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Historia y Resumen

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En Guatemala, los ingresos obtenidos por particulares domiciliados en laRepública, sean guatemaltecos o extranjeros, en concepto de intereses sobreproductos financieros por parte de entidades que no sean bancos, sociedadesfinancieras, instituciones de crédito, entidades afianzadoras, entidades deseguros, almacenes generales de depósito, casas de cambio, grupos financierosy sus empresas controladoras están sujetas al pago del impuesto sobre productosfinancieros.2. Las leyes tributarias son cumplidas a cabalidad cuando las disposiciones legalesen ellas contenidas son comprensibles por el ciudadano común. Unprocedimiento de pago ampliamente desarrollado coadyuva a la contribución porparte de los particulares al sostenimiento del Estado, asegurando los ingresosnecesarios para proporcionar el incremento sostenido de la recaudación fiscalpara sufragar los gastos de inversión y funcionamiento del Estado.

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Introducción:El conocimiento de la historia y sus repercusiones en el desarrollo económico y social constituye un aporte importante para la vida de un país y la educación de sus habitantes. Por ello las autoridades del Ministerio de Finanzas Públicas, promueven diversas acciones con el objetivo de dejar plasmado el proceso por medio del cual se instituyeron las finanzas y fundamentalmente los antecedentes de este importante y estratégico sector de la administración pública.

La reseña que contiene este documento, busca dar a conocer los distintos momentos de la historia del Ministerio de Finanzas, inicialmente conocida como Dirección General de Hacienda, así como el papel de esta cartera en el desarrollo de las políticas fiscales y presupuestarias a lo largo de casi 189 años de existencia.

Se han tomando en cuenta documentos que datan desde la época colonial alrededor del siglo 18, la época independiente, la reforma liberal, así como la revolución del 44, hasta llegar a la época contemporánea.

Junto a los datos históricos que ilustran el paso de la hacienda pública a la aplicación de las políticas financieras y presupuestarias en la actualidad, se presenta el desarrollo de los procesos administrativos que ha tenido el ministerio desde los años 80 hasta llegar a 2006. Período en el cual se sentaron las bases de la modernización y fortalecimiento de las políticas fiscales, como también del proceso de control interno y las funciones y atribuciones del ministerio.

En el contexto de las políticas y estrategias para la gobernabilidad y la equidad en el marco de la tributación, se hace referencia también al Pacto Fiscal, en donde se enfocan los distintos factores institucionales y políticos que han afectado el proceso de aplicación de reformas fiscales, así como en sus efectos sobre el monto, origen y destino de los recursos para el Estado, para extraer lecciones que puedan ser de utilidad para futuros ejercicios de concertación en Guatemala o en otros países de la región.1

Esta reseña del Minfin, viene a sumarse a la publicación en 2007, de la Historia de la Tributación en Guatemala, realizada por el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI), un estudio que permite entender el proceso y relación entre ciudadanía y Estado en términos de ingresos fiscales, como también por su referente en materia de legislación y estadísticas tributarias.2

En el año 2000 Guatemala se convirtió en el primer país latinoamericano en suscribir de manera explícita lo que se

calificó como un Pacto Fiscal, lo cual no fue sólo un hito en el ámbito de la región sino principalmente para un país

caracterizado por la confrontación y una democracia débil. Juan Alberto Fuentes y Maynor Cabrera, Pacto Fiscal en

Guatemala: una oportunidad perdida. PNUD, 2000.

La investigación, estuvo guiada por tres ejes analíticos, matizados por el período histórico que se trate: a) principales

características políticas y económicas de la sociedad y su influencia en el ámbito fiscal; b) legislación tributaria vigente

y sus implicaciones económicas ex ante, y c) respuesta social a las políticas impositivas, identificando a los actores

relevantes y sus reacciones de apoyo o rechazo a tales políticas.

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El Ministerio de Finanzas Públicas de Guatemala, remonta su origen a la época colonial período en el que recibía el nombre de “Diputación Provincial”, entidad encargada de la recaudación y administración del erario público, con cuya denominación continuó funcionando hasta 1825.

El siete de octubre del año 1825, cuatro años después de la Independencia Patria, se crea la Dirección General de Hacienda, Dependencia del Despacho de Guerra y Hacienda. Esta fecha ha marcado la historia para el Ministerio de Finanzas Públicas, inclusive se ha tomado esta fecha para celebrar el “Día del Financista”. Dos años después del surgimiento de la Dirección General de Hacienda, se le cambió su denominación social a Secretaría de Hacienda Y Crédito.

El diez de noviembre de 1825, se creó la Junta Consultiva de la Dirección General de Hacienda, la cual entre su principal función estaba el cobro de las contribuciones legalizadas por el Decreto del 21 de marzo de 1826, posteriormente el 29 de mayo del año 1839, fue creada la Administración General de Hacienda Pública; constituyéndose por primera vez el cargo de Tesorero General de la República de Guatemala, pues de esa manera se designó al administrador general.

El 11 de marzo de 1945 se eleva a la categoría de Ministerio de Hacienda y Crédito público. El 15 de diciembre de 1971 el Congreso de la República, consciente de las múltiples funciones y atribuciones que tenía la hacienda pública del Estado, consideró oportuno generar una separación de dichas funciones y atribuciones con la finalidad de generar un incremento en los ingresos cambiando como primer paso la denominación social de Ministerio de Hacienda y Crédito Público a Ministerio de Finanzas Públicas que, dentro de sus atribuciones, está formular la política fiscal y financiera de corto, mediano y largo plazo con base en la política económica y social del Gobierno.

Posteriormente el Ministerio de Finanzas Públicas fue legalmente constituido a través del Decreto 106-71 del Congreso de la República de Guatemala, emitido el 8 de diciembre de 1971 y publicado el 20 del mismo mes y año, en el que se establece que a partir de la vigencia de esa Ley, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se denominará Ministerio de Finanzas Públicas y la Dirección General de Rentas Internas, que en esa época estaba ubicada en la 12 ave. Y 13 calle de la zona 1, de esta ciudad, era la responsable del cobro de los impuestos dentro de la política de Gobierno.

En febrero de 1973, durante el Gobierno del General Carlos Manuel Arana Osorio, se dio inicio la construcción del edificio que actualmente ocupa el Ministerio de Finanzas Públicas, el cual tenía como objetivo albergar las diferentes dependencias que conforman dicho Ministerio, y finalizó dicha construcción en 1977, cuando el país fue gobernado por el General Kjell Eugenio Laugerud García, y los ministros de Finanzas Públicas y de Comunicaciones, fueron Jorge Lamport Rodil y Ricardo Arguedas. Las diferentes dependencias del Ministerio de Finanzas Públicas fundamentaban sus funciones y atribuciones en el Acuerdo Gubernativo No. MFP-5-72 Reglamento de la Ley del Ministerio

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de Finanzas Públicas del 16 de febrero de 1972, donde se establecía a la Dirección General de Rentas Internas el control, la recaudación y la fiscalización de los impuestos internos y demás ingresos que percibía el Estado y, en el Reglamento de la Dirección General de Rentas Internas se completó entre otras, el Departamento de Catastro, Departamento de Receptoría y Cobros y el Departamento de Control de Contribuyentes.

Después de varios intentos por establecer un reordenamiento administrativo y de cobro de los impuestos, se crea la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles, como dependencia del Ministerio de Finanzas Públicas, el 28 de diciembre de 1978, para que asumiera la responsabilidad de elaborar el catastro nacional de

las propiedades inmuebles, así como el mantenimiento del mismo, en virtud de que el 31 de diciembre de ese mismo año finalizaba la función del proyecto de Mapeo Tributario y Avalúo de Bienes Inmuebles.

Ante los cambios y modernización que exigía la época en la administración de las finanzas públicas, de conformidad con el artículo 29 del Acuerdo Gubernativo No. 5-72, a la Dirección General de Rentas Internas le correspondía el control, recaudación y fiscalización de los impuestos que recaen sobre los inmuebles, a su vez que de manera funcional es conveniente trasladar a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles los controles de los impuestos de Alcabala, Herencias, Legados y Donaciones e Impuesto Territorial; incorporando para el efecto las secciones de Herencias, Legados y Donaciones, División de Alcabala e Impuesto Sobre Inmuebles, el cual pertenecía al departamento de Impuesto al Patrimonio y Consumo de Productos de la Dirección General de Rentas Internas.

Mediante el decreto 114-97 (Púb.12-12-97), se modificó la estructura del ministerio, y posteriormente se emitió el reglamento orgánico interno, contenido con el acuerdo Gubernativo 476-2000. Mediante el acuerdo gubernativo 394-2008 (Púb.31-12-2008) se emitió el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio.

Recientemente, el 4 de febrero de 2014 se publicó el Acuerdo Gubernativo 26-2014, Reglamento Orgánico Interno del MINFIN donde se sustentan las funciones actuales del Ministerio de Finanzas Públicas.

Es de hacer notar que en su orden el marco normativo que rige al ministerio es el siguiente: Constitución Política de la República de Guatemala; Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Gubernativo Número 26-2014, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas; Acuerdos Ministeriales 63 y 64-2014; Decreto Número 57-2008, Ley de Acceso a la Información Pública; Acuerdo Gubernativo 92-2008, Comisión para la Transparencia y Combate a la Corrupción; Acuerdo Ministerial 08-2009 “A”, Disposiciones para la implementación de la Ley de acceso a la información pública en el Ministerio de Finanzas Públicas y otras leyes relacionadas con la función rectora del mismo y con la transparencia y combate a la corrupción.

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Funciones y atribuciones del Ministerio de Finanzas

Constitucionalmente le corresponde al Ministerio de Finanzas Públicas (MINFIN) como la institución del Organismo Ejecutivo, cumplir y hacer que se cumpla todo lo que se refiere a las leyes en materia tributaria y del presupuesto público nacional. Se encarga de diseñar la política fiscal y administra el dinero que aporta la población guatemalteca a través del pago de impuestos, así como el que proviene de otras fuentes de financiamiento como préstamo y donaciones. Por medio del Presupuesto General de Ingresos y Egresos distribuye los recursos a todas las instituciones del Estado, para su funcionamiento y logro de objetivos trazados, conforme lo determina el Congreso de la República; En resumen el MINFIN también registra, controla y administra los bienes que son patrimonios del Estado3.

Para realizar su trabajo dicha cartera se basa en los siguientes aspectos y normas legales: Constitución Política de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, Acuerdo Gubernativo 26-2014, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, Acuerdos Ministeriales 63 y 64-2014, Acuerdos de Paz, Leyes tributarias y Pacto Fiscal.

1 Las funciones del Ministerio de Finanzas Públicas están contenidas en el

Acuerdo Gubernativo 26-2014, Reglamento Orgánico Interno del MINFIN,

publicado el 4 de febrero de 2014.

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Misión del MINFIN La Misión es una afirmación que describe el concepto de una organización, la naturaleza de la función que desempeña, la razón para que existe, la gente a la que le sirve y los principios y valores bajo los que pretende funcionar. La Misión de una organización es una definición clara y concisa de la finalidad, naturaleza y valores que la rigen. Por lo tanto la misión del Ministerio de Finanzas Públicas se resume así:

Visión del MINFIN La Visión es el conjunto de ideas generales, que proveen el marco de referencia de lo que una organización quiere ser en el futuro. Señala el rumbo y da dirección. Es una representación de cómo creen los Directores, Gerentes y empleados que debe ser su organización. En el caso del MINFIN, es considerar lo que la Institución debe ser en futuro ante los ojos de: Los clientes, usuarios, proveedores, empleados y ciudadanos.

Bajo esa premisa el Ministerio de Finanzas Públicas tiene la siguiente visión:

La definición de los conceptos anteriores toma en cuenta lo establecido en la ley del Organismo Ejecutivo, y en el reglamento Orgánico interno del Ministerio, y lo traduce en un esquema de trabajo que se vuelca los usuarios directos del mismo.

Para que la Visión y Misión institucional pueda llevarse a la práctica, y por ende cumplir con las funciones definidas en el marco legal citado, en condición esencial que todas las Direcciones Técnicas y Unidades de apoyo del Ministerio de Finanzas Publicas, desarrollen sus actividades en función de tales conceptos.

Generar y administrar los recursos financieros y patrimoniales del Estado, de manera eficaz, equitativa y transparente para alcanzar el bien común.

Ser ejemplo de administración y gestión pública que por sus resultados impacta positivamente en el desarrollo de Guatemala.

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Valores MINFIN

A partir de esta selección de valores, un reto muy importante lo constituye el lograr operacionalizar cada uno de estos valores, lo que implica lograr definirlos ampliamente con conductas observables, a manera de generar un Código de Ética y Actuación. Adicionalmente, se planteó como una tarea el definir y llevar a la práctica una estrategia que permita, identificar, premiar, motivar y sancionar ya sea cumplimiento o incumplimiento de estos valores.

Según el Acuerdo Gubernativo No. 26-2014, el Ministerio de Finanzas tiene la siguiente función:

Actitud Positiva del

Servicio

Respeto

Valores Personalesdel MINFIN

Valores Institucionales

del MINFIN

Excelencia

ProfesionalismoSolidaridad

Transparencia

Honradez

LealtadResponsabilidad

Disposición al Cambio

“El Ministerio de Finanzas Públicas es el ente del Organismo Ejecutivo al que le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la formulación de la política fiscal, la administración de los ingresos fiscales, la gestión del financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y el registro, control y administración de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado. Artículo 3, Reglamento Orgánico Interno”

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Funciones del Ministerio de Finanzas Públicas

formular la política fiscal y financiera de corto, mediano y largo plazo en función de la política económica y social del Gobierno.

proponer al organismo Ejecutivo, la política presupuestaria y las normas para su ejecución, dirigiendo, coordinando y consolidando la formulación del proyecto del presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.

Proponer a la superintendencia de Administración Tributaria, las normas para la desconcentración en la percepción de ingresos.

Coordinar con la superintendencia de Administración tributaria, la programación del flujo de ingresos provenientes de la recaudación de los impuestos.

Transferir los organismos y entidades del Estado los recursos financieros asignados en sus respectivos presupuestos, de acuerdo con la captación de los ingresos.

Llevar el registro consolidado de la ejecución presupuestaria y de la contabilidad del estado, facilitar los lineamientos de su aplicación desconcentrada, así como preparar los informes analíticos y consolidados correspondientes.

Evaluar cuatrimestralmente la ejecución del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado y proponer al Organismo Ejecutivo las medidas correctivas que en el ámbito de su competencia sea necesarias.

Efectuar el cierre contable y liquidar anualmente el presupuesto general de ingresos y egresos del estado.

Consolidar el registro de los bienes que contribuyen activos del estado y llevar la contabilidad patrimonial correspondiente.

Controlar, registrar y custodiar los fondos y valores públicos, excepto cuando dichas funciones están atribuidas por la ley a órganos o dependencias distintas.

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Definir con base en la política económica y social del gobierno, conjuntamente con el órgano de planificación del estado la política para la formulación, priorizacion, evaluación y selección de proyectos de inversión y programas a ser ejecutados con recursos internos, financiamiento y cooperativa.

Programar gestionar, negociar, contratar, por delegación de la autoridad competente, registrar y fiscalizar las operaciones de financiamiento externo así como también disponer lo relativo a la cooperación internacional en general, y realizar los análisis respectivos para prever la capacidad de endeudamiento del gobierno. Se exceptúan de esta función los casos contemplados en el artículo 14 inciso g) de la ley del organismo Ejecutivo, decreto No. 114-97 del congreso de la Republica (publicado12-12-97).

Programar negociar, registrar y controlar y administrar el endeudamiento interno, incluyendo las donaciones y los legados.

Gestionar la constitución en cualquier de las instituciones del sistema bancario nacional de los fideicomisos, fondos y otros instrumentos financieros así como la ejecución de los programas del Gobierno central, debiendo reglamentar, registrar y controlar sus operaciones. Para el efecto se debe coordinar conjuntamente con las instituciones responsables del sector.

Programar y administrar el servicio de la deuda publica interna y externa del Gobierno central y llevar el registro perspectivo.

Fijar las normas y procedimientos operativos, relacionados con el sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado en aplicación de la ley de la materia;

Establecer desarrollar y dirigir, las funciones de administración de personal, administración financiera y la administración de bienes y servicios en cada una de las unidades y dependencias administrativas del Ministerio.

Preparar durante la primera semana del mes de diciembre de cada año, los planes de trabajo del, siguiente ejerció fiscal de cada una de las unidades o dependencias administrativas del Ministerio.

Presentar durante los primeros diez días del mes de febrero de cada año, la memoria de actividades del Ministerio que deberá contener además la ejecución presupuestaria.

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Despacho Ministerial En correspondencia con el Reglamento Interno, el Despacho Ministerial es la autoridad superior del MINFIN. Está a cargo de un ministro responsable de formular y ejecutar la política fiscal del país. El Viceministerio del Área de Administración Financiera está a cargo de un viceministro que contribuye a diseñar la política fiscal y financiera del país, y proponer en coordinación con el Despacho Ministerial la política presupuestaria.

El Viceministerio de Ingresos y Evaluación Fiscal está a cargo de un viceministro responsable de evaluar la ejecución del gasto público, la política fiscal y la capacidad de endeudamiento del Estado.

El Viceministerio de Administración Interna y Desarrollo de Sistemas Está a cargo de un Viceministro responsable de Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto y velar por la utilización eficiente, eficaz y transparente de los recursos financieros y materiales del Ministerio; coordinar proyectos y programas para el efectivo funcionamiento del Ministerio.

Despacho Ministerial

Secretaría General: es el enlace administrativo entre el Despacho Ministerial, entidades externas y dependencias del Ministerio; responde por la efectividad de los procesos de información pública y de atención al usuario

Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional: Coordina los procesos de planeación estratégica y operativa, programación y evaluación del cumplimiento de políticas, planes y proyectos

Dirección de Asesoría Jurídica: es el órgano técnico consultor y asesor del MINFIN en materia legal.

Dirección de Comunicación Social: es responsable de generar e implementar estrategias y políticas de comunicación para informar permanentemente sobre las actividades que realiza el Ministerio.

Dirección de Auditoría Interna: verifica, evalúa y analiza permanentemente los registros y operaciones contables, y financieros que realizan las dependencias del Ministerio.

Asesoría Específica: apoya al Despacho Ministerial en la concepción, diseño y conducción de los programas que le sean asignados.

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Viceministerio de Administración FinancieraDirección Técnica del Presupuesto: es rectora del Sistema Presupuestario del sector público; norma, dirige y coordina el proceso presupuestario.

Dirección de Contabilidad del Estado: realiza el registro consolidado de la ejecución presupuestaria, y administra el Sistema de contabilidad Integrada Gubernamental.

Tesorería Nacional: programa y reprograma en forma periódica la ejecución financiera del presupuesto del Estado y actúa como rectora del sistema de tesorería.

Dirección de Crédito Público: es rectora del sistema de crédito público; asegura la eficiente programación, utilización y control de los medios de financiamiento internos y externos.

Viceministerio de Ingresos y Evaluación Fiscal

Dirección de Análisis y Política Fiscal: formula, evalúa y da seguimiento a la política fiscal. Concentra y provee información de índole fiscal.

Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado: facilita los procesos de contrataciones y adquisiciones del sector público.

Dirección de Bienes del Estado: mantiene un registro consolidado, moderno, seguro y eficiente del patrimonio del Estado.

Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles: administra los impuestos: Único Sobre inmuebles de las municipalidades que no han absorbido dicho impuesto, así como el de Herencias, Legados y Donaciones.

Dirección de Evaluación Fiscal: promueve la transparencia en materia de política fiscal y financiera del Estado mediante el impulso de sistemas de integridad, acceso a la información y rendición de cuentas.

Dirección de Fideicomisos: es designada como órgano rector en materia de fideicomisos, por lo que gestiona la constitución, operación, extinción y liquidación de los fideicomisos establecidos con los recursos del Estado; así como fondos y otros instrumentos financieros para la ejecución de los programas del Gobierno central, regulando, registrando y controlando su operación.

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Viceministerio de Administración Interna y Desarrollo de Sistemas

Dirección Financiera: planifica, coordina, registra y controla la ejecución presupuestaria del Ministerio de Finanzas Públicas.

Dirección de Tecnologías de la Información: establece normas, estándares, políticas y metodologías relacionadas con redes, sistemas operativos, equipos, bases de datos, desarrollo de sistemas y comunicaciones informáticas para el MINFIN.

Dirección de Recursos Humanos: formula e implementa políticas y estrategias para el desarrollo y administración del recurso humano que labora en el ministerio.

Dirección de Asuntos Administrativos: es responsable de administrar los procesos y servicios de mantenimiento, infraestructura, vehículos, operaciones y seguridad del Ministerio.

Dirección de Asistencia a la Administración Financiera Municipal: brinda asistencia y asesoría técnica a las municipalidades, mancomunidades de municipalidades, dependencias y empresas municipales de todo el país en lo relativo al Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).

Taller Nacional de Grabados en Acero: diseña e imprime material para las instituciones responsables de la recaudación tributaria del Estado, y todo lo relativo a la industria gráfica para el ministerio y otras entidades de gobierno.