20
MIRAFLORES {I MUNICIPAUDAD DE MIRAFLORES ACUERDO DE CONCEJO -2012/MM Miraflores, EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión , .............. de la fecha: CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley W 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente: Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27972, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral. sostenible y armónico de su circunscripción: Que, según el artículo 9, numeral 26, de la citada Ley W 27972, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales: Que, el articulo 76, numeral 76. 1, de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. señala que las relaciones entre las entidades se rigen por el criterio de colaboración, sin que ello importe renuncia a la competencia propia señalada por ley: Que, mediante Acuerdo de Concejo 087-201 l/MM del 15 de setiembre de 2011, el Concejo Municipal de Miraflores aprobó la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, con el fin de realizar actividades diversas vinculadas al debate, intercambio, investigación, promoción y difusión de acciones sobre el paisaje urbano, los espacios públicos, las áreas verdes y el patrimonio forestal del distrito de Miraflores. Que, en ese contexto, se propone la suscripción de un Convenio Especifico con la asociación mencionada a efectos de desarrollar la "Cuarta Feria InternaCional de Flores" a realizarse durante los días 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, en el Parque Central de Miraflores. Estando a lo expuesto yen uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley W 27972, el Concejo por ............... y con dispensa del trámite de aprobación del acta: ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la suscripclon del Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de

{I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

  • Upload
    others

  • View
    1

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIRAFLORES

{I MUNICIPAUDAD DE MIRAFLORES

ACUERDO DE CONCEJO N° -2012/MM

Miraflores,

EL ALCALDE DE MIRAFLORES;

POR CUANTO;

El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión , .............. de la fecha:

CONSIDERANDO:

Que, en mérito de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley W 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente:

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral. sostenible y armónico de su circunscripción:

Que, según el artículo 9, numeral 26, de la citada Ley W 27972, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales:

Que, el articulo 76, numeral 76. 1, de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. señala que las relaciones entre las entidades se rigen por el criterio de colaboración, sin que ello importe renuncia a la competencia propia señalada por ley:

Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 087-201 l/MM del 15 de setiembre de 2011, el Concejo Municipal de Miraflores aprobó la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, con el fin de realizar actividades diversas vinculadas al debate, intercambio, investigación, promoción y difusión de acciones sobre el paisaje urbano, los espacios públicos, las áreas verdes y el patrimonio forestal del distrito de Miraflores.

Que, en ese contexto, se propone la suscripción de un Convenio Especifico con la asociación mencionada a efectos de desarrollar la "Cuarta Feria InternaCional de Flores" a realizarse durante los días 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, en el Parque Central de Miraflores.

Estando a lo expuesto yen uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley W 27972, el Concejo por ............... y con dispensa del trámite de aprobación del acta:

ACORDÓ:

Artículo Primero.- APROBAR la suscripclon del Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de

Page 2: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIRAFLORES

-MUNICIPAUDAD DE MIRAFLORES

Arquitectura del Paisaje, el mismo que consta en once (11) cláusulas y que forma parte integrante del presente acuerdo.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, el cumplimiento del presente acuerdo, de acuerdo con sus atribuciones.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Page 3: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MUNIClPAU

flrm~ . ·········"

COMISI N DE REGIDORES DE ASUNTOS JURíDICOS

ASUNTO: PROYECTO DE CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Y LA ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE

SEÑORITA SECRETARIA GENERAL:

Ha ingresado a la Comisión de Regidores de Asuntos Juridicos. la propuesta de Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de Arqu~ectura del Paisaje.

Seguidamente la Comisión de Regidores de Asuntos Jurídicos, realizó el estudio y análisis siguiente:

1. ANTECEDENTES

a) En mérito de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.

b) Según lo establecido en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

c) De igual modo, según el articulo 9, numeral 26, de la citada Ley N'27972, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, aprobar la celebración de convenio de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.

d) El articulo 76, numeral 76.1, de la N' 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que las relaciones entre las entidades se rigen por el criterio de colaboración, sin que ello importe renuncia a la competencia propia señalada por ley.

e) Mediante Acuerdo de Concejo N' 087-2011/MM del 15 de setiembre de 2011, el Concejo Municipal de Miraflores aprobó la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, con el fin de realizar actividades diversas vinculadas al debate, intercambio, investigación, promoción y difusión de acciones sobre el paisaje urbano, los espacios públicos, las áreas verdes y el patrimonio forestal del distrito de Miraflores.

f) En ese contexto, se propone la suscripción de un Convenio Especifico con la asociación mencionada a efectos de desarrollar la "Cuarta Feria Internacional de Flores" a realizarse los días 19, 20, 21, 22 Y 23 de setiembre de 2012, en el Parque Central de Miraflores.

Page 4: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MUNICIPALIDAD DE MlRAFLORES

n. CONLUSIÓN

Por las consideraciones anteriormente expuestas. la Comisión desestima las peticiones presentadas por el regidor mencionado, de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley Na 27972, y en los artlculos 2, 4 Y 9 del Reglamento de las Comisiones de Regidores; los miembros de la Comisión integrantes de la Comisión de Asuntos Jurldicos, por UNANtMIDAD de los presentes;

ACORDARON:

Recomendar al Pleno de Concejo, aprobar la Propuesta de Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje.

Dra.Roclo Presidenta

~ Sra. Franca Rey Camino

Miembro

./,v. ,/'7 #.#7~¿'O/-

Ing. Carlos Alarco Proaño Secreta rio

Page 5: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

DICTAMEN

1,lel L ~) . ' Mili, .J ~;a.~C' ,~~~, ... ~ Genera :

COMISiÓN DE REGIDORES DE DESARROLLO URBANO, TRANSPORTE Y MEDIO AMBIENTE

ASUNTO: PROYECTO DE CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION INTERINST/TUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Y LA ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE

SEÑORITA SECRETARIA GENERAL:

Ha ingresado a la Comisión de Regidores de Desarrollo Urbano, Transporte y Medio Ambiente, la propuesta de Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de Arqurtectura del Paisaje.

Seguidamente la Comisión de Regidores de Desarrollo Urbano, Transporte y Medio Ambiente, realizó el estudio y análisis siguiente:

1. ANTECEDENTES

a) En mérito de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiemos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.

b) Según lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

e) De igual modo, según el artículo 9, numeral 26, de la citada Ley N'27972, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, aprobar la celebración de convenio de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.

d) El articulo 76, numeral 76.1, de la N'27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que las relaciones entre las entidades se rigen por el criterio de colaboración, sin que ello importe renuncia a la competencia propia señalada por ley.

e) Mediante Acuerdo de Concejo N' 087-2011/MM del 15 de setiembre de 2011, el Concejo Municipal de Miraflores aprobó la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, con el fin de realizar actividades diversas vinculadas al debate, intercambio, investigación, promoción y difusión de acciones sobre el paisaje urbano. los espacios públicos, las áreas verdes y el patrimonio forestal del distrito de Miraflores.

f) En ese contex1o, se propone la suscripción de un Convenio Especifico con la asociación mencionada a efectos de desarrollar la "Cuarta Feria Internacional de Flores" a realizarse los días 19, 20, 21, 22 Y 23 de setiembre de 2012, en el Parque Central de Miraflores.

Page 6: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MI II. AJI'L~.'

~ MUNICIPAUDAD DE MIRAFLORES

11. CONLUSIÓN

Por las consideraciones anteriormente expuestas, la Comisión desestima las peticiones presentadas por el regidor mencionado, de acuerdo a las facuHades conferidas en la Ley N° 27972, Y en los articulos 2, 4 Y 9 del Reglamento de las Comisiones de Regidores; los miembros de la Comisión integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y MedioAmbiente, por UNANIMIDAD de los presentes;

ACORDARON:

Recomendar al Pleno de Concejo, aprobar la Propuesta de Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Mlraflores y la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje.

/Í i l ... Y.4 " (/v, / sra. Patrf9a el RioJimén f4/b1 ¿:.¿:J¡/'" Pfesidenta

Ing. Carlos Alarco Proaño / Secretario

Page 7: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIRAft.OAES

e MUNICIPAliDAD DE MIRAFLORES ASIDCIACIION PERUANA DE

ARQUITECTURA DEL PAISAJE

CONVENIO ESPEcíFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE MIRA FLORES y LA ASOCIACIÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL

PAISAJE

Conste por el presente documento, el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional que celebran, de una porte lo Municípalidad de Miraflores, con RUC N~0131377224, representada por su Alcalde, Jorge Vicente Martin Muñoz Wells, identificado con ONI N° 07773463, con domicilio en Av. Larco N° 400 - Miraflores, o quien en adelante se le den aminoró LA MUNICIPALIDAD; y de la aIra porte, lo ASOCIACIÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE, con RUC W 20422759132, debidamente representada por su Presidenta, doña Carmen Victoria Balarin Polis de lberico, identificada con ONI N° 07779641 , con poder inscrito en la Partida N° 11068917 del Registro de Personas Jurídicos de Limo y Callao, con domicilio en Calle Comandante Juan Fanning N° 860 - Miraflores, o quien en adelante se le denominará LA ASOCIACIÓN, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO

Por medio del presente convenio, LA ASOCIACIÓN se obliga con LA MUNICIPALIDAD, quien lo acepto, o organizar y producir la "Cuarta Ferio Internacional de Flores", con uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

CLÁUSULA SEGUNDA: COMPROMISOS DE LA ASOCIACIÓN

La participación de LA ASOCIACIÓN, como productora oficial, involucra los siguientes compromisos para producir la ferio, materia del presente documento:

,. Presentar el diseño del campo ferial en coordinación con LA MUNICIPALIDAD, 2. Elaborar el presupuesto 3, Elaborar el Plan de Trabajo. 4. Coordinar con los productores de flores. 5. Coordinar reuniones quincenalmente con LA MUNICIPALIDAD poro el desarrollo y

verificación de los avances de la organización. 6. Coordinar y verificar el presupuesto estimado. 7, Convocar o los auspiciadores, y preparar los beneficios que se les otorgarán. 8, Visitar, inspeccionar y coordinar con LA MUNICIPALIDAD los detalles y acciones

necesarias paro el montaje de la feria. 9. Elaborar el plan de promoción y prensa, osí como el cronograma de difusión en

coordinación con LA MUNICIPALIDAD, 10.Elaborar el arte de los elementos publicitarios en coordinación con LA

MUNICIPALIDAD. 1,. Evaluar y coordinar con proveedores los servicios contratados para lo realización

del evento. 12,Realizar el montaje, acondicionamiento y decoración de los ambientes donde se

realizará la feria de flores. 13,Coordinar lo edición, diseño e impresión de lo folleteria, publicidad y otros artículos

necesarios, de acuerdo a lo establecido en el numeral la de la presente. 14. Elaborar el Plan de Seguridad en coordinación con LA MUNICIPALIDAD. 15. Elaborar el Programo Cultural de la ferio que consiste en: • Ciclos de conferencias. • Talleres de jardinería y de diseños florales,

Page 8: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MlftARQREI

~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES AS10CIAC IION PERUANA DE

ARQUITECTURA DEL PAISAJE

• Concurso de pintura poro niños. en coordinación con la Gerencia de Educación de LA MUNICIPAliDAD. Concurso de arreglos florales

• Concurso de jardines ,!el distrito (fachados) . en coordinación con la Subgerencia de Limpiezo Público y Areas Verdes de LA MUNICIPAliDAD.

lÓ.Otros que sean necesarios para la reolizoción de lo feria.

CLÁUSULA TERCERA: COMPROMISOS DE LA MUNICIPAliDAD

A efectos de cumplir el objeto del presente convenio. LA MUNICIPAliDAD se compromete a:

1. Permitir el uso del Parque Central según croquis anexo poro la realizoción de lo "Cuarto Feria Internacional de las Flores". desde el ID 0125 de setiembre de 2012. tiempo que incluye el montaje y desmontaje de las instalaciones. así como el propio desarrollo de la feria a realizarse desde el 19 hasta el 23 de setiembre de 2012.

2. Brindar las facilidades respectivas para el montaje y desmontaje de lo feria (estacionamientos) .

3. Otorgar las autorizociones respectivas que competen a LA MUNICIPAliDAD Y gestionar las que competen a Defensa Civil.

4. Gestionar y realizar la difusión y promoción de la feria o través de la página web de LA MUNICIPAliDAD. correos electrónicos. revisto de la Entidad. etc. Para tal efecto. la información deberá ser proporcionada por LA ASOCIACiÓN.

5. Promover la mayor participación vecinal. a través del envío de invitaciones y otras actividades afines.

Ó. Otorgar el permiso respectivo poro la utilizoción del Salón de Actos del Palacio Municipal para los talleres y conferencias. previa verifícoción de su disponibilidad con el área competente.

7. Gestionar y obtener las facilidades de obtención de energía eléctrica requerida poro lo feria. Contar con un equipo electrógeno. siempre que exista disponibilidad presupuestal.

B. Elaborar folletos y banderolas que difundirán información de la feria. a ser proporcionada por LA ASOCIACtÓN de acuerdo al arte presentado; así como imprimir las invitaciones. afiches. folJetería. preparación de certificados. etc" siempre que existo d isponibilidad presupuestal.

9. Instalar banderolas alusivos a la feria. en los principales calles y avenidos del distrito. de acuerdo a la normatividad que regula la materia.

10. Asumir los gastos de buffet para la inauguración. siempre que exista la disponibilidad presupuestal. y prestar la seguridad del caso para el evento.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PLAZO Y VIGENCIA

El presente Convenio tendrá una duración de un (O I) año. que se contabilizará a partir de lo suscripción del mismo. pudiendo ser renovado por acuerdo de ambas partes y previa comunicación escrita con una anticipación de treinta (3D) días calendario. Tal renovación se efectuará mediante la adenda correspondiente y con la aprobación respectiva del Concejo Municipal.

Si alguna de las portes no deseara continuar con el mismo. la parte interesada deberá comunicarlo a la otra por escrito. con una anticipación no menor de quince (15) días calendario a la fecha de su vencimiento. a fin que el Convenio concluya indefectiblemente una vez transcurrido el plazo pactado.

Page 9: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

v. ,

MI ..... ,-LOAI!!.

QJ MUNICIPALIDAD DE MIRAfLORES ASIOCIACIION PERUANA DE

ARQUITECTURA DEL PAISAJE

CLÁUSULA QUINTA: AVANCES DE INFORMES

LA ASOCIACIÓN. deberá comunicar los avances de la preparación de la ferio o LA MUNICIPALIDAD quincena/mente. Al término del evento. LA ASOCIACIÓN deberá presentar a LA MUNICIPALIDAD un informe detallado con los resultados del evento.

CLÁUSULA SEXTA: DE LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES

Las coordinaciones necesarias para lo ejecución del presente Convenio. elaboración de informes y reportes. y demás actividades operativas y funcionales. se entenderán con los siguientes funcionarios. a quienes se le autorizo suscribir los documentos complementarios necesarios:

Por LA MUNICIPALIDAD. la Comisión integrada por los funcionarios a ser designados mediante resolución del titular de la Entidad.

Por LA ASOCIACIÓN. su Presidenta u otro persona que la asociación asigne.

Tanlo LA MUNICIPALIDAD como LA ASOCIACIÓN podrán sustituir a sus representantes. paro lo cual deberá comunicórselo o lo otra porte por escrito. con uno anticipación no menor de quince (15) días calendario.

CLÁUSULA SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio podrá ser resuelto por las siguientes causales:

a. Por mutuo acuerdo b. Por incumplimiento de los compra misas que las partes estipulan según lo

acordado en las cláusulas segunda y tercera del presente Convenio. imputable a cualquiera de ellas. La parte afectada podrá requerir a la otra. para que en el plazo de quince (15) días calendario cumpla con su compromiso. Si persiste el incumplimiento se dará por resuelto el Convenio.

c. En el supuesto que se produjera algún impedimento de carácter legal. presupuesta/. administrativo. caso fortuito o fuerza mayor para la implementación del Convenio o la ejecución de los compromisos. obligaciones y/o actividades asumidas. las cuales serán debidamente justificadas.

d. Por la transferencia a cesión de derechos emanados del presente convenio. que efectúe cualquiera de las partes sin autorización respectiva de la otra. así como la acción u omisión que implique la trasgresión a los términos contenidos en dicho instrumento.

Para la resolución del presente Convenio. cada una de las partes deberá comunicar a la otra. dentra de los quince (' 5) días calendario siguientes de praducido el hecho que lo genere.

CLÁUSULA OCTAVA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES DE LAS PARTES

Para la validez de las notificaciones y comunicaciones con motivo de la ejecución del presente Convenio y de las cláusulas que contiene. ambos partes señalan que sus respectivos domicilios son los indicados en la introducción del presente documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes se hará efectivo desde la fecha de su comunicación notarial a la otra parte por escrito. con una anticipación no menor de quince (' 5) dios calendario.

Page 10: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

jlilrAAFlQRU

~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

cLÁUSULA NOVENA:

ASI:JCIACIION PERUANA DE ARQUITECTURA DEL

PAISAJE

MODIFICACIONES DEL CONVENIO

Ambas partes acuerdan que duran le la vigencia del presente Convenio, de mutuo acuerdo, podrán modificar, precisar, interpretar, variar o ampliar su contenido, mediante adendas; previa comunicación escrita a la otra parte, con una anticipación de quince (15) dios calendario y con la aprobación del Concejo Municipal, las mismas que debidamente suscritas formarán parte integrante de este Convenio,

CLÁUSULA DÉCIMA: LEYES APLICABLES

Para todo lo no previsto por los partes en el presente Convenio, éstas se someten a lo establecido por el Código Civil y demás normas del sistema jurídico que resulten aplicables.

Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente Convenio, así como cualquier discrepancia respecto de su aplicación y/o interpretación, será solucionado por el entendimiento directo entre las partes sobre la base las reglas de la buena fe y común intención de éstas, procurando para tal efecto la máxima colaboración para la solución de las diferencias.

En caso de no llegar a un acuerdo, las partes someterán la solución de la controversia a arbitraje, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: CARÁCTER PERSONALíSIMO

Ninguna de las partes podrá transferir parcial ni totalmente su posición contractual, teniendo responsabilidad total y absoluta sobre la ejecución y cumplimiento de las prestaciones a las que se compromete mediante el presente instrumento,

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente Convenio en la ciudad de Lima, a los ........ días del mes de ............... de 2012.

CARMEN BALARIN DE IBERICO Presidenta

Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje

JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde

Municipalidad de Miraflores

Page 11: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

" AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTR"'tQ~;R!iteo~-::-~::::-::-:-::-::~ ., .. ,,"'.. MUN1CIPAUC~' ~ MIRAFLORES - A- Secreta ~~ General

/MI MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES 1 7 ENE. 2012 'V' Gerencia de. ~sesoríQ Jurídico

------------------------____ ~~~~~DO (Sin venficar ter l~~

A

DE

ASUNTO

REFERENCIA

FECHA

Firma:......... .. ora:L ......... . INFORME LEGAL N°Q.39 -2012-GAJlMM

SECRETARIA GENERAL

GERENTE DE ASESORÍA JURÍDICA (e)

PROYECTO DE CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Y LA ASOCIACIÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE

PROVEÍDO N° 020·2012·SG/MM

MIRAFLORES, 15 DE ENERO DE 2012

En relación a la solicitud de opinión legal sobre el Proyecto de Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, cumplimos con informar lo siguiente :

1. El Proyecto de Convenio nace como consecuencia de la aprobación del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad de Miraflores y la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, aprobado mediante Acuerdo de Concejo N° 087·2011·MM, de fecha 15 de setiembre de 2011.

2. Dicho Proyecto de Convenio tiene por objeto la organización y producción de la "Cuarta Feria Internacional de las Flores", con una duración de 5 días calendarios en las siguientes fechas: 19, 20, 21, 22 Y 23 de setiembre de 2012; a realizarse en el Parque Central de Miraflores.

3. Respecto a los compromisos que asumiría la Municipalidad de Miraflores, según la Cláusula Tercera del Proyecto de Convenio, consideramos que es necesario un pronunCiamiento previo de la Gerencia de Planificación y Planeamiento, tal como lo dispone el Ilteral 1) del articulo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Mlraflores, en la medida que algunos de los compromisos demandan disponibilidad presupuesta!.

4. De otra parte, respecto al numeral 1 de la Cláusula Tercera del Proyecto de Convenio, consideramos necesario que se especifique (mediante croquiS) cuáles son las áreas del Parque Central, que serán utilizadas para la "Cuarta Feria Internacional de las Flores" y modificar el término "ceder en uso" por el de "permitir el uso", tal como se consigan en el Proyecto de Convenio adjunto.

Estando a los argumentos glosados, EN OPINIÓN de la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta arreglado a ley, la aprobación del Convenio EspecifiCO de Cooperación Interlnstitucional entre la Municipalidad de Mlraflores y la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje, teniendo en cuenta las observaciones propuestas y de acuerdo al proyecto adjunto.

Atentamente,

~MUNI P

Page 12: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

J,4IRAflLOAU

~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES ASOCIACiÓN PERUANA DE

ARQUITECTURA DEL PAISAJE

CONVENIO ESPEcíFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTrrUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES y LA ASOCIACIÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL

PAISAJE

Conste por el presente documento, el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional que celebran, de una parte la Municipalidad de Miraflores, con RUC N°20 1 31377224, representada por su Alcalde, Jorge Vicente Martín Muñoz Wells, identificado con DNI W 07773463, con domicilio en Av. larca N° 400 - Miraflores, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; Y de la otra parte, la ASOCIACIÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE, con RUC W 20422759132, debidamente representada por su Presidenta, doña Carmen Victoria Balarin Po/is de Iberico, identificada con DNI W 0777964 1, con pOder inscrito en la Partida N° 11068917 del Registro de Personas Juridicas d e Lima y Callao, con domicilio en Calle Comandante Juan Fanning W 860 - Miraflores, a quien en adelante se le denominaró LA ASOCIACIÓN, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO

Por medio del presente convenio, LA ASOCIACiÓN se obliga con LA MUNICIPALIDAD, quien la acepta, a organizar y producir la "Cuarta Feria Internacional de Flores", con una duración de c inco (5) días calendario, en las siguientes fechas: 19,20,21. 22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizará en el Porque Central de Miraflores.

CLÁUSULA SEGUNDA: COMPROMISOS DE LA ASOCIACIÓN

lo participación de LA ASOCIACIÓN, como productora oficial, involucra los siguientes compromisos para producir la ferio, materia del presente documento:

l. Presentar el diseño del campo ferial. 2. Elaborar el presupuesto 3. Elaborar el Plan de Trabajo. 4. Coordinar con los productores de flores. 5. Coordinar reuniones quincenalmente con LA MUNICIPALIDAD para el desarrollo y

verificación de los avances de la organización. 6. Coordinar y verificar el presupuesto estimado. 7. Convocar a los auspiciadores. y preparar los beneficios que se les otorgarán. 8. Visitar, inspeccionar y coordinar con LA MUNICIPALIDAD los detalles y acciones

necesarias para el montaje de la feria. 9. Elaborar el plan de promoción y prensa, osi como el c ronograma de difusión. 10. Elaborar el arte de los elementos publicitarios. I 1. Evaluar y coordinar con proveedores los servicios contratados para la realización

del evento. 12.Realizar el montaje. acondicionamiento y decoración de los ambientes donde se

realizará la feria de flores. 13.Coordinar la edición, diseño e impresión de la folleterio, banderolas y otros

artículos necesarios, de acuerdo a lo establecido en el numeral lO de la presente. 14.Elaborar el Plan de Seguridad. 15. Elaborar el Programa Cultural de la feria que c onsiste en: o Ciclos de conferencias. o Talleres de jardinería y de diseños florales. o Concurso de pintura para niños, en coordinación con la Gerencia de Educación

de LA MUNICIPALIDAD. o Concurso de arreglos florales

Page 13: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIAAFLORES

e MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES ASOCIACIÓN PERUANA DE

ARQUITECTURA DEL PAISAJE

Concurso de jardines del distrito (fachados) , en coordinación con lo Subgerencia de Limpieza Público y Áreos Verdes d e LA MUNICIPALIDAD.

16.0tros q ue sean necesarios para lo realización de lo ferio.

CLÁUSULA TERCERA: COMPROMISOS DE LA MUNICIPALIDAD

A efectos de cumplir el objeto del presente convenio, LA MUNICIPALIDAD se comprometo o: 1. Permitir el uso del Porque Central se9ún croquis anexo poro lo realización de lo

"Cuarto Ferio Internacional de las Flores". desde el 17 al2S de seHeml)re oe 2012; ~empo que fnc/uye el montole y desmontaJe de los Instalaciones. os( como el propio desorroUo de lo leila o reallzorse desde el 19 hosfo el 23 de oehlPte de, ~OI2.

2. Brindar los facilidades respectivos para el montaje y desmontaje de lo ferio (estacionamientos) .

3. Otorgar los autorizaciones respectivos que competen o LA MUNICIPALIDAD Y gestionar los que competen o Defensa Civi/.

4. Gestionar y realizar la difusión y promoción de la ferio o través de lo página web de LA MUNICIPALIDAD. correos elec trónicos, revisto de lo Entidad, etc. Poro tal efecto, la información deberá ser proporcionada por LA ASOCIACIÓN.

5. Promover lo mayor participación vecinal. o través del envío de invitaciones y otras actividades afines.

6. Otorgar el permiso respectivo poro lo utilización del Salón de Actos del Palacio Municipal poro los talleres y conferencias, previo verificación de su disponibilidad c on el área competente.

l. Gestionar y obtener los facilidades de obtención de energía eléclrico requerido para lo ferio . Contar con un equipo electrógeno, $;~IfIP~~ ~" i!~jstil dm~nlblUdad presupues o ,

8. Elaborar folletos y banderolas que difundirán información de lo ferio, o ser proporcionado por LA ASOCIACIÓN de acuerdo al arte presentado; osi como ¡m 'mir los invitaciones. afiches, fOlletería, preparación de certificados, etc., iIIempr",:t¡«é':eXlst disponibilidad presupuesto/.

9. Instalar banderolas alusivos o lo ferio, en los principales calles y avenidos del distrito , de acuerdo a lo normatividad que regula lo materia,

la. Asumir los gastos de buffet poro la inauguración, $¡eii:l¡"(i' . ;I;"ú¡¡{ ~I$~ disponibilidad presupuestal, y prestar lo seguridad del coso para el evento.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PLAZO Y VIGENCIA

El presente Convenio tendrá uno vigencia de un (O 1) año, que se contabilizará o partir de lo suscripción del mismo, pudiendo ser renovado por acuerdo de ambos portes y previo comunicación escrita con uno anticipación de treinta (30) días calendario. Tal renovación se efectuará mediante lo adenda correspondiente y con lo aprobación respectivo del Concejo Municipa/.

SI alguna de los partes no deseara continuar con el mismo, la parte interesado deberá comunicarlo a lo otra por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) díos calendario a lo fecha de su vencimiento, o fin que el Convenio concluyo indefectiblemente uno vez transcurrido el plazo pactado.

CLÁUSULA QUINTA: AVANCES DE INFORMES

Page 14: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIAAFLORE8

~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

CLÁUSULA SEXTA:

ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL

PAISAJE

DE LA DESIGNACIÓN DE COORDINADORES

Las coordinaciones necesarias para la ejecución del presente Convenio. elaboración de informes y reportes, y demos actividades operativas y funcionales, se entenderon con los siguientes funcionarios. a quienes se le autoriza suscribir los documentos complementarios necesarios:

Por LA MUNICIPALIDAD. la Comisión integrada por los funcionarios a ser designados mediante resolución del titular de la Entidad,

Por LA ASOCIACIÓN, su Presidenta u otra persona que la asociación asigne.

Tanto LA MUNICIPALIDAD como LA ASOCIACIÓN podrán sustituir a sus representantes. para lo cual debero comunicárselo a la otra parte por escrito. con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

CLÁUSULA SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio podrá ser resuelto por las siguientes causales:

a, Por mutuo acuerdo b. Por incumplimiento de los compromisos que las partes estipulan según lo

acordado en las cláusulas segunda y tercera del presente Convenio. imputable a cualquiera de ellas. La parte afectada podrá requerir a la otra. para que en el plazo de quince (15) días calendario cumpla con su compromiso. Si persiste el incumplimiento se dará por resuelto el Convenio

c. En el supuesto que se produjera algún Impedimento de carácter legal. presupuesta!. administrativo. caso fortuito o fuerzo mayor poro la implementación del Convenio o la ejecución de los compromisos. obligaciones y/o actividades asumidas. las cuales serán debidamente justificadas.

d. Por la transferencia o cesión de derechos emanados del presente convenio, que efectúe cualquiera de las partes sin autorización respectiva de la otra. así como la acción u omisión que implique la trasgresión o los términos contenidos en dicho instrumento,

Para la resolución del presente Convenio. cada una de las partes deberá comunicar a la otra. dentro de los quince (15) días calendario siguientes de producido el hecho que lo genere.

CLÁUSULA OCTAVA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONES DE LAS PARTES

Para la validez de las notificaciones y comunicaciones con motivo de la ejecución del presente Convenio y de los cláusulas que contiene. ambos portes señalan que sus respectivos domicilios son los indicados en la introducción del presente documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las portes se hará efectivo desde lo fecho de su comunicación notarial a la otra parte por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario,

CLÁUSULA NOVENA: MODIFICACIONES DEL CONVENIO

Ambas partes acuerdan que durante la vigencia del presente Convenio. de mutuo acuerdo, podrán modificar. precisar. interpretar. variar o ampliar su contenido. mediante adendas: previo comunicación escrita o lo otro porte. con una anticipación de quince (15) días calendario y con lo aprobación del Concejo Municipal, las mismas que debidamente suscritas formarán porte integrante de este Convenio,

Page 15: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIRAFLOAES

~ MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

CLÁUSULA DÉCIMA: LEYES APLICABLES

ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL

PAISAJE

Para todo lo no previsto por las partes en el presente Convenio, éstas se someten a lo establecido por el Código Civil y demás normas del sistema jurídico que resulten aplicables.

Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente Convenio, así como cualquier discrepancia respecto de su aplicación y/o interpretación, será solucionado por el entendimiento directo entre los portes sobre la base las reglas de la buena fe y común intención de éstos, procurando paro tal efecto lo máxima colaboración para la solución de las diferencias.

En coso de no llegar a un acuerdo, las partes someterán la solución de lo controversia a arbitraje, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: CARÁCTER PERSONALíSIMO

Ninguno de las partes podrá transferir parcial ni lotalmente su posición contractual, teniendo responsabilidad total y absoluto sobre lo ejecución y cumplimiento de las prestaciones o las que se compromete mediante el presente instrumento.

En señal de conformidad, las portes suscriben el presente Convenio en la ciudad de Limo, o los ..... ". días del mes de ............... de 20 ¡ 2.

CARMEN BALARIN DE IBERICO Presidenta

Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje

JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde

Municipalidad de Miraflores

Page 16: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

• •

M'A"'FLOAES

-MUNICIPAUDAD DE MIRAFlORES

ACUERDO DE CONCEJO N° O 8.7 -201l/MM

Mirallores. 15 SE1. 1011

El ALCALDE DE MlRAFLORES;

POR CUANTO;

El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinario de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, en mé"to de ta Ley O/gónica de Municipalidades. Ley N" 27972. los gobiemos toca les gOlon de autonemla poUl/ca. económica y administrativa en los osunlos de su competenc,o; aLflonomla que se encuenlra reconocido en la Constitución Político det Peru y que radico en /o focuttod de eje/cer actos de gobiemo. administrativos y de odmlnislraclón. con sujeción 01 ordenomienlo jurídico vigente;

Que. el articuto IV det Título Preliminar de ta indicado Ley N° 27972. señalo que los gobiemos tocoles representan al vecindario. promueven lo adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral. sostenible y armónico de Su circunscripción;

Que. segun el artículo 9. numeral 26. de lo citado Ley N° 27972. es atribución del Concejo Municipat. como máximo órgano edil. aprobar la celebración de convenios de cooperación nocional e intemacional y convenios interinstitucionales;

Que. el articulo 76. numerol 76. 1, de /o Ley N" 27444. Ley del Procedimiento Admmistrativo General. prescribe q ue /os relaciones enfre las entidades se rigen por el criterio de colaboración. sin que el/o Importe renuncio o lo competencia propia señalada por ley;

" Que. la Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje tiene entre sus objetivos efectuar ~ 1 el embellecimiento de las óreas verdes de la ciudad con el fin de mejorar la calidad de

_ • ida en la comunidad urbana y rural. orientado a un desarrollo ambiental equilibrado. asi como también brindo asistencia en la ejecución de actividades relacionadas con el partic ular;

Que. la Gerencia de Asesoria Juridico. a través del Informe Legal N" 290-201 I-GAJ/MM del 07 de setiembre de 201 L sustento que para un mejor cumplimiento de los objetivos propuestos con lo celebración de un Convenio de Cooperac ión Instennsl,tuc,onol entre lo entidad y la asociación en mención. es indispensable se designen coordInadores de ambas partes. Con este propósito señala que. la Gerencia d e Desarrollo Urbano y Medio Ambiente es la unidad orgónica a designarse para dicho fin. Asimismo. concluye que la suscripción det referido Convenio de Cooperación Interinstitucional es procedente por estar conforme a las normas vigentes aplicables al tema en particular;

Que. de igual modo. la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente. o través del Informe N" 19-20 II-GDUMAIMM del 08 de setiembre de 2011 . expresa que la celebroción del convenio referido en líneas precedentes es factible de realización. por contener

bjefivos acordes con la polilico de gestión institucional así como los programas y

Page 17: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIRAFlORES

-MUNICIPAUDAD DE MIRAFLORfS

acciones diversos que dicho unidad organica viene desarrollando para promover el cuidado del medio ambiente;

Estando O lo expuesto y en uso de los facultades conferidos por los artículos 9 y 41 de lo Ley Organica de Municipalidades. Ley N" 27972. el Concejo por UNANIMIDAD. y con dispenso del tramite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Arlícu/o Prlmero.- APROBAR lo suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre lo Municipalidad de Miroflores y lo Asociación Peruana de Arquitectura del Paisaje. el mismo que consto en trece {l3} clausulas y que formo porte integrante del presente acuerdo.

Artículo Segundo.- ENCARGAR o lo Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente. el cumplimiento del presente acuerdo. de acuerdo con sus atribuciones.

Arlícu/o Tercero.- ENCARGAR o lo Gerencia de Com unicaciones e Imagen Institucional. lo publicación del presente dispositivo en el portal institucional de lo municipalidad (www.mirotlores.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese. comuníquese y cúmplase.

::~~f~ M'Ji'i!C'¡?AUDAD~Dt MIHAFLORES ¡~;'4j "20 .......... ~...... .. ...... ~:: ...

R~¿Ai:t. N CK Vd. Secretaria General

,."--

Page 18: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

MIRAFLORES

" RESOLUCiÓN DE ALCALDíA NO 064-2008-AlCIMM

MI,aflores, ¡ 9" de febrero de 2008

El ALCALDE DE MIRAFLORES;

CONSIDERANDO:

Que, Jos Gobiernos locales gozan de autonomía poJftica. económico y odmini5trotlVo en los asuntos de su competencia y que dicho autonomía-consagrada en lo Constitución

-----,P"'O"l1Rtfttcrr-,crc/f:f¡Perrrrodico en lo facultad de ejelCe¡ ocJos-cJe--goblemo;-odministrativos y de administración. con sujeción 01 ordenamiento Jurídico;

Que, la ASOCIACiÓN PERUANA DE AIIQUfTECTIlllA DEL PAISAJE ha propuesta lo realización de .. JO "JI .F.erla In'emocional de Rores",¡,')sfituciDnal¡zandQ~ua_evento que tiene gran patencial tumtico para la ciudod de Mirallares;

.---------... ------.~_:_______:c__ ~----:--- -------------Que, existiendo la exitasa experiencia de lo "1 Ferio Internacional de los Flores 2007", organizado en el morco del Sesquicentenario de creación politico del distrito de Miral/ores, o cargo de lo ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUrrECTURA DEL PAISAJE;

Q·ue. es 'necesario conformor uno Cóhiisíón Orgbii"it.adorcf"de·1a "U Feria Internacional de /0$ Flore. 200S", que permilo alcanzar el éxito obtenido en /o edición anterior de dicho evento:

En vs:) de las rocuJtodes conferiaos por el or¡~uío LO'·- (j-::: Jo I..:t':y C;.;¡:i"i.:a de­Municipalidades, ley W 27972;

RESUELVE:

Artículo Primero.- CONFORMAR lo Comisión Organizadora de lO "" Feria Internacional de 'al florel 200S".prevista para el mes de setiembre de! presente año, lo mismo que estorá compuesta por las siguientes personas:

Ing. luis Silvo None, quien le presidiró en representación del Alcolde. Sro. Carmen Solorin de Iberlco, Presidenta de lo Asociodón Pe'uoi"lO de ArquitectlJ(o del Poisoje_ Gerente Municipal. Gerente de Servicios o lo Ciudad.

---------~-··-'----Gerenie-de·_T11fÍsmo ) De'errollo-&r>presarialo··-·---.-·--·-:-:.---- ..... --_... - ----.-.---.--.------... Gerente de Imagen fnstitucionol.

Regístrese, comunfquese y cúmplase:-··

Page 19: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

CONVENIO DE COOPERACiÓN INTERINSTlTUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFDLORES y LA

ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE

Conste por el presente documento el Convenio de Cooperación Interinstitucional, que celebran, de una parte, la MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES, con RUC N° 20131377224, debidamente representada por su Alcalde, don Jorge Vicente Martín Munoz Wells, identificado con DNI N° 07773463, con domicilio legal en Av. Larco N° 400 - Miraflores, a quien en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD Y de otra parte, la ASOCIACiÓN PERUANA DE ARQUITECTURA DEL PAISAJE, con RUC N° 20422759132, debidamente representada por su Presidenta, dona Carmen Victoria Balarin Polis de lberico, identificada con DNI N° 07779641, con Poder inscrito en la Partida N° 11068917 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, con domicilio legal en Calle Comandante Juan Fanning N° 860, Miraflores, a quien en adelante LA ASOCIACiÓN, en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA.- OBJETO Por medio del presente convenio, LA ASOCIACiÓN se obliga con LA MUNICIPALIDAD quien la acepta, a organizar y producir la CUARTA FERIA INTERNACIONAL DE FLORES, con duraci6n de cinco (5) días calendario, en las siguientes fechas 19, 20, 21, 22 Y 23 de setiembre del 2012, que se realizará en el Parque Central de Miraflores.

SEGUNDA: COMPROMISOS DE LA ASOCIACiÓN La participaci6n de LA ASOCIACiÓN como Productora Oficial, involucra los siguientes compromisos para producir la feria, materia del presente documento: 1. Presentar el diseno del Campo Ferial. 2. Elaborar el Presupuesto 3. Elaborar el Plan de Trabajo. 4. Coordinar con los productores de flores. 5. Coordinar reuniones quincenalmente con LA MUNICIPALIDAD para el desarrollo y ver los

avances de la organizaci6n. 6. Coordinar y verificar el presupuesto estimado. 7. Convocar a los auspiciadores y elaborar los beneficios que se le otorgarán .. 8. Visitar, inspeccionar y coordinar con LA MUNICIPALIDAD los detalles para el montaje de la

feria. 9. Elaborar el plan de promoci6n y prensa y cronograma de difusi6n. 10. Elaborar el arte de los elementos publicitarios. 11. Evaluar y coordinar con proveedores así como la logística de los servicios contratados para la

realizaci6n del evento 12. Realizar el montaje, acondicionamiento y decoraci6n de los ambientes donde se realizará la

feria de flores. 13. Coordinar la edici6n, diseno e impresi6n de la folletería, banderolas y otros artículos

necesarios. 14. Elaborar el Plan de Seguridad. 15. Elaborar el Programa Cultural de ía Feria que consiste en:

• Ciclos de conferencias. • Talleres de jardinería y de diseños florales • Concurso de Pintura para Ninos en coordinaci6n con el Area de Educaci6n de LA

MUNICIPILIDAD • Concurso de Arreglos Florales • Concurso de jardines del distrao (fachadas) en coordinaci6n con el Area de Servicios a

la Ciudad de LA MUNICIPALIDAD 16. Otras funciones que emanen de los requeridos para realizar la feria.

.. '

-

Page 20: {I MIRAFLORES...uno duración de cinco {Si días calendario, en los siguientes fechas: 19,20,21,22 Y 23 de setiembre de 2012, que se realizaró en el Parque Central de Miraflores,

' ..

--

TERCERA.- COMPROMISOS DE LA MUNICIPALIDAD 1. Ceder el Parque Central en toda su extensión para la realización de la Cuarta Feria

Internacional de las Flores. 2. Dar las facilidades respectivas para el montaje y desmontaje de La Feria (estacionamientos) 3. Otorgar las autorizaciones respectivas que competen a LA MUNICIPALIDAD Y gestionar la

que competen a Defensa Civil. 4. Gestionar y realizar la difusión y promoción de la feria a través de la página web de LA

MUNICIPALIDAD. correos electrónicos. revista de LA MUNICIPALIDAD. etc. La información será proporcionada por LA ASOCIACiÓN.

5. Promover la mayor participación vecinal, a través del envIo de invitaciones y un seguimiento continuo.

6. Otorgar permiso para la utilización del Salón de Actos del Palacio Municipal para los talleres y conferencias.

7. Gestionar y obtener las facilidades de energla eléctrica requerida para la feria. Contar con un equipo electrógeno.

8. Elaborar folletos y banderolas, difundir con la información de la feria, proporcionada por LA ASOCIACiÓN de acuerdo al arte presentado.

9. Instalación de banderolas alusivas a la feria, en las principales calles y avenidas del Distrito. 10. Para la inauguración asumirá los gastos de bullet del cóctel y prestará la seguridad del caso al

evento. 11. Impresión de invitaciones, afiches, fOlleteria, banderolas, certificados, etc.

CUARTA.- DEL PLAZO Y VIGENCIA El plazo del presente convenio tendrá lugar a partir de la suscripción del presente convenio y tendrá vigencia por un (1) año.

QUINTA.- INFORME LA ASOCIACiÓN, deberá comunicar los avances a LA MUNICIPALIDAD quincenalmente. Al término del evento, LA ASOCIACiÓN deberá presentar a LA MUNICIAPLlDAD un informe detallado con los resultados del evento.

SEXTA.- DE LOS CONVENIOS ESPECíFICOS Y ADENDAS Siendo la FERIA INTERNACIONAL DE FLORES un evento bianual, LA ASOCIACiÓN deberá presentar cada dos (02) años y con la debida anticipación el respectivo Programa de Actividades.

SÉPTIMA.- DE LA RESOLUCiÓN Constituye causal de resolución del presente Convenio, la transferencia o cesión de los derechos emanados del mismo, por una de las partes sin autorización de la otra; así como la acción u omisión que de modo directo o indirecto configure violación de los términos contenidos en las cláusulas del presente Convenio.

OCTAVA.- DE LAS MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES Lo que no estuviese expresamente previsto, asi como las modificaciones y ampliaciones al presente Convenio, se resolverán de mutuo acuerdo entre las partes, previa comunicación escrita con una anticipación de quince (15) días, y con la aprobación del Concejo Municipal.

NOVENA.- DE LAS CONTROVERSIAS Toda controversia derivada d e la interpretación o cumplimiento del presente convenio, serán resueltas mediante coordinaciones directas en base a la buena fe y sana intención de las partes, teniendo como base los objetivos del presente documento.

Las partes suscriben el presente Convenio en la ciudad de Lima, a los XXX dlas del mes de XXXXXX de dos mil doce.