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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Humedal de Torca
INFORME DE ACCIONES segu n requerimiento del Consejo de Estado/Sala de lo Contencioso Administrativo/ Seccio n Primera/Consejero ponente/ Dr. Marco Antonio Velilla Moreno. Segu n Auto del 8 de mayo de 2015, por el cual se hace requerimiento de informacio n para los fines y en los te rminos sen alados en el Auto de 17 de julio de 2014.
Exp. 25000-23-270002001-90479-01, acumulados Nos. 2000-428, 20010122 y 2001-0343
SENTENCIA RIO BOGOTA DISTRITO CAPITAL
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
CONTENIDO
I. ANTECEDENTES ................................................................................... ¡Error! Marcador no definido.
II. ACCIONES DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN ................................ ¡Error! Marcador no definido.
III. INFORMES DE AVANCE .................................................................... ¡Error! Marcador no definido.
IV. ANEXOS ........................................................................................... ¡Error! Marcador no definido.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
I. ANTECEDENTES
La Acción Popular cuyo trámite concluyó en el fallo del 28 de mayo de 2014 del
Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Marco Antonio Velilla, se interpuso
inicialmente haciendo referencia a la contaminación ambiental de toda la región
aledaña al EMBALSE DEL MUÑA, cuya causa, según el accionante, era el bombeo y
almacenamiento de aguas en dicho cuerpo hídrico por parte de la EMPRESA DE
ENERGÍA DE BOGOTA.
La EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTA construyó el EMBALSE DEL MUÑA hace
60 años con el objeto de tener una reserva de agua para utilizarla en la medida que el
caudal del RÍO BOGOTÁ no fuera suficiente para la generación de energía que se
hace en las plantas hidroeléctricas instaladas en el Salto, Laguneta y Mesitas del
Colegio.
Sin embargo en el fallo de acción popular se declararon violados intereses colectivos
relacionados con:
“el agua, el goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el
manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar
su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, la
conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de
especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas
fronterizas, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la
preservación y restauración del medio ambiente; el goce del espacio público y
la utilización y defensa de los bienes de uso público; la defensa del patrimonio
público; la defensa del patrimonio cultural de la Nación; la seguridad y
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
salubridad públicas; el acceso a una infraestructura de servicios que garantice
la salubridad pública; el acceso a los servicios públicos y a que su prestación
sea eficiente y oportuna; el derecho a la seguridad y prevención de desastres
previsibles técnicamente; el acceso a los servicios públicos y a que su
prestación sea eficiente y oportuna; los derechos de los consumidores y
usuarios” (numeral primero de la parte Resolutiva de la sentencia del Consejo
de Estado de acción popular 2001-90479 acum. 2000-0428, 2001-0122 y 2001-
0343, del 28 de marzo de 2014. Consejero Ponente: Marco Antonio Velilla)
En la decisión de acción popular se puntualizó que la contaminación en el Municipio
de Sibaté, no es por causa exclusiva del Embalse del Muña, sino que se origina por la
situación estructural que se presenta el Río Bogotá, el cual, 60 años después de
construido el embalse, se ha convertido en el cuerpo receptor de las aguas residuales
arrojadas por todos los municipios de la Cuenca, incluyendo las del DISTRITO
CAPITAL DE BOGOTÁ.
II. ACCIONES DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN
Teniendo en cuenta que una de las grandes dificultades para alcanzar el saneamiento
del Río Bogotá a lo largo de su cuenca, es precisamente la falta de articulación y
coordinación entre los responsables de la contaminación del Río, el Distrito Capital,
consciente de esta situación profirió el Decreto 198 de 2014 ―Por el cual se crea y se
integra la Comisión Intersectorial para la coordinación de las actuaciones administrativas del
Distrito Capital, tendientes al cumplimiento de las providencias proferidas por la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo dentro del proceso de Acción Popular
No.25000232700020010047901‖, con el fin de trabajar mancomunadamente con las
entidades y organizaciones distritales involucradas en el cumplimiento de las
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
obligaciones impuestas por esta providencia. De conformidad con el artículo 2º de la
mencionada norma, dicha Comisión cuenta con representación de:
- La Secretaría General
- La Secretaría Distrital de Gobierno
- La Secretaría Distrital de Hacienda
- La Secretaría Distrital de Planeación
- La Secretaría Distrital de Educación
- La Secretaría Distrital de Salud
- La Secretaría Distrital de Ambiente
- La Secretaría Distrital del Hábitat
- La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB - ESP
- El Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER
- La Caja de Vivienda Popular.
Cabe anotar que, sin perjuicio de esta conformación, la Comisión está facultada para
vincular a otras entidades y organismos del Distrito que por sus competencias puedan
coadyuvar a la ejecución de las órdenes impartidas a Bogotá Distrito Capital en el
fallo.
En virtud de la conformación de esta instancia de articulación, es preciso informar que
a la fecha se han realizado cuatro sesiones de la Comisión Intersectorial en las
Instalaciones de la Secretaría Distrital de Ambiente, como entidad coordinadora de
dicha Comisión. En dichas sesiones se ha logrado:
- Construir conjuntamente el Plan de Acción del Distrito Capital, el cual recoge
todas las obligaciones impuestas a nivel distrital.
- La definición de las acciones para el cumplimiento de las obligaciones a cargo
del Distrito.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- La especificación de metas de cumplimiento, acorde con los plazos
establecidos en la sentencia.
Cabe resaltar que si bien el fallo busca el saneamiento de la cuenca del Río Bogotá
integralmente, este obedece a las acciones legales que le corresponden a los
diferentes entes públicos y privados, en el marco de su competencia y jurisdicción.
Además de haber identificado de manera clara la inexistencia de mecanismos de
coordinación y articulación interinstitucional, interadministrativo e intersectorial, la
sentencia ordenó la creación de entes organizacionales con participación de
entidades territoriales, la Corporación Autónoma Regional y la misma Nación, como lo
son la Gerencia del Río Bogotá, como ente de mayor jerarquía y que será el rector de
ley para el cumplimiento del fallo. También provisionalmente, y mientras se crea la
Gerencia del Río Bogotá, ordenó la creación del Consejo Estratégico de la Cuenca
Hidrográfica, instancia en la cual tiene participación esta autoridad ambiental. Esta
vez el Consejo de Estado ordena que las entidades en los diferentes niveles
territoriales y desde el marco de sus competencias cumplan con sus obligaciones y
con la responsabilidad frente al medio ambiente.
En virtud de lo anterior, en el presente informe se evidencia la gestión que desde hace
muchos años el Distrito Capital, a través de las diferentes entidades viene realizando,
así como las acciones de articulación entre estas, y con otras de orden regional y
nacional, consecuente con el objetivo final que es el cumplimiento de las órdenes de
la sentencia.
En este mismo informe se evidencian las acciones que desde la ejecutoria del fallo del
Consejo de Estado se han realizado para el cumplimiento de las obligaciones.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
III. INFORMES DE AVANCE
En cumplimiento del Auto del 8 de mayo de 2015 del Consejo de Estado, a
continuación nos permitimos presentar los avances en el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en el fallo, en los términos señalados en el requerimiento
judicial. Además se hace necesario precisar que este informe contiene las acciones y
avance que dan cuenta de las órdenes relacionadas con el convenio
interadministrativo No. 171 del 26 de junio de 2007, suscrito entre el Distrito Capital
(Secretaría Distrital de Ambiente y la Empresa de Acueducto) y la CAR, el Convenio
Marco de Cooperación de mayo de 2013, suscrito entre la CAR y la Secretaría
Distrital de Ambiente, cuyo objeto es aunar esfuerzos para adelantar acciones
conjuntas de articulación, planeación, gestión, control, protección, conservación y
recuperación del medio ambiente y sobre los operativos realizados en San Benito,
para evitar descargas clandestinas. Información solicitada a la Autoridad Ambiental
del D.C., por el Consejo de Estado / Sala plena de lo contencioso administrativo –
Secretaría General, a través del oficio JTCM – 6496, radicado SDA 2015ER103041.
Así mismo, contiene la información solicitada a la Alcaldía Mayor de Bogotá en Oficio
No. JTCM-6487 en la Alcaldía Mayor de Bogotá con No. 1-2015-31019 de 12 de junio
de 2015.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.5 AL CONSEJO DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO BOGOTÁ -CECH- PRESIDIDO
POR EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLLO SOSTENIBLE, Informe sobre la
constitución, desarrollo e implementación del Observatorio Regional Ambiental y
de Desarrollo Sostenible del Río Bogotá- ORARBO-, como instrumento para la
dirección y gestión integral de la cuenca hidrográfica.
Si bien es una obligación para el CECH, el D.C., con participación de la Secretaría de
Ambiente y de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca ha ejecutado las
acciones tendientes al cumplimiento de la orden judicial, actividades estas articuladas
y coordinadas con las demás entidades que conforman el CECH.
Avance: La Secretaría Distrital de Ambiente cuenta con el Observatorio Ambiental de
Bogotá - OAB, el cual la Sentencia lo coloca como un antecedente de los
observatorios existentes en el país. El OAB se consolidó como la principal
herramienta de información ambiental y pública mediante el Decreto Distrital 681 del
30 de diciembre de 2011, donde se adoptó como el sistema oficial de reporte y
divulgación de la información, estadísticas e indicadores ambientales que producen
las entidades de la Administración Pública Distrital
La SDA fue convocada por el MADS para revisar el tema del ORARBO. En reunión
celebrada el 29 de septiembre con 2014 se concluyó:
a. La SDA ofrecerá al CECH el código fuente y la metodología del OAB como
base del ORARBO
b. El CECH deberá decidir si adopta esta plataforma como base del ORARBO y
de ser así deberá iniciar un proceso de ajuste y parametrización del software
del OAB.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El Consejo Estratégico de Cuenca (CECH) en su sesión del mes de noviembre delegó
en el marco de su Plan de Trabajo como moderadores de la orden 4.5 a la Secretaría
Distrital de Ambiente - SDA y a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
(CAR).
Así mismo, la SDA preparó una propuesta para la implementación del ORARBO con
los componentes técnicos y económicos, los cuales se socializaron en reuniones (16
de diciembre de 2014 y 12 de febrero de 2015) con la CAR y se han remitido
oficialmente mediante radicado 2015EE17672 la propuesta técnico-económica del
ORARBO para la evaluación y aportes.
También se han adelantado varias reuniones técnicas entre la CAR y SDA, con el
objeto de conceptualizar el ORARBO utilizando como base los desarrollos del
Observatorio Ambiental de Bogotá de la SDA y el Observatorio de Agendas
Interinstitucionales y de Conflictos Ambientales de la CAR, estas reuniones fueron
acompañadas por los operadores y administradores de cada uno de los observatorios.
Se inició un trabajo colaborativo entre las entidades vinculadas por el fallo a través de
la conformación de la Mesa SIGICA-ORARBO, que empezó a operar oficialmente el 19
de febrero del 2015. En la mesa participan activamente representantes de DNP,
DANE, MADS, IDEAM, Gobernación de Cundinamarca, CAR, SDA y la EAB. Este
trabajo incluye la definición, revisión, concertación de los indicadores y la información
disponible que se debe reportar a los sistemas de seguimiento.
En la sesión del CECH del 4 de marzo de 2015, la SDA presentó la propuesta de
celebración de un convenio entre esta institución y la CAR para avanzar en el
cumplimiento de esta orden. Sin embargo, teniendo en cuenta que la CAR y la SDA
cuentan con un convenio marco, las dos entidades destinaron de recursos por un
valor de 300 millones de pesos (cada entidad $150 millones), con el propósito de
―Apoyar al Consejo Estratégico de Cuenca para liderar el cumplimiento a
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
la obligación 4.5 en la conceptualización, diseño, constitución, desarrollo y puesta en
marcha inicial de la plataforma tecnológica del observatorio regional ambiental y de
desarrollo sostenible del Río Bogotá- ORARBO, como instrumento para la dirección y
gestión integral de la cuenca hidrográfica del río Bogotá, emanado del fallo de la
Sentencia Río Bogotá Expediente AP-25000-23-27-000-2001-90479-1". Estableciendo
un Plan de Trabajo para el desarrollo del ORARBO.
En desarrollo de esta obligación, la SDA y la CAR han avanzado en el diseño de una
plataforma en versión inicial del ORARBO que se puede consultar en el link
http://orarbo.co. Como estrategia para esta primera respuesta al fallo, la información
publicada en el ORARBO corresponde a información preliminar, tanto de la CAR
como del D.C, sobre los componentes de los sistemas de seguimiento, esta versión
se presentó en el Consejo Estratégico de Cuenca realizado el día 10 de junio de
2015, y se espera aprobación para seguir adelante en el proceso.
4.6 AL CONSEJO DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO BOGOTÁ -
CECH- PRESIDIDO POR EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLLO SOSTENIBLE, informe sobre el desarrollo e
implementación del Sistema Regional de Información Ambiental para la
Gestión integral de la Cuenca Hídrica del Río Bogotá -SIGICA RÍO
BOGOTÁ -
Si bien esta orden está dirigida al Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del
Rio Bogotá se cuenta con participación de la Secretaría de Ambiente y de la EAB
como moderador teniendo en cuenta que se encuentra desarrollando el Sistema de
Información Regional del Recurso Hídrico SIRRH en el marco de la elaboración del
Estudio Regional del Agua (ERA), el cual se puede articular y servir como base para
el SIGICA, en tal sentido se han venido trabajando con las diferentes entidades para
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
realizar la propuesta del SIGICA y su posterior aprobación por parte del CECH, a
continuación se presentan las acciones tendientes al cumplimiento de la orden.
Avance: La Secretaría Distrital de Ambiente durante los últimos años ha venido
optimizando sus sistemas de información en un proceso de mejoramiento continuo
donde se están actualizando y elaborando procesos que apoyen la misionalidad de la
entidad. Para el reporte al SIGICA, debe establecerse un proceso de estandarización
y estructuración de la información de acuerdo a lo que defina el CECH, trabajo que se
viene realizando con el liderazgo de la Empresa de Acueducto de Bogotá, dentro del
Convenio Marco 011 de 2013 en el cual participan IDEAM, CAR, IDIGER, EAB, SDA y
GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA para el desarrollo de la Evaluación Regional
del Agua –ERA, en el área de jurisdicción de la CAR, área de jurisdicción de la SDA,
resto de municipios de Cundinamarca y el área de influencia para el abastecimiento
de Bogotá. El Objetivo de este convenio es que de acuerdo con los lineamientos
técnicos del Instituto de Hidrología Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM y en
coordinación institucional de las entidades participantes, se pueda llevar a cabo el
desarrollo y acciones específicas para la evaluación regional del agua, así como la
definición de requerimientos funcionales para el Sistema de Información Regional del
Recurso Hídrico (SIRRH) de la región Bogotá - Cundinamarca y las cuencas
abastecedoras y receptoras del Distrito Capital, según el ámbito de aplicación y
competencias de las partes firmantes. El cual sirve como base para el SIGICA.
Este sistema contribuirá con la sostenibilidad de la oferta del recurso hídrico, toda vez
que se adoptará como el instrumento que permita como mínimo el registro,
almacenamiento, validación, modelación, monitoreo, control, evaluación y divulgación
de toda la información relacionada con la cuenca hidrográfica del Río Bogotá. Es
importante aclarar que la Evaluación Regional del Agua ERA es una herramienta de
fortalecimiento institucional que busca conocer y evaluar el estado del recurso hídrico
y sus posibles escenarios tendenciales, en temas de la oferta de agua superficial,
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
subterránea y su disponibilidad; la demanda presiones y usos sobre los sistemas
hídricos; la calidad de las corrientes y cuerpos de agua y los riesgos del régimen
hidrológico asociado a variabilidad y cambio climático; así como, contar con un
Sistema de Información Regional del Recurso Hídrico que sirva para la toma de
decisiones en la Región.
Para el desarrollo del sistema, la EAB desde el año 2004 viene apoyando las labores
del entonces DEPAE, Dirección de Prevención y Atención de Emergencias del Distrito
Capital, hoy IDIGER, con el suministro de información hidrológica tanto para la
prevención como para la atención de emergencias como inundaciones y fenómenos
de remoción en masa. En el año 2006 se puso en funcionamiento la Red Telemétrica
de Transmisión de Datos de los Niveles del Río Bogotá, cuya aplicación fue montada
en el Portal Web de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, para ser
consultada por las autoridades del Distrito y la ciudadanía en general. A través de
dicho aplicativo informático, funcionarios del DEPAE, el ACUEDUCTO DE BOGOTA,
EMGESA y la CAR, hacen los análisis técnicos los discuten en el Comité de
Emergencias del Río Bogotá, liderado por el hoy IDIGER.
El 19 de febrero se llevó a cabo reunión con el objeto de continuar con la
estructuración del SIGICA, reunión en la cual se presentaron las experiencias en los
sistemas de información con que cuentan las diferentes entidades y la oferta de
información de cada una de ellas, con el fin de revisar el sistema de indicadores, entre
otros.
Se ha construido la visión compartida de la región para el desarrollo de la ERA en el
marco del convenio 011/2013, anteriormente mencionado, igualmente se han
adelantado las actividades pertinentes para conocer el estado del arte, necesidades y
requerimientos de información que tiene la región y las organizaciones con
competencia en la gestión del agua.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Se hicieron los estudios necesarios para el análisis de la dinámica hídrica en: las
cuencas alta y media Río Bogotá, cuenca Río Blanco, Cuenca Ubaté Suárez, Cuenca
Tunjuelo.
Se hizo la definición de los requerimientos funcionales para el SIRRH de la región
Bogotá- Cundinamarca y las cuencas abastecedoras y receptoras del Distrito Capital.
Se conformaron las mesas temáticas inter institucionales para el análisis de la oferta,
demanda, calidad, riesgos hidroclimáticos y Sistema de Información del Recurso
Hídrico de la Región (SIRRH) y la construcción plan de trabajo ERA Bogotá-
Cundinamarca.
Se inició el análisis del potencial y la dinámica hidrológica para la región hídrica de
Bogotá y el diseño detallado y puesta en marcha del SIRRH.
En este sentido se han venido realizando avances a través de mesas técnicas
interinstitucionales, donde se han acordado los intercambios de información
hidrológica y meteorológica y actualmente, se está diseñando el Sistema de
Información Regional del Recurso Hídrico SIRH, el cual integrará la información
hidrológica y meteorológica de las entidades involucradas.
De otra parte, como producto de las mesas temáticas se consolidó el Plan Operativo
de la ERA. Dicho plan, debe ser presentado al Comité Directivo de la Empresa de
Acueducto y Alcantarillado de Bogotá para su aprobación y apropiación de recursos.
De igual manera, la EAB viene adelantando el Contrato de Consultoría 908-2013 cuyo
objeto es "propuesta de estrategias, metodologías y herramientas para la
implementación de la Evaluación Regional del Agua, así como para definir los
requerimientos funcionales del Sistema de Información Regional del Recurso Hídrico,
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
como instrumentos para la gestión integral del recurso hídrico frente a la variabilidad y
el cambio climático".
Actualmente se vienen formulando los términos de referencia para contratar los
diseños detallados del Sistema de Información Regional del Recurso Hídrico y el
estudio de la dinámica hídrica en los municipios de interés de la EAB años 2014 y
2015.
La EAB apropió recursos para los años 2014 y 2015 para avanzar en la Evaluación
Regional del Agua (ERA) en los municipios de interés de la EAB y para avanzar en los
diseños detallados del Sistema de Información Regional del Recurso Hídrico. Se
espera conocer los aportes que harán las demás entidades que hacen parte del
Convenio 011/2013
Por otra parte, con el fin de integrar las redes Hidrometeorológicas de la región y a
los lineamientos del IDEAM se ha acordado trabajar en conjunto con el IDIGER para
lo cual el día 28 de julio de 2014 los directores de Ingeniería Especializada y Servicios
Técnicos de la EAB-ESP, llevaron a cabo una reunión con el ingeniero Javier Pava,
Director del IDIGER. En ese sentido, se acordaron trabajos en conjunto a través de
mesas técnicas para la elaboración de los términos de referencia y adquisición de un
radar con presupuesto del IDIGER, en donde al EAB-ESP pondría a disposición los
predios donde se lograría ubicar, todo de acuerdo con la localización que disponga el
IDEAM en el diseño de su red de radares meteorológicos.
Para la modernización de la red hidrometeorológica de la EAB, la Dirección de
Servicios Técnicos informa que ha tramitado la apropiación de 1450 millones de
pesos para ser ejecutados en las vigencias presupuestales 2015 y 2016.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Por último, es importante aclarar que todas las actividades que se están desarrollando
en el interior de la EAB, referente al SIRRH y el ERA sirven como base para la
formulación del SIGICA que el CECH debe aprobar.
Mayo de 2015
Avance: La SDA participa en las reuniones convocadas por la Empresa de
Acueducto, Alcantarillado y Aseo EAB para el desarrollo del SIGICA, así mismo,
apoya la recopilación e identificación de la información para este sistema y el
ORARBO como se informó previamente. A continuación se relacionan las reuniones
realizadas en coordinación con el EAB, las cuales incluyen las reuniones para el tema
de indicadores.
FECHA ENTIDADES OBJETO
12/03/2015 TODAS LAS ENTIDADES * Revisión de los indicadores consolidados por el DNP de la información disponible de cada entidad.
26/03/2015 TODAS LAS ENTIDADES Definición de los Componente y de las Mesas tematicas
10/04/2015 TODAS LAS ENTIDADES * Reunión Sistema de Información Regional del Recurso Hídrico y del SIGICA
14/04/2015 Comisión intersectorial Distrito Presentación de los sistemas de ORARBO-SIGICA e indicadores de seguimiento de la Sentencia a la Comisión Intersectorial del Distrito
23/04/2015 TODAS LAS ENTIDADES Y MUNICIPIOS
Presentación de los sistemas de Información ORARBO-SIGICA a las entidades y municipio que aportan información al componente ambiental y a las mesas de trabajo
05/05/2015 TODAS LAS ENTIDADES Y MUNICIPIOS
Reunión con los delegados a la mesa de ecosistemas y ordenación para la selección de indicadores
06/05/2015 TODAS LAS ENTIDADES Metodología de Selección de indicadores y coordinación de las actividades de las mesas establecidas para cada componente del ORARBO-SIGICA
*TODAS LAS ENTIDADES: IDEAM-MADS-CAR-SDA-EAB- IDIGER-SDA GOBERNACION-ESP GOBERNACIÓN
4.18. AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS DEMÁS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre la modificación y actualización de los Planes de Ordenamiento
Territorial – POT, Planes Básicos de Ordenamiento Territorial – PBOT y
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Esquemas de Ordenamiento Territorial – EOT y su ajuste con los contenidos
del mismo.
4.18. AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS DEMÁS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre el actual proceso de modificación de los POTs, PBOT y EOT, además
lo atinente a la inclusión en los mismos las variables ambientales, de cambio
climático y la gestión de riesgos asociados a éstos.
Avance: El actual proceso de modificación al que se refiere el fallo fue adelantado por
el Distrito por medio del Decreto 364 de 2013. En el mismo están incluidas las
variables de cambio climático y gestión del riesgo. Justamente estos dos temas fueron
uno de los cinco argumentos que dieron lugar a la modificación excepcional del POT
que terminó con la expedición del Decreto 364 de 2013 (Suspendido provisionalmente
por Auto CE 624 de 2014).
En el mencionado decreto se adoptaron diversas disposiciones para la adaptación y
mitigación frente al cambio climático, así como importantes decisiones frente a la
gestión del riesgo. Con estas disposiciones el D.C. a través de Secretaría Distrital de
Planeación cumple con lo ordenado por el Consejo de Estado.
Sin embargo, en cuanto a la adecuación del POT al POMCA, es preciso informar que
es necesario que la CAR actualice el POMCA y lo apruebe, para que posteriormente
el D.C adelante las modificaciones a que haya lugar.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.19. AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS DEMÁS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre la adopción en sus microcuencas de los respectivos planes de manejo
ambiental de conformidad con lo previsto en el título V del Decreto 1640 de
2012, como instrumento de protección a las fuentes hídricas.
Avance: La adopción de los PMA de las Subcuencas urbanas de Bogotá se incluye
en la sentencia como una de las obligaciones del D.C., sin embargo, según oficio del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, con radicado 8230-E2-24792
del 12 de noviembre del año de 2014, radicado SDA 2014ER188725, el ordenamiento
de estas subcuencas debe hacer parte integral del ordenamiento de la cuenca
hidrográfica del río Bogotá, en consecuencia la SDA está gestionando su vinculación
a la Comisión conjunta que trabaja en el ajuste del POMCA. Gestión que se evidencia
en la solicitud verbal a la CAR en el marco de las reuniones del Consejo Estratégico
de la Cuenca hidrográfica liderada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible y en la comunicación 2015EE211602 anexa al presente.
4.20 AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS DEMÁS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre la realización, revisión y/o ajuste de los planes Maestros de
Acueducto y Alcantarillado – PMMA de manera que se intercepten todos los
vertimientos directos a cuerpos de agua y éstos sean conducidos a la planta
de tratamiento de aguas residuales correspondiente. Así mismo indicar si
los planes Maestros de Acueducto y Alcantarillado- PMMA incluyen los
planes de rehabilitación de redes.
Avance: La EAB adelanta la actualización del plan maestro de abastecimiento y
formulación del Plan Maestro de Alcantarillado mediante el Contrato No. 1-02-25500-
1318-2013, el cual se encuentra en ejecución desde el 25 de febrero de 2014 con un
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
plazo de 24 meses; 12 meses para la actualización del Plan Maestro de
Abastecimiento para la ciudad de Bogotá y sus municipios vecinos, y 24 meses para
la elaboración y formulación del Plan Maestro de Alcantarillado para Bogotá, el acta
de inicio se firmó el 25 de febrero de 2014.
De manera general, se pretende contar con las herramientas de planeación de corto,
mediano y largo plazo del sistema de acueducto y alcantarillado de Bogotá, que
permita por una parte, el abastecimiento oportuno de agua a la ciudad y varios
municipios vecinos y por otra, permita avanzar en la conversión del sistema de
alcantarillado de la ciudad de Bogotá en un sistema Urbano de Drenaje Sostenible
(SUDS).
Todo lo anterior, enmarcado dentro de los conceptos de ecourbanismo, construcción
sostenible, ecohidráulica y en escenarios de variabilidad y cambio climático,
incorporados dentro del Plan de Desarrollo Distrital ―Bogotá Humana‖.
PLAN MAESTRO DE ALCANTARILLADO
El alcance del plan maestro de alcantarillado contemplado en el contrato referido
contempla las siguientes consideraciones técnicas:
Construcción del Programa de Mantenimiento y Operación, Programa de
Rehabilitación Integral de los Sistemas de Drenaje, además de un Programa Integral
de Manejo de Aguas Lluvias.
• Programa de Operación y Mantenimiento
El propósito fundamental de estructurar este programa es que el Acueducto de
Bogotá, a partir de los sistemas de información y herramientas informáticas
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
existentes, logre consolidar una plataforma funcional que permita monitorear en
tiempo real el sistema de alcantarillado de la ciudad de Bogotá, de manera tal que a
mediano plazo se pueda tomar decisiones sobre la operación del mismo,
dependiendo de las necesidades hidráulicas, ambientales, de mantenimiento y
operación e incluso de rehabilitación. Igualmente se pretende obtener un programa de
mantenimiento preventivo de todo el sistema.
• Programa de rehabilitación integral de infraestructura
El Acueducto de Bogotá ha estructurado preliminarmente el planteamiento del
programa de rehabilitación integral de infraestructura del sistema de alcantarillado de
la ciudad en tres fases, las cuales se definieron atendiendo requerimientos del Plan
de Desarrollo Bogotá Humana, y criterios y prioridades técnicas y socioambientales.
Estas fases tienen las siguientes características:
Fase 1 – Priorización del plan de desarrollo y redensificación.
La fase 1 se encuentra conformada por 14 subcuencas cuyas características se
detallarán en la descripción y alcance de los productos y subproductos definidos en el
presente documento. Los criterios para priorizar las subcuencas de esta fase,
obedecen a cumplir con lo estipulado en el artículo 22 del Plan de Desarrollo Distrital
Bogotá Humana que se relaciona con el programa de revitalización del ―Centro
Ampliado‖ de la ciudad, el cual establece como propósito actualizar la infraestructura
de servicios públicos, y atender la situación que se viene presentando en el sector 10
de la UPZ El Cedro (Barrio Cedritos), debido al acelerado proceso de redensificación
en esta zona.
La fase 1 se divide a su vez en 1A y 1B; esta distinción se realiza teniendo en cuenta
que para las 6 subcuencas que conforman la fase 1A se deberán desarrollar diseños
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
a nivel de detalle, mientras que para las subcuencas que componen la fase 1B se
deberá llegar a Ingeniería Básica.
Fases 2 – Subcuencas con capacidad crítica y restringida.
La fase 2 se encuentra conformada por 17 subcuencas cuyas características se
detallarán en la descripción y alcance de los productos y subproductos definidos en el
presente documento. La definición de capacidad crítica y restringida de las
subcuencas aquí involucradas obedece a un análisis multicriterio de las
características técnicas, de operación y mantenimiento, vida útil, materiales, entre
otros de los componentes del sistema de alcantarillado en cada subcuenca.
Una subcuenca con capacidad crítica corresponde a aquella cuyo sistema troncal de
drenaje sanitario presenta una capacidad remanente menor o igual al 20% de la
capacidad máxima instalada proyectada al año 2030.
Una subcuenca con capacidad restringida corresponde a aquella cuyo sistema troncal
de drenaje sanitario presenta una capacidad remanente entre el 20% y el 40% de la
capacidad máxima instalada proyectada al año 2030.
Fase 3 – Subcuencas con capacidad moderada y alta.
Una subcuenca con capacidad moderada corresponde a aquella cuyo sistema troncal
de drenaje sanitario presenta una capacidad remanente entre el 40% y el 80% de la
capacidad máxima instalada proyectada al año 2030.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Una subcuenca con capacidad alta corresponde a aquella cuyo sistema troncal de
drenaje sanitario presenta una capacidad remanente mayor o igual al 80% de la
capacidad máxima instalada proyectada al año 2030.
El contenido final de este programa de rehabilitación integral deberá basarse en
cuatro aspectos técnicos fundamentales como lo son: estructural - geotécnico,
hidráulico - capacidad, operativo - funcional y ambiental.
- Estructural-geotécnico: Este componente debe desarrollarse principalmente
teniendo cuenta la necesidad de rehabilitación estructural de los componentes
del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial (tramo a tramo) que conforma
cada subcuenca tales como: tubería de los colectores y/o interceptores,
canales, así como cámaras y estructuras especiales.
- Hidráulico-capacidad: Otro elemento fundamental que debe tenerse en cuenta
para la estructuración de este programa, es el resultado del análisis de la
capacidad hidráulica del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial, que debe
realizar el consultor a partir de la perspectiva definida en el Plan de
Ordenamiento Territorial vigente y/o sus actualizaciones, y en los parámetros
establecidos allí para las proyecciones de población.
- Operativo-funcional: Este componente deberá basarse en los resultados
obtenidos por el consultor respecto a la definición de las actividades necesarias
para optimizar el funcionamiento del sistema de alcantarillado, que entre otras
se resaltan: las obras requeridas para la recuperación de los accesos ocultos
por las obras de espacio público, habilitación de accesos para mantenimiento y
operación de canales, estructuras especiales, y alternativas de desvío o
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
manejo de aguas (bypass, compuertas, trasvases) para facilitar las labores de
mantenimiento.
- Ambiental: Este componente se debe desarrollar con énfasis en la
conceptualización de separación de caudales, con el propósito de optimizar el
funcionamiento de los sistemas combinados de la ciudad, propender por el
saneamiento de las quebradas y dar manejo a las conexiones erradas del
sistema troncal.
Como subproducto de este programa se desprende el Programa de saneamiento y
manejo de vertimientos cuyo alcance básico comprende desarrollar estudios de
factibilidad, análisis y selección de alternativas de los proyectos requeridos para
atender los compromisos de saneamiento del sistema hídrico de la ciudad,
consignados en los Planes de Manejo y Saneamiento de Vertimientos – PSMV
firmados por el Acueducto de Bogotá con la autoridad ambiental del Distrito Capital,
representada por la Secretaría Distrital de Ambiente – SDA y con la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca para el Río Bogotá y el Municipio de Soacha.
El Programa de saneamiento y manejo de vertimientos deberá contener como mínimo
proyectos para el saneamiento de las quebradas que aún no están provistas de sus
correspondientes interceptores marginales, especialmente en las localidades de
Usme, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Santafé, Usaquén y Chapinero; además de un
proyecto para la optimización de los sistemas de separación de caudales en las áreas
donde la ciudad tiene un sistema de drenaje combinado y otro para contribuir a la
eliminación de vertimientos originados por razón de las conexiones erradas en los
sistemas de alcantarillado troncal de las áreas de alcantarillado separado.
• Programa Integral de Manejo de Aguas Lluvias
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Con la elaboración de este programa el Acueducto de Bogotá busca estructurar un
programa integral de manejo de aguas lluvias, basado en criterios técnicos
encaminados a formular los trabajos, actividades, proyectos u obras necesarias para
la atenuación de los picos de caudal, el incremento de las áreas verdes y de
infiltración de la ciudad y a la recuperación de los espacios del agua, con el propósito
de mitigar los riesgos de inundación y encaminar el alcantarillado de la ciudad hacia
un Sistema Urbano de Drenaje Sostenible.
Como base fundamental para la elaboración de este programa, el consultor deberá
tener en cuenta la normatividad nacional e internacional vigente sobre la materia que
resulte aplicable, así como la información de referencia que puede encaminar el logro
de los objetivos propuestos.
Particularmente el estudio se deberá alinear a las políticas de ecourbanismo y
construcción sostenible, que actualmente se encuentran en desarrollo por parte de la
Secretaria de Planeación Distrital en coordinación con las Secretarías Distritales de
Hábitat y Ambiente.
En conclusión, con respecto al Plan de Rehabilitación, la elaboración del mismo se
encuentra contenido dentro del alcance del Contrato 1-02-25500-1318-2013, como se
mencionó anteriormente.
Así mismo, como uno de los entregables principales de dicho contrato se contempla
el: Programa de Rehabilitación Integral del Sistema de Alcantarillado Troncal
(Producto No. 4 de la consultoría). Este producto incluye dentro de su alcance: 1)
Programa de rehabilitación integral del sistema por subcuencas; 2) Factibilidad del
proyecto de manejo de conexiones erradas del Sistema Troncal; 3) Factibilidad del
proyecto de separación adecuada de caudales; 4) Programa de Saneamiento y
Manejo de Vertimientos. Lo anterior encapsula una cantidad importante de los
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
requerimientos realizados a la EAB por el Consejo de Estado, sin embargo, los plazos
contractuales establecidos previamente, son para el caso específico del plan de
rehabilitación, superiores a lo requerido por la sentencia.
De acuerdo con lo anterior y con el objetivo de cumplir con el plazo establecido por el
Consejo de Estado para la presentación del Plan de Rehabilitación de Redes, se
tomaron los avances de dicho producto en términos de diagnóstico de capacidad de
redes troncales, priorización de subcuencas y formulación del plan de acción, como
insumo principal para la conformación del documento requerido, el cual fue remitido al
CECH y al Honorable Consejo de Estado el pasado mes de febrero.
PLAN MAESTRO DE ABASTECIMIENTO
En el mismo se está ejecutando la actualización del Plan Maestro de Abastecimiento
para la Ciudad de Bogotá y sus Municipios Vecinos, que de manera general, pretende
contar con las herramientas de planeación de corto, mediano y largo plazo del
sistema de acueducto de Bogotá, que permita el abastecimiento oportuno de agua a
la ciudad y varios municipios vecinos.
Objetivos específicos
- Analizar la oferta y la demanda de agua para Bogotá y sus municipios vecinos
bajo distintos escenarios que permitan establecer la curva de demanda más
probable con las inversiones requeridas.
- Realizar un diagnóstico y evaluar las condiciones físicas de la infraestructura
del Sistema de Abastecimiento Actual.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Determinar la capacidad excedentaria de cada uno de los subsistemas de
producción (captación, aducción y tratamiento) conforme con Resolución CRA
608 de 2012.
- Analizar y determinar la disponibilidad hídrica y de tratamiento del sistema de
abastecimiento actual.
- Determinar los rendimientos por cuenca y sub-cuenca hidrográfica aferente al
sistema de abastecimiento actual, documentar las características principales y
determinar los caudales mínimos, medios y máximos aprovechables,
involucrando los efectos de la variabilidad climática.
- Analizar y evaluar el comportamiento de la calidad del agua de las fuentes de
abastecimiento y el agua suministrada.
- Analizar y evaluar los aspectos ambientales, sociales, prediales, legales y
normativos a considerar para el sistema de abastecimiento de agua.
- Identificar las áreas estratégicas para la protección y conservación de las
fuentes de agua superficial utilizadas en los sistemas de abastecimiento
(cuencas abastecedoras) y definir los predios de interés por sistema de
abastecimiento.
- Analizar, evaluar y determinar la confiabilidad hídrica del sistema de
abastecimiento (agua captada, tratada y suministrada) considerando las
restricciones existentes.
- Realizar el análisis, evaluación y cuantificación de la vulnerabilidad y el riesgo
de los componentes del sistema de abastecimiento actual y elaborar el
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
respectivo mapa de riesgos considerando la infraestructura física, capacidad
instalada, cantidad y calidad de las fuentes abastecedoras y del agua
suministrada.
- Realizar el estudio técnico y económico para cuantificar los costos para
eliminar las restricciones que limiten el máximo aprovechamiento de la
capacidad instalada de los componentes del sistema de abastecimiento actual.
- Identificar, evaluar, priorizar, planear y planificar los proyectos, obras y
actividades para mitigar la vulnerabilidad y para la rehabilitación del sistema de
abastecimiento actual.
- Identificar, evaluar, priorizar, planear y planificar las obras factibles a
implementar en el corto, mediano y largo plazo y las medidas de operación que
se requieran para optimizar el sistema de abastecimiento actual, especialmente
analizar, evaluar y determinar las necesidades de optimización de las plantas
de tratamiento desde el punto de vista técnico, económico y ambiental. Se
debe involucrar le estudio que la Empresa adelantará para la optimización de
los procesos de la planta de Tibitoc.
- Planear y planificar la expansión del sistema de abastecimiento mediante
análisis de escenarios inciertos para evaluar y priorizar los proyectos de
expansión teniendo en cuenta las restricciones técnicas, económicas,
ambientales, sociales, prediales, jurídicas, políticas, institucionales, además de
la cantidad y calidad del recurso hídrico disponible. Incorporar la evaluación
ambiental de cada uno de los proyectos identificados para la expansión de los
sistemas de abastecimiento, para determinar su viabilidad ambiental.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Elaborar el plan de expansión del sistema de abastecimiento de agua para
Bogotá y sus municipios vecinos en los aspectos relacionados con la
optimización del sistema existente, expansión rehabilitación y vulnerabilidad.
- Evaluación técnica y económica de la adquisición y/o utilización plena del
embalse de Tominé con posibilidad de trasportar agua de dicho embalse a la
planta de Tibitoc a través de una línea expresa donde se exponga a la
Empresa la pertinencia ó no de adquirir dicha infraestructura y el año de
ingreso en operación plena del mismo
- Analizar, evaluar y actualizar el estudio de despacho óptimo de plantas de
tratamiento.
- Analizar, evaluar y actualizar la base estratégica para vulnerabilidad,
rehabilitación, optimización y expansión del sistema de abastecimiento.
- Actualizar el programa de revestimiento de los túneles del sistema Chingaza.
- Evaluar la posibilidad de la interconexión de los sistemas de abastecimiento
dentro de la red de distribución de la Ciudad.
- Alcance
Desarrollar el estudio para la actualización del Plan Maestro de Abastecimiento
(PMA), para lo cual se evaluará y profundizará, a la luz de la normatividad sectorial y
ambiental vigente, así como las directrices enmarcadas dentro del Plan de desarrollo
―Bogotá Humana‖ y Plan General Estratégico de la Empresa, todos los aspectos
técnicos, operativos, económicos, financieros, de riesgo, ambientales, legales,
sociales y prediales de los diferentes componentes del sistema, que concluyan con la
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
definición del PMA y la base estratégica para la rehabilitación, optimización y
expansión del sistema de abastecimiento para el período 2014 – 2032, cuya
implementación contribuya a la reducción de la vulnerabilidad del sistema de
abastecimiento de agua para Bogotá y sus municipios vecinos. Para tal efecto, se
deberán ejecutar las siguientes actividades, alcances y productos:
Revisión de las proyecciones de la distribución espacial de la población y demanda de
agua de la ciudad de Bogotá y los municipios vecinos
Teniendo en cuenta que las proyecciones de población y de demanda de agua son el
insumo básico para las actividades de planeación de los sistemas de acueducto y
alcantarillado, se requiere realizar una revisión de las últimas proyecciones de
población y demanda de agua para Bogotá y varios municipios vecinos, de tal manera
de que se trate de incluir de una manera objetiva el crecimiento esperado por los
urbanizadores en los municipios y la ciudad.
Diagnóstico del Sistema de Abastecimiento actual
Se adelantará una descripción detallada de los componentes que conforman el
sistema de abastecimiento actual, con la información relevante respecto a
características de las obras, equipos, capacidad instalada, estado actual y análisis
detallado los componentes y sitios críticos.
Suministrar los análisis, resultados y memoria de cálculo para la determinación de los
excedentes de capacidad del sistema de abastecimiento en cada una de las
actividades pertenecientes a la cadena de abastecimiento de agua potable de la
EAAB-ESP y su tendencia para los próximos 20 años.
Disponibilidad hídrica y de tratamiento del Sistema de Abastecimiento
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Se analizará y actualizará la oferta hídrica y de tratamiento de agua para el sistema
de abastecimiento actual, teniendo en cuenta las restricciones ambientales y
operacionales existentes, el cambio climático y los impactos en otros usos y para
otros usuarios de la cuenca.
Se determinarán los rendimientos de las cuencas y sub-cuencas aferentes al sistema
de abastecimiento, documentar las características principales y determinar los
caudales mínimos, medios y máximos aprovechables.
Se actualizarán los estudios hidráulicos e hidrológicos que definan los caudales
producidos, aprovechables, ecológicos y sociales por cuenca y sub-cuencas.
Estudio y análisis de la calidad del agua de las fuentes de abastecimiento
Se definirá la capacidad de tratabilidad de las plantas de tratamiento de la EAB en
relación con los cambios en la calidad de agua cruda, con énfasis en los parámetros
críticos que históricamente han presentado el mayor reto en el proceso de
potabilización.
Se determinará el caudal confiable a suministrar en las épocas de problemas de
operación relacionados con la calidad del agua cruda por cada planta de tratamiento.
Aspectos Ambientales, Sociales, Prediales, Legales y Normativos
Se recopilará la documentación relacionada con las concesiones de agua otorgadas y
en trámite de las corrientes de los sistemas Río Bogotá, Río Tunjuelo, Río San
Cristóbal, Río Blanco, Chingaza y de todo aquel que se proponga para que la
empresa adelante su estudio de aprovechamiento, documentar su estado actual y
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
evaluar y analizar las necesidades de la EAB-ESP, para adelantar las gestiones
necesarias ante las autoridades ambientales para lograr un aumento en los caudales
concedidos, lo cual requiere una revisión de los rendimientos, caudales disponibles y
autorizados para cada fuente, determinando para cada una de ellas el balance
hídrico, con el fin de conocer si la cuenca resiste el uso que se le quiere dar, teniendo
en cuenta la información existente y los estudios hidrológicos realizados por el
Consultor, las restricciones ambientales de captación y los caudales ecológicos,
sociales y bióticos definidos por las Autoridades Ambientales.
Se realizará un análisis sobre las concesiones de agua para el sistema de
abastecimiento actual y proyectado, indicando su incidencia en los proyectos de
expansión (Concesión actual del río Bogotá, Concesión del río Teusacá, Concesiones
de Chingaza y Río Blanco, Río San Cristóbal, Río Tunjuelo, Quebrada Yomasa y
pozos de agua subterránea). Se evaluarán las compensaciones, actuales y futuras,
que por uso del agua sea necesario reconocer a las autoridades ambientales, el
estado de las licencias ambientales, permisos de vertimiento, planes de manejo
ambiental y demás aspectos legales y normativos relacionados con el recurso agua
(trasvase de cuencas, construcción de presas, embalses, construcción de
conducciones superficiales y subterráneas, vías y bocatomas, entre otras) y su
incidencia en los proyectos relacionados con el sistema de abastecimiento de agua
para la ciudad y la región.
El consultor debe realizar el inventario predial de los sistemas Rio Bogotá, Rio
Tunjuelo, Rio San Cristóbal y Chingaza partiendo de la información disponible en la
empresa y hacer un balance de la gestión predial para la expansión del sistema de
abastecimiento, adicionalmente debe elaborar los planos de localización de los
polígonos de los predios actuales y futuros con sus principales características
empleando la cartografía disponible más actualizada y a escala adecuada.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El Consultor debe identificar las áreas estratégicas para la conservación y protección
de las fuentes de agua superficial utilizadas en el sistema de abastecimiento actual y
proyectado, y los predios de interés involucrados.
Con base en la información disponible, efectuar un análisis global y general de los
efectos del cambio climático y la variabilidad climática sobre las fuentes de
abastecimiento actuales y futuras y proponer las acciones a implementar para mitigar
la vulnerabilidad del sistema de abastecimiento actual y futuro frente a estos aspectos
ambientales.
En el marco de la Ley 373 de 1997 sobre el programa de Uso Eficiente y Ahorro de
Agua, la EAB-ESP estructuró dicho programa para el periodo 2012-2016, el cual fue
publicado en noviembre de 2012 a través del diagnóstico de la oferta y la demanda
hídrica, del control de pérdidas y del reúso obligatorio del agua, del aprovechamiento
de las aguas lluvias y de las campañas de sensibilización dirigidas a los usuarios
sobre el uso eficiente del agua; en este sentido se identificarán a nivel de factibilidad
los potenciales proyectos, obras y actividades que propendan el uso eficiente y ahorro
de agua en los procesos del captación, aducción y tratamiento del sistema de
abastecimiento actual y futuro. El consultor deberá identificar proyectos que permitan
mejorar los sistemas de medición de los caudales captados, y reducir las pérdidas en
las estructuras de captación, aducción y tratamiento.
Análisis de la confiabilidad del sistema de abastecimiento considerando las
restricciones existentes
De acuerdo con la actualización del comportamiento y proyección de la población y
demanda, y respetando un margen mínimo del 10% del caudal confiable del sistema
con respecto a la demanda media proyectada, se definirá el caudal confiable continuo
actual y proyectado del sistema de abastecimiento de agua potable del Acueducto de
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Bogotá, teniendo en cuenta no sólo los caudales disponibles desde el punto de vista
hidrológico y las concesiones de agua otorgadas por las autoridades ambientales,
sino también, considerar el análisis de la calidad del agua de las fuentes
abastecedoras y la capacidad instalada de las plantas para su tratamiento, de tal
modo que se indique hasta qué año el sistema actual alcanza a suplir la demanda de
agua de la ciudad y sus municipios vecinos. El análisis debe corresponder al
escenario más probable de la demanda.
Se valorará y describirá la confiabilidad de cada uno de los componentes del sistema
de abastecimiento actual, correspondiente a los procesos de captación, aducción y
tratamiento.
Análisis de vulnerabilidad y riesgo del sistema de abastecimiento actual
Con base en el diagnóstico del sistema de abastecimiento actual, la disponibilidad
hídrica, el análisis de la calidad del agua de las fuentes y del agua suministrada, los
factores de tipo ambiental, social, predial, legal, antrópico, normativo y los resultados
del análisis de confiabilidad del sistema de abastecimiento actual considerando las
restricciones existentes, se identificarán las amenazas más significativas y determinar
el grado de vulnerabilidad de la infraestructura y componentes del sistema de
abastecimiento actual para cuantificar y valorar el riesgo, que implica la consideración
de las causas y fuentes del riesgo, sus consecuencias y la probabilidad de que dichas
consecuencias puedan ocurrir. Es el modelo mediante el cual se relaciona la amenaza
y la vulnerabilidad de los elementos expuestos, con el fin de determinar los posibles
efectos sociales, económicos y ambientales y sus probabilidades.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Programa de rehabilitación y reducción de la vulnerabilidad
Se elaborará el programa de inversiones aplicando la metodología de costo mínimo,
sobre los componentes del sistema de abastecimiento que requieren ser intervenidos
por concepto de rehabilitación y mitigación de la vulnerabilidad
Optimización sistema de abastecimiento actual
Se analizará y definirá el programa de optimización y plan de inversiones que
permitirán aumentar el caudal confiable del sistema de abastecimiento actual.
Actualización del plan maestro de expansión del sistema de abastecimiento
Se analizarán las necesidades de expansión del sistema de abastecimiento con base
en los proyectos formulados en el plan maestro de abastecimiento actual y en las
proyecciones de la demanda de agua para la ciudad – región, registradas en los
estudios adelantados por la EAB-ESP para Bogotá y sus municipios vecinos.
Si se concluye que debido a restricciones ambientales y legales no se pueden
desarrollar los proyectos contemplados en los planes maestros anteriores, se deberá
plantear nuevas alternativas de expansión para que la EAB-ESP desarrolle los
estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseños enmarcados en un programa
concreto, que incluya la priorización de los proyectos teniendo en cuenta las
restricciones ambientales, jurídicas, sociales, políticas, prediales, institucionales,
además de la cantidad y calidad del recurso hídrico disponible.
Plan de inversiones de los planes, programas y proyectos de rehabilitación,
disminución de la vulnerabilidad, optimización y expansión de acueducto.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Elaboración del plan de inversiones que recopile las obras de vulnerabilidad,
rehabilitación, optimización y expansión que debe adelantar la empresa en el corto
mediano y largo plazo para garantizar la continuidad y confiabilidad del
abastecimiento de agua a Bogotá y varios de sus municipios vecinos.
Para cada proyecto se especificarán claramente las actividades y fases que se deben
hacer en cada uno desde el inicio hasta su terminación, es decir, diseño conceptual,
prefactibilidad, factibilidad, diseño detallado, interventoría del diseño, predios, obra,
interventorías de obras, compra de equipos, entre otros.
Ajuste proyecciones del despacho óptimo
Se adelantará un análisis y evaluación expost de la implementación del despecho
óptimo de plantas adoptado por la EAB-ESP en los últimos 10 años, valorando
especialmente sus beneficios e implicaciones.
Actualización de la base estratégica
Teniendo en cuenta las proyecciones de la demanda de agua, las concesiones por
uso del agua de las fuentes Río Bogotá, Río Teusacá, Río Tunjuelo, Río San
Cristóbal, Sistema Chingaza, Río Blanco, Quebrada Yomasa, la optimización del
sistema actual, el desvío del río Teusacá, la Concesión de Tibitoc, la operación de las
Centrales Hidroeléctricas de Santa Ana, Usaquén y Suba, el despacho óptimo de
plantas, las obras de optimización, vulnerabilidad, rehabilitación, y expansión del
sistema de abastecimiento actual, el plan de manejo ambiental del sistema Chingaza
y el plan de manejo ambiental del sistema sur de abastecimiento, se actualizará la
base estratégica establecida en el estudio del Plan Maestro de Abastecimiento del
año 2005, para el período 2014-2033, donde se define la gestión que debería
adelantar la EAB-ESP en el corto plazo o hasta que sea necesaria una nueva
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
actualización del PMA, para garantizar la confiabilidad del sistema de abastecimiento
en el mediano y largo plazo (de 10 a 20 años) con base en la información, resultados
y productos que se obtengan del presente estudio.
Adicional a lo anterior, actualmente se encuentra en trámite la modificación del
contrato en mención para ambos componentes, tanto abastecimiento como
alcantarillado, que generaran actualizaciones en algunos productos ya entregados por
la consultoría.
ESTADO ACTUAL DEL CONTRATO:
El estado actual del contrato a 30 de Abril de 2015 es el siguiente:
TIEMPO TRANSCURRIDO: 429 días
PORCENTAJE DE TIEMPO TRANSCURRIDO: 58.52%
Avance físico
Componente Abastecimiento
PRODUCTO AVANCE
P1
Revisión de las proyecciones de la distribución
espacial de la población y demanda de agua de la
ciudad de Bogotá y los municipios vecinos
100%
P2 Diagnóstico del Sistema de Abastecimiento Actual 100%
P3 Estudio de Disponibilidad Hídrica y de Tratamiento del
Sistema de Abastecimiento 100%
P4 Estudio y Análisis de la Calidad del Agua de las
Fuentes de Abastecimiento y del Agua Suministrada 100%
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
P5
Aspectos Ambientales, Sociales, Prediales, Legales y
Normativos a Considerar para el Sistema de
Abastecimiento de Agua.
100%
P6 Confiabilidad del Sistema de Abastecimiento
Considerando las Restricciones Existentes 100%
P7 Análisis de Vulnerabilidad y Riesgo del Sistema de
Abastecimiento Actual 100%
P8 Rehabilitación y Reducción de la Vulnerabilidad del
Sistema de Abastecimiento Actual 100%
P9 Optimización del Sistema de Abastecimiento Actual 100%
P10
Actualización del Plan Maestro de Expansión del
Sistema de Abastecimiento para la Bogotá y sus
Municipios Vecinos
100%
P11
Plan de Inversiones de los planes, programas y
proyectos de rehabilitación, disminución de la
vulnerabilidad, optimización y expansión de
acueducto.
100%
P12 Análisis y Actualización del Estudio de Despacho
Óptimo de las Plantas 100%
P13 Actualización de la Base Estratégica para el Periodo
2014-2033 100%
P14
Informe Final y Ejecutivo del Plan Maestro de
Abastecimiento de Agua para Bogotá y sus Municipios
Vecinos
En revisión
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Componente Alcantarillado
PRODUCTO AVANCE
P1 Recolección y Análisis de Información. 100%
P2 Transferencia de Conocimiento. 100%
P3 Inspección y Catastro de la Red Troncal Subcuencas
Fase 1A 100%
P4 Programa de Rehabilitación Integral del Sistema 84%
P5 Programas Generales de Mantenimiento y Operación 24%
P6 Programa integral de manejo de aguas lluvias 57%
P7 Modelos hidráulicos Calibrados 57%
P8 Sistema de Gestión de Calidad de los procesos de
alcantarillado troncal 87%
4.21 AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS DEMÁS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre la realización, revisión y/o ajuste de los planes de Saneamiento y
Manejo de Vertimientos – PSMV de manera que se garantice efectivamente
un manejo integral y se minimice y reduzca la contaminación en la cuenca
hidrográfica del Río Bogotá, lo anterior bajo criterios técnicos y económicos.
Avance: En el marco de las funciones y competencias dadas a la Secretaría Distrital
de Ambiente como autoridad ambiental urbana del Distrito Capital, se ha venido
realizando seguimiento a la Resolución 3257 de 2007 en la cual se le impuso
obligaciones a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá -EAB-ESP
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
para el saneamiento del recurso hídrico urbano en el Distrito Capital, del seguimiento
a dicho acto administrativo se ha establecido que las obras estructurales planteadas
(construcción de los interceptores) están completamente desarrolladas. No obstante,
el sistema de colectores asociados al interceptor Tunjuelo-Canoas no ha entrado en
operación y los puntos de vertimiento no han sido interceptados, lo que implica que
las metas de reducción de cargas contaminantes no se han cumplido y se continúa
vertiendo carga contaminante a los ríos, afectando el cumplimiento a los objetivos de
calidad establecidos con el propósito de recuperar los ríos del Distrito. Bajo este
escenario la Secretaría Distrital de Ambiente proporcionó los lineamientos técnicos
para la presentación de la propuesta de ajuste y actualización del Plan de
Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV de la EAB ESP para lo cual se debía
tomar como referencia obligatoria lo dispuesto en al artículo 4 de la Resolución 1433
del 2004 ―Por la cual se reglamenta el artículo 12 del Decreto 3100 de 2003”. Lo
anterior mediante oficio 2013EE003119 del 14 de enero de 2013. (Adjunto al
presente).
Posteriormente, impartida la orden 4.21 en la Sentencia de la Acción Popular
encaminada a la descontaminación del Río Bogotá, la Secretaría Distrital de Ambiente
con el fin de contar con las herramientas técnicas necesarias para cuantificar los
efectos de las obras y acciones que se planteen por parte de la Empresa de
Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (EAB-ESP) en el ajuste o actualización
del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos de la ciudad celebró el Contrato
de Ciencia y Tecnología en la Modalidad de Convenio Especial de Cooperación No.
1520 de 2014, con el objeto de ―Desarrollar, implementar y transferir conocimiento
mediante una herramienta de modelación dinámica de la calidad del agua de los
principales cuerpos loticos de la ciudad de Bogotá para actualizar y robustecer los
instrumentos utilizados en la planificación y toma de decisiones sobre la calidad del
recurso hídrico urbano‖, actualmente en ejecución. La modelación de la calidad del
recurso hídrico permitirá actualizar y/o modificar objetivos de calidad de los principales
39
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
cuerpos loticos de la ciudad, establecer las metas de cargas contaminantes para el
quinquenio 2016–2020, generación de escenarios de saneamiento además de
proporcionar los criterios técnicos para que el prestador del servicio evalué los
criterios económicos.
De igual manera la Secretaría Distrital de Ambiente mediante Requerimiento
2015EE24784, adjunto al presente, en consideración a que el Plan de Saneamiento y
Manejo de Vertimientos no es un instrumento que se aplique en forma independiente,
sino que se articula con otros instrumentos ambientales de ordenación del recurso
hídrico local e instrumentos económicos vigentes como los Objetivos de Calidad y las
Metas Globales de Cargas Contaminantes, plantea la necesidad de realizar el ajuste y
actualización del PSMV, consecuente con lo ordenado por el Consejo de Estado, bajo
lineamientos técnicos ambientales con el propósito de eliminar y/o disminuir las
cargas contaminantes aportadas a los afluentes principales de la ciudad (Ríos Torca,
Salitre, Fucha y Tunjuelo) y a las corrientes secundarias (ríos, quebradas y canales),
en procura de generar programas, acciones y actividades encaminadas a que se
garantice un manejo integral que conlleve a la mejora de la calidad del recurso
hídrico.
Por su parte, la EAB creó a partir del mes de agosto del año 2014 el Comité (interno)
para la Actualización del Programa de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, como
parte del desarrollo de este comité; durante este semestre se desarrollaron diversas
reuniones con la Secretarias Distrital de Ambiente – SDA para realizar de forma
coordinada la actualización de este plan.
Como resultados importantes obtenidos en el desarrollo de estos comités se puede
mencionar que a la fecha ya se cuenta con una estructura general de lo que
contemplará la actualización del plan al cual se presenta en la Ilustración 1.
40
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Ilustración 1 Componentes de la Actualización del PSMV
En la actualidad la EAB se encuentra en la fase de identificación y diagnóstico inicial
de los puntos de vertimientos incluidos y a incluir dentro de la actualización del PSMV,
así como el cálculo de las metas de reducción que serán presentadas a la autoridad
ambiental, una vez se cuente con este diagnóstico se iniciaráan las fases planificación
de la solución para la eliminación de dichos vertimiento (eliminación de carga
contaminante vertida). Al respecto es importante mencionar que estas fases de
identificación se han realizado con el acompañamiento de la Secretaría Distrital de
Ambiente y la comunidad en el marco de las mesas técnicas realizadas para el
establecimiento de las estrategias de saneamiento de las cuencas de la ciudad.
PSMV PROPUESTO
1.EDUCACIÓN
2.INVENTARIO
IDENTIFICACIÓN
DIAGNÓSTICO
PRIORIZACIÓN
3.OBRAS
INTERCEPTORES
ESCTRUCTURAS DE ALIVIO
4.CONEXIONES ERRADAS
ACCIONES CORTO Y MEDIANO PLAZO.
Obras de Mitigación. (Solución Descarga)
Obras de Eliminación (Proyectos en Proceso)
ACCIONES LARGO PLAZO.
Plan de Inspección (Solución Origen).
41
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Por otra parte, la EAB en el año 2013 contrató la ACTUALIZACIÓN DEL PLAN
MAESTRO DE ABASTECIMIENTO Y LA ELABORACIÓN Y FORMULACIÓN DEL
PLAN MAESTRO DE ALCANTARILLADO PARA BOGOTÁ Y SUS MUNICIPIOS
VECINOS, esta actualización contempla dentro de los entregables principales el
Programa de Rehabilitación Integral del Sistema de Alcantarillado Troncal (Producto
No. 4 de la consultoría). Este producto incluye dentro de su alcance el estudio a nivel
de factibilidad de proyectos requeridos para a atender los compromisos de
saneamiento consignados en el PSMV. Los resultados de este producto serán
entregados por el consultor el 30 de junio del presente año y los mismos se tomarán
en cuenta para la actualización de este plan.
De otra parte, si bien, el control de vertimientos es una actividad propia de la
Secretaria Distrital de Ambiente, la EAB contribuye adicionalmente en este aspecto
con estrategias definidas en el Programa de Efluentes Industriales, buscando mejorar
el desempeño del sector productivo y evitar el deterioro de las redes del alcantarillado
sanitario, por vertimientos que no cumplen con la norma definida para tal fin, como el
mejoramiento de la calidad del recurso hídrico de la ciudad.
En este contexto, desde el 2004 la Empresa trabaja mancomunadamente con los
usuarios no residenciales, con los siguientes resultados:
- Aplicación de una encuesta a usuarios del sector industrial para conocer su
percepción frente a la implementación del programa de efluentes
- Elaboración de un documento sobre el Programa de Efluentes Industriales -
PEI- a la EAB, en el cual se definieron objetivos, actividades, metodología,
estructura organizacional, estrategias e instrumentos para la implementación.
42
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Implementación de una prueba piloto del Programa con 100 usuarios, apoyada
en visitas técnicas de inspección ―in situ‖ durante el periodo 18 de octubre de
2011 al 2 de marzo del 2012.
- Diseño de protocolos de visita, retroalimentación y seguimiento.
- Campaña de comunicación masiva, para informar a los usuarios de la
obligaciones del monitoreo de los efluentes de acuerdo al Decreto 3930 de
2010.
- Actividades de retroalimentación de los resultados de la prueba piloto a los
usuarios que presentaron parámetros fuera de la norma, en esta se realizó una
sensibilización para el buen uso del sistema de alcantarillado y se propuso la
elaboración de un plan de acción con cada uno de los usuarios.
- En cumplimiento del Decreto 3930 de 2010, se creó el Aplicativo Web
―caracterización de vertimientos‖ que permite a los usuarios subir los resultados
de las caracterizaciones que deben realizar de acuerdo con lo exigido por la
norma.
- Se han presentado a la autoridad ambiental en el formato de la Resolución
0075 de 2011, las caracterizaciones reportadas por los usuarios.
- Se han elaborado dos piezas comunicativas enviadas por correo electrónico a
los usuarios no residenciales con recomendaciones sobre el buen uso del
sistema de alcantarillado y la gestión adecuada de los vertimientos.
- Como estrategia de comunicación masiva se han realizado capacitaciones con
cadenas de restaurantes como: Crepes & Waffles y El Corral, en las que se les
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
ha orientado para realizar un autodiagnóstico de la gestión de vertimientos en
cada uno de los puntos de venta.
- Visitas de inspección a: i) usuarios localizados en áreas con frecuente
mantenimiento del sistema de alcantarillado, ii) por solicitud de los usuarios
interesados en el programa de efluentes y iii) usuarios identificados a partir del
análisis de la información de las caracterizaciones suministradas en el marco
del Decreto 3930 de 2010.
- Apoyo al SENA para la construcción de la norma de competencias laborales en
control de vertimientos
- Se elaboró un análisis con la herramienta SIG para definir las áreas críticas
que reportan daños frecuentes del sistema de alcantarillado por vertimientos
asociados a usuarios no domésticos.
- Metodología para la articulación de los aplicativos web, que recogen
información sobre los vertimientos con la Secretaría Distrital de Ambiente.
Finalmente, la Secretaría Distrital de Ambiente una vez la EAB presente la propuesta
de actualización del PSMV que responda a las necesidades de mejoramiento de
calidad de los ríos de la ciudad, procederá a evaluar y establecer las obligaciones del
nuevo PSMV mediante acto administrativo.
4.22 AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS DEMÁS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre la realización, revisión y/o ajuste de los planes de Gestión Integrada
de Residuos Sólidos – PGIR´s. Igualmente, indicar si la formulación y
elaboración de los PGIRs se ha realizado bajo un esquema de
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
participación con los involucrados en la gestión, manejo y disposición de los
residuos sólidos, acorde con los lineamientos de la jurisprudencia de la corte
Constitucional.
Avance: El Distrito Capital cuenta con dos instrumentos para la Gestión Integral de
Residuos Sólidos 1. Plan Maestro Integral de Residuos Sólidos- PMIRS adoptado por
el Decreto 312 de 2006 y 2. PGIRS adoptado por la Resolución 132 de 2004 de la
UAESP. Durante el año 2012 y 2013 se realizó convenio con la Agencia de
Cooperación Internacional del Japón (JICA) para la actualización del PMIRS en el
componente de la prestación del servicio de aseo incluyendo la nueva variante de la
prestación del servicio de aprovechamiento. Esto dio como resultado el informe final
de JICA " Proyecto de Estudio del Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos
Sólidos en Bogotá. D.C.‖ Teniendo en cuenta que el 20 de diciembre de 2013 el
Decreto 2981 del Ministerio de Vivienda indicó que los municipios deben realizar y
ajustar el PGIRS en enero de 2014 la UAESP realiza el análisis y se realiza un plan
de acción para la modificación del PGIRS y para realizarlo utiliza la Resolución 1045
(26 de septiembre de 2003) del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial - por la cual adopta la metodología para la elaboración de los Planes de
Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIRS, y se toman otras determinaciones. Para
dar cumplimiento a esta metodología la UAESP ha realizado las siguientes
actividades:
Conformación de los siguientes grupos de trabajo:
Un Grupo Coordinador: presidido por el Alcalde o su delegado (persona de la
administración municipal encargada de los temas relacionados con el servicio de aseo
y la gestión de los residuos sólidos) y conformado por representantes de la autoridad
ambiental respectiva, de las personas prestadoras del servicio público de aseo, de las
agremiaciones del sector productivo, de las ONG, del sector educativo, de los
recicladores organizados y el director del grupo técnico de trabajo.
45
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Un Grupo Técnico de Trabajo, de carácter interdisciplinario en las áreas de
ingeniería, social, planificación y administración pública, economía y finanzas. El
grupo estará encargado de programar, organizar y ejecutar el trabajo técnico
requerido para la formulación y ejecución del PGIRS. Se deberá establecer un director
del grupo.
Entidades a las cuales se convocó:
• Alcaldía de Puente Aranda.
• Secretaria de salud
• Integración Social
• Jardín Botánico
• Secretaria Distrital de Ambiente.
• Desarrollo Económico.
• Secretaria Distrital de ambiente.
• Universidad de la Salle
• Universidad Andes.
• Secretaria Distrital de Educación
• Secretaria de Gobierno
• ANDI.
Teniendo en cuenta la metodología utilizada por la JICA para el trabajo realizado en
esta consultoría, la UAESP tomó como insumo el resultado de estos y se continuó con
la modificación del PGIRS.
Las acciones realizadas son:
46
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Conformación del Grupo Coordinador y Técnico según Resolución 1045 de 2004 para
la modificación del PGIRS. Para la modificación del PGIRS se conformaron las
siguientes mesas de trabajo por tipo de residuo: Escombros, Hospitalarios,
Peligrosos, Lodos y Biosólidos, Residuos Orgánicos, Residuos Aprovechables
(Inorgánicos), Prestación del servicio de aseo ordinarios, Disposición Final y Mesa
Educación. A la fecha contamos con los siguientes capítulos del DTS del PGIRS:
capítulo 1: Diagnóstico General: Es la descripción General de la ciudad de Bogotá,
Capitulo 2 Diagnóstico Socio Económico de Bogotá. Capítulo 3 Diagnóstico
Ambiental. Descripción de todos los permisos ambientales, tanto del relleno sanitario
Doña Juana, como los permisos ambientales requeridos por todos los prestadores del
servicio de aseo. Capítulo 4. Diagnóstico Técnico Operativo y Planeación. Capítulo 5
Diagnóstico Institucional. Se realiza la descripción de cada una de las entidades y
responsabilidades en el manejo de los residuos sólidos en el Distrito. Capítulo 6
Diagnóstico Administrativo. El diagnóstico administrativo parte de la presentación
orgánica de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- UAESP y de los
prestadores de servicio público y operadores responsables de la prestación del
servicio. Capítulo 7 Diagnóstico Financiero y Económico. (prestación del servicio de
aseo). Capítulo 8. Diagnóstico Comercial. Capítulo. 9 Proyección de Residuos
Sólidos.
Otros avances. Se está en un 70% del capítulo correspondiente a: GESTION DE
RESIDUOS Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO EN EL AREA RURAL DE
BOGOTA D.C.
Informe ―Caracterización de la población recicladora de oficio en Bogotá‖ Análisis del
Censo 2012.
Se han realizado Talleres con el Ministerio de Vivienda y Ambiente sobre la nueva
metodología propuesta por este Ministerio para la modificación del PGIRS.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Se conformó la mesa nacional de Escombros cuyos participantes son: Ministerio de
Ambiente, CAR, Secretaria de Ambiente de la Gobernación de Cundinamarca,
Secretaría Distrital de Ambiente, IDU, E.A.B, industriales que laboran en el
Aprovechamiento de RCD, teniendo en cuenta que hay que modificar la normatividad
vigente del manejo de escombros. Ya que la estructuración de este manejo de RCD
incluye el aprovechamiento el cual va a quedar incorporado en el PGIRS.
A la fecha contamos con matriz por componente de residuos sólidos: Que Incluyen:
Objetivo, Objetivos Específicos, Estrategias. Metas y un planes de acción a corto,
mediano y largo Plazo.
Actualmente la UAESP inició el proceso de ajustar los avances a la nueva
metodología del Ministerio de Vivienda según la socialización en los talleres
realizados con el Ministerio de Vivienda.
DTS PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO COMPONENTE DE
APROVECHAMIENTO. El cual se envió a las organizaciones de recicladores para
tener las observaciones y llegar a consensos en la implementación y metas a quedar
incluidas en el PGIRS.
El 25 noviembre de 2014 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 0754 por la cual modificó la
metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y
actualización de los Planes de Gestión Integral de los Residuos Sólidos situación que
generó un retroceso en los avances de la modificación.
Actualmente estamos trabajando en los ajustes para dar cumplimiento a estos nuevos
lineamientos. El 26 de mayo de 2015 el Ministerio de Vivienda amplió el plazo para
esta modificación hasta el 20 de diciembre de 2015. El Distrito ingresó en el mes de
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
agosto a socializar la modificación con la ciudadanía en todas las localidades y
actores involucrados en la gestión de los residuos sólidos.
Es de anotar que la propuesta del servicio de aseo de aprovechamiento se ha
trabajado conjuntamente con la población recicladora y se han realizado las diferentes
mesas de trabajo, se han logrado avances significativos, a pesar de no contar con la
fórmula tarifaria para la prestación de este servicio de aseo. Los avances están
ligados con todas las acciones para dar cumplimiento al Auto 275 de 2011 de la Corte
Constitucional.
4.23 A LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA
– CAR Y A TODOS Y CADA UNO DE LOS ENTES TERRITORIALES
AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO BOGOTA. Informe
sobre la identificación e o (sic) inventario de las áreas de manejo a las
cuales hace referencia el Código de Recursos Naturales – Decreto 2811 de
1974 y las zonas de protección especial tales como páramo, subpáramos,
nacimientos de agua y zonas de recarga de acuíferos que se encuentren en
su jurisdicción, y de manera inmediata adopten las medidas necesarias para
su protección, conservación y vigilancia de las mismas.
Avance: La SDA acogió e incorporó en el sistema de información geográfica el mapa
con la delimitación de los ecosistemas paramunos de Colombia generado por
Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt IIRBAvH,
en el marco del Convenio de Asociación No. 09-282 de 2009 entre el MAVDT y dicho
instituto.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Imagen 1. Páramo de Chingaza en el D.C. (Tomado del IIRBAvH)
Con respecto a la delimitación de zonas de recarga de acuíferos, la SDA a través de
Contrato de Prestación de Servicios 723 del 2012, adelantó el estudio para la
definición del ―Sistema de Modelamiento hidrogeológico del Distrito Capital‖ el cual
hace parte de los instrumentos de gestión con los cuales se priorizan las acciones de
restauración ecológica, insumo fundamental en la elaboración del estudio de
importancia hídrica del Distrito.
Finalmente, las áreas de importancia estratégica fueron identificadas en el Decreto
190 de 2004, (Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital), en donde se
definió que la Estructura Ecológica Principal del Distrito está conformada por el
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital, los parques urbanos, corredores
ecológicos y la ronda y zona de manejo de preservación del rio Bogotá. En este
sentido, el sistema de áreas protegidas corresponde a un grupo de ecosistemas de
importancia estratégica, definido como el conjunto de espacios con valores singulares
para el patrimonio natural del Distrito Capital, la región o la nación cuya conservación
resulta imprescindible para el funcionamiento de los ecosistemas. En el ejercicio de
formulación del POT el Distrito identificó un grupo de áreas a las que por su valor les
otorgó el carácter de áreas protegidas las cuales se encuentran plenamente
delimitadas.
No obstante, en el ejercicio de actualización de POT en el año 2013, el Distrito
identificó nuevas áreas de valor ecológico, las cuales fueron incluidas en el Decreto
364 de 2013 que corresponde a la adopción de la Modificación Excepcional del POT,
Decreto que actualmente se encuentra suspendido.
4.23 ii) A LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR Y AL DISTRITO CAPITAL. Informe sobre la
adopción de las medidas necesarias para la protección y conservación de
los nacimientos de agua que se encuentran en el corredor ambiental de la
zona oriental de Bogotá.
Avance: En el ejercicio de revisión del Plan de Manejo Ambiental de la Reserva
Forestal Protectora de los Cerros Orientales que adelanta la CAR con el apoyo del
Distrito, se contempla dentro de la propuesta el programa de manejo del recurso
hídrico, el cual está conformado por tres proyectos, uno de ellos denominado
Recuperación y Protección de las Zonas de Ronda el cual abarca la protección de los
nacimientos de agua. Al respecto se avanza en proceso de ajuste y se espera luego
de su adopción implementar las medidas proyectadas.
51
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El programa No. 1, denominado conservación y manejo integrado de los recursos
naturales, que tiene por objeto desarrollar acciones tendientes a la preservación de
las áreas que se encuentran en el mejor estado de conservación al interior de la
reserva (bosques, pajonales, frailejonales, zonas de recarga hídrica y nacimientos);
restaurar las áreas cuya vocación sea de preservación (nacimientos, rondas hídricas,
áreas sensibles transformadas por minería, agricultura, ganadería, incendios
forestales, invasiones biológicas).
Por otro lado, el Distrito adelanta inversiones para la recuperación integral de las
quebradas localizadas en los cerros orientales. Como parte de los resultados
obtenidos de este proceso, el Distrito cuenta con amplia información sobre las
condiciones y alternativas de recuperación para las quebradas que descienden de los
Cerros Orientales, gracias al trabajo articulado entre la administración distrital y local,
actores sociales locales y organizaciones ambientales con experiencia reconocida, el
Distrito cuenta con un modelo de gestión estructurado que orienta los procesos en las
diferentes localidades, el cual fue validado en un ejercicio piloto en la quebrada las
Delicias y Morací de la Localidad de Chapinero. El modelo fue documentado y puede
ser consultado en el vínculo
http://quebradasusaquen.wordpress.com/2014/08/15/libro-proyecto-recuperacion-
integral-de-quebradas-de-chapinero/.
Por otra parte, desde la SDA se adelantan actualmente acciones de coordinación con
las diferentes Alcaldías Locales para concurrir en procesos de recuperación integral
de los espacios del agua. A continuación se presentan los principales resultados
alcanzados en la recuperación ecológica y paisajística de la ronda y ZMPA de las
microcuencas de los ríos Fucha, Salitre, Tunjuelo y Torca.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Tabla 1. Número de kilómetros y hectáreas recuperadas ecológicamente/cuenca
urbano-rural (gestión e intervención) 2014.
CUENCA QUEBRADAS KM KM HA LOCALIDADES
Torca Aguas Calientes 1,593 1,593 3,39 USAQUEN
Morací – Usaquén 0,72 0,61 USAQUEN
Morací - Chapinero 0,357 1,765 CHAPINERO
Chulo 1,3 9,8 SANTA FE / CHAPINERO
Delicias 1,3 4,5 CHAPINERO
Puente piedra 0.53 1,22 USAQUEN/CHAPINERO
Carbonera 0,91 0,5 CIUDAD BOLIVAR
Santa Rita 0,97 0,34 CIUDAD BOLIVAR
Santo Domingo 0,91 0,657 CIUDAD BOLIVAR
Guairita 2,9 1 RAFAEL URIBE URIBE/ USME
Palestina 0,1494 1,6 USME
Porquera 1,5 1,5 CIUDAD BOLIVAR
Padre de Jesús 0,45 1,7 CANDELARIA/SANTA FE
Mochón del Diablo 0,348 2 CANDELARIA/ SANTA FE
San Bruno 0,217 1,3 CANDELARIA/ SANTA FE
13,6 13,6 31,8TOTAL
REPORTE QUEBRADAS DE 2014
Salitre
3,677
Tunjuelo
7,3394
Fucha
1,015
53
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Imagen 2. Total quebradas intervenidas en el marco del proyecto 821 2014.
La gestión para la recuperación integral de quebradas se resume en el desarrollo de
las siguientes actividades:
Diagnóstico físico, biótico, limnológico y socioeconómico de nueve
microcuencas de lo localidad de Usaquén, que incluye la zonificación y
priorización de las quebradas: La Floresta, San Juan, Patiño y Aguas Calientes
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
del sistema Torca, y Santa Bárbara, Quebradita, Morací, San Antonio y Puente
Piedra del sistema Salitre.
Reconocimiento, diagnóstico y formulación de los diseños de restauración
ecológica en la microcuenca Torca: quebradas Aguas Calientes, La Floresta y
San Juan y de Morací y Puente Piedra y de la Chorrera, Subcuenca Salitre,
identificando un área potencial de restauración equivalente a 6,56 km del
afluente.
Planificación de reconexión de la quebrada Aguas Calientes al Humedal Torca
y de las acciones de corrección de vertimientos de las quebradas Morací y
Puente Piedra (M-cu Salitre).
Gestión con las comunidades para la apropiación y vinculación de grupos
juveniles organizados para la intervención concertada, garantizado la
sostenibilidad.
Implementación, seguimiento y monitoreo a las acciones de restauración
ecológica en la quebrada Aguas Calientes (Torca) y Morací y Puente Piedra
(Salitre).
Limpieza de 3,35 km de la ronda y ZMPA de las quebradas Delicias del
Carmen, Trujillo, Canal Callejas, Aguanica y La Salitrosa; así como de la
quebrada el Chulo y del río Arzobispo.
Recolección manual con el Programa de ―Vigías del Agua‖ de 22,65 ton de
escombros en 24,07 km de la ronda y ZMPA del río Arzobispo y en las
quebradas Delicias, Morací (Salitre), Chorro Silveiro, Seca, Chiguaza,
Chiguaza-Meissen, Morales, Verjones, La Nutria, Yomasa, Nueva Delhi, Zanjón
55
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
de la Muralla, Caño Galindo, Hoya del Ramo, La Palestina, Sureña, Santa
Librada y Fiscala (Tunjuelo).
Restauración ecológica en la zona de Altos de la Estancia (localidad Ciudad
Bolívar), en las quebradas La Carbonera y Santa Rita, para un total de
intervención en estas quebradas de 2,79 km.
Implementación de módulos de restauración ecológica en el sector de Nueva
Esperanza (localidad de Rafael Uribe Uribe), quebrada La Guairita y en áreas
potrerizadas de la quebrada Palestina.
Intervención en la ronda del río Tunjuelo en el sector Guadalupe (cerca de
3335 individuos plantados en más de 0.8 ha) y delimitación de1,5 ha nuevas
para procesos de restauración ecológica.
Intervención con acciones de control de invasiones, enriquecimiento vegetal y
plantación de más de 2000 árboles en 5 hectáreas de la Subcuenca Fucha,
que propician la conectividad entre los Cerros Orientales y las quebradas
Padre de Jesús, Mochón del Diablo y San Bruno.
A continuación se resumen las inversiones realizadas por la SDA y en asocio con
otras entidades para la protección y conservación del recurso hídrico.
56
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Tabla 2. Inversiones realizadas por la SDA en asocio con otras entidades para la
protección y conservación del recurso hídrico.
Convenio Aliado Objeto Total
Convenio de
Asociación No. 031 de
2009 SDA/ 090 de 2009
FDLCH
Fundación
Conservación
Internacional Colombia -
Secretaría Distrital de
Ambiente - Fondo de
Desarrollo Local de
Chapinero
Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y económicos para la
realización del diagnóstico del estado actual de las quebradas de
Chapinero y los diseños y ejecución de las acciones de
recuperación integral de las mismas, de acuerdo al proyecto 549
"Recuperación Integral de las Quebradas de la Localidad", a los
estudios previos de la Secretaría y a los términos de referencia del
Fondo y a la propuesta presentada por la FUNDACIÓN,
documentos que hacen parte integral del presente convenio.
$ 797.890.525
Convenio 14 de 2012
de Investigacion de
Recursos Biológicos
Alexander Von Humbolt.
Aunar esfuerzos técnicos administrativos y financieros entre el
Iinstituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von
Humboldt IAvH y la SDA con el fin de diseñar herramientas para
el manejo del paisaje del suelo rural del D.C. que integran aspectos
de conservación de paisaje natural sus relicos y los aspectos
$ 333.667.380
Convenio 066 de 2012 Fondo Desarrollo Local
de Chapinero
Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y económicos para dar
continuidad a las acciones de recuperación integral de las
quebradas de la Localidad de Chapinero que hacen parte de la
$ 300.656.131
Convenio
interadministrativo de
cofinanciación No. 066
de 2012
Fondo de Desarrollo
Local de Chapinero
Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y económicos para dar
continuidad a las acciones de recuperación integral de las
quebradas de la localidad de Chapinero que hacen parte de la
cuenca del río Salitre.
$ 300.656.131
Convenio 1309 de 2013
con Patrimonio Natural
Fondo Fara la
Biodiversidad y Áreas
Protegidas
Anuar esfuerzos técnicos, administrativos y económicos para
diseñar el programa de pago por servicios ambientales en la
ruralidad del DC. y estructurar un esquema local de PSA en una
microcuenca priorizada en la cuenca del Tunjuelito
$ 412.000.000
Convenio 1215 de 2013
Instituto de
Investigación de
Recursos Biológicos
Alexander Von Humbolt.
Anuar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el
Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von
Humbolt para diseñar herramientas de manejo del paisaje en el
suelo rural del distrito capital y generar insumos técnicos que
aporten a la consolidación del modelo sur del borde urbano rural
$ 859.448.260
Convenio 946 de 2013 Corporacion Suna Hisca
Aunar recursos técnicos financieros y humanos para la formación
de un grupo de vigías del agua que desarrollen acciones operativas
dirigidas a la atención de riesgos ambientales en los ecosistemas
$ 2.290.000.000
Convenio 01201 de
2013
Fondo de Desarrollo
Local de Usaquen -
Conservation
International
Foundation
Aunar esfuerzos técnicos administrativos y económicos para
desarrollar acciones de recuperación integral de las quebradas Snta
Barbara, San Antonio, Moraci, Quebradita, Puente Piedra, Santa
Bárbara, San Juan, Aguas Calientes Patiño y la Floresta en
Jurisdicción de la localidad de Usaquén en la ciudad de Bogotá
$ 1.163.173.924
Convenio no.999 de
2013 Fundación Natura
Aunar esfuerzos técnicos administrativos y financieros para
garantizar el desarrollo y la sostenibilidad de procesos de
restauración rehabilitación y/o recuperación ecológica en el sistema
$ 1.379.470.520
Contrato 1510 de 2013 Ecodes Ingeniería SAS
Implementar las acciones de recuperación integral en la zona de
ronda y en la zona de manejo y preservación ambiental en tramos
priorizados de la quebrada el chulo y del rio arzobispo
$ 646.066.897
Convenio 1310 de 2013
Fondo de desarrollo
local de la Candelaria y
Fundación Alma
Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y económicos para
generar acciones de recuperación integral en el rio San Francisco
(Vicacha) y las quebradas Padre Jesús, Mochón de Diablo y San
$ 543.637.683
Convenio de
Asociación No. 956 de
2013
Corporación Ecofondo
Aunar recursos técnicos, financieros y humanos para el manejo
ambiental de áreas afectadas por alta amenaza y/o alto riesgo no
mitigable en el sector de Nueva Esperanza de la Localidad de Rafael
Uribe Uribe y Altos de la Estancia de la Localidad de Ciudad
$ 1.112.600.000
Contrato 1151 de 2014 Consorcio
Asoprosabanas Bogotá
Establecer acciones para el afianzamiento del modelo de gestión
ambiental orientado a la reconversión productiva y recuperación
ambiental de áreas prioritarias rurales y áreas abastecedoras de
acueductos veredales de la cuenca del Tunjuelo
$ 997.524.788
Contratos 2014 no. de contratos: seis (6)Meta: Intervenir 100 hectáreas estratégicas asociadas al
abastecimiento de acueductos veredales con acciones de gestión $ 69.510.000
Contratos: ocho (8)
nuevo y cuatro (4)
adiciones
Promocionar y/o implementar en 500 familias campesinas, acciones
de reconversión de sistemas productivos afines a la conservación
y uso sostenible de la biodiversidad, los suelos y el agua.
$ 198.830.000
Contratos: veintitres
(23) nuevo y seis (6)
adiciones
Meta. Generar en 234,30 hectáreas procesos de recuperación,
rehabilitación, restauración y/o conservación de las zonas de ronda
hidráulica y/o ZMPA de tramos de quebradas
$ 516.790.000
INVERSIONES SDA PARA LA RECUPERACIÓN Y PROTECCIÓN DEL RECURSO HIDRICO
57
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4..24: A LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR, AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL
DISTRITO CAPITAL Y A TODOS Y CADA UNO DE LOS ENTES
TERRITORIALES AFERENTES A LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RIO
BOGOTA informe sobre la identificación e inventario de las zonas donde se
necesita iniciar procesos de reforestación protectora mediante la siembra de
especies nativas colombianas y el cuidado de éstas. Además indicar los
avances en la priorización de las áreas degradadas o petrolizadas que
necesitan con urgencia intervención para reforestación.
Avance: La SDA adelanta el Estudio del Potencial de Restauración Ecológica del
Distrito, el cual identifica y otorga nivel de prioridad a las áreas que requieren ser
intervenidas con tratamientos de restauración ecológica; tratamientos que en la
actualidad son considerados por la comunidad científica como más eficaces para la
recuperación de la diversidad funcional, que los procesos de reforestación protectora.
El documento se encuentra en proceso de revisión y ajustes por parte de la Entidad.
Para esto se estimó la importancia ambiental, la cual está dada por la reglamentación
vigente y por aquellas áreas que se caracterizan por brindar servicios ecosistémicos
a la ciudad. De esta manera la importancia ambiental agrupa tres categorías:
Áreas de importancia ecológica: Esta categoría comprende las áreas protegidas
establecidas por la legislación vigente, las franjas de conectividad ecológica y las
áreas de ecosistemas estratégicos.
Áreas de importancia hídrica: Comprende las zonas de provisión hídrica y los cuerpos
de agua, se incluyen en esta categoría las zonas de recarga de acuíferos, áreas de
abastecimiento de acueductos, rondas hídricas y zonas de manejo y planificación
ambiental de los ríos, quebradas y canales.
58
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Zonas para gestión del riesgo: En esta categoría se encuentran todas aquellas áreas
identificadas por el Distrito como zonas con amenazas por remoción en masa,
incendios, inundaciones, o cuyas pendientes superan el 45%.
A partir de esta información se generó el mapa que se observa en la imagen 3, en
donde se establecen las áreas con potencial de restauración.
59
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Imagen 3. Mapa de áreas prioritarias para iniciar procesos de restauración en el D.C.
60
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.25 AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA AL DISTRITO CAPITAL,
A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA –
CAR Y A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES DEL RÍO BOGOTÁ.
Informe sobre los avances obtenidos para la conservación y recuperación
de las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos
hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, distritales y
regionales, mediante la adquisición y mantenimiento de dichas áreas y la
financiación de los esquemas de pago por servicios ambientales, de
acuerdo con la Ley 99 de 1993 – artículo 108 – Ley 1450 de 2011 – artículo
210 – y el Decreto reglamentario 953 de 2013.
Avance: En el marco del Convenio 1309 de 2013, celebrado entre la Secretaría
Distrital de Ambiente y Patrimonio Natural – Fondo para la Biodiversidad y Áreas
Protegidas, se estructuró un programa de incentivos tipo pago por servicios
ambientales para la ruralidad del Distrito, a través de la cual se pretende mejorar las
condiciones de oferta hídrica de las áreas de importancia estratégica para el
abastecimiento de acueductos, en la perspectiva de promover acciones de
conservación, restauración y reconversión productiva que permitan mejorar la calidad
del recurso hídrico y las condiciones de regulación.
Como parte del proceso se realizó un ejercicio de priorización de áreas estratégicas
para la protección del recurso hídrico y para la implementación de incentivos PSA
tomando como referencia lo establecido en la normativa nacional de Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como la CAR. La priorización de áreas se hizo a
través de un análisis multicriterio de datos espaciales y con participación de la CAR,
Secretaría Distrital de Planeación, Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y
Parques Nacionales Naturales. Como resultado se focalizaron microcuencas
alrededor de tres niveles de prioridad, donde la cuenca del rio Tunjuelo concentra la
mayor cantidad de áreas con prioridad ALTA de intervención.
61
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
La siguiente imagen ilustra en escala de subcuenca la definición de las áreas
estratégicas para la conservación del recurso hídrico en el Distrito.
Imagen 4. Áreas Estratégicas para Protección Hídrica (Convenio 1309 de 2013 entre SDA y FPN)
Adicionalmente y de manera complementaria al proceso mencionado, la SDA
suscribió los convenios de Cooperación 014 de 2012, y 1275 de 2013 con el fin de
aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre el Instituto de
Investigaciones Alexander Von Humboldt –IAvH- y la SDA para diseñar Herramientas
62
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
para el Manejo del Paisaje del suelo rural del Distrito Capital, integrar aspectos de
conservación de paisaje natural y sus relictos con los aspectos ambientales
considerados en el Ordenamiento Agroambiental de Fincas.
A través de estos convenios se priorizaron espacios de conservación en los cuales se
eligieron los predios para el diseño de Herramientas de manejo del paisaje. Se resalta
que una de las variables más importantes en la selección es la relación con las áreas
abastecedoras de acueductos veredales. Las siguientes son las áreas (ventanas) que
fueron seleccionadas.
Tabla 3. Áreas priorizadas (Ventanas) para el diseño de Herramientas del Manejo del
Paisaje
Ventana 1 Datos
Nombre Salitre Piedras Gordas (Curubital)
Veredas Curubital y Arrayanes
Área 2.267 Hectáreas
Predios 75 predios rurales
Altitud 3.100 a 3.800 msnm
Fuente: Convenio 014 de 2012
Ventana 2 Datos
Nombre Río Chisacá alto (Margaritas)
Veredas Margaritas, La Unión y Chisacá
Área 2.039 Hectáreas
Predios 163 predios rurales
Altitud 3.170 a 3.850 msnm
Fuente: Convenio 014 de 2012
Ventana 3 Datos
Nombre Pasquilla
Veredas Pasquilla
Área 1.283 Hectáreas
Predios 263 predios rurales y 101 predios urbanos
Altitud 2.850 a 3.450 msnm
Fuente: Convenio 014 de 2012
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Ventana 4 Datos
Nombre Las Mercedes
Veredas Las Mercedes, Pasquilla y Pasquillita
Área 1.828 Hectáreas (Fuente SIG)
Predios 150 predios rurales
Altitud 3.100 a 3.700 msnm
Fuente: Convenio 1275-2013
Ventana 5 Datos
Nombre Olarte
Veredas Olarte
Área 1.470 Hectáreas (Fuente SIG)
Predios 345 predios rurales
Altitud 2.730 a 3.400 msnm
Ventana 6 Datos
Nombre Borde Sur Ciudad Bolívar
Veredas Mochuelo II, Mochuelo Alto, Quiba Alto y Quiba Bajo
Área 2.156 Hectáreas (Fuente SIG)
Predios 1086 predios rurales
Altitud 2.850 a 3.410 msnm
Ventana 7 Datos
Nombre Borde Sur Usme
Veredas Olarte, Centro Usme, Requilina, El Uval, Bosque Sur oriental, El Porvenir de
los Soches, Las Violetas y una parte verde sin vereda dentro de lo urbano
de Usme
Área 1.944 Hectáreas (Fuente SIG)
Predios 1071 predios rurales
Altitud 2.670 a 3.530 msnm
Fuente: Convenio 1275-2013
Los mapas siguientes exponen la localización de las áreas propuestas por la SDA
luego de la priorización realizada.
64
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Imagen 5. Áreas priorizadas para el diseño de Herramientas del Manejo del Paisaje
En cuanto al diseño de las herramientas, en el marco del Convenio 014 de 2012 se
priorizaron 161 predios y a cada uno de ellos se le diseñaron herramientas para el
manejo del paisaje – HMP, en un esquema que favorece la conservación y la
conectividad ecológica de la zona; en el Convenio 1275 de 2013, se priorizaron 250
predios para el diseño de estas herramientas.
Como paso siguiente a la priorización de áreas estrategias para la conservación de la
biodiversidad, los suelos y el agua, y al diseño de las herramientas del manejo del
paisaje HMP, se trabaja en la materialización de estas herramientas a través de la
estrategia de reconversión de los sistemas productivos, la cual se trabaja para
impactar los predios que se ilustran a continuación en la cuenca media y alta del rio
Tunjuelo.
65
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Imagen 6. Familias en Proceso de reconversión de sistemas productivos.
La estrategia de reconversión busca que a partir de la concertación del ordenamiento
predial se implementen tecnologías de producción acordes a la estrategia de
conservación de la biodiversidad, el suelo y el agua para la zona. Como resultados se
tiene que en 122 predios se avanzó en la implementación de las siguientes acciones:
registro de la matriz de Indicadores Sostenibilidad Ambiental de Ordenamiento
Ambiental de Fincas-OAF, uso del árbol dentro del sistema productivo, acciones de
protección del bosque y el agua, buenas prácticas productivas, uso de fertilizantes
orgánicos en praderas y cultivos (compostaje y/o lombricultivo) y acciones sobre la
seguridad alimentaria y autoabastecimiento.
En complemento, se firmó el Contrato 1151 de 2014 para la intervención de 61
nuevos predios, producto de la priorización del convenio 014 de 2012, en su
desarrollo se ha avanzado en la concertación de las Herramientas de Manejo del
66
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Paisaje para 11 predios de la Vereda Pasquilla (Localidad de Ciudad Bolívar), lo cual
se refleja en levantamiento de información diagnóstica y cartografía social.
Otra gestión que parte de la priorización de áreas las estratégicas para la
conservación de la biodiversidad, los suelos y el agua, tiene que ver con la
intervención con procesos de restauración ecológica a las áreas de abastecimiento de
acueductos veredales. Esta estrategia partió de la priorización para recuperación
ecológica participativa de doce acueductos veredales, entre los que están: Agualinda
Chiguaza, Aguas Doradas, Acuapiedraparada, Arrayanes-Argentina, Acupasa,
Pasquilla Centro, El Destino, Cerrito Blanco, Asoaguasclaras Olarte, Asoporquera,
Asouan y Asoperabaeca; de los cuales se intervinieron 25 hectáreas con procesos de
restauración ecológica distribuidas en seis de ellos: Agualinda Chiguaza, Aguas claras
Olarte y Aguas doradas (Usme); Asoporquera y Acuepiedraparada (Ciudad Bolívar), y
Asouan (Sumapaz), todos ellos ubicados en la cuenca media del rio Tunjuelo.
4.25 AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL
Y A LOS ENTES TERRITORIALES QUE HACEN PARTE DE LA CUENCA
HIDROGRAFICA DEL RÍO BOGOTÁ. Informe sobre la apropiación del 1%
de los ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de las zonas
referidas en el numeral anterior para la financiación de esquemas de pago
por servicios ambientales de acuerdo con la Ley 1450 de 2011 – artículo
210 y el Decreto reglamentario 953 de 2013.
Avance: Con relación a las inversiones hechas con recursos derivados del artículo
111 de la Ley 99 de 1993, es preciso mencionar que hasta el año 2012, el Distrito
invirtió recursos a través de la Empresa de Acueducto de Bogotá, los cuales fueron
dirigidos a la protección y conservación del recurso hídrico, principalmente para la
adquisición de predios en donde se encuentran fuentes de agua superficial que hacen
parte de los diferentes sistemas de abastecimiento de Bogotá; solo a partir de 2013,
67
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
se asignó el 1% de los ingresos corrientes para la gestión predial en áreas prioritarias
para la recuperación del sistema hídrico, en cumplimiento del artículo 111.
En el año 2013, $54.739 millones derivados de la aplicación del artículo 111 de la Ley
99 de 1993 fueron entregados a la Caja de Vivienda Popular para adquirir el derecho
de dominio en zonas de ronda y ZMPA de varias quebradas del Distrito que además
están en áreas de riesgo no mitigable, a fin de avanzar en su recuperación integral. A
diciembre de 2013, se ejecutaron $53.608 millones en las siguientes quebradas y
proyectos; Baúl, Infierno, Galindo, Zanjón de la estrella, Honda, Trompeta, Peña
colorada, Zanjón del ahorcado, Zanjón de la muralla, Brazo derecho de limas, Hoya
del ramo, Verjones, Proyectos de vivienda arboleda Santa Teresita (CVP-FIDUCIA),
Proyectos de vivienda promovidos por CVP (FIDUCIA) y Acción popular perpetuo
socorro.
Es preciso mencionar que la selección de las áreas obedeció a un análisis realizado
por la SDA en conjunto con el EAB, el FOPAE (hoy Idiger) y la CVP, el cual generó
como resultado el concepto SDA con radicado 2013EE054532, en el cual se hace
mención a la importancia de liberar de ocupaciones las áreas de ronda y ZMPA como
parte fundamental del proceso de recuperación integral de las quebradas, y
adicionalmente les asignó un orden de prioridad a 12 que presentan condiciones
particulares, en las cuales 7 son aferentes del río Tunjuelo.
En el año 2014, se asignaron $57.512 millones para el mismo fin anteriormente
descrito, distribuidos así: $28.756 millones a la CVP y $28.756 al FOPAE, con lo cual
se dio continuidad al proceso.
4.25 AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL,
A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA.
Informe sobre la identificación, identificar (sic) delimitar (sic) y priorizar las
68
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
áreas de importancia estratégica, con base en la información contenida en
los planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas, planes de
manejo ambiental de microcuencas, planes de manejo ambiental de
acuíferos o en otros instrumentos de planificación ambiental relacionados
con el recurso hídrico.
La identificación, delimitación y priorización de las áreas de importancia
estratégica, deberá contar con el aval del Consejo Estratégico de la Cuenca
Hidrográfica del Río Bogotá – CECH – y posteriormente a la Gerencia de la
Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá – GCH – quienes tendrán la potestad
de solicitar los ajustes en el marco de la gestión integral de la cuenca.
Avance: Como se mencionó anteriormente, la SDA suscribió el Convenio de
Asociación 1309 de 2013, en donde se identificaron y priorizaron las áreas
estratégicas para la protección hídrica (imagen 4). Para lo anterior fue tenido en
cuenta la información que se muestra en la siguiente tabla:
INSUMO TIPO DE
INFORMACIÓN FUENTE OBSERVACIONES
POMCAS
Cartográfica (shp) y documento en formato texto
Subdirección de Planeación y Sistemas de Información de la CAR.
Corresponde a uno de los elementos a tener en cuenta de acuerdo al Art. 4 del Dec. 953 de 2013.
EOT, PBOT, POT
Documental y Cartográfica (Imágenes y dwg)
Subdirección de Planeación y Sistemas de Información de la CAR.
Como instrumentos de planificación territorial municipal, contiene directrices para el manejo y uso de temas relacionados con el recurso hídrico.
Censo de Usuarios
Base de datos en formato texto
Subdirección de Administración de Recursos Naturales y Áreas Protegidas de la CAR. (Contrato 431 de 2007)
Corresponde a la información recolectada en campo sobre los usuarios del recurso hídrico, clasificada sobre el tipo de usuario. Contiene los puntos de captaciones de acueductos.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
INSUMO TIPO DE
INFORMACIÓN FUENTE OBSERVACIONES
Tabla de acueductos entes territoriales
Base de datos en formato texto
Entes territoriales. Se solicita a municipios y gobernaciones información de acueductos existentes y proyectados.
Formato de información de legalización de usuarios del recurso hídrico
Base de datos en formato texto
Subdirección de Desarrollo Ambiental Sostenible SDAS de la CAR
Información sobre concesiones de agua de los prestadores del servicio público domiciliario de acueducto, la cual se generó para el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Tasa por Uso Base de datos en formato texto
Subdirección de Administración de Recursos Naturales y Áreas Protegidas de la CAR.
Se utiliza como complemento para la información de concesiones.
SAE Base de datos
Subdirección de Planeación y Sistemas de Información de la CAR.
Consulta de expedientes de concesiones de Aguas para acueductos municipales, regionales o distritales
Delimitación de microcuencas de cuarto y quinto orden
Cartográfica (shp)
Subdirección de Administración de Recursos Naturales y Áreas Protegidas de la CAR.
Son el punto de partida por la escala de trabajo
Drenajes, ríos, lagunas, embalses y otros cuerpos de agua
Cartográfica (shp)
Subdirección de Planeación y Sistemas de Información de la CAR.
Información cartográfica base generada por el IGAC en escala 1: 25.000
4.26. AL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, AL
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, A LA AGENCIA NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA, AL DISTRITO CAPITAL, A LA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA CAR Y A
LOS ENTES TERRITORIALES EN LOS CASOS EN QUE HAYAN SIDO
70
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
DELEGADOS POR LA RESPECTIVA AUTORIDAD AMBIENTAL Informe
sobre los avances relativos a los correspondientes procesos administrativos
dirigidos a i) revocar o suspender las licencias, títulos, permisos,
autorizaciones o concesiones para el uso aprovechamiento de los recursos
naturales y del medio ambiente en las zonas de exclusión. ii) revocar o
suspender las licencias, títulos, permisos, autorizaciones o concesiones
para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales cuando se
establezca el incumplimiento de las condiciones o exigencias de acuerdo
con los actos de expedición.
Avance: En este punto es de aclarar que en relación a las órdenes establecidas en el
numeral 4.26, es necesario tal y como lo establece el fallo que el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible en coordinación con el Ministerio de Minas y
Energía, delimiten geográficamente las zonas excluidas de minería en donde no
podrán ejecutarse trabajos y obras de explotación.
En relación al literal i), es preciso traer a colación el artículo 34 del Código de Minas-
Ley 685 de 2001, el cual señala lo siguiente:
―Artículo 34. Modificado por el art. 3, Ley 1382 de 2010. Zonas excluibles de la minería.
No podrán ejecutarse trabajos y obras de exploración y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a la normatividad vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del ambiente y que, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia, expresamente excluyan dichos trabajos y obras.
Las zonas de exclusión mencionadas serán las que se constituyan conforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional y zonas de reserva forestales. Estas zonas para producir estos efectos, deberán ser delimitadas geográficamente por la autoridad ambiental con base en estudios técnicos, sociales y ambientales con la colaboración de la autoridad minera, en aquellas áreas de interés minero.
Para que puedan excluirse o restringirse trabajos y obras de exploración y explotación mineras en las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del ambiente, el acto que las declare deberá estar expresamente motivado en estudios que determinen la incompatibilidad o restricción en relación con las actividades mineras.
71
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
No obstante, la autoridad minera previo acto administrativo fundamentado de la autoridad ambiental que decrete la sustracción del área requerida, podrá autorizar que en las zonas mencionadas en el presente artículo, con excepción de los parques, puedan adelantarse actividades mineras en forma restringida o sólo por determinados métodos y sistemas de extracción que no afecten los objetivos de la zona de exclusión. Para tal efecto, el interesado en el Contrato de Concesión deberá presentar los estudios que demuestren la compatibilidad de las actividades mineras con tales objetivos.”
Así las cosas, y de acuerdo al inventario de los predios afectados por minería en el
perímetro urbano del Distrito Capital, sujetos a control de esta autoridad ambiental, la
única organización que se encontraría enmarcada en el literal i) referido, es la
denominada LADRILLERA ZIGURAT S.AS., toda vez que esta cuenta con Contrato
de Concesión No. 14810 del 28 de septiembre de 2003 ( vigencia 28 de abril de
2024), cuya área otorgada por la autoridad minera es de treinta hectáreas y tres mil
seiscientos veintidós metros cuadrados, de los cuales el denominado frente norte, se
encuentra dentro del Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes, razón por la
cual sería un área de exclusión, a tener en cuenta por parte de los Ministerios.
Es de señalar que la Secretaría Distrital de Ambiente, en el marco de sus funciones
legalizó mediante Resolución No.1423 del 13 de noviembre de 2012, la medida
preventiva de suspensión de actividades de explotación minera que se desarrollaba
por parte de la Sociedad LADRILLERA ZIGURAT S.A., en el frente Norte por
encontrarse en el Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes.
Ahora bien, en relación al literal ii), se puede indicar que de los predios sujetos a
control y seguimiento ambiental de esta entidad, actualmente cuentan con contratos
de concesión otorgados por la Autoridad Minera, y con instrumento administrativo de
Manejo y Control Ambiental Plan de Manejo Ambiental- PMA establecidos por la
Secretaría Distrital de Ambiente, los siguientes:
1. Sociedad Ladrillera Helios S.A
72
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Contratos de concesiones Nos.
4900 y 14809 otorgado por la Autoridad
Minera, con vigencias hasta el año
2023 y 2024 respectivamente.
Plan de Manejo Ambiental -PMA Resolución No. 182 del 14 de enero de
2011, por medio de la cual la
Secretaría Distrital de Ambiente
establece el PMA, hasta la vigencia de
los contratos de concesiones.
Permiso de emisiones atmosféricas Resolución No. 2242 del 07 de julio de
2014, por medio de la cual la Secretaría
Distrital de Ambiente otorga permiso de
emisiones atmosféricas para operar los
hornos tipo Hoffman 1. Tipo Hoffman 2,
Tipo Hoffman 3 y tipo Hoffman 4 de
cocción de ladrillos, por el término de
cinco (5) años.
Permiso de vertimientos Auto No. 7260 del 27 de diciembre de
2014, por medio de la cual la Secretaría
Distrital de Ambiente inicia trámite
administrativo ambiental de solicitud de
permiso de vertimientos para la
Sociedad ladrillera Helios S.A.
Concepto Técnico No. 2252 del 13 de
mayo de del 2015, da viabilidad para
otorgar permiso.
Auto No. 1066 del 08 de mayo de 2015,
por medio del cual se declara reunida la
información.
73
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Actualmente se encuentra en trámite el
acto administrativo que otorga el
permiso.
2. Ladrillera Prisma S.A.S
Contrato de concesión No.
14807, otorgado por Autoridad Minera,
con vigencia hasta el año 2024.
Plan de Manejo Ambiental- PMA Resoluciones Nos. 7428 de 2010 y
7135 de 2011, por medio de las cuales
la Secretaría Distrital de Ambiente
establece el PMA, hasta por la vigencia
del contrato de concesión.
Permiso de emisiones atmosféricas Resolución No. 2156 del 01 de
noviembre de 2013, por medio de la
cual la Secretaría Distrital de Ambiente
otorga permiso de emisiones
atmosféricas por término de cinco (5)
años.
Permiso de vertimientos Resolución No. 7486 de 2009
modificada por la Resolución No. 4776
de 2010, por medio de las cuales la
Secretaría otorga permiso con vigencia
hasta 10 de agosto de 2015.
3. Ladrillera Yomasa S.A
74
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Contrato de concesión No.
14808 otorgado por la Autoridad
minera, con vigencia hasta el año
2024.
Plan de Manejo Ambiental- PMA Resoluciones Nos. 7771 de 2010 y
6949 de 2011, por medio de las cuales
la Secretaría Distrital de Ambiente
establece el PMA, hasta por la vigencia
del contrato de concesión.
Permiso de emisiones atmosféricas Resolución No. 3343 del 19 de
noviembre de 2014, la Secretaría
Distrital de Ambiente otorga permiso de
emisiones atmosféricas por término de
cinco (5) años.
Permiso de vertimientos Mediante Radicado No. 2014ER158781
del 24 de septiembre de 2014, se
solicitó permiso de vertimientos.
Mediante Radicado No. 2014ER189500
del 14 de noviembre de 2014 radico
complemento de información.
Auto No. 1067 del 08 de mayo de 2015,
por medio del cual se inicia trámite de
evaluación del permiso de vertimientos.
Con relación a los anteriores, en caso de establecerse incumplimiento de las
condiciones o exigencias establecidas en los actos administrativos antes señalados,
sería necesario que esta entidad adelantará las actuaciones administrativas
tendientes a cumplir el literal ii).
75
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Pese a lo expuesto, es de indicar que con relación a las organizaciones: Ladrillera
Prisma S.A.S, Ladrillera Helios S.A y Yomasa S.A., se ha establecido desde el Grupo
Técnico de Minería de la Subdirección de Recurso Hídrico y del Suelo de la Dirección
de Control Ambiental que la organizaciones en mención vienen cumpliendo con la
ejecución de los Instrumentos Administrativos de Manejo y Control Ambiental-PMA,
conforme a lo establecido en las actos administrativos señalados anteriormente.
Adicionalmente, resulta relevante exponer, que en el perímetro urbano de Bogotá
Distrito Capital se encuentra unos frentes de explotación de la denominada Canteras
Unidas la Esmeralda, la cual cuenta con el Contrato de Concesión No. 15558 del 26
de diciembre de 1991 (vigencia hasta el 09 de mayo de 2026), y Licencia Ambiental
establecida por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, mediante
Resolución No. 434 del 15 de marzo de 1993. Razón por la cual, la Autoridad
Ambiental competente para realizar el control y seguimiento a la actividad de
explotación es dicha Corporación.
4.26. AL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, AL
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, A LA AGENCIA NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA, AL DISTRITO CAPITAL, A LA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA CAR Y A
LOS ENTES TERRITORIALES EN LOS CASOS EN QUE HAYAN SIDO
DELEGADOS POR LA RESPECTIVA AUTORIDAD AMBIENTAL, informe
sobre la actividad frente a los particulares o entes públicos o privados a los
que se les haya otorgado las licencias ambientales, autorizaciones,
permisos o concesiones a cielo abierto, o en una zona específica,
declarados responsables, la indemnización, restauración o sustitución,
morfológica y ambiental de todo el suelo intervenido en la explotación, por
cuenta de los beneficiarios de dichos títulos, permisos, licencias o
concesiones.
76
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Avance: En estricto orden al fallo referido y actuando de manera taxativa a la orden
que indica (…) ―exijan de los particulares o entes públicos o privados a los que se les
haya otorgado las licencias ambientales, autorizaciones, permisos o concesiones a
cielo abierto, o en una zona específica, declarados responsables, la indemnización,
restauración o sustitución, morfológica y ambiental de todo el suelo intervenido en la
explotación, por cuenta de los beneficiarios de dichos títulos, permisos, licencias o
concesiones.‖, la Secretaria Distrital de Ambiente determina que dentro del perímetro
urbano de Bogotá Distrito Capital, los predios sujetos a control de esta autoridad
ambiental, que obtuvieron sus títulos mineros, y a los cuales se les debe exigir la
reconformación morfológica, recuperación y restauración ambiental del suelo
intervenido por la actividad de explotación desarrollada en el pasado, son los que se
señalan a continuación, junto con el estado actual de cada uno de ellos:
1. Cantera el Cedro San Carlos
Registro Minero de Cantera No.
060 otorgado por la Autoridad minera,
desde el 25 de julio de 1994.
Plan de Manejo Recuperación o
Restauración Ambiental - PMRRA
Resolución No. 7772 de 2010, por
medio de la cual la Secretaría Distrital
de Ambiente establece el PMRRA, el
cual se encuentra en ejecución.
2. Predio Cantarrana
Licencia de Explotación No.
14661 otorgado por la Autoridad
minera, desde el 12 de marzo de 1991
hasta el 23 de febrero de 2000.
Plan de Manejo Recuperación Resoluciones Nos. 1019 del 23 de
77
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
o Restauración Ambiental - PMRRA febrero de 2011 y 3287 del 07 de junio
de 2011, por medio de las cuales la
Secretaría Distrital de Ambiente
establece el PMRRA, el cual se
encuentra en ejecución.
3. Ladrillera Alemana S.A.S
Contrato de Concesión No.
DJ9 -092 otorgado por la Autoridad
Minera, desde 08 de septiembre de
2003 hasta el 07 de septiembre de
2013.
Plan de Manejo Recuperación o
Restauración Ambiental - PMRRA
Presentado mediante Radicado No.
2013ER126999 del 24 de septiembre
de 2013 ante la SDA.
Auto No. 5858 del 02 de octubre de
2014, por medio del cual se Inicia
trámite Administrativo Ambiental de
Evaluación del PMRRA, instrumento
que a la fecha se encuentra en
evaluación técnica.
4. Ladrillera los Tejares S.A.S
Contrato de Concesión No.
EJH -141 otorgado por la Autoridad
Minera, desde 26 de septiembre de
2006 hasta el 25 de septiembre de
2036.
Plan de Manejo Recuperación o
Restauración Ambiental - PMRRA
En revisión el Concepto Técnico
No.03454 del 28 de abril de 2014.
78
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
5. Central de Mezclas S.A.S
Registro Minero de Cantera No.
056 otorgado por la Autoridad Minera,
desde el 05 de noviembre de 1993.
Plan de Manejo Recuperación
o Restauración Ambiental - PMRRA
Presentado mediante Radicados Nos.
2014ER048436 del 20 de marzo de
2013 y 2014ER180977 del 30 de
octubre de 2014.
Auto No. 1064 del 08 de mayo de 2015,
por medio del cual se Inicia trámite
Administrativo Ambiental de Evaluación
del PMRRA, instrumento que a la fecha
se encuentra en evaluación técnica.
6. Ladrillera Zigurat S.A.S
Contrato de Concesión No. 14810 otorgado por la Autoridad
Minera, desde el 28 de septiembre de
2003 hasta el 28 de abril de 2024.
Plan de Manejo Recuperación o
Restauración Ambiental - PMRRA
Mediante Resolución No. 1545 del 27
de noviembre de 2012, se resolvió
recurso de reposición y se requirió el
Plan de Manejo, Recuperación o
Restauración Ambiental PMRRA, sin
embargo dicha resolución se encuentra
en controversia jurídica debido a que
interpusieron Medio de Control –
Nulidad y Restablecimiento del
Derecho ante el Tribunal Administrativo
de Cundinamarca Sección Primera, el
cual ordenó como medida cautelar la
suspensión provisional de los artículos
79
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
3 de la Resolución No. 5762 de 2010 y
1 de la Resolución No. 1545 de 2012.
4.26 AL DISTRITO CAPITAL Y A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR EN SU RESPECTIVA
JURISDICCIÓN Y EN COORDINACIÓN CON EL MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGÍA, Informe sobre la realización de los inventarios de Pasivos
Ambientales Mineros –PAM con el objeto de adelantar los procesos
administrativos y judiciales correspondientes.
1. Conceptualización y contexto
Con relación a este asunto, es preciso efectuar las siguientes consideraciones:
En primer lugar debe señalarse que en el ámbito normativo colombiano no existe
regulación expresa en materia de pasivos ambientales, no obstante existir definición
legal de lo que se considera daño ambiental1 y que en el imaginario colectivo existe
claridad frente a lo que representa un pasivo ambiental.
Así mismo, en la Sabana de Bogotá existe un régimen normativo especial que prevé
la implementación de un instrumento creado para evitar la generación de pasivos
ambientales en virtud del desarrollo de actividades mineras en zonas no compatibles
con la minería. Se trata del Plan de Manejo, Recuperación o Restauración Ambiental
1 Ley 99 de 1993. Artículo 42.- (…) Se entiende por daño ambiental el que afecte el normal funcionamiento de los
ecosistemas o la renovabilidad de sus recursos y componentes;
80
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
–PMRRA-, del que nos ocuparemos en este escrito y donde se evidencian las
acciones que ha emprendido la Secretaría Distrital de Ambiente –SDA- a fin de evitar
la generación de pasivos en el perímetro urbano de Bogotá, donde ejerce sus
funciones de autoridad ambiental.
Precisado lo anterior, se destaca que a pesar de la ausencia de regulación, en
Colombia se ha venido gestando un proceso tendiente a la formalización y acotación
del término pasivos ambientales mineros, donde diferentes instituciones han aportado
en la conceptualización de pasivos, daños e impactos. En ese contexto, la Secretaría
Distrital de Ambiente -SDA- ha avanzado en investigar, tanto en los ámbitos
nacionales como en los internacionales, el alcance que tienen los pasivos mineros, en
particular los huérfanos, considerando el diagnóstico de la situación de predios
afectados por actividades extractivas en el perímetro urbano del Distrito Capital.
En el ámbito internacional existen conceptualizaciones amplias, como las que se usan
en Perú y Bolivia, donde cualquier infraestructura asociada con minería (montajes
mineros, infraestructura, talleres, etc.) es considerada pasivo. Los investigadores
cubanos Fuentes Sardiña, Iturralde Vinent y Hernández Alvarez2 (2003) describen
bien el pasivo ambiental minero (en su versión amplia):
Estos constituyen todos los elementos, tales como instalaciones, edificaciones,
superficies afectadas por vertidos, depósitos de residuos mineros, tramos de
2 Fuentes Sardiña, R., Iturralde Vinent,M y Hernandez Alvarez, A. (2003)Pasivos abientales mineros y aguas
subterráneas en la provincia de Matanzas. Estudio de caso. Cantera Vizcaya. Ciencias de la Tierra y el Espacio,
julio-diciembre, 2013, Vol.14, No.2, pp.170-178
81
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
cauces perturbados, áreas de talleres, parques de maquinaria o parques de
mineral que, estando en la actualidad en entornos de minas abandonadas o
paralizadas, constituyen un riesgo potencial permanente para la salud y seguridad
de la población, para la biodiversidad y para el medio ambiente.
No obstante lo anterior, la complejidad ecológica y social del país hace difícil acotar
los pasivos o incluso identificarlos.
Gregorio Mesa Cuadros3 (2009), tratando el tema de pasivos ambientales por
explotación de hidrocarburos define que:
La primera ideal general sobre el concepto de pasivo ambiental indica que éste
parte del resultado generado a partir de una situación o acción sobre un área
de aprovechamiento de recursos naturales, donde el uso, acceso, exploración,
explotación, extracción, apropiación u otros usos en el pasado, terminan
ocasionando un detrimento de estos y, que en el presente, afectan o pueden
significar algún tipo de riesgo para el ecosistema en general, incluyendo la
calidad de vida de los seres humanos.
(…)
En síntesis, el pasivo ambiental está inserto en el marco de la recuperación
ambiental frente a la evidente degradación ambiental fruto de la extracción de
los recursos naturales (partes e un ecosistema configurada por sus
3 Mesa Cuadros, G. (2009). Análisis constitucional y legal para la gestión de pasivos ambientales en el sector de
hidrocarburos
82
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
componentes y ciclos naturales que se han ido afectando y cambiando debido
a las labores de aprovechamiento), especialmente cuando no guardan relación
estrecha con las ideas de sostenibilidad, conservación, ahondando en las
manifestaciones degenerativas de distintas áreas donde se extraen recursos o
elementos del ambiente (…), aspecto que debe orientarse a evitar o disminuir
su deterioro progresivo e inevitable, determinado por las intervenciones
humanas inadecuadas.
(…)
El pasivo se puede presentar en un área por uno o combinación de varios de
los siguientes factores:
1) un impacto ambiental valorado y atendido de forma inapropiada en el
plan de manejo o en el plan de contingencia
2) un impacto ambiental no previsto desde el inicio y que por tanto no es
atendido en el desarrollo del proyecto.
Por su parte en Colombia, Fierro & López (op.cit.) en la publicación ―Minería en
Colombia‖ publicada por la Contraloría General de la República, hacen un recorrido
partiendo de la conceptualización preliminar realizada por el Ministerio de Minas y
Energía (Econometría-MME, 2010) en el documento ―Diseño y validación del marco
conceptual y metodológico para caracterizar, priorizar y valorar económicamente los
pasivos ambientales mineros en Colombia‖.
De acuerdo al análisis efectuado a dicho documento, de identifica que se desconocen
principios constitucionales como los de precaución y prevención, el primero de los
cuales además de estar previsto en el numeral 6 del artículo 1 de la Ley 99 de 1993,
83
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
fue desarrollado de manera explícita para la actividad minera por la Corte
Constitucional en la Sentencia C-339 de 2002, de la siguiente manera:
Para el asunto que nos ocupa, esto quiere decir que en caso de presentarse
una falta de certeza científica absoluta frente a la exploración o explotación
minera de una zona determinada; la decisión debe inclinarse necesariamente
hacia la protección de medio ambiente, pues si se adelanta la actividad minera
y luego se demuestra que ocasionaba una grave daño ambiental, sería
imposible revertir sus consecuencias.
Sobre el principio de prevención, la Corte Constitucional señaló en la Sentencia C-
703/10 que en algunos casos es posible conocer las consecuencias que tendrá sobre
el ambiente el desarrollo de determinado proyecto, obra o actividad, de modo que la
autoridad competente puede adoptar decisiones antes de que el riesgo o el daño se
produzcan, con la finalidad de reducir sus repercusiones o de evitarlas.
El previo conocimiento que caracteriza al principio de prevención no está presente en
el caso del principio de precaución o de cautela, pues tratándose de éste, el riesgo o
la magnitud del daño producido o que puede sobrevenir no son conocidos con
anticipación, porque no hay manera de establecer, a mediano o largo plazo, los
efectos de una acción, lo cual por ejemplo, tiene su causa en los límites del
conocimiento científico que no permiten adquirir la certeza acerca de las precisas
consecuencias de alguna situación o actividad, aunque se sepa que los efectos son
nocivos. En la sentencia aludida, la Corte señala que el principio de precaución tiene
rango constitucional.
84
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
A pesar de la claridad planteada en la jurisprudencia a este respecto, el documento
del MME establece que se aplicará ―El principio de prevención y precaución según el
cual siempre que sea posible se deben tomar medidas para evitar la formación de
pasivos ambientales mineros deben tomarse (sic).‖. Es evidente que esta es una
interpretación laxa de obligaciones constitucionales y que existe un largo trecho entre
una necesidad y una posibilidad no acotada de tomar medidas para la protección del
ambiente. Bajo este tipo de criterios en el documento citado se desarrolla el
establecimiento del marco conceptual para la identificación y gestión de pasivos
ambientales mineros, definidos así:
Pasivo ambiental minero
Es una obligación que se origina en pérdidas significativas de bienestar o
riesgos inminentes para las personas, que se presentan como consecuencia
del detrimento de los recursos naturales renovables, cuando éste detrimento
supera los niveles social, técnica o legalmente aceptables y ha sido causado
por una actividad minera. (subrayado fuera de texto, pág. 28)
Pasivo ambiental minero configurado
Es el pasivo ambiental causado por actividades mineras inactivas,
abandonadas y sin responsable evidente, cuya solución el Estado decide
asumir, sin perjuicio de la responsabilidad jurídica que le cabe a los
particulares. (…)
Las condiciones para que este tipo de afectaciones o riesgos se constituyan en
un pasivo ambiental consolidado sobre el cual el Estado debe decidir actuar
(sin renunciar a exigir al causante su responsabilidad, cuando ello sea posible)
y que son susceptibles por tanto de aplicar políticas públicas de remediación,
son:
85
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
• Que las pérdidas de bienestar que se presentan, o se pueden presentar,
debido al detrimento ambiental sean significativas y afecten de manera
importante a las personas, a las actividades productivas, a la infraestructura o a
los ecosistemas.
• Que el área minera no se encuentre actualmente en explotación.
• Que no exista un titular minero identificado, responsable del área
degradada por la minería o que, existiendo el titular, sea claro que la
responsabilidad es de terceros no identificables. (pp. 28 y 29)
Pasivo ambiental minero contingente o en configuración
Es el pasivo ambiental potencial que se acumula por actividades mineras
actuales, que son de responsabilidad de los particulares pero cuya prevención
le compete tanto a ellos como al Estado, de acuerdo con la normatividad
vigente que sea aplicable. (…)
Se mencionan en esta definición las actividades mineras actuales, haciendo
referencia a impactos ambientales no prevenidos, o inadecuadamente
manejados, que violan las normas y los estándares técnicos aceptados, y que
podrían ser prevenidos o mitigados si se aplicaran dichas normas y estándares.
Para identificar en estos casos si una situación observada corresponde a una
afectación o un riesgo objeto de aplicación de la metodología de
caracterización, priorización y valoración de pasivos que aquí se plantea, se
requiere que se cumplan simultáneamente tres condiciones:
• Que se haya originado a partir de una actividad minera;
86
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
• Que exista un detrimento de los recursos naturales renovables, que esté
por encima de los límites admisibles, es decir, que no se trate de un impacto
ambiental permitido y gestionable dentro del marco de las condiciones
acordadas en la licencia ambiental; y
• Que tenga como consecuencia una pérdida de bienestar o signifique
claramente un riesgo inminente para la población humana. (…)
Y las condiciones para que se constituyan en pasivos ambientales mineros
contingentes para el Estado y sean susceptibles de políticas públicas de
prevención, son:
• Que estando el área en explotación, legal o de hecho, exista un alto
riesgo de que en un futuro, los detrimentos ambientales no sean solucionados,
que no se puedan encontrar a los responsables, o que aún identificando a los
responsables estos no lleven a cabo la remediación.
• Que estando el área en explotación o no, existan riesgos inminentes
para las personas, actividades productivas, la infraestructura o los ecosistemas
que deban ser prevenidos oportunamente por el Estado, aunque esto no exima
de responsabilidad a los particulares.
De esta manera se entiende que NO constituyen pasivos ambientales mineros
a cargo del Estado, ni deben ser objeto de prevención, los siguientes casos:
• Las afectaciones a los recursos naturales renovables que no tengan
claramente consecuencias sobre ninguna persona o grupo humano.
• Las afectaciones a los recursos naturales renovables (afectación o
riesgo), aún con consecuencias sobre personas o grupos humanos (en su
salud, su actividad productiva, los bienes públicos o la propiedad privada) si no
tienen como causa el desarrollo de una actividad minera.
87
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
• Las afectaciones de las actividades mineras a los recursos naturales
renovables aún con consecuencias sobre personas o grupos humanos, cuando
no son prioritarias (son de baja intensidad, tienen poca área de influencia, no
son continuadas, ni acumulativas o el detrimento no permanece, sino que se
disipa, se reversa naturalmente o resulta muy fácil de recuperar).
• Las afectaciones de las actividades mineras a los recursos naturales
renovables que son consideradas como admisibles por la sociedad, para el
desarrollo de la actividad productiva minera y que estén siendo manejadas
dentro de un plan de manejo ambiental. En este caso las afectaciones sobre el
medio ambiente admitidas por la licencia ambiental, no son considerados como
daño ambiental.
• Las que no estén bajo la responsabilidad de un titular minero, salvo que
requieran una acción inmediata del Estado para salvaguardar la vida y salud de
las personas, sin que esto exima al titular de las consecuencias jurídicas
asociadas con su responsabilidad. (subrayados fuera de texto)
En lo referente a un pasivo contingente o en configuración, en el documento objeto de
análisis se involucra a los particulares responsables de las actividades mineras, así
como al Estado. En segundo lugar, se establece la ―aceptabilidad‖ en función de
―límites admisibles‖ relacionados con lo permitido en la marco de la licencia ambiental,
planteamiento que genera polémica cuando los esquemas de licenciamiento e
institucionalidad ambiental han sido identificados como débiles o cooptados.
2. Construcción del concepto de pasivo ambiental minero en el Distrito Capital
88
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El texto de referencia en Latinoamérica para los pasivos ambientales mineros -PAM-
fue escrito por la Abogada ambiental doctorada en Economía Anida Yupari4, en una
consultoría realizada para la Cepal en 2004. En el documento se define que:
“La denominación de pasivos ambientales mineros hace referencia a los
impactos ambientales negativos generados por las operaciones mineras
abandonadas con o sin dueño u operador identificado, en donde no se haya
realizado un cierre de minas regulado y certificado por la autoridad
correspondiente”
Se destaca en el documento de Yupari, el hecho de la responsabilidad de particulares
en los pasivos ambientales mineros, dónde la mayor parte de legislaciones plantean
dos tipos de escenarios:
Por un lado están las legislaciones en que la responsabilidad es retroactiva y
sin excepciones, lo cual significa que los propietarios actuales de las minas
serían responsables por la contaminación pasada y presente a perpetuidad aún
cuando estos no hubieran estado involucrados en la contaminación pasada. Y
por otro lado están las legislaciones o propuestas que establecen un régimen
de responsabilidad ambiental estricta sin carácter retroactivo.
4 Yupari, A. 2008. Pasivos ambientales mineros en Sudamérica. Informe elaborado para la CEPAL, el Instituto
Federal de Geociencias y Recursos Naturales, BGR y el Servicio Nacional de Geología y Minería, Sernageomin.
89
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El recorrido por la conceptualización de pasivos ambientales mineros en
Latinoamérica (Perú, Méjico, Chile y Bolivia) enfatizan en la contaminación, quizá por
la gran cantidad de pasivos de minería de metálicos (Yupari, op.cit; Oblasser y
Chaparro, 2008; ASGMI, 2010; García Pérez y otros, 2013), donde es evidente el
desequilibrio geoquímico que lleva a la generación de drenajes ácidos de mina que a
su vez conllevan la liberación al ambiental de metales pesados y de algunos
metaloides como el arsénico, especies tóxicas para humanos, otros animales y
plantas.
No obstante, no es usual observar en la definición de pasivos la remoción de
acuíferos y suelos agroecológicamente productivos ni tampoco existen
conceptualizaciones robustas sobre inestabilidad de taludes mineros y su relación
con el riesgo por remoción en masa o el daño al paisaje, todo ello correspondiente a
la definición de daño ambiental en el sentido de la Ley 99 de 1993. En ese contexto
reduccionista, se plantean axiomas como ―si no hay riesgo, no hay PAM‖ (Arango &
Olaya, op.cit.)
Es importante mencionar aportes más conceptuales que ligan los pasivos con
impactos no gestionados:
Los pasivos ambientales mineros (PAM) se refieren a “un área donde existe la
necesidad de restauración, mitigación o compensación por un daño ambiental o
impacto no gestionado, producido por actividades mineras inactivas o
90
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
abandonadas que pone en riesgo la salud, calidad de vida o bienes públicos o
privados”5
No obstante lo anterior, en Colombia se ha avanzado en establecer que los daños y
pasivos ambientales no se limitan a la contaminación por drenajes ácidos de mina o
las fallas de diques de cola, sino que existen impactos imposibles de gestionar tales
como la remoción de acuíferos (Fierro Morales, 2008; Rayo, 2008; MAVDT-Ideam,
2011; Fierro, Cuida y Quintero, 2014; Fierro & López, 2014), la afectación paisajística
(Ordoñez, Ángel y Lozano, 2012; García et al, 2013;), la afectación geoquímica y la
inestabilidad de taludes (Lozano, 2008; Fierro, 2014).
3. Los pasivos ambientales por minería huérfanos PAMH
En Canadá, existe el concepto de minas abandonadas/huérfanas, que corresponden
a aquellas donde el dueño no puede ser encontrado o cuyos dueños no tienen la
capacidad financiera o la voluntad de remediar. Estas minas generan problemas
ambientales, de salud, de seguridad y económicos hacia las comunidades.
Existe una relación histórica entre la actividad extractiva y riesgos a elementos de
infraestructura, sociales, culturales, ecosistémicos y económicos. También se tienen
elementos suficientes para aplicar en el Distrito Capital el concepto canadiense de
minas abandonadas los casos en los cuales los ―responsables‖ no pueden ser
encontrados o no tienen capacidad técnica/financiera o la voluntad de remediar.
5 Arango Aramburo, M & Olaya, Y. (2012) Problemática de los pasivos ambientales mineros en Colombia.
91
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Para la mayor parte de analistas revisados, y de manera explícita para los cubanos
Fuentes Sardiñas et al (op. cit.) las canteras abandonadas ―constituyen por tanto
PAM‖. Por tanto, para el Distrito Capital, la extracción de materiales rocosos o pétreos
(se incluyen materiales aluviales) llevada a cabo mediante excavaciones superficiales
o subterráneas cuya actividad haya cesado sin haber efectuado ninguna actividad de
rehabilitación morfológica ni ambiental, razón por la cual representan amenazas a
comunidades e infraestructura adyacente y cuyos responsables no pueden ser
establecidos o habiendo sido notificados, no se presenten durante un plazo mayor a 4
años (el plazo de una administración distrital), lo cual define incapacidad o falta de
voluntad de los ―responsables‖ de la actividad.
Con el fin de establecer los criterios para definir el eventual riesgo sobreviniente
relacionado con los pasivos huérfanos por minería y basados en la revisión histórica
que ha llevado a cabo la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA-, y ante la ausencia de
una regulación del orden nacional, se proponen los siguientes aspectos para
caracterizar la existencia de pasivos ambientales mineros:
- Inestabilidad por remoción en masa
Se definirá la susceptibilidad a procesos de remoción en masa como caídas de roca,
deslizamientos y flujos de tierra. En caso de existir susceptibilidad a la remoción en
masa, se considerará pasivo ambiental minero.
- Contaminación de aguas y suelo
92
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Este ítem se refiere a la liberación de especies químicas y químicos orgánicos tóxicos
a causa de desequilibrios geoquímicos inducidos por la extracción minera (oxidación
de materiales geológicos formados en condiciones anóxicas que causan acidez,
exposición de materiales geológicos alcalinizantes, etc.) o a la adición de materiales
que se constituyen en fuentes de tóxicos (combustibles, lubricantes, químicos varios).
Los pH menores de 5 serán indicio de drenajes ácidos de mina y pH menores de 3
serán considerados residuos tóxicos y se definirá pasivo ambiental minero.
- Paisaje
Si las actividades extractivas afectan la matriz de paisaje y dicha afectación es
perceptible desde zonas urbanas legales, se considerará pasivo ambiental minero.
- Aire
Si existen emisiones fugitivas de material particulado por la presencia de zonas
denudadas (patios y frentes de extracción) se considerará pasivo ambiental minero.
- Pérdida de suelos agroecológicamente productivos
La remoción de andisoles se considerará pasivo ambiental minero.
- Funcionalidad ecosistémica
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Si se demuestra que la actividad fragmentó ecosistemas pre-existentes
inmediatamente anteriores a la actividad extractiva o que la recuperación vegetal ha
disminuido las funciones ecosistémicas se considerará pasivo ambiental minero
- Remoción de acuíferos, abatimientos de niveles freáticos o contaminación de
aguas subterráneas
Si fueron removidos acuíferos aluviales, rocosos (porosos o fracturados) o se han
afectado por intervención las zonas de recarga de acuíferos (remoción de vegetación
o suelo) o los manantiales y sus rondas, se considerará pasivo ambiental minero.
- Desequilibrios hidrológicos
Si se efectuaron intervenciones de cuerpos de agua, desviación o represamiento de
cursos de agua superficial, canalización o rectificación de ríos, desecación de lagunas
o humedales se considerará pasivo ambiental minero.
- Afectación de áreas protegidas o ecosistemas estratégicos
Si la actividad extractiva se realizó sobre areas de reserva forestal, ecosistemas
altoandinos, humedales o sub-xerofitia.
- Introducción de especies invasoras o remoción o daño a especies amenazadas
94
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Si sobre taludes o laderas afectados por actividades extractivas se han establecido
especies como el retamo o si dichas actividades removieron o dañaron especies
vegetales o animales (o sus hábitats) amenazadas, dentro de ellas las incluidas en el
Apéndice I de la Convención CITES.
Lo anterior adquiere una connotación especial atendiendo la normativa especial que
existe en la Sabana de Bogotá en materia ambiental y minera, y donde se expresó,
mediante los PMRRA se pretende evitar la generación de pasivos mineros; en ese
sentido es preciso señalar lo siguiente:
El artículo 61 de la Ley 99 de 1993 dispuso: ―Declárase la Sabana de Bogotá, sus
páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes y sistemas montañosos como
de interés ecológico nacional, cuya destinación prioritaria será la agropecuaria y
forestal.
El MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE determinará las zonas en las cuales exista
compatibilidad con las explotaciones mineras, con base en esta determinación la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -CAR- otorgará o negará las
correspondientes licencias ambientales.
Los municipios y el Distrito Capital expedirán la reglamentación de los usos del suelo,
teniendo en cuenta las disposiciones de que trata este artículo y las que a nivel
nacional expida el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE‖.
Tal y como se dispone en los considerandos de la Resolución 1197 de 2004 del
Ministerio de Ambiente, con esta disposición, “el legislador reconoce la importancia
que en materia ambiental tiene para la región y el país la Sabana de Bogotá, motivo
95
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
por el cual la declara como de interés ecológico nacional y le asigna una destinación
prioritaria, cual es la agropecuaria y forestal; pero de igual manera, no desconoce que
existen una serie de actividades económicas, concretamente la extracción de
minerales, que si bien no coinciden con la vocación prioritaria que le ha sido asignada
al área en cuestión, considera que deben continuar para no frenar el crecimiento
económico de la región.
En ese orden de ideas, estimó el legislador que dichas actividades mineras
excepcionales debían realizarse de manera armónica con la vocación prioritaria que le
asignó a la citada área, para lo cual señaló la necesidad de que fuera el Ministerio de
Ambiente, como máximo organismo rector de la gestión ambiental en el país, quien
determine en la Sabana de Bogotá las zonas en las cuales exista compatibilidad con
las explotaciones mineras, actividades que por lógicas razones, se deben realizar
dentro del marco del desarrollo sostenible y sujetándose a la prevalencia del interés
general sobre el particular, con lo cual se garantice la finalidad que se pretendió la
declaratoria de interés ecológico nacional.
Que como se puede apreciar, al referirnos a la Sabana de Bogotá debemos tener
presente que estamos frente a un ecosistema especial, que por lo tanto requiere de
una reglamentación y un manejo igualmente especial en materia ambiental, a la cual
deberán sujetarse tanto los particulares, como las entidades públicas que tienen
jurisdicción en dicha zona, de manera tal que se respete la declaratoria de área de
interés ecológico nacional y su vocación prioritaria, que como ya se expresó es la
agropecuaria y forestal”.
Atendiendo lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 99 de 1993, el Ministerio del Medio
Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante la Resolución
0222 del 03 de agosto de 1994 determinó las zonas compatibles en la Sabana de
Bogotá con las actividades mineras de prospección, exploración, explotación y
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
beneficio realizado con respecto a los materiales de construcción, en especial
canteras, areneras, gravilleras, ladrilleras, chircales y receberas.
Según el artículo 6 de la resolución citada, las actividades mineras que contaran con
las autorizaciones correspondientes por parte del Ministerio de Minas y se
encontraran por fuera de las áreas compatibles con la minería en la Sabana de
Bogotá, debían presentar en el término de seis (6) meses contados a partir de la
expedición de la resolución citada, un plan de manejo y restauración ambiental, el
cual debía ser objeto de pronunciamiento por parte de la autoridad ambiental
competente.
De igual manera, el artículo 7 ibídem dispuso que las actividades mineras que se
encontraran por fuera de las zonas compatibles con la minería allí definidas y no
contaran con la correspondiente autorización por parte del Ministerio de Minas, serían
cerradas definitivamente, sin perjuicio de la imposición de las sanciones a que hubiere
lugar.
En el artículo 8 se dispuso que las actividades mineras que se encontraran en zonas
compatibles con la minería y que no contarán con las autorizaciones ambientales
correspondientes, debían solicitar dicha autorización y presentar dentro de los seis (6)
meses siguientes a la expedición de la resolución citada, un plan de manejo y
restauración ambiental ante la autoridad ambiental competente.
Por su parte, en el artículo 9 de la Resolución 0222 de 1994, se dispuso que ―Los
municipios de la Cuenca Alta del río Bogotá y el Distrito Capital, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 61 de la Ley 99/93 expedirán la reglamentación de los usos
del suelo, teniendo en cuenta las disposiciones de la presente Resolución”.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
En el artículo 10 ibídem se estableció que “No se permitirá el establecimiento de
nuevas explotaciones mineras en la Sabana de Bogotá, fuera de las zonas
delimitadas en el artículo 5 (sic) de la presente Resolución”.
A través de las Resoluciones 249 de 1994, 1277 de 1996 y 0803 de 1999 el Ministerio
del Medio Ambiente modificó la Resolución 0222 del 03 de agosto de 1994,
especialmente en lo relacionado con los planes de manejo y restauración ambiental y
los plazos allí señalados.
La Resolución 1277 del 26 de noviembre de 1996, modificó el artículo 7 de la
Resolución 0222 de 1994, en el siguiente sentido:
“Las explotaciones mineras de materiales de construcción que se encuentren en
zonas incompatibles con la minería, de acuerdo a la delimitación hecha en el artículo
cuarto de la Resolución No. 222 de 1.994 y que no cuenten con permisos, licencias o
contratos de concesión vigentes, otorgados por el Ministerio de Minas y Energía,
serán cerradas definitivamente.
Para llevar a cabo la restauración ambiental y morfológica de la zona intervenida, la
autoridad ambiental competente establecerá o impondrá un Plan de Manejo,
Recuperación o Restauración Ambiental, en los términos y condiciones establecidos
en esta Resolución.
(…)”
Mediante el artículo 5 de la Resolución 803 del 24 de Septiembre de 1999 se
estableció: “Ordenar la elaboración de un nuevo estudio técnico que revise y redefina
las zonas compatibles con la actividad minera para materiales de construcción en la
Sabana de Bogotá, establecidas en la Resolución No.0222 del 3 de agosto de 1994”.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
En cumplimiento de lo anterior, se celebró el Convenio Interadministrativo 113 de
1997, entre el Ministerio del Medio Ambiente y FONADE y el contrato de Consultoría
990531 de 1999, suscrito entre FONADE y Prospectos y Estrategias de Desarrollo -
PRODEA LTDA., cuyo objeto fue la elaboración del estudio a que se refiere el artículo
5 de la Resolución 0803 de 1999.
Mediante la Resolución 0813 del 14 de julio de 2004, el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial procedió a redefinir y a establecer las zonas
compatibles con la minería de materiales de construcción y con la minería de arcillas
en la Sabana de Bogotá y con base en dicha zonificación, determinó las acciones y
actividades a seguir por parte de las autoridades ambientales competentes y se
derogaron las Resoluciones 222 de 1994, 249 de 1994, 1277 de 1996 y 0803 de
1999.
Finalmente, a través de la Resolución 1197 de 2004, el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial estableció las zonas compatibles con la minería de
materiales de construcción y de arcillas en la Sabana de Bogotá, que se encuentran
en los siguientes municipios: Bogotá D.C., Bojacá, Cajicá, Chía, Chocontá, Cogua,
Cota, Cucunubá, El Rosal, Facatativá, Funza, Gachancipá, Guasca, Guatavita, La
Calera, Madrid, Mosquera, Nemocón, Sesquilé, Sibaté, Soacha, Sopó, Subachoque,
Suesca, Tabio, Tausa, Tenjo, Tocancipá, Villapinzón y Zipaquirá y sustituyó la
Resolución 0813 del 14 de julio de 2004.
A través de la resolución citada, se establecieron catorce (14) polígonos, que
correspondieron a la áreas donde se podían realizar actividades mineras de
materiales de construcción y arcillas en los municipios citados, con el cumplimiento de
las disposiciones mineras y ambientales.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
En el artículo 3 de la referida resolución, se establecieron una serie de escenarios
para resolver los diferentes casos que se presentaran frente a la aplicación de la
norma, los cuales son de obligatorio cumplimiento para resolver cada caso.
De igual manera, en el artículo 4 se señalaron los instrumentos administrativos de
control y ambiental que aplicarían para el efecto, como fueron la Licencia Ambiental,
los Planes de Manejo Ambiental y el Plan de Manejo, Recuperación y Restauración
Ambiental.
La licencia ambiental, de acuerdo con la normativa tendría aplicación para las
actividades nuevas o solicitudes en curso, para actividades de explotación minera que
pretendieran adelantarse en algunos de los catorce (14) polígonos definidos como
zonas compatibles con las actividades mineras.
El Plan de Manejo Ambiental solamente puede establecerse para los casos en que de
manera expresa se contempla dicha posibilidad, conforme a los escenarios
contemplados en el artículo 3 de la Resolución 1197 de 2004 del MAVDT,
concretamente para actividades de explotación minera que se estuvieran adelantando
a la entrada en vigencia de la Resolución 1197 de 2004 en zonas consideradas como
compatibles con la minería.
Por su parte, el Plan de Manejo, Recuperación o Restauración Ambiental -PMRRA-,
como su nombre lo indica, es el instrumento creado para manejar, recuperar y/o
restaurar de manera ambientalmente adecuada un área intervenida por actividades
mineras, en zona no compatible con la misma, de manera tal que cese la actividad de
la mejor manera posible, es decir para evitarla generación de pasivos ambientales
asociados a la actividad extractiva. Bajo el supuesto de la existencia de un PMRRA no
es factible autorizar nuevas actividades mineras, así como tampoco se puede
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
autorizar la intervención de nuevas áreas con ese fin, aun cuando las mismas se
encuentren cobijadas por un título minero.
El PMRRA comprende estrategias, acciones y técnicas aplicables en zonas
intervenidas por la minería con el fin de corregir, mitigar, y compensar los impactos y
efectos ambientales ocasionados, que permitan adecuar las áreas hacia un cierre
definitivo y uso postmineria, debe contener entre otros, los componentes geotécnico,
geomorfológico, hídrico, ecosistémico, paisajístico.
En los casos en que sea pertinente establecer un PMRRA, las actividades a
desarrollar para manejar, recuperar y/o restaurar el área intervenida con actividades
mineras, deben estar dirigidas a que la remoción de material que por razón de las
acciones a desarrollar sea necesario retirar, esta remoción de material, no puede
equipararse a una explotación y en todo caso, debe ser decreciente buscando el
cierre definitivo de la explotación minera.
En tales casos, la remoción de materiales debe estar justificada de manera exclusiva
para la estabilización geotécnica y la recuperación definitiva de las áreas afectadas.
La remoción de materiales deberá estar justificada de manera exclusiva hacia la
estabilización geotécnica, geomorfológica y paisajística.
Para efectos de establecer un PMRRA es indiferente la existencia de título minero o
no, por cuanto el supuesto básico para que se establezca este instrumento ambiental,
es que se estén adelantando actividades mineras, en zonas que conforme a lo
determinado por el Ministerio de Ambiente, no es factible desarrollar las mismas.
En todo caso, atendiendo la posible existencia de títulos mineros, otorgados en zonas
no compatibles con la minería, en la Resolución 1197 de 2004 del MAVDT, se dispuso
que el Plan de Manejo, Recuperación o Restauración Ambiental - PMRRA - podrá
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
tener una duración hasta por la vigencia del título minero, el cual no podrá ser objeto
de prórroga. Este ―plazo‖ solamente puede darse siempre y cuando se realicen
actividades tendientes a restaurar y dar por terminada en forma ambientalmente
adecuada las actividades extractivas.
Así mismo, establece la norma que el PMRRA podrá extenderse más allá del título
minero (cuando este exista), cuando el tiempo para la restauración no sea suficiente
para desarrollarlo adecuadamente, en todo caso, no podrá exceder de tres (3) años.
Los materiales removidos para efectuar la restauración, podrán ser objeto de
comercialización. No obstante, la duración del PMRRA hasta por la vigencia del título
minero, o hasta tres (3) años más allá de la vigencia del título minero, solamente se
pueden justificar en la necesidad de efectuar un cierre ambientalmente adecuado.
Bajo ninguna circunstancia se pueden utilizar para justificar actividades de explotación
y mucho menos la apertura de nuevos frentes de extracción o captación de minerales.
Así mismo, es evidente que tratándose de zonas donde solo se requiera realizar un
retrollenado en condiciones técnicas adecuadas (por ej. zonas planas), es muy
probable que no se requiera efectuar remoción de material alguno en la zona
intervenida, sino realizar disposición de material en las condiciones que
ambientalmente sean requeridas.
Lo expuesto conlleva a que resulte indispensable que en los casos en que se
establezcan PMRRA, se exija un cronograma detallado y estricto donde de manera
detallada y estricta, se establezcan las acciones y los tiempos para realizar la
restauración y cierre de las actividades mineras.
Una vez se acepte mediante acto administrativo motivado la restauración del área
minera, la autoridad ambiental competente procederá al cierre definitivo de la misma.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Esa situación no es óbice para que se realicen monitoreos del área, especialmente de
las autoridades que tienen a su cargo el manejo del riesgo.
Solamente aceptado el cierre de la actividad extractiva, es factible adoptar
determinaciones sobre el uso que se puede dar al(os) predio(s) donde se ejecutó el
PMRRA, lo cual no obsta para que previamente a dicho cierre, se puedan realizar
ejercicios de planeación sobre los usos posteriores, situación que se debe ajustar al
régimen de usos previsto en el POT o instrumento de planificación local
correspondiente, considerando factores de riesgo y ambientales, sin que se puedan
tomar decisiones de fondo sobre la materia.
El uso que se puede dar una vez aceptado el cierre de la actividad sujeta a un
PMRRA, escapa del ámbito de competencia de la autoridad ambiental, salvo que se
trate de una actividad que puede ocasionar impacto ambiental o esté sujeta permisos
ambientales, o en los casos de planes parciales, en cuyo caso la SDA debe emitir las
determinantes ambientales correspondientes.
Dentro del análisis cronológico expuesto, resulta necesario señalar que el Consejo de
Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Tercera, Consejera
Ponente: Ruth Estella Correa Palacio, en sentencia de fecha veintitrés (23) de junio
de dos mil diez (2010), Radicación número: 110010326000200500041 00 (30987), al
emitir fallo sobre la demanda de nulidad interpuesta en contra del artículo 1º [y sus
parágrafos 1º y 3º], del parágrafo del artículo 2º y del parágrafo 2º del artículo 4º de la
Resolución 1197 de 2004 del Ministerio de ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
decidió declarar nulo el artículo 1º y su parágrafo 3º, lo mismo que el parágrafo del
artículo 2 del citado acto administrativo.
El Consejo de Estado mantuvo la vigencia de las demás disposiciones contenidas en
la Resolución 1197 de 2004 del Ministerio de Ambiente, por lo que los escenarios
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
contemplados en el artículo 3, los instrumentos administrativos señalados en el
artículo 4, como son el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Manejo, Recuperación
o Restauración Ambiental - PMRRA -, la ¨explotación‖ decreciente en aplicación de
los PMRRA, entre otras disposiciones, continúan plenamente vigentes.
De hecho, sobre este aspecto, señala el Consejo de Estado: “A este respecto la Sala
encuentra que, como lo advirtieron el accionado y el Ministerio Público, el artículo 48
del Código de Minas dispone que el concesionario de minas para proyectar, preparar
y ejecutar sus estudios, trabajos y obras, no requerirá licencias, permisos o
autorizaciones distintas de las relacionadas en ese Código o en las disposiciones
legales a que éste haga remisión expresa, sin perjuicio de la competencia de la
autoridad ambiental.
Es claro, entonces, que la legislación minera en modo alguno libera al concesionario
del cumplimiento de las disposiciones que dicten las respectivas autoridades
ambientales, como si esta materia se dejara a una suerte de libérrimo ejercicio de la
autonomía negocial.
El contrato de concesión minera -en tanto instrumento jurídico necesario para poder
constituir, declarar y probar el derecho a explorar y explotar minas de propiedad
estatal (artículo 14 Ley 685), debido a la protección especial que la Constitución y la
ley brindan al medio ambiente (Constitución ecológica)- se somete en muchos
aspectos a normas de orden público que limitan de manera importante la autonomía
de la voluntad de las partes.
Si como ya se advirtió es obligación constitucional del Estado proteger las riquezas
naturales de la Nación (art. 8), y todas las personas tienen un derecho de raigambre
constitucional a gozar de un ambiente sano, (art. 79), es apenas natural que haya
una serie de obligaciones tanto para las autoridades como para los particulares en
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
punto de la explotación racional de la minería. Por lo demás, en consonancia con
estos mandatos, el artículo 80 introdujo el concepto de desarrollo sostenible, que
entraña que el Estado planifique el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales en orden a proteger los ecosistemas.
De ahí que la disposición acusada no sólo no viola las normas invocadas como
infringidas, sino que al ordenar que la explotación minera sea decreciente está
cumpliendo con claros derroteros constitucionales y desarrollando una legítima
competencia que la norma legal en cita atribuyó. Se desestima así el cargo
formulado”.
A raíz de lo anterior, la Viceministra de Ambiente del Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial a través de escrito radicado con el No. 2000-2-95768 del 30 de
junio de 2010, remitido a la CAR, reiterado a través de escrito radicado con el No.
1200-E2- 115135 del 6 de octubre del mismo año, suscrito por el Jefe de la Oficina
Asesora Jurídica de dicha entidad, manifestó que a raíz del fallo del Consejo de
Estado sobre la Resolución 1197de 2004, las zonas compatibles con la minería son
las que se encuentran consagradas en la Resolución 222 de 1994 de ese Ministerio.
Como se aprecia, si bien en el país no existe un marco regulatorio en materia de
pasivos, que le corresponde expedir al Congreso de la República y al gobierno
nacional, no es menos cierto que en la Sabana de Bogotá existe una normativa
especial asociada a la existencia del artículo 61 de la Ley 99 de 1993 y sus
reglamentaciones (Resoluciones 222 de 1994 y 1197 de 2004), donde se prevé la
existencia de un instrumento creado especialmente por el Ministerio de Ambiente para
evitar la generación de pasivos y el cual le corresponde exigir a las 4 autoridades
ambientales que tienen jurisdicción en los 30 municipios de la Sabana de Bogotá, que
son la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, la CAR, Corpoguavio (en
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Guasca) y la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA- en el perímetro urbano de
Bogotá.
En ese sentido los PMRRA son los instrumentos básicos que permiten a estas
autoridades gestionar y exigir las medidas necesarias para contrarrestar los efectos y
posibles daños ambientales negativos ocasionados por la minería en zonas no
compatibles con la misma evitar que se conviertan en pasivos ambientales.
4.26 AL DISTRITO CAPITAL Y A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR EN SU RESPECTIVA
JURISDICCIÓN Y EN COORDINACIÓN CON EL MINISTERIO DE MINAS
Y ENERGÍAY DE TRABAJO, Informe sobre la incorporación de los
proyectos mineros legales de la región a los integrantes de las familias con
necesidades básicas insatisfechas que derivan su subsistencia de dicha
actividad; o en otros proyectos socioeconómicos de acuerdo con la
caracterización que de ellos se realice, en cuento fuere posible, dentro del
ámbito de sus competencias.
Avance: Es importante frente a esta orden precisar que si bien es obligación del D.C.,
dar cumplimiento a este componente, la ejecución depende de que el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible delimite geográficamente las zonas compatibles con
minería. Al respecto, cabe anotar que en atención a lo establecido por la Ley 685 de
2011, Código Nacional de Minas, en concordancia con el artículo 61 de la Ley 99 de
1993 y la Sentencia 11001-03-24-000-2005-00167-01 del 2 de junio del 2011 del
Consejo de Estado (Consejera Ponente: Dra. María Elizabeth García), corresponde al
Ministerio de Ambiente con participación del Ministerio de Minas y Energía, la
elaboración del acto administrativo mediante el cual se definan las zonas en las que
exista compatibilidad con las explotaciones mineras dentro de la Sabana de Bogotá.
En tal sentido, y atendiendo a su vez al numeral 4.26 del fallo de acción popular,
resulta determinante para efectuar actuaciones en legal forma en relación con la
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
orden reportada en este aparte, contar con el acto administrativo del orden nacional
en el que se precisen geográficamente las zonas excluidas de minería en donde no
podrán ejecutarse trabajos y obras de explotación. Como quiera que a la fecha no se
cuenta con dicha normatividad, el Distrito Capital está actualmente a la espera del
acto administrativo correspondiente para poder realizar el proceso de incorporación
de proyectos mineros en territorios donde exista la certeza definitiva sobre su
compatibilidad con dicho tipo de actividad.
4.27. AL DISTRITO CAPITAL Y A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR Informe sobre la
identificación, inventaríen y delimitación en todos y cada uno de los
humedales y zonas de amortiguación de crecientes en su respectiva
jurisdicción, ii) adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de
su estructura y función como ecosistemas; iii) propendan por su
aprovechamiento y uso sostenible.
Avance: Frente a esta obligación se han adelantado las siguientes actividades:
Dentro del estudio de modelamiento hidrogeológico (Modelo hidrogeológico
conceptual) se realizó una aproximación a la conexión de los humedales con las
aguas subterráneas.
Se suministró documento técnico y se apoyó la estructuración del proyecto de
acuerdo del Concejo Distrital que tiene por objeto la declaratoria de los humedales La
Isla y El Tunjo, anteriormente conocido como Ubaguaya: proyecto que fue aprobado
en último debate donde se ratificó la incorporación de los humedales El Tunjo y La
Isla como Parques Distritales de Humedal al sistema de áreas protegidas de Bogotá
De otra parte, a fin de evitar el desarrollo urbano sobre el ecosistema de humedal que
se encuentra contiguo al PEDH el Burro, en predio conocido como el Burrito, se
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
expidió medida de protección para el humedal limitando el avance de un proyecto
urbanístico proyectado en él.
Se avanza en la consolidación de documentos técnicos para soportar la emisión de
medidas de protección para áreas de interés que limitan con los PEDH Jaboque,
Torca y Guaymaral.
Finalmente se reestructuró la administración de los humedales declarados, en donde
se realizó la contratación de varios profesionales encargados de administrar los
humedales junto a un equipo de apoyo encargado de realizar los monitoreos
biológicos de cada ecosistema.
4.28. A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR Y A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES
AL RÍO BOGOTÁ que en el término perentorio e improrrogable de seis (6)
meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, elaboren un plan
de recuperación, restauración y manejo de los ríos y quebradas que hacen
parte de la cuenca del Río Bogotá, el cual será incluido en el respectivo plan
de desarrollo con los recursos financieros necesarios.
Avance: La recuperación, restauración y manejo de los ríos y quebradas es uno de
los pilares del Plan de desarrollo distrital Bogotá Humana 2012-2016, este plan en su
eje 2: Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua,
adelanta el Programa 17: Programa recuperación, rehabilitación y restauración de la
estructura ecológica principal y de los espacios del agua, a través del cual se ha
consolidado la gestión de recuperar y proteger los elementos del recurso hídrico, el
programa plantea ―Recuperar la estructura ecológica y los espacios del agua como
elementos ordenadores del territorio, que contribuyen a la reducción de la
vulnerabilidad que se deriva del cambio climático, a partir de la apropiación social y
ambiental.‖ Así mismo propone que:
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
―Las intervenciones serán de carácter integral y se estructurarán en torno a la gestión
del riesgo y al reordenamiento del territorio en el largo plazo, a fin de enfrentar las
consecuencias de la afectación que ha sufrido el sistema hídrico de la ciudad y
enfrentar la variabilidad climática.‖
Los proyectos prioritarios de este programa son:
1. Mejoramiento de la calidad hídrica de los afluentes del río Bogotá. Realizar
monitoreo, control, seguimiento y evaluación permanente de los factores que afectan
la calidad del agua de los afluentes del río Bogotá. Se ejecutará el plan de
saneamiento y manejo de vertimientos y se replanteará el modelo y las estrategias de
descontaminación de agua tratada y vertida al río en beneficio de la región.
2. Recuperación y renaturalización de los espacios del agua. El proyecto intervendrá
elementos relevantes de la estructura ecológica con acciones institucionales
integrales de recuperación ecológica y paisajística de ríos, quebradas y humedales,
habilitación de espacio público en suelos de protección, saneamiento hídrico y
restitución de predios. Todo ello enmarcado en una estrategia integral de apropiación
ambiental de los espacios verdes y ordenamiento del territorio.
3. Franjas de transición para los bordes urbano-rurales. Construir una ciudad más
compacta implica actuar sobre los bordes urbano-rurales, desarrollando estrategias
ambientales, sociales e institucionales que permitan contener el crecimiento urbano.
Para ello se formularán modelos que orienten y regulen el tipo de ocupación en las
franjas de transición entre lo urbano y lo rural, reconociendo su complejidad y
buscando la protección de los espacios del agua y de la cultura campesina. Se
realizarán intervenciones públicas con participación social para consolidar corredores
ecológicos, ecobarrios y ecoveredas en franjas de transición estratégicas.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4. Control ambiental del suelo de protección, de áreas intervenidas por minería y
áreas susceptibles de ocupación ilegal. Implementar medidas de seguimiento, control
y vigilancia para prevenir la ocupación indebida de las áreas protegidas, y proteger la
vida de las poblaciones que buscan asentarse en zonas de alto riesgo no mitigable.
La actividad minera será regulada al ciento por ciento, mediante los instrumentos de
control de competencia distrital buscando la recuperación morfológica y ambiental
para la incorporación de estas áreas a la estructura urbanística de la ciudad.
5. Apropiación ambiental y gobernanza del agua. Desarrollar procesos pedagógicos y
de formación de mediano y largo plazo, que modelen una nueva ética ambiental y
hagan de Bogotá un aula que reconozca y revalorice los diferentes territorios
ambientales. Se busca una cultura ambiental en torno al agua para que la ciudadanía
comprenda y actúe en procesos de adaptación frente al cambio climático. La
propuesta busca desarrollar nuevos esquemas de relacionamiento entre la ciudadanía
y el Estado, mediante una planeación participativa del territorio y la administración de
áreas estratégicas del suelo de protección.
6. Conocimiento para el uso sostenible de la biodiversidad. Acompañar técnicamente
a las familias campesinas para la reconversión de sus sistemas productivos, la
ordenación ambiental predial y el mejoramiento de la seguridad alimentaria en áreas
rurales, con la aplicación de investigaciones y procesos de innovación social en el
marco de la adaptación al cambio climático y la gobernanza del agua. Se consolidará
al Jardín Botánico José Celestino Mutis, como centro líder en investigación científica
aplicada y gestión del conocimiento sobre la dinámica de los ecosistemas alto andinos
y de páramo.‖
El programa 17 obedece a la lógica de la obligación de la sentencia, sin embargo
corresponde a un instrumento más ambicioso que el mismo plan de recuperación,
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
restauración y manejo de los ríos y quebradas que esta incluye, dado que aparte de
apostarle a la recuperación de los ríos y quebradas, le apunta al reconocimiento y
vinculación de todos los espacios del agua como determinantes ambientales del
ordenamiento del territorio, además de su apropiación y gobernanza.
A pesar de ser uno de los retos más ambiciosos del plan de desarrollo Bogotá
Humana, es importante reconocer que aun cumpliendo las metas planteadas, este
esfuerzo que es toda una revolución en la gestión pública distrital no logrará propósito
de la sentencia, que obliga la recuperación de todos los elementos del sistema
hídrico, esto debido a que el tiempo y los recursos de un periodo de gobierno son
insuficientes, por tanto, es fundamental que las siguientes administraciones también lo
adopten en su gestión. Sin embargo este gobierno dejará el plan estratégico de
recuperación de los espacios del agua y el plan maestro de manejo del drenaje pluvial
sostenible, que generarán la ruta de gestión para un trabajo sostenido por parte del
Estado.
La siguiente tabla resume las apuestas y las líneas de acción del Programa 17,
Programa Recuperación, Rehabilitación y Restauración de la Estructura Ecológica
principal y de los espacios del agua, con lo cual se evidencia que desde el inicio de
esta administración 2012-2016, el Distrito cuenta con un programa de nivel distrital
para la recuperación de los espacios del agua.
Tabla 4. Proyectos, metas e indicadores del 17, Programa recuperación, rehabilitación y restauración de la
estructura ecológica principal y de los espacios del agua.
Proyecto Prioritario
Meta Plan de Desarrollo Indicador
178. Mejoramiento de la calidad hídrica de los
afluentes del Río Bogotá.
296. 20 Km. de ríos urbanos con índice de calidad hídrica WQI: 65 a 79
311. Número de Km. de ríos urbanos con índice de calidad hídrica aceptable
297. Definición e implementación de un nuevo modelo, más efectivo para la descontaminación de aguas tratadas vertidas al Río Bogotá.
312. Un modelo integral para la descontaminación del Río Bogotá definido y en desarrollo, con participación institucional, técnica y financiera del Distrito Capital, la Región y la Nación
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
298. Definición y ejecución de una estrategia, regional, técnica y financiera, para la recuperación hidráulica y ambietnal del río Bogotá (DPTO, CAR, DC).
313. Una estrategia regional, técnica y financiera, para la recuperación hidráulica y ambiental del río Bogotá, en ejecución
179. Recuperación y renaturalización
de los espacios del agua
299. Recuperación ecológica y paisajística de 57 km de rondas y ZMPA de las microcuencas de los ríos Fucha, Salitre, Tunjuelo y Torca.
314. Número de Km. intervenidos integralmente
300. Intervenir mediante procesos de recuperación ambiental y paisajística 8 ha de la ronda del río Tunjuelo en áreas urbanas.
315. Número de hectáreas intervenidas
301. Un Km. de espacios de agua renaturalizados en el centro ampliado
316. Número Km. de espacios de agua renaturalizados en el centro ampliado
302. Recuperar integralmente 40 hectáreas de humedales 317. Número de hectáreas de humedales recuperadas
303. Recuperar ecológicamente áreas estratégicas para el abastecimiento de 12 acueductos veredales con participación comunitaria
318. Número de hectáreas recuperadas por microcuenca abastecedora de acueductos veredales
304. Recuperación ecológica participativa de 520 hectáreas en suelo de protección.
319. Número de hectáreas del suelo de protección recuperadas con procesos de restauración, rehabilitación y recuperación participativa
320. Número de organizaciones vinculadas a los procesos de restauración, rehabilitación y recuperación
Proyecto Prioritario
Meta Plan de Desarrollo Indicador
181. Control ambiental del suelo de protección, de áreas intervenías
por minería y áreas susceptibles de ocupación ilegal
308. Monitorear 3.500 hectáreas susceptibles de ocupación ilegal
324. Número de hectáreas susceptibles de ocupación ilegal monitoreadas
309. Seguimiento, control y vigilancia mediante actuaciones administrativas al 100% de los predios mineros y de las áreas de recuperación ambiental en el perímetro urbano
325. Porcentaje de predios con actividad minera y de áreas de recuperación ambiental con actuaciones administrativas realizadas
182. Apropiación ambiental y
gobernanza del agua.
310. Involucrar un total de 2.400.000 habitantes en estrategias de educación e investigación ambiental para la apropiación social de los territorios del agua
326. Número de personas asociadas a procesos de educación y cultura ambiental
311. Administración y manejo institucional de 100 ha de suelo de protección del Distrito
327. Número de hectáreas de suelo de protección administradas
312. Vincular 400 organizaciones sociales y ambientales a procesos de participación ciudadana para la gobernanza comunitaria del agua en 20 localidades
328. Número de organizaciones socio-ambientales en procesos de gobernanza comunitaria del agua
183. Conocimiento para el uso
sostenible de la biodiversidad
313. 500 familias campesinas en procesos de reconversión de sistemas productivos afines a la conservación de la biodiversidad, los suelos y el agua.
329. Número de familias campesinas con sistemas productivos afines a la conservación de la biodiversidad los suelos y el agua.
314. Definir lineamientos en la orientación de la reconversión de los sistemas productivos hacia los sistemas sostenibles ambientales.
330. Lineamientos en la orientación de la reconversión de los sistemas productivos hacia sistemas sostenibles ambientales definidos
315. Consolidar al Jardín Botánico José Celestino Mutis como centro líder del nivel distrital en investigación, gestión del conocimiento y desarrollo científico de los ecosistemas altoandinos y de ciudad, con 6 investigaciones aplicadas para la conservación y el uso sostenible.
331. Número de investigaciones aplicadas para la conservación y el uso sostenible
112
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.33. A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL
DISTRITO CAPITAL Y A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES AL
RÍO BOGOTÁ Informe sobre la promoción del uso eficiente y de ahorro del
agua como elemento integrante y preponderante para la conservación y
protección de los procesos hidrológicos, eco sistémicos y de biodiversidad.
Avance: Es conveniente aclarar que con anterioridad a la expedición del fallo del
Concejo de Estado, la EAB-ESP ha promovido en diferentes grupos de interés, el uso
eficiente del recurso a través del Proyecto de Gestión Socio Ambiental y de Cultura
del Agua que hace parte del PUEAA (Programa de Uso Eficiente y Ahorro de Agua)
de la EAB-ESP. En este sentido, la Empresa dará continuidad a esta estrategia a
través de los proyectos del Plan de Acción del Programa para el periodo 2012 - 2016.
La EAB-ESP formuló el PUEAA incluyendo la totalidad de las fuentes de agua
superficial utilizadas en los sistemas de abastecimiento de agua de la ciudad y
municipios vecinos. Teniendo en cuenta que las fuentes de agua superficial se
encuentran en jurisdicciones de diferentes autoridades ambientales (CAR
CUNDINAMARCA, CORPOGUAVIO, CORPORINOQUÍA, PNN DE COLOMBIA), se
estructuró un solo documento y presentó para aprobación de las autoridades
ambientales.
A la fecha, el PUEAA ha sido aprobado por la CAR CUNDINAMARCA y por
CORPOGUAVIO.
113
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Respecto a la gestión desarrollada en el marco del Programa de Uso Eficiente y
Ahorro del Agua, se relacionan los avances más significativos implementados en cada
uno de los proyectos que lo conforman así:
Medición de consumos
Gestión y control de pérdidas de agua
Implementación de Tecnologías de bajo consumo de agua
Gestión socio ambiental y cultura del agua
Reuso del agua y optimización de procesos
El avance en cada uno de estos proyectos se relaciona con detalle, en el Programa
de usos Eficiente y Ahorro del Agua de la EAB-ESP 2012 -2016.
El Programa de uso eficiente y ahorro del agua de nuestra empresa 2012-2016, tiene
como objetivo ―Hacer uso eficiente del agua a través de la gestión integral del recurso
hídrico y de los ecosistemas asociados, orientando los procesos misionales de la
EAB–ESP p ara el mejoramiento de su desempeño ambiental y la promoción de la
cultura del agua en todos sus usuarios‖. Para tal efecto cuenta con siete (7) proyectos
de los cuales el de gestión socio ambiental y cultura del agua está bajo la
responsabilidad de la Dirección Gestión Comunitaria y de la Gerencia Ambiental, con
participación de la Dirección de Imagen Corporativa y Comunicaciones.
A continuación se muestran los resultados desde el año 2009 hasta junio de 2014. En
este periodo se han realizado cinco mil ochocientas cuarenta y seis (5.846) charlas,
talleres, campañas y obras de teatro, en las cuales se han sensibilizado a doscientos
seis mil setecientos ochenta y dos (206.782) usuarios y comunidad en general sobre
el uso eficiente del recurso hídrico, al igual que su integración como sistema. En la
114
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Ilustración 2 se presenta la distribución por años y en la Tabla 1, la desagregación por
mes y año.
Ilustración 2 Número de charlas, talleres, campañas por año
Tabla 1 Número de actividades por año
807 1.913 1.675 527 616 308
24.907
94.132
22.219 25.921 26.757
12.846
-
20.000
40.000
60.000
80.000
100.000
2.009 2.010 2.011 2.012 2.013 2014(junio)
Gran Total No. Eventos
Gran Total No. Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
No.
Even.
No.
Part.
2009 3 118 105 5.178 34 854 48 1.362 49 2.088 16 605 28 888 81 3.100 103 2.210 33 1.494 79 ### 6 136 585 20.297 222 4.610 807 24.907
2010 4 51 73 2.255 61 2.030 61 2.123 41 993 44 1.683 30 679 34 797 34 784 32 949 13 378 19 2.810 446 15.532 978 53.743 1.913 94.132
2011 1 8 44 1.372 104 3.523 41 1.336 21 525 53 1.042 43 1.307 17 346 79 5.393 62 1.695 19 534 17 1.046 501 18.127 679 4.064 1.675 35.578
2012 - - 21 546 57 2.177 43 1.415 17 500 14 293 7 155 4 67 28 726 26 967 6 204 57 1.700 280 8.750 139 15.829 419 24.579
2013 6 274 11 979 19 1.465 57 1.996 48 2.256 68 2.769 35 1.949 29 1.928 71 2.568 41 1.258 18 753 10 319 413 18.514 137 3.855 550 22.369
2014 9 78 29 760 34 1.602 71 2.913 43 1.461 30 3.669 216 10.483 40 619 256 11.102
Totales 23 529 283 11.090 309 11.651 321 11.145 219 7.823 225 10.061 143 4.978 165 6.238 315 11.681 194 6.363 135 4.133 109 6.011 2.441 91.703 2.195 82.720 5.620 212.667
Total extraido
de informes de
obras 2010 y
2011 - Zonas
GRAN TOTAL
Año
Totales
remitido 2014
(junio)
Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre DiciembreEnero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
115
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
De igual manera se han desarrollado más de doscientas (200) ayudas didácticas que
han fortalecido los ejercicios de sensibilización a la población, particularmente niños,
niñas y jóvenes de establecimientos educativos, de las áreas de influencia de las
intervenciones de nuestra Empresa (obras y contratos de mantenimiento), al igual que
a los usuarios beneficiarios del mínimo vital.
Por otro lado en la PTAR Salitre el Plan de Gestión Social de la PTAR Salitre 1, se
complementa el proceso de sensibilización sobre el saneamiento del Río Bogotá, a
través de cuatro (4) Programas: capacitación y educación, ambiental, participación
comunitaria, generación de empleo y coordinación interinstitucional. A través del
primero, se han efectuado, dos mil once (2011) recorridos pedagógicos, en los que
participaron cincuenta y cinco mil doscientos setenta y dos (55.272) estudiantes de
universidades y centros educativos de secundaria y primaria, además de
representantes de instituciones públicas y privadas. (Ilustración 3)
Ilustración 3. Número de recorridos pedagógicos PTAR Salitre 1
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
216
190
247
9
222
-
184
139
137
40
5.082
5.264
5.457
2.481
4.610
4.029
4.064
2.442
3.855
619
0 2000 4000 6000 8000 10000
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Año
Totales No. Recorridos
Totales No. Part.
116
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Foto 1 Recorrido Interactivo PTAR SALITRE.
Para los menores de doce (12) años de edad (ver Foto 1), se realiza un recorrido
interactivo con una maqueta, en el aula ambiental dispuesta para tal fin. Con esta
estrategia, unida a los talleres de capacitación en proceso de saneamiento del Río
Bogotá, se han sensibilizado a once mil quinientas nueve (11.509) personas, desde
2005 hasta junio de 2014.
Mediante el Programa de Participación Comunitaria, se ha difundido la utilidad de la
PTAR Salitre como parte integral del saneamiento del Río Bogotá, mediante medios
de comunicación local (periódicos, eventos convocados por las alcaldías locales de
Engativá y Suba), así como mediante un vídeo que además de ser parte de los
ejercicios de capacitación se entrega como material para multiplicar en colegios y
universidades. De igual manera, se contrata a cuatro (4) líderes comunitarios para
realizar los monitoreos participativos de olores.
Con el Programa de Generación de empleo, ha proporcionado oportunidades
laborales no calificadas a treinta (30) personas en promedio, vinculando entre el 39%
y el 67% a habitantes de las localidades de Engativá y Suba. Ver (Tabla 2 Número
de empleos MONC 2005-2014 en la PTAR Salitre 1)
Tabla 2 Número de empleos MONC 2005-2014 en la PTAR Salitre 1
117
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Año No. Empleos
Observaciones
2005 34 Total 67, el 51% de la comunidad
2006 34 4 en la parte administrativa, 23 en operaciones y 7 en mantenimiento. Corresponden el 50% del total generado 68.
2007 35 Total 68, el 51% comunidad
2011 27 Total 65, el 41.5% con comunidad
2012 24 61 empleados en total, el 39.3% con comunidad
2013 24 61 empleados en total, el 39.3% con comunidad
2014 Junio
33 60 empleados en total, el 55% con comunidad
La coordinación con las alcaldías locales, así como con la Comisión Ambiental Local –
CAL- y con las mesas ambientales existentes en las dos localidades del área de
influencia de la PTAR Salitre, han facilitado las relaciones e interacciones,
minimizando conflictos y fortaleciendo los procesos de información y comunicación.
De manera complementaria la EAB permanentemente adelanta campañas en el tema
AHORRO DEL AGUA Y USO RACIONAL DEL RECURSO y de las que se pueden
destacar las realizadas entre el 2013 y 2014:
Tabla 3 campañas en el tema Ahorro del Agua y uso Racional.
Referencia Año
La Ciudad es Tuya, deja que el agua fluya Noviembre 2013
Cada Gota Cuenta, Protege el agua. Disfrútala, cuídala y
ahórrala
Diciembre 2013, en
el marco de la ruta
de la navidad.
Campaña No solo del cielo viene el agua Marzo – Abril 2014
Campaña Tu papel hace la diferencia Mayo- junio 2014
Microinformativos City TV y Canal Capital (Día del agua, Febrero – julio
118
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Ahorre el agua 1 y ahorre el agua 2) 2014
Las campañas realizadas entre el año 2013 y 2014 tuvieron planes de medios que
permitieron llevar los mensajes en televisión, radio, prensa, revistas, pendones para
postes.
Las campañas se ubicaron según el público objetivo y las necesidades de
comunicación de la Empresa.
Igualmente estuvieron acompañadas con actividades operativas de la EAB ESP que
permitieron desarrollar noticias en medios.
Además, la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá ESP, participa
con campañas de ahorro y uso racional del agua, en algunos eventos públicos de la
ciudad como, el Festival de Verano, la Ruta de la Navidad, conciertos por la paz de
Canal Capital, entre otros.
4.33. A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL
DISTRITO CAPITAL Y A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES AL
RÍO BOGOTÁ Informe sobre la promoción de la reutilización del agua en
actividades primarias y secundarias cuando el proceso técnico y económico
así lo amerite y aconseje según el análisis socioeconómico y las normas de
calidad ambiental.
Avance: La Secretaría Distrital de Ambiente a través de la Oficina de Participación,
Educación y Localidades ha implementado estrategias de educación ambiental en el
territorio distrital, involucrando más de 436 mil habitantes distribuidos de la siguiente
manera:
119
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Segundo semestre 2012: 25.341 habitantes
2013: 143.471 habitantes
2014 (A corte 30 de noviembre): 267.570 habitantes
En el año 2015 con corte 30 de abril a 182.711.
Por lo tanto, han sido beneficiados de los procesos de educación y participación
ambiental más de 600.000 ciudadanas y ciudadanos de las localidades de la ciudad
de Bogotá.
En las 4 aulas que administra la SDA en 2014 se han desarrollado 989 acciones
pedagógicas y recorridos interpretativos relacionados con el calendario ambiental con
las siguientes temáticas: "Huellas de Agua", "Día mundial de la educación ambiental,
contextualización y generalidades del recurso hídrico", "El árbol que no quería morir",
"Agua", "Mil caras territorio biodiverso" "Cuerpo y territorio" "Reconociendo el río
Bogotá" "Somos un gran Humedal", "Ciclo del agua", "Cambia tu mundo", "Cuál es tu
huella Hídrica", entre otros. El Aula Ambiental Artística Itinerante-AUAMBARI, llevó a
cabo, el 25 de abril, la acción pedagógica ―AUAMBARI, Bakata resiste‖, recuento de
saberes ancestrales por la defensa del agua y el cuidado del territorio‖. Todas estas
jornadas han tenido el acompañamiento del programa de Participación Ciudadana
Digital.
Se ha fortalecido el enfoque de Gestión Ambiental Territorial mediante la
caracterización de la ronda del río Bogotá como uno de los 8 territorios ambientales
del Distrito.
La OPEL cuenta con el programa de participación ciudadana digital como herramienta
virtual que complementa los espacios formativos incidiendo en el reconocimiento,
apropiación y recuperación de la ronda del río. A través de este programa se ha
120
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
realizado el acompañamiento, difusión y socialización de las jornadas de
sensibilización desarrolladas en todas las localidades del Distrito. Entre ellas las
acciones pedagógicas relacionadas con el Río Bogotá como: ―Cómo sueño mi río‖, ―El
río nos conecta‖ y las Agendas ciudadanas del Río Bogotá.
Los Cabildos de Gobernanza del Agua (CGA) se enfocan en las principales cuencas y
territorios de la ciudad que incluyen como parte del proceso de sensibilización las
jornadas de precabildos en el borde norte, el río Bogotá, las cuencas de Salitre, Fucha
y Tunjuelo, los Cerros Orientales, los Humedales, la ruralidad y el Páramo de
Sumapaz. Entre los resultados del proceso de Precabildos de Gobernanza del agua
se generaron 84 jornadas de sensibilización con un total de 4268 participantes, se
realizaron 29 recorridos interpretativos involucrando 1395 participantes, se realizaron
21 Precabildos territoriales con 2056 participantes y 43 Cabildos con 5014
participantes. Los resultados de los CGA arrojaron un total de 177 actividades en 20
localidades y 12733 participantes, 505 miembros de comités de control social
vinculados, 288 iniciativas consolidadas, 20 comités de control social, 20 expedientes
locales de planeación y seguimiento y 20 cartografías locales desde el Sistema de
Espacialización Ambiental Participativo, este último en el marco del SEAP. Se han
realizado dos encuentros de CGA, el primero de ellos "La Gobernanza del Agua:
Bogotá Humana y Academia" tuvo lugar el 12 de septiembre y el segundo "La
Gobernanza del agua y el cambio climático: Comunidad, Academia e Instituciones" se
realizó el 22 de noviembre.
Se realizó el acompañamiento a la Red de Veedurías Ciudadanas por el río Bogotá y
a la Asociación de Usuarios de los Recursos Naturales Renovables del Río Bogotá
(Asurio) aportando al proceso ciudadano de apropiación e intervención en la cuenca,
logrando implementar las estrategias de la política de educación ambiental con un
enfoque regional.
121
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.34. AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL
– EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA EAAB
Y A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES AL RÍO BOGOTÁ Informe
sobre la protección y garantía en la sostenibilidad de la oferta del recurso
hídrico a los diferentes usuarios a lo largo de la cuenca, en especial a los
habitantes de los municipios de la cuenca baja.
4.34. AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL
– EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA EAAB
Informe sobre el apoyo técnico, administrativo y financiero en el desarrollo
de sistemas de abastecimiento hídrico que reduzcan el riesgo por falta de
disponibilidad en las zonas de mayor contaminación o sobreexplotación del
recurso.
Avance: La Empresa de Acueducto garantiza la sostenibilidad del recurso hídrico a
los habitantes aguas abajo de las captaciones, cumpliendo con los caudales
ecológicos, protegiendo las fuentes hídricas y adelantando procesos de reforestación
en los sitios de responsabilidad nuestra, con el fin de garantizar la conservación de
nuestras fuentes de abastecimiento.
- Caudales Ecológicos
Respecto a los caudales ecológicos establecidos por la autoridad ambiental
competente, la EAB cumple lo exigido en la Resolución para cada una de las
concesiones con las que cuenta la EAB-ESP, así:
i) Río Teusacá (embalse de San Rafael) 220 L/s.
ii) Río Bogotá, Tibitoc 2,5 m3/s.
iii) Río Tunjuelo (Embalse la Regadera) 227L/s
- Calidad del Recurso Hídrico
122
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Para el tema de la sostenibilidad del recurso hídrico, en cuanto a la calidad del mismo,
la EAB-ESP realiza monitoreos permanentes de las fuentes de agua superficial que
utiliza en sus diferentes sistemas de abastecimiento, que permiten conocer las
características, físicas, químicas y bacteriológicas con el fin de tomar decisiones para
su tratamiento, haciendo posible su uso doméstico.
- Sistema de Abastecimiento
Adicionalmente, la EAB-ESP adelanta mediante el Contrato No. 1-02-25500-1318-
2013 la actualización del plan maestro de abastecimiento para Bogotá y sus
municipios vecinos, donde se adelantan estudios sobre el sistema de abastecimiento
actual y se contemplaran recomendaciones futuras.
Por otra parte, para atender el requerimiento relacionado con el apoyo técnico,
administrativo y financiero para el desarrollo de sistemas de abastecimiento hídrico
que reduzcan el riesgo por falta de disponibilidad en las zonas de mayor
contaminación o sobreexplotación del recurso, se propone articular las gestiones de
las empresas de servicios públicos en el espacio creado en meses anteriores,
denominado Mesa de Territorio y Agua, junto con representantes de la Gobernación
de Cundinamarca, Empresas de Servicios Públicos de Cundinamarca – EPC ESP,
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, Alcaldes de Chía y Madrid
en representación de los municipios de las provincias de Sabana Centro y Sabana
Occidente y la Secretaría Distrital de Planeación.
- Evaluación Regional del Agua ERA
La EAB suscribió el Convenio Marco 011 de 2013 – Para la Evaluación Regional del
Agua -ERA con el IDEAM, CAR, FOPAE, SDA y Gobernación de Cundinamarca.
123
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Se hicieron los estudios necesarios para el análisis de la dinámica hídrica en:
Cuencas alta y media del Río Bogotá, Cuenca río Blanco, Cuenca Ubaté Suarez,
Cuenca Tunjuelo.
Se hizo la definición de los requerimientos funcionales para el SIRRH de la región
Bogotá- Cundinamarca y las cuencas abastecedoras y receptoras del Distrito Capital.
Se conformaron las mesas temáticas inter institucionales para el análisis de la Oferta,
Demanda, Calidad, Riesgos hidroclimáticos y Sistema de Información del recurso
hídrico de la región (SIRRH) y la construcción Plan de trabajo ERA Bogotá-
Cundinamarca.
Se inició el Análisis del potencial y la dinámica Hidrológica, para la región Hídrica de
Bogotá y el diseño detallado y puesta en marcha del SIRRH.
Por otra parte, se dio terminación a la ejecución del Contrato N° 2-05-24300-0908-
2013, cuyo objeto es realizar una propuesta de estrategias, metodologías y
herramientas para la implementación de la Evaluación Regional del Agua, así como
para definir los requerimientos funcionales del Sistema de Información Regional del
Recurso Hídrico, como instrumentos para la gestión integral del recurso hídrico frente
a la variabilidad y el cambio climático; el equipo de la consultoría EPAM realizó una
visita de campo a la cuenca alta del río Tunjuelo, para el reconocimiento del territorio
y la verificación de su situación.
Producto de esta consultoría, se entregaron los siguientes documentos a saber:
Producto 1: Documento sobre el estado actual sobre las necesidades y
requerimientos de información que tiene la región y las organizaciones con
competencia en la gestión del agua, en el marco de las Evaluaciones Regionales del
Agua (ERA).
124
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Producto 2: Levantamiento y análisis de la Línea base de información en los
componentes oferta, demanda, calidad, riesgos, gestión social, ambiental y del
sistema de información del recurso hídrico para la región Bogotá- Cundinamarca y las
cuencas abastecedoras y receptoras del Distrito.
Producto 3: Desarrollo y validación de la Evaluación Regional del Agua en una
cuenca hidrográfica seleccionada.
Producto 4: Definición de requerimientos funcionales para el Sistema de Información
Regional del Recurso Hídrico (SIRRH) de la región Bogotá- Cundinamarca y las
cuencas abastecedoras y receptoras del Distrito Capital. Producto 5: Informe final.
Producto 5: Informe final. Finalmente, se encuentra en formulación los términos de
referencia para la contratación de los procesos que permitan la continuidad de la
implementación de la Evaluación regional del agua ERA; del Sistema de Información
Regional del recurso Hídrico SIRRH y del fortalecimiento Institucional.
- Protección de Fuentes Hídricas
De acuerdo con las competencias de la EAB-ESP con respecto a la protección del
recurso hídrico de la Bogotá – Región, se presenta a continuación las líneas de acción
respectivas:
- Manejo de predios de propiedad de la Empresa conexos a los sistemas de
abastecimiento de agua de la Ciudad y municipios vecinos.
125
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Programas, proyectos y actividades establecidos en los Planes de Manejo
Ambiental de los Sistemas de Abastecimiento (Chingaza, Cerros Orientales,
Sumapaz-Cuenca Alta del río Tunjuelo).
- Planes, programas, proyectos y actividades producto de acuerdos (Convenios)
con las autoridades ambientales.
- Proyecto de la Alcaldía Mayor de Bogotá (SDH, SDP, SDA, EAB), como
compensación a la región, Corredor de Conservación Páramos Chingaza –
Cerros Orientales – Sumapaz- Guerrero.
Como actividades tendientes a la protección de fuentes hídricas la EAB viene
realizando las siguientes acciones:
- Se enumeran las áreas que la EAB-ESP ha consolidado para la protección de
las fuentes de agua superficial del Distrito Capital y de otras contiguas a las
fuentes de agua superficial que se utilizan en los sistemas de abastecimiento
de agua, son:
i) Cerros Orientales de Bogotá, 5.000 hectáreas.
ii) Sumapaz, cuenca alta del río Tunjuelo, 3.500 hectáreas.
iii) Chingaza (La Calera, Choachí, Fómeque, Junín, Guasca), 24.500
hectáreas.
iv) Agregado Norte – Tibitoc – Aposentos, 465 hectáreas.
- En la actualidad, se está desarrollando el Proyecto, conocido como ―Corredor
de Conservación de Páramos‖, viene avanzando en diferentes ámbitos
relacionados con la integración regional por la defensa de los páramos y el
agua, la conservación y la restauración de áreas piloto, la identificación y la
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
concertación con las comunidades de los proyectos y acciones a desarrollar en
cada microcuenca y el diseño y la formulación de estrategias para la
implementación de dichas acciones en el territorio, entre las cuales se
encuentran:
- Acciones para la conservación, restauración y uso sostenible de los servicios
ecosistémicos por medio de la implementación de acciones que favorecen la
sostenibilidad, económica, social y ambiental del territorio comprendido entre
los páramos Chingaza, Sumapaz, Guerrero y Cerros Orientales y su área de
influencia.
Lo anterior se ha realizado con iniciativa del Distrito Capital y liderada por
la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (EAB-ESP),
en alianza con la Secretaría de Ambiente (SDA) y la Secretaría de
Planeación (SDP), cofinanciado por el Sistema General de Regalías
(SGR), con el fin de sumar esfuerzos para la protección de los páramos,
como fuentes fundamentales para garantizar el derecho al agua, a la vida
y al ambiente sano.
- Restauración ecológica participativa: (Contrato EAB-E.S.P. y Ecoflora), se dio
inicio al proceso de restauración ecológica participativa en el sector
comprendido entre las microcuencas Piedras Gordas y El Mangón, Municipio
de la Calera. Los avances realizados, en conjunto con el equipo técnico del
proyecto, son:
- Desarrollo del 2do ciclo de capacitación en Restauración ecológica de
ecosistemas en la cuenca Alta del Río Blanco de la Calera, en el cual
participaron aproximadamente 50 personas de la comunidad de las veredas
Mundo Nuevo, El Manzano y el sector El Cerro.
127
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Participación activa de la comunidad, en la identificación de especies, la
cartografía social, el intercambio de saberes y en la formulación del Plan de
Producción de Material Vegetal del vivero, en el cual se concluyó que se
crearía una organización comunitaria para la sostenibilidad del vivero.
- Avances en el proceso de concertación con la comunidad para la firma de
acuerdos socioambientales, aproximadamente con 73 personas.
- De acuerdo a los criterios establecidos entre Ecoflora y el equipo técnico de
la EAB-ESP, se seleccionaron 42 familias que serán beneficiarias de las
acciones de restauración en sus predios (aislamientos, cercas vivas,
encerramientos, entre otros). Se iniciaron las visitas para el levantamiento
de información y ubicación de áreas a restaurar. A partir de este ejercicio se
da inicio al diseño de las intervenciones a realizar en cada predio.
- Fortalecimiento del Centro de Propagación de Alta Montaña Mundo Nuevo
(La Calera), mediante adecuaciones físicas a la infraestructura del vivero.
- Siembra de material vegetal con las especies nativas: Arrayan, Gaque,
Tuno, Cajeto, Tinto, Garrocho, Chilco, Laurel, Salvio Negro. Actualmente
hay 13.000 plántulas en crecimiento (bolsas) y 1.500 en germinación.
- Avances en el diseño de la estrategia participativa de propagación vegetal
para el proyecto corredor de páramos.
- De acuerdo a la metodología planteada y aprobada por la EAB ESP., se dio
inicio a la fase de aprestamiento en el territorio, a partir de reuniones con las
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
autoridades municipales de la zona sur del Corredor (La Calera, Choachí,
Fómeque, El Calvario, San Juanito, Chipaque, Ubaque y Une).
- Se están realizando ajustes a la línea base para el diseño e implementación
de las estrategias (producto 2) a partir del análisis de la información de las
acciones implementadas en el área del Corredor (22 municipios).
- Presentación de un preliminar del producto 3, referente a la zonificación
ambiental a escala 1:25.000 de los municipios que hacen parte de la zona
Sur del Corredor (La Calera, Choachí, Fómeque, El Calvario, San Juanito,
Chipaque, Ubaque, Une y el área rural del Distrito Capital).
Adicionalmente, la EAB ha venido adquiriendo predios con el propósito de proteger
las fuentes hídricas de la ciudad, que se encuentran directamente relacionados con
los proyectos de los interceptores y colectores del sistema de alcantarillado que ha
venido adelantando la empresa, así como la protección de zonas de ronda y zonas de
manejo y preservación ambiental de los cuerpos de agua, recuperación de
humedales, canalización y adecuación hidráulica de quebradas y ríos, entre otros.
Desde el año 2004 y hasta la fecha se han adquirido 3.016 predios, que actualmente
están representados administrativamente en 1.804 predios por el tema de englobes.
- Procesos de reforestación
La EAB ha identificado el estado de la cobertura vegetal en cada uno de los predios
de su propiedad, y ha llevado a cabo proyectos de investigación que permiten
consolidar procesos de restauración ecológica en áreas de potreros, en áreas de
borde de río (franja riparía), en áreas con plantaciones forestales y en áreas con
especies invasoras (Ulex europaneus, retamo espinoso). Esta iniciativa se ha llevado
a cabo en convenio con el antes Departamento Técnico Administrativo de Medio
Ambiente DAMA, hoy Secretaria Distrital de Ambiente y el Jardín Botánico de Bogotá
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
José Celestino Mutis -JBBJCM, entre otras organizaciones no gubernamentales que
están interesadas en el beneficio de la comunidad aledaña a los cuerpos de agua.
Así mismo, se adelantaron actividades de siembra con el objetivo de crear
apropiación por parte de estos en la recuperación de las quebradas y humedales de
Bogotá. Producto Final del convenio se generó la Guía Metodológica para la
Restauración Ecológica del Bosque Alto Andino.
De otra parte se han ejecutado los siguientes convenios:
- Aunar esfuerzos entre la Corporación Centro Cultural de Desarrollo Comun
Itario Evaristo Bernate Castellanos (CECUDEC) y la EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P, convenio No 9-07-
24300-0971-2013 para ejecutar acciones de mantenimiento del Corredor
Ecológico de Ronda de las quebradas Zanjón de La Muralla y Zanjón El
Ahorcado, mediante la siembra y propagación de especies forestales nativas,
con una estrategia de intervención pedagógica.
Este convenio ya finalizo, se realizó plantación con especies nativas en 1.8
Kilómetros, en las quebradas Zajón de la muralla y zanjón del ahorcado con
la comunidad, colegios, personas aledañas, fundaciones y personas que
durante mucho tiempo han venido participando en el desarrollo de estos
proyectos. Gracias a esta participación de la comunidad se creó un centro de
propagación con el objetivo de que se puedan encontrar las especies nativas
correspondientes a estos cuerpos de agua y que la comunidad se apropie de
estos procesos. Ver fotos Foto 2 y Foto 3.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Foto 2 Actividades de Trazado, Ahoyado y Tutorado convenio 9-07-24300-971-2013
Foto 3 Actividades convenio 9-07-24300-971-2013
- Convenio No 9-07-24300-0980-2013 entre la Fundación Ecológica SUASIE y la
EAB que busca Aunar esfuerzos para ejecutar acciones de mantenimiento de
los corredores Ecológicos Hídricos de la micro cuenca de la quebrada Santa
Librada, mediante la siembra y propagación de especies nativas con una
estrategia pedagógica.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Este convenio ya finalizó, se realizó la plantación de especies forestales
nativas en 0.7 Kilómetros, con la comunidad, ya que durante este se creó un
centro de propagación que hizo que los habitantes aledaños a estas zonas se
apropiaran.
Se plantaron 10694 árboles y se realizó mantenimiento a 3000 árboles en los
corredores ecológicos de ronda. Ver foto
Foto 4.
132
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Foto 4 Plantación con participación de la Comunidad Convenio No 9-07-24300-0980-2013
4.34. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMRACA – CAR Y AL DISTRITO CAPITAL Informe en la
implementación de todas y cada una de las medidas necesarias para el
adecuado manejo de las microcuencas y regulación hídrica para los fines
anteriores.
Avance: Al respecto, la Secretaría Distrital de Ambiente ha adelantado diversas
acciones para el manejo de las diferentes microcuencas del Distrito con el objeto de
proteger los recursos naturales asociados a estas, principalmente la provisión del
recurso hídrico. Dichas acciones se han reportado anteriormente para el cumplimiento
de las obligaciones 4.19, 4.23 y 4.25, las cuales me permito resumir a continuación:
1. Como se mencionó en la obligación 4.19, la SDA se encuentra adelantando la
gestión para articular los POMCAs de los ríos Salitre, Fucha y Tunjuelo a la
modificación del POMCA del río Bogotá. Esto con el fin de avanzar en la
formulación de los planes de manejo de las microcuencas del Distrito, de
acuerdo a lo ordenado en la sentencia. La anterior actividad se realiza en
concordancia con lo dispuesto en la obligación 4.34, bajo el entendido de que
la formulación de los planes de manejo de las microcuencas es una etapa
fundamental para el adecuado manejo de estas.
2. Se adelanta la recuperación integral de las quebradas que se encuentran en el
Distrito, en donde en el último año se ha recuperado un total de 13.6km y 31.8
hectáreas de quebradas en las cuatro cuencas del Distrito, tal como se
describe en la tabla reportada en la obligación 4.23. Con la recuperación de las
quebradas se busca asegurar la provisión de este recurso no sólo para la
población humana sino para el adecuado funcionamiento de los ecosistemas
133
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
asociados a estas, en primera instancia los humedales que se abastecen de
las quebradas y por último el río Bogotá.
3. En la ruralidad del Distrito se formuló el programa de esquemas tipo pago por
servicios ambientales, en donde se generó el mapa de priorización de áreas
para la protección hídrica, el cual tuvo como un criterio las áreas aferentes a
las bocatomas de los acueductos veredales. Dicho mapa se muestra en el
reporte de la obligación 4.25. Con la priorización de estas áreas se buscará la
implementación del programa de PSA en la ruralidad cuyo objeto principal es la
conservación del recurso hídrico para garantizar la provisión del mismo.
4. De manera complementaria y como se reportó en la obligación 4.25, se
adelantan con las comunidades de la ruralidad procesos para la reconversión
productiva en los sistemas agropecuarios. Lo anterior tiene como objeto que
los campesinos adopten medidas amigables con el ambiente en la producción
agropecuaria. Dentro de estas medidas se encuentra la protección de las
rondas hídricas con aislamientos y la siembra de especies forestales nativas,
las cuales evitarán el deterioro del recurso hídrico y ayudaran a asegurar la
provisión de este.
4.39. AL DISTRITO CAPITAL – EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOTA EAB. Informe sobre la realización de las
actividades administrativas y presupuestales correspondientes para la
adquisición del predio con el fin de construir la planta de tratamiento de
aguas residuales de Canoas y la estación elevadora.
Avance: Referente al predio Canoas se cuenta con la resolución de utilidad pública
del predio denominado Hacienda Canoas, de acuerdo al Decreto No. 414 del 01 de
diciembre de 2011 expedido por la Alcaldía de Soacha; a su vez el Instituto
134
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Geográfico Agustín Codazzi realizó el avalúo comercial de la totalidad del inmueble en
el área de 298 Hectáreas y 8300 m2 en septiembre de 2011 y con base en ese avalúo
la EAB apropió los recursos por la suma de $28.480 millones de pesos, para su
adquisición tal como consta en el Registro Presupuestal No 2600018559 de fecha
28/12/2011.
Paralelamente, dentro del avance del contrato de diseño No. 1-02-25500-690-2011,
el consultor determinó el área real requerida dentro del predio Canoas y la determinó
en 220 Hectáreas, para la construcción de la planta de tratamiento, considerando las
tres fases: tratamiento primario, secundario con desinfección y terciario, como las
áreas de amortiguamiento necesarias para evitar posibles afectaciones a los
alrededores de la planta durante su operación.
En virtud de lo anterior y en consideración al fallo de segunda instancia la EAB ha
avanzado de la siguiente manera:
- A la luz del contrato suscrito entre la EAB y la Lonja Colombiana de la
propiedad raíz No. 2-02-25200-0845-2012, cuyo objeto es ―realizar los avalúos
comerciales para compra, venta, arrendamiento, ocupación temporal,
servidumbre, actividad económica, de los predios rurales, urbanos y
suburbanos‖, para la adquisición de los predios para ser destinados a los
diferentes proyectos de inversión y los avalúos comerciales que requiera la
empresa para predios o inmuebles de su propiedad para efectos de venta o el
arrendamiento de los mismos‖, se le requirió para que realizara el avalúo
requerido para el predio en cuestión, sin embargo en comunicación recibida por
dicha empresa nos manifiesta que con anterioridad los propietarios del
inmueble los habían contratado para el avalúo de ese mismo predio por lo que
manifestó una inhabilidad ética para atender nuestra solicitud.
135
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Procedió entonces la EAB en virtud del Decreto Distrital 1420/1998, a
solicitar a la oficina de Catastro Distrital la viabilidad de realizar el avalúo
comercial del predio, quien a su vez manifestó que no era viable en
consideración a que el predio se encuentra en el Municipio de Soacha y
está por fuera del área de su jurisdicción.
- En consideración a todo lo anterior, se invitaron a firmas reconocidas para
la tarea encomendada recibiendo cotizaciones del avalúo de las siguientes
empresas:
Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá
Cámara de la propiedad raíz lonja inmobiliaria
Sociedad Colombiana de Avaluadores
Grupo empresarial Oikos
APRA Avaluadores profesionales Asociados S.A.S
Se surtió el proceso de contratación con la firma ―Avaluadores Profesionales
Asociados SAS - APRA" Contrato de Consultoría No. 2-02-25200-1089-2014 y
el contrato No. 2-02-25200-1089-2014.
Una vez cumplidos los requisitos de legalización se dio orden de inicio del
contrato.
Paralelamente se realizaron distintas reuniones con los propietarios del predio
para obtener permiso de ingreso temporal tanto para la elaboración del avalúo
como durante la ejecución de los diseños de detalle de la PTAR Canoas.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
La firma evaluadora APRA SAS realizó visita técnica al predio Hacienda
Canoas y realizó el avalúo del predio, el cual fue entregado en marzo de 2015.
La EAB en cabeza de la Dirección de Bienes Raíces realizó observaciones al
documento, donde en abril de 2015 la firma APRA SAS entregó documento
definitivo, el cual fue aprobado por la EAB.
La EAB cuenta a la fecha con una apropiación presupuestal por 28.480
millones de pesos con número de pedido 4800005118, el cual se detalla a
continuación:
Debido a que el avalúo fue de $ 28.971.892.080 fue necesario realizar una
solicitud de $491.892.080 adicionales los cuales se solicitaron el día 20 de abril
de 2015 y se adicionaron al presupuesto el día 30 de abril 2015, a continuación
se presenta el CDP de la adición:
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- El 8 de mayo de 2015 se realizó la Citación para presentación del documento
de oferta al dueño del predio, el cual se notificó personalmente el 13 de mayo
de 2015 mediante el representante Ab. Juan Manuel Gómez Reyes. Para ese
mismo día se presentó la solicitud de inscripción de oferta de compra predial
ante el Registrador de Instrumentos Públicos de Bogotá D.C. Zona Sur.
Se está a la espera de la aceptación de la oferta, la cual se estima en un tiempo de
aproximadamente cinco semanas; de resultar aceptada por los propietarios se
efectuará enajenación voluntaria lo cual se estima un tiempo de uno a dos meses, de
lo contrario si no resulta satisfactorio se iniciará con el proceso de expropiación
(términos judiciales)
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
A continuación se presenta el cronograma del proceso para la adquisición de predio planteado por la EAB:
Cabe aclarar que la ruta crítica para la posesión del predio la determina la construcción de la Estación Elevadora Canoas.
A la fecha hemos adelantado en la consecución de los recursos para la elaboración de los diseños detallados de la
Estación Elevadora, que fueron obtenidos a través del Convenio 171 suscrito con la CAR, quienes aportan, de lo que le
gira el Distrito del recaudo del predial, la suma de $ 5.000 millones. El proceso licitatorio para la contratación de estos
diseños está previsto adelantarlo a partir del mes de junio, y su contratación está programada para el segundo semestre
de 2015 y tendrán una duración de un año.
1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem 1 Sem 2 Sem 3 Sem 4 Sem
1.0 Avaluo Comercial
1.1 Realización y entrega avaluo
1.2 Revisión y comentarios
1.3 Atención a observaciones
2.0 Oferta de Compra
2.1 Trámite presupuestal
2.2 Notificación y registro de oferta
2.3 Aceptación o Rechazo
3.0 Adquisición predio
A Enajenación voluntaria
3.1 Promesa de compraventa y 1er pago
3.2 Entrega del inmueble
3.3 Firma escritura y registro
B Expropiación
3.1 Presentación y admisión de la demanda
3.2 Notificación de la demanda
3.3 Trámite consignación valor del avaluo
3.4 Proceso entrega del inmueble por parte del juez
3.5 Trámite judicial de la expropiación
Fecha en la cual la EAB tomaría posesión del predio en enajenación voluntaria (2da semana de Julio - 2015)
Fecha en la cual la EAB tomaría posesión del predio en expropiación (2da semana de Diciembre - 2015)
Nov Dic
2015
PROCESO PREDIAL CANOAS
Jun Jul Ago Sep OctMar Abr May
ACTIVIDAD
139
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
En ese orden de ideas, y considerando que estos diseños estarán listos en el segundo semestre del 2016, y dada la
magnitud y complejidad de esta obra, el proceso de licitación para la construcción se iniciaría en el primer semestre del
año 2017 y su adjudicación está prevista para el segundo semestre del año 2017.
Por lo anterior, la necesidad real de tener posesión del predio Canoas seria a finales del año 2016 previo a la
licitación mencionada (ver cronograma del proceso Estación Elevadora a continuación).
Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Ene Feb Mar Abr May Jun
1.0 Preparación y concertación TDR
1.1 Concertación TDR en mesas con EMGESA
2.0 Diseños de detalle para construcción
2.1 Proceso Licitatorio diseño
2.2 Ejecución contrato de diseño
3.0 Pre - Construcción
3.1 Proceso Licitatorio construcción
3.2 Necesidad de posesión del predio
Fecha para la cual la EAB requiere tener posesión del predio de Canoas con el objetivo de abrir proceso licitatorio (Ago-Sep 2016)
ACTIVIDAD
2015 2016 2017
PROCESO PREVIO A LA CONSTRUCCIÓN DE LA ESTACIÓN ELEVADORA DE CANOAS
140
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.40. AL DISTRITO CAPITAL – EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOTA EAB. Informe sobre la definición de la
necesidad de contar con los pozos ITC 9 y 11, teniendo en cuenta las
implicaciones económicas respecto de los recursos públicos y la obligación de
propender por su garantía y protección.
Avance: Mediante Contrato 1-02-26100-711-2006 suscrito con el CONSORCIO HMV-
IEHG, fue perfeccionando la conceptualización de la fase final del esquema propuesto
para las cuencas de los ríos Fucha y Tunjuelo, ejecutando el DISEÑO DE INGENIERIA
BASICA DEL INTERCEPTOR TUNJUELO CANOAS Y LA ESTACION DE BOMBEO
DE AGUAS RESIDUALES DE CANOAS, ASI COMO EL PREDIMENSIONAMIENTO
DE LA PTAR CANOAS.
Con este estudio se definió el área de drenaje del interceptor Tunjuelo Canoas el cual
conduciría las aguas residuales de las cuencas Fucha, Tunjuelo, Tintal y Soacha que
corresponden a las dos terceras partes de la ciudad de Bogotá.
En esta ingeniería básica se definió el trazado del interceptor Tunjuelo Canoas iniciando
donde se unen los interceptores Fucha Tunjuelo (IFT) y Tunjuelo Bajo (ITB).
El diseño básico del interceptor Tunjuelo Canoas planteo, su alineamiento de forma tal
que permitiera el desarrollo urbano de la zona noroccidental de Soacha, que para el
2006 estaba siendo revaluado por el municipio de Soacha dentro de la actualización del
POT para ser definido como zona de expansión.
141
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Además, se previeron 10 pozos o estructuras de conexión a lo largo de este tramo del
túnel, que permitirían inspección, aireación, mantenimiento y conexión de sistemas
nuevos producto de la expansión del municipio de Soacha.
Los pozos estarían separados en promedio 800 m y tendrían 13 metros de diámetro.
Para la conexión futura, se dejó previsto una colilla con un pozo prefabricado al final, al
cual se conectarían los nuevos sistemas.
La ingeniería básica del interceptor Tunjuelo Canoas, contemplaba entre otras obras, lo
siguiente:
- Pozo ITC 9 diseñado en ingeniería básica para recibir el futuro Interceptor
Ciudad de Cali que para dicha fecha estaba definido a nivel conceptual.
- Pozo ITC 10 diseñado para prestar la función de mantenimiento en inspección
del interceptor.
- Pozo ITC 11 diseñado para recibir el Interceptor Soacha.
- Pozo ITC 12 resultaba ser el pozo final del interceptor y el punto de conexión del
interceptor Tunjuelo Canoas con la Estación de Bombeo de Aguas Residuales
Canoas – EBARC y el túnel de emergencia.
Respecto a la EEARC se plantea un esquema compuesto por dos pozos circulares
independientes: un primer pozo denominado ―de cribado‖ y un segundo pozo
denominado ―de bombeo‖, que se conectarán al Interceptor Tunjuelo Canoas (ITC).
Luego de bombeado el caudal correspondiente, este se entregaría al canal de entrada
de la PTAR Canoas.
142
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Con este diseño básico la EAB adelantó el proceso de invitación pública para contratar
el ―Diseño, construcción y puesta en operación de un Túnel Bajo la modalidad llave en
mano, para el sistema de alcantarillado Troncal Tunjuelo - Canoas - Río Bogotá‖, el cual
terminó con el contrato No. 1-01-25500-1115-2009 suscrito con el CONSORCIO
CANOAS.
Durante el desarrollo de este contrato, la trayectoria de la ingeniería básica sufrió
cambios significativos de la siguiente forma:
- Pozo ITC 9 diseñado a nivel de ingeniería básica para recibir el futuro Interceptor
Ciudad de Cali, cuenta con ingeniería de detalle. En la actualidad no se
encuentra construido
- Pozo ITC 10 diseñado a nivel de ingeniería básica para prestar la función de
mantenimiento en inspección del interceptor, en la ingeniería de detalle y obras
se construyó como pozo de conexión al recibir el Interceptor Soacha. En la
actualidad se encuentra construido.
- Pozo ITC 11 diseñado a nivel de ingeniería básica para recibir el Interceptor
Soacha, en la ingeniería de detalle se diseñó como pozo de mantenimiento e
inspección. En la actualidad no se encuentra construido.
- Pozo ITC 12 que a nivel de ingeniería básica resultaba ser el pozo final del
interceptor y el punto de conexión del interceptor Tunjuelo Canoas con la
Estación de Bombeo de Aguas Residuales Canoas – EEARC y el túnel de
emergencia, en la ingeniería de detalle se diseñó igual. En la actualidad no se
encuentra construido.
Con este contrato se ejecutó el 95% del interceptor Tunjuelo Canoas, representado en
la construcción de un túnel principal de 8.9 Kilómetros y diámetro de 4.2 metros, un
143
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
túnel de emergencia de 2.2 Kilómetros y diámetro de 3.2 metros y el interceptor
Soacha.
El 5% faltante corresponde a los pozos ITC 9, 11 y 12, la estructura de descarga del
interceptor al rio Bogotá y por ende la puesta en operación del sistema Troncal Tunjuelo
Canoas Rio Bogotá.
El contratista de obra expuso, que una de las razones para no construir el pozo ITC 12
en el predio donde se encontraba originalmente ubicado, tanto en la ingeniería básica
como en su propio diseño detallado, obedecía a las condiciones geotécnicas del predio
Canoas, en consecuencia, durante la búsqueda de la solución técnica que en su
concepto consideraba la adecuada, traslado la ubicación del pozo ITC 12 hacia el
predio de INVIAS, conduciendo las máquinas TBM hacia ese lugar, lo que a su vez
generó el desplazamiento de la trayectoria de los túneles principal y de emergencia.
La ubicación del pozo propuesta por el contratista en el predio INVIAS obedecía
principalmente a que se contaría con suelos rocosos para dar seguridad a la
excavación, sin embargo, al adentrarse en la montaña alteraba sustancialmente la
salida en superficie del pozo, aumentando su profundidad inicial de 40 m a 70 m
aproximadamente.
Con estas consideraciones técnicas el contratista propuso a la EAB, la construcción de
un pozo único de 65 metros de diámetro con una profundidad de aproximadamente 70
m, que albergaría los pozos de cribado y de bombeo de la Estación de Bombeo de
Canoas, lo que generaría un cambio en las condiciones técnicas contractuales, que
nunca se dio, por de encontrarse por fuera del objeto contratado.
El Contratista dirigió las máquinas hacia el punto definido por él en el predio de INVIAS
sin iniciar la construcción del pozo ITC 12 para la conexión de los túneles principal y de
emergencia. En esa fecha el Honorable Consejo de Estado el 29 de octubre de 2012,
144
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
ordenó a la EAB para que conjuntamente con el CONSORCIO CANOAS, buscara la
solución técnica de mínimo costo, para conectar los túneles y de esta manera extraer
las máquinas, así mismo solicitó abstenerse en poner en operación el Interceptor
Tunjuelo Canoas hasta no contar con el fallo en segunda instancia.
Al no lograr el acuerdo de la solución esperada por el Consejo de Estado, se venció el
plazo contractual, sin la construcción de las obras mencionadas.
Posteriormente, durante el proceso de liquidación del contrato 1-01-25500-1115-2009,
surgieron diferencias contractuales que condujeron a instalar un tribunal de
arbitramento para dirimir dichas diferencias y que en la actualidad cursa su trámite.
De otra parte, atendiendo la sentencia proferida en segunda instancia por el CONSEJO
DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN PRIMERA
- Bogotá, relacionada con el Saneamiento del Rio Bogotá, particularmente sobre los
pozos ITC 9, 11 y la puesta en funcionamiento, la EAB presenta a continuación la
solución propuesta para decidir sobre el funcionamiento del sistema Troncal Tunjuelo
Canoas – Rio Bogotá, desde el pozo ITC 9 en adelante.
- Pozo ITC 9. Supliremos su función de recibir el interceptor Ciudad de Cali
conectándolo al pozo 8 del ITC que se encuentra construido.
- Pozo ITC 10. Construido. Prestará la función de conexión al recibir el Interceptor
Soacha.
- Pozo ITC 11. Supliremos su función de mantenimiento e inspección para la que
estaba diseñado con la estación elevadora, una vez esté construida.
- Pozo ITC 12. En la propuesta de la EAB, se plantea conectar el interceptor con la
Estación Elevadora y con el Túnel de Emergencia, así:
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
o La conexión entre el interceptor y la estación elevadora se contemplará
dentro del diseño y construcción de la Estación Elevadora que suplirá su
conexión con el Interceptor.
o Para la unión entre el interceptor Tunjuelo-Canoas y el túnel de
emergencia se plantea una conexión subterránea de 160 metros de
longitud, equivalente al 0.2% del sistema de interceptores, quedando listos
para operar los 70.000 metros de interceptores construidos que conforman
el Sistema Troncal Tunjuelo Canoas – Rio Bogotá. Lo anterior, con el fin
de lograr la solución técnica de mínimo costo ordenada por el Consejo de
Estado.
La anterior propuesta fue evaluada entre las distintas alternativas técnicas mediante el
desarrollo de una matriz por objetivos así:
- No interfiere con el Tribunal de Arbitramento que se adelanta en la Cámara de
Comercio y que va a dirimir las diferencias contractuales surgidas durante el la
liquidación del contrato No 1-01-25500-1115-2009, en consideración a que las
diferencias allí planteadas son de índole económica en el sentido de quien debe
asumir los costos de Mayor permanecía y Stand By y no de orden técnico, pues
no está dentro de su alcance manifestarse en el sentido de cuál será la solución
para habilitar la eventual operación de los interceptores.
- Cumple a cabalidad con la sentencia del Consejo de Estado, en el sentido de
que permite darle continuidad a todo el sistema al igual que la extracción de las
maquinas tuneladoras a través del pozo 8 y de la estructura de descarga al rio
Bogotá.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
La matriz desarrollada que se muestra a continuación muestra claramente las
diferencias en costos y de tiempo de ejecución de la propuesta aquí presentada
Como se observa en la matriz anterior se revisaron varios objetivos entre los
cuales se tienen: El cumplimiento con la sentencia del Consejo de Estado, la
Viabilidad de retirar los equipos, que fuera técnicamente realizable, que se
pudiera ejecutar en un tiempo corto y a un mínimo costo.
Esto se analizó con el propósito de dar cumplimiento a lo ordenado por la sala en
el sentido del mínimo costo en el Numeral 4.41.
OBJETIVOPOZO UNICO
INVIAS (D=65m)
POZO INVIAS
(12 m)
CONEXIÓN DE
TUNELES
Independiente al Tribunal de
ArbitramentoCumple Cumple Cumple
Cumple con la sentencia del Consejo de
EstadoCumple Cumple Cumple
Multipropósito Cumple Cumple Cumple
Viabilidad de retirar los equipos Cumple Cumple Cumple
Ambientalmente Sostenible Cumple Cumple Cumple
Técnicamente realizable Cumple Cumple Cumple
Tiempo necesario para la conexión de los
tuneles40 meses 30 meses 15 meses
Mínimo costo conexión (precios 2014) $ 133.784.123.281 $ 16.425.230.000 $ 7.750.000.000
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
o Así mismo se culminarán las obras de la Estructura de Descarga del
interceptor al Rio Bogotá, una vez se cuente con el permiso de ocupación
de cauce por parte de la CAR.
Esta solución fue presentada ante el Consejo Estratégico de Cuenca Hidrografica
- CECH en sesión del pasado 25 de marzo quien solicitó algunas aclaraciones de
orden técnico y financiero, las cuales se presentarán cuando sesione
nuevamente el CECH y se convoque a la EAB para tal fin.
4.41. AL DISTRITO CAPITAL – EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOTA EAB. Informe sobre las actividades
realizadas para la extracción de las máquinas tuneladoras que interfieren con
el desarrollo del proyecto de saneamiento del Río Bogotá y la iniciación de la
construcción del pozo correspondiente dentro del plazo otorgado para la
puesta en funcionamiento de la PTAR “Canoas” y su estación elevadora de
acuerdo con los lineamientos de la sentencia.
Avance: Se solicitó aclaración al Honorable Consejo de Estado, puesto que la parte
contratista y las acciones ordenadas se encuentra a la fecha sometida a un proceso
arbitral, y se expuso que:
―… es imperante solicitar al máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo
tenga en cuenta que respecto al contrato que fue objeto de pronunciamiento en
la providencia referida, se han suscitado las siguientes circunstancias:
1. El contrato número 1-01-25500-1115-2009 suscrito entre la EAB y el
CONSORCIO CANOAS venció el 20 de noviembre de 2012 y su acta de
terminación se suscribió el 04 de diciembre de 2012.
148
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
2. Teniendo en cuenta las diferencias contractuales que se presentaron durante
la etapa de liquidación, no resultó posible liquidar el contrato de común acuerdo.
3. El Consorcio Canoas haciendo uso de la CLAUSULA COMPROMISORIA
contemplada en el contrato, convocó a través del Centro de Arbitraje y
Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, a un Tribunal de
Arbitramento que a la fecha se encuentra instalado y pendiente de decidir en
derecho sobre el particular.
En síntesis, nos permitimos con todo respeto exponer en la siguiente tabla la
cuantificación de la pretensión del contratista, basado principalmente en el
supuesto incumplimiento en la gestión predial de la EAB:
Tabla 4 Cuantificación de la pretensión del contratista.
ITEM VALOR
STAND-BY TBM EPB-SM4200 $ 9.827.129.258
STAND-BY TBM EPB-3200AH $ 14.297.077.513
OBRAS SIN EJECUTAR (4,55%) $ 11.061.835.963
ARRIENDO DE PREDIOS $ 660.256.204
MAYOR PERMANENCIA $ 4.433.497.263
INUNDACIÓN DEL POZO ITC 1 $ 130.325.513
DISEÑO POZO ÚNICO $ 1.394.0Tl.513
SALDO ACTA 31 (O,45%) $ 1.094.027.733
VALOR RETENCION EN GARANTIA $ 12.149.054.486
TOTAL $ 55.047.281449
Ahora bien, como es sabido en la modalidad del contrato llave en mano, es
potestad exclusiva del contratista cumplir con las obligaciones del contrato y
realizar los cambios que considere pertinentes en la medida que cumplan con los
mínimos técnicos exigidos en los Pliegos de Condiciones y en el contrato
suscrito, sin que se requiera la aprobación de la interventoría ni del contratante.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Bajo la premisa anterior sumada él la tipificación de los riesgos establecida en los
Pliegos de Condiciones, la EAB desvirtuó la totalidad de los hechos y por el
contrario presentó una demanda de reconvención contra el consorcio, por cuanto
el contrato celebrado bajo la modalidad de "llave en mano", establecía que el
contratista debería entregar toda la información predial dentro de los dos meses
siguientes al inicio del mismo, para que la EAB mantuviera a su cargo el riesgo
de la gestión predial respectiva. En caso contrario, los pliegos y el contrato
establecían que las modificaciones extemporáneas a dicho plazo que realizara el
contratista a la ingeniería básica entregada por la EAB, generarían que el
contratista asumía dicho riesgo, y al ser su responsabilidad debería negociar bajo
su costa, la adquisición, los permisos, el arrendamiento, o las servidumbres con
los propietarios de los predios identificados como nuevos.
Vale la pena resaltar que los dos primeros meses de ejecución del contrato
vencían el 20 de abril de 2010, y el contratista realizó modificaciones en octubre
de 2010 y en mayo de 2011, lo que trajo como consecuencia que el riesgo y la
responsabilidad sobre la adquisición predial quedaran a su cargo.
Como resultado de lo anterior, el Consorcio no obtuvo la disponibilidad de los
predios para construir varias de las obras objeto del contrato tales como: pozo
ITC 9, pozo ITC 11, pozo ITC 12, estructura de descarga, puente sobre el río
Bogotá, vano del pozo ITC 10 que comunica el túnel, manija del interceptor
Canoas, vías de acceso plataforma de pozos, vías de acceso a varios pozos y su
puesta en operación. La falta misma de no construir la totalidad de las obras por
parte del contratista, impidió que cumpliera con su responsabilidad de retirar las
máquinas tuneladoras.
150
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Estos incumplimientos sirvieron como base para la demanda de reconvención
presentada por la EAB donde se pretende una indemnización de los perjuicios
causados por el Contratista por la suma de $251.601.677.688, y que se desglosa
en los siguientes factores de cuantificación:
a. Lucro cesante causado por el valor de la inversión realizada hasta el presente
por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB E5.P, en
desarrollo del proyecto que incluye el contrato 1-01-25500-1115-2009, el valor de
los predios adquiridos y el valor pagado a la interventoría.
b. Lucro cesante por el valor de la inversión realizada hasta el presente por la
Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB E5.P en contratos
anteriores que incluye el valor de los predios adquiridos y el valor pagado a las
interventorías.
c. El valor de los costos ambientales alegado por la Empresa de Acueducto,
Alcantarillado y Aseo de Bogotá EAB ES.P, que se deriva del incumplimiento del
contratista Consorcio Canoas, por el no uso del sistema integrado de
alcantarillado troncal.
d. El valor de la cláusula décima cuarta.- penal pecuniaria establecida en el
contrato, por valor de $ 24.311.727.390,60 correspondiente a 110% del valor
total del mismo.
Por otro lado, debemos manifestar al H. Consejo de Estado que en acatamiento
de la providencia proferida por su Despacho el 29 de octubre de 2012, con
relación a adoptarla solución técnica a la que se refiere el numeral 4.41 de la
parte resolutiva del fallo, la EAB adelantó reuniones con el CONSORCIO
CANOAS en los meses de diciembre de 2012 y enero de 2013 con dicho
151
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
propósito, sin embargo no fue posible llegar a un acuerdo de voluntades entre las
partes para lograr la solución ordenada tal como le fue informado al Consejo de
Estado por nuestro apoderado mediante escrito de fecha 8 de febrero de 2013.
Ante esta situación, y habiendo quedado claro que el retiro de las maquinas
tuneladoras es responsabilidad del contratista, la EAB el 24 de enero de 2014
suscribió el contrato No. 2- 02-25500-0149-2014 con la firma CDM SMITH cuyo
objeto es el "DISEÑO DETALLADO DE LA ESTRUCTURA DE CONEXIÓN DE
LOS TLTNELES PRINCIPAL y DE EMERGENCIA DEL INTERCEPTOR
TUNJUELO CANOAS", para determinar la solución técnica de mínimo costo para
conectar los túneles, en reemplazo de la construcción del pozo ITC 12, y atender
de esa manera la instrucción impartida en la providencia del 29 de octubre de
2012.
En este orden de ideas, es un hecho que la parte contratista y las acciones
ordenadas se encuentran a la fecha sometidas al proceso arbitral en cual se
invistió de jurisdicción a los árbitros para definir precisamente lodos los aspectos
pendientes del contrato no susceptibles de liquidación, entre ellos por supuesto,
aquellos relacionados con las disposiciones previstas por el H. Consejo de
Estado en la providencia del 29 de octubre de 2012, atendiendo a su índole
contractual.
Siendo ello así, a la fecha la EAB carece de competencia y potestad para
disponer en relación con actividades contractuales pendientes y derivadas de la
relación con el Consorcio Canoas, así como también para adoptar la solución
técnicamente viable de mínimo costo para la construcción del pozo ITC -12, pues
la autoridad de su definición fueron entregadas por las partes en los términos
previstos en el propio clausulado al juez del contrato.
152
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Suscitándose la situación descrita, se solicita entonces con todo respeto la
adición de la sentencia de fecha 28 de marzo de 2014, en el sentido de que
resuelva el Consejo de Estado atendiendo éstos hechos sobrevinientes muchos
de ellos producidos incluso con posterioridad a la presentación de los alegatos
de conclusión, sobre cómo debe proceder la EAB para acatar la orden del
numeral 4.41 de la parte resolutiva, ante la realidad de que el contrato hoy se
encuentra terminado y en conocimiento del Tribunal de Arbitramento. Aspecto al
que se suma la situación de la suscripción por parte de la EAB del contrato No.
2-02-25500-0149-2014 con la firma CDM SMTTH, cuyo objeto es el "DISEÑO
DETALLADO DE LA ESTRUCTURA DE CONEXIÓN DE LOS TÚNELES
PRINCIPAL Y DE EMERGENCIA DEL INTERCEPTOR TUNJUELO CANOAS",
en tanto busca precisamente la determinación de la solución técnica de mínimo
costo para conectar los túneles, en reemplazo de la construcción del pozo ITC
12, y atender de esa manera la instrucción impartida en la providencia del 29 de
octubre de 2012, actualmente en ejecución.
Razones entonces por las cuales, solicitamos respetuosamente en ponderación
de los antecedentes descritos se adicione la sentencia en el sentido de resolver
como deberá proceder la EAB, más aún sobre la base de la suscripción de un
contrato nuevo para el acatamiento de la orden impartida.‖
El diecisiete (17) de julio de 2014 el Honorable Consejo de Estado, Sala de lo
Contencioso Administrativo, Sección Primera, aclara que:
“… MODIFÍCASE el numeral 4.41 de la parte resolutiva, en el sentido que la
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.A.A.B. E.S.P. debe realizar
todas las actividades necesarias para la extracción de las máquinas tuneladoras
que interfieren con el desarrollo del proyecto de saneamiento del Río Bogotá e
inicie la construcción del pozo correspondiente dentro del plazo otorgado para la
153
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
puesta en funcionamiento de la Ptar "Canoas" y su estación elevadora, de
acuerdo con los lineamientos de la sentencia.‖
La solución técnica propuesta esta esbozada en el numeral inmediatamente
anterior. En todo caso, dichas definiciones se encuentran relacionadas con la
conveniencia de las condiciones técnicas y económicas para satisfacer la
terminación de las obras que conforman el sistema Troncal Canoas – Rio
Bogotá. Esta solución fue presentada ante el Consejo Estratégico de Cuenca
Hidrografica - CECH en sesión del pasado 25 de marzo quien solicitó algunas
aclaraciones de orden técnico y financiero, las cuales se presentarán cuando
sesione nuevamente el CECH y se convoque a la EAB para tal fin.
4.42. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMRACA
– CAR AL DISTRITO CAPITAL A LA SECRETARIA DISTRITAL DE
AMBIENTE, A LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTA EAB. Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones en el
convenio Interadministrativo 171 de 26 de junio de 2007, cuyo objeto es aunar
esfuerzos para contribuir al logro del saneamiento del Río Bogotá.
Avance: En el año de 2007, El Distrito Capital (Empresa de Acueducto y Alcantarillado
de Bogotá – EAAB, la Secretaría Distrital de Ambiente – SDA) y la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR suscribieron el Convenio
Interadministrativo No. 171, cuyo objeto es ―Aunar esfuerzos para contribuir al logro del
saneamiento ambiental del río Bogotá en el marco de del denominado - Megaproyecto
del Río Bogotá-.‖.
En la Cláusula Segunda – alcance del objeto, numeral 2. Se establece ―con base en las
estrategias, se deberán estructurar los proyectos a ejecutar con cargo al Fondo para las
154
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Inversiones Ambientales en la Cuenca del Río Bogotá – FIAB‖, por otra parte en la
Cláusula Tercera. Proyectos del Convenio, se definieron:
Con cargo al FIAB:
- El tratamiento de las aguas residuales de las cuencas de los ríos Salitre, Torca y
Jaboque en el sitio denominado PTAR El Salitre y su conducción final hasta el
Distrito de Riego La Ramada.
- Adecuación hidráulica del río Bogotá y sus obras complementarias.
- Los demás proyectos que se definan de común acuerdo entre las partes.
Con recursos del Distrito Capital:
- Las obras para el manejo de caudales de la cuenca del río Salitre, interceptores
Engativá – Cortijo, Fucha – Tunjuelo y Tunjuelo Canoas.
- Estaciones elevadoras de Tunjuelo (replanteada) y Canoas.
- Obras complementarias.
- PTAR Canoas (La construcción de esta planta se adelantará una vez se cuente
con el cierre financiero correspondiente, conforme a los recursos que para tal
efecto asigne la nación).
Más adelante en la Cláusula Cuarta: Recursos del Convenio: se definieron:
- Los recursos existentes en el FIAB y los que ingresen a este fondo.
- Los recursos provenientes de las tasas retributivas del Distrito Capital (artículos
43 y 66 de la Ley 99 de 1993).
- Los recursos definidos por la Ley 715 de 2001 que aporte el D.C.
- Las tarifas de prestación del servicio público domiciliario de alcantarillado.
- Demás recursos que las partes asignen de común acuerdo.
155
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Frente a las obligaciones de las partes tenemos en la Cláusula Quinta como
obligaciones del Distrito Capital por conducto de la Secretaría Distrital de Ambiente,
entre otros:
- En cuanto el Alcalde Mayor expida el correspondiente acto administrativo,
deberá adelantar el trámite ante el MAVDT todas las gestiones y actuaciones
necesarias y relacionadas con la licencia ambiental del Proyecto para la
descontaminación del río Bogotá, en el propósito de ceder a favor de la EAAB, la
titularidad de la misma.
- Destinar, acorde con el mecanismo legal que se defina para el caso, los
recursos provenientes de las tasas retributivas previsto en los artículos 43 y 66
inciso segundo de la Ley 99 de 1993, en los proyectos definidos y/o se definan
en el marco del presente convenio.
Conforme los compromisos responsabilidad de esta Secretaría presentación la gestión
correspondiente:
- Cesión de la licencia ambiental:
En el año de 1.996 el Ministerio del Medio Ambiente, otorgó al Distrito Capital
licencia ambiental ordinaria para el proyecto de descontaminación del Río Bogotá,
para lo cual expide la Resolución 817 de 1.996 y las subsiguientes que la modifican
o aclaran.
El proyecto de descontaminación del Río Bogotá inicia con el Contrato de Concesión
No. 015 de 1.993, con el cual se construyó y operó la primera fase de la planta de
tratamiento de aguas residuales El Salitre (PTAR El Salitre), hasta el año de 2.004.
156
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Posteriormente el Alcalde Mayor de Bogotá, expide el Decreto 043 de 2.004, con el
cual entre otras cosas se faculta a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de
Bogotá - EAAB para que opere, mantenga y administre la PTAR, de igual manera
faculta al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente – DAMA, hoy
Secretaría Distrital de Ambiente - SDA, para que suscriban los convenios que
garanticen la operación y mantenimiento de la PTAR El Salitre, hecho que
materializó y garantizó el funcionamiento de la PTAR El Salitre, hasta el mes de
Diciembre de 2.007.
Posteriormente el Alcalde Mayor expide el Decreto 626 de 2.007, con el cual se
deroga el Decreto 043 de 2.004, se ordena la operación, administración y manejo de
la PTAR Salitre por parte de la EAAB, se da uso y tenencia de la PTAR a la EAAB y
ordena a la SDA ceder a favor de la EAAB la licencia ambiental Resolución 817 de
1.996.
De conformidad con lo establecido en el Decreto en mención, parte resolutiva,
Artículo Tercero que a la letra dice: ― La Secretaría Distrital de Ambiente y la
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. deberán realizar todos los
trámites administrativos necesarios ante el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, para la cesión de la Licencia Ambiental, conferida para la
descontaminación del Río Bogotá, según resolución No. 817 calendada el 24 de
Julio de 1.996.‖ y lo estipulado en el Decreto 1220 de 2005, Artículo 29 que a la letra
reza: Cesión de la Licencia Ambiental. ―El beneficiario de la licencia ambiental en
cualquier momento podrá cederla a otra persona, lo que implicar (SIC) la cesión de
los derechos y obligaciones que se derivan de ella.‖ la Empresa de Acueducto y
Alcantarillado de Bogotá y la Secretaría Distrital de Ambiente, inician el proceso de
construcción del documento de acuerdo de cesión de la Licencia Ambiental,
posteriormente esta Secretaría solicita la autorización de la cesión ante el Ministerio
de Ambiente, para que finalmente ese Ministerio con Resolución 993 del 29 de mayo
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
de 2009 autorizara la cesión de la licencia ambiental otorgada mediante resolución
No. 817 del 24 de julio de 1996. Dando cumplimiento a lo especificado en el
convenio 171 de 2007. Se anexa la resolución 993 del 29 de mayo de 2009.
Avance EAB: El diecisiete (17) de julio de 2014 el Honorable Consejo de Estado, Sala
de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, modifica la providencia en segunda
instancia así:
“CONFÍRMASE el numeral 5· literal d), en el sentido de que para efectos de la operación
y mantenimiento de la PTAR Canoas se hará en los términos establecidos en el Convenio
171 de 2007, en concordancia con la orden establecida en el numeral 4.42 de la
sentencia.‖
Considerando que la EAB no contaba con los recursos suficientes para la
implementación de todas las obras incluidas dentro de la solución técnica integral
propuesta dentro del pacto de cumplimiento y en busca del cumplimiento de aquello
establecido en la sentencia, la CAR y el Distrito Capital, a través de la EAB y la SDA,
con el acompañamiento del MAVDT, firmaron el Convenio 171 del 26 de junio de 2007
y sus acuerdos conexos, donde se establecieron los responsables y las fuentes de
financiación de los proyectos, tal y como se detalla a continuación, teniendo en cuenta
los recursos correspondientes a la tasa ambiental definida en la Ley 99 de 1993 y
generada por el 7,5% del impuesto predial unificado recaudado por el Distrito y girado a
la Corporación de acuerdo con la ley.
Con cargo al FIAB – Fondo para las Inversiones Ambientales en la cuenca del río
Bogotá (CAR): Ampliación y optimización de la PTAR Salitre hasta obtener agua para
uso agrícola, y la adecuación hidráulica del Río Bogotá.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Con recursos del Distrito Capital y/o EAB, es decir recursos provenientes de las tasas
retributivas del Distrito Capital, las tarifas de prestación de servicio público domiciliario
de alcantarillado y los recursos provenientes de destinación específica definidos por la
ley 715 de 2001, y otros aportes que el Distrito logre gestionar: Ejecución, operación y
mantenimiento de las obras complementarias y obras para el manejo de caudales en la
cuenca del río Salitre, Interceptor Engativá-Cortijo, Interceptor Fucha-Tunjuelo, Estación
Elevadora de Tunjuelo, Interceptor Tunjuelo-Canoas, Estación Elevadora de Canoas.
La construcción de la PTAR Canoas se adelantará una vez se cuente con el cierre
financiero correspondiente, conforme a los recursos que para tal efecto asigne la
Nación.
A la fecha se han realizado 27 Comités del Convenio. A continuación se resume los
principales temas tratados en cada uno de ellos:
1. COMITÉ DIRECTIVO No. 1: Este comité tuvo lugar el 27 de julio de 2007,
los principales temas tratados fueron:
a. Se designa como presidente del comité al Dr. Edgard Ruiz (Gerente en
su momento de la EAB)
b. Se define la Secretaria Técnica del comité, designando a la Dra. Liliana
Mariño (De la EAB) y el Ing. Rafael Forero (CAR) quienes elaboraran el
reglamento del mismo.
c. Se definieron los proyectos de ―Adecuación Hidráulica del Rio Bogotá y
sus obras complementarias‖ y ―tratamiento de las aguas residuales de
las cuencas de los ríos Salitre, Torca y Jaboque en el sitio denominado
PTAR Salitre Y su conducción al distrito de riego la Ramada‖ con cargo
al FIAB.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
2. COMITÉ DIRECTIVO No. 2: Este comité tuvo lugar el 31 de agosto de
2007, los principales temas tratados fueron:
a. Se informa de los avances del proyecto ―Adecuación Hidráulica del Rio
Bogotá y sus obras complementarias‖.
b. Se prestan los estudios previos para la contratación de la consultoría
financiera.
c. La EAB presenta el proyecto piloto de la tecnología de
HIPEROXIDACIÓN para el tratamiento de las aguas residuales.
3. COMITÉ DIRECTIVO No. 3: Este comité tuvo lugar el 11 de octubre de
2007, los principales temas tratados fueron:
a. Se aprueba el reglamento interno del comité directivo.
b. La EAB presenta el protocolo de pruebas y se informa el inicio de las
pruebas piloto de HIPEROXIDACION con la firma CRD.
c. Se discute el documento ―Consideraciones técnicas para el tratamiento
de las aguas residuales de las cuencas de los ríos Salitre, Torca y
Jaboque en el sitio denominado PTAR Salitre y su conducción al distrito
de riego la Ramada‖ entregado por la EAAB y se estructura un nuevo
documento.
4. COMITÉ DIRECTIVO No. 4: Este comité tuvo lugar el 23 de octubre de
2007, los principales temas tratados fueron:
a. Se presentan los documento ―Consideraciones técnicas para el
tratamiento de las aguas residuales de las cuencas de los ríos Salitre,
Torca y Jaboque en el sitio denominado PTAR Salitre y su conducción
al distrito de riego la Ramada‖ y ―Protocolo técnico de pruebas piloto de
160
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
innovación tecnológica para el tratamiento de las aguas residuales
doméstica‖ Elaborado por la CAR y la EAB.
5. COMITÉ DIRECTIVO No. 5: Este comité tuvo lugar el 6 de febrero de 2008,
los principales temas tratados fueron:
a. La EAB informa que prueba piloto de hiperoxidación está en proceso de
ejecución por parte de la EAB, señalando además que la empresa
contrato a la universidad de Los Andes, la universidad Javeriana y a
otros expertos en el tema de tratamiento de aguas residuales para que
realicen el análisis de la metodología, procesos de calidad, verificación
de costos y comparación con otras alternativas y otras actividades.
b. Se definió que las Prueba Piloto de hiperoxidación es responsabilidad
exclusivamente de la EAB y la misma presentará los resultados que
serán el soporte para la decisión final que pueda tomar la CAR respecto
de la citada prueba.
6. COMITÉ DIRECTIVO No. 6: Este comité tuvo lugar el 24 de junio de 2008,
los principales temas tratados fueron:
a. Se presentan los resultados de la consultoría "Prestación de servicios
para evaluar las alternativas de financiamiento, tanto de los mercados
locales como externos, así como los distintos esquemas institucionales,
que permitan el óptimo desarrollo y cumplimiento de los compromisos a
cargo de la CAR, en armonía con los aspectos técnicos, operativos,
ambientales y en general con los acuerdos pactados en el Convenio
171 de 2007".
b. Se entrega una nueva versión del documento ―Consideraciones
técnicas para el tratamiento de las aguas residuales de las cuencas de
los ríos Salitre, Torca y Jaboque en el sitio denominado PTAR Salitre y
161
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
su conducción al distrito de riego la Ramada‖ y ―Protocolo técnico de
pruebas piloto de innovación tecnológica para el tratamiento de las
aguas residuales doméstica‖ Elaborado por la CAR y la EAB.
7. COMITÉ DIRECTIVO No. 7: Este comité tuvo lugar el 21 de agosto de
2008, los principales temas tratados fueron:
a. Se entrega la versión final del documento ―Consideraciones técnicas
para el tratamiento de las aguas residuales de las cuencas de los ríos
Salitre, Torca y Jaboque en el sitio denominado PTAR Salitre y su
conducción al distrito de riego la Ramada‖ y ―Protocolo técnico de
pruebas piloto de innovación tecnológica para el tratamiento de las
aguas residuales doméstica‖ Elaborado por la CAR y la EAB.
b. La EAB entrega el Resumen ejecutivo del Programa de Saneamiento
del Rio Bogotá.
c. Se aprueba suspender la ejecución de la actividad "El tratamiento de las
aguas residuales de las cuencas de los ríos Salitre, Torca y Jaboque en
el sitio denominado PTAR Salitre y su conducción final hasta el distrito
de riego la Ramada"
8. COMITÉ DIRECTIVO No. 8: Este comité tuvo lugar el 28 de agosto de
2008, los principales temas tratados fueron:
a. Se aprueba los documentos: "Consideraciones técnicas para el
tratamiento de las aguas residuales de las cuencas de los ríos salitre,
torca y jaboque en el sitio denominado PTAR salitre, y su conducción final
hasta el Distrito de Riego La Ramada", "Obras para el manejo de caudales
de la cuenca del río salitre, interceptores Engativá - Cortijo, Fucha -
Tunjuelo, y Tunjuelo - Canoas, estaciones elevadores de tunjuelo y
canoas y obras complementarias; así como la construcción y operación de
162
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
la PTAR Canoa‖ y "Rehabilitación de los sistemas de descarga de los
embalses de Sisga y Neusa y estudios de estabilidad estructural y
vulnerabilidad sísmica de las presas del Sisga y Neusa‖
9. COMITÉ DIRECTIVO No. 9: Este comité tuvo lugar el 4 de noviembre de
2008, los principales temas tratados fueron:
a. La Car hace entrega del documento técnico ―Rehabilitación de los
sistemas de descarga de los embalses de Sisga y Neusa y estudios de
estabilidad estructural y vulnerabilidad sísmica de las presas del Sisga y
Neusa‖.
b. La EAB hace entrega de los documentos técnicos, ―Obras para el manejo
de caudales de la cuenca del río salitre, interceptores Engativá - Cortijo,
Fucha - Tunjuelo, y Tunjuelo - Canoas, estaciones elevadores de Tunjuelo
y Canoas y obras complementarias‖ y ―Diseño de ingeniería básica del
interceptor Tunjuelo Canoas – ProductoIV - TomoI - Planteamiento y
prediseño de alternativas y selección de alternativa básica interceptor
Tunjuelo Canoas‖.
10. COMITÉ DIRECTIVO No. 10: Este comité tuvo lugar el 4 de noviembre de
2008, los principales temas tratados fueron:
a. Se informa de los avances del proyecto ―Adecuación Hidráulica del Rio
Bogotá y sus obras complementarias‖, en lo referente al análisis de
documentos entregados por la EAB, la no viabilidad de profundizar el
lecho del río, recuperación de áreas aledañas al río - zonas de
amortiguación de crecientes para época de invierno entro otros.
b. Se aprueba que se reactiven a partir de la fecha, las actividades del
Convenio en lo relacionado con la Ampliación y optimización de la PTAR
El Salitre.
163
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
11. COMITÉ DIRECTIVO No. 11: Este comité tuvo lugar el 16 de febrero de
2009, los principales temas tratados fueron:
a. Se informa que con ocasión de la visita a realizar por el Banco mundial se
efectuó una nueva revisión de los términos de referencia para la
elaboración del estudio de Alternativas de la PTAR Salitre con el fin de
examinar la probabilidad de ajustarlos a las políticas del mismo. Por
sugerencia del Banco Mundial se decide no contratar una interventoría
externa para ese proceso, por lo que ésta se realizará al interior del
Convenio con profesionales de la CAR y la EAB.
b. Se presenta la Resolución No. 0209 de febrero 11 de 2009 con la cual la
CAR anuncia el proyecto de Adecuación Hidráulica, lo que jurídicamente
le permitirá adelantar las actuaciones pertinentes para el desarrollo del
proyecto.
c. Se sugiere revisar los escenarios planteados por la Secretaría de
Hacienda Distrital. A este respecto se realizará una reunión general con la
participación de la EAAB, CAR y SHD, en la que deberá hacerse énfasis
sobre los proyectos del Convenio 171 que no involucran la ejecución de la
PTAR CANOAS sujeta al cierre financiero con la participación del
Gobierno Nacional.
12. COMITÉ DIRECTIVO No. 12: Este comité tuvo lugar el 6 de julio de 2009,
los principales temas tratados fueron:
a. La CAR presenta el avance de los proyecto a su cargo.
b. La EAAB presenta el avance de los proyecto a su cargo.
c. La EAAB presenta el proyecto de ejecución de un MDL en la PTAR
Salitre.
164
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
13. COMITÉ DIRECTIVO No. 13: Este comité tuvo lugar el 10 de septiembre de
2009, los principales temas tratados fueron:
a. Se presenta el balance financiero del Convenio
b. La CAR presenta el avance del proyecto de adecuación hidráulica;
definición de la ronda de rio, Avance de los avalúos prediales y Avances
de la socialización del proyecto
c. La EAAB presenta el avance de los proyecto a su cargo.
14. COMITÉ DIRECTIVO No. 14: Este comité tuvo lugar el 4 de noviembre de
2009, los principales temas tratados fueron:
a. Teniendo en cuenta las inquietudes respecto al balance financiero del
convenio se solicita invitar a la SDA, CAR, EAB, Secretaria de Hacienda
Distrital.
b. Se informa del inicio del “Diseño de Ingeniería Básica de la PTAR Salitre”
c. La EAAB entrega copias a la CAR de los convenios para la operación de
la PTAR Salitre.
d. La CAR presenta el avance del proyecto de adecuación hidráulica;
Acuerdo que define la zona de ronda, acuerdo de utilidad pública de para
la adquisición de predios y aprobación del crédito con la Banca
Multilateral.
e. La EAB presenta el avance de los proyectos en el marco del Programa de
saneamiento del Río Bogotá.
15. COMITÉ DIRECTIVO No. 15: Este comité tuvo lugar el 3 de febrero de
2010, los principales temas tratados fueron:
a. Se informa del avance del ―Diseño de Ingeniería Básica de la PTAR
Salitre‖
165
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
b. La CAR presenta el avance del proyecto de adecuación hidráulica;
Acuerdo que define la zona de ronda, acuerdo de utilidad pública de para
la adquisición de predios y aprobación del crédito con la Banca
Multilateral.
c. La EAB presenta el avance de los proyectos en el marco del Programa de
saneamiento del Río Bogotá.
d. Se informa el avance del préstamo con la con la Banca Multilateral para el
financiamiento del proyecto de adecuación hidráulica y recuperación
ambiental del río Bogotá.
e. La EAB manifiesta la necesidad de retomar el proyecto de ejecución de un
MDL en la PTAR Salitre.
16. COMITÉ DIRECTIVO No. 16: Este comité tuvo lugar el 27 de abril de 2010,
los principales temas tratados fueron:
a. Se presenta y aprueba el reglamento del comité técnico
17. COMITÉ DIRECTIVO No. 17: Este comité tuvo lugar el 16 de julio de 2010,
los principales temas tratados fueron:
a. La CAR presenta el avance de los proyecto a su cargo. ―Proyecto de
adecuación hidráulica” y ―Diseño de ingeniería básica de la PTAR
Salitre‖.
b. La EARREGLAR
c. B presenta el avance de los proyecto a su cargo.
18. COMITÉ DIRECTIVO No. 18: Este comité tuvo lugar el 3 de diciembre de
2010, los principales temas tratados fueron:
166
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
a. La CAR presenta el avance de los proyecto a su cargo. ―Proyecto de
adecuación hidráulica” y ―Diseño de ingeniería básica de la PTAR
Salitre‖.
b. La EAAB presenta el avance de los proyecto a su cargo.
c. Se anuncia un cambio en el comité técnico, informando que la
representación de la EAAB será liderada por el Dr. Julián Montoya
19. COMITÉ DIRECTIVO No. 19: Este comité tuvo lugar el 17 de febrero de
2011, los principales temas tratados fueron:
a. Se aprueba la compra del lote denominado “CANOAS”, para la
construcción de la futura PTAR Canoas.
20. COMITÉ DIRECTIVO No. 20: Este comité tuvo lugar el 18 de mayo de
2011, los principales temas tratados fueron:
a. Se aprueban las obras provisionales de emergencia en el río Bogotá
sector Puente la Virgen – Alicachin.
b. Se aprueba el convenio interadministrativo para autorización de usos de
predios.
21. COMITÉ DIRECTIVO No. 21: Este comité tuvo lugar el 18 de mayo de
2011, los principales temas tratados fueron:
a. La Car informa del inicio del contrato de empréstito con el Banco Mundial
– crédito BIRF-7985-CO
b. La Car informa de la contratación de Hazen and Sawyer – NiponKoei para
la ―Asesoría preclasificación y fase pre-contractual al proceso de
ampliación de la PTAR Salitre‖.
c. Se presenta el avance del proyecto de adecuación hidráulica.
167
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
22. COMITÉ DIRECTIVO No. 22: Este comité tuvo lugar el 22 de septiembre de
2011, los principales temas tratados fueron:
a. Se informa el avance del contrato de empréstito con el Banco Mundial –
crédito BIRF-7985-CO.
b. Se presenta el avance del proyecto de adecuación hidráulica.
c. Se presenta el informe de avance de obras de emergencia temporada
invernal.
d. Se informa el avance de las obras del Interceptor Tunjuelo - Canoas.
23. COMITÉ DIRECTIVO No. 23: Este comité tuvo lugar el 3 de abril de 2013,
los principales temas tratados fueron:
a. Se presenta una socialización del avance de proyectos; componentes del
mega proyecto río Bogotá (adecuación hidráulica del rio y ampliación y
optimización de la PTAR Salitre), PTAR Canoas.
b. Se acuerda reactivar el comité técnico del convenio.
24. COMITÉ DIRECTIVO NO. 24: Este comité tuvo lugar el 11 de septiembre
de 2013, los principales temas tratados fueron:
a. Se presenta modificación del comité técnico del convenio y se crea la
Gerencia Especializada definiendo los siguientes participantes :
i. Representante EAB: Gerente Corporativo del Sistema Maestro,
Gerente Corporativo Ambiental, Gerente de Tecnología o su
delegado o sus delegados.
ii. Representante FIAB: Asesor de la Dirección General — FIAB
168
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
b. La CAR presenta el avance de los proyecto a su cargo; Proyecto de
adecuación hidráulica, Ampliación y Optimización de la PTAR Salitre,
Asistencia técnica.
c. La EAB informa el avance de Proyectos a su cargo; Diseño detallado de la
PTAR Canoas, Interceptor zona franca, rehabilitación de las estaciones
elevadoras de alcantarillado.
d. Se aprueba el portafolio de proyectos presentado por la CAR.
25. COMITÉ DIRECTIVO No. 25: Este comité tuvo lugar el 17 de febrero de
2014, los principales temas tratados fueron:
a. La CAR presenta el avance de los proyecto a su cargo; Proyecto de
adecuación hidráulica, Ampliación y Optimización de la PTAR Salitre.
b. Se presentan las implicaciones sobre la ejecución del convenio de lo
mencionado en el artículo 102 ley 1687 de 2013 y se mencionan la
ejecución de proyectos necesarios para el saneamiento del rio que no
están concluidos actualmente en el convenio como: Adecuación hidráulica
en parte de la cuenca alta, Construcción de la Planta de tratamiento de
aguas residuales para el municipio de Zipaquirá, construcción Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales municipio de Mosquera, construcción
Planta de tratamiento de Aguas Residuales del municipio de Chía.
c. Se aprueba la ejecución de los proyectos antes mencionados.
d. La EAB Propone ejecutar con recursos del convenio 171 y del Banco
Mundial, el Diseño Básico Referencial de la Estación Elevadora de
Canoas, para que posteriormente la Empresa de Acueducto contrate en
un llave en mano, el Diseño de Detalle, Construcción y Puesta en Marcha
de la misma, al respecto, el comité Directivo considera que no hay
inconveniente en realizar el Diseño Básico Referencial de la Estación
169
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Elevadora de Canoas, pero se debe revisar el Convenio 171 de 2007 y
realizar las modificaciones que se requieran, en caso de ser necesario.
26. COMITÉ DIRECTIVO No. 26: Este comité tuvo lugar el 26 de julio de 2014,
los principales temas tratados fueron:
a. Se suscribe y aprueba el Acta de Modificación 1 al Convenio 171, donde
se aprueban recursos para la contratación de los diseños a detalle de la
estación elevadora de Canoas y el EIA.
b. La CAR presenta informe de avance del proyecto Adecuación Hidráulica
del Río Bogotá.
27. COMITÉ DIRECTIVO No. 27: Este comité tuvo lugar el 22 de diciembre de
2014, los principales temas tratados fueron:
a. Se modifica el reglamento interno del comité directivo y se acuerda que se
realizarán comités semestralmente, salvo se presenten reuniones
extraordinarias que serán concertadas por las partes.
b. Avances Proyecto de Ampliación Planta de Tratamiento El Salitre
La CAR realiza una presentación donde muestra las generalidades y
antecedentes del sector donde se encuentra construida la planta de
tratamiento – PTAR El Salitre actualmente.
Se revisa el recuento histórico del predio desde al año 1985 hasta 2014.
Se muestra la ubicación del predio, el estado jurídico de la licencia
ambiental y los cambios generados especialmente desde año 2005.
Cambios que muestran una canalización importante que crean un espejo
de agua, que ha sido motivo de revisión y análisis.
170
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Se muestran los resultados de la geotecnia avanzada y espesor de las
basuras y el análisis el decreto 364 de 2013, respecto a la situación del
Humedal Juan Amarillo.
La CAR propone restaurar el Humedal Juan Amarillo, creando dos espejos
de agua con un área mayor a la existente actualmente como
compensación, tema presentado previamente ante la Secretaría de
Ambiente y la comunidad del sector.
La EAB propone que adicional a los avances obtenidos hasta la fecha
tanto con la Secretaría de Ambiente como con la comunidad, hacer la
presentación de manera directa al Alcalde de Bogotá para lograr una
concertación mancomunada.
c. La CAR presenta informe de avance del proyecto Adecuación Hidráulica
del Río Bogotá.
Obras estación la Rivera
zonas inundables PTAR Salitre.
Obras de Prevención sector Suesca – Chocontá
d. Diseños Tratamiento Secundario PTAR Canoas: La EAB hace una
presentación donde muestra la valoración de la fase II de la planta de
tratamiento Canoas.
e. La CAR propone realizar reuniones conjuntas para revisar la Sentencia
del Concejo de Estado del 28 de marzo de 2014 y definir las acciones a
seguir al respecto, especialmente lo que refiere a la ocupación del cauce.
Referente a las obligaciones de la ejecución, operación y mantenimiento de las obras
complementarias se tiene:
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
INTERCEPTOR ENGATIVÁ CORTIJO – ENCOR
PACTO DE CUMPLIMIENTO:
Responsable: EAB
Fuentes de Financiación: Tarifas
Inversión: 2004-2006
Costos: 4 millones de dólares de 2002
SENTENCIA:
Aprobado pacto de cumplimiento.
REPORTE DE ACTIVIDADES:
Fecha de inicio: 30 de enero de 2007
Fecha de terminación: 26 de septiembre de 2009. En operación desde noviembre de
2009
Población beneficiada: En el área del proyecto la población objetivo beneficiada
inicialmente será de 111.000 habitantes y de 210.000 habitantes a largo plazo, cuando
se dé una situación de saturación.
Localidades beneficiadas: Engativá
Área de drenaje: 444.91 Ha
Descripción proyecto: El proyecto del Interceptor Engativá - Cortijo (ENCOR),
corresponde a un sistema principal de alcantarillado sanitario de la cuenca del Jaboque,
proyectado en tubería de Concreto Reforzado de diámetro variable entre 1.40m y 1.80
m, con longitud de 4.312 m; 46 cámaras de unión e inspección, de las cuales 4 reciben
colectores afluentes, construidos o proyectados. Recibe las descargas sanitarias
producidas por los desarrollos ubicados en el sector de Engativá, la zona servida por la
estación de bombeo de Villa Gladys, y las zonas de futuro desarrollo de la localidad de
Engativá, drenando un vasto sector urbano de la Ciudad. El interceptor se proyectó con
el fin de eliminar las descargas de aguas sanitarias al Río Bogotá, provenientes de la
172
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
estación de bombeo de Villa Gladys y del interceptor Gran Granada y conducir las
aguas residuales al canal de aducción que alimenta la Planta de Tratamiento de aguas
residuales El Salitre.
Además del colector principal descrito, se ha previsto la construcción de los tramos de
conexión de la red existente o proyectada, al nuevo sistema, en los puntos de descarga
indicados en el proyecto, así como la relocalización de un tramo de alcantarillado pluvial
del barrio La Tortigua requerido para optimizar el uso del escaso corredor disponible.
En el cruce del Humedal Jaboque se construyó un Sifón, para no interferir el cauce del
humedal.
INTERCEPTOR FUCHA TUNJUELO – IFT
PACTO DE CUMPLIMIENTO:
Responsable: EAB
Fuentes de Financiación: Tarifas
Inversión: 2003-2008
Costos: 84.6 millones de dólares de 2002
SENTENCIA:
Aprobado Pacto de Cumplimiento.
REPORTE DE ACTIVIDADES:
Fecha de inicio: 19 de enero de 2007
Fecha de terminación: 04 de junio de 2010. Su operación depende de la puesta en
funcionamiento del Interceptor Tunjuelo Canoas.
Población beneficiada: En el área del proyecto la población objetivo beneficiada
inicialmente será de 2.452.526 habitantes y de 3.751.234 habitantes a largo plazo,
cuando se dé una situación de saturación.
173
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Localidades beneficiadas: Fontibon, Kennedy y Bosa. Teusaquillo, Chapinero, Engativá,
Santa Fé, Candelaria, San Cristobal, Rafael Uribe, Antonio Nariño, Tunjuelito, Los
Martires, Puente Aranda.
Área de drenaje: 15.465 Ha.
Descripción proyecto: El trazado principal se desarrolla entre el río Fucha y el Tunjuelo,
en sentido suroccidental, inicia en el pondaje de amortiguamiento denominado ―La
Magdalena‖ y termina en el predio de Bosatama, Municipio de Soacha. En la mayor
parte del recorrido se encuentra paralelo al canal embalse Cundinamarca, hasta el
extremo sur donde se aparta del canal, cruza la avenida ALO y cruza el río Tunjuelo
para llegar al pozo final que servirá de conexión de los tres interceptores, Fucha-
Tunjuelo, Tunjuelo Bajo y Tunjuelo Canoas.
El interceptor de aguas residuales Río Bogotá Fucha -Tunjuelo, tiene como función
transportar las aguas residuales de las cuencas de Fucha y de Tintal hacia el futuro
interceptor Tunjuelo Canoas, se construyó con un diámetro interno de 3.75m, pendiente
de 0.05% y una longitud del orden de 9.4 km.
ESTACIÓN ELEVADORA DE AGUAS RESIDUALES TUNJUELO – EEART
PACTO DE CUMPLIMIENTO:
Responsable: EAB
Fuentes de Financiación: Tarifas
Inversión: 2004-2006
Operación: 2007-2020
Costos de inversión: 25.5 millones de dólares de 2002
Costos de operación: 58.5 millones de dólares de 2002
SENTENCIA:
174
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Aprobado Pacto de Cumplimiento.
REPORTE DE ACTIVIDADES 2004-2010 Y ESCENARIO ACTUAL:
Esta obra, considerada inicialmente en el esquema de solución técnica integral
presentada en el pacto de cumplimiento y aprobada en la sentencia correspondiente,
fue descartada principalmente por las razones que se exponen a continuación:
La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, Alcantarillado y Aseo
suscribió el contrato 1-02-26100-711-2006 con el fin de realizar el diseño básico del
Interceptor Tunjuelo Canoas, partiendo de los estudios de prefactibilidad en los cuales
se habían planteado las siguientes obras entre la desembocadura del río Tunjuelo y el
sector de Canoas:
1. Estación elevadora de Tunjuelo
2. Conducción Tunjuelo – Canoas tipo Box
3. Estación Elevadora de Canoas
4. Planta de Tratamiento Canoas
5. Box Canoas – Alicachín
El diseño de ingeniería básica inició con los trabajos de campo correspondientes a los
levantamientos topográficos y los estudios de suelos, siendo el componente geotécnico
uno de los más importantes a la hora de definir la viabilidad constructiva de las obras.
El estudio contempló diferentes alternativas de ingeniería para conducir las aguas
residuales desde el interceptor Tunjuelo Canoas hacia el sector de Canoas y fueron
analizadas distintas variables con el fin de definir cuál sería la mejor alternativa para el
cumplimiento del objetivo de la obra. Entre dichas variables se analizaron los costos de
operación y mantenimiento de las alternativas fueron a 25 años, lo cual demostró que
los costos no variaban significativamente, lo que conllevó a incluir dentro de los análisis
otras variables para la toma de decisión tales como: efectos ambientales,
vulnerabilidad, flexibilidad en la construcción por etapas, generación de empleo,
175
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
autolimpieza, complejidad del esquema, posibilidad de drenar al río Tunjuelo y facilidad
de reparación del conducto.
Con base en lo anterior, la consultoría recomendó la alternativa de Túnel de 4.15 m de
diámetro + Estación Elevadora de Canoas con bombas centrifugas (alternativa que
reemplaza la construcción de la Estación Elevadora Tunjuelo), para ser llevada a nivel
de esquema básico y posterior construcción, por las siguientes razones:
- Es el esquema más sencillo, pues no tendría sino una estación de bombeo.
- Junto con el bombeo, son los esquemas que producen mejores velocidades y por lo
tanto, menores labores de mantenimiento. Este aspecto compensaría la facilidad
relativa del mantenimiento de conducciones más superficiales.
- Estructuralmente, es el esquema que toleraría mejor las fuerzas sísmicas: este
aspecto puede compensar la vulnerabilidad a una falla del sistema por rotura.
- Es el esquema que permitiría un drenaje por gravedad de todo el sistema si se
hicieran prolongaciones del mismo hasta llegar a algún lugar aguas abajo de
Alicachín.
- El túnel produce el esquema más sencillo y en caso de que por alguna razón se
decida cambiar el sitio de la planta de Canoas hacia algún otro lugar más aguas
abajo, ahorraría eventualmente la construcción de la estación de bombas.
- Por otra parte, respecto a los costos de adquisición de predios, esta alternativa
presentó los menores costos en relación con el valor total de la obra (2%).
176
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Existen otro tipo de beneficios por tratarse de una obra subterránea, los cuales se
resumen en disminuir sustancialmente los impactos generados hacia la población
vecina y al ecosistema.
Los recursos disponibles en el plan de inversiones de la EAB para esta obra, fueron
incorporados como fuente de recursos para la obra de la Estación Elevadora de
Canoas, Decisión técnica que fue sometida a consideración del juez de primera
instancia.
En la modificación No 1 del convenio 171 fue eliminada la obligación de la construcción
y operación de la Estación Elevadora de Tunjuelo.
INTERCEPTOR TUNJUELO CANOAS – ITC
PACTO DE CUMPLIMIENTO:
Responsable: Sin definir
Fuentes de Financiación: Sin definir
Inversión: 2008-2010
Costos de inversión: 243.117 miles de millones de pesos de 2009
SENTENCIA:
Fuentes de financiación:
“…a) Para los efectos de la construcción del interceptor TUNJUELO-CANOAS…el
DISTRITO CAPITAL deberá realizar una transferencia de recursos superior al 30% del
41% del Propósito General de tal forma que alcance a cubrir su terminación;…”
Plazo: 2009
REPORTE DE ACTIVIDADES:
177
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Fecha de inicio: Febrero 26 de 2010
Fecha de terminación: Noviembre 20 de 2012
El 30 de diciembre de 2009 se firmó el contrato No. 1-01-25500-1115-2009 con el
Consorcio Canoas, conformado por Constructora Norberto Odebrecht S.A. y Cass
Constructores & CIA. S.C.A., cuyo objeto es el ―Diseño, construcción y puesta en
operación de un túnel, bajo la modalidad llave en mano, para el sistema de
alcantarillado troncal Tunjuelo – Canoas – Río Bogotá‖.
De igual forma se firmó el contrato 1-15-25500-1112-2009 con el Consorcio Canoas,
integrado por las firmas: Contelac Ltda., Consultoría Integral en ingeniería SA. y H2O
Consulting S.A, el cual ejerció la interventoría a dicho contrato.
El contrato de obra 1-01-25500-1115-2009 inició el 26 de febrero de 2010 y el contrato
de interventoría número 1-15-25500-1112-2009 inició el 22 de febrero de 2010.
A continuación se describen las características técnicas de las obras:
Población beneficiada: En el área del proyecto la población objetivo beneficiada
inicialmente será de 4.673.676 habitantes y de 7.926.747 habitantes a largo plazo,
cuando se dé una situación de saturación.
Localidades beneficiadas: Localidades ubicadas en las Cuencas de los ríos Fucha y
Tunjuelo y en la cuenca Tintal, y municipio de Soacha.
Área de drenaje: 28.909 Ha.
Descripción del proyecto: El Proyecto, se desarrolló en la zona suroccidental de la
ciudad, en el tramo final de la cuenca media del río Bogotá, desde el río Tunjuelo hasta
el río Bogotá aguas abajo del sector denominado ―Charquito‖. La mayor parte del
corredor por el que discurre el interceptor cruza por zonas rurales y marginalmente por
zonas urbanas del municipio de Soacha, predominantemente planas, con pastizales y
zonas arborizadas de baja densidad y con presencia de algunos cultivos.
178
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El Interceptor Tunjuelo Canoas –Río Bogotá (ITC) inicia en la zona sur de la confluencia
del río Tunjuelo con el Bogotá en el predio denominado Bosatama, punto al cual llegan
los interceptores Fucha - Tunjuelo y Tunjuelo Bajo. El inicio del interceptor Tunjuelo -
Canoas corresponde a la estructura de empalme de túneles, dentro del cual se
desarrolla la unión de los túneles Fucha Tunjuelo (IFT) y Tunjuelo Bajo (ITB) que da
inicio al ITC.
Su alineamiento fue definido de forma tal que permitiera el desarrollo urbano de la zona
noroccidental de Soacha que a la fecha de ejecución de los diseños de ingeniería
básica, estaba siendo revaluado por el municipio dentro de la actualización del Plan de
Ordenamiento Territorial para ser definido como zona de expansión. De igual manera,
el alineamiento sigue la zona de ronda del río Bogotá, cumpliendo dos objetivos
fundamentales; uno, constituirse como una barrera urbana para la expansión del
municipio; y dos, dar mayor facilidades para la negociación predial a que haya lugar,
puesto que la zona de ronda tiene una limitación de uso que es compatible con la
construcción del interceptor.
Teniendo en cuenta que la finalidad del interceptor es captar las aguas residuales a lo
largo de su recorrido e impedir que sean vertidas directamente al río Bogotá, se
construyó un sistema interceptor secundario denominado Interceptor Soacha para
captar las descargas del municipio de Soacha que actualmente se están entregando al
río Bogotá. Este interceptor entregará al Tunjuelo - Canoas en la cámara ITC 10.
El ITC en suelo blando tiene 4.20 metros de diámetro interno en una longitud
aproximada de 8.9 km, desde la estructura de empalme de túneles y el inicio del túnel
de emergencia. De acuerdo con la investigación geotécnica realizada este sector está
constituido, en su mayoría, por suelos blandos y un tramo corto de suelos duros, se
realizó su construcción con máquina tuneladora de presión balanceada, tipo TBM,
revestido con el sistema de dovelas en concreto que garantizan una rugosidad interna
adecuada. El revestimiento del túnel garantizará su funcionamiento hidráulico tanto para
179
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
condiciones a flujo libre como a presión. Este túnel incluye pozos a lo largo de este
tramo del túnel que permitirán la inspección, aireación, mantenimiento y/o conexión de
sistemas nuevos producto de la expansión del municipio de Soacha.
Se construyó un túnel que recibe el nombre de ―Túnel de Emergencia‖ o ―Túnel de
Fuga‖ por su concepción inicial a la posible vulnerabilidad del sistema en caso que la
estación elevadora de Aguas Residuales de Canoas salga de servicio o en el evento
que el caudal que llegue sea mayor al caudal que se puede elevar o tratar. Este túnel
tiene una longitud aproximada de 2.2 kilómetros.
El esquema de obras corresponde con el actual esquema de saneamiento para el Río
Bogotá, el cual prevé la localización de la segunda planta de tratamiento de aguas
residuales en el sector de Canoas.
Las obras que se encuentran construidas mediante este contrato son las siguientes:
Túnel Interceptor Tunjuelo - Canoas, (ITC)
Túnel de emergencia
Estructura de empalme de túneles, obras al interior del Pozo ITC1
8 Pozos de Inspección, mantenimiento y conexión del ITC
Interceptor Soacha – Emisario Final
Y algunas obras complementarias
A la fecha se encuentra ejecutado el 95% del interceptor Tunjuelo Canoas,
representado en la construcción de un túnel principal de 8.9 Kilómetros y diámetro de
4.2 metros, un túnel de emergencia de 2.2 Kilómetros y diámetro de 3.2 metros y el
interceptor Soacha.
180
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
El 5% faltante corresponde a los pozos ITC 9, 11 y 12, la estructura de descarga del
interceptor al rio Bogotá y por ende la puesta en operación del sistema Troncal Tunjuelo
Canoas Rio Bogotá, lo cual no se ha llevado a cabo.
Vale la pena precisar, el Honorable Consejo de Estado el 29 de octubre de 2012,
cuando no se había iniciado la construcción del pozo ITC 12 para conectar los túneles
principal y de emergencia, ordenó a la EAB para que conjuntamente con el
CONSORCIO CANOAS, buscará la solución técnica de mínimo costo, para conectar los
túneles y de esta manera extraer las máquinas, así mismo solicitó abstenerse en poner
en operación el Interceptor Tunjuelo Canoas hasta no contar con el fallo en segunda
instancia.
Al no lograr el acuerdo de la solución esperada por el Consejo de Estado, se procedió
con la terminación del contrato el 20 de Diciembre de 2012.
Posteriormente, durante el proceso de liquidación del contrato 1-01-25500-1115-2009,
surgieron diferencias contractuales que condujeron a instaurar un tribunal de
arbitramento para decidir sobre las obligaciones dejadas de cumplir por el contratista,
cuyo fallo no se ha dado.
ESTACION ELEVADORA DE AGUA RESIDUAL CANOAS
PACTO DE CUMPLIMIENTO:
Responsable: Sin definir
Fuentes de Financiación: Sin definir
Inversión: 2014
181
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Costos de inversión: 321.126 miles de millones de pesos de 2011
Ejecución: 2016-2018.
SENTENCIA:
Fuentes de financiación: La sentencia de primera instancia, establece que las fuentes
de financiación de esta obra provendrán de la trasferencia de recursos mayores al 50%
del 41% del Propósito General, una vez cubierto el monto del interceptor Tunjuelo
Canoas; adicionalmente de las trasferencias de la CAR al Distrito por el 50% del
producto correspondiente al recaudo del porcentaje del Impuesto Predial, una vez
cubierto el monto de la ampliación y optimización de la PTAR Salitre; y finalmente de los
recursos provenientes de la tasa retributiva proyectada al año 2009.
Plazo: 2016.
REPORTE DE ACTIVIDADES:
Uno de los usos actuales del río de gran importancia es la generación de energía.
EMGESA, mediante la resolución No.1014, expedida por la CAR el 30 de julio de 1998,
cuenta con la Concesión de Aguas del río Bogotá para la generación de energía con un
caudal máximo a derivar de 41 m3/s según la capacidad instalada de cada central.
Considerando que dentro de ese caudal se encuentran las aguas residuales domésticas
generadas por la ciudad de Bogotá y que las mismas serán transportadas a través del
interceptor Tunjuelo Canoas y que para ser descargadas aguas arriba de las
compuertas de Alicachín resulta necesaria la construcción de la Estación Elevadora de
Canoas, la EAB ha estimado importante el aporte de EMGESA para la financiación de
dicha obra, que si bien la EAB cuenta con los recursos en su plan de inversiones, dicho
aporte sería destinado entonces para la financiación de la PTAR Canoas.
Con dicho fin, la EAB y EMGESA suscribieron el convenio 9-07-10200-688-2011 en el
cual se pacta el monto de los aportes de EMGESA al proyecto de la estación elevadora
de canoas, su compromiso en la operación y mantenimiento y además el suministro de
la energía eléctrica de la PTAR Canoas; lo anterior sin condicionamientos diferentes a
182
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
la obligación de la EAB de construir la EEARC y de la SHD de encargarse del recibo y
administración de los recursos de EMGESA en el fondo del río Bogotá, dispuesto por
esa entidad para tal fin.
Adicionalmente, se le adjudicará a EMGESA la propiedad de activos equivalentes a su
aporte en dinero, de la EEC. Por otra parte, EMGESA condicionó sus aportes a la
prorroga o prolongación de la Concesión de uso de agua del río Bogotá, después del
año 2018, permiso que solamente lo puede otorgar la Corporación Autónoma de
Cundinamarca, como se precisa en la Ley 99 de 1993 y la legislación colombiana
complementaria correspondiente. La EAB, como usuaria del recurso hídrico del río
Bogotá y como Empresa Prestadora de Servicios Públicos no tiene injerencia alguna en
este tipo de autorizaciones o permisos sobre el acceso, administración uso o
aprovechamiento del recurso hídrico presente en la cuenca de interés. 6
En la firma del Acuerdo del 21 de febrero, se incluyen los aportes de EMGESA; sin
embargo, esta empresa no se encuentra entre los firmantes de dicho acuerdo.
PTAR CANOAS
Como se mencionó anteriormente la construcción de la PTAR Canoas se adelantará
una vez se cuente con el cierre financiero correspondiente, conforme a los recursos que
para tal efecto asigne la Nación.
6 En el fallo de segunda instancia del HCE se dieron las órdenes y aclaraciones respectivas sobre los aportes y responsabilidades
en caso de no darse la concesión por parte de la CAR.
183
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.44. AL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, AL
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, A LA GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL - SECRETARIA DISTRITAL DE
HACIENDA, A LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTA EAB Y A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones
asumidas en el Acuerdo de Cooperación de 21 de febrero de 2011 y su anexo
financiero indicativo, relacionados con la construcción de la planta de
tratamiento de aguas residuales de Canoas Fase I y II y su estación elevadora
dentro del programa de saneamiento del Río Bogotá, en el contexto de la
Región Capital Bogotá – Cundinamarca.
Avance: En relación a la consecución de recursos para la implementación de la PTAR
Canoas, las mesas técnicas del proyecto trabajaron durante varios meses en la
identificación de las fuentes de financiación.
Ese trabajo sirvió para la discusión y firma del documento del 21 de febrero de 2011
suscrito por el Alcalde Mayor de Bogotá, el Gobernador de Cundinamarca, la Ministra
de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, El Director del Departamento Nacional de
Planeación, el Director de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR,
la Secretaria Distrital de Hacienda y el Gerente de la Empresa de Acueducto,
Alcantarillado y Aseo de Bogotá, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, documento que contó
con el aval del Señor Presidente de la República Dr. Juan Manuel Santos.
El objeto del Acuerdo es: ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN
DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE CANOAS (FASE I Y
II) Y SU ESTACIÓN ELEVADORA DENTRO DEL PROGRAMA DE SANEAMIENTO
DEL RIO BOGOTÁ, EN EL CONTEXTO DE LA REGIÓN CAPITAL, BOGOTÁ -
CUNDINAMARCA
184
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Durante todos estos años se ha buscado el cierre financiero de la PTAR Canoas sin
éxito, dada la magnitud de las obras por acometer. Con la firma de este documento se
desarrolló un esquema de financiación para la fase I (Tratamiento Primaria
Químicamente Asistido) y II (Tratamiento secundario) de la PTAR Canoas y la
construcción de la Estación Elevadora, con los valores de los proyectos de ingeniería
conceptual y básica con los que se contaba en el año 2010. Hoy se encuentra en
ejecución los diseños detallados de la Fase I de la PTAR Canoas los cuales
suministrarán un valor actualizado y muy cercano al valor de las inversiones necesarias
para su construcción. Respecto a la fase II, se debe proyectar el costo de las
inversiones de la misma, bajo el escenario técnico que plantea el Consejo de Estado,
donde se exige que el tratamiento secundario considere la desinfección. En tal sentido,
se ve la necesidad de verificar las fuentes comprometidas para establecer si resulta
suficiente para acometer estos proyectos, de acuerdo con las exigencias técnicas de la
sentencia de segunda instancia.
Cabe mencionar que los recursos para la PTAR CANOAS no se han comprometido
hasta que se conozca el valor presupuestado para las obras.
Ver ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.:
185
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
MATRIZ DE SEGUIMIENTO ACUERDO 21 DE FEBRERO DE 2011
Entidad Compromiso Actividad Estado de avance Total aportes.1 Observación
EAB Aporte estimado en
$2.058 millones
anuales entre el
2011 - 2040.
Incorporar en el plan de
inversiones los recursos
necesarios para el
proyecto.
Recursos girados al Fondo Cuenta, cumpliendo con el
cronograma establecido. $ 51.450
Se relacionan los recursos contra RPs EAAB:
2009:$2.058.620.000, 2010:$2.162.000.000,
2011:$2.227.000.000, 2012:$2.294.000.000,
2013:$2.362.820.000, 2014:$2.433.704.600
Recursos hasta por
$314.000 millones
para la PTAR Canoas
y su estación
elevadora. Cuando
la Nación concurra
en la financiación de
esta Estación
Elevadora, la EAB se
compromete a
destinar un monto
igual al aporte de la
Nación, a la
financiación de la
PTAR Canoas Fase I.
Realizar los ajustes al
diseño definitivo de la
EEARC. No se cuentan con
diseños
El proyecto de la construcción de la EEARC fue presentado por
la EAB y aprobado por las tres entidades financiadoras en el año
2011.
En preparación para dar cumplimiento al fallo del Consejo de
Estado, se adelantaron las gestiones documentales y financieras
al interior de la EAB. Ver cuadro.
Se presentaron dificultades externas con la situación jurídica en
la fiduciaria Corficolombiana, dado que se encuentra reportada
en el boletín de responsables fiscales de Contraloría, por lo que
se realizó cesión del contrato de fiducia.
Teniendo en cuenta el fallo del Consejo de Estado, así como las
variaciones en el interceptor Tunjuelo-Canoas se requiere
actualizar los diseños, ubicando el proyecto en la hacienda de
Canoas, lo que implica la necesidad de la actualización del
diseño y la consecución de los recursos para realizarla, la EAB
adelantó la gestión con la CAR para que a través de esta última
entidad se pudieran obtener los recursos, mediante
modificación del Convenio 171, la cual se dio en diciembre de
2014, quedando hoy pendiente la expedición de la
disponibilidad presupuestal correspondiente. Posteriormente,
será necesario presentar nuevamente a la ventanilla única del
MVCT la actualización del proyecto, para su revisión y
aprobación.
$ 135,884,060,166
Para el estado total de los recursos, ver
¡Error! No se encuentra el origen de la
referencia.
Contratar los estudios de
ingeniería de detalle de la
PTAR Canoas
El 20/dic/2012 se suscribió acta de inicio del contrato con CDM-
INGESAM para realizar el diseño a nivel de detalle de la PTAR de
Canoas. Actualmente se encuentra en ejecución 30 meses.
Así mismo en diciembre de 2012 el Acueducto suscribió
contrato con la Unión Temporal PTAR Canoas para realizar la
interventoría al contrato, con duración de 32 meses, el inicio
del contrato fue en 7 de febrero de 2013. Se manifestó la
inquietud al TAC de realizar los estudios para la PTAR con
tratamiento secundario con desinfección, sin embargo esto
$ 25,720,406,841
Diseño
$3,510,874,540
Interventoría del
Diseño
1 Millones de pesos (Constantes 2010)
186
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.46. AL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, AL
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, A LA GOBERNACION DE
CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL - SECRETARIA DISTRITAL DE
HACIENDA, A LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTA EAB Y A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones
asumidas en el convenio Interadministrativo 03 de 29 de diciembre de 2011,
cuyo objeto es aunar esfuerzos para la ejecución del proyecto “ construcción
de la Estación Elevadora de Aguas Residuales de Canoas para el Distrito
Capital” a realizarse en el Municipio de Soacha – Departamento de
Cundinamarca.
Avance: Convenio Interadministrativo entre la EAB, Bogotá D.C. y el MVCT (9-07-
25500-0869-2011):
El proyecto Estación Elevadora de Aguas Residuales Canoas se presenta como un
componente del programa de saneamiento del Río Bogotá, y hace parte del pacto de
Cumplimiento aprobado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el fallo en
primera instancia de la Acción Popular 479 de 2001. De conformidad con lo
sentenciado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Pacto de
Cumplimiento, y con el fin de lograr el cierre financiero de las obras incluidas en la
sentencia, se han llevado a cabo acercamientos con las diferentes entidades
participantes en el saneamiento del Río Bogotá, y se han suscrito diversos acuerdos,
encaminados a la construcción y operación de las obras requeridas, entre las que se
encuentra la Estación Elevadora de Aguas Residuales EEARC y la Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales PTAR Canoas.
Con el propósito de acceder a los recursos del gobierno nacional destinados a
saneamiento, se presentó el proyecto ―Construcción de la Estación Elevadora de Aguas
Residuales de Canoas para el Distrito Capital de Bogotá‖, ante la ventanilla única del
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio MVCT, proyecto conexo al Interceptor
187
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Tunjuelo-Canoas y a la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR Canoas.
Este proyecto fue aprobado en noviembre del año 2011 por el MVCT, entidad que
posteriormente lo remitió al Fondo Nacional de Regalías, para su aprobación final el día
28 de diciembre del año 2011. El Convenio 9-07-25500-0869-2011 se suscribe el día
30 de diciembre de 2011 entre el Distrito, la EAB y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y
Territorio como medio para ejecutar los recursos aprobados por este último, para
financiar la Estación Elevadora de Canoas.
Con relación al Convenio 9-07-25500-0869-2011 (suscrito para financiar la Estación
Elevadora de Canoas), en el año 2012 se elevó y aprobó la solicitud ante el CONFIS
Distrital (anexo 24) para la incorporación al Presupuesto EAB ESP. De los recursos a
ser aportados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Fondo Nacional de
Regalías y la EAB ESP. Así mismo, se realizaron las gestiones para la apertura del
Encargo Fiduciario solicitado, y otros requisitos los cuales se describen a continuación:
- Copia del acto administrativo que faculta al representante legal de la entidad
ejecutora a incorporar los recursos en el presupuesto.
- Copia del acto de incorporación en el presupuesto de conformidad con lo
señalado en el numeral 1 del presente artículo.
- Formato debidamente diligenciado de información básica para giros fondo
nacional de regalías.
- Certificado de apertura de la cuenta bancaria donde se efectuará el manejo de
los recursos del proyecto.(Anexo 25)
- Copia del acta de posesión del representante legal de la entidad ejecutora del
proyecto.
188
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la entidad
ejecutora.
- Fotocopia del Nit o registro único tributario de la entidad ejecutora.
- Certificación expedida por el representante legal de la entidad ejecutora de las
acciones del Fondo Nacional de regalías sobre la inexistencia de doble
financiación para el proyecto.
- Certificación expedida por el representante legal de la entidad beneficiaria de las
asignaciones del Fondo Nacional de regalías de que el proyecto no ha sido
ejecutado, para el caso de proyectos de sostenibilidad en ampliación de
cobertura ejecutiva, certificación de que el proyecto se está ejecutando.
- Solicitud de giro de los recursos del Fondo Nacional de regalías.
Para el manejo de estos recursos se suscribió el contrato de encargo Fiduciario No. 1-
13-13500-0428-2012 el día 29 de agosto de 2012 con la Fiduciaria Corficolombiana.
En este encargo se abrieron dos fondos independientes para recibir los recursos del
MVCT y de la EAB, de manera que los rendimientos fueran fácilmente identificables,
cumpliendo así con los requisitos financieros, tributarios y legales de cada entidad.
Encargo Fiduciario
Para el manejo de estos recursos se suscribió el contrato de encargo Fiduciario No. 1-
13-13500-0428-2012 el día 29 de agosto de 2012 con la Fiduciaria Corficolombiana.
En este contrato se abrieron dos fondos independientes para recibir los recursos del
189
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
MVCT y de la EAB, y que los rendimientos fueran fácilmente identificables, cumpliendo
así con los requisitos financieros, tributarios y legales de cada entidad.
Durante los años 2012, 2013 y 2014 se recibieron los recursos provenientes del
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio MVCT y fueron depositados en el encargo
fiduciario constituido para tal fin. Así mismo, la EAB realizó el giro de su contrapartida
para las vigencias 2012, 2013 y 2014 al Encargo Fiduciario constituido. Ver Tabla 5
Tabla 5 Aportes EAB y Recursos Nación
APORTES TOTAL APROBADO 2012 (Girado)
2013 (Girado)
2014 (Girado)
Por Girar
1. Recursos EAB:
EAAB $ 135.884.060.166 $ 6.794.203.008 $ 13.588.406.017 $ 115.501.451.141 0
TOTAL POR GIRAR EAB: 0
2. Recursos Nación:
MVCT $ 69.836.449.261 $ 21.378.504.876 $ 19.883.187.043 $ 30.000.000.000 0
FNR $ 115.406.400.000 $ 0 $ 0 $ 115.406.400.000
TOTAL NACIÓN $ 185.242.849.261 TOTAL POR GIRAR NACIÓN: $ 115.406.400.000
TOTAL $ 321.126.909.427 $ 28.172.707.884 $ 33.471.593.060 $ 145.501.451.141 $ 115.406.400.000
En el mes de Julio de 2014 la fiduciaria Corficolombiana informa al Acueducto que se
encuentra reportada en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría.
Este reporte genera una inhabilidad sobreviniente a Corficolombiana con relación al
Contrato Fiduciario en mención, lo que nos obliga a buscar alternativas de solución para
el manejo de los recursos de las tres entidades, según lo ordenado en el fallo por el H.
Consejo de Estado de la Acción Popular 479-2001.
La EAB solicitó concepto jurídico al apoderado de la empresa, donde se incluyera su
análisis y concepto de las acciones a seguir ante la situación presentada con la
190
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Fiduciaria Corficolombiana, dada la inhabilidad de ley y ante las instrucciones del fallo.
Se cita un aparte del concepto proferido:
“…De lo expuesto entonces se concluye, que ante la inhabilidad sobreviniente de la
Fiduciaria Fiducolombiana con ocasión de su inclusión en el boletín de responsabilidad
fiscal, el contrato de encargo fiduciario permite como opciones jurídicas para superar la
imposibilidad de continuar con su ejecución, tanto la liquidación del contrato como la
cesión del mismo. No obstante, sobre la base de la importancia de la conservación de
las gestiones avanzadas hasta la fecha para la construcción del megaproyecto para la
descontaminación del Río Bogotá, creemos de mayor conveniencia y utilidad para el fin
perseguido, acudir a la figura de la cesión del contrato en los términos establecidos
en la cláusula 30 que regula el encargo fiduciario, concomitante con la información que
de esta situación se haga al Consejo de Estado, no sólo para efectos de ponerla en su
conocimiento para enervar una conducta de desacato, sino, también en aras de obtener
directrices que aprueben y brinden de seguridad jurídica el manejo de los recursos en el
marco de esta actuación...”
Teniendo en cuenta el concepto del apoderado, la EAB adelantó la gestión interna de
evaluación de los posibles cesionarios y estructuración del proyecto de cesión de
acuerdo con los procedimientos establecidos. Lo anterior, con el objeto de que los
tiempos requeridos para este trámite, no se constituyeran en un obstáculo para dar
cumplimiento oportuno a la sentencia, en particular a los giros que deben ser realizados
por concepto del proyecto de la Estación Elevadora de Canoas. Como resultado de
esta gestión en octubre de 2014 se seleccionó a FiduBogotá.
Los rendimientos financieros de los aportes del MVCT y de la EAB en el encargo
fiduciario se han girado periódicamente al Tesoro Nacional y a la EAB, respectivamente.
Se anexa el informe de la Fiduciaria Corficolombiana correspondiente al mes de Junio
2014 y el informe de la fiduciaria Bogotá del periodo comprendido entre el 27 de
Octubre al 31 de Diciembre de 2014.
191
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.46. A LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA
EAB Y A EMGESA S.A E.S.P. Informe sobre el cumplimiento del convenio
Interinstitucional 9-07-10200-0688-2011 de diciembre de 2011 y su anexo
técnico, cuyo objeto es aunar esfuerzos para garantizar la construcción de la
estación elevadora de Canoas, mediante aporte económico y operación.
Avance: Convenio Interinstitucional EAB- EMGESA 9-07-10200-0688-2011:
Uno de los usos actuales del río Bogotá de gran importancia es la generación de
energía, mediante la Resolución No.1014, expedida por la CAR el 30 de julio de 1998,
EMGESA cuenta con la concesión de aguas del río Bogotá para la generación de
energía con un caudal máximo a derivar de 41 m3/s, según la capacidad instalada de
cada central. Considerando que dentro de ese caudal se encuentran las aguas
residuales domésticas generadas por la ciudad de Bogotá y que las mismas serán
transportadas a través del interceptor Tunjuelo Canoas y que para ser descargadas
aguas arriba de las compuertas de Alicachín resulta necesaria la construcción de la
Estación Elevadora de Canoas, la EAB ha estimado importante el aporte de EMGESA
para la financiación de dicha obra, pues si bien la EAB cuenta con los recursos en su
plan de inversiones, dicho aporte sería destinado entonces para la financiación de la
PTAR Canoas.
Con dicho fin, la EAB y EMGESA suscribieron el Convenio 9-07-10200-688-2011 del 5
de diciembre de 2011 con el objeto de ―Aunar esfuerzos para garantizar la
construcción de la Estación Elevadora Canoas, mediante aporte económico y de
operación que ofrece EMGESA, en los términos y condiciones que se establecen en el
presente convenio‖. En este convenio se pacta el monto de los aportes de EMGESA al
proyecto de la Estación Elevadora de Canoas, su compromiso en la operación y
192
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
mantenimiento; lo anterior sin condicionamientos diferentes a la obligación de la EAB de
construir la EEARC.
Adicionalmente, se le adjudicará a EMGESA la propiedad de activos equivalentes a su
aporte en dinero, de la EARC. Por otra parte, EMGESA condicionó sus aportes a la
prórroga o prolongación de la concesión de uso de agua del río Bogotá, después del
año 2018, permiso que solamente lo puede otorgar la Corporación Autónoma de
Cundinamarca, como se precisa en la Ley 99 de 1993 y la legislación colombiana
complementaria correspondiente. La EAB, como usuaria del recurso hídrico del río
Bogotá y como Empresa Prestadora de Servicios Públicos, no tiene injerencia alguna
en este tipo de autorizaciones o permisos sobre el acceso, administración uso o
aprovechamiento del recurso hídrico presente en la cuenca de interés. 7
Referente a los recursos, a la fecha la EAB gestionó $84.048.000.0008, de los cuales
EMGESA deberá realizar reembolso a la EAB una vez se cumpla las siguientes
condiciones:
a. En el evento que la Corporación se pronuncie, respecto de la ampliación de la
concesión de aguas solicitada por EMGESA en los términos del Decreto 1541 de
1978 especialmente del artículo 38 del mismo, otorgando la concesión en un
plazo similar y en condiciones que resulten económicamente rentables y
socialmente benéficas.
b. Se encuentre construida y en operación la Estación Elevadora Canoas.
7 En el fallo de segunda instancia del HCE se dieron las ordenes y aclaraciones respectivas sobre los aportes y responsabilidades en caso de no
darse la concesión por parte de la CAR – 8 Pesos del 2010
193
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Cumplidas las condiciones mencionadas anteriormente y efectuado el desembolso por
parte de EMGESA, la EAB deberá transferir la propiedad de los equipos e instrumentos
electromecánicos de la estación elevadora Canoas a EMGESA.
Finalmente, en este convenio se contempló la integración de una mesa técnica para la
elaboración de la ingeniería de detalle y de los pliegos de condiciones de la Estación
Elevadora, entre otros. En ese orden de ideas se han realizado tres reuniones con
EMGESA en donde se le suministró tanto las especificaciones técnicas como los
borradores de los términos de referencia, para sus observaciones. Por su parte,
EMGESA remitió los documentos técnicos para revisión de su casa matriz en Chile, de
los cuales ya se remitieron observaciones principalmente de orden electromecánico, por
lo tanto, estas observaciones se analizan por parte de la EAB. Sin embargo, la gran
parte de las otras recomendaciones fueron adoptadas. El 25 de mayo se solicitó a
EMGESA reunión del Comité Directivo del Convenio, con el fin de establecer
formalmente los delegados de cada una de las entidades y revisión de la versión 2 del
pliego.
No obstante lo anterior, es pertinente mencionar que las obras de la Estación Elevadora
y su ubicación estaban pendientes de definición, hasta tanto la sentencia no estuviere
ejecutoriada. Teniendo en cuenta las nuevas condiciones tales como las variaciones en
el interceptor Tunjuelo-Canoas que implican la necesidad de la actualización del diseño
y la consecución de los recursos para realizarla, la EAB adelantó la gestión con la CAR
para que a través de esta última entidad se pudieran obtener los recursos, mediante
modificación del Convenio 171, la cual se dio en diciembre de 2014, quedando hoy
pendiente la expedición de la disponibilidad presupuestal correspondiente.
Una vez se unifiquen los criterios y se cuente con la disponibilidad de los recursos por
parte del FIAB - CAR, se tiene estimado iniciar el proceso de licitación de los diseños de
la estación elevadora para principios del mes de julio de 2015, el cual sería adjudicado
194
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
aproximadamente durante los siguientes tres meses. La duración para la elaboración de
los diseños es de aproximadamente un año, por lo que se proyecta contar con los
diseños definitivos para el segundo semestre de 2016.
4.49. AL DISTRITO CAPITAL – SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE Y
A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA –
CAR. Informe sobre el cumplimiento del convenio de cooperación de mayo de
2013, cuyo objeto es aunar esfuerzos para adelantar acciones conjuntas de
articulación, planeación, gestión, control, protección, conservación y
recuperación del medio ambiente en el marco de sus competencias.
Avance: En el marco del cumplimiento del convenio y con el fin de gestionar los temas
en donde confluyen las dos autoridades ambientales de la cuenca media del Río
Bogotá, la SDA y CAR han adelantado acciones para la Formulación del Plan de
Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D.
C. ―Thomas van der Hammen‖. Donde se han realizado las siguientes actividades:
(actividades que fueron concebidas antes de la suscripción del convenio y que por ser
un tema de interés común se llevó a las mesas técnicas de articulación dentro del
convenio de cooperación).
Thomas van der Hammen: En los años 2013 y 2014 el Distrito Capital, por intermedio
de las SDA, SDP, SDHT, EAB y el JBB, participó en el proceso de formulación del Plan
de Manejo Ambiental de la Reserva, de acuerdo con el cronograma de actividades
concertado en el 2012 entre la CAR, la Procuraduría General de la Nación, el Distrito
Capital y actores del proceso. Los espacios de participación fueron: la Mesa Técnica
(CAR - Distrito Capital) y la Mesa Técnica Ampliada (CAR, Distrito Capital, Líderes de
Sectores y Propietarios de predios). Como resultado de esta participación se obtuvo lo
siguiente:
195
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Componente diagnóstico. Se recolectó la información del área de la Reserva, se
realizó el análisis espacial y temporal de los objetivos de conservación,
precisando la condición del polígono y su problemática.
- Componente ordenamiento. Se definió la zonificación y las reglas para el uso de
los recursos y el desarrollo de actividades.
- Componente estratégico. Se formularon las estrategias, procedimientos y
actividades más adecuadas para lograr los objetivos de conservación de la
Reserva.
En enero de 2014 el Distrito Capital entregó a la CAR el documento, denominado
―Prospectiva del Distrito Capital de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte
de Bogotá, Thomas van der Hammen‖, en el cual se plantearon los lineamientos para
ser incorporados dentro del Plan de Manejo Ambiental. Esta propuesta fue el resultado
de un ejercicio interdisciplinario e interinstitucional realizado por las Secretarías de
Ambiente, Hábitat, Educación y Planeación, el Jardín Botánico, FOPAE, IDU y la
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
El 31 de marzo de 2014 el Distrito Capital entregó a la CAR el Plan de Ordenamiento y
Zonificación de la Reserva en un documento, que contiene la propuesta de régimen de
usos y de zonas de manejo para promover la consolidación de la Reserva Forestal
Regional Productora del Norte de Bogotá D.C. ―Thomas van der Hammen‖, buscando
proteger los recursos naturales de las 1400 hectáreas declaradas, aportando un
espacio para la recuperación y preservación de los elementos naturales a la ciudad y a
la región. Además, se propuso incluir unos programas y proyectos dentro del
componente estratégico, que orientarán actividades hacia el fortalecimiento de las
potencialidades y valores ecológicos, culturales y patrimoniales de la Reserva; se
196
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
planteó explorar algunas alternativas de financiación, que han dado resultados en otras
partes del mundo, con el fin de generar una sostenibilidad económica.
El Consejo Directivo de la CAR expidió el Acuerdo 021 del 23 de septiembre de 2014,
por el cual se adopta el Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Regional
Productora del Norte de Bogotá D. C. ―Thomas van der Hammen‖, publicado en el
Diario Oficial N°. 49317 del 27 de octubre de 2014.
Lineamientos estratégicos de saneamiento predial dentro del polígono
- Se realizó el acotamiento en el predio entregado al JBB para comenzar la
siembra de árboles dentro de la Reserva.
- Los propietarios de predios solicitaron a la CAR y al Distrito Capital les definieran
si se les compra los predios declarados reserva. Las dos entidades decidieron
priorizar algunos predios para compra. El Distrito Capital, actuando en el marco
del Plan de Desarrollo 2012 - 2016, en el cual se contempla como meta para la
franja de transición de los bordes urbanos (ambiental, rural y patrimonial) la
―Definición de alternativas para establecer mecanismos de gestión en las zonas
identificadas como estratégicas para la conectividad del corredor de borde de la
Reserva Forestal Productora, ―Tomas Van der Hammen‖‖ y como línea de acción
―un corredor ecológico de borde en la Reserva Forestal Regional Productora,
―Thomas van der Hammen‖, decidió adquirir algunos predios estratégicos dentro
del polígono de la reserva para garantizar la conectividad del corredor de borde
entre cerros orientales y el río Bogotá, con el propósito de iniciar las actividades
de intervención física para la restauración de la reserva.
Actualmente se están realizando estudios prediales para la adquisición de algunos
predios localizados dentro de la reserva.
197
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Así mismo, en el comité técnico de la comisión conjunta con la CAR9, conformada
mediante Acta de Constitución y Resolución No. 3712 de 2011, se logró la aprobación y
adopción final de los Planes de Manejo de los Parques Ecológicos Distritales de
Humedal de jurisdicción compartida: Resolución Conjunta 001 de 2015 (Jaboque),
Resolución Conjunta 002 de 2015 (Torca y Guaymaral) y Resolución Conjunta 003 de
2015 (Meandro del Say).
Para la aprobación de los mencionados PMA, se realizaron las siguientes gestiones
previas:
Plan de Manejo Ambiental de los Parques Ecológicos Distritales de Humedal
Torca y Guaymaral.
El 10 de octubre de 2012 en la sesión de Comité Técnico de Comisión Conjunta, la
SDA entregó a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR el
documento del PMA del humedal Torca- Guaymaral, a fin de continuar con el
proceso de aprobación y adopción de dichos instrumentos de planeación. El el 13 de
marzo de 2013 la Corporación solicitó ajustes, entre los que se encontraba la
homologación de la zonificación con la Resolución 196 de 2006, la cual fue revisada
con la EAB en reunión de trabajo del 18 de abril de 2013.
De igual forma la SDA elaboró el proyecto de resolución de aprobación del PMA de
los humedales Torca y Guaymaral, el cual fue remitido a la Corporación vía correo
electrónico el 14 de diciembre de 2012, para la respectiva revisión, tal y como se
9 La Comisión Conjunta que actúa como autoridad ambiental sobre estos ecosistemas en atención a lo determinado en las Leyes 99 de 1993, y 1450 de 2011
198
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
acordó en la reunión del 11 de diciembre, documento que fue ajustado por la CAR y
enviado a la Secretaría el 17 de junio de 2013.
El 30 de septiembre, mediante radicado 2014IE161610, la Subdirección de
Ecosistemas y Ruralidad remitió a la Dirección Legal Ambiental el Informe Técnico
N° 01943, con el objeto de proceder con la elaboración del proyecto de acto
administrativo, para posterior remisión a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca-CAR, teniendo en cuenta que la aprobación del PMA debe surtirse
en el marco de la Comisión Conjunta CAR-SDA, por ser un ecosistema compartido
entre las dos autoridades ambientales.
Es así que entre la DLA y la SER realizaron la revisión y ajustes conjuntos al PMA
del PEDH Torca y Guaymaral, a partir de lo cual se elaboró el proyecto de
resolución para aprobación del instrumento de planificación. Mediante radicado
2015EE00685 la SDA remitió a la CAR los documentos técnico y jurídico
respectivos, con el fin de continuar con el proceso en el marco de la Comisión
Conjunta CAR-SDA.
En este sentido, a través del correo electrónico del 07 de enero de 2015, la SDA
solicitó a la CAR aportar para la sesión del 22 de enero, las consideraciones
respecto a los documentos mencionados, y así agilizar el trámite.
El 15 de enero de 2015 la Dirección Legal Ambiental envió los proyectos de
resolución y los PMA en la CAR mediante radicado 2015EE00685, de igual forma
fueron entregados en la sesión de Comité Técnico de Comisión Conjunta CAR-SDA.
En reuniones de trabajo desarrolladas el 23 de enero y el 03 de febrero de 2015, la
CAR y la SDA realizaron ajustes a los documentos técnicos y jurídicos. Acordando la
199
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
elaboración del Acta de Comité Técnico mediante la cual se emite el aval de los
documentos, como soporte para la firma del Director de la CAR y de la Secretaría de
Ambiente. El acta fue remitida a la CAR el 04 de febrero.
La Resolución Conjunta 002 fue firmada con fecha el 13 de febrero de 2015.
Plan de Manejo Ambiental del Parque Ecológico Distrital de Humedal Jaboque
Al igual que el PMA de los humedales Torca y Guaymaral, el documento del
humedal Jaboque fue entregado a la CAR el 10 de octubre de 2012, ante esto, la
Corporación se pronunció el 7 de mayo de 2013, remitiendo las observaciones y
ajustes al PMA, las cuales fueron discutidas en la sesión de trabajo del 29 de mayo
del mismo año.
Adicional a lo anterior y dada la inconformidad de la comunidad de localidad de
Engativá en relación con el proceso participativo desarrollado durante la formulación
del PMA del humedal Jaboque, la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad y la
Oficina de Participación, Educación y Localidades de la SDA reconociendo la
importancia de la participación social en los asuntos ambientales y atendiendo las
normas que regulan estos asuntos en el Distrito Capital, desarrollaron un proceso de
revisión participativa del Plan de Manejo Ambiental, mediante reuniones que se
iniciaron en el mes de septiembre de 2012 y continuaron en el 2013.
Para la última sesión, esta Secretaría convocó mediante comunicaciones escritas a
distintos actores sociales, comunitarios e institucionales de la Localidad de Engativá
que tienen incidencia en el humedal Jaboque, con el propósito de generar un
diálogo abierto, común y articulado en torno al PMA de este ecosistema.
200
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Según lo acordado, se publicó en la página web de la entidad
(http://ambientebogota.gov.co/planes-de-manejo-ambiental1) el PMA del humedal
Jaboque y el resumen ejecutivo del mismo, de igual forma estos documentos
reposaron en formato magnético en la Alcaldía Local de Engativá, en el centro de
documentación de la SDA y en la sede de la administración del humedal, a fin de
facilitar la consulta por parte de la ciudadanía. Lo anterior con el objeto de recibir
observaciones a los documentos vía correo electrónico
([email protected]) y/o correspondencia física, información que
sería evaluada para su inclusión o no en el plan. Es importante mencionar que
durante el periodo mencionado la SDA no recibió aportes al respecto.
Por su parte, el 30 de septiembre de 2014 mediante radicado 2014IE161610, la
Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad remitió a la Dirección Legal Ambiental el
Informe Técnico N° 01944 a fin de que esta dependencia procediera a la elaboración
del proyecto de Acto Administrativo para la aprobación del PMA, el cual debe ser
enviado a la CAR para las consideraciones finales, previa firma de los integrantes de
la Comisión Conjunta CAR-SDA, teniendo en cuenta que dicho ecosistema se
encuentra en jurisdicción de las dos autoridades ambientales.
En este sentido la DLA y la SER realizaron revisión y ajustes conjuntos al PMA del
PEDH Jaboque, a partir de lo cual se elaboró el proyecto de resolución para la
aprobación. Mediante radicado 2015EE00685 la SDA remitió a la CAR los
documentos técnico y jurídicos respectivos, con el fin de continuar con el proceso en
el marco de la Comisión Conjunta CAR-SDA.
El 15 de enero de 2015 mediante radicado 2015EE00685, la Dirección Legal
Ambiental de la SDA envió a la CAR el proyecto de resolución para aprobación del
PMA.
201
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
En las reuniones de trabajo CAR-SDA, desarrolladas el 23 de enero y 03 de febrero,
se realizaron ajustes a los documentos técnicos y jurídicos. Acordando la
elaboración del acta de Comité Técnico mediante la cual se emite el aval de los
documentos, como soporte para la firma del Director de la CAR y de la Secretaría de
Ambiente. El acta fue remitida a la CAR el 04 de febrero.
La Resolución Conjunta 001 fue firmada con fecha el 13 de febrero de 2015.
Plan de Manejo Ambiental- Parque Ecológico Distrital de Humedal Meandro del
Say
La CAR remitió a la SDA el 3 de diciembre de 2013 el documento de PMA ajustado
por Conservación Internacional Colombia, en cumplimento a las Resoluciones 157
de 2004 y 196 de 2006.
La Secretaría inició el proceso de evaluación del documento, no obstante este no
contaba con la cartografía respectiva, sin la cual no era posible continuar con la
revisión, es así que la CAR en la sesión de Comité Técnico de Comisión Conjunta
desarrollada el 23 de diciembre de 2013 adquirió el compromiso de enviarla en el
transcurso de la misma semana.
El 6 de febrero de 2014 mediante radicado SDA 2014ER020020, la Corporación
envió en medio magnético el anexo cartográfico del PMA de Meandro del Say,
información a partir de la cual la SDA se pronunció en la sesión de Comité Técnico
del 26 de febrero de 2014, con la socialización de las observaciones generadas
interdisciplinariamente a cada uno de los capítulos: diagnóstico; problemática y
evaluación; zonificación; plan de acción y cartografía. Dicha información se entregó
202
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
a la Corporación en formato magnético para lo respectivo; como acuerdos y
conclusiones de esa reunión, la CAR realizaría los ajustes pertinentes luego de la
consulta al Fondo de Inversiones Ambientales del Río Bogotá-FIAB.
Posterior a ello, el 18 de julio de 2014 la CAR envió el documento de PMA, a partir
de lo cual la SDA inició una nueva revisión para verificar el ajuste a lo solicitado con
anterioridad, encontrando una vez más que se debía realizar actualización de los
datos bióticos y sociales; ajustes a los componentes climatológico, hidrológico, a la
zonificación, plan de acción, así como inclusión de información limnológica, esta
solicitud fue remitida mediante radicado 2014ER134515 y revisada en la sesión de
comité técnico de Comisión Conjunta del 21 de agosto de 2014.
El 21 de enero de 2015 la CAR remitió versión preliminar del PMA con los ajustes
solicitados por la SDA en el 2014. En sesión de Comité Técnico de Comisión
Conjunta la CAR acordó la remisión del componente hidrológico ajustado el 30 de
enero.
El 23 de enero y 03 de febrero de 2015 se desarrollaron reuniones de trabajo CAR-
SDA con el fin de ajustar los documentos técnicos y jurídicos del PMA. Acordando la
elaboración del acta de comité técnico mediante la cual se emite el aval de los
documentos, como soporte para la firma del Director de la CAR y de la Secretaría de
Ambiente. Dicha acta fue remitida a la CAR el 04 de febrero.
La Resolución Conjunta 003 fue firmada con fecha el 13 de febrero de 2015.
A mayo de 2015
Marzo 18 2015. La Dirección de Políticas y Sistemas de Información Ambiental – DPSIA
de la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA, así como la Dirección de Gestión
203
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Ambiental - DGA de esta misma, realizaron reunión y presentaron los programas y
proyectos contenidos en el PMA de la Reserva TvdH, su implementación, obligaciones,
responsables, financiación y adquisición predial.
Marzo 31 2015. DPSIA, Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad - SER y la
Subdirección de Políticas y Planes Ambientales - SPPA de SDA se reunieron con el
objetivo de evaluar la posibilidad de que la SDA adquiera predios dentro del polígono de
la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D. C. ―Thomas van der
Hammen‖; se analizaron Decretos 619 y 1110 de 2000, 469/2003 y 190/2004 (POT de
Bogotá).
Abril 22 2015. La SDA (DPSIA - SPPA - SER) presentó al equipo técnico de la CAR el
componente estratégico del PMA de Reserva TvdH (10 Programas y 23 Proyectos) con
el objeto de organizar la implementación del PMA de la Reserva Forestal Regional
Productora del Norte de Bogotá, D. C. ―Thomas van der Hammen‖. Tema tratado:
Revisión del Componente Estratégico del PMA (Capítulo 8). Se efectuó revisión de los
programas y proyectos contenidos en el Componente Estratégico del Plan, identificando
avances, posibles acciones conjuntas y la articulación con otros instrumentos de
planificación en curso como el POZ Norte.
Acuerdos y compromisos
1. La SDA gestionará una reunión Distrital para recolectar información y establecer
avances.
2. Se acuerda realizar una segunda reunión de seguimiento al PMA en mayo de
2015, entre CAR y Distrito Capital.
3. La SDA y la CAR consultarán sobre la forma como se pueden obtener las
imágenes del humedal El Conejito en el IGAC para la ejecución del Proyecto 6.
204
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4. CAR y D. C. elaboraran un resumen de procesos jurídicos por daños causados a
la Reserva.
Mayo 8 2015. Se realizó reunión en la Secretaría Distrital de Planeación - SDP con la
SDA, EAB, Alcaldía Mayor y el Jardín Botánico de Bogotá - JBB, con el propósito de
evaluar el avance del proceso de compra de predios dentro de la Reserva. La
priorización de los predios garantiza la continuidad hídrica para preservar ecosistemas
dentro de la Reserva como la quebrada La Salitrosa y humedales. La Administración
Distrital dispuso de recursos económicos para que SDA inicie el proceso de compra de
otros predios dentro de la Reserva.
La SDA - DPSIA presentó los 10 programas y 23 proyectos del Plan de Manejo
Ambiental de la Reserva y las entidades responsables de su ejecución. Se acordó
analizar la posibilidad de expedir un acto administrativo por parte de la Administración
Distrital para formalizar la Mesa Técnica entre el D. C. y la CAR.
El JBB informó que ha sembrado aproximadamente 20.000 árboles en un sector de las
27 hectáreas del predio del D. C. en la Reserva. Estas siembras se han realizado con
distintos grupos, como el Bosque de la Reconciliación que se hizo con el Centro de
Memoria y 36 familias víctimas o con universidades.
Mayo 13 2015. Reunión entre D. C. y la CAR, se trataron los siguientes temas:
1. Implementación del PMA de la Reserva TvdH, necesidad de aclarar el porcentaje de
aporte de las entidades responsables de ejecutar el PMA y restaurar la Reserva.
2. Conformación de mecanismos de coordinación entre la CAR y el D. C., en los
términos de las Resoluciones 475 y 621 de 2000 y el Acuerdo 21 de 2014 de la CAR, e
205
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
instalación de la Mesa Técnica entre CAR, Secretarías Distritales y demás Entidades
competentes.
Funciones de la Mesa Técnica
1. Reglamento funcionamiento Mesa Técnica
2. Monitoreo y seguimiento a ejecución componente estratégico PMA
3. Monitoreo y seguimiento al Comité de Vigilancia y Control (Acuerdo 011 de 2011)
4. Gestionar y/o aportar recursos financieros para implementar PMA
5. Adelantar campañas de sensibilización ciudadana
6. Promover y fortalecer participación a través de Comités de veedurías ciudadanas
7. Interactuar con distintos actores sociales para el cumplimiento del PMA (Cap.
8.6)
3. La Administración Distrital definirá si expide Acto Administrativo, designando la
entidad coordinadora de la Mesa Técnica, que permita desarrollar las actuaciones
administrativas entre D. C. y la CAR, para cumplir con las Resoluciones 475 y 621 de
2000 y el Acuerdo 21 de 2014 de la CAR y así garantizar la restauración de la Reserva.
4. En la próxima reunión la CAR presentará borrador de proyecto de reglamento de la
Mesa Técnica, el cual deberá incluir las Entidades que la conforman y las que podrán
asistir en calidad de invitadas. CAR y D. C. definirán si la Mesa Técnica se instala por
Acta o Acto Administrativo conjunto.
5. Próxima reunión CAR - D. C. Junio 3 2015.
6. La CAR se comprometió a entregar en próxima reunión resumen de los proyectos de
inversión para implementación de PMA, listado y estado de los procesos sancionatorios,
206
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
que adelanta contra las personas, que han causado daños ambientales dentro de la
Reserva.
7. La SDA buscará identificar procesos penales y policivos, que respectivamente
adelanten la Fiscalía y las Alcaldías Locales de Suba y Usaquén por acciones de
particulares, que causen daño ambiental a la Reserva.
Mayo 15 2015. Reunión en Catastro Distrital entre SDP, Catastro, SDA, Alcaldía Mayor
y JBB. Tema tratado: adquisición de predios dentro del polígono de la Reserva.
Así mismo, en el comité técnico de la comisión conjunta con la CAR10, conformada
mediante Acta de Constitución y Resolución No. 3712 de 2011, se logró la aprobación y
adopción final de los Planes de Manejo de los Parques Ecológicos Distritales de
Humedal de jurisdicción Compartida: Resolución Conjunta 001 de 2015 (Jaboque),
Resolución Conjunta 002 de 2015 (Torca y Guaymaral) y Resolución Conjunta 003 de
2015 (Meandro del Say).
4.55. AL DISTRITO CAPITAL - EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.A.A.B. E.S.P. Informe sobre la
elaboración del plan para la identificación y corrección de las conexiones
erradas del sistema sanitario al sistema pluvial de la ciudad.
Avance: Las actividades que se han venido desarrollados en la Empresa, en relación
con los temas de identificación y corrección de conexiones erradas, se encuentran en
el Programa que ha establecido la Empresa desde 1999.
10 La Comisión Conjunta que actúa como autoridad ambiental sobre estos ecosistemas en atención a lo determinado en las Leyes 99 de 1993, y 1450 de 2011
207
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
La gestión se inició con el estudio realizado por el CONSORCIO GRUCON - IEH –
SOPRI (1999), cuyo objeto fue la Rehabilitación del Sistema de Alcantarillado, del cual
se concluyó entre otros, que los principales vertimientos de aguas residuales al sistema
de alcantarillado pluvial obedecen a dos causas, 1. Usuarios que conectan las cajas
domiciliarias sanitarias a la red local pluvial, 2. Errores en las conexiones domiciliarias
realizadas en el momento de ejecutar obras públicas. Adicionalmente, en relación con
la identificación de las áreas con mayor presencia de conexiones erradas, el estudio
señala que estas corresponden a las cuencas Torca y Salitre y los Humedales Juan
Amarillo, Jaboque y Conejera, donde el alcantarillado sanitario y pluvial está separado.
Basado en el estudio anterior y con el fin de definir una metodología para la
Identificación y posterior corrección de las conexiones erradas, la Empresa contrató con
MANOV Ingeniería un estudio con el establecer los procedimientos para el Manejo,
Corrección y Prevención de Conexiones Erradas, contrato No. 1-02-25500-852-2007.
En el periodo 2013 al 2014, la Empresa ejecutó los siguientes contratos:
- Contrato No. 1-02-24200-1459 -2013, para la identificación de conexiones
erradas a los colectores aferentes a los humedales el Burro y Capellanía, en este
contrato se diagnosticarán 8 cabezales del alcantarillado pluvial, identificando
135 conexiones erradas en los colectores pluviales aferentes a los Humedales El
Burro y Capellanía, de 13.036 metros lineales de tuberías inspeccionadas,
arrojado en promedio 1 conexión errada por cada 96 aproximadamente,
localizadas en su gran mayoría en el Canal Rincón de los Ángeles Aferente al
Humedal El Burro.
- Contrato No. 1-02-24200-1372 -2013, cuyo objeto es la Identificación de
conexiones erradas a los colectores aferentes a los humedales Juan Amarillo,
Jaboque y La Conejera, se incluye el diagnóstico en 80 cabezales del
alcantarillado pluvial, encontrando que las mayores concentraciones de
208
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
conexiones erradas identificadas en los tres Humedales se encuentran
localizadas en el Canal Los Ángeles y Carmelo Aferentes al Humedal Jaboque
con un total de 194, en los que respecta al Humedal Juan Amarillo se
identificaron 26 conexiones erradas mientras que en el Humedal la Conejera se
identificaron 18 conexiones erradas para un total de 238, con una inspección de
30 Kilómetros de alcantarillado pluvial.
- Contrato 1-02-24200-1224 -2013, cuyo objeto es la Identificación de conexión
erradas a los canales aferentes directa e indirecta a los ríos Torca y Salitre, en
este se diagnosticarán 45 cabezales del alcantarillado pluvial. Los mayores
aportes de aguas residuales sobre los Canales Castellana y Virrey son el
producto de vertimientos de aguas residuales provenientes de estructuras de
alivios, en cuenta a los canales aferentes al Canal Torca se pudo identificar 1140
conexiones erradas en 50 kilómetros de tuberías inspeccionada.
- Contrato 1-02-24200-00202-2014, el cual tiene por objeto la identificación y
detección de las conexiones erradas, que aportan aguas servidas a los
colectores pluviales que descargan en puntos críticos del río Fucha, en el sector
comprendido desde la Avenida Boyacá hasta la Avenida el Ferrocarril y canal
San Francisco desde la Avenida Carrera 60 hasta la desembocadura al río
Fucha, con el cual se diagnosticarán 30 cabezales del alcantarillado pluvial, el
contrato actualmente se encuentra en ejecución por lo que no se cuenta con
resultados sólidos.
En la Ilustración Ilustración 4 se presenta el total de las conexiones erradas
identificadas por la EAB tal como se mencionó anteriormente.
Ilustración 4 Total de las conexiones erradas identificadas por la EAB
209
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Para el periodo 2015, la Empresa viene ejecutando el contrato 1-02-24200-0921-2014,
el cual tiene por objeto la identificación y detección de las conexiones erradas, que
aportan aguas servidas a los colectores pluviales que descargan en puntos críticos de
los humedales La Vaca y Techo, con el cual se pretende diagnosticar 3 cabezales del
alcantarillado pluvial, actualmente el contrato no ha arrojado información pues se
encuentra en ejecución.
La Empresa tiene planificado realizar la consultoría para la identificación y detección de
las conexiones erradas que aportan aguas servidas a los colectores pluviales, que
descargan en puntos críticos del Canal Juan Amarillo, en el sector comprendido entre la
Avenida Carrera 68 y el Canal de Aducción de la PTAR Salitre, con el cual se pretende
diagnosticar 32 cabezales del alcantarillado pluvial.
Adicionalmente, en el mes de febrero del presente año EAB a través de su apoderado
hizo llegar al CECH y al Consejo de Estado el PLAN DE IDENTIFICACIÓN Y
CORRECCIÓN DE CONEXIONES ERRADAS para la ciudad de Bogotá. Este plan cuyo
objetivo principal es “Reducir la carga contaminante generada por concepto de
conexiones erradas del sistema de alcantarillado sanitario al pluvial, mediante
actividades de prevención, identificación y corrección en sectores donde el sistema de
alcantarillado es separado y es de responsabilidad de la EAB E.S.P.”, propende la
prevención, corrección y control de las conexiones erradas del sistema de alcantarillado
840
1012
4 0
200
400
600
800
1000
1200
SALITRE FUCHA TUNJUELO
CO
NEX
ION
ES E
RR
AD
AS
IDEN
TIFI
CA
DA
S
CUENCA
210
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
sanitario al sistema de alcantarillado pluvial la Ciudad, por ser este el que más impacta
la calidad del recurso hídrico de la Capital.
Partiendo de lo anterior, el plan ha incluido dentro de sus principales estrategias, el
desarrollo de diferentes medidas preventivas, medidas de corrección y medidas de
seguimiento y control (ver Ilustración 5) con horizontes de planeación de 15 años y una
inversión total de $368.296 millones de pesos (Tabla ). Con esto a la EAB- ESP busca
contribuir al mejoramiento de la calidad del recurso hídrico de la ciudad.
El plan se detalla en el Plan de identificación y corrección de conexiones erradas para
la Ciudad de Bogotá.
Ilustración 5 Componentes del PLAN DE IDENTIFICACIÓN Y CORRECCIÓN DE
CONEXIONES ERRADAS
Tabla resumen de inversiones del plan de identificación y corrección de conexione
erradas.
CONEXIONES ERRADAS
MEDIDAS PREVENTIVAS
MEDIDAS CORRECTIVAS
ACCIONES CORTO Y MEDIANO PLAZO.
Obras de Mitigación. (Solución Descarga)
Obras de Eliminación (Proyectos en
Proceso)
ACCIONES LARGO PLAZO.
Plan de Inspección (Solución Origen). MEDIDAS DE
SEGUIMIENTO
211
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
OBRAS/INVERSIÓN
2016 - 2020 2021 - 2025 2026 - 2030
TOTAL
Anual Periodo Anual Periodo Anual Periodo
OBRAS DE MITIGACIÓN $ 6,200 $ 31,000 $ - $ - $ - $ - $ 31,000
IDENTIFICACIÓN Y CORRECCIÓN $ 23,233 $ 116,165 $ 23,233 $ 116,165 $ 20,993 $ 104,967 $ 337,296
TOTAL $ 29,433 $ 147,165 $ 23,233 $ 116,165 $ 20,993 $ 104,967 $ 368,296
*Cifras en millones de pesos constantes del año 2015.
**Cifras aproximadas sujetas a modificación.
Por otra parte, la EAB en el año 2013 contrató la ACTUALIZACIÓN DEL PLAN
MAESTRO DE ABASTECIMIENTO Y LA ELABORACIÓN Y FORMULACIÓN DEL
PLAN MAESTRO DE ALCANTARILLADO PARA BOGOTÁ Y SUS MUNICIPIOS
VECINOS (ver numeral ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. del
presente informe) esta actualización contempla dentro de los entregables principales el
Programa de Rehabilitación Integral del Sistema de Alcantarillado Troncal (Producto No.
4 de la consultoría). Este producto incluye dentro de su alcance el estudio a nivel de
factibilidad del proyecto de manejo de conexiones erradas del sistema troncal de
alcantarillado. Los resultados de este producto serán entregados por el consultor el 30
de junio del presente años y los mismos se tomarán en cuenta en el proceso de
actualización de este plan.
4.56. AL DISTRITO CAPITAL - EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.A.A.B. E.S.P. Y A LOS ENTES
TERRITORIALES AFERENTES AL RÍO BOGOTÁ. Informe sobre la
elaboración del plan de rehabilitación de redes a que se hace referencia en el
numeral 4.19 de la sentencia de instancia.
Avance: La elaboración de dicho plan se encuentra contenido dentro del alcance del
contrato 1-02-25500-1318-2013, mediante el cual se realiza la elaboración y
formulación del Plan Maestro de Abastecimiento y Alcantarillado de la Ciudad. (Ver
212
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
numeral ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. – Plan Maestro de
Abastecimiento y Alcantarillado).
Específicamente, como uno de los entregables principales de dicho contrato se
contempla el: Programa de Rehabilitación Integral del Sistema de Alcantarillado Troncal
(Producto No. 4 de la consultoría). Este producto incluye dentro de su alcance: 1)
Programa de rehabilitación integral del sistema por subcuencas; 2) Factibilidad del
proyecto de manejo de conexiones erradas del Sistema Troncal; 3) Factibilidad del
proyecto de separación adecuada de caudales; 4) Programa de Saneamiento y Manejo
de Vertimientos. Lo anterior encapsula una cantidad importante de los requerimientos
realizados a la EAB por el Consejo de Estado, sin embargo, los plazos contractuales
establecidos previamente son, para algunos componentes, superiores a lo requerido
por la sentencia.
La entrega definitiva del Producto No. 4 por parte del consultor está prevista para el 30
de junio del año en curso, según plazos contractuales; sin embargo, considerando lo
establecido en el fallo del Consejo de Estado, se estableció como meta prioritaria
obtener un consolidado del Plan de Rehabilitación de Redes troncales antes de finalizar
el año 2014.
De acuerdo con lo anterior y con el objetivo de cumplir con el plazo establecido por el
Consejo de Estado para la presentación del Plan de Rehabilitación de Redes, se
tomaron los avances de dicho producto en términos de diagnóstico de capacidad de
redes troncales (sistema de drenaje principal de la ciudad, correspondiente al 11% de la
extensión total de redes de alcantarillado), priorización de subcuencas y formulación del
plan de acción, como insumo principal para la conformación del documento requerido.
Lo anterior se dividió en tres fases, según criterios de priorización y considerando los
tiempos de ejecución proyectados para la ejecución de las actividades descritas en el
213
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
plan, los plazos asociados a las diferentes fases de intervención serían los siguientes:
(ver Ilustración 6 Delimitación de las fases de intervención por zonas de operación de la
EAB.), con un costo total de ejecución de $ 350.597 Millones de pesos (cifra sujeta a
revisión, una vez se cuente con el producto definitivo por parte del consultor del Plan
Maestro).
- Fase 1A. Corto plazo (5 años)
- Fase 1B. Mediano plazo (10 años)
- Fase 2. Largo plazo (15 años)
- Fase 3. Largo plazo (15 años)
El alcance del plan de rehabilitación, que se presenta en el (¡Error! No se encuentra
el origen de la referencia.) y que fue remitido al Consejo Estratégico de Cuenca
Hidrográfica (CECH) y al Consejo de Estado el pasado mes de febrero, atiende de
manera prioritaria los requerimientos del fallo en segunda instancia, sin perder de vista
la planificación con base en las necesidades para la adecuada prestación del servicio
por parte de la EAB y las limitaciones presupuestales. Lo anterior, teniendo en cuenta
que en 24 meses se deberá entregar al juez de primera instancia, la actualización del
plan maestro de alcantarillado el cual absorberá el plan integral de rehabilitación. Es
decir, que para detallar la planificación correspondiente, la EAB contará con 24 meses
adicionales para que las áreas programen adecuadamente sus necesidades de
rehabilitación a corto, mediano y largo plazo.
214
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Ilustración 6 Delimitación de las fases de intervención por zonas de operación de la EAB.
215
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
4.57. PREVENGASE A LOS ENTES TERRITORIALES A LA
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR AL
DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL DISTRITO CAPITAL Y
DEMAS ENTES TERRITORIALES AFERENTES AL RÍO BOGOTÁ. Informe
sobre las actividades realizadas para garantizar el mejor manejo operacional
de los sistemas de tratamiento de aguas residuales de manera que se
cumpla la legislación de vertimientos. Así mismo informen sobre si se han
incluido los costos de operación en las tarifas de acuerdo con la resolución
287 del 25 de mayo 2004 “por la cual se establece la metodología tarifaria
para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de
acueducto u alcantarillado” y la circular 001 de 31 de octubre 2013
“Incorporación del costo de operación de tratamiento de aguas residuales
(crc) en el costo medio de operación particular del prestador de
alcantarillado ambas de la CRA.
Avance: El tratamiento de las aguas residuales de la ciudad de Bogotá es
actualmente llevado a cabo para la cuenca El Salitre, a través de la Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) El Salitre, la cual fue construida entre
septiembre de 1997 y septiembre de 2000, fecha en la que comenzó de manera oficial
la operación.
Para ello se suscribió el Contrato de Concesión 015/94, firmado entre la Alcaldía
Mayor y la firma francesa Lyonnaise Des Eaux - Degremont. El acuerdo consideró el
diseño, construcción y puesta en marcha de la Fase I de la PTAR El Salitre, la cual
fue diseñada y puesta en marcha como un tratamiento primario convencional, que
precedería el tratamiento secundario de la aguas de la cuenca.
En el año 1996, el Ministerio del Medio Ambiente por medio de la Resolución No 817
otorgó la licencia ambiental para el proyecto de descontaminación del Río Bogotá
dentro del cual se estableció el programa de tratamiento de las aguas residuales de
Bogotá. La Licencia Ambiental impuso las eficiencias de tratamiento a lograr,
216
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
ratificada posteriormente por las resoluciones No 1153 de 1999, 0621 de 2000, 0475
del 2000 y 577 del 2000, del Ministerio del Medio Ambiente.
Específicamente para lo relacionado con la primera fase de la PTAR El Salitre, la que
actualmente se encuentra en operación, se estableció un proceso integrado por una
línea de aguas y una línea de lodos, que conformarían un tratamiento primario
químicamente asistido, el cual estaría previsto para lograr los requerimientos de
remoción impuestos por la Licencia Ambiental: 60% de remoción de SST, 40% de
remoción de DBO5, otros parámetros y demás sustancias de interés sanitario
(Artículos 72 y 74 del Decreto 1594 de 1984 o el que haga sus veces).
Dichas metas de descontaminación establecidas por el Ministerio de Medio Ambiente
han sido los indicadores determinados para medir la eficiencia en la
descontaminación de las aguas servidas de la cuenca norte de Bogotá, lo cual ha sido
objeto de seguimiento por parte del Ministerio de Medio Ambiente desde el año 2000
y a partir del año 2011 por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA.
Es así como la EAB-E.S.P, a partir del 01 de julio de 2004, fecha en la cual asumió la
administración, operación y mantenimiento de la PTAR por la delegación que le hizo
la Alcaldía Mayor de Bogotá, ha cumplido con los lineamientos ambientales
establecidos para el manejo de vertimientos aplicables para la PTAR El Salitre, de
conformidad con la licencia ambiental otorgada para tal fin, acometiendo las
actividades necesarias y asignando los recursos para la operación y demás
necesidades de la planta que han favorecido al cumplimiento de la legislación de
vertimientos y demás normatividad ambiental; no obstante y teniendo en cuenta que
el 17 de marzo de 2015, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible instauró la
Resolución 631, por medio de la cual se establecen los parámetros y valores límites
máximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de aguas superficiales y
a los sistemas de alcantarillado público y se dictan otras disposiciones, la EAB-E.S.P,
viene participando en las mesas de trabajo promovidas por ANDESCO y el Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con las organizaciones, entidades públicas y
217
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
demás partes interesadas en la aplicación de la nueva resolución reglamentaria del
Decreto 3930/2010, la cual fue emitida el 17 de marzo de 2015 bajo el número 631.
En el marco de la revisión, en todas las mesas llevadas a cabo y vía correo
electrónico, la Empresa ha expresado los comentarios pertinentes, relacionados con
las concentraciones límites establecidos, los periodos de transición y los plazos de
cumplimiento, entre otras.
Para el caso de la PTAR Salitre, es importante reiterar que la misma está diseñado
bajo parámetros y requerimientos ambientales distintos a los de esta Resolución y en
tal sentido, para llegar a los nuevos parámetros se requiere contar con la ampliación y
optimización de la planta y solo cuando la misma se encuentre en operación, se
podrán cumplir los nuevos parámetros ambientales de la Resolución, mientras tanto el
seguimiento debe corresponder a la licencia ambiental otorgada para el proyecto de
saneamiento del Rio Bogotá.
Respecto a la segunda parte de la orden que se relaciona con la inclusión vía tarifas
de los costos de operación del tratamiento de las aguas residuales, es pertinente
informar que desde el mes de diciembre del año 2009, fueron incorporados los Costos
de Operación de la PTAR Salitre en el cálculo de las tarifas, actualmente dichos
costos pueden traducirse en un valor aproximado de 78,82 $/m3 en la tarifa del
servicio de alcantarillado.
Igualmente debe señalarse frente al cumplimiento de esta orden, que la Comisión de
Regulación expidió la Resolución CRA 688 de 2014, ―Por la cual se establece la
metodología tarifaria para las personas prestadoras de los servicios públicos
domiciliarios de acueducto y alcantarillado con más de 5.000 suscriptores en el área
urbana‖, cuyas tarifas se deberán empezar a cobrar a los usuarios a partir del 1 de
enero de 2016 (según resolución CRA 712 de 2015 que propone modificar el artículo
114, Res. CRA 688 de 2015).
218
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Para este nuevo cálculo de tarifas la EAB está obligada a definir el Plan de Obras e
Inversiones Regulado (POIR), definido como el ―Conjunto de proyectos que la
persona prestadora considera necesarios llevar a cabo, para cumplir con las metas
frente a los estándares del servicio exigidos durante el período de análisis‖ (artículo 3,
Res. CRA 688 de 2014). Estos proyectos deben ser formulados para los dos
servicios, acueducto y alcantarillado, y para todos los subsistemas que conforman
cada servicio: Para acueducto, los subsistemas de producción, transporte y
distribución y para alcantarillado los subsistemas de recolección, transporte y
tratamiento. Adicionalmente, los proyectos formulados deben cumplir con los
requisitos fijados por la Comisión para poder incorporar en el cálculo tarifario dichas
obras, como son, entre otros: que las inversiones estén siempre asociadas a atender
las necesidades del servicio, que sean inversiones de mínimo costo y, para el caso
del servicio de alcantarillado, que sean contempladas en el PSMV vigente. También
se podrán incorporar obras ordenadas por ―decisiones o mandatos de las autoridades
judiciales‖ (parágrafo 6, artículo 45, res. CRA 688 de 2014).
En este contexto, vale la pena precisar que desde abril y a lo largo de todo el año
2015, se han desarrollaron labores preparatorias, identificándose grandes líneas de
inversión al igual que proyectos del nivel general, entre los cuales se encuentran los
temas de saneamiento del Rio Bogotá.
Frente a la orden, si bien a la fecha se avanza en conocer de forma detallada la
asignación de responsabilidades que resultan del fallo del Consejo de Estado para el
saneamiento del Río Bogotá, así como en el proceso de formulación de su plan de
inversiones para ser incorporado en las nuevas tarifas en el marco de la aplicación de
la Resolución CRA 688 de 2014, se puede adelantar un estimativo del potencial
impacto tarifario para los usuarios atendidos por la EAB. El cual se presenta a
continuación aclarando que para ello, se estimó el impacto en el valor de las facturas
promedio mensuales por cada $100,000 Millones de pesos de operación anual y por
cada $1 Billón de pesos de inversión, adicionales a los que ya la Empresa ha
incurrido.
219
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Los resultados que se presentan permiten hacer una estimación gruesa del impacto
tarifario del saneamiento del Río Bogotá, el cual deberá ser precisado en aplicación
del nuevo marco tarifario y una vez se concluyan los diseños de la PTAR Canoas y se
cuente con un presupuesto estimado del costo de inversión y de operación, y se
cuantifiquen las responsabilidad a cargo de las partes de acuerdo con el fallo del
Consejo de Estado.
Estimación del Impacto Tarifario del Costo de Operación:
Dado que los ingresos de la EAB en el 2014 fueron de $1.463.344 Millones de pesos
por los servicios de acueducto y alcantarillado incluyendo la transferencia de recursos
del Distrito para cubrir el déficit entre subsidios y aportes solidarios, por cada
$100.000 Millones de incremento en los costos de operación, los ingresos se deberán
incrementar en esa misma cantidad con el fin de recuperar los costos, es decir, se
deberá tener un incremento en la factura promedio que pagan los usuarios por los
servicio de acueducto y alcantarillado del 7,0%, por cada $100.000 Millones de pesos
anuales de operación adicional. En la siguiente Tabla se resume el ejercicio.
Estimación del Impacto Tarifario del Costo de Inversión:
Por cada billón de pesos de inversión, con una vida útil hipotética de 50 años, la
Empresa deberá recuperar en cada año la depreciación (lineal) correspondiente, esto
Concepto valor Unidad
Facturación Anual Acueducto + Alcantarillado +
Transferencias para balance de subsidios y
contribuciones (2014) 1.436.344 M$/año
Por cada $100.000 Millones de Costo de
Operación 100.000 M$/año
Impacto en la Facturación por cada $100.000
Millones de Costo de Operación Anual 7,0% %
Impacto del Costo Anual de Operación
220
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
es, $20.000 Millones anuales; Adicionalmente, deberá recuperar la remuneración del
capital invertido, que a una tasa de 12,28% efectivo anual (tasa regulatoria de
acuerdo con el artículo 20 de la Res. CRA 688 de 2014) corresponde a $122.800
Millones. La suma de los dos montos anteriores por $142.800 Millones representa el
9,9% de los ingresos anuales de los servicios de acueducto y alcantarillado.
La estimación se resume en la siguiente tabla:
4.58. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL
DISTRITO CAPITAL Y A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES AL
RÍO BOGOTÁ. Informe sobre las medidas administrativas y económicas
adoptadas en relación con el incremento de operativos de control, de
muestreo y contramuestreo de la actividad industrial y agropecuaria de la
cuenca hidrográfica del Río Bogotá.
Avance: En el marco de las funciones y competencias dadas a la Secretaría Distrital
de Ambiente como autoridad ambiental urbana del Distrito Capital, históricamente ha
venido ejecutando el Programa de Monitoreo a Efluentes y Afluentes del Distrito
Capital, desde el año 2013 se ejecutaron las fases XI y XII y se encuentra en licitación
pública el monitoreo de la Fase XIII de dicho programa. Por lo que para cumplir con la
orden de adoptar todas y cada una de las medidas administrativas y económicas
relacionadas con el incremento de operativos de control, de muestreo y contra-
muestreo de la actividad industrial y agropecuaria de la cuenca hidrográfica del Río
Bogotá, se adoptaron las medidas administrativas y económicas de manera que se
Concepto valor Unidad
Por cada Billón de pesos de Inversión 1.000.000 M$
Vida Util 50 años
Tasa de Descuento Regulatoria 12,28% Efectiva Anual
Depreciación Anual de la Inversión 20.000 M$/año
Rentabilidad sobre la inversión 122.800 M$/año
Costos de Inversión(Depreciación +
Rentabilidad) 142.800 M$/año
Impacto en la Facturación por cada Billón de
pesos de Inversión 9,9% %
Impacto del Costo de Inversión
221
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
aseguraron los recursos para aumentar a 230 en la Fase XIII del Programa de
Monitoreo a Efluentes y Afluentes, los monitoreos de los vertimientos generados por
sectores productivos de tipo comercial, industrial y de servicios que se ubican en el
perímetro urbano del D.C. A continuación se enuncian los procesos licitatorios de
cada fase y en número de muestreos de vertimientos a sectores productivos en donde
se tiene proyectado el aumento para la fase XII.
Programa de Monitoreo a Efluentes y Afluentes
2013 - 2016 Fase
Adjudicación
Ejecución
Monitoreo Sectores
Productivos
XI SDA-LP-035-2013 Licitación Pública
2013 170 Muestras Ejecutadas
XII SDA-SA-018-2014 Selección Abreviada de Menor Cuantía
2014 - 2015 170 Muestras Ejecutadas
XIII SDA-LP-012-2015 Licitación Pública
2015 - 2016 230 Muestras Programadas
4.59. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR, AL DISTRITO CAPITAL EN COORDINACIÓN
CON EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE
ESTADISTICA DANE Y A LAS CAMARAS DE COMERCIO. Informe sobre
las actividades industriales, procesos productivos, caracterización de
vertimientos y sistemas de tratamiento en la fuente, en la cuenca
hidrográfica del Río Bogotá y los avances en la actualización del censo.
Avance: La Secretaría Distrital de Ambiente a través de la Subdirección del Recurso
Hídrico y del Suelo, realiza el control ambiental a los usuarios no domésticos que
realizan vertimientos a fuente superficial y al sistema de alcantarillado de la ciudad,
de tal manera que históricamente esta Entidad cuenta con información relacionada
con sectores productivos, proceso productivos, caracterización de vertimientos y
algunos sistemas de tratamiento de aguas residuales en la fuente, para el perímetro
urbano del Distrito Capital.
Consecuentemente con lo anterior, ha estructurado una base de datos de la cual en la
actualidad se está extractando la información que se considera relevante para
222
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
conformar el censo de que habla la sentencia en articulación con las demás entidades
del Distrito que tuvieran información, para proceder a la construcción de una base de
datos universo para posteriormente coordinar con la Cámara de Comercio y DANE
para la actualización de la información acudiendo a los mecanismos técnicos y
económicos a que haya lugar y según corresponda.
4.63. AL DISTRITO CAPITAL Informe sobre los avances para cofinanciar
con los particulares y empresas curtidoras que operan en el Distrito, la
construcción y puesta en funcionamiento del Parque Ecoeficiente Industrial
de las curtiembres de San Benito.
4.63. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR , AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL
DISTRITO CAPITAL, A LOS MUNICIPIOS DE VILLAPINZON Y
CHOCONTÁ, AL CONSEJO ESTRATEGICO DE LA CUENCA. Informe el
mecanismo a implementar para lograr el apoyo real y efectivo (logístico,
jurídico, administrativo, entre otros) a las empresas y personas que se
dedican a la actividad de las curtiembres en el periodo de transición que se
presenta por la construcción de los parques ecoeficientes industriales.
Avance: El Distrito Capital consciente de la problemática ambiental generada por las
curtiembres de San Benito, realizó diferentes actividades desde antes de la
expedición de la sentencia orientadas a solucionar la contaminación del rio Tunjuelo y
consecuentemente la del río Bogotá. En este sentido, se expidió el Decreto 389 de
2003, que creó el programa de parques industriales ecoeficientes, con las diferentes
fases y los lineamientos para su construcción y operación.
En el marco de dicho Decreto se han realizado estudios, entre ellos, el del año 2008 -
Estudio de factibilidad para el desarrollo del parque, basado en la construcción
de una planta centralizada de pelambre y curtición. Con base en este estudio los
empresarios constituyeron la empresa Coecur S.A.S, cuyo objeto social fue la
construcción del Parque Industrial Ecoeficiente de Curtiembres, sin embargo varios
factores impidieron la construcción del parque; Inicialmente el proyecto correspondió a
una iniciativa de carácter voluntario, cuyo desarrollo dependía completamente del
223
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
sector privado, enfrentados a déficit de recursos por parte de los 52 socios en el año
2012, por lo que Coecur entró en proceso de liquidación. Otro factor que no permitió
el desarrollo del proyecto fue la falta de definición de un terreno adecuado para su
construcción, no hubo acuerdo en la selección, también la disponibilidad fue limitada.
A partir de la expedición de la sentencia de agosto de 2014, se retomaron las
gestiones con el sector y con las instituciones para abordar nuevamente el proyecto.
Como primera fase, se realizó un análisis de los estudios realizados anteriormente y
durante el primer trimestre de 2015 se conformó la Mesa Distrital para la
construcción y puesta en marcha del Parque Industrial Ecoeficiente de San
Benito - PIESB, que cuenta con delegados de la Alcaldía Local de Tunjuelito,
Secretaría Distrital de Ambiente, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de
Planeación y de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. Las
delegaciones oficiales de cada entidad se anexan al presente documento. La mesa
cuenta con líneas de trabajo definidas para la puesta en marcha del PIESB que se
están estructurando en un cronograma con fechas específicas, actualmente en
proceso de aprobación. Paralelamente se definió el mapa de actores para proceder a
articular interinstitucionalmente, acciones para desarrollar el PIESB. Todas las
gestiones sobre reuniones y decisiones que se han tomado por parte de la mesa se
anexan al presente.
El plan de trabajo que se está desarrollando se basa en líneas de acción por
componente específico. Una primera línea de gestión aborda la estrategia de
vinculación de actores al proceso y la articulación entre empresarios y entidades del
estado, para definir funciones y competencias de cada actor. Una segunda línea de
trabajo es el desarrollo de alternativas técnicas, articuladas con el proyecto de
producción más limpia que paralelamente se está desarrollando en San Benito y con
la propuesta de tratamiento de las aguas residuales. Una tercera línea se enfoca en el
desarrollo de un centro de servicios o unidad tecnológica para asistencia técnica y
mejora de los procesos. En cuarto lugar se contempla lo relacionado con aspectos de
uso del suelo y acciones complementarias de los diferentes actores del proyecto para
224
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
facilitar el desarrollo del Parque Industrial Ecoeficiente, tales como el componente
social y de fortalecimiento empresarial del sector.
Como parte de estas gestiones, se realizó acercamiento con los empresarios
directamente a través de convocatoria e inscripciones. En el mes de mayo del
presente año se divulgó el proyecto a 79 empresarios, de los cuales 25 firmaron un
acta de intención para vincularse al proyecto, y se logró la vinculación de las
agremiaciones ACUARIO, con 200 empresarios asociados, ANDI, que representa las
grandes empresas del sector (Ver inscripciones en anexo San Benito) y Coopicur que
durante el mes de junio se presentó como gremio interesado en desarrollar acciones
que apoyen el desarrollo del centro de servicios empresariales. Con todas las
agremiaciones se está desarrollando una fase inicial de presentación de propuestas
de alternativas técnicas para la construcción del PIESB, con miras a evaluar las
mismas en el periodo julio - agosto y en el último trimestre de 2015 entrar a gestionar
la fase de diseño. Esta misma gestión se realizó con las entidades de la Mesa
Distrital, de las cuales se han presentado alternativas técnicas por parte de la
Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Sobre el aprovisionamiento de recursos se han realizado gestiones para presentar el
proyecto al Fondo Nacional de Regalías. Dado que para la fase inicial de
actualización del estudio de factibilidad no se consideró viable la presentación del
proyecto debido a los tiempos que implica la aprobación de los recursos, actualmente
se está a la espera de las directrices del Departamento Nacional de Planeación, sobre
la viabilidad de presentar este proyecto y de la fase que eventualmente podría ser
apoyada desde esta instancia.
4.64. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR Y AL DISTRITO CAPITAL – SECRETARIA
DISTRITAL DE AMBIENTE, EN COORDINACIÓN CON LA FISCALÍA
225
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
GENERAL DE LA NACION - UNIDAD NACIONAL DE FISCALÍASDE
DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO
AMBIENTE Y LA POLICIA AMBIENTAL ECOLOGICA. Informe sobre los
operativos en los municipios de Villapinzón, Chocontá y el Barrio San
Benito, para evitar las descargas clandestinas que hacen aquellas personas
y/o empresas que no cuentan con autorizaciones, permisos y/o licencias no
cumplen con las exigencias en ellas contenidas.
Avance: La SDA orientando y liderando la formulación de políticas ambientales y de
aprovechamiento sostenible de los recursos ambientales y del suelo, ha dado
cumplimiento a las funciones de vigilancia, control y seguimiento, en el sector
industrial de curtiembres, en especial las ubicadas en la localidad de Tunjuelito, en el
Barrio San Benito.
Así mismo, en cumplimiento de lo ordenado por la Sentencia del Río Bogotá, en el
último trimestre del año 2014, se incrementaron las acciones de control en el sector,
toda vez que se realizaron operativos, con monitoreo de las descargas de aguas
residuales industriales en los siguientes predios:
-Operativo 25 de Noviembre de 2014
1. CURTIEMBRE - CRA 18B BIS 59 93S
2. CURTIEMBRE - CRA 17A 59 -26S
3. CURTIEMBRE PROCAPIEL - CRA 17 59 A 68 SUR
4. CURTICARNAZAS LUNA - CL 58 D Sur 51 -10
5. CURTIEMBRE - CRA 18ABIS 58A 32S
6. CUEROS GAMAS - CRA18 59 30S
7. CURTIEMBRE - CRA 18C 59 88S
226
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
8. CURTIEMBRE - CRA 18A 58 73S
9. CURTIEMBRE - CRA 18A 58A 36S
10. CURTIEMBRE - CRA 18C 59 23 S
- Operativo 05 de Diciembre de 2014
1. RAWHIDEPRODUCTS SAS Cr 19 a No 59 - 45 sur
2. INDUSTRIAS CARSED Cl 59 b sur No 18 b 16
3. CURTIEMBRE TAYRONA Cl 59 b sur No 13f 64
4. MASCOTAS DE COLOMBIA Cr 16 No 58 - 60 sur
5. CURTIEMBRE Cra 17 59-38 Sur
6. CURTIEMBRE Cra 18 B 58A-29 Sur
7. CURTIEMBRE LIMPIELES S.A.S CL 59 B SUR 16 B 57
8. CURTIEMBRES ARIAS CRA 17 59 - 56 SUR
9. CURTIEMBRES UNIVERSAL CL 59 A SUR 16 - 25
Cabe aclarar que dichas actividades, no cuentan con trámites de carácter permisivo o
registros ante ésta autoridad ambiental, por lo que se infiere que las descargas
industriales generadas son consideradas clandestinas.
La Secretaría Distrital de Ambiente, para el primer trimestre de 2015, continuará con
los operativos de control, y dará impulso a los procesos de carácter sancionatorio que
se estimen necesarios para dichas actividades, junto con las medidas preventivas a
que haya lugar. Por otra parte, para el seguimiento en materia permisiva, se dará
impulso procesal a las solicitudes de manera prioritaria respecto a otros trámites.
A mayo de 2015
Intervenciones realizadas
227
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
La Secretaría Distrital de Ambiente a través de la Subdirección de Recurso Hídrico y
del Suelo – SRHS ha continuado año tras año adelantando las acciones tanto
técnicas como jurídicas con el fin de ejercer las actividades de control y vigilancia en
pro del cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y vigente en materia de
residuos peligrosos y vertimientos no domésticos. Dichas acciones pueden dar lugar a
la imposición de medidas preventivas, sanciones y medidas compensatorias, de
conformidad con lo consagrado en los artículos 31, 36 y 40 de La Ley 1333 del 2009.
ACTUACIONES TÉCNICAS
En cumplimiento a la sentencia del río Bogotá en relación con el sector curtiembres
del barrio San Benito por el cual se ordena incrementar el ejercicio de control sobre
estos usuarios, la Secretaría Distrital de Ambiente a través de la Subdirección del
Recurso Hídrico y del Suelo ha programado y ejecutado las siguientes actividades:
- Actuaciones técnicas relacionadas con la evaluación, control y/o seguimiento
en materia de vertimientos y residuos peligrosos a los siguientes tramites y
usuarios relacionados a continuación:
SRHS Cuenca Río Tunjuelo 2015
No. MES General Productos
PROCESO EN LA
ENTIDAD
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL ESTADO SALIDA FECHA
1 Enero 2923855 SAN BENITO - CUEROS CALIZ Finalizado 2015EE30524 23/02/2015
2 Enero 2971591 SAN BENITO - MORENO PULIDO ISAIAS - CURTIEMBRES MORENO
Pendiente --- ---
3 Enero 2855073 SAN BENITO - CURTIEMBRE FERNANDO BLANDON PINEDA
Finalizado 2015EE48972 24/03/2015
4 Enero 2855073 SAN BENITO - CURTIEMBRE FERNANDO BLANDON PINEDA
Finalizado 2015IE48971 CTE2721
24/03/2015
5 Enero 2868089 SAN BENITO - WILMAR SANTAMARIA GOMEZ - CURTIDOS BELYS
Finalizado 2015IE48955 CTE2718
24/03/2015
6 Enero 2868089 SAN BENITO - WILMAR SANTAMARIA GOMEZ - CURTIDOS BELYS
Finalizado 2015EE48956 24/03/2015
7 Enero 2923820 SAN BENITO - NELSON ENRIQUE SALAZAR VERA - ECOPIELES Y SERVICIOS S.A.S.
Finalizado 2015EE30533 23/02/2015
8 Enero 2935620 SAN BENITO - LUIS EDUARDO TORRES - CURTIEMBRES KATHERIN
Finalizado 2014EE088094 29/12/2014
9 Enero 2935617 SAN BENITO - LEATHER CONFORT LTDA Finalizado 2015EE30534 23/02/2015
228
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
10 Enero 2923857 SAN BENITO - LUIS FERNANDEZ - CURTIEMBRES LUFER
Finalizado 2015EE30539 23/02/2015
11 Enero 2941011 SAN BENITO - ZULMA JASBLEIDY ESPITIA GÓMEZ - NAPAS LUIGI
Finalizado 2015EE30543 23/02/2015
12 Enero 2923862 SAN BENITO - HUMBERTO MARTINEZ - CURTIEMBRES MARTÍNEZ
Finalizado 2015EE30542 23/02/2015
13 Enero 2923844 SAN BENITO - LIDA BOHÓRQUEZ BOHÓRQUEZ - PROCPIELES
Finalizado 2015EE30540 23/02/2015
14 Enero 2923839 SAN BENITO - FRANSISCO VARGAS - CURTIEMBRES SAN FRANSISCO
Finalizado 2015EE30538 23/02/2015
15 Enero 2923826 SAN BENITO - WILSON SALAZAR - CUEROS TERRANOVA
Finalizado 2015EE30536 23/02/2015
16 Enero 2997041 SAN BENITO - CTI FISCALIA GENERAL DE LA NACION - CUEROS TORRENTE
Finalizado 2015IE09258 20/01/2015
17 Enero 2985995 SAN BENITO - INDUSTRIA PROCESADORA DE SEBOS Y PIELES NACIONALES LTDA –
INPROSEPINAL LTDA
Finalizado 2015EE31565 24/02/2014
18 Enero 2942119 SAN BENITO - UNIPROQUIM S.A. Finalizado 2015EE54181 31/03/2015
19 Febrero 2996573 SAN BENITO - CURTIEMBRES JC - JAVIER CUFIÑO
Finalizado 2015IE54172 CTE3224
31/03/2015
20 Febrero 2905487 SAN BENITO - EAB ESP CURTIEMBRES MILAN
Finalizado 2015EE61794 14/04/2015
21 Febrero 2955566 SAN BENITO - CURTIDOS HERMAPIEL Finalizado 2015EE62958 15/04/2015
22 Febrero 2952025 SAN BENITO - LATIN HIDES SAS Finalizado 2015EE30913 24/02/2015
23 Febrero 2965130 SAN BENITO - MANUFACTURAS GERALDINE - CURTIEMBRES SERVILOPEZ - OMAR YESID
LOPEZ
Finalizado 2015IE21016 10/02/2015
24 Febrero 2952022 SAN BENITO - CURTIDOS VILLA FLOR - FLOR HERNÁNDEZ
Finalizado 2015EE61793 14/04/2015
25 Febrero 3000113 SAN BENITO - CURTIEMBRES JK Finalizado 2014EE210132 16/02/2015
26 Febrero 2867665 SAN BENITO - CURTIEMBRES ACORD - CARLOS OBELIO AGUIRRE CRUZ
Finalizado 2015EE62967 15/04/2015
27 Febrero 2991784 SAN BENITO - CURTIEMBRES CONTINENTAL - PROCANPIEL
Finalizado 2015IE47894 20/03/2015
28 Febrero 2970157 SAN BENITO - HECTOR MANUEL GALINDO REINA – CURTIEMBRES GALINDO
Finalizado 2015IE47890 20/032015
29 Febrero 2969430 SAN BENITO - CURTIEMBRES LOZAMORA Y/O RODRIGO LOZADA - CURTIEMBRES
LOZAMORA
Finalizado 2015IE54161 31/03/2015
30 Febrero 3015840 SAN BENITO - CURTIEMBRE - ALVARO MARIN ORDOÑEZ
Pendiente --- ---
31 Febrero 3012910 SAN BENITO - HENRY TRASLAVIÑA TRIANA - CURTIDOS NAPAS CHIGUIRO
Pendiente --- ---
32 Febrero 2967202 SAN BENITO - UAESP CARACTERIZACIONES RESPEL CURTIMEBRES
Finalizado 2015EE62971 15/04/2015
33 Febrero 2993084 SAN BENITO - INDUSTRIA DE CURTIDOS LA SABANA LTDA
Finalizado 2015EE33224 26/02/2015
34 Marzo 3013484 SAN BENITO - CURTIEMBRE JOSÉ ABEL MAZ Finalizado 2015EE46742 19/03/2015
35 Marzo 3013473 SAN BENITO - ALVARO MARIN ORDOÑEZ - CURTIEMBRES MAKRO PIELES
Finalizado 2015EE46738 19/03/2015
36 Marzo 3003981 SAN BENITO - CARLOS AGUIRRE CRUZ - CURTIEMBRES ARCOD
Finalizado 2015EE46723 19/03/2015
37 Marzo 3034759 SAN BENITO - CURTIDOS DEL ORIENTE ahora CURTIEMBRES RL
Finalizado 2015IE48109 20/03/2015
38 Marzo 2857938 SAN BENITO - WILLIAM MALDONADO SILVA - CURTIEMBRES MALDONADO JESHUA
Finalizado 2015EE48110 20/03/2015
39 Marzo 3033504 SEGAE SAN BENITO CURTIEMBRES Finalizado 2015IE44012 16/03/2015
40 Marzo 3036848 ALCALDIA LOCAL PETICIONARIO - CURTIEMBRES SAN BENITO
Finalizado 2015EE46106 18/03/2015
41 Marzo 3036848 ALCALDIA LOCAL - CURTIEMBRES SAN BENITO
Finalizado 2015EE46107 18/03/2015
42 Marzo 3036548 SAN BENITO - SOLICITUD DEVOLUCION PAGO - CUERTIEMBRES CÁLIZ
Finalizado 2015EE46108 18/03/2015
43 Marzo 3043922 SEGAE - SAN BENITO CURTIEMBRES Finalizado 2015EE49544 25/03/2015
44 Marzo 2965971 SAN BENITO - JOSE ABEL MAZ MEDINA - Finalizado 2015EE50184 25/03/2015
229
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
CUERTIEMBRES JOSÉ ABEL MAZ
45 Marzo 2974100 SAN BENITO - POLICIA NACIONAL - INPROSEPINAL, Curtiembres Turin antes Curtiembres curtipieles RYR, Curtiembres
Factory Leather Ricob
Finalizado 2015EE51282 26/03/2015
46 Marzo 3051556 SAN BENITO - MÓNICA FERNANDEZ BERNAL - CURTIDOS CATERIN
Finalizado 2015EE54257 31/03/2015
47 Marzo 3018456 SAN BENITO - CURTIEMBRES NIAMPICUEROS - CL 59 SUR 18 B 22
Finalizado 2015EE54262 31/03/2015
48 Marzo 2942119 SAN BENITO - UNIPROQUIM S.A. Finalizado 2015EE54181 31/03/2015
49 Abril 3064927 SAN BENITO - ALCALDIA LOCAL - TECNO LEATHER
Finalizado 2015EE61787 14/04/2015
50 Abril 3032608 SAN BENITO - PROCESADORA DE MATERIAS PRIMAS S.A. – PMP, Sede COLACEITES -
EDWIN PARRAGA MORALES
Finalizado 2015EE62864 15/04/2015
51 Abril 3051326 SAN BENITO - CURTIDOS CATERIN antes CURTIEMBRES YAZMIN - MONICA CATERIN
FERNANDEZ BERNAL
Pendiente 2015IE67924 22/04/2015
52 Abril 3053030 SAN BENITO - BIOGRAS S.A.S. - DIEGO ANDRÉS TERRIOS
Pendiente 2015IE68856 23/04/2015
53 Abril 3050173 SAN BENITO - C.I. ALINTER S.A.S - Arbens Doncel Agudelo
Pendiente 2015IE68846 23/04/2015
54 Abril 3050858 SAN BENITO - CURTIEMBRES TURIN antes CURTIPIELES RYR - CARLOS ANTONIO
POVEDA GARZÓN
Finalizado 2015IE66504 21/04/2015
55 Abril 3050858 SAN BENITO - CURTIEMBRES TURIN antes CURTIPIELES RYR - CARLOS ANTONIO
POVEDA GARZÓN
Finalizado 2015EE66505 21/04/2015
56 Abril 3034789 SAN BENITO - CURTIEMBRES SOLOCARNAZA - OSCAR ENRIQUE
MONTENEGRO BARRERO
Finalizado 2015IE69567 24/04/2015
57 Abril 3048310 SAN BENITO - CURTIEMBRE VARMEN - Vargas Ávila Juan
Finalizado 2015IE65980 20/04/2015
58 Abril 2300090 SAN BENITO - CURTIDOS VILLAFLOR Antes CURTIDOS ZULEY
Aprobación --- ---
59 Abril 2297882 SAN BENITO - INDUSTRIA DE CURTIDOS LA SABANA LTDA - HUMBERTO ARMANDO
FERNANDEZ MONTENEGRO
Finalizado 2015IE73907 30/04/2015
60 Abril 3013738 SAN BENITO - CURTIEMBRES JOSE ABEL MAZ - MAZ MEDINA JOSE ABEL
Finalizado 2015IE67919 22/04/2015
61 Abril 3070809 SAN BENITO - SEBOS Y GRASAS EL CASTILLO JC - VIANEY YANVIDY LÓPEZ
URREGO
Finalizado 2015EE67060 21/04/2015
62 Abril 3056562 SAN BENITO - CURTIDOS Y MANUFACTURAS LIZARTH - ARISTÓBULO LIZARAZO CUFIÑO
Finalizado 2015EE67064 21/04/2015
63 Abril 3018025 SAN BENITO - CURTIEMBRES KATERIN - LUIS EDUARDO TORRES
Finalizado 2015EE72104 28/04/2015
64 Abril 2953886 SAN BENITO - C.I. INPIELES LTDA. - ARAMANDO FARFÁN FARFÁN
Finalizado 2015EE72095 28/04/2015
65 Abril 3013421 SAN BENITO - CURTIEMBRE ALVARO MARÍN - ALVARO MARÍN ORDOÑEZ
Finalizado 2015EE72355 29/04/2015
66 Abril 3017058 SAN BENITO - AUTOLAVADO SPEED MAX - YEIMY YADIRA RODRIGUEZ MARTINEZ
Finalizado 2015EE72378 29/04/2015
67 Abril 3021469 SAN BENITO - UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA - LUIS EDUARDO MALAVER
Finalizado 2015EE72331 29/04/2015
68 Abril 2881732 SAN BENITO - COLCUEROS S.A. - JUAN CARLOS URIBE LÓPEZ
Finalizado 2015EE72069 28/04/2015
69 Mayo 3087527 SAN BENITO - CONSULTA GENERAL Finalizado 2015EE75113 04/05/2015
70 Mayo 3053070 SAN BENITO - EMILIO JOSE PRIETO CASALLAS
Finalizado 2015IE89627 25/05/2015
71 Mayo 3053090 SAN BENITO - CURTIEMBRES CALIZ. - HECTOR HELI CASTRO BUITRAGO
Finalizado 2015IE89897 25/05/2015
72 Mayo 3053055 SAN BENITO - CUEROS TERRANOVA - WILSON HUMBERTO SALAZAR VERA
Finalizado 2015IE97997 03/06/2015
73 Mayo 3053046 SAN BENITO - LATIN HIDES S.A.S - OLGA Finalizado 2015IE97996 03/06/2015
230
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
ELIZABETH BALLÉN PÉREZ
74 Mayo 3068042 SAN BENITO - CURTIDOS PIEL ARTE - María Maldonado Guío
Finalizado 2015IE85728 19/05/2015
75 Mayo 3068042 SAN BENITO - CURTIDOS PIEL ARTE - María Maldonado Guío
Finalizado 2015EE85729 19/05/2015
76 Mayo 3052728 SAN BENITO - CURTIEMBRES MILAN LTDA - JUAN LEONARDO LIZARAZO
Finalizado 2015IE89665 25/05/2015
77 Mayo 3078476 SAN BENITO - BIOGRAS S.A.S. - DIEGO ANDRES TERRIOS
Finalizado 2015EE82592 13/05/2015
78 Mayo 3079790 SAN BENITO - CARMELO GILBERTO GONZÁLEZ GÓMEZ
Finalizado 2015IE90088 25/05/2015
79 Mayo 2859800 SAN BENITO - GRUPO INDUSTRIAL BERNA S.A.S - MAURO ARMANDO CASALLAS VERA
Finalizado 2015EE87210 20/05/2015
80 Mayo 3080787 SAN BENITO - CURTIMORA - JOSÉ CALIXTO MORA CONTRERAS
CURTIEMBRE JR - CURTIDOS JR CURTIDO MANUFACTURA LIZART
CURTIPIEL - RAMIRO RAMÍREZ
Finalizado 2015EE87238 20/05/2015
81 Mayo 3079236 SAN BENITO - SCAAV - SERVICIOS TORO - FERNEY TORO LOPEZ
Finalizado 2015IE89839 25/05/2015
82 Mayo 3085455 SAN BENITO - EAB ESP CURTIEMBRES Finalizado 2015EE83514 14/05/2015
83 Mayo 3079236 SAN BENITO - FERNEY TORO LOPEZ - SERVICIOS TORO
Finalizado 2015IE89839 25/05/2015
84 Mayo 3083885 SAN BENITO - CURTIDOS YOVANNY MAZ MEDINA - YOVANNY MAZ MEDINA
Finalizado 2015IE86360 20/05/2015
85 Mayo 3095519 SAN BENITO - INPROSEPINAL LTDA - INDUSTRIA PROCESADORA DE SEBOS Y
PIELES NACIONALES LTDA
Finalizado 2015IE89664 25/05/2015
86 Mayo 3013438 SAN BENITO - CURTIEMBRE JOSE ABEL MAZ Finalizado 2015EE92602 27/05/2015
87 Mayo 2886134 SAN BENITO - INDUSTRIA CURTIDORA DE SANTA ROSA DE VITERVO S.A.S. - JESUS
ALBERTO CORREDOR PEDRAZA
Finalizado 2015EE92590 27/05/2015
88 Mayo 2910515 SAN BENITO - CURTIDOS BELYS - WILMAR SANTAMARÍA GÓMEZ
Pendiente --- ---
89 Junio 3107423 SAN BENITO - CUEROS TERRANOVA - WILSON HUMBERTO SALAZAR VERA
Aprobación --- ---
90 Junio 3107423 SAN BENITO - CUEROS TERRANOVA - WILSON HUMBERTO SALAZAR VERA
Aprobación --- ---
91 Junio 3108079 SAN BENITO - CURTIEMBRES RAMON RICO - RICO FERNANDEZ RAMON
Finalizado 2014EE218055 25/05/2015
92 Junio 3108079 SAN BENITO - CURTIDOS TAYRONA - VARGAS SERRANO GLORIA ELCY
Aprobación --- ---
93 Junio 3110280 SAN BENITO - CURTIEMBRES ALEXANDRA/CURTIEMBRES J.R. RAMÍREZ -
CARLOS RAMÍREZ POVEDA
Aprobación --- ---
94 Junio 3110972 SAN BENITO - CURTICARNAZAS Y SEGURIDAD INDUSTRIAL J.R. - CARLOS
JULIO RAMÍREZ HERNÁNDEZ
Finalizado 2015IE98864 04/06/2015
95 Junio 3035947 SAN BENITO - INDUSTRIA DE CURTIDOS LA SABANA LTDA - HUMBERTO ARMANDO
FERNÁNDEZ MONTENEGRO
Numeración --- ---
4.68. AL CONSEJO ESTRATEGICO DE CUENCA HIDROGRAFICA –
CECH. Informe sobre los avances para identificar e implementar el sistema
231
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
de auditoría ambiental, bajo los parámetros señalados en la parte motiva de
la sentencia.
Avance: La Secretaría Distrital de Ambiental, entidad que hace parte del CECH,
cumpliendo con el compromiso manifestado para contribuir con el acatamiento de la
presente orden, contrató una profesional que lidera, articula y coordina el equipo de
delegados de las diferentes entidades que conforman el CECH quienes tienen a su
cargo la identificación del Sistema de Auditoría Ambiental (SAM) en el marco de la
sentencia y a su vez, entre otras, formular los lineamientos que establezcan los
objetivos medioambientales y los procesos necesarios que traerán como resultado la
recuperación y protección del Río Bogotá.
El SAM está pensado como un instrumento de gestión ambiental que vincule
elementos de auditoría ambiental convencional y mecanismos de seguimiento,
monitoreo y control y que a su vez permita obtener una retroalimentación y
mejoramiento continuo de los procesos y/o actividades que no están siendo efectivas.
Vale la pena aclarar, que este sistema obedecerá a lo establecido en la sentencia o
determinará la pertinencia del mismo.
Es importante mencionar que este sistema no pretende evitar o sustituir los
mecanismos para el control de los recursos con destino a la gestión integral de la
cuenca ni implementar los instrumentos de auditoría, control preventivo y disciplinario
a cargo de la Contraloría General de la República y Procuraduría General de la
Nación.
El objetivo del sistema es brindar transparencia, efectividad y credibilidad del proceso
de recuperación del Río Bogotá, donde su acceso sea de carácter público y fiable. A
pesar de que estos sistemas son implementados en su mayoría en el sector
productivo e industrial (a nivel empresarial) sería posible diseñarlo orientado hacia un
tipo de ―política pública de exigible cumplimiento‖ para las entidades gubernamentales
232
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
que mida los resultados obtenidos a corto, mediano y largo plazo, el impacto de las
medidas implementadas y la gestión realizada para el logro de los objetivos.
Consecuentemente con lo anterior se realizó la presentación del contexto general de
lo que sería la definición del sistema de auditoría ambiental, se está organizando el
equipo de delgados con el liderazgo de la Secretaría Distrital de Ambiental.
Por otra parte se estableció el plan de trabajo que se desarrollará en tres grandes
pasos, el primero de ellos es el diagnóstico que incluya la línea general de los
componentes de la auditoría ambiental, el segundo sería la formulación de
alternativas de la estructura de la auditoría ambiental y la tercera la definición del
sistema de auditoria.
4.69. A LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR Y AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Y
AL DISTRITO CAPITAL. Informe sobre la adopción del Plan Estratégico
Nacional de Investigación Ambiental para la realización de una gestión
eficiente y eficaz, orientada a la sostenibilidad ambiental de la cuenca
hidrográfica del río Bogotá, bajo los parámetros señalados en la parte
motiva.
Avance: El Distrito cuenta con el Plan Distrital de Investigación Ambiental adoptado
mediante Resolución 6562 de diciembre 16 de 2011 para un periodo de 2012-2019.
El Plan de Investigación Ambiental de Bogotá (PIAB) recoge el Plan Estratégico
Nacional de Investigación Ambiental (PENIA) porque se encuentra debidamente
armonizado bajo la misma lógica y similares temáticas priorizadas. Es decir, la
formulación del PIAB utilizó la misma metodología de formulación técnica y
participativa, así como el proceso respectivo de priorización, bajo la lógica de
estructurarse en Programas Estratégicos Temáticos -PET-, y, Programas Estratégicos
Instrumentales.
233
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Así las cosas, el PIAB contiene seis (6) líneas de investigación muy similares a los del
PENIA -ver abajo-, adoptados por resolución y debidamente armonizados con los del
PENIA. Estas seis líneas se constituyen en los siguientes PET´s:
El PET 1: Caracterización, conservación y restauración del patrimonio ambiental de
Bogotá.
El PET 2: Cambio climático.
El PET 3: Ordenamiento y planeación del manejo del territorio para el
aprovechamiento sostenible de sus recursos.
El PET 4: Salud ambiental, identificación, prevención y gestión de riesgos derivados
de fenómenos naturales y antrópicos que impactan la calidad de vida y salud de la
población.
El PET 5: Innovación, desarrollo y adaptación de tecnologías para aprovechar
sosteniblemente la oferta ambiental y mejorar la calidad ambiental.
El PET 6: Educación, participación y evaluación de la gestión ambiental.
A su vez, los PET´s del PENIA son:
PET 1. Caracterización de la estructura y dinámica de la base natural de Bogotá
PET 2. Conservación y restauración del patrimonio ambiental de Bogotá
PET 3. Ordenamiento y planeación del manejo del territorio para el aprovechamiento
sostenible de sus recursos
PET 4. Identificación, prevención y gestión de riesgos derivados de fenómenos
naturales y antrópicos
234
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
PET 5. Innovación, desarrollo y adaptación de tecnologías para aprovechar
sosteniblemente la oferta ambiental y prevenir o mitigar los impactos ambientales de
las actividades socioeconómicas
PET 6. Evaluación y seguimiento de la política y la gestión ambiental
Son evidentes las cercanías temáticas de ambos planes, al punto que puede
afirmarse por tanto que el PIAB adopta las directrices del PENIA.
Cada una de estos PET´s, tiene asociado una serie de proyectos. Dentro de las metas
para el cuatrenio (2012-2016), se tiene previsto en el PIAB iniciar la ejecución de seis
(6) iniciativas o proyectos del plan que contribuyan a la mejora en las condiciones
ambientales y la toma de decisiones de política pública.
Entre ellas, y las directamente relacionadas con la gestión del agua en el Distrito
Capital, se encuentran tres proyectos a resaltar. Por una parte, el convenio de
Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible, y contempla la generación de conocimiento
para la mejora de la capacidad del sistema pluvial en Bogotá de captar y liberar agua,
a través del diseño e implementación de seis (6) pilotos en la ciudad. Dicho convenio
se adelanta en asocio con la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá
(EAAB), la Universidad de los Andes y la Secretaria Distrital de Ambiente.
Finalmente, se cuenta con un espacio de coordinación inter-institucional a nivel
Distrital, donde se conforma la Comisión Distrital de Ciencia, Tecnología e Innovación
-CODICITI-, y cuyo objetivo es la construcción, en consenso con los actores del
Distrito Capital, de la visión prospectiva para desarrollar en el corto, mediano y largo
plazo, para lograr una capacidad endógena de ciencia y tecnología como base para
una gestión competitiva en las organizaciones públicas y privadas, creando las
condiciones de generación, difusión y utilización del conocimiento, que incrementen la
productividad y mejoren la calidad de vida de sus habitantes. Es en este escenario
235
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
donde confluyen las diferentes entidades distritales para planificar y ejecutar los
respectivos planes de investigación, entre ellos el ambiental.
A mayo de 2015
Los convenios con la Secretaria de Ambiente de la ciudad de Stuttgart sobre gestión
de sitios contaminados, y, el de indicadores de cambio climático con ONU Hábitat,
fueron ambos firmados en el mes de diciembre de 2014, para así realizar avances a lo
largo del 2015 en ambos temas, los cuales fueron priorizados en el Plan de
Investigaciones en sus respectivas líneas. Se realizó el primer taller de intercambios
técnicos en la ciudad de Stuttgart sobre gestión de sitios contaminados en Bogotá,
para determinar los aspectos críticos y necesidades precisas en términos de la
definición conceptual de la investigación y su respectiva aplicación en la ciudad de
Bogotá, que redundará en una norma de suelos contaminados, y la generación de
capacidades en la aplicación de tecnologías in-situ y ex-situ de remediación de
suelos, entre otros aspectos claves para el desarrollo de un catastro de suelos
contaminados para Bogotá.
A corte de Mayo de 2015 contamos con los siguientes proyectos de investigación:
―Evaluación costo efectiva de alternativas de manejo de residuos de retamo‖. En
desarrollo por el Jardín Botánico –JBB y la Secretaría Distrital de Ambiente.
4.70. A LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA - CAR, AL DISTRITO CAPITAL Y A LOS MUNICIPIOS
DE VILLAPINZÓN Y CHOCONTÁ. Informe sobre los mecanismos
empleados para incorporar el Programa Nacional de Producción más limpia
en el sector productivo de la región.
Avance: Desde el año 2010, la Secretaría Distrital de Ambiente estructuró el
Programa de Gestión Ambiental Empresarial, el cual consta de cinco niveles de
236
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
evolución empresarial, iniciando con el básico – ACERCAR, en el cual se realiza
acompañamiento a los empresarios para facilitar el cumplimiento de la normativa
ambiental.
Dentro de este Programa, el nivel 2 se denominó Producción Sostenible, el cual
recogió toda la experiencia de los Acuerdos de Producción más Limpia, así como los
mismos Programas de Producción más Limpia y los integró en un contexto más
amplio para facilitar al empresario la implementación de proyectos de producción más
limpia.
De esta manera, esta Autoridad Ambiental incorporó el tema de producción más
limpia desde el año 2010 y anteriormente, entre los años 2004 y 2009 desarrolló
Acuerdos Sectoriales de Gestión Ambiental Empresarial, bajo los lineamientos de los
Acuerdos de Producción más Limpia establecidos por el entonces Ministerio de Medio
Ambiente. Igualmente, el Programa de Gestión Ambiental Empresarial se ha
desarrollado bajo los lineamientos de la Política Nacional de Producción y Consumo
Sostenible, la cual en el año 2010 reemplazó la Política Nacional de Producción más
Limpia.
Para el año 2014, en el segundo nivel – Producción Sostenible – se tuvo la inscripción
de 119 empresas (se anexan actas de compromiso) y se desarrollaron 13 talleres de
formación (se anexa plan de capacitación y actas de asistencia), teniendo como
resultado la aprobación de este nivel por parte de 89 empresas. Para el año 2015, a la
fecha, se tiene la inscripción de 55 empresas para dar inicio a un nuevo ciclo de
capacitaciones en Producción Sostenible.
A mayo de 2015
Para el año 2015, se postularon al nivel 2 – Producción Sostenible, 148 empresas,
con las cuales, durante el mes de abril se desarrollaron 5 capacitaciones en los
237
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
siguientes temas: lineamientos, matriz de aspectos e impactos, programas
ambientales, producción más limpia y herramienta de indicadores. De este grupo se
seleccionaron los sectores de alimentos, lavaderos de carros, curtiembres y salud
para desarrollar proyectos piloto de producción más limpia durante este año,
proyectos que se encuentran en fase de formulación.
Por otra parte se han desarrollado de manera específica las siguientes actividades:
Alimentos (incluye cárnicos): Se vincularon 12 empresas del sector productivo al
proyecto, se generó una encuesta que fue aplicada a éstas, y con la información
obtenida se definió el alcance y productos a desarrollar para el año 2015,
adicionalmente, se han realizado 7 visitas. Soporte: Informe consolidado empresas
alimentos.
Salud: Se realizó avance en la actualización del Manual de Producción más limpia
para clínicas y hospitales, y a su vez se visitaron 6 hospitales de niveles de
complejidad I, II y III para recolectar información de interés en la publicación. Por otra
parte, se generó una encuesta en línea para obtener comentarios y percepciones del
sector salud en la actualización del manual de P+L. Soportes: Actas de visita de PML
y Avance de la guía PML – Salud.
Lavadero de vehículos: se realizó el levantamiento de la línea base (estado del arte)
para el proyecto de PML y se vinculó una empresa y una universidad al mismo.
Soportes: cartas de intención UniSalle y Plaza de las Américas.
Curtiembres: se realizaron 2 socializaciones con los empresarios del sector de San
Benito para presentar el plan de acción del año 2015, los días 27 de marzo y el 05 de
mayo, Para esto se distribuyeron cartas de invitación puerta a puerta en el sector
industrial del barrio San Benito, de las cuales asistieron 90 empresas.
238
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Paralelamente, se realizaron 135 visitas de diagnóstico e identificación de
generadores de residuos peligrosos, los cuales fueron invitados también a la
socialización mencionada anteriormente.
Para el proyecto de PML se han vinculado 16 empresas del sector curtiembres y se
remitió la invitación a participar a 25 distribuidores/vendedores de insumos químicos.
4.70. AL DISTRITO CAPITAL. Informe sobre las medidas adoptadas para el
mejoramiento del desempeño ambiental de las curtiembres con el apoyo del
programa de la ventanilla ambiental ACERCAR – Asistencia Técnica
Ambiental para la Pequeña y Mediana Empresa.
Avance: Durante los años 2001 a 2005, esta autoridad ambiental, a través de la
ventanilla ambiental ACERCAR, operada entonces por la Cámara de Comercio de
Bogotá, desarrolló un plan de capacitaciones al sector curtiembres de San Benito.
Posteriormente, durante los años 2006 a 2009 se adelantó un programa de formación
en Producción más Limpia para este sector, orientado a la conformación del Parque
Industrial Ecoeficiente de San Benito.
A partir de ese momento la estrategia para este sector se centró en el control. No
obstante lo anterior, para el año 2015 y en cumplimiento de lo ordenado por el fallo,
se está diseñando un modelo de acompañamiento denominado Acercar Express,
dado que se ajusta específicamente para un sector, para el cual se tomará el modelo
que se ha diseñado para el sector salud (se anexa propuesta Acercar Express para
sector Salud).
A mayo de 2015
239
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
De acuerdo con lo anterior, durante el mes de marzo se formuló el programa de
Acercar Express para el sector curtiembres y en el mes de abril se realizó la
convocatoria, la cual se encuentra publicada en la página de la entidad:
www.ambientebogota.gov.co, - programas y proyectos – Gestión Ambiental
Empresarial. A la fecha se han recibido 31 solicitudes de inscripción al programa.
El modelo ACERCAR EXPRESS fue apropiado para desarrollar con las curtiembres
localizadas en el barrio San Benito. La primera fase consistió en invitar a los
empresarios, por medio de comunicados escritos, para participar en la reunión que se
llevó a cabo el 05 de mayo, a las 10 am, en las instalaciones del salón comunal del
sector, ubicado en la calle 57 Sur # 18ª – 19. En ésta se socializó el proyecto
ACERCAR EXPRESS dando a conocer la operación y alcance. Las inscripciones para
vincularse estuvieron abiertas hasta el 08 de mayo.
Producto de esta convocatoria, se logró la inscripción de 80 establecimientos al
programa. En el desarrollo de la segunda fase se ha realizado el 90% de las visitas a
las empresas inscritas, en donde se levantó información del establecimiento,
actividades del proceso, aspectos ambientales y cumplimiento normativo por
publicidad exterior visual, emisiones atmosféricas por fuente fija de combustión,
vertimientos no domésticos, residuos peligrosos y RUA. Las restantes visitas serán
culminadas en la semana del 25 al 29 de mayo.
La tercera fase correspondiente a la asistencia técnica se dará en tres jornadas de
capacitación, con el apoyo de la Subdirección del Recurso hídrico y del Suelo, y los
profesionales de la Subdirección de Ecourbanismo y Gestión Ambiental Empresarial -
SEGAE:
TEMA DE CAPACITACION FECHA HORA
VERTIMIENTOS NO DOMÉSTICOS
REGIMEN SANCIONATORIO
28 DE MAYO 9:00 A.M – 12:00 M
240
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
RESIDUOS PELIGROSOS Y DE
POSTCONSUMO
DESCLASIFICACION DE LODOS
RUA-SECTOR MANUFACTURERO
4 DE JUNIO 9:00 A.M – 12:00 P.M
EMISIONES FIJAS POR
COMBUSTIÓN.
PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA
11 DE JUNIO 9:00 A.M – 12:00 M
Estas capacitaciones se dictarán en el salón comunal del sector, ubicado en la calle
57 Sur # 18ª – 19.
La cuarta fase, elaboración de informes, se ejecutará una vez se haya culminado el
plan de capacitaciones. El informe incluirá el resultado de la visita diagnóstico y la
asistencia a capacitaciones.
4.71. AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, AL DISTRITO
CAPITAL - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y A LOS MUNICIPIOS DE
LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO BOGOTÁ. Informe sobre la
inclusión en los Proyectos Ambientales Escolares - PRAES - el
capítulo de reciclaje.
Avance: La Secretaría de Educación del Distrito (SED) y la Unidad Administrativa
Especial de Servicios Públicos (UAESP), firmaron el 19 de octubre de 2012, un
convenio de cooperación, que tiene como objeto ―Desarrollar de manera conjunta
entre la UAESP y la SED programas, proyectos y acciones pedagógicas de
Educación Ambiental en relación con el adecuado manejo de residuos sólidos al
interior de los colegios y la comunidad educativa en el Distrito Capital, en el marco del
Programa Bogotá Basura Cero del Plan de Desarrollo Distrital (PDD) 2012–2016 de
Bogotá Humana‖, como aporte a la Meta Nº. 1 del PDD Bogotá Humana (Art.30), y en
cumplimiento del Auto 275 del 2011.
Desde la misionalidad de la SED, el fortalecimiento académico, el objeto de dicho
convenio y el Proyecto de Educación para la Ciudadanía y Convivencia y Ciudadanía
241
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
(PECC), en la cual se promueven procesos pedagógicos que aporten en la formación
de ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables, empoderados frente al
reconocimiento y protección de los territorios ambientales, con capacidad de gestión e
intervención en los procesos de educación ambiental, se han dinamizado acciones de
divulgación y promoción de normas relacionadas con el manejo adecuado de residuos
sólidos en colegios oficiales, armonizadas con los Proyectos Ambientales Escolares
PRAE. Proceso, cuyas evidencias se han recogido en informes trimestrales del 2013
al 2014.
Los compromisos (Clausula Sexta) de la SED en el convenio son:
a. Aportar en la elaboración de propuestas pedagógicas relacionadas con el manejo
adecuado de los residuos sólidos, separación en la fuente, consumo responsable, etc.
b. Apoyar en la ejecución a través de la promoción con las Direcciones Locales de
Educación y en los colegios del D.C.
c. Promover la participación de los estudiantes como sujetos activos multiplicadores
de conocimiento en las comunidades educativas de los colegios públicos y privados
en los procesos que adelantan en el marco del programa Bogotá Basura Cero
establecido en el Plan de Desarrollo Bogotá Humana.
d. Aportar los recursos humanos, físicos y técnicos que se requieran para el
cumplimiento del objeto del convenio, dentro del ámbito de sus competencias legales
y estatutarias.
e. Incentivar y fomentar el programa Basura Cero, en los colegios públicos y privados
del Bogotá, para que lo incorporen de acuerdo a los procesos prioritarios que
adelanten.
242
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
f. Colaborar con la UAESP, en la promoción de las acciones afirmativas (mediante
operadores de la UAESP), a favor de la población de recicladores, dentro del marco
de la autonomía de los colegios del Distrito.
2. De los planes de acción, en el informe se solicitaron (Solicitud de plan de
acción de PRAE 2015, a colegios oficiales del D.C.)
En el mes de noviembre de 2014, la SED envió el formato de plan de acción PRAE,
para diligenciar en el mes de febrero de 2015, y solicitó su entrega para la primera
semana de marzo de 2015.
Dicho plan, permite a la SED, realizar el seguimiento a los PRAE, y la inclusión de los
diferentes temas de ciudad, como es el caso del manejo adecuado de residuos
sólidos.
De igual forma, se solicitó a cada institución oficial radicar su único documento PRAE,
en forma digital (en CD o DVD), en el segundo semestre de 2015, como parte de la
actualización anual; éste dará cuenta del desarrollo del proceso pedagógico planteado
en el Plan de Acción en todas sus dimensiones relacionadas con la formación de
ciudadanos y ciudadanas ambientales, incluyendo las acciones efectuadas en los
temas de interés para la ciudad, de acuerdo con el Plan de Desarrollo, tales como:
cambio climático, bienestar y protección animal, sistema hídrico, manejo integral de
residuos sólidos. Esta última temática, deberá incluirse como un capítulo en el PRAE
(según fallo del Consejo de Estado a favor del Río Bogotá).
De los 358 colegios oficiales, 218 enviaron a la SED, dicho plan de acción PRAE
2015, en el mes de abril de 2015, a la fecha se están consolidando los demás. Los
puntos relevantes se direccionan desde 3 ejes: educación ambiental, participación
dentro y fuera del colegio y aspectos biofísicos o ecosistémica. En este sentido los
colegios evidencian en estos planes de acción 2015 las actividades, donde
243
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
predominan las relacionadas con el manejo adecuado y minimización de residuos
sólidos (separación en la fuente, huertas –compostaje, eco arte, campañas de
―reciclaje‖, ecofashion, etc.)
4.71. AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, AL DISTRITO
CAPITAL - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y A LOS MUNICIPIOS DE LA
CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO BOGOTÁ. Informe sobre la
expedición del programa educativo para los recicladores y el diseño de la
campaña para crear conciencia en la ciudadanía, de acuerdo con la parte
motiva.
4.71 AL CONSEJO ESTRATÉGICO DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA -
CECH – Y POSTERIORMENTE A LA GERENCIA DE LA CUENCA
HIDROGRÁFICA DEL RÍO BOGOTÁ – GCH – CON EL APOYO DEL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, EL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA Y EL DISTRITO CAPITAL. Informe sobre las actividades
para capacitar a los habitantes de las áreas que integran la cuenca
hidrográfica del Río Bogotá en el manejo de residuos sólidos.
Avance: Las actividades realizadas por la OPEL durante el año 2014 en el marco del
manejo de residuos sólidos incluyen jornadas de limpieza y recuperación de puntos
críticos, plantación de árboles sobre la quebrada Chiguaza en el marco de la
celebración del día mundial del Ambiente, jornadas de sensibilización sobre el manejo
adecuado de residuos sólidos, ecolectas, acciones pedagógicas en los Comedores y
Sectores aledaños a la Quebrada Chiguaza, recorridos interpretativos para la
identificación de problemáticas ambientales en los cuerpos de agua, participación
activa asumiendo la Secretaría Técnica en la mesa insterinstitucional Basura Cero
desde el 28 de febrero de 2014. Con la Subdirección de Integración Social se articuló
el desarrollo de acciones Pedagógicas en Basura Cero por un Consumo Responsable
sensibilizando un total de 1100 personas.
Contexto general de Cumplimiento: La respuesta a dicha sentencia requiere un
enfoque sistémico, interdisciplinario e interinstitucional para abordar la recuperación y
244
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
conservación de la cuenca del Río Bogotá bajo los principios fundamentales del
mejoramiento ambiental y social de la cuenca; articulación y coordinación
interinstitucional; y profundización de los procesos educativos y de la participación
ciudadana.
De lo anterior, la naturaleza de la comisión es intersectorial e interinstitucional. Para la
formalización de esta se realizó una convocatoria formal a las entidades asociadas al
eje de educación y participación:
1. Ministerio de Educación Nacional
2. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
3. Ministerio de Cultura.
4. Ministerio del Trabajo
5. Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR
6. Gobernación de Cundinamarca
7. Policía Nacional Ambiental y Ecológica
8. Secretaría Distrital de Ambiente
9. Secretaría Distrital de Educación
10. Un (1) delegado de las Alcaldías, que tienen Secretarias de Educación
certificadas, cuyos municipios hacen parte del cumplimiento de la sentencia del
Río Bogotá.
A la fecha se han realizado reuniones con una frecuencia de 2 veces al mes,
contemplando una reunión trimestral con todos los actores del eje temático. La
presidencia la ejerce el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría Técnica es
asumida por la Oficina de Participación, Educación y Localidades – OPEL de la
Secretaría Distrital de Ambiente.
En cumplimiento del Fallo en mención, la Oficina de Participación, Educación y
Localidades ha implementado diferentes estrategias en educación ambiental,
acompañamiento, fortalecimiento y apropiación del territorio con grupos,
245
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
organizaciones y comunidades de la ronda del Río. Entre el 2012 y 2014 se han
involucrado más de 436 mil habitantes distribuidos de la siguiente manera:
2012 Segundo semestre: 25.341 habitantes
2013: 143.471 habitantes
2014: 267.570 habitantes
Las actividades realizadas en el 2014 responden a 1.158 acciones pedagógicas, 16
procesos de formación y 79 caminatas. En las 4 aulas que administra la SDA se han
desarrollado 989 acciones pedagógicas y recorridos interpretativos relacionados con
el calendario ambiental y con el tema de gobernanza del agua, resaltando la
importancia del agua como elemento articulador del territorio. Los recorridos
realizados en la zona de nacimiento del río Bogotá (quebradas Hoya del Ramo, El
Piojo, El Chulo, Los Olivos, Morací y las Delicias) resaltan el impacto de la
contaminación de este afluente sobre el Río Bogotá. Adicionalmente, se han
vinculado 175 organizaciones en el desarrollo de acciones de apropiación del
territorio, limpieza de cuerpos de agua y recuperación de puntos críticos.
En el componente de educación ambiental y teniendo como referente la articulación
que se genera en el marco de la CIDEA (Comisión Intersectorial de Educación
Ambiental), se ha buscado dar cumplimiento a la Política Pública Distrital de
Educación Ambiental mediante la implementación de acciones pedagógicas y
procesos de formación en las diferentes Cuencas del Distrito Capital en torno al
reconocimiento, apropiación y recuperación de los diferentes cuerpos de agua
tributarios del Río Bogotá. Se elaboró un Plan de acción de la Comisión, con las
siguientes líneas de acción: Inclusión en los Proyectos Ambientales Escolares -
PRAES - capítulo de reciclaje, Formación ambiental servidores públicos y Calendario
ecológico (día mundial del agua y día del río Bogotá).
Los Cabildos de Gobernanza del Agua (CGA) se enfocan en las principales cuencas y
territorios de la ciudad que incluyen como parte del proceso de sensibilización las
246
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
jornadas de precabildos en el borde norte, el río Bogotá, las cuencas de Salitre, Fucha
y Tunjuelo, los Cerros Orientales, los Humedales, la ruralidad y el Páramo de
Sumapaz.
En estas jornadas se realizaron diagnósticos participativos de las situaciones
ambientales conflictivas en la ronda del Río, se priorizaron las necesidades por parte
de los habitantes y se generaron procesos de apropiación del territorio en los que
participaron habitantes de distintos municipios de la Cuenca. Entre los resultados del
proceso de Precabildos de Gobernanza del agua se generaron 84 jornadas de
sensibilización con un total de 4268 participantes, se realizaron 29 recorridos
interpretativos involucrando 1395 participantes, se realizaron 21 Precabildos
territoriales con 2056 participantes y 43 Cabildos con 5014 participantes. Por su parte,
durante los CGA se desarrollaron acciones pedagógicas como proceso de inclusión
de los habitantes en el ordenamiento del territorio alrededor de los cuerpos de agua.
Se logró la vinculación de diferentes grupos poblacionales y sectores de la ciudad, en
coordinación con la Secretaría de Educación, a través de las Instituciones Educativas
públicas y privadas, Secretaría de Integración Social, a través de los Centros de
Desarrollo Comunitario, Policía Nacional, Ejercito Nacional y Centros Comerciales.
Los resultados de los CGA arrojaron un total de 177 actividades en 20 localidades y
12733 participantes, 505 miembros de comités de control social vinculados, 288
iniciativas consolidadas, 20 comités de control social, 20 expedientes locales de
planeación y seguimiento y 20 cartografías locales desde el Sistema de
Espacialización Ambiental Participativo. A la fecha se han realizado dos encuentros
de Gobernanza del agua, el primero de ellos "La Gobernanza del Agua: Bogotá
Humana y Academia" tuvo lugar el 12 de septiembre de 2014 y el segundo "La
Gobernanza del agua y el cambio climático: Comunidad, Academia e Instituciones" se
realizó el 22 de noviembre de 2014.
En el marco del manejo de residuos sólidos, las actividades realizadas por la OPEL
incluyen jornadas de limpieza y recuperación de puntos críticos, plantación de
árboles, jornadas de sensibilización sobre el manejo adecuado de residuos sólidos,
247
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
ecolectas, recorridos interpretativos para la identificación de problemáticas
ambientales en los cuerpos de agua, participación activa asumiendo la Secretaría
Técnica en la mesa interinstitucional Basura Cero. Adicionalmente se generaron
procesos de vinculación de organizaciones del gremio de las curtiembres con el fin de
sensibilizar frente a la implementación de buenas prácticas ambientales y el consumo
responsable.
La Oficina de Participación, Educación y Localidades OPEL de la SDA, ha participado
activamente y brindado acompañamiento a la Red de Veedurías Ciudadanas por el río
Bogotá y a la Asociación de Usuarios de los Recursos Naturales Renovables del Río
Bogotá (Asurio) en los distintos escenarios regionales que se vienen fortaleciendo con
el fin de aportar al proceso ciudadano de apropiación e intervención en la cuenca.
Con esta articulación se han logrado implementar las estrategias de la política de
educación ambiental con un enfoque regional asumiendo la responsabilidad que le
corresponde al distrito en la recuperación del Río y motivando a la ciudadanía y a las
organizaciones ambientales a asumir un rol activo en defensa del Río. Este tema se
ha manejado en las Comisiones Ambientales Locales y en todas las instancias de
participación ciudadana a las que está vinculada la entidad.
Finalmente, la OPEL cuenta con el programa de participación ciudadana digital como
herramienta virtual que complementa los espacios formativos incidiendo en el
reconocimiento, apropiación y recuperación de la ronda del río. A través de este
programa se ha realizado el acompañamiento, difusión y socialización de las jornadas
de sensibilización desarrolladas en todas las localidades del Distrito.
A mayo de 2015
La Oficina de Participación, Educación y Localidades ha implementado estrategias de
educación ambiental en el territorio distrital, involucrando más de 436 mil habitantes
distribuidos de la siguiente manera: Segundo semestre 2012: 25.341 habitantes,
2013: 143.471 habitantes, 2014: 267.570 habitantes, 2015 Corte 30 de abril: 182.711.
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Las actividades realizadas en las localidades de la ciudad de Bogotá, en 2014 y 2015
(corte 30 de abril) responden a 1.636 acciones pedagógicas, 16 procesos de
formación y 117 caminatas.
En las cuatro aulas que administra la SDA en 2014 se han desarrollado 989 acciones
pedagógicas y recorridos interpretativos relacionados con el calendario ambiental con
las siguientes temáticas: "Huellas de Agua", "Día mundial de la educación ambiental,
contextualización y generalidades del recurso hídrico", "El árbol que no quería morir",
"Agua", "Mil caras territorio biodiverso" "Cuerpo y territorio" "Reconociendo el río
Bogotá" "Somos un gran Humedal", "Ciclo del agua", "Cambia tu mundo", "Cuál es tu
huella Hídrica", entre otros. El Aula Ambiental Artística Itinerante-AUAMBARI, llevó a
cabo, el 25 de abril, la acción pedagógica ―AUAMBARI, Bakata resiste‖, recuento de
saberes ancestrales por la defensa del agua y el cuidado del territorio‖. Todas estas
jornadas han tenido el acompañamiento del programa de Participación Ciudadana
Digital.
4.72. A LA CAR, AL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, AL
DISTRITO CAPITAL A LOS ENTES TERRITORIALES AFERENTES AL
RIO BOGOTA Y A TODOS LOS HABITANTES DE LA CUENCA
HIDROGRÁFICA DEL RÍO BOGOTÁ. Informe las actividades
desarrolladas para realizar la jornada cívica para conmemorar el día mundial
del agua que se celebra el 22 de marzo.
Avance: El D.C. a través de la Oficina de Participación, Educación y Localidades –
OPEL de la SDA, en las aulas ambientales ha desarrollado las siguientes actividades
en el marco de la celebración del Día del Agua, involucrando a más de 4.300
ciudadanos, con las siguientes actividades con corte 30 de abril del 2015.
- Aula Ambiental Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes:
Durante los días 20 y 22 de marzo, 242 participantes entre estudiantes,
249
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
docentes, directivos y padres de familia de las instituciones educativas
distritales Colegio Instituto Técnico Internacional de la localidad de Fontibón e
IED Entrenubes Sur Oriental de la localidad de San Cristóbal, visitaron el aula
ambiental Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes, en donde se
llevó a cabo la Celebración del Día Mundial del Agua ejecutando la acción
pedagógica ―Tejiendo Relación con el Agua‖, la cual tiene por objetivo
sensibilizar a los participantes sobre la importancia del agua como fuente de
vida, como elemento ordenador del territorio y como elemento esencial del
desarrollo sostenible.
- Aula Ambiental Soratama: Durante los días 17, 18, 19, 24, 25 y 26 de marzo
se vincularon 363 personas participantes, entre estudiantes y docentes
integrantes de la comunidad educativa de los colegios Gimnasio Campestre e
IED Cristóbal Colón Sede C.
La actividad con el Colegio Gimnasio Campestre tuvo como objeto sensibilizar
a la comunidad educativa del colegio Gimnasio Campestre (estudiantes de
primaria) sobre la importancia del cuidado del agua, como eje articulador del
territorio, en el marco de la celebración del Día Mundial del Agua; para ello el
equipo pedagógico en el marco del recorrido interpretativo ―Descubriendo la
ruta del sol‖, organizó tres estaciones contextualizando a los participantes
sobre la importancia del agua, como eje articulador del territorio, resaltando los
siguientes aspectos: ciclo hidrológico, Estructura Ecológica Principal y
situaciones ambientales conflictivas alrededor del agua.
Con la Institución Educativa Distrital Cristóbal Colón Sede C se desarrolló la
acción pedagógica ―Soñando el agua de las montañas‖, la cual tuvo como
objeto generar reflexiones colectivas sobre la importancia de conservar y
manejar adecuadamente el agua para el mejoramiento de las condiciones
ambientales locales.
250
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Aula Ambiental Parque Ecológico Distrital de Humedal Santa María del
Lago: El 20 de marzo de 2015 en el Parque Ecológico Distrital de Humedal
Santa María del Lago se desarrolló la acción pedagógica "Recorrido
Interpretativo: Huellas de Agua", con niños y niñas escolarizados del Gimnasio
Los Alerces donde se enfatizó en la construcción del territorio por medio de la
conectividad ecológica presente en los ecosistemas de humedal, reconociendo
la fauna y flora representativa, para promover las buenas prácticas ambientales
que permitan su conservación. Posteriormente, se implementaron varias
acciones pedagógicas complementarias con relación a la celebración del Día
Mundial del agua: ―Contemos historias con los teatrinos ambientales‖,
―armando el cuidado del agua‖ y finalmente se desarrolló un concurso de
pintura de acuerdo a lo establecido en la Naciones Unidas donde los
estudiantes plasmaron la relación del desarrollo sostenible con otros sectores
con el siguiente mensaje: "Desarrollo Sostenible, agua y…" (agricultura,
industria y energía, sector doméstico, ciudades y ecosistemas).
De manera alterna, se realizaron acciones pedagógicas con un grupo de
jóvenes escolarizados de la Universidad de Uniminuto, implementando la
acción pedagógica "¿Cuál es tu huella hídrica?" con el objetivo de establecer el
concepto de huella hídrica y promover buenas prácticas sostenibles con
relación al gasto de agua para la producción de los alimentos.
Consecutivamente, la empresa privada Hanna Instruments realizó una
actividad teórico- práctica "Contaminación Hídrica y potabilidad del agua"
realizó una toma de muestras del Humedal Santa María del Lago para medir
los parámetros de potabilidad y acidez del cuerpo de agua causadas por
acciones antrópicas, estas actividades fueron ejecutadas con grupo de jóvenes
de la Universidad de Uniminuto, esta actividad se coordinó con la
administración del humedal realizada por la Subdirección de Ecosistemas y
Ruralidad.
251
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
- Aula Ambiental Parque Mirador de los Nevados: La celebración del Día
Mundial del Agua en el Parque Mirador de los Nevados estuvo enmarcada en
el río Bogotá y sus afluentes del Distrito. Se realizó un concurso de pintura
llamado ―Piensa bonito, revive tu Río‖ basado en las indicaciones dadas del
equipo pedagógico, en el cual 134 niños, niñas y adolescentes del Liceo Chicó
Campestre aprendieron características particulares de cada una de las
cuencas tales como el lugar de nacimiento, las localidades por las que fluye, la
fauna asociada y las situaciones ambientales conflictivas que se presentan en
cada una. Se trabajó en las cuencas del Salitre, Fucha y Tunjuelo, además se
hizo énfasis en la importancia de la recuperación de la cuenca del Río Bogotá.
- Aula ambiental artística itinerante – AUAMBARI: Durante los días 16, 17,
18, 20, 22 y 27 de marzo, se involucraron 3514 participantes entre estudiantes
y docentes del Colegio Centro Integral José María Córdoba IED de la localidad
de Tunjuelito y El Portal Fundación de la localidad Rafael Uribe Uribe;
Comunidad general del barrio La Estrella en el marco del encuentro ―VIVO
CIUDAD BOLIVAR 2015‖ y Comunidad general visitante del Humedal de
Techo, en donde se llevó a cabo la celebración del Día Mundial del Agua
ejecutando la acción pedagógica ―Conozcamos como se ordena el territorio
alrededor del agua en el Distrito Capital‖ la cual tiene por objetivo identificar los
territorios ambientales del Distrito Capital y reconocer la importancia de
ordenarnos como ciudad alrededor de los espacios del agua.
Se ha fortalecido el enfoque de Gestión Ambiental Territorial mediante la
caracterización de la ronda del río Bogotá como uno de los 8 territorios
ambientales del Distrito.
Se ha promovido la seguridad de los habitantes de la ronda desde la gestión
del riesgo por medio de la divulgación y sensibilización frente a las figuras
propuestas por el decreto 364 de 2013 como el Parque de protección por
riesgo que ocupa la ZMPA y la ronda de la margen oriental del río.
252
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
La OPEL cuenta con el programa de participación ciudadana digital como
herramienta virtual que complementa los espacios formativos incidiendo en el
reconocimiento, apropiación y recuperación de la ronda del río. A través de
este programa se ha realizado el acompañamiento, difusión y socialización de
las jornadas de sensibilización desarrolladas en todas las localidades del
Distrito. Entre ellas las acciones pedagógicas relacionadas con el Río Bogotá
como: ―Cómo sueño mi río‖, ―El río nos conecta‖ y las Agendas ciudadanas del
Río Bogotá.
Los Cabildos de Gobernanza del Agua (CGA) se enfocan en las principales
cuencas y territorios de la ciudad que incluyen como parte del proceso de
sensibilización las jornadas de precabildos en el borde norte, el río Bogotá, las
cuencas de Salitre, Fucha y Tunjuelo, los Cerros Orientales, los Humedales, la
ruralidad y el Páramo de Sumapaz. Entre los resultados del proceso de
Precabildos de Gobernanza del agua se generaron 84 jornadas de
sensibilización con un total de 4268 participantes, se realizaron 29 recorridos
interpretativos involucrando 1395 participantes, se realizaron 21 Precabildos
territoriales con 2056 participantes y 43 Cabildos con 5014 participantes. Los
resultados de los CGA arrojaron un total de 177 actividades en 20 localidades y
12733 participantes, 505 miembros de comités de control social vinculados,
288 iniciativas consolidadas, 20 comités de control social, 20 expedientes
locales de planeación y seguimiento y 20 cartografías locales desde el Sistema
de Espacialización Ambiental Participativo, este último en el marco del SEAP.
Se han realizado dos encuentros de CGA, el primero de ellos "La Gobernanza
del Agua: Bogotá Humana y Academia" tuvo lugar el 12 de septiembre y el
segundo "La Gobernanza del agua y el cambio climático: Comunidad,
Academia e Instituciones" se realizó el 22 de noviembre.
Por otra parte el Día del Río Bogotá - La Secretaría Distrital de Ambiente el 12 de
mayo de 2015 participó de la sexta marcha por Mi Río Bogotá ―Caminemos por la
253
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
senda de la información para conocer, actuar y transformar nuestra cultura ambiental‖,
la cual fue convocada por la Red de Veedurías Ciudadanas del río Bogotá, dicha
actividad se realizó en la plazoleta principal del Parque Nacional de Bogotá.
La delegada de la Secretaría Distrital de Ambiente, Luz Stella Rey participó en la
siembra de uno de los cinco árboles plantados, en el marco de dicha celebración, en
una de las áreas del parque y que tuvo como objetivo compensar la huella de carbono
en el planeta y en particular en el territorio de la cuenca del río Bogotá. Además la
entidad se integró a la feria informativa con la instalación de una carpa donde
profesionales de la Oficina de Participación, Educación y Localidades socializaron a
través de una acción pedagógica, las actividades que desde la entidad se han
realizado en el marco del fallo del río Bogotá, relacionas con educación ambiental y
participación.
254
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Por otra parte la Secretaría Distrital de Ambiente en el marco de la celebración del día
del río Bogotá y en aras de resaltar su importancia y fortalecer los procesos de
recuperación y apropiación del mismo, realizó un recital de poesía en el auditorio de la
entidad, y que tuvo como objetivo motivar a los habitantes a generar acciones
positivas por el cuidado del Río a través de la palabra, este actividad contó con más
de 60 ciudadanas y ciudadanos, organizaciones Ambientales y representantes de las
siguientes entidades Corporación Autónoma Regional, Contraloría General de la
Nación, Policía Nacional, Policía Ambiental, Gobernación de Cundinamarca y
Secretaría de Educación Distrital.
Evidencia fotográfica:
255
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Aulas ambientales: Dando cumplimiento al calendario ambiental establecido por la
Comisión Intersectorial de Educación Ambiental – CIDEA y en el desarrollo de la
estrategia de educación ambiental – aulas ambientales, se ejecutaron acciones
pedagógicas y recorridos interpretativos en el marco del Día del río Bogotá,
vinculando a 1794 personas del Distrito Capital. Estas actividades se resumen en el
siguiente cuadro:
AULA FECHA
ACCIÓN PEDAGÓGICA -
RECORRIDO
INTERPRETATIVO
INSTITUCIÓN
N° DE
PERSONAS
VINCULADAS
Aula ambiental
Soratama
12-05-15 Recorridos interpretativos:
"Entre verde de luz y piedra" y
"Descubriendo la ruta del sol"
Colegio de Nuestra
Señora del Buen
Consejo
59
13-05-15 60
Parque
Ecológico
Distrital de
Montaña
Entrenubes
12-05-15
Acción pedagógica "Tejiendo
Relación con el Agua".
IED Entrenubes Sede C 215
13-05-15 Vigías Ambientales
Rafael Uribe Uribe 33
Parque
Ecológico
Distrital de
Humedal Santa
María del Lago
12-05-15
Recorridos Interpretativos:
"Huellas de agua" y
"Reconociendo el Territorio del
río Bogotá"
Colegio Ciudadela
Colsubsidio 64
13-05-15
IDIPRON 63
Colegio Ciudadela
Colsubsidio 51
14-05-15 Liceo Hermano Miguel
La Salle 295
256
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
Colegio Ciudadela
Colsubsidio 38
Parque Mirador
de los Nevados 12-05-15
Acción pedagógica
"Reconociendo el territorio del
Río Bogotá"
Liceo Harvard y
comunidad en general 81
Aula Ambiental
Artística
Itinerante -
AUAMBARI
12-05-15
Acción pedagógica
"Reconociendo nuestro papel" Colegio Guatiquia 322
Acción pedagógica
"Conozcamos como ordena el
agua el territorio en el distrito
capital"
Niños y Niñas de la
Obra Social Mornes 96
13-05-15
Acción pedagógica "Cambio
climático: ¿cómo entenderlo y
adaptarnos?”
Colegio Sabiduría del
Futuro 203
Acción pedagógica
"conozcamos como ordena el
agua el territorio en el distrito
capital"
Colegio Guatiquia 55
14-05-15
Acción pedagógica
"Reconociendo nuestro papel" Colegio Guatiquia 120
Acción pedagógica sobre
manejo de residuos sólidos
Comunidad general del
Comedor Comunitario
Timiza
39
TOTAL 1794
Programa de participación digital “corresponsales ambientales”: En este mismo
sentido se adelantó la jornada DALE TU PALABRA AL RÍO en la cual se buscó que
los ciudadanos y las ciudadanas enviaran frases de compromiso por la recuperación y
protección al Río, a través de los medios institucionales @AMBcorresponsal,
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Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
@ambientebogota, Facebook/soycorresponsalambiental y la página
www.ambientebogota.gov.co.
El siguiente es el análisis del impacto y comportamiento del hashtag
#DaleTuPalabraAlRío a través de la red social Twitter. Se utilizaron algunas
herramientas de seguimiento de hashtag que permitieron monitorear y arrojar
resultados estadísticos. Se destaca una importante participación, tomando como
referencia algunos elementos que visualizan la interacción de los ciudadanos en este
tema de conversación.
La casilla Total Tweets señala 1.500 mensajes que fueron asociados a la campaña
#DaleTuPalabraAlRío entre tweets, menciones y retweet.
La casilla Total Audience señala 3.202.584 que corresponde a un estimado de
audiencias o públicos a los que llegó el mensaje.
Gráfica 1.
258
Informe D.C. No. 2/En cumplimiento del Auto del 8 de Mayo de 2015 Consejo de Estado. Junio de 2015
En la gráfica 1 se pueden observar las palabras claves que se asociaron con mayor
frecuencia en la construcción de mensajes para el HT #DaleTuPalabraAlRío. Entre el
día 12 y 13 de mayo hubo un incremento del 98% en el número de tweets enviados.
(Curva azul)
Las curvas amarilla y verde corresponde a un incremento del 40% de menciones a las
cuentas @miríobogota y @AMBcorresponsal.
Por otra parte se reportan 383 mensajes que fueron obtenidos del formulario de la
página de www.ambientebogota.gov.co y en Twitter del Hashtag.
Fuente:
http://analytics.followthehashtag.com/#!
https://www.hashtags.org/
IV. ANEXOS
Anexo 1. PARQUE ECOEFICIENTE SAN BENITO - 1 DVD
Anexo 2. Comunicación SDA dirigida a la Car 2015EE211602 – 2 folios
Anexo 3. Comunicación MADS – respuesta a solicitud de la SDA- Rad. MADS
8230-E2-24792, Rad. SDA 2014ER188725 – 2 folios
Elaboró:
Empresa de Acueducto, Agua, Alcantarillado y Aseo de Bogotá - EAB
Secretaría Distrital de Ambiente
Secretaría Distrital de Planeación
Secretaría de Educación del Distrito
(Miembros Comité de la Comisión Intersectorial para coordinar las actuaciones administrativas
tendientes al cumplimiento de la A.P. 20190479).
2015
PROPUESTA ACERCAR EXPRESS SECTOR SALUD
1. INTRODUCCIÓN La Secretaría Distrital de Ambiente- SDA cuenta con una herramienta de acompañamiento para fortalecer la
autogestión y autorregulación ambiental en el sector empresarial ubicado en el perímetro urbano de Bogotá,
denominado Programa de Gestión Ambiental Empresarial – GAE, el cual se desarrolla en 5 niveles:
Nivel I: Acercar.
Nivel II: Producción Sostenible.
Nivel III: Sistemas de gestión ambiental.
Nivel IV: Programa de Excelencia Ambiental Distrital - PREAD.
Nivel V: Red de Empresas Ambientalmente Sostenibles.
Cada nivel desarrolla un tema primordial para la evolución de la gestión ambiental de cualquier empresa, a través
del acompañamiento por parte de profesionales de la SDA y jornadas de capacitación. Estas últimas suministran
los elementos fundamentales para identificar los aspectos ambientales, dar cumplimiento a la normatividad
ambiental por la cual la Entidad hace evaluación, seguimiento y control desde la Dirección de Control Ambiental,
formular e implementar programas de producción sostenible, aplicar sistemas de gestión ambiental y reconocer a
nivel Distrital los logros alcanzados.
Tal como se aprecia en la Figura No 1, la base principal del Programa es el Nivel I ACERCAR, a partir del cual se
vinculan Organizaciones y se promueve el cumplimiento de la normatividad ambiental. Así mismo, las empresas
participantes se constituyen en potenciales promotores de la autogestión y autorregulación ambiental.
Dentro de las múltiples actividades económicas que han participado en ACERCAR, se ha identificado un sector
específico que puede aportar de manera representativa a la meta del Programa. Se trata del sector dedicado a la
prestación de los servicios relacionados con la atención de salud humana.
Este importante sector puede abordarse mediante la consolidación de una alianza estratégica o cualquier
mecanismo de colaboración mutua entre las Secretarías Distritales de Ambiente y Salud, en función del
cumplimiento de los objetivos y metas trazados en cada uno de los Programas que desarrollan las dos Entidades.
El presente documento contiene los elementos fundamentales del funcionamiento de un proyecto piloto
denominado ACERCAR EXPRESS para vincular Empresas Sociales del Estado de la red pública distrital, al
Programa GAE y fortalecer la gestión ambiental en las Instituciones de salud adscritas al programa de Hospitales
Verdes. A partir de este proyecto piloto se estructurará una propuesta de ACERCAR EXPRESS que convoque a
las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS con presencia en el Distrito Capital, para el
desarrollo de dos ciclos de capacitación.
Figura 1. Esquema del Programa Gestión Ambiental Empresarial
2. OBJETIVO
Contribuir fortalecimiento de la autogestión y autorregulación ambiental de las instituciones prestadoras de
servicios de salud de la red pública distrital participantes del Programa Hospitales Verdes, a través de la
estrategia ACERCAR EXPRESS del programa Gestión Ambiental Empresarial - GAE, en alianza entre la
Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Salud.
2.1 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Evaluar el nivel de desempeño ambiental, en cuanto al cumplimiento normativo y la ejecución de
programas ambientales a partir del desarrollo de visitas diagnóstico a cada una de las
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud inscritas en ACERCAR EXPRESS del Programa
GAE.
Capacitar a las instituciones inscritas en el ACERCAR EXPRESS del Programa GAE en temas
normativos ambientales y de evaluación a la gestión ambiental.
Realizar acompañamiento en el cumplimiento de los requisitos legales a las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud inscritas en ACERCAR EXPRESS del Programa GAE, en
coordinación con el Programa Hospitales Verdes.
3. EL NIVEL ACERCAR
ACERCAR tiene como objetivo apoyar a los empresarios en el
conocimiento de la normatividad ambiental, conceptos básicos de gestión
y obligaciones ambientales que se tramitan en la Secretaría Distrital de
Ambiente, a través de visitas diagnósticos, capacitaciones y
acompañamiento en el cumplimiento de los requisitos legales.
Dentro de la operación del nivel I para el año 2015, se ha considerado como estrategia de vinculación al
Programa GAE, extender el servicio a Instituciones organizadas por sector económico para orientarlas y
capacitarlas en temas normativos específicos y de gestión ambiental, mediante un esquema de operación
denominado ACERCAR EXPRESS.
3.1 LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN ACERCAR EXPRESS
Para el funcionamiento de ACERCAR EXPRESS se requiere un mínimo de 25 de Instituciones u
Organizaciones, de una misma actividad económica, inscritas en el Programa GAE.
Las Instituciones y/u Organizaciones a vincular al modelo ACERCAR EXPRESS, deberán ser aquellas
que no hayan participado anteriormente en el programa GAE y que estén ubicadas en el perímetro
Urbano de Bogotá D.C.
La inscripción al programa se hace por sedes, así pertenezcan a una misma Institución y/o
Organización, las cuales se aceptarán y evaluarán como independientes.
Una vez inscritas las Instituciones y/u Organizaciones se realizará la visita diagnóstico para evaluar el
nivel de desempeño ambiental, referido a avances en cumplimiento normativo y otros programas
ambientales.
A las capacitaciones programadas deberá asistir uno o máximo dos representantes de cada Institución
y/u Organización; preferiblemente los encargados del área ambiental (Encargados del Departamento de
Gestión Ambiental – DGA o del Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA).
Para efectos de validar la vinculación y participación en ACERCAR EXPRESS es importante que la
Institución y/u Organización asista por lo menos a un 75% de las capacitaciones programadas.
La duración del programa ACERCAR EXPRESS se concertará con las partes interesadas, teniendo
como base que debe tener una duración mínima de 8 horas.
4. METODOLOGIA DE OPERACIÓN
ACERCAR EXPRESS se desarrollará en 4 etapas que contemplan el apoyo al sector empresarial para el
fortalecimiento de la autogestión y autorregulación ambiental en las instituciones de salud adscritas al Programa
de Hospitales Verdes.
4.1 CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN
La Secretaría Distrital de Salud, responsable del Programa Hospitales Verdes, liderará la convocatoria e
inscripción de las Instituciones y/u Organizaciones del sector salud a ACERCAR EXPRESS del Programa
Gestión Ambiental Empresarial - GAE.
La SDA se encargará de proyectar la carta de invitación a los Hospitales Verdes para participar en el Proyecto
Piloto ACERCAR EXPRESS del Programa GAE. Estas invitaciones serán entregadas a la Coordinadora del
Programa de Hospitales Verdes, quien las remitirá a cada una de las Instituciones y/u Organizaciones.
Para efectos de la vinculación, la Institución y/u Organización interesada en participar deberá diligenciar y radicar
el formulario de inscripción del Programa GAE adoptado por la SDA, para cada una de las sedes.
4.2 VISITAS
La visita diagnóstico será concertada entre el profesional de la SDA y el encargado ambiental de la Institución y/u
Organización inscrita. Esta tendrá como finalidad identificar los aspectos ambientales y evaluar el cumplimiento
normativo ambiental aplicable de cada una de las sedes participantes.
El tiempo de la visita dependerá de los servicios prestados por la Institución y/u Organización inscrita y de los
aspectos ambientales que genere.
4.3 CAPACITACIONES
Se sugiere un plan de capacitaciones inicial para desarrollar en dos jornadas, cada una de 4 horas, cuya principal
temática a tratar será relacionada con los trámites ambientales normativos que le aplica al sector salud. Se
incluirá generalidades de otros temas de interés particular, de tal forma que las Instituciones y/o Organizaciones
capacitadas cuenten con el conocimiento fundamental para garantizar el cumplimiento de la normatividad
Ambiental y las herramientas necesarias para evaluar y mejorar la gestión ambiental.
Los temas a tratar serán los siguientes:
SESIÓN TEMA INTENSIDAD HORARIA ENTIDAD RESPONSABLE
Primera Sesión:
27/02/2015
8:00 a 12:00 m
Manejo interno adecuado de
Residuos Peligrosos:
hospitalarios y
administrativos.
2 horas
SECRETARIA DISTRITAL DE
AMBIENTE-SDA
Gestión adecuada de aceite
usado
1 hora
Permiso de vertimientos 1 hora
Segunda Sesión:
27/03/2015
8:00 a 12:00 m
Publicidad Exterior Visual:
lineamientos de ubicación y
trámite de un elemento
publicitario en fachada.
1 hora
Generalidades del PIGA
1 hora
Introducción a las Auditorías
Internas Ambientales
1 hora
Generalidades sobre Manejo
adecuado de Sustancias
químicas peligrosas
1 hora
4.4 INFORME DE RESULTADOS
Una vez culminadas las visitas y el plan de capacitaciones, el profesional de la SDA, elaborará un informe de
resultados por sede de cada Institución y/u Organización participante, el cual incluirá los aspectos e impactos
ambientales encontrados durante la visita, el cumplimiento de los requisitos legales de tipo ambiental, la
asistencia a las capacitaciones y las recomendaciones para continuar el proceso de fortalecimiento de la gestión
ambiental.
Este informe servirá como un diagnóstico para cada Institución y/u Organización participante, de tal forma que
pueda evaluar su gestión frente a las obligaciones ambientales que tiene con la SDA y priorizar acciones de
mejoramiento para asegurar por lo menos el cumplimiento de la normatividad.
Si la Institución y/o Organización está interesada en certificarse en cada uno de los niveles del Programa de
Gestión Ambiental Empresarial, deberá hacer una nivelación en ACERCAR tradicional asistiendo a las
capacitaciones de conceptos básicos de gestión y entregando las obligaciones normativas ambientales que estén
pendientes por cumplir.
5. RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD - SDS
Vincular e inscribir las Instituciones y/u Organizaciones del salud al proyecto piloto ACERCAR
EXPRESS del Programa GAE.
Concertar con la Secretaría Distrital de Ambiente las fechas de las capacitaciones.
Disponer de un lugar apropiado para el desarrollo de las capacitaciones cuya capacidad sea acorde al
número de Instituciones y/u Organizaciones inscritas al proyecto piloto ACERCAR EXPRESS.
Asegurar la asistencia de cada uno de las de Instituciones y/u Organizaciones inscritas al proyecto piloto
ACERCAR EXPRESS en las capacitaciones programadas.
6. RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE - SDA
Realizar la visita diagnóstico a cada sede de Institución y/u Organización inscrita en el proyecto
ACERCAR EXPRESS.
Desarrollar el plan de capacitaciones en las fechas acordadas con la SDS.
Elaborar los informes de resultados para cada sede de Institución y/u Organización inscrita en el
proyecto ACERCAR EXPRESS.
Llevar un control de asistencia en las capacitaciones programadas para validar la vinculación y
participación en el al proyecto piloto ACERCAR EXPRESS.
7. CRONOGRAMA GENERAL DE LA PROPUESTA
ACTIVIDAD RESPONSABLE FECHA PROGRAMADA
Diseño propuesta Acercar Express Secretaria Distrital de Ambiente Febrero 10 de 2015
Convocatoria ESE´s Programa
Hospitales Verdes
Secretaria Distrital de Salud Febrero 13 de 2015
Inscripción Registro Online ESE´s –
Concertación de visitas de auditoria
Secretaria Distrital de Salud Febrero 20 de 2015
Visitas de Auditoria a ESE´s Secretaria Distrital de Ambiente Marzo de 2015
Desarrollo Capacitación a referentes
ambientales ESE´s
Secretaria Distrital de Ambiente
Secretaria Distrital de Salud
Febrero 27 de 2015: primera jornada
Marzo 27 de 2015: segunda jornada
Elaboración Informe Proyecto Piloto Secretaria Distrital de Ambiente
Marzo 31 de 2015
Remisión de Brochure institucional y
convocatorias para IPS del Distrito
Secretaria Distrital de Ambiente
Marzo 31 de 2015
Lanzamiento del Programa y Divulgación
convocatoria con IPS del Distrito
Secretaria Distrital de Ambiente
Secretaria Distrital de Salud
Abril 7 de 2015
Inscripción Registro Online IPS –
Concertación de visitas de auditoria
Secretaria Distrital de Ambiente Abril 30 de 2015
Visitas de Auditoria a IPS Secretaria Distrital de Ambiente (1) Mayo – Junio de 2015 (2) Agosto – Septiembre de 2015
Desarrollo Capacitación a delegados IPS Secretaria Distrital de Ambiente (1) Junio - Julio de 2015 (2) Septiembre - Octubre de 2015
Elaboración Informe Acercar Express Noviembre de 2015
Comentado [A1]: Para este día, la SDS dictará las capacitaciones, temas?