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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIA Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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HERRAMIENTAS DIGITALESDE TRANSPARENCIA

Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública

DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA

NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Herramientas digitales de Transparencia durante el Estado de Emergencia Nacional como consecuencia de la COVID – 19

Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública – ANTAIP

Agosto 2020

© Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Calle Scipión Llona 350 Miraflores, Lima – Perú

Teléfono (511) 2048020 anexo 1020

www.gob.pe/minjus

E-mail: [email protected]

Ministra de Justicia y Derechos Humanos:Ana Cristina Neyra Zegarra

Viceministro de Justicia:Felipe Andrés Paredes San Román

Director General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales:Eduardo Javier Luna Cervantes

Directora de Transparencia y Acceso a la Información Pública:Marcia Anabel Aguila Salazar

Elaboración:Este informe ha sido elaborado por el equipo de la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Diseño y diagramación:Carlos Gonzales Chingay

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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CONTENIDOI. PRESENTACIÓN ....................................................................................................................................... 4

II. OBJETIVO DE LA SUPERVISIÓN ............................................................................................................. 6

III. METODOLOGÍA DE LA SUPERVISIÓN .................................................................................................... 6

IV. RESULTADOS ………………..............................................................….......................……....................... 8 4.1 Información publicada en los Portales de Transparencia Estándar......................................................... 8 4.2 Canastas básicas familiares……………………………………………...…...............................................15 4.3 Entrega de bonos .………........…….......................................................................................................18 4.4 Atención de solicitudes de acceso a la información pública...................................................................19

V. CONCLUSIONES ...................................................................................................................................... 28

VI. RECOMENDACIONES .....................……………......................……...................…............….................. 32

ANEXO 01 .....................……………......................……............................................…............….................. 34

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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I. Presentación La transparencia y el acceso a la información pública permiten la vigilancia y el control social por parte de la ciudadanía, lo que posibilita la formación de una opinión libre e informada sobre la res pública1. Esto es especialmente relevante en un contexto como el actual, en el que se necesita información referida al impacto de la pandemia en el país, así como de las acciones y gastos efectuados por el Estado para su atención. Igualmente, coadyuva a la prevención de la corrupción en las entidades públicas y posibilita la rendición de cuentas de las acciones tomadas por las autoridades en este periodo.

Como es de conocimiento, mediante el Decreto Supremo 044-2020-PCM se declaró en el país el Estado de Emergencia Nacional2 a consecuencia del brote de la COVID-19 y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), permitiendo solo el desplazamiento de personas para la prestación y acceso a servicios y bienes calificados como esenciales. En ese contexto, las herramientas digitales cobraron mayor relevancia, como una de las vías principales para difusión de información y conocimiento sobre la pandemia.

En las primeras semanas del Estado de Emergencia Nacional se implementó la plataforma Coronavirus (COVID-19) en Perú, con la finalidad de difundir información respecto a las acciones llevadas a cabo por el Estado, así como las principales estadísticas identificadas. Asimismo, se crearon otros espacios digitales para la publicación de información como la Sala Situacional COVID-193 y el portal Conosce4, los cuales han ido mejorando en atención a las necesidades de información de la ciudadanía.

En ese marco la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de la Opinión Consultiva 020-2020-JUS/DGTAIPD señaló que si bien la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional implica la restricción o suspensión de ciertos derechos fundamentales, la ciudadanía mantiene incólume su capacidad de ejercicio respecto al derecho de acceso a la información pública, el cual debe satisfacerse, siempre que las limitaciones de tránsito decretadas o impedimentos de orden técnico y administrativo, no se constituyan en obstáculos insalvables para su atención5.

Asimismo, respecto a la transparencia activa6 la ANTAIP ha precisado que en un estado de emergencia ostenta gran relevancia ya que permite, por un lado, la difusión de información completa, permanente y veraz ante las noticias falsas que puedan ocasionar desinformación y pánico en la población y por otro, a la ciudadanía conocer y vigilar las acciones adoptadas por las instituciones públicas7. Cabe mencionar que esta información también puede realizarse sin que medie una norma expresa que exija su publicación, pudiendo ser difundida proactivamente por las entidades, en cumplimiento del principio de publicidad8 y en atención de las necesidades de información de la ciudadanía.

1 Párrafo 33 de la Opinión Consultiva 038-2019-DGTAIPD, sobre la determinación del acceso a la información contenida en las declaraciones de compromisos sociales voluntarios presentadas por los titulares de las actividades mineras y de hidrocarburos al Ministerio de Energía y Minas. Ver en: https://bit.ly/2KqF9Ue2 A la fecha, el Estado de Emergencia Nacional ha sido ampliado temporalmente por los Decretos Supremos 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075-2020-PCM, 083-2020-PCM, 094-2020-PCM, 110-2020-PCM, 116-2020-PCM y 117-2020-PCM.3 La Sala Situacional COVID-19 es un espacio virtual en el que se puede encontrar, entre otros, información respecto a las estadísticas nacionales de casos positivos, hospitalizados y fallecidos, así como la relacionada a la ejecución presupuestal y contrataciones públicas realizadas.Ver en: https://covid19.minsa.gob.pe/sala_situacional.asp4 El portal Conosce es un espacio virtual en el que se difunden las contrataciones directas realizadas en el marco de la emergencia nacional frente a la COVID-19. Ver en: https://portal.osce.gob.pe/osce/covid19/5 Conclusión 2 de la Opinión Consultiva 020-2020-JUS/DGTAIPD, respecto a la atención de solicitudes de acceso a la información pública y el cumplimiento de obligaciones de transparencia activa durante la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional como consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19). En: https://bit.ly/357ukA96 La transparencia activa implica la obligación de las entidades públicas de difundir información sin que medie una solicitud de acceso a la información pública.7 Párrafo 26 de la Opinión Consultiva 20-2020-JUS/DGTAIPD, Atención de las solicitudes de acceso a la información pública y el cumplimiento de obligaciones de transparencia activa durante la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional como consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19). En: https://bit.ly/357ukA98 De acuerdo con el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo 021-2019-JUS, el principio de publicidad establece que toda información que posee el Estado es pública, salvo las excepciones de Ley. Para ello, debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en su actuación.

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Por otro lado, a través del Oficio Múltiple 005-2020-JUS/DGTAIPD la ANTAIP brindó recomendaciones a las entidades públicas para la correcta atención de las solicitudes de acceso a la información durante el Estado de Emergencia Nacional como consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19). Entre ellas se indicó que si bien la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública no ha establecido la obligación de implementar un formulario virtual para la atención de las solicitudes de acceso a la información, estas pueden ser presentadas a través de una dirección electrónica establecida para tal fin o a través de cualquier medio idóneo que para tales efectos establezcan las entidades9. De hecho, se recomienda que las entidades que no cuenten con estos canales de atención implementados lo hagan, en procura de corresponder proactivamente con el ejercicio de este derecho fundamental.

Asimismo, a través del Oficio 244-2020-JUS/DGTAIPD se comunicó al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades la necesidad de optimizar las acciones en materia de transparencia implementadas, en tanto se venía apreciando desde la sociedad civil organizada una consistente demanda informativa del Sector Salud, en particular respecto de los datos estadísticos referidos a características y evolución de los sujetos infectados. De la misma manera, respecto de información relevante para prever escenarios de riesgo epidemiológico por región o localidad, las metodologías que se vienen utilizando para el análisis de la información, así como la necesidad de acceder a los datos a través de mejores herramientas que permitan una mejor visualización, tratamiento y análisis de la información.

Respecto a la publicación de datos en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos, a través de los oficios 256, 257 y 260-2020-JUS/DGTAIPD se comunicó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Ministerio de Economía y Finanzas y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, respectivamente, la necesidad de actualizar la información difundida en esta plataforma de acuerdo a los plazos establecidos en las fichas de registro. Resaltando que la información en este espacio deberá contener las características de toda información pública, es decir, que sea completa, actualizada, precisa, verdadera, oportuna y exacta; asimismo, esta, deberá ser publicada en formatos que puedan ser fácilmente procesados para que pueda ser reutilizada10.

El acceso a la información a través de medios virtuales pone en relieve la necesidad de sensibilizar a los funcionarios y servidores públicos la importancia de la difusión proactiva y a través de medios digitales de la información del Estado. Asimismo, la relevancia de impulsar el acceso a internet de la población, así como alentar la enseñanza de competencias básicas en informática con la finalidad de popularizar la implementación y uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Esto permitirá fortalecer el acceso a la información sin restricciones sociales, geográficas, económicas y se convertirá en una herramienta útil en contra de las noticias falsas que puedan ocasionar desinformación.

La ANTAIP tiene entre sus funciones supervisar el cumplimiento de las normas en materia de transparencia y acceso a la información, así como el fomento de su cultura en el país (incisos 3 y 5 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1353, respectivamente). En ese sentido, llevó a cabo la presente supervisión con la finalidad de identificar las herramientas que han sido implementadas y actualizadas por las entidades públicas para la difusión de información a la ciudadanía, así como verificar el nivel de cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia activa en el marco del Estado de Emergencia Nacional a consecuencia de la COVID-19.

9 Artículo 10 del Reglamento de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo 072-2003-PCM.10 En los párrafos 11 y 12 de la Opinión Consultiva 27-JUS/DGTAIPD, esta Autoridad ha señalado que la publicación de la información no solo implica la puesta a disposición de la información para conocimiento de la ciudadanía, sino también para su reutilización para los fines que estimen pertinentes, por ello la necesidad de su publicación en formato de datos abiertos. Ver en: https://bit.ly/2ZoCgMg

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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II. OBJETIVO DE LA SUPERVISIÓNEl objetivo de la supervisión es identificar las herramientas que han sido implementadas y actualizadas por las entidades públicas para la difusión de información a la ciudadanía, así como verificar el nivel de cumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia activa en el marco del Estado de Emergencia Nacional a consecuencia de la COVID-19.

III. METODOLOGÍA DE LA SUPERVISIÓNLa supervisión se llevó a cabo entre el 09 de julio al 13 de agosto y en ella se verificó la publicación de información en herramientas digitales de transparencia activa entre los meses de enero a julio del 202011. Para ello se supervisó:

1. La publicación de información en el Portal de Transparencia Estándar (PTE). En este portal se identificó:

- El directorio de la entidad publicado de acuerdo con el registro del portal GOB.PE

- Las declaraciones juradas de intereses en el enlace de la Plataforma Única de Declaración Jurada de Intereses, en el módulo de declaraciones juradas o a través de un enlace en el rubro de Datos Generales.

- El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas.

- Información referente al presupuesto.

- Las remuneraciones, bonificaciones, gratificaciones o aguinaldos, beneficios u otros conceptos recibidos por las personas al servicio del Estado.

- Los procesos de selección de bienes y servicios.

- Las contrataciones directas.

- Las órdenes de bienes y servicios.

- La agenda del titular de la entidad.

- Las noticias y/o comunicados emitidos por la entidad.

- Los formularios virtuales o correos electrónicos establecidos por las entidades para la atención de solicitudes de acceso a la información pública.

Asimismo, se verificó:

- La publicación de los sistemas de mesas de partes virtual y/o los correos electrónicos establecidos para la recepción de documentación de la ciudadanía en los portales institucionales.

- La publicación de información en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos.

11 Cabe mencionar que para supervisar la actualización de la información en el PTE se tuvo en cuenta la periodicidad establecida en la Directiva 001-2017-PCM “Lineamientos para la implementación del PTE en las entidades de la Administración Pública”, aprobado por Resolución Ministerial 035-2017-PCM. En ese sentido, se verificó la publicación de información referente a remuneraciones, presupuesto y contrataciones hasta el mes de junio 2020.

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Las entidades supervisadas son aquellas involucradas en el inicio de la etapa “Hacia una nueva convivencia” establecida en el Decreto Supremo 094-2020-PCM, así como aquellas entidades que cumplen un rol de especial interés nacional dado la naturaleza de sus funciones y su impacto en la población:

Entidades involucradas en el Decreto Supremo N° 094-2020-PCM (extensión del Estado de

Emergencia Nacional al 30 de junio de 2020)Otras entidades

1. PCM

2. Ministerio de Salud

3. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

4. Ministerio de Educación

5. Ministerio del Interior

6. Ministerio de Economía y Finanzas

7. Ministerio de Transportes y Comunicaciones

8. Ministerio de Agricultura y Riego

9. Ministerio de la Producción

10. Ministerio de Defensa

11. Gobierno Regional de Piura

12. Gobierno Regional de Loreto

13. Gobierno Regional de Lambayeque

14. Gobierno Regional de La Libertad

15. Gobierno Regional de Tumbes

16. Gobierno Regional de Ica

17. Municipalidad Provincial de Santa

18. Municipalidad Provincial de Huarmey

19. Municipalidad Provincial de Casma

20. Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao

21. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS

22. Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil

23. Poder Judicial

24. Congreso de la República

25. Contraloría de la República

26. Defensoría del Pueblo

27. Ministerio Público

28. Municipalidad Metropolitana de Lima

29. Seguro Social de Salud – Essalud

30. Instituto Nacional Penitenciario – INPE

2. La publicación de información referida a las canastas básicas familiares en las 25 municipalidades provinciales capitales de departamento. En ese sentido se verificó si estas fueron publicadas en el portal institucional de la entidad, en el PTE, la plataforma GOB.PE o en redes sociales como Facebook o Instagram.

3. La publicación de información referida a la entrega de bonos: Bono “Yo me quedo en casa”, Bono Rural, Bono familiar universal y Bono Independiente.

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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4. La atención de solicitudes de acceso a la información durante el Estado de Emergencia Nacional. Para ello, se remitió a las 54 entidades supervisadas una encuesta virtual con la finalidad de obtener información respecto los medios implementados para la recepción y atención de las solicitudes, el número de solicitudes recibidas, así como características de la información requerida.

IV. RESULTADOS4.1 Publicación de información en el Portal de Transparencia Estándar (PTE)

Los PTE son un canal digital de información estandarizada e integral, para facilitar el acceso a la información sobre el uso de los recursos públicos y gestión institucional que incrementan los niveles de transparencia. Las entidades públicas tienen la obligación de consignar el enlace a este portal en la parte superior derecha de sus páginas web. Contiene información de gestión de las entidades clasificada en diez (10) rubros temáticos y es obligación de las entidades el publicar información y actualizarla, conforme a los plazos que establece la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pudiendo publicar información adicional que consideren en cada rubro temático. Los resultados obtenidos fueron los siguientes:

4.1.1 Información relevante respecto a los trámites, servicios y principales actividades realizadas por la entidad

Uno de los beneficios de la transparencia es su aporte para la modernización y mejora de la eficiencia de la gestión pública. El acceso a esta información permite a la ciudadanía conocer las actividades llevadas a cabo para el funcionamiento de la entidad, entre ellas, la referida a la atención de trámites y entrega de servicios. Esto es de gran relevancia, en tanto constituyen una de las principales interacciones entre los ciudadanos y el Estado.

En este apartado se supervisó la publicación de información respecto a la mesa de partes virtual, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), y la publicación de noticias y/o comunicados. La difusión de esta información permite mantener los canales de comunicación con la entidad para la atención de servicios, conocer la información mínima para llevar a cabo procedimientos–requisitos, plazos, área a cargo–, así como identificar cuáles han sido las actividades más relevantes realizadas por la entidad durante el Estado de Emergencia Nacional.

Fuente: elaboración propia

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Mesa de partes virtual TUPA Noticias/Comunicados

PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN ENERO A JULIO 2020

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Mesas de partes virtual

Las mesas de partes virtual han constituido durante el Estado de Emergencia Nacional una de las principales herramientas implementadas12. Si bien un grupo de entidades a nivel nacional ya contaba con esta herramienta, su uso y difusión se incrementó en los últimos meses. Para ello, implementaron sistemas o un correo electrónico, para la recepción de documentación de entidades públicas y/o de la ciudadanía.

En la supervisión se verificó la difusión de esta información en un lugar visible y de fácil acceso en los portales institucionales de las entidades.

De las 30 entidades supervisadas, 26 vienen difundiendo en sus páginas web información sobre la mesa de partes virtual. Las entidades que no difundieron información sobre la mesa de partes virtual en sus portales institucionales, son el Congreso de la República13, el Ministerio de Salud14, el Gobierno Regional de Tumbes y la Municipalidad Provincial de Huarmey.

Las entidades que tienen un sistema virtual para la atención de los trámites son: la Presidencia del Consejo de Ministros, los ministerios de Defensa, Producción y Transportes y Comunicaciones, los gobiernos regionales de Ica, La Libertad y Piura, así como la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU y las municipalidades provinciales de Casma y del Santa.

Por su parte, las entidades que difunden en sus portales institucionales un correo electrónico como mesa de partes virtual, son: la Contraloría de la República, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, los ministerios de Agricultura y Riego, Desarrollo e Inclusión Social, Economía y Finanzas, Educación e Interior, los gobiernos regionales de Lambayeque y Loreto, la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Provincial de Casma, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE y el Seguro Social de Salud – Essalud.

El Poder Judicial tiene un sistema de Citas Electrónicas para Mesa de Partes15, para evitar los contagios de la COVID-19 a través de una atención ordenada de la ciudadanía sin aglomeraciones y el ahorro de tiempo. Mientras que el Ministerio Público16 cuenta con un i) sistema virtual de mesa de partes para la Secretaría General17, ii) un sistema para la presentación de documentos y denuncias en la Fiscalía Provincial Penal, la Fiscalía de Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familia, así como a la Presidencia del Distrito Fiscal de Lima18 y iii) correos electrónicos como mesas de partes virtuales de las Fiscalías del Distrito Fiscal de Lima19.

12 Por ejemplo, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Resolución de Secretaría General N° 0053-2020-JUS del 17.07.20, aprobó los “Lineamientos para el uso y atención de la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”; el Ministerio de Salud, con Resolución Secretarial N° 042-2020/MINSA del 21.03.20, aprobó de manera excepcional, medidas para el trámite documentario en el Ministerio de Salud, en tanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Ministerial Nº 0283-2020-MTC/01 del 23.05.20 aprobó el listado de procedimientos a tramitarse a través del Sistema TUPA Digital y la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como de la Ventanilla Única de Comercio Exterior. Similar criterio siguió la Defensoría del Pueblo aprobando mediante Resolución de Secretaria General Nº 046-2020/DP-SG del 11.06.20, la “Directiva para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Sistema de Notificación Electrónica”.13 Si bien no han publicado información en su portal institucional, se tiene conocimiento que se ha implementado el enlace: [email protected] Si bien no han publicado información en su portal institucional, se tiene conocimiento que se ha implementado el enlace: [email protected] para requerimientos de entidades externas, de acuerdo a lo señalado en Resolución Secretarial 042-2020-MINSA. 15 Se puede acceder al sistema a través del siguiente enlace: https://gestionsij.pj.gob.pe/citasMP. Asimismo, han publicado un instructivo de uso para la ciudadanía, en: https://gestionsij.pj.gob.pe/doc/manualcitasmp.pdf16 Cabe mencionar que la el sistema de Mesa de Partes Virtual de la Secretaría General no permite el ingreso de documentos fuera del horario laboral (lunes a viernes de 8:00am a 04:45 pm)17 Ver en: https://portal.mpfn.gob.pe/mesa-partes-virtual/ingreso18 Ver en: https://cfe.mpfn.gob.pe/denuncias-electronicas/ 19 Ver en: https://agenciafiscal.pe/Storage/modsnw/pdf/14295-m7Cm3Rl8Hx5Qc4M.pdf

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Texto Único de Procedimientos (TUPA)

El TUPA es un documento de gestión de gran utilidad para los administrados ya que contiene información relacionada a la tramitación de procedimientos en una entidad pública. Este instrumento coadyuva a proporcionar óptimos servicios a la ciudadanía a través de la unificación, reducción y simplificación de estos procedimientos (trámites).

Dieciséis de las 30 entidades supervisadas difunden su TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Las restantes, si bien lo difunden, lo hacen a través de documentos en formato PDF. Los documentos en PDF contienen varias páginas que dificultan la búsqueda de información a la ciudadanía.

Las entidades que no difunden el TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas son el Poder Judicial, el Congreso de la República, el Ministerio Público, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, los gobiernos regionales de Loreto, Lambayeque y Tumbes, la Municipalidad Metropolitana de Lima, las municipalidades provinciales del Santa, Huarmey y Casma, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU.

Noticias y comunicados

Las noticias y comunicados emitidos permiten dar cuenta de las principales acciones desarrolladas por la entidad para beneficio de la ciudadanía. Asimismo, permite brindar información oficial del Estado hacia la ciudadanía con la finalidad de contrarrestar las noticias falsas que puedan ocasionar desinformación.

Veintitrés de las 30 entidades vienen difundiendo información sobre las noticias y comunicados en sus PTE. En el caso de las 7 entidades restantes, se identificó que el Ministerio de Agricultura y Riego y la Municipalidad Provincial de Casma presentaron fallas en la operatividad del enlace20 y que junto al Ministerio de Economía y Finanzas, los gobiernos regionales de Loreto21 e Ica22, la Municipalidad Metropolitana de Lima23 y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU24 no actualizaron las noticias y/comunicados en su PTE, a pesar de que vienen difundiendo información de manera actualizada en su portal institucional.

4.1.2 Información respecto a los funcionarios y servidores de la entidad

Uno de los principales intereses de la ciudadanía es tener información referente a los funcionarios y servidores públicos a cargo de la gestión del Estado. De acuerdo al Informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública 201925 elaborado por la ANTAIP, la segunda categoría de información más solicitada por la población es la referida al personal que labora en la entidad. Entre la que se encuentra el nombre del funcionario o servidor, régimen laboral, cargo, dependencia y/u oficina, remuneración, honorarios, incentivos, aguinaldo, gratificación, escolaridad y otros ingresos.

En ese sentido, se verificó la publicación de información en el PTE del directorio de la entidad, la declaración jurada de intereses, así como las remuneraciones del personal.

20 Tratándose del Ministerio de Agricultura y Riego el enlace al PTE dirige a su portal institucional, mientras que el enlace de la Municipalidad Provincial de Casma presenta problemas en el funcionamiento. 21 El Gobierno Regional de Loreto no publica ningún enlace en el rubro de Actividades Oficiales del PTE.22 El Gobierno Regional de Ica publica enlaces correspondientes hasta el año 2019.23 La Municipalidad Metropolitana de Lima publica enlaces correspondientes hasta el año 2019. 24 La Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU no publica ningún enlace en el rubro de Actividades Oficiales del PTE. 25 En el Informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública 2019 se detalla el Tipo de información requerida con mayor frecuencia de manera general y por grupo de entidades. Pág. 27. Ver en: https://bit.ly/2ColKCQ

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Fuente: elaboración propia

Directorio

El directorio de la entidad permite conocer y contactar a las personas a cargo de la función pública en una institución estatal. Esta información es relevante ya que favorece la comunicación entre la ciudadanía y el Estado.

Se verificó la publicación en el PTE del directorio de las entidades a través de la Plataforma GOB.PE, de acuerdo a lo establecido por la Directiva N° 001-2017-PCM/SGP, “Lineamientos para la implementación de los PTE de las entidades de la Administración Pública”26.

Veintidós de las 30 entidades supervisadas vienen difundiendo en el PTE sus directorios a través de la plataforma GOB.PE. Las entidades restantes, con excepción de la Municipalidad Provincial de Casma27, si bien vienen publicando la información, esta no se realiza a través de la mencionada plataforma sino a través de un espacio en sus portales institucionales. Esta duplicidad de sitios para la publicación de información conlleva –en muchos casos– que la información de alguna de estas no se actualice originando confusión a la ciudadanía respecto a su vigencia.

Las 7 entidades que no utilizan la plataforma GOB.PE para la difusión del directorio en sus PTE, son los gobiernos regionales de Loreto, Lambayeque, Tumbes e Ica, la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Provincial del Santa y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU.

Declaración jurada de intereses

La declaración jurada de intereses tiene por finalidad transparentar información relevante de los sujetos obligados, para la detección y prevención de conflictos de intereses, como requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública28.

Se verificó su publicación en el módulo de declaraciones juradas del PTE, a través de un enlace en el rubro de Datos Generales del PTE y en el enlace a la Plataforma Única de Declaración Jurada de Intereses. Para la verificación de información en la Plataforma Única de Declaración Jurada de Intereses, se tuvo en cuenta la relación publicada de funcionarios y servidores y el “Estado” de la publicación, la cual puede ser “Ver DJ” o “Falta DJ”.

26 Aprobada por la Resolución Ministerial 035-2017-PCM. 27 La Municipalidad Provincial de Casma no difunde el directorio de sus funcionarios en su portal institucional y el enlace en el PTE presenta fallas en su funcionamiento. 28 Artículo 2 del Decreto de Urgencia 020-2019 que establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses en el sector público.

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Directorio Declaración jurada de intereses Remuneraciones

PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN ENERO A JULIO 2020

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Al respecto se identificó que la Contraloría General de la República29, los gobiernos regionales de Ica, Piura y Tumbes y las municipalidades provinciales de Casma, del Santa y Huarmey, no vienen publicando información al respecto en sus PTE.

En ese sentido, se identificó que, si bien en las 23 entidades restantes se publica progresivamente la información de varios funcionarios y servidores en la Plataforma Única de Declaración Jurada de Intereses o a través de enlaces en su PTE, hasta el momento en ninguna de las entidades supervisadas se ha difundiendo la información por la totalidad de los sujetos obligados, ya que varios de estos aún se mantiene el aviso “Falta DJ” en la columna de “Estado” de la declaración.

Remuneraciones

Las remuneraciones de aquellos que prestan servicios al sector público son de libre acceso para la ciudadanía, en tanto dicha información está relacionada con la ejecución del presupuesto del Estado30. Se verificó la publicación de información referida a las remuneraciones de los funcionarios y servidores públicos en el módulo correspondiente del PTE31.

Al respecto se identificó que solo 10 de las 30 entidades supervisadas vienen publicando las remuneraciones de manera actualizada. Estas son el Congreso de la República, el Poder Judicial, la Contraloría de la República, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público, el Ministerio de Defensa, el Gobierno Regional de Piura, la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil y el Seguro Social de Salud – Essalud.

4.1.3 Información referente a la ejecución del presupuesto y contrataciones de la entidad

La transparencia en la ejecución del presupuesto y las contrataciones públicas posibilita el control social, inhibiendo la corrupción. En ese sentido, la difusión de esta información es de gran relevancia para la ciudadanía ya que permite vigilar de cerca las compras que se han venido realizando, especialmente durante el Estado de Emergencia.

En este apartado se supervisó la publicación de información respecto al presupuesto, las contrataciones directas, los procesos de selección de bienes y servicios y las órdenes de bienes y servicios.

29 La Contraloría General de la República viene difundiendo la declaración jurada de intereses de todos sus funcionarios y servidores, así como de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, a través del Sistema de Declaraciones Juradas de Intereses (https://appdji.contraloria.gob.pe/djic/). La publicación de esta información se realiza en el marco del artículo 28 de la Ley 27785, “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”, la Ley 30742, “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control” y la Resolución de Contraloría 480-2018-CG, que aprueba la Directiva 0010-2018-CG/GDET “Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses”. Cabe mencionar que el enlace a este sistema no se viene difundiendo en su PTE. 30 Párrafo 24 de la Opinión Consultiva 037-2019-JUS/DGTAIPD, sobre el acceso a datos personales de los funcionarios públicos a través de las solicitudes de acceso a la información pública. Ver en: https://bit.ly/30sxmNl 31 Se incluye los siguientes regímenes laborales: Contratación Administrativa de Servicios – CAS (Decreto Legislativo N° 1057), Carrera Administrativa (Decreto Legislativo N° 276), Régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), Personal Altamente Calificado – PAC, Fondo de Apoyo Gerencial – FAG (Decreto Legislativo N° 25650), Convenios de administración con PNUD, Altosfuncionarios, Pensionistas y Ley del Servicio Civil (Ley Servir).

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

13

Fuente: elaboración propia

Presupuesto

Las 30 entidades vienen difundiendo información sobre la ejecución de su presupuesto. 29 de ellas, la difunden a través de la interoperabilidad con el Ministerio de Economía y Finanzas, solo la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS y el Seguro Social de Salud – Essalud lo difunden a través de la publicación de documentos en formato PDF.

Contrataciones

Respecto a las contrataciones, las 30 entidades supervisadas vienen publicando información de las contrataciones directas y los procesos de selección de bienes y servicios a través de la interoperabilidad con el Seace y conforme a los plazos vigentes32.

No obstante, respecto a las órdenes de bienes y servicios se ha identificado que solo 20 entidades vienen difundiendo información de manera actualizada. Al respecto es relevante señalar que 7 de ellas lo realizan a través de la interoperabilidad con el Seace, estas son el Poder Judicial, los ministerios de Defensa y la Producción, los gobiernos regionales de Lambayeque, La Libertad y Loreto y el Instituto Nacional Penitenciario – Inpe. Las entidades restantes realizan la publicación de manera manual en el módulo dispuesto en el PTE.

Por el contrario, de las 10 entidades que no han actualizado la información, es relevante señalar que el Congreso de la República, el Ministerio Público y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones han publicado información hasta el mes de mayo. Mientras que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ha publicado información hasta enero y los gobiernos regionales de Tumbes e Ica y las municipalidades provinciales de Casma, del Santa y Huarmey, no han publicado información durante el 2020, es decir con fecha previa a la declaración del Estado de Emergencia Nacional.

32 De conformidad con los dispuesto en los Decretos de Urgencia 026, 027, 028, 031, 032 y 033, determinadas entidades tienen hasta 30 días hábiles para regulariza la información en el Seace.

30 30 30

20

Presupuesto Contrataciones directas Procesos de selección de bienes yservicios

Ordenes de bienes y servicios

PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN ENERO A JULIO 2020

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14

4.1.4 Mecanismos para el acceso a la información

En este apartado se supervisó la publicación de información en Portal de Datos Abiertos y el formulario de solicitud de acceso a la información.

Fuente: Elaboración propia

Plataforma Nacional de Datos Abiertos

La Plataforma Nacional de Datos Abiertos33 es la plataforma digital que permite encontrar, explorar y reutilizar datos gubernamentales de manera simple, segura y confiable para crear aplicaciones, realizar investigaciones, analizar oportunidades de negocio, desarrollar la economía, ejercer el control ciudadano y contribuir al diseñar diseño de las políticas públicas34.

Durante el Estado de Emergencia Nacional, se implementó una categoría específica para la difusión de información referente a la COVID-19 en el que las entidades han venido difundiendo información de casos positivos, bonos entregados, presupuesto ejecutado, así como contrataciones realizadas. De la revisión de este espacio, se identificó que sólo 3 de las 30 entidades supervisadas vienen publicando información en la Plataforma de Datos Abiertos, estas son el Ministerio de Economía y Finanzas35, el Ministerio de Salud36 y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social37.

33 Ver en: https://www.datosabiertos.gob.pe/datos-abiertos-0 34 Cabe mencionar que las entidades pueden implementar su propio portal de datos abiertos, tal como lo han realizado el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Producción el Ministerio de Salud, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil y la Municipalidad Metropolitana de Lima.35 A la fecha, el Ministerio de Economía y Finanzas viene publicando información en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos, entre la que se encuentra el conjunto de datos (dataset) denominado “Donaciones COVID – 19” , a través del cual se difunden los “datos registrados por las Unidades Ejecutoras del Sector Salud - MINSA, en el Módulo de Almacén del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), sobre los bienes ingresados al almacén con la denominación donación, procedente de personas naturales, jurídicas y otras”, y el conjunto de datos (dataset) denominado “Ejecución Presupuestal - COVID -19”, a través del cual se difunden “el conjunto de datos publicado corresponde a un subconjunto de datos de la Consulta Amigable de Gasto disponible en el Portal de Transparencia Económica del MEF, y contiene la Información del Presupuesto Institucional Modificado (PIM), y la ejecución de gasto en las fases de Compromiso, Devengado y Girado correspondiente a las Unidades Ejecutoras (UEs) del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades de los Gobiernos Locales, sobre la distribución y ejecución de los recursos públicos para la lucha contra el COVID-19.” 36 A la fecha, el Ministerio de Salud viene publicando información en Plataforma Nacional de Datos Abiertos, entre la que se encuentra el conjunto de datos (dataset) denominado “Fallecidos por COVID-19”, a través del cual se difunden el “conjunto de datos publicado corresponde Fecha de Nacimiento, Fecha de Fallecimiento, Sexo, Departamento, Provincia y Distrito.”; el conjunto de datos (dataset) denominado “Información de Fallecidos del Sistema Informático Nacional de Defunciones – SINADEF” a través del cual se difunde información del “Sistema Informático Nacional de Defunciones (SINADEF), es el aplicativo informático que contiene los datos del fallecido, genera el certificado de defunción y el informe estadístico; incluye las defunciones fetales, las defunciones generales y las diagnósticos y antecedentes de enfermedad de causas de defunción, los datos son preliminares a la fecha”; el conjunto de datos (dataset) denominado “Distribución de Equipos de protección personal por COVID-19”; a través del cual se difunden “las adquisiciones COVID-19 Nacional”; el conjunto de datos (dataset) denominado “Casos positivos por COVID-19”, a través del cual se difunden “los datos publicados, corresponden al total de casos reportados que dieron positivo al COVID – 19, por departamento, provincia y distrito. Adicionalmente encontraran datos que son de interés nacional, los mismos que se ponen a disposición de la ciudadanía”. 37 A la fecha, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social viene publicando información en esta plataforma, entre la que se encuentra el conjunto de datos (dataset) denominado “Bonos COVID-19” , a través del cual se difunden los “datos anonimizados sobre el subsidio monetario de 380 soles para los hogares en condición de pobreza o pobreza extrema, de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares, que se encuentren en los ámbitos urbanos con mayor vulnerabilidad sanitaria, definidos por el Ministerio de Salud”

3

20 21

Plataforma Nacional de Datos Abiertos Formulario virtual Formulario fisico

PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN ENERO A JULIO 2020

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Formularios de solicitudes de acceso a la Información Pública

Los formularios de solicitudes de acceso a la información pública son una herramienta de la transparencia. Si bien de acuerdo a la normativa vigente no es obligatorio la implementación de un formulario virtual, las características de este Estado de Emergencia Nacional han llevado a que algunas entidades lo implementen con la finalidad de seguir garantizando el derecho de acceso a la información pública.

En ese sentido se verificó la publicación en el rubro de Acceso a la Información al PTE un enlace a un formulario virtual y/o físico para formular solicitudes de acceso a la información pública.

Veinte de las 30 entidades supervisadas han implementado un formulario virtual o un correo electrónico destinado a la recepción de solicitudes de acceso a la información enlazado a su PTE.

Las entidades que no vienen difundiendo en su PTE medios virtuales para la atención de solicitudes de acceso a la información son: el Poder Judicial, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, la Presidencia del Consejo de Ministros, los gobiernos regionales de Lambayeque y Tumbes, las municipalidades provinciales de Casma y Huarmey, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao38.

4.2 Canastas básicas familiares

El artículo 2 del Decreto de Urgencia 033-2020, autoriza a los gobiernos locales, de manera excepcional y durante el año fiscal 2020, a efectuar la adquisición y distribución de bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar39.

Asimismo, en el inciso 2.9 del artículo 2 se establece que los gobiernos locales deberán publicar en su portal institucional o en su defecto, en lugar visible que permita su publicidad, la lista de personas que fueron beneficiadas con la entrega de productos en un plazo máximo de 15 días calendario de culminada la Emergencia Sanitaria.

En ese sentido, respecto a la difusión de información referida a las canastas básica familiares se verificó la publicación de información de los beneficiados en el portal institucional de la entidad, así como en otros espacios virtuales de difusión.

38 Cabe mencionar que el Poder Judicial, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, la Presidencia del Consejo de Ministros, los gobiernos regionales de Lambayeque y Tumbes, las municipalidades provinciales de Casma y Huarmey, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil han indicado en la encuesta virtual que reciben las solicitudes de acceso a la información a través de un correo electrónico y la mesa de partes. No obstante, esta información no es difundida en el rubro de Acceso a la Información del PTE. Por su parte, en el caso de la Municipalidad Provincial de Casma, se presentan fallas en la operatividad del enlace para acceder al formulario de acceso a la información. 39 Ver en: https://bit.ly/3fH0iHT

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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4.2.1 Medio de difusión de la lista de beneficiarios

Se verificó la publicación de la lista de beneficiarios en el portal institucional de la entidad y el PTE, así como en las redes sociales Facebook e Instagram.

Fuente: Elaboración propia

En relación a la difusión de la lista de beneficiarios de la entrega de canastas, se identificó que 12 de las 25 municipalidades provinciales de departamento, difunden información en alguna plataforma virtual como su portal institucional, el PTE, Facebook o Instagram. Estas son las municipalidades provinciales de Chachapoyas, Cusco, Huancavelica, Huancayo, Huánuco, Ica, Mariscal Nieto, Moyobamba, Piura, Puno, Trujillo y Tumbes.

En relación al medio de difusión más utilizado, se identificó que 8 de las 12 entidades públicas publican información en su portal institucional, seguido por 6 en la red social Facebook, 1 en el PTE y 1 en la red social Instagram.

Respecto al medio de difusión de información, se identificó que 8 municipalidades provinciales utilizan solo uno de estos. Los gobiernos locales que utilizan solo su portal institucional para difundir información son las municipalidades provinciales de Cusco, Huancayo, Mariscal Nieto, Piura y Trujillo, mientras que solo usan Facebook las municipalidades provinciales de Huancavelica, Moyobamba y Tumbes.

Por su parte, 4 municipalidades provinciales utilizan dos medios virtuales para la difusión de información, estas son: la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, en Facebook e Instagram, la Municipalidad Provincial de Ica, en su portal institucional y en el PTE y las municipalidades provinciales de Huánuco y Puno, en su portal institucional y Facebook.

4.2.2 Forma de difusión del registro de beneficiarios

La difusión de información a través de datos abiertos y reutilizables permite que la ciudadanía pueda hacer un tratamiento de la data con la finalidad de realizar un control, así como para generar nueva información de su utilidad.

Se verificó si la información fue difundida a través de un documento Excel, PDF u otro.

8

1

6

1

Portal institucional PTE Facebook Instagram

CANASTAS BÁSICAS FAMILIARESENERO A JULIO 2020

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

17

Fuente: Elaboración propia

Respecto a la difusión de la lista de beneficiarios, de los 12 gobiernos locales que difunden información, 11 lo realizan a través de un documento PDF; estas son las municipalidades provinciales de Chachapoyas, Huancavelica, Huancayo, Huánuco, Ica, Mariscal Nieto, Moyobamba, Piura, Puno, Trujillo y Tumbes.

Por su parte, la Municipalidad Provincial de Cusco difunde esta información a través de un documento de Excel y la Municipalidad Provincial de Puno, además de difundir en un documento PDF lo realiza a través de una imagen.

4.2.3 Información que se difunde en las listas de beneficiarios

Las listas de beneficiarios permiten dar a conocer a la población quién recibió las canastas básicas familiares. Una de las finalidades de la difusión de esta información es asegurar la idoneidad de los beneficiarios.

Se verificó la información que se difunde en la lista de beneficiarios de las canastas básicas familiares.

Fuente: Elaboración propia

11

1 1

PDF Excel Otro

CANASTAS BÁSICAS FAMILIARESENERO A JULIO 2020

12 12

5

9

5

34

Nombres y apellidos DNI Dirección Sector Fecha de entrega Número deintegrantes delgrupo familiar

Otros

CANASTAS BÁSICAS FAMILIARESENERO A JULIO 2020

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18

Las 12 municipalidades provinciales que publican información difunden el nombre y el Documento Nacional de Identificación (DNI) de los beneficiarios, 5 la dirección del domicilio, 9 el sector, 5 la fecha de entrega, 3 municipalidades provinciales difunden el número de integrantes del grupo familiar y 2 la firma del beneficiario.

Asimismo, se ha identificado que la Municipalidad Provincial de Huancavelica incluye la firma y huella del beneficiario, la Municipalidad Provincial de Moyobamba detalla la condición económica y si recibió el Bono 380, la Municipalidad Provincial de Piura detalla el rango de edad de los miembros de la familia, discapacidad, código enfermedad crónica, gestante y la condición de la vivienda y la Municipalidad Provincial de Trujillo, la firma de beneficiario, así como su actividad económica.

Al respecto, es relevante señalar que en la Opinión Consultiva 021-2020-JUS/DGTAIPD40 se señaló que los datos personales referidos al nombre, apellidos y región de los beneficiarios de programas sociales o de subsidios monetarios del Estado, son de acceso público y pueden publicitarse a través de las herramientas de transparencia activa. Asimismo, la publicación de cualquier otro dato personal como, por ejemplo, su dirección domiciliaria, firma o información de contacto, como correo electrónico, teléfono celular, imagen, así como documentos que pueden develar la actividad económica de los usuarios, no debe ser publicada, en estricto respeto al principio de proporcionalidad, regulado en el artículo 7 de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales41.

En ese sentido, 5 de las entidades supervisadas estarían vulnerando los datos personales de la población al detallar su dirección domiciliaria, estas son las municipalidades provinciales de Mariscal Nieto, Moyobamba, Piura, Trujillo y Tumbes. Así mismo, Municipalidad Provincial de Huancavelica al publicar la firma y huella digital del beneficiario y la Municipalidad Provincial de Trujillo al publicar la firma.

4.3 Entrega de bonos

El Reporte nacional de entrega de bonos (https://bonos.servicios.gob.pe/), brinda información respecto a su avance a nivel nacional y contiene enlaces que remiten a los espacios virtuales para que los ciudadanos puedan verificar si son beneficiarios.

Si bien la difusión de esta información se realiza a través de la plataforma GOB.PE a cargo de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo a lo señalado en la plataforma, los datos generados son brindados por las siguientes entidades:

- Bono “Yo me quedo en casa”: A cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

- Bono Rural: A cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

- Bono familiar universal: A cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

- Bono Independiente: A cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Por otro lado, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solo vienen difundiendo en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos, información de los beneficiarios de los bonos “Yo me quedo en casa”42 e “Independiente”43, respectivamente.

40 Párrafos 30 y 31 de la Opinión Consultiva 21-2020-JUS/DGTAIPD sobre la publicación de la relación de personas beneficiadas con el subsidio a familias vulnerables. Ver en: https://bit.ly/3g2MXd2 41 En el que se establece que “todo tratamiento de datos personales debe ser adecuado, relevante y no excesivo a la finalidad para la que estos hubiesen sido recopilados», pues tal publicidad podría vulnerar el derecho a la intimidad de los beneficiarios o usuarios del subsidio a familias vulnerables.”42 Datos anonimizados sobre el subsidio monetario de 380 soles para los hogares en condición de pobreza o pobreza extrema, de acuerdo al Sistema de Focalización de Hogares, que se encuentren en los ámbitos urbanos con mayor vulnerabilidad sanitaria, definidos por el Ministerio de Salud.43 Dataset construido a partir de los padrones de beneficiarios generados por el programa social Trabaja Perú y los reportes de las entidades financieras encargadas de la entrega de bonos a ciudadanos

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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La información que se viene difundiendo en ambos registros se encuentra dentro del marco de lo señalado por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, así se difunde en:

- Bono “Yo me quedo en casa”: Información referente al código de hogar, ubigeo, departamento, provincia, distrito, género, discapacidad severa y si la persona es mayor de edad.

- Bono “Independiente”: Información referente al código de hogar, ubigeo, departamento, provincia, distrito, persona hogar, monto, tipo de bono, bono cobrado, fecha de cobro, medio de cobro y fecha de actualización.

No obstante, como bien se ha señalado líneas arriba existe información sobre los beneficiarios de los subsidios estatales que puede ser difundida (como nombres, apellidos y número de DNI) que permitirá una mejor vigilancia por parte de la ciudadanía respecto a la ejecución del presupuesto público para la entrega de bonos.

4.4. La atención de solicitudes de acceso a la información pública durante el Estado de Emergencia

La ANTAIP solicitó a las 54 entidades supervisadas el llenado de una encuesta virtual sobre la atención de solicitudes de acceso a la información pública durante el Estado de Emergencia Nacional decretado como consecuencia de la emergencia sanitaria motivada por la COVID-19.

La encuesta fue llenada por 41 de las 54 entidades supervisadas entre el 9 al 23 de julio del 2020. En el procesamiento de la información se identificó que hubo entidades que remitieron las respuestas de sus diferentes sedes de manera desagregada, no obstante, solo se tomó en cuenta la información remitida por las sedes centrales. Los hallazgos fueron los siguientes:

4.4.1 Implementación de un medio virtual para la atención de solicitudes de acceso a la información pública durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

Fuente: Elaboración propia

En la encuesta, 35 de las 41 entidades que remitieron información, indicaron que han implementado un medio virtual para la atención de solicitudes de acceso a la información pública a través del cual reciben, tramitan (derivan) internamente la solicitud y remiten la respuesta a la ciudadanía.

Por otro lado, 3 entidades públicas indicaron que no han implementado ningún medio virtual, estas son la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao y las municipalidades provinciales de Mariscal Nieto y Huaraz.

Asimismo, 3 entidades indicaron que el medio virtual para la atención de solicitudes se encuentra en vías de implementación, estas son el Gobierno Regional de Loreto y las municipalidades provinciales de Tacna y Huancavelica.

35 (86%)

3 (7%)

3 (7%)

IMPLEMENTACIÓN DE UN MEDIO VIRTUAL PARA ATENCIÓN DE SAIP DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Sí. Recibe, tramita (deriva) internamente la solicitud y remite la respuesta de laentidad por la vía virtual

No. La entidad no ha implementado ningún medio virtual

No, pero está en vías de implementarse

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20

4.4.2 Vigencia del medio virtual implementado para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

13 (37%)

12 (34%)

10 (29%)

VIGENCIA DEL MEDIO VIRTUAL PARA ATENCIÓN DE LAS SAIP RESPECTO DEL ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Sí, ya existía

Si, ya existía, pero se produjeron mejoras a raíz delEstado de Emergencia

No, no existía

Fuente: Elaboración propia

De las 35 entidades públicas que indicaron que contaban con un medio virtual para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública, 13 (37%) señalaron que ya contaban con este sistema antes del inicio del Estado de Emergencia Nacional, estos son: la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, la Presidencia del Consejo de Ministros, los ministerios de Educación, Defensa, Desarrollo e Inclusión Social, Salud y Transportes y Comunicaciones, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE, el Seguro Social de Salud – Essalud, los gobiernos regionales de Lambayeque y Piura y las municipalidades provinciales de Piura y Trujillo.

Asimismo, 12 (34%) entidades públicas señalaron que realizaron mejoras a su sistema a raíz de esta situación, estas son: la Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, los ministerios de Agricultura y Riego, Economía y Finanzas y Producción, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, el Gobierno Regional de La Libertad, la Municipalidad Metropolitana de Lima, las municipalidades provinciales de Cajamarca, Chachapoyas, Chiclayo y Coronel Portillo.

Por su parte 10 (29%) entidades públicas indicaron que no existía un medio virtual para la atención de las solicitudes de acceso a la información, previamente a la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional, estas son: el Poder Judicial, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, el Gobierno Regional de Ica y las municipalidades provinciales del Callao, Casma, Cusco, Huamanga, Huancayo, Pasco y Tumbes.

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

21

4.4.3 Tipo de medio virtual empleado para la atención de solicitudes de acceso a la información pública durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

18

24

29

Formulario Virtual Correo electrónico Mesa de partes virtual

TIPO DE MEDIO VIRTUAL EMPLEADO PARA ATENCIÓN DE SAIP DURANTE ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Fuente: Elaboración propia

De acuerdo a lo informado por las entidades el medio virtual más empleado para la atención de solicitudes de acceso a la información es la mesa de partes virtual (29), seguida por el correo electrónico (24) y el formulario virtual (18).

De las entidades que utilizan solo un medio virtual para la atención de solicitudes, 3 indicaron que utilizan solo el formulario virtual, estas son el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional de Piura y la Municipalidad Provincial de Pasco. La entidad que solo utiliza el correo electrónico es la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Mientras que las 6 entidades que solo utilizan la mesa de partes virtual son las municipalidades provinciales de Callao, Casma, Chiclayo, Cusco, Huancayo y Tumbes.

En el caso de las entidades que han implementado 2 medios virtuales para la atención de solicitudes de acceso a la información, informaron que utilizan formulario virtual y correo electrónico el Ministerio de Transportes y Comunicaciones44 y la Municipalidad Provincial de Trujillo. Mientras que las entidades que utilizan correo electrónico y mesa de partes virtual son la Defensoría del Pueblo45, los gobiernos regionales de Lambayeque y La Libertad, las municipalidades provinciales de Chachapoyas, Huamanga y Piura, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, el Poder Judicial, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil y el Instituto Nacional Penitenciario – INPE. Las entidades que implementaron formulario virtual y mesa de partes virtual son el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Las entidades que han utilizado los 3 medios son la Presidencia del Consejo de Ministros y los ministerios de Agricultura y Riego, Economía y Finanzas, Producción y Salud, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, la Contraloría General de la República, el Seguro Social de Salud – Essalud, el Gobierno Regional de Ica, la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial de Cajamarca.

44 Al respecto, precisó que en el sistema implementado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones denominado SAIP, se recibe y atiende las solicitudes de Acceso a la Información, el correo electrónico se utiliza para atender solicitudes a través del sistema, y como medio de comunicación interna a efectos que las áreas usuarias remitan la información para su correspondiente atención.45 La Defensoría del Pueblo precisó que se utilizan los correos electrónicos de cada dependencia a nivel nacional y además se atendían consultas vía telefónica a nivel nacional.

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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4.4.4 Estado de atención de las solicitudes de acceso a la información recibidas durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

Fuente: Elaboración propia

De acuerdo a lo informado por las 41 entidades que remitieron las respuestas de la encuesta, solo 3 no recibieron solicitudes de acceso por ningún medio (ni virtual ni físico). Estas son: las municipalidades provinciales de Casma, Cusco y Huancavelica.

Las 38 entidades restantes46 indicaron que recibieron 9651 solicitudes de acceso a la información, de las cuales 7198 (74%) fueron atendidas, 1986 (21%) se encuentran en trámite para ser atendidas y 467(5%) son solicitudes no atendidas.

Cabe mencionar que las siguientes entidades indicaron que no utilizaron un medio virtual para su recepción de solicitudes de acceso a la información, estas son: la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, el Gobierno Regional de Loreto y las municipalidades provinciales de Mariscal Nieto y Tacna.

4.4.5 Atención de solicitudes de acceso a la información en el plazo legal durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

Fuente: Elaboración propia

46 No se ha incluido los datos de la Municipalidad Provincial de Huaraz, debido a inconsistencias con la sumatoria de la información remitida.

4 (12%)

18 (51%)

12 (34%)

1 (3%)

ATENCIÓN DE LAS SAIP EN EL PLAZO LEGAL DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Sí, todas ellas Sí, la gran mayoría No, solo algunas No, ninguna

7198 (74%)

1986(21%)

467 (5%)

ESTADO DE ATENCIÓN DE LAS SAIP RECIBIDAS DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Solicitudes atendidas Solicitudes en trámite Solicitudes no atendidas

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

23

Treinta y cinco de las 38 entidades públicas que recibieron solicitudes de acceso a la información, indicaron que estas fueron atendidas. 18 (51%) indicaron que atendieron la mayoría de las solicitudes de acceso en el plazo de ley, 12 (34%) indicaron que no atendieron las solicitudes de acceso a la información en el plazo legal, solo en algunos casos.

Mientras que 4 (12%) indicaron que atendieron todas las solicitudes que recibieron, estas son la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, el Gobierno Regional de Piura y las municipalidades provinciales de Tacna y Chachapoyas y 1 (3%) indicó que no atendió ninguna solicitud en el plazo legal, esta es el Gobierno Regional de Loreto.

4.4.6 Motivos por los que no se pudo atender las solicitudes de acceso a la información en el plazo legal durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

Fuente: Elaboración propia

De las 13 entidades públicas que indicaron no atender las solicitudes de acceso a la información en el plazo legal, 10 señalaron que era imposible o muy difícil atender las solicitudes porque versaban sobre información que se encontraba físicamente en las sedes institucionales, no estaba digitalizada o el personal se encontraba acatando el aislamiento social obligatorio.

Mientras que el Instituto Nacional Penitenciario – INPE indicó que se debía a que era imposible o muy difícil atender las solicitudes por lo voluminoso de estas y el escaso personal que se encontraba laborando durante el Estado de Emergencia Nacional. Por su parte, la Municipalidad Provincial de Huaraz indicó que no se atendieron por disposición de las unidades poseedoras de la información o de la Alta Dirección de la entidad. Finalmente, la Municipalidad Provincial de Pasco precisó que los documentos que se solicitaban se encontraban en la institución y el responsable de su atención en situación de cuarentena.

1 (8%)

10 (76%)

1 (8%)

1 (8%)

MOTIVOS POR LOS QUE NO SE PUDO ATENDER LAS SAIP EN EL PLAZO LEGAL DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Volumen del pedido y escasez de personal

Imposibilidad de acceder a la información

Disposición de las unidades poseedoras o de la AltaDirección

Otros

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

24

4.4.7 Materias requeridas en las solicitudes de acceso a la información pública durante el Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19

1.452.05

1.08 1.33

5.8

Presupuesto/Ejecuciónde gasto

Contrataciones yadquisiciones

Donaciones recibidas ydestino de las mismas

Beneficiarios/as de lascanastas, subsidios o

bonos brindados por elEstado

Otros

MATERIAS REQUERIDAS EN LAS SAIP DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA POR COVID - 19

Fuente: Elaboración propia

En relación a las materias requeridas por la ciudadanía a través de las solicitudes de acceso a la información pública, las entidades informaron en un rango del 1 al 10 el grado de frecuencia con que estas fueron requeridas. Así se identificó que con un promedio del 2.5 se requirió información referida a contrataciones y adquisiciones; con un promedio del 1.45, se requirió información respecto al presupuesto y ejecución del gasto; con un promedio del 1.08, información respecto a donaciones recibidas y destino de las mismas y con un promedio del 1.33, se solicitó información en relación a los beneficiarios/as de las canastas, subsidios o bonos brindados por el Estado.

Por su parte, con un promedio del 5.8 se optó por la opción “Otros”. Así las cosas, las entidades del Poder Ejecutivo, precisaron lo siguiente:

- El Ministerio de Defensa señaló que solicitaron información referente a trámites personales y a información sobre la solicitud de pase vehicular.

- El Ministerio de Economía y Finanzas indicó que les requirieron informes técnicos y legales que sirvieron de sustento para dispositivos normativos.

- El Ministerio de la Producción señaló que le solicitaron expedientes administrativos coactivos, sancionadores, estudios de impacto ambiental u otros instrumentos de gestión ambientales, información estadística del sector pesca como industria.

- El Ministerio de Salud indicó que le requirieron información sobre estadísticas de la COVID-19, normatividad del sector con relación a la COVID-19 (decretos supremos, resoluciones ministeriales, directivas, normas técnicas, protocolos y lineamientos). Asimismo, a través de acceso a la información pública, se recibieron consultas de la ciudadanía sobre bonos, subsidios, atenciones en centros de salud, entre otros; en ese supuesto, estas fueron canalizadas a las áreas o entidades competentes.

- El Ministerio de Educación comunicó que le requirieron información referente a la atención de la Plataforma Matrícula 2020 e información referida a la Evaluación Censal de Estudiantes – ECE del 2019.

- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social indicó que le solicitaron información referente a clasificación socioeconómica.

- El Ministerio de Transporte y Comunicaciones indicó que les requirieron información de expedientes, estudios técnicos, informes sobre proyecto de infraestructura vial, telecomunicaciones y transporte.

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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- El Ministerio de Agricultura y Riego informó que le solicitaron información estadística de producción de café, cacao, quina, exportación de productos, estudios ambientales, copia de convenios de proyectos de irrigación, informes de ejecución de núcleos ejecutores, y canales de irrigación, presupuesto de canales, copia de resoluciones y documentos relacionados con saneamiento de tierras.

- La Presidencia del Consejo de Ministros indicó que les solicitaron dispositivos normativos, exposición de motivos, informes técnicos u otros usados de sustento para la elaboración de dispositivos normativos, instrumentos de gestión institucional, información de sus órganos o unidades orgánicas, información competencia de otras entidades, solicitudes de desarrollo de consultas, solicitudes requiriendo opiniones.

En tanto, los Gobiernos Regionales reportaron:

- El Gobierno Regional de La Libertad indicó que le solicitaron información sobre boletas de pago de personal cesante, declaraciones de impacto ambiental, normatividad sobre reinicio de actividades mineras, copias de expedientes administrativos.

- Los gobiernos regionales de Piura y Lambayeque indicaron que les solicitaron información referente a los viajes humanitarios.

- El Gobierno Regional de Loreto indicó que le solicitaron información referente a concesiones Forestales e información sobre el personal.

- El Gobierno Regional de Ica respecto a planos, actas de inspección documentos de proyectos, información sobre entrega de licencias de conducir, estudios de factibilidad, permisos de pesca, de revalidación de autorización de resoluciones, copias de declaraciones de impacto ambiental, copias de expedientes administrativos, de adjudicación de iniciativa privada, copias de documentos de gestión ambiental y de energía y minas.

A su vez, los gobiernos locales informaron lo siguiente:

- La Municipalidad Provincial de Tumbes, indicó que requirieron ordenanzas municipales emitidas durante la emergencia respecto a transporte.

- La Municipalidad Provincial de Piura, sobre construcción y presupuesto.

- La Municipalidad Provincial de Tacna, de resoluciones de gerencia y expedientes administrativos.

- La Municipalidad Provincial del Callao, le solicitaron copia de expediente de certificado de parámetros catastral de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, copia de expediente correspondiente a papeleta de infracción de la Gerencia General de Transporte Urbano, copia certificada de contratos como locador de la Gerencia de Personal.

- La Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto indicó que le solicitaron información referida a resoluciones de alcaldía de las gestiones anteriores de los años 2000, 2014, 2015.

- La Municipalidad Provincial de Pasco precisó que le solicitaron información referente al mantenimiento de caminos vecinales.

- La Municipalidad Provincial de Trujillo, señaló que solicitaron información sobre partidas de matrimonio, partidas de nacimiento, certificados de defunción, boletas de pago, copias de expedientes archivados y copias de resoluciones.

- La Municipalidad Provincial de Chachapoyas comunicó que requirieron información respecto al registro de expediente sobre inicio de procedimiento administrativo.

- La Municipalidad Provincial de Huancayo indicó que solicitaron las grabaciones de cámaras, copia de licencia de letrero, copia de actuados de modificación de vehículo y copia de actuados de lotes.

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- La Municipalidad Provincial de Cajamarca señaló que le solicitaron información referida a planos de lotización, cámaras de video vigilancia, licencias de edificaciones, licencias de funcionamiento, unidades vehiculares y sobre todo copias de expedientes.

- La Municipalidad Provincial de Huaraz, informó que le solicitaron información sobre el pago de papeletas de infracción de tránsito y copias de expediente de administración de titulación de predio.

El Poder Judicial indicó que le solicitaron información referida a estadística jurisdiccional y sentencias; la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS indicó que le requirieron información sobre el sistema financiero y sistema privado de pensiones; el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación indicó que le solicitaron información se referida a denuncias, tipos de denuncia, copia de casos fiscales, pago de vacaciones, registros de casos de violencia doméstica, reportes de reclamos o quejas de la oficina de tramite documentario; la Contraloría General de la República indicó que le solicitaron información referida a recursos humanos y a los servicios de control realizados; la Defensoría del Pueblo señaló que recibió solicitudes de acceso referidas a información de personal, camas uci, resoluciones, informes, oficios, quejas, normas, directivas, protocolos, estadísticas de fallecidos COVID-19 según origen étnico y documentación.

El Instituto Nacional Penitenciario – INPE, señaló que le requirieron información referida a los contagios por la COVID-19 de internos y personal; la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, respecto a información del Sistema de Inspección del Trabajo; la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, señaló de manera general que le requirieron documentos y el Seguro Social de Salud – Essalud informó que le solicitaron información referida a los documentos de gestión administrativa, información de personal y proyectos de inversión.

4.4.8 Medidas propuestas para atender solicitudes de acceso a la información en un contexto de emergencia

17

13

9

7

5 5

3

Digitalización de ladocumentación

Atención virtual delas solicitudes de

acceso a lainformación

Fortalecimiento deconocimientos y

servicios virtuales ala ciudadanía

Adquisición demejores equipos y/ocontar con mayor de

personal para laatención de lassolicitudes deacceso a lainformación

Ampliación y/oflexibilización de losplazos y requisitosde atención de las

solicitudes deacceso a lainformación

Mejoramiento delprocedimientointerno para laatención de lassolicitudes deacceso a lainformación

Fortalecimiento decapacidades de losfuncionarios de la

entidad

MEDIDAS PROPUESTAS PARA ATENDER LAS SAIP EN UN CONTEXTO DE EMERGENCIA

Fuente: Elaboración propia

En relación a las medidas que las entidades públicas proponen para atender las solicitudes de acceso a la información pública en un contexto de emergencia, se identificó que 17 proponen medidas referentes a la digitalización de la documentación, estas son: el Poder Judicial, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, la Defensoría del Pueblo, los ministerios de Agricultura y Riego, Defensa, Desarrollo e Inclusión Social, Economía y Finanzas y Transportes y Comunicaciones, el Seguro Social de Salud – Essalud, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, los gobiernos regionales de la Libertad y Loreto, la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades provinciales de Huancayo, Piura, Tacna y Pasco.

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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Asimismo, 13 entidades proponen la atención virtual de las solicitudes de acceso a la información, estas son: el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Presidencia del Consejo de Ministros, los ministerios de Educación y Salud, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, los gobiernos regionales de Loreto y Piura y las municipalidades provinciales de Cajamarca, Huancavelica, Huaraz, Tacna y Trujillo.

Por su parte, 9 entidades propusieron medidas relacionadas al fortalecimiento de conocimientos y servicios virtuales a la ciudadanía, estas son: la Defensoría del Pueblo, la Presidencia del Consejo de Ministros, los ministerios de Salud y Producción y las municipalidades provinciales de Casma, Callao, Coronel Portillo, Chachapoyas y Chiclayo. Mientras que 7 entidades propusieron medidas relativas a la adquisición de mejores equipos y/o contar con mayor de personal para la atención de las solicitudes de acceso a la información: el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE, el Seguro Social de Salud – Essalud, los gobiernos regionales de Ica y la Libertad, la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto.

Asimismo, 5 entidades indicaron la ampliación y/o flexibilización de los plazos y requisitos de atención de las solicitudes de acceso a la información, estas son: la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, Presidencia del Consejo de Ministros, el Gobierno Regional de Piura y las municipalidades provinciales de Huamanga y Piura. Además 5 entidades indicaron el mejoramiento del procedimiento interno para la atención de las solicitudes de acceso a la información, estas son: los ministerios de Agricultura y Riego y Salud, el Gobierno Regional de Lambayeque, las municipalidades provinciales de Cusco y Huaraz.

Finalmente, 3 entidades indicaron como medida el fortalecimiento de capacidades de los funcionarios de la entidad, estas son: el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de la Libertad y la Municipalidad Metropolitana de Lima.

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V. CONCLUSIONESPublicación de información en el Portal de Transparencia Estándar (PTE)

1. De las 30 entidades supervisadas, 26 vienen difundiendo en sus páginas web información sobre la mesa de partes virtual. Las entidades que no difundieron información sobre la mesa de partes virtual es sus portales institucionales son el Congreso de la República, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional de Tumbes y la Municipalidad Provincial de Huarmey.

2. Dieciséis de las 30 entidades supervisadas difunden su TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Las restantes, si bien vienen difundiendo esta información, lo hacen a través de documentos en formato PDF; estas son el Poder Judicial, el Congreso de la República, el Ministerio Público, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, los gobiernos regionales de Loreto, Lambayeque y Tumbes, la Municipalidad Metropolitana de Lima, las municipalidades provinciales del Santa, Huarmey y Casma, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU.

3. Veintitrés de las 30 entidades vienen difundiendo información sobre las noticias y comunicados en sus PTE. En el caso de las 7 entidades restantes, se identificó que el Ministerio de Agricultura y Riego y la Municipalidad Provincial de Casma presentaron fallas en la operatividad del enlace y que junto al Ministerio de Economía y Finanzas, los gobiernos regionales de Loreto e Ica, la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU no actualizaron las noticias y/comunicados en su PTE, a pesar de que vienen difundiendo información de manera actualizada en su portal institucional.

4. Veintidós de las 30 entidades supervisadas vienen difundiendo en el PTE sus directorios a través de la plataforma GOB.PE. Las entidades restantes, con excepción de la Municipalidad Provincial de Casma, si bien vienen publicando la información, lo hacen a través de la mencionada plataforma y no en un espacio de sus portales institucionales. Las 7 entidades que no utilizan la plataforma GOB.PE para la difusión del directorio en sus PTE, son los gobiernos regionales de Loreto, Lambayeque, Tumbes e Ica, la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Provincial del Santa y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao – ATU.

5. Se ha verificado que las entidades vienen publicando progresivamente las declaraciones juradas de intereses de sus funcionarios y servidores públicos. Sin embargo, a la fecha de elaboración de este reporte, se constata que ninguna de las entidades supervisadas publicó las declaraciones juradas de todos los sujetos obligados de su entidad.

6. Solo 10 de las 30 entidades supervisadas viene publicando las remuneraciones de manera actualizada. Estas son el Congreso de la República, el Poder Judicial, la Contraloría de la República, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público, el Ministerio de Defensa, el Gobierno Regional de Piura, la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil y el Seguro Social de Salud – Essalud.

7. Las 30 entidades vienen difundiendo información sobre la ejecución de su presupuesto. Veintinueve de ellas, la difunden a través de la interoperabilidad con el Ministerio de Economía y Finanzas, solo la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS y el Seguro Social de Salud – Essalud lo difunden a través de la publicación de documentos en formato PDF.

8. Respecto a las contrataciones, las 30 entidades supervisadas vienen publicando información de las contrataciones directas y los procesos de selección de bienes y servicios a través de la interoperabilidad con el Seace y conforme a los plazos vigentes.

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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9. Específicamente, respecto a las órdenes de bienes y servicios, se ha identificado solo 20 entidades vienen difundiendo información de manera actualizada. Por el contrario, de las 10 entidades que no han actualizado la información, es relevante señalar que el Congreso de la República, el Ministerio Público y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones han publicado información hasta el mes de mayo. Mientras que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ha publicado información hasta enero y los gobiernos regionales de Tumbes e Ica y las municipalidades provinciales de Casma, del Santa y Huarmey, no han publicado información durante el 2020, es decir con fecha previa a la declaración del Estado de Emergencia Nacional.

10. 10. Solo 3 de las 30 entidades supervisadas vienen publicando información en la Plataforma de Datos Abiertos, estas son el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

11. Veinte de las 30 entidades supervisadas han implementado un formulario virtual o un correo electrónico destinado a la recepción de solicitudes de acceso a la información enlazado a su PTE.

12. Las entidades que no vienen difundiendo en su PTE medios virtuales para la atención de solicitudes de acceso a la información, son: el Poder Judicial, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, la Presidencia del Consejo de Ministros, los gobiernos regionales de Lambayeque y Tumbes, las municipalidades provinciales de Casma y Huarmey, el Instituto Nacional Penitenciario – INPE, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao.

Canastas básicas familiares

13. En relación a la difusión de la lista de beneficiarios de la entrega de canastas, se identificó que 12 de las 25 municipalidades provinciales de departamento, difunden información en alguna plataforma virtual como su portal institucional, el PTE, Facebook o Instagram. Estas son las municipalidades provinciales de Chachapoyas, Cusco, Huancavelica, Huancayo, Huánuco, Ica, Mariscal Nieto, Moyobamba, Piura, Puno, Trujillo y Tumbes.

14. Respecto a la difusión de la lista de beneficiarios, de los 12 gobiernos locales que difunden información, 11 lo realizan a través de un documento PDF, estas son las municipalidades provinciales de Chachapoyas, Huancavelica, Huancayo, Huánuco, Ica, Mariscal Nieto, Moyobamba, Piura, Puno, Trujillo y Tumbes. Mientras que, la Municipalidad Provincial de Cusco, difunde esta información a través de un documento de Excel y la Municipalidad Provincial de Puno, además de difundir en un documento PDF, lo realiza a través de una imagen.

15. Las 12 municipalidades provinciales que publican información difunden el nombre y el Documento Nacional de Identificación (DNI) de los beneficiarios, 5 la dirección del domicilio, 9 el sector, 5 la fecha de entrega, 3 municipalidades provinciales difunden el número de integrantes del grupo familiar y 2 la firma del beneficiario.

16. Asimismo, se ha identificado que la Municipalidad Provincial de Huancavelica incluye la firma y huella del beneficiario, la Municipalidad Provincial de Moyobamba detalla la condición económica y si recibió el Bono 380, la Municipalidad Provincial de Piura detalla el rango de edad de los miembros de la familia, discapacidad, código enfermedad crónica, gestante y la condición de la vivienda y la Municipalidad Provincial de Trujillo, la firma de beneficiario, así como su actividad económica.

17. Cinco de las entidades supervisadas estarían vulnerando los datos personales de la población al detallar su dirección domiciliaria, estas son las municipalidades provinciales de Mariscal Nieto, Moyobamba, Piura, Trujillo y Tumbes. Así mismo, Municipalidad Provincial de Huancavelica al publicar la firma y huella digital del beneficiario y la Municipalidad Provincial de Trujillo al publicar la firma.

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Entrega de bonos

18. El Reporte nacional de entrega de bonos (https://bonos.servicios.gob.pe/), brinda información respecto a su avance a nivel nacional y contiene enlaces que remiten a los espacios virtuales para que los ciudadanos puedan verificar si son beneficiarios.

19. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo vienen difundiendo en la Plataforma Nacional de Datos Abiertos, información de los beneficiarios de los bonos “Yo me quedo en casa” e “Independiente”.

La atención de solicitudes de acceso a la información durante el Estado de Emergencia

20. La encuesta fue llenada por 41 de las 54 entidades a las que se le requirió información. Solo se tomó en cuanta la información remitida por las sedes centrales.

21. Treinta y cinco de las 41 entidades que remitieron información, indicaron que han implementado un medio virtual para la atención de solicitudes de acceso a la información pública a través del cual reciben, tramitan (derivan) internamente la solicitud y remiten la respuesta a la ciudadanía. Por otro lado, 3 entidades públicas indicaron que no han implementado ningún medio virtual, mientras que otras 3 entidades indicaron que el medio virtual para la atención de solicitudes se encuentra en vías de implementación.

22. De las 35 entidades públicas que indicaron que contaban con un medio virtual para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública, 13 (37%) señalaron que ya contaban con este sistema antes del inicio del Estado de Emergencia Nacional, 12 (34%) señalaron que realizaron mejoras a su sistema a raíz de esta situación y 10 (29%) entidades públicas indicaron que no existía un medio virtual para la atención de las solicitudes de acceso a la información, previamente a la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional.

23. De acuerdo a lo informado por las entidades, el medio virtual más empleado para la atención de solicitudes de acceso a la información es la mesa de partes virtual (29), seguida por el correo electrónico (24) y el formulario virtual (18).

24. Conforme a lo señalado por las 41 entidades que remitieron las respuestas de la encuesta, solo 3 no recibieron solicitudes de acceso por ningún medio (ni virtual ni físico). Estas son: las municipalidades provinciales de Casma, Cusco y Huancavelica. Las 38 entidades restantes indicaron que recibieron 9651 solicitudes de acceso a la información, de las cuales 7198 (74%) fueron atendidas, 1986 (21%) se encuentran en trámite para ser atendidas y 467(5%) son solicitudes no atendidas.

25. Treinta y cinco de las 38 entidades públicas que recibieron solicitudes de acceso a la información, indicaron que estas fueron atendidas. 18 (51%) indicaron que atendieron la mayoría de las solicitudes de acceso en el plazo de ley, 12 (34%) indicaron que no atendieron las solicitudes de acceso a la información en el plazo legal, solo en algunos casos. Mientras que 4 (12%) indicaron que atendieron todas las solicitudes que recibieron y 1 (3%) indicó que no atendió ninguna solicitud en el plazo legal.

26. De las 13 entidades públicas que indicaron no atender las solicitudes de acceso a la información en el plazo legal, 10 señalaron que era imposible o muy difícil atender las solicitudes porque versaban sobre información que se encontraba físicamente en las sedes institucionales, no estaba digitalizada o el personal se encontraba acatando el aislamiento social obligatorio. El Instituto Nacional Penitenciario – INPE indicó que se debía a que era imposible o muy difícil atender las solicitudes por lo voluminoso de estas y el escaso personal que se encontraba laborando durante el Estado de Emergencia Nacional; la Municipalidad Provincial de Huaraz indicó que no se atendieron por disposición de las unidades poseedoras de la información o de la Alta Dirección de la entidad y la Municipalidad Provincial de Pasco precisó que los documentos que se solicitaban se encontraban en la institución y el responsable de su atención en situación de cuarentena.

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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27. En relación a las materias requeridas por la ciudadanía a través de las solicitudes de acceso a la información pública, las entidades informaron en un rango del 1 al 10 el grado de frecuencia con que estas fueron requeridas. Así se identificó que con un promedio del 2.5 se requirió información referida a contrataciones y adquisiciones; con un promedio del 1.45, se solicitó información respecto al presupuesto y ejecución del gasto; con un promedio del 1.08, se requirió información respecto a donaciones recibidas y destino de las mismas y con un promedio del 1.33, se solicitó información en relación a los beneficiarios/as de las canastas, subsidios o bonos brindados por el Estado. Por su parte, con un promedio del 5.8 algunas entidades optaron por la opción “Otros”.

28. En relación a las medidas que las entidades públicas proponen para atender las solicitudes de acceso a la información pública en un contexto de emergencia, se identificó que 17 proponen medidas referentes a la digitalización de la documentación, 13 entidades proponen la atención virtual de las solicitudes de acceso a la información, 5 entidades indicaron la ampliación y/o flexibilización de los plazos y requisitos de atención de las solicitudes de acceso a la información, 5 entidades indicaron el mejoramiento del procedimiento interno para la atención de las solicitudes de acceso a la información y 3 entidades indicaron como medida el fortalecimiento de capacidades de los funcionarios de la entidad.

29. El presente reporte se pondrá en conocimiento de las entidades públicas examinadas, así como de las Secretarías de Integridad Pública y de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros para que procedan conforme a sus competencias y atribuciones. Asimismo, se remite el reporte a la Dirección de Fiscalización e Instrucción de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales para que proceda conforme a sus atribuciones.

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VI. RECOMENDACIONES1. La implementación de sistemas virtuales como mesa de partes virtual para la recepción de documentos

permite un mayor orden para la entidad y la ciudadanía. Si bien se ha identificado que existen entidades que han implementado un sistema, otras solo han establecido un correo electrónico temporal. Es importante que las entidades busquen la manera de mantener este servicio. Para ello, pueden solicitar sistemas ya implementados por otras entidades en el marco del uso del Software Público47 a través de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros.

2. Es necesario que las entidades publiquen la información de su directorio en la plataforma GOB. PE y enlazarlos a sus portales institucionales, así como al PTE. Esto es relevante ya que permite centralizar la difusión de esta información en un solo espacio, evitando, por un lado, la duplicidad de acciones para publicar información, y por otro, el tener dos espacios oficiales con información diferente.

3. Es necesaria la implementación de una plataforma única para la recepción, atención y seguimiento de las solicitudes de acceso a la información. La puesta en funcionamiento de esta plataforma permitirá que la población pueda realizar las solicitudes manera más accesible: en un solo espacio virtual para todas las entidades de la Administración Pública. Actualmente, las solicitudes virtuales deben realizarse a través de los portales institucionales o el PTE de cada entidad y de acuerdo al formato que cada una haya establecido48. Por lo pronto, se insta a las entidades que hagan esfuerzos para implementar formularios virtuales de atención a las solicitudes de acceso a la información pública, ya sea a través de la implementación de un sistema virtual, el cual puede ser obtenido a través del uso de Software Público, así como la creación de un correo electrónico.

4. En caso de implementar un correo electrónico, es importante tener en cuenta los alcances realizados por la ANTAIP en la Opinión Consultiva 43-2019-JUS/DGTAIPD, las cuales deben garantizar mínimamente:

“(i) que el solicitante pueda tener certeza de que su solicitud ha sido recibida por la entidad;

(ii) que la entidad pueda tomar conocimiento de la solicitud formulada por el ciudadano;

(iii) que el medio permite consignar los requisitos obligatorios y opcionales de la solicitud; y,

(iv) que el solicitante pueda obtener una constancia, con fecha y hora cierta, del requerimiento que ha presentado ante la entidad para poder hacer seguimiento del mismo y/o para, eventualmente, presentar un recurso de apelación ante una denegatoria de la información.”

5. El segundo medio virtual a través del cual las entidades publicaron información referida a la entrega de canastas es una red social, debido a que estos medios son utilizados frecuentemente por la ciudadanía para obtener información. En ese sentido, así como a nivel nacional se han establecido páginas oficiales en las redes sociales, se recomienda que esto se realice también a nivel de gobiernos subnacionales, ya que durante la supervisión se han identificado varios usuarios de municipalidades referidas a gestiones pasadas, generando confusión respecto a su vigencia y utilidad.

47 El Portal de Software Público Peruano (PSPP) es una plataforma oficial que facilita el acceso a Software Público Peruano, que las entidades de la Administración Pública están en condiciones de compartir bajo licencias libres o abiertas que permitan (i) usarlo o ejecutarlo, (ii) copiarlo o reproducirlo, (iii) acceder al código fuente, código objeto, documentación técnica y manuales de uso, (iv) modificarlo o transformarlo en forma colaborativa, y (v) distribuirlo, en beneficio del Estado Peruano. Este fue creado por el Decreto Supremo 051-2018-PCM. Ver en: http://www.softwarepublico.gob.pe/48 Este requerimiento ya ha sido formulado a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Oficio 318-2019-JUS/DGTAIPD.

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COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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6. La publicación de información en formatos abiertos es una necesidad. No obstante, son pocas las entidades que vienen realizándolo, ya sea a través de sus portales institucionales, sus propias plataformas de datos abiertos o la Plataforma Nacional establecida para dicho fin. En ese sentido, es necesario fomentar su difusión por las entidades de los 3 niveles de gobierno en el país.

7. La publicación de información estatal respecto a los beneficiarios/as de las canastas, subsidios o bonos brindados por el Estado debe tener en cuenta la protección de datos personales de la población, a través de la normativa vigente y los pronunciamientos realizados por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. Asimismo, la difusión de esta información debe realizarse a través del formato de datos abiertos y podrá incluir: nombres y apellidos de los beneficiarios, número de DNI, provincia y departamento, así como los criterios para la identificación de beneficiarios, lo que permitirá una mayor vigilancia por parte de la ciudadanía.

8. Si bien existe información referida a contrataciones públicas que se dejó de publicar en el PTE debido al Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19, se identificaron entidades que no publicaron esta información desde enero del presente año. En ese sentido, es relevante tener en cuenta las obligaciones en materia de transparencia activa ya establecidas en la normativa vigente, las cuales en caso de incumplimiento derivan en responsabilidad administrativa para los funcionarios o servidores responsables de su publicación.

9. Además de la implementación de sistemas virtuales para formular solicitudes de acceso a la información, las entidades identificaron como la principal medida para mantener la atención de las solicitudes de acceso a: la digitalización de los documentos. La cual debe realizarse de acuerdo a lo establecido por el Archivo General de la Nación.

10. En la presente supervisión se verificó la publicación de información establecida por la normativa de transparencia vigente; no obstante, se identificó que gran parte de la información difundida responde a acciones proactivas, especialmente aquella que da cuenta de las estadísticas en materia de salud.

11. Una de las maneras más eficaces de combatir las noticias falsas que generan desinformación es a través de la difusión constante de manera proactiva de información estatal. En ese sentido, desde las entidades públicas debe haber un esfuerzo por publicar oportunamente la información que generan, y a la vez que esta sea amigable y accesible para el uso de la población.

12. El Estado –en sus tres niveles de gobierno– debe seguir mejorando la información brindada hacía la población, tal y como lo exigen los estándares nacionales e internacionales en la materia. En ese sentido, es preciso que las instituciones se mantengan atentas a los requerimientos que puedan presentar la ciudadanía, los investigadores, la sociedad civil organizada, así como los medios de comunicación.

Lima, agosto de 2020

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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ANEXO N° 01RELACIÓN DE ENTIDADES SUPERVISADAS DESTINATARIAS DE LA ENCUESTA VIRTUAL

SOBRE LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA DECRETADO COMO CONSECUENCIADE LA

EMERGENCIA SANITARIA POR LA COVID- 19N° ENTIDAD1. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS2. MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO3. MINISTERIO DE DEFENSA4. MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL5. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS6. MINISTERIO DE EDUCACIÓN7. MINISTERIO DEL INTERIOR8. MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN9. MINISTERIO DE SALUD

10. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES11. CONGRESO DE LA REPÚBLICA12. PODER JUDICIAL13. MINISTERIO PÚBLICO14. CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA15. DEFENSORÍA DEL PUEBLO16. AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO DE LIMA Y CALLAO17. INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO- INPE18. SEGURO SOCIAL DE SALUD- ESSALUD19. SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP-SBS20. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL- SUNAFIL21. GOBIERNO REGIONAL DE ICA22. GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD23. GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE24. GOBIERNO REGIONAL DE LORETO25. GOBIERNO REGIONAL DE PIURA26. GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES27. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA28. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ABANCAY29. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA30. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA31. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO32. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA33. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO34. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO35. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS36. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO37. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA38. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAVELICA

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HERRAMIENTAS DIGITALES DE TRANSPARENCIADURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

COMO CONSECUENCIA DE LA COVID-19

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39. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO40. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCO41. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARMEY42. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ43. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA44. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO45. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS46. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA47. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO48. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA49. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO50. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA51. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA52. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAMBOPATA53. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO54. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES

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CONSULTAS TELEFÓNICAS(01) 204 8020 – anexo 1020

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www.gob.pe/minjus

MESA DE PARTES:Calle Scipión Llona N° 350, Miraflores - Lima

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