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GUÍAPARA INSTALACIONES

FOTOVOLTAICASCONECTADAS A RED

EN ANDALUCÍA

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Aviso Jurídico:La publicación de esta Guía no representa la opinión de la Comisión Europea ni de la Agen-cia Andaluza de la Energía. Ni la Comisión Europea Ni la Agencia Andaluza de la Energía no se responsabilizan de ningún uso que se pueda hacer de la información contenida en esta guía.

Elaborado por: Agencia Andaluza de la Energía. Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Junta de Andalucía.

Dirección:Francisco J. Bas Jiménez, Gonzalo Lobo Márquez, Héctor Jiménez Cobo.

Coordinación:María Luisa Borra Marcos.

Redacción:Julie Barber, María Luisa Borra Marcos, Pedro Cantillana, María José Colinet,María Jesús Pérez-Solano.

Diseño Gráfico e Impresión:Imprenta SAND, S. L. - Telf. 954 39 35 58Camas (Sevilla) - www.imprentasand.com

Fotografía:Agencia Andaluza de la Energía; Turismo Andaluz, S.A.

Fotografía de portada y contraportada:Málaga © Turismo Andaluz, S. A.

Financiado por:Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Junta de AndalucíaDirección General de Energía y Transporte, Comisión Europea

Depósito Legal: SE-3787-06

[Documento cerrado 31 de julio de 2006]

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Índice

1 Introducción ................................................................................................................. 5

2 Aspectos técnicos de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red ................. 7

3 Retribución económica, ayudas y legislación ........................................................... 8

3.1. Precio de venta de la energía producida ............................................................... 8

3.2. Rentabilidad económica de instalaciones fotovoltaicas conectadas a red ............... 9

3.3. Ayudas para las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red ........................... 10

3.4. Legislación aplicable a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red ................. 10

3.4.1. Legislación de ámbito europeo ................................................................... 10

3.4.2. Legislación de ámbito nacional ................................................................... 10

3.4.3. Legislación de ámbito autonómico andaluz ................................................ 11

4 Procedimiento administrativo de puesta en marcha y explotación de una instalación fotovoltaica conectada a red .................................................... 13

4.1. Puesta en marcha y conexión a la red ................................................................. 13

4.2. Explotación de la instalación ............................................................................... 15

5 Direcciones de interés ............................................................................................... 17

6 Socios del contrato RES-E REGIONS EIE/04/234/SO7.38605 ................................. 18

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La Agencia Andaluza de la Energía, entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, participa en el proyecto denominado “RES-E Regions: Promoción de electricidad verde en once regiones europeas”. El proyecto tiene como objetivo el fomento de la producción de la electricidad de fuentes de energía renovables y del uso de la electricidad verde en once regiones europeas a través de la defi nición de los objetivos regionales concretos de fuentes de energías renovables, y el desarrollo y la implementación de las estrategias regionales de energías renovables. La acción regional y local es esencial para alcanzar los objetivos fi jados por la Directiva de Producción Eléctrica mediante Energías Renovables.

El proyecto cuenta con trece socios europeos de once regiones y dos socios europeos y presenta un programa de trabajo con una serie de acciones concretas a nivel local y regio-nal, en cada uno de los países participantes, con vistas a intercambiar resultados sobre la

Alcalá del Río, SevillaImagen © Turismo Andaluz S.A.

1 Introducción

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aplicación de la normativa comunitaria vigente, en especial la nueva Directiva para produc-ción de electricidad mediante renovables. El proyecto complementará la acción legal llevada a cabo por los Estados Miembros en la implementación de la Directiva de producción de electricidad a partir de fuentes de energías renovables (Directiva 2001/77/CE del Parlamento y el Consejo de 27 de Septiembre de 2001 sobre la promoción de electricidad producida a través de fuentes de energía renovable dentro del mercado interno de la electricidad). El proyecto se organiza en siete grupos de trabajo, formando esta publicación parte de la Tarea del Grupo de Trabajo 2 Garantía de Origen y Procedimientos Administrativos (www.res-re-gions.info).

La Junta de Andalucía apuesta decididamente por la generación de electricidad a partir de fuentes de energía renovables, como queda refl ejado en el Plan Energético de Andalucía. Las instalaciones fotovoltaicas de conexión a red tienen como objetivo inyectar la energía producida a la red eléctrica de distribución, contribuyéndose de esta forma a la generación dis-tribuida de energía eléctrica no contaminante a partir de recursos autóctonos y renovables. La energía eléctrica producida por una instalación fotovoltaica es vendida a la compañía eléctrica, la cual, está obligada a comprar toda la energía vertida a la red a un precio regulado por la legis-lación vigente (Ley 54/97 y Real Decreto 436/2004). Además de la contribución a la generación eléctrica distribuida, en ocasiones estas instalaciones se integran en los edifi cios, utilizándose algunos de sus componentes (los módulos fotovoltaicos) como elementos constructivos del propio edifi cio. De esta forma, el edifi cio adquiere una imagen singular y respetuosa con el medio ambiente.

Cada uno de los participantes en el proyecto ha elaborado una guía para facilitar el pro-cedimiento administrativo de ejecución y conexión a red de una instalación fotovoltaica en su respectiva región. La Agencia Andaluza de la Energía presenta este documento-resumen referido a la Comunidad Autónoma Andaluza.

Villa del Río, CórdobaImagen © Turismo Andaluz, S. A.

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2 Aspectos técnicos de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red

Las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red inyectan directamente la energía eléctrica que producen a la red eléctrica de distribución. El requerimiento básico para poder realizar una instalación fotovoltaica conectada a red en un edifi cio, nave industrial, o en cualquier otro espacio, reside en la disponibilidad de espacio libre de sombras para la ubicación del generador fotovoltaico. Los componentes básicos de una instalación fotovoltaica conectada a red son los siguientes: • Generador fotovoltaico • Inversor • Protecciones

El generador fotovoltaico está com-puesto fundamentalmente por módulos fo-tovoltaicos. Estos módulos consisten básica-mente en un conjunto de células fotovoltaicas interconectadas entre sí, caracterizados por la capacidad que poseen de generar corrien-te eléctrica en corriente continua a partir de la radiación solar incidente sobre ellos. El inversor es el dispositivo que reali-za la conversión de la energía eléctrica gene-rada en corriente continua por los módulos fotovoltaicos a corriente alterna, en las con-diciones requeridas por la red eléctrica, esto es, 50 Hertzios y 220 Voltios. Las protecciones aseguran la calidad de la energía vertida a la red actuando contra sobretensiones, sobrecorrientes y funcionamiento en modo isla. En determinadas ocasiones, estas protecciones se integran directamente en el inversor.

Benadalid, MálagaImagen © Turismo Andaluz, S. A.

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3 Retribución económica, ayudas y legislación

3.1. Precio de venta de la energía producida

El precio de venta de la energía producida en España viene regulado de conformidad con la Ley 54/97 del Sector Eléctrico, estableciendo los principios de un modelo de funcionamiento basado en la libre competencia, impulsando a su vez el desarrollo de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial (Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. BOE número 285 de 28 de noviembre de 1997). Asimismo, el Real Decreto 436/2004 de 12 de marzo, por el que se establece la metodo-logía para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE número 75 de 27 de marzo de 2006) desarrolla la ley anterior. El Real Decreto establece los dos siguientes mecanismos de retribución de la energía eléctrica producida en régimen especial:

a) Tarifa regulada. El precio de venta de la electricidad vendrá expresado en forma de tarifa regulada, única para todos los períodos de programación, y expresada en céntimos de euro por kilowatio-hora.

Las instalaciones con potencia instalada menor o igual a 100 kW a la salida del inversor/es se han de acoger a este modo de facturación.

b) Venta en mercado eléctrico. Sistema de ofertas gestionado por el operador de mercado, sistema de contratación bilateral o a plazo, o una combinación de todos ellos. En este caso, el precio de venta de la electricidad será el precio que resulte en el mercado organizado o el precio libremente negociado por el titular o el representante de la instalación, complementado por un incentivo y, en su caso, por una prima, ambos expresados en céntimos de euro por kilowatio-hora.

Para el presente año 2006, la tarifa media o de referencia, según el Real Decreto 1556/2005, es de 7,6588 cE/kWh. El precio de venta de la energía eléctrica producida por las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red queda refl ejado en la siguiente tabla en función de la potencia instalada y del tiempo transcurrido desde la puesta en marcha de la instalación.

PORCENTAJE SOBRE TARIFA

MEDIA

PRECIO VENTA (cE/kWh)

INS

TA

LAC

ION

ES

FOT

OV

OLT

AIC

AS

Potencia instalada menor o igual a 100 kW

Primeros 25 años desde su puesta en marcha

575% 44,04

A partir de 25 años desde su puesta en marcha

460% 35,23

Potencia instalada mayor de 100 kW

Primeros 25 años desde su puesta en marcha

300% 22,98

A partir de 25 años desde su puesta en marcha

240% 18,38

Tabla.1. Regulación del precio de venta de la energía eléctrica generada a partir de instalaciones fotovoltaicas conectadas a red para el año 2006 (R.D. 436/2004).

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Las instalaciones fotovoltaicas con potencia instalada superior a 100 kW también podrán optar por la participación libre en el mercado con una prima del 250% durante los primeros 25 años y del 200% a partir de entonces, y con un incentivo del 10%.

3.2. Rentabilidad económica de instalaciones fotovoltaicas conec-tadas a red

Con el fi n de analizar la rentabilidad económica de las instalaciones fotovoltaicas conecta-das a red, se describen en este apartado los aspectos más relevantes de los costes de inversión y explotación de dos instalaciones fotovoltaicas “tipo” conectadas a red en Andalucía. En la siguiente tabla se muestran, en función de la potencia fotovoltaica instalada, costes de inversión y mantenimiento aproximados, así como la energía producida prevista y los ingresos estimados a las dos instalaciones fotovoltaicas tipo consideradas.

Potencia instalada

Costes de inversión

(E)

Costes de mantenimiento

(E/año)

Energía producida (kWh/año)

Ingresos brutos por venta de

energía (E/año)

VAN (E) TIR (%) PLAZO DE RECUPERACIÓN

(años)

50 kWp 314.023 2.250 75.000 33.030 67.317 9,7 12

100 kWp 561.935 4.500 150.000 66.060 170.564 11,7 11

Tabla.2. Costes e ingresos orientativos para instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.

Se ha considerado para el análisis de rentabilidad una infl ación estimada del 3% anual con 3 puntos de bonifi cación de tipo de interés y una desgravación fi scal del 10% de la inversión.

La Iruela, JaénFoto: Agencia Andaluza de la Energía

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3.3. Ayudas para las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red

Actualmente se encuentra vigente la Orden de 18 de julio de 2005, por la que se estable-cen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2005 y 2006, de la Consejería de Inno-vación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía. (BOJA número 164, de 23 de agosto 2005). (www.juntadeandalucia.es/agenciadelaenergia). En esta Orden se contemplan incentivos para las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red de potencia no superior a 100 kW asociadas a edifi cios, es decir, que se ubiquen en los propios edifi cios y/o en construcciones adscritas a los mismos (pérgolas, aparcamientos, etc,..). Se limita la potencia fotovoltaica objeto de incentivo de forma que la producción anual de la ins-talación fotovoltaica no podrá superar el 120% del consumo eléctrico anual del edifi cio.

Universidad de JaénFoto: Agencia Andaluza de la Energía

Los incentivos podrán revestir alguna de las modalidades siguientes: incentivos directos a fondo perdido o bonifi cación de los puntos de interés. Con carácter general, la incentivación máxima para las instalaciones fotovoltaicas conecta-das a red podrá alcanzar hasta el 50% de la inversión incentivable, y en particular, en el caso de que el solicitante sea una pequeña y mediana empresa, una administración local o ciudadanos y sus agrupaciones, hasta un 60%.

3.4. Legislación aplicable a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red

3.4.1. Legislación de ámbito europeo• Directiva 2001/77/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, 27 de septiembre de 2001, rela-

tiva a la promoción de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en el mercado interior de electricidad (DOCE nº L 283, de 27 de septiembre de 2001).

3.4.2. Legislación de ámbito nacional• Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, que establece los principios de un

modelo de funcionamiento basado en la libre competencia, impulsando a su vez el desarrollo de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE número 285, de 28 de noviembre de 1997).

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• Real Decreto 1663/2000, de 29 de septiembre, sobre la conexión de instalaciones fotovoltai-cas a la red de baja tensión, del Ministerio de Economía (BOE número 235, de 30 de septiem-bre de 2000).

• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trans-porte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instala-ciones de energía eléctrica (BOE número 310, de 27 de diciembre de 2000).

• Resolución de 31 de mayo de 2001, de la Dirección General de Política Energética y Minas en la que se establece el modelo de contrato y factura, así como el esquema unifi car, para instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red de baja tensión (BOE número 148, de 21 de junio de 2001).

• Real Decreto 841/2002, de 2 de agosto, por el que se regula para instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial su incentivación en la participación en el mercado de producción, determinadas obligaciones de información de sus previsiones de producción, y la adquisición por los comercializadores de su energía eléctrica producida (BOE número 210, de 2 de septiembre de 2002).

• Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, e instrucciones técnicas comple-mentarias (ITC) BT 01 a BT 51 (BOE número 224, de 18 de septiembre de 2002).

• Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la actua-lización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE número 75, de 27 de marzo de 2004).

• Real Decreto 2392/2004, de 30 de diciembre, en el que se fi ja la Tarifa de Referencia para el 2005 y el coste de la 1ª verifi cación de la instalación fotovoltaica conectada a red (BOE número 315, de 31 de diciembre de 2004).

3.4.3. Legislación de ámbito autonómico andaluz• Orden de 30 de septiembre de 2002 de la Junta de Andalucía, por la que se regula el procedi-

miento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las

Cabo de Gata, AlmeriaImagen © Turismo Andaluz S.A.

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instalaciones de generación contempladas en el RD 2818/1998, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energías renovables, resi-duos y cogeneración (BOJA número 124, de 24 de octubre de 2002).

• Resolución de 11 de noviembre de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Mi-nas, por la que se aprueba el modelo del certifi cado de instalación eléctrica de baja tensión (BOJA número 232, de 2 de diciembre de 2003).

• Resolución de 1 de diciembre de 2003 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se aprueba el modelo de memoria técnica de diseño de instalaciones eléctricas de baja tensión (BOJA número 8, de 14 de enero de 2004).

• Instrucción de 21 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Junta de Andalucía, sobre el procedimiento de puesta en servicio de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. (BOJA número 26, de 9 de febrero de 2004).

• Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establecen normas complementarias para la conexión de determinadas instala-ciones generadoras de energía eléctrica en régimen especial y agrupaciones de las mismas a las redes de distribución en baja tensión. (BOJA número 57, de 22 de marzo de 2005).

• Instrucción del 21 de Mayo de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, complementaria de la Instrucción de 21 de Enero de 2004, sobre el procedimiento de puesta en servicio de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red (BOJA número 116, de 19 de junio de 2006).

Parque Nacional de Doñana, HuelvaFoto: Agencia Andaluza de la Energía

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4 Procedimiento administrativo de puesta en marcha y explotacion de una instalación fotovoltaica conectada a red

El procedimiento administrativo que hay que realizar para la puesta en funcionamiento y explotación de una instalación fotovoltaica conectada a red puede resumirse a continuación:

4.1. Puesta en marcha y conexión a la red

Figura.1. Procedimiento para la puesta en marcha de una instalación fotovoltaica y conexión a red. (CICE: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa)

(ZEDE: Zona Eléctrica de Evacuación)

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Para llevar a cabo una instalación de energía renovable conectada a red es necesario rea-lizar un procedimiento administrativo para conectar a la red de alta/baja tensión la instalación, e incluirla como instalación generadora en régimen especial para su explotación. Así como evaluar una serie de aspectos con el fi n de garantizar la viabilidad técnica y económica del proyecto. A continuación se defi nen los pasos a seguir:

1. Contactar con Red Eléctrica, y/o la Compañía Eléctrica de la zona, para conocer la posibilidad del punto de acceso o no a la red para la potencia total de la instalación planteada, indicando si se trata de una agrupación de instalaciones.

2. Contactar con la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Junta de Andalucía) para conocer, si es pertinente, si está defi nida una zona ZEDE1 en el emplazamiento donde queramos ubicar la instalación.

3. Solicitud de punto de acceso y conexión y condiciones de acceso a la red a la Compañía Eléctrica presentando la memoria del proyecto. El operador de la red evaluará la capacidad de acceso en un punto de la red como la producción total simultánea máxima que puede inyectarse en dicho punto con la red en condiciones de disponibilidad total y el consumo previsto para el horizonte de estudio. La Compañía Eléctrica evalúa las condiciones técnicas de conexión a la red en función de la información contenida en el proyecto, estableciendo el punto de conexión con carácter vinculante.

4. Solicitud de autorización administrativa, y declaración de utilidad pública en concreto en los casos que sea necesario, así como aprobación de proyecto, mediante la presentación del

Almonaster, HuelvaImagen © Turismo Andaluz S.A.

1 Se defi ne una Zona Eléctrica de Evacuación (ZEDE) a un conjunto de instalaciones de generación en régimen especial. Estas instalaciones necesitan compartir infraestructuras comunes de evacuación de la energía producida u ocurre que la capacidad global de acceso solicitada se estime superior a la capacidad de evacuación evaluada por el operador del sistema y gestor de la red de transporte (Red Eléctrica Española, S.A.) o el gestor de la red de distribución de la zona. Y se someten al procedimiento establecido en la Orden de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energías renovables, residuos y cogeneración.

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mismo en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, o, en su caso, en la Dirección General de Industria, Energía y Minas ( si afecta a más de una provincia andaluza).

5. Licencia de obras por parte de los ayuntamientos afectados.

6. Construcción y/o montaje de la instalación.

7. Establecimiento del contrato de venta de energía con la empresa eléctrica, documento con la opción de venta de energía elegida, y solicitud de primera verificación para la expedición del certificado de lectura de la instalación por la compañía eléctrica.

8. Solicitud de Puesta en Servicio de la Instalación y presentación del Certificado de la insta-lación firmado por el instalador autorizado en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, una vez construida la instalación y Solicitud de la condición de instalación acogida el Régimen Especial en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, e inscripción previa en el Registro de Instalaciones acogidas al Régimen Especial.

9. Inscripción definitiva en el Registro de Instalaciones acogidas al Régimen Especial en las Delegaciones Provinciales a la Dirección General. Esta inscripción definitiva se realizará de forma automática una vez obtenido el acta de puesta en servicio. Como fecha efectiva de la inscripción definitiva constará la del primer día del mes siguiente a la fecha del acta de puesta en marcha o servicio de la instalación.

10. Facturación, a la compañía eléctrica, de la energía eléctrica inyectada a la red con el régimen retributivo correspondiente desde el momento en que sea efectiva la inscripción definitiva.

11. Cobro de la energía eléctrica inyectada a la red según la modalidad elegida en un plazo de 30 días posterior a la fecha de recepción de la correspondiente factura.

La información sobre las Compañías Eléctricas que operan en Andalucía se encuentra en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio www6.mityc.es/energia/electrici-dad/rdccc/Presenta.htm

Con el fin de simplificar la tramitación y establecer el procedimiento administrativo aplica-ble, el Gobierno andaluz está preparando un “Decreto sobre procedimiento administrativo aplica-ble a las instalaciones de energía solar fotovoltaica que se instalen en la Comunidad Autónoma de Andalucía” que vendrá a clarificar el sistema aplicable para las instalaciones tanto aisladas como en conexión a red.

4.2. Explotación de la instalación

La actividad de generar energía eléctrica con una instalación fotovoltaica conectada a red, supone la gestión por cuenta propia de un medio de producción para la obtención de un benefi-cio. Esto la convierte en una actividad económica como cualquier otra, y por tanto, está sujeta a unas normas fiscales. En este aspecto, las gestiones que debe realizar todo titular de una insta-lación renovable conectada a red en su explotación son las siguientes:

• El titular debe de darse de alta en el censo de actividades económicas. En el epígrafe 151.4 del Impuesto de Actividades Económicas I.A.E. correspondiente a producción de energía.

• El titular tiene que hacer declaraciones trimestrales de Impuesto sobre el Valor Añadido I.V.A. (modelo 300).

• El titular esta sometido a la retención trimestral o pago fraccionado del Impuesto sobre la Ren-ta de las Personas Físicas I.R.P.F. (modelo 130).

• El titular debe realizar la declaración anual de operaciones con terceras personas cuando se hayan realizado ventas de electricidad de más de 3.000E/año a la empresa distribuidora.

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• El titular debe realizar un resumen anual de Impuesto sobre el Valor Añadido I.V.A. (modelo 390).

• El titular podrá deducirse el 10% de la inversión en la instalación de la cuota íntegra del Im-puesto de Sociedades (Real Decreto Ley 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, Art. 39, punto 3, apartado a).

Tarifa, CádizImagen © Turismo Andaluz, S. A.

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AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA (AAE)Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa - Junta de Andalucía

C/ Isaac Newton, s/n - Isla de la Cartuja - 41092 SevillaTeléfono: (34) 954 78 63 35 - Fax: (34) 954 46 06 28

Correo electrónico: [email protected]/agenciadelaenergía

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESAAvda. Albert Einstein, s/n, 3ª planta - Isla de la Cartuja - 41092 Sevilla

Teléfono 902 11 30 00 - Fax: 954 99 52 30Correo electrónico: [email protected]/innovacioncienciayempresa

5 Direcciones de interés

AlmeríaC/ Hermanos Machado, 4-2ª planta - 04003 Almería

Teléfono: 950 01 13 00 - Fax: 950 01 14 78Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:Francisco Javier de las Nieves López, Delegado.

CádizPlaza Asdrúbal, 6-1ª planta - 11008 Cádiz

Teléfono: 956 00 88 08 - Fax: 956 00 88 07Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:Angelina María Ortíz del Río, Delegada.

CórdobaC/ Manrique, 2 - 14001 Córdoba

Teléfono: 957 00 36 00 - Fax: 957 00 36 49Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:Andrés Luque García, Delegado.

GranadaPlaza Villamena, 1 - 18010 Granada

Teléfono: 958 02 95 00 - Fax: 958 02 95 35Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:Alejandro Zubeldia Santoyo, Delegado.

HuelvaAvda. Manuel Siurot, 4 - 21004 Huelva

Teléfono: 959 01 00 00 - Fax: 959 01 00 81Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:María José Rodríguez Ramírez, Delegada.

JaénPaseo de la Estación, 19-4ª - 23008 Jaén

Teléfono: 953 01 33 30 - Fax: 953 01 33 92Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:Manuel Gabriel Pérez Marín, Delegado.

MálagaC/ Bodegueros, 21 - 29006 Málaga

Teléfono: 951 29 81 00 - Fax: 951 29 82 07Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:María Gámez Gámez, Delegada.

SevillaC/ Graham Bell, 5 - Edif. Rubén Darío - 41071 Sevilla

Teléfono: 955 06 56 00 - Fax: 955 06 57 67Correo electrónico: [email protected]

Persona de contacto:Francisco Álvaro Julio, Delegado.

RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S. A.Paseo del Conde de los Gaitanes, 177 - 28109 La Moraleja (Madrid)

Teléfono: 91 650 45 42 - 91 650 20 12Fax: 91 650 45 42 - 91 650 76 77

Correo electrónico: [email protected] de contacto:

Antonio Lucio-Villegas Ramos, Delegado Regional.www.ree.es

ENDESA COGENERACIÓN Y RENOVABLES, S. A.Avda. de la Borbolla, 5 - 41018 SevillaTeléfono: 954 41 73 11 - 902 509 509

Persona de contacto:Félix Castaño, Director Zona Sur.

www.endesa.es

Agenda de la Comunicación de la Junta de Andalucíahttp://juntadeandalucia.es/agenda/index.html

Federación Andaluza de Municipios y Provinciaswww.famp.es

Ministerio de Industria, Turismo y Comerciowww.mityc.es

Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)www.aeat.es

Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF)www.asif.org

DELEGACIONES PROVINCIALES DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA

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6 Socios del contrato RES-E Regions EIE/04/234/SO7.38605

ALEMANIA

AZES gmbhAltenkesseler strasse 1766115 SaarbrückenContacto: Barbara Dröschel/Nicola SaccàTel: + 0049 681 9762 852Fax: + 0049 681 9762 850Email: [email protected]/[email protected]: www.azes.de

AUSTRIA

O.Ö. Energiesparverband (ESV)(Coordinador)Landstraße 45, 4020 Linz Contacto: Christiane Egger/ Christine Öhlinger/Ga-briele AicherTel: + 0043 732 7720 14380Fax: + 0043 732 7720 14383Email: [email protected] [email protected] [email protected]: www.esv.or.at

BÉLGICA

EREF European Renewable Energies Federation (Federación Europea de Energías Renovables)Avenue de la Fauconnerie 731170 BruselasContacto: Dörte FouquetTel: + 0032 2 6724367Fax: + 0032 2 6727016Email: [email protected]: www.eref-europe.org

FEDARENE (Federación Europea de Agencias de la Energía y el Medio Ambiente)11 Rue du Beau Site1000 BruselasContacto: Dominque BourgesTel: + 0032 2 646 82 10Fax: + 0032 2 646 89 75Email: [email protected]: www.fedarene.org

DINAMARCA

DTI Danish Technological InstituteSolEnergiCentretTeknologisk InstitGregersensve2630 TaastrupContacto: Søren PoulsenTel: + 0045 7220 2460Fax: + 0045 7220 2500Email: [email protected]: www.solenergi.dk

ESLOVENIA

University of LjubljanaFaculty of Mechanical Engineering (UL-FME)Askerceva 6SLO-1000 LjubljanaContacto: Uros StritihTel: + 00386 1 4771 312Fax: + 00386 1 2518 567Email: [email protected]

ESPAÑA

Agencia Andaluza de la EnergíaConsejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Junta de AndalucíaC/ Isaac NewtonIsla de la Cartuja - 41092 SevillaContacto: Maria Luisa Borra Marcos Julie BarberTel: + 0034 954 78 63 35Fax: + 00 34 954 46 06 28Email: [email protected] [email protected]:www.juntadeandalucia.es/agenciadelaenergia

EREN Ente Regional de la Energía de Castilla y LeónAvenida de los Reyes Leoneses 1124008 LeónContacto: Ricardo González María del Puy Domínguez PérezTel: + 0034 987 84 93 93/0034 987 93 93 84/Fax: +

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G U Í A P A R A I N S T A L A C I O N E S F O T O V O L T A I C A S C O N E C T A D A S A R E D E N A N D A L U C Í A .

0034 987 84 93 90Email: [email protected]/[email protected]: www.jcyl.es

Gobierno de NavarraDepartamento de Industria y Tecnología, Comercio y TrabajoParque Tómas Caballero, 131005 PamplonaContacto: Josefa Aranguren Garde Gaspar Domench ArreseTel: + 0034 948 281270 + 0034 848 427669Fax: + 0034 948 281271Email: [email protected] [email protected]:www.cfnavarra.es/INDUSTRIA/areas/energia

FRANCIA

RAEE/Rhônalpénergie-Environnement10 rue des Archers69002 LyonTel: + 0033 478 37 29 14Fax: + 0033 478 37 64 91Contacto: Céline TrousseauEmail: [email protected]: www.raee.org

ITALIA

Agencia Regionale per l’Energia della Liguria (ARE LIGURIA S.P.A.)Via Peschiera 1616122 GenovaContacto: Incola VaccarezzaTel: + 0039 010 840 33 64Fax: + 0039 010 840 33 97Email: [email protected]: www.areliguria.it

REINO UNIDO

MWEA Mid Wales Energy Agency Unit 7 Dyfi Eco ParcMachynlleth Powys SY20 8AX Contacto: David Clubb/Janet SandersTel: + 0044 (0)1654 703064 + 0044 (0)845 458 5973/Fax: + 0044 (0)1654 703117Email: [email protected] [email protected]: www.mwea.org.uk

SUECIA

STEM Swedish Energy AgencyDrottninggatan 50S-111 21 EstocolmoContacto: Mats Johansson/Sonja EwersteinTel: + 0046 511 34 78 73Fax: + 0046 511 200 65Email: [email protected]: www.stem.es

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