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1Agencia Española de Protección de Datos
Ricard Martínez MartínezCoordinador del Área de Estudios
Identidad digital, datos personales y redes sociales
2Agencia Española de Protección de Datos
Elementos fácticos
• Relevancia de la protección de los datos personales de los menores : – Condiciones subjetivas del titular.– El alto valor económico de su información
personal.– La conciliación de los derechos del menor con
los deberes parentales de control.– Uso instrumental del menor como fuente de
información sobre su entorno.
3Agencia Española de Protección de Datos
Perfiles y usos
• Tratamiento de datos personales de menores:– El menor estudiante.– El menor consumidor.– El menor y el ocio.– El menor y la familia: fuente de información sobre
el grupo familiar. – El menor internauta.
• Chat (foros) - IRC (messenger, googletalk…)• Juegos online.• Web 2.0 y espacios sociales
– El menor controlado.• Filtros de internet.• Geolocalización
4Agencia Española de Protección de Datos
Problemas adicionales para los responsables
• La identificación del menor: – ¿Es quien dice ser?– ¿Tiene esa edad?...
• Capacidad legal para consentir: prueba de la edad y madurez.
• La intelegibilidad de la información en la recogida de datos.
• Proporcionalidad en el tratamiento: el menor como instrumento.– ¿En qué trabaja tu padre?– ¿Qué marca de coche tenéis…?
5Agencia Española de Protección de Datos
¿Cultura de control sobre la información ?
• ¿Conocen los menores el valor de la información personal?
• ¿Conocen los menores el derecho fundamental a la protección de datos?
• ¿Reciben algún tipo de formación escolar?
6Agencia Española de Protección de Datos
DenunciasServicios de Internet
* Evolución denuncias sector de Internet
15810432
200920082007
PRINCIPALES MOTIVOS:•Difusión de fotografías de terceros sin consentimi ento en redes sociales.•Difusión no autorizada de datos en foros o blogs y portales de video ( Youtube) y otros sitios web como repertorios jurídicos o página s personales. •Servicios de búsqueda de páginas Web y de localizac ión de información personal en directorios o en buscadores de personas. •Investigaciones de oficio a portales de contactos q ue facilitaban públicamente la votación de la imagen física de los usuarios (con u suarios menores de 14 años).•Difusión de datos sin consentimiento en Webs de a nuncios, portales de contactos personales o servicios de correo electrónico.•Incidencias de diversa índole con tiendas virtuales u operaciones de comercio electrónico.
7Agencia Española de Protección de Datos
ÁMBITOS DESTACADOSRedes sociales
* Evolución de denuncias en redes sociales
310
20092008
CASUÍSTICADenuncias de docentes. Por suplantación de identid ad, y por difusión de fotografías tomadas en el entorno educativo, asociadas a coment arios realizados por los alumnos.•Personas cuya imagen (incluida en fotografías de gr upo) había sido difundida a través de la red por un usuario sin el consentimiento.•Profesores de una Universidad denuncian cómo, a tra vés de un test, se difundía en la red social su imagen asociada a diversos comentario s injuriosos•Usuaria de una red cuya fotografía, captada de su p ropio perfil, había sido difundida a través de un SMS, por otra usuaria a la que previam ente había aceptado como amiga.•Ex trabajador de una compañía, por la suplantación de su identidad en red social.•Usuaria de una red que, tras recibir en la red la s olicitud de amistad de un usuario desconocido y aceptarla, descubrió que éste era el d irector de una compañía a la que había optado profesionalmente y que las intenciones de éste no eran exclusivamente profesionales
8Agencia Española de Protección de Datos
MENORESMENORES. INTERNET. INTERNET
Presencia y hábitos *
• Un 88% de los usuarios entre 10 y 18 años (adolescentes) y casi un 71% de los de 6 a 9 (niños) navegan por Internet.
• Los servicios más usados por menores son el Messenger, redes sociales y el e-mail
• Siete de cada diez menores afirman usar estas plataformas y un 40% dispone de su propia página Web o ha generado contenidos en Internet en alguna ocasión. La tendencia se incrementa con la edad, con un 50% de los chicos de 16 a 18 años que administra su propia bitácora o página personal.
• Lo más frecuente entre los adolescentes es la navegación en solitario (85%).Un 70,2% afirma que ha aprendido a navegar por Internet de forma autónoma, con tan sólo un 16% guiado por sus padres y un 7% por los profesores.
*(datos extraídos del estudio “La Generación Interactiva en España. Foro Generaciones Interactivas en España.)
9Agencia Española de Protección de Datos
EUKids-Online II
• « - Los niños se incorporan a internet a edades cada v ez más tempranas –la edad media de iniciación es de 7 años en Suecia y de 8 en otros países del norte. Considerando todos los países uno de cad a tres niños de 9 y 10 años utilizan internet diariamente, esta proporción alcanza el 77% entre los de 15 y 16 años.
• - El uso está fuertemente arraigado en la vida diaria de los niños/as: entre los 9 y 16 años el 92% de los usuarios se conecta a l menos una vez a la semana (el 57% lo hace todos o casi todos los días) .
• - El 30% de entre 11 y 16 años dice tener una o más experiencias relacionadas con un uso excesivo de internet “bastan te” o “muy frecuentemente” (p.e. descuidar a los amigos, las ta reas escolares o el sueño) en Portugal son el 49% y en Estonia el 50%..
• (…)• - El 57% de entre 9 y 16 años tienen un perfil en un a red social – el 24% de
9 y 10 años, el 48% de 11 y 12, el 72% de 13 y 14 y el 81% de 15 y 16. Las redes sociales son más populares en los Países Bajo s (78%), Eslovenia (76%) y Lituania (75%), y menos populares en Rumani a y Turquía (47% en ambos).
• - Entre los usuarios de las redes sociales, el 29% t ienen un perfil público –más frecuente en Hungría (53%), Turquía (45%) y Rum ania (44%); el 29% tiene más de 100 contactos, aunque son muchos los q ue tienen menos contactos».
10Agencia Española de Protección de Datos
• « - La edad con la que los menores europeos se incorp oran a Internet ha disminuido considerablemente. Los menores españoles se encuentran dentro de la media europea y se inician en el uso d e internet a los nueve años.
• (…)• - Resulta también llamativo que mientras que el resto de menores
europeos han aumentado el acceso a Internet desde d ispositivos móviles, los menores españoles son los que menos acceden a I nternet desde estos dispositivos. Un 7% de los menores españoles accede a Internet desde dispositivos móviles, frente a un 31% de los menore s europeos.
• (…)• - Los menores españoles se localizan dentro del grup o de los que menos
habilidades han desarrollado para el uso seguro de Internet.• - En lo que respecta al uso de redes sociales, un 57 % de los menores
españoles entre 11 y 16 años afirman tener un perfi l en una red social. Esta cifra es superada por 14 países europeos, dent ro de los cuales cabe destacar a los menores de los países bajos con un 7 8% de usuarios, menores eslovenos con un 76% y un 75% en el caso de Lituania».
11Agencia Española de Protección de Datos
Barómetro del CIS (sept.2009)
• Más del 80 %, de los ciudadanos considera necesarios que los menores de edad cuente con controles en el acceso a Internet.
• El barómetro de CIS revela que los ciudadanos apuntan a los padres comoresponsables para establecer los citados controles en primer lugar, por delante de profesores de escuela o el Gobierno.
• Entre las familias con hijos menores y que disponen de Internet, la inmensa mayoría (80,7 por ciento) asegura que ejerce control sobre ellos cuando navegan por la red, principalmente limitando el tiempo o el tipo de páginas Web.
• Sólo lo un 34 por ciento ejerce un control real al exigir al menor que estéacompañado.
MENORESMENORES. INTERNET. INTERNET
12Agencia Española de Protección de Datos
Conclusiones preliminares
• El tratamiento de datos personales de menores consti tuye una práctica habitual, y necesaria, en ámbitos como la educación o la salud.
• Los datos personales de los menores son “codiciados” .• Los menores son usuarios habituales de las tecnología s de
la información destacando:– Chats o mensajerías privadas (messenger etc.)– Descargas de contenidos (P2P)– Navegación.– Redes sociales.
• Gran parte de las conductas de riesgo en internet parten de una captación inicial de datos personales: “una fot ografía”“una cuenta de correo hotmail”
13Agencia Española de Protección de Datos
Aspectos legales El menor titular de derechos
• Declaración de los Derechos del Niño.• Convención sobre los Derechos del Niño.• Convención sobre los Derechos del Niño.
– Dignidad.– Interes del menor.– Libertad de expresión.– Vida privada.
14Agencia Española de Protección de Datos
• Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen.
• Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.– Consentimiento a través de representante
legal.– Menor maduro.– Interés del menor: Ministerio Fiscal.
15Agencia Española de Protección de Datos
Artículo 13 RDLOPD. Consentimiento para el tratamiento de datos de menores de edad.
• Apuesta clara por la tutela de los menores.• Protección del “grupo familiar”.• Regulación basada en la fijación de procedimientos:
– Consentimiento < 14 a.>– Información – Verificación de la edad.
• Problemas:– ¿Cómo verificar la edad?– ¿Hasta donde alcanza la responsabilidad jurídica del
proveedor?– ¿debería el estado proveer de identidades digitales
seguras?
16Agencia Española de Protección de Datos
Internet y Web 2.0
17Agencia Española de Protección de Datos
La identidad es el elemento nuclear
• La moneda de cambio en la red no puede ser otra que l a información personal.
• Internet se presenta al usuario como un espacio de apa rente libertad, con una apariencia de gratuidad.
• Todos dejamos rastro y los que participan de modo act ivo dejan un rastro visible.
• En el WEB 2.0 se produce un cambio de paradigma:– Ya no bastan los perfiles genéricos de un usuario.– Para ser eficaz en una red social el individuo se ide ntifica.– La identidad posee un valor extraordinario:
• La información, el mensaje, la publicidad son personalizadas.
• La viralidad multiplica la eficiencia y la eficacia d e los tratamientos.
• La personalidad es una personalidad social.
18Agencia Española de Protección de Datos
Riesgos
• Los espacios de comunidad en Internet se presentan y se perciben como ámbitos equivalentes a los del mundo físico. Existe una falsa percepción de privacidad.
• Las reglas de juego del entorno no las define el usua rio. – Se somete a unas reglas contractuales fijadas por el
proveedor de servicios.– El proveedor define la configuración por defecto del
sistema. – Estos servicios no son gratuitos: “pay for privacy”.– El usuario no es consciente de la trazabilidad.– El usuario no sabe que esta definiendo su biografía
digital:lifelogging.
19Agencia Española de Protección de Datos
• El usuario ya no es un sujeto únicamente pasivo, puede ser un sujeto activo , su conducta puede repercutir en los derechos de los demás.
20Agencia Española de Protección de Datos
• Plena aplicabilidad de:– Directivas: 95/46/CE (Asunto C-101, Lindqvist)
y 2002/58/CE – Leyes Internas de los estados:
• Protección de datos personales• Protección de los menores.
21Agencia Española de Protección de Datos
First European agreement of Social Networks – a Step Forward to child safety online
• Necesidad de que las redes sociales se comprometan a:– Disponer de políticas de privacidad
respetuosas con los derechos de los menores.– Verificar la edad en el registro.– Garantizar perfiles de privacidad adecuados.
22Agencia Española de Protección de Datos
•• AGENTES IMPLICADOS Y SUS OBLIGACIONESAGENTES IMPLICADOS Y SUS OBLIGACIONES
23Agencia Española de Protección de Datos
�La Industria.- Obligación de desarrollar e implantar sistemas eficaces de verificación de edad
para controlar el acceso a menores a los servicios y los contenidos.
-Prioridad de la AEPD. Velar por el cumplimiento de la obligación de la industria de implantar sistemas efectivos para identificar la edad de los usuarios.
-El control del acceso de los menores. Exigencia permanente a los responsables de las principales redes sociales en España (Tuenti y Facebook):
• En abril de 2009 Tuenti adquirió el compromiso de implantar sistemas efectivos de verificación de la edad y a depurar los perfiles de los menores de catorce años registrados en la red social.
• En 2010 Facebook incrementa, a instancia de la AEPD , la edad mínima para que los menores puedan ser usuarios de la red social de trece años (edad prevista en la legislación de EE.UU) a los catorce años ( edad prevista en la legislación para los usuarios desde España)
24Agencia Española de Protección de Datos
�Ámbito escolar y autoridades educativas.
• Necesidad de compromiso real y efectivo de organismos y autoridades educativas, para que la formación en materia de privacidad y protección de
datos en el ámbito de las nuevas tecnologías, sea incorporada a los programas de estudio y los currículos académicos de los formadores.
• La educación debe complementarse con unas bases de comportamiento
general que permita a los menores:
o Aprender a controlar la información personal
o El respeto de los derechos de terceros
o Identificar los riesgos que para su privacidad y seguridad pueden
presentarse en la sociedad de la información
25Agencia Española de Protección de Datos
�Los padres y tutores:
• Necesidad de un compromiso de padres y tutores activo ante los riesgos a
los que se enfrentan los menores en Internet.
• Deben adoptar una posición más activa en el uso que hacen sus hijos de las nuevas tecnologías. Es necesario que se esfuercen por conocer
cómo funciona Internet para poder educar a los menores en el uso de las
nuevas tecnologías. Es muy recomendable que los adultos naveguen con
sus hijos para ayudarles a distinguir los riesgos que entraña la Red.
26Agencia Española de Protección de Datos
�Los menores.• Su responsabilidad en el respeto de los derechos de terceros.
– PS/00479/2008. Grabación y difusión de imágenes de un menor discapacitado, sin
consentimiento, a través de YouTube. Las AEPD declaró la existencia de una
infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos, y la imposición de una
multa a los responsables (menores) de la grabación y posterior publicación en
YouTube de las imágenes.
– E/00411/2009/ E/00408/2009. Denuncias de docentes referidas a la difusión en la red
de fotografías tomadas en el entorno educativo, asociadas a distintos comentarios
realizados por los alumnos.
27Agencia Española de Protección de Datos
INICIATIVAS DE LA AEPDINICIATIVAS DE LA AEPD
28Agencia Española de Protección de Datos
� RECOMENDACIONES A PODERES PUBLICOS, ADMINISTRACIONES PRESTADORES DE SERVICIOS. II
EJECUTIVAS– Memoria 2007
“Las Administraciones Públicas competentes deberán acometer un Plan de protección de los datos personales de los menores en Internet. (…). Se trata de instar a los poderes públicos para que articulen planes específicos de protección de menores en Internet. “
– Memoria 2008.“Evitar el acceso de menores a servicios de adultos en Internet. Impulsar un acuerdo con los operadores y prestadores de servicios d telecomunicaciones y de la sociedad de la información de ámbito nacional para la implantación de mecanismos efectivos de comprobación de la edad de los menores de catorce años.”
29Agencia Española de Protección de Datos
� RECOMENDACIONES A PODERES PUBLICOS, ADMINISTRACIONES PRESTADORES DE SERVICIOS .I.
NORMATIVAS
Memoria 2009. “Modificar la normativa reguladora del DNI-e para que los menores puedan autenticarse electrónicamente aunque no firmar electrónicamente”
EJECUTIVAS– Memoria 2009. “La inclusión en los planes de estudio de formación sobre protección de datos, privacidad e Internet, así como la puesta a disposición de los alumnos por parte de las Administraciones Públicas y los centros educativos de herramientas informáticas que eviten el acceso de los menores de 14 años a servicios de Internet para los que deban contar con el consentimiento de sus padres o representantes legales.”
30Agencia Española de Protección de Datos
� B. publicaciones y divulgación
-Guía de Menores e Internet -Sección Web
� C. Plan sectoriales y estudios:
– Plan sectorial de oficio a la enseñanza reglada no universitaria.
– Plan sectorial sobre publicidad telefónica.
– Estudio “privacidad de datos personales y seguridad de la información en redes sociales”.
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.p hp
31Agencia Española de Protección de Datos
Conclusiones
• Las conductas en/de las redes sociales están sujetas al Derecho.
• La garantía en este entorno del derecho fundamental a la protección de datos constituye un reto estratégico para salvaguardar la libertad, la seguridad y el adecuado desarrollo de la personalidad de los menores.
• Se requiere un compromiso firme:– De los proveedores.– De los padres.– Del sistema educativo.
32Agencia Española de Protección de Datos
33Agencia Española de Protección de Datos
¿Sabes lo que es un dato personal?
34Agencia Española de Protección de Datos
TU NOMBRE Y APELLIDOS.
35Agencia Española de Protección de Datos
TU FOTOGRAFÍA
36Agencia Española de Protección de Datos
¡TUS DATOS SON IMPORTANTES!
• Dicen quién eres• Dicen dónde vives• Dicen qué te gusta• Dicen quiénes son tus padres• Dicen qué puedes comprar, comer o vestir
37Agencia Española de Protección de Datos
En Internet ¡ten cuidado, no todo el mundo es quien dice ser!
38Agencia Española de Protección de Datos
39Agencia Española de Protección de Datos
¿Sabes cómo funciona Internet?
40Agencia Española de Protección de Datos
• Cada ordenador tiene una matrícula se llama IP
Por ejemplo:
84.123.1.169
• El ordenador en el que esta una Web, el chat o el espacio que consultáis también tiene su IP.
• Funciona como cuando un teléfono llama a otro teléfono.
41Agencia Española de Protección de Datos
Para que tú puedas navegar, los ordenadores se tienen que contar cosas entre ellos, como:
• En qué país están• Qué idioma hablan• Qué programas hay instalados• Cuál fue la ultima vez que se conectaron• Qué hicieron esa vez
42Agencia Española de Protección de Datos
http://www.cnil.fr/vos-libertes/vos-traces/
43Agencia Española de Protección de Datos
Si te piden datos lee la información que deben darte. Te explicarán qué datos necesitan, quién los quiere y para qué los va a usar. Te dirán cómo puedes saber quédatos tienen, cómo cambiarlos y cómo borrarte. Si no te dicen todo eso "no des tus datos”
44Agencia Española de Protección de Datos
Si no te piden permiso, si cuando te piden los datos no te dicen para que los van a usar, o si no entiendes lo que te dicen: nunca des tus datos.
45Agencia Española de Protección de Datos
46Agencia Española de Protección de Datos
Nunca des tus datos a desconocidos. No les des tu nombre y apellidos, no digas donde vives, tu usuario de Messenger o tu número de teléfono móvil.
47Agencia Española de Protección de Datos
Tus usuarios y contraseñas, son secretos. Sólo se los puedes dar a tus padres. Si te los piden nunca debes darlos.
48Agencia Española de Protección de Datos
No abras un blog o una página personal sin que los sepan tus padres. Allí puedes colgar tus fotos, tus videos, tus gustos. Una página en Internet dice quien eres.
49Agencia Española de Protección de Datos
Si ya tienes un blog respeta a tus amigos y compañeros: no des sus nombres o direcciones
50Agencia Española de Protección de Datos
Antes de usar un servicio de Internet trata de ver la edad a partir de la cual puede usarse
51Agencia Española de Protección de Datos
52Agencia Española de Protección de Datos
No descargues programas que no conozcas, no abras mensajes de desconocidos. Podrían querer instalarte un programa espía, usar tu ordenador para cometer delitos o quitarte tus datos. Aprende a usar el antivirus.
53Agencia Española de Protección de Datos
Cuidado con e-Mule!!!!!!!
54Agencia Española de Protección de Datos
Confía siempre en tus padres, pregúntales si tienes dudas, cuéntales por donde navegas y que datos te piden, enséñales el programa que quieres instalar, consúltales si te llega un correo extraño. Nunca compres o des tus datos sin que ellos lo sepan. Tus padres se preocupan por ti y siempre te ayudarán.
55Agencia Española de Protección de Datos
En las redes sociales
• Sirven todas las reglas que hemos visto. • Pero sobre todo:
– Respeta a tus amigos.– No compartas contraseñas y ponles como mínimo 8
caracteres incluidos un numero, una mayúscula y un signo: “Tro_mat1”
– Reserva tu identidad frente a desconocidos y no publiques “en abierto” información que te permita ser localizado: “donde vives, juegas o estudias”.
– No cuelgues fotografías sin permiso y sin que lo sep an otros.
– CUIDADO CON TU PERFIL DE PRIVACIDAD
56Agencia Española de Protección de Datos
Me ve todo el mundo
57Agencia Española de Protección de Datos
Controlo mi información
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60Agencia Española de Protección de Datos
61Agencia Española de Protección de Datos
Hay sitios seguros para ti
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http://www.navegacionsegura.es/
63Agencia Española de Protección de Datos
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65Agencia Española de Protección de Datos
66Agencia Española de Protección de Datos
67Agencia Española de Protección de Datos
68Agencia Española de Protección de Datos