO SÉPTIMOAGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO

Artículo 194El Instituto vigilará que los centros preventivos y de readaptación social, dispongan de los elementos materiales adecuados y suficientes para la preparación higiénica de alimentos, así como los utensilios propios para su consumo.

Artículo 195El Instituto vigilará que los internos utilicen vestimenta que cumpla con condiciones de higiene y que en los dormitorios en forma periódica se haga el cambio de ropa de cama para prevenir riesgos y daños a la salud de los internos.

Artículo 196El Instituto y las autoridades de prevención y readaptación social realizarán acciones conjuntas para propiciar entre los internos, mejores condiciones de salud e higiene.

TÍTULO NOVENOCENTROS DE PREVENCIÓN

Y READAPTACIÓN SOCIAL

V. ¿Q

HA

CE

MO

S?

GUÍA DE INDUCCIÓN

28

VI.

¿P

AR

A Q

UIÉ

N L

O H

AC

EM

OS

? El Sistema Estatal de Salud está constituido por las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública estatal, personas físicas

y morales de los sectores social y privado que prestan servicios de salud en al entidad, así como por los

cumplimiento al derecho a la protección de la salud.

En este contexto, el Instituto de Salud del Estado de México proporciona servicios de salud a la población sin seguridad social en la entidad para mejorar la calidad de esta, atendiendo a los requerimientos sanitarios prioritarios y a los factores que condicionan y causan daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas, promoviendo para tal efecto la colaboración de las instituciones de los sectores público, social y privado al cuidado de la salud de los mexiquenses y que al acudir a alguno de los centros

con calidad y calidez, por ello, nuestro compromiso como servidores públicos es prestar la atención que satisfaga sus necesidades y respondan a las expectativas de la población.

VI. ¿PARA QUIÉNLO HACEMOS?

29

GUÍA DE INDUCCIÓN

VII

. ¿C

ÓM

O E

ST

AM

OS

OR

GA

NIZ

AD

OS

?

ORGANIGRAMA GENERAL

VII. ¿CÓMO ESTAMOS ORGANIZADOS?

Dirección General

Consejo Interno

Coordinación de Regulación

Unidad de Controlde Gestión

Unidad deAsuntos Jurídicos

Secretaría Particular

Unidad Estatal deProtección

Social en Salud

Unidad deContraloría Interna

Unidad deComunicación Social

Unidad de Información,Planeación, Programación

y Evaluación

Coordinación de SaludCoordinación de

Sanitaria Administración y Finanzas

GUÍA DE INDUCCIÓN

30

VII

. ¿C

ÓM

O E

ST

AM

OS

OR

GA

NIZ

AD

OS

?COORDINACIÓN DE SALUD

Coordinación de Salud

Unidad de Enseñanza, Investigación y Calidad

Dirección de Servicios de Salud

Subdirección de Prevención y Control de Enfermedades

Subdirección deEpidemiología

Subdirección de Atención Médica

Departamento de Promociónde la Salud

Departamento de Salud Reproductiva

Departamento de Saluddel Adulto y el Senescente

Departamento de Zoonosis y Vectores

Departamento de Vigilancia Epidemiológica

Departamento de Enfermedades Transmisibles y Micobacteriosis

Departamento de SIDA/VIH yEnfermedades de Transmisión

Sexual

Departamento de Salud del Niño

Departamento de AtenciónMédica de Primer Nivel

Departamento de AtenciónMédica de Segundo

y Tercer Nivel

Departamentode Estomatología

Departamento de Supervisión y Apoyo Técnico a Unidades

Médicas

Red Estatalde Laboratorios

Departamento deDiagnóstico

Especializado

Departamentode Administración

Departamento deProtección Civil

Departamento deOperación

JurisdiccionesSanitarias (19)

Modulo de Oftalmología y Comunicación

Humana

Hospitales de Especialidad (5)

Hospitales Generales y de Programas de Reconstrucción

Centro Médico“Lic. Adolfo López

Mateos”

Hospital MaternoPerinatal “MónicaPretelini Sáenz”

(31)

Centros de Salud (913)

Centro Estatal de Transfusión Sanguínea

Servicio de Urgencias del Estado de México

Laboratorio Estatal de Salud Pública

31

GUÍA DE INDUCCIÓN

VII

. ¿C

ÓM

O E

ST

AM

OS

OR

GA

NIZ

AD

OS

?

CO

OR

DIN

AC

IÓN

DE

AD

MIN

ISTR

AC

IÓN

Y F

INA

NZA

S

Co

ord

inació

n d

e

Ad

min

istr

ació

n y

Fin

an

zas

Un

idad

de I

nfo

rmáti

ca

Dir

ecció

n d

e F

ina

nza

sD

ire

cció

n d

e A

dm

inis

tra

ció

n

Un

idad

de M

od

ern

izació

n

dad

de

Mo

dern

iza

Ad

min

istr

ati

va

Su

bd

ire

cció

n d

eR

ecu

rso

s H

um

an

os

Su

bd

ire

cció

n d

eR

ecu

rso

s M

ate

riale

s

Su

bd

ire

cció

n d

eS

erv

icio

s G

en

era

les

yC

on

tro

l P

atr

imo

nia

l

Su

bd

ire

cció

n d

eIn

frae

stru

ctu

ra e

n S

alu

d

De

part

am

en

to d

eA

dm

inis

tració

n d

e P

ers

on

al

De

part

am

en

to d

eA

po

yo

a C

om

ité

sD

ep

art

am

en

to d

eS

erv

icio

s G

en

era

les

De

part

am

en

to d

eP

recio

s U

nit

ari

os

De

part

am

en

to d

eP

ag

os

De

part

am

en

to d

eF

incam

ien

to y

Se

gu

imie

nto

de

Pe

did

os

De

part

am

en

to d

eB

ien

es

Mu

eb

les

De

part

am

en

to d

eC

on

stru

cció

n y

Su

pe

rvis

ión

de

Ob

ras

De

part

am

en

to d

eR

ela

cio

ne

s L

ab

ora

les

yD

esa

rro

llo

de

Pe

rso

nal

De

part

am

en

to d

eA

dq

uis

icio

ne

s

De

part

am

en

to d

eA

dm

inis

tració

n d

e R

iesg

os

y C

on

tro

l d

e T

ran

spo

rte

De

part

am

en

to d

eC

on

cu

rso

s, C

on

trato

s y

Est

imacio

ne

s

De

part

am

en

to d

eS

iste

mati

zació

n d

el P

ag

oD

ep

art

am

en

to d

eC

on

tro

l d

el A

bast

oD

ep

art

am

en

to d

eB

ien

es

Inm

ue

ble

s

De

part

am

en

to d

eIn

ge

nie

ría B

iom

éd

ica e

Inst

ala

cio

ne

s

De

part

am

en

to d

eC

on

tab

ilid

ad

De

part

am

en

to d

eA

sist

en

cia

So

cia

l

De

part

am

en

to d

eG

losa

De

part

am

en

to d

eT

eso

rerí

a

De

part

am

en

to d

eC

on

tro

l y R

eg

istr

o d

e

Cu

ota

s

Su

bd

ire

cció

n d

eT

eso

rerí

a y

Co

nta

bilid

ad

Su

bd

ire

cció

n d

eA

dm

inis

tració

n d

e la

Be

ne

fice

ncia

blica

De

part

am

en

to d

eC

on

tro

l P

resu

pu

est

al

GUÍA DE INDUCCIÓN

32

VII

. ¿C

ÓM

O E

ST

AM

OS

OR

GA

NIZ

AD

OS

?COORDINACIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA

Coordinación deRegulación Sanitaria

Dirección deRegulación Sanitaria

Jurisdicciones de Regulación Sanitaria (18)

Subdirección deNormatividad Sanitaria.

Subdirección deVerificación Sanitaria.

Departamento deServicios e Insumos

para la Salud

Departamento deFomento y Control Sanitario

Departamento deSalud Ambientaly Ocupacional

Departamento deSupervisión Sanitaria

33

GUÍA DE INDUCCIÓN

VII

I. I

NF

RA

ES

TR

UC

TU

RAActualmente el Instituto de Salud cuenta con la siguiente

infraestructura:

Física:

Θ Unidades Médicas□ Centros de Salud□ Clínicas (Módulos)□ Centros de Salud con Hospitalización□ Casas de Salud□ Centro Especializado de Atención Primaria

a la Salud(CEAPS)□ Unidades de Especialidades Médicas (UNEMES)

•Centro de Atención Primaria de Adicciones (CAPA)

•Centro Ambulatorio de Prevención y Atención del VIH/SIDA y de las Infecciones de Transmisión Sexual (CAPASITS)

•Centro Integral de Salud Mental (CISAME)• Sobrepeso, Riesgo Cardiovascular

y Diabetes Mellitus (SORID)•Detección y Diagnostico de Cáncer de Mama

(DEDICAM)□ Unidades Móviles

Θ Hospitales□ Municipales□ Generales□ Generales con Especialidad□ Psiquiátricos□ Alta Especialidad

Θ Oficinas Administrativas□ Oficinas Centrales□ Jurisdicciones Sanitarias□ Jurisdicciones de Regulación Sanitaria□ Edificios de Apoyo

VIII.INFRAESTRUCTURA

GUÍA DE INDUCCIÓN

34

VII

I. I

NF

RA

ES

TR

UC

TU

RA

Θ Rama Médica:□ Médico□ Cirujano Dentista

Θ Rama Paramédica□ Químico□ Enfermera□ Masajista□ Biólogo□ Microscopista□ TAPS□ Técnico□ Dietista□ Laboratorista□ Terapista□ Nutricionista□ Inhaloterapeuta□ Supervisor□ Cocinero□ Tanatólogo□ Paramédico□ Ecónomo□ Auxiliar□ Iatrotécnico□ Citotecnólogo□ Especialista□ Operador□ Coordinador□

□ Psicólogo Clínico□ Ayudante□ Subjefe de Área□ Trabajadora Social

Θ Rama Afín□ Camillero□ Afanadora□ Lavandera□ Operador de calderas□ Educadora en Área Médica□ Ingeniero Biomédico□ Técnico Puericultor□ Físico en Hospital□ Promotor en Salud□ Médico Veterinario Zootecnista□ Apoyo Administrativo en Salud A1- A8□ Técnico y Operador de Calderas

Θ Rama Administrativo Afín□ Soporte Administrativo “A”- “D”

Θ□ Soporte Administrativo “A” al “D”

Θ□□ Supervisor Médico en Área Normativa

Humana:

Jefe de Unidad de Atención MédicaJefe de Área

35

GUÍA DE INDUCCIÓN

VII

I. I

NF

RA

ES

TR

UC

TU

RA

□ Subdirector Médico en Hospital □ Ayudante de Investigador en Ciencias

Médicas □ Jefe de Unidad en Hospital □ Jefe de Área □ Jefe de División □ Jefe de Servicios □ Asistente de la Dirección de Hospital □

Saneamiento □ Investigador en Ciencias Médicas □ Supervisor Paramédico en Área

Normativa □ Coordinador Medico en Área Normativa □ Coordinador Paramédico en Área

Normativa □ Dictaminador Sanitario □ Subjefe de Educación e Investigación en

Enfermería □ Coordinador Municipal □ Subjefe de Área □ Coordinador Normativo en Enfermería

Θ Mandos Medios □ Dirección General y Titular de Entidad □ Coordinación de Área □ Dirección de Área □ Subdirección de Área □ Jefe de Departamento □ Jefes de Jurisdicción □ Director de Hospital

GUÍA DE INDUCCIÓN

36

IX. C

ÓD

IGO

DE

CO

ND

UC

TA Su jefe inmediato es el encargado de instruirlo sobre

las particularidades relacionadas con las labores a desarrollar, a partir de este día usted se relacionará

con sus compañeros quienes estarán dispuestos a colaborar con usted. Las buenas relaciones son indispensables para el buen funcionamiento del área, en la que se encuentre adscrito, es por esto que deberá considerar los principios señalados por el C. Gobernador de la entidad, ya que todas las acciones de gobierno deben tener como única razón: servir a la gente.

HUMANISMOEntendido como un gobierno cercano a los ciudadanos, empático y de puertas abiertas.

LA HONRADEZ, cero corrupción.

LA TRANSPARENCIA, El gobierno como una caja de cristal.

LA EFICACIA, hacer más con menos.

Todo para ser un Gobierno:

Que Trabaja y logra en Grande

IX. CÓDIGODE CONDUCTA

37

GUÍA DE INDUCCIÓN

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ESLas Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría

de Salud, es el ordenamiento que contienen las prestaciones, derechos, obligaciones y prohibiciones

de los trabajadores de base del Instituto de Salud. Se mencionan a continuación algunos de sus articulados.

X. PRESTACIONES,DERECHOS, OBLIGACIONESY PROHIBICIONES

GUÍA DE INDUCCIÓN

38

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

CAPITULO IIIDE LOS NOMBRAMIENTOS

Artículo 14Nombramiento es el documento por el que se formaliza la relación jurídico laboral entre el Titular y el Trabajador y por el que se obligan al cumplimiento recíproco de las disposiciones contenidas en el mismo, en la Ley, en las presentes Condiciones y las que sean conforme al uso y a la buena fe.

Artículo 17Los nombramientos serán definitivos o temporales y su expedición se hará conforme a los movimientos escalafonarios que proceden.

Se entenderán por:

I. Definitivos, aquellos que se expidan para cubrir puestos permanentes;

II. Temporales, los que se otorguen con efectos eventuales y que pueden ser:

A. Provisional, para cubrir puestos vacantes mayores de seis meses y los que se expidan a trabajadores que suplan a los que se encuentran en los casos señalados en el penúltimo párrafo del Artículo 46 de la Ley;

B. Interinos, para ocupar puestos vacantes hasta por seis meses;

C. Por tiempo fijo, aquellos que dejen de tener efectos en la fecha que se determina en el mismo, y

D. Por obra determinada, aquellos cuyos efectos cesan al concluir la obra que motivó su expedición.

39

GUÍA DE INDUCCIÓN

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

CAPITULO VDE LA TERMINACIÓN DE LOSEFECTOS DE LOS NOMBRAMIENTOS

Artículo 29Cuando un Trabajador presente su renuncia,….

Artículo 30Para la debida interpretación de la fracción I del Artículo 46 de la Ley, se entenderá por abandono de empleo:

I. El hecho de que un Trabajador falte al desempeño de sus labores ´por más de cuatro días laborales consecutivos, sin aviso ni causa justificada;

II. El hecho de que un Trabajador, sin permiso ni causa justificada, acumule seis o más faltas no consecutivas dentro del término de treinta días naturales;

III. La inasistencia de un Trabajador; desde el primer día laborable, trátandose de manejadores de fondos, valores, o bienes de la Secretaría, siempre que la ausencia haya sido motivada por haber lesionado o causado un detrimento en los bienes encomendados a su cuidado y,

IV. Cuando el Trabajador no reanude la asistencia a sus labores, sin aviso ni causa justificada, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la conclusión del período de vacaciones, de la licencia autorizada, de la incapacidad expedida por el ISSSTE o de la suspensión de los efectos de su nombramiento.

GUÍA DE INDUCCIÓN

40

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

CAPITULO VIDE LOS SALARIOS

Artículo 43Los salarios de los Trabajadores serán los que conforme a la Ley, se asignen para cada puesto en el tabulador de la Secretaría, en los términos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 44El pago de los salarios se efectuará en los términos del Artículo 37 de la Ley, en días laborales. Al personal que labora en fines de semana, se le considerará para este fin, como laborales, los días comprendidos en su jornada.Opcionalmente, el trabajador podrá solicitar su pago a través de banca electrónica.

Artículo 45La Secretaría cubrirá los salarios devengados por los Trabajadores, los días quince y último de cada mes o la víspera si no fueran laborables esas fechas. Al personal de fin de semana se le cubrirá dentro de su jornada en los mismos términos de este artículo.

Artículo 48Los Trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que equivaldrá a cuarenta días de sueldo libre de descuento, o la parte proporcional que corresponda, de conformidad con los días laborados.El pago del aguinaldo se efectuará en términos del Artículo 42 Bis de la Ley, atendiendo las disposiciones que al respecto emite el Ejecutivo Federal.

Artículo 49Por cada cinco años de servicios efectivos prestados, hasta llegar a veinticinco, los Trabajadores tendrán derecho al pago de una prima como complemento del salario. En los presupuestos de egresos correspondientes, se fijará oportunamente el monto o proporción de dicha prima.

41

GUÍA DE INDUCCIÓN

Artículo 55En el caso de que el Trabajador reciba percepciones indebidas que se incluyan en nómina, por imposibilidad administrativa de hacer corrección inmediata, el Trabajador deberá cobrar su salario y depositar el excedente del pago con cheque de caja a favor de la Secretaría, descontando el costo de la comisión por la expedición del cheque de caja.

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

GUÍA DE INDUCCIÓN

42

CAPITULO VIIDE LAS JORNADAS YHORARIOS DE TRABAJO

Artículo 58La jornada de trabajo es diurna y por la naturaleza propia del Servicio Público que se presta en forma ininterrumpida; existen también como jornadas de trabajo: la mixta y la especial, de conformidad con las necesidades de cada una de las Unidades Administrativas de la Secretaría.

Artículo 59Las jornadas de trabajo se establecen en los siguientes términos:

I. La Jornada Diurna, para el Área Médica, tiene una duración máxima de ocho horas entre las seis y las diecinueve horas, preferentemente de lunes a viernes, con descanso semanal los sábados y domingos. Para el Grupo Afín Administrativo la jornada normal será de siete horas;

II. La Jornada Mixta tiene una duración de siete horas y media para el área médica entre las 13:00 y 22:00 treinta horas preferentemente de lunes a viernes con descansos semanal los sábados y domingos;

III. La Jornada Especial tiene una duración de doce horas, entre las ocho y las veinte horas o, entre las veinte horas de un día a las ocho horas del día siguiente, en forma alternada, con un período de descanso de treinta y seis horas.

Cuando la Jornada Especial Nocturna inicie o concluya en día de descanso obligatorio de acuerdo al Calendario Oficial, se retribuirá el salario al Trabajador que lo laboré, además de cien por ciento más de las horas trabajadas en el día de descanso obligatorio de que se trate, y

IV. Los horarios de los Trabajadores que laboren en Programas Especiales de Salud, se establecerán de acuerdo a la particularidad de las necesidades del servicio, tomando en cuenta la opinión del Sindicato.

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

43

GUÍA DE INDUCCIÓN

CAPITULO VIIIDE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDADY PERMANENCIA EN EL TRABAJO

Artículo 83El sistema de control de asistencia, puntualidad y permanencia en el trabajo, podrá ser a través de:

I. Listas que deberán ser firmadas por los Trabajadores.

II. Tarjeta de registro para reloj checador o

III. Por medios electrónicos.

El registro correspondiente se efectuará al inicio y conclusión de labores; a excepción de aquellos Trabajadores que con motivo de sus funciones sean autorizados a registrar su asistencia en el trabajo una sola vez dentro de su horario de trabajo.

Artículo 93Salvo en caso de fuerza mayor, el Trabajador imposibilitado para concurrir a sus labores por enfermedad o accidente, deberá dar aviso a su jefe inmediato dentro de las setenta y dos horas siguientes al inicio de su horario de trabajo. La omisión de tal aviso será constitutivo de faltas injustificadas. La obligación que señala este artículo para el Trabajador de avisar a sus autoridades en caso de enfermedad o accidente, podrá cumplirse a través de un familiar o de su representación sindical.

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

GUÍA DE INDUCCIÓN

44

CAPITULO XIDE LAS OBLIGACIONESDE LA SECRETARÍA

Artículo 130Son obligaciones de la Secretaría:

II. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de seguridad e higiene y de prevención de accidentes, conforme a los reglamentos respectivos;

IV. Proporcionar a los Trabajadores los útiles, instrumentos, materiales de buena calidad y en suficiente cantidad, para el desarrollo de las funciones que tengan asignadas;

VII.Proporcionar vestuario y equipo, dos veces al año, a los trabajadores. Dicho vestuario se entregará en una o dos exhibiciones en los meses de mayo y octubre de cada año, de conformidad con lo que determine el reglamento creado para tal efecto, para lo cual se preverán y asignarán los recursos presupuestales.

VIII.Conceder licencia a sus Trabajadores, sin menoscabo de sus derechos y antigüedad, en los siguientes casos:

A. Para el desempeño de comisiones sindicales;

B. Cuando sean promovidos temporalmente al ejercicio de otras funciones en Dependencia diferente a la de su adscripción;

C. Para desempeñar cargos de elección popular;

D. Para el disfrute de becas en los términos de estas Condiciones;

E. A Trabajadores que sufran enfermedades no profesionales, en los términos del Artículo 111 de la Ley, y

F. Por razones de carácter personal del Trabajador.

X. Conceder a los trabajadores licencias con goce de sueldo, días económicos y licencias sin goce de sueldo, en los términos de estas Condiciones;

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

45

GUÍA DE INDUCCIÓN

CAPITULO XIIDE LOS DERECHOS, OBLIGACIONESY PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES

Artículo 133Son obligaciones de los Trabajadores, además de las que les impone la Ley, las siguientes:

I. Cumplir con las disposiciones que se dicten para comprobar su asistencia y permanencia en el servicio;

II. Presentarse a sus labores aseados y vestidos con el uniforme y equipo que les proporcione la Secretaría; así como, portar el gafete que los identifique como trabajadores.

III. Coadyuvar con toda eficacia dentro de sus atribuciones o funciones, a la realización de los programas de Gobierno y guardar en todos sus actos completa lealtad a éste;

IV. Ser respetuosos y atentos con sus superiores, iguales y subalternos;

V. Abstenerse de dar malos tratos a sus jefes o compañeros, dentro o fuera de las horas de servicio;

VIII.Obedecer las órdenes e instrucciones que reciban de sus superiores en asuntos propios del servicio y de acuerdo a las funciones de su puesto.

En ningún caso estarán obligados a acatarlas, cuando de su ejecución pudiera desprenderse la comisión de algún delito;

IX. Asistir a escuelas y cursos de capacitación para mejorar su preparación, eficiencia, productividad y calidad en el servicio;

X. Tratar con cortesía y diligencia al usuario del servicio;

XVI.Responder del manejo apropiado de documentos, correspondencia, valores y efectos que se les confíen con motivo del desempeño de sus funciones;

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

GUÍA DE INDUCCIÓN

46

XVII.Tratar con cuidado y conservar en buen estado los muebles, maquinaria y útiles que se les proporcionen para el desempeño de sus funciones, de tal manera que sólo sufran el desgaste propio de su uso normal;

XX.Emplear con la mayor economía los materiales que les fueren proporcionados para el desempeño de sus funciones, tomando en cuenta la calidad de los mismos;

XXI.Avisar a sus superiores de los accidentes de trabajo que sufran sus compañeros;

XXII.Cumplir con las comisiones que por circunstancias especiales se les encomienden en un lugar distinto a aquél en que se encuentren desempeñando habitualmente sus labores, de conformidad con el Sindicato;

Artículo 134Queda prohibido a los Trabajadores:

I. Realizar, dentro de su horario de trabajo, labores ajenas a las propias del nombramiento;

II. Aprovechar los servicios del personal en asuntos particulares ajenos a los de la Secretaría;

IV. Ausentarse de sus labores dentro de su jornada, sin el permiso correspondiente;

X. Proporcionar informes o datos a los particulares sobre la Secretaría, sin la autorización necesaria;

XI. Solicitar, insinuar o recibir gratificaciones u obsequios en relación con el desempeño de asuntos oficiales o ser procuradores y gestores para el arreglo de estos asuntos aún fuera de la jornada y horario de trabajo;

XIII.Organizar o hacer colectas, rifas y llevar a cabo operaciones de compraventa de cualesquier tipo de artículos con fines lucrativos y prestar dinero habitualmente, con o sin interés, dentro de su jornada y horario de trabajo;

XVI.Alterar o modificar, en cualquier forma, los registros de control de asistencia;

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

47

GUÍA DE INDUCCIÓN

XIX.Portar armas durante la jornada y horario de trabajo, excepto en los casos en que por razón de su puesto y funciones estén autorizados para ello;

XXIV.Introducir a cualesquier Unidad Administrativa de la Secretaría, bebidas embriagantes, narcóticos o drogas enervantes para su consumo o comercio, así como concurrir a sus labores bajo el efecto de los mismos, salvo que en este último caso medie prescripción médica para su consumo;

XXVII.Realizar actos inmorales o escandalosos u otros hechos en el centro de trabajo que de alguna manera menoscaben su buena reputación, la que es indispensable para pertenecer al servicio de la Secretaría;

XXXIII.Causar daño o destruir intencionalmente edificios, instalaciones, obras, maquinaria, instrumentos, muebles, útiles de trabajo, materias primas y demás enseres que estén al servicio de la Secretaría;

X. P

RE

ST

AC

ION

ES

, D

ER

EC

HO

S, O

BL

IGA

CIO

NE

S Y

PR

OH

IBIC

ION

ES

GUÍA DE INDUCCIÓN

48

XI.

DO

CU

ME

NT

OS

y S

ITIO

S D

E C

ON

SU

LT

A • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

• Ley General de Salud.• Código Administrativo del Estado de México.• Reglamento de Salud del Estado de México.• Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos

del Estado y Municipios.• Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado

de México.• Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública

del Estado de México.• Manual General de Organización del Instituto de Salud

del Estado de México.• Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de

Salud.• Página WEB de la Secretaría de Salud del Estado de

México: http://salud.edomex.gob.mx• Página WEB del Instituto de Salud del Estado de

México: http://salud.edomex.gob.mx/html

Así como: Manuales de: Organización, Procedimientos y de Operación, Reglamentos, Programas, Modelos, Guías, Planes, Lineamientos, Catálogos, Especificaciones, Técnicas, Bases, Leyes, Normas y Reformas, entre otros.

XI. DOCUMENTOS ySITIOS DE CONSULTA

49

GUÍA DE INDUCCIÓN

XI.

DO

CU

ME

NT

OS

y S

ITIO

S D

E C

ON

SU

LT

A

PÁGINA WEB DEL ISEM

El Instituto de Salud del Estado de México cuenta con una Página Web, cuya dirección es http://salud.edomexico.gob.mx/html/, la cual está dividida por secciones: ¿Quiénes somos?, Transparencia, Boletines, Enlaces, Servicios, Eventos, Temas, Intranet, Secretaría de Salud y Portal Edomex. Así como Unidades Médicas, Seguro Popular, Regulación Sanitaria, Enseñanza e Investigación, Enfermedades Transmisibles, Biblioteca Virtual, Eventos, Teléfonos y Recursos.

GUÍA DE INDUCCIÓN

50

XI.

DO

CU

ME

NT

OS

y S

ITIO

S D

E C

ON

SU

LT

ABIBLIOTECA VIRTUAL

En la Página Web del Instituto de Salud del Estado de México, podrás encontrar nuestro espacio de consulta documental denominado “Biblioteca Virtual”, la cual está dividida en las siguientes áreas:

• Médica• Regulación Sanitaria• Administrativa• Otros

51

GUÍA DE INDUCCIÓN

XII

. P

RO

CE

DIM

IEN

TO

XII. PROCEDIMIENTO

Subdirección de Recursos Humanos

Da inducción basá ndose en G uía.

Servidor Público

Se presenta en unidad de adscripción con

Jefe Inmediato

Informa funciones y actividades laborales.

Jefe de Recursos Humanoso equivalente en centrales

servidor público.Selecciona y contrata al nuevo

GUÍA DE INDUCCIÓN

52

XII

. P

RO

CE

DIM

IEN

TO

Jefe Inmediato

Presenta al nuevo servidor público.

Informa por escrito que proporcionó inducción al servidor público en un plazo no mayor a 3 días.

Servidor Público

Da inicio a sus labores.

Subdirección de Recursos Humanos

Recibe información y archiva.

Jefe de Recursos Humanoso equivalente en centrales

53

GUÍA DE INDUCCIÓN

VA

LID

AC

IÓN

VALIDACIÓN

___________________________________Dr. Gabriel Jaime O’Shea Cuevas

Director General del Instituto de Salud del Estado de México

___________________________________Lic. César Nómar Gómez Monge

Coordinador de Administración y Finanzas